AVISO DE REMATE Pongo en conocimiento del - CFN

AVISO DE REMATE
Pongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 02 de mayo de 2016; a las
09h00por el señor Juez Nacional de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro
del Juicio Coactivo No. 57-2015, se ordenó el remate del bien inmueble embargado,
señalándose para el efecto, el día JUEVES, 30 DE JUNIO DE 2016, el que se llevará a cabo
desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de
Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicado en las calles 9 de octubre No. 200 y
Pichincha, segundo piso, de la ciudad de Guayaquil.
CARACTERÍSTICAS DE LOS BIENES INMUEBLES A REMATARSE:
Bienes inmuebles consistente en: 1) Parqueadero n° 31 ubicado en el subsuelo 2 del centro
empresarial “ Las Cámaras, solar 2, mz.154 antes (ACM-1), de la Urbanización Kennedy Norte,
Parroquia: Tarqui, del cantón Guayaquil, Provincia del Guayas; cuyo avalúo asciende a la
cantidad de $ 14,000.67 (CATORCE MIL CON 67/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA).- 2) Parqueadero n° 38 ubicado en el subsuelo 2 del centro
empresarial “ Las Cámaras, solar 2, mz.154 antes (ACM-1), de la Urbanización Kennedy Norte,
Parroquia: Tarqui, del cantón Guayaquil, Provincia del Guayas; cuyo avalúo asciende a la
cantidad de $ 14,000.67 (CATORCE MIL CON 67/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA).- 3) Parqueadero n° 39 ubicado en el subsuelo 2 del centro
empresarial “ Las Cámaras, solar 2, mz.154 antes (ACM-1), de la Urbanización Kennedy Norte,
Parroquia: Tarqui, del cantón Guayaquil, Provincia del Guayas; cuyo avalúo asciende a la
cantidad de $ 14,000.67 (CATORCE MIL CON 67/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA).- 4) Parqueadero n° 74 ubicado en el subsuelo 2 del centro
empresarial “ Las Cámaras, solar 2, mz.154 antes (ACM-1), de la Urbanización Kennedy Norte,
Parroquia: Tarqui, del cantón Guayaquil, Provincia del Guayas; cuyo avalúo asciende a la
cantidad de $ 14,000.67 (CATORCE MIL CON 67/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA).- 5) Parqueadero n° 75 ubicado en el subsuelo 2 del centro
empresarial “ Las Cámaras, solar 2, mz.154 antes (ACM-1), de la Urbanización Kennedy Norte,
Parroquia: Tarqui, del cantón Guayaquil, Provincia del Guayas; cuyo avalúo asciende a la
cantidad de $ 14,000.67 (CATORCE MIL CON 67/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA).- 6) Parqueadero n° 76 ubicado en el subsuelo 2 del centro
empresarial “ Las Cámaras, solar 2, mz.154 antes (ACM-1), de la Urbanización Kennedy Norte,
Parroquia: Tarqui, del cantón Guayaquil, Provincia del Guayas; cuyo avalúo asciende a la
cantidad de $ 14,000.67 (CATORCE MIL CON 67/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA).- 7) Parqueadero n° 77 ubicado en el subsuelo 2 del centro
empresarial “ Las Cámaras, solar 2, mz.154 antes (ACM-1), de la Urbanización Kennedy Norte,
Parroquia: Tarqui, del cantón Guayaquil, Provincia del Guayas; cuyo avalúo asciende a la
cantidad de $ 14,000.67 (CATORCE MIL CON 67/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA).- 8) Parqueadero n° 78 ubicado en el subsuelo 2 del centro
empresarial “ Las Cámaras, solar 2, mz.154 antes (ACM-1), de la Urbanización Kennedy Norte,
Parroquia: Tarqui, del cantón Guayaquil, Provincia del Guayas; cuyo avalúo asciende a la
cantidad de $ 14,000.67 (CATORCE MIL CON 67/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA). Siendo el valor total de los bienes inmuebles la cantidad de USD$
112,005.36 (CIENTO DOCE MIL CINCO CON 36/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA. Se fija como SEGUNDO SEÑALAMIENTO de REMATE para el día JUEVES,
30 DE JUNIO DE 2016 desde las 13h00 hasta las 17h00,al amparo de lo dispuesto en el
artículo 458 del Código de Procedimiento Civil, las posturas se presentarán ante el (la)
Secretario (a) Abogado (a) designado (a) dentro del proceso, en la Sala del Juzgado de
Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicada en la Avenida 9 de Octubre # 200 y
Pichincha, Segundo Piso, de esta ciudad de Guayaquil. Las posturas se presentarán por
escrito dirigidas al Juez de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se
indicará el número de proceso, el bien y precio por el que se presenta postura, actividad
económica del postor y la casilla judicial o correo electrónico para las notificaciones de Ley,
debiendo ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión.
Conforme el artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, los postores a plazo serán
calificados con quince (15) días de anticipación a la realización del remate, para lo cual, deben
acudir a las oficinas de la Corporación Financiera Nacional y solicitar los requisitos de toda la
información y/o documentación presentar para el proceso de calificación respectivo, para el
efecto, el secretario de Coactiva entregará los formularios correspondientes a las personas
interesadas, los cuales también pueden ser obtenidos a través de la página web institucional en
En tal virtud las personas interesadas deberán obtener o retirar la información y/o
documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos
los documentos habilitantes hasta 15 días antes del día del remate; esto es, hasta el JUEVES,
9 DE JUNIO DE 2016; HASTA LAS 12H00, en la Subgerencia Nacional de Cartera,
Administración y Tesorería de la Corporación Financiera Nacional.- No se aceptarán
ofertas de postores a plazo que no hubieren sido previamente calificados por la Institución,
salvo el caso, de aquellos postores que presenten su postura de contado a la cual deberán
acompañar, además de la postura, actividad económica del postor y la casilla judicial o correo
electrónico para las notificaciones de Ley, debiendo ser firmadas por el postor y un abogado
en el libre ejercicio de la profesión, la siguiente documentación habilitante: 1) Formulario
Conoce a tu Postor; 2) Formulario de Licitud de Origen de Fondos; 3) Copia de cédula de
ciudadanía o de identidad y papeleta de votación, de ser aplicable también del cónyuge, en
caso de personas naturales; copia de nombramiento y Registro Único de Contribuyentes, en
caso de personas jurídicas; 4) copia de pago de servicio básicos del domicilio del postor; 5)
Declaración de Persona Expuesta Políticamente, en caso de ser aplicable. No se admitirán
posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas de los
documentos habilitantes exigidos por la Corporación Financiera Nacional, así como aquellas
que no contengan por lo menos, el diez por ciento del valor total de la oferta, el que se
consignará en cheque certificado, cheque de Gerencia a la orden de la Corporación Financiera
Nacional, o depósito efectuado a la cuenta de la Corporación Financiera Nacional; tampoco se
admitirán las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete
horas del día señalado para el remate. Por tratarse del SEGUNDO SEÑALAMIENTO conforme
a lo previsto en el Art. 471 del Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas
por menos de la base de la mitad (50%) del precio del avalúo, de los bienes a rematar. Según
el mandato del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, se podrá aceptar posturas en las
cuales se fijen plazos de hasta ocho años para el caso de bienes inmuebles y de tres para los
bienes muebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal,
pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales
durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 461 del Código de Procedimiento
Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda,
intereses y costas.- El remate del bien inmueble se lo realizará de conformidad con lo dispuesto
en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil y se lo entregará en el estado en que se
encuentre, el mismo que es de pleno conocimiento y aceptación del postor.- Todos los costos y
gastos que demande la transferencia de la propiedad objeto del remate, serán de
responsabilidad del postor/adjudicatario. Así mismo, las costas y gastos que se generen a partir
de la fecha en que se dicte el correspondiente auto de adjudicación, serán a cargo del
adjudicatario. De igual forma los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz,
agua, teléfono y condominio (en caso de que sean bienes que se encuentren en propiedad
horizontal) serán con cargo a los coactivados.- Si fuera una persona natural que resultare ser la
adjudicataria de los bienes a rematarse deberá contratar un seguro de desgravamen, siempre y
cuando se rematare el bien a plazos. El actuario del despacho, elabore el aviso
correspondiente que se publicará por tres ocasiones en diario El Telégrafo, así también, que la
Gerencia Nacional de Mercadeo y Promoción y/o la Gerencia de División de Informática y/o la
unidad administrativa competente publiquen la información correspondiente en la página web
institucional en www.cfn.fin.ec. Cualquier información adicional solicitarla a la Corporación
Financiera Nacional, Sucursal Mayor Guayaquil, o al teléfono 2591800 ext. 1741- CÚMPLASE
Y NOTIFÍQUESE.-” F.) Ab, Msc. Carlos Xavier Zavala. Juez Delegado de Coactiva.- Ab.
Xavier Giler Gonzenbach, Secretario de Coactiva.- Lo Certifico.- Guayaquil, 5 de mayo de
2016.-
Lo que comunico al público, para los fines de Ley.-
AB. XAVIER GILER GONZENBACH
SECRETARIO DEL PROCESO
CORPORACION FINANCIERA NACIONAL