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Viernes, 19 de agosto del 2016
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Corte Superior de Arequipa
1
La República
Viernes, 19 de agosto del 2016
EDICTOS
EDICTO NOTARIAL
Ante este despacho notarial se ha presentado FELICITAS OVIEDO HUAMANI, con DNI 31428369, solicitando la Sucesión Intestada de HUGO CCAHUANA OVIEDO y señala como su presunto heredero
a FELICITAS OVIEDO HUAMANI en su condición
de ascendiente del causante. Interesados acercarse Manzana 3E, lote 19, Majes. RUBEN BOLIVAR
CALLATA NOTARIO DE AREQUIPA (19 agosto) B/E
031-5141.
EDICTO
RECTIFICACION PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. N2 0007322-2016-0-0401-JP-CI-01.- Por ante
el Primer Juzgado de Paz Letrado -Sede Cayma
que despacha el señor Juez ROBERTO VARGAS
GONZALES y Especialista CARMEN RUTH AVENDAÑO CAMA, en la vía del proceso no contencioso se ha emitido la RESOLUCION NUMERO UNO,
que RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud
de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
interpuesta por WILBER ALEJO TORRES GIBAJA,
quien aparece en su partida de nacimiento como
“ALEJO W. TORRES GIBAJA” debiendo ser “WILBER
ALEJO TORRES GIBAJA” por ser este el nombre con
el que se viene realizando en su vida personal y
pública. Lo que se comunica para los fines de ley
conforme a lo previsto en el Código Procesal Civil.
Arequipa, 17 de agosto de 2016. - Jimmy Geraldo
Chalco Bustinza- Abogado - Registro C.A.A 7278.
JIMMY CHALCO BUSTINZA ABOGADO C.A.A 7278.
(19 agosto) B/E 031- 5139.
EDICTO
Ante el 1o JPL de Arequipa, Exp-01085-2016 Juez:
TALAVERA UGARTE JAVIER ALONSO, Especialista: Fernández Monroy Joel Pieter, JAEN QUISPE
MELON solicita ineficacia de título del cheque N°
00041837 a cargo de BBVA BANCO CONTINENTAL,
en la sentencia N° 447-2016 se declara fundada
la demanda declarándose ineficaz el título valor
emitido por Estilos S.R.L., debiéndose expedir
un duplicado del referido cheque. Arequipa, 16
de agosto del 2016. JOSE ARTURO LUQUE FORTUN ABOGADO MAT. 2980 C.A.A – JOEL PIETER
FERNANDEZ MONROY SECRETARIO JUDICIAL (19
agosto) B/E 031-5118.
EDICTO
En el expediente 00591-2016-JM-CI, el Juzgado
Civil del MBJ Hunter, con intervención del especialista legal César DENOS ARAGON, mediante
resolución 01, ha resuelto: ADMITIR a trámite la
presente solicitud presentada por JESÚS APAZA
RODRIGUEZ, por derecho propio y en representación del menor JEANLU DAVID APAZA CONDORI,
sobre AUTORIZACIÓN JUDICIAL DE CAMBIO DE
NOMBRE, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO,
a efectos de sustituir “APAZA RODRIGUEZ” por “RODRIGUEZ APAZA”, quedando en lo sucesivo como
“JESÚS RODRIGUEZ APAZA”, accesoriamente sustituir el apellido “APAZA” por “RODRIGUEZ”, quedando en lo sucesivo como “JEANLU DAVID RODRIGUEZ CONDORI”, lo que se pone de conocimiento
de los interesados. Arequipa, 2016, agosto 11.
ABOG. WILBERT GUSTAVO CHAMBILLA REG CAP Nº
1756. (19 agosto) B/E 031-5117.
EDICTO
En el expediente 00590-2016-JM-CI, el Juzgado Civil del MBJ Hunter, con intervención del
especialista legal Aldo RODRIGUEZ HUANQUI,
mediante resolución 02, ha resuelto: ADMITIR la
solicitud presentada por MARYORIT CRISTEL MUÑUICO CONDORI sobre AUTORIZACIÓN JUDICIAL
DE CAMBIO DE NOMBRE, en la vía del proceso NO
CONTENCIOSO, a efectos de sustituir “MUÑUICO”
por “RODRIGUEZ”, quedando en lo sucesivo como
“MARYORIT CRISTEL RODRIGUEZ CONDORI”, lo que
se pone de conocimiento de los interesados. Arequipa, 2016, agosto 11. ABOG. WILBERT GUSTAVO CHAMBILLA REG CAP Nº 1756. (19 agosto) B/E
031-5117.
EDICTO
En el expediente N° 2993-2016-CI tramitado por
el Segundo Juzgado Civil de Paucarpata - Arequipa, Especialista Legal Rubén Yanahuaya Rosales,
el señor Juez Luis Rodríguez Pantigoso mediante
sentencia Nº107-2016 ha declarado fundada la
solicitud de cambio de nombre presentada por
Madeley Dayana Zúñiga Chaucayanqui, autorizando su cambio de nombre a Madeley Dayana
Zúñiga Montalvo; lo que se publica para los fines
pertinentes. Arequipa, 2016 agosto 8. Rosio García
Delgado, abogado, mat. CAA 3083.ROSIO GARCIA
DELGADO ABOGADO MAT. 3083 CAA. (19 agosto)
B/E031-5115
EDICTO
RECTIFICACION PARTIDA DE NACIMIENTO
Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Arequipa, Juez Dr. Javier Alonso Talavera Ugarte, especialista legal Dr. Joel Pieter Fernandez Monroy,
expediente Nro. 04510-2015-0401-JR-CI-05, sobre
rectificación de partida de nacimiento interpuesta
por Jeanpierre Gleni Huaccajcachi Sánchez que
resuelve: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO para que
se rectifique su nombre debiendo ser JEANPIERRE
GLENI HUACCAYCACHI SANCHEZ en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO.Lo que se comunica para
fines de Ley, Conforme lo dispuesto en el artículo
167,168 delCódigo Procesal Civil. Arequipa 17 de
agosto del 2016.- Dr. Joel Pieter Fernandez Monroy
ESPECIALISTA LEGAL. (19 agosto) B/E 031-5126.
EDICTO
Por ante el Tercer Juzgado Civil de Arequipa que
despacha el Juez Alcides Chávez Mamani con intervención del especialista legal Karina Ylla Velásquez, en el expediente Nro. 3383-2016-0-0401-JRCI-03 se ha ordenado se notifique por edictos
judiciales lo siguiente: Admitir a trámite en la vía
del proceso no contencioso la solicitud presentada por MARIA ASUNTA VALDIVIA ROBLES, sobre
cambio de nombre, téngase por ofrecidos los
medios probatorios, agregúese a los autos los
anexos acompañados. DE OFICIO: Se requiere a
la solicitante adjunte certificado de INFOCORP y
el certificado negativo de RENIEC de la existencia
como María Asunta Valdivia Dolmos; de acuerdo a
la agenda de audiencias se fija como fecha para la
audiencia de actuación y declaración judicial para
el veintinueve de agosto del presente año, a las
catorce horas con treinta minutos de la tarde, en
la sala de audiencias del Tercer Juzgado Civil, debiendo la solicitante adjuntar los edictos judiciales
antes de la audiencia TOMESE RAZÓN Y HÁGASE
SABER. Arequipa 16 de agosto del 2016. ZOILA N.
ABRIGO LUQUE ABOGADA C.A.A 5441. (18-19-22
agosto) B/E 031-5108.
EDICTO
Por ante el Juez del CUARTO JUZGADO DE FAMILIA, Dr. RONALD VALENCIA DE ROMAÑA, con intervención de la Secretaria Judicial Hilda Mercedes
Chávez Cervantes, EXPEDIENTE NRO. 2408-2015;
se notifica a DIANA LOURDES RAMOS COAGUILA,
con la resolución 03, que RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del proceso único la demanda de reconocimiento de tenencia de los menores Rosario
Erika Carlos Daniel Eduardo y Valeria Daniela Luz
Ramos Ramos y en forma acumulada alimentos,
interpuesta por DANIEL RAMOS CHECALLA en contra de DIANA LOURDES RAMOS COAGUILA, en consecuencia traslado de la demanda a la demandada
por el plazo de cinco días. Por ofrecidos los medios
probatorios que Indica, agregúese a sus antecedentes los anexos presentados, con conocimiento
del Ministerio Público. Y a efecto de notificar a la
demandada cumpla el recurrente con señalar el
domicilio de la demandada en Puerto Maldonado.
a fin de notificarla con arreglo a ley, a la brevedad
posible y bajo su cuenta en la dilación innecesaria
del proceso. Asimismo se requiere al demandante
adjuntar un juego completo de copias de todo lo
actuado para su notificación. Tómese razón y hágase saber. Al otrosí: A sus antecedentes la constancia de habilitación del abogado Adolfo Nina
Coila. Y con la resolución 12, que dispone: Puesto
a Despacho en la fecha debido a la excesiva carga procesal que soporta esta secretaría; Al escrito
43434-2016; Estando a lo solicitado y conforme a
lo establecido en el artículo 165 del código Procesal Civil, SE DISPONE: que a gestión y costo del
recurrente se notifique por edictos a la demandada, a efecto de que dentro del plazo de veinticinco
días de notificada conteste la demanda bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Suscribe la presente la Secretaria Judicial que rubrica
al amparo del último párrafo del artículo 122 del
Código Procesal Civil y por disposición Superior.
Arequipa, 05 de agosto del 2016.- HILDA MERCEDES CHÁVEZ CERVANTES SECRETARIA JUDICIAL.
(18-19-22 agosto) B/E 031-5080.
NOTIFICACIONES
NOTIFICACION POR EDICTOS
Se notifica a MAVILA HERMANOS S.A. que ante esta
Notaría se presentaron Vilma Alejandrina Byrne de
Eguiluz y Jorge Rene Eguiluz Rodríguez, solicitando prescripción adquisitiva del lote 11, manzana
D, Asociación de Vivienda de Granjeros Forestales
“El Paraíso” distrito Yura, provincia y departamento de Arequipa, con un área de 2 000,00 m2, (DOS
MIL METROS CUADRADOS) con los linderos, medidas perimétricas: frente, avenida Principal, 25,00
metros; derecha, calle 2, 80,00 metros; izquierda,
lote 10,00, 80,00 metros; fondo, avenida 2, 25,00
metros. El bien se encuentra inscrito en la partida 01149037del Registro de Predios de Arequipa.- Arequipa, 16 de agosto del 2016. JOSE LUIS
CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO. (19-22-23
agosto) B/E 031-5136
NOTIFICACION NOTARIAL
ANTE ESTE DESPACHO SE HA PRESENTADO PAULINA CLEMENTE HUISA IDENTIFICADA CON DNI
30672614 SOLICITANDO SE LE DECLARE COMO
PROPIETARIA POR PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA,
DEL INMUEBLE SIGNADO COMO LOTE 16, MANZANA H CENTRO POBLADO EL ALTO DISTRITO DE MAJES, PROVINCIA DE CAYLLOMA, DEPARTAMENTO
DE AREQUIPA, EL MISMO QUE TIENE COMO NÚMERO DE PARTIDA N° P06146759 DEL REGISTRO DE
PREDIOS DE AREQUIPA, SIENDO LOS EMPLAZADOS
AUTODEMA COMO TITULAR REGSITRAL Y EDILBERTO QUISPE ARIZANCA Y ANGELA VILCA CALLATA,
DE QUIEN LA SOLICITANTE HA SEÑALADO QUE
DESCONOCE SU DOMICILIO, LOS INTERESADOS
ACERCARSE AL DESPACHO NOTARIAL, UBICADO
EN MANZANA 3E, LOTE 29, MAJES. RUBEN BOLIVAR
CALLATA NOTARIO DE AREQUIPA. (19-25 agosto-01
setiembre) B/E031-5128.
REMATES
AVISO DE PRIMER REMATE PÚBLICO
El Señor Juez del JUZGADO DE FAMILIA - Sede
Jacobo Hunter, Dr. ROBERTO SONCCO VALENCIA,
convoca a PRIMER REMATE JUDICIAL, en el Proceso
00828-2010-0-0411-JR-FC-01, seguido por CHIUCHE CAYLLAHUA, JAKELINE MARGARITA, contra
HUAMANI CRUZ, FERNANDO ANTONIO, sobre DIVORCIO POR CAUSAL, bajo la Actuación de la Especialista Legal Dr. ROMAN VARGAS MORAN, ha dispuesto, el PRIMER REMATE JUDICIAL, del bien que
se detalla a continuación: DATOS DEL BIEN MATERIA DE REMATE: Derechos y Acciones de Copropiedad del Ejecutado FERNANDO ANTONIO HUAMANI CRUZ, cincuenta por ciento (50%) del Bien
inmueble ubicado en PUEBLO JOVEN AMPLIACION
PAMPA DEL CUSCO SECTOR I MZ Q LOTE 5 ZONA
A, Distrito de JACOBO HUNTER Provincia y Departamento de Arequipa, Debidamente inscrito en la
Partida Registral N°P06134651, de los Registros Públicos de la Ciudad de Arequipa. CARACTERÍSTCAS
DEL BIEN INMUEBLE: El bien materia del Remate
Público tiene un área de 184.65 m2, dentro de los
siguientes linderos y medidas perimétricas: POR EL
FRENTE: CALLE CORI CANCHA, con 8.89 ml, POR EL
COSTADO DERECHO: Lote N° 4, con 20.48 ml, POR
EL COSTADO IZQUIERDO: Lote N° 6, 7 y 8, con POR
EL FONDO: LOTE 9 (Salud), con 10.07 ml. Demás características en la Partida Registral N°P06134651,
de los Registros Públicos de la Ciudad de Arequipa.
AFECTACIÓNES DEL BIEN: AS. 00003.- HIPOTECA.El bien se encuentra hipotecado a favor de CAJA
SUR, con RUC N° 20197495929, hasta por la suma
de $ 6 782 00 (SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA
Y DOS CON 00/100 DOLARES ). AS. 00004.- EMBARGO.- El bien se encuentra embargado a favor
de CHIUCHE CAYLLAHUA, JAKELINE MARGARITA,
hasta por la suma de S/ 15 000.00 Soles (QUINCE
MIL CON 00/100 SOLES). VALOR DE LA TASACIÓN:
El bien embargado está valorizado en la suma de
S/ 76 432.90 Soles (SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS TREITA Y DOS CON NUEVE CENTIMOS DE
SOL). LUGAR, DÍA Y HORA DEL REMATE: La diligencia se llevará a cabo el DÍA VINTISEIS DE AGOSTO
DEL AÑO 2016 A LAS DOCE HORAS, en el local de
remates judiciales ubicado en la oficina de administración del Módulo Básico de Justicia de Hunter,
sito en la calle Berlín s/n, Hunter., diligencia que
será efectuada por el Martillero Público Christian
Rubén Vizcarra Adriano, con registro 264. BASE DE
LA POSTURA:
El precio base del remate asciende a la suma de
S/ 50 955.3 Soles (CINCUENTA MIL NOVECIENTOS
CINCUENTA Y CINCO CON TRES CENTIMOS DE SOL)
PORCENTAJE PARA PARTICIPAR EN EL REMATE: Para
ser postor debe depositar en efectivo o en cheque
de gerencia no menos del diez por ciento del valor de tasación del inmueble, así como pagar en
el Banco de la Nación la Tasa Judicial por derecho
a participar en el remate de bienes inmuebles.
Christian Rubén Vizcarra Adriano Martillero Público Reg. 264 CEL: 979726457(12-16-17-18-19-22
agosto) B/E 031 5012
PRIMER REMATE
EN EL PROCESO DE EJECUCION DE GARANTIAS, EXPEDIENTE Nº06741-2014-0-0401-JR-CI-04, SEGUIDO POR GUILLERMO LUIS RIPAS ROJO, EN CONTRA
DE CARLOS ALBERTO YUCRA POCOHUANCA; EL SEÑOR JUEZ DEL CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO
EN LO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE AREQUIPA, DR. JUSTO ANDRES QUISPE APAZA,
ESPECIALISTA LEGAL REGINA VICTORIA MENDOZA
MARIN, A NOMBRADO AL MARTILLERO PUBLICO
DR. WITMAN ARMANDO SALAS PACHECO, QUIEN
CON LA FACULTAD CONFERIDA HA SEÑALADO LA
DILIGENCIA DEL PRIMER REMATE JUDICIAL, QUE
SE LLEVARÁ A CABO, EL DIA 13 DE SETIEMBRE DEL
2016 A LAS 10:00 HORAS, ACTO QUE SE EJECUTARA, EN LA SALA DE REMATES DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, SITO EN LA SEDE
DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA,
PLAZA ESPAÑA S/N, DISTRITO DE AREQUIPA, AREQUIPA (SOTANO); SOBRE EL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE: INMUEBLE UBICADO EN LA URB. CIUDAD
JARDIN CALLE 1, MZ, C, LOTE 8, ILO, MOQUEGUA.
ÁREA 213.75M2; CUYAS MEDIDAS, COLINDANCIAS,
LINDEROS DEMAS CARACTERISTICAS SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE DETALLADAS EN LA PARTIDA
REGISTRAL NRO.05001560 DE LA ZONA REGISTRAL
Nº XIII SEDE TACNA, OFICINA REGISTRAL ILO. ESTA
INCLUIDO TODAS LAS CONSTRUCCIONES EXISTENTES EN EL BIEN HA REMATAR TAL COMO DISPUSO
EL JUZGADO. TASACION TOTAL: US$85,000.00 DOLARES AMERICANOS; PRECIO BASE US$.56,666.67
DOLARES AMERICANOS, DEPOSITO PARA SER POSTOR 10% DEL VALOR DE TASACION (US$.8,500.00
DOLARES AMERICANOS), MAS ARANCEL JUDICIAL
POR DERECHOS DE PARTICIPACION COMO POSTOR
EN REMATE JUDICIAL. AFECTACIONES: 1.- HIPOTECA A FAVOR DE GUILLERMO LUIS RIPAS ROJO
Y JUANA EMILIA TARDILLO MARTINEZ DE RIPAS
HASTA POR LA SUMA DE US$.70,800.00 DOLARES
AMERICANOS, SEGÚN ASIENTO D00004 DE LA PARTIDA REGISTRAL Nº05001560, LA QUE ES MATERIA
DEL PRESENTE. SE DESCONOCEN OTRAS AFECTACIONES. HONORARIOS DEL MARTILLERO ESTARAN A CARGO DEL ADJUDICATARIO DEL ACTO.
MARTILLERO PÚBLICO, DR. W. ARMANDO SALAS
PACHECO REG. Nº 190, CEL. 959648263, RPM:
#959648263, NEXTEL. 981068447 ó 106*8447.
AREQUIPA, 2016-08-11. W. Armando Salas Pacheco – MARTILLERO PÚBLICO Reg. Nº 190. Corte Superior de Justicia-Regina Victoria Mendoza Marin.
Secretaria Judicial-Cuarto Juzgado Especializado
Civil. (16-17-18-19-22-23 agosto) B/E 031-5052.
PRIMER REMATE JUDICIAL
En los seguidos en el Exp.Nro.1440-2015-, sobre
EJECUCION DE GARANTIAS sigue la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA, en
contra de PARICAHUA QUISPE YEISON HUGO, PARICAHUA CALLATA HUGO, el Señor Juez del Primer
Juzgado Civil-sede -Paucarpata, Dr. ZUÑIGA PORTOCARRERO LINO, con intervención de la Especialista Legal Dra. BOLIVAR CALLATA FIORELLA, ha
dispuesto sacar a remate publico lo siguiente.EN
PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en la manzana O, sub-lote 8-B -Asociación de
Vivienda Semi-Rural de Productos Pecuarios Umapalca- Socabaya, Distrito de Socabaya, Provincia y
Departamento de Arequipa, y cuyos linderos y medidas perimétricas del inmueble se hallan inscritos
en la Partida Electrónica N° 11217910 del Registro
de la Propiedad Inmueble de Arequipa.
VALOR DE TASACION DEL BIEN: ha sido valorizado
en US$ 121,422.00 (CIENTO VEINTE UN MIL CUATROCIENTOS VEINTI DOS CON 00/100 DÓLARES
AMERICANOS)PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE:
Es sobre la BASE de las dos terceras partes del
Valor de Tasación, y es US$ 80,948.00 (OCHENTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON
00/100 DÓLARES AMERICANOS). AFECTACIONES Y
GRAVAMENES.-HIPOTECA, Se constituye hipoteca
, sobre esta partida a favor de la Caja Municipal
de Ahorro y Crédito Arequipa, hasta por la suma
de a de US$ 121,422.00 Dólares Americanos, así
mas ampliamente consta en la escritura pública
de fecha 24/04/2013, otorgada ante Notario Publico Elsa Holgado de Carpió, la cual es material
el presente proceso FECHA Y HORA DE REMATE:
EL 01 de Septiembre del 2016 a las 2.00pm (de
la tarde). La misma que se realizará en la sala de
Lectura del Modulo de Justicia de Paucarpata, sito
en la Esquina calle Laveau con calle Alcántara s/n.Paucarpata -Arequipa. POSTORES: Para ser postor
se depositara en efectivo o Cheque de Gerencia
girado a su nombre, la cantidad no menor al 10%
del Valor de Tasación, y es US$ 12,142.20 (Dólares
Americanos); además deberán presentar el D.N.I. y
el Arancel Judicial indicando el numero del D.N.I.
del postor, Juzgado y numero de Expediente, los
honorarios del Martiliero Público son por cuenta
del adjudicatario, de conformidad con el Art. 732°
del Código Procesal Civil; El remate será efectuado por Renee Salomón Díaz Coaquira- Martiliero
Publico Registro Nro. 267. Arequipa, 05 de agosto
del 2016. RENNE S. DIAZ COAQUIRA MARTILLERO
PUBLICO MAT. 267- FIORELLA BOLIVAR CALLATA
ESPECIALISTA LEGAL (17-18-19-22-23-24 agosto)
B/E 031-5093
PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO y CUARTO REMATE PÚBLICO
En Ejecución de Garantía Mobiliaria – Ley N°
28677, a través de Remate Extrajudicial, conforme a la Escritura Pública de Contrato de Crédito
y Constitución de Garantía Mobiliaria Nº 4489,
otorgada el dieciocho de octubre del año dos mil
doce, por ante la Notaría Pública de la doctora Elsa
Holgado de Carpio, en Garantía de Acreencia a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO
AREQUIPA, siendo la deudora JAZMINY FARIDI
ESPINOZA URVIOLA; el Martillero Público Sr. José
Carlos Eulalio Chirinos Escobedo, con registro N°
65, ha señalado el día 29 de agosto 2016, para
efectuar los remates públicos del bien siguiente:
Camioneta rural marca Hyundai, modelo H-1, carrocería microbús, chasís KMJWA37HACU504239,
motor Nº D4BHCO27421, color negro y de año de
fabricación 2012, placa de rodaje V6C-968.Siendo
la secuencia de los remates la siguiente:
Primer Remate a horas
10.00AM:
precio base
US$ 26,670.00
Segundo Remate a horas 10.15AM:
precio
base US$ 22,669.50
Tercer Remate a horas
10.30AM:
precio base
US$ 19,269.07
Cuarto Remate a horas
10.45AM:
precio base
US$ 17,780.00
El bien se encuentra en exhibición en el local donde se efectuarán los remates el mismo que está
ubicado en la calle Palacio Viejo N° 401-A, Cercado
de Arequipa y podrá ser visto por los interesados
en el horario de 09.00AM a 12.00M y de 14.00PM
a 17.00PM, de lunes a viernes. Los postores para
poder participar en el remate deberán depositar
en efectivo o en Cheque de Gerencia girado a su
propio nombre el 10% del valor del bien, esto es
US$ 2,667.00; y, al obtener la adjudicación, debe-
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La República
rán cancelar el valor del todo en el mismo acto
y de acuerdo con Normas Legales vigentes. La
comisión de martillo deberá ser cancelada por el
adjudicatario a la finalización de la diligencia (Art.
18° del Reglamento de la Ley N° 27728). Efectuados los pagos mencionados le será entregado el
bien en forma inmediata. José Carlos E. Chirinos
Escobedo, Martillero Público, registro N° 65. (Telfs.
(054 -206616, 959600795). Arequipa 04 de agosto
2016. JOSE C. CHIRINOS E. MARTILLEROPUBLICO
(19-22-23 agosto) B/E031 5156.
TERCER REMATE
En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO
Y CREDITO DE ICA S.A., en contra de YENNY YAMANTY RANILLA YBARCENA; JULIO LAURA Y POMPEYA MARIA QUINTA YANCAPALLO, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO; Expediente
00206-2010-0-0402-JP-CI-01; el señor Juez del Juzgado de Paz Letrado – sede Camana, Dr. Joel Jim
Janampa Sang, con intervención del Especialista
Legal Dr. Omar Valentín Villena Carpio, ha autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe
Flores de Mendoza, con registro Nº 318, sacar a REMATE el inmueble ubicado en: CENTRO POBLADO
PUEBLO VIEJO MZ. C, LOTE 2, DISTRITO DE OCOÑA,
PROVINCIA DE CAMANA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA Nº PO6239647,
DE LA ZONA REGISTRAL Nº XII – SEDE AREQUIPA,
DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS DE AREQUIPA; VALOR DE TASACIÓN (comercial): S/.23,228.94 (veintitrés mil dos
cientos veintiocho con 94/100 nuevos soles); PRECIO BASE: S/.11,188.61 (Once mil ciento ochenta y
ocho con 61/100 soles), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación (menos el 15% en segundo remate y menos el 15% por tratarse de tercer
remate); AFECTACIONES: 1) EMBARGO EN FORMA
DE INSCRIPCION: a favor de la Caja Rural de Ahorro
y Crédito señor de Luren S.A., hasta por la suma
de S/.30,000.00, así consta inscrito en el asiento
00003, afectación que se halla inscrita en la partida
Nº PO6239647, de la Zona Registral Nº XII – Sede
Arequipa, de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos de Arequipa; 2) EMBARGO EN
FORMA DE INSCRIPCION: a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Ica S.A. hasta por la
suma S/26,000.00, así consta inscrito en el asiento
00004, afectación que se halla inscrita en la partida
Nº PO6239647, de la Zona Registral Nº XII – Sede
Arequipa, de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos de Arequipa, el cual es materia
de ejecución; DIA Y HORA DE REMATE: MIÉRCOLES
24 DE AGOSTO DEL 2016 A HORAS 9:00 (NUEVE)
AM.; LUGAR DEL REMATE: Se realizara: EN LA SALA
DE ESPERA (LUGAR DE ESPERA) DEL JUZGADO DE
PAZ LETRADO – SEDE CAMANA, UBICADO EN VILLA ZALASAR S/N (SEDE CASA DE LA JUSTICIA DE
CAMANA); LOS POSTORES: Depositaran no menos
del diez por ciento (S/.2,322.894) del valor de la
tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial
por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento
Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el
saldo del precio de remate dentro del tercer día
de realizado el acto de la subasta pública, caso
contrario perderá la suma depositada sin lugar
a reclamo. Los honorarios del Martillero Público,
más el IGV, son por cuenta de la parte adjudicataria, según corresponda, finalizada la diligencia
del remate de conformidad a lo establecido por la
Ley del martillero Público. Arequipa 2016, junio 28
OMARV. VILLENA CARPIO SECRETARIO JUDICIAL.
(18 -19-22 agosto) B/E031-5123.
RECTIFICACIONES
RECTIFICACION DE PARTIDA
EN EL PROCESO NO CONTENCIOSO SOBRE
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA, EXPEDIENTE N°
04139-2016-0-0412-JP-CI-03, TRAMITADO ANTE EL
TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL MBJ PAUCARPATA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, ESPECIALISTA JESSICA ALFINA MALCA SAAVEDRA; DON RUBEN LLACHI CCASA, SOLICITA LA
RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO
EN LA QUE ERRONEAMENTE SE HAN CONSIGNADO COMO NOMBRES DE SU MADRE “FLORENTINA
CCASA VALCARCEL”, SIENDO LO CORRECTO COMO
“TEODORA CCASA VALCARCEL”, DEBIENDO QUEDAR ASENTADO COMO NOMBRE DE LA MADRE
DEL DEMANDANTE EN DICHA PARTIDA DE NACIMIENTO COMO “TEODORA CCASA VALCARCEL”.
AREQUIPA, 17 DE AGOSTO DEL 2016. FRANCESCA
FARFAN SILVA. ABOGADO. MAT. CAA. N° 1642. (19
agosto) B/E 031-5124.
RECTIFICACION DE PARTIDA
Por ante el Primer Juzgado Civil-Paucarpata, expediente N° 3546-2016 Especialista Christian TORREBLANCA, MARISOL JANETH FUENTES FUENTES
y ANGELO ITALO VALDIVIA S A LAZAR solicitan se
rectifique la partida de nacimiento de su hija ÁNGELA MARISOL VALDIVIA FUENTES ya que figura
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
como hija de MARISOL JANETH HUILLCAHANCCO
FUENTES, debiendo ser lo correcto hija de MARISOL JANETH FUENTES FUENTES. EDWIN SALDAÑA
HUGO ABOGADO C.A.A MAT Nº 3422. (19 agosto)
B/E 031-5119.
RECTIFICACION DE PARTIDA
ANTE MI DR. HUGO JULIO CABALLERO LAURA,
NOTARIO DE AREQUIPA. OFICIO NOTARIAL CALLE
SAN JOSÉ 330. CERCADO. SE PRESENTÓ: MARUJA
CARRILLO DE VILCHEZ, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO NRO. 074,
EXPEDIDA POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
COLCHA, DONDE DICE EN LOS DATOS DE LA MADRE “MARIA CONCEPCION HUAMANHORQQUE”, Y
DEBE DECIR “MARIA CONCEPCION HUAMANHORQUE VERA”. AREQUIPA. 17 DE AGOSTO DE 2016.
HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA MAT 036. (19 agosto) B/E031-5113.
RECTIFICACION PARTIDA DE NACIMIENTO
Ante el Tercer Juzgado Civil, Expediente 235420153154-2016, Juez Doctor Zoilo Alcides Chávez
Mamani, Especialista Legal Doctora Karina Cecilia
Ylla Velásquez; en los seguidos sobre Cambio de
Nombre en la vía de proceso no contencioso que
tramita Wilber Tacuri Vargas, se ha expedido Resolución Nro. 5-2016 que contiene el admisorio de la
demanda en la cual se RESUELVE: Admitir a trámite
en la Vía de Proceso No Contencioso la solicitud
presentada por Wilber Tacuri Vargas sobre cambio
de Nombre. Lo que se comunica a los interesados
para los fines de ley. Arequipa, 08 de agosto del
2016. MARLENY FERNÁNDEZ PALACO ABOGADA
C.A.A MAT. 0940. (19 agosto) B/E031-5129.
RECTIFICACION DE PARTIDAS DE NACIMIENTO
En
el
Expediente
Judicial
Nro.
04066-2016-0-0412-JP-CI-02 que se tramita por
ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la
sede del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata
- Arequipa, Especialista Legal Dra. Maricela Noemi
Arredondo Turpo; LEONOR ANTONIETA CAMPOS
TEJADA y RENZO PAUL CORNEJO CAMPOS solicitan que mediante Proceso No Contencioso se
disponga Jurisdiccionalmente la RECTIFICACIÓN
de la Partida de Nacimiento de cada uno de ellos
en el siguiente sentido: 1.1- LEONOR ANTONIETA
CAMPOS TEJADA, solicita se ordene se rectifique
su Partida de Nacimiento inscrita con el Nro. 86
del año 1951 por ante la Municipalidad Distrital de
Cocachacra, de la provincia de Islay, departamento de Arequipa, esto específicamente en cuanto
respecta a su segundo prenombre que aparece
consignado como “ANTONIA” cuando lo correcto
es ANTONIETA, de tal manera que solicita se ordene se rectifique su referido segundo prenombre
consignado en dicho documento y con ello quede
inscrito su correcto nombre como LEONOR ANTONIETA CAMPOS TEJADA. 1.2.- RENZO PAUL CORNEJO CAMPOS, solicita se rectifique su Acta de
Nacimiento Nro. 114 del año 1972 inscrita por ante
la Municipalidad Distrital de llabaya, provincia de
Jorge Basadre, del departamento de Tacna, esto
en cuanto respecta al nombre de su madre que
aparece consignado en dicha Acta de Nacimiento,
solicitando se le agregue o adicione el segundo
prenombre ANTONIETA, de tal manera que en dicho documento su referida madre deberá figurar
con el nombre correcto de LEONOR ANTONIETA
CAMPOS TEJADA. Arequipa 17 de agosto del 2016,
Abogado Jorge Luis Carbajal Bustos con Mat. CAA
Nro. 3434.(19 agosto) B/E 031-5132.
AVISO
En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Rose
Mary Bonifacio Calcina quien solicita la Inscripción Supletoria de la Partida de Bautismo de Elias
Gomez Barcena en el Archivo de la Parroquia Del
Espíritu Santo (A.S.A.) -Arquidiócesis de Arequipa y
afirma que nació en Quiñota, Chumbivilcas -Cusco
el dieciocho de agosto de mil novecientos ochenta
y dos; hijo de don Francisco Gomez Huillca y de
doña Francisca Bacerna Yanque, y que fue bautizado en la Parroquia Del Espíritu Santo (A.S.A.) -Arequipa el veintiuno de agosto de mil novecientos
ochenta y tres. Fueron sus padrinos don Maximo
Palomino Vilcatoma y doña Gaby Graciela Lazo Velasquez. Arequipa ,16 de agosto del 2016. DR. WALTER TÓMAS ROMAÑA FLORES NOTARIO ACTUARIO
(19-22-23 agosto) B/E 031-5133.
Santa Marta 211,2do. Patio, Cercado - Teléf.: 054284783 - Email: vicjudicial@ar2obispá€oarequipa.
org.pe ^
ADICION DE NOMBRE
Por ante el Segundo Juzgado Mixto de Caylloma,
especialista legal Riveros Bejarano Galois Antonio
Exp. 531-2016, doña GENARA OSORIO HUAMANI,
solicita autorización judicial de adición de nombre
en su partida de nacimiento en el segundo prenombre de ELVA, debiendo quedar en el futuro
como GENARA ELVA OSORIO HUAMANI. AREQUIPA, 17 DE AGOSTO DEL 2016. ARMANDO HINOJO-
SA PRADO ABOGADO (19 agosto) B/E 031-5134.
RECTIFICACION PARTIDA DE NACIMIENTO
Ante el tercer juzgado de paz letrado del módulo
básico de justicia de paucarpata, juez Dra. Silvana
Pacheco Tejada, especialista Lizbeth Huaccotto
Goizueta, expediente nro-04o7o-2o16-o-o412-jpci-o3, Sandra Aquino Flores, solicita la rectificacion
judicial de las partidas de nacimiento de sus menores hijos ; Angel Fernando y Angel Fabricio Aranzamendy Aquino, expedidas per la municipalidad
distrital de paucarpata y municipalidad provincial
de arequipa, en cuanto a su apellido paterno que
aparece con error ortográfico “ Aranzamendy”, es
decir se corrija la letra “y” por la letra * i”, a efecto de que quede como “Aranzamendi” , debiendo
quedar en lo posterior los nombres completos
de Angel Fernando Aranzamendi Aquino y Angel
Fabricio Aranzamendi Aquino lo que se pone en
conocimiento para los fines de ley • arequipa 17 de
agosto del 2016 . Jorge Jimenez Pacheco, abogado
, Mat. nro- 1472 . (19 agosto) B/E 031-5135.
AVISO
En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Alex
Omar Burgos Coaquira quien solicita la Inscripción
Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia San Pablo Apóstol (Buenos Aires - Cayma) -Arquidiócesis de Arequipa y afirma
que nació en Yanahuara - Arequipa el primero de
abril de mil novecientos ochenta y dos; hijo de don
Manuel Burgos Pérez y de doña Celestina Coaquira
Miranda, y que fue bautizado en la Parroquia San
Pablo Apóstol (Buenos Aires - Cayma) -Arequipa
el primero de abril de mil novecientos ochenta y
cinco. Fue su madrina doña Julia Platero Gómez.
Arequipa, 16 de agosto del 2016. Dr. Walter TOMAS
ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO VICARIA
(17-18-19 agosto) B/E031-5090
RECTIFICACION DE PARTIDA
Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado, doña Lily Pilar Salas de
Paredes, en representación de la titular, quien solicita por única vez la Rectificación de la Partida de
Bautismo de Olga Justa Espinosa Vera, registrada
en el Libro 53, foja 283, N° 406 del Archivo de la
Parroquia Santa Marta -Arquidiócesis de Arequipa,
en la que su fecha de nacimiento aparece como
‘once de Enero del presente año’; su padre como
‘Ciriaco Espinosa’. Pide que se hagan las siguientes
rectificaciones: “Nació en ‘Arequipa el 11 de enero
de 1931’. Su padre es ‘Ciriaco Espinoza’. Debiendo
la identidad de la bautizada figurar en lo sucesivo como OLGA JUSTA ESPINOZA VERA”. Lo que se
comunica a los interesados para los fines de ley.Arequipa, 16 de agosto del 2016.- Walter Romaña
Flores. Abogado Notario de la Vicaria Judicial –Arzobispado de Arequipa. DR. WALTER T. ROMAÑA
FLORES NOTARIO- ACTUARIO (18-19-22 agosto)
B/E 031-5113.
AVISO
En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Dionicio
Laura Yucra quien solicita la Inscripción Supletoria
de la Partida de Bautismo de Olivia Erika Laura
Sucapuca en el Archivo de la Parroquia San José
Obrero (Apacheta) - Arquidiócesis de Arequipa
y afirma que nació en Socabaya - Arequipa el
diecinueve de abril de mil novecientos setenta y
nueve; hija de don Dionicio Laura Yucra y de doña
Eva Sucapuca Pachauri, y que fue bautizada en la
Parroquia San José Obrero (Apacheta) - Arequipa
el veinticinco de noviembre de mil novecientos
ochenta y nueve. Fueron sus padrinos don Placido
Ito Apaza y doña Tula Saturnina Apaza de Ito. Arequipa, 17 de agosto del 2016. DR. WALTER TÓMAS
ROMAÑA FLORES NOTARIO.-ACTUARIO. (18-19-22
agosto) B/E 031-5114
AVISO
En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Maria Elena Lazo Medina quien solicita la Inscripción Supletoria de la Partida de Bautismo de Brady Eduardo
Condori Lazo en el Archivo de la Parroquia Virgen
de Fátima (Hunter) - Arquidiócesis de Arequipa y
afirma que nació en Alto de la Alianza - Tacna el
veinticuatro de abril de mil novecientos ochenta y
ocho; hijo de don Jesús Eduardo Condori Machaca y de doña Maria Elena Lazo Medina, y que fue
bautizado en la Parroquia Virgen de Fátima (Hunter) - Arequipa el veintinueve de enero del dos mil.
Fueron sus padrinos don Rufo Condori Machaca
y doña Florinda Obregon Carrasco. Arequipa, 18
de agosto del 2016. DR. WALTER TÓMAS ROMAÑA
FLORES NOTARIO ACTUARIO. (19-22-23 agosto) B/
E031-5164
AVISO
En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Tatiana
Leslie Calderón Surco quien solicita la Inscripción
Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo
de la Parroquia Nuestra Señora del Perpetuo Socorro (Alto San Martín - Mariano Melgar) - Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Mariano
Viernes, 19 de agosto del 2016
melgar - Arequipa el veinticinco de mayo de mil
novecientos ochenta y cinco; hija de don Miguel
Angel Calderón Fernández y de doña Nancy Surco
Arias, y que fue bautizada en el Colegio Corazón
de Jesús - CIRCA (Urb. Santa Rosa - Mariano Melgar) - Arequipa el trece de agosto de mil novecientos noventa y tres. Fueron sus padrinos don
Pedro Quilmes Melo y doña Ninfa Calderón Tapia.
AREQUIPA 17 DE AGOSTO DEL 2016. DR WALTER
TOMAS ROMAÑA FLORES NOTARIO ACTUARIO. (18
-19-22 agosto) B/E031-5120.
SUCESIONES
SUCESION INTESTADA
En la notaría Pantigoso, Jirón 28 de julio 219, Provincia de Camaná, José Eusebio Rivas Palomino,
solicita se declare la Sucesión Intestada de Maybelline Gissey Macuado Wuaypuma, fallecida intestada en Mariscal Nieto, Departamento de Moquegua, el 29 de Julio del año 2016, siendo su último
domicilio en la Ciudad de Camaná, lo que se hace
de conocimiento público, conforme al Art. 41 de
la Ley Nro. 26662, para que se presenten quienes
acrediten derechos para ser declarados sus herederos. Camaná, 11 de agosto del 2016. MANUEL
PANTIGOSO Q. ABOGADO NOTARIO MATR. CNA
008. (19 agosto) B/E 031-5143
SUCESION INTESTADA
Ante esta notaria, se ha presentado MARIA DEL
CARMEN SILVANA ALTAMIRANO MIRANDA, solicitando la Sucesión Intestada de su esposo, el señor
JULIO ERNESTO LAZO TOVAR fallecido el 23 de Julio del 2016, teniendo como último domicilio ésta
ciudad. Lo que se comunica, de conformidad con
el artículo 41° de la Ley 26662, a efectos de que se
presenten los que se crean con derecho a la herencia. Arequipa, 17 de agosto del 2016 Doctor Javier
Rodríguez Velarde, Abogado - Notario de Arequipa. (19 agosto) B/E 031-5142.
SUCESION INTESTADA
Ante esta notaria, se ha presentado VERONICA
VALDIVIA BUSTINZA, solicitando la Sucesión Intestada de su esposo, el señor RICHARD OSWALDO SALAZAR CASTILLO fallecido el 05 de Agosto
del 2016, teniendo como último domicilio ésta
ciudad. Lo que se comunica, de conformidad con
el artículo 41° de la Ley 26662,a efectos de que se
presenten los que se crean con derecho a la herencia. Arequipa, 17 de agosto del 2016. Doctor Javier
Rodríguez Velarde, Abogado - Notario de Arequipa
(19 agosto) B/E 031-5142.
SUCESION INTESTADA
CONFORME LEY 26662, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, ABOGADO NOTARIO DE
AREQUIPA, CON OFICINA EN MELGAR 214, CERCADO, AREQUIPA, SE PRESENTO: ELVA LISET VENTURA VALDIVIA. SOLTERA, SOLICITANDO SUCESIÓN
INTESTADA DE: PEDRO JOSE GAMERO LAURA,
FALLECIDO EL 13 DE AGOSTO DEL 2016, QUIEN
TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD,
A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO
HEREDERA A SU HIJA: DANIELA SUZETTE GAMERO
VENTURA. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER
DERECHO. AREQUIPA, 17.08.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA ABOGADO NOTARIO. (19 agosto)
B/E 031-5140.
SUCESION INTESTADA
Ante esta Notaría se ha presentado doña Hayde
Angélica Carpió Rodríguez solicitando la sucesión
intestada de don Juan Jose Carpio Carrasco, fallecido en la ciudad Arequipa, el día 14 de diciembre
del 2012, siendo su último domicilio esta ciudad
de Arequipa. 17 de agosto del 2016. JOSE LUIS
CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO (19 agosto)
B/E 031-5138.
SUCESION INTESTADA
DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, ANTE MÍ
DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSÉ
313-A CERCADO SE PRESENTÓ: PEDRO ARAGÓN
SALDÍVAR, SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA
DE QUIEN EN VIDA FUERA SU ESPOSA: KATTIA DANITZA FARFÁN BARRIGA; LO QUE COMUNICO PARA
QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESIÓN. Arequipa. 17 de agosto del
2016. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO (19 agosto)
B/E 031-5131.
SUCESION INTESTADA
ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN CALLE
COLON 211, OFICINA 107, CERCADO DE AREQUIPA, SE PRESENTA OLGA ROXANA DELGADO DE
CABRERA, SOLICITANDO LA DE ZAIRA FRANCISCA
CARDENAS DE DELGADO, FALLECIDA EL PRIMERO
DE MAYO DEL AÑO 2013, EN ESTA CIUDAD DONDE
MANTUVO SU ULTIMO DOMICILIO, LO QUE HAGO
DE CONOCIMIENTO PUBLICO PARA QUE SE PRESENTEN QUIENES SE CREAN CON DERECHO A SUCEDER. AREQUIPA, 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2016.
GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO PUBLICO DE
AREQUIPA. (19 agosto) B/E 031-5130.
SUCESION INTESTADA
CONFORME LEY 26662, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARRERA ABOGADO NOTARIO DE
AREQUIPA, CON OFICINA EN MELGAR 214, CERCADO, AREQUIPA, SE PRESENTO: VICTORIA ARANGO
SOTO, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE:
ALBERTO ESPINOZA ESPILLICO, FALLECIDO EL 21
DE JUNIO DEL 2016, QUIEN TUVO COMO ULTIMO
DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDEROS A SUS HIJOS:
ANGEL VALERIO ESPINOZA PARI Y BRIGHIT SALOME ESPINOZA PARI. PRESENTENSE QUIENES CREAN
TENER DERECHO. AREQUIPA, 21.07.2016. CESAR
A. FERNANDEZ DAVILA ABOGADO NOTARIO. (19
agosto) B/E 031-5122.
SUCESION INTESTADA
CONFORME LEY 26662, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA ABOGADO NOTARIO DE
AREQUIPA, CON OFICINA EN MELGAR 214, CERCADO, AREQUIPA, SE PRESENTO: JUAN LORENZO
LERMA MENDO, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE: FAUSTINA QUISPE DE LERMA, FALLECIDA
EL 27 DE OCTUBRE DEL 2010, QUIEN TUVO COMO
ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE
SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDERO A
SU CONYUGE SUPERSTITE: JUAN LORENZO LERMA
MENDO. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER
DERECHO. AREQUIPA, 19.07.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA ABOGADO NOTARIO. (19 agosto)
B/E 031-5122.
SUCESION INTESTADA.
CONFORME LEY 26662. ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, ABOGADO NOTARIO DE
AREQUIPA. CON OFICINA EN MELGAR 214, CERCADO, AREQUIPA. SE PRESENTO: AYLIN CANDELARIA
CARI QUISPE, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA
DE SUS PADRES: BARTOLOME CARI CERVANTES Y
CANDELARIA FORTUNATA QUISPE CANLLAHUA DE
CARI, FALLECIDOS EL 14 DE AGOSTO DEL 2002 Y
21 DE JULIO DEL 2016, RESPECTIVAMENTE, QUIENES TUVIERON COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA
CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR
COMO HEREDERA A SU HIJA: AYLIN CANDELARIA CARI QUISPE.PRESENTENSE QUIENES CREAN
TENER DERECHO.AREQUIPA, 17.08.2016. CESAR
A. FERNANDEZ DAVILA ABOGADO NOTARIO. (19
agosto) B/E 031-5121.
SUCESION INTESTADA.
DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, ANTE MÍ
DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSÉ
313-A CERCADO SE PRESENTÓ: MERCEDES ALANOCA ALANOCA, SOLICITANDO LA SUCESIÓN
INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU PADRE:
COSME ALANOCA TICONA; LO QUE COMUNICO
PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN
SU DERECHO A LA SUCESIÓN.AREQUIPA, 16 DE
AGOSTO DEL 2016. DRA ELSA HOLGADO DE CARPIO. NOTARIA ABOGADA CNA Nº24 (19 agosto) B/E
031-5116.
SUCESION INTESTADA
ANTE MI DESPACHO SE PRESENTO EUSEBIA CRISTINA AGUIRRE GALLEGOS, SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE SU MADRE JACINTA RUFINA
GALLEGOS AGUIRRE FALLECIDA EL 13 DE FEBRERO
DEL 2015 EN LA CIUDAD DE CHALA, LUGAR DE SU
ULTIMO DOMICILIO.
LO QUE COMUNICO A FIN DE QUE SE PRESENTEN
LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHOS HEREDITARIOS. CARAVELI, 21 DE JULIO DEL 2016. NIEVES
VIOLETA URQUIZO VASQUEZ. NOTARIA DE CARAVELI. (19 agosto) B/E 031-5110.
SUCESION INTESTADA
CONFORME LEY 26662, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA. ABOGADO NOTARIO DE
AREQUIPA, CON OFICINA EN MELGAR 214, CERCADO, AREQUIPA, SE PRESENTO: JOSE MANUEL
GARCIA SALAS, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN FUERA SU PADRE: MARCO ANTONIO
LIONEL GARCIA AGUIRRE, FALLECIDO EL 11 DE
DICIEMBRE DEL 2015, QUIEN TUVO COMO ULTIMO
DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDEROS A SUS HIJOS:
JOSE MANUEL GARCIA SALAS Y TESSA ANGELA
GARCIA SALAS. PRESENTENSE QUIENES CREAN
TENER DERECHO. AREQUIPA, 17.08.2016. CESAR
A. FERNANDEZ DAVILA ABOGADO NOTARIO. (19
agosto) B/E 031-5127.
SUCESION INTESTADA
ANTE MI DESPACHO SE PRESENTO LIONELA AURORA CHOQUE NEYRA, SOLICITANDO LA SUCESION
INTESTADA DE JAIME RICHAR QUISPE CANALES
PADRE DE SU MENOR HIJA CAROL AURORA QUISPE CHOQUE FALLECIDO EL 26 DE JUNIO DEL 2016
EN LA CIUDAD DE CARAVELI, LUGAR DE SU ULTIMO
DOMICILIO.LO QUE COMUNICO A FIN DE QUE SE
Viernes, 19 de agosto del 2016
PRESENTEN LOS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHOS HEREDITARIOS. CARAVELI 21 DE JULIO DEL
2016. NIEVES VIOLETA URQUIZO VASQUEZ. NOTARIA DE CARAVELI. (19 agosto) B/E 031-5110.
PRESCRIPCIONES
PRESCRIPCION ADQUISITIVA
ANTE MI, JULIO E. ESCARZA BENITEZ, CON OFICINA
EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE PRESENTE MARIO RAFAEL
CACERES YAURI, SOLICITANDO EL INICIO DE TRÁMITE NOTARIAL DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA
DE DOMINIO DE LOS SIGUIENTES PREDIOS: PREDIO
SIGNADO COMO LOTE 7, MANZANA D, “URBANIZACIÓN RESIDENCIAL LA MERCED CHALLAPAMPA - II
ETAPA”, DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; DE UN ÁREA
DE 170.52 M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y
MEDIDAS PERIMÉTRICAS: POR EL FRENTE: CON LA
CALLE No. 2, CON DOS LINEAS DE 8.50 ML Y 1.10
ML, POR EL COSTADO DERECHO: CON LOTE 6,
CON UNA LINEA DE 15.17 ML., POR EL COSTADO
IZQUIERDO: CON LOTE 8, CON UNA LINEA DE 14.40
ML. POR EL FONDO: CON ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LA ARBOLERA DE CHALLAPAMPA, CON DOS LINEAS DE 11.50 Y 2.50 ML. PREDIO SIGNADO COMO
LOTE 8, MANZANA D, “URBANIZACIÓN RESIDENCIAL LA MERCED CHALLAPAMPA - II ETAPA”, DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; DE UN ÁREA DE 222.43
M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS
PERIMÉTRICAS: POR EL FRENTE: CON LA CALLE No.
2, CON UNA LINEA DE 15.10 ML., POR EL COSTADO
DERECHO: CON LOTE 7, CON UNA LÍNEA DE 14.40
ML., POR EL COSTADO IZQUIERDO: CON PASAJE
CATALINA , CON UNA LINEA DE 15.51 ML, POR EL
FONDO: CON ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LA ARBOLERA DE CHALLAPAMPA, CON DOS LINEAS DE 9.14
Y 6.03 ML. AMBOS PREDIOS SE ENCUENTRAN INSCRITOS DENTRO LA PARTIDA REGISTRAL 04006388
A NOMBRE DE SERAFINAHrMPE4?ATRIZ CORRALES
NUÑEZ, JULIO PEDRO CARBAJAL NUÑEZ, YSAURO
YSMAEL CARBAJAL NUÑEZ, MERCEDES FLOR MUNIVE GARCÍA Y VANESSA LEE CARBAJAL MUNIVE.
SE EFECTUA LA PRESENTE PUBLICACIÓN PARA LOS
FINES LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA 17 DE
AGOSTO DEL 2016. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (19-25 agosto) B/E 031-5109.
PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE
VEHICULO
Ante mi despacho se presentaron Lino Florentino
Alvarado Cayo y Francisca Quispe CHoque, solicitando la prescripcion adquisitiva del vehiculo con
las siguientes caracteristicas: placa de rodaje: PGY507, marca: toyota, clase: cmta. pick up, modelo:
DYNA, carroceria: Baranda, año: 1984, color: rojo,
N° de serie: BU700000485, n° de motor: B0185664,
que se encuentra registrado a nombre de Jacinto
Garriazo Licla y que fuera adquirido por los solicitantes hace mas de cuatro (4) años.Lo que comunico para los fines consiguientes.CARAVELI,03
DE JUNIO DEL 2016. NIEVES VIOLETA URQUIZO
VASQUEZ. NOTARIA DE CARAVELI. (19 agosto) B/E
031-5110
FORMACION DE TITULOS SUPLETORIOS
Ante mi Oficio Notarial, ubicado en Av. Panamericana N° 115, se ha admitido la solicitud de VICTOR
RAUL DIAZ ESTREMADOYRO, sobre FORMACION
DE TITULOS SUPLETORIOS, del inmueble ubicado en el Sector Huacapuy, distrito de José María
Quimper, provincia de Camaná, departamento de
Arequipa, con un área de 144,500.58 M2, linderos y medidas perimétricas: POR EL FRENTE (Sur),
con 12.50, 76.67 y 325.22 mi, terrenos del CP. El
Puente - Huacapuy y carretera Panamericana por
medio. POR EL COSTADO DERECHO (Este), con
185.83,100.14, 39.37 y 118.23 mi, terrenos irrigación Pampas El Huevo. POR EL COSTADO IZQUIERDO (Oeste), con 197.34, 90.00 y 117.25 mi, terrenos
del CP. El Puente - Huacapuy y terrenos de El Estado. POR EL FONDO (Norte), con 314.00 y 220.60 mi,
terrenos Irrigación Pampas El Huevo.
Lo que se pone de conocimiento público para los
fines de ley. CAMANÁ, 2016 Agosto 08. ANGEL
MARTINEZ PALOMINO ABOGADO NOTARIO (19-25
agosto) B/E 031-4981.
DECLARACION DE UNION DE HECHO
ANTE MÍ, MARIA EMILIA LADRON DE GUEVARA
ZUZUNAGA, NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICIO
EN LA AV. SOCABAYA 311, SOCABAYA, SE PRESENTAN EFRAIN MAURO FLORES AGUILAR Y KATHERIN
REBECA COAGUILA FLORES, SOLICITANDO QUE SE
RECONOZCA SU UNIÓN DE HECHO POR HABER
CONVIVIDO LIBRE DE IMPEDIMENTO PARA CONTRAER MATRIMONIO, POR MÁS DE DOS AÑOS.-LO
QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PARA LOS FINES
DE LEY. AREQUIPA, 12 DE AGOSTO DEL 2016 MA.
EMILIA LADRON DE GUEVARA ZUZUNAGA NOTARIA DE AREQUIPA. (19 agosto) B/E 031-5125
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
EDICTOS PENALES
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante:
Exp. 2015-956-35 (Imputado) GUILLERMO ROSENDO ZÚÑIGA ROBLEDO. HUGO LAURA MAMANI. Se
notifica a los agraviados, CARLOS TOMÁS CATORIENSE RAMOS Y URBANO CCASA YUCRA. , delito
CONTRA LA FE PUBLICA EN LA MODALIDAD DE
ELABORACIÓN DE DOCUMENTO FALSIFICADO, TIPIFICADO EN EL ART. 427° PRIMER PÁRRAFO DEL
CÓDIGO PENAL , agraviado CARLOS TOMÁS CATORIENSE RAMOS Y URBANO CCASA YUCRA. , NOTIFICACION, RESOLUCIÓN N° 03-2016 DE FECHA 2605- 2016. TRASLADO POR EL PLAZO PERENTORIO
DE 10 DÍAS EL REQUERIMIENTO MIXTO, PARA EFECTOS DEL ART. 350° DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL
PENAL, PRESENTADO POR LA TERCERA FISCALÍA
PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE AREQUIPA.
; Secretario: Díaz (17-18-19 agosto)
Exp. 2015-4737-0 (Imputado) MARCOS HERMINIO
MAMANI ATAMARI. Se notifica a MARCOS HERMINIO MAMANI ATAMARI., delito CONDUCCION DE
VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, previsto en el primer párrafo del Art. 274° del
Código Penal. , agraviado LA SOCIEDAD, NOTIFICACION, Resolución N° 01-2015 de fecha 04-09- 2015.
Al requerimiento de acusación directa presentada
por el Ministerio Público, se le notifica por el plazo
de diez días hábiles, para efectos del artículo 350°
del Nuevo Código Procesal Penal. ; Secretario: Díaz
(17-18-19 agosto)
Exp. 2015-4746-0 (Imputado) WILBERTO JAIME
PACO JACHUCO. Se notifica a WILBERTO JAIME
PACO JACHUCO. , delito CONDUCCION DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD.
PREVISTO POR EL PRIMER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO
274° DEL CÓDIGO PENAL , agraviado LA SOCIEDAD, NOTIFICACION, RESOLUCIÓN 01-2015 FECHA
04-09-2015. LA ACUSACIÓN DIRECTA PRESENTADA
POR LA PRIMERA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL
CORPORATIVA DE AREQUIPA, SE LE NOTIFICA POR
EL PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES PARA EFECTOS
DEL ART. 350° DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL. ; Secretario: Díaz (17-18-19 agosto)
EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y
emplaza a los siguientes procesados para que
se pongan a derecho y defiendan de los cargos
formulados en su contra en el proceso que se les
sigue mediante: Exp. 3272-2016-0 (Imputado)
VICTORIA QUISPE BENITEZ, delito QUERELLA, agraviado LINETH SUJEY VARGAS GOMEZ, DILIGENCIA
15:11:2016, 10:30, Sala 6, EN CASO DE INCONCURRENCIA DECLARARSE CONTUMAZ ; Secretario:
Sucapuca (17-18-19 agosto)
Exp. 2015-2745-49 (Imputado) WILLIAM TOMMY
ATAHUALPA RIVERA , delito HURTO AGRAVADO,
agraviado HOSTAL EL FARAON, DILIGENCIA 24-102016, 2:00 P.M., Sala 5, BAJO APERCIBIMIENTO DE
SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: Lazarte (17-18-19
agosto)
EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante: Exp. 2016-49-12 (Agraviada)
CILA LLAMOSAS CARAPI (imputado) DINA MAMANI HANCCO , delito Falsificación, agraviado CILA
LLAMOSAS CARAPI y otros, NOTIFICACION, Al escrito número 73130-2016: Visto el requerimiento
de acusación, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos
procesales, por el plazo perentorio de diez días
hábiles, para los efectos del artículo 350° del Código Procesal Penal . ; Secretario: Delgado (17-18-19
agosto)
Exp. 2015-3965-3 (Imputado) JOHN ÁNGEL
CHÁVEZ CORNEJO. Se notifica a JOHN ÁNGEL
CHÁVEZ CORNEJO. , delito Conducción en estado de ebriedad, previsto en el primer párrafo del
Artículo 274° del Código Penal. , agraviado LA SOCIEDAD, NOTIFICACION, resolución N° 01-2016, su
fecha 07-01- 2016. A la acusación presentado por
la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de
Arequipa, se notifica por el plazo de 10 días hábiles
para efectos del Artículo 350° del Nuevo Código
Procesal Penal. ; Secretario: Díaz (17-18-19 agosto)
Exp. 2015-4433-95 (Agraviada) CAJA RURAL DE
AHORRO Y CREDITO NUESTRA GENTE S.A., delito Falsedad Ideológica, agraviado EL ESTADO Y
OTROS, NOTIFICACION, 07-2016: DECLARAR FUNDADO EL PEDIDO DE SOBRESEIMIENTO POSTULADO POR EL MINISTERIO PÚBLICO. ASIMISMO NO SE
EMITE NINGÚN TIPO DE PRONUNCIAMIENTO con
respecto a una pretensión civil a favor de las partes
agraviadas ya que no son actor civil. ; Secretario:
Delgado (17-18-19 agosto)
Exp. 2015-4433-95 (Agraviada) CAJA RURAL DE
AHORRO Y CREDITO NUESTRA GENTE S.A. , delito Falsedad Ideológica, agraviado EL ESTADO
Y OTROS, NOTIFICACION, 09:SE RESUELVE CONCEDER APELACIÓN interpuesto por Teresa María
Ticona Camac, en contra de la resolución número
07-2016 ; Secretario: Delgado (17-18-19 agosto)
EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan
a derecho y defiendan de los cargos formulados en
su contra en el proceso que se les sigue mediante:
Exp. 2016-895-21 (Imputado) LEONCIO LIMACHE
CONDORI, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE
ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado LIMACHE ROQUE
JOSUE Y XIOMARA LIMACHE ROQUE REPRESENTADOS POR ROQUE COAQUIRA ZAIDA, DILIGENCIA
04-10-2016, 08:00, Sala 7, BAJO APERCIBIMIENTO
DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: MARQUEZ
(17-18-19 agosto)
EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de
los cargos formulados en su contra en el proceso
que se les sigue mediante: Exp. 2015-4146-41
(Imputado) MARIA INES CANDIA HERRERA, delito
FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, agraviado MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Y OTROS,
NOTIFICACION, Res.01 por el cual se le corre traslado por el plazo de diez días con el Requerimiento
de Sobreseimiento, el cual podrá recabar en las
oficinas del Módulo Penal de la Corte Superior de
Justicia de Arequipa ; Secretario: Valero (17-18-19
agosto)
Exp. 2015-3124-0 HANS ROBERT ESPINOZA ZAPANA Y JUAN BAUTISTA RAMOS BELTRAN , delito
HURTO DE GANADO , agraviado TODULO NICOLAS
RAA RETAMOZO, DILIGENCIA 13-09-2016, 14:00
HORAS, Sala 4, ; Secretario: Huerta (17-18-19 agosto)
Exp. 2015-4044-30 ULISES VIDALON PORTOCARRERO , delito EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESIÓN ,
agraviado COLEGIO MEDICO DEL PERU , DILIGENCIA 29-08-2016, 14:00 HORAS, Sala 4, ; Secretario:
Huerta (17-18-19 agosto)
Exp. 2015-4317-76 (Imputado) JOSE ARTURO RAYME GUTIERREZ, delito TENENCIA ILEGAL DE ARMAS Y OTRO, agraviado ESTADO, NOTIFICACION, ,
, Resolución N° 01 por el cual se le corre traslado
por el plazo de diez días con el Requerimiento de
Sobreseimiento y Acusación, el cual podrá recabar
en las oficinas del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa ; Secretario: Valero
(17-18-19 agosto)
Exp. 2015-7255-79 LUIS JUSTO QUISPE HUANACHIRI, delito , agraviado OFICINA DE NORMALIZACION
PREVISIONAL - ONP, DILIGENCIA 30-09-2016, 11:30
HORAS, Sala 4, ; Secretario: Huerta (17-18-19 agosto)
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a
los siguientes procesados para que se pongan a
derecho y defiendan de los cargos formulados en
su contra en el proceso que se les sigue mediante:
Exp. 2016-1767-48 (agraviado) Dennis Flores Medrano, delito ROBO AGRAVADO, agraviado Dennis
Flores Medrano, NOTIFICACION, Resol. 01 Traslado
de la acusación fiscal presentado por el fiscal por
el plazo de diez días para los efectos del art. 350
del Código Procesal Penal ; Secretario: Arones (1718-19 agosto)
Exp. 2015-3488-34 (Imputado): CARLOS OMAR
HERRERA MERMA, se le notifica: Estando a la constancia de la inasistencia del ACUSADO CARLOS
OMAR HERRERA MERMA así como de su defensor
el abogado Marco Luque Chaiña; por lo que siendo
ambas injustificadas de conformidad con lo que
establece el artículo 85° numeral 2 del código procesal penal, se designa como defensor público del
citado acusado al DOCTOR JUAN CARLOS RAMOS
PERALTA, quien deberá asistir a la próxima audiencia a realizarse. Se reprograma la presente audiencia para el día 23 de agosto de 2016 a las 14:40 de
la tarde en la sala N° 03del penal de varones de
Socabaya.- , delito HURTO AGRAVADO, agraviado
LIZDAY DANICA PACCOHUANCA HUAMANGUILLA,
DILIGENCIA 23-08-2016, 14:40 P.M., Sala 3 del Penal, ; Secretario: TORRES (17-18-19 agosto)
EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante:
Exp. 2014-389-36 JULIA EULALIA BORDA LUQUE,
delito FALSEDAD MATERIAL IMPROPIA, agraviado
EL ESTADO PROCURADOR PUBLICO DE REGISTROS
PUBLICOS, DILIGENCIA 20-08-2016, 12:10, Sala 3,
BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO;
Secretario: DIAZ (17-18-19 agosto)
EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA
DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y
defiendan de los cargos formulados en su contra
en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 20155890-99 Paulo Cesar Palomino , delito FRAUDE
INFORMÁTICO, agraviado BANCO DE CREDITO
del Perú, DILIGENCIA 04-10-2016, 10:00, Sala de
Audiencia del Juzgado, se le corre traslado del requerimiento de sobreseimiento y se fija fecha de
audiencias ; Secretario: Ojeda (17-18-19 agosto)
EL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CERRO
COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan
de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-726-0 RELLY HUAYLLANI CHAVEZ, delito VIOLACION DE DOMICILIO, agraviado FLORENCIO HUAMANI CHALLA,
NOTIFICACION, REPROGRAMACION DE AUDIENCIA
DE CONTROL DE ACUSACION DIA 5 DE SETIEMBRE
A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA EN LA AV. ALFONSO UGARTE N° 119 3ER PISO CERRO COLORADO ;
Secretario: ROJAS (17-18-19 agosto)
EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita
y emplaza a los siguientes procesados para que
se pongan a derecho y defiendan de los cargos
formulados en su contra en el proceso que se les
sigue mediante:
Exp. 2014-278-88 OSCAR ENRIQUE CHINEN YOYAMA, delito ESTAFA GENERICA, agraviado SANTOS
TAPIA CHICLLA, DILIGENCIA 27-09-2016, 10:00 AM,
Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DE OFICIO,
SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL
ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE
ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO
DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA (17-18-19
agosto)
Exp. 2016-4569-57 MERY BENNY DELGADO CUBA,
delito DESOBEDIENCIA Y RESISTECIA A LA AUTORIDAD, agraviado ESTADO, DILIGENCIA 21-09-2016,
10:30 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO
APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO
DEFENSOR DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL
PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA (17-18-19 agosto)
Exp. 2015-5942-33 YATME ERLINDA CARDENAS
NIETO, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE
ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MARIA ISABEL
VERA CARDENAS, DILIGENCIA 13-09-2016, 10:30
A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ,
DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL
NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario:
CALLO (17-18-19 agosto)
EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los
siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su
contra en el proceso que se les sigue mediante:
Exp. 2016-1105-0 (Imputado) FLORENTINO CHURQUIPA TICONA, delito DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 06-092016, 10.00 HRS, Sala de Audiencia del Juzgado, ;
Secretario: Díaz (17-18-19 agosto)
EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE
PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el
proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-33428 (Imputado) ROLANDO INOFUENTE HUAMAN,
delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD,
agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 12-09-2016,
14:00, Sala 3, EN CASO DE INASISTENCIA DECLARARSE CONTUMAZ Y GIRARSE ORDEN DE CAPTURA EN SU CONTRA ; Secretario: Monge (17-18-19
agosto)
EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ,
cita y emplaza a los siguientes procesados para
que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se
les sigue mediante:
Exp. 2015-419-86 El Primer Juzgado Unipersonal
de Camaná, HA DISPUESTO NOTIFICAR AL IMPUTADO LUIS ALBERTO REVILLA PONCE, para la Audien-
3
cia de Juicio Oral en el Módulo Penal de Camaná,
sito en el Jr. Comercio 140 - tercer piso - Cercado
de Camaná, en el Proceso que se sigue en contra
de LUIS ALBERTO REVILLA PONCE., delito CONTRA
LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR,
agraviado menores de iniciales V.I.P.R y R.P.P.R., DILIGENCIA 23 de noviembre 2016, 03:00 p.m., Sala
de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO
DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL
ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE
ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO
DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya (17-18-19
agosto)
EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante:
Exp. 2014-252-23 El Juzgado Colegiado de Camaná, HA DISPUESTO NOTIFICAR AL IMPUTADO BARTOLOME SIVINCHA CHOQUE, para la Audiencia
de Juicio Oral en la Sala de audiencias del penal
de Pucchun Camaná, en el Proceso que se sigue
en contra de BARTOLOME SIVINCHA CHOQUE y
otros. , delito ROBO AGRAVADO, agraviado ALEX
SAQUEO FERNÁNDEZ TORIBIO, DILIGENCIA 26 de
agosto 2016, 10:30 a.m., Sala del Penal Pucchun,
BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL
DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A
NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya (17-18-19 agosto)
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL
PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de
los cargos formulados en su contra en el proceso
que se les sigue mediante: Exp. 2014-11-67 (Imputado) ELMER LUQUE RAFAEL, delito PECULADO
DOLOSO, agraviado Municipalidad Distrital de Majes, NOTIFICACION, Res. 15, por el cual DECLARAR
FUNDADA la EXCEPCION DE IMPROCEDENCIA DE
ACCION deducida por la defensa técnica de ELMER
LUQUE RAFAEL, DECLARAR EL ARCHIVO DEFINITIVO de la investigación seguida en contra de ELMER
LUQUE RAFAEL. ; Secretario: Hernández (17-18-19
agosto)
EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante:
Exp. 2015-1841-70 (Agraviada)Alejandra Gonzales
Villacorta , delito Usurpación , agraviado Alejandra Gonzales Villacorta , DILIGENCIA 18-10-2016,
10:30, Sala 6, ; Secretario: Monge (17-18-19 agosto)
SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a
los siguientes procesados para que se pongan a
derecho y defiendan de los cargos formulados en
su contra en el proceso que se les sigue mediante:
Exp. 4551-2015-23 VICTOR RAUL VALDIVIA CARDENAS, delito USURPACION AGRAVADA, agraviado
ARGELIA GINA COACALLA VARGAS y OTROS, DILIGENCIA 05-12-2016, 09:00 AM., Sala 2, QUE EN
TERMINO DE 24 HORAS DESIGNE DEFENSA PRIVADA O RATIFIQUE A SU DEFENSA CASO CONTRARIO
SE DESIGNARA DEFENSOR PUBLICO ; Secretario:
SONCCO (17-18-19 agosto)
Exp. 365-2014-68 DAMASO URRUTIA COAQUIRA,
delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MARCOS URRUTIA QUISPE y OTRO, DILIGENCIA 21-10-2016, 08:00 AM., Sala 2, EN TERMINO DE
24 HORAS DESIGNE DEFENSA PRIVADA O RATIFIQUE A SU DEFENSA CASO CONTRARIO SE DESIGNARA DEFENSOR PUBLICO; Secretario: SONCCO
(17-18-19 agosto)
EDICTO EXPEDIENTE : 6187-2016-0-0401-JP-PE-01
ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN
5º JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A – SEDE
COMISARIAS. El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de
Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte agraviada
ANTOINE GABRIEL GUILLAUME NICOLAS. Con la
siguiente Resolución N° 01. Parte resolutiva. SE
RESUELVE; ARCHIVAR las actuaciones en torno al
proceso iniciado por denuncia de ANTOINE GABRIEL GUILLAUME NICOLAS, por Faltas contra el
Patrimonio en la modalidad de Hurto contra persona no identificada, dejando a salvo su derecho
de iniciar nuevo procedimiento en caso se logre
identificar al autor. Debiendo notificarse mediante
edicto la presente resolución. Registrese y notifíquese. MARITZA ALEJANDRA SALOMON NUÑEZ
JUEZA SUPERMUMERARIA 5 TO JUZGADO DE PAZ
LETRADO.(17-18-19 agosto)
EDICTO CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA.- VALENCIA DE ROMAÑA AURELIO RONALD.-
4
La República
JUEZ.- NESTOR PUMA SALAZAR.- ESPECIALISTA
LEGAL.- En el EXP. N° 06371-2016-0-0401-JR-FC-04;
sobre VIOLENCIA FAMILIAR a demanda de la Cuarta Fiscalía de Familia de Arequipa, en agravio de
FERNANDEZ SUMIRE, FLORENCIA y en contra de
FERNANDEZ SUMIRE, JULIO, se notifica al último
nombrado, a efecto de comparezca al proceso y/o
conteste la demanda en el termino concedido por
ley y bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal y continuar el proceso en el estado
en que se encuentra firma PACHECO JUEZ PUMA
ESPECIALISTA. AREQUIPA, 2016 JULIO 25. NESTOR
PUMA SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL ( 17-18-19
agosto)
EDICTO
Expediente
: 00089-2015-89-1514-JR-PE-01 y
00089-2015-43-1514-JR-PE-0T Especialista: Abog.
Nicasio Fermín Cóndor Chávez El Señor Juez
del Juzgado de Investigación Preparatoria de la
Provincia de Junín; Dr. RUBEN TOMAS CALIZAYA
HUALPA, a través del presente edicto: Cita y Emplaza al imputado ausente JUAN CARLOS NINANYA CHURAMPI, a fin de que TOME CONOCIMIENTO
de la resolución N° 01 de fecha 21/12/2015 (sobre
requerimiento de confirmatoria de incautaciuon) y
de la resolución N° 01 de fecha 12/07/2016 (sobre
requerimiento de declaración de ausencia), emitida por el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Junín, cuyo extracto de las
resoluciones es el siguiente: Resolución N° 01 De
fecha 21/12/2015 SE RESUELVE: 1.
Declarar
Fundado el Requerimiento efectuado por el Representante del Ministerio Público, con la finalidad de
garantiza la medida de ejecución penal; en consecuencia CONFIRMAR la medida de Incautación del
bien detallado en el tercer considerando de la presente resolución.
2.
DISPONER:
Que la fijación del término de duración de la medida de incautación del bien referido, es hasta que
se expida el auto de sobreseimiento, sentencia
condenatoria o absolutoria proveniente de resolución firme, que ordene su decomiso o disponga su
devolución al propietario; salvo que los afectados
con la medida real de incautación hagan uso de su
derecho que les corresponde, de conformidad con
lo dispuesto por los artículos 318
y 319 del Código Procesal Penal, respecto a la variabilidad que puede producirse en el curso de la
investigación.
3.
DISPONER:
Que en cuanto se refiere al lugar de custodia de
los bienes, el fiscal observe el Reglamento de la
Cadena de Custodia de Elementos Materiales, Evidencias y Administración de Bienes Incautados.
Tómese razón y hágase saber. Con relación a los
anexos téngase por cumplido los documentos que
se adjuntan al presente.- Resolución N° 01 SE RESUELVE: De fecha 12/07/2016
1).- DECLARAR REO AUSENTE al imputado JUAN
CARLOS NINANYA CHURAMPI, con DNI 40424662;
Edad: 46 años; sexo: masculino, Estado Civil: se
desconoce; nacido el 02 de septiembre de 1970,
natural del distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa, con domicilio en la ARB. 1RO.
DE JULIO MZ. C CT. 12 ZONA A ALTO CAYMA del
Distrito de Cayma, Provincia y Departamento de
Arequipa; Nombre de los padres: Demetrio y Luisa;
Talla : un metro con setenta; Contextura: Regular: Cicatrices, tatuajes y otras señas particulares:
se desconoce; Grado de Instrucción: Secundaria
Completa, Profesión u ocupación: - Se desconoce
profesión u ocupación; Nacionalidad: Peruano; en
consecuencia SE DISPONE SU CONDUCCIÓN COMPULSIVA, a fin de que sea puesto a disposición del
Ministerio Público de la Provincia de Junín y se
puedan realizar las diligencias que requieran su
intervención, una vez efectuada, el representante
del Ministerio Público deberá comunicarlo a éste
Despacho a efecto de disponer la cesación de tal
condición y dejarse sin efecto el mandato de conducción compulsiva así como todas las comunicaciones que se hubieran cursado con tal objeto. 2)
SE DISPONE se notifique al Defensor de Oficio del
Ministerio de Justicia de Junín y nombrar como
abogado defensor para el imputado declarado ausente, pudiendo intervenir en todas las diligencias
y podrá hacer uso de todos los medios de defensa
que la Ley reconoce. 3) Se dispone que la presente
resolución sea notificado por edictos al imputado,
la que publicará por tres días hábiles consecutivos
en el Diario Oficial de la Región de Arequipa sin
perjuicio de su publicación en la Página Web de
la institución, conforme al artículo 128° del CPP
y artículo 18 del Reglamento de Notificaciones,
Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del
Código Procesal Penal. TOMESE RAZON Y HAGASE
SABER. RUBEN TOMAS CALIZAYA HUALPA JUEZABOG NICASIO FERMIN CONDOR CHAVEZ ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO (17-18-19 agosto)
EDICTO
En el expediente Nro. 0093-2016-0-0404-JP-PE sobre Faltas contra al persona seguido por Francisco
Enrique Jara Benito y Rafael Auquilla Gamarra, el
señor Juez del Jugado de Paz Letrado del Módulo
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Básico de Justicia de Castilla-Aplao Deyvi Cueva
Cucho expidió la resolución uno cuyo tenor es el
siguiente: Aplao, trece de junio del dos mil dieciséis, RESUELVO: ARCHIVAR las actuaciones en
torno al proceso seguido por FRANCISCO ENRIQUE
JARA BENITO y RAFAEL AUQUILLA GAMARRA por
Faltas contra la Persona, a quienes se les deberá
notificar la presente resolución para los efectos correspondientes. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.
Especialista. Legal Wilbert César Yucra Hallasi.-Sin
otro particular aprovecho la oportunidad para
expresarle los sentimientos de estima personal.
ATENTAMENTE DEYVI CUEVA CUCHO JUEZ DE PAZ
LETRADO MBJ CASTILLA APLAO. (17-18-19 agosto).
EDICTO PÈNAL EXPEDIENTE: N° 4684-2015- TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS
PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL
CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA
JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante
edictos al imputado WILLIAM CARREON PEQUEÑA
CON LA RESOLUCION NUMERO CINCO DOS DE
FECHA CINCO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIES
QUE RESUELVE: VISTOS: el escrito que antecede y
el auto de citación a juicio oral resolución número
tres de fecha dieciocho de mayo del dos mil dieciséis y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el Código
Procesal Penal en su artículo 124 incisos 1) y 2),
establece los casos en que procede la corrección
por error material o numérico, o la aclaración de
los términos oscuros, ambiguos o contradictorios en que estén redactadas las resoluciones, asi
como la adición a su contenido si se hubiera omitido resolver algún punto controvertido, siempre
que tales actos no impliquen una modificación
de lo resuelto; SEGUNDO: En el presente caso, se
advierte que en el auto de citación a juicio oral resolución número tres de fecha dieciocho de mayo
del dos mil dieciséis en la parte resolutiva punto
1 párrafo final) PERCY ESTANISLAO CALDERON
GAMERO, representado por el Procurador Público Especializado en asuntos de orden Público, sin
embargo se habría cometido un error material al
omitir el termino “El Estado” antecediendo a la
designación del Procurador, TERCERO: Siendo así,
corresponde corregir el error material que se ha
producido, debiéndose precisarse que en agravio
del Policía Nacional del Perú PERCY ESTANISLAO
CALDERON GAMERO y El Estado representado por
el Procurador Público especializado en Asuntos de
Orden Público, CUARTO: Estando a la devolución
de la cédula de notificación del Procurador Especializado en Asuntos de Orden Público efectuada
por la central de notificaciones con registro de
ingreso en el sistema de fecha tres de agosto del
presente año, haciendo referencia que dicha Procuraduría es competente para conocer delitos de
orden Público y no faltas y siendo que el agraviado
es efectivo de la Policía Nacional del Perú y los hechos se han cometido en ejercicio de sus funciones
resulta competente y debe notificarse a la Procuraduría Pública a Cargo de los Asuntos Judiciales
del Ministerio del Interior teniéndose presente lo
dispuesto en la presente resolución y la resolución
cuatro dos mil dieciséis. Fundamentos por los que,
SE RESUELVE: 1.- Corregir el error material que se
ha producido en el auto de citación a juicio oral de
fecha dieciocho de mayo del dos mil dieciséis, que
dice: “en agravio del Policía Nacional del Perú PERCY ESTANISLAO CALDERON GAMERO ; y el estado
representado por el Procurador Público Especializado en asuntos de Orden Público en agravio
del Policía Nacional, del Perú PERCY ESTANISLAO
CALDERON GAMERO y El Estado representado por
el Procurador Público Especializado en Asuntos de
Orden Público” quedando subsistente en todo lo
demás que contiene la resolución. 2.- Conforme a
lo expuesto en el considerando cuarto NOTIFIQUESE a la PROCURADURÍA PÚBLICA A CARGO DE LOS
ASUNTOS JUDICIALES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR con la presente resolución y la resolución de
citación a juicio número tres dos mil dieciséis y la
resolución número cuatro dos mil dieciséis teniéndose presente que es citado bajo apercibimiento
de llevarse a cabo la audiencia única sin su presencia. Tómese razón y hágase saber. ESPECIALISTA
LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, 17,18 Y 19 de agosto
del 2016.
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE: N° 4280-2016-TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO
JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE
LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPACOMISARIAS TURNO “A”
LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique
mediante edictos al agraviado LEZJER BEDOYA
ADCO CON LA RESOLUCION NUMERO DOS DE
FECHA SEIS DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISIES QUE
RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO, en proceso por faltas,
a la persona de RUTH MARISOL LIPA MAMANI; por
la comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA EN
LA MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS, conforme a lo previsto en el primer párrafo del articulo
cuatrocientos cuarenta y uno del Código Penal,
en agravio de LEJZER FERNANDO BEDOYA ADCO.
2)
DICTAR MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada RUTH MARISOL LIPA MAMANI. 3)
FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA
ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el
DÍA 10 DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS
08:30 HORAS en el local del Quinto Juzgado de Paz
Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo
112 del Cercado de Arequipa - Comisaria de
Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán asistir:
La parte imputada RUTH MARISOL LIPA MAMANI,
con su abogado defensor, bajo apercibimiento de
ordenar su comparecencia por medio de la fuerza
pública en caso de inconcurrencia: y la parte agraviada constituida en querellante particular LEJZER
FERNANDO BEDOYA ADCO, deberá concurrir con
abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar
su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia.
Además, las partes procesales, deberán tener en
cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una
sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados
deberán concurrir preparados para presentar sus
alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer; Y LA
RESOLUCION NUMERO SEIS DE EFCHA CINCO DE
AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIES QUE RESUELVE:
Al escrito N° 5125-2016: Estando a la devolución
de la cédula de notificación de Lezjer Bedoya Adco
efectuada por la central de notificaciones y al no
haber sido notificado debidamente el agraviado y
con la finalidad de no causar indefensión es que
se dispone reprogramar la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral
para el DÍA 04 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISIES
A LAS 08:30 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo
Nro. 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de
Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir
la parte imputada: RUTH MARISOL LIPA MAMANI,
con su respectivo abogado, balo apercibimiento de ordenar su comparescencia por medio de
la fuerza pública en caso de inconcurrencia: Y la
parte agraviada: LEZJER BEDOYA ADCO, con su respectivo abogado, baio apercibimiento de dictar su
desistimiento tácito en caso de inconcurrencia: en
este proceso por faltas . Ademas las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se
llevara en un sola sesión_( de ser posible) por ello
los abogados deberán concurrir preparados para
presentar alegatos oralmente y para la postulacio
probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad pudiendo asistir acompñados de
los medios probatorios que pretenden hacer valer.
ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ (1718-19 agosto. MARITZA ALEJANDRA SALOMON
NUÑEZ JUEZA SUPEMUMEMARIA – RAUL RAMOS
PEREZ SECRETARIO JUDICIAL ( 17-18-19 agosto)
EDICTO PENAL
JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREP.SEDE-JUNIN
EXPEDIENTE : 00075-2016-0-1514-JR-PE-01 JUEZ
. RUBEN TOMAS CALISAYA HUALPA. ESPECIALISTA
: HARO LAUREANO RODRIGUEZ. La Señor Juez
del Juzgado de Investigación Preparatoria de la
Provincia de Junín: NOTIFICA al imputado: JUAN
CARLOS NINANYA CHURAMPI, con el contenido
de la resolución Numero UNO que resuelve RECEPCIONAR la comunicación de la disposición de
Formalización Y Continuación de la Investigación
Preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial
Penal Corporativa de Junín, contra el Imputado
MANUEL HUGO ARIAS YALI como autor por el presunto delito Contra Patrimonio en la modalidad
de Desvió Ilegal del Curso de Aguas, en agravio
de del Estado debidamente-representado por la
Municipalidad Provincial de Junín y la Autoridad
nacional del Agua ANA Administración Local del
Agua Mantaro por el plazo de ciento veinte días
a efectos de asumir competencia. IMPONER la
medida de COMPARECENCIA SIMPLE al imputado,
quien se encuentran obligado a concurrir a las
diligencias del proceso en que sean necesarias su
presencia, bajo apercibimiento de ser conducido
compulsivamente por la Policía. 4. COMUNICAR a
las partes agraviadas que tiene la facultad de solicitar su constitución de actor civil, con la finalidad
de obtener mayores facultades de actuación en el
proceso. 5. PRECISAR a los sujetos procesales que
la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación preparatoria, se encuentra disponible
en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso,
para su revisión, expedición de copias u otros fines
que correspondan. 6. ADVERTIR a las partes que
los requerimientos y solicitudes se presentan por
escrito (en formulario oficial cuando corresponda)
y deben ser sustentados oralmente en audiencia
pública, bajo apercibimiento de declararse inadmisible en caso de inconcurrencia del peticio-
Viernes, 19 de agosto del 2016
nante.7. EXPLICAR que el desarrollo íntegro de
las audiencias judiciales serán grabados en audio,
pudiendo acceder las partes a una copia. La resolución dictada oralmente en audiencia, se entenderá
notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan asistido.
8.PRECISAR asimismo que para efectos del computo de plazo y en atención al considerando sexta de esta resolución, dicho plazo se computa el
ingreso de la Disposición Fiscal a este Juzgado, es
decir desde el VEINTIDOS DE MARZO DEL DOS MIL
DIECISEIS, EL MISMO QUE VENCERA EL VEINTIDOS
DE JULIO DEL DOS MIL DIECISEIS. 8. ORDENAR a
las partes que fijen en autos un domicilio procesal
dentro del radio urbano del juzgado, precisándose que las resoluciones escritas en adelante serán
notificadas sólo en el domicilio procesal, siendo de
su entera responsabilidad la variación del mismo
no comunicada al juzgado o el fijado fuera del
radio urbano, para lo primero se entenderá válida la notificación en el último domicilio fijado en
autos y para lo segundo se entenderá efectuada
la notificación en el mismo día de expedida la resolución. 9. AUTORIZAR a las partes la utilización
del correo electrónico para la notificación de las
resoluciones, equiparable al domicilio procesal,
la misma que deberá ser comunicada al juzgado
y será excluyente a la notificación por cédula en lo
que sea pertinente. Dictada en Junín, veintiocho
de Agosto del Dos Mil Dieciséis. Abg. Charo Laureano Rodríguez. Especialista Judicial de Causa.
NCPP-JIP-JUNIN-CSJJU. (18-19-22 agosto).
EDICTO PENAL
JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREP.SEDE-JUNIN
EXPEDIENTE : 00075-2016-0-1514-JR-PE-01 JUEZ
. GRACIELA MORALES MONTES. ESPECIALISTA:
CHARO LAUREANO RODRIGUEZ. La Señora Juez
encargada del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Junín: NOTIFICA a los imputado: JUAN CARLOS NINANYA CHURAMPI, con
el contenido de la resolución Numero CUATRO y
PARTE EXPOSITIVA.-Por recibido, en la fecha con
el oficio N° 521-2016-MP/DFJ/FPPC-JUNIN que
antecede la Disposición N° 04 de fecha veintidós
de julio del presente año proveniente de la Fiscalía
Provincial Penal Corporativa de Junín, mediante el cual solicita la prorroga por sesenta días el
plazo de Investigación Preparatoria y estando al
requerimiento indicado. PARTE CONSIDERATIVA.El artículo 342° numeral 1 del C.P.P prescribe: “El
plazo de la investigación preparatoria es de ciento
veinte días naturales. Solo por causas justificadas, dictando la disposición correspondiente, el
Fiscal podrá prorrogarla por única vez hasta por
un máximo de sesenta días naturales.” El artículo
323° numeral 2 del C.P.P menciona: “El Juez de La
Investigación Preparatoria está facultado: ...E) Controlar el cumplimiento del Plazo en las condiciones
fijadas en este Código”, así lo entiende el Juzgado
de Investigación Preparatoria cuando se presenta
la prórroga de la investigación preparatoria por
parte del representante del Ministerio Público
ésta debe ser presentada hasta antes que finalice
la Formalización de la Investigación Preparatoria.
El Fiscal, pone a conocimiento su disposición de
prórroga de la Formalización y Continuación de la
Investigación Preparatoria, por el plazo de sesenta
días, advirtiéndose que el plazo de formalización
de la investigación preparatoria culmino el 22 de
Julio del 2016. PARTE RESOLUTIVA.-TÉNGASE por
comunicada la prórroga por SESENTA DIAS de la
Formalización y Continuación de la Investigación
Preparatoria, expedido por el Fiscal Provincial Penal (P) de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa
de Junín, contra os investigado JUAN CARLOS
NINANYA CHURAMPI Y MARISA LIPA MANCCO
BARRA, por la supuesta comisión del delito de
Apropiación Ilícita en agravio del VICTOR ENRIQUE
LEYVA. INGARUCA; delito previsto y sancionado en
el artículo 190° del Código Penal. Debiendo culminar el 22 de Setiembre del 2016. Dictada en Junín,
Cuatro de Agosto del Dos Mil Dieciséis. Abg. Charo
Laureano Rodríguez. Especialista Judicial de Causa. NCPP-JIP-JUNIN-CSJJU. (18-19-22 agosto).
EDICTO PENAL
JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREP.SEDE-JUNIN
EXPEDIENTE : 00075-2016-0-1514-JR-PE-01 JUEZ
. GRACIELA MORALES MONTES. ESPECIALISTA:
CHARO LAUREANO RODRIGUEZ. La Señora Juez
encargada del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Junín: NOTIFICA a los
imputado: JUAN CARLOS NINANYA CHURAMPI,
con el contenido de la resolución Numero TRES y
SE RESUELVE: PRIMERO. DECLARAR AUSENTE: Al
imputado JUAN CARLOS NINANYA CHURAMPI, con
Documento de Identidad Nacional N° 40424662;
Edad: 46 años; Sexo: Masculino, Estado Civil: Soltero; Nacido: El 02 de setiembre de 1970, Natural
del distrito: De Cayma, Provincia y Departamento
de Arequipa, Con domicilio real: En la Urb.. 1RO.
DE JULIO MZ. C CT. 12 ZONA A ALTO CAYMA del
Distrito de Cayma, Provincia y Departamento de
Arequipa; Nombre de los padres: Demetrio y Lui-
sa; Talla: 1:70 m; Contextura: Regular: Cicatrices,
tatuajes y otras señas particulares: se desconoce; Grado de Instrucción: Secundaria Completa,
Profesión u ocupación: - Se desconoce; Nacionalidad: Peruano. SEGUNDO: UBICACIÓN CAPTURA
y CONDUCCIÓN COMPULSIVA, de JUAN CARLOS
NINANYA CHURAMPI a fin de que sea puesto a
disposición del Ministerio Público de la Provincia
de Junín y se puedan realizar las diligencias que
requieran su intervención, una vez efectuada, el
representante del Ministerio Público deberá comunicarlo a éste Despacho a efecto de disponer
la cesación de tal condición y dejarse sin efecto el
mandato de conducción compulsiva así como todas las comunicaciones que se hubieran cursado
con tal objeto; para cuyo efecto deberá oficiarse
a la autoridad policial correspondiente, TERCERO:
SE DISPONE: Se notifique al Defensor de Oficio del
Ministerio de Justicia de Junín y nombrar como
abogado defensor para el imputado declarado ausente, pudiendo intervenir en todas las diligencias
y podrá hacer uso de todos los medios de defensa
que la Ley reconoce. CUARTO. SE ORDENA: Que
la presente resolución sea notificado por edictos
al imputado, la que publicará por tres días hábiles consecutivos en el Diario Oficial de la Región
de Arequipa sin perjuicio de su publicación en la
Página Web de la institución, conforme al artículo
128° del CPP y artículo 18 del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las
normas del Código Procesal Penal. AVOCANDOSE:
En el conocimiento del presente proceso la Señora
Juez Graciela Morales Montes, Juez del Juzgado de
Mixto de Junín de la Corte Superior de justicia de
Junín, en mérito de la resolución Administrativa
N°552-2016-P-CSJJU/PJ, que RESUELVE: ENCARGAR en adición a sus funciones, el despacho del
Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Junín, por encontrarse el Juez Titular Dr.
Rubén T. Calizaya Hualpa de Vacaciones .TOMESE
RAZON Y HAGASE SABER. Dictada en Junín, Cuatro
de Agosto del Dos Mil Dieciséis. Abg. Charo Laureano Rodríguez. Especialista Judicial de Causa.
NCPP-JIP-JUNIN-CSJJU. (18-19-22 agosto).
EDICTO PENAL EXPEDIENTE 2011-2015-61
-2111 -JR-PE-02
El señor Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de San Román Juliaca, a cargo del Doctor
Milton Huallpa Macedo, por medio de la presente
NOTIFICA A; WILVER ORTIZ VARGAS, identificado
con D. NI 42527776; en el expediente de la referencia 2011-2015-61-2111-JR-PE-02, como presunto
autor del delito Contra la Familia en su modalidad
de Omisión de Asistencia Familiar, en su forma
de Incumplimiento de Obligación Alimentaria en
agravio de Lindabra Chambi Mamani; CITA y NOTIFICA al acusado con el contenido de la resolución
N° 01 de fecha veinticuatro de diciembre del dos
mil quince, mediante el cual SE PROGRAMA día y
hora para la realización de la Audiencia de Juicio
Oral el mismo que se llevara a cabo el DÍA SEIS
DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS
OCHO DE LA MAÑANA CON QUINCE MINUTOS,
BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ en caso de INASISTENCIA A LA AUDIENCIA
PROGRAMADA, audiencia que se llevara a cabo en
la Sala de Audiencias de los Juzgados Unipersonales de Juliaca. Juliaca, 25 de Julio del 2016. (18-1922 agosto).
JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE
ORCOPAMPA, Jueza LIDA BARRIOS SANCHEZ; especialista legal: RAFAEL MAYKO FERNÁNDEZ RÍOS;
en el Exp. 2014-66-98 se ha dispuesto notificar a
CARLOS ENRIQUE BUSQUEZ ROJAS, en el proceso
seguido por el Ministerio Público en su contra y de
otros, en agravio de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CAYARANI, representado por la Procuraduría
Publica de la Contraloría General de la República;
con la Resolución Nro. 01 La que dispone “notificar
la acusación a las partes procesales por el delito
contra la administración pública, en la modalidad
de colusión, previsto en el artículo 384 del Código
Penal en agravio de la Municipalidad Distrital de
Cayarani, representado por el Contralor Público
de la Contraloría General de la República, en contra de CARLOS ENRIQUE BUSQUEZ ROJAS y otros,
quienes tendrán el plazo de diez días a efecto de
proceder deiforme a ley.”. Orcopampa, 15 de Julio
del 2016. Ida Pastora Barrios Sánchez-Jueza(S)Juzgado de Paz Letrado-Investigación Preparatoria de Orcopampa-CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE AREQUIPA. – Rafael Mayko Fernández RiosSecretario Judicial De Juzgado de Paz Letrado de
Orcopampa. (18-19-22 agosto).
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante: Exp. 2014-4286-60 (imputadas) KARLA JACKELINE MAYORGA DENEGRI Y LUCIA TEJADA ALVAREZ, delito APROPIACION ILICITA
IRREGULAR, agraviado Rosa BELARMINA MALAGA
Viernes, 19 de agosto del 2016
VALDIVIA, DILIGENCIA 31-08-2016, 09:00 am, Sala
1, ; Secretario: Quispe (19-22-23 agosto)
JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO, cita
y emplaza a los siguientes procesados para que
se pongan a derecho y defiendan de los cargos
formulados en su contra en el proceso que se les
sigue mediante:
Exp. 2016-5810-0 (Imputado) ELMER VARGAS
GORVEÑA, delito LESIONAS DOLOSAS , agraviado
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA , NOTIFICACION, SEÑALA VISTA DE LA CAUSA PARA EL
DIA 24 DE AGOSTO A LAS 11 DE LA MAÑANA EN LA
SALA DE AUDIENCIA NRO. 12 ; Secretario: CALDERON (19-22-23 agosto)
EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan
a derecho y defiendan de los cargos formulados en
su contra en el proceso que se les sigue mediante:
Exp. 2014-1286-13 GIOVANKA DELGADO DELGADO, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado DEIVIS ELISBAN OCHOA PAREDES, DILIGENCIA 24.08.2016, 12:00, Sala 11, BAJO
APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ
EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL
ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario:
Montes (19-22-23 agosto)
EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de
los cargos formulados en su contra en el proceso
que se les sigue mediante: Exp. 2016-5774-0 JAIME ORTIZ CONDORI, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD Y DROGACICCION, agraviado
LA SOCIEDAD REPRESENTADA POR EL MINISTERIO
PÚBLICO, DILIGENCIA 25-08-2016, 1445 hrs, Sala 2,
; Secretario: Champi (19-22-23 agosto)
Exp. 2015-2365-88 AGRAVIADA: VERONICA NUÑEZ
APAZA, delito HURTO SIMPLE , agraviado VERONICA NUÑEZ APAZA , DILIGENCIA 08-09-2016, 09:15
a.m., Sala 2, ; Secretario: Huerta (19-22-23 agosto)
Exp. 2015-4288-76 FREDY EDWARD GRANDA ZUÑÑIGA, delito ABUSO DE AUTORIDAD, agraviado
, NOTIFICACION, RESOLUCION N° 01-2016 DE FECHA26 DE JULIO DE 2016: CORRE TRASLADO DEL
REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCALPOR ELPLAZO DE DIEZ DIAS ; Secretario: Champi(19-22-23
agosto)
Exp. 4542-2015-46 (Imputado) PATRICIA MELVA
CALLATA BEJAR. Se notifica a Empresa Capacitación y Publicaciones Pacifico S.A.C. representado
por Richard Zúñiga Lazo , delito CONTRA EL PATRIMONIO EN LA MODALIDAD DE apropiación ilícita,
primer párrafo del Art. 190° del Código Penal ,
agraviado Empresa Capacitación y Publicaciones
Pacifico S.A.C. representado por Richard Zúñiga
Lazo, NOTIFICACION, 01-2016 fecha 01-08-2016.
Se notifica el requerimiento de sobreseimiento
presentada por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, por el plazo perentorio de diez días hábiles para efectos del Art. 350°
Nuevo Código Procesal Penal ; Secretario: Díaz (1922-23 agosto)
Exp. 2016-2383-0 SE NOTIFICA CON LA RESOLUCION N° 15. A LOS JUECES SUPREMOS GONZALES CAMPOS, ALCAZAR ZELADA, VEGA VEGA,
BARRIENTOS PEÑA Y PRINCIPE TRUJILLO, delito
Habeas Corpus, agraviado Jueces Superiores de
Juliaca Puno, NOTIFICACION, RESOL 15. ; Secretario: Montes (19-22-23 agosto)
EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y
emplaza a los siguientes procesados para que
se pongan a derecho y defiendan de los cargos
formulados en su contra en el proceso que se les
sigue mediante:Exp. 2012-1088-92 (Imputado)
DOMINGA CAUNA GOMEZ , delito FALSIFICACION
DOCUMENTOS , agraviado EL ESTADO SUNAT Y
OTROS , DILIGENCIA 10-10-2016, 2:00 P.M., Sala 6,
BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO
AUSENTE EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO;
Secretario: Lazarte (19-22-23 agosto)
Exp. 2016-018-83 JOSE LUIS PAREDES CIPRIAN,
delito , agraviado Menor de Iniciales H.A.Z.A, NOTIFICACION, 1. Declarar reo contumaz a JOSE LUIS
PAREDES CIPRIAN, 2. Ratificando la defensora pública María del Pilar Puma Chirinos, SE DISPONE el
archivo provisional. ; Secretario: Chuctaya (19-2223 agosto)
EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante: Exp. 2015-3666-62 (Agraviada) FIORELLA DEL CARMEN YUCRA HEREDIA,
delito LESIONES LEVES, agraviado FIORELLA DEL
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
CARMEN YUCRA HEREDIA, NOTIFICACION, Res. 01
por el cual se le corre traslado por el plazo de diez
días con el Requerimiento de Acusación, el cual
podrá recabar en las oficinas del Módulo Penal de
la Corte Superior de Justicia de Arequipa ; Secretario: Valero (19-22-23 agosto)
Exp. 2016-4583-0 (Imputado) PAUL ANGEL AGUILAR ZEGARRA , delito CONTRA EL PATRIMONIO
HURTO SIMPLE, agraviado CARMEN MARQUEZ
FERNANDEZ , NOTIFICACION, Visto el requerimiento de acusación directa formulado, NOTIFÍQUESE a
los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles ; Secretario: Quispe (1922-23 agosto)
EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de
los cargos formulados en su contra en el proceso
que se les sigue mediante: Exp. 2015-5986-2 (Imputados) SANTIAGO FELIPE HANAMPA MALLMA Y
ABEL SONCCO SALAS (Agraviadas) DIPNA LUTGARDA CONCEPCION ZUÑIGA VALDIVIA DEL CARPIO Y
RITA TEA ZUÑIGA VALDIVIA VDA DE LOPEZ , delito
FALSEDAD IDEOLOGICA, agraviado DIPNA LUTGARDA CONCEPCION ZUÑIGA VALDIVIA DEL CARPIO Y RITA TEA ZUÑIGA VALDIVIA VDA DE LOPEZ Y
ESTADO , DILIGENCIA 23-08-2016, 15:00, Sala 4, ;
Secretario: Quispe (19-22-23 agosto)
EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE HUNTER, cita
y emplaza a los siguientes procesados para que
se pongan a derecho y defiendan de los cargos
formulados en su contra en el proceso que se les
sigue mediante:
Exp. 2015-2581-0 AGRAVIADO: OLIVER REYDER
BOJORQUEZ VALENCIA, delito FALTA CONTRA LA
PERSONA, agraviado OLIVER REYDER BOJORQUEZ
VALENCIA, NOTIFICACION, RES.01: RESUELVO:
DECLARAR EL SOBRESEIMIENTO del proceso por
Faltas seguido en agravio de OLIVER REYDER BOJORQUEZ VALENCIA; en consecuencia, DISPONGO:
El archivo definitivo, DEJÁNDOSE a salvo el derecho de la parte agraviada para que lo haga valer ;
Secretario: Macedo (19-22-23 agosto)
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y
defiendan de los cargos formulados en su contra
en el proceso que se les sigue mediante: Exp.
2015-5426-0 (Imputado) LORENZO SANTA CRUZ
AGUILAR , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION
DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado JEAN CARLOS
SANTA CRUZ PINO Y OTROS, DILIGENCIA 07-092016, 12:30 HRS., Sala de Audiencia del Juzgado,
DE REALIZAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN CON DEFENSOR PÚBLICO; Secretario: Cjuno (19-22-23 agosto)
EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA
DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su
contra en el proceso que se les sigue mediante:
Exp. 2011-3000-52 (Imputados) Herederos de
DANIEL LOPEZ NINA. Se les NOTIFICA CON PARTE DE LA RESOLUCIÓN 29-2016, que contiene:
Asume competencia el Juez del Quinto Juzgado
de Investigación Preparatoria Especializado en
Delitos Tributarios, Aduaneros, de Mercado y Ambientales en mérito a la Resolución administrativa
152-2016-CE-PJ y asume funciones la Especialista
Legal de causas quien suscribe por disposición del
superior. DE OFICIO: Estando a la fecha señalada
y la conformación del nuevo Juzgado, SE SEÑALA nueva fecha para el día lunes veintinueve DE
AGOSTO DEL 2016, a las 9:00 HORAS para que se
lleve a cabo la AUDIENCIA DE PRETENSION CIVIL
la misma se llevará a cabo en el nuevo local del
Juzgado ubicado en Calle Túpac Amaru 464, Distrito de Cerro Colorado – Arequipa., deberá de notificarse a las partes, bajo apercibimiento en caso
de inconcurrencia para el Ministerio Publico de
remitirse copias al Órgano de Control, en caso de
inconcurrencia de la defensa publica se remitirán
copias a la coordinación de la Defensoría Publica
de Arequipa, en caso de Inconcurrencia de la defensa privada de imponérsele una multa de una
unidad de referencia procesal, se va a notificar
con respecto de los herederos vía edictos. , delito
CONTRABANDO, agraviado PROCURADOR DE LA
SUNAT, DILIGENCIA 29-08-2016, 9:00 a.m., Sala de
Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Luque (19-2223 agosto)
exp. 2016-4548-0 agraviados ALBERTO GUTIERREZ
ANCCORI Y MARYLUZ VELASQUEZ QUISPE, delito
lesiones leves y lesiones leves por violencia familiar, agraviado imputados EVER OVIEDO COLQUE
y otros, DILIGENCIA 20-09-2016, 09:00, Sala de
Audiencia del Juzgado, se les corre traslado del requerimiento acusatorio por diez días y se fija fecha
de audiencia; Secretario: Ojeda (19-22-23 agosto)
EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE
PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan
de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-4232-42
(Imputado) CHRISTIAN ZAPANA CHACON, delito
SALUD PUBLICA MICROCOMERCIALIZACION, agraviado El estado , DILIGENCIA 22-08-2016, 09:30,
Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y
DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: ALTAMIRANO (19-22-23 agosto)
EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante:
Exp. 2016-220-16 El Segundo Juzgado Unipersonal
de Camaná, HA DISPUESTO NOTIFICAR AL IMPUTADO RONALD ELIAS ROJAS CONDORCHOA, para la
Audiencia de Juicio Oral en el Módulo Penal de
Camaná, sito en el Jr. Comercio 140 - tercer piso Cercado de Camaná, en el Proceso que se sigue en
contra de RONALD ELIAS ROJAS CONDORCHOA. ,
delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado menor de iniciales F.G.R.C,
DILIGENCIA 19 de setiembre 2016, 8:00 a.m., Sala
de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO
DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL
ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE
ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO
DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya
Exp. 2016-227-46 El Segundo Juzgado Unipersonal
de Camaná, HA DISPUESTO NOTIFICAR AL IMPUTADO MICHEL REYNALDO QUISPE LAZARO, para
la Audiencia de Juicio Oral en el Módulo Penal de
Camaná, sito en el Jr. Comercio 140 - tercer piso
- Cercado de Camaná, en el Proceso que se sigue
en contra de MICHEL RAYNALDO QUISPE LAZARO.
, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado menor de iniciales
A.A.Q.L., DILIGENCIA 19 de setiembre 2016, 12:00
p.m, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ,
DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL
NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario:
Chuctaya (19-22-23 agosto)
EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante:
Exp. 2013-1988-26 MARCO ANTONIO SANCHEZ
VARGAS, delito Hurto Agravado, agraviado MERCEDES USCAMAYTA GUTIERREZ, DILIGENCIA
08/11/2016, 8:00, Sala de Audiencia del Juzgado,
BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL
DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A
NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Talavera (19-22-23 agosto)
SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a
los siguientes procesados para que se pongan a
derecho y defiendan de los cargos formulados en
su contra en el proceso que se les sigue mediante:
Exp. 2014-4753-65 (Imputado) OCHOA TITO OMAR
ERNESTO, delito LESIONES GRAVES, agraviado
BERNARDINO SAMUEL SOLIS MESTES, DILIGENCIA
26-10-2016, 8:30 A.M., Sala 2, ; Secretario: CANO
(19-22-23 agosto)
Exp. 2015-5285-3 Agraviado: BEDREGAL GALLEGOS NILA NEYRA, delito FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, agraviado NILA NEYRA BEDREGAL GALLEGOS, DILIGENCIA 12-10-2016, 8:30 A-M-, Sala 2,
; Secretario: CANO (19-22-23 agosto)
Exp. 2015-4797-0 (Imputado): GREGORIO MAGNO
SUAÑA CHUQUINEYRA, delito PELIGRO COMUN
CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL,
agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 05-10-2016,
9:30 A.M. , Sala 2, ; Secretario: CANO (19-22-23
agosto)
Exp. 2014-5103-84 (Imputado) : LEONARDO FAVIO
CASTAÑEDA LUCANA, delito CONTRA LA VIDA EL
CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado
JORGE QUISPE MENDOZA, DILIGENCIA 02-112016, 12:00 M., Sala 2, ; Secretario: CANO (19-22-23
agosto)
Exp. 2014-4523-98 (Imputado) : CASTILLO QUISPE
ELISBAN, delito VIOLENCIA CONTRA LA AUTORIDAD, agraviado JESUS CONCHA MONTES Y OTRO,
DILIGENCIA 22-09-2016, 12:00 M., Sala 2, ; Secretario: CANO (19-22-23 agosto)
Exp. 2015-5449-39 (Imputado) : MARCIAL ESTEBAN VALDIVIA VALERO, delito PATRIA POTESTAD
SUSTRACCION DE MENOR, agraviado LMVQ, DILIGENCIA 14-09-2016, 8:15 A.M., Sala 2, ; Secretario:
CANO (19-22-23 agosto)
Exp. 2015-3885-7 (Imputados): ADA ROXANA
APAZA PARI, Y FELIPE HIDALGO TACO, delito VIOLENCIA CONTRA LA AUTORIDAD, agraviado MINISTERIO DEL INTERIOR Y CARAZAS GARCIA ALEXANDER, DILIGENCIA 12-10-2016, 10:30 A.M., Sala 2, ;
Secretario: CANO (19-22-23 agosto)
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA
TRANSITORIA DE DELITOS DE FLAGRANCIA, cita
y emplaza a los siguientes procesados para que
se pongan a derecho y defiendan de los cargos
formulados en su contra en el proceso que se les
sigue mediante:
Exp. 2016-5247-0 Se cita y emplaza a Don MARIO
PATIÑO CHUMBISLLA para audiencia de incoación
de proceso inmediato a llevarse a cabo el dos de
septiembre del 2016 a las 08:30 a.m. en el juzgado
de flagrancia de cerro colorado, cito en calle Alfonso Ugarte Nro. 119, Mz. X, lote 18, Urb. La Libertad
distrito de Cerro Colorado, proceso seguido en
su contra por el delito de Omisión a la asistencia
familiar. , delito Omisión a la asistencia familiar,
agraviado MAURICIO DORIAN PATIÑO HANCCO, DILIGENCIA 02-09-2016, 08:30 am., Sala de Audiencia, de ser representado por la defensa de oficio y
llevarse a cabo la audiencia.; Secretario: HANCCO
(19-22-23 agosto)
QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a
los siguientes procesados para que se pongan a
derecho y defiendan de los cargos formulados en
su contra en el proceso que se les sigue mediante:
Exp. 2011-3000-52 Herederos del imputado DANIEL LOPEZ NINA , delito RECEPTACION ADUANERA Y OTROS, agraviado EL ESTADO REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PUBLICO DE LA SUNAT,
DILIGENCIA 29-08-2016, 09:00, Sala de Audiencia
del Juzgado, ; Secretario: Huilca (19-22-23 agosto)
EDICTO PENAL
EXP: 00258-2015-65-2802-JR-PE-02
Se emplaza, notifica y cita a HENRY LUIS AVALOS
MAMANI y GUILLERMO CURO APAZA, con la RESOLUCION N° 01 que RESUELVE: 1. CITAR A JUICIO
ORAL EMPLAZANDO A: 1. A. ACUSADOS: GUILLERMO CURO APAZA, identificado con número de DNI
80504171, HENRY LUIS ÁVALOS MAMANI, identificado con número de DNI 48131231; Debiendo ser
notificados en sus domicilios reales que aparecen
en autos, bajo apercibimiento de ser declarados
contumaces, en caso de inasistencia injustificada.
1. B. MINISTERIO PÚBLICO: Fiscal del PRIMER DESPACHO DE INVESTIGACIÓN de la Fiscalía Provincial
Penal Corporativa de Ilo, a cargo de la Investigación Preparatoria, bajo responsabilidad y, de ser
el caso, de disponerse su exclusión y requerirse su
reemplazo al Fiscal Superior en grado; debiendo
ser notificado y citado en el domicilio legal, procesal y/o Casilla Electrónica señalada en autos. 1.
C. AGRAVIADO: PERCY NAYRA TICA Debiendo ser
notificado a través de su representante legal en
su domicilio real, procesal y /o Casilla electrónica
señalada en autos. Siendo la notificación del Actor
Civil bajo apercibimiento de tenerse por abandonada su constitución en parte en caso de inasistencia injustificada, conforme a lo establecido en
el artículo 359.7 del Código procesal Penal. 1. D.
TESTIGOS: PERCY NAYRA TICA, DAVID COAQUERA
PEREZ, JHON TALLEDO APAZA, Que deberán ser
citados en el domicilio que aparece en el auto de
enjuiciamiento. La concurrencia a Juicio de los
Testigos citados es, conforme al artículo 164.3 y
379.1 del Código Procesal Penal, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por
la Policía Nacional del Perú al Juicio oral, en caso
de inasistencia. 1. E. ABOGADA DEFENSORA: Dra.
Miriam Mendoza Pacori, Defensora Pública- abogada del acusado; debiendo ser notificado en su
domicilio procesal y/o Casilla Electrónica señalado
en autos, bajo apercibimiento de comunicarse a su
órgano de control institucional en caso de inasistencia injustificada. 2.- SEDE DE JUZGAMIENTO: El
juicio oral se realizará en el Modulo Penal de Ilo,
sito en la calle Junín 301- Ilo. 3.- FECHA DE JUZGAMIENTO: El inicio del Juicio se llevará a cabo el día
VEINTISEIS DE AGOSTO del dos mil DIECISEIS, a las
DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS. 4.- DISPONER
que el Ministerio y los demás sujetos procesales
COADYUVEN EFICAZMENTE a la localización y
comparecencia de los testigos o peritos que hayan
propuesto, bajo apercibimiento en comunicarse a
su superior y procederse conforme a lo previsto en
el artículo 379 del Código Procesal Penal.(19-22-23
agosto)
EDICTO
En el expediente No 0080-2016-0-0404-JP-PE so-
5
bre Faltas contra la persona seguido en agravio de
Sonia Melina Vizcarra Vilca, el señor Juez del Jugado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de
Castilla-Aplao Deyvi Cueva Cucho expidió la resolución uno cuyo tenor es el siguiente: Aplao, trece
de junio del dos mil dieciséis, SE RESUELVE: Declarar NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por faltas
en agravio de SONIA MELINA VIZCARRA VILCA, a
quien se le deberá notificar la presente resolución
para los efectos correspondientes. TÓMESE RAZÓN
Y HÁGASE SABER. Especialista Legal Wilbert César
Yucra Hallasi.-(19-22-23 agosto)
EDICTO
En el expediente No 0064-2016-0-0404-JP-PE sobre Faltas contra la persona seguido en agravio de
Maria Elba Illanes Huarcaya, el señor Juez del Jugado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de
Castilla-Aplao Edson Carlos Cuentas Celis expidió
la resolución uno cuyo tenor es el siguiente: Aplao,
ocho de junio del dos mil dieciséis, SE RESUELVE:
Declarar NO HABER LUGAR A CITAR A JUICIO por
faltas en agravio de MARIA ELBA ILLANES HUARCAYA, a quien se le deberá notificar la presente
resolución para los efectos correspondientes. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Especialista Legal
Wilbert César Yucra Hallasi.- (19-22-23 agosto)
EDICTO
EXPEDIENTE 1888-2015-5JPLCC-EGCH SECRETARIA
LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON.Quinto Juzgado
de Paz Letrado de Cerro colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. EL Quinto Juzgado
de Paz Letrado de Cerro Coloradoubicado en Haciéndoles presente que se ha variado el domicilio real
del QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CERRO COLORADO , A LA CALLE ALFONSO UGARTE
119 MANZANA X LOTE 18 CUARTO PISO URBANIZACION LA LIBERTAD CERRO COLORADO A LA
ALTURA DEL MERCADO DE CERRO COLORADO.
DE OFICIO Estando a la devolución de cedulas
de notificación cúmplase con notificarlo al imputado por edicto, con la resolución que antecede
a la presente. Haciendoles presente que se ha
variado el domicilio real del QUINTO JUZGADO de
paz LETRADO de CERRO COLORADO-COMISARIAS
TURNO B, a la CALLE ALFONSO UGARTE 119 MANZANA X LOTE 18 CUARTO PISO URBANIZACION
LA LIBERTAD CERRO COLORADO a la ALTURA del
MERCADO DE CERRO COLORADO. Conforme al
estado del proceso, se reprograma como nueva
fecha, para la realización de LA AUDIENCIA ÚNICA
en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 28
de setiembre del 2016 a las once horas en el local
del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado en 5a Calle Alfonso Ugarte 119 ‘Manzana
X Lote 18 Cuarto Piso, Urbanización ¡a Libertad
Cerro Colorado, f A la Altura del Mercado de Cerro
Colorado). Y cúrsese oficio al JEFE DE LA POLICÍA
JUDICIAL- DEPARTAMENTO DE REQUISITORIAS de
Arequipa, al Defensor Público, para que se asigne
un abogado de oficio a la imputada y notifíquese
a la imputada también por Edicto, con la presente
resolución. (19-22-23 agosto)
EDICTO JUDICIAL
1°
Juzgado
de
Familia
EXPEDIENTE:
01413-2015-0-0401-JR-FC-01 MATERIA: VIOLENCIA FAMILIAR JUEZ: AQUIZE CACERES ROCIO DEL
MILAGRO ESPECIALISTA: VALDEIGLESIAS CHAMBIZEA, KARINA DEMANDADO: JIHUALLANCCA
MERMA, BASILIA AGRAVIADO: CCANA CAHUANA,
PASCUAL DEMANDANTE: MINISTERIO PUBLICO
La señora Juez del Primer Juzgado de Familia, emplaza a Pascual Ccama Cahuana con el contenido
de la RESOLUCIÓN NRO. 02: en la que RESUELVE:
ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar interpuesta por la representante del Ministerio
Público NELLY JESSICA MONTENEGRO BELTRÁN
Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial
de Familia, por VIOLENCIA FAMILIAR maltrato psicológico) en contra de BASILIA JIHUALLANCA MERMA en agravio de PASCUAL CCAMA CAHUANA, en
la VÍA DE PROCESO ÚNICO, en consecuencia TRASLADO de la demanda por el plazo de cinco días al
demandado, RESOLUCIÓN N° 03-2015.- RESUELVO:
confirmar las medidas de protección inmediatas
consistentes en: a) El impedimento de todo tipo de
acoso y agresión por parte de Basilia Jihuallanca
Merma a favor de Pascual Ccama Cahuana a nivel
de su hogar, centro laboral, vía pública o cualquier
lugar donde se encuentren, b) El inicio de la terapia y tratamiento psicológico que seguirán las
partes a cargo del programa MAMIS del Hospital
Goyeneche, bajo los apercibimientos contenidos
en la resolución número 779-2015-2FPF-MP-AR.
Tómese razón y hágase saber.- AREQUIPA 2016
AGOSTO 17 KARINA VALDEIGLESIAS CHAMBIZEA
SECRETARIA JUDICIAL (19-22-23 agosto)
6
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Viernes, 19 de agosto del 2016
CRONICAS JUDICIALES
Viernes, 19 de agosto del 2016
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
AREQUIPA
SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E
ITINERANTE CON SEDE EN CAMANÁ
CRONICA JUDICIAL CORRESPONDIENTE
AL MES DE MAYO DEL 2016
COLEGIADO CONFORMADO POR LOS
SEÑORES JUECES SUPERIORES:
DR. MIGUEL ÁNGEL IRRAZÁBAL SALAS
(PRESIDENTE)
DR. ALEJANDRO RANILLA COLLADO
DR. MARCO ANTONIO HERRERA GUZMÁN
LUNES 02 DE MAYO DEL 2016
Con el Colegiado conformado por los Señores
Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas
(Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán.
AT.
240-2016
HG
En el expediente 20154-0-LA. En el proceso de Acción Contenciosa
Administrativa, seguido por Loria Osbina Rosa
Berlanga Vda. de Valdivia, en contra del Gobierno
Regional de Arequipa, DECLARARON: 1. SEÑALAR
la VISTA DE LA CAUSA para el día SIETE DE JUNIO
DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el
salón de audiencias de esta Sala Superior, la que
se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.
REQUERIMOS EN FORMA REITERATIVA a las partes
procesales cumplan con señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio
urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento
de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer
las sanciones estipuladas en el artículo 292° de la
Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se
efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los
señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo
por escrito dentro del tercer día de notificada la
presente resolución, ello de conformidad con lo
previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del
Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los
letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes,
ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA
Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner
los autos a Despacho, tres días antes de la vista de
la causa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS
JUEVES 05 DE MAYO DEL 2016
Con el Colegiado conformado por los Señores
Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas
(Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán.
SV.
96-2016
IS
En el expediente 201555-0-FC. En el proceso de Reconocimientos de
unión de hecho, seguido por Fredy Joel Motta
Urday, en contra de Leydi Nicols Motta Medina y
Otro, DECLARARON: Por las consideraciones que
anteceden, APROBARON la Sentencia N° 37-2015,
de fecha diecinueve de octubre del dos mil quince, de fojas ciento sesenta y nueve a ciento setenta y dos, corregida de fojas ciento noventa y tres
a ciento noventa y cuatro, que declaró fundada
la demanda de fojas veintitrés subsanada a fojas
treinta y declaró la existencia de unión de hecho
habida entre Fredy Joel Motta Urday, y quien en
vida fue Sofía Ediht Medina Bravo, verificada desde el año dos mil hasta el día veinticuatro de marzo del año dos mil catorce. Sin costas ni costos.
Regístrese y notifíquese.
SV.
99-2016
HG
En el expediente 2009982-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido
por Eufemia Fleresyinda Bejarano de La Cruz, en
contra de Verónica Greis Carazas Castro y Otros,
DECLARARON: CONFIRMAMOS EN PARTE: la Sentencia 181-2014, de fecha diez de octubre del dos
mil catorce, de fojas novecientos ochenta y nueve
y siguientes, en el extremo que declara fundada
la demanda de desalojo por precario en contra
de Calixto Bejarano de la Cruz y Dominga Simona
de la Cruz Retamozo de Bejarano, quien está debidamente representada por su curadora procesal
Silvia Liliana Apaza Taco. Asimismo, en el extremo
que declara infundada la pretensión de desalojo
por precario en cuanto a la codemandada Gisela
Soledad Chara Rojas y en el extremo que declara infundada la pretensión de indemnización de
daños y perjuicios; REVOCAMOS en el extremo
que declara fundada la demanda de desalojo por
precario en contra de las co demandadas litisconsortes facultativas Verónica Greis Carazas Castro,
Rosa Giovanna Quispe Mamani y Silvio Marcos
Bejarano Soto; REFORMÁNDOLA EN ESE EXTREMO,
DECLARAMOS: INFUNDADA, la demanda en cuanto ha sido dirigida a las litisconsortes facultativas
Verónica Greis Carazas Castro y Rosa Giovanna
Quispe Mamani; SIN PRONUNCIAMIENTO SOBRE:
Silvio Marcos Bejarano Soto, siendo que éste fue
excluido del proceso, Tómese razón, hágase y devuélvase al Juzgado de origen.
AV.
128-2016
IS
En el expediente 20151783-0-CI. En el proceso de Impugnación de paternidad, seguido por Juan Lucio Huamaní Villavicencio, en contra de Rocsana Arapa Huarancca,
DECLARARON: Por los considerandos que anteceden DECLARAMOS: 1. Fundado el recurso de apelación interpuesta por América Miranda Beltrán,
abogada de Juan Lucio Huamaní Villavicencio; 2.
DECLARAMOS: Nula la resolución número uno de
fojas quince, de fecha treinta de julio del dos mil
quince, que declara improcedente la demanda
interpuesta por Juan Lucio Huamaní Villavicencio en contra de Rocsana Arapa Huarancca, sobre
impugnación de paternidad extramatrimonial; 3.
DISPONEMOS: Que el A quo emita nueva resolución admisoria teniendo en cuenta los considerandos de la presente resolución; y los devolvieron al Juzgado de origen. Regístrese y notifíquese.
AV.
129-2016
IS
En el expediente 201548-42-LA. En el proceso de Reposición, seguido
por Marco Aurelio Revilla Fernández, en contra
de la Municipalidad Provincial de Condesuyos,
DECLARARON: Por los considerandos que anteceden RESOLVEMOS: 1. Declarar fundado el recurso
de apelación interpuesto por el demandante; 2.
REVOCAMOS la recurrida que declara fundada la
Oposición formulada por la Municipalidad Provincial de Condesuyos en contra de la Medida Cautelar Especial de Reposición Provisional concedida a
favor del demandante y deja sin efecto la medida
cautelar de reposición provisional concedida mediante resolución número uno; REFORMANDOLA
Declaramos INFUNDADA la Oposición a reposición
formulada por la demandada, quedando firme la
resolución número uno de fojas ciento seis a ciento nueve, que dispone la reposición del actor a su
centro de trabajo; con lo demás que contiene. Regístrese y notifíquese.
AV.
130-2016
HG
En el expediente 200563-4-CI. En el proceso de Nulidad de Resolución
Administrativa, seguido por Lucio Ortega Zegarra
y otros, en contra de la Municipalidad Provincial
de Camaná, DECLARARON: INFUNDADO, el recurso de Apelación en contra de la resolución N°
137-2012 de fecha siete de setiembre del dos mil
doce, interpuesto por la Municipalidad Provincial
de Camaná; CONFIRMAMOS: la resolución N° 137-
2012 de fecha siete de setiembre del dos mil doce;
DISPONEMOS: devolver el cuaderno de apelación
a su Juzgado de origen. En los seguidos por Lucio Ernesto Ortega Zegarra y otros, en contra de
la Municipalidad Provincial de Camaná, sobre
Acción de Cumplimiento. Tómese Razón, Hágase
Saber.
AV.
131-2016
RC
En el expediente 201561-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Felipe Alberto Álvarez Rivera,
en contra de la Municipalidad Distrital de Ocoña,
DECLARARON: NULA, la Resolución 02-2015, de
fecha treinta y uno de agosto del dos mil quince,
de fojas cuarenta y uno, que rechaza la demanda
contenciosa administrativa y dispone el archivo
definitivo del proceso. En los seguidos por Felipe
Alberto Álvarez Rivera, con la Municipalidad Distrital de Ocoña, sobre nulidad de acto administrativo en proceso contencioso administrativo. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado
Transitorio Civil de Camaná.
AV.
132-2016
HG
En el expediente 2009982-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por
Eufemia Fleresyinda Bejarano de La Cruz, en contra de Verónica Greis Carazas Castro y Otros, DECLARARON: INFUNDADO, el recurso de Apelación
en contra de la resolución N° 33 de fecha ocho de
julio del dos mil once, interpuesto por los codemandados Marcos Silvio Bejarano Soto y Dominga
Simona de la Cruz Retamozo de Bejarano; CONFIRMAMOS: la resolución N° 33 de fecha ocho de
julio del dos mil once, en lo demás que contiene;
DISPONEMOS: adjuntar el presente auto de vista
al expediente principal, y devolverse al Juzgado
de origen. En los seguidos por Eufemia Fleresyinda Bejarano de la Cruz, en contra de Calixto Sergio
Bejarano de la Cruz, Dominga Simona de la Cruz
Retamozo de Bejarano y otros, sobre Desalojo por
Precario. Tómese Razón, Hágase Saber.
AV.
133-2016
HG
En el expediente 2009982-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido
por Eufemia Fleresyinda Bejarano de La Cruz, en
contra de Verónica Greis Carazas Castro y Otros,
DECLARARON: FUNDADO: el recurso de apelación
interpuesto por el demandado Calixto Sergio Bejarano de la Cruz. DISPONEMOS: dejar sin efecto
la resolución N° 63 de fecha veintiocho de mayo
del dos mil trece en el extremo que le impone
multa de diez unidades de referencia procesal al
demandado Calixto Sergio Bejarano de la Cruz. En
los seguidos por Eufemia Fleresyinda Bejarano de
la Cruz, en contra de Calixto Sergio Bejarano de
la Cruz, Dominga Simona de la Cruz Retamozo de
Bejarano y otros, sobre Desalojo por Precario. Tómese Razón, Hágase Saber.
AV.
139-2016
HG
En el expediente 200565-46-CI. En el proceso de Acción de Amparo, seguido por Lucio Ernesto Ortega Zegarra y Otros,
en contra de la Municipalidad Provincial de Camaná, DECLARARON: INFUNDADO, el recurso de
Apelación en contra de la resolución N° 66-2013
de fecha veintidós de febrero del dos mil trece,
interpuesto por la Municipalidad Provincial de
Camaná; CONFIRMAMOS: la resolución N° 66-2013
de fecha veintidós de febrero del dos mil trece;
DISPONEMOS: devolver el cuaderno de apelación
a su Juzgado de origen. En los seguidos por Lucio Ernesto Ortega Zegarra y otros, en contra de
la Municipalidad Provincial de Camaná, sobre
Acción de Cumplimiento. Tómese Razón y Hágase
Saber.
AT.
223-2016
RC
En el expediente 201434-0-CI. En el proceso No Contencioso, seguido
por Cristina Valenzuela Guillén y Otro, en contra
de Percy Flores Huarachi y Otro, DECLARARON:
IMPROCEDENTE el pedido de nulidad presentado por Juan Lazo Angulo abogado de don Percy
Flores Huarachi, formulado en contra del Auto de
Vista N° 53-2016. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
224-2016
HG
En el expediente 201434-0-CI. En el proceso No Contencioso, seguido
por Cristina Valenzuela Guillén y Otro, en contra
de Percy Flores Huarachi y Otro, DECLARARON:
CORREGIR el Auto de Vista N° 53-2016, de fecha
diecisiete de marzo del dos mil dieciséis, en la parte resolutiva en donde se consigno como nombre
de la codemandada Sofía Malina Quiroz Coaguila
de Flores corresponde entonces CORREGIR dicho
extremo y parecer en su lugar como nombre de
la codemandada Sofía Melina Quiroz Coaguila de
Flores, con lo demás que contiene. REGÍSTRESE Y
NOTIFÍQUESE.
AT.
225-2016
IS
En el expediente 201619-0-LA. En el proceso de Reposición, seguido por
Víctor Vicente Delgado Gómez, en contra de la
Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para
el día SIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS
a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de
audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que
integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar
su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL
dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo
apercibimiento de asumir la notificación de las
posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el
artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin
de que realicen sus informes orales para la fecha
de la Audiencia de Vista de la Causa, conforme a
lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de
la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el
lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de
Sala bajo responsabilidad con poner los autos a
Despacho, TRES DÍAS antes de la vista de la causa.
REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
226-2016
RC
En el expediente 201539-0-LA. En el proceso de Reposición, seguido
por Emilia Aurora Sauri Márquez, en contra de la
Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para
el día SIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS
a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de
audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que
integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar
su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL
dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo
apercibimiento de asumir la notificación de las
posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el
artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin
de que realicen sus informes orales para la fecha
de la Audiencia de Vista de la Causa, conforme a
lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de
la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el
lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de
Sala bajo responsabilidad con poner los autos a
Despacho, TRES DÍAS antes de la vista de la causa.
REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
227-2016
HG
En el expediente 201538-0-LA. En el proceso de Reposición, seguido por
Víctor Alfonso Manchego Mejía, en contra de la
Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para
el día SIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS
a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de
audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que
integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar
su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL
dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo
apercibimiento de asumir la notificación de las
posteriores resoluciones en la fecha de su expe-
dición e imponer las sanciones estipuladas en el
artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin
de que realicen sus informes orales para la fecha
de la Audiencia de Vista de la Causa, conforme a
lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de
la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el
lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de
Sala bajo responsabilidad con poner los autos a
Despacho, TRES DÍAS antes de la vista de la causa.
REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
228-2016
IS
En el expediente 2015205-94-CI. En el proceso de Reivindicación, seguido por Alina Mada Granda Alpaca de Monti y Otro,
en contra de Manuel Eufemio Martínez Chávez,
DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA
para el día SIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISÉIS
a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de
esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los
señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS EN FORMA
REITERATIVA a las partes procesales cumplan con
señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO
PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede
judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha
de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292° de la Ley Orgánica del
Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados
que deseen informar oralmente en la vista de la
causa programada solicitarlo por escrito dentro
del tercer día de notificada la presente resolución,
ello de conformidad con lo previsto en el tercer
párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán
presentar su constancia de habilitación para los
fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de
Sala bajo responsabilidad con poner los autos a
Despacho, tres días antes de la vista de la causa.
REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 15 DECRETOS
VIERNES 06 DE MAYO DEL 2016
Con el Colegiado conformado por los Señores
Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas
(Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán.
SV.
97-2016
RC
En el expediente 2014246-0-CI. En el proceso de Nulidad de Resolución
o Acto Administrativo, seguido por Arnulfo Ciro
Jara Begazo, en contra de la Municipalidad Provincial de Caylloma, DECLARARON: NULA, la Sentencia Número 150-2015, de fecha catorce de agosto
del dos mil quince, que corre a fojas ciento cincuenta y seis, que declara infundada la demanda
de nulidad de acto administrativo contenido en
memorando, reincorporación así como restablecimiento de derechos laborales; DISPONEMOS: Se
emita nuevo pronunciamiento, previa recepción
de la información precisada en el considerando de
esta resolución. En los seguidos por Ranulfo Ciro
Jara Begazo, con la Municipalidad Provincial de
Caylloma, sobre nulidad de resolución administrativa. Tómese razón, hágase saber y devuélvase
al Segundo Juzgado Mixto de Caylloma.
SV.
98-2016
RC
En el expediente 2014187-0-LA. En el proceso de Pago de Beneficios
Económicos, seguido por Santiago Sergio Álvarez
Zúñiga, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia 286-2015-JCT, de fecha veinte de julio del dos
mil quince, de fojas cincuenta y siete, que declara
infundada la demanda contenciosa administrativa, con lo demás que contiene. En los seguidos
por Santiago Sergio Álvarez Zúñiga, con El Gobierno Regional de Arequipa, proceso contencioso administrativo. Tómese razón, hágase saber y
Viernes, 19 de agosto del 2016
devuélvase al Juzgado Civil Transitorio de Camaná.
SV.
106-2016
IS
En el expediente 2013295-0-CI. En el proceso de Interdicto, seguido
por Anyeli Carpio Montes, en contra de Ceferino
Godofredo Carpio Montes, DECLARARON: Por las
considerandos que anteceden RESOLVEMOS: 1.
DECLARAR DECLARAR infundado el recurso de
apelación interpuesto por Anyeli Carpio Montes,
en contra de la Sentencia N° 164-2015 del treinta
de setiembre del dos mil quince; 2. CONFIRMAR
la sentencia N° 164-2015 del treinta de setiembre
del dos mil quince, que corre de fojas doscientos
sesenta y nueve a doscientos setenta y nueve,
que resolvió declarar Fundada la demanda de fojas diez y siguientes, sobre Interdicto de Retener,
interpuesta por Miguel Angel Casas Reymer en
contra de Ceferino Godofredo Carpio Montes; y
dispone que el demandado cese todo acto perturbatorio y se abstenga de perturbar nuevamente la
posesión que el referido demandante ejerce sobre
el inmueble denominado lote 191-1-A ubicado en
el sector denominado Granja Forestal, sección A,
primera Etapa del Proyecto Majes, Distrito de Majes, Provincia de Caylloma, bajo apercibimiento de
ser denunciado por el delito de desobediencia o
resistencia a la autoridad. Con costas y costos; y
declara Improcedente la demanda de fojas ciento
setenta y uno y siguientes, sobre Interdicto de Recobrar, interpuesta por Anyeli Carpio Montes en
contra de Miguel Ángel Casas Reymer, con costas
y costos; y los devolvieron al Juzgado de origen.
Regístrese y notifíquese.
AV.
134-2016
HG
En el expediente 201557-42-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Víctor Darío Vargas Díaz, en contra de la
Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: REVOCAMOS: la Resolución 05, de fecha
quince de setiembre del dos mil quince, de fojas
noventa y siete, que declara fundada la oposición
a la medida cautelar de reposición provisional y
deja sin efecto la medida ordenada; REFORMÁNDOLA, DECLARAMOS, INFUNDADA, la oposición
a la medida cautelar de reposición laboral, interpuesta por la demandada Municipalidad Provincial de Condesuyos, en el cuaderno de medida
cautelar derivado del proceso de desnaturalización de contratos de obra a plazo fijo, seguido por
Víctor Darío Vargas Díaz. Tómese razón, hágase
saber y devuélvase al Juzgado de origen.
AT.
229-2016
RC
En el expediente 201519-0-LA. En el proceso de Nulidad de Despido,
seguido por Uber Fernández Huarcaya, en contra
de CENTURY MINING PERÚ S.A.C., DECLARARON:
1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día
CATORCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS
a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de
audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que
integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar
su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL
dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo
apercibimiento de asumir la notificación de las
posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el
artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin
de que realicen sus informes orales para la fecha
de la Audiencia de Vista de la Causa, conforme a
lo estipulado en el inciso b) del artículo 33° de
la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el
lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de
Sala bajo responsabilidad con poner los autos a
Despacho, TRES DÍAS antes de la vista de la causa.
REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
230-2016
HG
En el expediente 201566-0-LA. En el proceso de Reposición, seguido
por Carlos Justo Alarcón Revilla, en contra de la
Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLARARON: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para
el día CATORCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se
llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores
que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con
señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO
PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede
judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de
su expedición e imponer las sanciones estipuladas
en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados de las partes
a fin de que realicen sus informes orales para la
fecha de la Audiencia de Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo 33°
de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el
lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA Secretaría de
Sala bajo responsabilidad con poner los autos a
Despacho, TRES DÍAS antes de la vista de la causa.
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
243-2016
HG
En el expediente 201625-0-FC. En el proceso de Apelación, seguido por
David Tomás Borda Loayza, en contra de Fidelia
Vela Toledo, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA
DE LA CAUSA para el día CATORCE DE JUNIO DEL
DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se
llevará a cabo con los señores Jueces Superiores
que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS EN FORMA REITERATIVA a las partes
procesales cumplan con señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio
urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento
de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer
las sanciones estipuladas en el artículo 292° de la
Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se
efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los
señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo
por escrito dentro del tercer día de notificada la
presente resolución, ello de conformidad con lo
previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del
Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los
letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes,
ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA
Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner
los autos a Despacho, tres días antes de la vista de
la causa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
244-2016
IS
En el expediente 201634-0-CI. En el proceso de Obligación de hacer,
seguido por Roger Aranzamendi Vera, en contra
de Raúl Ezequiel Concha Fuentes, DECLARARON:
1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día CATORCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a
las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de
esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los
señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes
procesales cumplan con señalar su DOMICILIO
ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del
radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292
de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER
se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los
señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de
notificada la presente, ello de conformidad con lo
previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del
Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los
letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes,
ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA
Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner
los autos a Despacho, tres días antes de la vista
de la causa. Al escrito 613-2013 presentado por
Julián Rolando Ezequiel Hilacondo Feria abogado
de Raúl Ezequiel Concha Fuentes: AL PRINCIPAL:
Téngasele por apersonado ante esa instancia y
por señalado sus domicilios tanto procesal como
electrónico, lugares donde se les hará llegar la s
futuras notificaciones conforme corresponda de
acuerdo a ley. AL PRIMER OTROSI: Conforme a lo
solicitado HAGA USO DE LA PALABRA el letrado
que autoriza en la vista de la causa programada,
debiendo de adecuar su informe al lapso de cinco
minutos. Actuando el colegiado integrado por los
señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal
Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio
Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 13 DECRETOS
LUNES 09 DE MAYO DEL 2016
Con el Colegiado conformado por los Señores
Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas
(Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán.
SV.
100-2016
RC
En el expediente 2008443-0-CI. En el proceso de Nulidad de Resolución
Administrativa, seguido por Transportes Cromotes S.A.C., en contra de la Municipalidad Provincial de Camaná, DECLARARON: CONFIRMAMOS:
la Sentencia 328-2015-JCT, de fecha primero de
septiembre del dos mil quince, de fojas doscientos veintinueve, que declara fundada la demanda
contenciosa administrativa, declarando nulo el
contenido del numeral veinticuatro y no veintidós
de la Sesión Ordinaria veinticinco-dos mil ocho
del Consejo de la Municipalidad Provincial de
Camaná, que acuerda dejar sin efecto el artículo
primero de la Resolución de Alcaldía 121-99-MPCA y adicionalmente declara, Nulo el Acuerdo de
Consejo 91-2008-MPC-C. Con lo demás que contiene. En los seguidos por Transportes Cromotex
S.A.C. con la Municipalidad Provincial de Camaná
sobre nulidad de resolución administrativa. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado
Transitorio Civil de Camaná.
SV.
101-2016
RC
En el expediente 201613-0-FC. En el proceso de Rectificación de Partida,
seguido por Carlos Junior Tapia Pachao, DECLARARON: CONFIRMAMOS: La Sentencia Número 482015, de fecha treinta de diciembre del dos mil
quince, de fojas treinta y tres, que declara infundada la demanda. En los seguidos por Carlos Junior Tapia Pachao, sobre autorización para llevar
apellido. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Condesuyos – Chuquibamba.
SV.
102-2016
HG
En el expediente 201550-0-FP. En el proceso de Infracción contra la Libertad Sexual, seguido por el Ministerio Público,
en contra de Estarles Daniel Huayhua Castillo y
Otro, DECLARARON: NULA, la Sentencia 20-2016,
de fecha quince de marzo del dos mil dieciséis,
que declara Absuelto del dictamen fiscal al menor
Oliver Francisco Guzmán Quispe y declara Autor a
Estarles Daniel Huayhua Castillo de la infracción
de violación de la libertad sexual previsto por el
Artículo 173 primer párrafo inciso 2 del Código
Penal, en agravio de la menor de iníciales M.D.S.T.
(trece) y le impone la medida socioeducativa de
internamiento, por el lapso de dos años, fija quinientos nuevos soles como reparación civil a favor
de la agraviada; DISPONEMOS, se emita sentencia
motivada con arreglo a Derecho; SE ORDENA, la
inmediata externación del menor Estarles Daniel
Huayhua Castillo disponiéndose la entrega a sus
progenitores. Tómese Razón, Hágase Saber y devuélvase al Juzgado de origen.
SV.
107-2016
HG
En el expediente 2014185-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por José Rolando Manuel Álvarez
Cueva, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia 287-2015-JCT, de fecha veintiuno de julio del
dos mil quince, de fojas setenta y tres y siguientes,
que declara infundada la demanda contenciosa
administrativa, con lo demás que contiene. En los
seguidos por José Rolando Manuel Álvarez Cueva,
en contra del Gobierno Regional de Arequipa, y
otros. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al
Juzgado Civil Transitorio de Camaná.
SV.
114-2016
RC
En el expediente 2012369-0-CI. En el proceso de Resolución de contrato,
seguido por Juan Carlos Mendoza Quispe y Otra,
en contra de Clemente Erasmo Becerra Palomino,
DECLARARON: REVOCAMOS: la Sentencia Número
096-2014, de fojas ochenta y siete, de fecha veintiséis de junio del dos mil catorce, que declara
infundada la demanda de resolución de contrato
de traspaso, con lo demás que contiene; REFORMÁNDOLA, DECLARAMOS: IMPROCEDENTE, la
demanda interpuesta. En los seguidos por Juan
Carlos Mendoza Quispe y otra, con Clemente Erasmo Becerra Palomino y otra, sobre resolución de
contrato. Con exoneración de costas y costos. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Segundo Juzgado Mixto de Caylloma.
AV.
135-2016
RC
En el expediente 201628-68-FC. En el proceso de Violencia Familiar,
seguido por Isabel Huamaní Chancahuaña, en
contra de Martín Leonardo Pérez Huamaní, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Resolución 08, de
fecha cuatro de noviembre del dos mil quince,
que declara improcedente la solicitud del Ministerio Público de fecha veintidós de octubre de dos
mil quince. En los seguidos por el Ministerio Público, con Martín Leonardo Pérez Huamaní, violencia
familiar. Tómese razón, hágase saber y devuélvase
al Juzgado Mixto de La Unión.
AT.
234-2016
IS
En el expediente 199438-0-PE. En el proceso de Peculado, seguido por
el Consejo Distrital de Cayarani, en contra de Dámaso Sabino Condo Arredondo, DECLARARON: 1.
REPROGRAMAR el inicio del Juicio Oral para que
se lleve a cabo el día VEINTISIETE DE MAYO del año
DOS MIL DIECISEIS a las nueve horas, a llevarse a
cabo en la Sala de Audiencias del Establecimiento
Penal de Camaná, ante los Jueces Superiores habilitados de la Sala Mixta Miguel Irrazábal Salas,
Marco Herrera Guzmán y complementada con la
magistrado llamada por ley de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones de Arequipa Jenny Magallanes
Rodríguez, debiendo de efectuarse además los
edictos de ley en el diario oficial “El Peruano” y
en el diario de avisos judiciales de la localidad;
debiendo cursarse las comunicaciones pertinentes a fin que el personal del INPE del Establecimiento Penal de Camaná lo ponga a disposición
media hora antes de la señalada. 2. DISPONER se
notifique al acusado con la presente resolución,
de igual forma será notificado para la audiencia
al Procurador Público Anticorrupción Descentralizado de Arequipa conforme al Decreto Legislativo
N° 1068, bajo responsabilidad del personal de Se-
cretaría. 3. NOMBRAR como abogado del acusado
al defensor público del Ministerio de Justicia Edgard Richard Guzmán Quispe, a quién se le notificará con el encargo. 4. DISPONER se curse oficio
al Director de la Oficina Regional de la Ofician
Regional Oriente Pucallpa como al Director del
Establecimiento Penal de Pucallpa para efectuar
el traslado del interno hacia el Establecimiento
Penal de Camaná, debiendo indicarse expresamente en el oficio que el proceso se sigue bajo
las reglas del Código de Procedimientos Penales.
5.- ORDENAR que Secretaría de Sala realice los
diligenciamientos necesarios para asegurar una
efectiva notificación de las partes y la obtención
de los medios probatorios ordenados en el auto
de enjuiciamiento que corre de fojas ochocientos
cuarenta a ochocientos cuarenta y dos, así como
las demás diligencias de ley. 6.-DISPONER EL DILIGENCIAMIENTO, por Secretaría de Sala, bajo
responsabilidad de la documentación siguiente:
La hoja actualizada de consolidado de datos de la
RENIEC de los inculpados; las hojas penales y los
cuadernos de beneficios penitenciarios y sentencias de otros procesos, de ser el caso; certificados
actualizados de antecedentes penales y judiciales
de los encausados; informe del estado de las causas, que en su caso puedan registrar; informe de la
Dirección del INPE sobre los ingresos y egresos del
encausado al Establecimiento Penal de Socabaya,
Pucchún y de Pucallpa, el Juzgado o Sala Penal
que lo ordenó, número de instrucción, el delito y
motivo. Suscriben la presente los señores Jueces
Superiores habilitados Irrazabal Salas y Herrera
Guzmán por disposición de Presidencia de Corte y
ante el impedimento del señor Ranilla Collado en
aplicación del artículo 141° de la Ley Orgánica del
Poder Judicial. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
235-2016
HG
En el expediente 200453-0-PE. En el proceso de Peculado, seguido por
la Municipalidad Distrital de Chachas, en contra
de Mario Magdalena Alcasihuincha Layme, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR el inicio del Juicio
Oral para que se lleve a cabo el día veintisiete de
mayo del año dos mil dieciséis a las diez horas, en
el salón de audiencias de la Sala Mixta de Camaná,
la que se llevará a cabo ante los señores Jueces
Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se notifique al acusado en el domicilio real que aparece en su ficha de inscripción
de la RENIEC y el que fuera brindado por el mismo
en el anterior juicio oral; así como en su domicilio
procesal, de haberlo señalado en autos, para que
concurra a la audiencia media hora antes de la señalada, BAJO APERCIBIMIENTO de variar su condición jurídica de comparecencia con restricciones
por la de detención, previa declaración de REO
CONTUMAZ, con suspensión de los plazos de prescripción, de ser el caso; ordenando su búsqueda
y captura a nivel nacional, debiendo Secretaría
efectuar además las publicaciones vía edictos de
Ley en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Diario
Judicial “La República”, edictos que deberán ser
recabados por el personal de Secretaría de Sala, a
fin de resolver oportunamente la situación jurídica del inculpado; de igual manera, deberá ser notificado la parte civil y el Procurador Público respectivo conforme al Decreto Legislativo N° 1068,
bajo responsabilidad de Secretaría. 3. NOMBRAR
como defensa del acusado al defensor público de
la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a
la Justicia con su sede en Camaná, Edgard Richard
Guzmán Quispe, a quién se le notificará conforme
a ley. 4. DISPONER que Secretaría de Sala realice
los diligenciamientos necesarios para asegurar
una efectiva notificación de las partes y la obtención de los medios probatorios ordenados en el
auto de enjuiciamiento, teniendo presente el medio probatorio ofrecido por el Ministerio Público
en el Segundo Otrosí del Dictamen 119-2012 de
fojas mil novecientos noventa y cuatro, así como
las demás diligencias de ley. 5.- DISPONER EL
DILIGENCIAMIENTO, por Secretaría de Sala, bajo
responsabilidad de la documentación siguiente:
La hoja actualizada de consolidado de datos de
la RENIEC del inculpado; las hojas penales y los
cuadernos de beneficios penitenciarios y sentencias de otros procesos de ser el caso; certificados
actualizados de antecedentes penales y judiciales
del encausado; informe del estado de las causas,
que en su caso puedan registrar; informe de la Dirección del INPE sobre los ingresos y egresos del
encausado al Establecimiento Penal de Socabaya
y Pucchún, el Juzgado o Sala Penal que lo ordenó,
número de instrucción, el delito y motivo.- Suscriben la presente resolución los señores Jueces
Superiores habilitados Irrazábal Salas y Herrera
Guzmán por disposición de Presidencia y por el
impedimento del señor Ranilla Collado, en aplicación del artículo 141° de la Ley Orgánica del Poder
Judicial. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
236-2016
IS
En el expediente 199617-0-PE. En el proceso de Peculado, seguido por
El Estado, en contra de Edmundo Ricardo Mendoza Lupaca, DECLARARON: 1) ACEPTAR la inhibición del señor Juez Superior Alejandro Ranilla
7
Collado, debiendo completarse el Colegiado con
el magistrado llamado por ley conforme a lo dispuesto por la Presidencia de la Corte Superior de
Justicia de Arequipa. 2) SEÑALAR llevar adelante
la realización del nuevo Juicio Oral contra el procesado Edmundo Ricardo Mendoza Lupaca para el
día VEINTISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS,
en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la
cual se llevará a cabo ante los Jueces Superiores
habilitados que integren la Sala Mixta en dicha
oportunidad y el magistrado llamado por ley de
la Sala de Apelaciones de turno, que en este caso
corresponde a la magistrado Jenny Magallanes
Rodríguez como integrante de la Cuarta Sala de
Apelaciones de Arequipa. 3) DISPONER se notifique al acusado Edmundo Ricardo Mendoza Lupaca para que se presente a la audiencia señalada;
BAJO APERCIBIMIENTO de variarles el mandato
de Comparecencia con restricciones por la de
Detención Preventiva y ser declarados Reo Contumaz, ordenando su búsqueda y captura a nivel
nacional, además de disponerse la suspensión de
los plazos de prescripción de la acción penal; de
ser el caso, sin perjuicio de efectuarse además los
edictos de Ley en el Diario Judicial de la localidad
y en el Diario “El Peruano” para su citación a juicio.
De igual manera, se debe tener presente que en
autos la agraviada Municipalidad Distrital de Choco se ha constituido en parte civil, quién deberá
ser notificado por esta única vez en el domicilio
procesal indicado, así también al Procurador Público Anticorrupción Descentralizado de Arequipa
conforme a ley, requiriéndoles a ambos que señale domicilio procesal en el radio urbano de la provincia de conformidad a la Resolución Administrativa N° 034-2010-CEJD/CSJA. 4) NOMBRAR como
defensa del acusado al abogado de la Defensoría
Pública del Ministerio de Justicia de la provincia
Edgard Richard Guzmán Quispe, a quién se le notificará con el encargo. 5) TENER por ofrecidos los
medios de prueba indicados en el Dictamen N°
07-2016-FSMDI-C por parte del Ministerio Público, los que serán dado cuenta en audiencia para
su respectiva admisión o rechazo. 6) MANDAR que
Secretaría solicite: - Las hojas penales y los cuadernos de beneficios penitenciarios y sentencias
de otros procesos de ser el caso. - Los certificados
actualizados de antecedentes penales y judiciales
de los encausados. - El informe del estado de las
causas, que en su caso puedan registrar.- Informe
de la Dirección del INPE sobre los ingresos y egresos de los inculpados al Establecimiento Penal de
Socabaya y Pucchún, el Juzgado o Sala Penal que
lo ordenó, número de instrucción, el delito y motivo; así como realice las demás diligencias de ley;
bajo responsabilidad. 7) DISPONEMOS que para
dar cumplimiento a la medida de restricción de
impedimento de salida del país se curse oficio a la
Dirección de Movimiento Migratorio del Ministerio del Interior y a la Policía Judicial de la División
de Requisitorias de Lima, bajo responsabilidad de
Secretaría de Sala.- Suscriben la presente resolución los señores Jueces Superiores habilitados de
la Sala Mixta de Camaná Irrazábal Salas y Herrera
Guzmán, de conformidad al artículo 141° de la Ley
Orgánica del Poder Judicial ante el impedimento
del señor Ranilla Collado. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
237-2016
HG
En el expediente 2000289-0-PE. En el proceso de Peculado, seguido por
la Sociedad de Beneficencia Pública de Camaná,
en contra de Percy Acosta Monroy y Otros, DECLARARON: 1) DECLARAR IMPROCEDENTE el pedido
de declaración de nulidad de todo lo actuado presentado por la Fiscal Superior Adjunta al Superior;
2) DEVOLVER el expediente a la Fiscalía Superior
Mixta de Camaná a efecto de que en breve plazo proceda conforme a sus atribuciones. Actúan
los magistrados Irrazábal Salas, Ranilla Collado y
Herrera Guzmán por disposición de Presidencia de
Corte. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
241-2016
IS
En el expediente 2013120-0-LA. En el proceso de Pago de beneficios
sociales y/o indemnización u otros beneficios
económicos, seguido por Vitaliano Augusto León
Quispe, en contra de la Empresa CENTURY MINING
S.A.C., DECLARARON: 1.- SEÑALAR la VISTA DE LA
CAUSA para el día CATORCE DE JUNIO DEL AÑO
DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior,
la que se llevará a cabo ante los señores Jueces
Superiores que integren el Colegiado en dicha
fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales
cumplan con señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y
DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de
esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir
la notificación de las posteriores resoluciones en
la fecha de su expedición e imponer las sanciones
estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica
del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a los abogados
de las partes a fin de que realicen sus informes
orales para la fecha de la Audiencia de Vista de
la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b)
del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Traba-
8
La República
jo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA
Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner
los autos a Despacho, TRES DÍAS antes de la vista
de la causa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
242-2016
RC
En el expediente 201214-0-LA. En el proceso de Pago de beneficios económicos, seguido por el Sindicato de Trabajadores Mineros y Metalúrgicos de la Unidad Minera
de San Juan de Chorunga, en contra de CENTURY
MINING PERÚ S.A.C., DECLARARON: 1.- SEÑALAR
la VISTA DE LA CAUSA para el día SIETE DE JUNIO
DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS
de la mañana, en el salón de audiencias de ésta
Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes
procesales cumplan con señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio
urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento
de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer
las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la
Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a
los abogados de las partes a fin de que realicen
sus informes orales para la fecha de la Audiencia
de Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en
el inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4.
CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad
con poner los autos a Despacho, TRES DÍAS antes
de la vista de la causa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
S.
06-2016
RC
En el expediente 2015118-0-CI. En el proceso de Nulidad de Resolución
Administrativa, seguido por Rubén Darío Vizcarra
Ramírez, en contra de la Municipalidad Distrital
de Majes, DECLARARON: INFUNDADA, la demanda contenciosa administrativa de revisión judicial
de procedimiento de ejecución coactiva. En los
seguidos por Rubén Darío Vizcarra Ramírez, con
la Municipalidad Distrital de Majes y el Ejecutor
Coactivo de dicha Municipalidad. Tómese razón y
hágase saber.
NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 11 DECRETOS
MARTES 10 DE MAYO DEL 2016
Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio
Herrera Guzmán.
S.
05-2016
HG
En el expediente 201342-0-CI. En el proceso de Revisión de Procedimiento de Ejecución /Cobranza Coactiva, seguido
por Guzmán Chambilla Illachura, en contra de la
Municipalidad Distrital de Majes, DECLARARON:
Por estos fundamentos administrando Justicia a
nombre del Pueblo, de quien emana el Poder, RESOLVEMOS: Declarar la conclusión del proceso sin
pronunciamiento sobre el fondo de la demanda
de Revisión Judicial de procedimiento de Ejecución Coactiva interpuesta por Guzmán Chambilla
Illachura en contra del Departamento de Ejecución Coactiva de la Municipalidad Distrital de Majes. Sin costas ni costos. Regístrese y notifíquese.
SV.
104-2016
HG
En el expediente 201531-0-FC. En el proceso de Separación de cuerpos
por causal, seguido por José Luis Anco Colque,
en contra de Susana Marlene Gil Apaza, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia 21-2015,
de fecha veintisiete de enero del dos mil quince,
de fojas ciento cuarenta y uno y siguientes, en
el extremo que declara infundada la demanda
de divorcio por la causal de abandono del hogar
conyugal, interpuesto por José Luis Anco Colque
en contra de Susana Marlene Gil Apaza; DISPONEMOS: La devolución del expediente al Juzgado de
origen. Tómese razón, hágase saber y devuélvase
al Juzgado de origen.
SV.
105-2016
HG
En el expediente 2014109-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Leyla Basilia Pacheco de Gonzáles,
en contra del Gobierno Regional de Arequipa,
DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia 2852015-JCT, de fecha veinte de julio del dos mil
quince, de fojas sesenta y tres y siguientes, que
declara infundada la demanda contenciosa administrativa, con lo demás que contiene. En los seguidos por Leyla Luz Basilia Pacheco de Gonzáles,
en contra del Gobierno Regional de Arequipa, y
otros. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al
Juzgado Civil Transitorio de Camaná.
SV.
108-2016
HG
En el expediente 2014127-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Víctor Abdón Chávez Alvarado,
en contra del Gobierno Regional de Arequipa,
DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia 2892015-JCT, de fecha veintiuno de julio del dos
mil quince, de fojas sesenta y dos y siguientes,
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
que declara infundada la demanda contenciosa
administrativa, con lo demás que contiene. En
los seguidos por Víctor Abdón Chávez Alvarado,
en contra del Gobierno Regional de Arequipa, y
otros. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al
Juzgado Civil Transitorio de Camaná.
SV.
109-2016
HG
En el expediente 2014186-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Josefa Abigail Ochoa Bravo,
en contra del Gobierno Regional de Arequipa,
DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia 2902015-JCT, de fecha veintidós de julio del dos mil
quince, de fojas sesenta y dos y siguientes, que
declara infundada la demanda contenciosa administrativa, con lo demás que contiene. En los seguidos por Josefa Abigail Ochoa Bravo, en contra
del Gobierno Regional de Arequipa, y otros. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado
Civil Transitorio de Camaná.
AV.
142-2016
IS
En el expediente 2008146-34-PE. En el proceso de Disturbios y Otros,
seguido por Víctor Hildebrando Arieta Delgado
y Otros, en contra de Henry Felipe del Carpio
Rubio, DECLARARON: Por los considerandos que
anteceden RESOLVEMOS: 1. Declarar Infundado el
recurso de apelación interpuesto por el agraviado
Víctor Hildebrando Arrieta Delgado; 2. CONFIRMAMOS la Resolución N° 58, de fojas cincuenta
y siete, de fecha dieciocho de junio del dos mil
trece, que declara Improcedente la solicitud de
nulidad de la resolución número cincuenta y seis,
presentada por Víctor Hildebrando Arrieta Delgado, en los seguidos en contra de Luis Gonzáles
Noe y otros por los delitos de Disturbios y Otros,
en agravio de Víctor Arrieta Delgado y otros; y los
devolvieron al juzgado de origen en la forma de
estilo. Regístrese y notifíquese.
NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 10 DECRETOS
MIÉRCOLES 11 DE MAYO DEL 2016
Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio
Herrera Guzmán.
SV.
110-2016
IS
En el expediente 2014690-0-CI. En el proceso de Acción de Amparo, seguido por Manuel Jesús Darío Granda Neyra, en
contra de Zenón Luque Céspedes, DECLARARON:
Por los considerandos que anteceden DECLARAMOS: 1. INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Manuel Jesús Darío Granda Neyra; 2.
CONFIRMAMOS la Sentencia N° 071-2015-JCT, que
declara IMPROCEDENTE la demanda de fojas cuarenta y cinco a cincuenta y nueve, interpuesta por
Jesús Darío Granda Neyra en contra de Zenón Luque Céspedes en su actuación como Juez del Juzgado Especializado en lo Civil de Camaná, sobre
Acción de Amparo; con lo demás que contiene; y
los devolvieron al juzgado de origen. Regístrese y
notifíquese.
SV.
111-2016
IS
En el expediente 201473-0-LA. En el proceso Contencioso Administrativo, seguido por Pedro Jesús Carnero Espinoza, en
contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: Por los considerandos que anteceden
RESOLVEMOS: 1. Declarar Fundado el recurso de
apelación interpuesto por la parte accionante; 2.
DECLARAMOS nula la Sentencia N° 295-2015-JCT,
de fojas sesenta y seis a setenta y tres, de fecha
treinta de julio del dos mil quince, que declara
improcedente la demanda incoada por Pedro Jesús Carnero Espinoza sobre demanda contenciosa
Administrativa contra el Gobierno Regional de
Arequipa y Unidad de Gestión Educativa Local de
Camaná y otros; DISPONEMOS que el A quo emita
nueva resolución teniendo en cuenta los considerandos de la presente resolución; y los devolvieron al Juzgado de origen. Regístrese y notifíquese.
SV.
112-2016
IS
En el expediente 201615-0-LA. En el proceso de Indemnización por daños y perjuicios por incumplimiento de contrato,
seguido por Sabino Chunga Gutiérrez, en contra
de CENTURY MINING PERÚ S.A.C., DECLARARON:
Por los fundamentos que anteceden DECLARAMOS NULA Y SIN EFECTO la sentencia número 1 –
2016, de fecha seis de enero del dos mil dieciséis,
corriente de fojas ochenta y tres a ochenta y ocho,
que declara Fundada en parte la demanda sobre
Indemnización por daños y perjuicios interpuesta
por Sabino Chunga Gutiérrez en contra de Century Ming (debe entenderse Mining) Perú S.A.C.,
en consecuencia ordena que la empresa demandada cumpla con abonar al demandante la suma
de tres mil quinientos soles, por concepto de lucro
cesante más los intereses legales a partir de la fecha en la que se produjo el daño; con lo demás
que contiene; y DISPONEMOS: Que el A quo expida nueva sentencia a la brevedad posible teniendo en cuenta los considerandos que anteceden; y
los devolvieron al Juzgado de origen. Regístrese y
notifíquese.
NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS
JUEVES 12 DE MAYO DEL 2016
Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio
Herrera Guzmán.
SV.
103-2016
RC
En el expediente 201630-0-FP. En el proceso de Violación Sexual de
menor de catorce años de edad, seguido por el
Ministerio Público, en contra de Pedro Luis Zabala
Carpio, DECLARARON: REVOCAMOS: la Sentencia
Número 065-2015-FP, que declara al menor Pedro
Luis Zabala Carpio, autor de la infracción penal de
violación sexual de menor de edad, previsto en
el Artículo 173, primer párrafo, numeral dos, del
Código Penal, en agravio de S.M.V.C., le impone
medida socioeducativa de internación por un año
en el Centro Juvenil Alfonso Ugarte de Arequipa,
con lo demás que contiene; REFORMÁNDOLA,
DECLARAMOS: la prescripción de la acción de la
infracción penal, imputada al adolescente Pedro
Luis Zabala Carpio, como autor de la infracción de
violación sexual de menor de edad, previsto en el
Artículo 173, primer párrafo, numeral dos, del Código Penal, en agravio de S.M.V.C.; DISPONEMOS:
el archivo definitivo de la causa y anulación de los
antecedentes. Se oficiará a la ODECMA, con copia
del expediente para que se pronuncie conforme a
sus atribuciones por las razones del segundo considerando. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Castilla Aplao.
AT.
271-2016
RC
En el expediente 2014247-0-CI. En el proceso de Mejor derecho a la
posesión, seguido por Jesús Gustavo Chirinos
Zegarra, en contra de la Comunidad Campesina de CHOJANITAYOC Gerencia Departamental
de COFOPRI y otro, DECLARARON: 1.- DECLARAR
NULA y SIN EFECTO la resolución N° 22 dictada en
esta instancia de grado en el extremo que declara
“Nulo el concesorio de apelación contenido en la
resolución número seis y dispone la devolución
del expediente a su juzgado de origen para que
vuelva a calificar el recurso con arreglo a ley”, dejando subsistente el proveído del escrito número
254-2016 presentado por el demandante; en consecuencia, y siguiendo con el trámite del proceso.
2.- SEÑALAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día siete de junio del dos mil dieciséis a la nueve horas
en el salón de audiencias de la Sala Mixta de Camaná, ante los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha.3.- DISPONER
se efectúen las notificaciones de ley, requiriendo
a las partes señalen casilla electrónica y domicilio
procesal en el radio urbano de la provincia conforme a ley y a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo
Distrital, caso contrario de dejará la constancia
respectiva; los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa solicitarlo
por escrito dentro del tercer día de notificada la
presente, de conformidad con el tercer párrafo del
artículo 375° del Código Procesal Civil, solicitud
que será aceptada por el solo hecho de su presentación, siempre y cuando se ejerza dicho derecho
dentro del plazo de ley, exhortando a los señores
abogados portar su constancia de habilitación,
ello en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa 298-2009-CE-PJ. 3) CUMPLA
Secretaría de Sala con poner los autos a Despacho,
tres días antes de la vista de la causa. Suscriben
los señores Jueces Superiores Irrazábal Salas, Ranilla Collado y Herrera Guzmán por disposición de
Presidencia. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS
VIERNES 13 DE MAYO DEL 2016
Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio
Herrera Guzmán.
AV.
136-2016
RC
En el expediente 2012241-94-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de
Majes, en contra de Rosa Benicia Jove Peralta,
DECLARARON: NULA, la Resolución 01-2015, de
fecha veintinueve de octubre del dos mil quince,
que declara improcedente la medida cautelar de
no innovar. En los seguidos por Municipalidad
Distrital de Majes, con Rosa Benicia Jove Peralta,
medida cautelar derivada de proceso de nulidad
de acto jurídico. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Majes, Caylloma.
AV.
137-2016
RC
En el expediente 20151375-16-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de
Majes, en contra de Gregorio Puma Cotohuanca,
DECLARARON: NULA, la Resolución 01-2015, de
fecha tres de noviembre del dos mil quince, que
declara improcedente la solicitud de medida cautelar de no innovar. En los seguidos por Municipalidad Distrital de Majes, con Gregorio Puma
Viernes, 19 de agosto del 2016
Cotohuanca, medida cautelar derivada de proceso
de nulidad de acto jurídico. Tómese razón, hágase
saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Majes, Caylloma.
AT.
238-2016
IS
En el expediente 200895-0-PE. En el proceso de Peculado, seguido por
la Municipalidad Distrital de Lomas, en contra de
Teodomiro Belarmino Sedano Quintanilla, DECLARARON: IMPROCEDENTE el recurso impugnatorio
de apelación interpuesto por Lilian Ivette Ibáñez
Quiroz, como abogada de la Procuraduría Pública
Anticorrupción Descentralizada del distrito judicial de Arequipa contra el extremo Cuarto Otrosí del decreto número sesenta y siete de fecha
veintiuno de abril del dos mil dieciséis, teniendo
presente su casilla electrónica para las respectivas
notificaciones. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS
LUNES 16 DE MAYO DEL 2016
Con el Colegiado conformado por los Señores Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio
Herrera Guzmán.
SV.
117-2016
HG
En el expediente 20161-0-FC. En el proceso de Divorcio por causal, seguido por Nélida Gladis Ludeña Marca, en contra
de Jony Filman Dvalos Carhuas, DECLARARON:
APROBAMOS: la Sentencia S/N, de fecha ocho
de enero del dos mil quince, de fojas ciento cincuenta y seis y siguientes, que declara fundada
la demanda de divorcio por separación de hecho,
disuelto el vínculo del matrimonio, sin pronunciamiento la tenencia del hijo, pérdida del derecho
hereditario entre los cónyuges, fenecida la sociedad de gananciales, con lo demás que contiene.
En los seguidos por Nélida Gladys Ludeña Marca
en contra de Joni Wilman Dávalos Carhuas, sobre
divorcio por separación de hecho. Tómese razón,
hágase saber y devuélvase al Juzgado de origen.
SV.
118-2016
HG
En el expediente 2014156-0-FC. En el proceso de Contravenciones, seguido por el Ministerio Público de Camaná, en
contra de Rosa Deri Libia Medina Argote, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia 296-2015,
de fojas ciento veintisiete y siguientes, que declara infundada la demanda de contravenciones,
interpuesta por el Representante del Ministerio
Público en contra Rosa Deri Libia Medina Argote;
DISPONEMOS: la devolución al juzgado de origen.
Tómese razón y hágase saber.
AV.
138-2016
HG
En el expediente 199853-54-PE. En el proceso de Peculado, seguido por
la Municipalidad de Huaynacotas, en contra de
Heradio Supa Marroquín, DECLARARON: CONFIRMAMOS la Resolución a Resolución N° 18 de fecha
tres de diciembre del dos mil quince, que resuelve
declarar inadmisible el escrito de apersonamiento
presentado por el abogado Javier Gonzalo Cornejo Portocarrero abogado de la Procuraduria Pública Anticorrupción Descentralizada del Distrito
Judicial de Arequipa, en lo demás que contiene.
Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado de origen.
AV.
140-2016
RC
En el expediente 2015276-75-CI. En el proceso de Obligación de dar
suma de dinero, seguido por Servicio de agua potable y alcantarillado de Arequipa, en contra de
la Municipalidad Provincial de Castilla, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Resolución 12, de fecha
quince de diciembre del dos mil catorce, de fojas
ochenta y cuatro, que resuelve llevar adelante la
ejecución hasta que la ejecutada pague la suma
de ocho mil doscientos treinta y cuatro soles (S/.
8,234.00), más intereses, entiéndase legales a favor del ejecutante. En los seguidos por SEDAPAR,
con la Municipalidad Provincial de Castilla, proceso de obligación de dar suma de dinero en proceso ejecutivo. Tómese razón y hágase saber.
AV.
141-2016
RC
En el expediente 200164-0-CI. En el proceso de Nulidad de derecho de
posesión, seguido por Leonor Huamaní Flores y
Otros, en contra de Pedro Yimer Zamudio Chacón,
DECLARARON: FUNDADO, el recurso de apelación
interpuesto; NULA LA RESOLUCIÓN 21-2015, de fecha tres de marzo del dos mil quince, de fojas mil
ciento noventa y uno, que declara el abandono y
archivo del proceso; DISPONEMOS: se continúe el
trámite de la causa; previniendo al Señor Juez del
Juzgado Especializado Civil de Camaná, sea vigilante en el cumplimiento de sus funciones. En los
seguidos por Josefina Georgina Castillo Huamaní
y otros, con Pedro Pablo Zamudio Cáceres y otra,
sobre nulidad de derecho de posesión. Tómese razón y hágase saber.
AV.
148-2016
HG
En el expediente 20167-98-LA. En el proceso de Reposición, seguido
por Luis Antonio Vásquez Lupinta, en contra de
CENTURY MINIG PERÚ S.A.C., DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Resolución 01, de fecha catorce de
setiembre del dos mil quince, de fojas cincuenta y
seis y siguientes, en el extremo que declara improcedente la pretensión de reposición. En los seguidos por Luis Antonio Vásquez Lupinta, en contra
de CENTURY MINING PERÚ S.A.C.. Tómese razón,
hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de
Condesuyos-Chuquibamba.
AF.
06-2016
IS
En el expediente 201680-18-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por
Jessica Antonieta Zúñiga Ames, en contra de
Eduardo Raúl Martínez Zúñiga, DECLARARON: 1.DECLARAR NULO EL CONCESORIO de apelación
contenido en la Resolución Nro. 29, de fecha veintinueve de abril del año dos mil dieciséis, de folios
doscientos setenta y seis, por la cual se resuelve:
“CONCEDER APELACIÓN SIN EFECTO SUSPENSIVO
Y SIN LA CALIDAD DE DIFERIDA a favor de EUDALDO RAUL MARTINEZ ZUÑIGA”. 2.- DISPONEMOS la
devolución del expediente a su Juzgado de origen, a efecto que vuelvan a calificar el recurso con
arreglo a ley; y conceda apelación con el efecto
correspondiente. 3.- EXHORTAR al Juez como a
la Secretaria Judicial a cargo de la causa, eviten
conceder apelación con el efecto que no corresponde, observando los dispositivos procesales
aplicables. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
245-2016
RC
En el expediente 201222-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar,
seguido por el Ministerio Público, en contra de
Ricardo Paúl Machaca Portugal, DECLARARON: 1.
SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día TREINTA Y UNO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS
a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de
esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los
señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes
procesales cumplan con señalar su DOMICILIO
ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del
radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores
resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292
de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER
se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los
señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de
notificada la presente, ello de conformidad con lo
previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del
Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los
letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes,
ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA
Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner
los autos a Despacho, tres días antes de la vista de
la causa. Actuando el colegiado integrado por los
señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal
Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio
Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
247-2016
IS
En el expediente 2014107-0-CI. En el proceso de Indemnización, seguido
por Noe Ronal Pulcra Medina, en contra de la Municipalidad Distrital de Quechualla y Otro, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el
día CATORCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias
de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con
los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO
ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del
radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores
resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292
de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER
se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los
señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de
notificada la presente, ello de conformidad con lo
previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del
Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los
letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes,
ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA
Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner
los autos a Despacho, tres días antes de la vista de
la causa. Actuando el colegiado integrado por los
señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal
Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio
Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
248-2016
RC
En el expediente 2012244-0-CI. En el proceso de Nulidad de acto jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de
Majes, en contra de Gabino Eleuterio Mendoza
Flores, DECLARARON: 1.- DECLARAR IMPROCEDENTES los medios probatorio ofrecido por la
apelante Municipalidad Distrital de Majes, consis-
Viernes, 19 de agosto del 2016
tentes en la Sentencia N° 222-2014 de fecha seis
de noviembre del dos mil catorce y la Sentencia
de Vista N° 135-2015 de fecha diez de agosto del
dos mil quince. 2.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA
para el día CATORCE DE JUNIO del DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo
con los señores Jueces Superiores que integren
el Colegiado en dicha oportunidad. 3.- DISPONER
se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los
señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo
por escrito dentro del tercer día de notificada la
presente resolución, ello de conformidad con
lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375°
del Código Procesal Civil; petición que se tendrá
por concedida, de ajustarse a lo estipulado en la
norma en mención. 4.- CUMPLA Secretaría de Sala
bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Al escrito 794-2016 presentado por la Municipalidad Distrital de Majes representada por el abogado Cesar
Humberto Paz Dominique: AL PRINCIPAL: Téngase
por señalado tanto el domicilio procesal como
electrónico, lugares donde se les harán llegar las
futuras notificaciones conforme corresponda de
acuerdo a ley. AL OTROSI: Téngase presente. Actuando el Colegiado integrado por los señores
Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas,
Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera
Guzmán. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.
AT.
249-2016
HG
En el expediente 2013151-0-FC. En el proceso de Divorcio por causal,
seguido por Sergio Genaro Huamán Condori, en
contra de María Alejandrina Carpio Salazar, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para
el día CATORCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias
de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con
los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO
ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del
radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292
de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER
se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los
señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de
notificada la presente, ello de conformidad con lo
previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del
Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los
letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes,
ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA
Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner
los autos a Despacho, tres días antes de la vista de
la causa. Actuando el colegiado integrado por los
señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal
Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio
Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
250-2016
IS
En el expediente 2013865-0-CI. En el proceso de Nulidad de acto jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de
Majes, en contra de Walter Gregorio Jove Peralta,
DECLARARON: 1.- DECLARAR IMPROCEDENTES los
medios probatorio ofrecido por la apelante Municipalidad Distrital de Majes, consistentes en la
Sentencia N° 222-2014 de fecha seis de noviembre del dos mil catorce y la Sentencia de Vista
N° 135-2015 de fecha diez de agosto del dos mil
quince. 2.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el
día CATORCE DE JUNIO del DOS MIL DIECISÉIS a las
NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta
Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 3.- DISPONER se efectúe
las notificaciones de Ley, debiendo los señores
abogados que deseen informar oralmente en la
vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente
resolución, ello de conformidad con lo previsto
en el tercer párrafo del artículo 375° del Código
Procesal Civil; petición que se tendrá por concedida, de ajustarse a lo estipulado en la norma
en mención. 4.- CUMPLA Secretaría de Sala bajo
responsabilidad con poner los autos a Despacho,
tres días antes de la vista de la causa. Al escrito
799-2016 presentado por la Municipalidad Distrital de Majes representada por el abogado Cesar
Humberto Paz Dominique: AL PRINCIPAL: Téngase por señalado tanto el domicilio procesal como
electrónico, lugares donde se les harán llegar las
futuras notificaciones conforme corresponda de
acuerdo a ley. AL OTROSI: Téngase presente. Actuando el Colegiado integrado por los señores
Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas,
Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera
Guzmán. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.
AT.
251-2016
RC
En el expediente 20111014-0-CI. En el proceso de Nulidad de acto ju-
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
rídico, seguido por la Municipalidad Distrital de
Majes, en contra de Paolita Paz Pastor y Otro,
DECLARARON: 1.- DECLARAR IMPROCEDENTES los
medios probatorio ofrecido por la apelante Municipalidad Distrital de Majes, consistentes en la
Sentencia N° 222-2014 de fecha seis de noviembre del dos mil catorce y la Sentencia de Vista
N° 135-2015 de fecha diez de agosto del dos mil
quince. 2.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el
día CATORCE DE JUNIO del DOS MIL DIECISÉIS a las
NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta
Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 3.- DISPONER se efectúe
las notificaciones de Ley, debiendo los señores
abogados que deseen informar oralmente en la
vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente
resolución, ello de conformidad con lo previsto
en el tercer párrafo del artículo 375° del Código
Procesal Civil; petición que se tendrá por concedida, de ajustarse a lo estipulado en la norma
en mención. 4.- CUMPLA Secretaría de Sala bajo
responsabilidad con poner los autos a Despacho,
tres días antes de la vista de la causa. Al escrito
645-2016 presentado por la Municipalidad Distrital de Majes representada por el abogado Cesar
Humberto Paz Dominique: AL PRINCIPAL: Téngase por señalado tanto el domicilio procesal como
electrónico, lugares donde se les harán llegar las
futuras notificaciones conforme corresponda de
acuerdo a ley. AL OTROSI: Téngase presente. Actuando el Colegiado integrado por los señores
Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas,
Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera
Guzmán. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.
AT.
256-2016
IS
En el expediente 200392-0-CI. En el proceso de Otorgamiento de escritura pública, seguido por Arturo Perdomo Santa
Cruz y Otra, en contra de José Luis Angulo Zaconet, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA
CAUSA para el día SIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS
MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de
audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará
a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS
a las partes procesales cumplan con señalar su
DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL
dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo
apercibimiento de asumir la notificación de las
posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3.
DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar
oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer
día de notificada la presente, ello de conformidad
con lo previsto en el tercer párrafo del artículo
375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la
cual los letrados deberán presentar su constancia
de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en
la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4.
CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad
con poner los autos a Despacho, tres días antes
de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel
Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y
Marco Antonio Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
257-2016
RC
En el expediente 2015148-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar,
seguido por el Ministerio Público, en contra de
Gilmer Rigoberto Flores Rodríguez y Otra, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el
día SIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS
a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de
esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los
señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes
procesales cumplan con señalar su DOMICILIO
ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del
radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292
de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER
se efectúe las notificaciones de Ley. 4. CUMPLA
Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner
los autos a Despacho, tres días antes de la vista de
la causa. Actuando el colegiado integrado por los
señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal
Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio
Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
258-2016
IS
En el expediente 2015237-65-CI. En el proceso de Pago de Frutos, seguido por Ronald Calderón Cadillo, en contra de
Elena Patricia Gutiérrez Gonzáles, DECLARARON:
1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SIETE
DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala
Superior, la que se llevará a cabo con los señores
Jueces Superiores que integren el Colegiado en
dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes proce-
sales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio
urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento
de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer
las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la
Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se
efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los
señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de
notificada la presente, ello de conformidad con lo
previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del
Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los
letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes,
ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA
Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner
los autos a Despacho, tres días antes de la vista de
la causa. Actuando el colegiado integrado por los
señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal
Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio
Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
260-2016
RC
En el expediente 201622-0-LA. En el proceso de Incumplimiento de Disposiciones y normas laborales, seguido por Jorge
Kenny Zúñiga Zúñiga, en contra del Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA, DECLARARON:
1.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día
VEINTIUNO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS
a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de
audiencias de ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los señores Jueces Superiores que
integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar
su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL
dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo
apercibimiento de asumir la notificación de las
posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el
artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
3. CONVOCAR a los abogados de las partes a fin de
que realicen sus informes orales para la fecha de
la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el
inciso b) del artículo 33° de la Nueva Ley Procesal
de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4.
CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad
con poner los autos a Despacho, TRES DÍAS antes
de la vista de la causa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
261-2016
HG
En el expediente 2014120-0-CI. En el proceso de Tercería, seguido por
Sharon Vanesa Gonzáles Gutiérrez, en contra del
Banco de Crédito del Perú y Otro, DECLARARON:
1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día SIETE
DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala
Superior, la que se llevará a cabo con los señores
Jueces Superiores que integren el Colegiado en
dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio
urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento
de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer
las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la
Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se
efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los
señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de
notificada la presente, ello de conformidad con lo
previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del
Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los
letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes,
ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA
Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner
los autos a Despacho, tres días antes de la vista de
la causa. Actuando el colegiado integrado por los
señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal
Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio
Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
266-2016
RC
En el expediente 2013371-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar,
seguido por el Ministerio Público, en contra de
Rafael Adán Dolmos Navarrete, DECLARARON: 1.
SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIOCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a
las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de
esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los
señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes
procesales cumplan con señalar su DOMICILIO
ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del
radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292
de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER
se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los
señores abogados que deseen informar oralmen-
te solicitarlo por escrito dentro del tercer día de
notificada la presente, ello de conformidad con lo
previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del
Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los
letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes,
ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA
Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner
los autos a Despacho, tres días antes de la vista de
la causa. Actuando el colegiado integrado por los
señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal
Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio
Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 12 DECRETOS
MARTES 17 DE MAYO DEL 2016
Con el Colegiado conformado por los Señores
Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas
(Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán.
AT.
254-2016
HG
En el expediente 201586-0-LA. En el proceso de Indemnización por
Despido arbitrario, seguido por Fermín Mamani
Condori, en contra de la Municipalidad Distrital de Majes, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR la
VISTA DE LA CAUSA señalada mediante Resolucion N° 7 (AT: 189), para que se lleve a cabo el día
CATORCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISÉIS, a las
NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta
Sala Superior, misma que se llevará a cabo ante los
Jueces Superiores que integren el Colegiado en
dicha oportunidad. 2. CONVOCAR a los abogados
de las partes a fin de que realicen sus informes
orales para la fecha de la Vista de la Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del artículo
33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo – Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por
el lapso de cinco minutos. 3. CUMPLA Secretaría
de Sala bajo responsabilidad con poner los autos
a Despacho, CINCO DÍAS antes de la vista de la
causa. Actuando el colegiado integrado por los
señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal
Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio
Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 10 DECRETOS
MIÉRCOLES 18 DE MAYO DEL 2016
Con el Colegiado conformado por los Señores
Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas
(Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán.
SV.
113-2016
RC
En el expediente 200658-0-PE. En el proceso de Violación sexual de
menor, seguido por el Ministerio Público, en
contra de Valeriano Rufino Cáceres Quispe, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Sentencia Número
03-2015, que absolvió a Valeriano Rufino Cáceres
Quispe, del delito de violación sexual, previsto en
el Artículo 170, primer y segundo párrafo, numeral 4, del Código Penal, en agravio de la menor de
catorce años y dos meses L.E.LL.C., con lo demás
que contiene. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Mixto de Condesuyos.
SV.
115-2016
RC
En el expediente 2009208-0-CI. En el proceso de Retracto, seguido por
Luis Edgardo Dongo Campos, en contra de Candelaria Ofelia Begazo Almonte, DECLARARON: NULA,
la Sentencia Número 059-2015, de fecha veintiocho de abril del dos mil quince, de fojas doscientos treinta y nueve, que declara improcedente la
demanda de retracto, con lo demás que contiene;
DISPONEMOS: Se emita nuevo pronunciamiento
con arreglo a derecho. En los seguidos por Gabino
Luis Edgardo Dongo Campos, con Manuela Ofelia Prosperina Almonte Vilchez, Candelaria Ofelia
Begazo Almonte y Mariela del Carmen Begazo
Alvarado, retracto. Tómese razón, hágase saber y
devuélvase al Juzgado Especializado Civil de Camaná.
AV.
144-2016
HG
En el expediente 20169-6-FC. En el proceso de Reconocimiento de
Unión de Hecho, seguido por Margarita Peralta
Quispe, DECLARARON: CONFIRMAMOS: la Resolución 01, de fecha treinta de diciembre del dos mil
quince, de fojas once a doce, que declara rechazar
la solicitud de auxilio judicial; DISPONEMOS: Devolver, el cuaderno de Auxilio Judicial interpuesta
por Margarita Peralta Quispe. Tómese razón, hágase saber.
AV.
145-2016
HG
En el expediente 2012245-13-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de
Majes, en contra de Verónica Betty Taipe Vega,
DECLARARON: NULA, la Resolución 01, de fecha
treinta de noviembre del dos mil quince, de fojas
doce, que declara improcedente la solicitud de
medida cautelar de no innovar; DISPONEMOS, se
emita nuevo pronunciamiento calificando la de-
9
manda cautelar, teniendo en cuenta la causal de
inadmisibilidad señalada. En los seguidos por Municipalidad Distrital de Majes, con Verónica Betty
Taipe Vega, proceso de medida cautelar, derivada
de un proceso de nulidad de acto jurídico. Tómese
razón, hágase saber y devuélvase al Segundo Juzgado Mixto de Caylloma-Majes.
AV.
146-2016
HG
En el expediente 2015969-18-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de
Majes, en contra de Pablo Rafael Batallanos Batallanos, DECLARARON: NULA, la Resolución 01, de
fecha tres de noviembre del dos mil quince, de
fojas doce, que declara improcedente la solicitud
de medida cautelar de no innovar; DISPONEMOS,
se emita nuevo pronunciamiento calificando la
demanda cautelar, teniendo en cuenta la causal
de inadmisibilidad señalada. En los seguidos por
Municipalidad Distrital de Majes, con Pablo Rafael
Batallanos Batallanos, proceso de medida cautelar, derivada de un proceso de nulidad de acto
jurídico. Tómese razón, hágase saber y devuélvase
al Segundo Juzgado Mixto de Caylloma-Majes.
AV.
147-2016
IS
En el expediente 2015282-86-CI. En el proceso de División y Partición de
bienes, seguido por Lucio Ernesto Ortega Zegarra,
en contra de la Municipalidad Provincial de Camaná, DECLARARON: Por los fundamentos que anteceden CONFIRMAMOS la resolución número 19,
de fecha cuatro de junio del dos mil quince, que
declara Infundado el pedido de nulidad de actuados de fojas ciento setenta y siete solicitado por
la codemandada Justina Germanicia Ruelas Sumaria; en los seguidos sobre división y partición que
sigue don Zacarías Juan Bautista Ruelas Sumaria
y Otros, en contra de Justina Germanicia Ruelas
Sumaria y Otros; y los devolvieron en la forma de
estilo. Regístrese y notifíquese.
AT.
252-2016
HG
En el expediente 201630-0-CI. En el proceso de Revisión de procedimiento de ejecución/Cobranza coactiva, seguido
por Práxedes Apancho Orccoapaza, en contra de
la Municipalidad Provincial de Camaná, DECLARARON: PRESCINDIR de la realización de la audiencia de pruebas en la presente causa; y conforme
está dispuesto, y conforme al estado del proceso
se dispone la remisión de los autos al Ministerio
Público. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
255-2016
RC
En el expediente 201631-0-CI. En el proceso de Revisión de procedimiento de ejecución/Cobranza coactiva, seguido
por Práxedes Apancho Orccoapaza, en contra de
la Municipalidad Provincial de Camaná, DECLARARON: PRESCINDIR de la realización de la audiencia de pruebas en la presente causa; y conforme
está dispuesto, y conforme al estado del proceso
se dispone la remisión de los autos al Ministerio
Público. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
259-2016
IS
En el expediente 201626-0-LA. En el proceso de Reposición, seguido
por Diego Huacani Apaza, en contra de CENTURY
MINING PERÚ S.A.C., DECLARARON: 1.- SEÑALAR
la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE
JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE
HORAS de la mañana, en el salón de audiencias de
ésta Sala Superior, la que se llevará a cabo ante los
señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.- REQUERIMOS a las partes
procesales cumplan con señalar su CASILLA ELECTRÓNICA y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio
urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento
de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer
las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la
Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. CONVOCAR a
los abogados de las partes a fin de que realicen
sus informes orales para la fecha de la Vista de la
Causa, conforme a lo estipulado en el inciso b) del
artículo 33° de la Nueva Ley Procesal de Trabajo
– Ley número 29497, debiendo adecuar sus informes por el lapso de cinco minutos. 4. CUMPLA
Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner
los autos a Despacho, TRES DÍAS antes de la vista
de la causa. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
263-2016
RC
En el expediente 2014704-0-CI. En el proceso de Otorgamiento de Escritura Pública, seguido por René Manuel Mayca
Gómez, en contra de Juana Ubaldina Flores Arias,
DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA
para el día VEINTIOCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS
MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de
audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará
a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS
a las partes procesales cumplan con señalar su
DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL
dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo
apercibimiento de asumir la notificación de las
posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3.
DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, de-
10
La República
biendo los señores abogados que deseen informar
oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer
día de notificada la presente, ello de conformidad
con lo previsto en el tercer párrafo del artículo
375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la
cual los letrados deberán presentar su constancia
de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en
la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4.
CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad
con poner los autos a Despacho, tres días antes
de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel
Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y
Marco Antonio Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
265-2016
IS
En el expediente 20141608-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar,
seguido por el Ministerio Público, en contra de
Judith Norma Mamani Juárez, DECLARARON: 1.
SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIOCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a
las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de
esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los
señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes
procesales cumplan con señalar su DOMICILIO
ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del
radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292
de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER
se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los
señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de
notificada la presente, ello de conformidad con lo
previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del
Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los
letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes,
ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA
Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner
los autos a Despacho, tres días antes de la vista de
la causa. Actuando el colegiado integrado por los
señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal
Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio
Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
267-2016
IS
En el expediente 2015232-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, seguido por la Fiscalía Superior Mixta de Camaná,
en contra de Rubén Fidel Farfán Valencia, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA CAUSA
para el día SIETE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS
a las NUEVE HORAS de la mañana, en el salón de
audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que
integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2.
DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN
EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los
señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo
por escrito dentro del tercer día de notificada la
presente resolución, ello de conformidad con lo
previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del
Código Procesal Civil. 3. CUMPLA Secretaría de
Sala bajo responsabilidad con poner los autos a
Despacho, tres días antes de la vista de la causa,
dejando subsistente los demás extremos de la
resolución número 11 (AT. 158). Actuando como
Colegiado de esta sala estará integrado por los
Señores Jueces Superiores Miguel Irrazábal Salas,
Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
268-2016
RC
En el expediente 20142625-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar,
seguido por la Fiscalía Superior Mixta de Camaná, en contra de Mario Gamahell Barrera Begazo,
DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA
CAUSA para el día SIETE DE JUNIO DE DOS MIL
DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la mañana, en el
salón de audiencias de esta Sala Superior, la que
se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de
Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar
oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad
con lo previsto en el tercer párrafo del artículo
375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los
autos a Despacho, tres días antes de la vista de
la causa, dejando subsistente los demás extremos
de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando
como Colegiado de esta sala estará integrado por
los Señores Jueces Superiores Miguel Irrazábal
Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera
Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
269-2016
HG
En el expediente 2011-
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
7-0-FP. En el proceso de Infracción contra la vida,
el cuerpo y la salud, seguido por la Fiscalía Superior Mixta de Camaná, en contra de Rey Oswaldo
Suca Chuctaya, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR
LA VISTA DE LA CAUSA para el día CATORCE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de
la mañana, en el salón de audiencias de esta Sala
Superior, la que se llevará a cabo con los señores
Jueces Superiores que integren el Colegiado en
dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las
notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que
deseen informar oralmente en la vista de la causa
programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello
de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3.
CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad
con poner los autos a Despacho, tres días antes de
la vista de la causa, dejando subsistente los demás
extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel
Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco
Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
270-2016
IS
En el expediente 2013896-8-CI. En el proceso de Nulidad de acto jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de
Majes, en contra de Kireyna Figueroa Mercado,
DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA
CAUSA para el día CATORCE DE JUNIO DE DOS
MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la mañana,
en el salón de audiencias de esta Sala Superior,
la que se llevará a cabo con los señores Jueces
Superiores que integren el Colegiado en dicha
oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen
informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día
de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del
artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA
Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner
los autos a Despacho, tres días antes de la vista de
la causa, dejando subsistente los demás extremos
de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando
como Colegiado de esta sala estará integrado por
los Señores Jueces Superiores Miguel Irrazábal
Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera
Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
272-2016
HG
En el expediente 2009205-0-CI. En el proceso de Responsabilidad civil
extracontractual, seguido por Luis Rafael Pacheco
Carazas, en contra de Anzardo Fabricio Pacheco
Carazas, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO
DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la
mañana, en el salón de audiencias de esta Sala
Superior, la que se llevará a cabo con los señores
Jueces Superiores que integren el Colegiado en
dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las
notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que
deseen informar oralmente en la vista de la causa
programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello
de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3.
CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad
con poner los autos a Despacho, tres días antes de
la vista de la causa, dejando subsistente los demás
extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel
Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco
Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
273-2016
IS
En el expediente 201380-0-LA. En el proceso de Pago de beneficios
sociales y/o indemnización u otros beneficios
económicos, seguido por Aurelio Jesús Faijo
Zamudio, en contra de la Pesquera CENTINELA
S.A.C., DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA
DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO
DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la
mañana, en el salón de audiencias de esta Sala
Superior, la que se llevará a cabo con los señores
Jueces Superiores que integren el Colegiado en
dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las
notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que
deseen informar oralmente en la vista de la causa
programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello
de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3.
CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad
con poner los autos a Despacho, tres días antes de
la vista de la causa, dejando subsistente los demás
extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel
Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco
Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
274-2016
RC
En el expediente 2012727-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por
Adolfo Alemán Salas, en contra de Antonieta Salas
Vda. de Alemán, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR
LA VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE
JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS
de la mañana, en el salón de audiencias de esta
Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe
las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados
que deseen informar oralmente en la vista de la
causa programada solicitarlo por escrito dentro
del tercer día de notificada la presente resolución,
ello de conformidad con lo previsto en el tercer
párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil.
3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, dejando subsistente los
demás extremos de la resolución número 11 (AT.
158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores
Miguel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y
Marco Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
275-2016
HG
En el expediente 2014185-0-CI. En el proceso de Obligación de dar suma
de dinero, seguido por Banco Agropecuario Agrobanco, en contra de Emeteria Celedonia Coloma
Pérez, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA
DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO
DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la
mañana, en el salón de audiencias de esta Sala
Superior, la que se llevará a cabo con los señores
Jueces Superiores que integren el Colegiado en
dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las
notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que
deseen informar oralmente en la vista de la causa
programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello
de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3.
CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad
con poner los autos a Despacho, tres días antes de
la vista de la causa, dejando subsistente los demás
extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel
Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco
Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
276-2016
IS
En el expediente 2015134-0-CI. En el proceso de Ejecución de Garantías,
seguido por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito
de Ica S.A., en contra de Víctor Matañez Huamaní,
DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA
CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO DE DOS
MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la mañana,
en el salón de audiencias de esta Sala Superior,
la que se llevará a cabo con los señores Jueces
Superiores que integren el Colegiado en dicha
oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen
informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día
de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del
artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA
Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner
los autos a Despacho, tres días antes de la vista de
la causa, dejando subsistente los demás extremos
de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando
como Colegiado de esta sala estará integrado por
los Señores Jueces Superiores Miguel Irrazábal
Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera
Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
277-2016
RC
En el expediente 2015133-0-CI. En el proceso de Ejecución de Garantías,
seguido por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito
de Ica S.A., en contra de Maribel Cuenta Mamani
y Otro, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA
DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO
DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la
mañana, en el salón de audiencias de esta Sala
Superior, la que se llevará a cabo con los señores
Jueces Superiores que integren el Colegiado en
dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las
notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que
deseen informar oralmente en la vista de la causa
programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello
de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3.
CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad
con poner los autos a Despacho, tres días antes de
la vista de la causa, dejando subsistente los demás
extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel
Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco
Viernes, 19 de agosto del 2016
Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
278-2016
HG
En el expediente 2008262-0-CI. En el proceso de Mejor derecho a la
propiedad, seguido por Pedro José Gutiérrez Arce
y Otro, en contra de José Antonio Martínez Gutiérrez, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA
DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO
DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la
mañana, en el salón de audiencias de esta Sala
Superior, la que se llevará a cabo con los señores
Jueces Superiores que integren el Colegiado en
dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las
notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que
deseen informar oralmente en la vista de la causa
programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello
de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3.
CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad
con poner los autos a Despacho, tres días antes de
la vista de la causa, dejando subsistente los demás
extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel
Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco
Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
279-2016
IS
En el expediente 201618-0-FC. En el proceso de Divorcio por Causal,
seguido por Silvio Pablo Rosas Cáceres, en contra de Azalia Esperanza Feria Huayhuas y Otro,
DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA
CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO DE DOS
MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la mañana,
en el salón de audiencias de esta Sala Superior,
la que se llevará a cabo con los señores Jueces
Superiores que integren el Colegiado en dicha
oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen
informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día
de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del
artículo 375° del Código Procesal Civil. 3. CUMPLA
Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner
los autos a Despacho, tres días antes de la vista de
la causa, dejando subsistente los demás extremos
de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando
como Colegiado de esta sala estará integrado por
los Señores Jueces Superiores Miguel Irrazábal
Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Herrera
Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
280-2016
RC
En el expediente 2009179-0-CI. En el proceso de Nulidad de Resolución
Administrativa, seguido por Gumercinda Quispe
Hualpa, en contra del Gobierno Regional de Arequipa, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA
DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO
DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS de la
mañana, en el salón de audiencias de esta Sala
Superior, la que se llevará a cabo con los señores
Jueces Superiores que integren el Colegiado en
dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe las
notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que
deseen informar oralmente en la vista de la causa
programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello
de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil. 3.
CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad
con poner los autos a Despacho, tres días antes de
la vista de la causa, dejando subsistente los demás
extremos de la resolución número 11 (AT. 158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores Miguel
Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco
Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
281-2016
HG
En el expediente 2014152-0-CI. En el proceso de Nulidad de Resolución
Administrativa, seguido por Petronila Elvira Gaona de Macedo, en contra de la Municipalidad Distrital de Majes, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR
LA VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE
JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE HORAS
de la mañana, en el salón de audiencias de esta
Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se efectúe
las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados
que deseen informar oralmente en la vista de la
causa programada solicitarlo por escrito dentro
del tercer día de notificada la presente resolución,
ello de conformidad con lo previsto en el tercer
párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil.
3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, dejando subsistente los
demás extremos de la resolución número 11 (AT.
158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores
Miguel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y
Marco Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
282-2016
IS
En el expediente 2013102-0-LA. En el proceso de Pago de Beneficios
sociales y/o indemnización u otros beneficios
económicos, seguido por Lucio Gutiérrez Laime,
en contra de la Municipalidad Distrital de Mariano
Nicolás Valcárcel, DECLARARON: 1. REPROGRAMAR LA VISTA DE LA CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS a las NUEVE
HORAS de la mañana, en el salón de audiencias
de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con
los señores Jueces Superiores que integren el
Colegiado en dicha oportunidad. 2. DISPONER se
efectúe las notificaciones de Ley EN EL DÍA Y BAJO
RESPONSABILIDAD, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de
la causa programada solicitarlo por escrito dentro
del tercer día de notificada la presente resolución,
ello de conformidad con lo previsto en el tercer
párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil.
3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa, dejando subsistente los
demás extremos de la resolución número 11 (AT.
158). Actuando como Colegiado de esta sala estará integrado por los Señores Jueces Superiores
Miguel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y
Marco Herrera Guzmán. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
AT.
283-2016
RC
En el expediente 2015192-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por
Rafael Noa Ríos, en contra de Victoria Cuadros Valer, DECLARARON: 1.- LEVANTAR LA SUSPENSION
DEL PROCESO ordenado mediante resolución N°
32 (AT: 518) que obra a fojas trescientos treinta y
tres a trescientos treinta y cuatro. 2.- DECLARAR
LA SUCESIÓN PROCESAL del causante José Miguel
Portocarrero Rosa Pérez a favor de sus hijos Anna
Mariela Portocarrero Alarco, José Luis Portocarrero Alarco y Cecilia Raquel Portocarrero Alarco.
3.- TENER POR APERSONADA A LA SUCESIÓN José
Miguel Portocarrero Rosa Pérez debidamente
representada por Rafael Noa Ríos. AL SEGUNDO
OTROSI del escrito 834-2016: Téngase por señalado su domicilio procesal y electrónico, lugares
donde se le harán llegar las futuras notificaciones
conforme corresponde de acuerdo a ley. AL TERCER OTROSI del escrito 834-2016: Conforme a lo
solicitado se proseguirá con el séquito del proceso. AL CUARTO OTROSI del escrito 834-2016: Téngase por nombrado a su abogado defensor y por
conferidas las facultades generales señaladas en
el artículo 80 del Código Procesal Civil.
AT.
284-2016
HG
En el expediente 2015192-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por
Rafael Noa Ríos, en contra de Victoria Cuadros
Valer, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA
CAUSA para el día VEINTIUNO DE JUNIO DEL AÑO
DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se
llevará a cabo con los señores Jueces Superiores
que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con
señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO
PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede
judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de
su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones
de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito
dentro del tercer día de notificada la presente,
ello de conformidad con lo previsto en el tercer
párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán
presentar su constancia de habilitación para los
fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de
Sala bajo responsabilidad con poner los autos a
Despacho, tres días antes de la vista de la causa.
Actuando el colegiado integrado por los señores
Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas,
Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia.
REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 15 DECRETOS
JUEVES 19 DE MAYO DEL 2016
Con el Colegiado conformado por los Señores
Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas
(Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán.
AT.
262-2016
IS
En el expediente 2011939-0-CI. En el proceso de Nulidad de acto jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital
de Majes, en contra de Berzabeth Magali Coa
Gamarra, DECLARARON: 1) DEJAR sin efecto el
apercibimiento contenido en la resolución N° 19
Viernes, 19 de agosto del 2016
del veintiocho de abril del dos mil dieciséis que
versa sobre la imposición de multa progresiva. 2)
PONER DE MANIFIESTO las copias alcanzadas por
las partes procesales, el juzgado de origen y Secretaría de Sala por el plazo de tres días, vencido
el cual con el pedido de las partes para la adición
de piezas o sin ello, se procederá a la declaración
de recomposición del expediente. REGISTRESE Y
NOTIFIQUESE.
NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 11 DECRETOS
LUNES 23 DE MAYO DEL 2016
Con el Colegiado conformado por los Señores
Jueces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas
(Presidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Antonio Herrera Guzmán.
SV.
116-2016
CL
En el expediente 2015209-0-CI. En el proceso de Nulidad de acto jurídico, seguido por Sonia Hortensia Núñez Fuentes,
en contra de Rufino Sacarías Zúñiga Portugal y
Otros, DECLARARON: 1.- DECLARAMOS infundado el recurso de apelación interpuesto por Sonia
Hortencia Núñez Fuentes; 2.- CONFIRMAMOS la
Sentencia N° 42-2015-CI de fecha siete de abril
del dos mil quince (fojas mil ciento veintisiete a
mil ciento treinta y siete), que resolvió declarar
INFUNDADA la demanda interpuesta por Sonia
Hortencia Núñez Fuentes sobre Nulidad de Acto
Jurídico y del documento que lo contiene, y en
forma acumulativa, objetiva originaria la declaración de propiedad, demanda que es interpuesta
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
en contra de José Teodocio Tomás Núñez Rosas,
Rufino Sacarías Zúñiga Portugal y su esposa Elena
Lucía Dávila Arana de Zúñiga y lo demás que contiene.
SV.
119-2016
RC
En el expediente 2014195-0-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por Augusto Bernardino Martínez
Dueñas, en contra de Nilo Vicente Martínez Heredia y Otros, DECLARARON: NULA, la Sentencia 152015, de fecha doce de mayo del dos mil quince,
de fojas mil ochocientos cincuenta y ocho, que
declara improcedentes las tachas deducidas por
el actor a los Anexos 1-C, 1-D, 1-E, 1-F, 1-G, 1-H,
1-J, 1-K, 1-LL. Improcedentes las pretensiones de
nulidad de título de propiedad y documento que
contiene la escritura imperfecta ante el Juez de
Paz de Caspi, del predio rústico Cárcel Gepa, Anexo de Huachuy, Distrito de Toro, La Unión, Arequipa, con lo demás que contiene; DISPONEMOS: se
emita nuevo pronunciamiento con arreglo a derecho y las consideraciones expuestas. En los seguidos por Augusto Bernardino Martínez Dueñas,
con Delfin Anastacio Aranzamendi Valer y otros,
nulidad de acto jurídico. Tómese razón, hágase
saber y devuélvase al Juzgado Mixto de La Unión.
AV.
149-2016
RC
En el expediente 201145-43-FC. En el proceso de Declaración de Unión
de Hecho, seguido por Julia Adriana Gonzáles
Ccoanqui, en contra de Juan Gualberto Supo
Cruz, DECLARARON: REVOCAMOS: la Resolución
Número 24, de fecha dieciséis de abril del dos
mil quince, de fojas trescientos tres, que declara
infundada la nulidad procesal; REFORMÁNDOLA,
DECLARAMOS: FUNDADA, la nulidad procesal deducida, en consecuencia, nulo e insubsistente lo
actuado hasta lo actuado a fojas cincuenta y uno,
esto es, hasta el preaviso y cédula de notificación
con la demanda a la demandada Paulina Supo
Ccoanqui, reponiéndose la causa al estado de emplazarse a la demandada Paulina Supo Ccoanqui,
en su domicilio real, con la demanda, sus anexos y
resolución que la admite, quedando subsistente
los actuados no implicantes o independientes. En
los seguidos por Julia Adriana Gonzáles Ccoanqui
y Valeriana Supo Ccoanqui, con Juan Gualberto
Supo Cruz, Rufo Alberto, Paulina, Reyna Isabel y
Natividad Supo Ccoanqui, sobre declaración de
unión de hecho. Tómese razón y hágase saber.
AT.
286-2016
RC
En el expediente 2009205-2-CI. En el proceso de Responsabilidad Civil
Extracontractual, seguido por Luis Rafael Pacheco
Carazas, en contra de Anzardo Fabricio Pacheco
Carazas, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE
LA CAUSA para el día VEINTIOCHO DE JUNIO DEL
AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el
salón de audiencias de esta Sala Superior, la que
se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2.
REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con
señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO
PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede
judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de
su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder
Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones
de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito
dentro del tercer día de notificada la presente,
ello de conformidad con lo previsto en el tercer
párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportunidad en la cual los letrados deberán
presentar su constancia de habilitación para los
fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de
Sala bajo responsabilidad con poner los autos a
Despacho, tres días antes de la vista de la causa.
Actuando el colegiado integrado por los señores
Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas,
Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán, ello por disposición de Presidencia.
REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.
AT.
287-2016
HG
En el expediente 2013887-0-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Alodia Lourdes Llerena Aragón,
DECLARARON: 1.- DECLARAR IMPROCEDENTES los
medios probatorio ofrecido por la apelante Municipalidad Distrital de Majes, consistentes en la
Sentencia N° 222-2014 de fecha seis de noviembre
del dos mil catorce y la Sentencia de Vista N° 1352015 de fecha diez de agosto del dos mil quince.
2.- SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día
VEINTIOCHO DE JUNIO del DOS MIL DIECISÉIS a las
11
NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de ésta
Sala Superior, la que se llevará a
cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha oportunidad. 3.DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley,
debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día
de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del
artículo 375° del Código Procesal Civil; petición
que se tendrá por concedida, de ajustarse a lo
estipulado en la norma en mención. 4.- CUMPLA
Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner
los autos a Despacho, tres días antes de la vista
de la causa. Al escrito 797-2016 presentado por
la Municipalidad Distrital de Majes representada
por el abogado Cesar Humberto Paz Dominique:
AL PRINCIPAL: Téngase por señalado tanto el domicilio procesal como electrónico, lugares donde
se les harán llegar las futuras notificaciones conforme corresponda de acuerdo a ley. AL OTROSI:
Téngase presente. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel
Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y
Marco Antonio Herrera Guzmán. TÓMESE RAZÓN
Y HÁGASE SABER.
NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 14 DECRETOS
MARTES 24 DE MAYO DEL 2016
Con el Colegiado conformado por los Señores
12
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Viernes, 19 de agosto del 2016
Viernes, 19 de agosto del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
La República
13
14
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Viernes, 19 de agosto del 2016
Viernes, 19 de agosto del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
La República
15
16
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Viernes, 19 de agosto del 2016