Año XII - N° 2574 :: BUENOS AIRES, Miércoles 29 de Junio de 2016 :: Disposición N° 0079-SDE-16 Autoriza llamado Trámite Simplificado. Kits alimentarios ....pág.1 Disposición N° 0080-SDE-16 Autoriza llamado Trámite Simplificado. Kits indumentaria....pág.2 Disposición N° 0081-SDE-16 aprobar ampliación de contratación. Bolsas de ostomía......pág.3 Disposición Conjunta N° 0302-16 Declara fracasado CP N° 002/16. Autoriza nuevo llamado..pág.5 Resolución N° 1114 Ratifica acta Acuerdo. Incremento salarial. .........................pág.6 Disposición N° 0079 BUENOS AIRES, 28 JUN 2016 VISTO: el Expediente N° 0200-2016-0007763-5 y, CONSIDERANDO: Que mediante el actuado citado en el VISTO tramita la contratación para la adquisición de cien mil (100.000) kits alimentarios para ser entregados a los afiliados que se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad ante los efectos del frío y las bajas temperaturas. Que los adultos mayores son quienes están más expuestos a contraer patologías tales como infecciones respiratorias, resequedad en la piel y descontrol cardiometabolico, al vivir, muchos de ellos, en viviendas precarias sin ningún tipo de calefacción, donde la falta de pisos y paredes de material favorecen las filtraciones de humedad y frío. Que, por ello, la Secretaría General de Promoción Social sostiene que la presente contratación resulta indispensable a los fines de que quienes se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad puedan contar con una buena alimentación con el objetivo de paliar los efectos perjudiciales que provocan las bajas temperaturas, consumiendo alimentos que ayuden al organismo a mantener una temperatura corporal adecuada y una suficiente hidratación. Que la citada Secretaría General ha acreditado en los actuados circunstancias excepcionales que amerita a que se autorice un llamado a Tramite Simplificado en los términos del artículo 19° inciso d) apartado 12 de la Resolución 135/03-I, para lo cual el Director Ejecutivo del Instituto ha prestado conformidad. Que, de conformidad con lo establecido por los artículos 19, inciso d) apartado 12, 25° inc. a) y 26° del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resolución N° 135/03-I del 8 de agosto de 2003 y sus modificaciones, corresponde realizar un Tramite Simplificado bajo la clase de etapa única y con la modalidad de contratación consolidada. Que la convocatoria a presentar ofertas deberá efectuarse mediante la publicación en la página Web del Instituto en el término de al menos UN (1) día, con un mínimo de DOS (2) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación. Que se deberá invitar a presentar ofertas en el presente Tramite Simplificado a proveedores del rubro que se encuentren inscriptos en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores de este Instituto, dejando constancia en las actuaciones. Que esta Subdirección Ejecutiva y la Dirección Ejecutiva de este Instituto han tomado conocimiento de la Disposición de Recursos de acuerdo a lo dispuesto por el Anexo II de la Resolución N° 844/16/DE. Que la Dirección Ejecutiva de este Instituto ha prestado la conformidad de su competencia para la autorización del presente llamado, conforme lo establecido por el Anexo I de la citada Resolución. Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió a verificar en el Sistema de Gestión Económico Financiero la disponibilidad de fondos, realizándose en consecuencia la reserva de la correspondiente partida presupuestaria, de conformidad con la normativa vigente en la materia. Que la Gerencia de Administración y la Secretaria General de Promoción Social han tomado debida intervención. Que la Secretaria General Técnico Jurídica y la Gerencia de Asuntos Legales han tomado intervención en el marco de su competencia, no encontrando objeciones jurídicas que formular a la presente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 2° y 3° del Decreto N° 02/04 y el Artículo 2° del Decreto N° 86/15, ambos del Poder Ejecutivo Nacional, y a la luz de lo normado por las Resoluciones N° 844/16/DE y el Artículo 3° de la Resolución N° 002/DE/15, EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONE: ARTÍCULO 1°.- Autorizar a efectuar un Trámite Simplificado para la contratación de cien mil (100.000) kits alimentarios, encuadrada en los términos de los artículos 19° inc. d) apartado 12, 25° inc. a) y 26° del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por la Resolución N° 135/03-I. ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que se agrega y pasa a formar parte de la presente. ARTÍCULO 3°.- Aprobar el modelo de Aviso que en UNA (1) foja se agrega y pasa a formar parte de la presente como Anexo, índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 1 1 página Año XII - N° 2574 :: BUENOS AIRES, Miércoles 29 de Junio de 2016 :: para su publicación en la página Web del Instituto en el término de al menos UN (1) día, con un mínimo de DOS (2) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación. ARTÍCULO 4°.- Delegar la suscripción de Circulares con o sin consulta y modificatorias de los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas en la Gerencia de Administración. ARTÍCULO 5°.- Difúndase el presente llamado desde el día en que se cursen las invitaciones y hasta el día de la Apertura de las ofertas en la Página de Internet del Instituto (www.pami.org.ar). ARTÍCULO 6°.- Invítese a los proveedores que se encuentren inscriptos en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores del Instituto, a presentar ofertas en el presente trámite Simplificado, dejándose constancia en las actuaciones. ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN N° 0079/SDE/2016 Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo Consulte los anexos aquí o por correo a: [email protected] Disposición N° 0080 BUENOS AIRES, 28 JUN 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2016-0007880-1 y, CONSIDERANDO: Que mediante el expediente citado en el visto tramita la contratación para la adquisición de treinta mil (30.000) kits de indumentaria de abrigo, nuevos sin uso, a fin de ser entregados a los afiliados que por su condición socioeconómica se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad ante los efectos del frio y las bajas temperaturas. Que los adultos mayores son quienes están más expuestos a contraer patologías tales como infecciones respiratorias, resequedad en la piel y descontrol cardiometabolico, al vivir, muchos de ellos, en viviendas precarias sin ningún tipo de calefacción, donde la falta de pisos y paredes de material favorecen las filtraciones de humedad, viento y frio. Que, por ello, y conforme fuera solicitado por la Secretaría General de Promoción Social, la presente contratación resulta indispensable a los fines que quienes tienen recursos económicos escasos, cuenten con adecuada ropa de abrigo que los proteja de los efectos nocivos que producen las bajas temperaturas. Que la citada Secretaria General ha acreditado en los actuados circunstancias excepcionales que ameritan a que se autorice un llamado a Trámite Simplificado en los términos del artículo 19°, inciso d), apartado 12 de la Resolución 135/03-I, para lo cual el Director Ejecutivo del Instituto ha prestado conformidad. Que sobre la base de lo especificado, la Gerencia de Administración procedió a la elaboración del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas que regirá el presente llamado. Que de conformidad con lo establecido por los artículos 19°, inciso d) apartado 12, 25° inc. a) y 26° del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resolución N° 135/03-I del 8 de agosto de 2003 y sus modificaciones, corresponde realizar un Trámite Simplificado bajo la clase de etapa única y con la modalidad de contratación consolidada. Que la convocatoria a presentar ofertas deberá efectuarse mediante la difusión en la página Web del Instituto por el término de al menos UN (1) día, con un mínimo de DOS (2) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación. Que se deberá invitar a presentar ofertas a proveedores del rubro que se encuentren inscriptos en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores del Instituto, dejando constancia en las actuaciones. Que la Subdirección Ejecutiva y la Dirección Ejecutiva de este Instituto han tomado conocimiento de la Disposición de Recursos de acuerdo a lo dispuesto por el Anexo II de la Resolución N° 844/16/DE. Que la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió a verificar en el Sistema de Gestión Económico Financiero la disponibilidad de fondos, realizándose en consecuencia la reserva de la correspondiente partida presupuestaria, de conformidad con la normativa vigente en la materia. Que la Gerencia de Administración y la Secretaria General de Promoción Social han tomado debida intervención. Que la Secretaria General Técnico Jurídica y la Gerencia de Asuntos Legales han tomado intervención en el marco de su competencia, no encontrando objeciones jurídicas que formular para la suscripción de la presente. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 2° y 3° del Decreto N° 02/04 y el Artículo 2° del Decreto N° 86/15, ambos del Poder Ejecutivo Nacional, la Resoluciones N° 0844/16/DE y el Artículo 3° de la Resolución N° 002/DE/15, EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONE: ARTÍCULO 1°.- Autorizar a efectuar un llamado a Trámite Simplificado para la contratación de treinta mil (30.000) kits de indumentaria de abrigo, nuevos sin uso, a fin de ser entregados a los afiliados que por su condición socioeconómica se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad ante los efectos del frío y las bajas temperaturas, encuadrada en los términos de los artículos 19° inc. d) apartado 12, 25° inc. a) y 26° del Régimen índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 2 2 página Año XII - N° 2574 :: BUENOS AIRES, Miércoles 29 de Junio de 2016 :: General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por la Resolución N° 135/03-I. ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y Anexos que se agrega y pasa a formar parte de la presente. ARTÍCULO 3°.- Aprobar el modelo de Aviso que en UNA (1) foja se agrega y pasa a formar parte de la presente como Anexo, para su publicación en la página Web del Instituto por el término de al menos UN (1) día, con un mínimo de DOS (2) días hábiles de antelación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación. ARTÍCULO 4°.- Delegar la suscripción de Circulares con o sin consulta y modificatorias de los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas en la Gerencia de Administración. ARTÍCULO 5°.- Invítese a los proveedores que se encuentren inscriptos en el Registro Informático Único Nacional de Prestadores y Proveedores del Instituto, a presentar ofertas en el presente trámite Simplificado, dejándose constancia en las actuaciones. ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN N° 0080 Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo Consulte los anexos aquí o por correo a: [email protected] Disposición N° 0081 BUENOS AIRES, 28 JUN 2016 VISTO el Expediente N° 0200-2014-0001596-1 y la Resolución N° 431/DE/15 y, CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el VISTO tramita la contratación de la provisión de bolsas y elementos de ostomía en condición C.I.P. (Aeropuerto Ezeiza u Operativa Capital - Puerto de Buenos Aires) o puesto en plaza y el servicio de logística para su almacenamiento y distribución domiciliaria, para atender la demanda de los afiliados del Instituto en todo el país, por el término de un (1) año, renovable de común acuerdo. Que, mediante Disposición N° 157/CE/14, se autorizó el llamado a Licitación Pública N° 01/15 en los términos establecidos por los Artículos 19° inciso a), 25° incisos a), b) y c), 26°, 27° y 28° del Anexo I del Régimen General de Contratación de Bienes Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, aprobado por Resolución N° 135/I/03, y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y sus Anexos para la contratación. Que, por Resolución N° 431/DE/15 se adjudicó parcialmente la mencionada Licitación a las firmas COLOPLAST DE ARGENTINA S.A. (Renglones N° 1, Módulos 1A, 1B y 1C; N° 2, Módulos 2B y 2C; N° 3, Módulos 3B, 3C; y N° 4) por un monto total de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL SETECIENTOS TRES (USD 3.413.703.-), a la firma B. BRAUN MEDICAL S.A. (Renglones N° 2, Módulo 2A; y N° 3, Módulo 3A) por un monto total de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS (USD 472.500.-); y a la CONFEDERACIÓN FARMACÉUTICA ARGENTINA - FEDERACIÓN ARGENTINA DE CÁMARAS DE FARMACIAS - ASOCIACIÓN DE FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - FEDERACIÓN FARMACÉUTICA (Renglón N° 5) por un monto total de PESOS ONCE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL ($ 11.655.000.-). Que, en virtud de lo ello, la Gerencia de Administración ha emitido a favor de las citadas firmas las Órdenes de Compra N° 4500106263, 4500106306 y 4500107209, respectivamente. Que la Subgerencia de Prestaciones y Provisiones Especiales perteneciente a la Gerencia de Prestaciones Médicas solicitó la ampliación en hasta un treinta y cinco por ciento (35%) de los contratos, indicando que por el Expediente N° 0200-20160002081-1 se encuentra en trámite un nuevo llamado a Licitación Pública para la provisión de los mismos insumos. Que de acuerdo al Artículo 82° del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto, aprobado por Resolución N° 135/I/03, que fuera modificado por el Artículo 1° de la Resolución N° 140/DE/15; el Instituto tendrá el derecho de aumentar o disminuir la prestación objeto de la contratación hasta un veinte (20%) por ciento del monto total del contrato; cuando la ampliación exceda ese porcentaje y hasta un treinta y cinco (35 %) por ciento del monto total del contrato, se deberá solicitar el consentimiento del adjudicatario. Que en tal sentido, se solicitó a las firmas adjudicatarias que expresen su conformidad a los efectos de proceder a la ampliación de la contratación, conforme fuera requerido por la Gerencia de Prestaciones Médicas. Que las firmas COLOPLAST DE ARGENTINA S.A. y B. BRAUN MEDICAL S.A. manifestaron su conformidad en un todo de acuerdo a lo requerido por el Instituto. Que, por su parte, la firma CONFEDERACION FARMACÉUTICA ARGENTINA - FEDERACIÓN ARGENTINA DE CÁMARAS DE FARMACIAS - ASOCIACIÓN DE FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - FEDERACIÓN FARMACÉUTICA no aceptó la ampliación en los términos solicitados. Que teniendo en cuenta que la firma precedentemente citada es adjudicataria del servicio de logística, el cual resulta indispensable para la efectiva provisión de los insumos en cuestión, y pese a contar con la conformidad de las empresas índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 3 3 página Año XII - N° 2574 :: BUENOS AIRES, Miércoles 29 de Junio de 2016 :: COLOPLAST DE ARGENTINA S.A. y B. BRAUN MEDICAL S.A., no resulta viable ampliar los renglones N° 1, 2, 3 y 5 en cantidades superiores a los servicios mencionados en el considerando anterior. Que, en virtud de lo expuesto, corresponde hacer uso de la opción de ampliación en un veinte por ciento (20%) de la contratación suscripta en el marco de la Licitación Pública N° 01/15 con las firmas COLOPLAST DE ARGENTINA S.A. y B. BRAUN MEDICAL S.A., por un monto total de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON 60/100 (USD 777.240.60); y CONFEDERACIÓN FARMACÉUTICA ARGENTINA - FEDERACIÓN ARGENTINA DE CÁMARAS DE FARMACIAS - ASOCIACIÓN DE FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - FEDERACIÓN FARMACÉUTICA, por la suma de hasta PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL ($ 2.331.000,00), en las mismas condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y sus Anexos de la Licitación mencionada, conforme a lo detallado en el Anexo que se agrega y forma parte de la presente. Que, conforme lo establecido en el Anexo II de la Resolución N° 844/DE/16 y el Artículo 3° de la Resolución N° 140/DE/15, se procedió a comunicar la Disposición de Recursos. Que, la Subgerencia de Compras y Contrataciones procedió a verificar en el Sistema de Gestión Económico Financiero la disponibilidad de fondos, realizándose en consecuencia la reserva de la partida presupuestaria de conformidad con la normativa vigente. Que la Gerencia de Administración ha tomado la intervención de su competencia. Que la Secretaria General Técnico Jurídica y la Gerencia de Asuntos Legales ha tomado la intervención en el marco de sus competencias, no encontrando objeciones jurídicas que formular para la suscripción de la presente. Por ello, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 2° y 3° del Decreto N° 02/04 y el Artículo 2° del Decreto N° 86/15, ambos del Poder Ejecutivo Nacional, y a la luz de lo normado por la Resolución N° 844/DE/16, EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONE: ARTÍCULO 1°.- Aprobar en los términos del artículo 82° del Régimen General de Contratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicios Médico Asistenciales y Sociales del Instituto, aprobado por Resolución N° 135/I/03, que fuera modificado por el Artículo 1° de la Resolución N° 140/15/DE, la ampliación de la contratación para la provisión de bolsas y elementos de ostomía con las firmas COLOPLAST DE ARGENTINA S.A. y B. BRAUN MEDICAL S.A., por un monto total de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON 60/100 (USD 777.240.60); y CONFEDERACIÓN FARMACÉUTICA ARGENTINA - FEDERACIÓN ARGENTINA DE CÁMARAS DE FARMACIAS – ASOCIACIÓN DE FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - FEDERACIÓN FARMACÉUTICA, asumiendo estas últimas de manera solidaria e ilimitada las obligaciones y responsabilidades emergentes de la presente contratación, por la suma de hasta PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL ($ 2.331.000,00), en las mismas condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y sus Anexos de la Licitación Publica N° 01/15, conforme a lo detallado en el Anexo I que se agrega y forma parte de la presente. ARTÍCULO 2°.- Autorizar a la Gerencia de Administración a emitir y suscribir las Órdenes de Compra a favor de las firmas mencionadas en el artículo 1°, facultándola a disponer su libramiento al sólo efecto de su incorporación al Sistema de Gestión Económico Financiero. ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN N° 0081/SDE/2016 Dr. Gonzalo RIOBÓ – Subdirector Ejecutivo ANEXO - DISPOSICIÓN N° 0081-16 COLOPLAST DE ARGENTINA S.A RENGLÓN N° 1: COLOSTOMÍA Módulo Cantidad Precio Unitario Precio total hasta 1-A 19.000 USD 28,54 USD 542.260,00 1-B 3800 USD 11,47 USD 43.586,00 1-C 3800 USD 10,08 USD 38.304,00 Módulo Cantidad Precio Unitario Precio total hasta 2-B 2000 USD 4,71 USD 9.420,00 2-C 2000 USD 5,04 USD 10.080,00 RENGLÓN N° 2 ILEOSTOMIA índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 4 4 página Año XII - N° 2574 :: BUENOS AIRES, Miércoles 29 de Junio de 2016 :: RENGLÓN N° 3 UROSTOMIA Módulo Cantidad Precio Unitario Precio total hasta 3-B 780 USD 24,23 USD 18.899,40 3-C 780 USD 5,04 USD 3.931,20 RENGLÓN N° 4 PASTA ADHESIVAS Cantidad Precio Unitario 3.000 Precio total hasta USD 5,42 USD 16.260,00 MONTO TOTAL USD 682.740,60 B. BRAUN MEDICAL S.A. RENGLÓN N° 2 ILEOSTOMIA Módulo Cantidad Precio Unitario Precio total hasta 2-A 4200 USD 15,20 USD 63.840 Módulo Cantidad Precio Unitario Precio total hasta 3-A 700 USD 43,80 USD 30.660 RENGLÓN N° 3 UROSTOMIA MONTO TOTAL USD 94.500 CONFEDERACIÓN FARMACÉUTICA ARGENTINA RENGLÓN N° 5 Servicio de Logística 1-A 19000 $ 75,00 1.425.000,00 1-B y C 3800 $ 75,00 285.000,00 2-A 4200 $ 75,00 315.000,00 2-B y C 2000 $ 75,00 150.000,00 3- A 700 $ 75,00 52.500,00 3–B y C 780 $ 75,00 58.500,00 4 3000 $ 15,00 45.000,00 MONTO TOTAL 2.331.000,00 EL MONTO TOTAL DE LA PRESENTE AMPLIACIÓN ASCIENDE A LA SUMA DE HASTA DÓLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON 60/100 (USD 777.240,60), Y DE HASTA PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL ($ 2.331.000.00).- Disposición Conjunta N° 0302 BUENOS AIRES, 28 JUN 2016 VISTO el Expediente N° 0220-2016-0001983-6 y, CONSIDERANDO: Que la Secretaría General Técnico Operativa consideró que las ofertas presentadas al Concurso Privado N° 002/16, implementado para el alquiler de un inmueble para el funcionamiento de la Sede de la Unidad de Gestión Local I TUCUMÁN, no se ajustan técnicamente, estimando oportuno proceder a un nuevo llamado a Concurso Privado. Que las necesidades de la nueva sede podrán ser cumplimentadas con la locación de un (1) inmueble o dos (2) inmuebles complementarios. Que el mismo deberá encuadrarse en lo normado por la Resolución N° 135/03/I y su modificatoria N°142/07/DE. Que a tal fin la Subgerencia de Recursos Físicos dependiente de la Gerencia de Administración elaboró la documentación necesaria para la realización del llamado. Que el monto estimado de la contratación asciende a la suma de PESOS OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 8.500.000), considerando los treinta y seis (36) meses de duración de la misma. Que la Gerencia de Planificación y Administración de Unidades índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 5 5 página Año XII - N° 2574 :: BUENOS AIRES, Miércoles 29 de Junio de 2016 :: de Gestión Local ha informado sobre la existencia de partida presupuestaria preventiva para la contratación propuesta. Que asimismo la Subdirección Ejecutiva y la Dirección Ejecutiva han tomado conocimiento de la Disposición de Recursos pertinente, en cumplimiento de lo previsto en el Anexo II de la Resolución N° 0844/DE/16. Que deberán arbitrarse los medios para dar al llamado una amplia difusión. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Resoluciones N° 0844/DE/16, N° 04/DE/15, N° 03/DE/16 y N° 49/DE/16 EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y EL GERENTE DE PLANIFICACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE UNIDADES DE GESTIÓN LOCAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DISPONEN: ARTÍCULO 1°.- Declarar fracasado el Concurso Privado N° 002/16 implementado para el alquiler de inmuebles para el funcionamiento de la sede de la Unidad de Gestión Local I - TUCUMÁN. ARTÍCULO 2°.- Autorizar a la Unidad de Gestión Local I TUCUMÁN a realizar un nuevo llamado a Concurso Privado para la búsqueda de un (1) inmueble o de dos (2) inmuebles complementarios en locación aptos para oficinas y atención al público, para el funcionamiento de la sede de la citada Unidad de Gestión Local, el que deberá efectuarse en un todo de acuerdo a las normas vigentes: Resolución N° 135/03/I y su modificatoria N° 142/07/DE y la documentación obrante en autos. ARTÍCULO 3°.- Cumplido remitir el expediente a la Subgerencia de Recursos Físicos, con el análisis técnico de las ofertas, el informe de la Asesoría Jurídica y del Departamento Administrativo de la Unidad de Gestión Local referente al cumplimiento de los aspectos legales y formales de las ofertas que se presenten y su perfeccionamiento si fuera necesario. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. DISPOSICIÓN CONJUNTA N° 0302/GA-GPAUGL/2016 Ctdor. Alejandro FRANCESCHELLI - Gerente de Planificación y Administración de UGL Enrique M. NOLTING - Gerente de Administración Resolución N° 1114 BUENOS AIRES, 27 JUN 2016 VISTO la Ley N° 19.032, la Ley N° 25.615, los Decretos PEN N° 02/04 y N° 86/15, las Resoluciones N° 833/DE/13, N° 438/DE/16, el Expediente N° 0200-2016- 0008578-6, y CONSIDERANDO: Que el artículo 1° de la Ley N° 19.032, de conformidad con las modificaciones introducidas por su similar la Ley N° 25.615, asignó al INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS (INSSJP) el carácter de persona jurídica de derecho público no estatal, con individualidad financiera y administrativa. Que el artículo 6° de la ley precedentemente citada asignó al Directorio Ejecutivo del INSSJP la competencia para dictar las normas necesarias para la adecuada administración y funcionamiento del organismo. Que el artículo 3° del Decreto N° 2/04 asignó al Director Ejecutivo del Órgano Ejecutivo de Gobierno las facultades de gobierno y administración previstas por la Ley N° 19.032 y sus modificatorias en favor del Directorio Ejecutivo Nacional. Que el día 3 de junio de 2016, en el marco de la Comisión Paritaria Permanente prevista por el Convenio Colectivo de Trabajo N° 697/05 “E”, se suscribió un Acta Acuerdo entre los representantes de este Instituto y las entidades sindicales signatarias del CCT. Que en dicho Acta se acordó un incremento salarial del 32,5% no acumulativo y aplicable sobre el valor de la Unidad Retributiva (UR) prevista en el artículo 34 del Anexo I de la Resolución N° 1523/DE/05, al 31 de mayo de 2016, para el período comprendido entre el 1° de junio de 2016 al 31 de mayo de 2017. Que el mismo será abonado de la siguiente manera: 10% con el salario del mes de junio, 12,5% con el salario del mes de julio y el 10% restante con el salario del mes de agosto. Que por otra parte, se acordó el pago de una suma extraordinaria de carácter no remunerativo equivalente a la mitad de la primer cuota del sueldo anual complementario (S.A.C.) del año 2016 (considerado el impacto proporcional del incremento salarial citado en el considerando precedente), a abonarse con motivo de la celebración del “Día del Trabajador del Instituto”, el cual se hará efectivo de la siguiente manera: (i) una suma fija de PESOS TRES MIL ($ 3.000) el día 11 de noviembre de 2016; y (ii) el saldo restante -resultante de deducir de la mitad de la primer cuota del S.A.C. del año 2016-, el día 10 de enero de 2017. Que el beneficio será abonado a todos los trabajadores del Instituto ingresados con anterioridad al 30 de junio de 2016 y a aquellos que con posterioridad a la fecha indicada ingresen en virtud de lo acordado en el Acta de Comisión Paritaria Permanente del día 2 de diciembre de 2015, como así también a los trabajadores comprendidos en la Resolución N° 438/DE/16. Que quedan excluidos de la percepción de cualquier adicional, premio, suma remunerativa o no remunerativa, o de carácter extraordinario que pudiere otorgarse a partir del dictado de la presente, los agentes que están fuera del ámbito personal de aplicación del CCT N° 697/05 “E”, conforme lo dispuesto en el artículo 13 de la Resolución N° 833/DE/13. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 02/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Ratificar el Acta Acuerdo celebrada el día 3 de índice índice ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 página 6 6 página Año XII - N° 2574 :: BUENOS AIRES, Miércoles 29 de Junio de 2016 :: junio de 2016 por parte de los representantes de este Instituto y las entidades sindicales signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo, en el marco de la Comisión Paritaria Permanente CCT N° 697/05 “E”, por el que se acordó un incremento salarial del 32,5% no acumulativo y aplicable sobre el valor de la Unidad Retributiva (UR) prevista en el artículo 34 del Anexo I de la Resolución N° 1523/DE/05, al 31 de mayo de 2016, para el período comprendido entre el 1° de junio de 2016 al 31 de mayo de 2017, a abonarse de la siguiente manera: 10% con el salario del mes de junio, 12,5% con el salario del mes de julio y 10% con el salario del mes de agosto. ARTÍCULO 2°.- Ratificar el pago de una suma extraordinaria de carácter no remunerativo equivalente a la mitad de la primer cuota del sueldo anual complementario del año 2016, a abonarse con motivo de la celebración del “Día del Trabajador del Instituto”, el cual se hará efectivo de la siguiente manera: (i) una suma fija de PESOS TRES MIL ($ 3.000) el día 11 de noviembre de 2016, y (ii) el saldo restante - resultante de deducir de la mitad de la primer cuota del S.A.C. del año 2016 -, el día 10 de enero de 2017. ARTÍCULO 3°.- Establecer que el beneficio al cual hace referencia el Artículo 2° será abonado a todos los trabajadores del Instituto ingresados antes del 30 de junio de 2016 y a aquellos que con posterioridad a la fecha indicada ingresen en virtud de lo acordado en el Acta de Comisión Paritaria Permanente del día 2 de diciembre de 2015, como así también a los trabajadores comprendidos en la Resolución N° 438/DE/16. ARTÍCULO 4°.- Dejar constancia que quedan excluidos de la percepción de cualquier adicional, premio, suma remunerativa o no remunerativa, o de carácter extraordinario que pudiere otorgarse a partir del dictado de la presente, los agentes que están fuera del ámbito personal de aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo N° 697/05 “E”, conforme lo dispuesto en el artículo 13 de la Resolución N° 833/DE/13. ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido, archívese. RESOLUCIÓN N° 1114 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados Dr. Carlos Javier REGAZZONI - Director Ejecutivo Dr. Gonzalo Luis RIOBÓ - Subdirector Ejecutivo ISO 9001:2008 Management System www.tuv.com ID 9105061801 Boletin del Instituto: Resoluciones N° 0439/DE/04, 0895/DE/12, 0039/DE/16, y 1045/DE/16 Edición: División Gestión Electrónica de Normativa Departamento Despacho. Unidad Secretaría Administrativa [email protected] / [email protected] índice índice página 7 7 página
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