LEGAL FLASH I MERCADO DE VALORES REFORMA DE LA REGULACIÓN DEL MAB: EMPRESAS EN EXPANSIÓN Y SOCIMIS 4 de agosto de 2016 Transcurridos unos meses desde la reforma de la normativa del MAB en febrero, el pasado 1 de agosto entraron en vigor nuevas modificaciones propuestas por los grupos de interés En la práctica lo más destacable es la eliminación de la obligación de los asesores registrados de realizar una declaración sobre la suficiencia y el alcance de la due diligence, la comfort letter y el capital circulante. En el caso de las empresas en expansión y las SOCIMI se aligeran algunos de los requisitos para la incorporación al MAB y se introducen nuevas excepciones a la obligación de registrar un Documento de Ampliación. ASPECTOS CLAVE Revisión y, en algunos casos, flexibilización de la normativa aprobada en febrero. Eliminación de la declaración del asesor registrado sobre el alcance y suficiencia de la due diligence, la comfort letter y el capital circulante durante el proceso de incorporación de una compañía al MAB. Concreción de la obligación del asesor registrado de contar con personal cualificado ajustado a su volumen de actividad. Cambios en el contenido del Documento Informativo de Incorporación al MAB. Destaca la sustitución de algunos informes del consejo de administración por una declaración del emisor. Nueva regulación sobre la difusión de previsiones o estimaciones de carácter numérico sobre magnitudes financieras. Nuevas exenciones a la obligación de registrar un Documento de Ampliación para determinados aumentos. En febrero 2016 se aprobó una reforma de la regula- personas físicas cualificadas y con experiencia, en ción del Mercado Alternativo Bursátil (“MAB”) que los últimos tres años, en el asesoramiento a com- supuso un endurecimiento de la normativa vigente pañías en el ámbito del mercado de valores que hasta entonces. Trascurridos unos meses, el pasado cumplan con los requisitos de honorabilidad. Estas 26 de julio se publicaron varias Circulares que modi- personas podrán estar vinculadas a la sociedad fican las aprobadas en febrero para incorporar mediante un contrato laboral o mercantil. En su algunas mejoras sugeridas por los grupos de interés. caso, deberá especificar la existencia, honorabili- A continuación resumimos las modificaciones más relevantes que, con carácter general, han entrado dad y cualificación de cualquier otro personal de soporte que le asista en sus tareas. en vigor el día 1 de agosto. NOVEDADES EN LOS REQUISITOS DE DELIMITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD INCORPORACIÓN AL MAB DEL ASESOR REGISTRADO La Circular MAB 14/2016 introduce cambios en el La nueva Circular MAB 16/2016 suprime la obligación del asesor registrado de emitir una declaración sobre la suficiencia y el alcance de la due diligence, la comfort letter y el capital circulante durante el proceso contenido del Documento Informativo de Incorporación (“DII”) al MAB. Además de incluir alguna mejora técnica, destaca: - La sustitución de los informes del consejo (sobre de la estructura organizativa de la incorporación de una compañía al MAB. Esta obli- compañía, la existencia de un Reglamento gación se introdujo en la reforma de febrero, que Interno de Conducta y la suficiencia de capital reforzó las funciones del asesor registrado para circulante) por una declaración del emisor. En que no se limitasen a asesorar a las compañías el caso de que no exista suficiente capital sino que pasasen a supervisar su actuación. circulante, el emisor tendrá que declarar cómo pretende obtener la cantidad adicional A partir del 1 de agosto, en sus informes sobre la que necesita. due diligence y la comfort letter, en los que antes aparecía la declaración sobre el alcance y suficien- - obligación de declarar en el DII las participaciones de administradores y directivos cia, ahora el asesor registrado tendrá que incluir iguales o superiores al 1% del capital. un resumen de los datos básicos junto con su opinión y principales conclusiones a efectos de la La - La necesidad de describir en el DII la finalidad incorporación al mercado. En el informe sobre el y el destino de los fondos de la oferta pública capital circulante, también desaparece dicha de- de suscripción que, en su caso, se realice con claración y ahora el asesor registrado deberá carácter previo a la incorporación al MAB. realizar un análisis y valoración de la información que fundamenta la declaración de la compañía indicando, en su caso, si existe una opinión de un tercero. Si no existiese suficiente capital circulante, el asesor registrado tendrá que pronunciarse sobre la razonabilidad de la propuesta de la compañía para obtener la cantidad adicional que necesita. Ninguno de estos informes será difundido al Mercado. La llamada “Ley Ascensor” obliga a una sociedad que negocia en el MAB a solicitar la admisión a cotización en las Bolsas de Valores si tiene una capitalización superior a 500 M € durante un periodo continuado superior a 6 meses. Como excepción, la Circular CNMV 1/2016 estableció que una SOCIMI con esa capitalización podría incorporarse o continuar cotizando en el MAB si el umbral de difusión era menor al 25% de las acciones. Ahora, la Circular La Circular MAB 16/2016 concreta la obligación MAB del asesor registrado de contar con personal excepción a la “Ley Ascensor” en las reglas de cualificado ajustado a su volumen de activi- incorporación al MAB. dad. Deberá designar, como mínimo, WWW.CU ATRE CAS AS. COM 14/2016 incluye formalmente esta a dos LEGAL FLASH I M ERC ADO DE V AL ORE S 2 MODIFICACIONES A LOS REQUISITOS DE INFORMACIÓN La Circular únicamente un hecho relevante con los detalles de la operación, siempre que las acciones emitidas sean de la misma clase que las ya admitidas a negociación en MAB 15/2016 introduce mejoras técnicas en relación con las obligaciones de información que deben cumplir las empresas en el mismo mercado: - Acciones emitidas en un aumento por aportación no dineraria que representen, expansión y las SOCIMI. Entre las novedades durante 12 meses, menos del 10% de las destacan: acciones ya admitidas a negociación en el - mismo mercado. La nueva regulación sobre la difusión de previsiones o estimaciones de carácter - ya admitidas a negociación como consecuencia de hayan realizado este tipo de previsiones o un split. estimaciones a comprometerse a informar al Mercado, en cuanto se advierta como - significativamente de las previstas o asignadas de forma gratuita o - Acciones ofrecidas o asignadas a consejeros o estimadas. Esto sucederá, en todo caso, empleados por su empleador o una empresa cuando exista una variación, al alza o a la del grupo. baja, de un inferiores 10% también (aunque pueden variaciones considerarse significativas). La - Acciones resultantes de la conversión o canje de otros valores o del ejercicio de los derechos conferidos por otros valores. prohibición de presentar cuentas abreviadas para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2016. - Acciones entregadas en forma de dividendo en especie. probable, que las cifras reales vayan a diferir - Acciones emitidas en sustitución de las acciones numérico, que obliga a las compañías que Como novedad, la Circular MAB 16/2016 incluye entre las funciones del Asesor Registrador el asesoramiento y supervisión a las empresas en La obligación de aportar información sobre expansión y SOCIMI en las emisiones que realicen la estructura organizativa y el sistema de tras su incorporación al MAB. control interno de la compañía con ocasión de la presentación de la información anual. - La reducción del plazo mínimo de antelación para comunicar el pago de dividendo de 5 a 2 días antes de la fecha de pago. - La obligación de remitir la información semestral sobre participaciones significativas Para obtener información adicional sobre el contenido de este documento puede dirigirse a su contacto habitual en Cuatrecasas, Gonçalves Pereira. en el plazo de 10 días desde el fin del semestre. ©2016 CUATRECASAS, GONÇALVES PEREIRA. Todos los derechos reservados. NOVEDADES RESPECTO DE LOS AUMENTOS DE CAPITAL La Circular MAB 17/2016 introduce nuevas exenciones a la obligación de registrar un Documento de Ampliación. En los siguientes supuestos, la compañía WWW.CU ATRE CAS AS. COM deberá publicar Este documento es una recopilación de información jurídica elaborado por Cuatrecasas, Gonçalves Pereira. La información o comentarios que se incluyen en el mismo no constituyen asesoramiento jurídico alguno. Los derechos de propiedad intelectual sobre este documento son titularidad de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira. Queda prohibida la reproducción en cualquier medio, la distribución, la cesión y cualquier otro tipo de utilización de este documento, ya sea en su totalidad, ya sea en forma extractada, sin la previa autorización de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira. LEGAL FLASH I M ERC ADO DE V AL ORE S 3
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