subvencion municipal año 2017 bases tecnicas y administrativas

MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE ATACAMA
DIRECCION DE DESARROLLO COMUNITARIO
SUBVENCION MUNICIPAL AÑO 2017
BASES TECNICAS Y ADMINISTRATIVAS
1. ASPECTOS GENERALES
La Municipalidad de San Pedro de Atacama destina recursos del presupuesto municipal
2016 para otorgamiento de subvenciones, con el objetivo de apoyar proyectos específicos de
desarrollo comunitario, así como para fortalecer a las organizaciones. De acuerdo al Art. Nº 27
de la ley Nº19.418, las organizaciones comunitarias para postular al otorgamiento de
subvenciones, deberán presentar un proyecto conteniendo objetivos, justificación, detalles y
costo de las actividades. Este municipio hace efectivo este artículo a las Organizaciones
Indígenas, con las mismas exigencias.
Según consta en el artículo ya citado, para la formalización del otorgamiento de la
subvención, el municipio y la organización deberán suscribir un convenio donde se establezca la
modalidad y monto a asignar, el tiempo de ejecución, el detalle de los gastos y la forma en que
se rendirá cuenta de la misma.
El aporte económico de la organización es indispensable, el cual debe ser como mínimo el
5% del costo general de lo solicitado.
2. POSTULACIONES
2.1.- Pueden postular todas las organizaciones comunitarias de la comuna, territorial y
funcionales, regidas por la ley Nº 19.418 – 20.500 y las que se rigen por la ley indígena 19.253 , que
posean personalidad jurídica vigente y jurisdicción en la comuna de San Pedro de Atacama.
2.2.- Las organizaciones hacen efectiva su postulación a través de la presentación de un proyecto
en la oficina de partes e información del municipio, de acuerdo a las presentes bases y al formulario
de postulación de proyectos.
2.3.- El calendario de actividades del concurso de subvención municipal ejecución 2017:
Año 2016 es el siguiente:
a) Difusión y distribución de las bases y del formulario de postulación de proyectos
(desde el Lunes 18 de Julio al Viernes 05 de Agosto de 2016)
b) Presentación de proyecto: desde el Lunes 08 de Agosto hasta el 31 de Agosto del
2016, en el siguiente horario de 08:30 a 13:15 horas en la oficina de partes e
información de la Municipalidad de San Pedro de Atacama.
c) Evaluación y selección de los proyectos presentados (entre 01 Septiembre al 30 de
Septiembre) en dos instancias desde el 01 al 20 de septiembre revisión y corrección
de proyecto por parte de los postulantes, y desde el 21 de septiembre al 30 de
Septiembre, evaluación final.
d) Presentación de los proyectos seleccionados al H. Concejo Municipal para su
aprobación definitiva (Primer Concejo del Mes de Octubre)
e) Notificación de los resultados de la selección a las organizaciones durante el mes
de Noviembre y Diciembre del 2016.3. LINEAS DE ACCION
Los proyectos postulados se deben inscribir en una de las siguientes temáticas:
1.- Educación
2.- Cultura
3.- Salud
4.- Protección al medio ambiente
5.- Deporte y Recreación
6.- Capacitación
7.- Turismo
8.- Otras.
4. El fondo de subvención municipal destinará los siguientes recursos por línea de
acción:
Se Financiara una iniciativa por Organización, por un Monto Máximo de $ 1.200.000.
Presupuesto Total 2017: $ 54.000.000.AREA
MONTO ASIGANDO POR
PROYECTO
HASTA $
Educación
1.200.000
Cultura
1.200.000
Salud
1.200.000
Protección al medio ambiente
1.200.000
Deporte y Recreación
1.200.000
Capacitación
1.200.000
Turismo
1.200.000
Varias - Otras (especificar)
1.200.000
TOTAL PROYECTOS A SUBVENCIONAR
CANTIDAD DE PROYECTOS
A FINANCIAR
3
5
5
3
6
4
3
14
43
•
Los proyectos deben contar con un aporte propio por parte de la organización postulante
correspondiente al menos al 5% (cinco por ciento) del total solicitado al fondo municipal.
•
La valoración de los gastos que implica la implementación del proyecto deberá ser
debidamente respaldado, considerando los costos reales de bienes y servicios, mediante
una cotización vigente a la fecha de postulación.
•
Los aportes serán entregados a las organizaciones como transferencias de capital, siendo
éstas responsables de ejecutar el proyecto en su totalidad, incluyendo las rendiciones
correspondientes.
•
Se Financiara una sola iniciativa por Organización, por un Monto Máximo de $ 1.200.000.-
•
Solo en casos excepcionales y con previo acuerdo del Concejo Municipal se otorgaran
subvenciones que se presenten fuera del plazo establecido, cuyo Monto Total con el cual
se cuenta para aquellas iniciativas es de $ 3.600.000.-
•
La Comisión de Evaluación de los Proyectos de Subvención Municipal, podrá reducir el
Monto total solicitado por concepto de Subvención. Lo anterior, en base a los criterios de
evaluación de la Comisión señalada.
5. SELECCIÓN Y ADJUDICACION DE LOS RECURSOS
Los proyectos serán evaluados por una comisión de tres funcionarios designados por Alcaldía y un
Concejal, y serán aprobados definitivamente por el H. Concejo Municipal.
Los criterios que se utilizarán para la evaluación de los proyectos, consideran los siguientes
aspectos:
CRITERIO
Definición
del
problema
(relevancia de la problemática o
situación a intervenir para la
organización)
Muy importante
PONDERACION
Importante
Escasamente importante
20 puntos
15 puntos
Descripción: que el detalle de las
características del proyecto sean
consistente y que vaya en directa
relación con la definición del
problema
Relación coherente con el Relación incoherente con el
problema planteado
problema planteado
Número de beneficiarios (*)
Más del 75%
de
los
miembros de
la
organización
Entre 74% y
50% de los
miembros de la
organización
Entre 49% y
25% de los
miembros de
la
organizaciones
Menos de
24% de los
miembros
de
la
organización
20 puntos
15 puntos
10 puntos
0 puntos
Actividades, que sea factible cada
una de las acciones a realizarse
en la planificación del proyecto
20 puntos
Acciones
posibles
realizar
0 puntos
Acciones
Acciones imposibles de
de realizables
con realizar
cierto grado de
dificultad
20 puntos
Presupuesto claro y coherente
10 puntos
Presupuesto claro
10 puntos
0 puntos
Presupuesto confuso
con la magnitud del proyecto
La organización ha sido o no
beneficiada con subvenciones
anteriores.
10 puntos
No fue beneficiada
0 puntos
Fue beneficiada
10 puntos
5 puntos
•
Cabe destacar que la formulación completa de la solicitud debe ir en directa relación a los
objetivos que se plantean en la ordenanza (articulo 8 desde el inciso 1 al 4)
•
Una vez adjudicado el fondo concursable la organización comunitaria beneficiada deberá
cumplir con el plazo estipulado por ellos en el formulario de postulación 2016.
•
Las organizaciones comunitarias beneficiadas con la subvención municipal 2017 tienen
plazo hasta el 20 de diciembre de 2016, para rendir los gastos efectuados en la ejecución
del proyecto, siendo ingresadas en la oficina de partes e informaciones de la municipalidad.
•
Las organizaciones comunitarias que no cumplan con esta rendición de gastos en la fecha
señalada, no podrán postular a los próximos fondos concursables de subvención municipal.
Los proyectos que al momento de la postulación 2017 se encuentra en ejecución de otras
iniciativas deberán estar al día con sus rendiciones e informes respectivos al 20 de
Diciembre del año 2016.-
•
Las Organizaciones Comunitarias solo podrán realizar una Modificación Presupuestaria de
la Iniciativa adjudicada, la cual deberá ser debidamente justificada a través de una carta de
solicitud de la modificación a la Municipalidad.
•
El Dinero de la Subvención Municipal, puede ser otorgado en un máximo de tres cuotas en
el año calendario, siendo la última cuota en el mes de octubre del año respectivo.
•
Respecto de la Rendición de Gastos de las Organizaciones que tienen una Iniciativa
adjudicada, deberán además de Adjuntar el Acta de Rendición de Cuentas a la Asamblea,
Medios de Verificación como Fotografías del Proyecto implementado, principalmente
aquellos proyectos que se concretan a través de Etapas de Financiamiento.
•
En el caso de aquellos proyectos de Infraestructura, deberá acreditar un documento
de certificación de parte de la Dirección de Obras que indique que le proyecto
presenta vialidad en su presentación.
•
Las Organizaciones deberán presentar registro Fotográfico de Aquellos Proyectos
que financien obras de Infraestructura por Etapas.
•
Respecto de los Proyectos que financien viajes deberán indicar un valor estimado por
beneficiario (Individual).
6.- REQUISITOS
El concurso regulado en estas bases está dirigido a las juntas de vecinos y demás organizaciones
comunitarias regidas por la ley 19.418 - 20500 y organizaciones indígenas 19253, que presenten los
siguientes requisitos:
a) Las organizaciones participantes deberán tener su directorio actualizado y vigente, lo cual se
acredita mediante la entrega de un certificado emitido por Secretaria Municipal en el caso
de las organizaciones que se comprenden en la ley Nº19.418, 20.500 y/o Registro Civil.
en lo que respecta a las organizaciones indígenas es la CONADI quien la extiende.
b) Las organizaciones participantes deben encontrarse inscritas en los registros de Personas
Jurídicas receptoras de fondos públicos al momento de la postulación (ley Nº 19.862).
c) Tener a la fecha de la postulación ingresada los documentos que se requiere en la Dirección
de Desarrollo Comunitario y/o Secretaria Municipal respectivamente, según sea el caso
(Org. Ley Nº19.418 y organizaciones indígenas)
d) Presentar fotocopia del RUT de la organización.
e) No podrán postular proyectos las organizaciones que tengan pendientes deudas o
rendiciones financieras con el municipio, correspondiente a subvenciones u otro aporte de
años anteriores y del que se encuentra en curso (2016), siempre y cuando no deban rendir
hasta diciembre según solicitud realizada.
f) Deberá presentar a lo menos una cotización adjunta, la cual será referencial para determinar
los Costos del Proyecto.
g) Deberá acreditar los Aportes de Terceros, ya sean valorados o efectivos en dinero.
h) En el Caso de Proyectos de Infraestructura y Equipamiento, deberá presentar documento
que acredite el dominio de la propiedad.i) En el caso de aquellos proyectos de Infraestructura, deberá acreditar un documento
de certificación de parte de la Dirección de Obras que indique que el proyecto
presenta vialidad en su presentación.
NOTA: El formulario de solicitud de subvención municipal debe presentarse escrito con letra
imprenta legible, o computador, en original y copia. Debe ser coherente con la ordenanza municipal
y el formulario de postulación en todos los aspectos.