Resolución Expediente Acta Nº Nº 03835/2016 2016-88-01

Resolución
Nº 03835/2016
Expediente
2016-88-01-07132
Acta Nº
01083/2016
VISTO:que este Ejecutivo Departamental desarrolla políticas y actividades de inclusión social;
RESULTANDO : que la Unidad Asesora de Políticas Sociales en Actuaciones 2 y 4 diseña el programa Jornales
Solidarios para el año 2016;
CONSIDERANDO:I)que la Unidad Asesora de Políticas Sociales puntualiza que el Programa de Jornales Solidarios
comenzó a implementarse en el año 2003, oportunidad en la que se destacó que "la sociedad de Maldonado es
plenamente consciente de la situación que viven sus sectores más necesitados, y siempre está dispuesta a tender su
mano solidaria para ayudarlos"; asimismo, dicha Unidad señala que la Intendencia "como parte de nuestra sociedad,
tiene la misma consciencia y la misma vocación solidaria. Por eso tiene una larga trayectoria institucional de apoyo social
que debe trascender a los gobiernos a la vez de mantenerse a lo largo de los años"
II)que se estima conveniente fortalecer el Programa de Jornales Solidarios, como forma de contemplar los diferentes
requerimientos de la comunidad; a tales efectos, la unidad antes referida indica que "se había planificado para el año
2015 por la anterior Administración: 200 puestos de jornaleros en todo el departamento, 100 por quincena... y un ingreso
de 5000 pesos nominales por quincena";
III)que se entiende necesario adecuar el régimen de trabajo y de retribución, atendiendo a las necesidades de la
comunidad en materia de servicios públicos y a efectos de contemplar de mejor forma el trabajo de los beneficiarios del
Programa; por dichas razones, en Actuación 4 se recomienda establecer el siguiente régimen:
"respecto a la
remuneración mensual que recibiría cada jornalero, la misma es de $ 8.895... de lunes a viernes, por quincena";
IV) que el programa Jornales Solidarios es un instrumento de inclusión social, desde una perspectiva de derechos,
justicia social y desarrollo humano, por lo que resulta conveniente ejecutar el mismo teniendo en cuenta las sugerencias
formuladas por la Unidad Asesora de Políticas Sociales;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 35, numeral 24, literal D) de la Ley Orgánica de
los Gobiernos Departamentales Nº 9.515;
EL INTENDENTE DE MALDONADO
R E S U E L V E:
1º) Establécese que el programa Jornales Solidarios 2016 estará integrado por hasta 360 puestos laborales, a efectos de
realizar tareas de limpieza, mantenimiento y conservación de espacios públicos.
2º) Fíjanse las siguientes condiciones de trabajo y técnicas, para la aplicación de los recursos económicos asignados al
programa:
- Extensión: 15 de junio al 30 de noviembre de 2016.
- Modalidad de trabajo: los beneficiarios cumplirán tareas en forma quincenal, en régimen de siete horas diarias y con una
retribución nominal por quincena de $ 8.895 (pesos uruguayos ocho mil ochocientos noventa y cinco);
- Selección de postulantes: sorteo público, reservándose un cupo para personas en rehabilitación por consumo
problemático de drogas, con discapacidad y víctimas de violencia doméstica.
3º) Destínase la suma de hasta $U 20:000.000 (pesos uruguayos veinte millones), a efectos de solventar la ejecución del
programa.
4º) Créase una Comisión Especial integrada por las Direcciones Generales de Integración y Desarrollo Social, Higiene y
Medio Ambiente y Hacienda, la Unidad Asesora de Políticas Sociales, representantes de los partidos políticos y de los
Municipios, a efectos de realizar el seguimiento del programa y contribuir a realizar las articulaciones que resulten
necesarias con otras entidades estatales y la sociedad civil.
5º) Cométese a la Unidad Asesora de Políticas Sociales la planificación, supervisión y coordinación técnica del programa,
así como a desarrollar las acciones que posibiliten el cumplimiento del presente acto administrativo.
6º) Encomiéndase a la Dirección de Asesoría Jurídica a colaborar con la Dirección General de Desarrollo e Integración
Social, en el control de la documentación contractual y las comunicaciones que deban realizarse en relación a la actividad
laboral de los beneficarios del programa.
7º) Cométese a la Dirección General de Higiene y Medio Ambiente la diagramación y programación de la parte operativa
del programa y a la Dirección General de Desarrollo e Integración Social a cumplir las tareas administrativas que la
correspondan al Ejecutivo Departamental en el marco de la presente resolución.
8º) Comuníquese por la Dirección de Administración Documental a los Municipios, a las Direcciones Generales de
Desarrollo e Integración Social, Hacienda, Higiene y Medio Ambiente y Asuntos Legales, a la Sub Dirección General de
Asesoría Notarial, a la Unidad Asesora de Políticas Sociales, a la Dirección de Comunicaciones y a la Dirección de
Asesoría Jurídica. Pase a la Unidad Asesora de Políticas Sociales y siga a la Dirección de Dirección de Contaduría.
Resolución incluída en el Acta firmada por Diego Echeverria el 01/06/2016 12:59:30.
Resolución incluída en el Acta firmada por Enrique Antia el 01/06/2016 15:49:24.