W so fución Dire ctorat Ej e catht a

o6¿
g9?üo¡16o
\
W s o fución Dire ctorat Ej e catht a
t{ro. bfi
-2 01
6-*l I 9{EAÜ -'tJvr g I rFLqtA(MC
Lirna,
27
tuL,20t6
VISTOS:
El lnforme N" 539-2016-MINEDUA/MGI-PRONABEC-OBPOST de la Oficina de
Becas Postgrado y demás recaudos del expediente SINAD 25595; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 10 del Reglamento de la Ley N" 29837 aprobado por Decreto
N" 013-2012-ED y modificado con Decreto Supremo N' 008-2013-ED,
establece que el financiamiento para estudios de Postgrado en el extranjero "(...)
comprenderá, además de /os cosfos indirectos establecidos para esfudlos a nivel
nacional, /os cosfos directos de inscripción, postulación, matrícula, pensiÓn de estudios
adelantada y completa, semestral o anual según el plan de estudio, materiales de
estudio, taptop o equipo similar (...)", enlre otros conceptos, cuya definición y detalle
de cada concepto a financiar será determinado en las Normas para Ejecución de
Subvenciones para Estudios en el Extranjero, aprobadas por la Dirección Ejecutiva del
PRONABEC;
Que, la Resolución Directoral Ejecutiva N" 053-2016-MINEDU-VMGIPRONABEC, que aprueba la norma técnica denominada "Normas para la EjecuciÓn de
Subvenciones para Estudios en el Extranjero", cuyo numeralT.6 de las Disposiciones
Complementarias de las "Normas para la Ejecución de Subvenciones para Estudios en
el Extranjero", señala que "/os montos de subvenciÓn por becarios y por /ES son
fijados anualmente mediante RDE para el año fiscal correspondiente, previo informe
técnico del Órgano de Línea competente, en el caso que dichos montos de subvención
hayan sido esfablecidos en los Convenios de Colaboración lnterinstitucional, o de
similar naturaleza, se deberá respetar los montos ftiados en los mismos";
Que, por la Resolución Directoral Ejecutiva No 187-2016-MINEDU-VMGIPRONABEC y sus modificaciones, se aprueba las Bases de la Beca de Reciprocidad
"Perú - Colombia", convocatoria 2016 dirigida a ciudadanos peruanos, de conformidad
con el anexo que forma parte integrante de la mencionada Resolución;
Que, la Oficina de Becas Postgrado, con la finalidad de cumplir con la
obligación de subvencionar los costos indirectos correspondientes a la manutención a
los becarios de la Beca de Reciprocidad Perú - Colombia, solicita la aprobación de los
costos de subvención por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida;
Que, de igual forma, la Oficina de Becas Postgrado indica que la determinación
las
cotizac¡ones de la página web correspond¡ente a líneas aéreas y de agenc¡as de v¡aje
que ofrecen tarifas de vuelos directos, esto con la finalidad que los becar¡os se
presenten en forma oportuna al ¡n¡cio de sus estud¡os de maestría;
del costo del pasaje aéreo internacional se realizó tomando como referenc¡a
Que, lo solicitado por la Oficina de Becas Postgrado cumple con lo establec¡do
por las Normas para Ejecución de Subvenciones para estud¡os en el Extran¡ero y
contando con la certificac¡ón presupuestar¡a por d¡chos comceptos, resulta necesario
aprobar los montos de subvención económica por costos indirectos correspondientes a
la manutención a los becar¡os de la Beca de Reciprocidad Perú Colomb¡a,
convocatoria 2016, por el concepto de pasaje aéreo ¡nternacional de ida, debiéndose
de em¡t¡r el acto resolutivo correspondiente; y,
-
Con el visto de la Of¡cina de Becas Postgrado, de la Oficina de Adm¡n¡strac¡ón,
de la Oficina de Asesoría Jurídica y conforme a lo dispuesto en la Ley No 29807, Ley
de creación del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC,
modif¡cada por la Ley N' 30281 , en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N"
013-2012-ED y modificado por Decreto Supremo N'008-2013-ED y Decreto Supremo
N' 001-201S-MINEDU; y en su Manual de Operaciones, aprobado por Resoluc¡ón
N" 0108-201 2-ED y modificada por Resolución Ministerial N'535-2015SE RESUELVE:
Artículo l.- Aprobar para el año fiscal 2016, el costo ind¡recto de manutención
por el concepto de pasaies aéreos internacionales de ida para los becar¡os de la Beca
de Reciprocidad Perú - Colombia, convocatoria 2016, de conformidad con el Anexo N"
01 que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Ordenar a la Un¡dad de Fiscalización y Control Previo de la Oficina
de Administración, registrar en el Sistema lntegrado de Becas - SIBEC, los montos
aprobados en el plazo de 1 (un) día de em¡tida la presente Resolución Oirectoral
Ejecutiva.
$
Artículo 3.- Notifíquese la presente Resolución a la Unidad de F¡scalizac¡ón y
Control Prev¡o y a la Unidad de S¡stemas e lnformación de la Oficina de
Administración, a la Oficina de Becas Postgrado y a la Oficina de Planificación.
Artículo
4.-
Publíquese
la
presente resolución en
¡nst¡tuc¡onal del PRONABEC.
Regístrese, comuníquese y cúmplase
el portal electrónico
ffi@Mffiffi
"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 2007
"Año de la Consolidación del Mar de Grau"
i
-
2016'
ANEXO 01
DETALTE DE COSTOS INDIRECTOS DE LA *BECA DE
RECIPROCIDDA PERU COLOMBIA" CONVOCATORIA 2OL6,
DIRIGIDA A CIUDADANOS PERUANOS
PAIS
IES
-Universidad ICESI
-Universidad
Pontificia Bolivariana
COLOMBIA
-Universidad
CIUDAD SEDE
DE ESTUDIO
COSTO TOTAL
PASAJE AEREO
CALI
usD 728.OO
MEDELLIN
usD 677.00
VILLAVICENCIO
usD 705.oo
BOGOTÁ
usD 773.OO
(Ida)
de
Medellín
-Universidad
de
los
Llanos
-Universidad Sergio
Arboleda