2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Miércoles, 20 de julio del 2016 Boletín Informativo Corte Superior de Justicia de Tacna NOTA DE PRENSA N° 104-2016-II-CSJT-PJ MARTES 19 DE JULIO DE 2016 Beneficiará la labor de los jueces y, por ende, del justiciable DOCTOR TICONA ENTREGA MODERNAS CAMIONETAS A 18 CORTES DEL PAÍS Adquisición responde al esfuerzo de la gestión por modernizar la flota vehicular del Poder Judicial Como parte de la modernización de la flota vehicular de la institución, el presidente del Poder Judicial, doctor Víctor Ticona Postigo, entregó hoy 20 modernas camionetas a 18 cortes superiores del país y a la Corte Suprema de Justicia, que contribuirán con la labor jurisdiccional que desempeñan jueces y servidores judiciales. Se trata de vehículos Nissan Pick Up, modelo Frontier, cuya adquisición responde al esfuerzo de la gestión del doctor Ticona Postigo de brindar seguridad y facilidades logísticas adecuadas para el desplazamiento de magistrados a las diligencias judiciales, lo cual redunda en una mejor atención a los justiciables. “Hoy entregamos un primer lote de 20 camionetas: 18 de ellas para igual número de cortes y dos para la Corte Suprema. Próximamente daremos un segundo lote de vehículos a los 15 distritos judiciales restantes”, indicó la autoridad judicial, tras remarcar que la adquisición se efectuó con fondos propios de la institución. Los distritos judiciales beneficiados con el primer lote de camionetas son Apurímac, Áncash, Amazonas, Huaura, Moquegua, Tacna, Madre de Dios, Ayacucho, Pasco, Huancavelica, Ucayali, Cañete, Sullana, Cusco, Ica, Junín, La Libertad y Lima. Los titulares de dichas cortes estuvieron en la ceremonia de entrega, en el frontis del Palacio de Justicia, al igual que los miembros del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) doctores Ramiro de Valdivia Cano, José Luis Lecaros Cornejo, Augusto Ruidias Farfán, Rosa Vera Meléndez y Alfredo Álvarez Díaz. En representación de los presidentes de cortes, el doctor Oswaldo Ordóñez Alcántara, titular del Distrito Judicial de Lima, expresó su agradecimiento al doctor Ticona Postigo y subrayó que los vehículos contribuirán con el ejercicio funcional de los jueces y, por ende, beneficiarán a los justiciables. Oficina de Imagen Institucional Corte Superior de Justicia de Tacna Miércoles, 20 de julio del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA La República 3 Avisos Judiciales EDICTO DE FAMILIA Expediente N° 01264-2009-0-2301-JP-FC-02.Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna.-Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado.En el proceso AUMENTOS, seguido por JULIA MONTOYA QUISPE en contra de ALDO GUSTAVO VARGAS BOHORQUEZ, la Señorita Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a JULIA MONTOYA QUISPE con Resolución Número sesenta y tres y sesenta y cuatro de fecha veintidós de junio del año dos mil dieciséis y primero de julio del año dos mil dieciséis, respectivamente, mediante la cual, Proveyendo el escrito signado con el N? 77252016: Estando a la renuncia efectuada por el abogado patrocinante de la demandante mediante escrito que antecede, y estando a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 458 y 79 del Código Procesal Civil; póngase a conocimiento de la demandante a efectos de que dentro de los CINCO DÍAS de notificada con la presente resolución, CUMPLA con designar nuevo abogado. Debiendo de notificarse la presente resolución en la dirección domiciliaria de la demandante, asimismo debe tener presente el abogado de la demandante que la renuncia surte efectos cinco días después de notificado personalmente el demandante.-Estando a la devolución de la cédula de notificación dirigida a la demandante efectuada por la Central de Notificaciones, estando a la naturaleza del proceso, EXTRAIGASE ficha de RENIEC de la demandante debiendo NOTIFICAR en la dirección domiciliaria indicada en la misma. Firman la Juez Kati Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado.Tacna, cinco de julio del año dos mil dieciséis.- INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADOSecretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/18-19-20 JUL) EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 01571 -2014-28-2301 -JR-PE-01 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA ESPECIALISTA: ESCALANTE PAREDES, MARIA ELENA En el proceso N° 2014-01571-28-2301-JR-PE-1, seguido contra FELIPE JORGE NUÑEZ ORDOÑEZ por delito de ESTAFA; El Primer Juzgado Penal Unipersonal de Tacna, HA RESUELTO :PRIMERO LA NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS DEL ACTA DE FECHA TRECE DE JULIO DEL PRESENTE AÑO QUE DISPONE LA CITACION A JUICIO ORAL: A LLEVARSE ACABO EL DIA DOCE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE CON VEINTE MINUTOS DE LA MAÑANA EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA, EN EL PROCESO SEGUIDO EN CONTRA DE FELIPE JORGE NUÑEZ ORDOÑEZ por delito de ESTAFA Y DEMÁS QUE ESTE CONTIENE; BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ Y ORDENAR SU CAPTURA A FIN DE QUE SEA PUESTO A DISPOSICIÓN DE ESTE JUZGADO.FIRMADO. DR FRANCO APAZA, JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA . MARIA ELENA ESCALANTE PAREDES ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. Tacna 13 de julio del 2016. MARIA ELENA ESCALANTE PAREDES Especialista Judicial de Juzgado Penal Unipersonal CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/1518-19 JUL) EDICTO PENAL Expediente N° 00600-2016-0-2301-JP-PE-02.- Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna.- Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado.En el proceso de FALTAS, agraviada LUCRECIA CHOQUE VALDEZ, la Señorita Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a LUCRECIA CHOQUE VALDEZ con Resolución Número cuatro de fecha trece de julio del año 2016 y ia resolución número tres de fecha treinta de junio del año dos mil dieciséis, mediante la cual, SE RESUELVE: DE OFICIO: VISTOS: De la revisión de autos, y CONSIDERANDO: PRIMERO: Estando a la resolución N° 01 de fecha 22 de abril del año dos mil dieciséis (a fojas 47), se cita a la ratificación de la denuncia al tercer día de notificada con la resolución en mención, bajo apercibimiento de tenerse desistida tácitamente de su denuncia en caso de inconcurrencia de la agraviada; por lo que, habiéndose notificado válidamente a la agraviada, conforme a la constancia de la publicación obrante a fojas 52; SEGUNDO: Que, siendo el presente proceso uno por falta y que teniendo en cuenta que la agraviada tiene la condición de querellante particular conforme al artículo 483 inciso 1 del Código Procesal Penal; asimismo estando a lo dispuesto por el artículo 110 de la norma legal citado: el querellante particular podrá desistirse expresamente de la Querella en cualquier estado del procedimiento, sin perjuicio del pago de costas. Se considera tácito el desistimiento cuando el querellante particular no concurra sin justa causa a las audiencias correspondientes, a prestar su declaración o cuando no presente sus conclusiones al final de la audiencia (...); TERCERO: Que en tal sentido la agraviada pese a estar notificada, no ha concurrido a la ratificación de la denuncia, por lo que en efectividad de apercibimiento y de conformidad con las normas citadas; SE RESUELVE: TENER POR DESISTIDA de la presente acción penal del proceso formulado por LUCRECIA CHOQUE VALDEZ en contra de JACINTO TITO FLORES GUTIERREZ, por falta contra la persona; en consecuencia, se declara CONCLUIDO, debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente. Regístrese y notifíquese.- Estando a la devolución de la cédula de notificación dirigida a la agraviada efectuada por la Central de Notificaciones, en la que consigna “Difícil ubicación, se requiere croquis con características del inmueble”, estando a la naturaleza del proceso, NOTIFIQUESE mediante edictos. Firman la Juez Kati Antonio Damian y la secretaria Judicial Ingrid Rodriguez Cotrado.Tacna 18 dias del mes de julio del 2016. INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (1V/20 JUL) EDICTO PENAL Expediente N° 822-2016-2301-JP-PE-02.Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna.Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado.,En él proceso de FALTAS, agraviada LUCRECIA CHOQUE VALDEZ, la Señorita Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a LUCRECIA CHOQUE VALDEZ con Resolución Número cuatro de fecha trece de julio del año 2016 y la resolución número tres de fecha treinta de junio del año dos mil dieciséis, mediante la cual, SE RESUELVE: DE OFICIO: VISTOS: De la revisión de autos, y CONSIDERANDO: PRIMERO: Estando a la resolución N° 01 de fecha 20 de mayo del año dos mil dieciséis (a fojas 51), se cita a la ratificación de la denuncia al tercer día de notificada con la resolución en mención, bajo apercibimiento de tenerse desistida tácitamente de su denuncia en caso de inconcurrencia de la agraviada; por lo que, habiéndose notificado válidamente a la agraviada, conforme a la constancia de la publicación del edicto obrante a fojas 56 a 57; SEGUNDO: Que, siendo el presente proceso uno por falta y que teniendo en cuenta que la agraviada tiene la condición de querellante particular conforme al artículo 483 inciso 1 del Código Procesal Penal; asimismo estando a lo dispuesto por el artículo 110 de la norma legal citado: el querellante particular podrá desistirse expresamente de la querella en cualquier estado del procedimiento, sin perjuicio del pago de costas. Se considera tácito el desistimiento cuando el querellante particular no concurra sin justa causa a las audiencias correspondientes, a prestar su declaración o cuando no presente sus conclusiones al final de la audiencia (...); TERCERO: Que en tal sentido la agraviada pese a estar notificada, no ha concurrido a la ratificación de la denuncia, por lo que en efectividad de apercibimiento y de conformidad con las normas citadas; SE RESUELVE: TENER POR DESISTIDA de la presente acción penal del proceso formulado por LUCRECIA CHOQUE VALDEZ en contra de JACINTO FLORES GUTIERREZ, por falta contra la persona; en consecuencia, se declara CONCLUIDO, debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente. Regístrese y notifíquese.- Estando a la devolución de la cédula de notificación dirigida a la agraviada efectuada por la Central de Notificaciones, en la que consigna “Difícil ubicación, se requiere croquis con características del inmueble”, estando a la naturaleza del proceso, NOTIFIQUESE mediante edictos. Firman la Juez Kati Antonio Damián y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado.Tacna, 18 días del mes de julio del 2016. INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (1V/20 JUL) EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 02545-2015-51 -2301 -JR-PE-01 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA ESPECIALISTA: ESCALANTE PAREDES, MARIA ELENA En el proceso N° 02545-2015-51-2301-JR-PE-02 seguido en contra de PEDRO JUAN VARGAS MEDINA, por delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR; El Primer Juzgado Penal Unipersonal de Tacna, HA RESUELTO :PRIMERO LA NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS DEL ACTA DE FECHA ONCE DE JULIO DEL PRESENTE AÑO QUE DISPONE LA CITACION A JUICIO ORAL: A LLEVARSE ACABO EL DIA DIECINUEVE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE CON VEINTE MINUTOS DE LA MAÑANA EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA, EN EL PROCESO SEGUIDO EN CONTRA DE PEDRO JUAN VARGAS MEDINA por delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR PREVISTO Y PENADO EN EL ARTICULO 149PRIMER PARRAFO DEL CÓDIGO PENAL Y DEMÁS QUE ESTE CONTIENE; BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ Y ORDENAR SU CAPTURA A FIN DE QUE SEAPUESTO A DISPOSICIÓN DE ESTE JUZGADO.- FIRMADO. DR FRANCO ÁPAZA, JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE TACNA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.. MARIA ELENA ESCALANTE PAREDES ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.- Tacna 12 de julio del 2016 MARIA ELENA ESCALANTE PAREDES Especialista Judicial de Juzgado Penal Unipersonal CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/18-19-20 JUL) EDICTO PENAL Expediente N° 00508-2016-0-2301-JP-PE-02.- Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna.- Especialista Judicial Dra. Ingrid Rodríguez Cotrado.En el proceso de FALTAS, agraviada OLGA APAZA MACHACA, la Señorita Juez ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a OLGA APAZA MACHACA con Resolución Número cuatro de fecha trece de julio del año 2016 y la resolución número tres de fecha treinta de junio del año dos mil dieciséis, mediante la cual, SE RESUELVE: DE OFICIO: VISTOS: De la revisión de autos, y CONSIDERANDO: PRIMERO: Estando a la resolución N° 01 de fecha 13 de abril del año dos mil dieciséis (a fojas 51), se cita a la ratificación de la denuncia al tercer día de notificada con la resolución en mención, bajo apercibimiento de tenerse desistida tácitamente de su denuncia en caso de inconcurrencia de la agraviada; por lo que, habiéndose notificado válidamente a la agraviada, conforme a la publicación efectuada a fojas 56; SEGUNDO: Que, siendo el presente proceso uno por falta y que teniendo en cuenta que la agraviada tiene la condición de querellante particular conforme al artículo 483 inciso 1 del Código Procesal Penal; asimismo estando a lo dispuesto por el artículo 110 de la norma legal citado: el querellante particular podrá desistirse expresamente de la querella en Cualquier estado del procedimiento, sin perjuicio del pago de costas. Se considera tácito el desistimiento cuando el querellante particular no concurra sin justa causa a las audiencias correspondientes, a prestar su declaración o cuando no presente sus conclusiones al final de la audiencia (...); TERCERO: Que en tal sentido la agraviada pese a estar notificada, no ha concurrido a la ratificación de la denuncia, por lo que en efectividad de apercibimiento y de conformidad con las normas citadas; SE RESUELVE: TENER POR DESISTIDA de la presente acción penal del proceso formulado por OLGA APAZA MACHACA en contra de EFRAIN FLORES CHOQUE, por falta contra la persona; en consecuencia, 4 La República SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA se declara CONCLUIDO, debiendo archivarse los autos una vez consentida que sea la presente. Regístrese y notifíquese. Estando a la devolución de la cédula de notificación dirigida a la agraviada efectuada por la Central de Notificaciones, en la que consigna “Difícil ubicación, se requiere croquis con características del inmueble”, estando a la naturaleza del proceso, NOTIFIQUESE mediante edictos. Firman la Juez Kati Antonio Damian y la secretaria Judicial Ingrid Rodríguez Cotrado.Tacna, 18 dias del mes de julio del 2016. INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (1V/20 JUL) EDICTO JUDICIAL NOTIFICACION A JOSE WALTER CONDORI YAPUCHURA Exp. Nro. 1342-2015-2301-JR-FT-01, ante el PRIMER JUZGADO DE FAMILIA, Juez Dra. Grushenka Gutiérrez Cutipa, Sec. Janeth Lezama, se ha emitido la Resolución Nro. 01: Tacna, cinco de Junio del dos mil quince: SE RESUELVE: Abrir investigación tutelar por presunto Estado de Abandono, a favor del adolescente ROBERTO CARLOS CONDORI CEREZO, de quince años de edad. DICTÁNDOSE COMO MEDIDA DE PROTECCION PROVISIONAL, A FAVOR DEL TUTELADO ROBERTO CARLOS CONDORI CEREZO, SU ALBERGAMIENTO PROVISIONAL EN EL HOGAR SANTO DOMINGO SAVIO DE TACNA.- Resolución Nro. 31: Tacna, trece de Julio del dos mil dieciséis; DE OFICIO.- Estando a las publicaciones efectuada en el Diario La República ( 6-7-8) y no mediando los tres días entre la notificación para una actuación procesal y su realización, conforme lo dispuesto por el artículo 147 del Código Procesal Civil, se reprograma fecha para recibir la declaración de JOSE WALTER CONDORI YAPUCHURA, progenitor del tutelado, para el día DIECISIETE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISÉIS, a horas DIEZ DE LA MAÑANA, debiendo de notificárseles mediante EDICTO, bajo apercibimiento de prescindirse de su declaración en caso de inconcurrencia.- Tómese Razón y Hágase Saber.- JANETH PAOLA LEZAMA SALAMANCA Secretaria (e) del 1er Juzgado de Familia CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA(3V/19-20-21 JUL) NOTIFICACION POR EDICTO En el Expediente N° 2272 - 2016-0-2301-JP-FC-01, que se tramita ante Primer Juzgado de Familia de Tacna, que despacha la señora Juez Dra. Grushenka Gutiérrez Cutipa, con la actuación de la Especialista Legal Dra. Janeth Lezama Salamanca, doña Marylin Israel Tiznado Salazar a interpuesto demanda de Tenencia en contra de Arturo Emanuel Quijano Coico, expidiéndose en el mismo la Resolución N° 01 que Resuelve: Admitir la presente demanda sobre Reconocimiento de Tenencia y Acumulativamente Alimentos en contra de Arturo Emanuel Quijano Coico, tramitándose en la vía del proceso UNICO, corriéndose traslado de la misma al demandado para que la conteste, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL, por lo que notifíquese mediante edicto, debiendo de expedirse los carteles respectivos. TR y HS.Tacna, 18 de julio del 2016 JANETH PAOLA LEZAMA SALAMANCA Secretaria (e) del 1er Juzgado de Familia CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/2021-22 JUL) EDICTO JUDICIAL Exp, Nro.048-2016-0-2301-JM-CI-01 Ante el Juzgado Mixto M.B.J. Alto de la Alianza, que despacha la Juez Dra. Hilda Filomena Segura, Especialista Abogada Feliciana Roque Alanoca, se ha emitido la Resolución Nro.01, Alto de la Alianza, ocho de abril del dos mil dieciséis: SE RESUELVE: ADMITIR en vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, la solicitud de AUTORIZACION PARA RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO (Cambio de Apellido) presentada por EDGAR OMAR MAMAN! CHIPANA. En consecuencia cítese al solicitante a la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial para el día OCHO DE AGOSTO del año dos mil dieciséis a HORAS NUEVE CON TREINTA minutos de la mañana, por ofrecido los medios probatorios y agréguese a los autos los anexos acompañados. -T.R. y H.S.-Tacna, 19 de julio del 2016. FELICIANA ROQUE ALANOCA Secretaria Judicial del Juzgado Mixto Miércoles, 20 de julio del 2016 Modulo Basico de Justicia de Alto de la Alianza CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.(1V/20 JUL) EDICTO JUDICIAL NOTIFICACION A LA SUCESIÓN DE ERNESTO FRUCTUOSO CANCINO MAMANI Exp. Nro. 1042-2016-0-2301 -JR-FC-01, ante el PRIMER JUZGADO DE FAMILIA, Juez Dra. Grushenka Gutiérrez Cutipa, Sec. Janeth Lezama Salamanca, se ha emitido la Resolución Nro. 02: Tacna, trece de abril del dos mil dieciséis; SE RESUELVE: ADMITIR la demanda de IMPUGNACION DE PATERNIDAD Y ACUMULATIVAMENTE DECLARACION JUDICIAL DE FILIACION EXTRAMATRIMONIAL, seguida por ISENIA BETTY ROSALES MAMANI, en contra de ANDRES SIXTO NINA ZUÑIGA Y LA SUCESION DE ERNESTO FRUCTUOSO CANCINO MAMANI y del niño ADHEMIR ALEJANDRO NINA ROSALES, representado por su madre, la DEMANDANTE tramitándose en la vía de proceso DE CONOCIMIENTO corriéndose traslado de la misma a los demandados, por el plazo de treinta días para que la contesten, bajo apercibimiento de declararse rebelde a Andrés Sixto Nina Zuñiga y respecto de la Sucesión de Ernesto Fructuoso Cancino Mamani, Notifíquese mediante EDICTO, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL; Teniéndose por ofrecidos los medios probatorios presentados merituándose oportunamente los mismos, con conocimiento del Ministerio Público.-T.R.Y.H.S.- JANETH PAOLA LEZAMA SALAMANCA Secretaria (e) del 1er Juzgado de Familia CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/1819-20 JUL) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por MI BANCO – BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., en contra de HERMINIA ELISABETH ARRIAGA MAMANI y JOSE JOAQUÍN PARIA, en el presente proceso sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 1093-2015-0-2301-JR-CI-01; el Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo del Juez, Juan Manuel Vera Esquivel, y como Especialista Legal, José Luis Vilca Becerra, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: 1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El TERRENO RÚSTICO DENOMINADO VIRGEN DE CHAPI, PARCELA 9; EN EL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con una extensión superficial de 20.150 Has., cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características, se encuentran inscritas en la Partida N° 05129400 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna. SUNARP. 2.- VALOR DE LA TASACIÓN: US$. 82,375.53 (OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 53/100 DÓLARES AMERICANOS). 3.- BASE DEL REMATE: US$. 54,917.02 (CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS DIECISIETE CON 02/100 DÓLARES AMERICANOS), equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación. 4.- GRAVAMENES Y CARGAS: A) HIPOTECA.- Sobre el bien inmueble propiedad de HERMINIA ELISABETH ARRIAGA MAMANI y JOSE JOAQUÍN PARIA, a favor de MI BANCO – BANCO DE LA MICROEMPRE S.A., hasta por la suma de US$. 50,000.00 Dólares Americanos. Según Escritura Pública de fecha 05/03/2013, otorgado ante Notario Público Daisy Morales de Barrientos, en la ciudad de Tacna. Inscrito en el Asiento D00002 de la Partida N° 05129400 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 07/03/2013. 5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 02 DE AGOSTO DEL 2016, A LAS 11:30 HORAS DE LA MAÑANA. 6.- LUGAR DEL REMATE: Frontis del Primer Juzgado Civil, ubicado en el segundo piso de la Corte superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. 7.- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y/o RUC, según corresponda, tratándose de representantes el poder correspondiente, además del Arancel Judicial por Participación en Remate, indicando en este, el número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia de los documentos en mención). El Adjudicatario cancela los honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo al Art. 732° del C.P.C. y D.S. 008-2005-JUS. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva - Martillera Pública - Registro Nacional Nº 142. Celular 998706190 ó RPM #339910. Tacna, 30 de Junio del 2016. JOSE LUIS VILCA BECERRA Especialista Legal 1er Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA Ma.Angela Zeballos A.(6V/18 AL 25 JUL) TERCER REMATE JUDICIAL - PUBLICO En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., en contra de OBANDO TITALO CARLA MARIELLA y TITALO CHOQUE VDA DE OBANDO CARMEN ROSA, actuando como Tercero Acreedor No Ejecutante FINANCIERA CONFIANZA S.A.A y BANCO DE CREDITO DE PERU; en el presente proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 103-2014-0-2301-JP-CI-03; el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo de la Señora Juez, Milagros Ivonne Parihuana Serrano, y como Especialista Legal, Maritza Elizabeth Gómez Cutipa, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: 1.- EN TERCERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en PUEBLO JOVEN AUGUSTO B. LEGUIA MZ. B, LOTE 11; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna, con un área de 201.86 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características, se encuentran inscritas en la Partida P20014688 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna, SUNARP. 2.- VALOR DE LA TASACIÓN: S/. 133,623.12 (CIENTO TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS VEINTITRES CON 12/100 NUEVOS SOLES). 3.- BASE DEL REMATE: S/. 64,361.80 (SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO CON 80/100 NUEVOS SOLES). Equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación, menos un 15% de la segunda convocatoria y menos otro 15% por tratarse de Tercera Convocatoria 4.- GRAVAMENES Y CARGAS: A) MODIFICACION DE HIPOTECA.- Sobre el bien inmueble propiedad de TITALO CHOQUE VDA DE OBANDO CARMEN ROSA, a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la suma de S/. 133,939.45 Nuevos Soles, Según Escritura Pública N° 54 del 17/01/2013 Elba Aurora Anguis de Adawi (Tacna). Inscrito en el Asiento 00011 de la Partida P20014688 de la Zona Registral N° XIII Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 25/07/2013. B) INSCRIPCION DE EMBARGO.- Sobre el bien inmueble propiedad de TITALO CHOQUE VDA DE OBANDO CARMEN ROSA, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO AREQUIPA S.A., hasta por la suma de S/. 8,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento 00012 de la Partida P20014688 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 11/06/2014. 5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 02 DE AGOSTO DEL 2016, A LAS 10:30 HORAS DE LA MAÑANA 6.- LUGAR DEL REMATE: Frontis del Segundo Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el Primer Piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. 7.- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y/o RUC, según corresponda, tratándose de representantes el poder correspondiente, además del Arancel Judicial por Participación en Remate, indicando en este, el número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia de los documentos en mención). El Adjudicatario cancela los honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo al Art. 732° del C.P.C. y D.S. 008-2005-JUS. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva - Martillera Pública - Registro Nacional Nº 142. Celular 998706190 ó RPM #339910. Tacna, 13 de Julio del 2016. Ma. ÁNGELA ZEBALLOS Martillera Pública Reg. Nº 142 MARITZA E.GÓMEZ CUTIPA.Secretario Judicial del 2do Juzgado de paz letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/18-19-20 JUL) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A., en contra de CENTRO COMERCIAL DRAGON DE ORO S.A.C. y RAUL MENDOZA HUAYTA, en el presente proceso sobre Ejecu- Miércoles, 20 de julio del 2016 ción de Garantías, Expediente N° 1645-2015-0-2301-JRCI-02; el Segundo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo de la Señora Juez, Rosalynn Mercado Díaz, y como Especialista Legal, Carla Jakeline Dávila Cáceres, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: 1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El Bien Inmueble ubicado en PROGRAMA DE VIVIENDA HABITACIONAL URBANA PROGRESIVA ALFONSO UGARTE MZ. C-3, LOTE 6; EN EL DISTRITO DE CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con un área de 120 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características, se encuentran inscritas en la Partida N° P20029240 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna. SUNARP. 2.- VALOR DE LA TASACIÓN: US$. 151,071.03 (Ciento Cincuenta y Un Mil Setenta y Uno con 03/100 Dólares Americanos). 3.- BASE DEL REMATE: US$. 100,714.02 (Cien Mil Setecientos Catorce con 02/100 Dólares Americanos), equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación. 4.- GRAVAMENES Y CARGAS: A) INSCRIPCION DE HIPOTECA.- Sobre el bien inmueble propiedad de RAUL HUAYTA MENDOZA, a favor de SCOTIABANK PERU S.A.A., hasta por la suma de US$. 150,000.00 Dólares Americanos. Según Escritura Pública N° 1958 de fecha 19/12/2014, otorgado ante Notario Público Elba Aurora Angüis de Adawi (Tacna). Inscrito en el Asiento 00011 de la Partida N° P20029240 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna. SUNARP. Fecha de Inscripción 06/01/2015. B) INSCRIPCION DE EMBARGO.- Sobre el bien inmueble propiedad de RAUL HUAYTA MENDOZA, a favor de BANCO FINANCIERO DEL PERU, hasta por la suma de S/ 12,000.00. Inscrito en el Asiento 00012 de la Partida N° P20029240 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna. SUNARP. Fecha de Inscripción 15/03/2016. 5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 02 de AGOSTO del 2016, a las 12:00 del MEDIO DÍA. 6.- LUGAR DEL REMATE: Frontis (Pasadizo) del Segundo Juzgado Civil, ubicado en el Segundo Piso de la Corte superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. 7.- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y/o RUC, según corresponda, tratándose de representantes el poder correspondiente, además del Arancel Judicial por Participación en Remate, indicando en este, el número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia de los documentos en mención). El Adjudicatario cancela los honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo al Art. 732° del C.P.C. y D.S. 008-2005-JUS. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva - Martillera Pública - Registro Nacional Nº 142. Celular 998706190 ó RPM #339910. Tacna, 15 de Julio del 2016.Ma. ÁNGELA ZEBALLOS ALVA Martillera Pública Reg. Nº 142 CARLA DAVILA CACERES Secretaria Judicial (e) del 2do Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (6V/18 AL 25JULIO) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por ELISA ACERO BELTRAN, en contra de FIDEL CALANI PARI; en el proceso sobre Tenencia, Expediente N° 1575-2012-0-2301-JR-FC- 02; el Segundo Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Tacna, que Despacha el Señor Juez René Julio Aguilar Lasteros y como Especialista Legal María Griselda Tapia Tito, ha dispuesto sacar a Remate Público: EN PRIMERA CONVOCATORIA: El 50% de los Derechos y Acciones que le corresponden a Fidel Calani Parí en su calidad de Co - Propietario del inmueble ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO PAMPAS DE VIÑANI MZ. A, LOTE 23, SECTOR III, LAS BUGANVILLAS; EN EL DISTRITO DE CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, cuyo dominio, área, linderos, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida N° P20022755 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna. SUNARP. VALOR DE TASACIÓN: S/ 39,573.82 (Treinta y Nueve Mil Quinientos Setenta y 7Yes con 82/100 Soles), que co- SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA rresponde al 50% de las acciones y derechos puestos a remate. BASE DE REMATE: S/ 26,382.54 (Veintiséis Mil Trescientos Ochenta y Dos con 54/100 Soles), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación. AFECTACIONES: A) Inscripción de Embargo.- Sobre el 50% de los Derechos Expectaticios que le corresponden al Co - Propietario del inmueble Fidel Calani Pari, a favor de Elisa Acero Beltrán, hasta por la suma de S/ 20,000.00 Soles. Inscrito en el Asiento 00006 de la Partida N° P20022755 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 02/05/2013. B) Rectificación de Embargo.- Se rectifica el Asiento 00006, en lo referido a que el embargo afecta el 50% los Derechos y Acciones que le corresponden al Co - Propietario del inmueble Fidel Calani Pari, subsistente todo lo demás que contiene. Inscrito en el Asiento 00007 de la Partida N° P20022755 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIU - Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 24/04/2015. DIA Y HORA DEL REMATE: 05 DE AGOSTO DEL 2016, A LAS 11:00 A.M. LUGAR: Sala de Usos Múltiples ubicada en el Tercer Piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero día S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. POSTORES PRESENTARAN: Arancel por derecho a participar en remate judicial (Código 07153 por S/ 395.00), con indicación del Juzgado, número de DNI y número de Expediente; original y copia de su DNI, copia certificada de poder y copia del RUC, de ser el caso. Entregarán una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, en efectivo o Cheque de Gerencia. El adjudicatario deberá depositar el saldo de precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez cerrada el acta de remate, (de conformidad con el Art. 18° del Reglamento aprobado por D.S. 008-2005-JUS) y están afectos al IGV.- Dr. Frany Heber Díaz Díaz - Martillero Público con Registro N° 278. Celular #995738170/997219766, e-mail: [email protected]. Tacna, 11 de Julio del 2016. MARIA GRISELDA TAPIA TITO Secretaria Judicial (e) del 2do Juzgado de Familia CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.FRANY DIAZ DIAZ Martillero publico Reg. N°278 (6V/13 AL 20 JUL) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., en contra de MAMANI LUCERO JASINTA y MAMANI CALIZAYA BEATRIZ VERONICA; en el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 2347-2013-0-2301-JP-CI-03; el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo de la Señora Juez Kati Verónica Antonio Damián y como Especialista Legal Ingrid Melanie Rodríguez Cotrado, quien asume funciones por licencia vacacional de la titular, ha dispuesto sacar a Remate Público: EN PRIMERA CONVOCATORIA: El inmueble ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO ASOCIACION DE VIVIENDA VILLA SAN FRANCISCO MZ. 104, LOTE 3; EN EL DISTRITO DE CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con un área de 141.23 M2, cuyo actual propietario es Erick Rodrigo Chávez Mamani, Donatario inscrito el 13/04/2015 en el Asiento 00008 de la Partida P20018213 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. VALOR DE TASACIÓN: S/ 71,888.90 (Setenta y Un Mil Ochocientos Ochenta y Ocho con 90/100 Soles). BASE DE REMATE: S/ 47,925.93 (Cuarenta y Siete Mil Novecientos Veinticinco con 93/100 Soles), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación. AFECTACIONES: A) Inscripción de Hipoteca.- Sobre el bien inmueble propiedad de Erick Rodrigo Chávez Mamani, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE PIURA S.A., hasta por la suma de $. 29,540.99. Según Escritura Pública N° 1298 de fecha 26/08/2011, otorgado ante Notaria Rosa María Málaga Cutipé (Tacna). Inscrito en el Asiento 00005 de la Partida P20018213 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 05/09/2011. B) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de Erick Rodrigo Chávez Mamani, a favor de CAJA La República 5 MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., hasta por la suma de S/ 8,000.00. Inscrito en el Asiento 00006 de la Partida P20018213 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 02/04/2014. C) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de Erick Rodrigo Chávez Mamani, a favor de MI BANCO – BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., hasta por la suma de S/ 22,000.00. Inscrito en el Asiento 00007 de la Partida P20018213 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 04/06/2014. DIA Y HORA DEL REMATE: 05 DE AGOSTO DEL 2016, A LAS 10:00 A.M. LUGAR: Frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el Cuarto Piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. POSTORES PRESENTARAN: Arancel por derecho a participar en remate judicial (Código 07153 por S/ 395.00), con indicación del Juzgado, número de DNI y número de Expediente; original y copia de su DNI, copia certificada de poder y copia del RUC, de ser el caso. Entregarán una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, en efectivo o Cheque de Gerencia. El adjudicatario deberá depositar el saldo de precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez cerrada el acta de remate, (de conformidad con el Art. 18º del Reglamento aprobado por D.S. 008-2005-JUS) y están afectos al IGV.- Dr. Frany Heber Díaz Díaz - Martillero Público con Registro N° 278. Celular #995738170/997219766, e-mail: [email protected]. Tacna, 18 de Julio del 2016.FRANY HEBER DÍAZ DÍAZ MARTILLERO PÚBLICO REG. Nº 278 INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (6V/19 AL 26 JUL) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL, contra DISTRIBUCIONES GENERALES YIQUE E.I.R.L., en calidad de Deudor Principal, JULIO JESUS CASTILLO CABRERA y ALEXANDER CLAUDIO CHOQUE CALIZAYA en calidad de Avales; actuando como Tercero Acreedor No Ejecutante BANCO INTERNACIONAL DEL PERU - INTERBANK, en el procesos sobre Ejecución de Garantía, Expediente N° 144-2013-0-2301-JR-CO-03; el Tercer Juzgado Civil de Tacna, que Despacha el Señor Juez Vladimir Omar Salazar Díaz y como Especialista Legal Elsa Georgina Aguirre Huareccallo, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: EN PRIMERA CONVOCATORIA.- El Bien Inmueble ubicado en CALLE CORONEL VIDAL N° 65, UNIDAD INMOBILIARIA 19 ZONA CERCADO TACNA; EN EL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con un área de 65.34 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida N° 11014841 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. VALOR DE TASACIÓN: U.S.$. 61,381.30 (SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 30/100 DÓLARES AMERICANOS). BASE DE REMATE: U.S.$. 40,920.87 (CUARENTA MIL NOVECIENTOS VEINTE CON 87/100 DÓLARES AMERICANOS), equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación. AFECTACIONES: A) Inscripción de Hipoteca.- Sobre el bien inmueble propiedad de Julio Jesús Castillo Cabrera, a favor de BANCO CONTINENTAL, hasta por la suma de U.S.$. 70,000.00 Dólares Americanos. Inscrito en el Asiendo D00002 de la Partida N° 11014841 de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna, SUNARP. Fecha de Inscripción 11/11/2011. B) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble Propiedad de Julio Jesús Castillo Cabrera, a favor de BANCO INTERNACIONAL DEL PERU - INTERBANK, hasta por la suma de S/. 60,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00003 de la Partida N° 11014841 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 18/07/2013. C) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble Propiedad de Julio Jesús Castillo Cabrera, a favor de MARIA ESTEFANIA CHURA CHACHAQUE, hasta por la suma de S/. 3,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00004 de la Parti- 6 La República SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA da N° 11014841 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 26/09/2013. D) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble Propiedad de Julio Jesús Castillo Cabrera, a favor de SIMON QUISPE CHAVEZ, hasta por la suma de S/. 1,401.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00005 de la Partida N° 11014841 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 30/10/2013. E) Inscripción de Embargo.Sobre el bien inmueble Propiedad de Julio Jesús Castillo Cabrera, hasta por la suma de S/. 1,950.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00006 de la Partida N° 11014841 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 06/01/2014. F) Inscripción de Embargo.Sobre el bien inmueble Propiedad de Julio Jesús Castillo Cabrera, hasta por la suma de S/. 7,800.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00007 de la Partida N° 11014841 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 20/01/2014. G) Inscripción de Embargo.Sobre el bien inmueble Propiedad de Julio Jesús Castillo Cabrera, hasta por la suma de S/. 4,500.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00008 de la Partida N° 11014841 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna - SUNARP. Fecha de inscripción 11/02/2014. H) Inscripción de Embargo.Sobre el bien inmueble Propiedad de Julio Jesús Castillo Cabrera, hasta por la suma de S/. 20,000.00 Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00009 de la Partida N° 11014841 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna SUNARP. Fecha de inscripción 19/01/2015. DIA Y HORA DEL REMATE: VIERNES 05 DE AGOSTO DEL 2016; A LAS 12:00 HORAS DEL MEDIO DÍA. LUGAR: Frontis del Tercer Juzgado Civil, ubicada en el Primer Piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. POSTORES: Adjuntar arancel judicial (Código 07153) con indicación del juzgado numero del D.N.I. y monto por derecho a participar en el remate, adjuntar copia del DNI, copia del RUC y poderes; asímismo, entregarán una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, en efectivo o Cheque de Gerencia. De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo de precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez cerrada el acta de remate, (de conformidad con el Art. 732º del C.P.C, Ley 27728 y Art. 18º del Reglamento aprobado por D.S. 008-2005-JUS) y están afectos al IGV.Abogado Frany Heber Díaz Díaz - Martillero Público con Reg. 278. Tacna, 08 de Julio del 2016. ELSA G. AGUIRRE HUARECCALLO Secretaria Judicial del 3er Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA FRANY DIAZ DIAZ Martillero publico Reg.N°278 (6V/13 AL 20 JUL) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por BANCO FINANCIERO DEL PERU, en contra de DANITZA BETZABE DE LA TORRE VILLANUEVA; en el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 261-2015-0-2301-JP-CI-02; el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Tacna, que Despacha la Señora Juez Kati Verónica Antonio Damián y como Especialista Legal Ingrid Melanie Rodríguez Cotrado, ha dispuesto sacar a Remate Público: EN PRIMERA CONVOCATORIA: El inmueble ubicado en MZ. 10, LOTE 07, SECTOR 18 AMPLIACION VIÑANI; EN EL DISTRITO DE CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con un área de 500.00 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida N° 11067451 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. VALOR DE TASACIÓN: S/ 55,000.00 (Cincuenta y Cinco Mil con 00/100 Soles). BASE DE REMATE: S/ 36,666.67 (Treinta y Seis Mil Seiscientos Sesenta y Seis con 67/100 Soles), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación. AFECTACIONES: A) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de Danitza Betzabé De La Torre Villanueva, a favor de BANCO FINANCIERO DEL PERU, hasta por la suma de S/ 25,000.00. Inscrito en el Asiento D00001 de la Partida N° 11067451 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 20/04/2015. Miércoles, 20 de julio del 2016 DIA Y HORA DEL REMATE: 05 DE AGOSTO DEL 2016, A LAS 10:30 A.M. LUGAR: Frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el Cuarto Piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. POSTORES PRESENTARAN: Arancel por derecho a participar en remate judicial (Código 07153 por S/ 395.00), con indicación del Juzgado, número de DNI y número de Expediente; original y copia de su DNI, copia certificada de poder y copia del RUC, de ser el caso. Entregarán una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, en efectivo o Cheque de Gerencia. El adjudicatario deberá depositar el saldo de precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez cerrada el acta de remate, (de conformidad con el Art. 18º del Reglamento aprobado por D.S. 008-2005-JUS) y están afectos al IGV.- Dr. Frany Heber Díaz Díaz - Martillero Público con Registro N° 278. Celular #995738170/997219766, e-mail: [email protected]. Tacna, 18 de Julio del 2016.FRANY HEBER DÍAZ DÍAZ MARTILLERO PÚBLICO REG. Nº 278 INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (6V/19 AL 26 JUL) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU, contra JAVIER ANGEL URTECHO MAMANI, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, según Expediente N°347-20140-2301-JP-CI-03; el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo de la Señora Juez Milagros Ivonne Parihuana Serrano y como Especialista Legal Maritza Elizabeth Gómez Cutipa, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: 1. EN PRIMERA CONVOCATORIA: El Bien Inmueble ubicado en MZ. 10, LOTE 22, SECTOR 17, AMPLIACION VIÑANI; en el Distrito de Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, Provincia y Departamento de Tacna, cuyo dominio, área, linderos y medidas perimétricas, se encuentran inscritas en la Partida N° 11067108 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna, SUNARP. 2. VALOR DE TASACIÓN: S/ 50,000.00 (Cincuenta Mil con 00/100 Soles). 3. BASE DE REMATE: S/ 33,333.33 (Treinta y Tres Mil Trescientos Treinta y Tres con 33/100 Soles), equivalente a las dos terceras partes del Valor de Tasación. 4. CARGAS Y/O GRAVAMENES: A) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de Javier Ángel Urtecho Mamani, a favor de BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la suma de S/ 10,000.00 Soles. Inscrito en el Asiento D00001 de la Partida N°11067108 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna, SUNARP. Fecha de inscripción 26/03/2014. B) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de Javier Ángel Urtecho Mamani, a favor de Caja Municipal de Ahorro y crédito de Arequipa S.A., hasta por la suma de S/ 16,000.00 Soles. Inscrito en el Asiento D00002 de la Partida N°11067108 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna, SUNARP. Fecha de inscripción 05/08/2014. C) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de Javier Ángel Urtecho Mamani, a favor de Caja Municipal de Ahorro y crédito de Arequipa S.A., hasta por la suma de S/ 30,000.00 Soles. Inscrito en el Asiento D00003 de la Partida N°11067108 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna, SUNARP. Fecha de inscripción 09/09/2014. 5. FECHA Y HORA DEL REMATE: 26 DE JULIO DEL 2016, A LAS 10:30 A.M. 6. LUGAR DEL REMATE: FRONTIS DEL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO, ubicado en el Primer Piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. 7. POSTORES: 1) Oblar antes del remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de no negociable una suma no menor al 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en el remate, en original su documento de identidad y/o RUC, según corresponda. 3) Entregar el Arancel judicial por Derecho a Participar en Remate Judicial consignando el Juzgado, número de expediente y el documento de identidad o RUC. 4) En caso de actuar a través de representante se deberá acreditar los poderes respectivos. 5) Todos los documentos indicados, deberán ser presentados con copia. El Adjudicatario cancela los honorarios del Martillero más IGV de acuerdo al Art. 732° del C.P.C. y D.S. 008-2005-JUS. El remate estará a cargo de Flavio Alberto Villanelo Ninapaytán, Martillero Público, con Registro Nacional N° 263. Celular 999003423. Tacna, 08 de Julio del 2016. MARITZA E.GÓMEZ CUTIPA. Secretario Judicial del 2do Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA FLAVIO A.VILLANELO NINAPAYTAN Martillero Publico Reg.N°263(6V/13 AL 20 JUL) REMATE PÚBLICO - JUDICIAL En los seguidos por SCOTIABANK PERÚ SAA en contra de EXPORTACIONES IMPORTACIONES CERVANTES TAPIA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA representada por Gladys Teresa Guillén Olvea, y Víctor Jesús Cervantes Olvea; proceso único de ejecución de garantía hipotecaria signado con Expediente Judicial N°00103-2010-0-2301-JR-C0-03; el Tercer Juzgado Civil - de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Tacna a cargo del Señor Juez Vladimir Salazar Diaz, con intervención de la Especialista Legal Srta. Patricia Albarracín Palacios, ha ordenado sacar a REMATE PÚBLICO en SEGUNDA CONVOCATORIA, el INMUEBLE UBICADO EN LA MANZANA 43 LOTE 13 DE LA URBANIZACIÓN ASOCIACIÓN DE VIVIENDA AGRARIO TACNA DEL DISTRITO PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, inscrito en la Partida Registral con Código N°11035036 de la Zona Registral N°XIII Sede Tacna. La referida partida registral publicita que el inmueble a ser rematado es de propiedad de la Sociedad Conyugal conformada por VICTOR JESUS CERVANTES OLVEA y JESSICA TAPIA QUISPE. El inmueble se encuentra valorizado en la suma de S/. 115 962.40 (ciento quince mil novecientos sesenta y dos con 40/100) soles y SERÁ REMATADO SOBRE LA BASE DE S/. 65 712, 03 (sesenta y cinco mil setecientos doce con 03/100) soles, suma equivalente a los dos tercios de la suma por la cual ha sido valorizado. AFECTACIONES CONOCIDAS DEL BIEN: Asiento D002 de la Partida Registral antes mencionada: Inscripción de Hipoteca a favor del Banco Scotiabank Perú SAA hasta por la suma de USD $ 14, 417.00 dólares de los EUA. Asiento D003 de la Partida Registral antes mencionada: Embargo en forma de Inscripción.- Hasta por la suma de S/. 1 000 (mil) soles a solicitud del Ejecutor Coactivo - SUNAT. DIA. HORA Y LUGAR DEL REMATE: La diligencia del remate estará a cargo del abogado Juan Pablo Kong Eyzaguirre - Martillero Público con Registro N° 227 el día 25 DE JULIO DEL AÑO 2016 A LAS 12:00 horas meridiano en las instalaciones del TERCER JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA, ubicado en la Calle Inclán, esquina con Presbítero Andía s/n de esta ciudad. POSTORES: Las personas que deseen ser consideradas como postores en el remate deberán constituir depósito, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, una cantidad no menor al 10% del valor de tasación del inmueble.- S/. 11 596,24 (once mil quinientos noventa y seis con 24/100) soles, presentando este depósito al Martillero Público. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Así mismo, los postores deberán de presentar el pago correspondiente del arancel judicial respectivo por derecho a participar en remate judicial de bien inmueble a la orden del Tercer Juzgado Civil de Tacna, suscribiéndolo con indicación del juzgado y número de expediente, adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento nacional de identidad correspondiente. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732° del Código Procesal Civil y Por Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV.Tacna 11 de junio del año 2016- PATRICIA ALBARRACIN PALACIOS Especialista legal del 3er juzgado civil de Tacna CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA JUAN PABLO KONG EYZAGUIRRE Martillero Publico Reg.n°227 ABOGADO (6V/14 AL 21 JUL) Miércoles, 20 de julio del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA La República Gaceta Judicial DESPACHO ONCE DE ABRIL DEL 2016 1. Expediente N° 02493-2013 CONFIRMARON la sentencia a fjs. 129/134 del 22/07/2015 que declara Infundada la demanda interpuesta por Higo Raúl Flores Huarcasi contra la Municipalidad Provincial de Tacna sobre Reconocimiento del derecho a ser nombrado conforme el D. Leg. 276, ordena el archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG 2. Expediente N° 2504-2013-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia a fjs. 108/113 del 21/07/2015 que declara Infundada la demanda interpuesta por Víctor Choque Pari contra la Municipalidad Provincial de Tacna sobre Reconocimiento del derecho a ser nombrado conforme el D. Leg. 276, ordena el archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG 3. Expediente N° 00878-2015-0-2301-JR-LA-02 REVOCARON la sentencia apelada a fjs. 64/67 del 20/11/2015 que declara Improcedente la demanda interpuesta por Nery Rafael Bernabé contra la Dirección Regional de Salud y la Dirección Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos. REFORMANDOLA declararon Fundada la demanda, se regularice su remuneración en base a la remuneración total y se ordene el pago de la Bonificación Diferencial del 30% calculado sobre la base de la remuneración total por el art. 184° de la Ley 25303 más el pago de los devengados e intereses. COLEGIADO GC FA LAG DESPACHO DOCE DE ABRIL DEL 2016 4. Expediente N° 00288-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 09/11/2015 de fjs. 111/115 que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Carlos Alberto Ramos Chávez en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local, ordena que la demandada reconozca los reintegros por concepto de Subsidio Luto y Gastos de Sepelio equivalente a cuatro remuneraciones en base a la remuneración total con deducción de lo percibido más el pago de intereses, e Infundado en el extremo de la Nulidad de la Resolución Directoral UGEL TACNA N° 002120. COLEGIADO GC FA LAG 5. Expediente N° 00501-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 12/11/2015 a fjs. 75/79 que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Cleofe Doris Rossana Rivera Chirinos contra la Dirección Regional de Educación de Tacna, la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tacna, ordena que la demandada reconozca los Reintegros por concepto de Subsidio por Fallecimiento equivalente a dos remuneraciones calculados sobre la remuneración total con deducción de lo percibido más lo intereses legales, e Infundada respecto a la Nulidad de la Resolución Directoral Regional N° 007430. COLEGIADO GC FA LAG 6. Expediente N° 01226-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 20/11/2015 a fjs. 55/58 que declara Fundada la demanda interpuesta por Ariadne Macarena Vilca Ponce contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unanue de Tacna, ordena que la demandada cumpla con emitir nuevo acto 7 8 La República SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Miércoles, 20 de julio del 2016 administrativo. Además de los intereses laborales D. Ley N° 25920. DISPUSIERON tener presenta para la liquidación de intereses lo indicado en el párrafo final del cuarto considerando. COLEGIADO GC FA LAG 7. Expediente N° 01713-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 30/11/2015 a fjs. 83/88 que declara Fundada la demanda interpuesta por Hilda Mariella Sánchez Pajuelo contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unanue de Tacna, ordena que la demandada reconozca a la actora los reintegros por concepto de Bonificación Diferencial equivalente al 30% establecido por el Art. 184° de la ley N° 25303 sobre la base de la remuneración total, más el pago de los devengados ye intereses legales a partir del 01/01/1991. COLEGIADO GC FA LAG 8. Expediente N° 02254-2013-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia contenida a fjs. 122/126 del 07/07/2015 que declara Fundada la demanda interpuesta por Domingo Choque Illacutipa contra la Municipalidad Provincial de Tacna. Ordena que la demandada de cumplimiento a lo dispuesto por el art. 18 de la Ley N° 27803 que dispone el pago de los Beneficios Sociales a los beneficiarios de esta ley y deberá pagarse al demandante desde el 01/01/1988 hasta el 29/11/21996. Poner en conocimiento a la Fiscalía de acuerdo al Art., 16° de LPCA. COLEGIADO GC FA LAG DESPACHO TRECE DE ABRIL DEL 2016 9. Expediente N° 000130-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 04 del 09/10/2015 a fjs. 220/232 que declara Improcedente la demanda presentada por Hernán Diego Apaza Cori contra del Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” sobre Reposición Laboral reconducirse vía ordinario laboral para que solicite la indemnización que corresponda de acuerdo al art. 38 del TUO del D. Leg 728. COLEGIADO GC FA LAG 10. Expediente N° 00206-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 03 del 20/10/2015 a fjs. 172/185 que declara Improcedente la demanda presentada por Dagoberto Néstor Jarica Huallpa contra el Proyecto Especial “Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna” sobre reposición laboral reconducirse vía ordinaria laboral para que solicite la indemnización que corresponda de acuerdo al art. 38 del TUO del D. Leg.728. COLEGIADO GC FA LAG 11. Expediente N° 00209-2015-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 05 del 21/10/2015 a fjs. 118/129 que declara Improcedente la demanda presentada por Spencer Salas Paredes contra el Proyecto Especial Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna sobre reposición laboral reconducirse vía ordinario laboral y solicite la indemnización que corresponda de acuerdo al art. 38 del TUO del D. Leg, N° 728. COLEGIADO GC FA LAG 12. Expediente N° 00223-2015-0-231-JR-LA-01 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 04 del 09/10/2015 a fjs. 200/212 que declara Improcedente la demanda presentada por María Alexandra Arias Santana contra el Proyecto Miércoles, 20 de julio del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA La República Especial Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna sobre Reposición Laboral reconducirse vía ordinario laboral para que solicite la indemnización que corresponda de acuerdo al art. 38 del TUO del D. Leg728. COLEGIADO GC FA LAG 13. Expediente N° 01379-2014-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 03 del 16/10/2015 a fjs. 194/204 que declara Infundada la demanda Interpuesta por Víctor Julio Loayza Orosco contra la Zona Registral N° XIII- Sede Tacna sobre Cese de actos de hostilidades en el trabajo y se cumpla con pagarle su remuneración mensual de forma completa, sin rebaja unilateral en los conceptos de alimentación y movilidad a partir del mes de abril 2004 hasta que se normalicen sus pagos. COLEGIADO GC FA LAG 14. Expediente N° 00175-2014-0-2301-JM-CI-01 REVOCARON la sentencia de la resolución N° 09 del 16/10/2015 a fjs. 213/226 que declara Improcedente la demanda presentada por Octavio Segura Escobar contra la Municipalidad Distrital de Ciudad Nueva reconducirse a la vía ordinario laboral y solicite la indemnización que corresponda de acuerdo al art. 38° del TUO del D. Leg 728. REFORMANDOLA se declara FUNDADA la demanda ORDENANDOSE que la demandada cumpla con reponer a la demandante. COLEGIADO GC FA LAG 15. Expediente N° 00193-2015-0-2301-JR-LA-01 REVOCARON la sentencia de la resolución N° 03 del 07/10/2015 a fjs. 154/168 que declara Improcedente la demanda presentada por Freddy Henry Huanca Chipana contra Municipalidad Distrital de Pocollay reconducirse vía ordinario laboral y solicite la indemnización que corresponda de acuerdo al art. 38° del TUO del D. Leg 728. REFORMANDOLA se declara Fundada la demanda. ORDENANDOSE que la demandada reponga al demandante. COLEGIADO GC FA LAG 16. Expediente N° 01437-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON en parte la sentencia del 12/11/2015 a fjs. 44/54 que declara Fundada la demanda interpuesta por Nicanor Patricio Medina Huanca contra la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna y Dirección Regional de Educación de Tacna. Ordena que la demandada emita acto administrativo bajo apercibimiento de procederse de acuerdo al art. 41° LPCA dispone el pago del faltante por subsidio por luto gastos de sepelio. REVOCARON la sentencia en el extremo que declara la nulidad de la Resolución Directoral UGEL TACNA N° 004218. INFUNDADA la nulidad total de la Resolución Directoral UGEL TACNA N° 004218. COLEGIADO GC FA LAG DESPACHO CATORCE DE ABRIL DEL 2016 17. Expediente N° 01550-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 05 del 27/11/2015 a fjs. 56/63 que declara Fundada la demanda interpuesta por Carmen Consuelo Guevara Alanoca contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna. Cumplan las demandadas con expedir nueva resolución administrativa que reconozca y otorgue el subsidio por luto y gastos de sepelio en base a la remuneración total con deducción de lo concedido, además el pago de intereses. COLEGIADO GC FA LAG 9 10 La República SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Miércoles, 20 de julio del 2016 18. Expediente N° 01277-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 05 del 27/11/2015 a fjs. 34/41 que declara fundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Georgina Mercedes Montesinos Sánchez contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna. Cumpla las demandadas con expedir nueva Resolución Administrativa la cual reconozca y otorguen el subsidio por luto sobre la base de la remuneración total con deducción de lo concedido y el pago de intereses legales laborales. COLEGIADO GC FA LAG 19. Expediente N° 01396-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 06 del 15/12/2015 a fjs. 74/79 que declara Fundada la demanda interpuesta por Rosa Paquita Flores en contra de la Dirección Regional de Salud de Tacna. Ordena que la demandada reconozca y otorgue los reintegros por concepto de Bonificación Diferencial equivalente al 30% de acuerdo al art. 184 de la Ley 25303 sobre la remuneración total a parir del 27/06/1991. COLEGIADO GC FA LAG 20. Expediente N° 01243-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 06 del 27/11/2015 a fjs. 84/90 que resuelve declarar Fundada la demanda interpuesta por Francisca Humpiri Flores en contra de la Dirección Regional de Salud. Cumpla la demandada Dirección Regional de Salud de Tacna con expedir nueva resolución administrativa en la cual reconozca y otorgue a partir de enero 1991 la Bonificación Diferencial del 30% según art. 184° de la Ley N° 25303 sobre base de la remuneración total con deducción de lo percibido. COLEGIADO GC FA LAG 21. Expediente N° 00880-2014 se corrige la sentencia de la resolución N° 16 que consigna como demandada a la Dirección Ejecutiva de Gestión de Desarrollo de Recursos Humanos siendo lo correcto Dirección Regional de Salud de Tacna REVOCARON la sentencia de la resolución N° 16 del 16/11/2015 que declara Fundada la demanda interpuesta por Sara Raquel Ramos Rojas contra la Dirección Regional de Salud de Tacna. REFORMANDOLA declara Fundada la demanda. DISPONE que la demandada cumpla con expedir nueva resolución y otorgue a favor del demandante el Pago de la Bonificación Especial del art. 2° del D.U. N° 037-94 en sustitución del pago efectuado del D.S. N° 019-94-PCM. COLEGIADO GC FA LAG 22. Expediente N° 00889-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 05/11/2015 a fjs. 76/81 que declara Fundada la demanda interpuesta por Alberto Oscar Núñez Zevallos contra la Dirección Regio0nal de Salud de Tacna. Ordena que la demandada reconozca los reintegros por co9ncepto de Bonificación Diferencial equivalente al 30% calculado sobre la base de la remuneración total. CORREGIR la sentencia en la parte que considera como parte demandada a la Dirección Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos debiendo suprimirse conforme a las consideraciones antes expuestas de la misma forma de la parte demandante siendo lo correcto Alberto Oscar Núñez Zevallos . COLEGIADO GC FA LAG 23. Expediente N° 00800-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 05/11/2015 a fjs. 102/107 que declara Fundada la demanda interpuesta por Esther Villasante Chambi contra la Dirección Ejecutiva de la Dirección de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos y la Dirección Regional de Salud de Tacna. Miércoles, 20 de julio del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA La República Ordenando que la demandada reconozca los reintegros por concepto de Bonificación Diferencial equivalente al 30% calculados sobre la base de la remuneración total. CORREGIR la sentencia del 05/11/2015 que considera como parte demandada a la Dirección Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos debiendo suprimirse. COLEGIADO GC FA LAG 24. Expediente N° 00336-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 09/11/2015 a fjs. 96/101 que declara Fundada la demanda interpuesta por Victoria Dionisia Palacios Vda. de Urquiza contra la Dirección Regional de Salud de Tacna. ordena que la demandada expida nuevo acto administrativo donde se reconozca a la actora los reintegros por concepto de Bonificación Diferencial equivalente al 30% calculado sobre la remuneración total más pago de los devengados e intereses legales a partir de enero de 1991. COLEGIADO GC FA LAG 11 12 La República SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Miércoles, 20 de julio del 2016 ROL DE AUDIENCIAS PROGRAMADAS EN EL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. FECHA: Miércoles 20 de Julio del 2016. Nro. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 Expediente 2016-01318-55 2013-01640-92 2014-01096-97 2015-00005-70 2015-00924-96 2016-01372-56 2012-00192-5 2012-01760-98 2015-00244-3 2015-02235-20 2015-02442-23 2013-00934-50 2011-01320-20 2014-02404-99 2011-01546-23 1999-05009-0 2002-05065-0 2004-05031-79 2016-01535-0 2016-00099-0 2015-01050-61 2016-00128-0 2016-00957-30 2014-01240-45 2015-00920-83 2014-00788-10 2016-00370-91 2015-00125-95 2014-01613-42 2011-01715-24 2014-02388-92 2014-01197-69 2010-01530-92 2013-01717-2 2016-01533-0 2016-01322-0 2016-01332-0 2016-00276-0 2016-01435-0 2016-00184-15 2016-01458-0 2016-00293-0 2016-00488-34 2016-00266-83 2016-00167-0 2014-02009-42 2015-02149-12 2011-01720-67 2015-01546-18 2014-01755-44 2014-00383-5 2015-02792-5 2014-00120-21 2014-01200-94 2012-01417-71 2015-00162-33 2014-00996-55 2014-00611-87 2015-00229-9 2015-01887-8 2013-01008-45 2016-00341-45 2015-00789-70 2016-00344-54 2014-01131-68 2016-00859-24 2014-01019-7 2013-00512-6 2016-01498-0 2016-01534-0 2011-00579-95 2014-00342-53 2014-00548-75 2010-00357-48 2015-00177-72 2014-00631-18 2012-00039-72 Organo Jurisdiccional SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.) SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.) SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.) J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL Sala Audiencia SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 03 PENAL DE POCOLLAY SALA 03 PENAL DE POCOLLAY SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN SALA INV. PREP. - MBJAA SALA INV. PREP. - MBJAA SALA INV. PREP. - MBJAA SALA INV. PREP. - MBJAA SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO Hora 08:30 08:45 09:00 10:00 11:00 11:20 11:35 12:00 13:00 15:00 15:30 12:00 12:30 14:40 15:00 16:00 16:32 14:45 16:00 09:00 10:00 11:00 11:30 12:00 09:00 09:30 10:00 10:30 11:00 11:30 12:00 12:40 16:00 17:00 09:00 10:00 11:00 09:00 09:20 10:00 10:30 11:00 12:00 12:45 15:00 09:00 10:00 11:00 12:00 15:00 16:00 09:00 10:30 10:36 11:00 15:00 17:01 18:01 09:00 09:46 10:31 11:16 11:46 12:31 09:00 11:00 10:00 11:00 12:00 12:30 08:15 09:00 10:00 11:00 11:45 12:46 16:00 Delito Hurto Agravado Hurto agravado. Omisión de asistencia familiar Homicidio Simple Microcomercialización o microproducción. Hurto Agravado Omisión de asistencia familiar Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Receptación Robo. Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Feminicidio Lavado de Activos Violación sexual de Menor. Violación sexual de Menor. Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Contrabando Negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo Uso de documentos falsos. Peculado doloso Apropiación ilícita. Estafa agravada Uso de documentos falsos. Daño agravado Uso de documentos falsos. Lesiones graves Hurto simple. Uso de documentos falsos. Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Estafa genérica Defraudacion Tributaria Usurpación Tentativa Usurpación Lesiones culposas Falsificación de documentos. Apropiación ilícita. Homicidio Simple Lesiones graves Usurpación Falsedad genérica. Ingreso Indebido de Equipos de Comunicación al Interior de un Establecimieno Penitenciario Actos contra el pudor en menores. Lavado de Activos Usurpación Violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones. Uso de documentos falsos. Violación sexual de menor de edad. Violación sexual de menor de edad. Omisión de asistencia familiar Lesiones graves Omisión de asistencia familiar Omisión de asistencia familiar Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. Contrabando Violación sexual de menor de edad. Violación sexual de menor de edad. Robo Agravado Miércoles, 20 de julio del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA La República CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA AVISO La Corte Superior de Justicia de Tacna requiere alquilar un inmueble construido en material noble, con un área construida de 250 m2 (como mínimo) y de dos pisos a mas (como mínimo), el mismo que debe estar en buenas condiciones para garantizar el normal funcionamiento de órganos Jurisdiccionales Penales, con escaleras amplias, Servicios Higiénicos por cada piso habilitados, en buen estado de conservación y funcionamiento, documentos en regla (Copia de SUNARP, planos de distribución, Registro Nacional de Proveedores vigente) y ubicado en el cercado de Tacna. Sírvase presentar su pretensión económica y plano de ubicación en mesa de partes de la Oficina de Administración de la Corte que está ubicada en el 4to piso de la sede central, sito en la 3ra cuadra de la calle Inclán S/N con Presbítero Andía. Tacna, 5 de julio de 2016 Corte Superior de Justicia de Tacna 13 14 La República SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Miércoles, 20 de julio del 2016 %(()) *%") $ + , #'(-+ ."!$!) /(012 13400$15 6, $"% ! " # $"% &%' !" " # " Miércoles, 20 de julio del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA La República (3<='( !" #!$!% & ' () $ %*"&" #+,& - + .& /0 &1 %2$234/ 15 '65 785 7+9/ 75#7 :5#7+; 15 16 La República SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Miércoles, 20 de julio del 2016
© Copyright 2024