Disposición N° 0079 BUENOS AIRES, 28 JUN 2016 VISTO: el

Año XII - N° 2574 :: BUENOS AIRES, Miércoles 29 de Junio de 2016 ::
Disposición N° 0079-SDE-16
Autoriza llamado Trámite Simplificado. Kits alimentarios ....pág.1
Disposición N° 0080-SDE-16
Autoriza llamado Trámite Simplificado. Kits indumentaria....pág.2
Disposición N° 0081-SDE-16
aprobar ampliación de contratación. Bolsas de ostomía......pág.3
Disposición Conjunta N° 0302-16
Declara fracasado CP N° 002/16. Autoriza nuevo llamado..pág.5
Resolución N° 1114
Ratifica acta Acuerdo. Incremento salarial. .........................pág.6
Disposición N° 0079
BUENOS AIRES, 28 JUN 2016
VISTO: el Expediente N° 0200-2016-0007763-5 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el actuado citado en el VISTO tramita la
contratación para la adquisición de cien mil (100.000) kits
alimentarios para ser entregados a los afiliados que se
encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad ante los
efectos del frío y las bajas temperaturas.
Que los adultos mayores son quienes están más expuestos
a contraer patologías tales como infecciones respiratorias,
resequedad en la piel y descontrol cardiometabolico, al vivir,
muchos de ellos, en viviendas precarias sin ningún tipo de
calefacción, donde la falta de pisos y paredes de material
favorecen las filtraciones de humedad y frío.
Que, por ello, la Secretaría General de Promoción Social
sostiene que la presente contratación resulta indispensable
a los fines de que quienes se encuentran en una situación de
mayor vulnerabilidad puedan contar con una buena alimentación
con el objetivo de paliar los efectos perjudiciales que provocan
las bajas temperaturas, consumiendo alimentos que ayuden al
organismo a mantener una temperatura corporal adecuada y
una suficiente hidratación.
Que la citada Secretaría General ha acreditado en los actuados
circunstancias excepcionales que amerita a que se autorice un
llamado a Tramite Simplificado en los términos del artículo 19°
inciso d) apartado 12 de la Resolución 135/03-I, para lo cual el
Director Ejecutivo del Instituto ha prestado conformidad.
Que, de conformidad con lo establecido por los artículos 19,
inciso d) apartado 12, 25° inc. a) y 26° del Régimen General de
Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios
Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de
Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado
por Resolución N° 135/03-I del 8 de agosto de 2003 y sus
modificaciones, corresponde realizar un Tramite Simplificado
bajo la clase de etapa única y con la modalidad de contratación
consolidada.
Que la convocatoria a presentar ofertas deberá efectuarse
mediante la publicación en la página Web del Instituto en el
término de al menos UN (1) día, con un mínimo de DOS (2)
días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura,
computados a partir del día siguiente a la última publicación.
Que se deberá invitar a presentar ofertas en el presente Tramite
Simplificado a proveedores del rubro que se encuentren
inscriptos en el Registro Informático Único Nacional de
Prestadores y Proveedores de este Instituto, dejando constancia
en las actuaciones.
Que esta Subdirección Ejecutiva y la Dirección Ejecutiva de este
Instituto han tomado conocimiento de la Disposición de Recursos
de acuerdo a lo dispuesto por el Anexo II de la Resolución N°
844/16/DE.
Que la Dirección Ejecutiva de este Instituto ha prestado la
conformidad de su competencia para la autorización del presente
llamado, conforme lo establecido por el Anexo I de la citada
Resolución.
Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió
a verificar en el Sistema de Gestión Económico Financiero
la disponibilidad de fondos, realizándose en consecuencia
la reserva de la correspondiente partida presupuestaria, de
conformidad con la normativa vigente en la materia.
Que la Gerencia de Administración y la Secretaria General de
Promoción Social han tomado debida intervención.
Que la Secretaria General Técnico Jurídica y la Gerencia de
Asuntos Legales han tomado intervención en el marco de su
competencia, no encontrando objeciones jurídicas que formular
a la presente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos
2° y 3° del Decreto N° 02/04 y el Artículo 2° del Decreto N°
86/15, ambos del Poder Ejecutivo Nacional, y a la luz de lo
normado por las Resoluciones N° 844/16/DE y el Artículo 3° de
la Resolución N° 002/DE/15,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar a efectuar un Trámite Simplificado
para la contratación de cien mil (100.000) kits alimentarios,
encuadrada en los términos de los artículos 19° inc. d) apartado
12, 25° inc. a) y 26° del Régimen General de Contratación
de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico
Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios
Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por la
Resolución N° 135/03-I.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que se
agrega y pasa a formar parte de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Aprobar el modelo de Aviso que en UNA (1) foja
se agrega y pasa a formar parte de la presente como Anexo,
índice
índice
ISO 9001:2008
Management System
www.tuv.com ID 9105061801
página 1
1
página
Año XII - N° 2574 :: BUENOS AIRES, Miércoles 29 de Junio de 2016 ::
para su publicación en la página Web del Instituto en el término
de al menos UN (1) día, con un mínimo de DOS (2) días hábiles
de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a
partir del día siguiente a la última publicación.
ARTÍCULO 4°.- Delegar la suscripción de Circulares con o sin
consulta y modificatorias de los Pliegos de Bases y Condiciones
Particulares y Especificaciones Técnicas en la Gerencia de
Administración.
ARTÍCULO 5°.- Difúndase el presente llamado desde el día en
que se cursen las invitaciones y hasta el día de la Apertura de las
ofertas en la Página de Internet del Instituto (www.pami.org.ar).
ARTÍCULO 6°.- Invítese a los proveedores que se encuentren
inscriptos en el Registro Informático Único Nacional de
Prestadores y Proveedores del Instituto, a presentar ofertas en
el presente trámite Simplificado, dejándose constancia en las
actuaciones.
ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
DISPOSICIÓN N° 0079/SDE/2016
Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo
Consulte los anexos aquí o por correo a: [email protected]
Disposición N° 0080
BUENOS AIRES, 28 JUN 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2016-0007880-1 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente citado en el visto tramita la
contratación para la adquisición de treinta mil (30.000) kits de
indumentaria de abrigo, nuevos sin uso, a fin de ser entregados a
los afiliados que por su condición socioeconómica se encuentran
en una situación de mayor vulnerabilidad ante los efectos del
frio y las bajas temperaturas.
Que los adultos mayores son quienes están más expuestos
a contraer patologías tales como infecciones respiratorias,
resequedad en la piel y descontrol cardiometabolico, al vivir,
muchos de ellos, en viviendas precarias sin ningún tipo de
calefacción, donde la falta de pisos y paredes de material
favorecen las filtraciones de humedad, viento y frio.
Que, por ello, y conforme fuera solicitado por la Secretaría
General de Promoción Social, la presente contratación
resulta indispensable a los fines que quienes tienen recursos
económicos escasos, cuenten con adecuada ropa de abrigo
que los proteja de los efectos nocivos que producen las bajas
temperaturas.
Que la citada Secretaria General ha acreditado en los actuados
circunstancias excepcionales que ameritan a que se autorice un
llamado a Trámite Simplificado en los términos del artículo 19°,
inciso d), apartado 12 de la Resolución 135/03-I, para lo cual el
Director Ejecutivo del Instituto ha prestado conformidad.
Que sobre la base de lo especificado, la Gerencia de
Administración procedió a la elaboración del Pliego de Bases y
Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas que regirá
el presente llamado.
Que de conformidad con lo establecido por los artículos 19°,
inciso d) apartado 12, 25° inc. a) y 26° del Régimen General de
Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios
Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de
Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado
por Resolución N° 135/03-I del 8 de agosto de 2003 y sus
modificaciones, corresponde realizar un Trámite Simplificado
bajo la clase de etapa única y con la modalidad de contratación
consolidada.
Que la convocatoria a presentar ofertas deberá efectuarse
mediante la difusión en la página Web del Instituto por el término
de al menos UN (1) día, con un mínimo de DOS (2) días hábiles
de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a
partir del día siguiente a la última publicación.
Que se deberá invitar a presentar ofertas a proveedores del rubro
que se encuentren inscriptos en el Registro Informático Único
Nacional de Prestadores y Proveedores del Instituto, dejando
constancia en las actuaciones.
Que la Subdirección Ejecutiva y la Dirección Ejecutiva de este
Instituto han tomado conocimiento de la Disposición de Recursos
de acuerdo a lo dispuesto por el Anexo II de la Resolución N°
844/16/DE.
Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió
a verificar en el Sistema de Gestión Económico Financiero
la disponibilidad de fondos, realizándose en consecuencia
la reserva de la correspondiente partida presupuestaria, de
conformidad con la normativa vigente en la materia.
Que la Gerencia de Administración y la Secretaria General de
Promoción Social han tomado debida intervención.
Que la Secretaria General Técnico Jurídica y la Gerencia de
Asuntos Legales han tomado intervención en el marco de su
competencia, no encontrando objeciones jurídicas que formular
para la suscripción de la presente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos
2° y 3° del Decreto N° 02/04 y el Artículo 2° del Decreto N°
86/15, ambos del Poder Ejecutivo Nacional, la Resoluciones
N° 0844/16/DE y el Artículo 3° de la Resolución N° 002/DE/15,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar a efectuar un llamado a Trámite
Simplificado para la contratación de treinta mil (30.000) kits de
indumentaria de abrigo, nuevos sin uso, a fin de ser entregados a
los afiliados que por su condición socioeconómica se encuentran
en una situación de mayor vulnerabilidad ante los efectos del
frío y las bajas temperaturas, encuadrada en los términos de los
artículos 19° inc. d) apartado 12, 25° inc. a) y 26° del Régimen
índice
índice
ISO 9001:2008
Management System
www.tuv.com ID 9105061801
página 2
2
página
Año XII - N° 2574 :: BUENOS AIRES, Miércoles 29 de Junio de 2016 ::
General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de
Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional
de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado
por la Resolución N° 135/03-I.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que se
agrega y pasa a formar parte de la presente.
ARTÍCULO 3°.- Aprobar el modelo de Aviso que en UNA (1) foja
se agrega y pasa a formar parte de la presente como Anexo,
para su publicación en la página Web del Instituto por el término
de al menos UN (1) día, con un mínimo de DOS (2) días hábiles
de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a
partir del día siguiente a la última publicación.
ARTÍCULO 4°.- Delegar la suscripción de Circulares con o sin
consulta y modificatorias de los Pliegos de Bases y Condiciones
Particulares y Especificaciones Técnicas en la Gerencia de
Administración.
ARTÍCULO 5°.- Invítese a los proveedores que se encuentren
inscriptos en el Registro Informático Único Nacional de
Prestadores y Proveedores del Instituto, a presentar ofertas en
el presente trámite Simplificado, dejándose constancia en las
actuaciones.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
DISPOSICIÓN N° 0080
Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo
Consulte los anexos aquí o por correo a: [email protected]
Disposición N° 0081
BUENOS AIRES, 28 JUN 2016
VISTO el Expediente N° 0200-2014-0001596-1 y la Resolución
N° 431/DE/15 y,
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el VISTO tramita la contratación
de la provisión de bolsas y elementos de ostomía en condición
C.I.P. (Aeropuerto Ezeiza u Operativa Capital - Puerto de
Buenos Aires) o puesto en plaza y el servicio de logística para
su almacenamiento y distribución domiciliaria, para atender la
demanda de los afiliados del Instituto en todo el país, por el
término de un (1) año, renovable de común acuerdo.
Que, mediante Disposición N° 157/CE/14, se autorizó el llamado
a Licitación Pública N° 01/15 en los términos establecidos por
los Artículos 19° inciso a), 25° incisos a), b) y c), 26°, 27° y 28°
del Anexo I del Régimen General de Contratación de Bienes
Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales
y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para
Jubilados y Pensionados, aprobado por Resolución N° 135/I/03,
y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y
Especificaciones Técnicas y sus Anexos para la contratación.
Que, por Resolución N° 431/DE/15 se adjudicó parcialmente
la mencionada Licitación a las firmas COLOPLAST DE
ARGENTINA S.A. (Renglones N° 1, Módulos 1A, 1B y 1C;
N° 2, Módulos 2B y 2C; N° 3, Módulos 3B, 3C; y N° 4) por un
monto total de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES
MILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL SETECIENTOS
TRES (USD 3.413.703.-), a la firma B. BRAUN MEDICAL
S.A. (Renglones N° 2, Módulo 2A; y N° 3, Módulo 3A) por
un monto total de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES
CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS
(USD 472.500.-); y a la CONFEDERACIÓN FARMACÉUTICA
ARGENTINA - FEDERACIÓN ARGENTINA DE CÁMARAS DE
FARMACIAS - ASOCIACIÓN DE FARMACIAS MUTUALES Y
SINDICALES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - FEDERACIÓN
FARMACÉUTICA (Renglón N° 5) por un monto total de PESOS
ONCE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL
($ 11.655.000.-).
Que, en virtud de lo ello, la Gerencia de Administración ha
emitido a favor de las citadas firmas las Órdenes de Compra
N° 4500106263, 4500106306 y 4500107209, respectivamente.
Que la Subgerencia de Prestaciones y Provisiones Especiales
perteneciente a la Gerencia de Prestaciones Médicas solicitó
la ampliación en hasta un treinta y cinco por ciento (35%) de
los contratos, indicando que por el Expediente N° 0200-20160002081-1 se encuentra en trámite un nuevo llamado a Licitación
Pública para la provisión de los mismos insumos.
Que de acuerdo al Artículo 82° del Régimen General de
Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios
Médico Asistenciales y Sociales del Instituto, aprobado por
Resolución N° 135/I/03, que fuera modificado por el Artículo 1°
de la Resolución N° 140/DE/15; el Instituto tendrá el derecho
de aumentar o disminuir la prestación objeto de la contratación
hasta un veinte (20%) por ciento del monto total del contrato;
cuando la ampliación exceda ese porcentaje y hasta un treinta
y cinco (35 %) por ciento del monto total del contrato, se deberá
solicitar el consentimiento del adjudicatario.
Que en tal sentido, se solicitó a las firmas adjudicatarias
que expresen su conformidad a los efectos de proceder a la
ampliación de la contratación, conforme fuera requerido por la
Gerencia de Prestaciones Médicas.
Que las firmas COLOPLAST DE ARGENTINA S.A. y B. BRAUN
MEDICAL S.A. manifestaron su conformidad en un todo de
acuerdo a lo requerido por el Instituto.
Que, por su parte, la firma CONFEDERACION FARMACÉUTICA
ARGENTINA - FEDERACIÓN ARGENTINA DE CÁMARAS DE
FARMACIAS - ASOCIACIÓN DE FARMACIAS MUTUALES Y
SINDICALES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - FEDERACIÓN
FARMACÉUTICA no aceptó la ampliación en los términos
solicitados.
Que teniendo en cuenta que la firma precedentemente citada
es adjudicataria del servicio de logística, el cual resulta
indispensable para la efectiva provisión de los insumos en
cuestión, y pese a contar con la conformidad de las empresas
índice
índice
ISO 9001:2008
Management System
www.tuv.com ID 9105061801
página 3
3
página
Año XII - N° 2574 :: BUENOS AIRES, Miércoles 29 de Junio de 2016 ::
COLOPLAST DE ARGENTINA S.A. y B. BRAUN MEDICAL
S.A., no resulta viable ampliar los renglones N° 1, 2, 3 y 5
en cantidades superiores a los servicios mencionados en el
considerando anterior.
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde hacer uso de
la opción de ampliación en un veinte por ciento (20%) de la
contratación suscripta en el marco de la Licitación Pública
N° 01/15 con las firmas COLOPLAST DE ARGENTINA S.A.
y B. BRAUN MEDICAL S.A., por un monto total de hasta
DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS SETENTA
Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON 60/100
(USD 777.240.60); y CONFEDERACIÓN FARMACÉUTICA
ARGENTINA - FEDERACIÓN ARGENTINA DE CÁMARAS DE
FARMACIAS - ASOCIACIÓN DE FARMACIAS MUTUALES Y
SINDICALES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - FEDERACIÓN
FARMACÉUTICA, por la suma de hasta PESOS DOS MILLONES
TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL ($ 2.331.000,00), en las
mismas condiciones establecidas en el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y sus
Anexos de la Licitación mencionada, conforme a lo detallado en
el Anexo que se agrega y forma parte de la presente.
Que, conforme lo establecido en el Anexo II de la Resolución N°
844/DE/16 y el Artículo 3° de la Resolución N° 140/DE/15, se
procedió a comunicar la Disposición de Recursos.
Que, la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió
a verificar en el Sistema de Gestión Económico Financiero
la disponibilidad de fondos, realizándose en consecuencia la
reserva de la partida presupuestaria de conformidad con la
normativa vigente.
Que la Gerencia de Administración ha tomado la intervención
de su competencia.
Que la Secretaria General Técnico Jurídica y la Gerencia de
Asuntos Legales ha tomado la intervención en el marco de sus
competencias, no encontrando objeciones jurídicas que formular
para la suscripción de la presente.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 2°
y 3° del Decreto N° 02/04 y el Artículo 2° del Decreto N° 86/15,
ambos del Poder Ejecutivo Nacional, y a la luz de lo normado
por la Resolución N° 844/DE/16,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar en los términos del artículo 82° del
Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y
Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales
del Instituto, aprobado por Resolución N° 135/I/03, que fuera
modificado por el Artículo 1° de la Resolución N° 140/15/DE,
la ampliación de la contratación para la provisión de bolsas
y elementos de ostomía con las firmas COLOPLAST DE
ARGENTINA S.A. y B. BRAUN MEDICAL S.A., por un monto
total de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS
SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON 60/100
(USD 777.240.60); y CONFEDERACIÓN FARMACÉUTICA
ARGENTINA - FEDERACIÓN ARGENTINA DE CÁMARAS DE
FARMACIAS – ASOCIACIÓN DE FARMACIAS MUTUALES Y
SINDICALES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - FEDERACIÓN
FARMACÉUTICA, asumiendo estas últimas de manera solidaria
e ilimitada las obligaciones y responsabilidades emergentes
de la presente contratación, por la suma de hasta PESOS
DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL ($
2.331.000,00), en las mismas condiciones establecidas en el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones
Técnicas y sus Anexos de la Licitación Publica N° 01/15,
conforme a lo detallado en el Anexo I que se agrega y forma
parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Autorizar a la Gerencia de Administración a
emitir y suscribir las Órdenes de Compra a favor de las firmas
mencionadas en el artículo 1°, facultándola a disponer su
libramiento al sólo efecto de su incorporación al Sistema de
Gestión Económico Financiero.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
DISPOSICIÓN N° 0081/SDE/2016
Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 0081-16
COLOPLAST DE ARGENTINA S.A
RENGLÓN N° 1: COLOSTOMÍA
Módulo
Cantidad
Precio Unitario
Precio total hasta
1-A
19.000
USD 28,54
USD 542.260,00
1-B
3800
USD 11,47
USD 43.586,00
1-C
3800
USD 10,08
USD 38.304,00
Módulo
Cantidad
Precio Unitario
Precio total hasta
2-B
2000
USD 4,71
USD 9.420,00
2-C
2000
USD 5,04
USD 10.080,00
RENGLÓN N° 2 ILEOSTOMIA
índice
índice
ISO 9001:2008
Management System
www.tuv.com ID 9105061801
página 4
4
página
Año XII - N° 2574 :: BUENOS AIRES, Miércoles 29 de Junio de 2016 ::
RENGLÓN N° 3 UROSTOMIA
Módulo
Cantidad
Precio Unitario
Precio total hasta
3-B
780
USD 24,23
USD 18.899,40
3-C
780
USD 5,04
USD 3.931,20
RENGLÓN N° 4 PASTA ADHESIVAS
Cantidad
Precio Unitario
3.000
Precio total hasta
USD 5,42
USD 16.260,00
MONTO TOTAL
USD 682.740,60
B. BRAUN MEDICAL S.A.
RENGLÓN N° 2 ILEOSTOMIA
Módulo
Cantidad
Precio Unitario
Precio total hasta
2-A
4200
USD 15,20
USD 63.840
Módulo
Cantidad
Precio Unitario
Precio total hasta
3-A
700
USD 43,80
USD 30.660
RENGLÓN N° 3 UROSTOMIA
MONTO TOTAL
USD 94.500
CONFEDERACIÓN FARMACÉUTICA ARGENTINA
RENGLÓN N° 5 Servicio de Logística
1-A
19000
$ 75,00
1.425.000,00
1-B y C
3800
$ 75,00
285.000,00
2-A
4200
$ 75,00
315.000,00
2-B y C
2000
$ 75,00
150.000,00
3- A
700
$ 75,00
52.500,00
3–B y C
780
$ 75,00
58.500,00
4
3000
$ 15,00
45.000,00
MONTO TOTAL
2.331.000,00
EL MONTO TOTAL DE LA PRESENTE AMPLIACIÓN ASCIENDE A LA SUMA DE HASTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES
SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON 60/100 (USD 777.240,60), Y DE HASTA PESOS DOS
MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL ($ 2.331.000.00).-
Disposición Conjunta N° 0302
BUENOS AIRES, 28 JUN 2016
VISTO el Expediente N° 0220-2016-0001983-6 y,
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría General Técnico Operativa consideró que
las ofertas presentadas al Concurso Privado N° 002/16,
implementado para el alquiler de un inmueble para el
funcionamiento de la Sede de la Unidad de Gestión Local I TUCUMÁN, no se ajustan técnicamente, estimando oportuno
proceder a un nuevo llamado a Concurso Privado.
Que las necesidades de la nueva sede podrán ser cumplimentadas
con la locación de un (1) inmueble o dos (2) inmuebles
complementarios.
Que el mismo deberá encuadrarse en lo normado por la
Resolución N° 135/03/I y su modificatoria N°142/07/DE.
Que a tal fin la Subgerencia de Recursos Físicos dependiente
de la Gerencia de Administración elaboró la documentación
necesaria para la realización del llamado.
Que el monto estimado de la contratación asciende a la suma
de PESOS OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 8.500.000),
considerando los treinta y seis (36) meses de duración de la
misma.
Que la Gerencia de Planificación y Administración de Unidades
índice
índice
ISO 9001:2008
Management System
www.tuv.com ID 9105061801
página 5
5
página
Año XII - N° 2574 :: BUENOS AIRES, Miércoles 29 de Junio de 2016 ::
de Gestión Local ha informado sobre la existencia de partida
presupuestaria preventiva para la contratación propuesta.
Que asimismo la Subdirección Ejecutiva y la Dirección Ejecutiva
han tomado conocimiento de la Disposición de Recursos
pertinente, en cumplimiento de lo previsto en el Anexo II de la
Resolución N° 0844/DE/16.
Que deberán arbitrarse los medios para dar al llamado una
amplia difusión.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las
Resoluciones N° 0844/DE/16, N° 04/DE/15, N° 03/DE/16 y N°
49/DE/16
EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y EL
GERENTE DE PLANIFICACIÓN Y ADMINISTRACIÓN
DE UNIDADES DE GESTIÓN LOCAL DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
DISPONEN:
ARTÍCULO 1°.- Declarar fracasado el Concurso Privado N° 002/16
implementado para el alquiler de inmuebles para el funcionamiento
de la sede de la Unidad de Gestión Local I - TUCUMÁN.
ARTÍCULO 2°.- Autorizar a la Unidad de Gestión Local I TUCUMÁN a realizar un nuevo llamado a Concurso Privado
para la búsqueda de un (1) inmueble o de dos (2) inmuebles
complementarios en locación aptos para oficinas y atención al
público, para el funcionamiento de la sede de la citada Unidad de
Gestión Local, el que deberá efectuarse en un todo de acuerdo
a las normas vigentes: Resolución N° 135/03/I y su modificatoria
N° 142/07/DE y la documentación obrante en autos.
ARTÍCULO 3°.- Cumplido remitir el expediente a la Subgerencia
de Recursos Físicos, con el análisis técnico de las ofertas, el
informe de la Asesoría Jurídica y del Departamento Administrativo
de la Unidad de Gestión Local referente al cumplimiento de los
aspectos legales y formales de las ofertas que se presenten y su
perfeccionamiento si fuera necesario.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín
del Instituto. Cumplido, archívese.
DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 0302/GA-GPAUGL/2016
Ctdor. Alejandro FRANCESCHELLI - Gerente de Planificación y
Administración de UGL
Enrique M. NOLTING - Gerente de Administración
Resolución N° 1114
BUENOS AIRES, 27 JUN 2016
VISTO la Ley N° 19.032, la Ley N° 25.615, los Decretos PEN N°
02/04 y N° 86/15, las Resoluciones N° 833/DE/13, N° 438/DE/16,
el Expediente N° 0200-2016- 0008578-6, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley N° 19.032, de conformidad con las
modificaciones introducidas por su similar la Ley N° 25.615,
asignó al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP) el carácter de
persona jurídica de derecho público no estatal, con individualidad
financiera y administrativa.
Que el artículo 6° de la ley precedentemente citada asignó al
Directorio Ejecutivo del INSSJP la competencia para dictar
las normas necesarias para la adecuada administración y
funcionamiento del organismo.
Que el artículo 3° del Decreto N° 2/04 asignó al Director Ejecutivo
del Órgano Ejecutivo de Gobierno las facultades de gobierno y
administración previstas por la Ley N° 19.032 y sus modificatorias
en favor del Directorio Ejecutivo Nacional.
Que el día 3 de junio de 2016, en el marco de la Comisión Paritaria
Permanente prevista por el Convenio Colectivo de Trabajo N°
697/05 “E”, se suscribió un Acta Acuerdo entre los representantes
de este Instituto y las entidades sindicales signatarias del CCT.
Que en dicho Acta se acordó un incremento salarial del 32,5%
no acumulativo y aplicable sobre el valor de la Unidad Retributiva
(UR) prevista en el artículo 34 del Anexo I de la Resolución N°
1523/DE/05, al 31 de mayo de 2016, para el período comprendido
entre el 1° de junio de 2016 al 31 de mayo de 2017.
Que el mismo será abonado de la siguiente manera: 10% con el
salario del mes de junio, 12,5% con el salario del mes de julio y
el 10% restante con el salario del mes de agosto.
Que por otra parte, se acordó el pago de una suma extraordinaria
de carácter no remunerativo equivalente a la mitad de la primer
cuota del sueldo anual complementario (S.A.C.) del año 2016
(considerado el impacto proporcional del incremento salarial
citado en el considerando precedente), a abonarse con motivo
de la celebración del “Día del Trabajador del Instituto”, el cual se
hará efectivo de la siguiente manera: (i) una suma fija de PESOS
TRES MIL ($ 3.000) el día 11 de noviembre de 2016; y (ii) el saldo
restante -resultante de deducir de la mitad de la primer cuota del
S.A.C. del año 2016-, el día 10 de enero de 2017.
Que el beneficio será abonado a todos los trabajadores del Instituto
ingresados con anterioridad al 30 de junio de 2016 y a aquellos
que con posterioridad a la fecha indicada ingresen en virtud de
lo acordado en el Acta de Comisión Paritaria Permanente del
día 2 de diciembre de 2015, como así también a los trabajadores
comprendidos en la Resolución N° 438/DE/16.
Que quedan excluidos de la percepción de cualquier adicional,
premio, suma remunerativa o no remunerativa, o de carácter
extraordinario que pudiere otorgarse a partir del dictado de la
presente, los agentes que están fuera del ámbito personal de
aplicación del CCT N° 697/05 “E”, conforme lo dispuesto en el
artículo 13 de la Resolución N° 833/DE/13.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos
2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto
PEN N° 86/15,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO
EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO
NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES
PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ratificar el Acta Acuerdo celebrada el día 3 de
índice
índice
ISO 9001:2008
Management System
www.tuv.com ID 9105061801
página 6
6
página
Año XII - N° 2574 :: BUENOS AIRES, Miércoles 29 de Junio de 2016 ::
junio de 2016 por parte de los representantes de este Instituto
y las entidades sindicales signatarias del Convenio Colectivo
de Trabajo, en el marco de la Comisión Paritaria Permanente
CCT N° 697/05 “E”, por el que se acordó un incremento salarial
del 32,5% no acumulativo y aplicable sobre el valor de la
Unidad Retributiva (UR) prevista en el artículo 34 del Anexo I
de la Resolución N° 1523/DE/05, al 31 de mayo de 2016, para
el período comprendido entre el 1° de junio de 2016 al 31 de
mayo de 2017, a abonarse de la siguiente manera: 10% con el
salario del mes de junio, 12,5% con el salario del mes de julio
y 10% con el salario del mes de agosto.
ARTÍCULO 2°.- Ratificar el pago de una suma extraordinaria
de carácter no remunerativo equivalente a la mitad de la
primer cuota del sueldo anual complementario del año 2016, a
abonarse con motivo de la celebración del “Día del Trabajador
del Instituto”, el cual se hará efectivo de la siguiente manera:
(i) una suma fija de PESOS TRES MIL ($ 3.000) el día 11 de
noviembre de 2016, y (ii) el saldo restante - resultante de deducir
de la mitad de la primer cuota del S.A.C. del año 2016 -, el día
10 de enero de 2017.
ARTÍCULO 3°.- Establecer que el beneficio al cual hace
referencia el Artículo 2° será abonado a todos los trabajadores
del Instituto ingresados antes del 30 de junio de 2016 y a
aquellos que con posterioridad a la fecha indicada ingresen
en virtud de lo acordado en el Acta de Comisión Paritaria
Permanente del día 2 de diciembre de 2015, como así también a
los trabajadores comprendidos en la Resolución N° 438/DE/16.
ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que quedan excluidos de la
percepción de cualquier adicional, premio, suma remunerativa
o no remunerativa, o de carácter extraordinario que pudiere
otorgarse a partir del dictado de la presente, los agentes que
están fuera del ámbito personal de aplicación del Convenio
Colectivo de Trabajo N° 697/05 “E”, conforme lo dispuesto en
el artículo 13 de la Resolución N° 833/DE/13.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el
Boletín del Instituto. Cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN N° 1114
Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados
Dr. Carlos Javier REGAZZONI - Director Ejecutivo
Dr. Gonzalo Luis RIOBÓ - Subdirector Ejecutivo
ISO 9001:2008
Management System
www.tuv.com ID 9105061801
Boletin del Instituto: Resoluciones N° 0439/DE/04, 0895/DE/12, 0039/DE/16, y 1045/DE/16
Edición: División Gestión Electrónica de Normativa
Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa
[email protected] / [email protected]
índice
índice
página 7
7
página