DÍAS NO LABORABLES A NIVEL DE LIMA METROPOLITANA Y LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Con fecha 13 de agosto de 2016, se publicó el Decreto Supremo N° 59-2016-PCM, a través del cual se ha declarado como días no laborables, a nivel de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, para los trabajadores de los Sectores Público y Privado, los días jueves 17, viernes 18 y sábado 19 de noviembre de 2016. En el sector público, las horas dejadas de trabajar en los días no laborables antes señalados serán compensadas en los quince (15) días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, de acuerdo a las necesidades propias de la institución. En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, se establecerá la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. A falta de acuerdo, decidirá el empleador. Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos precedentes, los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar a la comunidad, durante los días no laborables, la provisión de aquellos servicios que resulten indispensables. Para fines tributarios, los referidos días no laborables será considerados hábiles. Lima, 15 de agosto de 2016 *** Para cualquier aclaración o ampliación, por favor contacte a la Dra. Cristina Oviedo y/o al Dr. Brian Avalos, por correo electrónico a [email protected] y/o [email protected], respectivamente. Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados
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