Guía de Estudios Organización de los Estados Americanos (OEA)

GuíadeEstudios
OrganizacióndelosEstadosAmericanos(OEA)
EstherSerruyaWeyl
FláviaBatistadaSilva
JéssicaCarreiroMatias
JúliaPastoreCintra
LorennaRezendeNavarro
NatháliaMendes
Cooperaciónregionalparalaeliminacióndelascondicionesdetrabajo
análogasaladeesclavos
1.MandatoyHistórico
La Organización de los Estados Americanos (OEA) es una organización
internacional compuesta por los 35 Estados independientes de América. Se
fundó la Organización a partir de la Carta de la OEA, siendo los miembrosfundadores los siguientes países: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia,
Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, México,
Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y
Venezuela.Enlosañosposteriores,otrosmiembrosseintegraronalmecanismo
regional, como Trinidad y Tobago, Jamaica, Surinam, Dominica, Santa Lucía,
Antigua y Barbuda, San Vicente y las Granadinas, Bahamas, St. Kitts y Nevis,
Canadá,BelizeyGuyana(OEA,2016).
ComopuestoporlaCartadelaOEA1,laorganizaciónbuscaatravésdesus
pilares esenciales – democracia, derechos humanos, seguridad y desarrollo –
promoverenlaregiónlapaz,lademocraciayeldesarrolloeconómicoycultural,
preveniryresolverconflictosentrelospaísesmiembros,ademásdeerradicarla
pobreza y limitar el uso de armamentos para que se obtenga un desarrollo
sostenibleysocialdelospaísesdelaregión(OEA,2016).Así,comoapuntadoen
elartículounodelaCarta,losestadosmiembrosyratificadores
consagran en esta Carta la organización internacional que han
desarrollado para lograr un orden de paz y de justicia, fomentar su
solidaridad, robustecer su colaboración y defender su soberanía, su
integridad territorial y su independencia. Dentro de las Naciones
Unidas, la Organización de los Estados Americanos constituye un
organismoregional(OEA,2016,p.01).
PormediodelaAsambleaGeneraldelórgano,lainstanciamáximadela
Organización, cada estado miembro tiene su representación y un voto.
1Disponibleen:http://www.oas.org/dil/esp/tratados_A-
41_Carta_de_la_Organizacion_de_los_Estados_Americanos.htm
1
Generalmente, las reuniones son anuales, al menos que dos tercios de las
delegaciones decidan por tener encuentros excepcionales. Además, en estas
reunionessondeliberadasdiversastemáticas,comoelpapeldelosmiembrosen
laorganización,lasdisposicionesgeneralesacercadelacooperacióneconómica,
social y cultural y la aprobación de informes y programas para la región (OEA,
2016).
Durante los debates, el idioma oficial puede ser inglés o español,
dependiendo del país sede. Para la apertura de los debates es necesario la
mayoría simple de los presentes, en cuanto que los procesos de votaciones
exigen dos tercios para lograren éxito. La organización funciona por medio de
unalistageneraldeoradores,dondecadadelegaciónpodráañadirsunombrey
hablar. Por fin, si no es posible el consenso con relación a las decisiones del
comité, el alzado de las pancartas y el voto de la mayoría prevalecen (OEA,
2016).
2.EstudiodeCaso
ElSistemaInteramericanodeproteccióndelosderechoshumanosnació
en el seno de la Organización de los Estados Americanos. Compuesto por la
Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) y por la Corte
InteramericanadelosDerechosHumanos(CorteIDH),lamisiónespromoverla
proteccióndelosderechoshumanosenelcontinenteamericano,deacuerdocon
la Convención Interamericana de los Derechos Humanos y Declaración
InteramericanadelosDerechosHumanos,yresponsabilizarlosEstadosporlas
violaciones (Salvioli, 2007). El caso Hacienda Brasil Verde vs. Brasil fue la
primeradenunciacontraelEstadobrasileñoquelogróalaCortearespectodel
trabajoforzado,aunqueelcasoJoséPereirayotroslogróalaComisiónperono
hubohechosefectivos.
En1994,sepresentóelprimercasobrasileñodetrabajoesclavomoderno
alaComisiónInteramericanadeDerechosHumanos.Elcaso11.289,quellevael
nombre de la víctima José Pereira, llegó a la Comisión por denuncia de las
organizaciones no-gubernamentales Americas Watch y Centro por la Justicia y
DerechoInternacional(CEJIL)contraelEstadobrasileño.Lasalegacionesfueron
la violación por parte de Brasil de los artículos I, XIV y XXV2 de la Declaración
AmericanadelosDerechosyDeberesdelHombreydelosartículos6,8y25en
conjunción al artículo 1 (1)3 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos. Con este caso, la República Federativa de Brasil reconoció la
ocurrencia de trabajo esclavo, perpetrado por agentes particulares, y también
2“ArtículoI.Derechoalavida,alalibertad,alaseguridadyalaintegridaddelapersona
ArtículoXIV.Derechoaltrabajoyaunajustaretribución.
ArtículoXXV.Derechodeproteccióncontraladetenciónarbitraria.”(DeclaraciónAmericanade
losDerechosyDeberesdelHombre,1948).
3“Artículo6.Prohibicióndelaesclavitudyservidumbre.
Artículo8.GarantíasJudiciales.
Artículo25.ProtecciónJudicial.”(ConvenciónAmericanasobreDerechosHumanos[PactodeSan
JosédeCostaRica],1969).
2
fueresponsabilizadaporlasviolacionescontralosderechoshumanos.Elcasono
logrólaCortepuesunacuerdodesoluciónamistosafuefirmado,en2003,enel
ámbitodelaComisión.Esteesunmarcoenlaluchaporcambioenlaspolíticas
brasileñascontraeltrabajoforzado(CIDH,2003).
No obstante, el Estado brasileño fue nuevamente llevado a la Comisión
Interamericana por denuncias de trabajo esclavo en una hacienda. En 1998, la
ComisiónPastoraldelaTierrayelCentroporlaJusticiayDerechoInternacional
llevaron a la CIDH el caso de la Hacienda Brasil Verde contra el Brasil, bajo
alegacionesdeviolacionesydesamparodelestado(CIDH,2011).En1989,hubo
una denuncia de trabajo esclavo y forzado y desaparición de dos jóvenes que
intentaron huir de la Hacienda Brasil Verde. Después de esa, hubo más once
denunciasqueresultaronenseisfiscalizacionesylaliberaciónde340personas
que vivían en situaciones caóticas. Ante el silencio del Estado bajo estos
ocurridos,sepuededecirquelasomisionesdelosagentespúblicosrefléjenseen
ladificultaddeerradicarestapráctica(CPT,2016).
La situación se iniciaba cuando las personas contratadas por los “gatos”,
personasqueibanalasciudadesdelostrabajadoresreclutarlos,llegabanenla
haciendaydescubríanlasdeudasrelativasatransporteyalimentaciónhastael
localdetrabajo.Ladeudaesunaformadedetenerlaspersonas,porqueconla
remuneración era imposible pagar las deudas y subsistir (CIDH, 2011). Es
necesarioresaltarlavulnerabilidaddeestostrabajadores,lamayoríaanalfabeto,
que bajo las promesas de pagamento justo, fueron expuestos a situaciones de
trabajo insalubres, en el rozo de “juquira pesada”, pagamentos insuficientes y
condiciones de vida subhumanas (CorteIDH, 2016). La documentación de los
trabajadoresfueretenidayaquellosquepodríanfirmarlohicieronenunahoja
blanca. Las condiciones de trabajo eran insalubres, muchas horas de trabajo y
muyexhaustivas(CPT,2016).
Enlasposicionesdelaspartes,lospeticionariosdestacaronque,aunque
losesfuerzosbrasileñoshubiesensidosignificantes,nofueronsuficientes,pues
muchostrabajadoresnoteníanoportunidadesdignasdeempleoevolvíanalas
haciendas.Yaelgobiernoalegóquelademorasediodebidoalacomplexidaddel
procesoydestacólasmedidasparacombatireltrabajoesclavo.Delantedeeso,
enfatizóquelosavanzosnopodríanserignoradosy,poreso,seríaexageradala
condenacióndelpaís(CIDH,2011).
Enelinforme,laComisiónconcluyóqueelEstadoeraresponsableporlas
violacionesdederechosconsagradosporlaConvenciónyporlaDeclaración.Aun
consideróqueelEstadobrasileñonoadoptómedidassuficientesparagarantizar
losderechosdelostrabajadoresrescatadosenlasfiscalizacioneshechasenlos
añosde1993,1996,1997y2000.Porfin,laComisiónrecomendónuevemedidas
tales como reparación, llevar a cabo las investigaciones, continuar con de la
implementaciónlaspolíticaspúblicasyadoptarmedidasparalaerradicaciónde
todoeltipodediscriminaciónracial(CIDH,2011).
Después de muchos intentos de acuerdo entre los peticionarios y el
gobierno de Brasil, y un desistimiento por parte del segundo, en 2015 la
ComisiónencaminóladenunciaalaCorteInteramericanadeDerechosHumanos.
3
El juzgamiento ocurrió en 18 y 19 de febrero en San José (Costa Rica), pero la
sentencia aún no ha sido publicada (CPT, 2016). No obstante, es necesario
reconocerquelasentenciaacercadeltrabajoesclavo,porserlaprimera,creará
jurisprudenciasignificativaparalospaísesdelaOEAypodráfortalecerlalucha
paraerradicaciónentodaAmérica,deformaquetraigamanerasparaidentificar,
prevenir, combatir y sancionar estas prácticas. Así, es más una forma de
proteccióndelosderechoshumanos,queesunadasmisionesdelaOEA.
3.LaimportanciadelaOEA
LaOrganizacióndelosEstadosAmericanosesunespaciodeintegración
entrelosdistintospaísesquecomponenalcontinente.Estafinalidadseexpresa
en el hecho de discutir distintas circunstancias que puedan afectar a todos los
miembros,demaneratalqueexistaunforodepuestaencomúndeaspectosque
son considerados de importancia (Importancia, 2015). Así, su relevancia es de
índolepolítica,porqueesunespacioderesolucióndiplomáticadeproblemáticas
comunesydeconflictos,asimismocomounlugardefomentoavalorescomola
pazylosderechoshumanos(Importancia,2015).
Es importante señalar que la OEA vela por los derechos de todos los
ciudadanos que vivan en el territorio americano, pudiendo interponerse entre
las decisiones políticas de los diversos Estados si considerara que han tomado
unaactitudpococlaraoabusivaconalgunodesushabitantes(Definición,2016).
Porestarazón,podemosdecirqueesunorganismoque,másalládeteneruna
finalidaddeunióncolectivaentrelospueblos,aseguraunamayortranquilidada
cualquierpersonaquepiseenelsueloamericano(Gbargues,2014).
La Organización ofrece a los Estados miembros el único espacio en que
todos los países del continente se encuentran representados en igualdad de
condiciones(Zuleta,2012).Simultáneamente,laOEAhasidocapazdeapoyarese
procesodesdelospuntosdevistatécnico,administrativoyjurídico.Unavezque
selogranacuerdosentrelosEstados,laOEApuedeayudaratransformardichos
acuerdos en instrumentos jurídicos que entregan a los Estados mecanismos de
implementaciónysupervisión(Zuleta,2012).
El diálogo multilateral de los países de la región es hoy más rico que en
ningún otro momento de la historia. Sobre el final del siglo, gran parte de las
amenazasydelosdesafíosqueenfrentanlospueblosdemandanunarespuesta
colectivayunaestrechacooperacióndelospaísesatravésdelasorganizaciones
internacionales(Zuleta,2012).
LaOrganizacióntieneunfuturopromisorioylaresponsabilidaddeseguir
lo que fue acordado en la agenda interamericana4 elaborada por los Estados
miembros.ComodijoJonathanZuleta(2012,p.180):
LaobradelaOrganizaciónenlosúltimoscincoañoshasidosumamente
fecunda. Han sido tiempos de intenso trabajo, tiempos en que
asumimosdiversoscompromisosparalaacción,tiemposenlosquese
cristalizaron iniciativas y en los que, en un marco de austeridad y de
4Disponibleen:https://www.oas.org/pt/41ag/docs/agenda.doc
4
escasezderecursos,hemosavanzadoenelprocesodemodernizacióny
de revitalización de la agenda interamericana. Sin embargo, el
fortalecimiento de la OEA requiere un constante esfuerzo de
transformación y de adaptación al ritmo de la integración
interamericana,quelepermitaconvertirseenunainstitucióndinámica,
más competitiva y más flexible, capaz de aprovechar las nuevas
oportunidadesydedarrespuestaalosnuevosdesafíosdecaraalsiglo
quecomienza
Sobre eliminación del trabajo forzoso ,es de conocimiento que, los
avances logrados en la región de América Latina y el Caribe no son todavía
suficientes. Sin embargo, han sido desarrollados importantes esfuerzos que
deben ser apoyados y promovidos. El trabajo forzoso constituye una grave
violacióndelosderechoshumanosydelosderechosfundamentaleseneltrabajo
(OIT,2015).
La OEA deberá ser el ámbito en el que se promueva la elaboración de
nuevos instrumentos y el perfeccionamiento de los existentes, para impulsar o
coordinar la acción colectiva en relación con temas de interés común, como el
trabajoforzoso,oparaprevenirosolucionarlascontroversiasquepuedansurgir
(Zuleta,2012).
4.Posicionamientodelospaíses
4.1.Argentina
La República Argentina es un país con grande número de trabajadores
esclavos,siendo0,18%delapoblaciónargentina.(Walkfreefoundation,2014).
Muchosestánenlaindustriatextilyporestaserensumayoríainformal,hayuna
grande parte de los trabajadores del país en condiciones análogas a la de
esclavos.Muchasdeestaspersonassonmigrantesbolivianos,perohaymuchos
argentinos de las provincias nordestinas (El mundo, 2012). En el país, las
cuestiones raciales traen influencias para la invisibilidad del trabajo esclavo
moderno, pues históricamente los negros e indígenas fueron esclavizados y
cuando lograran la libertad, no hubo ninguna ayuda, quedándose en la margen
de la sociedad (La capital, 2015). Por eso, el trabajo esclavo en talleres
clandestinos moviliza una grande parte de la economía. Allá del trabajo en
talleres, hay la explotación sexual de personas traficadas de países cercanos,
comoParaguay,BrasilyChile(USStatedepartment,2010).
El gobierno de Buenos Aires, capital de Argentina, tiene una campaña
llamada “Trabajo esclavo mata” y ofrece un teléfono para denuncias de trabajo
esclavoparafinesdeerradicacióndelcrimen.Sinembargo,lasluchassoncontra
lasmafiasinternacionalesdelaindustriatextil,quesonmuysignificativasenel
contexto argentino. Sino es necesario decir que Argentina ha ratificado los
tratadosinternacionalesdelaOITcontraeltrabajoforzado(OIT,2016)ytiene
responsabilidades internacionales que deben ser suscitadas en caso de
descumplimiento.
4.2.Bolivia
5
Aunque en Bolivia la Constitución, en su artículo 5, garantice la
eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio, en la práctica
todavíaexistenmuchoscasosdeesclavitudmodernaenelpaís.Elpaíspresenta
tres ámbitos principales de casos de trabajo forzoso: i) en la producción de
azúcar, que viola los derechos de 20,000 campesinos indígenas, sujetos a un
sistemaviciosodeendeudamiento;ii)enlaproduccióndenuecescastañas,que
con31,250trabajadoresalaño,tieneunasituaciónsimilaralaanterior;yiii)en
las haciendas del Chaco en la área andina, que con 7,200 trabajadores con
derechosvioladoseselcasomásflagranteyviolatoriodederechoshumanosen
el país (Hauchère, 2006). Como en diversos otros países de Latinoamérica, el
trabajoforzosoafectaparticularmentealapoblaciónindígena(Hauchère,2006).
Además, al fin de 2014, la ONG Human Rights Watch (HRW) ha
denunciado la existencia en Bolivia de varias leyes que "son incompatibles con
las obligaciones internacionales de derechos humanos asumidas" por el país y
que"constituyenunrevésparalagarantía”deestosderechos(Figueiredo,2014,
“ONG pede que Bolívia revise leis que contrariam direitos humanos”, para. 1).
Porejemplo,unadelasleyesmáscriticadaspermitealosniñosde10añosque
trabajen,loqueconstituyeunaviolacióndelConvenio182delaOIT,ratificado
por Bolivia (Figueiredo, 2014). Entre las medidas administrativas, sociales y
educacionalesqueelgobiernoadoptóparacombatireltrabajoforzoso,existeel
Códigodelniño,niñayadolescente(EstadoPlurinacionaldeBolivia,2014).
4.3.Canadá
CanadáeselpaísdelasAméricasconelmásbajoporcentual(0,013%)de
personas en trabajo esclavo moderno. Es también un de los países en que la
responsabilidad gubernamental es más fuerte, sólo debajo de EE.UU. y Brasil
(WalkFreeFoundation,2014).Sinembargo,elpaísaúnesunasalida,tránsitoy
destinodetráficodepersonasparafinessexualesydeexplotacióndetrabajode
mujeres, hombres y niños. Los migrantes son víctimas de tráfico de personas
parafineslaborales,puesmuchasvecesentranenelpaíslegalmenteydespués
son expuestos a trabajos forzados en diversos sectores como agricultura,
construcción,yserviciodoméstico,inclusoencasasdediplomáticos.Lasmujeres
ylasniñasdecomunidadesaborígenessonespecialmentevulnerables,asícomo
las niñas del sistema de protección de niños, además de mujeres, hombres y
niños canadienses que son sexualmente explotados dentro del país. (US State
department,2015)
En 2002, el país aprobó una ley de protección de los migrantes y
refugiados, así como criminalizó el contrabando de emigrantes. Mientras tanto,
elinformeestadunidensede2010reconocióelcrecimientodelasacusacionesde
tráficodepersonasydelaproteccióndelasvíctimas.Todavíaalególadificultad
deobtenerestadísticassobrelatrataanteladescentralizacióndelosesfuerzos
gubernamentales(USStatedepartment,2010).En2015,esteinformereforzóla
manutencióndelosesfuerzoscanadiensesenlasacusacionesydestacólamejora
en las denuncias sobre la explotación sexual, pero reconoció que las medidas
sobre tráfico laboral no fueron tan efectivas cuanto para el tráfico sexual (US
State department, 2015). Por fin, Canadá no ha ratificado la Convención
6
Interamericana de los Derechos Humanos y, así, la Corte IDH no tiene
jurisdicciónsobreelpaís(OEA,2016).
4.4.Colombia
SegúnlaOrganizacióndelasNacionesUnidas(ONU),enColombiaexisten
múltiples modalidades de esclavitud (ONU, 2016). Entre las principales se
destaca las actividades domésticas, la prostitución forzada, y las actividades de
agenciasdemodelosqueengañanpersonascontrabajosenelexterior,además
delatratadepersonasydelosmatrimoniosforzados(TRIP,2008).Enestudios
recientes, la Organización Internacional de Migración (OIM) ha apuntado la
existenciademás4milniñosensituacióndeexplotaciónymásde41casosde
esclavitud laboral en el país (Sarralde, 2013). La mayoría de las víctimas son
mujeres y niños, que están en situación de inestabilidad económica y familiar
(Corporaciónespaciosdelamujer,2016).
Conelobjetivodemejorarlascondicioneslaboralesdeloscolombianos,
elgobiernoharatificadodiversostratadosinternacionalesquebuscanerradicar
la esclavitud: la Convención de 1926 acerca de la esclavitud moderna5, el
Convenio relativo al trabajo esclavo u obligatorio6, la Declaración Universal de
los Derechos Humanos y la Convención de Palermo7 (TRIP, 2008; OIT, 2016).
Internamente,elpaíshacreadoelComitéInterinstitucionaldeLuchaencontra
la trata de personas, que es responsable por prevenir, investigar y ofrecer el
mejor tratamiento a las víctimas de la trata. Este comité ha, incluso,
institucionalizadouncentrodejurisdicciónqueanalizaloscasosyquefiscaliza
la existencia del crimen en el país. Por último, se puede destacar la actual
legislación colombiana, que posee mecanismo específicos para los casos de
trabajosanálogosalaesclavitudyparalatratadepersonas(TRIP,2008).
4.5.ElSalvador
ElSalvadoresunpaísdeAméricaCentralquehasidomuyafectadoporel
trabajo análogo a lo de esclavos. La falta de buenas condiciones laborales para
los trabajadores influye muy intensamente en el problema, típico de países de
Latinoamérica (Echandi, 2012). El trabajo esclavo moderno en El Salvador es
identificadoprincipalmenteporlaservidumbredoméstica,eltrabajoforzosoyla
esclavitudsexual,muypresenteenelpaís.EnunarecientevisitaaElSalvador,
una experta en derechos humanos de las Naciones Unidas apuntó que el país
necesita incluir una iniciativa de protección a los menores involucrados en
trabajopeligrosooforzosoquehacenactividadesilícitasparapandillas,asícomo
niñasymujeresquesonvíctimasdelatratasexual(Myiares,2016).
ElSalvadoresunpaísquetambiénenfrentamuydecercaelproblemade
la trata de personas para fines de esclavitud. Datos de una investigación hecha
porelgobiernoafirmanqueElSalvadorsehatornadounpaísdetránsito,origen
y destino para el comercio sexual, tanto a nivel interno cuanto a nivel
5Disponibleen:http://direitoshumanos.gddc.pt/3_9/IIIPAG3_9_1.htm.
6Disponibleen:http://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?p=NORMLEXPUB:1:0::NO:::
7Disponibleen:
http://www.unodc.org/documents/peruandecuador/Publicaciones/tocebook.pdf.
7
internacional, en especial de mujeres y niñas (Salvador, 2011), por lo tanto la
luchacontraeltrabajoesclavosalvadoreñonecesitavenirladoaladoalalucha
contralatratadepersonas.Sinembargo,elgobiernoenfrentaeseproblemacon
campañas de educación y en la esfera criminal, con una penalidad de cuatro a
ochoaños(Salvador,2011).
4.6.EstadosUnidos
LosEstadosUnidosdeAméricafueronunodelosprimerospaísesaabolir
laesclavituddelosafricanos,influenciandodiversosotrospaísesaerradicaresa
forma clásica de esclavitud. No obstante, la historia de los EE.UU. con la
esclavitud no terminó; de hecho se desarrolló de una forma distinta y hoy se
estima que 60.000 personas sufren con la esclavitud moderna en los Estados
Unidos todos los años (OIT,, 2012). Las personas víctimas de trabajo esclavo
estánenmuchaspartesdelsistemalaboralnorteamericano–enlaindustriade
alimentos, de ropas, la servidumbre sexual, doméstica y rural, además de ser
común la presencia de extranjeros en situaciones de trabajo análogo a lo de
esclavos(OIT,2012).
Elgobiernoamericanoesbastanteactivointernamente,enlaluchacontra
laesclavitudmoderna.Sondiversaslascampañasparacrearatenciónaltemae
investigar situaciones de trabajo esclavo; el departamento de Seguridad
Nacional, por ejemplo, ha desarrollado un importante proyecto llamado Blue
Campaign, que fue reconocido por las Naciones Unidas como un ejemplo a ser
seguido en combate al trabajo esclavo asociado a la trata de personas
(DepartmentofHomelandSecurity,2016).
No obstante el esfuerzo interno del gobierno, los EE.UU. reciben críticas
pornohaberfirmadolosconveniosdelaOITsobreeltemadeprotecciónlaboral
(CSI,2008)yporsuconceptoliberaldemercado,quepermiteelcrecimientode
una industria de tercerización. Otro interesante aspecto a comentar sobre los
E.E.U.U en este comité es que el país no ha ratificado la Convención
Interamericana de los Derechos Humanos. Eso significa que la Corte
Interamericana de Derechos Humanos, importante mecanismo de la OEA para
vigilarlospaísesamericanos,notienejurisdicciónsobreelpaís(OEA,2016).
4.7.Mexico
Según la Comisión Nacional de Los Derechos Humanos (CNDH), a cada
añomillaresdemexicanossonvíctimasdealgunaformadeesclavitudmoderna
(Gibson,2013).Latratadepersonas,eltrabajoinfantil,losmatrimoniosforzados
yelturismosexual,puedensercitadoscomolasvariantesprincipalesenMéxico,
donde hombres, mujeres y niños son degradados a la forma de mercancía
(Gibson, 2013). Según datos del Fondo para la Infancia de las Naciones Unidas
(UNICEF), México es considerado un “foco rojo” en relación al trabajo esclavo
infantil: solo en el último año más de 400 niños fueron rescatados de tales
condiciones,perolosnúmerostotaleslleganamásde2millonesdeinfantesen
condicionesdeservidumbreenelpaís(Otero,2015).
Por otro lado, la Constitución mexicana explicita en sus artículos la
prohibición integral de todas las formas de esclavitud, lo que incluye la
8
esclavitud, la servidumbre y el trabajo forzoso (Martínez, 2013). A nivel
internacional,elpaísratificalosprincipalesacuerdosreferentesalaerradicación
delostrabajosanálogosalaesclavitud,desdelaConvenciónsobrelaEsclavitud
de 1930 hasta la Convención de los Derechos Humanos Americanos (Martínez,
2013). Una medida adoptada por el gobierno mexicano fue la implementación
de la edad mínima para la admisión en el primer empleo. La ley fue
institucionalizada con base en el Convenio 138 de la OIT acerca del trabajo
infantil,quebusca,entreotrascosas,laeliminacióndelasformasmodernasdela
esclavitudenMéxico(OIT,2015).
4.8.CostaRica
Costa Rica es una fuente de tránsito y destino de hombres, mujeres y
niños víctimas de la trata con fines de explotación sexual y de trabajo forzoso.
LosresidentesdelazonanorteylacostacentraldelPacíficosonespecialmente
vulnerables a la trata interna con fines sexuales (EEUA-CR, 2014). Las
autoridadeshanidentificadocasosdeadultosqueusanniñosparaeltráficode
drogas-algunosdeloscualespuedeninclusoservíctimasdelatrata.Elturismo
sexual infantil es un problema grave, con turistas del sexo que llegan
principalmente de los Estados Unidos y Europa. Los hombres y los niños de
otrospaísesdeAméricaCentralydelospaísesasiáticos,entreellosChina,están
sometidos a condiciones de trabajo forzoso en Costa Rica, especialmente en la
agricultura, la construcción, la pesca y los sectores comerciales. También hay
informesdepanameñosindígenasquesonvulnerablesaservíctimasdetrabajos
forzososenlaagriculturaenCostaRica(EEUA-CR,2014).
ElgobiernodeCostaRicanocumpleplenamenteconlasnormasmínimas
para la eliminación de la trata; sin embargo, está haciendo esfuerzos
significativos para lograrlo (EEUA-CR, 2014). En 2013, las autoridades
condenaron un mayor número de infractores de la trata de personas en
comparación con el año anterior, y se la ha creado una unidad fiscal
especializadaparalatratayeltráficodepersonas.8Losserviciosalasvíctimas
sigueninsuficientes;sinembargo,elgobiernohapresupuestadofondosparaque
unaorganizaciónnogubernamentalconstruyaunalberguededicadoavíctimas
de la trata y estableció un fondo, que recoge aproximadamente $ 1.4 millones,
destinadoenparteparaasistenciaalasvíctimasdelatrata(EEUA-CR,2014).La
capacidad del gobierno para identificar de forma proactiva y asistir a las
víctimas, en particular fuera de la capital, se mantuvo débil. Las autoridades
siguencareciendodeunaformaadecuadaderecoleccióndedatosenloscasosde
trata de personas y de una categorización general en los casos de trata que no
implicaneldesplazamientodelavíctimacomoenotrosdelitos(EEUA-CR,2014).
4.9.Cuba
El país es muy conocido por sus acuerdos bilaterales, firmados con un
númerodepaísesparalosquesehacomprometidoaCubaproporcionarmano
especializada en varias áreas de trabajo. Pero estos acuerdos, como señala la
8http://www.ilo.org/lima/programas-y-proyectos/WCMS_240392/lang--es/index.htm
9
Coalición Sindical Independiente de Cuba (CSIC), pueden cambiar su carácter
voluntarioalodetrabajoforzosoyprivacióndelibertad,notablementecuando
lostrabajadoreslleganalpaísdedestinoysusdocumentossonretenidos(CSIC,
2014). Además que no pueden elegir su lugar de residencia o denegar las
condiciones de trabajo, y que sólo se les paga una porción muy pequeña del
salario acordado (CSIC, 2014). El gobierno se defiende diciendo que las
condicionesdetrabajoylosacuerdossalarialessondiscutidosconeltrabajador
antesdesusalidadeCuba(RepúblicadeCuba,2014).
Además, en 2014, Cuba adopto un informe que aplica una política de
toleranciaceroconlatratadepersonasyotrasformasdeabusosexual;coneso
los Estados Unidos han retirado Cuba de su lista de países que no hacen lo
suficienteparacombatirestasviolaciones(ElMundo,2015).
4.10.Panamá
Panamáesunpaísdeorigen,tránsitoydestinoparahombres,mujeresy
niñosvíctimasdelatratasexualyeltrabajoforzoso.Lamayoríadelasvíctimas
enelpaís(ensumayoría,mujerescolombianas)sonexplotadasenlatratasexual
dentro del país – razón por la cual se dice que Panamá es un polo atractivo de
turismosexual.LamayoríadelasotrasvíctimasdeltrabajoforzosoenPanamá
sonhombressujetosatratalaboralenáreasdeconstrucción,agriculturayotros.
Incluso, un caso muy conocido es el de los chinos sujetos a servidumbre por
deuda en lavanderías y pequeños comercios (EE.UU., 2015). Todavía, el país
presentacasosdetrabajoforzosoenrestaurantesydeventaadomicilio(EE.UU.,
2015).
Elgobiernohaadoptadomedidascomounalíneadeayudaparareportar
casos de trata, en junio de 2015, pero no hubo financiamiento de servicios
especializados a las víctimas de trata. Además, la Comisión Nacional Contra la
TratadePersonasestáimplementandoelplannacionalprevistode2012hasta
2017ycomenzóareunirsemásregularmente,mismoqueconpocosresultados
notables (EE.UU., 2015). En la Constitución panameña son apuntados tres
dispositivosaeliminartodaslasformasdetrabajoforzoso:(i)todapersonatiene
el derecho de escoger libremente su trabajo; (ii) todo empleador debe
abstenersedeincurrirenactosquepudieransignificarunmaltratodepalabrao
de obra o bien, afectar su la dignidad y decoro de los trabajadores; y (iii) el
trabajador puede dar por terminado su contrato en cualquier momento (OIT,
2012).Además,en2013,elgobiernohaadoptadolaLeysobreeltráficoilícitode
migrantes y actividades conexas, creando un fondo específico para asistencia a
lasvíctimasdetrata,elquesignificaunavanceenelcombatecontraeltrabajo
forzoso,yaquesoncuestionesentrelazadas(EE.UU.,2015).
4.11.Ecuador
Ecuador está entre los 100 países que más poseen personas víctimas de
esclavitud en el mundo (Amoroso, 2012). El crimen de la trata y de la
prostituciónforzadasonlosmáscomunesenelpaís,dadoquelademandapor
esos“servicios”esaltaentrelosecuatorianos(Amoroso,2012).Ademásdeeso,
el trabajo infantil es muy presente en el país – casi 8,6% de los niños están en
10
condición análoga a la esclavitud (UNICEF, 2014). En verdad, es necesario
apuntarqueEcuadoresunpaísdeorigenytránsitodelosflujosmigratorios,lo
quepuedeexplicarlosaltosnivelesdepersonasvíctimasdelturismosexualyde
latrata(UNODC,2014).
Con relación al trabajo infantil, el gobierno ecuatoriano, en cooperación
conalgunasempresasprivadas,hacreadounaReddeEmpresasporunEcuador
LibredelTrabajoInfantil,queestablecereglasdeprocedimientoalasempresas
del país con relación a la admisión de los niños (UNICEF, 2014). La Red fue
creada en 2012, y cuenta con muchos apoyadores regionales, tales como
ColombiayBrasil–enesteúltimo,sehaintentadoinstitucionalizarunproyecto
similaranivelnacional(UNICEF,2014).Asimismo,paracombatirelproblemade
latrata,Ecuadorhaelaboradopolíticaspúblicasquevisanproteger,investigary
erradicar el problema en el país (Ministerio del Interior, 2016). A nivel
internacional,laRepúblicadelEcuadorbuscamantenersuposicióndedefensaa
los derechos humanos por intermedio de la ratificación de variados acuerdos
internacionales, tales como la Convención 29 de la ONU y la declaración
universaldelosDerechosHumanos(OIT,2016).
4.11.Perú
En Perú, el trabajo forzoso víctima a diferentes grupos humanos en
diversos sectores productivos. Diversas fuentes indican la existencia de
situaciones de trabajo forzoso también en varios sectores o actividades
económicasenPerú(ACTF,2013).Noobstante,delainformacióndisponiblese
puedededucirqueenelcasoperuanoeltrabajoforzosoafectaprincipalmentea
los grupos más vulnerables de la sociedad, por estar en situación de extrema
pobreza,notenercapacidadparaejercersusderechosmásbásicosyporseraún
víctimas de formas extremas de discriminación, especialmente las poblaciones
indígenasymujeres(ACTF,2013)Deotraparte,entrelosfactoresquetambién
merecendestacarse,estánlafaltadesensibilizacióndeautoridadesypoblación
en general, la informalidad, la ausencia de educación, la falta de capacitación
para desarrollar labores productivas vinculadas con el mercado, la ausencia de
servicios públicos, la corrupción, la carencia de instituciones coercitivas a los
agresores, la falta de difusión en medios de comunicación, entre otros(ACTF,
2013).
El gobierno peruano llevará adelante un plan9 para combatir el trabajo
forzoso en la extracción de madera y minería, con la ayuda de especialistas
brasileños y el apoyo financiero de Estados Unidos (USDOL, 2012). Ante la
vulnerabilidad de este derecho, el Estado Peruano tiene entre sus objetivos la
implementación de políticas que garanticen la libertad de trabajo de todos los
ciudadanos, eliminando formas denigrantes de trabajo, como lo es el trabajo
forzoso.Parahacerfrenteaestaproblemática,secreólaComisiónNacionalpara
laLuchacontraelTrabajoForzoso,instanciamultisectorialdecoordinaciónyde
carácter permanente, presidida por el Ministerio de Trabajo y Promoción del
9Disponibleen:http://www.ilo.org/lima/programas-y-proyectos/WCMS_240392/lang--
es/index.htm
11
Empleo, y conformada por representantes de los otros Ministerios y por
representantes de las organizaciones con más cantidad de trabajadores y de
empleadores.EstaComisiónNacionales,enlaactualidad,unadelasprincipales
herramientasdelEstadoPeruanoparahacerfrenteaestaterribleproblemática
quevulneraladignidaddemilesdepersonas(ACTF,2013).
4.12.Uruguay
Uruguay es un país de pequeña población y que ha desarrollado en los
últimos años una fuerte política de apoyo a los derechos humanos en
Latinoamérica.En2006,Uruguayinaugurósuprimercódigodederecholaboral,
siendohoyunodelospaísesconmásgrandeprotecciónlegislativaaltrabajador
(Uriarte, 2006). No obstante, Uruguay no es inmune al trabajo en situación
degradante y análoga a la de esclavos. Denuncias hechas para la fiscalía de la
Naciónafirmanquetrabajadorescampestressufrenconelproblemadetrabajo
esclavoenplantacionesforestalesenUruguay(Amorin,2012).
Lafiscalíauruguayaresponsableporelcombatealtrabajoanálogoalode
esclavosatribuyeeltrabajoesclavomodernoalafaltaderesponsabilidaddelas
empresas y del gobierno en vigiarlas, además de la dificultad de organización
sindical del trabajador campestre (Amorin, 2012). En el ámbito internacional
Uruguay ha firmado distintos tratados de combate al trabajo esclavo, como el
Convenio Internacional del Trabajo n. 105 (OEA, 2005), comprometiéndose
entoncesaerradicartodaformadetrabajoesclavoensuterritorio.
4.13.Paraguay
EnParaguayhay14.800personasensituaciónanálogaalaesclavitud,lo
que corresponde a cerca de 0,2% de la población del país. Tratase de un país
relativamente vulnerable a la esclavitud, problema debido, principalmente, a la
baja estabilidad del gobierno (Walk Free Foundation, 2014). Las principales
formas de situaciones análogas a la de esclavitud en el país son la explotación
sexual,eltráficodemenores,elempleoforzado,losniñossoldadosylosgrupos
indígenasafectadosporeltrabajoesclavo(Anti-SlaveryInternational,2006),lo
que se muestra muy recurrente ya que la mayor parte del país es formada por
indígenas.
Paraguay muestra gran represión contra esas actividades, encabezado,
principalmente, pela presencia, en ese país, de un fuerte sistema judiciario.
Paraguay se muestra un gran ejemplo ya que, mismo con una economía
relativamente flaca, hay un gran avance en la represión de la esclavitud (Walk
Free Foundation, 2014). Entre las actividades de prevención más importantes
realizadas por el país están las jornadas de sensibilización, capacitación a
inspectores, visita a establecimientos rurales e investigación con el objetivo de
fortalecerlaerradicacióndeltrabajoinvoluntario(OIT,2009).
Las acciones para prevenir la esclavitud son parte de los compromisos
asumidos pelo país con relación al Programa Nacional de Trabajo Decente
(PNTD), firmado en 2009 con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Paraguay también es parte de diversos acuerdos internacionales, como la
ConvencióndelasNacionesUnidassobreEsclavitudde1926,elConveniosobre
12
las Peores Formas de Trabajo Infantil de 1999 (núm. 182), pero un punto
negativoesqueelpaísnoessignatariodelaConvenciónSuplementariasobrela
AbolicióndelaEsclavitudde1956(Anti-SlaveryInternational,2006).
4.14.Chile
Chile posee un porcentaje de 0,2% de personas en situación de trabajo
esclavo, lo que corresponde a aproximadamente 36.900 personas en esa
situación.Unadelasmanerasmástípicasenqueestoocurreeslaprostitución
forzada. Otros trabajan infinitas horas en galpones escondidos recibiendo casi
ningún pago (Walk Free Foundation, 2014). Además, algunos expertos afirman
queChilehoyhasetransformadoenunopontodeorigen,tránsitoydestinode
ungrannúmerodeesclavos(Jarroud,2013).
Apesardeeso,lascondicionesgeneralesenChilesonmuybuenas,loque
haceconquelavulnerabilidaddelpaísatrabajosanálogosaldeesclavosseamás
baja, principalmente en razón de la fuerte adhesión a la Carta de los Derechos
Humanos (Jarroud, 2013). Todavía, solo en 2011 Chile ha incorporado una
normativaqueabordaeldelito:laLey20.507actualizóelCódigoPenalchileno
para incluir las formas de trata, tanto la con fines laborales como el tráfico de
migrantes (Jarroud, 2013). No obstante, las respuestas del país a los casos de
esclavitud no han tenido fuerza y destaque, aunque el país tenga un robusto
sistemajudiciario(WalkFreeFoundation,2014).
El país también ha adherido al Convenio sobre las Peores Formas de
Trabajo Infantil de 1999 y al Convenio sobre el Trabajo Forzoso de 1930.
Además, en 6 de noviembre de 2008, el Gobierno de Chile ha creado un
ProgramaNacionaldeTrabajoDecente(PNTD)paraelpaís,conelpropósitode
desarrollar un conjunto de políticas y acciones para el ámbito sociolaboral por
medio de las cuales se pueda garantizar el acceso a trabajos productivos y
adecuadamenteremuneradosyqueprotejanlosderechosfundamentalesdesus
habitantes,comolaseguridadysaludeneltrabajo(OIT,2008).
4.15.Brasil
EnBrasil,elmayorpaísdelaAméricaLatina,fueronregistradasdiversas
ocurrenciasdetrabajoesclavo.Lasprincipalesformasdeesclavitudpracticadas
sonlaexplotaciónsexual,eltráficodemenores,elempleoforzadoylosniñosen
eltrabajodoméstico(Anti-SlaveryInternational,2006).Elnúmeroestimadode
personasensituacióndeesclavitudenelpaísesde155.300,loquerepresenta
0,0775% de toda población del país (Walk Free Foundation, 2014). Aun así,
Brasilesreconocidointernacionalmentecomounreferencialenelcombateala
esclavitudmoderna(ElNuevoDía,2015).
Según el Índice Global de Esclavitud, Brasil es uno de los países que ha
desarrollado políticas más agresivas contra el trabajo esclavo, como, por
ejemplo, un programa nacional que incentiva a los negocios a boicotear los
proveedores que practican explotación laboral. Aun así, es necesario que haya
unalegislaciónmásestrictaymayoresesfuerzosdeaplicacióndelasleyescontra
los grupos criminales (Gurney, 2014). En los últimos 20 años, las autoridades
brasileñashanliberado49.353obrerosensituaciónanálogaalaesclavitudy,en
13
el año de 2014, se han rescatado 1,674 trabajadores en situación precaria,
principalmenteenlossectoresdeconstruccióncivilyagricultura(ElNuevoDía,
2015).Además,Brasiltieneuna“listasucia”enlacualpublicalosnombresdelas
empresas que se benefician con el trabajo esclavo en el país. (Walk Free
Foundation,2014).
Brasilsecomprometióacombatireltrabajoencondicionesanálogasala
esclavitud por medio de la firma de diversos instrumentos del derecho
internacional, como la Convención de las Naciones Unidas sobre Esclavitud de
1926,laConvenciónSuplementariasobrelaAbolicióndelaEsclavitudde1956,
enConvenion.29sobreelTrabajoForzosouObligatoriodelaOITde1930,el
Convenio n. 105 sobre la Abolición del Trabajo Forzoso, entre otros. El país ha
adecuado su legislación para proteger los trabajadores de las situaciones
precarias de esclavitud y para que hayan sanciones realmente eficaces (OIT,
2010).
5.Referencias
AliançaContraelTrabajoForzoso[ACTF](2016).ComisiónNacionalparaLucha
contra
el
Trabajo
Forzoso.
Disponible
en:
http://www.trabajo.gob.pe/trabajo_forzoso/tf_peru.html Acceso en 30 de
abrilde2016
Amorin,Carlos.Uruguay,PaísForestal(2012).Disponibleen:http://www6.reluita.org/agricultura/uruguay/forestacion/trabajo_esclavo.htm. Acceso en
07deMayode2016.
Amoroso, A. Trata de personas, esclavitud moderna. (2012). Extra. Disponible
en:
http://www.extra.ec/ediciones/2012/05/01/cronica/trata-de-personas-esclavitud-moderna/.Accesoen07deMayode2016.
Coalición Sindical Independiente de Cuba. (2014). Direct Request (CEACR).
GeneralCommentsForcedLabourConvention,1930(No.29).In:104thILC
session.
Disponible
en:
http://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?p=NORMLEXPUB:13100:0::NO:13
100:P13100_COMMENT_ID:3187939:NO.Accesoen26abril,2016.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos [CIDH] (2003). Caso José
Pereiravs.Brasil.Soluciónamistosaen24deoctubrede2003Disponible
en: https://cidh.oas.org/annualrep/2003port/Brasil.11289.htm Acceso en
30deabrilde2016
______.(2011).CasoHaciendaBrasilVerdevs.Brasil.InformedeFondoen03de
noviembre
de
2011
Disponible
en:
http://www.oas.org/es/cidh/decisiones/corte/2015/11566FondoPt.pdf
Accesoen30deabrilde2016
Comisión Pastoral de la Tierra [CPT] (2016). Julgamento do Brasil na OEA: O
primeiro julgamento da Corte relacionado a Trabalho Escravo
contemporâneo.
Disponible
en:
http://www.cptnacional.org.br/index.php/publicacoes/noticias/trabalhoescravo/3089-julgamento-do-brasil-na-oea-o-primeiro-julgamento-dacorte-relacionado-a-trabalho-escravo-contemporaneo. Acceso en 30 de
abrilde2016
14
______. (2016). Caso de trabalho escravo faz OEA pôr Brasil no banco dos réus.
Disponible
en:
http://www.cptnacional.org.br/index.php/publicacoes/noticias/trabalhoescravo/3115-caso-de-trabalho-escravo-faz-oea-por-brasil-no-banco-dosreusAccesoen30deabrilde2016
Confederación Sindical Internacional [CSI]. (2008). Trabajo Forzoso. Disponible
en http://www.ituc-csi.org/IMG/pdf/mini_guide_CL_final_ES-2.pdf. Acceso
en30deabril,2016.
CorporaciónEspaciosdelaMujer.(2016).LatratadepersonasenColombia:la
esclavitud
moderna.
Disponible
en:
http://www.tipheroes.org/media/1597/la-trata-en-colombia.pdf. Acceso
en07deMayode2016.
CorteIDH. (2016. 07 junio) Diligencia in situ. Caso Trabajadores de la Hacienda
Brasil Verde Vs. Brasil. Parte 1. [Video File]. Disponible en:
https://vimeo.com/169712056Accesoen18dejuniode2016
DepartmentofHomelandSecurity,(2016).BlueCampaignExpendspartnership.
Disponible en: https://www.dhs.gov/blog/2016/02/04/blue-campaignexpands-partnerships-ahead-super-bowl-50 Acesso en 07 de Mayo de
2016.
Echandi, I.; Gonzáles, J. & Herrera, G. et al (2012). Mirando al Norte; Algunas
tendencias de la migración Latinoamerica. Disponible en:
http://www.flacso.org/sites/default/files/Documentos/libros/secretariageneral/Migraciones.pdf.Acessoen24,abril,2016.
EE.UU. (2015). Informe sobre la Trata de Personas 2015 - Panamá - Nível 2.
Disponible en: http://spanish.panama.usembassy.gov/tip15pty.html.
Accesoen29abril,2016.
El comércio (2012). Política exterior apostará por la integración y
multilateralismo.
Disponible
en:
http://elcomercio.pe/politica/gobierno/politica-exterior-apostaraintegracion-multilateralismo-noticia-1372423 Acceso en: 30 de abril de
2016
Elmundo.(2012)Argentina,tierradeltrabajoesclavo.ElMundo.Disponibleen:
http://www.elmundo.es/america/2012/06/13/argentina/1339616621.ht
ml.Accesoen:30deabrilde2016
______. (2015). Cuba deja la lista de países cómplices con el tráfico de personas.
Disponible
en:
http://www.elmundo.es/internacional/2015/07/27/55b647d046163f881
b8b4590.html.Accesoen26abril,2016.
El nuevo dia (2015). Brasil liberó a 49,353 esclavos modernos en 20 años.
Disponible
en:
http://www.elnuevodia.com/noticias/internacionales/nota/brasilliberoa4
9353esclavosmodernosen20anos-2046758/.Accesoen29,abril,2016
EstadoPlurinacionaldeBolivia.(2014)Códigoniña,niñoyadolescente.LeyNo.
548.
Disponible:
http://www.unicef.org/bolivia/Codigo_NNA__Ley_548_.pdf.Acessoen27deabril,2016.
Figueiredo, J. (2014). ONG pede que Bolívia revise leis que contrariam direitos
humanos. O Globo. Disponible en: http://oglobo.globo.com/mundo/ong
15
pede-que-bolivia-revise-leis-que-contrariam-direitos-humanos14840017#ixzz47Eo242db.Accesoen27abril,2016.
Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia [UNICEF]. (2014). Ecuador mete
un
gol
contra
el
trabajo
infantil.
Disponible
en:
http://www.unicef.org/ecuador/media_27475.htm.Accesoen07deMayo
de2016.
Gibson, R. (2013). Esclavitud Moderna. Revista Forbes. Disponible en:
http://www.forbes.com.mx/esclavitud-moderna/. Acesso en 07 de Mayo
de2016.
Gurney, K. (2014). México y Haití tienen el mayor número de ‘esclavos
modernos’
en
las
Américas.
Disponible
en
http://es.insightcrime.org/analisis/mexico-haiti-tienen-mayor-numeroesclavos-modernos-americas.Accesoen29,abril,2016.
Hauchère,A.(2008)SituacionesdeTrabajoForzosoenPeru,BoliviayParaguay.
Disponible
en:
http://white.oit.org.pe/portal/documentos/alianza_global_contra_trabajo_
forzoso_mp_peru_bolivia_paraguay.pdf.Accesoen26abril,2016.
Immigration and Refugee Protection Act (2002). S.C. 2001, c. 27. Canada.
Disponible en: http://laws.justice.gc.ca/eng/acts/i-2.5/ Acceso en: 03
mayo2016
Importancia. (2015). Importancia de la OEA. Disponible en:
http://www.importancia.org/oea.php Accesoen:29deabrilde2016
Jarroud, M. (2013). Esclavitud moderna se hace visible en Chile. Disponible en
http://www.ipsnoticias.net/2013/02/esclavitud-moderna-se-hace-visibleen-chile/.Accesoen29,abril,2016.
Kiye, M. (2006). Contemporary forms of slavery in Paraguay. Disponible en
http://www.antislavery.org/includes/documents/cm_docs/2009/c/conte
mporary_forms_of_slavery_in_paraguay.pdf.Accesoem29,abril,2016.
La capital. (2015). Acerca del trabajo esclavo. La capital. Disponible en:
http://www.lacapital.com.ar/opinion/Acerca-del-trabajo-esclavo20150511-5050.htmlAccesoen:30deabrilde2016
La nación (2016). Brasil enfrenta juicio por esclavitud ante la Corte
Interamericana.
Disponible
en
http://www.lanacion.com.py/2016/02/17/brasil-enfrenta-juicio-poresclavitud-ante-la-corte-interamericana/.Accesoen29,abril,2016.
Martínez, C. (2013). Prohibición de la esclavitud, el trabajo forzoso y la
servidumbre.
Disponible
en:
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/8/3567/15.pdf. Acces en 07 de
Mayode2016.
Ministerio del Interior. (2016). La trata de personas, esclavitud del siglo XXI.
Disponibleen:http://www.ministeriointerior.gob.ec/la-trata-de-personasesclavitud-del-siglo-xxi/.Accesoen07deMayode2016.
Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito [UNODC]. (2016).
Sobre el estado de la trata de personas en Ecuador. Disponible en:
http://www.unodc.org/documents/peruandecuador/Informes/ECUADOR
/trata_de_personas_en_ecuador_Final.pdf.Accesoen07deMayode2016.
16
Organizacón de las Naciones Unidas [ONU]. (2016). Disponible en:
https://nacoesunidas.org/.Acceso29deabrilde2016.
OrganizacióndelosEstadosAmericanos[OEA].(2016).Másderechosparamás
gente. Disponible en: http://www.oas.org/es Acceso en: 28 de abril de
2016
______. (2016). Convención Americana sobre Derechos Humanos Firmas y
Ratificaciones. Disponible en: http://www.oas.org/dil/esp/tratados_B32_Convencion_Americana_sobre_Derechos_Humanos_firmas.htm. Acceso
en03demayode2016.
OrganizaciónInternacionaldelTrabajo[OIT].(1999).Conveniosobrelaspeores
formas de trabajo infantil (num. 182). Disponible en:
http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P1
2100_ILO_CODE:C182,Accesoen17diciembre,2015.
______. (2004). Principios y derechos fundamentales en el trabajo: un estudio
sobre
la
legislación
laboral.
Disponible
en:
http://www.ilo.org/public/english/dialogue/download/panama.pdf.
Accesoen29abril,2016.
______. (2008). Decent Work Country Programme Chile. Disponible en
http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---americas/---ro-lima/---srosantiago/documents/genericdocument/wcms_178019.pdf. Acceso en 18
dejunio,2016.
______. (2009) Paraguay: Destacan avances en prevención del trabajo
forzoso. Disponible en: http://www.ilo.org/global/topics/forcedlabour/news/WCMS_142714/lang--es/index.htm. Acceso en 18 de junio,
2016.
______. (2010). Las buenas prácticas de inspección del trabajo en Brasil: La
Erradicación del Trabajo Análogo al de Esclavo. Disponible en
http://www.oit.org.br/sites/default/files/topic/labour_inspection/pub/tr
abajo_esclavo_279.pdf.Accesoen29,abril,2016.
______.(2015).Mexicoratificaelconvenio138delaOITsobrelaedadmínimade
admsión
al
empleo.
Disponible
en:
http://www.ilo.org/mexico/noticias/WCMS_359411/lang--es/index.htm.
Accesoen07deMayode2016.
______.(2016).InformationSystemonInternationalLabourStandards.Disponible
en:
http://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?p=NORMLEXPUB:1:0::NO:::.
Accesoen29deabril,2016.
______.
(2016)
Ratificaciones
de
Argentina.
Disponible
en:
http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=1000:11200:172925412077299
9::::P11200_INSTRUMENT_SORT:2Accesoen03demayode2016
Otero, S. (2015). 6 estados foco rojo en esclavitud infantil. El universal.
Disponible en: http://archivo.eluniversal.com.mx/nacion-mexico/2015/6estados-focos-rojos-en-34esclavitud-infantil-34-1092815.html. Acceso en
07deMayode2016.
República de Cuba. (2014) Direct Request (CEACR). General Comments Forced
Labour Convention, 1930 (No. 29). In: 104th ILC session. Disponible en:
http://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?p=NORMLEXPUB:13100:0::NO:13
100:P13100_COMMENT_ID:3187939:NO
17
Salvioli, F. (2007) El Sistema Interamericano de Derechos Humanos. XXXVIII
Session d́enseignement. Institut international des droits de l' homme.
Strasbourg,
France.
Disponible
en:
http://www.derechoshumanos.unlp.edu.ar/assets/files/documentos/elsistema-interamericano-de-proteccion-de-los-derechos-humanos-fabiansalvioli.pdf.Accesoen:19dejuniode2016
Sarralde, M. (2013). “Esclavitud” una actividad que no cesa en Colombia. El
tiempo.
Disponible
en:
http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-12710669.Accesoen
07deMayode2016.
Sharma, B. (2006). Contemporary forms of slavery in Brazil. Disponible en
http://www.antislavery.org/includes/documents/cm_docs/2009/c/conte
mporary_forms_of_slavery_in_brazil.pdf.Accesoem29,abril,2016.
Trip, M. (2008). Lucha contra la trata de personas: desafío para Colombia en e
siglo
XXI.
Estudios
criminológicos.
Disponible
en:
http://www.pensamientopenal.com.ar/system/files/2014/12/doctrina36
104.pdf.Accesoen07deMayode2016.
Uriarte, Oscar (2006). La nueva legislación laboral uruguaya. Disponible en:
https://www.upf.edu/iuslabor/_pdf/20064/LatinoamericaOscarErmida.pdf.Accesoen07deMayode2016.
US Department of State (2010). Trafficking in Persons Report. 2010 Disponible
en:http://www.state.gov/j/tip/rls/tiprpt/2010/142759.htmAccesoen30
deabrilde2016
______. (2015). Trafficking in Persons Report. Canada. 2015 Disponible en:
http://www.state.gov/documents/organization/243558.pdf Acceso en 30
deabrilde2016
Walk free foundation. (2014). Global Slavery Index. Disponible en
http://d1p5uxokz2c0lz.cloudfront.net/wpcontent/uploads/2014/11/Global_Slavery_Index_2014_final_lowres.pdf.
Accesoen29,abril,2016.
______.
(2014)
Argentina.
Disponible
en
http://www.globalslaveryindex.org/country/argentina/. Acceso en 03 de
mayode2016
______.
(2014).
Brazil.
Disponible
en
http://www.globalslaveryindex.org/country/brazil/. Acceso en 29, abril,
2016.
______.
(2014).
Chile.
Disponible
en
http://www.globalslaveryindex.org/country/chile/. Acceso en 29, abril,
2016.
______.
(2014).
Paraguay.
Disponible
en
http://www.globalslaveryindex.org/country/paraguay/. Acceso en 29,
abril,2016.
Zuleta, J. (2012). OEA. El Rincón del Vago. Disponible en:
http://html.rincondelvago.com/oea_2.html Accesoen:29deabrilde2016
18