2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Jueves, 21 de julio del 2016 Boletín Informativo Corte Superior de Justicia de Tacna NOTA DE PRENSA N° 105-2016-II-CSJT-PJ MIERCOLES 20 DE JULIO DE 2016 Para determinar si magistrados incurrieron en inconducta funcional PRESIDENTE DEL PJ PIDE A LA OCMA INVESTIGAR CASOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO Pleno del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial respalda acciones del doctor Ticona Postigo El presidente del Poder Judicial, doctor Víctor Ticona Postigo, solicitó a la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) que realice una pronta indagación respecto de las decisiones judiciales adoptadas por el Juzgado Penal Colegiado de Ayacucho y la Primera Sala Penal con Reos en Cárcel de Lima Norte, a fin de evaluar si los jueces que la conforman incurrieron en inconducta funcional. En oficio N° 4812-2016-SG-CS-PJ, la autoridad judicial le pide a la jefa de la OCMA, doctora Ana María Aranda Rodríguez, que proceda de acuerdo con sus atribuciones e informe a la brevedad sobre las medidas adoptadas. El doctor Ticona Postigo manifestó que el órgano de control debe investigar a profundidad los casos referidos a los procesados Adriano Pozo Arias y Rony García Guzmán y si los magistrados incurrieron en responsabilidad funcional reciban una drástica sanción. La acción del titular del Poder Judicial fue respaldada en sesión del Pleno del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) que se realizó esta mañana. En atención al requerimiento del doctor Ticona Postigo, la jueza suprema titular Aranda Rodríguez informó que la Unidad de Prevención Especial de la OCMA inició las investigaciones sobre el proceso penal de lesiones seguido por Cindy Contreras Bautista contra Pozo Arias, que se tramita ante el Juzgado Penal Colegiado de Ayacucho. Del mismo modo, reportó que se encargó a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (Odecma) de Lima Norte que proceda conforme con sus atribuciones sobre el proceso que Lizet Socla Guillen siguió contra García Guzmán en la Primera Sala Penal con Reos en Cárcel de Lima Norte. El doctor Ticona Postigo precisó que en ambos casos se tratan de resoluciones judiciales no definitivas, por cuanto pueden ser apeladas ante la instancia superior que evaluará el caso y, en su momento, emitirá la resolución correspondiente. Finalmente, exhortó a las autoridades y medios de comunicación a tratar el tema con ponderación, responsabilidad y respeto a la institucionalidad del Poder Judicial, como corresponde en un Estado constitucional de derecho. Oficina de Imagen Institucional Corte Superior de Justicia de Tacna Jueves, 21 de julio del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA La República 3 Avisos Judiciales EDICTO EXPEDIENTE 00085-2016-0-2301-JM-CI-01 ANTE EL JUZGADO MIXTO DEL MBJ ALTO DE LA ALIANZA, QUE DESPACHA LA JUEZ DRA. HILDA FILOMENA SEGURA, CON INTERVENCION DEL ESPECIALISTA LEGAL DR. JUAN GUZMAN AFAN, EN EL EXP. 85-2016, SOBRE RECTIFICACION DE PARTIDA, SEGUIDO POR ADELA SANDOVAL CHAMBILLA, QUE SOLICITA SE LE AUTORICE A USAR COMO PRIMER NOMBRE DE MARY ANTEPUESTO AL DE ADELA, PARA FIGURAR EN LO SUCESIVO COMO MARY ADELA SANDOVAL CHAMBILLA; SE HA EXPEDIDO LA RESOLUCION 02 DE FECHA 05-07-2016, QUE RESUELVE ADMITIR EN VIA DE PROCESO NO CONTENCIOSO LA SOLICITUD DE CAMBIO DE NOMBRE PRESENTADA POR ADELA SANDOVAL CHAMBILLA, SEÑALANDOSE FECHA PARA LA AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL PARA EL DIA 09 DE AGOSTO DE 2016 A HORAS 11.30 A.M., PREVIA PUBLICACION DEL EXTRACTO DE LA SOLICITUD EN EL DIARIO LA REPUBLICA Y DIARIO OFICIAL EL PERUANO, POR EL TERMINO DE UN DIA HABIL . TACNA 14 DE JULIO DE 2016. JUAN GUZMAN AFAN Especialista Legal Modulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (1V/21 JUL) EDICTO PENAL Expediente N° 1709-2015-0-2301-JR-PE-1.ACUSACION DIRECTA 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Silvana Alcalá Quelopana. En el proceso N° 1709-2015-0-2301-JR-PE-2, seguido contra OMAR RAMIRO ZEGARRA VEGA, CRISTIAN SIMON ZEGARRA VEGA Y SUJHEY CARLA ZEGARRA VEGA, por el presunto delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de SANTOS SIMON ZEGARRA LOZANO; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a OMAR RAMIRO ZEGARRA VEGA lo dispuesto en la Audiencia de fecha dieciocho de julio del dos mil dieciséis, en la cual SE RESUELVE: CONTINUAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION EL DIA OCHO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA. Debiendo de emplazarse a los demás sujetos procesales conforme corresponda, con la atingencia siguiente: si inconcurriése los procesados, eventualmente la parte agraviada en relación a que no existióse su presencia para dar la aprobación del principio de oportunidad, se continuará con la secuela del presente proceso. FIRMADO JORGE ANTONIO MACHI CAO TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA- FIRMADO SILVANA ALCALA QUELOPANA - ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. Tacna, 18 de julio del 2016. SILVANA ALCALA QUELOPA Especialista Judicial 2do Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA JORGE ANTONIO MA- CHICADO TEJADA Juez del segundo Juzgado De la investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/21-22-25 JUL) EDICTO JUDICIAL NOTIFICACION A JOSE WALTER CONDORI YAPUCHURA Exp. Nro. 1342-2015-2301-JR-FT-01, ante el PRIMER JUZGADO DE FAMILIA, Juez Dra. Grushenka Gutiérrez Cutipa, Sec. Janeth Lezama, se ha emitido la Resolución Nro. 01: Tacna, cinco de Junio del dos mil quince: SE RESUELVE: Abrir investigación tutelar por presunto Estado de Abandono, a favor del adolescente ROBERTO CARLOS CONDORI CEREZO, de quince años de edad. DICTÁNDOSE COMO MEDIDA DE PROTECCION PROVISIONAL, A FAVOR DEL TUTELADO ROBERTO CARLOS CONDORI CEREZO, SU ALBERGAMIENTO PROVISIONAL EN EL HOGAR SANTO DOMINGO SAVIO DE TACNA.- Resolución Nro. 31: Tacna, trece de Julio del dos mil dieciséis; DE OFICIO.- Estando a las publicaciones efectuada en el Diario La República ( 6-7-8) y no mediando los tres días entre la notificación para una actuación procesal y su realización, conforme lo dispuesto por el artículo 147 del Código Procesal Civil, se reprograma fecha para recibir la declaración de JOSE WALTER CONDORI YAPUCHURA, progenitor del tutelado, para el día DIECISIETE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISÉIS, a horas DIEZ DE LA MAÑANA, debiendo de notificárseles mediante EDICTO, bajo apercibimiento de prescindirse de su declaración en caso de inconcurrencia.- Tómese Razón y Hágase Saber.- JANETH PAOLA LEZAMA SALAMANCA Secretaria (e) del 1er Juzgado de Familia CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA(3V/19-20-21 JUL) EDICTO JUDICIAL Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna a cargo de la Juez Dra. MILAGROS PARIHUANA SERRANO y Especialista Legal: Dra. Maritza Gómez Cutipa, Exp. Nro. 580- 2016, EZEQUIELA ESPERANZA MENDOZA DE MEDINA, solicita la Rectificación de Partida, por lo que el Juzgado ha dictado la resolución Nro. 01 de fecha 20 de mayo del año 2016, cuyo literal dice: ADMITIR en la Vía procedimental del PROCESO NO CONTENCIOSO la solicitud de Rectificación de Partida presentada por EZEQUIELA ESPERANZA MENDOZA DE MEDINA, la RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA RECURRENTE: Donde dice “Antonia Pas de Mendoza” debe decir “ANTONIA PAZ DE MENDOZA”. CITESE para Audiencia de Actuación y Declaración Judicial a realizarse el día VEINTITRES DE AGOSTO del año en curso, a horas DIEZ de la mañana en la sala de audiencias del Juzgado, previa realización de la publicación de un extracto de la solicitud en el diario encargado de los avisos judiciales de la localidad y en el diario Oficial “El peruano”, por el término de un día hábil. Por ofrecidos los medios probatorios. A los autos de los anexos. Tómese Razón y Hágase Saber.-Tacna, 19 de Julio del año 2016. MARITZA E.GÓMEZ CUTIPA. Secretario Judicial del 2do Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (1V/21 JUL) NOTIFICACION POR EDICTO En el Expediente N° 2272 - 2016-0-2301-JPFC-01, que se tramita ante Primer Juzgado de Familia de Tacna, que despacha la señora Juez Dra. Grushenka Gutiérrez Cutipa, con la actuación de la Especialista Legal Dra. Janeth Lezama Salamanca, doña Marylin Israel Tiznado Salazar a interpuesto demanda de Tenencia en contra de Arturo Emanuel Quijano Coico, expidiéndose en el mismo la Resolución N° 01 que Resuelve: Admitir la presente demanda sobre Reconocimiento de Tenencia y Acumulativamente Alimentos en contra de Arturo Emanuel Quijano Coico, tramitándose en la vía del proceso UNICO, corriéndose traslado de la misma al demandado para que la conteste, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL, por lo que notifíquese mediante edicto, debiendo de expedirse los carteles respectivos.TR y HS.Tacna, 18 de julio del 2016 JANETH PAOLA LEZAMA SALAMANCA Secretaria (e) del 1er Juzgado de Familia CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/20-21-22 JUL) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por MI BANCO – BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., en contra de HERMINIA ELISABETH ARRIAGA MAMANI y JOSE JOAQUÍN PARIA, en el presente proceso sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 1093-2015-0-2301-JR-CI-01; el Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo del Juez, Juan Manuel Vera Esquivel, y como Especialista Legal, José Luis Vilca Becerra, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: 1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El TERRENO RÚSTICO DENOMINADO VIRGEN DE CHAPI, PARCELA 9; EN EL DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con una extensión superficial de 20.150 Has., cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características, se encuentran inscritas en la Partida N° 05129400 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna. SUNARP. 2.- VALOR DE LA TASACIÓN: US$. 82,375.53 (OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 53/100 DÓLARES AMERICANOS). 3.- BASE DEL REMATE: US$. 54,917.02 (CINCUENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS DIECISIETE CON 02/100 DÓLARES AMERICANOS), equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación. 4.- GRAVAMENES Y CARGAS: A) HIPOTECA.- Sobre el bien inmueble propiedad de HERMINIA ELISABETH ARRIAGA MAMANI y JOSE JOAQUÍN PARIA, a favor de MI BANCO – BANCO DE LA MICROEMPRE S.A., hasta por la suma de US$. 50,000.00 Dólares Americanos. 4 La República SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Según Escritura Pública de fecha 05/03/2013, otorgado ante Notario Público Daisy Morales de Barrientos, en la ciudad de Tacna. Inscrito en el Asiento D00002 de la Partida N° 05129400 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 07/03/2013. 5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 02 DE AGOSTO DEL 2016, A LAS 11:30 HORAS DE LA MAÑANA. 6.- LUGAR DEL REMATE: Frontis del Primer Juzgado Civil, ubicado en el segundo piso de la Corte superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. 7.- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y/o RUC, según corresponda, tratándose de representantes el poder correspondiente, además del Arancel Judicial por Participación en Remate, indicando en este, el número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia de los documentos en mención). El Adjudicatario cancela los honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo al Art. 732° del C.P.C. y D.S. 008-2005-JUS. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva - Martillera Pública - Registro Nacional Nº 142. Celular 998706190 ó RPM #339910. Tacna, 30 de Junio del 2016. JOSE LUIS VILCA BECERRA Especialista Legal 1er Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA Ma.Angela Zeballos A.(6V/18 AL 25 JUL) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A., en contra de CENTRO COMERCIAL DRAGON DE ORO S.A.C. y RAUL MENDOZA HUAYTA, en el presente proceso sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 1645-2015-0-2301-JR-CI-02; el Segundo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo de la Señora Juez, Rosalynn Mercado Díaz, y como Especialista Legal, Carla Jakeline Dávila Cáceres, ha dispuesto sacar a Remate Público lo siguiente: 1.- EN PRIMERA CONVOCATORIA: El Bien Inmueble ubicado en PROGRAMA DE VIVIENDA HABITACIONAL URBANA PROGRESIVA ALFONSO UGARTE MZ. C-3, LOTE 6; EN EL DISTRITO DE CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con un área de 120 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características, se encuentran inscritas en la Partida N° P20029240 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna. SUNARP. 2.- VALOR DE LA TASACIÓN: US$. 151,071.03 (Ciento Cincuenta y Un Mil Setenta y Uno con 03/100 Dólares Americanos). 3.- BASE DEL REMATE: US$. 100,714.02 (Cien Mil Setecientos Catorce con 02/100 Dólares Americanos), equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación. 4.- GRAVAMENES Y CARGAS: A) INSCRIPCION DE HIPOTECA.- Sobre el bien inmueble propiedad de RAUL HUAYTA MENDOZA, a favor de SCOTIABANK PERU S.A.A., hasta por la suma de US$. 150,000.00 Dólares Jueves, 21 de julio del 2016 Americanos. Según Escritura Pública N° 1958 de fecha 19/12/2014, otorgado ante Notario Público Elba Aurora Angüis de Adawi (Tacna). Inscrito en el Asiento 00011 de la Partida N° P20029240 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna. SUNARP. Fecha de Inscripción 06/01/2015. B) INSCRIPCION DE EMBARGO.- Sobre el bien inmueble propiedad de RAUL HUAYTA MENDOZA, a favor de BANCO FINANCIERO DEL PERU, hasta por la suma de S/ 12,000.00. Inscrito en el Asiento 00012 de la Partida N° P20029240 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede – Tacna. SUNARP. Fecha de Inscripción 15/03/2016. 5.- DIA Y HORA DEL REMATE: 02 de AGOSTO del 2016, a las 12:00 del MEDIO DÍA. 6.- LUGAR DEL REMATE: Frontis (Pasadizo) del Segundo Juzgado Civil, ubicado en el Segundo Piso de la Corte superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. 7.- POSTORES: Oblarán el 10% del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentarán su DNI y/o RUC, según corresponda, tratándose de representantes el poder correspondiente, además del Arancel Judicial por Participación en Remate, indicando en este, el número de DNI del postor, Juzgado correspondiente y número de Expediente (con copia de los documentos en mención). El Adjudicatario cancela los honorarios de la Martillera más IGV de acuerdo al Art. 732° del C.P.C. y D.S. 0082005-JUS. El remate será efectuado por María Ángela Zeballos Alva - Martillera Pública - Registro Nacional Nº 142. Celular 998706190 ó RPM #339910. Tacna, 15 de Julio del 2016.Ma. ÁNGELA ZEBALLOS ALVA Martillera Pública Reg. Nº 142 CARLA DAVILA CACERES Secretaria Judicial (e) del 2do Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (6V/18 AL 25 JULIO) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., en contra de MAMANI LUCERO JASINTA y MAMANI CALIZAYA BEATRIZ VERONICA; en el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 2347-2013-0-2301-JP-CI-03; el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo de la Señora Juez Kati Verónica Antonio Damián y como Especialista Legal Ingrid Melanie Rodríguez Cotrado, quien asume funciones por licencia vacacional de la titular, ha dispuesto sacar a Remate Público: EN PRIMERA CONVOCATORIA: El inmueble ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO ASOCIACION DE VIVIENDA VILLA SAN FRANCISCO MZ. 104, LOTE 3; EN EL DISTRITO DE CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con un área de 141.23 M2, cuyo actual propietario es Erick Rodrigo Chávez Mamani, Donatario inscrito el 13/04/2015 en el Asiento 00008 de la Partida P20018213 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. VALOR DE TASACIÓN: S/ 71,888.90 (Setenta y Un Mil Ochocientos Ochenta y Ocho con 90/100 Soles). BASE DE REMATE: S/ 47,925.93 (Cuarenta y Siete Mil Novecientos Veinticinco con 93/100 Soles), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación. AFECTACIONES: A) Inscripción de Hipoteca.Sobre el bien inmueble propiedad de Erick Rodrigo Chávez Mamani, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE PIURA S.A., hasta por la suma de $. 29,540.99. Según Escritura Pública N° 1298 de fecha 26/08/2011, otorgado ante Notaria Rosa María Málaga Cutipé (Tacna). Inscrito en el Asiento 00005 de la Partida P20018213 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 05/09/2011. B) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de Erick Rodrigo Chávez Mamani, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., hasta por la suma de S/ 8,000.00. Inscrito en el Asiento 00006 de la Partida P20018213 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 02/04/2014. C) Inscripción de Embargo.- Sobre el bien inmueble propiedad de Erick Rodrigo Chávez Mamani, a favor de MI BANCO – BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., hasta por la suma de S/ 22,000.00. Inscrito en el Asiento 00007 de la Partida P20018213 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 04/06/2014. DIA Y HORA DEL REMATE: 05 DE AGOSTO DEL 2016, A LAS 10:00 A.M. LUGAR: Frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el Cuarto Piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. POSTORES PRESENTARAN: Arancel por derecho a participar en remate judicial (Código 07153 por S/ 395.00), con indicación del Juzgado, número de DNI y número de Expediente; original y copia de su DNI, copia certificada de poder y copia del RUC, de ser el caso. Entregarán una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, en efectivo o Cheque de Gerencia. El adjudicatario deberá depositar el saldo de precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez cerrada el acta de remate, (de conformidad con el Art. 18º del Reglamento aprobado por D.S. 008-2005-JUS) y están afectos al IGV.- Dr. Frany Heber Díaz Díaz - Martillero Público con Registro N° 278. Celular #995738170/997219766, e-mail: [email protected]. Tacna, 18 de Julio del 2016.FRANY HEBER DÍAZ DÍAZ MARTILLERO PÚBLICO REG. Nº 278 INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (6V/19 AL 26 JUL) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por BANCO FINANCIERO DEL PERU, en contra de DANITZA BETZABE DE LA TORRE VILLANUEVA; en el proceso sobre Obli- Jueves, 21 de julio del 2016 gación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 261-2015-0-2301-JP-CI-02; el Primer Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Tacna, que Despacha la Señora Juez Kati Verónica Antonio Damián y como Especialista Legal Ingrid Melanie Rodríguez Cotrado, ha dispuesto sacar a Remate Público: EN PRIMERA CONVOCATORIA: El inmueble ubicado en MZ. 10, LOTE 07, SECTOR 18 AMPLIACION VIÑANI; EN EL DISTRITO DE CORONEL GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con un área de 500.00 M2, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida N° 11067451 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. VALOR DE TASACIÓN: S/ 55,000.00 (Cincuenta y Cinco Mil con 00/100 Soles). BASE DE REMATE: S/ 36,666.67 (Treinta y Seis Mil Seiscientos Sesenta y Seis con 67/100 Soles), equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación. AFECTACIONES: A) Inscripción de Embargo.Sobre el bien inmueble propiedad de Danitza Betzabé De La Torre Villanueva, a favor de BANCO FINANCIERO DEL PERU, hasta por la suma de S/ 25,000.00. Inscrito en el Asiento D00001 de la Partida N° 11067451 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP. Fecha de inscripción 20/04/2015. DIA Y HORA DEL REMATE: 05 DE AGOSTO DEL 2016, A LAS 10:30 A.M. LUGAR: Frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el Cuarto Piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. POSTORES PRESENTARAN: Arancel por derecho a participar en remate judicial (Código 07153 por S/ 395.00), con indicación del Juzgado, número de DNI y número de Expediente; original y copia de su DNI, copia certificada de poder y copia del RUC, de ser el caso. Entregarán una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, en efectivo o Cheque de Gerencia. El adjudicatario deberá depositar el saldo de precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario, una vez cerrada el acta de remate, (de conformidad con el Art. 18º del Reglamento aprobado por D.S. 008-2005-JUS) y están afectos al IGV.- Dr. Frany Heber Díaz Díaz - Martillero Público con Registro N° 278. Celular #995738170/997219766, e-mail: [email protected]. Tacna, 18 de Julio del 2016.FRANY HEBER DÍAZ DÍAZ MARTILLERO PÚBLICO REG. Nº 278 INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (6V/19 AL 26 JUL) REMATE PÚBLICO - JUDICIAL En los seguidos por SCOTIABANK PERÚ SAA en contra de EXPORTACIONES IMPORTACIONES CERVANTES TAPIA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA representada por Gladys Teresa Guillén Olvea, y Víctor Jesús SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Cervantes Olvea; proceso único de ejecución de garantía hipotecaria signado con Expediente Judicial N°00103-2010-0-2301-JR-C0-03; el Tercer Juzgado Civil - de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Tacna a cargo del Señor Juez Vladimir Salazar Diaz, con intervención de la Especialista Legal Srta. Patricia Albarracín Palacios, ha ordenado sacar a REMATE PÚBLICO en SEGUNDA CONVOCATORIA, el INMUEBLE UBICADO EN LA MANZANA 43 LOTE 13 DE LA URBANIZACIÓN ASOCIACIÓN DE VIVIENDA AGRARIO TACNA DEL DISTRITO PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, inscrito en la Partida Registral con Código N°11035036 de la Zona Registral N°XIII Sede Tacna. La referida partida registral publicita que el inmueble a ser rematado es de propiedad de la Sociedad Conyugal conformada por VICTOR JESUS CERVANTES OLVEA y JESSICA TAPIA QUISPE. El inmueble se encuentra valorizado en la suma de S/. 115 962.40 (ciento quince mil novecientos sesenta y dos con 40/100) soles y SERÁ REMATADO SOBRE LA BASE DE S/. 65 712, 03 (sesenta y cinco mil setecientos doce con 03/100) soles, suma equivalente a los dos tercios de la suma por la cual ha sido valorizado. AFECTACIONES CONOCIDAS DEL BIEN: Asiento D002 de la Partida Registral antes mencionada: Inscripción de Hipoteca a favor del Banco Scotiabank Perú SAA hasta por la suma de USD $ 14, 417.00 dólares de los EUA. Asiento D003 de la Partida Registral antes mencionada: Embargo en forma de Inscripción.- Hasta por la suma de S/. 1 000 (mil) soles a solicitud del Ejecutor Coactivo - SUNAT. DIA. HORA Y LUGAR DEL REMATE: La diligencia del remate estará a cargo del abogado Juan Pablo Kong Eyzaguirre - Martillero Público con Registro N° 227 el día 25 DE JULIO DEL AÑO 2016 A LAS 12:00 horas meridiano en las instalaciones del TERCER JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA, ubicado en la Calle Inclán, esquina con Presbítero Andía s/n de esta ciudad. POSTORES: Las personas que deseen ser consideradas como postores en el remate deberán constituir depósito, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, una cantidad no menor al 10% del valor de tasación del inmueble.- S/. 11 596,24 (once mil quinientos noventa y seis con 24/100) soles, presentando este depósito al Martillero Público. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Así mismo, los postores deberán de presentar el pago correspondiente del arancel judicial respectivo por derecho a participar en remate judicial de bien inmueble a la orden del Tercer Juzgado Civil de Tacna, suscribiéndolo con indicación del juzgado y número de expediente, adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento nacional de identidad correspondiente. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732° del Código Procesal Civil y Por Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV.Tacna 11 de junio del año 2016- PATRICIA ALBARRACIN PALACIOS Especialista legal del 3er juzgado civil de Tacna La República 5 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA JUAN PABLO KONG EYZAGUIRRE Martillero Publico Reg.n°227 ABOGADO (6V/14 AL 21 JUL) SUCESION INTESTADA EXPEDIENTE N° 1095 - 2016, ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TACNA, QUE DESPACHA LA SEÑORA JUEZ MILAGROS PARIHUANA SERRANO, ESPECIALISTA LEGAL LUZ SARA AGUI LAR CHAMB!; CIRILO CONDORI LUQUE SOLICITA LA SUCESION INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUE SU PADRE MANUEL CONDORI ROQUE, A FIN QUE SE LE DECLARE HEREDERO UNIVERSAL DEL CAUSANTE, LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY.TACNA 19 DE JULIO DEL 2016. LUZ SARA AGUILAR CHAMBI Secretario Judicial 2do.Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (1V/21 JUL) RECTIFICACION DE PARTIDA POR ANTE EL JUZGADO DE MIXTO DEL MODULO BASICO DEL ALTO DE ALIANZA, EXPEDIENTE N° 101- 2016-0-2301-JM-CI-01, JUEZ DOCTORA HILDA FILOMENA SEGURA Y ESPECIALISTA JUDICIAL FELICIANA ROQUE ALANOCA SE PRESENTÓ ALBERTINA CATUNTA ONOFRE, SOLICITANDO RECTIFICACION DE PARTIDA, ADMITIDA A TRAMITE MEDIANTE RESOLUCION N°01, QUE RESUELVE: PRIMERO: ADMITIR en la vía procedimental del PROCESO NO CONTENCIOSO la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento presentada por ALBERTINA CATUNTA ONOFRE. SEGUNDO: En consecuencia cítese al solicitante a la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial para el día VEINTICUATRO DE OCTUBRE del año dos mil dieciséis a HORAS DIEZ con TREINTA minutos de la mañana en la Sala de audiencias del Juzgado, previa realización de la publicación de un extracto de la solicitud en el Diario La República y el Diario Oficial El Peruano, por el termino de un día hábil. TERCERO: Por ofrecidos los medios probatorios presentados y agréguese a los autos los anexos que acompaña. Regístrese y Comuniqúese. TACNA 18 DE JULIO DEL 2016. FELICIANA ROQUE ALANOCASecretaria Judicial del Juzgado Mixto Modulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.(1V/21 JUL) REINVINDICACION Y OTROS EXP. 00369-2016-0-230l-JR-CI-03 Seguido por BERNARDO TEOFILO TAPIA SOTO, sobre Proceso de REIVINDICACION Y OTROS en contra de Yolanda Rivera Rivera y TERCEROS NO IDENTIFICADOS. Ante el Tercer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Tacna, Juez Vladimir Salazar Diaz y Especialista: Elsa G. Aguirre Huareccailo. Se ha expedido la Resolución Nro. 02. Tacna, trece de abril del año dos mil dieciséis. SE RESUELVE.- ADMITIR la presente demanda sobre REIVINDICACION referente del Inmueble ubicado en la Calle José Gálvez N2 101 del CPM Augusto B. Leguía (lote identificado como Mza-A, Lote-02 de la Asociación de Vivienda Villa Alto Leguía) inscrita en la partida electrónica N2 11001037 del registro de propiedad inmueble de Tacna, en la Vía del 6 La República SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA proceso de CONOCIMIENTO, interpuesta por BERNARDO TEOFILO TAPIA SOTO en contra de YOLANDA RIVERA RIVERA y contra TERCEROS no identificados y como pretensión accesoria: 1.- Indemnización de Daños y Perjuicios, por la suma de S/. 120,000.00 nuevos soles y 2.- por Lucro Cesante la suma de S/. 120,000.00 nuevos soles, por lo que córrase traslado de la demanda a los demandados, por el termino de treinta días, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y nombrársele curador procesal respectivamente, debiendo notificársele a los terceros no identificados mediante EDICTOS. TRYH.S.-Tacna 02 de junio del 2016. ELSA G. AGUIRRE HUARECCALLO Secretaria Judicial del 3er Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/21-22-25 JUL) PRESCRIPCION ADQUSITIVA DE DOMINIO DE BIEN MUEBLE Expediente N° 000532-3016-0, ante el Primer Juzgado Civil de Tacna, que despacha el señor Juez doctor Juan Manuel Vera Esquivel y la actuación del Especialista Joaquín Medina Castro por Resolución Nro. 03 De fecha diecisiete de junio del año dos mil dieciséis, se ha RESUELTO: ADMÍTASE la demanda interpuesta por ANGEL CARLOS ALEJANDRO NÚÑEZ GHERSI en contra de MARIA LUISA NÚÑEZ TREVIÑO Y ANGEL PABLO GHERSI NIETO sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN MUEBLE - VEHICULO; a fin de que se le declare como propietario del VEHÍCULO AUTOMÓVIL SEDAN, MARCA NISSAN, MODELO SUNNY FE, CON PLACA DE RODAJE NRO. BK6084, AÑO DE FABRICACIÓN 1997, DE COLOR PLATEADO, CON NÚMERO DE MOTOR GA13594485B, Y NÚMERO DE SERIE B14314118; quien se encuentra en posesión desde el dos de febrero del año dos mil cuatro, en forma permanente, pacifica, publica, para lo cual solicita se curse el Oficio respectivo a la SUNARP, en su oportunidad, córrase traslado de la demanda a los demandados por el término de diez días, para que absuelvan; téngase por ofrecida los medios probatorios y anexadas las copias; debiendo notificarse a los demandados por edictos, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, disponiéndose se publique un resumen de la demanda en los diarios encargados de las publicaciones judiciales, por tres días y con intervalo de tres días hábiles.Tacna siete de junio del año dos mil dieciséisJoaquín Medina Castro Especialista Legal del Primer Juzgado Civil de Tacna. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. JOAQUIN MEDINA CASTRO Especialista Legal del 1er Juzgado Civil de Tacna CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA(3V/11-15-21 JUL) PRESCRIPCION ADQUSITIVA DE DOMINIO DE BIEN MUEBLE Expediente N° 000532-3016-0, ante el Primer Juzgado Civil de Tacna, que despacha el señor Juez doctor Juan Manuel Vera Esquivel y la actuación del Especialista Joaquín Medina Castro por Resolución Nro. 03 De fecha diecisiete de junio del año dos mil dieciséis, se ha RESUELTO: ADMÍTASE la demanda interpuesta por ANGEL CARLOS ALEJANDRO NÚÑEZ GHER- Jueves, 21 de julio del 2016 SI en contra de MARIA LUISA NÚÑEZ TREVIÑO Y ANGEL PABLO GHERSI NIETO sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN MUEBLE - VEHICULO; a fin de que se le declare como propietario del VEHÍCULO AUTOMÓVIL SEDAN, MARCA NISSAN, MODELO SUNNY FE, CON PLACA DE RODAJE NRO. BK6084, AÑO DE FABRICACIÓN 1997, DE COLOR PLATEADO, CON NÚMERO DE MOTOR GA13594485B, Y NÚMERO DE SERIE B14314118; quien se encuentra en posesión desde el dos de febrero del año dos mil cuatro, en forma permanente, pacifica, publica, para lo cual solicita se curse el Oficio respectivo a la SUNARP, en su oportunidad, córrase traslado de la demanda a los demandados por el término de diez días, para que absuelvan; téngase por ofrecida los medios probatorios y anexadas las copias; debiendo notificarse a los demandados por edictos, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, disponiéndose se publique un resumen de la demanda en los diarios encargados de las publicaciones judiciales, por tres días y con intervalo de tres días hábiles.Tacna siete de junio del año dos mil dieciséisJoaquín Medina Castro Especialista Legal del Primer Juzgado Civil de Tacna.CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. JOAQUIN MEDINA CASTRO Especialista Legal del 1er Juzgado Civil de Tacna CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA(3V/11-15-21 JUL) NOTIFICACION POR EDICTOS El señor Juez del Primer Juzgado en lo Civil, despachado por el DR. JUAN MANUEL VERA ESQUIVEL y bajo la actuación del Especialista Legal DR. JOSE LUIS VILCA BECERRA, en el proceso Nº01433-2015, en el proceso seguido por doña ELSA LIMA DE CUTIPA Presidente de la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LOS GIRASOLES, sobre Prescripción Adquisitiva en contra de VILMA AURELIA ALVAREZ PEÑA Y OTROS, ha dispuesto se publique mediante Resolución Nº11, fechado el 17 de Junio del año 2016.- Por recibido el oficio que antecede procedente de la Sala Civil Transitoria de Tacna que contiene el expediente que se detalla: Hágase saber la bajada de autos. Y estando a lo ordenado mediante auto de vista número ocho de fecha 21-Marzo-2016 de fojas 533 y siguientes; se provee conforme a ley la demanda de fojas 121 y siguientes, teniendo en cuenta además el escrito de subsanación de foja 484 y siguientes: AL PRINCIPAL.- AUTOS Y VISTOS: La demanda y los anexos acompañados; Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la demanda que antecede reúne los requisitos que señalan los artículos 424 y 425 del Código Procesal Civil; que no se encuentra incursa dentro de las causales de inadmisibilidad e improcedencia que señalan los artículos 426 y 427 del Código acotado. SEGUNDO: Asimismo la presente acción reúne los requisitos especiales contenidos en el artículo 505 del Código Procesal Civil, en lo que respecta. Y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 486 inciso 5, 504 y demás pertinentes del Código Procesal Civil. SE RESUELVE: Admitir en la vía de proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por la entidad demandante ASOCIACION DE VIVIENDA LOS GIRASO- LES, representada por su Presidenta Elsa Lima de Cutipa, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN INMUEBLE en contra de los demandados: 1).- VILMA AURELIA ALVAREZ PEÑA; 2).- ANASTACIO HUALLPA JAHUIRA; 3).JEANLUI JAVIER PAUCARA PEREZ; 4).- EMPRESA MOTELES WELLCOME E.I.R.L, representada por Ulises Mendoza Molero; 5).- MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA, representada por su Alcalde Luis Torres Robledo; en consecuencia TRASLADO a los demandados a fin que contesten la demanda en el plazo de diez días, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. Por ofrecidos los medios probatorios que se indican. Agréguese a los autos los anexos acompañados. Y notifíquese la presente demanda a los colindantes indicados en el escrito de fojas 486 (numeral 5) para los fines de ley. Y también notifíquese la presente demanda al Procurador Publico de la Municipalidad Provincial de Tacna para los fines de ley. Asimismo publique un extracto de la demanda en el Diario Oficial el Peruano y Diario la República para los fines de ley conforme dispone el artículo 506 del Código Procesal Civil. T.R. y H.S. Y proveyendo con arreglo a ley el escrito de fecha 30-Mayo2016 que antecede: AL PRINCIPAL.- Téngase presente. AL OTROSI DIGO.- Estese a lo resuelto en la fecha. AL MAS DIGO.- Téngase presente y a los autos. AL PRIMER MAS DIGO.- Téngase por señalada la casilla electrónica para los fines de ley. Y proveyendo con arreglo a ley el escrito de fecha 14-Junio-2016 que antecede: AL PRINCIPAL.- Téngase presente. AL OTROSI DIGO.- Estese a lo resuelto en la fecha. AL OTROSI DIGO.- Téngase presente y a los autos.Firmado DR. JUAN MANUEL VERA ESQUIVEL Juez del Primer Juzgado Civil.-Firmado por el Especialista Legal DR. JOSE LUIS VILCA BECERRA. Extracto de la demanda.- ELSA LIMA DE CUTIPA, DNI 00516632 Presidenta de la Asociación de Vivienda Los Girasoles, solicita la acción de Prescripción Adquisitiva del inmueble urbano ubicado en la Avenida Villa Litoral del Centro Poblado Augusto B. Leguía, Distrito, Provincia y Región de Tacna, con una área de 14,453.96 metros cuadrados, con un perímetro de 558.556 metros lineales, inmueble que se encuentra inscrita en la Partida Nº05023874, cuya posesión data del 25 de Marzo del año 2000, cuyos linderos son: por el frente, colinda con la Vía Litoral en una línea recta de 209.30 metros lineales; por el fondo colinda con terrenos de propiedad privada en línea quebrada de dos tramos de 134.30 y 70.40 metros lineales; por el lado derecho, colinda con la calle Nº01 y la Asociación de Vivienda Perú Posible en una línea recta de 70.55 metros lineales; y por el lado izquierdo colinda con el pasaje Nº01 y propiedad privada en una línea recta de 74.00 metros lineales, Tacna, 30 de Junio del año 2015. Firmado EFRAIN ROGELIO ZEA PINAZO Abogado, ELSA LIMA DE CUTIPA, Presidenta de la Asociación de Vivienda Los Girasoles. Lo que se notifica conforme a ley; Tacna, 11 de Julio del año 2016. JOSE LUIS VILCA BECERRA Secretario Judicial del 1er Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/15-19-21 JUL) Jueves, 21 de julio del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA La República Gaceta Judicial DESPACHO VEINTE DE ABRIL DEL 2016 1. Expediente N° 0219-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 03 del 22/10/2015 a fjs. 162/173 que declara Improcedente la demanda interpuesta por Gino Alexander Díaz Vargas en contra del Proyecto Especial Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna, reconducirse el proceso a la vía Ordinario laboral y solicite la Indemnización que corresponda de acuerdo al Art. 38 del TUO del D.L. 728. COLEGIADO GC FA LAG 2. Expediente N° 00147-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 04 del 14/10/2015 a fjs. 195/208 que declara Improcedente la demanda interpuesta por José Manuel Palza Velasco en contra del Proyecto Especial Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna, debiendo reconducirse el proceso a la vía Ordinario Laboral y solicite la indemnización que corresponda de acuerdo al Art. 38 del TUO del D.L. 728. COLEGIADO GC FA LAG 3. Expediente N° 00046-2015 REVOCARON la sentencia de la resolución N° 17 del 30/06/2015 a fjs. 198/213 que declara Improcedente la Oposición formulada por la demandada a medio probatorios admitidos por la demandante, Improcedente la Oposición formulada por la demandante a medios probatorios de la parte demandada; Fundada la demanda interpuesta por Segundo Francisco Choque Caytano en contra de Cristóbal Bances Siesquen sobre Indemnización por Daños y Perjuicios. REFORMANDOLA declararon INFUNDADA por improbada. COLEGIADO GC FA LAG 4. Expediente N° 00400-2014 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 07 del 25/11/2015 a fjs. 307/311 que declara Fundada la demanda interpuesta por Catalina Felicitas Vargas de Ortiz contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y Gobierno Regional de Tacna. Ordena que la demandada reconozca los reintegros que por concepto de gratificaciones por 20 años de servicios oficiales equivalente a dos remuneraciones sobre la remuneración total con deducción de lo percibido. COLEGIADO GC FA LAG 5. Expediente N° 00244-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 09 del 20/11/2015 afjs. 72/78 que declara Infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Beatriz Aspiros Bermúdez sobre Pago de la Bonificación por Movilidad y Refrigerio contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna, dispone el archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG 6. Expediente N° 01364-2014 REVOCARON la sentencia de la resolución N° 12 del 20/11/2015 a fjs. 111/119 que declara Infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Edilberto César Miguel Blanco Portugal contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y Gobierno Regional de Tacna. REFORMANDOLA se declara Fundada en parte la demanda. ORDENA a la demandada calcular los subsidios reclamados sobre la base de la remuneración total descontándose lo pagado. INFUNDADA la demanda en el extremo que se solicita la nulidad de la Resolución Directoral Regional N° 000397 del 10/02/2014. COLEGIADO GC FA LAG 7. Expediente N° 01455-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 07 del 11/12/2015 a fjs. 63/69 que declara Fundada la demanda interpuesta por Luis Alberto Nieto Valderrama contra la Dirección Regional de Educación de Tacna. Cumpla las demandadas con expedir nueva Resolución Administrativa en la cual reconozca y otorgue la Gratificaciones por haber cumplido 25 y 30 años de servicio sobre la remuneración total dentro de 10 días con deducción de lo percibido. COLEGIADO GC FA LAG 7 8 La República SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Jueves, 21 de julio del 2016 8. Expediente N° 01010-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 05 del 11/11/2015 a fjs. 58/64 que declara Infundada la demanda interpuesta por José Roberto Mendoza Maura sobre Pago de la Bonificación por Movilidad y Refrigerio contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna, dispone el archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG 9. Expediente N° 00761-0-2014-0-2301-JR-LA-01 REVOCARON la sentencia a fjs. 178/191 del 21/10/2015 resolución N° 04 que declara Infundada la demanda interpuesta por Rubén Edgar Lupaca Quispe contra la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria SUNAT – TACNA sobre reconocimiento de relación laboral a plazo indeterminado desnaturalización de los contratos de trabajo a tiempo parcial y otros. REFORMANDOLA declararon IMPROCEDENTE. COLEGIADO GC FA LAG 10. Expediente N° 00234-2015-0-2301-JR-LA-01 REVOCARON la sentencia de la resolución N° 03 del 23/10/2015 a fjs. 178/189 que declara IMPROCEDENTE la demanda interpuesta por Andrés Álvaro Coarite Laura contra la Municipalidad Distrital de Pocollay sobre reposición labora. REFORMANDOLA declararon fundada la demanda y DISPUSIERON que la demandada reponga al demandante en el puesto que venía desempeñando u otro de igual jerarquía. COLEGIADO GC FA LAG 11. Expediente N° 00116-0-2015-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 04 del 19/10/2015 que declara IMPROCEDENTE la demanda presentada por Edgard Jim Fernández Dávila Corvacho contra del Proyecto Especial Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna reconducirse a la vía ordinario laboral y solicite la indemnización que corresponde conforme el art. 38° del TUO del D. Leg. N° 728. COLEGIADO GC FA LAG 12. Expediente N° 00699-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 20/11/2015 a fjs. 86/90 que declara Infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Layme Castillo Vda. de Bustamante Matilde Antonieta como pensionista Sobreviviente por Viudez del titular con derecho Marcial Fernando Bustamante Meneses contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y del Gobierno Regional de Tacna sobre Pago de Bonificación Especial del Decreto de Urgencia N° 037-94 disponiendo su archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG 13. Expediente N° 00121-2015-0-2301-JR-LA-02 REVOCARON la sentencia del 20/11/2015 a fjs. 107/115 que declara Infundada la demanda interpuesta por Eleonor Roosevelt Zelada de Díaz contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y Gobierno Regional de Tacna. REFORMANDOLA declararon FUNDADA la demanda. Se ORDENA cumpla la demandada con calcular el subsidio reclamado sobre la base de la remuneración total. INFUNDADA la demanda que solicita la nulidad de la Resolución Directoral Regional N° 003049 del 01/10/2014. COLEGIADO GC FA LAG 14. Expediente N° 01640-2014-0-2301-JR-LA-02 REVOCARON la sentencia del 20/11/2015 a fjs. 113/121 que declara Infundada la demanda interpuesta por Elena Lucrecia Ale Calizaya contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna. REFORMANDOLA declararon FUNDADA en parte la demanda. ORDENA cumpla la demandada con calcular el subsidio reclamado. INFUNDADA la demanda en el extremo que se solicita la nulidad de la Resolución Directoral Regional N° 001741 del 23/05/2014. COLEGIADO GC FA LAG 15. Expediente N° 00045-2015-0-2301-SP-LA-01 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 03 del 10/09/2015 a fjs. 239/258 que declara Fundada la demanda de reposición interpuesta por Aurelio Porfidio Ticona Huacho contra la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre reponer al actor en las labores habituales que desempeñaba antes de su despido. COLEGIADO GC FA LAG Jueves, 21 de julio del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA La República 16. Expediente N° 00100-2015-0-2301-JR-LA-01 REVOCARON la sentencia de la resolución N° 05 del 16/10/2015 a fjs. 237/249 que resuelve declarar Improcedente la demanda presentada por Sergio Gregorio Hurtado Toledo contra del Proyecto Especial Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna. REFORMANDOLA se declara FUNDADA la demanda. Se ORDENA que la entidad demandada cumpla con reponer al demandante en el cargo de Oficial o en otro de igual jerarquía. COLEGIADO GC FA LAG 17. Expediente N° 01214-2014-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 04 del 13/10/2015 que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Ismael Chambilla Condori contra del Proyecto Especial Afianzamiento Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna sobre reposición laboral. dispone el pago por Daño Patrimonial Lucro Cesante S/. 66,542.00 y Daño Moral S/. 5,000.00 más los intereses legales. COLEGIADO GC FA LAG DESPACHO VEINTIDOS DE ABRIL DEL 2016 18. Expediente N° 00017-2015 ANULARON la sentencia de la resolución N° 09 del 25/11/2015 a fjs. 106/110 que resuelve declarar Infundada la demanda interpuesta por Juliana Acero Quispe en calidad de sobreviviente contra la Dirección Regional de Salud de Tacna y la Dirección Regional de Salud de Tacna y la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unanue de Tacna. MANDARON al Juez expedir nuevo fallo corrigiendo la irregularidad advertida. COLEGIADO GC FA LAG 19. Expediente N° 01294-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 6 del 14/12/2015 a fjs. 97/101 que declara Infundada en todos extremos la demanda interpuesta por Nitza Yorka Zantalla Linaja contra la Universidad nacional Jorge Basadre Grohmann sobre Pago de Asignación por Refrigerio y Movilidad, dispone el archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG 20. Expediente N° 01254-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 06 dl 20/11/2015 a fjs. 74/77 que declara Infundada en todos extremos la demanda interpuesta por Juan de Dios Ernesto Valdivia Zeballos contra la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna y de la Dirección Regional de Educación de Tacna sobre Pago de asignación de Movilidad y refrigerio, dispone el archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG DESPACHO VEINTISEIS DE ABRIL DEL 2016 21. Expediente N° 01418-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 05 del 14/12/2015 a fjs. 68/72 que declara Infundada la demanda interpuesta por Alicia Albina López Zavala contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el gobierno Regional de Tacna sobre Pago de la Asignación por Refrigerio y Movilidad, disponiendo su archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG 22. Expediente N°01242-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 05 del 11/11/2015 a fjs. 63/69 que declara Infundada en tosos sus extremos la demanda interpuesta por Carlos Benedicto Condori Hualpamaita contra la Dirección Regional de Educación y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna, disponiendo su archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG 9 10 La República SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Jueves, 21 de julio del 2016 23. Expediente N° 01266-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 07 del 11/11/2015 a fjs. 69/75 que declara Infundada en todo sus extremos la demanda interpuesta por Filomeno Sandoval Cárdenas contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna sobre sobre Pago de la Asignación por Refrigerio y Movilidad, dispone su archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG 24. Expediente N° 00038-2015-0-2301-SP-LA-01 ANULARON la sentencia de la resolución N° 11 del 30/04/2015 fojas 93 y siguientes, que resuelve declarar IMPROCEDENTE la demanda interpuesta por Julio Martin Molina Triveño contra la Municipalidad Distrital de Ite sobre Cese o Despido. Se ORDENA que el Aquo expida nueva sentencia COLEGIADO GC FA LAG DESPACHO VEINTISIETE DE ABRIL DEL 2016 25. Expediente N° 00235-2015 ANULARON la sentencia de la resolución N° 04 del 19/10/2015 que declara de oficio la Incompetencia del juzgado, nulo lo actuado y dispone la remisión al 2do Juzgado de Trabajo Permanente, en los seguidos por Simón Quispe Merlín contra la Municipalidad Distrital de Gregorio Albarracín sobre reposición. ORDENA el Juez de la causa continúe con el conocimiento del presente proceso. COLEGIADO CG TP LAG 26. Expediente N° 00211-2015 REVOCARON la sentencia de la resolución N° 05 del 15/10/2015 a fjs. 330/343 que declara Improcedente la demanda presentada por José Luis Yava Quispe en contra del Proyecto Especial Afianzamiento y ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna, debiendo reconducirse a la vía Ordinaria Laboral para que solicite la indemnización que corresponda de acuerdo al art. 38 del TUO del D. Leg. 728. REFORMANDOLA declara FUNDADA la demanda y ORDENA la reposición del demandante en el cargo que venía desempeñando u otra de igual nivel. COLEGIADO GC LAG RC 27. Expediente N° 00237-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 03 del 26/10/2015 a fjs. 235/249 que declara Improcedente la demanda presentada por Lourdes Natalia Quiroz Pérez en contra del Proyecto Especial Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna, debiendo reconducirse a la vía Ordinaria Laboral para que solicite la indemnización que corresponda de acuerdo al art. 38 del TUO del D. Leg. 728 . COLEGIADO GC FA LAG 28. Expediente N° 00404-2014 CONFIRMARON en parte la sentencia de la resolución del 19/10/2015 a fjs. 168/178 que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Marieleth Zoila Salazar Molina en contra del Proyecto Especial Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna sobre Indemnización por Daños y Perjuicios, dispone el pago por Daño Patrimonial del lucro cesante S/. 114,152.40. REVOCARON el extremo que dispone pago por daño moral S/. 8,000.00. REFORMANDOLA se fija el monto en S/. 3,000.00por daño moral. CONFIRMARON lo demás. COLEGIADO GC FA LAG 29. Expediente N° 01286-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 06 del 14/12/2015 a fjs. 59/63 que declara Fundada la demanda inerpuesta por Lyllean Elizabeth Sardón Pereda contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna. Ordeno que la demandada reconozca los reintegros que por concepto de subsidio por luto y gastos de sepelio equivalente a cuatro remuneraciones conb deducción de lo percibido. COLEGIADO GC FA LAG 30. Expediente N° 01584-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 06 del 28/12/2015 a fjs. 49/54 que declara Fundada la demanda interpuesta por Cayetano Jueves, 21 de julio del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA La República Wigberto Condori Flores contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unanue de Tacna. Ordeno que la demandada reconozca los reintegros por concepto de Bonificación Diferencial equivalente al 30% de acuerdo al Art. 184 de la Ley N° 25303 más el pago de los devengados e intereses legales desde su nombramiento a la fecha. COLEGIADO GC FA LAG 31. Expediente N° 00960-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 08 del 09/11/2015 a fjs. 104/109 que declara Fundada la demanda interpuesta por Saturnina Mamani Vda. de Condori Contra la Dirección Regional de Salud de Tacna. ordena que la demandada en plazo de 10 días expida nuevo acto administrativo donde se reconozca los conceptos de Bonificación Diferencial equivalente al 30% más el pago de devengados e intereses a partir del mes de enero 1991. COLEGIADO GC FA LAG 32. Expediente N° 01293-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 07 del 27/11/2015 fjs. 97/101 que declara Infundada la demanda interpuesta por Florencio Linaja Ale contra la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann sobre Asignación por Movilidad y refrigerio y dispone el archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG 33. Expediente N° 01440-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 06 del 11/11/2015 fjs. 91/97 que declara Infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Julia Antonio Vilca sobre Pago de la Bonificación por Movilidad y refrigerio contra la Dirección Regional de educación de Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna y dispone el archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG 34. Expediente N° 01613-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 05 del 22/12/2015 a fjs. 110/113 que declara Infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Raúl Mamani Chura contra la Dirección Regional de Salud de Tacna dispone el archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG 35. Expediente N° 047-2015-0-2301-SP-LA-01 REVOCARON la sentencia de la resolución N° 05 del 18/09/2015 a fjs. 115/128 que declara FUNDADA en parte la demanda interpuesta por el Sindicato de Trabajadores de Toquepala y Anexos contra Southern Perú Copper Corporation, Debiendo interponerse al actor la sanción de Amonestación Verbal e inscribirse en el legajo personal con conocimiento del Ministerio de Trabajo. REFORMANDOLA declararon INFUNDADA la demanda. Sin costas ni costos. COLEGIADO GC FA LAG 11 12 La República SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Jueves, 21 de julio del 2016 ROL DE AUDIENCIAS PROGRAMADAS EN EL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. FECHA: Jueves 21 de Julio del 2016. Nro 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 Expediente 2013-01470-25 2012-00375-60 2010-00519-45 2014-00545-32 2015-02600-4 2014-02008-65 2012-01271-77 2009-00622-25 2016-00282-39 2014-01318-48 2015-00852-44 2015-02600-27 2015-00537-22 2015-02708-20 2014-01690-31 2016-00417-0 2014-02037-0 2015-03045-23 2014-00617-86 2016-00459-69 2016-00760-37 2012-01847-31 2015-00337-80 2015-02289-8 2009-01266-53 2012-01560-80 2016-01334-0 2016-01323-0 2016-01496-0 2015-03019-51 2012-00976-14 2016-01374-0 2012-00016-44 2016-00296-0 2015-02880-0 2016-00182-0 2015-01171-0 2016-00294-0 2013-00729-46 2015-01195-0 2014-01457-78 2013-00693-19 2016-00082-0 2016-00122-0 2014-01200-94 2012-01354-32 2012-01417-71 2010-00978-97 2012-01117-2 2011-00942-97 2013-00187-55 2015-00923-48 2015-02671-73 2015-02655-4 2015-02015-19 2016-01213-0 2015-00769-26 2016-01358-46 2014-01009-41 2015-00529-98 2015-00721-17 2012-00156-53 2014-00253-72 2013-01683-79 2014-02003-1 2013-00027-22 2011-00025-31 2014-01205-15 2010-01548-70 2016-00158-0 Organo Jurisdiccional 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA DE APELACIONES - Sede Central Sala Audiencia SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 01 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 02 PENAL DE POCOLLAY SALA 03 PENAL DE POCOLLAY SALA 03 PENAL DE POCOLLAY SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JIP. - 1ER PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 1 JUNI -2DO PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JIP - 1ER PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 2 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JIP - 1ER PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 3 JUNI - 2DO PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA 4 JIP - 1ER PISO SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN SALA INV. PREP. - MBJAA SALA INV. PREP. - MBJAA SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO Hora Delito 10:30 Hurto agravado. 11:20 Comercialización y cultivo de amapola y marihuana y su siembra compulsiva. 12:01 Actos contra el pudor en menores. 12:30 Posesión indebida de Teléfonos celulares o armas, entre otros. 16:00 Robo Agravado 09:00 Posesión indebida de Teléfonos celulares o armas, entre otros. 10:00 Robo. 10:45 Asesinato 11:20 Actos contra el pudor en menores. 12:01 Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. 12:31 Robo Agravado 15:00 Robo Agravado 16:00 Hurto simple. 15:46 Cohecho pasivo propio 16:35 Homicidio culposo 09:00 Omisión de asistencia familiar 09:20 Falsedad ideológica. 10:00 Lesiones culposas 11:00 Estafa genérica 12:00 Robo Agravado 15:00 Formas Agravadas de la Trata de Personas 08:30 Hurto agravado. 09:00 Violación a persona en estado de inconsciencia o en imposibilidad de resistir. 09:30 Actos contra el pudor en menores. 10:00 Falsificación de documentos. 15:00 Usurpación 10:00 Omisión de asistencia familiar 11:00 Omisión de asistencia familiar 12:00 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. 09:00 Omisión de asistencia familiar 10:00 Secuestro 11:30 Omisión de asistencia familiar 12:00 Omisión de asistencia familiar 15:00 Omisión de asistencia familiar 09:00 Omisión de asistencia familiar 09:30 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. 10:00 Omisión de asistencia familiar 11:00 Omisión de asistencia familiar 11:30 Omisión de asistencia familiar 12:00 Omisión de asistencia familiar 12:30 Uso de documentos falsos. 15:00 Omisión de asistencia familiar 15:30 Omisión de asistencia familiar 16:00 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción. 08:10 Apropiación ilícita. 08:30 Hurto simple. 10:00 Homicidio Simple 11:00 Lesiones graves 13:00 Peculado 15:00 Lesiones culposas 17:00 Falsificación de documentos. 09:00 Ingreso Indebido de Equipos de Comunicación al Interior de un Establecimieno Penitenciario 09:31 Apropiación ilícita. 10:16 Receptación 11:01 Falsificación de documentos 11:46 Desobediencia o resistencia a la autoridad 12:31 Falsedad ideológica. 11:00 Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. 10:00 Omisión de asistencia familiar 11:00 Omisión de asistencia familiar 08:00 Robo Agravado 08:05 Actos contra el pudor en menores. 08:30 Violación sexual de menor de edad. 14:40 Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. 09:00 Lesiones leves por Violencia Familiar 10:30 Hurto simple. 12:00 Peculado doloso 13:00 Actos contra el pudor en menores. 15:00 Violación sexual de menor de edad. 15:30 Omisión de asistencia familiar Jueves, 21 de julio del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA La República CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA AVISO La Corte Superior de Justicia de Tacna requiere alquilar un inmueble construido en material noble, con un área construida de 250 m2 (como mínimo) y de dos pisos a mas (como mínimo), el mismo que debe estar en buenas condiciones para garantizar el normal funcionamiento de órganos Jurisdiccionales Penales, con escaleras amplias, Servicios Higiénicos por cada piso habilitados, en buen estado de conservación y funcionamiento, documentos en regla (Copia de SUNARP, planos de distribución, Registro Nacional de Proveedores vigente) y ubicado en el cercado de Tacna. Sírvase presentar su pretensión económica y plano de ubicación en mesa de partes de la Oficina de Administración de la Corte que está ubicada en el 4to piso de la sede central, sito en la 3ra cuadra de la calle Inclán S/N con Presbítero Andía. Tacna, 5 de julio de 2016 Corte Superior de Justicia de Tacna 13 14 La República SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Jueves, 21 de julio del 2016 %(()) *%") $ + , #'(-+ ."!$!) /(012 13400$15 6, $"% ! " # $"% &%' !" " # " Jueves, 21 de julio del 2016 SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA La República (3<='( !" #!$!% & ' () $ %*"&" #+,& - + .& /0 &1 %2$234/ 15 '65 785 7+9/ 75#7 :5#7+; 15 16 La República SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Jueves, 21 de julio del 2016
© Copyright 2024