CUNDINAMARCA - unidos RESOLUCION No. podemos más 00044¿2 DE 2 5 JUL 2016 Por la cual se comisiona a un funcionario de la Secretaría de Educación - FEC y se fija un plan de trabajo. LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE CUNDINAMARCA En uso de sus atribuciones legales conferidas mediante el decreto No. 0055 de 2006, modificado mediante el decreto No. 0128 de 2016 y en especial las que le confiere el Decreto Ordenanzal No. 0066 de 2015, CONSIDERANDO: Que mediante el decreto No. 0055 de 2006, se establece el procedimiento para conceder pago de viáticos a los funcionarios que deban cumplir comisiones dentro del departamento, fuera de él o en el exterior. Que el decreto No. 0128 de 2016 modifica la escala de viáticos para realizar comisiones dentro y fuera del departamento según el salario y la distancia que implica dicha comisión, y en el parágrafo 1° de su artículo 2°, establece su aplicación para las instituciones educativas del sistema educativo del departamento de Cundinamarca. Que mediante el numeral 1° del artículo 223 del decreto ordenanzal No. 0066 de 2015 se faculta al secretario de despacho con el fin de dirigir y controlar la prestación del servicio educativo en el departamento, de acuerdo con la constitución, las leyes y las políticas del gobierno nacional y departamental. Que el Decreto 2277 de 1979, faculta a la administración a conceder comisión de servicios a sus docentes y directivos docentes señalando para tal efecto lo siguiente; "Artículo 66°.- Comisiones. El educador escalafonado en servicio activo, puede ser comisionado en forma temporal para desempeñar por encargo otro empleo docente, para ejercer cargos de libre nombramiento y remoción, para adelantar estudios o participar en congresos, seminarios u otras actividades de carácter profesional o sindical. En tal situación el educador no pierde su clasificación en el escalafón y tiene derecho a regresar al cargo docente, tan pronto renuncie o sea separado del desempeño de dichas funciones. Si el comisionado fuere removido por una de las causales de mala conducta contempladas en el artículo 46 de este Decreto, se le aplicará el procedimiento disciplinario establecido en el Capítulo V. El salario y las prestaciones sociales del docente comisionado serán los asignados al respectivo cargo. El tiempo que dure la comisión será tomado en cuenta para efectos de ascenso en el escalafón". Que el grupo de inspección y vigilancia de la secretaría de educación de Cundinamarca coordina la distribución de instituciones educativas por director de núcleo. Que según solicitud de fecha 28 de julio de 2016, la oficina de inspección y vigilancia de la secretaría de educación solicitó comisionar al director(a) de núcleo JAIRO PEÑA UÑATE identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 3 117.513 perteneciente a la nómina de Docentes, Administrativos y Directivos de la Secretaría de Educación de Cundinamarca, quien le fue asignado en la distribución de las I.E.D.s como base el municipio de GRANADA; para que se desplace a los lugares de acuerdo con el siguiente plan de trabajo: Municipio Destino Objeto Fecha ALBAN 27 de Julio de 2016 UBAQUE 28 y 29 de Julio de 2016 Formulación plan de trabajo equipo de acompañamiento segundo semestre 2016 Formulación plan de trabajo equipo de acompañamiento segundo semestre 2016 En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1°. Comisionar al señor(a) JAIRO PEÑA UÑATE identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 3.117.513, con el objetivo de cumplir con el plan de trabajo establecido según el considerando cuarto considerando. ARTÍCULO 2°. Autorizase al Señor Tesorero del Fondo Educativo de Cundinamarca, girar las sumas siguientes por concepto de viáticos y gastos de viaje, de acuerdo al siguiente listado de liquidación: cl ...,...»Gobernación de UUN DINAMARCA Secretaria de Educación. Sede Administrativa. Calle 26 51-53. Torre de Educación Piso 5. Código Postal: 111321 Bogotá, D.C. Tel. 749 1312 / 1340 0/CundinamarcaGob O ctCundinamarcaGob www.cundinamarca.gov.co <4( CUNDINAMARCA unidos podemos más 0004422 RESOLUCION No. Municipio Destino Municipio Origen Días con pernoc. Días sin pernoc. Grupo DE Con Pernoc. 25 JUL 2016 Sin Pernoc. Transporte TOTAL GRANADA ALBAN 0 1 Grupo 1 $O $ 45.166 $ 56.000 $ 101.166 GRANADA UBAQUE 1 1 Grupo 1 $ 90.332 $ 45.166 $ 56.000 $ 191.498 TOTAL: $ 292.664 ARTÍCULO 3°. La suma ordenada a girar se hará con cargo al presupuesto del Fondo Departamental de Educación con recursos del SGP para la vigencia fiscal de 2016, viáticos y gastos de viaje según disponibilidad presupuesta No. 7000071975 (Directivos), de 2016, expedida por el Director de presupuesto de la Secretaría de Hacienda Imputación Presupuestal: CDP 7000071975 Área Funcional A.1.1.1.2.1 Posición Presupuestal (PosPre) Programa Presupuestario 29612710320201 Viáticos y Gastos de viaje Directivos Docentes Elemento PEP P>296127/101320201 GR:3:1-02-02-063 ARTÍCULO 4°. El funcionario comisionado deberá legalizar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la finalización de la comisión el cumplimiento de la misma mediante oficio a la dirección administrativa y financiera de la secretaría de educación de Cundinamarca con Vo. Bo. Del jefe inmediato, anexando los soportes requeridos para el efecto. PARÁGRAFO: Se autoriza a la Dirección Administrativa y Financiera para que modifique la presente liquidación en caso de que uno o más de los comisionados en la presente Resolución incumpla total o parcialmente con la Comisión de Servicios que le(s) fue otorgada. ARTÍCULO 5°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.C., a los... GL RIA LVAREZ TOVAR etatia de Edil ción eca lr Vo Bo.: Bladimir Arias Pineda Asesor de despacho Adriana Patricia Berbeo Ortegón Directora Administrativa y Financiera Solicitó: Mana Antonia Martín Mateus Elaboró: Jairo Manrique C..,4 e' Secretaria de Educación. Sede Administrativa. Calle 26 51-53. Torre de Educación Piso 5. Gobernación de UNDINAMARCA Código Postal: 111321 Bogotá, D.C. Tel. 749 1312 / 1340 0/CundinarrarcaGob (:)(áCundinamarcaGob www.cundinamarca.gov.co
© Copyright 2024