pliego de bases y condiciones clausulas generales licitacion

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
CLAUSULAS GENERALES
LICITACION PRIVADA Nº 30/16
EXPEDIENTE : A-5738/16 .
EXPLOTACION AGRICOLA AREAS LIBRES AERÓDROMO PROVINCIAL DE PERGAMINO (COSECHA GRUESA) CICLO AGRICOLA : 2016-2017.APERTURA:
4 de agosto de 2016 a las 10 horas en la -DIRECCION ADMINISTRATIVA
DE GOBIERNO -PALACIO MUNICIPAL- PLANTA BAJA – OFICINA 6
OBJETO: Llamado a Licitación Privada con el objeto de la adjudicación de la explotación agrícola
( cosecha gruesa ) de las áreas libres del AERÓDROMO PROVINCIAL DE PERGAMINO.-del
cual es depositario el Municipio , cuyas referencias catastrales y superficie se determinan en las
cláusulas particulares.ARTICULO 1º: Las propuestas serán abiertas en el local, día y hora indicado, en presencia de las
autoridades correspondientes e interesados que concurran, labrándose acta que será firmada por
representantes y demás asistentes que lo deseen. Si el día fijado para la apertura fuera feriado o
asueto administrativo, ésta tendrá lugar en el primer día hábil siguiente a la misma hora. Solo se
tomarán en consideración las propuestas que hubieran sido presentadas una hora antes de la
apertura del acto. Pasada dicha hora, no se admitirán nuevas propuestas. Las que se reciban por
correspondencia con posterioridad, serán agregadas sin abrir al expediente de la licitación, con la
constancia correspondiente.ARTICULO 2º: La presentación de ofertas sin observación al Pliego de Bases y Condiciones,
implica su conocimiento, aceptación y el sometimiento a todas sus disposiciones.ARTICULO 3º: Las propuestas se redactarán en lo posible a máquina, cada foja será firmada y
sellada por el proponente y serán entregadas personalmente en la dependencia municipal que se
menciona en el aviso publicado o en la invitación formulada para participar del acto.No se considerarán las propuestas que contengan enmiendas, interlíneas o raspaduras que no
estén debidamente salvadas con la firma del proponente. Igualmente podrá ser desestimada toda
oferta que no exprese claramente las especificaciones y alcances de su contenido.ARTICULO 4º: En el sobre, que estará perfectamente cerrado, se indicará en forma destacada el
nombre y domicilio de la Municipalidad, número de expediente y de licitación y el lugar , fecha y
hora de apertura del acto .ARTICULO 5º: Los proponentes deberán denunciar su domicilio real y fijar el domicilio legal en
Pergamino, sometiéndose expresamente a la competencia de los tribunales en lo contencioso
administrativo con jurisdicción en el Partido de Pergamino.ARTICULO 6º: Están impedidos a concurrir a esta licitación bajo ninguna forma, por sí o por
interpósita persona, las personas físicas o sociedades que se hallaren en estado de interdicción,
procesados criminalmente, con autos de procesamiento, firma o fallido, en cesación de pagos o
concursados civilmente y todo agente o funcionario municipal.ARTICULO 7º: Para poder intervenir en esta licitación, el proponente deberá retirar el pliego de
bases y condiciones en la DIRECCION ADMINISTRATIVA DE GOBIERNO - PALACIO
MUNICIPAL- PLANTA BAJA - OFICINA 6 .
ARTICULO 8º: En el sobre deberá constar la siguiente documentación:
a) 1 -Pliego de bases y condiciones firmado en todas sus fojas.b)Garantía de mantenimiento de oferta, por un plazo de treinta (30) días mediante pagaré con
clausula “ sin protesto” a la orden de la Municipalidad por la suma de pesos veinticuatro
mil trescientos ($ 24.300.-) valor aproximado al 5% sobre el valor de 14 ( catorce ) quintales
de soja .multiplicado por la superficie de las parcelas a explotar
c) Referencias de sociedades o empresas que puedan suministrar información sobre el oferente.d) Las personas que se presenten invocando la representación de otras, ya sea de existencia
física o ideal, deberán acompañar los poderes que acrediten tal carácter en forma legal.e) Ofrecer un (1) garante personal liso, llano y principal pagador, a satisfacción de la
Municipalidad, a los fines de obligarse por el fiel cumplimiento del contrato de concesión.f) Propuesta.- donde constará apellido y nombre o razón social domicilio y requisitos exigidos en
el artículo 5º.
ARTICULO 9º: La garantía a que refiere el artículo 8º inciso b) podrá constituirse de alguna de las
formas siguientes:
a) En dinero efectivo o en giro contra una entidad bancaria local
b) Mediante fianza o aval bancario
c) En pagaré a la vista suscripto por quienes tengan uso de razón social o actúen con poderes
suficientes.ARTICULO 10º- Las propuestas serán rechazadas en los siguientes casos:
a) Falta de garantía
b) Enmiendas, raspaduras o interlíneas en las propuestas que no estén debidamente salvadas,
con la firma del oferente.c) Cuando se aparten de las cláusulas del presente pliego.d) Cuando el proponente registre deuda por licitaciones
anteriores en concepto de
explotación de predios.Las causas de rechazo que pasen inadvertidas en el acto de apertura surtirán el efecto
posteriormente, si se pusieran de manifiesto durante el estudio de las propuestas.ARTICULO 11º: Son facultades privativas del Departamento Ejecutivo Municipal aceptar o no la
mayor oferta que se hubiere formulado, rechazar las propuestas, adjudicar o no el ofrecimiento,
sin que cualquiera de estas circunstancias otorgue derecho alguno a exigir indemnización o
formular reclamo alguno por parte de los licitantes.ARTICULO 12º: En caso de igualdad de oferta, se llamará a los proponentes a mejorarla bajo
sobre, abriéndose estos en fecha y hora prefijados. De subsistir la igualdad se procederá a la
adjudicación por sorteo.ARTICULO 13º: Una vez decidida la adjudicación, se firmará contrato con el concesionario donde
se establecerán las obligaciones a contraer entre las partes.ARTICULO 14º: En los casos de insolvencia por quiebra o concurso civil y en los casos de
inhabilitación o interdicción del concesionario, se operará la disolución del contrato de pleno
derecho. En caso de fallecimiento del concesionario, los derechos de éste podrán ser transmitidos
sólo en línea de ascendientes, descendientes o cónyuge , siempre que sean declarados
judicialmente herederos, no admitiéndose por parte de éstos, cesiones de derechos a terceros.-
Deberán unificar personería en sus relaciones con la Municipalidad. Este derecho deberá ser
ejercido por dichos parientes dentro de los treinta (30) días corridos de producido el fallecimiento.
A los efectos mencionados, la presente concesión y el contrato a suscribirse serán considerados
“intuito personae”
ARTICULO 15º: Todos los plazos y términos fijados por el pliego son perentorios para el
concesionario. La
mora se producirá sin necesidad de interpelación alguna, judicial o
extrajudicial. En ningún caso los términos se suspenden por la interposición de recursos o
reclamos.
ARTICULO 16º: Los casos no previstos en este pliego y cláusulas particulares, como asimismo
las sanciones por incumplimiento de oferta o contrato, se regirán por el régimen de contrataciones
y reglamentaciones vigentes.PERGAMINO, 7 de julio de 2016
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
CLAUSULAS PARTICULARES
LICITACION PRIVADA Nº 30/16
EXPEDIENTE: A-5738-16
APERTURA: a las 10.00 horas
en la DIRECCION ADMINISTRATIVA DE GOBIERNO PALACIO MUNICIPAL- PLANTA BAJA – OFICINA 6 ADJUDICACION EXPLOTACION AGRICOLA AREAS LIBRES AERÓDROMO PROVINCIAL
DE PERGAMINO-( COSECHA GRUESA) –periodo agrícola 2016-2017
ARTICULO 1º:La licitación que se instrumenta por el presente tiende a la celebración de
contratos accidentales con productores agrarios , para la explotación agrícola ( cosecha gruesa)
en las áreas libres del AERÓDROMO PROVINCIAL DE PERGAMINO,ARTICULO 2º: La contratación regirá a partir de la fecha de formalización del contrato y hasta el
31 de mayo de 2017.ARTICULO 3º: Quien resulte adjudicatario no deberá registrar deuda por anteriores licitaciones
en concepto de explotación de predios.ARTICULO 4º Fíjase como canon mínimo a abonar por la contraprestación de las tierras, el
equivalente en dinero efectivo a 14( catorce) quintales de soja por hectárea , sin descuento de
ninguna índole, tomando como base el valor de la soja pizarra Rosario del último día hábil
anterior a la fecha en que el adjudicatario realice el pago.
El canon locativo se abonará en su totalidad a la fecha de formalización del
contrato respectivo.ARTICULO 5º: Predio a explotar:
Predio ubicado en la intersección del acceso a PINZON y Ruta Nacional nº 8, designado
catastralmente como: Circunscripción XIV – Parcelas 1707 a. y 1712 b- Superficie
cultivable: 81 hectáreas, 44 áreas , 58 centiáreas.ARTICULO 6º: El adjudicatario se halla obligado a realizar los trabajos de control y erradicación
de plagas, siendo los gastos que demanden los mismos, a cargo exclusivo del arrendatario.En caso de incumplimiento por parte del arrendatario sobre un tratamiento adecuado en tal
sentido, se hará responsable por los perjuicios que su omisión pudiere causar a la Municipalidad.PERGAMINO7 de julio de 2016.