MAR DEL PLATA, VISTO el Expediente N° 1-426/2016 caratulado "Contratación Directa por Exclusividad con LACNIC, Registro de Direcciones de Internet para América Latina y el Caribe, por la asignación de 4 redes de direcciones IPv4 para la UNMDP", y CONSIDERANDO: Que el Centro de Cómputos informa que la contratación sólo puede realizarse con LACNIC - Registro de Direcciones de Internet para América Latina y el Caribe, y adjunta documentación respaldatoria que lo acredita. Que se realizó el registro preventivo por la Dirección de Presupuesto. Que se autorizó el Procedimiento de Selección como Contratación Directa por Exclusividad. Que a tales efectos se llamó a Contratación Directa por Adjudicación Simple Nro. 38/2016. Que se realizaron las publicaciones e invitaciones correspondientes. Que la Dirección de Suministros emite informe de elevación de proyecto de adjudicación, dejando constancia de que se han cumplido los requisitos reglamentarios de acuerdo a la normativa vigente. Que este informe cuenta con la conformidad de la Dirección General de Administración. Las atribuciones conferidas por la Ordenanza de Consejo Superior N° 370/13, y la Resolución de Rectorado N° 2676/15. Por ello, EL SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento Contratación Directa por Adjudicación Simple 38/2016. ARTÍCULO 2°.- Adjudicar según el siguiente detalle: Adjudicación 59/2016 Ren glón 1 Estado Adjudicatario Cantidad Adjudicado REGISTRO DE DIRECCIONES DEINTERNET PARA AMERICA LATINA Y CARIBE-LACNIC 1,00 Precio Unitario $ 19.250,00 Importe total adjudicado Precio adjudicado $ 19.250,00 $ 19.250,00 El monto adjudicado corresponde al equivalente en PESOS del valor de la asignación inicial (U$S 2.500) menos un descuento del 50% por ser la UNMDP una entidad sin fines de lucro. Quedan amparadas en la presente contratación, las sucesivas renovaciones anuales cuyo importe es de U$S 600 (menos el descuento mencionado). ARTÍCULO 3°.- Autorizar el pago anticipado a LACNIC por DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA (U$S 1.250) en concepto de ASIGNACIÓN INICIAL, así como los sucesivos pagos por renovación anual por DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS (U$S 300). ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Dése al Boletín Oficial de la Universidad. Comuníquese a quienes corresponda. Cumplido, archívese. PROVIDENCIA RESOLUTIVA SAF N°
© Copyright 2024