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Miércoles 27 de julio del 2016
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Corte Superior de Arequipa
1
La República
Miércoles, 27 de julio del 2016
EDICTOS
EDICTOS
Expediente N° 07361-2014-0-0401-JR-CI-10, seguido por VICTOR LIZANDRO BOLAÑOS REVILLA en
contra de Máximo José Víctor Tafur Revilla, como
litisconsortes necesarios Victoria Emilia Falconi
Revilla de Castillo, Emilio Alfredo Gaspar Tafur Revilla, María Ángela Teresa Tafur Revilla de Larrain,
Nora Zegarra de Bustamante, Juan Raúl Roberto
Bustamante Zegarra, Javier Mauricio Bustamante
Zegarra, Cesar Alonso Bolaños Salazar, Juan Francisco Bolaños Salazar, Víctor Andrés Bolaños Espinoza, Ramiro Bustamante Zegarra, Luis Alberto
Bustamante Zegarra, José Fernando Bustamante
Zegarra, Felipe Eduardo Bustamante Zegarra, sobre
Remoción de Administrador Judicial, el cual se viene tramitando por ante el Décimo Juzgado Civil con
intervención del Especialista Legal Víctor José Tapia
Málaga. Al haber fallecido la litisconsorte necesaria
Victoria Emilia Falconi Revilla de Larrain, el Juzgado
ha expedido la Resolución Número 25 de fecha 18
de Julio del 2016 en la que ha resuelto suspender el
proceso por 30 días a fin que comparezcan al proceso los SUCESORES DE VICTORIA EMILIA FALCONI
REVILLA DE CASTILLO, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL, disponiendo además
la notificación por EDICTOS conforme a los artículo
167° y 168° del Código Procesal Civil. Arequipa, 21
de Julio del 2016. VICTOR TAPIA MALAGA ESPECIALISTA LEGAL.(25-26-27 julio) B/E031-4665.
EDICTO
Ante el 1er. Juzgado Mixto del Módulo Básico de
Justicia de Mariano Melgar - Arequipa, Exp. N° 432
- 2014, Especialista Legal Milton Gonzáles Aroquipa, interpuso Demanda de Adopción de Menor de
Edad (de nombre Allison Nicoll Salas Nuñez, de 14
años de edad, nacida el 22 de Abril del año 2002) Vía
Excepción, el señor Jorge Luis Santos Delgado por
encontrarse dentro de los alcances de los supuestos de hecho contemplados en los incisos a) y c) del
Art. 128° del Código del Niño y del Adolescente, es
decir; por poseer vínculo matrimonial con la madre
de la menor por adoptar y por haber prohijado o
convivido con la menor por adoptar durante un período no menor de dos años, ello al amparo de la
Resolución 2, expedida por el Juzgado, que resuelve admitir la demanda de adopción interpuesta por
Jorge Luis Santos Delgado, en vía de Proceso Único,
en consecuencia traslado de la demanda interpuesta por el termino de cinco días al demandado Joel
Mike Salas Tejada y de Jessica Gasdaly Núñez Calderón, debiéndosele notificar al demandado con arreglo a ley en la dirección que aparece en la ficha de
la RENIEC y de ser el caso mediante edictos al desconocerse su domicilio; con citación de la Fiscalía
de Familia del Módulo Básico de Justicia de Mariano
Melgar. JOSE ARTURO LUQUE FORTUN ABOGADOMAT.2980 C.A.A.(25-26-27 julio) B/N° 031-4656.
EDICTO
Ante el 2o Juzgado de Paz Letrado de Arequipa
Sede Central. Expediente: N° 487-2016-CI-02. Juez
Romero Orccon Jackeline Denisse. Especialista Legal Wilbert Cahuana Mamani. Demandante Go Traders sa. Demandado Juan Armando Quispe Cayo.
Materia obligación de dar suma de dinero. Por
Resolución N° 02 de fecha 16/03/2016 RESUELVO:
CONCEDER RECURSO IMPUGNATORIO DE APELACIÓN CON EFECTO SUSPENSIVO EN CONTRA DE LA
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO del dos de febrero del
dos mil dieciséis, de fojas treinta y tres y treinta y
cuatro DISPONGO se eleven los actuados al superior con el correspondiente oficio de atención.
Tómese razón y hágase saber. Resolución N° 05 de
fecha 22/06/2016 RESUELVO ORDENAR: se notifique
a JUAN ARMANDO QUISPE CAYO mediante edictos, ello con la resolución No. 02 del 16 de marzo
del 2016 y correspondiente escritos, debiendo ser
sólo un extracto del mismo. Lo que se comunica
para los fines de ley conforme a lo previsto en el
Código Procesal Civil. WILBERT CAHUANA MAMANI
SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ
LETRADO. (25-26-27 julio) B/E 031-4690.
EDICTO
En el proceso 049-2016-0-0403-JM-CI-01, seguido
por YEHUDI BONY COAQUIRA CHEJE en contra de
LOS SUCESORES DE ALEXANDER JOSE BUSTAMANT,
sobre Declaración Judicial de Unión de Hecho; el
Juez Mixto y Unipersonal del Juzgado Mixto del
M.B.J. de Caravelí; Dr. Miguel R. Mollo Lloque, con
la intervención de la especialista legal Máryorit
Cano Corzo; Ha dispuesto mediante resolución
Número 01:1).- Admitir a trámite la demanda de
declaración de unión de hecho interpuesta por
Yehudi Bony Coaquira Cheje, se notifique por edicto a las sucesiones de Alexander José Bustamante
Juro, debiéndose tramitar la presente demanda en
la vía de proceso de conocimiento; 2).- Téngase por
ofrecidos los medios probatorios y a sus antecedentes los anexos adjuntados; 3).-Córrase traslado
de la demanda a la parte contraría por el plazo de
TREINTA DÍAS, a fin que absuelva lo pertinente; SE
DISPONE: Notificar mediante edictos a los sucesores, por el plazo de ley previstos por el artículo 167
del Código Procesal Civil, Bajo apercibimiento de
nombrárseles curador procesal. Autoriza el edicto
laque suscribe. Chala, Caraveli-Arequipa.18 de Julio
del 2016. MARYORIT E. CANO CORZO ESPECIALISTA
LEGAL JUZGADO MIXTO MBJ CARAVELI. (25-26-27
julio) B/E 031-4703.
EDICTO
En el proceso Nro. 1046-2015, el señor Juez del
Cuarto Juzgado Especializado en lo civil de Arequipa Dr. Justo Andrés Quispe Apaza, Especialista
Legal Dra. Norma Hilda Fernández Huaquipaco, en
los seguidos por Augusto Alvarado Valenzuela y
María Teresa Corrales Nieves Lazarte de Alvarado,
sobre reconocimiento de propiedad exclusiva en
contra de Eugenio Gonzalo Alvarado Corrales Nieves y otros, ha dispuesto la notificación mediante
edictos a SANTIAGO NICOLAS MARENGO VINADER
Y MARIA TERESA LOZADA POLAR, al efecto se transcribe las partes pertinentes de la resolución correspondiente. Resolución Nro. 02, Arequipa, cuatro de
Mayo del dos mil quince… SE RESUELVE; admitir a
trámite en la vía de proceso de conocimiento, la demanda de reconocimiento de propiedad exclusiva,
como pretensión principal y de forma accesoria a
esta la transferencia de derechos; como pretensión
subordinada la nulidad parcial del acto jurídico de
compra venta contenido en la escritura pública
del 12 de julio del 2012 y como accesorias a esta,
la nulidad de las escrituras públicas Nro. 287 y 376
y la cancelación del asiento C000010 de la partida
01118722. La demanda es interpuesta por Augusto
Alvarado Valenzuela, María Teresa Corrales Nieves
Lazarte de Alvarado, en contra de Eugenio Gonzalo Alvarado Corrales Nieves, Fernando José María
Augusto Alvarado Corrales Nieves, Ricardo Antonio
Alvarado Corrales Nieves, Rocío Cecilia Alvarado
Venancio, José Carlos Lozada Polar, Othelma Elvira
Zingoni Vernazzani, José Andrés Agramonte Galdos, Aurora Lozada Polar de Agramonte, Santiago
Nicolás Marengo Vinader y María Teresa Lozada Polar, a quienes se corre traslado de la demanda por
el lapso de 30 días para su contestación… Tómese
razón y hágase saber. Justo Andrés Quispe Apaza,
Juez. Norma Hilda Fernández Huaquipaco Especialista. Arequipa. Julio 11 del 2016. ABEL CORNEJO
COA ABOGADA C.A.A. 1043. (25-26-27 julio) B/E
031-4672.
EDICTOS
EN EL EXPEDIENTE N° 02308-2015-0-0407-JM-CI-01,
SOBRE REIVINDICACION, SEGUIDO POR JORGE EDMUNGO TOMAS MURGA DIAZ, EN CONTRA DE TULIA DELIA QUIROZ DE ZUÑIGA, ANTE EL JUZGADO MIXTO DE ISLAY-MOLLENDO, JUEZ DR. CARLOS
ALVARO CARY CHOQUE, ESPECIALISTA DR. JUAN
BERLY RUELAS CHAUCAYANQUI HA DISPUESTO
NOTIFICAR LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN N° 3 A LOS
DEMANDADOS HEREDEROS DE JUAN FAUSTO ZUÑIGA SANZ, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELES CURADOR PROCESAL; RESOLUCIÓN N° 02 DE
FECHA 29 DE ENERO DE 2016: RESUELVE ADMITIR A
TRAMITE LA DEMANDA INTERPUESTA POR JORGE
EDMUNDO TOMAS MURGA DIAZ Y MARIA CANDELARIA VILCHEZ TALAVERA EN CONTRA DE TULIA
BELIA QUIROZ DE ZUÑIGA SOBRE REIVINDICACION
E LA VIA DEL PROCESO DE CONOCIMIENTO, EN CONSECUENCIA CONFIERO TRASLADO DE LA DEMANDA
A LA DEMANDADA POR EL PLAZO DE TREINTA DIAS
PARA SU CONTESTACION, BAJO APERCIBIMIENTO
DE DECLARARSE SU REBELDIA; POR OFRECIDOS LOS
MEDIOS PROBATORIOS. TOMESE RAZON Y HAGA-
SE SABER MOLLENDO 08 DE JULIO DE 2016. JUAN
RUELAS CHAUCAYANQUI SECRETARIO JUDICIAL
JUZGADO MIXTO ISLAY MOLLENDO. (27 julio) B/E
031-4727.
ALIMENTOS
Ante el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL
CERCADO- Sede Central; Arequipa, a cargo del Juez:
Romero Orccon Jackeline Denisse, Especialista:
Choquemamani Herrera Rosa Hilda, se viene tramitando el Expediente N° 03399-2014-0-0401-JPFC-02; que RODRIGUEZ MERCADO, BETTY PRURIFICACION; interpone demanda de Fijación de Pensión
de Alimentos, con el fin que ALEJANDRO LADISLAO
FERNANDEZ RODRIGUEZ, acuda con una pensión
mensual y adelantada de S/.200.00 (DOSCIENTOS
CON 00/00 NUEVOS SOLES); por el cual la Resolución N°14 resuelve notificarse por Edictos al demandado, bajo apercibimiento de nombrársele Curador
Procesal; José Arturo Luque Fortún, abogado, Mat.
N° 2980, C.A.A. Arequipa 25 de julio del 2016. (27
julio y 01-02 agosto) B/E 031-4726.
EDICTO
Ante el Segundo Juzgado Mixto del MBJ Mariano
Melgar de Arequipa, Expediente: 00497-2015, Especialista: Obed Vargas Gamarra, Materia: Nulidad
de Acto Jurídico; el Juez ha expedido la Resolución Nro. 11 fecha 16 Mayo 2016 señalando el fallecimiento de la codemandada MARIA CARDENAS
DELGADO ocurrido el 08 Junio 2015, para tal efecto
debe tenerse en cuenta el artículo 108 inciso 1 del
Código Procesal Civil, en cuanto establece que por
la sucesión procesal un sujeto ocupa el lugar de
otro en un proceso, al reemplazarlo como titular activo o pasivo del derecho discutido, presentándose
esta sucesión procesal, cuando fallecida una persona que sea parte en el proceso, es reemplazada por
su sucesor, salvo disposición legal en contrario, por
lo expuesto RESUELVE: SUSPENDER el séquito del
proceso por el plazo de 30 días, debiendo efectuarse las publicaciones en el diario oficial El Peruano
y el diario La República, a fin de que se presenten
los sucesores procesales, bajo apercibimiento de
nombrarse curador procesal que la represente. Tómese razón y Hágase saber. Arequipa, 14 de Julio
del 2016.- (21-27 julio y 04 agosto) B/E 031-4630.
EDICTO
Camaná trece de mayo Del dos mil quince. VISTOS.Puesto a despacho por el especialista legal a cargo
del trámite de proceso para resolver del pedido
de conclusión del proceso sin declaración sobre
el fondo. CONSIDERANDO: PRIMERO.- Mediante
escrito de fecha 27 de febrero del dos mil quince,
el codemandado MARTIN ALBERTO CARNERO CARNERO, en aplicación de los artículos 474 y 321 del
código procesal civil, solicita que se declárela conclusión del proceso sin declaración sobre el fondo
por sustracción de la materia, bajo el fundamento
que al haber fallecido el obligado principal HUGO
EDUARDO GONZALES LIPA, el caso objeto de demanda deja de ser un caso justiciable. SEGUNDO.De la revisión de los antecedentes del proceso, fluye que la obligación puesta al cobro, proviene del
pagare suscrito por los demandados en calidad de
obligado principal y fiadores solidarios, interviniendo como obligado principal el demandado HUGO
EDUARDO GONZALES LIPA y fiadores solidarios
Martin Alberto Carnero Carnero y Nélida Petronila
Rivera de Carnero. Asimismo de la partida de defunción de folios ochenta y uno, del cual consta que
con fecha treinta de diciembre del dos mil catorce
ha fallecido la persona de HUGO EDUARDO GONZALES LIPA. TERCERO.- Que conforme lo señala el
artículo 660 del código civil, desde la muerte de la
persona los bienes, derechos Y OBLIGACIONES que
constituye la herencia se transmite a sus herederos.
Luego conforme al artículo 1187 del mismo código
sustantivo, si muere uno de los deudores solidarios
la deuda se divide entre los heredero en proporción
a sus respectivas participaciones en la herencia.
Finalmente conforme al artículo 61.2 de la ley de
Títulos y Valores el fiador queda sujeto a la acción
cambiaria, del mismo modo, durante el mismo plazo y en los mismos términos que contra su afianzado. CUARTO.- Dela interpretación sistemática de
la referidas disposiciones normativas, se advierte
que producido el fallecimiento de un deudor, el
derecho del acreedor no se extingue, este se trans-
mite a sus herederos legales y en caso de existir
proceso judicial de cobro como el presente caso, si
es obligado principal único, el proceso sigue contra
sus herederos y a falta de estos con designación de
un curador procesal, y si la obligación fue respaldada con avalista o fiador solidario, como tiene lugar
en el presente proceso caso, estos igualmente están
obligados al pago de la obligación en la misma posición y términos que el obligado principal, por lo
que el argumento del recurrente, que al producirse
el fallecimiento del obligado principal, el cobro de
la deuda se sustrae del ámbito jurisdiccional, carece
de todo fundamento legal, debiendo proseguirse el
mismo contra los demás obligados, previa suspensión del proceso por el plazo permitido por ley para
dar lugar a la sucesión procesal respecto del obligado fallecido, conforme lo señala el artículo 108 del
código procesal civil modificado por la ley 30293.
Fundamentos por los que RESUELVO: 1) DECLARO
IMPROCEDENTE el pedido de Conclusión anticipado del proceso por sustracción de la materia formulado por MARTIN ALBERTO CARNERO CARNERO.
2) DECLARO LA SUSPENSIÓN del presente proceso
por el lapso de TREINTA DIAS a efecto que dentro
del mismo comparezcan al proceso los sucesores
del demandado fallecido, bajo apercibimiento de
designarse CURADOR PROCESAL en caso no se
produzca dicho apersonamiento. 3) DISPONGO la
publicación de edictos con extracto pertinente de
la presente resolución por el lapso de TRES DIAS en
el diario judicial de la Región, gestión que deberá
ser realizada por la parte demandante, adjuntando
al expediente copias de los ejemplares de dicha
publicación, bajo apercibimiento de ley. Tómese
razón y hágase saber.—JORGE SANDOVAL ARENAS
SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO
DE CAMANA. (27 julio y 01-02-03-04-05 agosto) B/E
031-4760.
NOTIFICACIONES
NOTIFICACIÓN POR EDICTO
HACE SABER: El Primer Juzgado de Paz Letrado del
Módulo de Justicia de Paucarpata, a cargo del Señor
Juez Eloy Orozco Vega, sobre Proceso de Alimentos
signado con el N° 01445-2015-0-0412-JP-FC-01,
seguido por ELIZABETH CARPIO COLQUE en contra
de SAMUEL ALEXANDER CARRASCO JARA, señala
Resolución N° 11. Nombrar curador procesal para el
demandado declarado rebelde, asignándole como
honorarios Media Unidad de Referencia Procesal.
Resolución N° 12. Declarar una relación jurídica procesal válida, saneado el proceso. Resolución Nº 13.
Admitir los medios probatorios, actas de nacimientos. Resolución N° 14. Se notifique con lo actuado
al curador procesal. Arequipa, 19 de julio del 2016.
PERCY A. ALEMAN FERNANDEZ ABOGADO C.A.A.
5248. (21-27 julio y 07 agosto) B/E 031-4605.
NOTIFICACIÓN POR EDICTO.
Autoriza notificación por esta vía, resolución N°
11, del 16-05-2016. Ante el 1o Juzgado de Paz Letrado Sede M.B.J. de Paucarpata, expediente N°
02705-2014-0-0412-JP-FC-01, Juez6: Jorge Luis Villanueva Riveras, Especialista: Sheyla Sandoval Loayza; seguido por MICHEEL JOSSELYN JULISSA MAMANI VIZA, contra GEISSON DANIEL TITO ARRATEA,
sobre FILIACIÓN JUDICIAL DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL Y ALIMENTOS, con resolución N° 01,
del 10-10-2014, RESUELVE 1).- ADMITIR pretensión
principal, VÍA procedimental ESPECIAL, DEMANDA
de FILIACIÓN JUDICIAL DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL interpuesto por MICHEEL JOSSELYN
JULISSA MAMANI VIZA representando a menor ALIZ
MAYLIN MAMANI VIZA, contra GEISSON DANIEL TITO
ARRATEA, SE DISPONE NOTIFICAR AL DEMANDADO
a fin que cumpla con reconocer a ALIZ MAYLIN MAMANI VIZA como su hija biológica, plazo de DIEZ
DIAS de notificado en que podrá formular oposición, bajo apercibimiento de expedirse resolución
de declaración judicial de paternidad; 2).- ADMITIR
la pretensión accesoria, VÍA ESPECIAL, la demanda
de ALIMENTOS interpuesto por MICHEEL JOSSELYN
JULISSA MAMANI VIZA representando a la menor
ALIZ MAYLIN MAMANI VIZA, contra GEISSON DANIEL
TITO ARRATEA, TRASLADO al demandado por plazo
DIEZ DIAS para que conteste, bajo apercibimiento
de declararse su rebeldía, TOMESE RAZÓN Y HAGA-
SE SABER. Habiendo la accionante bajo juramento,
agotado las gestiones para ubicar el domicilio real
del demandado, de conformidad con el art. 165° del
C.P.C; NOTIFICANDOSE por este medio al demandado GEISSON DANIEL TITO ARRATEA; Juez: Jorge Luis
Villanueva Riveras, Especialista: Sheyla Sandoval
Loayza, NOTIFICÁNDOSE, Arequipa 2,1 de julio del
2016 - PODER JUDICIAL - Especialista: Sheyla Sandoval Loayza, 1o Juzgado de Paz Letrado Sede M.B.J.
de Paucarpata, CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
AREQUIPA. SHEYLA SANDOVAL LOAYZA SECRETARIO JUDICIAL. (25-26-27 julio) B/E 031-4684.
NOTIFICACION POR EDICTO
Según Expediente N° 1423-2016-0-401-JR-CI-02,
Segundo Juzgado Civil de Arequipa, Juez EDGARD
PINEDA GAMARRA y Especialista Legal Patricia Maribel Zapata Coaguila; ha dispuesto se notifique
por edicto la Resolución N° 02, de 27 de mayo del
2016, que RESUELVE: ADMITIR a trámite, en la vía de
proceso Abreviado, la demanda sobre partición de
herencia como primera pretensión principal y pago,
de frutos civiles como segunda pretensión principal; presentada por LUIS ALBERTO HERRERA ANCCA
Y QUINTIN MENDOZA ANQUIISE en representación
de JESUS ALBERTO HERRERA TALAVERA y JAIME
ALBERTO HERRERA LAVAREZ contra MARIO GODOFREDO AVILA GONZALES Y JORGE ALFREDO AVILA
HERRERA, MELINA JESUS HERRERA ALVAREZ y sucesores DE FRIDA MARGARITA HERRERA TALAVERA, en
consecuencia, se confiere traslado de la demanda
a los demandados sucesores de FRIDA MARGARITA
HERRERA TALAVERA Y MELINA JESUS HERRERA ALVAREZ por el plazo de diez días para su contestación, SE DISPONE: Notificar a SUCESORES DE FRIDA
MARGARITA HERRERA TALAVERA con las formalidades señaladas en los artículos 165 y siguientes del
Código Procesal Civil; por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a los antecedentes los anexos
adjuntados, Tómese Razón y hágase saber. Arequipa, 01 de julio del 2016. PATRICIA M. ZAPATA COAGUILA SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO
CIVIL. (25-26-27 julio) B/E 031-4708.
REMATES
PRIMER REMATE JUDICIAL
En el Proceso Nro. 03242-2012-0-0401-JR-CI-02,
sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, seguido
por MIBANCO, BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A.,
en contra de BARRA MANRIQUE MARCO ANTONIO;
ante el Primer Juzgado Civil de la Corte Superior
de Justicia de Arequipa, Juez Dra. Shelah North
Galagarza Pérez, Especialista Legal Dra. Gonzales
Ramos Nikola Marisol, ha autorizado al Martillero
Público JOSÉ ÁNGELO CANALES GALLEGOS, con
Registro Nro. 281, para que se lleve a cabo la diligencia del PRIMER REMATE del inmueble ubicado
en la MZ. A-4, LETRA 1 SECTOR UINDUSTRIA ASOC.
DE VIV. SEMI RURAL DE PRODUCTOS PECUARIOS
UMAPALCA, DISTRITO DE SABANDÍA, PROVINCIA Y
DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, cuyas áreas, linderos y medidas perimétricas y demás características
figuran en la Partida Registral Nro. 11093392 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral
Número XII-Sede Arequipa. TASACIÓN: S/.19,080.00
BASE DEL REMATE: S/. 12,720.00. AFECTACIONES: 1).
EMBARGO en forma de Inscripción a favor de MIBANCO, Banco de la Microempresa S.A., hasta por la
suma de S/. 5,000.00 Nuevos Soles, que es materia
de ejecución en el presente proceso. No se conocen
otros gravámenes. La diligencia de Primer remate
se llevará a cabo el día 23 DE AGOSTO DEL AÑO
2016, A LAS 10:30 HORAS, en la Sala de Remates de
la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en
la Plaza España s/n, del distrito, provincia y departamento de Arequipa. Requisitos para ser postor,
identificarse con su DNI u otro que corresponda,
tener el comprobante de pago del arancel judicial
por derecho a participar del remate y depositar en
efectivo o Cheque de Gerencia al Martillero el 10 %
de la tasación, es decir S/. 1,908.00. El adjudicatario
deberá pagar la comisión al Martillero. Arequipa,
13 de julio del 2016. Jose Angelo Canales Gallegos Martillero Publico Reg. Nº 281 SUNARP. Nilda
Gonzales Ramos Secretaria Judicial Primer Juzgado Especializado Civil. (21-22-25-26-27 julio y 01
agosto) B/E 031-4658.
2
La República
PRIMER REMATE JUDICIAL
En el proceso de Ejecución de Garantía Hipotecaria,
expediente Nº 04254-2015-0-0401-JR-CI-09, que sigue la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE
AREQUIPA en contra de Karina Jraneth Cusihuallpa
Alejo y Juana Alejo Auccatico; el Señor Juez del Noveno Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte
Superior de Justicia de Arequipa, Dr. José Antonio
Meza Miranda, especialista legal Dra. Marisol García Jurado, ha encargado a la Martillero Publico
Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta la realización
del PRIMER REMATE el día 08 de Agosto del 2016 a
horas 09:00am, el cual se llevara a cabo en la Sala
de Remates ubicada en el Sótano de Sede Central
de la Corte Superior de Justicia De Arequipa, sito
en esquina plaza España con calle Siglo XX S/N, del
Distrito , Provincia y Departamento de Arequipa,
del siguiente bien inmueble de propiedad de Juana
Alejo Auccatico; DESCRIPCION: Inmueble urbano
ubicado en el Pueblo Joven Independencia Manzana -09 Lote-34 Zona B del Distrito de Alto Selva Alegre, Provincia y Departamento de Arequipa, cuyo
dominio, linderos y medidas perimétricas obran
inscritos en la Partida Electrónica P06007788 del
Registro de Predios de la Zona Registral Nº XII- Sede
Arequipa.- VALOR DE TASACION: US$ 24,015.00 dólares de los Estados Unidos de América.- BASE DEL
REMATE: US$ 16,010.00 dólares de los Estados Unidos de América, importe equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación .- AFECTACIONES:
1.- Asiento 00005: Hipoteca Común –Constitución :
Sobre el inmueble inscrito en esta partida a favor de
la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa
hasta por la suma de US$ 8,500.00 dólares de los
Estados Unidos de América.- 2.- Asiento 00006: Modificación de hipoteca: Ampliación y Modificación
de Garantía Hipotecaria a favor de la Caja Municipal
de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma
de US$ 24,015.00 dólares de los Estados Unidos de
América.- No se conocen otras afectaciones .- Deposito para ser postor: Los postores deberán oblar
una cantidad no menor a US$ 2,401,50 (DOS MIL
CUATROSCIENTOS UNO CON 50/100 dólares de los
Estados Unidos de América) que equivale al 10%
del valor de la tasación, en efectivo o cheque de
gerencia girado a nombre del postor y presentaran
el original del arancel judicial por Participación en
Remate Judicial de Inmueble (cod. 07153) en el que
debe estar consignado el numero del expediente ,
Juzgado y el numero de documento de identidad
del postor (arancel debidamente suscrito y copia
del documento de identidad).- COMISION DEL MARTILLERO: Sera de cargo del adjudicatario, según lo
dispuesto en la tabla de honorarios establecida en
el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS + IGV y deberá
ser cancelada al finalizar el remate.- Juez: Dr. José
Antonio Meza Miranda, especialista legal Dra. Marisol García Jurado, Martillero Publico Dra. Patricia
Victoria Vásquez Zubieta, Registro SUNARP Nº 315.Arequipa, 2016 Junio 17.- (21-22-25-26-27 julio y 01
agosto) B/E 031-4661.
PRIMER REMATE
En el Expediente Nº 00056-2014-0-0411-JM-CI-01,
proceso que sobre Ejecución de Garantías sigue
BANCO CONTINENTAL en contra de IMPORTADORA
COMERCIAL TITO E.I.R.L., ANA MARIA PACCO QUISPE, con intervención de DODANIN ALBERT PACCO
QUISPE, y EDGAR DONATO ALEJANDRO CCARI, la
Sra. Jueza del Juzgado Civil – SEDE JACOBO HUNTER, Dra. Silvia Elizabeth Sandoval Corimayta, con
la intervención de la Especialista legal Dr. César
Enrique Denos Aragón, mediante resolución Nro.
23 ha designado como martillero Público a Víctor
Orlando Apaza Morante, facultando para que convoque a remate público el inmueble objeto de ejecución, en merito a las facultades conferidas se convoca: PRIMER REMATE: 1.- Del inmueble ubicado
en el Pueblo Joven Ampliación Pampas del Cusco,
Sector I, Manzana “I”, lote 13, Zona “A”, (con frente a
calle Huascar) Distrito de Jacobo Hunter, inscrito en
la Partida Nro. P06127315 del Registro de Propiedad
Inmueble de los Registros Públicos de Arequipa.
DÍA Y HORA DEL REMATE: DIEZ DE AGOSTO DEL
2016, A LAS OCHO Y TREINTA HORAS DE LA MAÑANA. LUGAR: Sala de remate ubicada en la oficina de
Administración Del Módulo Básico de Justicia de
Jacobo Hunter, ubicada en la calle Berlin S/N. Distrito de Jacobo Hunter, Provincia y Departamento
de Arequipa. TASACIÓN: US$65,496.00 (SESENTA Y
CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON
00/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE DEL
REMATE: US$43,664.00 (CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO 00/100 DOLARES AMERICANOS.) GRAVÁMENES: 1.-Primera y Preferencial
hipoteca a favor del Banco Continental hasta por
la suma de US$ 149,000.00 Dólares Americanos.
DEPÓSITO PARA SER POSTOR: Los postores para
poder participar en la diligencia de primer remate
deberán depositar el 10% de tasación (US$6,549.60
Dólares Americanos), efectuado en efectivo o mediante cheque de gerencia Negociable o depósito
judicial del Banco de la Nación; pagar el Arancel por
derecho a participar en remate judicial inmuebles
en el Banco de la Nación y además deberá pagar al
Martillero Publico sus honorarios el adjudicatario,
conforme a la Ley 27728. Arequipa, 28 de Junio del
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
2016.- CESAR ENRIQUE DENOS ARAGON SECRETARIO JUDICIAL. VICTOR O. APAZA MORANTE MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 321-SUNARP. (22-25-26-27
julio y 01-02-03 agosto) B/E 031-4675.
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO
Expediente: 7499-2008-0-0401-JR-CI-03 .- En los
seguidos por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS, REPRESENTADO POR EL FONAFE contra
Don HUMBERTO AUGUSTO TAPIA CONCHA, Doña
MONICA CAROLINA TAPIA D1AZ, FREDDY ROMMEL
ALVAREZ YAGUA, LUISA ANITA DELGADILLO MEDINA
DE ALVAREZ Y ROSANA MARISELA SANCHEZ LUNA
sobre Ejecución de Garantías, Expediente Nº 74992008, el Tercer Juzgado Civil de Arequipa a cargo
del Señor Juez Dr. Zoilo Alcides Chávez Mamani,
Secretaria Judicial Dra. Karina Cecilia Ylla Velásquez,
han dispuesto que el suscrito saque a remate judicial en PRIMERA CONVOCATORIA, el predio rustico
denominado “TORAN”, signado con la U.C. Nº 10742,
Distrito de Uraca, Provincia de Castilla y Departamento de Arequipa, con áreas, linderos y medidas
perimétricas que corre inscrito en la partida N9
04001395 del Registro de Propiedad Inmueble —
Registro de Predios de la Zona Registral XII — Sede
Aplao. VALOR DE LA TASACIÓN: US$ 25,000.00 (veinticinco mil con 00/100 Dólares americanos). BASE
DE REMATE: US$ 16,666.66 (Dieciséis mil seiscientos sesenta y seis con 66/100 Dólares americanos),
equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: Asiento D002 HIPOTECA constituida por su
propietario a favor del BANCO LATINO HASTA POR
LA SUMA de US$ 24,000.00, con el objeto de garantizar el pago de las deudas contraídas por el deudor
y en general por toda obligación adquirida o que
adquiera el deudor, conjunta o individualmente
frente al banco. Así consta más ampliamente de la
escritura pública del 24/05/1996, otorgada ante Notario Dr. Javier Rodríguez. Asiento D003 EMBARGO
hasta por la suma de US$ 15,000.00 en el juicio por
Obligación de dar Suma de Dinero que sigue el Banco Wiesse Ldta. Arequipa, en contra de Humberto
Tapia Concha, se anota esta medida por mandato
del Juez Especializado en lo civil del Cuarto Juzgado
Dr. Edgardo Torres López, Secretario Obed Vargas
Gamarra por Resolución Auto Nº 001-96 de fecha
27/11/1996. Asiento D004 CESION DE HIPOTECA El
BANCO LATINO EN LIQUIDACION cede la hipoteca
contenida en el As. 2 rubro d) de esta ficha a favor
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS, según
Escritura Pública de fecha 21/11/2002 otorgada
ante Notario Público de Lima CAROLA CECILIA HIDALGO MORAN. Asiento D005 RENOVACION DE HIPOTECA el FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO
DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO (en
adelante FONAFE) quien representa al MINISTERIO
DE ECONOMIA Y FINANZAS a su solicitud se renueva
la hipoteca contenida en el asiento 2 del rubro D
y su referente D004 de esta partida en razón que
no se ha extinguido la garantía en referencia. Según consta en la Escritura Pública Nº 651 de fecha
02/03/2009 otorgada ante Notario Público de Lima
Julio Antonio del Pozo Valdés. DIA Y HORA DE REMATE: El 05 de setiembre de 2016 a las 11:00 horas.
LUGAR DEL REMATE: En la nueva Sala de Remates
de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito
en la Plaza España s/n (Palacio de Justicia), Distrito
de Cercado de Arequipa, Provincia y departamento de Arequipa. LOS POSTORES: deberán presentar
antes del remate una cantidad no menor al 10% del
Valor de Tasación del presente remate, en efectivo
o cheque de gerencia girado a su nombre y con la
respectiva tasa judicial (con copia de este y su DNI si
es persona natural o poderes, en caso de ser persona jurídica), suscribiendo dicha tasa, con el número
del expediente y generales de ley. Los honorarios
del martillero público son por cuenta del adjudicatario de acuerdo a Ley.- ADOLFO BENJAMIN GAMARRA ESCALANTE - Martillero Público — Reg. N°
305. KARINA YLLA VELASQUEZ ESPECIALISTA LEGAL
TERCER JUZGADO CIVIL. (25-26-27 julio y 01-02-03
agosto) B/E 031-4716.
PRIMER REMATE
En los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU
REPRESENTADO POR MARIA DEL CARMEN ESTRMADOYRO DE CRUZ en contra de ABEL ROLANDO
CHARCA HUANCCO E YSABEL BEATRIZ ZUÑIGA DE
CHARCA; sobre Ejecución de Garantías en el expediente Nº 00729-2014-0-0401-JR-CI-07, tramitado
ante el Sétimo Juzgado Civil de Arequipa, a cargo
del Juez Rafael Aucahuaqui Puruhuaya, con intervención de la Especialista Sandra Saturnina Ccallo
Cuevas, habiendo designado al Dr. William Farfán
Rodríguez, Martillero Publico con registro N° 188,
ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA
CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble ubicado en Mz H Lt 6 Asociación de Vivienda Perú Argentina Bolivia Peruarbo, sector Perú, Zona III , distrito
de Cerro Colorado, provincia y departamento de
Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscritos
en la Partida Registral Nº 01149786 del Registro
de Propiedad Inmueble, de los Registros Públicos
de la Zona Registral XII Sede Arequipa. TASACIÓN
$ 48,000.00 (cuarenta y ocho mil dólares americanos). BASE DEL PRIMER REMATE: (2/3 partes de
la tasación) $ 32,000.00 (treinta y dos mil dólares
americanos). Porcentaje para participar del remate
(10% de la tasación). Además del arancel judicial
correspondiente. Afectaciones: 1) Embargo en
forma de Inscripción, asiento Nº D00004 ejecutada
por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa hasta por la suma de S./27,000.00 de fecha
02.10.2013. 2) Embargo en forma de inscripción
sobre los derechos expectaticios de Abel Rolando
Charca Huancco asiento Nº D00005, procedimiento de ejecución coactiva seguida por SUNAT hasta
por la suma de S/. 7,500.00 de fecha 23.09.2013. 3)
Anotación de demanda, asiento D00006, a favor de
Banco de Crédito del Perú, en mérito al presente expediente de fecha 11.08.2014. 4) Embargo en forma
de inscripción sobre los derechos expectaticios de
Abel Rolando Charca Huancco asiento Nº D00007,
procedimiento de ejecución coactiva seguida por
SUNAT hasta por la suma de S/. 31,859.00 de fecha
12.11.2014, no conociéndose otros gravámenes.
DIA Y HORA DEL PRIMER REMATE: 10 DE AGOSTO
DEL 2016, A HORAS 12:00 horas. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates Judiciales N° 12, ubicado
en el sótano de la Corte Superior de Justicia de Arequipa sito en Siglo XX con Plaza España S/N Cercado
d Arequipa del distrito, provincia y departamento
de Arequipa. MARTILLERO PUBLICO: DR. WILLIAN
FARFAN RODRÍGUEZ Registro de Martillero N° 188
Teléfono 958341589- 204666. Arequipa, 22 de julio
de 2016. SANDRA CCALLO CUEVAS SECRETARIA JUDICIAL SETIMO JUZGADO ESP. CIVIL. (25-26-27 julio
y 01-02-03 agosto) B/E 031-4720.
PRIMER REMATE
En el Proceso Civil Nro. 01260-2010-0-0401-JPCI-02, sobre Obligación de Dar suma de Dinero, seguido por MIBANCO, BANCO DE LA MICROEMPRESA
S.A., en contra de FABRICACIONES Y REPARACIONES
VICGON SAC, GONZALES CONDORI VICENTA y PANTIGOSO SILES SANTOS BENIGNO; el señor Juez del
Segundo Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico
de Justicia de Cerro Colorado, Dra. Yenny Soledad
Condori Fernández, Juzgado que ahora Despacha el
Dr. Edson Cuentas Celis, ha autorizado al martillero
público señor MAURICIO PONCE VALDIVIA, para que
lleve a cabo la diligencia de PRIMER REMATE del inmueble de propiedad del demandado PANTIGOSO
SILES SANTOS BENIGNO, ubicado en MZ K LOTE 4-A
SECTOR I, ASOCIACION PARQUE INDUSTRIAL PORVENIR AREQUIPA APIPA, DISTRITO DE YURA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, cuya ÁREA,
LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉTRICAS y demás características aparecen detallados en la Partida Nro.
01148068, del Registro de Propiedad Inmueble
de la Zona Registral XII Sede Arequipa, TASACIÓN:
S/. 11,500.00, BASE DEL REMATE: S/.7,666.66, POSTURA: S/. 1,150.00, además del arancel judicial correspondiente. AFECTACIONES: 1) Embargo a favor
de Mibanco, Banco de la Microempresa S.A., hasta
por la suma de S/.8,000.00, que es materia de ejecución en el presente proceso. 2) Embargo a favor
de Banco Financiero del Perú, hasta por la suma de
S/.80,000.00 3) Embargo a favor de Caja Municipal
de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por la suma
de S/.20,000.00. No se conocen otros gravámenes.
La diligencia de Primer Remate se llevará a cabo el
día DIEZ DE AGOSTO DEL 2016, a las 10:00 A.M. en
el local del Segundo Juzgado de Paz Letrado del
Módulo Básico de Justicia de Cerro Colorado, sito
en Calle Túpac Amaru N° 464 del distrito de Cerro
Colorado de Arequipa. Especialista Legal. Dra. Paola
Matilde Benavides. Arequipa, 11 de julio del 2016.
MAURICIO PONCE VALDIVIA MARTILLERO PUBLICO
REG. Nº 236. PAOLA M. BENAVIDES ZUÑIGA SECRETARIA JUDICIAL. (26-27 julio y 01-02-03-04 agosto)
B/E 031-4745.
PRIMER REMATE JUDICIAL
Expediente:
00217-2013-0-0402-JP-CI-01.En
los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO
Y CREDITO DE SULLANA SA en contra de MIGUEL
ANGEL PALOMINO PEREZ y NARCIZA SANTUSA
ROJAS PERALTA, teniendo como Tercero con Interés a EDPYMES CREDITOS DE ALCANCE REGIONAL
AREQUIPA SA (Hoy Compartamos Financiera SA)
y CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE ICA
SA, en el proceso sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA
DE DINERO, El Juzgado de Paz Letrado de Camaná
a cargo del Señor Juez Dr. Joel Jim Janampa Sang
y Especialista Legal: Dr. Jorge Sandoval Arenas, ha
encargado al Martillero Público Fredt Peter Valdivia Holguín sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA
CONVOCATORIA el inmueble ubicado en la Manzana “D” lote 6, Zona Única, Urbanización El Chorro,
Distrito de Samuel Pastor, Provincia de Camana,
Departamento de Arequipa, inscrita en la Partida
Nro. 01097939 del Registro de Propiedad Inmueble de Arequipa de la Zona Registral N° XII – Sede
de Arequipa.-- Con un VALOR DE TASACION: s/. 22
680.00 soles, siendo la BASE DE LA POSTURA: s/. 15
120.00 soles que constituye las dos terceras partes
del Valor de dicha Tasación.- GRAVAMENES INSCRITOS: 1).- Asiento D001: Carga: Que transcurridos 3
años de la firma de la escritura pública y de existir
terrenos no construidos dentro de la habilitación
urbana previsto por el Municipio de Camaná. El
Estado revertirá a su dominio dichas extensiones,
según escritura pública de fecha 1994-01-04 ante
Miércoles, 27 de julio del 2016
Notaria Gorky Oviedo. 2).- Asiento D003 Hipoteca:
Constituida por su propietaria sobre el inmueble
inscrito en esta ficha a favor de EDPYMES CREDITOS
DE ALCANCE REGIONAL AREQUIPA SA por el monto de US$ 1000.00 con el objeto de garantizar el
pago de todos los créditos y diversas obligaciones
tanto directas como indirectas, existentes y futuras
asumidas a favor de Edpymes Crear Arequipa. 3)
Asiento D00004 Embargo Judicial: Por Resolución
Judicial Nº 01 de fecha 02/09/2013 expedida por
el Juez del Juzgado de Paz Letrado de Camana Dr.
Rafael Aucahuaqui Porhuaya, asistido por el secretario judicial José Luis Valdez Pacheco, se RESUELVE:
Dictar medida cautelar de embargo en forma de inscripción a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO
Y CREDITO DE SULLANA SA, la misma que recaerá
sobre el derecho de propiedad que tiene el demandado Narsiza Santusa Rojas Peralta sobre el inmueble inscrito en esta partida hasta por la suma de s/.
18 000.00nuevos soles. 4) Asiento D00005 Embargo
Judicial: Por Resolución Nº 01 de fecha 29/11/2013
expedida por el Juez del Juzgado de Paz Letrado de
Camana Dr. Rafael Aucahuaqui Porhuaya, asistido
por el Secretario Judicial Jorge Sandoval Arenas, se
RESUELVE: Dictar Medida Cautelar de Embargo en
Forma de inscripción a favor de la CAJA MUNICIPAL
DE AHORRO Y CRÉDITO DE ICA SA, la misma que
recaerá sobre el derecho de propiedad que tiene la
demandada Narciza Santusa Rojas Peralta sobre el
inmueble inscrito en esta partida hasta por la suma
de s/. 17 000.00 nuevos soles.--DIA Y HORA DEL REMATE: El día 12 de Agosto del 2016 a horas 11:00
am. --LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Espera del
Juzgado de Paz Letrado de Camana sito en la Sede
Casa de la Justicia de Camana- Villa Salazar s/n, Camana ---POSTORES: Deberán depositar antes del remate una cantidad no menor al 10% de la tasación
que en este caso sería: s/. 2 268 soles, el depósito
deberá ser efectuado en efectivo o en cheque de
gerencia girado a su nombre del postor, los honorarios del martillero a cargo del adjudicatario (DS
008.2005 JUS) debiendo ser cancelado al finalizar
el acto del remate; adicional a lo anterior el postor
o postores deben presentar D.N.I., Arancel judicial
por Derecho de Participación en Remate Judicial de
bien Inmueble por el monto que corresponda al valor de tasación y que además deberá consignarse el
número de Documento de Identidad, el número de
Expediente y el Juzgado correspondiente (original y
copia). Juez: Dr. Joel Jim Janampa Sang, Especialista
Legal: Dr. Jorge Sandoval Arenas, Martillero Público
Fredt Peter Valdivia Holguín con Mat. 325 (Celular
959390429, Correo electrónico [email protected]), Camaná 25 de Julio del 2016.--- (27 julio y 01-02-03-04-05 agosto) B/E 031-4759.
TERCER REMATE PÚBLICO
En el expediente Nº 00479-2014-0-0412-JM-CI-02,
sobre Ejecución de Garantías seguido por el BANCO
DE CRÉDITO DEL PERU en contra de CHARLES MARTIN LOPEZ CAMASCA Y SANDRA LILIANA VIZUETA
RODRIGUEZ, el señor Juez del Segundo Juzgado
Civil-Sede Paucarpata, Dr. Luis Alberto Rodríguez
Pantigoso, con intervención de la Especialista Legal Ana Sofía Díaz Aguilar, se ha dispuesto se lleve a efecto el TERCER REMATE PUBLICO del bien
que a continuación se detalla: INMUEBLE situado
registralmente en la Manzana E Lote 36, Urbanización Las Marías, distrito de Paucarpata, provincia
y departamento de Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características
obran inscritas en la Partida Registral Nº 11055118
del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona
Registral Nº XII-Sede Arequipa. TASACIÓN: US $
165,045.00 (Ciento sesenta y cinco mil cuarenta y
cinco con 00/100 Dólares Americanos) BASE DEL
TERCER REMATE: US$ 79,496.68 (SETENTA Y NUEVE
MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 68/100
Dólares americanos), hecha la deducción de ley.
GRAVÁMENES: 1) Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de US$. 117,400.00,
que es materia del presente proceso. 2) Anotación
de demanda que es materia del presente proceso.
No se conoce otro gravamen. LUGAR, DIA Y HORA
DEL REMATE: El remate se efectuará en la sala de
lectura del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, ubicado en la esquina de la calle Alberto Laveau
con T. Alcantara, del distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, el día 08 de Agosto del 2016 a horas 09:30 am, y será efectuado por el
martillero Público señor José Carlos Eulalio Chirinos
Escobedo con registro Nº65. DE LOS POSTORES: los
postores deberán depositar, en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor,
el 10% del valor de la tasación del bien o sea US$
16,504.50 (art. 735 del C.P.C.), además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación
en remate del bien inmueble consignando número
de expediente, juzgado y número de DNI del postor. Los honorarios del Martillero Público más IGV
deberán ser cancelados por el adjudicatario (art. Nº
732 C.P.C.) Ana Sofía Díaz Aguilar, Especialista Legal.
José Carlos E. Chirinos E. Martillero Público: (Telfs.
054-206616 -959600795). Arequipa, Julio 2016. Ana
S. Diaz Aguilar ESPECIALISTA LEGAL. (26-27 julio y
01 agosto) B/E 031-4741.
RECTIFICACIONES
AVISO
En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Luz Verónica Casilla Pilco quien solicita la Inscripción
Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo de la Parroquia San Ignacio de Loyola (Ciudad
Blanca - Paucarpata) -Arquidiócesis de Arequipa
y afirma que nació en Paucarpata - Arequipa el
quince de setiembre de mil novecientos ochenta y
ocho; hija de don Florentino Casilla Quilo y de doña
Bernardina Pilco Cutipa de Casilla, y que fue bautizada en la Iglesia San Ignacio de Loyola (Ciudad
Blanca - Paucarpata) - Arequipa el diez de agosto
del dos mil uno. Fue su madrina doña Rosa Quito
Tito. Arequipa, 22 de julio del 2016.- DR. WALTER T.
ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO. (25-26-27
julio) B/E 031-4711.
AVISO
En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Jhoel
Baltazar Chura Gómez quien solicita la Inscripción
Supletoria de su Partida de Bautismo en el Archivo
de la Parroquia San José (La Joya) - Arquidiócesis de
Arequipa y afirma que nació en Vítor - Arequipa el
cinco de marzo de mil novecientos setenta y cuatro; hijo de don Marcelino Chura Huayta y de doña
Saturnina Mamani Pari, y que fue bautizado en la
Parroquia San José (La Joya) - Arequipa el cuatro de
agosto de mil novecientos setenta y cuatro. Fueron
sus padrinos don Juan Suni Surco y doña Sabina
Morales de Suni. Por resolución judicial civil posterior se le autoriza a llevar como nombres ‘Jhoel Baltazar’, y como segundo apellido ‘Gómez’ sin prueba
de filiación materna. Arequipa, 25 de julio del 2016.DR. WALTER T. ROMAÑA FLORES NOTARIO-ACTUARIO. (26-27 julio y 01 agosto) B/E 031-4729.
EDICTO-CAMBIO DE NOMBRE
ANTE EL NOVENO JUZGADO ESPECIALIZADO EN
LO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
AREQUIPA: JUEZ DR. JOSÉ ANTONIO MEZA MIRANDA, CON LA INTERVENCIÓN DEL ESPECIALISTA
LEGAL MARISOL GARCÍA JURADO, EXPEDIENTE
03123-2016-0-0401-JR-CI-09, PROCESO NO CONTENCIOSO, MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 01, SE
RESUELVE ADMITIR A TRÁMITE LA SOLICITUD DE
CAMBIO DE NOMBRE INTERPUESTA POR DOÑA NATIVIDAD PICHA JIMENEZ EN REPRESENTACIÓN DE
SU MENOR HIJO SERGIO ENMANUEL PICHA JIMENEZ, SOLICITANDO EL CAMBIO DE NOMBRE DEL MENOR EN SU PARTIDA DE NACIMIENTO, A EFECTO DE
QUE SE SUPRIMA LA PRIMERA LETRA “N” EN SU SEGUNDO NOMBRE “ENMANUEL”, ASI COMO EL CAMBIO DE APELLIDOS DE PICHA JIMENEZ A BERNEDO
PICHA, DEBIENDO FIGURAR EN ADELANTE COMO
SERGIO EMANUEL BERNEDO PICHA. JACQUELINE
AMPUERO PÉREZ ABOGADA C.A.A. 2534. (27 julio)
B/E 031-4744.
RECTIFICACION DE PARTIDAS
Ante esta Notaría se han presentado doña María
Julia Luque Ramos, don Rildo Mario Luque Cerpa y
don Paul Enrique Luque Cerpa, solicitando la rectificación de la partidas de nacimiento, asentadas en la
Municipalidad Provincial de Arequipa, en las que se
ha consignado en forma errónea como nombre de
su padre “Guillermo Mario Luque Vásquez” cuando
lo correcto es GUILLERMO LUQUE VASQUEZ. Arequipa. 22 de julio del 2016. JOSE LUIS CONCHA REVILLA
NOTARIO-ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (27 julio) B/E 031-4743.
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
ANTE MI DR. HUGO JULIO CABALLERO LAURA,
NOTARIO DE AREQUIPA, OFICIO NOTARIAL CALLE
SAN JOSÉ 330, CERCADO, SE PRESENTÓ. DAMASO
AQUILINO LLERENA TOLEDO, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO N° 22,
EXPEDIDA POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
IRAY, PROVINCIA DE CONDESUYOS, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, DONDE DICE EN LOS DATOS DEL
PADRE, “SABINO LLERENA MANCHEGO”, Y DEBE SER.
“DAMASO SABINO LLERENA MANCHEGO”, LO QUE
COMUNICO PARA LOS FINES DE LEY. AREQUIPA, 25
DE JULIO DE 2016. HUGO J. CABALLERO LAURA
NOTARIO DE AREQUIPA C.N.A MAT 036. (27 julio) B/E
031-4739.
CAMBIO DE NOMBRE.
ANTE EL 2 JUZGADO CIVIL MBJ DE PAUCARPATA,
ESP. LEGAL MERCY YANELLA APAZA CALCINA, EXP.
01932 - 2016, SUSANA MARIA QUISPE ALVAREZ
SOLICITO EL CAMBIO DE NOMBRE DE SU MENOR
HIJO GABRIEL JUAN MAMANI QUISPE DONDE SE HA
RESULETO: DECLARANDO FUNDADA LA SOLICITUD
DE CAMBIO DE NOMBRE EN CONSECUENCIA, DISPONGO QUE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
AREQUIPA, PROCEDA CAMBIAR EL NOMBRE CONTENIDO EN LA PARTIDA DE NACIMIENTO N° 60140261
DE AÑO 1998 CORRESPONDIENTE A GABRIEL JUAN
MAMANI QUISPE DEBIENDO QUEDAR EN LO SUCESIVO COMO GABRIEL JUAN DEL PRADO ALVAREZ.
AREQUIPA, 25 DE JULIO DEL 2016.- EDWIN W. VILCA
MAMANI C.A.A. MAT. 9070 ABOGADO. (27 julio) B/E
031-4733.
Miércoles 27 de julio del 2016
CAMBIO DE NOMBRE
Ante el Primer Juzgado especializado en lo Civil Sede Paucarpata - del Distrito Judicial de Arequipa,
Esp. Legal: Dr. Christian Omar Torreblanca Gómez,
Expediente N° 03005-2016-0-0412-JR-CI-01, EDITH
LUCERO CHIJCHEAPAZA BUTRON, por derecho propio, la Rectificación de su Partida de Nacimiento en
la Forma de Cambio de Nombre; Para que se cambie
el apellido paterno de “ CHIJCHEAPAZA” por el de “
BUTRON” y el apellido materno de “BUTRÓN” por el
de . Debiendo de quedar finalmente como “EDITH
LUCERO BUTRON”, Arequipa, 25 de julio de 2016.
Juan Mario Rey Arroyo Gómez C.A.A. N° 03680.abogado. (27 julio) B/E 031-4731.
031- 4752.
EDICTO-RECTIFICACION DE PARTIDA
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Chivay-Arequipa, Especialista Becerra Quispe Sharlene Pilar en
el expediente Nº 4892-2015 en los seguidos sobre
RECTIFICACION DE PARTIDA de NACIMIENTO por
ALEJANDRINA NELLY HUANACO HINOJOSA se pone
de conocimiento que con fecha 12 de Octubre del
dos mil quince el juez del referido ha expedido resolución Nº 001 mediante el cual se ha RESUELTO:
Admitir la solicitud de Rectificación de Partida de
Nacimiento interpuesta por ALEJANDRINA NELLY
HUANACO HINOJOSA quien solicita se corrija en el
cuerpo y margen del acta de nacimiento su primer
nombre ALEJANDRINA la cual se encuentra tachado
debiendo quedar en lo sucesivo el nombre completo ALEJANDRINA NELLY HUANACO HINOJOSA todo
en la via de proceso No contencioso disponiéndose
la publicación del extracto de la solicitud. Tómese
razón y hágase saber. ABOG. LUIS MANUEL SALGUERO CASAZOLA REG. C.A.I. Nº 42823. DEFENSOR
PUBLICO. (27 julio) B/E 031-4730.
SUCESION INTESTADA
CONFORME LEY 26662, ANTE MI CESAR FERNANDEZ
DAVILA BARREDA, ABOGADO NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN MELGAR 214, CERCADO,
AREQUIPA, SE PRESENTO: ELIZABETH MENA NUÑEZ,
SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE: EDMUNDO
VICENTE CARPIO LIRA, FALLECIDO EL 24 DE NOVIEMBRE DEL 2015, QUIEN TUVO COMO ULTIMO
DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDEROS A SU CONYUGE SUPERSTITE: ELIZABETH MENA NUÑEZ Y A SUS
HIJOS: MANUEL MARIO CARPIO MENA Y FROILAN
RICHARD CARPIO MENA. PRESENTENSE QUIENES
CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 25.07.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO.
(27 julio) B/E 031-4738.
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO
DE CONFORMIDAD CON LA LEY Nº 26662, ANTE MÍ
DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN LA CALLE SAN
JOSE 313-A, CERCADO, SE HIZO PRESENTE: NAZARIO
HAÑARI HUMPIRI, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN
DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, PARA QUE SE CORRIJA EL NOMBRE DE SU PADRE QUE DICE: “MARCOS
BENITO HAÑARI CATACURA”, DEBE DECIR: “MARCOS
BENITO HAÑARI CATACORA”. AREQUIPA, 22 DE JULIO
DE 2016.- DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO NOTARIA-ABOGADA C.N.A Nº 24. (27 julio) B/E 031-4725.
AVISO
En esta Vicaría Judicial, se ha presentado Yeni Yanet
Villamar de Linares quien solicita la Inscripción Supletoria de la Partida de Bautismo de Milagros Ivett
Cárdenas Salas en el Archivo de la Parroquia San Miguel Arcángel (Cayma) - Arquidiócesis de Arequipa
y afirma que nació en Wanchaq - Cusco el dieciocho
de abril de mil novecientos ochenta y ocho; hija de
don Juvenal Valentín Cárdenas Delgado y de doña
Rosa Alida Salas Alvarez, y que fue bautizada en la
Parroquia San Miguel Arcángel (Cayma) - Arequipa
el dieciocho de abril de mil novecientos noventa y
uno. Fueron sus padrinos don Efraín Alarcón Becerra y doña Mercedes Vargas de Velazco. Arequipa,
26 de julio del 2016.- DR. WALTER TOMAS ROMAÑA
FLORES NOTARIO-ACTUARIO. (27 julio y 01-02 agosto) B/E 031- 4749.
CAMBIO DE NOMBRE
Ante el Segundo Juzgado Civil del MBJ de Paucarpata Expediente 2650-2016 Especialista Yanahuaya,
REBECA HUAMAN TECSI, solicita cambio de nombre de su acta de nacimiento, para figurar sucesivamente como PAULETTE VELARDE TECSI. Arequipa, 2016 julio 22. MICHAEL C. E. MENDOZA JUSTO
ABOGADO C.A.A. Nº 04794. (27 julio) B/E 031- 4761.
SUCESIONES
SUCESION INTESTADA
CONFORME LEY 26662, ANTE MI CESAR FERNANDEZ
DAVILA BARREDA, ABOGADO NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN MELGAR 214, CERCADO,
AREQUIPA, SE PRESENTO: JACK JEISSON SONCO
GUZMAN, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE:
JULIANA LAURA GUZMAN LAURA, FALLECIDA EL 23
DE MARZO DEL 2016, QUIEN TUVO COMO ULTIMO
DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDERO A SU HIJO: JACK
JEISSON SONCO GUZMAN. PRESENTENSE QUIENES
CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 21.07.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO.
(27 julio) B/E 031-4753.
SUCESION INTESTADA
DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, ANTE MI
DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO, ABOGADA NOTARIA DE AREQUIPA, CON OFICINA EN SAN JOSE
313-A, CERCADO SE PRESENTÓ: MARCELINA MOTTA
VIUDA DE TALAVERA, SOLICITANDO LA SUCESION
INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU CÓNYUGE: ADRIÁN TALAVERA MARÍN; LO QUE COMUNICO
PARA QUE SE PRESENTEN LOS QUE ACREDITEN SU
DERECHO A LA SUCESIÓN. AREQUIPA, 21 DE JULIO DEL 2016. DRA. ELSA HOLGADO DE CARPIO
NOTARIA-ABOGADA C.N.A Nº 21. (27 JULIO) B/E
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
SUCESIÓN INTESTADA
ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN LA AVENIDA EJERCITO 307 OFICINA 104 YANAHUARA, HAYDEE GLADYS AGUILAR ROMERO, SOLICITA LA DE
SU MADRE MARIA ROMERO TELLEZ, FALLECIDA EL
05.11.2015, A FIN DE QUE SE DECLARE COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS A LA SOLICITANTE
Y A WILFREDO LUCAS Y EDGAR DAVID AGUILAR
ROMERO. SE PUBLICA PARA FINES DE LEY. AREQUIPA, 25 DE JULIO 2016. MIGUEL VILLAVICENCIO
CARDENAS NOTARIO DE AREQUIPA. (27 julio) B/E
031-4742.
EDICTO-SUCESION INTESTADA
Ante el 2do. JF de Paucarpata, Especialista Cuadros
Gallegos, Exp.744-2015, mediante resolución 03,
SE RESUELVE; ADMITIR a trámite en vía de proceso
abreviado, la demanda de reconocimiento judicial
de unión de hecho y otro, interpuesta por JUANA
BELLIDO APAZA, en contra de la SUCESION DE ELADIO MELO NUÑEZ y otros, corriéndose traslado por
el plazo de diez días. Y mediante resolución 112016, SE RESUELVE; notificar por edictos a TODOS
LOS TERCEROS LEGITIMADOS, que tengan interés y
por derecho les corresponda ser parte en el proceso
señalado, a los posibles herederos de la sucesión de
ELADIO MELO NUÑEZ, a fin de que absuelvan la demanda en el termino señalado, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. Juez Dr. Yuri
Corrales Cuba, Especialista Dante Cuadros Gallegos,
Arequipa 2016, julio 15. DANIS G. CUADROS GALLEGOS ESPECIALISTA LEGAL SEGUNDO JUZGADO
DE FAMILIA MODULO BASICO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA. (27 julio y 01-02 agosto) B/E 031-4737.
SUCESION INTESTADA
DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662 ANTE MI JULIO E. ESCARZA BENITEZ, ABOGADO NOTARIO DE
AREQUIPA, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE PRESENTE GLADYS ZUÑIGA GUTIERREZ SOLICITANDO
LA SUCESION INTESTADA DE GILBER CLODUALDO
VALENCIA CARRILLO, FALLECIDO 27 DE SETIEMBRE
DE 2015, CON ULTIMO DOMICILIO EN AREQUIPA. LO
QUE COMUNICO PARA QUE SE APERSONEN QUIENES
TENGAN INTERES. AREQUIPA, 23 DE JULIO DE 2016.
JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA.
(27 julio) B/E 031-4736.
SUCESION INTESTADA
DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662 ANTE MI
JULIO E. ESCARZA BENITEZ, ABOGADO NOTARIO
DE AREQUIPA, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN
BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE
PRESENTE YEYMI MIRSA MEDINA CARDENAS SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE HARBY CESAR
MEDINA PORTUGAL, FALLECIDO 18 DE JULIO DE
2007, CON ULTIMO DOMICILIO EN AREQUIPA. LO
QUE COMUNICO PARA QUE SE APERSONEN
QUIENES TENGAN INTERES.
AREQUIPA,
23 DE JULIO DE 2016. JULIO E. ESCARZA BENITEZ
NOTARIO DE AREQUIPA. (27 julio) B/E 031-4736.
SUCESION INTESTADA
EXP. N° 0351- 2016.- ANTE MI OFICIO NOTARIAL
UBICADO EN CALLE COLON 211, OFICINA 107,
CERCADO DE AREQUIPA, SE PRESENTA VERONICA
ELIZABETH MEDINA DEL CARPIO DE VIZCARRA, SOLICITANDO LA DE ADRIAN RUTH MEDINA DELGADO,
FALLECIDO EL 23 DE MAYO DEL 2016, EN ESTA CIUDAD DONDE MANTUVO SU ULTIMO DOMICILIO, LO
QUE HAGO DE CONOCIMIENTO PUBLICO PARA QUE
SE PRESENTEN QUIENES SE CREAN CON DERECHO A
SUCEDER. AREQUIPA, 25 DE JULIO DEL AÑO 2016.
GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO PUBLICO DE
AREQUIPA. (27 julio) B/E 031-4734.
SUCESIÓN INTESTADA
Ante mi Oficio Notarial ubicado en la Plaza de Armas N° 203, Chivay - Caylloma; PASTOR LEONCIO
LEONIDAS SALAS MENDOZA, ISAAC HERNAN SALAS
MENDOZA, FRANCISCA ROSARIO SALAS MENDOZA
DE MENDOZA MARIA LUZ SALAS MENDOZA LEONOR YANETH SALAS MENDOZA, TERESA GLADYS SALAS MENDOZA, JAQUELINE CELINA SALAS MENDOZA SELMA AYDET SALAS MENDOZA Y CLEMENTINA
MENDOZA DE SALAS, solicitan la Sucesión Intestada
de su extinto padre y conyugue respectivamente
PERCY SALAS URA, fallecido el 26 de mayo del 2015,
siendo su último domicilio en el distrito de Tapay,
provincia de Caylloma; instando sean declarados
ellos como únicos herederos de dicho causante.- Lo
que se publica a efectos que los que tengan vocación hereditaria se apersonen dentro del plazo de
15 días útiles. Chivay, 22 de julio del 2016.- JAVIER
ROSAS SILVA ABOGADO-NOTARIO DE CHIVAY. (27
julio) B/E 031-4732.
SUCESION INTESTADA
ANTE ESTE OFICIO NOTARIAL, UBICADO EN AVENIDA
ARGENTINA 205, URBANIZACION 15 DE ENERO, PAUCARPATA, SE HA PRESENTADO DOÑA URSULA VICTORIA VASQUEZ HERRERA, SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE DOÑA FRANCISCA HERLINDA
HERRERA, FALLECIDA EL DIA 29 DE JULIO DEL 2013,
Y QUIEN TUVO SU ULTIMO DOMICILIO EN ESTA CIUDAD DE AREQUIPA. SE COMUNICA PARA LOS FINES
LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA, 20 DE JULIO DEL
2016. JAVIER ANGULO SUAREZ NOTARIO. (27 julio)
B/E 031-4728.
PRESCRIPCIONES
RECTIFICACIÓN DE ÁREA Y LINDEROS
ANTE MI, JULIO ESCARZA BENITEZ, NOTARIO, CON
OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE PRESENTE ZULEMA
LENIS CALLE CHAVEZ, SOLICITANDO EL INICIO DE
TRÁMITE NOTARIAL DE RECTIFICACIÓN DE ÁREA Y
LINDEROS
DEL
PREDIO
UBICADO
EN URBANIZACIÓN LA ROMERO, MANZANA D, LOTE
2, DISTRITO DE CAYMA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL 11242440 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA
ZONA REGISTRAL XII-SEDE AREQUIPA. EL PREDIO
TIENE UN ÁREA REAL VERIFICADA DE 189.60 M2,
CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS: POR EL FRENTE: CON CALLE No. 4 Y LOTE 3
(PARTIDA 11242441) CON 10.86 Y 1.10; POR EL COSTADO DERECHO: CON LOTE 12 (PARTIDA 11242450),
CON 17.34 M.; POR EL COSTADO IZQUIERDO: CON
LOTE 1 PARTIDA 11242439), CON 17.35 M.; POR EL
FONDO: CON PROLONGACIÓN CALLE Nº 2, CON 9.90
M. SE EFECTÚA LA PRESENTE PUBLICACIÓN PARA
LOS FINES LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA, 14 DE
JULIO DEL 2016. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (27 julio y 04-10 agosto) B/E
031-4740.
RECTIFICACIÓN DE ÁREA Y LINDEROS
ANTE MI, JULIO ESCARZA BENITEZ, NOTARIO, CON
OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUERON PRESENTES
JUANA HERMILIA CHAVEZ ALPACA, DARIO FIDEL
CALLE BELLIDO, JUANA ROSA CHAVEZ ALPACA, TITO
EDILBERTO CHAVEZ ALPACA Y JOVA MARCIA VILCA
DE CHAVEZ, SOLICITANDO EL INICIO DE TRÁMITE
NOTARIAL DE RECTIFICACIÓN DE ÁREA Y LINDEROS DEL PREDIO UBICADO EN URBANIZACIÓN LA
ROMERO, MANZANA D, LOTE 12, DISTRITO DE CAYMA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA,
INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL 11242450 DEL
REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL XIISEDE AREQUIPA. EL PREDIO TIENE UN ÁREA REAL VERIFICADA DE 286.65 M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS: POR EL FRENTE:
CON PROLONGACIÓN CALLE No. 2 Y LOTE 13 SEAL,
CON 13.73, 3.30 Y 5.03 M.; POR LA DERECHA: CON
LOTE 2 (PARTIDA 11242440), CON 17.34 M.; POR LA
IZQUIERDA: CON URBANIZACIÓN LA MARINA, MZ.
A, LOTES 1 Y 2, CON 3.89 Y 7.99 M.; POR EL FONDO: CON LOTE 3 (PARTIDA 11242441), CON 18.98
M. SE EFECTUA LA PRESENTE PUBLICACION PARA
LOS FINES LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA, 14
DE JULIO DEL 2016. JULIO E. ESCARZA BENITEZ
NOTARIO DE AREQUIPA. (27 julio 04-10 agosto) B/E
031-4740.
PRESCRIPCION ADQUISITIVA
A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211 Oficina 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por REGINAL CLOALDO ARENAZA
COLOMA y ALEJANDRA LANDEO DE ARENAZA solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA del predio
ubicado en Cooperativa de Vivienda “El Carmen
Limitada N°318” Lote 15, manzana “C” distrito Hunter, provincia, departamento Arequipa ÁREA: 334.50
METROS CUADRADOS LINDEROS-MEDIDAS PERIMÉTRICAS: Frente: Avenida Lima con 12.30 metros.
Derecha: Lote 17 con 27.20 metros. Izquierda: Lote
13 con 29.50 metros. Fondo: Lote 14 con 11.80 metros. Lo que se pone en conocimiento público para
los fines de ley. AREQUIPA, 2016 JULIO 19. GORKY
OVIEDO ALARCON NOTARIO ABOGADO. (21-27 julio
04 agosto) B/E 031-4634.
PRESCRIPCION ADQUISITIVA
A mi oficio notarial ubicado en calle Colón 211
Ofc. 107 Arequipa, se ha admitido a trámite la solicitud presentada por ROBERTO TICONA QUISPE y
YOLANDA QUISPE MAMANI DE TICONA, solicitando
la PRESCRIPCION ADQUISITIVA del predio ubicado
en Avenida Dolores N°188, signado como SUB LOTE
4-A (ingreso a la Urbanización Los Cardenales, con-
formando ahora el lote la urbanización denominada
actualmente “Los Cardenales II), distrito de José Luís
Bustamante y Rivero, provincia y departamento de
Arequipa. ÁREA: 300.05 metros cuadrados LINDEROS-MEDIDAS PERIMÉTRICAS: Frente: Servidumbre de pasó con 14.05 metros. Derecha: Sub lote
4 con 19.80 metros. Izquierda: Con U.C. N° 93216
con 17.99 y 1.50 metros Fondo: Con U.C. 08208 con
16.63 metros. Lo que se pone en conocimiento publico para los fines de ley. Arequipa, 2016 julio
19. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO ABOGADO.
(21-27 julio y 04 agosto) B/E 031-4634.
PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO
Ante mi, FERNANDO DENIS BEGAZO DELGADO, Abogado - Notario de Arequipa, con oficio en Jerusalén
N° 124 Of. 1 - Arequipa, se presentaron: ERNESTO
CANAZAS GUTIERREZ Y HILDA JENOBEVA CANAZAS
GUTIERREZ DE AMBRUS, solicitando al amparo de la
Ley 27157, su Reglamento y la Ley 27333, la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, del inmueble
signado lote 10 de la manzana I o inmueble N° 715
de la Av. Simón Bolivar, distrito de Mariano Melgar,
provincia y departamento de Arequipa, predio que
se encuentra inscrito en forma independiente, en
la partida P06119936 del Registro de Predios de
la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa, de la que
aparece su historia de dominio, linderos y medidas perimétricas El titular registral es: Isidro Solis
Chávez. Lo que se pone en conocimiento de los interesados para que ejerciten su derecho, conforme
a Ley. Arequipa, 18 de julio del 2016. FERNANDO
BEGAZO DELGADO ABOGADO NOTARIO. (21-27 julio
y 04 agosto) B/E 031-4628.
PRESCRIPCION ADQUISITIVA
ANTE MI, JULIO E. ESCARZA BENITEZ, CON OFICINA
EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE PRESENTE GIOVANNA ROCIO
MENDOZA QUISPE, SOLICITANDO EL INICIO DE
TRÁMITE NOTARIAL DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA
DE DOMINIO DE LOS SIGUIENTES PREDIOS: PREDIO
SIGNADO COMO LOTE 8, MANZANA L, “URBANIZACIÓN RESIDENCIAL LA MERCED CHALLAPAMPA- II
ETAPA”, DISTRITO DE CERRO COLORADO, PROVINCIA
Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; DE UN ÁREA DE
120.15 M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: POR EL FRENTE: CON LA CALLE
No. 7, CON UNA LINEA RECTA DE 7.50 ML, POR EL
COSTADO DERECHO: CON LOTE 9, CON UNA LINEA
RECTA DE 16.04 ML., POR EL COSTADO IZQUIERDO: CON LOTE 7, CON UNA LINEA RECTA DE 16 ML.
POR EL FONDO: CON COLEGIO CALIENES, CON 7.50
ML. PREDIO SIGNADO COMO LOTE 9, MANZANA L,
“URBANIZACIÓN RESIDENCIAL LA MERCED CHALLAPAMPA - II ETAPA”, DISTRITO DE CERRO COLORADO,
PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; DE
UN ÁREA DE 116.29 M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS: POR EL FRENTE:
CON LA CALLE No. 7, CON UNA LINEA RECTA DE 8.50
ML, POR EL COSTADO DERECHO: CON COLEGIO CALIENES, CON UNA LINEA RECTA DE 16.27 ML., POR
EL COSTADO IZQUIERDO: CON LOTE 8, CON UNA
LINEA RECTA DE 16.04 ML. POR EL FONDO: CON
COLEGIO CALIENES, CON 5.98 ML. AMBOS PREDIOS
SE ENCUENTRAN INSCRITOS DENTRO LA PARTIDA
REGISTRAL 04006388 A NOMBRE DE SERAFINA EMPERATRIZ CORRALES NUÑEZ, JULIO PEDRO CARBAJAL NUÑEZ, YSAURO YSMAEL CARBAJAL NUÑEZ,
MERCEDES FLOR MUNIVE GARCÍA Y VANESSA LEE
CARBAJAL MUNIVE. SE EFECTUA LA PRESENTE PUBLICACIÓN RARA LOS FINES LEGALES PERTINENTES.
AREQUIPA, 18 DE JULIO DEL 2016. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (21-27 julio y
04 agosto) B/E 031-4602.
PRESCRIPCION ADQUISITIVA
Ante esta Notaría se han presentado los esposos Oscar Percy Torres Flores y Ericka María Terrones Soto,
solicitando la prescripción adquisitiva del inmueble
urbano ubicado con frente a la calle Manzanitos
211, Urbanización El Palomar del distrito, provincia
y departamento de Arequipa, el mismo que tiene
un área de 198.80 m2 (CIENTO NOVENTA Y OCHO
METROS CUADRADOS CON OCHENTA DECIMETROS)
encerrado dentro de los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el frente, con la urbanización
Juventud Ferroviaria calle Manzanitos por medio
con 12.20 y 5.08 metros; por el costado derecho,
entrando, con propiedad del Señor Ricardo Alemán
Barriga, calle de la limpieza por medio, con 12.24
metros; por el costado izquierdo, entrando, con
propiedad del señor Ricardo Alemán Barriga, callejón de la limpieza por medio, con línea 12.50 y 0.89
metros; por el fondo, con el sub lote A (área remanente), con 14.84 metros. El predio forma parte de
la partida matriz 01124000 del Registro de Predios
de Arequipa. 08 de julio del 2016.- JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO-ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (15-21-27 julio)
B/E 031-4533.
PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO
Ante mi: Alejandro Paredes Alí, Notario Público de
Mollendo, Región Arequipa, se presentó: ELIANA
VICTORIA VALDIVIA MUÑOZ, solicitando la PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, al amparo del
3
contenido de la Ley 27157 y D.S. 008-2000 MTC, del
INMUEBLE URBANO SIGNADO COMO LOTE 3, MANZANA F4, CENTRO POBLADO MOLLENDO, DISTRITO
DE MOLLENDO, PROVINCIA DE ISLAY, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, inscrito en la Partida número:
P06215708; cuenta con un área de 326.39 m2, linderos y medidas perimétricas: FRENTE, calle Alfonso
Ugarte, 9.59 ml; por la DERECHA, Lotes 2,1, 35.31 ml;
por la IZQUIERDA, Lote 4, 32.10 ml; por el FONDO,
Océano Pacífico, 2.92 ml, 3.33 ml y 6.08 ml.- Lo que
se comunica a fin de que los que se crean con derechos, los hagan valer en la forma establecida por
Ley.- Mollendo, 2016 julio 12.- ALEJANDRO PAREDES ALI Abogado-Notario Público Mollendo Islay.
(21-27 julio 04 agosto ) B/Nº 031-4591.
CONSEJO DE FAMILIA
Por ante el Juzgado de Familia del Módulo Básico
de Justicia de Jacobo Hunter de Arequipa, a través
del Expediente N° 05174-2016-0-0411-JP-FC-01, el
señor Juez Roberto Soncco Valencia con intervención de la Especialista Legal Norma Ofelia Quispe
Flores, mediante Resolución número dos, de fecha
cuatro de julio del año dos mil dieciséis, ha dispuesto se publique un extracto del admisorio de la
demanda, en los seguidos por MIRIAM GUZMÁN DE
PORTUGAL contra Yovana Estelita Guzmán Bejarano, Falon Monique Beltrán Torres, Ángel Guzmán
Cornejo, Beatriz Ami Guzmán Bejarano, María Arianela Guzmán Bejarano, Elizabeth Matilde Guzmán
Bejarano, Jesús Beltrán Torres, Jesús Beltrán Alfaro,
María del Rosario Guzmán Bejarano, Paula Torres
Beltrán de Beltrán sobre Formación de Concejo de
Familia; Resolución N° 02, “RESUELVE: ADMITIR EN
LA VÍA DEL PROCESO ESPECIAL NO CONTENCIOSO,
la solicitud de FORMACIÓN DE CONCEJO DE FAMILIA, para las menores JIMENA PAOLA GUZMÁN
BELTRÁN y RAFAELA MATILDE GUZMÁN BELTRÁN
presentada por MIRIAM GUZMÁN DE PORTUGAL,
con emplazamiento de ÁNGEL GUZMÁN CORNEJO,
MARÍA ARIANELA GUZMÁN BEJARANO, BEATRIZ AMI
GUZMÁN BEJARANO, MARÍA DEL ROSARIO GUZMÁN
BEJARANO, ELIZABETH MATILDE GUZMÁN BEJARANO, YOVANA ESTELITA GUZMÁN BEJARANO, JESÚS
BELTRÁN ALFARO, PAULA TORRES BELTRÁN DE BELTRÁN, FALON MONIQUE BELTRÁN TORRES y JESÚS
BELTRÁN TORRES y del MINISTERIO PÚBLICO. ORDENO: la correspondiente publicación en el Diario
Oficial de la localidad conforme el Art. 634 del Código Civil por el plazo de dos días, para que cualquier
interesado pueda observar la inclusión o exclusión
de las personas que deban integrar dicho consejo;
por ofrecidos los medios probatorios, agréguese a
sus antecedentes los anexos acompañados. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.”, se hace la publicación
de conformidad con lo establecido por el Art. 634
del Código Civil. Arequipa, 22 de Julio del 2016.NORMA QUISPE FLORES ESP. LEGAL JUZGADO DE
FAMILIA. (27 julio y 01 agosto) B/E 4751.
EDICTOS PENALES
Proceso N°124-2015-97-0404-JR-PE-01 (Expediente
Judicial) El JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE APLAO, DRA. MARIA LUISA PICKMANN
ADRIAZOLA, por intermedio del presente NOTIFICA
a MARGARITA HERNANDEZ CARITIMARI, con el contenido del Auto de Citación a Juicio Oral, de fecha
uno de julio del dos mil dieciséis, la misma que programa fecha para la audiencia de juicio oral para el
día 12/08/2016, A LAS 10:00 HORAS, EN LA ÚNICA
SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE PENAL UNIPERSONAL DE APLAO, ubicado en Calle Progreso N°
T 1-05, Aplao, por lo que se le CITA Y EMPLAZA a
JUICIO ORAL a la acusada MARGARITA HERNANDEZ
CARITIMARI, para que en caso de inasistencia a la
referida diligencia se le declarará reo contumaz, ordenándosele órdenes de captura en su contra y se
le nombrará defensor de oficio adscrito a la localidad de Aplao en caso de inasistencia de su abogado
de libre elección. Todo ello en el Expediente N°1242015-97-0404-JR-PE-01, por el delito de Homicidio
Simple en agravio de Q.E.V.F. Sulpicio Severiano Feria Huacallo. Especialista Judicial de Causas y Audio.
Estela Ccapa Taipe.- Aplao, 7 de julio del 2016.- (27
julio y 01-02 de agosto)
Proceso N°142-2013-39-0404-JR-PE-01 (Cuaderno
de Ejecución) El JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE APLAO, DR. DEYVI CUEVA CUCHO,
por intermedio del presente NOTIFICA a JACINTO
ADOLFO LIBANDRO TACO, con el contenido de la
Resolución número tres, de fecha dieciséis de agosto del dos mil dieciséis, la misma que reprograma
fecha para la audiencia de revocatoria de la pena
para el día 16/08/2016, A LAS 14:00 HORAS, EN
LA ÚNICA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE
INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE APLAO, ubicado en Calle Progreso N° T 1-05, Aplao, en caso de
inasistencia de su abogado de libre elección se le
nombrará defensor de oficio adscrito a la localidad
de Aplao con quien se llevará indefectiblemente la
referida audiencia, asimismo se le requiere a Jacinto
Adolfo Libandro Taco cumpla con el pago de pensiones devengadas y reparación civil en el monto
de S/.492.60 en el plazo de cinco días. Todo ello en
4
La República
el Expediente N°142-2013-39-0404-JR-PE-01, por el
delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio
de Claudia Rosa Ranilla Corpuna. Especialista Judicial de Causas y Audio. Estela Ccapa Taipe. Aplao,
26 de mayo del 2016. (27 julio y 01-02 de agosto)
NOTIFICACION POR EDICTO
En el expediente N° 2015-00069-0-0-040601-JRPE-01, seguido en el Juzgado de Investigación
Preparatoria de Condesuyos, que despacha el Juez
Oswaldo Fernández Urrutia, Especialista Legal Oliver Concha Castro, en los seguidos contra THOMAS
QUIÑONEZ CAÑARI, por la presunta comisión del
delito de peligro Común en la modalidad de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de
LA SOCIEDAD representada por el Ministerio Público; por lo que a mérito de lo dispuesto en la resolución N° 07 de fecha doce de julio del año dos mil
dieciséis, SE DISPONE: Poner en conocimiento del
acusado Thomas Quiñónez Cañari que tiene el plazo de veinticuatro horas para que designe abogado
defensor de su preferencia, bajo apercibimiento de
designarse al defensor publico de la provincia de
Condesuyos. (25-26-27 julio)
EXPEDIENTE: N° 10947-2014-TURNO “A” COMISARIAS SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS
TURNO “A”LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE MARIA SOLEDAD BELLIDO ANGULO dispone que se notifique mediante edictos a la procuraduría pública
especializada en asuntos de orden público CON LA
RESOLUCION NUMERO CUATRO DE FECHA TRES DE
MAYO DEL DOS MIL DIECISIES QUE RESUELVE: 1) DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCION PENAL por PRESCRIPCIÓN, en la causa seguida en agravio de ADAN
CONCEPCION ALVARADO RAMOS, por Faltas Contra
la tranquilidad pública. 2) DISPONGO el ARCHIVO
DEFINITIVO de los actuados, debiéndose notificar a
la parte agraviada. Tómese razón y hágase saber.-.
ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, 25,26 Y
27 de JULIO del 2016
EXPEDIENTE: N° 5157-2015- TURNO “A” COMISARIAS
SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS
TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE
BERTHA UCHANI SARMIENTO dispone que se notifique mediante edictos a la parte agraviada DAVID
VARGAS LA TORRE CON LA RESOLUCION NUMERO
DOS DE FECHA VEINTIUNO DE MARZO DEL DOS MIL
DIECISIES QUE RESUELVE: hacer efectivo el apercibimiento ordenado en la resolución que precede
y se dispone ARCHIVAR las actuaciones en torno al
proceso seguido por DAVID ENRIQUE VARGAS LA
TORRE, en contra de JOSE HUAYTA HUAYTA, por Faltas contra el patrimonio en la modalidad de daños.
REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. ESPECIALISTA LEGAL
RAUL RAMOS PEREZ, 25, 26 Y 27 de JULIO del 2016
En el Expediente número 1419-2016-0-0401-JRFP-03. Ante el Tercer Juzgado de Familia, que
Despacha la señora Jueza Julia Maria Montesinos
Y Montesinos Hartley, con intervención de la Dra.
Maria Alejandra Pinto Sánchez, en el proceso sobre
Denuncia Penal (Infractores), se ha ordenado se
notifique por edictos judiciales a Juana Rodríguez
Pastor de lo siguiente: Siendo el estado del proceso
se señala como fecha para LA AUDIENCIA DE ESCLARECIMIENTO DE HECHOS para el dia Viernes DOCE
de AGOSTO DEL PRESENTE AÑO A las CATORCE HORAS en el despacho del Tercer Juzgado de Familia
debiendo notificar a los y demás co investigados
Jordy Alexander Luque Mamani, Adolfo Rivaldo
Salcedo Gómez James Fernando Valdivia Canaza y
Marco Antonio Valencia Fernández, a los agraviados
Yovaner Belisario Oha y Juana Rodríguez Pastor asi
como a los investigados asi como peritos y testigos
que puedan haberse ofrecido.(25-26-27 julio)
En el Expediente número 5333-2015-0-0401-JRFC-03. Ante el Tercer Juzgado de Familia, que Despacha la Señora Jueza Montesinos y Montesinos, Julia Maria; con intervención de la Especialista Legal
Maria Alejandra Pinto Sánchez, en el proceso sobre
Violencia Familiar, se ha ordenado se notifique por
edictos judiciales a Barbarita Victoria Vásquez Viuda
de Valencia de lo siguiente: SE RESUELVE: ADMITIR
a trámite la demanda de VIOLENCIA FAMILIAR, interpuesta por el representante de la Tercera Fiscalía
de Familia, INGRID LILIANA ALVAREZ C0AGUILA, En
contra de MARIA VICTORIA VALENCIA VASQUEZ y
en contra de HUGO MIGUEL HUAMANI MAQUE, en
agravio de BARBARITA VICTORIA VASQUEZ VDA. DE
VALENCIA En VÍA DE PROCESO UNICO; en consecuencia, TRASLADO de la demanda por el plazo de
cinco dias a la parte demandada, para que conteste
los cargos expresados en la misma, bajo APERCIBIMIENTO de ser declarado REBELDE, por ofrecidos
los medios probatorios y a sus antecedentes los
anexos acompañados. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE
SABER.- Al primer otrosi: VISTOS Y CONSIDERANDO;
PRIMERO.- Que como lo prescribe el articulo 11 del
reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de
26260 modificado por la ley 27982, el Juzgado está
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
facultado a pronunciarse respecto de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público relativas
a medidas de protección dictadas al inicio de una
investigación sobre Violencia Familiar. SEGUNDO.Que del análisis realizado a los medios probatorios
aparejados por el Ministerio Público, aparece que
los autos son suficientes y justifican la vigencia de
aquellas medidas; por lo que, SE RESUELVE: CONFIRMAR la Resolución número 2457-2015-3FPF-MP-AR,
por lo tanto, VIGENTES las medidas de protección
inmediatas de A) Prohibición de acoso a la victima
Barbarita Victoria Vásquez Vda. De Valencia por
parte de los demandados Maria Victoria Valencia
Vásquez y Hugo Miguel Huamani Maque, en todo
momento y bajo cualquier circunstancia, bajo
apercibimiento de ser denunciado penalmente por
delito de desobediencia a la autoridad. B) El Otorgamiento de Garantías por la Comisaria de Congata a
favor de la víctima. C) El seguimiento de una terapia
psicológica y de orientación familiar, habiendo el
Ministerio Público cursado los oficios correspondientes para su cumplimiento. TÓMESE RAZÓN Y
HÁGASE SABER.-Al segundo y tercer otrosí.- téngase presente Al cuarto otrosí.-Estando a lo solicitado
por el Ministerio Público, conforme a lo dispuesto
por el artículo 179 del Código Procesal Civil y 17 del
reglamento de la Ley de Protección de Violencia Familiar 26260, se concede auxilio judicial a la parte
agraviada; en consecuencia, se concede a la parte
demandada el plazo de tres días de notificado con
la presente para que concurra al local del Juzgado
a fin de tomar conocimiento de la demanda y sus
anexos, % obtener copias simples de dichos documentos, debiendo identificarse pon su documento
de identidad al concurrir al Juzgado con finalidad
que se le otorgue acceso al expediente. (25-26-27
julio)
1° Juzgado de Familia EXPEDIENTE MATERIA JUEZ
ESPECIALISTA MINISTERIO PUBLICO DEMANDADO
AGRAVIADO 335-2015-0-0401 -JR-FC-01 VIOLENCIA
FAMILIAR AQUIZE CACERES ROCIO DEL MILAGRO
MEJIA CACERES IDELMA ISABEL PRIMERA FISCALIA
PROVINCIAL DE FAMILIA GUTIERREZ ANCCORI, ALBERTO HANCCO ANCCORI, VICTORIA Expediente
5335-2015, Primer Juzgado Especializado de Familia, Juez Dra. Roció Aquize Cáceres, en el proceso de
Violencia Familiar seguido por el Ministerio Público
en agravio de Victoria Hancco Anccori en contra de
Alberto Gutiérrez Anccori, se notifica al demandado
Alberto Gutiérrez Anccori, con la parte pertinente
de la resolución 02 y 03-2016: RESUELVO: ADMITIR
a trámite la demanda de Violencia Familiar interpuesta por la Señora Fiscal de la Tercera Fiscalía
Provincial de Familia, doctora Ingrid Liliana Alvarez
Coaguila, a favor de VICTORIA HANCCO ANCCORI en
contra de don ALBERTO GUTIERREZ ANCCORI, sobre
violencia familiar, en vía de proceso único, en consecuencia, traslado de la demanda interpuesta por
el término de cinco días, al demandado, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. T.R.y
H.S. (25-26-27 julio)
EL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO MIXTO DE CARAVELÍ,
DR. MIGUEL MOLLO LLOQUE HA ORDENADO EN EL
EXPEDIENTE NRO. 53-2016-0-0403-JM-CI-01, NOTIFICAR MEDIANTE EDICTOS AL SR. JHON MANUEL
QUIÑONES RAMOS Y JORGE ANTONIO QUIÑONES
RAMOS , LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO Y TRES,
QUE RESUELVE: APERTURAR INVESTIGACIÓN TUTELAR POR ABANDONO MORAL Y MATERIAL A FAVOR
DE LOS MENORES J.K.Q; A.D.Q.S; M.D.S.Q;J.J.M.Q.S.
y A.S.A.Q.S., DICTANDO MEDIDAS DE PROTECCIÓN
A SU FAVOR DISPONIENDOSE SU INTERNAMIENTO
EN FORMA PROVISIONAL EN LA ALDEA INFANTIL
VIRGEN DEL BUEN PASO DE CARAVELÍ, RECÍBASE LA
DECLARACIÓN DE LOS SRES. JHON MANUEL QUIÑONES RAMOS Y JORGE ANTONIO QUIÑONES RAMOS,
PARA EL DÍA MIERCOLES TREINTA Y UNO DE AGOSTO
DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS NUEVE HORAS CON
TREINTA MINUTOS EN LA SALA DE AUDIENCIAS
DEL JUZGADO MIXTO DE CARAVELÍ, DEBIENDO DE
NOTIFICARSE POR EL TERMINO DE TRES DÍAS CON
INTERVALOS DE TRES DÍAS, EL PRESENTE EDICTO .
CARAVELI 14 DE JULIO (25-26-27 julio)
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Acari, Sec. Carlos
Benites Machuca, Expediente No 00174-2015 se ha
dispuesto notificar por edictos estando a lo ordenado mediante Resolución No. 03 -2016 Acari, 11 de
Julio del 2016. Declarar REBELDE don JESUS MARTIN
MONTOYA MONTOYA. SE SEÑALA; fecha para la realización de la Audiencia Única para el día VEINTISEIS
DE JULIO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ.
Fdo. Doctora Marisol Mónica Ramos Pacsi. Juez (s)
del Juzgado de Paz Letrado de Acari. Carlos Benites
Machuca. Secretario Judicial. Acari, 11 de Julio de
2016. (27 julio y 01-02 agosto)
NOTIFICACION POR EDICTO
POR ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA, QUE
DESPACHA EL DOCTOR HUMBERTO VALDIVIA TALAVERA CON INTERVENCIÓN DE LA ESPECIALISTA
LEGAL CARMEN ALICIA GASEA MOLINA SE TRAMITA
EL EXPEDIENTE NÚMERO 6966-2015 SOBRE VIOLENCIA FAMILIAR; SE HA DISPUESTO LA NOTIFICACIÓN
MEDIANTE EDICTOS; RESOLUCIÓN NÚMERO 01 DE
FECHA 28 DE MARZO DEL 2016, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA DE VIOLENCIA FAMILIAR INTERPUESTA POR EL MINISTERIO PÚBLICO
EN AGRAVIO DE MARITZA TUMI CARI, EN CONTRA
DE JORGE ALBINO BEGAZO SOTO, TRAMITÁNDOSE
LA PRESENTE CAUSA EN VÍA DE PROCESO ÚNICO;
EN CONSECUENCIA, SE DISPONE NOTIFICAR AI DEMANDADO JORGE ALBINO BEGAZO SOTO POR EDICTOS, POR EL PLAZO DE VEINTICINCO DÍAS, BAJO
APERCIBIMIENTO EN CASO DE NO APERSONARSE A
PROCESO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL.
MOLLENDO, 18 DE JULIO DEL 2016.- (27 julio y 0102 agosto)
Proceso número 2015-4626-JPU JUZGADO PENAL
UNIPERSONAL DE ISLAY-MOLLENDO ESPECIALISTA
JUDICIAL: KAREN MARYBETH FARFÁN DELGADO SE
CITA Y SE EMPLAZA, AL ACUSADO JOSE ARMANDO
CERDEÑA LIU, CON EL FIN DE QUE SE APERSONE AL
LOCAL DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL, SITO
EN CALLE COMERCIO NÚMERO 771 - MOLLENDO,
EL DÍA DIEZ DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO A LAS
DIEZ HORAS PARA LA DILIGENCIA DE JUICIO ORAL,
BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADOS REOS
AUSENTES O CONTUMACES EN CASO DE INCONCURRENCIA, ELLO EN EL PROCESO N° 2015-4626 SEGUIDO EN SU CONTRA POR EL DELITO DE ESTAFA EN
AGRAVIO DE LENY SILVANA VALDIVIA CÁMARA. (27
julio y 01-02 agosto)
En el proceso N° 09651-2016-0-0401-JR-FT-03,
tramitado ante el tercer Juzgado de Familia, que
despacha la Juez Julia Montesinos y Montesinos
Hartley, proceso especial de tutela en mérito a la
Ley 30364 seguido por María Ticona Cahuína en
nombre propio y en representación de la niña de
iniciales L.L.T. en contra de Alipio Loayza Quispe; se
ha ordenado notificar a ALIPIO LOAYZA QUISPE, mediante EDICTOS por el plazo de tres días en forma
interdiaria a efectos que tome en conocimiento que
en la resolución número dos de fecha catorce de
julio del dos mil dieciséis, se ha RESUELTO: DICTAR
como medidas de protección a favor de MARIA TICONA CAHUINA y la niña L.L.T. que deberá cumplir
ALIPIO LOAYZA QUISPE las siguientes: 1 .-El denunciado ALIPIO LOAYZA QUISPE, se encuentra prohibido de acercarse a la denunciante MARIA TICONA
CAHUINA y a su menor hija L.LT, en cualquier lugar
público o privado, en su hogar, centro de trabajo o
de estudios a menos de quinientos metros; y si se
encuentra bajo los efectos del licor la distancia se
incrementará a setecientos metros. 2.- El denunciado ALIPIO LOAYZA QUISPE, se encuentra prohibido de comunicarse por cualquier vía o medio
a la denunciante MARIA TICONA CAHUINA y a su
menor hija L.L.T. 3 - El denunciado ALIPIO LOAYZA
QUISPE, se encuentra prohibido de acercarse al domicilio de la denunciante y su menor hija, a menos
de quinientos metros, se encuentra prohibido de
ingresar a dicho domicilio de la denunciante. 4.- En
caso que la resolución 2-2016 expedida en el expediente 4124-2016-0-0401-JR-FC-01 ya no estuviera
surtiendo sus efectos, este Despacho dicta también
como medida de protección el retiro del agresor
del domicilio de la denunciante, por lo que no
puede volver a ingresar a dicho domicilio, en tanto
la presente resolución se encuentre vigente. 5.- El
denunciado deberá cumplir la medidas precedentemente dictadas bajo apercibimiento de incurrir
nuevamente en desobediencia a la autoridad y ser
denunciado por este ilícito por lo que si personal
policial, verifica que ha incumplido dicho mandato deberá dar cuenta inmediata a la Fiscalía penal
para que proceda de acuerdo a sus atribuciones.
6.- Personal Policial de la comisaria del Sector del
domicilio de la denunciante deberá continuar prestando garantías al a denunciante, debiendo acudir
a cualquier llamado de auxilio ante cualquier hecho
de violencia que pudiera propiciar el denunciado;
deberá continuar también con realizar constataciones semanales respecto a lo ordenado en esta
resolución, dando cuenta al a Fiscalía penal directamente del incumplimiento. DISPONGO: Que la Policía Nacional del Perú, a través de la Comisaría de
Congata se encargue de la ejecución de lo ordenado en la presente resolución, bajo responsabilidad.
ORDENO que por secretaría se cursen los oficios
respectivos. REMÍTANSE los actuados a la Segunda
Fiscalía Provincial Penal Corporativa, Doctora Isabel
Hurtado Mazeyra para que, conforme a ley, se avoque a su conocimiento. Y estando a que se desconoce el domicilio del denunciado, la presente deberá
notificarse al denunciado por edictos en el Diario
La República, así como se remitirá una copia de la
presente a la Comisaría de Congata quienes deberán notificar la misma al denunciado cuando éste
sea habido, dando cuenta al juzgado. TR y HS.- Firma Juez Julia Montesinos y Montesinos, Esp. Legal
Karina Colmenares. Arequipa, 19 de julio del 2016.
(27 julio y 01-02 agosto)
EXPEDIENTE: N° 5029-2016-TURNO “A” COMISARIAS
SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS
TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE
BERTHA UCHANI SARMIENTO DISPONE QUE SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS AL IMPUTADO ELMER
Miércoles, 27 de julio del 2016
VARGAS GORVEÑA CON LA RESOLUCION NUMERO
TRES DE FECHA VEINTE DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIES QUE RESUELVE: : CONCEDER RECURSO DE
APELACIÓN, CON EFECTO SUSPENSIVO, A FAVOR
DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA,
EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN NÚMERO DOS, DE
FECHA DOCE DE MAYO DE DOS MIL DIECISÉIS; EN
CONSECUENCIA ELÉVESE LOS ACTUADOS AL SUPERIOR CON LA DEBIDA NOTA DE ATENCIÓN, UNA
VEZ DEVUELTAS LAS CÉDULAS DE NOTIFICACIÓN,
SIN PERJUICIO DE NOTIFICAR MEDIANTE EDICTOS
A LA PARTE IMPUTADA. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE
SABER.- ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ,
27 DE JULIO Y 01 Y 02 DE AGOSTO DEL 2016
NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
EXPEDIENTE NÚMERO 8577-2016-0-0401-JR-FC-01,
EN LOS SEGUIDOS EN CONTRA DE AGUILAR LAURA
GLOVER NEY EN AGRAVIO DE HUAMANI LAURA JENNY JANETH, POR VIOLENCIA FAMILIAR, LA SEÑORA
JUEZA DEL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE LA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA, CON
INTERVENCIÓN DE LA SECRETARIA JUDICIAL ROSA
MARÍA CALDERÓN CORONEL, POR RESOLUCIÓN NÚMERO TRES, DE LA FECHA; SE HA DISPUESTO NOTIFICAR POR EDICTOS A AGUILAR LAURA GLOVER NEY,
A FIN DE NOTIFICAR LA RESOLUCIÓN NÚMERO 02
CUYO EXTRACTO ES COMO SIGUE: SE RESUELVE: 1)
NO DICTAR medidas de protección y REMÍTASE ios
actuados a ia Fiscalía Penal correspondiente para
los fines de ley. JUEZA ROCÍO DEL MILAGRO AQUIZE
CÁCERES. SECRETARIO JUDICIAL ROSA MARÍA CALDERÓN CORONEL.
(27 julio y 01-02 agosto)
NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL Expediente No
2016-128-02-040801 -JZ-PE-01 El Señor Juez de
Investigación Preparatoria, doctor José Humberto
Núñez Muñoz de la Provincia de La Unión-Cotahuasi, ha dispuesto notificar a los investigados ROLANDO MOTTE QUISPE, WELLIAM CONDORI SAVINA con
la Resolución N° 003-2016 que dispone llevar ha
cabo la AUDIENCIA DE INTERVENCIÓN CORPORAL el
día 02 de agosto del 2016 a horas 11:00 de la mañana en la Sala de Audiencia del Módulo Básico de
Justicia , sito en la calle Libertad N° 201 Cotahuasi,
audiencia que se instalará con la presencia obligatoria del Fiscal, imputados Rolando Motte Quispe y
Welliam Condori Savina y abogados de la defensa
privada, en caso de inasistencia se llevara ha cabo
con el Defensor Público Penal-Cotahuasi. Firmado
José Humberto Núñez Muñoz Juez Investigación
Preparatoria y Especialista de Causa Sonia cornejo
C. Cotahuasi, 05 de Julio del 2016. (25-26-27 julio)
NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL Expediente No
2014-135-01-0-040801 -JZ-PE-01 El Señor Juez de
Investigación Preparatoria, doctor José Humberto
Núñez Muñoz de la Provincia de La Unión-Cotahuasi, ha dispuesto notificar a los investigados
LADISLAO MÁXIMO CASTAÑEDA LÓPEZ, ELMER
MOTTA RAMOS, EDUARDO DIOMEDES ARCOS LÓPEZ, HENRY WILLIAM RIVAS NAVARRO, WALTR VIGIL
LEÓN, MIGUEL IVAN TACO GAVILAN Y JORGE LUIS
BAÑOS IGNACIO y a los agraviados EDGAR BALTAZAR LLAMOCA CASTRO, DAVID HÉCTOR QUISPE
CORNEJO, BERNEDO MANUEL QUISPE TORRES, con
la Resolución N° 002-2015, que dispone poner en
conocimiento el Requerimiento de sobreseimiento
a los justiciables por el plazo de 10 días hábiles a
efecto de que pueden actuar conforme a lo establecido en el artículo 345 del C.P.P, ello de considerarlo pertinente y vencido el plazo se procederá
a programar fecha y hora para la realización de la
audiencia preliminar para debatir los fundamentos
del requerimiento de sobreseimiento. Firmado por
el Juez doctor José Humberto Núñez Muñoz y el
Especialista de Causa Sonia cornejo C. Días publicados 01. 02 Y 03 de agosto del 2016. Cotahuasi, 06
de Julio del 2016.
Expediente 5671-2015-VF, Primer Juzgado Especializado de Familia, Juez Dra. Roció Aquize Cáceres, en
el proceso de Violencia Familiar seguido en agravio
de María Basilia Ojeda Luna en contra de Julia Marlene Zegarra de Rojas, se notifica a la demandada
JULIA MARLENE ZEGARRA DE ROJAS, con la parte
pertinente del Acta de Audiencia Especial: “RESUELVO: Dictar como medidas de protección a favor de
la víctima las siguientes: 1. La denunciada JULIA
MARLENE ZEGARRA DE ROJAS no podrá volver a
agredir a la víctima de ninguna manera, es decir, ni
física ni psicológicamente, bajo apercibimiento de
ser denunciada por desobediencia a la autoridad. 2.
Dispongo que los miembros de la Policía Nacional
del Perú del sector del domicilio de las partes concurran al domicilio de la agraviada en el caso de que
se produzcan nuevos hechos de violencia, debiendo de poner en conocimiento de la Fiscalía Penal
correspondiente, para la denuncia penal a la que
hubiere lugar, para lo cual ofíciese. 3. Ordeno que
para superar los problemas advertidos, la parte se
constituya ante el psicólogo de la posta médica de
Trece de Enero, quien deberá atenderlos y tratarlos
gratuitamente, para lo cual ofíciese. Tómese razón y
hágase saber.- REMÍTANSE los actuados al Fiscal Penal de Turno para que se avoque a su conocimiento
y tramitación. Corte Superior de Arequipa. Abogada
Karina Valdeiglesias Chambizea Sec. Judicial. Primer
Juzgado Especializado de Familia. Arequipa, 2016
julio 7. (21-22-25 julio)
EXPEDIENTE: N° 4416-2015- TURNO “A” COMISARIAS
SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS
TURNO “A”LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE PAMELA ZAMBRAN ACUÑA dispone que se notifique
mediante edictos a la parte imputada CESAR GUTIERREZ BAES con LA RESOLUCIÓN NÚMERO DOS
DE FECHA VEINTIDOS DE FEBRERO DEL DOS MIL
DIECISIES QUE RESUELVE: 1.- ARCHIVAR las actuaciones en torno al proceso seguido por DARIO BERNAVEL MAMANI PARICELA, CESAR GUTIERREZ BAEZ
Y WILMER QUISPE COAQUIRA, por Faltas contra la
Persona en la modalidad de lesiones, a quien se
le deberá notificar la presente resolución para los
efectos correspondientes. 2.- REMITIR los actuados
al Ministerio Público a fin de que se avoque a su
conocimiento, en agravio de CHRISTIAN SPENCER
VALDIVIA ARCE conforme lo dispuesto en el Quinto
considerando. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- Y
LA RESOLUCION NUMERO CUATRO DE FECHA SEIS
DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO QUE RESUELVE: Al
escrito N° 2705-2016: Por recibidos los actuados
provenientes del Ministerio Público y según se
advierte del acta de intervención policial de fecha
veintitrés de octubre del dos mil quince, que al ser
intervenidas las personas de Percy Mamani Quispe
y José Mamani Lirios habrían dado datos incorrectos, teniendo en cuenta además que al momento de
la intervención en el acta se indica que no contaban
con documentos de identidad, más aún de la consulta en la RENIEC se aprecia que la persona de José
Mamani Lirios no se encuentra registrado, asimismo
de los actuados se tiene que posteriormente se habría individualizado a los intervenidos como Wilmer
Quispe Coaquira y Cesar Gutiérrez Baez, además de
Darío Bernavel Mamani Paricela, consecuentemente
no habría participación de otras dos personas más
en los hechos ocurridos, además su representada
debe tener en cuenta de la declaración efectuada
por la parte agraviada CRISTIAN VALDIVIA ARCE no
refiere en ningún extremo que hayan participado
cinco personas, hechos también corroborados en
las declaraciones de los intervenidos DARIO MAMANI PARICELA Y WILMER QUISPE COAQUIRA en donde
en ningún extremo indican que además de estar
en compañía de Cesar Gutiérrez Baes habrían otras
dos personas más, motivo por el cual se debe tener
por aclarado que las personas intervenidas habrían
sido individualizados posteriormente como DARIO
BERNAVEL MAMANI PARICELA, CESAR GUTIERREZ
BAES Y WILMER QUISPE COAQUIRA como las personas que participaron de los hechos investigados y
conforme a lo resuelto por éste despacho estese a
lo dispuesto en la resolución número dos del dos
mil dieciséis y estando a las devoluciones efectuadas por la central de notificaciones respecto de los
domicilios de CHRISTIAN SPENCER VALDIVIA ARCE
Y CESAR GUTIERREZ BAES. NOTIFIQUE mediante
edictos en el Diario la República y una vez hecho
devuélvase los actuados al Ministerio Público, ESPECIALISTA LEGAL RA UL RAMOS PEREZ, 21-22-25 de
JULIO del 2016
Expediente: 6343- 2014-Secreiano: PERCY BALLON
RAMOS. Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro
Colorado Turno “B” de Comisarias de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. El Quinto Juzgado de
Paz Letrado de Cerro Colorado-ubicado en la calle
Tupac Amaru 464 Cerro Colorado ha dispuesto se
notifique al inculpado HUGO CHACO VALLEJO con
la resolución No.06. Parte resolutiva. III. PARTE
RESOLUTIVA: Por lo expuesto, este Juzgado de Paz
Letrado ha resuelto: 1) CITAR A JUICIO, In proceso
de faltas, a la persona de JOSE ANGEL RUIZ LOAYZA;
por la |comisión de FALTAS CONTRA LA PERSONA ,
EN LA MODALIDAD DE LESIONES Conforme
lo previsto en el primer párrafo articulo cuatrocientos Cuarenta y uno , del Código Penal, en agravio de FLORA ACCOSTUPA I PUMASUPA.-2) SE DICTA
MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES
en contra del imputado HUGO CHACO VALLEJO 3)
FIJAR fecha para la realización de la AUDIENCIA
ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el
Día dieciséis de agosto del 2016 a las 9.00 A.M. ; en
el local, del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Cerro Colorado, ubicado en la calle Tupac Amaru 4 64
Cerro Colorado. Audiencia a la que deberán asistir:
La parte imputada HUGO CHACO VALLEJO , con su
abogado defensor, bajo apercibimiento de ordenar
su comparecencia por medio de I la fuerza pública en caso de inconcurrencia; y la parte agraviada
constituida en querellante particular FLORA ACCOSTUPA PUMASUPA, deberá concurrir con abogado
defensor, bajo apercibimiento efe dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además,
las partes procesales, deberán tener en cuenta a la
audiencia se llevará acabo en una sola sesión (de ser
posible), por ello, los abogados deberán concurrir
preparados para presentar sus alegatos oralmente
y para la postulación probatoria que estimen conveniente en dicha Inicia oportunidad, pudiendo
asistir acompañados de los medios probatorios que
Miércoles 27 de julio del 2016
pretendan hacer valer. 4) DISPONGO: que por Secretaría del juzgado se notifique debidamente con la
presente a las partes .Asumiendo Competencia la
Juez titular que autoriza.- Tómese razón y hágase
saber. Ello en el proceso número 6343- 2014 que
sobre Faltas Contra la Persona en la modalidad de
Lesiones, se sigue en agravio de FLORA ACCOSTUPA
PUMASUPA contra de la parte imputada HUGO CHACO VALLEJO.-Arequipa 18 de abril del 2016. (21-2225 julio)
NUEVO CODIGO PROCESAL.- Expediente No
2016-128-02-040801-JZ-PE-01 El Señor Juez de
Investigación Preparatoria doctor Jose Humberto Nuñez Muñoz de la Provincia de La Unión-Cotahuasi, ha dispuesto notificar a los investigados
ROLANDO MOTTE QUISPE WELLIAM CONDORI SAVINA con la Resolución Nº 003-2016 que dispone
llevar ha cabo la AUDIENCIA DE INTERVENCIÓN
CORPORAL el día 02 de agosto del 2016 A HORAS
11.00 de la mañana en la Sala de Audiencia del
Módulo Básico de Justicia sito en la calle Libertad
Nº 201, Cotahuasi audiencia que se instalará con
la presencia obligatoria del Fiscal Imputados Rolando Motte Quispe y Welliam Condori Savina y
abogados de la defensa privada, en caso de inasistencia se llevara a cabo con el Defensor Público
Penal-Cotahuasi. Firmado Jose Humberto Nuñez
Muñoz Juez Investigación Preparatoria y Especialista de Causa Sonia Cornejo C. Cotahuasi 05 de
julio del 2016. (21-22-25 de julio)
El Décimo Juzgado de Paz Letrado del Cercado de Arequipa, que Despacha la Señora Jueza
Doctora LOURDES FELICITAS CABRERA MOLINA, con intervención de la Especialista Legal
Tatiana Chong Torreblanca, en el Expediente Nro.
01204-2014-0-0401-JP-FC-07, seguido por ANGELICA MARIA CORIA CORAL, en contra de ROMULO
RICARDO MOLLO YALLERCO, sobre ALIMENTOS, ha
dispuesto se notifique por EDICTOS al demandado
ROMULO RICARDO MOLLO YALLERCO, el contenido de las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN
NRO. 01: De fecha 23 de Abril 2015: SE RESUELVE:
ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO UNICO,
la presente demanda de COBRO DE ALIMENTOS,
presentada por ANGELICA MARIA CORIA CORAL, en
representación del menor DAVID SALOMON MOLLO
CORIA, en contra de ROMULO RICARDO MOLLO YALLERCO y SE DISPONE: CONFERIR TRASLADO con
la demanda a la parte demandada, por el plazo
de CINCO DÍAS para su absolución, quien deberá
acompañar a su contestación el anexo especial a
que refiere el artículo 656 del Código Adjetivo glosado, sin cuyo requisito no se le admitirá; por ofrecidos los medios probatorios, a sus antecedentes
los anexos acompañados. RESOLUCIÓN NRO. 02: De
fecha 5 de abril del 2016: SE RESUELVE: NOTIFICAR
POR EDICTOS, al demandado ROMULO RICARDO
MOLLO YALLERCO, con el contenido de la demanda
y la resolución número uno que admite a trámite
la demanda incoada, debiendo éste apersonarse al
proceso, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE
CURADOR PROCESAL. Efectúese las publicaciones
de los edictos, conforme a las formalidades establecidas en los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil. Concediendo el plazo de quince días al
demandado para la absolución del traslado con la
resolución referida- Tómese razón y hágase saber.
AREQUIPA, 01 de Julio del 2016.
(22-25-26
julio)
1o Juzgado de Familia, EXPEDIENTE, MATERIA,
JUEZ, ESPECIALISTA MINISTERIO PUBLICO DEMANDADO AGRAVIADO 05335-2015-0-0401-JR-FC-01
VIOLENCIA FAMILIAR AQUIZE CACERES ROCIO DEL
MILAGRO MEJIA CACERES IDELMA ISABEL PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL DE FAMILIA , GUTIERREZ
ANCCORI, ALBERTO HANCCO ANCCORI, VICTORIA.EDICTO JUDICIAL Expediente 5335-2015, Primer
Juzgado Especializado de Familia, Juez Dra. Roció
Aquize Cáceres, en el proceso de Violencia Familiar seguido por el Ministerio Público en agravio
de Victoria Hancco Anccori en contra de Alberto
Gutiérrez Anccori, se notifica al demandado Alberto Gutiérrez Anccori, con la parte pertinente de la
resolución 02 y 03-2016: RESUELVO: ADMITIR a trámite la demanda de Violencia Familiar interpuesta
por la Señora Fiscal de la Tercera Fiscalía Provincial
de Familia, doctora Ingrid Liliana Alvarez Coaguila,
a favor de VICTORIA HANCCO ANCCORI en contra de
don ALBERTO GUTIERREZ ANCCORI, sobre violencia
familiar, en vía de proceso único, en consecuencia,
traslado de la demanda interpuesta por el término
de cinco días, al demandado, bajo apercibimiento
de nombrársele curador procesal. T.R.y H.S. (22-2526 julio)
Expediente: 2014-7504 Secretaria: LUZ ELIANA GUTIERREZ CHACON. Quinto Juzgado de Paz Letrado
de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia
de Arequipa. El Quinto Juzgado de Paz Letrado de
Cerro Colorado-ubicado en la calle Tupac Amaru
464 Cerro Colorado ha dispuesto se notifique al
imputado JHONATHAN MURILLO CANO y a la agraviada JENNY RAQUEL CONDORI ALARCON con la
resolución No. 09. Parte resolutiva. PARTE RESOLU-
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
TIVA: SE RESUELVE: hacer efectivo el apercibimiento
contenido en la resolución que obra en autos y en
consecuencia tener por desistida tácitamente a la
parte agraviada JENNY RAQUEL CONDORI ALARCON
del presente proceso por Faltas Contra la Persona
seguido en contra de JHONATHAN MURILLO CANO;
en consecuencia: DISPONGO: El Archivo del presente proceso. Tómese razón y hágase saber. . Ello
en el proceso numero 7504-2014 que sobre Faltas
Contra la Persona en la modalidad de lesiones dolosas, se sigue en agravio de JENNY RAQUEL CONDORI ALARCON contra del imputado JHONATHAN
MURILLO CANO. Arequipa, 24 DE JUNIO DEL 2016.
(25-26-27 julio)
EXPEDIENTE : 04547-2015-0-0401-JP-PE-01, ESPECIALISTA : RAUL RAMOS PEREZ, 5° JUZGADO DE
PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías .- El 5o
Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio
Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique
a la parte agraviada ROSSMERY SUSANA RAMOS
ALMIRON. Con la siguiente resolución N° 04-2015.
Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada ROSSMERY
SUSANA RAMOS ALMIRON; del presente proceso
por Faltas Contra la persona en la modalidad de
lesiones dolosas seguido en contra de FRANCISCO
SALVADOR QUISPE TOROCAHUA; en consecuencia
SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la
presente resolución deberá ser notificada mediante
edictos. Regístrese y notifíquese.- (25-26-27 julio)
EXPEDIENTE: 04993-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH MURILLO CALCIN 5° JUZGADO
DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o
Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio
Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique
a la parte agraviada ERICK PAUL PAREDES VARGAS.
Con la siguiente resolución N° 03-2016. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada ERICK PAUL PAREDES
VARGAS; del presente proceso por Faltas Contra la
persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de HUGO REYNALDO DELGADO
AGUILAR; en consecuencia SE DISPONE: Tener por
FENECIDO el presente proceso y el archivo de las
actuaciones. Asimismo la presente resolución deberá ser notificada mediante edictos. Regístrese y
notifíquese.- (25-26-27 julio)
EXPEDIENTE : 04947-2016-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA
: JANETH ROCIO MURILLO CALSIN 5o
JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o Juzgado de Paz Letrado ubicado en
la calle Palacio Viejo N° 112, Cercado de Arequipa,
interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a la agraviada Vilma Isabel Castrejón Cabanillas y al imputado a Richar Raúl Jambo
Marchena, con la siguiente resolución N° 04. Parte
resolutiva. SE DISPONE: FIJAR nueva fecha para la
realización de la AUDIENCIA ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el DÍA 19 DE OCTUBRE DE
DOS MIL DIECISEIS A LAS 10:00 HORAS; en el local
del Quinto Juzgado de Paz Letrado ubicado en la
calle Palacio Viejo Nro. 112 del Cercado de Arequipa - Comisaría de Palacio Viejo. Audiencia a la que
deberán concurrir la parte imputada: RICHAR RAUL
JAMBO MARCHENA, con su respectivo abogado,
bajo apercibimiento de ordenar su comparescencia
por medio de la fuerza pública en caso de inconcurrencia: Y la parte agraviada: VILMA ISABEL CASTREJON CABANILLAS, con su respectivo abogado, bajo
apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en
caso de inconcurrencia: en este proceso por faltas.
Además las partes procesales deberán tener en
cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán
concurrir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen
conveniente en dicha única oportunidad, pudiendo
asistir acompañados de los medios probatorios que
pretendan hacer valer. DISPONGO: Que Secretaria
del Juzgado notifique a la parte imputada mediante
edictos conforme aparece de los antecedentes de la
misma forma mediante edictos a la parte agraviada
al estar dispuesto en la presente resolución. Se hace
saber a las partes, que el señalamiento de audiencias se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias programadas
en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haberse asumido la carga del Juzgado de Paz
Letrado Comisaría Turno “B” por motivo de traslado
del mismo a Cerro Colorado; lo que imposibilita señalar audiencias en fechas más próximas. Regístrese
y comuníquese. (25-26-27 julio)
EXPEDIENTE : 02415-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA
: JANETH MURILLO CALCIN 5oJUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El
5oJuzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio Viejo N°112, Cercado de Arequipa, interior de la
Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique
a la parte imputada CLEMENTE ADOLFO MAMANI
TACURI. Con la siguiente resolución N° 06-2016. Par-
te resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO
TÁCITAMENTE a la parte agraviada ANA AIDE SAGUA
CHACOLLA; del presente proceso por Faltas Contra
la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de CLEMENTE ADOLFO MAMANI
TACURI Y CELIA CAPIRA MAMANI; en consecuencia
SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo de las actuaciones. Asimismo la
presente resolución deberá ser notificada mediante
edicto. Regístrese y notifíquese.- (25-26-27 julio)
EXPEDIENTE : 04599-2015-0-0401 -JP-PE-01 ESPECIALISTA
: JANETH MURILLO CALCIN 5° JUZGADO DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías
El 5oJuzgado de Paz Letrado ubicado en la calle
Palacio Viejo N°112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto
se notifique a la parte agraviada NAYDA CORNEJO
SOTO Y CINTHIA YANQUI CORNEJO representado
por su progenitora. Con la siguiente resolución N°
04-2015. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER
POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada
NAYDA CORNEJO SOTO Y CINTHIA YANQUI CORNEJO representado por su progenitora; del presente
proceso por Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas agravadas seguido en contra de JARRIN YANQUI FLORES; en consecuencia SE
DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y
el archivo de las actuaciones. Regístrese y notifíquese.- (25-26-27 julio)
EXPEDIENTE: N° 2912-2015-TURNO “A” COMISARIAS
SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS
TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE
DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone
que se notifique mediante edictos a la parte imputada SANDRA NOELIA VARGAS GONZALES con LA
RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS DE FECHA 20-06-2016
QUE RESUELVE: Hacer efectivo el apercibimiento
contenido en la resolución número uno y en consecuencia: SE DISPONE la CONDUCCIÓN POR LA
FUERZA PUBLICA, de la imputada: 1) ANGELA PAOLA CARPIO CALCINA, con DNI 44750708 con domicilio en Miguel Grau 117 Jesús María Paucarpata
de la provincia de Arequipa, 2) SANDRA NOELIA
VARGAS GONZALES DE RAMIREZ con DNI43196667
con domicilio en Malecón Paucarpata A-2 distrito
de Paucarpata de la Provincia de Arequipa, a fin
de que sea puesto a disposición de este Juzgado
el DIA 13 DE SETIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS A
LAS 10:30 HORAS para llevarse a cabo la audiencia
de juicio oral, Debiéndose oficiar al Ministerio de
Justicia para que designe un abogado defensor de
oficio para la parte imputada; asimismo, la agraviada MARIA DEL CARMEN AIMA CHILE, en su calidad
de querellante particular deberá concurrir con su
Abogado Defensor, bajo apercibimiento, en caso
de inasistencia, de declarar su desistimiento tácito,
conforme autoriza el Articulo 110 del Nuevo Código
Procesal Penal. DISPONGO 1) Que la Policía Judicial
- Departamento de Requisitorias, de cumplimiento
a la presente resolución, debiendo dar cuenta e
informar a este Despacho sobre lo ordenado, bajo
responsabilidad; para lo cual se cursarán los oficios
correspondientes. 2) Que Secretaría del Juzgado
notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes,
que el señalamiento de audiencia se hace conforme
a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las
diligencias programadas en el libro de audiencias,
las que se han incrementado al haber asumido este
despacho conocimiento respecto de los procesos
de faltas derivados de violencia familiar remitidos
por el Ministerio Público; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos. Debiendo
notificarse además mediante edictos a la partejmputada Sandra Noelia Vargas Gonzales De Ramírez.
Regístrese. (25-26-27 julio)
EXPEDIENTE: N° 00207-2015- JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAMANÁ. EL JUZGADO DE PAZ LETRADO
DE CAMANÁ DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE
AREQUIPA EL SEÑOR JUEZ QUE SUSCRIBE DOCTOR
JOEL JIM JANAMPA SANG dispone que se notifique
mediante edictos ROSMERI IPANAQUE DEL CARPIO
con la parte resolutiva de la resolución 09 de fecha
06 de julio dei 2016, que SE RESUELVE: RESOLUCION
09; RESUELVO: DE OFICIO: Siendo el estado del proceso, y a la constancia que antecede, se reprograma
Audiencia de Juicio Oral para el día dieciocho de
Agosto del dos mil dieciséis, a las ocho horas, en
el Local del juzgado de Paz Letrado de Camaná, a
la cual deberá de concurrir la parte imputada, bajo
apercibimiento de disponer su captura y conducción bajo la fuerza pública, y la parte agraviada bajo
apercibimiento de declararse el desistimiento tácito, en caso de inasistencia. Debiendo de notificarse
a la ROSMERI IPANAQUE DEL CARPIO, VÍA EDICTOS
con la parte Resolutiva de la presente resolución, en
el diario “La República”. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE
SABER. SECRETARIO LESLIE EDUARDO COLLANQUI,
AREQUIPA, 25, 26 y 27 de Julio del 2016.
EXPEDIENTE: N° 5776-2016- TURNO “A” COMISARIAS
SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGA-
DO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS
TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ DISPONE QUE SE
NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS A LA PARTE AGRAVIADA RUTH ESTHER VILLANUEVA ALANOCA con LA
RESOLUCIÓN NUMERO UNO DE PECHA 07-06-2016
QUE RESUELVE; SE RESUELVE: Tener por desistida A
LA PARTE AGRAVIADA RUTH ESTHER VILLANUEVA
ALANOCA DEL PRESENTE PROCESO POR FALTAS
CONTRA EL PATRIMONIO; EN CONSECUENCIA: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso
Y EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. ESPECIALISTA LEGAL RAUL
RAMOS PEREZ, 25,26 Y 27 DE julio del 2016.- (2526-27 julio)
EXPEDIENTE: N° 5920-2016- TURNO “A” COMISARIAS
SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS
TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ DISPONE QUE SE
NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS A LA PARTE AGRAVIADA BRAULIO SUNI OLIVARES Y ABEL ENRIQUEZ
PACHECO con LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO DE FECHA 24-06-2016 QUE RESUELVE; SE RESUELVE: Tener
por FENECIDO el presente proceso POR TRANSACCIÓN ENTRE BRAULIO SUNI OLIVARES y ABEL ENRIQUEZ PACHECO; EN CONSECUENCIA: DISPONGO:
EL ARCHIVO DEFINITIVO DEL PRESENTE PROCESO.
TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. LA especialista
legal que suscribe interviene por licencia por enfermedad del titular. (25-26-27 julio)
EXPEDIENTE: N° 5705-2016- TURNO “A” COMISARIAS
SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS
TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE
DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ DISPONE
QUE SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS A LA PARTE AGRAVIADA NESTOR QUISPE CONDORI con LA
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO DE FECHA 07-06-2016
QUE RESUELVE; SE RESUELVE: Tener por desistida
A LA PARTE AGRAVIADA NESTOR QUISPE CONDORI
DEL PRESENTE PROCESO POR FALTAS CONTRA EL
PATRIMONIO; EN CONSECUENCIA: DISPONGO: Tener
por FENECIDO el presente proceso Y EL ARCHIVO DE
LAS ACTUACIONES. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, 25,
26 y 27 de julio del 2016
EXPEDIENTE: N° 5967-2016- TURNO “A” COMISARIAS
SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS
TURNO ‘A’ LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE
DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ DISPONE
QUE SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS A LA PARTE AGRAVIADA ASCENCION PUMA QUISPE CON LA
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO DE FECHA 23-06-2016
QUE RESUELVE: SE RESUELVE: TENER POR DESISTIDA
A LA PARTE AGRAVIADA ASCENCION PUMA QUISPE DEL PRESENTE PROCESO POR FALTAS CONTRA
EL PATRIMONIO; EN CONSECUENCIA: DISPONGO:
TENER POR FENECIDO EL PRESENTE PROCESO Y EL
ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. TÓMESE RAZÓN Y
HÁGASE SABER. LA especialista legal que suscribe
interviene por licencia por enfermedad del titular.
ESPECIALISTA LEGAL RA UL RAMOS PEREZ, 25,26 Y
27 DE JULIO del 2016.EXPEDIENTE: N° 5851-2016- TURNO “A” COMISARIAS
SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS
TURNO “A” LA SEÑORITA JTJEZA QUE SUSCRIBE
DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ DISPONE
QUE SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS A LA PARTE AGRAVIADA FLORENCIO VICENTE ANCCASI AGUI
LAR con LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO DE FECHA
21-06-2016 QUE RESUELVE; SE RESUELVE: Tener por
desistida A LA PARTE AGRAVIADA FLORENCIO VICENTE ANCCASI AGUILAR DEL PRESENTE PROCESO
POR FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO; EN CONSECUENCIA: DISPONGO: Tener por FENECIDO el presente proceso Y EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES.
TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. ESPECIALISTA
LEGAL RAUL RAMOS PEREZ, 25,26 y 27 DE JULIO
del 2016
EXPEDIENTE: N» 5847-2016- TURNO “A” COMISARIAS
SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS
TURNO “A”LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se
notifique mediante edictos a la parte agraviada
LUCERO IRENE TACO CHURATA con LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO DE FECHA 21-06-2016 QUE
RESUELVE: SE RESUELVE: Tener por desistida A LA
PARTE AGRAVIADA LUCERO IRENE TACO CHURATA
DEL PRESENTE PROCESO POR FALTAS CONTRA EL
PATRIMONIO; EN CONSECUENCIA: DISPONGO: Tener
por FENECIDO el presente proceso Y EL ARCHIVO
DE LAS ACTUACIONES. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE
5
SABER. ESPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ,
25,26 Y 27 DE JULIO del 2016
EXPEDIENTE: N° 4649-2016- TURNO “A” COMISARIAS
SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS
TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ DISPONE QUE SE
NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS A LA PARTE AGRAVIADA NELLY LAURA GARCIA con LA RESOLUCIÓN
NÚMERO DOS DE FECHA 02-05-2016 QUE RESUELVE; RESUELVO: ARCHIVAR LAS ACTUACIONES EN
TORNO AL PROCESO SEGUIDO POR YOLANDA LARICO QUISPE, NELLY LAURA GARCIA Y NELY ELVIRA
MOROCCO MAYTA POR FALTAS CONTRA LA PERSONA EN LA MODALIDAD DE LESIONES Y FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO EN LA MODALIDAD DE HURTO
AGRAVIO DE YOLANDA LARICO QUISPE A QUIENES
SE LES DEBERÁ NOTIFICAR la presente resolución
para los efectos correspondientes. TÓMESE RAZÓN
Y HÁGASE SABER.- (25-26-27 julio)
EXPEDIENTE : 05016-2015-0-0401-JP-PE-01 ESPECIALISTA : JANETH MURILLO CALCIN 5° JUZGADO
DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5o
Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio
Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaría de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique a
la parte imputada SABINA SOLEDAD TIN TAYA SULLA. Con la siguiente resolución N° 04-2016. Parte
resolutiva SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO
TÁCITAMENTE a la parte agraviada ELIZABETH ADELA PAUCAR ESCARCENA; del presente proceso por
Faltas Contra la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de SABINA SOLEDAD
TI NT AYA SULLA; en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO el presente proceso y el archivo
de las actuaciones. Asimismo la presente resolución
deberá ser notificada mediante edictos. Regístrese
y notifíquese.- (25-26-27 julio)
EXPEDIENTE: N° 4164-2016 TURNO “A” COMISARIAS
EPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ QUINTO
JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZ QUE SUSCRIBE
DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que
se notifique mediante edictos a la parte imputada
CINTHYA GERALDI PERALTA APAZA La resolución
número tres veinte de junio del dos mil dieciséis
que DISPONE: 1. Hacer efectivo el apercibimiento
contenido en la resolución número uno y en consecuencia: SE DISPONE la CONDUCCIÓN POR LA FUERZA PUBLICA, del imputado: 1) CINTHYA GERALDI
PERALTA APAZA, con DNI 47419102 con domicilio
en Conjunto habitacional Deán Valdivia (Enace) Mz
T lote 4 - Cayma de la provincia de Arequipa, a fin
de que sea puesto a disposición de este Juzgado
el DIA 02 DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A
LAS 11:30 HORAS para llevarse a cabo la audiencia
de juicio oral, Debiéndose oficiar al Ministerio de
Justicia para que designe un abogado defensor
de oficio para la parte imputada; asimismo, la agraviada MARILYN TAÑIA LOPEZ PONGO, en su calidad
de querellante particular deberá concurrir con su
Abogado Defensor, bajo apercibimiento, en caso
de inasistencia, de declarar su desistimiento tácito,
conforme autoriza el Artículo 110 del Nuevo Código
Procesal Penal. QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO
DE AREQUIPA- COMISARÍAS TURNO “A” CALLE PALACIO VIEJO N° 112 CERCADO - TELÉFONO-FAX 226399
DISPONGO 1) Que la Policía Judicial - Departamento de Requisitorias, de cumplimiento a la presente
resolución, debiendo dar cuenta e informar a este
Despacho sobre lo ordenado, bajo responsabilidad;
para lo cual se cursarán los oficios correspondientes. 2) Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en
autos. Se hace saber a las partes, que el señalamiento de audiencia se hace conforme a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las diligencias
programadas en el libro de audiencias, las que se
han incrementado al haber asufnldo éste despacho
la carga procesal del turno “B”; lo que imposibilita
señalar audiencias en fechas más próximas, arequipa 25,26, 27dejulio de 2016
EXPEDIENTE: N° 6241-2014 TURNO “A” COMISARIAS
EPECIALISTA LEGAL RAUL RAMOS PEREZ QUINTO
JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZ QUE SUSCRIBE
DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que
se notifique mediante edictos a la parte imputada
DELFINA CADENA HUAMANI La resolución número
ocho veinte de junio del dos mil dieciséis que DISPONE: Estando a la constancia emitida por el Secretario cursor al no haber asistido la parte imputada
a la audiencia única fijada para el día veinticinco
de mayo del dos mil dieciséis a las once horas con
treinta minutos, SE DISPONE: 1) REPROGRAMAR la
fecha para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA DE
JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTIDOS DE AGOSTO
DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS QUINCE HORAS en el
local del Quinto Juzgado de Paz Letrado - Turno A,
ubicado en calle Palacio Viejo, Audiencia a la que
6
La República
deberá comparecer POR LA FUERZA PÚBLICA conforme esta ordenado en autos, la imputada DELFINA CADENA HUAMANI, debiendo presentarse con
su abogado defensor, para lo cual se le designa un
defensor de oficio debiéndose cursar el oficio correspondiente al ministerio de justicia. Asimismo en
su condición de agraviado (querellante particular),
METRO CENCOSUD RETAIL PERU S.A con su abogado defensor deberán presentarse a la diligencia
programada, bajo apercibimiento de declarar su
desistimiento tácito en caso de inasistencia conforme a lo dispuesto en el artículo 110° del Nuevo
Código Procesal Penal. Debiendo las partes procesales, tener en cuenta que la audiencia se llevará a
cabo en una sola sesión, de ser posible, por lo que
los abogados deberán concurrir preparados para
presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatorio que estime conveniente; teniendo
en cuenta los criterios de pertinencia, conducencia,
y sobreabundancia (artículo 155° del N CPP), así
como los requisitos formales mínimos en caso de
prueba personal, examen de testigos y de peritos
(nombre completo, profesión, domicilio y extremos
de declaración) y de prueba documental, conforme
al artículo 350° inciso f. 2) DISPONGO Cursar oficio
a la Policía Judicial para la conducción por la fuerza
pública de la inculpada la que deberá cumplir con
lo ordenado e informar al respecto BAJO RESPONSABILIDAD asimismo Que Secretaría del Juzgado
notifique debidamente a las partes en los domicilios señalados en autos. Se hace saber a las partes,
que el señalamiento de audiencia se hace conforme
a la carga procesal que soporta este Juzgado y a las
diligencias programadas en el libro de audiencias,
las que se han incrementado al haber asumido este
despacho la carga procesal del turno “B”; lo que imposibilita señalar audiencias en tiempos más próximos, especialista legal paúl ramos perez, arequipa
206, 2Zdejulio del 2016. (25-26-27 julio)
EXPEDIENTE : 02203-2015-0-0401-JP-PE-01
ESPECIALISTA
: RAUL RAMOS PEREZ 5° JUZGADO
DE PAZ LETRADO TURNO A - Sede Comisarías El 5°
Juzgado de Paz Letrado ubicado en la calle Palacio
Viejo N° 112, Cercado de Arequipa, interior de la Comisaria de Palacio Viejo ha dispuesto se notifique
a la parte agraviada YESENIA CESAREA BAEZ MEJIA.
Con la siguiente resolución N° 04-2015. Parte resolutiva. SE RESUELVE: 1) TENER POR DESISTIDO TÁCITAMENTE a la parte agraviada YESENIA CESAREA
BAEZ MEJIA; del presente proceso por Faltas Contra
la persona en la modalidad de lesiones dolosas seguido en contra de JOSE IVAN QUINTANA PACHECO;
en consecuencia SE DISPONE: Tener por FENECIDO
el presente proceso y el archivo de las actuaciones.
Asimismo la presente resolución deberá ser notifieída mediante edictos. Regístrese y notifíquese.- (2526-27 julio)
EXPEDIENTE: N° 4684-2015- TURNO “A” COMISARIAS
SECRETARIO: RAUL RAMOS PEREZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL CERCADO DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA-COMISARIAS
TURNO “A” LA SEÑORITA JUEZA QUE SUSCRIBE DOCTORA MARITZA SALOMON NUÑEZ dispone que se
notifique mediante edictos a la parte imputada
WILLIAM LEONEL CARREON PEQUEÑA con LA RESOLUCIÓN NÚMERO TRES DE FECHA DIECIOHCO
DE MAYO del dos mil dieciséis QUE RESUELVE: 1)
CITAR A JUICIO EN EL PROCESO POR FALTAS al imputado WILLIAM LEONEL CARREON PEQUEÑA; por
la comisión de FALTAS CONTRA LA TRANQUILIDAD
PUBLICA, previsto en el inciso tres, del artículo
cuatrocientos cincuenta y dos del Código Penal,
en agravio del Policía Nacional del Perú PERCY ESTANISLAO CALDERON GAMERO, representado por
el Procurador Público especializado en asuntos de
orden público. 2) SE DICTA MANDATO DE COMPARECENCIA SIN RESTRICCIONES en contra de la parte
imputada WILLIAM LEONEL CARREON PEQUEÑA.3)
SEÑALAR fecha para la realización de la AUDIENCIA
ÚNICA en la que se realizará el juicio oral para el
DÍA 31 DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS A LAS
14:30 HORAS: en el local del Quinto Juzgado de Paz
Letrado-Turno A, ubicado en la calle Palacio Viejo
112 del Cercado de Arequipa-Comisaría de Palacio
Viejo. Audiencia a la que deberán concurrir el imputado WILLIAM LEONEL CARREON PEQUEÑA, con su
abogado defensor, bajo apercibimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública: y la parte
agraviada constituida en querellante particular el
Policía Nacional del Perú PERCY ESTANISLAO CALDERON GAMERO y el PROCURADOR ESPECIALIZADO
EN ASUNTOS DE ORDEN PÚBLICO Deberán concurrir
con abogado defensor, bajo apercibimiento de dictar su desistimiento tácito en caso de inconcurrencia. Además, las partes procesales, deberán tener en
cuenta que la audiencia se llevará a cabo en una sola
sesión (de ser posible), por ello, los abogados deberán concurrir preparados para presentar sus alegatos oralmente y para la postulación probatoria que
estimen conveniente en dicha única oportunidad,
pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer. 4) DISPONGO:
Que Secretaría del Juzgado notifique debidamente
a las partes en los domicilios señalados en autos.
Se hace saber a las partes, que el señalamiento de
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
audiencia se hace conforme a la carga procesal que
soporta este Juzgado y a las diligencias programadas en el libro de audiencias, las que se han incrementado al haber asumido éste despacho la carga
procesal del Juzgado Turno “B”; lo que imposibilita
señalar audiencias en fechas más próximas. Y LA
RESOLUCION NUMERO CUATRO DE FECHA DOCE DE
JULIO DEL DOS MIL DIECISIES QUE RESUELVE: corregir el error material que se ha producido en el auto
de citación a juicio oral de fecha dieciocho de mayo
del dos mil dieciséis, debiéndose precisar que: PERCY ESTANISLAO CALDERON GAMERO deberá concurrir bajo apercibimiento de dictarse el desistimiento
tácito en caso de inconcurrencia y el Procurador
Público Especializado en Asuntos de Orden Público
deberá concurrir bajo apercibimiento de llevarse a
cabo la audiencia única sin su presencia, quedando
subsistente en todo lo demás que contiene. Tómese
razón y hágase saber. 25,26 y 27 de JULIO del 2016.(25-26-27 julio)
EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante Exp. 2014-5389-062 SULLA
MAMA NI, VALENTINA, delito ROBO AGRAVADO,
agraviado LIVIA MODESTA DIAZ DE TORRES, DILIGENCIA 21-07-2016, 09:00 HRS, Sala 3, ; Secretario:
Champi.(21-22-25 julio)
Exp. 2016-1712-18 (agraviada)JACQUELINE EDITH
MACEDO CAMA DE CAHUANA , delito LESIONES
LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR , agraviado JACQUELINE EDITH MACEDO CAMA DE CAHUANA ,
NOTIFICACION, Visto el requerimiento de acusación
formulado, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles,
para los efectos del artículo 350° del Nuevo Código
Procesal Penal ; Secretario: Quispe . .(21-22-25 julio)
EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante Exp. 2016-437-0 (Agraviado)
SIXTO HANCCO LÓPEZ, delito Daños, agraviado SIXTO HANCCO LÓPEZ y otros, DILIGENCIA 02-09-2016,
12:00, Sala 4, ; Secretario: Delgado. .(21-22-25 julio)
Exp. 2016-4099-0 (Imputado) VICTORIA VERONICA
ALVAREZ PUMA, delito RECEPTACION, agraviado GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA DEL GOBIERNO
REGIONAL DE AREQUIPA, DILIGENCIA 31-08-2016,
11:00 am , Sala 4, ; Secretario: Quispe. .(21-22-25
julio)
Exp. 2013-3792-33 (Imputado) EFRAIN BACILIO
LOAYZA JAEN , delito COLUSION, agraviado Estado
y otros, DILIGENCIA 02-09-2016, 09:00 am, Sala 4, ;
Secretario: Quispe . .(21-22-25 julio)
EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO,
cita y emplaza a los siguientes procesados para que
se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue
mediante:
Exp. 2014-2362-0 ANTONIO RICHARD CURI HUAMANI , delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD,
agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 29-08-2016,
10:00, Sala de Audiencia del Juzgado, DECLARARSELE REO COTUMAZ EN CASO DE INASISTENCIA A JUCIO ORAL ; Secretario: MOSCOSO . .(21-22-25 julio)
Exp. 2014-1654-85 JULIO ALFREDO LLERENA MONTES, delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD,
agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 29-08-2016,
10:50, Sala de Audiencia del Juzgado, DECLARARSELE REO CONTUMAZ EN CASO DE INASISTENCIA A
JUICIO OAL ; Secretario: MOSCOSO . .(21-22-25 julio)
Exp. 2014-2631-66 ZENON MIGUEL GUTIERREZ
DEL CARPIO , delito CONDUCCION EN ESTADO DE
EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA
29-08-2016, 11:10, Sala de Audiencia del Juzgado,
DECLARARSELE REO CONTUMAZ EN CASO DE INASISTENCIA A JUICIO ORAL ; Secretario: MOSCOSO .
.(21-22-25 julio)
Exp. 2014-1284-91 ALEXANDER SILVER RAMOS AÑARI , delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD,
agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 29-08-2016,
11:00, Sala de Audiencia del Juzgado, DECLARARSELE REO CONTUMAZ EN CASO DE INASISTENCIA A JUCIO ORAL ; Secretario: MOSCOSO . .(21-22-25 julio)
Exp. 2014-5600-35 PAULINO CHAMPI CALSINA , delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 29-08-2016, 9:50,
Sala de Audiencia del Juzgado, DECLARARSELE REO
CONTUMAZ EN CASO DE INASISTENCIA A JUICIO
ORAL ; Secretario: MOSCOSO . .(21-22-25 julio)
EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE
CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes
procesados para que se pongan a derecho y de-
fiendan de los cargos formulados en su contra en el
proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-332445 (Imputados) GIL ROSARIO ZAPANA HUARICALLO,
JOVITA HANCCO ROJAS, CIPRIANA JUSTINA VILCA
TURPO, JULIAN CHAMPE ARIAS y (agraviados) BEATRIZ AURELIA SONCCO MINAURO, WALTER MORA
MORON, ROSA MARIA CLEOFE ROJAS ORIHUELA,
JUAN HERNAN COYLA ORIHUELA, EDITH SALAS
LIPA, JOSÉ CARLOS PERALTA ARROYO, DOLORES
MELQUIADES ARROYO OYOLO, JACQUELINE PERALTA ARROYO, FELICIANO GAMARRA CCARE, JOHN
ADRIAN PERALTA ARROYO, IVAN PERALTA ARROYO,
CEFERINO MAMANI MUÑOZ, JOSE MANUEL QUISPE MACEDO, ELIZABETH KARINA QUISPE MAMANI,
NANCY NORMA OBADA TTITO, GABRIEL OSCAR
CRUZ CORREA; se les notifica con la resolución
Nro. 01-2016 que contiene: AL ESCRITO N° 627002016: Al principal: Por recibido el requerimiento
mixto de Acusación y Sobreseimiento presentado
por el Fiscal Provincial del Primer Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal
Corporativa de Arequipa: Conforme a lo señalado
en el artículo 345.1 y 350 del Código Procesal Penal: CÓRRASE TRASLADO del requerimiento mixto
de sobreseimiento y acusación a los demás sujetos
procesales por el plazo de diez días hábiles, a efecto
de que puedan presentar por escrito los medios de
defensa que consideren pertinentes para su debate
en la audiencia correspondiente; y verificándose
que el procesado MATIAS HUAMANI QUISPE, MERMA CCOLQQUE VALENTIN VIRGINIO, CHOQUEPATA
QUISPE SONIA YASMIN, NINA NINA RUBEN FULGENCIO, VILCA TURPO CIPRIANA JUSTINA, SOTO
MAMANI WALTER, CHAMPE ARIAS JULIAN, no tienen
abogado defensor, se les concede el plazo de TRES
DÍAS HÁBILES desde la notificación, a fin nombre
abogado de su libre elección; sin perjuicio a ello, a
efecto de no vulnerarse su derecho de defensa de
acuerdo a lo previsto por el artículo 80 del Código
Procesal Penal, se le nombra como defensa técnica
al defensor público José Adrian Quispe Valverde,
a quien se le notificará con los actuados pertinentes. AL OTROSI.- Téngase presente. Sin perjuicio al
traslado conferido, se señala fecha para la Audiencia de Requerimiento Mixto, teniendo en cuenta la
recargada agenda del despacho y la necesidad de
fijar audiencia por parte del juzgado, en otros procesos que requieren trámite urgente, para el día 09
de setiembre de 2016 a las 10:40 de la mañana en
la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación
Preparatoria de Cerro Colorado, todo conforme a lo
establecido en el inciso primero del artículo 351 del
Nuevo Código Procesal Penal; SIENDO OBLIGATORIA
para su instalación la presencia del representante
del Ministerio Público y del abogado defensor del
acusado. LA CITACIÓN para el abogado del acusado
es bajo apercibimiento, en caso de inasistencia, de
imponerse la Multa de 1 URP y de ser subrogado por
abogado Defensor Público. Debiendo cumplirse con
notificar a los demás sujetos procesales. Asimismo,
se dispone: Que tanto el Ministerio Público como
los señores abogados en general, obligatoriamente,
cumplan con señalar sus domicilios procesales electrónicos en el plazo de diez días de notificado con
la presente, bajo apercibimiento de que, en caso de
no contar con casilla electrónica, se les tendrá por
notificados en la misma fecha de la expedición de
las resoluciones dictadas por este Juzgado.-, delito
USURPACIÓN Y OTROS, agraviado Municipalidad de
Cayma y otros, DILIGENCIA 09-09-2016, 10:40 A.M.,
Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: TORRES
. .(21-22-25 julio)
EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho
y defiendan de los cargos formulados en su contra
en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20162657-0 (Imputado) RENE ALIPIO APAZA CONDORI,
delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO,
agraviado WILBER HUANCA CONDORI, DILIGENCIA
09-08-2016, 08:30, Sala 4, ; Secretario: Gallegos.
.(21-22-25 julio)
EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE
CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante Exp. 2014-252-62 (Imputado)
BARTOLOME SIVINCHA CHOQQUE , delito ROBO
AGRAVADA , agraviado ALEX SAQUEO FERNANDEZ
TORIBIO , DILIGENCIA 01-08-2016, 15.00PM, Sala del
Penal Pucchun, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Suarez . .(21-22-25 julio)
Exp. 2013-109-78 (agraviado ) HUAMANI LIMASCA
NICOLAS , delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA
SALUD LESIONES CULPOSAS GRAVES, agraviado
VERA MURRIETA ROGELIO, DILIGENCIA 27-07-2016,
15.30pm, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO
APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Suarez . .(21-22-25
julio)
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL - EL PEDREGAL, cita
y emplaza a los siguientes procesados para que se
Miércoles, 27 de julio del 2016
pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue
mediante: Exp. 3930-2015-5 (Imputado) FELIX LUIS
HUAMANI FLORES, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MENOR
LUCERO EMILY HUAMANI VILCA REPRESENTADA
POR SU MADRE, NOTIFICACION, SEIS, SE DISPONE
RE PROGRAMAR LA FECHA PARA LA AUDIENCIA DE
JUICIO ORAL PARA EL DIA 27 DE SEPTIEMBRE 2016
A LAS ONCE HORAS AM EN EL MODULO PENAL DEL
PEDREGAL, SE ORDENA EL EMPLAZAMIENTO DE LAS
PARTES PROCESALES BAJO LOS APERCIBIMIENTOS
DECRETADOS ; Secretario: Tejada . .(21-22-25 julio)
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante:Exp. 2016-4500-0 (Imputado)
ELEUTERIO OCSA JOSEC, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado DIEGO RODRIGO OCSA
COLQUE, DILIGENCIA 12-08-2016, 14:00, Sala 1, ; Secretario: Valero. (22-25-26 julio)
Exp. 2015-2482-72 (Imputado) ELISBAN EMILIO NEYRA CARDENAS , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MICHELLE
FERNANDA NEYRA DELGADO Y MAURICIO NEYRA
DELGADO REPRESENTADOS POR LEYLA SUGEY DELGADO DEL CARPIO , DILIGENCIA 19-08-2016, 10:00
am , Sala 1, ; Secretario: Quispe. (22-25-26 julio)
EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante Exp. 2016-5325-0 (Imputado)
ENRIQUE CCOYA HERENCIA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado
MENOR LUIS ENRIQUE CCOYA HUALLPA REPRESENTADO POR ALEJANDRA HUALLPA MANOTTUPA , DILIGENCIA 16-08-2016, 14:15 pm, Sala 2, Se designa
como su abogada defensora pública a la doctora
CELIA CELENE CUIRO ORCCOTOMA; Secretario:
Quispe. (22-25-26 julio)
EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante: Exp. 2016-5376-0 (Imputado) RICARDO RUMALDO RENDON MINAYA, delito
CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES
LEVES, agraviado ELIANA MARITZA RENDON COAQUIRA, NOTIFICACION, Visto el requerimiento de
acusación directa formulado, NOTIFÍQUESE a los
demás sujetos procesales, por el plazo perentorio
de diez días hábiles: Se designa como el abogado
defensor publico del investigado al doctor ROGGER
FLORES CHANCAYAURI ; Secretario: Quispe. (22-2526 julio)
EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante:
Exp. 2015-7255-79 LUIS JUSTO QUISPE HUANACCHIRI, delito CONTRA LA FE PUBLICA USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, agraviado JULIO ANIBAL
CUENTAS QUENAYA, NOTIFICACION, RES. 01-2016
de fecha 06 de julio del 2016.- VISTOS EL REQ. DE
SOBRESEIMIENTO. NOTIFIQUESE a los demás sujetos
procesales por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del art. 345 del CPP. ; Secretario:
Huerta . (22-25-26 julio)
Exp. 2014-5839-32 (Imputado) NICOLAS BIENVENIDO MARILUZ FALCON Y MARIA DEL CARMEN
ASENCIOS DELGADO, delito ESTAFA Y OTROS, agraviado MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Y
OTROS, DILIGENCIA 09-09-2016, 11:30, Sala 4, ; Secretario: Valero . (22-25-26 julio)
Exp. 2013-683-40 (Imputado) JUAN OSCAR MAMANI CONDORI, delito RECEPTACION ADUANERA Y
OTROS, agraviado EL ESTADO RPTDOS POR SUNAT Y
OTRO , DILIGENCIA 19-09-2016, 8:45, Sala 4, ; Secretario: Almanza . (22-25-26 julio)
ALFREDO MOLLO QUISPE, delito hurto agravado en
grado de tentativa, agraviado LUIS ANGEL MENDOZA CÁCERES, DILIGENCIA 06-09-2016, 10:00, Sala de
Audiencia del Juzgado, audiencia de control de acusación; Secretario: Ojeda. (22-25-26 julio)
EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE
ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante: Exp. 2016-5386-0 RICHARD
JUNIOR TANCO ANTICONA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado
JORDAN MIGUEL TANCO HERRERA, DILIGENCIA 0808-2016, 14:00 PM, Sala de Audiencia del Juzgado,
BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: LAURA. (2225-26 julio)
EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y
emplaza a los siguientes procesados para que se
pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue
mediante Exp. 2014-195-24 (JHON ZÓZIMO ZAGA
CHÁVEZ y JORGE LUIS PARRA MENÉNDEZ) PRIMERO.- CITAR A JUICIO a: a) Acusados: - JHON ZÓZIMO
ZAGA CHÁVEZ - JORGE LUIS PARRA MENÉNDEZ b)
Actor Civil: - SUPERINTENDENCIA NACIONA DE
ADUANAS Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA c) Testigo del Ministerio Público: - Yessenia L. Salcedo
Díaz - Armando Muñoz Amoretti d) Testigo del Actor Civil: - Ricardo Córdova García - Yurema García
Delgado SEGUNDO.- SEÑALAR para la audiencia de
juicio oral, el día UNO DE SETIEMBRE DE DOS MIL
DIECISÉIS, a las NUEVE HORAS, en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE
ISLAY, sito en Plaza Grau N° 240 – Primer Piso del
distrito de Mollendo, provincia de Islay y departamento de Arequipa, como sede del Juzgamiento,
debiendo el auxiliar de justicia cumplir con efectuar
las notificaciones oportunamente y conforme a lo
establecido en la normativa procesal penal vigente.
TERCERO.- ORDENAR el emplazamiento para concurrir a la audiencia de juicio, a todas las personas
señaladas en el primer punto de la parte resolutiva,
bajo los siguientes apercibimientos: i) para los acusados, ser declarado reo ausente o contumaz, según
corresponda y disponerse el archivo provisional
de la causa; ii) para los testigos de ser conducidos
compulsivamente por la fuerza pública en caso de
inasistencia; iii) para el representante del Ministerio Público, de informarse al órgano de control de
dicha institución su inasistencia., delito FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, agraviado EL ESTADO SUNAT, NOTIFICACION, RES.01 (AUTO DE CIATACIÓN A
JUICIO) ; Secretario: Mamani . (22-25-26 julio)
Exp. 2015-5570-14 SIMON MAMANI HUAMAN, ANTONIO ELVIS GALLEGOS MENDIZABAL, MIGUEL ANGEL JAILA ORDOÑEZ, JOSIAN ANTONIO MENDOZA
QUISPE, delito ENTORPECIMIENTO AL FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS PUBLICOS, agraviado EL
ESTADO RICARDO LERMA CRUZ LEANDRO HINCHO
TUNQUE ARIEL CRISTOBAL CURZ CUTIRE, DILIGENCIA 17-08-2016, 10:00 AM, Sala de Audiencia del
Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE , NOMBRARSELE ABOGADO DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE
EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: LAURA . (22-25-26 julio)
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL - EL PEDREGAL, cita
y emplaza a los siguientes procesados para que se
pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue
mediante:
Exp. 1869-2015-10 (Imputado) AGAPITO OCTAVIO
SARMIENTO GUIA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MENOR
GILBERT ENMAMUEL SARMIENTO REVILLA, NOTIFICACION, SE REPROGRAMA LA FECHA PARA INICIO
DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA 23-09-2016 A LAS
10:30 AM EN LA SALA DE AUDIENCIAS N°01 DEL
JUZGADO UNIPERSONAL DE EL PEDREGAL - MAJES,
SE ORDENA EL EMPLAZAMIENTO DEL IMPUTADO A
JUICIO BAJO LOS APERCIBIMIENTOS DECRETADOS ;
Secretario: Tejada. (22-25-26 julio)
EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO,
cita y emplaza a los siguientes procesados para que
se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue
mediante: Exp. 2014-2416-34 MAX ARTHUR ZUÑIGA
BENGOA , delito HURTO AGRAVADO, agraviado EMPRESA GOLD PIG , DILIGENCIA 03-08-2016, 12:00,
Sala de Audiencia del Juzgado, DECLARARSELE REO
CONTUMAZ EN CASO DE INASISTENCIA A AUDIENCIA ; Secretario: MOSCOSO. (22-25-26 julio)
EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante: Exp. 2016-4122-0 DOMINGO
PARQUE MAMANI, delito LESIONES LEVES, agraviado DOMINGO PARQUE MAMANI, NOTIFICACION,
CORRER TRASLADO POR EL PLAZO DE 10 DIAS EL
REQUERIMIENTO DE ACUSACION, SEÑALA AUDIENCIA PARA EL 19/09/2016 A LAS 10:30 HORAS EN LA
SALA CUATRO DEL MODULO PENAL ; Secretario: RETAMOSO . (25-26-27 julio)
EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE
CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes
procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-5229-68
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a
los siguientes procesados para que se pongan a
derecho y defiendan de los cargos formulados en
su contra en el proceso que se les sigue mediante
Miércoles 27 de julio del 2016
Exp. 2013-4449-30 (agraviada) IRENE AÑARI RAMOS,
delito FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, agraviado
RR.PP. Y OTROS, DILIGENCIA 22-07-16, 11:00 AM,
Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Arones.
(25-26-27 julio)
EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita
y emplaza a los siguientes procesados para que se
pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue
mediante Exp. 2016-4516-0 LUIS REYNALDO PARI
NINA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ANGEL PAOLO PARI
MENDOZA, DILIGENCIA 10-08-2016, 09:30 A.M., Sala
de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO
DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL
ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE
ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO
DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO. (25-26-27 julio)
Exp. 2016-4692-0 VICTORIANO PUMA VIVEROS, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN
ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD,
DILIGENCIA 09-08-2016, 09:30 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER
DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO
PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE
CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO . (25-26-27 julio)
Exp. 2015-5941-81 LARRY PALACIOS COAGUILA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA
FAMILIAR, agraviado IVAN LARRY PALACIOS TINTA,
DILIGENCIA 08-08-2016, 14:30 PM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DE OFICIO, SER DECLARADO
CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA
A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA . (25-26-27 julio)
Exp. 2015-6113-24 RAUL QUISPE BENAVENTE, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA
FAMILIAR, agraviado KIARA STEFANNY QUISPE
MANRIQUE, DILIGENCIA 08-08-2016, 14:00 PM, Sala
de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO
DE NOMBRARSELE ABOGADO DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO
PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE
CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA . (25-26-27 julio)
Exp. 2015-6108-63 ROLANDO FELIX PACHECO RAA,
delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA
FAMILIAR, agraviado ROLANDO MILWAR PACHECO
MAMANI, DILIGENCIA 08-08-2016, 15:00 PM, Sala de
Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE
SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE
INASISTENCIA; Secretario: LAURA . (25-26-27 julio)
Exp. 2015-5737-99 ROBERTH MARCELINO HUAYTA
FLORES, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE
ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado DAYELO MARCELO HUAYTA QUISPE, DILIGENCIA 09-08-2016, 08:30
AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DE OFICIO
SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE
INASISTENCIA; Secretario: LAURA . (25-26-27 julio)
Exp. 2015-6744-71 ALFONSO AURELIO RODRIGUEZ
MENDOZA, delito OMIISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ALDANA MILETT STEFANO VICTOR
RODRIGUEZ VELASQUEZ, DILIGENCIA 09-08-2016,
10:30 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO
APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DE
OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE
EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN
CASO DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA. (25-2627 julio)
Exp. 2015-7045-49 FIDEL ORTIZ GONZALES, delito
CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado VALERY DAYANA ORTIZ SOSA, DILIGENCIA 08-08-2016, 15:00 PM, Sala de Audiencia
del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DE OFICIO SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL
DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A
NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA . (25-26-27 julio)
Exp. 2016-1569-31 SILVIO HERNAN MAMANI MAMANI, delito ENTORPECIMIENTO AL FUNCIONAMIENTO
DE LOS SERVICIOS PUBLICOS, agraviado ESTADO, DILIGENCIA 25-08-2016, 10:00 AM, Sala de Audiencia
del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DE OFICIO SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL
DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A
NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA . (25-26-27 julio)
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de
los cargos formulados en su contra en el proceso
que se les sigue mediante Exp. 2015-1294-77 (Imputado) MIGUEL JANAMPA JIMENEZ, delito LESIONES LEVES, agraviado AGUILAR ARISACA MAMANI ,
DILIGENCIA 11-10-2016, 09:30, Sala 3, EN CASO DE
INASISTENCIA DECLARARSE CONTUMAZ Y GIRARSE
IRDEN DE CAPTURA ; Secretario: Monge. (25-26-27
julio)
EL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE
PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de
los cargos formulados en su contra en el proceso
que se les sigue mediante Exp. 2016-1739-57 (Imputado) JHON SUAÑA MACEDO, delito omisión a la
asistencia familiar , agraviado ELIZABETH ERMIÑA
QUICO SAHUANAY , DILIGENCIA 05-08-2016, 12:00,
Sala 2, EN CASO DE INASISTENCIA DECLARARSE
CONTUMAZ Y ORDENARSE ORDEN DE CAPTURA ;
Secretario: Monge. (25-26-27 julio)
EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para
que se pongan a derecho y defiendan de los cargos
formulados en su contra en el proceso que se les
sigue mediante Exp. 2016-41-6 El Segundo Juzgado
Unipersonal de Camaná, HA DISPUESTO NOTIFICAR
AL IMPUTADO JULIO CESAR MEDINA CRUCES, para
la Audiencia de Juicio Oral en la Sala de Audiencias
del Módulo Penal de Camaná, sito en el Jr. Comercio
140 - tercer piso - Cercado de Camaná, en el Proceso que se sigue en contra de Julio Cesar Medina
Cruces. , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE
ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado menor de iniciales
M.H.P.A Representado por su Progenitora MARIA
ELENA HUACCHA RIVERA, DILIGENCIA 25 de agosto 2016, 10:00 a.m., Sala 3, BAJO APERCIBIMIENTO
DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL
ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE
ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO
DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya . (25-26-27
julio)
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante: Exp. 2014-5424-88 (Imputado) LUIGI FERNANDO MONTOYA AREDO. Se notifica
a LUIGI FERNANDO MONTOYA AREDO , delito Violación de persona en incapacidad de resistencia. Art.
172° primer párrafo del Código Penal. , agraviado
J.E.V.G. , NOTIFICACION, Resolución 01-2015, fecha
31-12-2015. Se notifica con el requerimiento de sobreseimiento presentado por la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, por el plazo
de 10 días, para efectos del artículo 345° del Código
Procesal Penal. ; Secretario: Díaz .(26-27- julio y 01
agosto)
Exp. 2016-4712-0 (Imputado) FELIX FELIPE ESCOBEDO OCSA, delito Lesiones Culposas, agraviado
BASILIA QUISPE DE QUISPEHUAMAN, DILIGENCIA
05-09-2016, 08:00, Sala 1, ; Secretario: Delgado .
(26-27- julio y 01 agosto)
Exp. 2015-4139-0 (Imputado) VERONICA SINCHI
ROCA CONDORI, DORA HILDAURA HUILLCA CHALLA
Y URIEL SINCHI ROCA CONDORI, delito LESIONES LEVES, agraviado JENNY NOEMI SUMA CALLOAPAZA,
DILIGENCIA 15-09-2016, 08:00, Sala 1, ; Secretario:
Delgado. (26-27- julio y 01 agosto)
Exp. 2010-2189-23 (Imputado) LUIS ALBERTO MENDOZA ALCANTARA y ENESTO TOCAS MENDOZA ,
delito CONTRABANDO Y OTRO, agraviado ESTADO,
DILIGENCIA 26-08-2016, 08:00 HORAS, Sala 1, ; Secretario: Almanza. (26-27- julio y 01 agosto)
EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante: Exp. 2016-4306-0 (Imputado) PACCOHUANCA CHICAÑA WALTER. Se notifica
a PACCOHUANCA CHICAÑA WALTER. , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR,
agraviado Menor de Iniciales G. J. P. C. representada
por GLORIA DIANTE CONDORI CCAMA , NOTIFICACIO, Acta audiencia de Incoación de Proceso Inmediato, 1ra Fiscalía Provincial Penal Corporativa
de Arequipa. Res.02- 2016 SE REPROGRAMA para
10-08-2016 a las 14:30 horas, sala audiencias 02,
Módulo Penal, Sede de Corte. Debiendo designar
abogado elección. ; Secretario: Díaz . (26-27- julio
y 01 agosto)
Exp. 2015-4772-17 JOSE MANUEL CALCINA PALOMINO Y LUZ GREGORIA INFANTES AYALA, delito
CONTRA LA FE PUBLICA EN LA MODALIDAD DE
FALSEDAD IDEOLOGICA, agraviado LEIDY ADENIA
COLLADO CHAUPE Y EL ESTADO - SUNARP, NOTIFICACION, VISTO EL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN
FORMULADO POR EL MINISTERIO PUBLICO NOTIFI-
QUESE A LOS DEMÁS SUJETOS PROCESALES, PARA
EFECTOS DEL ARTICULO 350° DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL ; Secretario: Huerta . (26-27- julio y 01
agosto)
EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante Exp. 2016-1712-18 (Imputado) WILBERT PAUL CAHUANA MAMANI, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR , agraviado
JACQUELINE EDITH MACEDO CAMA DE CAHUANA ,
NOTIFICACION, visto el requerimiento de acusación
formulado, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles,
se designa como abogado defensor de oficio del
investigado a JORGE ANTONIO CHÁVEZ HERRERA, ;
Secretario: Quispe . (26-27- julio y 01 agosto)
Exp. 2015-6262-91 Imputado: JOSE ENRIQUE FERNANDO MEDINA , delito APROPIACION ILICITA,
agraviado WLATER FARFAN NAVIA, NOTIFICACION,
VISTO EL REQUERIMIENTO DE ACUSACION FORMULADO POR EL SEÑOR FISCAL. NOTIFIQUESE A LOS
DEMAS SUJETOS PROCESALES POR EL PLAZO PERENTORIO DE 10 HÁBILES PARA LOS EFECTOS DEL
ARTICULO 350 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL ; Secretario: Huerta. (26-27- julio y 01 agosto)
EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza
a los siguientes procesados para que se pongan a
derecho y defiendan de los cargos formulados en
su contra en el proceso que se les sigue mediante
Exp. 2016-895-21 (Imputado) LEONCIO LIMACHE
CONDORI, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE
ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Josue Y XIOMARA LIMACHE ROQUE, DILIGENCIA 26-07-2016, 8:00,
Sala 6, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO
CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO;
Secretario: MARQUEZ. (26-27- julio y 01 agosto)
Exp. 2016-2596-50 (Imputado) CESAR AUGUSTO CORRALES CABANA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado CESAR
ALEXANDER CORRALES INCA REPRESENTADO POR
CARMEN INCA RONDON, DILIGENCIA 12-08-2016,
12:00, Sala 6, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURRENCIA Y
DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: MARQUEZ . (26-27- julio y 01 agosto)
EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante:Exp. 213-2015-95 (Imputados) RÓMULO RICHARD LOBATÓN LINARES, CARLOS
ANTONIO DONAYRE CALLE, OSCAR YULIO MANCHEGO EDWIN PERCY SÁNCHEZ CANO y otros. , delito
Usurpación agravada Arts. 202° y 204° Código Penal, agraviado Asociación Productiva Vivienda e
Industria Señales de Esperanza La Joya, NOTIFICACION, Resolución N° 01-2015. Fecha 09-11- 2015. Se
corre traslado por diez días del requerimiento de
sobreseimiento presentado por la Tercera Fiscalía
Provincial Penal Corporativa de Arequipa, ello conforme al artículo 345° del Nuevo Código Procesal
Penal. ; Secretario: Díaz. (26-27- julio y 01 agosto)
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho
y defiendan de los cargos formulados en su contra
en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20154941-36 (Imputado) MARCO ANTONIO VILLAFUERTE
GUZMAN, delito SALUD PUBLICA MICROCOMERCIALIZACION, agraviado EL ESTADO, NOTIFICACION,
Estando al escrito presentado por la representante
del Ministerio público: REQUIÉRASE al sentenciado
MARCO ANTONIO VILLAFUERTE GUZMÁN a fin cumpla con pagar la reparación civil a favor de la parte
agraviada dentro de tres días de notificado. ; Secretario: Díaz-.(26-27- julio y 01 agosto)
EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE
CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes
procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el
proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-45480 RONAL OVIEDO COLQUE, delito lesiones leves y
lesiones leves por violencia familiar, agraviado MARILUZ VELASQUEZ QUISPE y ALBERTO GUTIERREZ
ANCCORI, NOTIFICACION, se le requiere que en el
plazo de 3 días designe abogado de si libre elección
bajo apercibimiento de designarle abogado de su
libre elección ; Secretario: Ojeda. (26-27- julio y 01
agosto)
EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita
y emplaza a los siguientes procesados para que
se pongan a derecho y defiendan de los cargos
formulados en su contra en el proceso que se les
sigue mediante:Exp. 2015-7037-45 JOSE MANUEL
HUACHO JAUJA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ANAIS
ZEGARRA BANDA, DILIGENCIA 15-08-2016, 8:30
AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DE OFICIO, SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL
ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE
ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO
DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA. (26-27- julio y
01 agosto)
Exp. 2015-3050-29 JUAN AJAHUANA ROJAS, MARGARITA CCARI ARIAS, JUAN CHACCA WISAYAURI,
EVARISTO SABINNO YANA GARCIA, ROSA LUZ SAMILLAN INFANTES, delito CONTRA EL PATRIMONIO ESTAFA MODALIDAD DE DEFRAUDACION , agraviado
JOSE CHACCA HUISA, DILIGENCIA 07-09-2016, 10:00
AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DE OFICIO SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL
ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE
ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO
DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA . (26-27- julio
y 01 agosto)
Exp. 218-2013-63 GERMAN CHACO CCARI REYNALDO IDME IDME, delito CONTRA EL PATRIMONIO
HURTO AGRAVADO, agraviado EFREIN CHAMBILLA
LARICO, DILIGENCIA 08-09-2016, 09:00 AM, Sala
de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO
DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL
ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE
ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO
DE INASISTENCIA; Secretario: LAURA . (26-27- julio
y 01 agosto)
EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho
y defiendan de los cargos formulados en su contra
en el proceso que se les sigue mediante Exp. 20162930-0 (Imputado) EVELYN SUGEY CAMA SALINAS,
delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD
LESIONES LEVES, agraviado ROSABEL ARENAS PAZ,
NOTIFICACION, NRO. 01-2016. POR LA QUE SE CORRE TRASLADO DE LA ACUSACION FISCAL EN SU
CONTRA POR 10 DÍAS PARA QUE PUEDA EJERCER
SU DERECHO DE DEFENSA, NOMBRANDOSE COMO
ABOGADO DEFENSOR AL DEFENSOR PUBLICO DENIS ALMANZA TORRES.-. ; Secretario: Gallegos . (2627- julio y 01 agosto)
EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE
CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de
los cargos formulados en su contra en el proceso
que se les sigue mediante Exp. 2014-144-8 (Imputado) FLORES SILLO ECLER JUAN, FLORES SOLIS
LUIS ANGEL, CONCHA CUEVA EDWUIN , delito ROBO
AGRAVADO, agraviado HIGIDIO CHOQUE CHOQUE,
DILIGENCIA 11-08-2016, 9.00AM, Sala de Audiencia
del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario:
Suarez . (26-27- julio y 01 agosto)
EL PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ,
cita y emplaza a los siguientes procesados para que
se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue
mediante: Exp. 2015-60-40 ARTURO CARDOZA OTERO, delito ROBO AGRAVADO, agraviado Carlos Uyen
Chehade, DILIGENCIA 23-11-2016, 10:00 a.m., Sala
de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO
DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL
ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE
ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO
DE INASISTENCIA; Secretario: Chuctaya . (26-27- julio y 01 agosto)
EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para
que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se
les sigue mediante Exp. 2014-2786-92 (Imputado)
AMAO YANCAYA JUNIOR EMRIQUE , delito HURTO
AGRAVADO, agraviado QUISPE MONTES ERNESTO
MELQUIADES , DILIGENCIA 13-09-2016, 08:00, Sala
6, EN CASO DE INASISTENCIA DECLARARSE CONTUMAZ Y GIRARSE ORDEN DE CAPTURA EN SU CONTRA
; Secretario: Monge. (26-27- julio y 01 agosto)
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante:Exp. 2016-5039-0 WILLIAM
EFRAIN RUELAS CHAMBI, delito VENTA DE MATERIAL
FOTOGRAFICO SIN AUTORIZACION DE LOS AUTORES, agraviado ASOCIACION PERUANA DE AUTORES
Y COMPOSITORES APDAYC, NOTIFICACION, AUDIENCIA DEL PROCESO INMEDIATO PARA EL 11 DE AGOSTO DEL 2016 A LAS 14:00 HORAS EN LA SALA UNO
DEL MODULO PENAL ; Secretario: RETAMOSO.- (27
julio y 01-02 agosto)
Exp. 2016-5285-0 ANGEL MIGUEL TUBILLAS RETAMOZO, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA
SOCIEDAD REPRESENTADAPOR EL MINISTERIO PU-
7
BLICO, DILIGENCIA 05-08-2016, 14:00 HRS, Sala 1, ;
Secretario: Champi.- (27 julio y 01-02 agosto)
Exp. 2016-5414-0 MARCO ANTONIO SEGOVIA ZUÑIGA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE
ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado ALESSANDRA VANESSA SEGOVIA LOPEZ REPRESENTADA POR MARIA
CLAUDIA LOPEZ RODRIGUEZ, DILIGENCIA 19-082016, 11:00 HRS, Sala 1, ; Secretario: Champi .- (27
julio y 01-02 agosto)
Exp. 2016-5449-0 (Imputado) JOSE LUIS YUCRA PAREDES , delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado FRANCO ANTONIO
CHUQUINEYRA CACERES, DILIGENCIA 19-08-2016,
12:00 pm , Sala 1, ; Secretario: Quispe . (27 julio y
01-02 agosto)
Exp. 2014-4852-7 (Imputado) SIMON SUNI MUÑONCA Y SANTUSA UMIYAURI CCASA, delito Usurpación,
agraviado , NOTIFICACION, Visto el requerimiento
de sobreseimiento, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de 10 días
hábiles, para los efectos del artículo 345° del CPP;
y verificándose que los imputados no cuentan con
abogado se nombra a Pastor ; Secretario: Delgado .
(27 julio y 01-02 agosto)
Exp. 2013-3326-24 (Imputados) MARCELINO ABAT
APAZA QUISPE y JACQUELINE SANDOVAL ATOXSA,
delito ESTAFA, agraviado ESTADO Y OTRO, DILIGENCIA 26-09-2016, 08:00, Sala 1, ; Secretario: Valero .
(27 julio y 01-02 agosto)
EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante Exp. 5390-2016-0 JONATHAN
MARCOS CHACON LINARES, delito FORMAR AGRAVBADAS DE LOS DELITOS CONTRA LOS DERECHOS
INTELECTUALES, agraviado INDECOPI, DILIGENCIA
18-08-2016, 15:30 HRS, Sala 2, ; Secretario: Champi.
(27 julio y 01-02 agosto)
Exp. 5272-2016-0 EDWIN FERNANDO VELA PORTUGAL ARMANDO OLGER VELA PORTUGAL, delito
CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES
LEVES, agraviado , DILIGENCIA 16-08-2016, 14:45
HRS, Sala 2, ; Secretario: Champi . (27 julio y 01-02
agosto)
EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados
para que se pongan a derecho y defiendan de los
cargos formulados en su contra en el proceso que
se les sigue mediante: Exp. 2011-3599-71 (Imputado) JULIO ERNESTO NUÑONCCA PUMA , delito RECEPTACION ADUANERA Y OTROS, agraviado SUNAT
y otros, DILIGENCIA 09-09-2016, 09:00 am, Sala 3, ;
Secretario: Quispe. (27 julio y 01-02 agosto)
Exp. 2016-5306-19 (imputado) WILLINTON JARDIEL
GAMERO LLERENA y (Terceros civilmente responsables) DUVER VÍCTOR PORTILLA COLLAZOS Y MILAGROS SALAS ARENAS De Portilla, delito HOMICIDIO
CULPOSO, agraviado SUCESION LEGAL DE QUIEN EN
VIDA FUE SUSANA YANARICO DE APAZA, DILIGENCIA 18-08-2016, 14:00, Sala 3, ; Secretario: Quispe .
(27 julio y 01-02 agosto)
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los
siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su
contra en el proceso que se les sigue mediante Exp.
2015-6844-0 (Imputado) NESTOR FLORES CONDORI,
delito PELIGRO COMUN, agraviado LA SOCIEDAD,
DILIGENCIA 08-08-2016, 09:30 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Arones. (27 julio y 0102 agosto)
EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes
procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el
proceso que se les sigue mediante Exp. 2014-5491-5
(Imputado) JAIME ALBERTO MENDOZA LÓPEZ, delito HOMICIDIO CULPOSO, agraviado ROSA FLORES
DE QUISPE, DILIGENCIA 26-08-2016, 11:00, Sala de
Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Palma . (27 julio
y 01-02 agosto)
EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita
y emplaza a los siguientes procesados para que se
pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue
mediante Exp. 2016-4667-0 MANUEL MIGUEL ZAPATA GUTIERREZ, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION
DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Luz Mireya
y Daniela Zapata Ojeda, DILIGENCIA 15-08-2016,
09:00 a.m., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO
APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ,
DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO .
(27 julio y 01-02 agosto)
8
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Miércoles, 27 de julio del 2016
CRONICAS JUDICIALES
Miércoles, 27 de julio del 2016
CRONICA JUDICIAL DE LA CUARTA
SALA PENAL DE APELACIONES
02 DE MAYO DE 2016
DESPACHO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.
AUTOS DE VISTA
A.V 30-2016
MCH
766-2016-0: Por estos fundamentos, en uso de
las atribuciones que confieren la Constitución
Política del Perú: 1. DECLARAMOS infundada la
apelación interpuesta por la defensa técnica del
demandante Rosendo Jorge Ñaupa Chañe.2. CONFIRMAMOS: la Resolución N° 01, de fecha primero
de febrero del dos mil dieciséis, que declara improcedente la demanda de habeas corpus presentada por Rosendo Jorge Ñaupa Chañe, por Anabel
Javier García, en contra de los Magistrados Uriel
Balladares Aparicio, Fanny Andrade Gallegos y
Chacón, Jueces Superiores de la Sala de Apelaciones de Cusco, y en contra de Erika Núñez Orihuela, Juez del Cuarto Juzgado Penal del Cusco; con
lo demás que contiene y es materia de grado. 3.
ORDENAMOS: Consentida la presente se devuelva
los autos al Juzgado de procedencia para los fines
pertinentes.AUDIENCIA
A.V 31-2016
MCH
3016-2016-0: SE RESUELVE: TENER POR DESISTIDO
al representante del Ministerio Público respecto
de la apelación formulada en contra de la resolucion de fecha quince de abril del dos mil dieciséis que dispuso la comparencia con restricciones
sobre el señor Oscar Gregorio Valdeiglesias Jara.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE.DECRETOS: Se expidieron un total de 03.
03 DE MAYO DE 2016
DESPACHO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.
SENTENCIA DE VISTA
S.V 14-2016
MCH
3071-2013-66: Por lo precedentemente expuesto: 1. DECLARARON, INFUNDADO el recurso de
apelación interpuesto por el sentenciado CATALINO SALCEDO LIMA, en contra de la Sentencia N°
364-2015, de fecha veinte de noviembre del dos
mil quince. 2. CONFIRMARON la Sentencia N° 3642015, de fecha veinte de noviembre del dos mil
quince, en todos sus extremos, que Condena a
CATALINO SALCEDO LIMA, como autor del delito
contra el Patrimonio en la modalidad de Usurpación, previsto en el inciso 3 del artículo 202° del
Código Penal, con las circunstancias agravantes
del inciso 2 y 4 del artículo 204° del mismo cuerpo
legal, en concordancia con el primer párrafo del
artículo 49° de la mencionada norma sustantiva,
en agravio de la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, como tal le impone cuatro años de
pena privativa de la libertad, suspendida en su
ejecución por el plazo de tres años, sujeta a las
reglas de conducta que contiene la sentencia venida en grado, al igual que la reparación civil en
la suma de cinco mil nuevos soles a favor de la
parte agraviada, y con lo demás que ella contiene.
3. ORDENARON: Que consentida sea la presente se
devuelvan los autos al Juzgado de procedencia,
para los fines pertinentes. Sin costas de la instancia.- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
AUTOS DE TRÁMITE
MCH
766-2016-0: Por las razones dadas: 1. CORREGIMOS el AUTO DE VISTA número 30-2016, de fecha
dos de mayo de dos mil dieciséis, únicamente en
la parte expositiva, suprimiendo el acápite b) del
punto SEGUNDO. 2. En consecuencia entiéndase
que en el punto SEGUNDO de la parte expositiva
únicamente se considera los acápites a) y c).
DECRETOS: Se expidieron un total de 05.
04 DE MAYO DE 2016
CAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTE DE
JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS DIEZ HORAS
en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal
de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón),
ello con la obligatoria concurrencia de la parte
apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para
el imputado recurrido de ser declarado contumaz
en caso de inasistencia; asimismo, deben tener
presente los señores abogados lo señalado en el
tercer considerando de la presente resolución,
haciendo presente que los audios se encuentran
a disposición de las partes en el área de Atención
al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón
multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes
procesales deberá procurarse con diez minutos
antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR
Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores
abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada,
dará lugar a la imposición de MULTA ascendente
a una unidad de referencia procesal, la que será
efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva
de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.
AUDIENCIA
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.
AUTO DE VISTA
MB
4432-2015-0: Por los fundamentos señalados,
CONCEDEMOS por equidad al querellante Angel
Flores hala, el plazo de tres días para la regularización de la obligación de pago del arancel respectivo, bajo apercibimiento de declararse inadmisible
el recurso.
A.V 32-2016
MCH
3016-2016-0: Por tales consideraciones, RESOLVEMOS: 1) DECLARAR INFUNDADO el recurso de
apelación interpuesto por Edwin Jorge Valdivia
Agramonte. 2) CONFIRMAR la resolución N° 022015, emitida en audiencia de prisión preventiva, llevada a cabo el quince de abril del dos mil
dieciséis, que declaró fundado el requerimiento
de prisión preventiva presentado por el Ministerio Público en contra de Edwin Jorge Valdivia
Agramonte, quien se encuentra procesado por el
delito de Hurto Agravado en grado de tentativa,
previsto en el artículo 185 primer párrafo concordante tonel artículo 186 primer párrafo incisos 1,
2 y 5 y segundo párrafo, inciso 1, del Código Penal,
en concordancia con el artículo 16, en agravio de
Esther Manuela Miñope Santisteban, por lo que se
dispuso prisión preventiva respecto del imputado
por el plazo de nueve meses. TÓMESE RAZÓN Y
HÁGASE SABER.A.V 33-2016
MCH
2288-2016-96: Por tales consideraciones, RESOLVEMOS: 1. DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación. 2. REVOCAR la resolución número 02, del
treinta de marzo del dos mil dieciséis que declaró
infundada la solicitud de Desalojo Preventivo formulado por Mery Luz López Torres; y, REFORMÁNDOLA, declara fundada la solicitud de Desalojo
Preventivo formulado por Mery Luz López Torres.
DISPONER la ministración provisional de la posesión del inmueble ubicado en Pueblo Joven Pedro
P. Díaz, lote 1-A, manzana F, zona A, del distrito de
Paucarpata a favor de Mery Luz López Torres. 3.
DISPONER se ponga en conocimiento del Juez lo
dispuesto en la presente resolución para su inmediata ejecución, la que será efectivizada con asistencia del representante del Ministerio Público,
para la identificación del bien inmueble sub litis.
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ
AUTOS DE TRÁMITE
MR
3200-2014-25: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVO-
MB
1671-2011-76: Por lo que: a) DECLARAMOS IMPROCEDENTE el recurso de casación interpuesto
por Miguel Angel Caviedes Reynaga contra el auto
de vista de fecha treinta y uno de marzo de dos
mil dieciséis, de fojas trescientos tres y siguientes.
b) DISPONEMOS la devolución del presente proceso al Juzgado de origen.
efectuada por la señorita Jueza del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Paucarpata, doña Patricia Posadas Larico. 2. DISPONEMOS: Que la citada
Magistrada continúe en el conocimiento de la
presente causa, para lo cual deberán remitirse los
autos al despacho del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Paucarpata. Regístrese y notifíquese.
DECRETOS: Se expidieron un total de 05.
10 DE MAYO DE 2016
DESPACHO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y OCHOA CAHUANA.
Primer Juzgado Unipersonal de Paucarpata en la
sesión de audiencia de juicio oral llevada a cabo
con de fecha veintidós de abril del dos mil dieciséis.2. REVOCAMOS: LA DECISIÓN emitida por la
señora Jueza del Primer Juzgado Unipersonal de
Paucarpata en la sesión de audiencia de juicio oral
llevada a cabo con de fecha veintidós de abril del
dos mil dieciséis, señalando que son inapelables
las decisiones dictadas en audiencia.3. DISPONEMOS: SE CONCEDA EL RECURSO DE APELACIÓN
interpuesto por la representante del Ministerio
Público, en contra de la resolución sin número
emitida con fecha veintidós de abril del dos mil
dieciséis, conforme a lo dispuesto en el considerando 2.8 de la presente resolución. Todo ello con
la celeridad que el estado del proceso amerita.
SENTENCIA DE VISTA
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.
S.V 15-2016
AUTOS DE TRÁMITE
MR
1076-2016-0: Por los fundamentos expuestos: 1.
DECLARAMOS infundada la apelación interpuesta
por la defensa técnica del demandante Orlando
Rolando Chillihuani Pillco. 2. CONFIRMAMOS: la
Sentencia, de fecha diecisiete de marzo del dos
mil dieciséis, que declara improcedente la demanda de habeas corpus presentada por Jhon
Wilber Contreras Jiménez, en calidad de abogado del menor Orlando Rolando Chillihuani Pillco,
en contra de los señores Magistrados en contra
de los señores magistrados Nolán Elías Talavera
Zapana, Juez del Primer Juzgado de Familia del
Módulo Básico de Justicia de Paucarpata; Nimer
Marroquín Mogrovejo, Ramiro Bustamante Zegarra y René Cervantes López, Jueces Superiores de
la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; con lo demás que contiene. 3.
ORDENAMOS: Consentida la presente se devuelva
los autos al Juzgado de procedencia para los fines
pertinentes.
LL
2426-2016-0: PARTE RESOLUTIVA: 1) CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por la demandante Elvira Esther Ancasi
Batallanos, contra la resolución de vista de fecha
veinticinco de abril de dos mil dieciséis (folio ciento treinta y cuatro y siguientes), que confirma la
resolución que declara improcedente liminarmente la demanda de hábeas corpus interpuesta por
Elvira Esther Ancasi Batallanos a favor de Ralph
Edwin Cárdenas Ancasi. 2) DISPONEMOS se eleven
inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma de estilo y con la debida nota de
atención.
DECRETOS: Se expidieron un total de 01.
11 DE MAYO DE 2016
DESPACHO
DECRETOS: Se expidieron un total de 01.
05 DE MAYO DE 2016
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ
AUTO DE VISTA
EN DESPACHO
AUTOS DE VISTA
A.V 35-2016
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.
DECRETOS: Se expidieron un total de 07.
06 DE MAYO DE 2016
EN DESPACHO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.
DECRETOS: Se expidieron un total de 05.
09 DE MAYO DE 2016
DESPACHO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ
AUTO DE VISTA
A.V 34-2016
MR
06305-2015-0: Por tales consideraciones, DECIDIMOS: 1.- DECLARAR INFUNDADA LA INHIBICIÓN
A.V 37-2016
LL
5795-2015-89: DECISIÓN: 1.- DECLARARON, INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto y
fundamentado por el abogado defensor del solicitante Donato Cervantes Torres, en contra de la resolución número cero uno guión dos mil dieciséis,
de fecha cuatro de diciembre del dos mil quince,
de fojas ochenta y dos y siguientes. 2.- CONFIRMARON, la resolución número cero uno guión dos
mil dieciséis, de fecha cuatro de diciembre del dos
mil quince, de fojas ochenta y dos y siguientes,
que resuelve: Primero.- DECLARAR INFUNDADA
la solicitud de Desalojo Preventivo Ministración
Provisional postulada por DONATO CERVANTES
TORRES. Segundo.- Disponer que una vez firme
la presente se archive el presente cuaderno. 3.DISPUSIERON que consentida sea la presente, se
remita el presente cuaderno al juzgado de procedencia.
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MENDOZA BANDA Y CON VOTO EN DISCORDIA DE MAGALLANES RODRIGUEZ.
A.V 36-2016
MB
6026-2015-03: PARTE RESOLUTIVA: DECLARAMOS:
FUNDADA la queja de derecho interpuesta por
la señora Fiscal Iris Ticona Oviedo de la Segunda
Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariano
Melgar, contra lo decidido por la señora Jueza del
MR
04279-2015-59: Por las razones dadas la Cuarta
de Sala de Apelaciones en Adición con Funciónen
Liquidación DECIDE: 1. DECLARAR FUNDADO el
recurso de apelación interpuesto por la defensa
técnica del procesado Enrique Vargas Longhi, en
contra de la resolución No. 05-2016, expedida
en audiencia de cese de prisión preventiva del
veintiocho de abril del dos mil dieciséis, realizada
ante el Juez del Primer Juzgado de Investigación
Preparatoria de Cerro Colorado, que declaró infundado el cese de prisión preventiva, en el proceso que se le sigue, por la comisión del delito de
Homicidio Calificado previsto en el inciso 1° (ferocidad) del artículo 8° del Código Penal en agravio
de Miguel Francisco Mamani Monterola. En consecuencia; 2. REVOCAR la resolución No. 05-2016,
expedida en audiencia de cese de prisión preventiva del veintiocho de abril del dos mil dieciséis; y,
REFORMÁNDOLA, se DECLARAMOS fundado el pedido de cesación de prisión preventiva solicitado.
3. IMPONER al imputado Enrique Vargas Longhi,
la medida de comparecencia con las siguientes
restricciones: a) Obligación de no ausentarse de
la localidad en la que reside; b) Deberá concurrir
a todas y cada una de las diligencias y audiencias
que convoque la autoridad policial, fiscal o judicial; c) No variará su domicilio real, señalado en
la presente causa penal, salvo que lo haga conocer previamente al Juzgado. d) Deberá concurrir
al juzgado de investigación preparatoria que co-
Miércoles 27 de julio del 2016
rresponda, cada quince días a fin de dar cuenta de
sus actividades, portando además su documento
de identidad. e) El procesado deberá cumplir con
asistir regularmente a las clases en la universidad
en la que cursa estudios de psicología, lo deberá
informar al juez cada vez que concurra al juzgado
a dar cuenta de sus actividades, siempre y cuando el centro de estudios autorice su eincorporación. ) Se dispone el impedimento de salida del
país del imputado, para lo cual deberá ursarse el
oficio respectivo a la autoridad competente, bajo
responsabilidad funcional, una vez ea excarcelado
el procesado. g) Deberá someterse al tratamiento
especializado sobre el control de bebidas alcohólicas y otras sustancias salvo prescripción médica, en centro médico del Estado, lo que deberá
informar al juez, documentadamente, cada vez
que concurra al juzgado a dar cuenta de sus actividades. h) Se prohíbe al procesado acercarse a
los parientes del agraviado; así como, a todos los
testigos y peritos que tengan vinculación con el
presente caso. i) Se impone una caución económica, de cincuenta mil soles. 4. ORDENAR la INMEDIATA EXCARCELACIÓN de Enrique Vargas Longhi,
una vez sea depositado en el Banco de la Nación
el monto de la caución establecida en el plazo de
cinco días hábiles, y siempre y cuando no medie
en su contra otro mandato de prisión preventiva
dictado en su contra por autoridad competente. 5.
Se DISPONE la devolución del cuaderno al Juzgado de procedencia. Regístrese y notifíquese.
del objeto civil en cuanto corresponda a la parte
agraviada del Estado, conforme al fundamento
15-10 al 15-13, habilitándose por ello la audiencia
correspondiente. 5. DISPONEMOS la devolución
del cuaderno correspondiente al Juzgado para los
fines pertinentes. Regístrese, comuníquese.
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ
16 DE MAYO DE 2016
AUTOS DE TRÁMITE
AUTOS DE TRÁMITE
MR
3476-2011-25: Por estas consideraciones: 1) DECLARAMOS INADMISIBLES los medios probatorios
ofrecidos por el actor civil – Miguel Revilla Arce,
conforme a lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución. 2) CONVOCAMOS a
las partes procesales a la audiencia de apelación
de sentencia a llevarse a cabo el VEINTE DE JUNIO
DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE HORAS en la
Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), bajo
apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para las imputadas
recurridas de ser declaras contumaces en caso de
inasistencia; asimismo, deben tener presente los
señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición
de las partes en el área de Atención al Usuario
(primer piso del Módulo Penal); informándoseles,
asimismo, la disposición del cañón multimedia
instalado en la Sala de Audiencias diligencia para
la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora
señalada. 3) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden
a lo expuesto en el considerando sétimo, frustren
la audiencia convocada, dará lugar a la imposición
de MULTA ascendente a una unidad de referencia
procesal, la que será efectivizada por la Oficina de
Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia
de Arequipa.
MB
812-2015-19: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVOCAR
a las partes procesales a la audiencia de apelación
de sentencia a llevarse a cabo el VEINTITRÉS DE
MAYO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS ONCE HORAS
en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal
de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria concurrencia de la
parte apelante, bajo apercibimiento de declararse
inadmisible el recurso de apelación interpuesto;
asimismo, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la
presente resolución, haciendo presente que los
audios se encuentran a disposición de las partes
en el área de Atención al Usuario (primer piso
del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la
disposición del cañón multimedia instalado en la
Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada.
SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a
lo expuesto en el considerando quinto, frustren la
audiencia convocada, dará lugar a la imposición
de MULTA ascendente a una unidad de referencia
procesal, la que será efectivizada por la Oficina de
Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia
de Arequipa.
DECRETOS: Se expidieron un total de 0.
12 DE MAYO DE 2016
DESPACHO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.
AUTOS DE VISTA
A.V 38-2016
MCH
2301-2013-11: Por las razones expuestas: 1. DECLARAMOS INFUNDADA la apelación formulada
por el actor civil -Procuraduría Pública de la Contraloría General de la República-; en consecuencia, 2. CONFIRMAMOS la resolución No. 09-2015
de fecha quince de septiembre del año dos mil
quince, que declaró FUNDADO el SOBRESEIMIENTO del proceso seguido contra HENRY SATURNINO
GOMEZ VILLALOBOS, MOISES PEDRO VALDEZ CABRERA y SANDRA HILDA SUCARI CHOQUEHUANCA, por el delito de Negociación Incompatible,
previsto en el artículo 399º del Código Penal,
en agravio de la Municipalidad Distrital de Hunter representado por el Procurador Público de la
Contraloría General de la República. Con lo demás
que contiene. 3. IMPROCEDENTE la apelación formulada por el actor civil -Procuraduría Pública de
la Contraloría General de la República -respecto
al extremo del delito de Colusión y al delito de
Falsificación de Documentos y Uso de Documento
Falso. 4. ORDENAMOS Que el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Hunter,
se pronuncie con respecto a la procedencia o no
DECRETOS: Se expidieron un total de 03.
DESPACHO
A.V 39-2016
MR
1231-2015-19: POR TALES RAZONES: DECLARAMOS fundado el recurso de queja formulado por
la defensa técnica del procesado Ciro Gonzalo Negrón Chambi, en contra de la resolución número
seis de fecha catorce de abril del dos mil dieciséis,
que declaró improcedente por extemporánea el
recurso de apelación interpuesto por el abogado
defensor del acusado Ciro Gonzalo Negrón Chambi, contra la resolución número cinco guión dos
mil dieciséis; en consecuencia, CONCEDEMOS el
recurso de apelación interpuesto por la defensa
técnica del procesado Ciro Gonzalo Negrón Chambi, contra la resolución número cinco guión dos
mil dieciséis. DISPUSIERON: Que el Juez del Primer
Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo
Básico de Justicia de Paucarpata, eleve el incidente correspondiente.
MR
1249-2013-13: Por tales consideraciones, 1) DECLARAMOS IMPROCEDENTE la apelación interpuesta por el sentenciado José Luis Chivigorre
Mamani.
LL
3270-2012-03: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVOCAR
a las partes procesales a la audiencia de apelación
de sentencia a llevarse a cabo el VEINTITRÉS DE
MAYO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS DIEZ HORAS
en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal
de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón),
ello con la obligatoria concurrencia de la parte
apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para
el imputado recurrido de ser declarado contumaz
en caso de inasistencia; asimismo, deben tener
presente los señores abogados lo señalado en el
tercer considerando de la presente resolución,
haciendo presente que los audios se encuentran
a disposición de las partes en el área de Atención
al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón
multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes
procesales deberá procurarse con diez minutos
antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR
Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores
abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada,
dará lugar a la imposición de MULTA ascendente
a una unidad de referencia procesal, la que será
efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva
de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.
DECRETOS: Se expidieron un total de 02.
13 DE MAYO DE 2016
EN DESPACHO
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ
SENTENCIA DE VISTA
S.V 16-2016
MB
2457-2016-0: Por lo precedentemente expuesto:
1. DECLARAMOS FUNDADA las apelaciones interpuestas por Wilfredo Pacho Chicani, Director del
Establecimiento Penitenciario de Arequipa; y, por
Jorge Antonio Alegría Patow, Procurador Público
de la Procuraduría Pública del Instituto Penitenciario.2. REVOCAMOS la Sentencia número 1052016-1JPU de fecha quince de abril de dos mil
dieciséis, obrante de fojas noventa y dos a noventa y siete, en el extremo, que declaró fundada en
parte la demanda de hábeas corpus interpuesta
por Claudia Alexandra Pinto Rodríguez, a favor del
ciudadano Paul Junior Del Carpio Huaco, en contra del Director del Establecimiento Penitenciario
de Arequipa, Wilfredo Pacho Chicani y dispuso la
inmediata libertad del beneficiario; y REFORMÁNDOLA: DECLARAMOS, INFUNDADA la demanda de
hábeas corpus interpuesta por Claudia Alexandra
Pinto Rodríguez, a favor del ciudadano Paul Junior
Del Carpio, en contra del Director del Establecimiento Penitenciario de Arequipa, Wilfredo Pacho Chicani [“que le impidieron al beneficiado…
acceder a su derecho a la inmediata libertad por
cumplimiento total de la condena impuesta”].
3.En consecuencia, DISPONEMOS la recaptura del
ciudadano Paul Junior Del Carpio Huaco, previo a
ello, la administración penitenciaria, en el plazo
de cinco días hábiles, deberá resolver el pedido
formulado por el accionante, sobre cumplimiento
de pena con redención, en fecha cuatro de abril
del dos mil dieciséis, decisión que deberá ser comunicada al juzgado, a fin de cursar o no el referido oficio. 4. DISPONEMOS dejar sin efecto la
exhortación al actual Director del Establecimiento Penitenciario de Arequipa, dispuesta por la A
quo en el cuarto párrafo de la parte resolutiva o
decisoria de la recurrida.5. EXHORTAMOS a la A
quo a que, previamente a emitir pronunciamiento, realice una revisión minuciosa de los extremos
de la demanda sobre los que corresponde emitir
pronunciamiento y se abstenga de pronunciarse
sobre peticiones que no corresponden al órgano
jurisdiccional. ORDENAMOS: La publicación de la
presente, así como se efectúen las notificaciones
y comunicaciones de ley.
autor de la comisión del delito contra la Libertad
Sexual en la modalidad de Actos contra el Pudor,
previsto y penado en el artículo 176°-A inciso 2
del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales C.Y.C.T, le impuso la pena privativa de la
libertad de seis años con el carácter de efectiva, y
fijó la suma de un mil nuevos soles por concepto
de reparación civil a favor de la parte agraviada.
REFORMÁNDOLA ABSOLVEMOS a EDWIN ROYERI
CANCINO CCAMA de la comisión del delito contra la Libertad Sexual en la modalidad de Actos
contra el Pudor, previsto y penado en el artículo
176°-A inciso 2 del Código Penal, en agravio de la
menor de iniciales C.Y.C.T., y declaramos INFUNDADA la reparación civil. 3.
D I S P O NEMOS el ARCHIVO DEFINITIVO de la presente
causa y la cancelación de los antecedentes que la
presente causa pudo generar. 4. DISPONEMOS su
devolución al juzgado de origen.
DECRETOS: Se expidieron un total de 01.
17 DE MAYO DE 2016
DESPACHO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ
AUTO DE TRAMITE
LL
383-2014-15: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVOCAR
a las partes procesales a la audiencia de apelación
de sentencia a llevarse a cabo el VEINTISIETE DE
JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS DIEZ HORAS
CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias
de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo
piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria
concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de
apelación interpuesto y para los imputados recurridos de ser declarados contumaces en caso de
inasistencia; asimismo, deben tener presente los
señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición
de las partes en el área de Atención al Usuario
(primer piso del Módulo Penal); informándoseles,
asimismo, la disposición del cañón multimedia
instalado en la Sala de Audiencias diligencia para
la cual la concurrencia de las partes procesales deberá procurarse con diez minutos antes de la hora
señalada. SEGUNDO: PREVENIR Y APERCIBIR que la
inconcurrencia de los señores abogados que, en
orden a lo expuesto en el considerando quinto,
frustren la audiencia convocada, dará lugar a la
imposición de MULTA ascendente a una unidad de
referencia procesal, la que será efectivizada por la
Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior
de Justicia de Arequipa.
DECRETOS: Se expidieron un total de 06.
18 DE MAYO DE 2016
S.V 17-2016
LL
1025-2016-0: Por todo lo que, 1) DECLARAMOS:
INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Juan Gualberto Montes de Oca Begazo,
abogado del beneficiario Leopoldo Ricardo Loli
Vargas. -2) CONFIRMAMOS: la sentencia de fecha
veintidós de Abril del dos mil dieciséis de fojas
trescientos cincuenta y siete a trescientos sesenta y ocho, que declaró infundada la acción de
habeas corpus interpuesta por el señor abogado
Juan Gualberto Montes de Oca Begazo contra el
señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación
Preparatoria de Tacna doctor Yuri Orlando Maquera Rivera, y, los integrantes de la Sala Penal de
Apelaciones de Tacna, Jueces Superiores doctores
Bermejo Ríos, De Amat Peralta y Franco Apaza. 3)
ORDENAMOS: que, consentida sea la presente,
se devuelva los autos al Juzgado de procedencia
para los fines pertinentes.
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.
S.V 18-2016
MR
234-2014-41: Por tales consideraciones, la Cuarta
Sala de Apelaciones en Adición Liquidación, de la
Corte Superior de Justicia de Arequipa, impartiendo justicia a nombre del pueblo, decide: 1.
DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación formulado por la defensa técnica del procesado Edwin
Royeri Cancino Ccama. 2. REVOCAMOS la sentencia emitida por el Juzgado Penal Unipersonal del
Módulo Básico de Justicia de Cerro Colorado, de
fecha cuatro de noviembre de dos mil quince, de
fojas treinta y dos del “Cuaderno de Debate”, que
condenó a Edwin Royeri Cancino Ccama como
EN DESPACHO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.
DECRETOS: Se expidieron un total de 00.
19 DE MAYO DE 2016
AUDIENCIA
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ
AUTO DE VISTA
A.V 39-A-2016
LL
343-2015-61: RESOLVEMOS: Tener por desistido de
la apelación interpuesta por el señor Jorge López
Ríos a través de su defensa en contra de la Sentencia que lo declaró autor del delito de Omisión
a la asistencia familiar previsto en el artículo 149
del Código procesal Penal en agravio de la menor
Maryory López Chávez representada por su madre
Sandra Chávez Quispe, imponiéndole la pena de
un año de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por el mismo plazo de un año,
bajo cumplimiento de reglas de conducta, en lo
demás que contiene, en consecuencia declaramos
firme la referida sentencia. Notificados en audiencia. Damos por concluido. Se deja constancia que
culminó
9
DECRETOS: Se expidieron un total de 06.
20 DE MAYO DE 2016
DESPACHO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.
AUTOS DE VISTA
A.V 40-2016
MR
2772-2015-83: Por las razones expuestas: 1. DECLARAMOS INFUNDADA la apelación formulada
por el actor civil -Procuraduría Pública Anticorrupción Descentralizada de Arequipa-. 2. ORDENAMOS al Juez de Investigación Preparatoria de
Caylloma – Chivay, que convoque a una audiencia
complementaria a fin se resuelva el extremo de la
pretensión civil, en el proceso seguido contra Ramón Nonato Cayllahua Cayllahua por el delito de
Peculado previsto en el primer párrafo del artículo
387º del Código Penal, en agravio del Estado. 3.
EXHORTAMOS, por esta vez, al señor magistrado
Flavio R. Díaz Machaca, Juez de Investigación Preparatoria de Caylloma – Chivay, cumpla con el mayor cuidado y diligencia el desarrollo procesal del
proceso bajo su conocimiento. 4. ORDENAMOS la
devolución del cuaderno correspondiente al Juzgado para los fines pertinentes.
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.
AUTOS DE TRÁMITE
LL
2772-2015-83: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVOCAR
a las partes procesales a la audiencia de apelación
de sentencia a llevarse a cabo el VEINTISIETE DE
JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE HORAS
CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias
de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo
piso - antiguo pabellón), ello con la obligatoria
concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de
apelación interpuesto; asimismo, deben tener
presente los señores abogados lo señalado en el
tercer considerando de la presente resolución,
haciendo presente que los audios se encuentran
a disposición de las partes en el área de Atención
al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón
multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes
procesales deberá procurarse con diez minutos
antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR
Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores
abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada,
dará lugar a la imposición de MULTA ascendente
a una unidad de referencia procesal, la que será
efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva
de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.
MB
1605-2012-37: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el CUATRO DE
JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE HORAS
en la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal
de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón),
ello con la obligatoria concurrencia de la parte
apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para
la imputada recurrida de ser declarada contumaz
en caso de inasistencia; asimismo, deben tener
presente los señores abogados lo señalado en el
tercer considerando de la presente resolución,
haciendo presente que los audios se encuentran
a disposición de las partes en el área de Atención
al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón
multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes
procesales deberá procurarse con diez minutos
antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR
Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores
abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada,
dará lugar a la imposición de MULTA ascendente
a una unidad de referencia procesal, la que será
efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva
de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.
MR
135-2014-10: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVOCAR
a las partes procesales a la audiencia de apelación
de sentencia a llevarse a cabo el CUATRO DE JULIO
DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS DIEZ HORAS en la
10
La República
Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello
con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo,
deben tener presente los señores abogados lo
señalado en el tercer considerando de la presente
resolución, haciendo presente que los audios se
encuentran a disposición de las partes en el área
de Atención al Usuario (primer piso del Módulo
Penal); informándoseles, asimismo, la disposición
del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de
las partes procesales deberá procurarse con diez
minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO:
PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de
los señores abogados que, en orden a lo expuesto
en el considerando quinto, frustren la audiencia
convocada, dará lugar a la imposición de MULTA
ascendente a una unidad de referencia procesal,
la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de
Arequipa.
DECRETOS: Se expidieron un total de 01.
23 DE MAYO DE 2016
DESPACHO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ
AUTOS DE VISTA
AV. 041-2016
MR
3333-2016-0: Por lo que DECIDIMOS: 1. DECLARAR
FUNDADA la apelación interpuesta por la defensa técnica del beneficiario José Alberto Huallpa
Sandivar, en consecuencia, 2. NULA la resolución
N° 01-2016, de fecha veintiocho de abril de dos
mil dieciséis, de folio veintiocho, que declaró
improcedente la demanda constitucional de Habeas Corpus, interpuesta por José Antonio Olmos
Huallpa en contra de los señores Magistrados Wolfray Huerta Robles, ex Juez del Juzgado de Lima
Este, Pilar Luisa Carbonel Vilchez Juez Superior de
la Sala Superior Especializada en lo Penal y Permanente del distrito de San Juan de Lurigancho de
la Corte Superior de Justicia de Lima Este, Edgar
Vizcarra Pacheco, Juez Superior de la Sala Superior Especializada en lo Penal Descentralizada y
Permanente del distrito de San Juan de Lurigancho de la Corte Superior de Justicia de Lima Este y
Cesar Magallanes Aymar, Juez Superior de la Sala
Superior Especializada en lo Penal Descentralizada y Permanente del distrito de San Juan de Lurigancho de la Corte Superior de Justicia de Lima
Este; y dispone el archivo definitivo del presente
proceso. 3. ORDENAMOS se remitan a la A Quo
Constitucional de origen, a efecto de que emita
nuevo pronunciamiento, tiendo en cuenta los fundamentos de la presente.AUDIENCIA
AV. 042-2016
LL
3270-2012-03: RESOLVEMOS: 1.-TENER POR DESISTIDO de la apelación formulada por el señor
representante del Ministerio Público Aldo Enrique
Mena Del Carpio, en contra de la sentencia antes
indicada. Por lo tanto: 2.-DECLARAMOS firme la
presente sentencia.
DESPACHO
AUTOS DE TRÁMITE
LL
4603-2013-82: Por tales consideraciones, DECLARAMOS NULO todo lo actuado desde el folio
ciento cinco inclusive, retrotrayéndose la causa al
estado de calificación de prueba ofrecida y convocatoria de audiencia de apelación de sentencia.
MR
4603-2013-82: Por estas consideraciones: 1) DECLARAMOS INADMISIBLE el medio probatorio
ofrecido la defensa técnica de Juan Pablo Vilca
Cornejo, conforme a lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución. 2) CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de
apelación de sentencia a llevarse a cabo el DOS DE
JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE HORAS
CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencias
de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo
piso - antiguo pabellón), bajo apercibimiento de
declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para la imputada recurrida de ser declara contumaz en caso de inasistencia; asimismo,
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
deben tener presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente
resolución, haciendo presente que los audios se
encuentran a disposición de las partes en el área
de Atención al Usuario (primer piso del Módulo
Penal); informándoseles, asimismo, la disposición
del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de
las partes procesales deberá procurarse con diez
minutos antes de la hora señalada. 3) PREVENIR
Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores
abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando sétimo, frustren la audiencia convocada,
dará lugar a la imposición de MULTA ascendente
a una unidad de referencia procesal, la que será
efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva
de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.
MB
3503-2015-63: Por estas consideraciones: 1) DECLARAMOS INADMISIBLES los medios probatorios
ofrecidos por la defensa técnica de Javier Gregorio Checya Molina, conforme a lo expuesto en el
tercer considerando de la presente resolución. 2)
CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo
el VEINTISIETE DE JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS,
A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS en
la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de
Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón),
bajo apercibimiento de declararse inadmisible
el recurso de apelación interpuesto; asimismo,
deben tener presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente
resolución, haciendo presente que los audios se
encuentran a disposición de las partes en el área
de Atención al Usuario (primer piso del Módulo
Penal); informándoseles, asimismo, la disposición
del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de
las partes procesales deberá procurarse con diez
minutos antes de la hora señalada. 3) PREVENIR
Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores
abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando sétimo, frustren la audiencia convocada,
dará lugar a la imposición de MULTA ascendente
a una unidad de referencia procesal, la que será
efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva
de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.
MR
5111-2014-58:
DECRETOS: Se expidieron un total de 01.
24 DE MAYO DE 2016
AUDIENCIA
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ
AUTOS DE VISTA
AV. 043-2016
MB
2693-2012-97: RESOLVEMOS: Primero: DECLARAR
INFUNDADA la apelación formulada por la Procuradora Pública a cargo de la defensa jurídica del
Ministerio de comercio exterior Ingrid Juana Groso García. Segundo: CONFIRMAMOS la Resolución
N° 08-2015 de fecha 14 de octubre del 2015, en
el extremo que declaró fundado el sobreseimiento de la causa seguida en contra Lolo Pila Umire
por el delito de funcionamiento ilegal de juegos
de casino y máquinas tragamonedas previsto en
el artículo 243.c del Código Penal en agravio del
Estado, representado por el Procurador Público a
cargo de los asuntos judiciales de MINCETUR y con
demás que contiene. Tercero: disponemos la devolución del cuaderno al juzgado de origen.
DECRETOS: Se expidieron un total de 04.
25 DE MAYO DE 2016
DESPACHO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.
AUTOS DE VISTA
audiencia del dos de Mayo del dos mil dieciséis,
que: Declaró fundado el requerimiento postulado
por el Ministerio Público y dictó medida de coerción personal de prisión preventiva por el plazo
de nueve meses que, contados desde la efectiva
detención de los imputados acaecida el uno de
Mayo del dos mil dieciséis vencerá el treinta y
uno de Enero del dos mil diecisiete, respecto de
los ciudadanos peruanos: Dick Houston Laura
Lira, José Andrés Hancco Ccoto y Raulito Gómez
Peña. REFORMÁNDOLA, declaramos INFUNDADO
el requerimiento de prisión preventiva contra los
investigados Dik Houston Laura Lira, José Andrés
Hancco Ccoto y Raulito Gómez Peña, solicitado
por el Ministerio Público. 3) DICTAMOS: contra
los investigados DIK HOUSTON LAURA LIRA, JOSÉ
ANDRÉS HANCCO CCOTO y RAULITO GÓMEZ PEÑA,
la medida de COMPARECENCIA RESTRICTIVA. En
consecuencia, imponemos a los citados inculpados las siguientes restricciones: a) Presentarse al
local del Juzgado de Investigación Preparatoria el
primer día hábil de cada mes a efecto de informar
y justificar sus actividades; b) No concurrir a lugares de dudosa reputación; c) No Mausentarse de la
ciudad ni del país, sin previa y expresa autorización del Juzgado; d) Quedan
impedidos de salir del país en tanto dure el presente proceso en su contra, para cuyo efecto deberá de cursarse las comunicaciones correspondientes; y, e) Fijamos como caución económica
la suma de un mil Soles que constituirá y depositará cada uno de los investigados en el Banco de
la Nación, el que necesariamente será dinero en
efectivo y se depositará en la forma prevista por
ley, a cuyo efecto se les otorga el plazo de diez
días hábiles. Bien entendido que el incumplimiento a las restricciones impuestas podrá dar lugar a
la revocatoria de lamedida y dictarse contra los
investigados, mandato de prisión preventiva conforme lo dispone el artículo 287° inciso 3) del Código Procesal Penal. 4) DISPONEMOS: la inmediata
excarcelación del investigado RAULITO GÓMEZ
PEÑA, salvo medie otra medida de privación de su
libertad dictada en otro proceso, debiendo cursarse el oficio respectivo. 5) ORDENAMOS: la libertad
y excarcelación de los investigados DIK HOUSTON
LAURA LIRA y JOSÉ ANDRÉS HANCCO CCOTO, salvo medie otra medida de privación de su libertad
dictada en otro proceso, debiendo cursarse los
oficios respectivos en su oportunidad, medida de
libertad que se ejecutará una vez cumplan con la
caución económica fijada. 6) MANDAMOS: que,
consentida sea la presente, se devuelvan los autos al Juzgado de rocedencia para los fines pertinentes.
AUTOS DE TRÁMITE
LL
49-2014-01: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVOCAR a
las partes procesales a la audiencia de apelación
de sentencia a llevarse a cabo el CUATRO DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS ONCE HORAS en
la Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de
Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón),
ello con la obligatoria concurrencia de la parte
apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto y para
el imputado recurrido de ser declarado contumaz
en caso de inasistencia; asimismo, deben tener
presente los señores abogados lo señalado en el
tercer considerando de la presente resolución,
haciendo presente que los audios se encuentran
a disposición de las partes en el área de Atención
al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón
multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes
procesales deberá procurarse con diez minutos
antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR
Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores
abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada,
dará lugar a la imposición de MULTA ascendente
a una unidad de referencia procesal, la que será
efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva
de la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Al
escrito Nro. 5953-2016: Téngase presente el señalamiento de domicilio procesal, estando en la
obligación de señalar casilla electrónica. AL ESCRITO Nro. 6235-2016: Expídase las copias certificadas conforme se solicitan. AL OTROSI: Téngase
presente señalamiento de domicilio procesal y
casilla electrónica.
DECRETOS: Se expidieron un total de 01.
AV. 044-2016
26 DE MAYO DE 2016
MB
3477-2016-18: Por todo lo que, 1) DECLARAMOS:
FUNDADO el recurso de apelación interpuesto
por las defensas técnicas de los investigados:
Raulito Gómez Peña, José Andrés Hancco Ccoto
y Dik Houston Laura Lira. En consecuencia, 2) REVOCAMOS: la Resolución número 03, dictada en
DESPACHO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ
Miércoles, 27 de julio del 2016
SENTENCIA DE VISTA
S.V 19-2016
MR
930-2014-25: Por tales consideraciones, la Cuarta
Sala de Apelaciones en Adición Liquidación, de
la Corte Superior de Justicia de Arequipa, impartiendo justicia a nombre del pueblo, decide: 7. DECLARAR INFUNDADOS los recursos de apelación
formulados por el representante del Ministerio
Público y de la Procuraduría Pública del Ministerio
de la Salud. 8. DECLARAR INFUNDADO el recurso
de apelación de la defensa técnica de la procesada Hayde Ernestina Hurtado Aspilcueta. 9. DECLARAR FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación
del actor civil. 10. CONFIRMAR EN PARTE la sentencia de primera instancia, emitida por el Tercer Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de
Justicia de Arequipa, de fecha veintiséis de enero
de dos mil dieciséis, en los extremos que Absolvió
a Hayde Ernestina Hurtado Aspilcueta del delito
Contra la Salud Pública en la modalidad de Ejercicio Ilegal de la Medicina, previsto y penado en
el artículo 290°, primer párrafo, inciso 1, del Código Penal, en agravio del Estado representado por
la Procuraduría Pública del Ministerio de Salud;
Condenó a Hayde Ernestina Hurtado Aspilcueta como autora de la comisión del delito Contra
la Vida, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de
Lesiones Graves, previsto y penado en el artículo
121°, primer párrafo, inciso 1, del Código Penal,
en agravio de Flor De María López Díaz, le impuso
cuatro años de pena privativa de la libertad con el
carácter de suspendida por el plazo de tres años,
bajo el cumplimiento de reglas de conducta. 11.
REVOCAR la sentencia de primera instancia, de fecha veintiséis de enero de dos mil dieciséis, en los
extremo que fijó la suma de veintisiete mil nuevos
soles por concepto de reparación civil a favor de la
parte agraviada; en consecuencia REFORMÁNDOLA fijar en la suma de SETENTA MIL NUEVOS SOLES el monto por concepto de la reparación civil a
favor de la parte agraviada, que deberá abonar la
sentenciada Hayde Ernestina Hurtado Aspilcueta.
DISPONER su devolución al juzgado de origen.
AUTOS DE TRÁMITE
MB
2485-2014-01: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVOCAR
a las partes procesales a la audiencia de apelación
de sentencia a llevarse a cabo el ONCE DE JULIO
DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE HORAS en la
Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello
con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo,
deben tener presente los señores abogados lo
señalado en el tercer considerando de la presente
resolución, haciendo presente que los audios se
encuentran a disposición de las partes en el área
de Atención al Usuario (primer piso del Módulo
Penal); informándoseles, asimismo, la disposición
del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de
las partes procesales deberá procurarse con diez
minutos antes de la hora señalada. SEGUNDO:
PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de
los señores abogados que, en orden a lo expuesto
en el considerando quinto, frustren la audiencia
convocada, dará lugar a la imposición de MULTA
ascendente a una unidad de referencia procesal,
la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de
Arequipa.
efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva
de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.
LL
3071-2013-66: Por tales consideraciones, SE RESUELVE: 1. ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN
interpuesto por el sentenciado Catalino Salcedo
Lima, contra la sentencia de vista de fecha tres
de mayo de dos mil dieciséis, que corre en el folio
ciento cincuenta y uno y siguientes; debiendo elevarse el presente proceso a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma
de estilo y dentro del plazo legal. 2. DISPONER se
notifique a todas las partes emplazándolas para
que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte
Suprema y fijen nuevo domicilio procesal, en esta
instancia, dentro del décimo día siguiente al de la
notificación; asimismo, fórmese cuaderno de ejecución, debiendo devolverse dicho cuaderno al
Juzgado de origen, a fin se continúe el séquito del
proceso. Al escrito Nro. 5662-2016: Expídase las
copias simples conforme se solicitan. AL OTROSI;
Téngase presente.
LL
1076-2016-0: PARTE RESOLUTIVA: 1) CONCEDEMOS el recurso de agravio constitucional interpuesto por defensa técnica de Orlando Rolando
Chillihuani Pillco, contra la resolución de vista de
fecha diez de mayo de dos mil dieciséis (folio ciento cinco y siguientes), que confirma la resolución
que declara improcedente la demanda de hábeas
corpus. 2) DISPONEMOS se eleven inmediatamente los autos al Tribunal Constitucional en la forma
de estilo y con la debida nota de atención.
MR
10-2014-12: Razones por las que: DECLARAMOS:
1.- NULO el concesorio contenido en la resolución Nro. 13 de fecha quince de marzo de dos mil
dieciséis (folio ciento cincuenta y seis), y proveyendo en sede de instancia el recurso de apelación presentado, 2.- IMPROCEDENTE el recurso de
apelación presentado por el agraviado Juan Pedro
Duran Ccasa, en contra de la sentencia número
16-2016, de fecha veintinueve de enero de dos
mil dieciséis.
MR
5126-2015-67: En consecuencia: POR MAYORIA
DE LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO LAZO
Y MENDOZA BANDA: SE CONCEDE a Edgar Jeset
Larico Sucalla,, el plazo de tres días, de notificada
la presente decisión, para que subsane la omisión
antes anotada, bajo apercibimiento, de declararse
inadmisible el recurso propuesto.
DECRETOS: Se expidieron un total de 0.
27 DE MAYO DE 2016
EN DESPACHO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MAGALLANES RODRIGUEZ Y MORENO CHIRINOS.
DECRETOS: Se expidieron un total de 04.
30 DE MAYO DE 2016
DESPACHO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.
AUTO DE VISTA
LL
1891-2011-60: SE RESUELVE: PRIMERO: CONVOCAR
a las partes procesales a la audiencia de apelación
de sentencia a llevarse a cabo el ONCE DE JULIO
DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS DIEZ HORAS en la
Sala de Audiencias de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones (segundo piso - antiguo pabellón), ello
con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible
el recurso de apelación interpuesto y para los imputados recurridos de ser declarados contumaces
en caso de inasistencia; asimismo, deben tener
presente los señores abogados lo señalado en el
tercer considerando de la presente resolución,
haciendo presente que los audios se encuentran
a disposición de las partes en el área de Atención
al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón
multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes
procesales deberá procurarse con diez minutos
antes de la hora señalada. SEGUNDO: PREVENIR
Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores
abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada,
dará lugar a la imposición de MULTA ascendente
a una unidad de referencia procesal, la que será
A.V 45-2016
LL
5960-2015-85: Por todo lo que, 1) DECLARAMOS:
INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica del imputado Rolando
Jorge Aguirre Rodríguez. 2) CONFIRMAMOS: la
Resolución número 11-2016, dictada en audiencia
del dieciséis de Marzo del dos mil dieciséis, que
declaró infundada la oposición formulada por la
defensa técnica de la parte imputada y declaró
fundada el pedido sobre constitución de actor civil en favor de doña Justa Marilú Yanapa Hancco,
en representación de los agraviados Bladimir Gonzalo y Jardel Edwar Aguirre Yanapa; con lo demás
que contiene. 3) ORDENAMOS: que, consentida
sea la presente, se devuelvan los autos al Juzgado
de procedencia para los fines pertinentes.
A.V 46-2016
MR
4279-2015-0: SE RESUELVE: 1.- TENER POR DESISTIDO a Enrique Vargas Longhi de la apelación interpuesta en contra de la resolución número 04
que dispone la prórroga de plazo de proceso com-
Miércoles 27 de julio del 2016
plejo por ocho meses más; por tanto consentida
la resolución precedentemente pronunciada que
corre en el folio treinta y siguientes del presente
cuaderno. 2.- DISPONEMOS la devolución del presente cuaderno al Juzgado de origen.
DECRETOS: Se expidieron un total de 0.
31 DE MAYO DE 2016
DESPACHO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MENDOZA BANDA Y ABRIL PAREDES.
SENTENCIA DE VISTA
S.V 20-2016
MR
5690-2014-41: PARTE RESOLUTIVA. 8. DECLARAMOS FUNDADO en parte el recurso de apelación
interpuesto, a fojas cincuenta y nueve y siguientes, por la defensa técnica del procesado COSME
DAMIAN QUISPE CCOPA. 9. REVOCAMOS La Sentencia apelada, de fecha quince de enero del dos
mil dieciséis, que obra en el folio veintinueve y
siguientes, que resolvió –por mayoría- declarar a
Cosme Damian Quispe Copa, autor del delito de
Actos contra el pudor de menor de edad, ilícito
previsto y penado en el artículo 176-A, primer párrafo, inciso 3 del Código Penal, en concordancia
con el último párrafo del citado artículo, en agravio de la menor de iniciales M.Q.H., imponiéndole
diez años de pena privativa de la libertad, con el
carácter de efectiva, fijando la suma de cinco mil
nuevos soles por concepto de reparación civil a
favor de la menor agraviada y, disponiendo se
someta al sentenciado a tratamiento terapéutico previa evaluación médica y psicológica; y, 10.
REFORMÁNDOLA, ABSOLVEMOS a don COSME
DAMIAN QUISPE CCOPA, de la comisión del delito
de Actos contra el pudor de menor de edad, ilícito previsto y penado en el artículo 176-A, primer
párrafo, inciso 3 del Código Penal, en concordancia con el último párrafo del citado artículo, en
agravio de la menor de iniciales M.Q.H; en consecuencia, DISPONEMOS: EL ARCHIVO DEFINITIVO
la causa, debiendo cursarse las comunicaciones
pertinentes a los Registros Distrital y Central de
Condenas y demás pertinentes para fines de su registro. 11. DISPONEMOS la inmediata EXCARCELACIÓN de COSME DAMIAN QUISPE CCOPA, siempre
que no exista mandato de detención o prisión en
su contra en otro proceso, a cuyo efecto se deberá remitir las comunicaciones que corresponda
en el día y bajo responsabilidad y, ORDENAMOS
la anulación de los antecedentes judiciales y policiales generados en su contra con motivo del
presente proceso y, una vez que sea consentida
o ejecutoriada la presente. 12. DISPONEMOS corregir la sentencia, de fecha quince de enero del
dos mil dieciséis, que obra en el folio veintinueve
y siguientes, en el cual se consigna erróneamente
el segundo apellido del imputado que dice “Cosme Damián Quispe Copa, debiendo decir “Cosme
Damián Quispe Ccopa”. 13. DECLARAMOS: Sin
lugar ha emitir pronunciamiento, respecto a la
pretensión de nulidad formulado en el recurso de
apelación interpuesta por la defensa técnica del
procesado Cosme Damian Quispe Ccopa. 14. ORDENAMOS: Que consentida sea la presente se devuelvan los autos al Juzgado de procedencia, para
los fines pertinentes. Sin costas de la instancia.
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LAJO
LAZO, MENDOZA BANDA Y MAGALLANES RODRIGUEZ.
AUTO DE VISTA
A.V 47-2016
MR
2102-2015-70: PARTE RESOLUTIVA: 1. DECLARAMOS NULA la resolución número seis, dictado en
audiencia de fecha veintiséis de enero del dos mil
dieciséis, que RESUELVE: DECLARAR INFUNDADA
LAS EXCEPCIONES DE IMPROCEDENCIA DE ACCION
postuladas por la defensa técnica en el Expediente 02102-2015, cuaderno 52 por Wolbert Cutire
Puma; cuaderno 70 por Clara Puma Huachire;
cuaderno 41 por Herly Santos Cutire Puma; cuaderno 28 por Lizbeth Cutire Puma; cuaderno 4 por
Santos Cutire Machaca. 2. ORDENAMOS que otro
Juez de Investigación Preparatoria emita nuevo
pronunciamiento, teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución. Precisando que
si hay variación de magistrado en el juzgado que
expidió la recurrida, sea el designado quién emita
la nueva resolución. 3. EXHORTAMOS por esta vez,
a la señora Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Karina Fiorella Apaza del Carpio,
cumpla con el mayor cuidado y diligencia debida
en el cumplimiento de sus funciones.
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
A.V 48-2016
LL
2102-2015-41: PARTE RESOLUTIVA: 1. DECLARAMOS NULA la resolución número seis, dictado en
audiencia de fecha veintiséis de enero del dos mil
dieciséis, que RESUELVE: DECLARAR INFUNDADA
LAS EXCEPCIONES DE IMPROCEDENCIA DE ACCION
postuladas por la defensa técnica en el Expediente 02102-2015, cuaderno 52 por Wolbert Cutire
Puma; cuaderno 70 por Clara Puma Huachire;
cuaderno 41 por Herly Santos Cutire Puma; cuaderno 28 por Lizbeth Cutire Puma; cuaderno 4 por
Santos Cutire Machaca. 2. ORDENAMOS que otro
Juez de Investigación Preparatoria emita nuevo
pronunciamiento, teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución. Precisando que
si hay variación de magistrado en el juzgado que
expidió la recurrida, sea el designado quién emita
la nueva resolución. 3. EXHORTAMOS por esta vez,
a la señora Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Karina Fiorella Apaza del Carpio,
cumpla con el mayor cuidado y diligencia debida
en el cumplimiento de sus funciones.
A.V 49-2016
MR
2102-2015-04: PARTE RESOLUTIVA: 1. DECLARAMOS NULA la resolución número seis, dictado en
audiencia de fecha veintiséis de enero del dos mil
dieciséis, que RESUELVE: DECLARAR INFUNDADA
LAS EXCEPCIONES DE IMPROCEDENCIA DE ACCIÓN
postuladas por la defensa técnica en el Expediente 02102-2015, cuaderno 52 por Wolbert Cutire
Puma; cuaderno 70 por Clara Puma Huachire;
cuaderno 41 por Herly Santos Cutire Puma; cuaderno 28 por Lizbeth Cutire Puma; cuaderno 4 por
Santos Cutire Machaca. 2. ORDENAMOS que otro
Juez de Investigación Preparatoria emita nuevo
pronunciamiento, teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución. Precisando que
si hay variación de magistrado en el juzgado que
expidió la recurrida, sea el designado quién emita
la nueva resolución. 3. EXHORTAMOS por esta vez,
a la señora Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Karina Fiorella Apaza del Carpio,
cumpla con el mayor cuidado y diligencia debida
en el cumplimiento de sus funciones.
A.V 50-2016
MR
2102-2015-28: PARTE RESOLUTIVA: 1. DECLARAMOS NULA la resolución número seis, dictado en
audiencia de fecha veintiséis de enero del dos mil
dieciséis, que RESUELVE: DECLARAR INFUNDADA
LAS EXCEPCIONES DE IMPROCEDENCIA DE ACCIÓN
postuladas por la defensa técnica en el Expediente 02102-2015, cuaderno 52 por Wolbert Cutire
Puma; cuaderno 70 por Clara Puma Huachire;
cuaderno 41 por Herly Santos Cutire Puma; cuaderno 28 por Lizbeth Cutire Puma; cuaderno 4 por
Santos Cutire Machaca. 2. ORDENAMOS que otro
Juez de Investigación Preparatoria emita nuevo
pronunciamiento, teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución. Precisando que
si hay variación de magistrado en el juzgado que
expidió la recurrida, sea el designado quién emita
la nueva resolución. 3. EXHORTAMOS por esta vez,
a la señora Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Karina Fiorella Apaza del Carpio,
cumpla con el mayor cuidado y diligencia debida
en el cumplimiento de sus funciones.
A.V 51-2016
MR
2102-2015-52: PARTE RESOLUTIVA: 1. DECLARAMOS NULA la resolución número seis, dictado en
audiencia de fecha veintiséis de enero del dos mil
dieciséis, que RESUELVE: DECLARAR INFUNDADA
LAS EXCEPCIONES DE IMPROCEDENCIA DE ACCIÓN
postuladas por la defensa técnica en el Expediente 02102-2015, cuaderno 52 por Wolbert Cutire
Puma; cuaderno 70 por Clara Puma Huachire;
cuaderno 41 por Herly Santos Cutire Puma; cuaderno 28 por Lizbeth Cutire Puma; cuaderno 4 por
Santos Cutire Machaca. 2. ORDENAMOS que otro
Juez de Investigación Preparatoria emita nuevo
pronunciamiento, teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución. Precisando que
si hay variación de magistrado en el juzgado que
expidió la recurrida, sea el designado quién emita
la nueva resolución. 3. EXHORTAMOS por esta vez,
a la señora Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Karina Fiorella Apaza del Carpio,
cumpla con el mayor cuidado y diligencia debida
en el cumplimiento de sus funciones.
A.V 52-2016
LL
5540-2015-93: PARTE RESOLUTIVA: 1. DECLARAMOS FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica de la procesada Tania Elizabeth Carbajal Cano, en contra de la Resolución
N° 03-2016, dictado en audiencia de fecha cinco
de abril del dos mil dieciséis. 2.- DECLARAMOS
FUNDADO el recurso de apelación interpuesto
por la defensa técnica del procesada Saúl Huamán
Delgado, en contra de la Resolución N° 03-2016,
dictado en audiencia de fecha cinco de abril del
dos mil dieciséis. 3. REVOCAMOS la Resolución N°
03-2016, dictado en audiencia de fecha cinco de
abril del dos mil dieciséis que RESUELVE: PRIMERO:
INFUNDADO el pedido de Oposición formulado
por las defensas técnicas sobre el pedido de Constitución en Actor Civil y tener por Actor Civil al
Estado representado por la S++++perintendencia
Nacional de Aduanas y Administración Tributaria
SUNAT, a quien se le otorgan las facultades y derechos que señala el artículo104° y siguientes del
Código Procesal Penal. SEGUNDO: CESAR la legitimidad con respecto a la pretensión civil a favor
del Estado por parte del Ministerio Público; con
lo demás que ella contiene; y, REFORMANDOLA,
DECLARAMOS FUNDADA la OPOSICIÓN formulada
por las defensas de los imputado Tania Elizabeth
Carbajal Cano y Saúl Huamán Delgado; e INFUNDADA la solicitud de Constitución en Actor Civil
formulada por el Procurador Publico Adjunto de
la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria -SUNAT- en el delito de
Defraudación Tributaria. 4.- DISPONEMOS que
consentida sea la presente, se remita el presente
cuaderno al Juzgado de procedencia.
A.V 53-2016
MR
2102-2015-14: RESOLVEMOS: 1. DECLARAMOS
FUNDADO, en parte, el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica y la apoderada de
la empresa “Transportes Iberoamericano S.R.L.”. 2.
DECLARAMOS NULA la Resolución N° 03, dictada
en audiencia de fecha ocho de enero del dos mil
dieciséis, que resuelve declarar fundado “el requerimiento de incorporación de persona jurídica al
proceso” y, en consecuencia, “declara la incorporación en calidad de persona jurídica a la empresa
denominada como razón social ‘TRANSPORTES
IBEROAMERICANO SRL’ con RUC 20311985346,
con domicilio legal en calle José Gálvez 322- B
Miraflores, que registra como gerente general a
Santos Cutire Machaca, como apoderado a Clara
Puma Chire” 3. ORDENAMOS: Que, se devuelvan
los autos al Juzgado de procedencia, a fin de que
emita pronunciamiento el Juez llamado por ley,
en el plazo más breve posible.
DECRETOS: Se expidieron un total de 06.
YENY MAGALLANES RODRIGUEZ
JUEZ SUPERIOR
CRISLEY HERRERA CLAURE
COORDINADORA DE CAUSAS
CUARTA SALA PENAL DE APELACIONES
CRONICA JUDICIAL TERCERA SALA PENAL
DE APELACIONES
02 DE MAYO DE 2016
DESPACHO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO
PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.
SENTENCIA DE VISTA
S.V. 20-2016
CP
4101-2013-0: Por tales consideraciones: 1. DECLARAMOS INFUNDADA parcialmente la apelación,
interpuesta por la defensa técnica del querellante Diego Reyli Armaza Valdez mediante escrito
de fojas 264 a 266. 2. CONFIRMAMOS la sentencia número 291-2015-3JUP de fecha dieciséis
de diciembre del dos mil quince, que declaró a
RONALD PABLO IBAÑEZ BARREDA, ABSUELTO del
delito Contra el Honor en la modalidad de DIFAMACIÓN, previsto en el tercer párrafo del artículo
132°, concordante con el artículo 131º del Código
Penal, en agravio de Diego Reyli Armaza Valdez.
DECLARAMOS la NULIDAD de la apelada en el extremo de la reparación civil y DISPONEMOS que
en atención a las consideraciones expuestas en la
presente, otro juzgado competente llamado por
ley determine la configuración del objeto civil en
cuanto corresponda, habilitándose la audiencia
correspondiente. Sin Costas de la instancia.AUTOS DE VISTA
A.V. 30-2016
BC
5131-2015-67: SE RESUELVE: 1. DECLARAR fundado el recurso de apelación propuesto por la defensa técnica del investigado Johnny Zambrano
Prieto. 2. REVOCAR la Resolución Nro. 04, de fecha
dieciocho de enero de 2016, que declaró infundada la excepción de improcedencia de acción
deducida por la defensa técnica de Johnny Zambrano Prieto en el proceso seguido en su contra
por el delito de usurpación en agravio de Cesar
Eduardo Aguilar Franco; y, reformándola, DECLARAR fundada la excepción de improcedencia de
acción deducida por la defensa técnica de Johnny
Zambrano Prieto en el proceso seguido en su contra por el delito de usurpación en agravio de Cesar
Eduardo Aguilar Franco; en consecuencia, 3. DISPONER el archivo definitivo de la presente causa y
la anulación de los antecedentes generados a raíz
de la presente contra el procesado Johnny Zambrano Prieto, debiendo el órgano de ejecución
remitir las comunicaciones correspondientes a fin
de efectivizar dicho mandato. Y los devolvemos.
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, BENAVIDES DEL CARPIO Y OCHOA
CAHUANA.
AUTOS DE TRÁMITE
BC
1575-2013-68: Por estas consideraciones: 1)
DECLARAMOS INADMISIBLE el medio probatorio ofrecido por el sentenciado Mario Gonzáles
Aguilar, consistente en la denuncia efectuada por
Jorge de Amat Quispe, conforme a lo expuesto
en el tercer considerando de la presente resolución. 2) DECLARAMOS INADMISIBLE el medio de
prueba ofrecidos por el imputado consistente en
la testimonial de Jorge de Amat Quispe, por los
argumentos expuestos en el considerando tercero de la presente resolución. 3) CONVOCAR a las
partes procesales a la AUDIENCIA DE APELACIÓN
DE SENTENCIA a llevarse a cabo el DIEZ DE MAYO
DE DOS MIL DIECISÉIS A LAS NUEVE HORAS, con el
Colegiado hábil a la fecha de su realización, en la
Sala de Audiencias número once); ello
con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisibles los recursos de apelación interpuestos;
debiendo tener presente los señores abogados lo
señalado en el tercer considerando de la presente
resolución, haciendo presente que los audios se
encuentran a disposición de la partes en el área
de Atención al Usuario (primer piso del Módulo
Penal); diligencia para la cual la concurrencia de
las partes procesales deberá procurarse con diez
minutos antes de la hora señalada; informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias.
OC
2834-2016-98: POR LO QUE: CONCEDEMOS el plazo de dos días al recurrente José Luis Velarde López, a fin de que complete y subsane lo requerido
en los considerandos precedentes, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de
queja interpuesto.
CP
2183-2014-79: SE RESUELVE: A) CORRER traslado a
la demás partes procesales por el plazo de cinco
días, teniéndose presente la delimitación de los
puntos materia de impugnación, los que serán
materia de debate en la audiencia de apelación.
B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto.
CP
334-2016-0: Por estas consideraciones: 1.- ADMITIMOS los medios de prueba ofrecidos por el
actor civil José Rudy Salas Charcas, consistente
en Copia certificada del dictamen preliminar de
autopartes N° 022-2016, realizado por el SOS PNP
Eddy Cuadros Caceres; copia certificada del dictamen pericial de identificación de autopartes N°
051-2016, realizado por el SOS. PNP Eddy Cuadros
Caceres y SOT1. PNP Eliseo P. Molina Chutas, conforme a lo expuesto en el cuarto considerando
de la presente resolución 2.- CONVOCAR a las
partes procesales a la AUDIENCIA DE APELACIÓN
DE SENTENCIA a llevarse a cabo, conforme al rol
de audiencias de esta Superior sala Penal, el DIECIOCHO DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS, A LAS
DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS en la Sala de
Audiencias número once (al costado de registro
de condenas) del Módulo Penal, con obligatoria
concurrencia de las partes apelantes, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso
de apelación interpuesto. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el sexto
considerando de la presente resolución, haciendo
presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario
(primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas
deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen
a su disposición cañón multimedia instalado en la
11
sala de audiencias.
DECRETOS: Se expidieron un total de 02.
04 DE MAYO DE 2016
DESPACHO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LUNA REGAL, ABRIL PAREDES Y CON VOTO PARCIALMENTE
DISCORADNTE DE FERNANDEZ CEBALLOS.
AUTOS DE VISTA
A.V. 31-2016
LR
910-2011-59: SE RESUELVE: 1. DECLARAR INFUNDADA la apelación formulada por la parte agraviada Universidad Nacional San Agustín de Arequipa
representada por el Procurador Público Descentralizado Anticorrupción de Arequipa, 2. DECLARAR INFUNDADA la apelación formulada por el representante del Ministerio Público.3. CONFIRMAR
la Resolución N° 95 de fecha diez de noviembre de
dos mil quince, que declaró FUNDADO el SOBRESEIMIENTO de la causa formulado por la defensa
técnica del acusado; en consecuencia, dispongo
el sobreseimiento de la causa, CASO número TRES,
seguida en contra de DEDICACIÓN VALDEMAR MEDINA HOYOS, identificado con DNI 29210966, por
el presunto delito de PECULADO, previsto y penado en el artículo 387° primer párrafo del Código
Penal, vigente al momento de presunta comisión
de los hechos, en agravio del Estado - Universidad
Nacional San Agustín de Arequipa, representado
por el Procurador Público Descentralizado de
Arequipa. Por los fundamentos que anteceden.
Y, devolvemos la causa para que se trámite según
corresponda.
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, BENAVIDES DEL CARPIO Y OCHOA
CAHUANA.
AUTOS DE TRÁMITE
CP
6880-2015-11: Por lo que, RESOLVEMOS: a) DECLARAR CONSENTIDA LA SENTENCIA de fecha
veinticuatro de diciembre de dos mil quince, la
misma que con fecha ocho de abril del año dos
mil dieciséis fue confirmada por esta Sala Superior
Penal, mediante Sentencia de Vista N° 15-2016,
que obra en los folios ciento doce y siguientes. b)
DISPONER que al encontrarse la sentencia firme el
presente proceso, remitir los actuados al juzgado
de origen.
DECRETOS: Se expidieron un total de 01.
05 DE MAYO DE 2016
DESPACHO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, BENAVIDES DEL CARPIO Y OCHOA
CAHUANA.
AUTOS DE VISTA
A.V. 32-2016
BC
1808-2009-77: SE RESUELVE: 1. DECLARAR, DE
OFICIO, conforme a los fundamentos expuestos
en la presente, la nulidad de todo lo actuado a
partir de la resolución número 28, obrante a fojas
quinientos veintiséis, la resolución número 29 de
fojas quinientos cuarenta y cinco y la resolución
número 31 dictada en audiencia de fecha trece de
abril del dos mil dieciséis; asimismo, se dispone
la nulidad de la audiencia denominada de reexamen de medida cautelar, dejando incólume los
demás actuados en cuanto no fueran afectos por
la mencionada nulidad. 2. ORDENAMOS cumpla el
juez del primer juzgado de investigación preparatoria cumpla con resolver los escritos proveídos
mediante las resoluciones anuladas conforme a
ley y a lo expuesto en la presente resolución. 3.
DISPONEMOS la devolución de actuados a su Juzgado de origen.
AUTOS DE TRÁMITE
CP
839-2016-08: SE RESUELVE: A) CORRER traslado a
la demás partes procesales por el plazo de cinco
días, teniéndose presente la delimitación de los
puntos materia de impugnación, los que serán
materia de debate en la audiencia de apelación.
B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto.
DECRETOS: Se expidieron un total de 01.
06 DE MAYO DE 2016
12
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
AUTOS DE VISTA
DESPACHO
A.V. 35-2016
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, BENAVIDES DEL CARPIO Y OCHOA
CAHUANA.
AUTOS DE VISTA
A.V. 33-2016
OC
3066-2016-02: Por tales consideraciones: 1. DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación
interpuesto por la defensa de la procesada Carmen Zamata Chuquirimay. 2. CONFIRMAMOS la
resolución número 3-2016, de fojas setenta y dos
a setenta y nueve, de fecha dieciséis de abril del
dos mil dieciséis, que declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva solicitado por el
representante del Ministerio Publico y dispone
dictar prisión preventiva en contra de Carmen Zamata Chuquirimay, por el plazo de tres meses, en
el proceso seguido en su contra por la presunta
comisión del delito de Hurto Agravado en grado
de tentativa previsto en el articulo previsto en
el artículo 185°, concordando con el artículo 186,
segundo párrafo inciso 11, y artículo 16 de mismo cuerpo normativo en agravio del menor de
iniciales CJSA, debidamente representado por su
señora madre Elsa Marcela Arias Cervantes; REGISTRESE, COMUNIQUESE Y DEVUELVASE.DECRETOS: Se expidieron un total de 02.
09 DE MAYO DE 2016
DESPACHO
OC
2834-2016-98: SE RESUELVE: A. DECLARAR INFUNDADO el recurso de queja formulado por la defensa técnica de José Luis Velarde López, en contra de
la resolución No. 02 de fecha veinticinco de abril
del dos mil dieciséis, en el extremo que resolvió el
escrito 33911-2016, respecto al escrito de apelación: “No ha lugar lo solicitado”. B. DISPONER que
el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria
del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar
– Arequipa, prosiga con el trámite de ley que corresponda. Regístrese y notifíquese.
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO
PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.
AUDIENCIA
A.V. 34-2016
LR
395-2012-81: Se RESUELVE: DECLARAR NULO el
auto de fecha veintiuno de octubre del dos mil
quince, en el extremo que impone MULTA de DOS
UNIDADES DE REFERENCIA PROCESAL al señor
abogado JUVER TOVAR CASTILLO por no haber
asistido a la presente audiencia de la fecha indicada, dejando subsistente todo lo demás que
contiene.
DESPACHO
días, teniéndose presente la delimitación de los
puntos materia de impugnación, los que serán
materia de debate en la audiencia de apelación.
B) DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto.
BC
600-2012-23: SE RESUELVE: CONCEDER el plazo
de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener
presente los señores abogados lo señalado en el
segundo considerando de la presente resolución.
LR
106-2014-02: Por lo que: CONVOCAMOS a las
partes procesales a la audiencia de apelación de
sentencia, conforme al rol de audiencias de esta
Superior Sala Penal, a llevarse a cabo DIECISIETE
DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS, A LAS NUEVE
HORAS en la Sala de Audiencias número once (al
lado de Registro de Condenas) del Módulo Penal,
con obligatoria concurrencia de la parte apelante,
bajo apercibimiento de declararse inadmisible el
recurso de apelación interpuesto, y para el imputado de ser declarado contumaz y ordenarse su
conducción compulsiva en caso de inconcurrencia. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la
presente resolución, haciendo presente que los
audios se encuentran a disposición de la partes
en el área de Atención al Usuario (primer piso del
Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir
diez minutos antes de la hora señalada, asimismo
se les hace conocer que tienen a su disposición
cañón multimedia instalado en la sala de audiencias.
AUTOS DE TRÁMITE
DECRETOS: Se expidieron un total de 0.
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, BENAVIDES DEL CARPIO Y OCHOA
CAHUANA.
CP
223-2013-16: SE RESUELVE: A) CORRER traslado a
la demás partes procesales por el plazo de cinco
Miércoles, 27 de julio del 2016
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO
PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.
AUTOS DE TRÁMITE
CP
3069-2013-16: Por tales consideraciones: a) DECLARAMOS LA SUSTRACCIÓN DE LA MATERIA, de
la pretensión formulada por Ángel Domínguez
Quispe y Florencia Mendoza Denos, por las razones expuestas en los considerandos precedentes;
consecuentemente, SIN OBJETO EL PRONUNCIAMIENTO del recurso de reposición interpuesto por
Ángel Domínguez Quispe y Florencia Mendoza
Denos, en contra de la resolución N° 7 de fecha 5
de mayo de 2016. b) DISPONEMOS notificar en el
día y bajo responsabilidad la presente resolución.
BC
170-2011-05: SE RESUELVE: PRIMERO.- CONCEDER
el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo
tener presente los señores abogados lo señalado
en el segundo considerando de la presente resolución. SEGUNDO.- Hacer efectivo el apercibimiento señalad en resolución N° 18, de fecha 19
de abril del 2016, en consecuencia REMÍTANSE los
oficios pertinentes a la oficina de la defensoría
pública, a fin de que se designe un abogado defensor público a la parte de Mayte Turpo Zeballos.
DECRETOS: Se expidieron un total de 01.
11 DE MAYO DE 2016
AUDIENCIA
A.V. 36-2016
BC
200-2015-59: Consideraciones por las cuales RESOLVEMOS: REVOCAR LA Resolución Nro. 21 de fojas ciento ochenta y nueve, venida en grado y SE
ORDENA QUE EL SEÑOR JUEZ DE LA CAUSA CUMPLA CON EJECUTAR EL DESALOJO PREVENTIVO
prescrito en el artículo 311 del Código Procesal
Penal, ordenado mediante resolución 10-2015, de
fecha veintitrés de setiembre del dos mil quince,
teniendo en cuenta los parámetros indicados por
esta Sala.
DESPACHO
AUTOS DE TRÁMITE
CP
628-2014-34: SE RESUELVE: CONCEDER el plazo
de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener
presente los señores abogados lo señalado en el
segundo considerando de la presente resolución.
DECRETOS: Se expidieron un total de 01.
12 DE MAYO DE 2016
DESPACHO
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO
PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.
DECRETOS: Se expidieron un total de 0.
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO
PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.
13 DE MAYO DE 2016
DESPACHO
AUTOS DE VISTA
CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO
10 DE MAYO DE 2016
DESPACHO
Miércoles 27 de julio del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
La República
13
14
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Miércoles, 27 de julio del 2016
Miércoles 27 de julio del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
La República
15
16
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA
Miércoles, 27 de julio del 2016