sugerencias para la formulación del nuevo estatuto de la

SUGERENCIAS PARA LA FORMULACIÓN DEL NUEVO ESTATUTO
DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS
REFERENCIA:
LEY UNIVERSITARIA
CAPÍTULO VIII - DOCENTES
Artículo 80. Docentes
Los docentes son:
80.1 Ordinarios: …...........
80.2 Extraordinarios: eméritos, honorarios, ………..
SUGERENCIA PARA EL ESTATUTO:
Artículo XX. Los Docentes Eméritos son los profesores principales ordinarios, a tiempo completo o dedicación exclusiva, jubilados o cesantes de la
Universidad, a quienes en atención a los eminentes servicios prestados a la
institución y/o a la Nación, el Consejo Universitario les confiere este título a
propuesta del respectivo Consejo de Facultad.
La condición de Docente Emérito tiene carácter vitalicio. A solicitud de la
Facultad correspondiente puede participar voluntariamente en la función docente.
(Texto adaptado del Art. 122° del actual Estatuto de la UNMSM)
Artículo 96. Remuneraciones
SUGERENCIA PARA EL ESTATUTO
Artículo YY. Los Docentes Eméritos, además de su pensión, percibirán las
asignaciones adicionales y remuneraciones complementarias que corresponden al docente en actividad de la misma categoría y régimen de dedicación.
(Texto adaptado del Art. 156° del actual Estatuto)