Presentación de PowerPoint

Sistema Nacional de Coordinación de
Responsabilidad Penal para AdolescentesSNCRPA. Decreto 1885 de 2015
Octubre 02 de 2015
Grupo de Trabajo: DNP, ICBF y
Ministerio de Justicia y el Derecho.
CONTENIDO
1. Justificación de una Instancia Coordinadora del Sistema de
Responsabilidad Penal para Adolescentes- SRPA.
2. Alcance del Sistema Nacional de Coordinación de
Responsabilidad Penal para Adolescentes- SNCRPA.
3. Objetivos y Funciones del SNCRPA.
4. Conformación del SNCRPA.
5. Presidencia del SNCRPA- Funciones.
6. Secretaría Técnica del SNCRPA- Funciones
7. Comité Técnico del SNCRPA- Funciones
8. Sesiones y Quorum
JUSTIFICACIÓN DE UNA INSTANCIA
COORDINADORA DEL SRPA
o Se requiere mayor articulación y corresponsabilidad de los actores del
SRPA tanto a nivel nacional como regional. Esto, se debe traducir en el
funcionamiento del Sistema de acuerdo con lo señalado en la Ley 1098 de
2006.
o Recomendación de la Procuradora Delegada para la Infancia y la
Adolescencia. (Informe de Vigilancia Superior al Sistema de
Responsabilidad Penal para Adolescentes, Diciembre 2012- Agosto de
2015.)
o Solicitud de Consejo Nacional de Política Social de Infancia y Adolescencia.
(Abril de 2013- Acta N° 8.)
o Recomendación Comité Derechos del Niño. (Naciones Unidas enero 30 de
2015.)
¿QUÉ ES EL SISTEMA NACIONAL DE COORDINACIÓN DE
RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES?
o Instancia para la coordinación, articulación interinstitucional, intersectorial
e intersistémica y fijación de parámetros técnicos.
o Realizará seguimiento y evaluación de las acciones en las leyes
relacionadas con la responsabilidad penal para adolescentes.
Alcance
Coordinar y fijar parámetros técnicos, que serán vinculantes para los
miembros del respectivo Sistema (Ley Plan de Desarrollo).
Integrar entidades tanto de la Rama Ejecutiva como Judicial.
Integrar autoridades nacionales y territoriales (previa aceptación).
OBJETIVOS SNCRPA
1) Orientar, coordinar y articular el diseño de las políticas públicas relacionadas
con el SRPA.
2) Desarrollar el principio de corresponsabilidad, en la garantía del interés
superior del niño y de la protección integral de los y las adolescentes y jóvenes.
3) Fortalecer la participación y articulación de las entidades que hacen parte del
SRPA con otros sistemas.
4) Articular, acompañar y validar la definición de criterios necesarios para la
implementación de un modelo de justicia restaurativa.
5) Coordinar, dirigir y proponer las recomendaciones que se requieran para
fortalecer el SRPA.
FUNCIONES SNCRPA
1) Formular directrices para garantizar el óptimo funcionamiento del SRPA.
2) Recomendar a las entidades competentes la priorización de recursos técnicos,
administrativos y financieros para el sistema.
3) Coordinar la articulación interinstitucional, intersectorial e intersistémica entre
los actores pertenecientes al SRPA.
4) Definir los mecanismos de participación del orden nacional y territorial en el
SRPA.
5) Darse su propio reglamento.
CONFORMACIÓN DEL
SNCRPA
Ministros o delegados de
los sectores de:
Presidentes, directores o
delegados
Salud y Protección
Social
Sala Administrativa Consejo
Superior de la Judicatura
Sala Penal de la Corte
Suprema de Justicia
Educación Nacional
Fiscalía General de la
Nación
Instituto Colombiano de
Bienestar Familiar- ICBF
Cultura
Departamento Nacional de
Planeación
Policía Nacional
El Servicio Nacional de
Aprendizaje- SENA
Sistema Nacional de
Juventud
Justicia y del Derecho
INVITADOS DEL SNCRPA
De
acuerdo
con la
temática a
tratar,
podrán
ser
invitados:
Entidades que
conforman el Sistema
Nacional de Bienestar
Familiar y que hacen
parte del SRPA
Un representante de
los gobernadores,
definido por la
Federación Nacional
del Departamentos
Un representante de los
alcaldes, definido por la
Federación Colombiana
de Municipios
El Defensor del Pueblo
o su delegado
El Director Nacional de
la Defensoría Pública
El Procurador General
de la Nación o su
delegado
PRESIDENCIA DEL SNCRPA
Será ejercida en forma permanente por el Ministerio de Justicia y el Derecho.
Funciones:
• Presidir y convocar las sesiones ordinarias y extraordinarias del Sistema.
• Definir conjuntamente con la secretaria técnica los temas y la agenda de las
sesiones del Sistema.
• Solicitar informes de seguimiento al plan de acción del SNCRPA y a los
compromisos adquiridos en el marco del Sistema de Responsabilidad Penal
para Adolescentes.
SECRETARÍA TÉCNICA SNCRPA
Será ejercida de manera permanente por la Subdirección de Responsabilidad
Penal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF, o quien haga sus
veces.
Funciones:
• Citar y realizar las convocatorias a las sesiones del SNCRPA, de acuerdo con
lo que disponga la Presidencia.
• Elaborar las actas y custodiar los archivos.
• Verificar que se apliquen los mecanismos de coordinación, seguimiento y
evaluación del plan de acción del SRPA, y de las actividades desarrolladas
por el Comité Técnico.
• Diseñar e implementar un mecanismo de seguimiento al plan de acción del
SRPA.
• Coordinar los estudios y diagnósticos que orienten la implementación del
SRPA.
COMITÉ TÉCNICO DEL SNCRPA
Para el adecuado ejercicio de sus funciones y para efectos de planeación,
seguimiento y evaluación contará con un Comité Técnico.
Integrado por Delegados
oficialmente designados por las
entidades que conforman el
SNCRPA.
Nivel directivo
Nivel asesor
FUNCIONES DEL COMITÉ TÉCNICO DEL
SNCRPA
1. Elaborar el plan de acción nacional y de financiamiento del SNCRPA y
proponerlo para aprobación.
2. Proponer estudios de análisis del SRPA con el fin orientar las decisiones del
SNCRPA.
3. Apoyar técnicamente a los Comités Departamentales de Responsabilidad Penal
para Adolescentes para fortalecer el SRPA.
4. Definir los lineamientos orientadores en temas relacionados con financiamiento,
fortalecimiento técnico y comunicaciones.
5. Hacer el seguimiento de los avances desarrollados a nivel territorial acorde con
los lineamientos establecidos por el SNCRPA.
COMITÉS DEPARTAMENTALES DEL SNCRPA
Funcionaran como una instancia para la
coordinación y articulación
interinstitucional, intersectorial e intersistémica a nivel departamental en lo
relacionado con la responsabilidad penal para adolescentes, respetando en todo
caso el marco de competencias constitucionales y legales de las entidades que lo
conforman.
ENTIDADES QUE LO CONFORMAN:
• El Gobernador del Departamento o como su delegado el Secretario de
Gobierno Departamental; quien lo presidirá.
• El o los Alcaldes del o los Municipios por cabecera Distrito Judicial o como su
delegado el Secretario de Gobierno Municipal;
• El Presidente de la Sala de Asuntos Penales para Adolescentes o del Tribunal
ENTIDADES QUE CONFORMAN LOS COMITÉS
DEPARTAMENTALES DEL SNCRPA
• Superior del Distrito Judicial correspondiente o su delegado;
• El Presidente de la Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura o
su delegado;
• El Secretario de Salud del Departamento y de los municipios de la cabecera
Distrito Judicial o su delegado;
• El Secretario de Educación del Departamento y de los municipios de la
cabecera Distrito Judicial o su delegado;
• El Secretario de Planeación Departamental o su delegado;
• El Director Regional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o su
delegado;
• Director Seccional de la Fiscalía del Departamento o su delegado.
• El Director Regional del SENA o su delegado;
• El Comandante de Departamento de Policía y de Metropolitana o su delegado;
• Un representante del Consejo Departamental de Juventud;
SESIONES Y QUORUM DEL SNCRPA
Forma ordinaria: cada
dos (2) meses
Sesiones
Forma extraordinaria:
cuantas veces sea
necesario
Sesionará con la mitad más
uno de sus integrantes.
Quórum
Adopción de decisiones:
con el voto favorable de la
mayoría de los asistentes
¡GRACIAS!