RESULTADO PRELIMINAR PRUEBAS DE CONOCIMIENTOS E.S.E PASTO SALUD PASTO - NARIÑO Centro Integral de Asesorías y Consultorías Acta 390-2580-534 Página 1 de 5 La Universidad de Medellín, Institución de Educación Superior acreditada ante la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Resolución 2683 del 03 de diciembre de 2014, como entidad idónea para adelantar concursos o procesos de selección, fue contratada por la E.S.E PASTO SALUD, para adelantar el concurso público de méritos para proveer el cargo de Gerente de la Entidad. En el desarrollo del proceso de selección, el aspirante JAVIER ANDRES RUANO GONZALEZ interpuso Acción Constitucional ante el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Pasto, radicado 52001-31-87-001-2016-00210-00. En fallo proferido el veinte (20) de junio de 2016 por el Juez de Conocimiento, se ORDENA a la Universidad de Medellín, retomar el proceso de selección de Gerente a partir de la etapa No. 4, al instante de la publicación de los resultados preliminares de la Prueba de Conocimientos hacia adelante. En consecuencia, el suscrito Director del Centro Integral de Asesorías y Consultorías βCIAC de la Universidad de Medellín, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Pasto, en el fallo de tutela instaurada por el aspirante JAVIER ANDRES RUANO GONZALEZ radicado 52001-31-87-001-2016-00210-00 procede a PUBLICAR hoy 24 de julio de 2016, los resultados preliminares de las PRUEBAS DE CONOCIMIENTO aplicada a los aspirantes del Concurso, el 8 de mayo de 2016. Para evaluar a los aspirantes a Gerentes de Hospital, se implementó un modelo basado en las máximas calificaciones obtenidas por el grupo de referencia para la calificación ponderada del concurso. Para este modelo de calificación se comparan los participantes de cada grupo teniendo en cuenta la media y la desviación estándar del grupo normativo al que pertenece. A partir del promedio se establece una clasificación según el número de desviaciones estándar de distancia que se encuentren los aspirantes según la media. En este sentido el puntaje obtenido por los participantes será un total que representa que tan alejado se está del puntaje promedio del grupo a comparar. Teniendo en cuenta que para el presente concurso los pesos ponderados según la clasificación de los ítems son, del 20% para el eje 1 (Sistema General de la Seguridad Social), 15% para el eje 2 (Plan Nacional de la Salud Pública), 15% para el eje 3 (Sistema Obligatorio de Garantía en la Calidad en Salud) y 10% para el eje 4 (MECI para Gerentes de Hospital), 10% para el eje 5 (Planeación Estratégica), 10 % para el eje 6 (Costos y Presupuestos), 10% para el ejes 7 (Contratación Estatal) y 10% para el eje 8 (Gestión Humana), la puntuación obtenida se pondera según el criterio correspondiente: RESULTADO PRELIMINAR PRUEBAS DE CONOCIMIENTOS E.S.E PASTO SALUD PASTO - NARIÑO Centro Integral de Asesorías y Consultorías Acta 390-2580-534 Página 2 de 5 Ponderación de ejes 1-8 (Pn): Pn= (Total aciertos eje/Total preguntas ejes) * %Xn Pn= Ponderación eje (1 a 8) %Xn = Porcentaje ponderado del eje a multiplicar Luego se pasará a sumar la totalidad de las ponderaciones de todos los ejes: PPT = P1+P2+P3+P4+P5+P6+P7+P8 Una vez obtenida la puntuación ponderada se calcula la puntuación estandarizada, transformación requerida para llevarlas a una misma escala y poder comparar aspirantes en cualquier grupo normativo, ya que la variable transformada tiene promedio cero y desviación estándar 1, sin importar el grupo normativo al que pertenezca. Para la interpretación de los puntajes estandarizados, se tiene en cuenta que puntuaciones que están por debajo del promedio obtendrán puntuaciones Z negativas, lo cual indica que la puntuación ponderada está a β X desviaciones estándar por debajo del promedio. Para puntuaciones Z positivas, la puntuación ponderada está a +X desviaciones estándar por encima de la media. Para realizar la transformación de puntuaciones directas a puntuaciones estandarizadas (Z) se utiliza la siguiente formula: π= En donde: π = Puntuación directa del aspirante πΜ = Puntuación promedio del grupo normativo π = Desviación estándar del grupo normativo πβπΜ π Es así como, si un aspirante obtiene una puntuación ponderada de 60,67 se compara con el promedio del grupo normativo, en este caso el promedio del grupo normativo es de πΜ = 59,64 y la desviación estándar es de π = 16,157, la puntuación estandarizada Z se calcula así: 60.67 β 59.64 π= = 0.06375 16.157 Dicho valor, Z=0.06375 indica que la calificación ponderada de este aspirante se encuentra a 0.06375 desviaciones estándar por encima del promedio del grupo normativo. Centro Integral de Asesorías y Consultorías RESULTADO PRELIMINAR PRUEBAS DE CONOCIMIENTOS E.S.E PASTO SALUD PASTO - NARIÑO Acta 390-2580-534 Página 3 de 5 Dada la dificultad en la interpretación de puntajes positivos y negativos, la puntuación estandarizada se convierte a una puntuación tipificada, producto de realizar una transformación lineal de estos puntajes a una nueva variable que tiene un promedio de 60 y una desviación estándar de 10. Este procedimiento se denomina escala derivada. Dicha transformación se ejecuta reemplazando cada puntaje estandarizado en la siguiente ecuación: ππ = 10π + 60 Para el ejemplo que se está trabajando, la puntuación tipificada es: ππ = 10(0.6375) + 60 = 66.375 La puntuación final a publicar del aspirante será de 66.375. De acuerdo a lo señalado anteriormente las puntuaciones finales de los aspirantes que participan en el proceso de selección de Gerente de Hospital son los siguientes: PROCESO ASPIRANTES RESULTADO CONOCIMIENTOS Pasto Salud - Pasto - Nariño 5313342 53.13 Pasto Salud - Pasto - Nariño 5946865 40.54 Pasto Salud - Pasto - Nariño 7558701 47.41 Pasto Salud - Pasto - Nariño 12749292 64.19 Pasto Salud - Pasto - Nariño 12885092 51.74 Pasto Salud - Pasto - Nariño 12989448 63.21 Pasto Salud - Pasto - Nariño 12999246 51.26 Pasto Salud - Pasto - Nariño 13013054 63.76 Pasto Salud - Pasto - Nariño 27093911 61.81 Pasto Salud - Pasto - Nariño 27094781 42.29 Pasto Salud - Pasto - Nariño 27401168 55.63 Pasto Salud - Pasto - Nariño 27547873 63.22 Pasto Salud - Pasto - Nariño 30726891 66.74 Centro Integral de Asesorías y Consultorías RESULTADO PRELIMINAR PRUEBAS DE CONOCIMIENTOS E.S.E PASTO SALUD PASTO - NARIÑO Acta 390-2580-534 Página 4 de 5 PROCESO ASPIRANTES RESULTADO CONOCIMIENTOS Pasto Salud - Pasto - Nariño 30742050 76.34 Pasto Salud - Pasto - Nariño 31944693 62.12 Pasto Salud - Pasto - Nariño 34551331 76.66 Pasto Salud - Pasto - Nariño 41712073 67.86 Pasto Salud - Pasto - Nariño 51984155 54.26 Pasto Salud - Pasto - Nariño 53106049 62.10 Pasto Salud - Pasto - Nariño 59822566 55.12 Pasto Salud - Pasto - Nariño 76316961 58.84 Pasto Salud - Pasto - Nariño 79504937 76.73 Pasto Salud - Pasto - Nariño 79671056 66.99 Pasto Salud - Pasto - Nariño 79724517 71.42 Pasto Salud - Pasto - Nariño 79950146 54.44 Pasto Salud - Pasto - Nariño 80066644 68.93 Pasto Salud - Pasto - Nariño 87943832 65.62 Pasto Salud - Pasto - Nariño 91489582 60.30 Pasto Salud - Pasto - Nariño 98390683 52.19 Pasto Salud - Pasto - Nariño 98398160 46.34 Pasto Salud - Pasto - Nariño 98399561 76.95 Pasto Salud - Pasto - Nariño 98400230 56.52 En cumplimiento de lo establecido en el artículo 29 del Acuerdo que rige la Convocatoria, las reclamaciones de los aspirantes deberán presentarse por medio del aplicativo dispuesto para ello en la página web destinada para el proceso y directamente en el siguiente link: http://app.udem.edu.co/SeleccionReclamaciones/ dentro de los dos (5) días hábiles siguientes a esta publicación. RESULTADO PRELIMINAR PRUEBAS DE CONOCIMIENTOS E.S.E PASTO SALUD PASTO - NARIÑO Centro Integral de Asesorías y Consultorías Acta 390-2580-534 Página 5 de 5 En consecuencia, el aplicativo de reclamaciones estará habilitado para los aspirantes desde las 00 horas del 25 de julio hasta las 11:59 pm, del 29 de julio de 2016. NOTA: Se deja constancia que al aspirante identificado con la cédula de ciudadanía número 98260088, no se le publica resultado de la prueba escrita, toda vez que el Tribunal Administrativo de Nariño, Sala de decisión del Sistema Oral, en fallo calendado 10 de junio de 2016, REVOCA el fallo de fecha cuatro (4) de mayo proferido por el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Pasto y en su lugar NIEGA el amparo de los derechos fundamentales solicitados por el aspirante. Dado en Medellín el 24 de julio de 2016. ORIGINAL FIRMADO DIEGO ALEJANDRO MORALES OSPINA Director Centro Integral de Asesorías y Consultorías Proyectó: Pablo M. Revisó: Gloria R. Revisó: Gustavo G.
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