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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Jueves, 7 de julio del 2016
Avisos Judiciales
EDICTO
Caso
: 2906010614-2015-319-0
Dependencia : Fiscalía Provincial Mixta de Jorge Basadre
Fiscal Provincial : Wilder Fernando Llorca Serrano
En la Investigación Fiscal con N° de Caso 2906010614-2015-3190, seguida por Dario Arturo Chambilla Ticona, en contra de Emilio
Epifanio Suarez Rodríguez y Miguel Antonio Sinarahua Aspajo, por
la comisión del delito de Hurto.
El señor Fiscal Provincial (P), de la Fiscalía Provincial Mixta de Jorge
Basadre, ha dispuesto se notifique por edicto en la ciudad de TACNA con las formalidades de ley, al denunciado MIGUEL ANTONIO
SINARAHUA ASPAJO, con la DISPOSICION N° 03-2016-MP-FPM-JB
de fecha 02 de mayo de 2016 Que DISPONE: DECLARAR NO HA
LUGAR A FORMALIZAR NI CONTINUAR CON LA INVESTIGACION
PREPARATORIA, en contra de EMILIO EPIFANIO SUAREZ RODRIGUEZ Y MIGUEL ANTONIO SINARAHUA ASPAJO, por la presunta comisión del delito Contra el Patrimonio en la modalidad de HURTO,
en agravio de DARIO ARTURO CHAMBILLA TICONA, NOTIFIQUESE
a las partes. Consentida y/o ejecutoriada que fuere la presente
disposición ARCHIEVSE DEFINITIVAMENTE. Fdo. Wilder Fernando
Llorca Serrano, Fiscal Provincial(p) de la Fiscalía de Jorge Basadre.
Villa Locumba, 24 de junio de 2016. WILDER FERNANDO LLORCA
SERRANO Fiscal Provincial (P) de la Fiscalia Jorge Basadre (3V/0708-11 JUL)
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N°: 2016-026-0-JIP-JB-CSJT JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE JORGE BASADRE:
Dra. Olga Rosa Cortez Valencia Juez del Juzgado Mixto e Investigación preparatoria de Jorge Basadre; en el proceso seguido contra
de ADELAIDO HUERTA PAXI, por el delito CONTRA LA FAMILIA en
la modalidad OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de
GLADYS AIDE CACALLICA CALAHUILLE EN REPRESENTACIÓN DEL
MENOR ANTONY JOEL HUERTA CACALLICA, se ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a ADELAIDO HUERTA PAXI, el requerimiento
fiscal de incoación de proceso inmediato solicitado por el Fiscal
Provincial Wilder Fernando Llorca Serrano de la escala Provincial
Mixta de Jorge Basadre señalando que de conformidad con lo establecido por el articulo 446 inciso 4) del Código Procesal Penal,
modificado por i ! ‘vuelo Legislativo N° 1194, y concordante con
el Protocolo de Actuación interinstitucional para el Procero Inmediato en caso de flagrancias y otros supuestos bajo el Decreto
Legislativo N° 1194; recurre a este despacho a fin de solicitar LA
INCOACIÓN DEL PROCESO INMEDIATO, en contra de ADELAIDO
HUERTA PAXI, por la comisión del delito CONTRA LA FAMILIA, en
mi modalidad de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, ilícito penal
previsto en el artículo 149 primer párrafo del Código Procesal Penal; en agravio de GLADYS AIDE CACALLICA CALAHUILLE EN REPRESENTACIÓN DEL MENOR ANTONY JOEL HUERTA CACALLICA.
Especialista Judicial del juzgado hilda Chambe Colque.-Locumba,
30 de mayo del 2016. HILDA CHAMBE COLQUE Secretaria Judicial
del Juzgado Mixto de Jorge Basadre CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA.(3V/07-08-11 JUL)
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N°: 2013-037-JIP-JB-CSJT/Cuaderno de Acusación
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE JORGE BASADRE
Dra. Olga Rosa Cortez Valencia Juez del Juzgado mixto e Investigación Preparatoria de Jorge Basadre; en el proceso seguido contra Juan Mario Cornejo Rivera por el delito de Contra los Bienes
Culturales, en sus Formas de Destrucción, Alteración y Extraccion
de Bienes culturales en agravio del estado respresentado por el
Ministerio de cultura - Dirección Regional de Cultura de Tacna, se
ha dispuesto se NOTIFIQUE por Edicto a JUAN MARIO CORNEJO
RIVERA, con la resolución numero cuatro de fecha quince de junio del dos mil dieciséis, mediante la cual: SE REPROGRAMA LA
PRESENTE AUDIENCIA CONTROL DE ACUSACION PARA EL DIA 02
DE AGOSTO DEL 2016 A HORAS 12:00PM., debiendo notificarse al
imputado mediante edictos; sin perjuicio de que nombre defensa
privada oficíese a la Defensoría Publica de Tacna a efectos de que
nombre abogado tome conocimiento de la presente audiencia
debiendo notificarse tanto el requerimiento de acusación como
la presente resolución, publicación que se hara por el diario “La
República” por tres días. T.R.Y H.S.- Especialista judicial de Juzgado
Hilda Chambe Colque.-Locumba 15 de junio del año 2016. HILDA
CHAMBE COLQUE Especialista Judicial del Juzgado de Investigación Preparatoria de Jorge Basadre CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA. (3V/07-08-11 JUL)
EDICTO PENAL
Expediente N° 1425-2016-0-2301-JR-PE-1.- PROCESO INMEDIATO
2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Silvana Alcalá Quelopana.
En el proceso N° 1425-2016-0-2301-JR-PE-2, seguido contra JULIO
CESAR QUINO PACO, por el presunto delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Gianela Quino Paco; el señor Juez
del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha
dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a JULIO CESAR QUINO PACO
con la resolución numero 01 de fecha cinco de julio del dos mil dieciséis, mediante la cual SE RESUELVE: 1) DISPONER la notificación
por edictos al procesado JULIO CESAR QUINO PACO. 2) REQUERIR
al procesado JULIO CESAR QUINO PACO que cumpla con apersonarse al presente proceso, designando al abogado defensor de su
elección y señalando domicilio procesal, otorgándole el plazo de
tres días contados a partir de la última publicación de los edictos
en el diario oficial de la localidad, bajo apercibimiento de disponer
que un defensor público ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR
FECHA PARA LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO PARA EL
DIA VEINTICINCO DE JULIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE
Y TREINTA DE LA MAÑANA, la misma que tiene el carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria -Sede Central con la
concurrencia obligatoria del Fiscal, Imputado y Abogado defensor,
bajo apercibimiento para el Fiscal de poner en conocimiento de la
Oficina de Control Interno del Ministerio Público.. FIRMADO JORGE
ANTONIO MACHICAO TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA- FIRMADO SILVANA ALCALA
QUELOPANA - ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO Tacna, 05 de
julio del 2016 JORGE ANTONIO MACHICADO TEJADA Juez del segundo Juzgado De la investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR
DE JUSTICIA DE TACNA SILVANA ALCALA QUELOPA Especialista Judicial 2do Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR
DE JUSTICIA DE TACNA (3V/07-08-11 JUL)
EDICTO PENAL
En el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna que despacha
la Juez Dra. Milagros Ivonne Parihuana Serrano, con la Intervención de la Secretaria abogada Margot Nadia Liendo Moscoso, se
ha dictado la resolución N 01 de fecha 02 de noviembre del 2015,
debiendo el agraviado FAUSTINO CCAMA PALOMINO, tomar conocimiento del auto de enjuiciamiento en contra de Dimas Engls
Flores Mamani por la comisión de faltas contra la persona en la
modalidad de Lesiones Dolosas en agravio de FAUSTINO CCAMA
PALOMINO. MARGOT NADIA LIENDO MOSCOSO Secretaria Judicial
(e) del Segundo JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TACNA. (3V/07-0811 JUL)
EDICTO PENAL
Expediente N° 161-2013-37-2301-JR-PE-1.- ACUSACION DIRECTA
2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Silvana Alcalá Quelopana.
En el proceso N° 161-2013-37-2301-JR-PE-2, seguido contra VALERIO SOSA CALLATA, por el presunto delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de DILCIA SOSA MAMANI; el señor
Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna
ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a VALERIO SOSA CALLATA con la resolución numero 10 de fecha treinta de junio del dos
mil dieciséis, mediante la cual SE RESUELVE: REPROGRAMAR LA
AUDIENCIA DE REVOCACION DE PENA SUSPENDIDA para el día
VEINTIDOS DE JULIO DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE DE LA
MAÑANA.. FIRMADO JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA - JUEZ
DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.FIRMADO SILVANA ALCALA QUELOPANA - ESPECIALISTA JUDICIAL
DE JUZGADO Tacna, 01 de julio del 2016 JORGE ANTONIO MACHICADO TEJADA Juez del segundo Juzgado De la investigación
Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA SILVANA
ALCALA QUELOPA Especialista Judicial 2do Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/0708-11 JUL)
EDICTO PENAL
Expediente N° 01243-2016-0-2301-JR-PE-01
SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA
ESPECIALISTA JUDICIAL: Aduviri Jaliri, Fredy
En el Expediente N° 01243-2016-0-2301-JR-PE-01; en los seguidos
en contra del procesado Angel Moisés, CACERES MAMANI, acusado por el representante del Ministerio Publico, por el delito contra
LA FAMILIA en la modalidad de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR
previsto y sancionado en el artículo 149° primer párrafo del Código Penal, en agravio de Frank Antony, CACERES HUANACUNI. El
señor Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Tacna, ha
dispuesto SE NOTIFIQUE por Edicto al acusado Angel Moisés, CACERES MAMANI, con la reprogramación de la audiencia de proceso
inmediato y cuyo tenor es como sigue: Citar a JUICIO ORAL en el
presente proceso penal, para el ONCE DE JULIO DEL DOS MIL DIECISEIS a las QUINCE HORAS DEL DIA, a desarrollarse en la Sala de
Audiencias del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Tacna, ubicado en la calle Inclan S/N, esquina con Presbítero Andía, Segundo
Piso - Módulo Penal de la CSJT.; en consecuencia, se emplaza al
acusado antes prenombrado, a fin de que concurran a la presente
audiencia; bajo apercibimiento, de ser declarado Reo Contumaz y
disponerse a nivel nacional, su ubicación, captura y Conducción
de Grado o Fuerza por la Policía Nacional del Perú.- FDO. EL SEÑOR
JUEZ - SAUL PASTOR TAPIA. FDO. EL ESPECIALISTA JUDICIAL - ADU-
VIRI JALIRI, Fredy - DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.-Tacna, 05 de julio
de 2016 (3V/07-08-11 JUL)
EDICTO PENAL
Exp. N° 01138-2015-0-2301 -JR-PE-02
TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA
ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. HERMES JULIO PATIÑO VIACAVA.En el proceso N° 01139-2015-0-2301-JR-PE-02, seguido contra
Augusto Oscar Flores Quinto, por el presunto delito de Falsedad
ideológica, en agravio del Estado-RENIEC; la señorita Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, ha dispuesto
mediante resolución número tres SE NOTIFIQUE por Edictos al imputado AUGUSTO OSCAR FLORES QUINTO, con el contenido de la
resolución número uno de fecha cinco de mayo del año dos mil
quince, mediante la cual se resuelve: Admítase a trámite y córrase traslado del presente requerimiento de Acusación a todos los
demás sujetos procesales por el plazo de diez días hábiles, para
efectos de que puedan ejercer el derecho de defensa que estimen
por conveniente para su posterior debate en la audiencia correspondiente de ser el caso. AL PRIMER OTROSI DIGO: Téngase presente AL SEGUNDO OTROSI DIGO: Téngase por recibida la carpeta
Fiscal a fojas 71.Fdo. Dra. Sonia Carolina Marin Valdivia, Juez del
Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna.- Fdo. Abog.
Hermes Julio Patiño Viacava, Secretario Judicial de Juzgado.-Tacna,
01 de Julio del 2016 SONIA CAROLINA MARIN VALDIVIA Juez (T)
del 3er Juzgado de Investigacion Preparatoria CORTE SUPERIOR DE
JUSTICIA DE TACNA (3V/07-08-11 JUL)
EDICTO PENAL - PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN
PREPARATORIA DE PUNO
Expediente N° 01836-2016-0, seguido contra de WILLIAM PERCY
ANCCASI FLORES, en agravio de la Colectividad, por el presunto
delito de Conducción en Estado de Ebriedad; se ha dispuesto SE
NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial al imputado WILLIAM PERCY
ANCCASI FLORES con la RESOLUCION N° 01-2016, de fecha veintidós de junio del año dos mil dieciséis.- para el próximo SIETE DE
JULIO DEL AÑO EN CURSO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, SE
DISPONE cumpla con designar abogado privado en el termino de
veinticuatro horas defensa para asistir a la audiencia, caso contrario, se llevará con la defensa pública: al imputado se debe notificar
en su domicilio real, se DISPONE se1 notifique mediante edictos;
debe CURSARSE el oficio correspondiente a la Defensa Pública.
- ESPECIALISTA DE CAUSAS JURISDICCIONALES DE PUNO.- Juan
Galindo Álvarez.Asistente Judicial de causas PODER JUDICIAL
(3V/05-06-07 JUL)
EDICTO PENAL
Expediente N° 0769-2015-26-2301 -JR-PE-04- REQUERIMIENTO DE
SOBRESEIMIENTO FISCAL
ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: CECILIA PÉREZ CIPRIANO
En el proceso N° 0769-2015-26-2301-JR-PE-04, seguido contra
JUAN JOEL RAU VASQUEZ, por el delito de FALSEDAD IDEOLOGICA en agravio de RENIEC, el señor Juez del Cuarto Juzgado de
Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto, SE NOTIFIQUE
por Edictos a JUAN JOEL RAU VASQUEZ con la resolución numero
03 de fecha primero de julio del año dos mil dieciséis, mediante
la cual SE DISPONE: SEÑALAR FECHA PARA AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO PARA EL DIA 21 DE JULIO DEL 2016 A
HORAS 12:30 MINUTOS DE LA MAÑANA, la que se llevará a cabo
en la Sala de Audiencia del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria - 1er. Piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna. FIRMADO YURI O. MAQUERA RIVERA - JUEZ DEL CUARTO JUZGADO
DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO CECILIA
PEREZ CIPRIANO - ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.Tacna, 04
de Julio del 2016. YURI ORLANDO MAQUERA RIVERA Juez (T) del
4to Juzgado de Investigacion Preparatoria y Juzgado Penal de la
provincia y distrito Judicial de tacna CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA(3V/06-07-08 JUL)
EDICTO PENAL
Expediente N° 1366-2016-0-2301-JR-PE-1.- PROCESO INMEDIATO
2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA
ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO :Silvana Alcala Quelopana.
En el proceso N° 1366-2016-0-2301- JR-PE-02 seguido contra ROGER ABEL SALAZAR VARELA, por presunto delito de OMISION DE
ASISTENCIA FAMILIAR,en agravio de Mathias Sebastian Salazar
Torres , el señor juez del segundo juzgado de investigación preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE por edictos a ROGER
ABEL SALAZAR VARELA con la resolución numero 01 de fecha veintisiete de junio del dos mil dieciséis, mediante la cual SE RESUELVE
1) DISPONER la notificación por edictos al procesado ROGER ABEL
SALAZAR VARELA . 2) REQUERIR al proceso ROGER ABEL SALAZAR
VARELA que cumpla con apersonarse al presente proceso, designado al abogado defensor de su elección y señalando domicilio
procesal, otorgándole el plazo de tres días contados a partir de la
última publicación de los edictos en el diario oficial de la locali-
Jueves, 7 de julio del 2016
dad ,bajo apercibimiento de disponer que un defensor público
ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA
DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA DIECINUEVE DE JULIO DEL
PRESENTE AÑO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, la misma que tiene
el carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala de
Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria
-Sede Central con la concurrencia obligatoria del Fiscal, Imputado
y Abogado defensor, bajo apercibimiento para el Fiscal de poner
en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio
Público.. FIRMADO JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA - JUEZ
DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.FIRMADO SILVANA ALCALA QUELOPANA - ESPECIALISTA JUDICIAL
DE JUZGADO. Tacna, 27 de junio del 2016 JORGE ANTONIO MACHICADO TEJADA Juez del segundo Juzgado De la investigación
Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA SILVANA
ALCALA QUELOPA Especialista Judicial 2do Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/0506-07 JUL)
EDICTO PENAL
En el proceso N° 02268-2C15-87-2301 -JR-PE-01, seguido en contra
de OSCAR FAUSTO CHOQUE SOSA por el delito Contra el Patrimonio en la modalidad de HURTO AGRAVADO en agravio de Empresa
Tracto América, Sociedad Comercial de Responsabilidad limitada:
el señor Juez Juzgado de Investigación Preparatoria de alto de la
alianza y Ciudad Nueva, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos al
acusado OSCAR FAUSTO CHOQUE SOSA, con lo resuelto mediante resolución N° 01 de fecha 14 de junio de 2016. la misma que
DISPONE: Por recibido el requerimiento de acusación formulado
por el representante del Ministerio Publico y advirtiéndose que el
acusado OSCAR FAUSTO CHOQUE SOSA no cuenta con defensor,
se le requiere designe abogado particular de su libre elección en el
plazo de tres dias de notificado; y en caso de no cumplir lo indicado, el juzgado solicitará a la Dirección de Defensa Pública designe
defensa pública que lo represente en el proceso. Notifíquese al
acusado mediante edictos.- Fdo. Dr. Garry Armando Chávez Valdivia, Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de
la Alianza y Ciudad Nueva.- Fdo. Ricardo Alejandro Franco Marcos,
Secretario Judicial de Juzgado .Alto de la alianza 20 de junio del
2016 RICARDO ALEJANDRO FRANCO MARCOS Especialista Judicial
del Juzgado de Investigación Preparatoria de alto de la alianza y
ciudad nueva CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/05-0607 JUL)
EDICTO PENAL
Expediente N° 01712-2014-89-2301-JR-PE-03 - REQUERIMIENTO
REVOCACION DE LA PENA
ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: CECILIA PEREZ CIPRIANO
En el proceso N° 01712-2014-89-2301-JR-PE-03, seguido contra
JOSÉ LUIS GOMEZ CARRILLO, por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en
agravio de YEMILEY HEIDI y DALLIN JOSEPH GOMEZ ADUVIRI,
representados por doña Nilda Aduviri Huanacuni, el señor Juez
del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha
dispuesto, SE NOTIFIQUE por Edictos a JOSÉ LUIS GOMEZ CARRILLO con el acta de audiencia preliminar de revocatoria de pena
de fecha 20/JUN/16, mediante la cual SE DISPONE: REPROGRAMAR
LA AUDIENCIA DE LEY PARA EL DIA 25 DE JULIO DEL AÑO 2016 A
HORAS 09:00 DE LA MAÑANA.- FIRMADO YURI O. MAQUERA RIVERA - JUEZ DEL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO CECILIA PÉREZ CIPRIANO - ESPECIALISTA
JUDICIAL DE JUZGADO. Tacna, 01 de Julio del 2016. YURI ORLANDO MAQUERA RIVERA Juez (T) del 4to Juzgado de Investigación
Preparatoria y Juzgado Penal de la provincia y distrito Judicial de
Tacna CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/05-06-07 JUL)
EDICTO PENAL
Expediente N° 1364-2016-0-2301-JR-PE-1.- PROCESO INMEDIATO
2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Silvana Alcalá Quelopana.
En el proceso N° 1364-2016-0-2301 -JR-PE-2, seguido contra ALBERTO CARLOS NINA MARCA, por el presunto delito de OMISION
DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Giancarlos Nina Huanca y
otro; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a ALBERTO
CARLOS NINA MARCA con la resolución numero 01 de fecha veintitrés de junio del dos mil dieciséis, mediante la cual SE RESUELVE: 1)
DISPONER la notificación por edictos al procesado ALBERTO CARLOS NINA MARCA. 2) REQUERIR al procesado ALBERTO CARLOS
NINA MARCA que cumpla con apersonarse al presente proceso,
designando al abogado defensor de su elección y señalando domicilio procesal, otorgándole el plazo de tres días contados a partir
de la última publicación de los edictos en el diario oficial de la localidad, bajo apercibimiento de disponer que un defensor público
ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA
DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA DIECINUEVE DE JULIO DEL
PRESENTE AÑO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, la misma que tiene el carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala
de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria
-Sede Central con la concurrencia obligatoria del Fiscal, Imputado
y Abogado defensor, bajo apercibimiento para el Fiscal de poner
en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio
Público.. FIRMADO JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA - JUEZ
DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA.-
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
FIRMADO SILVANA ALCALA QUELOPANA - ESPECIALISTA JUDICIAL
DE JUZGADO Tacna, 23 de junio del 2016 JORGE ANTONIO MACHICADO TEJADA Juez del segundo Juzgado De la investigación
Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA SILVANA
ALCALA QUELOPA Especialista Judicial 2do Juzgado de Investigación Preparatoria CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/0506-07 JUL)
EDICTO JUDICIAL
EDICTO. Exp. 1537-2007-0-2301 -JR-CI-01. Resolución N° 71 de
fecha 19 de abril del 2016. Se resuelve SUSPENDER el presente
proceso por treinta días, debiendo apersonarse los sucesores de
quien en vida fuera doña ALICIA CONDORI VIUDA DE TICONA debidamente constituidos, bajo apercibimiento de nombrarse curador
procesal; para cuyo efecto cumpla la demandante con efectuar las
publicaciones de ley, en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario
la República de esta ciudad por tres veces, ante el fallecimiento
de la demandada y evitar la paralización del presente expediente. Dejando sin efecto la fecha de Vista de Causa programada en
autos. Resolución N° 72 de fecha 04 de julio del 2016, se dispone:
Por última vez requiérasele para que en plazo de cinco días, cumpla con diligenciar la publicación de EDICTOS en el Diario Oficial
el Peruano, bajo apercibimiento de imponerle multa ascendente
a una URP. Y cumpla Secretaria con diligenciar la publicación de
EDICTOS en el Diario La República.- ALIOSKA ASTRID PINAZZO PAREDES, Secretaria Judicial de la Sala Civil Permanente. Se avocan a
conocimiento de la causa el magistrado Limache Ninaja, al haber
concluido su licencia y el magistrado Rodríguez Cabrera por vacaciones del magistrado VICENTE AGUILAR.- T.R. y H.S.- Tacna 05
de julio del 2016.ALIOSCKA A.PINAZZO PAREDES Secretario de la
Sala Civil Permanente CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA
(3V/07-08-11 JUL)
EDICTO JUDICIAL
Exp.765-2016-0-2301-jp-ci-02
SUCESION INTESTADA:Antel el juzgado de 1er juzgado de paz letrado de Tacna que despacha la sra juez dra.kati Antonio damian
y especialista delia maria onque Quispe- don David kevin Mamani
huallpachoque,solicita sucesión intestada del que en vida fue su
madre doña victoria huallpachoque alanguia fallecida en la localidad de pichanaqui-puno el 14 de marzo del 2016.asi mismo se
pone en conocimiento de los herederos que creen con derecho a
la herencia, se apersonen al proceso .- Tacna 05 de julio del 2016.
DELIA MARIA ONQUE QUISPE Secretaria judicial (e) 1er juzgado de
paz letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (1V/07 JUL)
EDICTO JUDICIAL
NOTIFICACION A JOSE WALTER CONDORI YAPUCHURA
Exp. Nro. 1342-2015-2301-JR-FT-01, ante el PRIMER JUZGADO DE
FAMILIA, Juez Dra. Grushenka Gutiérrez Cutipa, Sec. Janeth Lezama , se ha emitido la Resolución Nro. 29: Tacna, seis de mayo
del dos mil dieciséis; AL PRINCIPAL.- Estando a la constancia que
antecede, se reprograma fecha para recibir la declaración de JOSE
WALTER CONDORI YAPUCHURA, progenitor del tutelado, para el
día TRECE DE JULIO DEL DOS MIL DIECISÉIS, a horas doce del día,
debiendo de notificárseles mediante EDICTO, bajo apercibimiento
de prescindirse de su declaración en caso de inconcurrencia y solicítese a la oficina de administración la fecha de las publicaciones.
Tacna, 10 de Junio del 2016. JANETH PAOLA LEZAMA SALAMANCA
Secretaria (e) del Juzgado de Familia CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/06-07-08 JUL)
EDICTO JUDICIAL
Expediente 00798-2016-0-2301 -JR-CI-03
Ante el Tercer Juzgado Civil de Tacna, que Despacha el Juez Dr.
Vladimir Salazar Díaz, interviniendo la Especialista Legal Dra. Elsa
Aguirre Huarecallo se ha resuelto lo siguiente; Resolución N° 02
Tacna 16.Junio.2016; SE RESUELVE; SE RESUELVE: ADMITIR la presente demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO
DE BIEN INMUEBLE, en la vía de proceso ABREVIADO interpuesto por Rosa Carolina Vargas Gonzales de Alva, en contra de Elías
Condori Zapana y en contra de la Asociación Pro Vivienda 26 de
Mayo. Córrase traslado a los demandados, por el término de diez
días, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes, Téngase por
ofrecidos los medios probatorios que se indican y agréguese a los
autos los anexos acompañados.- Al primer otrosí.-Téngase presente. Al segundo otrosí.- cúmplase con realizar la publicación por
Edictos. - Asimismo CUMPLASE con notificarse a los colindantes,
con la demanda, anexos y admisorio, señalados en el escrito de
subsanación.- Tómese Razón y Hágase Saber.-Tacna, 30 de Junio
de 2016.ELSA G.AGUIRRE HUARECCALLO Secretaria Judicial del 3er
Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/05-0607 JUL)
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado Civil de Descargo Procesal del Modulo Básico de Justicia de Gregorio Albarracín Lanchipa, que despacha el
señor Juez Rogelio Alberto Zea Catacora, con intervención del
especialista legal abogado Edwin Maquera Pilcomamani, se viene
tramitando el expediente N° 00837-2010-0-2301-JR-CI-01 seguido
por doña YSABEL PONCE DE NINA en contra de: PEDRO GABRIEL
SAAVEDRA MORALES, JUANA AGRIPINA FLORES SAAVEDRA, YOLANDA NANCY MEJÍA SAAVEDRA, RODOLFO HUMBERTO MEJÍA
SAAVEDRA, JULIO CESAR MEJÍA SAAVEDRA, CONSUELO ALEJAN-
La República
3
DRA MEJÍA SAAVEDRA, MARCO ANTONIO MEJÍA SAAVEDRA, SONIA GABRIELA MEJÍA SAAVEDRA, ERIKA LUZ MEJÍA SAAVEDRA,
SERGIO JAVIER MEJÍA SAAVEDRA, ANA SILVIA MEJÍA SAAVEDRA,
BETTY VIRGINIA MEJÍA SAAVEDRA, PABLO PASCUAL SAAVEDRA
MORALES Y AUGUSTO HUMBERTO MEJÍA ROQUE sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, que mediante resolución N° 05
de fecha diecisiete de junio del año dos mil once; se dispuso de
conformidad con el artículo 506 del Código Procesal Civil publicar
un extracto de la demanda, el mismo que es como sigue; se solicita
como Pretensión principal: Se declare propietaria por prescripción
a la demandante YSABEL PONCE DE NINA por Prescripción Adquisitiva de Dominio del Inmueble ubicado en la Asociación de Vivienda Junta de Compradores Villa las Palmeras Manzana B, lote 08
del distrito de Pocollay, de la provincia y departamento de Tacna,
por haberla poseído por más de veinticuatro años en forma continua, pacífica y pública como propietaria. Pretensión accesoria: Se
pide la inscripción en la Partida Registral el derecho de propiedad
de la demandante. Publíquese.Tacna, 08 de junio de 2016 EDWIN
L.MAQUERA PILCOMAMANI Secretario Judicial del Juzgado del
Juzgado Civil Transitorio de Gregorio Albarracin Lanchipa CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/01-07-13 JUL)
NOTIFICACION POR EDICTO
El Juzgado Mixto MBJ Alto de la Alianza, despachado la Juez el
Dr. HILDA FILOMENA SEGURA y bajo la actuación del Especialista
Legal Dra. FELICIANA ROQUE ALANOCA en el Proceso N°000022016, en el proceso seguido por JORGE ADERLY GUEVARA TORRES
sobre AUTORIZACION JUDICIAL para usar apellidos, ha dispuesto
se publique el fallo de la sentencia de fecha 01 de Junio del año
2016.- FALLO: PRIMERO: Declarando FUNDADA la solicitud presentada por JORGE ADERLY GUEVARA TORRES en consecuencia AUTORIZO la rectificación de la Partida de Nacimiento del solicitante,
en lo que respecta al cambio de sus apellidos de GUEVARA TORRES
por el de TORRES MARTINEZ, para que figure en lo sucesivo como
JORGE ADERLY TORRES MARTINEZ, sin que ello altere su condición
civil o cause filiación de acuerdo al artículo 30 del Código Civil. SEGUNDO: Dispongo que una vez consentida la presente, previas las
publicaciones ley en el Peruano y diario la República, se anote la
autorización al margen de la partida de nacimiento del solicitante
inscrito en la Municipalidad Provincial de Tacna N°092894, cursándose partes judiciales. Y por esta mi sentencia, así lo pronuncio,
mando, ordeno y firmo en la Sala de mi Despacho. Interviene el
Secretario que autorizo por disposición superior.- Tómese Razón
y Hágase Saber.- Firmado HILDA FILOMENA SEGURA, Juez del
MBJ Alto de la alianza.-FELICIANA ROQUE ALANOCA, Especialista.
Lo que se notifica conforme a ley.Tacna,30 de junio del 2016. FELICIANA ROQUE ALANOCA Secretaria Judicial del Juzgado Mixto
Modulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza CORTE SUPERIOR
DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/05-06-07 JUL)
NOTIFICACION POR EDICTOS
HAGO SABER A: A GLADYS LOPE MERLIN, ante el Primer Juzgado
Especializado en lo Civil de Tacna, que despacha el doctor Juan
Manuel Vera Esquivel y actuación del Especialista Joaquín Medina Castro, (Exp. Nro. 00360-2016-0-), PAULINO CATARI MOLLO, ha
interpuesto demanda de nulidad de acto jurídico de donación
del inmueble ubicado en la Asoc. Pérez Gamboa Lote 5, Mz. B del
distrito Gregorio Albarracín inscrita en la Partida 05009949 de los
Registros Públicos de Tacna, en su contra y otro, disponiendo se le
notifique con la demanda por edictos.
Res. Nro. 02:
“Tacna, seis de abril del año dos mil dieciséis....SE RESUELVE: ADMITASE la demanda interpuesta por PAULINO CATARI MOLLO en
contra de GLADYS LOPE MERLIN Y JOSÉ ALONSO ADERLYN CÁCERES VARGAS sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO; en vía de proceso
de CONOCIMIENTO; en consecuencia, córrase traslado de ella a los
demandados por el término de treinta días para que lo absuelvan,
bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes, téngase por ofrecida los medios probatorios y anexadas las instrumentales....Al
segundo otrosí: por ofrecida el medio probatorio. Tómese Razón.
Firmado: doctor Vera Esquivel, Juez.- Medina Castro. Especialista
Legal”.
Res. Nro. 04:
“Tacna, ocho de junio del año dos mil dieciséis
Estando
a lo expuesto de que ha
agotado las gestiones para conocer el domicilio de la codemandada Gladys Lope Merlin, bajo responsabilidad y de conformidad con
lo que establece el artículo 165 del Código Procesal Civil, notifíquese con la demanda a la codemandada citada, por edictos, bajo
apercibimiento de nombrarse curador procesal. Rúbrica del doctor
Vera Esquivel, Juez. Medina Castro, Especialista Legal.”Lo que notifico a usted para los fines de ley. Tacna, 21 de junio del 2016. JOAQUIN MEDINA CASTRO Especialista Legal del 1er Juzgado Civil de
Tacna CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/05-06-07 JUL)
NOTIFICACION POR EDICTOS A LOS REPRESENTANTES DE
LOS DEMANDADOS: SUCESION ROBERTO ESPINOZA GIL Y
LA SUCESION JUDITH ROMERO MENDOZA
Ante el Primer Juzgado Civil de Tacna que despacha el Señor Juez
Dr. Juan Manuel Vera Esquivel, con intervención del Especialista Legal Dr. José Luis Vilca Becerra, se viene tramitando el Exp.
Nr.-0713-2010-0-2301-JR-CI-01 sobre Otorgamiento de Escritura
Pública y mediante resolución Nr.-28 de fecha 15-Junio- 2016 se
ha dispuesto en su parte resolutiva lo siguiente: SE RESUELVE: Ad-
4
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
mitir en la vía de proceso SUMARISIMO la demanda interpuesta
por la demandante CAROLINA LISSETH ALVAREZ SANCHEZ, sobre
OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PUBLICA en contra de los demandados: 1).- SUCESION ROBERTO ESPINOZA GIL; 2).- SUCESION
JUDITH ROMERO MENDOZA; en consecuencia: TRASLADO a los
demandados a fin que contesten la demanda en el plazo de cinco
días, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. Por ofrecidos
los medios probatorios que se indican. Agregúese a los autos los
anexos acompañados. Y de conformidad con el artículo 165, 167,
435 y 550 del Código Procesal Civil: SE DISPONE: Notifíquese a los
demandados referidos mediante edictos judiciales con las formalidades de ley, debiendo efectuarse en el Diario Oficial el Peruano
y Diario la República por el termino de ley; bajo apercibimiento de
nombrárseles curador procesal que los representen en el proceso.
Asimismo téngase por señalada la casilla electrónica para los fines
de ley. T.R. y H.S. Firmado Juez. Dr. Vera Esquivel .Firmado Especialista Legal Dr. Vilca Becerra.- Tacna, 21 Junio 2016 JOSE LUIS VILCA
BECERRA Especialista Legal 1er Juzgado Civil
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/01-07-13 JUL)
TERCER REMATE JUDICIAL
En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE
AREQUIPA S.A., contra MAMANI GUTIERREZ ELIZABETH CRISTINA
y TICONA TICONA ALCIDES CESAR, sobre Ejecución de Garantías,
Expediente N° 35-2012-0-2301-JR-CO-03; el Tercer Juzgado Civil de
la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo del Juez Vladimir
Omar Salazar Díaz y como Especialista Legal Elsa Georgina Aguirre
Huareccallo, ha dispuesto sacar a Remate Público los siguientes
bienes inmuebles:
I.- INMUEBLE N° 01 EN TERCERA CONVOCATORIA: El bien inmueble
ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO NUEVO TOMASIRI MZ. M,
LOTE 01; en el Distrito de INCLAN, Provincia y Departamento de
TACNA, con un área de 450 m2, cuyas características se encuentran inscritas en la Partida P20037118 del Registro de Predios de la
Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP.
VALOR DE TASACIÓN: S/ 55,000.00 (CINCUENTA Y CINCO MIL CON
00/100 SOLES).
BASE DE REMATE: S/ 26,491.67 (VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS
NOVENTA Y UNO CON 67/100 SOLES), equivalente a 2/3 del Valor
de Tasación, menos un 15% y menos otro 15% por tratarse de tercera convocatoria.
GRAVAMENES Y CARGAS: A) Inscripción de Hipoteca.- Sobre el
bien inmueble propiedad de Alcides Cesar Ticona Ticona – D.N.I.
00447920, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE
AREQUIPA S.A., hasta por la suma de S/. 15,832.00 Nuevos Soles.
Según Escritura Pública N° 730 DEL 17/05/2010, DRA. ANGELA
DIAZ JARA ALMONTE (Tacna). Inscrito en el Asiento N° 00003 de
la Partida P20037118 de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna SUNARP. Fecha de Inscripción 21/05/2010.
FECHA Y HORA DEL REMATE: 26 DE JULIO DEL 2016, A LAS 11:00
A.M.
LUGAR DEL REMATE: Frontis del Tercer Juzgado Civil, ubicada en
el Primer Piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la
esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en
el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna.
II.- INMUEBLE N° 02 EN TERCERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO NUEVO TOMASIRI MZ.
M, LOTE 02; en el Distrito de INCLAN, Provincia y Departamento
de TACNA, con un área de 450 m2, cuyas características se encuentran inscritas en la Partida P20037119 del Registro de Predios de la
Zona Registral N° XIII – Sede Tacna. SUNARP.
VALOR DE TASACIÓN: S/. 27,000.00 (VEINTISIETE MIL CON 00/100
SOLES).
BASE DE REMATE: S/. 13,005.00 (TRECE MIL CINCO CON 00/100
SOLES), equivalente a 2/3 del Valor de Tasación, menos un 15% y
menos otro 15% por tratarse de tercera convocatoria.
GRAVAMENES Y CARGAS: A) Inscripción de Hipoteca.- Sobre el
bien inmueble propiedad de Elizabeth Cristina Mamani Gutiérrez
– D.N.I. 40588218, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., hasta por la suma de U.S.$. 10,800.00 Dólares Americanos. Según Escritura Pública N° 730 DEL 17/05/2010,
DRA. ANGELA DIAZ JARA ALMONTE (Tacna). Inscrito en el Asiento
N° 00003 de la Partida P20037119 de la Zona Registral N° XIII - Sede
Tacna - SUNARP. Fecha de Inscripción 21/05/2010.
FECHA Y HORA DEL REMATE: 26 DE JULIO DEL 2016, A LAS 11:15
A.M.
LUGAR DEL REMATE: Frontis del Tercer Juzgado Civil, ubicada en
el Primer Piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la
esquina que conforma la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en
el Distrito, Provincia y Departamento de Tacna.
POSTORES PREFERENTES: El remate comprende 02 inmuebles, se
preferirá al postor que ofrezca adquirirlos conjuntamente, siempre
que el precio no sea inferior a la suma de las ofertas individuales.
POSTORES: 1) Oblar antes del remate, en efectivo o cheque de
gerencia girado a su nombre sin sello de no negociable, el 10%
del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, el original del
documento de identidad y/o RUC, según corresponda. 3) Presentar el Arancel judicial por Derecho a participar en remate judicial,
consignando el Juzgado, número de expediente y el número del
documento de identidad o RUC, que corresponda. 4) En caso de
actuar a través de representante se deberá acreditar los poderes
respectivos. El postor, debe acompañar copia de todos los documentos presentados en el momento de la diligencia. Asímismo,
el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del
Jueves, 7 de julio del 2016
tercer día de cerrada el ACTA, bajo apercibimiento de declararse
la nulidad del remate. El remate será efectuado por Flavio Alberto
Villanelo Ninapaytán, Martillero Público, con Registro Nacional N°
263. Celular 999003423. Tacna, 30 de Junio del 2016. FLAVIO A. VILLANELO NINAPAYTAN MARTILLERO PUBLICO REG. N° 263 ELSA G.
AGUIRRE HUARECCALLO Secretaria Judicial del 3er Juzgado Civil
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/07-08-11 JUL)
la diligencia del remate, de conformidad con la Ley del Martillero
Público N° 27728 y su Reglamento (Art. 18 del D.S. N° 008-2005JUS) y están afectos al IGV.
Tacna ,05 de Julio del 2016. INGRID MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA ANGEL RUBEN ARIAS GALLEGOS
Martillero publico registro n°265 (6V/07 AL 16 JUL)
CONVOCATORIA A PRIMER REMATE JUDICIAL
En el Expediente No 01502 – 2014-0-2301-JP-CI-02 sobre Obligación de dar Suma de Dinero, seguido por CAJA MUNICIPAL DE
AHORRO Y CREDITO DE TACNA S.A. en contra de Rene Eduardo
Galindo Mamani y Yrma E. Chambilla de Galindo; la Juez del Primer
Juzgado de Paz Letrado, Sede Central de Tacna, Dra. Kati Antonio
Damian y la Especilista Legal Dra. Ingrid Rodrìguez Cotrado con la
intervención del Martillero Público Sr. Ángel Rubén Arias Gallegos,
han dispuesto convocar a PRIMER REMATE Público, el inmueble
que se detalla :
BIEN INMUEBLE:
Asentamiento Humano SAMA; Las Yaras Manzana Nº 04 – Lote Nº
05 , Anexo Miraflores del Distrito de Sama, Provincia y Departamento de Tacna; el inmueble se encuentra inscrito en la Partida
Registral N° P20033805 , Zona Registral N° XIII – Sede Tacna.
AFECTACIONES CARGAS Y GRAVAMENES:
Asiento 00005 – HIPOTECA COMUN – Los titulares constituyen Hipoteca a favor del Banco de Materiales, hasta por la suma de S/.
12,405.00 Nuevos Soles, en garantía de un Mutuo de S/. 8,270.00
Nuevos Soles de conformidad con el D.S. 021-2001
Asiento 00006 – INSCRIPCION DE EMBARGO – Sobre el predio
inscrito en esta partida registral de propiedad de los ejecutados,
Yrma E. Chambilla de Galindo y Rene Eduardo Galindo Mamani,
hasta por la suma de S/. 30,000.00 Nuevos Soles a favor del demandante CAJA MUNICIPAL DE CREDITO POPULAR DE LIMA S.A.,
con RUC 20100269466 en mèrito de la Resoluciòn Judicial Nº 01 de
fecha16/05/2014 y Resoluciòn Judicial Nº 04 de Fecha 05/09/2014
ambas suscritas por el juez (T) del Tercer Juzgado Especializado en
lo Civil, con subespecialidad Comercial de Tacna, Vladimir Omar
Salazar Dìaz, con intervención de la Especialista Legal Leonor
Romero Calderòn, en el Expediente Nº 00069/2014-36-2301-JRCO-03. El Parte Judicial se remitió con Oficio Nº 395-2014-3er
JECT-CSJT-PJ de fecha 02/06/2014 suscrito por juez (T) de Tercer
Juzgado Especializado Civil con Subespecialidad Comercial de Tacna, Vladimir Omar Salazar Dìaz.
Asiento 00007 – INSCRIPCION DE EMBARGO – Mediante Resoluciòn de fecha 25 de Agosto del 2014 corregida mediante la Nº 02
de fecha 01 de Septiembre del 2014, ambas suscritas por el Juez
del Juzgado de Paz Letrado de Tacna, que despacha el Dr. Juan
Manuel Vera Esquivel y con la intervención de la Secretarìa Judicial
Ingrid Melanie Rodrìguez Cotrado, se resuelve conceder medida
Cautelar de Embargo fuera de proceso en forma de inscripción,
sobre el predio inscrito en esta partida, de propiedad de Yrma E.
Chambilla de Galindo y Rene Eduardo Galindo Mamani, hasta por
la suma de Cincuenta Mil con 00/100 Nuevos Soles (S/. 50,000.00 )
a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TACNA S.A.
seguido en el Expediente Nº 01502-2014-62-2301-JP-CI-02.
Asiento 00008 – INSCRIPCION DE EMBARGO – Medida Cautelar
de Embargo en Forma de Inscripciòn. Por Resoluciòn Judicial
Nº 01 del 16/06/2014 corregida mediante Resoluciòn Nº 03 del
29/09/2014 ambas expedidas en la ciudad de Tacna, por el 1er.
Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Tacna,
que despacha el juez Dr. Juan Manuel Vera Esquivel, con auxilio
juridiccional de la secretaria Ingrid Malanie Rodrìguez Cotrado.
Se resuelve trabar embargo en forma de inscripción, hasta por la
suma de S/. 9,000.00 Nuevos Soles, sobre el inmueble inscrito en
esta partida registral, en contra de los demandados Yrma E. Chambilla de Galindo y Rene Eduardo Chambilla Mamani, a favor del
demandante CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TACNA
S.A., Expediente Nº 00901-2014-47-2301-JP-CI-02, remitido con
Oficio Nº3182/2015-1ERJPLT-PJ de fecha 09/10/2015 suscrito por
la juez Kati V. Antonio Damian.
VALOR DE TASACION Y PRECIO BASE:
Valor de Tasación comercial en Moneda Nacional es S/ 88,464.00
( Ochenta y Ocho Mil Cuatrocientos Sesenta y Cuatro con 00/100
Soles).
El Precio Base para el Primer Remate es por S/ 58,976.00 ( Cincuenta y Ocho Mil Novecientos Setenta y Seis con 00/100 Soles).
LUGAR DEL REMATE:
La Diligencia se realizará el día 20 de JULIO del 2016 a Horas: 2.30
p.m., en el frontis del Juzgado de Paz Letrado Sede Central de Tacna, sito en Esquina de Calle Inclan con Presbitero Andìa de Tacna.
POSTORES:
Deberán: 1) Oblar antes del remate, mediante depósito en efectivo
o cheque de gerencia girado a su nombre sin sello de “No Negociable” el 10% del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia,
en original y copia documento de identidad y/o RUC, según corresponda y el arancel judicial respectivo, consignando el Juzgado,
Nro. de Expediente y el documento de identidad o RUC, con copia
del mismo. 3) Presentar copia del Cheque de Gerencia si el oblaje
se realiza con dicho título valor, 4) En caso de actuar a través de
representante, se deberá acreditar los poderes respectivos, con copia de éstos. El adjudicatario deberá depositar el saldo del precio,
dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de
declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario y se cancelarán al finalizar
SEGUNDO REMATE JUDICIAL
En los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU, contra RICHARD WILLIAMS PILCO MOLINA y MARIA CAROLINA CONDORI
RAMOS, actuando como Tercero Acreedor No Ejecutante CAJA
MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A.; MI BNACO –
BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. y, BANCO INTERNACIONAL DEL
PERU – INTERBANK;
en el proceso sobre Ejecución de Garantías, según Expediente N°133-2014-0-2301-JR-CO-03; el Tercer
Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo del
Señor Juez Vladimir Omar Salazar Díaz y como Especialista Legal
Elsa Georgina Aguirre Huareccallo, ha dispuesto sacar a Remate
Público lo siguiente:
1. EN SEGUNDA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en
CALLE 3, MZ. D, LOTE 1, SECTOR COOPERATIVA DE AHORRO Y
CREDITO SAN PEDRO DE TACNA LTDA; en el Distrito, Provincia y
Departamento de Tacna, cuyo dominio, área, linderos, medidas
perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la
Partida N°11001288 del Registro de Predios de la Zona Registral N°
XIII – Sede Tacna, SUNARP.
2. VALOR DE TASACIÓN: US$. 156,954.10 (Ciento Cincuenta y Seis Mil Novecientos Cincuenta y Cuatro con 10/100 Dólares Americanos).
3. BASE DE REMATE: US$. 88,940.65 (Ochenta y Ocho Mil Novecientos Cuarenta con 65/100 Dólares Americanos), equivalente a
2/3 del Valor de Tasación, menos un 15% por tratarse de segunda
convocatoria.
4. CARGAS Y/O GRAVAMENES: Sobre el bien inmueble propiedad
de Richard Williams Pilco Molina y María Carolina Condori Ramos,
inscrito en la Partida N° 11001288 del Registro de Predios de
la Zona Registral N° XIII – Sede Tacna, SUNARP A) Inscripción de
Hipoteca.- A favor de BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la
suma de US$. 76,444.60 Dólares Americanos, según Escritura Pública del 29/12/2008, otorgado ante Notaria Elba Aurora Angüis de
Adawi en la ciudad de Tacna. Inscrito en el Asiento D00002. Fecha
de inscripción 16/01/2009. B) Embargo en Forma de Inscripción.- A
favor de CAJA MUNICIPAL DE CREDITO POPULAR DE LIMA S.A., hasta por la suma de US$. 17,000.00 Dólares Americanos. Inscrito en
el Asiento D00003. Fecha de inscripción 04/12/2013. C) Embargo
en Forma de Inscripción.- A favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO
Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., hasta por la suma de S/. 20,000.00
Nuevos Soles. Inscrito en el Asiento D00004. Fecha de inscripción
21/04/2014. D) Embargo en Forma de Inscripción.- A favor de MI
BANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., hasta por la suma de
US$. 39,000.00 Dólares Americanos. Inscrito en el Asiento D00005.
Fecha de inscripción 27/08/2014. E) Embargo en Forma de Inscripción.- A favor de BANCO INTERNACIONAL DEL PERU – INTERBANK,
hasta por la suma de US$. 8,500.00 Dólares Americanos. Inscrito en
el Asiento D00006. Fecha de inscripción 23/09/2014.
5. FECHA Y HORA DEL REMATE: 26 DE JULIO DEL 2016 A LAS 10:00
A.M.
6. LUGAR DEL REMATE: FRONTIS DEL TERCER JUZGADO CIVIL, ubicado en el primer piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna,
sito en la esquina de la Calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el
Distrito, Provincia y Departamento de Tacna.
7. POSTORES: 1) Oblar antes del remate, en efectivo o cheque de
gerencia girado a su nombre sin sello de no negociable, el 10%
del valor de la tasación. 2) Presentar en la diligencia, el original del
documento de identidad y/o RUC, según corresponda. 3) Presentar el Arancel judicial por Derecho a participar en remate judicial,
consignando el Juzgado, número de expediente y el número del
documento de identidad o RUC, que corresponda. 4) En caso de
actuar a través de representante se deberá acreditar los poderes
respectivos. El postor, debe acompañar copia de todos los documentos presentados en el momento de la diligencia. Asímismo,
el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del
tercer día de cerrada el ACTA, bajo apercibimiento de declararse
la nulidad del remate. El remate será efectuado por Flavio Alberto
Villanelo Ninapaytán, Martillero Público, con Registro Nacional N°
263. Celular 999003423. Tacna, 04 de Julio del 2016. FLAVIO A. VILLANELO NINAPAYTAN MARTILLERO PUBLICO REG. N° 263 ELSA G.
AGUIRRE HUARECCALLO Secretaria Judicial del 3er Juzgado Civil
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/07-08-11 JUL)
EDICTO JUDICIAL SUCESION INTESTADA
En el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, EXPEDIENTE N°: 009492016, bajo la dirección de la Señora Juez Dra. Gómez Cayro, María con
la actuación del Secretario Judicial Abogado Ramos Hume Juan Carlos, se decidió admitir en la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO la
solicitud de SUCESIÓN INTESTADA presentada por LOLA CHURA TURPO, en representación de su menor hija, KAREN PAULA ERAZO CHURA
de quien en vida fuera EBER EUSTAQUIO ERAZO DOMÍNGUEZ, por lo
que se pone en conocimiento de los que se crean con derecho a ser incluidos, que lo hagan valer conforme a ley.- Lo que se publica para los
fines de ley.- Tacna, primero de julio del año dos mil dieciséis.- Ramos
Hume Juan Carlos.- Secretario Judicial. JUAN CARLOS RAMOS HUME
Secretario Judicial del 3ert Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR
DE JUSTICIA DE TACNA (1V/07 JUL)
Jueves, 7 de julio del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
La República
Gaceta Judicial
DESPACHO VEINTIUNO DE MARZO DEL 2016
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
Expediente N° 00022-2015 REVOCARON la resolución N° 06 del 18/07/2012 a fjs. 83 que
resuelve rechazar el escrito de interrupción del plazo REFORMANDOLA declararon la interrupción
del plazo. MANDARON al juez fijar fecha de Audiencia de Pruebas. ANULARON la sentencia de la
resolución N° 11 del 06/01/2015 a fjs. 119/138 que declara Fundada la demanda interpuesta por
César Ari Coaquira contra la Municipalidad Distrital de Ilabaya asimismo declara la Ineficacia del
cese del despido de hecho y dispone la reposición laboral del demandante en el trabajo que venía
desempeñando. COLEGIADO CG TP LAG
Expediente N° 00122-2015 REVOCARON la sentencia de la resolución N° 03 del 30/09/2015 a fjs.
346/356 en el extremo que declara Improcedente la demanda interpuesta por Emiliana Chambi
CCama contra la Municipalidad Distrital de Pocollay sobre reposición laboral reconduciéndose lel
proceso para que la demandante solicite la indemnización que corresponda de acuerdo al art. 38
del TUO D. Leg. 728. REFORMANDOLA declara FUNDADA la demanda. se ORDENA la reposición
del demandante al cargo que venía desempeñando u otro igual jerarquía. COLEGIADA GC FA
LAG
Expediente N° 00083-2015-0-2301-JR-LA-01 REVOCARON la sentencia del 25/09/2015 de la
resolución N° 4 fjs. 158/174 que declara Improcedente la demanda interpuesta por Jhoel Orlando
Espinoza Monzon contra la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Tacna S.A.
REFORMANDOLA declararon FUNDADA la demanda sobre Reposición Laboral en consecuencia
ORDENARON a la demandada que reponga al demandante en el cargo de supervisor de servicios
generados en la División de mantenimiento nivel T1 de la Gerencia de Operaciones u otro cargo
similar. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 01160-2015-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 03 del
24/09/2015 que resuelve declarar INFUNDADA la solicitud de interrupción del plazo solicitada por
la defensa técnica del demandante en consecuencia declara IMPROCEDENTE por extemporáneo el
recurso de apelación formulado en contra de la resolución N° 02 da por concluido y archivo del
expediente. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 02646-2013-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON en parte la sentencia del
23/09/2015 de la resolución N° 17 que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por
Víctor Hugo Velarde Romero apoderado de Sergio Eduardo Tapia del Alcazar contra del
Organismo Supervisor de la Inversión Privada de Telecomunicaciones (OSIPTEL) REVOCARON la
parte de la fecha de inicio de la encargatura 22/12/2008 y por reintegro S/. 36,666.67.
REFORMANDOLA fecha de inicio de la encargatura 15/09/2008. ORDENA a la demandada cumpla
con pagar S/. 43,000.00 e INFUNDADA la pretensión de reintegro de Remuneración Diferencial
por Encargo y Desempeño de funciones como Jefe de la Oficina Desconcentrada de Tacna por el
periodo 12/10/2007 hasta el 14/09/2008. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00678-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 21/10/2015 a fjs.
61/65 que declara Infundada la demanda interpuesta por Magdalena Yalpa Ravelo contra la
Dirección Regional de Educación de Tacna sobre incremento salarial dispuesto por el D. Ley N°
25981 y dispone archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00616-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 29/10/2015 fjs.
42/46 que declara Infundada la demanda interpuesta por Nilda Gladys Paniagua Escalera contra la
Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna sobre incremento salarial dispuesto
por el D. Ley N° 25891 y dispone el archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00871-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 14/10/2015 a fjs.
72/77 que declara Fundada la demanda interpuesta por Constancia Josefina Condemaita
Huarachi en contra de la Dirección Regional de Educación de Tacna y del Gobierno Regional de
Tacna, ordena que la demandada cumpla con calcular las asignaciones y subsidios reclamados
sobre la remuneración total con deducción de lo percibido más intereses legales. CORREGIR la
sentencia del 14/10/2015 en el extremo que dispone “nulidad de la resolución denegatoria ficta de
fecha 25/07/2013” suprimiendo este acto administrativo. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N°00895-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia a fjs. 39/43 del
14/10/2015 que declara Fundada la demanda interpuesta por María Adela Portugal contra la
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Dirección Regional de Educación de Tacna, disponiendo que la demandada reconozca los
reintegros por conceptos de subsidio por luto y gastos de sepelio equivalente a cuatro
remuneraciones sobre la base de la remuneración total con deducción de los percibido.
COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00096-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia a fjs. 74/78 del
13/10/2015 que declara Fundada la demanda interpuesta por Elizabeth Clara Perea Nieto de
Pizarro contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y la Gerencia Regional de Desarrollo
Social del Gobierno Regional de Tacna, ordena que la demandada reconozca los reintegros por
concepto de subsidio por luto y gastos de sepelio equivalente a cuatro remuneraciones con
deducción de lo percibido. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00893-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia a fjs. 44/48 del
14/10/2015 que declara Fundada la demanda interpuesta por Carmen Rocío Osorio Urrutia contra
la Dirección Regional de Educación de Tacna y del Gobierno regional de Tacna, ordena que la
demandada reconozca los reintegros por concepto de subsidio por luto y gastos de sepelio
equivalente a cuatro remuneraciones con deducción de los percibido. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 01074-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia a fjs. 38/42
26/10/2015 que declara Fundada la demanda interpuesta por Silvia de Lourdes Romero Araya
contra la Dirección Regional de Educación de Tacna, dispone que la demandada reconozca los
reintegros por concepto de subsidio por gastos de sepelio equivalente a dos remuneraciones
sobre la base de la remuneración total con deducción de lo percibido más el pago de intereses, e
Infundado respecto a la Resolución directoral Regional N° 003938 del 28/11/2014. COLEGIADO GC
FA LAG
Expediente N° 00319-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 30/10/2015 a fjs.
53/59 que declara Infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Glenda Sheilla
Regional Tacna contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de
Tacna sobre pago de Asignación por Movilidad y Refrigerio dispone el archivo definitivo.
COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00825-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 29/10/2015 a fjs.
91/95 que declara Infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Mirtha Angélica
Tamara Rosales contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y la Unidad de Gestión
Educativa Local de Tacna sobre pago de Asignación por Movilidad y Refrigerio dispone su archivo
definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 01171-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 23/10/2015 a fjs.
43/49 que declara Infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Clara Hilaria
Yucra Roque contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y la Dirección de la Unidad de
Gestión Educativa Local de Tacna sobre pago de Asignación por Movilidad y Refrigerio dispone su
archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00997-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 13/10/2015 fjs.
39/43 que declara Fundada la demanda interpuesta por Antonia Serrano Mamani contra la
Dirección Regional de Educación de Tacna y del Gobierno Regional de Tacna, ordena que la
demandada reconozca los reintegros por concepto de subsidio por luto y gastos de sepelio
equivalente a cuatro remuneraciones sobre la remuneración total con deducción de lo percibido
e infundada respecto a la nulidad de la Resolución Directoral Regional N° 004455 del 13/10/2007.
COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00896-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 30/10/2015 a
fjs.69/75 que declara Infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Lucio Ururi
Mamani contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y la Unidad de Gestión Educativa
Local de Tacna sobre Asignación por Movilidad y Refrigerio dispone archivo definitivo.
COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00281-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 09/10/2015 a fjs.
45/49 que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Anselmo Contreras Ruiz contra la
Dirección Regional de Educación de Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna,
ordenando se reconozca los reintegros por concepto de asignación por cumplir 25 años de
servicio al estado equivalente a dos remuneraciones sobre la base de la remuneración total con
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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
La República
deducción de lo percibido e Infundada respecto a la Resolución Directoral N° 2913-2014 del
22/08/2014. CORREGIR la sentencia del 09/10/2015 en el extremo que dispone “con deducción de
lo percibido en mérito a la Resolución Directoral N° 2913-2014 de 22/08/2014” siendo lo correcto “con
deducción de lo percibido en mérito a la Resolución Directoral Ugel Tacna N° 003374 del 26/09/2014”.
COLEGIADO GC FA LAG
19. Expediente N° 00903-2013-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 20
del 29/09/2015 a fjs. 1103/1114 que resuelve declarar Infundada la demanda interpuesta por José
Luis Rojas Mantilla Procurador Público del Gobierno Regional de Tacna contra Freddy Luis Cabrera
Pinto, Rossana Angélica Lostaunau Costa Comesaña y Wilbert Tito Pare Juárez sobre
Indemnización por Daños y Perjuicios por inejecución de obligaciones. COLEGIADO GC FA LAG
20. Expediente N° 0078-2015-0-2301-JR-LA-01 REVOCARON en parte la resolución N° 03 del
25/09/2015 a fjs. 339/349 que resuelve declarar Improcedente la demanda REFORMANDOLA
declararon FUNDADA la demanda interpuesta por Wenceslao Luciano Condori Gutiérrez contra la
Municipalidad Distrital Alto de la Alianza sobre Reposición Laboral ORDENARON que la
demandad cumpla con reponer al demandante en el cargo de Guardián del campo deportivo de la
Sub Gerencia de Desarrollo Social u otro cargo similar. COLEGIADO GC FA LAG
DESPACHO VEINTIDOS DE MARZO DEL 2016
21. Expediente N° 00134-2015 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 09 del 30/10/2015
fjs. 56/61 que declara Fundada la demanda Interpuesta por Mariano Arnaldo Náquira Saavedra
contra la Dirección Regional de Salud de Tacna. Ordena que la demandada en el plazo de 10 días
hábiles reconozca los reintegros por concepto de Bonificación Diferencial Equivalente al 30%
calculado sobre la base de la remuneración total más el pago de los devengados e intereses
legales a partir del 01/12/1991. COLEGIADO GC FA LAG
22. Expediente N° 00402-2015-0-JR-LA-02 INTEGRARON la parte resolutiva de la sentencia que
consigna al demandante como Wilfredo Bernardo Velásquez siendo lo correcto Wilfredo Bernardo
Velásquez Yupanqui. CONFIRMARON la sentencia del 15/09/2015 a fjs. 49/53 que declara Fundada
en parte la demanda interpuesta por Wilfredo Bernardo Velásquez Yupanqui contra la Dirección
Regional Sectorial de Educación de Tacna, ordena que la demandada cumpla con reconocer los
devengados especial por Preparación de Clases y Evaluación equivalente al 30% de la
remuneración total de los meses de enero febrero 1996 hasta 2008 con los intereses legales e
Infundada respecto a la nulidad de la Resolución Directoral Regional N° 1916 del 10/06/2014 con
intereses legales. COLEGIADO GC FA LAG
23. Expediente N° 00859-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 23/10/2015 a fjs.
57/61 que declara Fundada la demanda presentada por Soledad Rodríguez de Bustinza en contra
de la Unidad de Personal de la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unanue de Tacna y la
Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unanue sobre nulidad de actos Administrativos y pago de
intereses. Ordena que las demandadas cumplan con emitir nuevos actos administrativos en plazo
de 10 días reconociendo y otorgando pago de intereses laborales de acuerdo al D. Leg 25920 a
partir del 01/07/1994 hasta el 30/06/2011 e Infundado en el pago de intereses legales en virtud del
art. 1242 del Código Civil, Improcedente el pago de costa. DISPUSIERON tener presente para la
liquidación de intereses lo indicado en el párrafo final del tercer considerando. COLEGIADO GC FA
LAG
24. Expediente N° 0897-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 07
del 28/10/2015 a fjs. 62/66 que declara Infundada la demanda interpuesta por Marciana Consuelo
Becerra Barraza contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y del Gobierno Regional de
Tacna sobre incremento según art. 2 del D. Ley N° 25891 y dispone archivo definitivo. COLEGIADO
GC FA LAG
25. Expediente N° 01186-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 11/11/2015 a fjs.
47/50 que declara Fundada la demanda presentada por Cesar Augusto Monasterio Uchazara
contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unanue de Tacna, ordena que la demandada
cumpla con emitir nuevo acto administrativo reconociendo y otorgando el pago de los intereses
laborales de acuerdo con el D. Leg. 25920 a partir del 01/07/1994 hasta el 30/06/2011 por adeudos
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reconocidos por el D. U. N° 037-94-PCM. DISPUSIERON tener presente para el cálculo de intereses
el párrafo final del cuarto considerando. COLEGIADO GC FA LAG
26. Expediente N° 00936-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 16/10/2015 a fjs.
71/75 que declara Fundada en parte la demanda presentada por Mazuelos Menautt María Elena,
Mazuelos Velarde Percy Enrique y en representación de Mazuelos Menautt Víctor Adolfo contra la
Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unanue de Tacna y la Unidad de Personal de la Dirección
Ejecutiva del Hospital Hipólito Unanue, ordena que las demandadas cumplan con emitir nuevo
acto administrativo reconociendo y otorgando pago de los intereses laborales de acuerdo al D.
Leg. 25920 a partir del 01/07/1994 hasta el 11/10/2009 por el pago de adeudos del D. U. 037-94 e
Infundada en el cálculo de los intereses de acuerdo al art. 1242 del Código Civil. DISPUSIERON
tener presente lo indicado el párrafo final del tercer considerando. COLEGIADO GC FA LAG
27. Expediente N° 00784-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 26/10/2015 fjs.
83/87 que declara Infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Ana María
Paniagua Chambe contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y la Unidad de Gestión
Educativa Local de Tacna sobre Asignación por Movilidad y Refrigerio dispone archivo definitivo.
COLEGIADO GC FA LAG
DESPACHO VEINTITRES DE MARZO DEL 2016
28. Expediente N° 01500-2014 CONFIRMARON EN PARTE la sentencia de la resolución N° 06 del
04/11/2015 a fjs. 54/65 en el extremo que declara Fundada la demanda interpuesta por Karin
Janeth Aldana Arenaza contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y Gobierno Regional
de Tacna, ordena que la demandada emita nuevo acto administrativo disponiendo el pago del
faltante por subsidio por luto y gastos de sepelio en base a la remuneración total de la fecha que
falleció deduciendo el monto otorgado más el pago de intereses legales. REVOCARON la misma
sentencia que declara fundada la demanda en consecuencia declara la Nulidad Total de la
Resolución Directoral Regional N° 005458, de la Resolución Directoral Regional N° 005456 y de la
Resolución Directoral Regional N° 005435 todas del 10/09/2013 REFORMANDOLA declararon
INFUNDADA la misma que solicita la nulidad Resolución Directoral Regional N° 005458, de la
Resolución Directoral Regional N° 005456 y de la Resolución Directoral Regional N° 005435 todas
del 10/09/2013. COLEGIADO GC FA LAG
DESPACHO VEINTIOCHO DE MARZO DEL 2016
29. Expediente N° 00073-2015 REVOCARON la sentencia de la resolución N° 04 del 22/09/215 fjs.
329/348 que declara Fundada la demanda interpuesta por Alfredo Alonso Mamani Rozan contra el
Proyecto Especial Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna sobre reposición
laboral REFORMANDOLA declararon IMPROCEDENTE en consecuencia se DISPONGA la
reconducción del proceso al trámite ordinario laboral. COLEGIADO GC FA LAG
30. Expediente N° 02135-2014 REVOCARON la sentencia de la resolución N° 241/253 que declara
Improcedente la demanda presentada por Ronald Dario Flores Pilco contra la Municipalidad
Distrital del Alto de la Alianza debiendo reconducirse a la vía ordinaria laboral para que la parte
demandante solicite la indemnización que corresponda de acuerdo el art. 38 del TOU del D. Leg.
728 REFORMANDOLA declararon FUNDADA la demanda ORDENAMOS la reposición del
demandante en el cargo que venía desempeñándose u otro igual nivel. COLEGIADO GC FA LAG
31. Expediente N° 00076-2015 REVOCARON la sentencia de la resolución N° 04 del 24/09/2015 que
declara Improcedente la demanda interpuesta por Héctor Valeriano Layme contra Entidad
Prestadora de Servicios de Saneamiento Tacna S.A. sobre reposición laboral reconducirse a la vía
proceso ordinaria laboral para que la demandante solicite la indemnización que corresponda.
REFORMANDOLA declararon FUNDADA la demanda en consecuencia DISPONEMOS la
reposición del demandante en su cargo que venía desempeñando u otra de igual. COLEGIADO
GC FA LAG
32. Expediente N° 02182-2014 ANULARON la sentencia apelada en la resolución N° 06 dl
16/09/2015 que declara de oficio la incompetencia del Juzgado, nulo lo actuado y dispone su
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remisión al segundo juzgado de Trabajo en los seguidos por Norma Beatriz Cutipa Oquendo
contra la Municipalidad Distrital Gregorio Albarracín sobre reposición. DISPONEMOS que el juez
de la cusa continúe con el conocimiento del presente proceso y expida nueva sentencia.
COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00716-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 06/11/2015 a fjs.
47/50 que declara Improcedente la demanda interpuesta por Silverio Vargas Torres contra La
Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unanue de Tacna sobre recálculo de la Bonificación
Diferencial otorgada por el art. 184 de la Ley 25303, ordena archivo definitivo. COLEGIADO GC FA
LAG
Expediente N° 1236-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 12/11/2015 a fjs.
68/77que declara Fundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Jorge Feorli
Quiñonez Mamani contra la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna y la Dirección Regional
de Educación de Tacna, ordena que la demandada emita nuevo acto administrativo disponiendo
el pago del faltante por Subsidio por Luto y Gastos de Sepelio en base a la remuneración integra
con deducción del monto pagado y el pago de intereses legales. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 01330-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 06/11/2015 fjs.
235/241, declara Fundada la demanda interpuesta por Condori Rosado Guillermo contra la
Dirección Regional de Salud de Tacna, cumpla la demandada con emitir nueva Resolución
administrativa reconozca y otorgue a partir de enero de 1991 la Bonificación Diferencial del 30%
que dispone el art. 184 de la Ley 25303sobre base de la remuneración total con deducción de lo
percibido en base a su remuneración total permanente. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00846-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 23/10/2015 a fjs.
49/55 que declara Fundada la demanda interpuesta por Úrsula Luzmila Vildoso de Félix, cumpla la
demandada con emitir nueva resolución administrativa y otorgue a partir de enero de 1991 la
Bonificación Diferencial del 30% según art. 184 de la Ley 25303 sobre la base de la remuneración
total con deducción de lo percibido. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00518-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 29/10/2015 a fjs.
77/82 que declara Infundada la demanda interpuesta por Corina Elena Chambi Vargas contra la
Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna – UGEL TACNA, sobre la ley 29944
ordena archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00824-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 08
del 23/10/2015 a fjs. 64/73 que declara Improcedente la demanda interpuesta por Mirtha Angélica
Tamara Rosales y la Dirección Regional de Educación de Tacna, ordena el archivo definitivo con
conocimiento de la Fiscalía sobre cálculo de Bonificación por zonas rural y de frontera.
COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00015-2013-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 28/10/2015 a fjs.
167/172 que declara Infundada la demanda interpuesta por Elsa Vizcarra Chávez contra la
Municipalidad distrital de Alto de la Alianza sobre Pago de Bonificación Especial D.U. 037-94
dispone el archivo definitivo. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 00217-2015-0-2301-JR-LA-02 REVOCARON la sentencia de la resolución N° 02
del 15/09/2015 a fjs. 435/445 que declara Improcedente la demanda interpuesta por Sonia Betty
Cutipa Suca contra la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa sobre
reposición laboral. DISPUSIERON que la demandada reponga al demandante en su puesto de
trabajo como Guardián de la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación de Proyectos u otro cargo
de igual jerarquía. COLEGIADO GC FA LAG
Expediente N° 01598-2014-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la sentencia a fjs. 249/272 del
30/09/2015 que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Patricia Fernanda
Albarracín Palacios contra el Poder Judicial, ordena que la demandada cumpla con pagar al
demandante la suma de S/. 60,582.58 por los conceptos de Pago por Función Jurisdiccional en
forma Parcial del 21/11/2001 al 31/10/2008, por Reintegro del Bono por Función Jurisdiccional del
01/11/2008 al 30/11/2011, Reintegro de Remuneraciones del 21/11/2011 al 31/07/2005 y
Beneficios Sociales y/o Económicos: Gratificaciones, CTS, Vacaciones de los años 2001 al 2003, y
Bono por Escolaridad de los años 2002 al 2003 mas intereses legales y costos del proceso .
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42. Expediente N° 00182-2015-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 02
del 11/09/2015 a fjs. 206/218 que declara Improcedente la demanda presentada por Jaime
Armando Villa Casapino en contra del Proyecto Especial Afianzamiento y Ampliación de los
Recursos Hídricos de Tacna sobre reposición laboral y dispone la reconducción del proceso al
trámite ordinario laboral para su adecuación correspondiente. COLEGIADO GC FA LAG
43. Expediente N° 00606-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la sentencia del 21/10/2015 a fjs.
61/65 que declara Improcedente la demanda interpuesta por Filiberta Luisa Solís Quispe contra la
Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna dispone archivo definitivo. CORREGIR la sentencia
del 21/10/2015 en el extremo que señala como demandada a la “Dirección Regional de Educación
de Tacna” debiendo suprimirse en este punto. COLEGIADO GC FA LAG
44. Expediente N° 01618-2014-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la sentencia de la resolución N° 02
del 17/09/2015 a fjs. 83/94 que resuelve declarar Fundada en parte la demanda interpuesta por
Martín Ramón Rosado Cisneros contra la Entidad Prestadora de Servicios y Saneamiento Tacna
S.A., dispone pago a favor de la demandante por daño patrimonial del lucro cesante la suma de S/.
15,221.80 y por Daño Moral de S/. 1,200.00, e Infundada la Indemnización por Lucro Cesante,
Gratificaciones, Bonificación por Vacaciones, Canasta Navideña, C.T.S., Uniformes, y todos los
beneficios ganados por negociación colectiva del 01/01/2007 al 14/01/2008, más intereses legales
y costos. COLEGIADO GC FA LAG
45. Expediente N° 02111-2014-0-2301-JR-LA-01 ANULARON la sentencia de la resolución N° 03 del
30/09/2015 a fjs. 338/351 que resuelve declarar Fundada la tacha contra el cuaderno de control de
asistencia de personal de limpieza ofrecida como medio probatorio, Infundada tacha contra los
testigos ofrecidos como prueba y declara Improcedente la demanda presentada por Leyla Cinthya
Melgarejo Sanguinetti contra la Municipalidad Distrital del Alto de la Alianza sobre reposición
laboral debiendo reconducirse vía ordinario laboral y solicitar indemnización que corresponda.
ORDENANDOSE se expida nueva sentencia. COLEGIADO GC FA LAG
46. Expediente N° 02103-2014-0-2301-JR-LA-01 REVOCARON la sentencia de la resolución N° 03
del 22/09/2015 a fjs. 284/296 que declara Improcedente la demanda presentada por David Freddy
Alania Pare contra la Municipalidad Distrital del Alto de la Alianza sobre Reposición Laboral
reconducirse vía ordinario laboral y solicitar la indemnización que corresponda. REFORMANDOLA
declararon FUNDADA la demanda ORDENARON que la demandada cumpla con reponer al
demandante en el cargo de guardián del Estadio Héroes Alto de la Alianza u otro de cargo similar.
COLEGIADO GC FA LAG
47. Expediente N° 02136-2014-0-2301-JR-LA-01 REVOCARON la sentencia de la resolución N° 03
del 23/09/2015 fjs. 278/291 que declara Improcedente la demanda interpuesta por Antonia Hilda
Toma Aruga contra la Municipalidad Distrital del Alto de la Alianza sobre Reposición Laboral
reconducirse vía ordinario laboral y solicitar la indemnización que corresponda. REFORMANDOLA
declararon FUNDADA la demanda ORDENARON que la demandada cumpla con reponer al
demandante en el cargo de guardián del Estadio Héroes Alto de la Alianza u otro de cargo similar.
COLEGIADO GC FA LAG
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ROL DE AUDIENCIAS PROGRAMADAS EN EL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.
FECHA: Jueves 07 de Julio del 2016.
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2014-02062-38
2014-01445-80
2015-02275-10
2015-01850-84
2015-02457-67
2015-01875-88
2015-00370-61
2014-00456-46
2014-01045-85
2015-01865-52
2015-02486-92
2015-01645-50
2015-01829-14
2014-01690-95
2012-00446-54
2016-01381-0
2014-02037-0
2014-01075-36
2014-00917-37
2014-01447-89
2015-02725-60
2014-00407-37
2015-01701-75
2011-01698-93
2015-00096-60
2013-00813-5
2016-01434-0
2016-01426-0
2016-01427-0
2016-01424-0
2016-01435-0
2016-01429-0
2016-01452-0
2016-01456-0
2016-00074-0
2016-00012-0
2015-02935-0
2016-00081-0
2012-02083-96
2015-02916-0
2016-00121-0
2016-00165-0
2016-00182-0
2016-00096-0
2015-02546-0
2015-01311-0
2015-01345-0
2016-00086-0
2008-01775-41
2012-01858-87
2013-00102-10
2014-01726-29
2015-00913-93
2013-01415-71
2015-02693-36
2015-02440-0
2015-01249-0
2015-02072-0
2014-01487-93
2015-02089-65
2016-01387-0
2016-01443-0
2013-00346-53
2012-02115-32
2014-01681-32
2011-01722-47
2015-00836-30
2012-00156-53
2014-00251-40
2015-00728-15
2015-02780-42
2011-01699-14
2014-01205-15
2016-00158-0
2012-00921-80
2012-00737-63
2010-01548-70
2011-01685-5
2014-01064-25
Organo Jurisdiccional
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n
J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n
J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza
J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza
J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza
J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
Sala Audiencia
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 02 PENAL DE POCOLLAY
SALA 02 PENAL DE POCOLLAY
SALA 03 PENAL DE POCOLLAY
SALA 03 PENAL DE POCOLLAY
SALA 03 PENAL DE POCOLLAY
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JUNI -2DO PISO
SALA 1 JUNI -2DO PISO
SALA 1 JUNI -2DO PISO
SALA 1 JUNI -2DO PISO
SALA 1 JUNI -2DO PISO
SALA 2 JIP - 1ER PISO
SALA 2 JIP - 1ER PISO
SALA 2 JIP - 1ER PISO
SALA 2 JIP - 1ER PISO
SALA 2 JIP - 1ER PISO
SALA 2 JIP - 1ER PISO
SALA 2 JIP - 1ER PISO
SALA 2 JIP - 1ER PISO
SALA 2 JUNI - 2DO PISO
SALA 2 JUNI - 2DO PISO
SALA 2 JUNI - 2DO PISO
SALA 2 JUNI - 2DO PISO
SALA 2 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 3 JUNI - 2DO PISO
SALA 4 JIP - 1ER PISO
SALA 4 JIP - 1ER PISO
SALA 4 JIP - 1ER PISO
SALA 4 JIP - 1ER PISO
SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN
SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN
SALA INV. PREP. - MBJAA
SALA INV. PREP. - MBJAA
SALA INV. PREP. - MBJAA
SALA INV. PREP. - MBJAA
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
Hora
10:00
10:30
11:00
11:50
12:30
15:00
15:41
16:16
16:41
17:00
18:00
11:50
15:21
09:00
09:30
15:20
09:00
10:00
11:00
12:00
15:00
08:30
09:00
15:00
17:00
17:31
09:00
09:30
10:00
10:30
11:00
11:31
15:00
15:30
08:30
09:30
10:30
11:30
15:00
09:00
09:30
10:00
10:30
11:00
11:30
12:00
12:30
13:00
15:00
10:30
11:30
12:30
15:00
15:50
09:00
10:00
10:31
11:01
10:00
11:00
09:00
10:00
11:00
12:00
09:00
09:30
10:00
11:01
12:00
12:30
08:30
09:00
10:30
12:00
13:00
13:15
15:00
16:30
16:45
Delito
Falsificación de documentos.
Hurto simple.
Hurto simple.
Posesión indebida de Teléfonos celulares o armas, Municiones o materiales explosivos, entre otros.
Lesiones leves
Robo.
Contrabando
Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.
Violación sexual de menor de edad.
Robo Agravado
Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.
Robo Agravado
Tentativa
Homicidio culposo
Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.
Hurto agravado.
Falsedad ideológica.
Falsedad ideológica.
Robo.
Uso de documentos falsos.
Violación sexual de menor de edad.
Lesiones culposas
Estafa agravada
Hurto agravado.
Lesiones culposas
Alteración del ambiente o paisaje.
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Omisión de asistencia familiar
Omisión de asistencia familiar
Omisión de asistencia familiar
Omisión de asistencia familiar
Omisión de asistencia familiar
Omisión de asistencia familiar
Uso de documentos falsos.
Omisión de asistencia familiar
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Omisión de asistencia familiar
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Omisión de asistencia familiar
Omisión de asistencia familiar
Colusión
Peculado doloso
Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.
Ursurpación Agravada
Microcomercialización o microproducción.
Falsedad genérica.
Atentados contra el derecho de sufragio
Omisión de asistencia familiar
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Omisión de asistencia familiar
Financiamiento por medio de información fraudulenta.
Ursurpación Agravada
Omisión de asistencia familiar
Omisión de asistencia familiar
Omisión de asistencia familiar
Omisión de asistencia familiar
Robo.
Contrabando
Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.
Actos contra el pudor en menores .
Violación sexual de menor de edad.
Violación de la libertad sexual.
Contrabando
Homicidio culposo
Actos contra el pudor en menores.
Omisión de asistencia familiar
Lesiones graves
Fabricación o uso no autorizado de patente
Violación sexual de menor de edad.
Falsificación de documentos.
Lesiones culposas
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Jueves, 7 de julio del 2016
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE Tacna
OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA
UNIDAD DE INVESTIGACION Y VISITAS
Tacna, 06 de julio del 2016.
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. a fin de SOLICITARLE la publicación
de la programación de la VISITA JUDICIAL ORDINARIA correspondiente al mes de julio:
Primer Juzgado de Familia de Tacna
Lunes 18 de julio del 2016 (8.00 am)
Segundo Juzgado de Familia de Tacna
Martes 19 de julio del 2016 (8.00 am)
Primer Juzgado de Familia Transitorio de Tacna
Segundo Juzgado de Familia Transitorio de Tacna
Lunes 25 de julio del 2016 (8.00 am.)
Martes 26 de julio del 2016 (8.00 am).
Las visitas judiciales ordinarias programadas, se realizaran en los días y horas
indicadas, durante las cuales los señores abogados y justiciables, podrán formular sus
pedidos y/o quejas concernientes a los señores magistrados y personal respectivo,
directamente en el Juzgado visitado, la labor jurisdiccional en las mencionadas
dependencias proseguirá normalmente con las diligencias señaladas.
La publicación se efectuará por tres días consecutivos y hábiles del 07, 08 y 11
de julio del año en curso.
Dr. Renzo Manuel Medina Chávez
Jefe de la Unidad de Investigaciones y Visitas
OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA
Jueves, 7 de julio del 2016
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA
AVISO DE CONVOCATORIA PROCESO
CAS N° 075-2016
I.
FINALIDAD DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE CONTRATACIÓN
Contratar los servicios de:
Código
Prestación
Dependencia
S/.
Cantidad
01400
APOYO EN PERICIAS CONTABLES JUDICIALES
Oficina de Administración Distrital – Tacna
4,500.00
1
00159
APOYO ADMINISTRATIVO EN EL AREA DE
COBRANZA COACTIVA
Oficina de Administración Distrital – Tacna
1,300.00
1
00429
RESGUARDO, CUSTODIA Y VIGILANCIA
Oficina de Administración Distrital – Tacna
950.00
2
II.
REQUISITOS GENERALES PARA SER CONSIDERADO POSTULANTE
III.
No encontrarse comprendido en la Ley N° 27588, ley que establece prohibiciones e
incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos así como las personas que prestan sus
servicios al estado bajo cualquier modalidad contractual.
En caso de ser ex trabajador de alguna entidad de la administración pública, no haber extinguido
vínculo por causa de despido, destitución o renuncia con incentivos.
No encontrarse registrado en el registro Nacional de Sanciones y Destituciones del Estado.
ASPECTOS DE INTERES
La presente convocatoria, se efectuará a través del Aplicativo de Selección de Personal, el cual se
encuentra en la dirección del enlace Oportunidad Laboral de la página web institucional
(www.pj.gob.pe), CONCURSOS CAS – CONVOCATORIA CAS N° 075-2016-TACNA, en el cual se
encuentran colgadas las Bases, los Perfiles y el Cronograma del Concurso.
Para acreditar su inscripción al concurso, el postulante debe obtener el reporte impreso de la
información registrada del Aplicativo de Selección de Personal, el mismo que deberá ser
presentado en un sobre cerrado, conjuntamente con la información sustentatoria (hoja de vida
documentada). El detalle de los perfiles estará disponible vía web desde el 23 de junio del 2016 y
la postulación desde el 28 al 30 de junio del 2016.
Los postulantes que registraron su inscripción a través de la página web presentarán sus
documentos en la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia de Tacna, ubicada
en la Tercera cuadra de la calle Inclán s/n esquina con Presbítero Andía-Cercado de Tacna (4to
Piso), en las fechas señaladas en el cronograma.
Los documentos presentados no se devolverán al postulante por ningún motivo, ya que
formarán parte del acervo documentario del proceso.
Las consultas se efectuarán a través del correo electrónico [email protected] o al (052) 583200
anexo 52224.
13
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Jueves, 7 de julio del 2016
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA
PROCESO CAS N° 075-2016
CRONOGRAMA Y ETAPAS DEL PROCESO
ETAPAS DEL PROCESO
CRONOGRAMA
RESPONSABLE
Aprobación de la Convocatoria
08 de junio del 2016
Oficina de Personal
Publicación del proceso en el Servicio
Nacional del Empleo
del 09 al 22 de junio
del 2016
(10 días hábiles)
Dirección General del
Servicio Nacional del Empleo
- MTPE
CONVOCATORIA
1
Publicación de la convocatoria en la
página web del Poder Judicial.
2
Postulación web
3
del 23 al 30 de junio
del 2016
(05 días hábiles)
del 28 al 30 de junio
del 2016
Presentación física de hoja de vida
documentada:
(solo aquellos postulantes que se
inscribieron vía web)
Oficina de Personal
Postulante
Oficina de
Trámite Documentario
y Archivo
01 de julio de 2016
Calle Inclán s/n esquina con calle
Presbítero Andía Mesa de Partes de la
Oficina de Administración
Horario:
De 08:00 hs a 13:30 hs o de
14:30 hs a 16:00 hs
SELECCIÓN
4
Evaluación Curricular – sin puntajes
04 de julio de 2016
Oficina de Personal
5
Resultados de la Evaluación Curricular –
sin puntajes
04 de julio de 2016
Oficina de Personal
6
Evaluación Curricular – con puntajes
04 de julio de 2016
Comisión CAS Ad Hoc
7
Resultados de la Evaluación Curricular –
con puntajes
04 de julio de 2016
Comisión CAS Ad Hoc
8
Evaluación Técnica
06 de julio de 2016
Comisión CAS Ad Hoc
9
Resultados de la Evaluación Técnica
06 de julio de 2016
Comisión CAS Ad Hoc
10
Entrevista Personal
07 de julio de 2016
Comisión CAS Ad Hoc
11
Resultados de la Entrevista Personal
07 de julio de 2016
Comisión CAS Ad Hoc
12
Resultados Finales – Declaración de
Ganadores
07 de julio de 2016
Oficina de Personal
SUSCRIPCIÓN Y REGISTRO DE CONTRATO
13
Suscripción del contrato
08 de julio de 2016
Oficina de Personal
14
Registro de contrato
08 de julio de 2016
Oficina de Personal
Jueves, 7 de julio del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
La República
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA
AVISO
La Corte Superior de Justicia de Tacna requiere alquilar un inmueble construido en material
noble, con un área construida de 250 m2 (como mínimo) y de dos pisos a mas (como
mínimo), el mismo que debe estar en buenas condiciones para garantizar el normal
funcionamiento de órganos Jurisdiccionales Penales, con escaleras amplias, Servicios
Higiénicos por cada piso habilitados, en buen estado de conservación y funcionamiento,
documentos en regla (Copia de SUNARP, planos de distribución, Registro Nacional de
Proveedores vigente) y ubicado en el cercado de Tacna.
Sírvase presentar su pretensión económica y plano de ubicación en mesa de partes de la
Oficina de Administración de la Corte que está ubicada en el 4to piso de la sede central, sito
en la 3ra cuadra de la calle Inclán S/N con Presbítero Andía.
Tacna, 5 de julio de 2016
Corte Superior de Justicia de Tacna
15
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Jueves, 7 de julio del 2016