Gaceta Judicial-787501-jud_moq_-_22_jul

Viernes, 22 de julio del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
La República
1
2
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Viernes, 22 de julio del 2016
Avisos Judiciales
AVISO JUDICIAL
EDICTO
EDICTO
Expediente N° 00461-2016-0-2801-JP-CI-02,
Hago saber que en el proceso No Contencioso, seguidos ante El Segundo Juzgado Paz
Letrado de Mariscal Nieto Moquegua, que
despacha la Señora Juez Dra. LIDIA JOSEFINA
VEGA VALENCIA, Secretaria Dra. Melisa Paola
MANCHEGO Rivera. Doña Doris Pilar Mamani Arana, por derecho propio solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue su
señor padre VALERIANO MAMANI CORI, fallecido el 14 de marzo del 2013, en esta ciudad
de Moquegua, con la finalidad de que se declare como HEREDERA a la recurrente, la misma que se ha dispuesto mediante resolución
N°01-2016, efectuar las publicaciones de ley,
por lo que se comunica a todas las personas
que tenga interés, y actuar con arreglo a ley,
Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 14 de
Julio del 2016. (22-25-26 julio)
EDICTO
EL Juez del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto - Moquegua, Dr. Fredy Fernández
Sánchez, Especialista Dra. Roxana Escarcena
Mamani, Exp. 00123-2016, en la Resolución
N° 07 del dieciocho de Julio del dos mil dieciséis a través de la Sentencia N° 045-2016-2JMMN. RESUELVE:
1.- Declarar FUNDADA la demanda interpuesta por AMILCAR MAMANI QUISPE, sobre
Rectificación de Partida en la modalidad de
Cambio de Nombre.
2.- DISPONGO: Que, ante la Municipalidad
Distrital de Usicayos, Provincia de Cararbaya,
Departamento de Puno, en el Acta de Nacimiento N° 000107 del año 1995, se proceda
a cambiar el nombre AMILCAR por el de ROGELIO y el primer apellido MAMANI por el de
GARCIA, debiendo quedar en lo sucesivo Ios
datos del titular de la partida como ROGELIO
GARCIA QUISPE; sin alterar la condición civil,
ni constituir prueba de filiación.
3.- PUBLIQUESE la presente sentencia en el
diario La República y, consentida que quede
la presente REMITASE Ios partes judiciales
para que procedan a la anotación respectiva;
previo pago de Ios aranceles judiciales pertinentes.
4-SIN COSTAS NI COSTOS del proceso. REGISTRESE Y HAGASE SABER.-Moquegua, 20 de
Julio del 2016 (22 julio)
EDICTO
POR ANTE SEGUNDO JUZGADO MIXTO MARISCAL NIETO MOQUEGUA DONDE DESPACHA EL JUEZ DR. FERNANDEZ SANCHEZ
FREDY, CON INTERVENCION SECRETARIO
JUDICIAL Dra. GABY NINA ESCOBAR, EN EL
EXPEDIENTE 00168-2016-0-2801-JM-CI-02,
se ha dictado sentencia: SE RESUELVE: 1. Declarando FUNDADA la demanda interpuesta
por BORIS DAYGOR QUISPE HUACAN, sobre
Rectificación de Partida en la modalidad de
Cambio de Nombre. 2. En consecuencia, DISPONGO: Que, ante la Municipalidad Distrital
de San Cristóbal, Provincia de Mariscal Nieto,
Departamento de Moquegua, en el Acta de
Nacimiento N° Diez Folios 076 del año 1990,
se proceda a cambiar el segundo prenombre
DAYGOR por el de LEONARDO y su primer
apellido QUISPE por el de ARANDA, debiendo quedar en lo sucesivo los datos del titular
de la partida como BORIS LEONARDO ARANDA HUACAN; sin alterar la condición civil, ni
constituir prueba de filiación. 3. DISPONGO:
Una vez efectuada las publicación en la Republica y consentida que quede la presente,
REMITASE los partes judiciales para que procedan a la anotación respectiva, previo pago
de los aranceles judiciales pertinentes. Moquegua 19 de Julio del 2016 (22 julio)
AVISO JUDICIAL
Por ante el 2° Juzgado de Paz Letrado de esta
ciudad, que despacha la Dra. LIDIA JOSEFINA
VEGA VALENCIA, mediante expediente N°
503-2016-0-2801-JP-CI-02, MARINA ZENOVIA
FLORES VERA, está solicitando la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, donde
figura los datos de madre como DORA VERA
DE FLORES, se rectifique y debiendo quedar
en lo sucesivo y en forma correcta como ANGELINA ENCARNACION VERA PEREZ.
Lo que notifico a los interesados para que
hagan valer su derecho conforme a ley. Moquegua, 2016-07-14. (22 julio)
AVISO JUDICIAL
Por ante el 2° Juzgado Mixto de esta ciudad,
que despacha el Dr. FERNANDEZ SANCHEZ
FREDY, mediante expediente N° 00196-20160-280 1-JM-CI-02, especialista legal Abogado
GABY NINA ESCOBAR, demandante JHOEL
DANIEL MAMANI FLORES, está solicitando
la CAMBIO DE NOMBRE, de JHOEL DANIEL
MAMANI FLORES y debiendo figurar en lo
sucesivo como JHOEL DANIEL CUAYLA FLORES en su Acta de Nacimiento, señalándose la
audiencia de actuación y declaración judicial
para el día diecisiete de agosto del dos mil
dieciséis a las diez de la mañana, en la sala
de audiencias del juzgado. Lo que notifico a
los interesados para que hagan valer su derecho conforme a ley. Moquegua, 2016-07-14.
(22 julio)
RECTIFICACION DE PARTIDA
RECTIFICACION DE PARTIDA
Expedientes 00456-2016, el Segundo juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, que
despacha la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Sec. Julissa Revilla Guzmán, Resuelve
admitir a trámite la solicitud de Rectificación
de Partida de Defunción, presentada por
MAGDALEN MAMANI CRUZ DE PACHO, para
que rectifique el nombre de su esposo, que
aparece erróneamente consignado como
“Roberto Pacho Cruz”, pero su nombre correcto debe ser ROBERTO AURELIO PACHO
CRUZ, señalándose para la Audiencia de Actuación y Declaración judicial EL DÍA CUATRO
DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISÉIS A LAS
ONCE HORAS. Moquegua, 18 de julio del
2016 (22 julio)
SUCESION INTESTADA
PUBLICACIÓN DE SUCESION INTESTADA
TRAMITADA POR ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MARISCAL NIETO,
CON JUEZ: LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA,
SECRETARIO JUDICIAL: JULISSA REVILLA
GUZMAN, EXPEDIENTE N° 00444-2016-02801 -JP-CI-02, SOBRE SUCESIÓN INTESTADA
INTERPUESTA POR RAUL MARCO MAMANI
SOLORZANO, DEL CAUSANTE RAUL BRANDON MAMANI ROSALES, FALLECIDO EN
AREQUIPA EL 13/05/2016. EN EL DISTRITO
DE AREQUIPA, SIN OTORGAR TESTAMENTO Y
SOLICITO QUE SE ME DECLARE COMO UNICO
HEREDERO AL ACTOR EN CALIDAD DE PADRE,
LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO A LAS
PARTES INTERESADAS. MOQUEGUA, 20 DE
JULIO DEL 2016. (22-25 y 26 julio)
REMATE
AVISO DE REMATE EN TERCERA CONVOCATORIA
Expediente 8129 – 2014.- En el proceso sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, que sigue
CUADROS CARDENAS NELLY AMPARO, contra
QUEA BELTRAN LENER YULIAN, y según lo ordenado por el Señor Juez del Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, Dr.
Quispe Apaza Justo Andrés, y Especialista Le-
gal, Curo Umeres Sachi Yoana, sacare a remate en TERCERA CONVOCATORIA el 25% de los
derechos que le corresponden a Lener Yulian
Quea Beltrán del inmueble ubicado en el
Asentamiento Humano Urbanización Popular de Interés Social Miramar Manzana P, Lote
23, Parte Prima, Distrito Ilo, Provincia Ilo y
Departamento de Moquegua, cuyos linderos,
medidas perimétricas, y demás características se encuentran inscrito en la Partida Registral N° P08022716 de la Zona Registral Nro.
XIII - Sede Tacna. VALOR DE TASACION: US
$13.750,00 (Trece Mil Setecientos Cincuenta
con 00/100 Dólares Americanos). BASE DEL
REMATE: US $ 6,622.92 (Seis Mil Seiscientos
Veintidós con 92/100 Dólares Americanos),
equivalente a las dos terceras partes del valor
de la tasación menos el 15% de la segunda
convocatoria y menos otro 15% más por tratarse de tercera convocatoria. GRAVAMENES:
a)INSCRIPCION DE HIPOTECA.- Sobre los derechos y acciones correspondientes a Lener
Yulian Beltran Quea, a favor de Cuadros Cárdenas Nelly Amparo, hasta por la suma de S/.
76,000.00 Nuevos Soles, en cumplimiento de
las obligaciones existentes Así y más consta
de la escritura pública de fecha 31.05.2014 y
escritura pública aclaratoria del 17.06.2014.
Inscrito 24.06.2014. Asiento 00006. DIA Y
HORA DEL REMATE: El bien será rematado el
día 29 de Agosto del 2016 a las 10:00 de la
mañana. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates Judiciales N° 12, ubicado en el sótano de
la Corte Superior de Justicia de Arequipa sito
en Siglo XX con Plaza España S/N Cercado de
Arequipa del Distrito y Provincia de Arequipa Departamento de Arequipa. POSTORES:
Oblarán el 10% del valor de la tasación en
efectivo o en cheque de gerencia (SIN SELLO
NO NEGOCIABLE), presentaran DNI y Arancel
Judicial consignando el número del DNI del
postor, Juzgado correspondiente y el Número del Expediente (con copia del DNI y del
Arancel Judicial firmados). FUNCIONARIO
QUE EFECTUARA EL REMATE El Remate será
efectuado por NORMA REVECA ROJAS ALANIA, Martillero Público a Nivel Nacional Reg,
N° 286, teléfono #988678153. Adjudicatario
cancela los honorarios del Martillero conforme a ley y están afectos al I.G.V, al finalizar el
remate. Arequipa, 30 Junio del 2,016.- SACHI
YOANA CURO UMERES SECRETARIA JUDICIAL , NORMA ROJAS ALANIA MARTILLERO
PUBLICO A NIVEL NACIONAL REG. Nº 286.
(22 julio).
REMATE
En los seguidos por COORPORATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA LTDA, en
contra de SMERLY OSWALDO PORTUGAL PINTO, sobre ejecución de garantías; Expediente
N° 00201-2015-0-2802-JM-CI-01; el señor
Juez del Juzgado Mixto de Ilo, Dr. Adolfo Cornejo Polanco, con intervención del Especialista Legal Dr. Marco Cáceres Ninaja, han autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene
Cleofe Flores de Mendoza, con registro N°
318, llevar adelante el REMATE PÚBLICO EN
SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en: ASENTAMIENTO HUMANO BELLO
HORIZONTE MZ. E. LOTE 7, DEPARTAMENTO
DE MOQUEGUA, DISTRITO Y PROVINCIA DE
ILO, INSCRITO EN LA PARTIDA N° P08017247,
DE LA OFICINA REGISTRAL DE TACNA, ZONA
REGISTRAL N° XIII – SEDE TACNA; VALOR DE
TASACIÓN (comercial): US$ 17,261.74 (Diecisiete mil dos cientos sesenta y uno 74/100
dólares americanos); PRECIO BASE: US$
9,781.65 (nueve mil setecientos ochenta y
uno con 65/100 dólares americanos), equivalente a los 2/3 partes del valor de tasación,
menos el 15% por tratarse de segunda convocatoria; AFECTACIONES: HIPOTECA inscrito
en el asiento 00009: a favor de la Cooperativa
de Ahorro y Crédito Santa Catalina Ltda, hasta por la suma de S/ 33,000.00 nuevos soles,
materia de ejecución, afectación que se halla inscrita en la partida N° P08017247, de
la Oficina Registral de Tacna, Zona Registral
N° XIII – Sede Tacna; DIA Y HORA DE REMATE: Miércoles 24 de agosto del 2016, a horas
15:00 p.m. (QUINCE HORAS) P.M.: LUGAR DEL
REMATE: En la sala (lugar) de espera del JUZGADO MIXTO – SEDE JUZGADOS ILO, ubicado en la Calle Matara N° 325 – Ilo, de la Corte
Superior de Justicia de Moquegua; LOS POSTORES: Oblaran no menos del diez por ciento
(US$ 1,726.174) del valor de la tasación, en
efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial
por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y
Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate
dentro del tercer día de realizado el acto de
la subasta pública, caso contrario perderá
la suma depositada sin lugar a reclamo. Los
honorarios del Martillero Público, más el IGV,
son por cuenta del adjudicatario, finalizada
la diligencia del remate de conformidad a lo
establecido por la Ley del martillero Público.
Arequipa 2016, junio 30 (22-25 y 26 Julio)
EDICTO PENAL
EDICTO PENAL
PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
PERMANENTE DE ILO.
EXPEDIENTE N°:
00293-2016-55-2802-JR-PE-01. JUEZ: Abog.
JOSE ANTONIO ACHOMA TITO ESPECIALISTA:
Abog. LUIS PALOMINO BARRANZUELA. Se
emplaza, notifica y cita al acusado RUSSELL
BEDER EGOAVIL MEZARINA con la RESOLUCIÓN N° 01 que RESUELVE:
3.1. PRIMERO: PROGRAMAR la AUDIENCIA
UNICA DE JUICIO INMEDIATO, con carácter
INAPLAZABLE, en la Sala de Audiencias del
Módulo Penal de Ilo sito en Jirón Junín 301 de
esta ciudad – segundo piso; en el proceso seguido en su contra por la presunta comisión
del delito de Omisión a la asistencia familiar
en agravio del menor de iniciales E.R.S.R.
3.2. SEGUNDO: DISPONER la concurrencia
obligatoria de la Fiscal del Primer Despacho
de Decisión Temprana de Ilo y de la abogada
defensora del imputado Dra. Mabel Gómez
Peñaloza; siendo que en caso de inasistencia del abogado defensor se le impondrá
una MULTA equivalente a (2 URP) así como
dar cuenta su Superior o al Colegio de abogados que corresponda; sin perjuicio de ser
subrogado de la defensa y designarse nuevo
abogado defensor conforme a ley, y en caso
de inasistencia del Ministerio Publico de comunicar a su Órgano de Control para que
proceda conforme a sus atribuciones.
3.3. TERCERO: SE DISPONE la concurrencia
obligatoria del acusado, bajo apercibimiento
de ser declarado contumaz o ausente conforme establece el numeral 1 y 2 articulo 79
del Código Procesal Penal y el numeral 4 del
artículo 355 Código Procesal Penal.
3.4. CUATRO: SE COMUNICA: Que las partes
son responsables de convocar a sus órganos
de prueba y de garantizar su presencia en la
audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellos, en aplicación del numeral 2 articulo 448 del Código Procesal Penal.
4.5.- QUINTO: DISPONER la notificación de los
sujetos procesales en las casillas electrónicas,
domicilios procesales, direcciones domiciliarias de todas las partes, o vía telefónica según
fuese en el caso; bajo responsabilidad funcional. Tómese Razón y Hágase Saber.Se emplaza, notifica y cita al acusado: RUSSELL BEDER EGOAVIL MEZARINA con la así
mismo con la Resolución N° 02 que dispone
su notificación vía edicto y la Resolución N°
03 que reprograma la audiencia de juicio
inmediato para el día NUEVE DE AGOSTO
del 2016 a horas TRES DE LA TARDE. la misma que se realizará en la sala de audiencias
del Módulo Penal de Ilo, sito en Jirón Junín
301, segundo piso, quedando subsistente los
apercibimientos dispuestos en la Resolución
01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en
caso de inasistencia a la audiencia de Juicio
Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la
audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del
caso el acusado para que asista su Abogado
defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública
y se realice dicha audiencia y, por último el
especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que la cédula de
notificación dirigido al acusado este diligenciado y obre en el Expediente Judicial, bajo
apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme
a sus atribuciones.
3.2.- SEGUNDO: Se Notifique al acusado en
su domicilio consignado en el Requerimiento
de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos,
dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento
de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda
conforme a sus atribuciones.
3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la Abogada Dra. Mabel
Gomez Peñaloza, abogada de este proceso,
se le impondrá una multa de dos unidades de
referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que
procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señorita
Fiscal se comunicará a su órgano de control, a
fin que proceda conforme a sus atribuciones.
3.4.- CUARTO: Téngase por notificado a todos
las partes asistentes a esta audiencia con la
presente resolución. Tómese Razón y Hágase
Saber. Ilo, 18 de julio del 2016 (21, 22 y 25
julio)
EDICTO PENAL
Expediente Nro.
:
00412-2015-45-2801-JR-PE-01- Juzgado: Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de
Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza: Al imputado GERARDO JUAN MAMANI
ALAVE con el Requerimiento de Acusación y
el contenido en la Resolución N° 03, de fecha
07 de Julio del 2016:
El Segundo Despacho de Investigación de
Mariscal Nieto, presenta el requerimiento
de acusación en contra de GERARDO JUAN
MAMANI ALAVE, por la presunta comisión del
delito de violación sexual de menor de edad,
a quien se le imputa que en la noche del día
sábado 06 del mes de junio de 2015, cuando la menor de iniciales L.M.M.V. (12 años)
se encontraba sola recostada en su cama de
la habitación en el interior de su domicilio
ubicado en la Asociación Los jazmines J-10
del Centro Poblado San Antonio del Distrito
de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto y
Departamento Moquegua, su padre GERARDO JUAN MAMANI ALAVE, sin decirle nada,
se echó en la cama, le bajó el pantalón, su
calzón y él también se bajó el pantalón procediendo a realizar la introducción del pene
en la cavidad vaginal de la menor agraviada
de iniciales L.M.M.V. (12 años), aprovechando que la madre de la menor agraviada se
encontraba en la chacra en la localidad de
Torata y la había dejado al cuidado de su padre. Después de estos hechos, el imputado
GERARDO JUAN MAMANI ALAVE le dijo a la
menor que no le diga a nadie lo sucedido,
que han ocurrido al menos en 03 oportunidades. El Juzgado, conforme a lo previsto por
el artículo 350 del Código Procesal Penal: CORRE TRASLADO a los sujetos procesales por
el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES con
el requerimiento de acusación, para efectos
de cumplir con lo establecido en el artículo
350 del Código Procesal Penal; todo ello con
el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Asimismo,
Requiere al imputado Gerardo Juan Mamani Alave, para que en el plazo de DOS DÍAS
designe abogado defensor de libre elección,
bajo apercibimiento de designarse abogado defensor de oficio, en caso de incumplimiento. Juez: Doctor Jorge Eduardo García
Apaza. Especialista Legal: Tom Ricardo Palao
Villasante. Moquegua, 07 de Julio de 2016.
(20-21-22 julio).
EDICTO
EDICTO
Expediente N° 00461-2016-0-2801-JP-CI-02,
Hago saber que en el proceso No Contencioso, seguidos ante El Segundo Juzgado Paz
Letrado de Mariscal Nieto Moquegua, que
despacha la Señora Juez Dra. LIDIA JOSEFINA
VEGA VALENCIA, Secretaria Dra. Melisa Paola
MANCHEGO Rivera. Doña Doris Pilar Mamani Arana, por derecho propio solicita la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue su
señor padre VALERIANO MAMANI CORI, fallecido el 14 de marzo del 2013, en esta ciudad
de Moquegua, con la finalidad de que se declare como HEREDERA a la recurrente, la misma que se ha dispuesto mediante resolución
N°01-2016, efectuar las publicaciones de ley,
por lo que se comunica a todas las personas
que tenga interés, y actuar con arreglo a ley,
Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 14 de
Julio del 2016. (22-25-26 julio)
EDICTO
EL Juez del Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto - Moquegua, Dr. Fredy Fernández
Sánchez, Especialista Dra. Roxana Escarcena
Mamani, Exp. 00123-2016, en la Resolución
N° 07 del dieciocho de Julio del dos mil dieciséis a través de la Sentencia N° 045-2016-2JMMN. RESUELVE:
1.- Declarar FUNDADA la demanda interpuesta por AMILCAR MAMANI QUISPE, sobre
Rectificación de Partida en la modalidad de
Cambio de Nombre.
2.- DISPONGO: Que, ante la Municipalidad
Distrital de Usicayos, Provincia de Cararbaya,
Departamento de Puno, en el Acta de Nacimiento N° 000107 del año 1995, se proceda
a cambiar el nombre AMILCAR por el de ROGELIO y el primer apellido MAMANI por el de
GARCIA, debiendo quedar en lo sucesivo Ios
datos del titular de la partida como ROGELIO
GARCIA QUISPE; sin alterar la condición civil,
ni constituir prueba de filiación.
3.- PUBLIQUESE la presente sentencia en el
diario La República y, consentida que quede
la presente REMITASE Ios partes judiciales
para que procedan a la anotación respectiva;
previo pago de Ios aranceles judiciales pertinentes.
4-SIN COSTAS NI COSTOS del proceso. REGISTRESE Y HAGASE SABER.-Moquegua, 20 de
Julio del 2016 (22 julio)
EDICTO
POR ANTE SEGUNDO JUZGADO MIXTO MARISCAL NIETO MOQUEGUA DONDE DESPACHA EL JUEZ DR. FERNANDEZ SANCHEZ
FREDY, CON INTERVENCION SECRETARIO
JUDICIAL Dra. GABY NINA ESCOBAR, EN EL
EXPEDIENTE 00168-2016-0-2801-JM-CI-02,
se ha dictado sentencia: SE RESUELVE: 1. Declarando FUNDADA la demanda interpuesta
por BORIS DAYGOR QUISPE HUACAN, sobre
Rectificación de Partida en la modalidad de
Cambio de Nombre. 2. En consecuencia, DISPONGO: Que, ante la Municipalidad Distrital
de San Cristóbal, Provincia de Mariscal Nieto,
Departamento de Moquegua, en el Acta de
Nacimiento N° Diez Folios 076 del año 1990,
se proceda a cambiar el segundo prenombre
DAYGOR por el de LEONARDO y su primer
apellido QUISPE por el de ARANDA, debiendo quedar en lo sucesivo los datos del titular
de la partida como BORIS LEONARDO ARAN-
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Viernes, 22 de julio del 2016
DA HUACAN; sin alterar la condición civil, ni
constituir prueba de filiación. 3. DISPONGO:
Una vez efectuada las publicación en la Republica y consentida que quede la presente,
REMITASE los partes judiciales para que procedan a la anotación respectiva, previo pago
de los aranceles judiciales pertinentes. Moquegua 19 de Julio del 2016 (22 julio)
AVISO JUDICIAL
AVISO JUDICIAL
Por ante el 2° Juzgado de Paz Letrado de esta
ciudad, que despacha la Dra. LIDIA JOSEFINA
VEGA VALENCIA, mediante expediente N°
503-2016-0-2801-JP-CI-02, MARINA ZENOVIA
FLORES VERA, está solicitando la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, donde
figura los datos de madre como DORA VERA
DE FLORES, se rectifique y debiendo quedar
en lo sucesivo y en forma correcta como ANGELINA ENCARNACION VERA PEREZ.
Lo que notifico a los interesados para que
hagan valer su derecho conforme a ley. Moquegua, 2016-07-14. (22 julio)
AVISO JUDICIAL
Por ante el 2° Juzgado Mixto de esta ciudad,
que despacha el Dr. FERNANDEZ SANCHEZ
FREDY, mediante expediente N° 00196-20160-280 1-JM-CI-02, especialista legal Abogado
GABY NINA ESCOBAR, demandante JHOEL
DANIEL MAMANI FLORES, está solicitando
la CAMBIO DE NOMBRE, de JHOEL DANIEL
MAMANI FLORES y debiendo figurar en lo sucesivo como JHOEL DANIEL CUAYLA FLORES
en su Acta de Nacimiento, señalándose la
audiencia de actuación y declaración judicial
para el día diecisiete de agosto del dos mil
dieciséis a las diez de la mañana, en la sala
de audiencias del juzgado. Lo que notifico a
los interesados para que hagan valer su derecho conforme a ley. Moquegua, 2016-07-14.
(22 julio)
RECTIFICACION DE PARTIDA
RECTIFICACION DE PARTIDA
Expedientes 00456-2016, el Segundo juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, que
despacha la Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Sec. Julissa Revilla Guzmán, Resuelve
admitir a trámite la solicitud de Rectificación
de Partida de Defunción, presentada por
MAGDALEN MAMANI CRUZ DE PACHO, para
que rectifique el nombre de su esposo, que
aparece erróneamente consignado como
“Roberto Pacho Cruz”, pero su nombre correcto debe ser ROBERTO AURELIO PACHO
CRUZ, señalándose para la Audiencia de Actuación y Declaración judicial EL DÍA CUATRO
DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISÉIS A LAS
ONCE HORAS. Moquegua, 18 de julio del
2016 (22 julio)
SUCESION INTESTADA
PUBLICACIÓN DE SUCESION INTESTADA
TRAMITADA POR ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MARISCAL NIETO,
CON JUEZ: LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA,
SECRETARIO JUDICIAL: JULISSA REVILLA
GUZMAN, EXPEDIENTE N° 00444-2016-02801 -JP-CI-02, SOBRE SUCESIÓN INTESTADA
INTERPUESTA POR RAUL MARCO MAMANI
SOLORZANO, DEL CAUSANTE RAUL BRANDON MAMANI ROSALES, FALLECIDO EN
AREQUIPA EL 13/05/2016. EN EL DISTRITO
DE AREQUIPA, SIN OTORGAR TESTAMENTO Y
SOLICITO QUE SE ME DECLARE COMO UNICO
HEREDERO AL ACTOR EN CALIDAD DE PADRE,
LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO A LAS
PARTES INTERESADAS. MOQUEGUA, 20 DE
JULIO DEL 2016. (22-25 y 26 julio)
REMATE
AVISO DE REMATE EN TERCERA CONVOCATORIA
Expediente 8129 – 2014.- En el proceso sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS, que sigue
CUADROS CARDENAS NELLY AMPARO, contra
QUEA BELTRAN LENER YULIAN, y según lo or-
denado por el Señor Juez del Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa, Dr.
Quispe Apaza Justo Andrés, y Especialista Legal, Curo Umeres Sachi Yoana, sacare a remate en TERCERA CONVOCATORIA el 25% de los
derechos que le corresponden a Lener Yulian
Quea Beltrán del inmueble ubicado en el
Asentamiento Humano Urbanización Popular de Interés Social Miramar Manzana P, Lote
23, Parte Prima, Distrito Ilo, Provincia Ilo y
Departamento de Moquegua, cuyos linderos,
medidas perimétricas, y demás características se encuentran inscrito en la Partida Registral N° P08022716 de la Zona Registral Nro.
XIII - Sede Tacna. VALOR DE TASACION: US
$13.750,00 (Trece Mil Setecientos Cincuenta
con 00/100 Dólares Americanos). BASE DEL
REMATE: US $ 6,622.92 (Seis Mil Seiscientos
Veintidós con 92/100 Dólares Americanos),
equivalente a las dos terceras partes del valor
de la tasación menos el 15% de la segunda
convocatoria y menos otro 15% más por tratarse de tercera convocatoria. GRAVAMENES:
a)INSCRIPCION DE HIPOTECA.- Sobre los derechos y acciones correspondientes a Lener
Yulian Beltran Quea, a favor de Cuadros Cárdenas Nelly Amparo, hasta por la suma de S/.
76,000.00 Nuevos Soles, en cumplimiento de
las obligaciones existentes Así y más consta
de la escritura pública de fecha 31.05.2014 y
escritura pública aclaratoria del 17.06.2014.
Inscrito 24.06.2014. Asiento 00006. DIA Y
HORA DEL REMATE: El bien será rematado el
día 29 de Agosto del 2016 a las 10:00 de la
mañana. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates Judiciales N° 12, ubicado en el sótano de
la Corte Superior de Justicia de Arequipa sito
en Siglo XX con Plaza España S/N Cercado de
Arequipa del Distrito y Provincia de Arequipa Departamento de Arequipa. POSTORES:
Oblarán el 10% del valor de la tasación en
efectivo o en cheque de gerencia (SIN SELLO
NO NEGOCIABLE), presentaran DNI y Arancel
Judicial consignando el número del DNI del
postor, Juzgado correspondiente y el Número del Expediente (con copia del DNI y del
Arancel Judicial firmados). FUNCIONARIO
QUE EFECTUARA EL REMATE El Remate será
efectuado por NORMA REVECA ROJAS ALANIA, Martillero Público a Nivel Nacional Reg,
N° 286, teléfono #988678153. Adjudicatario
cancela los honorarios del Martillero conforme a ley y están afectos al I.G.V, al finalizar el
remate. Arequipa, 30 Junio del 2,016.- SACHI
YOANA CURO UMERES SECRETARIA JUDICIAL , NORMA ROJAS ALANIA MARTILLERO
PUBLICO A NIVEL NACIONAL REG. Nº 286.
(22 julio).
REMATE
En los seguidos por COORPORATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA LTDA, en
contra de SMERLY OSWALDO PORTUGAL PINTO, sobre ejecución de garantías; Expediente N° 00201-2015-0-2802-JM-CI-01; el señor
Juez del Juzgado Mixto de Ilo, Dr. Adolfo Cornejo Polanco, con intervención del Especialista Legal Dr. Marco Cáceres Ninaja, han autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene
Cleofe Flores de Mendoza, con registro N°
318, llevar adelante el REMATE PÚBLICO EN
SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en: ASENTAMIENTO HUMANO BELLO
HORIZONTE MZ. E. LOTE 7, DEPARTAMENTO
DE MOQUEGUA, DISTRITO Y PROVINCIA DE
ILO, INSCRITO EN LA PARTIDA N° P08017247,
DE LA OFICINA REGISTRAL DE TACNA, ZONA
REGISTRAL N° XIII – SEDE TACNA; VALOR DE
TASACIÓN (comercial): US$ 17,261.74 (Diecisiete mil dos cientos sesenta y uno 74/100
dólares americanos); PRECIO BASE: US$
9,781.65 (nueve mil setecientos ochenta y
uno con 65/100 dólares americanos), equivalente a los 2/3 partes del valor de tasación,
menos el 15% por tratarse de segunda convocatoria; AFECTACIONES: HIPOTECA inscrito
en el asiento 00009: a favor de la Cooperativa
de Ahorro y Crédito Santa Catalina Ltda, hasta por la suma de S/ 33,000.00 nuevos soles,
materia de ejecución, afectación que se halla inscrita en la partida N° P08017247, de
la Oficina Registral de Tacna, Zona Registral
N° XIII – Sede Tacna; DIA Y HORA DE REMATE: Miércoles 24 de agosto del 2016, a horas
15:00 p.m. (QUINCE HORAS) P.M.: LUGAR DEL
REMATE: En la sala (lugar) de espera del JUZGADO MIXTO – SEDE JUZGADOS ILO, ubicado en la Calle Matara N° 325 – Ilo, de la Corte
Superior de Justicia de Moquegua; LOS POSTORES: Oblaran no menos del diez por ciento
(US$ 1,726.174) del valor de la tasación, en
efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial
por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y
Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate
dentro del tercer día de realizado el acto de
la subasta pública, caso contrario perderá
la suma depositada sin lugar a reclamo. Los
honorarios del Martillero Público, más el IGV,
son por cuenta del adjudicatario, finalizada
la diligencia del remate de conformidad a lo
establecido por la Ley del martillero Público.
Arequipa 2016, junio 30 (22-25 y 26 Julio)
EDICTO PENAL
EDICTO PENAL
PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
PERMANENTE DE ILO.
EXPEDIENTE N°:
00293-2016-55-2802-JR-PE-01. JUEZ: Abog.
JOSE ANTONIO ACHOMA TITO ESPECIALISTA:
Abog. LUIS PALOMINO BARRANZUELA. Se
emplaza, notifica y cita al acusado RUSSELL
BEDER EGOAVIL MEZARINA con la RESOLUCIÓN N° 01 que RESUELVE:
3.1. PRIMERO: PROGRAMAR la AUDIENCIA
UNICA DE JUICIO INMEDIATO, con carácter
INAPLAZABLE, en la Sala de Audiencias del
Módulo Penal de Ilo sito en Jirón Junín 301 de
esta ciudad – segundo piso; en el proceso seguido en su contra por la presunta comisión
del delito de Omisión a la asistencia familiar
en agravio del menor de iniciales E.R.S.R.
3.2. SEGUNDO: DISPONER la concurrencia
obligatoria de la Fiscal del Primer Despacho
de Decisión Temprana de Ilo y de la abogada
defensora del imputado Dra. Mabel Gómez
Peñaloza; siendo que en caso de inasistencia del abogado defensor se le impondrá
una MULTA equivalente a (2 URP) así como
dar cuenta su Superior o al Colegio de abogados que corresponda; sin perjuicio de ser
subrogado de la defensa y designarse nuevo
abogado defensor conforme a ley, y en caso
de inasistencia del Ministerio Publico de comunicar a su Órgano de Control para que
proceda conforme a sus atribuciones.
3.3. TERCERO: SE DISPONE la concurrencia
obligatoria del acusado, bajo apercibimiento
de ser declarado contumaz o ausente conforme establece el numeral 1 y 2 articulo 79
del Código Procesal Penal y el numeral 4 del
artículo 355 Código Procesal Penal.
3.4. CUATRO: SE COMUNICA: Que las partes
son responsables de convocar a sus órganos
de prueba y de garantizar su presencia en la
audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellos, en aplicación del numeral 2 articulo 448 del Código Procesal Penal.
4.5.- QUINTO: DISPONER la notificación de los
sujetos procesales en las casillas electrónicas,
domicilios procesales, direcciones domiciliarias de todas las partes, o vía telefónica según
fuese en el caso; bajo responsabilidad funcional. Tómese Razón y Hágase Saber.Se emplaza, notifica y cita al acusado: RUSSELL BEDER EGOAVIL MEZARINA con la así
mismo con la Resolución N° 02 que dispone
su notificación vía edicto y la Resolución N°
03 que reprograma la audiencia de juicio
inmediato para el día NUEVE DE AGOSTO
del 2016 a horas TRES DE LA TARDE. la misma que se realizará en la sala de audiencias
del Módulo Penal de Ilo, sito en Jirón Junín
301, segundo piso, quedando subsistente los
apercibimientos dispuestos en la Resolución
01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en
caso de inasistencia a la audiencia de Juicio
Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la
audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del
3
caso el acusado para que asista su Abogado
defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública
y se realice dicha audiencia y, por último el
especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que la cédula de
notificación dirigido al acusado este diligenciado y obre en el Expediente Judicial, bajo
apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme
a sus atribuciones.
3.2.- SEGUNDO: Se Notifique al acusado en
su domicilio consignado en el Requerimiento
de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos,
dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento
de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda
conforme a sus atribuciones.
3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la Abogada Dra. Mabel
Gomez Peñaloza, abogada de este proceso,
se le impondrá una multa de dos unidades de
referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que
procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señorita
Fiscal se comunicará a su órgano de control, a
fin que proceda conforme a sus atribuciones.
3.4.- CUARTO: Téngase por notificado a todos
las partes asistentes a esta audiencia con la
presente resolución. Tómese Razón y Hágase
Saber. Ilo, 18 de julio del 2016 (21, 22 y 25
julio)
EDICTO PENAL
Expediente Nro.
:
00412-2015-45-2801-JR-PE-01- Juzgado: Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de
Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza: Al imputado GERARDO JUAN MAMANI
ALAVE con el Requerimiento de Acusación y
el contenido en la Resolución N° 03, de fecha
07 de Julio del 2016:
El Segundo Despacho de Investigación de
Mariscal Nieto, presenta el requerimiento
de acusación en contra de GERARDO JUAN
MAMANI ALAVE, por la presunta comisión del
delito de violación sexual de menor de edad,
a quien se le imputa que en la noche del día
sábado 06 del mes de junio de 2015, cuando la menor de iniciales L.M.M.V. (12 años)
se encontraba sola recostada en su cama de
la habitación en el interior de su domicilio
ubicado en la Asociación Los jazmines J-10
del Centro Poblado San Antonio del Distrito
de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto y
Departamento Moquegua, su padre GERARDO JUAN MAMANI ALAVE, sin decirle nada,
se echó en la cama, le bajó el pantalón, su
calzón y él también se bajó el pantalón procediendo a realizar la introducción del pene
en la cavidad vaginal de la menor agraviada
de iniciales L.M.M.V. (12 años), aprovechando que la madre de la menor agraviada se
encontraba en la chacra en la localidad de
Torata y la había dejado al cuidado de su padre. Después de estos hechos, el imputado
GERARDO JUAN MAMANI ALAVE le dijo a la
menor que no le diga a nadie lo sucedido,
que han ocurrido al menos en 03 oportunidades. El Juzgado, conforme a lo previsto por
el artículo 350 del Código Procesal Penal: CORRE TRASLADO a los sujetos procesales por
el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES con
el requerimiento de acusación, para efectos
de cumplir con lo establecido en el artículo
350 del Código Procesal Penal; todo ello con
el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Asimismo,
Requiere al imputado Gerardo Juan Mamani Alave, para que en el plazo de DOS DÍAS
designe abogado defensor de libre elección,
bajo apercibimiento de designarse abogado defensor de oficio, en caso de incumplimiento. Juez: Doctor Jorge Eduardo García
Apaza. Especialista Legal: Tom Ricardo Palao
Villasante. Moquegua, 07 de Julio de 2016.
(20-21-22 julio).
4
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Viernes, 22 de julio del 2016
PODER JUDICIAL DEL PERÚ
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA
CONVOCATORIA
La Corte Superior de Justicia de Moquegua, con el objetivo de potenciar los servicios que
brindan los Equipos Multidisciplinarios de apoyo a los órganos jurisdiccionales y con propósito
de mejorar la capacidad operativa en razón a la implementación de la Ley N° 30364 “Ley para
prevenir, sancionar y erradicar la violencia con las mujeres y los integrantes del grupo familiar, es
que se requiere la contratación de los siguientes profesionales:
1.
MÉDICO
PERFIL REQUERIDO
1. Título de Médico Cirujano, de preferencia con Especialidad o Curso de Especialización en
Psiquiatría o Medicina Familiar, colegiado y habilitado.
2. Experiencia profesional mínima de un (01 año).
3. De preferencia con conocimiento en temas de niñez, adolescencia y familia.
4. Conocimiento de ofimática: Microsoft Excel, Microsoft Word, Microsoft Power Point.
MODALIDAD DEL CONTRATO
La persona seleccionada será contratada bajo el Régimen de Contrato Administrativo de
Servicios (CAS)
RETRIBUCIÓN ECONÓMICA
El contratado recibirá la suma mensual de S/. 4,500.00 (CUATRO MIL QUINIENTOS Y 00/100 Soles)
incluidos los impuestos de ley.
CRONOGRAMA
Del 06 al 08 de Julio del 2016
11 de Julio del 2016
:
:
12 de Julio del 2016
:
CONVOCATORIA
RECEPCION DE CV DOCUMENTADOS
(Sede principal de la Corte Superior de
Justicia de Moquegua, Área de Personal
sito en Av. Circunvalación Lote C –
Moquegua; Horario 8:00am a 1:30pm y de
2:15pm a 4:45pm)
ENTREVISTA PERSONAL
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA
AREA DE PERSONAL
Moquegua, Julio del 2016
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Viernes, 22 de julio del 2016
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA
OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA
UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA
Moquegua, 04 de julio de 2016.
La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con
el
cronograma
establecido
mediante
Resolución
Administrativa
N°
013-2015-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara las VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS, en el mes de
Julio del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente
fecha:
Órgano Jurisdiccional
Sala Mixta de Mariscal Nieto
Día
Miércoles 20 de julio
Hora de inicio
08:00
Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual
los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a
los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local
visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencias, proseguirán con sus diligencias
programadas.
MAX WILFREDO SALAS BUSTINZA
JEFE DE LA UNIDAD DESCONCENTRADA
DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA
5
6
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Viernes, 22 de julio del 2016
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA
OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA
UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA
Moquegua, 04 de julio de 2016.
La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con
el
cronograma
establecido
mediante
Resolución
Administrativa
N°
013-2015-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara las VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS, en el mes de
Julio del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente
fecha:
Órgano Jurisdiccional
Juzgado Mixto de Ilo
Día
Hora de inicio
Martes 26 de julio
08:00
Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual
los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a
los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local
visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencias, proseguirán con sus diligencias
programadas.
CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES
MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Viernes, 22 de julio del 2016
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA
OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA
UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA
Moquegua, 04 de julio de 2016.
La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con
el
cronograma
establecido
mediante
Resolución
Administrativa
N°
013-2015-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara las VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS, en el mes de
Julio del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente
fecha:
Órgano Jurisdiccional
Día
Juzgado de Paz Letrado Laboral de Ilo
Miércoles 27 de julio
Hora de inicio
08:00
Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual
los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a
los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local
visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencias, proseguirán con sus diligencias
programadas.
CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES
MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA
7
8
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Viernes, 22 de julio del 2016
Corte Superior de Justicia de Moquegua
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA
AVISO DE CONVOCATORIA CAS
CONVOCATORIA CAS N° 085-2016-MOQUEGUA
I.
FINALIDAD DEL CONCURSO DE SELECCIÓN
Cubrir 06 presupuestos CAS, en las diversas dependencias de la Corte Superior de Justicia de Moquegua.
II.
REQUISITOS GENERALES PARA SER CONSIDERADO POSTULANTE
Los requisitos generales que debe cumplir cada postulante serán los siguientes:
a.
b.
c.
III.
No haber sido sancionado con medida disciplinaria en los 03 meses anteriores a la fecha en que presenta su postulación.
No incurrir en incompatibilidad por razón de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad,
por matrimonio, unión de hecho, previsto en el artículo 42° de la ley 29277, Ley de la Carrera Judicial.
En caso de ser ex trabajador de alguna entidad de la administración pública, no haberse extinguido el vínculo laboral por
causal de despido o destitución; renuncia con incentivos, o en caso de haberse retirado voluntariamente, no tener
registrado en su legajo personal una observación o recomendación negativa escrita por el órgano de control interno o
quien haga sus veces.
ASPECTOS DE INTERÉS
En el presente concurso, la postulación se afectará a través del Aplicativo de postulación, Selección y Evaluación de
personal, el cual se encuentra en la dirección de enlace Oportunidad Laboral en la página Web institucional
(www.pj.gob.pe), en el cual se encuentran las Bases, los perfiles de los puestos y cronograma de la Convocatoria
Para acreditar su inscripción al concurso, el postulante debe obtener el reporte impreso de la ficha de postulación del
Aplicativo de Selección de Persona. El detalle de los presupuestos con sus perfiles estarán disponibles desde el 11 al 15 de
Julio del 2016, la postulación podrá realizarse vía web los días 18 Y 19 de Julio (hasta las 12:00 de la medianoche), de
acuerdo al cronograma publicado.
Las consultas se efectuarán a través del correo electrónico [email protected]
Moquegua Julio del 2016
LA COMISION CAS AD HOC