o6¿ g9?üo¡16o \ W s o fución Dire ctorat Ej e catht a t{ro. bfi -2 01 6-*l I 9{EAÜ -'tJvr g I rFLqtA(MC Lirna, 27 tuL,20t6 VISTOS: El lnforme N" 539-2016-MINEDUA/MGI-PRONABEC-OBPOST de la Oficina de Becas Postgrado y demás recaudos del expediente SINAD 25595; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 10 del Reglamento de la Ley N" 29837 aprobado por Decreto N" 013-2012-ED y modificado con Decreto Supremo N' 008-2013-ED, establece que el financiamiento para estudios de Postgrado en el extranjero "(...) comprenderá, además de /os cosfos indirectos establecidos para esfudlos a nivel nacional, /os cosfos directos de inscripción, postulación, matrícula, pensiÓn de estudios adelantada y completa, semestral o anual según el plan de estudio, materiales de estudio, taptop o equipo similar (...)", enlre otros conceptos, cuya definición y detalle de cada concepto a financiar será determinado en las Normas para Ejecución de Subvenciones para Estudios en el Extranjero, aprobadas por la Dirección Ejecutiva del PRONABEC; Que, la Resolución Directoral Ejecutiva N" 053-2016-MINEDU-VMGIPRONABEC, que aprueba la norma técnica denominada "Normas para la EjecuciÓn de Subvenciones para Estudios en el Extranjero", cuyo numeralT.6 de las Disposiciones Complementarias de las "Normas para la Ejecución de Subvenciones para Estudios en el Extranjero", señala que "/os montos de subvenciÓn por becarios y por /ES son fijados anualmente mediante RDE para el año fiscal correspondiente, previo informe técnico del Órgano de Línea competente, en el caso que dichos montos de subvención hayan sido esfablecidos en los Convenios de Colaboración lnterinstitucional, o de similar naturaleza, se deberá respetar los montos ftiados en los mismos"; Que, por la Resolución Directoral Ejecutiva No 187-2016-MINEDU-VMGIPRONABEC y sus modificaciones, se aprueba las Bases de la Beca de Reciprocidad "Perú - Colombia", convocatoria 2016 dirigida a ciudadanos peruanos, de conformidad con el anexo que forma parte integrante de la mencionada Resolución; Que, la Oficina de Becas Postgrado, con la finalidad de cumplir con la obligación de subvencionar los costos indirectos correspondientes a la manutención a los becarios de la Beca de Reciprocidad Perú - Colombia, solicita la aprobación de los costos de subvención por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida; Que, de igual forma, la Oficina de Becas Postgrado indica que la determinación las cotizac¡ones de la página web correspond¡ente a líneas aéreas y de agenc¡as de v¡aje que ofrecen tarifas de vuelos directos, esto con la finalidad que los becar¡os se presenten en forma oportuna al ¡n¡cio de sus estud¡os de maestría; del costo del pasaje aéreo internacional se realizó tomando como referenc¡a Que, lo solicitado por la Oficina de Becas Postgrado cumple con lo establec¡do por las Normas para Ejecución de Subvenciones para estud¡os en el Extran¡ero y contando con la certificac¡ón presupuestar¡a por d¡chos comceptos, resulta necesario aprobar los montos de subvención económica por costos indirectos correspondientes a la manutención a los becar¡os de la Beca de Reciprocidad Perú Colomb¡a, convocatoria 2016, por el concepto de pasaje aéreo ¡nternacional de ida, debiéndose de em¡t¡r el acto resolutivo correspondiente; y, - Con el visto de la Of¡cina de Becas Postgrado, de la Oficina de Adm¡n¡strac¡ón, de la Oficina de Asesoría Jurídica y conforme a lo dispuesto en la Ley No 29807, Ley de creación del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC, modif¡cada por la Ley N' 30281 , en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 013-2012-ED y modificado por Decreto Supremo N'008-2013-ED y Decreto Supremo N' 001-201S-MINEDU; y en su Manual de Operaciones, aprobado por Resoluc¡ón N" 0108-201 2-ED y modificada por Resolución Ministerial N'535-2015SE RESUELVE: Artículo l.- Aprobar para el año fiscal 2016, el costo ind¡recto de manutención por el concepto de pasaies aéreos internacionales de ida para los becar¡os de la Beca de Reciprocidad Perú - Colombia, convocatoria 2016, de conformidad con el Anexo N" 01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Ordenar a la Un¡dad de Fiscalización y Control Previo de la Oficina de Administración, registrar en el Sistema lntegrado de Becas - SIBEC, los montos aprobados en el plazo de 1 (un) día de em¡tida la presente Resolución Oirectoral Ejecutiva. $ Artículo 3.- Notifíquese la presente Resolución a la Unidad de F¡scalizac¡ón y Control Prev¡o y a la Unidad de S¡stemas e lnformación de la Oficina de Administración, a la Oficina de Becas Postgrado y a la Oficina de Planificación. Artículo 4.- Publíquese la presente resolución en ¡nst¡tuc¡onal del PRONABEC. Regístrese, comuníquese y cúmplase el portal electrónico ffi@Mffiffi "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú 2007 "Año de la Consolidación del Mar de Grau" i - 2016' ANEXO 01 DETALTE DE COSTOS INDIRECTOS DE LA *BECA DE RECIPROCIDDA PERU COLOMBIA" CONVOCATORIA 2OL6, DIRIGIDA A CIUDADANOS PERUANOS PAIS IES -Universidad ICESI -Universidad Pontificia Bolivariana COLOMBIA -Universidad CIUDAD SEDE DE ESTUDIO COSTO TOTAL PASAJE AEREO CALI usD 728.OO MEDELLIN usD 677.00 VILLAVICENCIO usD 705.oo BOGOTÁ usD 773.OO (Ida) de Medellín -Universidad de los Llanos -Universidad Sergio Arboleda
© Copyright 2025