descragar - Intendencia de Paysandú

LICITACION ABREVIADA Nº 76013
OBRA Nº 451
“Reconstrucción de Camineria Rural en el
Departamento de Paysandú.”
Zona 4
Fecha: Apertura: 27 de junio de 2016 a las 13:10 horas.
Plazo de entrega de ofertas: hasta las 13:00 horas del 27 de junio de 2016.Lugar: Oficina de Compras - Intendencia de Paysandú.
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PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES
Art.1) DEL PLIEGO DE CONDICIONES
1.1. Además de las condiciones contenidas en este pliego y las emergentes de las
disposiciones de las normas nacionales en vigencia, rigen las contenidas en:
1.1.1. El Pliego de condiciones particulares de la Licitación.
En caso de no existir coincidencia entre las condiciones Generales y las Particulares, se
estará a lo que establezcan las últimas.
1.1.2. Las memorias descriptivas, planos, croquis, muestras y todo otro elemento que se
mencione en el pliego.
1.1.3. Las comunicaciones que curse la Intendencia de Paysandú, informando sobre las
alteraciones y/o agregados que amplíen y/o modifiquen las condiciones indicadas en el
pliego.
1.2. Carácter de las condiciones impuestas
Salvo indicación en contrario formulada en la propuesta, se entiende que ésta se ajusta
estrictamente a las condiciones contenidas en el pliego de condiciones y que el
proponente queda comprometido a su total cumplimiento.
1.2. 1. Las propuestas que se aparten de las condiciones indicadas en el pliego podrán ser
consideradas por la Intendencia de Paysandú (de aquí en adelante I.D.P.), cuando a su
solo juicio el o los apartamientos no se refieran a aspectos fundamentales y no vulneren la
igualdad de los proponentes.
1.2.2. Las cantidades a comprar podrán ser aumentadas o disminuidas de acuerdo a lo
previsto en el
(T.O.C.A.F.), pudiendo en tal caso, ampliarse o disminuirse
proporcionalmente al plazo de entrega.
1.2.3. Todos los plazos indicados en los pliegos así como en las propuestas, se
computarán en días calendario, salvo indicación expresa en contrario.
1.2.4. En caso que un oferente solicite prórroga de apertura de ofertas, la misma deberá
formularse por escrito ante la respectiva Intendencia, con una antelación como mínimo de
5 (diez) días hábiles, de la fecha que establece el pliego para la apertura de la licitación.
La prórroga será resuelta por la I.D.P., según su exclusiva conveniencia. Sin perjuicio de
lo expuesto, la I.D.P. podrá resolver a su sólo arbitrio, situaciones especiales que
contemplan sus intereses.
En caso que corresponda la prórroga tendrá carácter general y se comunicará en la página
web de la I.D.P. (www.paysandu.gub.uy), sin perjuicio de las publicaciones oficiales.
1.2.5. En caso que un oferente solicite aclaraciones relacionadas al pliego de condiciones
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que regirá, él mismo deberá formular dicha solicitud a la Dirección que corresponda, con
una antelación como mínimo de 8 (ocho) días hábiles de la fecha establecida para la
apertura de las ofertas, siempre y cuando el oferente haya comprado el pliego de
condiciones. Vencido dicho plazo no se dará trámite a ninguna solicitud de aclaraciones.
Si la I.D.P. juzgara que la aclaración es de interés general, será puesta en conocimiento de
todos los interesados de acuerdo con el procedimiento del numeral 1.2.4.
Art.2) PROPUESTAS
2.1. Forma de presentación
Las propuestas deberán presentarse en papel simple, por cuadruplicado, en original y tres
copias bajo sobre cerrado en cuya cubierta se indicará el número de la Licitación
Abreviada, fecha de la misma, lugar y hora fijados para la recepción y apertura de las
propuestas.
2.2. Recepción
Las propuestas serán recibidas en el día y hora fijados a tal fin.
2.2.1. Las propuestas se recibirán en la Oficina de Compras, debiéndose indicar en los
sobres que las contengan, número de licitación, fecha y hora fijada para su recepción y
apertura, no siendo de recibo si no llegaren a la hora antes dispuesta.
2.3. Acto de Apertura
Las propuestas cualquiera fuere el número que se presentasen, serán abiertas en
presencia de los oferentes o sus representantes, que deseen asistir en el día, lugar y hora
fijados.
2.4. Validez
Cuando la propuesta no contuviera indicación expresa sobre el término de su vigencia, se
considerará que se mantiene en todas sus condiciones por un plazo de 60 (sesenta) días,
contando a partir del día siguiente a la apertura.
No se tendrán en cuenta las propuestas cuyo plazo sea inferior al indicado anteriormente.
2.4.1. Vencido el término de vigencia de una propuesta ésta se considerará prorrogada
automáticamente en plazos sucesivos de 30 (treinta) días, salvo que mediare
comunicación escrita por parte de la Firma, limitando el término de dichas prórrogas o no
accediendo a las mismas.
2.5. Rechazos
La I.D.P. se reserva el derecho de disponer el rechazo total o parcial de las propuestas
que no considere convenientes.
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2.6. Documentación
Los proponentes deberán exhibir la documentación exigida por las normas jurídicas
vigentes como requisito indispensable para poder intervenir en licitaciones abreviadas.
2.6.1 En caso de construcción de obras, solo se admitirán las propuestas de quienes
presenten certificación en el sentido que su personal está asegurado contra accidentes de
trabajo, o compromiso de hacerlo así en caso de resultar adjudicatario. El proponente al
presentar su propuesta, se obliga implícitamente a mantener vigente el antedicho seguro
en caso de resultar adjudicatario, durante todo el tiempo que insuma la construcción
aludida. En caso de incumplimiento la I.D.P. se reserva el derecho de suspender los
pagos hasta que el adjudicatario acredite estar en las condiciones exigidas.
Art.3) GARANTIAS
3.1. Garantía de cumplimiento de contrato.
Los Importes que se fijen por concepto de garantía de la licitación podrán depositarse
indistintamente en:
•
Efectivo,
•
Títulos de deuda pública nacional o municipal;
•
Aval bancario;
•
Fianza.
3.1.1. Las garantías deberán depositarse en la Tesorería Municipal, a nombre del
proponente y a la orden de la I.D P. y serán recibidos por su valor nominal.
3.1.1.1. Asimismo cuando la I.D P. lo solicite se procederá sin más trámite, a la venta de
los valores depositados según los certificados.
3.1.2. El proponente que canceló su propuesta antes del vencimiento del término de su
validez y sin que haya mediado aún resolución de la I.D P. o que retire su propuesta o se
niegue a su cumplimiento luego de recaída resolución adjudicándole la licitación aún antes
de su notificación personal, perderá la garantía depositada y será además responsable por
los perjuicios que cause su incumplimiento.
3.1.3. Adjudicada la licitación, la I.D P. procederá a comunicar a las firmas no
adjudicatarias el lugar y fecha a partir de la cual podrán retirar la garantía de propuesta.
3.2. Los proponentes que resulten adjudicatarios deberán efectuar en todos los casos, el
depósito indicado por concepto de garantía de contrato especificado en el Pliego de
Condiciones Particulares.
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3.2.1. La circunstancia de que el adjudicatario no accediese a renovar la garantía de
contrato, cuando tal renovación le hubiese sido requerida por la Administración ante la
proximidad del vencimiento de la originaria y en vista del no cumplimiento total de sus
obligaciones, podrá dar lugar a la rescisión del contrato con todas sus consecuencias de
derecho.
3.2.2. El depósito de garantía de contrato deberá efectuarse, cuando se trate de obras
locales o suministros de obra en plaza, dentro de los cinco días de notificado el
adjudicatario de la adjudicación definitiva.
3.2.3. Si se tratase de obras o suministros provenientes del extranjero, el depósito de
garantía de contrato se realizará dentro de los 5 (cinco) días de notificado al adjudicatario
que la Administración está en condiciones de iniciar los trámites de importación
correspondientes.
Las eventuales excepciones a lo antedicho se harán constar en la carta de notificación.
3.2.4. Si el adjudicatario no efectuase el depósito de garantía de contrato dentro del plazo
indicado, la I.D P. a su sólo juicio podrá determinar la aplicación de una multa equivalente
al monto del importe del depósito de garantía propuesta, así mismo podrá dejar sin efecto
la adjudicación efectuada en cuyo caso responsabilizará por separado al adjudicatario por
los perjuicios que cause su incumplimiento.
3.2.5. La garantía de contrato será devuelta una vez cumplidas totalmente las obligaciones
del adjudicatario.
La I.D.P. procederá a iniciar el trámite de "Devolución de Garantía de Contrato"
inmediatamente cumplidas totalmente las obligaciones del adjudicatario, previo descuento
de las cantidades a que hubiese lugar de acuerdo con las responsabilidades que
correspondan.
La I.D.P. culminado el trámite respectivo, pondrá en conocimiento del adjudicatario lugar y
fecha donde podrán hacer efectivo el retiro de la misma.
3.2.6. La I.D.P. podrá considerar las solicitudes de devolución de la garantía de contrato en
partidas parciales en la medida que se haya dado cumplimiento a la adjudicación y
accederá a la solicitud o la rechazará según su propio criterio
apreciando las
circunstancias que inciden en cada oportunidad.
3.2.7. Cuando el adjudicatario hubiese cumplido totalmente sus obligaciones respecto al
suministro contratado antes de la expiración del plazo establecido para el depósito de
garantía, se le podrá eximir de lo establecido en el numeral 3.2. de este pliego.
Art.4) COTIZACIONES
4.1. Las cotizaciones formuladas en las propuestas se harán siguiendo lo indicado en el
pliego de condiciones particulares.
4.1.1. Las propuestas por obras locales y mercadería de plaza se formularán en moneda
nacional de curso legal.
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El oferente deberá indicar cuál es el establecimiento industrial que produce la mercadería
cotizada y determinar la ubicación o dirección del mismo.
4.1.2. A los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 500 de la Ley N° 15903,
en las propuestas por mercaderías de fabricación nacional, se deberá especificar
claramente el porcentaje de participación de materia prima, mano de obra e insumos
nacionales en el costo final, o alternativamente la participación de rubros de origen
extranjero dentro del costo final. Se deja expresa constancia que se entiende por origen
extranjero todo aquello que es fabricado o elaborado en el exterior o importado, sin que se
haya producido en plaza modificación alguna al producto. En las adjudicaciones, a efectos
de otorgar preferencia a la producción nacional según lo previsto en la Ley N° 13.032 Artículo 374, solo se tendrán en cuenta las ofertas, que se ajusten a lo dispuesto en el
referido texto jurídico; modificativos y concordantes.
Lo expresado anteriormente tendrá necesariamente carácter de declaración jurada y no
serán consideradas las ofertas que no lo contengan.
4.2. Si el Pliego de condiciones particulares de la licitación estableciese una fórmula
paramétrica específica, los proponentes deberán ajustarse a ella.
4.3. No se considerarán propuestas que determinen precios variables, referidos a factores
de costos designados en forma genérica, vaga o confusa.
4.4. En el caso de suministros no tarifados, las eventuales fórmulas de variación de precios
que presenten los oferentes, no podrán llevar a aquellos a un nivel superior al precio de
mercado del mismo producto semejante al propuesto.
En el caso de suministros tarifados oficialmente, las eventuales fórmulas de variación de
precio que presenten los oferentes, no podrán llevar a aquellos a un nivel superior al
tarifado.
4.5. En los casos que resultara aplicable, las propuestas deberán establecer por separado
el Impuesto al Valor Agregado. En su defecto se entenderá que dicho gravamen se
encuentra incluido en los precios correspondientes.
4.6. Si en la oferta se manifiesta discrepancia con el precio unitario y el precio total o de
cualquiera de estos con su expresión en letras, en todos los casos se considerará
definitivamente como cotización válida de oferta el precio expresado en letras y de no
declararse en esa forma, el más conveniente para la I.D P.
Art. 5) DE LAS MUESTRAS
Aplica lo expresado en las Especificaciones Técnicas.
Art. 6) DE LA ADJUDICACIÓN
6.1. La I.D.P. podrá adjudicar la licitación aún cuando se haya presentado a la misma un
único proponente.
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6.2. La licitación podrá adjudicarse en forma parcial o no adjudicarse rechazando todas
las propuestas resolviendo la I.D.P. a su sólo juicio sobre las conveniencias del mismo.
6.2.1 FIGURA CONSORCIAL:
Si las propuestas son formuladas por dos o más empresas en unión transitoria,
deberán
establecer
los
siguientes
datos
y
requisitos:
a. Cada miembro del consorcio deberá proporcionar por separado toda la
información requerida en esta cláusula y la documentación legal de cada una de las
empresas.
b. La oferta, y en caso de adjudicación, el contrato, serán firmados de manera de
comprometer legalmente a todos los miembros del consorcio.
c. Uno de los miembros será designado como representante del consorcio. La
designación del representante será acreditada por poder otorgado por todos los
miembros del consorcio debidamente traducido y legalizado.
d. El representante del consorcio estará autorizado para asumir compromisos y obligar a
cualquiera de los miembros del consorcio, para la completa ejecución del contrato.
e. Los pagos, se harán por la Administración exclusivamente a través del representante.
f. Todas las empresas que integren el consorcio deberán responder solidaria e
ilimitadamente por la totalidad de las obligaciones asumidas por el consorcio respecto a
la ejecución del contrato, de acuerdo a los términos del mismo y a lo que resulte de la
aplicación del principio de buena fe en la ejecución contractual. La responsabilidad
solidaria constará expresamente en la autorización mencionada en c) así como en
el Formulario de presentación de Oferta.
g. Conjuntamente con la oferta se presentará copia del documento de constitución
del consorcio, o carta intención, donde constará:
Denominación, Domicilio legal único, participación de cada empresa, administración y
representación, representante técnico, declaración de solidaridad.
h. Declaración suscripta por todos los interesados del consorcio, en caso de
resultar adjudicatario, con el compromiso irrevocable de construir la unión transitoria
de empresas en el plazo de sesenta días hábiles, contados a partir de la notificación de la
adjudicación y la responsabilidad solidaria y mancomunada por todas las obligaciones
emergentes del contrato en todos sus aspectos, con la cláusula expresa que la quiebra
o falencia de uno de los integrantes del consorcio no afectará el curso de la
adjudicación, la que será continuada por los restantes miembros.
6.2.2. La IDP se reserva el derecho de suministrar materiales para la ejecución de algún
rubro, de acuerdo a su conveniencia.
6.2.3 El proponente podrá no obstante formular propuestas indivisibles y no fraccionables
aclarando en forma expresa dicha condición.
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6.2.4 En el caso que el adjudicatario no pudiere dar cumplimiento a la propuesta, la I.D.P.
podrá adjudicar a otro de los oferentes.
6.3. Las adjudicaciones se efectuarán condicionadas a la obtención de las autorizaciones
que correspondan.
6.4. A los efectos de la adjudicación, la I.D.P. tendrá en cuenta los antecedentes de las
firmas proponentes, así como la de sus integrantes, especialmente en su relación con la
IDP, pudiendo ser motivo del rechazo de sus propuestas las constancias desfavorables de
su relación comercial independientemente de los precios y demás condiciones ofrecidas.
6.5. Notificación
Una vez adjudicada la licitación, se notificará por escrito a todos los proponentes sobre el
particular. El adjudicatario fechará y firmará un duplicado de dicha notificación para
constancia de su recibo. Si hubiera una instancia de adjudicación condicionada y otra
definitiva, ambas serán notificadas en el momento al adjudicatario, en las mismas
condiciones de constancia de recibo mencionadas.
Art. 7) DE LA CONTRATACION
7.1. La I.D.P. efectuará la contratación con el adjudicatario, el que actuará directamente o
por intermedio de personas debidamente autorizadas para ejercer su representación.
7.1.1. La I.D.P. citará al adjudicatario para registrar debidamente su firma y proceder a la
firma del contrato o del acta de notificación. Estos documentos contendrán constancia de
la fecha a partir de la cual se computen los términos para el cumplimiento de las
obligaciones del adjudicatario. En caso que el adjudicatario fuera una firma del exterior que
hubiese actuado sin representantes en plaza, se tendrá como notificado al cursarle la carta
de referencia en el punto 6.5, en el domicilio establecido en la oferta.
7.1.2. La concurrencia del adjudicatario a la I.D.P., deberá producirse indefectiblemente
dentro de los 5 días hábiles de citado.
7.1.3. La no concurrencia del adjudicatario en tiempo y/o la negativa de firmar el duplicado
de la comunicación mencionada en el punto 6.5. y/o su ausencia del domicilio legal,
determinará la intervención de Escribano municipal, para cumplir el o los requisitos
mediante cedulón.
7.1.4. En caso de intervenir Escribano municipal, según se indica precedentemente, el
adjudicatario se hará pasible de una multa por un importe equivalente al doble del
resultante de la aplicación del Arancel Oficial de Escribanos para los casos de
notificaciones, la que se hará efectiva sobre los pagos a la firma o sobre el importe de las
garantías pendientes de devolución.
7.2. Cómputo de los plazos
Los plazos para el cumplimiento de las obligaciones se
computarán a partir del día
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siguiente al que el adjudicatario recibe la notificación de la adjudicación definitiva referida
en punto 6.5.
Las firmas proponentes deberán indicar los nombres de los titulares que componen la
Empresa y en caso de ser Sociedad Anónima, los integrantes del Directorio. Entregar
certificado de vigencia de la sociedad e indicar quien es el representante de la misma.
7.3. Obligaciones contractuales
7.3.1. Las obligaciones del adjudicatario nacen en el lugar y en el acto que la I.D.P. adopte
resolución adjudicando la licitación, siempre que en dicho momento la propuesta se
encontrase en vigencia.
7.3.2. El adjudicatario está obligado a dar cumplimiento en forma personal a las
obligaciones que asume, quedándole prohibido delegar responsabilidades en
subcontratistas, transferir contratos o cualquier otra forma indirecta de arribar al mismo fin,
salvo autorización expresa de la I.D.P.7.3.3. Los representantes locales de firmas extranjeras quedan solidariamente sujetos a
las mismas obligaciones que sus representados.
7.3.4. Son de cuenta del adjudicatario los riesgos de la obra hasta su entrega definitiva.
7.3.5. El adjudicatario queda obligado a efectuar en tiempo él o los pagos de los impuestos
o tributos emergentes que la Ley imponga a su cargo.
7.3.6.En base al Decreto 114/1982 de fecha 24/03/1982 que declara conocer el
adjudicatario, sea contratista o cesionario de los contratos celebrados con la I.D.P.,
relativos a la construcción, transformación, reparación, demolición de obras públicas, así
como en todo contrato de fabricación, montaje, manipulación o transporte de materiales,
pertrechos o utensilios y ejecución o suministro de servicios, se obligará en forma solidaria
a cumplir las disposiciones de los laudos y convenios colectivos vigentes para la rama de
la actividad laboral que desarrolle, en materia de salarios, categorías de labor, pagos y
suplementos por horas extraordinarias - primas por nocturnidad, incentivos por asistencia,
viáticos, y en general, todas las asignaciones y beneficios que mejoren las condiciones
establecidas por la legislación laboral vigente. Cuando no exista laudo o convenio para su
propia rama de actividad, quedará obligado a pagar los salarios y a cumplir las condiciones
de trabajo establecidas en los laudos o convenios colectivos o la legislación laboral común
de la profesión industrial similar o de la región más próxima al lugar de ejecución de las
obras o servicios.
El adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de las normas relativas a las
condiciones de salud, seguridad e higiene ocupacional de los trabajadores, de conformidad
a la legislación vigente, teniendo presente que en los casos en que la I.D.P. contrate
trabajos comprendidos en el decreto Nº 114/1982 y lo considere conveniente, comunicará
a la Inspección General de Trabajo y de la Seguridad Social a efectos del contralor que le
compete.
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Los oferentes deberán tener en cuenta que en caso que dicha oficina aplique sanciones
(arts. 488 y 489 de la Ley 13640) la I.D.P. se reserva el derecho de aplicar las medidas
que estime pertinentes, pudiendo incluso rescindir el contrato en merito a la gravedad de
aquellas.
7.3.7. Queda especialmente establecido que serán de cargo del adjudicatario todos los
importes que deban abonarse por concepto de obligaciones laborales, cargas sociales,
obligaciones de seguridad social y accidentes de trabajo, de acuerdo con la normativa
vigente y la establecida en los Consejos de Salarios respectivos para las obras que
construya y los servicios que preste o subcontrate.
En la oferta deberá constar el compromiso de comunicar a la I.D.P., en caso de resultar
adjudicatario, los datos personales de los trabajadores afectados a la prestación de los
servicios, a los efectos de poder realizar los controles correspondientes.
Serán rechazadas aquellas ofertas que no cumplan con estos requisitos.
La I.D.P. se reserva el derecho de exigir a la empresa contratada, la documentación que
acredite el pago de salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral y los
recaudos que justifiquen que está al día en el pago de la póliza contra accidentes de
trabajo, así como las contribuciones de seguridad social.
El no cumplimiento de cualquiera de estas obligaciones será motivo de rescisión del
contrato de concesión, con pérdida del depósito en garantía por cumplimiento de contrato,
sin perjuicio de las acciones civiles y penales que pudieren corresponder.
En caso de incumplimiento la Administración podrá retener de la garantía de cumplimiento
del contrato, lo que corresponda por pago de salarios, pólizas y contribuciones de
seguridad social a los que tengan derecho los trabajadores de las empresas (Leyes Nº
18.098, 18.099 y 18.251, Decreto Nº 475/2005 de 14 de noviembre de 2005 y
concordantes).
Si la I.D.P. considera que el adjudicatario y/o las empresas afectadas a la obra han
incurrido en infracción a las normas, laudos o convenios colectivos vigentes dará cuenta a
la Inspección General de Trabajo y de la Seguridad Social a efectos de que se realicen las
inspecciones correspondientes, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren
aplicarse en virtud de la contratación.
Se deberá dar cumplimiento a lo establecido en Ley Nº 18516 (Trabajo de peones
prácticos y de obreros no especializados, regularización de la distribución del mismo en
obras efectuadas por el Estado, los Gobiernos Departamentales, los Entes Autónomos y
los Servicios Descentralizados).
7.4. Configuración de mora.
7.4.1. El vencimiento de los plazos o la realización de cualquier acto que se traduzca en
hacer algo contrario a lo estipulado o en no cumplir lo pactado, dará lugar a que se
configure la mora de pleno derecho sin necesidad de interpelación de ningún carácter ni
judicial ni extrajudicial quedando a salvo los casos de fuerza mayor debidamente probados
por el interesado.
7.4.2. Configurada la mora la I.D.P. se reserva el derecho de rescindir por lo no entregado
en tiempo y forma, no generando por ello al adjudicatario derecho a reclamación por
cualquier concepto que fuere. Asimismo la mora dará lugar a que se apliquen las
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sanciones pertinentes y se exija indemnización por daños y perjuicios.
7.5. Multas.
7.5.1. Las multas que se determinen serán aplicadas sin ninguna clase de trámite o
requisitos. Las multas que se impongan, serán sin perjuicio de la indemnización que
corresponda por los daños y perjuicios a la I.D.P.
7.5.2. No corresponderá multa cuando el incumplimiento de las obligaciones por parte del
adjudicatario se deba a causas de caso fortuito o fuerza mayor.
7.5.3. Una vez aplicada una multa, esta podrá hacerse efectiva contra el depósito de
garantía de contrato sin perjuicio de proseguir por la vía que corresponda el cobro del
saldo no cubierto por dicho depósito.
7.5.4. El interesado podrá formular las solicitudes de devolución de importes a que se
considere con derecho.
7.6 Domicilio legal.
Los proponentes y contratantes quedan obligados a fijar domicilio legal o contractual en el
Departamento de Paysandú.
7.7. Legislación.
En todo lo referente al cumplimiento del contrato, regirá exclusivamente la legislación de
la República Oriental del Uruguay.
Art. 8) DE LAS REPARACIONES
8.1. Será de cargo de la Empresa adjudicataria, la reparación a su estado anterior de todos
los daños y deterioros que con motivo de la ejecución de la obra, ocasionen (de cualquier
forma y circunstancia) al Estado y terceras personas (Estado, Municipio, Particulares etc.).
8.2. El Director de Obra (de aquí en más D.T.O.) evaluará - en su caso - la entidad de los
daños y perjuicios ocasionados, dando cuenta de los hechos ocurridos y aconsejando las
medidas a tomar.
8.3. Conjuntamente con la recepción provisoria o según resulte de lo dispuesto por el
Ejecutivo Comunal se procederá a constatar por el D.T.O., que se ha reparado en tiempo y
forma los daños y perjuicios causados, dejando constancia de ello en el acta respectiva.
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PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES
Obra: “Reconstrucción de Camineria Rural en el Departamento de Paysandú. Zona 4”
Art. 1º DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS TRABAJOS
1.1. RECEPCIÓN Y APERTURA DE LAS OFERTAS
Recepción: Hasta el día 27 de junio de 2016, a la hora 13:00 en Oficina de ComprasI.de.P.
Apertura: El día 27 de junio de 2016, a la hora 13:10 en Oficina de Compras- I.de. P
1.2. OBJETO DE LA LICITACIÓN
La Intendencia de Paysandú llama a reconstruir la red de camineria rural del departamento
de Paysandú para el mantenimiento ordinario de un total de 21 km.
1.3. ACLARACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
Se deja establecido que antes de abrirse los sobres que contienen las propuestas, solo las
personas autorizadas podrán manifestar las dudas o pedir explicaciones referentes al acto
de apertura.
1.4. PRESENTACION DE PROPUESTAS.
Se deberá presentar en sobre cerrado:
A. Datos de la Empresa según el presente pliego.
B. Cotización de los trabajos según art.2.2 del presente pliego.
C. Plazo de entrega de obras según art. 2.5 del presente pliego.
D. Listado de equipos viales según art. 2.8 del presente pliego.
1.5. CONSULTAS Y ACLARACION DE PROPUESTAS.
En caso que un eventual proponente solicite aclaraciones referente al pliego de
condiciones, él mismo deberá formular dicha solicitud por escrito debidamente firmada al
correo electrónico “[email protected]” o vía fax, a Oficina de Compras al 47226220, interno 139 ó 106. El interlocutor para las consultas técnicas es la Oficina de
Compras. Las respuestas serán contestadas vía fax, y publicadas en la página Web de la
www.paysandu.gub.uy.
Correo
electrónico
de
contacto:
intendencia,
[email protected].
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Se deja establecido que antes de abrirse los sobres que contienen las propuestas, solo las
personas autorizadas podrán manifestar las dudas o pedir explicaciones referentes al acto
de apertura.
Art. 2º CONDICIONES GENERALES (CONTRATO)
2.1. GARANTÍAS
2.1.1. CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El adjudicatario, una vez notificado, si supera el 40% de la Licitación Abreviada, deberá
realizar depósito de garantía de fiel cumplimiento que ascenderá al 5 % (cinco por ciento)
del total adjudicado, el adjudicatario deberá presentar esta garantía dentro de los 5 (cinco)
días hábiles siguientes a la notificación. Los Importes que se fijen por concepto de garantía
de la licitación podrán depositarse indistintamente en: efectivo, valores públicos, fianza,
aval bancario y póliza de seguros de fianza.
.
2.2. COTIZACIÓN
Se deben de realizar dos cotizaciones:
1. Considerando el pago de los trabajos certificados y conformada la factura a 30
días.
2. Considerando el pago de los trabajos certificados y conformada la factura a 90
días.
.
Las cotizaciones por cada etapa, deberán hacerse en moneda nacional de curso legal, por
los siguientes ítems:
1) Materiales.
2) Mano de Obra.
3) IVA.
4) Monto Imponible.
Acompañando las propuestas, según rubrado que se adjunta, se deberá presentar
presupuesto detallado por rubro previsto con la indicación de los:
a) metrajes
b) precios unitarios
c) precio de materiales
d) precio de mano de obra
f) monto imponible por rubro.
e) precio total del rubro.
Los precios unitarios son al efecto de facilitar las liquidaciones mensuales.
RUBRADO A UTILIZAR
13
Rubros
Unidad de medida
RUBRO
1
1.1
DESCRIPCION
MANTENIMIENTO
3
Mantenimiento ordinario, incluye 90 m de material x km.
UN.
Km.
Para el caso de constatarse errores de operaciones, omisión de rubros, etc., se tomará
como verdadero el valor establecido en la oferta como total de la misma , por consiguiente
se entenderá que los precios globales en las ofertas comprenden los importes de todos
los suministros, trabajos, herramientas, equipos, indemnizaciones y gastos por cualquier
concepto hasta la completa realización de las obras, sin que sirva de excusa o derecho
alegar cálculos, errores u omisiones en la presentación de la propuesta.
Sin perjuicio de lo anterior la IDP juzgará a su entera conveniencia, la adjudicación total o
parcial de los ítems pedidos, reservándose el derecho, a su entera y exclusiva
conveniencia de suministrar los materiales necesarios para la obra.
La IDP adjudicará a su exclusivo criterio discrecional las ofertas que considere más
conveniente para los intereses de la Administración y sin derecho a reclamación alguna y
sin expresión de causa.
2.3. CONEXIONES DE SERVICIOS
Los gastos que se generen por reconexiones y/o roturas de los servicios de aguas
corrientes, sanitarios, eléctricos, y demás servicios, serán de cargo del Contratista. Los
tramites y la coordinación con personal de los distintos Entes serán responsabilidad del
contratista.
Los provisorios de obra en todos los casos serán de cuenta del Contratista.
2.4. CONDICIONES DE PAGO
Se pagará por tramos
unitarios que figuran en
total del precio es el
autorizadas de acuerdo
pliego de condiciones.
terminados, aplicándose a los metrajes resultantes los precios
el detalle incluido en la propuesta, entendiéndose siempre que el
cotizado globalmente salvo las modificaciones especialmente
con el Artículo: “Aumento o disminuciones de obra” del presente
2.5. PLAZO DE ENTREGA
Los proponentes deberán entregar el trabajo dentro de un plazo máximo de 1 mes
consecutivos calendario. El plazo total se computará a partir del día siguiente al de la firma
del Acta de Inicio de Obras.
A los efectos de computar días de plazo en más por razones imprevistas (días de lluvia,
etc.) los contratistas deberán solicitarlo diariamente al Director de la Obra, pasando la
14
carta numerada correspondiente sin la cual se entenderá que la empresa ha trabajado en
esa fecha.
Al término de la obra la Intendencia tomará decisión al respecto.
2.6. RECEPCIÓN
Una vez terminadas las obras serán recibidas provisoriamente lo cual se hará constar
mediante Acta, anotándose de acuerdo con lo constatado, las observaciones que serán de
carácter mínimo no dificultándose el funcionamiento normal, su estética ni la seguridad.
Sin éste carácter no habrá recepción provisoria.
La recepción definitiva se hará 6 (seis) meses después de la fecha de terminación y
aceptación de la última observación especificada en el Acta de Recepción Provisoria.
2.7. MULTAS Y PENALIDADES
En caso de atraso en el plazo estipulado en el contrato el empresario abonará a la IDP una
multa de 20 U.R. por cada día de atraso.
2.8. LISTADO DE EQUIPOS A PRESENTAR
Se considera un equipo vial a la siguiente configuración de equipos:
• 2 motos niveladoras
• 1 rodillo compactador vibratorio de mas de 8 mil kilogramos.
• 1 camión regador.
• 2 camiones con volcadora de al menos 6 metros cúbicos.
• 1 equipo de arranque de material (buldózer o retro excavadora de orugura)
Se debe de detallar Marca, año del equipo y potencia.
Art. 3º ARBITRAJE
En los casos en que la IDP no optare por rescisión unilateral del contrato, las
desavenencias sobre cuestiones de hecho o de carácter técnico que se produjeran entre el
contratista y el Director de la Obra, se someterán a juicio de tres árbitros que posean título
de Ingeniero Civil nacional, uno por cada parte y el tercero por la Asociación de Ingenieros.
Los árbitros serán pagos cada uno por la parte que los utiliza y el tercero entre ambas
partes iguales.
Art. 4º DIFERENCIAS DE PRECIOS
4.1. FORMULA PARAMETRICA
La obra no lleva paramétrica debido al corto tiempo de la misma.
4.2. VALIDEZ DE LA OFERTA
15
El plazo de mantenimiento de la oferta será de 30 días. Vencido el mismo y no
habiendo comunicación expresa de los oferentes, se considerará que el mismo se
prorrogará en forma automática.
4.3. AUMENTO O DISMINUCION DE LAS OBRAS
Los aumentos o disminución de obra originados por modificación de las obras proyectadas
y que hayan sido ordenados por el Director de Obra se liquidarán de acuerdo con la lista
de precios unitarios adjunta a la propuesta.
En los casos de no existir precios unitarios aplicables se deberá acordar previamente.
a) Especificaciones técnicas
b) Precio
c) Forma de pago
d) Plazo de ejecución y su incidencia en el plazo total de la obra. En ambos casos se debe
acordar expresamente si la modificación de la obra afecta o no el plazo para la entrega. En
ausencia de ese acuerdo expreso se entenderá que el plazo no se modifica.
El contratista está obligado a realizar trabajos de carácter extraordinario hasta totalizar un
20% (veinte por ciento) del monto global de la oferta o disminuir los contratos hasta un
10% (diez por ciento) del mismo monto.
4.4. ACOPIO DE MATERIALES
No se prevén acopios en esta licitación.
4.5. FLETES
Se considera incluido en el rubrado.
4.6. MONTO IMPONIBLE DE MANO DE OBRA
Estará de acuerdo con la Ley 14.411 y decretos concordantes reglamentarios.
Respecto a la coincidencia entre los jornales declarados y la paramétrica, y asimismo el
monto de los aportes sociales (que se calcula porcentualmente sobre el número de los
jornales), el oferente claramente y por escrito en su oferta inicial, deberá indicar el monto
imponible de mano de obra a efectos de la declaración de la obra ante el BPS, el que
constituirá el monto máximo gravado a cargo de la IDP para el pago de dichos aportes.
Se deberá indicar junto al monto imponible, cuantas cuotas mutuales aproximadamente,
serán de cargo de la IDP.
Si en los hechos hay que aportar más de lo previsto en la oferta serán de cargo del
oferente los aportes que excedan la cifra declarada, siendo los mismos descontados de
los pagos a la empresa, si los mismos fueran abonados por la IDP.
Posteriormente cuando corresponda, presentará ante el Director de la Obra las planillas de
declaración de personal y actividad, así como los formularios de pago correctamente
llenados, con un mínimo de quince días hábiles antes del vencimiento del pago de los
aportes a la BPS.
16
Las multas generadas ante el BPS, por el atraso en la entrega de los formularios por parte
del contratista, serán de cuenta de la empresa, que aceptará su responsabilidad plena por
este hecho.
4.7. ESPECIFICACIONES VARIAS
Todos los materiales a emplearse en la obra, será de la mejor calidad de los existentes en
plaza y cumplirán además las condiciones indicadas en la Memoria Descriptiva y
Constructiva suministrada, así como en normativas mencionadas en punto 5.5 de este
Pliego.
Toda obra no especificada en los elementos gráficos ni en las memorias, pero que la
tradición de la buena ejecución indique como necesarios, se considerara parte integrante
del proyecto, debiendo en cada caso consultarse a la Dirección de Obra.
4.8. ALCANCE DEL PLIEGO
La obra se efectuará de acuerdo con lo indicado en los Planos, Detalles, Memoria
Descriptiva y Constructiva, Pliego de Condiciones Generales y Particulares y las órdenes
que dará el Director de la Obra o el personal que lo represente.
En los casos en que eventualmente existiera contradicción con el resto de la
documentación será válido el aspecto más favorable a la IDP y en todos los casos será el
Director de Obra quien resolverá en definitiva.
El contratista deberá rehacer a su costo cualquier trabajo defectuoso a juicio del Director
de Obra, siendo asimismo el único responsable por perjuicios cometidos a la construcción
o contra terceros ya sea por error o negligencia.
4.9. SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.
La IDP se reserva el derecho de suspender la ejecución por el adjudicatario de cualquiera
de los ítems en forma parcial o total, si resultare perjudicada por atraso en el cumplimiento
de los plazos o se comprobare la realización defectuosa de los mismos.
4.10. ESCALA DE JORNALES TOMA DE PERSONAL (Disposiciones legales)
La toma del personal y el pago de sus haberes se ajustarán a las disposiciones legales en
materia de obras públicas vigentes en el lugar donde se efectuará la obra en la fecha de
apertura de la licitación o las que en adelante se dictaren.
En particular los postulantes deberán cumplir con lo dispuesto en el Decreto 114/982
(Disposiciones sobre laudos y convenios)
4.11. VICIOS DE CONSTRUCCIÓN APARENTES Y/U OCULTOS
Cuando el Director de Obra, durante la ejecución de las obras y hasta su recepción
definitiva, advierta vicios de construcción en ellas, podrá disponer que el empresario
proceda a demolerlas y/o reconstruirlas sin que a este le sirva de excusa ni le de derecho
a reclamo alguno.
17
Si se tuviese motivos para sospechar la existencia de vicios de construcción ocultos, en la
obra ya ejecutada, el Director de obra ordenará en cualquier tiempo su demolición, antes
de la recepción definitiva de los trabajos, para reconocer si efectivamente existen.
Los gastos que se originen por tal motivo, serán de cuenta del empresario siempre que los
vicios existan en caso contrario, serán de cuenta de la Intendencia.
En caso que el empresario se negase a efectuar las demoliciones y/o reconstrucciones,
podrá la Intendencia ejecutarlas, o disponer su ejecución por un tercero y a cuenta de
aquél, diez días después de la intimación que se hará por telegrama colacionado.
Art. 5º RELACIONES CONTRATISTA Y DPTO. DE OBRAS DE LA INTENDENCIA
Al adjudicarse la licitación, el contratista designará por escrito, un representante con
poderes para tratar y resolver todos los asuntos relativos a la licitación.
Antes del comienzo de las obras, el contratista deberá designar el representante técnico
especializado; único autorizado ante la IDP para tratar y resolver los problemas técnicos
relativos a la obra. Su designación será condicionada a la aceptación por el Director de
Obra.
Antes de la iniciación de los trabajos, el o los capataces de obras, quienes estarán
directamente encargados de los trabajos en el sitio, y tendrán la responsabilidad directa de
la ejecución de los trabajos de acuerdo con la licitación y las órdenes del Director de Obra.
Los representantes del contratista, a los que se refiere este artículo serán de probada
solvencia técnica para su función. Tendrán facultades para resolver en cuestiones de su
incumbencia y sus decisiones obligarán al contratista.
La IDP, se reserva el derecho de exigir la sustitución de los representantes de cualquiera
de las categorías puntualizadas, durante la vigencia del contrato. No estará obligada a
expresar motivos de su decisión.
Desde el momento de recibir la solicitud de sustitución antedicha por parte el contratista,
se entenderá que dicho representante ha cesado en sus funciones, y el contratista
designará de inmediato un sustituto.
En caso de que en el transcurso de la obra el adjudicatario desee sustituir alguno de sus
representantes (técnicos, capataces de obra, u otros) deberá comunicar por escrito su
decisión a la IDP, con cinco días hábiles de anticipación. El nuevo nombramiento tendrá
carácter de firme en cuanto la IDP hubiere dado su asentimiento o cuando hubieren
transcurrido tres días hábiles desde la recepción de aquella decisión sin que hubiere
mediado oposición u observación.
5.1. SUB CONTRATISTAS
El contratista deberá solicitar la autorización escrita de la IDP, para subcontratar parte de
los trabajos.
En su solicitud deberá indicar la naturaleza de la obra que se propone subcontratar y
someterá a la aprobación de la IDP el nombre de cada subcontratista, su respectiva
especialidad y la dirección de su establecimiento.
Queda a juicio de la IDP prestar su conformidad para que parte de la obra sea sub
contratada, así cómo aceptar o no el sub contrato propuesto.
Si el adjudicatario se viera obligado por causas de fuerza mayor a sustituir alguno de los
sub contratistas propuestos en la oferta, deberá solicitar por escrito la autorización a la
IDP, expresando las razones de sustitución y los antecedentes del nuevo sub contratista.
18
Si durante la ejecución de la obra alguno de los sub contratistas dejara de cumplir las
exigencias técnicas del proyecto, la IDP podrá solicitar su sustitución al adjudicatario.
En todos los casos se entenderá que el cambio de sub contratistas, no dará lugar a
modificación alguna en los trámites originarios del contrato.
5.2. DIRECTOR DE LA OBRA
La IDP designará un técnico que actuará como Director de la obra, el cual la representará
en los asuntos de carácter técnico y administrativos relacionados con el contrato y será el
funcionario con quién el contratista deberá tratar directamente.
El Director de la obra podrá delegar en personal a sus órdenes las funciones de control de
los trabajos.
El contratista deberá cumplir las órdenes emanadas del Director de la obra.
5.3. RECUSACIÓN DEL PERSONAL DE LA IDP
El contratista no podrá recusar a los representantes de la Intendencia encargados de la
inspección y vigilancia de las obras, ni exigir que se designe otros para remplazarlos.
Cuando se considere perjudicado por los procedimientos empleados por ellos, reclamará
fundadamente ante a la IDP, sin que por esto se interrumpan los trabajos.
5.4. EJECUCION DE LA OBRA.
Será realizada de acuerdo a los recaudos gráficos y escritos suministrados.
Ante la duda frente a un detalle constructivo el contratista consultará a la Dirección de la
obra, de no ser así y se constatara la mala resolución de dicho trabajo, sin la consulta
previa, será de cargo de la Empresa la demolición y/o reparación de la misma.
El contratista deberá realizar los croquis y bosquejos que la Dirección de obra juzgue
necesario para clarificar algún detalle constructivo no detallado en los recaudos provistos y
que contribuye a optimizar el trabajo solicitado.
5.5. NORMAS, PLIEGOS Y MEMORIAS
La ejecución de las obras, se harán de acuerdo a lo que establece el pliego de
condiciones generales, el presente pliego particular, planos y planillas correspondientes, y
memoria descriptiva y constructiva particular suministrada, y en todo lo que no estuviere
debidamente indicado en las anteriores, se procederá conforme a las especificaciones
oficiales contenidas en: Ley Orgánica Municipal 9515 de 1935, por el TOCAF (Decreto del
Poder Ejecutivo Nacional Nº 194/97 y modificativos), Pliego Único de Bases y Condiciones
Generales para Licitaciones Públicas (Decreto Nº 53/1993 del 28/01/1993), Pliego de
Condiciones de la DNV para la Construcción de Puentes y Carreteras, designado en
adelante PV (Aprobado por Decreto Nº 9/990 de 25 de enero de 1990).
Pliego de Condiciones de la DNV para la Construcción de Puentes y Carreteras (Edición
1971), Sección V (1980) y Sección VI (1976) en lo que no se oponga al documento
indicado anteriormente.
Pliego de Especificaciones Técnicas Complementarias y/o Modificativas del Pliego de
Condiciones para la Construcción de Puentes y Carreteras de la D.N.V. (edición Agosto
2003), en adelante designado ETCM del PV.
19
Normas UNIT , vigentes que correspondan.
.
Art. 6º RELACIONES CONTRATISTA – IDP
6.1. GENERALIDADES.
a) A los efectos del contrato se considerará al Contratista no como un simple comerciante,
industrial o arrendatario del trabajo de que se trata sino como un técnico experimentado,
responsable del mismo y que está obligado a indicar al Director de la obra cualquier detalle
que, a su juicio, conspire contra su perfecta ejecución, así como a proponer las
modificaciones que puedan mejorarlo.
En la ejecución de todas las partes de la construcción comprendida en el contrato, el
contratista pondrá el mayor esmero ajustándose estrictamente a las indicaciones de los
planos, detalles, memoria constructiva y órdenes escritas del Director de la obra.
b) Será de cuenta del contratista la custodia de las herramientas, útiles y materiales de su
propiedad y de aquellos que la IDP le entregare para su colocación en la obra. La IDP no
se responsabilizará por la desaparición o sustracción de ellos, ni por desperfectos o actos
de vandalismo que pudieran ocasionar a terceras personas, a los trabajos por él
ejecutados, antes de su entrega, aún en el caso de ser producidas por fuerza mayor
perfectamente justificada y aún cuando no resulten de improvisación, negligencia,
deficiencia en los medios empleados o de maniobras equivocadas.
6.2. LA SEGURIDAD EN LAS OBRAS.
1) Es de total responsabilidad de la empresa y de exclusivo cargo de éste mantener
asegurado en el Banco de Seguros del Estado al personal contra riesgos cubiertos por la
póliza de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales , y de tomar a su cargo el
pago de los premios resultantes.
2) Deberá ajustarse a la normativa vigente establecida por el Ministerio de Trabajo, en
particular con las disposiciones establecidas en los Decretos Nº 89/95 y 179/2001 así
como modificativos y/o ampliatorios, debiéndose contar con el asesoramiento de técnico
prevencionista conforme a lo citado por los mencionados decretos.
3) Por lo tanto aceptará la responsabilidad exclusiva y total de todas las consecuencias
inherentes que sufre el citado personal por esta causa, y de todas las responsabilidades
que emerjan de la omisión de cual quiera de las obligaciones establecidas en el apartado
anterior.
6.3. SOBRANTES DE OBRA.
Todos los escombros resultantes de la construcción de la presente licitación, así como
todos los materiales recuperados por la misma, serán depositados donde indique la IDP y
a no más de 2 kilómetros de distancia total.
6.4. FALLECIMIENTO o INCAPACIDAD DEL CONTRATISTA.
Si el contratista falleciera o se incapacitara legalmente, la IDP podrá declarar rescindido el
contrato, o exigir su cumplimiento, o si lo juzga conveniente, aceptar las propuestas que le
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hagan los herederos de aquel o sus causahabientes para tomar a su cargo la continuación
de las obras. En ninguno de estos casos, el contratista o sus herederos o causahabientes
tendrán derecho a indemnización alguna.
Art. 7º DISPOSICIONES LEGALES
7.1. ANTECEDENTES
Se solicitan los siguientes datos de la empresa:
a) Tipo de Sociedad.
b) Antigüedad.
c) Nombre de los representantes de la empresa.
d) Domicilio y número telefónico de la empresa.
e) Antecedentes de obras ejecutadas, ya sea públicas y privadas.
f) Referencias comerciales y bancarias, debidamente acreditadas.
Se valorará especialmente para el estudio de las ofertas, la presentación de antecedentes
de obras ejecutadas por los oferentes.
7.2. DOCUMENTACION A PRESENTAR POR EL OFERENTE
Junto a la oferta se deberá presentar
a) Fotocopia del recibo de adquisición de recaudos gráficos y escritos.
7.3. DOCUMENTACION A PRESENTAR UNA VEZ ADJUDICADO
a) Certificado Único Departamental según artículo Nº 487, Ley Nº 17930, Decreto Nº
502/2007
b) Encontrarse ACTIVO en RUPE, no podrá recaer la adjudicación en proveedores que no
cumplan con este requisito.
7.4. CONSORCIOS
Si las propuestas son formuladas por dos o más empresas en unión transitoria, deberán
establecer los siguientes datos y requisitos:
a) Cada miembro del consorcio deberá proporcionar por separada toda la información
requerida en esta cláusula, y la documentación legal de cada una de las empresas
requerida en general en el artículo 1.4 del presente pliego.
b) La oferta, y en caso de adjudicación, el contrato, serán firmados de manera de
comprometer legalmente a todos los miembros del consorcio.
c) Uno de los miembros será designado como representante del consorcio. La
designación del representante, será acreditada por poder otorgado por todos los
miembros del consorcio debidamente traducido y legalizado.
d) El representante del consorcio estará autorizado para asumir compromisos y obligar
a cualquiera de los miembros del consorcio, para la completa ejecución del contrato.
e) Los pagos se harán por la Administración exclusivamente a través del
representante.
21
f) Todas las empresas que integren el consorcio, deberán responder solidaria e
ilimitadamente por la totalidad de las obligaciones asumidas por el consorcio
respecto a la ejecución del contrato, de acuerdo a los términos del mismo, y a lo
que resulte de la aplicación del principio de buena fe en la ejecución contractual. La
responsabilidad solidaria constará expresamente en la autorización mencionada en
el literal c) de este punto.
g) Conjuntamente con la oferta se presentara copia del documento de constitución del
consorcio, o carta intención, donde constara:
Denominación.
Domicilio legal único.
Participación de cada empresa.
Administración y representación.
Representante técnico.
Declaración de solidaridad.
h) Declaración suscripta por todos los interesados del consorcio, en caso de resultar
adjudicatario, con el compromiso irrevocable de constituir la unión transitoria de
empresas en el plazo de veinte días corridos, contados a partir de la notificación de
la adjudicación, y la responsabilidad solidaria y mancomunada por todas las
obligaciones emergentes del contrato en todos sus aspectos, con la cláusula
expresa que la quiebra o falencia de uno de los integrantes del consorcio no
afectará el curso de la adjudicación, la que será continuada por los restantes
miembros.
Art. 8º VARIOS
8.1. CONFIGURACIÓN DE MORA
Como complemento de Configuración de Mora del Pliego de Condiciones Generales para
Licitaciones de la IDP y sin perjuicio de la plena validez de este, una vez adjudicada la
obra o estando esta en curso, de constatarse la no concurrencia de la empresa a la
misma, o el abandono de ésta por un lapso mayor de 10 (diez) días calendario sin que
mediare comunicación escrita por parte de la empresa, tal hecho configura “Mora” ante la
IDP
8.2. VALOR RECAUDOS GRAFICOS Y ESCRITOS.
El valor de los recaudos de la presente Licitación asciende a la suma de $ 1.000 (pesos
un mil).
Art. 9°) ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA CONSTRUC CIÓN DEL CAMINO.
Estas especificaciones técnicas se aplican a los trabajos necesarios para la construcción
de los caminos rurales. Los rubros que se prevén en éste caso son los siguientes:
Rubros
Unidad de medida
22
RUBRO
1
1.1
DESCRIPCION
MANTENIMIENTO
3
Mantenimiento ordinario, incluye 90 m de material x km.
UN.
Km.
9.1- PRESCRIPCIONES GENERALES
9.1.1- Procedimiento constructivo.
Se considera mantenimiento ordinario de un tramo a el trabajo de bachear, reconstrucción
del perfil transversal remarcado de cunetas con taludes y contra taludes como el perfil tipo
presentado en el anexo III. No se pueden dejar tramos sin material granular. Se consideran
90 m3 compactados de material por kilómetros para realizar bacheos y recargas donde sea
necesario.
•
•
•
•
•
Colocar señales y barreras en los frentes de trabajo indicando la presencia de
maquinaria y gente en obra.
Bachear en los lugares donde sea necesario. En los lugares donde se hallan
formado grandes erosiones o deformaciones importantes de base se debe de
escarificar antes de realizar el aporte de material y reconformar el perfil transversal.
Conformar el perfil con la motoniveladora y regar en caso de ser necesario.
Compactar, refinando la superficie regularmente mientras se ejecuta su
compactación.
Quitar señales y barreras
9.1.2- Es responsabilidad de la empresa la ubicación del material, el material y la calidad
del mismo.
9.2 – BASE DE TOSCA PARA CONSTRUCCIÓN DEL CAMINO
Los tramos deben tener un ancho mínimo de 6.00m según perfil transversal Tipo del
tramo.Se exigirá ensayos de densidad en sitio cada 500 m, los que deberán estar dentro de los
límites establecidos en el siguiente cuadro:
23
ENSAYOS DE MATERIALES GRANULARES
Los ensayos de los materiales granulares, son de suma importancia, ya que permiten
tomar decisiones que redundaran en la vida útil del camino.
Ensayo
Condiciones
Límites de Atterberg
Tendrán un límite líquido menor que 40 y un
índice plástico menor que 15.
Poder Soporte California (C.B.R.)
Mayor o igual que 60% al 100% del Peso
Unitario Seco Máximo (P.U.S.M.).
Densidad en Sitio (Cono de Arena)
Se exigirá que la capa de base sea
uniformemente compactada de modo de
asegurar un P.U.S.M. no menor al 94% de la
Densidad Máxima Proctor Modificado
Ensayos alternativos
Cuando el método Proctor no sea aplicable debido a las características
granulométricas del material (contenidos en más de un 20 % en peso de granos
mayores de 20 mm), se realizará un ensayo alternativo de acuerdo a la
siguiente metodología:
1.
Realización del tamizado
del material para la obtención de la Curva Granulométrica.
2.
Con la fracción que pasa
por el tamiz # ¾ “, se hará el ensayo Proctor.
3.
Con la fracción retenida por
el tamiz # ¾ “, se calculará el Peso Especifico (PE) del material.
4.
Se calculará la densidad
ponderando estos dos resultados de acuerdo a la siguiente fórmula:
(Valor del P.U.S.M hallado en 2)*(% pasa # ¾´´)+(PE hallado en 3)*(% retenido
# ¾´´)
5.
Si se puede hacer el ensayo
de Densidad en Sitio, su valor se comparará con la densidad ponderada
calculada con la fórmula del punto anterior.
Como alternativa al ensayo de Densidad en Sitio se podrá realizar una prueba
de carga con un camión de eje simple cuyo P.B.T. sea mayor que 8000 kg.
24
9.3 – CONSTRUCCIÓN DEL CAMINO
El camino deberá ser construido con las medidas, niveles, pendientes y formas se deberá
ajustar a lo que establece el MTOP en materia de camineria rural
9.4 – MAQUINARIA A UTILIZAR:
•
•
•
•
•
2 Moto niveladoras
1 compactador vibrador liso de al menos 8000 kilogramos
1 camión regador
2 Camiones con volcadora con capacidad mínima de 6 m³.
Equipos de arranque de material
Art. 10). PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Se presentará la oferta de acuerdo al siguiente detalle:
•
•
•
•
•
Anexo I - Nota al Sr. Intendente
Anexo II - Rubrado que se adjunta
Anexo III - Perfil transversal tipo
Anexo IV - Ubicación de la Zona.
Anexo V - Plano de Paysandú.
25
ANEXO I
Paysandú, .......... de ....................de 20......
INTENDENCIA DE PAYSANDU
Sr. Intendente
Dr Guillermo Carballo:
..................................................que suscribe, domiciliado a los efectos legales en la calle........................
..............................N°............. , se compromete, sometiéndose a las Leyes y Tribunales del país, con
exclusión de todo otro recurso, a ejecutar la totalidad de la obra denominada Reconstrucción de
Camineria Rural en el departamento de Paysandú, de acuerdo al proyecto que tengo a la vista y
declaro conocer, así como las Especificaciones y Pliegos correspondientes, por los siguientes precios
unitarios (indicar precios en moneda nacional y números por cada uno de los rubros indicados en al
Cuadro de Metrajes) por lo que resulta un total que aparece en el cuadro que se adjunta ( ver cuadro de
presentación).
Se adjuntan además:
1) Detalle del equipo disponible para la ejecución de los trabajos;
Saluda a Ud. Atentamente,
...........................................
FIRMA DEL CONTRATISTA
26
ANEXO II
Se presentarán las ofertas según el cuadro adjunto
RUBRO
1
1.1
DESCRIPCION
MANTENIMIENTO
3
Mantenimiento ordinario, incluye 90 m de material x km.
UN.
Km.
Los trabajos y suministros no indicados en las planillas pero que forman parte de la obra
serán considerados como incluidos en los rubros que correspondan.
Es obligación del Contratista disponer en toda la etapa de ejecución de la obra, los
equipos y personal necesario para cumplir con los plazos de obra fijados en el Plan de
Trabajo que deberá ser presentado conjuntamente con su oferta y el cual contendrá
como mínimo:
Marcha y fecha de la ejecución de los trabajos parciales y acumulados.
Monto de certificación parcial y acumulada.
La documentación solicitada deberá estar firmada por el Contratista y el Representante
Técnico.
Se adjuntará el listado del equipo a ser utilizado en la obra y listado de antecedentes en
obras similares.
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ANEXO III
Perfil transversal tipo.
PER FIL TIPO DEL CAMINO
EJE
FAJA A LIMPIAR
BANQU INA
TER R ENO NATU R AL
FAJA A LIMPIAR
BANQU INA
TER R ENO NATUR AL
TALU D
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ANEXO IV
Ubicación de las zonas
Zona 4
TRAMO
ORIGEN
Carvo 1 Ruta 90 km 21,5
Carvo 2
Carvo 3
Carvo 4
ZONA 4
DESTINO
Ruta 90 km 21
Ruta 90 km 19,5
Ruta 3
DISTANCIA (KM)
6
5
8
2
Toltal km
21
29