BOLETÍN JUDICIAL N° 142 de la fecha 22 07 2016

Firmado digitalmente
CARLOS
por CARLOS
ALBERTO
ALBERTO RODRIGUEZ
(FIRMA)
RODRIGUEZ PEREZ
Fecha: 2016.07.21
PEREZ (FIRMA) 16:00:32 -06'00'
AÑO CXXII
La Uruca, San José, Costa Rica, viernes
julio del
lunes 1°22
dede
febrero
del2016
2016
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
PRIMERA PUBLICACIÓN
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la
Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015,
artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 79-15,
celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del
conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público
en general, que se procederá a la eliminación de Documentación
Administrativa del año 1979 al 2014 del Juzgado Contravencional
de Corredores, Zona Sur. La documentación, se encuentra remesada
y custodiada en ese Despacho.
Remesa:20789
Libros:9
Ampos:20
Agendas:5
Año:1979-2014
Asunto:
1 libro de actas de matrimonio (1979 al 1983), 1 libro de
códigos de oficina (1998), 1 libro de salidas de expedientes
a otras oficinas (1990 a 2002), 1 libro de reos (1990 a
2013), 1 libro de nombramientos de ejecutores y dineros
en apelación (2001 a 2012), 1 libro de evidencias recibidas
por la alcaldía mixta (1990 a 1992), 1 libro de control
de fichas de usuarios (2010 a 2013), 1 libro de actas de
matrimonio (1990 a 1991), 1 libro de actas, control de
entrega de remisiones de detenidos (2001 a 2013).
5 agendas de señalamientos 2 (2013), 3 (2014).
1 ampo con circulares del Poder Judicial (2000 y 2001),
3 ampo con listados de firmas 1 (2010), 1 (2013),
1 (2014), 1 ampo con informes estadísticos (2002),
registro de nombramientos (2004 a 2006), 1 registro de
firmas (2012), 1 ampo con control de agenda (2006 a
2012), 1 ampo de control anual operativo (2010 a 2012),
1 ampo con sistema específico de valoración de riesgos
(SERVI) del Poder Judicial (2009 a 2010), 1 ampo de
informe mensual (2010 a 2011), 1 ampo con informe
trimestral (2009 a 2010), 1 ampo con registros de
órdenes de entrega de placas (2007 a 2011), 5 ampos con
registros de vacaciones y nombramientos de personal 1
(2009), 1 (2010), 1 (2011), 1 (2012), 1 (2014), 1 ampo
de registro de incapacidades (2004 a 2011), 1 control
de expedientes enviados a otras oficinas en apelación
(2001 a 2012), 1 control de órdenes de entrega de placas
y de vehículos (2007 a 2013).
Dan fe que el proceso de selección en el despacho
cumplió con lo establecido en circular Nº 36-2010 de
la Secretaría General de la Corte.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar
alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección
Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera
publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.
San José, 30 de junio del 2016.
MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán
Director Ejecutivo a. í.
Exonerado.—( IN2016044028 ).
Nº 142 — 28 Páginas
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de
la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos
(C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015 de fecha 12 de agosto del 2015,
artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15
celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo LXXIX, de la Comisión
Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.)
en Acta Nº 03-2011 de fecha 16 de noviembre del 2011, artículo I y
el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 11-12 celebrada el 09
de febrero del 2012, artículo LXVII y de la Comisión Institucional de
Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión Nº 012014, celebrada el 14 de marzo del 2014, artículo VIII, y la aprobación
del Consejo Superior en Sesión Nº 47-2014, del 21 de mayo del 2014,
artículo XXXI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas,
privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación
de Expedientes de Tránsito del año 2002 a 2005, Expedientes del a
Violencia Doméstica del año 2010 a 2012, Expedientes de Faltas y
Contravenciones del año 2011 a 2013 y Expedientes de Pensiones
del año 2011 al 2013 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía
de Jicaral, Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y
custodiada en ese Despacho.
EXPEDIENTES DE TRÁNSITO:
Remesa:
W 2 P 02
Expedientes: 1
Paquetes:1
Año:2002
Asunto:
Tránsito: Infracción a la ley de Tránsito 1.
Remesa:
W 2 P 03
Expedientes: 56
Paquetes:1
Año:2003
Asunto:
Tránsito: Infracción a la ley de Tránsito 56.
Remesa:
W 2 P 04
Expedientes: 42
Paquetes:1
Año:2004
Asunto:
Tránsito: Infracción a la ley de Tránsito 42.
Remesa:
W 1 P 05
Expedientes: 39
Paquetes:1
Año:2005
Asunto:
Tránsito: Infracción a la ley de Tránsito 39.
EXPEDIENTES VIOLENCIA DOMÉSTICA:
Remesa:
V 6 P 10
Expedientes: 160
Paquetes:3
Año:2010
Asunto:
Violencia Doméstica: Violencia Doméstica 160.
Remesa:
V 5 P 11
Expedientes: 148
Paquetes:3
Año:2011
Asunto:
Violencia Doméstica: Violencia Doméstica 148.
Remesa:
V 3 P 12
Expedientes: 169
Paquetes:3
Año:2012
Asunto:
Violencia Doméstica: Violencia Doméstica 169.
Pág 2 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142
Viernes 22 de julio del 2016
EXPEDIENTES FALTAS Y CONTRAVENCIONES:
Remesa:
G 5 P 11
Expedientes: 265
Paquetes:3
Año:2011
Asunto:
Faltas y Contravenciones: Archivados y Absolutorias
265.
Remesa:
G 3 P 12
Expedientes: 149
Paquetes:3
Año:2012
Asunto:
Faltas y Contravenciones: Archivados y Absolutorias
149.
Remesa:
G 2 P 13
Expedientes: 167
Paquetes:3
Año:2013
Asunto:
Faltas y Contravenciones: Archivados y Absolutorias
167.
EXPEDIENTES DE PENSIONES:
Remesa:
Q 3 P 11
Expedientes: 8
Paquetes:1
Año:2011
Asunto:
Pensiones: Abandonados sin sentencia 8.
Remesa:
Q 1 P 12
Expedientes: 11
Paquetes:1
Año:2012
Asunto:
Pensiones: Abandonados sin sentencia 11.
Remesa:
Q 1 P 13
Expedientes: 10
Paquetes:1
Año:2013
Asunto:
Pensiones: Abandonados sin sentencia 10.
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea
conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José, 30 de junio del 2016.
MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán
Director Ejecutivo a. í
Exonerado.—( IN2016044034 ).
Se hace del conocimiento de los siguientes propietarios
registrales que en las afueras de la Delegación de la Fuerza Pública
de Atenas, se mantienen 4 vehículos decomisados, no asociados a
ninguna causa judicial, a saber:
Vehículo Marca
Bicimoto, sin marca
ni placa visibles,
color negro.
Motocicleta, marca
Jialing, color blanco
con negro, sin placa
metálica visible
Motocicleta, marca
Yamaha, color azul
con gris, sin placa
metálica visible.
Motocicleta, marca
Yamaha,
color
negro, sin placa
metálica visible.
Motor serie
Número de
motor
1P39FMA07100092
Número de
motor
se
encuentra
con desgaste
en
la
superficie
Chasis número
Número
de
marco
LB404P1037C7
10092
Número
de
marco
9FNAAKJCX80
022692
Número de Número
motor 437- marco
127272, se 109247
encuentra
alterado
Número de Número
motor
L2- marco
25218K.
25218K
Estado
Mal estado
Mal estado
de Mal estado
437-
de Mal estado
L2-
Recomendación
del Perito
Destrucción
Destrucción
Destrucción
Destrucción
Dueño
Registral
No
se
encuentra
registrado
en
el
Registro de
la
Propiedad
Marvin
Aguilar
Argüello,
cédula de
residente
No.
155800152
033
Luis
Fernando
Araya
Ceciliano,
cédula de
identidad
No. 3-01971271
Luz María
Rodríguez
Naranjo,
cédula de
identidad
No.2-02710317
Se invita para que en el plazo de 20 días hábiles a partir
del día siguiente de esta publicación, se presenten a la Dirección
Ejecutiva del Poder Judicial, sita en el 4º piso del Edificio Plaza
de la Justicia ubicado en San José, Barrio González Lahman, entre
calles 17 y 19, avenidas 6 y 8, a hacer valer sus derechos. Deberán
presentar el título de propiedad y documento de identidad vigentes.
En caso de no presentarse dentro del plazo establecido, se procederá
a la destrucción o donación de estos bienes según corresponda.
Publíquese este aviso por una vez en el Boletín Judicial y en un
Diario de Circulación Nacional.
San José, 27 de junio del 2016.
MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins,
Director Ejecutiva
1 vez.—Exonerado.—( IN2016046524 ).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de
la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los
siguientes acuerdos: De la Comisión Institucional de Selección y
Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de
fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo
Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016,
artículo CI; De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación
de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de
marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en
Sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L.; se
hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del
público en general, que procederá a la destrucción de expedientes
civil y laboral de los despachos que a continuación se detallan. Los
expedientes se encuentran remesados en el Archivo Judicial.
Periodo
Cantidad
Expedientes
Eliminar
EJECUTIVO SIMPLE
1990
58
EJECUTIVO SIMPLE
1990
101
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1990
51
C-12-L-90
JUZGADO MENOR CUANTIA I CIRCUITO JUDICIAL ZONA
CIVIL
ATLANTICA
EJECUTIVO SIMPLE
1990
52
C-71-S-90
JUZ. 4TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1990
134
C-75-S-90
JUZ. 3RO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1990
181
C-86-S-90
JUZ. 2DO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1990
155
C-97-S-90
JUZ. 1ERO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1990
124
C-81-S-90
JUZ. 6TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1990
123
C-6-A-91
JUZ. MEN.CTIA II CIRC.JUD.ALAJUELA
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1991
101
C-18-C-91
JUZ. MEN.CTIA CARTAGO
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1991
108
C-45-S-91
JUZ. 4TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1991
203
C-68-S-91
JUZ. 3RO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1991
257
C-71-S-91
JUZ. 6TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1991
196
C-79-S-91
JUZ. 2DO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1991
203
C-84-S-91
JUZ. 1ERO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1991
208
C-89-S-91
JUZ. 5TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1991
243
C-19-C-92
JUZ. MEN.CTIA CARTAGO
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1992
203
C-62-S-92
JUZ. 4TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1992
317
C-70-S-92
JUZ. 6TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1992
314
C-75-S-92
JUZ. 2DO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1992
344
C-85-S-92
JUZ. 5TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1992
229
C-63-A-93
JUZ. ESPEC.COBRO Y MEN.CTIA I CIRC. JUD.ALAJUELA
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1993
193
C-17-C-93
JUZ. MEN.CTIA CARTAGO
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1993
311
C-52-S-93
JUZ. 4TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1993
421
C-57-S-93
JUZ. 6TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1993
465
C-64-S-93
JUZ. 3RO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1993
466
C-65-S-93
JUZ. 2DO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1993
491
C-70-S-93
JUZ. 1ERO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1993
455
C-74-S-93
JUZ. 5TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1993
446
C-3-A-94
JUZGADO CIVIL
ALAJUELA
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
81
C-6-A-94
JUZ. MEN.CTIA II CIRC.JUD.ALAJUELA
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
106
C-60-A-94
JUZ. ESPEC.COBRO Y MEN.CTIA I CIRC.JUD.ALAJUELA
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
100
C-77-A-94
JUZGADO COBRO Y MENOR CUANTIA SAN RAMON
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
37
C-1-C-94
JUZ. MEN.CTIA CARTAGO
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
202
C-6-C-94
JUZ. CIV MAY CTIA. CARTAGO
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
46
C-23-L-94
JUZ. MEN.CTIA II CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
65
C-1-H-94
JUZ. MEN.CTIA HEREDIA
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
111
C-2-P-94
JUZ. COBRO Y MENOR CTIA. PUNTARENAS
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
96
C-11-S94
JUZGADO CUARTO CIVIL MAYOR CUANTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
122
C-17-S-94
JUZ. 6TO. CIV MAY. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
62
C-23-S-94
JUZ. 2DO. CIV MAY CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
72
C-30-S-94
JUZ. 3RO. CIV MAY CTIA. SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
85
C-41-S-94
JUZGADO QUINTO CIVIL MAYOR CUANTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
75
C-48-S-94
JUZ. 4TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
530
C-56-S-94
JUZ. 6TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
497
C-61-S-94
JUZ. 3RO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
485
C-62-S-94
JUZ. 2DO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
460
C-67-S-94
JUZ. 1ERO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
495
C-71-S-94
JUZ. 5TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
512
C-88-S-94
JUZ. CONTR. PEREZ ZELEDON
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
61
C-1-A-95
JUZGADO CIVIL
ALAJUELA
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1995
96
C-39-A-95
JUZ. CIVIL I CIRC.JUD. ALAJUELA
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1995
45
C-1-C-95
JUZ. CIV MAY CTIA. CARTAGO
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1995
74
C-23-C-95
JUZ. MEN.CTIA CARTAGO
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1995
265
C-1-G-95
JUZGADO CONTRAVENCONAL MENOR CUANTIA LIBERIA CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1995
48
Remesa
Despacho
Materia
C-19-C-90
JUZ. CONTRAVENCIONAL MENOR CUANTIA TURRIALBA
CIVIL
C-20-C-90
JUZGADO MENOR CUANTIA CARTAGO
CIVIL
C-1-H-90
JUZGADO MENOR CUANTIA HEREDIA
TRABAJO
TRABAJO
II
II
CIRCUITO
CIRCUITO
JUDICIAL
JUDICIAL
Asuntos
de
a
C-30-S-94
JUZ. 3RO. CIV MAY CTIA. SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
85
C-41-S-94
JUZGADO QUINTO CIVIL MAYOR CUANTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
75
C-48-S-94
JUZ. 4TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
530
C-56-S-94
JUZ. 6TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
C-61-S-94
JUZ. 3RO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
485
C-62-S-94
JUZ. 2DO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
1994
460
C-67-S-94
Remesa
C-71-S-94
JUZ. 1ERO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
Despacho
JUZ. 5TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
Materia
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
Asuntos
EJECUTIVO SIMPLE
1994
Periodo
1994
Cantidad
495
Expedientes
512
Eliminar
C-88-S-94
C-19-C-90
JUZ. CONTR. PEREZ ZELEDON
JUZ. CONTRAVENCIONAL MENOR CUANTIA TURRIALBA
JUZGADO CIVIL TRABAJO II CIRCUITO JUDICIAL
ALAJUELAMENOR CUANTIA CARTAGO
JUZGADO
CIVIL
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
1994
1990
61
58
C-1-A-95
C-20-C-90
CIVIL
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
1995
1990
96
101
C-39-A-95
C-1-H-90
JUZ. CIVILMENOR
I CIRC.JUD.
ALAJUELA
JUZGADO
CUANTIA
HEREDIA
CIVIL
CIVIL
EJECUTIVO
EJECUTIVO SIMPLE
SIMPLE
1995
1990
45
51
C-1-C-95
C-12-L-90
C-23-C-95
C-71-S-90
C-1-G-95
C-75-S-90
JUZ. CIV MAY
CTIA.CUANTIA
CARTAGO
JUZGADO
MENOR
I CIRCUITO JUDICIAL ZONA
ATLANTICA
JUZ. MEN.CTIA CARTAGO
JUZ. 4TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE
JUZGADO CONTRAVENCONAL MENOR CUANTIA LIBERIA
JUZ. 3RO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
CIVIL
CIVIL
CIVIL
CIVIL
CIVIL
CIVIL
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
1995
1990
1995
1990
1995
1990
74
52
265
134
48
181
C-1-H-95
C-86-S-90
JUZ. 2DO.
MEN.CTIA
HEREDIA
JUZ.
CIV. MEN.
CTIA SAN JOSE
CIVIL
CIVIL
EJECUTIVO
EJECUTIVO SIMPLE
SIMPLE
1995
1990
142
155
C-16-H-95
C-97-S-90
JUZ. 1ERO.
CIV MAY
JUZ.
CIVCTIA.
MEN. HEREDIA
CTIA SAN JOSE
CIVIL
CIVIL
EJECUTIVO
EJECUTIVO SIMPLE
SIMPLE
1995
1990
76
124
C-12-L-95
C-81-S-90
JUZ. 6TO.
MEN.CTIA
I CIRC.JUD.ZONA
ATLANTICA
JUZ.
CIV MEN.
CTIA SAN JOSE
CIVIL
CIVIL
EJECUTIVO
EJECUTIVO SIMPLE
SIMPLE
1995
1990
33
123
C-25-L-95
C-6-A-91
JUZ. MEN.CTIA
MEN.CTIA II
II CIRC.JUD.ALAJUELA
CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
JUZ.
CIVIL
CIVIL
EJECUTIVO
EJECUTIVO SIMPLE
SIMPLE
1995
1991
118
101
C-18-C-91
C-2-P-95
JUZ.
MEN.CTIA
CARTAGO
JUZGADO
CONTRAVENCIONAL
MENOR CUANTIA OSA
CIVIL
EJECUTIVO
EJECUTIVO SIMPLE
SIMPLE
1991
1995
108
46
C-45-S-91
C-20-P-95
C-68-S-91
C-15-S-95
C-71-S-91
C-32-S-95
C-79-S-91
C-74-S-98
C-84-S-91
C-11-C-99
C-89-S-91
P-3-H-99
C-19-C-92
P-3-H-00
C-62-S-92
P-1-L-00
C-70-S-92
P-1-L-01
C-75-S-92
P-1-A-02
JUZ. 4TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
JUZ. CIVIL Y AGRARIO PUNTARENAS
JUZ. 3RO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
JUZ. 3RO. CIV. MAY CTIA. SAN JOSE
JUZ. 6TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
JUZ. 5TO. CIV. MAY. CTIA SAN JOSE
JUZ. 2DO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
JUZ. 1ERO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
JUZ. 1ERO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
JUZ. CIV MAY CTIA. CARTAGO
JUZ. 5TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
FISC. ADJ. HEREDIA
JUZ. MEN.CTIA CARTAGO
FISC. ADJ. HEREDIA
JUZ. 4TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
JUZ. PENAL POCOCI-GUACIMO
JUZ. 6TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
JUZ. PENAL POCOCI-GUACIMO
JUZ. 2DO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE
JUZ. PENAL SAN RAMON
CIVIL
CIVIL
CIVIL
CIVIL
CIVIL
CIVIL
CIVIL
CIVIL
CIVIL
CIVIL
CIVIL
PENAL
CIVIL
PENAL
CIVIL
PENAL
CIVIL
PENAL
CIVIL
PENAL
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
EJECUTIVO SIMPLE
VARIOS
EJECUTIVO SIMPLE
VARIOS
EJECUTIVO SIMPLE
VARIOS
EJECUTIVO SIMPLE
VARIOS
EJECUTIVO SIMPLE
VARIOS
1991
1995
1991
1995
1991
1995
1991
1998
1991
1999
1991
1999
1992
2000
1992
2000
1992
2001
1992
2002
203
35
257
200
196
215
203
222
208
87
243
428
203
1034
317
598
314
522
344
317
P-3-H-02
FISC. ADJ. HEREDIA
PENAL
VARIOS
2002
792
P-6-A-03
JUZ. PENAL SAN RAMON
PENAL
VARIOS
2003
647
P-3-H-03
FISC. ADJ. HEREDIA
PENAL
VARIOS
2003
700
P-6-P-03
JUZ. PENAL PUNTARENAS
PENAL
VARIOS
2003
421
P-5-S-03
JUZ. PENAL PEREZ ZELEDON
PENAL
VARIOS
2003
1039
P-2-H-04
FISC. ADJ. HEREDIA
PENAL
VARIOS
2004
1379
P-1-H-05
FISC. ADJ. HEREDIA
PENAL
VARIOS
2005
412
P-44-S-05
JUZ. PENAL DESAMPARADOS
PENAL
INFRACC. LEY
PSICOTROPICOS
2005
619
P-14-S-08
TRIB. PENAL I CIRC.JUD.SAN JOSE
PENAL
INJURIAS - CALUMNIAS
2008
75
P-1-S-09
JUZ. PENAL PEREZ ZELEDON
PENAL
ROBOS
2009
264
P-12-A-10
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ALAJUELA
PENAL
VARIOS
2010
865
P-16-A-10
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ALAJUELA
PENAL
VARIOS
2010
468
P-13-C-10
JUZ. PENAL CARTAGO
PENAL
CONDUCCION
TEMERARIA
2010
90
P-18-L-10
JUZ. PENAL BRIBRI-TALAMANCA
PENAL
VARIOS
2010
775
P-18-C-10
JUZ. PENAL CARTAGO
PENAL
INFRACC. LEY
PSICOTROPICOS
2010
926
P-7-H-10
JUZ. PENAL HEREDIA
PENAL
ROBOS
2010
953
P-13-L-10
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
VARIOS
2010
676
P-14-L-10
TRIB. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
VARIOS
2010
30
P-16-L-10
TRIBUNAL DE FLAGRANCIA DE LIMON
PENAL
VARIOS
2010
89
P-4-S-10
JUZ. PENAL PEREZ ZELEDON
PENAL
INFRACC. LEY
PSICOTROPICOS
2010
751
P-1-C-11
JUZ. EJEC.DE LA PENA CARTAGO
PENAL
INCIDENTES
2011
233
P-2-C-11
JUZ. PENAL CARTAGO
PENAL
INFRACC. LEY ARMAS
2011
530
P-4-C-11
JUZ. PENAL CARTAGO
PENAL
VARIOS
2011
1230
P-5-C-11
JUZ. PENAL CARTAGO
PENAL
VARIOS
2011
403
P-6-C-11
JUZ. PENAL CARTAGO
PENAL
VARIOS
2011
990
P-8-C-11
JUZ. PENAL CARTAGO
PENAL
HURTOS
2011
701
P-10-C-11
JUZ. PENAL CARTAGO
PENAL
VARIOS
2011
274
P-11-C-11
JUZ. PENAL CARTAGO
PENAL
VARIOS
2011
95
P-12-C-11
JUZ. PENAL CARTAGO
PENAL
VARIOS
2011
988
1994
497 22 de julio del 2016
Viernes
P-13-C-11
JUZ. PENAL CARTAGO
PENAL
INFRACC. LEY
PSICOTROPICOS
2011
990
P-14-C-11
JUZ. PENAL CARTAGO
PENAL
VARIOS
2011
910
P-15-C-11
JUZ. PENAL CARTAGO
PENAL
INFRACC. LEY
PSICOTROPICOS
2011
1102
P-16-C-11
JUZ. PENAL CARTAGO
PENAL
ROBOS
2011
944
P-18-C-11
JUZ. PENAL CARTAGO
PENAL
VARIOS
2011
259
P-2-H-11
TRIB. PENAL DE HEREDIA
PENAL
VARIOS
2011
29
P-1-L-11
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
VARIOS
2011
990
P-2-L-11
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
INFRACC. LEY
PSICOTROPICOS
2011
142
P-3-L-11
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
LESIONES
2011
211
P-4-L-11
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
AVERIGUASR MUERTE
2011
64
P-5-L-11
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
VARIOS
2011
115
P-6-L-11
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
DAÑOS
2011
189
P-7-L-11
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
RETENCION INDEBIDA
2011
148
P-8-L-11
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
ROBOS
2011
82
P-9-L-11
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
AGRESIONES
2011
311
P-10-L-11
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
VARIOS
2011
142
P-11-L-11
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
VARIOS
2011
83
P-12-L-11
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
VARIOS
2011
263
P-13-L-11
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
VARIOS
2011
926
P-1-P-11
JUZ. PENAL OSA
PENAL
VARIOS
2011
1116
P-4-C-12
TRIB. PENAL DE CARTAGO
PENAL
HURTOS
2012
41
P-2-H-12
JUZ. PENAL HEREDIA
PENAL
VARIOS
2012
24
P-1-L-12
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
LESIONES
2012
159
P-2-L-12
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
DAÑOS
2012
84
P-4-L-12
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
RETENCION INDEBIDA
2012
92
P-5-L-12
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
AGRESION CON ARMAS
2012
176
P-6-L-12
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
AMENAZAS
2012
176
P-7-L-12
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
HURTOS
2012
107
P-8-L-12
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
INCUMPLIMIENTO
MEDIDAS
2012
85
P-9-L-1
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
AGRESION
2012
90
P-10-L-12
JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA
PENAL
MALTRATO
2012
99
P-4-C-13
JUZ. EJEC.DE LA PENA CARTAGO
PENAL
MODIFICACION DE LA
PENA
2013
DE
430
44048
de
a
BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 3
Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea
conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la
Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de
la primera publicación de este aviso.
San José 13 de julio del 2016.
MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins
Directora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2016046525 ).
ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran en
las oficinas judiciales del cantón de Naranjo de la
provincia de Alajuela.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón Naranjo, provincia de
Alajuela, permanecerán cerradas durante el día primero de agosto
del dos mil dieciséis, con las salvedades de costumbre, por motivo
de la celebración de los festejos cívico-patronales de dicho cantón.
San José, 14 de julio del 2016.
MBA Ana Eugenia Romero Jenkins,
Directora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2016047380 ).
ASUNTO:
Asueto concedido a los servidores que laboran en las
Oficinas Judiciales del cantón Orotina, provincia de
Alajuela.
SE HACE SABER:
Que las oficinas judiciales del cantón de Orotina, provincia de
Alajuela, permanecerán cerradas durante el día ocho de agosto del
dos mil dieciséis con las salvedades de costumbre, por motivo de la
celebración de los festejos cívicos patronales de dicho cantón.
San José, catorce de julio del dos mil dieciséis.
MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins
Directora Ejecutiva
Exonerado.—( IN2016047381 ).
SALA CONSTITUCIONAL
ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA
HACE SABER:
PRIMERA PUBLICACIÓN
Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90
párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que
en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número
16-000795-0007-TO promovida por, Emer Arturo Alfaro García
contra el artículo 22 del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez
y Muerte de la Caja Costarricense del Seguro Social, por considerar
que es contrario a los artículos 11, 33, 40, 45, 48, 56, 74, 87 y 192 de
la Constitución Política, el artículo 24 de la Convención Americana
sobre Derechos Humanos, el artículo 9 del Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Protocolo de San
Salvador, se ha dictado el voto número 2016-009899 de las once
horas y treinta minutos de trece de julio de dos mil dieciséis, que
literalmente dice:
«Por unanimidad se declara con lugar la acción y, en
consecuencia, se anula por inconstitucional la norma impugnada,
artículo 22 del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y
Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social. Esta sentencia
no afecta el citado artículo en su redacción actual de conformidad
con lo acordado por la Junta Directiva en la Sesión Nº 8823,
artículo 11, del primero de febrero de 2016. Esta sentencia tiene
efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la
norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena
fe. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo,
Ejecutivo y Judicial, así como a la Caja Costarricense de Seguro
Social. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial
La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial.
Notifíquese.
Pág 4 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142
Viernes 22 de julio del 2016
Los magistrados Cruz Castro y Castillo Víquez ponen nota.
Los magistrados Cruz Castro, Rueda Leal, Salazar Alvarado
y Pacheco Salazar dan razones adicionales conjuntas. Los
magistrados Salazar Alvarado y Pacheco Salazar agregan otras
razones. Los magistrados Hernández Gutiérrez y Estrada Navas
declaran con lugar la acción de inconstitucionalidad por razones
diferentes y separadas»
Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o
eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la
parte dispositiva del voto.
San José, 13 de julio del 2016.
Gerardo Madriz Piedra
Exonerado.—(IN2016046897)
Secretario
TRIBUNALES DE TRABAJO
Remates
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este despacho, al ser las diez horas del
veintinueve de agosto del año dos mil dieciséis (primer remate), con
la base de seiscientos mil colones, libre de gravámenes, sáquese a
remate diez equipos de cómputo, conformado por: diez monitores
marca ADC, de 14 pulgadas cada uno, diez C.P.U., cinco de ellos
marca Dell y los cinco marca HP. Todo con su respectivo teclado
y mouse, procesador Pentium cuatro y licencia de Windows. Los
equipos denotan ser usados, no tienen los cables de conexión
eléctrica, en regular estado de conservación, con leves rayones,
pero que la depositaria judicial Adriana Rojas Bermúdez indica que
están en buen estado de funcionamiento. De no haber postores, para
llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del doce
de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de cuatrocientos
cincuenta mil colones (rebajada en un 25%), libre de gravámenes,
sáquese a remate diez equipos de cómputo, conformado por: diez
monitores marca ADC, de 14 pulgadas cada uno, diez C.P.U., cinco
de ellos marca Dell y los cinco marca HP. Todo con su respectivo
teclado y mouse, procesador Pentium cuatro y licencia de Windows.
Los equipos denotan ser usados, no tienen los cables de conexión
eléctrica, en regular estado de conservación, con leves rayones, pero
que la depositaria judicial Adriana Rojas Bermúdez indica que están
en buen estado de funcionamiento. De no apersonarse rematantes,
para el tercer remate, se señalan las diez horas del veintisiete de
setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de ciento cincuenta
mil colones (un 25% de la base original), libre de gravámenes
sáquese a remate diez equipos de cómputo, conformado por: diez
monitores marca ADC, de 14 pulgadas cada uno, diez C.P.U., cinco
de ellos marca Dell y los cinco marca HP. Todo con su respectivo
teclado y mouse, procesador Pentium cuatro y licencia de Windows.
Los equipos denotan ser usados, no tienen los cables de conexión
eléctrica, en regular estado de conservación, con leves rayones, pero
que la depositaria judicial Adriana Rojas Bermúdez indica que están
en buen estado de funcionamiento. Se remata por ordenarse así en
proceso ordinario laboral Nº 14-002058-0173-LA de Adriana María
Rojas Bermúdez contra Universidad de San José S. A.—Tribunal
de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial
de San José, 14 de julio del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo,
Jueza.—Exonerado.—( IN2016047660 ).
Causahabientes
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
las prestaciones y ahorros legales del fallecido Geovanni Arguedas
Arce, quien fue empleado del Instituto Costarricense de Electricidad,
que murió el día diecisiete de marzo del dos mil dieciséis, portaba
la cédula de identidad número cinco cero doscientos uno cero ciento
cuarenta y seis, tenía cincuenta y cuatro años de edad, fue vecino
de Cañas, Guanacaste, era casado, se consideren con derecho a
las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días
posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este
Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número
16-300052-0927-LA(59-5-2016)-A, a hacer valer sus derechos,
de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código
de Trabajo. Consignación de Prestaciones de Geovanni Arguedas
Arce, promovida por Jamilette Matamoros Sanabria.—Juzgado
Civil y de Trabajo de Cañas, Guanacaste, Cañas, 13 de julio
del 2016.—Licda. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—( IN2016047075 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de,
Flora Borloz Montero, cedula de identidad 1-689-0021, fallecida el 22
de junio del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de
Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 16-000723-1021-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el
artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial.
Expediente N° 16-000723-1021-LA. Por Juan Alfonso Artavia Boloz,
a favor de Flora Borloz Montero.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía de Heredia, 14 de julio del 2016.—Lic. Octavio Villegas
Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047105 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes
de Roy Eduardo Guillén Araya, quien fue mayor, casado, cédula
3-367-909, fallecido el 18-04-2016, se consideren con derecho para
que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores
a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho
en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el N° 16000727-1021-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con
lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente
N° 16-000727-1021-LA. Por América Construcciones S. A. a favor
de Roy Eduardo Guillén Araya.—Tribunal de Trabajo de Menor
Cuantía de Heredia, 13 de julio del 2016.—Licda. María Angélica
Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047106 ).
A los causahabientes de quién en vida se llamó Gerardo
Enrique Montes de Oca Rodríguez, quien fue mayor, divorciado,
vecino de sabana este, con cédula de identidad número 2-03400794, se les hace saber que Andrea Vanessa Montes de Oca
Calderón, portadora de la cédula de identidad o documento de
identidad número 4-0181-0138, se apersonó en este despacho,
en calidad de hija del fallecido, a fin de promover las presentes
diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita
y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez
en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso
de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se
apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a
hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el
artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en
el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones
del trabajador fallecido Gerardo Enrique Montes de Oca Rodríguez.
Expediente N° 16-000730-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del
Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 29 de
junio del 2016.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.—
Exento.—( IN2016047107 ).
Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos
y demás interesados en las diligencias número 16-300042-0239-LA
(43-16), que es Consignación de Prestaciones del Trabajador fallecido:
Francisco Evaristo Dávila, quien en vida fue mayor, nicaragüense,
casado, chofer de bus, vecino de Hatillo, cuya cédula de identidad fue
la número 155816475035; con el fin de que se apersonen a los autos
en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el
dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse
ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Laura Elena
Mora Cruz.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Hatillo,
San José, 06 de julio del 2016.—Licda. Jennifer Ocampo Cerna,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047108).
Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos
y demás interesados en las diligencias número 15-300104-0917LA-7 (61-15), que es consignación de prestaciones de la trabajadora
fallecida: María Daniela Fajardo Sánchez, quien en vida fue mayor,
costarricense, soltera, telefonista , vecina de Hatillo, cuya cédula de
identidad fue la número 1-1480-0821; con el fin de que se apersonen
Viernes 22 de julio del 2016
a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo
hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior
por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por
la empresa Resuelva S. A.-C.R.—Juzgado Contravencional y de
Menor Cuantía de Hatillo, 13 de julio del 2016.—Licda. Jennifer
Ocampo Cerna, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047113 ).
A los causahabientes de quién en vida se llamó Gilbert
Oconitrillo Jara, quien fue pensionado del Poder Judicial, vecino de
Bagaces, con cédula de identidad número 02-0180-0459, se les hace
saber que: Ana Cecilia Vargas Mondragón, portadora de la cédula
de identidad número 05-0127-0978, vecina de Bagaces, se apersonó
en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido,
a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de
Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se
publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación
de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias
aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo
establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el
Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del
trabajador fallecido Gilbert Oconitrillo Jara. Expediente número 16000089-0942-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito
Judicial de Guanacaste, Liberia (Materia Laboral), 01 de julio
del 2016.—Lic. Róger Javier Camacho Duarte, Juez.—1 vez.—
Exonerado.—( IN2016047115 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de
Flavio Matarrita Silva, quien fue mayor, casado, de nacionalidad
Costarricense, portó la cédula 5-0204-0590 y falleció el día 31 de
Mayo del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del
improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación
de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de
consignación de prestaciones bajo el número 16-002145-0173-LA,
a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por
el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-0021450173-LA. Promovido por Zeneida Alvarado Aragón a favor de
sus causahabientes. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.—
Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de San José, 11 de julio del 2016.—Lic. Ileana García
Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047297 ).
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las
citas:0308-00006882-01-0901-001; servidumbre de paso bajo
las citas:2010-00309843-01-0002-001, a las diez horas y cero
minutos del dieciséis de agosto del dos mil dieciséis, y con la base
de quince millones doscientos sesenta y cuatro mil ochocientos
veinticinco colones con noventa y nueve céntimos, en el mejor
postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio
Real, matrícula número cuatrocientos setenta y tres mil quinientos
treinta y cinco cero cero cero, la cual es terreno lote N°1 terreno
para construir. Situada: En el distrito 04 Aguas Zarcas, cantón 10
San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, lote dos;
al sur, calle pública; al este, Argo de Venecia Sociedad Anónima, y
al oeste, servidumbre de paso son frente 10,00 metros. Mide: Ciento
cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las
diez horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del dos mil
dieciséis, con la base de once millones cuatrocientos cuarenta y ocho
mil seiscientos diecinueve colones con cuarenta y nueve céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se
señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del
dos mil dieciséis, con la base de tres millones ochocientos dieciséis
mil doscientos seis colones con cincuenta céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 5
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal
contra Irene López Briceño, Santos Méndez Malueños. Expediente
Nº 12-034340-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de
Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de junio del
2016.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza.—( IN2016047394 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del diecinueve de
setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de cincuenta y dos
mil cuatrocientos cuarenta y ocho dólares con ochenta centavos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número 00234133-000, la cual es terreno de
cultivos con una casa. Situada: En el distrito Upala, cantón Upala, de
la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, Antonio Rocha Zapeda; al
sur, calle pública con 58 mts 65 cms; al este, Clarencio Ulloa Corea,
y al oeste, Juan de Dios Fletes Álvarez. Mide: Dos mil doscientos
veintiséis metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro
de octubre del dos mil dieciséis, con la base de treinta y nueve mil
trescientos treinta y seis dólares con sesenta centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
diez horas y cero minutos del veinte de octubre del dos mil dieciséis,
con la base de trece mil ciento doce dólares con veinte centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así
en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo
Comunal contra Oledys Emilia Rojas Trejos. Expediente N° 15028437-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo
Circuito Judicial de San José, 01 de julio del 2016.—Lic. Edwin
Mata Elizondo, Juez.—( IN2016047395 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las
citas: 0349-00004002-01-0900-001, a las catorce horas y treinta
minutos del cuatro de octubre del dos mil dieciséis, y con la base
de treinta y tres millones ochocientos trece mil cuatrocientos
catorce colones con noventa y cinco céntimos, en el mejor postor,
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número ciento ochenta y cuatro mil setecientos siete-cero
cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito
Paquera, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, calle pública con frente de 19.68 metros; al sur, José Ángel
Conejo Conejo; al este, resto reservado de Asoc. Desarrollo Integral
de Paquera de Puntarenas, y al oeste, resto reservado de Asoc.
Desarrollo Integral de Paquera de Puntarenas. Mide: seiscientos
setenta y nueve metros con cero decímetros cuadrados. Para el
segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del
veinte de octubre del dos mil dieciséis, con la base de veinticinco
millones trescientos sesenta mil sesenta y un colones con veintiún
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera
subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del cuatro
de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de ocho millones
cuatrocientos cincuenta y tres mil trescientos cincuenta y tres colones
con setenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal
contra Mercedes de la Concepción Hernández. Expediente Nº 15002481-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía
de Puntarenas, 10 de diciembre del 2015.—Licda. Marcela Arce
Matarrita, Jueza.—( IN2016047396 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas:
321-03455-01-0901-014, condic. y restriref: 2634-515-002 bajo las
citas: 321-03455-01-0902-007, a las trece horas y treinta minutos del
treinta de agosto del dos mil dieciséis, con sus respectivas bases, en
el mejor postor remataré las siguientes fincas: Primera: con la base
de sesenta y cuatro millones doscientos tres mil novecientos setenta
Pág 6 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142
Viernes 22 de julio del 2016
colones exactos, la finca inscrita en el Registro Público, partido
de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,
matrícula número 534663-000, la cual es terreno de pasto. Situada:
en el distrito 03 El Amparo, cantón 14 Los Chiles, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, Frander Dayan Chinchilla; sur, calle
pública; este, finca: 2-350088; oeste, Elmis Varela Rojas. Mide:
cinco mil metros cuadrados. Plano: A-1823866-2015. Segunda: con
la base de once millones ciento cuarenta y cuatro mil seiscientos
setenta colones con ochenta céntimos, la finca inscrita en el Registro
Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número 350088-000, la cual es terreno de
pasto. Situada: en el distrito 3 El Amparo, cantón 14 Los Chiles, de
la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Frander Dayan Chinchilla
Villalobos; sur, calle pública; este, quebrada en medio y Frander
Dayan Chinchilla Villalobos; oeste, lote. Mide: tres mil setenta
metros cuadrados. Plano: A-1823881-2015. Para el segundo remate,
se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de setiembre
del dos mil dieciséis, con la base de cuarenta y ocho millones ciento
cincuenta y dos mil novecientos setenta y siete colones con cincuenta
céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) por la primera finca,
y con la base de ocho millones trescientos cincuenta y ocho mil
quinientos tres colones con diez céntimos por la segunda finca; y ,
para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del
treinta de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dieciséis
millones cincuenta mil novecientos noventa y dos colones con
cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial) por la
primera finca; y con la base de dos millones setecientos ochenta y seis
mil ciento sesenta y siete colones con setenta céntimos por la segunda
finca. Se remata por ordenarse así en Proceso ejecución hipotecaria de
Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Roy Daniel Ramírez
Acuña. Exp. N° 16-000833-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 22 de junio del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas,
Jueza.—( IN2016047397 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas tomo 382
asiento 17218;; a las catorce horas y cero minutos del diecinueve de
setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de quince millones
ochocientos noventa y dos mil cuatrocientos sesenta colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiocho
mil trescientos ochenta y cuatro cero cero cero, la cual es terreno
para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 03
Naranjito cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda:
al norte, Dennis Calero Blanco; al sur, Ana Calero Blanco; al este,
Reynaldo Matamoros y Edmundo Cruz, y al oeste, calle pública con
15,18 metros. Mide: Seiscientos noventa y tres metros con dieciséis
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas y cero minutos del cuatro de octubre del año dos mil dieciséis,
con la base de once millones novecientos diecinueve mil trescientos
cuarenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero
minutos del veintiuno de octubre del año dos mil dieciséis con la
base de tres millones novecientos setenta y tres mil ciento quince
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Frey Martin Chacón
Jarquín. Exp. N° 15-000809-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y
Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur
(Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 24 de mayo del 2016.—Licda.
Lidia Mayela Díaz Anchía, Juez.—( IN2016047398 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas
Nº 0292-00018687-01-0901-001, a las catorce horas y cero minutos
del catorce de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de treinta
y cinco millones cuatrocientos cuarenta y un mil doscientos noventa
y nueve colones con siete céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
00510759-000 de naturaleza terreno para construir lote18 bloque G,
situada en el distrito 03, de La Trinidad, cantón 14 Moravia. Colinda:
Al norte, lote 17; al sur, lote 19; al este, calle y al oeste, Miguel
Ángel Villalobos Tenorios. Mide Ciento veinticuatro metros con
dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil
dieciséis, con la base de veintiséis millones quinientos ochenta mil
novecientos setenta y cuatro colones con treinta céntimos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del dieciocho de octubre de dos
mil dieciséis con la base de ocho millones ochocientos sesenta mil
trescientos veinticuatro colones con setenta y seis céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación
Solidarista de Empleados de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz
contra Imara Charlot Cuadra Baca. Expediente Nº 16-001034-1044CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 13 de julio del 2016.—Lic. Ricardo Barrantes
López, Juez.—( IN2016047428 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidum. de paref: 00169981
000 citas: 392-12533-01-0010-001; a las catorce horas y treinta
minutos del cinco de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base
de cincuenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número trescientos cincuenta y seis mil seiscientos sesenta y cuatro
cero cero cero la cual es terreno naturaleza: Terreno de frutales y
potrero. Situada en el distrito 01-Orotina, cantón 09-Orotina, de la
provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, calle marginal a la autopista
Orotina Puntarenas con un frente de 161 metros 91 centímetros;
al sur, Marco Antonio Cordero Vargas y Manuel Monge Ruiz; al
este, Agrícola Tomolo Sociedad Anónima y Luis Javier Monge
Ruiz y al oeste, Manuel Monge Ruiz. Mide: Catorce mil ciento
cincuenta metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del
veintitrés de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de treinta
y siete mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas
y treinta minutos del catorce de octubre de dos mil dieciséis con
la base de doce mil quinientos dólares exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de ABC Mudanzas S. A. contra
Don Sigi S. A. Exp. N° 16-005689-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y
Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 14 de julio del 2016.—Licda. Cinthia Pérez
Moncada, Jueza.—( IN2016047429 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios y anotaciones; a las catorce horas y cero minutos del
veintinueve de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de
veinticinco millones doscientos noventa y cuatro mil quinientos
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento cuarenta y ocho mil setecientos treinta y tres cero cero cero
la cual es terreno de jardín y con una casa. Situada en el distrito
01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de
Puntarenas. Colinda: Al norte, Elizabeth Medina Gatica; al sur,
Eugenio Villanueva Venegas; al este, calle pública 34 mts 04 cms, y
al oeste, Edgar Montenegro Rodríguez. Mide: Cuatrocientos sesenta
Viernes 22 de julio del 2016
y cinco metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del trece
de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de dieciocho
millones novecientos setenta mil ochocientos setenta y cinco colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintinueve
de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de seis millones
trescientos veintitrés mil seiscientos veinticinco colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Débora
Guevara Vásquez contra Ángel Godofredo Saldaña Granados. Exp.
N° 16-002452-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón
(Materia Cobro), 29 de junio del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz
Anchía, Jueza.—( IN2016047442 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios y anotaciones, pero soportando reservas y restricciones
citas 243-05404-01-0901-001, reservas y restricciones citas 35700422-01-0900-001 así como afectaciones y limitaciones ley
forestal 7575 citas 2014-146823-01-0001-001, a las catorce horas
y cero minutos del veinticinco de agosto del año dos mil dieciséis,
y con la base de veintiocho millones ochocientos cuarenta y seis
mil quinientos cincuenta y un colones con cincuenta céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema
de Folio Real, matrícula número seiscientos diecinueve mil ciento
diez cero cero cero la cual es terreno de montaña y pasto. Situada
en el distrito 09-Barú, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de
San José. Colinda: Al norte, Gerardo Mena Rojas; al sur, Virgilio
Mena Marín y Juan de Dios Madriz Mena; al este, Enrique Rivera
Arguedas y María Elena Mena Rojas y al oeste, calle de servidumbre
en medio Guillermo Herrera Fallas y sin calle de servidumbre
Guillermo Herrera Fallas y Virgilio Mena Marín. Mide: Doscientos
veintiún mil cuatrocientos cuarenta y cinco metros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del
nueve de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de veintiún
millones seiscientos treinta y cuatro mil novecientos trece colones
con sesenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del veintiocho de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de
siete millones doscientos once mil seiscientos treinta y siete colones
con ochenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de CREDECOOP R.L contra Aida María del
Carmen Cerdas Mora, Gerardo Antonio Mena Rojas. Expediente
Nº 16-002262-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón
(Materia Cobro), 21 de junio del 2016.—Licda. Eileen Chaves
Mora, Jueza.—( IN2016047446 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del dieciséis de agosto
del año dos mil dieciséis, y con la base de diecisiete mil ochocientos
noventa dólares con diez centavos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número doscientos setenta y tres mil cuatrocientos veintidós-cero
cero cero la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el
distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, lote 47; al sur, lote 97 destinado a
calle; al este, lote 26, y al oeste, lote 24. Mide: Doscientos dieciséis
metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del año dos mil
dieciséis, con la base de trece mil cuatrocientos diecisiete dólares
BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 7
con cincuenta y ocho centavos, (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero
minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil dieciséis con la
base de cuatro mil cuatrocientos setenta y dos dólares con cincuenta
y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Coopealianaza R. L. contra Errol Vinicio Vargas Montenegro. Exp.
N° 16-001441-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Cobro), 18 de julio del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz
Anchía. Jueza.—( IN2016047450 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones con las citas
316-11537-01-0901-001, reservas y restricciones con las citas
321-09418-01-0901-001 reservas y restricciones con las citas
321-15422-01-0901-001 reservas y restricciones con las citas
341-03508-01-0900-001 reservas y restricciones con las citas 34103508-01-0901-001 reservas y restricciones con las citas 341-0350801-0902-001 reservas y restricciones con las citas 341-03508-010904-001 reservas y restricciones con las citas 349-06056-01-0901001 reservas y restricciones con las citas 349-06056-01-0908-001
servidumbre de paso con las citas 2011-183372-01-0739-001 (se
advierte que la servidumbre es agrícola de paso), servidumbre de
paso, con las citas 2011-183372-01-0739-001 (se advierte que la
servidumbre es agrícola de paso), servidumbre de acueducto con
las citas 2011-183372-01-1013-001 servidumbre de acueducto con
las citas 2011-183372-01-1013-001 servidumbre de líneas eléctricas
y de paso con las citas 2011-183372-01-1423-001 servidumbre de
líneas eléctricas y de paso con las citas 2011-183372-01-1423-001; a
las nueve horas y cero minutos del veintinueve de agosto del año dos
mil dieciséis, y con la base de once millones quinientos cincuenta
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
ciento ochenta y siete mil doscientos ochenta cero cero cero la
cual es terreno de uso exclusivamente agrícola lote 15B. Situada
en el distrito 01 Bagaces, cantón 04 Bagaces, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, lote 16 b; al sur, lote 14B; al este,
lote 39B con servidumbre en medio y al oeste, lote 21B mide: diez
mil quinientos veintitrés metros con cuarenta y tres decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del trece de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base
de ocho millones seiscientos sesenta y dos mil quinientos colones
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve
de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de dos millones
ochocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza
R. L. contra Alturas de Coronado Cuatro Sociedad Anónima. Exp.
N° 16-002000-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Cobro), 12 de julio del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz
Anchía, Jueza.—( IN2016047452 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas 29517564-01-0928-001, a las nueve horas y cero minutos del trece de
setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de diez millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
veinticinco mil trescientos doce cero cero cero la cual es terreno
para agricultura. Situada en el distrito 04 San Pablo, cantón 09
Pág 8 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142
Viernes 22 de julio del 2016
Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte,
Miguel Gómez Fonseca; al sur, Miguel Gómez Fonseca y Juan
Bautista Gómez Fonseca; al este, Miguel Gómez Fonseca y Juan
Bautista Gómez Fonseca y al oeste, calle pública con 41 metros
59 centímetros de frente. Mide: tres mil seiscientos sesenta y dos
metros cuadrados. Plano: G-1349285-2009. Para el segundo remate
se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de
setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de siete millones
quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero
minutos del dieciocho de octubre del año dos mil dieciséis con la
base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor
de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo
805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional
de Costa Rica contra Juan Miguel Gómez Fonseca, expediente
Nº 16-000817-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia
(Materia Cobro), 14 de julio del 2016.—Licda. Yolanda Martínez
Martínez, Jueza.—( IN2016047482 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley
de Caminos Públicos bajo las citas 300-18351-01-0060-001; a las
ocho horas y treinta minutos del catorce de Setiembre del año dos
mil dieciséis, y con la base de dieciséis millones cuatrocientos mil
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 32381-000 la
cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 03, San Antonio,
cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: Al norte,
Quebrada Los Puntales, Leoncio Obando y Sabas Nicolás Arrieta; al
sur, Leoncio Obando y Sabas Nicolás Arrieta; al este, servidumbre en
partes y en parte Leoncio Obando, y al oeste, Sabas Nicolás Arrieta.
Mide: Veintiséis mil trescientos cincuenta metros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del
treinta de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de doce
millones trescientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del dieciocho de octubre del año dos mil dieciséis
con la base de cuatro millones cien mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Jairo Alberto Arrieta Obando. Exp. N° 15-023776-1012-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de
San José, 12 de julio del 2016.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo,
Jueza.—( IN2016047483 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas 39716332-01-0901-001, a las once horas y quince minutos del treinta
de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de nueve millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
trescientos noventa y nueve mil quinientos ochenta y cinco cero
cero cero la cual es terreno lote uno, terreno para construir. Situada
en el distrito San Ignacio, cantón doce Acosta, de la provincia de
San José. Colinda: al noreste, calle pública; al noroeste, Huber Mora
Vargas; al oeste, calle pública y al suroeste, José Ángel Rodríguez
Calderón. Mide: doscientos setenta y cuatro metros con treinta y
dos decímetros cuadrados, según plano catastrado Nº SJ-00705191992. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince
minutos del catorce de setiembre de dos mil dieciséis, con la base
de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las once horas y quince minutos del treinta de setiembre de dos
mil dieciséis con la base de dos millones doscientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido
a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Claudio Esquivel Monge contra Huber Gilbert
del Socorro Mora Vargas, expediente Nº 14-020266-1170-CJ.—
Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 17 de junio del 2016.—Lic. Carlos Manuel
Contreras Reyes, Juez.—( IN2016047492 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando condic I.D.A; a las quince horas y
veinte minutos del catorce de setiembre de dos mil dieciséis, y
con la base de cinco millones trescientos mil colones exactos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
Folio Real, matrícula número cincuenta mil setecientos veintinueve
cero cero cero la cual es terreno para construir lote 39. Situada en el
distrito 05 El Cairo, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, lote,
y al oeste, lote 38. Mide: Ochocientos cincuenta y cinco metros
con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y veinte minutos del tres de octubre de
dos mil dieciséis, con la base de tres millones novecientos setenta y
cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y,
para la tercera subasta se señalan las quince horas y veinte minutos
del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis con la base de un
millón trescientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual de Cartago de
Ahorro y Préstamo contra Rodolfo Carranza Jiménez. Exp. N°
16-000481-1209-CJ.—Juzgado de Cobro Y Menor Cuantía de
Pococí (Materia Cobro), 11 de mayo del 2016.—Lic. Johnny
Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016047512 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las nueve horas y veinte minutos del ocho de
setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de cuatro millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
ochenta y cuatro mil setecientos diez cero cero cero la cual es
terreno para construir lote 14 bloque C. Situada en el distrito 01
Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda:
Al norte, lote 9- C; al sur, resto destinado a avenida; al este, lote
12-C y 13-C y al oeste, lote 15-C. Mide: Doscientos ocho metros
con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y veinte minutos del veintisiete de setiembre
de dos mil dieciséis, con la base de tres millones de colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y veinte minutos del doce de octubre de
dos mil dieciséis con la base de un millón de colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual de
Cartago de Ahorro y Préstamo contra Ileana Cecilia Jones Abarca.
Expediente Nº 16-000723-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 11 de mayo del 2016.—Lic.
Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016047513 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 33216456-01-0992-001; a las nueve horas y cero minutos del trece
Viernes 22 de julio del 2016
de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de dieciséis
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número
cuarenta y seis mil trescientos sesenta y uno-cero cero uno y cero
cero dos, la cual es terreno para construir lote N° 37, Situada en el
distrito 01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia
de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 38; al sur, lote 36; al este, lote
31, y al oeste, calle pública con 12 m. Mide: Trescientos cuarenta y
ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del año dos mil
dieciséis, con la base de doce millones de colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del diecisiete de octubre del año dos
mil dieciséis con la base de cuatro millones de colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Humberto Acuña Jiménez. Exp.
N° 16-001088-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón)
(Materia Cobro), 14 de julio del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz
Anchía, Jueza.—( IN2016047529 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 32809767-01-0900-001; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho
de octubre del año dos mil dieciséis, y con la base de dos millones
doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número quinientos sesenta y cinco mil once cero cero uno, cero
cero dos la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en
el distrito 05 San Pedro, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, Helmer Fonseca Hernández; al sur,
Ronald Mora Chinchilla; al este, Elmer Fonseca Hernández, y al
oeste, Ronald Anselmo Mora Chinchilla. Mide: Setecientos ochenta
y cuatro metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dos
de noviembre del año dos mil dieciséis, con la base de un millón
seiscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero
minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil dieciséis con
la base de quinientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Johanna María Umaña Arias. Exp. N° 15-003884-1200CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del I Circuito Judicial
de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 08 de julio del
2016.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2016047530 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando condiciones ref: 54976 000 citas:
tomo 366 asiento 10765, a las ocho horas y cero minutos del siete
de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de dieciséis
millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido
de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número cincuenta y siete mil trescientos veinticinco cero
cero cero, la cual es terreno con una casa de habitación y tres cabinas
juntas. Situada en el distrito 02-Volcán, cantón 03-Buenos Aires,
de la provincia de Puntarenas. Colinda: Al norte, Bolívar Villareal
Saldaña; al sur, Jorge Arturo Ureña Gómez; al este, calle pública
y al oeste, Jeannette Gómez. Mide: Novecientos cuarenta y nueve
metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintitrés de
BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 9
setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de doce millones
trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho
horas y cero minutos del diez de octubre del año dos mil dieciséis
con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Freddy Agüero Carvajal. Expediente
Nº 14-007278-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur Pérez Zeledón (Materia
Cobro), 23 de junio del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía,
Jueza.—( IN2016047531 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del once de agosto
de dos mil dieciséis, y con la base de cuarenta y ocho millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número
188.689-000 la cual es terreno de café con dos casas de habitación.
Situada en el distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03 Desamparados,
de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur,
iglesia pentecostal; al este, Belisario Castro Fernández y al oeste,
Hermanos Picado S. A. Mide: trescientos setenta y cinco metros con
noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de agosto
de dos mil dieciséis, con la base de treinta y seis millones de
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del trece
de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de doce millones de
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos
aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada
en el presente edicto, se consigna que el tipo de cambio a utilizar
será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según
lo establezca el Banco de Costa Rica, asimismo, se le hace saber a
los posibles postores que de conformidad con el numeral 153 bis
de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, de
resultar adjudicatario un tercero deberá realizar el pago total de la
oferta en el acto. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Dora
Alicia Flores de Flores. Exp. N° 16-002238-1164-CJ.—Juzgado
Especializado de Cobro de Cartago, 10 de junio del 2016.—
Licda. Yanin Torrentes Ávila, Juez.—( IN2016047554 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando condiciones Ref: 1949-105-001 citas:
0282-00003000-01-0901-001, a las catorce horas y cero minutos del
dieciséis de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de treinta y
dos mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento
ochenta y ocho mil quinientos sesenta y siete secuencia cero cero
cero, la cual es terreno con un apartamento. Situada en el distrito
11 San Rafael Abajo, cantón 03 Desamparados, de la provincia de
San José. Colinda: al norte, Rosa María Herrera Segura; al sur, DIIS
de Costa Rica Bienes Raíces S. A.; al este, calle publica y al oeste
María Virginia Esquivel Segura. Mide: sesenta y siete metros con
cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil
dieciséis, con la base de veinticuatro mil dólares exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
catorce horas y cero minutos del dieciséis de setiembre de dos mil
dieciséis con la base de ocho mil dólares exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
Pág 10 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142
Viernes 22 de julio del 2016
así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro
y Préstamo contra Fernando Francisco Rojas Quesada, expediente
Nº 16-002011-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro
de Cartago, 15 de junio del 2016.—Licda. Pilar Gómez Marín,
Jueza.—( IN2016047555 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (citas: 035900019554-01-0905-001); a las ocho horas y treinta minutos del
veintidós de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de trescientos
sesenta y cuatro mil ochocientos setenta y cinco dólares con cuarenta
y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 50574-F000 la cual es terreno finca filial tres apartamento destinado a uso
habitacional de dos plantas, en proceso de construcción. Situada
en el distrito Jacó, cantón Garabito, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: Al norte, Inmobiliaria Bermúdez y Valverde Valverde S. A.;
al sur, área común; al este, filial dos, y al oeste, filial cuatro. Mide:
Doscientos metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del seis
de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de doscientos setenta y
tres mil seiscientos cincuenta y seis dólares con setenta y un centavos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de setiembre
de dos mil dieciséis con la base de noventa y un mil doscientos
dieciocho dólares con ochenta y siete centavos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Humberto Mena Armas. Exp. N° 10-002064-0638CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 16 de junio del
2016.—Licda. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016047557 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
prendarios, a las catorce horas y cero minutos del ocho de setiembre
del año dos mil dieciséis, y con la base de nueve millones doscientos
trece mil novecientos diecisiete colones con ochenta y un céntimos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas C147292,
marca Freightliner, estilo FL70, categoría carga pesada, capacidad 2
personas, año 1998, color blanco. Para el segundo remate se señalan
las catorce horas y cero minutos del veintiséis de setiembre del año
dos mil dieciséis, con la base de seis millones novecientos diez mil
cuatrocientos treinta y ocho colones con treinta y seis céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las catorce horas y cero minutos del once de octubre
del año dos mil dieciséis con la base de dos millones trescientos
tres mil cuatrocientos setenta y nueve colones con cuarenta y cinco
céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Minor José
Araya Méndez contra Inversiones Agrícolas Villalobos Arias S. A.,
expedinete Nº 16-000061-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón
(Materia Cobro), 5 de julio del 2016.—Licda. María Auxiliadora
Cruz Cruz, Jueza.—( IN2016047619 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas:
396-18309-01-0900-001; a las catorce horas y cero minutos del
diecisiete de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de un
millón seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número trescientos noventa y nueve mil novecientos dieciocho cero
cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en
el distrito 02 San Andrés, cantón 20 León Cortés, de la provincia
de San José. Colinda: Al norte, calle pública; al sur, Jesús Jiménez
Robles; al este, Jesús Jiménez Robles, y al oeste, Célimo Jiménez.
Mide: Novecientos veintitrés metros con noventa y siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero
minutos del uno de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de
un millón doscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y
cero minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil dieciséis
con la base de cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por
ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María
De Los Ángeles Sibaja Sánchez. Exp. N° 16-010251-1012-CJ.
Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito
Judicial de San José, 17 de junio del 2016.—Licda. María Angelina
Varela Valenciano, Jueza.—( IN2016047630 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas Ley Aguas bajo las citas:
312-02771-01-0010-001, y reservas Ley Caminos bajo las citas:
312-02771-01-0011-001, a las trece horas y treinta minutos del
veintiuno de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base
de un millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº
490.689-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito
07, La Fortuna, cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, calle pública en un frente de 15 metros lineales;
sur, Víctor Julio Jiménez Esquivel; este, Miguel Antonio Rodríguez
Alvarado y Catalina Salazar Aguilar y oeste, Víctor Julio Jiménez
Esquivel. Mide: quinientos metros cuadrados. Plano: A-15234542011. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y cero
minutos del seis de octubre del año dos mil dieciséis, con la base
de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece
horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre del año dos mil
dieciséis con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Agropecuaria Primero de
Octubre de Mil Novecientos Cuarenta y Siete S. A. contra Óscar
Luis Chacon Mora, expediente Nº 16-001052-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela (materia cobro), 08 de julio del 2016.—Licda. Lilliam
Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016047638 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando condiciones bajo las citas: 36216847-01-0826-001; Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos
Públicos bajo las citas: 408-19890-01-0265-001; y plazo de
convalidación (rectificación de medida) bajo las citas: 2014124963-01-0004-001; a las catorce horas y cero minutos del
veintiuno de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de un
millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 489.667000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 01, San Rafael,
cantón 15, Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte,
Luis Gerardo Hernández Castro; sur, río Samen; este, calle pública
con un frente de 139.29 metros; oeste, Angelmira Pérez Vega.
Mide: Nueve mil setecientos catorce metros cuadrados. Plano:
A-1691663-2013. Para el segundo remate se señalan las catorce
horas y cero minutos del seis de octubre del año dos mil dieciséis,
con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del año
dos mil dieciséis con la base de doscientos cincuenta mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agropecuaria
Primero de Octubre de Mil Novecientos Cuarenta y Siete S. A.
contra Luis Gerardo Hernández Castro. Exp. N° 16-001054-1202CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito
Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 08 de julio del 2016.—
Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016047639 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones con las citas
333-09813-01-0901-001, condiciones con las citas 333-09813-01-
Viernes 22 de julio del 2016
0902-001, prohibiciones con las citas 333-09813-01-0903-001; a
las nueve horas y treinta minutos del seis de setiembre del dos mil
dieciséis, y con la base de dos millones ochocientos veinticuatro mil
ciento ochenta y nueve colones con cincuenta y ocho céntimos, en
el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro
Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de Folio Real, matrícula número seiscientos ocho mil novecientos
sesenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno para construir.
Situada: en el distrito ocho Cajón, cantón diecinueve Pérez
Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Catarino
Rivas Rivas; al sur, Catarino Rivas Rivas; al este, Catarino Rivas
Rivas, y al oeste, calle pública con un frente de ocho metros. Mide:
doscientos metros cuadrados. Plano SJ-1396359-2010. Para el
segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del
veintidós de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos
millones ciento dieciocho mil ciento cuarenta y dos colones con
diecinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para
la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del
siete de octubre del dos mil dieciséis, con la base de setecientos seis
mil cuarenta y siete colones con cuarenta céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra
Juan Carlos Araya González. Expediente N° 16-001778-1200-CJ.—
Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial
de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 26 de mayo del
2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016047646 ).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del diecinueve de
setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de cuatro millones
setecientos mil ocho colones con diez céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido
de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real,
matrícula número doscientos sesenta mil trescientos ochenta y
tres cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de
la provincia de San José. Colinda: al norte, Saúl Mora; al sur, Pilar
Cordero; al este, quebrada y al oeste, calle pública. Mide: doscientos
setenta y nueve metros con noventa y dos decímetros cuadrados.
Plano SJ-0291248-1977. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y cero minutos del cuatro de octubre del año dos mil
dieciséis, con la base de tres millones quinientos veinticinco mil seis
colones con ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos
del veintiuno de octubre del año dos mil dieciséis con la base de un
millón ciento setenta y cinco mil dos colones con tres céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza
R.L contra Flor Damaris de los Ángeles Alfaro Zúñiga, expediente
Nº 16-002408-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón
(Materia Cobro), 06 de julio del 2016.—Licda. Alejandra Ortega
Padilla, Jueza.—( IN2016047650 ).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
hipotecarios y anotaciones; pero soportando reservas y restricciones
citas 380-03481-01-0975-001, servidumbre trasladada citas 38003481-01-0976-001; a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de
agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de dieciocho millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
cincuenta y siete mil ciento veinticinco cero cero cero la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito 04 Bahía Ballena,
cantón 05 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Juan
BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 11
Bautista Moscoso; al sur, Isidro Saúl Salas Alvarado; al este, calle
publica con un frente a ella de 16.38 centímetros, y al oeste, Juan
Bautista Moscoso. Mide: Cuatrocientos metros cuadrados. Para el
segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del doce
de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de trece millones
quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos
del veintiocho de setiembre del año dos mil dieciséis con la base
de cuatro millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa
Rica contra Kattia De Los Ángeles Tenorio Mena, Kefersi del Sur
Sociedad Anónima. Exp. N° 16-002404-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 4 de julio del 2016.—
Licda. Alejandra Ortega Padilla, Jueza.—( IN2016047654 ).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones con las citas
275-08383-01-0901-029, 379-19254-01-0900-001, 379-19254-010902-001 ; a las ocho horas y cero minutos del veinte de setiembre
del año dos mil dieciséis, y con la base de ciento veinticuatro millones
de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
setenta y cinco mil doscientos treinta y cinco cero cero cero la cual
es terreno de agricultura con cultivos varios y bodegas con taller de
maquinaria agrícola Situada en el distrito 01 Puerto Cortes, cantón
05 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Maison
de Livre SRL; al sur, calle pública con 80,69 metros de frente; al
este, calle pública con 116,57 metros de frente y Álvaro Villalta
Rodríguez y al oeste, Francisco Cortes Zuñiga Maison de Livre SRL.
Mide: once mil sesenta y siete metros cuadrados. Plano P-14234632010 cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas
y cero minutos del cinco de octubre del año dos mil dieciséis, con
la base de noventa y tres millones de colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
ocho horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del año dos
mil dieciséis con la base de treinta y un millones colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Alexander Antonio Ramón Morales
Araya y otro. Exp. N° 16-002467-1200-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur
(Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 6 de julio del 2016.—Licda.
Alejandra Ortega Padilla, Jueza.—( IN2016047656 ).
En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones con las citas
364-17241-01-0002-001, a las ocho horas y treinta minutos del doce
de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de veinticuatro
millones cuatrocientos treinta y tres mil cuatrocientos veinticuatro
colones con sesenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo
siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número trescientos cuarenta y nueve mil quinientos diecinueve cero
cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez
Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Carmen y
Antonia Rojas Guerrero; al sur, Orlando Infante Segura; al este, calle
pública con 29m 87cm y al oeste, Orlando Infante Segura. Mide: mil
cuatrocientos treinta metros con diecinueve decímetros cuadrados.
Plano SJ-0033433-1977. Para el segundo remate se señalan las ocho
horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil
dieciséis, con la base de dieciocho millones trescientos veinticinco
Pág 12 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142
Viernes 22 de julio del 2016
mil sesenta y ocho colones con cincuenta céntimos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho
horas y treinta minutos del catorce de octubre del año dos mil dieciséis
con la base de seis millones ciento ocho mil trescientos cincuenta y
seis colones con diecisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de 3-101-604229 S. A. contra Kimberly Karina
Mora Ortiz y otra, expediente Nº 16-001550-1200-CJ.—Juzgado de
Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona
Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 15 de junio del 2016.—Msc.
Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016047658 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando demanda penal bajo las citas 800
197266 01 0001 001, a las catorce horas y treinta minutos del doce
de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de trescientos doce mil
novecientos cuarenta y cinco dólares, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula
número ochenta y cinco mil novecientos cuarenta y tres B cero cero
cero, la cual es terreno de frutales con casa. Situada en el distrito
01 Colón, cantón 07 Mora, de la provincia de San José. Colinda: Al
norte, Carret Nal Brasil fte de 35m 7cm; al sur, Miguel Ángel Flores
Morales; al este, Máximo y Virgilio Alpízar Aguilar y al oeste, José
David Pérez Alpízar Luis otros. Mide: Cuatro mil doscientos treinta
y cinco metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Plano SJ
0407827-1980. Para el segundo remate se señalan las catorce horas
y treinta minutos del treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis,
con la base de doscientos treinta y cuatro mil setecientos ocho
dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y
treinta minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis
con la base de setenta y ocho mil doscientos treinta y seis dólares
con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Distribuidora Los Pinos E.M.V. S. A.
contra Flores de Majagua Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Expediente Nº 14-012717-1170-CJ. Juzgado Segundo Primer
Circuito Judicial de San José, edificio Tribunales de Justicia,
cuarto piso, consulta del estado del expediente en la línea 800-8003000, teléfonos: 2295-4079 y 2295-4087, fax: 2295-3627. Correo
electrónico: [email protected] Circuito Judicial
de San José, 15 de julio del 2016.—Juzgado Segundo Primer
Circuito Judicial de San José, 15 de julio del 2016.—Licda.
Melania Jiménez Vargas, Jueza.—( IN2016047692 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando dos servidumbres de paso anotadas a
las citas 576-98650-01-0002¬001 y 576-98650-01-0008-001; a las
catorce horas y treinta minutos del diecinueve de octubre del año dos
mil dieciséis, y con la base de once millones quinientos mil colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el
sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y un
mil cuatrocientos cincuenta y siete cero cero cero la cual es terreno
para construir. Situada en el distrito tercero San Juan, cantón segundo
San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Robin
Francisco Villalobos Alpízar; al sur, Robin Francisco Villalobos
Alpízar; al este, Julissa Villalobos Alpízar, y al oeste, servidumbre
de paso en medio de Bayron Villalobos Alpízar. Mide: Doscientos
veintitrés metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
catorce horas y treinta minutos del tres de noviembre del año dos
mil dieciséis, con la base de ocho millones seiscientos veinticinco
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para
la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del
dieciocho de noviembre del año dos mil dieciséis con la base de
dos millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra
Robin Francisco Villalobos Alpízar. Exp. N° 16-000280-1203-CJ.—
Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial
de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 18 de julio del 2016.—
Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2016047730 ).
A las catorce horas y treinta minutos del seis de setiembre
del año dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este Despacho;
libres de gravámenes hipotecarios y con sus respectivas bases; en
el mejor postor remataré las siguientes fincas: 1) Con la base de
quince millones de colones exactos, la finca inscrita en propiedad
partido de Alajuela, matrícula número 318.192-000, la cual es
terreno para construir, lote 13. Situada en el distrito 13, Peñas
Blancas, cantón 2, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda:
al norte, lote 14; sur, lote 12; este, calle pública con 10 metros de
frente, oeste, Lote Luis Diego Chacón Herrera. Mide: Quinientos
metros cuadrados. Plano: A-0411934-1997. 2) Con la base de nueve
millones de colones exactos, la finca inscrita en propiedad partido
de Alajuela, matrícula N° 241.440-001-002, la cual es terreno para
construir con 1 casa. Situada en el distrito 8, La Tigra, cantón 10,
San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ganadera
Luis Ángel Solís. S. A.; sur, calle pública con 10 mt 55 cm; este,
Apoderio Hernández Sánchez, oeste, Francis Chacón Arrieta. Mide:
Doscientos catorce metros con noventa y siete decímetros cuadrados.
Plano: A-0858220-1989. 3) Con la base ocho millones de colones
exactos, la finca inscrita en propiedad Partido de Alajuela, matrícula
N° 492.209-000, la cual es terreno de patio casa y jardín. Situada en
el distrito 13, Peñas Blancas, cantón 2, San Ramón, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, Invercode S. A.; sur, María Noemy
Rojas Herrera; este, calle pública en un frente de 18 metros con
un centímetro cuadrado, oeste, María Noemy Rojas Herrera. Mide:
Quinientos cuarenta metros cuadrados. Plano: A-0706089-2001.
Para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas y
treinta minutos del veintidós de setiembre del año dos mil dieciséis,
con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones
exactos (rebajada en un 25%) por la finca número 318.192-000; con
la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos
por la finca N° 241.440-001-002; y con la base de seis millones
de colones exactos por la finca N° 492.209-000. De no apersonarse
rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y
treinta minutos del siete de octubre del año dos mil dieciséis, con
la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos
(un 25% de la base original) por la finca número 318.192-000; con
la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos
por la finca número 241.440-001-002; y con la base de dos millones
de colones exactos por la finca número 492.209-000. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L.
contra Beleida Rojas Díaz, Cynthia Del Carmen Cordero Rojas,
Karen Susana Cordero Rojas, Marcos Vinicio Rodríguez Alvarado,
Orlando Cordero Zamora. Exp. N° 16-000916-1202-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de
Alajuela (Materia Cobro), 6 de julio del 2016.—Licda. Lilliam
Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016047758 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos (1:30 p.m.) del
veintitrés de agosto de dos mil dieciséis, (1) La finca 48654-F-000
con la base de noventa y cuatro mil quinientos noventa y seis dólares
exactos, (2) la finca 48805-F-000, con la base de cuatro mil novecientos
ochenta dólares y (3) la finca 48895-F-000, con la base de veinte mil
cuatrocientos veinticuatro dólares, en el mejor postor remataré lo
siguiente: Fincas inscritas en el Registro Público, Partido de San José,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N°
48654-F-000, 48805-F-000, 48895-F-000 (1) La finca 48654-F-000, es
terreno edificio D finca filial trescientos dos destinada a uso residencial
en proceso de construcción ubicada en el primer nivel. Situada en el
distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, finca filial trescientos uno y área común construida de
ducto y pasillo; al sur, área comen libre de juegos infantiles; al este, área
comen libre de juegos infantiles, y al oeste, finca filial trescientos tres.
Viernes 22 de julio del 2016
Mide: Setenta y tres metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados.
(2) La Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 48805-F000 es terreno finca filial cuatrocientos cincuenta y tres destinada a
bodega en proceso de construcción ubicada en el sótano. Situada en
el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San
José. Colinda: al norte, filial cuatrocientos cincuenta y dos; al sur, filial
cuatrocientos cincuenta y cuatro; al este, área común construida de
pasillo, y al oeste, área común construida de pasillo. Mide: Cinco metros
con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. (3) La Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula N° 48895-F-000 es terreno finca
filial quinientos cuarenta y tres destinada a estacionamiento en proceso
de construcción ubicada en el primer nivel. Situada en el distrito 01
Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda:
al norte, filiales quinientos treinta y tres y quinientos treinta y cuatro;
al sur, área común libre de calle; al este, filial quinientos cuarenta y
dos, y al oeste, filial quinientos cuarenta y cuatro. Mide: Veintiocho
metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las trece horas y treinta minutos (1:30 p.m.) del siete de
setiembre de dos mil dieciséis, (1) la finca 48654-F-000 con la base
de setenta mil novecientos cuarenta y siete dólares exactos (rebajada
en un 25%)(2) La finca 48805F-000 con la base de tres mil setecientos
treinta y cinco dólares (rebajada en un 25%), (3) la finca 48895-F-000
con la base de quince mil trescientos dieciocho dólares (rebajada en
un 25%) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta
minutos (1:30 p. m.) del veintitrés de setiembre de dos mil dieciséis (1)
la finca 48654-F-000 con la base de veintitrés mil seiscientos cuarenta y
nueve dólares exactos (un 25% de la base original), (2) la finca 48805F-000 con la base de mil doscientos cuarenta y cinco dólares (un 25%
de la base original), (3) la finca 48895-F-000 con la base de cinco mil
ciento seis dólares (un 25% de la base original). Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo
805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad
Anónima contra María Gabriela Torres Salcedo. Exp. N° 16- 0024981164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 6 de julio
del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2016047806 ).
En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 31405382-01-0002-001; a las quince horas y treinta minutos del siete
de noviembre del año dos mil dieciséis, y con la base de ciento
sesenta y tres mil novecientos treinta y un dólares con cincuenta y
dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 84666-F-000 cero cero
cero la cual es terreno finca filial número cuatro de dos plantas
ubicadas en el primer y segundo nivel destinadas a uso habitacional
en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 Pozos, cantón
09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área
común construida de tapia perimetral; al sur, finca filial número
cinco; al este, área común libre de acceso vehicular, y al oeste, área
común construida de tapia perimetral. Mide: Ciento ochenta y ocho
metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Valor porcentual:
15.1 Valor medida: 15.1. Plano: SJ-1446569-2010. Para el segundo
remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós
de noviembre del año dos mil dieciséis, con la base de ciento
veintidós mil novecientos cuarenta y ocho dólares con sesenta y
cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la
tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del siete
de diciembre del año dos mil dieciséis con la base de cuarenta mil
novecientos ochenta y dos dólares con ochenta y ocho centavos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San
José Sociedad Anónima contra Mariana Coromoto Villasmil Morao,
Rafael Alberto Secola Domínguez. Exp. N° 16-001350-1204-CJ.—
BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 13
Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia
(Materia Cobro), 24 de junio del 2016.—Lic. Jacqueline Peraza
Fallas, Juez.—( IN2016047807 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de
noviembre del dos mil dieciséis, y con la base de doscientos siete
mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección
de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
34937-F-cero cero cero, la cual es terreno finca filial numero dieciocho
destinada a uso habitacional en construcción de dos plantas. Situada
en el distrito San Antonio, cantón Escazú, de la provincia de San
José. Colinda: Al norte, finca filial número diecisiete; al sur acceso
vehicular y peatonal; al este acceso vehicular y peatonal y al oeste
finca filial número veintidós. Mide: Quinientos veinticuatro metros
con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate
se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de diciembre
del dos mil dieciséis, con la base de ciento cincuenta y cinco mil
doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y
treinta minutos del dieciocho de enero del dos mil diecisiete, con la
base de cincuenta y un mil setecientos cincuenta dólares exactos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S.
A. contra Adrián Morales Loría. Exp. N° 15-015069-1338-CJ.—
Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 30 de junio del 2016.—Licda. Jéssica Vargas
Barboza, Juez.—( IN2016047808 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente (citas: 30110617-01-0901-004), servidumbre sirviente (citas: 301-10617-010902-001), servidumbre sirviente (citas: 301-10617-01-0903-001),
servidumbre sirviente (citas: 301-10617-01-0904-001), servid
servientref: 2270-505 0012270-513-001, (citas: 301-10617-010905-001), servidumbre sirviente (citas: (301-10617-01-0906-001),
servidumbre trasladada citas: 341-11283-01-0900-001), servidumbre
trasladada (citas: 341-11283-01-0901-001), servidumbre trasladada
(citas: 341-11283-01-0902-001), servidumbre trasladada (citas:
341-11283-01-0904-001), servidumbre trasladada (citas: 34111283-01-0905-001), servidumbre trasladada (citas: 341-1128301-0906-001), servidumbre trasladada (citas: 341-11283-01-0913001), servidumbre trasladada (citas: 390-13316-01-0803-001); a las
ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de agosto de
dos mil dieciséis, y con la base de siete millones doscientos mil
colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 485355000 la cual es terreno lote 62, terreno para construir. Situada en
el distrito 03-San Juan, cantón 02-San Ramón, de la provincia de
Alajuela. Colinda: Al norte, lote 63; al sur, lote 61; al este, lote 57
y al oeste, calle pública con 7.00 metros de frente. Mide: Ciento
cuarenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del seis de setiembre
del dos mil dieciséis, con la base de cinco millones cuatrocientos
mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para
la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco
minutos del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis con la
base de un millón ochocientos mil colones exactos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas
jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de
pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de
este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ismael Gutiérrez Díaz. Exp.
N° 15-006162-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Cobro), 12 de julio del 2016.—Licda. Cinthia Pérez Moncada,
Jueza.—( IN2016047814 ).
Pág 14 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142
Viernes 22 de julio del 2016
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente (citas: 326-0041701-0901-001); a las trece horas y quince minutos (pasado meridiano)
del veintinueve de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de diez
millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 543579000 la cual es terreno para construir lote 06.- Situada en el distrito
03-Daniel Flores, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San
José. Colinda: Al norte, calle pública; al sur, Mapive S. A.; al este,
calle pública y al oeste, Mapive S. A. Mide: Doscientos setenta y seis
metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo
remate se señalan las trece horas y quince minutos (pasado meridiano)
del trece de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de siete
millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y quince
minutos (pasado meridiano) del veintinueve de setiembre del dos mil
dieciséis, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso
de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor
de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805
párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La
Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Leticia Ureña Mora. Exp. N° 16004573-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del
Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 06 de julio
del 2016.—Licda. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016047817 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios y anotaciones; pero soportando reservas y restricciones
citas 302-11695-01-0901-027, Condic y PROHIBREF: 2293
181 001 citas 302-11695-01-0902-013; a las catorce horas y cero
minutos del veinticinco de agosto del dos mil dieciséis, y con la
base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido
de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número quinientos sesenta y tres mil ochocientos cuarenta
y tres cero cero cero la cual es terreno de café y cacao. Situada en
el distrito 5-San Pedro, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia
de San José. Colinda: al norte, José Antonio Mora Hernández,
Flory Fallas Segura; al sur, José Ramón Chacón Sánchez; al este,
Haciendas Volagro S. A. y al oeste, calle pública. Mide: veintiún
mil ciento sesenta metros con veintitrés decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del nueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de seis
millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos
del veintiocho de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de
dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José
Ramón de Jesús Chacón Vargas. Exp. N° 16-002301-1200-CJ.—
Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial
de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 20 de junio del
2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016047836 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del ocho de
setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de dos millones
novecientos tres mil doscientos ochenta y un colones exactos,
en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el
Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y cuatro
mil quinientos veintinueve cero cero tres la cual es terreno para
construir con una casa. Situada en el distrito Palmares, cantón
Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Bernarda
Jiménez Céspedes; al sur, Jorge Álvarez; al este, calle pública con
un frente de 10 m y al oeste, Bernarda Jiménez Céspedes. Mide:
doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan
las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de setiembre del
año dos mil dieciséis, con la base de dos millones ciento setenta y
siete mil cuatrocientos sesenta colones con setenta y cinco céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta
se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de octubre
del año dos mil dieciséis con la base de setecientos veinticinco mil
ochocientos veinte colones con veinticinco céntimos (un veinticinco
por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso
monitorio de Municipalidad de Palmares contra Flora del Carmen
Vargas Fernández. Exp.: 15-000113-1203-CJ.—Juzgado de Cobro
y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San
Ramón (Materia Cobro), 01 de julio del 2016.—Lic. Esteban
Herrera Vargas, Juez.—( IN2016047852 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las once horas y treinta minutos del dieciocho de
octubre del dos mil dieciséis, y con la base de quince mil ciento
ochenta y nueve dólares con treinta y nueve centavos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: vehículo placas número BDC139,
marca Toyota, estilo Yaris, categoría automóvil, año 2013, color
plateado, VIN JTDBT923101425118, cilindrada 1496 cc. Para el
segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del
dos de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de once mil
trescientos noventa y dos dólares con cuatro centavos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las
once horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos mil
dieciséis con la base de tres mil setecientos noventa y siete dólares
con treinta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A., contra Ada María
de los Ángeles Mora Alvarado. Exp. N° 16-004271-1044-CJ.—
Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito
Judicial de San José, 8 de julio del 2016.—Lic. Ricardo Barrantes
López, Juez.—( IN2016047874 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de
agosto del dos mil dieciséis, y con la base de seis millones doscientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 69826-003,
004 la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito
1 Turrialba, cantón 5 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, J.R. La Isabel S. A.; al sur, carretera nacional con 35.00
metros; al este, Heriberto Calvo Ulloa y al oeste, J.R. La Isabel S. A.
Mide: trescientos un metros con treinta y siete decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos
del siete de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cuatro
millones seiscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho
horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil dieciséis
con la base de un millón quinientos cincuenta mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por
ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de
Costa Rica contra Ana Cecilia Ulloa Vargas, Heriberto de los Ángeles
Calvo Ulloa. Exp. N° 16-002251-1164-CJ.—Juzgado Especializado
de Cobro de Cartago, 5 de julio del 2016.—Lic. Guillermo Ortega
Monge, Juez.—( IN2016047898 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada con las
citas de inscripción 0318-00003341-01-0901-001; a las quince
horas del veintidós de agosto del dos mil dieciséis y con la base
de veintiocho millones de colones, en el mejor postor remataré lo
Viernes 22 de julio del 2016
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número 3-150923-001-002 la cual es terreno lote uno B terreno para
construir. Situada en el distrito 01 El Tejar, cantón 08 El Guarco,
de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote número cinco
B; al sur, calle pública con un frente de 16 metros; al este, resto
de protección de acequia en medio de calle pública y al oeste, lote
número dos B. Mide: doscientos treinta y dos metros con sesenta
y cinco decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan
las quince horas del seis de setiembre del dos mil dieciséis, con la
base de veintiún millones de colones (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas
del veintidós de setiembre del dos mil quince con la base de siete
millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior
debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código
de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Inversiones Los Gallos Guadalupanos S. A., contra
María Gabriela Chavarría Mena. Exp.:14-007933-1164-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 29 de junio del
2016.—Licda. Yanín Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016047906 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso; a las nueve
horas y cero minutos del diecinueve de octubre del dos mil dieciséis
y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público,
Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de
folio real, matrícula número quinientos treinta y un mil doscientos
cincuenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir.
Situada en el distrito 06 Pital, cantón 10 San Carlos de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte María Rojas González; al sur
servidumbre de paso con un frente de 3 metros con Flora Rojas
Quirós y con Sylvia Gómez e Hijos S. A.; al este Sylvia Gómez e
Hijos S. A. y al oeste Flora Rojas Quirós. Mide: setecientos metros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero
minutos del tres de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de
tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan
las nueve horas y cero minutos del dieciocho de noviembre del dos
mil dieciséis, con la base de un millón doscientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José
María Vásquez Araya contra Jeysson Mauricio Porras Jiménez.
Expediente: 16-000428-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor
Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón,
(Materia Cobro), 7 de julio del 2016.—Licda. María Auxiliadora
Cruz Cruz, Jueza.—( IN2016047923 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 35808508-01-0937-001, servidumbre trasladada citas: 395-03669-010020-001, servidumbre de paso citas: 529-14472- 01-0010-001,
servidumbre de paso citas: 537-04197-01-0007-001; a las diez horas
y treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, y con la
base de veintiún millones quinientos mil colones exactos, en el mejor
postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público,
partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio
real, matrícula número ciento treinta y cinco mil seiscientos cuarenta
y dos cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el
distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, Roger Chacón Chacón, Inversiones Industriales
Barbal S. A.; al sur, calle pública; al este, Roger Chacón Chacón e
Inversiones Industriales Barbal S. A. y al oeste, Guillermo Guerrero
Castillo. Mide: dos mil setecientos veintiocho metros con cuatro
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez
horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil
dieciséis, con la base de dieciséis millones ciento veinticinco mil
colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la
tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de
octubre del dos mil dieciséis, con la base de cinco millones trescientos
BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 15
setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra 3-101-641205
Sociedad Anónima. Exp. N° 14-001174-1207-CJ.—Juzgado de
Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 5 de enero del
2016.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2016047929 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 38704047-01-0946-001; a las diez horas y cero minutos del veintitrés de
agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de un millón quinientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta
y cuatro mil ochocientos veinticuatro cero cero cero la cual es
terreno lote 41 terreno para construir con una casa. Situada en el
distrito primero Bagaces, cantón cuarto Bagaces, de la provincia de
Guanacaste. Colinda: al norte, Navarro y Navarro R. Ltda.; al sur,
calle pública; al este, Navarro y Navarro R. Ltda., y al oeste Navarro
y Navarro R. Ltda. Mide: doscientos metros cuadrados. Plano:
G-0836437-1989. Para el segundo remate se señalan las diez horas
y cero minutos del siete de setiembre del año dos mil dieciséis, con
la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las
diez horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil
dieciséis con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel
Gerardo Rodríguez Bermúdez contra Otilia Miriam Badilla Quesada,
Rafael Ángel Segura Sánchez. Exp.: 16-000369-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial
de Guanacaste, Liberia (Materia Cobro), 03 de junio del 2016.—
Lic. Jorge Zúñiga Jáen, Juez.—( IN2016047932 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 29920149-01-0901-001; a las diez horas y quince minutos (antes meridiano)
del veintidós de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de seis
millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número
cuatrocientos sesenta y ocho mil quinientos cincuenta cero cero cero
la cual es naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito San
Juan, cantón Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte,
Desarrolladora La Abuela S. A., sur, Desarrolladora La Abuela S. A.,
este, servidumbre de paso con 6 metros de ancho con un FRENEETE
de 14 metros oeste, Desarrollodora La Abuela S. A. Mide: trescientos
treinta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y quince minutos (antes meridiano) del seis de setiembre
del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones novecientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos
(antes meridiano) del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis,
con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a
favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo
805 párrafo segundo del código de comercio. Se remata por ordenarse
así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica
contra José Enrique Hernández Morales. Exp. N° 12-000115-1157CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 22 de junio del
2016.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016047938 ).
Pág 16 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142
Viernes 22 de julio del 2016
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (Citas: 31109049-01-0901-001), servidumbre trasladada (Citas: 335-1033201-0901-001), serv canal riegref: (Citas: 343-04417-01-0001-001);
a las diez horas y treinta minutos (antes meridiano) del veintinueve
de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de trece millones ciento
veinticinco mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo
siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela,
Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número sesenta y cinco mil doscientos treinta y tres f cero cero
cero la cual es de naturaleza: finca filial primaria individualizada
número treinta y uno-b apta para construir que se destinará a uso
habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos.
Situada en el distrito 6-San Isidro, cantón 1-Alajuela, de la provincia
de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada
número treinta y seis-B; al sur área común libre de acceso cinco; al
este, finca filial primaria individualizada número treinta-B y al oeste
finca filial primaria individualizada número treinta y dos-B. Mide:
trescientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las
diez horas y treinta minutos (antes meridiano del trece de setiembre
de dos mil dieciséis, con la base de nueve millones ochocientos
cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada
en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan
las diez horas y treinta minutos (antes meridiano del veintinueve
de setiembre de dos mil dieciséis con la base de tres millones
doscientos ochenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Manuel Enrique Calvo Cruz. Exp:13007600-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 05 de julio del 2016.—
Licda. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016047939 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando practicado citas: 800-247667-010001-001; a las trece horas y treinta minutos del diecinueve de
setiembre del dos mil dieciséis y con la base de tres millones de
colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento
veinticinco mil seiscientos ochenta y dos-cero cero cero, la cual es
terreno para construir. Situada en el distrito 04 Río Naranjo, cantón
04 Bagaces de la provincia de Guanacaste. Colinda: Al norte calle
pública con frente de 20.19 metros; al sur calle pública con frente
de 19.50 metros; al este Rogelio Aguirre Ordóñez, Iván Rodríguez
Soto, Manuel Carvajal Carvajal y al oeste Johel Alvarado Vargas.
Mide: Ochocientos diez metros cuadrados. Plano: G-06883202001. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta
minutos del cuatro de octubre del dos mil dieciséis, con la base de
dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en
un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las
trece horas y treinta minutos del veinte de octubre del año dos mil
dieciséis con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Proyectos
Propiedades e Inversiones Don Belfort S. A. contra Óscar De Jesús
Azofeifa Bermúdez. Expediente: 16-000876-1205-CJ.—Juzgado
de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial
de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 14 de julio del 2016.—
Licda. Yolanda Martínez Martínez, Jueza.—( IN2016047950 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando servid. de acuedref.: 024299 B 000,
citas: 386-10014-01-0922-003, servid de acuedref.: 024299 B 000
citas: 386-10014-01-0923-003; a las quince horas y treinta minutos
del veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis y con la base de
treinta y dos millones doscientos noventa y siete mil cuatrocientos
noventa colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor postor
remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido
de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real,
matrícula número ciento ocho mil ochocientos sesenta y dos-cero
cero cero, la cual es terreno para construir con oficina, bodega y
patio. Situada en el distrito primero Cañas, cantón sexto Cañas de la
provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Inversiones La Esperanza
Bagaceña S. A.; al sur Inversiones La Esperanza Bagaceña S. A.; al
este Walter Arias Ulate y José Obando Hernández y al oeste calle
pública. Mide: trescientos tres metros con setenta y cuatro decímetros
cuadrados. Plano: G-0482629-1998. Para el segundo remate se
señalan las quince horas y treinta minutos del diecisiete de octubre
del dos mil dieciséis, con la base de veinticuatro millones doscientos
veintitrés mil ciento dieciocho colones con quince céntimos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las quince horas y treinta minutos del primero de noviembre
del dos mil dieciséis, con la base de ocho millones setenta y cuatro
mil trescientos setenta y dos colones con setenta y dos céntimos (un
veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las
personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en
caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular
y de Desarrollo Comunal contra Luis Alberto Umaña Hernández.
Expediente: 15-001580-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor
Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste,
Liberia, (Materia Cobro), 27 de junio del 2016.—Lic. Jorge
Zúñiga Jaen, Juez.—( IN2016047954 ).
En la puerta exterior de este Despacho, pero soportando
hipoteca de segundo grado (citas: 2010-300243-02-0002-001) y
servidumbre trasladada (citas: 307-14136-01-0901-001); a las ocho
horas y cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil dieciséis
-08:00 a.m. 24/08/2016-, y con la base de siete millones de colones
exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en
el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo
el sistema de Folio Real, matrícula número 032473-F- cero cero
cero la cual es terreno filial ocho de una planta ubicada en el primer
piso destinado al estacionamiento de autobuses en proceso de
construcción. Situada en el distrito Quesada, cantón San Carlos, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, filial nueve; al sur, en parte
con filial siete área común destinada a rampas de abordaje; al este,
área común destinada a rampas de abordaje y al oeste, área común
destinada a acceso vehicular. Mide: sesenta metros con dieciocho
decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las ocho
horas y cero minutos del ocho de setiembre de dos mil dieciséis
-08:00am 08/09/2016-, con la base de cinco millones doscientos
cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y cero
minutos del veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis - 08:00am
26/09/2016- con la base de un millón setecientos cincuenta mil
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). “Se
consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente
al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco
de Costa Rica”. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución
hipotecaria de Condominio Vertical Comercial Plaza San Carlos
contra Jorge Luis Hidalgo Villanueva. Exp.: 12-016602-1164-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 04 de julio del
2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016048006 ).
En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca
de primer grado citas: 0495-00002805-01-0002-001, medianería
citas: 0309-00001836-01-0907- 003 y servid condic ref: 2463003-001 citas: 0309-00001836-01-0908-003; a las catorce horas y
treinta minutos del diecinueve de setiembre de dos mil dieciséis, y
con la base de diez mil dólares exactos, en el mejor postor remataré
lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San
José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula
número doscientos cincuenta y tres mil quinientos ochenta y uno
cero cero cero, la cual es terreno para construir con 1 casa N° 124.
Viernes 22 de julio del 2016
Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia
de San José. Colinda: Al norte, INVU; al sur, lote 125; al este, lote
142 y al oeste, lote 123. Mide: Ciento treinta y siete metros con
setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se
señalan las catorce horas y treinta minutos del cuatro de octubre
de dos mil dieciséis, con la base de siete mil quinientos dólares
exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera
subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecinueve
de octubre de dos mil dieciséis con la base de dos mil quinientos
dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Marco Tulio Hamm Royes contra Bethel de la Pradera S. A. Exp:
15-020868-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro
Primer Circuito Judicial de San José, 15 de febrero del 2016.—
Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez.—( IN2016048010 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las nueve horas y cero minutos del veintidós de
agosto del dos mil dieciséis, y con la base de ochocientos setenta
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo placas número 504842, marca Nissan, estilo platina,
categoría automóvil, capacidad 5-personas, año 2003, color Beige,
VIN 3N1JH01D4ZL080050. Cilindrada 1598 C.C. CC. combustible
gasolina, motor Nº. Para el segundo remate se señalan las nueve
horas y cero minutos del seis de setiembre de dos mil dieciséis con
la base de seiscientos cincuenta y dos mil quinientos colones exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se
señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de setiembre de
dos mil dieciséis, con la base de doscientos diecisiete mil quinientos
colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la
almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de
Yayme Lyn Corrales Viales contra Miguel Ángel Vega Sandí. Exp.
N° 15-000586-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y
Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 15 de junio del
2016.—Licda. Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016048013 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las diez horas del veintidós de agosto del dos mil
dieciséis y con la base de ochocientos cinco mil ciento ochenta y
cinco colones con quince céntimos por cada uno de los derecho, en
el mejor postor remataré lo siguiente: la finca inscrita en el Registro
Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema
de folio real, matrícula número ochenta y seis mil doscientos
sesenta y dos (86262-005, 010), derechos cero cero cinco y cero
diez, distrito Oriental, cantón Cartago de la provincia de Cartago.
Colinda: al norte Humberto Coto Jiménez; al sur Humberto Coto
Jiménez; al este calle pública y al oeste Humberto Coto Jiménez.
Mide: ciento cincuenta y seis metros con ochenta y seis decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del seis
de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de seiscientos tres
mil ochocientos ochenta y ocho colones con ochenta y seis céntimos
por cada uno de los derechos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintiuno de
setiembre del dos mil dieciséis, con la base de doscientos un mil
doscientos noventa y seis colones con veintiocho céntimos por cada
uno de los derechos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el
mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido
a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de
Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple
de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Mario Nelson
Salazar Sarmiento. Expediente: 96-101228-0346-CI.—Juzgado
Civil de Menor Cuantía de Cartago, 10 de junio del 2016.—Msc.
Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez—( IN2016048016 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del diez de
agosto del dos mil dieciséis, y con la base de ochenta y nueve
BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 17
mil novecientos ochenta y seis dólares con ochenta y cinco
centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas
número SLK015, marca Mercedes Benz, estilo SLK., categoría
automóvil, capacidad 2 personas, año 2015, color blanco, VIN
WDDPK4JA3FF102296, cilindrada 1796 cc., combustible gasolina,
motor Nº 27186130766293. Para el segundo remate se señalan las
nueve horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil
dieciséis, con la base de sesenta y siete mil cuatrocientos noventa
dólares con trece centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y
para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos
del doce de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de veintidós
mil cuatrocientos noventa y seis dólares con setenta y un centavos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a
las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que,
en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado
a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del
artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata
por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco LAFISE
S. A. contra Isaac Hernández Solano. Exp. N° 16-002622-1164CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 1° de julio del
2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2016048017 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; a las quince
horas y cero minutos del trece de setiembre del año dos mil dieciséis
y con la base de tres millones quinientos ochenta y siete mil veintitrés
colones con cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
veinticuatro mil doscientos cuatro derechos cero cero uno, cero cero
dos y cero cero tres, la cual es terreno de caña de azúcar-café-caña
india. Situada en el distrito Piedades Norte, cantón San Ramón, de la
provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Francisco Bolaños Porras;
al sur, Giovanny Herrera Arias, Julio Rojas Acuña y Emiliano
Arias Sancho; al este, camino público con un frente de 210,59
cm y al oeste, Ana Badilla Rodríguez. Mide: treinta y cuatro mil
ochocientos noventa y un metros con setenta decímetros cuadrados.
Para el Segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos
del veintinueve de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base
de dos millones seiscientos noventa mil doscientos sesenta y siete
colones con veintinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por
ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero
minutos del dieciocho de octubre del año dos mil dieciséis con la
base de ochocientos noventa y seis mil setecientos cincuenta y cinco
colones con setenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la
base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra
Giovanni del Carmen Herrera Arias, José Francisco Herrera Arias,
Luis Eugenio Herrera Arias. Exp.: 16-000370-1203-CJ.—Juzgado
de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de
Alajuela, San Ramón (Materia Cobro), 07 de julio del 2016.—
Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2016048018 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando condiciones citas: 0393-00013390-010804-001 y condiciones ref: 000000000IDA citas: 0393-0001339001-0807-001; a las diez horas y cero minutos del veintitrés de enero
de dos mil diecisiete, y con la base de veinte millones quinientos
mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca
inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento
setenta y nueve mil seiscientos sesenta y cinco cero cero cero la cual
es terreno para construir. Situada en el distrito 11 Cóbano, cantón
01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte,
calle pública con un frente a ella de veinte metros con cuarenta
y cuatro centímetros; al sur, quebrada Cenízaro; al este, Damaris
Ugalde Ugalde y María Rosey Ugalde Ugalde y al oeste Damaris
Ugalde Ugalde y María Rosey Ugalde Ugalde. Mide: dos mil
trescientos ochenta y tres metros con cero decímetros cuadrados.
Pág 18 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142
Viernes 22 de julio del 2016
Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del
siete de febrero de dos mil diecisiete, con la base de quince millones
trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un
veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez
horas y cero minutos del veintidós de febrero de dos mil diecisiete
con la base de cinco millones ciento veinticinco mil colones exactos
(un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa
a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda
que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser
girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción
del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se
remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
de Costa Rica contra Ronald Giovanni de Jesús Ugalde Ugalde.
Exp: 16-000714-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor
Cuantía de Puntarenas, 21 de junio del 2016.—Lic. Douglas
Quesada Zamora, Juez.—( IN2016048034 ).
la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veintisiete de enero
del dos mil diecisiete y con la base de veintiún millones seiscientos
cuarenta y cinco mil quinientos noventa y seis colones con setenta y
cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita
en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad,
bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis
mil quinientos cincuenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para
construir. Situada en el distrito 03 San Isidro, cantón 04 Montes De
Oro de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte servidumbre
de paso; al sur Delfin Dorado Zúñiga y Cascante S. A.; al este calle
pública y al oeste Delfin Dorado Zúñiga y Cascante S. A. Mide:
Cuatrocientos dieciocho metros con cero decímetros cuadrados. Para
el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del trece
de febrero de dos mil diecisiete, con la base de dieciséis millones
doscientos treinta y cuatro mil ciento noventa y siete colones con
cincuenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento)
y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos
del veintiocho de febrero de dos mil diecisiete con la base de cinco
millones cuatrocientos once mil trescientos noventa y nueve colones
con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Ramón Rugama Valdés.
Expediente: 16-000833-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil
de Menor Cuantía de Puntarenas, 04 de julio del 2016.—Lic.
Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2016048035 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 032500011522-01-0901-001 y servidumbre de paso citas: 0428-0001103601-0002-001; a las diez horas y cero minutos del veintisiete de enero
del dos mil diecisiete, y con la base de veintiún millones seiscientos
cincuenta y dos mil doscientos sesenta y un colones con sesenta y
ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita
en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad,
bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y un
mil trescientos cuarenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno
para construir lote 6E. Situada en el distrito 01 Bagaces, cantón 04
Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Servicios
Profesionales del Pacífico Educa S. A.; al sur, calle pública con un
frente a ella de 25 metros; al este, Servicios Profesionales del Pacífico
Educa S. A. y al oeste, Servicios Profesionales del Pacífico Educa S.
A. Mide: mil setecientos siete metros con ochenta y un decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero
minutos del trece de febrero del dos mil diecisiete, con la base de
dieciséis millones doscientos treinta y nueve mil ciento noventa
y seis colones con veintiséis céntimos (rebajada en un veinticinco
por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero
minutos del veintiocho de febrero de dos mil diecisiete con la base
de cinco millones cuatrocientos trece mil sesenta y cinco colones con
cuarenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar
en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo
deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la
restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de
Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Julián Arturo Zamora
Pérez. Exp. N° 16-000834-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de
Menor Cuantía de Puntarenas, 4 de julio del 2016.—Lic. Douglas
Quesada Zamora, Juez.—( IN2016048036 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes
hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del veinte de
setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de ciento diecinueve
mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca
inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de
Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento
setenta mil setecientos diecinueve cero cero cero, la cual es terreno
para construir 5-F. Situada en el distrito San Juan, cantón La Unión,
de la provincia de Cartago. Colinda: Al norte, Desarrollos Técnicos
S. A.; al sur, calle pública; al este lote 6-F y al oeste, lote 4-F. Mide:
Ciento cincuenta y cuatro metros con setenta y siete decímetros
cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas
y cero minutos del cinco de octubre del dos mil dieciséis, con la
base de ochenta y nueve mil doscientos cincuenta dólares exactos
(rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se
señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de octubre
del dos mil dieciséis con la base de veintinueve mil setecientos
cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas
en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque
certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo
del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco DAVIVIENDA (Costa Rica S. A.)
contra Manuel Alcides Gutiérrez Solís. Exp. N° 15-005826-1158CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia
(Materia Cobro), 17 de junio del 2016.—Licda. Jéssica Cordero
Azofeifa, Jueza.—( IN2016048074 ).
Convocatorias
Se convoca a todos los herederos, legatarios, acreedores y a
todos los interesados en la sucesión de Sofía Arias Cascante, mayor,
casada una vez, ama de casa vecina de Turrialba, cédula 01-01129677 y de quien en vida se llamó Onofre Antonio Moreno Vásquez,
mayor, casado una vez, vecino de Ciudad Neily, cédula 5-01210564, para que se apersonen a este despacho a las ocho horas del
diecinueve de agosto de dos mil dieciséis, para llevar a cabo la junta
de herederos, a fin de proceder conforme lo ordena el artículo 926 del
Código Procesal Civil. Sucesión N° 14-000205-0930-CI, número
interno 340-1-14.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 26 de mayo del 2016.—
Lic. Sugeily Hernández Azofeifa.—1 vez.—( IN2016034418 ).
Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión
de Freddy Arrieta Aguirre, mayor, empresario, casado una vez,
documento de identidad Nº 5-0132-0992, y vecino de La Cruz,
Guanacaste, quien falleció el 20 de abril de 2015, a una junta que
se verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del
diecinueve de agosto del año dos mil dieciséis (08:30 am de viernes
19/08/2016), para conocer acerca de los extremos que establece el
artículo 926 del Código Procesal Civil: 1) Si fuere procedente, elegir
albacea propietario o suplente, o ambos; 2) Mostrar conformidad o
no, con el inventario de los bienes y avalúo de los mismos y; 3) De
los reclamos contra la sucesión. Expediente Nº 15-000095-0386CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de
Guanacaste, Liberia (Materia Civil), 5 de mayo del 2016.—Lic.
Javier Camacho Duarte, Juez.—1 vez.—( IN2016039602 ).
Títulos Supletorios
Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente
N° 09-000033-0507-AG donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Raquel Fidel Cambronero Orozco
quien es mayor, casado una vez, vecino de Catedral de La Rita de
Viernes 22 de julio del 2016
Pococí, provincia de Limón, con residencia situada a 200 metros sur
de la Escuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe
Nº 04-0128-0085, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el
Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca
cuya naturaleza es potrero con casa de zócalo. Situada en el distrito
tercero La Rita, cantón segundo de Pococí, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, Rafael Ángel Rodríguez Mora; al sur, Alejandro
Ramírez Varela; al este, Ulices Vargas Jiménez y calle pública con
una medida de ciento sesenta metros con treinta decímetros y al oeste,
Carlos Cambronero Orozco. Mide: noventa y un mil ochocientos
doce metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº
7-1884774-2016. Indica el promovente que sobre el inmueble a
inscribir No pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información
no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de
un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias en la suma de
ciento cincuenta mil colones y el inmueble en la suma de cuatrocientos
cincuenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública,
pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de
quince años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han
consistido en chapeas y mantenimiento. Que no ha inscrito mediante
el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles,
según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza
a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria,
a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por
Raquel Fidel Cambronero Orozco, expediente Nº 09-000033-0507AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, Pococí, 13 de julio del 2016.—Lic. Carlos Eduardo Rojas
Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046892 ).
Anabella Morales Marín, mayor, casada una vez, ama de
casa, vecina de Hatillo Ocho, 300 metros este de la escuela, casa
N° 905, cédula de identidad número uno-quinientos setenta y cincoseiscientos cinco, promueve diligencias de información posesoria
para que se ordene al Registro Público de la Propiedad, Partido de
San José, inscribir a su nombre la finca que se describe así: terreno
de cítricos y tacotal, sito en distrito tercero Tabarcia, cantón sétimo
Mora de la provincia de San José. Mide: mil dos metros cuadrados.
Linda al norte: calle pública a Tabarcia, con trece metros con ochenta
y siete centímetros lineales de frente, al sur: quebrada El Salto,
este: Elieth Morales Marín y al oeste: Abigail Marín Mesén. Todo
conforme al plano catastrado número SJ-uno siete nueve cuatro tres
cinco siete- dos mil quince. Se cita y emplaza a todos los interesados
para que en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de
este edicto, se apersonen en el asunto en defensa de sus derechos.
Información posesoria N° 16-100061-0197-CI.—Juzgado Civil y
de Trabajo de Puriscal, Santiago, 7 de junio del 2016.—Licda.
Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—( IN2016046935 ).
Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente
N° 05-100157-0297-CI donde se promueven diligencias de
información posesoria por parte de Randall Peraza Peraza quien es
mayor, estado civil casado una vez, vecino de La Luisa de Pocosol
contiguo a la iglesia del lugar, portador de la cédula de identidad
vigente que exhibe número 1-834-226, profesión ingeniero
forestal, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público
de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la
provincia de Alajuela, la cual es terreno hoy con una casa. Situada
en el distrito trece, cantón décimo, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al noroeste y noreste, María Isabel Cruz Matamoros; al
sureste, iglesia católica de la Luisa de Pocosol y al suroeste, calle
pública con un frente de veintiséis metros un centímetros lineales.
Mide: quinientos ochenta y nueve metros con cinco decímetros
cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir
no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no
tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de
un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un
millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra que le
hiciere a Marielos Arroyo Cruz, quien es mayor, casada una vez,
separada de hecho, vecina de Palmares de Alajuela, Esquipulas del
Súper la Central veinticinco metros al oeste y cincuenta metros
BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 19
al sur, cédula 6-191-254, y hasta la fecha lo ha mantenido en
forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han
consistido en mantenimiento general de la casa y del lote, como
el cuido de las cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de
la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se
constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos
los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a
efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la
publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer
valer sus derechos. Proceso Información posesoria promovida por
Randall Peraza Peraza. Exp: 05-100157-0297-CI.—Juzgado Civil
y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia
Civil), San Carlos, 05 de julio del 2016.—Lic. Adolfo Mora Arce,
Juez.—1 vez.—( IN2016047126).
Se hace saber que ante este Despacho se encuentra el
expediente N° 11-000449-0388-CI, el cual corresponde a un proceso
de diligencias de información posesoria, promovido por Geidi
Villegas Ruiz conocida como Gleidy Villegas Ruiz, quien es mayor,
soltera, ama de casa, cédula 5-0290-405, vecina de Ortega de Santa
Cruz, Guanacaste, de la escuela trescientos metros al norte; el cual
interpuso a fin de que se inscriba a su nombre y ante el Registro
Público de la Propiedad, un terreno que es solar con una casa, situado
en Ortega, distrito 02 (Bolsón), cantón 03 (Santa Cruz), provincia
de Guanacaste; el cual colinda al norte: servidumbre de paso con un
frente a ella de treinta y cinco metros con sesenta y tres centímetros
lineales y Edwin Soto Ruiz, sur: Calimerio Jaen Jaen, este: calle
pública con un frente a ella de veinticinco metros con setenta y cinco
centímetro lineales y oeste: Eusebio Ramírez Cascante. Mide. 799
m2, según plano G-1788115-2014. Indica la parte promotora que
sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante
dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio
sucesorio, que estima el inmueble en un millón de colones, que lo
adquirió mediante una compra que le hizo a su tío-abuelo Carmelio
Jaen Jaen, mayor, casado, pensionado, cédula 9-003-798, vecino de
Ortega de Santa Cruz, Guanacaste, frente al Ebais de Ortega, el día 7
de agosto de 1997 que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de única
persona propietaria y en forma continua, pública y pacífica; que los
actos de posesión que ha ejercido sobre el han consistido en jardín con
variedad de plantas ornamentales, cercarlo, cambio de hostería, que no
ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias
otros inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal
razón y de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones
Posesorias, se emplaza por este medio a todas las personas interesadas
en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a
partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho
a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa
Cruz, Guanacaste, 20 de junio del 2016.—Lic. Mauricio Jiménez
Sequeira, Juez.—1 vez.—( IN2016047127 ).
Julio César Jenkins Vega, mayor, casado una vez, ganadero,
vecino de Tilarán, Guanacaste, cincuenta metros este del Acueducto
y Alcantarillados, cédula de identidad número uno-seiscientos
veintiocho-quinientos setenta y nueve. Solicita se levante
Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en
el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le
pertenece y que se describe así: Terreno de pasto, situado en el
distrito décimo, cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linda
al norte, Finca Jenkins S. A., al sur, Inversiones Pérez García S. A.,
al este, Quebrada sin nombre en medio de Finca Jenkins S. A y al
oeste, calle pública con un frente a ella de mil trece metros treinta
y seis centímetros. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado
número A-1652626-2013 de fecha seis de mayo de dos mil trece,
una superficie de doscientos treinta y seis mil trescientos cincuenta
y siete metros cuadrados. El inmueble antes descrito lo adquirió
el titulante mediante proceso sucesorio de quien en vida fue su
padre, el señor Julio César Jenkins Chavarría, mayor, casado una
vez, agricultor, vecino de Tilarán, Guanacaste, cédula de identidad
1-288-525; dicha protocolización de piezas del proceso sucesorio la
realizó el Licenciado Carlos Fernández Zeledón, mediante escritura
ciento treinta y ocho visible al folio sesenta y cinco frente del tomo
cincuenta y cinco, escritura de fecha diez de abril de mil novecientos
ochenta y seis. Valora el terreno en la suma de seis millones de
Pág 20 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142
Viernes 22 de julio del 2016
colones y en la misma suma las presentes diligencias. Con un mes
de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a
los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto
de que se apersonen en defensa de sus derechos. Razón: Publíquese
este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. Diligencias
de Información Posesoria N° 14-000310-0298-AG, establecida
por Julio Cesar Jenkins Vega.—Juzgado Agrario del Segundo
Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 20 de junio del
2016.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047133 ).
Citaciones
Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios
e interesados en la sucesión de Jorge Jesús Montenegro Quirós,
mayor, casado una vez, comerciante, portador de la cedula de
identidad número uno-quinientos cincuenta y dos-cero novecientos
ochenta y siete, vecino de Buenos Aires, Puntarenas, seiscientos
metros norte del Ministerio de Salud, para que dentro de treinta
días naturales contados a partir de la publicación de este edicto
comparezcan en las oficinas del notario Gustavo Josué Navaro
Garro, ubicada en el centro de esta ciudad, San Isidro de El General,
Pérez Zeledón, centro comercial los Betas, oficina N° veinte, a
reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad
de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado la
herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0003-2016.—
San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas diez minutos del trece
de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Gustavo Josué Navarro Garro,
Notario.—1 vez.—( IN2016046531 ).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó José Francisco Araya Montoya,
mayor, estado civil casado, profesión constructor, nacionalidad
costarricense, con documento de identidad 0202440022 y vecino de
San Antonio de Naranjo. Se cita a las personas herederas, legatarias,
acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de
que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente N° 16-000085-0295-CI.—Juzgado Civil
y Trabajo de Grecia, (Materia Civil), 26 de mayo del 2016.—Lic.
Randall Briceño Solano, Juez.—1 vez.—( IN2016046602 ).
En proceso sucesorio notarial ab intestato, expediente
número ALRA-cero cero uno-dos mil quince, de quien en vida
fuera Ángel Gerardo Azofeifa Venegas, quien en vida fue mayor,
divorciado, misceláneo de Centro Educativo, vecino de Heredia,
San Isidro, San José, cuatrocientos metros norte y cincuenta oeste
del Bar La Pista, mediante resolución de las dieciocho horas del
dieciocho de junio del año dos mil quince se declara como único
y universal heredero al señor Andrey Gerardo Azofeifa Bolaños,
quien es mayor, soltero, administrador, cédula de identidad número
cuatro-cero doscientos nueve-cero cuatrocientos cincuenta y siete
y vecino de Heredia, San Isidro, San José, cuatrocientos metros
norte y cincuenta oeste del Bar La Pista.—Licda. Ana Lorena
Rojas Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2016046858 ).
0209; para que dentro del mismo plazo se apersonen ante este
Juzgado con el fin de que hagan valer sus derechos, apercibidos
de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien demuestre
su derecho.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de
Hatillo, 13 de abril del 2016.—Lic. José Manuel Chaves Redondo,
Juez.—1 vez.—( IN2016046886 ).
Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Consuelo Mora Rodríguez,
mayor, estado civil soltera, profesión no indica, nacionalidad Costa
Rica, con documento de identidad N° 0201160629 y vecina de
Alajuela, San Mateo, Labrador. Se cita a las personas herederas,
legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas,
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la
herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000499-0638-CI.—
Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de San Mateo
(Materia Civil), 06 de julio del 2016.—Lic. Olger Castro Pacheco,
Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN201646895 ).
Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó José Rojas Fernández, mayor, agricultor,
costarricense, cédula de identidad Nº 0102400994 y quien fuera vecino
de Guápiles, Cariari centro, 125 metros este del lubricentro La Colonia.
Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a
todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días
contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer
valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener
derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo,
aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000064-0507AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, 07 de abril del 2016.—Licda. Yendri Patricia Rojas Pérez,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046901 ).
Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión
de Hugo Alberto Arroyo Herrera, a una junta que se verificará en
este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de
setiembre de dos mil dieciséis, para conocer acerca de los extremos
que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. N° 14000438-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de
Alajuela, 1 de junio del 2016.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.—
1 vez.—( IN2016046905 ).
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general
a todos los interesados en la sucesión de Roy Valverde Valverde,
quien fue mayor, casado una vez, electromecánico, vecino de San
Juan de Dios de Desamparados, de los tanques de Acueductos y
Alcantarillados 100 metros norte, cédula de identidad número unocero seis trece-cero dos cinco cuatro, para que dentro del plazo
de treinta días, comparezcan a este Despacho a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la
herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 16-100023-0217-CI.—Juzgado
Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José,
Desamparados, 19 de febrero del 2016.—Licda. Ana Milena
Gutiérrez Rojas, Jueza.—1 vez.—( IN2016046881 ).
Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos quienes pueden resultar interesados o creen tener
derechos en la sucesión testamentaria en sede notarial de quien en
vida fue Bruce Nelson (nombres) Ander (apellido), mayor, de un solo
apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, divorciado una
vez, Retirado, portador de la cédula de residencia temporal número
uno ocho cuatro cero cero cero siete nueve ocho tres dos nueve,
vecino de San José, San Pedro, Lourdes, Condominio Flor del Este,
número treinta y seis, quien falleció el día veintiséis de marzo de dos
mil dieciséis, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto que se hará por una sola vez en
el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos ante esta
notaría, ubicada en Puntarenas, Garabito, Jaco, cien metros al este
del edificio municipal, apercibidos de que si no lo hicieren dentro del
plazo dicho, la herencia pasara a quien corresponda. El representante
del heredero y el albacea realizaron las manifestaciones establecidas
en el artículo novecientos cuarenta y seis del Código Procesal Civil,
mediante escritura pública número veintisiete de las diecisiete horas
del nueve de julio de dos mil dieciséis, visible al folio veintiuno
vuelto del tomo cuarenta y uno de mi protocolo, mediante la cual
se solicitó la apertura del presente Proceso Sucesorio Testamentario
en sede notarial. Expediente N° 01-2016.—Puntarenas, Jaco, a las
trece horas del once de julio de dos mil dieciséis.—Licda. Sylvia
Vega Carballo, Notario.—1 vez.—( IN2016046912 ).
Con treinta días de plazo, se cita y emplaza a todos los
herederos, legatarios y demás interesados en el proceso sucesorio
Nº 16-100008-0239-CI (08-16) de William González Duarte,
quien en vida fue mayor, costarricense, viudo una vez, vecino de
Hatillo 8, alameda 27, casa 1072, cédula de identidad Nº 2-0298-
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Mauricio de Jesús Villarreal Castro, mayor,
casado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad Nº
0106020095, empresario y vecino de Escazú, Guachipelín. Se cita a los
herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados,
Viernes 22 de julio del 2016
para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia,
de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien
corresponda. Expediente N° 16-000116-0180-CI.—Juzgado Primero
Civil de San José, 22 de junio del 2016.—Msc. Ricardo Díaz Anchía,
Juez.—1 vez.—( IN2016046928 ).
Por escritura de las 14:30 horas del 06 de julio de 2016, se
declaró abierto el proceso sucesorio en sede notarial de quien en
vida fue Xinia Serrano Serrano, con cédula de identidad número
uno-seiscientos veintitrés-ochocientos treinta, vecina de Tabarcia
de Mora. Se convoca a los interesados en tales diligencias a
comparecer dentro del plazo de ley a la Notaría de la Licda. Geovana
Vargas Vargas, localizada frente a la entrada principal del Colegio
de Tabarcia de Mora, a hacer valer sus derechos.—Lic. Geovana
Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016046932 ).
De conformidad con la escritura pública Nº 293-8 de solicitud
de intervención Notarial de las 11:15 horas del 11 de julio del 2016, se
cita y emplaza a todos los posibles herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados en el proceso sucesorio intestado en sede
notarial de Lai Yung Wong Yu, cc, Lydia Wong Yu, quien en vida fuera
mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San José, Montes de Oca,
San Pedro, Lourdes, Residencial Lugano, casa número 35, portadora de
la cédula de identidad 8-0040-0016, para que dentro del plazo de 30 días
contados a partir de la publicación de este edicto, concurran a hacer valer
sus derechos ante la Notaría del Licenciado Efraín Mauricio Carvajal
Madrigal, con oficina profesional sita en San José, Montes de Oca, San
Pedro, Lourdes, costado este de la iglesia católica, contiguo a la Pescadería
Happy Fish, fax número 2280-6818, Email [email protected]
con el apercibimiento de que en caso de que no se presenten dentro de ese
plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Albacea nombrado: José
Antonio Ayi Con. Expediente número 0001-2016.—San Pedro, Montes
de Oca, San José, 13 de julio del 2016.—Lic. Efraín Mauricio Carvajal
Madrigal.—1 vez.—( IN2016046946 ).
Se convoca a todos los interesados en la sucesión de, José
Bermúdez Agüero, mayor, casado una vez, con cédula número
uno-ciento cincuenta-diecinueve, vecino de Puntarenas, Buenos
Aires, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a
hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean
tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro
de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio
número 12-100685-0642-CI (45-13) de Floribeth Bermúdez
Benavidez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos
Aires, 17 de mayo del 2016.—Lic. Allan Montero Valerio,
Juez.—1 vez.—( IN2016046966 ).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó, Frieda Adela Gfeller Gutiérrez,
mayor, soltera, comerciante, costarricense 07-0021-0303, con
documento de identidad: dato desconocido. Se cita a los herederos,
legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que
dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación
de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el
apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia,
de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a
quien corresponda. Expediente Nº 15-000260-0181-CI.—Juzgado
Segundo Civil de San José, 21 de junio del 2016.—Msc. Rodrigo
Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2016046992 ).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó Olga Benambur Meléndez, mayor,
casada dos veces, comerciante, cédula 1-294-053, vecina de San José.
Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos
los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus
derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho
a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla
pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000046-0182-CI.—
Juzgado Tercero Civil de San José, 28 de abril del 2016.—Msc.
Carlos D’Alolio Jiménez, Juez.—1 vez.—( IN2016047001 ).
BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 21
Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de
los señores Javier Cordero Bolaños, quien fue mayor, casado una
vez, comerciante, vecino de Heredia, cédula cuatro-cero veintiséisnueve mil dieciocho y de María Sandoval Avendaño, quien fue
mayor, casada una vez, ama de casa, del mismo vecindario, cédula
cuatro cero veinte-tres cuatrocientos cincuenta y siete, que en el
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que
crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de
dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 012016. Heredia, Santo Domingo, 225 metros norte de los Bomberos.
Proceso Sucesorio Ad Intestato Extrajudicial de, Javier Cordero
Bolaños y María Sandoval Avendaño.—Lic. Marta Ma. Elizondo
Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016047028 ).
Se cita y emplaza a todos los terceros, acreedores e interesados
en la sucesión de quien en vida fue Douglas Lionel (nombre) Sands
(apellido) con un solo apellido en razón de su nacionalidad de Estados
Unidos de América, de calidades en vida mayor, pensionado, vecino
de Guanacaste, Carrillo, Ocotal en proyecto Cala del Sol, con cédula
de residencia número uno ocho cuatro cero cero uno cuatro siete uno
tres tres tres, para que dentro del plazo de treinta días contados a
partir de la publicación de este edicto, comparezcan a esta notaría a
reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de
herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia
pasara a quién corresponda e igualmente a los acreedores interesados
que deberán legalizar sus créditos correspondientes dentro del plazo
de ley, convocándose así por haberse ordenado dentro del expediente
notarial número 0001-2016. Notaría del Licenciado Célimo Gerardo
Fuentes Vargas, sita en Liberia, de la Farmacia Lux; cien metros al
sur y cinco metros al oeste.—Lic. Célimo Gerardo Fuentes Vargas,
Notario.—1 vez.—( IN2016047032 ).
Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó, Luis Alfredo Abea Quirós,
mayor, no indica, casado, nacionalidad 0105540420, con documento
de identidad comerciante. Se cita a los herederos, legatarios,
acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del
plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto,
comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento
a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se
apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda.
Expediente Nº 16-000145-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil
de San José, 22 de junio del 2016.—Lic. Miguel Ángel Rosales
Alvarado, Juez.—1 vez.—( IN2016047042 ).
Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás
interesados en proceso sucesorio ab intestado, de quien en vida
fuera Gregoria Ponce Vargas, mayor de edad, viuda una vez, ama
de casa, vecina de Guanacaste, La Cruz, Santa Cecilia, doscientos
metros norte de la Guardia de Asistencia Rural, cédula nueve-cero
cero cincuenta y tres-cero setecientos setenta, fallecida el cinco
de agosto del dos mil catorce, para que dentro del plazo máximo
de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este
aviso se apersonen a ésta notaría a hacer valer sus derechos bajo el
apercibimiento de que si no se presentaren en ese plazo la herencia
pasará a quien corresponda. Notaría de la Licda. Leda María Peña
Martínez, con oficina ubicada en Guanacaste, Liberia, frente
Almacén Torres y Pineda, con teléfono 8812-51-98.—Licda. Leda
María Peña Martínez, Notaria.—1 vez.—( IN2016047045 ).
Se emplaza, a todos los herederos, legatarios, acreedores, y
en general a todos los interesados en la sucesión de Ana Maricia
Ferretti Adlersberg, quien fue mayor, soltera, pensionada, vecina
de Desamparados, San Jerónimo; cédula de identidad 3-0190-0100
para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la
publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos,
con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia,
de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien
corresponda. Exp. N° 16-100095-0217-CI. Sucesión de Ana Maricia
Ferretti Adlersberg.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito
Judicial de San José, Desamparados, 25 de mayo del 2016.—Licda.
Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza a. í.— 1 vez.—( IN2016047081 ).
Pág 22 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142
Viernes 22 de julio del 2016
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio
de quien en vida se llamó Zoraida de Jesús Cordero Montero, mayor,
casada una vez, comerciante, vecina de Cariari de Pococí, frente a la
panadería Mar & Ross y portaba la cédula de identidad 6-0057-0696.
Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general
a todas las personas interesadas para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a
hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean
tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese
plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-0001130930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la
Zona Atlántica, 21 de junio del 2016.—Lic. Gersan Tapia Martínez,
Juez.—1 vez.—( IN2016047090 ).
Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso
sucesorio de quien en vida se llamó German Enrique Nelson
Calvo, mayor, divorciado, de oficio desconocido, con documento
de identidad 0101730046 y vecino de San José, Guadalupe de
Goicoechea. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en
general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta
días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que
crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro
de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14000545-0164-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo
Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 27 de junio del 2016.—
Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2016047096 ).
Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores
y en general, a todos los interesados para que, en el plazo de treinta
días contados, a partir de la publicación de este edicto, comparezcan
a este Despacho, a hacer valer sus derechos en el juicio sucesorio
notarial de quien fuera en vida Rodrigo Aguilar Amador, cédula
número 1-185-615, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieran
así, la herencia pasará a quien corresponda. Notaria de la Licenciada,
Ana Guiselle Chaves Salas, carne 20314. San José, Patalillo,
Vásquez de Coronado, San Antonio, Urbanización Jardines del
Supermercado La Campana; doscientos metros al sur, seiscientos
metros al este y cien metros al sur, casa cincuenta y tres.—San
Antonio de Coronado, 16 de junio del 2016.—Licda. Ana Guiselle
Chaves Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2016047145 ).
Avisos
Licenciada Kattia Pérez González, Jueza del Juzgado
de Familia de Pérez Zeledón, hace saber a cualquier persona
interesada, que en este Despacho se tramita el proceso de ejecución
de sentencia dentro de proceso abreviado de divorcio, interpuesto
por Luzeida Zúñiga Elizondo contra Jesús Enrique Quesada
Godínez, expediente número único 13-000324-0919-FA; se dictó la
resolución que literalmente dice: “Juzgado de Familia del Primer
Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). A las nueve horas
veintitrés minutos del doce de julio de dos mil dieciséis. I.- Por
solicitarlo así el licenciado Lenin Mendiola Varela en su calidad
de apoderado especial judicial de la actora-ejecutante y al ser este
procedente; libre de gravámenes y anotaciones sáquese a remate la
finca del Partido de San José, Matrícula 536.717-000, la cual mide
mil metros cuadrados, terreno para construir, situada en el distrito
seis Platanares, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia
de San José; linderos: Norte, servidumbre de paso con un frente
de 25.00 metros; sur, Quebrada Salto; este, Daysi Godínez Vargas,
y oeste, Arnoldo Quesada; Plano: SJ-0809231-2002, inscrita a
nombre de Jesús Enrique Quesada Godínez, cédula de identidad
1-0836-0423; evaluada en la suma base de ¢14.888.902,75 (catorce
millones ochocientos ochenta y ocho mil novecientos dos colones
con setenta y cinco céntimos). II.- A efecto de llevar a cabo el
primer remate por el valor de la base de dicho inmueble, se señalan
las siete horas treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil
dieciséis (7:30 a. m. del 25-08-2016). De no haber postores, el
segundo remate se realizaría a las siete horas treinta minutos del
nueve de setiembre de dos mil dieciséis (7:30 a. m. del 09-09-2016),
el cual se realizará por la misma base de dicho inmueble, según lo
dispuesto por el Tribunal de Familia, mediante el voto N° 736-2014,
de las quince horas cuarenta y cuatro minutos del dos de setiembre
del año dos mil catorce. Asimismo, de no apersonarse rematantes,
el tercer remate tendrá lugar a las siete horas treinta minutos del
veintisiete de setiembre de dos mil dieciséis (7:30 a. m. del 27-092016) por la misma base antes dicha, según lo dispuesto por el
Tribunal de Familia en su voto N° 736-2014, de las 15:44 horas
del 2 de setiembre de 2014. III.- Con fundamento en el numeral
21, inciso 5), de la Ley de Cobro Judicial, publíquese el edicto de
ley en el Boletín Judicial, dos días consecutivos. IV.- Conforme
lo dispone el artículo 23 de la citada Ley de Cobro Judicial, se
advierte a la ejecutante que el remate solo podrá verificarse
en las fechas señaladas si han transcurrido ocho días contados
a partir del siguiente al de la primera publicación del edicto.
F) Licda. Kattia Pérez González, Jueza”.—Juzgado de Familia de
Pérez Zeledón, 12 de julio del 2016.—Licda. Kattia Pérez Hidalgo,
Jueza.—( IN2016046893 ).—Exonerado.
2 v. 1
Licenciada Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza del
Juzgado de Familia de Santa Cruz, al señor Juan Camilo Ochoa
Cascante, en su carácter personal, quien es mayor, separado, de
domicilio desconocido, pasaporte PRN14895080, se le hace saber
que en proceso reconocimiento hijo mujer casada, establecido por
Eduardo Arturo Oporta Murgas, se ordena notificarle por edicto, la
resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Santa
Cruz, a las quince horas y cuarenta y cuatro minutos del dos de
octubre del dos mil quince. Se tienen por establecidas las presentes
diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido
por Eduardo Arturo Oporta Murgas a favor del menor Dylan Jesús
Ochoa Cascante. De las mismas se confiere audiencia al Patronato
Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. De los autos se
observa que se encuentran debidamente apersonados la licenciada
Escarleth Jiménez Li, en representación del ausente Juan Camilo
Ochoa Jiménez y señala medio para recibir notificaciones el correo
electrónico [email protected], esto desprendiéndose
del memorial visible a folios 36 y 37. Se les previene a las partes,
que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio
para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas
con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las
sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación
no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50
de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del
2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe
ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por
lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a
las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.
Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite
procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo
legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita
a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a
este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.
poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal
del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo,
por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con
la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el
18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este
asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar
la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de
nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de
discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de
residencia. En caso que el lugar de residencia consistiere en una
zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a)
funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación,
artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar al
ente aludido Patronato Nacional de la Infancia, se comisiona a la
Oficina de Comunicaciones Judiciales de Este Circuito Judicial
de este circuito judicial, asimismo notifíquese a la madre registral
Viernes 22 de julio del 2016
del menor Marilyn Cascante Mendoza en Coyolito de Belén de
Carrillo, del salón comunal 150 metros al norte, casa de cemento de
dos plantas, color terracota. Notifíquese a la parte demandada Juan
Camilo Ochoa Jiménez, por medio de un edicto que se publicará
en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para
los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil.—Juzgado
de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Santa Cruz
(Materia Familia).—Licda. Ana Lucrecia Valverde Arguedas,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046834 ).
Valeria Arce Ihabadjen Jueza del Juzgado Primero de Familia
de San José; hace saber a María Olga Vélez González, documento
de identidad 0022428335, de paradero desconocido , que en este
Despacho se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra,
bajo el expediente número 14-000411-0186-FA.Referida a que se
declare la nulidad del matrimonio celebrado entre las partes por
no haber dado consentimiento uno de los contrayentes y para que
se refiera a ella le fue otorgado el plazo de diez días, Se solicita
declarar la nulidad del matrimonio, al Registro Civil la anulación de
su inscripción, la anulación de cualquier trámite de naturalización y
todo acto para otorgar la residencia emitido por la Dirección General
de Migración y Extranjería. Lo anterior se ordena así en proceso
nulidad matrimonio de Procuraduría General de la República contra
Luis Andrés Marín Vega, María Olga Vélez González. Expediente Nº
14-000411-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José,
7 de julio del 2016.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046835 ).
El licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado
Segundo de Familia de San José; hace saber a Fabián Humberto
Alvarado Galviz, documento de identidad Nº 7731466, mayor,
ciudadano colombiano, casado, comerciante, de domicilio actual
desconocido, que en este Despacho con el expediente Nº 15-0004510187-FA se tramita en su contra proceso ordinario de declaratoria de
matrimonio inexistente, promovido por la Procuraduría General de
la República. Cuenta con el plazo de treinta días contado a partir
de la publicación de este edicto para que se apersone en el proceso
mediante escrito autenticado y conteste la demanda. Expediente Nº
15-000451-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José,
13 de julio del 2016.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.—
1 vez.—Exonerado.—( IN2016046836 ).
En este despacho se dictó dentro del proceso Insania promovido
por Vilma Emérita Varela Vásquez, expediente 15-000156-1152FA-1, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia de primera
instancia N° 424-2015, Juzgado de Familia del Primer Circuito
Judicial de la Zona Atlántica, a las catorce horas y cuarenta y cinco
minutos del catorce de octubre del año dos mil quince. Resultando:
I..., II..., III..., Considerando: I.- Hechos probados... III.- Sobre el
fondo: ... Por tanto: De conformidad con lo expuesto, artículos 99,
153, 155, 796, 797, 842, 828, y 829 del Código Procesal Civil, 466
del Código Civil, 43 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de
Elección y del Registro Civil, 233, 236, 239, 242, 202 y 204 del
Código de Familia, el presente proceso de insania, incoado por
Shelline Elsihana Reid Lewis se falla de la siguiente forma: 1. Se
declara Insana a la señora Melba Lewis Beckford. 2. Se designa
como Curadora de la Insana, a la señora Shelline Elsihana Reid
Lewis. 3. Se ordena publicar un extracto de esta sentencia en el
Periódico Oficial, así como su inscripción en el Registro Público. 4.
Se previene a la curadora procesal, que debe comparecer ante este
Despacho a aceptar su cargo dentro del plazo cinco días, una vez
firme esta sentencia, lo cual harán bajo juramento. Dentro del referido
plazo, la curadora designada también podrá excusarse de servir
la curatela, o bien manifestar que tiene impedimento, invocando
justa causa. Con el fin de que la curadora represente a la incapaz,
en los asuntos judiciales en los que se ésta se halle interesada, se
le dará certificación de la respectiva acta y de esta sentencia. Sobre
deberes y obligaciones: El cargo de curadora lleva implícito el
deber de representar legalmente y administrar los bienes que tenga
o eventualmente pueda tener la insana. Igualmente, es obligación
de la curadora cuidar que de la incapaz reciba sus medicamentos, y
atención medica idónea. En forma expresa se le advierte a la curadora
que si por culpa no ejerciere la curatela, o bien si llega a ser removida
por la mala administración o condenada por dolo en el juicio de
BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 23
cuentas, perderá el derecho de heredar a la insana y quedará obligada
al pago de daños y perjuicios que hubiere causado. Se le hace saber
también que si llega a descuidar sus deberes para con la insana, podrá
ser removida por el tribunal, mediante solicitud de cualquier persona
que resulte interesada. Sobre la administración: La curadora deberá
presentar al Tribunal, anualmente, sea para esta misma época, un
informe sobre la situación del patrimonio de la insana, con nota de
los gastos hechos y sumas percibidas durante el año anterior. Las
cuentas deberán ir acompañadas de sus documentos justificativos y
sólo podrá excusarse la comprobación de los gastos en que no se
acostumbre recoger recibos. Cuando la curatela finalice, la curadora
o sus herederos deberán rendir cuenta de la administración, dentro
del plazo de sesenta días, contados desde aquél en que terminó la
curatela. El Juez podrá prorrogar ese término a otros sesenta días,
cuando haya justa causa. En caso de que la administración llegue
a pasar a otra persona, el nuevo curador estará obligado a exigir y
discutir judicialmente la cuenta de su antecesor y será responsable,
en caso de omisión, de los daños y perjuicios que sufra la insana.
Las cuentas se discutirán en la vía incidental, pieza separada, y no
quedarán cerradas sino con la aprobación judicial. Tan pronto la
curadora haya rendido la garantía de la administración de la curatela,
se expedirá el mandamiento que acreditará su personería. Una vez
que la curadora presente el inventario de los bienes lo cual deberá
realizar dentro del término de treinta días contados a partir de la
aceptación del cargo; y el avalúo de todos los bienes de la incapaz,
se le ordenará que garantice las resultas de su exp: administración.
La garantía se puede rendir mediante depósito en dinero efectivo,
hipoteca, póliza de fidelidad del Instituto Nacional de Seguros o
bonos del Estado sus instituciones, apreciados estos últimos en su
valor comercial, según certificación de un corredor jurado. El cargo
de curador a lleva implícito el deber de representar, a la insana
legalmente y administrar sus bienes. Se advierte que la presente
los bienes de la insana, por lo que de ninguna manera podrá vender
grabar o disponer de los bienes de esta, sin previa autorización de
este Despacho, y se le aclara que no se le extenderá personería hasta
el tanto no cumpla con lo prevenido en el párrafo anterior. Notificada
la presente resolución deberá la promovente Shelline Elsihana Reid
Lewis deberá presente documentación idónea que indique el monto
que percibe la señora Melba Lewis Beckford por concepto de pensión
por invalidez que recibe de la Caja Costarricense de la Caja Social,
además deberá aclarar quien administra dicha pensión y se dedica al
cuido de la insana . En otro orden de ideas siendo que de los autos
se desprende que la señora Melba Lewis Beckford es socia de la
Cooperativa Nacional de Educadores y de la Asociación Fondo de
Mutualidad de Empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social,
se expide oficio a dichas entidades con la finalidad que certifiquen
si la señora cuenta con cuentas de ahorro o corrientes y los saldos
correspondientes, deberá la curadora incluir dentro del inventario
de bienes los dineros a favor de la insana que existan en estas
cuentas y solicitar a este despacho autorización previa si desea
disponer de dichos fondos. Las costas de este trámite son a cargo
del patrimonio de la inhábil. Publíquese la sentencia en el Boletín
Judicial. Anótese la declaratoria de insania en el Registro Público,
Sección de Personas, bajo la cita de inscripción 7-0037-403-0805,
así como en el Registro Civil. Exp. N° 15-000600-1152-FA-1.
Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial
de la Zona Atlántica.—Lic. Yuliana Ugalde Zumbado, Jueza.—
1 vez.—Exonerado.—( IN2016046837 ).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes
corresponda la curatela de Ervin Justino Aguilar Briceño, cédula Nº
5-0081-0719, conforme con el artículo 236 del Código de Familia,
para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince
días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Flor
María Baltodano Zúñiga. Expediente Nº 16-000051-0776-FA.—
Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Santa
Cruz (Materia Familia), 22 de abril del 2016.—Licda. Ana Lucrecia
Valverde Arguedas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046838 ).
Se convoca por medio de este edicto, a las personas a quienes
corresponda la curatela del presunto insano, Martir Nelson Rodríguez
Barrantes, portador de la cédula de identidad Nº 5-0063-0169, esto
conforme artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a
Pág 24 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142
Viernes 22 de julio del 2016
encargarse de él dentro del plazo de quince días contados a partir de
esta publicación. Esto en proceso de insania que promueve la señora
Silene María Rodríguez Ruiz. Expediente Nº 16-000211-0776-FA.—
Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Santa
Cruz (Materia Familia), 06 de julio del 2016.—Licda. Ana Lucrecia
Valverde Arguedas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046839 ).
Licenciada Kattia Pérez González, Jueza del Juzgado de
Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón);
hace saber a Mathijs Decoz, de un solo apellido en razón de su
nacionalidad holandesa, mayor, comerciante, pasaporte de su país
N° NJ101124, de domicilio desconocido, que en este Despacho se
interpuso un proceso de autorización salida país en su contra, bajo
el expediente N° 16-000026-1303-FA, donde se dictó la sentencia
N° 490-2016 de las diez horas del veintiocho de junio del dos mil
dieciséis, que en su parte dispositiva literalmente dicen: “Por tanto
se declara con lugar la presente demanda formulada por la señora
Yorleny Torres González contra el señor Mathijs Decoz. Se autoriza
la salida del país de la persona menor de edad Chloe Ayla Decoz
Torres en compañía de la madre señora Yorleny Torres González
o bien con tercera persona de su absoluta confianza para lo cual,
la madre deberá expedir la autorización correspondiente ante el
órgano administrativo correspondiente, por al menos tres veces al
año, en período de vacaciones escolares de mitad, fin y principio
de año, durante los siguientes cuatro años; siempre y cuando el
viaje sea de recreación u educación por un plazo no mayor a dos
meses calendario. Además, se autoriza a la señora Yorleny Torres
González, para que ella en su condición de madre de la persona
menor de edad Chloe Ayla Decoz Torres, en ejercicio de la
Autoridad Parental, gestione todo lo relacionado ante la Dirección
General de Migración y Extranjería, a fin de solicitar y obtener el
Pasaporte para su hija Chloe Ayla Decoz Torres. Asimismo, se le
autoriza a la señora Yorleny Torres González para que ella como
madre en ejercicio de la Autoridad Parental, realice todas las
diligencias y trámites que sean necesarios para solicitar y obtener
ante la Embajada Americana la Visa correspondiente a favor de
su hija Chloe Ayla Decoz Torres. En forma expresa se le advierte
a la señora Yorleny Torres González madre de Chloe Ayla Decoz
Torres, que tiene el deber de gestionar el regreso de su hija Chloe
Ayla Decoz Torres a Costa Rica dentro del período supra señalado,
y en caso de no acatar la orden, podrá incurrir en conductas que
son penalmente sancionadas como Desobediencia, Sustracción de
Persona menor de edad o incumplimiento o Abuso en el Ejercicio
de la Autoridad Parental. Se resuelve sin especial condenatoria en
costas (Artículo 222 del Código Procesal Civil, y 106 del Código
de Niñez y la Adolescencia). Edicto. Por tratarse de una demanda
contra un ausente, publíquese mediante edicto por una sola vez en el
Boletín Judicial, la parte dispositiva de esta sentencia con los datos
generales para identificar el proceso. Así se resuelve al amparo de lo
dispuesto por el artículo 263 del Código Procesal Civil, reformado
mediante Ley N° 7637, de 21 de octubre de 1996, publicada en
La Gaceta N° 211, del 4 de noviembre de 1996. Notifíquese. José
Miguel Fonseca Vindas, Juez de Familia. Lo anterior se ordena así
en proceso autorización salida país de Yorleny Del Rosario Torres
González contra Mathijs Decoz; expediente Nº16-000026-1303FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la
Zona Sur (Pérez Zeledón), 13 de julio del 2016.—Licda Kattia
Pérez González, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN201646850 ).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes
corresponda la curatela de Yeudy José Chaves Carranza, conforme
con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a
encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir
de esta publicación. Proceso de insania promovido por Lisbeth
Arelis Ramírez Carranza. Expediente Nº 15-000480-0688-FA.—
Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito
Judicial de Alajuela, San Ramón (Materia Familia), 11 de julio
del 2016.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—( IN2016046894 ).
Juan Damián Brilla Ramírez, Juez del Juzgado de Familia
del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Yenny Vanessa
Campos Sánchez, en su carácter personal, cédula 0701580635,
demás calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que
en demanda declaratoria judicial de abandono. Expediente: 14000415-0932-FA, establecida por Patronato Nacional de la Infancia
contra Yenny Vanessa Campos Sánchez, se ordena notificarle
por edicto la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de
Familia del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las nueve
horas y dos minutos del seis de agosto del dos mil catorce. De las
presentes diligencias de depósito de los menores Jack Jenderson
Campos Sánchez y Sharly Campos Sánchez, promovidas por el
Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días
a Yenny Vanessa Campos Sánchez, a quien se le previene que en
el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender
notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga
las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso
de veinticuatro horas de dictadas incluidas las sentencias. Se
producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda
efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley
de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008,
publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe
ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por
lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a
las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.
Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite
procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo
legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo
así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de
Género del Poder Judicial, sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre
del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que
resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente
información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento,
d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f)
Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Por ser el
Patronato Nacional de la Infancia el promovente de esta acción, se
omite notificar al ente aludido. Sobre medida cautelar: Tal y como lo
solicita el ente promovente se ordena el depósito judicial provisional
de los menores Jack Jenderson Campos Sánchez y Sharly Campos
Sánchez en el hogar de la señora Xinia Marixa Sánchez Vega, abuela
materna, asimismo se le hace ver a la señora Sánchez Vega que debe
presentarse ante este despacho en el plazo de ocho días a aceptar
el cargo. Notifíquese esta resolución a la Yenny Vanessa Campos
Sánchez, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en
su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la
Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos se comisiona
a la Oficina de Comunicaciones de Heredia. Por localizarse en
Sarapiquí, Puerto Viejo, Trinidad o Lotes Comando, contiguo al
Templo Cristiano. Notifíquese. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez
de Familia de Pococí y la resolución de las catorce horas y ocho
minutos del cuatro de julio del dos mil dieciséis. Juzgado de Familia
del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Se tiene como curadora
procesal de la demandada Yenny Vanessa Campos Sánchez a la
Licda. Leticia Pérez Hidalgo, la cual en adelante la representara, se
le confiere a la curadora procesal el plazo de cinco días, para que lo
conteste de la debida forma. Notifíquese.—Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Juan Damian
Brilla Ramírez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047072 ).
Juzgado Primero de Familia de San José, Ivose Aneus Brevil,
de nacionalidad Haitiano, portadora del documento pasaporte PP
1199035, en su carácter personal, quien es mayor, casado, de paradero
desconocido, se le hace saber que en demanda Nulidad Matrimonio,
establecida por Procuraduría General de la República contra Ivose
Aneus Brevil y otro, se ordena notificarle por edicto, la solicitud
planteada por la entidad actora, referida a que se declare la nulidad
del matrimonio celebrado entre las partes por haberse configurado
un vicio en el consentimiento de unos de los contrayentes y para que
se refiera a ella le fue otorgado el plazo de diez días, dentro del cual
Viernes 22 de julio del 2016
podrá contestar negativamente, expresando sus razones, aceptar los
hechos, ofrecer prueba, presentar excepciones y señalar medio para
recibir notificaciones. Expediente 15-000346-0186-FA, Nulidad de
Matrimonio de la Procuraduría General de la República contra Ivose
Aneus Brevil y Evelyn Yesenia Herrera Martínez.—Licda. Valeria
Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047073 ).
Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes
corresponda la curatela de Yoani Alonso Brenes Calderón, conforme
con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a
encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir
de esta publicación. Proceso de insania de Vilma María Calderón
Flores. Expediente número 15-002761-0338-FA.—Juzgado de
Familia de Cartago, 17 de marzo del 2016.—Licda. Tatiana
Meléndez Herrera, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016047074 ).
Juan Damián Brilla Ramírez, Juez del Juzgado de Familia
del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Ángela Iveth
Ortega Ortiz, en su carácter personal, quien es demás calidades y
domicilio desconocido, se le hace saber que en proceso depósito
judicial, exp: 16-000005-1307-FA, establecido por Patronato
Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la
resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del
Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las quince horas
y veinticuatro minutos del doce de enero del año dos mil dieciséis.
De las presentes diligencias de depósito de la persona menor Randy
Carlos Jiménez Ortega, promovidas por el Patronato Nacional de la
Infancia, se confiere traslado por tres días a Carlos Eduardo Jiménez
Zapata y Ángela Iveth Ortega Ortiz, a quienes se les previene que
en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras
no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas
con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las
sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación
no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50
de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del
2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con
respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el
Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre
del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si
desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe
ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por
lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a
las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con
el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho.
Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite
procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún
momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo
legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita
a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser
utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a
este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www.
poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal
del despacho en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo,
por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con
la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el
18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este
asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar
la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de
Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de
discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de
residencia. En cuestiones de primer y especial pronunciamiento
se nombra como depositario judicial provisional del menor Randy
Carlos Jiménez Ortega al señor Rafael Jiménez Valverde a quien
se le hace ver que debe apersonarse ante este despacho a aceptar
el cargo conferido dentro del plazo de ocho días. Notifíquese esta
resolución a Carlos Eduardo Jiménez Zapata y Ángela Iveth Ortega
Ortiz, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su
casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley
de Notificaciones Judiciales.- Para estos efectos, se comisiona a la
Oficina de Comunicaciones Judiciales Y otras Comunicaciones; II
Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Guápiles). Por localizarse
en 1) Ángela Iveth Ortega Ortiz en Cariari, Lomas de Sierpe en
BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 25
el Cuadrante, teléfono 8427-1211 y el señor 2) Carlos Eduardo
Jiménez Zapata en Cariari, Urbanización El Encanto casa 97-E. En
caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación
de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a)
notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley
de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Juan Damián Brilla Ramírez,
Juez de Familia de Pococí. Y la resolución de las diez horas y cincuenta
y cinco minutos del doce de julio del año dos mil dieciséis. Visto que la
demandada Ángela Iveth Ortega Ortiz carece de domicilio conocido y
no fue ubicado en la dirección reflejada mediante su cuenta cedular, se
ordena notificarle esta y la resolución de las quince horas y veinticuatro
minutos del doce de enero del dos mil dieciséis, mediante un edicto que
se publicará por una sola vez en el Boletín judicial. Elabórese el edicto
respectivo. Este edicto debe ser publicado una sola vez en el Boletín
Judicial. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito
Judicial de la Zona Atlántica.—Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.—
1 vez.—Exonerado.—( IN2016047095 ).
Se avisa que en este despacho Michael Stanley Ortiz Zamora,
solicitan se apruebe la Adopción Individual de la persona menor de
edad Carolina Acosta Sandoval. Se concede a todos las personas
interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones
mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y
se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 16000330-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial, San José, 13 de julio del 2016.—Licda. Sharon
Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047100 ).
Se avisa a la señora Ivannia Kane Jiménez, portadora de la
cédula de identidad 2-0575-0680, de demás calidades y domicilio
desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 16000367-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito
judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor
de edad Allan Calderón Kane. Se le concede el plazo de tres días
naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas
diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 4 de julio del 2016.—Licda. Sharon
Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016047101 ).
Se avisa a la señora Mayela Valle Bustillo, de nacionalidad
nicaragüense, de demás calidades y domicilio desconocidos que
en este juzgado, se tramita el expediente: 16-000370-0673-NA,
correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por
el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe
el depósito de las personas menores de edad Diana Belén Lira Valle,
Kristel Valeria Lira Valle y María de los Ángeles Lira Valle. Se
le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su
conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y
Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de julio
del 2016.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—( IN2016047102 ).
Se avisa al señor Arnul Vidal Bermúdez Salazar, portador de
la cédula de identidad 1-1279-0402, de demás calidades y domicilio
desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 16000385-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial,
promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita
que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Arnold Josué
Bermúdez Hidalgo. Se le concede el plazo de tres días naturales para
que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—
Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de
San José, 04 de julio del dos mil dieciséis.—MSc. Sharon Chinchilla
Villalta, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047103 ).
Se avisa a la señora Nancy Patricia Aguilar Salas, portadora de
la cédula de identidad 1-1410-0054, de demás calidades y domicilio
desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 16000402-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito
judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia,
donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor
de edad José Fernando Rosales Aguilar. Se le concede el plazo de
tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga
Pág 26 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142
Viernes 22 de julio del 2016
a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer
Circuito Judicial de San José, 15 de julio del 2016.—Licda. Sharon
Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016047104 ).
Se avisa a Alejandro José Torres Díaz, cédula de identidad
N° 1-0973-0504, con demás calidades y domicilio desconocidos,
representado por el curador procesal Licenciado, Oscar Gómez Ulloa,
que en este Despacho, se dictó dentro del expediente N° 14-0020500165-FA establecido por el señor Eduardo de Jesús Castro Páez, la
sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 357-2016. Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a
las quince horas y cincuenta y seis minutos del cuatro de julio del dos
mil dieciséis. Resultando: I.—…, II.—…, III.—…, Considerando:
I.—Hechos probados… II.—Sobre el fondo: … Por tanto: Con
fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los
Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la
Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia,
se declara con lugar la demanda de declaratoria de estado de abandono
de la persona menor de edad Ika Torres Zúñiga. Se extingue a su
progenitor Alejandro José Torres Díaz el ejercicio de la patria potestad.
Notifíquese al demandado Alejandro José Torres Díaz, por medio de
edicto. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del
Registro Civil, provincia de San José, al tomo mil ochocientos sesenta
y ocho, asiento trescientos treinta y seis folio ciento sesenta y ocho. Se
resuelve sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.—Juzgado de
Familia, Niñez y Adolescencia, 05 de julio de 2016.—Licda. Sharon
Adriana Chinchilla Villalta, Jueza.—Licda. Sharin Chinchilla Villalta,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047110 ).
Se avisa a, Karolina Auxiliadora Gutiérrez, nicaragüense,
con demás calidades y domicilio desconocidos, representada por el
curador procesal licenciado Ricardo Moreno Navarro, que en este
Despacho se dictó dentro del expediente N° 15-000319-0673-NA
establecido por la Licenciada María Elena Roig Vargas en calidad
de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, la
sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 373-2016.
Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de
San José, a las ocho horas y veintinueve minutos del once de julio
del dos mil dieciséis. Resultando: I…, II…, III…, Considerando:
I.—Hechos probados … II.—Sobre el fondo: … Por tanto: Con
fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención
Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código
de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del
Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria
de estado de abandono con fines de adopción de la persona menor
de edad Santiago Fonseca Rodríguez. Se extingue a sus progenitores
Karolina Gutiérrez Fonseca el ejercicio de la patria potestad. Se
otorga el depósito judicial del niño Santiago Fonseca Rodríguez
al Patronato Nacional de la Infancia, quienes deberán apersonarse
dentro de tercero día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia
en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San
José, al tomo dos mil doscientos trece, folio ciento ochenta y seis,
asiento trescientos setenta y uno. Se resuelve sin especial condena
en costas. Publíquese edicto. Notifíquese.—Juzgado Familia,
Niñez y Adolescencia, 12 de julio del 2016.—Licda. Sharon Adriana
Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047111 ).
Se avisa a Ethel María Salazar Corea, cédula de identidad N°
1-0970-0042, costarricense y a Jhon Darío Chica Pelaez, colombiano,
con demás calidades y domicilio desconocidos, representado por el
curador procesal Licenciado Alejandro Fernández Carrillo, que en
este despacho se dictó dentro del expediente n° 15-000577-0673-NA
establecido por la Licenciad a Seidy Chavarría Ramírez en calidad
de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, la
sentencia que en lo que interesa dice: sentencia N° 364-2016. Juzgado
de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las
diecisiete horas y ocho minutos del seis de julio de dos mil dieciséis.
Resultando: I…, II…, III…, Considerando: I. Hechos probados …
II. Sobre el fondo: … Por tanto: Con fundamento en las razones
dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño,
artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia,
160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, declarar en
estado de abandono con fines de adopción de la persona menor de
edad Edwin Omar Chica Salazar. Se extingue a su madre Ethel Mará
Salazar Corea y a su padre Jhon Darío Chica Peláez el ejercicio de
la patria potestad. Se ordena mantener el depósito judicial del niño
Edwin Omar Chica Salazar, en el Patronato Nacional de la Infancia,
quien deberá apersonarse dentro de tercer día a aceptar el cargo.
Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro
Civil Provincia de San José, al tomo dos mil doscientos veintinueve,
folio cuatrocientos veintidós, asiento ochocientos cuarenta y cuatro.
Publíquese el edicto respectivo. Se resuelve sin especial condena en
costas. Notifíquese.—Juzgado Familia, Niñez y Adolescencia, 11
de julio 2016.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—( IN2016047112 ).
Se avisa, a los señores Ensly Benito Rosales Calero, mayor,
pasaporte número C01407882; y Erika Mena Luna, con demás
calidades y domicilio desconocidos, son representados por la
curadora procesal Licenciada, Marta Eugenia Cedeño Jiménez, hace
saber que existe proceso N° 16-000066-0673-NA de declaratoria
judicial de abandono de la persona menor de edad Ensly Emiliano
Rosales Mena establecido por el Licenciado, Roberto Marín Araya
en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la
Infancia en contra de Ensly Benito Rosales Calero y Erika Mena
Luna, se ha dictado la resolución de las nueve horas y cincuenta y
nueve minutos del once de febrero del dos mil dieciséis, en la que se
les concede el plazo de cinco días para que se pronuncien sobre la
misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad
con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte
a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso
seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con
el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia.
Notifíquese.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 15 de
julio del 2016.—Licda. Yerma Campos Calvo.—Licda. Sharon
Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016047114 ).
Se avisa, a los señores Aura María Niemendez Gaita y José
Agustín Mendoza Velásquez, mayores, nicaragüenses, con demás
calidades y domicilio desconocidos, son representados por el curador
procesal Licenciado, Jorge Eduardo Ramos Ramos, hace saber que
existe proceso N° 16-000092-0673-NA de declaratoria judicial
de abandono de la persona menor de edad José Antonio Mendoza
Niemendez, establecido por el Licenciado, Mario Enrique Tenorio
Castro, en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la
Infancia en contra de Aura María Niemendez Gaitán y José Augustin
Mendoza Velásquez, se ha dictado la resolución de las diez horas y
treinta y seis minutos del veintidós de febrero del dos mil dieciséis,
en la que se les concede el plazo de cinco días para que se pronuncien
sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de
conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se
les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el
proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme
con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia.
Notifíquese.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 15 de
julio del 2016.—Licda. Yerma Campos Calvo.—Licda. Sharon
Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016047116 ).
Se avisa al señor Guillermo José Castillo Gallegos, de
calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita
el expediente 16-000112-0673-NA, correspondiente a diligencias
de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la
Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona
menor de edad Brandon Guillermo Castillo Ordoñez. Se le concede
el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o
se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia
del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de julio del dos
mil dieciséis.—Lic. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—( IN2016047117 ).
Se avisa a la señora Carol Vanesa Villavicencio Abarca,
portadora de la cédula de identidad 1-1059-0834, de demás calidades y
domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el expediente:
16-000152-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito
judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde
se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de
Viernes 22 de julio del 2016
edad Jeremy Leonel Fernández Villavicencio y Santiago Morales
Villavicencio. Se le concede el plazo de tres días naturales para
que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—
Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de
San José, 5 de julio del 2016.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047118 ).
Se avisa, a la señora Darling Yesenia Lira Ruiz, mayor,
nicaragüense, con demás calidades y domicilio desconocidos, es
representada por la curadora procesal Licenciada, Ana Lorena Mendoza
Carrera, hace saber que existe proceso N° 16-000292-0673-NA de
declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Christian
Antonio Lira Ruiz establecido por el Licenciado, Walter Soto Mora, en
calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia en
contra de Darling Yesenia Lira Ruiz, se ha dictado la resolución de las
catorce horas y treinta y siete minutos del veintisiete de mayo del dos
mil dieciséis, en la que se les concede el plazo de cinco días para que
se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del
caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia.
Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho,
el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme
con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia.
Notifíquese.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 14 de julio
del 2016.—Licda. Karol Vindas Calderón.—Licda. Sharon Chinchilla
Villalta, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047119 ).
Se avisa a Ronald Monge Ceballos, cédula de identidad N°
1-0999-0112, con demás calidades y domicilio desconocidos,
representado por la curadora procesal Licenciada, Marta Eugenia
Cedeño Jiménez, que en este despacho se dictó dentro del
expediente N° 13-000258-0673-NA establecido por el señor Gorge
Bartoglia López, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia
N° 374-2016. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José, a las diez horas y veinticuatro minutos del
once de julio del dos mil dieciséis. Resultando: I.—…, II.—…,
III.—…, Considerando: I.—Hechos probados… II.—Sobre
el fondo: … Por tanto: Con fundamento en las razones dadas,
artículo 9 de la convención sobre los derechos del niño, artículo
30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y
siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con
lugar la demanda de declaratoria de estado de abandono con fines
de adopción de la persona menor de edad Ian Carlo Monge García.
Se extingue a su progenitora Ronald Eduardo Monge Cevallos
el ejercicio de la patria potestad. Inscríbase esta sentencia en la
Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José,
al tomo mil ochocientos treinta y seis, folios doscientos treinta
treinta y uno, asiento cuatrocientos sesenta y uno. Publíquese
el edicto respectivo. Se resuelve sin especial condenatoria en
costas. Notifíquese.—Licda. Sharon Adriana Chinchilla Villalta,
Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047120 ).
Msc. Lianna Mata Méndez, Jueza del Juzgado de Familia
del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Jean Roberto Madrigal
Víquez, en su carácter personal, quien es mayor de edad, cédula
2-367-295, de domicilio desconocido, se le hace saber que en
demanda autorización salida país, Exp. N° 16-00475-0292-FA
establecida por Jennifer Bogantes Soto contra Roberto Madrigal
Víquez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo
conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial
de Alajuela, a las quince horas y dieciocho minutos del veintisiete
de abril del dos mil dieciséis. Del anterior proceso de autorización
de salida del país, establecido por Jennifer Bogantes Soto, se
confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días a Jean
Roberto Madrigal Víquez (Art. 433 del Código Procesal Civil). Se
le previene al demandado que en el primer escrito que presente debe
señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento
de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán
notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas,
incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la
notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11,
34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28
de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero
del 2009. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene
BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 27
como parte al patronato nacional de la infancia. Notifíquese esta
resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas
y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio
real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos
efectos, se comisiona a la a la Oficina de Comunicaciones Judiciales
de este Circuito Judicial. En caso que el lugar de residencia
consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se
autoriza el ingreso del funcionario notificador, a efectos de practicar
la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Lic.
Ignacio Solano Araya, Juez. Lo anterior por haberse ordenado en
autorización de salida del país expediente N° 16-00475-0292-FA.—
Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela,
primero de junio del dos mil dieciséis.—Msc. Lianna Mata Méndez,
Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016047500 ).
Edictos Matrimoniales
Han comparecido a este despacho solicitando contraer
matrimonio civil Cristhián Alberto Morales Fernández, mayor,
soltero, jornalero, cédula de identidad número uno-mil quinientos
sesenta y dos-doscientos setenta, vecino de La Hermosa de General
Viejo, 800 metros sur del salón Marcella, y 700 metros este de calle
la Arepa, hijo de José Alberto Morales Morales y Lidia Fernández
Sánchez, nacido en Pérez Zeledón, San Isidro, el dos de febrero del
año mil novecientos noventa y cuatro, con veintidós años de edad, y
Geizel Jeannette Sánchez Rojas, mayor, soltera, ama de casa, cédula
de identidad número uno-mil trescientos noventa y dos-ochocientos
cuarenta y seis, vecina de La Hermosa de General Viejo, 800 metros
sur del salón Marcella, y 700 metros este de calle la Arepa, hija
de José Joaquín Sánchez Arias y Jeannette Rojas Salazar, nacida
en Pérez Zeledón, San Isidro, el treinta y uno de mayo de mil
novecientos ochenta y nueve, actualmente con veintisiete años de
edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento
para que este matrimonio se realice, está en la obligación de
manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a
la publicación del edicto. Exp. Nº 16-000448-1303-FA.—Juzgado
de Familia del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez
Zeledón), Pérez Zeledón, 13 de julio del 2016.—Licda. Kattia
Pérez González, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046840 ).
Han comparecido a este despacho solicitando contraer
matrimonio civil los señores Gustavo Adolfo Loría Calderón,
mayor, soltero y en unión de hecho, cédula de identidad Nº 7-00820888, costarricense, de cincuenta y uno años de edad, chofer
vehículo liviano, nacido en Limón, cantón Central, distrito Primero,
en fecha 16-11-1965, y Maritza Ramírez Fajardo, mayor, divorciada
una vez y en unión de hecho, cédula de identidad Nº 7-0071-0528,
costarricense, de cincuenta y cinco años de edad, administradora
del hogar, nacida en Limón en el cantón central, en fecha 01-041992, ambos vecinos de Limón, cantón Central, distrito: primero;
ambos vecinos de Barrio Pacuare Nuevo, a la par de la pañalera,
casa R-15. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia
de impedimento legal para que su matrimonio se celebre debe
manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores
a la publicación de este edicto. Expediente Nº 16-000450-1152FA (1)-—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de
la Zona Atlántica, Limón, 13 de julio de 2016.—Licda. Yuliana
Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046841 ).
Han comparecido a este despacho solicitando contraer
matrimonio civil Jonathan Gerardo Vargas Garro, mayor, soltero,
pintor de muebles, cédula de identidad número uno-mil doscientos
cuarenta y dos-setecientos setenta y dos, vecino de Pista Las
Lagunas de Palmares, un kilómetro y medio de Riteve hacia el sur,
hijo de María de Los Ángeles Vargas Garro, nacido en San Isidro
de Pérez Zeledón, el veintiséis de mayo del año mil novecientos
ochenta y cinco, con treinta y un años de edad, y Maribel Gutiérrez
Castrillo, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número
seis-trescientos veinte-cero cincuenta, vecina de Pista Las Lagunas
de Palmares, un kilómetro y medio de Riteve hacia el sur, hija de
Manuel Gutiérrez Dobles y María Ángela Castrillo Rojas, nacida en
San Vito de Coto Brus, el catorce de abril del año mil novecientos
ochenta y dos, actualmente con treinta y cuatro años de edad. Si
alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que
Pág 28 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142
Viernes 22 de julio del 2016
este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en
este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación
del edicto. Exp. Nº 16-000452-1303-FA.—Juzgado De Familia del
Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez
Zeledón, 13 de julio del 2016.—Licda. María Del Rocío Quesada
Zamora, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046842 ).
Han comparecido a este Despacho solicitando contraer
matrimonio civil los señores: Manfred Sebastián Valladares Fuentes,
mayor, soltero, cédula de identidad N° 0603530796, costarricense,
de treinta años, Oficial de Seguridad, nacido en la provincia de
Puntarenas el día trece de marzo de mil novecientos ochenta y
seis, y Amalia Rosa Cruz Jiménez, costarricense, soltera, cédula
de identidad 0701810641, de veintiocho años, guarda de seguridad
, nacida en la provincia de Limón el día dieciocho de noviembre
de mil novecientos ochenta y siete, ambos vecinos de la Provincia
de Limón, Zent de Matina, 300 metros norte del puente de hamaca,
casa color verde mixta. Si alguna persona tuviere conocimiento de la
existencia de impedimento legal para que su matrimonio se celebre
debe manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores
a la publicación de este edicto. Expediente Nº 16-000469-1152-FA
(3).—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona
Atlántica, Limón 14 de julio del 2016.—Licda. Yuliana Ugalde
Zumbado, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046896 ).
Han comparecido a este despacho a que se les una en
matrimonio civil, los señores Jessé Omar Aguilar Quirós , mayor
de edad, soltero, técnico en computación, vecino de San José, Santa
Ana, Lindora, Urbanización Lindora, Sector Uno, casa doscientos
diecisiete, portador de la cédula de identidad número uno-mil
doscientos ochenta y tres-setecientos noventa y ocho, hijo de
Ornar Aguilar Salas y María de los Ángeles Quirós Quirós, ambos
costarricenses, y María Fernanda Araya Salazar, mayor, soltera,
técnico en computación, portadora de la cédula de identidad número
tres-cuatrocientos cincuenta y nueve-novecientos treinta y nueve,
vecina de San José, Santa Ana, Lindora, Urbanización Lindora,
Sector Uno, casa doscientos diecisiete hija del señor Marco Vinicio
Araya Fernández y la señora Ileana María Salazar Guillén, ambos
costarricenses. Si alguna persona tuviere conocimiento o conociere
algún impedimento para que esta unión se realice deberá hacerlo saber
a ocho días después de la publicación de este edicto al tel 25915370.
o al fax 2591-9228 o en mi oficina cita 100 sur, 100 este, y 25 norte
de la Esquina sureste Tribunales de Justicia Cartago.—Lic. René
Gustavo Granados Monge, Notario.—1 vez.—( IN2016046899 ).
Evelio Masís Campos, mayor de 31 años, divorciado, peón de
construcción, de nacionalidad costarricense, nacido el 19 de abril de
1985, vecino de La Palma de Puriscal, contiguo del Cementerio de La
Palma, cédula de identidad número 1-1240-503; hijo de José Ángel
Masís Hidalgo y Flor María Campos Guzmán, ambos costarricenses
y Jenny Durán Murillo, mayor, de 37 años de edad, soltera, asistente
contable, de nacionalidad costarricense, nacida el 4 de junio de
1979, vecina de La Palma de Puriscal, contiguo del Cementerio de
la Palma, cédula de identidad número 1-1036-01617, hija de Rafael
Durán Villalobos y Estela Murillo Arias, ambos costarricenses, han
comparecido ante este Juzgado, solicitando contraer matrimonio
civil. Si alguna persona conoce impedimento para que se realice
este matrimonio deberá hacerlo saber a este Despacho dentro de los
ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Expediente N°
16-400170-0197-FA.—Juzgado Civil, de Trabajo y Familia de
Puriscal, Santiago, 13 de julio del 2016.—Licda. Adriana Jiménez
Bonilla, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047109 ).
Edicto en lo Penal
Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez Tramitador del Tribunal Penal
del Segundo Circuito Judicial de San José hace saber que dentro del
proceso penal número 97-202475-0275-PE contra Oscar Enrique
Durán Carrillo, por el delito de Agresión Calificada, en perjuicio de
Darío Campos Cerdas: Se ordena a notificar por edicto la resolución
indicada: Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, al
ser las once horas del catorce de julio del dos mil dieciséis. Conforme
la resolución de las nueve horas con cincuenta minutos del catorce
de julio del dos mil dieciséis, “De un mejor estudio de los autos,
se observa que dentro de la presente causa, según el Depósito de
Vehículos se encuentra a la orden de este despacho, una motocicleta
marca Honda, placa MOT 01560, además cabe indicar no habiendo
gestión o solicitud de alguna parte sobre este bien. Se resuelve
ordenar notificar por edicto que en la presente causa se encuentra
decomisado el bien antes descrito. Se advierte a la titular del bien,
que si pasados tres meses posterior a la publicación del presente
edicto no hace valer sus derechos, se ordenará el comiso en favor del
estado de conformidad con lo dispuesto en la ley 6106. Se ordena
notificar por edictos, por tres veces consecutivas la resolución citada
a fin de que la interesada se presente personalmente a gestionar la
devolución de su automotor, o en su defecto extienda poder especial
a otra persona para que en su nombre solicite la devolución y retire el
vehículo de su interés. Dicho poder para tener plena validez deberá
confeccionarse en escritura pública y no podrá tener una vigencia
superior a tres meses de confeccionado. Queda exento de pago.
Notifíquese.—Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de
San José.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez Tramitador.—1 vez.—
Exonerado.—( IN2016047306 ).
3 v. 1
Juzgado Penal del II Circuito Judicial de San José, en la
sumaria 11-001980-0275-PE por delito de Conducción Temeraria
contra Jairo Nelson Martínez Rivera en daño de La Seguridad Común
y de conformidad con el artículo 7° de la Ley de Notificaciones, se
dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las ocho
horas y diez minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciséis al
señor Randall Antonio García Beita, cédula de identidad número
1-1257-0812, dueño registral de la motocicleta, marca Freedom,
estilo ZS200GY, placas de circulación MOT-179853, debiendo
los interesados presentar ante este Despacho la documentación
respectiva que acredite su propiedad; así mismo cuentan con el plazo
de un mes a partir de esta publicación, en caso de no presentarse se
ordenará el comiso a favor del estado. Es todo.—Juzgado Penal del
Segundo Circuito Judicial de San José.—Msc. Francisco Mena
Ayales, Juez.—1 vez.—( IN2016047069 ).
Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, en la
sumaria 11-003280-0175-PE por delito de Lesiones Culposas contra
Carlos Portilla Castro en daño de Kendoll Gutiérrez Rodríguez y
de conformidad con el artículo 7° de la Ley de Notificaciones, se
dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las
nueve horas y doce minutos del diecinueve de abril del dos mil
dieciséis, al señor Roberto Herra Brenes cédula de identidad número
1-1097-0279 dueño del vehículo marca Nissan, estilo Sedan, dos
puertas, color blanco, placas de circulación 195187, debiendo los
interesados presentar ante este despacho, la documentación respectiva
que acredite su propiedad; así mismo cuentan con el plazo de un mes
a partir de esta publicación, en caso de no presentarse se ordenara el
comiso a favor del estado. Este edicto de conformidad con la circular
N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009,
se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta
materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Se
ordena su publicación por única vez en el Boletín Judicial. Es todo.—
Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Msc.
Francisco Mena Ayales, Juez.—1 vez.—( IN2016047070 ).
Juzgado Penal del II Circuito Judicial de San José, en la
sumaria 12-002601-0175-PE por delito de lesiones culposas contra
Nidya Duran Rodríguez en daño de Alberto Quesada Fernández
y de conformidad con el artículo 7° de la Ley de Notificaciones,
se dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de
las nueve horas y dos minutos del diecinueve de abril del dos mil
dieciséis, al señor Wilson Steven Solano Solano, cédula de identidad
número 1-1358-0839 dueño de la motocicleta marca Katana, estilo
XF200GYBA, año 2008, color amarilla, placas de circulación MOT224656, debiendo los interesados presentar ante este Despacho la
documentación respectiva que acredite su propiedad; así mismo
cuentan con el plazo de un mes a partir de esta publicación, en caso
de no presentarse se ordenara el comiso a favor del estado. Es todo.—
Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Msc.
Francisco Mena Ayales, Juez.—1 vez.—( IN2016047071 ).