Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 :: Resolución N° 1338 Autoriza contrataciones en la SGRI.....................................pág.1 Resolución N° 1339 Autoriza contrat. - Centro Operativo Derivador - SGTO.......pág.2 Resolución N° 1340 Autoriza contrat. - Centro Operativo Derivador - SGTO.......pág.2 Resolución N° 1341 Asigna a Coord. de Asuntos Médicos nivel gerencial..........pág.4 Resolución N° 1342 Autoriza contrataciones - UGL VIII - San Martín..................pág.5 Resolución N° 1343 Designa en la UGL VIII - San Martín....................................pág.6 Resolución N° 1344 Designa en la UGL VIII - San Martín....................................pág.7 Resolución N° 1345 Autoriza contratación en la UGL VI - CABA.........................pág.8 Resolución N° 1346 Autoriza contratación en la Subdirección Ejecutiva.............pág.8 Resolución N° 1347 Autoriza contratación - CAP Guernica - UGL VII..................pág.9 Resolución N° 1348 Traslada asignando funciones - Jefe Sector - GEF............pág.10 Resolución N° 1349 Autoriza contratación en la UAI.......................................... pág.11 Resolución N° 1350 Autoriza contrataciones en la UGL XII - Salta.................... pág.11 Resolución N° 1360 Asigna funciones - Jefe División Factur. de Medic. - GEF...pág.12 Resolución N° 1361 Adjudica TS N° 2632 - Válvulas Aórticas...........................pág.13 Resolución N° 1362 Adjudica LP N° 19/16 - Stents............................................pág.14 Resolución N° 1363 Adjudica LP N° 23/16 - Cardiodesfibriladores....................pág.15 Resolución N° 1338 BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0006143-7, la Resolución N° 037/DE/04 y la Resolución N° 781/DE/13 y, CONSIDERANDO: Que, mediante el actuado citado en el Visto, y por razones de servicio, tramita la solicitud de contratación de locación de servicios de las personas individualizadas en el Anexo I de la presente, a fin de cumplir funciones dentro de la Secretaría General de Relaciones Institucionales de este Instituto. Que las mismas deberán entenderse, en cada caso, por los montos y desde las fechas consignadas en Anexo I de la presente hasta el 31 de Diciembre de 2016. Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma de los contratos, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/ DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. Que corresponde dejar constancia que las contrataciones que se propician, quedarán sujetas a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder. Que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución las contrataciones que se propician por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedarán automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Autorizar las contrataciones, a partir de las fechas que se indican y hasta el 31 de Diciembre de 2016, de las personas nominadas en el Anexo I que integra la presente, con los montos que en cada caso se indica, para prestar servicios en la Secretaría General de Relaciones Institucionales. ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma de los contratos, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que las contrataciones que se propician, quedarán sujetas a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder. ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. ARTÍCULO 5°.- Estipular que de no tener principio de ejecución, alguna de las contrataciones que se propician por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 1 1 página Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 :: ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 1338 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo Solicite los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de Documentación por correo a: [email protected] Resolución N° 1339 BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0010051-3, la Resolución N° 037/DE/04, la Resolución N° 781/DE/13 y, CONSIDERANDO: Que, mediante el actuado citado en el Visto, y por razones de servicio, tramita la contratación bajo la modalidad de locación de servicios de las personas que se individualizan en el Anexo I de la presente, para prestar servicios en el Centro Operativo Derivador dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa. Que las contrataciones tendrán una vigencia por el plazo comprendido entre 18 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2016. Que las mismas deberán entenderse, en cada caso, por los montos consignados en el citado Anexo. Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma de los contratos, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/ DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. Que corresponde dejar constancia que las contrataciones que se propician, quedarán sujetas a la presentación del título secundario y/o profesional en caso de corresponder. Que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución, las contrataciones que se propician por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días desde la fecha de la presente, quedarán automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Autorizar las contrataciones de las personas nominadas en el Anexo I de la presente, a partir del 18 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2016, con los montos que en cada caso se indica, para prestar servicios en el Centro Operativo Derivador dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa. ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma de los contratos, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que las contrataciones que se propician, quedarán sujetas a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder. ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. ARTÍCULO 5°.- Estipular que de no tener principio de ejecución, las contrataciones que se propician por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días desde la fecha de la presente, quedarán automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 1339 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo Solicite los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de Documentación por correo a: [email protected] Resolución N° 1340 BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008315-5, la Resolución N° 002/DE/15, N° 1172/DE/16 y, CONSIDERANDO: Que el primer acto resolutivo citado en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que en el marco de lo expresado se resolvió transferir el Depar tamento de Traslados por Razones de Salud, dependiente de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del País) a la órbita de la Coordinación de Asuntos Médicos, ambas dependientes de la Secretaría General Técnico Operativa, modificándose su denominación por Centro Operativo Derivador. Que a fin de cumplir con los objetivos propuesto resulta necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social, como así también con las líneas jerárquicas correspondientes. Que en pos de lo enunciado se estima necesario designar, a partir del 11 de julio de 2016, en el Centro Operativo Derivador índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 2 2 página Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 :: de la Coordinación de Asuntos Médicos, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a las personas que se nominan en el Anexo I que integra la presente, asignándoles las funciones que en cada caso se indica, correspondiendo su inclusión en las previsiones del artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, sustituido por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, Tramo y Agrupamiento que corresponda, de acuerdo a lo normado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria acorde a la función a desempeñar, conforme lo normado en el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, las personas que se citan en el Anexo I de la presente, conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberán proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirán con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que por otra parte, las incorporaciones de los señores Ezequiel PADILLA (CUIL N° 20-24663016-0), María Valentina CANTARELLA (CUIL N° 27-27805180-9), Segundo Manuel PEREZ PRECIADO (CUIL N° 20-31697880-1), María Victoria MENTASTI (CUIL N° 27-34585477-6) y Mariana TAGLE (CUIL N° 27-26894495-3) también quedarán sujetas, al informe a la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución alguna de las designaciones que se propician por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto N° PEN 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir del 11 de julio de 2016, en el Centro Operativo Derivador, de la Coordinación de Asuntos Médicos, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a las personas que se nominan en el Anexo I que integra la presente, asignándoles las funciones que en cada caso se indica, correspondiendo su inclusión en las previsiones del artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/ DE/05, sustituido por el artículo 12 de la Resolución N° 833/ DE/13, Tramo y Agrupamiento que corresponda, de acuerdo a lo normado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria acorde a la función a desempeñar, conforme lo normado en el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 2°.- Dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, las personas que se citan en el Anexo I de la presente, conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberán proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirán con los requisitos para acceder al beneficio previsional, ARTÍCULO 3°.- Establecer que las incorporaciones de los señores Ezequiel PADILLA (CUIL N° 20-24663016-0), María Valentina CANTARELLA (CUIL N° 27-27805180-9), Segundo Manuel PEREZ PRECIADO (CUIL N° 20-31697880-1), María Victoria MENTASTI (CUIL N° 27-34585477-6) y Mariana TAGLE (CUIL N° 27-26894495-3) también quedarán sujetas, al informe a la Oficina Anticorrupción, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, respecto del cumplimiento de presentación de la Declaración Jurada Patrimonial Integral, cuya gestión corresponderá a la Gerencia de Recursos Humanos. ARTÍCULO 4°.- Establecer que de no tener principio de ejecución alguna de las designaciones que se disponen por este acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 1340 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 3 3 página Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 :: ANEXO I – RESOLUCIÓN N° 1340-16 SECRETARÍA GENERAL TÉCNICO OPERATIVA COORDINACIÓN DE ASUNTOS MÉDICOS CENTRO OPERATIVO DERIVADOR APELLIDO Y NOMBRE CUIL N° FUNCIÓN AGRUP. / TRAMO / CARGA HORARIA PADILLA, Ezequiel 20-24663016-0 Subgerente Centro Operativo Derivador PR / A / 45 HS. SEM. CANTARELLA, María Valentina 27-27805180-9 Jefe Departamento Unidad Operativa PR / A / 45 HS. SEM PEREZ PRECIADO, Segundo Manuel 20-31697880-1 Jefe Departamento Unidad de Gestión y Administración MENTASTI, María Victoria 27-34585477-6 Jefe División Equipo de Análisis y Gestión de Derivación TAGLE, Marina 27-26894495-3 Jefe División Unidad de Asistencia Social, Seguimiento de Derivaciones y Gestión de Insumos ARIAS, Analía Sabrina 27-34209210-7 Centro Operativo Derivador - Administrativa SANZ, Andrea Gisela 27-27500769-8 Centro Operativo Derivador - Profesional PR / C / 35 HS. SEM VERCESI, Cecilia 27-13720040-2 Centro Operativo Derivador - Técnico TEC / C / 35 HS. SEM FIGUEROA, Lucas Miguel 20-34215408-6 Centro Operativo Derivador - Administrativo AD / C / 35 HS. SEM GORRISSEN, Tomás Jorge 20-33716481-2 Centro Operativo Derivador - Profesional PR / C / 35 HS. SEM ZOPPI, Bruno 20-37353423-5 Centro Operativo Derivador - Administrativo AD / C /35 HS. SEM Resolución N° 1341 BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008315-5, la Resolución N° 003/DE/16, N° 1172/DE/16 y CONSIDERANDO: Que por la Resolución citada en el Visto de la presente, y con carácter complementario a la estructura organizativa del Instituto aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que en pos de las necesidades detectadas y con la finalidad de brindar una atención acorde a las necesidades de los afiliados de esta obra social, se llevaron adelante modificaciones en la estructura correspondiente a la Secretaría General Técnico Operativa, transfiriéndose el Departamento de Traslados por Razones de Salud, dependiente de la Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 2 (Interior del país), a la órbita de la Coordinación de Asuntos Médicos, modificándose su denominación por Centro Operativo Derivador. Que en función de la estructura organizativa que compone la Coordinación de Asuntos Médicos, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, como así también la responsabilidad delegada en la misma, corresponde asignar a PR / A / 45 HS. SEM TEC / B / 40 HS. SEM PR / B / 40 HS. SEM AD / C / 35 HS. SEM dicha Coordinación nivel gerencial. Que en función de lo expresado precedentemente corresponde incluir, a partir del 11 de julio de 2016, al agente Antonio Martín MAYA (Legajo N° 64584 PR A CH45SEM IN), en las previsiones del artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, manteniendo el Tramo A dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor. Que por otra parte, y a fin de cumplir con los objetivos propuestos resulta conveniente contar con las líneas jerárquicas correspondientes, por cuanto se estima procedente asignar, a partir del 11 de julio de 2016, las funciones que en cada caso se indica, a los agentes que se nominan en el Anexo I que integra la presente, correspondiente su inclusión en las previsiones del artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, Tramo y Agrupamiento que se consigna en el referido Anexo, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/ DE/06, y régimen laboral de acuerdo a las previsiones del artículo 40 de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. Que asimismo corresponde dejar constancia que los agentes consignados en el Anexo I que pasa a integrar la presente, deberán realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en sus estados índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 4 4 página Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 :: laborales, conforme la normativa vigente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Asignar a la Coordinación de Asuntos Médicos, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, nivel gerencial, de conformidad a lo expuesto en los considerandos de la presente. ARTÍCULO 2°.- Incluir, a partir del 11 de julio de 2016, al agente Antonio Martín MAYA (Legajo N° 64584 PR A CH45SEM IN), en las previsiones del artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, manteniendo el Tramo A dentro del Agrupamiento Profesional, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria de cuarenta y cinco (45) horas semanales de labor. ARTÍCULO 3°.- Asignar, a partir del 11 de julio de 2016, las funciones que en cada caso se indica, a los agentes que se nominan en el Anexo I que integra la presente, correspondiente su inclusión en las previsiones del artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, Tramo y Agrupamiento que se consigna en el referido Anexo, según lo estipulado en el Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y régimen laboral de acuerdo a las previsiones del artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que los agentes consignados en el Anexo I que pasa a integrar la presente, deberán realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido archívese. RESOLUCIÓN N° 1341 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo ANEXO I – RESOLUCIÓN N° 1341-16 LEGAJO APELLIDO Y NOMBRE FUNCIÓN 64830 MORISSET, Pierre Antonio Julien Jefe Departamento Centros Coordinadores 60980 CAPRIGLIONE, Diego Francisco AGRUP. / TRAMO / C. HORARIA Prof. / A / 45 Hs. Sem. Jefe División Coord. de Atención al Afiliado Derivado Adm. / B / 40 Hs. Sem. Resolución N° 1342 BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008189-6, la Resolución N° 037/DE/04 y Resolución N° 781/DE/13 y, CONSIDERANDO: Que, mediante el actuado citado en el Visto, y por razones de servicio, tramita la solicitud de contratación bajo la modalidad de locación de servicios de las personas que se individualizan en el ANEXO I de la presente, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local VIII - San Martín, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa. Que las contrataciones tendrán una vigencia por el plazo comprendido entre las fechas de inicio indicadas en el citado ANEXO y hasta el 31 de diciembre de 2016. Que las mismas deberán entenderse, en cada caso, por los montos consignados en el mismo. Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma de los contratos, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/ DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. Que corresponde dejar constancia que las contrataciones que se propician, quedarán sujetas a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder. Que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución, alguna de las contrataciones que se propician por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedarán automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Autorizar las contrataciones, a partir de las fechas de inicio indicadas en el ANEXO I que integra la presente y hasta el 31 de diciembre de 2016, de las personas nominadas en el mismo, con los montos que en cada caso se indica, para índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 5 5 página Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 :: prestar servicios en la Unidad de Gestión Local VIII - San Martín, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa. ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma de los contratos, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que las contrataciones que se propician, quedarán sujetas a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder. ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. ARTÍCULO 5°.- Estipular que de no tener principio de ejecución, alguna de las contrataciones que se propician por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 1342 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo Solicite los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de Documentación por correo a: [email protected] Resolución N° 1343 BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016 VISTO el Expediente N° 0200 -2016 - 0007983 -2, y las Resoluciones N° 002/DE/15 y N° 003/DE/16, y CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por la Resolución N° 003/DE /16, y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que asimismo se estima necesario designar, a partir de la fecha del 18 de abril de 2016, en la Unidad de Gestión Local VIII - San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la señora Mónica Andrea CASTAÑÓN (CUIL N° 27-18009661- 8), reubicándola en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor. Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, la señora Mónica Andrea CASTAÑÓN (CUIL N° 20-18009661-8), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir de la fecha del 18 de abril del 2016, en la Unidad de Gestión Local VIII - San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la señora Mónica Andrea CASTAÑÓN (CUIL N° 27-180096618), reubicándola en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor. ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, a la señora Mónica Andrea CASTAÑÓN (CUIL N° 27-18009661-8), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 6 6 página Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 :: del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3°.- Establecer que de no tener principio de ejecución la designación que se disponen por este acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 1343 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo Resolución N° 1344 BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0007954-9, las Resoluciones N° 002/DE/15, N° 003/DE/16, y CONSIDERANDO: Que el primero de los actos resolutivos citados en el Visto se dicta ante la necesidad de adecuar la estructura organizativa del Instituto, de manera tal de reordenar el flujo de responsabilidades y unidades organizativas, con el propósito de atender de manera dinámica y eficiente los objetivos del servicio y gestión que imponen las normas que regulan su accionar. Que por la Resolución N° 003/DE /16, y con carácter complementario a la estructura aprobada en la Resolución N° 002/DE/15, se modificó la estructura de la Secretaría General Técnico Operativa, incorporando nuevas unidades organizativas bajo su órbita y, asimismo, reasignando y transfiriendo diversas competencias y aperturas estructurales inferiores entre las unidades organizativas existentes en procura de una mayor racionalidad y eficiencia. Que las mismas hacen necesario dotar a este Instituto de los recursos humanos idóneos para el normal cumplimiento de las acciones que le son propias, a efectos de brindar las prestaciones médico - asistenciales acorde la demanda de la población a quien debe prestar cobertura esta obra social. Que asimismo se estima necesario designar, a partir del 6 de abril de 2016, en la Unidad de Gestión Local VIII - San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Javier KOFLER RODRIGUEZ (CUIL N° 20-375405394), reubicándolo en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor, quien desempeñará tareas conforme el título que registra, y en función de sus condiciones personales, y necesidades del servicio. Que asimismo corresponde dejar constancia que, a partir de la fecha de notificación, el señor Javier KOFLER RODRIGUEZ (CUIL N° 20-37540539-4), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir del 6 de abril de 2016, en la Unidad de Gestión Local VIII - San Martín, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, al señor Javier KOFLER RODRIGUEZ (CUIL N° 20-37540539-4), reubicándolo en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Administrativo, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y régimen laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor. ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que, a partir de la fecha de notificación, el señor Javier KOFLER RODRIGUEZ (CUIL N° 20-37540539-4), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberá proceder a la presentación índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 7 7 página Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 :: del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizara por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3°.- Establecer que de no tener principio de ejecución la designación que se dispone por este acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 1344 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo Resolución N° 1345 BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016 VISTO el Expediente N° 0340-2016-0004307-2, la Resolución N° 037/DE/04 y Resolución N° 781/DE/13 y, CONSIDERANDO: Que, mediante el actuado citado en el Visto, y por razones de servicio, tramita la solicitud de contratación bajo la modalidad de locación de servicios de Antonio Carlos Torquatti (CUIL N° 20-23867223-7), a fin de desempeñar servicios en la Unidad de Gestión Local VI - C.A.B.A. dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa. Que la contratación tendrá una vigencia a partir de la fecha de notificación y hasta el 31 de diciembre de 2016. Que la misma deberá entenderse por el monto consignado en el Anexo I de la presente. Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma del contrato, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. Que corresponde dejar constancia que la contratación que se propicia, quedará sujeta a la presentación del título secundario y/o profesional en caso de corresponder. Que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución, la contratación que se propicia por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Autorizar la contratación de Antonio Carlos Torquatti (CUIL N° 20-23867223-7), a partir de la fecha de notificación y hasta el 31 de diciembre de 2016, por el monto indicado en el Anexo I de la presente, a fin de desempeñar servicios en la Unidad de Gestión Local VI - C.A.B.A. dependiente de la Secretaria General Técnico Operativa. ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma del contrato, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que la contratación que se propicia, quedará sujeta a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder. ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. ARTÍCULO 5°.- Estipular que de no tener principio de ejecución, la contratación que se propicia por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 1345 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo Solicite los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de Documentación por correo a: [email protected] Resolución N° 1346 BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008381-3, la Resolución N° 037/DE/04 y la Resolución N° 781/DE/13 y, CONSIDERANDO: Que, mediante el actuado citado en el Visto, y por razones de servicio, tramita la contratación bajo la modalidad de locación de servicios de Mailén Sofía LEIS (CUIL N° 23-40513817-4), índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 8 8 página Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 :: a fin que la misma desempeñe funciones en la Subdirección Ejecutiva. Que la contratación tendrá una vigencia por el plazo comprendido entre el 23 de mayo de 2016 y el 31 de diciembre del mismo año. Que la misma deberá entenderse por el monto consignado en el ANEXO I de la presente. Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma del contrato, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. Que corresponde dejar constancia que la contratación que se propicia, quedará sujeta a la presentación del título secundario y/o profesional en caso de corresponder. Que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución, la contratación que se propicia por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Autorizar la contratación de Mailén Sofía LEIS (CUIL N° 23-40513817-4), a partir del 23 de mayo de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, con el monto que se consigna en el ANEXO I de la presente, a fin que la misma desempeñe funciones en la Subdirección Ejecutiva. ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma del contrato, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que la contratación que se propicia, quedará sujeta a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder. ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. ARTÍCULO 5°.- Estipular que de no tener principio de ejecución, la contratación que se propicia por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente; quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 1346 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo Solicite los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de Documentación por correo a: [email protected] Resolución N° 1347 BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008980-3, la Resolución N° 037/DE/04 y la Resolución N° 781/DE/13 y, CONSIDERANDO: Que, mediante el actuado citado en el Visto, y por razones de servicio, tramita la contratación bajo la modalidad de locación de servicios de Nélida Itatí ESPINOLA (CUIL N° 27-16437601-5), a fin que la misma desempeñe funciones en el Centro de Atención Personalizada Guernica de la Unidad de Gestión Local VII - La Plata, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa. Que la contratación tendrá una vigencia por el plazo comprendido entre el 1° de marzo de 2016 y hasta el 31 de diciembre del mismo año. Que la misma deberá entenderse por el monto consignado en el Anexo I de la presente. Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma del contrato, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. Que corresponde dejar constancia que la contratación que se propicia, quedará sujeta a la presentación del título secundario y/o profesional en caso de corresponder. Que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución, la contratación que se propicia por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Autorizar la contratación de Nélida Itatí ESPINOLA (CUIL N° 27-16437601-5), a partir del 1° de marzo de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, por la suma indicada índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 9 9 página Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 :: en el Anexo I, a fin que desempeñe funciones en el Centro de Atención Personalizada Guernica de la Unidad de Gestión Local VII - La Plata, dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa. ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma del contrato, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que la contratación que se propicia, quedará sujeta a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder. ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. ARTÍCULO 5°.- Estipular que de no tener principio de ejecución, la contratación que se propicia por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 1347 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo Solicite los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de Documentación por correo a: [email protected] Resolución N° 1348 BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008167-5, y CONSIDERANDO: Que se encuentra previsto y vacante el cargo de Jefe del Sector Insumos Médicos, de la División Facturación de Proveedores y Servicios, Departamento Control de Facturación, de la Subgerencia de Administración Financiera, Gerencia Económico Financiera, dependiente de la Secretaría General Técnico Financiera. Que en virtud de las acciones que le son propias, resulta necesario proceder a su inmediata cobertura con la finalidad de no alterar el flujo normal de las tareas que dicha unidad orgánica ejecuta, a cuyos efectos se propone al agente Germán Gonzalo BRAVO (Legajo N° 61001 PR C CH35SEM INI), que presta servicios en la precitada Subgerencia. Que en tal sentido se estima procedente asignar, a partir de la fecha de notificación, funciones de Jefe del Sector Insumos Médicos, de la División Facturación de Proveedores y Servicios, Departamento Control de Facturación, de la Subgerencia de Administración Financiera, Gerencia Económico Financiera, dependiente de la Secretaría General Técnico Financiera, al agente Germán Gonzalo BRAVO, correspondiendo su inclusión en los alcances del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, sustituido por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3° de la Resolución N° 657/09, Tramo B dentro del Agrupamiento Profesional, conforme lo establecido por el artículo 11, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a lo estipulado por el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07, previo traslado al mencionado Sector. Que asimismo corresponde dejar constancia que el agente Germán Gonzalo BRAVO deberá realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Trasladar, a partir de la fecha de notificación, al Sector Insumos Médicos, de la División Facturación de Proveedores y Servicios, Departamento Control de Facturación, de la Subgerencia de Administración Financiera, Gerencia Económico Financiera, dependiente de la Secretaría General Técnico Financiera, al agente Germán Gonzalo BRAVO (Legajo N° 61001 PR C CH35SEM INI), que presta servicios en la mencionada Subgerencia. ARTÍCULO 2°.- Asignar, a partir de la fecha de notificación, funciones de Jefe del Sector Insumos Médicos, de la División Facturación de Proveedores y Servicios, Departamento Control de Facturación, de la Subgerencia de Administración Financiera, Gerencia Económico Financiera, dependiente de la Secretaría General Técnico Financiera, al agente Germán Gonzalo BRAVO, correspondiendo su inclusión en los alcances del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/ DE/05, sustituido, por el artículo 12 de la Resolución N° 833/ DE/13, artículo 3° de la Resolución N° 657/09, Tramo B dentro del Agrupamiento Profesional, conforme lo establecido por el artículo 11, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a lo estipulado por el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que el agente Germán Gonzalo BRAVO deberá realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 10 10 página Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 :: Boletín del Instituto. Cumplido archívese. RESOLUCIÓN N° 1348 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo Resolución N° 1349 BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008690-1, la Resolución N° 037/DE/04 y Resolución N° 781/DE/13 y, CONSIDERANDO: Que, mediante el actuado citado en el Visto, y por razones de servicio, tramita la solicitud de contratación bajo la modalidad de locación de servicios de María Florencia BRUNO (CUIL N° 27-33272166-1) y Eliana PICAREL (CUIL N° 27-35345509-0), para prestar servicios en el Departamento Auditoría Operativa Medica y Social dependiente de la Unidad de Auditoría Interna. Que las contrataciones tendrán una vigencia por el plazo comprendido entre la fecha de notificación de la presente y hasta el 31 de diciembre de 2016. Que las mismas deberán entenderse por el monto consignado en el Anexo I de la presente. Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma de los contratos, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/ DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. Que corresponde dejar constancia que las contrataciones que se propician, quedarán sujetas a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder. Que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución, alguna de las contrataciones que se propician por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días desde la fecha de la presente, quedarán automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Autorizar las contrataciones de María Florencia BRUNO (CUIL N° 27-33272166-1) y Eliana PICAREL (CUIL N° 27-35345509-0), a partir de la fecha de notificación de la presente y hasta el 31 de diciembre de 2016, por el monto consignado en el Anexo I de la presente, para prestar servicios en el Departamento Auditoría Operativa Medica y Social dependiente de la Unidad de Auditoría Interna. ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma de los contratos, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que las contrataciones que se propician, quedarán sujetas a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder. ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. ARTÍCULO 5°.- Estipular que de no tener principio de ejecución, alguna de las contrataciones que se propician por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 1349 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo Solicite los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de Documentación por correo a: [email protected] Resolución N° 1350 BUENOS AIRES, 22 JUL. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0009426-2, la Resolución N° 037/DE/04 y Resolución N° 781/DE/13 y, CONSIDERANDO: Que, mediante el actuado citado en el Visto, y por razones de servicio, tramita la solicitud de contratación bajo la modalidad de locación de servicios de las personas que se individualizan en el Anexo I de la presente, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XII - Salta dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa. Que las contrataciones tendrán vigencia desde el 1° de julio y hasta el 31 de diciembre de 2016. Que las mismas deberán entenderse, en cada caso, por los montos consignados en el citado Anexo I. Que, asimismo, resulta conveniente delegar la firma de los contratos, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/ DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. Que corresponde dejar constancia que las contrataciones que se propician, quedarán sujetas a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder. Que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 11 11 página Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 :: Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución, alguna de las contrataciones que se propician por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedarán automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Autorizar las contrataciones, a partir del 1° de julio y hasta el 31 de diciembre de 2016, de las personas nominadas en dicho Anexo, con los montos que en cada caso se indica, para prestar servicios en la Unidad de Gestión Local XII - Salta dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa. ARTÍCULO 2°.- Delegar la firma de los contratos, cuyo modelo fue aprobado por la Resolución N° 037/DE/04, en el titular de la Gerencia de Administración. ARTÍCULO 3°.- Dejar establecido que las contrataciones que se propician, quedarán sujetas a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder. ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que conforme la Resolución N° 781/DE/13, por la que este Instituto se adhiere al régimen para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes dispuestos en las Resoluciones Generales AFIP N° 2485/08 y N° 2853/10, la facturación deberá ser mediante la emisión de comprobante electrónico. ARTÍCULO 5°.- Estipular que de no tener principio de ejecución, alguna de las contrataciones que se propician por el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 1350 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo Solicite los anexos aquí o envíe el Formulario de Solicitud de Documentación por correo a: [email protected] Resolución N° 1360 BUENOS AIRES, 12 JUL. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0008101-2, y CONSIDERANDO: Que en virtud de las acciones que le son propias a la División Facturación de Medicamentos, de Departamento Control de Facturación, Gerencia Económico Financiera, dependiente de la Secretaría General Técnico Financiera, y ante la vacancia del cargo, resulta necesario proceder a su inmediata cobertura con la finalidad de no alterar el flujo normal de las tareas que dicha unidad orgánica ejecuta. Que en tal sentido el titular de la Secretaría General Técnico Financiera, propicia asignar, a partir del 17 de mayo de 2016, funciones de Jefe de la División Facturación de Medicamentos, de Departamento Control de Facturación, Gerencia Económico Financiera, a la agente Elizabeth Soledad VAZQUEZ (Legajo N° 57764 PR C CH35SEM INI), de la Coordinación Operativa de Pagos de la aludida Gerencia, correspondiendo su inclusión en los alcances del inciso f), artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, sustituido por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, Tramo B dentro del Agrupamiento Profesional, conforme lo establecido por el artículo 11, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a lo estipulado por el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. Que asimismo corresponde dejar constancia que la agente Elizabeth Soledad VAZQUEZ deberá realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Asignar, a partir del 17 de mayo de 2016, funciones de Jefe de la División Facturación de Medicamentos, de Departamento Control de Facturación, Gerencia Económico Financiera, dependiente de la Secretaría General Técnico Financiera, a la agente Elizabeth Soledad VAZQUEZ (Legajo N° 57764 PR C CH35SEM INI), de la Coordinación Operativa de Pagos de la aludida Gerencia, correspondiendo su inclusión en los alcances del inciso f), artículo 38°, Capítulo I, Título IV de la Resolución N° 1523/DE/05, sustituido por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, Tramo B dentro del Agrupamiento Profesional, conforme lo establecido por el artículo 11, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06 y carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a lo estipulado por el artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 2°.- Dejar constancia que la agente Elizabeth Soledad VAZQUEZ deberá realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 12 12 página Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 :: sus estados laborales, conforme la normativa vigente. ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido archívese. RESOLUCIÓN N° 1360 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo Resolución N° 1361 BUENOS AIRES, 26 JUL. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0005209-8 y, CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto tramita la provisión de válvulas aórticas transfemoral - transcateter para atender la demanda de los afiliados del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados en todo el país por el término de tres (3) meses, renovable de común acuerdo por igual término o hasta que se adjudique la licitación en curso, lo que ocurra primero. Que mediante la Disposición N° 078/16/SDE de esta Subdirección Ejecutiva, se autorizó un llamado a Trámite Simplificado con el mencionado objeto, encuadrando la contratación en los términos de los artículos 19° inciso d) apartado 10, 25° inciso a) y c), 26° y 28° del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resolución N° 135 del 8 de agosto de 2003, como así también se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos para la contratación. Que el mencionado llamado fue registrado por la Subgerencia de Compras y Contrataciones como Trámite Simplificado N° 2632/16, fijándose la presentación y apertura de ofertas para el día 05 de julio de 2016. Que la convocatoria a presentar ofertas se efectuó mediante la publicación en la página web de este Instituto y por correo electrónico fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores del Instituto. Que, según surge del Acta de Apertura, se presentaron dos (2) oferentes, a saber: FEMANI MEDICAL S.R.L. y ANGIOCOR S.A. Que sobre la base de la documentación presentada por los oferentes en el marco del presente Tramite Simplificado, la Gerencia de Prestaciones Médicas, área técnica competente, elaboró el Acta de Evaluación de Ofertas, considerando procedente declarar inadmisible la oferta presentada por la firma ANGIOCOR S.A., toda vez que no se ajusta técnicamente a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos. Que asimismo, entendió que resulta procedente declarar admisible la oferta presentada por la firma FEMANI MEDICAL S.R.L, por adecuarse a las previsiones contenidas en el mencionado Pliego. Que en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio y la calidad de lo ofrecido, se propicia adjudicar el Trámite Simplificado N° 2632/16 al oferente FEMANI MEDICAL S.R.L., por un monto total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 44.489.250,00). Que la Gerencia de Prestaciones Médicas, dependiente de la Secretaría General Técnico Médica, y la Gerencia de Administración han tomado la intervención de su competencia. Que la Secretaría General Técnico Jurídica ha tomado intervención en el marco de su competencia, no encontrando objeciones jurídicas que formular para la suscripción de la presente. Que el artículo 3° del Decreto N° 2/04 del Poder Ejecutivo Nacional asignó al Director Ejecutivo del Órgano Ejecutivo de Gobierno las facultades de gobierno y administración previstas por la ley N° 19.032 y al Subdirector Ejecutivo aquellas funciones que éste le encomiende, estableciendo que será quien lo reemplazará en caso de ausencia o impedimento. Que, el Director Ejecutivo se encuentra en comisión. de servicios a efecto de su participación en las jornadas de Cooperación Internacional entre el INSSJP y el Centro para Estudios Estratégicos e Internacionales (CSIS), en la ciudad de Washington, Estados Unidos. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto N° 02/04 y el artículo 2° del Decreto N° 86/15, ambos del Poder Ejecutivo Nacional, EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Declarar inadmisible la oferta presentada por la firma ANGIOCOR S.A. en el Trámite Simplificado N° 2632/16, por el que se tramita la provisión de válvulas aórticas transfemoral transcateter para atender la demanda de los afiliados del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados en todo el país por el término de tres (3) meses, renovable de común acuerdo por igual término o hasta que se adjudique la licitación en curso, lo que ocurra primero, por no ajustarse técnicamente a lo solicitado en Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos. ARTÍCULO 2°.- Declarar admisible la oferta presentada por la firma FEMANI MEDICAL S.R.L. en el Trámite Simplificado N° 2632/16. ARTÍCULO 3°.- Adjudicar el Trámite Simplificado N° 2632/16 a la firma FEMANI MEDICAL S.R.L., para la provisión de válvulas aórticas transfemoral - transcateter para atender la demanda de los afiliados del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados en todo el país por el término de tres (3) meses, renovable de común acuerdo por igual término o hasta que se adjudique la licitación en curso, lo que ocurra primero, por un monto total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 13 13 página Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 :: CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 44.489.250,00), de acuerdo con el Anexo que se adjunta y pasa a formar parte de la presente. ARTÍCULO 4°.- Autorizar a la Gerencia de Administración a emitir y suscribir las respectivas Órdenes de Compra a favor de la empresa adjudicataria facultándola a disponer su liberación al sólo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme la adjudicación dispuesta en el artículo 3 de la presente. ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 1361 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1361-16 FEMANI MEDICAL S.R.L. REGIONES PRECIO UNITARIO $ CONSUMO ESTIMADO PRECIO TOTAL $ TODAS $ 494.325,00 90 $ 44.489.250,00 MONTO TOTAL ADJUDICADO: PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA ($ 44.489.250,00). Resolución N° 1362 BUENOS AIRES, 27 JUL. 2016 V I S TO e l E x p e d i e n t e N ° 0 2 0 0 - 2 015 - 0 0 0 6 3 3 5 -1 y, CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el Visto tramita la contratación para la provisión de stents para atender la demanda de los afiliados del Instituto en todo el país por el término de seis (6) meses, renovable de común acuerdo. Que por Resolución N° 038/DE/16 se autorizó a efectuar un llamado a Licitación Pública con el mencionado objeto, encuadrando la contratación en los términos de los artículos 19° inciso a), 25° inciso a) y c), 26° y 28° del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resolución N° 135/03-I del 8 de Agosto de 2003 y sus modificatorias, como así también se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos para la contratación. Que el mencionado llamado fue registrado por la Subgerencia de Compras y Contrataciones como Licitación Pública N° 019/16, fijándose la presentación y apertura de ofertas para el día 11 de mayo de 2016. Que la convocatoria a presentar ofertas se publicó mediante avisos en el Boletín Oficial de la República Argentina (Tercera Sección), en diarios de circulación nacional y en la página de Internet del Instituto. Que por correo electrónico fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Registro de Proveedores del Instituto. Que, según surge del Acta de Apertura, se presentaron cinco (5) Oferentes: BIOSUD S.A. (renglón 2° para todas las regiones), UNIFARMA S.A. (renglones 1° y 2° para todas las regiones), BOSTON SCIENTIFIC ARGENTINA S.A. (renglón 2° para todas las regiones), TECNOLOGY S.R.L. (renglón 2° para las regiones A y D) y AXIMPORT S.R.L (renglón 2° para la región D). Que por Disposición N° 54/SE/16 y N° 84/SE/16, se designó a los integrantes de la Comisión Evaluadora correspondiente a la Licitación Pública N° 19/16. Que se han detectado incumplimientos subsanables y a los fines de no restringir el principio de concurrencia de ofertas, en consonancia con lo establecido en el Artículo 10° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, la mencionada Comisión procedió a comunicar a los oferentes los distintos puntos que merecían aclaración y/o subsanación. Que asimismo, se acompaña Informe Técnico Preliminar realizado por integrante técnico competente de la Comisión Evaluadora, quien se expidió respecto de la materia de su competencia. Que habiéndose realizado el análisis de los requisitos formales y técnicos correspondientes, la Comisión Evaluadora actuante consideró que las ofertas presentadas por los oferentes BIOSUD S.A. (renglón N° 2, todas la Regiones), UNIFARMA S.A. (renglones N° 1 y N° 2, todas la Regiones), BOSTON SCIENTIFIC ARGENTINA S.A. (renglón N° 2, todas la Regiones) y AXIMPORT S.R.L. (renglón N° 2, Región D únicamente) cumplen con lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Anexos, por lo que corresponde declararlas admisibles. Que con respecto la oferta de la empresa TECNOLOGY S.R.L., la Comisión Evaluadora solicitó a la firma que proceda a subsanar deficiencias técnicas y formales de la oferta y dado que el oferente no brindó respuesta alguna corresponde desestimar la misma. Que en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio y la calidad de lo ofrecido corresponde adjudicar la Licitación Pública N° 19/16 a la firma UNIFARMA S.A., por la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA ($ 42.398.970,00). Que por su parte, la Secretaria General Técnico Jurídica ha tomado intervención en el marco de su competencia, no encontrando objeciones jurídicas que formular para la suscripción de la presente medida. Que el artículo 3° del Decreto N° 2/04 del Poder Ejecutivo Nacional asignó al Director Ejecutivo del Órgano Ejecutivo de Gobierno las facultades de gobierno y administración previstas por la Ley N° 19.032 y al Subdirector Ejecutivo aquellas funciones que éste le encomiende, estableciendo que será quien lo índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 14 14 página Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 :: reemplazará en caso de ausencia o impedimento. Que, el Director Ejecutivo se encuentra en comisión de servicios a efecto de su participación en las jornadas de Cooperación Internacional entre el INSSJP y el Centro para Estudios Estratégicos e Internacionales (CSIS), en la ciudad de Washington, Estados Unidos. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto N° 86/15, ambos del Poder Ejecutivo Nacional, EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Declarar inadmisible la oferta presentada por la firma TECNOLOGY S.R.L., en la Licitación Pública N° 19/16 para la provisión de stents para atender la demanda de los afiliados del Instituto en todo el país por los motivos expuestos en los Considerandos. ARTÍCULO 2°.- Declarar admisibles en la Licitación Pública N° 19/16 para la provisión de stents para atender la demanda de los afiliados del Instituto en todo el país por el término de seis (6) meses, renovable de común acuerdo, las ofertas presentadas por la firmas BIOSUD S.A. (renglón N° 2, todas la Regiones), UNIFARMA S.A. (renglones N° 1 y N° 2, todas la Regiones), BOSTON SCIENTIFIC ARGENTINA S.A. (renglón N° 2, todas la Regiones) y AXIMPORT S.R.L. (renglón N° 2, Región D únicamente). ARTÍCULO 3°.- Adjudicar la Licitación Pública N° 19/16 a la firma UNIFARMA S.A., por la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA ($ 42.398.970,00), de acuerdo con el Anexo que se adjunta y que pasa a formar parte integrante de la presente. ARTÍCULO 40.- Autorizar a las Gerencias de Administración y de Prestaciones Médicas a suscribir en forma conjunta la correspondiente contrata con la firma UNIFARMA S.A. conforme la adjudicación autorizada en el artículo precedente. ARTÍCULO 5°.- Autorizar a la Gerencia de Administración a emitir y suscribir las correspondiente Orden de Compra a favor de la empresa adjudicataria, facultándola a disponer su liberación al sólo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme la adjudicación dispuesta en el Artículo 3° de presente. ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 1362 Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1362-16 UNIFARMA S.A. RENGLON N° 1 STENT CORONARIO CONVENCIONAL Precio unitario Cantidad Precio total REGION A $ 2.629,00.- 560 $ 1.472.240,00.- REGION B $ 2.629,00.- 830 $ 2.182.070,00.- REGION C $ 2.629,00.- 750 $1.971.750,00.- REGION D $ 2.629,00.- 470 $ 1.235.630,00.- RENGLON N° 2 STENT CORONARIO -----------------------------------------------------------------------------------------------------CON LlBERACIÓN DE DROGAS REGION A $ 7.968,00.- 930 $ 7.410.240,00.- REGION B $ 7.968,00.- 1350 $ 10.756.800,00.- REGION C $ 7.968,00.- 1310 $ 10.438.080,00.- REGION D $ 7.968,00.- 870 $ 6.932.160,00.- MONTO TOTAL ADJUDICADO $ 42.398.970,00 MONTO TOTAL ADJUDICADO: PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SETENTA ($ 42.398.970,00) Resolución N° 1363 BUENOS AIRES, 27 JUL. 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2015-0012368-0 y, CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el VISTO tramita la adquisición de cardiodesfibriladores y resincronizadores, todos con sus correspondientes catéteres en condición C.I.P - Oliden 1751 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo los servicios de post venta vinculados a su implante, para atender la demanda de los afiliados de todo el país por el término de seis (6) meses. Que por Disposición N° 047/16/SDE de la Subdirección Ejecutiva, índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 15 15 página Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 :: se autorizó la realización de un llamado a Licitación Pública en los términos establecidos por los Artículos 19° inciso a), 25° incisos a), b) y c), 26°, 27° y 28° del Anexo I del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resolución N° 135/03-I del 8 de agosto de 2003 y sus modificatorias, y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y sus Anexos para la contratación. Que el llamado fue registrado por la Subgerencia de Compras y Contrataciones como Licitación Pública N° 023/16, fijándose la presentación y apertura de ofertas para el día 19 de mayo de 2016. Que la convocatoria a presentar ofertas se publicó mediante avisos en el Boletín Oficial de la República Argentina (Tercera Sección) los días 11 y 12 de mayo del año 2016, en la página de Internet del Instituto, en diarios de amplia circulación y por correo electrónico fueron invitadas a participar las empresas del rubro inscriptas en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores de este Instituto. Que con posterioridad, se emitió la Circular Aclaratoria N° 1 mediante la cual se prorrogó la fecha del acto de apertura de ofertas para el día 26 de mayo del corriente año, efectuándose la publicación correspondiente en el Boletín Oficial con fecha 19 de mayo de 2016, en la página web de este Organismo y enviándose correo electrónico a las empresas registradas, oportunamente convocadas por este Instituto. Que ante la necesidad de efectuar aclaraciones respecto al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos, se emitió la Circular Aclaratoria N° 2 y la Circular Modificatoria N° 1, habiendo sido comunicadas por correo electrónico a las empresas invitadas a participar en la Licitación Pública y publicada en la página web de este Instituto. Que según surge del Acta de Apertura se presentaron cuatro (4) oferentes para todos los renglones: ST. JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A., BIOMEDICA ARGENTINA S.A., FILOBIOSIS S.A. y BOSTON SCIENTIFIC ARGENTINA S.A. Que por Disposición N° 074/16/SDE de la Subdirección Ejecutiva se designó a los integrantes de la Comisión Evaluadora correspondiente a la Licitación Pública N° 023/16. Que habiendo detectado incumplimientos subsanables, y a los fines de no restringir el principio de concurrencia de ofertas en consonancia con lo establecido por el Artículo 12° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas y Anexos, y el Artículo 8° del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, la citada Comisión procedió a comunicar a los oferentes los distintos puntos que merecían aclaración y/o subsanación. Que por otra parte, la Secretaria de Apoyo a las Comisiones Evaluadoras solicitó al Departamento Estudios Económicos, tenga a bien determinar la razonabilidad de las cotizaciones presentadas por las empresas, atento la modalidad precio de referencia que rige en la presente contratación, expidiéndose dicha área en ese sentido. Que se acompañó Informe Técnico Preliminar respecto de las ofertas presentadas, que fuera realizado por el integrante técnico competente de la Comisión Evaluadora. Que atento la documentación presentada por los oferentes, con fundamento en los informes técnicos precitados, y habiéndose realizado el análisis de los requisitos formales y técnicos correspondientes, la Comisión Evaluadora consideró procedente declarar inadmisible la oferta presentada por la firma BOSTON SCIENTIFIC ARGENTINA SA, por no cumplir técnicamente con lo solicitado en el Pliego. Que, asimismo, entendió que resulta procedente declarar admisibles las ofertas presentadas por las firmas ST. JUDE MEDICAL ARGENTINA SA, BIOMEDICA ARGENTINA S.A. Y FILOBIOSIS S.A., toda vez que se adecuan a las previsiones contenidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas y Anexos. Que en virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta el precio y la calidad de lo ofrecido, corresponde adjudicar la Licitación Pública N° 023/16 a las firmas ST. JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A. el renglón N° 4, por un monto total de HASTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES OCHO MIL CIENTO VEINTICINCO (U$S 2.008.125,00), BIOMEDICA ARGENTINA S.A. los renglones N° 1 y N° 3 por un monto total de HASTA DÓL ARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL VEINTE (U$S 1.194.020,00); y a FILOBIOSIS S.A. el renglón N° 2, por un monto total de HASTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO (U$D 795.825,00). Que la Gerencia Económico Financiera ha tomado la intervención de su competencia. Que la Secretaria General Técnico Jurídica ha tomado intervención en el marco de su competencia, no encontrando objeciones jurídicas que formular para la suscripción de la presente. Que el artículo 3° del Decreto N° 2/04 del Poder Ejecutivo Nacional asignó al Director Ejecutivo del Órgano Ejecutivo de Gobierno las facultades de gobierno y administración previstas por la Ley N° 19.032 y al Subdirector Ejecutivo aquellas funciones que éste le encomiende, estableciendo que será quien lo reemplazará en caso de ausencia o impedimento. Que, el Director Ejecutivo se encuentra en comisión de servicios a efecto de su participación en las jornadas de Cooperación Internacional entre el INSSJP y el Centro para Estudios Estratégicos e Internacionales (CSIS), en la ciudad de Washington, Estados Unidos. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto N° 02/04 y el artículo 2° del Decreto N° 86/15, ambos del Poder Ejecutivo Nacional, EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Declarar inadmisible la oferta presentada índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 16 16 página Año XII - N° 2594 :: BUENOS AIRES, Jueves 28 de Julio de 2016 :: por la firma BOSTON SCIENTIFIC ARGENTINA S.A., en la Licitación Pública N° 023/16, por la que tramita la adquisición de cardiodesfibriladores y resincronizadores, todos con sus correspondientes catéteres en condición C.I.P - Oliden 1751 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo los servicios de post venta vinculados a su implante, para atender la demanda de los afiliados de todo el país por el término de seis (6) meses, por no ajustarse técnicamente a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de Especificaciones Técnicas y Anexos. ARTÍCULO 2°.- Declarar admisibles las ofertas presentadas por las firmas ST. JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A., BIOMEDICA ARGENTINA S.A. y FILOBIOSIS S.A., para todos los renglones cotizados en el marco de la Licitación Pública N° 023/16, por los motivos expuestos en los Considerandos. ARTÍCULO 3°.- Adjudicar parcialmente la Licitación Pública N° 023/16 a la firma ST. JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A. para el renglón N° 4, por un monto total de HASTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES OCHO MIL CIENTO VEINTICINCO (U$S 2.008.125,00), de acuerdo al Anexo I que se agrega y pasa a formar parte de la presente. ARTÍCULO 4°.- Adjudicar parcialmente la Licitación Pública N° 23/16 a la firma BIOMEDICA ARGENTINA S.A. para los renglones N° 1 y N° 3, por un monto total de HASTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL VEINTE (U$S 1.194.020,00), de acuerdo al Anexo I que se agrega y pasa a formar parte de la presente. ARTÍCULO 5°.- Adjudicar parcialmente la Licitación Pública N° 23/16 a la firma FILOBIOSIS S.A. para el renglón N° 2, por un monto total de HASTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO (U$D 795.825,00), de acuerdo al Anexo I que se agrega y pasa a formar parte de la presente. ARTÍCULO 6°.- Autorizar a la Gerencia de Administración a suscribir las respectivas contratas, y a emitir y suscribir las correspondientes Órdenes de Compra a favor de las empresas adjudicatarias, facultándola a disponer su liberación al sólo efecto de su inclusión en el Sistema de Gestión Económico Financiero, conforme la adjudicación dispuesta en los artículos 2°, 3° y 4° de la presente. ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCION N° 1363 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo ANEXO I - RESOLUCIÓN N° 1363-16 ST. JUDE MEDICAL ARGENTINA S.A. RENGLÓN Cantidad hasta Precio Unitario Precio Total Hasta 4 175 U$D 11.475,00 U$D 2.008.125,00 EL MONTO DE ADJUDICACIÓN A ST. JUDE MEDICAL ARGENTINA ASCIENDE A LA SUMA DE HASTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES OCHO MIL CIENTO VEINTICINCO (U$S 2.008.125,00). BIOMEDICA ARGENTINA S.A. RENGLÓN Cantidad hasta Precio Unitario Precio Total Hasta 1 190 U$D 5.498,00 U$D 1.044.620,00 3 30 U$D 4.980,00 U$D 149.400,00 EL MONTO DE ADJUDICACIÓN A BIOMEDICA ARGENTINA S. A . ASCIEN DE A L A SU M A DE H ASTA DÓ L A RES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL VEINTE (U$S 1.194.020,00). FILOBIOSIS S.A. RENGLÓN 2 Cantidad Precio Unitario hasta 135 U$D 5.895,00 Precio Total Hasta U$D 795.825,00 EL MONTO DE ADJUDICACIÓN A FILOBIOSIS S.A. ASCIENDE A LA SUMA DE HASTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO (U$D 795.825,00). MONTO TOTAL DE LA ADJUDICACIÓN: HASTA DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA (U$D 3.997.970,00). Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados Dr. Carlos Javier REGAZZONI - Director Ejecutivo Dr. Gonzalo Luis RIOBÓ - Subdirector Ejecutivo ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 Boletin del Instituto: Resoluciones N° 0439/DE/04, 0039/DE/16 y 1045/DE/16 Edición: División Gestión Electrónica de Normativa Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa [email protected] / [email protected] índice índice página 17 17 página
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