Régimen de Sinceramiento Fiscal ¿Cómo realizo la Declaración Voluntaria y Excepcional de Tenencia de Moneda y Bienes? ¿Cómo realizo la Declaración Patrimonial? Ingresá a la página de la AFIP (www.afip.gob.ar) y presioná en el recuadro de “Acceso con Clave Fiscal” el botón “Ingresar” Luego de consignar tu número de CUIT y clave fiscal, presioná “Ingresar”. A continuación el sistema desplegará en pantalla la lista de servicios AFIP que tenés habilitados. Allí deberás seleccionar el servicio “Ley 27.260 - Declaración voluntaria y excepcional de bienes en el país y en el exterior” Tené en cuenta que para acceder a este servicio deberás: Poseer CUIT y Clave Fiscal con nivel de seguridad 3, como mínimo. Constituir y mantener actualizado ante esta Administración Federal el “Domicilio Fiscal Electrónico”. Para conocer cómo declararlo podés ingresar a la Guía Paso a Paso Domicilio Fiscal Electrónico: ¿Cómo se adhiere y dónde se consultan las notificaciones? Poseer actualizado en el “Sistema Registral” el código relacionado con la actividad que desarrollás, de acuerdo con el “Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) - F. 883” conforme a lo dispuesto por la normativa vigente. Informar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono particular, a través de nuestro sitio Web www.afip.gob.ar ingresando al servicio con Clave Fiscal “Sistema Registral” menú “Registro Tributario”, opción “Administración de e-mails” y “Administración de teléfonos”. PASO 1 Al ingresar al servicio, tendrás que seleccionar en representación de quién vas a realizar la declaración. Las opciones serán: o En representación de otro ciudadano, el cuál deberás escoger o o Con tu propio CUIT, para lo que seleccionarás el botón “Empezar a trabajar”. PASO 2 A continuación el sistema desplegará los pasos para realizar la declaración. El primer paso es “Registración”. Seleccioná el botón “+Agregar” de la opción que le corresponda a aquello que vayas a declarar. Si seleccionaste “Bienes en el país”, el sistema desplegará las siguientes opciones: Para cada una de las opciones deberás completar los datos que el sistema solicite, tendrás la opción de adjuntar en un PDF documentación respladatoria, una vez que hayas completado todos los campos presioná el botón “Registrar”. Podrás repetir el mismo procedimiento para seguir registrando otros bienes en el país. En el caso de los bienes inmuebles, su registro quedará pendiente hasta que el martillero convalide los datos que informaste. Si seleccionaste la opción “Bienes en el exterior” el sistema desplegará las siguientes opciones: Para agregar los bienes que correspondan a tu declaración deberás realizar el mismo procedimiento anteriormente detallado, una vez que hayas finalizado presioná el botón “Registrar”. Si seleccionaste la opción “Tenencia de moneda” el sistema desplegará las siguientes opciones: Para cada una de las opciones deberás completar los datos que el sistema solicite, tendrás la opción de adjuntar en un PDF documentación respladatoria, una vez que hayas completado todos los campos presioná el botón “Registrar”. Podrás repetir el mismo procedimiento para seguir registrando otras tenencias de moneda. PASO 3 Una vez que hayas terminado de exteriorizar todos tus bienes y tenencias de moneda podrás continuar con el segundo paso denominado “Opciones”. Tené en cuenta que una vez cerrada la registración no es posible modificar los datos registrados. En “Opciones” deberás manifestar tu intención de adquirir bonos o suscribirte a cuotaspartes de fondos comunes de inversión marcando “Sí” o “No” en las preguntas que aparecerán en pantalla. PASO 4 A continuación en “Liquidación” encontrarás el total de los bienes y tenencias de moneda declarados. En este ejemplo, se declaró únicamente bienes muebles e inmuebles en el país y en el exterior. El sistema calculará la base imponible del Impuesto Especial a partir del monto total de lo declarado. En el recuadro de abajo, podrás visualizar la determinación del impuesto especial, detallando para cada caso, la alícuota que le corresponde. Por último el sistema arrojará el monto a ingresar correspondiente al Impuesto Especial. PASO 5 Luego de ver en “Liquidación” el detalle del total declarado y el monto del Impuesto Especial que tendrás que ingresar, hacé clic en “Pago”. Allí visualizarás nuevamente el monto del Impuesto Especial a ingresar. Para realizar el pago del Impuesto Especial presioná el botón “Generar VEP por saldo” A continuación el sistema desplegará las entidades de pago disponibles para enviar el Volante de Pago, seleccioná la entidad de pago, haciendo click sobre el sitio (Link, pagomiscuentas, interbanking) y luego ingresá al sitio de la entidad para realizar el pago. Una vez cancelado el Impuesto Especial estarás en condiciones de formalizar la presentación de la declaración jurada F. 2009. La presentación de dicho formulario implicará el reconocimiento de la existencia y la valuación de los bienes declarados.
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