IDENTIFICADORES DOCUMENTO -Contratación_Pliegos técnico: PLIEGO PRESCRIPCIONES TECNICAS FIRMAS OTROS DATOS ESTADO NO REQUIERE FIRMAS Código para validación: C98VC-WRB02-YTPSP Fecha de emisión: 17 de agosto de 2016 a las 7:50:18 Página 1 de 12 Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 86644 C98VC-WRB02-YTPSP A4FB129905EBBFF509CD30BA17F2B9BD778DEDCA) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento no requiere firmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: https://sede.majadahonda.org/portal/verificarDocumentos.do Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid) PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁN EN LA ADJUDICACIÓN POR EL PROCEDIMIENTO ABIERTO MEDIANTE CONCURSO, DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE ASISTENCIA LETRADA Y ASESORAMIENTO JURÍDICO EN MATERIA PENAL DEL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA PRIMERA: ALCANCE Este Pliego de Prescripciones técnicas será complementario e informador del contrato de servicios que se suscriba con el adjudicatario junto con el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares que se aprueben del contrato. SEGUNDA: OBJETO Es objeto del presente contrato los servicios de asesoramiento jurídico y la defensa en juicio de los intereses del Ayuntamiento de Majadahonda en materia penal general y en los procedimientos que afecten a la Policía Local del Ayuntamiento, así como a las víctimas de la violencia de género residentes en el Municipio, en particular. El objeto del presente contrato implica la asunción por parte del adjudicatario de las siguientes obligaciones: 1. El asesoramiento, la defensa, y en su caso, representación del Excmo. Ayuntamiento de Majadahonda en los procesos judiciales penales que se sustancien ante los tribunales de justicia, asumiendo la representación y defensa en juicio de las autoridades, funcionarios y demás empleados del Ayuntamiento, cualquiera que sea su posición procesal, cuando los procedimientos se sigan por actos u omisiones relacionados con su cargo; salvo que el órgano competente del Ayuntamiento decida encomendárselo expresamente a otro profesional. 2. El asesoramiento, la defensa, y en su caso, representación de los policías locales del Excmo. Ayuntamiento de Majadahonda, en los procesos judiciales penales que se sustancien ante los tribunales de justicia como consecuencia del desarrollo de su actividad profesional. 3. La asistencia letrada en juicio penal a las víctimas de violencia de género, a requerimiento del Ayuntamiento. El adjudicatario se compromete a garantizar la prestación del servicio de defensa y representación jurídica en un mínimo de 140 procesos judiciales penales al año durante la duración del contrato. 4. La asistencia y representación del Ayuntamiento ante cualquier organismo, público y/o privado ante el que deba comparecer como consecuencia de las actuaciones penales en las que se asuma la asistencia jurídica. 5. La consulta, estudio e informe de asuntos en materia penal general. El adjudicatario se compromete a garantizar la realización de todas aquellas IDENTIFICADORES DOCUMENTO -Contratación_Pliegos técnico: PLIEGO PRESCRIPCIONES TECNICAS FIRMAS OTROS DATOS ESTADO NO REQUIERE FIRMAS Código para validación: C98VC-WRB02-YTPSP Fecha de emisión: 17 de agosto de 2016 a las 7:50:18 Página 2 de 12 Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 86644 C98VC-WRB02-YTPSP A4FB129905EBBFF509CD30BA17F2B9BD778DEDCA) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento no requiere firmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: https://sede.majadahonda.org/portal/verificarDocumentos.do Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid) 6. 7. 8. 9. consultas y/o informes al año que se encuentren directamente relacionados con los procedimientos judiciales penales en los cuales presta la asistencia jurídica objeto del presente contrato. La asunción de los gastos de procurador que se generen como consecuencia de las actuaciones judiciales desarrolladas. La celebración de una reunión mensual o quincenal, según las necesidades, en las dependencias municipales con el Responsable designado por el Ayuntamiento para fijar las estrategias de actuación e informar sobre la tramitación de los expedientes que lleve a cabo. Para la ejecución del contrato será necesario que todos los abogados asignados cuenten con un teléfono móvil en el que puedan ser localizados en todo momento por el responsable designado por el Ayuntamiento, encontrándose en condiciones de asistir personalmente a las dependencias municipales cuantas veces se requiera su presencia. Para la ejecución del contrato será necesario que los licitadores, sin perjuicio de tener que coordinar su actuación con el responsable designado por el Ayuntamiento, tengan completa autonomía para la prestación de sus servicios, de tal manera que cuenten con un despacho propio- asumiendo directa y exclusivamente los gastos de consumos y mantenimiento que se puedan generar, sin que se pueda repercutir cantidad alguna al Ayuntamiento por tales conceptos-; asimismo, que tengan libertad para organizar y dirigir las tareas; no se encuentren sometidos a régimen horario establecido por el Ayuntamiento; asuman la dirección de los asuntos bajo su riesgo y ventura. En definitiva, los licitadores han de disponer de una organización propia y autonomía para la prestación de los servicios, tanto en medios materiales como humanos, sin que exista relación de dependencia alguna con el Ayuntamiento. No serán objeto, del presente contrato los servicios de apoyo social, psicológicos o de asesoramiento en materia de violencia de género que desde la Concejalía de Servicios Sociales puedan proporcionarse, y que resultan ajenos al departamento de Servicios Jurídicos y al contrato que se propone. TERCERA.- CALIFICACIÓN DEL CONTRATO De conformidad con lo dispuesto en el art.10 del TRLCSP la prestación objeto del presente contrato se incardina dentro de la categoría de Contrato de Servicios del Anexo II, Categoría 21 (Servicios Jurídicos), CPC 861; CPV 79100000-5 a 791400007. CUARTA.- NECESIDADES ADMINISTRATIVAS Según ha quedado justificado en el Informe técnico que acompaña a estos Pliegos, esta Administración carece, en el momento actual, tanto del personal como de los medios adecuados para la prestación de la asistencia jurídica que constituye el objeto del presente contrato de servicios (artículo 22 del TRLCSP), por lo que se estima IDENTIFICADORES DOCUMENTO -Contratación_Pliegos técnico: PLIEGO PRESCRIPCIONES TECNICAS FIRMAS OTROS DATOS Código para validación: C98VC-WRB02-YTPSP Fecha de emisión: 17 de agosto de 2016 a las 7:50:18 Página 3 de 12 ESTADO NO REQUIERE FIRMAS Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 86644 C98VC-WRB02-YTPSP A4FB129905EBBFF509CD30BA17F2B9BD778DEDCA) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento no requiere firmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: https://sede.majadahonda.org/portal/verificarDocumentos.do Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid) necesario proceder a su contratación externa a fin de dar cumplimiento a lo preceptuado en los arts.24 LJCA, art.551.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y art. 14.f) de la Ley 7/2007, del estatuto Básico del Empleado Público. QUINTA: CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA No se exige clasificación1 SEXTA: DURACIÓN DEL CONTRATO El plazo de duración del presente contrato será de 4 años, computados a partir de su formalización. No obstante, podrá prorrogarse, antes de su finalización, por mutuo acuerdo de las partes, sin que la duración total del mismo, incluidas las prórrogas, pueda exceder de seis años. SÉPTIMA: PLAZO DE GARANTÍA Sin perjuicio de lo anterior, téngase en cuenta que atendida la naturaleza de la actividad objeto de este contrato, de conformidad con lo dispuesto en el art.303.3 del TRLCSP que dispone que <<Los contratos para la defensa jurídica y judicial de la Administración tendrán la duración precisa para atender adecuadamente sus necesidades>>, garantía se extenderá hasta la resolución de los procesos judiciales en virtud de sentencia judicial firme. OCTAVA: VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, SISTEMA DE DETERMINACIÓN DEL PRECIO Y SU DISTRIBUCIÓN EN ANUALIDADES, EN SU CASO, Y FORMA DE PAGO- El valor estimado del presente contrato asciende a la cantidad máxima de 393.600 euros, siendo el presupuesto base de licitación para los cuatro años de duración la cantidad máxima de 262.400 euros (IVA excluido) (calculado con sujeción a lo establecido en los artículos 87 y 88 del TRLCSP). De acuerdo con lo preceptuado en el art.302 del TRLCSP la determinación del precio del presente contrato se ha calculado tomando como referencia –según se hace constar en el Informe adjunto- los honorarios profesionales publicados por el ICAM. De este modo, el presupuesto anual del contrato asciende a la cantidad máxima de 65.600 € (IVA excluido) y comprende al menos 140 procedimientos judiciales penales, lo que incluye la asistencia a pleito así como la atención de consultas y/o elaboración de los informes que sean precisos relacionados con dichos procedimientos judiciales, en los términos descritos en la cláusula segunda de este pliego. 1 Artículo 65TRLCSP. IDENTIFICADORES DOCUMENTO -Contratación_Pliegos técnico: PLIEGO PRESCRIPCIONES TECNICAS FIRMAS OTROS DATOS ESTADO NO REQUIERE FIRMAS Código para validación: C98VC-WRB02-YTPSP Fecha de emisión: 17 de agosto de 2016 a las 7:50:18 Página 4 de 12 Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 86644 C98VC-WRB02-YTPSP A4FB129905EBBFF509CD30BA17F2B9BD778DEDCA) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento no requiere firmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: https://sede.majadahonda.org/portal/verificarDocumentos.do Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid) En cuanto a la forma de pago, el adjudicatario del contrato facturará mensualmente una cantidad igual por los servicios prestados, sin que ello implique en ningún modo la existencia de relación de dependencia o laboral alguna con el Ayuntamiento de Majadahonda. El precio del contrato se verá minorado, en la parte que corresponda, en caso de que el número de actuaciones realmente llevadas por el contratista sea inferior a aquéllas a las que se comprometió en su oferta, llevando a cabo el referido ajuste en la liquidación económica del mes de diciembre. Existe consignación de crédito suficiente en el Presupuesto General del Ayuntamiento de Majadahonda para el año 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016. NOVENA: CLAUSULA DE REVISIÓN DE PRECIOS El presupuesto base de licitación del presente contrato, se revisará de conformidad con la modificación porcentual en más o en menos que experimente el índice de Precios al Consumo en el Conjunto Nacional o cualquier otro índice que en el futuro pudiera sustituirlo, según publicación del Instituto Nacional de Estadísticas u Organismos que lo sustituya, en los términos establecidos en los arts.90 y ss TRLCSP. Se fija en un 85% el porcentaje de variación experimentada por el índice adoptado. DÉCIMA: CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y ACREDITACIÓN DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA O FINANCIERA Y TÉCNICA O PROFESIONAL Sólo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional (art.54 TRLCSP). Para la ejecución del presente contrato únicamente se exige al contratista la adscripción de un letrado especialista en asuntos penales, sin perjuicio, de que opere como mejora, a efectos, de adjudicación, la adscripción de más medios personales en la forma y con límites que se establecen, al efecto, en la cláusula undécima de este pliego. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 del TRLCSP la solvencia económica o financiera se habrá de acreditar por los medios siguientes: 1. - Personas físicas: - Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente a los tres últimos ejercicios, y Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales de al menos 300.000 euros. IDENTIFICADORES DOCUMENTO -Contratación_Pliegos técnico: PLIEGO PRESCRIPCIONES TECNICAS FIRMAS OTROS DATOS ESTADO NO REQUIERE FIRMAS Código para validación: C98VC-WRB02-YTPSP Fecha de emisión: 17 de agosto de 2016 a las 7:50:18 Página 5 de 12 Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid) Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 86644 C98VC-WRB02-YTPSP A4FB129905EBBFF509CD30BA17F2B9BD778DEDCA) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento no requiere firmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: https://sede.majadahonda.org/portal/verificarDocumentos.do 2. - Personas jurídicas: - - Depósito de cuentas en el Registro Mercantil integradas por el balance de situación, cuenta de pérdidas y ganancias, y memoria, selladas y presentada en el correspondiente Registro Mercantil, correspondiente a los tres últimos años, y Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales de al menos 300.000 euros. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 del TRLCSP la solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse por todos los medios siguientes: 1. - Personas físicas: - - - La titulación académica y profesional, así como estar dado de alta, como ejerciente, en un Colegio Profesional de Abogados con una antigüedad de, al menos, tres años de la persona responsable de la ejecución del contrato. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos 3 años en materia penal que incluya importe, fechas y destinatarios públicos o privados de los mismos, del personal responsable de la ejecución del contrato. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante la aportación por el licitador de cuanta documentación judicial acredite su asistencia letrada en los referidos procesos penales o mediante la presentación de las hojas de encargo en tales asuntos; en su caso, los mencionados certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Una declaración del material, instalaciones y equipo técnico de que disponga el empresario para la realización de contrato. 2. - Personas jurídicas: - - Las titulaciones académicas y profesionales de los empresarios y del personal de dirección de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato, adjuntando el alta, como ejercientes, en un Colegio Profesional de Abogados con una antigüedad de, al menos, tres años. Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en materia penal en los últimos 3 años que incluya importe, fechas y destinatarios públicos o privados de los mismos, del personal responsable de la ejecución del contrato. Los servicios o trabajos efectuados por la empresa IDENTIFICADORES DOCUMENTO -Contratación_Pliegos técnico: PLIEGO PRESCRIPCIONES TECNICAS FIRMAS OTROS DATOS ESTADO NO REQUIERE FIRMAS Código para validación: C98VC-WRB02-YTPSP Fecha de emisión: 17 de agosto de 2016 a las 7:50:18 Página 6 de 12 Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 86644 C98VC-WRB02-YTPSP A4FB129905EBBFF509CD30BA17F2B9BD778DEDCA) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento no requiere firmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: https://sede.majadahonda.org/portal/verificarDocumentos.do Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid) - se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante la aportación por el licitador de cuanta documentación judicial acredite su asistencia letrada en los referidos procesos penales o mediante la presentación de las hojas de encargo en tales asuntos; en su caso, los mencionados certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Se exigirá, en todo caso, que el letrado que la empresa adscriba a la ejecución del contrato aporte cuanta documentación judicial acredite su designación como letrado en los procesos penales de referencia desarrollados en los tres últimos años junto con la presentación del curriculum vitae correspondiente. Una declaración del material, instalaciones y equipo técnico de que disponga la empresa para la realización de contrato. Además de las condiciones generales exigidas en el artículo 54 del TRLCSP, las empresas adjudicatarias deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente y disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. UNDÉCIMA: PROCEDIMIENTO VALORACION DE LAS OFERTAS DE ADJUDICACIÓN Y CRITERIOS DE La tramitación del expediente de contratación será ordinaria (arts. 109 y ss TRLCSP) y el procedimiento de adjudicación abierto (arts.138 y ss TRLCSP). La adjudicación del contrato recaerá en el licitador que, en su conjunto, haga la oferta económicamente más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el párrafo siguiente y sin perjuicio del derecho del Ayuntamiento de Majadahonda a declararlo desierto. Los criterios de valoración de las ofertas y en su caso para la adjudicación del contrato, relacionados por orden decreciente de importancia, serán, de acuerdo con la siguiente clasificación, los siguientes y con la ponderación que se indica: a) Criterios que operan de forma automática: 1. MEJORAS OFERTADAS EN CUANTO AL PRECIO: Puntuación máxima: hasta 40 puntos. Se otorgará la máxima puntuación al licitante que oferte la mayor baja, y al resto de licitantes se puntuará de forma proporcional, en función de su oferta, aplicando la siguiente fórmula: IDENTIFICADORES DOCUMENTO -Contratación_Pliegos técnico: PLIEGO PRESCRIPCIONES TECNICAS FIRMAS OTROS DATOS ESTADO NO REQUIERE FIRMAS Código para validación: C98VC-WRB02-YTPSP Fecha de emisión: 17 de agosto de 2016 a las 7:50:18 Página 7 de 12 Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 86644 C98VC-WRB02-YTPSP A4FB129905EBBFF509CD30BA17F2B9BD778DEDCA) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento no requiere firmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: https://sede.majadahonda.org/portal/verificarDocumentos.do Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid) a-b ---------- x d a-c* donde: a= tipo de licitación del contrato b= oferta económica del licitador objeto de cálculo c= oferta económica más baja de las presentadas sobre el tipo de licitación d= puntuación máxima otorgada al criterio “oferta económica”. *Se considerará baja desproporcionada la que supere el 20% de baja sobre el precio de licitación. 2. MEJORAS EN CUANTO A LA ASISTENCIA ANUALMENTE: Puntuación máxima: hasta 25 puntos COMPROMETIDA Se dará la máxima puntuación al licitador que mayor número de juicios ofrezca por encima del mínimo comprometido anualmente de 140 juicios/año, sin alterar el precio fijo ofertado, hasta un máximo de 160 juicios/año, dando para el resto de empresas una puntuación proporcional, según regla de tres, a la máxima. b) Criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor: 1. MEDIOS PERSONALES PARA Puntuación máxima: hasta 15 puntos. LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Se valorará como mejora la adscripción por el contratista a la ejecución del contrato de un letrado más, siempre que reúna los requisitos de ser letrado especialista en asuntos penales, con, al menos, tres años de antigüedad, en los términos exigidos en la cláusula décima de este pliego. En este apartado, en ningún caso se valorará la adscripción de más de un Letrado. A la hora de formular las respectivas proposiciones económicas, los licitadores deberán aportar íntegramente toda la documentación acreditativa de la cualificación profesional de los medios personales que pretendan adscribir a la ejecución del contrato como mejora, no existiendo plazo de subsanación, ni siendo valorada la oferta de mejora que no vaya acompañada de la documentación acreditativa de referencia. 2. DISPONIBILIDAD TEMPORAL PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Puntuación máxima: hasta 10 puntos IDENTIFICADORES DOCUMENTO -Contratación_Pliegos técnico: PLIEGO PRESCRIPCIONES TECNICAS FIRMAS OTROS DATOS ESTADO NO REQUIERE FIRMAS Código para validación: C98VC-WRB02-YTPSP Fecha de emisión: 17 de agosto de 2016 a las 7:50:18 Página 8 de 12 Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 86644 C98VC-WRB02-YTPSP A4FB129905EBBFF509CD30BA17F2B9BD778DEDCA) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento no requiere firmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: https://sede.majadahonda.org/portal/verificarDocumentos.do Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid) Se otorgará la máxima puntuación al licitante que oferte la mayor disponibilidad de asistencia horaria semanal y a los restantes la puntuación que resulte de forma proporcional, según regla de tres, a la máxima. 3. MEJORAS EN CUANTO A TIEMPOS DE RESPUESTA: Puntuación máxima: hasta 10 puntos. De acuerdo con la naturaleza de los servicios a prestar, el tiempo máximo de respuesta deberá ser de 30 minutos, y el de presencia en el Ayuntamiento de 60 minutos. Se otorgará la máxima puntuación al licitante que garantice de forma debidamente justificada la respuesta y asistencia de alguno de los abogados asignados a la ejecución del contrato en el menor tiempo posible y a los restantes la puntuación que resulte de forma proporcional, según regla de tres, a la máxima. Tiempo de respuesta inferior a 30 minutos Tiempo de presencia inferior a 60 minutos hasta 5 puntos hasta 5 puntos DUODÉCIMA.- GARANTIAS. No se exige la constitución de garantía provisional. Sin embargo, de conformidad con lo dispuesto en el art.95.1 y 3 del TRLCSP habrá de constituirse garantía definitiva por valor del 5% del importe de adjudicación. DECIMOTERCERA.- SEGURO. El contratista habrá de suscribir un seguro de indemnización por riesgos profesionales de al menos 300.000 euros. En caso de presentar franquicia deberá aportar declaración jurada de asunción de la parte no cubierta por la franquicia. DECIMOCUARTA.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES. Del contratista: 1. El contratista estará obligado a desarrollar su actividad conforme a las reglas generales de la <<lex artis>>, específicamente, al Estatuto General de la Abogacía Española (BOE 10 de julio de de 2001), al Código Deontológico de la Abogacía Española, y al Código Deontológico de los Abogados de la Unión Europea. 2. Asumir económicamente los gastos de procurador que se generen como consecuencia de las actuaciones judiciales desarrolladas. 3. El contratista tendrá la obligación esencial de adscribir los medios personales propuestos y con la cualificación profesional ofrecida para la ejecución del presente contrato, salvo que, por circunstancias sobrevenidas e imprevisibles IDENTIFICADORES DOCUMENTO -Contratación_Pliegos técnico: PLIEGO PRESCRIPCIONES TECNICAS FIRMAS OTROS DATOS Código para validación: C98VC-WRB02-YTPSP Fecha de emisión: 17 de agosto de 2016 a las 7:50:18 Página 9 de 12 ESTADO NO REQUIERE FIRMAS Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 86644 C98VC-WRB02-YTPSP A4FB129905EBBFF509CD30BA17F2B9BD778DEDCA) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento no requiere firmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: https://sede.majadahonda.org/portal/verificarDocumentos.do Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid) 4. 5. 6. 7. no resulte materialmente posible su adscripción, debiendo en tal caso sustituirse por personas que reúnan similares características profesionales a aquéllas. En estos casos, la Administración se reservará el derecho a imponer penalidades al contratista o incluso el derecho a acordar la resolución del contrato en caso de falta de acreditación de la referida imposibilidad material de adscripción de medios personales, o, en caso de incumplimientos reiterados. Las penalidades a imponer serán por cada día de incumplimiento de 0,40 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. Dada la relación de confianza que preside este contrato de servicios (abogadocliente) y la naturaleza sensible de su objeto (materia penal), la Administración se reserva el derecho a solicitar al contratista el cambio del personal adscrito a la ejecución del contrato en caso de incompetencia manifiesta, desidia profesional, falta de probidad, incumplimiento de las reglas de deontología profesional y otros supuestos análogos, sin perjuicio de la posibilidad de imponer penalidades al mismo por dichos incumplimientos a razón de 0,40 euros/día por cada 1.000 euros del precio del contrato o, en su caso, acordar la resolución del contrato. También se reserva la Administración el derecho a solicitar al contratista el cambio del personal adscrito a la ejecución del presente contrato en caso de incumplimiento de las demás obligaciones que constituyen el objeto del mismo, sin perjuicio de la posibilidad de imponer penalidades al mismo por dichos incumplimientos a razón de 0,40 euros/día por cada 1.000 euros del precio del contrato o, en su caso, acordar la resolución del contrato. El contratista tendrá la obligación de cumplir con los compromisos de disponibilidad temporal y tiempos de respuesta ofrecidos en su oferta, reservándose la Administración, en caso de incumplimiento de cualquiera de ellos, el derecho a imponer penalidades al contratista o incluso, en caso de reiterados incumplimientos, el derecho a acordar la resolución del contrato. Las penalidades a imponer serán por cada día de incumplimiento de 0,40 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato. El contratista deberá atender a las consultas y/o informes que le sean requeridos y se encuentren directamente relacionados con los procedimientos judiciales penales en los cuales presta asistencia jurídica. El retraso o incumplimiento injustificado de tal obligación dará derecho a la Administración a imponer penalidades al contratista a razón de 0,40 euros/día por cada 1.000 euros del precio del contrato o, en su caso, a acordar la resolución del contrato Del Ayuntamiento: 1. Tendrá la obligación de pagar las cantidades objeto del presente contrato en tiempo y forma. 2. Habrá de facilitar al contratista los medios necesarios para la ejecución del servicio, y específicamente, todos los documentos integrantes de los expedientes administrativos necesarios para la correcta ejecución del objeto del contrato, con respeto, en todo caso, a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y IDENTIFICADORES DOCUMENTO -Contratación_Pliegos técnico: PLIEGO PRESCRIPCIONES TECNICAS FIRMAS OTROS DATOS Código para validación: C98VC-WRB02-YTPSP Fecha de emisión: 17 de agosto de 2016 a las 7:50:18 Página 10 de 12 ESTADO NO REQUIERE FIRMAS Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid) Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 86644 C98VC-WRB02-YTPSP A4FB129905EBBFF509CD30BA17F2B9BD778DEDCA) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento no requiere firmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: https://sede.majadahonda.org/portal/verificarDocumentos.do de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid , y demás normas concordantes. DECIMOQUINTA.- MODIFICACION DEL CONTRATO. De conformidad con lo dispuesto en el art.219 del TRLCSP el Ayuntamiento se reserva la potestad de modificar el presente contrato, por razones de interés público, en los casos y en la forma previstos en el título V del libro I (arts.105 y ss), y de acuerdo con el procedimiento regulado en el artículo 211. El precio del contrato se verá minorado, en la parte que corresponda, en caso de que el número de actuaciones realmente llevadas por el contratista sea inferior a aquéllas a las que se comprometió en su oferta, llevando a cabo el referido ajuste en la liquidación económica del mes de diciembre. Específicamente, el Ayuntamiento se reserva la potestad de modificar a la baja el precio del presente contrato cuando así lo exijan razones presupuestarias de contención del gasto público, sin que, en ningún caso, la rebaja del mismo pueda ser superior al 10% del importe de adjudicación. En estos casos, deberán reducirse en la misma proporción las actuaciones objeto de contrato. DECIMOSEXTA.- EJECUCIÓN Y RESOLUCION DEL CONTRATO.El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato (art. 305.2 TRLCSP). Serán causas de resolución del contrato además de las previstas para todo tipo de contratos en el art.223 del TRLCSP, las específicamente previstas para el contrato de servicios en el art.308 TRLCSP y las así previstas en el presente pliego. DECIMOSÉPTIMA.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.Dado la naturaleza sensible de los asuntos a que se refiere el objeto del presente contrato, que implica el tratamiento de datos de carácter personal, se estará a lo dispuesto en la Disposición Adicional 26ª del TRLCSP. Asimismo serán de aplicación al presente contrato las siguientes reglas: 1. La empresa adjudicataria declara expresamente que conoce quedar obligada al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, IDENTIFICADORES DOCUMENTO -Contratación_Pliegos técnico: PLIEGO PRESCRIPCIONES TECNICAS FIRMAS OTROS DATOS ESTADO NO REQUIERE FIRMAS Código para validación: C98VC-WRB02-YTPSP Fecha de emisión: 17 de agosto de 2016 a las 7:50:18 Página 11 de 12 Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 86644 C98VC-WRB02-YTPSP A4FB129905EBBFF509CD30BA17F2B9BD778DEDCA) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento no requiere firmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: https://sede.majadahonda.org/portal/verificarDocumentos.do Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid) de Protección de Datos de Carácter Personal y, expresamente, en lo indicado en su artículo 10, en cuanto al deber de secreto, así como lo dispuesto en la Ley 8/2001 de la Comunidad de Madrid y, especialmente, lo indicado en su artículo 11. La empresa adjudicataria se compromete explícitamente a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan. 2. La empresa adjudicataria y el personal encargado de la realización de las tareas guardará secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento durante la vigencia del contrato, estando obligado a no hacer públicos o enajenar cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar el plazo contractual. 3. La documentación se entregará al adjudicatario para el exclusivo fin de la realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido para el adjudicatario y para el personal encargado de su realización, su reproducción por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o jurídica. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas. 4. El resultado de las tareas realizadas, así como el soporte utilizado (papel, fichas, disquetes, etc.) serán propiedad del “organismo contratante”. Además de aplicarse al presente contrato las disposiciones de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid , serán igualmente de aplicación las disposiciones de desarrollo de la normas anteriores que se encuentren en vigor a la adjudicación de este contrato o que puedan estarlo durante su vigencia, y aquellas normas del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, Reglamento de desarrollo de la LOPD. Majadahonda, a 8 de mayo de 2012 Mª Isabel Conde Bueso RESPONSABLE DE SERVICIOS JURÍDICOS IDENTIFICADORES DOCUMENTO -Contratación_Pliegos técnico: PLIEGO PRESCRIPCIONES TECNICAS FIRMAS OTROS DATOS ESTADO NO REQUIERE FIRMAS Código para validación: C98VC-WRB02-YTPSP Fecha de emisión: 17 de agosto de 2016 a las 7:50:18 Página 12 de 12 Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 86644 C98VC-WRB02-YTPSP A4FB129905EBBFF509CD30BA17F2B9BD778DEDCA) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento no requiere firmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web: https://sede.majadahonda.org/portal/verificarDocumentos.do Ayuntamiento de Majadahonda (Madrid) ANEXO I MEJORAS EN CUANTO A LA ASISTENCIA COMPROMETIDA ANUALMENTE Don………………………………………………………………., actuando en nombre propio o en representación de …………………., con NIF número…………………….., enterado de los Pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Administrativas que han de regir en el procedimiento abierto convocado para la ejecución del CONTRATO DE SERVICIOS DE ASISTENCIA LETRADA Y ASESORAMIENTO JURÍDICO EN MATERIA PENAL DEL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA y de acuerdo con la Cláusula Undécima a).2. del Pliegos de Prescripciones Técnicas: Ofrezco la asistencia letrada en ………………….. juicios al año sin alterar el precio fijo ofertado, hasta un máximo de 160 juicios al año. Fdo: _______________________________________ P.P.(empresa) En Majadahonda, a …………….. de …………………….. de 2012
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