Firmado digitalmente CARLOS por CARLOS ALBERTO ALBERTO RODRIGUEZ (FIRMA) RODRIGUEZ PEREZ Fecha: 2016.07.21 PEREZ (FIRMA) 16:00:32 -06'00' AÑO CXXII La Uruca, San José, Costa Rica, viernes julio del lunes 1°22 dede febrero del2016 2016 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL PRIMERA PUBLICACIÓN De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1979 al 2014 del Juzgado Contravencional de Corredores, Zona Sur. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. Remesa:20789 Libros:9 Ampos:20 Agendas:5 Año:1979-2014 Asunto: 1 libro de actas de matrimonio (1979 al 1983), 1 libro de códigos de oficina (1998), 1 libro de salidas de expedientes a otras oficinas (1990 a 2002), 1 libro de reos (1990 a 2013), 1 libro de nombramientos de ejecutores y dineros en apelación (2001 a 2012), 1 libro de evidencias recibidas por la alcaldía mixta (1990 a 1992), 1 libro de control de fichas de usuarios (2010 a 2013), 1 libro de actas de matrimonio (1990 a 1991), 1 libro de actas, control de entrega de remisiones de detenidos (2001 a 2013). 5 agendas de señalamientos 2 (2013), 3 (2014). 1 ampo con circulares del Poder Judicial (2000 y 2001), 3 ampo con listados de firmas 1 (2010), 1 (2013), 1 (2014), 1 ampo con informes estadísticos (2002), registro de nombramientos (2004 a 2006), 1 registro de firmas (2012), 1 ampo con control de agenda (2006 a 2012), 1 ampo de control anual operativo (2010 a 2012), 1 ampo con sistema específico de valoración de riesgos (SERVI) del Poder Judicial (2009 a 2010), 1 ampo de informe mensual (2010 a 2011), 1 ampo con informe trimestral (2009 a 2010), 1 ampo con registros de órdenes de entrega de placas (2007 a 2011), 5 ampos con registros de vacaciones y nombramientos de personal 1 (2009), 1 (2010), 1 (2011), 1 (2012), 1 (2014), 1 ampo de registro de incapacidades (2004 a 2011), 1 control de expedientes enviados a otras oficinas en apelación (2001 a 2012), 1 control de órdenes de entrega de placas y de vehículos (2007 a 2013). Dan fe que el proceso de selección en el despacho cumplió con lo establecido en circular Nº 36-2010 de la Secretaría General de la Corte. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial. San José, 30 de junio del 2016. MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán Director Ejecutivo a. í. Exonerado.—( IN2016044028 ). Nº 142 — 28 Páginas De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015 de fecha 12 de agosto del 2015, artículo XI y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15 celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo LXXIX, de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2011 de fecha 16 de noviembre del 2011, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 11-12 celebrada el 09 de febrero del 2012, artículo LXVII y de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión Nº 012014, celebrada el 14 de marzo del 2014, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión Nº 47-2014, del 21 de mayo del 2014, artículo XXXI, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes de Tránsito del año 2002 a 2005, Expedientes del a Violencia Doméstica del año 2010 a 2012, Expedientes de Faltas y Contravenciones del año 2011 a 2013 y Expedientes de Pensiones del año 2011 al 2013 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Jicaral, Puntarenas. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho. EXPEDIENTES DE TRÁNSITO: Remesa: W 2 P 02 Expedientes: 1 Paquetes:1 Año:2002 Asunto: Tránsito: Infracción a la ley de Tránsito 1. Remesa: W 2 P 03 Expedientes: 56 Paquetes:1 Año:2003 Asunto: Tránsito: Infracción a la ley de Tránsito 56. Remesa: W 2 P 04 Expedientes: 42 Paquetes:1 Año:2004 Asunto: Tránsito: Infracción a la ley de Tránsito 42. Remesa: W 1 P 05 Expedientes: 39 Paquetes:1 Año:2005 Asunto: Tránsito: Infracción a la ley de Tránsito 39. EXPEDIENTES VIOLENCIA DOMÉSTICA: Remesa: V 6 P 10 Expedientes: 160 Paquetes:3 Año:2010 Asunto: Violencia Doméstica: Violencia Doméstica 160. Remesa: V 5 P 11 Expedientes: 148 Paquetes:3 Año:2011 Asunto: Violencia Doméstica: Violencia Doméstica 148. Remesa: V 3 P 12 Expedientes: 169 Paquetes:3 Año:2012 Asunto: Violencia Doméstica: Violencia Doméstica 169. Pág 2 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 Viernes 22 de julio del 2016 EXPEDIENTES FALTAS Y CONTRAVENCIONES: Remesa: G 5 P 11 Expedientes: 265 Paquetes:3 Año:2011 Asunto: Faltas y Contravenciones: Archivados y Absolutorias 265. Remesa: G 3 P 12 Expedientes: 149 Paquetes:3 Año:2012 Asunto: Faltas y Contravenciones: Archivados y Absolutorias 149. Remesa: G 2 P 13 Expedientes: 167 Paquetes:3 Año:2013 Asunto: Faltas y Contravenciones: Archivados y Absolutorias 167. EXPEDIENTES DE PENSIONES: Remesa: Q 3 P 11 Expedientes: 8 Paquetes:1 Año:2011 Asunto: Pensiones: Abandonados sin sentencia 8. Remesa: Q 1 P 12 Expedientes: 11 Paquetes:1 Año:2012 Asunto: Pensiones: Abandonados sin sentencia 11. Remesa: Q 1 P 13 Expedientes: 10 Paquetes:1 Año:2013 Asunto: Pensiones: Abandonados sin sentencia 10. Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. San José, 30 de junio del 2016. MBA. Rodrigo Arroyo Guzmán Director Ejecutivo a. í Exonerado.—( IN2016044034 ). Se hace del conocimiento de los siguientes propietarios registrales que en las afueras de la Delegación de la Fuerza Pública de Atenas, se mantienen 4 vehículos decomisados, no asociados a ninguna causa judicial, a saber: Vehículo Marca Bicimoto, sin marca ni placa visibles, color negro. Motocicleta, marca Jialing, color blanco con negro, sin placa metálica visible Motocicleta, marca Yamaha, color azul con gris, sin placa metálica visible. Motocicleta, marca Yamaha, color negro, sin placa metálica visible. Motor serie Número de motor 1P39FMA07100092 Número de motor se encuentra con desgaste en la superficie Chasis número Número de marco LB404P1037C7 10092 Número de marco 9FNAAKJCX80 022692 Número de Número motor 437- marco 127272, se 109247 encuentra alterado Número de Número motor L2- marco 25218K. 25218K Estado Mal estado Mal estado de Mal estado 437- de Mal estado L2- Recomendación del Perito Destrucción Destrucción Destrucción Destrucción Dueño Registral No se encuentra registrado en el Registro de la Propiedad Marvin Aguilar Argüello, cédula de residente No. 155800152 033 Luis Fernando Araya Ceciliano, cédula de identidad No. 3-01971271 Luz María Rodríguez Naranjo, cédula de identidad No.2-02710317 Se invita para que en el plazo de 20 días hábiles a partir del día siguiente de esta publicación, se presenten a la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, sita en el 4º piso del Edificio Plaza de la Justicia ubicado en San José, Barrio González Lahman, entre calles 17 y 19, avenidas 6 y 8, a hacer valer sus derechos. Deberán presentar el título de propiedad y documento de identidad vigentes. En caso de no presentarse dentro del plazo establecido, se procederá a la destrucción o donación de estos bienes según corresponda. Publíquese este aviso por una vez en el Boletín Judicial y en un Diario de Circulación Nacional. San José, 27 de junio del 2016. MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins, Director Ejecutiva 1 vez.—Exonerado.—( IN2016046524 ). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico los siguientes acuerdos: De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo III y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo CI; De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L.; se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que procederá a la destrucción de expedientes civil y laboral de los despachos que a continuación se detallan. Los expedientes se encuentran remesados en el Archivo Judicial. Periodo Cantidad Expedientes Eliminar EJECUTIVO SIMPLE 1990 58 EJECUTIVO SIMPLE 1990 101 CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1990 51 C-12-L-90 JUZGADO MENOR CUANTIA I CIRCUITO JUDICIAL ZONA CIVIL ATLANTICA EJECUTIVO SIMPLE 1990 52 C-71-S-90 JUZ. 4TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1990 134 C-75-S-90 JUZ. 3RO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1990 181 C-86-S-90 JUZ. 2DO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1990 155 C-97-S-90 JUZ. 1ERO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1990 124 C-81-S-90 JUZ. 6TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1990 123 C-6-A-91 JUZ. MEN.CTIA II CIRC.JUD.ALAJUELA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1991 101 C-18-C-91 JUZ. MEN.CTIA CARTAGO CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1991 108 C-45-S-91 JUZ. 4TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1991 203 C-68-S-91 JUZ. 3RO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1991 257 C-71-S-91 JUZ. 6TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1991 196 C-79-S-91 JUZ. 2DO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1991 203 C-84-S-91 JUZ. 1ERO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1991 208 C-89-S-91 JUZ. 5TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1991 243 C-19-C-92 JUZ. MEN.CTIA CARTAGO CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1992 203 C-62-S-92 JUZ. 4TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1992 317 C-70-S-92 JUZ. 6TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1992 314 C-75-S-92 JUZ. 2DO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1992 344 C-85-S-92 JUZ. 5TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1992 229 C-63-A-93 JUZ. ESPEC.COBRO Y MEN.CTIA I CIRC. JUD.ALAJUELA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1993 193 C-17-C-93 JUZ. MEN.CTIA CARTAGO CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1993 311 C-52-S-93 JUZ. 4TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1993 421 C-57-S-93 JUZ. 6TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1993 465 C-64-S-93 JUZ. 3RO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1993 466 C-65-S-93 JUZ. 2DO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1993 491 C-70-S-93 JUZ. 1ERO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1993 455 C-74-S-93 JUZ. 5TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1993 446 C-3-A-94 JUZGADO CIVIL ALAJUELA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 81 C-6-A-94 JUZ. MEN.CTIA II CIRC.JUD.ALAJUELA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 106 C-60-A-94 JUZ. ESPEC.COBRO Y MEN.CTIA I CIRC.JUD.ALAJUELA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 100 C-77-A-94 JUZGADO COBRO Y MENOR CUANTIA SAN RAMON CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 37 C-1-C-94 JUZ. MEN.CTIA CARTAGO CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 202 C-6-C-94 JUZ. CIV MAY CTIA. CARTAGO CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 46 C-23-L-94 JUZ. MEN.CTIA II CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 65 C-1-H-94 JUZ. MEN.CTIA HEREDIA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 111 C-2-P-94 JUZ. COBRO Y MENOR CTIA. PUNTARENAS CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 96 C-11-S94 JUZGADO CUARTO CIVIL MAYOR CUANTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 122 C-17-S-94 JUZ. 6TO. CIV MAY. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 62 C-23-S-94 JUZ. 2DO. CIV MAY CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 72 C-30-S-94 JUZ. 3RO. CIV MAY CTIA. SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 85 C-41-S-94 JUZGADO QUINTO CIVIL MAYOR CUANTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 75 C-48-S-94 JUZ. 4TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 530 C-56-S-94 JUZ. 6TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 497 C-61-S-94 JUZ. 3RO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 485 C-62-S-94 JUZ. 2DO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 460 C-67-S-94 JUZ. 1ERO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 495 C-71-S-94 JUZ. 5TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 512 C-88-S-94 JUZ. CONTR. PEREZ ZELEDON CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 61 C-1-A-95 JUZGADO CIVIL ALAJUELA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1995 96 C-39-A-95 JUZ. CIVIL I CIRC.JUD. ALAJUELA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1995 45 C-1-C-95 JUZ. CIV MAY CTIA. CARTAGO CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1995 74 C-23-C-95 JUZ. MEN.CTIA CARTAGO CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1995 265 C-1-G-95 JUZGADO CONTRAVENCONAL MENOR CUANTIA LIBERIA CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1995 48 Remesa Despacho Materia C-19-C-90 JUZ. CONTRAVENCIONAL MENOR CUANTIA TURRIALBA CIVIL C-20-C-90 JUZGADO MENOR CUANTIA CARTAGO CIVIL C-1-H-90 JUZGADO MENOR CUANTIA HEREDIA TRABAJO TRABAJO II II CIRCUITO CIRCUITO JUDICIAL JUDICIAL Asuntos de a C-30-S-94 JUZ. 3RO. CIV MAY CTIA. SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 85 C-41-S-94 JUZGADO QUINTO CIVIL MAYOR CUANTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 75 C-48-S-94 JUZ. 4TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 530 C-56-S-94 JUZ. 6TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE C-61-S-94 JUZ. 3RO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 485 C-62-S-94 JUZ. 2DO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL EJECUTIVO SIMPLE 1994 460 C-67-S-94 Remesa C-71-S-94 JUZ. 1ERO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE Despacho JUZ. 5TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL Materia CIVIL EJECUTIVO SIMPLE Asuntos EJECUTIVO SIMPLE 1994 Periodo 1994 Cantidad 495 Expedientes 512 Eliminar C-88-S-94 C-19-C-90 JUZ. CONTR. PEREZ ZELEDON JUZ. CONTRAVENCIONAL MENOR CUANTIA TURRIALBA JUZGADO CIVIL TRABAJO II CIRCUITO JUDICIAL ALAJUELAMENOR CUANTIA CARTAGO JUZGADO CIVIL CIVIL EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE 1994 1990 61 58 C-1-A-95 C-20-C-90 CIVIL CIVIL EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE 1995 1990 96 101 C-39-A-95 C-1-H-90 JUZ. CIVILMENOR I CIRC.JUD. ALAJUELA JUZGADO CUANTIA HEREDIA CIVIL CIVIL EJECUTIVO EJECUTIVO SIMPLE SIMPLE 1995 1990 45 51 C-1-C-95 C-12-L-90 C-23-C-95 C-71-S-90 C-1-G-95 C-75-S-90 JUZ. CIV MAY CTIA.CUANTIA CARTAGO JUZGADO MENOR I CIRCUITO JUDICIAL ZONA ATLANTICA JUZ. MEN.CTIA CARTAGO JUZ. 4TO. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE JUZGADO CONTRAVENCONAL MENOR CUANTIA LIBERIA JUZ. 3RO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL CIVIL CIVIL CIVIL CIVIL CIVIL EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE 1995 1990 1995 1990 1995 1990 74 52 265 134 48 181 C-1-H-95 C-86-S-90 JUZ. 2DO. MEN.CTIA HEREDIA JUZ. CIV. MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL CIVIL EJECUTIVO EJECUTIVO SIMPLE SIMPLE 1995 1990 142 155 C-16-H-95 C-97-S-90 JUZ. 1ERO. CIV MAY JUZ. CIVCTIA. MEN. HEREDIA CTIA SAN JOSE CIVIL CIVIL EJECUTIVO EJECUTIVO SIMPLE SIMPLE 1995 1990 76 124 C-12-L-95 C-81-S-90 JUZ. 6TO. MEN.CTIA I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA JUZ. CIV MEN. CTIA SAN JOSE CIVIL CIVIL EJECUTIVO EJECUTIVO SIMPLE SIMPLE 1995 1990 33 123 C-25-L-95 C-6-A-91 JUZ. MEN.CTIA MEN.CTIA II II CIRC.JUD.ALAJUELA CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA JUZ. CIVIL CIVIL EJECUTIVO EJECUTIVO SIMPLE SIMPLE 1995 1991 118 101 C-18-C-91 C-2-P-95 JUZ. MEN.CTIA CARTAGO JUZGADO CONTRAVENCIONAL MENOR CUANTIA OSA CIVIL EJECUTIVO EJECUTIVO SIMPLE SIMPLE 1991 1995 108 46 C-45-S-91 C-20-P-95 C-68-S-91 C-15-S-95 C-71-S-91 C-32-S-95 C-79-S-91 C-74-S-98 C-84-S-91 C-11-C-99 C-89-S-91 P-3-H-99 C-19-C-92 P-3-H-00 C-62-S-92 P-1-L-00 C-70-S-92 P-1-L-01 C-75-S-92 P-1-A-02 JUZ. 4TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE JUZ. CIVIL Y AGRARIO PUNTARENAS JUZ. 3RO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE JUZ. 3RO. CIV. MAY CTIA. SAN JOSE JUZ. 6TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE JUZ. 5TO. CIV. MAY. CTIA SAN JOSE JUZ. 2DO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE JUZ. 1ERO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE JUZ. 1ERO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE JUZ. CIV MAY CTIA. CARTAGO JUZ. 5TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE FISC. ADJ. HEREDIA JUZ. MEN.CTIA CARTAGO FISC. ADJ. HEREDIA JUZ. 4TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE JUZ. PENAL POCOCI-GUACIMO JUZ. 6TO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE JUZ. PENAL POCOCI-GUACIMO JUZ. 2DO. CIV MEN. CTIA SAN JOSE JUZ. PENAL SAN RAMON CIVIL CIVIL CIVIL CIVIL CIVIL CIVIL CIVIL CIVIL CIVIL CIVIL CIVIL PENAL CIVIL PENAL CIVIL PENAL CIVIL PENAL CIVIL PENAL EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE EJECUTIVO SIMPLE VARIOS EJECUTIVO SIMPLE VARIOS EJECUTIVO SIMPLE VARIOS EJECUTIVO SIMPLE VARIOS EJECUTIVO SIMPLE VARIOS 1991 1995 1991 1995 1991 1995 1991 1998 1991 1999 1991 1999 1992 2000 1992 2000 1992 2001 1992 2002 203 35 257 200 196 215 203 222 208 87 243 428 203 1034 317 598 314 522 344 317 P-3-H-02 FISC. ADJ. HEREDIA PENAL VARIOS 2002 792 P-6-A-03 JUZ. PENAL SAN RAMON PENAL VARIOS 2003 647 P-3-H-03 FISC. ADJ. HEREDIA PENAL VARIOS 2003 700 P-6-P-03 JUZ. PENAL PUNTARENAS PENAL VARIOS 2003 421 P-5-S-03 JUZ. PENAL PEREZ ZELEDON PENAL VARIOS 2003 1039 P-2-H-04 FISC. ADJ. HEREDIA PENAL VARIOS 2004 1379 P-1-H-05 FISC. ADJ. HEREDIA PENAL VARIOS 2005 412 P-44-S-05 JUZ. PENAL DESAMPARADOS PENAL INFRACC. LEY PSICOTROPICOS 2005 619 P-14-S-08 TRIB. PENAL I CIRC.JUD.SAN JOSE PENAL INJURIAS - CALUMNIAS 2008 75 P-1-S-09 JUZ. PENAL PEREZ ZELEDON PENAL ROBOS 2009 264 P-12-A-10 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ALAJUELA PENAL VARIOS 2010 865 P-16-A-10 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ALAJUELA PENAL VARIOS 2010 468 P-13-C-10 JUZ. PENAL CARTAGO PENAL CONDUCCION TEMERARIA 2010 90 P-18-L-10 JUZ. PENAL BRIBRI-TALAMANCA PENAL VARIOS 2010 775 P-18-C-10 JUZ. PENAL CARTAGO PENAL INFRACC. LEY PSICOTROPICOS 2010 926 P-7-H-10 JUZ. PENAL HEREDIA PENAL ROBOS 2010 953 P-13-L-10 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL VARIOS 2010 676 P-14-L-10 TRIB. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL VARIOS 2010 30 P-16-L-10 TRIBUNAL DE FLAGRANCIA DE LIMON PENAL VARIOS 2010 89 P-4-S-10 JUZ. PENAL PEREZ ZELEDON PENAL INFRACC. LEY PSICOTROPICOS 2010 751 P-1-C-11 JUZ. EJEC.DE LA PENA CARTAGO PENAL INCIDENTES 2011 233 P-2-C-11 JUZ. PENAL CARTAGO PENAL INFRACC. LEY ARMAS 2011 530 P-4-C-11 JUZ. PENAL CARTAGO PENAL VARIOS 2011 1230 P-5-C-11 JUZ. PENAL CARTAGO PENAL VARIOS 2011 403 P-6-C-11 JUZ. PENAL CARTAGO PENAL VARIOS 2011 990 P-8-C-11 JUZ. PENAL CARTAGO PENAL HURTOS 2011 701 P-10-C-11 JUZ. PENAL CARTAGO PENAL VARIOS 2011 274 P-11-C-11 JUZ. PENAL CARTAGO PENAL VARIOS 2011 95 P-12-C-11 JUZ. PENAL CARTAGO PENAL VARIOS 2011 988 1994 497 22 de julio del 2016 Viernes P-13-C-11 JUZ. PENAL CARTAGO PENAL INFRACC. LEY PSICOTROPICOS 2011 990 P-14-C-11 JUZ. PENAL CARTAGO PENAL VARIOS 2011 910 P-15-C-11 JUZ. PENAL CARTAGO PENAL INFRACC. LEY PSICOTROPICOS 2011 1102 P-16-C-11 JUZ. PENAL CARTAGO PENAL ROBOS 2011 944 P-18-C-11 JUZ. PENAL CARTAGO PENAL VARIOS 2011 259 P-2-H-11 TRIB. PENAL DE HEREDIA PENAL VARIOS 2011 29 P-1-L-11 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL VARIOS 2011 990 P-2-L-11 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL INFRACC. LEY PSICOTROPICOS 2011 142 P-3-L-11 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL LESIONES 2011 211 P-4-L-11 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL AVERIGUASR MUERTE 2011 64 P-5-L-11 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL VARIOS 2011 115 P-6-L-11 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL DAÑOS 2011 189 P-7-L-11 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL RETENCION INDEBIDA 2011 148 P-8-L-11 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL ROBOS 2011 82 P-9-L-11 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL AGRESIONES 2011 311 P-10-L-11 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL VARIOS 2011 142 P-11-L-11 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL VARIOS 2011 83 P-12-L-11 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL VARIOS 2011 263 P-13-L-11 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL VARIOS 2011 926 P-1-P-11 JUZ. PENAL OSA PENAL VARIOS 2011 1116 P-4-C-12 TRIB. PENAL DE CARTAGO PENAL HURTOS 2012 41 P-2-H-12 JUZ. PENAL HEREDIA PENAL VARIOS 2012 24 P-1-L-12 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL LESIONES 2012 159 P-2-L-12 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL DAÑOS 2012 84 P-4-L-12 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL RETENCION INDEBIDA 2012 92 P-5-L-12 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL AGRESION CON ARMAS 2012 176 P-6-L-12 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL AMENAZAS 2012 176 P-7-L-12 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL HURTOS 2012 107 P-8-L-12 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL INCUMPLIMIENTO MEDIDAS 2012 85 P-9-L-1 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL AGRESION 2012 90 P-10-L-12 JUZ. PENAL I CIRC.JUD.ZONA ATLANTICA PENAL MALTRATO 2012 99 P-4-C-13 JUZ. EJEC.DE LA PENA CARTAGO PENAL MODIFICACION DE LA PENA 2013 DE 430 44048 de a BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 3 Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. San José 13 de julio del 2016. MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins Directora Ejecutiva Exonerado.—( IN2016046525 ). ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran en las oficinas judiciales del cantón de Naranjo de la provincia de Alajuela. SE HACE SABER: Que las oficinas judiciales del cantón Naranjo, provincia de Alajuela, permanecerán cerradas durante el día primero de agosto del dos mil dieciséis, con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívico-patronales de dicho cantón. San José, 14 de julio del 2016. MBA Ana Eugenia Romero Jenkins, Directora Ejecutiva Exonerado.—( IN2016047380 ). ASUNTO: Asueto concedido a los servidores que laboran en las Oficinas Judiciales del cantón Orotina, provincia de Alajuela. SE HACE SABER: Que las oficinas judiciales del cantón de Orotina, provincia de Alajuela, permanecerán cerradas durante el día ocho de agosto del dos mil dieciséis con las salvedades de costumbre, por motivo de la celebración de los festejos cívicos patronales de dicho cantón. San José, catorce de julio del dos mil dieciséis. MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins Directora Ejecutiva Exonerado.—( IN2016047381 ). SALA CONSTITUCIONAL ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA HACE SABER: PRIMERA PUBLICACIÓN Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 16-000795-0007-TO promovida por, Emer Arturo Alfaro García contra el artículo 22 del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense del Seguro Social, por considerar que es contrario a los artículos 11, 33, 40, 45, 48, 56, 74, 87 y 192 de la Constitución Política, el artículo 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Protocolo de San Salvador, se ha dictado el voto número 2016-009899 de las once horas y treinta minutos de trece de julio de dos mil dieciséis, que literalmente dice: «Por unanimidad se declara con lugar la acción y, en consecuencia, se anula por inconstitucional la norma impugnada, artículo 22 del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social. Esta sentencia no afecta el citado artículo en su redacción actual de conformidad con lo acordado por la Junta Directiva en la Sesión Nº 8823, artículo 11, del primero de febrero de 2016. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como a la Caja Costarricense de Seguro Social. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese. Pág 4 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 Viernes 22 de julio del 2016 Los magistrados Cruz Castro y Castillo Víquez ponen nota. Los magistrados Cruz Castro, Rueda Leal, Salazar Alvarado y Pacheco Salazar dan razones adicionales conjuntas. Los magistrados Salazar Alvarado y Pacheco Salazar agregan otras razones. Los magistrados Hernández Gutiérrez y Estrada Navas declaran con lugar la acción de inconstitucionalidad por razones diferentes y separadas» Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto. San José, 13 de julio del 2016. Gerardo Madriz Piedra Exonerado.—(IN2016046897) Secretario TRIBUNALES DE TRABAJO Remates SEGUNDA PUBLICACIÓN En la puerta exterior de este despacho, al ser las diez horas del veintinueve de agosto del año dos mil dieciséis (primer remate), con la base de seiscientos mil colones, libre de gravámenes, sáquese a remate diez equipos de cómputo, conformado por: diez monitores marca ADC, de 14 pulgadas cada uno, diez C.P.U., cinco de ellos marca Dell y los cinco marca HP. Todo con su respectivo teclado y mouse, procesador Pentium cuatro y licencia de Windows. Los equipos denotan ser usados, no tienen los cables de conexión eléctrica, en regular estado de conservación, con leves rayones, pero que la depositaria judicial Adriana Rojas Bermúdez indica que están en buen estado de funcionamiento. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las diez horas del doce de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de cuatrocientos cincuenta mil colones (rebajada en un 25%), libre de gravámenes, sáquese a remate diez equipos de cómputo, conformado por: diez monitores marca ADC, de 14 pulgadas cada uno, diez C.P.U., cinco de ellos marca Dell y los cinco marca HP. Todo con su respectivo teclado y mouse, procesador Pentium cuatro y licencia de Windows. Los equipos denotan ser usados, no tienen los cables de conexión eléctrica, en regular estado de conservación, con leves rayones, pero que la depositaria judicial Adriana Rojas Bermúdez indica que están en buen estado de funcionamiento. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las diez horas del veintisiete de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de ciento cincuenta mil colones (un 25% de la base original), libre de gravámenes sáquese a remate diez equipos de cómputo, conformado por: diez monitores marca ADC, de 14 pulgadas cada uno, diez C.P.U., cinco de ellos marca Dell y los cinco marca HP. Todo con su respectivo teclado y mouse, procesador Pentium cuatro y licencia de Windows. Los equipos denotan ser usados, no tienen los cables de conexión eléctrica, en regular estado de conservación, con leves rayones, pero que la depositaria judicial Adriana Rojas Bermúdez indica que están en buen estado de funcionamiento. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario laboral Nº 14-002058-0173-LA de Adriana María Rojas Bermúdez contra Universidad de San José S. A.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 14 de julio del 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—Exonerado.—( IN2016047660 ). Causahabientes Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Geovanni Arguedas Arce, quien fue empleado del Instituto Costarricense de Electricidad, que murió el día diecisiete de marzo del dos mil dieciséis, portaba la cédula de identidad número cinco cero doscientos uno cero ciento cuarenta y seis, tenía cincuenta y cuatro años de edad, fue vecino de Cañas, Guanacaste, era casado, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 16-300052-0927-LA(59-5-2016)-A, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de Prestaciones de Geovanni Arguedas Arce, promovida por Jamilette Matamoros Sanabria.—Juzgado Civil y de Trabajo de Cañas, Guanacaste, Cañas, 13 de julio del 2016.—Licda. Xinia María Esquivel Herrera, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—( IN2016047075 ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Flora Borloz Montero, cedula de identidad 1-689-0021, fallecida el 22 de junio del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 16-000723-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial. Expediente N° 16-000723-1021-LA. Por Juan Alfonso Artavia Boloz, a favor de Flora Borloz Montero.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 14 de julio del 2016.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047105 ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Roy Eduardo Guillén Araya, quien fue mayor, casado, cédula 3-367-909, fallecido el 18-04-2016, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el N° 16000727-1021-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-000727-1021-LA. Por América Construcciones S. A. a favor de Roy Eduardo Guillén Araya.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 13 de julio del 2016.—Licda. María Angélica Fallas Carvajal, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047106 ). A los causahabientes de quién en vida se llamó Gerardo Enrique Montes de Oca Rodríguez, quien fue mayor, divorciado, vecino de sabana este, con cédula de identidad número 2-03400794, se les hace saber que Andrea Vanessa Montes de Oca Calderón, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 4-0181-0138, se apersonó en este despacho, en calidad de hija del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Gerardo Enrique Montes de Oca Rodríguez. Expediente N° 16-000730-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 29 de junio del 2016.—M.Sc. Susana Porras Cascante, Jueza.—1 vez.— Exento.—( IN2016047107 ). Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 16-300042-0239-LA (43-16), que es Consignación de Prestaciones del Trabajador fallecido: Francisco Evaristo Dávila, quien en vida fue mayor, nicaragüense, casado, chofer de bus, vecino de Hatillo, cuya cédula de identidad fue la número 155816475035; con el fin de que se apersonen a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por Laura Elena Mora Cruz.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía de Hatillo, San José, 06 de julio del 2016.—Licda. Jennifer Ocampo Cerna, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047108). Con ocho días de plazo se cita y emplaza a todos los herederos y demás interesados en las diligencias número 15-300104-0917LA-7 (61-15), que es consignación de prestaciones de la trabajadora fallecida: María Daniela Fajardo Sánchez, quien en vida fue mayor, costarricense, soltera, telefonista , vecina de Hatillo, cuya cédula de identidad fue la número 1-1480-0821; con el fin de que se apersonen Viernes 22 de julio del 2016 a los autos en resguardo de sus derechos, apercibidos que si no lo hicieren el dinero pasará a quien demuestre su derecho. Lo anterior por haberse ordenado así dentro de las diligencias promovidas por la empresa Resuelva S. A.-C.R.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Hatillo, 13 de julio del 2016.—Licda. Jennifer Ocampo Cerna, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047113 ). A los causahabientes de quién en vida se llamó Gilbert Oconitrillo Jara, quien fue pensionado del Poder Judicial, vecino de Bagaces, con cédula de identidad número 02-0180-0459, se les hace saber que: Ana Cecilia Vargas Mondragón, portadora de la cédula de identidad número 05-0127-0978, vecina de Bagaces, se apersonó en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Gilbert Oconitrillo Jara. Expediente número 16000089-0942-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia (Materia Laboral), 01 de julio del 2016.—Lic. Róger Javier Camacho Duarte, Juez.—1 vez.— Exonerado.—( IN2016047115 ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Flavio Matarrita Silva, quien fue mayor, casado, de nacionalidad Costarricense, portó la cédula 5-0204-0590 y falleció el día 31 de Mayo del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-002145-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 16-0021450173-LA. Promovido por Zeneida Alvarado Aragón a favor de sus causahabientes. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.— Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 11 de julio del 2016.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047297 ). ADMINISTRACIÓN JUDICIAL Remates SEGUNDA PUBLICACIÓN En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas:0308-00006882-01-0901-001; servidumbre de paso bajo las citas:2010-00309843-01-0002-001, a las diez horas y cero minutos del dieciséis de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de quince millones doscientos sesenta y cuatro mil ochocientos veinticinco colones con noventa y nueve céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos setenta y tres mil quinientos treinta y cinco cero cero cero, la cual es terreno lote N°1 terreno para construir. Situada: En el distrito 04 Aguas Zarcas, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, lote dos; al sur, calle pública; al este, Argo de Venecia Sociedad Anónima, y al oeste, servidumbre de paso son frente 10,00 metros. Mide: Ciento cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del dos mil dieciséis, con la base de once millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil seiscientos diecinueve colones con cuarenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de tres millones ochocientos dieciséis mil doscientos seis colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 5 ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Irene López Briceño, Santos Méndez Malueños. Expediente Nº 12-034340-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 13 de junio del 2016.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza.—( IN2016047394 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de cincuenta y dos mil cuatrocientos cuarenta y ocho dólares con ochenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 00234133-000, la cual es terreno de cultivos con una casa. Situada: En el distrito Upala, cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, Antonio Rocha Zapeda; al sur, calle pública con 58 mts 65 cms; al este, Clarencio Ulloa Corea, y al oeste, Juan de Dios Fletes Álvarez. Mide: Dos mil doscientos veintiséis metros con cuarenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de octubre del dos mil dieciséis, con la base de treinta y nueve mil trescientos treinta y seis dólares con sesenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veinte de octubre del dos mil dieciséis, con la base de trece mil ciento doce dólares con veinte centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Oledys Emilia Rojas Trejos. Expediente N° 15028437-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, 01 de julio del 2016.—Lic. Edwin Mata Elizondo, Juez.—( IN2016047395 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 0349-00004002-01-0900-001, a las catorce horas y treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de treinta y tres millones ochocientos trece mil cuatrocientos catorce colones con noventa y cinco céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y cuatro mil setecientos siete-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito Paquera, cantón Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con frente de 19.68 metros; al sur, José Ángel Conejo Conejo; al este, resto reservado de Asoc. Desarrollo Integral de Paquera de Puntarenas, y al oeste, resto reservado de Asoc. Desarrollo Integral de Paquera de Puntarenas. Mide: seiscientos setenta y nueve metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veinte de octubre del dos mil dieciséis, con la base de veinticinco millones trescientos sesenta mil sesenta y un colones con veintiún céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de ocho millones cuatrocientos cincuenta y tres mil trescientos cincuenta y tres colones con setenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Mercedes de la Concepción Hernández. Expediente Nº 15002481-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 10 de diciembre del 2015.—Licda. Marcela Arce Matarrita, Jueza.—( IN2016047396 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 321-03455-01-0901-014, condic. y restriref: 2634-515-002 bajo las citas: 321-03455-01-0902-007, a las trece horas y treinta minutos del treinta de agosto del dos mil dieciséis, con sus respectivas bases, en el mejor postor remataré las siguientes fincas: Primera: con la base de sesenta y cuatro millones doscientos tres mil novecientos setenta Pág 6 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 Viernes 22 de julio del 2016 colones exactos, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 534663-000, la cual es terreno de pasto. Situada: en el distrito 03 El Amparo, cantón 14 Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Frander Dayan Chinchilla; sur, calle pública; este, finca: 2-350088; oeste, Elmis Varela Rojas. Mide: cinco mil metros cuadrados. Plano: A-1823866-2015. Segunda: con la base de once millones ciento cuarenta y cuatro mil seiscientos setenta colones con ochenta céntimos, la finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 350088-000, la cual es terreno de pasto. Situada: en el distrito 3 El Amparo, cantón 14 Los Chiles, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Frander Dayan Chinchilla Villalobos; sur, calle pública; este, quebrada en medio y Frander Dayan Chinchilla Villalobos; oeste, lote. Mide: tres mil setenta metros cuadrados. Plano: A-1823881-2015. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cuarenta y ocho millones ciento cincuenta y dos mil novecientos setenta y siete colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) por la primera finca, y con la base de ocho millones trescientos cincuenta y ocho mil quinientos tres colones con diez céntimos por la segunda finca; y , para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dieciséis millones cincuenta mil novecientos noventa y dos colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial) por la primera finca; y con la base de dos millones setecientos ochenta y seis mil ciento sesenta y siete colones con setenta céntimos por la segunda finca. Se remata por ordenarse así en Proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Roy Daniel Ramírez Acuña. Exp. N° 16-000833-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 22 de junio del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016047397 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas tomo 382 asiento 17218;; a las catorce horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de quince millones ochocientos noventa y dos mil cuatrocientos sesenta colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintiocho mil trescientos ochenta y cuatro cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 03 Naranjito cantón 06 Aguirre, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Dennis Calero Blanco; al sur, Ana Calero Blanco; al este, Reynaldo Matamoros y Edmundo Cruz, y al oeste, calle pública con 15,18 metros. Mide: Seiscientos noventa y tres metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de octubre del año dos mil dieciséis, con la base de once millones novecientos diecinueve mil trescientos cuarenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiuno de octubre del año dos mil dieciséis con la base de tres millones novecientos setenta y tres mil ciento quince colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y Desarrollo Comunal contra Frey Martin Chacón Jarquín. Exp. N° 15-000809-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 24 de mayo del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Juez.—( IN2016047398 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas Nº 0292-00018687-01-0901-001, a las catorce horas y cero minutos del catorce de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de treinta y cinco millones cuatrocientos cuarenta y un mil doscientos noventa y nueve colones con siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 00510759-000 de naturaleza terreno para construir lote18 bloque G, situada en el distrito 03, de La Trinidad, cantón 14 Moravia. Colinda: Al norte, lote 17; al sur, lote 19; al este, calle y al oeste, Miguel Ángel Villalobos Tenorios. Mide Ciento veinticuatro metros con dieciséis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de veintiséis millones quinientos ochenta mil novecientos setenta y cuatro colones con treinta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de octubre de dos mil dieciséis con la base de ocho millones ochocientos sesenta mil trescientos veinticuatro colones con setenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Empleados de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz contra Imara Charlot Cuadra Baca. Expediente Nº 16-001034-1044CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de julio del 2016.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—( IN2016047428 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidum. de paref: 00169981 000 citas: 392-12533-01-0010-001; a las catorce horas y treinta minutos del cinco de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de cincuenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y seis mil seiscientos sesenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno naturaleza: Terreno de frutales y potrero. Situada en el distrito 01-Orotina, cantón 09-Orotina, de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, calle marginal a la autopista Orotina Puntarenas con un frente de 161 metros 91 centímetros; al sur, Marco Antonio Cordero Vargas y Manuel Monge Ruiz; al este, Agrícola Tomolo Sociedad Anónima y Luis Javier Monge Ruiz y al oeste, Manuel Monge Ruiz. Mide: Catorce mil ciento cincuenta metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de treinta y siete mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del catorce de octubre de dos mil dieciséis con la base de doce mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de ABC Mudanzas S. A. contra Don Sigi S. A. Exp. N° 16-005689-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 14 de julio del 2016.—Licda. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016047429 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las catorce horas y cero minutos del veintinueve de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de veinticinco millones doscientos noventa y cuatro mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y ocho mil setecientos treinta y tres cero cero cero la cual es terreno de jardín y con una casa. Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: Al norte, Elizabeth Medina Gatica; al sur, Eugenio Villanueva Venegas; al este, calle pública 34 mts 04 cms, y al oeste, Edgar Montenegro Rodríguez. Mide: Cuatrocientos sesenta Viernes 22 de julio del 2016 y cinco metros con treinta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del trece de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de dieciocho millones novecientos setenta mil ochocientos setenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de seis millones trescientos veintitrés mil seiscientos veinticinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Débora Guevara Vásquez contra Ángel Godofredo Saldaña Granados. Exp. N° 16-002452-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 29 de junio del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2016047442 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones, pero soportando reservas y restricciones citas 243-05404-01-0901-001, reservas y restricciones citas 35700422-01-0900-001 así como afectaciones y limitaciones ley forestal 7575 citas 2014-146823-01-0001-001, a las catorce horas y cero minutos del veinticinco de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de veintiocho millones ochocientos cuarenta y seis mil quinientos cincuenta y un colones con cincuenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos diecinueve mil ciento diez cero cero cero la cual es terreno de montaña y pasto. Situada en el distrito 09-Barú, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: Al norte, Gerardo Mena Rojas; al sur, Virgilio Mena Marín y Juan de Dios Madriz Mena; al este, Enrique Rivera Arguedas y María Elena Mena Rojas y al oeste, calle de servidumbre en medio Guillermo Herrera Fallas y sin calle de servidumbre Guillermo Herrera Fallas y Virgilio Mena Marín. Mide: Doscientos veintiún mil cuatrocientos cuarenta y cinco metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de veintiún millones seiscientos treinta y cuatro mil novecientos trece colones con sesenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de siete millones doscientos once mil seiscientos treinta y siete colones con ochenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de CREDECOOP R.L contra Aida María del Carmen Cerdas Mora, Gerardo Antonio Mena Rojas. Expediente Nº 16-002262-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 21 de junio del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016047446 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del dieciséis de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de diecisiete mil ochocientos noventa dólares con diez centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos setenta y tres mil cuatrocientos veintidós-cero cero cero la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 47; al sur, lote 97 destinado a calle; al este, lote 26, y al oeste, lote 24. Mide: Doscientos dieciséis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del treinta y uno de agosto del año dos mil dieciséis, con la base de trece mil cuatrocientos diecisiete dólares BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 7 con cincuenta y ocho centavos, (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del dieciséis de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de cuatro mil cuatrocientos setenta y dos dólares con cincuenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianaza R. L. contra Errol Vinicio Vargas Montenegro. Exp. N° 16-001441-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 18 de julio del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía. Jueza.—( IN2016047450 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones con las citas 316-11537-01-0901-001, reservas y restricciones con las citas 321-09418-01-0901-001 reservas y restricciones con las citas 321-15422-01-0901-001 reservas y restricciones con las citas 341-03508-01-0900-001 reservas y restricciones con las citas 34103508-01-0901-001 reservas y restricciones con las citas 341-0350801-0902-001 reservas y restricciones con las citas 341-03508-010904-001 reservas y restricciones con las citas 349-06056-01-0901001 reservas y restricciones con las citas 349-06056-01-0908-001 servidumbre de paso con las citas 2011-183372-01-0739-001 (se advierte que la servidumbre es agrícola de paso), servidumbre de paso, con las citas 2011-183372-01-0739-001 (se advierte que la servidumbre es agrícola de paso), servidumbre de acueducto con las citas 2011-183372-01-1013-001 servidumbre de acueducto con las citas 2011-183372-01-1013-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso con las citas 2011-183372-01-1423-001 servidumbre de líneas eléctricas y de paso con las citas 2011-183372-01-1423-001; a las nueve horas y cero minutos del veintinueve de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de once millones quinientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y siete mil doscientos ochenta cero cero cero la cual es terreno de uso exclusivamente agrícola lote 15B. Situada en el distrito 01 Bagaces, cantón 04 Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, lote 16 b; al sur, lote 14B; al este, lote 39B con servidumbre en medio y al oeste, lote 21B mide: diez mil quinientos veintitrés metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de ocho millones seiscientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de dos millones ochocientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R. L. contra Alturas de Coronado Cuatro Sociedad Anónima. Exp. N° 16-002000-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 12 de julio del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2016047452 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas 29517564-01-0928-001, a las nueve horas y cero minutos del trece de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número veinticinco mil trescientos doce cero cero cero la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 04 San Pablo, cantón 09 Pág 8 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 Viernes 22 de julio del 2016 Nandayure, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Miguel Gómez Fonseca; al sur, Miguel Gómez Fonseca y Juan Bautista Gómez Fonseca; al este, Miguel Gómez Fonseca y Juan Bautista Gómez Fonseca y al oeste, calle pública con 41 metros 59 centímetros de frente. Mide: tres mil seiscientos sesenta y dos metros cuadrados. Plano: G-1349285-2009. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de octubre del año dos mil dieciséis con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Miguel Gómez Fonseca, expediente Nº 16-000817-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia (Materia Cobro), 14 de julio del 2016.—Licda. Yolanda Martínez Martínez, Jueza.—( IN2016047482 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas 300-18351-01-0060-001; a las ocho horas y treinta minutos del catorce de Setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de dieciséis millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 32381-000 la cual es terreno con una casa. Situada en el distrito 03, San Antonio, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: Al norte, Quebrada Los Puntales, Leoncio Obando y Sabas Nicolás Arrieta; al sur, Leoncio Obando y Sabas Nicolás Arrieta; al este, servidumbre en partes y en parte Leoncio Obando, y al oeste, Sabas Nicolás Arrieta. Mide: Veintiséis mil trescientos cincuenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de doce millones trescientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de octubre del año dos mil dieciséis con la base de cuatro millones cien mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Jairo Alberto Arrieta Obando. Exp. N° 15-023776-1012-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 12 de julio del 2016.—Licda. Jéssika Fernández Cubillo, Jueza.—( IN2016047483 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada citas 39716332-01-0901-001, a las once horas y quince minutos del treinta de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de nueve millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y nueve mil quinientos ochenta y cinco cero cero cero la cual es terreno lote uno, terreno para construir. Situada en el distrito San Ignacio, cantón doce Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al noreste, calle pública; al noroeste, Huber Mora Vargas; al oeste, calle pública y al suroeste, José Ángel Rodríguez Calderón. Mide: doscientos setenta y cuatro metros con treinta y dos decímetros cuadrados, según plano catastrado Nº SJ-00705191992. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del catorce de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del treinta de setiembre de dos mil dieciséis con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Claudio Esquivel Monge contra Huber Gilbert del Socorro Mora Vargas, expediente Nº 14-020266-1170-CJ.— Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de junio del 2016.—Lic. Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—( IN2016047492 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condic I.D.A; a las quince horas y veinte minutos del catorce de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de cinco millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta mil setecientos veintinueve cero cero cero la cual es terreno para construir lote 39. Situada en el distrito 05 El Cairo, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, calle pública; al sur, calle pública; al este, lote, y al oeste, lote 38. Mide: Ochocientos cincuenta y cinco metros con treinta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y veinte minutos del tres de octubre de dos mil dieciséis, con la base de tres millones novecientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y veinte minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis con la base de un millón trescientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual de Cartago de Ahorro y Préstamo contra Rodolfo Carranza Jiménez. Exp. N° 16-000481-1209-CJ.—Juzgado de Cobro Y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 11 de mayo del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016047512 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las nueve horas y veinte minutos del ocho de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y cuatro mil setecientos diez cero cero cero la cual es terreno para construir lote 14 bloque C. Situada en el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: Al norte, lote 9- C; al sur, resto destinado a avenida; al este, lote 12-C y 13-C y al oeste, lote 15-C. Mide: Doscientos ocho metros con veintiocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y veinte minutos del veintisiete de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y veinte minutos del doce de octubre de dos mil dieciséis con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual de Cartago de Ahorro y Préstamo contra Ileana Cecilia Jones Abarca. Expediente Nº 16-000723-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 11 de mayo del 2016.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2016047513 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 33216456-01-0992-001; a las nueve horas y cero minutos del trece Viernes 22 de julio del 2016 de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de dieciséis millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y seis mil trescientos sesenta y uno-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno para construir lote N° 37, Situada en el distrito 01 Buenos Aires, cantón 03 Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, lote 38; al sur, lote 36; al este, lote 31, y al oeste, calle pública con 12 m. Mide: Trescientos cuarenta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de doce millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de octubre del año dos mil dieciséis con la base de cuatro millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Humberto Acuña Jiménez. Exp. N° 16-001088-1200-CJ.—Juzgado de Cobro Y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 14 de julio del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2016047529 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 32809767-01-0900-001; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de octubre del año dos mil dieciséis, y con la base de dos millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos sesenta y cinco mil once cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 05 San Pedro, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Helmer Fonseca Hernández; al sur, Ronald Mora Chinchilla; al este, Elmer Fonseca Hernández, y al oeste, Ronald Anselmo Mora Chinchilla. Mide: Setecientos ochenta y cuatro metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del dos de noviembre del año dos mil dieciséis, con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil dieciséis con la base de quinientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Johanna María Umaña Arias. Exp. N° 15-003884-1200CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del I Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 08 de julio del 2016.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2016047530 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones ref: 54976 000 citas: tomo 366 asiento 10765, a las ocho horas y cero minutos del siete de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y siete mil trescientos veinticinco cero cero cero, la cual es terreno con una casa de habitación y tres cabinas juntas. Situada en el distrito 02-Volcán, cantón 03-Buenos Aires, de la provincia de Puntarenas. Colinda: Al norte, Bolívar Villareal Saldaña; al sur, Jorge Arturo Ureña Gómez; al este, calle pública y al oeste, Jeannette Gómez. Mide: Novecientos cuarenta y nueve metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veintitrés de BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 9 setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de doce millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de octubre del año dos mil dieciséis con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Freddy Agüero Carvajal. Expediente Nº 14-007278-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur Pérez Zeledón (Materia Cobro), 23 de junio del 2016.—Licda. Lidia Mayela Díaz Anchía, Jueza.—( IN2016047531 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del once de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de cuarenta y ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 188.689-000 la cual es terreno de café con dos casas de habitación. Situada en el distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, iglesia pentecostal; al este, Belisario Castro Fernández y al oeste, Hermanos Picado S. A. Mide: trescientos setenta y cinco metros con noventa y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de agosto de dos mil dieciséis, con la base de treinta y seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de doce millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada en el presente edicto, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica, asimismo, se le hace saber a los posibles postores que de conformidad con el numeral 153 bis de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, de resultar adjudicatario un tercero deberá realizar el pago total de la oferta en el acto. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Dora Alicia Flores de Flores. Exp. N° 16-002238-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 10 de junio del 2016.— Licda. Yanin Torrentes Ávila, Juez.—( IN2016047554 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condiciones Ref: 1949-105-001 citas: 0282-00003000-01-0901-001, a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de treinta y dos mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y ocho mil quinientos sesenta y siete secuencia cero cero cero, la cual es terreno con un apartamento. Situada en el distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Rosa María Herrera Segura; al sur, DIIS de Costa Rica Bienes Raíces S. A.; al este, calle publica y al oeste María Virginia Esquivel Segura. Mide: sesenta y siete metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis, con la base de veinticuatro mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de setiembre de dos mil dieciséis con la base de ocho mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse Pág 10 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 Viernes 22 de julio del 2016 así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Fernando Francisco Rojas Quesada, expediente Nº 16-002011-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 15 de junio del 2016.—Licda. Pilar Gómez Marín, Jueza.—( IN2016047555 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (citas: 035900019554-01-0905-001); a las ocho horas y treinta minutos del veintidós de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de trescientos sesenta y cuatro mil ochocientos setenta y cinco dólares con cuarenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 50574-F000 la cual es terreno finca filial tres apartamento destinado a uso habitacional de dos plantas, en proceso de construcción. Situada en el distrito Jacó, cantón Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: Al norte, Inmobiliaria Bermúdez y Valverde Valverde S. A.; al sur, área común; al este, filial dos, y al oeste, filial cuatro. Mide: Doscientos metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del seis de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de doscientos setenta y tres mil seiscientos cincuenta y seis dólares con setenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintidós de setiembre de dos mil dieciséis con la base de noventa y un mil doscientos dieciocho dólares con ochenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Humberto Mena Armas. Exp. N° 10-002064-0638CI.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 16 de junio del 2016.—Licda. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016047557 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las catorce horas y cero minutos del ocho de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de nueve millones doscientos trece mil novecientos diecisiete colones con ochenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas C147292, marca Freightliner, estilo FL70, categoría carga pesada, capacidad 2 personas, año 1998, color blanco. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de seis millones novecientos diez mil cuatrocientos treinta y ocho colones con treinta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del once de octubre del año dos mil dieciséis con la base de dos millones trescientos tres mil cuatrocientos setenta y nueve colones con cuarenta y cinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Minor José Araya Méndez contra Inversiones Agrícolas Villalobos Arias S. A., expedinete Nº 16-000061-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón (Materia Cobro), 5 de julio del 2016.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2016047619 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 396-18309-01-0900-001; a las catorce horas y cero minutos del diecisiete de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de un millón seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa y nueve mil novecientos dieciocho cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 San Andrés, cantón 20 León Cortés, de la provincia de San José. Colinda: Al norte, calle pública; al sur, Jesús Jiménez Robles; al este, Jesús Jiménez Robles, y al oeste, Célimo Jiménez. Mide: Novecientos veintitrés metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de un millón doscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra María De Los Ángeles Sibaja Sánchez. Exp. N° 16-010251-1012-CJ. Notifíquese.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, 17 de junio del 2016.—Licda. María Angelina Varela Valenciano, Jueza.—( IN2016047630 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas Ley Aguas bajo las citas: 312-02771-01-0010-001, y reservas Ley Caminos bajo las citas: 312-02771-01-0011-001, a las trece horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de un millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 490.689-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07, La Fortuna, cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, calle pública en un frente de 15 metros lineales; sur, Víctor Julio Jiménez Esquivel; este, Miguel Antonio Rodríguez Alvarado y Catalina Salazar Aguilar y oeste, Víctor Julio Jiménez Esquivel. Mide: quinientos metros cuadrados. Plano: A-15234542011. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y cero minutos del seis de octubre del año dos mil dieciséis, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre del año dos mil dieciséis con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agropecuaria Primero de Octubre de Mil Novecientos Cuarenta y Siete S. A. contra Óscar Luis Chacon Mora, expediente Nº 16-001052-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (materia cobro), 08 de julio del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016047638 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones bajo las citas: 36216847-01-0826-001; Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas: 408-19890-01-0265-001; y plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas: 2014124963-01-0004-001; a las catorce horas y cero minutos del veintiuno de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de un millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 489.667000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 01, San Rafael, cantón 15, Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, Luis Gerardo Hernández Castro; sur, río Samen; este, calle pública con un frente de 139.29 metros; oeste, Angelmira Pérez Vega. Mide: Nueve mil setecientos catorce metros cuadrados. Plano: A-1691663-2013. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del seis de octubre del año dos mil dieciséis, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del año dos mil dieciséis con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agropecuaria Primero de Octubre de Mil Novecientos Cuarenta y Siete S. A. contra Luis Gerardo Hernández Castro. Exp. N° 16-001054-1202CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 08 de julio del 2016.— Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016047639 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones con las citas 333-09813-01-0901-001, condiciones con las citas 333-09813-01- Viernes 22 de julio del 2016 0902-001, prohibiciones con las citas 333-09813-01-0903-001; a las nueve horas y treinta minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de dos millones ochocientos veinticuatro mil ciento ochenta y nueve colones con cincuenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos ocho mil novecientos sesenta y ocho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito ocho Cajón, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Catarino Rivas Rivas; al sur, Catarino Rivas Rivas; al este, Catarino Rivas Rivas, y al oeste, calle pública con un frente de ocho metros. Mide: doscientos metros cuadrados. Plano SJ-1396359-2010. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones ciento dieciocho mil ciento cuarenta y dos colones con diecinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del siete de octubre del dos mil dieciséis, con la base de setecientos seis mil cuarenta y siete colones con cuarenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra Juan Carlos Araya González. Expediente N° 16-001778-1200-CJ.— Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 26 de mayo del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016047646 ). En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las diez horas y cero minutos del diecinueve de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de cuatro millones setecientos mil ocho colones con diez céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doscientos sesenta mil trescientos ochenta y tres cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Saúl Mora; al sur, Pilar Cordero; al este, quebrada y al oeste, calle pública. Mide: doscientos setenta y nueve metros con noventa y dos decímetros cuadrados. Plano SJ-0291248-1977. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del cuatro de octubre del año dos mil dieciséis, con la base de tres millones quinientos veinticinco mil seis colones con ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiuno de octubre del año dos mil dieciséis con la base de un millón ciento setenta y cinco mil dos colones con tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra Flor Damaris de los Ángeles Alfaro Zúñiga, expediente Nº 16-002408-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 06 de julio del 2016.—Licda. Alejandra Ortega Padilla, Jueza.—( IN2016047650 ). En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero soportando reservas y restricciones citas 380-03481-01-0975-001, servidumbre trasladada citas 38003481-01-0976-001; a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de dieciocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y siete mil ciento veinticinco cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Bahía Ballena, cantón 05 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Juan BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 11 Bautista Moscoso; al sur, Isidro Saúl Salas Alvarado; al este, calle publica con un frente a ella de 16.38 centímetros, y al oeste, Juan Bautista Moscoso. Mide: Cuatrocientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del doce de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de trece millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de cuatro millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Kattia De Los Ángeles Tenorio Mena, Kefersi del Sur Sociedad Anónima. Exp. N° 16-002404-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 4 de julio del 2016.— Licda. Alejandra Ortega Padilla, Jueza.—( IN2016047654 ). En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones con las citas 275-08383-01-0901-029, 379-19254-01-0900-001, 379-19254-010902-001 ; a las ocho horas y cero minutos del veinte de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de ciento veinticuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y cinco mil doscientos treinta y cinco cero cero cero la cual es terreno de agricultura con cultivos varios y bodegas con taller de maquinaria agrícola Situada en el distrito 01 Puerto Cortes, cantón 05 Osa, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Maison de Livre SRL; al sur, calle pública con 80,69 metros de frente; al este, calle pública con 116,57 metros de frente y Álvaro Villalta Rodríguez y al oeste, Francisco Cortes Zuñiga Maison de Livre SRL. Mide: once mil sesenta y siete metros cuadrados. Plano P-14234632010 cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del cinco de octubre del año dos mil dieciséis, con la base de noventa y tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de octubre del año dos mil dieciséis con la base de treinta y un millones colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alexander Antonio Ramón Morales Araya y otro. Exp. N° 16-002467-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 6 de julio del 2016.—Licda. Alejandra Ortega Padilla, Jueza.—( IN2016047656 ). En la puerta exterior de este despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones con las citas 364-17241-01-0002-001, a las ocho horas y treinta minutos del doce de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de veinticuatro millones cuatrocientos treinta y tres mil cuatrocientos veinticuatro colones con sesenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cuarenta y nueve mil quinientos diecinueve cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Carmen y Antonia Rojas Guerrero; al sur, Orlando Infante Segura; al este, calle pública con 29m 87cm y al oeste, Orlando Infante Segura. Mide: mil cuatrocientos treinta metros con diecinueve decímetros cuadrados. Plano SJ-0033433-1977. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de dieciocho millones trescientos veinticinco Pág 12 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 Viernes 22 de julio del 2016 mil sesenta y ocho colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del catorce de octubre del año dos mil dieciséis con la base de seis millones ciento ocho mil trescientos cincuenta y seis colones con diecisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-604229 S. A. contra Kimberly Karina Mora Ortiz y otra, expediente Nº 16-001550-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 15 de junio del 2016.—Msc. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016047658 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando demanda penal bajo las citas 800 197266 01 0001 001, a las catorce horas y treinta minutos del doce de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de trescientos doce mil novecientos cuarenta y cinco dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y cinco mil novecientos cuarenta y tres B cero cero cero, la cual es terreno de frutales con casa. Situada en el distrito 01 Colón, cantón 07 Mora, de la provincia de San José. Colinda: Al norte, Carret Nal Brasil fte de 35m 7cm; al sur, Miguel Ángel Flores Morales; al este, Máximo y Virgilio Alpízar Aguilar y al oeste, José David Pérez Alpízar Luis otros. Mide: Cuatro mil doscientos treinta y cinco metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Plano SJ 0407827-1980. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis, con la base de doscientos treinta y cuatro mil setecientos ocho dólares con setenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis con la base de setenta y ocho mil doscientos treinta y seis dólares con veinticinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Distribuidora Los Pinos E.M.V. S. A. contra Flores de Majagua Sociedad de Responsabilidad Limitada. Expediente Nº 14-012717-1170-CJ. Juzgado Segundo Primer Circuito Judicial de San José, edificio Tribunales de Justicia, cuarto piso, consulta del estado del expediente en la línea 800-8003000, teléfonos: 2295-4079 y 2295-4087, fax: 2295-3627. Correo electrónico: [email protected] Circuito Judicial de San José, 15 de julio del 2016.—Juzgado Segundo Primer Circuito Judicial de San José, 15 de julio del 2016.—Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—( IN2016047692 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando dos servidumbres de paso anotadas a las citas 576-98650-01-0002¬001 y 576-98650-01-0008-001; a las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de octubre del año dos mil dieciséis, y con la base de once millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y un mil cuatrocientos cincuenta y siete cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito tercero San Juan, cantón segundo San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Robin Francisco Villalobos Alpízar; al sur, Robin Francisco Villalobos Alpízar; al este, Julissa Villalobos Alpízar, y al oeste, servidumbre de paso en medio de Bayron Villalobos Alpízar. Mide: Doscientos veintitrés metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del tres de noviembre del año dos mil dieciséis, con la base de ocho millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciocho de noviembre del año dos mil dieciséis con la base de dos millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Robin Francisco Villalobos Alpízar. Exp. N° 16-000280-1203-CJ.— Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 18 de julio del 2016.— Lic. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2016047730 ). A las catorce horas y treinta minutos del seis de setiembre del año dos mil dieciséis, en la puerta exterior de este Despacho; libres de gravámenes hipotecarios y con sus respectivas bases; en el mejor postor remataré las siguientes fincas: 1) Con la base de quince millones de colones exactos, la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela, matrícula número 318.192-000, la cual es terreno para construir, lote 13. Situada en el distrito 13, Peñas Blancas, cantón 2, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 14; sur, lote 12; este, calle pública con 10 metros de frente, oeste, Lote Luis Diego Chacón Herrera. Mide: Quinientos metros cuadrados. Plano: A-0411934-1997. 2) Con la base de nueve millones de colones exactos, la finca inscrita en propiedad partido de Alajuela, matrícula N° 241.440-001-002, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el distrito 8, La Tigra, cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Ganadera Luis Ángel Solís. S. A.; sur, calle pública con 10 mt 55 cm; este, Apoderio Hernández Sánchez, oeste, Francis Chacón Arrieta. Mide: Doscientos catorce metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Plano: A-0858220-1989. 3) Con la base ocho millones de colones exactos, la finca inscrita en propiedad Partido de Alajuela, matrícula N° 492.209-000, la cual es terreno de patio casa y jardín. Situada en el distrito 13, Peñas Blancas, cantón 2, San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Invercode S. A.; sur, María Noemy Rojas Herrera; este, calle pública en un frente de 18 metros con un centímetro cuadrado, oeste, María Noemy Rojas Herrera. Mide: Quinientos cuarenta metros cuadrados. Plano: A-0706089-2001. Para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintidós de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de once millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un 25%) por la finca número 318.192-000; con la base de seis millones setecientos cincuenta mil colones exactos por la finca N° 241.440-001-002; y con la base de seis millones de colones exactos por la finca N° 492.209-000. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de octubre del año dos mil dieciséis, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un 25% de la base original) por la finca número 318.192-000; con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos por la finca número 241.440-001-002; y con la base de dos millones de colones exactos por la finca número 492.209-000. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R. L. contra Beleida Rojas Díaz, Cynthia Del Carmen Cordero Rojas, Karen Susana Cordero Rojas, Marcos Vinicio Rodríguez Alvarado, Orlando Cordero Zamora. Exp. N° 16-000916-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 6 de julio del 2016.—Licda. Lilliam Ruth Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2016047758 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y treinta minutos (1:30 p.m.) del veintitrés de agosto de dos mil dieciséis, (1) La finca 48654-F-000 con la base de noventa y cuatro mil quinientos noventa y seis dólares exactos, (2) la finca 48805-F-000, con la base de cuatro mil novecientos ochenta dólares y (3) la finca 48895-F-000, con la base de veinte mil cuatrocientos veinticuatro dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente: Fincas inscritas en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 48654-F-000, 48805-F-000, 48895-F-000 (1) La finca 48654-F-000, es terreno edificio D finca filial trescientos dos destinada a uso residencial en proceso de construcción ubicada en el primer nivel. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial trescientos uno y área común construida de ducto y pasillo; al sur, área comen libre de juegos infantiles; al este, área comen libre de juegos infantiles, y al oeste, finca filial trescientos tres. Viernes 22 de julio del 2016 Mide: Setenta y tres metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados. (2) La Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 48805-F000 es terreno finca filial cuatrocientos cincuenta y tres destinada a bodega en proceso de construcción ubicada en el sótano. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filial cuatrocientos cincuenta y dos; al sur, filial cuatrocientos cincuenta y cuatro; al este, área común construida de pasillo, y al oeste, área común construida de pasillo. Mide: Cinco metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. (3) La Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 48895-F-000 es terreno finca filial quinientos cuarenta y tres destinada a estacionamiento en proceso de construcción ubicada en el primer nivel. Situada en el distrito 01 Santa Ana, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, filiales quinientos treinta y tres y quinientos treinta y cuatro; al sur, área común libre de calle; al este, filial quinientos cuarenta y dos, y al oeste, filial quinientos cuarenta y cuatro. Mide: Veintiocho metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos (1:30 p.m.) del siete de setiembre de dos mil dieciséis, (1) la finca 48654-F-000 con la base de setenta mil novecientos cuarenta y siete dólares exactos (rebajada en un 25%)(2) La finca 48805F-000 con la base de tres mil setecientos treinta y cinco dólares (rebajada en un 25%), (3) la finca 48895-F-000 con la base de quince mil trescientos dieciocho dólares (rebajada en un 25%) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos (1:30 p. m.) del veintitrés de setiembre de dos mil dieciséis (1) la finca 48654-F-000 con la base de veintitrés mil seiscientos cuarenta y nueve dólares exactos (un 25% de la base original), (2) la finca 48805F-000 con la base de mil doscientos cuarenta y cinco dólares (un 25% de la base original), (3) la finca 48895-F-000 con la base de cinco mil ciento seis dólares (un 25% de la base original). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad Anónima contra María Gabriela Torres Salcedo. Exp. N° 16- 0024981164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 6 de julio del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2016047806 ). En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 31405382-01-0002-001; a las quince horas y treinta minutos del siete de noviembre del año dos mil dieciséis, y con la base de ciento sesenta y tres mil novecientos treinta y un dólares con cincuenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 84666-F-000 cero cero cero la cual es terreno finca filial número cuatro de dos plantas ubicadas en el primer y segundo nivel destinadas a uso habitacional en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 Pozos, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común construida de tapia perimetral; al sur, finca filial número cinco; al este, área común libre de acceso vehicular, y al oeste, área común construida de tapia perimetral. Mide: Ciento ochenta y ocho metros con treinta y tres decímetros cuadrados. Valor porcentual: 15.1 Valor medida: 15.1. Plano: SJ-1446569-2010. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veintidós de noviembre del año dos mil dieciséis, con la base de ciento veintidós mil novecientos cuarenta y ocho dólares con sesenta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del siete de diciembre del año dos mil dieciséis con la base de cuarenta mil novecientos ochenta y dos dólares con ochenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José Sociedad Anónima contra Mariana Coromoto Villasmil Morao, Rafael Alberto Secola Domínguez. Exp. N° 16-001350-1204-CJ.— BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 13 Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 24 de junio del 2016.—Lic. Jacqueline Peraza Fallas, Juez.—( IN2016047807 ). PRIMERA PUBLICACIÓN En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil dieciséis, y con la base de doscientos siete mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 34937-F-cero cero cero, la cual es terreno finca filial numero dieciocho destinada a uso habitacional en construcción de dos plantas. Situada en el distrito San Antonio, cantón Escazú, de la provincia de San José. Colinda: Al norte, finca filial número diecisiete; al sur acceso vehicular y peatonal; al este acceso vehicular y peatonal y al oeste finca filial número veintidós. Mide: Quinientos veinticuatro metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de diciembre del dos mil dieciséis, con la base de ciento cincuenta y cinco mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de enero del dos mil diecisiete, con la base de cincuenta y un mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José S. A. contra Adrián Morales Loría. Exp. N° 15-015069-1338-CJ.— Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 30 de junio del 2016.—Licda. Jéssica Vargas Barboza, Juez.—( IN2016047808 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente (citas: 30110617-01-0901-004), servidumbre sirviente (citas: 301-10617-010902-001), servidumbre sirviente (citas: 301-10617-01-0903-001), servidumbre sirviente (citas: 301-10617-01-0904-001), servid servientref: 2270-505 0012270-513-001, (citas: 301-10617-010905-001), servidumbre sirviente (citas: (301-10617-01-0906-001), servidumbre trasladada citas: 341-11283-01-0900-001), servidumbre trasladada (citas: 341-11283-01-0901-001), servidumbre trasladada (citas: 341-11283-01-0902-001), servidumbre trasladada (citas: 341-11283-01-0904-001), servidumbre trasladada (citas: 34111283-01-0905-001), servidumbre trasladada (citas: 341-1128301-0906-001), servidumbre trasladada (citas: 341-11283-01-0913001), servidumbre trasladada (citas: 390-13316-01-0803-001); a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de siete millones doscientos mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 485355000 la cual es terreno lote 62, terreno para construir. Situada en el distrito 03-San Juan, cantón 02-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: Al norte, lote 63; al sur, lote 61; al este, lote 57 y al oeste, calle pública con 7.00 metros de frente. Mide: Ciento cuarenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del seis de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cinco millones cuatrocientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis con la base de un millón ochocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Ismael Gutiérrez Díaz. Exp. N° 15-006162-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 12 de julio del 2016.—Licda. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016047814 ). Pág 14 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 Viernes 22 de julio del 2016 En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente (citas: 326-0041701-0901-001); a las trece horas y quince minutos (pasado meridiano) del veintinueve de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 543579000 la cual es terreno para construir lote 06.- Situada en el distrito 03-Daniel Flores, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: Al norte, calle pública; al sur, Mapive S. A.; al este, calle pública y al oeste, Mapive S. A. Mide: Doscientos setenta y seis metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y quince minutos (pasado meridiano) del trece de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos (pasado meridiano) del veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Leticia Ureña Mora. Exp. N° 16004573-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 06 de julio del 2016.—Licda. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016047817 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; pero soportando reservas y restricciones citas 302-11695-01-0901-027, Condic y PROHIBREF: 2293 181 001 citas 302-11695-01-0902-013; a las catorce horas y cero minutos del veinticinco de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos sesenta y tres mil ochocientos cuarenta y tres cero cero cero la cual es terreno de café y cacao. Situada en el distrito 5-San Pedro, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Antonio Mora Hernández, Flory Fallas Segura; al sur, José Ramón Chacón Sánchez; al este, Haciendas Volagro S. A. y al oeste, calle pública. Mide: veintiún mil ciento sesenta metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiocho de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Ramón de Jesús Chacón Vargas. Exp. N° 16-002301-1200-CJ.— Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 20 de junio del 2016.—Licda. Eileen Chaves Mora, Jueza.—( IN2016047836 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del ocho de setiembre del año dos mil dieciséis, y con la base de dos millones novecientos tres mil doscientos ochenta y un colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y cuatro mil quinientos veintinueve cero cero tres la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito Palmares, cantón Palmares, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Bernarda Jiménez Céspedes; al sur, Jorge Álvarez; al este, calle pública con un frente de 10 m y al oeste, Bernarda Jiménez Céspedes. Mide: doscientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de dos millones ciento setenta y siete mil cuatrocientos sesenta colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de octubre del año dos mil dieciséis con la base de setecientos veinticinco mil ochocientos veinte colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Municipalidad de Palmares contra Flora del Carmen Vargas Fernández. Exp.: 15-000113-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón (Materia Cobro), 01 de julio del 2016.—Lic. Esteban Herrera Vargas, Juez.—( IN2016047852 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del dieciocho de octubre del dos mil dieciséis, y con la base de quince mil ciento ochenta y nueve dólares con treinta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número BDC139, marca Toyota, estilo Yaris, categoría automóvil, año 2013, color plateado, VIN JTDBT923101425118, cilindrada 1496 cc. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del dos de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de once mil trescientos noventa y dos dólares con cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos mil dieciséis con la base de tres mil setecientos noventa y siete dólares con treinta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A., contra Ada María de los Ángeles Mora Alvarado. Exp. N° 16-004271-1044-CJ.— Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 8 de julio del 2016.—Lic. Ricardo Barrantes López, Juez.—( IN2016047874 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de seis millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 69826-003, 004 la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 1 Turrialba, cantón 5 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, J.R. La Isabel S. A.; al sur, carretera nacional con 35.00 metros; al este, Heriberto Calvo Ulloa y al oeste, J.R. La Isabel S. A. Mide: trescientos un metros con treinta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del siete de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones seiscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de setiembre de dos mil dieciséis con la base de un millón quinientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Cecilia Ulloa Vargas, Heriberto de los Ángeles Calvo Ulloa. Exp. N° 16-002251-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 5 de julio del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2016047898 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada con las citas de inscripción 0318-00003341-01-0901-001; a las quince horas del veintidós de agosto del dos mil dieciséis y con la base de veintiocho millones de colones, en el mejor postor remataré lo Viernes 22 de julio del 2016 siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 3-150923-001-002 la cual es terreno lote uno B terreno para construir. Situada en el distrito 01 El Tejar, cantón 08 El Guarco, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote número cinco B; al sur, calle pública con un frente de 16 metros; al este, resto de protección de acequia en medio de calle pública y al oeste, lote número dos B. Mide: doscientos treinta y dos metros con sesenta y cinco decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas del seis de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de veintiún millones de colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas del veintidós de setiembre del dos mil quince con la base de siete millones de colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Los Gallos Guadalupanos S. A., contra María Gabriela Chavarría Mena. Exp.:14-007933-1164-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 29 de junio del 2016.—Licda. Yanín Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016047906 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso; a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de octubre del dos mil dieciséis y con la base de cinco millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número quinientos treinta y un mil doscientos cincuenta y cuatro-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 06 Pital, cantón 10 San Carlos de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte María Rojas González; al sur servidumbre de paso con un frente de 3 metros con Flora Rojas Quirós y con Sylvia Gómez e Hijos S. A.; al este Sylvia Gómez e Hijos S. A. y al oeste Flora Rojas Quirós. Mide: setecientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciocho de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de un millón doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de José María Vásquez Araya contra Jeysson Mauricio Porras Jiménez. Expediente: 16-000428-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón, (Materia Cobro), 7 de julio del 2016.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2016047923 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 35808508-01-0937-001, servidumbre trasladada citas: 395-03669-010020-001, servidumbre de paso citas: 529-14472- 01-0010-001, servidumbre de paso citas: 537-04197-01-0007-001; a las diez horas y treinta minutos del cinco de setiembre del dos mil dieciséis, y con la base de veintiún millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento treinta y cinco mil seiscientos cuarenta y dos cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Roger Chacón Chacón, Inversiones Industriales Barbal S. A.; al sur, calle pública; al este, Roger Chacón Chacón e Inversiones Industriales Barbal S. A. y al oeste, Guillermo Guerrero Castillo. Mide: dos mil setecientos veintiocho metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de dieciséis millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del seis de octubre del dos mil dieciséis, con la base de cinco millones trescientos BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 15 setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra 3-101-641205 Sociedad Anónima. Exp. N° 14-001174-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 5 de enero del 2016.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2016047929 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 38704047-01-0946-001; a las diez horas y cero minutos del veintitrés de agosto del año dos mil dieciséis, y con la base de un millón quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cuatro mil ochocientos veinticuatro cero cero cero la cual es terreno lote 41 terreno para construir con una casa. Situada en el distrito primero Bagaces, cantón cuarto Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Navarro y Navarro R. Ltda.; al sur, calle pública; al este, Navarro y Navarro R. Ltda., y al oeste Navarro y Navarro R. Ltda. Mide: doscientos metros cuadrados. Plano: G-0836437-1989. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del siete de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de un millón ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintitrés de setiembre del año dos mil dieciséis con la base de trescientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Rafael Ángel Gerardo Rodríguez Bermúdez contra Otilia Miriam Badilla Quesada, Rafael Ángel Segura Sánchez. Exp.: 16-000369-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia (Materia Cobro), 03 de junio del 2016.— Lic. Jorge Zúñiga Jáen, Juez.—( IN2016047932 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 29920149-01-0901-001; a las diez horas y quince minutos (antes meridiano) del veintidós de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de seis millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos sesenta y ocho mil quinientos cincuenta cero cero cero la cual es naturaleza: terreno para construir. Situada en el distrito San Juan, cantón Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Desarrolladora La Abuela S. A., sur, Desarrolladora La Abuela S. A., este, servidumbre de paso con 6 metros de ancho con un FRENEETE de 14 metros oeste, Desarrollodora La Abuela S. A. Mide: trescientos treinta y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos (antes meridiano) del seis de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de cuatro millones novecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos (antes meridiano) del veintidós de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de un millón seiscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del código de comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Enrique Hernández Morales. Exp. N° 12-000115-1157CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 22 de junio del 2016.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016047938 ). Pág 16 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 Viernes 22 de julio del 2016 En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones (Citas: 31109049-01-0901-001), servidumbre trasladada (Citas: 335-1033201-0901-001), serv canal riegref: (Citas: 343-04417-01-0001-001); a las diez horas y treinta minutos (antes meridiano) del veintinueve de agosto de dos mil dieciséis, y con la base de trece millones ciento veinticinco mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y cinco mil doscientos treinta y tres f cero cero cero la cual es de naturaleza: finca filial primaria individualizada número treinta y uno-b apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 6-San Isidro, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, finca filial primaria individualizada número treinta y seis-B; al sur área común libre de acceso cinco; al este, finca filial primaria individualizada número treinta-B y al oeste finca filial primaria individualizada número treinta y dos-B. Mide: trescientos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos (antes meridiano del trece de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de nueve millones ochocientos cuarenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos (antes meridiano del veintinueve de setiembre de dos mil dieciséis con la base de tres millones doscientos ochenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Manuel Enrique Calvo Cruz. Exp:13007600-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 05 de julio del 2016.— Licda. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2016047939 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando practicado citas: 800-247667-010001-001; a las trece horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis y con la base de tres millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento veinticinco mil seiscientos ochenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 Río Naranjo, cantón 04 Bagaces de la provincia de Guanacaste. Colinda: Al norte calle pública con frente de 20.19 metros; al sur calle pública con frente de 19.50 metros; al este Rogelio Aguirre Ordóñez, Iván Rodríguez Soto, Manuel Carvajal Carvajal y al oeste Johel Alvarado Vargas. Mide: Ochocientos diez metros cuadrados. Plano: G-06883202001. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de octubre del dos mil dieciséis, con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de octubre del año dos mil dieciséis con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Proyectos Propiedades e Inversiones Don Belfort S. A. contra Óscar De Jesús Azofeifa Bermúdez. Expediente: 16-000876-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 14 de julio del 2016.— Licda. Yolanda Martínez Martínez, Jueza.—( IN2016047950 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servid. de acuedref.: 024299 B 000, citas: 386-10014-01-0922-003, servid de acuedref.: 024299 B 000 citas: 386-10014-01-0923-003; a las quince horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre del dos mil dieciséis y con la base de treinta y dos millones doscientos noventa y siete mil cuatrocientos noventa colones con ochenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento ocho mil ochocientos sesenta y dos-cero cero cero, la cual es terreno para construir con oficina, bodega y patio. Situada en el distrito primero Cañas, cantón sexto Cañas de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Inversiones La Esperanza Bagaceña S. A.; al sur Inversiones La Esperanza Bagaceña S. A.; al este Walter Arias Ulate y José Obando Hernández y al oeste calle pública. Mide: trescientos tres metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Plano: G-0482629-1998. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del diecisiete de octubre del dos mil dieciséis, con la base de veinticuatro millones doscientos veintitrés mil ciento dieciocho colones con quince céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del primero de noviembre del dos mil dieciséis, con la base de ocho millones setenta y cuatro mil trescientos setenta y dos colones con setenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805, párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Luis Alberto Umaña Hernández. Expediente: 15-001580-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, (Materia Cobro), 27 de junio del 2016.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—( IN2016047954 ). En la puerta exterior de este Despacho, pero soportando hipoteca de segundo grado (citas: 2010-300243-02-0002-001) y servidumbre trasladada (citas: 307-14136-01-0901-001); a las ocho horas y cero minutos del veinticuatro de agosto de dos mil dieciséis -08:00 a.m. 24/08/2016-, y con la base de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 032473-F- cero cero cero la cual es terreno filial ocho de una planta ubicada en el primer piso destinado al estacionamiento de autobuses en proceso de construcción. Situada en el distrito Quesada, cantón San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, filial nueve; al sur, en parte con filial siete área común destinada a rampas de abordaje; al este, área común destinada a rampas de abordaje y al oeste, área común destinada a acceso vehicular. Mide: sesenta metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de setiembre de dos mil dieciséis -08:00am 08/09/2016-, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis - 08:00am 26/09/2016- con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). “Se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica”. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Condominio Vertical Comercial Plaza San Carlos contra Jorge Luis Hidalgo Villanueva. Exp.: 12-016602-1164-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 04 de julio del 2016.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2016048006 ). En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca de primer grado citas: 0495-00002805-01-0002-001, medianería citas: 0309-00001836-01-0907- 003 y servid condic ref: 2463003-001 citas: 0309-00001836-01-0908-003; a las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de diez mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos cincuenta y tres mil quinientos ochenta y uno cero cero cero, la cual es terreno para construir con 1 casa N° 124. Viernes 22 de julio del 2016 Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: Al norte, INVU; al sur, lote 125; al este, lote 142 y al oeste, lote 123. Mide: Ciento treinta y siete metros con setenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil dieciséis, con la base de siete mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis con la base de dos mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Marco Tulio Hamm Royes contra Bethel de la Pradera S. A. Exp: 15-020868-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 15 de febrero del 2016.— Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez.—( IN2016048010 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del veintidós de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de ochocientos setenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número 504842, marca Nissan, estilo platina, categoría automóvil, capacidad 5-personas, año 2003, color Beige, VIN 3N1JH01D4ZL080050. Cilindrada 1598 C.C. CC. combustible gasolina, motor Nº. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de setiembre de dos mil dieciséis con la base de seiscientos cincuenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiuno de setiembre de dos mil dieciséis, con la base de doscientos diecisiete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Yayme Lyn Corrales Viales contra Miguel Ángel Vega Sandí. Exp. N° 15-000586-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Golfito (Materia Cobro), 15 de junio del 2016.—Licda. Olga Sandí Torres, Jueza.—( IN2016048013 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas del veintidós de agosto del dos mil dieciséis y con la base de ochocientos cinco mil ciento ochenta y cinco colones con quince céntimos por cada uno de los derecho, en el mejor postor remataré lo siguiente: la finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ochenta y seis mil doscientos sesenta y dos (86262-005, 010), derechos cero cero cinco y cero diez, distrito Oriental, cantón Cartago de la provincia de Cartago. Colinda: al norte Humberto Coto Jiménez; al sur Humberto Coto Jiménez; al este calle pública y al oeste Humberto Coto Jiménez. Mide: ciento cincuenta y seis metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del seis de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de seiscientos tres mil ochocientos ochenta y ocho colones con ochenta y seis céntimos por cada uno de los derechos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintiuno de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de doscientos un mil doscientos noventa y seis colones con veintiocho céntimos por cada uno de los derechos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo simple de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Mario Nelson Salazar Sarmiento. Expediente: 96-101228-0346-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía de Cartago, 10 de junio del 2016.—Msc. Carlos Felipe Jinesta Blanco, Juez—( IN2016048016 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del diez de agosto del dos mil dieciséis, y con la base de ochenta y nueve BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 17 mil novecientos ochenta y seis dólares con ochenta y cinco centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número SLK015, marca Mercedes Benz, estilo SLK., categoría automóvil, capacidad 2 personas, año 2015, color blanco, VIN WDDPK4JA3FF102296, cilindrada 1796 cc., combustible gasolina, motor Nº 27186130766293. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de agosto del dos mil dieciséis, con la base de sesenta y siete mil cuatrocientos noventa dólares con trece centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del doce de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de veintidós mil cuatrocientos noventa y seis dólares con setenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco LAFISE S. A. contra Isaac Hernández Solano. Exp. N° 16-002622-1164CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 1° de julio del 2016.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2016048017 ). En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada; a las quince horas y cero minutos del trece de setiembre del año dos mil dieciséis y con la base de tres millones quinientos ochenta y siete mil veintitrés colones con cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veinticuatro mil doscientos cuatro derechos cero cero uno, cero cero dos y cero cero tres, la cual es terreno de caña de azúcar-café-caña india. Situada en el distrito Piedades Norte, cantón San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Francisco Bolaños Porras; al sur, Giovanny Herrera Arias, Julio Rojas Acuña y Emiliano Arias Sancho; al este, camino público con un frente de 210,59 cm y al oeste, Ana Badilla Rodríguez. Mide: treinta y cuatro mil ochocientos noventa y un metros con setenta decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de setiembre del año dos mil dieciséis, con la base de dos millones seiscientos noventa mil doscientos sesenta y siete colones con veintinueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de octubre del año dos mil dieciséis con la base de ochocientos noventa y seis mil setecientos cincuenta y cinco colones con setenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Giovanni del Carmen Herrera Arias, José Francisco Herrera Arias, Luis Eugenio Herrera Arias. Exp.: 16-000370-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón (Materia Cobro), 07 de julio del 2016.— Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2016048018 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones citas: 0393-00013390-010804-001 y condiciones ref: 000000000IDA citas: 0393-0001339001-0807-001; a las diez horas y cero minutos del veintitrés de enero de dos mil diecisiete, y con la base de veinte millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y nueve mil seiscientos sesenta y cinco cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 11 Cóbano, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública con un frente a ella de veinte metros con cuarenta y cuatro centímetros; al sur, quebrada Cenízaro; al este, Damaris Ugalde Ugalde y María Rosey Ugalde Ugalde y al oeste Damaris Ugalde Ugalde y María Rosey Ugalde Ugalde. Mide: dos mil trescientos ochenta y tres metros con cero decímetros cuadrados. Pág 18 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 Viernes 22 de julio del 2016 Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del siete de febrero de dos mil diecisiete, con la base de quince millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintidós de febrero de dos mil diecisiete con la base de cinco millones ciento veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Ronald Giovanni de Jesús Ugalde Ugalde. Exp: 16-000714-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 21 de junio del 2016.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2016048034 ). la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veintisiete de enero del dos mil diecisiete y con la base de veintiún millones seiscientos cuarenta y cinco mil quinientos noventa y seis colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y seis mil quinientos cincuenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 San Isidro, cantón 04 Montes De Oro de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte servidumbre de paso; al sur Delfin Dorado Zúñiga y Cascante S. A.; al este calle pública y al oeste Delfin Dorado Zúñiga y Cascante S. A. Mide: Cuatrocientos dieciocho metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del trece de febrero de dos mil diecisiete, con la base de dieciséis millones doscientos treinta y cuatro mil ciento noventa y siete colones con cincuenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiocho de febrero de dos mil diecisiete con la base de cinco millones cuatrocientos once mil trescientos noventa y nueve colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Ramón Rugama Valdés. Expediente: 16-000833-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 04 de julio del 2016.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2016048035 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 032500011522-01-0901-001 y servidumbre de paso citas: 0428-0001103601-0002-001; a las diez horas y cero minutos del veintisiete de enero del dos mil diecisiete, y con la base de veintiún millones seiscientos cincuenta y dos mil doscientos sesenta y un colones con sesenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y un mil trescientos cuarenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir lote 6E. Situada en el distrito 01 Bagaces, cantón 04 Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Servicios Profesionales del Pacífico Educa S. A.; al sur, calle pública con un frente a ella de 25 metros; al este, Servicios Profesionales del Pacífico Educa S. A. y al oeste, Servicios Profesionales del Pacífico Educa S. A. Mide: mil setecientos siete metros con ochenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del trece de febrero del dos mil diecisiete, con la base de dieciséis millones doscientos treinta y nueve mil ciento noventa y seis colones con veintiséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de febrero de dos mil diecisiete con la base de cinco millones cuatrocientos trece mil sesenta y cinco colones con cuarenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Julián Arturo Zamora Pérez. Exp. N° 16-000834-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 4 de julio del 2016.—Lic. Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2016048036 ). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del veinte de setiembre de dos mil dieciséis, y con la base de ciento diecinueve mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta mil setecientos diecinueve cero cero cero, la cual es terreno para construir 5-F. Situada en el distrito San Juan, cantón La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: Al norte, Desarrollos Técnicos S. A.; al sur, calle pública; al este lote 6-F y al oeste, lote 4-F. Mide: Ciento cincuenta y cuatro metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del cinco de octubre del dos mil dieciséis, con la base de ochenta y nueve mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiuno de octubre del dos mil dieciséis con la base de veintinueve mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco DAVIVIENDA (Costa Rica S. A.) contra Manuel Alcides Gutiérrez Solís. Exp. N° 15-005826-1158CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia Cobro), 17 de junio del 2016.—Licda. Jéssica Cordero Azofeifa, Jueza.—( IN2016048074 ). Convocatorias Se convoca a todos los herederos, legatarios, acreedores y a todos los interesados en la sucesión de Sofía Arias Cascante, mayor, casada una vez, ama de casa vecina de Turrialba, cédula 01-01129677 y de quien en vida se llamó Onofre Antonio Moreno Vásquez, mayor, casado una vez, vecino de Ciudad Neily, cédula 5-01210564, para que se apersonen a este despacho a las ocho horas del diecinueve de agosto de dos mil dieciséis, para llevar a cabo la junta de herederos, a fin de proceder conforme lo ordena el artículo 926 del Código Procesal Civil. Sucesión N° 14-000205-0930-CI, número interno 340-1-14.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 26 de mayo del 2016.— Lic. Sugeily Hernández Azofeifa.—1 vez.—( IN2016034418 ). Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Freddy Arrieta Aguirre, mayor, empresario, casado una vez, documento de identidad Nº 5-0132-0992, y vecino de La Cruz, Guanacaste, quien falleció el 20 de abril de 2015, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del diecinueve de agosto del año dos mil dieciséis (08:30 am de viernes 19/08/2016), para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil: 1) Si fuere procedente, elegir albacea propietario o suplente, o ambos; 2) Mostrar conformidad o no, con el inventario de los bienes y avalúo de los mismos y; 3) De los reclamos contra la sucesión. Expediente Nº 15-000095-0386CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia (Materia Civil), 5 de mayo del 2016.—Lic. Javier Camacho Duarte, Juez.—1 vez.—( IN2016039602 ). Títulos Supletorios Se hace saber que ante este despacho se tramita el expediente N° 09-000033-0507-AG donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Raquel Fidel Cambronero Orozco quien es mayor, casado una vez, vecino de Catedral de La Rita de Viernes 22 de julio del 2016 Pococí, provincia de Limón, con residencia situada a 200 metros sur de la Escuela, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe Nº 04-0128-0085, agricultor, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca cuya naturaleza es potrero con casa de zócalo. Situada en el distrito tercero La Rita, cantón segundo de Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Rafael Ángel Rodríguez Mora; al sur, Alejandro Ramírez Varela; al este, Ulices Vargas Jiménez y calle pública con una medida de ciento sesenta metros con treinta decímetros y al oeste, Carlos Cambronero Orozco. Mide: noventa y un mil ochocientos doce metros cuadrados, tal como lo indica el plano catastrado Nº 7-1884774-2016. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir No pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima las presentes diligencias en la suma de ciento cincuenta mil colones y el inmueble en la suma de cuatrocientos cincuenta mil colones. Que adquirió dicho inmueble por compraventa y hasta la fecha lo ha mantenido en forma quieta, pública, pacífica, ininterrumpida, de buena fe y a título de dueño por más de quince años. Que no existen condueños. Que los actos de posesión han consistido en chapeas y mantenimiento. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de información posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso información posesoria, promovida por Raquel Fidel Cambronero Orozco, expediente Nº 09-000033-0507AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, 13 de julio del 2016.—Lic. Carlos Eduardo Rojas Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046892 ). Anabella Morales Marín, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de Hatillo Ocho, 300 metros este de la escuela, casa N° 905, cédula de identidad número uno-quinientos setenta y cincoseiscientos cinco, promueve diligencias de información posesoria para que se ordene al Registro Público de la Propiedad, Partido de San José, inscribir a su nombre la finca que se describe así: terreno de cítricos y tacotal, sito en distrito tercero Tabarcia, cantón sétimo Mora de la provincia de San José. Mide: mil dos metros cuadrados. Linda al norte: calle pública a Tabarcia, con trece metros con ochenta y siete centímetros lineales de frente, al sur: quebrada El Salto, este: Elieth Morales Marín y al oeste: Abigail Marín Mesén. Todo conforme al plano catastrado número SJ-uno siete nueve cuatro tres cinco siete- dos mil quince. Se cita y emplaza a todos los interesados para que en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen en el asunto en defensa de sus derechos. Información posesoria N° 16-100061-0197-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo de Puriscal, Santiago, 7 de junio del 2016.—Licda. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—( IN2016046935 ). Se hace saber: que ante este Despacho se tramita el expediente N° 05-100157-0297-CI donde se promueven diligencias de información posesoria por parte de Randall Peraza Peraza quien es mayor, estado civil casado una vez, vecino de La Luisa de Pocosol contiguo a la iglesia del lugar, portador de la cédula de identidad vigente que exhibe número 1-834-226, profesión ingeniero forestal, a fin de inscribir a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, el terreno que se describe así: finca ubicada en la provincia de Alajuela, la cual es terreno hoy con una casa. Situada en el distrito trece, cantón décimo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al noroeste y noreste, María Isabel Cruz Matamoros; al sureste, iglesia católica de la Luisa de Pocosol y al suroeste, calle pública con un frente de veintiséis metros un centímetros lineales. Mide: quinientos ochenta y nueve metros con cinco decímetros cuadrados. Indica el promovente que sobre el inmueble a inscribir no pesan cargas reales o gravámenes, y que esta información no tiene por objeto evadir la tramitación y consecuencias legales de un proceso sucesorio y estima dicho inmueble en la suma de un millón de colones. Que adquirió dicho inmueble por compra que le hiciere a Marielos Arroyo Cruz, quien es mayor, casada una vez, separada de hecho, vecina de Palmares de Alajuela, Esquipulas del Súper la Central veinticinco metros al oeste y cincuenta metros BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 19 al sur, cédula 6-191-254, y hasta la fecha lo ha mantenido en forma pública, pacífica y quieta. Que los actos de posesión han consistido en mantenimiento general de la casa y del lote, como el cuido de las cercas. Que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias, otros inmuebles, según se constata del Registro Público de la Propiedad. Se emplaza a todos los interesados en estas diligencias de Información Posesoria, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante el Despacho a hacer valer sus derechos. Proceso Información posesoria promovida por Randall Peraza Peraza. Exp: 05-100157-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), San Carlos, 05 de julio del 2016.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—1 vez.—( IN2016047126). Se hace saber que ante este Despacho se encuentra el expediente N° 11-000449-0388-CI, el cual corresponde a un proceso de diligencias de información posesoria, promovido por Geidi Villegas Ruiz conocida como Gleidy Villegas Ruiz, quien es mayor, soltera, ama de casa, cédula 5-0290-405, vecina de Ortega de Santa Cruz, Guanacaste, de la escuela trescientos metros al norte; el cual interpuso a fin de que se inscriba a su nombre y ante el Registro Público de la Propiedad, un terreno que es solar con una casa, situado en Ortega, distrito 02 (Bolsón), cantón 03 (Santa Cruz), provincia de Guanacaste; el cual colinda al norte: servidumbre de paso con un frente a ella de treinta y cinco metros con sesenta y tres centímetros lineales y Edwin Soto Ruiz, sur: Calimerio Jaen Jaen, este: calle pública con un frente a ella de veinticinco metros con setenta y cinco centímetro lineales y oeste: Eusebio Ramírez Cascante. Mide. 799 m2, según plano G-1788115-2014. Indica la parte promotora que sobre el mismo no pesan cargas reales o gravámenes, que mediante dicho proceso no pretende evadir las consecuencias de un juicio sucesorio, que estima el inmueble en un millón de colones, que lo adquirió mediante una compra que le hizo a su tío-abuelo Carmelio Jaen Jaen, mayor, casado, pensionado, cédula 9-003-798, vecino de Ortega de Santa Cruz, Guanacaste, frente al Ebais de Ortega, el día 7 de agosto de 1997 que hasta la fecha lo ha poseído en calidad de única persona propietaria y en forma continua, pública y pacífica; que los actos de posesión que ha ejercido sobre el han consistido en jardín con variedad de plantas ornamentales, cercarlo, cambio de hostería, que no ha inscrito mediante el amparo de la Ley de Informaciones Posesorias otros inmuebles y que carece de título inscribible de dominio. Por tal razón y de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Informaciones Posesorias, se emplaza por este medio a todas las personas interesadas en este asunto, a efecto de que dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho a hacer valer sus derechos.—Juzgado Civil y de Trabajo de Santa Cruz, Guanacaste, 20 de junio del 2016.—Lic. Mauricio Jiménez Sequeira, Juez.—1 vez.—( IN2016047127 ). Julio César Jenkins Vega, mayor, casado una vez, ganadero, vecino de Tilarán, Guanacaste, cincuenta metros este del Acueducto y Alcantarillados, cédula de identidad número uno-seiscientos veintiocho-quinientos setenta y nueve. Solicita se levante Información Posesoria a fin de que se inscriba a su nombre en el Registro Público de la Propiedad, el fundo sin inscribir que le pertenece y que se describe así: Terreno de pasto, situado en el distrito décimo, cantón décimo de la provincia de Alajuela. Linda al norte, Finca Jenkins S. A., al sur, Inversiones Pérez García S. A., al este, Quebrada sin nombre en medio de Finca Jenkins S. A y al oeste, calle pública con un frente a ella de mil trece metros treinta y seis centímetros. Mide: de acuerdo al plano catastral aportado número A-1652626-2013 de fecha seis de mayo de dos mil trece, una superficie de doscientos treinta y seis mil trescientos cincuenta y siete metros cuadrados. El inmueble antes descrito lo adquirió el titulante mediante proceso sucesorio de quien en vida fue su padre, el señor Julio César Jenkins Chavarría, mayor, casado una vez, agricultor, vecino de Tilarán, Guanacaste, cédula de identidad 1-288-525; dicha protocolización de piezas del proceso sucesorio la realizó el Licenciado Carlos Fernández Zeledón, mediante escritura ciento treinta y ocho visible al folio sesenta y cinco frente del tomo cincuenta y cinco, escritura de fecha diez de abril de mil novecientos ochenta y seis. Valora el terreno en la suma de seis millones de Pág 20 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 Viernes 22 de julio del 2016 colones y en la misma suma las presentes diligencias. Con un mes de término contado a partir de la publicación de este edicto, se cita a los interesados que se crean lesionados con esta titulación, a efecto de que se apersonen en defensa de sus derechos. Razón: Publíquese este edicto por una sola vez en el Boletín Judicial. Diligencias de Información Posesoria N° 14-000310-0298-AG, establecida por Julio Cesar Jenkins Vega.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 20 de junio del 2016.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047133 ). Citaciones Se cita y emplaza a todos los herederos, acreedores, legatarios e interesados en la sucesión de Jorge Jesús Montenegro Quirós, mayor, casado una vez, comerciante, portador de la cedula de identidad número uno-quinientos cincuenta y dos-cero novecientos ochenta y siete, vecino de Buenos Aires, Puntarenas, seiscientos metros norte del Ministerio de Salud, para que dentro de treinta días naturales contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan en las oficinas del notario Gustavo Josué Navaro Garro, ubicada en el centro de esta ciudad, San Isidro de El General, Pérez Zeledón, centro comercial los Betas, oficina N° veinte, a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener la calidad de herederos que si no se presentan dentro del plazo citado la herencia pasará a quien corresponda. Expediente N° 0003-2016.— San Isidro de Pérez Zeledón, a las once horas diez minutos del trece de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Gustavo Josué Navarro Garro, Notario.—1 vez.—( IN2016046531 ). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Francisco Araya Montoya, mayor, estado civil casado, profesión constructor, nacionalidad costarricense, con documento de identidad 0202440022 y vecino de San Antonio de Naranjo. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-000085-0295-CI.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia, (Materia Civil), 26 de mayo del 2016.—Lic. Randall Briceño Solano, Juez.—1 vez.—( IN2016046602 ). En proceso sucesorio notarial ab intestato, expediente número ALRA-cero cero uno-dos mil quince, de quien en vida fuera Ángel Gerardo Azofeifa Venegas, quien en vida fue mayor, divorciado, misceláneo de Centro Educativo, vecino de Heredia, San Isidro, San José, cuatrocientos metros norte y cincuenta oeste del Bar La Pista, mediante resolución de las dieciocho horas del dieciocho de junio del año dos mil quince se declara como único y universal heredero al señor Andrey Gerardo Azofeifa Bolaños, quien es mayor, soltero, administrador, cédula de identidad número cuatro-cero doscientos nueve-cero cuatrocientos cincuenta y siete y vecino de Heredia, San Isidro, San José, cuatrocientos metros norte y cincuenta oeste del Bar La Pista.—Licda. Ana Lorena Rojas Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2016046858 ). 0209; para que dentro del mismo plazo se apersonen ante este Juzgado con el fin de que hagan valer sus derechos, apercibidos de que si así no lo hicieren, la herencia pasará a quien demuestre su derecho.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Hatillo, 13 de abril del 2016.—Lic. José Manuel Chaves Redondo, Juez.—1 vez.—( IN2016046886 ). Se hace saber que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Consuelo Mora Rodríguez, mayor, estado civil soltera, profesión no indica, nacionalidad Costa Rica, con documento de identidad N° 0201160629 y vecina de Alajuela, San Mateo, Labrador. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que si no, se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000499-0638-CI.— Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de San Mateo (Materia Civil), 06 de julio del 2016.—Lic. Olger Castro Pacheco, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN201646895 ). Se hace saber: que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó José Rojas Fernández, mayor, agricultor, costarricense, cédula de identidad Nº 0102400994 y quien fuera vecino de Guápiles, Cariari centro, 125 metros este del lubricentro La Colonia. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000064-0507AG.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 07 de abril del 2016.—Licda. Yendri Patricia Rojas Pérez, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046901 ). Se convoca a todas las personas interesadas en la sucesión de Hugo Alberto Arroyo Herrera, a una junta que se verificará en este Juzgado a las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de setiembre de dos mil dieciséis, para conocer acerca de los extremos que establece el artículo 926 del Código Procesal Civil. Exp. N° 14000438-0638-CI.—Juzgado Civil del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 1 de junio del 2016.—Lic. Rodrigo Araya Durán, Juez.— 1 vez.—( IN2016046905 ). Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y, en general a todos los interesados en la sucesión de Roy Valverde Valverde, quien fue mayor, casado una vez, electromecánico, vecino de San Juan de Dios de Desamparados, de los tanques de Acueductos y Alcantarillados 100 metros norte, cédula de identidad número unocero seis trece-cero dos cinco cuatro, para que dentro del plazo de treinta días, comparezcan a este Despacho a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia, de que si no se presentan en ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-100023-0217-CI.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 19 de febrero del 2016.—Licda. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza.—1 vez.—( IN2016046881 ). Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y en general a todos quienes pueden resultar interesados o creen tener derechos en la sucesión testamentaria en sede notarial de quien en vida fue Bruce Nelson (nombres) Ander (apellido), mayor, de un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, divorciado una vez, Retirado, portador de la cédula de residencia temporal número uno ocho cuatro cero cero cero siete nueve ocho tres dos nueve, vecino de San José, San Pedro, Lourdes, Condominio Flor del Este, número treinta y seis, quien falleció el día veintiséis de marzo de dos mil dieciséis, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto que se hará por una sola vez en el Boletín Judicial, se apersonen a hacer valer sus derechos ante esta notaría, ubicada en Puntarenas, Garabito, Jaco, cien metros al este del edificio municipal, apercibidos de que si no lo hicieren dentro del plazo dicho, la herencia pasara a quien corresponda. El representante del heredero y el albacea realizaron las manifestaciones establecidas en el artículo novecientos cuarenta y seis del Código Procesal Civil, mediante escritura pública número veintisiete de las diecisiete horas del nueve de julio de dos mil dieciséis, visible al folio veintiuno vuelto del tomo cuarenta y uno de mi protocolo, mediante la cual se solicitó la apertura del presente Proceso Sucesorio Testamentario en sede notarial. Expediente N° 01-2016.—Puntarenas, Jaco, a las trece horas del once de julio de dos mil dieciséis.—Licda. Sylvia Vega Carballo, Notario.—1 vez.—( IN2016046912 ). Con treinta días de plazo, se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios y demás interesados en el proceso sucesorio Nº 16-100008-0239-CI (08-16) de William González Duarte, quien en vida fue mayor, costarricense, viudo una vez, vecino de Hatillo 8, alameda 27, casa 1072, cédula de identidad Nº 2-0298- Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Mauricio de Jesús Villarreal Castro, mayor, casado, nacionalidad costarricense, con documento de identidad Nº 0106020095, empresario y vecino de Escazú, Guachipelín. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, Viernes 22 de julio del 2016 para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, sino se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-000116-0180-CI.—Juzgado Primero Civil de San José, 22 de junio del 2016.—Msc. Ricardo Díaz Anchía, Juez.—1 vez.—( IN2016046928 ). Por escritura de las 14:30 horas del 06 de julio de 2016, se declaró abierto el proceso sucesorio en sede notarial de quien en vida fue Xinia Serrano Serrano, con cédula de identidad número uno-seiscientos veintitrés-ochocientos treinta, vecina de Tabarcia de Mora. Se convoca a los interesados en tales diligencias a comparecer dentro del plazo de ley a la Notaría de la Licda. Geovana Vargas Vargas, localizada frente a la entrada principal del Colegio de Tabarcia de Mora, a hacer valer sus derechos.—Lic. Geovana Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016046932 ). De conformidad con la escritura pública Nº 293-8 de solicitud de intervención Notarial de las 11:15 horas del 11 de julio del 2016, se cita y emplaza a todos los posibles herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados en el proceso sucesorio intestado en sede notarial de Lai Yung Wong Yu, cc, Lydia Wong Yu, quien en vida fuera mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San José, Montes de Oca, San Pedro, Lourdes, Residencial Lugano, casa número 35, portadora de la cédula de identidad 8-0040-0016, para que dentro del plazo de 30 días contados a partir de la publicación de este edicto, concurran a hacer valer sus derechos ante la Notaría del Licenciado Efraín Mauricio Carvajal Madrigal, con oficina profesional sita en San José, Montes de Oca, San Pedro, Lourdes, costado este de la iglesia católica, contiguo a la Pescadería Happy Fish, fax número 2280-6818, Email [email protected] con el apercibimiento de que en caso de que no se presenten dentro de ese plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Albacea nombrado: José Antonio Ayi Con. Expediente número 0001-2016.—San Pedro, Montes de Oca, San José, 13 de julio del 2016.—Lic. Efraín Mauricio Carvajal Madrigal.—1 vez.—( IN2016046946 ). Se convoca a todos los interesados en la sucesión de, José Bermúdez Agüero, mayor, casado una vez, con cédula número uno-ciento cincuenta-diecinueve, vecino de Puntarenas, Buenos Aires, para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener derecho a la herencia de que si no se presentan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Sucesorio número 12-100685-0642-CI (45-13) de Floribeth Bermúdez Benavidez.—Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 17 de mayo del 2016.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—1 vez.—( IN2016046966 ). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó, Frieda Adela Gfeller Gutiérrez, mayor, soltera, comerciante, costarricense 07-0021-0303, con documento de identidad: dato desconocido. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 15-000260-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de San José, 21 de junio del 2016.—Msc. Rodrigo Brenes Vargas, Juez.—1 vez.—( IN2016046992 ). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Olga Benambur Meléndez, mayor, casada dos veces, comerciante, cédula 1-294-053, vecina de San José. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000046-0182-CI.— Juzgado Tercero Civil de San José, 28 de abril del 2016.—Msc. Carlos D’Alolio Jiménez, Juez.—1 vez.—( IN2016047001 ). BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 21 Se cita y emplaza a todos los interesados en la sucesión de los señores Javier Cordero Bolaños, quien fue mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Heredia, cédula cuatro-cero veintiséisnueve mil dieciocho y de María Sandoval Avendaño, quien fue mayor, casada una vez, ama de casa, del mismo vecindario, cédula cuatro cero veinte-tres cuatrocientos cincuenta y siete, que en el plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos, que si no se presentan dentro de dicho plazo, la herencia pasará a quien corresponda. Expediente 012016. Heredia, Santo Domingo, 225 metros norte de los Bomberos. Proceso Sucesorio Ad Intestato Extrajudicial de, Javier Cordero Bolaños y María Sandoval Avendaño.—Lic. Marta Ma. Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016047028 ). Se cita y emplaza a todos los terceros, acreedores e interesados en la sucesión de quien en vida fue Douglas Lionel (nombre) Sands (apellido) con un solo apellido en razón de su nacionalidad de Estados Unidos de América, de calidades en vida mayor, pensionado, vecino de Guanacaste, Carrillo, Ocotal en proyecto Cala del Sol, con cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero uno cuatro siete uno tres tres tres, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a esta notaría a reclamar sus derechos y se apercibe a los que crean tener calidad de herederos que si no se presentan dentro de dicho plazo la herencia pasara a quién corresponda e igualmente a los acreedores interesados que deberán legalizar sus créditos correspondientes dentro del plazo de ley, convocándose así por haberse ordenado dentro del expediente notarial número 0001-2016. Notaría del Licenciado Célimo Gerardo Fuentes Vargas, sita en Liberia, de la Farmacia Lux; cien metros al sur y cinco metros al oeste.—Lic. Célimo Gerardo Fuentes Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2016047032 ). Se hace saber, que en este Despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó, Luis Alfredo Abea Quirós, mayor, no indica, casado, nacionalidad 0105540420, con documento de identidad comerciante. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 16-000145-0181-CI.—Juzgado Segundo Civil de San José, 22 de junio del 2016.—Lic. Miguel Ángel Rosales Alvarado, Juez.—1 vez.—( IN2016047042 ). Se cita y emplaza a herederos, legatarios, acreedores y demás interesados en proceso sucesorio ab intestado, de quien en vida fuera Gregoria Ponce Vargas, mayor de edad, viuda una vez, ama de casa, vecina de Guanacaste, La Cruz, Santa Cecilia, doscientos metros norte de la Guardia de Asistencia Rural, cédula nueve-cero cero cincuenta y tres-cero setecientos setenta, fallecida el cinco de agosto del dos mil catorce, para que dentro del plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de la publicación de este aviso se apersonen a ésta notaría a hacer valer sus derechos bajo el apercibimiento de que si no se presentaren en ese plazo la herencia pasará a quien corresponda. Notaría de la Licda. Leda María Peña Martínez, con oficina ubicada en Guanacaste, Liberia, frente Almacén Torres y Pineda, con teléfono 8812-51-98.—Licda. Leda María Peña Martínez, Notaria.—1 vez.—( IN2016047045 ). Se emplaza, a todos los herederos, legatarios, acreedores, y en general a todos los interesados en la sucesión de Ana Maricia Ferretti Adlersberg, quien fue mayor, soltera, pensionada, vecina de Desamparados, San Jerónimo; cédula de identidad 3-0190-0100 para que dentro del plazo de treinta días, contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a los que crean tener mejor derecho a la herencia, de que si no se presentan en el plazo citado, aquella pasará a quien corresponda. Exp. N° 16-100095-0217-CI. Sucesión de Ana Maricia Ferretti Adlersberg.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 25 de mayo del 2016.—Licda. Ana Milena Gutiérrez Rojas, Jueza a. í.— 1 vez.—( IN2016047081 ). Pág 22 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 Viernes 22 de julio del 2016 Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó Zoraida de Jesús Cordero Montero, mayor, casada una vez, comerciante, vecina de Cariari de Pococí, frente a la panadería Mar & Ross y portaba la cédula de identidad 6-0057-0696. Se cita a las personas herederas, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto comparezcan a hacer valer sus derechos con el apercibimiento a aquellos que crean tener derecho a la herencia de que si no se apersonan dentro de ese plazo aquella pasará a quien corresponda. Expediente N° 16-0001130930-CI.—Juzgado Civil del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 21 de junio del 2016.—Lic. Gersan Tapia Martínez, Juez.—1 vez.—( IN2016047090 ). Se hace saber que en este despacho se tramita el proceso sucesorio de quien en vida se llamó German Enrique Nelson Calvo, mayor, divorciado, de oficio desconocido, con documento de identidad 0101730046 y vecino de San José, Guadalupe de Goicoechea. Se cita a los herederos, legatarios, acreedores y en general a todos los interesados, para que dentro del plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a la herencia, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquella pasará a quien corresponda. Expediente Nº 14000545-0164-CI.—Juzgado Civil de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, Goicoechea, 27 de junio del 2016.— Lic. Freddy Bolaños Rodríguez, Juez.—1 vez.—( IN2016047096 ). Se cita y emplaza a todos los herederos, legatarios, acreedores y en general, a todos los interesados para que, en el plazo de treinta días contados, a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a este Despacho, a hacer valer sus derechos en el juicio sucesorio notarial de quien fuera en vida Rodrigo Aguilar Amador, cédula número 1-185-615, bajo el apercibimiento de que si no lo hicieran así, la herencia pasará a quien corresponda. Notaria de la Licenciada, Ana Guiselle Chaves Salas, carne 20314. San José, Patalillo, Vásquez de Coronado, San Antonio, Urbanización Jardines del Supermercado La Campana; doscientos metros al sur, seiscientos metros al este y cien metros al sur, casa cincuenta y tres.—San Antonio de Coronado, 16 de junio del 2016.—Licda. Ana Guiselle Chaves Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2016047145 ). Avisos Licenciada Kattia Pérez González, Jueza del Juzgado de Familia de Pérez Zeledón, hace saber a cualquier persona interesada, que en este Despacho se tramita el proceso de ejecución de sentencia dentro de proceso abreviado de divorcio, interpuesto por Luzeida Zúñiga Elizondo contra Jesús Enrique Quesada Godínez, expediente número único 13-000324-0919-FA; se dictó la resolución que literalmente dice: “Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón). A las nueve horas veintitrés minutos del doce de julio de dos mil dieciséis. I.- Por solicitarlo así el licenciado Lenin Mendiola Varela en su calidad de apoderado especial judicial de la actora-ejecutante y al ser este procedente; libre de gravámenes y anotaciones sáquese a remate la finca del Partido de San José, Matrícula 536.717-000, la cual mide mil metros cuadrados, terreno para construir, situada en el distrito seis Platanares, cantón diecinueve Pérez Zeledón, de la provincia de San José; linderos: Norte, servidumbre de paso con un frente de 25.00 metros; sur, Quebrada Salto; este, Daysi Godínez Vargas, y oeste, Arnoldo Quesada; Plano: SJ-0809231-2002, inscrita a nombre de Jesús Enrique Quesada Godínez, cédula de identidad 1-0836-0423; evaluada en la suma base de ¢14.888.902,75 (catorce millones ochocientos ochenta y ocho mil novecientos dos colones con setenta y cinco céntimos). II.- A efecto de llevar a cabo el primer remate por el valor de la base de dicho inmueble, se señalan las siete horas treinta minutos del veinticinco de agosto de dos mil dieciséis (7:30 a. m. del 25-08-2016). De no haber postores, el segundo remate se realizaría a las siete horas treinta minutos del nueve de setiembre de dos mil dieciséis (7:30 a. m. del 09-09-2016), el cual se realizará por la misma base de dicho inmueble, según lo dispuesto por el Tribunal de Familia, mediante el voto N° 736-2014, de las quince horas cuarenta y cuatro minutos del dos de setiembre del año dos mil catorce. Asimismo, de no apersonarse rematantes, el tercer remate tendrá lugar a las siete horas treinta minutos del veintisiete de setiembre de dos mil dieciséis (7:30 a. m. del 27-092016) por la misma base antes dicha, según lo dispuesto por el Tribunal de Familia en su voto N° 736-2014, de las 15:44 horas del 2 de setiembre de 2014. III.- Con fundamento en el numeral 21, inciso 5), de la Ley de Cobro Judicial, publíquese el edicto de ley en el Boletín Judicial, dos días consecutivos. IV.- Conforme lo dispone el artículo 23 de la citada Ley de Cobro Judicial, se advierte a la ejecutante que el remate solo podrá verificarse en las fechas señaladas si han transcurrido ocho días contados a partir del siguiente al de la primera publicación del edicto. F) Licda. Kattia Pérez González, Jueza”.—Juzgado de Familia de Pérez Zeledón, 12 de julio del 2016.—Licda. Kattia Pérez Hidalgo, Jueza.—( IN2016046893 ).—Exonerado. 2 v. 1 Licenciada Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza del Juzgado de Familia de Santa Cruz, al señor Juan Camilo Ochoa Cascante, en su carácter personal, quien es mayor, separado, de domicilio desconocido, pasaporte PRN14895080, se le hace saber que en proceso reconocimiento hijo mujer casada, establecido por Eduardo Arturo Oporta Murgas, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia de Santa Cruz, a las quince horas y cuarenta y cuatro minutos del dos de octubre del dos mil quince. Se tienen por establecidas las presentes diligencias de reconocimiento de hijo de mujer casada promovido por Eduardo Arturo Oporta Murgas a favor del menor Dylan Jesús Ochoa Cascante. De las mismas se confiere audiencia al Patronato Nacional de la Infancia, por el plazo de tres días. De los autos se observa que se encuentran debidamente apersonados la licenciada Escarleth Jiménez Li, en representación del ausente Juan Camilo Ochoa Jiménez y señala medio para recibir notificaciones el correo electrónico [email protected], esto desprendiéndose del memorial visible a folios 36 y 37. Se les previene a las partes, que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www. poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés. Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento. d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad. f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para notificar al ente aludido Patronato Nacional de la Infancia, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de Este Circuito Judicial de este circuito judicial, asimismo notifíquese a la madre registral Viernes 22 de julio del 2016 del menor Marilyn Cascante Mendoza en Coyolito de Belén de Carrillo, del salón comunal 150 metros al norte, casa de cemento de dos plantas, color terracota. Notifíquese a la parte demandada Juan Camilo Ochoa Jiménez, por medio de un edicto que se publicará en el Boletín Judicial o en un Diario de Circulación Nacional; para los efectos del artículo 263 del Código Procesal Civil.—Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia).—Licda. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046834 ). Valeria Arce Ihabadjen Jueza del Juzgado Primero de Familia de San José; hace saber a María Olga Vélez González, documento de identidad 0022428335, de paradero desconocido , que en este Despacho se interpuso un proceso nulidad matrimonio en su contra, bajo el expediente número 14-000411-0186-FA.Referida a que se declare la nulidad del matrimonio celebrado entre las partes por no haber dado consentimiento uno de los contrayentes y para que se refiera a ella le fue otorgado el plazo de diez días, Se solicita declarar la nulidad del matrimonio, al Registro Civil la anulación de su inscripción, la anulación de cualquier trámite de naturalización y todo acto para otorgar la residencia emitido por la Dirección General de Migración y Extranjería. Lo anterior se ordena así en proceso nulidad matrimonio de Procuraduría General de la República contra Luis Andrés Marín Vega, María Olga Vélez González. Expediente Nº 14-000411-0186-FA.—Juzgado Primero de Familia de San José, 7 de julio del 2016.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046835 ). El licenciado Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez del Juzgado Segundo de Familia de San José; hace saber a Fabián Humberto Alvarado Galviz, documento de identidad Nº 7731466, mayor, ciudadano colombiano, casado, comerciante, de domicilio actual desconocido, que en este Despacho con el expediente Nº 15-0004510187-FA se tramita en su contra proceso ordinario de declaratoria de matrimonio inexistente, promovido por la Procuraduría General de la República. Cuenta con el plazo de treinta días contado a partir de la publicación de este edicto para que se apersone en el proceso mediante escrito autenticado y conteste la demanda. Expediente Nº 15-000451-0187-FA.—Juzgado Segundo de Familia de San José, 13 de julio del 2016.—Lic. Jorge Arturo Marchena Rosabal, Juez.— 1 vez.—Exonerado.—( IN2016046836 ). En este despacho se dictó dentro del proceso Insania promovido por Vilma Emérita Varela Vásquez, expediente 15-000156-1152FA-1, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia de primera instancia N° 424-2015, Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las catorce horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de octubre del año dos mil quince. Resultando: I..., II..., III..., Considerando: I.- Hechos probados... III.- Sobre el fondo: ... Por tanto: De conformidad con lo expuesto, artículos 99, 153, 155, 796, 797, 842, 828, y 829 del Código Procesal Civil, 466 del Código Civil, 43 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elección y del Registro Civil, 233, 236, 239, 242, 202 y 204 del Código de Familia, el presente proceso de insania, incoado por Shelline Elsihana Reid Lewis se falla de la siguiente forma: 1. Se declara Insana a la señora Melba Lewis Beckford. 2. Se designa como Curadora de la Insana, a la señora Shelline Elsihana Reid Lewis. 3. Se ordena publicar un extracto de esta sentencia en el Periódico Oficial, así como su inscripción en el Registro Público. 4. Se previene a la curadora procesal, que debe comparecer ante este Despacho a aceptar su cargo dentro del plazo cinco días, una vez firme esta sentencia, lo cual harán bajo juramento. Dentro del referido plazo, la curadora designada también podrá excusarse de servir la curatela, o bien manifestar que tiene impedimento, invocando justa causa. Con el fin de que la curadora represente a la incapaz, en los asuntos judiciales en los que se ésta se halle interesada, se le dará certificación de la respectiva acta y de esta sentencia. Sobre deberes y obligaciones: El cargo de curadora lleva implícito el deber de representar legalmente y administrar los bienes que tenga o eventualmente pueda tener la insana. Igualmente, es obligación de la curadora cuidar que de la incapaz reciba sus medicamentos, y atención medica idónea. En forma expresa se le advierte a la curadora que si por culpa no ejerciere la curatela, o bien si llega a ser removida por la mala administración o condenada por dolo en el juicio de BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 23 cuentas, perderá el derecho de heredar a la insana y quedará obligada al pago de daños y perjuicios que hubiere causado. Se le hace saber también que si llega a descuidar sus deberes para con la insana, podrá ser removida por el tribunal, mediante solicitud de cualquier persona que resulte interesada. Sobre la administración: La curadora deberá presentar al Tribunal, anualmente, sea para esta misma época, un informe sobre la situación del patrimonio de la insana, con nota de los gastos hechos y sumas percibidas durante el año anterior. Las cuentas deberán ir acompañadas de sus documentos justificativos y sólo podrá excusarse la comprobación de los gastos en que no se acostumbre recoger recibos. Cuando la curatela finalice, la curadora o sus herederos deberán rendir cuenta de la administración, dentro del plazo de sesenta días, contados desde aquél en que terminó la curatela. El Juez podrá prorrogar ese término a otros sesenta días, cuando haya justa causa. En caso de que la administración llegue a pasar a otra persona, el nuevo curador estará obligado a exigir y discutir judicialmente la cuenta de su antecesor y será responsable, en caso de omisión, de los daños y perjuicios que sufra la insana. Las cuentas se discutirán en la vía incidental, pieza separada, y no quedarán cerradas sino con la aprobación judicial. Tan pronto la curadora haya rendido la garantía de la administración de la curatela, se expedirá el mandamiento que acreditará su personería. Una vez que la curadora presente el inventario de los bienes lo cual deberá realizar dentro del término de treinta días contados a partir de la aceptación del cargo; y el avalúo de todos los bienes de la incapaz, se le ordenará que garantice las resultas de su exp: administración. La garantía se puede rendir mediante depósito en dinero efectivo, hipoteca, póliza de fidelidad del Instituto Nacional de Seguros o bonos del Estado sus instituciones, apreciados estos últimos en su valor comercial, según certificación de un corredor jurado. El cargo de curador a lleva implícito el deber de representar, a la insana legalmente y administrar sus bienes. Se advierte que la presente los bienes de la insana, por lo que de ninguna manera podrá vender grabar o disponer de los bienes de esta, sin previa autorización de este Despacho, y se le aclara que no se le extenderá personería hasta el tanto no cumpla con lo prevenido en el párrafo anterior. Notificada la presente resolución deberá la promovente Shelline Elsihana Reid Lewis deberá presente documentación idónea que indique el monto que percibe la señora Melba Lewis Beckford por concepto de pensión por invalidez que recibe de la Caja Costarricense de la Caja Social, además deberá aclarar quien administra dicha pensión y se dedica al cuido de la insana . En otro orden de ideas siendo que de los autos se desprende que la señora Melba Lewis Beckford es socia de la Cooperativa Nacional de Educadores y de la Asociación Fondo de Mutualidad de Empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social, se expide oficio a dichas entidades con la finalidad que certifiquen si la señora cuenta con cuentas de ahorro o corrientes y los saldos correspondientes, deberá la curadora incluir dentro del inventario de bienes los dineros a favor de la insana que existan en estas cuentas y solicitar a este despacho autorización previa si desea disponer de dichos fondos. Las costas de este trámite son a cargo del patrimonio de la inhábil. Publíquese la sentencia en el Boletín Judicial. Anótese la declaratoria de insania en el Registro Público, Sección de Personas, bajo la cita de inscripción 7-0037-403-0805, así como en el Registro Civil. Exp. N° 15-000600-1152-FA-1. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Lic. Yuliana Ugalde Zumbado, Jueza.— 1 vez.—Exonerado.—( IN2016046837 ). Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Ervin Justino Aguilar Briceño, cédula Nº 5-0081-0719, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Flor María Baltodano Zúñiga. Expediente Nº 16-000051-0776-FA.— Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), 22 de abril del 2016.—Licda. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046838 ). Se convoca por medio de este edicto, a las personas a quienes corresponda la curatela del presunto insano, Martir Nelson Rodríguez Barrantes, portador de la cédula de identidad Nº 5-0063-0169, esto conforme artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a Pág 24 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 Viernes 22 de julio del 2016 encargarse de él dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Esto en proceso de insania que promueve la señora Silene María Rodríguez Ruiz. Expediente Nº 16-000211-0776-FA.— Juzgado de Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Santa Cruz (Materia Familia), 06 de julio del 2016.—Licda. Ana Lucrecia Valverde Arguedas, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046839 ). Licenciada Kattia Pérez González, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón); hace saber a Mathijs Decoz, de un solo apellido en razón de su nacionalidad holandesa, mayor, comerciante, pasaporte de su país N° NJ101124, de domicilio desconocido, que en este Despacho se interpuso un proceso de autorización salida país en su contra, bajo el expediente N° 16-000026-1303-FA, donde se dictó la sentencia N° 490-2016 de las diez horas del veintiocho de junio del dos mil dieciséis, que en su parte dispositiva literalmente dicen: “Por tanto se declara con lugar la presente demanda formulada por la señora Yorleny Torres González contra el señor Mathijs Decoz. Se autoriza la salida del país de la persona menor de edad Chloe Ayla Decoz Torres en compañía de la madre señora Yorleny Torres González o bien con tercera persona de su absoluta confianza para lo cual, la madre deberá expedir la autorización correspondiente ante el órgano administrativo correspondiente, por al menos tres veces al año, en período de vacaciones escolares de mitad, fin y principio de año, durante los siguientes cuatro años; siempre y cuando el viaje sea de recreación u educación por un plazo no mayor a dos meses calendario. Además, se autoriza a la señora Yorleny Torres González, para que ella en su condición de madre de la persona menor de edad Chloe Ayla Decoz Torres, en ejercicio de la Autoridad Parental, gestione todo lo relacionado ante la Dirección General de Migración y Extranjería, a fin de solicitar y obtener el Pasaporte para su hija Chloe Ayla Decoz Torres. Asimismo, se le autoriza a la señora Yorleny Torres González para que ella como madre en ejercicio de la Autoridad Parental, realice todas las diligencias y trámites que sean necesarios para solicitar y obtener ante la Embajada Americana la Visa correspondiente a favor de su hija Chloe Ayla Decoz Torres. En forma expresa se le advierte a la señora Yorleny Torres González madre de Chloe Ayla Decoz Torres, que tiene el deber de gestionar el regreso de su hija Chloe Ayla Decoz Torres a Costa Rica dentro del período supra señalado, y en caso de no acatar la orden, podrá incurrir en conductas que son penalmente sancionadas como Desobediencia, Sustracción de Persona menor de edad o incumplimiento o Abuso en el Ejercicio de la Autoridad Parental. Se resuelve sin especial condenatoria en costas (Artículo 222 del Código Procesal Civil, y 106 del Código de Niñez y la Adolescencia). Edicto. Por tratarse de una demanda contra un ausente, publíquese mediante edicto por una sola vez en el Boletín Judicial, la parte dispositiva de esta sentencia con los datos generales para identificar el proceso. Así se resuelve al amparo de lo dispuesto por el artículo 263 del Código Procesal Civil, reformado mediante Ley N° 7637, de 21 de octubre de 1996, publicada en La Gaceta N° 211, del 4 de noviembre de 1996. Notifíquese. José Miguel Fonseca Vindas, Juez de Familia. Lo anterior se ordena así en proceso autorización salida país de Yorleny Del Rosario Torres González contra Mathijs Decoz; expediente Nº16-000026-1303FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 13 de julio del 2016.—Licda Kattia Pérez González, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN201646850 ). Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Yeudy José Chaves Carranza, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania promovido por Lisbeth Arelis Ramírez Carranza. Expediente Nº 15-000480-0688-FA.— Juzgado de Familia y Violencia Doméstica del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, San Ramón (Materia Familia), 11 de julio del 2016.—Msc. Ana Belly Umaña Quesada, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—( IN2016046894 ). Juan Damián Brilla Ramírez, Juez del Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Yenny Vanessa Campos Sánchez, en su carácter personal, cédula 0701580635, demás calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que en demanda declaratoria judicial de abandono. Expediente: 14000415-0932-FA, establecida por Patronato Nacional de la Infancia contra Yenny Vanessa Campos Sánchez, se ordena notificarle por edicto la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las nueve horas y dos minutos del seis de agosto del dos mil catorce. De las presentes diligencias de depósito de los menores Jack Jenderson Campos Sánchez y Sharly Campos Sánchez, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Yenny Vanessa Campos Sánchez, a quien se le previene que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20 del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, sesión 78-07, celebrada el 18 de octubre del 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. Por ser el Patronato Nacional de la Infancia el promovente de esta acción, se omite notificar al ente aludido. Sobre medida cautelar: Tal y como lo solicita el ente promovente se ordena el depósito judicial provisional de los menores Jack Jenderson Campos Sánchez y Sharly Campos Sánchez en el hogar de la señora Xinia Marixa Sánchez Vega, abuela materna, asimismo se le hace ver a la señora Sánchez Vega que debe presentarse ante este despacho en el plazo de ocho días a aceptar el cargo. Notifíquese esta resolución a la Yenny Vanessa Campos Sánchez, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos se comisiona a la Oficina de Comunicaciones de Heredia. Por localizarse en Sarapiquí, Puerto Viejo, Trinidad o Lotes Comando, contiguo al Templo Cristiano. Notifíquese. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez de Familia de Pococí y la resolución de las catorce horas y ocho minutos del cuatro de julio del dos mil dieciséis. Juzgado de Familia del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica. Se tiene como curadora procesal de la demandada Yenny Vanessa Campos Sánchez a la Licda. Leticia Pérez Hidalgo, la cual en adelante la representara, se le confiere a la curadora procesal el plazo de cinco días, para que lo conteste de la debida forma. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Juan Damian Brilla Ramírez, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047072 ). Juzgado Primero de Familia de San José, Ivose Aneus Brevil, de nacionalidad Haitiano, portadora del documento pasaporte PP 1199035, en su carácter personal, quien es mayor, casado, de paradero desconocido, se le hace saber que en demanda Nulidad Matrimonio, establecida por Procuraduría General de la República contra Ivose Aneus Brevil y otro, se ordena notificarle por edicto, la solicitud planteada por la entidad actora, referida a que se declare la nulidad del matrimonio celebrado entre las partes por haberse configurado un vicio en el consentimiento de unos de los contrayentes y para que se refiera a ella le fue otorgado el plazo de diez días, dentro del cual Viernes 22 de julio del 2016 podrá contestar negativamente, expresando sus razones, aceptar los hechos, ofrecer prueba, presentar excepciones y señalar medio para recibir notificaciones. Expediente 15-000346-0186-FA, Nulidad de Matrimonio de la Procuraduría General de la República contra Ivose Aneus Brevil y Evelyn Yesenia Herrera Martínez.—Licda. Valeria Arce Ihabadjen, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047073 ). Se convoca por medio de este edicto a las personas a quienes corresponda la curatela de Yoani Alonso Brenes Calderón, conforme con el artículo 236 del Código de Familia, para que se presenten a encargarse de ella dentro del plazo de quince días contados a partir de esta publicación. Proceso de insania de Vilma María Calderón Flores. Expediente número 15-002761-0338-FA.—Juzgado de Familia de Cartago, 17 de marzo del 2016.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016047074 ). Juan Damián Brilla Ramírez, Juez del Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a Ángela Iveth Ortega Ortiz, en su carácter personal, quien es demás calidades y domicilio desconocido, se le hace saber que en proceso depósito judicial, exp: 16-000005-1307-FA, establecido por Patronato Nacional de la Infancia, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, a las quince horas y veinticuatro minutos del doce de enero del año dos mil dieciséis. De las presentes diligencias de depósito de la persona menor Randy Carlos Jiménez Ortega, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, se confiere traslado por tres días a Carlos Eduardo Jiménez Zapata y Ángela Iveth Ortega Ortiz, a quienes se les previene que en el primer escrito que presente(n) debe(n) señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N°8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero de 2009. Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un número de teléfono “celular”, con el fin de enviar avisos y recordatorios de actuaciones del despacho. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Igualmente se les invita a utilizar “El Sistema de Gestión en Línea” que además puede ser utilizado como medio para recibir notificaciones. Para acceder a este sistema ingrese la página oficial del Poder Judicial, http://www. poder-judicial.go.cr Si desea más información contacte al personal del despacho en que se tramita el expediente de interés.- Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se le solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. En cuestiones de primer y especial pronunciamiento se nombra como depositario judicial provisional del menor Randy Carlos Jiménez Ortega al señor Rafael Jiménez Valverde a quien se le hace ver que debe apersonarse ante este despacho a aceptar el cargo conferido dentro del plazo de ocho días. Notifíquese esta resolución a Carlos Eduardo Jiménez Zapata y Ángela Iveth Ortega Ortiz, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales.- Para estos efectos, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales Y otras Comunicaciones; II Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Guápiles). Por localizarse en 1) Ángela Iveth Ortega Ortiz en Cariari, Lomas de Sierpe en BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 25 el Cuadrante, teléfono 8427-1211 y el señor 2) Carlos Eduardo Jiménez Zapata en Cariari, Urbanización El Encanto casa 97-E. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del(a) funcionario(a) notificador(a), a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. Juan Damián Brilla Ramírez, Juez de Familia de Pococí. Y la resolución de las diez horas y cincuenta y cinco minutos del doce de julio del año dos mil dieciséis. Visto que la demandada Ángela Iveth Ortega Ortiz carece de domicilio conocido y no fue ubicado en la dirección reflejada mediante su cuenta cedular, se ordena notificarle esta y la resolución de las quince horas y veinticuatro minutos del doce de enero del dos mil dieciséis, mediante un edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín judicial. Elabórese el edicto respectivo. Este edicto debe ser publicado una sola vez en el Boletín Judicial. Notifíquese.—Juzgado de Familia del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica.—Juan Damián Brilla Ramírez, Juez.— 1 vez.—Exonerado.—( IN2016047095 ). Se avisa que en este despacho Michael Stanley Ortiz Zamora, solicitan se apruebe la Adopción Individual de la persona menor de edad Carolina Acosta Sandoval. Se concede a todos las personas interesadas directas el plazo de cinco días para formular oposiciones mediante escrito donde expondrán los motivos de su inconformidad y se indicarán las pruebas en que fundamenta la misma. Expediente 16000330-0673-NA.—Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial, San José, 13 de julio del 2016.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047100 ). Se avisa a la señora Ivannia Kane Jiménez, portadora de la cédula de identidad 2-0575-0680, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 16000367-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Allan Calderón Kane. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de julio del 2016.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016047101 ). Se avisa a la señora Mayela Valle Bustillo, de nacionalidad nicaragüense, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el expediente: 16-000370-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de edad Diana Belén Lira Valle, Kristel Valeria Lira Valle y María de los Ángeles Lira Valle. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 4 de julio del 2016.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—( IN2016047102 ). Se avisa al señor Arnul Vidal Bermúdez Salazar, portador de la cédula de identidad 1-1279-0402, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 16000385-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Arnold Josué Bermúdez Hidalgo. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.— Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 04 de julio del dos mil dieciséis.—MSc. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047103 ). Se avisa a la señora Nancy Patricia Aguilar Salas, portadora de la cédula de identidad 1-1410-0054, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este Juzgado, se tramita el expediente 16000402-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad José Fernando Rosales Aguilar. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga Pág 26 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 Viernes 22 de julio del 2016 a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 15 de julio del 2016.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016047104 ). Se avisa a Alejandro José Torres Díaz, cédula de identidad N° 1-0973-0504, con demás calidades y domicilio desconocidos, representado por el curador procesal Licenciado, Oscar Gómez Ulloa, que en este Despacho, se dictó dentro del expediente N° 14-0020500165-FA establecido por el señor Eduardo de Jesús Castro Páez, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 357-2016. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las quince horas y cincuenta y seis minutos del cuatro de julio del dos mil dieciséis. Resultando: I.—…, II.—…, III.—…, Considerando: I.—Hechos probados… II.—Sobre el fondo: … Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de estado de abandono de la persona menor de edad Ika Torres Zúñiga. Se extingue a su progenitor Alejandro José Torres Díaz el ejercicio de la patria potestad. Notifíquese al demandado Alejandro José Torres Díaz, por medio de edicto. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, al tomo mil ochocientos sesenta y ocho, asiento trescientos treinta y seis folio ciento sesenta y ocho. Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 05 de julio de 2016.—Licda. Sharon Adriana Chinchilla Villalta, Jueza.—Licda. Sharin Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047110 ). Se avisa a, Karolina Auxiliadora Gutiérrez, nicaragüense, con demás calidades y domicilio desconocidos, representada por el curador procesal licenciado Ricardo Moreno Navarro, que en este Despacho se dictó dentro del expediente N° 15-000319-0673-NA establecido por la Licenciada María Elena Roig Vargas en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 373-2016. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las ocho horas y veintinueve minutos del once de julio del dos mil dieciséis. Resultando: I…, II…, III…, Considerando: I.—Hechos probados … II.—Sobre el fondo: … Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de estado de abandono con fines de adopción de la persona menor de edad Santiago Fonseca Rodríguez. Se extingue a sus progenitores Karolina Gutiérrez Fonseca el ejercicio de la patria potestad. Se otorga el depósito judicial del niño Santiago Fonseca Rodríguez al Patronato Nacional de la Infancia, quienes deberán apersonarse dentro de tercero día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, al tomo dos mil doscientos trece, folio ciento ochenta y seis, asiento trescientos setenta y uno. Se resuelve sin especial condena en costas. Publíquese edicto. Notifíquese.—Juzgado Familia, Niñez y Adolescencia, 12 de julio del 2016.—Licda. Sharon Adriana Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047111 ). Se avisa a Ethel María Salazar Corea, cédula de identidad N° 1-0970-0042, costarricense y a Jhon Darío Chica Pelaez, colombiano, con demás calidades y domicilio desconocidos, representado por el curador procesal Licenciado Alejandro Fernández Carrillo, que en este despacho se dictó dentro del expediente n° 15-000577-0673-NA establecido por la Licenciad a Seidy Chavarría Ramírez en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia, la sentencia que en lo que interesa dice: sentencia N° 364-2016. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las diecisiete horas y ocho minutos del seis de julio de dos mil dieciséis. Resultando: I…, II…, III…, Considerando: I. Hechos probados … II. Sobre el fondo: … Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la Convención Sobre los Derechos del Niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, declarar en estado de abandono con fines de adopción de la persona menor de edad Edwin Omar Chica Salazar. Se extingue a su madre Ethel Mará Salazar Corea y a su padre Jhon Darío Chica Peláez el ejercicio de la patria potestad. Se ordena mantener el depósito judicial del niño Edwin Omar Chica Salazar, en el Patronato Nacional de la Infancia, quien deberá apersonarse dentro de tercer día a aceptar el cargo. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil Provincia de San José, al tomo dos mil doscientos veintinueve, folio cuatrocientos veintidós, asiento ochocientos cuarenta y cuatro. Publíquese el edicto respectivo. Se resuelve sin especial condena en costas. Notifíquese.—Juzgado Familia, Niñez y Adolescencia, 11 de julio 2016.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—( IN2016047112 ). Se avisa, a los señores Ensly Benito Rosales Calero, mayor, pasaporte número C01407882; y Erika Mena Luna, con demás calidades y domicilio desconocidos, son representados por la curadora procesal Licenciada, Marta Eugenia Cedeño Jiménez, hace saber que existe proceso N° 16-000066-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Ensly Emiliano Rosales Mena establecido por el Licenciado, Roberto Marín Araya en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia en contra de Ensly Benito Rosales Calero y Erika Mena Luna, se ha dictado la resolución de las nueve horas y cincuenta y nueve minutos del once de febrero del dos mil dieciséis, en la que se les concede el plazo de cinco días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 15 de julio del 2016.—Licda. Yerma Campos Calvo.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016047114 ). Se avisa, a los señores Aura María Niemendez Gaita y José Agustín Mendoza Velásquez, mayores, nicaragüenses, con demás calidades y domicilio desconocidos, son representados por el curador procesal Licenciado, Jorge Eduardo Ramos Ramos, hace saber que existe proceso N° 16-000092-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad José Antonio Mendoza Niemendez, establecido por el Licenciado, Mario Enrique Tenorio Castro, en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia en contra de Aura María Niemendez Gaitán y José Augustin Mendoza Velásquez, se ha dictado la resolución de las diez horas y treinta y seis minutos del veintidós de febrero del dos mil dieciséis, en la que se les concede el plazo de cinco días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 15 de julio del 2016.—Licda. Yerma Campos Calvo.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016047116 ). Se avisa al señor Guillermo José Castillo Gallegos, de calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el expediente 16-000112-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de la persona menor de edad Brandon Guillermo Castillo Ordoñez. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.—Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 07 de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—( IN2016047117 ). Se avisa a la señora Carol Vanesa Villavicencio Abarca, portadora de la cédula de identidad 1-1059-0834, de demás calidades y domicilio desconocidos que en este juzgado, se tramita el expediente: 16-000152-0673-NA, correspondiente a diligencias de depósito judicial, promovidas por el Patronato Nacional de la Infancia, donde se solicita que se apruebe el depósito de las personas menores de Viernes 22 de julio del 2016 edad Jeremy Leonel Fernández Villavicencio y Santiago Morales Villavicencio. Se le concede el plazo de tres días naturales para que manifieste su conformidad o se oponga a estas diligencias.— Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, 5 de julio del 2016.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047118 ). Se avisa, a la señora Darling Yesenia Lira Ruiz, mayor, nicaragüense, con demás calidades y domicilio desconocidos, es representada por la curadora procesal Licenciada, Ana Lorena Mendoza Carrera, hace saber que existe proceso N° 16-000292-0673-NA de declaratoria judicial de abandono de la persona menor de edad Christian Antonio Lira Ruiz establecido por el Licenciado, Walter Soto Mora, en calidad de Representante Legal del Patronato Nacional de la Infancia en contra de Darling Yesenia Lira Ruiz, se ha dictado la resolución de las catorce horas y treinta y siete minutos del veintisiete de mayo del dos mil dieciséis, en la que se les concede el plazo de cinco días para que se pronuncien sobre la misma y ofrezcan prueba de descargo si es del caso de conformidad con los artículos 121 y 122 del Código de Familia. Se les advierte a los accionados que si no contestan en el plazo dicho, el proceso seguirá su curso con una audiencia oral y privada conforme con el artículo 123 y una vez recibida la prueba se dictará sentencia. Notifíquese.—Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia, 14 de julio del 2016.—Licda. Karol Vindas Calderón.—Licda. Sharon Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047119 ). Se avisa a Ronald Monge Ceballos, cédula de identidad N° 1-0999-0112, con demás calidades y domicilio desconocidos, representado por la curadora procesal Licenciada, Marta Eugenia Cedeño Jiménez, que en este despacho se dictó dentro del expediente N° 13-000258-0673-NA establecido por el señor Gorge Bartoglia López, la sentencia que en lo que interesa dice: Sentencia N° 374-2016. Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito Judicial de San José, a las diez horas y veinticuatro minutos del once de julio del dos mil dieciséis. Resultando: I.—…, II.—…, III.—…, Considerando: I.—Hechos probados… II.—Sobre el fondo: … Por tanto: Con fundamento en las razones dadas, artículo 9 de la convención sobre los derechos del niño, artículo 30 y siguientes del Código de la Niñez y la Adolescencia, 160 y siguientes y concordantes del Código de Familia, se declara con lugar la demanda de declaratoria de estado de abandono con fines de adopción de la persona menor de edad Ian Carlo Monge García. Se extingue a su progenitora Ronald Eduardo Monge Cevallos el ejercicio de la patria potestad. Inscríbase esta sentencia en la Sección de Nacimientos del Registro Civil, provincia de San José, al tomo mil ochocientos treinta y seis, folios doscientos treinta treinta y uno, asiento cuatrocientos sesenta y uno. Publíquese el edicto respectivo. Se resuelve sin especial condenatoria en costas. Notifíquese.—Licda. Sharon Adriana Chinchilla Villalta, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047120 ). Msc. Lianna Mata Méndez, Jueza del Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a Jean Roberto Madrigal Víquez, en su carácter personal, quien es mayor de edad, cédula 2-367-295, de domicilio desconocido, se le hace saber que en demanda autorización salida país, Exp. N° 16-00475-0292-FA establecida por Jennifer Bogantes Soto contra Roberto Madrigal Víquez, se ordena notificarle por edicto, la resolución que en lo conducente dice: Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, a las quince horas y dieciocho minutos del veintisiete de abril del dos mil dieciséis. Del anterior proceso de autorización de salida del país, establecido por Jennifer Bogantes Soto, se confiere traslado por el plazo perentorio de cinco días a Jean Roberto Madrigal Víquez (Art. 433 del Código Procesal Civil). Se le previene al demandado que en el primer escrito que presente debe señalar un medio para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que mientras no lo haga, las resoluciones posteriores quedarán notificadas con el transcurso de veinticuatro horas de dictadas, incluidas las sentencias. Se producirá igual consecuencia cuando la notificación no se pueda efectuar en el medio señalado. Artículos 11, 34, 36 y 50 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687 del 28 de octubre del 2008, publicada en La Gaceta N° 20, del 29 de enero del 2009. Por existir menores involucrados en este proceso se tiene BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 — Pág 27 como parte al patronato nacional de la infancia. Notifíquese esta resolución al demandado, personalmente o por medio de cédulas y copias de ley en su casa de habitación, o bien en su domicilio real. Artículo 19 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Para estos efectos, se comisiona a la a la Oficina de Comunicaciones Judiciales de este Circuito Judicial. En caso que el lugar de residencia consistiere en una zona o edificación de acceso restringido, se autoriza el ingreso del funcionario notificador, a efectos de practicar la notificación, artículo 4 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Lic. Ignacio Solano Araya, Juez. Lo anterior por haberse ordenado en autorización de salida del país expediente N° 16-00475-0292-FA.— Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela, primero de junio del dos mil dieciséis.—Msc. Lianna Mata Méndez, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2016047500 ). Edictos Matrimoniales Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Cristhián Alberto Morales Fernández, mayor, soltero, jornalero, cédula de identidad número uno-mil quinientos sesenta y dos-doscientos setenta, vecino de La Hermosa de General Viejo, 800 metros sur del salón Marcella, y 700 metros este de calle la Arepa, hijo de José Alberto Morales Morales y Lidia Fernández Sánchez, nacido en Pérez Zeledón, San Isidro, el dos de febrero del año mil novecientos noventa y cuatro, con veintidós años de edad, y Geizel Jeannette Sánchez Rojas, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número uno-mil trescientos noventa y dos-ochocientos cuarenta y seis, vecina de La Hermosa de General Viejo, 800 metros sur del salón Marcella, y 700 metros este de calle la Arepa, hija de José Joaquín Sánchez Arias y Jeannette Rojas Salazar, nacida en Pérez Zeledón, San Isidro, el treinta y uno de mayo de mil novecientos ochenta y nueve, actualmente con veintisiete años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 16-000448-1303-FA.—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de La Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, 13 de julio del 2016.—Licda. Kattia Pérez González, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046840 ). Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores Gustavo Adolfo Loría Calderón, mayor, soltero y en unión de hecho, cédula de identidad Nº 7-00820888, costarricense, de cincuenta y uno años de edad, chofer vehículo liviano, nacido en Limón, cantón Central, distrito Primero, en fecha 16-11-1965, y Maritza Ramírez Fajardo, mayor, divorciada una vez y en unión de hecho, cédula de identidad Nº 7-0071-0528, costarricense, de cincuenta y cinco años de edad, administradora del hogar, nacida en Limón en el cantón central, en fecha 01-041992, ambos vecinos de Limón, cantón Central, distrito: primero; ambos vecinos de Barrio Pacuare Nuevo, a la par de la pañalera, casa R-15. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de impedimento legal para que su matrimonio se celebre debe manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente Nº 16-000450-1152FA (1)-—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 13 de julio de 2016.—Licda. Yuliana Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046841 ). Han comparecido a este despacho solicitando contraer matrimonio civil Jonathan Gerardo Vargas Garro, mayor, soltero, pintor de muebles, cédula de identidad número uno-mil doscientos cuarenta y dos-setecientos setenta y dos, vecino de Pista Las Lagunas de Palmares, un kilómetro y medio de Riteve hacia el sur, hijo de María de Los Ángeles Vargas Garro, nacido en San Isidro de Pérez Zeledón, el veintiséis de mayo del año mil novecientos ochenta y cinco, con treinta y un años de edad, y Maribel Gutiérrez Castrillo, mayor, soltera, ama de casa, cédula de identidad número seis-trescientos veinte-cero cincuenta, vecina de Pista Las Lagunas de Palmares, un kilómetro y medio de Riteve hacia el sur, hija de Manuel Gutiérrez Dobles y María Ángela Castrillo Rojas, nacida en San Vito de Coto Brus, el catorce de abril del año mil novecientos ochenta y dos, actualmente con treinta y cuatro años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que Pág 28 — BOLETÍN JUDICIAL Nº 142 Viernes 22 de julio del 2016 este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Exp. Nº 16-000452-1303-FA.—Juzgado De Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), Pérez Zeledón, 13 de julio del 2016.—Licda. María Del Rocío Quesada Zamora, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046842 ). Han comparecido a este Despacho solicitando contraer matrimonio civil los señores: Manfred Sebastián Valladares Fuentes, mayor, soltero, cédula de identidad N° 0603530796, costarricense, de treinta años, Oficial de Seguridad, nacido en la provincia de Puntarenas el día trece de marzo de mil novecientos ochenta y seis, y Amalia Rosa Cruz Jiménez, costarricense, soltera, cédula de identidad 0701810641, de veintiocho años, guarda de seguridad , nacida en la provincia de Limón el día dieciocho de noviembre de mil novecientos ochenta y siete, ambos vecinos de la Provincia de Limón, Zent de Matina, 300 metros norte del puente de hamaca, casa color verde mixta. Si alguna persona tuviere conocimiento de la existencia de impedimento legal para que su matrimonio se celebre debe manifestarlo a este Despacho dentro de los ocho días posteriores a la publicación de este edicto. Expediente Nº 16-000469-1152-FA (3).—Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón 14 de julio del 2016.—Licda. Yuliana Ugalde Zumbado, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016046896 ). Han comparecido a este despacho a que se les una en matrimonio civil, los señores Jessé Omar Aguilar Quirós , mayor de edad, soltero, técnico en computación, vecino de San José, Santa Ana, Lindora, Urbanización Lindora, Sector Uno, casa doscientos diecisiete, portador de la cédula de identidad número uno-mil doscientos ochenta y tres-setecientos noventa y ocho, hijo de Ornar Aguilar Salas y María de los Ángeles Quirós Quirós, ambos costarricenses, y María Fernanda Araya Salazar, mayor, soltera, técnico en computación, portadora de la cédula de identidad número tres-cuatrocientos cincuenta y nueve-novecientos treinta y nueve, vecina de San José, Santa Ana, Lindora, Urbanización Lindora, Sector Uno, casa doscientos diecisiete hija del señor Marco Vinicio Araya Fernández y la señora Ileana María Salazar Guillén, ambos costarricenses. Si alguna persona tuviere conocimiento o conociere algún impedimento para que esta unión se realice deberá hacerlo saber a ocho días después de la publicación de este edicto al tel 25915370. o al fax 2591-9228 o en mi oficina cita 100 sur, 100 este, y 25 norte de la Esquina sureste Tribunales de Justicia Cartago.—Lic. René Gustavo Granados Monge, Notario.—1 vez.—( IN2016046899 ). Evelio Masís Campos, mayor de 31 años, divorciado, peón de construcción, de nacionalidad costarricense, nacido el 19 de abril de 1985, vecino de La Palma de Puriscal, contiguo del Cementerio de La Palma, cédula de identidad número 1-1240-503; hijo de José Ángel Masís Hidalgo y Flor María Campos Guzmán, ambos costarricenses y Jenny Durán Murillo, mayor, de 37 años de edad, soltera, asistente contable, de nacionalidad costarricense, nacida el 4 de junio de 1979, vecina de La Palma de Puriscal, contiguo del Cementerio de la Palma, cédula de identidad número 1-1036-01617, hija de Rafael Durán Villalobos y Estela Murillo Arias, ambos costarricenses, han comparecido ante este Juzgado, solicitando contraer matrimonio civil. Si alguna persona conoce impedimento para que se realice este matrimonio deberá hacerlo saber a este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación de este edicto. Expediente N° 16-400170-0197-FA.—Juzgado Civil, de Trabajo y Familia de Puriscal, Santiago, 13 de julio del 2016.—Licda. Adriana Jiménez Bonilla, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2016047109 ). Edicto en lo Penal Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez Tramitador del Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de San José hace saber que dentro del proceso penal número 97-202475-0275-PE contra Oscar Enrique Durán Carrillo, por el delito de Agresión Calificada, en perjuicio de Darío Campos Cerdas: Se ordena a notificar por edicto la resolución indicada: Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, al ser las once horas del catorce de julio del dos mil dieciséis. Conforme la resolución de las nueve horas con cincuenta minutos del catorce de julio del dos mil dieciséis, “De un mejor estudio de los autos, se observa que dentro de la presente causa, según el Depósito de Vehículos se encuentra a la orden de este despacho, una motocicleta marca Honda, placa MOT 01560, además cabe indicar no habiendo gestión o solicitud de alguna parte sobre este bien. Se resuelve ordenar notificar por edicto que en la presente causa se encuentra decomisado el bien antes descrito. Se advierte a la titular del bien, que si pasados tres meses posterior a la publicación del presente edicto no hace valer sus derechos, se ordenará el comiso en favor del estado de conformidad con lo dispuesto en la ley 6106. Se ordena notificar por edictos, por tres veces consecutivas la resolución citada a fin de que la interesada se presente personalmente a gestionar la devolución de su automotor, o en su defecto extienda poder especial a otra persona para que en su nombre solicite la devolución y retire el vehículo de su interés. Dicho poder para tener plena validez deberá confeccionarse en escritura pública y no podrá tener una vigencia superior a tres meses de confeccionado. Queda exento de pago. Notifíquese.—Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Lic. Gerardo Calvo Solano, Juez Tramitador.—1 vez.— Exonerado.—( IN2016047306 ). 3 v. 1 Juzgado Penal del II Circuito Judicial de San José, en la sumaria 11-001980-0275-PE por delito de Conducción Temeraria contra Jairo Nelson Martínez Rivera en daño de La Seguridad Común y de conformidad con el artículo 7° de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las ocho horas y diez minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciséis al señor Randall Antonio García Beita, cédula de identidad número 1-1257-0812, dueño registral de la motocicleta, marca Freedom, estilo ZS200GY, placas de circulación MOT-179853, debiendo los interesados presentar ante este Despacho la documentación respectiva que acredite su propiedad; así mismo cuentan con el plazo de un mes a partir de esta publicación, en caso de no presentarse se ordenará el comiso a favor del estado. Es todo.—Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Msc. Francisco Mena Ayales, Juez.—1 vez.—( IN2016047069 ). Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, en la sumaria 11-003280-0175-PE por delito de Lesiones Culposas contra Carlos Portilla Castro en daño de Kendoll Gutiérrez Rodríguez y de conformidad con el artículo 7° de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las nueve horas y doce minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciséis, al señor Roberto Herra Brenes cédula de identidad número 1-1097-0279 dueño del vehículo marca Nissan, estilo Sedan, dos puertas, color blanco, placas de circulación 195187, debiendo los interesados presentar ante este despacho, la documentación respectiva que acredite su propiedad; así mismo cuentan con el plazo de un mes a partir de esta publicación, en caso de no presentarse se ordenara el comiso a favor del estado. Este edicto de conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Se ordena su publicación por única vez en el Boletín Judicial. Es todo.— Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Msc. Francisco Mena Ayales, Juez.—1 vez.—( IN2016047070 ). Juzgado Penal del II Circuito Judicial de San José, en la sumaria 12-002601-0175-PE por delito de lesiones culposas contra Nidya Duran Rodríguez en daño de Alberto Quesada Fernández y de conformidad con el artículo 7° de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las nueve horas y dos minutos del diecinueve de abril del dos mil dieciséis, al señor Wilson Steven Solano Solano, cédula de identidad número 1-1358-0839 dueño de la motocicleta marca Katana, estilo XF200GYBA, año 2008, color amarilla, placas de circulación MOT224656, debiendo los interesados presentar ante este Despacho la documentación respectiva que acredite su propiedad; así mismo cuentan con el plazo de un mes a partir de esta publicación, en caso de no presentarse se ordenara el comiso a favor del estado. Es todo.— Juzgado Penal del Segundo Circuito Judicial de San José.—Msc. Francisco Mena Ayales, Juez.—1 vez.—( IN2016047071 ).
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