MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE ATACAMA DIRECCION DE DESARROLLO COMUNITARIO SUBVENCION MUNICIPAL AÑO 2017 BASES TECNICAS Y ADMINISTRATIVAS 1. ASPECTOS GENERALES La Municipalidad de San Pedro de Atacama destina recursos del presupuesto municipal 2016 para otorgamiento de subvenciones, con el objetivo de apoyar proyectos específicos de desarrollo comunitario, así como para fortalecer a las organizaciones. De acuerdo al Art. Nº 27 de la ley Nº19.418, las organizaciones comunitarias para postular al otorgamiento de subvenciones, deberán presentar un proyecto conteniendo objetivos, justificación, detalles y costo de las actividades. Este municipio hace efectivo este artículo a las Organizaciones Indígenas, con las mismas exigencias. Según consta en el artículo ya citado, para la formalización del otorgamiento de la subvención, el municipio y la organización deberán suscribir un convenio donde se establezca la modalidad y monto a asignar, el tiempo de ejecución, el detalle de los gastos y la forma en que se rendirá cuenta de la misma. El aporte económico de la organización es indispensable, el cual debe ser como mínimo el 5% del costo general de lo solicitado. 2. POSTULACIONES 2.1.- Pueden postular todas las organizaciones comunitarias de la comuna, territorial y funcionales, regidas por la ley Nº 19.418 – 20.500 y las que se rigen por la ley indígena 19.253 , que posean personalidad jurídica vigente y jurisdicción en la comuna de San Pedro de Atacama. 2.2.- Las organizaciones hacen efectiva su postulación a través de la presentación de un proyecto en la oficina de partes e información del municipio, de acuerdo a las presentes bases y al formulario de postulación de proyectos. 2.3.- El calendario de actividades del concurso de subvención municipal ejecución 2017: Año 2016 es el siguiente: a) Difusión y distribución de las bases y del formulario de postulación de proyectos (desde el Lunes 18 de Julio al Viernes 05 de Agosto de 2016) b) Presentación de proyecto: desde el Lunes 08 de Agosto hasta el 31 de Agosto del 2016, en el siguiente horario de 08:30 a 13:15 horas en la oficina de partes e información de la Municipalidad de San Pedro de Atacama. c) Evaluación y selección de los proyectos presentados (entre 01 Septiembre al 30 de Septiembre) en dos instancias desde el 01 al 20 de septiembre revisión y corrección de proyecto por parte de los postulantes, y desde el 21 de septiembre al 30 de Septiembre, evaluación final. d) Presentación de los proyectos seleccionados al H. Concejo Municipal para su aprobación definitiva (Primer Concejo del Mes de Octubre) e) Notificación de los resultados de la selección a las organizaciones durante el mes de Noviembre y Diciembre del 2016.3. LINEAS DE ACCION Los proyectos postulados se deben inscribir en una de las siguientes temáticas: 1.- Educación 2.- Cultura 3.- Salud 4.- Protección al medio ambiente 5.- Deporte y Recreación 6.- Capacitación 7.- Turismo 8.- Otras. 4. El fondo de subvención municipal destinará los siguientes recursos por línea de acción: Se Financiara una iniciativa por Organización, por un Monto Máximo de $ 1.200.000. Presupuesto Total 2017: $ 54.000.000.AREA MONTO ASIGANDO POR PROYECTO HASTA $ Educación 1.200.000 Cultura 1.200.000 Salud 1.200.000 Protección al medio ambiente 1.200.000 Deporte y Recreación 1.200.000 Capacitación 1.200.000 Turismo 1.200.000 Varias - Otras (especificar) 1.200.000 TOTAL PROYECTOS A SUBVENCIONAR CANTIDAD DE PROYECTOS A FINANCIAR 3 5 5 3 6 4 3 14 43 • Los proyectos deben contar con un aporte propio por parte de la organización postulante correspondiente al menos al 5% (cinco por ciento) del total solicitado al fondo municipal. • La valoración de los gastos que implica la implementación del proyecto deberá ser debidamente respaldado, considerando los costos reales de bienes y servicios, mediante una cotización vigente a la fecha de postulación. • Los aportes serán entregados a las organizaciones como transferencias de capital, siendo éstas responsables de ejecutar el proyecto en su totalidad, incluyendo las rendiciones correspondientes. • Se Financiara una sola iniciativa por Organización, por un Monto Máximo de $ 1.200.000.- • Solo en casos excepcionales y con previo acuerdo del Concejo Municipal se otorgaran subvenciones que se presenten fuera del plazo establecido, cuyo Monto Total con el cual se cuenta para aquellas iniciativas es de $ 3.600.000.- • La Comisión de Evaluación de los Proyectos de Subvención Municipal, podrá reducir el Monto total solicitado por concepto de Subvención. Lo anterior, en base a los criterios de evaluación de la Comisión señalada. 5. SELECCIÓN Y ADJUDICACION DE LOS RECURSOS Los proyectos serán evaluados por una comisión de tres funcionarios designados por Alcaldía y un Concejal, y serán aprobados definitivamente por el H. Concejo Municipal. Los criterios que se utilizarán para la evaluación de los proyectos, consideran los siguientes aspectos: CRITERIO Definición del problema (relevancia de la problemática o situación a intervenir para la organización) Muy importante PONDERACION Importante Escasamente importante 20 puntos 15 puntos Descripción: que el detalle de las características del proyecto sean consistente y que vaya en directa relación con la definición del problema Relación coherente con el Relación incoherente con el problema planteado problema planteado Número de beneficiarios (*) Más del 75% de los miembros de la organización Entre 74% y 50% de los miembros de la organización Entre 49% y 25% de los miembros de la organizaciones Menos de 24% de los miembros de la organización 20 puntos 15 puntos 10 puntos 0 puntos Actividades, que sea factible cada una de las acciones a realizarse en la planificación del proyecto 20 puntos Acciones posibles realizar 0 puntos Acciones Acciones imposibles de de realizables con realizar cierto grado de dificultad 20 puntos Presupuesto claro y coherente 10 puntos Presupuesto claro 10 puntos 0 puntos Presupuesto confuso con la magnitud del proyecto La organización ha sido o no beneficiada con subvenciones anteriores. 10 puntos No fue beneficiada 0 puntos Fue beneficiada 10 puntos 5 puntos • Cabe destacar que la formulación completa de la solicitud debe ir en directa relación a los objetivos que se plantean en la ordenanza (articulo 8 desde el inciso 1 al 4) • Una vez adjudicado el fondo concursable la organización comunitaria beneficiada deberá cumplir con el plazo estipulado por ellos en el formulario de postulación 2016. • Las organizaciones comunitarias beneficiadas con la subvención municipal 2017 tienen plazo hasta el 20 de diciembre de 2016, para rendir los gastos efectuados en la ejecución del proyecto, siendo ingresadas en la oficina de partes e informaciones de la municipalidad. • Las organizaciones comunitarias que no cumplan con esta rendición de gastos en la fecha señalada, no podrán postular a los próximos fondos concursables de subvención municipal. Los proyectos que al momento de la postulación 2017 se encuentra en ejecución de otras iniciativas deberán estar al día con sus rendiciones e informes respectivos al 20 de Diciembre del año 2016.- • Las Organizaciones Comunitarias solo podrán realizar una Modificación Presupuestaria de la Iniciativa adjudicada, la cual deberá ser debidamente justificada a través de una carta de solicitud de la modificación a la Municipalidad. • El Dinero de la Subvención Municipal, puede ser otorgado en un máximo de tres cuotas en el año calendario, siendo la última cuota en el mes de octubre del año respectivo. • Respecto de la Rendición de Gastos de las Organizaciones que tienen una Iniciativa adjudicada, deberán además de Adjuntar el Acta de Rendición de Cuentas a la Asamblea, Medios de Verificación como Fotografías del Proyecto implementado, principalmente aquellos proyectos que se concretan a través de Etapas de Financiamiento. • En el caso de aquellos proyectos de Infraestructura, deberá acreditar un documento de certificación de parte de la Dirección de Obras que indique que le proyecto presenta vialidad en su presentación. • Las Organizaciones deberán presentar registro Fotográfico de Aquellos Proyectos que financien obras de Infraestructura por Etapas. • Respecto de los Proyectos que financien viajes deberán indicar un valor estimado por beneficiario (Individual). 6.- REQUISITOS El concurso regulado en estas bases está dirigido a las juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias regidas por la ley 19.418 - 20500 y organizaciones indígenas 19253, que presenten los siguientes requisitos: a) Las organizaciones participantes deberán tener su directorio actualizado y vigente, lo cual se acredita mediante la entrega de un certificado emitido por Secretaria Municipal en el caso de las organizaciones que se comprenden en la ley Nº19.418, 20.500 y/o Registro Civil. en lo que respecta a las organizaciones indígenas es la CONADI quien la extiende. b) Las organizaciones participantes deben encontrarse inscritas en los registros de Personas Jurídicas receptoras de fondos públicos al momento de la postulación (ley Nº 19.862). c) Tener a la fecha de la postulación ingresada los documentos que se requiere en la Dirección de Desarrollo Comunitario y/o Secretaria Municipal respectivamente, según sea el caso (Org. Ley Nº19.418 y organizaciones indígenas) d) Presentar fotocopia del RUT de la organización. e) No podrán postular proyectos las organizaciones que tengan pendientes deudas o rendiciones financieras con el municipio, correspondiente a subvenciones u otro aporte de años anteriores y del que se encuentra en curso (2016), siempre y cuando no deban rendir hasta diciembre según solicitud realizada. f) Deberá presentar a lo menos una cotización adjunta, la cual será referencial para determinar los Costos del Proyecto. g) Deberá acreditar los Aportes de Terceros, ya sean valorados o efectivos en dinero. h) En el Caso de Proyectos de Infraestructura y Equipamiento, deberá presentar documento que acredite el dominio de la propiedad.i) En el caso de aquellos proyectos de Infraestructura, deberá acreditar un documento de certificación de parte de la Dirección de Obras que indique que el proyecto presenta vialidad en su presentación. NOTA: El formulario de solicitud de subvención municipal debe presentarse escrito con letra imprenta legible, o computador, en original y copia. Debe ser coherente con la ordenanza municipal y el formulario de postulación en todos los aspectos.
© Copyright 2024