Bogotá D - Terminal Bogota Copropiedad

Terminal Bogotá Copropiedad
NIT 860.517.650-8
Bogotá D.C., 04 de agosto de 2016
Doctor
JORGE ELICER MURIEL BOTERO
Representante Legal
Conserjes Inmobiliarios Ltda.
Correo: [email protected]
Asunto:
Respuesta a inquietudes proceso de contratación TBC – 008 – 2016
Teniendo en cuenta las inquietudes planteadas por usted frente al proceso descrito en el
asunto, de manera respetuosa me permito referirme de la siguiente manera:
PREGUNTA No. 1
“Respetuosamente solicitamos a la entidad indicarnos en caso de presentarse la oferta en Unión temporal si se dará
aplicación a lo que establece el estatuto de contratación, que indica que los consorcios o uniones temporales se
conformaran para aunar esfuerzos y por ende los requisitos financieros serán calificados de qué manera, la
experiencia y los criterios de evaluación de las ofertas”
RESPUESTA
Para efectos de participación en el presente proceso de contratación y evaluación de las
ofertas, no se aplican las reglas contenidas en el Estatuto de Contratación Pública como
quiera que la Terminal Bogotá Copropiedad se rige por el régimen privado.
Los Consorcios y Uniones Temporales son una evolución de los contratos joint-venture
originarios del derecho inglés, contratos privados a riesgo compartido que se celebran
usualmente entre particulares para la ejecución de proyectos privados y donde la
responsabilidad en la ejecución de la prestación se determina de conformidad con el
acuerdo de voluntades celebrado.
La facultad de los particulares de presentarse a un proceso de selección que se rige por el
régimen privado en este tipo de modalidades, encuentra su fundamento en el Artículo 6°
de la Constitución Política por no estar prohibido.
En lo que corresponde a los requisitos para evaluar en la oferta presentada, los
de índole jurídico, deben ser acreditados de forma individual, toda vez que
hacen referencia al certificado de existencia y representación de las personas
naturales o jurídicas que conformen el consorcio o unión temporal, la copia de la
cédula de ciudadanía de los representantes legales, RUT y ausencia de
inhabilidades o incompatibilidades. En lo que concierne a la Sucursal en
Colombia del proponente extranjero, este requisito se entiende surtido con
Diagonal 23 No 69 - 11 Módulo 2 Oficinas 201 - 202. PBX: 4862170
Fax: 4862175 Líneas de información 4851616 – 4233600 - 4282424
www.terminalbogota.com.co Email: [email protected]
Bogotá, D.C. - Colombia
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alguno o todos los participantes dentro del Consorcio o Unión Temporal. Así mismo, la
garantía de seriedad debe ser otorgada por uno o todos los integrantes del Consorcio o
Unión Temporal. La carta de presentación debe ser diligenciada y firmada por el
representante legal del Consorcio o Unión Temporal, de conformidad con las facultades
conferidas en el documento consorcial o de unión temporal y los estatutos de la sociedad
(según el caso), el cual debe adjuntarse.
En lo que respecta a los requisitos de índole financiero y experiencia, pueden ser cumplidos
por uno, algunos o todos los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, de tal suerte que
sumados, reúnan los requisitos exigidos en los términos de la contratación convocada.
PREGUNTA No. 2
“me permito solicitar a la entidad se estudie el presupuesto asignado por la entidad, ya que una vez analizado el
mismo es insuficiente, ya que los insumos en cuanto a cantidad subieron”
RESPUESTA
La Terminal Bogotá Copropiedad informa que no acepta la observación, por cuanto el
presupuesto asignado es el resultado de un concienzudo análisis del mercado y registros
históricos de contrataciones anteriores y de similar naturaleza, el cual ha sido aprobado por
el Consejo de Administración para la contratación de “SERVICIO DE ASEO EN LA TERMINAL
BOGOTÁ COPROPIEDAD, PLAZOLETA PRINCIPAL, OFICINAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y MANEJO
RESPONSABLE DE BASURAS EN EL CENTRO DE ACOPIO”. En consecuencia no será modificado.
PREGUNTA No. 3
“teniendo en cuenta que el mismo factor es calificado a menor valor solicitamos respetuosamente se disminuya la
cantidad de operarias, o la cantidad de insumos o el plazo de ejecución del mismo, esto para efectos de poder
realizar una cotización acorde a las necesidades del servicio y que en el evento de salir favorecidos en el presente
proceso no se realice ningún tipo de incumplimiento ni en salarios, ni en insumos en calidad ni cantidad”
RESPUESTA
La Terminal Bogotá Copropiedad informa que no acepta la observación por cuanto los
servicios y cantidades solicitadas hacen relación a su necesidad expresada ante el Consejo
de Administración para la contratación de “ SERVICIO DE ASEO EN LA TERMINAL BOGOTÁ
COPROPIEDAD, PLAZOLETA PRINCIPAL, OFICINAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y MANEJO
RESPONSABLE DE BASURAS EN EL CENTRO DE ACOPIO”, quien aprobó todos los términos de la
contratación convocado y en consecuencia es el pertinente. Quien desee participar en
este proceso debe realizar el cálculo de los costos que genera el cumplimiento óptimo de
las obligaciones que se contraerán; las imprecisiones en su determinación no servirán de
fundamento para justificar un eventual incumplimiento en la ejecución del futuro contrato.
Cordial saludo,
ORIGINAL FIRMADO
JOHN JAIRO PINO ROBAYO
Representante Legal Suplente
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