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BOLETÍN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE ZAMORA
N.º 67 - MIÉRCOLES 15 DE JUNIO DE 2016
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N.º 67 - MIÉRCOLES 15 DE JUNIO DE 2016
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I. Administración del Estado
ministeRio de empleo y seguRidad social
seRvicio público de empleo estatal
fondo social europeo
Resolución de concesión de la ayuda económica regulada
en el Programa de Recualificación Profesional
el Real decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgentes para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas, que ha sido prorrogado por los Reales decretos-leyes
10/2011, 26 de agosto, 20/2011, de 30 de diciembre y 23/2012, de 24 de agosto
sucesivamente, que de conformidad con el mandato contenido en los mismos, ha
dado lugar a una serie de disposiciones de desarrollo por parte de la dirección
genera) del servicio público de empleo estatal.
Finalmente, mediante el Real decreto-ley 1/2013, de 25 de enero, se prorroga
nuevamente el programa de recualificación profesional de las personas desempleadas que agoten la prestación por desempleo regulado en el artículo 2 del Real
decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero, la dirección general del servicio público de
empleo estatal dictó Resolución de 13 de febrero de 2013, por la que se determina la forma y plazos de presentación de solicitudes y de tramitación de las ayudas,
conforme a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del citado Real decretoley 1/2013, de 25 de enero. dado que, conforme a lo dispuesto en la disposición
adicional segunda del citado Real decreto-ley, en la que se establece la prórroga
automática del programa pRepaRa, se ha dictado Resolución de fecha 24 de
enero de 2014, por la que se modifica la de fecha de 1 de agosto de 2013.
vistas las solicitudes presentadas, habiéndose observado todos los trámites
del procedimiento y verificado el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos, esta dirección provincial del servicio público de empleo estatal por
delegación de la directora general de este organismo de conformidad con lo establecido en el artículo octavo, número 5 de la citada Resolución y asimismo, vista
la propuesta de concesión y con la fiscalización favorable de la intervención
delegada competente.
acuerda conceder a las personas solicitantes que se relacionan en el anexo i
de la presente resolución, las ayudas que en el mismo se especifican, con expresión individualizada de su cuantía, ascendiendo el importe total de las ayudas a
52.238,88 euros.
según lo previsto en el articulo segundo, número 3, de la citada Resolución,
estas ayudas pueden ser objeto de justificación para su cofinanciación por el
Fondo social europeo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos por la
normativa nacional y comunitaria.
todo ello con cargo a la aplicación presupuestaria 482.26 del presupuesto de
gastos del servicio público de empleo estatal, en la que existe crédito adecuado y
suficiente retenido por el mismo importe antes mencionado.
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contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la ministra de empleo y
seguridad social, en el plazo y términos establecidos en los artículos 114 a 117 de
la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las administraciones
públicas y del procedimiento administrativo común.
Zamora, 9 de junio de 2016.-el director provincial en funciones, Raúl Finez
vara.
aneXo i de la Resolución de concesión coRRespondiente
al mes de mayo de 2016
Beneficiario
alFageme FeRnÁndeZ, susana maRÍa
ÁlvaReZ maRcos, saRa
asensio cHillón, maRÍa angeles
cacHaZo gutiÉRReZ, ana
de paZ lobato, angela
FeRnÁndeZ posada, m. monseRRat
FeRReRo Ramos, estibaliZ
FReiRe RodRÍgo, montseRRat
galindo cHana, maRÍa tRinidad
gaRcÍa RÁbano, iluminada
HeRReRo simal, Justo Ramón
loRenZo domÍngueZ, Rosa
maRtÍn RodRÍgueZ, Juan caRlos
maRtÍneZ santos, sandRa
molina olacHea, Jesús pRisca
nogueiRa gaRcÍa, beRnaRdo
oteRo pancHón, maRÍa nieves
poRdomingo RodRÍgueZ, ana
pRieto aliJa, maRÍa doloRes
Roa matos, eugenia
RodRÍgueZ FeRReRas, maRÍa belÉn
TOTAL BENEFICIARIOS: 21
importe
2.715,78
2.396,28
2.396,28
2.396,28
2.396,28
2.715,78
2.396,28
2.396,28
2.715,78
2.396,28
2.396,28
2.396,28
2.396,28
2.396,28
2.715,78
2.396,28
2.396,28
2.715,78
2.396,28
2.396,28
2.715,78
TOTAL: 52.238,88
R-201601826
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II. Administración Autonómica
Junta de castilla y león
delegación teRRitoRial de ZamoRa
servicio territorial de medio amBiente
Anuncio de información publica de expediente del procedimiento
de prórroga del coto de caza ZA-10.079
en este servicio territorial se encuentra en tramitación expediente de la prórroga del coto privado de caza Za-10.079, denominado dehesa de Fadoncino, iniciado a instancia de c.d. de caza dehesa Fadoncino. el objeto del referido expediente es el procedimiento de prórroga del coto de caza situado en los términos municipales de bermillo de sayago, pereruela, en la provincia de Zamora, con una
superficie de 891,68 hectáreas.
lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del
decreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el
título iv "de los terrenos", de la ley 4/1996, de 12 de julio, de caza de castilla y
león, haciendo constar que el referido expediente se encontrará a disposición de
cualquier persona que desee examinarlo y, en su caso, formular alegaciones
durante el plazo de veinte días hábiles desde el día siguiente al de la publicación
en el boletín oficial de la provincia del presente anuncio, en las oficinas del
servicio territorial de medio ambienté (sección de vida silvestre), c/ leopoldo
alas clarín, 4 - 49018 Zamora.
Zamora, 25 de mayo del 2016.-el Jefe del servicio territorial de medio
ambiente de Zamora, J. casto lópez cañibano.
R-201601646
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II. Administración Autonómica
Junta de castilla y león
delegación teRRitoRial de ZamoRa
servicio territorial de medio amBiente
Anuncio de información pública de expediente del procedimiento
de prórroga del coto de caza ZA-10.689
en este servicio territorial se encuentra en tramitación expediente de la prórroga del coto privado de caza Za-10.689, denominado, la modorrina, iniciado a instancia de sdad. de propietarios de terrenos de pozuelo de tabara. el objeto del
referido expediente es el procedimiento de prórroga del coto de caza situado en el
término municipal de pozuelo de tábara en la provincia de Zamora, con una superficie de 2.442,83 hectáreas.
lo que se hace público, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del
decreto 83/1998, de 30 de abril, por el que se desarrolla reglamentariamente el
título iv “de los terrenos”, de la ley 4/1996, de 12 de julio, de caza de castilla y
león, haciendo constar que el referido expediente se encontrará a disposición de
cualquier persona que desee examinarlo y, en su caso, formular alegaciones
durante el plazo de veinte días hábiles desde el día siguiente al de la publicación
del presente anuncio, en las oficinas del servicio territorial de medio ambiente
(sección de vida silvestre), c/ leopoldo alas clarín, 4 - 49018 Zamora.
Zamora, 5 de mayo de 2016.-el Jefe del servicio territorial de medio ambiente
de Zamora, J. casto lópez cañibano.
R-201601468
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III. Administración Local
ayuntamiento
zamora
Anuncio
Resolución del excmo. ayuntamiento de Zamora por la que se anuncia:
Formalización del contrato de "suministro de gasóleo c para los colegios públicos
de Zamora 2016".
al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 154 del R.d.l. 3/2011, de 14
de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de contratos del sector
público, se hace pública la formalización del contrato que se detalla a continuación:
1.- Entidad adjudicadora.
a) organismo: ayuntamiento de Zamora.
b) dependencia que tramita el expediente: servicio de contratación.
c) número de expediente: sum0116.
d) dirección de internet del perfil del contratante: www.ayto-zamora.org
2.- Objeto del contrato.
a) tipo de contrato: suministro.
b) descripción del objeto: "suministro de gasóleo c para los colegios públicos
de Zamora. 2016".
c) c.p.v.: 09134000-7, gasóleos.
g) medio de publicación del anuncio de licitación: b.o.p. y perfil de contratante.
h) Fecha de publicación del anuncio de licitación: 39 de 6 de abril de 2016.
3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.
a) tramitación: ordinaria.
b) procedimiento: abierto.
4.- Valor estimado del contrato: 66.115,70 euros.
5.- Presupuesto base de licitación para los tres lotes:
importe neto: 66.115,70 euros.
iva: 13.884,30 euros.
importe total: 80.000,00 euros.
6.- Formalizacion del contrato:
a) Fecha de adjudicación: 1 de junio de 2016.
b) Fecha de formalización del contrato: 6 de junio de 2016.
c) contratista: “discomtes energía, s.l.”, con ciF b47336698.
d) importe de adjudicación: 6,56% de descuento ofrecido sobre el precio de referencia aplicable, que será el precio máximo indicativo del gasóleo c para españa
(impuestos y tasas incluidos) publicado sernanalmente en el "boletín petrolero"
de la dirección general de energía y transporte de la comisión europea.
Zamora, 6 de junio de 2016.-el alcalde.
R-201601810
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III. Administración Local
ayuntamiento
zamora
Anuncio
aprobado el padrón la tasa por prestación de servicios del mercado de
mayoristas y abastos correspondientes al mes de junio de 2016, aprobados por
decreto de alcaldía de fecha 8 de junio de 2016, se exponen al público en gestión
tributaria (Rd. san torcuato número 15, 2ª planta) para que pueda ser examinado
durante el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente a aquél en que
aparezca publicado en el boletín oficial de la provincia.
este anuncio produce los efectos de notificación de la liquidación de cuotas que
figuran consignadas en el padrón. la notificación de la liquidación se realiza de
forma colectiva en virtud de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la ley 58/2003, de
17 de diciembre, general tributaria.
contra dichas liquidaciones podrá formularse, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón,
el recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, a que se refiere el
artículo 108 de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen
local, con relación al artículo 14.2 del texto refundido de la ley Reguladora de las
Haciendas locales aprobado por Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
contra su desestimación expresa o presunta cabe recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
desde el día siguiente al de la notificación si fuera expresa y si no lo fuese, en el
plazo de seis meses desde el día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
los recibos correspondientes se pondrán al cobro desde el día 15 de junio al
17 de agosto de 2016, según lo previsto en el párrafo 3 del artículo 62 de la ley
58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria y los recibos domiciliados se cargarán en cuenta el 10 de junio de 2016. el ayuntamiento remitirá a los contribuyentes justificantes para su ingreso en las entidades bancarias colaboradoras. para
mayor información, el contribuyente habrá de acudir a las dependencias del
servicio de Recaudación municipal en Rd. san torcuato 15, 2ª planta, dentro del
plazo arriba especificado. en caso de no recibir el tríptico podrá recogerlo en las
oficinas de Rd san torcuato 15 2ª planta o en la sede electrónica www.zamoratributos.es, donde también podrá realizar el pago (disponiendo de dni electrónico o
certificado digital).
una vez transcurrido el plazo citado, las deudas tributarias se exigirán mediante procedimiento de apremio y se incrementarán en los recargos ejecutivos y de
apremio e intereses de demora y costas que se produzcan, establecidos en los
artículos 26 y 28 de la misma ley general tributaria.
Zamora, 8 de junio de 2016.-el alcalde.
R-201601817
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III. Administración Local
ayuntamiento
zamora
Anuncio
la Junta de gobierno local de este excmo. ayuntamiento, en sesión ordinaria
celebrada el día 31 de mayo de 2016, acuerda:
• aprobación de las bases para la creación de la bolsa de empleo en la categoría de técnicos de administracion general.
bases paRa la constitución de bolsa de empleo de tÉcnico
de adminstRación geneRal
la finalidad de la presente convocatoria es la selección, mediante el sistema de
concurso-oposición, de los aspirantes que participen en la misma para constituir
una bolsa de trabajo de técnicos de administración general en el ayuntamiento
de Zamora
el puesto de trabajo a cubrir corresponde al grupo a, subgrupo a1 de los establecidos en el art. 76 del Rdl 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto Refundido de la ley del estatuto básico del empleado público y está encuadrado en la escala de administración general, subescala técnica.
1.- Presentación de solicitudes.
podrán tomar parte en las pruebas de selección para la creación de la bolsa de
empleo quienes reuniendo los requisitos que se exijan, presenten su solicitud en
las condiciones que se indican en las bases.
los interesados presentaran las instancias dirigidas al ilmo. sr. alcalde, en el
Registro general del excmo. ayuntamiento o en la forma prevista en el art. 38 de la ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las administraciones públicas y
del procedimiento administrativo común, durante los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del correspondiente anuncio en el boletín oficial de la provincia.
Junto con la solicitud, se acompañará:
- anexo i (autobaremo) debidamente cumplimentado.
2.- Vigencia.
la bolsa constituida tendrá validez de dos años, desde la fecha del acuerdo
aprobatorio de constitución definitiva de la misma hasta su finalización o celebración de un nuevo proceso selectivo, lo que dará lugar a la presentación de una
nueva solicitud. en el caso de no celebrarse el proceso selectivo se prorrogara
automáticamente por un período máximo de seis meses.
3.- Requisitos de los aspirantes.
Requisitos generales:
a) tener nacionalidad española o nacional de los estados miembros de la
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unión europea conforme al artículo 57 de la Real decreto legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, texto refundido del estatuto básico del empleado público.
b) no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las
correspondientes funciones.
c) tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) no haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el
que hubieses sido separado o inhabilitado. en el caso de ser nacional de otro
estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado, en
los mismos términos el acceso al empleado público.
e) estar en posesión del título de licenciado en derecho, en ciencias políticas,
económicas y empresariales, intendente mercantil o actuario o equivalentes
expedidos con arreglo a la legislación vigente, o de los títulos de grado
correspondientes, verificados por el consejo de universidades a través del
cauce procedimental previsto en el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias
oficiales.
4.- Selección.
4.1. - el procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.
la elección de este sistema selectivo se fundamenta en las especialidades de
las plazas y la naturaleza de las funciones a desempeñar en el puesto de trabajo,
siendo el sistema de concurso-oposición, el más adecuado, al permitir valorar de
forma limitada y proporcionada, la experiencia profesional previa, la formación académica y la formación complementaria acreditada por los aspirantes, ajustándose
por ello a lo establecido en el artículo 61.º del Rdl 5/2015, de 30 de octubre.
4.2.- la valoración de méritos en la fase de concurso, que no servirá para la
superación de los ejercicios de la fase de oposición, no podrá ser superior al 40%
del total de la puntuación.
4.3.- Fase concurso.
la valoración de estos méritos se realizará por medio de un autobaremo que
deberán realizar los aspirantes, en el modelo que figura en el anexo i y que deberán presentar junto con la instancia, y el tribunal calificador revisará el baremo de
aquellos aspirantes que superen la fase de oposición y la puntuación así obtenida
únicamente servirá a efectos de determinación de la calificación total y definitiva de
los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios de la fase de oposición
a tal efecto, el tribunal requerirá a los aspirantes que superen la fase de oposición para que en un plazo de diez días naturales aporten la documentación, en
original o copia compulsada, acreditativa de los méritos que el candidato desee
que se valoren en la fase de concurso. todo ello atendiendo a los méritos que
podrán ser alegados y que se recogen en estas bases. los méritos alegados y no
probados no serán tenidos en cuenta.
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asimismo los aspirantes en ella relacionados deberán presentar en el mismo
plazo, en original o copia compulsada, el título académico solicitado en el apartado 3e) de las presentes bases.
Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de
alguno de los requisitos señalados en la base tercera, no podrán ser nombrados o
contratados quedando sin efectos todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieren haber incurrido por falsedad de la solicitud de participación.
se valorará según el siguiente baremo:
a) experiencia profesional: la puntuación máxima que se puede alcanzar en
este apartado es de 2 puntos.
1.- por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las
administraciones públicas en categoría igual o equivalente a la que se
aspira, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por
el organismo competente: 0,02 puntos/mes completo (desechándose las
fracciones que no computen un mes completo).
no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados. tampoco se computarán los servicios realizados mediante contratos para trabajos específicos, como
personal eventual, de consultoría o asistencia o en régimen de colaboración social. los servicios prestados a tiempo parcial se valorarán proporcionalmente, excepto que la reducción obedezca a algunos de los
supuestos previstos en la normativa sobre reducción de jornada por motivos de lactancia, cuidados de familiares y demás supuestos motivados
en la conciliación de la vida familiar y laboral.
la experiencia profesional en administraciones públicas se justificará
mediante certificación expedida por el órgano competente, donde debe
constar la denominación del puesto de trabajo que ocupa o haya ocupado, con expresión del tiempo que ha venido desempeñando y relación
jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño del mismo.
b) Formación: la puntuación máxima a otorgar por este apartado es de 1,00
punto.
b.1.- por la participación como ponente, asistente o alumno/a a cursos de
formación y perfeccionamiento, impartidos u homologados por
administraciones publicas, instituciones u organismos públicos
oficiales o los impartidos en el ámbito de la formación continua, que
tengan relación directa con las tareas, funciones y actividades a desarrollar en el puesto de trabajo citado y los de contenido general
(informática, procedimiento administrativo, etc,).
se consideran valorables y relacionados, los cursos referidos a la normativa y necesaria actuación o funcionamiento de las administraciones
públicas.
b.2.- solo serán valorables aquellos cursos que se acrediten con diplomas o
certificados de asistencia que contengan expresamente cuantificadas
las horas de formación.
a) entre 10 y 20 horas: 0,01 puntos.
b) cursos de 21 a 40 horas: 0,03 puntos.
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c) cursos de 41 a 100 horas: 0,10 puntos.
d) cursos de 101 en adelante: 0,15 puntos.
c) titulación académica: la puntuación máxima a otorgar por este apartado es
1 punto.
se valorara la posesión de titulación académica oficial distinta a la que sirve
de acceso a la presente convocatoria.
no se valorará la titulación académica oficial que haya sido necesario obtener para acceder a otra de grado o nivel superior.
la puntuación de la misma se realizará conforme al siguiente baremo:
a) ciclo Formativo de grado medio o equivalente: 0,10 puntos.
b) ciclo Formativo de grado superior o equivalente: 0,15 puntos.
c) diplomado universitario o equivalente: 0’25 puntos
d) licenciatura universitaria, grado o master: 0,50 puntos.
4.4.- Fase de oposición.
las fechas de las pruebas así como la resolución de los resultados de cada uno
de los ejercicios y la lista definitiva serán expuestas en el tablón de anuncios del
excmo. ayuntamiento de Zamora y página web.
las pruebas selectivas de la fase de oposición constarán de los siguientes ejercicios:
- Primero: Resolución de un cuestionario tipo test con 50 preguntas y cinco de
reserva sobre aspectos relacionados con el programa propuesto en el anexo ii con
cuatro respuestas alternativas con una duración de 1 hora máximo.
este ejercicio se puntuará de 0 a 10 y será eliminatorio necesitando obtener al
menos 5 puntos. la respuesta incorrecta será penalizada con -0,10 puntos.
- Segundo: consistirá en la resolución de un supuesto práctico que el tribunal
determine, durante un plazo máximo de dos horas, relacionados con las funciones
del puesto de trabajo, pudiéndose consultar textos legales no comentados, y utilizar máquinas de calcular no programables. se valorará la capacidad de análisis y
la aplicación razonada de los conocimientos teóricos a la resolución de los problemas prácticos planteados.
el ejercicio se leerá obligatoriamente ante el tribunal por el aspirante, apreciándose, fundamentalmente, la comprensión de los conocimientos, la claridad de
ideas y la calidad de expresión escrita. Finalizada la exposición, el tribunal podrá
dialogar con el aspirante sobre cuestiones relacionadas con los temas de desarrollo, durante un periodo máximo de quince minutos.
se calificará desde 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5
puntos para superarlo.
los aspirantes, para la celebración de las pruebas, serán convocados en llamamiento único. la no presentación a cualquiera de los ejercicios en el momento de
ser llamados comporta automáticamente que decae de sus derechos a participar
en este ejercicio y en los sucesivos, y, en consecuencia, quedará excluido del proceso selectivo.
no obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que hayan impedido la presentación de los aspirantes en el momento previsto, siempre que esté
debidamente justificado y así se aprecie por el tribunal, se podrá examinar a los
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aspirantes que no comparecieron cuando fueran llamados, siempre que no se haya
finalizado la prueba correspondiente, no se entorpezca el desarrollo de la convocatoria, con perjuicio para el interés general o de terceros.
los aspirantes deberán observar en todo momento las instrucciones de los
miembros del tribunal o del personal ayudante o asesor durante la celebración de
las pruebas, en orden al adecuado desarrollo de las mismas. cualquier alteración
en el normal desarrollo de las pruebas por parte de un o una aspirante, quedará
reflejada en el acta correspondiente, pudiendo continuar dicho o dicha aspirante el
desarrollo del ejercicio con carácter condicional hasta tanto resuelva el tribunal
sobre el incidente.
antes del inicio de cada ejercicio, y siempre que se estime conveniente durante el desarrollo del mismo, los miembros del tribunal, sus ayudantes o asesores
comprobarán la identidad de las y los aspirantes.
5.- Desarrollo de los ejercicios.
el orden de actuación de las personas aspirantes en todas las pruebas se iniciará de conformidad con las previsiones de la Resolución de la secretaría de
estado de administraciones públicas (vigente en el momento de publicación de la
presente convocatoria en el boletín oficial de la provincia) por la que se publique
el resultado del sorteo a que se refiere el artículo 17 del Real decreto 364/1995, de
10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del
personal al servicio de la administración general del estado y de provisión de
puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios civiles de la
administración general del estado.
6.- Tribunal calificador de las pruebas.
los tribunales calificadores estarán constituidos en la siguiente forma:
- presidente: un funcionario de carrera designado por la alcaldía-presidencia.
- vocales: designados por la alcaldía-presidencia.
1) dos a propuesta de la Junta de personal, debiendo poseer una titulación o
especialización igual o superior a las exigidas para el acceso a las plazas
convocadas.
2) dos designados por la corporación, uno de ellos actuara de secretario,
debiendo poseer una titulación o especialización igual o superior a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.
los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran
las circunstancias previstas en el art. 28 de la ley de Régimen Jurídico de las
administraciones públicas y procedimiento administrativo común. igualmente y
por las mismas causas podrán se recusados por los aspirantes.
todos los miembros del tribunal tendrán voz y voto y éste no podrá constituirse sin la asistencia de, al menos, tres de sus miembros titulares o suplentes, siendo siempre necesaria la presencia del presidente y secretario
los tribunales calificadores podrán disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas.
dichos asesores, que actuarán con voz, pero sin voto, se limitarán al ejercicio
de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán
en el órgano de selección.
todos los miembros integrantes de los tribunales calificadores tendrán derecho
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a la percepción de "asistencias" por la concurrencia a la celebración de las pruebas
selectivas, siendo su cuantía las fijadas en (art. 27 del Real decreto 462/2002, de
24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio) y demás normas que
las actualizan siempre que se realicen fuera de la jornada laboral ordinaria.
7.- Calificacion de los ejercicios.
la calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la media aritmética resultante de la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.
cada miembro del tribunal emitirá su puntuación teniendo en cuenta que no se
computarán para dicha media aquellas notas que se desvíen de la media del
tribunal, por exceso o por defecto, en más de dos puntos.
Finalizada la fase de oposición, el tribunal hará pública, en el tablón de anuncios de la corporación y en el lugar de celebración del último ejercicio, la calificación definitiva, así como el orden de calificación, que vendrá determinado por la
suma de la puntuación obtenida en la fase de oposición y la obtenida en la fase de
concurso, conforme a la ponderación establecida para cada fase, así como la propuesta de creación de la bolsa de empleo por su orden de preferencia a favor de
las personas que hubieran obtenido la mayor puntuación.
en caso de empate se deshará atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el
segundo ejercicio de la fase de oposición, de persistir el empate se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la fase de oposición, y de
persistir el mismo, se resolverá a favor de aquel aspirante cuyo apellido comience por
la letra señalada en la Resolución de la secretaría de estado de administraciones
públicas (vigente en el momento de publicación de la presente convocatoria en el
boletín oficial de la provincia) por la que se publique el resultado del sorteo a que se
refiere el articulo 17 del Real decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la administración
general del estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de
los Funcionarios civiles de la administración general del estado.
8.- Relación de aprobados y presentacion de documentos.
8.1.- la relación de aprobados de los distintos ejercicios, que irán firmadas por
el secretario del órgano de selección con el visto bueno de su presidente,
se harán públicas en el tablón de anuncios de la casa consistorial y en
los lugares de celebración de las pruebas selectivas.
Finalizado el procedimiento, el órgano de selección publicará en los mismos lugares la relación de opositores que han superado el proceso selectivo por orden de puntuación determinada por la media aritmética de la
suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios.
9.- Funcionamiento de la bolsa y nombramientos.
el llamamiento/ofrecimiento para la prestación de servicios temporales o interinidades se efectuara de acuerdo con el orden de prelación establecido de la bolsa
de empleo derivada del presente proceso selectivo.
con ocasión del llamamiento deberán ser aportados por los aspirantes todos
aquellos documentos previstos como Requisitos generales en la base tercera a
excepción de los referidos a la titulación requerida que ya obrará en poder de la
administración.
el llamamiento para la contratación temporal o nombramiento interino se efectuará por el órgano competente del ayuntamiento de Zamora, a favor del aspirante
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que figure en primer lugar en la lista de espera. los aspirantes deberán mantener
actualizados los domicilios o datos de contacto (teléfono, etc..) a fin de agilizar los
llamamientos, debiendo comunicar cualquier cambio de situación que se produzca.
si producido el llamamiento al aspirante que encabece el llamamiento para
cubrir una situación de interinidad, en el plazo de tres días naturales desde que se
le ofreciese el nombramiento, no la aceptase, renunciase, o no contestase al ofrecimiento sin causa justificada, quedará decaído en su derecho a formalizar el nombramiento, pasando al aspirante que ocupa el segundo lugar de preferencia en la
citada bolsa, actuando del mismo modo, y así hasta que se acepte el llamamiento
y nombramiento interino por un aspirante.
se consideran causa justificadas a estos efectos:
- i.t., paternidad, maternidad y adopción hasta 16 semanas posteriores al alumbramiento o resolución de adopción.
- enfermedad acreditada, a través de un informe médico oficial.
- la realización de funciones de representación política, sindical o social.
- encontrarse trabajando en el momento de la designación.
- la realización de estudios académicos o cursos impartidos por centros
oficiales o reconocidos por el excmo. ayuntamiento de Zamora, que impida el
desempeño del trabajo, y demostrando fehacientemente la asistencia al mismo.
- aquellas causas que en cada caso concreto se alegue por el aspirante y así
se resuelva de forma motivada por el ilmo. sr. alcalde.
todas las causas deberán ser debidamente acreditadas. en caso de que se
acredite la justificación a una renuncia o no aceptación del ofrecimiento, etc, conservará el orden de prelación en la lista para los siguientes llamamientos. en caso
de que no se justifique adecuadamente, pasará al último lugar de la lista de interinidad, perdiendo así el orden de prelación que ostentase. en el caso de que se produzca una segunda renuncia, etc, sin causa justificada dentro del plazo de un año
desde el primer llamamiento quedará decaído de la bolsa de forma definitiva.
durante la vigencia de la bolsa de empleo, el nombramiento para la interinidad
o contratación temporal de duración inferior a ciento ochenta días (180) dará lugar,
una vez formalizado el cese, al retorno del interesado a la bolsa de empleo en el
mismo orden de prelación originario.
cuando una interinidad o contratación temporal o la suma de varias de ellas
supere dicho plazo, y siempre que aquella continuase en vigor, se llamará al
siguiente aspirante de la lista de reserva.
el cese del interesado supondrá la reintegración a la bolsa de empleo en al
mismo orden de prelación originario.
la persona que cesa de un contrato temporal del ayuntamiento de Zamora, se
entenderá que está disponible para ser contratada nuevamente cuando las necesidades del servicio así lo requieran.
las personas que conste en más de 1 lista, y que se encuentren trabajando en
una de ellas, se les llamara para las otras por orden correspondiente pudiendo
optar en cada momento a cada una de las plazas.
RÉgimen disciplinaRio
el rechazo de una oferta o renuncia de un contrato, sin causa justificada,
supondrá el pasar a ser el último de la lista durante 1 año. en caso de reincidenR-201601827
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cia, la duración de la cesación será de 2 años. el ser ubicado el último de la lista,
por sanción, lo será para todas las listas en las que fuera demandante de empleo.
se consideran causas justificadas:
- i.t., paternidad, maternidad y adopción hasta 16 semanas posteriores al alumbramiento o resolución de adopción.
- enfermedad acreditada, a través de un informe médico oficial.
- la realización de funciones de representación política, sindical o social.
- encontrarse trabajando en el momento de la designación.
- la realización de estudios académicos o cursos impartidos por centros
oficiales o reconocidos por el excmo. ayuntamiento de Zamora, que impida el
desempeño del trabajo, y demostrando fehacientemente la asistencia al
mismo.
- aquellas causas que en cada caso concreto se alegue por el aspirante y así
se resuelva de forma motivada por el ilmo. sr. alcalde.
todas las causas deberán ser debidamente justificadas.
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ANEXO I
MÉRITOS FASE DE CONCURSO
D.N.I.
1.º APELLIDO
2.º APELLIDO
NOMBRE
A) Por experiencia profesional en puestos de Técnico de Administración General o similares
hasta un máximo de 2 puntos.
Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Periodo
Administraciones Públicas en categoría igual o equivalente a la que se de
aspira, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida tiempo
por el organismo competente: 0,02 puntos/mes completo
(desechándose las fracciones que no computen un mes completo).
PUNTUACIÓN
b) FORMACIÓN Por la participación como asistente o alumno/a a cursos de formación y
perfeccionamiento, impartidos u homologados por Administraciones Publicas, Instituciones u
Organismos Públicos Oficiales o los impartidos en el ámbito de la formación continua, que tengan
relación directa con las tareas, funciones y actividades a desarrollar en el puesto de trabajo citado
y los de contenido general (Informática, Procedimiento Administrativo, etc,).
Se consideran valorables y relacionados, los cursos referidos a la normativa y necesaria
actuación o funcionamiento de las Administraciones Públicas.
NÚMERO
CURSOS
-Entre 10-20 horas: ................
0.01 puntos por curso
- Entre 21-40 horas: ................
0.03 puntos por curso
- Entre 41-100 horas: ...............
0,10 puntos por curso
DE PUNTUACIÓN
- Entre 101 en adelante: ............... 0,15 puntos por curso
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c) Titulación Académica, Se valorara la posesión de titulación académica oficial distinta a
la que sirve de acceso a la presente convocatoria.
No se valorará la titulación académica oficial que haya sido necesario obtener para acceder
a otra de grado o nivel superior.
NÚMERO
PUNTUACIÓN
Diplomado universitario: 0,25 PUNTOS
Licenciatura universitaria, grado o master:
0,50 PUNTOS
TOTAL
Zamora, ………de ……………………………………… de 2016
INSTRUCCIONES:
A.- Escriba a máquina o bolígrafo utilizando mayúsculas de tipo imprenta.
Asegúrese que los datos resulten claramente legibles.
Evite realizar correcciones, enmiendas o tachaduras.
B.- Este impreso se presentará junto con la solicitud de participación en la prueba selectiva.
C.- Para cualquier aclaración sobre la cumplimentación de este impresa podrá consultar con el
Dpto. de Recursos Humanos.
D.- El Tribunal requerirá a los aspirantes que superen la fase de oposición para que en un plazo de
diez días naturales aporten la documentación, en original o copia compulsada, acreditativa de los
méritos que el candidato desee que se valoren en la fase de concurso. Todo ello atendiendo a los
méritos que podrán ser alegados y que se recogen en estas Bases. Los méritos alegados y no
probados no serán tenidos en cuenta.
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aneXo ii
pRogRama
Temario: en el supuesto de que algún tema de los integrantes en el programa
se viese afectado por alguna modificación, ampliación o derogación legislativa
durante el transcurso de la misma, se exigirá en todo caso la legislación vigente en
el momento de la realización de las respectivas pruebas.
paRte i:
tema 1.- la ley 30/92 de Régimen Jurídico de las administraciones públicas y del
procedimiento administrativo común. el acto administrativo. concepto. elementos.
clases. Requisitos: motivación y forma.
tema 2.- la eficacia de los actos administrativos: el principio de la autotutela
declarativa. condiciones de eficacia. la notificación: contenido, plazo y práctica. la
notificación defectuosa. la publicación. la aprobación por otra administración. la
demora y retroactividad de la eficacia. la invalidez del acto administrativo. supuestos
de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. el principio de conservación del acto
administrativo. la revisión de actos y disposiciones por la propia administración:
supuestos. la revocación de actos. la rectificación de errores materiales o de hecho.
tema 3.- disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos y
normas reguladoras de los distintos procedimientos. la iniciación del procedimiento: clases, subsanación y mejora de solicitudes. presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. los registros administrativos. términos y plazos: cómputo,
ampliación y tramitación de urgencia. ordenación. instrucción: intervención de los
interesados, prueba e informes. terminación del procedimiento. la obligación de
resolver. contenido de la resolución expresa: principios de congruencia y de no
agravación de la situación inicial. la terminación convencional. la falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo. el desistimiento y la renuncia.
la caducidad. la coacción administrativa. el principio de autotutela ejecutiva. la
ejecución forzosa de los actos administrativos: sus medios y principios de utilización. la coacción administrativa directa. la vía de hecho.
tema 4.- Recursos administrativos. principios generales. actos susceptibles de
recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: conciliación, mediación y arbitraje. clases de recursos administrativos. las reclamaciones administrativas previas al ejercicio de acciones civiles y laborales. la Jurisdicción contenciosoadministrativa. naturaleza, extensión y límites. órganos de la jurisdicción y sus competencias. las partes: legitimación. el objeto del recurso contencioso-administrativo.
el procedimiento en primera o única instancia. medidas cautelares. la sentencia:
Recursos contra sentencias. la ejecución de las sentencias. procedimientos especiales.
tema 5.- los contratos del sector público: delimitación. los principios generales de la contratación del sector público: Racionalidad, libertad de pactos y contenidos mínimos, perfección y forma, la información, el régimen de la invalidez y la
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revisión de decisiones en materia de contratación. las partes de los contratos del
sector público. el órgano de contratación. el empresario: capacidad, prohibiciones,
solvencia y clasificación.
tema 6.- el contrato de obras. actuaciones administrativas preparatorias.
Formas de adjudicación. Formalización. efectos. extinción. la cesión del contrato y
subcontrato de obras. ejecución de obras por la propia administración. el contrato
de concesión de obra pública: principios, derechos y obligaciones de las partes.
prerrogativas y derechos de la administración. Régimen económico financiero.
extinción. subcontratación. el contrato de suministros: Régimen jurídico. ejecución,
modificación, cumplimiento y resolución.
tema 7.- el contrato de servicios: Régimen jurídico. ejecución, modificación,
cumplimiento y resolución. el contrato de gestión de servicio público: Régimen jurídico. ejecución, modificación, cumplimiento y resolución. los contratos de colaboración entre el sector público y el sector privado. organización administrativa de la
contratación. aplicación del texto refundido de la ley de contratos del sector
público a las entidades locales.
tema 8.- la responsabilidad de la administración pública: caracteres. la acción
y el procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. la responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las administraciones
públicas.
tema 9.- el municipio: concepto y elementos. la organización municipal. los
municipios de régimen común. órganos necesarios: el alcalde, tenientes de
alcalde, el pleno y la Junta de gobierno local. órganos complementarios:
comisiones informativas y otros órganos. los municipios de gran población: especialidades de su régimen orgánico-funcional. los grupos políticos. la participación
vecinal en la gestión municipal. el concejo abierto. otros Regímenes especiales.
tema 10.- los bienes de las entidades locales: clases y régimen jurídico.
prerrogativas de los entes locales respecto a sus bienes. el inventario municipal de bienes, su inscripción en el Registro de la propiedad. los bienes de dominio público locales: afectación y mutación demanial. utilización de los bienes
demaniales.
tema 11.- los bienes comunales: Regulación y uso. los montes vecinales en
mano común. los bienes patrimoniales de los entes locales: adquisición y enajenación. la utilización de los bienes patrimoniales.
tema 12.- el derecho Financiero. concepto y contenido. la Hacienda local en
la constitución. el régimen jurídico de las Haciendas locales. criterios inspiradores del sistema de recursos y principios presupuestarios.
tema 13.- los recursos de las Haciendas municipales en el marco del Rdl
2/2004, de 5 de marzo. la imposición y ordenación de tributos y el establecimiento de recursos no tributarios. tasas y precios públicos. principales diferencias. las contribuciones especiales: anticipo y aplazamiento de cuotas y colaboración ciudadana.
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tema 14.- el impuesto sobre bienes inmuebles. el impuesto sobre actividades
económicas. el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. el impuesto
sobre vehículos de tracción mecánica. el impuesto sobre el incremento de valor de
los terrenos de naturaleza urbana.
tema 15.- los créditos del presupuesto de gastos: delimitación, situación y
niveles de vinculación jurídica. las modificaciones de crédito: concepto, clases,
financiación y tramitación. la ejecución del presupuesto de gastos e ingresos: sus
fases. los pagos a justificar. los anticipos de caja fija. los gastos de carácter plurianual. la tramitación anticipada de gastos. los proyectos de gastos. los gastos
con financiación afectada: especial referencia a las desviaciones de financiación.
tema 16.- el personal al servicio de las corporaciones locales: clases y régimen jurídico la gestión de los recursos humanos. instrumentos de la planificación
de recursos humanos. selección, formación y evaluación de recursos humanos en
el ámbito local. el contrato de trabajo. prevención de riesgos laborales.
tema 17.- derechos, deberes y situaciones administrativas. derechos económicos y seguridad social. negociación colectiva. Régimen de incompatibilidades.
los derechos constitucionales de los empleados públicos. políticas de promoción
de la paridad de género en las administraciones públicas. Responsabilidad penal
de los funcionarios públicos: los delitos cometidos por funcionarios públicos.
tema 18.- normativa vigente en materia de urbanismo. Real decreto
legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la
ley de suelo. la ley 5/1999, de 8 de abril, de urbanismo de castilla y león: objeto,
principios generales, estructura y contenido de ambas normas, relación entre ellas.
Régimen urbanístico de la propiedad del suelo: principios generales. clasificación.
Régimen del suelo no urbanizable en la legislación estatal y autonómica. criterios
de valoración de esta clase de suelo. Régimen del suelo urbano: derechos y deberes de los propietarios en suelo urbano consolidado y no consolidado. Régimen del
suelo urbanizable: derechos y deberes de los propietarios. criterios de valoración.
tema 19.- instrumentos de planeamiento general: planes generales y normas
subsidiarias y complementarias. municipios sin ordenación: proyectos de delimitación del suelo urbano y normas de aplicación directa. planeamiento de desarrollo.
planes parciales. estudios de detalle. el planeamiento especial. clases y régimen
jurídico. los sistemas de compensación, cooperación y expropiación. otros sistemas. actuaciones asistemáticas. obtención de terrenos dotacionales.
lo que se hace público para general conocimiento.
Zamora, 7 de junio de 2016.-el alcalde.
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III. Administración Local
ayuntamiento
Benavente
Edicto
“geJoman, s.l.” (expte. 3434) tiene en trámite expediente para la obtención
de licencia ambiental para el ejercicio de la actividad de oficinas, almacén de materiales y de equipos para la construcción y taller de estructuras metálicas en crta.
de madrid n.º 33, de esta ciudad. lo que en cumplimiento de lo establecido en el
artículo 27.1 de la ley 11/2003, de 8 de abril, de prevención ambiental de castilla
y león y demás disposiciones concordantes y complementarias, se somete a información pública el expediente, para que los que pudieran resultar afectados de
algún modo por la mencionada actividad que se pretende instalar puedan examinarlo y deducir, en su caso, las alegaciones u observaciones pertinentes, en el
plazo de diez días, a contar desde el siguiente a la inserción de este edicto en el
boletín oficial de la provincia y tablón de anuncios del ayuntamiento.
el expediente se halla a disposición del público en el negociado de obras de
este ayuntamiento.
benavente, 18 de mayo de 2016.-el alcalde en funciones.
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III. Administración Local
ayuntamiento
Benavente
Anuncio
por acuerdo de la Junta de gobierno local, en sesión celebrada el día 10 de
junio de 2016, fue aprobado el padrón cobratorio el impuesto sobre bienes
inmuebles de benavente, correspondiente al año 2016.
el plazo y modalidad para efectuar los ingresos serán los siguientes:
- Plazo: del 1 de septiembre al 4 de noviembre de 2016, tanto para urbana
como Rústica.
establecer como fecha de cargo de los recibos cuyo pago se encuentre domiciliado a través de entidades bancarias los siguientes:
los recibos exclusivamente de ibi urbana, para los sujetos pasivos que tengan
sus recibos domiciliados bajo la modalidad de pago aplazado en entidades bancarias, se distribuirá en dos plazos:
- el primero que tendrá carácter de pago a cuenta, será equivalente al 50% de
la cuota líquida del ibi y serán cargados en las respectivas cuentas: el día 5
de julio de 2016
- el importe del segundo plazo será cargado en cuenta el día 10 de octubre de
2016, y estará constituido por la diferencia entre la cuantía del recibo correspondiente al ejercicio y la cantidad abonada en el primer plazo.
- los recibos cuyo pago se encuentre domiciliado a través de entidades bancarias y que no hayan optado por la modalidad de pago aplazado, así como los
correspondientes al ibi Rústica, será cargado la totalidad de la cuota el día 10
de octubre de 2016.
- Modalidad: durante el período voluntario, los ingresos se efectuarán en las oficinas de las siguientes entidades bancarias: la caixa, banco santander, b.b.v.a.,
banco sabadell, caja españa, caja duero y caja Rural de Zamora.
transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por la tesorería del
ayuntamiento, a través del servicio de Recaudación, por el procedimiento de apremio con aplicación del recargo correspondiente. todo ello conforme a lo dispuesto
en los artículos 28 de la ley general tributaria y 91 y siguientes del Reglamento
general de Recaudación.
contra las liquidaciones contenidas en el padrón cobratorio podrá interponerse
recurso de reposición, regulado en el artículo 14 del Real decreto legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley
Reguladora de las Haciendas locales, ante la Junta de gobierno local del excmo.
ayuntamiento de benavente, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el boletín oficial de la provincia.
Frente a la resolución del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Zamora,
en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que se notiR-201601818
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fique su resolución expresa o de seis meses desde el día siguiente a aquel en que
deba entenderse presuntamente desestimado, conforme se dispone en los artículos 8 y siguientes y 46 de la ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción contencioso-administrativa. no obstante, podrá ejercitar cualquier
recurso que estime procedente. la interposición de alguno de los recursos indicados no suspenderá el procedimiento de apremio, salvo en los supuestos previstos
en el artículo 101 del vigente Reglamento general de Recaudación.
durante el periodo cobratorio el padrón permanecerá a disposición de los interesados para su examen en la tesorería del ayuntamiento (servicio de
Recaudación).
benavente, 10 de junio de 2016.-el alcalde.
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III. Administración Local
ayuntamiento
toro
Anuncio de licitación
de conformidad con lo acordado por la alcaldía mediante resolución 20160299 de fecha 13 de mayo de 2016, por medio del presente anuncio se efectúa
convocatoria del procedimiento abierto, con varios criterios de adjudicación y tramitación ordinaria, para la adjudicación del contrato de arrendamiento de los dos
chiringuitos del río propiedad del ayuntamiento de toro:
1. Entidad adjudicadora.
a) organismo: ayuntamiento de toro.
b) dependencia que tramita el expediente: secretaría.
c) obtención de documentación e información:
1.- dependencia: secretaría general del ayuntamiento.
2.- domicilio: plaza mayor, n.º 1.
3.- localidad y código postal: toro, 49800.
4.- teléfono: 980 108 100.
5.- Fax: 980 108 105.
6.- dirección perfil del: contratante: www.toroayto.es.
7.- Fecha límite de obtención de documentación e información: ocho días
desde la publicación del presente anuncio en el boletín oficial de la
provincia y en el perfil del contratante del ayuntamiento de toro.
2. Objeto del contrato.
a) descripción del objeto: arrendamiento de dos locales destinados a bar comúnmente denominados "chiringuitos del río" propiedad del ayuntamiento de toro.
3. Tramitación y procedimiento.
a) tramitación: ordinaria.
b) procedimiento: abierto.
4. Presupuesto base de licitación (por cada chiringuito del río).
- importe neto: 400 €.
- iva: 84 €.
- importe total: 484 €.
5. Garantías.
- garantía definitiva: 5% del importe de adjudicación del contrato, excluido el iva.
6. Criterios de valoración de las ofertas.
los establecidos en la cláusula 8 del pliego de cláusulas administrativas
particulares, rector del procedimiento de contratación.
7. Presentación de las ofertas.
a) Fecha límite de presentación: Hasta las 14:00 horas del día en que concluR-201601561
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yan los diez (10) días naturales a partir del siguiente al de inserción de este
anuncio en el boletín oficial de la provincia y en el perfil del contratante (última de los anuncios) prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil
siguiente cuando el último día del plazo sea sábado o festivo.
b) documentación a presentar: la establecida en el pliego de cláusulas
administrativas particulares.
c) lugar de presentación: Registro general del excmo. ayuntamiento de toro.
8. Apertura de las ofertas.
a) lugar: excmo. ayuntamiento de toro.
b) Fecha: en tres días contados desde la fecha de finalización del plazo señalado para la presentación de proposiciones, excluido sábados, en cuyo caso
se trasladará al inmediato hábil siguiente.
toro, 19 de mayo de 2016.-el alcalde.
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Pág. 26
III. Administración Local
ayuntamiento
toro
Anuncio
en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 27 de la ley 11/2003, de 8 de abril,
de prevención ambiental de castilla y león, se somete a información pública el
expediente a fin de que, quienes se consideren afectados por la actividad puedan
examinarlo y formular las alegaciones u observaciones que estimen pertinentes
que, por don Jairo lópez tapia se ha solicitado a la alcaldía licencia ambiental para
cambio de uso de “bar” a “bar musical”, a instalar en puerta del mercado, n.º 4, de
esta ciudad.
el expediente en cuestión queda a disposición del público en general en las oficinas de los servicios técnicos municipales (c/ concepción, n.º 3), a fin de que en
el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación,
pueda ser examinarlo por cuantos se consideren interesados y, en su caso, presentar las observaciones que estimen conveniente.
toro, 23 de mayo de 2016.-la concejal de obras y urbanismo.
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III. Administración Local
ayuntamiento
toro
Anuncio
en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 27 de la ley 11/2003, de 8 de abril,
de prevención ambiental de castilla y león, se somete a información pública el
expediente a fin de que, quienes se consideren afectados por la actividad puedan
examinarlo y formular las alegaciones u observaciones que estimen pertinentes
que por “agropecuaria corral pérez, s.l.”, se ha solicitado a la alcaldía licencia
ambiental para nave de aprisco para ganado ovino a instalar en polígono 5, parcela 779, del término municipal de esta ciudad.
el expediente en cuestión queda a disposición del público en general, en las oficinas de los servicios técnicos municipales (c/ concepción, n.º 3), a fin de que en
el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación,
pueda ser examinarlo por cuantos se consideren interesados y, en su caso, presentar las observaciones que estimen conveniente.
toro, 23 de mayo de 2016.-la concejal de obras y urbanismo.
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III. Administración Local
ayuntamiento
santa clara de avedillo
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en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 del R.d. legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley
Reguladora de las Haciendas locales, se hace público el presupuesto general
definitivo de esta entidad para el ejercicio de 2016, conforme al siguiente:
Resumen poR capÍtulos
capítulo
1
2
3
4
5
6
7
8
9
Ingresos
a) operaciones no financieras
A.1) Operaciones corrientes
impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
tasas y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
A.2) Operaciones de capital
enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
B) operaciones financieras
activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Total ingresos.................................................................
euros
35.600,00
2.200,00
33.675,00
37.700,00
1.241,00
0,00
300,00
0,00
0,00
110.716,00
Gastos
capítulo
1
2
3
4
5
a) operaciones no financieras
A.1) Operaciones corrientes
gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
gastos en bienes corrientes y servicios . . . . . . . . . . . .
gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Fondo de contingencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
euros
15.349,00
55.977,00
1.300,00
9.162,00
0,00
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capítulo
6
7
8
9
A.2) Operaciones de capital
inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
B) operaciones financieras
activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Total gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Pág. 29
euros
25.428,00
0,00
0,00
3.500,00
110.716,00
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 del R.d. legislativo 781/86,
de 18 de abril, asimismo se publica la plantilla de personal de esta entidad:
Personal funcionario:
- 1 secretaria - interventora.
- agrupada con arcenillas y cubo del vino.
Personal laboral:
- 1 alguacil.
contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el tribunal correspondiente de la comunidad
autónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.
santa clara de avedillo, 1 de junio de 2016.-el alcalde.
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III. Administración Local
ayuntamiento
samir de los caños
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en cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Real decreto legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley
Reguladora de Haciendas locales, y una vez que ha sido debidamente informada
por la comisión especial de cuentas, se expone al público la cuenta general
correspondiente al ejercicio 2015, por un plazo de quince días, durante los cuales
y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.
samir de los caños, 28 de mayo de 2016.-el alcalde.
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III. Administración Local
ayuntamiento
castroverde de campos
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en cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Real decreto legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley
Reguladora de Haciendas locales, y una vez que ha sido debidamente informada
por la comisión especial de cuentas, se expone al público la cuenta general
correspondiente al ejercicio presupuestario del año 2015, por un plazo de quince
días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.
castroverde de campos, 31 de mayo de 2016.-el alcalde.
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III. Administración Local
ayuntamiento
videmala
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en cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Real decreto legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley
Reguladora de Haciendas locales, y una vez que ha sido debidamente informada
por la comisión especial de cuentas, se expone al público la cuenta general
correspondiente al ejercicio 2015, por un plazo de quince días, durante los cuales
y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.
videmala, 2 de junio de 2016.-el alcalde.
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ayuntamiento
galende
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dedicación parcial alcaldía
en cumplimiento de lo establecido en el artículo 75.5 de la ley 7/85 de 2 de
abril reguladora de las bases del Régimen local, se hace público el texto íntegro
del acuerdo adoptado por el pleno en sesión ordinaria celebrada el día 29 de abril
de 2016 sobre aprobación de dedicación parcial de la alcaldía y a la que asistieron
ocho de los nueve miembros que lo integran, y que dice:
9°.- aprobación de dedicación parcial del alcalde.
interviene el alcalde y dice que propone el establecimiento de una dedicación
parcial para la alcaldía de 600 euros al mes en los términos que se ha calculado y
que consta en el expediente al que todos han accedido, dado el tiempo que se
debe dedicar y que supera lo que se preveía, dada la gran cantidad de problemas.
interviene el concejal don José Rodríguez ballesteros y dice que debe determinarse el horario, y dónde va a estar.
interviene el concejal don José antonio sánchez garcía y dice que entiende
lógico que el trabajo y el tiempo debe pagarse, y que las cantidades le parecen
bien, incluso hasta poco, pero que esto ahora le sorprende ya que ha ido diciendo
que si la oposición quería cobrar los plenos y otras cosas parecidas. señala que lo
que le correspondía cobrar este año ya lo ha cobrado vista la indemnización que
le ha tocado pagar al ayuntamiento por el despido de Javier colino. se produce un
intercambio cruzado de opiniones entre el alcalde y este concejal sobre ese despido y el derecho a réplica del concejal y finalmente el alcalde le quita la palabra.
interviene don José Rodríguez ballesteros y dice que existe la libertad de
expresión, que le parece razonable la petición sin perjuicio del sentido de su voto.
Que es una ruptura con lo anterior, ya que el alcalde de galende nunca cobró, pero
que se trata de cobrar lícitamente no poniendo el cazo. tras varías interrupciones
de don agustín santiago sánchez, don José Rodríguez ballesteros pide al alcalde
que no se le interrumpa. indica que no se establecen ni el tiempo, ni las atribuciones y que si no se produce un cambio de gobernanza en el ayuntamiento en su
momento planteará una moción para que se retire esta dedicación, ya que igual
que les consultan unas cosas debían hacerlo con otras como el despido de los trabajadores o la pericial que se ha contratado.
le indica el alcalde que sí había motivos pora despedir a ese trabajador, que
no se puede amenazar a un concejal y que si quieren hablan de todas las cuestiones, dice don José Rodríguez que si eso fue así no se ha hecho constar en el despido y que ha tocado pagar un despido improcedente reconocido por el
ayuntamiento.
interviene don benjamín Ferrero vidal y le dice a don José Rodríguez
ballesteros que si después de hablar con él bajando la cuesta, diciéndole que era
una vergüenza que el alcalde estuviese tantas horas en el ayuntamiento sin cobrar
nada, y que ya estaban tardando en ponerle un sueldo, ahora se abstiene es un
R-201601819
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falso, y que se lo dice abiertamente, y que si ahora no tienen cojones de votar en
contra es un falso. don José Rodríguez ballesteros pide que conste en acta que le
está diciendo "que no tenéis cojones para votar en contra", pide don benjamín
Ferrero vidal que conste que se lo dice seis veces.
el alcalde dice que entiende que debe abstenerse por afectarle directamente,
en ese caso le indica la secretaría que debe abandonar la sala, asumiendo la presidencia el teniente de alcalde don oscar coca del estal.
dice el concejal don José Rodríguez ballesteros que no comparte que deba
abstenerse porque se trata de una dedicación institucional, a la alcaldía, no al
alcalde. indica la secretaría que desde ese punto de vista no debería abstenerse
y salir de la sala.
el alcalde somete a votación la moción que consta en el expediente y que lee
literalmente la secretaría y que dice:
moción de alcaldÍa
vista la necesidad de mi asistencia a las instalaciones municipales, fundamentalmente la casa consistorial, pero no sólo, todos los días, dado el ingente volumen de asuntos pendientes, así como la atención a numerosos proveedores, vecinos y ciudadanos en general que requieren de mi presencia como alcalde.
en la medida que el tiempo dedicado diariamente es muy superior a lo habitual
en el ejercicio de las funciones de la alcaldía, aun teniendo presente que todos los
concejales además del alcalde están trabajando por el interés público municipal,
se propone al pleno el debate y votación de la siguiente
moción de la alcaldÍa
la aprobación de una dedicación parcial para la alcaldía, dada la situación
actual descrita, de 20 horas semanales de lunes a viernes, sin determinación de
horario diario (que se cumplirá en función de las necesidades), por un importe neto
de unos 600 € en 14 pagas, determinándose por la gestoría la cantidad exacta del
gasto.
todo ello en consonancia con otros municipios de la provincia de Zamora en los
que se encuentran establecidas este tipo de dedicaciones y que tienen similares
características que el de galende, o incluso inferior población y presupuesto.
con carácter previo a su elevación al pleno, solicito que se emita informe de
secretaría intervención sobre la legislación y procedimiento a seguir y cuantos
otros aspectos se consideren relevantes."
Quedando aprobada por mayoría con 4 votos a favor del psoe y 4 abstenciones (3 de ahora decide y / del pp don José antonio sánchez garcía).
lo que se hace público para general conocimiento.
galende, 26 de octubre de 2015.-el alcalde.
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III. Administración Local
ayuntamiento
madridanos
Anuncio
el pleno del ayuntamiento de madridanos, en sesión extraordinaria celebrada
el día 30/05/2016, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de
créditos n.º 1/2016 financiados con cargo al remanente líquido de tesorería de
2015.
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del
texto refundido de la ley Reguladora de las Haciendas locales, aprobado por el
Real decreto 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de
este anuncio en el boletín oficial de la provincia de Zamora, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen
oportunas.
si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
madridanos, 3 de junio de 2016.-el alcalde.
R-201601821
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ayuntamiento
pueBlica de valverde
Aprobación inicial e información pública del modificado del proyecto
de reforma de local a velatorio municipal en Pueblica de Valverde
Habiendo sido aprobado por el pleno de este ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de febrero de 2016, el proyecto de reforma de local, a velatorio municipal en pueblica de valverde, en inmueble sito en la plaza de la iglesia,
n.º 8, de pueblica de valverde, por importe de ejecución de 27.971,96 euros,
redactado por el arquitecto don alberto posado Rodríguez, no habiendo sido presentada alegación alguna contra el mismo y siendo necesario efectuar una serie
de concreciones descriptivas, que no afectan al presupuesto de la obra, conforme
informe técnico del servicio de arquitectura y urbanismo de la excma. diputación
de Zamora, por decreto de alcaldía de fecha 9 de junio de 2016, se aprueba el
modificado del proyecto de reforma de local a velatorio municipal en pueblica de
valverde.
dicho modificado del proyecto se expone al público en la secretaría del
ayuntamiento, por espacio de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente
a su publicación en el boletín oficial de la provincia, al efecto de que, durante dicho
plazo, cualquier persona física o jurídica pueda examinarlo y formular las alegaciones que tenga por oportunas.
en el caso de que no se presentase alegación alguna durante el citado plazo,
el modificado del proyecto referido se entenderá definitivamente aprobado sin
necesidad de acuerdo expreso.
pueblica de valverde, 9 de junio de 2016.-el alcalde.
R-201601820
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Pág. 37
III. Administración Local
ayuntamiento
vega de villaloBos
Edicto
aprobado inicialmente por el pleno de este ayuntamiento, en sesión celebrada
el 17 de mayo de 2016, el expediente de modificación de créditos número 01/2016
del presupuesto general en vigor, queda expuesto al público en la secretaría de este
ayuntamiento por plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la
publicación de este edicto en el boletín oficial de la provincia, a fin de que cualquier
interesado pueda examinarlo y presentar las reclamaciones que estime oportunas.
en el supuesto de no presentarse reclamaciones en el plazo indicado, el expediente se entenderá definitivamente aprobado, produciendo efectos desde la fecha
de aprobación provisional una vez que se haya publicado el texto íntegro.
vega de villalobos, 6 de junio de 2016.-el alcalde.
R-201601831
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III. Administración Local
ayuntamiento
santa cristina de la polvorosa
Anuncio del resultado de la selección de una plaza de personal,
Operario de Servicios Múltiples.
(Contrato indefinido) y resolución de la adjudicación de la misma
por Resolución de alcaldía de fecha ocho de junio de dos mil dieciséis, se ha
resuelto lo siguiente:
- Primero: considerar la propuesta del tribunal calificador y nombrar a don
carlos lópez palacios, al haber obtenido la máxima puntuación en las pruebas
selectivas, para ocupar la plaza de operario de servicios múltiples, en régimen de
personal laboral, contrato indefinido.
Fijando el turno de reserva, siguiente:
- don m. Ángel Ferrero ballesteros.
- don Juan carlos carnicero Rubio.
- don Jose Fidel Rodriguez valderas.
- Segundo: Formalizar el contrato de trabajo en la modalidad. contrato indefinido, con la categoría de operario de servicios múltiples.
- Tercero: notificar respectivamente al interesado su contratación, para que presente la documentación necesaria para comprobar que cumplen los requisitos solicitados en las bases.
- Cuarto: publicar en el boletín oficial de la provincia de Zamora, la presente
resolución.
lo manda y firma el sr. alcalde, don salvador domínguez lorenzo, en santa
cristina de la polvorosa, a 9 de junio de 2016; de lo que, como secretario, doy fe.
v.º b.º, el alcalde. Fdo.: salvador domínguez lorenzo. el secretario. Fdo.:
bonifacio pedraz Fraile.
lo que se hace público, en cumplimiento de lo establecido por el art. 86.2 de la
ley 30/1992, de 26 de noviembre, lRJ-pac.
encontrándose el expediente en la secretaría del ayuntamiento, donde los interesados podrán examinarlo y presentar en el plazo de veinte días, contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el boletín oficial de la provincia
las reclamaciones que consideren oportunas.
santa cristina de la polvorosa, 9 de junio de 2016.-el alcalde.
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III. Administración Local
ayuntamiento
morales del vino
Anuncio
de conformidad con el acuerdo de la Junta de gobierno de este ayuntamiento
adoptado en sesión de fecha 26 de mayo del 2016 por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del procedimiento abierto, oferta económicamente más
ventajosa, varios criterios de adjudicación, para la adjudicación del contrato del servicio de limpieza del colegio de morales del vino, en base a los siguientes datos:
1. Entidad adjudicadora.
a) organismo: ayuntamiento de morales del vino.
b) dependencia que tramita el expediente: secretaría.
2. Objeto del contrato.
a) tipo de contrato: administrativo de servicios.
b) descripción del objeto: servicio de limpieza del colegio de morales del vino.
c) lugar de ejecución: municipio de morales del vino.
d) duración: dos años, pudiendo ser prorrogables hasta un máximo de dos
años más.
3. Tramitación y procedimiento.
a) tramitación: ordinario.
b) procedimiento: abierto.
4. Obtención de documentación e información.
a) entidad: ayuntamiento de morales del vino.
b) domicilio: c/ cortinal, 13 -morales del vino. código postal: 49190.
d) teléfono: 980 570 139. Fax: 980 570 148.
e) página web: www.moralesdelvino.es
5. Presupuesto base de licitación.
- 3.719,01 euros mensuales más 780,99 euros en concepto de iva.
6. Criterios de adjudicación.
los establecidos en el pliego de condiciones en la cláusula décima.
7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación.
a) Fecha límite de presentación: Quince días naturales a contar del siguiente a
la publicación de este anuncio en el boletín oficial de la provincia.
morales del vino, 3 de junio de 2016.-el alcalde.
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Pág. 40
III. Administración Local
ayuntamiento
morales del vino
Anuncio
de conformidad con el acuerdo de la Junta de gobierno de este ayuntamiento
adoptado en sesión de fecha 26 de mayo del 2016 por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del procedimiento abierto, oferta económicamente más
ventajosa, varios criterios de adjudicación, para la adjudicación del contrato del servicio de mantenimiento del alumbrado público de morales del vino, en base a los
siguientes datos:
1. Entidad adjudicadora.
a) organismo: ayuntamiento de morales del vino.
b) dependencia que tramita el expediente: secretaría.
2. Objeto del contrato.
a) tipo de contrato: administrativo de servicios.
b) descripción del objeto: servicio de mantenimiento del alumbrado público.
c) lugar de ejecución: municipio de morales del vino.
d) duración: tres años, pudiendo ser prorrogables hasta un máximo de tres
años más.
3. Tramitación y procedimiento.
a) tramitación: ordinario.
b) procedimiento: abierto.
4. Obtención de documentación e información.
a) entidad: ayuntamiento de morales del vino.
b) domicilio: c/ cortinal, 13 -morales del vino. código postal: 49190.
d) teléfono: 980570139. Fax: 980570148.
e) página web: www.moralesdelvino.es
5. Presupuesto base de licitación.
- 10.000 euros anuales más 2.100 euros en concepto de iva.
6. Criterios de adjudicación.
los establecidos en el pliego de condiciones en la cláusula "décima.
7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación.
a) Fecha límite de presentación: Quince días naturales a contar del siguiente a
la publicación de este anuncio en el boletín oficial de la provincia.
morales del vino, 3 de junio de 2016.-el alcalde.
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III. Administración Local
ayuntamiento
cerecinos de campos
Anuncio de aprobación inicial
el pleno del ayuntamiento de cerecinos de campos, en sesión ordinaria celebrada el día 17/05/2016, acordó la aprobación inicial del expediente n.º 1/2016, de
modificación de créditos para concesión de créditos extraordinarios.
y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4
del Real decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la ley Reguladora de las Haciendas locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente de la
inserción de este anuncio en el boletín oficial de la provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen
oportunas.
si transcurrido dicho plazo, no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
cerecinos de campos, 24 de mayo de 2016.-el alcalde.
R-201601830
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Pág. 42
III. Administración Local
ayuntamiento
olmillos de castro
Anuncio
aprobada inicialmente por el pleno de la corporación, en sesión de fecha 10 de
junio de 2016, la documentación técnica que a continuación se reseña.
"proyecto para mejora de la pavimentación en san martín de tábara (zona
calle abayo)", redactado por los ingenieros de caminos, canales y puertos doña
Rosario garcía Fernández y don eduardo vidal gutiérrez con fecha mayo de 2016,
con un presupuesto total (total presupuesto base de licitación) de nueve mil quinientos setenta y tres euros, con dieciséis céntimos (9.573,16 euros).
Quedan dicho documento técnico, así como el acuerdo de su aprobación,
expuestos al público por plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la inserción del presente anuncio en el boletín oficial de la provincia; a fin
de que todos aquellos que puedan resultar interesados puedan examinarlos, en los
días y horas de oficina, y presentar, en su caso, cuantas sugerencias, alegaciones
o reclamaciones tengan por convenientes. caso de no presentarse alegaciones o
reclamaciones durante dicho plazo, de conformidad con el referido acuerdo plenario, se entenderán definitivamente aprobados sin necesidad de ulterior acuerdo.
olmillos de castro, 10 de junio de 2016.-el alcalde.
R-201601829
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Pág. 43
IV. Administración de Justicia
JuZgado de lo social n.º 13
málaga
procedimiento: procedimiento ordinario 196/2016 negociado: 1. n.i.g.: 2906744s20160002934. de: d/da.
JosÉ luis ÁlvaReZ lobato y nuRia benedicto villagomeZ. abogado: oliveR mula gonZÁleZ.
contra: veRmutal s.l, lamineX cadiZ, s.l, lamineX gRanada, s.a., lamineX malaga, s.l., lamineX sevilla, s.l., lamineX noRte, s.l., lamineX muRcia, s.l., lamineX levante, s.l., lamineX
baleaRes, s.l., lamineX albacete, s.l., lamitools ingenieRÍa, s.l., galena system, s.l..
navespan, s.l., dRiving, s.l., aluminios y deRivados alba, s.l., peRFiles ibÉRicos eXtRuidos, s.a., sycRonova, s.l. y alumagnet, s.l.
Edicto
doña clara lópez calvo, letrada de la administración de Justicia del Juzgado
de lo social número 13 de málaga.
Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos
número 196/2016 se ha acordado citar a alumagnet, s.l. como parte demandada
por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 27 de junio de
2016 y hora de las 12'10 para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso,
que tendrán lugar en este Juzgado de lo social, sito en ciudad de la Justicia, c/
Fiscal luis portero s/n, 3º planta debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse,
con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta
injustificada de asistencia.
igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice
prueba de confesión judicial.
se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la
secretaría de este juzgado de lo social copia de la demanda presentada. y para
que sirva de citación a alumagnet, s.l.
se expide la presente cédula de citación para su publicación en el boletín
oficial de la provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.
en málaga, a seis de junio de dos mil dieciséis.-el/la letrado/a de la
administración de Justicia.
R-201601832
www.diputaciondezamora.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA
D.L. ZA/1-1958
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N.º 67 - MIÉRCOLES 15 DE JUNIO DE 2016
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V. Otros anuncios oficiales
consoRcio centRo de idiomas de ZamoRa
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en cumplimiento de lo establecido en el artículo 212 del Real decreto legislativo
2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley Reguladora
de las Haciendas locales, queda expuesta al público la cuenta general del
consorcio del centro de idiomas de Zamora correspondiente al ejercicio 2015 en la
secretaría de esta entidad.
Zamora, 9 de junio de 2016.-el presidente del consorcio, antonio iglesias
martín.
R-201601833
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