Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México

lunes 13 de junio de 2016
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SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN Y
DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LOS
LINEAMIENTOS PARA LA CERTIFICACIÓN DE
INSTITUCIONES DE ASISTENCIA PRIVADA.
AVISOS JUDICIALES: 2678, 2670, 2671, 2672,
2674, 2675, 2676, 2677, 1120-A1, 2685, 2684,
2682, 2681, 2679, 36-C1, 418-B1, 2625, 2626,
2587, 1116-A1, 2691, 2690, 2688, 2687, 2692,
2686, 2693, 2694 y 1115-A1.
2673,
2683,
2629,
2689,
AVISOS
ADMINISTRATIVOS
Y
GENERALES:
1117-A1, 1118-A1, 419-B1, 1114-A1, 1119-A1, 2695
y 2680.
CCI
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SECCIÓN SEGUNDA
400
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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
JUNTA DE ASISTENCIA PRIVADA DEL ESTADO DE MÉXICO
Derivado del Acuerdo JAP-142-012-2016, de la Centésima Cuadragésima Segunda Sesión
Ordinaria del Órgano de Gobierno, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 22 inciso
a) fracciones I y VIII, inciso b) fracción I y 23 inciso a) fracciones IV y VI de la Ley de
Instituciones de Asistencia Privada del Estado de México; 7 y 8 fracciones XIII y XXI de su
Reglamento, bajo los siguientes:
CONSIDERANDOS
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017, establece que el fortalecimiento del
marco normativo es uno de los objetivos para lograr una Administración Pública eficiente que
constituye la base de la visión del Gobierno Estatal para consolidarse como un Gobierno de
Resultados el cual brinda seguridad integral a los mexiquenses.
Que para cumplir con este objetivo y estrategias se requiere fortalecer el marco institucional y
adecuar la administración pública a una nueva realidad de estado, en congruencia con las exigencias
de la sociedad.
Que una línea de acción del Estado Progresista es generar una simplificación administrativa y
adecuación normativa, implementando reformas y modificaciones administrativas para impulsar las
mejores prácticas en políticas públicas.
Que la Ley de Instituciones de Asistencia Privada del Estado de México, tiene por objeto regular los
actos relativos a la Constitución, funcionamiento, fomento y desarrollo de las Instituciones de
Asistencia Privada.
Que la Junta de Asistencia Privada del Estado de México, es un organismo público descentralizado
del Gobierno del Estado de México, que tiene por objeto el cuidado, fomento, desarrollo, vigilancia,
asesoría y coordinación de las Instituciones de Asistencia Privada, en el territorio Estatal.
Que la Junta de Asistencia Privada del Estado de México, en términos del artículo 22 inciso a)
fracciones I, VII, VIII y XIII de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada del Estado de México,
tiene la obligación de establecer las políticas generales en materia de asistencia privada; certificar
anualmente a cada una de las Instituciones de Asistencia Privada, en base al cumplimiento o no de
su objeto; así como establecer las disposiciones necesarias para la certificación de las mismas y
vigilar su cumplimiento; igualmente el inciso b), fracción I, del mismo artículo, se señala como una de
las atribuciones de la Junta de Asistencia Privada del Estado de México, la de expedir sus normas de
operación.
Que en fecha 29 de octubre de 2013 se celebró la Centésimo Décima Primera Sesión Ordinaria del
Órgano de Gobierno de la Junta de Asistencia Privada del Estado de México, en la que se tomó el
acuerdo referente a las disposiciones para otorgar la certificación a las Instituciones de Asistencia
Privada a partir del 2014, y se aprobó el “Acuerdo JAP-111-003-2013 mismos que fueron publicados
en fecha 13 de marzo de 2014 y que han servido para seguir fortaleciendo a las instituciones donde
se ha tenido un éxito en la Dirección de Desarrollo Asistencial, Dirección que cuenta con la capacidad
técnica, operativa y que en la práctica lo lleva a cabo, siendo pilar para la JAPEM el ajustarnos a sus
recomendaciones.
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Que en mérito de lo expuesto, hemos tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LOS
LINEAMIENTOS PARA LA CERTIFICACIÓN DE INSTITUCIONES DE ASISTENCIA PRIVADA.
ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman los artículos 5, 8 en su segundo párrafo, 10, 13 en su segundo
párrafo, 14 en su segundo párrafo, 16, 17 y 19. Se derogan los párrafos segundo y tercero del
artículo 8, los párrafos cuarto y quinto del artículo 14, los párrafos cuarto y quinto del artículo 15,
todos de los Lineamientos para la Certificación de Instituciones de Asistencia Privada, para quedar
como sigue:
Lineamientos para la Certificación de Instituciones de Asistencia Privada.
Capítulo 1
Disposiciones Generales.
Objeto.
Artículo 1. Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer y describir las etapas, los
requisitos, mecanismos, criterios y acciones para que se realice la certificación en forma anual de las
Instituciones de Asistencia Privada, que efectúa la Junta de Asistencia Privada del Estado de México.
Fundamento Legal.
Artículo 2. Para otorgar la certificación a las Instituciones de Asistencia Privada, son aplicables las
siguientes disposiciones:
•
Ley de Instituciones de Asistencia Privada del Estado de México.
•
Reglamento Interior de la Junta de Asistencia Privada del Estado de México.
•
Lineamientos para la Vigilancia y Control de la Administración de las I.A.P. y de los
procedimientos de Certificación y Extinción de las Instituciones de Asistencia Privada del
Estado de México.
•
Manual de Procedimientos de la Junta de Asistencia Privada del Estado de México.
Ámbito de aplicación y sujetos.
Artículo 3. Los presentes lineamientos son de observancia obligatoria para la Junta de Asistencia
Privada del Estado de México y las Instituciones de Asistencia Privada del Estado de México.
La Junta de Asistencia Privada del Estado de México será responsable de su aplicación de los
presentes lineamientos.
Definiciones.
Artículo 4. Para efectos de los presentes lineamientos, se entenderá por:
•
Acta de visita de verificación: al documento jurídico en el que se asienta la información que
se genera en la visita de verificación a la I.A.P. y, así como, las recomendaciones a solventar,
en su caso.
•
Domicilio Asistencial y/o legal: al lugar de residencia donde se localiza la Institución de
Asistencia Privada, sucursal, establecimiento u oficina de la misma.
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•
I.A.P.: a las Instituciones de Asistencia Privada.
•
JAPEM: a la Junta de Asistencia Privada del Estado de México.
•
Ley: a la Ley de Instituciones de Asistencia Privada del Estado de México.
•
Lineamientos: a los Lineamientos para la Vigilancia y Control de la Administración de las
I.A.P. y de los procedimientos de Certificación y Extinción de las Instituciones de Asistencia
Privada del Estado de México.
•
Lineamientos para la certificación: a los presentes lineamientos.
•
Manual de Procedimientos: al Manual de Procedimientos de la Junta de Asistencia Privada
del Estado de México.
•
Manual General de Organización: al Manual General de Organización de la Junta de
Asistencia Privada del Estado de México.
•
Órgano de Gobierno: al Cuerpo colegiado de la Junta de Asistencia Privada del Estado de
México.
•
Unidad Administrativa: a la Dirección de Desarrollo Asistencia, a la Subdirección Jurídica y/o
a la Subdirección de Evaluación y Capacitación.
•
Procedimiento de certificación: al procedimiento administrativo que tiene por objeto avalar
que las Instituciones de Asistencia Privada constituidas o registradas ante la Junta de
Asistencia de Privada del Estado de México, cumplan con el objeto asistencial, mediante la
Certificación.
•
Reglamento: al Reglamento Interior de la Junta de Asistencia Privada del Estado de México.
Capítulo 2
De la Certificación de las Instituciones de Asistencia Privada.
Objetivo de la certificación.
Artículo 5. El objetivo de la certificación anual es avalar que las I.A.P. constituidas y registradas ante
la JAPEM, cumplan con las disposiciones de carácter asistencial.
Tipos de certificación.
Artículo 6. La certificación que obtengan las I.A.P. será:
•
Certificación positiva; y
•
Acuerdo de certificación negativa.
Periodicidad y vigencia de la certificación.
Artículo 7. La certificación de las I.A.P. se realizará de forma anual; al otorgarse la certificación
positiva, ésta tendrá vigencia por un año.
Capítulo 3
Disposiciones obligatorias para certificar a las Instituciones de Asistencia Privada.
Disposiciones asistenciales.
Artículo 8. Para obtener la certificación las I.A.P., deben cumplir con las disposiciones siguientes:
Disposiciones asistenciales:
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•
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Cumplir con su objeto asistencial en donde se acredite fehacientemente su capacidad técnica,
material y operativa para el cumplimiento de su objeto.
Capítulo 4
Procedimiento de Certificación.
Etapas del Procedimiento
Artículo 9. El procedimiento de certificación se da conforme a lo establecido en el Manual de
Procedimientos de la Junta de Asistencia Privada del Estado de México en el “Procedimiento de
Certificación de Instituciones de Asistencia Privada”.
Artículo 10. La Dirección de Desarrollo Asistencial, elabora la propuesta de las I.A.P., sujetas a
certificación, remitiendo estas a la Subdirección Jurídica, tomando como base la fecha en que se
realizó la visita y posteriormente se hará la integración a la carpeta del Órgano de Gobierno de la
JAPEM, quien en Sesión la aprobará o no.
Artículo 11. Otorgada y entregada por la JAPEM la certificación positiva anual, las I.A.P deben
exhibir el documento de la certificación en sus instalaciones en lugar visible y a la vista del público en
general.
Artículo 12. En atención al Manual de Procedimientos se concluye el procedimiento, cuando la
Secretaría Ejecutiva entrega copias de la certificación, del oficio y de los formatos de notificación
personal o instructivo, a la Dirección de Desarrollo Asistencial y a la Subdirección Jurídica para su
anotación en el “Registro de Certificación Anual de las Instituciones de Asistencia Privada”, y su
archivo correspondiente.
Capítulo 5
Criterios de Certificación.
Criterios.
Artículo 13. Los criterios para la certificación aplicables a las I.A.P. son los siguientes:
•
Para otorgar la certificación se tomará como determinante de tiempo la fecha en que se realice
la visita por parte de la Dirección de Desarrollo Asistencial tomando en consideración el que
se acredite fehacientemente su capacidad técnica, material y operativa para el cumplimiento
de su objeto.
•
Se revisará el cumplimiento a las Normas Oficiales Mexicanas en materia de Salud,
Protección Civil y cualquier otra disposición relacionada con el objeto asistencial específico de
las I.A.P. que les sean aplicables.
Capítulo 6
Responsables de la Certificación y sus atribuciones.
Responsables.
Artículo 14. Para llevar a cabo la certificación de las I.A.P., la JAPEM contara con:
Órgano de Gobierno;
La Secretaría Ejecutiva;
La Dirección de Desarrollo Asistencial;
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Atribuciones.
Artículo 15. Las unidades administrativas responsables tendrán las atribuciones siguientes:
Órgano de Gobierno:
Autorizar anualmente a cada una de las Instituciones de Asistencia Privada, en base al
cumplimiento o no de su objeto, la certificación correspondiente.
La Secretaría Ejecutiva:
Presentar al Órgano de Gobierno de la JAPEM, lo relativo a las solicitudes para
certificar a las I.A.P.
La Dirección de Desarrollo Asistencial:
Proponer al Órgano de Gobierno de la JAPEM, a las I.A.P. que serán certificadas en
forma anual, conforme a las visitas de verificación realizadas.
Capítulo 7
Visitas de Verificación a las Instituciones de Asistencia Privada.
Visitas de Verificación.
Artículo 16. Las visitas de verificación tienen como objetivo comprobar el cumplimiento de las
obligaciones que en materia asistencial, que tienen cada una de las I.A.P., que ha sido constituida y
registrada ante la JAPEM como lo dispone la Ley, el Reglamento y demás disposiciones aplicables.
Responsables de las Visitas de Verificación.
Artículo 17. La Dirección de Desarrollo Asistencial de la JAPEM es la responsable de efectuar las
visitas de verificación en términos de los ordenamientos y lineamientos que les son aplicables.
Artículo 18. Las visitas de verificación a las I.A.P., se realizarán de conformidad al programa mensual
de Visitas de Verificación y mediante mandamiento escrito dirigido a las mismas, el que deberá reunir
las formalidades que señala la legislación vigente; en cumplimiento a lo que establece el
procedimiento de “Realización de Visitas de Verificación a Instituciones de Asistencia Privada”
aprobado por la JAPEM.
Capítulo 8
Propuesta de las Instituciones de Asistencia Privada para Certificación.
Elaboración de la Propuesta.
Artículo 19. La Dirección de Desarrollo Asistencial generará el documento denominado “Propuesta
de Instituciones de Asistencia Privada para la Certificación”, una vez que las I.A.P., cumplan con los
requisitos, disposiciones asistenciales, y de las demás disposiciones aplicables.
Propuesta de Certificación Positiva.
Artículo 20. La Dirección de Desarrollo Asistencial entregará a la Subdirección Jurídica la
“Propuesta de Instituciones de Asistencia Privada para la Certificación”, indicando en su contenido a
las I.A.P. que cumplen con los requisitos y disposiciones para obtener la certificación anual; lo
anterior, con el fin de integrarla a la carpeta de la Sesión del Órgano de Gobierno de la JAPEM
correspondiente.
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Propuesta de Acuerdo de Certificación Negativa.
Artículo 21. El incumplimiento a las recomendaciones formuladas por la JAPEM por parte de las
I.A.P. y a las disposiciones que se establecen en estos lineamientos y otros ordenamientos
aplicables, así como la falta de requisitos; amerita una propuesta para el Acuerdo de certificación
negativa, que se integrará a la carpeta de la Sesión del Órgano de Gobierno de la JAPEM, para
efecto de emitir el mismo.
Artículo 22. Cuando se haya expedido un Acuerdo de certificación negativa del Órgano de Gobierno
de la JAPEM, por no haber subsanado las observaciones y recomendaciones, se turnará para dar
inicio al procedimiento para la extinción a las I.A.P.
Capítulo 9
Aprobación de Certificación Anual.
Aprobación.
Artículo 23.
El Órgano de Gobierno de la JAPEM, acordará la aprobación del otorgamiento de la certificación
anual positiva a las I.A.P., que hayan cumplido con su objeto asistencial y todas las demás
disposiciones plasmadas en el artículo 8 de estos lineamientos y de las que se encuentren en otros
ordenamientos.
Capítulo 10
Registro de las Instituciones de Asistencia Privada Certificadas.
Registro.
Artículo 24. La JAPEM llevará a cabo el Registro de la Certificación Anual de las I.A.P., que permitirá
realizar el control sobre el otorgamiento de la certificación anual positiva y el Acuerdo de certificación
negativa, que se encuentran en las Actas de Sesión del Órgano de Gobierno de la JAPEM.
Capítulo 11
Cancelación de la Certificación Anual.
Cancelación.
Artículo 25. La JAPEM a través de la Dirección de Desarrollo Asistencial, podrá realizar los trámites
inherentes a la Cancelación del Registro de la Certificación otorgada a las I.A.P., en los casos
siguientes:
•
Cuando se haya otorgado la Certificación Anual a las I.A.P., y posteriormente se reciban
quejas y/o se detecten anomalías en su funcionamiento o por el incumplimiento de su objeto
social.
Capítulo 12
Sanciones e Interpretación.
Sanciones.
Artículo 26. Las sanciones que se deriven por infracciones o incumplimiento a los presentes
lineamientos por parte del personal de las I.A.P., o de la JAPEM, se impondrán con arreglo a las
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disposiciones del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, y demás normatividad
aplicable.
Interpretación.
Artículo 27.
El Órgano de Gobierno de la JAPEM, en el ámbito de su competencia, será el
encargado de interpretar y atender los asuntos no previstos en los presentes lineamientos.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquense los presentes Lineamientos en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
SEGUNDO.- Las presentes modificaciones entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el
Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
TERCERO.- Las Instituciones de Asistencia Privada que se hayan propuesto para su certificación
antes de la entrada en vigor del presente acuerdo y no la hayan alcanzado por incumplimientos en
materia contable y jurídica, podrán ser propuestas de nueva cuenta siempre y cuando hayan
cumplido y mantengan el objeto asistencial de conformidad con los presentes lineamientos.
CUARTO.- Con la entrada en vigor del presente acuerdo, se dejan sin efecto todas las disposiciones
de igual o menor jerarquía que se opongan a lo dispuesto en los presentes Lineamientos;
publíquense en forma íntegra con todas las modificaciones en el presente acuerdo.
SE APRUEBA POR UNANIMIDAD DE VOTOS EL ACUERDO PARA REFORMAR Y DEROGAR
DIVERSAS DISPOSICIONES DE LOS LINEAMIENTOS PARA LA CERTIFICACIÓN DE
INSTITUCIONES DE ASISTENCIA PRIVADA, SEGÚN CONSTA EN ACTA DE LA CENTÉSIMA
CUADRAGÉSIMA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EN EL MUNICIPIO DE
TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, A LOS 31 DÍAS DEL MES DE MAYO DE 2016.
C. María Guadalupe Mariscal Torroella
Presidenta
(Rúbrica)
M. en C. Alejandro Alfonso Naveda Faure
Secretario Ejecutivo
(Rúbrica).
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A V I S O S
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J U D I C I A L E S
JUZGADO SEXTO MERCANTIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
En el expediente número 409/2014, relativo al Juicio
EJECUTIVO MERCANTIL promovido por ELIA FONSECA
ALFARO, en contra de ROSARIO PEÑA ROCHA, en fecha
veintiséis de mayo de dos mil dieciséis, se dictó un auto; para que
tenga lugar la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE en los
términos siguientes: “...se señalan las DIEZ HORAS DEL DÍA
CUATRO DE JULIO DE DOS MIL DIECISEIS, para que tenga
verificativo la primera almoneda de remate del bien mueble
consistente en: CHEVROLET CHEVY, COLOR NEGRO,
NUMERO DE SERIE 3G1SE5ZA0CS111902, PLACAS DE
CIRCULACIÓN MKH 39-71 DEL ESTADO DE MÉXICO, En la
cantidad de $66,800.00 (SESENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS
00/100 MONEDA NACIONAL), suma en que fue valuado por el
perito tercero en discordia. Siendo postura legal la que cubra el
importe total del precio fijado a la cosa. En consecuencia,
anúnciese su venta por medio de edictos que se publicarán dos
veces en un periódico de circulación amplia en la Entidad
Federativa. En la primera y en la segunda publicación, deberá
mediar un lapso de tres días. Además entre la última publicación
y la fecha del remate deberá mediar un lapso no menor de cinco
días. Convóquese postores para tal objeto. Dado en Toluca,
México, a los tres días del mes de junio de dos mil dieciséis.-DOY
FE.
Validación: Fecha de acuerdo que ordena la publicación
veintiséis de mayo de dos mil dieciséis.-Secretario de Acuerdos,
Licenciada Mayra Martínez López.-Rúbrica.
2678.-13 y 17 junio.
JUZGADO DECIMO OCTAVO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
SECRETARIA “A”.
EXPEDIENTE NÚMERO 377/2014.
SE CONVOCAN POSTORES.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO BERLIN VALENZUELA
CESAR Y MARÍA ESTHER VALENZUELA HERNÁNDEZ EN
CONTRA DE LA SUCESIÓN TESTAMENTARIA A BIENES DEL
SEÑOR ABEL RICARDO RUIZ DE CHÁVEZ Y PAQUENTIN,
TAMBIÉN CONOCIDO EN VIDA CON LOS NOMBRES DE ABEL
RICARDO RUIZ DE CHÁVEZ Y PAQUETIN; ABEL RUIZ DE
CHÁVEZ; ABEL RUIZ DE CHÁVEZ PAQUETIN Y ABEL RUIZ DE
CHÁVEZ PANQUETIN, POR CONDUCTO DE SU ALBACEA O
QUIEN LEGALMENTE LE REPRESENTE; EXPEDIENTE
377/2014, LA C. JUEZ INTERINA DÉCIMO OCTAVO DE LO
CIVIL MAESTRA NORMA ALEJANDRA MUÑOZ SALGADO,
POR AUTO DE DIECINUEVE DE MAYO DEL AÑO EN CURSO,
HA SEÑALADO LAS DIEZ HORAS DEL DÍA TREINTA DE JUNIO
DEL AÑO EN CURSO, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA
DILIGENCIA DE REMATE EN PRIMERA ALMONEDA DEL BIEN
INMUEBLE EMBARGADO IDENTIFICADO COMO: PREDIO
DENOMINADO TEOPANTLALPAN UBICADO EN MUNICIPIO
AMECAMECA ESTADO DE MÉXICO CON UNA SUPERFICIE
DE 17,597 M2 CUYAS CARACTERÍSTICA MEDIDAS Y
COLINDANCIAS OBRAN EN AUTOS, SIENDO POSTURA
LEGAL AQUELLA QUE CUBRA LAS DOS TERCERAS PARTES
DE LA CANTIDAD DE $3’853,700.00 (TRES MILLONES
OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS
PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), PRECIO DEL AVALÚO
RENDIDO EN AUTOS; DEBIENDO LOS POSIBLES
LICITADORES DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR
EL ARTÍCULO 574 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS
CIVILES, ESTO ES, DEBERÁN CONSIGNAR PREVIAMENTE
UNA CANTIDAD IGUAL POR LO MENOS AL DIEZ POR CIENTO
EFECTIVO DEL VALOR DEL BIEN, SIN CUYO REQUISITO NO
SERÁN ADMITIDOS. CONSTE. DOY FE.
EDICTO QUE SE FIJARÁ POR UNA SOLA VEZ EN LOS
TABLEROS DE AVISOS DE ESTE JUZGADO Y EN LOS DE LA
TESORERIA DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y
SE PUBLICARÁN EN EL PERIÓDICO “EL SOL DE MÉXICO”,
DEBIENDO MEDIAR ENTRE LA PUBLICACIÓN Y LA FECHA
DE REMATE CUANDO MENOS CINCO DIAS HABILES.-Ciudad
de México, 25 de mayo de 2016.-La C. Secretaria de Acuerdos
“A”, Licenciada Karla Jackeline Álvarez Figueroa.-Rúbrica.
2670.-13 junio.
JUZGADO SEXAGESIMO CUARTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
En los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO,
promovido por BANCO INBURSA, S.A., INSTITUCION DE
BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO INBURSA, en contra
de ROMAN MARTINEZ HERRERA, Y MARIA ISABEL MORIN DE
LA CRUZ, expediente 170/2013, se dictó auto de veintinueve de
abril de 2016, que a su letra dice: “Ciudad de México a
veintinueve de abril de dos mil dieciséis.- Agréguese a sus autos
el escrito de la parte actora, visto su contenido y como lo pide
señalan las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DIA
CINCO DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS, para que tenga
verificativo la Audiencia de Remate en SEGUNDA ALMONEDA,
respecto del bien inmueble, ubicado en SAN FRANCISCO
ACAZUCHITLALTONGO, MUNICIPIO DE
POLOTITLÁN,
DISTRITO DE JILOTEPEC, ESTADO DE MEXICO, cuyo
PRECIO DE REMATE es la cantidad de $2,696,000.00 (DOS
MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL PESOS
11/100 M.N.) que es la cantidad que resulta de hacer la
disminución del veinte por ciento del precio de avalúo, por
tratarse de SEGUNDA ALMONEDA, anunciándose por medio de
edictos que se fijarán por DOS VECES en los tableros de avisos
del Juzgado y en los de la Tesorería del Distrito Federal y en el
periódico “EL UNIVERSAL”, debiendo mediar entre una y otra
publicación SIETE DIAS HABILES y entre la última y la fecha de
remate igual plazo, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por
el artículo 570 del Código referido, siendo postura legal la que
cubra las dos terceras partes del precio del avalúo; y toda vez
que el inmueble objeto del remate se encuentra fuera de la
jurisdicción de este Juzgado, GÍRESE ATENTO EXHORTO AL C.
JUEZ COMPETENTE EN EL MUNICIPIO DE POLOTITLAN,
DISTRITO DE JILOTEPEC, ESTADO DE MÉXICO, para que en
auxilio de las labores de este Juzgado se sirva realizar las
publicaciones correspondientes en las puertas del Juzgado y en
los sitios de costumbre de este lugar, publicaciones que deberán
realizarse por dos veces, debiendo mediar entre una y otra
publicación, SIETE DIAS HABILES y entre la última y la fecha de
remate SIETE DIAS HABILES debiéndose elaborar el exhorto
correspondiente y ponerse a disposición de la actora para su
debido trámite y diligenciación. En igual forma se hace del
conocimiento de los posibles postores que para tomar parte en la
subasta, deberán consignar previamente, en Billete de Depósito,
una cantidad igual por lo menos al diez por ciento del valor de los
bienes, que sirve de base para el remate, sin cuyo requisito no
serán admitidos. Dejando sin efecto la fecha señalada
previamente en autos. Notifíquese; lo proveyó y firma el C. Juez
Sexagésimo Cuarto de lo Civil, Licenciado Oscar Nava López,
asistido del Secretario de Acuerdos, “B” Licenciado Roberto
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Alfredo Chávez Sánchez, que da fe.-Doy Fe”.-Ciudad de México,
18 de Mayo de 2016.-EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”,
LIC. ROBERTO ALFREDO CHAVEZ SANCHEZ.-RÚBRICA.
2671.-13 y 23 junio.
JUZGADO TRIGESIMO PRIMERO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO DE REMATE
En cumplimento a lo ordenado por proveído de fecha
veintiséis de abril del año dos mil dieciséis, dictados en el JUICIO
ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por BANCO MERCANTIL
DEL NORTE S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MULTIPLE GRUPO
FINANCIERO BANORTE, en contra de CASIANO HERNÁNDEZ
MARTÍNEZ Y OTRO, expediente 741/2008, EL C. JUEZ
TRIGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE
MÉXICO, LICENCIADO GILBERTO RUÍZ HERNÁNDEZ, señalo
las ONCE HORAS DEL DÍA CINCO DE JULIO DEL AÑO DOS
MIL DIECISÉIS, y con fundamento en lo dispuesto en los
artículos 486, 564, 565, 566, 570, 572, 573, 574 y demás relativos
del Código de Procedimientos Civiles, procédase al REMATE EN
PRIMERA ALMONEDA, respecto del inmueble ubicado en: LA
VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL NÚMERO 82, DEL LOTE 12,
DE LA MANZANA XV, DEL CONJUNTO HABITACIONAL DE
INTERÉS SOCIAL DENOMINADO GEOVILLAS DE SANTA
BÁRBARA, EN EL MUNICIPIO DE IXTAPALUCA, DISTRITO DE
CHALCO, ESTADO DE MÉXICO, sirviendo de base para el
remate la cantidad de $471,000.00 (CUATROCIENTOS
SETENTA Y UN MIL PESOS 00/100 M.N.), que es precio de
avalúo y es postura legal la que cubra las dos terceras partes de
la cantidad señalada, y para tomar parte en la subasta, deberán
los licitadores consignar previamente ante este, Juzgado Billete
de Depósito al diez por ciento valor del bien hipotecado, sin cuyo
requisito no serán admitidos.
PARA SU PUBLICACIÓN POR DOS VECES EN LOS
TABLEROS DE AVISOS DE ESTE JUZGADO, EN LOS DE LA
TESORERÍA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DEBIENDO MEDIAR
ENTRE UNA Y OTRA PUBLICACIÓN SIETE DÍAS HABILES Y,
ENTRE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN Y LA FECHA DE REMATE
IGUAL PLAZO, EN LA INTELIGENCIA QUE TODAS LAS
PUBLICACIONES DEBERÁN DE REALIZARSE LOS MISMOS
DÍAS; Y TOMANDO EN CONSIDERACIÓN QUE EL VALOR DEL
INMUEBLE HIPOTECADO ES SUPERIOR AL EQUIVALENTE A
CIENTO OCHENTA Y DOS DÍAS DE SALARIO MÍNIMO
GENERAL VIGENTE EN LA CIUDAD DE MÉXICO SE DEBERÁN
INSERTAR LOS EDICTOS EN EL PERIODICO “EL PAÍS”. Y
TODA VEZ QUE EL BIEN INMUEBLE A REMATAR SE
ENCUENTRA FUERA DE LA JURISDICCIÓN DE ÉSTE
JUZGADO EL PERIODICO DE MAYOR CIRCULACIÓN Y EN
LOS
LUGARES
DE
COSTUMBRE.-SE
CONVOCAN
POSTORES.-CIUDAD DE MÉXICO, A 9 DE MAYO DE 2016.-EL
C. SECRETARIO DE ACUERDOS “A” DEL JUZGADO
TRIGÉSIMO PRIMERO CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO, LIC.
JESÚS VALENZO LÓPEZ.-RÚBRICA.
2672.-13 y 23 junio.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TENANGO DEL VALLE-SANTIAGO
TIANGUISTENCO
EDICTO
Que en el expediente número 637/2016, promovido por
ENRIQUE GUDIÑO CARPENTER, Diligencias de Inmatriculación
sobre Información de Dominio, respecto del inmueble ubicado en:
DOMICILIO CONOCIDO EL PARAJE DENOMINADO “EL
GENERAL” EN EL MUNICIPIO DE CAPULHUAC, ESTADO DE
MÉXICO con las siguientes medidas y colindancias, AL NORTE:
35.00 metros con PREDIOS DE LA INMOBILIARIA DE ACTIVOS
INDUSTRIALES S.A. DE C.V.; AL SUR: 30.00 metros con
13 de junio de 2016
MANUEL ROJAS HERNÁNDEZ; AL ORIENTE: 35.00 metros con
CAMINO; AL PONIENTE: 30.00 metros con TERRENOS DE LA
INMOBILIARIA DE ACTIVOS INDUSTRIALES. CON UNA
SUPERFICIE
APROXIMADA
DE
1,056.25
METROS
CUADRADOS. El Juez admitió la solicitud ordenando su
publicación POR DOS VECES CON INTERVALOS DE POR LO
MENOS DOS DIAS, en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado
y en un periódico de mayor circulación que se edita en esta
Ciudad. Haciéndoles saber a los que se crean con igual o mejor
derecho, lo deduzcan en términos de Ley; edictos que se expiden
a los tres días del mes de junio de dos mil dieciséis.----------------------------------DOY FE.--------------------------------------SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. SONIA GARAY
MARTÍNEZ.-RÚBRICA.
2673.-13 y 16 junio.
JUZGADO DECIMO SEPTIMO CIVIL DE CUANTIA MENOR
MEXICO, D.F.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES.
EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO
promovido por BBVA BANCOMER SOCIEDAD ANÓNIMA,
INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO
BBVA BANCOMER, en contra de ALEJANDRO ESCAMILLA
GALICIA Y MARIA GUADALUPE VARGAS ARVIZU DE
ESCAMILLA, bajo el número de Expediente 640/2004 radicado
en el Juzgado Décimo Séptimo Civil de Cuantía Menor, obran
entre otras las constancias que a la letra dicen: AUDIENCIA DE
REMATE EN PRIMERA ALMONEDA: EN LA CIUDAD DE
MÉXICO, SIENDO LAS DOCE HORAS DEL ONCE DE MAYO
DE DOS MIL DIECISÉIS, día y hora señalados para que tenga
verificativo la audiencia de remate en el presente juicio y a que se
refiere el proveído de VEINTINUEVE DE MARZO DEL
PRESENTE AÑO, como lo solicita y con fundamento en el
artículo 582 del Código Procesal invocado, se ordena sacar a
remate en SEGUNDA ALMONEDA, procédase al Remate en
Pública subasta del bien inmueble hipotecado, identificado como:
CASA O DEPARTAMENTO 6 TIPO ALBATROS DEL
CONDOMINIO FRACCIONAMIENTO VILLAS DE ECATEPEC
UBICADO EN LA CALLE BOSQUES DE ECATEPEC NUMERO
EXTERIOR 215, MANZANA 15 LOTE 5 VIVIENDA CASA O
DEPTO. 6 COLONIA FRACCIONAMIENTO VILLAS DE
ECATEPEC MUNICIPIO ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO
DE MÉXICO, CON FOLIO ELECTRÓNICO 3235698; sirviendo de
base la cantidad de $280,000.00 (DOSCIENTOS OCHENTA MIL
PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), misma que resulta de la
rebaja del veinte por ciento de la tasación; siendo postura legal la
que cubra las dos terceras partes de la cantidad antes señalada;
debiendo anunciar la venta por medio de edictos que se
publicarán por dos veces, en los tableros de avisos del Juzgado,
en los de la Tesorería de la Ciudad de México y en el periódico
DIARIO DE MÉXICO, mediando entre una y otra publicación siete
días hábiles y, entre la última y la fecha del remate, igual plazo.
Señalándose las DIEZ HORAS DEL CINCO DE JULIO DE DOS
MIL DIECISÉIS; para la celebración de la audiencia de remate en
segunda almoneda.-CIUDAD DE MÉXICO A 11 DE MAYO DE
2016.-SECRETARIA DE ACUERDOS, LICENCIADA JOSEFINA
DOLORES HERNÁNDEZ CRUZ.-RÚBRICA.
2674.-13 y 23 junio.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CUAUTITLAN-CUAUTITLAN IZCALLI
EDICTO
VICTORIA IRENE DOMINGUEZ BARRIOS, ha promovido
ante este Juzgado bajo el expediente número 247/2016, en la vía
de PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO DE
13 de junio de 2016
Página 11
INFORMACIÓN DE DOMINIO, sobre el lote de terreno ubicado
en: AVENIDA VISTA HERMOSA SIN NUMERO, COLONIA
VISTA HERMOSA EN SAN MATEO IXTACALCO, MUNICIPIO
DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MEXICO, con las
siguientes medidas y colindancias:
AL NORTE: 15.14 METROS Y COLINDA CON AVENIDA
VISTA HERMOSA.
AL SUR: 15.14 METROS Y COLINDA CON NEMESIO
DOMINGUEZ LOPEZ.
AL ORIENTE: 18.50 METROS Y COLINDA CON
ALVARO DOMINGUEZ SANCHEZ.
AL PONIENTE: 18.50 METROS COLINDA CON PEDRO
DOMINGUEZ LOPEZ CON UNA SUPERFICIE DE 280.00
METROS CUADRADOS
Para su publicación por DOS VECES CON INTERVALOS
DE POR LO MENOS DOS DIAS, en el Periódico Oficial
“GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México” y en un
periódico local de mayor circulación diaria.
Pronunciado en Cuautitlán Izcalli, Estado de México a dos
de mayo de dos mil dieciséis.-DOY FE.
Se emite en cumplimiento al auto de fecha veintiocho de
marzo de dos mil dieciséis, firmando la Licenciada Leticia
Rodríguez Vázquez, Secretario Judicial.-Primer Secretario de
Acuerdos, Licenciada Leticia Rodríguez Vázquez.-Rúbrica.
2675.-13 y 16 junio.
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CUAUTITLAN
EDICTO
AARON CHÁVEZ DAMIÁN, promueve ante este Juzgado
en el expediente número 595/2016, en vía del Procedimiento
Judicial no Contencioso (INMATRICULACIÓN JUDICIAL),
respecto DEL TERRENO DE LOS LLAMADOS DE COMÚN
REPARTIMIENTO, DENOMINADO COMO EL “PARAJE
TEPATLAPA”,
ubicado
actualmente
en:
PRIVADA
CUAUHTÉMOC, SIN NUMERO, PUEBLO DE VISITACIÓN,
MUNICIPIO DE MELCHOR OCAMPO, ESTADO DE MEXICO;
cuyas medidas y colindancias son:
AL NORTE: EN 16.14 METROS Y
ACTUALMENTE CON PRIVADA CUAUHTÉMOC.
AL PONIENTE: EN 32.00 METROS Y COLINDA CON
LUCIANO ROJAS TECAXCO.
DE
516.48
En el expediente número 158/2008, relativo al JUICIO
ORDINARIO CIVIL, promovido por DEMETRIO CASTAÑEDA
MIRANDA en contra de MARTHA YOLANDA HURTADO
GÓMEZ, por audiencia de CINCO DE ABRIL DE DOS MIL
DIECISEIS, se señalaron las DIEZ HORAS DEL VEINTIUNO DE
JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS para que tenga verificativo la
NOVENA ALMONEDA DE REMATE sobre el inmueble
embargado en el presente asunto consistente en:
EN SAN JERÓNIMO CHICAHUALCO, MUNICIPIO DE
METEPEC, ESTADO DE MÉXICO, CON UNA SUPERFICIE DE
646.74 METROS CUADRADOS Y CON RUMBOS MEDIDAS Y
COLINDANCIAS, NORTE: 27.22 METROS CON BLANCA
MARGARITA HUARTADO GÓMEZ, AL SUR: 27.22 METROS
CON JUAN SANTAMARÍA MARTÍNEZ, AL ORIENTE: 23.76
METROS CON JOSÉ BAEZ, AL PONIENTE: 23.70 METROS
CON JUAN NERI ROMERO.
Por tanto, con fundamento en lo dispuesto por el artículo
2.235 del Código de Procedimiento Civiles en vigor, se procede a
hacer la deducción del cinco por ciento del valor fijado por el
perito en rebeldía de la parte demandada, es de $1'215,000.00
(UN MILLÓN DOSCIENTOS QUINCE MIL PESOS 00/100 M.N.),
menos el cinco por ciento en atención a la primera almoneda de
remate que equivale a $60,750.00 (SESENTA MIL
SETECIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.); da un total
de $1'54,250.00 (UN MILLÓN CIENTO CINCUENTA Y CUATRO
MIL DOSCIENTOS CINCUENTA PESOS 00/100 M.N.), la cual
resulta de la deducción del cinco por ciento de la cantidad fijada
para la primera almoneda de remate, siendo postura legal la que
cubra el importe fijado en la cantidad que sirve de base para el
remate.
Por lo que anúnciese su venta a través de la publicación
de edictos en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO, EN
EL BOLETÍN JUDICIAL, así como EN LA TABLA DE AVISOS por
UNA SOLA VEZ, a efecto de convocar postores.
Se expide el presente, en la Ciudad de Toluca, México,
VEINTITRÉS DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS; Doy Fe.
AL ORIENTE: EN 32.00 METROS Y COLINDA CON
ERASMO REYES ANAYA.
SUPERFICIE
JUZGADO SEGUNDO MERCANTIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
COLINDA
AL SUR: EN 16.14 METROS Y COLINDA CON SIXTO
REYES MENDOZA.
CON UNA
CUADRADOS.
Se emite en cumplimiento al auto de fecha tres (03) de
Junio del año dos mil dieciséis (2016), firmando.-SECRETARIO
JUDICIAL, M. EN D. M. YOLANDA MARTÍNEZ MARTÍNEZ.RÚBRICA.
2676.-13 y 16 junio.
METROS
Para su publicación por DOS VECES CON INTERVALOS
DE POR LO MENOS DOS DIAS, en el Periódico Oficial
“GACETA DEL GOBIERNO del Estado de México” y en un
periódico de mayor circulación en esta Ciudad, a fin de que las
personas que se crean con mejor derecho comparezcan ante
este Tribunal a deducirlo en términos de Ley. Pronunciado en
Cuautitlán, Estado de México, a los siete (07) días de Junio del
año dos mil dieciséis (2016).-DOY FE.
AUTO QUE LO ORDENA: CINCO DE ABRIL DE DOS
MIL DIECISEIS.-SEGUNDO SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC.
JOSÉ REYES HERNÁNDEZ.-RÚBRICA.
2677.-13 junio.
JUZGADO CUADRAGESIMO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO DE REMATE
EN LOS AUTOS DEL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO
PROMOVIDO
POR
SÓLIDA
ADMINISTRADORA
DE
PORTAFOLIOS,
SOCIEDAD
ANÓNIMA
DE
CAPITAL
VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERO DE OBJETO MÚLTIPLE,
ENTIDAD REGULADA, GRUPO FINANCIERO BANORTE, EN
CONTRA DE ANTONIO HERNANDEZ PEREZ Y SARA
SANCHEZ MARTINEZ DE HERNANDEZ, EXPEDIENTE
586/2005; SECRETARIA “B”, EL C. JUEZ CUADRAGÉSIMO DE
LO CIVIL DICTO UN AUTO QUE EN SU PARTE CONDUCENTE
DICE:
Página 12
EN LA CIUDAD DE MÉXICO, A CUATRO DE MAYO DEL
DOS MIL DIECISÉIS.
..., el escrito del apoderado legal de la parte actora, por
hechas sus manifestaciones a las que hace referencia, ...con
fundamento en lo establecido en el artículo 486 y 570 del Código
de Procedimientos Civiles. Para que tenga verificativo la
audiencia de REMATE EN PRIMERA ALMONEDA se señalan las
NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA CINCO DE
JULIO DEL DOS MIL DIECISÉIS. Respecto del inmueble ubicado
en: "EN EL CONJUNTO MARCADO CON EL NÚMERO NUEVE,
DE LA CALLE MAR EGEO, DEL FRACCIONAMIENTO LOMAS
LINDAS, SEGUNDA SECCIÓN, UBICADO EN EL MUNICIPIO
DE ATIZAPAN DE ZARAGOZA, DISTRITO DE TLALNEPANTLA,
ESTADO DE MÉXICO, Y TERRENO QUE OCUPA O SEA EL
LOTE SIETE, DE LA MANZANA TREINTA Y SEIS A DEL
MENCIONADO FRACCIONAMIENTO, DENTRO DE LOS
ELEMENTOS INDIVIDUALES QUE CONSTITUYE DICHO
CONJUNTO CONDÓMINO SE ENCUENTRA EL QUE ES EL
OBJETO DE ESTA ESCRITURA O SEA EL DEPARTAMENTO
NÚMERO TRESCIENTOS DOS DEL EDIFICIO “B”, con las
medidas y colindancias que obran en el documento base de la
acción. Sirve de base para el remate del inmueble que arrojó el
avalúo más alto, que obra a fojas de la 432-453 de los presentes
autos, la cantidad de $274,000.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y
CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.), siendo postura legal la que
cubra las dos TERCERAS PARTES siendo esta la cantidad de
$182,666.67 (CIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS
SESENTA Y SEIS PESOS 67/100 M.N.), debiendo presentar los
posibles postores el diez por ciento de la señalada como base
para dicho remate o sea $27,400.00 (VEINTISIETE MIL
CUATROCIENTOS PESOS 00/100 M.N.), cantidad que deberá
de depositar hasta el momento de la audiencia mediante billete
de depósito de FIDUCIARIA EN EL FIDEICOMISO FONDO DE
APOYO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL DISTRITO
FEDERAL, sin cuyo requisito no podrán fungir como postores,
debiéndose de realizar las publicaciones de los edictos en LA
TESORERIA DEL DISTRITO FEDERAL, EL PERIÓDICO “EL
DÍA” Y EN LOS ESTRADOS DE ESTE JUZGADO por DOS
VECES DEBIENDO MEDIAR ENTRE UNA Y OTRA
PUBLICACIÓN SIETE DÍAS HÁBILES Y ENTRE LA ÚLTIMA Y
LA FECHA DE REMATE IGUAL PLAZO; Toda vez que el
inmueble se encuentra fuera de esta jurisdicción con los insertos
necesarios, gírese atento exhorto al C. JUEZ COMPETENTE DE
PRIMERA INSTANCIA CIVIL EL MUNICIPIO DE ATIZAPÁN DE
ZARAGOZA, DISTRITO DE TLALNEPANTLA, ESTADO DE
MÉXICO, para que en auxilio de las labores de este Juzgado se
proceda a publicar los edictos en LOS ESTRADOS DE DICHO
JUZGADO; EN EL PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN DE
DICHA ENTIDAD; EN LA RECEPTORIA DE RENTAS Y EN LA
GACETA DEL GOBIERNO DE DICHO ESTADO; Y EN EL
BOLETÍN JUDICIAL,... NOTIFÍQUESE. Lo proveyó y firma el C.
JUEZ CUADRAGÉSIMO DE LO CIVIL, Licenciado JUAN HUGO
MORALES MALDONADO, quien actúa asistido del C.
SECRETARIO DE ACUERDOS Licenciado GILIBERTO
AGUÍÑIGA CAMPOS, con quien actúa y da fe. DOY FE.RÚBRICAS.-C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”, LIC.
NESTOR GABRIEL PADILLA SOLORZANO.-RÚBRICA.
1120-A1.-13 y 23 junio.
JUZGADO TRIGESIMO TERCERO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO DE REMATE
En cumplimiento a lo ordenado por autos de fecha
dieciséis de mayo y veinticinco de abril ambos del año dos mil
dieciséis, dictado en los autos del JUICIO ESPECIAL
HIPOTECARIO promovido por HIPOTECARIA NACIONAL S.A.
DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE,
ENTIDAD
REGULADA,
GRUPO
FINANCIERO
BBVA
BANCOMER en contra de SAUL DIAZ GARCIA Y OLGA LIDIA
13 de junio de 2016
MERCADO CAZARES, expediente 818/2014, EL C. JUEZ
TRIGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE
MEXICO, LICENCIADO GILBERTO RUIZ HERNANDEZ señaló
las DIEZ HORAS DEL DÍA VEINTIUNO DE JUNIO DEL AÑO
DOS MIL DIECISEIS, para que tenga verificativo el REMATE EN
PRIMERA ALMONEDA, del bien inmueble consistente en CASA
UBICADA EN PASEO DE LA LOMA NUMERO 11, LOTE 43,
MANZANA 8, TAMBIÉN IDENTIFICADA CATASTRALMENTE
COMO VIVIENDA “B” QUE FORMA PARTE DEL CONJUNTO
URBANO HABITACIONAL POPULAR DENOMINADO “PASEOS
TULTEPEC II”, SEGUNDA ETAPA, DE LA PORCIÓN ORIENTE
DEL RANCHO DE GUADALUPE UBICADO EN LA ANTIGUA
HACIENDA DE CORREGIDORA, MUNICIPIO DE TULTEPEC
DISTRITO DE CUAUTITLAN ESTADO DE MÉXICO. Sirviendo de
base para la almoneda la cantidad de $420,000.00
(CUATROCIENTOS VEINTE MIL PESOS, 00/100 M.N.), derivado
del avalúo que exhibe HIPOTECARIA NACIONAL, S.A. DE C.V.,
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD
REGULADA, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER y que es
el único que obran en autos y se toma en cuenta de acuerdo a lo
que prevé la fracción II del artículo 486 del Código de
Procedimientos Civiles.
SE CONVOCAN POSTORES
CIUDAD DE MEXICO, A 18 DE MAYO DE 2016.- EL C.
SECRETARIO DE ACUERDOS “B” DEL JUZGADO TRIGÉSIMO
PRIMERO CIVIL DE LA CIUDAD DE MEXICO, LIC. OLGA ISELA
PEREZ LOPEZ.- RÚBRICA.
PARA SU PUBLICACIÓN UNA SOLA VEZ EN LOS
TABLEROS DE AVISOS DE ESTE JUZGADO, EN LOS
TABLEROS DE AVISOS DE LA SECRETARIA DE FINANZAS
DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, Y EN EL
PERIÓDICO “DIARIO IMAGEN” DEBIENDO MEDIAR ENTRE LA
PUBLICACIÓN Y LA FECHA DE REMATE CUANDO MENOS
CINCO DÍAS HÁBILES.
2685.- 13 junio.
JUZGADO QUINTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
En el expediente radicado en este Juzgado bajo el
número 96/16, relativo al JUICIO ORDINARIO CIVIL, promovido
por LEONEL CASERO MORALES, en contra de DIEGO
OROPEZA RODRIGUEZ Y AMADA ALICIA BALENCIA
ALMEIDA, por autos de fecha veintisiete de mayo del dos mil
dieciséis. la Juez del conocimiento, ordeno emplazar por medio
de edictos a los demandados DIEGO OROPEZA RODRÍGUEZ Y
AMADA ALICIA BALENCIA ALMEIDA, a quien se le hace saber
de la demanda instaurada en su contra de las siguientes
prestaciones: A).- La Usucapión о declaración a mi favor de que
soy propietario al haber poseído en forma pública, pacifica
continua quiera ininterrumpida de buena fe, sin violencia y a título
de dueño, el inmueble ubicado en Circuito Cuauhtémoc número
254 de la Colonia Izcalli Cuauhtémoc uno de la ciudad de
Metepec, México. B).- La declaración a su favor de que ha
operado la prescripción adquisitiva o usucapión en términos de lo
establecido el articulo 5.127 al 5.140 del Código Civil vigente en
el Estado de México, respecto del inmueble de referencia el cual
consta I de las siguientes medidas y colindancias al NORTE
25.24 con lote Cuarenta y Dos. AL SUR. 24.50 metros con lote
número cuarenta. AL ORIENTE 07.00 metros con el Eliseo de
León Peralta, AL PONIENTE: 07.00 metros con la calle de
Circuito Cuauhtémoc. Con una superficie d total de 173.13 metros
cuadrados. C) Como consecuencia de lo anterior el
reconocimiento del suscrito como legítimo y legal propietario del
inmueble que se menciona. Fundándose para ello los siguientes
HECHOS: 1. En fecha veintiuno del mes de noviembre del año
mil novecientos ochenta y seis, celebre contrato privado de
13 de junio de 2016
compra venta, por escrito con el C. DIEGO OROPEZA
RODRÍGUEZ, contrato en el que firma como testigo su esposa
AMADA ALICIA BALENCIA ALMEIDA, como lo acredito con el
instrumento que se agrega a la presente como anexo uno siendo
este contrato la causa generadora de su posesión por lo que a
partir de la celebración de dicho consenso detento el inmueble
con el carácter de propietario y poseedor en forma pacífica,
pública continua ininterrumpida de buena fe sin violencia y a título
de dueño transfiriendo la posesión con las limitaciones que tiene.
2.- En la celebración del contrato el C. DIEGO OROPEZA
RODRÍGUEZ, me manifiesta en forma verbal que dicho inmueble
lo adquirió a su vez del Instituto de Acción Urbana (AURIS),
situación que me acredita con la exhibición del contrato privado
de compra venta que el a su vez celebra. Cabe aclarar que el
suscrito desde que celebra el contrato ha realizado en forma
puntual los pagos de bien inmueble como lo acreditare con los
recibos de pago que se exhibieran en el momento procesal
oportuno Por lo que al no poder obtener de su causahabiente
directamente la documentación que acredite legalmente como
propietario es por lo que se ejercita la presente vía y forma. 3.Como antecedente de propiedad a favor de C. DIEGO OROPEZA
RODRÍGUEZ Y LA C. AMADA ALICIA BALENCIA ALMEIDA, se
exhibe la constancia del Registro Público de la Propiedad y del
Comercio de este Distrito Judicial de Toluca con la que se
acredita que dicho inmueble se encuentra inscrito y registrado a
nombre de ambas personas en la partida 317 del Volumen 178 de
Libro Primero, Sección Primera de fecha 3 de Marzo de 1980. 4.Desde el día veintiuno del mes de noviembre del año de mil
novecientos ochenta y seis fecha en que celebré el contrato
privado de compraventa por escrito con el C. DIEGO OROPEZA
RODRÍGUEZ tome posesión material y jurídica sobre dicho
inmueble con las limitaciones jurídicas que cuenta el mismo lugar
en el que actualmente habito toda vez que es el hogar que me
sirve de morada poseyéndolo hasta la fecha en forma público,
pacífica, continua ininterrumpida de buena fe y a título de dueño
con sus entradas y salidas que de hecho y por derecho le
corresponden reconociéndoseme como legal y legítimo
propietario por todos mis vecinos acreditara en su momento
procesal oportuno. En virtud de que carezco de título de
propiedad y de que no puedo obtenerlo directamente de mi
causante DIEGO OROPEZA RODRÍGUEZ, es por lo que se
deduce la presente acción en contra del mismo y su esposa
AMADA ALICIA BALENCIA ALMEIDA, debiendo decretarse a mi
favor luego del agotamiento de las formalidades procesales, la
prescripción adquisitiva o usucapión sobre dicho bien y como
consecuencia de ello deberá emitirse la declaración de que soy el
legítimo y único propietario de dicho inmueble con todas las
formalidades que de hecho y por derecho me corresponden.
Haciéndole saber que deberá presentarse dentro del
término de TREINTA DÍAS, contados a partir del siguiente día de
la última publicación del edicto, fijando la secretaria una copia
íntegra de la resolución por todo el tiempo de emplazamiento en
la puerta de este Tribunal, apercibiéndole a la demandada que de
no a comparecer por si, por apoderado o Gestor que pueda
representarlo, se seguirá el juicio en rebeldía, haciéndole las
ulteriores notificaciones por LISTA Y BOLETÍN JUDICIAL.
PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES DE SIETE
EN SIETE DÍAS EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL ESTADO
DE MÉXICO Y EN OTRO PERIÓDICO DE MAYOR
CIRCULACIÓN EN ESTA CIUDAD, ASÍ COMO EN EL BOLETÍN
JUDICIAL, DADO EN EL JUZGADO QUINTO CIVIL DE
PRIMERA INSTANCIA DE TOLUCA CON RESIDENCIA EN
METEPEC, MÉXICO, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE JUNIO
DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS. DOY FE.
FECHA DEL ACUERDO: 27/05/16.- SECRETARIO DE
ACUERDOS DEL JUZGADO QUINTO CIVIL DE PRIMERA
INSTANCIA DE TOLUCA CON RESIDENCIA EN METEPEC,
MEXICO, LIC. MARIA ALICIA OSORIO ARELLANO.- RÚBRICA.
2684.- 13, 22 junio y 1 julio.
Página 13
JUZGADO DECIMO SEPTIMO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
SE CONVOCAN POSTORES.
SECRETARÍA “A”.
EXPEDIENTE 725/11.
En cumplimiento a lo ordenado por autos de fechas
dieciséis y diecinueve de mayo ambos del año en curso dictados
en los autos del Juicio ESPECIAL HIPOTECARIO expediente
número 725/11 promovido PROYECTOS ADAMANTINE, S.A. DE
C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE
ENTIDAD REGULADA en contra de GUZMAN TRUJILLO ISIDRO
la C. Juez Décimo Séptimo de lo Civil, licenciada MARIA DEL
ROSARIO MANCERA PÉREZ señaló las NUEVE HORAS CON
TREINTA MINUTOS DEL DÍA DEL DIA CINCO DE JULIO DEL
AÑO DOS MIL DIECISEIS, para que tenga verificativo el Remate
en Primera Almoneda y Pública Subasta del Inmueble Materia del
presente juicio consistente en el DEPARTAMENTO NÚMERO 2
DEL CONDOMINIO UBICADO EN LA CALLE DE MARGARITAS,
NÚMERO OFICIAL CATORCE, LOTE NÚMERO DIECIOCHO,
DE LA MANZANA CATORCE DEL CONJUNTO DENOMINADO
“JARDINES DE LA CAÑADA MUNICIPIO DE TULTITLÁN,
ESTADO DE MÉXICO, Sirviendo de precio para el remate la
cantidad de CUATROCIENTOS SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.,
precio asignado por el perito designado por la parte actora y será
postura legal la que cubra las dos terceras partes del precio del
avalúo; en la inteligencia que dicho remate se llevará a cabo en el
local que ocupa el H. Juzgado Décimo Séptimo de lo Civil
ubicado en Avenida Niños Héroes 132 Torre Sur, Noveno Piso,
Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06720.
México, D.F. a 20 de mayo de 2016.- EL C.
SECRETARIA DE ACUERDOS “A”, LIC. ROBERTO LÓPEZ
MARTÍNEZ.- RÚBRICA.
2683.- 13 y 23 junio.
JUZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
METEPEC, MEXICO
EDICTO
En el expediente marcado con el número 252/2013,
radicado en el Juzgado Sexto Civil de Primera Instancia de
Toluca, con residencia en Metepec, México, relativo al juicio
Ordinario Mercantil, promovido por Alejandro Contreras Navarro
en su carácter de apoderado de Banco Mercantil del Norte, S.A.,
Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte en contra
de Luisa Victoria Abreu García y María de Jesús Romero Pérez.
La Juez Sexto Civil de Primera Instancia de Toluca, con
residencia en Metepec, México, dictó un auto que ordena; con
fundamento en los artículos 1410, 1411, 1412 del Código de
Comercio aplicado, en relación con los artículos 469, 470, 474,
479, 480 y demás relativos del Código Federal de Procedimientos
Civiles de aplicación supletoria a la Legislación Mercantil, se
señalan las NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA
UNO DE JULIO DEL AÑO EN CURSO para que tenga verificativo
la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE; anúnciese su venta por
TRES VECES dentro de nueve días, publicándose los edictos en
el Periódico Oficial “GACETA DEL GOBIERNO” y en la tabla de
avisos o puerta del Tribunal, convocándose postores para la
almoneda respecto del inmueble ubicado en: calle Ermita oriente
1427, interior 1, Barrio San Mateo, condominio Residencial del
Parque, Metepec, Estado de México. Convóquese postores,
sirviendo como precio base para el remate la cantidad de
$3,517,000.00 (TRES MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL
PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) valor que fue asignado por
la perito tercero al emitir la actualización del avalúo; es postura
legal la que cubra el importe fijado en el avalúo que sirve de base
para el remate. Por otra parte, se cita al acreedor José Javier
Página 14
Plata Castelán, a fin de que comparezca el día y hora señalados
para la presente almoneda, a deducir sus derechos, tomando en
consideración que de los informes solicitados no se localizó
domicilio en el cual pueda citársele.
EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DE TREINTA DE MAYO
DE DOS MIL DIECISÉIS.- SECRETARIO DE ACUERDOS DEL
JUZGADO SEXTO CIVIL METEPEC, MÉXICO, LIC. JOSABET
GUADARRAMA MENDOZA.- RÚBRICA.
2682.- 13, 17 y 23 junio.
JUZGADO VIGESIMO NOVENO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
EDICTO
REMATE EN PRIMERA ALMONEDA
SE CONVOCAN POSTORES
En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO
promovido por BANCO NACIONAL DE MEXICO S.A.
INTEGRANTE DEL GRUPO FINANCIERO BANAMEX ACCIVAL
S.A. DE C.V. HOY SU CESIONARIO RECUPERACION DE
COMERCIO INTERIOR S. DE R.L. DE C.V. en contra de
BEATRIZ GARCIA ESCOBEDO DE MERCADO Y PIPINO
MERCADO DELGADILLO. Expediente 388/2001. El C. Juez
Vigésimo Noveno de lo Civil interino de ésta Ciudad por autos de
fechas once de mayo y veinte de mayo ambos del dos mil quince,
ordeno sacar a remate en PRIMERA ALMONEDA Y PUBLICA
SUBASTA, el bien inmueble hipotecado en autos el cual se
encuentra ubicado en CASA HABITACIÓN MARCADA CON EL
NUMERO OFICIAL 113 DE LA CALLE FRANCISCO ALONSO
PINZON Y TERRENO SOBRE EL CUAL ESTA CONSTRUIDA
QUE ES EL LOTE 53 DE LA MANZANA IV, PRIMERA SECCIÓN
DEL FRACCIONAMIENTO UNIDAD RESIDENCIAL, “COLON
ECHEGARAY” EN EL MUNICIPIO DE NAUCALPAN DE
JUÁREZ, DISTRITO DE TLALNEPANTLA, ESTADO DE
MÉXICO. Siendo el precio para el remate la cantidad de
$3´100,000.00 (TRES MILLONES CIEN MIL PESOS 00/100
M.N.), que es el valor total del avaluó, siendo postura legal la que
alcance cubrir las dos terceras partes de dicho avaluó
Señalándose para tal efecto LAS DIEZ HORAS DEL DÍA CINCO
DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
CIUDAD DE MEXICO, A 1 DE JUNIO DEL 2016.- LA C.
SECRETARIA DE ACUERDOS, LIC. SILVIA VARELA
RODRIGUEZ.- RÚBRICA.
2681.- 13 y 23 junio.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TEXCOCO
EDICTO
Se hace saber que en el expediente número 623/2016,
relativo al PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO CONTENCIOSO
(INMATRICULACIÓN JUDICIAL) promovido por J. ASUNCIÓN
LUNA
ROLDAN,
respecto
del
predio
denominado
“YENCUITLALI”, ubicado en términos de la cabecera Municipal
de Tezoyuca, Estado de México, actualmente ubicado en Calle
Río Papalotla sin número, Barrio Resurrección, perteneciente al
Municipio de Tezoyuca, Estado de México, en el Juzgado
Segundo Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de
Texcoco, Estado de México, el Juez del conocimiento dicto auto
de fecha veintisiete de mayo de dos mil dieciséis que admitió el
procedimiento, ordenando publicar un extracto de la solicitud, en
los Periódicos GACETA DEL GOBIERNO y en otro de mayor
circulación diaria en esta Ciudad, por DOS VECES CON
INTERVALOS DE POR LO MENOS DOS DÍAS, para
conocimiento de las personas que se crean con mejor derecho,
comparezcan ante éste Tribunal a deducirlo en términos de Ley.
13 de junio de 2016
HECHOS.- I.- En fecha treinta de diciembre de mil novecientos
ochenta y uno, el actor adquirió el inmueble denominado
“YENCUITLALI”, ubicado en términos de la cabecera Municipal
de Tezoyuca, Estado de México, actualmente ubicado en Calle
Río Papalotla sin número, Barrio Resurrección, perteneciente al
Municipio de Tezoyuca, Estado de México, mediante contrato de
compraventa celebrado con en C. ANTONIO RAMOS LUNA,
mismo que cuenta con las siguientes medidas y colindancias: AL
NORTE: 20.00 metros y colinda con río, actualmente en Calle Río
Papalotla; AL SUR: 20.00 metros colinda con REGADERA; AL
ORIENTE: 120.00 metros colinda con Evelia García González,
actualmente FELIPE GONZÁLEZ y AL PONIENTE: 120.00
metros colinda con ALFREDO Y MIGUEL ÁNGEL de apellidos
RAMOS MARTÍNEZ, CON UNA SUPERFICIE TOTAL
APROXIMADA DE 2,400.00 METROS CUADRADOS. II.- Cabe
señalar que el citado inmueble no se encuentra inscrito en el
Instituto de la Función Registral de esta ciudad Texcoco, tal como
se aprecia del certificado de no inscripción exhibido. III.- Dicho
inmueble no se encuentra ubicado en zona ejidal, no pertenece ni
afecta el dominio público, al igual que se encuentra al corriente en
el pago del impuesto predial, tal y como lo justifica con los
documentos exhibidos. IV.- Bajo protesta de decir verdad refiere
que desde la fecha que adquirió la fracción del inmueble ya
descrito lo posee de forma pacífica, continua, pública, de buena
fe y en calidad de dueño y propietario y no ha existido tercero que
hasta la fecha le haya disputado el derecho que solicita.
SE EXPIDE EL EDICTO PARA SU PUBLICACIÓN POR
DOS VECES DE DOS EN DOS DÍAS, EN LA GACETA DEL
GOBIERNO Y EN OTRO PERIÓDICO DE MAYOR
CIRCULACIÓN EN ESTA CIUDAD, dado en la
Validación: Fecha de acuerdo que ordena la publicación:
veintisiete de mayo de dos mil dieciséis.
PRIMER SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO
CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DE TEXCOCO, ESTADO DE
MEXICO, LIC. MARÍA ELENA OLIVARES GONZÁLEZ.RÚBRICA.
2679.- 13 y 16 junio.
JUZGADO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE IXTLAHUACA
EDICTO
En los autos del expediente número 974/2016, la señora
Francisca Marisol Sánchez Gil por su propio derecho, promueve
Procedimiento Judicial No Contencioso sobre Inmatriculación,
respecto de un inmueble ubicado en el Paraje denominado “El
Encino”, en el Poblado de Los Reyes, Jocotitlán, Estado de
México, cuyas medidas y colindancias son: AL NORTE: en dos
líneas, la primera línea de 01.70 metros, colinda con Pedro
Sánchez Garduño y la segunda línea de 15.60 colinda con
Catalina Sánchez Garduño, AL SUR: en dos líneas, la primera
línea de 18.90 metros, colinda con Carlota Gil Velasco y la
segunda línea de 0.50 metros colinda con Catalina Sánchez
Garduño; AL ORIENTE.- en dos líneas de 09.00 y 08.40 metros,
colinda con Catalina Sánchez Garduño; AL PONIENTE: en tres
líneas, la primera y la segunda línea de 14.71 y 04.20 metros,
colinda con Víctor Sánchez Vieyra y la tercera línea de 08.20,
colinda con Pedro Sánchez Garduño; con una superficie total de
439.00 metros cuadrados. El Juez del conocimiento dictó un auto
de veintiséis de mayo de dos mil dieciséis, donde se ordena
publicar los edictos en GACETA DEL GOBIERNO del Estado de
México y en un periódico de mayor circulación por dos veces con
intervalos de por lo menos dos días, llamando por este conducto
a cualquier interesado que se crea con igual o mejor derecho
sobre dicho inmueble, para que comparezca a deducirlo conforme
a derecho.
Dado en Ixtlahuaca, México, treinta y uno de mayo de dos
mil dieciséis. DOY FE.
13 de junio de 2016
Validación: Fecha de acuerdo que ordena la publicación:
16 de Mayo de 2016.
SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. EN D. REBECA
OLIVA RODRIGUEZ.- RÚBRICA.
36-C1.- 13 y 16 junio.
JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TEXCOCO
EDICTO
EXPEDIENTE NUMERO: 1324/15.
PRIMERA SECRETARÍA.
MARIA GUADALUPE MENDEZ CADENA, promueve
PROCEDIMIENTO
JUDICIAL
NO
CONTENCIOSO
DE
INFORMACIÓN DE DOMINIO, respecto de un lote de terreno
ubicado en calle José María Luis Mora sin número, esquina con
Quinatzin, Colonia Xocotlan, perteneciente al Distrito Judicial de
Texcoco, Estado de México, cuyas medidas y colindancias son
las siguientes: AL NORTE 15.00 metros y linda con Pedro
Espinoza Rodríguez; AL SUR 15.00 metros y linda con calle Luis
Mora: AL ORIENTE: 12.70 metros y linda con Trujano Trujano
Irene ahora Mercedes Hernández Trujano e Hilario Castañeda
Lucio, AL PONIENTE 12.70 metros y linda con Plaza Calmecac,
con una superficie total de 191.00 metros cuadrados, fundando su
pretensión y causa de pedir en el hecho especifico de que en
fecha dos de junio del dos mil cinco, mediante contrato privado de
compraventa suscrito con el señor JUAN ESPINOZA JUARES, en
la cantidad de $80,00.00 (OCHENTA MIL PESOS 00/100
MONEDA NACIONAL) adquirió el inmueble de cuya información
de dominio se trata, el cual no se encuentra inscrito a nombre de
persona alguna; no forma parte de los bienes del dominio público
o privado; no forma parte de los bienes ejidales o comunales;
encontrándose al corriente en el pago del impuesto predial, tal
como se acredita a través de las pruebas documentales que
corren agregadas a los autos del expediente citado.
Agrega la promovente que como lo justifica con el formato
de la declaración para el pago de impuestos para traslación de
dominio y otras operaciones con bienes inmuebles, el predio de
referencia se encuentra inscrito a su nombre.
PARA SU PUBLICACIÓN EN LA GACETA DEL
GOBIERNO DEL ESTADO Y EN OTRO PERIÓDICO DE MAYOR
CIRCULACIÓN QUE SE EDITE EN ESTA CIUDAD, POR DOS
VECES EN CADA UNO DE ELLOS, CON INTERVALOS DE POR
LO MENOS DOS DÍAS, SE EXPIDE EN LA CIUDAD DE
TEXCOCO, ESTADO DE MÉXICO A LOS SEIS DIAS DEL MES
DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, EL PRESENTE
EDICTO.- DOY FE.- SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC.
GERMAN JUAREZ FLORES.- RÚBRICA.
418-B1.- 13 y 16 junio.
JUZGADO PRIMERO CIVIL Y DE EXTINCION
DE DOMINIO DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TEXCOCO
E D I C T O
A LOS INTERESADOS.
EL C. CESAR ALEJANDRO MARTINEZ LUCARIO,
promueve ante el Juzgado Primero Civil y de Extinción de
Dominio de Primera Instancia de Texcoco, Estado de México,
bajo el expediente número 589/2016, PROCEDIMIENTO
JUDICIAL NO CONTENCIOSO INMATRICULACION JUDICIAL
respecto del inmueble denominado EL RINCON ubicado en
CERRADA SIN NOMBRE SIN NUMERO, EN EL POBLADO DE
CUANALAN, MUNICIPIO DE ACOLMAN, ESTADO DE MEXICO,
Página 15
con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE.- 20.00
metros con PROPIEDAD PRIVADA DE ALBA MEJIA
HERNANDEZ, al SUR.- 20.00 metros con PROPIEDAD
PRIVADA DE ALBA MEJIA HERNANDEZ, AL ORIENTE.- 10.00
metros con CERRADA SIN NOMBRE, AL PONIENTE.- 10.00
METROS, con PATRICIA IVONE SANCHEZ CHAVEZ, con una
superficie aproximada de 200.00 metros cuadrados. Refiriendo el
promovente que el día veintiocho de septiembre de dos mil ocho,
celebró un contrato de compraventa respecto del inmueble
referido con ALBA MEJIA HERNANDEZ, y desde que lo adquirió
ha tenido la posesión del inmueble en forma pacífica, continua,
pública, de buena fe, sin interrupción alguna y en calidad de
dueña, exhibiendo documentos para acreditar su dicho.
SE EXPIDE EL PRESENTE EDICTO PARA SU
PUBLICACION POR DOS VECES CON INTERVALOS DE POR
LO MENOS DOS DIAS EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL
ESTADO Y EN UN PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION,
DADO EN TEXCOCO, ESTADO DE MEXICO, AL UNO DEL MES
DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISIEIS.-DOY FE.-FECHA DEL
ACUERDO QUE ORDENA SU PUBLICACION DIECISIETE DE
MAYO DEL DOS MIL DIECISEIS.-PRIMER SECRETARIO
JUDICIAL, LIC. EUGENIO VALDEZ MOLINA.-RÚBRICA.
2625.-8 y 13 junio.
JUZGADO TERCERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CHALCO-AMECAMECA
E D I C T O
En el expediente 495/2016, FRANCISCO CRUZ
JURADO, promueve ante este Juzgado, PROCEDIMIENTO
JUDICIAL NO CONTENCIOSO, INMATRICULACION JUDICIAL
respecto del predio de propiedad particular denominado de paraje
“TEPANZINCO”, ubicado en Avenida Independencia sin número,
en el pueblo de San Juan Tepecoculco, en el Municipio de
Atlautla de Victoria, Estado de México, con una superficie
aproximada de 510.00 metros cuadrados, con las siguientes
medidas y colindancias: al norte: 15.00 metros y colinda con
propiedad de Esteban Amaro Soriano, al sur: 15.00 metros y
colinda con Avenida Independencia, al oriente: 34.00 metros y
colinda con propiedad de Esteban Amaro Soriano, al poniente:
34.00 metros y colinda con propiedad de Rogelio Valencia y
Esteban Amaro Soriano.
PARA SU PUBLICACION POR DOS VECES, CON
INTERVALOS DE POR LO MENOS DOS DIAS EN LA GACETA
DEL GOBIERNO Y OTRO PERIODICO DE MAYOR
CIRCULACION EN LA ENTIDAD. ENTREGADOS EN
AMECAMECA A LOS VEINTISIETE 27 DIAS DEL MES DE
MAYO DEL AÑO 2016 DOS MIL DIECISEIS.-DOY FE.-Fecha del
acuerdo diez 10 de mayo del año dos mil dieciséis 2016.-Primer
Secretario de Acuerdos, Lic. Alejandro Escobar Flores.-Rúbrica.
2626.-8 y 13 junio.
JUZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA-METEPEC
E D I C T O
A QUIEN SE CREA CON MAYOR O IGUAL DERECHO.
En el expediente marcado con el número 304/2016,
relativo al Procedimiento Judicial no Contencioso (Información de
Dominio), promovido por JANETH JIMÉNEZ CAJERO, respecto
del predio ubicado en términos del Barrio de Coaxustenco,
Metepec, México, tiene acceso y salida a la vía pública (calle “La
Cañada”), a través de un paso de servidumbre constituido en el
predio al que le corresponde la dirección de calle La Cañada, sin
número, en el Barrio de Coaxustenco, Municipio de Metepec
Estado de México, el cual tiene las siguientes medias y
colindancias: AL NORTE: 13.09 metros con Zenaida Cajero
Página 16
13 de junio de 2016
López y 3.35 metros con paso de servidumbre que conduce a la
calle “La Cañada”; AL SUR: 14.70 metros con Luna Hernández
María Guadalupe; AL ORIENTE: 12.33 metros con Justina Aurelia
Cajero López; AL PONIENTE: 14.22 metros con Gallardo Cruz
Miguel Ángel, con una superficie aproximada de 215.90 metros
cuadrados, el cual adquirí mediante contrato privado de compraventa que celebré con la señora MARÍA DE LA LUZ CAJERO
LÓPEZ, en fecha diez de abril del año dos mil; para acreditar que
lo ha poseído por el tiempo y con las condiciones exigidas por la
Ley.
Se ordena su publicación en la GACETA DEL
GOBIERNO y otro periódico de circulación diaria en la entidad,
por dos veces con intervalos de por lo menos dos días, haciendo
saber a quienes se crean con mayor o igual derecho, a fin de que
comparezcan a deducirlo en términos de Ley.- Metepec, México,
a dos de mayo de dos mil dieciséis.-DOY FE.-EN
CUMPLIMIENTO AL AUTO DE FECHA TREINTA Y UNO DE
MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-SECRETARIO DE
ACUERDOS DEL JUZGADO SEXTO CIVIL, METEPEC,
MEXICO, LIC. JOSABET GUADARRAMA MENDOZA.-RÚBRICA.
2629.-8 y 13 junio.
SECRETARIO JUDICIAL DEL JUZGADO CUARTO CIVIL DE
PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE TOLUCA,
MÉXICO, LIC. JULIA MARTÍNEZ GARCÍA.-RÚBRICA.
2587.-7, 13 y 17 junio.
JUZGADO SEXTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA-NICOLAS ROMERO
E D I C T O
En los autos del expediente marcado con el número
497/2016 relativo al PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO
CONTENCIOSO sobre INFORMACION DE DOMINIO promovido
por TOMASA TORRES MARTINEZ respecto del bien inmueble
ubicado en el predio denominado “ROSA DENI” ubicado en la
localidad de Santa María Jilotzingo, Estado de México, cuyas
medidas y colindancias son las siguientes:
Al norte: En tres líneas: la primera en 12.90 metros, con
Ángel González, Martínez; la segunda en 16.80 metros con
Marbella Araiza Vargas y la tercera en 12.20 metros con Marbella
Araiza Vargas.
Al sur: En 23.85 metros con barranca.
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
EDICTO
A: FRANCISCO VALDEZ
VELÁZQUEZ VALDEZ.
MALVAEZ
Y
MAXIMILIANO
En el expediente 2157/1993, relativo al Juicio
EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por el endosatario en
propiedad ADMINISTRACIÓN DE CARTERAS NACIONALES
S.A. DE C.V. en contra de GUADALUPE DÍAZ SEGUNDO
CASAS Y OTRO, la Juez Cuarto Civil de Primera Instancia del
Distrito Judicial de Toluca, México, en fecha doce de mayo de dos
mil dieciséis, señaló fecha para la celebración de la quinta
almoneda de remate, y se señalaron las DIEZ HORAS CON
TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTISIETE DE JUNIO DE DOS
MIL DIECISÉIS para que tenga verificativo la Quinta Almoneda de
remate y se ordenó notificar a los acreedores FRANCISCO
VALDEZ MALVAEZ y MAXIMILIANO VELÁZQUEZ VALDEZ,
para que comparecieran a la QUINTA ALMONEDA DE REMATE
del bien embargado en autos, que se encuentra ubicado en Calle
José Vicente Villada número (39) treinta y nueve, Colonia Santa
Ana Tlapatitlán, en esta Ciudad de Toluca, México, el cual tiene
las siguientes medidas y colindancias: al Norte: 10.00 metros con
Calle Vicente Villada; al Sur: 10.00 metros con Juan Pichardo; al
Oriente: 27.40 metros con fracción cinco (5), y al Poniente: 27.40
metros con fracción (3). Con una superficie de doscientos setenta
y cuatro metros cuadrados (274) Inscrito en el Registro Público de
la Propiedad de este Distrito Judicial de Toluca, México; bajo el
Libro Uno (1), Sección Uno (1), volumen 174, asiento 132-559, fj
34 de quince de mayo de mil novecientos ochenta (1980), a
nombre de JOSÉ CASAS PAVÓN, publíquense los edictos
correspondientes por TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS,
en la GACETA DEL GOBIERNO, y en la tabla de avisos de este
Juzgado, edictos que deberán llevar una descripción detallada del
inmueble embargado, el cual tiene un valor pericial de
$1,330,695.00 (UN MILLÓN TRESCIENTOS TREINTA MIL
SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.), por lo
que se convocan postores, los que deberán presentar como
postura legal, las dos terceras partes del precio que sirvió de
base para el remate; por lo que anúnciese su venta en forma
legal por tres veces dentro de nueve días en la GACETA DEL
GOBIERNO del Estado de México, en un periódico de mayor
circulación en la Entidad Federativa y en la tabla de avisos de
este Juzgado.
FECHA
EN CUMPLIMIENTO A LO PROVEÍDO EN AUTO DE
DOCE DE MAYO DE DOS MIL DIECISÉIS.-
Al oriente: En 21.15 metros con Propiedad particular;
actualmente con Carmen Morales Ventura.
Al poniente: En 36.20 metros con Propiedad particular;
actualmente con Florencio González “N”.
Con una superficie de 737.00 metros cuadrados.
Haciendo mención el promovente en sus hechos de
demanda, que mediante contrato de cesión de derechos de
posesión de fecha treinta y uno de enero del año dos mil siete, lo
adquirió de LUCRECIA MARTINEZ HERNANDEZ, y lo ha venido
poseyendo en forma pacífica, continua, pública, de buena fe y en
concepto de propietaria; y es por lo que se manda publicar el
presente edicto por dos veces con intervalos de por lo menos dos
días, en el Periódico Oficial “GACETA DEL GOBIERNO” y en otro
de mayor circulación diaria, a fin de quien se sienta afectado con
esta, se crea con mejor derecho, comparezca a deducirlo en
términos de Ley, y hecho que se señalará día y hora para el
desahogo de la información correspondiente con citación de los
colindantes.-Se expide el presente a los dos (2) días del mes de
junio de dos mil dieciséis (2016).-DOY FE.-SECRETARIO DE
ACUERDOS, LIC. LUIS ANGEL GUTIERREZ GONZALEZ.RÚBRICA.
1116-A1.-13 y 16 junio.
JUZGADO DECIMO QUINTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
E D I C T O
SECRETARIA “B”.
EXPEDIENTE NUMERO: 1126/2014.
SE CONVOCAN POSTORES.
Que en los autos del JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO
promovido por SCOTIABANK INVERLAT, S.A. INSTITUCIÓN DE
BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SCOTIABANK
INVERLAT, en contra de BERRA ARAGÓN JOSÉ GERARDO
LEOPOLDO Y OTRA, expediente número 1126/2014, el C. Juez
Décimo Quinto de lo Civil, señalo en proveído de fecha dos de
mayo del año en curso las DOCE HORAS DEL DÍA CINCO DE
JULIO DEL DOS MIL DIECISÉIS, para que tenga verificativo el
remate en PRIMERA Y PÚBLICA ALMONEDA del bien inmueble:
CASA MARCADA CON EL NÚMERO 23, DE LA CALLE
13 de junio de 2016
PAMPLONA, TAMBIÉN CON ENTRADA POR EL NÚMERO 6 DE
LA CALLE PASEO DE LA CASTELLANA, LOTE 7 DE LA
MANZANA 46 EN EL FRACCIONAMIENTO RESIDENCIAL EL
DORADO, EN EL MUNICIPIO DE TLALNEPANTLA, ESTADO DE
MÉXICO, sirve de base para el Remate la cantidad de
$3,831,300.00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y
UN MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 M. N.), siendo postura
legal la que cubra las dos terceras partes de dicho precio.-Ciudad
de México, a 02 de Mayo de 2016.-LA C. SECRETARIA
CONCILIADORA EN FUNCIONES DE ACUERDOS “B” POR
MINISTERIO DE LEY, MTRA. ROSARIO BALLESTEROS
URIBE.-RÚBRICA.
2691.-13 y 23 junio.
JUZGADO QUINTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CHALCO-AMECAMECA
E D I C T O
En el expediente marcado con el número 537/2016,
TOMASA CADENA GORGONIO, promueve ante el Juzgado
Quinto Civil del Distrito Judicial de Chalco con residencia en
Amecameca, México, su PROCEDIMIENTO JUDICIAL NO
CONTENCIOSO, sobre INFORMACION DE DOMINIO, respecto
del inmueble denominado “ SAN CAYETANO o EL SOL”, ubicado
en calle o plazuela del sol s/n actualmente Av. Reforma s/n,
Carretera Tenango del Aire-Amecameca, Municipio Tenango del
Aire, con una superficie aproximada de QUINIENTOS TREINTA Y
SEIS METROS CON SESENTA Y SEIS CENTIMETROS
CUADRADOS (536.66 m2) y las siguientes medidas y
colindancias: AL NORTE: 15.40 mts. Colinda con CALLE O
PLAZUELA DEL SOL, (ACTUALMENTE AV. REFORMA S/N
CARRETERA TENANGO DEL AIRE-AMECAMECA); AL SUR:
13.15 mts. Colinda con BENITO SANCHEZ ROMERO
(ACTUALMENTE MARGARITA FAUSTINOS MOLINA); AL
ORIENTE: 34.75 mts. Colinda con RUBEN SANCHEZ ROMERO;
Y AL PONIENTE 39.40 mts. Colinda con SARA SANCHEZ
ROMERO.
PARA SU PUBLICACION POR DOS VECES CON
INTERVALOS DE DOS DIAS EN LA GACETA DEL GOBIERNO
Y OTRO PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN ESTA
CIUDAD, PARA QUE LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON
IGUAL O MEJOR DERECHO PASEN A DEDUCIRLO A ESTE
JUZGADO.-DADOS EN AMECAMECA MEXICO, A LOS SEIS
(06) DIAS DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS (2016). DOY FE.Fecha de acuerdo: treinta (30) de mayo de dos mil dieciséis
(2016).- Primera Secretario de Acuerdos, Lic. Clara Roxana
Prado Paniagua.-Rúbrica.
2690.-13 y 16 junio.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CUAUTITLAN-CUAUTITLAN IZCALLI
E D I C T O
EMPLAZAMIENTO A: TULTITLÁN INMUEBLES, S.A. DE C.V.
J. JESÚS JAIMES MACEDO, demandan ante este
Juzgado, en el expediente número 888/2014. JUICIO
ORDINARIO CIVIL (OTORGAMIENTO Y FIRMA DE
ESCRITURA), en contra de TULTITLÁN INMUEBLES, S.A. DE
C.V., las siguientes prestaciones; A) El Otorgamiento y Firma de
Escritura en cumplimiento al contrato de compraventa base de la
acción respecto de la compra que realice del inmueble ubicado en
parcela 63 z-1 P2/6 sesenta y tres z guión uno P dos diagonal
seis, que formó parte del ejido de Tultitlán y sus barrios, ubicado
en el Municipio de Tultitlán, Estado de México. Asimismo
manifiesta el promovente que con fecha treinta de enero del dos
mil dos, celebró contrato privado de compraventa con la
demandada, respecto del inmueble antes señalado, con las
siguientes medidas y colindancias Noreste: 19.28 mts. Con la
Página 17
parcela 73; Sureste: 67.21 mts. Con expropiación a favor de la
CFE. Oeste: 31.73 mts. Con la parcela 64. Noreste: 57.13 mts.
Con canal.
En virtud de que se ignora el actual domicilio de la
demandada TULTITLÁN INMUEBLES, S.A. DE C.V., se le
emplaza por medio del presente edicto, haciéndosele saber que
deberá presentarse dentro del plazo de TREINTA DIAS, contados
a partir del día siguiente al de la última publicación y se le
previene que si pasado este término no comparece a dar
contestación a la demanda instaurada en su contra, por
apoderado o por gestor que pueda representarlo, el Juicio se
seguirá en su rebeldía, y se le tendrá por contestada la demanda
en términos de lo que dispone el numeral 2.119 del Código de
Procedimientos Civiles para el Estado de México, haciéndole las
ulteriores notificaciones por lista que se publican en los estrados
de este Juzgado.
Para su publicación por tres veces de siete en siete días,
en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado, en un periódico de
mayor circulación de esta población y en el Boletín Judicial; se
expide el presente a los doce días del mes de Mayo de dos mil
dieciséis.-DOY FE.-VALIDACION: ACUERDO DEL DOS DE
MAYO DE DOS MIL DIECISEIS.- SEGUNDO SECRETARIO
JUDICIAL, LIC. MARIA DE LOURDES MORELOS KU.RÚBRICA.
2688.-13, 22 junio y 1 julio.
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
E D I C T O
En el expediente 341/16 relativo al PROCEDIMIENTO
JUDICIAL NO CONTENCIOSO DE INFORMACIÓN DE
DOMINIO, promovido por JORGE ROMERO REYES en términos
del auto de fecha uno de junio de dos mil dieciséis, se ordenó
publicar el edicto respecto de un inmueble ubicado en Delegación
de San Buena Ventura, Calle de Fidel Negrete con una superficie
de 842.94; tiene las siguientes medidas y colindancias: AL
NORTE: 22.30 METROS. EN DOS LINEAS CON SR. SAUL
ROMERO REYES Y RANULFO ROMERO REYES; AL SUR:
22.30 METROS CON PABLO ONESIMO ZARATE; AL ORIENTE:
37.60 METROS CON MIGUEL ANGEL ALBARRAN ESPINOZA;
AL PONIENTE 37.60 METROS CON CALLE FIDEL NEGRETE,
CON UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 842.94 METROS
CUADRADOS.
Para acreditar que lo ha poseído por el tiempo y con las
condiciones exigidas por la ley desde el cinco de marzo de mil
novecientos noventa y ocho, lo ha poseído hasta el día de hoy de
manera pacífica, continua, pública y a título de dueño, así como
de buena fe; publíquense edictos con los datos necesarios de la
solicitud del promovente, por DOS VECES CON INTERVALOS
DE POR LO MENOS DOS DIAS, en el Periódico Oficial GACETA
DEL GOBIERNO y en otro periódico de circulación diaria,
haciendo saber a quienes se crean con mayor o igual derecho
sobre el inmueble señalado, comparezcan a deducirlo en
términos de ley.- Toluca, México; a ocho de junio de dos mil
dieciséis. DOY FE.-EN CUMPLIMIENTO AL AUTO DE FECHA
UNO DE JUNIO DE DOS MIL DIECISEIS. SECRETARIO DE
ACUERDOS DEL JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA
INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE TOLUCA, MEXICO,
LIC. JULIA MARTINEZ GARCIA.- RÚBRICA.
2687.-13 y 16 junio.
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TOLUCA
E D I C T O
A QUIEN SE CREA CON MAYOR O IGUAL DERECHO:
En el expediente 286/2016, relativo al PROCEDIMIENTO
JUDICIAL NO CONTENCIOSO SOBRE INFORMACION DE
DOMINIO, promovido por LUIS ROMERO SALAZAR, respecto
Página 18
13 de junio de 2016
del inmueble ubicado en el Barrio de San Gabriel, en San
Cristóbal Huichochitlán, Toluca, México, con una superficie 426
metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: AL
NORTE: 10.40 metros con Crescencio Hermitaño Mendieta, AL
SUR: 9.90 metros con Heracleo Romero, AL ORIENTE: 42.00
metros con Silviana Romero Salazar, y AL PONIENTE: 42.00
metros con Frayla García, para acreditar que lo ha poseído por el
tiempo y con las condiciones exigidas por la Ley; y se ordena su
publicación en la GACETA DEL GOBIERNO del Estado de
México y otro periódico de circulación diaria en esta Ciudad, por
dos veces con intervalos de por lo menos dos días, haciendo
saber a quienes se crean con mayor o igual derecho, a fin que
comparezcan a deducirlo en términos de Ley. Toluca, México, a
doce de mayo de dos mil dieciséis. DOY FE.-EN
CUMPLIMIENTO AL AUTO DE FECHA DIEZ DE MAYO DEL
DOS MIL DIECISÉIS.-SECRETARIO DE ACUERDOS DEL
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL
DISTRITO JUDICIAL DE TOLUCA, MEXICO, LIC. MANUEL
ROBERTO ARRIAGA ALBARRAN.-RÚBRICA.
2692.-13 y 16 junio.
JUZGADO CUARTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE CUAUTITLAN
E D I C T O
EMPLAZAMIENTO A: KARIN ARTURO CASTILLO IBARRA.
ROGELIO LEDESMA POSADAS, quien promueve ante
este Juzgado en el expediente número 1233/2013, en vía
ORDINARIA CIVIL (ACCIÓN DE USUCAPIÓN), en contra de
KARIN ARTURO CASTILLO IBARRA, de quien demando las
siguientes prestaciones:
A. En declaración judicial que es operante la prescripción
adquisitiva (usucapión) a favor del suscrito respecto del LOTE
CIEN DE LA LOMA LUPITA, DEL FRACCIONAMIENTO LAS
CABAÑAS, MUNICIPIO DE TEPOTZOTLÁN, ESTADO DE
MÉXICO.
B. La anotación respectiva en los libros que lleva a su
digno cargo el REGISTRADOR PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y
EL COMERCIO en el cual conste que soy el legítimo propietario
de la fracción del inmueble descrito en la prestación anterior.
C. Los gastos y costas que origine el presente
procedimiento.
Basándose en los siguientes hechos:
1. En fecha 26 de marzo de 2004, el C. KARIN ARTURO
CASTILLO IBARRA le vende el inmueble materia de este
procedimiento, al C. JUAN RAYMUNDO WORNER BAZ, bajo
contrato privado de compraventa, mismo que se exhibe en
original y con firmas autógrafas, cabe señalar que el C. JUAN
RAYMUNDO WORNER BAZ, me entrego el contrato señalado
con anterioridad y acreditarme que era el legítimo dueño del
inmueble que le vendió a su vez al que suscribe bajo el contrato
de fecha 22 de agosto de 2006, cabe señalar que se anexa al
presente como anexo 1.
2. En fecha 22 de agosto de 2006, adquirí por medio de
contrato privado de compraventa el inmueble ubicado en: LOTE
CIEN DE LA LOMA LUPITA, DEL FRACCIONAMIENTO LAS
CABAÑAS, MUNICIPIO DE TEPOTZOTLÁN, ESTADO DE
MÉXICO, el cual lo adquirí del SR. JUAN RAYMUNDO WORNER
Y BAZ, manifestando a su Señoría bajo protesta de decir verdad
que dicha cesión la realizamos en presencia de los testigos
DIANA LEDESMA CABELLO Y ROSA MARÍA CABELLO
GUTIÉRREZ, personas que son sabedoras y les consta la
operación de compraventa que se realizó, así mismo manifiesto a
su Señoría bajo protesta de decir verdad que dicho predio se me
entrego la posesión legal y física del predio en referencia,
contrato que se anexa a la presente como anexo 2.
3. Manifiesto a su Señoría que dicho predio cuenta con
las siguientes medidas y colindancias:
AL NORESTE: EN 59.00 MTS. Colinda con fracción
noventa y nueve y ciento uno.
AL SURESTE: EN 57.00 MTS. Colinda con fracción
número ciento cinco.
AL NORESTE: EN 20.00 MTS. Colinda con fracción
número ciento cuatro.
AL SUROESTE: EN 20.00 MTS. Colinda con camino de
los Reyes.
Teniendo una superficie total aproximada de 1140.00
metros cuadrados de superficie.
Manifestando a su Señoría que dicho predio se encuentra
inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del
Distrito Judicial de Cuautitlán, Estado de México a favor de el
ahora demandado el C. KARIN CASTILLO IBARRA BAJO LA
PARTIDA 554, VOLUMEN 356 DEL LIBRO PRIMERO, PRIMERA
SECCIÓN DE FECHA: 31 DE AGOSTO DEL 1995, de acuerdo al
certificado de inscripción expedido por el C. Registrador Público
de la Propiedad y del Comercio del Distrito de Cuautitlán, Estado
de México.
Mismo que se anexa a la presente como anexo 3.
4. Es de señalar a su Señoría que de dicho predio tengo
la posesión desde el momento de la firma del contrato de
referencia tal y como lo marca el artículo 5.128 del Código Civil
Vigente para el Estado de México, la cual indica que debe de ser
de manera continua por más de 5 años, pacifica, publica y en
título de propietario, asimismo manifiesto que dicho predio lo
poseo por más de cinco años termino señalado por la ley, por lo
anterior manifiesto que nunca he sido molestado por persona
alguna que pudiese tener más derecho que el suscrito, por tal
motivo pido la intervención de su Señoría por los motivos y
circunstancias que anteriormente se describen.
Toda vez que obra en autos los informes ordenados para
llevar a cabo la búsqueda y localización del demandado KARIN
ARTURO CASTILLO IBARRA, se ordena su emplazamiento por
este medio con fundamento en los artículos 1.134, 1.138 y 1.181
del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México,
emplácese a KARIN ARTURO CASTILLO IBARRA, a través de
edictos que se publiquen por TRES VECES DE SIETE EN SIETE
DÍAS, en el Periódico Oficial “GACETA DEL GOBIERNO del
Estado de México”, así como en un periódico de mayor
circulación de este lugar y en el Boletín Judicial haciéndole saber
que deberá presentarse dentro del término de TREINTA DIAS
contados a partir del siguiente al de la última publicación a
deducir lo que a su derecho corresponda. Debiéndose fijar en la
puesta del Tribunal una copia íntegra de esa resolución por todo
el tiempo del emplazamiento, si pasado este plazo no comparece
por si, por apoderado o por gestor que pueda representarlo, se
seguirá la tramitación del juicio en rebeldía, y se le harán las
ulteriores notificaciones aun las de carácter personal por lista y
boletín judicial. Pronunciado en Cuautitlán, Estado de México, a
cuatro de marzo de dos mil dieciséis.-DOY FE.-Se emite en
cumplimiento al auto de fecha veintidós de febrero de dos mil
dieciséis. Firmando.-SECRETARIO JUDICIAL, LIC. ROSA ANITA
CRUZ ROSAS.-RÚBRICA.
2689.-13, 22 junio y 1 julio.
13 de junio de 2016
Página 19
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TENANGO DEL VALLE
E D I C T O
JUZGADO PRIMERO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE LERMA
E D I C T O
AL INTERESADO.
SE CONVOCAN POSTORES AL REMATE EN PÚBLICA
SUBASTA HACIÉNDOSE SABER QUE:
JUAN RAMON BECERRIL CARMONA, por su propio
derecho, promueve ante el Juzgado Primero Civil de Primera
Instancia de Tenango del Valle, Estado de México, bajo el
expediente número 469/2016, JUICIO PROCEDIMIENTO
JUDICIAL NO CONTENCIOSO (DILIGENCIA DE INFORMACION
DE DOMINIO).
En el expediente número 8/2008 relativo al proceso
ORDINARIO CIVIL promovido por MARTIN JIMÉNEZ GARCÍA en
contra de SERGIO FUENTES VÁZQUEZ, en el Juzgado Primero
Civil de Primera Instancia de Lerma, México, por auto dictado en
fecha veinticinco de mayo de dos mil dieciséis el Juez ordenó
sacar a remate en primera almoneda.
HECHOS:
Por lo que en virtud de lo anterior, se señalan DIEZ
HORAS DEL DÍA VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL
DIECISEIS, para que tenga verificativo la PRIMERA ALMONEDA
DE REMATE sobre los derechos de posesión de los inmuebles
materia de embargo, sirviendo de base para el remate la cantidad
de $2’415,175.00 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS QUINCE
MIL CIENTO SETENTA Y CINCO PESOS 00/100 M.N.) del bien
inmueble ubicado en Hacienda de Ojo de Agua número 5,
Fraccionamiento Santa Elena, San Mateo Atenco, México; y del
cincuenta por ciento (50%) únicamente del bien inmueble ubicado
en el callejón de San Pedro sin número, Barrio de San Pedro,
San Mateo Atenco, $280,077.00 (DOSCIENTOS OCHENTA MIL
SESENTA Y SIETE PESOS 50/100 M.N.) respectivamente para
un gran total de $2’695,252.50 (DOS MILLONES SEISCIENTOS
NOVENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS
PESOS 50/100 M.N.) cantidad que reporta el avalúo rendido por
el perito tercero en discordia, anúnciese su venta a través de la
publicación de edictos contendrán una descripción detallada de
los inmuebles que saldrán a remate asignándoles la cantidad en
que fueron valuados por el perito oficial, los que se publicarán en
la GACETA DEL GOBIERNO, en el Boletín Judicial y en la tabla
de avisos que se lleva en el Juzgado por UNA VEZ, a efecto de
convocar postores. Edictos que se expiden en Lerma de Villada,
México, a los seis días de junio de dos mil dieciséis.-DOY FE.SECRETARIO DE ACUERDOS, LIC. JOSE ARTURO VERA
MANJARREZ.-RÚBRICA.-Lo anterior para dar cumplimiento a lo
ordenado al auto de fecha veinticinco (25) de mayo del dos mil
dieciséis (2016), para los efectos legales a que haya lugar.-DOY
FE.-SECRETARIO, LIC. JOSE ARTURO VERA MANJARREZ.RÚBRICA.
2693.-13 junio.
En el expediente 469/2016 relativo al PROCEDIMIENTO
JUDICIAL NO CONTENCIOSO DE INFORMACION DE
DOMINIO, promovido por JUAN RAMON BECERRIL CARMONA,
en términos del auto de fecha veintisiete de mayo de dos mil
dieciséis, se ordenó publicar el edicto respecto de un inmueble
ubicado en el poblado de San Andrés Ocotlán, barranca La
Concepción Coatipac, Rancho el Mesón, Municipio de Calimaya,
Estado de México, con las siguientes medidas y colindancias: AL
NORTE: 126.47 METROS COLINDA CON RESIDENCIAL
RANCHO EL MESON; 45.95 METROS COLINDA CON
RESIDENCIAL RANCHO EL MESON, AL SUR: 39.46 METROS
COLINDA CON BARRANCA LA CONCHITA; 29.01 METROS
COLINDA CON GUSTAVO SERRANO; 27.23 METROS
COLINDA CON GUSTAVO SERRANO AMBAS LINEAS
ACTUALMENTE CON ROSALINA MARGARITA LOPEZ
FONTES; 33.21 METROS COLINDA CON JOSE VELAZQUEZ
ACTUALMENTE ANA VELAZQUEZ ARELLANO; 52.15 METROS
COLINDA CON MODESTO GONZALEZ; AL ORIENTE: 298.59
METROS COLINDA CON JESUS ANTONIO ESCAMILLA
MANJARREZ; 40.23 METROS COLINDA CON RESIDENCIAL
RANCHO EL MESON; 79.07 METROS COLINDA CON
GUSTAVO SERRANO ACTUALMENTE ROSALINA MARGARITA
LOPEZ FONTES; AL PONIENTE: 155.91 METROS COLINDA
CON GUSTAVO SERRANO ACTUALMENTE ROSALINA
MARGARITA LOPEZ FONTES, 124.65 METROS COLINDA CON
MODESTO GONZALEZ; 18.47 METROS COLINDA CON JOSE
VELAZQUEZ, ACTUALMENTE ANA VELAZQUEZ ARELLANO;
133.43 METROS COLINDA CON RESIDENCIAL RANCHO EL
MESON Y MODESTO GONZALEZ, con una superficie de
38,559.05 METROS CUADRADOS.
EL JUEZ DIO ENTRADA A LA SOLICITUD Y ORDENA
SU PUBLICACION POR DOS VECES CON INTERVALOS DE
POR LO MENOS DOS DÍAS, EN LA “GACETA DEL GOBIERNO”
DEL ESTADO DE MEXICO Y EN OTRO PERIODICO DE
CIRCULACION DIARIA EN ESTA CIUDAD, HACIENDO SABER
A QUIENES SE CREAN CON MAYOR O IGUAL DERECHO
SOBRE EL INMUEBLE OBJETO DE LAS PRESENTES
DILIGENCIAS A FIN DE QUE COMPAREZCAN A DEDUCIRLO
EN TERMINOS DE LEY.-TENANGO DEL VALLE, ESTADO DE
MEXICO, admite la solicitud en vía y forma propuesta y ordenó la
publicación de los edictos correspondientes en el Periódico
Oficial, GACETA DEL GOBIERNO y otro de circulación diaria,
POR DOS VECES, CON INTERVALOS DE POR LO MENOS
DOS DIAS, haciendo saber a quienes se crean con igual o mejor
derecho sobre el inmueble objeto de las presentes diligencias a
fin de que comparezcan a deducir sus derechos en términos de
Ley. Se expide en Tenango del Valle, Estado de México, a los
seis días del mes de junio de dos mil dieciséis.-EN
CUMPLIMIENTO AL AUTO DE FECHA VEINTISIETE DE MAYO
DEL DOS MIL DIECISEIS SE ORDENA LA PUBLICACION DE
LOS EDICTOS.-SECRETARIO DE ACUERDOS, LICENCIADA
CLAUDIA IBETH ROSAS DIAZ.-RÚBRICA.
2686.-13 y 16 junio.
JUZGADO VIGESIMO SEXTO DE LO CIVIL
MEXICO, D.F.
E D I C T O
SECRETARÍA “A”.
EXP. 177/2014.
SE CONVOCAN POSTORES.
En el auto de fecha dos de mayo del dos mil dieciséis,
dictado en los autos del JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO,
promovido por BBVA BANCOMER, S.A., INSTITUCIÓN DE
BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER
en contra de COMERCIALIZADORA Y CONSTRUCTORA DE
GOLF, S.A. DE C.V. y SCOTIABANK INVERLAT, S.A.,
INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO
SCOTIABANK INVERLAT, DIVISIÓN FIDUCIARIA, el C. Juez
Vigésimo Sexto de lo Civil, ordenó sacar a remate en Primera
Almoneda el bien inmueble otorgado en garantía identificado
como GARDEN HOUSE NÚMERO 4 DE LA TORRE I, DEL
CONJUNTO URBANO BOSQUE REAL UBICADO EN LA
CARRETERA BOSQUE REAL, UBICADO EN LA CARRETERA
MÉXICO-HUIXQUILUCAN NUMERO 180, LOTE 39, (MANZANA
CINCO ROMANO), COLONIA CLUB DE GOLF BOSQUE REAL,
Página 20
13 de junio de 2016
CÓDIGO POSTAL 52770, EN HUIXQUILUCAN DISTRITO DE
TLALNEPANTLA, ESTADO DE MÉXICO, CON SUPERFICIE
TOTAL DE 310.68 METROS CUADRADOS, también identificado
como GARDEN HOUSE NÚMERO 4 UBICADO EN LA CALLE
LOTE 39, CARRETERA MÉXICO-HUIXQUILUCAN NUMERO
180, VIVIENDA GARDEN HOUSE NÚMERO 4, CONJUNTO
URBANO BOSQUE REAL, HUIXQUILUCAN, ESTADO DE
MÉXICO CON SUPERFICIE DE 310.68 METROS CUADRADOS;
y para que tenga lugar el remate en PRIMERA ALMONEDA se
señalan las se señalan LAS NUEVE HORAS CON TREINTA
MINUTOS DEL CINCO DE JULIO DEL AÑO EN CURSO
debiéndose convocar postores por medio de edictos que se
publicarán por dos veces en los lugares públicos de costumbre,
tableros de avisos de este Juzgado y en los de la Tesorería del
Distrito Federal hoy Secretaría de Finanzas, así como en el
periódico EL UNIVERSAL debiendo mediar entre una y otra
publicación siete días hábiles y entre la última y la fecha del
remate igual plazo, sirviendo de base para el remate la cantidad
de $5,816,000.00 (CINCO MILLONES OCHOCIENTOS
DIECISÉIS MIL PESOS 00/100 M.N.) que resulta del avalúo que
rindió la perito TERESITA DANAE ARRACHE PLIEGO perito de
la parte actora, siendo postura legal la que cubra las dos terceras
partes de dicho avalúo.
Para su publicación por dos veces, debiendo mediar entre
una y otra publicación siete días hábiles y entre la última y la
fecha del remate igual plazo.- MÉXICO, D.F, a 10 de mayo de
2016.-LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A”, LIC. SILVIA
SOTO ESCALANTE.-RÚBRICA.
2694.-13 y 23 junio.
JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
DISTRITO DE TLALNEPANTLA
E D I C T O
SE EMPLAZA POR EDICTOS A LUVIA MENDEZ, MIGUEL
ANGEL CONTRERAS MENDEZ, LEONOR MENDEZ PAZ,
RODOLFO VAZQUEZ MENDEZ y CIELO VAZQUEZ MENDEZ.
En el expediente 67/2015, relativo al JUICIO ORDINARIO
CIVIL, promovido por JOSE MANUEL TREJO ACEVES en contra
de LUVIA MÉNDEZ, MIGUEL ÁNGEL CONTRERAS MÉNDEZ,
LEONOR MÉNDEZ PAZ, RODOLFO VÁZQUEZ MÉNDEZ y
CIELO VÁZQUEZ MÉNDEZ. La parte actora reclama de LUVIA
MÉNDEZ, MIGUEL ÁNGEL CONTRERAS MÉNDEZ, LEONOR
MÉNDEZ PAZ, RODOLFO VÁZQUEZ MÉNDEZ y CIELO
VÁZQUEZ MÉNDEZ, LA PRESCRIPCIÓN POSITIVA O
USUCAPIÓN,
RESPECTO
DEL
BIEN
INMUEBLE
IDENTIFICADO COMO: CASA NÚMERO 44, UBICADO EN LA
CALLE AVENIDA DE SANTA MÓNICA, MANZANA 28, LOTE 13,
COLONIA JARDINES DE SANTA MÓNICA, MUNICIPIO DE
TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO. Dicho
inmueble tiene una superficie de 252.20 (doscientos cincuenta y
dos punto veinte metros cuadrados), y cuenta con las siguientes
medidas y colindancias: AL NORESTE: 10.00 METROS, Y LINDA
CON PASEO DE SANTA MÓNICA; AL SURESTE: 26.79
METROS Y LINDA CON LOTE 14; AL OESTE: 10.46 METROS Y
LINDA CON LOTE 5; Y AL NOROESTE: 23.65 METROS Y
LINDA CON LOTE 12." Bien inmueble que se encuentra
registrado en el Instituto de la Función Registral del Estado de
México, bajo el folio real electrónico 00165233; lo anterior
fundándose bajo los siguientes hechos:
1.- Que en fecha diecisiete de septiembre de dos mil dos
el señor JOSE MANUEL TREJO ACEVES, en su carácter de
comprador, celebró contrato privado de compraventa con la
señora LUVIA MENDEZ, en su carácter de vendedora, respecto
del bien inmueble ubicado en CASA NÚMERO 44, UBICADO EN
LA CALLE AVENIDA DE SANTA MÓNICA, MANZANA 28, LOTE
13, COLONIA JARDINES DE SANTA MÓNICA, MUNICIPIO DE
TLALNEPANTLA DE BAZ, ESTADO DE MÉXICO ... 2.- Que tiene
la posesión del bien inmueble desde el día que celebró contrato
de compraventa, que dicha posesión ha sido en calidad de
propietario, de manera pública, pacífica y continua ... 6.- Que bajo
protesta de decir verdad manifiesta que los codemandados
LUVIA MÉNDEZ, MIGUEL ÁNGEL CONTRERAS MÉNDEZ,
LEONOR MÉNDEZ PAZ, RODOLFO VÁZQUEZ MÉNDEZ y
CIELO VÁZQUEZ MÉNDEZ, a parecen como propietarios del
bien inmueble mencionado, en el Instituto de la Función Registral
del Distrito Judicial de Tlalnepantla, Estado de México ... 7.- Que
ha tenido la posesión del bien inmueble desde hace más de doce
años y que por tal motivo ocurre al órgano Judicial con el fin de
que se le declare propietario del bien inmueble descrito.
Y toda vez que se desconocen los domicilios y paraderos
actuales de LUVIA MÉNDEZ, MIGUEL ÁNGEL CONTRERAS
MÉNDEZ, LEONOR MÉNDEZ PAZ, RODOLFO VÁZQUEZ
MÉNDEZ y CIELO VÁZQUEZ MÉNDEZ, con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 1.134, 1.138 y 1.181 del Código de
Procedimientos Civiles para el Estado de México vigente; se
procede a emplazar a los demandados LUVIA MÉNDEZ, MIGUEL
ÁNGEL CONTRERAS MÉNDEZ, LEONOR MÉNDEZ PAZ,
RODOLFO VÁZQUEZ MÉNDEZ y CIELO VÁZQUEZ MÉNDEZ,
por medio de edictos los cuales se publicarán por tres veces de
siete en siete días en el PERIODICO OFICIAL (GACETA DEL
GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO), EN EL PERIÓDICO DE
MAYOR CIRCULACIÓN DE ESTA CIUDAD Y EN EL BOLETIN
JUDICIAL, ASÍ COMO EN LA TABLA DE AVISOS O PUERTA DE
ESTE JUZGADO; haciéndole saber a los codemandados LUVIA
MÉNDEZ, MIGUEL ÁNGEL CONTRERAS MÉNDEZ, LEONOR
MÉNDEZ PAZ, RODOLFO VÁZQUEZ MÉNDEZ y CIELO
VÁZQUEZ MÉNDEZ, que deberán contestar la demanda
instaurada en su contra dentro del plazo de TREINTA DÍAS
contados a partir de que surta sus efectos la última publicación,
con el apercibimiento que de no hacerlo, se seguirá el juicio en su
rebeldía y se le tendrá por contestada la demanda a petición de
parte en los términos que establece el artículo 2.119 del Código
de Procedimientos Civiles vigente para el Estado de México,
asimismo las notificaciones se le realizarán por medio de lista y
Boletín Judicial, en términos de los dispuesto por el artículo 1.170
del Código en cita. Dado en el local de éste Juzgado a los
diecinueve días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.-DOY
FE.-Validación fecha del acuerdo que ordena la publicación del
presente edicto: seis (06) de mayo del dos mil dieciséis (2016).SECRETARIO DE ACUERDOS, LICENCIADO PABLO ORTIZ
GONZALEZ.-RÚBRICA.
1115-A1.-13, 22 junio y 1 julio.
A V I S O S
A D M I N I S T R A T I V O S
G E N E R A L E S
Y
NOTARIA PUBLICA NUMERO 63 DEL ESTADO DE MEXICO
NEZAHUALCOYOTL, MEXICO
AVISO NOTARIAL
PRIMERA PUBLICACIÓN
Nezahualcóyotl, Estado de México, a 06 de Junio del 2016
La suscrita Licenciada RITA RAQUEL MARTINEZ
SALGADO, Notaria Pública número 63 del Estado de México, en
cumplimiento por lo dispuesto por el artículo 70 del Reglamento
de la Ley del Notariado del Estado de México, hago constar: Que
por escritura número 31,716 asentada en el volumen 607 del
protocolo a mi cargo, con fecha 06 de junio del año 2016, se
radicó en esta Notaría la sucesión Intestamentaria a bienes de la
señora ELOÍSA ARACELI GARCÍA SÁNCHEZ.
Los presuntos herederos los señores NANCY, GERARDO
Y ANTONIO, todos de apellidos JIMÉNEZ GARCÍA, y el Señor
13 de junio de 2016
Página 21
PEDRO GERARDO JIMÉNEZ CHÁVEZ, en su carácter de
cónyuge supérstite y descendientes directos en primer grado del
autor de la sucesión, otorgaron su consentimiento para que en la
Notaría a cargo de la suscrita se tramite la sucesión
Intestamentaria a bienes de la señora ELOÍSA ARACELI GARCÍA
SÁNCHEZ.
Asimismo, manifestaron bajo protesta de decir verdad que
no tienen conocimiento que además de ellos exista alguna otra
persona con derecho a heredar en la citada sucesión.
Los comparecientes me exhibieron la copia certificada del
acta de defunción de la señora ELOÍSA ARACELI GARCÍA
SÁNCHEZ, y las actas de matrimonio y nacimiento, con las que
me acreditaron su entroncamiento de parentesco con el autor de
la sucesión.
NOTARIA PUBLICA NUMERO 173 DEL ESTADO DE MEXICO
IXTAPALUCA, MEXICO
AVISO NOTARIAL
Mediante escritura 1306 extendida el 6 de junio de 2016,
ante mí, don PEDRO ORRADRE GARDUÑO, dona LUZ MARIA
DEL ROCIO ORRADRE GARDUÑO y doña GUADALUPE
ELIZABETH ORRADRE GARDUÑO, reconocieron la entera
validez del Testamento Público Abierto otorgado por don
AGAPITO ORRADRE ALVAREZ, aceptaron la herencia instituida
a su favor, reconociéndose recíprocamente los derechos
hereditarios que respectivamente les corresponden en la citada
sucesión testamentaria y el primero de los nombrados, acepto
además el cargo de albacea que le fue conferido, protestando su
fiel y legal desempeño y manifestó que procederá a formar el
inventario de los bienes de Ia herencia.
Ixtapaluca, Estado de México, a 7 de junio de 2016.
ATENTAMENTE
LIC. RITA RAQUEL MARTINEZ SALGADO.-RÚBRICA.
NOTARIA PUBLICA No. 63
DEL ESTADO DE MEXICO.
1117-A1.-13 junio.
NOTARIA PUBLICA NUMERO 89 DEL ESTADO DE MEXICO
RESIDENCIA EN CUAUTITLAN
AVISO NOTARIAL
06 de Mayo del 2016.
AVISO DE RADICACION DE LA SUCESION
INTESTAMENTARIA DE MA. ELISA PEREZ SENDEJAS
socialmente también conocida como ELISA PEREZ
ZENDEJAS.
Mediante instrumento número 34,464, extendido el seis
de mayo del año dos mil dieciséis, ante mi, don José Medina
García en su calidad de cónyuge supérstite, don don Roberto,
don José Luis, doña Elisa y doña Guadalupe de apellidos Medina
Pérez, en su calidad de hijos, sujetándose expresamente a la
competencia del suscrito Notario, en virtud de que no apareció
testamento alguno, en ese acto RADICARON en ese protocolo de
la notaría a mi cargo, la sucesión intestamentaria de doña Ma.
Elisa Pérez Sendejas socialmente también conocida como Elisa
Pérez Zendejas, respecto de la cual manifiestan: (1) Que con la
calidad que ostentan son las únicas personas con derecho a
heredar conforme a la Ley. (2) Que para corroborar lo anterior, el
día que yo, el notario se los indique, rendirán una información
testimonial.
En virtud de que de los informes rendidos por el Archivo
General Judicial, el Archivo General de Notarias y el Registro
Público de la Propiedad del Distrito de Cuautitlán, todas estas
dependencias del Estado de México, se desprende que doña Ma.
Elisa Pérez Sendejas socialmente también conocida como Elisa
Pérez Zendejas no otorgó disposición testamentaria alguna, se
hace del conocimiento de los interesados lo anterior y para la
recepción de la información testimonial respectiva y en su caso
para la continuación del trámite de la sucesión, han sido
señaladas las doce horas del día tres de junio del año dos mil
dieciséis.
Atentamente
El Notario Número Ochenta y Nueve del Estado de
México con residencia en la Ciudad de Cuautitlán y también
notario del Patrimonio Inmueble Federal.
LIC. ALVARO MUÑOZ ARCOS.-RÚBRICA.
1118-A1.-13 y 22 junio.
LIC. ENRIQUE COVARRUBIAS GONZALEZ.- RÚBRICA.
NOTARIO 173 DEL ESTADO DE MEXICO.
419-B1.- 13 y 22 junio.
NOTARIA PUBLICA NUMERO 138 DEL ESTADO DE MEXICO
TEPOTZOTLAN, MEXICO
A V I S O N O T A R I A L
LIC. TERESA PEÑA GASPAR, NOTARIO PÚBLICO
NÚMERO CIENTO TREINTA Y OCHO DEL ESTADO DE
MÉXICO, CON RESIDENCIA EN TEPOTZOTLAN, HACE DE SU
CONOCIMIENTO:
De conformidad con lo dispuesto por el artículo setenta
del Reglamento de la Ley del Notariado del Estado de México,
hago saber que por instrumento público número 7674 de fecha 18
de marzo de 2016, otorgada ante la fe de la suscrita Notario, se
hizo constar la RADICACION y la Sucesión Intestamentaria a
bienes de la señora MARIA CARLOTA ERENDIRA BUSTILOS Y
ESPINO, que solía utilizar indistintamente el nombre de MARIA
CARLOTA ERENDIRA BUSTILLOS ESPINO, a solicitud de
VICTOR ALBERTO ALVARADO BUSTILLOS, en su calidad de
presunto heredero.
ATENTAMENTE
LICENCIADA TERESA PEÑA GASPAR.-RÚBRICA.
1114-A1.-13 y 22 junio.
FE DE ERRATAS
Del Edicto 339-B1, expediente número 94/2016,
promovido por AMELIA GOMORA MONROY, publicado los días
17 y 20 de Mayo de 2016, en el décimo renglón
Dice: por auto de fecha 19 diecinueve de febrero de 2016
dos mil dieciséis, lo admitió y ordenó publicar un extracto de la
solicitud,
Debe Decir: por auto de fecha 19 diecinueve de febrero
de 2016 dos mil dieciséis, lo admitió a tramite y ordenó publicar
un extracto de la solicitud,
En el quincuagésimo segundo renglón
Dice: Se ordena publicar el presente edicto por dos veces
con intervalos de por lo menos dos días en la GACETA DEL
GOBIERNO Oficina del Estado de México,
Debe Decir: Se ordena publicar el presente edicto por dos
veces con intervalos de por lo menos dos días en la Gaceta de
Gobierno Oficial del Estado de México,
Atentamente
M. en A.P. María Christian Uribe Lugo
Jefa del Departamento del Periódico
Oficial “Gaceta del Gobierno”
(Rúbrica).
Página 22
13 de junio de 2016
NAUCALPAN DE JUAREZ ESTADO DE MEXICO, A 26 DE MAYO DE 2016
NO. OFICIO 227B13212/693/2016
ASUNTO: PUBLICACIONES DE EDICTOS
A QUIEN CORRESPONDA
PRESENTE:
EDICTO
POR ESTE MEDIO Y CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 95 DEL REGLAMENTO DE LA LEY
REGISTRAL PARA EL ESTADO DE MÉXICO, SE DICTA ACUERDO POR EL CUAL SE AUTORIZA
AL PROMOVENTE DE NOMBRE NESTOR NOE CAMACHO MENDOZA, PARA QUE REALICE LAS
PUBLICACIONES A COSTA DEL INTERESADO EN LA GACETA DEL GOBIERNO Y EN EL
PERIODICO DE MAYOR CIRCULACIÓN, EN VIRTUD DEL ACTA CIRCUNSTANCIADA
FORMULADA DE FECHA 26 DE MAYO DE 2016, CON MOTIVO DE LA REPOSICIÓN DE PARTIDA
280 VOLUMEN 380 LIBRO PRIMERO SECCIÓN PRIMERA DE FECHA 02 DE AGOSTO DE 1978, Y
QUE SE REFIERE AL INMUEBLE IDENTIFICADO COMO: MANZANA XXIII LOTE 16 DE LA CALLE
ACUEDUCTO DE PUENTE GRANDE S/N FRACCIONAMIENTO VISTA DEL VALLE, SECCION
BOSQUES, NAUCALPAN ESTADO DE MEXICO.
CON LAS SIGUIENTE SUPERFICIE, MEDIDAS Y COLINDANCIAS.
SUPERFICIE DE: 250.00 METROS CUADRADOS
AL NORESTE: 25.00 METROS CON LOTE 17;
AL NOROESTE: 10.00 METROS CON ACUEDUCTO DE PUENTE GRANDE
AL SUROESTE: 25.00 METROS CON LOTE 15;
AL SURESTE: 10.00 METROS CON ZONA VERDE.
LO ANTERIOR TIENE SUSTENTO LEGAL EN LOS ARTÍCULOS 92, 94 Y 95 DEL REGLAMENTO
DE LA LEY REGISTRAL PARA EL ESTADO DE MEXICO, QUE A LA LETRA DICE:
“ARTICULO 95.- UNA VEZ HECHO LO ANTERIOR EL REGISTRADOR DICTARA UN ACUERDO
MEDIANTE EL CUAL SE ORDENE LA PUBLICACIÓN A COSTA DEL INTERESADO DE UN
EDICTO EN EL PERIODICO OFICIAL GACETA DE GOBIERNO Y EN EL PERIODICO DE MAYOR
CIRCULACION EN EL LUGAR QUE CORRESPONDA A LA OFICINA REGISTRAL, POR TRES
VECES DE TRES DIAS CADA UNO”.
LO QUE HAGO DEL CONOCIMIENTO PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE HAYA LUGAR.
ASÍ LO ACORDO LA C. REGISTRADORA ADSCRITA A LOS MUNICIPIOS DE NAUCALPAN Y
HUIXQUILUCAN.
ATENTAMENTE
LA C. REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE
LA OFICINA REGISTRAL DE NAUCALPAN.
LIC. MIRNA BEATRIZ LOPEZ CASTAÑEDA
(RÚBRICA).
1119-A1.-13, 16 y 21 junio.
13 de junio de 2016
Página 23
“2016, AÑO DEL CENTENARIO DE LA INSTALACIÓN DEL CONGRESO CONSTITUYENTE”
OFICINA REGISTRAL DE ECATEPEC
EDICTO
EL C. ALBERTO FUENTES FAVILA, solicitó ante la Oficina Registral de Ecatepec, en términos del artículo 69 de la Ley Registral para el Estado de
México y 93 de su reglamento, LA REPOSICIÓN de la Partida 1 Volumen 150 Libro Primero, Sección Primera, de fecha 03 de abril de 1971,
mediante número de folio de presentación: 733.
REFERENTE A LA INSCRIPCIÓN DE LA ESCRITURA. NO. 14,689, DE FECHA 21 DE DICIEMBRE DE 1970.- OTORGADA ANTE LA FE DEL
LIC. FERNANDO VELASCO DAVALOS, NOTARIO NUMERO DOS DEL DISTRITO DE TLALNEPANTLA.- OPERACIÓN: PROTOCOLIZACION
DE LA LOTIFICACION DE LOS TERRENOS PROPIEDAD DE LA MISMA LA LISTA DE LOTES Y MANZANAS QUE SE COMPONEN EL
FRACCIONAMIENTO DENOMINADO “AZTECA”.- OTORGADA POR: EL SEÑOR NORBERTO KANNER TEICHMAR EN SU CALIDAD DE
GERENTE DE FRACCIONAMIENTO AZTECA.- EN EL ENTENDIMIENTO DE QUE LA REPOSICION ES RESPECTO AL INMUEBLE: ubicado en
el Fraccionamiento “AZTECA”, RESPECTO AL LOTE 2, MANZANA 523, EN EL MUNICIPIO DE ECATEPEC DE MORELOS, ESTADO DE
MEXICO.- CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y LINDEROS:
AL NORTE: 17.50 MTS. CON LOTE 1.AL SUR: 17.50 MTS. CON LOTE 3.AL ORIENTE: 7.00 MTS. CON LOTE 25.AL PONIENTE: 7.00 MTS. CON CALLE OTOMÍES.SUPERFICIE DE: 122.50 M2.Y en atención a ello, se acordó autorizar a costa del interesado, dar aviso de la publicación de la reposición que nos ocupa, en el Periódico Oficial
“GACETA DEL GOBIERNO” y en el periódico de mayor circulación en el Municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México.- Por tres veces de
tres en tres días cada uno, en términos del artículo 95, del Reglamento de La Ley Registral para el Estado de México.- 07 de junio del 2016.
ATENTAMENTE
LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.- RÚBRICA.
JEFA DE LA OFICINA REGISTRAL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE ECATEPEC
2695.- 13, 16 y 21 junio.
“2016, AÑO DEL CENTENARIO DE LA INSTALACIÓN DEL CONGRESO CONSTITUYENTE”
OFICINA REGISTRAL DE ECATEPEC
EDICTO
LA C. ADDA ALICIA GALAN ZAPATA, solicitó ante la Oficina Registral de Ecatepec, en términos del artículo 69 de la Ley Registral para el Estado de
México y 93 de su reglamento, LA REPOSICIÓN de la Partida 146, Volumen 42, Libro Primero Sección Primera, de fecha 25 de septiembre de
1964, mediante folio de presentación No. 732.SE INSCRIBE TESTIMONIO DE LA ESCRITURA. NO. 19,012, DE FECHA 17 DE AGOSTO DE 1964, OTORGADA ANTE LA FE DEL LICENCIADO
ADOLFO CONTRERAS NIETO, NOTARIO CIENTO VEINTIOCHO DEL DISTRITO FEDERAL.- OPERACIÓN: PROTOCOLIZACION DE LA
LOTIFICACION DEL FRACCIONAMIENTO “JARDINES DE SANTA CLARA”, QUE FORMALIZA EL SEÑOR DON ALBERTO SAUCEDO
GUERRERO, COMO GERENTE GENERAL DE JARDINES DE SANTA CLARA, S.A., COMPRENDE DE LA MANZANA 1 A LA 239.- LA
REPOSICION ES SOLAMENTE POR EL INMUEBLE: UBICADO EN EL FRACCIONAMIENTO “JARDINES DE SANTA CLARA”, MUNICIPIO DE
ECATEPEC, ESTADO DE MÉXICO.- RESPECTO AL LOTE 09, MANZANA 201- CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y LINDEROS:
AL NOROESTE: 8.00 MTS. CON CALLE 33.AL NORESTE: 12.00 MTS. CON LOTE 10.AL SURESTE: 8.00 MTS. CON LOTE 12.AL SUROESTE: 12.00 MTS. CON LOTE 8.SUPERFICIE DE: 96.00 M2.Y en atención a ello, se acordó autorizar a costa del interesado, dar aviso de la publicación de la reposición que nos ocupa, en el Periódico Oficial
“GACETA DEL GOBIERNO” y en el periódico de mayor circulación en el Municipio de Ecatepec de Morelos, Estado de México.- Por tres veces de
tres en tres días cada uno, en términos del artículo 95, del Reglamento de La Ley Registral para el Estado de México.- 07 de junio del 2016.
ATENTAMENTE
LIC. IRENE ALTAMIRANO MARTINEZ.- RÚBRICA.
JEFA DE LA OFICINA REGISTRAL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE ECATEPEC.
2695.- 13, 16 y 21 junio.
Página 24
13 de junio de 2016
SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO
SM/031/2016
QUIEN SUSCRIBE ERNESTO PALMA MEJÍA, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO DE ZINACANTEPEC,
MÉX; CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 91 FRACCIÓN X DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL
ESTADO DE MÉXICO; -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- C E R T I F I C O -----------------------------------------------------------QUE EN EL ACTA DE LA DÉCIMA SEXTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO DE FECHA VEINTISIETE DE
MAYO DE DOS MIL DIECISÉIS, NO. 024/2016 2016-2018, EN SU PARTE CONDUCENTE DICE: ----------------ACTA DE CABILDO NO. 024/2016.
2016 – 2018.
DÉCIMA SEXTA SESIÓN ORDINARIA DE CABILDO
DE FECHA VEINTISIETE DE MAYO DE DOS MIL DIECISÉIS.
CONTINUANDO CON EL DESAHOGO DEL PUNTO NÚMERO CINCO DEL ORDEN DEL DÍA, EL
PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, MARCOS MANUEL CASTREJÓN MORALES, SOLICITA AL
SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, ERNESTO PALMA MEJÍA; CONTINÚE CON EL DESAHOGO DEL
MISMO.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, ERNESTO PALMA MEJÍA; MANIFIESTA QUE EL SIGUIENTE
PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA SE REFIERE; A LA PRESENTACIÓN, DISCUSIÓN Y EN SU CASO
APROBACIÓN DE LA PROPUESTA DEL PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL, MARCOS MANUEL
CASTREJÓN MORALES; SOLICITANDO LA REVISIÓN Y APROBACIÓN DE LOS PLANOS HIDRÁULICOS
(H-1), PLUVIAL (P-1), SANITARIO (S-1), Y ARQUITECTÓNICO (A-1, A-2 y A-3) DEL PANTEÓN DE SAN
ANTONIO ACAHUALCO; LO ANTERIOR PARA DAR CUMPLIMIENTO AL PROCEDIMIENTO PARA
AUTORIZACIÓN DE OBRA E INICIO DE OBRA DE LA COORDINACIÓN DE REGULACIÓN SANITARIA DEL
INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO, PARA EXPEDIR A FAVOR DE ESTE AYUNTAMIENTO
LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DEL PANTEÓN DE SAN ANTONIO ACAHUALCO.----------------------------UNA VEZ ANALIZADO Y DEBATIDO EL PRESENTE PUNTO, EL PRESIDENTE MUNICIPAL
CONSTITUCIONAL, SOLICITA AL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, LO SOMETA A VOTACIÓN DE LOS
INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO, POR LO QUE SE EMITE EL SIGUIENTE: -------------------------------------------------------------------------------------------------------- A C U E R D O -----------------------------------------------------------POR UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS PRESENTES; LOS INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO,
ACORDARON: --0172.- SE APRUEBA LA PROPUESTA DEL PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL,
MARCOS MANUEL CASTREJÓN MORALES; Y SE AUTORIZAN LOS PLANOS HIDRÁULICOS (H-1),
PLUVIAL (P-1), SANITARIO (S-1), Y ARQUITECTÓNICO (A-1, A-2 y A-3) DEL PANTEÓN DE SAN ANTONIO
ACAHUALCO; LO ANTERIOR PARA DAR CUMPLIMIENTO AL PROCEDIMIENTO PARA AUTORIZACIÓN DE
OBRA E INICIO DE OBRA DE LA COORDINACIÓN DE REGULACIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO DE
SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO, PARA EXPEDIR A FAVOR DE ESTE AYUNTAMIENTO LA LICENCIA DE
FUNCIONAMIENTO DEL PANTEÓN DE SAN ANTONIO ACAHUALCO; LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD
EN LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 30 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE
MÉXICO; Y 46 DEL REGLAMENTO DE CABILDO DE ZINACANTEPEC, MÉXICO.--------------------------------------SE EXTIENDE LA PRESENTE A LOS SEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.---------------------------------------------------------------------- D O Y F E -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- R Ú B R I C A ---------------------------------------------------------------2680.- 13 junio.