ESPECIALIZACIÓN SUPERIOR EN EDUCACIÓN Y TIC AGOSTO 2016 MPP DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL Clase 1 Bases normativas de la modalidad de Educación Especial Los marcos normativos permiten sentar las bases para la organización y el trabajo en todo el sistema educativo. Constituyen uno de los puntos de partida desde el cual establecemos objetivos comunes. La importancia de la construcción federal de políticas En la Argentina, las bases legales en las que debemos apoyarnos para construir acciones públicas están establecidas en la Constitución Nacional donde se declara: Artículo 1°. “La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal, según la establece la presente Constitución”. Y, también: Artículo 14. “Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: De trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.” (El destacado es nuestro). Por su parte, dentro de las atribuciones otorgadas al Congreso, le corresponde: Sancionar leyes de organización y de base de la educación que consoliden la unidad nacional respetando las particularidades provinciales y locales; que aseguren la responsabilidad indelegable del estado, la participación de la familia y la sociedad, la promoción de los valores democráticos y la igualdad de oportunidades y posibilidades sin discriminación alguna; y que garanticen ESPECIALIZACIÓN SUPERIOR EN EDUCACIÓN Y TIC AGOSTO 2016 MPP DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL los principios de gratuidad y equidad de la educación pública estatal y la autonomía y autarquía de las universidades nacionales. En particular, los marcos regulatorios de las políticas de la modalidad de Educación Especial surgen de: La Ley 26.061 de Protección Integral de Los Derechos de Las Niñas, Niños y Adolescentes, sobre la base de la Convención sobre los Derechos del Niño que “tiene por objeto la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la República Argentina”. Esta consagración del interés superior del niño impone un límite que debe guiar toda política pública relativa a la infancia. En este sentido, se entiende como “interés superior del niño, de la niña y del adolescente” la satisfacción máxima, integral y simultánea de los derechos y garantías de dicho grupo. Para ello se debe respetar: Su condición de sujeto de derecho. El derecho a ser oídos y atendidos, cualquiera sea la forma en que se manifiesten, en todos los ámbitos y que su opinión sea tenida en cuenta conforme su madurez y desarrollo. El respeto al pleno desarrollo personal de sus derechos en su medio familiar, social y cultural. Su edad, grado de madurez, capacidad de discernimiento y demás condiciones personales. El equilibrio entre los derechos y garantías de las niñas, niños y adolescentes y las exigencias del bien común. Su centro de vida: el lugar donde las niñas, niños y adolescentes hubiesen transcurrido en condiciones legítimas la mayor parte de su existencia. La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que compromete a los Estados Partes, entre otros temas, a trabajar para que las personas con discapacidad reciban atención educativa. ESPECIALIZACIÓN SUPERIOR EN EDUCACIÓN Y TIC AGOSTO 2016 MPP DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL La Ley de Educación Nacional N.º 26.206, en la cual se establece que la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado. Enuncia, asimismo, que: “La obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cinco (5) años hasta la finalización del nivel de la Educación Secundaria” (Art. 16). Y garantiza la inclusión educativa a través de políticas universales, de estrategias pedagógicas y de asignación de recursos que otorguen prioridad a los sectores que más lo necesitan (Art. 11 Inc. e). El Plan Nacional de Educación Obligatoria (Resolución del CFE Nº 79) donde se señala: “Los principales problemas de la educación obligatoria están relacionados con el acceso a la escolarización, las trayectorias escolares completas de los alumnos y alumnas y las condiciones organizacionales y pedagógicas en que se inscriben, la calidad de los aprendizajes, la organización de las instituciones educativas, el planeamiento y la gestión administrativa del sistema. Estos problemas atraviesan los tres niveles educativos, en sus diferentes ámbitos y modalidades y adquieren en cada caso una especificidad particular”. La modalidad Educación Especial en la Ley de Educación Nacional Uno de los fines y objetivos de la política educativa nacional es: “Brindar a las personas con discapacidades, temporales o permanentes, una propuesta pedagógica que les permita el máximo desarrollo de sus posibilidades, la integración y el pleno ejercicio de sus derechos” (LEN Art. 11 Inc. n). La definición de la Educación Especial como modalidad implica brindar a los alumnos y alumnas con discapacidad, más allá del tipo de escuela a la que asistan, una clara pertenencia a los niveles del sistema. La extensión de la obligatoriedad y el reconocimiento de las personas con discapacidad como sujetos de derecho pone en el centro de las preocupaciones la necesidad de definir políticas específicas que garanticen su educación y sus trayectorias escolares completas, tal como lo expresa el Capítulo VIII “Educación Especial” de la Ley de Educación Nacional: ESPECIALIZACIÓN SUPERIOR EN EDUCACIÓN Y TIC AGOSTO 2016 MPP DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL “La Educación Especial es la modalidad del Sistema Educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con discapacidades, temporales o permanentes, en todos los niveles y modalidades del Sistema. La Educación Especial se rige por el principio de inclusión educativa, de acuerdo con el inciso n) del artículo 11 de esta Ley. La Educación Especial brinda atención educativa en todas aquellas problemáticas específicas que no puedan ser abordadas por la educación común. El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el Consejo Federal de Educación garantizará la integración de los/as alumnos/as con discapacidades temporales o permanentes en todos los niveles y modalidades según las posibilidades de cada persona” (LEN Art. 42). Resolución CFE N°155 “Modalidad Educación Especial” En tanto que nos definimos como república federal, las políticas deben acordarse entre las jurisdicciones que forman parte de la Nación. Para realizar estos acuerdos existe el Consejo Federal de Educación (CFE). Es el organismo de concertación, acuerdo y coordinación de la política educativa nacional para asegurar la unidad y articulación del sistema educativo nacional. Su presidente es el ministro de Educación de la Nación y se encuentra a su vez integrado por la máxima autoridad educativa de cada jurisdicción y tres representantes del Consejo de Universidades. Luego de procesos de debate y construcción con todas las jurisdicciones, que sintetizaron los aportes realizados en sus provincias y a nivel regional, con la participación de equipos técnicos, supervisores, directivos y docentes de los establecimientos, se ha elaborado la Resolución N° 155 que fue aprobada el 13 de octubre de 2011 en la instancia del Consejo Federal de Educación (CFE), con el compromiso de orientar las prácticas hacia el cumplimiento de los objetivos allí propuestos. En este documento se plantea la política de la modalidad, en vistas a profundizar la articulación con los diferentes niveles y otras modalidades del ESPECIALIZACIÓN SUPERIOR EN EDUCACIÓN Y TIC AGOSTO 2016 MPP DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL sistema educativo para asegurar la trayectoria escolar de los alumnos y alumnas con discapacidad. Ejes centrales de la Resolución CFE Nº 155 Tal como quedó expresado anteriormente, los marcos normativos y las políticas públicas procuran direccionar, desarrollar y acompañar los cambios, pero los niveles de responsabilidad para impulsar estas políticas difieren según el rol que cada persona representa en el sistema educativo. De otra parte, así como hay recomendaciones y orientaciones generales que deben formar parte de las estrategias y acciones que todos los actores deben desarrollar en el cumplimiento de su rol (tender hacia la inclusión educativa, elaborar configuraciones de apoyo para cuidar la trayectoria educativa de los estudiantes poniendo el eje en la centralidad de la enseñanza, elaborar propuestas educativas acordes a la franja etaria de los estudiantes, desarrollar pautas de evaluación y criterios de certificación de aprendizajes, entre otros), también se elaboran orientaciones que adquieren especificidades según el nivel educativo que se considere. Partiendo de estas consideraciones, y de la importancia de articular acciones y estrategias al interior de la escuela como con otros organismos e instituciones, la Resolución N° 155 define los entramados para el abordaje de la modalidad en los distintos niveles educativos, como se detalla a continuación. Nivel Inicial Atención a la primera infancia (0 a 3 años) Articulación con organismos jurisdiccionales Espacios de educación temprana accesibles a las familias Definición de campos de intervención terapéutica y pedagógica Atención a la infancia de 4 y 5 años Inclusión de todos los niños y niñas ESPECIALIZACIÓN SUPERIOR EN EDUCACIÓN Y TIC AGOSTO 2016 MPP DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL Egreso a los 6 años de edad Proveer materiales accesibles Primario Ingreso de los alumnos y alumnas con discapacidad en este nivel a los 6 años de edad. Trayectoria escolar integral dentro de las franjas etarias, acorde a sus posibilidades, intereses y motivaciones. Terminalidad del nivel Primario. Escuelas especiales destinadas específicamente a aquellos niños con discapacidad que, por la complejidad de su problemática, requieran de un ámbito institucional específico. Configuraciones de apoyo para la inclusión en la escolaridad común mediante estrategias de integración. Recursos humanos de la Educación Especial en todo contexto educativo donde sean requeridos. Nuevas tecnologías de la información y la comunicación para todos los alumnos y alumnas de las escuelas de la modalidad. Nivel Secundario Ofertas educativas que tengan en cuenta las voces de los adolescentes y jóvenes con discapacidad en escuelas secundarias, cualquiera sea su modalidad, con configuraciones de apoyo que brinda la Educación Especial. Espacios curriculares compartidos entre alumnos y alumnas de escuelas secundarias en cualquiera de sus modalidades y de escuelas de educación integral. Adolescentes y jóvenes Normativa pertinente para definir el ingreso de los estudiantes con discapacidad en las escuelas de educación integral entre los 14 y los 16 años de edad. Marcos regulatorios institucional. para favorecer nuevas formas de organización ESPECIALIZACIÓN SUPERIOR EN EDUCACIÓN Y TIC AGOSTO 2016 MPP DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL Propuesta escolar acorde a la franja etaria. Transformación de las escuelas de formación laboral en escuelas de educación integral. Espacios curriculares para la promoción de ciudadanos autónomos, creativos y críticos en el pasaje a la vida adulta. Herramientas para la incorporación en el mundo del trabajo. Evaluación, promoción y certificación de saberes correspondientes a todos y cada uno de los trayectos. Desarrollo de trayectos curriculares compartidos entre los alumnos y alumnas de escuelas de educación integral y escuelas secundarias comunes. Educación integral para el joven y el adulto Proponer una formación integral para los jóvenes y adultos con discapacidad dando prioridad a valores que conduzcan a una sociedad más justa centrada en la libertad, la afectividad y el respeto. Fomentar el sentido crítico, de tal forma que los jóvenes y adultos con discapacidad sean capaces de valorar los hechos diarios, reaccionar ante los estímulos de la sociedad y ante las propias posturas que van tomando. El rol de las escuelas en la construcción de políticas Desde las escuelas, y a través del trabajo de las coordinaciones, equipos técnicos, docentes, supervisores, directivos, no docentes, familias y alumnos, surgen acciones de transformación y cambio. La Resolución N° 155 CFE tiene como meta sentar marcos que favorezcan el trabajo que se lleva adelante en los distintos niveles educativos, y se basa tanto en nuevas orientaciones que puedan adecuarse a las distintas realidades jurisdiccionales, como en las construcciones que ya se están desarrollando de hecho para avanzar en el camino de la justicia educativa, en vistas a generar un marco que las regule. ESPECIALIZACIÓN SUPERIOR EN EDUCACIÓN Y TIC AGOSTO 2016 MPP DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL Para que los objetivos y propuestas que se han plasmado en la Resolución N° 155 se lleven adelante en las instituciones educativas, no sólo basta con la norma. Esta es sólo uno de los pasos necesarios para regular la modalidad, que también requiere de esfuerzos en los distintos niveles educativos. Dice una docente de Formosa en el marco de una asistencia técnica desde el equipo de la modalidad de Educación Especial del Ministerio de Educación Nacional: “La Resolución Nº 155 está muy bien. Hay cosas que todavía no sabemos cómo podemos llegar a desarrollar, pero hay otras que ya veníamos haciendo hace tiempo en nuestra escuela. Por ejemplo, esto de tener espacios compartidos con la escuela común es algo que hacemos hace unos cuatro años cuando pudimos articular con una Escuela Agrotécnica para compartir el turno de taller. Los chicos, que ya son adolescentes, están pudiendo trabajar con los adolescentes de la Agrotécnica y organizar proyectos comunes. Algo que nos parece interesante a partir de la Resolución Nº 155 CFE es la posibilidad de pensar la certificación de este espacio. De alguna manera lo pensaremos entre las escuelas y lo podremos discutir con los supervisores y directores de la modalidad provincial”. Actividades 1. Leer la Resolución 155/11 CFE, noviembre de 2011. 2. Ver la presentación realizada por la Ex-Coordinadora Nacional de la Modalidad Educación Especial, licenciada Ana Moyano, donde se observan las políticas expresadas en la Resolución CFE N° 155. http://www.youtube.com/watch?feature=player_embedded&v=aE-q6yQG5f0 ESPECIALIZACIÓN SUPERIOR EN EDUCACIÓN Y TIC AGOSTO 2016 MPP DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL 3. Con el objetivo de seguir pensando en las acciones, estrategias y reflexiones necesarias para avanzar en la concreción para los lineamientos de la modalidad de Educación Especial, les pedimos que luego de ver el video y leer la Resolución del CFE N° 155, realicen un diagnóstico de su trabajo, considerando la dimensión “escuela/enseñanza” expresada en el documento para el nivel en el que se desempeñan, desde el rol y responsabilidad particular que cada uno tiene, considerando: ¿Cuáles son las fortalezas que encuentran en sus instituciones sobre las cuales apoyarse para construir nuevas acciones? ¿Cuáles son los obstáculos/limitantes que encuentran para realizarlas? ¿Cómo podrían ser modificados? Para el desarrollo de la actividad encontrarán en el aula virtual un Foro denominado Fortaleza y obstáculos. Escriban sus aportes en dicho foro, donde podrán compartir sus opiniones y hacer comentarios a las intervenciones de los demás. Resolución 155/11 CFE, noviembre de 2011 (obligatorio). Ley de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Ley de Educación Nacional N.º 26.206 Convención Internacional sobre los Discapacidad Plan Nacional de Educación Obligatoria Derechos de las Personas con ESPECIALIZACIÓN SUPERIOR EN EDUCACIÓN Y TIC AGOSTO 2016 MPP DE LA EDUCACIÓN ESPECIAL Autores: Equipo de la Modalidad de Educación Especial del Ministerio de Educación de la Nación Cómo citar este texto: Equipo de la Modalidad de Educación Especial (2016), “Clase 1: Bases normativas de la modalidad de Educación Especial”, Marco político - pedagógico, Especialización docente de nivel superior en educación y TIC, Buenos Aires, Ministerio de Educación y Deportes de la Nación. Esta obra está bajo una licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 3.0
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