Laboral Social BASE DE DATOS NORMACEF ACUERDO de 17 de junio de 2016, de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el calendario de fiestas para el año 2017 en el ámbito de las Illes Balears. (BOIB de 18 de junio de 2016) De conformidad con el Real Decreto 98/1996, de 26 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de trabajo -ejecución de la legislación laboral- (BOE núm. 52, de 29 de febrero), y con el Decreto 31/1996, de 7 de marzo, de asunción y distribución de competencias transferidas por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de trabajo -ejecución de la legislación laboral- (BOIB núm. 35, de 19 de marzo), corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la determinación de las fiestas laborales de ámbito local y la substitución de fiestas a que se refiere el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, de regulación de jornadas, horas extraordinarias y descansos (BOE núm. 180, de 29 de julio), según la redacción dada por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre (BOE núm. 267, de 7 de noviembre). Asimismo, el artículo 2 del Decreto 75/1998, de 31 de julio, por el que se regula el calendario de fiestas de la comunidad autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 105, de 15 de agosto), dictado al amparo de lo dispuesto con carácter necesario en la normativa del Estado, determina que el Consejo de Gobierno, mediante un acuerdo, puede substituir las fiestas señaladas en la letra d del artículo 1 de este decreto por otras que, por tradición, le sean propias, así como la posibilidad de substituir el descanso laboral del lunes de las fiestas que coinciden en domingo por otras que sean tradicionales en las Illes Balears. Por otra parte, la Mesa Social Tripartita de las Illes Balears, en su reunión de fecha 8 de junio de 2016, dio su conformidad al calendario de fiestas que se acuerda. Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Trabajo, Comercio e Industria, en la sesión de 17 de junio de 2016, adoptó, entre otros, el siguiente ACUERDO: Primero. Aprobar, de conformidad con la normativa estatal y autonómica vigente, el calendario de los días festivos para el año 2017 en el ámbito de las Illes Balears indicados a continuación: 6 de enero 1 de marzo 13 de abril 14 de abril 17 de abril 1 de mayo 15 de agosto 12 de octubre 1 de noviembre 6 de diciembre 8 de diciembre 25 de diciembre Epifanía del Señor Día de las Illes Balears Jueves Santo Viernes Santo Lunes de Pascua Fiesta del Trabajo Asunción de María Fiesta Nacional Día de Todos los Santos Día de la Constitución Inmaculada Concepción Día de Navidad Viernes Miércoles Jueves Viernes Lunes Lunes Martes Jueves Miércoles Miércoles Viernes Lunes Segundo. Dar cuenta del presente acuerdo al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, de conformidad con la disposición final segunda del Decreto 75/1998, de 31 de julio, por el que se regula el calendario de fiestas de la comunidad autónoma de las Illes Balears. www.laboral-social.com Másteres Cursos Oposiciones Editorial Barcelona Madrid Valencia Laboral Social Tercero. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Palma, 17 de junio de 2016 La secretaria del Consejo de Gobierno Pilar Costa i Serra www.laboral-social.com Másteres Cursos Oposiciones Editorial Barcelona Madrid Valencia
© Copyright 2024