Régimen de Pacotilla para los Tripulantes de los Medios de Transporte Resolución General AFIP 3909. Manual de Operación Usuarios Externos Versión 1.0 Inscripción en el Registro Especial Aduanero de los Tripulantes de Medios de Transporte (TRIP) A) Consideraciones Generales A través del presente manual, se dan los lineamientos principales que deben cumplir los tripulantes de medios de transporte para la inscripción en los Registros Especiales Aduaneros, de acuerdo a lo establecido en la Resolución General 2570 AFIP. Para acceder al Servicio Web “Sistema Registral”, deberán ingresar por la página Web de la AFIP (www.afip.gob.ar), con CUIT/CUIL y Clave Fiscal, y habilitar dicho servicio a través del “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”. B) Inscripción 1. Los tripulantes deberán ingresar al Servicio “Sistema Registral” – Opción “Registros Especiales Aduaneros” – “Opción F420/R Registro de Operadores de Comercio Exterior”, y proceder a seleccionar : Régimen de Pacotilla Página 2 Año 2016 a. Tramite a realizar: INICIO b. Tipo de operador de Comercio Exterior: REG. TRIPULANTES MEDIOS TRANSPO. c. Validar el trámite mediante el botón ACEPTAR 2. El sistema emitirá un ticket como comprobante de inicio del trámite, el cual deberá ser presentado por el Agente de Transporte Aduanero conjuntamente la solicitud de habilitación ante la División Registros Especial Aduaneros (Anexo II Resolución General N° 3909 . 3. Cumplidos el requisito del punto 2 y validada la información en el Sistema Registral por el servicio aduanero, los tripulantes deberán ingresar al Servicio “Sistema Registral” – Opción “Registros Especiales Aduaneros” – “Opción Régimen de Pacotilla Página 3 Año 2016 F420/R Registro de Operadores de Comercio Exterior”, y proceder a seleccionar : a. Tramite a realizar: ALTA. b. Tipo de operador de Comercio Exterior: REG. TRIPULANTES MEDIOS TRANSPO. c. Validando el trámite mediante el botón ACEPTAR. 4. De esta manera, quedará automáticamente habilitado el operador como Tripulante del Medio de Transporte. 5. A través del Sistema “Gestión de Autorizaciones Electrónicas”, el Operador de Comercio Exterior (Agente de Transporte Aduanero) deberá autorizar a los Régimen de Pacotilla Página 4 Año 2016 Certificación de Servicios como Tripulantes por el Agente de Transporte Aduanero 6. Una vez generada la autorización, el tripulante ingresar al Servicio Web “Aceptación de Autorizaciones Electrónicas” y aceptar la autorización. Régimen de Pacotilla Página 5 Año 2016
© Copyright 2024