Miércoles 27 de julio del 2016 La República SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Corte Superior de Arequipa 1 La República Miércoles, 27 de julio del 2016 EDICTOS EDICTOS Expediente N° 07361-2014-0-0401-JR-CI-10, seguido por VICTOR LIZANDRO BOLAÑOS REVILLA en contra de Máximo José Víctor Tafur Revilla, como litisconsortes necesarios Victoria Emilia Falconi Revilla de Castillo, Emilio Alfredo Gaspar Tafur Revilla, María Ángela Teresa Tafur Revilla de Larrain, Nora Zegarra de Bustamante, Juan Raúl Roberto Bustamante Zegarra, Javier Mauricio Bustamante Zegarra, Cesar Alonso Bolaños Salazar, Juan Francisco Bolaños Salazar, Víctor Andrés Bolaños Espinoza, Ramiro Bustamante Zegarra, Luis Alberto Bustamante Zegarra, José Fernando Bustamante Zegarra, Felipe Eduardo Bustamante Zegarra, sobre Remoción de Administrador Judicial, el cual se viene tramitando por ante el Décimo Juzgado Civil con intervención del Especialista Legal Víctor José Tapia Málaga. Al haber fallecido la litisconsorte necesaria Victoria Emilia Falconi Revilla de Larrain, el Juzgado ha expedido la Resolución Número 25 de fecha 18 de Julio del 2016 en la que ha resuelto suspender el proceso por 30 días a fin que comparezcan al proceso los SUCESORES DE VICTORIA EMILIA FALCONI REVILLA DE CASTILLO, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL, disponiendo además la notificación por EDICTOS conforme a los artículo 167° y 168° del Código Procesal Civil. Arequipa, 21 de Julio del 2016. VICTOR TAPIA MALAGA ESPECIALISTA LEGAL.(25-26-27 julio) B/E031-4665. EDICTO Ante el 1er. Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar - Arequipa, Exp. N° 432 - 2014, Especialista Legal Milton Gonzáles Aroquipa, interpuso Demanda de Adopción de Menor de Edad (de nombre Allison Nicoll Salas Nuñez, de 14 años de edad, nacida el 22 de Abril del año 2002) Vía Excepción, el señor Jorge Luis Santos Delgado por encontrarse dentro de los alcances de los supuestos de hecho contemplados en los incisos a) y c) del Art. 128° del Código del Niño y del Adolescente, es decir; por poseer vínculo matrimonial con la madre de la menor por adoptar y por haber prohijado o convivido con la menor por adoptar durante un período no menor de dos años, ello al amparo de la Resolución 2, expedida por el Juzgado, que resuelve admitir la demanda de adopción interpuesta por Jorge Luis Santos Delgado, en vía de Proceso Único, en consecuencia traslado de la demanda interpuesta por el termino de cinco días al demandado Joel Mike Salas Tejada y de Jessica Gasdaly Núñez Calderón, debiéndosele notificar al demandado con arreglo a ley en la dirección que aparece en la ficha de la RENIEC y de ser el caso mediante edictos al desconocerse su domicilio; con citación de la Fiscalía de Familia del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar. JOSE ARTURO LUQUE FORTUN ABOGADOMAT.2980 C.A.A.(25-26-27 julio) B/N° 031-4656. EDICTO Ante el 2o Juzgado de Paz Letrado de Arequipa Sede Central. Expediente: N° 487-2016-CI-02. Juez Romero Orccon Jackeline Denisse. Especialista Legal Wilbert Cahuana Mamani. Demandante Go Traders sa. Demandado Juan Armando Quispe Cayo. Materia obligación de dar suma de dinero. Por Resolución N° 02 de fecha 16/03/2016 RESUELVO: CONCEDER RECURSO IMPUGNATORIO DE APELACIÓN CON EFECTO SUSPENSIVO EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO del dos de febrero del dos mil dieciséis, de fojas treinta y tres y treinta y cuatro DISPONGO se eleven los actuados al superior con el correspondiente oficio de atención. Tómese razón y hágase saber. Resolución N° 05 de fecha 22/06/2016 RESUELVO ORDENAR: se notifique a JUAN ARMANDO QUISPE CAYO mediante edictos, ello con la resolución No. 02 del 16 de marzo del 2016 y correspondiente escritos, debiendo ser sólo un extracto del mismo. Lo que se comunica para los fines de ley conforme a lo previsto en el Código Procesal Civil. WILBERT CAHUANA MAMANI SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO. (25-26-27 julio) B/E 031-4690. EDICTO En el proceso 049-2016-0-0403-JM-CI-01, seguido por YEHUDI BONY COAQUIRA CHEJE en contra de LOS SUCESORES DE ALEXANDER JOSE BUSTAMANT, sobre Declaración Judicial de Unión de Hecho; el Juez Mixto y Unipersonal del Juzgado Mixto del M.B.J. de Caravelí; Dr. Miguel R. Mollo Lloque, con la intervención de la especialista legal Máryorit Cano Corzo; Ha dispuesto mediante resolución Número 01:1).- Admitir a trámite la demanda de declaración de unión de hecho interpuesta por Yehudi Bony Coaquira Cheje, se notifique por edicto a las sucesiones de Alexander José Bustamante Juro, debiéndose tramitar la presente demanda en la vía de proceso de conocimiento; 2).- Téngase por ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos adjuntados; 3).-Córrase traslado de la demanda a la parte contraría por el plazo de TREINTA DÍAS, a fin que absuelva lo pertinente; SE DISPONE: Notificar mediante edictos a los sucesores, por el plazo de ley previstos por el artículo 167 del Código Procesal Civil, Bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. Autoriza el edicto laque suscribe. Chala, Caraveli-Arequipa.18 de Julio del 2016. MARYORIT E. CANO CORZO ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO MIXTO MBJ CARAVELI. (25-26-27 julio) B/E 031-4703. EDICTO En el proceso Nro. 1046-2015, el señor Juez del Cuarto Juzgado Especializado en lo civil de Arequipa Dr. Justo Andrés Quispe Apaza, Especialista Legal Dra. Norma Hilda Fernández Huaquipaco, en los seguidos por Augusto Alvarado Valenzuela y María Teresa Corrales Nieves Lazarte de Alvarado, sobre reconocimiento de propiedad exclusiva en contra de Eugenio Gonzalo Alvarado Corrales Nieves y otros, ha dispuesto la notificación mediante edictos a SANTIAGO NICOLAS MARENGO VINADER Y MARIA TERESA LOZADA POLAR, al efecto se transcribe las partes pertinentes de la resolución correspondiente. Resolución Nro. 02, Arequipa, cuatro de Mayo del dos mil quince… SE RESUELVE; admitir a trámite en la vía de proceso de conocimiento, la demanda de reconocimiento de propiedad exclusiva, como pretensión principal y de forma accesoria a esta la transferencia de derechos; como pretensión subordinada la nulidad parcial del acto jurídico de compra venta contenido en la escritura pública del 12 de julio del 2012 y como accesorias a esta, la nulidad de las escrituras públicas Nro. 287 y 376 y la cancelación del asiento C000010 de la partida 01118722. La demanda es interpuesta por Augusto Alvarado Valenzuela, María Teresa Corrales Nieves Lazarte de Alvarado, en contra de Eugenio Gonzalo Alvarado Corrales Nieves, Fernando José María Augusto Alvarado Corrales Nieves, Ricardo Antonio Alvarado Corrales Nieves, Rocío Cecilia Alvarado Venancio, José Carlos Lozada Polar, Othelma Elvira Zingoni Vernazzani, José Andrés Agramonte Galdos, Aurora Lozada Polar de Agramonte, Santiago Nicolás Marengo Vinader y María Teresa Lozada Polar, a quienes se corre traslado de la demanda por el lapso de 30 días para su contestación… Tómese razón y hágase saber. Justo Andrés Quispe Apaza, Juez. Norma Hilda Fernández Huaquipaco Especialista. Arequipa. Julio 11 del 2016. ABEL CORNEJO COA ABOGADA C.A.A. 1043. (25-26-27 julio) B/E 031-4672. EDICTOS EN EL EXPEDIENTE N° 02308-2015-0-0407-JM-CI-01, SOBRE REIVINDICACION, SEGUIDO POR JORGE EDMUNGO TOMAS MURGA DIAZ, EN CONTRA DE TULIA DELIA QUIROZ DE ZUÑIGA, ANTE EL JUZGADO MIXTO DE ISLAY-MOLLENDO, JUEZ DR. CARLOS ALVARO CARY CHOQUE, ESPECIALISTA DR. JUAN BERLY RUELAS CHAUCAYANQUI HA DISPUESTO NOTIFICAR LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN N° 3 A LOS DEMANDADOS HEREDEROS DE JUAN FAUSTO ZUÑIGA SANZ, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELES CURADOR PROCESAL; RESOLUCIÓN N° 02 DE FECHA 29 DE ENERO DE 2016: RESUELVE ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA INTERPUESTA POR JORGE EDMUNDO TOMAS MURGA DIAZ Y MARIA CANDELARIA VILCHEZ TALAVERA EN CONTRA DE TULIA BELIA QUIROZ DE ZUÑIGA SOBRE REIVINDICACION E LA VIA DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO, EN CONSECUENCIA CONFIERO TRASLADO DE LA DEMANDA A LA DEMANDADA POR EL PLAZO DE TREINTA DIAS PARA SU CONTESTACION, BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARARSE SU REBELDIA; POR OFRECIDOS LOS MEDIOS PROBATORIOS. TOMESE RAZON Y HAGA- SE SABER MOLLENDO 08 DE JULIO DE 2016. JUAN RUELAS CHAUCAYANQUI SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO ISLAY MOLLENDO. (27 julio) B/E 031-4727. ALIMENTOS Ante el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO- Sede Central; Arequipa, a cargo del Juez: Romero Orccon Jackeline Denisse, Especialista: Choquemamani Herrera Rosa Hilda, se viene tramitando el Expediente N° 03399-2014-0-0401-JPFC-02; que RODRIGUEZ MERCADO, BETTY PRURIFICACION; interpone demanda de Fijación de Pensión de Alimentos, con el fin que ALEJANDRO LADISLAO FERNANDEZ RODRIGUEZ, acuda con una pensión mensual y adelantada de S/.200.00 (DOSCIENTOS CON 00/00 NUEVOS SOLES); por el cual la Resolución N°14 resuelve notificarse por Edictos al demandado, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal; José Arturo Luque Fortún, abogado, Mat. N° 2980, C.A.A. Arequipa 25 de julio del 2016. (27 julio y 01-02 agosto) B/E 031-4726. EDICTO Ante el Segundo Juzgado Mixto del MBJ Mariano Melgar de Arequipa, Expediente: 00497-2015, Especialista: Obed Vargas Gamarra, Materia: Nulidad de Acto Jurídico; el Juez ha expedido la Resolución Nro. 11 fecha 16 Mayo 2016 señalando el fallecimiento de la codemandada MARIA CARDENAS DELGADO ocurrido el 08 Junio 2015, para tal efecto debe tenerse en cuenta el artículo 108 inciso 1 del Código Procesal Civil, en cuanto establece que por la sucesión procesal un sujeto ocupa el lugar de otro en un proceso, al reemplazarlo como titular activo o pasivo del derecho discutido, presentándose esta sucesión procesal, cuando fallecida una persona que sea parte en el proceso, es reemplazada por su sucesor, salvo disposición legal en contrario, por lo expuesto RESUELVE: SUSPENDER el séquito del proceso por el plazo de 30 días, debiendo efectuarse las publicaciones en el diario oficial El Peruano y el diario La República, a fin de que se presenten los sucesores procesales, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal que la represente. Tómese razón y Hágase saber. Arequipa, 14 de Julio del 2016.- (21-27 julio y 04 agosto) B/E 031-4630. EDICTO Camaná trece de mayo Del dos mil quince. VISTOS.Puesto a despacho por el especialista legal a cargo del trámite de proceso para resolver del pedido de conclusión del proceso sin declaración sobre el fondo. CONSIDERANDO: PRIMERO.- Mediante escrito de fecha 27 de febrero del dos mil quince, el codemandado MARTIN ALBERTO CARNERO CARNERO, en aplicación de los artículos 474 y 321 del código procesal civil, solicita que se declárela conclusión del proceso sin declaración sobre el fondo por sustracción de la materia, bajo el fundamento que al haber fallecido el obligado principal HUGO EDUARDO GONZALES LIPA, el caso objeto de demanda deja de ser un caso justiciable. SEGUNDO.De la revisión de los antecedentes del proceso, fluye que la obligación puesta al cobro, proviene del pagare suscrito por los demandados en calidad de obligado principal y fiadores solidarios, interviniendo como obligado principal el demandado HUGO EDUARDO GONZALES LIPA y fiadores solidarios Martin Alberto Carnero Carnero y Nélida Petronila Rivera de Carnero. Asimismo de la partida de defunción de folios ochenta y uno, del cual consta que con fecha treinta de diciembre del dos mil catorce ha fallecido la persona de HUGO EDUARDO GONZALES LIPA. TERCERO.- Que conforme lo señala el artículo 660 del código civil, desde la muerte de la persona los bienes, derechos Y OBLIGACIONES que constituye la herencia se transmite a sus herederos. Luego conforme al artículo 1187 del mismo código sustantivo, si muere uno de los deudores solidarios la deuda se divide entre los heredero en proporción a sus respectivas participaciones en la herencia. Finalmente conforme al artículo 61.2 de la ley de Títulos y Valores el fiador queda sujeto a la acción cambiaria, del mismo modo, durante el mismo plazo y en los mismos términos que contra su afianzado. CUARTO.- Dela interpretación sistemática de la referidas disposiciones normativas, se advierte que producido el fallecimiento de un deudor, el derecho del acreedor no se extingue, este se trans- mite a sus herederos legales y en caso de existir proceso judicial de cobro como el presente caso, si es obligado principal único, el proceso sigue contra sus herederos y a falta de estos con designación de un curador procesal, y si la obligación fue respaldada con avalista o fiador solidario, como tiene lugar en el presente proceso caso, estos igualmente están obligados al pago de la obligación en la misma posición y términos que el obligado principal, por lo que el argumento del recurrente, que al producirse el fallecimiento del obligado principal, el cobro de la deuda se sustrae del ámbito jurisdiccional, carece de todo fundamento legal, debiendo proseguirse el mismo contra los demás obligados, previa suspensión del proceso por el plazo permitido por ley para dar lugar a la sucesión procesal respecto del obligado fallecido, conforme lo señala el artículo 108 del código procesal civil modificado por la ley 30293. Fundamentos por los que RESUELVO: 1) DECLARO IMPROCEDENTE el pedido de Conclusión anticipado del proceso por sustracción de la materia formulado por MARTIN ALBERTO CARNERO CARNERO. 2) DECLARO LA SUSPENSIÓN del presente proceso por el lapso de TREINTA DIAS a efecto que dentro del mismo comparezcan al proceso los sucesores del demandado fallecido, bajo apercibimiento de designarse CURADOR PROCESAL en caso no se produzca dicho apersonamiento. 3) DISPONGO la publicación de edictos con extracto pertinente de la presente resolución por el lapso de TRES DIAS en el diario judicial de la Región, gestión que deberá ser realizada por la parte demandante, adjuntando al expediente copias de los ejemplares de dicha publicación, bajo apercibimiento de ley. Tómese razón y hágase saber.—JORGE SANDOVAL ARENAS SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAMANA. (27 julio y 01-02-03-04-05 agosto) B/E 031-4760. NOTIFICACIONES NOTIFICACIÓN POR EDICTO HACE SABER: El Primer Juzgado de Paz Letrado del Módulo de Justicia de Paucarpata, a cargo del Señor Juez Eloy Orozco Vega, sobre Proceso de Alimentos signado con el N° 01445-2015-0-0412-JP-FC-01, seguido por ELIZABETH CARPIO COLQUE en contra de SAMUEL ALEXANDER CARRASCO JARA, señala Resolución N° 11. Nombrar curador procesal para el demandado declarado rebelde, asignándole como honorarios Media Unidad de Referencia Procesal. Resolución N° 12. Declarar una relación jurídica procesal válida, saneado el proceso. Resolución Nº 13. Admitir los medios probatorios, actas de nacimientos. Resolución N° 14. Se notifique con lo actuado al curador procesal. Arequipa, 19 de julio del 2016. PERCY A. ALEMAN FERNANDEZ ABOGADO C.A.A. 5248. (21-27 julio y 07 agosto) B/E 031-4605. NOTIFICACIÓN POR EDICTO. Autoriza notificación por esta vía, resolución N° 11, del 16-05-2016. Ante el 1o Juzgado de Paz Letrado Sede M.B.J. de Paucarpata, expediente N° 02705-2014-0-0412-JP-FC-01, Juez6: Jorge Luis Villanueva Riveras, Especialista: Sheyla Sandoval Loayza; seguido por MICHEEL JOSSELYN JULISSA MAMANI VIZA, contra GEISSON DANIEL TITO ARRATEA, sobre FILIACIÓN JUDICIAL DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL Y ALIMENTOS, con resolución N° 01, del 10-10-2014, RESUELVE 1).- ADMITIR pretensión principal, VÍA procedimental ESPECIAL, DEMANDA de FILIACIÓN JUDICIAL DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL interpuesto por MICHEEL JOSSELYN JULISSA MAMANI VIZA representando a menor ALIZ MAYLIN MAMANI VIZA, contra GEISSON DANIEL TITO ARRATEA, SE DISPONE NOTIFICAR AL DEMANDADO a fin que cumpla con reconocer a ALIZ MAYLIN MAMANI VIZA como su hija biológica, plazo de DIEZ DIAS de notificado en que podrá formular oposición, bajo apercibimiento de expedirse resolución de declaración judicial de paternidad; 2).- ADMITIR la pretensión accesoria, VÍA ESPECIAL, la demanda de ALIMENTOS interpuesto por MICHEEL JOSSELYN JULISSA MAMANI VIZA representando a la menor ALIZ MAYLIN MAMANI VIZA, contra GEISSON DANIEL TITO ARRATEA, TRASLADO al demandado por plazo DIEZ DIAS para que conteste, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía, TOMESE RAZÓN Y HAGA- SE SABER. Habiendo la accionante bajo juramento, agotado las gestiones para ubicar el domicilio real del demandado, de conformidad con el art. 165° del C.P.C; NOTIFICANDOSE por este medio al demandado GEISSON DANIEL TITO ARRATEA; Juez: Jorge Luis Villanueva Riveras, Especialista: Sheyla Sandoval Loayza, NOTIFICÁNDOSE, Arequipa 2,1 de julio del 2016 - PODER JUDICIAL - Especialista: Sheyla Sandoval Loayza, 1o Juzgado de Paz Letrado Sede M.B.J. de Paucarpata, CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA. SHEYLA SANDOVAL LOAYZA SECRETARIO JUDICIAL. (25-26-27 julio) B/E 031-4684. NOTIFICACION POR EDICTO Según Expediente N° 1423-2016-0-401-JR-CI-02, Segundo Juzgado Civil de Arequipa, Juez EDGARD PINEDA GAMARRA y Especialista Legal Patricia Maribel Zapata Coaguila; ha dispuesto se notifique por edicto la Resolución N° 02, de 27 de mayo del 2016, que RESUELVE: ADMITIR a trámite, en la vía de proceso Abreviado, la demanda sobre partición de herencia como primera pretensión principal y pago, de frutos civiles como segunda pretensión principal; presentada por LUIS ALBERTO HERRERA ANCCA Y QUINTIN MENDOZA ANQUIISE en representación de JESUS ALBERTO HERRERA TALAVERA y JAIME ALBERTO HERRERA LAVAREZ contra MARIO GODOFREDO AVILA GONZALES Y JORGE ALFREDO AVILA HERRERA, MELINA JESUS HERRERA ALVAREZ y sucesores DE FRIDA MARGARITA HERRERA TALAVERA, en consecuencia, se confiere traslado de la demanda a los demandados sucesores de FRIDA MARGARITA HERRERA TALAVERA Y MELINA JESUS HERRERA ALVAREZ por el plazo de diez días para su contestación, SE DISPONE: Notificar a SUCESORES DE FRIDA MARGARITA HERRERA TALAVERA con las formalidades señaladas en los artículos 165 y siguientes del Código Procesal Civil; por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a los antecedentes los anexos adjuntados, Tómese Razón y hágase saber. Arequipa, 01 de julio del 2016. PATRICIA M. ZAPATA COAGUILA SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL. (25-26-27 julio) B/E 031-4708. REMATES PRIMER REMATE JUDICIAL En el Proceso Nro. 03242-2012-0-0401-JR-CI-02, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, seguido por MIBANCO, BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., en contra de BARRA MANRIQUE MARCO ANTONIO; ante el Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Juez Dra. Shelah North Galagarza Pérez, Especialista Legal Dra. Gonzales Ramos Nikola Marisol, ha autorizado al Martillero Público JOSÉ ÁNGELO CANALES GALLEGOS, con Registro Nro. 281, para que se lleve a cabo la diligencia del PRIMER REMATE del inmueble ubicado en la MZ. A-4, LETRA 1 SECTOR UINDUSTRIA ASOC. DE VIV. SEMI RURAL DE PRODUCTOS PECUARIOS UMAPALCA, DISTRITO DE SABANDÍA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, cuyas áreas, linderos y medidas perimétricas y demás características figuran en la Partida Registral Nro. 11093392 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Número XII-Sede Arequipa. TASACIÓN: S/.19,080.00 BASE DEL REMATE: S/. 12,720.00. AFECTACIONES: 1). EMBARGO en forma de Inscripción a favor de MIBANCO, Banco de la Microempresa S.A., hasta por la suma de S/. 5,000.00 Nuevos Soles, que es materia de ejecución en el presente proceso. No se conocen otros gravámenes. La diligencia de Primer remate se llevará a cabo el día 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2016, A LAS 10:30 HORAS, en la Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la Plaza España s/n, del distrito, provincia y departamento de Arequipa. Requisitos para ser postor, identificarse con su DNI u otro que corresponda, tener el comprobante de pago del arancel judicial por derecho a participar del remate y depositar en efectivo o Cheque de Gerencia al Martillero el 10 % de la tasación, es decir S/. 1,908.00. El adjudicatario deberá pagar la comisión al Martillero. Arequipa, 13 de julio del 2016. Jose Angelo Canales Gallegos Martillero Publico Reg. Nº 281 SUNARP. Nilda Gonzales Ramos Secretaria Judicial Primer Juzgado Especializado Civil. (21-22-25-26-27 julio y 01 agosto) B/E 031-4658. 2 La República PRIMER REMATE JUDICIAL En el proceso de Ejecución de Garantía Hipotecaria, expediente Nº 04254-2015-0-0401-JR-CI-09, que sigue la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA en contra de Karina Jraneth Cusihuallpa Alejo y Juana Alejo Auccatico; el Señor Juez del Noveno Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Dr. José Antonio Meza Miranda, especialista legal Dra. Marisol García Jurado, ha encargado a la Martillero Publico Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta la realización del PRIMER REMATE el día 08 de Agosto del 2016 a horas 09:00am, el cual se llevara a cabo en la Sala de Remates ubicada en el Sótano de Sede Central de la Corte Superior de Justicia De Arequipa, sito en esquina plaza España con calle Siglo XX S/N, del Distrito , Provincia y Departamento de Arequipa, del siguiente bien inmueble de propiedad de Juana Alejo Auccatico; DESCRIPCION: Inmueble urbano ubicado en el Pueblo Joven Independencia Manzana -09 Lote-34 Zona B del Distrito de Alto Selva Alegre, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritos en la Partida Electrónica P06007788 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII- Sede Arequipa.- VALOR DE TASACION: US$ 24,015.00 dólares de los Estados Unidos de América.- BASE DEL REMATE: US$ 16,010.00 dólares de los Estados Unidos de América, importe equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación .- AFECTACIONES: 1.- Asiento 00005: Hipoteca Común –Constitución : Sobre el inmueble inscrito en esta partida a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de US$ 8,500.00 dólares de los Estados Unidos de América.- 2.- Asiento 00006: Modificación de hipoteca: Ampliación y Modificación de Garantía Hipotecaria a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de US$ 24,015.00 dólares de los Estados Unidos de América.- No se conocen otras afectaciones .- Deposito para ser postor: Los postores deberán oblar una cantidad no menor a US$ 2,401,50 (DOS MIL CUATROSCIENTOS UNO CON 50/100 dólares de los Estados Unidos de América) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia girado a nombre del postor y presentaran el original del arancel judicial por Participación en Remate Judicial de Inmueble (cod. 07153) en el que debe estar consignado el numero del expediente , Juzgado y el numero de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad).- COMISION DEL MARTILLERO: Sera de cargo del adjudicatario, según lo dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS + IGV y deberá ser cancelada al finalizar el remate.- Juez: Dr. José Antonio Meza Miranda, especialista legal Dra. Marisol García Jurado, Martillero Publico Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta, Registro SUNARP Nº 315.Arequipa, 2016 Junio 17.- (21-22-25-26-27 julio y 01 agosto) B/E 031-4661. PRIMER REMATE En el Expediente Nº 00056-2014-0-0411-JM-CI-01, proceso que sobre Ejecución de Garantías sigue BANCO CONTINENTAL en contra de IMPORTADORA COMERCIAL TITO E.I.R.L., ANA MARIA PACCO QUISPE, con intervención de DODANIN ALBERT PACCO QUISPE, y EDGAR DONATO ALEJANDRO CCARI, la Sra. Jueza del Juzgado Civil – SEDE JACOBO HUNTER, Dra. Silvia Elizabeth Sandoval Corimayta, con la intervención de la Especialista legal Dr. César Enrique Denos Aragón, mediante resolución Nro. 23 ha designado como martillero Público a Víctor Orlando Apaza Morante, facultando para que convoque a remate público el inmueble objeto de ejecución, en merito a las facultades conferidas se convoca: PRIMER REMATE: 1.- Del inmueble ubicado en el Pueblo Joven Ampliación Pampas del Cusco, Sector I, Manzana “I”, lote 13, Zona “A”, (con frente a calle Huascar) Distrito de Jacobo Hunter, inscrito en la Partida Nro. P06127315 del Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Arequipa. DÍA Y HORA DEL REMATE: DIEZ DE AGOSTO DEL 2016, A LAS OCHO Y TREINTA HORAS DE LA MAÑANA. LUGAR: Sala de remate ubicada en la oficina de Administración Del Módulo Básico de Justicia de Jacobo Hunter, ubicada en la calle Berlin S/N. Distrito de Jacobo Hunter, Provincia y Departamento de Arequipa. TASACIÓN: US$65,496.00 (SESENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE DEL REMATE: US$43,664.00 (CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO 00/100 DOLARES AMERICANOS.) GRAVÁMENES: 1.-Primera y Preferencial hipoteca a favor del Banco Continental hasta por la suma de US$ 149,000.00 Dólares Americanos. DEPÓSITO PARA SER POSTOR: Los postores para poder participar en la diligencia de primer remate deberán depositar el 10% de tasación (US$6,549.60 Dólares Americanos), efectuado en efectivo o mediante cheque de gerencia Negociable o depósito judicial del Banco de la Nación; pagar el Arancel por derecho a participar en remate judicial inmuebles en el Banco de la Nación y además deberá pagar al Martillero Publico sus honorarios el adjudicatario, conforme a la Ley 27728. Arequipa, 28 de Junio del SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA 2016.- CESAR ENRIQUE DENOS ARAGON SECRETARIO JUDICIAL. VICTOR O. APAZA MORANTE MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 321-SUNARP. (22-25-26-27 julio y 01-02-03 agosto) B/E 031-4675. PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO Expediente: 7499-2008-0-0401-JR-CI-03 .- En los seguidos por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS, REPRESENTADO POR EL FONAFE contra Don HUMBERTO AUGUSTO TAPIA CONCHA, Doña MONICA CAROLINA TAPIA D1AZ, FREDDY ROMMEL ALVAREZ YAGUA, LUISA ANITA DELGADILLO MEDINA DE ALVAREZ Y ROSANA MARISELA SANCHEZ LUNA sobre Ejecución de Garantías, Expediente Nº 74992008, el Tercer Juzgado Civil de Arequipa a cargo del Señor Juez Dr. Zoilo Alcides Chávez Mamani, Secretaria Judicial Dra. Karina Cecilia Ylla Velásquez, han dispuesto que el suscrito saque a remate judicial en PRIMERA CONVOCATORIA, el predio rustico denominado “TORAN”, signado con la U.C. Nº 10742, Distrito de Uraca, Provincia de Castilla y Departamento de Arequipa, con áreas, linderos y medidas perimétricas que corre inscrito en la partida N9 04001395 del Registro de Propiedad Inmueble — Registro de Predios de la Zona Registral XII — Sede Aplao. VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 25,000.00 (veinticinco mil con 00/100 Dólares americanos). BASE DE REMATE: US$ 16,666.66 (Dieciséis mil seiscientos sesenta y seis con 66/100 Dólares americanos), equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: Asiento D002 HIPOTECA constituida por su propietario a favor del BANCO LATINO HASTA POR LA SUMA de US$ 24,000.00, con el objeto de garantizar el pago de las deudas contraídas por el deudor y en general por toda obligación adquirida o que adquiera el deudor, conjunta o individualmente frente al banco. Así consta más ampliamente de la escritura pública del 24/05/1996, otorgada ante Notario Dr. Javier Rodríguez. Asiento D003 EMBARGO hasta por la suma de US$ 15,000.00 en el juicio por Obligación de dar Suma de Dinero que sigue el Banco Wiesse Ldta. Arequipa, en contra de Humberto Tapia Concha, se anota esta medida por mandato del Juez Especializado en lo civil del Cuarto Juzgado Dr. Edgardo Torres López, Secretario Obed Vargas Gamarra por Resolución Auto Nº 001-96 de fecha 27/11/1996. Asiento D004 CESION DE HIPOTECA El BANCO LATINO EN LIQUIDACION cede la hipoteca contenida en el As. 2 rubro d) de esta ficha a favor del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS, según Escritura Pública de fecha 21/11/2002 otorgada ante Notario Público de Lima CAROLA CECILIA HIDALGO MORAN. Asiento D005 RENOVACION DE HIPOTECA el FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO (en adelante FONAFE) quien representa al MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS a su solicitud se renueva la hipoteca contenida en el asiento 2 del rubro D y su referente D004 de esta partida en razón que no se ha extinguido la garantía en referencia. Según consta en la Escritura Pública Nº 651 de fecha 02/03/2009 otorgada ante Notario Público de Lima Julio Antonio del Pozo Valdés. DIA Y HORA DE REMATE: El 05 de setiembre de 2016 a las 11:00 horas. LUGAR DEL REMATE: En la nueva Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la Plaza España s/n (Palacio de Justicia), Distrito de Cercado de Arequipa, Provincia y departamento de Arequipa. LOS POSTORES: deberán presentar antes del remate una cantidad no menor al 10% del Valor de Tasación del presente remate, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y con la respectiva tasa judicial (con copia de este y su DNI si es persona natural o poderes, en caso de ser persona jurídica), suscribiendo dicha tasa, con el número del expediente y generales de ley. Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de acuerdo a Ley.- ADOLFO BENJAMIN GAMARRA ESCALANTE - Martillero Público — Reg. N° 305. KARINA YLLA VELASQUEZ ESPECIALISTA LEGAL TERCER JUZGADO CIVIL. (25-26-27 julio y 01-02-03 agosto) B/E 031-4716. PRIMER REMATE En los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU REPRESENTADO POR MARIA DEL CARMEN ESTRMADOYRO DE CRUZ en contra de ABEL ROLANDO CHARCA HUANCCO E YSABEL BEATRIZ ZUÑIGA DE CHARCA; sobre Ejecución de Garantías en el expediente Nº 00729-2014-0-0401-JR-CI-07, tramitado ante el Sétimo Juzgado Civil de Arequipa, a cargo del Juez Rafael Aucahuaqui Puruhuaya, con intervención de la Especialista Sandra Saturnina Ccallo Cuevas, habiendo designado al Dr. William Farfán Rodríguez, Martillero Publico con registro N° 188, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble ubicado en Mz H Lt 6 Asociación de Vivienda Perú Argentina Bolivia Peruarbo, sector Perú, Zona III , distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscritos en la Partida Registral Nº 01149786 del Registro de Propiedad Inmueble, de los Registros Públicos de la Zona Registral XII Sede Arequipa. TASACIÓN $ 48,000.00 (cuarenta y ocho mil dólares americanos). BASE DEL PRIMER REMATE: (2/3 partes de la tasación) $ 32,000.00 (treinta y dos mil dólares americanos). Porcentaje para participar del remate (10% de la tasación). Además del arancel judicial correspondiente. Afectaciones: 1) Embargo en forma de Inscripción, asiento Nº D00004 ejecutada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de S./27,000.00 de fecha 02.10.2013. 2) Embargo en forma de inscripción sobre los derechos expectaticios de Abel Rolando Charca Huancco asiento Nº D00005, procedimiento de ejecución coactiva seguida por SUNAT hasta por la suma de S/. 7,500.00 de fecha 23.09.2013. 3) Anotación de demanda, asiento D00006, a favor de Banco de Crédito del Perú, en mérito al presente expediente de fecha 11.08.2014. 4) Embargo en forma de inscripción sobre los derechos expectaticios de Abel Rolando Charca Huancco asiento Nº D00007, procedimiento de ejecución coactiva seguida por SUNAT hasta por la suma de S/. 31,859.00 de fecha 12.11.2014, no conociéndose otros gravámenes. DIA Y HORA DEL PRIMER REMATE: 10 DE AGOSTO DEL 2016, A HORAS 12:00 horas. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates Judiciales N° 12, ubicado en el sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa sito en Siglo XX con Plaza España S/N Cercado d Arequipa del distrito, provincia y departamento de Arequipa. MARTILLERO PUBLICO: DR. WILLIAN FARFAN RODRÍGUEZ Registro de Martillero N° 188 Teléfono 958341589- 204666. Arequipa, 22 de julio de 2016. SANDRA CCALLO CUEVAS SECRETARIA JUDICIAL SETIMO JUZGADO ESP. CIVIL. (25-26-27 julio y 01-02-03 agosto) B/E 031-4720. PRIMER REMATE En el Proceso Civil Nro. 01260-2010-0-0401-JPCI-02, sobre Obligación de Dar suma de Dinero, seguido por MIBANCO, BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., en contra de FABRICACIONES Y REPARACIONES VICGON SAC, GONZALES CONDORI VICENTA y PANTIGOSO SILES SANTOS BENIGNO; el señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Cerro Colorado, Dra. Yenny Soledad Condori Fernández, Juzgado que ahora Despacha el Dr. Edson Cuentas Celis, ha autorizado al martillero público señor MAURICIO PONCE VALDIVIA, para que lleve a cabo la diligencia de PRIMER REMATE del inmueble de propiedad del demandado PANTIGOSO SILES SANTOS BENIGNO, ubicado en MZ K LOTE 4-A SECTOR I, ASOCIACION PARQUE INDUSTRIAL PORVENIR AREQUIPA APIPA, DISTRITO DE YURA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, cuya ÁREA, LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS y demás características aparecen detallados en la Partida Nro. 01148068, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral XII Sede Arequipa, TASACIÓN: S/. 11,500.00, BASE DEL REMATE: S/.7,666.66, POSTURA: S/. 1,150.00, además del arancel judicial correspondiente. AFECTACIONES: 1) Embargo a favor de Mibanco, Banco de la Microempresa S.A., hasta por la suma de S/.8,000.00, que es materia de ejecución en el presente proceso. 2) Embargo a favor de Banco Financiero del Perú, hasta por la suma de S/.80,000.00 3) Embargo a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por la suma de S/.20,000.00. No se conocen otros gravámenes. La diligencia de Primer Remate se llevará a cabo el día DIEZ DE AGOSTO DEL 2016, a las 10:00 A.M. en el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Cerro Colorado, sito en Calle Túpac Amaru N° 464 del distrito de Cerro Colorado de Arequipa. Especialista Legal. Dra. Paola Matilde Benavides. Arequipa, 11 de julio del 2016. MAURICIO PONCE VALDIVIA MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 236. PAOLA M. BENAVIDES ZUÑIGA SECRETARIA JUDICIAL. (26-27 julio y 01-02-03-04 agosto) B/E 031-4745. PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente: 00217-2013-0-0402-JP-CI-01.En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE SULLANA SA en contra de MIGUEL ANGEL PALOMINO PEREZ y NARCIZA SANTUSA ROJAS PERALTA, teniendo como Tercero con Interés a EDPYMES CREDITOS DE ALCANCE REGIONAL AREQUIPA SA (Hoy Compartamos Financiera SA) y CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ICA SA, en el proceso sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, El Juzgado de Paz Letrado de Camaná a cargo del Señor Juez Dr. Joel Jim Janampa Sang y Especialista Legal: Dr. Jorge Sandoval Arenas, ha encargado al Martillero Público Fredt Peter Valdivia Holguín sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en la Manzana “D” lote 6, Zona Única, Urbanización El Chorro, Distrito de Samuel Pastor, Provincia de Camana, Departamento de Arequipa, inscrita en la Partida Nro. 01097939 del Registro de Propiedad Inmueble de Arequipa de la Zona Registral N° XII – Sede de Arequipa.-- Con un VALOR DE TASACION: s/. 22 680.00 soles, siendo la BASE DE LA POSTURA: s/. 15 120.00 soles que constituye las dos terceras partes del Valor de dicha Tasación.- GRAVAMENES INSCRITOS: 1).- Asiento D001: Carga: Que transcurridos 3 años de la firma de la escritura pública y de existir terrenos no construidos dentro de la habilitación urbana previsto por el Municipio de Camaná. El Estado revertirá a su dominio dichas extensiones, según escritura pública de fecha 1994-01-04 ante Miércoles, 27 de julio del 2016 Notaria Gorky Oviedo. 2).- Asiento D003 Hipoteca: Constituida por su propietaria sobre el inmueble inscrito en esta ficha a favor de EDPYMES CREDITOS DE ALCANCE REGIONAL AREQUIPA SA por el monto de US$ 1000.00 con el objeto de garantizar el pago de todos los créditos y diversas obligaciones tanto directas como indirectas, existentes y futuras asumidas a favor de Edpymes Crear Arequipa. 3) Asiento D00004 Embargo Judicial: Por Resolución Judicial Nº 01 de fecha 02/09/2013 expedida por el Juez del Juzgado de Paz Letrado de Camana Dr. Rafael Aucahuaqui Porhuaya, asistido por el secretario judicial José Luis Valdez Pacheco, se RESUELVE: Dictar medida cautelar de embargo en forma de inscripción a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE SULLANA SA, la misma que recaerá sobre el derecho de propiedad que tiene el demandado Narsiza Santusa Rojas Peralta sobre el inmueble inscrito en esta partida hasta por la suma de s/. 18 000.00nuevos soles. 4) Asiento D00005 Embargo Judicial: Por Resolución Nº 01 de fecha 29/11/2013 expedida por el Juez del Juzgado de Paz Letrado de Camana Dr. Rafael Aucahuaqui Porhuaya, asistido por el Secretario Judicial Jorge Sandoval Arenas, se RESUELVE: Dictar Medida Cautelar de Embargo en Forma de inscripción a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE ICA SA, la misma que recaerá sobre el derecho de propiedad que tiene la demandada Narciza Santusa Rojas Peralta sobre el inmueble inscrito en esta partida hasta por la suma de s/. 17 000.00 nuevos soles.--DIA Y HORA DEL REMATE: El día 12 de Agosto del 2016 a horas 11:00 am. --LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Espera del Juzgado de Paz Letrado de Camana sito en la Sede Casa de la Justicia de Camana- Villa Salazar s/n, Camana ---POSTORES: Deberán depositar antes del remate una cantidad no menor al 10% de la tasación que en este caso sería: s/. 2 268 soles, el depósito deberá ser efectuado en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre del postor, los honorarios del martillero a cargo del adjudicatario (DS 008.2005 JUS) debiendo ser cancelado al finalizar el acto del remate; adicional a lo anterior el postor o postores deben presentar D.N.I., Arancel judicial por Derecho de Participación en Remate Judicial de bien Inmueble por el monto que corresponda al valor de tasación y que además deberá consignarse el número de Documento de Identidad, el número de Expediente y el Juzgado correspondiente (original y copia). Juez: Dr. Joel Jim Janampa Sang, Especialista Legal: Dr. Jorge Sandoval Arenas, Martillero Público Fredt Peter Valdivia Holguín con Mat. 325 (Celular 959390429, Correo electrónico [email protected]), Camaná 25 de Julio del 2016.--- (27 julio y 01-02-03-04-05 agosto) B/E 031-4759. TERCER REMATE PÚBLICO En el expediente Nº 00479-2014-0-0412-JM-CI-02, sobre Ejecución de Garantías seguido por el BANCO DE CRÉDITO DEL PERU en contra de CHARLES MARTIN LOPEZ CAMASCA Y SANDRA LILIANA VIZUETA RODRIGUEZ, el señor Juez del Segundo Juzgado Civil-Sede Paucarpata, Dr. Luis Alberto Rodríguez Pantigoso, con intervención de la Especialista Legal Ana Sofía Díaz Aguilar, se ha dispuesto se lleve a efecto el TERCER REMATE PUBLICO del bien que a continuación se detalla: INMUEBLE situado registralmente en la Manzana E Lote 36, Urbanización Las Marías, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Registral Nº 11055118 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº XII-Sede Arequipa. TASACIÓN: US $ 165,045.00 (Ciento sesenta y cinco mil cuarenta y cinco con 00/100 Dólares Americanos) BASE DEL TERCER REMATE: US$ 79,496.68 (SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 68/100 Dólares americanos), hecha la deducción de ley. GRAVÁMENES: 1) Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de US$. 117,400.00, que es materia del presente proceso. 2) Anotación de demanda que es materia del presente proceso. No se conoce otro gravamen. LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: El remate se efectuará en la sala de lectura del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, ubicado en la esquina de la calle Alberto Laveau con T. Alcantara, del distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, el día 08 de Agosto del 2016 a horas 09:30 am, y será efectuado por el martillero Público señor José Carlos Eulalio Chirinos Escobedo con registro Nº65. DE LOS POSTORES: los postores deberán depositar, en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación del bien o sea US$ 16,504.50 (art. 735 del C.P.C.), además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate del bien inmueble consignando número de expediente, juzgado y número de DNI del postor. Los honorarios del Martillero Público más IGV deberán ser cancelados por el adjudicatario (art. Nº 732 C.P.C.) Ana Sofía Díaz Aguilar, Especialista Legal. José Carlos E. Chirinos E. Martillero Público: (Telfs. 054-206616 -959600795). Arequipa, Julio 2016. Ana S. Diaz Aguilar ESPECIALISTA LEGAL. (26-27 julio y 01 agosto) B/E 031-4741. RECTIFICACIONES AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Luz Verónica Casilla Pilco quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia San Ignacio de Loyola (Ciudad Blanca - Paucarpata) -Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Paucarpata - Arequipa el quince de setiembre de mil novecientos ochenta y ocho; hija de don Florentino Casilla Quilo y de doña Bernardina Pilco Cutipa de Casilla, y que fue bautizada en la Iglesia San Ignacio de Loyola (Ciudad Blanca - Paucarpata) - Arequipa el diez de agosto del dos mil uno. Fue su madrina doña Rosa Quito Tito. Arequipa, 22 de julio del 2016.- DR. WALTER T. ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO. (25-26-27 julio) B/E 031-4711. AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Jhoel Baltazar Chura Gómez quien solicita la Inscripción Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia San José (La Joya) - Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Vítor - Arequipa el cinco de marzo de mil novecientos setenta y cuatro; hijo de don Marcelino Chura Huayta y de doña Saturnina Mamani Pari, y que fue bautizado en la Parroquia San José (La Joya) - Arequipa el cuatro de agosto de mil novecientos setenta y cuatro. Fueron sus padrinos don Juan Suni Surco y doña Sabina Morales de Suni. Por resolución judicial civil posterior se le autoriza a llevar como nombres ‘Jhoel Baltazar’, y como segundo apellido ‘Gómez’ sin prueba de filiación materna. Arequipa, 25 de julio del 2016.DR. WALTER T. ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO. (26-27 julio y 01 agosto) B/E 031-4729. EDICTO-CAMBIO DE NOMBRE ANTE EL NOVENO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA: JUEZ DR. JOSÉ ANTONIO MEZA MIRANDA, CON LA INTERVENCIÓN DEL ESPECIALISTA LEGAL MARISOL GARCÍA JURADO, EXPEDIENTE 03123-2016-0-0401-JR-CI-09, PROCESO NO CONTENCIOSO, MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 01, SE RESUELVE ADMITIR A TRÁMITE LA SOLICITUD DE CAMBIO DE NOMBRE INTERPUESTA POR DOÑA NATIVIDAD PICHA JIMENEZ EN REPRESENTACIÓN DE SU MENOR HIJO SERGIO ENMANUEL PICHA JIMENEZ, SOLICITANDO EL CAMBIO DE NOMBRE DEL MENOR EN SU PARTIDA DE NACIMIENTO, A EFECTO DE QUE SE SUPRIMA LA PRIMERA LETRA “N” EN SU SEGUNDO NOMBRE “ENMANUEL”, ASI COMO EL CAMBIO DE APELLIDOS DE PICHA JIMENEZ A BERNEDO PICHA, DEBIENDO FIGURAR EN ADELANTE COMO SERGIO EMANUEL BERNEDO PICHA. JACQUELINE AMPUERO PÉREZ ABOGADA C.A.A. 2534. (27 julio) B/E 031-4744. RECTIFICACION DE PARTIDAS Ante esta Notaría se han presentado doña María Julia Luque Ramos, don Rildo Mario Luque Cerpa y don Paul Enrique Luque Cerpa, solicitando la rectificación de la partidas de nacimiento, asentadas en la Municipalidad Provincial de Arequipa, en las que se ha consignado en forma errónea como nombre de su padre “Guillermo Mario Luque Vásquez” cuando lo correcto es GUILLERMO LUQUE VASQUEZ. Arequipa. 22 de julio del 2016. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO-ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (27 julio) B/E 031-4743. RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO ANTE MI DR. HUGO JULIO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA, OFICIO NOTARIAL CALLE SAN JOSÉ 330, CERCADO, SE PRESENTÓ. DAMASO AQUILINO LLERENA TOLEDO, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO N° 22, EXPEDIDA POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IRAY, PROVINCIA DE CONDESUYOS, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, DONDE DICE EN LOS DATOS DEL PADRE, “SABINO LLERENA MANCHEGO”, Y DEBE SER. “DAMASO SABINO LLERENA MANCHEGO”, LO QUE COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 25 DE JULIO DE 2016. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A MAT 036. (27 julio) B/E 031-4739. CAMBIO DE NOMBRE. ANTE EL 2 JUZGADO CIVIL MBJ DE PAUCARPATA, ESP. LEGAL MERCY YANELLA APAZA CALCINA, EXP. 01932 - 2016, SUSANA MARIA QUISPE ALVAREZ SOLICITO EL CAMBIO DE NOMBRE DE SU MENOR HIJO GABRIEL JUAN MAMANI QUISPE DONDE SE HA RESULETO: DECLARANDO FUNDADA LA SOLICITUD DE CAMBIO DE NOMBRE EN CONSECUENCIA, DISPONGO QUE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA, PROCEDA CAMBIAR EL NOMBRE CONTENIDO EN LA PARTIDA DE NACIMIENTO N° 60140261 DE AÑO 1998 CORRESPONDIENTE A GABRIEL JUAN MAMANI QUISPE DEBIENDO QUEDAR EN LO SUCESIVO COMO GABRIEL JUAN DEL PRADO ALVAREZ. AREQUIPA, 25 DE JULIO DEL 2016.- EDWIN W. VILCA MAMANI C.A.A. MAT. 9070 ABOGADO. (27 julio) B/E 031-4733. Miércoles 27 de julio del 2016 CAMBIO DE NOMBRE Ante el Primer Juzgado especializado en lo Civil Sede Paucarpata - del Distrito Judicial de Arequipa, Esp. Legal: Dr. Christian Omar Torreblanca Gómez, Expediente N° 03005-2016-0-0412-JR-CI-01, EDITH LUCERO CHIJCHEAPAZA BUTRON, por derecho propio, la Rectificación de su Partida de Nacimiento en la Forma de Cambio de Nombre; Para que se cambie el apellido paterno de “ CHIJCHEAPAZA” por el de “ BUTRON” y el apellido materno de “BUTRÓN” por el de . Debiendo de quedar finalmente como “EDITH LUCERO BUTRON”, Arequipa, 25 de julio de 2016. Juan Mario Rey Arroyo Gómez C.A.A. N° 03680.abogado. (27 julio) B/E 031-4731. 031- 4752. EDICTO-RECTIFICACION DE PARTIDA Ante el Juzgado de Paz Letrado de Chivay-Arequipa, Especialista Becerra Quispe Sharlene Pilar en el expediente Nº 4892-2015 en los seguidos sobre RECTIFICACION DE PARTIDA de NACIMIENTO por ALEJANDRINA NELLY HUANACO HINOJOSA se pone de conocimiento que con fecha 12 de Octubre del dos mil quince el juez del referido ha expedido resolución Nº 001 mediante el cual se ha RESUELTO: Admitir la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento interpuesta por ALEJANDRINA NELLY HUANACO HINOJOSA quien solicita se corrija en el cuerpo y margen del acta de nacimiento su primer nombre ALEJANDRINA la cual se encuentra tachado debiendo quedar en lo sucesivo el nombre completo ALEJANDRINA NELLY HUANACO HINOJOSA todo en la via de proceso No contencioso disponiéndose la publicación del extracto de la solicitud. Tómese razón y hágase saber. ABOG. LUIS MANUEL SALGUERO CASAZOLA REG. C.A.I. Nº 42823. DEFENSOR PUBLICO. (27 julio) B/E 031-4730. SUCESION INTESTADA CONFORME LEY 26662, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, ABOGADO NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN MELGAR 214, CERCADO, AREQUIPA, SE PRESENTO: ELIZABETH MENA NUÑEZ, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE: EDMUNDO VICENTE CARPIO LIRA, FALLECIDO EL 24 DE NOVIEMBRE DEL 2015, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDEROS A SU CONYUGE SUPERSTITE: ELIZABETH MENA NUÑEZ Y A SUS HIJOS: MANUEL MARIO CARPIO MENA Y FROILAN RICHARD CARPIO MENA. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 25.07.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (27 julio) B/E 031-4738. RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE CONFORMIDAD CON LA LEY Nº 26662, ANTE MÍ DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN LA CALLE SAN JOSE 313-A, CERCADO, SE HIZO PRESENTE: NAZARIO HAÑARI HUMPIRI, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, PARA QUE SE CORRIJA EL NOMBRE DE SU PADRE QUE DICE: “MARCOS BENITO HAÑARI CATACURA”, DEBE DECIR: “MARCOS BENITO HAÑARI CATACORA”. AREQUIPA, 22 DE JULIO DE 2016.- DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA-ABOGADA C.N.A Nº 24. (27 julio) B/E 031-4725. AVISO En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Yeni Yanet Villamar de Linares quien solicita la Inscripción Supletoria de la Partida de Bautismo de Milagros Ivett Cárdenas Salas en el Archivo de la Parroquia San Miguel Arcángel (Cayma) - Arquidiócesis de Arequipa y afirma que nació en Wanchaq - Cusco el dieciocho de abril de mil novecientos ochenta y ocho; hija de don Juvenal Valentín Cárdenas Delgado y de doña Rosa Alida Salas Alvarez, y que fue bautizada en la Parroquia San Miguel Arcángel (Cayma) - Arequipa el dieciocho de abril de mil novecientos noventa y uno. Fueron sus padrinos don Efraín Alarcón Becerra y doña Mercedes Vargas de Velazco. Arequipa, 26 de julio del 2016.- DR. WALTER TOMAS ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO. (27 julio y 01-02 agosto) B/E 031- 4749. CAMBIO DE NOMBRE Ante el Segundo Juzgado Civil del MBJ de Paucarpata Expediente 2650-2016 Especialista Yanahuaya, REBECA HUAMAN TECSI, solicita cambio de nombre de su acta de nacimiento, para figurar sucesivamente como PAULETTE VELARDE TECSI. Arequipa, 2016 julio 22. MICHAEL C. E. MENDOZA JUSTO ABOGADO C.A.A. Nº 04794. (27 julio) B/E 031- 4761. SUCESIONES SUCESION INTESTADA CONFORME LEY 26662, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, ABOGADO NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN MELGAR 214, CERCADO, AREQUIPA, SE PRESENTO: JACK JEISSON SONCO GUZMAN, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE: JULIANA LAURA GUZMAN LAURA, FALLECIDA EL 23 DE MARZO DEL 2016, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDERO A SU HIJO: JACK JEISSON SONCO GUZMAN. PRESENTENSE QUIENES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 21.07.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (27 julio) B/E 031-4753. SUCESION INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, ANTE MI DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSE 313-A, CERCADO SE PRESENTÓ: MARCELINA MOTTA VIUDA DE TALAVERA, SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU CÓNYUGE: ADRIÁN TALAVERA MARÍN; LO QUE COMUNICO PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU DERECHO A LA SUCESIÓN. AREQUIPA, 21 DE JULIO DEL 2016. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA-ABOGADA C.N.A Nº 21. (27 JULIO) B/E La República SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA SUCESIÓN INTESTADA ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN LA AVENIDA EJERCITO 307 OFICINA 104 YANAHUARA, HAYDEE GLADYS AGUILAR ROMERO, SOLICITA LA DE SU MADRE MARIA ROMERO TELLEZ, FALLECIDA EL 05.11.2015, A FIN DE QUE SE DECLARE COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS A LA SOLICITANTE Y A WILFREDO LUCAS Y EDGAR DAVID AGUILAR ROMERO. SE PUBLICA PARA FINES DE LEY. AREQUIPA, 25 DE JULIO 2016. MIGUEL VILLAVICENCIO CARDENAS NOTARIO DE AREQUIPA. (27 julio) B/E 031-4742. EDICTO-SUCESION INTESTADA Ante el 2do. JF de Paucarpata, Especialista Cuadros Gallegos, Exp.744-2015, mediante resolución 03, SE RESUELVE; ADMITIR a trámite en vía de proceso abreviado, la demanda de reconocimiento judicial de unión de hecho y otro, interpuesta por JUANA BELLIDO APAZA, en contra de la SUCESION DE ELADIO MELO NUÑEZ y otros, corriéndose traslado por el plazo de diez días. Y mediante resolución 112016, SE RESUELVE; notificar por edictos a TODOS LOS TERCEROS LEGITIMADOS, que tengan interés y por derecho les corresponda ser parte en el proceso señalado, a los posibles herederos de la sucesión de ELADIO MELO NUÑEZ, a fin de que absuelvan la demanda en el termino señalado, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. Juez Dr. Yuri Corrales Cuba, Especialista Dante Cuadros Gallegos, Arequipa 2016, julio 15. DANIS G. CUADROS GALLEGOS ESPECIALISTA LEGAL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA MODULO BASICO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA. (27 julio y 01-02 agosto) B/E 031-4737. SUCESION INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662 ANTE MI JULIO E. ESCARZA BENITEZ, ABOGADO NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE PRESENTE GLADYS ZUÑIGA GUTIERREZ SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE GILBER CLODUALDO VALENCIA CARRILLO, FALLECIDO 27 DE SETIEMBRE DE 2015, CON ULTIMO DOMICILIO EN AREQUIPA. LO QUE COMUNICO PARA QUE SE APERSONEN QUIENES TENGAN INTERES. AREQUIPA, 23 DE JULIO DE 2016. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (27 julio) B/E 031-4736. SUCESION INTESTADA DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662 ANTE MI JULIO E. ESCARZA BENITEZ, ABOGADO NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE PRESENTE YEYMI MIRSA MEDINA CARDENAS SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE HARBY CESAR MEDINA PORTUGAL, FALLECIDO 18 DE JULIO DE 2007, CON ULTIMO DOMICILIO EN AREQUIPA. LO QUE COMUNICO PARA QUE SE APERSONEN QUIENES TENGAN INTERES. AREQUIPA, 23 DE JULIO DE 2016. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (27 julio) B/E 031-4736. SUCESION INTESTADA EXP. N° 0351- 2016.- ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN CALLE COLON 211, OFICINA 107, CERCADO DE AREQUIPA, SE PRESENTA VERONICA ELIZABETH MEDINA DEL CARPIO DE VIZCARRA, SOLICITANDO LA DE ADRIAN RUTH MEDINA DELGADO, FALLECIDO EL 23 DE MAYO DEL 2016, EN ESTA CIUDAD DONDE MANTUVO SU ULTIMO DOMICILIO, LO QUE HAGO DE CONOCIMIENTO PUBLICO PARA QUE SE PRESENTEN QUIENES SE CREAN CON DERECHO A SUCEDER. AREQUIPA, 25 DE JULIO DEL AÑO 2016. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO PUBLICO DE AREQUIPA. (27 julio) B/E 031-4734. SUCESIÓN INTESTADA Ante mi Oficio Notarial ubicado en la Plaza de Armas N° 203, Chivay - Caylloma; PASTOR LEONCIO LEONIDAS SALAS MENDOZA, ISAAC HERNAN SALAS MENDOZA, FRANCISCA ROSARIO SALAS MENDOZA DE MENDOZA MARIA LUZ SALAS MENDOZA LEONOR YANETH SALAS MENDOZA, TERESA GLADYS SALAS MENDOZA, JAQUELINE CELINA SALAS MENDOZA SELMA AYDET SALAS MENDOZA Y CLEMENTINA MENDOZA DE SALAS, solicitan la Sucesión Intestada de su extinto padre y conyugue respectivamente PERCY SALAS URA, fallecido el 26 de mayo del 2015, siendo su último domicilio en el distrito de Tapay, provincia de Caylloma; instando sean declarados ellos como únicos herederos de dicho causante.- Lo que se publica a efectos que los que tengan vocación hereditaria se apersonen dentro del plazo de 15 días útiles. Chivay, 22 de julio del 2016.- JAVIER ROSAS SILVA ABOGADO-NOTARIO DE CHIVAY. (27 julio) B/E 031-4732. SUCESION INTESTADA ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN AVENIDA ARGENTINA 205, URBANIZACION 15 DE ENERO, PAUCARPATA, SE HA PRESENTADO DOÑA URSULA VICTORIA VASQUEZ HERRERA, SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE DOÑA FRANCISCA HERLINDA HERRERA, FALLECIDA EL DIA 29 DE JULIO DEL 2013, Y QUIEN TUVO SU ULTIMO DOMICILIO EN ESTA CIUDAD DE AREQUIPA. SE COMUNICA PARA LOS FINES LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA, 20 DE JULIO DEL 2016. JAVIER ANGULO SUAREZ NOTARIO. (27 julio) B/E 031-4728. PRESCRIPCIONES RECTIFICACIÓN DE ÁREA Y LINDEROS ANTE MI, JULIO ESCARZA BENITEZ, NOTARIO, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE PRESENTE ZULEMA LENIS CALLE CHAVEZ, SOLICITANDO EL INICIO DE TRÁMITE NOTARIAL DE RECTIFICACIÓN DE ÁREA Y LINDEROS DEL PREDIO UBICADO EN URBANIZACIÓN LA ROMERO, MANZANA D, LOTE 2, DISTRITO DE CAYMA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL 11242440 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL XII-SEDE AREQUIPA. EL PREDIO TIENE UN ÁREA REAL VERIFICADA DE 189.60 M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS: POR EL FRENTE: CON CALLE No. 4 Y LOTE 3 (PARTIDA 11242441) CON 10.86 Y 1.10; POR EL COSTADO DERECHO: CON LOTE 12 (PARTIDA 11242450), CON 17.34 M.; POR EL COSTADO IZQUIERDO: CON LOTE 1 PARTIDA 11242439), CON 17.35 M.; POR EL FONDO: CON PROLONGACIÓN CALLE Nº 2, CON 9.90 M. SE EFECTÚA LA PRESENTE PUBLICACIÓN PARA LOS FINES LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA, 14 DE JULIO DEL 2016. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (27 julio y 04-10 agosto) B/E 031-4740. RECTIFICACIÓN DE ÁREA Y LINDEROS ANTE MI, JULIO ESCARZA BENITEZ, NOTARIO, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUERON PRESENTES JUANA HERMILIA CHAVEZ ALPACA, DARIO FIDEL CALLE BELLIDO, JUANA ROSA CHAVEZ ALPACA, TITO EDILBERTO CHAVEZ ALPACA Y JOVA MARCIA VILCA DE CHAVEZ, SOLICITANDO EL INICIO DE TRÁMITE NOTARIAL DE RECTIFICACIÓN DE ÁREA Y LINDEROS DEL PREDIO UBICADO EN URBANIZACIÓN LA ROMERO, MANZANA D, LOTE 12, DISTRITO DE CAYMA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL 11242450 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL XIISEDE AREQUIPA. EL PREDIO TIENE UN ÁREA REAL VERIFICADA DE 286.65 M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS: POR EL FRENTE: CON PROLONGACIÓN CALLE No. 2 Y LOTE 13 SEAL, CON 13.73, 3.30 Y 5.03 M.; POR LA DERECHA: CON LOTE 2 (PARTIDA 11242440), CON 17.34 M.; POR LA IZQUIERDA: CON URBANIZACIÓN LA MARINA, MZ. A, LOTES 1 Y 2, CON 3.89 Y 7.99 M.; POR EL FONDO: CON LOTE 3 (PARTIDA 11242441), CON 18.98 M. SE EFECTUA LA PRESENTE PUBLICACION PARA LOS FINES LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA, 14 DE JULIO DEL 2016. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (27 julio 04-10 agosto) B/E 031-4740. PRESCRIPCION ADQUISITIVA A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por REGINAL CLOALDO ARENAZA COLOMA y ALEJANDRA LANDEO DE ARENAZA solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del predio ubicado en Cooperativa de Vivienda “El Carmen Limitada N°318” Lote 15, manzana “C” distrito Hunter, provincia, departamento Arequipa ÁREA: 334.50 METROS CUADRADOS LINDEROS-MEDIDAS PERIMÉTRICAS: Frente: Avenida Lima con 12.30 metros. Derecha: Lote 17 con 27.20 metros. Izquierda: Lote 13 con 29.50 metros. Fondo: Lote 14 con 11.80 metros. Lo que se pone en conocimiento público para los fines de ley. AREQUIPA, 2016 JULIO 19. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO ABOGADO. (21-27 julio 04 agosto) B/E 031-4634. PRESCRIPCION ADQUISITIVA A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Ofc. 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por ROBERTO TICONA QUISPE y YOLANDA QUISPE MAMANI DE TICONA, solicitando la PRESCRIPCION ADQUISITIVA del predio ubicado en Avenida Dolores N°188, signado como SUB LOTE 4-A (ingreso a la Urbanización Los Cardenales, con- formando ahora el lote la urbanización denominada actualmente “Los Cardenales II), distrito de José Luís Bustamante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa. ÁREA: 300.05 metros cuadrados LINDEROS-MEDIDAS PERIMÉTRICAS: Frente: Servidumbre de pasó con 14.05 metros. Derecha: Sub lote 4 con 19.80 metros. Izquierda: Con U.C. N° 93216 con 17.99 y 1.50 metros Fondo: Con U.C. 08208 con 16.63 metros. Lo que se pone en conocimiento publico para los fines de ley. Arequipa, 2016 julio 19. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO ABOGADO. (21-27 julio y 04 agosto) B/E 031-4634. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante mi, FERNANDO DENIS BEGAZO DELGADO, Abogado - Notario de Arequipa, con oficio en Jerusalén N° 124 Of. 1 - Arequipa, se presentaron: ERNESTO CANAZAS GUTIERREZ Y HILDA JENOBEVA CANAZAS GUTIERREZ DE AMBRUS, solicitando al amparo de la Ley 27157, su Reglamento y la Ley 27333, la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, del inmueble signado lote 10 de la manzana I o inmueble N° 715 de la Av. Simón Bolivar, distrito de Mariano Melgar, provincia y departamento de Arequipa, predio que se encuentra inscrito en forma independiente, en la partida P06119936 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa, de la que aparece su historia de dominio, linderos y medidas perimétricas El titular registral es: Isidro Solis Chávez. Lo que se pone en conocimiento de los interesados para que ejerciten su derecho, conforme a Ley. Arequipa, 18 de julio del 2016. FERNANDO BEGAZO DELGADO ABOGADO NOTARIO. (21-27 julio y 04 agosto) B/E 031-4628. PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE MI, JULIO E. ESCARZA BENITEZ, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE PRESENTE GIOVANNA ROCIO MENDOZA QUISPE, SOLICITANDO EL INICIO DE TRÁMITE NOTARIAL DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DE LOS SIGUIENTES PREDIOS: PREDIO SIGNADO COMO LOTE 8, MANZANA L, “URBANIZACIÓN RESIDENCIAL LA MERCED CHALLAPAMPA- II ETAPA”, DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; DE UN ÁREA DE 120.15 M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: POR EL FRENTE: CON LA CALLE No. 7, CON UNA LINEA RECTA DE 7.50 ML, POR EL COSTADO DERECHO: CON LOTE 9, CON UNA LINEA RECTA DE 16.04 ML., POR EL COSTADO IZQUIERDO: CON LOTE 7, CON UNA LINEA RECTA DE 16 ML. POR EL FONDO: CON COLEGIO CALIENES, CON 7.50 ML. PREDIO SIGNADO COMO LOTE 9, MANZANA L, “URBANIZACIÓN RESIDENCIAL LA MERCED CHALLAPAMPA - II ETAPA”, DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; DE UN ÁREA DE 116.29 M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: POR EL FRENTE: CON LA CALLE No. 7, CON UNA LINEA RECTA DE 8.50 ML, POR EL COSTADO DERECHO: CON COLEGIO CALIENES, CON UNA LINEA RECTA DE 16.27 ML., POR EL COSTADO IZQUIERDO: CON LOTE 8, CON UNA LINEA RECTA DE 16.04 ML. POR EL FONDO: CON COLEGIO CALIENES, CON 5.98 ML. AMBOS PREDIOS SE ENCUENTRAN INSCRITOS DENTRO LA PARTIDA REGISTRAL 04006388 A NOMBRE DE SERAFINA EMPERATRIZ CORRALES NUÑEZ, JULIO PEDRO CARBAJAL NUÑEZ, YSAURO YSMAEL CARBAJAL NUÑEZ, MERCEDES FLOR MUNIVE GARCÍA Y VANESSA LEE CARBAJAL MUNIVE. SE EFECTUA LA PRESENTE PUBLICACIÓN RARA LOS FINES LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA, 18 DE JULIO DEL 2016. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (21-27 julio y 04 agosto) B/E 031-4602. PRESCRIPCION ADQUISITIVA Ante esta Notaría se han presentado los esposos Oscar Percy Torres Flores y Ericka María Terrones Soto, solicitando la prescripción adquisitiva del inmueble urbano ubicado con frente a la calle Manzanitos 211, Urbanización El Palomar del distrito, provincia y departamento de Arequipa, el mismo que tiene un área de 198.80 m2 (CIENTO NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON OCHENTA DECIMETROS) encerrado dentro de los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente, con la urbanización Juventud Ferroviaria calle Manzanitos por medio con 12.20 y 5.08 metros; por el costado derecho, entrando, con propiedad del Señor Ricardo Alemán Barriga, calle de la limpieza por medio, con 12.24 metros; por el costado izquierdo, entrando, con propiedad del señor Ricardo Alemán Barriga, callejón de la limpieza por medio, con línea 12.50 y 0.89 metros; por el fondo, con el sub lote A (área remanente), con 14.84 metros. El predio forma parte de la partida matriz 01124000 del Registro de Predios de Arequipa. 08 de julio del 2016.- JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO-ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (15-21-27 julio) B/E 031-4533. PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO Ante mi: Alejandro Paredes Alí, Notario Público de Mollendo, Región Arequipa, se presentó: ELIANA VICTORIA VALDIVIA MUÑOZ, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, al amparo del 3 contenido de la Ley 27157 y D.S. 008-2000 MTC, del INMUEBLE URBANO SIGNADO COMO LOTE 3, MANZANA F4, CENTRO POBLADO MOLLENDO, DISTRITO DE MOLLENDO, PROVINCIA DE ISLAY, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, inscrito en la Partida número: P06215708; cuenta con un área de 326.39 m2, linderos y medidas perimétricas: FRENTE, calle Alfonso Ugarte, 9.59 ml; por la DERECHA, Lotes 2,1, 35.31 ml; por la IZQUIERDA, Lote 4, 32.10 ml; por el FONDO, Océano Pacífico, 2.92 ml, 3.33 ml y 6.08 ml.- Lo que se comunica a fin de que los que se crean con derechos, los hagan valer en la forma establecida por Ley.- Mollendo, 2016 julio 12.- ALEJANDRO PAREDES ALI Abogado-Notario Público Mollendo Islay. (21-27 julio 04 agosto ) B/Nº 031-4591. CONSEJO DE FAMILIA Por ante el Juzgado de Familia del Módulo Básico de Justicia de Jacobo Hunter de Arequipa, a través del Expediente N° 05174-2016-0-0411-JP-FC-01, el señor Juez Roberto Soncco Valencia con intervención de la Especialista Legal Norma Ofelia Quispe Flores, mediante Resolución número dos, de fecha cuatro de julio del año dos mil dieciséis, ha dispuesto se publique un extracto del admisorio de la demanda, en los seguidos por MIRIAM GUZMÁN DE PORTUGAL contra Yovana Estelita Guzmán Bejarano, Falon Monique Beltrán Torres, Ángel Guzmán Cornejo, Beatriz Ami Guzmán Bejarano, María Arianela Guzmán Bejarano, Elizabeth Matilde Guzmán Bejarano, Jesús Beltrán Torres, Jesús Beltrán Alfaro, María del Rosario Guzmán Bejarano, Paula Torres Beltrán de Beltrán sobre Formación de Concejo de Familia; Resolución N° 02, “RESUELVE: ADMITIR EN LA VÍA DEL PROCESO ESPECIAL NO CONTENCIOSO, la solicitud de FORMACIÓN DE CONCEJO DE FAMILIA, para las menores JIMENA PAOLA GUZMÁN BELTRÁN y RAFAELA MATILDE GUZMÁN BELTRÁN presentada por MIRIAM GUZMÁN DE PORTUGAL, con emplazamiento de ÁNGEL GUZMÁN CORNEJO, MARÍA ARIANELA GUZMÁN BEJARANO, BEATRIZ AMI GUZMÁN BEJARANO, MARÍA DEL ROSARIO GUZMÁN BEJARANO, ELIZABETH MATILDE GUZMÁN BEJARANO, YOVANA ESTELITA GUZMÁN BEJARANO, JESÚS BELTRÁN ALFARO, PAULA TORRES BELTRÁN DE BELTRÁN, FALON MONIQUE BELTRÁN TORRES y JESÚS BELTRÁN TORRES y del MINISTERIO PÚBLICO. ORDENO: la correspondiente publicación en el Diario Oficial de la localidad conforme el Art. 634 del Código Civil por el plazo de dos días, para que cualquier interesado pueda observar la inclusión o exclusión de las personas que deban integrar dicho consejo; por ofrecidos los medios probatorios, agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.”, se hace la publicación de conformidad con lo establecido por el Art. 634 del Código Civil. Arequipa, 22 de Julio del 2016.NORMA QUISPE FLORES ESP. LEGAL JUZGADO DE FAMILIA. (27 julio y 01 agosto) B/E 4751. EDICTOS PENALES Proceso N°124-2015-97-0404-JR-PE-01 (Expediente Judicial) El JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE APLAO, DRA. MARIA LUISA PICKMANN ADRIAZOLA, por intermedio del presente NOTIFICA a MARGARITA HERNANDEZ CARITIMARI, con el contenido del Auto de Citación a Juicio Oral, de fecha uno de julio del dos mil dieciséis, la misma que programa fecha para la audiencia de juicio oral para el día 12/08/2016, A LAS 10:00 HORAS, EN LA ÚNICA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE PENAL UNIPERSONAL DE APLAO, ubicado en Calle Progreso N° T 1-05, Aplao, por lo que se le CITA Y EMPLAZA a JUICIO ORAL a la acusada MARGARITA HERNANDEZ CARITIMARI, para que en caso de inasistencia a la referida diligencia se le declarará reo contumaz, ordenándosele órdenes de captura en su contra y se le nombrará defensor de oficio adscrito a la localidad de Aplao en caso de inasistencia de su abogado de libre elección. Todo ello en el Expediente N°1242015-97-0404-JR-PE-01, por el delito de Homicidio Simple en agravio de Q.E.V.F. Sulpicio Severiano Feria Huacallo. Especialista Judicial de Causas y Audio. Estela Ccapa Taipe.- Aplao, 7 de julio del 2016.- (27 julio y 01-02 de agosto) Proceso N°142-2013-39-0404-JR-PE-01 (Cuaderno de Ejecución) El JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE APLAO, DR. DEYVI CUEVA CUCHO, por intermedio del presente NOTIFICA a JACINTO ADOLFO LIBANDRO TACO, con el contenido de la Resolución número tres, de fecha dieciséis de agosto del dos mil dieciséis, la misma que reprograma fecha para la audiencia de revocatoria de la pena para el día 16/08/2016, A LAS 14:00 HORAS, EN LA ÚNICA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE APLAO, ubicado en Calle Progreso N° T 1-05, Aplao, en caso de inasistencia de su abogado de libre elección se le nombrará defensor de oficio adscrito a la localidad de Aplao con quien se llevará indefectiblemente la referida audiencia, asimismo se le requiere a Jacinto Adolfo Libandro Taco cumpla con el pago de pensiones devengadas y reparación civil en el monto de S/.492.60 en el plazo de cinco días. Todo ello en 4 La República el Expediente N°142-2013-39-0404-JR-PE-01, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de Claudia Rosa Ranilla Corpuna. Especialista Judicial de Causas y Audio. Estela Ccapa Taipe. Aplao, 26 de mayo del 2016. (27 julio y 01-02 de agosto) NOTIFICACION POR EDICTO En el expediente N° 2015-00069-0-0-040601-JRPE-01, seguido en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Condesuyos, que despacha el Juez Oswaldo Fernández Urrutia, Especialista Legal Oliver Concha Castro, en los seguidos contra THOMAS QUIÑONEZ CAÑARI, por la presunta comisión del delito de peligro Común en la modalidad de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD representada por el Ministerio Público; por lo que a mérito de lo dispuesto en la resolución N° 07 de fecha doce de julio del año dos mil dieciséis, SE DISPONE: Poner en conocimiento del acusado Thomas Quiñónez Cañari que tiene el plazo de veinticuatro horas para que designe abogado defensor de su preferencia, bajo apercibimiento de designarse al defensor publico de la provincia de Condesuyos. (25-26-27 julio) EXPEDIENTE: N° 10947-2014-TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A”LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE MARIA SOLEDAD BELLIDO ANGULO dispone que se notifique mediante edictos a la procuraduría pública especializada en asuntos de orden público CON LA RESOLUCION NUMERO CUATRO DE FECHA TRES DE MAYO DEL DOS MIL DIECISIES QUE RESUELVE: 1) DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCION PENAL por PRESCRIPCIÓN, en la causa seguida en agravio de ADAN CONCEPCION ALVARADO RAMOS, por Faltas Contra la tranquilidad pública. 2) DISPONGO el ARCHIVO DEFINITIVO de los actuados, debiéndose notificar a la parte agraviada. Tómese razón y hágase saber.-. ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, 25,26 Y 27 de JULIO del 2016 EXPEDIENTE: N° 5157-2015- TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE BERTHA UCHANI SARMIENTO dispone que se notifique mediante edictos a la parte agraviada DAVID VARGAS LA TORRE CON LA RESOLUCION NUMERO DOS DE FECHA VEINTIUNO DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIES QUE RESUELVE: hacer efectivo el apercibimiento ordenado en la resolución que precede y se dispone ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por DAVID ENRIQUE VARGAS LA TORRE, en contra de JOSE HUAYTA HUAYTA, por Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, 25, 26 Y 27 de JULIO del 2016 En el Expediente número 1419-2016-0-0401-JRFP-03. Ante el Tercer Juzgado de Familia, que Despacha la señora Jueza Julia Maria Montesinos Y Montesinos Hartley, con intervención de la Dra. Maria Alejandra Pinto Sánchez, en el proceso sobre Denuncia Penal (Infractores), se ha ordenado se notifique por edictos judiciales a Juana Rodríguez Pastor de lo siguiente: Siendo el estado del proceso se señala como fecha para LA AUDIENCIA DE ESCLARECIMIENTO DE HECHOS para el dia Viernes DOCE de AGOSTO DEL PRESENTE AÑO A las CATORCE HORAS en el despacho del Tercer Juzgado de Familia debiendo notificar a los y demás co investigados Jordy Alexander Luque Mamani, Adolfo Rivaldo Salcedo Gómez James Fernando Valdivia Canaza y Marco Antonio Valencia Fernández, a los agraviados Yovaner Belisario Oha y Juana Rodríguez Pastor asi como a los investigados asi como peritos y testigos que puedan haberse ofrecido.(25-26-27 julio) En el Expediente número 5333-2015-0-0401-JRFC-03. Ante el Tercer Juzgado de Familia, que Despacha la Señora Jueza Montesinos y Montesinos, Julia Maria; con intervención de la Especialista Legal Maria Alejandra Pinto Sánchez, en el proceso sobre Violencia Familiar, se ha ordenado se notifique por edictos judiciales a Barbarita Victoria Vásquez Viuda de Valencia de lo siguiente: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de VIOLENCIA FAMILIAR, interpuesta por el representante de la Tercera Fiscalía de Familia, INGRID LILIANA ALVAREZ C0AGUILA, En contra de MARIA VICTORIA VALENCIA VASQUEZ y en contra de HUGO MIGUEL HUAMANI MAQUE, en agravio de BARBARITA VICTORIA VASQUEZ VDA. DE VALENCIA En VÍA DE PROCESO UNICO; en consecuencia, TRASLADO de la demanda por el plazo de cinco dias a la parte demandada, para que conteste los cargos expresados en la misma, bajo APERCIBIMIENTO de ser declarado REBELDE, por ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos acompañados. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- Al primer otrosi: VISTOS Y CONSIDERANDO; PRIMERO.- Que como lo prescribe el articulo 11 del reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de 26260 modificado por la ley 27982, el Juzgado está SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA facultado a pronunciarse respecto de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público relativas a medidas de protección dictadas al inicio de una investigación sobre Violencia Familiar. SEGUNDO.Que del análisis realizado a los medios probatorios aparejados por el Ministerio Público, aparece que los autos son suficientes y justifican la vigencia de aquellas medidas; por lo que, SE RESUELVE: CONFIRMAR la Resolución número 2457-2015-3FPF-MP-AR, por lo tanto, VIGENTES las medidas de protección inmediatas de A) Prohibición de acoso a la victima Barbarita Victoria Vásquez Vda. De Valencia por parte de los demandados Maria Victoria Valencia Vásquez y Hugo Miguel Huamani Maque, en todo momento y bajo cualquier circunstancia, bajo apercibimiento de ser denunciado penalmente por delito de desobediencia a la autoridad. B) El Otorgamiento de Garantías por la Comisaria de Congata a favor de la víctima. C) El seguimiento de una terapia psicológica y de orientación familiar, habiendo el Ministerio Público cursado los oficios correspondientes para su cumplimiento. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.-Al segundo y tercer otrosí.- téngase presente Al cuarto otrosí.-Estando a lo solicitado por el Ministerio Público, conforme a lo dispuesto por el artículo 179 del Código Procesal Civil y 17 del reglamento de la Ley de Protección de Violencia Familiar 26260, se concede auxilio judicial a la parte agraviada; en consecuencia, se concede a la parte demandada el plazo de tres días de notificado con la presente para que concurra al local del Juzgado a fin de tomar conocimiento de la demanda y sus anexos, % obtener copias simples de dichos documentos, debiendo identificarse pon su documento de identidad al concurrir al Juzgado con finalidad que se le otorgue acceso al expediente. (25-26-27 julio) 1° Juzgado de Familia EXPEDIENTE MATERIA JUEZ ESPECIALISTA MINISTERIO PUBLICO DEMANDADO AGRAVIADO 335-2015-0-0401 -JR-FC-01 VIOLENCIA FAMILIAR AQUIZE CACERES ROCIO DEL MILAGRO MEJIA CACERES IDELMA ISABEL PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL DE FAMILIA GUTIERREZ ANCCORI, ALBERTO HANCCO ANCCORI, VICTORIA Expediente 5335-2015, Primer Juzgado Especializado de Familia, Juez Dra. Roció Aquize Cáceres, en el proceso de Violencia Familiar seguido por el Ministerio Público en agravio de Victoria Hancco Anccori en contra de Alberto Gutiérrez Anccori, se notifica al demandado Alberto Gutiérrez Anccori, con la parte pertinente de la resolución 02 y 03-2016: RESUELVO: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar interpuesta por la Señora Fiscal de la Tercera Fiscalía Provincial de Familia, doctora Ingrid Liliana Alvarez Coaguila, a favor de VICTORIA HANCCO ANCCORI en contra de don ALBERTO GUTIERREZ ANCCORI, sobre violencia familiar, en vía de proceso único, en consecuencia, traslado de la demanda interpuesta por el término de cinco días, al demandado, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. T.R.y H.S. (25-26-27 julio) EL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE CARAVELÍ, DR. MIGUEL MOLLO LLOQUE HA ORDENADO EN EL EXPEDIENTE NRO. 53-2016-0-0403-JM-CI-01, NOTIFICAR MEDIANTE EDICTOS AL SR. JHON MANUEL QUIÑONES RAMOS Y JORGE ANTONIO QUIÑONES RAMOS , LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO Y TRES, QUE RESUELVE: APERTURAR INVESTIGACIÓN TUTELAR POR ABANDONO MORAL Y MATERIAL A FAVOR DE LOS MENORES J.K.Q; A.D.Q.S; M.D.S.Q;J.J.M.Q.S. y A.S.A.Q.S., DICTANDO MEDIDAS DE PROTECCIÓN A SU FAVOR DISPONIENDOSE SU INTERNAMIENTO EN FORMA PROVISIONAL EN LA ALDEA INFANTIL VIRGEN DEL BUEN PASO DE CARAVELÍ, RECÍBASE LA DECLARACIÓN DE LOS SRES. JHON MANUEL QUIÑONES RAMOS Y JORGE ANTONIO QUIÑONES RAMOS, PARA EL DÍA MIERCOLES TREINTA Y UNO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO MIXTO DE CARAVELÍ, DEBIENDO DE NOTIFICARSE POR EL TERMINO DE TRES DÍAS CON INTERVALOS DE TRES DÍAS, EL PRESENTE EDICTO . CARAVELI 14 DE JULIO (25-26-27 julio) Ante el Juzgado de Paz Letrado de Acari, Sec. Carlos Benites Machuca, Expediente No 00174-2015 se ha dispuesto notificar por edictos estando a lo ordenado mediante Resolución No. 03 -2016 Acari, 11 de Julio del 2016. Declarar REBELDE don JESUS MARTIN MONTOYA MONTOYA. SE SEÑALA; fecha para la realización de la Audiencia Única para el día VEINTISEIS DE JULIO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ. Fdo. Doctora Marisol Mónica Ramos Pacsi. Juez (s) del Juzgado de Paz Letrado de Acari. Carlos Benites Machuca. Secretario Judicial. Acari, 11 de Julio de 2016. (27 julio y 01-02 agosto) NOTIFICACION POR EDICTO POR ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA, QUE DESPACHA EL DOCTOR HUMBERTO VALDIVIA TALAVERA CON INTERVENCIÓN DE LA ESPECIALISTA LEGAL CARMEN ALICIA GASEA MOLINA SE TRAMITA EL EXPEDIENTE NÚMERO 6966-2015 SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR; SE HA DISPUESTO LA NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS; RESOLUCIÓN NÚMERO 01 DE FECHA 28 DE MARZO DEL 2016, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA DE VIOLENCIA FAMILIAR INTERPUESTA POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN AGRAVIO DE MARITZA TUMI CARI, EN CONTRA DE JORGE ALBINO BEGAZO SOTO, TRAMITÁNDOSE LA PRESENTE CAUSA EN VÍA DE PROCESO ÚNICO; EN CONSECUENCIA, SE DISPONE NOTIFICAR AI DEMANDADO JORGE ALBINO BEGAZO SOTO POR EDICTOS, POR EL PLAZO DE VEINTICINCO DÍAS, BAJO APERCIBIMIENTO EN CASO DE NO APERSONARSE A PROCESO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL. MOLLENDO, 18 DE JULIO DEL 2016.- (27 julio y 0102 agosto) Proceso número 2015-4626-JPU JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY-MOLLENDO ESPECIALISTA JUDICIAL: KAREN MARYBETH FARFÁN DELGADO SE CITA Y SE EMPLAZA, AL ACUSADO JOSE ARMANDO CERDEÑA LIU, CON EL FIN DE QUE SE APERSONE AL LOCAL DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL, SITO EN CALLE COMERCIO NÚMERO 771 - MOLLENDO, EL DÍA DIEZ DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO A LAS DIEZ HORAS PARA LA DILIGENCIA DE JUICIO ORAL, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADOS REOS AUSENTES O CONTUMACES EN CASO DE INCONCURRENCIA, ELLO EN EL PROCESO N° 2015-4626 SEGUIDO EN SU CONTRA POR EL DELITO DE ESTAFA EN AGRAVIO DE LENY SILVANA VALDIVIA CÁMARA. (27 julio y 01-02 agosto) En el proceso N° 09651-2016-0-0401-JR-FT-03, tramitado ante el tercer Juzgado de Familia, que despacha la Juez Julia Montesinos y Montesinos Hartley, proceso especial de tutela en mérito a la Ley 30364 seguido por María Ticona Cahuína en nombre propio y en representación de la niña de iniciales L.L.T. en contra de Alipio Loayza Quispe; se ha ordenado notificar a ALIPIO LOAYZA QUISPE, mediante EDICTOS por el plazo de tres días en forma interdiaria a efectos que tome en conocimiento que en la resolución número dos de fecha catorce de julio del dos mil dieciséis, se ha RESUELTO: DICTAR como medidas de protección a favor de MARIA TICONA CAHUINA y la niña L.L.T. que deberá cumplir ALIPIO LOAYZA QUISPE las siguientes: 1 .-El denunciado ALIPIO LOAYZA QUISPE, se encuentra prohibido de acercarse a la denunciante MARIA TICONA CAHUINA y a su menor hija L.LT, en cualquier lugar público o privado, en su hogar, centro de trabajo o de estudios a menos de quinientos metros; y si se encuentra bajo los efectos del licor la distancia se incrementará a setecientos metros. 2.- El denunciado ALIPIO LOAYZA QUISPE, se encuentra prohibido de comunicarse por cualquier vía o medio a la denunciante MARIA TICONA CAHUINA y a su menor hija L.L.T. 3 - El denunciado ALIPIO LOAYZA QUISPE, se encuentra prohibido de acercarse al domicilio de la denunciante y su menor hija, a menos de quinientos metros, se encuentra prohibido de ingresar a dicho domicilio de la denunciante. 4.- En caso que la resolución 2-2016 expedida en el expediente 4124-2016-0-0401-JR-FC-01 ya no estuviera surtiendo sus efectos, este Despacho dicta también como medida de protección el retiro del agresor del domicilio de la denunciante, por lo que no puede volver a ingresar a dicho domicilio, en tanto la presente resolución se encuentre vigente. 5.- El denunciado deberá cumplir la medidas precedentemente dictadas bajo apercibimiento de incurrir nuevamente en desobediencia a la autoridad y ser denunciado por este ilícito por lo que si personal policial, verifica que ha incumplido dicho mandato deberá dar cuenta inmediata a la Fiscalía penal para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. 6.- Personal Policial de la comisaria del Sector del domicilio de la denunciante deberá continuar prestando garantías al a denunciante, debiendo acudir a cualquier llamado de auxilio ante cualquier hecho de violencia que pudiera propiciar el denunciado; deberá continuar también con realizar constataciones semanales respecto a lo ordenado en esta resolución, dando cuenta al a Fiscalía penal directamente del incumplimiento. DISPONGO: Que la Policía Nacional del Perú, a través de la Comisaría de Congata se encargue de la ejecución de lo ordenado en la presente resolución, bajo responsabilidad. ORDENO que por secretaría se cursen los oficios respectivos. REMÍTANSE los actuados a la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa, Doctora Isabel Hurtado Mazeyra para que, conforme a ley, se avoque a su conocimiento. Y estando a que se desconoce el domicilio del denunciado, la presente deberá notificarse al denunciado por edictos en el Diario La República, así como se remitirá una copia de la presente a la Comisaría de Congata quienes deberán notificar la misma al denunciado cuando éste sea habido, dando cuenta al juzgado. TR y HS.- Firma Juez Julia Montesinos y Montesinos, Esp. Legal Karina Colmenares. Arequipa, 19 de julio del 2016. (27 julio y 01-02 agosto) EXPEDIENTE: N° 5029-2016-TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE BERTHA UCHANI SARMIENTO DISPONE QUE SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS AL IMPUTADO ELMER Miércoles, 27 de julio del 2016 VARGAS GORVEÑA CON LA RESOLUCION NUMERO TRES DE FECHA VEINTE DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIES QUE RESUELVE: : CONCEDER RECURSO DE APELACIÓN, CON EFECTO SUSPENSIVO, A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA, EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN NÚMERO DOS, DE FECHA DOCE DE MAYO DE DOS MIL DIECISÉIS; EN CONSECUENCIA ELÉVESE LOS ACTUADOS AL SUPERIOR CON LA DEBIDA NOTA DE ATENCIÓN, UNA VEZ DEVUELTAS LAS CÉDULAS DE NOTIFICACIÓN, SIN PERJUICIO DE NOTIFICAR MEDIANTE EDICTOS A LA PARTE IMPUTADA. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, 27 DE JULIO Y 01 Y 02 DE AGOSTO DEL 2016 NOTIFICACIÓN POR EDICTOS EXPEDIENTE NÚMERO 8577-2016-0-0401-JR-FC-01, EN LOS SEGUIDOS EN CONTRA DE AGUILAR LAURA GLOVER NEY EN AGRAVIO DE HUAMANI LAURA JENNY JANETH, POR VIOLENCIA FAMILIAR, LA SEÑORA JUEZA DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, CON INTERVENCIÓN DE LA SECRETARIA JUDICIAL ROSA MARÍA CALDERÓN CORONEL, POR RESOLUCIÓN NÚMERO TRES, DE LA FECHA; SE HA DISPUESTO NOTIFICAR POR EDICTOS A AGUILAR LAURA GLOVER NEY, A FIN DE NOTIFICAR LA RESOLUCIÓN NÚMERO 02 CUYO EXTRACTO ES COMO SIGUE: SE RESUELVE: 1) NO DICTAR medidas de protección y REMÍTASE ios actuados a ia Fiscalía Penal correspondiente para los fines de ley. JUEZA ROCÍO DEL MILAGRO AQUIZE CÁCERES. SECRETARIO JUDICIAL ROSA MARÍA CALDERÓN CORONEL. (27 julio y 01-02 agosto) NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL Expediente No 2016-128-02-040801 -JZ-PE-01 El Señor Juez de Investigación Preparatoria, doctor José Humberto Núñez Muñoz de la Provincia de La Unión-Cotahuasi, ha dispuesto notificar a los investigados ROLANDO MOTTE QUISPE, WELLIAM CONDORI SAVINA con la Resolución N° 003-2016 que dispone llevar ha cabo la AUDIENCIA DE INTERVENCIÓN CORPORAL el día 02 de agosto del 2016 a horas 11:00 de la mañana en la Sala de Audiencia del Módulo Básico de Justicia , sito en la calle Libertad N° 201 Cotahuasi, audiencia que se instalará con la presencia obligatoria del Fiscal, imputados Rolando Motte Quispe y Welliam Condori Savina y abogados de la defensa privada, en caso de inasistencia se llevara ha cabo con el Defensor Público Penal-Cotahuasi. Firmado José Humberto Núñez Muñoz Juez Investigación Preparatoria y Especialista de Causa Sonia cornejo C. Cotahuasi, 05 de Julio del 2016. (25-26-27 julio) NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL Expediente No 2014-135-01-0-040801 -JZ-PE-01 El Señor Juez de Investigación Preparatoria, doctor José Humberto Núñez Muñoz de la Provincia de La Unión-Cotahuasi, ha dispuesto notificar a los investigados LADISLAO MÁXIMO CASTAÑEDA LÓPEZ, ELMER MOTTA RAMOS, EDUARDO DIOMEDES ARCOS LÓPEZ, HENRY WILLIAM RIVAS NAVARRO, WALTR VIGIL LEÓN, MIGUEL IVAN TACO GAVILAN Y JORGE LUIS BAÑOS IGNACIO y a los agraviados EDGAR BALTAZAR LLAMOCA CASTRO, DAVID HÉCTOR QUISPE CORNEJO, BERNEDO MANUEL QUISPE TORRES, con la Resolución N° 002-2015, que dispone poner en conocimiento el Requerimiento de sobreseimiento a los justiciables por el plazo de 10 días hábiles a efecto de que pueden actuar conforme a lo establecido en el artículo 345 del C.P.P, ello de considerarlo pertinente y vencido el plazo se procederá a programar fecha y hora para la realización de la audiencia preliminar para debatir los fundamentos del requerimiento de sobreseimiento. Firmado por el Juez doctor José Humberto Núñez Muñoz y el Especialista de Causa Sonia cornejo C. Días publicados 01. 02 Y 03 de agosto del 2016. Cotahuasi, 06 de Julio del 2016. Expediente 5671-2015-VF, Primer Juzgado Especializado de Familia, Juez Dra. Roció Aquize Cáceres, en el proceso de Violencia Familiar seguido en agravio de María Basilia Ojeda Luna en contra de Julia Marlene Zegarra de Rojas, se notifica a la demandada JULIA MARLENE ZEGARRA DE ROJAS, con la parte pertinente del Acta de Audiencia Especial: “RESUELVO: Dictar como medidas de protección a favor de la víctima las siguientes: 1. La denunciada JULIA MARLENE ZEGARRA DE ROJAS no podrá volver a agredir a la víctima de ninguna manera, es decir, ni física ni psicológicamente, bajo apercibimiento de ser denunciada por desobediencia a la autoridad. 2. Dispongo que los miembros de la Policía Nacional del Perú del sector del domicilio de las partes concurran al domicilio de la agraviada en el caso de que se produzcan nuevos hechos de violencia, debiendo de poner en conocimiento de la Fiscalía Penal correspondiente, para la denuncia penal a la que hubiere lugar, para lo cual ofíciese. 3. Ordeno que para superar los problemas advertidos, la parte se constituya ante el psicólogo de la posta médica de Trece de Enero, quien deberá atenderlos y tratarlos gratuitamente, para lo cual ofíciese. Tómese razón y hágase saber.- REMÍTANSE los actuados al Fiscal Penal de Turno para que se avoque a su conocimiento y tramitación. Corte Superior de Arequipa. Abogada Karina Valdeiglesias Chambizea Sec. Judicial. Primer Juzgado Especializado de Familia. Arequipa, 2016 julio 7. (21-22-25 julio) EXPEDIENTE: N° 4416-2015- TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A”LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE PAMELA ZAMBRAN ACUÑA dispone que se notifique mediante edictos a la parte imputada CESAR GUTIERREZ BAES con LA RESOLUCIÓN NÚMERO DOS DE FECHA VEINTIDOS DE FEBRERO DEL DOS MIL DIECISIES QUE RESUELVE: 1.- ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por DARIO BERNAVEL MAMANI PARICELA, CESAR GUTIERREZ BAEZ Y WILMER QUISPE COAQUIRA, por Faltas contra la Persona en la modalidad de lesiones, a quien se le deberá notificar la presente resolución para los efectos correspondientes. 2.- REMITIR los actuados al Ministerio Público a fin de que se avoque a su conocimiento, en agravio de CHRISTIAN SPENCER VALDIVIA ARCE conforme lo dispuesto en el Quinto considerando. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- Y LA RESOLUCION NUMERO CUATRO DE FECHA SEIS DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO QUE RESUELVE: Al escrito N° 2705-2016: Por recibidos los actuados provenientes del Ministerio Público y según se advierte del acta de intervención policial de fecha veintitrés de octubre del dos mil quince, que al ser intervenidas las personas de Percy Mamani Quispe y José Mamani Lirios habrían dado datos incorrectos, teniendo en cuenta además que al momento de la intervención en el acta se indica que no contaban con documentos de identidad, más aún de la consulta en la RENIEC se aprecia que la persona de José Mamani Lirios no se encuentra registrado, asimismo de los actuados se tiene que posteriormente se habría individualizado a los intervenidos como Wilmer Quispe Coaquira y Cesar Gutiérrez Baez, además de Darío Bernavel Mamani Paricela, consecuentemente no habría participación de otras dos personas más en los hechos ocurridos, además su representada debe tener en cuenta de la declaración efectuada por la parte agraviada CRISTIAN VALDIVIA ARCE no refiere en ningún extremo que hayan participado cinco personas, hechos también corroborados en las declaraciones de los intervenidos DARIO MAMANI PARICELA Y WILMER QUISPE COAQUIRA en donde en ningún extremo indican que además de estar en compañía de Cesar Gutiérrez Baes habrían otras dos personas más, motivo por el cual se debe tener por aclarado que las personas intervenidas habrían sido individualizados posteriormente como DARIO BERNAVEL MAMANI PARICELA, CESAR GUTIERREZ BAES Y WILMER QUISPE COAQUIRA como las personas que participaron de los hechos investigados y conforme a lo resuelto por éste despacho estese a lo dispuesto en la resolución número dos del dos mil dieciséis y estando a las devoluciones efectuadas por la central de notificaciones respecto de los domicilios de CHRISTIAN SPENCER VALDIVIA ARCE Y CESAR GUTIERREZ BAES. NOTIFIQUE mediante edictos en el Diario la República y una vez hecho devuélvase los actuados al Ministerio Público, ESPECIALISTA LEGAL RA UL RAMOS PEREZ, 21-22-25 de JULIO del 2016 Expediente: 6343- 2014-Secreiano: PERCY BALLON RAMOS. Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado Turno “B” de Comisarias de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado-ubicado en la calle Tupac Amaru 464 Cerro Colorado ha dispuesto se notifique al inculpado HUGO CHACO VALLEJO con la resolución No.06. Parte resolutiva. III. PARTE RESOLUTIVA: Por lo expuesto, este Juzgado de Paz Letrado ha resuelto: 1) CITAR A JUICIO, In proceso de faltas, a la persona de JOSE ANGEL RUIZ LOAYZA; por la |comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA , EN LA MODALIDAD DE LESIONES Conforme lo previsto en el primer párrafo articulo cuatrocientos Cuarenta y uno , del Código Penal, en agravio de FLORA ACCOSTUPA I PUMASUPA.-2) SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra del imputado HUGO CHACO VALLEJO 3) FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el Día dieciséis de agosto del 2016 a las 9.00 A.M. ; en el local, del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado, ubicado en la calle Tupac Amaru 4 64 Cerro Colorado. Audiencia a la que deberán asistir: La parte imputada HUGO CHACO VALLEJO , con su abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar su comparecencia por medio de I la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada constituida en querellante particular FLORA ACCOSTUPA PUMASUPA, deberá concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento efe dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta a la audiencia se llevará acabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha Inicia oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que Miércoles 27 de julio del 2016 pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: que por Secretaría del juzgado se notifique debidamente con la presente a las partes .Asumiendo Competencia la Juez titular que autoriza.- Tómese razón y hágase saber. Ello en el proceso número 6343- 2014 que sobre Faltas Contra la Persona en la modalidad de Lesiones, se sigue en agravio de FLORA ACCOSTUPA PUMASUPA contra de la parte imputada HUGO CHACO VALLEJO.-Arequipa 18 de abril del 2016. (21-2225 julio) NUEVO CODIGO PROCESAL.- Expediente No 2016-128-02-040801-JZ-PE-01 El Señor Juez de Investigación Preparatoria doctor Jose Humberto Nuñez Muñoz de la Provincia de La Unión-Cotahuasi, ha dispuesto notificar a los investigados ROLANDO MOTTE QUISPE WELLIAM CONDORI SAVINA con la Resolución Nº 003-2016 que dispone llevar ha cabo la AUDIENCIA DE INTERVENCIÓN CORPORAL el día 02 de agosto del 2016 A HORAS 11.00 de la mañana en la Sala de Audiencia del Módulo Básico de Justicia sito en la calle Libertad Nº 201, Cotahuasi audiencia que se instalará con la presencia obligatoria del Fiscal Imputados Rolando Motte Quispe y Welliam Condori Savina y abogados de la defensa privada, en caso de inasistencia se llevara a cabo con el Defensor Público Penal-Cotahuasi. Firmado Jose Humberto Nuñez Muñoz Juez Investigación Preparatoria y Especialista de Causa Sonia Cornejo C. Cotahuasi 05 de julio del 2016. (21-22-25 de julio) El Décimo Juzgado de Paz Letrado del Cercado de Arequipa, que Despacha la Señora Jueza Doctora LOURDES FELICITAS CABRERA MOLINA, con intervención de la Especialista Legal Tatiana Chong Torreblanca, en el Expediente Nro. 01204-2014-0-0401-JP-FC-07, seguido por ANGELICA MARIA CORIA CORAL, en contra de ROMULO RICARDO MOLLO YALLERCO, sobre ALIMENTOS, ha dispuesto se notifique por EDICTOS al demandado ROMULO RICARDO MOLLO YALLERCO, el contenido de las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN NRO. 01: De fecha 23 de Abril 2015: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO UNICO, la presente demanda de COBRO DE ALIMENTOS, presentada por ANGELICA MARIA CORIA CORAL, en representación del menor DAVID SALOMON MOLLO CORIA, en contra de ROMULO RICARDO MOLLO YALLERCO y SE DISPONE: CONFERIR TRASLADO con la demanda a la parte demandada, por el plazo de CINCO DÍAS para su absolución, quien deberá acompañar a su contestación el anexo especial a que refiere el artículo 656 del Código Adjetivo glosado, sin cuyo requisito no se le admitirá; por ofrecidos los medios probatorios, a sus antecedentes los anexos acompañados. RESOLUCIÓN NRO. 02: De fecha 5 de abril del 2016: SE RESUELVE: NOTIFICAR POR EDICTOS, al demandado ROMULO RICARDO MOLLO YALLERCO, con el contenido de la demanda y la resolución número uno que admite a trámite la demanda incoada, debiendo éste apersonarse al proceso, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL. Efectúese las publicaciones de los edictos, conforme a las formalidades establecidas en los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil. Concediendo el plazo de quince días al demandado para la absolución del traslado con la resolución referida- Tómese razón y hágase saber. AREQUIPA, 01 de Julio del 2016. (22-25-26 julio) 1o Juzgado de Familia, EXPEDIENTE, MATERIA, JUEZ, ESPECIALISTA MINISTERIO PUBLICO DEMANDADO AGRAVIADO 05335-2015-0-0401-JR-FC-01 VIOLENCIA FAMILIAR AQUIZE CACERES ROCIO DEL MILAGRO MEJIA CACERES IDELMA ISABEL PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL DE FAMILIA , GUTIERREZ ANCCORI, ALBERTO HANCCO ANCCORI, VICTORIA.EDICTO JUDICIAL Expediente 5335-2015, Primer Juzgado Especializado de Familia, Juez Dra. Roció Aquize Cáceres, en el proceso de Violencia Familiar seguido por el Ministerio Público en agravio de Victoria Hancco Anccori en contra de Alberto Gutiérrez Anccori, se notifica al demandado Alberto Gutiérrez Anccori, con la parte pertinente de la resolución 02 y 03-2016: RESUELVO: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar interpuesta por la Señora Fiscal de la Tercera Fiscalía Provincial de Familia, doctora Ingrid Liliana Alvarez Coaguila, a favor de VICTORIA HANCCO ANCCORI en contra de don ALBERTO GUTIERREZ ANCCORI, sobre violencia familiar, en vía de proceso único, en consecuencia, traslado de la demanda interpuesta por el término de cinco días, al demandado, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. T.R.y H.S. (22-2526 julio) Expediente: 2014-7504 Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado-ubicado en la calle Tupac Amaru 464 Cerro Colorado ha dispuesto se notifique al imputado JHONATHAN MURILLO CANO y a la agraviada JENNY RAQUEL CONDORI ALARCON con la resolución No. 09. Parte resolutiva. PARTE RESOLU- La República SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA TIVA: SE RESUELVE: hacer efectivo el apercibimiento contenido en la resolución que obra en autos y en consecuencia tener por desistida tácitamente a la parte agraviada JENNY RAQUEL CONDORI ALARCON del presente proceso por Faltas Contra la Persona seguido en contra de JHONATHAN MURILLO CANO; en consecuencia: DISPONGO: El Archivo del presente proceso. Tómese razón y hágase saber. . Ello en el proceso numero 7504-2014 que sobre Faltas Contra la Persona en la modalidad de lesiones dolosas, se sigue en agravio de JENNY RAQUEL CONDORI ALARCON contra del imputado JHONATHAN MURILLO CANO. Arequipa, 24 DE JUNIO DEL 2016. (25-26-27 julio) EXPEDIENTE : 04547-2015-0-0401-JP-PE-01, ESPECIALISTA : RAUL RAMOS PEREZ, 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías .- El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte agraviada ROSSMERY SUSANA RAMOS ALMIRON. Con la siguiente resolución N° 04-2015. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada ROSSMERY SUSANA RAMOS ALMIRON; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de FRANCISCO SALVADOR QUISPE TOROCAHUA; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la presente resolución deberá ser notificada mediante edictos. Regístrese y notifíquese.- (25-26-27 julio) EXPEDIENTE: 04993-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH MURILLO CALCIN 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte agraviada ERICK PAUL PAREDES VARGAS. Con la siguiente resolución N° 03-2016. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada ERICK PAUL PAREDES VARGAS; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de HUGO REYNALDO DELGADO AGUILAR; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la presente resolución deberá ser notificada mediante edictos. Regístrese y notifíquese.- (25-26-27 julio) EXPEDIENTE : 04947-2016-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la agraviada Vilma Isabel Castrejón Cabanillas y al imputado a Richar Raúl Jambo Marchena, con la siguiente resolución N° 04. Parte resolutiva. SE DISPONE: FIJAR nueva fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 19 DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISEIS A LAS 10:00 HORAS; en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo Nro. 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir la parte imputada: RICHAR RAUL JAMBO MARCHENA, con su respectivo abogado, bajo apercibimiento de ordenar su comparescencia por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: Y la parte agraviada: VILMA ISABEL CASTREJON CABANILLAS, con su respectivo abogado, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia: en este proceso por faltas. Además las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. DISPONGO: Que Secretaria del Juzgado notifique a la parte imputada mediante edictos conforme aparece de los antecedentes de la misma forma mediante edictos a la parte agraviada al estar dispuesto en la presente resolución. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencias se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse asumido la carga del Juzgado de Paz Letrado Comisaría Turno “B” por motivo de traslado del mismo a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en fechas más próximas. Regístrese y comuníquese. (25-26-27 julio) EXPEDIENTE : 02415-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH MURILLO CALCIN 5oJUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5oJuzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N°112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte imputada CLEMENTE ADOLFO MAMANI TACURI. Con la siguiente resolución N° 06-2016. Par- te resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada ANA AIDE SAGUA CHACOLLA; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de CLEMENTE ADOLFO MAMANI TACURI Y CELIA CAPIRA MAMANI; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la presente resolución deberá ser notificada mediante edicto. Regístrese y notifíquese.- (25-26-27 julio) EXPEDIENTE : 04599-2015-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH MURILLO CALCIN 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5oJuzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N°112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte agraviada NAYDA CORNEJO SOTO Y CINTHIA YANQUI CORNEJO representado por su progenitora. Con la siguiente resolución N° 04-2015. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada NAYDA CORNEJO SOTO Y CINTHIA YANQUI CORNEJO representado por su progenitora; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas agravadas seguido en contra de JARRIN YANQUI FLORES; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Regístrese y notifíquese.- (25-26-27 julio) EXPEDIENTE: N° 2912-2015-TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a la parte imputada SANDRA NOELIA VARGAS GONZALES con LA RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS DE FECHA 20-06-2016 QUE RESUELVE: Hacer efectivo el apercibimiento contenido en la resolución número uno y en consecuencia: SE DISPONE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, de la imputada: 1) ANGELA PAOLA CARPIO CALCINA, con DNI 44750708 con domicilio en Miguel Grau 117 Jesús María Paucarpata de la provincia de Arequipa, 2) SANDRA NOELIA VARGAS GONZALES DE RAMIREZ con DNI43196667 con domicilio en Malecón Paucarpata A-2 distrito de Paucarpata de la Provincia de Arequipa, a fin de que sea puesto a disposición de este Juzgado el DIA 13 DE SETIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS A LAS 10:30 HORAS para llevarse a cabo la audiencia de juicio oral, Debiéndose oficiar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado defensor de oficio para la parte imputada; asimismo, la agraviada MARIA DEL CARMEN AIMA CHILE, en su calidad de querellante particular deberá concurrir con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de declarar su desistimiento tácito, conforme autoriza el Articulo 110 del Nuevo Código Procesal Penal. DISPONGO 1) Que la Policía Judicial - Departamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad; para lo cual se cursarán los oficios correspondientes. 2) Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho conocimiento respecto de los procesos de faltas derivados de violencia familiar remitidos por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Debiendo notificarse además mediante edictos a la partejmputada Sandra Noelia Vargas Gonzales De Ramírez. Regístrese. (25-26-27 julio) EXPEDIENTE: N° 00207-2015- JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAMANÁ. EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAMANÁ DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR JOEL JIM JANAMPA SANG dispone que se notifique mediante edictos ROSMERI IPANAQUE DEL CARPIO con la parte resolutiva de la resolución 09 de fecha 06 de julio dei 2016, que SE RESUELVE: RESOLUCION 09; RESUELVO: DE OFICIO: Siendo el estado del proceso, y a la constancia que antecede, se reprograma Audiencia de Juicio Oral para el día dieciocho de Agosto del dos mil dieciséis, a las ocho horas, en el Local del juzgado de Paz Letrado de Camaná, a la cual deberá de concurrir la parte imputada, bajo apercibimiento de disponer su captura y conducción bajo la fuerza pública, y la parte agraviada bajo apercibimiento de declararse el desistimiento tácito, en caso de inasistencia. Debiendo de notificarse a la ROSMERI IPANAQUE DEL CARPIO, VÍA EDICTOS con la parte Resolutiva de la presente resolución, en el diario “La República”. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. SECRETARIO LESLIE EDUARDO COLLANQUI, AREQUIPA, 25, 26 y 27 de Julio del 2016. EXPEDIENTE: N° 5776-2016- TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGA- DO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ DISPONE QUE SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS A LA PARTE AGRAVIADA RUTH ESTHER VILLANUEVA ALANOCA con LA RESOLUCIÓN NUMERO UNO DE PECHA 07-06-2016 QUE RESUELVE; SE RESUELVE: Tener por desistida A LA PARTE AGRAVIADA RUTH ESTHER VILLANUEVA ALANOCA DEL PRESENTE PROCESO POR FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO; EN CONSECUENCIA: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso Y EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, 25,26 Y 27 DE julio del 2016.- (2526-27 julio) EXPEDIENTE: N° 5920-2016- TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ DISPONE QUE SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS A LA PARTE AGRAVIADA BRAULIO SUNI OLIVARES Y ABEL ENRIQUEZ PACHECO con LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO DE FECHA 24-06-2016 QUE RESUELVE; SE RESUELVE: Tener por FENECIDO el presente proceso POR TRANSACCIÓN ENTRE BRAULIO SUNI OLIVARES y ABEL ENRIQUEZ PACHECO; EN CONSECUENCIA: DISPONGO: EL ARCHIVO DEFINITIVO DEL PRESENTE PROCESO. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. LA especialista legal que suscribe interviene por licencia por enfermedad del titular. (25-26-27 julio) EXPEDIENTE: N° 5705-2016- TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ DISPONE QUE SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS A LA PARTE AGRAVIADA NESTOR QUISPE CONDORI con LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO DE FECHA 07-06-2016 QUE RESUELVE; SE RESUELVE: Tener por desistida A LA PARTE AGRAVIADA NESTOR QUISPE CONDORI DEL PRESENTE PROCESO POR FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO; EN CONSECUENCIA: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso Y EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, 25, 26 y 27 de julio del 2016 EXPEDIENTE: N° 5967-2016- TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO ‘A’ LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ DISPONE QUE SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS A LA PARTE AGRAVIADA ASCENCION PUMA QUISPE CON LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO DE FECHA 23-06-2016 QUE RESUELVE: SE RESUELVE: TENER POR DESISTIDA A LA PARTE AGRAVIADA ASCENCION PUMA QUISPE DEL PRESENTE PROCESO POR FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO; EN CONSECUENCIA: DISPONGO: TENER POR FENECIDO EL PRESENTE PROCESO Y EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. LA especialista legal que suscribe interviene por licencia por enfermedad del titular. ESPECIALISTA LEGAL RA UL RAMOS PEREZ, 25,26 Y 27 DE JULIO del 2016.EXPEDIENTE: N° 5851-2016- TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JTJEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ DISPONE QUE SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS A LA PARTE AGRAVIADA FLORENCIO VICENTE ANCCASI AGUI LAR con LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO DE FECHA 21-06-2016 QUE RESUELVE; SE RESUELVE: Tener por desistida A LA PARTE AGRAVIADA FLORENCIO VICENTE ANCCASI AGUILAR DEL PRESENTE PROCESO POR FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO; EN CONSECUENCIA: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso Y EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, 25,26 y 27 DE JULIO del 2016 EXPEDIENTE: N» 5847-2016- TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A”LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a la parte agraviada LUCERO IRENE TACO CHURATA con LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO DE FECHA 21-06-2016 QUE RESUELVE: SE RESUELVE: Tener por desistida A LA PARTE AGRAVIADA LUCERO IRENE TACO CHURATA DEL PRESENTE PROCESO POR FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO; EN CONSECUENCIA: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso Y EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE 5 SABER. ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, 25,26 Y 27 DE JULIO del 2016 EXPEDIENTE: N° 4649-2016- TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ DISPONE QUE SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS A LA PARTE AGRAVIADA NELLY LAURA GARCIA con LA RESOLUCIÓN NÚMERO DOS DE FECHA 02-05-2016 QUE RESUELVE; RESUELVO: ARCHIVAR LAS ACTUACIONES EN TORNO AL PROCESO SEGUIDO POR YOLANDA LARICO QUISPE, NELLY LAURA GARCIA Y NELY ELVIRA MOROCCO MAYTA POR FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES Y FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO EN LA MODALIDAD DE HURTO AGRAVIO DE YOLANDA LARICO QUISPE A QUIENES SE LES DEBERÁ NOTIFICAR la presente resolución para los efectos correspondientes. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- (25-26-27 julio) EXPEDIENTE : 05016-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH MURILLO CALCIN 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte imputada SABINA SOLEDAD TIN TAYA SULLA. Con la siguiente resolución N° 04-2016. Parte resolutiva SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada ELIZABETH ADELA PAUCAR ESCARCENA; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de SABINA SOLEDAD TI NT AYA SULLA; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la presente resolución deberá ser notificada mediante edictos. Regístrese y notifíquese.- (25-26-27 julio) EXPEDIENTE: N° 4164-2016 TURNO “A” COMISARIAS EPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a la parte imputada CINTHYA GERALDI PERALTA APAZA La resolución número tres veinte de junio del dos mil dieciséis que DISPONE: 1. Hacer efectivo el apercibimiento contenido en la resolución número uno y en consecuencia: SE DISPONE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, del imputado: 1) CINTHYA GERALDI PERALTA APAZA, con DNI 47419102 con domicilio en Conjunto habitacional Deán Valdivia (Enace) Mz T lote 4 - Cayma de la provincia de Arequipa, a fin de que sea puesto a disposición de este Juzgado el DIA 02 DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS 11:30 HORAS para llevarse a cabo la audiencia de juicio oral, Debiéndose oficiar al Ministerio de Justicia para que designe un abogado defensor de oficio para la parte imputada; asimismo, la agraviada MARILYN TAÑIA LOPEZ PONGO, en su calidad de querellante particular deberá concurrir con su Abogado Defensor, bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de declarar su desistimiento tácito, conforme autoriza el Artículo 110 del Nuevo Código Procesal Penal. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE AREQUIPA- COMISARÍAS TURNO “A” CALLE PALACIO VIEJO N° 112 CERCADO - TELÉFONO-FAX 226399 DISPONGO 1) Que la Policía Judicial - Departamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente resolución, debiendo dar cuenta e informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad; para lo cual se cursarán los oficios correspondientes. 2) Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asufnldo éste despacho la carga procesal del turno “B”; lo que imposibilita señalar audiencias en fechas más próximas, arequipa 25,26, 27dejulio de 2016 EXPEDIENTE: N° 6241-2014 TURNO “A” COMISARIAS EPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a la parte imputada DELFINA CADENA HUAMANI La resolución número ocho veinte de junio del dos mil dieciséis que DISPONE: Estando a la constancia emitida por el Secretario cursor al no haber asistido la parte imputada a la audiencia única fijada para el día veinticinco de mayo del dos mil dieciséis a las once horas con treinta minutos, SE DISPONE: 1) REPROGRAMAR la fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTIDOS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS QUINCE HORAS en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado - Turno A, ubicado en calle Palacio Viejo, Audiencia a la que 6 La República deberá comparecer POR LA FUERZA PÚBLICA conforme esta ordenado en autos, la imputada DELFINA CADENA HUAMANI, debiendo presentarse con su abogado defensor, para lo cual se le designa un defensor de oficio debiéndose cursar el oficio correspondiente al ministerio de justicia. Asimismo en su condición de agraviado (querellante particular), METRO CENCOSUD RETAIL PERU S.A con su abogado defensor deberán presentarse a la diligencia programada, bajo apercibimiento de declarar su desistimiento tácito en caso de inasistencia conforme a lo dispuesto en el artículo 110° del Nuevo Código Procesal Penal. Debiendo las partes procesales, tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión, de ser posible, por lo que los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatorio que estime conveniente; teniendo en cuenta los criterios de pertinencia, conducencia, y sobreabundancia (artículo 155° del N CPP), así como los requisitos formales mínimos en caso de prueba personal, examen de testigos y de peritos (nombre completo, profesión, domicilio y extremos de declaración) y de prueba documental, conforme al artículo 350° inciso f. 2) DISPONGO Cursar oficio a la Policía Judicial para la conducción por la fuerza pública de la inculpada la que deberá cumplir con lo ordenado e informar al respecto BAJO RESPONSABILIDAD asimismo Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido este despacho la carga procesal del turno “B”; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos, especialista legal paúl ramos perez, arequipa 206, 2Zdejulio del 2016. (25-26-27 julio) EXPEDIENTE : 02203-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : RAUL RAMOS PEREZ 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5° Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaria de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la parte agraviada YESENIA CESAREA BAEZ MEJIA. Con la siguiente resolución N° 04-2015. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada YESENIA CESAREA BAEZ MEJIA; del presente proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de JOSE IVAN QUINTANA PACHECO; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la presente resolución deberá ser notifieída mediante edictos. Regístrese y notifíquese.- (2526-27 julio) EXPEDIENTE: N° 4684-2015- TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se notifique mediante edictos a la parte imputada WILLIAM LEONEL CARREON PEQUEÑA con LA RESOLUCIÓN NÚMERO TRES DE FECHA DIECIOHCO DE MAYO del dos mil dieciséis QUE RESUELVE: 1) CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS al imputado WILLIAM LEONEL CARREON PEQUEÑA; por la comisión de FALTAS CONTRA LA TRANQUILIDAD PUBLICA, previsto en el inciso tres, del artículo cuatrocientos cincuenta y dos del Código Penal, en agravio del Policía Nacional del Perú PERCY ESTANISLAO CALDERON GAMERO, representado por el Procurador Público especializado en asuntos de orden público. 2) SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte imputada WILLIAM LEONEL CARREON PEQUEÑA.3) SEÑALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 31 DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS 14:30 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo 112 del Cercado de Arequipa-Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir el imputado WILLIAM LEONEL CARREON PEQUEÑA, con su abogado defensor, bajo apercibimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública: y la parte agraviada constituida en querellante particular el Policía Nacional del Perú PERCY ESTANISLAO CALDERON GAMERO y el PROCURADOR ESPECIALIZADO EN ASUNTOS DE ORDEN PÚBLICO Deberán concurrir con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido éste despacho la carga procesal del Juzgado Turno “B”; lo que imposibilita señalar audiencias en fechas más próximas. Y LA RESOLUCION NUMERO CUATRO DE FECHA DOCE DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIES QUE RESUELVE: corregir el error material que se ha producido en el auto de citación a juicio oral de fecha dieciocho de mayo del dos mil dieciséis, debiéndose precisar que: PERCY ESTANISLAO CALDERON GAMERO deberá concurrir bajo apercibimiento de dictarse el desistimiento tácito en caso de inconcurrencia y el Procurador Público Especializado en Asuntos de Orden Público deberá concurrir bajo apercibimiento de llevarse a cabo la audiencia única sin su presencia, quedando subsistente en todo lo demás que contiene. Tómese razón y hágase saber. 25,26 y 27 de JULIO del 2016.(25-26-27 julio) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2014-5389-062 SULLA MAMA NI, VALENTINA, delito ROBO AGRAVADO, agraviado LIVIA MODESTA DIAZ DE TORRES, DILIGENCIA 21-07-2016, 09:00 HRS, Sala 3, ; Secretario: Champi.(21-22-25 julio) Exp. 2016-1712-18 (agraviada)JACQUELINE EDITH MACEDO CAMA DE CAHUANA , delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR , agraviado JACQUELINE EDITH MACEDO CAMA DE CAHUANA , NOTIFICACION, Visto el requerimiento de acusación formulado, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del artículo 350° del Nuevo Código Procesal Penal ; Secretario: Quispe . .(21-22-25 julio) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-437-0 (Agraviado) SIXTO HANCCO LÓPEZ, delito Daños, agraviado SIXTO HANCCO LÓPEZ y otros, DILIGENCIA 02-09-2016, 12:00, Sala 4, ; Secretario: Delgado. .(21-22-25 julio) Exp. 2016-4099-0 (Imputado) VICTORIA VERONICA ALVAREZ PUMA, delito RECEPTACION, agraviado GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA, DILIGENCIA 31-08-2016, 11:00 am , Sala 4, ; Secretario: Quispe. .(21-22-25 julio) Exp. 2013-3792-33 (Imputado) EFRAIN BACILIO LOAYZA JAEN , delito COLUSION, agraviado Estado y otros, DILIGENCIA 02-09-2016, 09:00 am, Sala 4, ; Secretario: Quispe . .(21-22-25 julio) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-2362-0 ANTONIO RICHARD CURI HUAMANI , delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 29-08-2016, 10:00, Sala de Audiencia del Juzgado, DECLARARSELE REO COTUMAZ EN CASO DE INASISTENCIA A JUCIO ORAL ; Secretario: MOSCOSO . .(21-22-25 julio) Exp. 2014-1654-85 JULIO ALFREDO LLERENA MONTES, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 29-08-2016, 10:50, Sala de Audiencia del Juzgado, DECLARARSELE REO CONTUMAZ EN CASO DE INASISTENCIA A JUICIO OAL ; Secretario: MOSCOSO . .(21-22-25 julio) Exp. 2014-2631-66 ZENON MIGUEL GUTIERREZ DEL CARPIO , delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 29-08-2016, 11:10, Sala de Audiencia del Juzgado, DECLARARSELE REO CONTUMAZ EN CASO DE INASISTENCIA A JUICIO ORAL ; Secretario: MOSCOSO . .(21-22-25 julio) Exp. 2014-1284-91 ALEXANDER SILVER RAMOS AÑARI , delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 29-08-2016, 11:00, Sala de Audiencia del Juzgado, DECLARARSELE REO CONTUMAZ EN CASO DE INASISTENCIA A JUCIO ORAL ; Secretario: MOSCOSO . .(21-22-25 julio) Exp. 2014-5600-35 PAULINO CHAMPI CALSINA , delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 29-08-2016, 9:50, Sala de Audiencia del Juzgado, DECLARARSELE REO CONTUMAZ EN CASO DE INASISTENCIA A JUICIO ORAL ; Secretario: MOSCOSO . .(21-22-25 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y de- fiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-332445 (Imputados) GIL ROSARIO ZAPANA HUARICALLO, JOVITA HANCCO ROJAS, CIPRIANA JUSTINA VILCA TURPO, JULIAN CHAMPE ARIAS y (agraviados) BEATRIZ AURELIA SONCCO MINAURO, WALTER MORA MORON, ROSA MARIA CLEOFE ROJAS ORIHUELA, JUAN HERNAN COYLA ORIHUELA, EDITH SALAS LIPA, JOSÉ CARLOS PERALTA ARROYO, DOLORES MELQUIADES ARROYO OYOLO, JACQUELINE PERALTA ARROYO, FELICIANO GAMARRA CCARE, JOHN ADRIAN PERALTA ARROYO, IVAN PERALTA ARROYO, CEFERINO MAMANI MUÑOZ, JOSE MANUEL QUISPE MACEDO, ELIZABETH KARINA QUISPE MAMANI, NANCY NORMA OBADA TTITO, GABRIEL OSCAR CRUZ CORREA; se les notifica con la resolución Nro. 01-2016 que contiene: AL ESCRITO N° 627002016: Al principal: Por recibido el requerimiento mixto de Acusación y Sobreseimiento presentado por el Fiscal Provincial del Primer Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa: Conforme a lo señalado en el artículo 345.1 y 350 del Código Procesal Penal: CÓRRASE TRASLADO del requerimiento mixto de sobreseimiento y acusación a los demás sujetos procesales por el plazo de diez días hábiles, a efecto de que puedan presentar por escrito los medios de defensa que consideren pertinentes para su debate en la audiencia correspondiente; y verificándose que el procesado MATIAS HUAMANI QUISPE, MERMA CCOLQQUE VALENTIN VIRGINIO, CHOQUEPATA QUISPE SONIA YASMIN, NINA NINA RUBEN FULGENCIO, VILCA TURPO CIPRIANA JUSTINA, SOTO MAMANI WALTER, CHAMPE ARIAS JULIAN, no tienen abogado defensor, se les concede el plazo de TRES DÍAS HÁBILES desde la notificación, a fin nombre abogado de su libre elección; sin perjuicio a ello, a efecto de no vulnerarse su derecho de defensa de acuerdo a lo previsto por el artículo 80 del Código Procesal Penal, se le nombra como defensa técnica al defensor público José Adrian Quispe Valverde, a quien se le notificará con los actuados pertinentes. AL OTROSI.- Téngase presente. Sin perjuicio al traslado conferido, se señala fecha para la Audiencia de Requerimiento Mixto, teniendo en cuenta la recargada agenda del despacho y la necesidad de fijar audiencia por parte del juzgado, en otros procesos que requieren trámite urgente, para el día 09 de setiembre de 2016 a las 10:40 de la mañana en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, todo conforme a lo establecido en el inciso primero del artículo 351 del Nuevo Código Procesal Penal; SIENDO OBLIGATORIA para su instalación la presencia del representante del Ministerio Público y del abogado defensor del acusado. LA CITACIÓN para el abogado del acusado es bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de imponerse la Multa de 1 URP y de ser subrogado por abogado Defensor Público. Debiendo cumplirse con notificar a los demás sujetos procesales. Asimismo, se dispone: Que tanto el Ministerio Público como los señores abogados en general, obligatoriamente, cumplan con señalar sus domicilios procesales electrónicos en el plazo de diez días de notificado con la presente, bajo apercibimiento de que, en caso de no contar con casilla electrónica, se les tendrá por notificados en la misma fecha de la expedición de las resoluciones dictadas por este Juzgado.-, delito USURPACIÓN Y OTROS, agraviado Municipalidad de Cayma y otros, DILIGENCIA 09-09-2016, 10:40 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: TORRES . .(21-22-25 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20162657-0 (Imputado) RENE ALIPIO APAZA CONDORI, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado WILBER HUANCA CONDORI, DILIGENCIA 09-08-2016, 08:30, Sala 4, ; Secretario: Gallegos. .(21-22-25 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2014-252-62 (Imputado) BARTOLOME SIVINCHA CHOQQUE , delito ROBO AGRAVADA , agraviado ALEX SAQUEO FERNANDEZ TORIBIO , DILIGENCIA 01-08-2016, 15.00PM, Sala del Penal Pucchun, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Suarez . .(21-22-25 julio) Exp. 2013-109-78 (agraviado ) HUAMANI LIMASCA NICOLAS , delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES CULPOSAS GRAVES, agraviado VERA MURRIETA ROGELIO, DILIGENCIA 27-07-2016, 15.30pm, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Suarez . .(21-22-25 julio) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se Miércoles, 27 de julio del 2016 pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 3930-2015-5 (Imputado) FELIX LUIS HUAMANI FLORES, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MENOR LUCERO EMILY HUAMANI VILCA REPRESENTADA POR SU MADRE, NOTIFICACION, SEIS, SE DISPONE RE PROGRAMAR LA FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL PARA EL DIA 27 DE SEPTIEMBRE 2016 A LAS ONCE HORAS AM EN EL MODULO PENAL DEL PEDREGAL, SE ORDENA EL EMPLAZAMIENTO DE LAS PARTES PROCESALES BAJO LOS APERCIBIMIENTOS DECRETADOS ; Secretario: Tejada . .(21-22-25 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2016-4500-0 (Imputado) ELEUTERIO OCSA JOSEC, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado DIEGO RODRIGO OCSA COLQUE, DILIGENCIA 12-08-2016, 14:00, Sala 1, ; Secretario: Valero. (22-25-26 julio) Exp. 2015-2482-72 (Imputado) ELISBAN EMILIO NEYRA CARDENAS , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MICHELLE FERNANDA NEYRA DELGADO Y MAURICIO NEYRA DELGADO REPRESENTADOS POR LEYLA SUGEY DELGADO DEL CARPIO , DILIGENCIA 19-08-2016, 10:00 am , Sala 1, ; Secretario: Quispe. (22-25-26 julio) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-5325-0 (Imputado) ENRIQUE CCOYA HERENCIA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MENOR LUIS ENRIQUE CCOYA HUALLPA REPRESENTADO POR ALEJANDRA HUALLPA MANOTTUPA , DILIGENCIA 16-08-2016, 14:15 pm, Sala 2, Se designa como su abogada defensora pública a la doctora CELIA CELENE CUIRO ORCCOTOMA; Secretario: Quispe. (22-25-26 julio) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-5376-0 (Imputado) RICARDO RUMALDO RENDON MINAYA, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado ELIANA MARITZA RENDON COAQUIRA, NOTIFICACION, Visto el requerimiento de acusación directa formulado, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles: Se designa como el abogado defensor publico del investigado al doctor ROGGER FLORES CHANCAYAURI ; Secretario: Quispe. (22-2526 julio) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-7255-79 LUIS JUSTO QUISPE HUANACCHIRI, delito CONTRA LA FE PUBLICA USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, agraviado JULIO ANIBAL CUENTAS QUENAYA, NOTIFICACION, RES. 01-2016 de fecha 06 de julio del 2016.- VISTOS EL REQ. DE SOBRESEIMIENTO. NOTIFIQUESE a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del art. 345 del CPP. ; Secretario: Huerta . (22-25-26 julio) Exp. 2014-5839-32 (Imputado) NICOLAS BIENVENIDO MARILUZ FALCON Y MARIA DEL CARMEN ASENCIOS DELGADO, delito ESTAFA Y OTROS, agraviado MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Y OTROS, DILIGENCIA 09-09-2016, 11:30, Sala 4, ; Secretario: Valero . (22-25-26 julio) Exp. 2013-683-40 (Imputado) JUAN OSCAR MAMANI CONDORI, delito RECEPTACION ADUANERA Y OTROS, agraviado EL ESTADO RPTDOS POR SUNAT Y OTRO , DILIGENCIA 19-09-2016, 8:45, Sala 4, ; Secretario: Almanza . (22-25-26 julio) ALFREDO MOLLO QUISPE, delito hurto agravado en grado de tentativa, agraviado LUIS ANGEL MENDOZA CÁCERES, DILIGENCIA 06-09-2016, 10:00, Sala de Audiencia del Juzgado, audiencia de control de acusación; Secretario: Ojeda. (22-25-26 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-5386-0 RICHARD JUNIOR TANCO ANTICONA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado JORDAN MIGUEL TANCO HERRERA, DILIGENCIA 0808-2016, 14:00 PM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: LAURA. (2225-26 julio) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2014-195-24 (JHON ZÓZIMO ZAGA CHÁVEZ y JORGE LUIS PARRA MENÉNDEZ) PRIMERO.- CITAR A JUICIO a: a) Acusados: - JHON ZÓZIMO ZAGA CHÁVEZ - JORGE LUIS PARRA MENÉNDEZ b) Actor Civil: - SUPERINTENDENCIA NACIONA DE ADUANAS Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA c) Testigo del Ministerio Público: - Yessenia L. Salcedo Díaz - Armando Muñoz Amoretti d) Testigo del Actor Civil: - Ricardo Córdova García - Yurema García Delgado SEGUNDO.- SEÑALAR para la audiencia de juicio oral, el día UNO DE SETIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS, a las NUEVE HORAS, en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, sito en Plaza Grau N° 240 – Primer Piso del distrito de Mollendo, provincia de Islay y departamento de Arequipa, como sede del Juzgamiento, debiendo el auxiliar de justicia cumplir con efectuar las notificaciones oportunamente y conforme a lo establecido en la normativa procesal penal vigente. TERCERO.- ORDENAR el emplazamiento para concurrir a la audiencia de juicio, a todas las personas señaladas en el primer punto de la parte resolutiva, bajo los siguientes apercibimientos: i) para los acusados, ser declarado reo ausente o contumaz, según corresponda y disponerse el archivo provisional de la causa; ii) para los testigos de ser conducidos compulsivamente por la fuerza pública en caso de inasistencia; iii) para el representante del Ministerio Público, de informarse al órgano de control de dicha institución su inasistencia., delito FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, agraviado EL ESTADO SUNAT, NOTIFICACION, RES.01 (AUTO DE CIATACIÓN A JUICIO) ; Secretario: Mamani . (22-25-26 julio) Exp. 2015-5570-14 SIMON MAMANI HUAMAN, ANTONIO ELVIS GALLEGOS MENDIZABAL, MIGUEL ANGEL JAILA ORDOÑEZ, JOSIAN ANTONIO MENDOZA QUISPE, delito ENTORPECIMIENTO AL FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS PUBLICOS, agraviado EL ESTADO RICARDO LERMA CRUZ LEANDRO HINCHO TUNQUE ARIEL CRISTOBAL CURZ CUTIRE, DILIGENCIA 17-08-2016, 10:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE , NOMBRARSELE ABOGADO DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: LAURA . (22-25-26 julio) JUZGADO PENAL UNIPERSONAL - EL PEDREGAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1869-2015-10 (Imputado) AGAPITO OCTAVIO SARMIENTO GUIA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MENOR GILBERT ENMAMUEL SARMIENTO REVILLA, NOTIFICACION, SE REPROGRAMA LA FECHA PARA INICIO DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA 23-09-2016 A LAS 10:30 AM EN LA SALA DE AUDIENCIAS N°01 DEL JUZGADO UNIPERSONAL DE EL PEDREGAL - MAJES, SE ORDENA EL EMPLAZAMIENTO DEL IMPUTADO A JUICIO BAJO LOS APERCIBIMIENTOS DECRETADOS ; Secretario: Tejada. (22-25-26 julio) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-2416-34 MAX ARTHUR ZUÑIGA BENGOA , delito HURTO AGRAVADO, agraviado EMPRESA GOLD PIG , DILIGENCIA 03-08-2016, 12:00, Sala de Audiencia del Juzgado, DECLARARSELE REO CONTUMAZ EN CASO DE INASISTENCIA A AUDIENCIA ; Secretario: MOSCOSO. (22-25-26 julio) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-4122-0 DOMINGO PARQUE MAMANI, delito LESIONES LEVES, agraviado DOMINGO PARQUE MAMANI, NOTIFICACION, CORRER TRASLADO POR EL PLAZO DE 10 DIAS EL REQUERIMIENTO DE ACUSACION, SEÑALA AUDIENCIA PARA EL 19/09/2016 A LAS 10:30 HORAS EN LA SALA CUATRO DEL MODULO PENAL ; Secretario: RETAMOSO . (25-26-27 julio) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-5229-68 EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Miércoles 27 de julio del 2016 Exp. 2013-4449-30 (agraviada) IRENE AÑARI RAMOS, delito FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, agraviado RR.PP. Y OTROS, DILIGENCIA 22-07-16, 11:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Arones. (25-26-27 julio) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-4516-0 LUIS REYNALDO PARI NINA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ANGEL PAOLO PARI MENDOZA, DILIGENCIA 10-08-2016, 09:30 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO. (25-26-27 julio) Exp. 2016-4692-0 VICTORIANO PUMA VIVEROS, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 09-08-2016, 09:30 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO . (25-26-27 julio) Exp. 2015-5941-81 LARRY PALACIOS COAGUILA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado IVAN LARRY PALACIOS TINTA, DILIGENCIA 08-08-2016, 14:30 PM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA . (25-26-27 julio) Exp. 2015-6113-24 RAUL QUISPE BENAVENTE, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado KIARA STEFANNY QUISPE MANRIQUE, DILIGENCIA 08-08-2016, 14:00 PM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA . (25-26-27 julio) Exp. 2015-6108-63 ROLANDO FELIX PACHECO RAA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ROLANDO MILWAR PACHECO MAMANI, DILIGENCIA 08-08-2016, 15:00 PM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA . (25-26-27 julio) Exp. 2015-5737-99 ROBERTH MARCELINO HUAYTA FLORES, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado DAYELO MARCELO HUAYTA QUISPE, DILIGENCIA 09-08-2016, 08:30 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DE OFICIO SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA . (25-26-27 julio) Exp. 2015-6744-71 ALFONSO AURELIO RODRIGUEZ MENDOZA, delito OMIISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ALDANA MILETT STEFANO VICTOR RODRIGUEZ VELASQUEZ, DILIGENCIA 09-08-2016, 10:30 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA. (25-2627 julio) Exp. 2015-7045-49 FIDEL ORTIZ GONZALES, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado VALERY DAYANA ORTIZ SOSA, DILIGENCIA 08-08-2016, 15:00 PM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DE OFICIO SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA . (25-26-27 julio) Exp. 2016-1569-31 SILVIO HERNAN MAMANI MAMANI, delito ENTORPECIMIENTO AL FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS PUBLICOS, agraviado ESTADO, DILIGENCIA 25-08-2016, 10:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DE OFICIO SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA . (25-26-27 julio) La República SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015-1294-77 (Imputado) MIGUEL JANAMPA JIMENEZ, delito LESIONES LEVES, agraviado AGUILAR ARISACA MAMANI , DILIGENCIA 11-10-2016, 09:30, Sala 3, EN CASO DE INASISTENCIA DECLARARSE CONTUMAZ Y GIRARSE IRDEN DE CAPTURA ; Secretario: Monge. (25-26-27 julio) EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-1739-57 (Imputado) JHON SUAÑA MACEDO, delito omisión a la asistencia familiar , agraviado ELIZABETH ERMIÑA QUICO SAHUANAY , DILIGENCIA 05-08-2016, 12:00, Sala 2, EN CASO DE INASISTENCIA DECLARARSE CONTUMAZ Y ORDENARSE ORDEN DE CAPTURA ; Secretario: Monge. (25-26-27 julio) EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-41-6 El Segundo Juzgado Unipersonal de Camaná, HA DISPUESTO NOTIFICAR AL IMPUTADO JULIO CESAR MEDINA CRUCES, para la Audiencia de Juicio Oral en la Sala de Audiencias del Módulo Penal de Camaná, sito en el Jr. Comercio 140 - tercer piso - Cercado de Camaná, en el Proceso que se sigue en contra de Julio Cesar Medina Cruces. , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado menor de iniciales M.H.P.A Representado por su Progenitora MARIA ELENA HUACCHA RIVERA, DILIGENCIA 25 de agosto 2016, 10:00 a.m., Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya . (25-26-27 julio) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-5424-88 (Imputado) LUIGI FERNANDO MONTOYA AREDO. Se notifica a LUIGI FERNANDO MONTOYA AREDO , delito Violación de persona en incapacidad de resistencia. Art. 172° primer párrafo del Código Penal. , agraviado J.E.V.G. , NOTIFICACION, Resolución 01-2015, fecha 31-12-2015. Se notifica con el requerimiento de sobreseimiento presentado por la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, por el plazo de 10 días, para efectos del artículo 345° del Código Procesal Penal. ; Secretario: Díaz .(26-27- julio y 01 agosto) Exp. 2016-4712-0 (Imputado) FELIX FELIPE ESCOBEDO OCSA, delito Lesiones Culposas, agraviado BASILIA QUISPE DE QUISPEHUAMAN, DILIGENCIA 05-09-2016, 08:00, Sala 1, ; Secretario: Delgado . (26-27- julio y 01 agosto) Exp. 2015-4139-0 (Imputado) VERONICA SINCHI ROCA CONDORI, DORA HILDAURA HUILLCA CHALLA Y URIEL SINCHI ROCA CONDORI, delito LESIONES LEVES, agraviado JENNY NOEMI SUMA CALLOAPAZA, DILIGENCIA 15-09-2016, 08:00, Sala 1, ; Secretario: Delgado. (26-27- julio y 01 agosto) Exp. 2010-2189-23 (Imputado) LUIS ALBERTO MENDOZA ALCANTARA y ENESTO TOCAS MENDOZA , delito CONTRABANDO Y OTRO, agraviado ESTADO, DILIGENCIA 26-08-2016, 08:00 HORAS, Sala 1, ; Secretario: Almanza. (26-27- julio y 01 agosto) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-4306-0 (Imputado) PACCOHUANCA CHICAÑA WALTER. Se notifica a PACCOHUANCA CHICAÑA WALTER. , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Menor de Iniciales G. J. P. C. representada por GLORIA DIANTE CONDORI CCAMA , NOTIFICACIO, Acta audiencia de Incoación de Proceso Inmediato, 1ra Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa. Res.02- 2016 SE REPROGRAMA para 10-08-2016 a las 14:30 horas, sala audiencias 02, Módulo Penal, Sede de Corte. Debiendo designar abogado elección. ; Secretario: Díaz . (26-27- julio y 01 agosto) Exp. 2015-4772-17 JOSE MANUEL CALCINA PALOMINO Y LUZ GREGORIA INFANTES AYALA, delito CONTRA LA FE PUBLICA EN LA MODALIDAD DE FALSEDAD IDEOLOGICA, agraviado LEIDY ADENIA COLLADO CHAUPE Y EL ESTADO - SUNARP, NOTIFICACION, VISTO EL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FORMULADO POR EL MINISTERIO PUBLICO NOTIFI- QUESE A LOS DEMÁS SUJETOS PROCESALES, PARA EFECTOS DEL ARTICULO 350° DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL ; Secretario: Huerta . (26-27- julio y 01 agosto) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-1712-18 (Imputado) WILBERT PAUL CAHUANA MAMANI, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR , agraviado JACQUELINE EDITH MACEDO CAMA DE CAHUANA , NOTIFICACION, visto el requerimiento de acusación formulado, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, se designa como abogado defensor de oficio del investigado a JORGE ANTONIO CHÁVEZ HERRERA, ; Secretario: Quispe . (26-27- julio y 01 agosto) Exp. 2015-6262-91 Imputado: JOSE ENRIQUE FERNANDO MEDINA , delito APROPIACION ILICITA, agraviado WLATER FARFAN NAVIA, NOTIFICACION, VISTO EL REQUERIMIENTO DE ACUSACION FORMULADO POR EL SEÑOR FISCAL. NOTIFIQUESE A LOS DEMAS SUJETOS PROCESALES POR EL PLAZO PERENTORIO DE 10 HÁBILES PARA LOS EFECTOS DEL ARTICULO 350 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL ; Secretario: Huerta. (26-27- julio y 01 agosto) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-895-21 (Imputado) LEONCIO LIMACHE CONDORI, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Josue Y XIOMARA LIMACHE ROQUE, DILIGENCIA 26-07-2016, 8:00, Sala 6, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: MARQUEZ. (26-27- julio y 01 agosto) Exp. 2016-2596-50 (Imputado) CESAR AUGUSTO CORRALES CABANA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado CESAR ALEXANDER CORRALES INCA REPRESENTADO POR CARMEN INCA RONDON, DILIGENCIA 12-08-2016, 12:00, Sala 6, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: MARQUEZ . (26-27- julio y 01 agosto) EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 213-2015-95 (Imputados) RÓMULO RICHARD LOBATÓN LINARES, CARLOS ANTONIO DONAYRE CALLE, OSCAR YULIO MANCHEGO EDWIN PERCY SÁNCHEZ CANO y otros. , delito Usurpación agravada Arts. 202° y 204° Código Penal, agraviado Asociación Productiva Vivienda e Industria Señales de Esperanza La Joya, NOTIFICACION, Resolución N° 01-2015. Fecha 09-11- 2015. Se corre traslado por diez días del requerimiento de sobreseimiento presentado por la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, ello conforme al artículo 345° del Nuevo Código Procesal Penal. ; Secretario: Díaz. (26-27- julio y 01 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20154941-36 (Imputado) MARCO ANTONIO VILLAFUERTE GUZMAN, delito SALUD PUBLICA MICROCOMERCIALIZACION, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION, Estando al escrito presentado por la representante del Ministerio público: REQUIÉRASE al sentenciado MARCO ANTONIO VILLAFUERTE GUZMÁN a fin cumpla con pagar la reparación civil a favor de la parte agraviada dentro de tres días de notificado. ; Secretario: Díaz-.(26-27- julio y 01 agosto) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-45480 RONAL OVIEDO COLQUE, delito lesiones leves y lesiones leves por violencia familiar, agraviado MARILUZ VELASQUEZ QUISPE y ALBERTO GUTIERREZ ANCCORI, NOTIFICACION, se le requiere que en el plazo de 3 días designe abogado de si libre elección bajo apercibimiento de designarle abogado de su libre elección ; Secretario: Ojeda. (26-27- julio y 01 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2015-7037-45 JOSE MANUEL HUACHO JAUJA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ANAIS ZEGARRA BANDA, DILIGENCIA 15-08-2016, 8:30 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA. (26-27- julio y 01 agosto) Exp. 2015-3050-29 JUAN AJAHUANA ROJAS, MARGARITA CCARI ARIAS, JUAN CHACCA WISAYAURI, EVARISTO SABINNO YANA GARCIA, ROSA LUZ SAMILLAN INFANTES, delito CONTRA EL PATRIMONIO ESTAFA MODALIDAD DE DEFRAUDACION , agraviado JOSE CHACCA HUISA, DILIGENCIA 07-09-2016, 10:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DE OFICIO SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA . (26-27- julio y 01 agosto) Exp. 218-2013-63 GERMAN CHACO CCARI REYNALDO IDME IDME, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agraviado EFREIN CHAMBILLA LARICO, DILIGENCIA 08-09-2016, 09:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA . (26-27- julio y 01 agosto) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20162930-0 (Imputado) EVELYN SUGEY CAMA SALINAS, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado ROSABEL ARENAS PAZ, NOTIFICACION, NRO. 01-2016. POR LA QUE SE CORRE TRASLADO DE LA ACUSACION FISCAL EN SU CONTRA POR 10 DÍAS PARA QUE PUEDA EJERCER SU DERECHO DE DEFENSA, NOMBRANDOSE COMO ABOGADO DEFENSOR AL DEFENSOR PUBLICO DENIS ALMANZA TORRES.-. ; Secretario: Gallegos . (2627- julio y 01 agosto) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2014-144-8 (Imputado) FLORES SILLO ECLER JUAN, FLORES SOLIS LUIS ANGEL, CONCHA CUEVA EDWUIN , delito ROBO AGRAVADO, agraviado HIGIDIO CHOQUE CHOQUE, DILIGENCIA 11-08-2016, 9.00AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Suarez . (26-27- julio y 01 agosto) EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-60-40 ARTURO CARDOZA OTERO, delito ROBO AGRAVADO, agraviado Carlos Uyen Chehade, DILIGENCIA 23-11-2016, 10:00 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya . (26-27- julio y 01 agosto) EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2014-2786-92 (Imputado) AMAO YANCAYA JUNIOR EMRIQUE , delito HURTO AGRAVADO, agraviado QUISPE MONTES ERNESTO MELQUIADES , DILIGENCIA 13-09-2016, 08:00, Sala 6, EN CASO DE INASISTENCIA DECLARARSE CONTUMAZ Y GIRARSE ORDEN DE CAPTURA EN SU CONTRA ; Secretario: Monge. (26-27- julio y 01 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2016-5039-0 WILLIAM EFRAIN RUELAS CHAMBI, delito VENTA DE MATERIAL FOTOGRAFICO SIN AUTORIZACION DE LOS AUTORES, agraviado ASOCIACION PERUANA DE AUTORES Y COMPOSITORES APDAYC, NOTIFICACION, AUDIENCIA DEL PROCESO INMEDIATO PARA EL 11 DE AGOSTO DEL 2016 A LAS 14:00 HORAS EN LA SALA UNO DEL MODULO PENAL ; Secretario: RETAMOSO.- (27 julio y 01-02 agosto) Exp. 2016-5285-0 ANGEL MIGUEL TUBILLAS RETAMOZO, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD REPRESENTADAPOR EL MINISTERIO PU- 7 BLICO, DILIGENCIA 05-08-2016, 14:00 HRS, Sala 1, ; Secretario: Champi.- (27 julio y 01-02 agosto) Exp. 2016-5414-0 MARCO ANTONIO SEGOVIA ZUÑIGA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ALESSANDRA VANESSA SEGOVIA LOPEZ REPRESENTADA POR MARIA CLAUDIA LOPEZ RODRIGUEZ, DILIGENCIA 19-082016, 11:00 HRS, Sala 1, ; Secretario: Champi .- (27 julio y 01-02 agosto) Exp. 2016-5449-0 (Imputado) JOSE LUIS YUCRA PAREDES , delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado FRANCO ANTONIO CHUQUINEYRA CACERES, DILIGENCIA 19-08-2016, 12:00 pm , Sala 1, ; Secretario: Quispe . (27 julio y 01-02 agosto) Exp. 2014-4852-7 (Imputado) SIMON SUNI MUÑONCA Y SANTUSA UMIYAURI CCASA, delito Usurpación, agraviado , NOTIFICACION, Visto el requerimiento de sobreseimiento, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de 10 días hábiles, para los efectos del artículo 345° del CPP; y verificándose que los imputados no cuentan con abogado se nombra a Pastor ; Secretario: Delgado . (27 julio y 01-02 agosto) Exp. 2013-3326-24 (Imputados) MARCELINO ABAT APAZA QUISPE y JACQUELINE SANDOVAL ATOXSA, delito ESTAFA, agraviado ESTADO Y OTRO, DILIGENCIA 26-09-2016, 08:00, Sala 1, ; Secretario: Valero . (27 julio y 01-02 agosto) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 5390-2016-0 JONATHAN MARCOS CHACON LINARES, delito FORMAR AGRAVBADAS DE LOS DELITOS CONTRA LOS DERECHOS INTELECTUALES, agraviado INDECOPI, DILIGENCIA 18-08-2016, 15:30 HRS, Sala 2, ; Secretario: Champi. (27 julio y 01-02 agosto) Exp. 5272-2016-0 EDWIN FERNANDO VELA PORTUGAL ARMANDO OLGER VELA PORTUGAL, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado , DILIGENCIA 16-08-2016, 14:45 HRS, Sala 2, ; Secretario: Champi . (27 julio y 01-02 agosto) EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2011-3599-71 (Imputado) JULIO ERNESTO NUÑONCCA PUMA , delito RECEPTACION ADUANERA Y OTROS, agraviado SUNAT y otros, DILIGENCIA 09-09-2016, 09:00 am, Sala 3, ; Secretario: Quispe. (27 julio y 01-02 agosto) Exp. 2016-5306-19 (imputado) WILLINTON JARDIEL GAMERO LLERENA y (Terceros civilmente responsables) DUVER VÍCTOR PORTILLA COLLAZOS Y MILAGROS SALAS ARENAS De Portilla, delito HOMICIDIO CULPOSO, agraviado SUCESION LEGAL DE QUIEN EN VIDA FUE SUSANA YANARICO DE APAZA, DILIGENCIA 18-08-2016, 14:00, Sala 3, ; Secretario: Quispe . (27 julio y 01-02 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2015-6844-0 (Imputado) NESTOR FLORES CONDORI, delito PELIGRO COMUN, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 08-08-2016, 09:30 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Arones. (27 julio y 0102 agosto) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2014-5491-5 (Imputado) JAIME ALBERTO MENDOZA LÓPEZ, delito HOMICIDIO CULPOSO, agraviado ROSA FLORES DE QUISPE, DILIGENCIA 26-08-2016, 11:00, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Palma . (27 julio y 01-02 agosto) EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante Exp. 2016-4667-0 MANUEL MIGUEL ZAPATA GUTIERREZ, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Luz Mireya y Daniela Zapata Ojeda, DILIGENCIA 15-08-2016, 09:00 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO . (27 julio y 01-02 agosto) 8 La República SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 27 de julio del 2016 CRONICAS JUDICIALES Miércoles, 27 de julio del 2016 CRONICA JUDICIAL DE LA CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES 02 DE MAYO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS. AUTOS DE VISTA A.V 30-2016 MCH 766-2016-0: Por estos fundamentos, en uso de las atribuciones que confieren la Constitución Política del Perú: 1. DECLARAMOS infundada la apelación interpuesta por la defensa técnica del demandante Rosendo Jorge Ñaupa Chañe.2. CONFIRMAMOS: la Resolución N° 01, de fecha primero de febrero del dos mil dieciséis, que declara improcedente la demanda de habeas corpus presentada por Rosendo Jorge Ñaupa Chañe, por Anabel Javier García, en contra de los Magistrados Uriel Balladares Aparicio, Fanny Andrade Gallegos y Chacón, Jueces Superiores de la Sala de Apelaciones de Cusco, y en contra de Erika Núñez Orihuela, Juez del Cuarto Juzgado Penal del Cusco; con lo demás que contiene y es materia de grado. 3. ORDENAMOS: Consentida la presente se devuelva los autos al Juzgado de procedencia para los fines pertinentes.AUDIENCIA A.V 31-2016 MCH 3016-2016-0: SE RESUELVE: TENER POR DESISTIDO al representante del Ministerio Público respecto de la apelación formulada en contra de la resolucion de fecha quince de abril del dos mil dieciséis que dispuso la comparencia con restricciones sobre el señor Oscar Gregorio Valdeiglesias Jara. REGISTRESE Y COMUNIQUESE.DECRETOS: Se expidieron un total de 03. 03 DE MAYO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS. SENTENCIA DE VISTA S.V 14-2016 MCH 3071-2013-66: Por lo precedentemente expuesto: 1. DECLARARON, INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el sentenciado CATALINO SALCEDO LIMA, en contra de la Sentencia N° 364-2015, de fecha veinte de noviembre del dos mil quince. 2. CONFIRMARON la Sentencia N° 3642015, de fecha veinte de noviembre del dos mil quince, en todos sus extremos, que Condena a CATALINO SALCEDO LIMA, como autor del delito contra el Patrimonio en la modalidad de Usurpación, previsto en el inciso 3 del artículo 202° del Código Penal, con las circunstancias agravantes del inciso 2 y 4 del artículo 204° del mismo cuerpo legal, en concordancia con el primer párrafo del artículo 49° de la mencionada norma sustantiva, en agravio de la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, como tal le impone cuatro años de pena privativa de la libertad, suspendida en su ejecución por el plazo de tres años, sujeta a las reglas de conducta que contiene la sentencia venida en grado, al igual que la reparación civil en la suma de cinco mil nuevos soles a favor de la parte agraviada, y con lo demás que ella contiene. 3. ORDENARON: Que consentida sea la presente se devuelvan los autos al Juzgado de procedencia, para los fines pertinentes. Sin costas de la instancia.- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y DEVUÉLVASE. AUTOS DE TRÁMITE MCH 766-2016-0: Por las razones dadas: 1. CORREGIMOS el AUTO DE VISTA número 30-2016, de fecha dos de mayo de dos mil dieciséis, únicamente en la parte expositiva, suprimiendo el acápite b) del punto SEGUNDO. 2. En consecuencia entiéndase que en el punto SEGUNDO de la parte expositiva únicamente se considera los acápites a) y c). DECRETOS: Se expidieron un total de 05. 04 DE MAYO DE 2016 CAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el imputado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS. AUTO DE VISTA MB 4432-2015-0: Por los fundamentos señalados, CONCEDEMOS por equidad al querellante Angel Flores hala, el plazo de tres días para la regularización de la obligación de pago del arancel respectivo, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso. A.V 32-2016 MCH 3016-2016-0: Por tales consideraciones, RESOLVEMOS: 1) DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Edwin Jorge Valdivia Agramonte. 2) CONFIRMAR la resolución N° 022015, emitida en audiencia de prisión preventiva, llevada a cabo el quince de abril del dos mil dieciséis, que declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva presentado por el Ministerio Público en contra de Edwin Jorge Valdivia Agramonte, quien se encuentra procesado por el delito de Hurto Agravado en grado de tentativa, previsto en el artículo 185 primer párrafo concordante tonel artículo 186 primer párrafo incisos 1, 2 y 5 y segundo párrafo, inciso 1, del Código Penal, en concordancia con el artículo 16, en agravio de Esther Manuela Miñope Santisteban, por lo que se dispuso prisión preventiva respecto del imputado por el plazo de nueve meses. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.A.V 33-2016 MCH 2288-2016-96: Por tales consideraciones, RESOLVEMOS: 1. DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación. 2. REVOCAR la resolución número 02, del treinta de marzo del dos mil dieciséis que declaró infundada la solicitud de Desalojo Preventivo formulado por Mery Luz López Torres; y, REFORMÁNDOLA, declara fundada la solicitud de Desalojo Preventivo formulado por Mery Luz López Torres. DISPONER la ministración provisional de la posesión del inmueble ubicado en Pueblo Joven Pedro P. Díaz, lote 1-A, manzana F, zona A, del distrito de Paucarpata a favor de Mery Luz López Torres. 3. DISPONER se ponga en conocimiento del Juez lo dispuesto en la presente resolución para su inmediata ejecución, la que será efectivizada con asistencia del representante del Ministerio Público, para la identificación del bien inmueble sub litis. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ AUTOS DE TRÁMITE MR 3200-2014-25: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVO- MB 1671-2011-76: Por lo que: a) DECLARAMOS IMPROCEDENTE el recurso de casación interpuesto por Miguel Angel Caviedes Reynaga contra el auto de vista de fecha treinta y uno de marzo de dos mil dieciséis, de fojas trescientos tres y siguientes. b) DISPONEMOS la devolución del presente proceso al Juzgado de origen. efectuada por la señorita Jueza del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Paucarpata, doña Patricia Posadas Larico. 2. DISPONEMOS: Que la citada Magistrada continúe en el conocimiento de la presente causa, para lo cual deberán remitirse los autos al despacho del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Paucarpata. Regístrese y notifíquese. DECRETOS: Se expidieron un total de 05. 10 DE MAYO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y OCHOA CAHUANA. Primer Juzgado Unipersonal de Paucarpata en la sesión de audiencia de juicio oral llevada a cabo con de fecha veintidós de abril del dos mil dieciséis.2. REVOCAMOS: LA DECISIÓN emitida por la señora Jueza del Primer Juzgado Unipersonal de Paucarpata en la sesión de audiencia de juicio oral llevada a cabo con de fecha veintidós de abril del dos mil dieciséis, señalando que son inapelables las decisiones dictadas en audiencia.3. DISPONEMOS: SE CONCEDA EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la representante del Ministerio Público, en contra de la resolución sin número emitida con fecha veintidós de abril del dos mil dieciséis, conforme a lo dispuesto en el considerando 2.8 de la presente resolución. Todo ello con la celeridad que el estado del proceso amerita. SENTENCIA DE VISTA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. S.V 15-2016 AUTOS DE TRÁMITE MR 1076-2016-0: Por los fundamentos expuestos: 1. DECLARAMOS infundada la apelación interpuesta por la defensa técnica del demandante Orlando Rolando Chillihuani Pillco. 2. CONFIRMAMOS: la Sentencia, de fecha diecisiete de marzo del dos mil dieciséis, que declara improcedente la demanda de habeas corpus presentada por Jhon Wilber Contreras Jiménez, en calidad de abogado del menor Orlando Rolando Chillihuani Pillco, en contra de los señores Magistrados en contra de los señores magistrados Nolán Elías Talavera Zapana, Juez del Primer Juzgado de Familia del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata; Nimer Marroquín Mogrovejo, Ramiro Bustamante Zegarra y René Cervantes López, Jueces Superiores de la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; con lo demás que contiene. 3. ORDENAMOS: Consentida la presente se devuelva los autos al Juzgado de procedencia para los fines pertinentes. LL 2426-2016-0: PARTE RESOLUTIVA: 1) CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por la demandante Elvira Esther Ancasi Batallanos, contra la resolución de vista de fecha veinticinco de abril de dos mil dieciséis (folio ciento treinta y cuatro y siguientes), que confirma la resolución que declara improcedente liminarmente la demanda de hábeas corpus interpuesta por Elvira Esther Ancasi Batallanos a favor de Ralph Edwin Cárdenas Ancasi. 2) DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención. DECRETOS: Se expidieron un total de 01. 11 DE MAYO DE 2016 DESPACHO DECRETOS: Se expidieron un total de 01. 05 DE MAYO DE 2016 CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ AUTO DE VISTA EN DESPACHO AUTOS DE VISTA A.V 35-2016 CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS. DECRETOS: Se expidieron un total de 07. 06 DE MAYO DE 2016 EN DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS. DECRETOS: Se expidieron un total de 05. 09 DE MAYO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ AUTO DE VISTA A.V 34-2016 MR 06305-2015-0: Por tales consideraciones, DECIDIMOS: 1.- DECLARAR INFUNDADA LA INHIBICIÓN A.V 37-2016 LL 5795-2015-89: DECISIÓN: 1.- DECLARARON, INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto y fundamentado por el abogado defensor del solicitante Donato Cervantes Torres, en contra de la resolución número cero uno guión dos mil dieciséis, de fecha cuatro de diciembre del dos mil quince, de fojas ochenta y dos y siguientes. 2.- CONFIRMARON, la resolución número cero uno guión dos mil dieciséis, de fecha cuatro de diciembre del dos mil quince, de fojas ochenta y dos y siguientes, que resuelve: Primero.- DECLARAR INFUNDADA la solicitud de Desalojo Preventivo Ministración Provisional postulada por DONATO CERVANTES TORRES. Segundo.- Disponer que una vez firme la presente se archive el presente cuaderno. 3.DISPUSIERON que consentida sea la presente, se remita el presente cuaderno al juzgado de procedencia. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y CON VOTO EN DISCORDIA DE MAGALLANES RODRIGUEZ. A.V 36-2016 MB 6026-2015-03: PARTE RESOLUTIVA: DECLARAMOS: FUNDADA la queja de derecho interpuesta por la señora Fiscal Iris Ticona Oviedo de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariano Melgar, contra lo decidido por la señora Jueza del MR 04279-2015-59: Por las razones dadas la Cuarta de Sala de Apelaciones en Adición con Funciónen Liquidación DECIDE: 1. DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del procesado Enrique Vargas Longhi, en contra de la resolución No. 05-2016, expedida en audiencia de cese de prisión preventiva del veintiocho de abril del dos mil dieciséis, realizada ante el Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cerro Colorado, que declaró infundado el cese de prisión preventiva, en el proceso que se le sigue, por la comisión del delito de Homicidio Calificado previsto en el inciso 1° (ferocidad) del artículo 8° del Código Penal en agravio de Miguel Francisco Mamani Monterola. En consecuencia; 2. REVOCAR la resolución No. 05-2016, expedida en audiencia de cese de prisión preventiva del veintiocho de abril del dos mil dieciséis; y, REFORMÁNDOLA, se DECLARAMOS fundado el pedido de cesación de prisión preventiva solicitado. 3. IMPONER al imputado Enrique Vargas Longhi, la medida de comparecencia con las siguientes restricciones: a) Obligación de no ausentarse de la localidad en la que reside; b) Deberá concurrir a todas y cada una de las diligencias y audiencias que convoque la autoridad policial, fiscal o judicial; c) No variará su domicilio real, señalado en la presente causa penal, salvo que lo haga conocer previamente al Juzgado. d) Deberá concurrir al juzgado de investigación preparatoria que co- Miércoles 27 de julio del 2016 rresponda, cada quince días a fin de dar cuenta de sus actividades, portando además su documento de identidad. e) El procesado deberá cumplir con asistir regularmente a las clases en la universidad en la que cursa estudios de psicología, lo deberá informar al juez cada vez que concurra al juzgado a dar cuenta de sus actividades, siempre y cuando el centro de estudios autorice su eincorporación. ) Se dispone el impedimento de salida del país del imputado, para lo cual deberá ursarse el oficio respectivo a la autoridad competente, bajo responsabilidad funcional, una vez ea excarcelado el procesado. g) Deberá someterse al tratamiento especializado sobre el control de bebidas alcohólicas y otras sustancias salvo prescripción médica, en centro médico del Estado, lo que deberá informar al juez, documentadamente, cada vez que concurra al juzgado a dar cuenta de sus actividades. h) Se prohíbe al procesado acercarse a los parientes del agraviado; así como, a todos los testigos y peritos que tengan vinculación con el presente caso. i) Se impone una caución económica, de cincuenta mil soles. 4. ORDENAR la INMEDIATA EXCARCELACIÓN de Enrique Vargas Longhi, una vez sea depositado en el Banco de la Nación el monto de la caución establecida en el plazo de cinco días hábiles, y siempre y cuando no medie en su contra otro mandato de prisión preventiva dictado en su contra por autoridad competente. 5. Se DISPONE la devolución del cuaderno al Juzgado de procedencia. Regístrese y notifíquese. del objeto civil en cuanto corresponda a la parte agraviada del Estado, conforme al fundamento 15-10 al 15-13, habilitándose por ello la audiencia correspondiente. 5. DISPONEMOS la devolución del cuaderno correspondiente al Juzgado para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ 16 DE MAYO DE 2016 AUTOS DE TRÁMITE AUTOS DE TRÁMITE MR 3476-2011-25: Por estas consideraciones: 1) DECLARAMOS INADMISIBLES los medios probatorios ofrecidos por el actor civil – Miguel Revilla Arce, conforme a lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución. 2) CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para las imputadas recurridas de ser declaras contumaces en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. 3) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando sétimo, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. MB 812-2015-19: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTITRÉS DE MAYO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS ONCE HORAS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. DECRETOS: Se expidieron un total de 0. 12 DE MAYO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS. AUTOS DE VISTA A.V 38-2016 MCH 2301-2013-11: Por las razones expuestas: 1. DECLARAMOS INFUNDADA la apelación formulada por el actor civil -Procuraduría Pública de la Contraloría General de la República-; en consecuencia, 2. CONFIRMAMOS la resolución No. 09-2015 de fecha quince de septiembre del año dos mil quince, que declaró FUNDADO el SOBRESEIMIENTO del proceso seguido contra HENRY SATURNINO GOMEZ VILLALOBOS, MOISES PEDRO VALDEZ CABRERA y SANDRA HILDA SUCARI CHOQUEHUANCA, por el delito de Negociación Incompatible, previsto en el artículo 399º del Código Penal, en agravio de la Municipalidad Distrital de Hunter representado por el Procurador Público de la Contraloría General de la República. Con lo demás que contiene. 3. IMPROCEDENTE la apelación formulada por el actor civil -Procuraduría Pública de la Contraloría General de la República -respecto al extremo del delito de Colusión y al delito de Falsificación de Documentos y Uso de Documento Falso. 4. ORDENAMOS Que el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Hunter, se pronuncie con respecto a la procedencia o no DECRETOS: Se expidieron un total de 03. DESPACHO A.V 39-2016 MR 1231-2015-19: POR TALES RAZONES: DECLARAMOS fundado el recurso de queja formulado por la defensa técnica del procesado Ciro Gonzalo Negrón Chambi, en contra de la resolución número seis de fecha catorce de abril del dos mil dieciséis, que declaró improcedente por extemporánea el recurso de apelación interpuesto por el abogado defensor del acusado Ciro Gonzalo Negrón Chambi, contra la resolución número cinco guión dos mil dieciséis; en consecuencia, CONCEDEMOS el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del procesado Ciro Gonzalo Negrón Chambi, contra la resolución número cinco guión dos mil dieciséis. DISPUSIERON: Que el Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, eleve el incidente correspondiente. MR 1249-2013-13: Por tales consideraciones, 1) DECLARAMOS IMPROCEDENTE la apelación interpuesta por el sentenciado José Luis Chivigorre Mamani. LL 3270-2012-03: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTITRÉS DE MAYO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el imputado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. DECRETOS: Se expidieron un total de 02. 13 DE MAYO DE 2016 EN DESPACHO La República SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ SENTENCIA DE VISTA S.V 16-2016 MB 2457-2016-0: Por lo precedentemente expuesto: 1. DECLARAMOS FUNDADA las apelaciones interpuestas por Wilfredo Pacho Chicani, Director del Establecimiento Penitenciario de Arequipa; y, por Jorge Antonio Alegría Patow, Procurador Público de la Procuraduría Pública del Instituto Penitenciario.2. REVOCAMOS la Sentencia número 1052016-1JPU de fecha quince de abril de dos mil dieciséis, obrante de fojas noventa y dos a noventa y siete, en el extremo, que declaró fundada en parte la demanda de hábeas corpus interpuesta por Claudia Alexandra Pinto Rodríguez, a favor del ciudadano Paul Junior Del Carpio Huaco, en contra del Director del Establecimiento Penitenciario de Arequipa, Wilfredo Pacho Chicani y dispuso la inmediata libertad del beneficiario; y REFORMÁNDOLA: DECLARAMOS, INFUNDADA la demanda de hábeas corpus interpuesta por Claudia Alexandra Pinto Rodríguez, a favor del ciudadano Paul Junior Del Carpio, en contra del Director del Establecimiento Penitenciario de Arequipa, Wilfredo Pacho Chicani [“que le impidieron al beneficiado… acceder a su derecho a la inmediata libertad por cumplimiento total de la condena impuesta”]. 3.En consecuencia, DISPONEMOS la recaptura del ciudadano Paul Junior Del Carpio Huaco, previo a ello, la administración penitenciaria, en el plazo de cinco días hábiles, deberá resolver el pedido formulado por el accionante, sobre cumplimiento de pena con redención, en fecha cuatro de abril del dos mil dieciséis, decisión que deberá ser comunicada al juzgado, a fin de cursar o no el referido oficio. 4. DISPONEMOS dejar sin efecto la exhortación al actual Director del Establecimiento Penitenciario de Arequipa, dispuesta por la A quo en el cuarto párrafo de la parte resolutiva o decisoria de la recurrida.5. EXHORTAMOS a la A quo a que, previamente a emitir pronunciamiento, realice una revisión minuciosa de los extremos de la demanda sobre los que corresponde emitir pronunciamiento y se abstenga de pronunciarse sobre peticiones que no corresponden al órgano jurisdiccional. ORDENAMOS: La publicación de la presente, así como se efectúen las notificaciones y comunicaciones de ley. autor de la comisión del delito contra la Libertad Sexual en la modalidad de Actos contra el Pudor, previsto y penado en el artículo 176°-A inciso 2 del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales C.Y.C.T, le impuso la pena privativa de la libertad de seis años con el carácter de efectiva, y fijó la suma de un mil nuevos soles por concepto de reparación civil a favor de la parte agraviada. REFORMÁNDOLA ABSOLVEMOS a EDWIN ROYERI CANCINO CCAMA de la comisión del delito contra la Libertad Sexual en la modalidad de Actos contra el Pudor, previsto y penado en el artículo 176°-A inciso 2 del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales C.Y.C.T., y declaramos INFUNDADA la reparación civil. 3. D I S P O NEMOS el ARCHIVO DEFINITIVO de la presente causa y la cancelación de los antecedentes que la presente causa pudo generar. 4. DISPONEMOS su devolución al juzgado de origen. DECRETOS: Se expidieron un total de 01. 17 DE MAYO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ AUTO DE TRAMITE LL 383-2014-15: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTISIETE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para los imputados recurridos de ser declarados contumaces en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. DECRETOS: Se expidieron un total de 06. 18 DE MAYO DE 2016 S.V 17-2016 LL 1025-2016-0: Por todo lo que, 1) DECLARAMOS: INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Juan Gualberto Montes de Oca Begazo, abogado del beneficiario Leopoldo Ricardo Loli Vargas. -2) CONFIRMAMOS: la sentencia de fecha veintidós de Abril del dos mil dieciséis de fojas trescientos cincuenta y siete a trescientos sesenta y ocho, que declaró infundada la acción de habeas corpus interpuesta por el señor abogado Juan Gualberto Montes de Oca Begazo contra el señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna doctor Yuri Orlando Maquera Rivera, y, los integrantes de la Sala Penal de Apelaciones de Tacna, Jueces Superiores doctores Bermejo Ríos, De Amat Peralta y Franco Apaza. 3) ORDENAMOS: que, consentida sea la presente, se devuelva los autos al Juzgado de procedencia para los fines pertinentes. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS. S.V 18-2016 MR 234-2014-41: Por tales consideraciones, la Cuarta Sala de Apelaciones en Adición Liquidación, de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, impartiendo justicia a nombre del pueblo, decide: 1. DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación formulado por la defensa técnica del procesado Edwin Royeri Cancino Ccama. 2. REVOCAMOS la sentencia emitida por el Juzgado Penal Unipersonal del Módulo Básico de Justicia de Cerro Colorado, de fecha cuatro de noviembre de dos mil quince, de fojas treinta y dos del “Cuaderno de Debate”, que condenó a Edwin Royeri Cancino Ccama como EN DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS. DECRETOS: Se expidieron un total de 00. 19 DE MAYO DE 2016 AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ AUTO DE VISTA A.V 39-A-2016 LL 343-2015-61: RESOLVEMOS: Tener por desistido de la apelación interpuesta por el señor Jorge López Ríos a través de su defensa en contra de la Sentencia que lo declaró autor del delito de Omisión a la asistencia familiar previsto en el artículo 149 del Código procesal Penal en agravio de la menor Maryory López Chávez representada por su madre Sandra Chávez Quispe, imponiéndole la pena de un año de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por el mismo plazo de un año, bajo cumplimiento de reglas de conducta, en lo demás que contiene, en consecuencia declaramos firme la referida sentencia. Notificados en audiencia. Damos por concluido. Se deja constancia que culminó 9 DECRETOS: Se expidieron un total de 06. 20 DE MAYO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS. AUTOS DE VISTA A.V 40-2016 MR 2772-2015-83: Por las razones expuestas: 1. DECLARAMOS INFUNDADA la apelación formulada por el actor civil -Procuraduría Pública Anticorrupción Descentralizada de Arequipa-. 2. ORDENAMOS al Juez de Investigación Preparatoria de Caylloma – Chivay, que convoque a una audiencia complementaria a fin se resuelva el extremo de la pretensión civil, en el proceso seguido contra Ramón Nonato Cayllahua Cayllahua por el delito de Peculado previsto en el primer párrafo del artículo 387º del Código Penal, en agravio del Estado. 3. EXHORTAMOS, por esta vez, al señor magistrado Flavio R. Díaz Machaca, Juez de Investigación Preparatoria de Caylloma – Chivay, cumpla con el mayor cuidado y diligencia el desarrollo procesal del proceso bajo su conocimiento. 4. ORDENAMOS la devolución del cuaderno correspondiente al Juzgado para los fines pertinentes. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE TRÁMITE LL 2772-2015-83: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTISIETE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. MB 1605-2012-37: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el CUATRO DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para la imputada recurrida de ser declarada contumaz en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. MR 135-2014-10: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el CUATRO DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS DIEZ HORAS en la 10 La República Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. DECRETOS: Se expidieron un total de 01. 23 DE MAYO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ AUTOS DE VISTA AV. 041-2016 MR 3333-2016-0: Por lo que DECIDIMOS: 1. DECLARAR FUNDADA la apelación interpuesta por la defensa técnica del beneficiario José Alberto Huallpa Sandivar, en consecuencia, 2. NULA la resolución N° 01-2016, de fecha veintiocho de abril de dos mil dieciséis, de folio veintiocho, que declaró improcedente la demanda constitucional de Habeas Corpus, interpuesta por José Antonio Olmos Huallpa en contra de los señores Magistrados Wolfray Huerta Robles, ex Juez del Juzgado de Lima Este, Pilar Luisa Carbonel Vilchez Juez Superior de la Sala Superior Especializada en lo Penal y Permanente del distrito de San Juan de Lurigancho de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Edgar Vizcarra Pacheco, Juez Superior de la Sala Superior Especializada en lo Penal Descentralizada y Permanente del distrito de San Juan de Lurigancho de la Corte Superior de Justicia de Lima Este y Cesar Magallanes Aymar, Juez Superior de la Sala Superior Especializada en lo Penal Descentralizada y Permanente del distrito de San Juan de Lurigancho de la Corte Superior de Justicia de Lima Este; y dispone el archivo definitivo del presente proceso. 3. ORDENAMOS se remitan a la A Quo Constitucional de origen, a efecto de que emita nuevo pronunciamiento, tiendo en cuenta los fundamentos de la presente.AUDIENCIA AV. 042-2016 LL 3270-2012-03: RESOLVEMOS: 1.-TENER POR DESISTIDO de la apelación formulada por el señor representante del Ministerio Público Aldo Enrique Mena Del Carpio, en contra de la sentencia antes indicada. Por lo tanto: 2.-DECLARAMOS firme la presente sentencia. DESPACHO AUTOS DE TRÁMITE LL 4603-2013-82: Por tales consideraciones, DECLARAMOS NULO todo lo actuado desde el folio ciento cinco inclusive, retrotrayéndose la causa al estado de calificación de prueba ofrecida y convocatoria de audiencia de apelación de sentencia. MR 4603-2013-82: Por estas consideraciones: 1) DECLARAMOS INADMISIBLE el medio probatorio ofrecido la defensa técnica de Juan Pablo Vilca Cornejo, conforme a lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución. 2) CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el DOS DE JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para la imputada recurrida de ser declara contumaz en caso de inasistencia; asimismo, SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA deben tener presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. 3) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando sétimo, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. MB 3503-2015-63: Por estas consideraciones: 1) DECLARAMOS INADMISIBLES los medios probatorios ofrecidos por la defensa técnica de Javier Gregorio Checya Molina, conforme a lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución. 2) CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTISIETE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. 3) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando sétimo, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. MR 5111-2014-58: DECRETOS: Se expidieron un total de 01. 24 DE MAYO DE 2016 AUDIENCIA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ AUTOS DE VISTA AV. 043-2016 MB 2693-2012-97: RESOLVEMOS: Primero: DECLARAR INFUNDADA la apelación formulada por la Procuradora Pública a cargo de la defensa jurídica del Ministerio de comercio exterior Ingrid Juana Groso García. Segundo: CONFIRMAMOS la Resolución N° 08-2015 de fecha 14 de octubre del 2015, en el extremo que declaró fundado el sobreseimiento de la causa seguida en contra Lolo Pila Umire por el delito de funcionamiento ilegal de juegos de casino y máquinas tragamonedas previsto en el artículo 243.c del Código Penal en agravio del Estado, representado por el Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de MINCETUR y con demás que contiene. Tercero: disponemos la devolución del cuaderno al juzgado de origen. DECRETOS: Se expidieron un total de 04. 25 DE MAYO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTOS DE VISTA audiencia del dos de Mayo del dos mil dieciséis, que: Declaró fundado el requerimiento postulado por el Ministerio Público y dictó medida de coerción personal de prisión preventiva por el plazo de nueve meses que, contados desde la efectiva detención de los imputados acaecida el uno de Mayo del dos mil dieciséis vencerá el treinta y uno de Enero del dos mil diecisiete, respecto de los ciudadanos peruanos: Dick Houston Laura Lira, José Andrés Hancco Ccoto y Raulito Gómez Peña. REFORMÁNDOLA, declaramos INFUNDADO el requerimiento de prisión preventiva contra los investigados Dik Houston Laura Lira, José Andrés Hancco Ccoto y Raulito Gómez Peña, solicitado por el Ministerio Público. 3) DICTAMOS: contra los investigados DIK HOUSTON LAURA LIRA, JOSÉ ANDRÉS HANCCO CCOTO y RAULITO GÓMEZ PEÑA, la medida de COMPARECENCIA RESTRICTIVA. En consecuencia, imponemos a los citados inculpados las siguientes restricciones: a) Presentarse al local del Juzgado de Investigación Preparatoria el primer día hábil de cada mes a efecto de informar y justificar sus actividades; b) No concurrir a lugares de dudosa reputación; c) No Mausentarse de la ciudad ni del país, sin previa y expresa autorización del Juzgado; d) Quedan impedidos de salir del país en tanto dure el presente proceso en su contra, para cuyo efecto deberá de cursarse las comunicaciones correspondientes; y, e) Fijamos como caución económica la suma de un mil Soles que constituirá y depositará cada uno de los investigados en el Banco de la Nación, el que necesariamente será dinero en efectivo y se depositará en la forma prevista por ley, a cuyo efecto se les otorga el plazo de diez días hábiles. Bien entendido que el incumplimiento a las restricciones impuestas podrá dar lugar a la revocatoria de lamedida y dictarse contra los investigados, mandato de prisión preventiva conforme lo dispone el artículo 287° inciso 3) del Código Procesal Penal. 4) DISPONEMOS: la inmediata excarcelación del investigado RAULITO GÓMEZ PEÑA, salvo medie otra medida de privación de su libertad dictada en otro proceso, debiendo cursarse el oficio respectivo. 5) ORDENAMOS: la libertad y excarcelación de los investigados DIK HOUSTON LAURA LIRA y JOSÉ ANDRÉS HANCCO CCOTO, salvo medie otra medida de privación de su libertad dictada en otro proceso, debiendo cursarse los oficios respectivos en su oportunidad, medida de libertad que se ejecutará una vez cumplan con la caución económica fijada. 6) MANDAMOS: que, consentida sea la presente, se devuelvan los autos al Juzgado de rocedencia para los fines pertinentes. AUTOS DE TRÁMITE LL 49-2014-01: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el CUATRO DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS ONCE HORAS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para el imputado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Al escrito Nro. 5953-2016: Téngase presente el señalamiento de domicilio procesal, estando en la obligación de señalar casilla electrónica. AL ESCRITO Nro. 6235-2016: Expídase las copias certificadas conforme se solicitan. AL OTROSI: Téngase presente señalamiento de domicilio procesal y casilla electrónica. DECRETOS: Se expidieron un total de 01. AV. 044-2016 26 DE MAYO DE 2016 MB 3477-2016-18: Por todo lo que, 1) DECLARAMOS: FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por las defensas técnicas de los investigados: Raulito Gómez Peña, José Andrés Hancco Ccoto y Dik Houston Laura Lira. En consecuencia, 2) REVOCAMOS: la Resolución número 03, dictada en DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ Miércoles, 27 de julio del 2016 SENTENCIA DE VISTA S.V 19-2016 MR 930-2014-25: Por tales consideraciones, la Cuarta Sala de Apelaciones en Adición Liquidación, de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, impartiendo justicia a nombre del pueblo, decide: 7. DECLARAR INFUNDADOS los recursos de apelación formulados por el representante del Ministerio Público y de la Procuraduría Pública del Ministerio de la Salud. 8. DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación de la defensa técnica de la procesada Hayde Ernestina Hurtado Aspilcueta. 9. DECLARAR FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación del actor civil. 10. CONFIRMAR EN PARTE la sentencia de primera instancia, emitida por el Tercer Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, de fecha veintiséis de enero de dos mil dieciséis, en los extremos que Absolvió a Hayde Ernestina Hurtado Aspilcueta del delito Contra la Salud Pública en la modalidad de Ejercicio Ilegal de la Medicina, previsto y penado en el artículo 290°, primer párrafo, inciso 1, del Código Penal, en agravio del Estado representado por la Procuraduría Pública del Ministerio de Salud; Condenó a Hayde Ernestina Hurtado Aspilcueta como autora de la comisión del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesiones Graves, previsto y penado en el artículo 121°, primer párrafo, inciso 1, del Código Penal, en agravio de Flor De María López Díaz, le impuso cuatro años de pena privativa de la libertad con el carácter de suspendida por el plazo de tres años, bajo el cumplimiento de reglas de conducta. 11. REVOCAR la sentencia de primera instancia, de fecha veintiséis de enero de dos mil dieciséis, en los extremo que fijó la suma de veintisiete mil nuevos soles por concepto de reparación civil a favor de la parte agraviada; en consecuencia REFORMÁNDOLA fijar en la suma de SETENTA MIL NUEVOS SOLES el monto por concepto de la reparación civil a favor de la parte agraviada, que deberá abonar la sentenciada Hayde Ernestina Hurtado Aspilcueta. DISPONER su devolución al juzgado de origen. AUTOS DE TRÁMITE MB 2485-2014-01: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el ONCE DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. LL 3071-2013-66: Por tales consideraciones, SE RESUELVE: 1. ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por el sentenciado Catalino Salcedo Lima, contra la sentencia de vista de fecha tres de mayo de dos mil dieciséis, que corre en el folio ciento cincuenta y uno y siguientes; debiendo elevarse el presente proceso a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma de estilo y dentro del plazo legal. 2. DISPONER se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo domicilio procesal, en esta instancia, dentro del décimo día siguiente al de la notificación; asimismo, fórmese cuaderno de ejecución, debiendo devolverse dicho cuaderno al Juzgado de origen, a fin se continúe el séquito del proceso. Al escrito Nro. 5662-2016: Expídase las copias simples conforme se solicitan. AL OTROSI; Téngase presente. LL 1076-2016-0: PARTE RESOLUTIVA: 1) CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por defensa técnica de Orlando Rolando Chillihuani Pillco, contra la resolución de vista de fecha diez de mayo de dos mil dieciséis (folio ciento cinco y siguientes), que confirma la resolución que declara improcedente la demanda de hábeas corpus. 2) DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de atención. MR 10-2014-12: Razones por las que: DECLARAMOS: 1.- NULO el concesorio contenido en la resolución Nro. 13 de fecha quince de marzo de dos mil dieciséis (folio ciento cincuenta y seis), y proveyendo en sede de instancia el recurso de apelación presentado, 2.- IMPROCEDENTE el recurso de apelación presentado por el agraviado Juan Pedro Duran Ccasa, en contra de la sentencia número 16-2016, de fecha veintinueve de enero de dos mil dieciséis. MR 5126-2015-67: En consecuencia: POR MAYORIA DE LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO Y MENDOZA BANDA: SE CONCEDE a Edgar Jeset Larico Sucalla,, el plazo de tres días, de notificada la presente decisión, para que subsane la omisión antes anotada, bajo apercibimiento, de declararse inadmisible el recurso propuesto. DECRETOS: Se expidieron un total de 0. 27 DE MAYO DE 2016 EN DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS. DECRETOS: Se expidieron un total de 04. 30 DE MAYO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTO DE VISTA LL 1891-2011-60: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el ONCE DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para los imputados recurridos de ser declarados contumaces en caso de inasistencia; asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será A.V 45-2016 LL 5960-2015-85: Por todo lo que, 1) DECLARAMOS: INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del imputado Rolando Jorge Aguirre Rodríguez. 2) CONFIRMAMOS: la Resolución número 11-2016, dictada en audiencia del dieciséis de Marzo del dos mil dieciséis, que declaró infundada la oposición formulada por la defensa técnica de la parte imputada y declaró fundada el pedido sobre constitución de actor civil en favor de doña Justa Marilú Yanapa Hancco, en representación de los agraviados Bladimir Gonzalo y Jardel Edwar Aguirre Yanapa; con lo demás que contiene. 3) ORDENAMOS: que, consentida sea la presente, se devuelvan los autos al Juzgado de procedencia para los fines pertinentes. A.V 46-2016 MR 4279-2015-0: SE RESUELVE: 1.- TENER POR DESISTIDO a Enrique Vargas Longhi de la apelación interpuesta en contra de la resolución número 04 que dispone la prórroga de plazo de proceso com- Miércoles 27 de julio del 2016 plejo por ocho meses más; por tanto consentida la resolución precedentemente pronunciada que corre en el folio treinta y siguientes del presente cuaderno. 2.- DISPONEMOS la devolución del presente cuaderno al Juzgado de origen. DECRETOS: Se expidieron un total de 0. 31 DE MAYO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y ABRIL PAREDES. SENTENCIA DE VISTA S.V 20-2016 MR 5690-2014-41: PARTE RESOLUTIVA. 8. DECLARAMOS FUNDADO en parte el recurso de apelación interpuesto, a fojas cincuenta y nueve y siguientes, por la defensa técnica del procesado COSME DAMIAN QUISPE CCOPA. 9. REVOCAMOS La Sentencia apelada, de fecha quince de enero del dos mil dieciséis, que obra en el folio veintinueve y siguientes, que resolvió –por mayoría- declarar a Cosme Damian Quispe Copa, autor del delito de Actos contra el pudor de menor de edad, ilícito previsto y penado en el artículo 176-A, primer párrafo, inciso 3 del Código Penal, en concordancia con el último párrafo del citado artículo, en agravio de la menor de iniciales M.Q.H., imponiéndole diez años de pena privativa de la libertad, con el carácter de efectiva, fijando la suma de cinco mil nuevos soles por concepto de reparación civil a favor de la menor agraviada y, disponiendo se someta al sentenciado a tratamiento terapéutico previa evaluación médica y psicológica; y, 10. REFORMÁNDOLA, ABSOLVEMOS a don COSME DAMIAN QUISPE CCOPA, de la comisión del delito de Actos contra el pudor de menor de edad, ilícito previsto y penado en el artículo 176-A, primer párrafo, inciso 3 del Código Penal, en concordancia con el último párrafo del citado artículo, en agravio de la menor de iniciales M.Q.H; en consecuencia, DISPONEMOS: EL ARCHIVO DEFINITIVO la causa, debiendo cursarse las comunicaciones pertinentes a los Registros Distrital y Central de Condenas y demás pertinentes para fines de su registro. 11. DISPONEMOS la inmediata EXCARCELACIÓN de COSME DAMIAN QUISPE CCOPA, siempre que no exista mandato de detención o prisión en su contra en otro proceso, a cuyo efecto se deberá remitir las comunicaciones que corresponda en el día y bajo responsabilidad y, ORDENAMOS la anulación de los antecedentes judiciales y policiales generados en su contra con motivo del presente proceso y, una vez que sea consentida o ejecutoriada la presente. 12. DISPONEMOS corregir la sentencia, de fecha quince de enero del dos mil dieciséis, que obra en el folio veintinueve y siguientes, en el cual se consigna erróneamente el segundo apellido del imputado que dice “Cosme Damián Quispe Copa, debiendo decir “Cosme Damián Quispe Ccopa”. 13. DECLARAMOS: Sin lugar ha emitir pronunciamiento, respecto a la pretensión de nulidad formulado en el recurso de apelación interpuesta por la defensa técnica del procesado Cosme Damian Quispe Ccopa. 14. ORDENAMOS: Que consentida sea la presente se devuelvan los autos al Juzgado de procedencia, para los fines pertinentes. Sin costas de la instancia. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ. AUTO DE VISTA A.V 47-2016 MR 2102-2015-70: PARTE RESOLUTIVA: 1. DECLARAMOS NULA la resolución número seis, dictado en audiencia de fecha veintiséis de enero del dos mil dieciséis, que RESUELVE: DECLARAR INFUNDADA LAS EXCEPCIONES DE IMPROCEDENCIA DE ACCION postuladas por la defensa técnica en el Expediente 02102-2015, cuaderno 52 por Wolbert Cutire Puma; cuaderno 70 por Clara Puma Huachire; cuaderno 41 por Herly Santos Cutire Puma; cuaderno 28 por Lizbeth Cutire Puma; cuaderno 4 por Santos Cutire Machaca. 2. ORDENAMOS que otro Juez de Investigación Preparatoria emita nuevo pronunciamiento, teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución. Precisando que si hay variación de magistrado en el juzgado que expidió la recurrida, sea el designado quién emita la nueva resolución. 3. EXHORTAMOS por esta vez, a la señora Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Karina Fiorella Apaza del Carpio, cumpla con el mayor cuidado y diligencia debida en el cumplimiento de sus funciones. La República SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA A.V 48-2016 LL 2102-2015-41: PARTE RESOLUTIVA: 1. DECLARAMOS NULA la resolución número seis, dictado en audiencia de fecha veintiséis de enero del dos mil dieciséis, que RESUELVE: DECLARAR INFUNDADA LAS EXCEPCIONES DE IMPROCEDENCIA DE ACCION postuladas por la defensa técnica en el Expediente 02102-2015, cuaderno 52 por Wolbert Cutire Puma; cuaderno 70 por Clara Puma Huachire; cuaderno 41 por Herly Santos Cutire Puma; cuaderno 28 por Lizbeth Cutire Puma; cuaderno 4 por Santos Cutire Machaca. 2. ORDENAMOS que otro Juez de Investigación Preparatoria emita nuevo pronunciamiento, teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución. Precisando que si hay variación de magistrado en el juzgado que expidió la recurrida, sea el designado quién emita la nueva resolución. 3. EXHORTAMOS por esta vez, a la señora Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Karina Fiorella Apaza del Carpio, cumpla con el mayor cuidado y diligencia debida en el cumplimiento de sus funciones. A.V 49-2016 MR 2102-2015-04: PARTE RESOLUTIVA: 1. DECLARAMOS NULA la resolución número seis, dictado en audiencia de fecha veintiséis de enero del dos mil dieciséis, que RESUELVE: DECLARAR INFUNDADA LAS EXCEPCIONES DE IMPROCEDENCIA DE ACCIÓN postuladas por la defensa técnica en el Expediente 02102-2015, cuaderno 52 por Wolbert Cutire Puma; cuaderno 70 por Clara Puma Huachire; cuaderno 41 por Herly Santos Cutire Puma; cuaderno 28 por Lizbeth Cutire Puma; cuaderno 4 por Santos Cutire Machaca. 2. ORDENAMOS que otro Juez de Investigación Preparatoria emita nuevo pronunciamiento, teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución. Precisando que si hay variación de magistrado en el juzgado que expidió la recurrida, sea el designado quién emita la nueva resolución. 3. EXHORTAMOS por esta vez, a la señora Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Karina Fiorella Apaza del Carpio, cumpla con el mayor cuidado y diligencia debida en el cumplimiento de sus funciones. A.V 50-2016 MR 2102-2015-28: PARTE RESOLUTIVA: 1. DECLARAMOS NULA la resolución número seis, dictado en audiencia de fecha veintiséis de enero del dos mil dieciséis, que RESUELVE: DECLARAR INFUNDADA LAS EXCEPCIONES DE IMPROCEDENCIA DE ACCIÓN postuladas por la defensa técnica en el Expediente 02102-2015, cuaderno 52 por Wolbert Cutire Puma; cuaderno 70 por Clara Puma Huachire; cuaderno 41 por Herly Santos Cutire Puma; cuaderno 28 por Lizbeth Cutire Puma; cuaderno 4 por Santos Cutire Machaca. 2. ORDENAMOS que otro Juez de Investigación Preparatoria emita nuevo pronunciamiento, teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución. Precisando que si hay variación de magistrado en el juzgado que expidió la recurrida, sea el designado quién emita la nueva resolución. 3. EXHORTAMOS por esta vez, a la señora Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Karina Fiorella Apaza del Carpio, cumpla con el mayor cuidado y diligencia debida en el cumplimiento de sus funciones. A.V 51-2016 MR 2102-2015-52: PARTE RESOLUTIVA: 1. DECLARAMOS NULA la resolución número seis, dictado en audiencia de fecha veintiséis de enero del dos mil dieciséis, que RESUELVE: DECLARAR INFUNDADA LAS EXCEPCIONES DE IMPROCEDENCIA DE ACCIÓN postuladas por la defensa técnica en el Expediente 02102-2015, cuaderno 52 por Wolbert Cutire Puma; cuaderno 70 por Clara Puma Huachire; cuaderno 41 por Herly Santos Cutire Puma; cuaderno 28 por Lizbeth Cutire Puma; cuaderno 4 por Santos Cutire Machaca. 2. ORDENAMOS que otro Juez de Investigación Preparatoria emita nuevo pronunciamiento, teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución. Precisando que si hay variación de magistrado en el juzgado que expidió la recurrida, sea el designado quién emita la nueva resolución. 3. EXHORTAMOS por esta vez, a la señora Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Karina Fiorella Apaza del Carpio, cumpla con el mayor cuidado y diligencia debida en el cumplimiento de sus funciones. A.V 52-2016 LL 5540-2015-93: PARTE RESOLUTIVA: 1. DECLARAMOS FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica de la procesada Tania Elizabeth Carbajal Cano, en contra de la Resolución N° 03-2016, dictado en audiencia de fecha cinco de abril del dos mil dieciséis. 2.- DECLARAMOS FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del procesada Saúl Huamán Delgado, en contra de la Resolución N° 03-2016, dictado en audiencia de fecha cinco de abril del dos mil dieciséis. 3. REVOCAMOS la Resolución N° 03-2016, dictado en audiencia de fecha cinco de abril del dos mil dieciséis que RESUELVE: PRIMERO: INFUNDADO el pedido de Oposición formulado por las defensas técnicas sobre el pedido de Constitución en Actor Civil y tener por Actor Civil al Estado representado por la S++++perintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria SUNAT, a quien se le otorgan las facultades y derechos que señala el artículo104° y siguientes del Código Procesal Penal. SEGUNDO: CESAR la legitimidad con respecto a la pretensión civil a favor del Estado por parte del Ministerio Público; con lo demás que ella contiene; y, REFORMANDOLA, DECLARAMOS FUNDADA la OPOSICIÓN formulada por las defensas de los imputado Tania Elizabeth Carbajal Cano y Saúl Huamán Delgado; e INFUNDADA la solicitud de Constitución en Actor Civil formulada por el Procurador Publico Adjunto de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria -SUNAT- en el delito de Defraudación Tributaria. 4.- DISPONEMOS que consentida sea la presente, se remita el presente cuaderno al Juzgado de procedencia. A.V 53-2016 MR 2102-2015-14: RESOLVEMOS: 1. DECLARAMOS FUNDADO, en parte, el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica y la apoderada de la empresa “Transportes Iberoamericano S.R.L.”. 2. DECLARAMOS NULA la Resolución N° 03, dictada en audiencia de fecha ocho de enero del dos mil dieciséis, que resuelve declarar fundado “el requerimiento de incorporación de persona jurídica al proceso” y, en consecuencia, “declara la incorporación en calidad de persona jurídica a la empresa denominada como razón social ‘TRANSPORTES IBEROAMERICANO SRL’ con RUC 20311985346, con domicilio legal en calle José Gálvez 322- B Miraflores, que registra como gerente general a Santos Cutire Machaca, como apoderado a Clara Puma Chire” 3. ORDENAMOS: Que, se devuelvan los autos al Juzgado de procedencia, a fin de que emita pronunciamiento el Juez llamado por ley, en el plazo más breve posible. DECRETOS: Se expidieron un total de 06. YENY MAGALLANES RODRIGUEZ JUEZ SUPERIOR CRISLEY HERRERA CLAURE COORDINADORA DE CAUSAS CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES CRONICA JUDICIAL TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES 02 DE MAYO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO. SENTENCIA DE VISTA S.V. 20-2016 CP 4101-2013-0: Por tales consideraciones: 1. DECLARAMOS INFUNDADA parcialmente la apelación, interpuesta por la defensa técnica del querellante Diego Reyli Armaza Valdez mediante escrito de fojas 264 a 266. 2. CONFIRMAMOS la sentencia número 291-2015-3JUP de fecha dieciséis de diciembre del dos mil quince, que declaró a RONALD PABLO IBAÑEZ BARREDA, ABSUELTO del delito Contra el Honor en la modalidad de DIFAMACIÓN, previsto en el tercer párrafo del artículo 132°, concordante con el artículo 131º del Código Penal, en agravio de Diego Reyli Armaza Valdez. DECLARAMOS la NULIDAD de la apelada en el extremo de la reparación civil y DISPONEMOS que en atención a las consideraciones expuestas en la presente, otro juzgado competente llamado por ley determine la configuración del objeto civil en cuanto corresponda, habilitándose la audiencia correspondiente. Sin Costas de la instancia.AUTOS DE VISTA A.V. 30-2016 BC 5131-2015-67: SE RESUELVE: 1. DECLARAR fundado el recurso de apelación propuesto por la defensa técnica del investigado Johnny Zambrano Prieto. 2. REVOCAR la Resolución Nro. 04, de fecha dieciocho de enero de 2016, que declaró infundada la excepción de improcedencia de acción deducida por la defensa técnica de Johnny Zambrano Prieto en el proceso seguido en su contra por el delito de usurpación en agravio de Cesar Eduardo Aguilar Franco; y, reformándola, DECLARAR fundada la excepción de improcedencia de acción deducida por la defensa técnica de Johnny Zambrano Prieto en el proceso seguido en su contra por el delito de usurpación en agravio de Cesar Eduardo Aguilar Franco; en consecuencia, 3. DISPONER el archivo definitivo de la presente causa y la anulación de los antecedentes generados a raíz de la presente contra el procesado Johnny Zambrano Prieto, debiendo el órgano de ejecución remitir las comunicaciones correspondientes a fin de efectivizar dicho mandato. Y los devolvemos. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, BENAVIDES DEL CARPIO Y OCHOA CAHUANA. AUTOS DE TRÁMITE BC 1575-2013-68: Por estas consideraciones: 1) DECLARAMOS INADMISIBLE el medio probatorio ofrecido por el sentenciado Mario Gonzáles Aguilar, consistente en la denuncia efectuada por Jorge de Amat Quispe, conforme a lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución. 2) DECLARAMOS INADMISIBLE el medio de prueba ofrecidos por el imputado consistente en la testimonial de Jorge de Amat Quispe, por los argumentos expuestos en el considerando tercero de la presente resolución. 3) CONVOCAR a las partes procesales a la AUDIENCIA DE APELACIÓN DE SENTENCIA a llevarse a cabo el DIEZ DE MAYO DE DOS MIL DIECISÉIS A LAS NUEVE HORAS, con el Colegiado hábil a la fecha de su realización, en la Sala de Audiencias número once); ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisibles los recursos de apelación interpuestos; debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada; informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias. OC 2834-2016-98: POR LO QUE: CONCEDEMOS el plazo de dos días al recurrente José Luis Velarde López, a fin de que complete y subsane lo requerido en los considerandos precedentes, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de queja interpuesto. CP 2183-2014-79: SE RESUELVE: A) CORRER traslado a la demás partes procesales por el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. CP 334-2016-0: Por estas consideraciones: 1.- ADMITIMOS los medios de prueba ofrecidos por el actor civil José Rudy Salas Charcas, consistente en Copia certificada del dictamen preliminar de autopartes N° 022-2016, realizado por el SOS PNP Eddy Cuadros Caceres; copia certificada del dictamen pericial de identificación de autopartes N° 051-2016, realizado por el SOS. PNP Eddy Cuadros Caceres y SOT1. PNP Eliseo P. Molina Chutas, conforme a lo expuesto en el cuarto considerando de la presente resolución 2.- CONVOCAR a las partes procesales a la AUDIENCIA DE APELACIÓN DE SENTENCIA a llevarse a cabo, conforme al rol de audiencias de esta Superior sala Penal, el DIECIOCHO DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS, A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias número once (al costado de registro de condenas) del Módulo Penal, con obligatoria concurrencia de las partes apelantes, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el sexto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la 11 sala de audiencias. DECRETOS: Se expidieron un total de 02. 04 DE MAYO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LUNA REGAL, ABRIL PAREDES Y CON VOTO PARCIALMENTE DISCORADNTE DE FERNANDEZ CEBALLOS. AUTOS DE VISTA A.V. 31-2016 LR 910-2011-59: SE RESUELVE: 1. DECLARAR INFUNDADA la apelación formulada por la parte agraviada Universidad Nacional San Agustín de Arequipa representada por el Procurador Público Descentralizado Anticorrupción de Arequipa, 2. DECLARAR INFUNDADA la apelación formulada por el representante del Ministerio Público.3. CONFIRMAR la Resolución N° 95 de fecha diez de noviembre de dos mil quince, que declaró FUNDADO el SOBRESEIMIENTO de la causa formulado por la defensa técnica del acusado; en consecuencia, dispongo el sobreseimiento de la causa, CASO número TRES, seguida en contra de DEDICACIÓN VALDEMAR MEDINA HOYOS, identificado con DNI 29210966, por el presunto delito de PECULADO, previsto y penado en el artículo 387° primer párrafo del Código Penal, vigente al momento de presunta comisión de los hechos, en agravio del Estado - Universidad Nacional San Agustín de Arequipa, representado por el Procurador Público Descentralizado de Arequipa. Por los fundamentos que anteceden. Y, devolvemos la causa para que se trámite según corresponda. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, BENAVIDES DEL CARPIO Y OCHOA CAHUANA. AUTOS DE TRÁMITE CP 6880-2015-11: Por lo que, RESOLVEMOS: a) DECLARAR CONSENTIDA LA SENTENCIA de fecha veinticuatro de diciembre de dos mil quince, la misma que con fecha ocho de abril del año dos mil dieciséis fue confirmada por esta Sala Superior Penal, mediante Sentencia de Vista N° 15-2016, que obra en los folios ciento doce y siguientes. b) DISPONER que al encontrarse la sentencia firme el presente proceso, remitir los actuados al juzgado de origen. DECRETOS: Se expidieron un total de 01. 05 DE MAYO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, BENAVIDES DEL CARPIO Y OCHOA CAHUANA. AUTOS DE VISTA A.V. 32-2016 BC 1808-2009-77: SE RESUELVE: 1. DECLARAR, DE OFICIO, conforme a los fundamentos expuestos en la presente, la nulidad de todo lo actuado a partir de la resolución número 28, obrante a fojas quinientos veintiséis, la resolución número 29 de fojas quinientos cuarenta y cinco y la resolución número 31 dictada en audiencia de fecha trece de abril del dos mil dieciséis; asimismo, se dispone la nulidad de la audiencia denominada de reexamen de medida cautelar, dejando incólume los demás actuados en cuanto no fueran afectos por la mencionada nulidad. 2. ORDENAMOS cumpla el juez del primer juzgado de investigación preparatoria cumpla con resolver los escritos proveídos mediante las resoluciones anuladas conforme a ley y a lo expuesto en la presente resolución. 3. DISPONEMOS la devolución de actuados a su Juzgado de origen. AUTOS DE TRÁMITE CP 839-2016-08: SE RESUELVE: A) CORRER traslado a la demás partes procesales por el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. DECRETOS: Se expidieron un total de 01. 06 DE MAYO DE 2016 12 La República SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA AUTOS DE VISTA DESPACHO A.V. 35-2016 CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, BENAVIDES DEL CARPIO Y OCHOA CAHUANA. AUTOS DE VISTA A.V. 33-2016 OC 3066-2016-02: Por tales consideraciones: 1. DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa de la procesada Carmen Zamata Chuquirimay. 2. CONFIRMAMOS la resolución número 3-2016, de fojas setenta y dos a setenta y nueve, de fecha dieciséis de abril del dos mil dieciséis, que declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva solicitado por el representante del Ministerio Publico y dispone dictar prisión preventiva en contra de Carmen Zamata Chuquirimay, por el plazo de tres meses, en el proceso seguido en su contra por la presunta comisión del delito de Hurto Agravado en grado de tentativa previsto en el articulo previsto en el artículo 185°, concordando con el artículo 186, segundo párrafo inciso 11, y artículo 16 de mismo cuerpo normativo en agravio del menor de iniciales CJSA, debidamente representado por su señora madre Elsa Marcela Arias Cervantes; REGISTRESE, COMUNIQUESE Y DEVUELVASE.DECRETOS: Se expidieron un total de 02. 09 DE MAYO DE 2016 DESPACHO OC 2834-2016-98: SE RESUELVE: A. DECLARAR INFUNDADO el recurso de queja formulado por la defensa técnica de José Luis Velarde López, en contra de la resolución No. 02 de fecha veinticinco de abril del dos mil dieciséis, en el extremo que resolvió el escrito 33911-2016, respecto al escrito de apelación: “No ha lugar lo solicitado”. B. DISPONER que el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar – Arequipa, prosiga con el trámite de ley que corresponda. Regístrese y notifíquese. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO. AUDIENCIA A.V. 34-2016 LR 395-2012-81: Se RESUELVE: DECLARAR NULO el auto de fecha veintiuno de octubre del dos mil quince, en el extremo que impone MULTA de DOS UNIDADES DE REFERENCIA PROCESAL al señor abogado JUVER TOVAR CASTILLO por no haber asistido a la presente audiencia de la fecha indicada, dejando subsistente todo lo demás que contiene. DESPACHO días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. BC 600-2012-23: SE RESUELVE: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo considerando de la presente resolución. LR 106-2014-02: Por lo que: CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia, conforme al rol de audiencias de esta Superior Sala Penal, a llevarse a cabo DIECISIETE DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS, A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias número once (al lado de Registro de Condenas) del Módulo Penal, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto, y para el imputado de ser declarado contumaz y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inconcurrencia. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias. AUTOS DE TRÁMITE DECRETOS: Se expidieron un total de 0. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, BENAVIDES DEL CARPIO Y OCHOA CAHUANA. CP 223-2013-16: SE RESUELVE: A) CORRER traslado a la demás partes procesales por el plazo de cinco Miércoles, 27 de julio del 2016 CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO. AUTOS DE TRÁMITE CP 3069-2013-16: Por tales consideraciones: a) DECLARAMOS LA SUSTRACCIÓN DE LA MATERIA, de la pretensión formulada por Ángel Domínguez Quispe y Florencia Mendoza Denos, por las razones expuestas en los considerandos precedentes; consecuentemente, SIN OBJETO EL PRONUNCIAMIENTO del recurso de reposición interpuesto por Ángel Domínguez Quispe y Florencia Mendoza Denos, en contra de la resolución N° 7 de fecha 5 de mayo de 2016. b) DISPONEMOS notificar en el día y bajo responsabilidad la presente resolución. BC 170-2011-05: SE RESUELVE: PRIMERO.- CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo considerando de la presente resolución. SEGUNDO.- Hacer efectivo el apercibimiento señalad en resolución N° 18, de fecha 19 de abril del 2016, en consecuencia REMÍTANSE los oficios pertinentes a la oficina de la defensoría pública, a fin de que se designe un abogado defensor público a la parte de Mayte Turpo Zeballos. DECRETOS: Se expidieron un total de 01. 11 DE MAYO DE 2016 AUDIENCIA A.V. 36-2016 BC 200-2015-59: Consideraciones por las cuales RESOLVEMOS: REVOCAR LA Resolución Nro. 21 de fojas ciento ochenta y nueve, venida en grado y SE ORDENA QUE EL SEÑOR JUEZ DE LA CAUSA CUMPLA CON EJECUTAR EL DESALOJO PREVENTIVO prescrito en el artículo 311 del Código Procesal Penal, ordenado mediante resolución 10-2015, de fecha veintitrés de setiembre del dos mil quince, teniendo en cuenta los parámetros indicados por esta Sala. DESPACHO AUTOS DE TRÁMITE CP 628-2014-34: SE RESUELVE: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo considerando de la presente resolución. DECRETOS: Se expidieron un total de 01. 12 DE MAYO DE 2016 DESPACHO CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO. DECRETOS: Se expidieron un total de 0. CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO. 13 DE MAYO DE 2016 DESPACHO AUTOS DE VISTA CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO 10 DE MAYO DE 2016 DESPACHO Miércoles 27 de julio del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 13 14 La República SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 27 de julio del 2016 Miércoles 27 de julio del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 15 16 La República SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 27 de julio del 2016
© Copyright 2024