Reglas de carácter general para la representación ante las

lunes 15 de agosto de 2016
SECRETARÍA DE FINANZAS
REGLAS DE CARÁCTER GENERAL PARA LA
REPRESENTACIÓN ANTE LAS AUTORIDADES
FISCALES, DERIVADAS DEL ARTÍCULO 18 BIS
DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE
MÉXICO Y MUNICIPIOS.
AVISOS JUDICIALES: 3572, 3573, 3574, 3575, 3576,
3577, 3578, 3579, 3581, 3584, 1435-A1, 1436-A1,
1433-A1, 552-B1, 3596, 3595, 3591, 3592, 3594,
3587, 3586, 3585, 1440-A1, 1439-A1, 1438-A1,
563-B1, 3604, 3605, 3606, 3607, 3608, 3610, 3598,
3599, 3600, 3601, 3602, 3603, 3609, 562-B1, 561-B1
y 1445-A1.
AVISOS ADMINISTRATIVOS Y GENERALES: 3597,
1441-A1, 1443-A1, 3590, 3580, 3582, 3583, 1432-A1,
1437-A1, 560-B1, 1444-A1, 1434-A1, 3609-BIS,
3610-BIS, 3588, 3589 y 1442-A1.
CCII
IIIIII
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32
SECCIÓN SEGUNDA
400
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15 de agosto de 2016
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE FINANZAS
LICENCIADO JOAQUÍN CASTILLO TORRES, SECRETARIO DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL
ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 1, 3, 15, 19
FRACCIÓN III, 23 Y 24 FRACCIONES II, III, XIII Y LXIV DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 1, 5, 16, 18 BIS Y 48 FRACCIÓN XVII DEL
CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS; 1, 3 FRACCIONES I y VI, 4, 6 Y 7
FRACCIÓN XI, INCISO j) DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, Y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo con la visión del Gobierno del Estado de México en su Plan de Desarrollo 2011-2017, las
acciones que benefician a la sociedad encuentran sustento en la capacidad de acción del Gobierno Estatal
basándose en tres pilares temáticos: el ejercicio de un Gobierno Solidario, el desarrollo de un Estado
Progresista y el tránsito hacia una Sociedad Protegida, mismos que se encuentran vinculados a tres ejes
transversales: Gobierno Municipalista, Gobierno de Resultados y Financiamiento para el Desarrollo,
respectivamente, que serán condición del comportamiento de la actual Administración Pública Estatal.
Que el pilar Estado Progresista, en su eje transversal denominado Gobierno de Resultados, establece como
objetivo principal incrementar el nivel de vida y lograr mayor igualdad de oportunidades entre los mexiquenses,
para lo cual se requieren resultados tangibles en cada una de las áreas de influencia de la función pública
estableciéndose la coordinación interinstitucional, misma que se verá reflejada en la disposición de la actual
Administración Pública Estatal, para que en pleno respeto de la esfera de competencia del Poder Legislativo, se
propongan y se impulsen las reformas normativas al marco institucional de manera que se puedan enfrentar los
distintos retos de la realidad actual.
Que en este sentido, mediante el Decreto número 27 publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, el
19 de noviembre de 2015, se adicionó el artículo 18 Bis al Código Financiero del Estado de México y
Municipios, con la finalidad de prescindir de la aplicación supletoria del Código de Procedimientos
Administrativos del Estado de México, así como para evitar casos de corrupción; delimitando que en los trámites
administrativos no se admitirá la gestión de negocios como figura de representación, salvo los casos en que la
autoridad fiscal lo determine, mediante reglas de carácter general que al efecto se pronuncien.
Que en relación a lo anterior el artículo 48 en su fracción XVII del Código Financiero del Estado de México y
Municipios, señala que las autoridades fiscales cuentan con facultades para emitir reglas de carácter general y
medidas que señalen mecanismos de administración, control, forma de pago, procedimientos y requisitos
relacionados con trámites administrativos que faciliten a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales.
Atento a lo anterior, he tenido a bien emitir las siguientes:
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“REGLAS DE CARÁCTER GENERAL PARA LA REPRESENTACIÓN ANTE LAS AUTORIDADES
FISCALES, DERIVADAS DEL ARTÍCULO 18 BIS DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y
MUNICIPIOS”
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 18 Bis del Código Financiero del Estado de México y Municipios, los
interesados, que bajo la figura de la representación, acudan ante las unidades administrativas de carácter fiscal
que forman parte de la administración pública del Poder Ejecutivo Estatal, a efecto de obtener un servicio o
realizar cualquier trámite, en nombre y por cuenta de otro, se sujetarán a lo establecido en las presentes
Reglas, conforme a lo siguiente:
1.
DEFINICIONES.
Para efectos de las presentes reglas, se entenderá por:
1.1. Carta Poder ante Notario Público: Documento en el que ante un Notario Público, una persona otorga
y delega, a favor de otra, una serie de facultades o derechos que le son propios, para que lo represente
ante terceros.
1.2. Nombramiento de Albacea: Acto judicial a través del cual se designa a la persona encargada de hacer
cumplir la última voluntad del autor de la herencia, así como de custodiar y administrar sus bienes hasta
que se repartan entre los herederos; el cual podrá ser nombrado por el juez o reconocido por el Notario
Público en caso de que haya testamento.
1.3. Mandato Civil: Contrato por el que el mandatario se obliga a ejecutar por cuenta y a nombre del
mandante, o sólo por la primera, los actos jurídicos que éste le encarga.
1.4. Mandato Judicial: La atribución ordenada por el Juez a una persona para actuar en lugar y en nombre
de otra.
1.5. Mandato Mercantil: Documento Público otorgado ante Corredor Público, en el que consta un encargo
de carácter administrativo y específico, que una persona otorga y delega a favor de otra, para que lo
represente ante la autoridad fiscal.
1.6. Nombramiento de tutor y curador: Acto por virtud del cual se confiere a una persona la guarda de los
menores o de los bienes.
1.7. Representación: La atribución que la ley concede a una persona para actuar en lugar y en nombre de
otra, que de acuerdo a su finalidad puede tratarse de representación legal, establecida en la ley, o bien,
convencional o voluntaria, la cual implica una declaración de voluntad que faculta a una persona a
actuar a nombre y por cuenta de otros.
2.
PETICIONARIOS.
Tendrá dicha categoría, el interesado que pretenda obtener un servicio o realizar cualquier trámite de carácter
fiscal o administrativo ante la unidad administrativa competente, a nombre y por cuenta de otro, conforme a los
supuestos siguientes:
2.1. Personas físicas y jurídicas colectivas, que bajo la figura de la representación, acudan ante las unidades
administrativas de la Secretaría de Finanzas del Estado de México para obtener un servicio o realizar
cualquier trámite.
2.2. Las Autoridades de las Dependencias, Organismos Autónomos y Entidades Públicas de carácter
Federal, Estatal o Municipal, cuya representación corresponderá a los servidores públicos que señalen
las disposiciones legales, en su caso, podrán designar a uno o varios servidores públicos de su
adscripción, a efecto de realizar a favor de éstas, el trámite administrativo correspondiente,
habilitándolos para tal efecto mediante oficio, el cual deberá contener las siguientes especificaciones:
I.
II.
III.
Nombre completo de la Dependencia, Organismo Autónomo o Entidad Pública.
Domicilio de la Entidad Pública.
Registro Federal de Contribuyentes de la Dependencia, Organismo Autónomo o Entidad
Pública.
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Nombre del servidor público habilitado, quien deberá estar adscrito a la Dependencia,
Organismo Autónomo o Entidad Pública, correspondiente.
V. Vigencia de la habilitación, la cual no podrá ser mayor de un año a partir de la fecha de su
emisión.
VI. Constar en hoja membretada con la firma autógrafa de quien lo emite y sello original.
VII. Dirigido al Titular de la unidad administrativa ante quien se pretenda realizar el trámite
correspondiente.
VIII. Señalar las facultades que se le otorgan al servidor público habilitado, para que a nombre y
representación de la Dependencia, Organismo Autónomo o Entidad Pública que representa,
realice los trámites que se requieran.
IV.
En los casos en que el habilitado deje de prestar sus servicios en la Dependencia, Organismo Autónomo o
Entidad Pública correspondiente, ésta le deberá solicitar le sea devuelto el oficio de habilitación para realizar su
cancelación, en caso contrario la autoridad fiscal no se hará responsable del mal uso que se le dé a dicho
documento.
3.
OBLIGACIONES.
3.1.
Los sujetos interesados, a través de su representante deberán acudir directamente ante la
autoridad fiscal o entidad privada con la que el Gobierno del Estado de México tenga celebrado
convenio para la prestación de servicios públicos.
3.2.
Identificarse con cualquier documento oficial vigente (IFE o INE, Cédula Profesional, Pasaporte,
Licencia de Conducir, etc.).
3.3.
Acreditar la personalidad, mediante original o en su caso copia certificada de alguno de los
siguientes documentos:
Mandato Mercantil.
Mandato Civil, excepto en los trámites de control vehicular.
Nombramiento de albacea.
Carta Poder ante Notario Público.
Oficio de habilitación para el caso de Dependencias, Organismos Autónomos y Entidades Públicas
de carácter Federal, Estatal o Municipal.
VI. En el caso de incapacitados jurídicamente, se acreditará siempre y cuando:
I.
II.
III.
IV.
V.
a)
Tratándose de Menores de edad, presentar la sentencia o nombramiento emitido por el Juez
competente o acta de nacimiento del menor por quienes ejerzan la Patria Potestad; los cuales
comprenden la guarda, representación y la administración de los bienes de los hijos sometidos a
ella.
b)
Para el caso de personas con discapacidad, presentar la sentencia emitida por el Juez
competente, o el testamento donde se le designó el cargo de Tutor.
Los menores de edad y las personas con incapacidad jurídica, serán representados por el Tutor;
éste será la persona encargada de la guarda y administración de sus bienes.
3.4.
En materia de control vehicular, se deberá acreditar la personalidad de manera excepcional,
conforme a lo siguiente:
I.
Baja del Vehículo por Siniestro. Cuando represente la pérdida total del vehículo y a
consecuencia de ello, el propietario del mismo fallezca o en su caso, quede con incapacidad
permanente total, el trámite de baja lo podrá realizar cualquier familiar consanguíneo en línea
directa en primer grado, acreditando el parentesco y presentando acta de defunción del propietario
o en su caso, certificado médico que acredite el grado de incapacidad.
II.
Tratándose de cualquier otro trámite de control vehicular. La representación podrá realizarse a
través del Mandato Mercantil, debiendo cumplir con los siguientes requisitos:
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a)
Mandato Mercantil:
1.
2.
3.
Folio.
Deberá indicar que el mandatario comparece ante el Corredor Público correspondiente.
Se deberá emitir para actos de administración o Especial, especificando el trámite; así como las
facultades que se le otorgan (para realizar trámites de alta y expedición inicial de placas de
vehículos nuevos, cambio de propietario, cambio de placas y/o baja de placas de vehículos
usados, en su caso; etc.).
Señalar el número de serie del vehículo.
Vigencia.
Lugar y fecha de expedición.
4.
5.
6.
3.5.
4.
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En materia de casas de empeño y comercializadoras de oro y/o plata en los trámites relacionados
con constancias de inscripción o de renovación de valuador, permisos para la apertura, instalación
y funcionamiento de las unidades económicas, así como las autorizaciones de los programas de
cómputo para llevar en forma digital la información del libro auxiliar, una vez acreditada la
personalidad ante la autoridad competente, los sujetos podrán autorizar mediante oficio para recibir
la respuesta a su solicitud, a cualquier persona con capacidad legal, quien deberá identificarse con
documento oficial vigente.
GENERALIDADES.
4.1. Las autoridades fiscales de la Secretaría de Finanzas del Estado de México, dentro del ámbito de su
competencia que lleven a cabo la prestación de servicios o intervengan en la realización de trámites,
así como los servidores públicos y las personas que auxilien en la realización de trámites
administrativos, con motivo de los Convenios de Colaboración Administrativa, con independencia del
nombre que se les otorgue, deberán verificar que la documentación presentada sea original o copia
certificada, absteniéndose de digitalizar y recibir copias simples, de documentos en los que se
presuma alteración, tachaduras o enmendaduras.
4.2. Asimismo, deberán confirmar que quien acuda a realizar el trámite correspondiente sea realmente el
contribuyente, su representante o apoderado, evitando en todo momento la gestión de negocios.
4.3. En los casos no previstos en las presentes reglas y por necesidades del servicio y simplificación
administrativa, la autoridad fiscal competente, podrá emitir dentro del ámbito de su competencia, criterios
normativos o lineamientos operativos para eficientar la aplicación de las presentes reglas.
TRANSITORIOS
PRIMERO.-
Publíquense las presentes Reglas en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”, surtiendo
efectos al día siguiente a su publicación, de conformidad a lo que establece el artículo 5 del
Código Financiero del Estado de México y Municipios y estarán vigentes hasta en tanto se
emitan otras disposiciones que las modifiquen o que por virtud de reformas al citado Código
Financiero, queden sin efectos.
SEGUNDO.-
Lo previsto en estas reglas, será de observancia general y aplicación obligatoria para los
sujetos que en las mismas se señalan, que conforme a su reglamentación interna y demás
disposiciones aplicables, estén facultados para aplicar las disposiciones contenidas en este
documento.
Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo en la ciudad de Toluca de Lerdo, México a los once días del mes de julio
de dos mil dieciséis.
SECRETARIO DE FINANZAS
LIC. JOAQUÍN CASTILLO TORRES
(RÚBRICA).
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A V I S O S
J U D I C I A L E S
JUZGADO DECIMO TERCERO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES.
EXPEDIENTE: 98/2007.
En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO,
promovido por INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA
VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT), en contra
de MORALES MACIAS ANDRES Y OTRA, EXPEDIENTE
98/2007, el C. Juez Décimo Tercero de lo Civil mediante auto de
fechas veinte de junio del dos mil dieciséis ordenó: “…se ordena
sacar a REMATE EN PRIMERA ALMONEDA, el inmueble
hipotecado que lo constituye el ubicado en VIVIENDA “C”, LOTE
ONCE, MANZANA DOS, EN CONDOMINIO, DEL CONJUNTO
URBANO, DE INTERES SOCIAL DENOMINADO “REAL DE SAN
VICENTE II”, DEL PREDIO MARCADO CON EL NUMERO SEIS
DE LA EXHACIENDA DE TLALMIMILOLPAN, UBICADO EN EL
MUNICIPIO DE CHICOLOAPAN, DISTRITO DE TEXCOCO,
ESTADO DE MÉXICO, cuyo precio de avalúo proporcionado por
perito en la materia, es la cantidad de $416,700.00
(CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL SETECIENTOS PESOS
00/100 M.N.) siendo postura legal la que cubra las dos terceras
partes de dicha cantidad, en la inteligencia que para ser postor
los interesados deberán de consignar mediante billete de
depósito, una cantidad igual al diez por ciento del precio del
avalúo, y para que tenga verificativo la referida almoneda, se
señalan las DIEZ HORAS DEL DIA SEIS DE SEPTIEMBRE DEL
PRESENTE AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
PARA SU PUBLICACIÓN POR DOS VECES Y MEDIAR
ENTRE UNA Y OTRA PUBLICACIÓN SIETE DÍAS HÁBILES Y
ENTRE LA ÚLTIMA PÚBLICACIÓN Y LA FECHA DE
AUDIENCIA DE REMATE IGUAL PLAZO.-C. SECRETARIO DE
ACUERDOS “B” DEL JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE LO
CIVIL, LIC. DANIEL QUEZADA GUZMÁN.-RÚBRICA.
3572.-15 y 25 agosto.
JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE VALLE DE BRAVO
EDICTO
Se hace saber que en los autos del expediente número
920/2016, MARÍA DE LOURDES ISLAS CABALLERO, a través
de su Apoderado Legal, promovió PROCEDIMIENTO JUDICIAL
NO CONTENCIOSO SOBRE CONSUMACIÓN DE USUCAPIÓN
POR INSCRIPCIÓN DE POSESIÓN, a efecto de justificar que: se
ha convertido en propietaria del inmueble ubicado en la
Ranchería de Potrerillos, Municipio y Distrito Judicial de Valle de
Bravo, México, el cual tiene las siguientes medidas y
colindancias: AL NORESTE: CON 26 LINEAS DE 585.50, 69.20,
41.00, 76.00, 102.00, 230.00, 104.00, 35.70, 67.20, 57.00, 33.50,
76.00, 58.80, 58.20, 75.60, 51.20, 51.30, 24.80, 28.90, 28.90,
28.00, 36.00, 40.00, 38.80, 31.50, 50.60 METROS, CON JOSÉ
TAVIRA ANTERIORMENTE CON PEDRO CABALLERO Y
UBALDO GARCÍA; AL NOROESTE: 19 LÍNEAS DE 13.00, 60.00,
15.00, 28.00, 33.00 Y 39.80 METROS CON JOSÉ TAVIRA,
ANTERIORMENTE CON PEDRO CABALLERO ACTUALMENTE
CON UBALDO GARCÍA Y ANTERIORMENTE CON ENRIQUE
MERCADO, ACTUALMENTE JOSÉ MERCADO; 33.00, 37.50,
89.70, 58.00, 78.00, 178.90, 30.80, 41.60, 13.00, 71.20, 32.00 Y
13.50 METROS, ANTERIORMENTE CON ENRIQUE MERCADO,
ACTUALMENTE CON JOSÉ MERCADO Y ANTERIORMENTE
CON JOAQUÍN CABALLERO Y ACTUALMENTE CON CARLOS
ROJAS; 125.90 METROS, ANTERIORMENTE CON LUIS
MILLÁN Y ACTUALMENTE CON EMILIO MILLÁN; AL
SURESTE: EN 5 LÍNEAS DE 96.40 METROS CON JOSÉ
TAVIRA; 30.40 METROS, ANTERIORMENTE CON MANUEL
CABALLERO, ACTUALMENTE CON RAYMUNDO LÓPEZ;
32.00, 250.00, 37.80 METROS, ANTERIORMENTE CON LUIS
MILLÁN, ACTUALMENTE CON EMILIO MILLÁN; AL
SUROESTE: EN 19 LÍNEAS DE 31.40, 30.00 METROS,
ANTERIORMENTE CON ENRIQUE MERCADO, ACTUALMENTE
CON JOSÉ MERCADO; 32.00 Y 36.00 METROS,
ANTERIORMENTE
CON
JOAQUÍN
CABALLERO;
ACTUALMENTE CON CARLOS ROJAS; 13.00, 98.70, 86.30,
76.80, 29.80, 85.70, 40.00, 70.90, 21.70, 56.40, 427.60, 242.80,
15.90, 48.00, 58.70 METROS, ANTERIORMENTE CON MANUEL
CABALLERO, ACTUALMENTE CON RAYMUNDO LÓPEZ Y
ANTERIORMENTE
RÓMULO
TAVIRA,
ACTUALMENTE
MARGARITA TAVIRA. CON UNA SUPERFICIE DE 70-27-94
HECTÁREAS, en virtud de la prescripción y se ordene se haga la
inscripción de dominio en la Oficina Registral de Valle de Bravo,
México. Que dicho inmueble lo adquirió el siete de enero de mil
novecientos noventa y tres, mediante Contrato Privado de
Compraventa que celebró con la señora ALTAGRACIA
CABALLERO TAVIRA. Que en fecha anterior, solicito la
Inmatriculación Administrativa ante el Registro Público de la
Propiedad de Valle de Bravo, México. Que ha tenido la posesión
del inmueble antes descrito desde hace más de quince años. Por
lo que el Juez Civil de Valle de Bravo, México, por auto de fecha
cuatro de Agosto de dos mil dieciséis, ordenó las publicaciones
de la presente solicitud POR DOS VECES EN INTERVALOS DE
POR LO MENOS DOS DÍAS en el Periódico Oficial “GACETA
DEL GOBIERNO” y en otro periódico de circulación diaria en la
entidad, con el fin de que, quien se sienta afectado comparezca a
este Juzgado a deducirlo en términos de Ley.
- - - Dados en Valle de Bravo, México, a los nueve días
del mes de Agosto del año dos mil dieciséis. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DOY FE - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -.SECRETARIO DE ACUERDOS, LICENCIADO JOSÉ LUIS
HERNÁNDEZ MENDOZA.-RÚBRICA.
3573.-15 y 18 agosto.
JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE LERMA
EDICTO
EXPEDIENTE: 325/2016.
A QUIEN SE CREA CON IGUAL O MEJOR DERECHO.
Se hace saber, en el expediente 325/2016, que se tramita
en este Juzgado, promueve JOSE LUIS MARTINEZ PERALTA
por su propio derecho, promueve en vía de Procedimiento
Judicial no Contencioso, Información de Dominio, respecto del
inmueble ubicado en Calle 20 de Noviembre número 6, Colonia
Centro, Municipio de Xonacatlán, Estado de México, con las
medidas y colindancias siguientes;
AL NORTE: 11.00 metros, con calle Veinte de Noviembre,
AL SUR: 10.90 metros, colinda con Jaqueline Espinoza
González,
AL ORIENTE: 17.22 metros, colinda con el señor Darío
Ortiz Valle; y.
AL PONIENTE: 17.70 metros, colinda con Ignacia
Palacios Vázquez.
Con una superficie aproximada de 191.00 metros
cuadrados.
A partir de la fecha 10 (diez) de agosto del 2007, JOSE
LUIS MARTINEZ PERALTA, ha estado en posesión pública,
pacífica, continua, de buena fe y a título de propietario. Lo que se
hace saber a quién se crea con mayor o igual derecho a fin de
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que comparezca ante este Tribunal a deducirlo en términos de
Ley. Se expide para su publicación por dos intervalos de por lo
menos dos días en el Periódico Oficial “GACETA DEL
GOBIERNO” y en otro periódico de circulación diaria. Dado en
Lerma de Villada a los tres días del mes de agosto del año dos
mil dieciséis.-DOY FE.
FECHA DE ACUERDO EN QUE SE ORDENA: OCHO DE
JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-SECRETARIO DEL
JUZGADO TERCERO CIVIL DE LERMA DE VILLADA, MÉXICO,
LIC. MARIA DEL CARMEN ESCOBAR LOPEZ.-RÚBRICA.
3574.-15 y 18 agosto.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE LERMA
EDICTO
Hago saber que en el expediente marcado con el número
774/2016, relativo al Procedimiento Judicial no Contencioso de
Información de Dominio promovido por NORMA LIDIA
GONZALEZ GOROSTIETA, respecto del inmueble ubicado en
PARAJE LA MANZANA S/N, COLONIA CENTRO EN EL
MUNICIPIO DE XONACATLAN, MÉXICO, mismo que tiene una
superficie de 630.00 metros cuadrados, con las siguientes
medidas y colindancias: AL NORTE: 21.00 METROS COLINDA
CON CAMINO ACTUALMENTE CALLE VEZANA; AL SUR: 21.00
METROS COLINDA CON ZANJA; AL OESTE: 30.00 METROS
COLINDA CON HORTENSIA BUSTAMANTE; AL PONIENTE:
30.00 METROS COLINDA CON MARÍA DEL ROSARIO AVA DE
LOS ÁVILA. Con fundamento en el artículo 3.23 del Código de
Procedimientos Civiles en vigor, se admitió la solicitud de
Diligencias de Información de dominio en los términos solicitados,
por tanto, se ordenó la publicación de la solicitud por dos veces
con intervalos de por lo menos dos días en el Periódico Oficial
“GACETA DEL GOBIERNO” del Estado de México y en otro
Periódico de Circulación Diaria en esta Ciudad, para
conocimiento de las personas que se crean con mejor derecho y
se presenten a deducirlo con los documentos idóneos en
términos de Ley.
Validación: Fecha del acuerdo que ordena la publicación,
catorce de julio de dos mil dieciséis.-SECRETARIO, M. EN D.
MARÍA DEL ROCÍO ESPINOSA FLORES.-RÚBRICA.
3575.-15 y 18 agosto.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE OTUMBA
EDICTO
EDGAR GÓMEZ MORENO, promueve
en el
EXPEDIENTE NUMERO 677/2016, el PROCEDIMIENTO
JUDICIAL NO CONTENCIOSO, Diligencias de INFORMACIÓN
DE DOMINIO, respecto del inmueble ubicado en Calle Reforma,
número seis, Colonia Centro, San Martín de Las Pirámides, del
Distrito Judicial de Otumba, Estado de México, que manifiesta
que el día veintidós de enero de dos mil diez, celebró contrato de
compraventa con el Señor ANGEL ESTEBAN GARCIA PEREZ,
desde esa fecha tiene posesión en concepto de propietario en
forma pacífica, pública, continua y de buena fe; inmueble que
cuenta con una superficie total aproximada de 71.00 metros
cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: AL
NORTE.- 5.80 metros y colinda con JUAN TENORIO GONZÁLEZ
hoy MARÍA DEL CARMEN GÓMEZ TENORIO, AL SUR.- 5.80
metros y colinda con CALLE REFORMA, AL ORIENTE.- con
12.00 metros y colinda con GLORIA DE LA ROSA TENORIO hoy
JESUS VALADEZ GÓMEZ; Y AL PONIENTE.- 12.00 metros con
JUAN TENORIO GONZALEZ hoy MARÍA DEL CARMEN GÓMEZ
TENORIO.
SE EXPIDE EL PRESENTE EDICTO PARA SU
PUBLICACIÓN POR 2 DOS VECES CON INTERVALOS, DE
DOS DIAS HÁBILES, EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL
ESTADO, Y EN OTRO EN EL PERIÓDICO DE OCHO
COLUMNAS.
OTUMBA, MÉXICO, TRES DE AGOSTO DEL AÑO DOS
MIL DIECISÉIS.-DOY FE.-SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC.
JULIO CESAR RAMÍREZ DELGADO.-RÚBRICA.
3576.-15 y 18 agosto.
JUZGADO TRIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
EN LOS AUTOS DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL
PROMOVIDO POR INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA
VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES EN CONTRA DE JUAN
MANUEL PICHARDO RODRIGUEZ, EXPEDIENTE NÚMERO A582/2005, LA C. JUEZ TRIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL,
DOCTORA RAQUEL MARGARITA GARCIA INCLAN, DICTO
AUTOS DE FECHAS CUATRO DE JULIO Y VEINTITRES DE
JUNIO AMBOS DEL AÑO EN CURSO, DONDE SEÑALA LAS
ONCE HORAS DEL DÍA SEIS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL
DIECISÉIS, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA
DE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA DEL BIEN INMUEBLE
HIPOTECADO UBICADO EN: DENOMINADO CONJUNTO
HABITACIONAL SANTA ELENA, CONDOMINIO OCHENTA Y
SEIS, NÚMERO OFICIAL CUARENTA Y SIETE, UBICADO EN
LA AVENIDA SANTA ELENA MANZANA XII, LOTE DOS,
VIVIENDA CINCO, COLONIA SANTA ELENA MUNICIPIO DE
CUAUTITLAN, ESTADO DE MÉXICO, SIRVIENDO DE BASE
PARA EL REMATE LA CANTIDAD DE CUATROCIENTOS
SESENTA Y OCHO MIL PESOS 00/100 M.N., CANTIDAD
FIJADA POR EL PERITO DE LA PARTE ACTORA, SIENDO
POSTURA LEGAL LA QUE CUBRA LAS DOS TERCERAS
PARTES DE LA CANTIDAD MENCIONADA Y PARA
INTERVENIR EN EL REMATE LOS LICITADORES DEBERAN
EXHIBIR EL DIEZ POR CIENTO DEL VALOR DEL INMUEBLE
ANTES MENCIONADO MEDIANTE CERTIFICADO DE
DEPOSITO EXPEDIDO POR BANSEFI
Y SIN CUYO
REQUISITO NO SERAN ADMITIDOS, DE CONFORMIDAD CON
LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 570 DEL CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTOS CIVILES, CONVOQUENSE POSTORES.-C.
SECRETARIO DE ACUERDOS “A”, LIC. ARMANDO VAZQUEZ
NAVA.-RÚBRICA.
3577.-15 y 25 agosto.
JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
En el expediente número 123/2014, relativo a las
DILIGENCIAS DE INFORMACION DE DOMINIO, PROMOVIDO
POR SILVANA LARA ALDAVE A TRAVES DE SU APODERADA
LEGAL DENNISE BERNAL ALDAVE, por su propio derecho,
quien
promueve
PROCEDIMIENTO
JUDICIAL
NO
CONTENCIOSO, mediante DILIGENCIAS DE INFORMACIÓN
DE DOMINIO, respecto del inmueble ubicado en CALLE
PENSADOR MEXICANO, NÚMERO 411, EN EL POBLADO DE
SAN BUENAVENTURA, MUNICIPIO DE TOLUCA, MÉXICO, EL
CUAL TIENE LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS:
AL NORTE: 7.73 METROS Y COLINDA CON CALLE
PENSADOR MEXICANO Y 14.97 METROS CON ROSSANA
LARA ALDAVE.
AL SUR: 22.70 METROS Y COLINDA CON ALEJANDRA
REYES GARDUÑO
AL ORIENTE: 74.50 METROS CON TOMAS SÁNCHEZ,
GUADALUPE ESPINOZA CARRILLO Y DOLORES ROSSANO
MALVAIZ.
Página 8
AL PONIENTE: 40.25 METROS CON ROSSANA LARA
ALDAVE Y 34.25 METROS CON ELISEO DAVID CARMONA
ESTRADA Y ELISA BASTIDA MONTES DE OCA.
CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 1,005.00 METROS
CUADRADOS.
El Juez Tercero Civil de Primera Instancia del Distrito
Judicial de Toluca, México, ordenó la publicación de la presente
solicitud por dos veces con intervalos de por lo menos dos días
en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y en un
periódico de circulación diaria, para conocimiento de las personas
que se crean con mejor derecho y se presenten a deducirlo en
términos de Ley.-DOY FE.
Validación: Fecha de acuerdo que ordena la publicación
veintiocho de febrero de dos mil catorce.-Secretario de Acuerdos,
Licenciada Claudia María Velázquez Tapia.-RÚBRICA.
3578.-15 y 18 agosto.
JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
Que en el expediente 716/2015 promovido por VIRGINIA
BERNAL LÓPEZ y JOSÉ BENÍTEZ RAYA, por nuestro propio
derecho. Ante usted respetuosamente comparecemos para
exponer: Que por medio del presente escrito y en la Vía Ordinaria
Civil, venimos a demandar a la empresa denominada
“COPROPIEDAD MEXICO Y FRACCIONADORA DE TOLUCA”,
S.A. que tiene su domicilio en la calle Hidalgo Poniente número
300 Segundo Piso, Colonia Centro, Código Postal 50000, en esta
Ciudad de Toluca, Estado de México, las siguientes prestaciones:
PRESTACIONES: La declaración judicial de la prescripción de la
hipoteca que se encuentra inscrita en el Registro Público de la
Propiedad del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México hoy
Instituto de la Función Registrar del Estado de México, Oficina
Registral de Toluca, Estado de México, bajo la partida número
13189, volumen 53, Libro Segundo, Sección Primera de fecha 15
de julio de 1965, que pesa sobre una fracción del lote número
ciento cincuenta y seis de los en que se fraccionario varios
predios que forman el Fraccionamiento “Lomas Altas” ubicado en
el Cerro de Huitzila de esta Ciudad, dicha fracción está ubicada
en la calle del Tule sin número (actualmente número 106), con
superficie de 147.15 M2, y las medidas y colindancias siguientes:
Al Norte: nueve metros con la calle del Tule; Al Sur: la misma
medida, con lote ciento diez; Al Oriente: dieciséis metros ochenta
centímetros, con lote ciento cincuenta y cinco y al Poniente:
dieciséis metros, con fracción del mismo lote Poniente, la cual se
encuentra actualmente inscrita en el Instituto de la Función
Registral del Estado de México, Oficina Registral Toluca, Estado
de México bajo el folio real electrónico 00254679. Como
consecuencia de la declaración judicial de la prescripción de la
hipoteca, la cancelación del asiento registral a que nos referimos
en el inciso anterior. El pago de los gastos y costas que el
presente juicio origine. Fundamos nuestra demanda en los
siguientes hechos y preceptos legales: HECHOS. Mediante el
acta número 29249 de fecha veintitrés de enero de mil
novecientos sesenta y cinco, otorgada ante la fe del Licenciado
Alfonso Lechuga Gutiérrez, Notario Público Número Cuatro de
Toluca, Estado de México, que consiga la Compra Venta y
Constitución de Hipoteca en Segundo Lugar, que formalizamos
por una parte la empresa denominada “COPROPIEDAD MEXICO
Y FRACCIONADORA DE TOLUCA”, S.A. y de la otra parte los
suscritos VIRGINIA VERNAL LOPEZ DE BENITEZ y JOSE
BENITEZ RAYA, respecto de una fracción del lote número ciento
cincuenta y seis de los en que se fraccionaron varios predios que
forman el Fraccionamiento “Lomas Altas”, ubicado en el cerro de
Huitzila de esta ciudad, dicha fracción está ubicada en la calle del
Tule sin número (actualmente número 106), con superficie de
15 de agosto de 2016
147.15 M2, y las medidas y colindancias siguientes: Al Norte:
nueve metros con la calle del Tule; Al Sur: la misma medida, con
lote ciento diez; Al Oriente: dieciséis metros ochenta centímetros,
con lote ciento cincuenta y cinco y Al Poniente: dieciséis metros,
con fracción del mismo lote Poniente, la cual se encuentra
actualmente inscrita en el Instituto de la Función Registral del
Estado de México, Oficina Registral Toluca, Estado de México, en
la relación a la compraventa quedo inscrita bajo la partida número
23206, volumen 98, Libro Primero, Sección Primera de fecha 15
de julio de 1965 y por cuanto hace a la hipoteca quedo inscrita
bajo la partida número 13189, volumen 53, Libro Segundo,
Sección Primera de fecha 15 de julio de 1965. Tal y como lo
acreditamos con las copias certificadas de la citada escritura, las
cuales acompañamos bajo los ANEXOS 1 y 2. Mediante el acta
número 29250 de fecha veintitrés de enero de mil novecientos
sesenta y cinco, otorgada ante la de del Licenciado Alfonso
Lechuga Gutiérrez, Notario Público Número Cuatro de Toluca,
Estado de México, inscrita en el Registro Público de la Propiedad
del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México hoy Instituto de
la Función Registral del Estado de México, Oficina Registral de
Toluca, Estado de México, bajo la partida número 13264,
volumen 54, libro Segundo, Sección Primera de fecha 04 de
diciembre de 1965, que consiga los CONTRATOS DE MUTUO
CON INTERÉS E HIPOTECA que otorgamos de una parte los
suscritos VIRGINIA BERNAL LÓPEZ DE BENÍTEZ y JOSÉ
BENÍTEZ RAYA y de la otra parte “HIPOTECARIA BANCOMER”,
SOCIEDAD ANONIMA, respecto de una fracción del lote número
ciento cincuenta y seis de los en que se fraccionario varios
predios que forman el Fraccionamiento “Lomas Altas”, ubicado en
el Cerro de Huitzila de esta Ciudad, dicha fracción está ubicada
en la calle del Tule sin número (actualmente número ciento seis),
con superficie de 147.15 M2, y las medidas y colindancias
siguientes: Al Norte: nueve metros con la calle del Tule; Al Sur: la
misma medida, con lote ciento diez; Al Oriente: dieciséis metros
ochenta centímetros, con lote ciento cincuenta y cinco y Al
Poniente: dieciséis metros, con fracción del mismo lote Poniente.
Tal y como lo acreditamos con la copia certificada de dicha acta,
la cual acompañamos bajo el ANEXO 3. 3. Posteriormente al ser
pagado en su totalidad el préstamo que nos realizó
HIPOTECARIA BANCOMER, S.A., fue cancelada dicha hipoteca
tal y como lo acreditamos con las copias certificadas del acta
número 47642 de fecha veintinueve de septiembre de mil
novecientos setenta y nueve, que consigna la CANCELACION
DEL CONTRATO DE MUTUO CON INTERES E HIPOTECA, la
cual acompañamos bajo el ANEXO 4. 4. Mediante el acta número
30393 de fecha veintisiete de enero de mil novecientos sesenta y
seis, otorgada ante la fe del Licenciado Alfonso Lechuga
Gutiérrez, Notario Público Número Cuatro de Toluca, Estado de
México, inscrita en el Registro Público de la Propiedad del Distrito
Judicial de Toluca, Estado de México hoy Instituto de la Función
Registral del Estado de México Oficina Registral de Toluca,
Estado de México, bajo la partida número 1976, Tomo 12, Libro
Primero, Sección Primera de fecha 12 de mayo de 1966, que
consiga la Protocolización de las Diligencias de Información AdPerpetúan, para acreditar la posesión que nos asiste sobre la
construcción de la casa marcada con el número siete de la calle
del Tule, construida en el lote de terreno de nuestra propiedad
materia de la litis, tal y como lo acreditamos con la copia
certificada de dicha escritura, la cual acompañamos bajo el
ANEXO 5. 5. Los suscritos desde hace más de cuarenta y cinco
años pagamos en su totalidad el préstamo hipotecario que nos
hiciera la empresa denominada “COPROPIEDAD MEXICO Y
FRACCIONADORA DE TOLUCA”, S.A., sin embargo, pese a las
múltiples gestiones que realizamos oportunamente, siempre se
ha negado a otorgar la escritura de cancelación de la hipoteca, la
cual hasta la fecha se sigue reportando una hipoteca en segundo
lugar a favor de la referida empresa por parte del Instituto de la
Función Registral del Estado de México, Oficina Registral de
Toluca, Estado de México, tal y como lo acreditamos con el
certificado de libertad de gravámenes el cual acompañamos bajo
el ANEXO 6, razón por la cual nos vemos obligados a promover
la presente demanda en la forma y términos que lo gocemos, ya
15 de agosto de 2016
que han trascurrido cincuenta años desde que se constituyó la
hipoteca en segundo lugar a favor de la referida empresa
“COPROPIEDAD MEXICO Y FRACCIONADORA DE TOLUCA”,
S.A., sobre el bien inmueble materia de la litis, por lo que es
procedente la declaración judicial de la prescripción de la
hipoteca que se encuentra inscrita en el Registro Público de la
Propiedad del Distrito Judicial de Toluca, Estado de México hoy
Instituto de la Función Registral del Estado de México, Oficina
Registral de Toluca, Estado de México, bajo la partida número
13189, volumen 53, Libro Segundo, Sección Primera de fecha 15
de julio de 1965, que pesa sobre una fracción del lote número
ciento cincuenta y seis de los en que se fraccionaron varios
predios que forman el Fraccionamiento “Lomas Altas”, ubicado en
el Cerro de Huitzila de esta Ciudad, dicha fracción está ubicada
en la calle del Tule sin número (actualmente número ciento seis)
con superficie de 147.15 M2, y las medidas y colindancias
siguientes: Al Norte: nueve metros con la calle del Tule; Al Sur: la
misma medida, con lote ciento diez; Al Oriente: dieciséis metros
ochenta centímetros, con lote cincuenta y cinco y Al Poniente:
dieciséis metros, con fracción del mismo lote Poniente, la cual se
encuentra actualmente escrita en el Instituto de la Función
Registral del Estado de México, Oficina Registral Toluca, Estado
de México bajo el folio real electrónico 00254679 a favor de
nuestros hijos JOSE, VIRGINIA, AGUSTIN, RAFAEL, NANCY,
OMAR y SOCORRO todos de apellidos BENITEZ BERNAL. 6.
Mediante la escritura número treinta y nueve mil veintitrés de
fecha diez de mayo de mil novecientos setenta y tres, otorgada
ante la fe del Licenciado Alfonso Lechuga Gutiérrez Notario
Público Número Cuatro de Toluca, Estado de México, inscrita en
el Registro Público de la Propiedad bajo el asiento número
31743-88, Sección Primera, Libro Primero, volumen 134 de la
fecha 13 de junio de 1973, (actualmente folio real electrónico
00254679), los suscritos donamos a nuestros hijos JOSE,
VIRGINIA, AGUSTIN, RAFAEL, NANCY, OMAR Y SOCORRO
todos de apellidos BENITEZ BERNAL, el inmueble materia de la
litis, sobre el cual pesa la hipoteca que nos ocupa, razón por la
cual demandamos en la forma y términos que lo hacemos,
acompañamos bajo el ANEXO 7 la escritura pública a que nos
hemos referido. Dado que se desconoce el domicilio de la
demandada
persona
jurídica
colectiva
denominada
COPROPIEDAD MEXICO Y FRACCIONADORA DE TOLUCA,
SOCIEDAD ANONIMA, por auto de fecha nueve de junio de dos
mil dieciséis, se ordenó realizar el emplazamiento por medio de
edictos que se publicarán en el Periódico Oficial GACETA DEL
GOBIERNO, en un periódico de mayor circulación en esta Ciudad
y en el Boletín Judicial, mismos que deberán contener una
relación sucinta de la demanda, y deberán publicarse por tres
veces de siete en siete días, debiéndose fijar además en la puerta
de este Tribunal una copia integrada de la presente resolución;
haciéndole saber que debe presentarse dentro del plazo de
treinta días contados a partir del día siguiente al de la última
publicación, a contestar la demanda instaurada en su contra, con
el apercibimiento que de no comparecer dentro de tal lapso, por
si, por apoderado o por gesto que pueda representarlo, se
seguirá el juicio en su rebeldía, haciendo las posteriores
notificaciones por lista y Boletín. TOLUCA, MÉXICO; TRECE DE
JULIO DE DOS MIL DIECISEIS.-DOY FE.
FECHA DE VALIDACION: NUEVE DE JUNIO DE DOS
MIL DIECISEIS.-SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. ROSA
NAZARETH ORTIZ GALINDO.-RÚBRICA.
3579.-15, 24 agosto y 2 septiembre.
JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE IXTLAHUACA
EDICTO
En los autos del expediente número 1506/2016, el señor
ISAAC GÓMEZ LÓPEZ por su propio derecho, promueve
Procedimiento Judicial No Contencioso Sobre Información de
Dominio, respecto de un terreno ubicado en San Francisco Cheje,
Página 9
denominado “Paraje Chare”, Municipio de Jocotitlán, Estado de
México, cuyas medidas y colindancias son: AL NORTE: 38.10
metros. Colinda con antes Trinidad Jerónimo, hoy María Trinidad
Gerónimo Gómez; AL SUR: en dos líneas de 19.70 y 18.90
metros colinda con Privada; AL ORIENTE: 23.60 metros, colinda
antes con Adolfo Urbina Gómez, hoy Juan Adolfo Urbina Gómez:
AL PONIENTE: 19.70 metros colinda con Calle Alfredo Cárdenas;
con una superficie total de 912.00 metros cuadrados. El Juez del
conocimiento dictó un auto de dos de agosto de dos mil dieciséis,
donde se ordena publicar los edictos en GACETA DEL
GOBIERNO del Estado de México y en un periódico de mayor
circulación por dos veces con intervalos de por lo menos dos
días, llamando por este conducto a cualquier interesado que se
crea con igual o mejor derecho sobre dicho inmueble, para que
comparezca a deducirlo conforme a derecho.
Dado en Ixtlahuaca, México, cuatro de agosto de dos mil
dieciséis.-DOY FE.
VALIDACION: Fecha de acuerdo que ordena la
publicación: 02 de Agosto de 2016.-SECRETARIO DE
ACUERDOS, LIC. EN D. REBECA OLIVA RODRÍGUEZ.RÚBRICA.
3581.-15 y 18 agosto.
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
En el expediente 369/2016 relativo al PROCEDIMIENTO
JUDICIAL NO CONTENCIOSO DE INFORMACIÓN DE
DOMINIO, promovido por MARÍA GUADALUPE GARCÍA PLATA
Y/O OTRAS, en términos del auto de fecha cuatro de agosto de
dos mil dieciséis, se ordenó publicar el dicto respecto de un
inmueble ubicado en Calle José María Morelos y Pavón, número
414, Santa Ana Tlapaltitlán, Toluca, Estado de México, el cual
tiene las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: 42.60
METROS CON ANA MARIA MONDRAGÓN NÁJERA; AL
ORIENTE: 13.40 METROS CON LUIS MENDOZA FLORES; AL
SUR: 42.60 METROS CON CRISPÍN MONDRAGÓN,
(ACTUALMENTE CON CONDOMINIO MORELOS), AL
PONIENTE: 13.40 METROS CON CALLE JOSÉ MARÍA
MORELOS Y PAVÓN, CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA
DE 570.84 METROS CUADRADOS; para acreditar que lo ha
poseído desde 26 de abril de 1993, con las condiciones exigidas
por la ley, lo ha poseído hasta el día de hoy de manera pacífica,
continua, pública y a título de dueña, así como de buena fe, por lo
que se ordena su publicación en la GACETA DEL GOBIERNO del
Estado de México y en otro periódico de circulación diaria en esta
Ciudad, por dos veces con intervalos de por lo menos dos días,
haciendo saber a quienes se crean con mayor o igual derecho
sobre el inmueble señalado, comparezcan a deducirlo en
términos de Ley.- Toluca, México; a 08 de agosto de 2016.-DOY
FE.
EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DE CUATRO DE
AGOSTO DE DOS MIL DIECISÉIS.-SECRETARIO DE
ACUERDOS DEL JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA
INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE TOLUCA, MÉXICO,
LIC. JULIA MARTÍNEZ GARCÍA.-RÚBRICA.
3584.-15 y 18 agosto.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO
EDICTO
PARA EMPLAZAR A: FRACCIONADORA Y CONSTRUCTORA
DEL RIO S.A.
ACEVEDO RODRIGUEZ ANA MARÍA, demanda por su
propio derecho en Juicio Ordinario Civil, bajo el expediente
381/2015, a FRACCIONADORA Y CONSTRUCTORA DEL RIO
Página 10
S.A., reclamando las siguientes prestaciones: A.- DE LA
DEMANDADA LA DECLARACIÓN DE USUCAPIÓN O
PRESCRIPCIÓN POSITIVA A MI FAVOR, RESPECTO DEL
INMUEBLE UBICADO EN CASA NUMERO 11, LOTE 6,
MANZANA 12, FRACCIONAMIENTO BOULEVARES DE SAN
CRISTOBAL, ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE
MÉXICO, EL CUAL CUENTA CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE
120.00 M². (METROS CUADRADOS) Y CUENTA CON LAS
SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE: 7.75
METROS COLINDA CON AVENIDA MORELOS; AL SUR: 7.75
METROS COLINDA CON CALLE RIO BALSAS; AL ORIENTE:
15.00 METROS COLINDA CON LOTE 7; AL PONIENTE: 15.00
METROS COLINDA CON LOTE 5. MANIFIESTO BAJO
PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE DESCONOZCO LOS
NOMBRES DE LOS COLINDANTES, TODA VEZ QUE HAN
LLEGADO DISTINTAS PERSONAS A TRAVÉS DEL TIEMPO Y
NO TENGO LA CERTEZA DE LOS NOMBRES; INMUEBLE QUE
HE VENIDO POSEYENDO EN CONCEPTO DE PROPIETARIA,
EN FORMA PACÍFICA, CONTINUA, PÚBLICA, DE BUENA FE E
ININTERRUMPIDAMENTE DESDE EL AÑO DE 1980, QUE
LLEGAMOS A VIVIR AHÍ. B.- QUE POR RESOLUCIÓN
JUDICIAL SE DECLARE PARA TODOS LOS EFECTOS
LEGALES, QUE HA OPERADO EN MI FAVOR, LA USUCAPIÓN
O PRESCRIPCIÓN POSITIVA Y QUE POR CONSIGUIENTE SE
ME RECONOZCA COMO PROPIETARIA DEL MULTICITADO
INMUEBLE. C.- EL PAGO DE GASTOS Y COSTAS QUE
ORIGINE EL PRESENTE JUICIO, fundo mi demanda en los
siguientes hechos: I. En fecha 28 de diciembre de 1979, mi finado
esposo, el señor RUBEN FLORES GONZALEZ, celebró contrato
privado de compra venta con FRACCIONADORA Y
CONSTRUCTORA DEL RIO S.A., respecto del inmueble cuya
ubicación yace narrada en la prestación marcada con la letra A. II.
El inmueble cuenta con una superficie y unas colindancias ya
descritas en la prestación denotada con la letra A. III. Desde que
adquirió el inmueble mi esposo, no tuvimos la precaución de
escriturar, en fecha 25 de Junio del año 2008, mi esposo falleció
en Guadalajara Jalisco tal y como acredito con copia certificada
del acta de defunción, dejando un Testamento Público Abierto,
mismo que en fecha 19 de mayo del año 2009 acepté la herencia
y el cargo de albacea a través del testimonia notarial 9,056
Volumen 2018 expedido por el Notario Público número 122,
Licenciado Andrés Hoffman Palomar. IV. Con fecha 6 de
noviembre del año 2014, el C. Registrador Público de la
Propiedad y del Comercio del Distrito Judicial de Tlalnepantla,
Estado de México, me expidió un certificado de Inscripción, en
donde aparece a nombre de la persona que se encuentra
registrado el bien inmueble citado con antelación. V. Bajo
Protesta de decir verdad, manifiesto que desde la fecha 22 de
Junio del año de 1980 mi finado esposo y la suscrita hemos
poseído el inmueble descrito anteriormente y hasta el momento ni
la demandada, ni persona alguna ha perturbado mi posesión al
título del propietario. VI. Cabe mencionar que mi finado esposo y
yo contrajimos matrimonio bajo el rubro de Sociedad Conyugal,
por el cual el 50% del inmueble es de propiedad de la suscrita y el
otro 50% era de mi finado esposo, por lo que en medida del
testamento me he convertido en 100% propietaria del bien
multicitado. VII. Como el contrato de compraventa con el que
adquirió mi finado esposo el inmueble no es inscribible, motivo
por el cual promuevo el presente juicio en calidad DE UNICA Y
UNIVERSAL HEREDERA, mencionando que mi posesión ha sido
pacífica, continua, pública, de buena fe e ininterrumpidamente por
más de 34 años. VII. Dicha posesión que he venido públicamente
y que me es reconocida en el lugar de mi vecindad por todos los
vecinos, como se demostrará eventualmente con los testigos que
presentaré en su momento procesal oportuno. Por lo que en
cumplimiento a lo ordenado en auto fecha SIETE DE JUNIO DEL
AÑO EN CURSO se ordenó se emplace por medio de edictos de
FRACCIONADORA Y CONSTRUCTORA DEL RIO S.A,
haciéndoles saber que deberán presentarse por sí, por
apoderado o gestor que pueda representarle dentro del término
de TREINTA DÍAS, contados a partir del siguiente al en que surta
efectos la última publicación, apercibida que si pasado ese
15 de agosto de 2016
término no comparece por sí, por apoderado o gestor que pueda
representarle, se seguirá el juicio en rebeldía, haciéndoseles las
posteriores notificaciones aún las de carácter personal por medio
de Lista y Boletín Judicial, en términos del artículo 1.170 del
Código de Procedimientos Civiles en vigor. Quedan mientras
tanto en la Secretaría las copias de traslado para que las recoja
en días y horas hábiles.
PUBLÍQUESE POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE
DÍAS EN EL PERIÓDICO OFICIAL GACETA DEL GOBIERNO,
EN OTRO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN ESTA POBLACIÓN Y
EN EL BOLETÍN JUDICIAL, ASIMISMO, FÍJESE EN LA PUERTA
DE ESTE JUZGADO UNA COPIA ÍNTEGRA DEL PROVEÍDO DE
FECHA SIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISEIS POR TODO
EL TIEMPO DEL EMPLAZAMIENTO. ECATEPEC DE
MORELOS, SIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISEIS. DOY
FE.
Fecha que ordena la publicación: SIETE DE JUNIO DEL
DOS MIL DIECISEIS.-SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC.
CATALINA LUNA RODRIGUEZ.-RÚBRICA.
1435-A1.-15 y 24 agosto.
JUZGADO DECIMO SEPTIMO DE LO CIVIL DE CUANTIA
MENOR
MEXICO, D.F.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO
promovido por SÓLIDA ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD
FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA,
GRUPO FINANCIERO BANORTE, en contra de FRANCISCO
JAVIER OCHOA y JOSEFINA OLIVARES REYES, bajo el
número de Expediente 1522/2006, radicado en el Juzgado
Décimo Séptimo Civil de Cuantía Menor, obran entre otras las
constancias que en su parte conducente dice: con apoyo a lo
dispuesto por el artículo 570 del Código de Procedimientos
Civiles, y en cumplimiento al sexto punto resolutivo de la
Sentencia Definitiva de VEINTISÉIS DE AGOSTO DE DOS MIL
DIEZ, en PRIMERA ALMONEDA procédase al Remate en
Pública Subasta del bien inmueble hipotecado, consistente en:
DEPARTAMENTO 7, DEL EDIFICIO OCTUPLEX “A”, DEL
CONDOMINIO NÚMERO UNO, MARCADO CON EL NÚMERO
OFICIAL UNO, DE LA CALLE ALBATROS, CONSTRUIDO
SOBRE EL LOTE UNO, DE LA MANZANA 21, DE LA
SUBDIVISIÓN DE PARTE DEL PREDIO CONOCIDO COMO
FRACCIÓN NORTE QUE FORMÓ PARTE DE LOS LOTES 10 Y
11, DE LA MANZANA 21, DE LA ZONA QUINTA DE LA
DESECACIÓN DEL LAGO DE TEXCOCO, EN EL MUNICIPIO
DE ECATEPEC DE MORELOS ESTADO DE MÉXICO, quedando
como precio del avalúo la cantidad de $272,000.00
(DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 MONEDA
NACIONAL), mismo que arroja el avalúo del dictamen rendido por
la perito designado en rebeldía de la parte demandada y el cual
es el más alto y no rebasa el treinta por ciento entre dos avalúos
rendidos por los peritos, con los cuales se tuvo por conforme por
las partes, dado a su silencio procesal, conformándose de forma
tácita con el mismo, en términos de lo dispuesto por la fracción IV
del artículo 486 del Código de Procedimientos Civiles, siendo
postura legal la que cubra las dos terceras partes de la cantidad
del avalúo antes mencionado, con fundamento en el artículo 573
del Código Procesal de la Materia debiéndose anunciar la venta
por medio de edictos que se publicarán por dos veces, en los
tableros de avisos del Juzgado, en los de la Tesorería de la
Ciudad de México y en el periódico DIARIO DE MÉXICO,
15 de agosto de 2016
Página 11
mediando entre una y otra publicación siete días hábiles y, entre
la última y la fecha del remate igual plazo, lo anterior con
fundamento en el artículo 570 del Código Adjetivo Civil anterior de
las reformas del diez de septiembre de dos mil nueve.
Señalándose las DIEZ HORAS DEL SEIS DE SEPTIEMBRE DEL
AÑO EN CURSO; para la celebración de la audiencia de remate
en primera almoneda.-CIUDAD DE MÉXICO A 07 DE JULIO DE
2016.-LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS, LICENCIADA
JOSEFINA DOLORES HERNÁNDEZ CRUZ.-RÚBRICA.
1436-A1.-15 y 25 agosto.
JUZGADO TERCERO FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA-NAUCALPAN DE JUAREZ
EDICTO
Se emplaza a GREGORIA RÍOS TORRES: se le hace
saber que en el expediente número 1340/2015, y sus acumulados
788/13, 1372/15, 1473/15 y 1521/15, relativo a la
CONTROVERSIA SOBRE EL ESTADO CIVIL DE LAS
PERSONAS Y DEL DERECHO FAMILIAR SOBRE ACCION DE
PETICION DE HERENCIA, en el Juzgado Tercero de lo Familiar
del Distrito Judicial de Tlalnepantla, con residencia en Naucalpan
de Juárez, Estado de México, el Juez del conocimiento, dictó auto
que admitió la demanda, y por acuerdo de diez de junio de dos
mil dieciséis, relacionado con el auto admisorio, se ordenó
notificar la presente por medio de edictos a GREGORIA RIOS
TORRES, haciéndole saber que debe presentarse dentro del
plazo de TREINTA DÍAS contados a partir del día siguiente al de
la última publicación ante este Juzgado a dar contestación a la
demanda instaurada en su contra, previniéndole que debe
señalar domicilio dentro de la población en que se ubica en este
poblado para oír y recibir toda clase de notificaciones, aún las de
carácter personal, con el apercibimiento que de no comparecer
por sí, por apoderado o gestor que pueda representarla se
seguirá el juicio en rebeldía, haciéndole las ulteriores
notificaciones por lista de acuerdos y Boletín Judicial. Asimismo
se ordena a la Secretaría fijar en la puerta de este Juzgado una
copia íntegra del presente proveído por todo el tiempo de la vista.
Relación sucinta de la demanda: HECHOS: 1.- El señor SERAFIN
FUENTES LEMUS, falleció el día 07 de agosto de 2006. 2.- En
vida el de cujus tuvo diferentes mujeres, procreando cuatro hijos
con la señora MARÍA DE LOURDES JIMÉNEZ RODRÍGUEZ de
nombres MIGUEL ANGEL, GRISELDA, ELIZABETH CRISTINA y
ALMA DELIA, de apellidos FUENTES JIMENEZ. 3.- El caso que
abrió la sucesión correspondiente ante el Juzgado Séptimo de lo
Familiar en Naucalpan de Juárez, bajo el expediente 249/07,
antecedente y nombramiento de albacea que ya obra en el
expediente de la presente sucesión con número de expediente
788/13, radicado en este Juzgado, 4.- La señora GREGORIA
RIOS TORRES, ya tiene una sentencia de adjudicación
terminada en el año 2007 en el Juzgado Séptimo de lo Familiar
de Naucalpan. 5.- Se desconoce si fueron llamados a la
publicación de la denuncia del juicio sucesorio los demás
herederos. 6.- Siendo en fecha 16 de octubre de 2014 que el
Notario número 104 del Estado de México, devolvió el expediente
249/07 protocolizado. 7.- De lo anterior y omitido que fue
llamarme a peticionar herencia es que acudo e la presente vía. 8.En fecha 31 de agosto de 2007 se dictó sentencia de
adjudicación en el expediente 249/07, adjudicando a la albacea y
heredera universal GREGORIA RIOS TORRES y excluyendo al
que suscribe y demás descendientes. 9.- Visto lo anterior es que
se justifica el derecho de petición de herencia.
Se expide los edictos para su publicación por tres veces
de siete en siete días en la GACETA DEL GOBIERNO del
Estado, en el Boletín Judicial del Estado de México, y en un
periódico de mayor circulación de la Ciudad de Naucalpan de
Juárez, México, dado en la Ciudad de Naucalpan de Juárez,
México, a los veintidós días del mes de junio del año dos mil
dieciséis.-DOY FE.
Validación. Fecha de acuerdo que ordena la publicación
diez de junio de dos mil dieciséis.-SEGUNDA SECRETARIO DE
ACUERDOS, LIC. LAURA SALERO LEGORRETA.-RÚBRICA.
1433-A1.-15, 24 agosto y 2 septiembre.
JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO
EDICTO
EXPEDIENTE NÚMERO: 19/2016.
PROMOVIDO POR: SALVADOR PRADO GUZMAN.
Tramita en Procedimiento Judicial No Contencioso, a fin
de que mediante resolución judicial se ordene la INFORMACIÓN
DE DOMINIO de la propiedad que ejerce respecto del inmueble
consistente en el terreno ubicado en CALLE RAYON NUMERO
20, COLONIA ARBOLITOS XALOSTOC DE ESTE MUNICIPIO
DE ECATEPEC DE MORELOS, MÉXICO; cuya superficie,
medidas y colindancias son las siguientes: AL NORESTE: 13.60
metros con Primitiva Martínez Maqueda, ACTUALMENTE
ANGELICA MARTINEZ CRUZ persona que tiene su domicilio en
calle Morelos lote 4 manzana 23, Colonia Arbolitos Xalostoc en
este Municipio de Ecatepec de Morelos, México, AL SURESTE:
17.00 metros con calle Rayón Colonia Arbolitos Xalostoc en este
Municipio de Ecatepec de Morelos, AL SUROESTE: 13.60 metros
con MARIA DEL CARMEN MANDUJANO RAMIREZ actualmente
señor PABLO BAEZ RUIZ persona que tiene su domicilio en calle
Rayón número 2, Colonia Arbolitos Xalostoc en este Municipio de
Ecatepec de Morelos, México, AL NOROESTE: 17.00 metros con
VALENTIN CARMONA VALERIANO actualmente persona que
tiene su domicilio en calle Pensador Mexicano esquina con JOSE
MA. MORELOS PTE. COLONIA Arbolitos Xalostoc en este
Municipio de Ecatepec de Morelos, México. Por lo que la
promovente funda sus pretensiones en los siguientes hechos: 1.Desde hace más de 10 años está en posesión como propietario
ininterrumpidamente del bien inmueble que se encuentra ubicado
en calle RAYON NUMERO 20 COLONIA ARBOLITOS
XALOSTOC de este Municipio de Ecatepec de Morelos, México,
mismo que tiene una superficie total de 231.00 metros cuadrados
y las anteriores mencionadas medidas y colindancias. 2.- Su
posesión del lote de terreno motivo del presente asunto de deriva
de la transmisión que le hizo el señor SALVADOR PRADO
MORAN según consta en el contrato privado de fecha 07 de
febrero del año dos mil que acompaña al presente escrito y que
constituye un título fehaciente de que lo ha venido poseyendo de
un predio ininterrumpidamente desde hace más de 15 años y
anteriores a esta solicitud. 3.- El terreno aludido se encuentra
debidamente registrado físicamente en la Tesorería Municipal del
lugar ubicado del mismo inmueble y bajo el número de clave
catastral 0942516302000000 y se encuentra al corriente en el
pago del impuesto predial con número de folio 4162/2015 y que
anexamos al presente escrito en original expedidos por el H.
Ayuntamiento Constitucional de Ecatepec de Morelos, México a
favor del suscrito. 4.- El Terreno materia del presente asunto no
se encuentra inscrito a nombre de persona alguna en el Registro
Público de la Propiedad y del Comercio de Ecatepec de Morelos,
México tal y como lo acredita con el Certificado de no Inscripción
expedido por esa dependencia de fecha 04 de diciembre del
2015. Así mismo exhibe el plano descriptivo y de localización
respecto del inmueble de su propiedad motivo del presente
asunto donde está plenamente identificado el lote de terreno que
nos ocupa. 6.- Así mismo anexa la constancia por el Comisariado
Ejidal de San Pablo Xalostoc de este Municipio de Ecatepec de
Morelos, México de fecha 26 de Agosto del año 2015 de donde
se desprende que el predio de su propiedad no se encuentra
dentro del ejido de San Pedro Xalostoc de este Municipio de
Ecatepec de Morelos, México, y ni afecta al Patrimonio Municipal.
Y a efecto de hacer del conocimiento la tramitación del
presente Procedimiento Judicial no Contencioso se publican los
presentes EDICTOS a fin de que comparezca quien crea tener
mejor derecho que la parte actora sobre el bien inmueble materia
del presente procedimiento.
Página 12
PUBLÍQUESE EL PRESENTE POR DOS VECES CON
INTERVALOS POR LO MENOS DOS DÍAS EN EL PERIÓDICO
OFICIAL, GACETA DEL GOBIERNO Y EN OTRO DE
CIRCULACIÓN DIARIA TODOS DE ESTA ENTIDAD, SE
EXPIDE A LOS TRES DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO
DOS MIL DIECISÉIS.
FECHA DEL AUTO QUE ORDENA LA PUBLICACIÓN:
DIECIOCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.- DOY
FE.- PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. PAUL
GIOVANNI CRUZ MAYEN.-RÚBRICA.
552-B1.-10 y 15 agosto.
JUZGADO QUINCUAGESIMO QUINTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO DE REMATE
SE CONVOCAN POSTORES.
El C. Juez 55o. de lo Civil señalo las DIEZ HORAS DEL
DIA VEINTISEIS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS,
para que tenga verificativo la audiencia de REMATE EN
PRIMERA ALMONEDA, en el juicio ESPECIAL HIPOTECARIO
promovido por HSBC MEXICO, S.A. INSTITUCION DE BANCA
MULTIPLE GRUPO FINANCIERO, HSBC DIVISION FIDUCIARIA
COMO FIDUCIARIO EN EL FIDEICOMISO IRREVOCABLE
NUMERO F/253936, en contra de CARLOS ALBERTO QUINTO
ROBLES Y OTRO, expediente número 1125/14, respecto del bien
inmueble ubicado en VIVIENDA MARCADA CON EL NUMERO
OFICIAL 259, DE LA CALLE DE CENZONTLES, EDIFICADA
SOBRE EL LOTE PRIVATIVO DE TERRENO NUMERO 29, DE
LA MANZANA J, PERTENECIENTE AL CONJUNTO URBANO
DE TIPO HABITACIONAL POPULAR DENOMINADO JARDINES
DE TULTITLAN, SITUADO EN LA CALLE EXHACIENDA
PORTALES, COLONIA PARQUE INDUSTRIAL CARTAGENA,
EN TERMINOS DEL MUNICIPIO DE TULTITLAN, ESTADO DE
MEXICO, Sirviendo como base para el remate la cantidad de
QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100
MONEDA NACIONAL, precio del avalúo y siendo postura legal la
que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad.
PARA SU PUBLICACIÓN Y FIJACIÓN POR UNICA VEZ
DEBIENDO MEDIAR ENTRE LA PUBLICACION Y LA FECHA
DE REMATE CUANDO MENOS CINCO DIAS HABILES.
México, D.F., a 20 de Junio del año 2016.- EL C.
SECRETARIO DE ACUERDOS “A”, LIC. ELISEO HERNANDEZ
CORDOVA.- RÚBRICA.
3596.- 15 agosto.
JUZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CHALCO - IXTAPALUCA
EDICTO
En cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha
veintiocho 28 de Abril del año dos mil dieciséis 2016, dictado en
el expediente número 1274/2015, radicado en el JUZGADO
SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO
JUDICIAL DE CHALCO, CON RESIDENCIA EN IXTAPALUCA,
MÉXICO relativo al JUICIO ORAL MERCANTIL promovido por
CYNTHIA BARRIENTOS CRISTÓBAL promoviendo en su
carácter apoderado legal de la persona moral PATRIMONIO S.A.
DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE
ENTIDAD NO REGULADA en su carácter de poderdante de
BANCO INVEX, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE,
INVEX GRUPO FINANCIERO EN SU CARÁCTER DE
FIDUCIARIO
DEL
FIDEICOMISO
IRREVOCABLE
DE
ADMINISTRACIÓN, FUENTE DE PAGO Y GARANTÍA
IDENTIFICADA CON EL NUMERO 1055 en contra de MARÍA
DEL SOCORRO BARRÓN RODRÍGUEZ. En el cual se reclaman
las siguientes prestaciones: A) la declaración judicial del
15 de agosto de 2016
vencimiento anticipado del plazo para el pago del crédito objeto
de la Litis; B) el pago de la cantidad de $367,892.07
(TRECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS
NOVENTA Y DOS PESOS 07/100 M.N) como suerte PRINCIPAL;
C) el pago de la cantidad de $83,100.95 (OCHENTA Y TRES MIL
CIEN PESOS 95/100 M.N) como SALDO DE AMORTIZACIONES
A CAPITAL; D) el pago de la cantidad de $394,032.77
(TRECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y DOS
PESOS 77/100 M.N) por concepto de INTERESES
ORDINARIOS; E) el pago de la cantidad de $88,607.35
(OCHENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SIETE PESOS 35/100
M.N) por COMISIONES; F) el pago de la cantidad de $28,142.10
(VEINTIOCHO MIL CIENTO CUARENTA Y DOS PESOS 10/100
M.N) por COMISIONES; G) el pago de la cantidad de
$420,826.56 (CUATROCIENTOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS
VEINTISÉIS PESOS 56/100 M.N) por concepto INTERESES
MORATORIOS y H) el pago de Gastos y Costas. Se ordena
emplazar a juicio mediante edictos a MARÍA DEL SOCORRO
BARRÓN de la tramitación de este juicio, quien debe presentarse
en este Juzgado en un plazo de TREINTA DÍAS contados a partir
del día siguiente al de la última publicación, quedando las copias
de traslado en la Secretaría para que la demandado las recoja y
pueda dar contestación a la incoada en su contra, apercibido que
si pasado el plazo concedido no comparece por sí, por apoderado
legal o por gestor, se seguirá su juicio en rebeldía y se le tendrá
por contestada la misma en sentido negativo, debiendo señalar
domicilio dentro de la población en que se ubica este Tribunal,
para recibir notificaciones personales y en caso de no hacerlo, las
posteriores notificaciones aun las de carácter personal, se le
harán por Lista y Boletín Judicial. PUBLÍQUESE POR TRES
VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS, EN EL PERIÓDICO
OFICIAL, GACETA DEL GOBIERNO, EN UN PERIÓDICO DE
MAYOR CIRCULACIÓN EN ESTE MUNICIPIO DE IXTAPALUCA
Y EN EL BOLETÍN JUDICIAL, ASIMISMO PRECÉDASE A FIJAR
EN LA PUERTA DE ESTE TRIBUNAL UNA COPIA ÍNTEGRA DE
LA RESOLUCIÓN POR TODO EL TIEMPO QUE DURE EL
EMPLAZAMIENTO, EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DE FECHA
VEINTIOCHO 28 DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS
2016. EXPEDIDO EN IXTAPALUCA, ESTADO DE MÉXICO, A
SEIS 06 DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
DIECISÉIS 2016.- DOY FE.- SECRETARIO DE ACUERDOS,
LIC. ANGÉLICA NONOAL SACAMO.- RÚBRICA.
3595.- 15, 24 agosto y 2 septiembre.
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CUAUTITLAN
EDICTO
MARIBEL ZÚÑIGA REYES, promueve ante este Juzgado
en el expediente número 721/2016, en vía del Procedimiento
Judicial no Contencioso (INMATRICULACIÓN JUDICIAL),
respecto DEL INMUEBLE CONSISTENTE EN EL TERRENO Y
CASA HABITACIÓN, ubicado en el: PREDIO DENOMINADO
“ZAPOTLA”, AVENIDA INSURGENTES, SIN NUMERO,
COLONIA VISITACIÓN, MUNICIPIO DE MELCHOR OCAMPO,
ESTADO DE MÉXICO; cuyas medidas y colindancias son:
AL NORTE: EN 10.21 METROS CON AVENIDA
INSURGENTES.
AL SUR: EN 10.21 METROS CON EFRAÍN ZÚÑIGA
REYES.
AL ORIENTE: EN 17.50 METROS CON PRIVADA PARA
SERVIDUMBRE DE PASO COMPARTIDO.
AL PONIENTE: EN 17.50 METROS CON SABAS
SÁNCHEZ ORTIZ.
CON UNA
CUADRADOS.
SUPERFICIE
DE
178.68
METROS
Para su publicación por DOS VECES CON INTERVALOS
DE POR LO MENOS DOS DÍAS, en el Periódico Oficial
“GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México” y en un
periódico de mayor circulación en esta Ciudad, a fin de que las
15 de agosto de 2016
Página 13
personas que se crean con mejor derecho comparezcan ante
este Tribunal a deducirlo en términos de ley. Pronunciado en
Cuautitlán, Estado de México, a los cuatro (04) días de Agosto del
año dos mil dieciséis (2016).- DOY FE.
Se emite en cumplimiento al auto de fecha cuatro (04) de
Julio del año dos mil dieciséis (2016), firmando: SECRETARIO
JUDICIAL, M. EN D., M. YOLANDA MARTÍNEZ MARTÍNEZ.RÚBRICA.
3591.- 15 y 18 agosto.
JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIAR
ECATEPEC DE MORELOS - COACALCO DE BERRIOZABAL
EDICTO
En el expediente número 913/2015, radicado en el índice
del Juzgado Cuarto Familiar de Ecatepec de Morelos con
residencia en Coacalco de Berriozábal, Estado de México,
relativo al Procedimiento Judicial No Contencioso sobre
Declaración de Ausencia promovido pro JUDITH ROJAS
MÁRQUEZ en su carácter de Apoderada Legal de la señora
ALMA ROSA OCHOA, quien solicita se declare la ausencia del
señor RENE FOJAS MÁRQUEZ esposo de su poderdante e hijo
legítimo de los señores MARIO ROJAS GORDILLO Y SOLEDAD
MÁRQUEZ, nacido el quince de noviembre de mil novecientos
cincuenta y seis, con cincuenta y ocho años de edad, originario
de la Ciudad de México, quien tuvo su último domicilio en calle
Nicolás Morelos número treinta y siete, en la Primera Sección e la
Unidad Morelos con código postal 55718 del Municipio de
Coacalco de Berriozábal, Estado de México, siendo su último
trabajo en la Procuraduría General de la República como Agente
Ministerial Federal en el área de Investigaciones, dependiente de
la Subprocuraduría Especializada de Investigación en
Delincuencia Organizada (SEIDO) con domicilio en Avenida
Reforma número setenta y cinco, Colonia Guerrero, código postal
06058 en la Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal; de
igual manera solicita se proceda a nombrar o designar como
representante de los bienes del ausente a su señora esposa
ALMA ROSA OCHOA, procediéndose a la entrega de los bienes
del hoy ausente para su guarda y custodia mediante detallado
inventario que se hará en el momento procesal que corresponda,
concediéndole a la señora ALMA ROSA OCHOA la
administración legal de los bienes del ahora ausente RENÉ
ROJAS MÁRQUEZ. Manifestando en el capítulo correspondiente
a los hechos que el señor RENÉ ROJAS MÁRQUEZ contrajo
matrimonio civil con la señora ALMA ROSA OCHOA, procreando
en dicho matrimonio a dos hijos quienes llevan por nombre
MARÍA Y RENÉ ambos de apellidos ROJAS OCHOA; el último
domicilio permanente que tuvo el hoy ausente lo fue el ubicado en
AVENIDA NICOLÁS MORELOS NÚMERO TREINTA Y SIETE,
PRIMERA SECCIÓN DE LA UNIDAD MORELOS, CÓDIGO
POSTAL 55718 EN EL MUNICIPIO DE COACALCO DE
BERRIOZABAL, ESTADO DE MÉXICO, la fuente laboral del hoy
ausente lo fue en la Procuraduría General de la República como
Policía Federal Ministerial ubicada en el Distrito Federal; siendo el
caso que la última vez que tuvo contacto y comunicación vía
telefónica su representada con el ahora ausente lo fue el día dos
de noviembre del dos mil trece, en razón de que su esposo se
comunicó con ella a través de teléfono celular, durante dicha
llamada alrededor de quince minutos, por lo que al día siguiente
domingo, intentó su representada por dos ocasiones llamarle sin
que fuera ello posible; que por voz de los hermanos del ausente
le comunicaron sobre su desaparición ello en virtud del dicho del
Agente del Ministerio Público de Zamora Michoacán Licenciado
SERGIO MÉNDEZ DURÁN y de la Psicóloga YAZMIN CUREÑO,
enterándose que se encontraba desaparecida otra persona, que
en fecha once de noviembre de dos mil trece acudió a la
Subprocuraduría Especializada de Investigación de Delincuencia
Organizada y ante la Licenciada LILIANA LOYOLA GUERRERO
Agente del Ministerio Público Federal a realizar la formal
denuncia en contra de quien o quienes resulten responsables por
la privación ilegal de la libertad de su esposo RENÉ ROJAS
MÁRQUEZ y/o el delito que resulte. Desde el dos de noviembre
del año dos mil trece hasta el día de presentación de la solicitud,
la señora ALMA ROSA OCHOA cónyuge del hoy ausente RENÉ
ROJAS MÁRQUEZ no ha tenido noticias sobre su esposo, lo cual
ha acarreado perjuicios tanto morales, patrimoniales y familiares,
no solo para su representada y familia sino también para los
padres y hermanos del hoy ausente. El patrimonio del ausente
RENÉ ROJAS MÁRQUEZ está conformado por el bien inmueble
casa habitación ubicada en CALLE BENITO JUÁREZ NÚMERO
VEINTIUNO. COLONIA HIDALGO ORIENTE, CÓDIGO POSTAL
70710, MUNICIPIO DE SALINAS CRUZ, ESTADO DE OAXACA,
con una superficie de 622.02 metros cuadrados, el pago de
prestaciones a que tiene derecho el señor RENÉ ROJAS
MÁRQUEZ por parte del Instituto de Servicios y Seguridad Social
para los Trabajadores del Estado, el pago de sueldos y derechos
laborales así como las prestaciones y beneficios laborales por
parte de la Procuraduría general de la República en la cual se
encuentra inscrito como empleado con el cargo de Policía Federal
Ministerial el señor RENÉ ROJAS MÁRQUEZ; pidiendo que la
señora ALMA ROSA OCHOA sea nombrada como representante
legal de su ausente esposo en términos de lo dispuesto por el
Código Civil vigente en el Estado de México.
Admita que fue la solicitud y previos los tramites de ley
correspondientes, por auto de fecha (01) uno de agosto del año
(2016) dos mil dieciséis, se ordenó la notificación del C. RENÉ
ROJAS MÁRQUEZ por medio de EDICTOS, que se publicarán
por tres veces de siete en siete días en el Periódico Oficial
“GACETA DEL GOBIERNO” y en otro de mayor circulación y en
el Boletín Judicial, haciéndosele saber que debe presentarse
dentro del plazo de TREINTA DÍAS contados a partir del siguiente
al de la última publicación, a apersonarse al presente
procedimiento, pronunciándose respecto de la solicitud de
DECLARACIÓN DE AUSENCIA respecto de su persona iniciado
por la señora ALMA ROSA OCHOA por conducto de su
apoderado legal, apercibido que si pasado el término antes
referido no señala domicilio para oír y recibir notificaciones, ni
comparece por sí, por apoderado o gestor que pueda
representarle, se seguirá el procedimiento en todas sus etapas
procesales, haciéndoles las posteriores notificaciones por medio
de Lista y Boletín Judicial, lo anterior para los efectos legales a
que haya lugar. SE EXPIDEN LOS PRESENTES EL DÍA TRES
DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.- LIC. DIANA
GUZMAN CASTILLO, SECRETARIO JUDICIAL.- RÚBRICA.
Publicación ordenada por auto de fecha uno de agosto
del año dos mil dieciséis.- LIC. DIANA GUZMAN CASTILLO,
SECRETARIO JUDICIAL.- RÚBRICA.
3592.- 15, 24 agosto y 2 septiembre.
JUZGADO QUINTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CUAUTITLAN
EDICTO
Que en los autos del expediente número 1079/2015,
relativo al juicio ORDINARIO CIVIL, promovido por MA. DE LA
LUZ MARTINEZ PEREZ en su carácter de albacea de LUIS
MARTINEZ CRUZ en contra de ROSARIO ARANO OSORIO por
auto dictado en fecha DOCE DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS,
se ordenó emplazar por medio de edictos a ARTURO NOGUERA
NOVETO, ordenándose la publicación por tres veces de siete en
siete días, en el Periódico Oficial “GACETA DEL GOBIERNO”, en
otro de mayor circulación en esta población y en el Boletín
Judicial, y que contendrá una relación sucinta de la demanda, en
la cual se reclaman las siguientes prestaciones: A) La declaración
judicial de la NULIDAD DE JUICIO CONCLUIDO, RESPECTO
DEL JUICIO ORDINARIO CIVIL USUCAPIÓN POR PROCESO
FRAUDULENTO bajo el expediente 770/2013 ante el Juzgado
Civil de Primera instancia en Cuautitlán, Estado de México; B)
Página 14
15 de agosto de 2016
como consecuencia de la declaración de nulidad del juicio
concluido bajo el número de expediente 770/2013, la declaración
de la nulidad de las actuaciones jurídicas presentes; C) la nulidad
y declaración de existencia del contrato celebrado en fecha diez
de marzo del año dos mil uno entre ROSARIO ARANO OSORIO
Y ARTURO NOGUERA NOVETO respecto del inmueble
propiedad de mi difunto padre; D) el pago de daños y perjuicios
ocasionados a la sucesión que represento: el pago de gastos y
costas que con motivo de la presente substanciación del presente
juico se origine. Haciéndole saber a la demandada que deberá
presentarse ante este Juzgado dentro del plazo de TREINTA
DÍAS contados a partir del día siguiente al de la última
publicación, a dar contestación a la demanda instaurada en su
contra, con el apercibimiento de que si trascurrido el plazo antes
indicado no comparece por sí, por apoderado o gestor que lo
represente, se seguirá el juicio en su rebeldía, y se le harán las
ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, por medio
de lista y boletín judicial, debiéndose fijar además en la puerta del
tribunal una copia íntegra del auto que ordena los edictos por
todo el tiempo del emplazamiento.
Se expide para su publicación a los catorce días del mes
de julio del año dos mil dieciséis.
Fecha del acuerdo que ordena la publicación de edictos;
12 de julio de 2016.- PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS,
LIC. ROSA MA. SÁNCHEZ RANGEL.- RÚBRICA.
3594.- 15, 24 agosto y 2 septiembre.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE EL ORO – ATLACOMULCO
EDICTO
En los autos del expediente número 577/2016, la señora
CATALINA COLIN PLATA, en su propio derecho, promueve
Procedimiento Judicial No Contencioso de INFORMACION DE
DOMINIO respecto de un inmueble denominado “El Fresno”
ubicado en la localidad de Diximoxi, municipio de Atlacomulco,
Estado de México cuyas medidas y colindancias son: AL NORTE:
En cuatro líneas, una de 10.44, la segunda de 19.98 metros, la
tercera de 4.20 metros, colinda con MANUEL GUADARRAMA
PLATA; la cuarta de 7.36 metros, colinda con camino sin nombre.
Actualmente, en cuatro líneas, una de 10.44, la segunda de 19.98
metros, la tercera de 4.20 metros, colinda con la Señora AMADA
CONCEPCIÓN GUADARRAMA GARDUÑO; la cuarta de 7.36
metros, colinda con camino sin nombre. AL SUR: En dos líneas,
la primera 34.00 metros, colinda con EDGAR COLÍN PLATA; la
segunda de 69.22 metros, colinda con JUSTO COLÍN COLÍN.
Actualmente, en dos líneas, una de 34.00 metros, colinda con
EDGAR COLÍN PLATA; la segunda de 69.22 metros, colinda con
JUSTO ESTEBAN COLÍN COLÍN. AL ORIENTE: Dos líneas, la
primera 6.98 metros, colinda con JUSTO COLÍN COLÍN y la
segunda 86.36 metros, colinda con Camino sin nombre.
Actualmente, en dos líneas, una de 6.98 metros, colinda con
JUSTO ESTEBAN COLÍN COLÍN y la segunda de 86.36 metros,
colinda con Camino sin nombre. AL PONIENTE: En Tres líneas,
una de 64.84 metros, la segunda de 5.07 metros y la tercera de
13.25 metros, colinda con MANUEL GUADARRAMA PLATA.
Actualmente
con
la
Señora
AMADA
CONCEPCIÓN
GUADARRAMA GARDUÑO. Con una superficie total de 5,126.00
metros cuadrados. El juez del conocimiento dictó auto de fecha
doce de julio de dos mil dieciséis, donde se ordena publicar los
edictos en GACETA DEL GOBIERNO y en un periódico de la
Ciudad de Toluca de mayor circulación por dos veces con
intervalos de por lo menos dos días, llamando por este conducto
a cualquier interesado que se crea con igual o mejor derecho
sobre dicho terreno, para que comparezca a deducirlo conforme a
derecho. Dado en la ciudad de Atlacomulco, México, a cuatro de
Agosto de dos mil dieciséis.- DOY FE.
Validación del edicto. Acuerdo de fecha: doce (12) de julio
de dos mil dieciséis (2016).- Funcionario: Licenciada en Derecho
ERNESTINA VELASCO ALCANTARA. Secretario de acuerdos.FIRMA.- RÚBRICA.
3587.- 15 y 18 agosto.
JUZGADO DECIMO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
EXP: 415/2011
REMATE.
SE CONVOCAN POSTORES.
En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL
promovido por PÉREZ SERRANO SANTIAGO en contra de
MODESTO DELGADO REYNOSO, expediente número 415/2011.
EL C. JUEZ INTERINO DÉCIMO DE LO CIVIL señaló las DIEZ
HORAS DEL DIA CINCO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL
DIECISÉIS, para que tenga verificativo el REMATE EN SUBASTA
PÚBLICA en PRIMERA ALMONEDA el bien inmueble ubicado en
la CASA A, MANZANA 40, LOTE 60 EN LA CALLE CIRCUITO
DEL SOL DEL CONJUNTO URBANO DE TIPO HABITACIONAL
CIUDAD CUATRO VIENTOS, EN EL MUNICIPIO DE
IXTAPALUCA, ESTADO DE MEXICO, EN LA CANTIDAD DE
TRESCIENTOS UN MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 M.N.,
siendo la postura legal las dos terceras partes de dicha cantidad.
**Para su publicación por tres veces dentro de nueve días
hábiles, debiendo publicar el primero el primer día hábil, el tercero
en el noveno pudiendo efectuar el segundo en cualquier tiempo,
en el periódico DIARIO IMAGEN en los TABLEROS DE AVISOS
DE ESTE JUZGADO y EN LOS TABLEROS DE AVISOS DE LA
TESORERIA DEL DISTRITO FEDERAL, ASÍ COMO EN LOS
LUGARES DE COSTUMBRE DEL JUZGADO COMPETENTE EN
IXTAPALUCA, ESTADO DE MEXICO, siendo los estrados del
juzgado exhortado, receptoría de rentas, Gaceta y Boletín Judicial
ambos del Estado de México y en un periódico de mayor
circulación de esa entidad.
Ciudad de México; a 01 de Julio del 2016.- EL C.
SECRETARIO DE ACUERDOS “A”, LIC. EDGAR IVÁN RAMÍREZ
JUÁREZ.- RÚBRICA.
3586.- 15, 19 y 25 agosto.
JUZGADO SEPTIMO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA - ATIZAPAN DE ZARAGOZA
EDICTO
EMPLAZAMIENTO A: PASCUAL CASIANO HERNANDEZ.
Se hace de su conocimiento que MARIO GONZALEZ
OSNAYA, bajo el expediente número 985/2011, promovió en
contra de GASPAR BALTAZAR MARTINEZ MARTINEZ Y
MANUELA RIVAS ESCOBAR, demandándole las siguientes
prestaciones: 1) El cumplimiento de contrato de compraventa que
celebramos el pasado dieciocho de octubre del dos mil diez,
respecto del terreno y casa en el construida ubicado en el LOTE
DE TERRENO NUMERO TRECE DE LA MANZANA
DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO DE LA ZONA DOS DEL
EX EJIDO DE SAN MATEO TECOLOAPAN II, ACTUALMENTE
IDENTIFICADO COMO CALLE CAÑADAS NUMERO VEINTIDOS
COLONIA LAS PEÑITAS EN EL MUNICIPIO DE ATIZAPAN DE
ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO consistente dicho
cumplimiento en la entrega física y material del propio inmueble
que se menciona. 2) La entrega que deberá hacer el demandado
del terreno y casa en el construido antes mencionado con sus
frutos y accesorios. 3) El pago de la cantidad de $ 2,5000.00 (dos
mil quinientos pesos 00/100 M.N.) mensual, por concepto reta a
partir del día dieciocho de octubre del dos mil diez fecha en debió
a ver entregado el inmueble motivo de la presente demanda a la
15 de agosto de 2016
total solución y entrega del propio inmueble de referencia.
Cantidad que será cuantificada en ejecución de sentencia 4) El
pago de daños y perjuicios causados por el incumplimiento en la
entrega oportuna del inmueble derivado del contrato de
compraventa de referencia de conformidad con el artículo 2104
fracción I del código civil para el Distrito Federal a partir de la
fecha en que se debió ser entregado dicho inmueble cuya
liquidación se reserva para ejecución de sentencia. 5) el pago de
los gastos y costas que el presente juicio origine hasta su
totalidad terminación Fundándose entre otros los siguientes
hechos A) En fecha dieciocho de octubre de dos mil diez los
señores GASPAR BALTAZAR MARTINEZ MARTINEZ Y
MANUELA RIVAS ESCOBAR adquirieron el terreno y casa en el
construida ubicado en el LOTE DE TERRENO NUMERO TRECE
DE LA MANZANA DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO DE LA
ZONA DOS DEL EX EJIDO DE SAN MATEO TECOLOAPAN II,
ACTUALMENTE IDENTIFICADO COMO CALLE CAÑADAS
NUMERO VEINTIDOS COLONIA LAS PEÑITAS EN EL
MUNICIPIO DE ATIZAPAN DE ZARAGOZA, ESTADO DE
MEXICO B) El inmueble del presente juicio en cual cuenta con las
siguientes medidas y colindancias, AL NOROESTE EN ONCE
METROS CON AREA FUERA DE AUTORIZACION, AL
NORESTE EN VEINTE METROS CON LOTE DOCE, AL
SURESTE EN CINCO METROS DIECISEIS CENTIMETROS
CON CALLE CAÑADAS, AL SUROESTE EN TREINTA Y UN
METROS SETENTA Y DOS CENTIMETROS CON LOTE
CATORCE AL NOROESTE EN CINCO METROS VEINTE
CENTIMETROS CON LOTE DOCE, AL NOROESTE EN NUEVE
METROS CON CALLE ALPINISMO C) El inmueble descrito con
anterioridad está inscrito a favor del señor MARIO GONZALEZ
OSNAYA desde fecha diez de noviembre del año dos mil diez
ante el Instituto de la Función Registral del Estado de México D)
En la celebración del contrato referido el que lo suscribe entrego
a los vendedores señores GASPAR BALTAZAR MARTINEZ
MARTINEZ Y MANUELA RIVAS ESCOBAR la cantidad de $
173,058.00 (cien setenta y tres mil cincuenta y ocho pesos
00/100. M.N.) Cantidad pactada y recibida tal y como se
desprende de la lectura del contrato de referencia precisado en la
cláusula segunda misma que sirve de recibo y finiquito de la
operación a entera satisfacción de la parte vendedora. E) En el
contrato mismo de referencia el vendedor se obligo a hacer la
entrega real virtual y jurídica mencionada en la cláusula sexta F)
Los señores GASPAR BALTAZAR MARTINEZ MARTINEZ Y
MANUELA RIVAS ESCOBAR se han negado a entregar la
posesión del bien inmueble del presente juicio y los obstantes
múltiples requerimientos Extrajudiciales por lo que se ve en la
necesidad de reclamar la entrega y desocupación del mismo en
cumplimiento al contrato de compraventa referido a si como la
escritura número 36,490 de fecha dieciocho de octubre de dos mil
diez G) En el mes de octubre del dos mil diez los demandados los
señores GASPAR BALTAZAR MARTINEZ MARTINEZ Y
MANUELA RIVAS ESCOBAR están en posesión de mala fe y sin
título alguno del inmueble a que se refiere este juicio. Juez por
auto de fecha siete de diciembre de dos mil once, entrada a la
demanda y por desconocer su actual domicilio, por auto del
quince de junio de dos mil dieciséis, ordenó su emplazamiento
por medio de edictos, haciéndole saber que dentro del término de
TREINTA DIAS siguientes a la última publicación, deberán de
comparecer por si, por apoderado o gestor que lo represente, a
dar contestación a la demanda instaurada en su contra,
señalando domicilio de su parte para oír y recibir notificaciones,
con el apercibimiento que de no hacerlo así, se seguirá el juicio
en su rebeldía, y las posteriores notificaciones, aún las de
carácter personal, se le harán por medio de lista y boletín judicial,
en la inteligencia de que las copias de traslado se encuentran a
su disposición en la Secretaria de éste Juzgado.
Y PARA SU PUBLICACIÓN EN EL PERIODICO DE
MAYOR CIRCULACIÓN, EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL
ESTADO Y EN EL BOLETÍN JUDICIAL, POR TRES VECES, DE
SIETE EN SIETE DIAS, SE EXPIDE EL PRESENTE A LOS
TREINTA DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL
DIECISEIS
Página 15
ATIZAPAN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO A
TREINTA DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS, LICENCIADA
VERONICA RODRIGUEZ TREJO, PRIMERA SECRETARIO DE
ACUERDOS.- RÚBRICA.
3585.- 15, 24 agosto y 2 septiembre.
JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE ZUMPANGO
EDICTO
- - - NOÉ RAMIREZ MIRANDA, por su propio derecho,
bajo el expediente número 766/2016, promueve ante este
Juzgado Procedimiento Judicial no contencioso mediante
Información de Dominio, respecto del inmueble ubicado Avenida
Hidalgo número 124, Barrio San Lorenzo, Municipio de
Zumpango, Estado de México, el cual tiene las siguientes
medidas y colindancias: AL NORTE.- 8.00 metros con Daniel
Monroy Domínguez, ahora Agapita Alcántara Reséndiz; AL SUR.8.00 metros con Avenida Hidalgo; AL ORIENTE.- 20.00 metros
con Camilo Téllez, ahora Elisa García Robles y/o José de Jesús
Téllez García; AL PONIENTE.- 20.00 metros con Daniel Monroy
Domínguez, ahora Agapita Alcántara Reséndiz, teniendo una
superficie total aproximada de 160.00 metros cuadrados, para su
publicación en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO del
Estado de México y en otro periódico de circulación diaria en esta
ciudad, por dos veces, con intervalos de por lo menos dos días
por medio de edictos, para conocimiento de las personas que se
crean con mejor derecho y lo hagan valer en términos de ley, se
expiden los presentes en la Ciudad de Zumpango, México a los
diez (10) días del mes de agosto de dos mil dieciséis (2016).
Validación del edicto.- Acuerdo de fecha: cuatro (4) de
agosto de dos mil dieciséis (2016).- Funcionario: Licenciada
Ereneyda Cruz Mendoza. Secretario de Acuerdos. FIRMA.RÚBRICA.
1440-A1.- 15 y 18 agosto.
JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE ZUMPANGO
EDICTO
- - - VIRIDIANA DE JESUS MARQUEZ MANCILLA, por
su propio derecho, bajo el expediente número 738/2016,
promueve ante este Juzgado
Procedimiento Judicial no
contencioso Inmatriculación Judicial, respecto del inmueble
ubicado en Calle 5 de Febrero, sin número, Colonia Centro,
Municipio de Apaxco, Estado de México, el cual tiene las
siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 34.20 Metros con
Mario Sánchez Ortega; AL SUR: en dos líneas, 25.60 Metros con
Angel Sánchez Portillo (Actualmente con Lourdes Elizalde
Rodríguez); 11.35 Metros con José Moreno (Actualmente con
Abel Sánchez Angeles); AL ORIENTE: 11.15 Metros con Hugo
Lozano Zárate (Actualmente con Nancy Lozano Navarrete) y AL
PONIENTE: 09.00 Metros con Calle 5 de Febrero; con superficie
de 427.88 M2. Para su publicación en el Periódico Oficial
GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y en otro
periódico de circulación diaria en esta ciudad, por dos veces, con
intervalos de por lo menos dos días por medio de edictos, para
conocimiento de las personas que se crean con mejor derecho y
lo hagan valer en términos de ley, se expiden los presentes en la
Ciudad de Zumpango, México a los cinco (05) días del mes de
Agosto del año dos mil dieciséis (2016).
Validación del edicto.- Acuerdo de fecha: dos (02) de
Agosto de dos mil dieciséis (2016).- Funcionario: Licenciada
ERENEYDA CRUZ MENDOZA. Secretario de Acuerdos. FIRMA.RÚBRICA.
1439-A1.- 15 y 18 agosto.
Página 16
JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE ZUMPANGO
EDICTO
- - - EDUARDO ANTONIO RENTERIA MORENO, en su
carácter de apoderado legal de ARON EVERARDO CASTILLO
CASTILLO, por su propio derecho, bajo el expediente número
443/2016, promueve ante este Juzgado Procedimiento Judicial no
contencioso Inmatriculación Judicial, respecto del Inmueble
ubicado actualmente en Calle sin nombre, sin número, Barrio de
Santiago segunda Sección Municipio de Zumpango, Estado de
México, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: AL
NORTE.- 90.00 metros con Camino; AL SUR.- 90.00 metros con
Luis Leonel Domínguez Sánchez, AL ORIENTE.- 12.50 metros
con Calle Sin Nombre, AL PONIENTE.- 18.00 metros con Geo
Hogares Ideales, S.A. de C.V.; con una superficie aproximada de
1,372.00 metros cuadrados; para su publicación en el Periódico
Oficial GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México y en otro
periódico de circulación diaria en esta Ciudad, por dos veces, con
intervalos de por lo menos dos días por medio de edictos, para
conocimiento de las personas que se crean con mejor derecho y
lo hagan valer en términos de ley se expiden los presentes en la
Ciudad de Zumpango, México al día ocho (08) del mes de agosto
de dos mil dieciséis (2016).
Validación del edicto: Acuerdo de fecha: uno (01) de
agosto de dos mil dieciséis (2016).- Funcionario: Licenciada Yeimi
Aydee Santiago Guzmán. Secretario de Acuerdos.- FIRMA.RÚBRICA.
1438-A1.- 15 y 18 agosto.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO
EDICTO
PARA EMPLAZAR: ESPERANZA NAVARRETE DE RIVERO.
CAROLINA VELOZ SOTO Y MIGUEL RAMOS MUÑOZ,
demanda por su propio derecho en Juicio Ordinario Civil, bajo el
expediente 579/2015, a VELOZ SOTO TERESA DE JESUS,
JULIO CESAR CASASOLA VARGAS y ESPERANZA
NAVARRETE DE RIVERO, reclamando las siguientes
prestaciones: A.- LA PRESCRIPCION POSITIVA ADQUISITIVA
(USUCAPION), B.- EL PAGO DE GASTOS Y COSTAS QUE EL
PRESENTE
JUICIO
ORIGINE
HASTA
SU
TOTAL
TERMINACION, fundo mi demanda en los siguientes hechos: En
fecha 31 de marzo de 2000 celebramos contrato de compraventa
con los CC. TERESA DE JESUS VELOZ SOTO y JULIO CESAR
CASASOLA VARGAS respecto del lote de terreno ubicado en
CALLE VIENTO DE REVOLUCION MANZANA 9 LOTE 13
COLONIA VIENTO NUEVO MUNICIPIO DE ECATEPEC DE
MORELOS, ESTADO DE MEXICO,
por la cantidad de
$150,000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.)
misma que le fue entregada a los CC. TERESA DE JEUS VELOZ
SOTO y JULIO CESAR CASASOLA VARGAS en efectivo y al
momento de la compraventa, recibiendo a su vez los documentos
originales del terreno, el cual cuenta con las siguientes medidas y
colindancias: AL NOROESTE: 08.00 metros colinda con lote 1
propiedad privada, AL NORESTE: 15.00 metros colinda con lote
14 propiedad privada. AL SUROESTE 15.00 metros colinda con
lote 13 BIS propiedad privada. AL SURESTE: 08.00 metros
colinda con calle Viento de Revolución, con una superficie total de
120.00 metros cuadrados, por lo que desde la fecha de la
celebración del contrato de compraventa hemos poseído de
manera continua pacifica, pública e ininterrumpidamente en
calidad de propietarios tal y como lo acreditamos con el contrato
de compraventa que anexamos al escrito inicial de demanda, el
inmueble antes descrito se encuentra debidamente inscrito en el
Instituto de la Función Registral del Estado de México, con fecha
de solicitud de certificado de inscripción 20 de marzo del año dos
mil quince y certificado de inscripción de fecha 09 de marzo de
15 de agosto de 2016
2015 bajo la partida 42, volumen 16, libro TTD, sección primera,
con una superficie de 384,000.00 metros cuadrados y el predio
que pretendemos usucapir únicamente tiene una superficie de
120 metros cuadrados, asimismo con el alineamiento y número
oficial solicitado en fecha 12 de junio del 2014 al Presidente
Municipal expidiera constancia en la que se acreditara que el
predio de nuestra propiedad materia del presente asunto se
encontraba inmerso dentro y formaba parte de la Colonia Viento
Nuevo en este Municipio en el que no se parecía con claridad por
lo que se tramita constancia de alineamiento y número oficial en
donde se desprende la identidad del predio, acreditamos
igualmente la propiedad del inmueble con el pago de los
impuestos y derechos realizados sobre el inmueble descrito:
manifestando que hemos construido con dinero de mi propio
peculio en el bien inmueble materia del presente asunto
considerando que con ello ha operado al usucapión a nuestro
favor por lo que en cumplimiento a lo ordenado en auto fecha
DOS DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO se ordenó se emplace
por medio de edictos de ESPERANZA NAVARRETE DE
RIVERO, haciéndoles saber que deberán presentarse dentro del
término de TREINTA DÍAS, contados a partir del siguiente al en
que surta efectos la última publicación, apercibida que si pasado
ese término no comparece por si, por apoderado o gestor que
pueda representarle, se seguirá el juicio en rebeldía,
haciéndosele las posteriores notificaciones aún las de carácter
personal por medio de Lista y Boletín Judicial, en términos del
artículo 1.170 del Código de Procedimientos Civiles en vigor.
Quedan mientras tanto en la Secretaría las copias de traslado
para que las recoja en días y horas hábiles. PUBLIQUESE POR
TRES VECES DE SIETE EN SIETE DÍAS EN GACETA DEL
GOBIERNO, EN OTRO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN ESTA
POBLACIÓN Y EN EL BOLETIN JUDICIAL, ASIMISMO, FIJESE
EN LA PUERTA DE ESTE JUZGADO UNA COPIA INTEGRA
DEL PROVEÍDO DE FECHA DOS DE FEBRERO DEL DOS MIL
DIECISEIS POR TODO EL TIEMPO DEL EMPLAZAMIENTO,
ECATEPEC DE MORELOS, NUEVE DE FEBRERO DEL DOS
MIL DIECISEIS.- DOY FE.
Fecha que ordena la publicación: DOS DE FEBRERO DE
DOS MIL DIECISEIS.- SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC.
CATALINA LUNA RODRIGUEZ.- RÚBRICA.
563-B1.- 15, 24 agosto y 2 septiembre.
JUZGADO TRIGESIMO SEXTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
E D I C T O
QUE EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL
HIPOTECARIO, PROMOVIDO POR BANCO SANTANDER
MÉXICO S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO
FINANCIERO SANTANDER MEXICO en contra de IGNACIO
GABRIEL CARBALLO LUNA, EXPEDIENTE 657/2015, C. JUEZ
DICTO UN AUTO EN SU PARTE CONDUCENTE DICE: En la
Ciudad de México, a diecinueve de mayo del año dos mil
dieciséis "... procédase a sacar a remate en Primera Almoneda el
bien inmueble hipotecado identificado como: CASA “B”-24,
CONSTRUIDO SOBRE LA FRACCIÓN O LOTE "B” MARCADO
CON EL NUMERO OFICIAL 32 “B", DE LA CALLE RAFAEL
VALDOVINOS, QUE FORMA PARTE DEL CONJUNTO
HABITACIONAL DENOMINADO "HACIENDA SAN PABLO",
UBICADA EN EL MUNICIPIO DE SAN LORENZO TETIXTLAC,
EN COACALCO DE BERRIOZABAL, ESTADO DE MÉXICO, y
para que tenga verificativo la misma se señalan las DIEZ HORAS
DEL DIA VEINTITRÉS DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISÉIS. En
consecuencia, convóquense postores por medio de edictos que
se publicarán por una sola ocasión, debiendo mediar entre dicha
publicación y la fecha de remate cuando menos cinco días
hábiles, en los tableros de avisos de este Juzgado, en los de la
Tesorería del Gobierno del Distrito Federal y en el periódico
Diario Imagen, sirviendo de base para el remate la cantidad de
CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS
15 de agosto de 2016
SESENTA PESOS 00/100 M.N., que es el precio de avalúo
determinado por el perito de la actora, siendo postura legal la que
cubra las dos terceras partes de dicha cantidad. Para que los
posibles licitadores puedan tomar parte en la subasta, deberán
consignar previamente, una cantidad igual por lo menos al diez
por ciento efectivo del valor de avalúo, tal como lo exige el
artículo 574 de la ley procesal invocada; y para el evento de que
no acudan postores y el acreedor se interese en la adjudicación,
ésta será por el precio de avalúo, atento al numeral 582 del
Código Adjetivo Civil. Asimismo, dado que el inmueble a rematar
se encuentra fuera la jurisdicción de este Juzgado, con los
insertos necesarios, líbrese atento exhorto al C. JUEZ
COMPETENTE EN EL MUNICIPIO DE COACALCO DE
BERRIOZABAL, ESTADO DE MÉXICO, para que en auxilio de
las labores de este Juzgado, se sirva publicar los edictos en los
sitios de costumbres y en las puertas del Juzgado respectivo,
atendiendo a su Legislación, facultándolo para que acuerde
promociones, gire oficios, expida copias certificadas, habilite días
y horas inhábiles y, en general, para que acuerde todo aquello
que sea necesario para el debido cumplimiento del presente
proveído; asimismo, en caso de que el exhorto que se remita no
sea devuelto por conducto de persona autorizada, lo haga llegar
directamente a este Juzgado, sito en Avenida Niños Héroes
número 132, Torre Norte, 8o. Piso, Colonia Doctores, Delegación
Cuauhtémoc, Código Postal 06720, México Distrito Federal, y no
por conducto de la Presidencia de este H. Tribunal. En
consecuencia, elabórense los edictos correspondientes, así como
el exhorto relativo, debiendo insertarse en el mismo el nombre de
las personas que refiere el promovente y pónganse a disposición
de la parte ejecutante para que realice los trámites relativos,
concediéndosele el plazo de TREINTA DÍAS para que diligencie
el exhorto ordenado. Finalmente, se autoriza a las personas que
indica, para los fines y efectos que precisa.-NOTIFÍQUESE.-Lo
proveyó y firma el C. JUEZ TRIGÉSIMO SEXTO DE LO CIVIL,
LICENCIADO JULIO GABRIEL IGLESIAS GÓMEZ, asistido de la
C. SECRETARIA DE ACUERDOS, LICENCIADA LIZBETH
GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, quien autoriza y da fe.-DOY FE...".Ciudad de México a 23 de mayo del 2016.-C. SECRETARIA DE
ACUERDOS “A”, LIC. LIZBETH GUTIERREZ GUTIERREZ.RÚBRICA.
3604.-15 agosto.
JUZGADO SEGUNDO MERCANTIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA
E D I C T O
PRIMERA ALMONEDA DE REMATE.
SE CONVOCAN POSTORES.
En los autos del expediente marcado con el número
418/2013, RELATIVO AL JUICIO ORDINARIO CIVIL
PROMOVIDO
POR
RECUPERADORA
DE
DEUDA
HIPOTECARIA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
DE CAPITAL VARIABLE EN CONTRA DE NICOLÁS EMILIANO
MORENO RAMÍREZ, se ordenó mediante edicto CONVOCAR A
POSTORES para la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE, del
inmueble ubicado en: EL EDIFICIO 10, MANZANA 2, LOTE 07,
DEPARTAMENTO 33, NUMERO OFICIAL 04, COLONIA LOS
HEROES, MUNICIPIO DE IXTAPALUCA, ESTADO DE MEXICO,
el cual tiene una superficie de cincuenta y dos punto setenta
metros cuadrados (52.70 m2); la almoneda tendrá verificativo a
las DIEZ HORAS DEL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DE DOS
MIL DIECISÉIS, sirviendo como base para el remate la cantidad
de $280,000.00 (DOSCIENTOS OCHENTA MIL PESOS 00/100
MONEDA NACIONAL), por ser el valor que el perito tercero en
discordia designada en autos en materia de valuación le otorgó.
El presente edicto deberá publicarse por UNA SOLA VEZ en el
Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE
MÉXICO, BOLETÍN JUDICIAL y EN LA TABLA DE AVISOS DE
ESTE JUZGADO, así como en un Juzgado del Distrito Judicial de
Página 17
Chalco, Estado de México, en razón a que el inmueble se
encuentra en el Municipio de Ixtapaluca. Dado en la Ciudad de
Tlalnepantla, Estado de México a los doce días del mes de julio
de dos mil dieciséis.-Doy Fe.-AUTO DE VALIDACIÓN.-SEIS DE
JULIO DE DOS MIL DIECISEIS.-SECRETARIO DE ACUERDOS,
LIC. BEATRIZ HERNÁNDEZ OLIVARES.-RÚBRICA.
3605.-15 agosto.
JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
ECATEPEC DE MORELOS, MEXICO
E D I C T O
EXPEDIENTE NUMERO: 442/2016.
JUICIO: PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO
(INMATRICULACIÓN JUDICIAL).
ACTOR: PERLA ANGELICA RECILLAS REYES.
PERLA ANGELICA RECILLAS REYES, por su propio
derecho promueve un Procedimiento Judicial no Contencioso de
Inmatriculación Judicial del terreno que se encuentra ubicado en
la población de SAN CRISTOBAL ECATEPEC DE MORELOS,
ESTADO DE MEXICO, DE LA COLONIA ADOLFO RUIZ
CORTINEZ DENTRO DEL CUAL SE ENCUENTRA EL LT. No 5,
MZ. “F”, DE LA CALLE NORTE 7. El cual tiene una superficie de
215.00 metros cuadrados. Toda vez que desde hace más de diez
años, está en posesión como propietaria interrumpidamente de
un terreno que se conoce como “SIN NOMBRE”, que se
encuentra ubicado en la calle Norte 7, Lote No 5, Manzana “F”, de
la Colonia Adolfo Ruiz Cortínez, del Municipio de San Cristóbal
Ecatepec de Morelos, Estado de México, el cual tiene una
superficie de 215.00 metros cuadrados y las siguientes medidas y
colindancias: AL NORTE: 21.50 METROS COLINDA CON LOTE
6, PROPIEDAD DE MARIA DE LA LUZ JUAREZ OLALDE; AL
SUR: 21.50 METROS COLINDA CON PROP. DE JUVENTINO
OCAÑA JIMENEZ; AL ORIENTE: EN 10.00 METROS COLINDA
CON PROPIEDAD PARTICULAR DE CARLOTA JUAREZ
PEREZ; PONIENTE: EN 10.00 METROS COLINDA CON CALLE
NORTE 7. Asimismo su posesión deriva de la transmisión que me
hizo el señor JOSE MANUEL FELIX RECILLAS, por su propio
derecho según consta en el contrato privado de compraventa de
fecha uno de diciembre del año de mil novecientos noventa y
seis, y que se constituyó un título fehaciente de lo que ha venido
poseyendo por un periodo ininterrumpidamente de hace más de
diez años, de igual manera el terreno se encuentra registrado
físicamente en la Tesorería Municipal con número de clave
catastral 094 02 058 20 00 0000, el terreno que se menciona no
se encuentra inscrito a nombre de persona alguna en el Instituto
de la Función Registral de esta Municipalidad, y de igual forma el
multicitado terreno se desprende que no corresponde a ejido y no
afecta Patrimonio Municipal.
PUBLÍQUESE EL PRESENTE POR DOS VECES CON
INTERVALOS DE POR LO MENOS DOS DIAS EN EL
PERIÓDICO OFICIAL GACETA DEL GOBIERNO Y EN OTRO
DE CIRCULACIÓN DIARIA, TODOS DE ESTA ENTIDAD. SE
EXPIDEN LOS PRESENTES A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE
JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-DOY FE.-FECHA DE
ACUERDO QUE ORDENO LA PUBLICACIÓN: UNO DE JUNIO
DE DOS MIL DIECISÉIS.-SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC.
HECTOR HERNANDEZ LOPEZ.-RÚBRICA.
3606.-15 y 18 agosto.
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE OTUMBA
E D I C T O
SAÚL ORTEGA DÍAZ, promueve en el EXPEDIENTE
NÚMERO 735/2016, el PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO
CONTENCIOSO, Diligencias de INFORMACIÓN DE DOMINIO,
Página 18
15 de agosto de 2016
respecto de un predio denominado “TIERRA BLANCA” ubicado
en el Pueblo de Ranchería Zacatepec, Municipio de Axapusco,
del Distrito Judicial de Otumba, Estado de México, que manifiesta
que el día veintidós de octubre de dos mil cinco, celebró contrato
de compraventa con el Señor PEDRO PÉREZ LUCIO, desde esa
fecha tiene posesión en concepto de propietario en forma
pacífica, pública, continua y de buena fe; inmueble que cuenta
con una superficie total aproximada de 5,206.00 metros
cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: AL
NORTE: 32.00 metros y colinda con CAMINO AL SUR: 32.50
metros y linda con CAMINO, AL ORIENTE: con 162.00 metros y
colinda con COSME LUCIO VALENCIA y actualmente colinda
con PEDRO PÉREZ LUCIO; Y AL PONIENTE: 164.00 metros con
LORENZO ISLAS y actualmente colinda con PEDRO PÉREZ
LUCIO.
SE EXPIDE EL PRESENTE EDICTO PARA SU
PUBLICACIÓN POR 2 DOS VECES CON INTERVALOS DE
DOS DÍAS HÁBILES, EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL
ESTADO, Y EN OTRO EN EL PERIÓDICO DE OCHO
COLUMNAS.-OTUMBA, MÉXICO, CUATRO DE AGOSTO DEL
AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-DOY FE.-SECRETARIO DE
ACUERDOS, LIC. JULIO CESAR RAMÍREZ DELGADO.RÚBRICA.
3607.-15 y 18 agosto.
JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
E D I C T O
En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO
promovido por HIPOTECARIA NACIONAL, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA
DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA, GRUPO
FINANCIERO BBVA BANCOMER, en contra de JUAN CARLOS
GARCIA SOBERANES y MARIA DEL ROCIO CARRETO
ZAMORA expediente número 657/2014. El C. Juez Tercero de lo
Civil, Licenciado VICTOR HOYOS GANDARA, ordenó emplazar a
la parte demandada JUAN CARLOS GARCIA SOBERANES y
MARIA DEL ROCIO CARRETO ZAMORA, los autos de fechas
doce de agosto de dos mil catorce y cinco de enero y veintitrés de
junio ambos del dos mil dieciséis que en síntesis dice: Con el
escrito de cuenta, anexos y copias simples que se acompañan
fórmese expediente número 657/2014. Se tiene por presentada a
MARIA MONSERRAT RAMÍREZ JOVE y BERENICE
GUADALUPE JIMÉNEZ ALVAREZ, Apoderados Legales de
HIPOTECARIA NACIONAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE,
ENTIDAD
REGULADA,
GRUPO
FINANCIERO
BBVA
BANCOMER; demandando en la VIA ESPECIAL HIPOTECARIA
a JUAN CARLOS GARCIA SOBERANES y MARIA DEL ROCIO
CARRETO ZAMORA; con las copias simples exhibidas córrase
traslado y emplácese a los codemandados para que dentro del
término de QUINCE DÍAS produzcan su contestación a la
demanda instaurada en su contra con el apercibimiento que de no
hacerlo dentro del término concedido para ello, se le tendrá por
presuntamente
ciertos
los
hechos
de
la
misma.NOTIFIQUESE.-Lo proveyó y firma El C. JUEZ TERCERO DE LO
CIVIL, Licenciado VICTOR HOYOS GANDARA, quien actúa ante
el C. Secretario de Acuerdos "A", Licenciado SERAFIN GUZMAN
MENDOZA, que autoriza y da fe.-DOY FE.-México Distrito
Federal a cinco de enero de dos mil dieciséis A sus autos el
escrito presentado por la parte actora, por conducto de su
apoderada, visto su contenido por hechas sus manifestaciones y
atento a constancias de autos, así como a los informes de las
diversas dependencias, se ordena emplazar a la parte
demandada JUAN CARLOS GARCIA SOBERANES y MARIA
DEL ROCIO CARRETO ZAMORA, mediante edictos, que
deberán publicarse POR TRES VECES DE TRES EN TRES
DIAS, en el Boletín Judicial y en el periódico "LA CRONICA DE
HOY", debiendo mediar entre cada publicación DOS DIAS
HABILES, haciendo del conocimiento a la parte demandada que
cuenta con un plazo de TREINTA DIAS para que acuda a la
Secretaría de Acuerdos de este Juzgado, el cual está ubicado en
AVENIDA NIÑOS HEROES NUMERO 132, COLONIA
DOCTORES, DELEGACION CUAUHTEMOC, EN ESTA
CIUDAD, a recibir copias simples de la demandada y anexos que
se acompañaron a la misma, así como que cuenta con un plazo
de QUINCE DIAS, para dar contestación a la demanda incoada
en su contra, plazo que iniciará a partir de que reciba las copias
simples de mérito o que hayan transcurrido los treinta días
supracitados, debiéndose insertar en el dicto correspondiente el
presente proveído así como una síntesis del auto admisorio.NOTIFIQUESE.-Lo proveyó y firma. El Juez Tercero de lo Civil.
Licenciado VICTOR HOYOS GANDARA, en unión del C.
Secretario de Acuerdos, Licenciado SERAFÍN GUZMÁN
MENDOZA, de conformidad con el artículo 115 del Código de
Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, que autoriza y da
fe.-Doy fe.
POR TRES VECES DE TRES EN TRES DIAS, en el
Boletín Judicial y en el periódico “LA CRONICA DE HOY”,
debiendo mediar entre cada publicación DOS DÍAS HÁBILES.MEXICO, D.F., A 28 DE JUNIO DE 2016.-EL C. SECRETARIO
DE ACUERDOS “A”, LIC. SERAFIN GUZMAN MENDOZA.RÚBRICA.
3608.-15, 18 y 23 agosto.
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA
E D I C T O
C. RICARDO PÉREZ MADRIGAL.
En los autos del expediente número 727/2015, relativo al
Juicio ORDINARIO CIVIL, promovido por MARIA ELENA
AGUIRRE CONTRERAS contra RICARDO PÉREZ MADRIGAL,
el Juez Cuarto de lo Civil de Tlalnepantla, con residencia en
Naucalpan de Juárez, Estado de México, por auto de fecha
veintinueve de junio del dos mil dieciséis, se ordenó emplazar por
medio de edictos a RICARDO PÉREZ MADRIGAL para que
dentro del término de TREINTA DÍAS, contados a partir del día
siguiente al en que surta efectos la última publicación, produzca
su contestación a la demanda instaurada en su contra,
apercibiéndole que en caso de no comparecer en ese término,
por sí, por apoderado o gestor que lo represente, se seguirá el
juicio en su rebeldía, haciéndole las ulteriores notificaciones, aún
las de carácter personal por lista y Boletín Judicial que se lleva en
este Juzgado. La actora reclama en el juicio: A) Que por
sentencia definitiva se decrete la nulidad de la escritura pública
número 71368, volumen 1038, de fecha 5 de abril de 1991,
pasada ante la fe del Licenciado JORGE HERNANDEZ
SALGUERO, Notario Público Número 18 (interino), del Distrito
Judicial de Toluca Estado de México, inscrita en el Registro
Público de la Propiedad y del Comercio, Hoy Instituto de la
Función Registral de la ciudad de Chalco de este Estado, bajo la
partida número 175, volumen 62, libro 1, sección primera de
fecha 4 de junio de 1991. B) Como consecuencia de la nulidad de
la escritura mencionada en la prestación que antecede, se ordene
su cancelación ante el Instituto de la Función Registral de la
Ciudad de Chalco Estado de México. C) En consecuencia a la
nulidad y cancelación de la precitada escritura pública, se ordene
se tire escritura pública a favor de la suscrita respecto a la
totalidad de todo el terreno materia de esta controversia, por ser
la auténtica y legítima propietaria de dicho predio; funda sus
pretensiones en los siguientes HECHOS: En fecha 25 de octubre
de 1980, a través de su sucesión de derechos ejidatarios
celebrada entre la suscrita y el PRESIDENTE DEL
COMISARIADO EJIDAL, DEL COMITÉ EJECUTIVO DEL EJIDO
DE TLALPIZAHUAC MUNICIPIO DE IXTAPALUCA, ESTADO DE
MÉXICO, adquirí la propiedad y la posesión de una superficie de
dos mil doscientos metros cuadrados, del ejido en mención;
15 de agosto de 2016
cuyas medidas, linderos y colindancias son las siguientes: al
norte mide 50.00 metros y colinda con lateral de la Autopista
México-Puebla, al sur mide 60.00 metros y colinda con calle
Álvaro Obregón, al oriente 63.00 metros y colinda con terreno
baldío hoy lote 1, al poniente 40.00 metros y colinda con calle
Miguel Hidalgo, ha sufrido alteraciones de superficie y medidas
debido a la construcción de banquetas que Ayuntamiento
Municipal de esta Comunidad teniendo las siguientes linderos
medidas y colindancias actuales: al norte mide 48.90 metros y
colinda con lateral de la Autopista México-Puebla, al sur mide
58.50 metros y colinda con calle Álvaro Obregón, al oriente 63.00
metros y colinda con terreno baldío hoy lote 1, al poniente 35.64
metros y colinda con calle Miguel Hidalgo, desde el 25 de octubre
de 1980, en que se me dio la posesión y la propiedad por la
citada autoridad ejidal ejerzo actos de dominio sobre él, la cual
disfruto de manera pacífica, continua, resulta que el señor
RICARDO PÉREZ MADRIGAL, persona que nunca ha tenido la
posesión y mucho menos la propiedad de este predio y que
nunca he visto ni lo conozco, de manera insólita y fraudulenta
coludido con CORETT, argumentando falazmente que el 5 de
abril de 1991, lo adquirió a través de compraventa con la
COMISION PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE
LA TIERRA CORETT, INSTITUTO a través del Licenciado
JORGE HERNANDEZ SALGUERO, Notario Público Número 18
Interino, tiro a su favor la escritura pública número 71368,
volumen 1038, inscrita en el Instituto de la Función Registral bajo
la partida 1752, volumen 62, libro 1, sección primera de fecha 4
de junio de 1991, tuve del conocimiento en fecha 28 de enero del
2015 en que el hoy demandado RICARDO HERNANDEZ
MADRIGAL a través de su representante legal ORALIA
MADRIGAL SANTOS en contra de mi persona el juicio
reivindicatorio inscrito en el expediente 1836/2014 radicado en el
Juzgado Cuarto Civil de Primera Instancia de Valle de Chalco
Solidaridad, Estado de México razón por la que entablo demanda
en su contra. Se dejan a disposición de la parte demandada, en la
Secretaría de este Juzgado las copias simples de traslado, para
que se imponga de las mismas.
Se expide el edicto para su publicación por TRES VECES
DE SIETE EN SIETE DÍAS en la GACETA DEL GOBIERNO DEL
DISTRITO FEDERAL, EN UN PERIÓDICO DE CIRCULACIÓN
EN LA POBLACIÓN DIARIO AMANECER Y EN EL BOLETÍN
JUDICIAL. Dado en Naucalpan de Juárez, Estado de México a
los cuatro días del mes de agosto del año dos mil dieciséis.---------DOY FE.--------------Validación: fecha de acuerdo que ordena la
publicación veintinueve de junio de dos mil dieciséis.-PRIMERA
SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. SONIA MICHELLE
ARAMAYO VALDEZ.-RÚBRICA.
3610.-15, 24 agosto y 2 septiembre.
JUZGADO SEXAGESIMO SEGUNDO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
E D I C T O
EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO,
PROMOVIDO
POR
RECUPERACIÓN
DE
COMERCIO
INTERIOR, S.R.L. DE C.V., EN CONTRA DE VICTOR
ALBARRAN RICO Y MARTHA TORRES LARA, EXPEDIENTE
NÚMERO 485/2008, EL C. JUEZ SEXAGÉSIMO SEGUNDO DE
LO CIVIL, DICTÓ UN AUTO QUE A LA LETRA DICE: CIUDAD
DE MÉXICO, A DOCE DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS. A sus
autos el escrito de cuenta de la parte actora, a quien se le tiene
por hechas las manifestaciones, para los efectos legales a que
hay lugar y como lo solicita se deja sin efectos la fecha de
audiencia señalada en auto de fecha treinta de junio de dos mil
dieciséis, para celebrarse el día dieciocho de agosto del año en
curso a las diez horas con treinta minutos y en su lugar son de
señalarse las DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA
SEIS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS ATENTO A LO
SOLICITADO: por lo que elabórense de nueva cuenta los edictos
y el exhorto en los términos a que se refiere el proveído de fecha
Página 19
treinta de junio del año en curso del año en curso. Notifíquese.Lo proveyó y firma el C. Juez Sexagésimo Segundo de lo Civil de
la Ciudad de México, Licenciado RODRIGO CORTÉS
DOMÍNGUEZ TOLEDANO, asistido del C. Secretario de
Acuerdos “A” Licenciado SALVADOR COVARRUBIAS TORO,
con quien actúa y da fe.- DOY FE. CIUDAD DE MÉXICO, A
TREINTA DE JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS. A sus autos el
escrito de cuenta de la parte actora, como lo solicita y visto el
estado procesal de los presentes autos, para que tenga
verificativo la audiencia de REMATE EN PRIMERA ALMONEDA
respecto del inmueble identificado en EL 33.33% POR CIENTO
DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO,
VINCULADOS EN EL LOTE NÚMERO 12, MANZANA 61 Y LA
CASA HABITACIÓN EN EL CONSTRUIDA, UBICADA EN LA
PLANTA ALTA, A LA QUE CONFORME A LA ACTUAL
NOMENCLATURA LE CORRESPONDE EL NÚMERO 19 C DE
LA CALLE BOSQUE DE HAYAS, DEL FRACCIONAMIENTO
BOSQUES DEL VALLE, SEGUNDA SECCIÓN, SITO EN
TÉRMINOS
DEL
MUNICIPIO
DE
COACALCO
DE
BERRIOZABAL, ESTADO DE MÉXICO, se señalan las DIEZ
HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA DIECIOCHO DE
AGOSTO DE DOS MIL DIECISÉIS, por lo que con fundamento
en lo dispuesto en el artículo 570 del Código de Procedimientos
Civiles para el Distrito Federal, se ordena la publicación de
edictos convocando postores que se fijarán por dos veces en los
tableros de avisos de este Juzgado en la Tesorería de la Ciudad
de México, en el periódico “DIARIO IMAGEN”, debiendo mediar
entre una y otra publicación SIETE DIAS y entre la última y la
fecha de remate igual plazo. Toda vez que el domicilio del
inmueble a rematar se encuentra fuera de la Jurisdicción de este
Juzgado, por lo que con los insertos necesarios, gírese atento
exhorto y edictos correspondientes al C. JUEZ COMPETENTE
EN EL MUNICIPIO DE COACALCO DE BERRIOZABAL,
ESTADO DE MÉXICO, a efecto de que proceda con plenitud de
jurisdicción a publicar los edictos en los lugares públicos de
costumbre y en el periódico de mayor circulación de dicha entidad
en igual plazo, facultando al Juez exhortado a girar los oficios
correspondientes. Sirviendo como base para la subasta la
cantidad de $320,000.00 (TRECIENTOS VEINTE MIL PESOS
00/100 M.N.) valor arrojado en el dictamen más alto en beneficio
del reo, siendo postura legal la que cubra las dos terceras partes,
debiendo los postores exhibir mediante billete de depósito por lo
menos del diez por ciento del valor del bien a efecto de que
intervenga en el remate. Notifíquese.- Lo proveyó y firma el C.
Juez Sexagésimo Segundo Civil Licenciado RODRIGO CORTÉS
DOMÍNGUEZ TOLEDANO, asistido del C. Secretario de
Acuerdos “A” Licenciado SALVADOR COVARRUBIAS TORO,
con quien actúa y da fe.- DOY FE.-Ciudad de México, 13 de julio
de 2016.
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A”, LIC.
SALVADOR COVARRUBIAS TORO.-Rúbrica.
3598.-15 y 25 agosto.
JUZGADO TRIGESIMO CUARTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
E D I C T O
EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO
PROMOVIDO POR HSBC MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA,
INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO
HSBC, DIVISIÓN FIDUCIARIA, EN SU CARÁCTER DE
FIDUCIARIO EN EL FIDEICOMISO IRREVOCABLE F/262757 “F
DIAGONAL DOS SEIS DOS SIETE CINCO SIETE" EN CONTRA
DE GRANADOS ÁNGELES GUADALUPE DOMINGO Y DÍAZ
RAMÍREZ MA. DOLORES TAMBIÉN CONOCIDA COMO DÍAZ
RAMÍREZ MARÍA DOLORES, RADICADO EN ESTE JUZGADO
BAJO EL NÚMERO DE EXPEDIENTE A- 146/2015, LA C. JUEZ
TRIGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE
MÉXICO, DRA. RAQUEL MARGARITA GARCÍA INCLÁN, DICTÓ
DOS AUTOS DE FECHAS CATORCE DE JULIO Y
VEINTINUEVE DE JUNIO AMBOS DE DOS MIL DIECISEIS, EN
Página 20
DONDE SE SEÑALAN LAS DOCE HORAS DEL DÍA
VEINTITRES DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISEIS, PARA QUE
TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA DE REMATE EN
PRIMERA ALMONEDA DEL BIEN INMUEBLE HIPOTECADO
UBICADO EN DENOMINADO VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL
POPULAR CONOCIDA COMO CASA “D” DE LA AVENIDA REAL
DE SAN BENITO, CONSTRUIDA SOBRE EL LOTE DE
TERRENO NÚMERO 23 (VEINTITRÉS) DE LA MANZANA
CUATRO, DEL CONJUNTO URBANO DE TIPO SOCIAL
PROGRESIVO DENOMINADO "REAL DE SAN MARTÍN"
UBICADO EN TÉRMINOS DEL MUNICIPIO DEL VALLE DE
CHALCO SOLIDARIDAD ESTADO DE MÉXICO. SIRVIENDO DE
BASE PARA EL REMATE LA CANTIDAD DE TRESCIENTOS
VEINTIUN
MIL
PESOS
00/100
M.N.,
CANTIDAD
DETERMINADO POR PERITO, SIENDO POSTURA LEGAL LAS
QUE CUBRA LAS DOS TERCERAS PARTES DE LA CANTIDAD
MENCIONADA Y PARA INTERVENIR EN EL REMATE LOS
LICITADORES DEBERÁN EXHIBIR EL DIEZ POR CIENTO DEL
VALOR DEL INMUEBLE ANTES MENCIONADO MEDIANTE
CERTIFICADO DE DEPÓSITO EXPEDIDO POR BANSEFI Y SIN
CUYO REQUISITO NO SERÁN ADMITIDOS. ASIMISMO DE
CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 570
DEL PÁRRAFO TERCERO EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS
CIVILES, REFORMADO, CONVÓQUENSE POSTORES.
PARA SU PUBLICACIÓN POR UNA SOLA OCASIÓN
DEBIENDO MEDIAR ENTRE LA PUBLICACIÓN Y EL DÍA DE LA
AUDIENCIA, CUANDO MENOS CINCO DÍAS HÁBILES, EN LOS
ESTRADOS DEL JUZGADO QUE CORRESPONDA, EN LOS
LUGARES DE COSTUMBRE Y EN EL PERIODICO DE MAYOR
CIRCULACIÓN DE LA ENTIDAD.-C. SECRETARIO DE
ACUERDOS “A”, LIC. ARMANDO VAZQUEZ NAVA.-RÚBRICA.
3599.-15 agosto.
JUZGADO SEXAGESIMO OCTAVO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
E D I C T O
SE CONVOCAN POSTORES.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO,
SEGUIDO POR SANTANDER HIPOTECARIO S.A. DE C.V.
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE ENTIDAD
REGULDA, EN CONTRA DE CLAUDIA GUADALUPE TELLEZ
HERNANDEZ, JOSE NOE RICOY ACOSTA, EXPEDIENTE No.
537/2014, LA C. JUEZ DICTO UN AUTO QUE A LA LETRA
DICE:.---Ciudad de México, a catorce de junio de dos mil
dieciséis.--- Por practicada la certificación que antecede para los
efectos legales a que haya lugar; asimismo, agréguese a sus
autos el escrito de la moral actora por conducto de su apoderado
Gerardo Emilio Pradillo Cuevas, y en atención a sus
manifestaciones, se le tiene acusando la rebeldía en que incurrió
la demandada al no haber desahogado la vista que se le mandó
dar por auto del dos de junio de dos mil dieciséis, y en
consecuencia, se le tiene por conforme con el avalúo rendido por
el perito de designado por la parte actora, para todos los efectos
legales a que haya lugar; al efecto, y como lo solicita la actora,
por ser lo que corresponde al estado procesal que guarda el
presente expediente, se señalan las DIEZ HORAS CON
TREINTA MINUTOS DEL SEIS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN
CURSO, para que tenga verificativo la audiencia de Remate en
Primera Almoneda, respecto del inmueble hipotecado en el
presente juicio, ubicado en: CALLE PRIVADA PEÑALOR
NÚMERO OFICIAL 11, MANZANA 19, UNIDAD "F", DEL
CONJUNTO URBANO DE INTERÉS SOCIAL DENOMINADO
VILLA DEL REAL, SEXTA SECCIÓN", MUNICIPIO DE
TECAMAC, ESTADO DE MEXICO, sirviendo como base para el
remate la suma de $498,019.08 (CUATROCIENTOS NOVENTA
Y OCHO MIL DIECINUEVE PESOS, 08/100 M.N.), que es precio
de avalúo, y es postura legal la que cubra las dos terceras partes
de dicha suma, y para intervenir en el remate los licitadores,
15 de agosto de 2016
deberán de exhibir, el diez por ciento del valor del bien inmueble
mediante certificado de depósito expedido por BANSEFI, sin cuyo
requisito no serán admitidos, y por medio de edictos que se
fijarán por dos veces en los tableros de avisos del Juzgado, en
los de la Tesorería del Distrito Federal, del Distrito Federal y
publicación en el Periódico "EL ECONOMISTA", debiendo mediar
entre una y otra publicación siete días hábiles y entre la última y
la fecha de remate igual plazo. Y toda vez que el inmueble
materia de controversia está ubicado en diversa entidad
federativa, líbrese atento exhorto con los insertos necesarios al C.
Juez con competencia en el Municipio de Tecámac, Estado de
México, para que en auxilio de las labores de este Juzgado se
sirva llevar a cabo las publicaciones de los edictos en la puerta
del Juzgado exhortado, y en los lugares de costumbre, de
conformidad con lo ordenado por el artículo 572, del Código de
Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, por lo que se
convocan postores. - NOTIFIQUESE.-Lo proveyó y firma la C.
Juez Sexagésimo Octavo de lo Civil, LICENCIADA MARTA
ALICIA CUEVAS NAVA, ante la Secretaria de Acuerdos "A"
Licenciada LORENA GALINDO RAMÍREZ, quien autoriza y da fe.
DOY FE.--- DOS FIRMAS ILEGIBLES. RUBRICAS.--- Ciudad de
México, a veinte de junio de dos mil dieciséis.--- Por practicada la
certificación que antecede para los efectos legales a que haya
lugar; y toda vez que en auto de catorce de junio de dos mil
dieciséis, por error se dijo: "...inmueble hipotecado en el presente
juicio, ubicado en: CALLE PRIVADA PEÑALOR NÚMERO
OFICIAL 11, MANZANA 19, UNIDAD "F", DEL CONJUNTO
URBANO DE INTERÉS SOCIAL DENOMINADO VILLA DEL
REAL, SEXTA SECCIÓN", MUNICIPIO DE TECAMAC, ESTADO
DE MEXICO, sirviendo como base para el remate la suma de
$498,019.08 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL
DIECINUEVE PESOS, 08/100 M.N.)..."; y lo correcto es:
"...inmueble hipotecado en el presente juicio, ubicado en: CALLE
PRIVADA PEÑALOR NÚMERO OFICIAL 11, MANZANA 19,
LOTE 7, VIVIENDA UNIDAD "F", DEL CONJUNTO URBANO DE
INTERÉS SOCIAL DENOMINADO VILLA DEL REAL, SEXTA
SECCIÓN", MUNICIPIO DE TECAMAC, ESTADO DE MEXICO,
sirviendo como base para el remate la suma de $498,000.00
(CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL PESOS, 00/100
M.N.)..."; con la finalidad de evitar futuras nulidades, se hace la
presenta aclaración de conformidad con lo previsto por el artículo
272-G, del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito
Federal, quedando en lo demás intocado el auto que se aclara y
pase este a formar parte integrante de aquél.-NOTIFIQUESE.-Lo
proveyó y firma la C. Juez Sexagésimo Octavo de lo Civil,
LICENCIADA MARTA ALICIA CUEVAS NAVA, ante la Secretaria
de Acuerdos "A" Licenciada LORENA GALINDO RAMÍREZ, quien
autoriza y da fe. DOY FE. - - - DOS FIRMAS ILEGIBLES.
RUBRICAS.----------------------------------------------------------------------PARA SU PUBLICACIÓN EN LOS TABLEROS DE
AVISOS DEL JUZGADO EXHORTADO, POR DOS VECES
DEBIENDO MEDIAR ENTRE UNA Y OTRA PUBLICACIÓN
SIETE DÍAS HÁBILES Y ENTRE LA ÚLTIMA Y LA FECHA DE
REMATE, IGUAL PLAZO.-ATENTAMENTE.-LA C. SECRETARIA
DE ACUERDOS, LIC. LORENA GALINDO RAMIREZ.-RÚBRICA.
3600.-15 y 25 agosto.
JUZGADO DECIMO CUARTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
E D I C T O
SE CONVOCAN POSTORES.
En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO,
promovido por BANCO NACIONAL DE MÉXICO, S.A.,
INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX, ACCIVAL,
S.A. DE C.V., HOY SU CESIONARIA SOLUCIÓN DE ACTIVOS
RESIDENCIALES, S. DE R.L. DE C.V., en contra de PEDRO
RENE MARTÍNEZ AGUIRRE Y MARÍA ARACELI SALCEDO
15 de agosto de 2016
ORTIZ DE MARTÍNEZ, expediente 600/2000. El C. Juez
Francisco René Ramírez Rodríguez ordenó publicar el siguiente
edicto en base a los autos de fecha ocho y cuatro de julio y
veintisiete de junio de dos mil dieciséis: “Subasta en primera
almoneda que tendrá lugar en el local del Juzgado Décimo Cuarto
de lo Civil del Distrito Federal, a las diez horas con treinta minutos
del día seis de septiembre de dos mil dieciséis, siendo objeto de
remate el inmueble identificado como Departamento número 203,
sujeto al régimen de propiedad en condominio marcado con el
número oficial seis, de la Avenida Plaza Central, Plazuela Doce,
así como los derechos de copropiedad que le corresponden de
lote de terreno número trece, de la manzana 32, del
Fraccionamiento Plazas de Aragón, ubicado en el Municipio de
Nezahualcóyotl, en el Estado de México, el derecho a un lugar de
estacionamiento marcado con número 6, con una superficie de
57.76 m2. Se fija como precio del bien subastado la cantidad de
$615,000.00 (SEISCIENTOS QUINCE MIL PESOS 00/100
MONEDA NACIONAL) que corresponde al valor más alto; siendo
postura legal la que cubra las dos terceras partes del mismo,
siendo requisito para las personas que quieran participar como
postores la exhibición de una cantidad igual al diez por ciento en
efectivo del valor ya fijado, mediante billete de depositó expedido
por Bansefi S.N.C., En la inteligencia de que la subasta deberá
anunciarse por medio de edictos que se fijarán por dos veces en
los tableros de avisos del juzgado, en los tableros de la Tesorería
del Distrito Federal y en el periódico “El Economista”, debiendo
mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y entre la
última y la fecha del remate, igual plazo.”
Publíquese en los tableros de avisos del juzgado así
como en los tableros de la Tesorería de la Ciudad de México y en
periódico “El Economista”, debiendo mediar entre una y otra
publicación siete días hábiles y, entre la última y la fecha del
remate, igual plazo.-Ciudad de México, a 12 de julio de 2016.-C.
SECRETARIA DE ACUERDOS, LIC. GABRIELA PADILLA
RAMÍREZ.-RÚBRICA.
3601.-15 y 25 agosto.
JUZGADO CUADRAGESIMO CUARTO DE LO CIVIL
MEXICO. D.F.
E D I C T O
A: SE CONVOCA A POSTORES.
EN LOS AUTOS RELATIVOS AL JUICIO ESPECIAL
HIPOTECARIO
PROMOVIDO
POR
SANTANDER
HIPOTECARIO S.A. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE
OBJETO MÚLTIPLE, E.R. GRUPO FINANCIERO SANTANDER
MÉXICO en contra de RAYMUNDO RODRÍGUEZ MIRANDA y
PATRICIA GÓMEZ GUZMÁN EXPEDIENTE 514/2015. EL C.
JUEZ CUADRAGÉSIMO CUARTO DE LO CIVIL EN LA CIUDAD
DE MÉXICO señaló las NUEVE HORAS CON TREINTA
MINUTOS DEL DÍA VEINTITRÉS DE AGOSTO DEL DOS MIL
DIECISÉIS, para que tenga verificativo la AUDIENCIA DE
REMATE EN PRIMERA ALMONEDA DEL BIEN INMUEBLE
HIPOTECADO, consistente en la VIVIENDA NÚMERO
VEINTITRÉS, EDIFICADA SOBRE EL LOTE NÚMERO
VEINTITRÉS, DE LA MANZANA ÚNICA DEL CONJUNTO EN
CONDOMINIO HORIZONTAL DE TIPO HABITACIONAL
POPULAR DENOMINADO RESIDENCIAL “HACIENDA DE
TERUEL” MARCADO CON EL NÚMERO OFICIAL TREINTA Y
CUATRO, DE LA CALLE DE SAÚL LEVÍN, Y TERRENO QUE
OCUPA Y LE CORRESPONDE AL REFERIDO CONJUNTO QUE
ES LA FRACCIÓN PONIENTE DEL PREDIO DENOMINADO “EL
CAMPOSANTO PRIMERO”, UBICADO EN TÉRMINOS DEL
POBLADO DE LA MAGDALENA HUIZACHITLÁN, MUNICIPIO
DE COACALCO DE BERRIOZÁBAL, ESTADO DE MÉXICO,
sirviendo de base para el remate la cantidad de $914,000.00
(NOVECIENTOS CATORCE MIL PESOS 00/100 M.N.) precio del
avalúo exhibido en autos y el cual se tomó como base del remate
en términos de lo establecido en la fracción III, del artículo 486,
Página 21
del Código de Procedimientos Civiles, por lo que se deberá
convocar postores mediante edicto, el cual deberá ser publicado
por una sola vez, en los tableros de avisos de este juzgado, así
como en los de la TESORERÍA DEL DISTRITO FEDERAL y en la
Sección de Avisos Judiciales del periódico “MILENIO”, debiendo
mediar entre la publicación del edicto y la fecha del remate
CUANDO MENOS, CINCO DÍAS HÁBILES, siendo postura legal
la que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad.-C.
SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. JOSÉ MANUEL PÉREZ
LEÓN.-RÚBRICA.
3602.-15 agosto.
JUZGADO SEPTUAGESIMO SEGUNDO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
E D I C T O
En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO
promovido por HSBC MEXICO, S.A. INSTITUCION DE BANCA
MULTIPLE GRUPO FINANCIERO HSBC DIVISION FIDUCIARIA
en contra de SANTOS PORFIRIO LEMUS VEANA en el
expediente número 1688/2009 Secretaria “B”. El C. Juez
Septuagésimo Segundo Civil de la CIUDAD DE MEXICO,
Maestro JOSE ENCARNACION LOZADA CIELOS, ante la Fe de
la C. Secretaria de Acuerdos “B” LICENCIADA BLANCA ALICIA
SHIROMAR CABALLERO, con domicilio en Fray Servando
Teresa de Mier número 32 4º piso Colonia Centro, Delegación
Cuauhtémoc, C.P. 06080 en la Ciudad de México, por auto
dictado el veintitrés de junio del año dos mil dieciséis, y
fundamento en el artículo 570 del Código de Procedimientos
Civiles se ordena sacar a remate en PRIMERA ALMONEDA y
para tal efecto se señalan las DIEZ HORAS DEL DIA SEIS DE
SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, respecto del bien
inmueble ubicado en la DOMICILIO DENOMINADO CONJUNTO
URBANO LOS HEROES TECAMAC II, SECCION JARDINES,
UBICADO EN EL NUMERO INTERIOR 3, MANZANA 99, LOTE
49, VIVIENDA 3, LOS HEROES TECAMAC II, SECCION
JARDINES MUNICIPIO TECAMAC ESTADO DE MÉXICO,
propiedad del demandado SANTOS PORFIRIO LEMUS VEANA,
por la cantidad de QUINIENTOS OCHO MIL SEISCIENTOS
PESOS 00/100 M.N., precio de avalúo, siendo postura legal la
que cubra las dos terceras partes de dicha cantidad y al efecto
fíjense edictos por dos veces en los tableros de avisos de este
Juzgado y en los de la Secretaria de Finanzas del Gobierno de
esta Ciudad, debiendo mediar entre una y otra publicación siete
días hábiles y entre la última y la fecha de remate igual plazo,
igualmente publíquense edictos en la forma ordenada en el
periódico “LA PRENSA”; por tanto, gírese atento exhorto al C.
JUEZ COMPETENTE EN EL MUNICIPIO DE TECAMAC
ESTADO DE MÉXICO para que se publiquen edictos en los sitios
públicos de costumbre, así como en uno de los periódicos de
mayor circulación en esta entidad, convocando postores en la
forma ordenada en líneas anteriores.-Ciudad de México, a ONCE
de julio del año dos mil dieciséis.-LA C. SECRETARIA DE
ACUERDOS
“B”,
LIC.
BLANCA
ALICIA
SHIROMAR
CABALLERO.-RÚBRICA.
3603.-15 y 25 agosto.
JUZGADO TRIGESIMO QUINTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
E D I C T O
En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO
promovido por HIPOTECARIA NACIONAL ·S.A. DE C.V.,
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD
REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER en
contra de JULIO CESAR VAZQUEZ GONZALEZ y EDITH DIAZ
RAMIREZ. EXP 552/2013 SECRETARIA "B". La Juez Trigésimo
Quinto de la Ciudad de México dicto un autos de fechas cuatro de
septiembre de dos mil quince, ocho y trece ambos de enero de
dos mil dieciséis y siete de junio de dos de junio de dos mil
Página 22
dieciséis, que en su parte conducente a la letra dice: " ... para que
tenga verificativo la AUDIENCIA DE REMATE EN TERCERA
ALMONEDA SIN SUJECIÓN A TIPO SE SEÑALAN LAS DIEZ
.HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA SEIS DE
SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS, fecha que se señala
dada las circunstancias que indica el promovente en el escrito de
cuenta, respecto del bien inmueble hipotecado en autos
consistente EN LA VIVIENDA EN CONDOMINIO B, LOTE
CUARENTA Y SEIS, DE LA MANZANA VEINTIOCHO, DEL
CONJUNTO URBANO DE INTERÉS SOCIAL DENOMINADO
"JOYAS DE CUAUTITLAN" UBICADO EN UNA FRACCIÓN DE
LOS EN QUE SE DIVIDIÓ LA FRACCIÓN DE ANTIGUO CASCO
DE LA CORREGIDORA, EN EL FRACCIONAMIENTO DE LA
"HACIENDA DE JALTIPA Y ANEXAS", QUE ES LA ESQUINA
QUE FORMA EL ANTIGUO PUEBLO DE SAN MIGUEL HOY
MELCHOR OCAMPO Y EL CAMINO A TULTEPEC, UBICADO
EN TÉRMINOS DEL MUNICIPIO Y DISTRITO DE CUAUTITLAN,
ESTADO DE MÉXICO., debiéndose de convocar postores por
medio de edictos que deberán publicarse por dos veces debiendo
mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y entre la
última y la fecha de remate igual plazo, publicación que deberá
realizarse en los tableros de avisos de este juzgado, Procuraduría
Fiscal del Distrito Federal y en el periódico EL DIARIO DE
MÉXICO. Precisándose que el valor del avalúo es la cantidad de
$ 505,000.00 PESOS (QUINIENTOS CINCO MIL PESOS 00/100)
lo anterior para los efectos legales que haya lugar...".NOTIFIQUESE.-CIUDAD DE MÉXICO, 07 DE JUNIO DE 2016.ATENTAMENTE.-LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B”, LIC.
CLARA CASTILLO RANGEL.-RÚBRICA.
3609.-15 y 25 agosto.
JUZGADO CUARTO (ANTES QUINTO) CIVIL
DE PRIMERA INSTANCIA
NEZAHUALCÓYOTL-CHIMALHUACAN
E D I C T O
15 de agosto de 2016
compraventa se entregó a la vendedora en su totalidad y en
efectivo, el día en que se firmó el contrato traslativo de dominio.
3. La vendedora EVA ROSAS REYES me hace entrega de la
posesión real y jurídica del inmueble objeto del presente juicio el
día siete de julio de dos mil cinco. 4. Es el caso que habiendo
transcurrido en exceso el término para que EVA ROSAS REYES
se presentara a la Notaria a tramitar la escritura correspondiente,
solicité información al Instituto de la Función Registral en
Texcoco, Estado de México, respecto de las condiciones legales
en las que se encuentra el Inmueble objeto del presente juicio;
expidiendo dicha Institución el certificado de inscripción en el que
consta que el inmueble materia del juicio se encuentra inscrito a
favor de EVA ROSAS REYES, bajo el folio real electrónico
número 00046672. 5. El inmueble materia del juicio tiene la
superficie, medidas y colindancias detallados en la prestación A).
6. La posesión que detento desde el siete de julio de dos mil
cinco, son en concepto de propietario, de buena fe, de manera
pacífica, continua, pública e ininterrumpida. 7. En consecuencia
es que en esta vía demando la usucapión del inmueble
multicitado.
Se ordena publicar el presente edicto por tres veces de
siete en siete días en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de
México, y en otro de mayor circulación de esta Ciudad
designándose "El Ocho Columnas y en el Boletín Judicial”. Se
extiende el presente a los catorce de julio de dos mil dieciséis.DOY FE.-Validación, fecha del acuerdo que ordena la
publicación: catorce de junio de dos mil dieciséis.-SEGUNDO
SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. EN D. MARIA DE JESUS
RAMIREZ BENITEZ.-RÚBRICA.
562-B1.-15, 24 agosto y 2 septiembre.
JUZGADO QUINCUAGESIMO SEGUNDO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
E D I C T O D E R E M A T E
EVA ROSAS REYES.
PRIMERA ALMONEDA.
Se le hace saber que en el expediente número 370/2013,
relativo al Juicio Ordinario Civil sobre usucapión, promovido por
JOEL VELASCO LOERA, en contra de EVA ROSAS REYES, el
Juez Cuarto (antes Quinto) Civil de Primera Instancia el Distrito
Judicial de Nezahualcóyotl, con residencia en Chimalhuacán,
Estado de México, por auto de fecha seis de mayo de dos mil
trece, admitió a trámite el juicio de que se trata y por proveído del
día catorce de junio de dos mil dieciséis, se ordenó emplazar a
EVA ROSAS REYES, por medio de edictos, haciéndole saber
que deberá dar contestación a la demanda dentro de TREINTA
DIAS contados a partir del día siguiente al en que surta sus
efectos la última publicación, con el apercibimiento que de no
hacerlo se seguirá el juicio en su rebeldía y las ulteriores
notificaciones aún las de carácter personal se le harán por lista y
Boletín Judicial. Relación sucinta: La parte actora reclama de
EVA ROSAS REYES las siguientes prestaciones: A) La
usucapión que ha operado a mi favor respecto del inmueble
ubicado en calle Izquitl, manzana ciento cuarenta y seis, lote tres,
colonia Pescadores, Municipio de Chimalhuacán, Estado de
México, el cual tiene una superficie total de ciento trece punto
veinticinco metros cuadrados y las medidas y colindancias: al
Norte quince punto diez metros con lote dos; al Sur quince punto
veinte metros con lote cuatro; al Oriente ocho punto cero metros
con calle Miautl; al Poniente ocho punto cero metros con calle
Izquitl; y B) Los gastos y costas que el procedimiento legal
origine. Para lo cual se base en los siguientes HECHOS: 1. El
siete de julio del año dos mil cinco, celebré en mi calidad de
comprador, contrato privado de compraventa respecto del
inmueble Indicado en líneas que anteceden con la señora EVA
ROSAS REYES. 2. En la cláusula tercera las partes fijamos como
precio para la adquisición del inmueble la cantidad de
$150,000.00 (CIENTO CINCUENTA MIL PESOS 00/100
MONEDA NACIONAL), aclarando que el pago por la
SE CONVOCAN POSTORES.
En los autos del Juicio EJECUTIVO MERCANTIL
promovido por VASQUEZ LARA ROSAS en contra de FELIPE
LUIS CEDILLO GONZÁLEZ, expediente número 1066/2010, el C.
Juez Quincuagésimo Segundo de lo Civil del Distrito Federal,
ordenó mediante proveído de quince, de junio del año en curso,
sacar a remate en PRIMERA ALMONEDA respecto del 50%
(cincuenta por ciento) del bien ubicado en LA VIVIENDA
UNIFAMILIAR MANZANA 11, LOTE 05, DE LA CALLE DAVID
ALFARO SIQUEIROS NÚMERO 22, FRACCIONAMIENTO
LICENCIADO
PEDRO
OJEDA
PAULLADA,
SUTERM
TULPETLAC, EN EL MUNICIPIO DE ECATEPEC, ESTADO DE
MÉXICO, por edictos que se publicarán por TRES VECES EN
NUEVE DÍAS, en los tableros de avisos de este Juzgado y los de
la Tesorería del Distrito Federal, y en el periódico "MILENIO", y en
el Juzgado exhortado en Ecatepec, Estado de México, en los
sitios de costumbre en las puertas del juzgado exhortado y en un
periódico local, siendo el precio del avalúo la cantidad de
$732,000.00 (SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL PESOS
00/100 MONEDA NACIONAL), y el cincuenta por ciento
corresponde a $366,000.00 (TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS
MIL PESOS 00/100 M.N.), sirviendo como postura legal la que
cubra el total de la cantidad antes señalada. Señalándose las
NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA OCHO DE
SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, para que tenga
verificativo dicha audiencia, debiendo los licitadores consignar
previamente ante este Juzgado billete de depósito el 10% del
valor del inmueble hipotecado, sin cuyo requisito no serán
admitidos.-Ciudad de México, a 21 de junio de 2016.-LA
SECRETARIA DE ACUERDOS "B", LICENCIADA GUILLERMINA
BARRANCO RAMOS.-RÚBRICA.
561-B1.-15, 19 y 25 agosto.
15 de agosto de 2016
Página 23
JUZGADO DECIMO NOVENO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
E D I C T O
en tres días; haciéndose saber a quienes se crean con derechos,
comparezcan a deducirlos.- Zumpango, Estado de México a 03
de agosto del 2016.- C. REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD DE
ZUMPANGO, ESTADO DE MÉXICO, LIC. HÉCTOR EDMUNDO
SALAZAR SÁNCHEZ.- RÚBRICA.
3597.- 15, 18 y 23 agosto.
SE CONVOCAN POSTORES
En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO
promovido por SÓLIDA ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS,
S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE,
ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BANORTE en
contra de GONZÁLEZ LAM ELIZABETH, expediente número
363/03. EL C. Juez Titular del Juzgado Décimo Noveno de lo
Civil, señaló las ONCE HORAS DEL DÍA SEIS DE SEPTIEMBRE
DEL AÑO EN CURSO, para que tenga lugar la AUDIENCIA DE
REMATE EN PRIMERA ALMONEDA PÚBLICA del bien inmueble
hipotecado, identificado como: "VIVIENDA MARCADA CON LA
LETRA A, TIPO MEDIO, MODELO SEIS PUNTO CERO" QUE
SE CONSTRUYE SOBRE EL LOTE TRECE, DEL CONDOMINIO
TRECE, DE LA MANZANA TREINTA Y UNO, MARCADA CON
EL NUMERO OFICIAL CUATRO GUION A, DE LA CALLE
JACARANDA DEL FRACCIONAMIENTO HABITACIONAL
POPULAR DENOMINADO SAN MIGUEL", QUINTA ETAPA, EN
CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MEXICO", sirviendo como
base para el remate la cantidad de $1'400,000.00 (UN MILLON
CUATROCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), correspondiente al
valor total del inmueble según avalúo practicado por el perito
designado por la parte actora, siendo postura legal la que cubra
las dos terceras partes de la suma antes mencionada y para
tomar parte en la subasta, deberán los licitadores consignar
mediante billete de depósito el diez por ciento de la cantidad
fijada para el citado remate del inmueble antes señalado, sin cuyo
requisito no será admitido, en consecuencia convóquese
postores…
Para su publicación por dos veces en los TABLEROS DE
AVISOS DEL JUZGADO y en los de la TESORERIA DE LA
CIUDAD DE MÉXICO y en el periódico "MILENIO", debiendo
mediar entre una y otra publicación siete días hábiles y entre la
última y la fecha de remate, igual plazo. Para la publicación en la
GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México, en el Boletín
Judicial, en la Receptoría de Rentas, y en el periódico de mayor
circulación, que en su caso puede ser, el periódico 8 Columnas.LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A”, LIC. ARACELI LAURA
CABRERA SÁNCHEZ.-RÚBRICA.
1445-A1.-15 y 25 agosto.
A V I S O S
A D M I N I S T R A T I V O S
G E N E R A L E S
Y
INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL
DISTRITO DE ZUMPANGO
EDICTO
No. DE EXPEDIENTE: 124582/36/2016, El C. JUAN
BRAVO ALVAREZ, promovió inmatriculación administrativa,
sobre un terreno ubicado en AVENIDA 16 DE SEPTIEMBRE SIN
NUMERO,
COLONIA
CENTRO,
DEL
PUEBLO
DE
TLAPANALOYA, PERTENECIENTE AL MUNICIPIO DE
TEQUIXQUIAC, DISTRITO JUDICIAL DE ZUMPANGO, ESTADO
DE MÉXICO, el cual mide y linda: AL NORTE: 40.50 METROS
CON BARRANCA; AL SUR: 40.30 METROS CON ROMELIA
BRAVO JAIMES Y CDA. DE AV. 16 DE SEPTIEMBRE DE 06
METROS DE ANCHO; AL ORIENTE: 23.60 METROS CON
ENRIQUER BRAVO JAIMES; AL PONIENTE: 24.90 METROS
CON
MANUELA
ALVAREZ
LOPEZ;
SUPERFICIE
APROXIMADA: 962.92 METROS CUADRADOS.
El C. Registrador, dio entrada a la promoción y ordenó su
publicación con fundamento en el artículo 93 de la Ley Registral
del Estado México, en la "GACETA DEL GOBIERNO" del Estado
de México y periódico de mayor circulación, por tres veces de tres
FE DE ERRATAS
Del Edicto 450-B1, expediente número: 520/2015
promovido por ERNESTO SOTO CRUCES, publicado los días 22
de Junio, 1 y 12 de Julio de 2016, en el décimo noveno renglón.
Dice: al sur: 15.00, con lote cuarenta y seis,
Debe Decir: al sur: 15.00 metros, con lote cuarenta y seis,
En el cuadragésimo renglón
Dice: Si paso este plazo no comparecer por sí, por
apoderado o gestor que pueda representarla, se seguirá el juicio
y se le tendrá por contestada en los términos que dispone el
numeral 2.119 del Código de Procedimientos Civiles para el
Estado de México,
Debe Decir: Si pasado este plazo no comparecer por sí,
por apoderado o gestor que pueda representarla, se seguirá el
juicio en su rebeldía y se le tendrá por contestada en los términos
que dispone el numeral 2.119 del Código de Procedimientos
Civiles para el Estado de México,
Atentamente
M. en A.P. María Christian Uribe Lugo
Jefa del Departamento del Periódico
Oficial Gaceta del Gobierno
(Rúbrica).
NOTARIA PUBLICA NUMERO 93 DEL ESTADO DE MEXICO
CUAUTITLAN IZCALLI, MEXICO
AVISO NOTARIAL
Por escritura 64,567, volumen 1477, de fecha 08 de julio
de 2016, otorgada ante la suscrita Notario, se hizo constar la
radicación de la sucesión intestamentaria a bienes del señor
CARLOS ALQUICIRA ZÚÑIGA, a solicitud de la señora LAURA
MARÍA TERESA MORENO RAMÍREZ, en su carácter de
cónyuge supérstite y de los señores CARLOS ALBERTO
ALQUICIRA MORENO Y MARÍA TERESA ALQUICIRA
MORENO, en su calidad de descendientes en primer grado en
línea recta del de cujus; todos en su carácter de presuntos
herederos, manifestando que no tienen conocimiento de la
existencia de alguna otra persona con igual o mayor derecho
a heredar, exhibiendo la copia certificada del acta de
defunción, de las actas de nacimiento y del acta de
matrimonio con las que acreditan su entroncamiento y
vínculo respectivo con el autor de la sucesión, así como su
derecho a heredar; por lo que hago la presente publicación
en términos del artículo setenta del Reglamento de la Ley del
Notariado del Estado de México.
Cuautitlán Izcalli, México a 01 de agosto del 2016.
ATENTAMENTE
LIC. LILIANA CASTAÑEDA SALINAS.- RÚBRICA.
Titular de la Notaría Pública No. 93
del Estado de México.
Para publicarse dos veces con un intervalo de siete días.
1441-A1.- 15 y 24 agosto.
Página 24
15 de agosto de 2016
NOTARIA PUBLICA NUMERO 126 DEL ESTADO DE MEXICO
CHALCO, MEXICO
AVISO NOTARIAL
El que suscribe Licenciado SALVADOR XIMENEZ
ESPARZA, Notario Público Número Ciento Veintiséis, del Estado
de México, con residencia en Calle Capitán de la Rosa, número
cinco, Colonia Centro, en el Municipio de Chalco, procedo a dar el
aviso siguiente:
Que por Escritura Pública Número 26,872 del Volumen
466, de fecha 12 de Julio del año 2016, otorgada en el protocolo
de la Notaria a mi cargo, hice constar: LA INICIACIÓN
(RADICACIÓN) de las Sucesiones Intestamentarias a bienes de
los señores JOSE DE LA SIERRA ALVAREZ PASTEN
(TAMBIEN CONOCIDO COMO JOSE DE LA SIERRA PASTEN)
Y HORACIO DE LA SIERRA SIREHLE, que formalizan los
señores JUAN CARLOS DE LA SIERRA MENDOZA POR SU
PROPIO DERECHO Y EN REPRESENTACION DE JAVIER
ALFREDO DE LA SIERRA MENDOZA, en su carácter hijos
legítimos y como únicos y universales herederos del de cujus; así
mismo, quedo acreditado el fallecimiento y la inexistencia de
alguna otra disposición testamentaria otorgada por los de cujus.
Lo que AVISO para los efectos legales a que haya lugar.
Chalco, México, a 14 de Julio del 2016.
LICENCIADO
SALVADOR
XIMENEZ
ESPARZA.RÚBRICA.
NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 126
DEL ESTADO DE MÉXICO.
1443-A1.- 15 y 24 agosto.
NOTARIA PUBLICA NUMERO 1 DEL ESTADO DE MEXICO
TOLUCA, MEXICO
AVISO NOTARIAL
En Escritura Número 61,453, Volumen 687, de fecha
diecisiete de junio del año dos mil dieciséis, otorgada ante la fe
del suscrito Notario, consta que: ALFONSO HINOJOSA
GUADARRAMA, GENOVEVA HINOJOSA GUADARRAMA, ANA
MARIA HINOJOSA GUADARRAMA Y GENOVEVA MARIA DEL
CARMEN GUADARRAMA DIAZ POR SI Y COMO APODERADA
DE FRANCISCO HINOJOSA GUADARRAMA, Radican en el
instrumento referido la Sucesión testamentaria a Bienes de
MARIA JOSEFINA GUADARRAMA DIAZ Y/O JOSEFINA
GUADARRAMA DIAZ Y/O JOSEFINA GUADARRAMA DIAZ DE
RAMIREZ, habiendo presentado el Acta de Defunción
reconociéndose como los Únicos y Universales Herederos,
habiendo protestado y aceptado el cargo de Albacea GENOVEVA
HINOJOSA GUADARRAMA dentro del mismo.
El presente se hace para que de existir alguna persona
con derecho a heredar en esta Sucesión, se presente en la
Notaria a cargo del Suscrito, para hacer valer lo que a su derecho
proceda.
Toluca, Méx., a 7 de Agosto de 2016.
ATENTAMENTE
LIC. RENE CUTBERTO SANTIN QUIROZ.- RÚBRICA.
NOTARIO PÚBLICO NÚMERO UNO DEL ESTADO DE
MÉXICO,
CON RESIDENCIA EN TOLUCA.
SAQR680320HY1
Para su publicación por dos veces de siete en siete días
en la GACETA DEL GOBIERNO.
3590.- 15 y 24 agosto.
NOTARIA PUBLICA NUMERO 49 DEL ESTADO DE MEXICO
IXTLAHUACA, MEXICO
AVISO NOTARIAL
Ixtlahuaca, Méx., a 10 de Agosto del año 2016.
Licenciada MARÍA GUADALUPE MORENO GARCÍA,
Notario Público Número Cuarenta y Nueve del Estado de México,
con residencia en Ixtlahuaca, y del Patrimonio Inmueble Federal.
Que por Escritura Número 19,567, del Volumen 331, de
fecha 09 de agosto del 2016, se radicó en esta Notaría la
Sucesión Intestamentaria a Bienes de la señorita MARÍA DEL
CARMEN DOLORES ROSAS CONTRERAS; Los presuntos
herederos lo son lo señores MARÍA DEL CARMEN TRINIDAD,
JOSÉ DEL CARMEN JESÚS, VÍCTOR MANUEL Y JORGE
ARTURO de apellidos ROSAS CONTRERAS, acreditan su
entroncamiento como hermanos de la de Cujus señorita MARÍA
DEL CARMEN DOLORES RO-SAS CONTRERAS; Los señores
MARÍA DEL CARMEN TRINIDAD, JOSÉ DEL CARMEN JESÚS
Y JORGE ARTURO de apellidos ROSAS CONTRERAS, en su
carácter de presuntos herederos, REPUDIAN a sus derechos
hereditarios que les pudieran corresponder en la Sucesión
Intestamentaria a bienes de la señorita MARÍA DEL CARMEN
DOLORES ROSAS CONTRERAS; Queda nombrado como
ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la Sucesión
Intestamentaria a bienes de la señorita MARÍA DEL CARMEN
DOLORES ROSAS CONTRERAS, el señor VÍCTOR MANUEL
ROSAS CONTRERAS, en su carácter de hermano, quien acepta
dicho nombramiento, de sus derechos hereditarios de la
Radicación de la Sucesión Testamentaria Extrajudicial a bienes
de su señor padre JESÚS ROSAS ÁLVAREZ; Queda nombrado
como ALBACEA de la Sucesión Intestamentaria a bienes de la
señorita
MARÍA
DEL
CARMEN
DOLORES
ROSAS
CONTRERAS,
el
señor
VÍCTOR
MANUEL
ROSAS
CONTRERAS, quien expresamente acepta el cargo, protestando
su fiel y legal desempeño, a quien se le releva de otorgar
garantía.
NOTA: Para su Publicación en la GACETA DE
GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, dos veces de siete en
siete días.
LIC. MARÍA GUADALUPE MORENO GARCÍA.RÚBRICA.
NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 49 DEL ESTADO DE
MÉXICO.
3580.-15 y 24 agosto.
NOTARIA PUBLICA NUMERO 105 DEL ESTADO DE MEXICO
NAUCALPAN DE JUAREZ, MEXICO
AVISO NOTARIAL
Por Escritura número 55,961, volumen 1,781, de fecha 25
de julio de 2016, otorgada ante la fe del suscrito Notario, los
señores ISAAC WLODAWER KATS también conocido como
ISAAC WLODAWER KATZ, ANA WLODAVER KATZ también
conocida como ANA WLODAWER KATZ y MAX WLODAWER
KATZ, en su carácter de HEREDEROS UNIVERSALES y
LEGATARIOS, y éste último también en su carácter de
ALBACEA, en la Sucesión Testamentaria a bienes de la señora
DOLORES KATZ DE WLODAWER también conocida como
MARIA DOLORES KATZ VAISER y/o MARIA DOLORES KATZ
VAISER DE WLODAWER, R A D I C A R O N ante mí, en
términos de lo previsto en los artículos 4.29, 4.77 y 4.79 del
Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de
México; artículos 6.184 y 6.189 del Código Civil para el Estado de
15 de agosto de 2016
Página 25
México y de los artículos 123 y 124 de la Ley del Notariado del
Estado de México, la SUCESIÓN TESTAMENTARIA a bienes de
la de cujus.
Naucalpan de Juárez, Méx., a 2 de agosto de 2016.
LIC. CONRADO ZUCKERMANN PONCE.-RÚBRICA.
NOTARIO 105 DEL ESTADO DE MÉXICO, CON
RESIDENCIA EN NAUCALPAN, MÉX.
3582.-15 y 24 agosto.
NOTARIA PUBLICA NUMERO 105 DEL ESTADO DE MEXICO
NAUCALPAN DE JUAREZ, MEXICO
AVISO NOTARIAL
Por Escritura número 55,951, volumen 1,781, de fecha 22
de julio de 2016, otorgada ante la fe del suscrito Notario, los
señores ISAAC WLODAWER KATS también conocido como
ISAAC WLODAWER KATZ, ANA WLODAVER KATZ también
conocida como ANA WLODAWER KATZ y MAX WLODAWER
KATZ, en su carácter de HEREDEROS UNIVERSALES y
LEGATARIOS, y éste último también en su carácter de
ALBACEA, en la Sucesión Testamentaria a bienes del señor
ZISKIND WLODAWER SZEIN también conocido como ZISKIN
WLODAVER SZEIN y/o SALOMÓN WLODAVER SZEIN,
R A D I C A R O N ante mí, en términos de lo previsto en los
artículos 4.29, 4.77 y 4.79 del Código de Procedimientos Civiles
vigente en el Estado de México; artículos 6.184 y 6.189 del
Código Civil para el Estado de México y de los artículos 123 y 124
de la Ley del Notariado del Estado de México, la SUCESIÓN
TESTAMENTARIA a bienes del de cujus.
BLANCO GONZÁLEZ, JORGE FACUNDO DEL BLANCO
GONZÁLEZ y JOSÉ VICENTE DEL BLANCO Y GONZÁLEZ y
IV.- El NOMBRAMIENTO y ACEPTACION del CARGO de
ALBACEA, que otorgan los mencionados señores MARÍA
TERESA DEL BLANCO GONZÁLEZ, JORGE FACUNDO DEL
BLANCO GONZÁLEZ y JOSÉ VICENTE DEL BLANCO Y
GONZÁLEZ, en favor de la misma señora MARÍA TERESA DEL
BLANCO GONZÁLEZ, manifestando esta última a realizar las
publicaciones correspondientes en los intervalos que señala la
ley.
ATENTAMENTE
LIC. GUILLERMO E. VELÁZQUEZ QUINTANA.RÚBRICA.
NOTARIO NO. 21 DE NAUCALPAN DE JUÁREZ, DEL
ESTADO DE MÉXICO.
1432-A1.-15 y 24 agosto.
NOTARIA PUBLICA NUMERO 64 DEL ESTADO DE MEXICO
NAUCALPAN DE JUAREZ, MEXICO
AVISO NOTARIAL
Por medio del presente oficio, hago saber:
Que por escritura número 53,439, otorgada el 11 de abril
de 2016, ante mí, quedó radicada la sucesión intestamentaria a
bienes de la señora JULIETA TERRAZAS TOVAR, a solicitud de
los señores OSCAR ENRIQUE GUTIÉRREZ VARGAS, JULIETA
y ALEJANDRA, ambas de apellidos GUTIÉRREZ TERRAZAS.
Naucalpan, Méx., a 4 de agosto de 2016.
Naucalpan de Juárez, Méx., a 2 de agosto de 2016.
LIC. PALOMA VILLALBA ORTIZ.-RÚBRICA.
LIC. CONRADO ZUCKERMANN PONCE.-RÚBRICA.
NOTARIO 105 DEL ESTADO DE MÉXICO, CON
RESIDENCIA EN NAUCALPAN, MÉX.
PARA PUBLICARSE 2 VECES DE 7 EN 7 DÍAS.
1437-A1.-15 y 24 agosto.
3583.-15 y 24 agosto.
NOTARIA PUBLICA NUMERO 59 DEL ESTADO DE MEXICO
LOS REYES LA PAZ, MEXICO
A V I S O N O T A R I A L
NOTARIA PUBLICA NUMERO 21 DEL ESTADO DE MEXICO
NAUCALPAN DE JUAREZ, MEXICO
AVISO NOTARIAL
Naucalpan de Juárez, Edo. de Méx., a 03 de agosto de 2016
LIC. GUILLERMO E. VELÁZQUEZ QUINTANA,
NOTARIO VEINTIUNO DEL ESTADO DE MÉXICO, DE
CONFORMIDAD Y CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS
6.142, Y 6.144, DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE MÉXICO,
ASÍ COMO 126 Y 127, DE LA LEY DEL NOTARIADO DEL
ESTADO DE MÉXICO, HAGO SABER.
Que mediante escritura 30,535 del volumen 655, de fecha
dos de agosto del presente año, otorgada ante mi fe, se hizo
constar: I.- El INICIO de la TRAMITACION NOTARIAL de la
SUCESION INTESTAMENTARIA de la señora AMPARO
GONZÁLEZ REQUEJO, que otorgan los señores MARÍA
TERESA DEL BLANCO GONZÁLEZ, JORGE FACUNDO DEL
BLANCO GONZÁLEZ y JOSÉ VICENTE DEL BLANCO Y
GONZÁLEZ; II.- La INFORMACION TESTIMONIAL que otorgan
los señores ANTONIO CARRERO SOTO y PABLO SANTANA
GALVÁN; III.- El RECONOCIMIENTO DE DERECHOS
HEREDITARIOS y la ACEPTACION de HERENCIA en la misma
Sucesión que otorgan los señores MARÍA TERESA DEL
La suscrita, Maestra en Derecho HILDA LETICIA
PANIAGUA HERNANDEZ, NOTARIA PUBLICA número
CINCUENTA Y NUEVE del Estado de México, con domicilio en
Calle Francisco I. Madero número 8, Los Reyes, Municipio de La
Paz, Estado de México, C.P. 56400, HAGO SABER:
Que por escritura pública número veintiún mil ochenta y
seis, de fecha dieciséis de junio del año dos mil dieciséis,
otorgada ante la fe de la Suscrita Notaria, se hizo constar la
iniciación de la sucesión intestamentaria a bienes del señor JOSE
RAUL MURILLO TELLEZ, que otorgaron los señores BLANCA
ELSA CACHO MENDOZA, en su calidad de concubina,
YOSELYN MONTSERRAT MURILLO CACHO y RAUL HAZAEL
MURILLO CACHO, como descendentes directos del de cujus, lo
que se publica para todos los efectos legales a que haya lugar.
Los Reyes Acaquílpan, Mpio. La Paz, Méx., 23 de junio
del 2016.
M. EN D. HILDA LETICIA PANIAGUA HERNANDEZ.RÚBRICA.
NOTARIA PUBLICA NUMERO 59
DEL ESTADO DE MEXICO.
560-B1.-15 y 24 agosto.
Página 26
15 de agosto de 2016
NOTARIA PUBLICA NUMERO 102 DEL ESTADO DE MEXICO
NAUCALPAN DE JUAREZ, MEXICO
AVISO NOTARIAL
Por escritura pública número 45,266 de fecha 03 de junio del 2016, otorgada ante la fe del suscrito Notario,
comparecieron los señores, ALBERTO RUBEN RABBUH, MARCELO GABRIEL RABBUH y JOSE NESTOR
RABBUH, en su carácter de descendientes de la cujus me solicitan se inicie el trámite notarial de la sucesión
Intestamentaria a bienes del señora FARIDA COSS, lo anterior en términos de lo dispuesto por los artículos 126 y
127 de la Ley del Notariado del Estado de México y 70 de su Reglamento.
ATENTAMENTE
LIC. HORACIO AGUILAR ALVAREZ DE ALBA.-RÚBRICA.
NOTARIO PÚBLICO NO. 102
DEL ESTADO DE MÉXICO.
1444-A1.-15 y 24 agosto.
NOTARIA PUBLICA NUMERO 102 DEL ESTADO DE MEXICO.
NAUCALPAN DE JUAREZ, MEXICO.
AVISO NOTARIAL
Por escritura pública número 45,435 de fecha 08 de julio del 2016, otorgada ante la fe del suscrito Notario,
compareció la señora ANGELINA RIVERA JIMENEZ, en su carácter de CÓNYUGE SUPÉRSTITE, ALBACEA Y
HEREDERA UNIVERSAL, en la sucesión testamentaria a bienes del señor VICENTE AGUILAR BAUTISTA, a
otorgar la escritura de LA RADICACIÓN DE TESTAMENTARIA, ACEPTACIÓN DE HERENCIA y DEL CARGO DE
ALBACEA, RECONOCIÓ EXPRESAMENTE LA VALIDEZ DEL TESTAMENTO Y ACEPTÓ EL CARGO DE
ALBACEA, en todos sus términos y aceptó la herencia instituida a su favor, en dicha sucesión, lo anterior en términos
de lo dispuesto por los artículos 126 y 127 de la Ley del Notariado del Estado de México y 70 de su Reglamento.
ATENTAMENTE
LIC. HORACIO AGUILAR ALVAREZ DE ALBA.-RÚBRICA.
NOTARIO PÚBLICO NO. 102
DEL ESTADO DE MÉXICO.
1444-A1.-15 y 24 agosto.
FE DE ERRATAS
DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE TRÁMITES Y SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE DE LOS CENTROS
ADMINISTRATIVOS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA
DEL GOBIERNO” NÚMERO 25, DE FECHA 4 DE AGOSTO DE 2016, SECCIÓN QUINTA.
Dice:
Debe decir:
- Tercera Edición, junio de 2016 publicado en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y
Soberano de México “Gaceta del Gobierno”, el __
de ____________ de 2016.
- Tercera Edición, junio de 2016 publicado en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y
Soberano de México “Gaceta del Gobierno”, el 4
de agosto de 2016.
Página 215
ATENTAMENTE
M. EN A. P. MARÍA CHRISTIAN URIBE LUGO
JEFA DEL DEPARTAMENTO DEL PERIÓDICO OFICIAL
“GACETA DEL GOBIERNO”
(RÚBRICA).
15 de agosto de 2016
Página 27
CSJ RECUBRIMIENTOS, S.A. DE C.V.
CONVOCATORIA
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS
Con fundamento en los artículos 178, 179, 180, 181 y 183 de la Ley General de Sociedades
Mercantiles y las cláusulas décima primera, décimo segunda, décimo tercera y décima cuarta
de los estatutos sociales, se convoca a la asamblea general ordinaria de accionistas de CSJ
RECUBRIMIENTOS Sociedad Anónima de Capital Variable, que tendrá verificativo en el
domicilio social, ubicado en Amores No. 54 Colonia del Valle, Delegación Benito Juárez,
México, Distrito Federal, previo depósito de las acciones correspondientes a las 11:00 horas
del día 30 de AGOSTO de 2016 conforme al siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.- Lista de asistencia.
2.- Informe del administrador Único sobre la marcha de la sociedad en los ejercicios 2012,
2013, 2014 y 2015 su discusión y aprobación en su caso.
3.- Informe sobre la Situación Financiera, Balances y Estados de Resultados, de los
ejercicios sociales correspondiente a 2012, 2013, 2014 y 2015 su discusión y aprobación en
su caso.
4.- Informe del comisario de la sociedad sobre la situación financiera, su discusión y
aprobación en su caso respecto a los ejercicios correspondientes a 2012, 2013, 2014 y 2015.
5.- Designación de Delegado especial y otorgamiento de facultades.
México, Distrito Federal a 2 de AGOSTO de 2016
ATENTAMENTE
RAFAEL ALVIRDE GARCIA
ADMINISTRADOR UNICO
(RÚBRICA).
1434-A1.-15 agosto.
Página 28
15 de agosto de 2016
“2016. Año del Centenario de la Instalación del Congreso Constituyente”
SECRETARÍA DE SALUD
HOSPITAL REGIONAL DE ALTA ESPECIALIDAD DE ZUMPANGO
Licitación Pública Nacional: HRAEZ-LP-005-2016
El Gobierno del Estado México, por conducto del Hospital Regional de Alta Especialidad Zumpango, a través de la Subdirección de
Recursos Materiales y Servicios Generales y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78 y 129 de la Constitución Política del
Estado Libre y Soberano de México; 1 fracción IV, 3 fracción III, 4 fracción I, 5, 23 fracción II, 26, 28 fracción I, 29, 30 fracción I, 32, 33,
34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41 y 42 de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios; y, 67, 68, 70, 71, 72, 73, 82 y
87 de su Reglamento y demás disposiciones relativas y aplicables.
CONVOCA
A las personas físicas o jurídicas colectivas, con capacidad legal para presentar propuestas a participar en la Licitación Pública
Nacional para la Adquisición de Materiales, accesorios y suministros de laboratorio “Insumos de banco de sangre” para el
Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango de conformidad con lo siguiente.
Licitación Pública
Nacional No. de
Licitación
HRAEZ-LP-0052016
Costo de
las bases
Fecha límite
para adquirir
bases
Celebración del
Acto de
Presentación y
Apertura de
Propuestas
$5,725.00
18/08/2016
18/08/2016
10:00 horas
Partida
Descripción
103323.00
AFERESIS TERAPEUTICA, INCLUYE INSUMOS,USO DE
EQUIPOS,TOMA DE MUESTRA, BIOMETRIA HEMATICA,MARCADORES
SEROLOGICOS ,INMUNOHEMATOLOGIA Y PRUBAS CRUZADAS,
EXTRACCION Y FRACCIONAMIENTO
Cantida
d
Presentació
n
625
BOLSA
Las bases de la Licitación Pública Nacional se encuentran disponibles para consulta en Internet: http://compramex.edomex.gob.mx, y
para su venta en el Hospital Regional los días 16, 17 y 18 de agosto de 2016, en: Carretera Zumpango - Jilotzingo Número 400, Barrio
de Santiago, Segunda Sección, C.P. 55600 Zumpango de Ocampo, Estado de México, teléfono: (01 591) 9 17 71 90 Ext 98414, de
09:00 A 18:00 horas. La forma de pago es: EN CUALQUIER SUCURSAL DEL BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A. (BANORTE),
CON NÚMERO 0895462741.
• La procedencia de los recursos es: estatal y no se otorgará anticipo
• El Acto de Presentación y Apertura Propuestas el día 19 de agosto de 2016 a las 10:00 horas, en: el Hospital Regional de Alta
Especialidad de Zumpango, ubicado en el domicilio antes mencionado.
• El idioma en que deberán presentarse las propuestas, será en español.
• La moneda en que deberá cotizarse la propuesta económica será en Pesos Mexicanos.
• Lugar de entrega: Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango, ubicado en Carretera Zumpango - Jilotzingo Número 400,
Barrio de Santiago, Segunda Sección, C.P. 55600, Zumpango, Estado de México, según calendario contenido en las Bases, en el
horario de entrega: 09:00 a 18:00 horas.
• Plazo de entrega: Según CALENDARIO contenido en las bases.
• El pago se realizará: dentro de los 45 DÍAS NATURALES contados a partir del ingreso de la factura original debidamente requisitada
y entregada a la Subdirección de Finanzas, ubicada en el citado domicilio del Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango.
• Garantía: estrictamente conforme a lo indicado en la publicación de las Bases de la Licitación Pública Nacional.
• Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de Licitación, así como las propuestas presentadas por los licitantes, podrán
ser negociadas o modificadas.
• No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 74 de la Ley de Contratación Pública del Estado de
México y Municipios.
Zumpango, Estado de México, a 15 de Agosto de 2016.
GIOVANNI OCTAVIO MINUTTI GARCIA
SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
(RÚBRICA).
3609-BIS.-15 agosto.
15 de agosto de 2016
Página 29
“2016. Año del Centenario de la Instalación del Congreso Constituyente”
SECRETARÍA DE SALUD
HOSPITAL REGIONAL DE ALTA ESPECIALIDAD DE ZUMPANGO
Licitación Pública Nacional: HRAEZ-LP-006-2016
El Gobierno del Estado México, por conducto del Hospital Regional de Alta Especialidad Zumpango, a través de la Subdirección de Recursos
Materiales y Servicios Generales y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 78 y 129 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México; 1 fracción IV, 3 fracción III, 4 fracción I, 5, 23 fracción II, 26, 28 fracción I, 29, 30 fracción I, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39,
40, 41 y 42 de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios; y, 67, 68, 70, 71, 72, 73, 82 y 87 de su Reglamento y demás
disposiciones relativas y aplicables.
CONVOCA
A las personas físicas o jurídicas colectivas, con capacidad legal para presentar propuestas a participar en la Licitación Pública Nacional para la
Adquisición de Suministros Médicos y Materiales de Curación, para el Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango de
conformidad con lo siguiente.
Licitación Pública
Nacional No. de
Licitación
HRAEZ-LP-0062016
Partida
Costo de las
bases
Fecha límite
para adquirir
bases
Celebración del Acto
de Presentación y
Apertura de
Propuestas
$5,725.00
18/08/2016
18/08/2016
10:00 horas
Descripción
Cantidad
060.456.0384
GUANTE PARA EXPLORACIÓN, AMBIDIESTRO, ESTÉRIL, DE LÁTEX,
DESECHABLES. TAMAÑO CHICO
7
060.082.0104
APLICADOR CON ALGODÓN DE MADERA
7
060.125.2653
BOLSA DE PAPEL GRADO MÉDICO, PARA ESTERILIZAR CON GAS O
VAPOR, CON TRATAMIENTO BACTERICIDA EN LA CARA EXTERNA DE LA
BOLSA ; CON REACTIVO QUÍMICO IMPRESO Y SISTEMA DE APERTURA
LATERAL MEDIANTE HILO MEDIDA: 7.5 X 23.0 X 4.0 CM.
20
Presentación
ENVASE
CON 100
PIEZAS
CAJA C/100
PIEZAS
CAJA C/100
PIEZAS
Las bases de la Licitación Pública Nacional se encuentran disponibles para consulta en Internet: http://compramex.edomex.gob.mx, y para su
venta en el Hospital Regional los días 16, 17 y 18 de agosto de 2016, en: Carretera Zumpango - Jilotzingo Número 400, Barrio de Santiago,
Segunda Sección, C.P. 55600 Zumpango de Ocampo, Estado de México, teléfono: (01 591) 9 17 71 90 Ext 98414, de 09:00 A 18:00 horas. La
forma de pago es: EN CUALQUIER SUCURSAL DEL BANCO MERCANTIL DEL NORTE, S.A. (BANORTE), CON NÚMERO 0895462741.
• La procedencia de los recursos es: estatal y no se otorgará anticipo
• El Acto de Presentación y Apertura Propuestas el día 22 de agosto de 2016 a las 10:00 horas, en: el Hospital Regional de Alta Especialidad
de Zumpango, ubicado en el domicilio antes mencionado.
• El idioma en que deberán presentarse las propuestas, será en español.
• La moneda en que deberá cotizarse la propuesta económica será en Pesos Mexicanos.
• Lugar de entrega: Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango, ubicado en Carretera Zumpango - Jilotzingo Número 400, Barrio de
Santiago, Segunda Sección, C.P. 55600, Zumpango, Estado de México, según calendario contenido en las Bases, en el horario de entrega:
09:00 a 18:00 horas.
• Plazo de entrega: Según CALENDARIO contenido en las bases.
• El pago se realizará: dentro de los 45 DÍAS NATURALES contados a partir del ingreso de la factura original debidamente requisitada y
entregada a la Subdirección de Finanzas, ubicada en el citado domicilio del Hospital Regional de Alta Especialidad de Zumpango.
• Garantía: estrictamente conforme a lo indicado en la publicación de las Bases de la Licitación Pública Nacional.
• Ninguna de las condiciones establecidas en las bases de Licitación, así como las propuestas presentadas por los licitantes, podrán ser
negociadas o modificadas.
• No podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos del artículo 74 de la Ley de Contratación Pública del Estado de México
y Municipios.
Zumpango, Estado de México, a 15 de Agosto de 2016.
GIOVANNI OCTAVIO MINUTTI GARCIA
SUBDIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES
(RÚBRICA).
3610-BIS.-15 agosto.
Página 30
15 de agosto de 2016
EXPEDIENTES: IGISPEM/DR/SAPA/042/2016.
EDICTO
POR ESTE CONDUCTO NOTIFICÓ A USTED LICENCIADA YESSICA ERÉDIRA ORTEGA CERDA, LA RESOLUCIÓN DE FECHA SIETE DE JULIO DEL DOS MIL DIECISÉIS, EMITIDA POR EL
CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, EN LA QUE SE RESOLVIÓ LO SIGUIENTE:
EXPEDIENTE
IGISPEM/DR/SAPA/042/2016
PRIMERO
ESTA AUTORIDAD
DETERMINA LA
EXISTENCIA DE
RESPONSABILIDAD
ADMINISTRATIVA
DISCIPLINARIA
ATRIBUIBLE A LA
LICENCIADA
YESSICA ERENDIRA
ORTEGA CERDA, EN
EL DESEMPEÑO DE
SUS FUNCIONES
COMO AGENTE DEL
MINISTERIO
PÚBLICO, ADSCRITA
A LA AGENCIA
ESPECIALIZADA
PARA ADOLECENTES
EN TLALNEPANTLA
DE BAZ, ESTADO DE
MÉXICO,
DEPENDIENTE DE LA
PROCURADURÍA
GENERAL DE
JUSTICIA DEL
ESTADO DE MÉXICO;
EN LOS TÉRMINOS
EXPRESADOS EN EL
CUERPO DE LA
PRESENTE
RESOLUCIÓN
RESOLUTIVOS
SEGUNDO
TERCERO
(SANCIÓN)
EN TÉRMINOS DEL
ARTÍCULO 20, DE LA
LEY QUE CREA EL
ORGANISMO
PÚBLICO
DESCENTRALIZADO
DENOMINADO
INSPECCIÓN
GENERAL DE LAS
INSTITUCIONES DE
SEGURIDAD
PÚBLICA DEL
ESTADO DE MÉXICO
Y EN
CUMPLIMIENTO A
LOS ARTÍCULOS 139
DEL CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS
DEL ESTADO DE
MÉXICO Y 1.8,
FRACCIÓN XII DEL
CÓDIGO
ADMINISTRATIVO
DEL ESTADO DE
SUSPENSIÓN DEL
MÉXICO, SE HACE
EMPLEO, CARGO O
DEL CONOCIMIENTO
COMISIÓN SIN GOCE
DE LA LICENCIADA
DE SUELDO POR UN
YESSICA ERENDIRA
PERIODO DE VEINTE
ORTEGA CERDA,
DÍAS
QUE TIENE
DERECHO A
PROMOVER EL
JUICIO
CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
ANTE EL TRIBUNAL
DE LO
CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
DEL ESTADO DE
MÉXICO, EN
CONTRA DE LA
PRESENTE
RESOLUCIÓN,
DENTRO DEL
TÉRMINO DE
QUINCE DÍAS
HÁBILES
SIGUIENTES AL EN
QUE SURTA
EFECTO LA
RESPECTIVA
NOTIFICACIÓN
CUARTO
NOTIFÍQUENSE LA
PRESENTE
RESOLUCIÓN A LA
LICENCIADA
YESSEICA ERÉNDIRA
ORTEGA CERDA, ASÍ
COMO AL
PROCURADOR
GENERAL DE
JUSTICIA DEL
ESTADO DE MÉXICO,
PARA EFECTOS DE
QUE DE
CUMPLIMIENTO AL
RESOLUTIVO
SEGUNDO DE LAS
PRESENTE, DE
CONFORMIDAD CON
LO DISPUESTO POR
EL ARTÍCULO 68, DE
LA LEY DE
RESPONSABILIDADES
DE LOS SERVIDORES
PÚBLICOS DEL
ESTADO Y
MUNICIPIOS;
REQUIRIÉNDOLE CON
FUNDAMENTO EN LO
DISPUESTO POR EL
ARTÍCULO 4,
FRACCIÓN V, DE LA
LEY QUE CREA EL
ORGANISMO
PÚBLICO
DESCENTRALIZADO
DENOMINADO
INSPECCIÓN
GENERAL DE LAS
INSTITUCIONES DE
SEGURIDAD PÚBLICA
DEL ESTADO DE
MÉXICO, Y 29 DEL
CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVO DEL
ESTADO DE MÉXICO,
QUE DENTRO DEL
TÉRMINO DE TRES
DÍAS POSTERIORES A
LA NOTIFICACIÓN DE
LA PRESENTE,
INFORME A ESTE
CONSEJO DIRECTIVO
EL CUMPLIMIENTO
DADO A LA MISMA.
QUINTO
REGÍSTRESE LA
SANCIÓN IMPUESTA
EN EL SISTEMA
INTEGRAL DE
RESPONSABILIDADES,
EN TÉRMINOS DEL
ARTÍCULO 63, DE LA
LEY DE
RESPONSABILIDADES
DE LOS SERVIDORES
PÚBLICOS DEL
ESTADO Y
MUNICIPIOS.
ASÍ LO RESOLVIERON Y FIRMARON POR UNANIMIDAD DE VOTOS LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE
SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA SIETE DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS, SIENDO PONENTE EL SECRETARIO, QUIENES
FIRMARON LAS PRESENTES PARA CONSTANCIA LEGAL.
LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 109, FRACCIÓN III Y 113 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS;
130 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 45 Y 47 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 1,
FRACCIONES I, II, III, 2, 3, FRACCIÓN VIII, 41, 42, 43, 52, 59, FRACCIÓN II, 63, 68 Y 91 DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS; 1, 2,
FRACCIÓN II, 4, FRACCIÓN V, 5, 6 Y 9, FRACCIONES I Y XV DE LA LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSPECCIÓN GENERAL DE LAS
INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, PUBLICADO EL DIECIOCHO DE JULIO DEL DOS MIL TRECE EN EL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO” DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 1, PÁRRAFO PRIMERO, FRACCIONES I Y II, 22, 129, 132, FRACCIÓN III, 136 Y 137 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL
ESTADO DE MÉXICO; 1, 2, 3, 6, FRACCIÓN I Y 7 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO;
III.1 APROBACIÓN DE SUPLENTES DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL ACUERDO IGI-001-001 DEL ACTA IGI-190813-0-001 DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DEL
CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, EL DIECINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL TRECE; 6º
TRANSITORIO DE LA LEY QUE CREA LA COMISIÓN ESTATAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL ESTADO DE MÉXICO, PUBLICADA EL DIECISIETE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL CATORCE EN
EL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO” DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; III.1 APROBACIÓN DEL VOCAL SUPLENTE DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA, ACUERDO IGIE001-002 DEL ACTA IGI-260215-E-001 DE LA PRIMERA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD
PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, CELEBRADA EL VEINTISÉIS DE FEBRERO DE DOS MIL QUINCE; DECRETO 467, POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 6, TERCER PÁRRAFO Y
13, FRACCIONES XIV, XX Y XXVI, Y SE ADICIONAN UN ÚLTIMO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 6 Y LA FRACCIÓN XXVII AL ARTÍCULO 13 DE LA LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO
DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, PUBLICADO EL DIEZ DE JUNIO DEL DOS MIL
QUINCE EN EL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO” DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; Y, DECRETO 77, POR EL QUE SE REFORMAN LA FRACCIÓN IV Y LOS
PÁRRAFOS SEGUNDO, TERCERO, QUINTO Y SEXTO DEL ARTÍCULO 6, EL ARTICULO SÉPTIMO TRANSITORIO Y SE DEROGAN EL ULTIMO PÁRRAFO DEL ARTICULO 2 DE LA LEY QUE
CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, PUBLICADO EL
DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISÉIS EN EL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO” DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, III.1. APROBACIÓN DE LOS VOCALES
SUPLENTES DEL CENTRO DE CONTROL DE CONFIANZA Y DE LA SECRETARÍA DE SALUD, ACUERDO IGI-E003-002 DEL ACTA IGI-060616-E-003 DE LA TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA
2016, DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, CELEBRADA EL SEIS DE JUNIO DE DOS MIL
DIECISÉIS.
ATENTAMENTE
M. EN D. ISAEL T. MONTOYA ARCE
INSPECTOR GENERAL
(RÚBRICA).
3588.- 15 agosto.
15 de agosto de 2016
Página 31
EXPEDIENTES: IGISPEM/DR/SAPA/044/2016.
EDICTO
POR ESTE CONDUCTO NOTIFICÓ A USTED C. RODRIGO MARTÍNEZ MORALES, LA RESOLUCIÓN DE FECHA SIETE DE JULIO DEL DOS MIL DIECISÉIS, EMITIDA POR EL CONSEJO
DIRECTIVO DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, EN LA QUE SE RESOLVIÓ LO SIGUIENTE:
EXPEDIENTE
IGISPEM/DR/SAPA/044/2016
PRIMERO
ESTA AUTORIDAD
DETERMINA LA
EXISTENCIA DE
RESPONSABILIDAD
ADMINISTRATIVA
DISCIPLINARIA
ATRIBUIBLE AL C.
RODRIGO MARTÍNEZ
MORALES, EN EL
DESEMPEÑO DE SUS
FUNCIONES COMO
POLICÍA R-3, “JEFE
DEL 1ER.
AGRUPAMIENTO
NICOLÁS
ROMERO…” (SIC.) DE
LA XIII REGIÓN DE LA
SUBDIRECCIÓN
OPERATIVA
REGIONAL
METROPOLITANA DE
LA COMISIÓN
ESTATAL DE
SEGURIDAD
CIUDADANA DEL
ESTADO DE MÉXICO;
EN LOS TÉRMINOS
EXPRESADOS EN EL
CUERPO DE LA
PRESENTE
RESOLUCIÓN
RESOLUTIVOS
SEGUNDO
(SANCIÓN)
DESTITUCIÓN DEL
EMPLEO, CARGO O
COMISIÓN E
INHABILITACIÓN
PARA DESEMPEÑAR
EMPLEOS, CARGOS
O COMISIONES EN
EL SERVICIO
PÚBLICO POR UN
PERIODO DE CINCO
AÑOS
TERCERO
EN TÉRMINOS DEL
ARTÍCULO 20, DE LA
LEY QUE CREA EL
ORGANISMO
PÚBLICO
DESCENTRALIZADO
DENOMINADO
INSPECCIÓN
GENERAL DE LAS
INSTITUCIONES DE
SEGURIDAD
PÚBLICA DEL
ESTADO DE MÉXICO
Y EN CUMPLIMIENTO
A LOS ARTÍCULOS
139 DEL CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS
DEL ESTADO DE
MÉXICO Y 1.8,
FRACCIÓN XII DEL
CÓDIGO
ADMINISTRATIVO
DEL ESTADO DE
MÉXICO, SE HACE
DEL CONOCIMIENTO
DEL C. RODRIGO
MARTÍNEZ
MORALES, QUE
TIENE DERECHO A
PROMOVER EL
JUICIO
CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
ANTE EL TRIBUNAL
DE LO
CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
DEL ESTADO DE
MÉXICO, EN CONTRA
DE LA PRESENTE
RESOLUCIÓN,
DENTRO DEL
TÉRMINO DE
QUINCE DÍAS
HÁBILES
SIGUIENTES AL EN
QUE SURTA EFECTO
LA RESPECTIVA
NOTIFICACIÓN
CUARTO
QUINTO
NOTIFÍQUENSE LA
PRESENTE
RESOLUCIÓN AL C.
RODRIGO MARTÍNEZ
MORALES, ASÍ COMO
AL COMISIONADO
ESTATAL DE
SEGURIDAD
CIUDADANA DEL
ESTADO DE MÉXICO,
PARA EFECTOS DE
QUE DE
CUMPLIMIENTO AL
RESOLUTIVO
SEGUNDO DE LAS
PRESENTE, DE
CONFORMIDAD CON
LO DISPUESTO POR
EL ARTÍCULO 68, DE
LA LEY DE
RESPONSABILIDADES
DE LOS SERVIDORES
PÚBLICOS DEL
ESTADO Y
MUNICIPIOS;
REQUIRIÉNDOLE CON
FUNDAMENTO EN LO
DISPUESTO POR EL
ARTÍCULO 4,
FRACCIÓN V, DE LA
LEY QUE CREA EL
ORGANISMO
PÚBLICO
DESCENTRALIZADO
DENOMINADO
INSPECCIÓN
GENERAL DE LAS
INSTITUCIONES DE
SEGURIDAD PÚBLICA
DEL ESTADO DE
MÉXICO, Y 29 DEL
CÓDIGO DE
PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVO DEL
ESTADO DE MÉXICO,
QUE DENTRO DEL
TÉRMINO DE TRES
DÍAS POSTERIORES A
LA NOTIFICACIÓN DE
LA PRESENTE,
INFORME A ESTE
CONSEJO DIRECTIVO
EL CUMPLIMIENTO
DADO A LA MISMA.
REGÍSTRESE LA
SANCIÓN IMPUESTA
EN EL SISTEMA
INTEGRAL DE
RESPONSABILIDADES,
EN TÉRMINOS DEL
ARTÍCULO 63, DE LA
LEY DE
RESPONSABILIDADES
DE LOS SERVIDORES
PÚBLICOS DEL
ESTADO Y
MUNICIPIOS.
ASÍ LO RESOLVIERON Y FIRMARON POR UNANIMIDAD DE VOTOS LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD
PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, EN SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA SIETE DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS, SIENDO PONENTE EL SECRETARIO, QUIENES FIRMARON LAS
PRESENTES PARA CONSTANCIA LEGAL.
LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 109, FRACCIÓN III Y 113 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 130 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 45 Y 47 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; 1, FRACCIONES I, II,
III, 2, 3, FRACCIÓN VIII, 41, 42, 43, 52, 59, FRACCIÓN II, 63, 68 Y 91 DE LA LEY DE RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO Y MUNICIPIOS; 1, 2, FRACCIÓN II, 4,
FRACCIÓN V, 5, 6 Y 9, FRACCIONES I Y XV DE LA LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE
SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, PUBLICADO EL DIECIOCHO DE JULIO DEL DOS MIL TRECE EN EL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO” DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MÉXICO; 1, PÁRRAFO PRIMERO, FRACCIONES I Y II, 22, 129, 132, FRACCIÓN III, 136 Y 137 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO;
1, 2, 3, 6, FRACCIÓN I Y 7 DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; III.1 APROBACIÓN DE
SUPLENTES DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL ACUERDO IGI-001-001 DEL ACTA IGI-190813-0-001 DE LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DE
LA INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, EL DIECINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL TRECE; 6º TRANSITORIO DE LA LEY QUE
CREA LA COMISIÓN ESTATAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL ESTADO DE MÉXICO, PUBLICADA EL DIECISIETE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL CATORCE EN EL PERIÓDICO OFICIAL
“GACETA DEL GOBIERNO” DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; III.1 APROBACIÓN DEL VOCAL SUPLENTE DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA, ACUERDO IGI-E001-002 DEL ACTA IGI260215-E-001 DE LA PRIMERA SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE
MÉXICO, CELEBRADA EL VEINTISÉIS DE FEBRERO DE DOS MIL QUINCE; DECRETO 467, POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 6, TERCER PÁRRAFO Y 13, FRACCIONES XIV, XX Y
XXVI, Y SE ADICIONAN UN ÚLTIMO PÁRRAFO AL ARTÍCULO 6 Y LA FRACCIÓN XXVII AL ARTÍCULO 13 DE LA LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO
INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, PUBLICADO EL DIEZ DE JUNIO DEL DOS MIL QUINCE EN EL PERIÓDICO OFICIAL
“GACETA DEL GOBIERNO” DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; Y, DECRETO 77, POR EL QUE SE REFORMAN LA FRACCIÓN IV Y LOS PÁRRAFOS SEGUNDO, TERCERO, QUINTO
Y SEXTO DEL ARTÍCULO 6, EL ARTICULO SÉPTIMO TRANSITORIO Y SE DEROGAN EL ULTIMO PÁRRAFO DEL ARTICULO 2 DE LA LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO
DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, PUBLICADO EL DIECIOCHO DE ABRIL DE DOS MIL
DIECISÉIS EN EL PERIÓDICO OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO” DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO, III.1. APROBACIÓN DE LOS VOCALES SUPLENTES DEL CENTRO DE
CONTROL DE CONFIANZA Y DE LA SECRETARÍA DE SALUD, ACUERDO IGI-E003-002 DEL ACTA IGI-060616-E-003 DE LA TERCERA SESIÓN EXTRAORDINARIA 2016, DEL CONSEJO
DIRECTIVO DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE LAS INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO, CELEBRADA EL SEIS DE JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS.
ATENTAMENTE
M. EN D. ISAEL T. MONTOYA ARCE
INSPECTOR GENERAL
(RÚBRICA).
3589.- 15 agosto.
Página 32
15 de agosto de 2016
INSTITUTO DE LA FUNCION REGISTRAL
DISTRITO DE TLALNEPANTLA
EDICTO
C. MARÍA DE LOS DOLORES SALINAS BAUTISTA, SOLICITO A LA OFICINA REGISTRAL
DE TLALNEPANTLA, DEL INSTITUTO DE LA FUNCIÓN REGISTRAL DEL ESTADO DE
MÉXICO, LA REPOSICIÓN DE LA PARTIDAS 181 VOLUMEN 75, LIBRO PRIMERO,
SECCIÓN PRIMERA, QUE SE DESPRENDE EL INMUEBLE IDENTIFICADO, LOTE 10
MANZANA B UBICADO EN AVENIDA ARROLLO, FRACCIONAMIENTO RANCHO SAN
ANTONIO
MUNICIPIO
DE
TLALNEPANTLA
DE
BAZ
ESTADO
DE
MÉXICO,
FRACCIONAMIENTO CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS; AL NORTE:
EN 8 METROS; CON AVENIDA ARROLLO; AL SUR: EN 8.15 METROS, CON EL LOTE 11;
AL ORIENTE: EN 15.00 METROS CON CON VÍA DEL FERROCARRIL; AL PONIENTE:
15.00 M. CON LOTE 9. CON UNA SUPERFICIE DE 122.25 M2 METROS CUADRADOS
TOTALMENTE DETERIORADA. LA C. REGISTRADORA DIO ENTRADA A LA SOLICITUD
Y ORDENO SU PUBLICACIÓN EN GACETA DEL GOBIERNO Y PERIÓDICO DE MAYOR
CIRCULACIÓN POR TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS, HACIÉNDOSE SABER CON
FUNDAMENTO
EN
AL
ARTÍCULO
25
DEL
CÓDIGO
DE
PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS DEL ESTADO DE MÉXICO, QUE SI EXISTE ALGÚN DERECHO QUE
LESIONE A UN TERCERO QUE COMPAREZCA A DEDUCIRLO, LO ANTERIOR EN
TÉRMINOS DEL ARTICULO 92 DEL REGLAMENTO DEL REGISTRO PUBLICO DE LA
PROPIEDAD DEL ESTADO DE MÉXICO.
TLALNEPANTLA; MÉXICO A 15 JULIO DE 2016.
C. REGISTRADOR TITULAR DE LA PROPIEDAD
LIC. ADRIANA VALLE HERNANDEZ.- RÚBRICA.
1442-A1.- 15, 18 y 23 agosto.