TEMA 6: Informe de Auditoría Objetivos: Definir la documentación contable que debe ser objeto de revisión al concluir la recopilación de evidencia como eventos subsecuentes, así como la naturaleza del informe de auditoría y la información financiera complementaria que debe acompañar al mismo EVENTOS SUBSECUENTES Objetivos de Auditoria: A) Determinar los eventos o transacciones que pueden afectar de manera importante a los Estados Financieros y que acontezcan en algunos de los periodos siguientes . • De la fecha de los estados financieros a la fecha del dictamen que normalmente es la misma en que el auditor se retiro de las oficina de la empresa o entidad. De la fecha del dictamen a la fecha en que este se le entregue a la empresa o entidad. De la fecha del dictamen a la fecha en que debido a propósito diversos se les solicite nuevamente su opinión. B) Determinar si se trató de un evento que requiere ajustes o solo revelación C) Determinar su adecuada revelación PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA Los principales procedimientos de auditoria son: 1) Examen de libros, registros de contabilidad y comprobantes que respalden transacciones realizadas durante el periodo subsecuentes. 2) Examen de actas de asambleas o de junta de consejos de administración segregadas en el periodo subsecuentes. 3) Comparación de los EEFF, emitidos en periodos subsecuentes al dictamen, obteniendo explicaciones y examinando la documentación relativa a variaciones relevantes PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA 4) Investigar con los funcionarios de la empresa sobre la existencia de algún hecho o evento subsecuentes. 5) Confirmación con los asesores legales de la empresa con respecto a riesgos y juicios conocidos en el periodo subsecuentes. PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA 6) Cuando el periodo entra en la fecha del dictamen y la fecha que este se entrega es amplio, el auditor debe evaluar si las circunstancias ameritan la aplicación de los procedimientos mencionados . 7)Cuando se requiere emitir nuevamente la opinión se aplicaran todos los procedimientos aplicados, a menos que se trate de copia del dictamen original y el auditor no tenga conocimiento de un evento subsecuente que lo afecte. Informe de Auditoría • Comprende la preparación y emisión del informe de auditoría que incluye el dictamen sobre los estados financieros y los comentarios, conclusiones y recomendaciones pertinentes. Cuando no se han elaborado estados financieros el informe contiene las opiniones del auditor sobre el sistema de control interno y el sistema financiero en general.. • El informe incluye la carta del informe o presentación que incorpora el dictamen sobre los estados financieros (opinión no calificada, calificada, o adversa o negativo), la expresión de la abstención de dictaminar cuando sea necesario o la aclaración de que los objetivos del examen no contemplan dictaminar de ser el caso. • Cuando la entidad no ha elaborado estados financieros, normalmente indica graves deficiencias en el sistema de control interno que se deben revelar en el informe. El dictamen del auditor sobre los estados financieros incluirá la siguiente información: • Título • Destinatario • Fecha del Dictamen • Párrafo de introducción • Párrafo del alcance de la auditoría realizada de conformidad con las Normas de Auditoría • Responsabilidad de la Entidad por los estados financieros • Párrafo con la opinión respecto los estados financieros • Firma de los auditores que realizaron la auditoría y emiten el dictamen. • Otras responsabilidades de reporte • Fecha del Reporte El dictamen del auditor sobre los estados financieros incluirá la siguiente información Destinatario • Se dirigirá el informe a la máxima autoridad de la entidad a la que se le practico la la auditoría. • Fecha del Dictamen • Corresponde a la fecha de finalización de trabajo de campo • Párrafo de introducción • Párrafo con la opinión respecto a sí los estados financieros presentan razonablemente, en todos los aspectos significativos, la situación financiera de la entidad a la fecha del balance general, así como los resultados de sus operaciones y los flujos de efectivo del período terminado, conforme los Principios de Contabilidad vigentes en Nicaragua, si es entidad sujeta a este régimen, o con las NIIF. Firma del funcionario que emite el dictamen. • El informe sobre el entendimiento del sistema de control interno. Como mínimo el informe contendrá: a) el alcance del trabajo, b) una descripción de los controles más importantes, c) las condiciones reportables. • El informe y la opinión con respecto al cumplimiento por parte de la Entidad de las disposiciones legales, reglamentarias y contractuales. Tipos de Dictámenes • Dictamen • Cuando uno de los objetivos de la auditoría es expresar una opinión sobre los estados financieros de la Entidad o sobre los registros contables y operativos, el auditor presenta su opinión en un "Dictamen" cuyo formato prácticamente se ha estandarizado entre la Comunidad Internacional de Contadores Públicos y ha sido aceptado por los organismos internacionales que se han creado para la investigación y desarrollo de la Auditoría Gubernamental. • En el desarrollo de las auditorías sujetas a Dictamen el Auditor podrá expresar los siguientes dictámenes: • Dictamen no calificado Se emplea cuando el auditor expresa opinión sobre los estados financieros en el sentido de que presentan razonablemente la situación financiera y los resultados de las operaciones de la entidad, • Una opinión sin reparos se da cuando el auditor está satisfecho con todo lo esencial, esto es: • Si las cuentas se han elaborado aplicando normas y directrices de contabilidad aceptables y esa aplicación. • Ha sido consecuente • Si las cuentas han cumplido con las exigencias legales y con los reglamentos pertinentes. • Si la situación de las cuentas concuerda con el conocimiento que el auditor tiene de la entidad fiscalizada y Si existe una adecuada y completa presentación de las cuestiones importantes relacionadas con las cuentas. Dictamen calificado • Un dictamen calificado es el que se emite cuando se han comprobado desviaciones que no afectan de manera sustancial la presentación razonable de los estados financieros tomados en conjunto, pero tales desviaciones son significativas en relación a la cuenta o cuentas sobre las cuales se expresa la salvedad. Debe entenderse como salvedad aquel evento o eventos en los cuales se presentaron: • Limitaciones al alcance • Hubo una falta de evidencia comprobatoria o limitaciones al alcance en la auditoría, las cuales por su importancia relativa hacen concluir al auditor que no puede expresar un dictamen limpio y que no son suficientes como para expresar una abstención de opinión. • Desviación de Principios y Normas de Contabilidad Gubernamental. • Con base en los resultados de la auditoría, se concluye que hay una desviación (incumplimiento o violación) de un Principio y Norma de Contabilidad Gubernamental, cuyo efecto es importante para una cuenta o cuentas, pero no es suficiente para expresar una opinión adversa. • Hay falta de evidencia comprobatoria, cuando el auditor no puede ejecutar pruebas de auditoría necesarias para formarse un criterio sobre los mismos. Entre otras razones tenemos: • Restricciones impuestas por la Entidad • Registros inadecuados • Inexistencia o ineficiencia de documentación de respaldo de las transacciones • Iniciación de la auditoría en fecha lejana al cierre auditado, con imposibilidad de seguimiento, por registros inadecuados Dictamen adverso o negativo Se emite un dictamen adverso cuando se determina que los estados financieros no presentan razonablemente la información que intentan presentar. Una opinión adversa se da cuando el auditor es incapaz de formar una opinión sobre los estados financieros como un todo por un desacuerdo tan fundamental que repercuta en la situación presentada hasta tal punto que una opinión con reparos en algunos aspectos no fuera adecuada. La emisión de este tipo de dictamen debe considerar las siguientes condiciones. • Que el trabajo haya podido hacerse de conformidad con las Normas de Auditoría • Que como consecuencia de violaciones a principios y normas de contabilidad a los estados financieros tomados en conjunto, se vean afectados por sobre o subestimación importante, lo cual por sus efectos no alcance para expresar una opinión con salvedades. Abstención de opinión • Se emitirá un informe con abstención de opinión cuando no haya sido posible obtener evidencias sólidas y suficientes sobre la razonabilidad de los estados financieros sujetos a auditoría o existan significativas limitaciones al alcance del trabajo que no le permitan al auditor emitir un juicio profesional. La abstención de opinión debe considerar las siguientes condiciones: • Que las limitaciones para cumplir con las Normas de Auditoría sean tales que no le permitan al auditor formarse una opinión sobre los estados financieros tomados en conjunto, de tal forma que no sea suficiente para decidir expresar una opinión calificada. • Aunque haya lugar a abstención de opinión, si el auditor tiene conocimiento de violaciones a Principios y Normas de Contabilidad, debe revelar tales violaciones. Dictamen sobre el cumplimiento legal y reglamentario El informe sobre el cumplimiento legal y reglamentario, el auditor asume mayores responsabilidades a las generales al conducir una auditoría de conformidad con Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas. Dictamen sobre información complementaria • Los principios de contabilidad y los convenios internacionales, entre otros, requieren la presentación de cierta información, distinta a los estados financieros y a las notas básicas sobre los mismos, pero que se acompañan a dichos estados y notas. Estas informaciones por lo general incluyen detalles y análisis de las cuentas en los estados financieros, información estadística, comentarios que explican el desarrollo de un proyecto, la utilización de un préstamo, información sobre los recursos humanos, planes de pensiones, etc. • Cuando se acompañe información complementaria, pueden ocurrir dos situaciones: • Que la información, que se acompañe por su naturaleza contable sea susceptible de ser auditada conforme a las normas para auditoría financiera las cuales permitieron formarse una opinión sobre los estados financieros tomados en conjunto, a los que se acompaña dicha información y Que la información que se acompaña por su naturaleza no presenta condiciones para ser sometida a los procedimientos de auditoría financiera.
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