DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Miércoles, 25 de mayo del 2016 EN JUNIO SE IMPLEMENTA EL SINOE EN EL DISTRITO JUDICIAL DE CAJAMARCA Estimándose su implementación en las provincias de Chota, Bambamarca y San Miguel. Este sistema de notificación funcionará a tiempo real a través de internet. E l Poder Judicial implementará en el mes de junio, el Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE) en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, así lo dio a conocer ante el Presidente Feliciano Vásquez Molocho, el Gerente de Informática del PJ, Ing. Roberto Carlos Montenegro Vega y Adler Horna Araujo, Gerente de Servicios Judiciales, quienes dieron a conocer que el sistema se aplicará a todas las especialidades judiciales (penal, civil, laboral, familiar, contencioso, etc.). Este sistema de notificación funcionará a tiempo real a través de internet, mediante la entrega gratuita —por parte del Poder Judicial— a las casillas electrónicas; estimándose que en el Distrito Judicial de Cajamarca se implementará en las provincias de Chota, Bambamarca y San Miguel. Simultáneamente, la apertura de este sistema funcionará en la Sala Penal Nacional y en las Cortes Su- periores de Cusco, Puno y Junín. Para lograr una debida implementación del SINOE, el Poder Judicial capacitará sobre el uso de este software a jueces y servidores judiciales, quienes deben brindar facilidades a los fiscales, abogados, defensores públicos, procuradores entre otros en la creación de sus casillas electrónicas; teniéndose planificado su implementación de manera progresiva durante todo el mes de junio. OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL Cajamarca, 24 de mayo de 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE 2. EDICTOS CLASIFICADOS CONSEJO DE FAMILIA EDICTO JUDICIAL En el Primer Juzgado Especializado de Familia, que despacha La Magistrada: CECILIA MONICA VELEZ CALDERON, en el Exp. N° 2015-01365, seguido por Francisco Chunqui Ocas, contra la Sucesión de MATILDE GUTIERREZ PÉREZ, sobre Reconocimiento de Unión de Hecho; el señor Juez ha expedido la Resolución número dos: Cajamarca, dieciséis de marzo de dos mil dieciséis : AUTOS Y VISTOS: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la pretensión interpuesta por Francisco Chunqui Ocas, Sobre Reconocimiento De Unión de Hecho, en consecuencia notifíquese a la SUCESIÓN DE MATILDE GUTIÉRREZ PÉREZ, mediante edictos; PUBLÍQIJESE los edictos por el término de tres días hábiles; en el diario “La República Publicaciones S.A”. CECILIA MONICA VELEZ CALDERON JUEZ TITULAR PRIMER JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA Patricia Mestas Medina SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO FAMILIA CAJAMARCA P.5306083 F.P. 24-25-26 Mayo INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS EDICTO EXP. N° 505 - 2016 - C -Quinto Juzgado de Paz Letrado Civil, en los seguidos por NERI LEONILA CHILÓN AYAY sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN No. UNO: Cajamarca, 11 /05 /16 CONSIDERANDO: ADMITASE A TRAMITE en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la demanda de Rectificación de la partida de nacimiento, indicando que en el rubro que corresponde a los apellidos de la madre, figura como “AYAY DE LA CRUZ” debiendo ser lo correcto “MARÍA SARA TOLEDO CHILÓN” Así mismo solicita se rectifique su apellido materno “AYAY” por “TOLEDO” debiendo figurar en lo sucesivo como “NERI LEONILA CHILÓN TOLEDO” : PUBLIQUESE: en el diario oficial “GRUPO LA REPUBLICA PUBLICACIONES S. A.” de esta localidad, por el lapso de 1 día .-Fdo. Dr. Díaz, Juez y Fernández Sec. HUGO HOLDEN DÍAZ LEÓN JUEZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA GISSEL ABIGAIL FERNANDEZ YEPEZ SECRETARIA JUDICIAL QUINTO JUZGADO PAZ LETRADO – CIVIL CAJAMARCA P. 5310384 F.P. 25 Mayo S/. 3.00 Miércoles, 25 de mayo del 2016 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV EDICTO Exp. N° 56-2016-C, Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Cajabamba, a Solicitud de SANTOS URIAS OLIVEROS POLO; se ha resuelto: ADMITIR a trámite la solicitud sobre Rectificación de Partida de Nacimiento, al haberse consignado de manera ilegible mi segundo nombre “URIAS”, y mi apellido paterno “OLIVEROS”, como también figura de manera borrosa el rubro del sexo, debiendo precisar que es “MASCULINO”, respecto al apellido paterno de mi padre también figura de manera ilegible siendo el nombre correcto “PEDRO DE DIOS OLIVEROS ARMAS”, en cuanto al rubro EL DECLARANTE figura un borrón, debe aclararse que solamente debe decir LA MADRE MAGDALENA POLO URBANO y por ultimo la fecha de expedición se ha consignado de manera borrosa y agregada el año de emisión, preciso que la fecha es el veinte de setiembre de 1989 ; por lo que es necesario se realice la correspondiente Rectificación de Partida de Nacimiento, poniéndose en conocimiento de la parte interesada para los fines de ley, agréguese, publíquese, Cúrsele.- Dra. Lidia Gutiérrez Catacora, Juez del Juzgado de Paz Letrado de Cajabamba - Luis A. Cabanillas Ruiz.- Especialista Legal. Cajabamba, 21 de Abril del 2016 Lidia Gutierrez Catacora JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJABAMBA Luis Alberto Cabanillas Ruiz SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJABAMBA P. 5310408 F.P. 25 Mayo S/. 3.00 EDICTO Exp. N° 26-2016-C, Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Cajabamba, se ha resuelto ADMITIR a tramite la solicitud interpuesta por MARIA DEL PILAR POLO GONZALEZ, sobre Rectificación de mi Partida de Nacimiento, por presentar mi apellido paterno GONZALES con “S”, siendo lo correcto GONZALEZ con “Z”, además el apellido materno de mi madre figura como LOPEZ, siendo lo correcto “TAPIA”; por lo que es necesario se realice la correspondiente Rectificación de Partida de Nacimiento, poniéndose en conocimiento de los interesados para los fines de ley, agréguese, publíquese, Cúrsele - Dra. Lidia Gutiérrez Catacora, Juez del Juzgado de Paz Letrado de Cajabamba.- Luis A. Cabanillas Ruiz.Especialista Legal. Cajabamba, 05 de Marzo del 2016 Lidia Gutierrez Catacora JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJABAMBA Luis Alberto Cabanillas Ruiz SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJABAMBA P. 5310408 F.P. 25 Mayo S/. 2.50 B EDICTO EXP. No 60-2016-C.- Juzgado Paz Letrado de Cajabamba; en solicitud de VICENTE RAMOS RODRIGUEZ BENITES, sobre rectificación de partida de Nacimiento; se ha resuelto lo siguiente: ADMITASE a trámite la solicitud presentada, por el recurrente, sobre rectificación de su partida de NACIMIENTO, por aparecer las siguientes omisiones: 1) se ha omitido su segundo pre nombre “RAMOS”, debiendo ser lo correcto “VICENTE RAMOS RODRIGUEZ BENITES” 2) se la omitido el segundo apellido de su padre, el de “JULCA”, siendo lo correcto “GERMAN RODRIGUEZ JULCA”.3) se ha prescindido el segundo apellido de su madre, el de “ARANDA”, debiendo ser lo correcto “ASUNCIONA BENITES ARANDA, debiéndose realizar la correspondiente rectificación de partida de nacimiento, por lo que pone en conocimiento de los interesados para los fines de ley. Agregúese; Publíquese; Cúrsele.- Dra. Lidia Gutiérrez Catacora Juez Encargado del Juzgado de Paz Letrado de Cajabamba.-Abog. Luis Alberto Cabanillas Ruíz.- Secretario Judicial. Cajabamba, 5 de Mayo del 2016 Lidia Gutierrez Catacora JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJABAMBA Luis Alberto Cabanillas Ruiz SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJABAMBA P. 5310408 F.P. 25 Mayo S/. 3.00 4.EDICTOS PENALES EDICTO TUTELAR - VIOLENCIA FAMILIAR EXP: 01370-2015-0-0601 -JR-FT-02. Ante el Segundo Juzgado Especializado de Familia, que despacha el Señor Juez Dr. Lorenzo Castope Cerquín y la Secretaria Susy F. Humire Cuayla, en la demanda sobre Violencia Familiar, se notifica a la agraviada Dionicia Celidonia Tello Chavarria, con la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO NUEVE.- Cajamarca, diez de mayo del dos mil dieciséis - SE RESUELVE: Atendiendo que se desconoce el domicilio real actual de la agraviada, NOTIFIQUESE a la misma mediante edicto por 02 días en forma interdiaria, con la presente por el diario oficial “La República”; y, estando al estado del proceso: REPROGRÁMESE fecha para la diligencia de audiencia única, la que se realizará el día ocho de agosto del dos mil dieciséis a horas DIEZ de la mañana, (hora exacta), con la presencia obligatoria de las partes, bajo apercibimiento de llevarse a cabo únicamente con la parte que concurra o de archivarse el proceso en caso de inconcurrencia de ambas partes procesales, conforme lo dispone el artículo 203° del Código Procesal Civil. Cajamarca, 11 de mayo del 2016 LO0RENZO CASTOPE CERQUIN JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA Susy F. Humire Cuayla SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA CAJAMARCA F.P. 23- 25 Mayo EDICTO PENAL Exp. N° 2015-1167 Primer Juzgado Especializado de Familia. Secretaria: Pascual Ananías Atalaya Ortíz Se cita y emplaza a AYRTON BRUNO LEOPOLDO MORI CABRERA, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por Infracción contra el Patrimonio en su modalidad de Hurto Agravado. En agravio de Hipermercados Totus S. A. Cajamarca, 02 de Mayo del 2016. PASCUAL A. ATALAYA ORTIZ SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE FAMILIA C.S.J. CAJAMARCA F.P. 23-24- 25 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 00312-2015. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : SEGUNDO RAMOS PÉREZ REQUELME Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° TRES de fecha 0305- 2016, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma que se llevará a cabo el día martes 05 de julio del año 2016 a las 11:30 de la mañana, en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Paz Letrado Penal, ubicado en el segundo piso - oficio 201 del edificio del Jr. Buganvillas n° 165 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal n° 00312- 20150-0601 -JP-PE-04, seguido contra Segundo Ramos Pérez Requelme, por faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en agravio de Ciro Aguilar Huamán. Cajamarca, 13 de mayo de 2016. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 23-24- 25 Mayo EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 94 - 2016 ( 62 - 2016 - JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: DAVID GUTIERREZ VERA Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha tres de Mayo del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al procesado David Gutierrez Vera, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su inter- Miércoles, 25 de mayo del 2016 vención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Aragón Shary Gutiérrez . Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 23-24- 25 Mayo EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 124-2016 (61 -2016-JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: SEGUNDO MAXIMO CALDERON RUBIO Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha veintisiete de del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al procesado Segundo Máximo Calderón Rubio, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Bekan Yesin Calderón Salazar. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA .MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 23-24- 25 Mayo EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 138 - 2016 ( 63 - 2016- JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: PEDRO DE DIOS OLIVEROS ARMAS Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha cuatro de Mayo del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al procesado Pedro de Dios Oliveros Armas, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Pe- nal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Sharon Anali Oliveros Casahuaman. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 23-24- 25 Mayo EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 182-2015(36 -2016-JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: RAMIRO ROBERTH RODRIGUEZ REQUENA Para hacer de su conocimiento que por resolución número dos de fecha once de Mayo del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al procesado Ramiro Roberth Rodríguez Requena, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Wilmer Rodríguez Abanto Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA. MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 23-24- 25 Mayo EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 244-2015(35 -2016-JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: SANTOS DEMETRIO TORRES POLO Para hacer de su conocimiento que por resolución número dos de fecha once de Mayo del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al procesado Santos Demetrio Torres Polo, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV 3 Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Dani Jonathan Torres Arévalo Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 23-24- 25 Mayo EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE Nº 2016-47-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido por MARÍA BILDA SILVA RODRIGUEZ Y FLOR ESPERANZA ALVARADO SILVA contra SANTOS FAUSTINO COJAL PISCO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE, QUE RESUELVE: REPROGRÁMESE la Audiencia Oral para el día MARTES 12 DE JULIO DEL AÑO 2016, A LAS 11:00 DE LA MAÑANA, (HORA EXACTA), en el local del Juzgado, ubicado en la esquina de la Avenida Túpac Amaru y Jirón Bolognesi de la ciudad de Celendín; para la emisión de la resolución correspondiente; NOTIFIQUESE mediante edictos a las partes procesales con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Manuel Salazar Salazar. F.P. 23-24- 25 Mayo EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE Nº 2014-81-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra MARCO ANTONIO ALVARADO ROJAS, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de ONESIMO SILVA PINEDO y DEINA SILVA VELASQUEZ, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE, QUE RESUELVE: DECLARAR CONSENTIDA LA SENTENCIA contenida en la resolución número SIETE, y una vez ejecutada; ARCHÍVESE el presente proceso en el modo y forma de ley; REQUIÉRASE a la parte procesal demandada CUMPLA estrictamente lo ordenado en la sentencia en lo referente a las medidas de protección definitivas y el pago de la reparación civil que asciende a la suma de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA SOLES S/. 1,250.00 que deberá ser cancelada en el plazo perentorio de TRES MESES en la proporción señalada en la sentencia; BAJO APERCIBIMIENTO, en caso de incumplimiento de remitir copias certificadas al Ministerio Público, para que de acuerdo a sus atribuciones inicie investigación por el delito de Desobediencia a la Autoridad, de conformidad con el artículo 368° del Código Penal Vigente; 4 DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE NOTIFÍQUESE a la parte procesal agraviada y demandada mediante edictos, con un extracto de la presente resolución y la Sentencia, los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos, para los fines legales pertinentes. RESOLUCIÓN NUMERO SIETE (SENTENCIA); que FALLA: DECLARANDO FUNDADA la demanda de violencia familiar en su modalidad de maltrato físico por el representante del Ministerio Público, contra MARCO ANTONIO ALVARADO ROJAS, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de ONESIMO SILVA PINEDO y DEINA SILVA VELASQUEZ, en consecuencia: ORDENO como MEDIDAS DE PROTECCIÓN definitivas a favor de la agraviada las siguientes: 1) Abstenerse de realizar cualquier tipo de agresión física (bofetadas, lesiones con objetos, patadas y otros golpes) y/o psicológica (insultos, amenazas, degradaciones, humillaciones, vejaciones, entre otros); 2) Abstenerse de tomar cualquier tipo de represalias en forma directa o indirecta en agravio de la agraviada antes mencionada; bajo apercibimiento de remitirse copias a la Fiscalía Provincial Penal a que proceda a investigarlos por el delito de desobediencia a la autoridad en caso de incumplimiento; FIJO como reparación civil que el demandado deberá cancelar a favor del agraviado Onésimo Silva Pinedo, la suma de S/. 1,000 (UN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), y de oficio otorgo la suma de S/. 250.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor de la agraviada Deina Silva Velásquez, por concepto de reparación civil, por no haber sido solicitado a favor de ésta por la Fiscalía, que serán cancelados en el plazo de tres meses por el demandado, a razón de S/. 500. 00 a fines de este mes de enero, S/. 500.00 a fines del mes de febrero y S/. 250.00 a fines del mes de marzo del presente año, bajo apercibimiento de remitirse copias de los actuados a la Fiscalía Provincial Penal de esta ciudad para que proceda a investigarlo por el delito de desobediencia a la autoridad, en caso de incumplimiento. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 23-24- 25 Mayo EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE Nº 2016-69-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido por MARÍA AGUSTINA SANCHEZ CHACON contra HIGINIO ZAMBRANO BURGA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES, QUE RESUELVE: REPROGRÁMESE la Audiencia Oral para el día MARTES 12 DE JULIO DEL AÑO 2016, A LAS 10:45 MINUTOS DE LA MAÑANA, (HORA EXACTA), en el local del Juzgado, ubicado en la esquina de la Avenida Túpac Amaru y Jirón Bolognesi; para la emisión de la resolución correspondiente; NOTIFIQUESE mediante edictos a las partes procesales con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Manuel Salazar Salazar. F.P. 23-24- 25 Mayo Miércoles, 25 de mayo del 2016 EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00296-2015-0-0610-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CHOTA. SE NOTIFICA por el presente a la persona de: WILSON BRAVO BRAVO, con DNI N° 41123573, mediante resolución número uno se requiere al acusado, a fin de que en el plazo de tres días, cumpla con designar un abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de designar un abogado de la Defensoría Pública para que asuma la defensa técnica del acusado, por la presunta comisión del delito contra la Familia en su modalidad de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, en agravio de ARIANA BRAVO TORRES. RAMIREZ CALDERON: JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA. QUIROZ: ESPECIALISTA JUDICIAL. Chota, 14 de Abril del 2 016. DAVID. W. RAMIREZ CALDERON JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA F.P. 23-24- 25 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00364-2015-0-0610-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CHOTA. SE NOTIFICA por el presente a la persona de: YONY ALEXANDER IDROGO DELGADO, con DNI N° 45158801, mediante resolución número uno se requiere al acusado, a fin de que en el plazo de tres días, cumpla con designar un abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de designar un abogado de la Defensoría Pública para que asuma la defensa técnica del acusado, por la presunta comisión del delito contra la Familia en su modalidad de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, en agravio de ANAYALI IDROGO CAMPOS. RAMIREZ CALDERON: JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA. QUIROZ: ESPECIALISTA JUDICIAL. Chota, 12 de Mayo del 2 016. DAVID. W. RAMIREZ CALDERON JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA F.P. 23-24- 25 Mayo EDICTO JUDICIAL Expediente N° 00107-2015-0-0610-JP-FC-01 Ante el Juzgado de Paz Letrado de Chota-Cajamarca, mediante resolución número seis se ha ordenado notificar por edictos al demandado Marco Pedro Bazán Padilla, con la resolución número uno, en la que se ha ordenado ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO UNICO la demanda interpuesta por ELICITA GONZALES VASQUEZ, en representación de su menor hijo Jesús Miguel Bazán Gonzales, sobre Alimentos; CONFIERASE traslado de la presente demanda y anexos al demandado MARCO PEDRO BAZAN PADILLA, para que en el término de CINCO DIAS hábiles, mas el termino de la distancia de ser el caso CUMPLA con absolver la presente demanda; bajo apercibimiento de declararse su rebeldía en el presente proceso, en caso de incumplimiento; Doctor José Francisco León Izquierdo-Juez Titular del Juzgado de Paz Letrado y Marcos Villanueva Valiente, Secretario Judicial. José Francisco León Izquierdo JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CHOTA CAJAMARCA F.P. 23-24- 25 Mayo EDICTO PENAL Exp. N° 1918-2015-0-0601-JR-PE-05 QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: FIDEL SANCHEZ RIOS Se Cita, Notifica y Emplaza a: JOEL JARA QUISPE Mediante resolución número CUATRO, de fecha dieciséis de mayo del presente año, se ha ORDENADO, CÍTAR para el día VEINTIOCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a horas ONCE DE LA MAÑANA, para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Número Cuatro (04) sexto piso de la nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca ubicado en la Avenida la Cantuta (Complejo Qhapac Ñan), con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado. NOTIFIQUESE Cajamarca, 19 de mayo de 2016 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TATIANOVA ABANTO TAFUR JUEZ TITULAR F.P. 23-24- 25 Mayo EDICTO PENAL Exp. N° 530-2016-0-0601-JR-PE-05 QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: FIDEL SÁNCHEZ RÍOS Se Cita, Notifica y Emplaza a: PEDRO CARLOS GALVEZ YOPLAC Mediante resolución número dos, de fecha dieciséis de mayo del dos mil dieciséis, se ha RESUELTO, requerir al acusado PEDRO CARLOS GALVEZ YOPLAC, para que cumpla con nombrar abogado defensor de su libre elección en el plazo de dos días de notificado más el término de la distancia, bajo apercibimiento de nombrarse un defensor Público, en caso de incumplimiento, en el proceso que se le sigue por la presunta comisión del delito de falsificación de documentos, en agravio de Empresa Planho Consultores Sucursal Perú. Notifíquese. Cajamarca, 19 de mayo de 2016 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TATIANOVA ABANTO TAFUR JUEZ TITULAR F.P. 23-24- 25 Mayo EDICTO PENAL Exp. N° 1217-2015-0-0601-JR-PE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo Portal Se cita y emplaza a: JUAN CASTREJÓN RAMOS SE HA DADO CUENTA con el presente proceso y teniendo en cuenta el escrito presentado por la Fiscalía Provincial de la Primera Fiscalía Provincial PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV Penal Corporativa, en el cual solicita se fije fecha y hora para la audiencia de control de acusación, asimismo se ha dado cuenta con el oficio remitido por el Jefe de la Central de Notificaciones, mediante el cual informa que la cédula de notificación al procesado JUAN CASTREJÓN RAMOS se encuentra en tránsito y que se ha procedido a requerir de manera urgente su devolución, en tal sentido AGREGUESE a los autos los escritos presentados, y considerando que en la audiencia de control de acusación de fecha 12 de enero del 2012, se ha ordenado se notifique al procesado antes mencionado con el requerimiento acusatorio en su domicilio real, notificación que a la fecha no ha sido devuelta, en tal sentido NOTIFIQUESE mediante edictos por el término de TRES DIAS en el Diario Judicial “La República” al procesado antes referido con la resolución número dos en el que se le corre traslado con el requerimiento de acusación Directa por el plazo perentorio de DIEZ DIAS HABILES a efectos de que si cree conveniente por escrito y de manera fundamentada pueda pronunciarse; OFÍCIESE con tal fin. Cajamarca, 19 de mayo del 2016. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 23-24- 25 Mayo EDICTO PENAL Exp. N° 1700-2015-0-0601-JR-PE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo Portal Se cita y emplaza a: JOSE DIONICIO CASTREJÓN CHILON SE HA DADO CUENTA con el escrito presentado por la representante del Ministerio Público, mediante el cual solicita se fije fecha y hora para la audiencia de control de acusación; en tal sentido, AGRÉGUESE a los autos y teniendo en cuenta que a la fecha no se han devuelto las cédulas de notificación del procesado José Dionicio Castrejón Chilón, REQUIÉRASE al Jefe de la Oficina Central de Notificaciones de esta ciudad, informe en el día respecto del diligenciamiento de las cédulas de notificación N° 00035132016 y 15618-2016, dirigida al procesado antes mencionado, sin perjuicio de ello, a efectos de no continuar dilatando el proceso NOTIFÍQUESE mediante edictos por el término de tres de TRES DÍAS en el Diario Judicial “La República” al procesado José Dionicio Castrejón Chilón, con la resolución la resolución número tres de fecha 14 de enero de 2016, OFÍCIESE con tal fin. Al escrito presentado por la representante del Ministerio Público ESTESE a lo ordenado mediante la presente resolución., notifíqueselo mediante edictos por el término de tres de TRES DÍAS en el Diario Judicial “La República”,OFÍCIESE con tal Cajamarca, 19 de mayo del 2016. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 23-24- 25 Mayo EDICTO PENAL Exp. N° 01165-2012-2-0601-JRPE-05 DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE SALA PENAL DE APELACIONES DE CAJAMARCA Especialista: CUMPA GUTIERREZ VICTOR MANUEL Se cita y emplaza a: QUITO SICHAS CYNTIA MARIA Para hacer de su conocimiento que la Sala Penal de Apelaciones de Cajamarca, ha emitido la resolución número diez, mediante el cual se corre traslado del recurso de apelación interpuesto por el abogado defensor del sentenciado Leoncio Enrique Cruz de la Cruz, contra la sentencia contenida en la Resolución número 08 de fecha 01 de febrero del dos mil dieciséis, que resuelve: Condenando al acusado Leoncio Enrique Cruz de la Cruz, como autor del delito de violación de la libertad sexual, en la modalidad de violación de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales C.M.Q.S., a TREINTA AÑOS de pena privativa de la libertad efectiva, la misma que será computada desde el día en que sea aprendido, una reparación civil de diez mil nuevos soles a favor de la parte agraviada, y con lo demás que contiene; en tal sentido, estando a lo establecido por el artículo 421° inciso 1 del Código Procesal Penal; CORRASE traslado a los sujetos procesales que corresponda, del escrito de fundamentación de la apelación interpuesta, por el plazo de CINCO DÍAS, y vencido el mismo con su absolución o sin ella, DESE CUENTA para resolver lo que corresponda. - Notifíquese.Suscribe el Señor Juez Superior Dr. Ricardo Sáenz Pascual y el Especialista Judicial Víctor Manuel Cumpa Gutiérrez. Cajamarca, 20 de Mayo del 2016. RICARDO E. SAENZ PASCUAL PRESIDENTE SALA PENAL DE APELACIONES CAJAMARCA VICTOR MANUEL CUMPA GUTIERREZ ESPECIALISTA JUDICIAL SALA DE APELACIONES MODULO NCPP CAJAMARCA F.P. 24-25-26 Mayo EDICTO PENAL Exp. N° 00291 -2015-0-0601 -SPPE-01 SALA PENAL DE APELACIONES DE CAJAMARCA Especialista: CUMPA GUTIERREZ VICTOR MANUEL Se cita y emplaza a: BARRENA MARIN BLAS Para hacer de su conocimiento que la Sala Penal de Apelaciones de Cajamarca, ha emitido la resolución número quince, mediante el cual admite a trámite el recurso de apelación interpuesto por el abogado defensor del sentenciado Tito Pablo Caruajulca Díaz, contra la sentencia contenida en la Resolución número 10 de fecha 10 de noviembre del dos mil quince, que resuelve: Condenando al acusado Tito Pablo Caruajulca Díaz, como autor del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad de lesiones leves, en agravio de Blas Barrena Marín, a ocho meses de pena privativa de la libertad suspendida, una reparación civil de quinientos nuevos soles a favor de la parte agraviada, sujeta a reglas de conducta y con lo demás que contiene; en consecuencia ORDENARON se COMUNIQUE a las partes procesales que puedan ofrecer medios probatorios en el plazo de CINCO DÍAS, y vencido el mismo DESE CUENTA para resolver lo conveniente; Notifíquese.-Suscribe el Señor Juez Miércoles, 25 de mayo del 2016 Superior Dr. Ricardo Sáenz Pascual y el Especialista Judicial Víctor Manuel Cumpa Gutiérrez. Cajamarca, 23 de Mayo del 2016 RICARDO E. SAENZ PASCUAL PRESIDENTE SALA PENAL DE APELACIONES CAJAMARCA VICTOR MANUEL CUMPA GUTIERREZ ESPECIALISTA JUDICIAL SALA DE APELACIONES MODULO NCPP CAJAMARCA F.P. 24-25-26 Mayo EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 267- 2015( 38 - 2016 - JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: JUAN BAUTISTA MANTILLA HUAMAN Para hacer de su conocimiento que por resolución número dos de fecha diez de Mayo del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al procesado Juan Bautista Mantilla Huamán disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Yhuliana Liseth Mantilla Castillo Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 24-25-26 Mayo EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: JUAN BRIONES ALVAREZ Expediente N° 676-2016-1- 0601-JRPE-02 RESOLUCIÓN NÚMERO TRES.-RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día PRIMERO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en el Juzgado Colegiado, ubicado en la Av. La Cantuta Cuadra 12- Octavo Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. SE DISPONE: REQUERIR a las partes asistir con quince minutos de anticipación para su acreditación correspondiente; así como se solicita a los abogados defensores presentar su certificación de habilitación profesional y sus respectivas medallas. Notificar al acusado RICHAR RAUL JAMBO MARCHENA, por EDICTOS; bajo apercibimiento de ser declarados CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito Contra la Familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Jambo Becerra Katerine. Suscribe el señor Juez: GERMAN ENRIQUE MERINO VIGO, y el especialista judicial: Juan Briones Álvarez. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL GERMAN ENRIQUE MERINO VIGO JUEZ F.P. 24-25-26 Mayo EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE Nº 2016-29-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido por LUCY YOJANA LEYVA CERDAN contra ROLER ELIZ TELLO CACHAY, sobre VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR – MALTRATO FISICO Y PSICOLÓGICO, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO que contiene el acta de AUDIENCIA ORAL PARA LA EMISIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN, QUE RESUELVE: DICTAR a favor de LUCY YOJANA LEYVA CERDÁN las siguientes medidas de protección: a) El cese, por parte del denunciado Roler Eliz Tello Cachay, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico y/o psicológico en agravio de LUCY YOJANA LEYVA CERDÁN, b) Se prohíbe al denunciado Roler Eliz Tello Cachay protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de LUCY YOJANA LEYVA CERDÁN, c) Se prohíbe al denunciado Roler Eliz Tello Cachay insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física y/o psicológicamente a LUCY YOJANA LEYVA CERDÁN, d) Se prohíbe al denunciado Roler Eliz Tello Cachay tomar represalias en forma directa o indirecta contra LUCY YOJANA LEYVA CERDÁN, e) HAGASE saber al denunciado Roler Eliz Tello Cachay que debe tener presente que las medidas dictadas deben ser cumplidas, bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24 de la Ley 30364 que señala “El que desobedece, incumple o resiste una medida de protección en un proceso originado por hechos que configuran actos de violencia contra las mujeres o contra integrantes del grupo familiar, comete delito de resistencia o desobediencia a la autoridad previsto en el Código Penal.”; REMITASE copia certificada de la presente acta que contiene las medidas de protección a favor de la parte agraviada a la Policía Nacional de Celendín para su ejecución, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 23 de la ley N° 30364, OFICIESE. REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Penal de Turno de esta ciudad para que proceda conforme a sus atribuciones OFICIANDOSE con tal fin. NOTIFIQUESE mediante edictos a las partes procesales inasistentes con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Manuel Salazar Salazar. F.P. 24-25-26 Mayo PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV 5 EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE Nº 2016-52-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido por ANGELA INES SANCHEZ SANCHEZ contra ROGELIO CEPEDA VILLOSLADA, sobre VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO que contiene el acta de AUDIENCIA ORAL PARA LA EMISIÓN DE MEDIDAS DE PROTECCIÓN, QUE RESUELVE: DICTAR a favor de ÁNGELA INÉS SÁNCHEZ SÁNCHEZ las siguientes medidas de protección: a) El cese, por parte del denunciado Rogelio Cépeda Villoslada, de todo tipo de acto que implique violencia en la modalidad de maltrato físico, psicológico y/o sexual en agravio de ÁNGELA INÉS SÁNCHEZ SÁNCHEZ; b) Se prohíbe al denunciado Rogelio Cépeda Villoslada protagonizar hechos que atenten contra la tranquilidad y seguridad de ÁNGELA INÉS SÁNCHEZ SÁNCHEZ; c) Se prohíbe al denunciado Rogelio Cépeda Villoslada insultar, gritar, humillar, agredir y amenazar física y/o psicológicamente a ÁNGELA INÉS SÁNCHEZ SÁNCHEZ; d) Se prohíbe al denunciado Rogelio Cépeda Villoslada tomar represalias en forma directa o indirecta contra ÁNGELA INÉS SÁNCHEZ SÁNCHEZ; e) Se prohíbe al denunciado Rogelio Cepeda Villoslada acercarse a la agraviada ANGELA INES SANCHEZ SANCHEZ ya sea en su domicilio o en la calle. HAGASE saber al denunciado Rogelio Cépeda Villoslada que deben tener presente que las medidas dictadas deben ser cumplidas, bajo apercibimiento de aplicarse el apremio coercitivo contenido en el artículo 24 de la Ley 30364; REMITASE copia certificada de la presente acta que contiene las medidas de protección a favor de parte agraviada a la Policía Nacional de Chumuch para su ejecución, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 23 de la ley N° 30364, OFICIESE. REMITASE los actuados a la Fiscalía Provincial Mixta de Miguel Iglesias para que proceda conforme a sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 16 de la ley N° 30364, debiéndose dejar copia certificada de los mismos en este juzgado. OFICIANDOSE con tal fin. NOTIFIQUESE mediante edictos a las partes procesales inasistentes con un extracto de la presente resolución los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Manuel Salazar Salazar. F.P. 24-25-26 Mayo EDICTO PENAL Exp. N° 2140-2015-0-0601-JR-PE-05 QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: FIDEL SANCHEZ RIOS Se Cita, Notifica y Emplaza a: FELICITA ROJAS SILVA, representante de la menor agraviada de iniciales E.J.R. Mediante resolución número DOS, de fecha dieciocho de mayo del presente año, se ha ORDENADO, la notificación de la agraviada de iniciales E.J.R. representada por Felicita Rojas Silva por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “la República” por el lapso de tres días, con el extracto de la presente resolución, a fin que cumpla con apersonarse al 6 DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Juzgado, precisen su domicilio real y procesal o designe abogado defensor de su libre elección en el plazo de dos días más el término de la distancia; sin perjuicio de ello remítase nuevamente la NOTIFICACIÓN a la parte agraviada a su domicilio real ubicado en el Caserío la Hualanga Baja, adjuntándose como referencia copia de la notificación efectuada por el representante del Ministerio Publico que obra a folios 43 de la Carpeta Fiscal , NOTIFICANDOSE. Cajamarca, 23 de mayo de 2016 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TATIANOVA ABANTO TAFUR JUEZ TITULAR F.P. 24-25-26 Mayo EDICTO PENAL Exp. N° 278-2015-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: MARCIA DENYS ÁLVAREZ FIGUEROA Se cita y emplaza a: OLGA ESTHER BURGOS ACUÑA DADO CUENTA: Con las devoluciones de las cedulas de notificación destinadas a la agraviado Olga Esther Burgos Acuña (fs.14 y 16); y advirtiéndose de la razón emitida por el señor notificador judicial quien indica lo siguiente: “(…) no se notificó por cuanto no es posible ubicar el domicilio de la destinataria (…)”; en consecuencia, a fin de no dejar en estado de indefensión a la agraviado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 128° del Código Procesal Penal, que a su tenor indica: “(…)Cuando se ignore el lugar donde se encuentra la persona que deba ser notificada, la resolución se hará saber por edicto(…)”: DISPONGASE la notificación de la agraviada OLGA ESTHER BURGOS ACUÑA por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “La República” por el lapso de tres días, con el extracto de la resolución número uno y extracto del requerimiento acusatorio que precisa córrase traslado de la acusación Fiscal a los demás sujetos procesales por el plazo de diez días hábiles a efectos de que creer conveniente puedan por escrito y de manera fundamentada pronunciarse conforme a lo prescrito en el artículo 350° del Código Procesal Penal , respecto a la pena solicitada por el señor representante del Ministerio Público de tres años de pena privativa de libertad, en atención a que el imputado es una persona de recurso económicos promedio, de ocupación chofer, de treinta y un año de edad,, por los hechos suscitados en la vía pública cuando vio a su pareja junto a una persona de sexo masculino, así como al pago de mil soles por concepto de reparación civil; notifíqueselo mediante edictos por el término de tres de TRES DÍAS en el Diario Judicial “La República”, OFÍCIESE con tal Cajamarca, 19 de mayo del 2016. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 24-25-26 Mayo EDICTO PENAL Exp. N° 739-2015-0-0601-JR-PE-05 QUINTO JUZGADO DE INVESTIGA- Miércoles, 25 de mayo del 2016 CION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: FIDEL SANCHEZ RIOS Se Cita, Notifica y Emplaza a: FANNY REBECA VILLANUEVA RONCAL, MARÍA CARMEN TERÁN CALUA, JOSÉ TAICA VALIENTE, FLOR ELIZABETH LIMAY CHALÁN y PEDRO TERRONES ARÉVALO. Mediante resolución número SIETE, de fecha dieciocho de mayo del presente año, se ha ORDENADO, la notificación de los acusados Fanny Rebeca Villanueva Roncal, Pedro Terrones Arévalo, María Carmen Terán Calua, José Taica Valiente y Flor Elizabeth Limay Chalan por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “la República” por el lapso de tres días, con el extracto de la presente resolución y resolución número cinco, esto es que, cumpla con nombrar abogado defensor de su libre elección en el plazo de dos días más el término de la distancia, bajo apercibimiento de nombrarse un defensor Público, en caso de incumplimiento y una vez cumplido ello, CORRASE traslado a las partes procesales con el requerimiento Mixto. NOTIFICANDOSE. Cajamarca, 23 de mayo de 2016 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TATIANOVA ABANTO TAFUR JUEZ TITULAR F.P. 24-25-26 Mayo EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: LORENA IBETH CARRION ROJAS EXP: 1470-2015-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día TRES DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS, A LAS TRES CON TREINTA DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 5 (7mo. Piso) de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado VALDEZ CHOMBA, JESÚS ÁNGEL, concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. F.P. 24-25-26 Mayo EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: LORENA IBETH CARRION ROJAS EXP: 0927-2015-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día TRES DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS, A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 5 (7mo. Piso) de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), de- biendo el acusado MESTANZA CERQUIN, TEODORO, concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. F.P. 24-25-26 Mayo EDICTO PENAL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: LORENA IBETH CARRION ROJAS EXP: 1768-2014-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día QUINCE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS, A LAS TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 5 (7mo. Piso) de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado INFANTE VALDEZ RAÚL, concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Homero Rovinson Miraval Trinidad y especialista judicial Lorena Ibeth Carrión Rojas. F.P. 24-25-26 Mayo EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas. Exp. 01635-2014-1-0601-JR-PE-03 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PUBLICO el día JUEVES NUEVE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISEIS, a las NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Número Tres (03)- 5to. Piso de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra. 12. Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado WILDER MENDOZA PAISIG, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE o CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Emely Biviana Mendoza Fernández. Suscribe el señor Juez: Domingo Celestino Alvarado Luis y el especialista judicial: Lorena Carrión Rojas. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR F.P. 25-26-27 Mayo EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Camón Rojas. Exp. 01443-2015-1-0601-JR-PE-04 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PUBLICO el día JUEVES NUEVE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISEIS, a las NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Número Tres (03)- 5to. Piso de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado JOSE WILMER GARCIA TACULI, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE o CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Yanely Milagritos García Llanos. Suscribe el señor Juez: Domingo Celestino Alvarado Luis y el especialista judicial: Lorena Carrión Rojas. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR F.P. 25-26-27 Mayo EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas. Exp. 01627-2013-1-0601-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PUBLICO el día JUEVES NUEVE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISEIS, a las NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Número Tres (03)- 5to. Piso de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra. 12. Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado ELGAR SOTO MALCA, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE o CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Vivian Grisel Soto Torres. Suscribe el señor Juez: Domingo Celestino Alvarado Luis y el especialista judicial: Lorena Carrión Rojas. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR F.P. 25-26-27 Mayo DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA.ESPECIALISTA DE CAUSAS: DIANA MARIA MONTENEGRO MESONES EXP: 1882-2015-2. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se realizará en acto público el día SIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A LAS ONCE DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Del Colegiado de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta s/n, cuadra 12 (Ref. al frente del Complejo Qhapac Ñan, edificio de 9 pisos), debiendo el acusado NAPOLEON FERNANDEZ CASAS concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuerza policial. En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resistencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez Santos Luis Vásquez Plasencia y especialista judicial Diana María Montenegro Mesones. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SANTOS LUIS VASQUEZ PLASENCIA JUEZ TITULAR CAJAMARCA F.P. 25-26-27 Mayo EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: MARGOT CHAVEZ Exp. 1344-2013-7-0601-JR-PE-05 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día OCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a las NUEVE Y MEDIA DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Del Colegiado 8vo Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo los acusados VICTOR NAVARRO SANTOS Y REYNA PAULA BACA BRICEÑO, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito de Fabricación, Suministro o Tenencia Ilegal de Armas o Materiales Peligrosos, en agravio del Estado. Suscribe el señor Juez: SANTOS LUIS VASQUEZ PLASENCIA, y la especialista judicial: MARGOT CHAVEZ CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SANTOS LUIS VASQUEZ PLASENCIA JUEZ TITULAR CAJAMARCA F.P. 25-26-27 Mayo Miércoles, 25 de mayo del 2016 EDICTO PENAL Exp. N° 00411-2015-0-0601-JRPE-03 SALA PENAL DE APELACIONES DE CAJAMARCA Especialista: Cumpa Gutiérrez Víctor Manuel Se cita y emplaza a: LUISA ALAYA ZELADA Y MIRTHA ALAYA ZELADA Para que sean notificadas con la resolución número 12 de fecha 23 de mayo del año dos mil dieciséis, que a la letra dice: Dado cuenta con la presente carpeta, a efectos de resolver el recurso de apelación interpuesto por el abogado defensor de los agraviados: Fredy Flores Llanos e Irma Cercado Atalaya; contra la resolución número diez de fecha cinco de abril del año dos mil dieciséis, que resuelve: Declarar fundado el requerimiento de sobreseimiento solicitado por la Fiscal Provincial de la Fiscalía Mixta de la Encañada a favor de las imputadas Rosa Bautista Eras, Luisa Alaya Zelada y Mirtha Alaya Zelada, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de usurpación - turbación de la posesión mediante violencia o amenaza en su forma agravada, con la intervención de dos o más personas, en agravio de Fredy Flores Llanos e Irma Cercado Atalaya; en tal sentido, estando a lo establecido por el artículo 420° inciso 1 del Código Procesal Penal: CÓRRASE traslado del escrito de apelación interpuesta, al Fiscal Superior y a los demás sujetos procesales por el plazo de CINCO DIAS, y vencido el mismo con su absolución o sin ella, DESE CUENTA para resolver lo que corresponda. Notifíquese.- Suscribe el señor Juez Superior Ricardo Sáenz Pacual y el especialista Judicial Víctor Manuel Cumpa Gutiérrez. Cajamarca, 23 de mayo del 2016. RCARDO E. SAENZ PASCUAL PRESIDENTE SALA PENAL DE APELACIONES CAJAMARCA VICTOR MANUEL CUMPA GUTIERREZ ESPECIALISTA JUDICIAL SALA DE APELACIONES MODULO NCPP CAJAMARCA F.P. 25-26-27 Mayo EDICTO PENAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CON ADICIÓN DE FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CONTUMAZÁ ESPECIALISTA DE CAUSAS: ROXANA ALVAN ZAMORA EXP. N° 037-2014-0 Mediante resolución número veintisiete SE RESUELVE: Notificar por edictos al agraviado José Luis Alvarado Cerna con un extracto de la resolución número VEINTISEIS esto es 1. DECLARAR IMPROCEDENTE el requerimiento de sobreseimiento presentado por la Ministerio Público a favor de José Alfredo Marín Silva, por el delito contra la vida el cuerpo y la Salud en su modalidad de Lesiones Culposas en agravio de José Luis Alvarado Cerna y otros._2. ELEVAR al Fiscal Superior, en discrepancia con el requerimiento de sobreseimiento de la acción penal solicitada por el Ministerio Público. DISPOSICION N° 10-2016-MP-TFSP-C. En la cual DISPONE a.- NO RATIFICAR el requerimiento fiscal de sobreseimiento formulado por la Fiscalía Penal de Contumazá, REQUIERASE al Juzgado de origen disponga la realización de una investigación suplementaria en el plazo de treinta días, b.- COMUNICAR la presente disposición al juzgado de investigación Preparatoria de Contumazá. RESOLUCION NUMERO VEINTISIETE: en la que RESUELVE 1.- REALIZAR UNA INVESTIGACION SUPLEMENTARIA por el plazo de TREINTA DIAS, remitiéndose la carpeta fiscal a la Fiscalía penal de Contumazá. 2.- una vez concluidas las diligencias ordenadas CUMPLA el fiscal a cargo con emitir su pronunciamiento correspondiente y así mismo DEVOLVER la carpeta fiscal. Suscribe el señor Juez Rony Alex Mejía Portal y la Especialista de Causas Roxana Alván Zamora RONY ALEX MEJIA PORTAL JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CONTUMAZA ROXANA ALVAN ZAMORA ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CONTUMAZA F.P. 25-26-27 Mayo EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas. Exp. 045-2016-1-0601-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PUBLICO el día LUNES VEINTISIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISEIS, a las TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Número Tres (03)– 5to. Piso de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado CARLOS ALIPIO QUIROZ ESPINOZA, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE o CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Dalia Flormira Quiroz Soto. Suscribe el señor Juez: Domingo Celestino Alvarado Luis y el especialista judicial: Lorena Carrión Rojas. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR F.P. 25-26-27 Mayo EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas. Exp. 0222-2015-1-0601-JR-PE-02 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PUBLICO el día JUEVES NUEVE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISEIS, a las NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Número Tres (03)– 5to. Piso de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV 7 Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado ANIBAL MARCHENA VERGARA, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE o CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Jhimmy Jeison Marchena Tirado. Suscribe el señor Juez: Domingo Celestino Alvarado Luis y el especialista judicial: Lorena Carrión Rojas. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR F.P. 25-26-27 Mayo EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas. Exp. 0527-2015-2-0601-JR-PE-03 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PUBLICO el día JUEVES NUEVE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISEIS, a las NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Número Tres (03)– 5to. Piso de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado DAVID ISPILCO ZAMBRANO, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE o CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Orfelinda Tejada Calua. Suscribe el señor Juez: Domingo Celestino Alvarado Luis y el especialista judicial: Lorena Carrión Rojas. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR F.P. 25-26-27 Mayo 8 8 iércoles, de2016 mayo del 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Miércoles,M25 de mayo25del PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV VIERNES 20, LUNES 23, MIERCOLES 25, VIERNES 27, LUNES 30 , MIERCOLES 01 DE JUNIO Y JUEVES 02 DE JUNIO. DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE 9 mayo del25 2016 del 2016 PRECIO POR PALABRA:PRECIO S/. 0.01 INC. Miércoles, 25 deMiércoles, de mayo POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV 9 10 10 iércoles, de2016 mayo del 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Miércoles,M25 de mayo25del PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE 11 mayo del25 2016 del 2016 PRECIO POR PALABRA:PRECIO S/. 0.01 INC. Miércoles, 25 deMiércoles, de mayo POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV 11 12 12 iércoles, de2016 mayo del 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Miércoles,M25 de mayo25del PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE 13 mayo del25 2016 del 2016 PRECIO POR PALABRA:PRECIO S/. 0.01 INC. Miércoles, 25 deMiércoles, de mayo POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV 13 14 14 iércoles, de2016 mayo del 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Miércoles,M25 de mayo25del PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ DR. VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE 15 mayo del25 2016 del 2016 PRECIO POR PALABRA:PRECIO S/. 0.01 INC. Miércoles, 25 deMiércoles, de mayo POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV HASTA 10 DE JUNIO PODER JUDICIAL DEL PERÚ PLENO JURISDICCIONAL NACIONAL PENAL Y PROCESAL PENAL Cajamarca, 10 y 11 de Junio de 2016 HASTA 26 DE MAYO 15 16 DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Miércoles, 25 de mayo del 2016 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV Cuatro características corresponden al juez: Escuchar cortésmente, responder sabiamente, ponderar prudentemente y decidir imparcialmente.
© Copyright 2024