Resolución N° 1338 BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016 VISTO el

Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 ::
Resolución N° 1338
Autoriza contrataciones en la SGRI.....................................pág.1
Resolución N° 1339
Autoriza contrat. - Centro Operativo Derivador - SGTO.......pág.2
Resolución N° 1340
Autoriza contrat. - Centro Operativo Derivador - SGTO.......pág.2
Resolución N° 1341
Asigna a Coord. de Asuntos Médicos nivel gerencial..........pág.4
Resolución N° 1342
Autoriza contrataciones - UGL VIII - San Martín..................pág.5
Resolución N° 1343
Designa en la UGL VIII - San Martín....................................pág.6
Resolución N° 1344
Designa en la UGL VIII - San Martín....................................pág.7
Resolución N° 1345
Autoriza contratación en la UGL VI - CABA.........................pág.8
Resolución N° 1346
Autoriza contratación en la Subdirección Ejecutiva.............pág.8
Resolución N° 1347
Autoriza contratación - CAP Guernica - UGL VII..................pág.9
Resolución N° 1348
Traslada asignando funciones - Jefe Sector - GEF............pág.10
Resolución N° 1349
Autoriza contratación en la UAI.......................................... pág.11
Resolución N° 1350
Autoriza contrataciones en la UGL XII - Salta.................... pág.11
Resolución N° 1360
Asigna funciones - Jefe División Factur. de Medic. - GEF...pág.12
Resolución N° 1361
Adjudica TS N° 2632 - Válvulas Aórticas...........................pág.13
Resolución N° 1362
Adjudica LP N° 19/16 - Stents............................................pág.14
Resolución N° 1363
Adjudica LP N° 23/16 - Cardiodesfibriladores....................pág.15
Resolución N° 1338
BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006143-7, la Resolución
N° 037/DE/04 y la Resolución N° 781/DE/13 y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el actuado citado en el Visto, y por razones de
servicio, tramita la solicitud de contratación de locación de
servicios de las personas individualizadas en el Anexo I de la
presente, a fin de cumplir funciones dentro de la Secretaría
General de Relaciones Institucionales de este Instituto.
Que las mismas deberán entenderse, en cada caso, por los
montos y desde las fechas consignadas en Anexo I de la
presente hasta el 31 de Diciembre de 2016.
Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma de los
contratos, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/
DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración.
Que corresponde dejar constancia que las contrataciones
que se propician, quedarán sujetas a la presentación del título
secundario y/o profesional de corresponder.
Que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este
Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento
electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones
Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá
ser mediante la emisión de comprobante electrónico.
Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución
las contrataciones que se propician por el presente acto
resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la
fecha de la presente, quedarán automáticamente sin efecto, sin
que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza
que así lo disponga.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto
PEN N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar las contrataciones, a partir de las
fechas que se indican y hasta el 31 de Diciembre de 2016, de las
personas nominadas en el Anexo I que integra la presente, con
los montos que en cada caso se indica, para prestar servicios
en la Secretaría General de Relaciones Institucionales.
ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma de los contratos, cuyo modelo
fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de
la Gerencia de Administración.
ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que las contrataciones que
se propician, quedarán sujetas a la presentación del título
secundario y/o profesional de corresponder.
ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que conforme la Resolución
N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen
para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes
dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y
N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de
comprobante electrónico.
ARTÍCULO 5°.- Estipular que de no tener principio de ejecución,
alguna de las contrataciones que se propician por el presente
acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde
la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin
que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza
que así lo disponga.
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ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 1338
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Solicite los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de
Documentación por correo a: [email protected]
Resolución N° 1339
BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0010051-3, la Resolución
N° 037/DE/04, la Resolución N° 781/DE/13 y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el actuado citado en el Visto, y por razones de
servicio, tramita la contratación bajo la modalidad de locación de
servicios de las personas que se individualizan en el Anexo I de la
presente, para prestar servicios en el Centro Operativo Derivador
dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa.
Que las contrataciones tendrán una vigencia por el plazo
comprendido entre 18 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2016.
Que las mismas deberán entenderse, en cada caso, por los
montos consignados en el citado Anexo.
Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma de los
contratos, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/
DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración.
Que corresponde dejar constancia que las contrataciones
que se propician, quedarán sujetas a la presentación del título
secundario y/o profesional en caso de corresponder.
Que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este
Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento
electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones
Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá
ser mediante la emisión de comprobante electrónico.
Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución,
las contrataciones que se propician por el presente acto
resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días desde la
fecha de la presente, quedarán automáticamente sin efecto, sin
que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza
que así lo disponga.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto
PEN N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar las contrataciones de las personas
nominadas en el Anexo I de la presente, a partir del 18 de
julio y hasta el 31 de diciembre de 2016, con los montos que
en cada caso se indica, para prestar servicios en el Centro
Operativo Derivador dependiente de la Secretaría General
Técnico Operativa.
ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma de los contratos, cuyo modelo
fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de
la Gerencia de Administración.
ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que las contrataciones que
se propician, quedarán sujetas a la presentación del título
secundario y/o profesional de corresponder.
ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que conforme la Resolución
N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen
para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes
dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y
N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de
comprobante electrónico.
ARTÍCULO 5°.- Estipular que de no tener principio de ejecución,
las contrataciones que se propician por el presente acto
resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días desde la
fecha de la presente, quedarán automáticamente sin efecto, sin
que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza
que así lo disponga.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 1339
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Solicite los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de
Documentación por correo a: [email protected]
Resolución N° 1340
BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008315-5, la Resolución
N° 002/DE/15, N° 1172/DE/16 y,
CONSIDERANDO:
Que el primer acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la
necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto,
de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y
unidades organizativas, con el propósito de atender de manera
dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que
imponen las normas que regulan su accionar.
Que en el marco de lo expresado se resolvió transferir
el Depar tamento de Traslados por Razones de Salud,
dependiente de la Gerencia Operativa y Coordinación de
UGL Zona 2 (Interior del País) a la órbita de la Coordinación
de Asuntos Médicos, ambas dependientes de la Secretaría
General Técnico Operativa, modificándose su denominación
por Centro Operativo Derivador.
Que a fin de cumplir con los objetivos propuesto resulta
necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos
idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le
son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe
prestar cobertura esta obra social, como así también con las
líneas jerárquicas correspondientes.
Que en pos de lo enunciado se estima necesario designar, a
partir del 11 de julio de 2016, en el Centro Operativo Derivador
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de la Coordinación de Asuntos Médicos, dependiente de la
Secretaría General Técnico Operativa, a las personas que se
nominan en el Anexo I que integra la presente, asignándoles
las funciones que en cada caso se indica, correspondiendo su
inclusión en las previsiones del artículo 38, Capítulo I, Título
IV de la Resolución N° 1523/DE/05, sustituido por el artículo
12 de la Resolución N° 833/DE/13, Tramo y Agrupamiento
que corresponda, de acuerdo a lo normado en el Anexo I de
la Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria acorde a la
función a desempeñar, conforme lo normado en el artículo 4°
de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.
Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la
fecha de notificación, las personas que se citan en el Anexo I
de la presente, conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas
de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores
del Instituto, deberán proceder a la presentación del título
secundario y/o profesional de corresponder, certificado de
ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio
de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando
sujeta además la incorporación, al resultado del examen
médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se
realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de
la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la
Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría
General de Administración, como así también a la exhibición
de la documental previsional emitida por los organismos
competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad
jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirán con
los requisitos para acceder al beneficio previsional.
Que por otra parte, las incorporaciones de los señores
Ezequiel PADILLA (CUIL N° 20-24663016-0), María Valentina
CANTARELLA (CUIL N° 27-27805180-9), Segundo Manuel
PEREZ PRECIADO (CUIL N° 20-31697880-1), María Victoria
MENTASTI (CUIL N° 27-34585477-6) y Mariana TAGLE (CUIL
N° 27-26894495-3) también quedarán sujetas, al informe a la
Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos, respecto del cumplimiento de presentación
de la Declaración Jurada Patrimonial Integral, cuya gestión
corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos.
Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución
alguna de las designaciones que se propician por el presente
acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días,
desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin
efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de
igual naturaleza que así lo disponga.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto
N° PEN 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir del 11 de julio de 2016, en
el Centro Operativo Derivador, de la Coordinación de Asuntos
Médicos, dependiente de la Secretaría General Técnico
Operativa, a las personas que se nominan en el Anexo I que
integra la presente, asignándoles las funciones que en cada
caso se indica, correspondiendo su inclusión en las previsiones
del artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/
DE/05, sustituido por el artículo 12 de la Resolución N° 833/
DE/13, Tramo y Agrupamiento que corresponda, de acuerdo
a lo normado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06,
y carga horaria acorde a la función a desempeñar, conforme
lo normado en el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y
Resolución N° 1002/DE/07.
ARTÍCULO 2°.- Dejar constancia que, a partir de la fecha de
notificación, las personas que se citan en el Anexo I de la
presente, conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas
de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores
del Instituto, deberán proceder a la presentación del título
secundario y/o profesional de corresponder, certificado de
ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de
Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando
sujeta además la incorporación, al resultado del examen
médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que
se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación
de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo,
de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la
Secretaría General de Administración, como así también
a la exhibición de la documental previsional emitida por
los organismos competentes, que permita acreditar que
alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa
vigente, cumplirán con los requisitos para acceder al
beneficio previsional,
ARTÍCULO 3°.- Establecer que las incorporaciones de los
señores Ezequiel PADILLA (CUIL N° 20-24663016-0), María
Valentina CANTARELLA (CUIL N° 27-27805180-9), Segundo
Manuel PEREZ PRECIADO (CUIL N° 20-31697880-1), María
Victoria MENTASTI (CUIL N° 27-34585477-6) y Mariana TAGLE
(CUIL N° 27-26894495-3) también quedarán sujetas, al informe
a la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos, respecto del cumplimiento de
presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral,
cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos
Humanos.
ARTÍCULO 4°.- Establecer que de no tener principio de
ejecución alguna de las designaciones que se disponen por
este acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días,
desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin
efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de
igual naturaleza que así lo disponga.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 1340
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
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ANEXO I – RESOLUCIÓN N° 1340-16
SECRETARÍA GENERAL TÉCNICO OPERATIVA
COORDINACIÓN DE ASUNTOS MÉDICOS
CENTRO OPERATIVO DERIVADOR
APELLIDO Y NOMBRE
CUIL N°
FUNCIÓN
AGRUP. / TRAMO /
CARGA HORARIA
PADILLA, Ezequiel
20-24663016-0 Subgerente Centro Operativo Derivador
PR / A / 45 HS. SEM.
CANTARELLA, María Valentina
27-27805180-9 Jefe Departamento Unidad Operativa
PR / A / 45 HS. SEM
PEREZ PRECIADO, Segundo
Manuel
20-31697880-1
Jefe Departamento Unidad de Gestión y
Administración
MENTASTI, María Victoria
27-34585477-6
Jefe División Equipo de Análisis y Gestión de
Derivación
TAGLE, Marina
27-26894495-3
Jefe División Unidad de Asistencia Social,
Seguimiento de Derivaciones y Gestión de Insumos
ARIAS, Analía Sabrina
27-34209210-7 Centro Operativo Derivador - Administrativa
SANZ, Andrea Gisela
27-27500769-8 Centro Operativo Derivador - Profesional
PR / C / 35 HS. SEM
VERCESI, Cecilia
27-13720040-2 Centro Operativo Derivador - Técnico
TEC / C / 35 HS. SEM
FIGUEROA, Lucas Miguel
20-34215408-6 Centro Operativo Derivador - Administrativo
AD / C / 35 HS. SEM
GORRISSEN, Tomás Jorge
20-33716481-2 Centro Operativo Derivador - Profesional
PR / C / 35 HS. SEM
ZOPPI, Bruno
20-37353423-5 Centro Operativo Derivador - Administrativo
AD / C /35 HS. SEM
Resolución N° 1341
BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008315-5, la Resolución
N° 003/DE/16, N° 1172/DE/16 y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución citada en el Visto de la presente, y
con carácter complementario a la estructura organizativa del
Instituto aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó
la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa,
incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y,
asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias
y aperturas estructurales inferiores entre las unidades
organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad
y eficiencia.
Que en pos de las necesidades detectadas y con la finalidad de
brindar una atención acorde a las necesidades de los afiliados
de esta obra social, se llevaron adelante modificaciones en la
estructura correspondiente a la Secretaría General Técnico
Operativa, transfiriéndose el Departamento de Traslados por
Razones de Salud, dependiente de la Gerencia Operativa y
Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), a la órbita
de la Coordinación de Asuntos Médicos, modificándose su
denominación por Centro Operativo Derivador.
Que en función de la estructura organizativa que compone
la Coordinación de Asuntos Médicos, dependiente de la
Secretaría General Técnico Operativa, como así también la
responsabilidad delegada en la misma, corresponde asignar a
PR / A / 45 HS. SEM
TEC / B / 40 HS. SEM
PR / B / 40 HS. SEM
AD / C / 35 HS. SEM
dicha Coordinación nivel gerencial.
Que en función de lo expresado precedentemente corresponde
incluir, a partir del 11 de julio de 2016, al agente Antonio Martín
MAYA (Legajo N° 64584 PR A CH45SEM IN), en las previsiones
del artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05,
modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13,
manteniendo el Tramo A dentro del Agrupamiento Profesional,
de acuerdo a lo establecido en el artículo 11, Anexo I de la
Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria de cuarenta y cinco
(45) horas semanales de labor.
Que por otra parte, y a fin de cumplir con los objetivos
propuestos resulta conveniente contar con las líneas jerárquicas
correspondientes, por cuanto se estima procedente asignar, a
partir del 11 de julio de 2016, las funciones que en cada caso se
indica, a los agentes que se nominan en el Anexo I que integra
la presente, correspondiente su inclusión en las previsiones del
artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05,
modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13,
Tramo y Agrupamiento que se consigna en el referido Anexo,
según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/
DE/06, y régimen laboral de acuerdo a las previsiones del artículo
40 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07.
Que asimismo corresponde dejar constancia que los agentes
consignados en el Anexo I que pasa a integrar la presente,
deberán realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días,
contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161
“Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña
el Causante”, a fin de reflejar la modificación en sus estados
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Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 ::
laborales, conforme la normativa vigente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto
PEN N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Asignar a la Coordinación de Asuntos Médicos,
dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, nivel
gerencial, de conformidad a lo expuesto en los considerandos
de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Incluir, a partir del 11 de julio de 2016, al agente
Antonio Martín MAYA (Legajo N° 64584 PR A CH45SEM IN),
en las previsiones del artículo 38, Capítulo I, Título IV de la
Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la
Resolución N° 833/DE/13, manteniendo el Tramo A dentro del
Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 11, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y carga
horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor.
ARTÍCULO 3°.- Asignar, a partir del 11 de julio de 2016, las
funciones que en cada caso se indica, a los agentes que se
nominan en el Anexo I que integra la presente, correspondiente
su inclusión en las previsiones del artículo 38, Capítulo I, Título
IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12
de la Resolución N° 833/DE/13, Tramo y Agrupamiento que se
consigna en el referido Anexo, según lo estipulado en el Anexo
I de la Resolución N° 1375/DE/06, y régimen laboral de acuerdo
a las previsiones del artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06
y Resolución N° 1002/DE/07.
ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que los agentes consignados
en el Anexo I que pasa a integrar la presente, deberán realizar la
presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de
la fecha de la presente, del formulario 161 “Declaración Jurada
de Cargos y Actividades que desempeña el Causante”, a fin de
reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la
normativa vigente.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido archívese.
RESOLUCIÓN N° 1341
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
ANEXO I – RESOLUCIÓN N° 1341-16
LEGAJO
APELLIDO Y NOMBRE
FUNCIÓN
64830
MORISSET, Pierre Antonio Julien Jefe Departamento Centros Coordinadores
60980
CAPRIGLIONE, Diego Francisco
AGRUP. / TRAMO / C.
HORARIA
Prof. / A / 45 Hs. Sem.
Jefe División Coord. de Atención al Afiliado Derivado Adm. / B / 40 Hs. Sem.
Resolución N° 1342
BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008189-6, la Resolución
N° 037/DE/04 y Resolución N° 781/DE/13 y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el actuado citado en el Visto, y por razones de
servicio, tramita la solicitud de contratación bajo la modalidad de
locación de servicios de las personas que se individualizan en
el ANEXO I de la presente, para prestar servicios en la Unidad
de Gestión Local VIII - San Martín, dependiente de la Secretaría
General Técnico Operativa.
Que las contrataciones tendrán una vigencia por el plazo
comprendido entre las fechas de inicio indicadas en el citado
ANEXO y hasta el 31 de diciembre de 2016.
Que las mismas deberán entenderse, en cada caso, por los
montos consignados en el mismo.
Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma de los
contratos, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/
DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración.
Que corresponde dejar constancia que las contrataciones
que se propician, quedarán sujetas a la presentación del título
secundario y/o profesional de corresponder.
Que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este
Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento
electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones
Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá
ser mediante la emisión de comprobante electrónico.
Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución,
alguna de las contrataciones que se propician por el presente
acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde
la fecha de la presente, quedarán automáticamente sin efecto, sin
que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza
que así lo disponga.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto
PEN N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar las contrataciones, a partir de las
fechas de inicio indicadas en el ANEXO I que integra la presente
y hasta el 31 de diciembre de 2016, de las personas nominadas
en el mismo, con los montos que en cada caso se indica, para
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Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 ::
prestar servicios en la Unidad de Gestión Local VIII - San Martín,
dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa.
ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma de los contratos, cuyo modelo
fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de
la Gerencia de Administración.
ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que las contrataciones que
se propician, quedarán sujetas a la presentación del título
secundario y/o profesional de corresponder.
ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que conforme la Resolución
N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen
para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes
dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y
N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de
comprobante electrónico.
ARTÍCULO 5°.- Estipular que de no tener principio de ejecución,
alguna de las contrataciones que se propician por el presente
acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde
la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin
que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza
que así lo disponga.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 1342
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Solicite los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de
Documentación por correo a: [email protected]
Resolución N° 1343
BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016
VISTO el Expediente N° 0200 -2016 - 0007983 -2, y las
Resoluciones N° 002/DE/15 y N° 003/DE/16, y
CONSIDERANDO:
Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se
dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del
Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades
y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera
dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que
imponen las normas que regulan su accionar.
Que por la Resolución N° 003/DE /16, y con carácter
complementario a la estructura aprobada en la Resolución N°
002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General
Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas
bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas
competencias y aperturas estructurales inferiores entre las
unidades organizativas existentes en procura de una mayor
racionalidad y eficiencia.
Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de
los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento
de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las
prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la
población a quien debe prestar cobertura esta obra social.
Que asimismo se estima necesario designar, a partir de la
fecha del 18 de abril de 2016, en la Unidad de Gestión Local
VIII - San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL
Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General
Técnico Operativa, a la señora Mónica Andrea CASTAÑÓN
(CUIL N° 27-18009661- 8), reubicándola en el Tramo C, dentro
del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a lo estipulado en
el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen
laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor.
Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de
la fecha de notificación, la señora Mónica Andrea CASTAÑÓN
(CUIL N° 20-18009661-8), conforme lo estipulado en el artículo
4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los
Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación
del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado
de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio
de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando
sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico
preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por
intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia
de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de
Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General
de Administración, como así también a la exhibición de la
documental previsional emitida por los organismos competentes,
que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de
acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para
acceder al beneficio previsional.
Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución
el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60)
días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente
sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de
igual naturaleza que así lo disponga.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto
PEN N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir de la fecha del 18 de abril del
2016, en la Unidad de Gestión Local VIII - San Martín, Gerencia
Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA),
dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la
señora Mónica Andrea CASTAÑÓN (CUIL N° 27-180096618), reubicándola en el Tramo C, dentro del Agrupamiento
Administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9°, Anexo
I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y
cinco (35) horas semanales de labor.
ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de
notificación, a la señora Mónica Andrea CASTAÑÓN (CUIL
N° 27-18009661-8), conforme lo estipulado en el artículo
4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los
Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación
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del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado
de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio
de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando
sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico
preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por
intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia
de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de
Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General
de Administración, como así también a la exhibición de la
documental previsional emitida por los organismos competentes,
que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de
acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para
acceder al beneficio previsional.
ARTÍCULO 3°.- Establecer que de no tener principio de ejecución
la designación que se disponen por este acto resolutivo,
transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la
presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte
necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así
lo disponga.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 1343
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Resolución N° 1344
BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0007954-9, las Resoluciones
N° 002/DE/15, N° 003/DE/16, y
CONSIDERANDO:
Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se
dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del
Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades
y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera
dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que
imponen las normas que regulan su accionar.
Que por la Resolución N° 003/DE /16, y con carácter
complementario a la estructura aprobada en la Resolución N°
002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General
Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas
bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas
competencias y aperturas estructurales inferiores entre las
unidades organizativas existentes en procura de una mayor
racionalidad y eficiencia.
Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de
los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento
de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las
prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la
población a quien debe prestar cobertura esta obra social.
Que asimismo se estima necesario designar, a partir del 6 de
abril de 2016, en la Unidad de Gestión Local VIII - San Martín,
Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y
GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa,
al señor Javier KOFLER RODRIGUEZ (CUIL N° 20-375405394), reubicándolo en el Tramo C, dentro del Agrupamiento
Administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9°, Anexo
I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y
cinco (35) horas semanales de labor, quien desempeñará tareas
conforme el título que registra, y en función de sus condiciones
personales, y necesidades del servicio.
Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de
la fecha de notificación, el señor Javier KOFLER RODRIGUEZ
(CUIL N° 20-37540539-4), conforme lo estipulado en el artículo
4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los
Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación
del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado
de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio
de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando
sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico
preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por
intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia
de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de
Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General
de Administración, como así también a la exhibición de la
documental previsional emitida por los organismos competentes,
que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de
acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para
acceder al beneficio previsional.
Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución
el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60)
días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente
sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de
igual naturaleza que así lo disponga.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto
PEN N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir del 6 de abril de 2016, en la
Unidad de Gestión Local VIII - San Martín, Gerencia Operativa y
Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la
Secretaría General Técnico Operativa, al señor Javier KOFLER
RODRIGUEZ (CUIL N° 20-37540539-4), reubicándolo en el
Tramo C, dentro del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo
a lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N°
1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas
semanales de labor.
ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha
de notificación, el señor Javier KOFLER RODRIGUEZ (CUIL
N° 20-37540539-4), conforme lo estipulado en el artículo
4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los
Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación
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Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 ::
del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado
de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio
de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando
sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico
preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizara por
intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia
de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de
Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General
de Administración, como así también a la exhibición de la
documental previsional emitida por los organismos competentes,
que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de
acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para
acceder al beneficio previsional.
ARTÍCULO 3°.- Establecer que de no tener principio de
ejecución la designación que se dispone por este acto resolutivo,
transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la
presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte
necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así
lo disponga.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 1344
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Resolución N° 1345
BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016
VISTO el Expediente N° 0340-2016-0004307-2, la Resolución
N° 037/DE/04 y Resolución N° 781/DE/13 y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el actuado citado en el Visto, y por razones de
servicio, tramita la solicitud de contratación bajo la modalidad
de locación de servicios de Antonio Carlos Torquatti (CUIL N°
20-23867223-7), a fin de desempeñar servicios en la Unidad
de Gestión Local VI - C.A.B.A. dependiente de la Secretaria
General Técnico Operativa.
Que la contratación tendrá una vigencia a partir de la fecha de
notificación y hasta el 31 de diciembre de 2016.
Que la misma deberá entenderse por el monto consignado en
el Anexo I de la presente.
Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma del contrato,
cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en
el titular de la Gerencia de Administración.
Que corresponde dejar constancia que la contratación que se
propicia, quedará sujeta a la presentación del título secundario
y/o profesional en caso de corresponder.
Que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este
Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento
electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones
Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá
ser mediante la emisión de comprobante electrónico.
Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución,
la contratación que se propicia por el presente acto resolutivo,
transcurrido el plazo de sesenta (60) días desde la fecha de la
presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte
necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así
lo disponga.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto
N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la contratación de Antonio Carlos
Torquatti (CUIL N° 20-23867223-7), a partir de la fecha de
notificación y hasta el 31 de diciembre de 2016, por el monto
indicado en el Anexo I de la presente, a fin de desempeñar
servicios en la Unidad de Gestión Local VI - C.A.B.A.
dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa.
ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma del contrato, cuyo modelo fue
aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la
Gerencia de Administración.
ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que la contratación que se
propicia, quedará sujeta a la presentación del título secundario
y/o profesional de corresponder.
ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que conforme la Resolución
N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen
para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes
dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y
N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de
comprobante electrónico.
ARTÍCULO 5°.- Estipular que de no tener principio de ejecución,
la contratación que se propicia por el presente acto resolutivo,
transcurrido el plazo de sesenta (60) días desde la fecha de la
presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte
necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así
lo disponga.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 1345
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Solicite los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de
Documentación por correo a: [email protected]
Resolución N° 1346
BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008381-3, la Resolución
N° 037/DE/04 y la Resolución N° 781/DE/13 y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el actuado citado en el Visto, y por razones de
servicio, tramita la contratación bajo la modalidad de locación
de servicios de Mailén Sofía LEIS (CUIL N° 23-40513817-4),
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Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 ::
a fin que la misma desempeñe funciones en la Subdirección
Ejecutiva.
Que la contratación tendrá una vigencia por el plazo comprendido
entre el 23 de mayo de 2016 y el 31 de diciembre del mismo año.
Que la misma deberá entenderse por el monto consignado en
el ANEXO I de la presente.
Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma del contrato,
cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en
el titular de la Gerencia de Administración.
Que corresponde dejar constancia que la contratación que se
propicia, quedará sujeta a la presentación del título secundario
y/o profesional en caso de corresponder.
Que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este
Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento
electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones
Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá
ser mediante la emisión de comprobante electrónico.
Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución,
la contratación que se propicia por el presente acto resolutivo,
transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la
presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte
necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así
lo disponga.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto
PEN N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la contratación de Mailén Sofía LEIS
(CUIL N° 23-40513817-4), a partir del 23 de mayo de 2016 y
hasta el 31 de diciembre de 2016, con el monto que se consigna
en el ANEXO I de la presente, a fin que la misma desempeñe
funciones en la Subdirección Ejecutiva.
ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma del contrato, cuyo modelo fue
aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la
Gerencia de Administración.
ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que la contratación que se
propicia, quedará sujeta a la presentación del título secundario
y/o profesional de corresponder.
ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que conforme la Resolución
N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen
para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes
dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y
N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de
comprobante electrónico.
ARTÍCULO 5°.- Estipular que de no tener principio de ejecución,
la contratación que se propicia por el presente acto resolutivo,
transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la
presente; quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte
necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así
lo disponga.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 1346
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Solicite los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de
Documentación por correo a: [email protected]
Resolución N° 1347
BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008980-3, la Resolución
N° 037/DE/04 y la Resolución N° 781/DE/13 y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el actuado citado en el Visto, y por razones de
servicio, tramita la contratación bajo la modalidad de locación de
servicios de Nélida Itatí ESPINOLA (CUIL N° 27-16437601-5), a
fin que la misma desempeñe funciones en el Centro de Atención
Personalizada Guernica de la Unidad de Gestión Local VII - La
Plata, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa.
Que la contratación tendrá una vigencia por el plazo comprendido
entre el 1° de marzo de 2016 y hasta el 31 de diciembre del
mismo año.
Que la misma deberá entenderse por el monto consignado en
el Anexo I de la presente.
Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma del contrato,
cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en
el titular de la Gerencia de Administración.
Que corresponde dejar constancia que la contratación que se
propicia, quedará sujeta a la presentación del título secundario
y/o profesional en caso de corresponder.
Que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este
Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento
electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones
Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá
ser mediante la emisión de comprobante electrónico.
Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución,
la contratación que se propicia por el presente acto resolutivo,
transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la
presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte
necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así
lo disponga.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto
PEN N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la contratación de Nélida Itatí
ESPINOLA (CUIL N° 27-16437601-5), a partir del 1° de marzo de
2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, por la suma indicada
índice
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Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 ::
en el Anexo I, a fin que desempeñe funciones en el Centro de
Atención Personalizada Guernica de la Unidad de Gestión Local
VII - La Plata, dependiente de la Secretaría General Técnico
Operativa.
ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma del contrato, cuyo modelo fue
aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la
Gerencia de Administración.
ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que la contratación que se
propicia, quedará sujeta a la presentación del título secundario
y/o profesional de corresponder.
ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que conforme la Resolución
N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen
para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes
dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y
N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de
comprobante electrónico.
ARTÍCULO 5°.- Estipular que de no tener principio de ejecución,
la contratación que se propicia por el presente acto resolutivo,
transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la
presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte
necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así
lo disponga.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 1347
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Solicite los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de
Documentación por correo a: [email protected]
Resolución N° 1348
BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008167-5, y
CONSIDERANDO:
Que se encuentra previsto y vacante el cargo de Jefe del Sector
Insumos Médicos, de la División Facturación de Proveedores
y Servicios, Departamento Control de Facturación, de la
Subgerencia de Administración Financiera, Gerencia Económico
Financiera, dependiente de la Secretaría General Técnico
Financiera.
Que en virtud de las acciones que le son propias, resulta
necesario proceder a su inmediata cobertura con la finalidad
de no alterar el flujo normal de las tareas que dicha unidad
orgánica ejecuta, a cuyos efectos se propone al agente Germán
Gonzalo BRAVO (Legajo N° 61001 PR C CH35SEM INI), que
presta servicios en la precitada Subgerencia.
Que en tal sentido se estima procedente asignar, a partir de
la fecha de notificación, funciones de Jefe del Sector Insumos
Médicos, de la División Facturación de Proveedores y Servicios,
Departamento Control de Facturación, de la Subgerencia de
Administración Financiera, Gerencia Económico Financiera,
dependiente de la Secretaría General Técnico Financiera, al
agente Germán Gonzalo BRAVO, correspondiendo su inclusión
en los alcances del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV
de la Resolución N° 1523/DE/05, sustituido por el artículo 12
de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3° de la Resolución N°
657/09, Tramo B dentro del Agrupamiento Profesional, conforme
lo establecido por el artículo 11, Anexo I de la Resolución N°
1375/DE/06 y carga horaria de cuarenta (40) horas semanales
de labor, de acuerdo a lo estipulado por el artículo 4° de la
Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07, previo
traslado al mencionado Sector.
Que asimismo corresponde dejar constancia que el agente
Germán Gonzalo BRAVO deberá realizar la presentación dentro
de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente,
del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades
que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en
sus estados laborales, conforme la normativa vigente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto
PEN N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Trasladar, a partir de la fecha de notificación,
al Sector Insumos Médicos, de la División Facturación de
Proveedores y Servicios, Departamento Control de Facturación,
de la Subgerencia de Administración Financiera, Gerencia
Económico Financiera, dependiente de la Secretaría General
Técnico Financiera, al agente Germán Gonzalo BRAVO (Legajo
N° 61001 PR C CH35SEM INI), que presta servicios en la
mencionada Subgerencia.
ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación,
funciones de Jefe del Sector Insumos Médicos, de la División
Facturación de Proveedores y Servicios, Departamento Control
de Facturación, de la Subgerencia de Administración Financiera,
Gerencia Económico Financiera, dependiente de la Secretaría
General Técnico Financiera, al agente Germán Gonzalo BRAVO,
correspondiendo su inclusión en los alcances del inciso g),
artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/
DE/05, sustituido, por el artículo 12 de la Resolución N° 833/
DE/13, artículo 3° de la Resolución N° 657/09, Tramo B dentro
del Agrupamiento Profesional, conforme lo establecido por el
artículo 11, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y carga
horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo
a lo estipulado por el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06
y Resolución N° 1002/DE/07.
ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el agente Germán
Gonzalo BRAVO deberá realizar la presentación dentro de los
DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del
formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que
desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en sus
estados laborales, conforme la normativa vigente.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
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Boletín del Instituto. Cumplido archívese.
RESOLUCIÓN N° 1348
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Resolución N° 1349
BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008690-1, la Resolución
N° 037/DE/04 y Resolución N° 781/DE/13 y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el actuado citado en el Visto, y por razones de
servicio, tramita la solicitud de contratación bajo la modalidad
de locación de servicios de María Florencia BRUNO (CUIL N°
27-33272166-1) y Eliana PICAREL (CUIL N° 27-35345509-0),
para prestar servicios en el Departamento Auditoría Operativa
Medica y Social dependiente de la Unidad de Auditoría Interna.
Que las contrataciones tendrán una vigencia por el plazo
comprendido entre la fecha de notificación de la presente y hasta
el 31 de diciembre de 2016.
Que las mismas deberán entenderse por el monto consignado
en el Anexo I de la presente.
Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma de los
contratos, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/
DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración.
Que corresponde dejar constancia que las contrataciones
que se propician, quedarán sujetas a la presentación del título
secundario y/o profesional de corresponder.
Que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este
Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento
electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones
Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá
ser mediante la emisión de comprobante electrónico.
Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución,
alguna de las contrataciones que se propician por el presente
acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días desde
la fecha de la presente, quedarán automáticamente sin efecto, sin
que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza
que así lo disponga.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto
PEN N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar las contrataciones de María Florencia
BRUNO (CUIL N° 27-33272166-1) y Eliana PICAREL (CUIL
N° 27-35345509-0), a partir de la fecha de notificación de la
presente y hasta el 31 de diciembre de 2016, por el monto
consignado en el Anexo I de la presente, para prestar servicios
en el Departamento Auditoría Operativa Medica y Social
dependiente de la Unidad de Auditoría Interna.
ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma de los contratos, cuyo modelo
fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de
la Gerencia de Administración.
ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que las contrataciones que
se propician, quedarán sujetas a la presentación del título
secundario y/o profesional de corresponder.
ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que conforme la Resolución
N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen
para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes
dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y
N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de
comprobante electrónico.
ARTÍCULO 5°.- Estipular que de no tener principio de ejecución,
alguna de las contrataciones que se propician por el presente
acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días desde
la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin
que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza
que así lo disponga.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 1349
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Solicite los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de
Documentación por correo a: [email protected]
Resolución N° 1350
BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0009426-2, la Resolución
N° 037/DE/04 y Resolución N° 781/DE/13 y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el actuado citado en el Visto, y por razones de
servicio, tramita la solicitud de contratación bajo la modalidad de
locación de servicios de las personas que se individualizan en
el Anexo I de la presente, para prestar servicios en la Unidad de
Gestión Local XII - Salta dependiente de la Secretaría General
Técnico Operativa.
Que las contrataciones tendrán vigencia desde el 1° de julio y
hasta el 31 de diciembre de 2016.
Que las mismas deberán entenderse, en cada caso, por los
montos consignados en el citado Anexo I.
Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma de los
contratos, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/
DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración.
Que corresponde dejar constancia que las contrataciones
que se propician, quedarán sujetas a la presentación del título
secundario y/o profesional de corresponder.
Que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este
Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento
electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones
Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá
ser mediante la emisión de comprobante electrónico.
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Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 ::
Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución,
alguna de las contrataciones que se propician por el presente
acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde
la fecha de la presente, quedarán automáticamente sin efecto, sin
que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza
que así lo disponga.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto
PEN N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar las contrataciones, a partir del 1°
de julio y hasta el 31 de diciembre de 2016, de las personas
nominadas en dicho Anexo, con los montos que en cada caso se
indica, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XII
- Salta dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa.
ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma de los contratos, cuyo modelo
fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de
la Gerencia de Administración.
ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que las contrataciones que
se propician, quedarán sujetas a la presentación del título
secundario y/o profesional de corresponder.
ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que conforme la Resolución
N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen
para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes
dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y
N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de
comprobante electrónico.
ARTÍCULO 5°.- Estipular que de no tener principio de ejecución,
alguna de las contrataciones que se propician por el presente
acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde
la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin
que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza
que así lo disponga.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 1350
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Solicite los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de
Documentación por correo a: [email protected]
Resolución N° 1360
BUENOS AIRES, 12 JUL. 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008101-2, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de las acciones que le son propias a la División
Facturación de Medicamentos, de Departamento Control de
Facturación, Gerencia Económico Financiera, dependiente de
la Secretaría General Técnico Financiera, y ante la vacancia del
cargo, resulta necesario proceder a su inmediata cobertura con
la finalidad de no alterar el flujo normal de las tareas que dicha
unidad orgánica ejecuta.
Que en tal sentido el titular de la Secretaría General Técnico
Financiera, propicia asignar, a partir del 17 de mayo de 2016,
funciones de Jefe de la División Facturación de Medicamentos,
de Departamento Control de Facturación, Gerencia Económico
Financiera, a la agente Elizabeth Soledad VAZQUEZ (Legajo N°
57764 PR C CH35SEM INI), de la Coordinación Operativa de
Pagos de la aludida Gerencia, correspondiendo su inclusión en
los alcances del inciso f), artículo 38°, Capítulo I, Título IV de
la Resolución N° 1523/DE/05, sustituido por el artículo 12 de la
Resolución N° 833/DE/13, Tramo B dentro del Agrupamiento
Profesional, conforme lo establecido por el artículo 11, Anexo
I de la Resolución N° 1375/DE/06 y carga horaria de cuarenta
(40) horas semanales de labor, de acuerdo a lo estipulado por
el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N°
1002/DE/07.
Que asimismo corresponde dejar constancia que la agente
Elizabeth Soledad VAZQUEZ deberá realizar la presentación
dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de
la presente, del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos
y Actividades que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la
modificación en sus estados laborales, conforme la normativa
vigente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto
PEN N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Asignar, a partir del 17 de mayo de 2016,
funciones de Jefe de la División Facturación de Medicamentos,
de Departamento Control de Facturación, Gerencia Económico
Financiera, dependiente de la Secretaría General Técnico
Financiera, a la agente Elizabeth Soledad VAZQUEZ (Legajo
N° 57764 PR C CH35SEM INI), de la Coordinación Operativa
de Pagos de la aludida Gerencia, correspondiendo su inclusión
en los alcances del inciso f), artículo 38°, Capítulo I, Título IV
de la Resolución N° 1523/DE/05, sustituido por el artículo 12 de
la Resolución N° 833/DE/13, Tramo B dentro del Agrupamiento
Profesional, conforme lo establecido por el artículo 11, Anexo
I de la Resolución N° 1375/DE/06 y carga horaria de cuarenta
(40) horas semanales de labor, de acuerdo a lo estipulado por
el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N°
1002/DE/07.
ARTÍCULO 2°.- Dejar constancia que la agente Elizabeth
Soledad VAZQUEZ deberá realizar la presentación dentro de
los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente,
del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades
que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en
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Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 ::
sus estados laborales, conforme la normativa vigente.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido archívese.
RESOLUCIÓN N° 1360
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Resolución N° 1361
BUENOS AIRES, 26 JUL. 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0005209-8 y,
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto tramita la provisión de
válvulas aórticas transfemoral - transcateter para atender la
demanda de los afiliados del Instituto Nacional de Servicios
Sociales para Jubilados y Pensionados en todo el país por el
término de tres (3) meses, renovable de común acuerdo por
igual término o hasta que se adjudique la licitación en curso, lo
que ocurra primero.
Que mediante la Disposición N° 078/16/SDE de esta Subdirección
Ejecutiva, se autorizó un llamado a Trámite Simplificado con el
mencionado objeto, encuadrando la contratación en los términos
de los artículos 19° inciso d) apartado 10, 25° inciso a) y c), 26° y
28° del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios
y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales
del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y
Pensionados, aprobado por Resolución N° 135 del 8 de agosto
de 2003, como así también se aprobó el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos
para la contratación.
Que el mencionado llamado fue registrado por la Subgerencia
de Compras y Contrataciones como Trámite Simplificado N°
2632/16, fijándose la presentación y apertura de ofertas para
el día 05 de julio de 2016.
Que la convocatoria a presentar ofertas se efectuó mediante
la publicación en la página web de este Instituto y por correo
electrónico fueron invitadas a participar las empresas del
rubro inscriptas en el Registro Informático Único Nacional de
Prestadores y Proveedores del Instituto.
Que, según surge del Acta de Apertura, se presentaron dos (2)
oferentes, a saber: FEMANI MEDICAL S.R.L. y ANGIOCOR S.A.
Que sobre la base de la documentación presentada por los
oferentes en el marco del presente Tramite Simplificado, la
Gerencia de Prestaciones Médicas, área técnica competente,
elaboró el Acta de Evaluación de Ofertas, considerando
procedente declarar inadmisible la oferta presentada por la firma
ANGIOCOR S.A., toda vez que no se ajusta técnicamente a lo
solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares,
Especificaciones Técnicas y Anexos.
Que asimismo, entendió que resulta procedente declarar
admisible la oferta presentada por la firma FEMANI MEDICAL
S.R.L, por adecuarse a las previsiones contenidas en el
mencionado Pliego.
Que en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio
y la calidad de lo ofrecido, se propicia adjudicar el Trámite
Simplificado N° 2632/16 al oferente FEMANI MEDICAL
S.R.L., por un monto total de PESOS CUARENTA Y CUATRO
MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL
DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 44.489.250,00).
Que la Gerencia de Prestaciones Médicas, dependiente
de la Secretaría General Técnico Médica, y la Gerencia de
Administración han tomado la intervención de su competencia.
Que la Secretaría General Técnico Jurídica ha tomado
intervención en el marco de su competencia, no encontrando
objeciones jurídicas que formular para la suscripción de la
presente.
Que el artículo 3° del Decreto N° 2/04 del Poder Ejecutivo
Nacional asignó al Director Ejecutivo del Órgano Ejecutivo de
Gobierno las facultades de gobierno y administración previstas
por la ley N° 19.032 y al Subdirector Ejecutivo aquellas funciones
que éste le encomiende, estableciendo que será quien lo
reemplazará en caso de ausencia o impedimento.
Que, el Director Ejecutivo se encuentra en comisión. de
servicios a efecto de su participación en las jornadas de
Cooperación Internacional entre el INSSJP y el Centro para
Estudios Estratégicos e Internacionales (CSIS), en la ciudad de
Washington, Estados Unidos.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2°
y 3° del Decreto N° 02/04 y el artículo 2° del Decreto N° 86/15,
ambos del Poder Ejecutivo Nacional,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declarar inadmisible la oferta presentada por la
firma ANGIOCOR S.A. en el Trámite Simplificado N° 2632/16, por
el que se tramita la provisión de válvulas aórticas transfemoral transcateter para atender la demanda de los afiliados del Instituto
Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados en
todo el país por el término de tres (3) meses, renovable de común
acuerdo por igual término o hasta que se adjudique la licitación
en curso, lo que ocurra primero, por no ajustarse técnicamente
a lo solicitado en Pliego de Bases y Condiciones Particulares,
Especificaciones Técnicas y Anexos.
ARTÍCULO 2°.- Declarar admisible la oferta presentada por la
firma FEMANI MEDICAL S.R.L. en el Trámite Simplificado N°
2632/16.
ARTÍCULO 3°.- Adjudicar el Trámite Simplificado N° 2632/16 a
la firma FEMANI MEDICAL S.R.L., para la provisión de válvulas
aórticas transfemoral - transcateter para atender la demanda de
los afiliados del Instituto Nacional de Servicios Sociales para
Jubilados y Pensionados en todo el país por el término de tres
(3) meses, renovable de común acuerdo por igual término o hasta
que se adjudique la licitación en curso, lo que ocurra primero, por
un monto total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES
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Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 ::
CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS
CINCUENTA ($ 44.489.250,00), de acuerdo con el Anexo que
se adjunta y pasa a formar parte de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Autorizar a la Gerencia de Administración a
emitir y suscribir las respectivas Órdenes de Compra a favor de
la empresa adjudicataria facultándola a disponer su liberación al
sólo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico
Financiero, conforme la adjudicación dispuesta en el artículo 3
de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 1361
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1361-16
FEMANI MEDICAL S.R.L.
REGIONES
PRECIO
UNITARIO $
CONSUMO
ESTIMADO
PRECIO TOTAL
$
TODAS
$ 494.325,00
90
$ 44.489.250,00
MONTO TOTAL ADJUDICADO: PESOS CUARENTA Y CUATRO
MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL
DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 44.489.250,00).
Resolución N° 1362
BUENOS AIRES, 27 JUL. 2016
V I S TO e l E x p e d i e n t e N ° 0 2 0 0 - 2 015 - 0 0 0 6 3 3 5 -1 y,
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto tramita la contratación para
la provisión de stents para atender la demanda de los afiliados
del Instituto en todo el país por el término de seis (6) meses,
renovable de común acuerdo.
Que por Resolución N° 038/DE/16 se autorizó a efectuar
un llamado a Licitación Pública con el mencionado objeto,
encuadrando la contratación en los términos de los artículos 19°
inciso a), 25° inciso a) y c), 26° y 28° del Régimen General de
Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios
Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de
Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado
por Resolución N° 135/03-I del 8 de Agosto de 2003 y sus
modificatorias, como así también se aprobó el Pliego de Bases
y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos
para la contratación.
Que el mencionado llamado fue registrado por la Subgerencia de
Compras y Contrataciones como Licitación Pública N° 019/16,
fijándose la presentación y apertura de ofertas para el día 11
de mayo de 2016.
Que la convocatoria a presentar ofertas se publicó mediante
avisos en el Boletín Oficial de la República Argentina (Tercera
Sección), en diarios de circulación nacional y en la página de
Internet del Instituto.
Que por correo electrónico fueron invitadas a participar las
empresas del rubro inscriptas en el Registro de Proveedores
del Instituto.
Que, según surge del Acta de Apertura, se presentaron
cinco (5) Oferentes: BIOSUD S.A. (renglón 2° para todas las
regiones), UNIFARMA S.A. (renglones 1° y 2° para todas las
regiones), BOSTON SCIENTIFIC ARGENTINA S.A. (renglón
2° para todas las regiones), TECNOLOGY S.R.L. (renglón 2°
para las regiones A y D) y AXIMPORT S.R.L (renglón 2° para
la región D).
Que por Disposición N° 54/SE/16 y N° 84/SE/16, se designó a
los integrantes de la Comisión Evaluadora correspondiente a la
Licitación Pública N° 19/16.
Que se han detectado incumplimientos subsanables y a los
fines de no restringir el principio de concurrencia de ofertas,
en consonancia con lo establecido en el Artículo 10° del Pliego
Único de Bases y Condiciones Generales, la mencionada
Comisión procedió a comunicar a los oferentes los distintos
puntos que merecían aclaración y/o subsanación.
Que asimismo, se acompaña Informe Técnico Preliminar
realizado por integrante técnico competente de la Comisión
Evaluadora, quien se expidió respecto de la materia de su
competencia.
Que habiéndose realizado el análisis de los requisitos formales
y técnicos correspondientes, la Comisión Evaluadora actuante
consideró que las ofertas presentadas por los oferentes
BIOSUD S.A. (renglón N° 2, todas la Regiones), UNIFARMA
S.A. (renglones N° 1 y N° 2, todas la Regiones), BOSTON
SCIENTIFIC ARGENTINA S.A. (renglón N° 2, todas la Regiones)
y AXIMPORT S.R.L. (renglón N° 2, Región D únicamente)
cumplen con lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos, por lo que
corresponde declararlas admisibles.
Que con respecto la oferta de la empresa TECNOLOGY
S.R.L., la Comisión Evaluadora solicitó a la firma que proceda
a subsanar deficiencias técnicas y formales de la oferta y
dado que el oferente no brindó respuesta alguna corresponde
desestimar la misma.
Que en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio y
la calidad de lo ofrecido corresponde adjudicar la Licitación
Pública N° 19/16 a la firma UNIFARMA S.A., por la suma
de PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS
NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA ($
42.398.970,00).
Que por su parte, la Secretaria General Técnico Jurídica
ha tomado intervención en el marco de su competencia,
no encontrando objeciones jurídicas que formular para la
suscripción de la presente medida.
Que el artículo 3° del Decreto N° 2/04 del Poder Ejecutivo
Nacional asignó al Director Ejecutivo del Órgano Ejecutivo de
Gobierno las facultades de gobierno y administración previstas
por la Ley N° 19.032 y al Subdirector Ejecutivo aquellas funciones
que éste le encomiende, estableciendo que será quien lo
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Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 ::
reemplazará en caso de ausencia o impedimento.
Que, el Director Ejecutivo se encuentra en comisión de
servicios a efecto de su participación en las jornadas de
Cooperación Internacional entre el INSSJP y el Centro para
Estudios Estratégicos e Internacionales (CSIS), en la ciudad de
Washington, Estados Unidos.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto N° 86/15,
ambos del Poder Ejecutivo Nacional,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declarar inadmisible la oferta presentada por
la firma TECNOLOGY S.R.L., en la Licitación Pública N° 19/16
para la provisión de stents para atender la demanda de los
afiliados del Instituto en todo el país por los motivos expuestos
en los Considerandos.
ARTÍCULO 2°.- Declarar admisibles en la Licitación Pública N°
19/16 para la provisión de stents para atender la demanda de
los afiliados del Instituto en todo el país por el término de seis (6)
meses, renovable de común acuerdo, las ofertas presentadas
por la firmas BIOSUD S.A. (renglón N° 2, todas la Regiones),
UNIFARMA S.A. (renglones N° 1 y N° 2, todas la Regiones),
BOSTON SCIENTIFIC ARGENTINA S.A. (renglón N° 2, todas
la Regiones) y AXIMPORT S.R.L. (renglón N° 2, Región D
únicamente).
ARTÍCULO 3°.- Adjudicar la Licitación Pública N° 19/16 a la
firma UNIFARMA S.A., por la suma de PESOS CUARENTA
Y DOS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL
NOVECIENTOS SETENTA ($ 42.398.970,00), de acuerdo con
el Anexo que se adjunta y que pasa a formar parte integrante
de la presente.
ARTÍCULO 40.- Autorizar a las Gerencias de Administración
y de Prestaciones Médicas a suscribir en forma conjunta la
correspondiente contrata con la firma UNIFARMA S.A. conforme
la adjudicación autorizada en el artículo precedente.
ARTÍCULO 5°.- Autorizar a la Gerencia de Administración a emitir
y suscribir las correspondiente Orden de Compra a favor de la
empresa adjudicataria, facultándola a disponer su liberación al
sólo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico
Financiero, conforme la adjudicación dispuesta en el Artículo
3° de presente.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 1362
Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1362-16
UNIFARMA S.A.
RENGLON N° 1 STENT CORONARIO
CONVENCIONAL
Precio unitario
Cantidad
Precio total
REGION A
$ 2.629,00.-
560
$ 1.472.240,00.-
REGION B
$ 2.629,00.-
830
$ 2.182.070,00.-
REGION C
$ 2.629,00.-
750
$1.971.750,00.-
REGION D
$ 2.629,00.-
470
$ 1.235.630,00.-
RENGLON N° 2 STENT CORONARIO
-----------------------------------------------------------------------------------------------------CON LlBERACIÓN DE DROGAS
REGION A
$ 7.968,00.-
930
$ 7.410.240,00.-
REGION B
$ 7.968,00.-
1350
$ 10.756.800,00.-
REGION C
$ 7.968,00.-
1310
$ 10.438.080,00.-
REGION D
$ 7.968,00.-
870
$ 6.932.160,00.-
MONTO TOTAL ADJUDICADO
$ 42.398.970,00
MONTO TOTAL ADJUDICADO: PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS
SETENTA ($ 42.398.970,00)
Resolución N° 1363
BUENOS AIRES, 27 JUL. 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2015-0012368-0 y,
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el VISTO tramita la adquisición
de cardiodesfibriladores y resincronizadores, todos con sus
correspondientes catéteres en condición C.I.P - Oliden 1751 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo los servicios de
post venta vinculados a su implante, para atender la demanda
de los afiliados de todo el país por el término de seis (6) meses.
Que por Disposición N° 047/16/SDE de la Subdirección Ejecutiva,
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se autorizó la realización de un llamado a Licitación Pública en los
términos establecidos por los Artículos 19° inciso a), 25° incisos
a), b) y c), 26°, 27° y 28° del Anexo I del Régimen General de
Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios
Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios
Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resolución
N° 135/03-I del 8 de agosto de 2003 y sus modificatorias,
y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares,
Especificaciones Técnicas y sus Anexos para la contratación.
Que el llamado fue registrado por la Subgerencia de Compras y
Contrataciones como Licitación Pública N° 023/16, fijándose la
presentación y apertura de ofertas para el día 19 de mayo de 2016.
Que la convocatoria a presentar ofertas se publicó mediante
avisos en el Boletín Oficial de la República Argentina (Tercera
Sección) los días 11 y 12 de mayo del año 2016, en la página
de Internet del Instituto, en diarios de amplia circulación y por
correo electrónico fueron invitadas a participar las empresas del
rubro inscriptas en el Registro Informático Único Nacional de
Prestadores y Proveedores de este Instituto.
Que con posterioridad, se emitió la Circular Aclaratoria N° 1
mediante la cual se prorrogó la fecha del acto de apertura de
ofertas para el día 26 de mayo del corriente año, efectuándose la
publicación correspondiente en el Boletín Oficial con fecha 19 de
mayo de 2016, en la página web de este Organismo y enviándose
correo electrónico a las empresas registradas, oportunamente
convocadas por este Instituto.
Que ante la necesidad de efectuar aclaraciones respecto al
Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones
Técnicas y Anexos, se emitió la Circular Aclaratoria N° 2 y la
Circular Modificatoria N° 1, habiendo sido comunicadas por correo
electrónico a las empresas invitadas a participar en la Licitación
Pública y publicada en la página web de este Instituto.
Que según surge del Acta de Apertura se presentaron cuatro
(4) oferentes para todos los renglones: ST. JUDE MEDICAL
ARGENTINA S.A., BIOMEDICA ARGENTINA S.A., FILOBIOSIS
S.A. y BOSTON SCIENTIFIC ARGENTINA S.A.
Que por Disposición N° 074/16/SDE de la Subdirección Ejecutiva
se designó a los integrantes de la Comisión Evaluadora
correspondiente a la Licitación Pública N° 023/16.
Que habiendo detectado incumplimientos subsanables, y a los
fines de no restringir el principio de concurrencia de ofertas en
consonancia con lo establecido por el Artículo 12° del Pliego
de Bases y Condiciones Particulares, de Especificaciones
Técnicas y Anexos, y el Artículo 8° del Pliego Único de Bases y
Condiciones Generales, la citada Comisión procedió a comunicar
a los oferentes los distintos puntos que merecían aclaración y/o
subsanación.
Que por otra parte, la Secretaria de Apoyo a las Comisiones
Evaluadoras solicitó al Departamento Estudios Económicos,
tenga a bien determinar la razonabilidad de las cotizaciones
presentadas por las empresas, atento la modalidad precio de
referencia que rige en la presente contratación, expidiéndose
dicha área en ese sentido.
Que se acompañó Informe Técnico Preliminar respecto de las
ofertas presentadas, que fuera realizado por el integrante técnico
competente de la Comisión Evaluadora.
Que atento la documentación presentada por los oferentes, con
fundamento en los informes técnicos precitados, y habiéndose
realizado el análisis de los requisitos formales y técnicos
correspondientes, la Comisión Evaluadora consideró procedente
declarar inadmisible la oferta presentada por la firma BOSTON
SCIENTIFIC ARGENTINA SA, por no cumplir técnicamente con
lo solicitado en el Pliego.
Que, asimismo, entendió que resulta procedente declarar
admisibles las ofertas presentadas por las firmas ST. JUDE
MEDICAL ARGENTINA SA, BIOMEDICA ARGENTINA S.A. Y
FILOBIOSIS S.A., toda vez que se adecuan a las previsiones
contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de
Especificaciones Técnicas y Anexos.
Que en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio y
la calidad de lo ofrecido, corresponde adjudicar la Licitación
Pública N° 023/16 a las firmas ST. JUDE MEDICAL ARGENTINA
S.A. el renglón N° 4, por un monto total de HASTA DÓLARES
ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES OCHO MIL CIENTO
VEINTICINCO (U$S 2.008.125,00), BIOMEDICA ARGENTINA
S.A. los renglones N° 1 y N° 3 por un monto total de HASTA
DÓL ARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN CIENTO
NOVENTA Y CUATRO MIL VEINTE (U$S 1.194.020,00); y a
FILOBIOSIS S.A. el renglón N° 2, por un monto total de HASTA
DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS NOVENTA Y
CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO (U$D 795.825,00).
Que la Gerencia Económico Financiera ha tomado la intervención
de su competencia.
Que la Secretaria General Técnico Jurídica ha tomado intervención
en el marco de su competencia, no encontrando objeciones
jurídicas que formular para la suscripción de la presente.
Que el artículo 3° del Decreto N° 2/04 del Poder Ejecutivo Nacional
asignó al Director Ejecutivo del Órgano Ejecutivo de Gobierno
las facultades de gobierno y administración previstas por la Ley
N° 19.032 y al Subdirector Ejecutivo aquellas funciones que éste
le encomiende, estableciendo que será quien lo reemplazará en
caso de ausencia o impedimento.
Que, el Director Ejecutivo se encuentra en comisión de
servicios a efecto de su participación en las jornadas de
Cooperación Internacional entre el INSSJP y el Centro para
Estudios Estratégicos e Internacionales (CSIS), en la ciudad de
Washington, Estados Unidos.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2°
y 3° del Decreto N° 02/04 y el artículo 2° del Decreto N° 86/15,
ambos del Poder Ejecutivo Nacional,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declarar inadmisible la oferta presentada
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por la firma BOSTON SCIENTIFIC ARGENTINA S.A., en la
Licitación Pública N° 023/16, por la que tramita la adquisición
de cardiodesfibriladores y resincronizadores, todos con sus
correspondientes catéteres en condición C.I.P - Oliden 1751 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo los servicios de
post venta vinculados a su implante, para atender la demanda
de los afiliados de todo el país por el término de seis (6) meses,
por no ajustarse técnicamente a lo solicitado en el Pliego de
Bases y Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas
y Anexos.
ARTÍCULO 2°.- Declarar admisibles las ofertas presentadas por
las firmas ST. JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A., BIOMEDICA
ARGENTINA S.A. y FILOBIOSIS S.A., para todos los renglones
cotizados en el marco de la Licitación Pública N° 023/16, por los
motivos expuestos en los Considerandos.
ARTÍCULO 3°.- Adjudicar parcialmente la Licitación Pública
N° 023/16 a la firma ST. JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A.
para el renglón N° 4, por un monto total de HASTA DÓLARES
ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES OCHO MIL CIENTO
VEINTICINCO (U$S 2.008.125,00), de acuerdo al Anexo I que
se agrega y pasa a formar parte de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Adjudicar parcialmente la Licitación Pública
N° 23/16 a la firma BIOMEDICA ARGENTINA S.A. para los
renglones N° 1 y N° 3, por un monto total de HASTA DÓLARES
ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y
CUATRO MIL VEINTE (U$S 1.194.020,00), de acuerdo al Anexo
I que se agrega y pasa a formar parte de la presente.
ARTÍCULO 5°.- Adjudicar parcialmente la Licitación Pública
N° 23/16 a la firma FILOBIOSIS S.A. para el renglón N° 2, por
un monto total de HASTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES
SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS
VEINTICINCO (U$D 795.825,00), de acuerdo al Anexo I que se
agrega y pasa a formar parte de la presente.
ARTÍCULO 6°.- Autorizar a la Gerencia de Administración a
suscribir las respectivas contratas, y a emitir y suscribir las
correspondientes Órdenes de Compra a favor de las empresas
adjudicatarias, facultándola a disponer su liberación al sólo efecto
de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero,
conforme la adjudicación dispuesta en los artículos 2°, 3° y 4°
de la presente.
ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCION N° 1363
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 1363-16
ST. JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A.
RENGLÓN
Cantidad
hasta
Precio Unitario
Precio Total Hasta
4
175
U$D 11.475,00
U$D 2.008.125,00
EL MONTO DE ADJUDICACIÓN A ST. JUDE MEDICAL
ARGENTINA ASCIENDE A LA SUMA DE HASTA DÓLARES
ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES OCHO MIL CIENTO
VEINTICINCO (U$S 2.008.125,00).
BIOMEDICA ARGENTINA S.A.
RENGLÓN
Cantidad
hasta
Precio Unitario
Precio Total Hasta
1
190
U$D 5.498,00
U$D 1.044.620,00
3
30
U$D 4.980,00
U$D 149.400,00
EL MONTO DE ADJUDICACIÓN A BIOMEDICA ARGENTINA
S. A . ASCIEN DE A L A SU M A DE H ASTA DÓ L A RES
ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y
CUATRO MIL VEINTE (U$S 1.194.020,00).
FILOBIOSIS S.A.
RENGLÓN
2
Cantidad
Precio Unitario
hasta
135
U$D 5.895,00
Precio Total Hasta
U$D 795.825,00
EL MONTO DE ADJUDICACIÓN A FILOBIOSIS S.A. ASCIENDE
A LA SUMA DE HASTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES
SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS
VEINTICINCO (U$D 795.825,00).
MONTO TOTAL DE LA ADJUDICACIÓN: HASTA DOLARES
ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES NOVECIENTOS
NOVENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA (U$D
3.997.970,00).
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados
Dr. Carlos Javier REGAZZONI - Director Ejecutivo
Dr. Gonzalo Luis RIOBÓ - Subdirector Ejecutivo
ISO 9001:2008
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Boletin del Instituto: Resoluciones N° 0439/DE/04, 0039/DE/16 y 1045/DE/16
Edición: División Gestión Electrónica de Normativa
Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa
[email protected] / [email protected]
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