REPÚBLICA DE HONDURAS DOCUMENTOS DE LICITACIÓN CONTRATO DE PRÉSTAMO No. 2470/BL-HO-2 y CONTRATO MODIFICATORIO DEL CONTRATO DE PRÉSTAMO 2470/BL-HO. Programa de Integración Vial Regional Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-Honduras) LPI-02-BID/2470-2-2016 REHABILITACIÓN CARRETERA CA-1, TRAMO 1: LOTE A: JÍCARO GALÁN-DESVÍO EL TRÁNSITO (PUENTE LOS CORRALES) LOTE B: DESVÍO EL TRÁNSITO (PUENTE LOS CORRALES) – EL AMATILLO Mayo, 2016 Índice General Sección I. Instrucciones a los Oferentes ........................................................................................ 1 Indice de Cláusulas ..............................................................................................................1 Sección II. Datos de la Licitación ................................................................................................. 31 Sección III. Países Elegibles ........................................................................................................ 45 Sección IV. Formulario de la Oferta ............................................................................................. 47 Sección V. Condiciones Generales del Contrato .......................................................................... 55 Indice de Cláusulas ............................................................................................................57 Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato ........................................................................ 89 Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento.................................................. 97 Sección VIII. Planos ..................................................................................................................... 97 Sección IX. Lista de Cantidades ................................................................................................. 230 Sección X. Formularios de Garantía .......................................................................................... 241 Garantía de Mantenimiento de la Oferta (Garantía Bancaria) .........................................242 Garantía de Mantenimiento de la Oferta (Fianza) ...........................................................244 Declaración de Mantenimiento de la Oferta ....................................................................246 Garantía de Cumplimiento (Garantía Bancaria) ..............................................................247 Garantía de Cumplimiento (Fianza).................................................................................249 Garantía Bancaria por Pago de Anticipo .........................................................................251 Llamado a Licitación .......................................................................................................253 Sección I. Instrucciones a los Oferentes 1 Sección I. Instrucciones a los Oferentes Índice de Cláusulas A. Disposiciones Generales ........................................................................................................... 3 1. Alcance de la licitación ............................................................................................3 2. Fuente de fondos ......................................................................................................3 3. Prácticas Prohibidas .................................................................................................4 4. Oferentes elegibles .................................................................................................10 5. Calificaciones del Oferente ....................................................................................11 6. Una Oferta por Oferente ........................................................................................14 7. Costo de las propuestas ..........................................................................................14 8. Visita al Sitio de las obras ......................................................................................14 B. Documentos de Licitación ........................................................................................................ 14 9. Contenido de los Documentos de Licitación .........................................................14 10. Aclaración de los Documentos de Licitación ........................................................15 11. Enmiendas a los Documentos de Licitación ..........................................................15 C. Preparación de las Ofertas ........................................................................................................ 15 12. Idioma de las Ofertas .............................................................................................15 13. Documentos que conforman la Oferta ...................................................................15 14. Precios de la Oferta ................................................................................................16 15. Monedas de la Oferta y pago .................................................................................16 16. Validez de las Ofertas ............................................................................................17 17. Garantía de Mantenimiento de la Oferta y Declaración de Mantenimiento de la Oferta .....................................................................................................................17 18. Ofertas alternativas de los Oferentes .....................................................................19 19. Formato y firma de la Oferta .................................................................................20 D. Presentación de las Ofertas ...................................................................................................... 20 20. Presentación, Sello e Identificación de las Ofertas ................................................20 21. Plazo para la presentación de las Ofertas ...............................................................21 22. Ofertas tardías ........................................................................................................21 23. Retiro, sustitución y modificación de las Ofertas ..................................................22 E. Apertura y Evaluación de las Ofertas ....................................................................................... 22 24. Apertura de las Ofertas ..........................................................................................22 25. Confidencialidad ....................................................................................................23 26. Aclaración de las Ofertas .......................................................................................23 27. Examen de las Ofertas para determinar su cumplimiento .....................................24 28. Corrección de errores .............................................................................................25 29. Moneda para la evaluación de las Ofertas .............................................................25 30. Evaluación y comparación de las Ofertas ..............................................................25 31. Preferencia Nacional ..............................................................................................26 F. Adjudicación del Contrato ........................................................................................................ 26 32. Criterios de Adjudicación ......................................................................................26 Sección I. Instrucciones a los Oferentes 33. 34. 35. 36. 37. 2 Derecho del Contratante a aceptar cualquier Oferta o a rechazar cualquier o todas las Ofertas ..............................................................................................................27 Notificación de Adjudicación y firma del Convenio .............................................27 Garantía de Cumplimiento .....................................................................................28 Pago de anticipo y Garantía ...................................................................................28 Conciliador ..............................................................................................................29 Sección I. Instrucciones a los Oferentes 3 Instrucciones a los Oferentes (IAO) A. Disposiciones Generales 1. Alcance de la licitación 1.1 El Contratante, según la definición1 que consta en las “Condiciones Generales del Contrato” (CGC) e identificado en la Sección II, “Datos de la Licitación” (DDL) invita a presentar Ofertas para la construcción de las Obras que se describen en los DDL y en la Sección VI, “Condiciones Especiales del Contrato” (CEC). El nombre y el número de identificación del Contrato están especificados en los DDL y en las CEC. 1.2 El Oferente seleccionado deberá terminar las Obras en la Fecha Prevista de Terminación especificada en los DDL y en la subcláusula 1.1 (r) de las CEC. 1.3 2. Fuente de fondos En estos Documentos de Licitación: (a) el término “por escrito” significa comunicación en forma escrita (por ejemplo, por correo, por correo electrónico, facsímile, télex) con prueba de recibido; (b) si el contexto así lo requiere, el uso del “singular” corresponde igualmente al “plural” y viceversa; y (c) “día” significa día calendario. 2.1 El Prestatario identificado en los DDL, se propone destinar una parte de los fondos del préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) (en lo adelante denominado el “Banco”) identificado en los DDL, para sufragar parcialmente el costo del Proyecto identificado en los DDL, a fin de cubrir los gastos elegibles en virtud del Contrato para las Obras. El Banco efectuará pagos solamente a solicitud del Prestatario y una vez que el Banco los haya aprobado de conformidad con las estipulaciones del Contrato de Préstamo. Dichos pagos se ajustarán en todos sus aspectos a las condiciones de dicho Contrato. Salvo que el Banco acuerde expresamente con otra cosa, nadie más que el Prestatario podrá tener derecho alguno en virtud del Contrato de Préstamo ni tendrá derecho alguno sobre los fondos del préstamo. 2.2 El Banco Interamericano de Desarrollo efectuará pagos solamente a pedido del Prestatario y una vez que el Banco Interamericano de Desarrollo los haya aprobado de conformidad con las estipulaciones establecidas en el acuerdo financiero entre el Prestatario y el Banco (en adelante denominado “el Contrato de Préstamo”). Dichos pagos se ajustarán en todos sus aspectos a las 1 Véase la Sección V, “Condiciones Generales del Contrato”, Cláusula 1. Definiciones Sección I. Instrucciones a los Oferentes 4 condiciones de dicho Contrato de Préstamo. Salvo que el Banco Interamericano de Desarrollo acuerde expresamente lo contrario, nadie más que el Prestatario podrá tener derecho alguno en virtud del Contrato de Préstamo ni tendrá ningún derecho a los fondos del financiamiento. 3. Prácticas prohibidas 3.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco2 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores. (a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación: (i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte; 2 En el sitio virtual del Banco (www.iadb.org/integrity) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales. Sección I. Instrucciones a los Oferentes 5 (ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación; (iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte; (iv)Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y (v) Una práctica obstructiva consiste en: a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o b.b. todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 3.1 (f) de abajo. (b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores u organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Sección I. Instrucciones a los Oferentes 6 Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá: (i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría; (ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida; (iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte del préstamo o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable; (iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta; (v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco; (vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o; (vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas. Sección I. Instrucciones a los Oferentes (c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 3.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución. (d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público. (e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas. (f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, 7 Sección I. Instrucciones a los Oferentes 8 oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario. (g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el párrafo 3 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las Sección I. Instrucciones a los Oferentes 9 agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes. 3.2 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan: (a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas; (b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento; (c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato; (d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas; (e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas; (f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o Sección I. Instrucciones a los Oferentes 10 acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; (g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 3.1 (b). 4. Oferentes elegibles 4.1 Un Oferente, y todas las partes que constituyen el Oferente, deberán ser originarios de países miembros del Banco. Los Oferentes originarios de países no miembros del Banco serán descalificados de participar en contratos financiados en todo o en parte con fondos del Banco. En la Sección III de este documento se indican los países miembros del Banco al igual que los criterios para determinar la nacionalidad de los Oferentes y el origen de los bienes y servicios. Los oferentes de un país miembro del Banco, al igual que los bienes suministrados, no serán elegibles si: (a) las leyes o la reglamentación oficial del país del Prestatario prohíbe relaciones comerciales con ese país; o (b) por un acto de conformidad con una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de esa Organización, el país del Prestatario prohíba las importaciones de bienes de ese país o cualquier pago a personas o entidades en ese país 4.2 Un Oferente no deberá tener conflicto de interés. Los Oferentes que sean considerados que tienen conflicto de interés serán descalificados. Se considerará que los Oferentes tienen conflicto de interés con una o más partes en este proceso de licitación si ellos: (a) están o han estado asociados, directa o indirectamente, con una firma o con cualquiera de sus afiliados, que ha sido contratada por el Contratante para la prestación de servicios de consultoría para la preparación del diseño, las especificaciones técnicas y otros documentos que se utilizarán en la licitación para la adquisición de los bienes objeto de estos Documentos de Licitación; o (b) presentan más de una oferta en este proceso licitatorio, excepto si se trata de ofertas alternativas permitidas bajo la cláusula 13 de las IAO. Sin embargo, esto no limita la participación de subcontratistas en más de una oferta 4.3 Toda firma, individuo, empresa matriz o filial, u organización anterior constituida o integrada por cualquiera de los individuos designados como partes contratantes que el Banco declare inelegible Sección I. Instrucciones a los Oferentes 11 de conformidad con lo dispuesto en los Procedimientos de Sanciones o que otra Institución Financiera Internacional (IFI) declare inelegible y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones y se encuentre bajo dicha declaración de inelegibilidad durante el periodo de tiempo determinado por el Banco de acuerdo con lo indicado en la Cláusula 3 4.4 Las empresas estatales del país Prestatario serán elegibles solamente si pueden demostrar que (i) tienen autonomía legal y financiera; (ii) operan conforme a las leyes comerciales; y (iii) no dependen de ninguna agencia del Prestatario. 4.5 Los Oferentes deberán proporcionar al Contratante evidencia satisfactoria de su continua elegibilidad, cuando el Contratante razonablemente la solicite. 5. Calificaciones del Oferente 5.1 Todos los Oferentes deberán presentar en la Sección IV, “Formularios de la Oferta”, una descripción preliminar del método de trabajo y cronograma que proponen, incluyendo planos y gráficas, según sea necesario. 5.2 Si se realizó una precalificación de los posibles Oferentes, sólo se considerarán las Ofertas de los Oferentes precalificados para la adjudicación del Contrato. Estos Oferentes precalificados deberán confirmar en sus Ofertas que la información presentada originalmente para precalificar permanece correcta a la fecha de presentación de las Ofertas o, de no ser así, incluir con su Oferta cualquier información que actualice su información original de precalificación. La confirmación o actualización de la información deberá presentarse en los formularios pertinentes incluidos en la Sección IV. 5.3 Si el Contratante no realizó una precalificación de los posibles Oferentes, todos los Oferentes deberán incluir con sus Ofertas la siguiente información y documentos en la Sección IV, a menos que se establezca otra cosa en los DDL: (a) copias de los documentos originales que establezcan la constitución o incorporación y sede del Oferente, así como el poder otorgado a quien suscriba la Oferta autorizándole a comprometer al Oferente; (b) Monto total anual facturado por la construcción de las obras civiles realizadas en cada uno de los últimos cinco (5) años; (c) experiencia en obras de similar naturaleza y magnitud en cada uno de los últimos cinco (5) años, y detalles de los trabajos en marcha o bajo compromiso contractual, así Sección I. Instrucciones a los Oferentes 12 como de los clientes que puedan ser contactados para obtener mayor información sobre dichos contratos; 5.4 (d) principales equipos de construcción que el Oferente propone para cumplir con el contrato; (e) calificaciones y experiencia del personal clave tanto técnico como administrativo propuesto para desempeñarse en el Sitio de las Obras; (f) informes sobre el estado financiero del Oferente, tales como informes de pérdidas y ganancias e informes de auditoría de los últimos cinco (5) años; (g) evidencia que certifique la existencia de suficiente capital de trabajo para este Contrato (acceso a línea(s) de crédito y disponibilidad de otros recursos financieros); (h) autorización para solicitar referencias a las instituciones bancarias del Oferente; (i) información relativa a litigios presentes o habidos durante los últimos cinco (5) años, en los cuales el Oferente estuvo o está involucrado, las partes afectadas, los montos en controversia, y los resultados; y (j) propuestas para subcontratar componentes de las Obras cuyo monto ascienda a más del diez (10) por ciento del Precio del Contrato. El límite máximo del porcentaje de participación de subcontratistas está establecido en los DDL. Las Ofertas presentadas por una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) constituida por dos o más firmas deberán cumplir con los siguientes requisitos, a menos que se indique otra cosa en los DDL: (a) la Oferta deberá contener toda la información enumerada en la antes mencionada Subcláusula 5.3 de las IAO para cada miembro de la APCA; (b) la Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios; (c) todos los socios serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo; (d) uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir Sección I. Instrucciones a los Oferentes 13 instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de la APCA; (e) la ejecución de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se harán exclusivamente con el socio designado; (f) con la Oferta se deberá presentar una copia del Convenio de la APCA firmado por todos los socios o una Carta de Intención para formalizar el convenio de constitución de una APCA en caso de resultar seleccionados, la cual deberá ser firmada por todos los socios y estar acompañada de una copia del Convenio propuesto. 5.5 Para la adjudicación del Contrato, los Oferentes deberán cumplir con los siguientes criterios mínimos de calificación: (a) tener una facturación promedio anual por construcción de obras por el período indicado en los DDL de al menos el múltiplo indicado en los DDL. (b) demostrar experiencia como Contratista principal en la construcción de por lo menos el número de obras indicado en los DDL, cuya naturaleza y complejidad sean equivalentes a las de las Obras licitadas, adquirida durante el período indicado en los DDL (para cumplir con este requisito, las obras citadas deberán estar terminadas en al menos un setenta (70) por ciento); (c) demostrar que puede asegurar la disponibilidad oportuna del equipo esencial listado en los DDL (sea este propio, alquilado o disponible mediante arrendamiento financiero); (d) contar con un Administrador de Obras con cinco años de experiencia en obras cuya naturaleza y volumen sean equivalentes a las de las Obras licitadas, de los cuales al menos tres años han de ser como Administrador de Obras; y (e) contar con activos líquidos y/o disponibilidad de crédito libres de otros compromisos contractuales y excluyendo cualquier anticipo que pudiera recibir bajo el Contrato, por un monto superior a la suma indicada en los DDL. Un historial consistente de litigios o laudos arbitrales en contra del Oferente o cualquiera de los integrantes de una APCA podría ser causal para su descalificación. 5.6 Las cifras correspondientes a cada uno de los integrantes de una APCA se sumarán a fin de determinar si el Oferente cumple con los requisitos mínimos de calificación de conformidad con las Subcláusulas 5.5 (a) y (e) de las IAO; sin embargo, para que Sección I. Instrucciones a los Oferentes 14 pueda adjudicarse el Contrato a una APCA, cada uno de sus integrantes debe cumplir al menos con el veinte y cinco por ciento (25%) de los requisitos mínimos para Oferentes individuales que se establecen en las Subcláusulas 5.5 (a), (b) y (e);y el socio designado como representante debe cumplir al menos con el cuarenta por ciento (40%) de ellos. De no satisfacerse este requisito, la Oferta presentada por la APCA será rechazada. Para determinar la conformidad del Oferente con los criterios de calificación no se tomarán en cuenta la experiencia ni los recursos de los subcontratistas, salvo que se indique otra cosa en los DDL. 6. Una Oferta por Oferente 6.1 Cada Oferente presentará solamente una Oferta, ya sea individualmente o como miembro de una APCA. El Oferente que presente o participe en más de una Oferta (a menos que lo haga como subcontratista o en los casos cuando se permite presentar o se solicitan propuestas alternativas) ocasionará que todas las propuestas en las cuales participa sean rechazadas. 7. Costo de las propuestas 7.1 Los Oferentes serán responsables por todos los gastos asociados con la preparación y presentación de sus Ofertas y el Contratante en ningún momento será responsable por dichos gastos. 8. Visita al Sitio de las obras 8.1 Se aconseja que el Oferente, bajo su propia responsabilidad y a su propio riesgo, visite e inspeccione el Sitio de las Obras y sus alrededores y obtenga por sí mismo toda la información que pueda ser necesaria para preparar la Oferta y celebrar el Contrato para la construcción de las Obras. Los gastos relacionados con dicha visita correrán por cuenta del Oferente. B. Documentos de Licitación 9. Contenido de los Documentos de Licitación 9.1 El conjunto de los Documentos de Licitación comprende los documentos que se enumeran en la siguiente tabla y todas las enmiendas que hayan sido emitidas de conformidad con la cláusula 11 de las IAO: Sección I Sección II Sección III Sección IV Sección V Sección VI Instrucciones a los Oferentes (IAO) Datos de la Licitación (DDL) Países Elegibles Formularios de la Oferta Condiciones Generales del Contrato (CGC) Condiciones Especiales del Contrato (CEC) Sección I. Instrucciones a los Oferentes 15 10. Aclaración de los Documentos de Licitación Sección VII Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Sección VIII Planos Sección IX Lista de Cantidades Sección X Formularios de Garantías 10.1 Todos los posibles Oferentes que requieran aclaraciones sobre los Documentos de Licitación deberán solicitarlas al Contratante por escrito a la dirección indicada en los DDL. El Contratante deberá responder a cualquier solicitud de aclaración recibida por lo menos 21 días antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas. Se enviarán copias de la respuesta del Contratante a todos los que compraron los Documentos de Licitación, la cual incluirá una descripción de la consulta, pero sin identificar su origen. 11. Enmiendas a los Documentos de Licitación 11.1 Antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas, el Contratante podrá modificar los Documentos de Licitación mediante una enmienda. 11.2 Cualquier enmienda que se emita formará parte integral de los Documentos de Licitación y será comunicada por escrito a todos los que compraron los Documentos de Licitación. Los posibles Oferentes deberán acusar recibo de cada enmienda por escrito al Contratante. 11.3 Con el fin de otorgar a los posibles Oferentes tiempo suficiente para tener en cuenta una enmienda en la preparación de sus Ofertas, el Contratante deberá extender, si fuera necesario, el plazo para la presentación de las Ofertas, de conformidad con la Subcláusula 21.2 de las IAO. C. Preparación de las Ofertas 12. Idioma de las Ofertas 12.1 Todos los documentos relacionados con las Ofertas deberán estar redactados en el idioma que se especifica en los DDL. 13. Documentos que conforman la Oferta 13.1 La Oferta que presente el Oferente deberá estar conformada por los siguientes documentos: (a) La Carta de Oferta (en el formulario indicado en la Sección IV); (b) La Garantía de Mantenimiento de la Oferta, o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO así se requiere; Sección I. Instrucciones a los Oferentes 16 (c) La Lista de Cantidades valoradas (es decir, con indicación de precios); (d) El formulario y los documentos de Información para la Calificación; (e) Las Ofertas alternativas, de haberse solicitado; y (f) cualquier otro material que se solicite a los Oferentes completar y presentar, según se especifique en los DDL. 14. Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC. 15. Monedas de la Oferta y pago 15.1 Los precios unitarios deberán ser cotizadas por el Oferente enteramente en la moneda del país del Contratante según se especifica en los DDL. Los requisitos de pagos en moneda extranjera se deberán indicar como porcentajes del precio de la Oferta (excluyendo las sumas provisionales3) y serán pagaderos hasta en tres monedas extranjeras a elección del Oferente. 15.2 Los tipos de cambio que utilizará el Oferente para determinar los montos equivalentes en la moneda nacional y establecer los 3 Las sumas provisionales son sumas monetarias especificadas por el Contratante en la Lista de Cantidades para ser utilizadas a su discreción con subcontratistas designados y para otros fines específicos. Sección I. Instrucciones a los Oferentes porcentajes mencionados en la Subcláusula 15.1 anterior, será el tipo de cambio vendedor para transacciones similares establecido por la fuente estipulada en los DDL, vigente a la fecha correspondiente a 28 días antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas. El tipo de cambio aplicará para todos los pagos con el fin que el Oferente no corra ningún riesgo cambiario. Si el Oferente aplica otros tipos de cambio, las disposiciones de la Cláusula 29.1 de las IAO aplicarán, y en todo caso, los pagos se calcularán utilizando los tipos de cambio cotizadas en la Oferta. 15.3 Los Oferentes indicarán en su Oferta los detalles de las necesidades previstas en monedas extranjeras. 15.4 Es posible que el Contratante requiera que los Oferentes aclaren sus necesidades en monedas extranjeras y que sustenten que las cantidades incluidas en los precios, si así se requiere en los DDL, sean razonables y se ajusten a los requisitos de la Subcláusula 15.1 de las IAO. 16. Validez de las Ofertas 16.1 Las Ofertas permanecerán válidas por el período estipulado en los DDL. 16.2 En circunstancias excepcionales, el Contratante podrá solicitar a los Oferentes que extiendan el período de validez por un plazo adicional específico. La solicitud y las respuestas de los Oferentes deberán ser por escrito. Si se ha solicitado una Garantía de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO, ésta deberá extenderse también por 28 días después de la fecha límite prorrogada para la presentación de las Ofertas. Los Oferentes podrán rechazar tal solicitud sin que se les haga efectiva la garantía o se ejecute la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Al Oferente que esté de acuerdo con la solicitud no se le requerirá ni se le permitirá que modifique su Oferta, excepto como se dispone en la Cláusula 17 de las IAO. 16.3 En el caso de los contratos con precio fijo (sin ajuste de precio), si el período de validez de las Ofertas se prorroga por más de 56 días, los montos pagaderos al Oferente seleccionado en moneda nacional y extranjera se ajustarán según lo que se estipule en la solicitud de extensión. La evaluación de las Ofertas se basará en el Precio de la Oferta sin tener en cuenta los ajustes antes señalados. 17. Garantía de 17.1 Si se solicita en los DDL, el Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta Mantenimiento de la Oferta y Declaración de 17 Sección I. Instrucciones a los Oferentes Mantenimiento de la Oferta 18 o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en el formulario original especificado en los DDL. 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en la moneda del país del Contratante, o en la moneda de la Oferta, o en cualquier otra moneda de libre convertibilidad, y deberá: (a) a elección del Oferente, consistir en una carta de crédito o en una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza o póliza de caución emitida por una aseguradora o afianzadora; (b) ser emitida por una institución de prestigio seleccionada por el Oferente en cualquier país. Si la institución que emite la garantía está localizada fuera del país del Contratante, ésta deberá tener una institución financiera corresponsal en el país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía; (c) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de Garantía” u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la Oferta; (d) ser pagadera a la vista con prontitud ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO; (e) ser presentada en original (no se aceptarán copias); (f) permanecer válida por un período que expire 28 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO; 17.3 Si la Subcláusula 17.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta que sustancialmente respondan a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento. 17.4 La Garantía de Mantenimiento de Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después Sección I. Instrucciones a los Oferentes 19 de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento. 17.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si: (a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o (b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO; (c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) firmar el Contrato; o (ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada. 17.6 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de una APCA deberá ser emitida en nombre de la APCA que presenta la Oferta. Si dicha APCA no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la Oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá ser emitida en nombre de todos y cada uno de los futuros socios de la APCA tal como se denominan en la carta de intención. 18. Ofertas alternativas de los Oferentes 18.1 No se considerarán Ofertas alternativas a menos que específicamente se estipule en los DDL. Si se permiten, las Subcláusulas 18.1 y 18.2 de las IAO regirán y en los DDL se especificará cuál de las siguientes opciones se permitirá: (a) Opción Uno: Un Oferente podrá presentar Ofertas alternativas conjuntamente con su Oferta básica. El Contratante considerará solamente las Ofertas alternativas presentadas por el Oferente cuya Oferta básica haya sido determinada como la Oferta evaluada de menor precio. (b) Opción Dos: Un Oferente podrá presentar una Oferta alternativa con o sin una Oferta para el caso básico. Todas las Ofertas recibidas para el caso básico, así como las Ofertas alternativas que cumplan con las Especificaciones y los requisitos de funcionamiento de la Sección VII, serán evaluadas sobre la base de sus propios méritos. Sección I. Instrucciones a los Oferentes 18.2 Todas las Ofertas alternativas deberán proporcionar toda la información necesaria para su completa evaluación por parte del Contratante, incluyendo los cálculos de diseño, las especificaciones técnicas, el desglose de los precios, los métodos de construcción propuestos y otros detalles pertinentes. 19. Formato y firma de la Oferta 19.1 El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la Oferta según se describe en la Cláusula 13 de las IAO, el cual deberá formar parte del volumen que contenga la Oferta, y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además, el Oferente deberá presentar el número de copias de la Oferta que se indica en los DDL y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”. En caso de discrepancia entre el original y las copias, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias. 19.2 El original y todas las copias de la Oferta deberán ser mecanografiadas o escritas con tinta indeleble y deberán estar firmadas por la persona o personas debidamente autorizada(s) para firmar en nombre del Oferente, de conformidad con la Subcláusula 5.3 (a) de las IAO. Todas las páginas de la Oferta que contengan anotaciones o enmiendas deberán estar rubricadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta. 19.3 La Oferta no podrá contener alteraciones ni adiciones, excepto aquellas que cumplan con las instrucciones emitidas por el Contratante o las que sean necesarias para corregir errores del Oferente, en cuyo caso dichas correcciones deberán ser rubricadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta. 19.4 El Oferente proporcionará la información sobre comisiones o gratificaciones que se describe en el Formulario de la Oferta, si las hay, pagadas o por pagar a agentes en relación con esta Oferta, y con la ejecución del contrato si el Oferente resulta seleccionado. D. Presentación de las Ofertas 20. Presentación, Sello e Identificación de las Ofertas 20.1 Los Oferentes siempre podrán enviar sus Ofertas por correo o entregarlas personalmente. Los Oferentes podrán presentar sus Ofertas electrónicamente cuando así se indique en los DDL. Los Oferentes que presenten sus Ofertas electrónicamente seguirán los procedimientos indicados en los DDL para la presentación de dichas Ofertas. En el caso de Ofertas enviadas por correo o entregadas personalmente, el Oferente pondrá el original y todas las copias de la Oferta en dos sobres interiores, 20 Sección I. Instrucciones a los Oferentes 21 que sellará e identificará claramente como “ORIGINAL” y “COPIAS”, según corresponda, y que colocará dentro de un sobre exterior que también deberá sellar. 20.2 Los sobres interiores y el sobre exterior deberán: a la dirección4 (a) estar dirigidos al Contratante proporcionada en los DDL; (b) llevar el nombre y número de identificación del Contrato indicados en los DDL y CEC; y (c) llevar la nota de advertencia indicada en los DDL para evitar que la Oferta sea abierta antes de la hora y fecha de apertura de Ofertas indicadas en los DDL. 20.3 Además de la identificación requerida en la Subcláusula 20.2 de las IAO, los sobres interiores deberán llevar el nombre y la dirección del Oferente, con el fin de poderle devolver su Oferta sin abrir en caso de que la misma sea declarada Oferta tardía, de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO. 20.4 Si el sobre exterior no está sellado e identificado como se ha indicado anteriormente, el Contratante no se responsabilizará en caso de que la Oferta se extravíe o sea abierta prematuramente. 21. Plazo para la presentación de las Ofertas 21.1 Las Ofertas deberán ser entregadas al Contratante en la dirección especificada conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en los DDL. 21.2 El Contratante podrá extender el plazo para la presentación de Ofertas mediante una enmienda a los Documentos de Licitación, de conformidad con la Cláusula 11 de las IAO. En este caso todos los derechos y obligaciones del Contratante y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las Ofertas quedarán sujetos a la nueva fecha límite. 22. Ofertas tardías 4 22.1 Toda Oferta que reciba el Contratante después de la fecha y hora límite para la presentación de las Ofertas especificada de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO será devuelta al Oferente remitente sin abrir. La dirección donde se reciban las Ofertas debe ser una oficina que esté abierta durante el horario normal de trabajo, con personal autorizado para certificar la hora y fecha de recepción y asegurar la custodia de las Ofertas hasta la fecha de la apertura. No se debe indicar una dirección de apartado postal. La dirección para la recepción de las Ofertas debe ser la misma que se indique en el Llamado a licitación. Sección I. Instrucciones a los Oferentes 23. Retiro, sustitución y modificación de las Ofertas 23.1 Los Oferentes podrán retirar, sustituir o modificar sus Ofertas mediante una notificación por escrito antes de la fecha límite indicada en la Cláusula 21 de las IAO. 23.2 Toda notificación de retiro, sustitución o modificación de la Oferta deberá ser preparada, sellada, identificada y entregada de acuerdo con las estipulaciones de las Cláusulas 19 y 20 de las IAO, y los sobres exteriores y los interiores debidamente marcados, “RETIRO”, “SUSTITUCIÓN”, o “MODIFICACIÓN”, según corresponda. 23.3 Las notificaciones de retiro, sustitución o modificación deberán ser entregadas al Contratante en la dirección especificada conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en la Cláusula 21.1 de los DDL. 23.4 El retiro de una Oferta en el intervalo entre la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de Ofertas y la expiración del período de validez de las Ofertas indicado en los DDL de conformidad con la Subcláusula 16.1 o del período prorrogado de conformidad con la Subcláusula 16.2 de las IAO, puede dar lugar a que se haga efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o se ejecute la Garantía de la Oferta, según lo dispuesto en la cláusula 17 de las IAO. 23.5 Los Oferentes solamente podrán ofrecer descuentos o modificar los precios de sus Ofertas sometiendo modificaciones a la Oferta de conformidad con esta cláusula, o incluyéndolas en la Oferta original. E. Apertura y Evaluación de las Ofertas 24. Apertura de las 24.1 El Contratante abrirá las Ofertas, y las notificaciones de retiro, sustitución y modificación de Ofertas presentadas de Ofertas conformidad con la Cláusula 23, en acto público con la presencia de los representantes de los Oferentes que decidan concurrir, a la hora, en la fecha y el lugar establecidos en los DDL. El procedimiento para la apertura de las Ofertas presentadas electrónicamente si las mismas son permitidas de conformidad con la Subcláusula 20.1 de las IAO, estará indicados en los DDL. 24.2 Primero se abrirán y leerán los sobres marcados “RETIRO”. No se abrirán las Ofertas para las cuales se haya presentado una notificación aceptable de retiro, de conformidad con las disposiciones de la cláusula 23 de las IAO. 22 Sección I. Instrucciones a los Oferentes 23 24.3 En el acto de apertura, el Contratante leerá en voz alta, y notificará por línea electrónica cuando corresponda, y registrará en un Acta los nombres de los Oferentes, los precios totales de las Ofertas y de cualquier Oferta alternativa (si se solicitaron o permitieron Ofertas alternativas), descuentos, notificaciones de retiro, sustitución o modificación de Ofertas, la existencia o falta de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si se solicitó, y cualquier otro detalle que el Contratante considere apropiado. Ninguna Oferta o notificación será rechazada en el acto de apertura, excepto por las Ofertas tardías de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO. Las sustituciones y modificaciones a las Ofertas presentadas de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 23 de las IAO que no sean abiertas y leídas en voz alta durante el acto de apertura no podrán ser consideradas para evaluación sin importar las circunstancias y serán devueltas sin abrir a los Oferentes remitentes. 24.4 El Contratante preparará un acta de la apertura de las Ofertas que incluirá el registro de las ofertas leídas y toda la información dada a conocer a los asistentes de conformidad con la Subcláusula 24.35 de las IAO y enviará prontamente copia de dicha acta a todos los oferentes que presentaron ofertas puntualmente. 5 25. Confidencialidad 25.1 No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con el examen, aclaración, evaluación, comparación de las Ofertas, ni la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato al Oferente seleccionado de conformidad con la Subcláusula 34.4 de las IAO. Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al Contratante en el procesamiento de las Ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su Oferta. No obstante lo anterior, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con el Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito. 26. Aclaración de las Ofertas 26.1 Para facilitar el examen, la evaluación y la comparación de las Ofertas, el Contratante tendrá la facultad de solicitar a cualquier Oferente que aclare su Oferta, incluyendo el desglose de los Para los contratos sujetos a revisión previa, una copia del acta de apertura deberá ser enviada por el Contratante al Banco Interamericano de Desarrollo, junto con el acta de evaluación de las ofertas. Sección I. Instrucciones a los Oferentes 24 precios unitarios6. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente deberán efectuarse por escrito pero no se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación de los precios o a la sustancia de la Oferta, salvo las que sean necesarias para confirmar la corrección de errores aritméticos que el Contratante haya descubierto durante la evaluación de las Ofertas, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 28 de las IAO. 27. Examen de las Ofertas para determinar su cumplimiento 27.1 Antes de proceder a la evaluación detallada de las Ofertas, el Contratante determinará si cada una de ellas: (a) cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en la cláusula 4 de las IAO; (b) ha sido debidamente firmada; (c) está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta si se solicitaron; y (d) cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación. 27.2 Una Oferta que cumple sustancialmente es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones de los Documentos de Licitación sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de las Obras; (b) limita de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación. 27.3 Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente transformarla en una oferta que cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación mediante la corrección o el retiro de las desviaciones o reservas. 6 En los contratos a suma alzada, suprimir las palabras "los precios unitarios" y reemplazarlas por "los precios en el Calendario de actividades". Sección I. Instrucciones a los Oferentes 28. Corrección errores de 25 28.1 El Contratante verificará si las Ofertas que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación contienen errores aritméticos. Dichos errores serán corregidos por el Contratante de la siguiente manera: (a) cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en cifras y en palabras, prevalecerán los indicados en palabras y (b) cuando haya una discrepancia entre el precio unitario y el total de un rubro que se haya obtenido multiplicando el precio unitario por la cantidad de unidades, prevalecerá el precio unitario cotizado, a menos que a juicio del Contratante hubiera un error evidente en la expresión del decimal en el precio unitario, en cuyo caso prevalecerá el precio total cotizado para ese rubro y se corregirá el precio unitario. 28.2 El Contratante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes señalado para la corrección de errores y, con la anuencia del Oferente, el nuevo monto se considerará de obligatorio cumplimiento para el Oferente. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido, la Oferta será rechazada y podrá hacerse efectiva la Garantía de Mantenimiento de su Oferta o ejecutarse la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Subcláusula 17.5 (b) de las IAO. 29. Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO. 30. Evaluación y comparación de las Ofertas 30.1 El Contratante evaluará solamente las Ofertas que determine que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO. 30.2 Al evaluar las Ofertas, el Contratante determinará el precio evaluado de cada Oferta, ajustándolo de la siguiente manera: (a) corrigiendo cualquier error, conforme a los estipulado en la Cláusula 28 de las IAO; Sección I. Instrucciones a los Oferentes 26 (b) excluyendo las sumas provisionales y las reservas para imprevistos, si existieran, en la Lista de Cantidades, pero incluyendo los trabajos por día, siempre que sus precios sean cotizados de manera competitiva; (c) haciendo los ajustes correspondientes por otras variaciones, desviaciones u Ofertas alternativas aceptables presentadas de conformidad con la cláusula 18 de las IAO; y (d) haciendo los ajustes correspondientes para reflejar los descuentos u otras modificaciones de precios ofrecidas de conformidad con la Subcláusula 23.5 de las IAO. 30.3 El Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier variación, desviación u oferta alternativa. En la evaluación de las ofertas no se tendrán en cuenta las variaciones, desviaciones, ofertas alternativas y otros factores que excedan los requisitos de los documentos de licitación o que resulten en beneficios no solicitados para el Contratante. 30.4 En la evaluación de las Ofertas no se tendrá en cuenta el efecto estimado de ninguna de las condiciones para ajuste de precio estipuladas en virtud de la cláusula 47 de las CGC, durante el período de ejecución del Contrato. 30.5 En caso de que existan varios lotes, de acuerdo con la Subcláusula 30.2 d), el Contratante determinará la aplicación de los descuentos a fin de minimizar el costo combinado de todos los lotes 31. Preferencia Nacional 31.1 No se aplicará un margen de preferencia para comparar las ofertas de los contratistas nacionales con las de los contratistas extranjeros IAO F. Adjudicación del Contrato 32. Criterios de Adjudicación 32.1 De conformidad con la Cláusula 33 de las IAO, el Contratante adjudicará el contrato al Oferente cuya Oferta el Contratante haya determinado que cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación y que representa el costo evaluado como más bajo, siempre y cuando el Contratante haya determinado que dicho Oferente (a) es elegible de conformidad con la Cláusula 4 de las IAO y (b) está calificado Sección I. Instrucciones a los Oferentes de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO. 33. Derecho del Contratante a aceptar cualquier Oferta o a rechazar cualquier o todas las Ofertas 33.1 No obstante lo dispuesto en la cláusula 32, el Contratante se reserva el derecho a aceptar o rechazar cualquier Oferta, y a cancelar el proceso de licitación y rechazar todas las Ofertas, en cualquier momento antes de la adjudicación del contrato, sin que por ello incurra en ninguna responsabilidad con el (los) Oferente(s) afectado(s), o esté obligado a informar al (los) Oferente(s) afectado(s) los motivos de la decisión del Contratante. 34. Notificación de Adjudicación y firma del Convenio 34.1 Antes de la expiración de la validez de la Oferta, el Contratante le notificará por escrito la decisión de adjudicación del contrato al Oferente cuya Oferta haya sido aceptada. Esta carta (en lo sucesivo y en las CGC denominada la “Carta de Aceptación”) deberá estipular el monto que el Contratante pagará al Contratista por la ejecución, cumplimiento y mantenimiento de las Obras por parte del Contratista, de conformidad con el Contrato (en lo sucesivo y en el Contrato denominado el “Precio del Contrato”). 34.2 La Carta de Aceptación dará por constituido el Contrato, supeditado a la presentación de la Garantía de Cumplimiento por el Oferente, de conformidad con las disposiciones de la Cláusula 35 de las IAO, y a la firma del Convenio, de conformidad con la Subcláusula 34.3 de las IAO. 34.3 El Convenio incorporará todos los acuerdos entre el Contratante y el Oferente seleccionado. Dentro de los 28 días siguientes a la fecha de la Carta de Aceptación, el Contratante firmará y enviará el Convenio al Oferente seleccionado. Dentro de los 21 días siguientes después de haber recibido el Convenio, el Oferente seleccionado deberá firmarlo y enviarlo al Contratante. 34.4 El Contratante publicará en el portal en línea del “UNDB” (United Nations Development Business) y en el sitio de Internet del Banco los resultados de la licitación, identificando la Oferta y los números de los lotes y la siguiente información: (i) el nombre de cada Oferente que presentó una Oferta; (ii) los precios que se leyeron en voz alta en el acto de apertura de las Ofertas; (iii) el nombre y los precios evaluados de cada Oferta evaluada; (iv) los nombres de los Oferentes cuyas Ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo; y (v) el nombre del Oferente seleccionado y el precio cotizado, así como la duración y un resumen del alcance del contrato adjudicado. Después de la publicación de la información relativa a la 27 Sección I. Instrucciones a los Oferentes adjudicación del contrato, los Oferentes no seleccionados podrán solicitar por escrito al Contratante una reunión informativa a fin de obtener explicaciones de las razones por las cuales sus Ofertas no fueron seleccionadas. El Contratante responderá prontamente por escrito a cada Oferente no seleccionado que tras la publicación de los detalles de la adjudicación del contrato, solicite por escrito explicaciones de las razones por las cuales su Oferta no fue seleccionada. 35. Garantía de Cumplimiento 35.1 Dentro de los 21 días siguientes después de haber recibido la Carta de Aceptación, el Oferente seleccionado deberá firmar el contrato y entregar al Contratante una Garantía de Cumplimiento por el monto estipulado en las CGC y en la forma (garantía bancaria o fianza) estipulada en los DDL, denominada en los tipos y proporciones de monedas indicados en la Carta de Aceptación y de conformidad con las CGC. 35.2 Si la Garantía de Cumplimiento suministrada por el Oferente seleccionado es una garantía bancaria, ésta deberá ser emitida, a elección del Oferente, por un banco en el país del Contratante, o por un banco extranjero aceptable al Contratante a través de un banco corresponsal con domicilio en el país del Contratante. 35.3 Si la Garantía de Cumplimiento suministrada por el Oferente seleccionado es una fianza, ésta deberá ser emitida por una compañía afianzadora que el Oferente seleccionado haya verificado que es aceptable para el Contratante. 35.4 El incumplimiento del Oferente seleccionado con las disposiciones de las Subcláusulas 35.1 y 34.3 de las IAO constituirá base suficiente para anular la adjudicación del contrato y hacer efectiva la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o ejecutar la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Tan pronto como el Oferente seleccionado firme el Convenio y presente la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 35.1 de las IAO, el Contratante comunicará el nombre del Oferente seleccionado a todos los Oferentes no seleccionados y les devolverá las Garantías de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 17.4 de las IAO. 36. Pago de anticipo y Garantía 36.1 El Contratante proveerá un anticipo sobre el Precio del Contrato, de acuerdo a lo estipulado en las CGC y supeditado al monto máximo establecido en los DDL. El pago del anticipo deberá ejecutarse contra la recepción de una garantía. En la Sección X “Formularios de Garantía” se proporciona un formulario de Garantía Bancaria para Pago de Anticipo. 28 Sección I. Instrucciones a los Oferentes 37. Conciliador 37.1 El Contratante propone que se designe como Conciliador bajo el Contrato a la persona nombrada en los DDL, a quien se le pagarán los honorarios por hora estipulados en los DDL, más gastos reembolsables. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con esta propuesta, deberá manifestarlo en su Oferta. Si en la Carta de Aceptación el Contratante no expresa estar de acuerdo con la designación del Conciliador, el Conciliador deberá ser nombrado por la autoridad designada en los DDL y las CEC, a solicitud de cualquiera de las partes. 29 Sección II. Datos de la Licitación A. Disposiciones Generales IAO 1.1 El Contratante es: Inversión Estratégica de Honduras (Invest-H). Las Obras son: Rehabilitación Carretera CA-1, Tramo 1: Lote A: Jícaro Galán – Desvío El Tránsito (Puente Los Corrales). Lote B: Desvío El Tránsito (Puente Los Corrales) – El Amatillo Solamente se adjudicará un lote por oferente, por lo que los interesados en presentar oferta para ambos lotes, deberán también indicar el orden de preferencia correspondiente. Descripción del Proyecto: Lote A: Jícaro Galán – Desvío El Tránsito (Puente Los Corrales): El Proyecto consiste en la construcción de obras para el mejoramiento de un tramo de la carretera CA-1, iniciando en Jícaro Galán, en el empalme con la carretera CA-5 Sur y finalizando en el Desvío de la Comunidad El Tránsito, en la estación 19+880 al Inicio del Puente # 7 o Puente Los Corrales. Además de las obras de dicho tramo también de Incluirán las de la Intersección Jícaro Galán, con lo cual la longitud del proyecto es de 20.68 Kilómetros. Las obras incluyen entre otras la construcción de actividades de Limpieza del Derecho de Vía, el bacheo de la superficie existente, sello de grietas, fresado en parte de la carpeta actual, se sustituirán las alcantarillas de metal y las de concreto que se encuentren deterioradas o sean hidráulicamente insuficientes y se colocarán cuatro centímetros de Concreto Asfáltico, como superficie de rodadura. Se construirá la intersección en Jícaro Galán y la rehabilitación de las estructuras de drenaje mayor, cajas y puentes de concreto hidráulico y metálicos, se realizará la señalización horizontal y vertical a lo largo del tramo. Se adaptarán las obras de la rehabilitación de la carretera con las intersecciones existentes y se construirá un número adecuado de bahías para autobuses a lo largo del tramo y obras de mitigación ambiental y social. Lote B: Desvío El Tránsito (Puente Los Corrales) – El Amatillo. El proyecto consiste en el mejoramiento y la rehabilitación de un tramo de la carretera CA-1, iniciando en el Desvío de la Comunidad El Tránsito, en la estación 19+880 al Inicio del Puente # 7 o Puente Los Corrales y finalizando en el Puente Sección II. Datos de la Licitación 32 Viejo sobre el Río Goascorán en la Aduana de transporte liviano de El Amatillo, frontera con la República de El Salvador, con una longitud total del proyecto de 20.64 Kilómetros. Las obras incluyen entre otras la construcción de actividades de Limpieza del Derecho de Vía, el bacheo de la superficie existente, sello de grietas, fresado en parte de la carpeta actual, se sustituirán las alcantarillas de metal y las de concreto que se encuentren deterioradas o sean hidráulicamente insuficientes y se colocarán cuatro centímetros de Concreto Asfáltico, como superficie de rodadura; se adaptarán las obras de la rehabilitación de la carretera con las intersecciones existentes y con el paso a desnivel del Corredor Logístico o Canal Seco, en las aproximaciones de la frontera El Amatillo. Se construirá un número adecuado de bahías para autobuses a lo largo del tramo. En la zona entre las estaciones 36+000 a 38+200, localizado en el desvío a Goascorán, se consideró la incorporación de un carril exclusivo para uso de moto taxis para mejorar la seguridad de los usuarios de la vía y obras de mitigación ambiental y social. El nombre e identificación del contrato es: 1. Contrato Rehabilitación Carretera CA-1, Tramo 1: Lote A: Jícaro Galán – Desvío El Tránsito (Puente Los Corrales). 2. Contrato Rehabilitación Carretera CA-1, Tramo 1: Lote B: Desvío El Tránsito (Puente Los Corrales) - El Amatillo Proceso No. LPI-02- BID/2470-2-2016 IAO 1.2 La Fecha Prevista de Terminación de las Obras es: Para el Lote A: Doce (12) meses a partir de la fecha de la Orden de Inicio. Para el Lote B: Doce (12) meses a partir de la fecha de la Orden de Inicio. IAO 2.1 El Prestatario es: Gobierno de la República de Honduras IAO 2.1 La expresión “Banco” utilizada comprende al Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Los requerimientos del Banco y de los fondos administrados son idénticos con excepción de los países elegibles en donde la membresía es diferente (Ver Sección Países Elegibles). Las referencias en este documento a “préstamos” abarcan los instrumentos y métodos de financiamiento, las cooperaciones técnicas (CT), y los financiamientos de operaciones. Las referencias a los “Contratos de Préstamo” comprenden todos los instrumentos legales por medio de los cuales se formaliza las operaciones del Banco. El préstamo del Banco es: Sección II. Datos de la Licitación 33 Contrato de Préstamo No. 2470/BL-HO-2 y Contrato Modificatorio del Contrato de Préstamo 2470/BL-HO. Programa de Integración Vial Regional Número: 2470/BL-HO-2 y CONTRATO CONTRATO DE PRÉSTAMO 2470/BL-HO. MODIFICATORIO DEL Fecha: 26 de enero de 2016 IAO 2.1 El nombre del Proyecto es: Rehabilitación Carretera CA-1, Tramo 1: Lote A: Jícaro Galán – Desvío El Tránsito (Puente Los Corrales). Lote B: Desvío El Tránsito (Puente Los Corrales) - El Amatillo IAO 5.3 La información solicitada a los Oferentes en la Subcláusula 5.3 de las IAO se modifica de la siguiente manera: Se modifica el inciso (c) el cual deberá leerse así: (c) experiencia en obras de similar naturaleza y volumen en cada uno de los últimos diez (10) años, y detalles de los trabajos en marcha o bajo compromiso contractual, así como de los clientes que puedan ser contactados para obtener mayor información sobre dichos contratos. Entiéndase por Trabajos de Similar Naturaleza y volúmen, para él o los Lotes ofertados, según el caso, los siguientes: Se entenderá por obras de similar naturaleza y volumen a aquellas obras de rehabilitación, construcción o mejoramiento de carreteras pavimentadas, que aporten un paquete estructural con material granulométrico y superficie de rodadura aglomerada con Asfalto o Cemento Portland; remoción, suministro sustitución y/o reparación de tuberías de diferentes diámetros y sus obras complementarias; reparación de cajas y puentes, colocación de la señalización vial; obras de mitigación ambiental y social; en tramos cuya longitud sea igual o superior a 15 km y con montos superiores a US$ 5.5 millones. La información anteriormente mencionada, se complementará para cada Lote con lo siguiente: i) ii) iii) Detalle de obras que el Oferente tenga en ejecución. Nómina de clientes a quienes se les pueda solicitar más información acerca del punto i) Certificación de las obras en ejecución que tengan al menos un 70 % de avance. Sección II. Datos de la Licitación 34 Para acreditar lo informado en relación a los proyectos de similar naturaleza y volúmen ejecutados o en ejecución, se deberá presentar la siguiente documentación en copia: 1. Constancia del Cliente o copia del contrato. 2. Certificado de Obras o acta de recepción que avalen la ejecución. Los Oferentes deberán presentar además los siguientes documentos con su oferta: Declaración Jurada tanto del Representante Legal como de la Empresa de no estar comprendido en ninguna de las inhabilidades a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado. El Oferente que resultare adjudicatario en alguno de los Lotes, deberá presentar previo a la firma del contrato los siguientes documentos: 1. Constancia emitida por el Servicio de Administración de Rentas (Antes Dirección Ejecutiva de Ingresos) de no haber sido objeto de sanción administrativa firme en dos o más expedientes por infracciones tributarias durante los últimos cinco años. 2. Constancia emitida por la Procuraduría General de la República de no haber sido objeto de Resolución firme en cualquier contrato celebrado con la administración pública 3. Constancia acreditando encontrarse al día en el pago de sus cotizaciones o contribuciones al Instituto Hondureño de Seguridad Social de conformidad con lo previsto en el Artículo 65, párrafo segundo, literal b) reformado de la Ley del Seguro Social, constancia extendida por el Instituto Hondureño de Seguridad Social. Los documentos indicados en los incisos 1) 2) y 3), aplican solamente si la empresa o Consorcio ha ejecutado trabajos en Honduras. Si se trata de una empresa o Consorcio que incluya empresas extranjeras que no han trabajado anteriormente en Honduras, deberán presentar al Contratante previo a la firma del Contrato los siguientes documentos legales: a) Constancia expedida por la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) de estar inscrito en el Registro de Proveedores y Contratistas del Estado. b) Inscripción de la empresa en el Registro Público de Comercio. Todos los documentos deberán estar vigentes al momento de su presentación y los acreditados en fotocopias, debidamente autenticados por Notario Público. La empresa podrá presentar una sola autentica que incluya todos los documentos. Sección II. Datos de la Licitación 35 IAO 5.3 (g) Certificaciones bancarias de las líneas de crédito otorgadas y disponibles, emitidas con una antelación no mayor de (15) quince días calendario de la fecha de apertura de la oferta. IAO 5.3 (j) El porcentaje máximo de participación de subcontratistas para cada lote es: 30% del monto del contrato. IAO 5.4 Los requisitos para la calificación de las APCAs en la Subcláusula 5.4 de las IAO se modifican de la siguiente manera: Ninguna IAO 5.5 Los criterios para la calificación de los Oferentes en la Subcláusula 5.5 de las IAO se modifican de la siguiente manera: IAO 5.5(a) Lote A: El periodo es: 3 años Facturación promedio Anual de: al menos US$ 5,500,000.00 (Cinco Millones Quinientos Mil Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica). Lote B: El periodo es: 3 años Facturación promedio Anual de: al menos US$ 5,500,000.00 (Cinco Millones Quinientos Mil Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica). IAO 5.5 (b) El número de obras es: Lote A: Tres (3) Proyectos Similares El Período es: diez (10) años Lote B: Tres (3) Proyectos Similares El Período es: diez (10) años IAO 5.5 (c) El equipo esencial que deberá tener disponible el Oferente seleccionado para ejecutar el Contrato es: Para el lote A o Lote B: Equipo para terracería y drenaje Panel eléctrico para Direccionar el trafico Tractores CAT D8 ó Equivalente Tractores CAT D6H ó Equivalente Tractor CAT D4 o Equivalente Compactadora Pata de Cabra CAT 815 o Equivalente Excavadora CAT 320CL o Equivalente Retroexcavadora CAT 420D ó Equivalente Cantidad 4 1 2 2 1 2 4 Sección II. Datos de la Licitación Volquetas de 12 m3 Cargadora Volvo L120F ó Equivalente Camiones Cisternas 3000/4000 Gls Compactador Ingersoll Rand SD100D o Equivalente Pick-up para uso de Ingenieros, capataces y apoyo logístico Compresor estacionario Compactadoras manuales tipo saltarinas Muleta de percusión Camión Equipado para Lubricación Low boy Bomba Achicadora de Agua 4" Soldadora MILLER 250D o Equivalente Planta para iluminación 36 10 1 2 2 6 1 10 2 1 1 1 1 2 Equipo para afinamiento Motoniveladoras CAT 140 H o su Equivalente Compactadora Ingersoll Rand SD100D o Equivalente Compactadora Neumática de 30 Ton o mas Compactadora Neumática de 12 Ton o mas Cargadoras CAT-966 o su Equivalente Camiones Cisternas 3000/4000 Gls o Equivalente Volquetas de 12 m3 Barredora Auto propulsada Panel eléctrico para Direccionar el trafico Cantidad 3 2 1 2 1 2 2 1 2 Equipo de trituración y pavimento Trituradora Primaria 60m3/hr o mas Trituradora Secundaria, 60m3/hr o mas Planta de Asfalto 60 Toneladas/hr o más Planta eléctrica para suministro de energía Transformador de Energía 100 kva Tanque Cisterna para Diésel Tanque Cisterna para Asfalto Fresadora de Carpeta Existente Camión Distribuidor de asfalto 2000 Gls o mas Esparcidor de piedrín autopropulsado Finisher Blax KNOX autopropulsada de 12 pies mínimo de ancho o Equivalente Compactadora doble rodo liso Compactadora Neumática 25-35 ton Barredora Mecánica Autopropulsada Cantidad 1 1 1 1 1 1 2 1 1 1 1 1 1 1 Sección II. Datos de la Licitación 37 Compresor Ingersoll Rannd 175 CMF o equivalente Volquetas de 10m3 para doble tratamiento Camión Equipado para Lubricación Camión Cisterna Para abastecer combustible Camión Equipado Para Transporte de Personal Camión Plataforma 8-10 Ton Cabezal con low boy y plataforma Pick-up para uso de Ingenieros, capataces y apoyo logístico Compactadoras manuales tipo torito Mezcladoras de Concreto portátiles de 1 saco Mezcladoras de Concreto de 2 sacos Cortadoras Portátiles de Carpeta Asfáltica IAO 5.5 (d) 2 4 1 1 2 1 1 2 2 3 1 4 El Oferente deberá presentar los CVs del Personal Clave, propuesto para desempeñarse en este Proyecto Para el lote A o Lote B: Personal Clave Gerente de Proyecto: Formación académica, Ingeniero Civil, con experiencia de 15 años en el ejercicio de su profesión, y al menos 10 años en proyectos cuyas de obras sea de naturaleza y volumen similar a el o los lotes ofertados y 3 proyectos mínimos como Gerente de Proyectos. Superintendente de Proyecto: Ingeniero Civil con experiencia mínima de 15 años en el ejercicio de su profesión, con al menos 10 años de experiencia en proyectos cuyas de obras sea de naturaleza y volumen similar y haber desempeñado con Superintendente de Proyectos de construcción, rehabilitación de carreteras pavimentadas con carpeta asfáltica en caliente al menos 2 proyectos. Especialista en Geotécnia y Pavimentos Ingeniero Civil, con especialización en pavimentos, y experiencia de al menos 10 años en diseños de mezclas asfálticas, análisis de materiales y agregados, calibración de tolvas y planta de asfalto y haber supervisado mínimo 3 proyectos de rehabilitación o construcción de carreteras pavimentadas. Ingeniero en Control de Calidad de Obra Ingeniero Civil, con especialización en Control de Calidad, con experiencia de al menos 5 años en construcción o supervisión carreteras pavimentadas. Especialista Ambiental Profesional universitario en Biología, Ingeniero Ambiental o Ingeniero Civil o similar, con grado de maestría o superior, en ciencias ambientales, Sección II. Datos de la Licitación con experiencia profesional de al menos 8 años y haber elaborado al menos tres estudios de evaluación de impactos ambientales de infraestructura vial y por lo menos dos proyectos de monitoreo y seguimiento de obras de mitigación de ambiental. Especialista Social. Profesional Universitario con título en Sociología, Economía, Pedagogía, Antropología, Trabajo Social, Sicología o Periodismo o carrera afin, con grado de maestría o superior en las áreas de desarrollo local, administración de proyectos, planificación y desarrollo, ordenamiento territorial o carreras afines Experiencia de al menos 5 años en evaluaciones de impacto social y económico, Haber realizados al menos 3 estudios y planes de impacto social. Haberse desempeñado en supervisión de implementación de planes de impacto social. Complementariamente al Personal Clave, el Oferente deberá presentar los CVs del siguiente Personal Técnico para desempeñarse en éste Proyecto Jefe de Laboratorio. Técnico con Certificaciones que avalen su conocimiento en Análisis de Materiales y Ensayes de Laboratorio, experiencia de al menos 10 años en ensayes de mezclas asfálticas, análisis de materiales y agregados, y haber participado en la construcción y/o supervisión de al menos 3 proyectos de rehabilitación o construcción de carreteras pavimentadas con concreto asfaltico. Topógrafo. Técnico en Topografía con Certificación que avale su conocimiento en dicha área, que conozca del uso de las técnicas de medición más reciente en altimetría y planimetría, experiencia de al menos 10 años en levantamientos topográficos e interpretación y análisis de datos y haber participado en la construcción y/o supervisión de al menos 3 proyectos de rehabilitación o construcción de carreteras pavimentadas con concreto asfaltico. IAO 5.5 (e) El monto mínimo de activos líquidos y/o de acceso a créditos libres de otros compromisos contractuales del Oferente seleccionado deberá ser de: Lote A: US$ 3,000,000.00 (Tres Millones de Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica). Lote B: US$ 3,000,000.00 (Tres Millones de Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica). 38 Sección II. Datos de la Licitación IAO 5.6 IAO 8.1 39 No se tendrán en cuenta la experiencia y los recursos de los Subcontratistas. Previa la presentación de la Oferta, se realizará una visita guiada al sitio de las obras, con los participantes que deseen asistir, de acuerdo al siguiente calendario: Lote A y Lote B: Fecha: 27 de mayo de 2016 Hora: 8:00 a.m. Sitio: Hotel Oasis Colonial, en Jícaro Galán, Departamento de Valle, Honduras, C. A. Adicionalmente se realizará una reunión informativa Fecha: 27 de mayo de 2016 Hora: 11:00 a.m. Lugar: Hotel Oasis Colonial, en Jícaro Galán, Departamento de Valle, Honduras, C. A. B. Documentos de Licitación IAO 10.1 La dirección del Contratista para solicitar aclaraciones es: Atte. Marco A. Bográn, Director Ejecutivo Invest-H / MCA Honduras Edificio Los Castaños, 5to Piso, Boulevard Morazán Tegucigalpa, Honduras, C. A. Tel (504) 232E-mail: [email protected] Los Oferentes interesados podrán obtener información completa de los Documentos de Licitación en la dirección siguiente: https://drive.google.com/open?id=0BzLLk_YeTJSaY0E3TGMxX2NWTW8 Las aclaraciones a los Licitantes serán publicadas en el sitio web de Honducompras: www.honducompras.gob.hn e INVEST-H: www.mcahonduras.hn IAO 12.1 IAO 13.1 C. Preparación de las Ofertas El idioma en que deben estar redactadas las Ofertas es: Español. Los Oferentes deberán presentar los siguientes materiales adicionales con su Oferta: Sección II. Datos de la Licitación 40 Por cada lote Ofertado : a) b) c) d) e) IAO 14.4 IAO 15.1 IAO 15.2 IAO 15.4 IAO 16.1 Las fichas de desglose de precios unitarios de cada actividad o concepto de obra conforme al formato incluido en el Anexo A. Descripción del Método de Construcción propuesto y organización de frentes de trabajo Cronograma de Movilización Programa de trabajo en MS-Project, debe indicar la duración de cada actividad y establecer fecha de inicio (tentativamente en el mes de junio 2016) y fecha final de las mismas, predecesoras y diagrama de Gantt con sus recursos (equipo y personal). Este programa de trabajo deberá estar ajustado al tiempo de ejecución establecido en este documento. Flujo de desembolsos conforme al Programa de Trabajo propuesto. Los precios unitarios estarán sujetos a ajustes de precio de conformidad con la cláusula 47 de las CGC. La moneda del País del Contratante es Lempira La fuente designada para establecer las tasas de cambio será: Banco Central de Honduras. Fecha del Tipo de Cambio: 28 días calendario antes de la última fecha fijada para la presentación de ofertas Los Oferentes no tendrán que demostrar que sus necesidades en moneda extranjera incluidas en los precios unitarios son razonables y se ajustan a los requisitos de la Subcláusula 15.1 de las IAO El período de validez de las Ofertas será de: Para Cada Lote (Lote A y Lote B): Ciento veinte (120) días calendario a partir de la fecha de presentación de oferta. IAO 17.1 La Oferta deberá incluir una Garantía de Mantenimiento emitida por un Banco o una Aseguradora, utilizando el formulario para garantía de la Oferta (garantía bancaria o fianza) incluido en la Sección X “Formularios de Garantía”. Sección II. Datos de la Licitación IAO 17.2 41 El monto de la Garantía de la Oferta es: Lote A: L 7,500,000.00 (Siete Millones Quinientos Mil Lempiras) ó US$ 320,000.00 (Trecientos Veinte Mil Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) Lote B: L 7,500,000.00 (Siete Millones Quinientos Mil Lempiras) ó US$ 320,000.00 (Trecientos Veinte Mil Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica) El Licitante interesado en presentar Ofertas para ambos Lotes, puede hacerlo acompañando sus ofertas con una Garantía por el monto más alto que corresponda, de los dos Lotes ofertados. IAO 18.1 No se considerarán Ofertas alternativas. IAO 19.1 El número de copias de la Oferta que los Oferentes deberán presentar: Para Cada Lote Ofertado: Tres (3) copias y una copia en formato digital. La información presentada en formato digital deberá ser presentada en formato Adobe Acrobat (pdf). La Lista de Cantidades debe ser presentada en formato Adobe Acrobat (pdf) y en formato Microsoft Excel (xls). Para propósitos de orden y transparencia, todas las páginas de la propuesta técnica y de precio deben ser foliadas. D. Presentación de las Ofertas IAO 20.1 Los Oferentes podrán presentar Ofertas electrónicamente: No Sección II. Datos de la Licitación IAO 20.2 (a) 42 Para propósitos de la presentación de las Ofertas, la dirección del Contratante es: Atención Marco A. Bogran/ Director Ejecutivo INVEST-Honduras. Hotel Oasis Colonial, Jícaro Galán, Departamento de Valle, Honduras, C. A. País: Honduras, C. A. LAS OFERTAS DEBERÁN SER PRESENTADAS EN LA FECHA Y HORARIO SIGUIENTES: a) 27 DE JUNIO DE 2016 b) ENTRE 10:00 Y 11:00 AM, HORA OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS IAO 20.2 (b) Nombre y número de identificación del contrato Rehabilitación Carretera CA-1, Tramo 1: Lote A: Jícaro Galán – Desvío El Tránsito (Puente Los Corrales). Rehabilitación Carretera CA-1, Tramo 1: Lote B: Desvío El Tránsito (Puente Los Corrales) – El Amatillo LPI-02-BID/2470-2-2016 IAO 20.2 (c) La nota de advertencia deberá leer “NO ABRIR ANTES DEL 27 DE JUNIO DE 2016, A LAS 11:00 AM” IAO 21.1 La fecha y la hora límite para la presentación de las Ofertas serán: 27 DE JUNIO DE 2016, A LAS 11:00 AM E. Apertura y Evaluación de las Ofertas IAO 24.1 La apertura de las Ofertas tendrá lugar en: Hotel Oasis Colonial, Jícaro Galán, Departamento de Valle, Honduras, C. A. Tel (504) 232-3539/232-3514 Fax: (504) 2235-6626 Fecha: 27 DE JUNIO DE 2016, A LAS 11:00 AM F. Adjudicación del Contrato IAO 35.1 La forma estándar de Garantía de Cumplimiento aceptable al Contratante será una Garantía Bancaria deberá ser incondicional (a la vista) (véase la Sección X Formularios de Garantía). El monto de la garantía es de un 10 por ciento del Precio del Contrato para el monto de la Garantía Bancaria de Cumplimiento. Sección II. Datos de la Licitación 43 IAO 36.1 El pago de anticipo para el contrato de cada Lote será por un monto máximo del Veinte por ciento (20%) del Precio del Contrato excluyendo los imprevistos, administración delegada y Cláusula Escalatoria. IAO 37.1 No Aplica. El procedimiento de resolución de Conflictos será el que se establezca en el Contrato. Sección III. Países Elegibles Elegibilidad para el suministro de bienes, la construcción de obras Y la prestación de servicios en adquisiciones financiadas por el Banco 1) Países Miembros cuando el financiamiento provenga del Banco Interamericano de Desarrollo. Alemania, Argentina, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Croacia, Dinamarca, Ecuador, El Salvador, Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Israel, Italia, Jamaica, Japón, México, Nicaragua, Noruega, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Reino Unido, República de Corea, República Dominicana, República Popular de China, Suecia, Suiza, Surinam, Trinidad y Tobago, Uruguay, y Venezuela. 2) Criterios para determinar Nacionalidad y el país de origen de los bienes y servicios Para efectuar la determinación sobre: a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados por el Banco y b) el país de origen de los bienes y servicios, se utilizarán los siguientes criterios: A) Nacionalidad a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si él o ella satisface uno de los siguientes requisitos: (i) es ciudadano de un país miembro; o (ii) ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país. b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos: (i) esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y (ii) más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco. Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos. B) Origen de los Bienes Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, Sección II. Datos de la Licitación 46 procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes. En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde este fue empacado y embarcado con destino al comprador. Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea. El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos C) Origen de los Servicios El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los servicios conexos al suministro de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje, ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría. Sección IV. Formularios de la Oferta Sección IV. Formulario de la Oferta, Certificado del Proveedor, Información para la Calificación, Carta de Aceptación y Convenio 48 1. Oferta [El Oferente deberá completar y presentar este formulario junto con su Oferta. Si el Oferente objeta al Conciliador propuesto por el Contratante en los Documentos de Licitación, deberá manifestarlo en su Oferta y presentar otro candidato opcional, junto con los honorarios diarios y los datos personales del candidato, de conformidad con la Cláusula 37 de las IAO.] [Fecha] Número de Identificación y Título del Contrato: [indique el número de identificación y título del Contrato] A: [nombre y dirección del Contratante] Después de haber examinado los Documentos de Licitación, incluyendo la(s) enmienda(s) [liste], ofrecemos ejecutar el [nombre y número de identificación del Contrato] de conformidad con las CGC que acompañan a esta Oferta por el Precio del Contrato de [indique el monto en cifras], [indique el monto en palabras] [indique el nombre de la moneda]. El Contrato deberá ser pagado en las siguientes monedas: Moneda Porcentaje pagadero en la moneda Tasa de cambio: [indique el número de unidades de moneda nacional que equivalen a una unidad de moneda extranjera] Insumos para los que se requieren monedas extranjeras (a) (b) (c) (d) El pago de anticipo solicitado es: Monto Moneda (a) (b) (c) (d) Aceptamos la designación de [indicar el nombre propuesto en los Datos de la Licitación] como Conciliador. [o] No aceptamos la designación de [indicar el nombre propuesto en los Datos de la Licitación] como Conciliador, y en su lugar proponemos que se nombre como Conciliador a [indique el nombre], cuyos honorarios y datos personales se adjuntan a este formulario. Sección IV. Formulario de la Oferta, Certificado del Proveedor, Información para la Calificación, Carta de Aceptación y Convenio 49 Esta Oferta y su aceptación por escrito constituirán un Contrato de obligatorio cumplimiento entre ambas partes. Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar la Oferta más baja ni ninguna otra Oferta que pudieran recibir. Confirmamos por la presente que esta Oferta cumple con el período de validez de la Oferta y, de haber sido solicitado, con el suministro de Garantía de Mantenimiento de la Oferta o Declaración de Mantenimiento de la Oferta exigidos en los documentos de licitación y especificados en los DDL. Los suscritos, incluyendo todos los subcontratistas requeridos para ejecutar cualquier parte del contrato, tenemos nacionalidad de países miembros del Banco de conformidad con la Subcláusula 4.1 de las IAO. En caso que el contrato de obras incluya el suministro de bienes y servicios conexos, nos comprometemos a que estos bienes y servicios conexos sean originarios de países miembros del Banco. No presentamos ningún conflicto de interés de conformidad con la Subcláusula 4.2 de las IAO. Nuestra empresa, su matriz, sus afiliados o subsidiarias, incluyendo todos los subcontratistas o proveedores para cualquier parte del contrato, no hemos sido declarados inelegibles por el Banco, bajo las leyes o normativas oficiales del País del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 4.3 de las IAO. No tenemos ninguna sanción del Banco o de alguna otra Institución Financiera Internacional (IFI). Usaremos nuestros mejores esfuerzos para asistir al Banco en investigaciones. Nos comprometemos que dentro del proceso de selección (y en caso de resultar adjudicatarios, en la ejecución) del contrato, a observar las leyes sobre fraude y corrupción, incluyendo soborno, aplicables en el país del cliente. De haber comisiones o gratificaciones, pagadas o a ser pagadas por nosotros a agentes en relación con esta Oferta y la ejecución del Contrato si nos es adjudicado, las mismas están indicadas a continuación: Nombre y dirección del Agente Monto y Moneda Propósito de la Comisión o Gratificación _____________________ _____________________ _____________________ _____________________ _____________________ _____________________ (Si no hay comisiones o gratificaciones indicar “ninguna”) Firma Autorizada: ____________________________________________________________ Nombre y Cargo del Firmante: _________________________________________________ Nombre del Oferente: _________________________________________________________ Dirección: __________________________________________________________________ Sección IV. Formulario de la Oferta, Certificado del Proveedor, Información para la Calificación, Carta de Aceptación y Convenio 50 3. Información para la Calificación [La información que proporcionen los Oferentes en las siguientes páginas se utilizará para calificar o para verificar la precalificación como se indica en la Cláusula 5 de las IAO. Esta información no se incorpora en el Contrato. Adjunte páginas adicionales si es necesario. Las secciones pertinentes en los documentos adjuntos deberán ser traducidas al español. Si la información es para verificar la precalificación, el Oferente deberá completar solamente la información que debe ser actualizada. 1. Firmas o miembros de APCAs 1.1 Incorporación, constitución o estatus jurídico del Oferente [adjunte copia de documento o carta de intención] Lugar de constitución o incorporación: [indique] Sede principal de actividades: [indique] Poder del firmante de la Oferta [adjunte] Nombre del Proyecto y País 1.2 Los montos anuales facturados son: [indicar montos equivalentes en moneda nacional y año a que corresponden de conformidad con la Subcláusula 5.3(b) de los DDL] 1.3 La experiencia en obras de similar naturaleza y magnitud es en [indique el número de obras e información que se especifica en la Subcláusula 5.3 (c) de las IAO] [En el cuadro siguiente, los montos deberán expresarse en la misma moneda utilizada para el rubro 1.2 anterior. También detalle las obras en construcción o con compromiso de ejecución, incluyendo las fechas estimadas de terminación. ] Nombre del Contratante y Persona a quien contactar Tipo de obras y año de terminación Valor del Contrato (equivalente en moneda nacional) (a) (b) 1.4 Equipo (a) Los principales equipos de construcción que propone el Contratista son: [Proporcione toda la información solicitada a continuación, de acuerdo con la Subcláusula 5.3 (d) de las IAO.] Descripción, marca y antigüedad (años) Condición, (nuevo, buen estado, mal estado) y cantidad de unidades disponibles Propio, alquilado mediante arrendamiento financiero (nombre de la arrendadora), o por comprar (nombre del vendedor) Sección IV. Formulario de la Oferta, Certificado del Proveedor, Información para la Calificación, Carta de Aceptación y Convenio 51 (b) 1.5 Cargo Las calificaciones y experiencia del personal clave se adjuntan. [Adjunte información biográfica, de acuerdo con la Subcláusula 5.3 (e) de las IAO [Véase también la Cláusula 9.1 de las CGC y en las CEC]. Incluya la lista de dicho personal en la tabla siguiente. Nombre Años de Experiencia (general) Años de experiencia en el cargo propuesto (a) (b) (a) (b) 1.6 Los informes financieros de los últimos [indique el número; generalmente 5] años: balances, estados de pérdidas y ganancias, informes de auditoría, etc., que se adjuntan, en conformidad con la subcláusula IAO 5.3 (f) son: [lístelos a continuación y adjunte las copias.] 1.7 La evidencia de acceso a recursos financieros de acuerdo con las subcláusula 5.3 (g) de las IAO es: [liste a continuación y adjunte copias de los documentos que corroboren lo anterior.] 1.8 Adjuntar autorización con Nombre, dirección, y números de teléfono, télex y facsímile para contactar bancos que puedan proporcionar referencias del Oferente en caso de que el Contratante se las solicite, se adjunta en conformidad con la Su cláusula 5.3(h) de las IAO [Adjunte la autorización] 1.9 La información sobre litigios pendientes en que el Oferente esté involucrado se incluye, en conformidad con la subcláusula 5.3(i) de las IAO.[Incluya la información en la tabla siguiente] 1.10 Los Contratistas propuestos y firmas participantes, de conformidad con la subcláusula 5.3 (j) son [indique la información en la tabla siguiente. Véase la Cláusula 7 de las CGC y 7 de las CEC]. Nombre de la(s) otra(s) Parte(s) (a) (b) Causa de la Controversia Monto en cuestión Sección IV. Formulario de la Oferta, Certificado del Proveedor, Información para la Calificación, Carta de Aceptación y Convenio Secciones de las Obras Valor del Subcontrato SubContratista (nombre y dirección) 52 Experiencia en obras similares a el o los Lotes Ofertados (a) (b) 1.11 Programa propuesto (metodología y programa de trabajo), y descripciones, planos y tablas, según sea necesario, para cumplir con los requisitos de los Documentos de Licitación. [Adjunte.] 2. Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) 3. Requisitos adicionales 2.1 La información solicitada en los párrafos 1.1 a 1.10 anteriores debe ser proporcionada por cada socio de la APCA. 2.2 La información solicitada en el párrafo 1.11 anterior debe ser proporcionada por la APCA. [Proporcione la información]. 2.3 Deberá entregase el Poder otorgado al (a los) firmante(s) de la Oferta para firmar la Oferta en nombre de la APCA 2.4 Deberá entregarse el Convenio celebrado entre todos los integrantes de la APCA (legalmente compromete a todos los integrantes) en el que consta que: 3.1 (a) todos los integrantes serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo; (b) se designará como representante a uno de los integrantes, el que tendrá facultades para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en nombre de todos y cada uno de los integrantes de la APCA; y (c) la ejecución de la totalidad del Contrato, incluida la relación de los pagos, se manejará exclusivamente con el integrante designado como representante. Los Oferentes deberán entregar toda información adicional requerida en los DDL. Sección IV. Formulario de la Oferta, Certificado del Proveedor, Información para la Calificación, Carta de Aceptación y Convenio 53 4. Carta de Aceptación [En papel con membrete oficial del Contratante] La Carta de Aceptación será la base para la constitución del Contrato de conformidad con las cláusulas 34 y 35 de las IAO. Este formulario estándar de la Carta de Aceptación debe ser completado y enviado al Oferente seleccionado, sólo después de que la evaluación de la Oferta haya sido completada, supeditada a cualquiera revisión del Banco que se requiera en virtud del Contrato de Préstamo.] [Indique la fecha] Número de Identificación y Título del Contrato [indique el número de identificación y el título del Contrato] A: [Indique el nombre y la dirección del Oferente seleccionado] La presente tiene por objeto comunicarles que por este medio nuestra Entidad acepta su Oferta con fecha [indique la fecha] para la ejecución del [indique el nombre del Contrato y el número de identificación, tal como se emitió en las CEC] por el Precio del Contrato equivalente7 a [indique el monto en cifras y en palabras] [indique la denominación de la moneda], con las correcciones y modificaciones8 efectuadas de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes. [Seleccione una de las siguientes opciones (a) o (b) y suprima la otra] (a) Aceptamos la designación de [indique el nombre del candidato propuesto por el Oferente] como Conciliador.9 (b) No aceptamos la designación de [indique el nombre del candidato propuesto por el Oferente] como Conciliador, y mediante el envío de una copia de esta Carta de Aceptación a [indique el nombre de la Autoridad para el nombramiento], estamos por lo tanto solicitando a [indique el nombre], la Autoridad Nominadora, que nombre al Conciliador de conformidad con la Subcláusula 37.1 de las IAO.10 Por este medio les instruimos para que (a) procedan con la construcción de las Obras mencionadas, de conformidad con los documentos del Contrato, (b) firmen y devuelvan los documentos del Contrato adjuntos, y (c) envíen la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Subcláusula 35.1 de las IAO, es decir, dentro de los 21 días siguientes después de haber recibido esta Carta de Aceptación, y de conformidad con la Subcláusula 52.1 de las CGC. Firma Autorizada ______________________________________________________________ Nombre y Cargo del Firmante: ____________________________________________________ Nombre de la Entidad: __________________________________________________________ Adjunto: Convenio 7 8 9 10 Suprimir "equivalente a" y agregar "de" si el precio del Contrato está expresado en una sola moneda. Suprimir “correcciones y” o “y modificaciones”, si no corresponde. Remitirse a las Notas sobre el Formulario del Contrato (página siguiente). Se utilizará únicamente si el Oferente seleccionado indica en su Oferta que no está de acuerdo con el Conciliador propuesto por el Contratante en las Instrucciones a los Oferentes, y consecuentemente propone otro candidato. Se utilizará únicamente si el Oferente seleccionado indica en su Oferta que no está de acuerdo con el Conciliador propuesto por el Contratante en las IAO, y consecuentemente propone otro candidato, y el Contratante no acepta la contrapropuesta. Sección IV. Formulario de la Oferta, Certificado del Proveedor, Información para la Calificación, Carta de Aceptación y Convenio 54 5. Convenio {Deberán incorporarse en este Convenio todas las correcciones o modificaciones a la Oferta que obedezcan a correcciones de errores (de conformidad con la cláusula 28 de las IAO), ajuste de precios durante el período de evaluación (de conformidad con la Subcláusula 16.3 de las IAO), la selección de una Oferta alternativa (de conformidad con la Cláusula 18 de las IAO), desviaciones aceptables (de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO), o cualquier otro cambio aceptable por ambas partes y permitido en las Condiciones del Contrato, tales como cambios en el personal clave, los subcontratistas, los cronogramas, y otros.] Este Convenio se celebra el [indique el día] de [indique el mes], de [indique el año] entre [indique el nombre y dirección del Contratante] (en adelante denominado “el Contratante”) por una parte, y [indique el nombre y dirección del Contratista] (en adelante denominado “el Contratista”) por la otra parte; Por cuanto el Contratante desea que el Contratista ejecute [indique el nombre y el número de identificación del contrato] (en adelante denominado “las Obras”) y el Contratante ha aceptado la Oferta para la ejecución y terminación de dichas Obras y la subsanación de cualquier defecto de las mismas; En consecuencia, este Convenio atestigua lo siguiente: 1. En este Convenio las palabras y expresiones tendrán el mismo significado que respectivamente se les ha asignado en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato a las que se hace referencia en adelante, y las mismas se considerarán parte de este Convenio y se leerán e interpretarán como parte del mismo. 2. En consideración a los pagos que el Contratante hará al Contratista como en lo sucesivo se menciona, el Contratista por este medio se compromete con el Contratante a ejecutar y completar las Obras y a subsanar cualquier defecto de las mismas de conformidad en todo respecto con las disposiciones del Contrato. 3. El Contratante por este medio se compromete a pagar al Contratista como retribución por la ejecución y terminación de las Obras y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o aquellas sumas que resulten pagaderas bajo las disposiciones del Contrato en el plazo y en la forma establecidas en éste. En testimonio de lo cual las partes firman el presente Convenio en el día, mes y año antes indicados. El Sello Oficial de [Nombre de la Entidad que atestigua] ______________________________ Fue estampado en el presente documento en presencia de: _______________________________ Firmado, Sellado y Expedido por _________________________________________________ En presencia de: _______________________________________________________________ Firma que compromete al Contratante [firma del representante autorizado del Contratante] Firma que compromete al Contratista [firma del representante autorizado del Contratista] Sección V. Condiciones Generales del Contrato Índice de Cláusulas A. Disposiciones Generales .......................................................................................................... 59 1. ......... Definiciones ...........................................................................................................59 2. ........ Interpretación .........................................................................................................62 3. ......... Idioma y Ley Aplicables ........................................................................................63 4. ......... Decisiones del Gerente de Obras ...........................................................................63 5. ......... Delegación de funciones ........................................................................................63 6. ......... Comunicaciones .....................................................................................................63 7. ......... Subcontratos ...........................................................................................................63 8. ......... Otros Contratistas...................................................................................................63 9. ......... Personal ..................................................................................................................63 10. ....... Riesgos del Contratante y del Contratista ..............................................................64 11. ....... Riesgos del Contratante .........................................................................................64 12. ....... Riesgos del Contratista ..........................................................................................65 13. ....... Seguros ...................................................................................................................65 14. ....... Informes de investigación del Sitio de las Obras .....................................................65 15. ....... Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato .................................65 16. ....... Construcción de las Obras por el Contratista ...........................................................66 17. ....... Terminación de las Obras en la fecha prevista.........................................................66 18. ....... Aprobación por el Gerente de Obras .....................................................................66 19. ....... Seguridad ...............................................................................................................66 20. ....... Descubrimientos ....................................................................................................66 21. ....... Toma de posesión del Sitio de las Obras ...............................................................66 22. ....... Acceso al Sitio de las Obras...................................................................................66 23. ....... Instrucciones, Inspecciones y Auditorías ...............................................................66 24. ....... Controversias .........................................................................................................67 25. ....... Procedimientos para la solución de controversias .................................................67 26. ....... Reemplazo del Conciliador ....................................................................................67 B. Control de Plazos ..................................................................................................................... 68 27. Programa ......................................................................................................................68 28. ....... Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación ......................................................68 29. ....... Aceleración de las Obras .......................................................................................68 30. ....... Demoras ordenadas por el Gerente de Obras .........................................................69 31. ....... Reuniones administrativas .....................................................................................69 32. ....... Advertencia Anticipada .........................................................................................69 C. Control de Calidad ................................................................................................................... 69 33. ....... Identificación de Defectos .....................................................................................69 34. ....... Pruebas ...................................................................................................................70 35. ....... Corrección de Defectos ..........................................................................................70 36. ....... Defectos no corregidos ..........................................................................................70 D. Control de Costos ..................................................................................................................... 71 37. ....... Lista de Cantidades ................................................................................................71 38. ....... Modificaciones en las Cantidades ..........................................................................71 Sección V. Condiciones Generales del Contrato 58 39. ....... Variaciones ............................................................................................................71 40. ....... Pagos de las Variaciones........................................................................................71 41. ....... Proyecciones de Flujo de Efectivos ......................................................................72 42. ....... Certificados de Pago ..............................................................................................72 43. ....... Pagos ......................................................................................................................72 44. ....... Eventos Compensables ..........................................................................................73 45. ....... Impuestos ...............................................................................................................74 46. ....... Monedas .................................................................................................................75 47. ....... Ajustes de Precios ..................................................................................................75 48. ....... Retenciones ............................................................................................................75 49. ....... Liquidación por daños y perjuicios ........................................................................76 50. ....... Bonificaciones........................................................................................................76 51. ....... Pago de anticipo .....................................................................................................76 52. ....... Garantías ................................................................................................................77 53. ....... Trabajos por día .....................................................................................................77 54. ....... Costo de reparaciones ............................................................................................77 E. Finalización del Contrato ......................................................................................................... 78 55. ....... Terminación de las Obras ......................................................................................78 56. ....... Recepción de las Obras ..........................................................................................78 57. ....... Liquidación final ....................................................................................................78 58. ....... Manuales de Operación y de Mantenimiento ........................................................78 59. ....... Terminación del Contrato ......................................................................................78 61. ....... Pagos posteriores a la terminación del Contrato ....................................................86 62. ....... Derechos de propiedad ...........................................................................................86 63. ....... Liberación de cumplimiento ..................................................................................86 64. ....... Suspensión de Desembolsos del Préstamo del Banco ...........................................87 65. Elegibilidad ..................................................................................................................87 Sección V. Condiciones Generales del Contrato Condiciones Generales del Contrato A. Disposiciones Generales 1. Definiciones 1.1 Las palabras y expresiones definidas aparecen en negrillas 59 Sección V. Condiciones Generales del Contrato 60 (a) El Conciliador es la persona nombrada en forma conjunta por el Contratante y el Contratista o en su defecto, por la Autoridad Nominadora de conformidad con la cláusula 26.1 de estas CGC, para resolver en primera instancia cualquier controversia, de conformidad con lo dispuesto en las cláusulas 24 y 25 de estas CGC, (b) La Lista de Cantidades es la lista debidamente preparada por el Oferente, con indicación de las cantidades y precios, que forma parte de la Oferta. (c) Eventos Compensables son los definidos en la cláusula 44 de estas CGC (d) La Fecha de Terminación es la fecha de terminación de las Obras, certificada por el Gerente de Obras de acuerdo con la Subcláusula 55.1 de estas CGC. (e) El Contrato es el Contrato entre el Contratante y el Contratista para ejecutar, terminar y mantener las Obras. Comprende los documentos enumerados en la Subcláusula 2.3 de estas CGC. (f) El Contratista es la persona natural o jurídica, cuya Oferta para la ejecución de las Obras ha sido aceptada por el Contratante. (g) La Oferta del Contratista es el documento de licitación que fue completado y entregado por el Contratista al Contratante. (h) El Precio del Contrato es el precio establecido en la Carta de Aceptación y subsecuentemente, según sea ajustado de conformidad con las disposiciones del Contrato. (i) Días significa días calendario; Meses significa meses calendario. (j) Trabajos por día significa una variedad de trabajos que se pagan en base al tiempo utilizado por los empleados y equipos del Contratista, en adición a los pagos por concepto de los materiales y planta conexos. (k) Defecto es cualquier parte de las Obras que no haya sido terminada conforme al Contrato. (l) El Certificado de Responsabilidad por Defectos es el certificado emitido por el Gerente de Obras una vez que el Contratista ha corregido los defectos. Sección V. Condiciones Generales del Contrato 61 (m) El Período de Responsabilidad por Defectos es el período estipulado en la Subcláusula 35.1 de las CEC y calculado a partir de la fecha de terminación. (n) Los Planos incluye los cálculos y otra información proporcionada o aprobada por el Gerente de Obras para la ejecución del Contrato. (o) El Contratante es la parte que contrata con el Contratista para la ejecución de las Obras, según se estipula en las CEC. (p) Equipos es la maquinaria y los vehículos del Contratista que han sido trasladados transitoriamente al Sitio de las Obras para la construcción de las Obras. (q) El Precio Inicial del Contrato es el Precio del Contrato indicado en la Carta de Aceptación del Contratante. (r) La Fecha Prevista de Terminación de las Obras es la fecha en que se prevé que el Contratista deba terminar las Obras y que se especifica en las CEC. Esta fecha podrá ser modificada únicamente por el Gerente de Obras mediante una prórroga del plazo o una orden de acelerar los trabajos. (s) Materiales son todos los suministros, inclusive bienes fungibles, utilizados por el Contratista para ser incorporados en las Obras. (t) Planta es cualquiera parte integral de las Obras que tenga una función mecánica, eléctrica, química o biológica. (u) El Gerente de Obras es la persona cuyo nombre se indica en las CEC (o cualquier otra persona competente nombrada por el Contratante con notificación al Contratista, para actuar en reemplazo del Gerente de Obras), responsable de supervisar la ejecución de las Obras y de administrar el Contrato. (v) CEC significa las Condiciones Especiales del Contrato. (w) El Sitio de las Obras es el sitio definido como tal en las CEC. (x) Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras, incluidos en los documentos de licitación, son informes de tipo interpretativo, basados en hechos, y que se refieren a las condiciones de la superficie y en el subsuelo del Sitio de las Obras. Sección V. Condiciones Generales del Contrato 2. Interpretación 62 (y) Especificaciones significa las especificaciones de las Obras incluidas en el Contrato y cualquier modificación o adición hecha o aprobada por el Gerente de Obras. (z) La Fecha de Inicio es la fecha más tardía en la que el Contratista deberá empezar la ejecución de las Obras y que está estipulada en las CEC. No coincide necesariamente con ninguna de las fechas de toma de posesión del Sitio de las Obras. (aa) Subcontratista es una persona natural o jurídica, contratada por el Contratista para realizar una parte de los trabajos del Contrato, y que incluye trabajos en el Sitio de las Obras. (bb) Obras Provisionales son las obras que el Contratista debe diseñar, construir, instalar y retirar, y que son necesarias para la construcción o instalación de las Obras. (cc) Una Variación es una instrucción impartida por el Gerente de Obras que modifica las Obras. (dd) Las Obras es todo aquello que el Contrato exige al Contratista construir, instalar y entregar al Contratante como se define en las CEC. 2.1 Para la interpretación de estas CGC, si el contexto así lo requiere, el singular significa también el plural, y el masculino significa también el femenino y viceversa. Los encabezamientos de las cláusulas no tienen relevancia por sí mismos. Las palabras que se usan en el Contrato tienen su significado corriente a menos que se las defina específicamente. El Gerente de Obras proporcionará aclaraciones a las consultas sobre estas CGC. 2.2 Si las CEC estipulan la terminación de las Obras por secciones, las referencias que en las CGC se hacen a las Obras, a la Fecha de Terminación y a la Fecha Prevista de Terminación aplican a cada Sección de las Obras (excepto las referencias específicas a la Fecha de Terminación y de la Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras). 2.3 Los documentos que constituyen el Contrato se interpretarán en el siguiente orden de prioridad: (a) Convenio, (b) Carta de Aceptación, (c) Oferta, Sección V. Condiciones Generales del Contrato 63 (d) Condiciones Especiales del Contrato, (e) Condiciones Generales del Contrato, (f) Especificaciones, (g) Planos, (h) Lista de Cantidades, y (i) Cualquier otro documento que en las CEC se especifique que forma parte integral del Contrato. 3. Idioma y Ley Aplicables 3.1 El idioma del Contrato y la ley que lo regirá se estipulan en las CEC. 4. Decisiones del Gerente de Obras 4.1 Salvo cuando se especifique otra cosa, el Gerente de Obras, en representación del Contratante, decidirá sobre cuestiones contractuales que se presenten entre el Contratante y el Contratista. 5. Delegación de funciones 5.1 El Gerente de Obras, después de notificar al Contratista, podrá delegar en otras personas, con excepción del Conciliador, cualquiera de sus deberes y responsabilidades y, asimismo, podrá cancelar cualquier delegación de funciones, después de notificar al Contratista. 6. Comunicaciones 6.1 Las comunicaciones cursadas entre las partes a las que se hace referencia en las Condiciones del Contrato sólo serán válidas cuando sean formalizadas por escrito. Las notificaciones entrarán en vigor una vez que sean entregadas. 7. Subcontratos 7.1 El Contratista podrá subcontratar trabajos si cuenta con la aprobación del Gerente de Obras, pero no podrá ceder el Contrato sin la aprobación por escrito del Contratante. La subcontratación no altera las obligaciones del Contratista. 8. Otros Contratistas 8.1 El Contratista deberá cooperar y compartir el Sitio de las Obras con otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos y el Contratante en las fechas señaladas en la Lista de Otros Contratistas indicada en las CEC. El Contratista también deberá proporcionarles a éstos las instalaciones y servicios que se describen en dicha Lista. El Contratante podrá modificar la Lista de Otros Contratistas y deberá notificar al respecto al Contratista. 9. Personal 9.1 El Contratista deberá emplear el personal clave enumerado en la Lista de Personal Clave, de conformidad con lo indicado en las CEC, para llevar a cabo las funciones especificadas en la Lista, u otro personal aprobado por el Gerente de Obras. El Gerente de Obras aprobará cualquier reemplazo de personal clave solo si las calificaciones, habilidades, preparación, capacidad y experiencia del Sección V. Condiciones Generales del Contrato 64 personal propuesto son iguales o superiores a las del personal que figura en la Lista. 9.2 Si el Gerente de Obras solicita al Contratista la remoción de un integrante de la fuerza laboral del Contratista, indicando las causas que motivan el pedido, el Contratista se asegurará que dicha persona se retire del Sitio de las Obras dentro de los siete días siguientes y no tenga ninguna otra participación en los trabajos relacionados con el Contrato. 10. Riesgos del Contratante y del Contratista 10.1 Son riesgos del Contratante los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratante, y son riesgos del Contratista los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratista. 11. Riesgos del Contratante 11.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, son riesgos del Contratante: (a) (b) Los riesgos de lesiones personales, de muerte, o de pérdida o daños a la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) como consecuencia de: (i) el uso u ocupación del Sitio de las Obras por las Obras, o con el objeto de realizar las Obras, como resultado inevitable de las Obras, o (ii) negligencia, violación de los deberes establecidos por la ley, o interferencia con los derechos legales por parte del Contratante o cualquiera persona empleada por él o contratada por él, excepto el Contratista. El riesgo de daño a las Obras, Planta, Materiales y Equipos, en la medida en que ello se deba a fallas del Contratante o en el diseño hecho por el Contratante, o a una guerra o contaminación radioactiva que afecte directamente al país donde se han de realizar las Obras. 11.2 Desde la Fecha de Terminación hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, será riesgo del Contratante la pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales, excepto la pérdida o daños como consecuencia de: (a) un Defecto que existía en la Fecha de Terminación; (b) un evento que ocurrió antes de la Fecha de Terminación, y que no constituía un riesgo del Contratante; o (c) las actividades del Contratista en el Sitio de las Obras después de la Fecha de Terminación. Sección V. Condiciones Generales del Contrato 65 12. Riesgos del Contratista 12.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, cuando los riesgos de lesiones personales, de muerte y de pérdida o daño a la propiedad (incluyendo, sin limitación, las Obras, Planta, Materiales y Equipo)no sean riesgos del Contratante, serán riesgos del Contratista 13. Seguros 13.1 El Contratista deberá contratar seguros emitidos en el nombre conjunto del Contratista y del Contratante, para cubrir el período comprendido entre la Fecha de Inicio y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, por los montos totales y los montos deducibles estipulados en las CEC, los siguientes eventos constituyen riesgos del Contratista: (a) pérdida o daños a -- las Obras, Planta y Materiales; (b) pérdida o daños a -- los Equipos; (c) pérdida o daños a -- la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) relacionada con el Contrato, y (d) lesiones personales o muerte. 13.2 El Contratista deberá entregar al Gerente de Obras, para su aprobación, las pólizas y los certificados de seguro antes de la Fecha de Inicio. Dichos seguros deberán contemplar indemnizaciones pagaderas en los tipos y proporciones de monedas requeridos para rectificar la pérdida o los daños o perjuicios ocasionados. 13.3 Si el Contratista no proporcionara las pólizas y los certificados exigidos, el Contratante podrá contratar los seguros cuyas pólizas y certificados debería haber suministrado el Contratista y podrá recuperar las primas pagadas por el Contratante de los pagos que se adeuden al Contratista, o bien, si no se le adeudara nada, considerarlas una deuda del Contratista. 13.4 Las condiciones del seguro no podrán modificarse sin la aprobación del Gerente de Obras. 13.5 Ambas partes deberán cumplir con todas las condiciones de las pólizas de seguro. 14. Informes de investigación del Sitio de las Obras 14.1 El Contratista, al preparar su Oferta, se basará en los informes de investigación del Sitio de las Obras indicados en las CEC, además de cualquier otra información de que disponga el Oferente. 15. Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato 15.1 El Gerente de Obras responderá a las consultas sobre las CEC. Sección V. Condiciones Generales del Contrato 66 16. Construcción de las Obras por el Contratista 16.1 El Contratista deberá construir e instalar las Obras de conformidad con las Especificaciones y los Planos. 17. Terminación de las Obras en la fecha prevista 17.1 El Contratista podrá iniciar la construcción de las Obras en la Fecha de Inicio y deberá ejecutarlas de acuerdo con el Programa que hubiera presentado, con las actualizaciones que el Gerente de Obras hubiera aprobado, y terminarlas en la Fecha Prevista de Terminación. 18. Aprobación por el 18.1 El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras las Especificaciones y los Planos que muestren las obras provisionales Gerente de Obras propuestas, quien deberá aprobarlas si dichas obras cumplen con las Especificaciones y los Planos. 18.2 El Contratista será responsable por el diseño de las obras provisionales. 18.3 La aprobación del Gerente de Obras no liberará al Contratista de responsabilidad en cuanto al diseño de las obras provisionales. 18.4 El Contratista deberá obtener las aprobaciones del diseño de las obras provisionales por parte de terceros cuando sean necesarias. 18.5 Todos los planos preparados por el Contratista para la ejecución de las obras provisionales o definitivas deberán ser aprobados previamente por el Gerente de Obras antes de su utilización. 19. Seguridad 19.1 El Contratista será responsable por la seguridad de todas las actividades en el Sitio de las Obras. 20. Descubrimientos 20.1 Cualquier elemento de interés histórico o de otra naturaleza o de gran valor que se descubra inesperadamente en la zona de las obras será de propiedad del Contratante. El Contratista deberá notificar al Gerente de Obras acerca del descubrimiento y seguir las instrucciones que éste imparta sobre la manera de proceder. 21. Toma de posesión del Sitio de las Obras 21.1 El Contratante traspasará al Contratista la posesión de la totalidad del Sitio de las Obras. Si no se traspasara la posesión de alguna parte en la fecha estipulada en las CEC, se considerará que el Contratante ha demorado el inicio de las actividades pertinentes y que ello constituye un evento compensable. 22. Acceso al Sitio de las Obras 22.1 El Contratista deberá permitir al Gerente de Obras, y a cualquier persona autorizada por éste, el acceso al Sitio de las Obras y a cualquier lugar donde se estén realizando o se prevea realizar trabajos relacionados con el Contrato. 23. Instrucciones, Inspecciones y Auditorías 23.1 El Contratista deberá cumplir todas las instrucciones del Gerente de Obras que se ajusten a la ley aplicable en el Sitio de las Obras. Sección V. Condiciones Generales del Contrato 67 23.2 El Contratista permitirá que el Banco inspeccione las cuentas, registros contables y archivos del Contratista relacionados con la presentación de ofertas y la ejecución del contrato y realice auditorías por medio de auditores designados por el Banco, si así lo requiere el Banco. Para estos efectos, el Contratista deberá conservan todos los documentos y registros relacionados con el proyecto financiado por el Banco, por un período de cinco (5) años luego de terminado el trabajo. Igualmente, entregará al Banco todo documento necesario para la investigación pertinente sobre denuncias de prácticas prohibidas y ordenará a los individuos, empleados o agentes del Contratista que tengan conocimiento del proyecto financiado por el Banco a responder a las consultas provenientes de personal del Banco. 24. Controversias 24.1 Si el Contratista considera que el Gerente de Obras ha tomado una decisión que está fuera de las facultades que le confiere el Contrato, o que no es acertada, la decisión se someterá a la consideración del Conciliador dentro de los 14 días siguientes a la notificación de la decisión del Gerente de Obras. 25. Procedimientos para la solución de controversias 25.1 El Conciliador deberá comunicar su decisión por escrito dentro de los 28 días siguientes a la recepción de la notificación de una controversia. 25.2 El Conciliador será compensado por su trabajo, cualquiera que sea su decisión, por hora según los honorarios especificados en los DDL y en las CEC, además de cualquier otro gasto reembolsable indicado en las CEC y el costo será sufragado por partes iguales por el Contratante y el Contratista. Cualquiera de las partes podrá someter la decisión del Conciliador a arbitraje dentro de los 28 días siguientes a la decisión por escrito del Conciliador. Si ninguna de las partes sometiese la controversia a arbitraje dentro del plazo de 28 días mencionado, la decisión del Conciliador será definitiva y obligatoria. 25.3 El arbitraje deberá realizarse de acuerdo al procedimiento de arbitraje publicado por la institución denominada en las CEC y en el lugar establecido en las CEC. 26. Reemplazo del Conciliador 26.1 En caso de renuncia o muerte del Conciliador, o en caso de que el Contratante y el Contratista coincidieran en que el Conciliador no está cumpliendo sus funciones de conformidad con las disposiciones del Contrato, el Contratante y el Contratista nombrarán de común acuerdo un nuevo Conciliador. Si al cabo de 30 días el Contratante y el Contratista no han llegado a un acuerdo, a petición de cualquiera de las partes, el Conciliador será designado por la Autoridad Nominadora estipulada en las CEC dentro de los 14 días siguientes a la recepción de la petición. Sección V. Condiciones Generales del Contrato 68 B. Control de Plazos 27. Programa 27.1 Dentro del plazo establecido en las CEC y después de la fecha de la Carta de Aceptación, el Contratista presentará al Gerente de Obras, para su aprobación, un Programa en el que consten las metodologías generales, la organización, la secuencia y el calendario de ejecución de todas las actividades relativas a las Obras. 27.2 El Programa actualizado será aquel que refleje los avances reales logrados en cada actividad y los efectos de tales avances en el calendario de ejecución de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las actividades. 27.3 El Contratista deberá presentar al Gerente de Obras para su aprobación, un Programa con intervalos iguales que no excedan el período establecidos en las CEC. Si el Contratista no presenta dicho Programa actualizado dentro de este plazo, el Gerente de Obras podrá retener el monto especificado en las CEC del próximo certificado de pago y continuar reteniendo dicho monto hasta el pago que prosiga a la fecha en la cual el Contratista haya presentado el Programa atrasado. 27.4 La aprobación del Programa por el Gerente de Obras no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Contratista podrá modificar el Programa y presentarlo nuevamente al Gerente de Obras en cualquier momento. El Programa modificado deberá reflejar los efectos de las Variaciones y de los Eventos Compensables. 28. Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación 28.1 El Gerente de Obras deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales. 28.2 El Gerente de Obras determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Gerente de Obras una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporcione toda la información sustentadora. Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno acerca de una demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista de Terminación. 29. Aceleración de las 29.1 Cuando el Contratante quiera que el Contratista finalice las Obras antes de la Fecha Prevista de Terminación, el Gerente de Obras Obras Sección V. Condiciones Generales del Contrato 69 deberá solicitar al Contratista propuestas valoradas para conseguir la necesaria aceleración de la ejecución de los trabajos. Si el Contratante aceptara dichas propuestas, la Fecha Prevista de Terminación será modificada como corresponda y ratificada por el Contratante y el Contratista. 29.2 Si las propuestas con precios del Contratista para acelerar la ejecución de los trabajos son aceptadas por el Contratante, dichas propuestas se tratarán como Variaciones y los precios de las mismas se incorporarán al Precio del Contrato. 30. Demoras ordenadas por el Gerente de Obras 30.1 El Gerente de Obras podrá ordenar al Contratista que demore la iniciación o el avance de cualquier actividad comprendida en las Obras. 31. Reuniones administrativas 31.1 Tanto el Gerente de Obras como el Contratista podrán solicitar a la otra parte que asista a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada descrito en la Cláusula 32. 31.2 El Gerente de Obras deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y al Contratante. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, el Gerente de Obras deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes sus respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse. 32. Advertencia Anticipada 32.1 El Contratista deberá advertir al Gerente de Obras lo antes posible sobre futuros posibles eventos o circunstancias específicas que puedan perjudicar la calidad de los trabajos, elevar el Precio del Contrato o demorar la ejecución de las Obras. El Gerente de Obras podrá solicitarle al Contratista que presente una estimación de los efectos esperados que el futuro evento o circunstancia podrían tener sobre el Precio del Contrato y la Fecha de Terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha estimación tan pronto como le sea razonablemente posible. 32.2 El Contratista colaborará con el Gerente de Obras en la preparación y consideración de posibles maneras en que cualquier participante en los trabajos pueda evitar o reducir los efectos de dicho evento o circunstancia y para ejecutar las instrucciones que consecuentemente ordenare el Gerente de Obras. C. Control de Calidad 33. Identificación de Defectos 33.1 El Gerente de Obras controlará el trabajo del Contratista y le notificará de cualquier defecto que encuentre. Dicho control no Sección V. Condiciones Generales del Contrato 70 modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Gerente de Obras podrá ordenar al Contratista que localice un defecto y que ponga al descubierto y someta a prueba cualquier trabajo que el Gerente de Obras considere que pudiera tener algún defecto. 34. Pruebas 34.1 Si el Gerente de Obras ordena al Contratista realizar alguna prueba que no esté contemplada en las Especificaciones a fin de verificar si algún trabajo tiene defectos y la prueba revela que los tiene, el Contratista pagará el costo de la prueba y de las muestras. Si no se encuentra ningún defecto, la prueba se considerará un Evento Compensable. 35. Corrección de Defectos 35.1 El Gerente de Obras notificará al Contratista todos los defectos de que tenga conocimiento antes de que finalice el Período de Responsabilidad por Defectos, que se inicia en la fecha de terminación y se define en las CEC. El Período de Responsabilidad por Defectos se prorrogará mientras queden defectos por corregir. 35.2 Cada vez que se notifique un defecto, el Contratista lo corregirá dentro del plazo especificado en la notificación del Gerente de Obras. 36. Defectos no corregidos 36.1 Si el Contratista no ha corregido un defecto dentro del plazo especificado en la notificación del Gerente de Obras, este último estimará el precio de la corrección del defecto, y el Contratista deberá pagar dicho monto. Sección V. Condiciones Generales del Contrato 71 D. Control de Costos 37. Lista de Cantidades 37.1 La Lista de cantidades deberá contener los rubros correspondientes a la construcción, el montaje, las pruebas y los trabajos de puesta en servicio que deba ejecutar el Contratista. 37.2 La Lista de Cantidades se usa para calcular el Precio del Contrato. Al Contratista se le paga por la cantidad de trabajo realizado al precio unitario especificado para cada rubro en la Lista de Cantidades. 38. Modificaciones en 38.1 Si la cantidad final de los trabajos ejecutados difiere en más de 25% de la especificada en la Lista de Cantidades para un rubro las Cantidades en particular, y siempre que la diferencia exceda el 1% del Precio Inicial del Contrato, el Gerente de Obras ajustará los precios para reflejar el cambio. 38.2 El Gerente de Obras no ajustará los precios debido a diferencias en las cantidades si con ello se excede el Precio Inicial del Contrato en más del 15%, a menos que cuente con la aprobación previa del Contratante. 38.3 Si el Gerente de Obras lo solicita, el Contratista deberá proporcionarle un desglose de los costos correspondientes a cualquier precio que conste en la Lista de Cantidades. 39. Variaciones 39.1 Todas las Variaciones deberán incluirse en los Programas actualizados que presente el Contratista. 40. Pagos de las Variaciones 40.1 Cuando el Gerente de Obras la solicite, el Contratista deberá presentarle una cotización para la ejecución de una Variación. El Contratista deberá proporcionársela dentro de los siete (7) días siguientes a la solicitud, o dentro de un plazo mayor si el Gerente de Obras así lo hubiera determinado. El Gerente de Obras deberá analizar la cotización antes de ordenar la Variación. 40.2 Cuando los trabajos correspondientes a la Variación coincidan con un rubro descrito en la Lista de Cantidades y si, a juicio del Gerente de Obras, la cantidad de trabajo o su calendario de ejecución no produce cambios en el costo unitario por encima del límite establecido en la Subcláusula 38.1, para calcular el valor de la Variación se usará el precio indicado en la Lista de Cantidades. Si el costo unitario se modificara, o si la naturaleza o el calendario de ejecución de los trabajos correspondientes a la Variación no coincidieran con los rubros de la Lista de Cantidades, el Contratista deberá proporcionar una cotización con nuevos precios para los rubros pertinentes de los trabajos. Sección V. Condiciones Generales del Contrato 72 40.3 Si el Gerente de Obras no considerase la cotización del Contratista razonable, el Gerente de Obras podrá ordenar la Variación y modificar el Precio del Contrato basado en su propia estimación de los efectos de la Variación sobre los costos del Contratista. 40.4 Si el Gerente de Obras decide que la urgencia de la Variación no permite obtener y analizar una cotización sin demorar los trabajos, no se solicitará cotización alguna y la Variación se considerará como un Evento Compensable. 40.5 El Contratista no tendrá derecho al pago de costos adicionales que podrían haberse evitado si hubiese hecho la Advertencia Anticipada pertinente. 41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá 41. Proyecciones de proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del Flujo de Efectivos flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato. 42. Certificados de Pago 42.1 El Contratista presentará al Gerente de Obras cuentas mensuales por el valor estimado de los trabajos ejecutados menos las sumas acumuladas previamente certificadas por el Gerente de Obras de conformidad con la Subcláusula 42.2. 42.2 El Gerente de Obras verificará las cuentas mensuales del Contratista y certificará la suma que deberá pagársele. 42.3 El valor de los trabajos ejecutados será determinado por el Gerente de Obras. 42.4 El valor de los trabajos ejecutados comprenderá el valor de las cantidades terminadas de los rubros incluidos en la Lista de Cantidades. 42.5 El valor de los trabajos ejecutados incluirá la estimación de las Variaciones y de los Eventos Compensables. 42.6 El Gerente de Obras podrá excluir cualquier rubro incluido en un certificado anterior o reducir la proporción de cualquier rubro que se hubiera certificado anteriormente en consideración de información más reciente. 43. Pagos 43.1 Los pagos serán ajustados para deducir los pagos de anticipo y las retenciones. El Contratante pagará al Contratista los montos certificados por el Gerente de Obras dentro de los 28 días siguientes a la fecha de cada certificado. Si el Contratante emite un pago atrasado, en el pago siguiente se deberá pagarle al Contratista interés sobre el pago atrasado. El interés se calculará Sección V. Condiciones Generales del Contrato 73 a partir de la fecha en que el pago atrasado debería haberse emitido hasta la fecha cuando el pago atrasado es emitido, a la tasa de interés vigente para préstamos comerciales para cada una de las monedas en las cuales se hace el pago. 43.2 Si el monto certificado es incrementado en un certificado posterior o como resultado de un veredicto por el Conciliador o un Árbitro, se le pagará interés al Contratista sobre el pago demorado como se establece en esta cláusula. El interés se calculará a partir de la fecha en que se debería haber certificado dicho incremento si no hubiera habido controversia. 43.3 Salvo que se establezca otra cosa, todos los pagos y deducciones se efectuarán en las proporciones de las monedas en que está expresado el Precio del Contrato. 43.4 El Contratante no pagará los rubros de las Obras para los cuales no se indicó precio y se entenderá que están cubiertos en otros precios en el Contrato. 44. Eventos Compensables 44.1 Se considerarán eventos compensables los siguientes: (a) El Contratante no permite acceso a una parte del Sitio de las Obras en la Fecha de Posesión del Sitio de las Obras de acuerdo con la Subcláusula 21.1 de las CGC. (b) El Contratante modifica la Lista de Otros Contratistas de tal manera que afecta el trabajo del Contratista en virtud del Contrato. (c) El Gerente de Obras ordena una demora o no emite los Planos, las Especificaciones o las instrucciones necesarias para la ejecución oportuna de las Obras. (d) El Gerente de Obras ordena al Contratista que ponga al descubierto los trabajos o que realice pruebas adicionales a los trabajos y se comprueba posteriormente que los mismos no presentaban Defectos. (e) El Gerente de Obras sin justificación desaprueba una subcontratación. (f) Las condiciones del terreno son más desfavorables que lo que razonablemente se podía inferir antes de la emisión de la Carta de Aceptación, a partir de la información emitida a los Oferentes (incluyendo el Informe de Investigación del Sitio de las Obras), la información disponible públicamente y la inspección visual del Sitio de las Obras. Sección V. Condiciones Generales del Contrato 74 (g) El Gerente de Obras imparte una instrucción para lidiar con una condición imprevista, causada por el Contratante, o de ejecutar trabajos adicionales que son necesarios por razones de seguridad u otros motivos. (h) Otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos, o el Contratante no trabajan conforme a las fechas y otras limitaciones estipuladas en el Contrato, causando demoras o costos adicionales al Contratista. (i) El anticipo se paga atrasado. (j) Los efectos sobre el Contratista de cualquiera de los riesgos del Contratante. (k) El Gerente de Obras demora sin justificación alguna la emisión del Certificado de Terminación. 44.2 Si un evento compensable ocasiona costos adicionales o impide que los trabajos se terminen con anterioridad a la Fecha Prevista de Terminación, se deberá aumentar el Precio del Contrato y/o se deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras decidirá si el Precio del Contrato deberá incrementarse y el monto del incremento, y si la Fecha Prevista de Terminación deberá prorrogarse y en qué medida. 44.3 Tan pronto como el Contratista proporcione información que demuestre los efectos de cada evento compensable en su proyección de costos, el Gerente de Obras la evaluará y ajustará el Precio del Contrato como corresponda. Si el Gerente de Obras no considerase la estimación del Contratista razonable, el Gerente de Obras preparará su propia estimación y ajustará el Precio del Contrato conforme a ésta. El Gerente de Obras supondrá que el Contratista reaccionará en forma competente y oportunamente frente al evento. 44.4 El Contratista no tendrá derecho al pago de ninguna compensación en la medida en que los intereses del Contratante se vieran perjudicados si el Contratista no hubiera dado aviso oportuno o no hubiera cooperado con el Gerente de Obras. 45. Impuestos 45.1 El Gerente de Obras deberá ajustar el Precio del Contrato si los impuestos, derechos y otros gravámenes cambian en el período comprendido entre la fecha que sea 28 días anterior a la de presentación de las Ofertas para el Contrato y la fecha del último Certificado de Terminación. El ajuste se hará por el monto de los cambios en los impuestos pagaderos por el Contratista, siempre que dichos cambios no estuvieran ya reflejados en el Precio del Sección V. Condiciones Generales del Contrato 75 Contrato, o sean resultado de la aplicación de la cláusula 47 de las CGC. 46. Monedas 46.1 Cuando los pagos se deban hacer en monedas diferentes a la del país del Contratante estipulado en las CEC, las tasas de cambio que se utilizarán para calcular las sumas pagaderas serán los estipulados en la Oferta. 47. Ajustes de Precios 47.1 Los precios se ajustarán para tener en cuenta las fluctuaciones del costo de los insumos, únicamente si así se estipula en las CEC. En tal caso, los montos autorizados en cada certificado de pago, antes de las deducciones por concepto de anticipo, se deberán ajustar aplicando el respectivo factor de ajuste de precios a los montos que deban pagarse en cada moneda. Para cada moneda del Contrato se aplicará por separado una fórmula similar a la siguiente: Pc = Ac + Bc (Imc/Ioc) en la cual: Pc es el factor de ajuste correspondiente a la porción del Precio del Contrato que debe pagarse en una moneda específica, "c"; Ac y Bc son coeficientes11 estipulados en las CEC que representan, respectivamente, las porciones no ajustables y ajustables del Precio del Contrato que deben pagarse en esa moneda específica "c", e Imc es el índice vigente al final del mes que se factura, e Ioc es el índice correspondiente a los insumos pagaderos, vigente 28 días antes de la apertura de las Ofertas; ambos índices se refieren a la moneda “c”. 47.2 Si se modifica el valor del índice después de haberlo usado en un cálculo, dicho cálculo deberá corregirse y se deberá hacer un ajuste en el certificado de pago siguiente. Se considerará que el valor del índice tiene en cuenta todos los cambios en el costo debido a fluctuaciones en los costos. 48. Retenciones 11 48.1 El Contratante retendrá de cada pago que se adeude al Contratista la proporción estipulada en las CEC hasta que las Obras estén terminadas totalmente. La suma de los dos coeficientes, Ac y Bc, debe ser igual a l (uno) en la fórmula correspondiente a cada moneda. Normalmente, los dos coeficientes serán los mismos en todas las fórmulas correspondientes a las diferentes monedas, puesto que el coeficiente A, relativo a la porción no ajustable de los pagos, por lo general representa una estimación aproximada (usualmente 0,15) que toma en cuenta los elementos fijos del costo u otros componentes no ajustables. La suma de los ajustes para cada moneda se agrega al Precio del Contrato. Sección V. Condiciones Generales del Contrato 76 48.2 Cuando las Obras estén totalmente terminadas y el Gerente de Obras haya emitido el Certificado de Terminación de las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC, se le pagará al Contratista la mitad del total retenido y la otra mitad cuando haya transcurrido el Período de Responsabilidad por Defectos y el Gerente de Obras haya certificado que todos los defectos notificados al Contratista antes del vencimiento de este período han sido corregidos. 48.3 Cuando las Obras estén totalmente terminadas, el Contratista podrá sustituir la retención con una garantía bancaria “a la vista”. 49.1 El Contratista deberá indemnizar al Contratante por daños y 49. Liquidación por perjuicios conforme al precio por día establecido en las CEC, por daños y perjuicios cada día de retraso de la Fecha de Terminación con respecto a la Fecha Prevista de Terminación. El monto total de daños y perjuicios no deberá exceder del monto estipulado en las CEC. El Contratante podrá deducir dicha indemnización de los pagos que se adeudaren al Contratista. El pago por daños y perjuicios no afectará las obligaciones del Contratista. 49.2 Si después de hecha la liquidación por daños y perjuicios se prorrogara la Fecha Prevista de Terminación, el Gerente de Obras deberá corregir en el siguiente certificado de pago los pagos en exceso que hubiere efectuado el Contratista por concepto de liquidación de daños y perjuicios. Se deberán pagar intereses al Contratista sobre el monto pagado en exceso, calculados para el período entre la fecha de pago hasta la fecha de reembolso, a las tasas especificadas en la Subcláusula 43.1 de las CGC. 50. Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aun cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido. 51. Pago de anticipo 51.1 El Contratante pagará al Contratista un anticipo por el monto estipulado en las CEC en la fecha también estipulada en las CEC, contra la presentación por el Contratista de una Garantía Bancaria Incondicional emitida en la forma y por un banco aceptable para el Contratante en los mismos montos y monedas del anticipo. La garantía deberá permanecer vigente hasta que el anticipo pagado haya sido reembolsado, pero el monto de la garantía será reducido progresivamente en los montos Sección V. Condiciones Generales del Contrato 77 reembolsados por el Contratista. El anticipo no devengará intereses. 51.2 El Contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar equipos, planta, materiales y gastos de movilización que se requieran específicamente para la ejecución del Contrato. El Contratista deberá demostrar que ha utilizado el anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos al Gerente de Obras. 51.3 El anticipo será reembolsado mediante la deducción de montos proporcionales de los pagos que se adeuden al Contratista, de conformidad con la valoración del porcentaje de las Obras que haya sido terminado. No se tomarán en cuenta el anticipo ni sus reembolsos para determinar la valoración de los trabajos realizados, Variaciones, ajuste de precios, eventos compensables, bonificaciones, o liquidación por daños y perjuicios. 52. Garantías 52.1 El Contratista deberá proporcionar al Contratante la Garantía de Cumplimiento a más tardar en la fecha definida en la Carta de Aceptación y por el monto estipulado en las CEC, emitida por un banco o compañía afianzadora aceptables para el Contratante y expresada en los tipos y proporciones de monedas en que deba pagarse el Precio del Contrato. La validez de la Garantía de Cumplimiento excederá en 28 días la fecha de emisión del Certificado de Terminación de las Obras en el caso de una garantía bancaria, y excederá en un año dicha fecha en el caso de una Fianza de Cumplimiento. 53. Trabajos por día 53.1 Cuando corresponda, los precios para trabajos por día indicadas en la Oferta se aplicarán para pequeñas cantidades adicionales de trabajo sólo cuando el Gerente de Obras hubiera impartido instrucciones previamente y por escrito para la ejecución de trabajos adicionales que se han de pagar de esa manera. 53.2 El Contratista deberá dejar constancia en formularios aprobados por el Gerente de Obras de todo trabajo que deba pagarse como trabajos por día. El Gerente de Obras deberá verificar y firmar dentro de los dos días siguientes después de haberse realizado el trabajo todos los formularios que se llenen para este propósito. 53.3 Los pagos al Contratista por concepto de trabajos por día estarán supeditados a la presentación de los formularios mencionados en la Subcláusula 53.2 de las CGC. 54. Costo de reparaciones 54.1 El Contratista será responsable de reparar y pagar por cuenta propia las pérdidas o daños que sufran las Obras o los Materiales que hayan de incorporarse a ellas entre la Fecha de Inicio de las Sección V. Condiciones Generales del Contrato 78 Obras y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, cuando dichas pérdidas y daños sean ocasionados por sus propios actos u omisiones. E. Finalización del Contrato 55. Terminación de las Obras 55.1 El Contratista le pedirá al Gerente de Obras que emita un Certificado de Terminación de las Obras y el Gerente de Obras lo emitirá cuando decida que las Obras están terminadas. 56. Recepción de las Obras 56.1 El Contratante tomará posesión del Sitio de las Obras y de las Obras dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en que el Gerente de Obras emita el Certificado de Terminación de las Obras. 57. Liquidación final 57.1 El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras un estado de cuenta detallado del monto total que el Contratista considere que se le adeuda en virtud del Contrato antes del vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos. El Gerente de Obras emitirá un Certificado de Responsabilidad por Defectos y certificará cualquier pago final que se adeude al Contratista dentro de los 56 días siguientes a haber recibido del Contratista el estado de cuenta detallado y éste estuviera correcto y completo a juicio del Gerente de Obras. De no encontrarse el estado de cuenta correcto y completo, el Gerente de Obras deberá emitir dentro de 56 días una lista que establezca la naturaleza de las correcciones o adiciones que sean necesarias. Si después de que el Contratista volviese a presentar el estado de cuenta final aún no fuera satisfactorio a juicio del Gerente de Obras, éste decidirá el monto que deberá pagarse al Contratista, y emitirá el certificado de pago. 58. Manuales de Operación y de Mantenimiento 58.1 Si se solicitan planos finales actualizados y/o manuales de operación y mantenimiento actualizados, el Contratista los entregará en las fechas estipuladas en las CEC. 58.2 Si el Contratista no proporciona los planos finales actualizados y/o los manuales de operación y mantenimiento a más tardar en las fechas estipuladas en las CEC, o no son aprobados por el Gerente de Obras, éste retendrá la suma estipulada en las CEC de los pagos que se le adeuden al Contratista. 59. Terminación del Contrato 59.1 El Contratante o el Contratista podrán terminar el Contrato si la otra parte incurriese en incumplimiento fundamental del Contrato. 59.2 Los incumplimientos fundamentales del Contrato incluirán, pero no estarán limitados a los siguientes: Sección V. Condiciones Generales del Contrato 79 (a) el Contratista suspende los trabajos por 28 días cuando el Programa vigente no prevé tal suspensión y tampoco ha sido autorizada por el Gerente de Obras; (b) el Gerente de Obras ordena al Contratista detener el avance de las Obras, y no retira la orden dentro de los 28 días siguientes; (c) el Contratante o el Contratista se declaran en quiebra o entran en liquidación por causas distintas de una reorganización o fusión de sociedades; (d) el Contratante no efectúa al Contratista un pago certificado por el Gerente de Obras, dentro de los 84 días siguientes a la fecha de emisión del certificado por el Gerente de Obras; (e) el Gerente de Obras le notifica al Contratista que el no corregir un defecto determinado constituye un caso de incumplimiento fundamental del Contrato, y el Contratista no procede a corregirlo dentro de un plazo razonable establecido por el Gerente de Obras en la notificación; (f) el Contratista no mantiene una garantía que sea exigida en el Contrato; (g) el Contratista ha demorado la terminación de las Obras por el número de días para el cual se puede pagar el monto máximo por concepto de daños y perjuicios, según lo estipulado en las CEC. (h) si el Contratista, a juicio del Contratante, ha incurrido en fraude o corrupción al competir por el Contrato o en su ejecución, conforme a lo establecido en las políticas del Banco sobre Prácticas Prohibidas, que se indican en la Cláusula 60 de estas CGC. 59.3 Cuando cualquiera de las partes del Contrato notifique al Gerente de Obras de un incumplimiento del Contrato, por una causa diferente a las indicadas en la Subcláusula 59.2 de las CGC, el Gerente de Obras deberá decidir si el incumplimiento es o no fundamental. 59.4 No obstante lo anterior, el Contratante podrá terminar el Contrato por conveniencia en cualquier momento. 59.5 Si el Contrato fuere terminado, el Contratista deberá suspender los trabajos inmediatamente, disponer las medidas de seguridad Sección V. Condiciones Generales del Contrato 80 necesarias en el Sitio de las Obras y retirarse del lugar tan pronto como sea razonablemente posible. 60. Prácticas prohibidas 60.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco12 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores. (a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación: (i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte; (ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o 12 En el sitio virtual del Banco (www.iadb.org/integrity) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales. Sección V. Condiciones Generales del Contrato intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación; (iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte; (iv)Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y (v) Una práctica obstructiva consiste en: a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o b.b. todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 60.1 (f) de abajo. (b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores u organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá: 81 Sección V. Condiciones Generales del Contrato (i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría; (ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida; (iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte del préstamo o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable; (iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta; (v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco; (vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o; (vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas. (c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 60.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan 82 Sección V. Condiciones Generales del Contrato sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución. (d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público. (e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas. (f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus 83 Sección V. Condiciones Generales del Contrato representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario. (g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el párrafo 60 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la 84 Sección V. Condiciones Generales del Contrato rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes. 60.2 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan: (a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas; (b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento; (c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato; (d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas; (e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas; (f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o 85 Sección V. Condiciones Generales del Contrato 86 acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; (g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 60.1 (b). 61. Pagos posteriores a la terminación del Contrato 61.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento fundamental del Contratista, el Gerente de Obras deberá emitir un certificado en el que conste el valor de los trabajos realizados y de los Materiales ordenados por el Contratista, menos los anticipos recibidos por él hasta la fecha de emisión de dicho certificado, y menos el porcentaje estipulado en las CEC que haya que aplicar al valor de los trabajos que no se hubieran terminado. No corresponderá pagar indemnizaciones adicionales por daños y perjuicios. Si el monto total que se adeuda al Contratante excediera el monto de cualquier pago que debiera efectuarse al Contratista, la diferencia constituirá una deuda a favor del Contratante. 61.2 Si el Contrato se rescinde por conveniencia del Contratante o por incumplimiento fundamental del Contrato por el Contratante, el Gerente de Obras deberá emitir un certificado por el valor de los trabajos realizados, los materiales ordenados, el costo razonable del retiro de los equipos y la repatriación del personal del Contratista ocupado exclusivamente en las Obras, y los costos en que el Contratista hubiera incurrido para el resguardo y seguridad de las Obras, menos los anticipos que hubiera recibido hasta la fecha de emisión de dicho certificado. 62. Derechos de propiedad 62.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento del Contratista, todos los Materiales que se encuentren en el Sitio de las Obras, la Planta, los Equipos, las Obras provisionales y las Obras se considerarán de propiedad del Contratante. 63. Liberación de cumplimiento 63.1 Si el Contrato es frustrado por motivo de una guerra, o por cualquier otro evento que esté totalmente fuera de control del Contratante o del Contratista, el Gerente de Obras deberá certificar la frustración del Contrato. En tal caso, el Contratista deberá disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y suspender los trabajos a la brevedad posible después de recibir este certificado. En caso de frustración, deberá pagarse al Contratista todos los trabajos realizados antes de la recepción del certificado, así como de cualesquier trabajos realizados posteriormente sobre los cuales se hubieran adquirido compromisos. Sección V. Condiciones Generales del Contrato 64. Suspensión de Desembolsos del Préstamo del Banco 65. Elegibilidad 87 64.1 En caso de que el Banco suspendiera los desembolsos al Contratante bajo el Préstamo, parte del cual se destinaba a pagar al Contratista: (a) El Contratante está obligado a notificar al Contratista sobre dicha suspensión en un plazo no mayor a 7 días contados a partir de la fecha de la recepción por parte del Contratante de la notificación de suspensión del Banco (b) Si el Contratista no ha recibido algunas sumas que se le adeudan dentro del periodo de 28 días para efectuar los pagos, establecido en la Subcláusula 43.1, el Contratista podrá emitir inmediatamente una notificación para terminar el Contrato en el plazo de 14 días. 65.1 El Contratista y sus Subcontratistas deberán ser originarios de países miembros del Banco. Se considera que un Contratista o Subcontratista tiene la nacionalidad de un país elegible si cumple con los siguientes requisitos: (a) (b) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si él o ella satisface uno de los siguientes requisitos: i. es ciudadano de un país miembro; o ii. ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país. Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos: i. esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y ii. más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco. 65.2 Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos. 65.3 En caso de Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco. Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o Sección V. Condiciones Generales del Contrato 88 ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes. Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato A. Disposiciones Generales CGC 1.1 (m) El Período de Responsabilidad por Defectos es: 12 meses a partir de la fecha de terminación CGC 1.1 (o) El Contratante es Inversión Estratégica de Honduras, INVEST-Honduras Representante Autorizado: Abogado Marco Antonio Bográn Corrales Dirección: Edificio Los Castaños, 5to.Piso, Colonia San Carlos, Tegucigalpa M.D.C., Honduras. CGC 1.1 (r) La Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras es Lote A: Doce (12) meses posteriores a la fecha de la orden de inicio Lote B: Doce (12) meses posteriores a la fecha de la orden de inicio CGC 1.1 (u) CGC 1.1 (w) El Gerente de Obras es el Consultor contratado por El Contratante para la Supervisión de la Rehabilitación de las obras objeto de éste contrato y que le será notificado oportunamente al Contratista. También es nombrado como “El Ingeniero” o “Director de Obra” Lote A: El Sitio de las Obras está ubicado en el departamento de Valle y está definido en los planos indicados en los Documentos de Licitación, Sección VIII. Planos. Lote B: El Sitio de las Obras está ubicado en el departamento de Valle y está definido en los planos indicados en los Documentos de Licitación, Sección VIII. Planos. CGC 1.1 (z) La Fecha de Inicio es la que se establece en la Orden de Inicio CGC 1.1 (dd) Las Obras consisten en: Lote A: Actividades generales de Limpieza del Derecho de Vía, el bacheo de la superficie existente, sello de grietas, fresado en parte de la carpeta actual, se sustituirán las alcantarillas de metal y las de concreto que se encuentren deterioradas o sean hidráulicamente insuficientes y se colocarán cuatro centímetros de Concreto Asfáltico, como superficie de rodadura. Se construirá la intersección Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato 90 en Jícaro Galán y la rehabilitación de las estructuras de drenaje mayor, cajas y puentes de concreto hidráulico y metálicos, se realizará la señalización horizontal y vertical a lo largo del tramo. Se adaptarán las obras de la rehabilitación de la carretera con las intersecciones existentes y se construirá un número adecuado de bahías para autobuses a lo largo del tramo. CGC 2.2 Lote B: Actividades generales de Limpieza del Derecho de Vía, el bacheo de la superficie existente, sello de grietas, fresado en parte de la carpeta actual, se sustituirán las alcantarillas de metal y las de concreto que se encuentren deterioradas o sean hidráulicamente insuficientes y se colocarán cuatro centímetros de Concreto Asfáltico, como superficie de rodadura; se adaptarán las obras de la rehabilitación de la carretera con las intersecciones existentes y con el paso a desnivel del Corredor Logístico o Canal Seco, en las aproximaciones de la frontera El Amatillo. Se construirá un número adecuado de bahías para autobuses a lo largo del tramo. En la zona entre las estaciones 36+000 a 38+200, localizado en el desvío a Goascorán, se consideró la incorporación de un carril exclusivo para uso de moto taxis para mejorar la seguridad de los usuarios de la vía. Las secciones de las Obras con fechas de terminación distintas a las de la totalidad de las Obras son: No Aplica Los siguientes documentos también forman parte integral del Contrato: CGC 2.3 (i) CGC 3.1 Fichas Análisis de Precios Unitarios Descripción del Método constructivo Plan de Movilización al Proyecto e Inversión del Anticipo Programa de Trabajo actualizado Contrato de Medidas de Mitigación SERNA- MCA Plan de Seguridad e Higiene Plan de control de calidad El idioma en que deben redactarse los documentos del Contrato es español. La ley que gobierna el Contrato es la ley de la República de Honduras CGC 8.1 CGC 9.1 Lista de Otros Contratistas: No Aplica Personal Clave: No. 1 2 3 4 5 Posición Personal Clave Gerente de Proyecto Superintendente de Proyecto Especialista en Geotécnia y Pavimentos Ingeniero en Control de Calidad de Obra Especialista Ambiental Nombre Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato 6 7 8 CGC 13.1 91 Especialista Social Jefe de laboratorio Topógrafo Las coberturas mínimas de seguros y los deducibles serán: (a) para pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales: USD300,000 por por evento con un 1% de deducible (b) para pérdida o daño de equipo: USD150,000 por evento con un 1% de deducible (c) para pérdida o daño a la propiedad (excepto a las Obras, Planta, Materiales y Equipos) en conexión con el Contrato USD 200,000 por por evento con un 2% de deducible (d) para lesiones personales o muerte: (i) de los empleados del Contratante: USD 100,000 por por evento con un 1% de deducible (ii) de otras personas: USD 300,000 por por evento con un 1% de deducible El Contratista será responsable de pagar cualquier suma adicional no cubierta por los seguros detallados en esta sub-cláusula. El Contratante queda exento de toda responsabilidad en este sentido. CGC 14.1 Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras son: a. Estudio Geológico y Geotécnica b. Estudio de Suelo y Materiales c. Estudio de Pavimento d. Estudio de Trafico e. Estudio de Impacto Ambiental y PMA CGC 21.1 La(s) fecha(s) de Toma de Posesión del Sitio de las Obras será(n) INVEST-Honduras dará al contratista la posesión del sitio de las obras dentro de los 14 días después de la Orden de Inicio, la cual podrá emitirse una vez que se haya liberado al menos el 70% de la longitud del tramo a ser intervenido; siempre que durante ese periodo el contratista ha cumplido con la presentación de la garantía de cumplimiento, el Programa de trabajo y las pólizas de seguro requeridos. CGC 24.1 No Aplica Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato CGC 25.1 92 La cláusula 25.1 de las Condiciones Generales No Aplica. Al no haber acuerdo entre las Partes, el asunto pasará a buscar solución a través de la Mesa de Resolución de Conflictos, de conformidad con el procedimiento establecido en la Sub Cláusula 25.2. CGC 25.2 No Aplica. El procedimiento de la Mesa de Resolución de Conflictos será el que se encuentra descrito en el ANEXO B CGC 25.3 En el caso de que una de las partes manifieste la No aceptación de una decisión emitida por la Mesa de Resolución de Conflictos (DAB)se someterá el caso al procedimiento de arbitraje siguiente: En caso de empresas nacionales: Cualquiera controversia generada en relación con este contrato deberá ser resuelta finalmente de conformidad con el Reglamento de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa, por uno o más árbitros designados de acuerdo con dicho Reglamento.” En caso de empresas Internacionales (extranjeras): Cualquiera controversia generada en relación con este contrato deberá ser resuelta finalmente de conformidad con el Reglamento de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, por uno o más árbitros designados de acuerdo con dicho Reglamento.” En ambos casos el lugar de arbitraje será: Tegucigalpa, M.D.C. Honduras CGC 26.1 CGC 27.1 En caso de conflicto en relación al procedimiento de arbitraje prevalecerá lo escrito en esta cláusula. No Aplica B. Control de Plazos El Contratista presentará un Programa de Trabajo en forma impresa y digital modificable, para la aprobación del Gerente de Obras dentro de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la Orden de Inicio. Este será la línea Base por la cual se medirá el avance y desempeño del Contratista, la cual no podrá ser cambiada por el contratista a menos que exista una variación sustancial en cuanto al alcance, monto o plazo en caso de que sea necesario y previo al acuerdo de las partes. Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato CGC 27.3 El plazo entre cada actualización del Programa con la obra real ejecutada será de 30 días calendario el cual será evaluado con respecto a la línea base de la CGC. 27.1. La fecha de presentación del programa de avance actualizado será el último día de cada mes calendario, en forma impresa y digital modificable. La forma digital puede ser remitida por correo electrónico al Supervisor y al Contratante. El monto que será retenido NO APLICA. C. Control de la Calidad CGC 35.1 El Período de Responsabilidad por Defectos para cada Lote es: 365 días calendarios a partir de la fecha del Certificado de Terminación de las obras D. Control de Costos CGC 46.1 CGC 47.1 93 La moneda del País del Contratante es: Lempiras El Contrato “está” sujeto a ajuste de precios de conformidad con la Cláusula 47 de las CGC; para lo cual se aplica la siguiente fórmula: Pc = Ac + [ Bc1 (IMOC / IoMOC) + Bc2 (IMNC / IoMNC) + Bc3 (ICL / IoCL) + Bc4 (IRLL / IoRLL) + Bc5 (ICEM / IoCEM) + Bc6 (IASF / IoASF) + Bc7 (IAcero / IoAcero)] (Los coeficientes A y B definidos en la fórmula incluida en la Cláusula 47 de las CGC se obtendrán de la oferta presentada, para lo cual se requiere el detalle de las Fichas de Precios Unitarios conforme al formato incluido en el ANEXO A de este documento de licitación). El presente contrato está sujeto al ajuste en lo siguiente: Mano de Obra Mano de Obra Calificada Mano de obra No Calificada Equipo Combustibles y lubricantes Repuestos y llantas Materiales Cemento Asfalto Acero de refuerzo Los índices I, para el ajuste de precios a ser utilizados en la fórmula serán los siguientes: Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato Índice Descripción IMOC , IoMOC = Índice de Precios al Consumidor emitido por el Banco Central de Honduras. IMNC , IoMNC = Salario Mínimo decretado por el Gobierno de Honduras. ICL , IoCL = Precio Oficial del Diésel establecido por el Gobierno de Honduras IRLL , IoRLL = Índice General de Precios de los repuestos y partes tomado del US Department of Labor para el Renglón de Maquinaria de Construcción. ICEM , IoCEM = Precio “Tendencia” del Cemento tomado de la Revista de la Cámara de Construcción. Lugar: Tegucigalpa Precio “Tendencia” del Asfalto AC- 20 tomado de la Revista de la Cámara de la Construcción. Lugar: Tegucigalpa Precio “Tendencia” de Acero de Refuerzo tomado de la Revista de la Cámara de la Construcción. Lugar: Tegucigalpa IASF , IoASF = Iacero , Ioacero = 94 CGC 48.1 La proporción que se retendrá de los de pagos es: el diez por ciento (10%) CGC 49.1 El monto de la indemnización por daños y perjuicios para la totalidad de las Obras es del 0.05% del Precio final del Contrato por día. El monto máximo de la indemnización por daños y perjuicios para la totalidad de las Obras es del tres por ciento (3%) del precio final del Contrato. CGC 50.1 La bonificación para la totalidad de las obras por Lote es 0.02% del Monto del Contrato original, por cada día que la fecha de terminación de la totalidad de las obras sea anterior a la fecha prevista de terminación. El monto máximo de la bonificación por la totalidad de las Obras es 2% del Monto del Contrato original, excluyendo los valores de Cláusula escalatoria y Administración Delegada. En caso de que el Contratante ordene obras adicionales y el Contratista haya acumulado bonificación por terminación temprana de las obras originales, la bonificación referida en el párrafo anterior, aplicará únicamente a las obras y el valor originales del Contrato. El Contratante con la Certificación técnica de La Supervisión determinará el número de días acumulados sujetos a bonificación y lo comunicará a El Contratante. CGC 51.1 El pago por anticipo será de: un máximo del 20 % del monto de las obras y se pagará al Contratista una vez firmado el contrato y previa aprobación de la Garantía de anticipo a más tardar 30 días después de presentado el recibo correspondiente y haber suministrado al Contratante los siguientes documentos: 1) Garantía bancaria de anticipo que debe cubrir el 100% del monto del anticipo; 2) Garantía de cumplimiento de contrato 3) Plan de movilización e inversión del anticipo de acuerdo a lo establecido en la Cláusula 51.2 de las CGC Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato CGC 52.1 95 El monto de la Garantía de Cumplimiento es: (a) Garantía Bancaria: 10% del precio del contrato, la que deberá ser incondicional ("contra primera solicitud”) E. Finalización del Contrato CGC 58.1 CGC 58.2 CGC 59.2 (g) CGC 61.1 Los Manuales de operación y mantenimiento deberán presentarse a más tardar el No Aplica Los planos actualizados finales deberán presentarse a más tardar el No Aplica La suma que se retendrá por no cumplir con la presentación de los planos actualizados finales y/o los manuales de operación y mantenimiento en la fecha establecida en las CGC 58.1 es de No Aplica El número máximo de días es 60 días El porcentaje que se aplicará al valor de las Obras no terminadas es 10% Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 97 Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento ETE-01 DISPOSICIONES GENERALES Para la concreción de este Proyecto, regirán las Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras de INSEP (Antes SOPTRAVI, Edición diciembre/1996), tomo V, excepto las modificaciones e incorporaciones implementadas mediante estas Especificaciones Técnicas Especiales (ETE) y los Documentos Anexos de Licitación. Especial atención tendrá por parte de la Supervisión y el Contratista, la implementación total de las Disposiciones Especiales Ambientales y el cumplimiento de las Medidas de Mitigación Ambiental y Social. Cuando en las presentes Especificaciones Técnicas Especiales (ETE) se mencione “Las Especificaciones” o “Las Especificaciones Generales”, se entenderá que se refieren a las Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras (Edición diciembre/1996). Las Especificaciones Técnicas Especiales que complementan o modifican a “Las Especificaciones” se identifican con la sigla ETE y prevalecen sobre “Las Especificaciones”. Con respecto al cumplimiento de las Disposiciones Especiales Ambientales regirán las especificaciones que se detallan en este documento. De no detallarse regirán las disposiciones de manera general por el numeral 1.4.12 Medidas de Mitigación, Prevención y Protección del Medio Ambiente del Tomo 5, Capítulo I de las Especificaciones Generales de Construcción de Carreteras del Manual de Carreteras, edición diciembre/1996 y de forma particular por el Plan de Manejo Ambiental del Proyecto. Las secciones y artículos de las Especificaciones Generales que no son modificadas por estas Especificaciones Especiales deberán leerse, interpretarse y ejecutarse en la forma expresada en aquellas o como lo indique el Ingeniero. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO. El Gobierno de Honduras ha recibido del Banco Interamericano de Desarrollo BID un financiamiento para desarrollar el Programa de Integración Vial Regional con el objeto de contribuir a la mejora de la integración física regional y la conectividad vial de Honduras, incluyendo la seguridad vial. Los objetivos específicos son la reducción de los Costos de Operación de los Vehículos (COV) y tiempos de viaje de personas y mercancías en corredores de integración del país con El Salvador y Nicaragua. Para lograr estos objetivos, el programa incluye entre otros, la rehabilitación y mejoramiento de los tres tramos localizados sobre el Corredor Pacífico Mesoamericano (CPM). En su paso por Honduras, el CPM es el eje estructurante de la zona sur del país al facilitar su conexión con el corredor logístico consolidado Tegucigalpa-San Pedro Sula-Puerto Cortés, por medio de la ruta CA-5 Sur y el Canal Seco. Además, con 137 km, cruza el país desde la frontera de El Amatillo (en El Salvador) hasta Guasaule (en Nicaragua), y comprende las rutas internacionales CA-1 (desde El Amatillo hasta Choluteca) y CA-3 (desde Choluteca hasta Guasaule). Su área de influencia directa es superior a los 6.000 km2 (departamentos de Choluteca y Valle, con una población superior a 600.000 habitantes) que viven en su gran mayoría en condiciones de pobreza, mientras que su área de influencia indirecta se puede asociar a 28.000 km2 (departamentos de La Paz, Francisco Morazán, El Paraíso, Comayagua y Cortés), con una población de potenciales beneficiarios cercana a 3,7 millones de habitantes. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 98 DESCRIPCIÓN DE LAS PRINCIPALES OBRAS A CONTRUIR. Se ha planificado licitar el TRAMO 1: JICARO GALAN – EL AMATILLO dividiéndola en dos Lotes, que serán intervenidos simultáneamente por dos empresas de construcción distintas, ya que aun cuando todas las empresas podrán participar ofertando para los dos Lotes, únicamente podrá adjudicársele uno de ellos. La característica de cada uno de los Lotes corresponde con la siguiente descripción: Lote A: Jícaro Galán – Desvío El Tránsito (Puente Los Corrales): El Proyecto consiste en la construcción de obras para el mejoramiento de un tramo de la carretera CA-1, iniciando en Jícaro Galán, en el empalme con la carretera CA-5 Sur y finalizando en el Desvío de la Comunidad El Tránsito, en la estación 19+880 al Inicio del Puente # 7 o Puente Los Corrales. Además de las obras de dicho tramo también de Incluirán las de la Intersección Jícaro Galán, con lo cual la longitud del proyecto es de 20.68 Kilómetros. Las obras incluyen entre otras la construcción de actividades de Limpieza del Derecho de Vía, el bacheo de la superficie existente, sello de grietas, fresado en parte de la carpeta actual, se sustituirán las alcantarillas de metal y las de concreto que se encuentren deterioradas o sean hidráulicamente insuficientes y se colocarán cuatro centímetros de Concreto Asfáltico, como superficie de rodadura. Se construirá la intersección en Jícaro Galán y la rehabilitación de las estructuras de drenaje mayor, cajas y puentes de concreto hidráulico y metálicos, se realizará la señalización horizontal y vertical a lo largo del tramo. Se adaptarán las obras de la rehabilitación de la carretera con las intersecciones existentes y se construirá un número adecuado de bahías para autobuses a lo largo del tramo y obras de mitigación ambiental y social. Lote B: Desvío El Tránsito (Puente Los Corrales) – El Amatillo. El proyecto consiste en el mejoramiento y la rehabilitación de un tramo de la carretera CA-1, iniciando en el Desvío Comunidad El Tránsito, en la estación 19+880 al Inicio del Puente # 7 o Puente Los Corrales y finalizando en el Puente Viejo sobre el Río Goascorán en la Aduana de transporte liviano de El Amatillo, frontera con la República de El Salvador, con una longitud total del proyecto de 20.64 kilómetros. Las obras incluyen entre otras la construcción de actividades de Limpieza del Derecho de Vía, el bacheo de la superficie existente, sello de grietas, fresado en parte de la carpeta actual, se sustituirán las alcantarillas de metal y las de concreto que se encuentren deterioradas o sean hidráulicamente insuficientes y se colocarán cuatro centímetros de Concreto Asfáltico, como superficie de rodadura; se adaptarán las obras de la rehabilitación de la carretera con las intersecciones existentes y con el paso a desnivel del Corredor Logístico o Canal Seco, en las aproximaciones de la frontera El Amatillo. Se construirá un número adecuado de bahías para autobuses a lo largo del tramo. En la zona entre las estaciones 36+000 a 38+200, localizado en el desvío a Goascorán, se consideró la incorporación de un carril exclusivo para uso de moto taxis para mejorar la seguridad de los usuarios de la vía. y obras de mitigación ambiental y social. PERÍODO DE CONSTRUCCIÓN El proyecto se planifica ejecutar de la siguiente manera: Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 99 Lote A: Jícaro Galán – Desvío El Tránsito (Puente Los Corrales) se estima ejecutarlo en un período de doce (12) meses. Lote B: Desvío El Tránsito ( Puente Los Corrales) – El Amatillo se estima ejecutarlo en un período de doce (12) meses. En el programa de trabajo se debe tomar en consideración el impacto de la duración de la época de lluvias. Debido a la intensidad de las lluvias los trabajos de terracería, drenaje menor y pavimento deben ser planificados preferiblemente para su ejecución durante la temporada seca del año. El diseño de las obras se ha realizado en base a las normas y estándares más recientes de la AASHTO, ASTM, ACI y en general en las especificaciones contenidas en el Manual de Carreteras, Edición 1996. Los criterios para la definición de las especificaciones se han basado en la aplicación de parámetros de diseño que mejoren la operación de los vehículos, incrementen la seguridad vial, tipo de tráfico y cargas, volumen de tráfico, clima, condiciones del área, materiales de construcción, etc. DATOS GENERALES DEL SITIO Topografía El Proyecto está localizado en el departamento de Valle, en el sur de Honduras, y se desarrolla sobre terrenos que son utilizados para la agricultura, la ganadería, la zona es cruzada por el río Nacaome, Guacirope y Goascorán y varias quebradas que cruzan el proyecto. El proyecto está ubicado en una zona con una topografía ondulada. Clima El clima en la región sur del país pertenece a la zona de vida del bosque seco tropical, caracterizada por Holdrige, la cual posee precipitaciones anuales entre los 700 y 2000mm y temperaturas superiores a los 28ºC. Los meses más lluviosos son junio y septiembre y presenta un pronunciado estiaje entre noviembre y abril, donde la precipitación media llega a rangos menores de 10mm en enero y febrero. Las temperaturas más altas se registran en los meses de marzo, abril y julio. Geología de la Zona El proyecto se encuentra localizado sobre la placa del Caribe en la región denominada Bloque Chortis en el sur de Honduras en el límite con otra unidad morfo tectónica que es la depresión de Nicaragua. De acuerdo a los mapas estructurales no existen grandes fallas en la zona del proyecto. No obstante, su cercanía a una zona sísmica activa puede provocar pequeñas fallas cuando ocurren terremotos. El proyecto atraviesa principalmente la formación Padre Miguel (Mv), que consta principalmente de capas de ignimbritas, Riolitas tobas, y depósitos volcánicos en general. Incluyendo depósitos de basaltos y andesitas. Hidrogeología. Este tramo se encuentra entre dos cuencas de ríos caudalosos, en el dominio de la Cuenca del rio Goascorán y la del rio Nacaome. Ambas de desembocadura en el Pacífico. Además de estos dos grandes ríos existen sobre la vía un gran número de quebradas funcionales en invierno que por sus características en épocas de lluvias aportan un gran flujo de agua al balance hídrico de la zona. Hidrología El tramo carretero transcurre por las cuencas de Nacaome y Nacaome. La Cuenca del Río Nacaome está ubicada entre los Departamentos de Francisco Morazán, El Paraíso, Choluteca y Valle. La Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 100 Cuenca del Río Goascorán está ubicada entre los Departamentos de Valle y La Paz y es cuenca internacional con El Salvador. En el proyecto en estudio, intervienen 3 municipios – Nacaome, Langue y Goascorán - caracterizados por sus recursos hídricos, zonas agrícolas, ganaderas y pesqueras. Protección del Ambiente El Contratista aplicará las recomendaciones del Plan de Gestión Ambiental (PMA) que figuran en las especificaciones en materia de protección del medio ambiente y seguridad tanto vial como laboral. Además deberá asegurarse que las actividades a desarrollar en virtud del presente Contrato, cumplan con la Política de Medioambiente y Cumplimiento de Salvaguardias del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) OP-703 y sus respectivos Lineamientos de implementación disponibles en www.iadb.org , con las leyes ambientales del país. Además que estas no sean propensas de causar riesgos ambientales de salud o seguridad, tal y como definido en dichas política. El contratista deberá implementar requisitos en materia de salud y seguridad contenidos en el Plan de Manejo Ambiental y la legislación aplicable; además de las recomendaciones emitidas como resultado de las inspecciones periódicas llevada a cabo como parte de la función de supervisión del Ingeniero. El contratista será responsable de asegurar que tanto el personal de los subcontratistas como el de él mismo, conozcan, comprendan y actúen, de conformidad con los principios y requerimientos ambientales y de seguridad del proyecto, referidos en esta sub-cláusula. Además, de que estándares similares sean aplicados por sus subcontratistas en el manejo y desempeño de sus impactos ambientales y sociales. El programa del Contratista deberá demostrar claramente los procedimientos y métodos de trabajo que el contratista y sus Subcontratistas adoptarán, para cumplir con los requisitos de manejo de los impactos ambientales y sociales. El contratista deberá garantizar la eliminación adecuada de residuos construcción y excavación. El contratista deberá restaurar el sitio a las condiciones originales o a un estado tal y como el que se indique, en los documentos contractuales, tras la finalización de las obras. OTROS TEMAS DE IMPORTANCIA DEL PROYECTO Reasentamiento. A lo largo del Tramo se ubican algunas familias que han construido mejoras en el derecho de vía, por lo que el Contratante ha elaborado un Plan de Acción de Reasentamiento, basándose en las políticas de reasentamiento del BID OP 710. Las familias han sido identificadas mediante un proceso de encuestas socioeconómicas y para la implementación del reasentamiento se ha contratado los Servicios de una empresa Consultora especializada en este tipo de actividades, la que tiene previsto ejecutar varias acciones hasta lograr la reubicación y dejar libre el área de trabajo donde se construirán las obras del Tramo 1: Jícaro Galán – El Amatillo en sus dos Lotes A y B. La implementación del Plan de reasentamiento se planifica estaría finalizando en el primer trimestre del año 2017, sin embargo previo a la emisión de la Orden de Inicio es condición Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 101 contractual con el ente Financiero, que la misma podrá emitirse siempre y cuando se cuente con por lo menos el 70% de la longitud del derecho de vía libre en el área de construcción para que el contratista pueda ejecutar sus labores, dicho porcentaje de longitud libre puede ser discontinua, es decir que podrán ser varios tramos en los que cada tramo deberá tener una longitud tal en la que el contratista pueda realizar sus actividades sin afectar su productividad y rendimientos. Como parte de los esfuerzos para preparar el sitio para la ejecución de las obras, el contratista puede tener que demoler y eliminar un número limitado de estructuras físicas (vallas, señales, pequeños edificios, etc.) que se encuentan dentro del Dderecho de Vía. Sin embargo, El Contratante ha determinado que algunas de esas estructuras no suponen un peligro para el tráfico que pasa y no obstaculiza las actividades de construcción. El Contratista no debe demoler, afectar o dañar de alguna manera estas estructuras que el contratante ha permitido permanecer en el sitio. Antes de iniciar las obras, en cualquier sección del sitio, la Supervisión proporcionará instrucciones claras sobre que estructuras en el derecho de vía deben demolerse y que estructuras debe proteger el contratista de su destrucción o daño. El representante del contratista, la Supervisión, INVEST-H y la firma Consultora que realiza las actividades de reasentamiento, deberán llevar a cabo actividades de campo conjunta, durante la cual el Supervisor del proyecto marcará con pintura aquellas estructuras que el contratista debe demoler. Una vez finalizada la visita sobre el terreno se le emitirá al Contratista la confirmación para acceder al Sitio específico. Oportunamente y mediante Adendum al proceso, previo a la fecha de entrega de las ofertas se informará sobre el estado actual del derecho de vía, mediante diagramas rectilíneos, que está en proceso de elaboración por parte de la empresa responsable de la implementación del Plan de Reasentamiento, se graficará a manera de semáforo el estado de cada Lote A y B en cuanto a los diferentes casos de reasentamiento y se definirá un estimado del tiempo en que el Derecho de Vía de cada uno de los Lotes estará libre al 100% para la ejecución del total de las obras. Bancos de Préstamo de Materiales: El estudio Ambiental ha identificado varios sitios de Bancos de Materiales, sin embargo, el contratista debe asegurarse que los sitios que utilizará para extracción de materiales tienen los respectivos permisos y autorizaciones ambientales de las autoridades competentes. Bajo ninguna circunstancia se permitirá la extracción de material que no tengan los permisos respectivos, la Supervisión en primera instancia y el Contratante respectivamente se asegurarán de este cumplimiento por parte del Contratista. Debe quedar claramente establecido en el contrato de explotación de banco de material si el dueño es privado, la responsabilidad del contratista de restaurar las áreas del sitio que el propietario considere ya explotados y/o en su defecto continuará explotándolas, esto último no exime al contratista de cumplir con todas las medidas ambientales durante la explotación del banco y cierre del banco de materiales. Ver Especificación ETE-17. ETE-02 ROTULOS DE IDENTIFICACION DEL PROYECTO 02.01 Descripción. El Contratista está obligado a colocar tres Rótulos de Identificación del Proyecto de 4.00 por 8.00 metros que indiquen el nombre del Proyecto y en un todo de acuerdo con el diseño detallado que proporcione el Ingeniero Residente con el aval de INVEST-Honduras. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 102 Los Rótulos de Identificación del Proyecto deberán estar colocados dentro de los treinta (30) días calendario posteriores a la comunicación de la Orden de Inicio de los Trabajos por INVESTHonduras, de conformidad a lo establecido en el Contrato de Obra. Los lugares en que se ubicarán los rótulos serán fijados por el Ingeniero Residente (al inicio y final del proyecto) y será responsabilidad del Contratista su conservación en todos los aspectos. 02.02 Medida y Pago. Los rótulos fabricados de acuerdo al diseño proporcionado por el Ingeniero Residente con el aval de INVEST-Honduras y a lo indicado en estas ETE, satisfactoriamente instalados y aprobados por la Supervisión, no tendrán pago directo, sino que el contratista debe incluirlos dentro de su análisis de costos indirectos del proyecto. ETE-03 CONTROL DE MATERIALES Esta especificación suplementaria se regirá por lo indicado en el numeral 1.4.7 de las Especificaciones Generales de Construcción de Carreteras del SOPTRAVI, edición diciembre/1996. 03.01 Fuentes de Abastecimiento y Requisitos de Calidad. El Contratista es responsable de la calidad de los materiales que se utilicen en la obra. Con ese propósito debe a su costa, analizar las muestras representativas de los materiales, de acuerdo con los métodos que se indican en las Especificaciones Generales de Construcción de Carreteras de SOPTRAVI (Edición diciembre/1996) estas Especificaciones Especiales, u obtener los certificados del productor del material de que se trate, para someterlos con la suficiente anticipación, al conocimiento y aprobación del Ingeniero Residente. En cualquier momento o cuando el Ingeniero Residente considere necesario verificar los análisis, tomará conjuntamente con el Contratista, quien las suministrará a su costa, las muestras representativas del tipo y cantidad prescritas en cada caso, para tal fin. El Ingeniero Residente puede, a su juicio, aceptar el o los certificados respectivos en vez de hacer los análisis. A menos que se indique lo contrario, todos los materiales utilizados en la obra serán provistos por el Contratista de fuentes de su elección. El Contratista notificará al Ingeniero Residente sobre las fuentes de materiales propuestas, lo más pronto posible para así facilitar la inspección y prueba de los materiales. Cuando las fuentes de abastecimiento para materiales previamente aprobadas no suministren productos uniformes y satisfactorios, o si el producto de cualquier fuente resulta ser inaceptable en cualquier momento, el Contratista deberá proveer materiales de otras fuentes. A excepción de las fuentes operadas comercialmente, no se realizará ningún trabajo en la fuente hasta que haya un plan de desarrollo de la misma aprobado por escrito por el Gerente de Proyecto y revisado por el Coordinador del proyecto. Las fuentes de materiales locales pueden ser mostradas en los planos y descritas en las Disposiciones Especiales. La calidad del material en dichos depósitos será generalmente aceptable previa confirmación de la Supervisión, pero el Contratista será responsable de la determinación de la cantidad y el tipo de equipo y trabajo requerido para producir un material que cumpla con las especificaciones dadas. Se debe entender que no es factible predecir el comportamiento de la totalidad de la fuente por un número limitado de muestras y variaciones en los valores obtenidos serán normales y han de esperarse. El Ingeniero Residente podrá Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 103 ordenar una selección especial de material de una porción dada de la fuente y podrá rechazar cualquier porción de la fuente por inaceptable. A menos que se indique lo contrario, no se harán pagos directos para el desarrollo, preparación, control de erosión y restauración de fuentes de material o áreas y sitios de trabajo relacionados. Las fuentes seleccionadas por el Contratista deberán estar en acuerdo con los siguientes requerimientos que apliquen: (a) Cuando el Contratista elige utilizar material de fuentes fuera de las marcadas por el Estado en los planos y descritas en las Disposiciones Especiales, el Contratista será responsable de determinar si los materiales de las fuentes seleccionadas están de acuerdo con los requerimientos de calidad del contrato. (b) El Contratista deberá adquirir los derechos necesarios para tomar materiales de la fuente y serán a su cargo todos los costos relacionados: el derecho de explotación, licencias y tasas municipales, exploración, control de erosión y restauración. (c) Cuando no haya fuentes designadas por El Estado, el Contratista será responsable de adquirir una fuente, determinar la calidad y cantidad de material y determinar la cantidad y tipo de equipo y trabajo necesario para producirlo. La aprobación para el uso de material proveniente de fuentes seleccionadas por el Contratista dependerá de que éste provea al Ingeniero Residente evidencia satisfactoria tal como informes de pruebas de laboratorio y datos históricos sobre su comportamiento, si hay disponibles, que indiquen que la calidad del material es aceptable y será producida de la fuente. Si los resultados de las pruebas que ordene el Ingeniero Residente demuestran que los materiales no satisfacen los requerimientos de calidad, al Contratista no le será permitido incorporar ninguno de éstos materiales en el proyecto. El Contratista deberá cargar con todos los costos asociados con disponer de los materiales y proveer otras fuentes. La inspección puede hacerse en los lugares de fabricación o producción de los materiales, para lo cual el Ingeniero tendrá libre acceso a aquellas partes de la planta dedicada a la fabricación o producción de los materiales con destino a la obra, y el Contratista debe proporcionarle los medios necesarios para la obtención de las muestras, a efecto de verificar si los materiales se ajustan a los requisitos de las Especificaciones (Generales y Especiales). Las muestras de cada fuente de abastecimiento deben llevar una etiqueta con la siguiente información: nombre de la obra, uso que se le dará al material, nombre del productor, cantidad de la cual la muestra es representativa, fecha en que se obtuvo la misma y cualquier otra información pertinente al material o producto. 03.02 Administración de Fuentes de Materiales. Excepto de fuentes comerciales, las operaciones en una fuente de material deberán ser conducidas por el Contratista de acuerdo a los siguientes requerimientos: (a) El Contratista tiene que controlar las operaciones antes, durante y después de la explotación en las áreas de trabajo, canteras, taludes y bancos de préstamo a efecto Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 104 de que la erosión sea minimizada y el sedimento no entre a los arroyos u otros cuerpos de agua. (b) Se puede requerir la separación de áreas con diques u otras barreras, el tratamiento de contaminantes mediante filtración, la construcción de depósitos de sedimentación, u otros medios aprobados. (c) Para la explotación de lechos de ríos se deberá cumplir con lo indicado en las Disposiciones Especiales al respecto, incluyendo la normativa de la Dirección de Fomento Minero en la cual indica la forma de intervención y restauración del lecho, así como los posibles efectos y medidas de mitigación aguas arriba y aguas abajo. (d) El agua del lavado de agregados u otras operaciones que produzcan sedimentos, tiene que ser tratada para evitar que los mismos se derramen en vertientes mediante filtración, charcas de sedimentación u otros medios que reduzcan el contenido de sedimento a no más de aquel que tenga el arroyo o lago en el cual se descargue. (e) Todas las áreas de fuentes de material, de desperdicios o de disposición, tienen que ser localizadas de manera que no derramen sobre la carretera ni se deposite el agua ni permanezca estancada, proveyendo un drenaje adecuado. Deben ser explotadas, de manera que, en lo posible, no sean visibles desde ninguna carretera pública. (f) Se requiere que para la restauración de las fuentes de materiales, la capa superior del suelo se quite y se almacene para utilizarse luego en la formación y restauración del lugar. Después que la fuente ha servido su propósito, todo el material de desecho almacenado fuera de la misma, en lo posible, será devuelto a ésta. La fuente tiene que ser formada en declives y recortada con la pendiente natural del terreno a manera de favorecer el drenaje natural. El material de capa superior del suelo almacenado tiene que ser, entonces, esparcido uniformemente sobre los costados y fondo de la fuente. La restauración final tiene que incluir el establecimiento de una cubierta vegetal u otros tratamientos necesarios que adecuarán el sitio de la fuente con el área circundante. 03.03 Materiales Importados. Los materiales importados que deban ser incorporados a la obra, deben de venir amparados por un Certificado de Calidad del Fabricante. Adicionalmente el Fabricante deberá proporcionar al Contratista los resultados de los ensayos hechos en fábrica, identificando claramente el lote del material de que se trate. El Certificado de Calidad debe venir firmado y autenticado por el fabricante del material o de las piezas ensambladas y debe estipular que todos los materiales incorporados cumplen con todos los requisitos de calidad especificados. El Ingeniero Residente podrá muestrear y hacer los ensayos del material aun cuando éste venga amparado de un certificado de calidad. El hecho de que un material o equipo o ensamble de piezas venga amparado por un certificado de calidad, no releva al Contratista de su responsabilidad de la calidad del material que propone incorporar a la obra. El Contratante se reserva el derecho de rechazar el uso de un material sobre la base de un certificado de calidad. Si éste fuera el caso, el Contratista deberá proveer las facilidades y efectuar los arreglos para los ensayos a efectuarse en un laboratorio independiente en Honduras, o fuera de Honduras, revisado por el Supervisor y con el Visto Bueno del Contratante Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 105 Todos los documentos relativos a la importación de materiales; incluyendo, pero no limitándose a la correspondencia, documentos de oferta, planos de trabajo y datos deberán estar escritos en idioma español y todos los datos numéricos deberán utilizar el sistema métrico. 03.04 Prueba de Materiales. Todos los materiales están sujetos a inspección, muestreo, pruebas, repetición de pruebas y rechazo, en cualquier momento antes de la aceptación del trabajo. Cuando el Contratista, bajo su riesgo use materiales que no han sido aprobados, lo hará bajo su responsabilidad; pero si se encuentra que estos son inaceptables, no serán pagados y tienen que ser removidos a expensas del Contratista. Cuando se haga referencia en las bases o en el contrato a una especificación o método de ensayo, la referencia tiene que indicar la especificación o método de ensayo que esté en vigencia al momento de la presentación de la oferta. Las muestras para aprobar los materiales tienen que ser tomadas por el Contratista, utilizando un instrumento de ensayo aprobado bajo la supervisión del Ingeniero Residente, y en el momento o intervalo que se le indique. En todo momento durante el transcurso del trabajo, el Contratista tiene que mantener personal adecuado y con la experiencia requerida para tomar las muestras ordenadas por el Ingeniero Residente. 03.05 Almacenamiento de Materiales: Los materiales tienen que ser almacenados de manera que se asegure la conservación de sus cualidades y aptitudes para la obra. Aun cuando hayan sido aprobados antes de ser almacenados, pueden ser nuevamente inspeccionados. Tienen que ser localizados de modo que se facilite su rápida inspección. Partes aprobadas de la servidumbre de paso o el derecho de vía pueden ser utilizadas para propósitos de almacenaje y para la instalación de planta y equipo del Contratista, pero cualquier espacio adicional que se necesite para tales fines tiene que ser provisto por el Contratista sin costo alguno para El Contratante. El Contratista deberá obtener un permiso escrito del propietario o arrendatario para poder usar la propiedad privada para almacenamiento de materiales o para instalaciones de las plantas. Cuando se requiera, se tiene que entregar una copia al Ingeniero Residente. Todas las áreas de almacenamiento temporales e instalaciones de la planta tienen que ser restauradas a su estado original por el Contratista de una manera aceptable al Ingeniero Residente y sin costo alguno para El Contratante. 03.06 Bancos de Materiales. A solicitud del Contratista, El Contratante colaborará en la obtención de los derechos para la explotación de bancos de materiales, ya sea que estén o no designados en los planos y/o Disposiciones Especiales, así como para hacer uso de la propiedad para la instalación de las plantas, caminos de acarreo y otros fines. La responsabilidad de los bancos de materiales húmedos y de cantera a emplearse en el proyecto es del Contratista. El Contratista será el responsable de la obtención de los permisos para la extracción de material y eso deberá ser reflejado en la ficha de precios unitarios que presenten. Los bancos indicados en los planos y/o descritos en las Disposiciones Especiales, son los que el Contratante estima como posibles fuentes de materiales a usarse en los trabajos. La información, muestras y pruebas relacionadas con los análisis de los materiales para l a Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 106 construcción del Proyecto y diseñados previamente, pueden ser consultadas por el Contratista en el Informe final de Diseño del Proyecto. Ya sea que el Contratista decida usar los bancos indicados en los planos y/o descritos en las Disposiciones Especiales, u opte por usar bancos diferentes, debe previamente efectuar todas las pruebas de laboratorio necesarias a efecto de someterlas, con suficiente anticipación a su uso, a la consideración del Ingeniero Residente y que éste apruebe los bancos propuestos por el Contratista. Estos nuevos bancos deberán cumplir con las Disposiciones Ambientales. El Contratista debe determinar por su cuenta, el equipo y trabajo necesarios para obtener un producto acabado y uniforme, que llene los requisitos de las Especificaciones (Generales y Especiales) y si fuere necesario debe sin costo adicional, mezclarlo con otros materiales. Como no es factible obtener de las muestras, datos exactos del depósito completo, el Ingeniero Residente puede ordenar la obtención del material de sólo una parte del banco, rechazando el resto del mismo por inaceptable. Al finalizarse la extracción de material de cualquier banco, el Contratista debe de presentar al Ingeniero Residente una certificación en la que haga constar que dejó el banco o cantera en condiciones ambientales satisfactorias, así como que cumplió debidamente con los requisitos del permiso para su utilización y que exime al Contratante de todo reclamo, por este concepto. No se reconocerá pago alguno por la importación de material que pudo ser producido en los bancos de material del proyecto, por lo tanto, cuando decidan que han terminado de explotar un banco de material, deberán indicar si se puede o no seguir extrayendo material del mismo, para que fines y en qué cantidad aproximadamente. ETE-04 PROGRAMACION DEL MANTENIMIENTO DEL TRANSITO 04.01 El Contratista deberá programar y organizar los trabajos del presente Proyecto, de forma tal, que se ocasione el mínimo de molestias y retrasos a los vehículos que circulen por el tramo de la carretera durante el período de construcción. La programación y las actividades para el Mantenimiento del Tránsito se regirán por el numeral 1.4.3 y la sección 631 de “Las Especificaciones Generales”, y por lo indicado en las presentes Especificaciones Técnicas Especiales. El Contratista debe proporcionar y mantener a su costa las barreras, las señales de precaución y dirección, las banderas rojas y luces de prevención que sean necesarias para la protección del trabajo y los trabajadores, la seguridad del usuario y la conveniencia del público. El Contratista se obligará a colocar todas las señales de tránsito durante la ejecución de los trabajos, como así también en los desvíos. Deberá mantener personal entrenado que dirija el tránsito, la disposición de las señales de seguridad y la construcción de desvíos, durante las 24 horas del día y mientras transcurre el período de construcción. Durante las horas nocturnas, deberá señalizar con rotulación luminosa las áreas de trabajo que constituyan un alto riesgo a la seguridad de los vehículos y usuarios, dicho riesgo será identificado por la Supervisión. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 107 El Contratista deberá proponer las soluciones para el mantenimiento del tránsito en los lugares de trabajo, y responder a los requerimientos del Ingeniero Residente para el mejoramiento de los mismos. 04.02 La programación considerará que se debe mantener el tránsito público en ambas direcciones. En caso de fuerza mayor, se permitirá el paso de los vehículos en un solo sentido por períodos no mayores a los 20 minutos para la espera y paso. Este período delimitará la longitud de la sección de trabajo. Para el caso de que sea necesario realizar el corte del tránsito, el Contratista instalará rótulos en los lugares previos al punto de corte, indicando la obligación de hacer una sola fila de vehículos en la espera y la prohibición de hacer una doble fila, adelantar a otro vehículo que esté en espera o rebasar a otros vehículos en el tramo de tránsito restringido. Los rótulos se ubicarán a partir de 500 metros con anterioridad al punto de corte y con una frecuencia de uno a los 500, 400, 300, 100 y 50 metros. La ausencia de los rótulos obligará al Contratista a mantener el tránsito en su condición normal. De ser necesario, para evitar condiciones que no permitan mantener fluido el tráfico en ambos sentidos, deberá solicitar el Contratista con la aprobación del Ingeniero Residente la intervención de la Policía para hacer respetar estas disposiciones. Para los casos en que se deba hacer uso de explosivos, el Ingeniero Residente podrá autorizar períodos sin tráfico con una duración de hasta 60 minutos. En estos casos se cerrará la carretera al tráfico y se escogerá para ello las horas de menor circulación de vehículos, teniendo en consideración también la seguridad de los trabajadores del Contratista, y usuarios de la carretera. Se deberá contar con un sistema de radio para la comunicación entre los extremos de las secciones de trabajo. 04.03 En la programación de los trabajos para el mantenimiento del tránsito público, podrá ser necesario permitir la circulación de los vehículos sobre alguna de las capas asfálticas intermedias o inferiores. Será condición del presente Contrato, que el Contratista sea el encargado y responsable del mantenimiento y la conservación de la calidad de estas partes de la obra hasta su total conclusión, sin pago especial. 04.04 Mas allá de lo expresado en los numerales anteriores de la presente ETE, se deberá aplicar en todos los frentes de trabajo, “SIN EXCEPCION”, lo dispuesto en el “Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes para el Control del Tránsito” en lo referente a la sección “Señales de Prevención para la Ejecución de Trabajos en las Vías”, Edición diciembre/2000. Dicho instructivo puede consultarse y adquirir copia electrónica ingresando a la página de su sitio web www.sieca.org.gt/site/Enlaces.aspx?ID=005007 cualquier uso o informe relacionado con este manual deberá reconocerse únicamente la fuente empleada, esta especificación es aplicable a las Supervisiones y Contratistas, locales o internacionales involucrados en los proyectos en el País. 04.05 El Contratista deberá efectuar las publicaciones necesarias en los medios de comunicación de la localidad y en un (1) diario de mayor circulación, cuando por razones de la construcción, deba/n cerrarse determinado/s tramo/s, indicando las horas en que estarán cerrados al tránsito público y las precauciones y caminos alternativos que este debe tomar, siempre y cuando, cuente con la debida autorización por escrito del Ingeniero Residente. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 108 Dicha publicación deberá ser a tres columnas por seis (6) pulgadas de alto, durante los tres (3) días previos al cierre previsto del tramo o tramos. 04.06 Medición y Pago: No se realizará ningún pago por la provisión de la totalidad de los dispositivos indicados en la presente ETE, instalados en todos los frentes de trabajo, aprobados por el Ingeniero Residente, es responsabilidad del contratista la Programación de los Trabajos para Garantizar el Mantenimiento del Tránsito y con las medidas de seguridad indicadas en esta ETE. ETE-05 MANTENIMIENTO GENERAL DE LA CARRETERA El Contratista deberá proveer el mantenimiento continuo de la totalidad de la carretera en el tramo del Proyecto durante todo el proceso constructivo. Los trabajos de mantenimiento incluirán todas las actividades necesarias con el objetivo de que el tramo se encuentre en condiciones aceptables de tránsito durante todo el período constructivo. La actividad no permitirá la existencia de baches, hundimientos, lagunillas de agua, problemas de drenaje y todas las tareas relacionadas con el mantenimiento rutinario de la carretera. Las actividades estarán regidas por el Manual de Carreteras de SOPTRAVI, Tomo 5, parte final. El mantenimiento de la carretera deberá significar una mejora en el estado de condición, comparada con la condición en que es recibida. La responsabilidad del Contratista incluirá el respaldo en materia de seguridad al usuario durante el período constructivo. 05.01 Medida: La actividad de mantenimiento descrita será medida en su totalidad y aprobada a satisfacción por el Ingeniero Residente. No se realizarán mediciones parciales y solamente se aprobará por la condición de mantenimiento del tramo en su totalidad. 05.02 Pago. El pago se considerará incluido en los demás rubros del contrato y costos indirectos. El retraso en la ejecución total de esta actividad durante un mes, dará lugar a la desaprobación de la estimación correspondiente hasta que se verifique la realización de la totalidad de las tareas que indiquen una mejora en el estado de condición de la carretera. ETE-06 PROVISION DEL LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD La Empresa Contratista deberá contar con un Laboratorio de Control de Calidad convenientemente instalado en un edificio de material noble. Dicha construcción, de una superficie no menor de 150.0 m2, deberá ser aprobada por el Ingeniero Residente. El Laboratorio de Control de Calidad deberá estar equipado con la totalidad,- sin excepción de los equipos e instrumentos, necesarios y suficientes, que requieran los ensayos especificados en los documentos contractuales y el programa de trabajo aprobado. Por otra parte, deberá estar provisto de las Normas de Ensayo especificadas, redactadas en idioma inglés y acompañadas de una traducción simple al español. El local y los equipos e instrumentos correspondientes al Control de Calidad de un determinado ítem, serán provistos por la Empresa Constructora a partir de la fecha de la Orden deInicio del proyecto. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 109 Si se comprobará el incumplimiento de lo establecido en la presente ETE, la Empresa Constructora será sancionada con una retención del CINCO POR CIENTO (5%) del monto total estimado en el periodo, por la falta de Provisión del Laboratorio de Control de Calidad, comprobada la infracción por medio de un acta específica asentada. La devolución de la retención se hará cuando se haya cumplido el 100% y a satisfacción de la Supervisión, el resarcimiento de la infracción cometida. El Equipo mínimo de laboratorio es el siguiente: Equipo para Suelos y Agregados Juegos de mallas estándar Juego de equipo para determinación de los límites líquido y plástico ASTM D 4813-00 54 Equipos de ensayo Proctor Modificado ASTMD 1557 Equipos de CBR ASTM D 1883-99 Equipos para determinación de la densidad de suelos en campo, método del cono de arena ASTM D 1556-00 Equipo para la determinación del equivalente de arena ASTM D 2419 Densímetro Nuclear Equipo para Mezclas Asfálticas y Asfaltos Equipo Marshall Equipo para extracción de asfalto ASTM 2172-01. Equipo para determinación de la Máxima Gravedad Especifica Teórica ASTM 2041-00. 3 2 3 1 3 1 1 1 1 1 Equipo para la determinación de la gravedad específica aparente y el peso unitario compacto de las muestras asfálticas ASTM D 1188-96 (02) 1 Equipo para la determinación de la densidad de la mezcla compactada en pista AASHTO T-230. 1 Equipo para la determinación de la pérdida por desgaste mediante el ensayo Cantabro NLT 352. 1 Equipo para la determinación de la Ductilidad ASTM D 113-99 1 Equipo para la determinación de la Penetración ASTM D 5-97 1 Equipo para la determinación la Viscosidad Cinemática ASTM D 21-70 1 Equipo para la determinación de Punto de Ablandamiento ASTM D 36 1 Equipo para la determinación el Coeficiente de Resistencia al Deslizamiento ASTM E 303 1 Aditamento para Ensayo de Tracción Indirecta. 1 55 Equipo para Control de Calidad del Concreto Hidráulico 1 Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento ETE-07 110 RETIRO DE ESTRUCTURAS 07.01 Alcance: Esta Especificación Suplementaria estará regida por la Sección 202 de las Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras de SOPTRAVI (Ahora INSEP), edición Diciembre/96. El Contratista no podrá ingresar a la zona de los trabajos, hasta que el derecho de vía se encuentre totalmente liberado (los espacios a liberar del DV son exclusivamente las áreas necesarias para ejecutar las obras, es decir la línea borde de construcción más una franja de seguridad de 3 metros, identificada en los planos 07.02 Requerimientos Constructivos 07.02.01 Generalidades: Los materiales perecederos inutilizables deben ser eliminados mediante un método que considere el ecosistema y que deberá ser aprobado por el Ingeniero Residente. Los materiales no perecederos deberán ser dispuestos fuera de la vista del proyecto pudiendo ser enterrados en el área del proyecto con cobertura adecuada (espesor mínimo 0.30 m) con una conformación acorde al paisaje con medidas de mitigación ambiental aprobadas por el Ingeniero Residente. El Contratista también podrá depositar estos materiales fuera de la vista del proyecto en ubicaciones fuera del Derecho de Vía; para ello propondrá los lugares y las medidas ambientales al Ingeniero, con la aprobación de éste, el Contratista efectuará los acuerdos con los propietarios de las zonas de depósito propuestas y/o Entes gubernamentales que puedan tener jurisdicción. Copia de estos acuerdos serán entregados al Ingeniero previo al inicio de las tareas de traslado de los materiales no perecederos. El costo de estos lugares de depósito no tendrá pago propio y estará incluido en el precio cotizado para el ítem que corresponda. Todo el material recuperable que así fuese indicado será quitado, evitando maltrato innecesario, en secciones o partes que puedan ser transportadas fácilmente, debiendo ser almacenado por el Contratista en los lugares del proyecto ya especificados, o como de otra forma fuese indicado en las disposiciones especiales. Todos los materiales recuperados, no indicados por el Ingeniero, quedarán en poder del Contratista, quién deberá proceder a retirarlos del área del proyecto con un plazo establecido por el Ingeniero Residente. Los cimientos o huecos ocasionados por el retiro de las estructuras, ubicados en zonas de terraplenes deberán ser rellenados y compactados, según se indica en la Sección 203.02 (c) de las Especificaciones Generales. 07.02.02 Demolición y Remoción de Pavimento, Aceras, Bordillos, etc. Todos los pavimentos de concreto, capas de base, aceras, etc., que estén señalados para su remoción, deberán ser: (a) Quebrados en pedazos y utilizados como revestimiento en el proyecto o; (b) Quebrados en pedazos, el volumen de los cuales no deberá exceder los 28 decímetros cúbicos por pieza y apilado en lugares del proyecto designadas a tal efecto, a fin de que los utilice el Gobierno, o bien; (c) De otro modo, se dispondrá de dicho material en la forma que sea ordenada. Cuando así se especifique, el balastro, grava, material bituminoso, o cualquier otro material para pavimentación o acabado, deberán ser removidos o apilados como se requiere en la sub- Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 111 sección 202.02 (a) de las Especificaciones Generales, de lo contrario, se deberán eliminar tales materiales según sea ordenado. (d) Pago: este será el número de unidades que hayan determinado el Contratista y el Ingeniero Residente por el precio unitario indicado en el Formulario de la Oferta, se pagará únicamente la extracción conforme la sección 202.02 de las Especificaciones Generales de SOPTRAVI, Edición 1996, y el transporte fuera de la zona de las obras. ETE-08 LIMPIEZA DEL DERECHO DE VÍA 08.01 Descripción. Este trabajo deberá consistir en la limpieza general del Derecho de Vía de la carretera en conformidad con estas especificaciones. La zona a limpiarse deberá ser la franja de 40 metros de ancho del Derecho de Vía. Además, la primera actividad en el campo deberá ser la realización del marcaje de los límites de construcción (con estacas o método similar) de acuerdo a lo indicado en los planos, así mismo el corte de árboles dentro del derecho de vía en caso de que los hubiere como se indica en la ETE-29, ya que estas tareas son indispensables para el inicio de la reubicación de los servicios públicos y privados. Cuando existan viviendas o edificaciones que se encuentren a una distancia del límite de construcción más tres metros, el contratista limitará la actividad de Limpieza a dicha distancia mínima, en el caso de que no haya ningún elemento de este tipo completará la limpieza en todo el ancho de la franja del derecho de vía de la carretera. La limpieza consistirá en despejar el terreno indicado de ramas y árboles caídos, troncos, matorrales secos y escombros, así como talar y destruir árboles peligrosos, según sea ordenado por el Ingeniero, dentro de la zona que se esté despejando y la quema o la eliminación en otra forma de los desechos, según sea ordenado por el Ingeniero. Esa limpieza también deberá incluir la remoción en las zonas bajo cultivo o sembradas de todas las plantas secas y de basura de plantas y deberá incluir plantas vivas de cultivo cuando lo ordene el Ingeniero. 08.02 Requisitos para la construcción. El esmero en la limpieza deberá ser relativo, para que se mantenga en consonancia con los alrededores. No se requerirá el uso de rastrillo de mano, ni cualquier forma similar de tratamiento excesivo. La intensidad de esa limpieza deberá ser disminuida gradualmente desde el prisma de construcción del camino hacia afuera hasta los límites de limpieza o lindero señalado por el Ingeniero, con el objeto de lograr una transición natural en el tratamiento y con el fin de evitar contrastes notables entre lo artificial y lo natural. Como regla general, la primera faja de 6 metros más cercana al camino deberá estar prácticamente exenta de toda la leña menuda y otras sueltas, excepto aquellas de aproximadamente tres centímetros o menos, de grueso o diámetro. La segunda faja de 6 metros de ancho deberá ser exenta de prácticamente toda la leña menuda o partículas sueltas que excedan de aproximadamente 5 centímetros de grueso o diámetro y la tercera faja de 6 metros de ancho se deberá limpiar de prácticamente toda la leña menuda y partículas sueltas que excedan, aproximadamente los 7 centímetros de grueso o diámetro. Los árboles y troncos señalados para su remoción deberán ser cortados al ras del terreno. Los tocones que se encuentran dentro de las zonas designadas para limpieza, también deberán ser cortados a ras del terreno. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 112 La basura procedente de las operaciones de limpieza deberá ser eliminada 08.03 Medición. La superficie que se pagará será el número de kilómetros y fracciones de los mismos, de terreno aceptablemente limpiado en toda la superficie según la estaquilló o señaló el Ingeniero y de acuerdo con las presentes estipulaciones. La superficie se computará por las dimensiones medidas horizontalmente. 08.04 Forma de pago. La cantidad determinada de acuerdo con lo estipulado arriba, al precio del contrato por unidad de kilómetros, que estén incluidas en el pliego de licitación, cuyo precio y pago será la compensación total de todo el trabajo ordenado bajo esta sección, excepto por trabajo extra debido a algún manejo adicional de materiales de desecho, a causa de su quema retrasada según órdenes del Ingeniero y que no hubiese sido necesaria por culpa o negligencia del Contratista. ETE-10 SOBRE ACARREO: 10.01 Descripción: Este trabajo deberá consistir de la transportación autorizada del material obtenido como excavación desde su localización original hasta su localización final en la construcción de terraplenes, en exceso de la distancia de acarreo libre. Esta disposición final del material será propuesta por el Contratista y autorizada por la supervisión en función de los temas ambientales y control de costos del proyecto. La distancia de acarreo libre es la distancia especificada que el material excavado deberá ser acarreado sin compensación adicional. A menos que se especifique de otra forma en el contrato, la distancia de acarreo libre deberá ser de 600m. 10.02 Medición: Para determinar lo que constituye acarreo adicional autorizado, se asumirá que el material sacado de la excavación será depositado en el terraplén después de haber sido acarreado la distancia más corta. La distancia de acarreo adicional para el material obtenido dentro de los límites de la calzada y colocado dentro de los límites de la calzada será medida a lo largo de la línea de centro de la calzada. No se harán concesiones para movimientos transversales o laterales del material excavado, los materiales movidos hacia o desde áreas designadas fuera de los límites de la calzada; tales como fosa de préstamo, áreas de desecho, etc.; no serán considerados para pago de este ítem de sobre acarreo. Si el Contratista elige acarrear material por otra ruta, y tal ruta es más larga, el cómputo para el pago será basado en la distancia de acarreo adicional medida a lo largo de la ruta designada por el Ingeniero. El acarreo adicional será medido por el metro cúbico de material compactado y colocado en la sección del terraplén, multiplicado por la distancia en kilómetros desde su original hasta su colocación final. El número de metros cúbicos - kilómetros de acarreo adicional a ser pagados, deberá ser el número de metros cúbicos de material de acarreo adicional multiplicado por la distancia de acarreo en kilómetros. 10.03 Forma de pago: Las cantidades determinadas según 10.02, serán pagadas al precio unitario del contrato por metro cúbico- kilómetro, cuyo precio y pago deberá ser compensación total por toda la mano de obra, equipo, herramientas e imprevistos necesarios para completar el trabajo indicado en esta sección. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 113 No se hará ningún pago por acarreo adicional para los materiales de sub-base, base, carpeta asfáltica, derrumbes, excavaciones no utilizadas en terraplenes, materiales granulares para revestimiento de muros y subdrenajes, arena y grava, ni para materiales enviados a sitios de bancos o botaderos. Cuando la Oferta de licitación no muestra cantidades estimadas, para "acarreo adicional", el acarreo será considerado como una obligación subsidiaria del Contratista bajo otros ítems del Contrato. ETE-11 MATERIAL DE BASE TRITURADA Esta especificación suplementaria estará regida por la Sección 304.02 de las Especificaciones Generales de SOPTRAVI, edición diciembre/1996. 11.01 Descripción. Este trabajo consiste en la obtención y explotación de canteras y bancos; la trituración y/o clasificación cuando sean necesarias, de piedra o grava, combinándolas con material de relleno para formar un agregado clasificado; el apilamiento y almacenamiento, transporte, colocación, tendido, mezcla, humedecimiento, conformación y compactación del material de base triturada; la regulación del tránsito; así como el control de laboratorio de todas las operaciones necesarias para construir la base triturada en una o varias capas, conforme lo que indiquen los planos, ajustándose a los alineamientos horizontal y vertical y secciones típicas de pavimentación correspondientes, dentro de las tolerancias estipuladas, de conformidad con la sección 304 de las Especificaciones Generales de SOPTRAVI. 11.02. Agregados. Las partículas que constituyan estos agregados deben ser duras, limpias, resistentes, estables, libres de películas superficiales, de raíces, de restos vegetales y no contendrán partículas que tengan forma de laja o de aguja, piedra quebrada, escoria quebrada o grava quebrada. a. Abrasión. La porción de agregado retenida en el Tamiz 4.75 mm (N° 4), no debe tener un porcentaje de desgaste por abrasión determinado por el método AASHTO T 96, mayor de 35. b. Partículas con caras fracturadas: No menos del 50% en peso de las partículas retenidas en el Tamiz 4.75 mm (N° 4), deben de tener al menos dos caras fracturadas. c. Impurezas. El material de base granular debe estar exento de materias vegetales, basura, terrones de arcilla o sustancias que incorporadas dentro de la capa de la base granular puedan causar fallas en el pavimento. d. Graduación. El material para capa de base granular debe llenar los requisitos de graduación, determinada por los métodos AASHTO T 27 y AASHTO T 11, para el tipo indicado en estas Especificaciones Técnicas Especiales, como se establece en la tabla siguiente. Cuadro 31-1 Tipos de Graduación para material de Base Granular: Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 114 Porcentaje pasando AASHTO T27 y T11 Abertura de la malla mm (plg) 37.5 1 1 / 2” 25.0 1” 19.0 3/ ” 4 60 – 90 9.5 ⅜” 45 – 75 4.75 N° 4 35 – 60 2.0 mm Nº 10 25 - 50 0.425 N° 40 15 – 30 0.075 N° 200 3 - 10 100 70 - 100 Notas: 1) El porcentaje que pasa el Tamiz 0.075 mm (N° 200), debe ser menor que 2/3 del porcentaje que pasa el Tamiz 0.425 mm (N° 40). 2) Si las condiciones de los materiales del proyecto no permiten obtener la granulometría antes descrita, se utilizará la granulometría que indique el Ingeniero. e. Plasticidad. El material de la capa de base granular, en el momento de ser colocado en la carretera, no debe tener un Índice de Plasticidad mayor de 6, determinado por el método AASHTO T 90, ni un Límite Líquido mayor de 25, según AASHTO T 89, determinados ambos sobre muestra preparada en húmedo de conformidad con AASHTO T 146. f. Sanidad. El resultado del ensayo de cinco ciclos en sulfato de sodio, AASHTO T104, debe ser 12% máximo. La granulometría de los agregados se obtendrá quebrando, cerniendo y mezclando si es necesario. El agregado fino, material que pasa la malla 4.75 mm, consiste en arena natural o quebrada, y partículas minerales finas. 11.03 Agua. De acuerdo con la sub-sección 714.01 de las Especificaciones Generales. El agua que se utilizará en el mezclado deberá ser razonablemente limpia, libre de aceite, sales, ácidos, álcalis, azúcar, vegetales u otras substancias perniciosas para el producto terminado. El agua podrá verificada acorde a lo indicado en la especificación AASHTO T26; el agua nominada potable podrá ser usada sin ser sometida a ensayos. Cuando la fuente de agua sea poco profunda, deberán tomarse las precauciones que sean necesarias para excluir el limo, barro, u otras sustancias extrañas. 11.04 Equipo de Extendido o Distribución: Los equipos de extendido deben ser capaces de distribuir la mezcla de materiales de acuerdo a los requerimientos, pendientes y coronamiento, en los espesores y anchos diseñados, sin permitir la segregación de los materiales. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 115 11.05 Equipos de Compactación: El número y las características de los equipos de compactación deben ser acordes a la superficie y espesor de mezcla que se debe compactar. Los rodillos deben ser autopropulsados, con llantas metálicas, neumáticos, rodos vibratorios o una combinación de ellos, capaces de revertir su movimiento sin desplazar o arrancar la mezcla. La composición mínima del equipo debe ser de un (1) compactador vibratorio de rodillos metálicos o mixtos, y un (1) compactador de neumáticos. a. Rodillos metálicos lisos. Los rodillos vibratorios deben contar con controles separados para la energía de vibración y de propulsión y deben ser capaces de compactar la mezcla a la densidad especificada. El peso estático de los equipos o la operación vibratoria, no debe producir la degradación granulométrica de los agregados pétreos. b. Rodillos neumáticos: Los compactadores de neumáticos deben ser capaces de alcanzar un peso de entre 25 y 35 toneladas métricas (t = 1,000 Kg) y una carga por rueda de 5 toneladas métricas. Deben contar con llantas lisas, en número, tamaño y configuración tales que permitan el solape de las huellas de las delanteras y traseras. c. Equipos de Pequeñas Dimensiones: En los lugares inaccesibles para los equipos de compactación normales, se deben emplear equipos de tracción manual o mecánica. Pueden ser de placa o de rodillos, siendo la aplicación del esfuerzo vibratorio. En todos los casos su empleo debe ser autorizado por el Ingeniero Residente de la Supervisión de los trabajos. 11.06 Preparación de la Superficie: Las capas de estabilizado no se deben extender hasta que se haya comprobado que la superficie sobre la que haya de asentarse, tenga las condiciones de calidad y forma previstas en el proyecto, con las tolerancias establecidas. Para ello, además de la eventual reiteración de los ensayos de aceptación de dicha superficie, el Ingeniero Residente de la Supervisión puede ordenar el paso de un camión cargado, a fin de observar su efecto sobre la misma. Si en la citada superficie existieran defectos o irregularidades que excediesen las tolerables, se deben corregir antes del inicio de la puesta en obra del estabilizado granular. Las capas no deberán exceder 200 mm de espesor compactado, siempre y cuando el mezclado in situ pero con equipos ambulo-operantes de alta energía de mezclado. Cuando sea necesario colocar más de una capa, se debe proceder de acuerdo con “Conformación y compactación”. 11.07 Conformación y compactación: El agregado deberá ser conformado ajustándose al alineamiento y secciones típicas requeridas. La compactación continuará hasta obtener una densidad no menor que el 100% de la densidad máxima determinada por la norma AASHTO T 180, método D. La humedad óptima de compactación, deducida del ensayo AASHTO T-180, puede ser ajustada a la composición y forma de trabajo del equipo de compactación, según los ensayos realizados en el tramo de prueba. La superficie deberá ser mantenida durante la operación de compactación con una textura uniforme, y de modo que los agregados permanezcan firmemente trabados. El agua deberá aplicarse sobre los materiales de la base durante la compactación cuando sea necesario para una Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 116 consolidación adecuada. La densidad en sitio, será determinada utilizando AASHTO T 238 y 239, AASHTO T 91 u otros métodos aprobados por la Supervisión. La compactación de la base deberá comenzar en los bordes y avanzar hacia el centro, con excepción de las curvas con súper-elevación, donde la compactación comenzará en el borde interno de la curva y avanzará hacia el borde superior. 11.08 Tolerancia superficial: El acabado de la superficie será de forma tal que las desviaciones no excedan de 12 mm, controlado en forma longitudinal o transversal, medido por medio de un escantillón de 3 m de largo entre dos puntos de contacto. Los defectos se corregirán adicionando o raspando y compactando. 11.09 Ancho: El ancho podrá ser mayor hasta en 10 cm del establecido, pero no podrá ser en ningún caso menor al de la sección transversal indicada en los planos. 11.10 Espesor: El espesor promedio de la capa será el especificado en los planos con una tolerancia de ± 5 mm. En ningún punto el espesor podrá ser menor en 15 mm del especificado. 11.11 Control de Calidad. 11.11.01 Materiales. Se harán controles de la calidad de los materiales de acuerdo con la frecuencia siguiente: a. Granulometría y Compactación (Proctor Modificado). Se ensayará una muestra por cada 500 metros cúbicos y se determinarán granulometría y relación Densidad-Humedad (AASHTO T 180) de material producido o cada día si se emplea menor cantidad. La compactación de la base granular colocada se verificará con densímetro nuclear a una frecuencia de 1 ensayo cada 100 m carril, intercalando ambos carriles. b. Plasticidad: Se determinarán los Límites Líquido (LL) y Plástico (LP) y el Índice de Plasticidad del material por cada 3000 toneladas producidas. c. Capacidad de Soporte CBR y Módulo elástico de la Base Granular. Se determinará la capacidad soporte del material ( C B R ) por cada 3,000 metros cúbicos de material producido, o una vez a la semana si se emplea menor cantidad. 11.12 Medición: Agregados triturados. La medida de los agregados colocados se hará por metro cúbico de acuerdo con la sección típica y el área cubierta. El ancho por medir será el establecido en el contrato y conforme los planos, con sobre anchos adicionales especificados. La longitud será medida horizontalmente a lo largo de la línea central de cada calzada o rampa. 11.13 Pago: El pago de las cantidades aceptadas se realizará de acuerdo con los precios unitarios contractuales, de la forma siguiente: a) Base de agregados. Los agregados se pagarán por metro cúbico al precio unitario del contrato utilizando el ítem de pago ETE- 11 MATERIAL DE BASE TRITURADA. El pago será la compensación total por graduación por el suministro de los materiales, preparación de la mezcla, colocación, tendido, compactación y acabado, incluyendo, muestreo y ensayos de control de calidad y cualquier trabajo de reparación que sea requerido y que sea imputable al Contratista. No se reconocerá ningún pago adicional, por el suministro, acarreo de todos los materiales, incluyendo el agua y el material de relleno que se necesite agregar a la sub-rasante mejorada con Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 117 cemento, ni por todas las operaciones necesarias para producir el material de Base de conformidad con estas Especificaciones. Tampoco se reconocerá pago adicional por la maquinaria, equipo y personal necesarios para efectuar el control de laboratorio, ni por las correcciones de defectos imputables al Contratista. Todos estos gastos y los demás implícitos para la ejecución del trabajo, deben estar incluidos en el precio unitario de contrato correspondiente a capa de Base Granular ETE-12 BACHEO PARCIAL EN CARPETA EXISTENTE 12.01 Generalidades. Esta especificación suplementaria está regida por la especificación “Reparación de Áreas de Falla por Inestabilidad Local en Caminos Pavimentados”, de las Especificaciones Especiales, de las Especificaciones Generales para la Construcción de Caminos, de SOPTRAVI edición 1996 (Tomo 5). 12.02 Descripción. En este proyecto, este trabajo consiste en la reparación localizada de la estructura del pavimento, cuando se aprecie que existen baches superficiales que deben ser llenados o daños estructurales de la subrasante que ameritan esta intervención. Estas reparaciones se harán como preparación previa a la colocación de una capa de diferentes espesores de concreto asfáltico, de acuerdo a lo indicado en los planos, sobre la superficie existente. La Supervisión por medio del Ingeniero Residente, previa evaluación de las condiciones del pavimento, determinará las áreas donde se aplicarán las reparaciones que se describen en esta especificación. 12.03 Materiales: Los materiales a utilizar son todos aquellos necesarios para ejecutar las tareas de Excavación, Relleno con material no Clasificado, Relleno con Base Triturada y Relleno con Concreto Asfáltico. 12.04 Equipos. El contratista deberá proveer todos los equipos necesarios para la ejecución de las actividades que se describen en cada una de las tareas. El supervisor deberá marcar sobre el pavimento todas las áreas que deban repararse. El contratista procederá al corte y remoción de la carpeta asfáltica existente y la supervisión evaluará la condición de las capas subyacentes para determinar la profundidad a la cual se excavará para la reparación del pavimento. 12.05 Señalización y seguridad. Durante la ejecución de esta actividad, el contratista deberá proveer la señalización del tipo preventivo y reguladora necesaria para brindar seguridad a los usuarios. La cantidad de señales estarán en función de los frentes de trabajo desplegados diariamente a lo largo de la vía y las características de las mismas deberán corresponder a las indicadas en las especificaciones de señalamiento correspondientes, cualquier accidente ocurrido en la vía o problema derivado de la falta o insuficiencia del señalamiento será responsabilidad exclusiva del contratista. 12.06 Excavación 12.06.01 Descripción del trabajo a ejecutar Este trabajo deberá consistir en la excavación y remoción de todo aquel material inadecuado por razones de inestabilidad. La excavación del área tratada deberá hacerse hasta el nivel y en las formas que el supervisor indique al contratista. 12.06.02 Procedimiento de ejecución del Trabajo: Antes de que el contratista de inicio a los trabajos de corte, el área sujeta a reparación deberá estar marcada por el personal del Contratista y de La Supervisión, deberá verificar que dicha área marcada cubra toda la zona dañada o en caso Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 118 negativo ordenará la modificación requerida, el marcado deberá ser hecho utilizando figuras geométricas determinadas, cuadradas o rectangulares, en las cuales dos de sus caras deberán ser perpendiculares al eje del camino. Los cortes laterales deberán ser hechos de modo que la pared de dicho corte sea uniforme y vertical. La profundidad de la excavación deberá hacerse hasta alcanzar los niveles indicados por el supervisor, mismos que deberán llegar hasta alcanzar el material estable. El material producto de la excavación deberá ser removido de las zonas de trabajo hasta sitios específicos autorizados por el supervisor. La superficie inferior de la excavación deber nivelarse y compactarse de modo adecuado pretendiendo que la misma quede libre de cualquier material suelto o contaminante. El contratista podrá utilizar para la excavación y el transporte del material excavado, herramientas de tipo mecánico o manual siempre y cuando las mismas sean aprobadas por el supervisor. Los daños que el equipo del Contratista cause en este proceso en la zona adyacente al trabajo serán reparados por su cuenta. Una vez terminados las obras en la zona de trabajo, no se permitirá la presencia de materiales excedentes ni desperdicios derivados de la ejecución de los trabajos, obras por lo que el contratista deberá ejecutar la limpieza total de la zona adyacente. 12.06.03 Forma de Pago: El Precio de esta actividad no se pagará por separado, debe estar incluido en el precio de la Actividad “Bacheo parcial en carpeta existente” 12.07 Relleno con Material de Base Triturada 12.07.01 Descripción del trabajo a ejecutar: Este trabajo consistirá en la colocación humedecimiento, mezclado y compactación de material de base producto de la trituración de materiales pétreos. Dicho material será colocado de acuerdo con los espesores señalados u ordenados por el Supervisor, en aquellas áreas donde previamente se ha hecho excavación de la estructura o de alguna parte de la estructura del pavimento. La profundidad máxima de colocación de la base no deberá exceder la cota fijada por el nivel inferior de la sub-base de la estructura original y deberá rellenarse hasta el nivel superior de la base de la estructura existente. 12.07.02 Materiales necesarios para realizar la obra: El material suministrado bajo este concepto será el producto de la trituración de grava, piedra natural o roca dura y resistente, que cumpla con los requisitos de calidad establecidos en la especificación suplementaria ETE-11 Material de Base triturada. Todas las características anteriores las deberá cumplir el material después de haber sido colocado y compactado en obra y así lo verificará el Supervisor; es decir, que esas serán sus cualidades remanentes y el Contratista tomará para ello las previsiones necesarias. 12.07.03 Procedimiento de ejecución del Trabajo: Para la ejecución de esta actividad, el contratista deberá transportar el material de base hasta el sitio de trabajo en donde deberá proceder a la colocación, humedecimiento, mezclado y compactación del mismo. El material deberá ser colocado y extendido en capas de espesor similar y en el proceso de mezclado no deberá permitirse la segregación del mismo, el proceso de compactación deberá ejecutarse utilizando el equipo que asegure obtener el cien por ciento (100 %) de la densidad medido a través del procedimiento Proctor modificado (AASHTO T-180). Las z o n a s i n a c c e s i b l e s p a r a el equipo utilizado en la compactación, deberá ser compactado satisfactoriamente mediante e l uso Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 119 de compactadores vibratorios manuales ya sean del tipo de rodillo o bailarinas previamente aprobados por el Ingeniero Residente. Los daños que el equipo del Contratista cause en este proceso en la zona adyacente al trabajo serán reparados por su cuenta. Una vez terminados las obras en la zona de trabajo, no se permitirá la presencia de materiales excedentes ni desperdicios derivados de la ejecución de los trabajos obras por lo que el contratista deberá ejecutar la limpieza total de la zona adyacente. 12.07.04 Forma de Pago. El Precio de esta actividad no se pagará por separado, debe estar incluido en el precio de la Actividad “Bacheo parcial en carpeta existente” 12.09 Relleno con concreto asfáltico 12.09.01 Descripción del trabajo a ejecutar: El trabajo aquí especificado consistirá en la aplicación de un riego asfáltico para imprimación y/o de liga a la base previamente colocada, sobre la cual se deberá colocar el espesor de material de concreto asfáltico para dejar el área de trabajo al mismo nivel de la superficie de rodadura existente. El nivel inferior de colocación del concreto Asfáltico deberá coincidir por lo menos con el nivel inferior de la carpeta existente. 12.09.02 Materiales necesarios para realizar la obra: Los materiales necesarios para la ejecución de los trabajos serán: a. Emulsión asfáltica o asfalto rebajado: según las especificaciones suplementarias b. Mezcla asfáltica producida en caliente: dosificada según el Método Marshall y deberá reunir los requisitos de calidad establecidos en la especificación Carpeta Concreto Asfáltico 12.09.03 Procedimiento de ejecución del Trabajo: a. Riego de Imprimación o liga: Este será aplicado sobre la superficie de la base y las paredes del área excavada, previo a la colocación del concreto asfáltico. Teniendo preparada la superficie de la base se aplicará un riego de liga o Imprimación en toda el área incluyendo las paredes en las proporciones que se establecen en la especificación suplementaria, y utilizando para ello una regadora manual a presión, evitándose la formación de charcos. Se debe permitir que el asfalto penetre en la base durante el tiempo necesario según lo indique el supervisor. Si la superficie imprimada ha estado expuesta excesivamente al tráfico o la lluvia y según criterio del Supervisor su mantenimiento no ha sido adecuado, se deberán efectuar las pruebas necesarias para comprobar que no se ha afectado la estabilidad de las capas inferiores. Las áreas deterioradas de la Imprimación deben ser previamente reparadas a entera satisfacción del Ingeniero Residente, por cuenta del contratista. b. Transporte del Concreto asfáltico: El concreto Asfáltico deberá ser transportado al sitio de colocación en camiones de volteo con la caja de acarreo limpia de todo material extraño que pueda afectar el material transportado. El despacho del vehículo deberá programarse de manera que todo el material entregado pueda ser colocado con luz diurna, a menos que el Supervisor apruebe luz artificial, deberá cubrirse el Concreto Asfáltico con lona u otro material que la preserve durante el trayecto del Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 120 polvo y permita adicionalmente conservar su temperatura. La entrega del material a las cuadrillas de colocación se hará a una razón uniforme y en una cantidad dentro de la capacidad de los recursos de colocación y compactación asignados al proyecto. El contratista deberá tomar todas las previsiones necesarias para evitar la segregación del Concreto Asfáltico durante las operaciones de transporte. c. Colocación del Concreto asfáltico: El Concreto Asfáltico deberá colocarse en las esquinas y en los bordes del área excavada, el material se extenderá hacia el centro en capas de 5 cm de espesor máximo, mediante el uso de rastrillos extendedores, sin permitir la segregación de la mezcla. La colocación del concreto asfáltico no deberá efectuarse cuando la superficie de área tratada se encuentre en un estado insatisfactorio como pudiera ser base mal compactada, imprimación pobre o de mala calidad, zonas dañadas por lluvias, efecto de deterioro provocado por tránsito inesperado, contaminación de materiales extraños, etc. La colocación del concreto asfáltico deberá ser realizado en espesores uniformes que permitan, de acuerdo al equipo de compactación disponible, obtener un grado de compactación tal que asegure una relación de vacíos con aire de la mezcla colocada en un rango de 3% a 8% (92% a 97% de la densidad máxima teórica). Cuando las zonas de reparación sean tan grandes que con procedimientos manuales no sea posible conseguir el acabado que evidencie la uniformidad y tersura necesaria para proporcionar comodidad a los usuarios y evitar estancamientos de agua en la superficie, será necesario utilizar equipo mecanizado para colocar y extender el concreto asfáltico. Deberá compactarse cada capa con el rodillo vibratorio complementando la compactación mediante el uso de compactadoras vibratorias de uso manual en las esquinas y áreas inaccesibles a éste. La compactación deberá hacerse iniciándola desde la parte exterior del área tratada hacia el interior de la misma haciendo traslapes con el equipo de compactación utilizado. El área reparada deberá trabajar al mismo nivel de la superficie de rodadura adyacente, es decir, no deberá permitirse que el área tratada manifieste depresiones o abultamientos. Una vez terminados las obras en la zona de trabajo, no se permitirá la presencia de materiales excedentes ni desperdicios derivados de la ejecución de los trabajos obras por lo que el contratista deberá ejecutar la limpieza total de la zona adyacente. 12.09.04 Forma de Pago: Las cantidades aceptadas de mezcla bituminosa, determinadas según la disposición que antecede, serán pagadas al precio del contrato por metro cuadrado colocado, cuyo precio será la compensación por la excavación (12.06), Relleno con Material de Base Triturada (12.07), imprimación y/o riego de liga, fabricación o adquisición del concreto asfáltico, transporte de los materiales al sitio de los trabajos, colocación y compactación de la mezcla asfáltica (12.09) y en general todos los costos incurridos en mano de obra, equipo necesario, herramientas, señalización, limpieza del área adyacente al trabajo y cualquier otro imprevisto que fuese necesario para la correcta realización de la actividad. Para el pago de esta actividad se utilizará el ítem de pago correspondiente a ETE-12 Bacheo Parcial en carpeta existente. ETE-13 IMPRIMACION ASFÁLTICA Esta especificación suplementaria estará regida por la Sección 405 Capa de Imprimación, de las Especificaciones Generales para Construcción de Caminos de SOPTRAVI, edición diciembre 1996. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 121 13.01 Descripción: Este trabajo consiste en la aplicación de un riego de imprimación, a partir de la distribución de asfalto rebajado o emulsión asfáltica. Se aplicará un riego de imprimación previo a la colocación de una capa asfáltica sobre una capa granular o una capa de agregado estabilizado con algún material no asfáltico. 3.02 Materiales: El grado del asfalto rebajado corresponderá a lo especificado en l a Subsección 702.02 de las Especificaciones Generales. El tipo de emulsión asfáltica corresponderá a lo especificado de la Subsección 702.03 de las Especificaciones Generales. Cuando se requiera utilizar material secante, este se colocará de acuerdo con la Subsección 703.09 de las Especificaciones Generales. Se utilizará emulsión asfáltica catiónica del tipo CSS-1 o CSS-1h. Si se autorizara el uso de asfalto rebajado (diluido o “cutback”) para la imprimación, se deberá utilizar el asfalto designación MC-30. Cuando se requiera utilizar material secante, este deberá cumplir con los requisitos de granulometría y plasticidad establecidos en la sub-sección 703.09 de las Especificaciones Generales. 13.03 Requisitos para la construcción 13.03.01 Equipos. El Contratista proveerá el equipo necesario para el calentamiento y distribución uniforme del asfalto y del material secante, cuando éste sea requerido. El distribuidor será capaz de distribuir uniformemente el asfalto a temperaturas uniformes, en anchos de superficie variables, en cantidades fácilmente determinadas y controladas entre 0,2 y 4 litros por m2, con una tolerancia de 0,1 litro por m2, manteniendo una presión uniforme de aplicación. El equipo distribuidor incluirá un tacómetro, manómetros, medidores de volumen de precisión o un tanque calibrado y un termómetro para la medición de las temperaturas del contenido del tanque. Los distribuidores estarán equipados con una unidad de potencia para la bomba y barras rociadoras de circulación total, ajustable lateral y verticalmente. 13.04 Preparación de la superficie. La superficie a imprimar estará conformada a fin de satisfacer la rasante y sección requeridas, libre de todo tipo de grietas, corrugaciones, material segregado, uniformemente compactada y barrida. Las demoras en efectuar la imprimación pueden dar lugar a la necesidad de reprocesar y reconformar el camino, a fin de volver a lograr una superficie lisa y compactada. 13.05 Limitación de condiciones climáticas. Se aplicarán riegos de imprimación en superficies secas o con humedad superficial moderada, a criterio del Ingeniero Residente de la Supervisión, cuando la temperatura del aire a la sombra y en la superficie del pavimento, ambas, sean por lo menos 10°C e incrementándose; y cuando no haya neblina ni lluvia. 13.06 Aplicación de la imprimación. Se calibrará la barra de aplicación por rocío ajustable: altura, ángulo de boquillas y presión de bombeo, y se verificarán semanalmente las tasas de aplicación longitudinal y transversal, de acuerdo con ASTM D 2995. Se protegerán las superficies en la vía que requieran protección durante el rocío de ligante asfáltico. Se colocará papel protector en la superficie de trabajo a lo largo de una distancia suficiente, al inicio y fin de la aplicación, de manera que, en cada aplicación, el flujo de rocío de ligante asfáltico se inicie y detenga en el papel protector. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 122 Cualquier trabajo previo a la aplicación y cambios de dosificación deberán ser aprobados por el Contratante. EI material bituminoso para el riego de imprimación que se aplique en la base granular, será asfalto de curado rápido tipo MC-70 que debe cumplir con los requisitos establecidos en la norma AASHTO, o bien aplicar emulsión asfáltica catiónica de rompimiento lento del tipo CSS-CI que cumpla las normas ASTM D- 2397. El riego de imprimación se aplicará en cantidad de 0.4 a 0.9 litros (0.1 a 0.24 galones) por metro cuadrado de asfalto de curado rápido tipo MC- 70 a una temperatura de 60 a 80 grados centígrados, o bien la cantidad de 0.7 a 1.1 litros (0.18 a 0.29 galones) por metro cuadrado de emulsión asfáltica catiónica de rompimiento lento del tipo CSS-CI a temperatura ambiente. La tasa de riego más apropiada será determinada por medio de pruebas de campo. Una vez que se defina la tasa de riego, ésta deberá aplicarse en los riegos subsecuentes con una tolerancia de ± 10%, lo cual será verificado por el Ingeniero Residente de la Supervisión. Las superficies imprimadas con emulsión asfáltica deberán ser curadas por no menos de 24 horas; las superficies imprimadas con asfalto rebajado serán curadas por no menos de 3 días; en ambos casos, este período es previo a la colocación de la capa asfáltica. Hasta que la siguiente capa sea colocada, se deberá mantener la superficie imprimada limpia y sin corrugación, mediante barredora mecánica. A criterio del Ingeniero Residente de la Supervisión, si el asfalto fallara en su penetración dentro del tiempo especificado y el camino debiera ser habilitado al tráfico, se deberá distribuir material secante en las cantidades requeridas para absorber cualquier exceso de asfalto. Se removerá el exceso de material de secado tan pronto como sea práctico, luego de que el exceso de asfalto es absorbido. Se removerá todo resto de contaminantes y partículas extrañas sobre la superficie, y se repararán todas las áreas dañadas de previo a la colocación de la siguiente capa, por cuenta del Contratista. 13.07 Medición. a) Riego de Imprimación: Se medirá la cantidad de riego de imprimación por metro cuadrado. Para verificaciones de la relación galones/m2 de asfalto, se harán chequeos con charolas que posean dimensionales de 30x30 cm, colocadas al paso del camión distribuidor. b) Material de Secado: Este será incluido en las actividades de la Capa de Imprimación, el contratista deberá considerar este material dentro del proceso de ejecución de este ítem. Deberá cumplir con la EG 703.09 de SOPTRAVI. 13.08 Pago: Las cantidades aceptadas, medidas de acuerdo con 13.07, serán pagadas según el precio de contrato, por unidad de medida, para los renglones de pago indicados en los términos del contrato. El pago será la compensación por todos los trabajos descritos en esta ETE, incluyendo suministro de materiales, transporte, colocación, ensayos de prueba, ensayos de aprobación y el agua que sea utilizada para humedecimiento de la superficie o para dilución de la emulsión cuando ésta sea utilizada. a. Riego de imprimación: Será pagado por m2 al precio unitario del contrato. b. Material de secado. No se reconocerá pago por esta actividad en el contrato. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 123 ETE-14. CARPETA CONCRETO ASFALTICO. La siguiente Especificación Especial sustituye a la Sección 301 CAPA DE BASE BITUMINOSA MEZCLADA EN PLANTA de las ‘Especificaciones Generales para la Construcción” de la Dirección General de Carreteras, edición Diciembre, 1996. 14.01 Descripción. Este trabajo comprende la aplicación de un riego de liga a una base granular o a un pavimento existente y la posterior colocación de una capa de concreto asfáltico mezclado en planta de acuerdo con las dimensiones indicadas en los planos o determinadas por el Ingeniero. 14.02 Materiales 14.02.01 Riego de Liga. El material bituminoso para el riego de liga que se aplique en la base granular y a las losas de concreto o pavimentos, será asfalto de curado rápido tipo RC-250 que debe cumplir con los requisitos establecidos en la norma AASHTO, o bien aplicar una emulsión asfáltica catiónica de rompimiento rápido del tipo CRS-1 que cumpla con las normas ASTM D2397. 14.02.02 Asfalto Sólido. El material bituminoso para el concreto asfáltico será cemento asfáltico AC-30, que debe cumplir con los requisitos establecidos en la norma AASHTO M20 o AASHTO M226 para el grado especificado. El Contratista queda obligado a presentar al Ingeniero los certificados de embarque del asfalto recibido, conteniendo los ensayos de laboratorio practicados. 14.02.03 Concreto Asfáltico Mezclado en Planta. EI concreto asfáltico consistirá en una combinación de agregado grueso triturado, agregado fino y llenante mineral, uniformemente mezclada en caliente con asfalto sólido en una planta fija. 14.02.04 Agregado Grueso. La porción de agregado retenido en el tamiz No. 8 se denominará agregado grueso y será el producto de roca triturada o grava triturada. Las rocas y gravas trituradas estarán constituidas por material limpio, denso y durable, libre de polvo, terrones de arcilla u otras materias objetables, que puedan impedir la adhesión completa de asfalto a los agregados pétreos. EI material al ser sometido al ensaye de abrasión en la máquina de Los Ángeles, ensayo AASHTO T-96, deberá presentar un desgaste menor de veinticinco por ciento (25%). El agregado triturado no deberá mostrar señales de desintegración ni de una pérdida mayor del 12% al someterlo a cinco ciclos en la prueba de solidez en sulfato de sodio, según el ensaye AASHTO T104. Por lo menos el 60% en peso de las partículas retenidas en el tamiz No. 4 deberá tener dos caras fracturadas. 14.02.05 Agregado Fino. La porción de agregado que pasa tamiz No. 8 se denominará agregado fino y consistirá de arena triturada o una combinación de esta con arena natural En ningún caso la mezcla llevará más del dos por ciento (2%) de arena natural o de río. El agregado fino se compondrá de granos densos, limpios, duros, de superficie rugosa y angular, libres de terrones de arcilla o de material objetable que pueda impedir la adhesión completa del asfalto a los granos. El material fino de trituración se producirá de piedra o de grava que cumpla los requisitos exigidos para el agregado grueso. 14.02.06 Llenante Mineral. Esta fracción consistirá de polvo de trituración, polvo de piedra caliza, polvo de dolomita, cal, cemento Portland y cualquier otro material mineral inerte no plástico. Estará seco y libre de terrones o grumos. AI ensayar su granulometría mediante la prueba AASHTO T-37 deberá cumplir con la siguiente graduación: Pase Tamiz No. 30 100 Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Pase Tamiz No. 50 Pase Tamiz No. 200 124 95 - 100 70 - 100 14.02.07 Graduación. EI conjunto de agregado grueso, agregado fino y llenante mineral deberá ajustarse a la siguiente graduación: Tamiz 1 ½ “ 1” ½“ No. 4 No. 8 No. 50 No. 200 % en Peso de Material que Pasa 100 90 – 100 56 – 80 29 – 59 19 - 45 5 - 17 1-7 El valor del equivalente de arena del material que pasa por la malla No. 4 deberá ser mayor de 45 al ejecutar la prueba en frío antes de su ingreso a la planta. 14.02.08 Explotación de Materiales y Elaboración de Agregados. Las fuentes de materiales, así como los procedimientos y equipos usados para la explotación de estos y para la elaboración de los agregados requeridos deberán ser aprobados por el Ingeniero. Esta aprobación no implica necesariamente la aceptación posterior de los agregados que el Contratista suministre o elabore de tales fuentes ni lo exime de su responsabilidad de cumplir con todos los requisitos de esta especificación. 14.02.09 Mezcla de Concreto Asfáltico a) Diseño. EI Contratista deberá suministrar al Ingeniero con suficiente antelación a la pavimentación, muestras representativas de los agregados y del cemento asfáltico que se propone utilizar, así como la fórmula de trabajo que utilizará. El Ingeniero con base en ellas aprobará la fórmula o mezcla de trabajo, a la cual el Contratista se deberá ajustar dentro de las tolerancias especificadas en el artículo 14.02.09 de estas especificaciones. La fórmula establecerá el porcentaje del agregado total que deberá pasar por cada tamiz y el porcentaje de asfalto en la mezcla. EI porcentaje en peso del cemento asfáltico establecido se determinará de acuerdo con los siguientes criterios Marshall: Criterio Número de golpes / cara Estabilidad lb. Flujo 0.01 pulg. Vacíos Carpeta Rodamiento % Vacíos en el Agregado Mineral % Vacíos llenos de Asfalto % Relación Llenante / Asfalt Espesor Película de Asfalto micrones Mínimo Máximo 75 2200 12 3 13 65 0.6 6 24 5 75 1.2 10 Es requisito para aprobar la fórmula de trabajo, que el Contratista a su costo ordene en un laboratorio certificado (LANAMME o Similar), los ensayos para: 1.Determinar el Modulo Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 125 Resiliente (Mr) de la mezcla asfáltica, ya que debe comprobarse que dicho Mr cumple con el valor de diseño de la estructura de pavimento; y 2. La prueba de susceptibilidad a la humedad y a las deformaciones permanentes usando la rueda cargada de Hamburgo en la mezcla asfáltica compactada en laboratorio, para comprobar que la mezcla asfáltica cumple al no sobrepasar los criterios de falla. Sí estos ensayos demuestran que la mezcla asfáltica no cumple, se deberán efectuar los ajustes necesarios en el diseño de la mezcla, hasta cumplirlos. EI Ingeniero no aceptará ninguna mezcla ni autorizará la construcción de pavimento antes de haber establecido la fórmula de trabajo. La fórmula seguirá vigente hasta que el Ingeniero apruebe por escrito su modificación. b) Ensayos y Compactación. Las mezclas asfálticas se ensayarán conforme al Método Marshall y la estabilidad y los porcentajes de vacíos y de asfalto serán determinados siguiendo los criterios del Asphalt Institute de los Estados Unidos de América. Los porcentajes del asfalto y la granulometría usados en las mezclas se determinarán mediante el ensayo de extracción AASHTO. La densidad de la base asfáltica terminada deberá ser mayor del 98% de la densidad de laboratorio, determinada esta por medio de las briquetas elaboradas con 75 golpes por lado de acuerdo a la categoría del tránsito de diseño. La densidad del pavimento se determinará dentro de los tres (3) días siguientes a la colocación de la mezcla. La mezcla deberá ser impermeable. C) Temperatura. El cemento asfáltico y los agregados pétreos serán calentados en la planta entre 150 y 165 grados centígrados. La mezcla de concreto asfáltico al salir de la planta deberá tener una temperatura no menor de 150 grados centígrados. El cemento asfáltico en el momento de producir la mezcla en la planta asfáltica deberá tener una viscosidad entre 150 y 300 centistokes (75-150 segundos Saybolt-Furol). d) Tolerancia Admisible de la Mezcla, Todas las mezclas de concreto asfáltico deberán ajustarse a la fórmula de trabajo, dentro de los siguientes límites de tolerancia, respecto a dicha fórmula. Tamiz ½ ±8 Tamiz No. 4 ±7 Tamiz No. 16 ±6 TamizNo.50 ±5 Tamiz No. 200 ±3 Contenido de asfalto Por peso de mezcla total ± 0.5 e) Preparación de los Agregados, Los agregados producidos deben ser acopiados separadamente de acuerdo a su tamaño y la procedencia. Los montículos de acopio no tendrán una altura mayor 3.0 metros y al alcanzar esta altura deberán nivelarse con equipo mecánico hasta lograr una forma plana, a fin de evitar la segregación desde el inicio del proceso. El piso de los planteles de acopio será uniforme, relativamente plano y con desagües adecuados. No se utilizarán los 10 cm inferiores de los acopios, ni los agregados que se hayan contaminado materiales indeseables. Cualquiera que sea el tipo de planta mezcladora a emplear, en ningún caso se dispondrá de menos de tres (3) tolvas independientes en frío para alimentar la planta, cuyas salidas deberán ser individuales y separadas. En cada tolva se introducirán fracciones distintas de agregados, según lo indique el Ingeniero. Los áridos podrán separarse en las siguientes tres fracciones, a) pase 3/4” y retenido en 3/8”; b) pase 3/8” a No. 200 y c) arena triturada de pase No. 4 a pase No. 200. De cualquier forma, el agregado grueso será separado en fracciones y acopiado en montículos distintos, empleando como tamiz de corte el de 3/8”, para ser ingresados separadamente desde su respectiva tolva. Si dos agregados de la misma graduación provienen de distinta fuente, deberán acopiarse e ingresarse en forma independiente. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 126 Los áridos podrán ingresarse al secador o tambor mezclador, según sea el tipo de planta, siempre y cuando no tengan una humedad en los acopios mayor del 5 % en peso. La Supervisión tomará muestras en frío por lo menos de cada 200 metros cúbicos de cada fracción de agregados producidos, a fin de controlar sus características. f) Preparación del Asfalto. El cemento asfáltico se calentará a la temperatura especificada en tanques especiales, evitando su sobrecalentamiento. El suministro del asfalto al mezclador deberá ser continuo y a temperatura uniforme. g) Elaboración de la Mezcla. Cualquiera que sea el tipo de planta a utilizar, deberá ser de tal tamaño y eficiencia que produzca un mínimo de sesenta (60) toneladas por hora con el propósito de garantizar la continuidad en el proceso constructivo. El Contratista deberá presentar el certificado de una firma especializada en el tipo de planta a utilizar, en el cual se garantice que dicha planta y sus controles trabajan eficientemente. 1. Planta por Pesadas (Bachada) La máquina debe ubicarse en un lugar conveniente para que el acopio y el movimiento de materiales se efectúen cómodamente. Los movimientos en sus distintas partes serán sincronizados de manera que se produzca una mezcla uniforme que cumpla las especificaciones. En función de la humedad de los agregados se regulará la temperatura de las tolvas en frío para darles salida. Los áridos se secarán y calentarán en la planta antes de llevarlos al mezclador, debiendo ajustarse el soplete para no dañar los agregados y evitar que se recubran de una capa de hollín. Después de calentados los agregados se tamizarán en tolvas en calientes separadas. La balanza para pesar los materiales deberá tener una capacidad del doble de cada pesada o bachada y deberá hallarse, así como los recipientes para pesar cada agregado, completamente aislada de las vibraciones del resto de la planta. La planta estará equipada con un tanque derretidor y otro de almacenamiento del asfalto caliente con capacidad para todo un día de trabajo con termómetro graduado hasta por lo menos 200°C, ubicado próximo a la válvula de descarga y en forma completamente visible para el operador. La máquina tendrá medidores del tiempo de mezclado, de los agregados solos y también después de añadido el material asfáltico. Los agregados se mezclarán primero en seco, después se les adicionará la llenante mineral, si éste debe agregarse, por último, se incorporará el asfalto, mezclándose todos por un tiempo no menor de 45 segundos, contados a partir del momento en que se adiciono el asfalto y hasta que todas las partículas se recubran de betún y se produzca una mezcla homogénea. Se tomará en cuenta que el asfalto incorporado a altas temperaturas deberá de ser corregido por volumen a la temperatura de referencia de 15°C, a fin de obtener el porcentaje que indique la fórmula de diseño en peso. 2. Planta Continua o de Tambor Mezclador La máquina se ubicará en un lugar que permita que el acopio y movimiento de materiales se realice cómodamente. De acuerdo al número de fracciones de agregados, habrá igual cantidad de predosificadores en frío, pero en ningún caso menor de tres, cuyas aberturas se regularán en función del diseño de la mezcla y la humedad que tengan los áridos en las tolvas, para ser transportados por una banda hacia al mezclador, en forma continua y uniforme, sin producirse variaciones de caudal. Para este tipo de plantas se cumplirá escrupulosamente con lo relativo al acopio e ingreso separado de los agregados, establecido en 8.02.09 e)” Preparación de los Agregados” La banda transportadora deberá tener dispositivos que registren sincronizadamente el peso de los agregados conducidos desde cada tolva. EI accionamiento de todo el conjunto de dispositivos alimentadores de materiales estará sincronizado de tal forma que mantenga una relación constante de volúmenes que no altere las proporciones de la fórmula de mezcla. A tal efecto tal planta deberá tener controles automáticos que garanticen la producción de una mezcla homogénea. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 127 Las paletas del tambor mezclador deberán ser ajustables a fin de poder regular la salida de la mezcla preparada, así como también la inclinación del tambor-mezclador para controlar el tiempo de mezclado. La incorporación del asfalto se hará mediante una bomba calibrada que permita medir el volumen a incorporar en función de la cantidad de agregados ingresados al tambor. El tiempo de mezclado se medirá en números de revoluciones o vueltas que el tambor dé con los agregados solos y después el número de revoluciones del tambor ya con el asfalto adicionado. En todo caso el tiempo de mezclado del conjunto variará desde un mínimo de 30 segundos hasta 60 segundos aproximadamente. Se tomará en cuenta que no debe recalentarse el asfalto y que este ingresa a una alta temperatura, por lo que deben hacerse las correcciones volumétricas a la temperatura de referencia de 15° C para obtener en la mezcla el porcentaje correcto de betún que ordena la fórmula de diseño en peso. La tolva de almacenamiento final de la mezcla deberá contar con los dispositivos necesarios para impedir su segregación, particularmente en lo que respecta a su caída hacia el equipo de acarreo. 14.03 Procedimientos Constructivos 14.03.01 Equipo. Los equipos para la ejecución de los trabajos en general comprenden: planta fija, balanzas, barredora, equipo de calentamiento y distribuidor de asfalto, pavimentadora (finisher), cilindro metálico preferiblemente vibratorio, compactador de llantas y vehículos de transporte. Si durante la ejecución de los trabajos se observan deficiencias o mal funcionamiento de los equipos utilizados, especialmente la planta mezcladora, el Ingeniero podrá ordenar su reemplazo, reparación o la suspensión de los trabajos, si así lo estima necesario para garantizar el cumplimiento de las especificaciones y la buena calidad y acabado de las obras. No se permitirá el estacionamiento en las áreas donde se hayan aplicado materiales asfálticos. 14.03.02 Condiciones Meteorológicas. La temperatura atmosférica mínima admisible para poder ejecutar los trabajos de riego de liga y/o colocación de la carpeta asfáltica es de quince grados centígrados (15°C). Se prohíbe pavimentar cuando existan condiciones de lluvia. 14.03.03 Reparación de la Superficie. Veinticuatro (24) horas antes de iniciar la colocación de la base asfáltica en un tramo, la superficie imprimada debe encontrarse seca y en perfecto estado. Si la superficie imprimada ha estado expuesta excesivamente al tráfico o la lluvia y sea criterio del Ingeniero que su mantenimiento no ha sido adecuado, se deberán efectuar las pruebas necesarias para comprobar que no se ha afectado la estabilidad de las capas inferiores. Las áreas deterioradas y destruidas de la imprimación o de pavimentos existentes deberán ser previamente reparadas a entera satisfacción del Ingeniero y de acuerdo con procedimientos establecidos. La superficie donde se va a colocar la base asfáltica se deberá limpiar previamente y cuando esté completamente seca se le aplicará un riego de liga de asfalto de curado rápido tipo RC-250, en proporciones que podrán variar desde 0.2 a 0.4 litros por metro cuadrado de superficie de residuo asfaltico, la temperatura de aplicación será de 60 a 80 grados centígrados. O bien se aplicará un riego de emulsión asfáltica catiónica de rompimiento rápido del tipo CRS-1 en cantidad de 0.2 a 0.4 galones por metro cuadrado de superficie de residuo asfáltico y a temperatura ambiente. 14.03.05 Avance de la Obra. No se permitirá trabajo alguno cuando el equipo de transporte, extensión o compactación sea insuficiente de forma tal que el avance de la obra se haga a menos del 60% de la capacidad de mezcla de la planta. 14.03.06 Extensión. La mezcla se extenderá uniformemente y sin dejar sobresaltos mediante el uso de una máquina pavimentadora, de acuerdo con los alineamientos, ancho y espesores señalados en los planos o determinados por el Ingeniero. La máquina deberá poder colocar espesores desde 1.5 a 7.0 cm y en anchos desde 2.4 hasta 4.0 metros o más. Las máquinas pavimentadoras serán de un tamaño tal que puedan colocar un mínimo de material equivalente a 20 metros de una trocha, Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 128 en forma ininterrumpida. En las áreas de obstáculos inevitables y sobre- anchos que no permitan el uso de la pavimentadora, la mezcla podrá ser extendida a mano, con la aprobación del ingeniero. 14.03.07 Compactación. Inmediatamente después de que la mezcla haya sido extendida se harán mediciones y se corregirá cualquier defecto. Luego se efectuará una cuidadosa compactación en forma continua hasta la terminación del trabajo. Se deberá disponer permanentemente y como mínimo, de un cilindro preferiblemente vibratorio para el cilindrado inicial y final, y de un compactador neumático para el cilindrado intermedio, ambos autopropulsados. La mezcla se compactará a máxima temperatura posible pero nunca a menos de 100°C y tan pronto esta operación pueda comenzar, siempre y cuando el cilindro a juicio del Ingeniero no cause desplazamientos indebidos o grietas en la mezcla. Para la compactación inicial se usará un cilindro de aproximadamente 10 toneladas o menos, del tipo vibratorio. El cilindrado deberá empezar por los bordes e ir avanzando gradualmente hacia el centro, excepto en las curvas peraltadas en donde el cilindrado avanzará del borde inferior hacia el superior, paralelamente al eje de la vía y traslapando a cada paso en la forma fijada por el Ingeniero y hasta que la superficie total haya sido cilindrada. Las paradas del cilindro al final de cada faja cilindrada deberán quedar distantes entre sí un metro por lo menos. Los desplazamientos ocurridos como consecuencia del reversamiento en la dirección del cilindro o por causas similares se corregirán inmediatamente mediante el uso de rastrillos y la adición de mezcla fresca, Se tendrá cuidado en el cilindrado para no desplazar los bordes de la mezcla extendida, formando más bien en éstos ligeros chaflanes. 14.03.08 Juntas. Las juntas de construcción de una capa de concreto asfáltico deberán ser verticales. Antes de colocar nueva mezcla, el borde vertical de la capa adyacente deberá pintarse con asfalto de liga de curado rápido o pintarse con emulsión asfáltica catiónica de rompimiento rápido. 14.03.09 Riego de Liga. Antes de construir cada capa se aplicará un riego de liga a la capa anterior, en cantidad de 0.2 a 0.4 litros (0.05 a 0.10 galones) por metro cuadrado de asfalto de curado rápido tipo RC-250 a una temperatura de 60 a 80 grados centígrados, o bien aplicar un riego de liga con emulsión asfáltica catiónica de rompimiento rápido del tipo CRS-1 en cantidad de 0.08 a 0.20 galones por metro cuadrado a temperatura ambiente. Antes de colocar la carpeta asfáltica se deberá esperar un tiempo mínimo de por lo menos una hora (1) para permitir la evaporación del solvente del asfalto RC-250. 14.03.10 Reparaciones. Todos los defectos del pavimento no advertidos durante la colocación y compactación, tales como partes altas, juntas irregulares, segregaciones encontradas en la mezcla. (Localizadas o generalizadas), depresiones y huecos, deberán ser corregidos de acuerdo con las instrucciones del Ingeniero. 14.04 Tolerancias. Las tolerancias admisibles para la aceptación del pavimento de concreto asfáltico serán: La distancia entre el eje del proyecto y el borde de la capa de rodadura del pavimento, excluyendo sus chaflanes, deberá ser igual o mayor a la distancia señalada en los planos. El espesor, verificado por medio de perforaciones en el pavimento terminado en promedio no deberán acusar diferencias mayores a un 4% del espesor; sin que las anteriores variaciones lleguen a ser tendencias generadas por error en la construcción. Las diferencias de espesor de la capa de base granular, dentro de los límites que determine el Ingeniero, se podrá compensar mediante el aumento del espesor de la capa de rodadura. Las tolerancias para la calidad y características de los materiales y mezcla serán las dadas en la sub-sección "materiales” de la presente EE. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 129 14.05 Deficiencia en la Calidad de la Mezcla. La mezcla que muestre señales de haber sido sobrecalentada, será rechazada y deberá ser desechada por el contratista. La mezcla deberá ser virtualmente impermeable, las áreas excesivamente permeables localizadas o generalizadas, así como los defectos de calidad, construcción o acabado con respecto a lo especificado, tales como áreas inestables por exceso de asfalto, pavimento suelto, agrietado o mezclado con polvo, gradaciones o mezclas fuera de las tolerancias indicadas o deficiencias de espesor mayores que las admisibles serán removidos por el contratista y el pavimento reconstruido en el tramo afectado o en su defecto construirá una capa de rodadura adicional a opción del Ingeniero y de acuerdo con los procedimientos aprobados por éste. Estas reparaciones se harán por cuenta del contratista y sin ningún cargo adicional. 14.06 Servicios Varios del Contratista. El contratista deberá suministrar para el servicio de la supervisión un local para el laboratorio de campo, localizado en tal forma que la planta de asfalto sea completamente visible desde sus ventanas. El local será sometido a la aprobación del Ingeniero y deberá estar dotado de servicios satisfactorios de energía eléctrica, agua y sanitarios. El espacio para el laboratorio deberá ser de siete (7) metros por cuatro (4) metros como mínimo. Prueba de susceptibilidad a la humedad y a las deformaciones permanentes usando la rueda cargada de Hamburgo en especímenes extraídos de campo. Durante la ejecución de la pavimentación asfáltica, el Contratista a su costo y previa aprobación del Supervisor, contratará los servicios de un laboratorio certificado para medir, a cada 3.0 km de longitud de pavimento, la resistencia a las roderas y a los desgranamientos de la mezcla asfáltica de corazones de 10” de diámetro extraídos directamente del pavimento. Esto con el propósito de identificar problemas de adherencia de los materiales pétreos con el cemento asfaltico y para identificar una mezcla con estructura mineral deficiente, que sea susceptible de presentar baches o deformaciones permanentes. 14.07 Medición. La medida del concreto asfáltico será en toneladas métricas (1 ton = 1 ,000 Kg.). Para el cálculo del peso en toneladas se medirá los espesores, largo y ancho teóricos indicados en los planos (colocado y compactado), por la Densidad Real de la Mezcla Asfáltica colocada en obra aprobada, conforme a los resultados de laboratorio que obtenga el supervisor en cada jornada de trabajo. Si de la comprobación de espesores resulta que el espesor real es mayor al espesor teórico, se pagará el espesor teórico y; si el espesor real es menor que el espesor teórico, se pagará el real; siempre y cuando haya sido aceptado por el Ingeniero y con una tolerancia no mayor del 4% entre el espesor teórico y el espesor real. 14.08 Pagos. Los pagos serán al precio unitario de contrato por tonelada métrica de concreto asfáltico, precio que será compensación total por los costos de explotación, clasificación, trituración, eventual lavado y almacenamiento de todos los agregados, inclusive su carga, transporte y descarga; La aplicación del riego de liga; el suministro, calentamiento, almacenamiento y manejo del asfalto sólido; la producción de la mezcla asfáltica y su transporte al sitio de utilización, la carga o descarga, extensión, compactación y acabado de la mezcla, y la señalización diurna y nocturna de la vía durante los trabajos de pavimentación; así como las provisiones necesarias para dar paso al tráfico circulante y los costos de alquiler de los planteles para explotar las fuentes de agregado. También el precio unitario deberá cubrir los servicios de consultoría y los ensayos de laboratorio para: Determinar el Módulo Resiliente de las mezclas asfálticas(Mr), Pruebas de susceptibilidad a la humedad y a las deformaciones permanentes tanto de mezcla asfáltica compactada en laboratorio como de corazones de 10” de diámetro extraídos directamente del pavimento a cada 3 kilómetros de carpeta colocada y compactada. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 130 ETE-15. DOBLE TRATAMIENTO ASFALTICO. Esta actividad se realizará de acuerdo a las Especificaciones Generales del Manual de Carreteras Tomo V, Dirección General de Carreteras, 407 Tratamiento Superficial Bituminoso, Edición 1996, incorporándole el siguiente mandato: 15.01Límites de Rugosidad para el control de calidad del acabado superficial del Doble Tratamiento Superficial. La rugosidad o regularidad superficial del pavimento se deberá controlar calculando el parámetro IRI Promedio El IRI promedio debe cumplir con los siguientes valores: Doble Tratamiento Superficial Asfaltico IRIp= 3.0 m/km Con el propósito de ir mejorando y asegurando el procedimiento constructivo, la supervisión realizará la medición del IRI a cada tramo que finalice el contratista independientemente de su longitud, utilizando un perfilómetro o rugosímetro portátil clase I o II aceptado por el Contratante. La supervisión determinará el valor final del IRI Promedio de cada un (1) kilómetro. IRI aceptable, si el IRI individual ≤ 3.0 m/Km 1. Cuando el IRI sea Mayor que 3.0 m/km el Contratista realizará por su cuenta los trabajos que sean necesarios para obtener el IRI aceptable ≤ 3.0 m/Km. 2. Realizados los trabajos, en la intensidad que el contratista considere necesario, y no haya logrado bajar el IRI a valores aceptables ≤ 3.0 m/km en algunos sub-tramos, el contratante podrá recibir el proyecto aplicando una multa de 5% sobre el valor de la superficie de rodadura del sub-tramo en cuestión por cada décima desviada respecto al valor del IRI aceptable, siempre y cuando los valores del IRI medidos se encuentren entre el rango >3.0 m/Km y < 3.5 m/Km. 3. No se recibirá el pavimento para IRI individuales o promedios > 3.5 m/Km, debiendo el contratista reconstruir el o los sub-tramos por encima de dicho valor, por su propia cuenta. El contratista deberá reparar a su costo, los tramos de kilómetro que de acuerdo a las mediciones de la supervisión hacen que el IRI Promedio de este kilómetro no cumple con el valor definido; estos deberán ser reparados a costo del contratista, a fin de aceptar todo el kilómetro en observación. 15.01 Pago: Las cantidades aceptadas, medidas, serán pagadas según el precio de contrato, por unidad de metro cuadrado (m2). Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 131 ETE-16 SELLO DE GRIETAS a. Descripción del trabajo a ejecutar Este trabajo consistirá en la ejecución de todas las labores que tendiendo al sellado de las grietas que se producen a raíz de la contracción eventual de las capas inferiores del pavimento se reflejan en la superficie de rodadura del camino. Dicho trabajo se hará a todo lo largo de la línea de grieta necesaria de sellar a fin de lograr la adecuada impermeabilización de la estructura en el sitio tratado. Esta actividad no será ejecutada en aquellas áreas en que las grietas formen cuarteaduras interconectadas de carácter poliédrico semejante al agrietamiento piel de cocodrilo. b. Materiales necesarios para realizar la obra Los materiales necesarios para realizar esta actividad serán: asfalto rebajado y arena fina. El asfalto será del tipo RC-250 que reúna las características especificadas según la designación ASTM D-2028. La arena será la porción de agregado pétreo que pase el tamiz # 4, y podrá ser triturada o natural, los granos serán densos, limpios y duros, libre de terrones de arcilla y de cualquier material que pueda impedir la adhesión de éstos con el asfalto. c. Procedimiento de ejecución del Trabajo: Durante la ejecución de esta actividad, el contratista deberá proveer la señalización del tipo preventivo y regulatoria necesaria para brindar seguridad a los usuarios. La cantidad de señales estarán en función de los frentes de trabajo desplegados diariamente a lo largo de la vía y las características de las mismas deberán corresponder a las indicadas en las especificaciones de señalamiento correspondientes, cualquier accidente ocurrido en la vía o problema derivado de la falta o insuficiencia del señalamiento será responsabilidad exclusiva del contratista. La Supervisión indicará la zona de grietas a sellar y el Contratista procederá inicialmente a la limpieza del área objeto de trabajo. Esta limpieza deberá hacerse con mayor esmero y detalle a todo lo largo de la grieta por sellar, utilizando para ello cepillos especiales o cualquier otro instrumento que pudiese facilitar esta labor. Tanto el espacio de la grieta como el área adyacente a la misma, en un ancho no menor de 0.20 m deberá estar libre de polvo, arcilla o de cualquier otro material, previo a continuar con la siguiente operación. Una vez efectuada la limpieza, como se expuso anteriormente, se deberá proceder a llenar el espacio agrietado con el asfalto RC- 250, utilizando para ello un recipiente de volumen fácilmente maniobrable que posea una boca de salida del tamaño y forma que permita derramar, en línea fina sobre la grieta, el asfalto con el cual la grieta deberá ser rellenada. En caso de que la grieta a tratar fuese de abertura que no permitiese ejecutar con relativa facilidad las labores, esta deberá picarse en las orillas y deberá desprenderse el material suelto, limpiando completamente el agujero longitudinalmente, el cual deberá ser rellenado con una mezcla, lo suficientemente fluida, de arena fina mezclado con el asfalto rebajado. Completadas las operaciones anteriores, deberá esparcirse una capa delgada de arena fina sobre el área longitudinal de la grieta en proceso de sello, con el objeto de cubrir el asfalto derramado y para formar una cáscara o costra que no permita desprendimiento o la pérdida del asfalto recién aplicado en la superficie por adherencia a las ruedas del tránsito circulante. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 132 Finalmente deberá limpiarse y barrerse todo material suelto que como producto de las labores haya quedado en la superficie. d. Medición de Obra y Forma de Pago La unidad de medida de esta actividad será por metro lineal sellado en forma correcta y satisfactoria y de acuerdo a lo establecido en esta especificación. El pago de los trabajos descritos de hará de acuerdo al precio unitario del contrato por metro lineal de grieta sellada, pago que constituirá la compensación plena por todos los recursos involucrados para su ejecución es decir, el equipo, la mano de obra, los materiales, las herramientas, señalamiento y cualquier otro imprevisto necesario para su adecuada y correcta realización. ETE-17 BANCOS DE PRESTAMO Y SU EXCAVACIÓN 17.01 Tratamiento de los Bancos de Préstamo: Los bancos para explotación de materiales para hacer sustituciones de suelos en diversas obras, para sub-excavaciones, sub-base, para base triturada, para agregados de carpeta asfáltica y demás superficies asfálticas, etc. serán propuestos por el Contratista y deberán ser identificados detalladamente en su oferta. La selección y propuesta de los bancos serán hechas por el Contratista ante el Contratante y será responsabilidad del Ingeniero Residente hacer la evaluación de las características de los mismos, previo a la aprobación final que se extienda por escrito. Cambios posteriores en la localización de los Bancos de Préstamo no será responsabilidad del Contratante. En la selección de los diferentes Bancos el Contratista deberá considerar que los materiales deberán cumplir estrictamente con las especificaciones correspondientes a cada actividad involucrada, y que en dichos bancos se tengan las cantidades mínimas necesarias para los requerimientos de la obra. El descapote de cualquier banco a explotar, para eliminar la capa vegetal, no recibirá pago por separado, considerándose implícito en los respectivos ítems. De igual forma otros gastos asociados a la explotación de los Bancos como ser costos de explotación, campamentos, trabajos para la recuperación ambiental del Banco y la habilitación y mantenimiento de los caminos de acceso estarán incluidos en el precio del ítem correspondiente al uso del Banco. Para el acarreo de material procedente de la excavación y otros requerimientos a cumplir, relacionado con los Bancos de materiales, el Contratista deberá referirse al Estudio de Impacto Ambiental del proyecto. ETE-18 APILAMIENTO Y ALMACENAMIENTO DE AGREGADOS 18.01 Definiciones: a) Apilamiento de Agregados. Es la acción y efecto de poner en pilas o montones, los agregados que se utilizan en la construcción. b) Almacenamiento de Agregados. Es la acción y efecto de guardar los agregados destinados a la construcción de la obra, protegiéndolos adecuadamente en los sitios o lugares seleccionados, en forma tal que puedan conservarse sin contaminación y sin perder sus propiedades. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 133 18.02 Descripción: Este trabajo consiste en la selección de los sitios o lugares para colocar los materiales; la limpieza y preparación de dichos lugares; la carga, transporte y descarga del agregado, distribuyéndolo en montones o pilas; la protección adecuada y el cuidado necesario de los agregados correspondientes; todo de acuerdo con estas Especificaciones Técnicas Especiales y lo indicado en los planos. 18.03 Materiales. Los agregados depositados y almacenados, deben mantener todos los requisitos especificados para el tipo y características de los materiales a utilizar según el caso, evitando especialmente la segregación y contaminación, todo de acuerdo con estas Especificaciones Técnicas Especiales. 18.04 Selección de los Lugares para Apilamiento y Almacenamiento. El Contratista debe proceder a seleccionar los lugares más adecuados según la posición más favorable para la ejecución de los trabajos, de conformidad con los planos y Disposiciones Especiales. La selección de estos lugares es responsabilidad absoluta del Contratista y no se reconoce ningún pago por acarreo, ni tampoco compensación alguna, si el material se pierde o se daña por cualquier causa. 18.05 Preparación de los Lugares para Apilamiento y Almacenamiento. Los lugares destinados a estas operaciones, deben prepararse, limpiándolos de toda materia vegetal, árboles, troncos, malezas, así como de los residuos y basura, en forma tal que se evite la contaminación del material de acuerdo con lo indicado en la Sección 202 de las Especificaciones Generales de SOPTRAVI. Los sitios o lugares escogidos, deben ser nivelados, conformados y compactados hasta lograr una sección transversal razonablemente uniforme que drene satisfactoriamente, y de preferencia con una pendiente no mayor del 8%. Se tiene que compactar la superficie en todo su ancho, con un mínimo de tres pasadas completas con equipo de compactación aprobado por el Ingeniero Residente. Después de que el sitio haya sido nivelado y compactado, se tiene que colocar y compactar una capa de agregado u otro material granular adecuado sobre toda el área de las pilas y las vías de acceso. La profundidad del agregado o material granular colocado debe ser suficiente para estabilizar el suelo del sitio o lugar de la pila y las vías de acceso, para prevenir la contaminación de las pilas con suelo natural u otros materiales perjudiciales. 18.06 Apilamiento de Agregados. Las pilas o montones aislados deben de tener una forma geométrica regular, no permitiéndose alturas inferiores a 5 metros, ni mayores de 20 metros, con una pendiente lateral no mayor a la del ángulo de reposo de los materiales, pero en ningún caso la pendiente podrá ser más plana que 1:1½. Para formar las pilas, los agregados se deben depositar en capas uniformes de espesores no mayores de 1.0 metros. Los agregados se deben colocar por medio de camiones, volquetes, u otro sistema de transporte por volteo con llantas neumáticas. No se permite el uso de correas o bandas transportadoras, ni maquinaria empujadora ni de equipos o medios de apilado que causen degradación o segregación de los agregados. No se debe verter el agregado de manera que parte de éste se escurra hacia abajo sobre las capas inferiores de la pila. No se deben verter agregados utilizando cubetas o canaletas en un lugar específico para formar una pila con forma de cono. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 134 No se debe apilar agregados en los sitios en los que el tráfico pase a través de las pilas. Cuando se operen camiones sobre las pilas, se deben colocar planchas de paso, cuando sea requerido por el Ingeniero Residente, para evitar que el lodo de las llantas o cualquier otro material penetre en el material apilado. Las pilas deben colocarse lo suficientemente separadas o deben ser separadas por medio de paredes o particiones para evitar que se mezclen las distintas graduaciones de agregados. Después de medir y aceptar una pila de agregados que será utilizada en un futuro, ésta debe ser cubierta con un cobertor protector contra el medio ambiente. 18.07 Protección de los Agregados. Las pilas se deben ubicar y formar de tal manera que no se produzca mezcla de agregados de diferente tipo o segregación en los mismos; alejando lo más posible las pilas de los lugares de paso de vehículos, para evitar su contaminación con el polvo. Cuando los materiales tengan que estar depositados al aire libre y las condiciones de intemperie sean desfavorables, es obligación del Contratista cubrirlos, utilizando cubiertas de polietileno, de lona o de otro material adecuado. La cubierta debe de colocarse directamente encima de los agregados, fijándola adecuadamente y cubriendo toda la superficie de las pilas, para asegurar su protección contra la acción de los elementos naturales. 18.08 Disponibilidad de los Agregados: Cuando el Contratista tenga almacenada una cantidad de agregados menor que la requerida para terminar la obra de que se trate, éste está obligado a completarla, aun cuando tenga que adquirirla de otra fuente que llene los mismos requisitos especificados. 18.09 Medida: La medida se debe hacer del número de metros cúbicos con aproximación de dos decimales, de agregados apilados y almacenados en los lugares seleccionados. El volumen se debe determinar, utilizando métodos analíticos por medición directa de las pilas formadas. No se reconocen diferencias por concepto de asentamiento o contracción. La medida también puede hacerse si así lo aprueba el Ingeniero Residente, con la revisión del especialista ambiental y el Aval del Contratante, por toneladas métricas o metros cúbicos, ordenadas y colocadas en las pilas de almacenaje autorizadas por el ingeniero residente. 18.10 Pago. El pago podrá hacerse solamente con la aprobación previa del Director Ejecutivo de InvestH, cuando éste estime conveniente para la buena ejecución del proyecto y cuente con las garantías que a su criterio sean necesarias por parte del contratista. Será el número de metros cúbicos o de toneladas métricas de agregados apilados y almacenados, al precio unitario directo del material correspondiente al ítem afectado, indicado en la integración de precios unitarios del contratista y que forme parte de los precios del contrato, cuyo precio incluye el trabajo estipulado en esta ETE. No se reconoce ningún pago adicional por la adquisición o arrendamiento de terrenos, limpia, chapeo y destronque de los mismos, construcción de caminos de acceso, agregados y materiales de recubrimiento del terreno, cubierta de protección de las pilas, cercas, vigilancia, y pérdida de materiales por erosión, robo o cualquier otra causa, el absoluta responsabilidad del contratista la protección de estas pilas hasta que el material sea colocado en el proyecto en su destino final. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 135 ETE-19 ACERAS 10 CM DE ESPESOR F´c 210kg/cm2 19.01 Descripción. Este trabajo deberá consistir en la construcción de aceras con material bituminoso u hormigón de cemento portland, según las especificaciones que siguen y en conformidad razonable con las líneas y niveles que figuran en los planos o fueron fijados por el Ingeniero. 19.02 Materiales. Los materiales deberán satisfacer los requisitos especificados en las siguientes subsecciones: Tapa juntas 705.01 Varilla de refuerzo 709.01 Material para la capa de asiento 703.18 El hormigón para las aceras deberá satisfacer los requisitos de la Sección 601. Los materiales para la acera alquitranada deberán ser iguales a los especificados en las disposiciones especiales. Las mezclas de hormigón y productos bituminosos quedarán sujetas a inspección y ensayos en las plantas mezcladoras, para comprobar que están de acuerdo con los requisitos relativos a la calidad. Todos los materiales quedarán sujetos a inspección para ser aceptados en cuanto a su condición tan pronto como el Ingeniero tenga la oportunidad para revisar las obras. 19.03 Aceras de hormigón de cemento portland. (A) Excavación. La excavación se efectuará hasta la profundidad requerida y hasta un ancho que permita la instalación y arriostrado del encofrado. La cimentación deberá ser conformada y apisonada hasta que presente una superficie plana de conformidad, con la sección que figura en el plano. Todo el material blanco y asentable deberá ser retirado y repuesto con material aceptable. (B) Moldes. Los moldes (encofrado) deberán ser de madera o de metal, debiendo extenderse hasta la profundidad total del hormigón. Todos los moldes deberán ser rectos, exentos de combaduras y con suficiente resistencia para resistir la presión del hormigón sin flexionamiento. El arriostramiento y estancado de los moldes deberá ser tal que estos se mantengan en su alineamiento, tanto horizontal como vertical, hasta que sean retirados. (C) Colado de hormigón. La cimentación deberá ser humedecida por completo inmediatamente antes del colado del hormigón. La dosificación, mezcladura y colado del hormigón, se deberá efectuar de acuerdo con los requisitos para la clase de hormigón, que se haya especificado. El hormigón debe ser colado en una sola capa. Si fuese indicado en los planos o en las disposiciones especiales, deberá mezclarse negro de humo con el hormigón en la proporción que sea indicada. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 136 (D) Acabado. La superficie deberá ser acabada con una llana de madera. No se permitirá ningún revoque de la superficie. Todos los bordes exteriores de la losa y todas las juntas deberán ser canteados con una herramienta canteadora con radio de 0.60cm. (E) Juntas. Las juntas de expansión deberán tener las dimensiones especificadas y deberán ser tapadas con el tipo de tapajuntas de expansión, pre moldeado, que haya sido especificado. La acera deberá ser dividida en Secciones de juntas simuladas mediante el uso de una llana de juntas u otro sistema aceptable, según fuese ordenado. Estas juntas simuladas deberán hundirse en el hormigón por lo menos hasta 1/4 de la profundidad del mismo y tener aproximadamente 0.30cm. de ancho. Alrededor de todos los accesorios, tales como cajas de registro, postes o servicio público, etc., deberán formarse juntas de trabajo o de colado, que se extiendan dentro y a través de la acera. En estas juntas se deberán colocar tapajuntas de expansión premoldeadas, de 0.60cm. de espesor. Los tapajuntas de expansión del grueso citado también se deberán colocar entre las aceras de hormigón y toda estructura fija como por ejemplo un edificio o un puente. Este material de junta de expansión deberá penetrar hasta la profundidad total de la acera. (F) Curado. El hormigón deberá ser curado por lo menos durante 72 horas. El curado se efectuará por medio de cañamazo mojado o de algún otro método aprobado. Durante el período de la curación se deberá prohibir todo el tránsito, tanto de peatones como de vehículos. El tránsito de vehículos también deberá prohibirse durante el período adicional que el Ingeniero juzgue conveniente. 19.04 Medición. Las aceras de hormigón de cemento portland se medirán por metro cuadrado de superficie acabada y deberá ser su espesor mínimo de 10 cm a menos que se indique otra cosa en los planos del proyecto. 19.05 Forma de pago. Las cantidades de acera serán pagadas al precio unitario del contrato por metro cuadrado de acera de hormigón de cemento portland ETE-20 BAHIAS PARA BUSES BAHIA DE BUSES Descripción El diseño contempla para evitar conflictos entre el tránsito principal y los vehículos de transporte colectivo, que se ven obligados por la naturaleza de su servicio a detenerse en su recorrido por la vía, para recoger y bajar pasajeros, la incorporación de apartaderos o bahías para autobuses a lo largo de las carreteras. Cada bahía se construirá de concreto hidráulico, contará con un carril de aceleración y uno de desaceleración con una longitud de 15 m cada uno y un carril para el acomodo de los autobuses con una longitud de 30 m, teniendo un ancho de carril de 3 m, 1 m adicional de separación del carril principal de la carretera, también cuentan con aceras de 1.50 m de ancho y bordillo integrado. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 137 20.1 CONCRETO HIDRÁULICO PARA PAVIMENTO Este trabajo consiste en la elaboración, transporte, colocación y vibrado de una mezcla de concreto hidráulico como estructura de un pavimento, sobre una capa de base triturada; la ejecución de juntas, el acabado, el curado y demás actividades necesarias para la correcta construcción del pavimento, de acuerdo con los alineamientos, cotas, secciones y espesores indicados en los planos del proyecto. 20.01. Materiales El concreto estará constituido de cementos Portland, agregados y agua. 20.02. Cemento portland El cemento Portland deberá cumplir con las siguientes especificaciones según el tipo requerido o permitido: TIPO ESPECIFICACION Cemento Portland AASHTO M-85, ASTM C150 El cemento empleado en la obra deberá corresponder a aquél en el que se basó la dosificación previa del concreto. El contratista deberá proporcionar los medios para el almacenamiento y protección del cemento contra la humedad. Aquél cemento que por alguna razón se vuelve parcialmente duro o que contenga grumos o costras de cementó, deberá rechazarse. 20.03. Agregados Los agregados finos para concreto deberán cumplir con los requerimientos de AASHTO M93. Los agregados gruesos para concreto deberán cumplir con los requerimientos de AASHTO M80 - 87. La explotación de los bancos de materiales para este concepto es responsabilidad total del contratista. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 138 20.04. Agua El agua usada en la mezcla o el curado deberán estar razonablemente limpia y libre de aceite, sales, ácidos, álcalis, azúcar, materia vegetal o cualquier otra sustancia que altere el producto. En consecuencia, el agua deberá examinarse y deberá cumplir con los requerimientos de AASHTO T26-79. El agua reconocida como potable se podrá usar sin previo examen. 20.05. Aditivos Ningún aditivo Podrá usarse en el concreto sin autorización Previa, y toda autorización estará sujeta a los requerimientos de AASHTO, ASTM que sean aplicables. Los aditivos deberán demostrar compatibilidad con todos los materiales locales que compongan el concreto, incluyendo el cemento. Las mezclas de prueba deberán demostrar, además, que el concreto fresco tendrá las propiedades deseadas y que no perderá resistencia y durabilidad cuando endurezca. 20.06. Acero Las varillas de tipo corrugado deberán cumplir con los requerimientos de ASTM A615, A616 M90 o A617 M-90. Las barras de pasajuntas deberán ser redondas y lisas, de acuerdo con ASTM A615 M-90 y deberán estar libres de deformaciones que restrinjan deslizamientos en el concreto. Antes de su remisión al lugar de trabajo, se deberán pintar las barras pasajuntas en una extensión de la mitad de su longitud, con una capa de pintura de plomo o brea. Los casquillos destinados para las barras pasajuntas que se usarán en las juntas de expansión, deberán ser metálicos, de diseño autorizado para cubrir cinco centímetros, con una tolerancia de medio centímetro, de la barra lisa, -con un extremo cerrado y con un tope adecuado para sostener el extremo del casquillo, por lo menos a 2.5 cm del extremo de la barra. Los casquillos deberán ser diseñados de manera que no fallen durante la construcción. 20.07. Materiales para las juntas El sellador que se vaya a poner sobre las juntas deberá cumplir con los requerimientos de AASHTO M173-84 o ASTM D1190-74. También se pueden usar otros tipos aprobados por el ingeniero. Los insertos prefabricados para las juntas deberán cumplir con los requerimientos de AASHTO M33 o M213; ASTM D994 o D1751 como se especifica, y deberán perforarse para permitir la instalación de las pasajuntas en los sitios señalados en los planos. El inserto para cada unión deberá hacerse de una sola pieza, para la profundidad y ancho totales que necesite la junta, a menos que el ingeniero autorice otro procedimiento. Cuando se autorice el uso de más de una pieza para la junta, los extremos colindantes deberán asegurarse firmemente y mantenerse exactamente en su lugar por medio de grapas o algún otro medio de fijación que el ingeniero considere satisfactorio. 20.08. Materiales para el curado Los materiales para el curado deberán cumplir con las siguientes especificaciones: Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 139 TIPO DE MATERIAL ESPECIFICACION Tela de yute AASHTO M182 Compuestos líquidos blancos formadores de membrana para curado de concreto AASHTO M148, ASTM C309 Materiales laminares para curado de concreto AASHLO M171, ASTM C171 20.09. Concreto para pavimento El concreto a utilizarse en la pavimentación deberá tener a los 28 días una resistencia a la flexión (módulo de ruptura) de 653 libras por pulgada cuadrada (AASTHO T97). 20.10. Dosificación Con por lo menos treinta días de anticipación a la producción del hormigón, deberán ser enviadas al supervisor el diseño de la mezcla, para su ensayo y aprobación, de muestras y todas las fuentes de obtención de los componentes del hormigón; las proporciones se determinarán mediante ensayos tentativos, incluyendo agentes incorporadores de aire que satisfagan los requerimientos y produzcan un hormigón de la trabajabilidad y plasticidad requerida. Cada m3 de hormigón contendrá la cantidad de cemento designada con más o en menos 2% de variación. La relación agua cemento no excederá de 0,44 por kilo de cemento y bajo este límite, la cantidad de agua será ajustada en forma tal de obtener un asentamiento comprendido entre los 12 y 75mm. Una vez aceptados los materiales, el ingeniero debe determinar la dosificación, incluyendo la cantidad de aditivo, si se va a emplear alguno, necesario para producir un concreto con la plasticidad y trabajabilidad requeridas. Cualquier ajuste que sea necesario en el lugar de trabajo deberá hacerse por orden del ingeniero: Si no es posible conseguir el concreto con la plasticidad y trabajabilidad deseada con la dosificación del diseño original, el ingeniero deberá cambiar el peso de los agregados de acuerdo a las necesidades, manteniendo el contenido de cemento que señale el diseño original. No deberá hacerse ningún cambio en cuanto a fuente y características del material sin notificarlo al Ingeniero. Los revenimientos deberán determinarse de acuerdo a AASHTO T1 19-93, ASTM C143-90. El contratista deberá proporcionar el concreto necesario para el colado de vigas y cilindros de prueba. Los especímenes de ensayo deberán ser hechos, curados y probados de acuerdo a AASHTO T22, ASTM C39; y AASHTO T23, ASTM C31 y AASHTO T97-86, ASTM C78-84. 20.11. Equipo de mezclado 20.11.01. Generalidades. El concreto puede mezclarse en el lugar de construcción o en una instalación central, ya sea total o parcialmente, o en camiones mezcladores. Cada mezcladora deberá ser del tipo autorizado y tener colocada en lugar visible la placa del constructor, en la que se muestre la capacidad de la olla en términos de volumen de concreto mezclado, y la velocidad de rotación de la olla mezcladora o de las aspas. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 140 20.11.02. Mezcladoras en el lugar de construcción. La mezcla debe hacerse en una mezcladora autorizada, capaz de combinar agregados, cemento y agua en una masa completamente mezclada y uniforme en el tiempo de mezclado específico, y capaz de descargar la mezcla sin segregación. La mezcladora deberá estar equipada con un dispositivo de tiempo aprobado; que asegure automáticamente la compuerta de descarga cuando la olla esté cargada y la suelte al final del período de mezclado. El dispositivo deberá estar equipado con un timbre, o alguna otra señal de alarma adecuada, ajustado para dar una señal claramente audible cada vez que el seguro se suelte. Si el dispositivo de tiempo se descompone, la mezcladora puede usarse por el resto del día mientras se repara, asegurándose que cada carga se mezcle por espacio de 90 segundos. 20.11.03. Camiones mezcladores y camiones agitadores. Los camiones mezcladores que se usen para mezclar y transportar concretos, y los camiones agitadores que se usen para transportar concreto mezclado en instalaciones centrales, deberán cumplir con los requerimientos de AASHLO M157. 20.11.04. Camiones sin mecanismos agitadores. Las cajas del equipo de transporte sin mecanismos agitadores, deberán ser recipientes lisos, no adherentes al mortero, metálicos, capaces de descargar el concreto a un ritmo controlado satisfactoriamente sin segregación. En caso de necesitarse protección, deberán llevar cubiertas. 20.12. Métodos de construcción Una vez terminada la deberá mantenerse lisa y compacta hasta que se coloque el concreto. Además, la debe cumplir con la cláusula No. 600 del Manual de Carreteras de SOPTRAVI en caso de que se utilice el método de forma deslizante en la construcción. Cuando las condiciones de trabajo permitan trabajar desde la orilla del trecho, el equipo de construcción no deberá operarse sobre el trecho en pavimentación. Si al operar el equipo en el carril que se está pavimentando deja marcas de rodada o produce desplazamientos en el material de la sub-base, deberán conseguirse camiones más ligeros o proporcionar vías de acceso adecuadas. Los camiones de carga, camiones mezcladores, mezcladoras mecánicas y otro equipo pesado, no podrán utilizarse sobre un carril ya pavimentado hasta que el concreto tenga por lo menos cuatro días de edad y el concreto curado tenga una resistencia a la flexión de 38.5 Kg/cm². Todo exceso de concreto y pedacería de piedra deberá removerse de la excavación, antes de rellenar, por detrás de los límites de la guarnición. El área entre la guarnición y la banqueta, o de la alineación de la propiedad cuando no existe banqueta, deberá nivelarse de manera precisa y eficiente. 20.13. Manejo, medición y materiales de la mezcla Los agregados deberán obtenerse de reservas de materias primas, u otras fuentes, y transportados a la planta de mezclado de manera que se asegure una graduación uniforme del material. Los agregados que se hayan segregado o mezclado con tierra o materiales extraños, no deberán usarse. Los agregados que contengan una humedad alta o irregular, deberán almacenarse o colocarse en cribas para que se drenen, por lo menos durante 12 horas antes de que se mezclen. Los agregados finos, y cada tamaño de agregados gruesos, deberán pesarse por separado en las cantidades establecidas por el ingeniero para la mezcla de trabajo. El cemento deberá medirse por Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 141 peso. Las partidas de mezcla se podrán rechazar, a menos que se hayan mezclado dentro de la hora y media posterior al momento en que el cemento entró en contacto con los agregados. Las tandas de mezcla deberán introducirse a la mezcladora por separado a intactas, sin pérdidas de cemento y sin que se pase material de una partida a otra. La preparación de la mezcla deberá efectuarse de tal manera que se consigan las proporciones en peso de cada material requerido, dentro de una tolerancia de 1 % para el cemento y de 2 % para los agregados. El agua debe medirse ya sea por volumen o por peso. La precisión en la medición del agua deberá quedar dentro de un rango de error no mayor de 1 %. A menos que se vaya a pesar el agua, el equipo para la medición deberá incluir un tanque auxiliar, de donde se llenará el tanque medidor. El tanque medidor deberá estar equipado con un grifo exterior y una válvula para verificar el ajuste, a menos que se cuente con otros medios para determinar la cantidad de agua en el tanque. El volumen del tanque auxiliar deberá ser de por lo menos la misma cantidad que el del tanque medidor. Los métodos y equipo para adicionar algún aditivo, deberán ser aprobados por el ingeniero. Todos los aditivos deberán medirse para introducirse en el mezclador con una precisión de más o menos 3%. 20.14. Mezclado del concreto El tiempo de mezclado deberá medirse desde el momento en que todos los materiales, excepto el agua, se encuentren en la olla. El concreto mezclado, listo para usarse, deberá mezclarse y despacharse de acuerdo con los requerimientos de AASHTO M157. Cuando se mezcle en el lugar de trabajo o en una planta mezcladora central, el tiempo de mezclada no deberá ser menor de 50 ni mayor de 90 segundos, El tiempo de mezclado, que incluye el tiempo de transferencia de una olla a otra, en una mezcladora de ollas múltiples, termina cuando la tolva de descarga se abre. El contenido de una olla mezcladora debe removerse antes de introducir la siguiente partida de mezcla. La mezcladora autorizada deberá ser operada a la velocidad de la olla que aparezca en la placa del constructor. Cualquier concreto mezclado por menos tiempo del especificado deberá ser descartado y eliminado por cuenta del contratista. La mezcla debe ser cargada en la olla de manera que una porción del agua entre primero que los agregados y el cemento. El flujo de agua deberá ser uniforme, y toda el agua deberá estar dentro de la olla en los primeros 15 segundos del tiempo de mezclado. El cuello de la olla deberá mantenerse libre de acumulaciones que restrinjan el libre flujo de los materiales hacia el interior. El concreto mezclado en una planta central de mezclado, deberá transportarse en camiones mezcladores, camiones agitadores, o camiones con cajas especiales sin mecanismos agitadores. Cuando el concreto es transportado en camiones sin mecanismos agitadores, no deben pasar más de 45 minutos entre el momento en que se agrega el agua y el momento en que se deposita el concreto para su colocación en el lugar de la obra. Cuando el transporte se haga en camiones mezcladores o agitadores, el límite de tiempo será de 90 minutos. No se deberá permitir el reacondicionamiento del concreto con la adición de agua o Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 142 por otros medios. EI concreto que se encuentre en condiciones inadecuadas para su colocación cuando se surta, deberá rechazarse. 20.15. Cimbrado 20.15.01. Generalidades Las cimbras deberán tener una sección transversal, resistencia y nivel de seguridad tales que soporten la presión del concreto al ser colado, así como la vibración y el impacto del equipo que soporten, sin hundirse ni sedimentarse. El método de conexión entre secciones deberá ser de tal manera que las juntas no se desplacen en ninguna dirección. La desviación máxima que la superficie superior podrá tener no deberá exceder de 0.2 cm en tres metros, y para la cara inferior será de 0.5 cm en tres metros a partir de una línea recta para las curvas de radio de 30 metros o menos, deberán emplearse cimbras flexibles o curvadas del radio adecuado. 20.15.02. Colocación de las cimbras La sub-base debajo de las cimbras deberá compactarse y emparejarse al nivel, de manera que cuando se coloque la cimbra, ésta sea soportada uniformemente a todo lo largo, de acuerdo a la elevación especificada. Deberán limpiarse y aceitarse todas las cimbras cada vez que se usen. 20.15.03. Pendiente y alineación El contratista deberá verificar, y corregir, de ser necesario, la alineación y elevaciones de la pendiente en las cimbras inmediatamente antes de colar el concreto. Cuando alguna de las cimbras se desacomode o alguna pendiente se vuelva inestable, se tendrá que volver a instalar la cimbra y volver a verificarla. 20.15.04. Guarniciones sencillas o combinadas como cimbras En lugar de colocar cimbras, la orilla de una sección de guarnición sencilla o combinada de concreto, instalada previamente, puede usarse como cimbra. (Ver sección 703) 20.16. Métodos opcionales de construcción 20.16.01 pavimentación con cimbra deslizante En vez de usar cimbras fijas, el contratista deberá colocar el concreto con una pavimentadora de cimbra deslizante, diseñada pare extender, consolidar, conformar y dar un acabado llano al concreto fresco, ya colocado en una sola pasada de la máquina. La pavimentadora de cimbra deslizante deberá ser operada de manera que casi siempre marche hacia adelante, y todas las operaciones de mezclado, surtido y extensión del concreto deberán coordinarse de manera que se consiga un progreso uniforme que reduzca al mínimo la frecuencia de operaciones dé apagado y encendido de la máquina. La sub-base y el área de tránsito de la pavimentadora de cimbra deslizante deben tener la pendiente y sección transversal adecuados, por medio de una máquina diseñada y aperada correctamente. Una pendiente alterada deberá ser recompactada adecuadamente. Si se permite algo de tránsito sobre la pendiente ya preparada, ésta deberá ser verificada y corregida antes de colocar el concreto. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 143 20.17. Colocación y acabado 20.17.01. Generalidades El concreto deberá depositarse sobre la superficie húmeda, de manera que requiera el menar manejo posterior posible. La colocación entre juntas transversales, deberá ser continua, y no se utilizarán tabiques herméticos. La extensión manual que se necesite deberá hacerse con palas, no con rastrillos. No se permitirá caminar sobre el concreto fresco a trabajadores con tierra o substancias extrañas en sus zapatos o botas. El concreto deberá consolidarse completamente contra y a lo largo de las caras de la cimbra, en toda su extensión y a ambos lados de todos los montajes de las juntas. No se deberá permitir que los vibradores entren en contacto con los montajes de las juntas, el piso, o los lados de la cimbra. El vibrador no deberá operarse por más de 15 segundas en ningún lugar. El concreto deberá depositarse lo más cerca posible de las juntas de expansión y contracción, sin desacomodarlas, pero no deberá retacarse hacia los montajes de las juntas. 20.17.02. Rebajado, consolidación y acabado La secuencia de operación deberá ser rebajado y consolidación, allanado de ser necesario, nivelación y acabado final de la superficie. El pavimento deberá ser rebajado y consolidado con una máquina de acabado mecánico y un vibrador de conformación. Se puede usar una pavimentadora de cimbra deslizante. En general, la adición de agua a la superficie del concreto para facilitar las operaciones de acabado, no deben permitirse. En caso de permitirse, deberá aplicarse coma neblina rociada con el equipo aprobado para tal efecto. Una vez rebajado y consolidado, el concreto deberá emparejarse con una regla de borde recto, de aproximadamente tres metros de largo, que tenga una manija que permita poder manejarla desde la orilla del pavimento. Se deberá remover cualquier exceso de agua o residuos de la superficie del pavimento. La regla de emparejar deberá manejarse paralela a la línea central del pavimento y se moverá hacia adelante una distancia igual a la mitad de su longitud después de cada pasada. Las irregularidades se corregirán agregando o removiendo concreto. Todos los lugares desarreglados se deberán emparejar otra vez. Se tratará de usar lo menos posible, allanadores de madera de asa larga; se podrán usar sólo en emergencias y en lugares inaccesibles para el equipo de acabado. Antes de terminar el acabado final y antes de que el concreto llegue al fraguado inicial, se deberá dar, cuidadosamente, a los bordes de la losa y a la guarnición el acabado con un bordeador del radio que se muestre en los planos. Para dar el acabado final se usará una draga o escoba de harpillera. La escoba de harpillera deberá tener un ancho de por lo menos 91.5 cm y un largo suficiente para cubrir todo el ancho del pavimento. Deberá mantenerse limpia y saturada mientras se use. Deberá ponerse sobre la superficie del pavimento y halarse en la dirección en que se esté colocando el concreto. Para un acabado con escoba, deberá arrastrarse una escoba de cerdas duras del centro del pavimento a la orilla, con trazos adyacentes que se traslapen para producir corrugaciones sobre la superficie, de apariencia uniforme y de una profundidad de aproximadamente 0.15 cm. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 144 Para pendientes longitudinales superiores al 7 % el Ingeniero puede ordenar un acabado final de la superficie del pavimento con premoldeo para incrementar la fricción y tener una superficie con textura antideslizante que permita dar más seguridad al frenado de los vehículos (en bajada) o fuerza de tracción (en subida). 20.17.03 protección del pavimento El contratista deberá tener siempre a la mano los materiales para proteger la superficie del concreto fresco contra la lluvia. Estos materiales deberán consistir de tejidos de ixtle o algodón, papel de curado, o revestimiento plástico. Cuando se utilice el método de construcción con cimbra deslizante, también serán necesarios materiales, tales como tablas o cimbras de madera, para proteger las orillas del pavimento. 20.18. Curado 20.18.01. Generalidades El concreto deberá ser curado por medio de protección contra pérdidas de humedad, cambios bruscos de temperatura y acción mecánica, por lo menos durante los tres días siguientes a su colocación. Se puede usar papel impermeable, revestimiento de polietileno blanco, membrana de compuesto líquido blanco, o una combinación de todos. Después de terminar con las operaciones de acabado, toda la superficie del concreto nuevo colocado deberá cubrirse con cualquier medio de curado aplicable a las condiciones locales, autorizado por el ingeniero. Las orillas de las losas de concreto que queden expuestas al descimbrar, deberán protegerse inmediatamente para proporcionar a estas superficies un tratamiento de curado continuo, igual al del método seleccionado para curar la losa y la superficie de la guarnición. 20.18.02. Papel impermeable o polietileno blanco Las hojas de papel impermeable, o el polietileno blanco deberán estar en pedazos lo suficientemente largos para cubrir toda la extensión y las orillas de la losa, y deberán traslaparse por lo menos 45 cm. El papel o el polietileno deberán ser lastrados adecuadamente para prevenir desplazamientos o arrugas debidas al viento, y el material doblado sobre las orillas del pavimento deberá asegurarse con montones continuos de tierra. Las rasgaduras a hoyos que aparezcan en el papel o el polietileno durante el período de curado deberán repararse inmediatamente. 20.18.03. Membrana El método de curado con membrana deberá aplicarse antes de la operación final de acabado, después que toda el agua libre ha desaparecido de la superficie. Se necesitará una cobertura completa y uniforme a razón de 5 metros cuadrados por litro. El compuesto deberá mantenerse en agitación para evitar la sedimentación del pigmento, y deberá aplicarse a las orillas del pavimento inmediatamente después de que se descimbre. 20.19 Juntas 20.19.01 Generalidades Las juntas de contracción, de expansión, y todas las juntas longitudinales deberán colocarse como se indique en los planos. Las juntas transversales de construcción deberán ser utilizadas de acuerdo Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 145 a los requerimientos (Sección 903 de las presentes especificaciones). Las juntas transversales deberán extenderse en forma continua a través del pavimento y la guarnición. 20.19.02 Juntas transversales de contracción Las juntas transversales de contracción deberán consistir de planos de menor resistencia, creados por medio de ranuras cortadas sobre la superficie del pavimento. Deberán tener una profundidad de por lo menos la tercera la profundidad de la losa por tratarse de hormigón sobre sub-rasante suelo – cemento. Las juntas de contracción deberán hacerse con ranuras sobre la superficie del pavimento cortando con una sierra, aprobada, para concreto. Después de aserrar cada junta, el corte resultante y la superficie del concreto adyacente deberán limpiarse completamente. Se deben empezar a aserrar las juntas tan pronto como el concreto se endurezca lo suficiente para permitir el corte sin deshacerse excesivamente, generalmente de 4 a 8 horas. Todas las juntas deberán aserrarse antes de que aparezcan grietas por contracción sin control. Las operaciones de aserrado deberán llevarse a cabo durante día y noche, de ser necesario, sin importar las condiciones ambientales. Deberá tenerse a la mano una sierra de reserva para el caso de que ocurra una descompostura. Se deberá desistir de aserrar cualquier junta por cuyo trazo, o cerca de él, aparezca una grieta antes de empezar el corte. Se deberá dejar de aserrar si aparece una grieta por delante de la sierra cuando se está haciendo el corte. En general, todas las juntas deberán aserrarse en forma consecutiva. Todas las juntas de contracción en trechos adyacentes a otras construidas previamente, deberán aserrarse antes de que ocurra agrietamiento descontrolado. 20.19.03 Juntas transversales de construcción Se deberán colocar juntas transversales de construcción, del tipo indicado en los planos, cada vez que el colado se suspenda por más de 30 minutos. Una junta a tope con barras lisas o una junta con extremo de mayor espesor deberá usarse si la junta se localiza en el sitio de una junta de contracción. Si la junta se localiza en cualquier otro sitio, se deberán usar juntas machihembradas provistas de varillas corrugadas. 20.19.04 juntas transversales de expansión Las juntas transversales de expansión deberán consistir de un relleno vertical, colocado en una junta a tope, con o sin barras lisas, como se muestra en los planos. El relleno de junta de expansión deberá ser continuo de cimbra a cimbra, amoldado a la sub-base, sección de la guarnición, y a la dirección principal a lo largo de la cimbra. El relleno de juntas prefabricadas deberá elaborarse en longitudes iguales al ancho del pavimento o al ancho del carril. El relleno de juntas dañado o reparado no deberá usarse a menos que la autorice el ingeniero. El relleno de juntas de expansión se deberá mantener en posición vertical. De ser necesario, deberá emplearse una barra o algún otro dispositivo de instalación aprobado, para asegurar una pendiente y alineación adecuadas durante la colocación y acabado del concreto. Las juntas terminadas no deberán desviarse de la alineación horizontal por más de 0.5 cm con respecto a una línea recta. Si los rellenos de juntas se arman por secciones, no deberá haber desniveles entre unidades adyacentes. No deberá permitirse ningún tapón de concreto en ningún lugar dentro del espacio de expansión. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 146 20.19.05 juntas longitudinales Las juntas longitudinales deberán consistir de planos de escasa resistencia, creados mediante hendiduras preformadas o ranuras de corte en la superficie del pavimento. Deberán tener la profundidad indicada en los planos u ordenada por el Ingeniero. 1. Las juntas longitudinales aserradas consistirán en ranuras hechas con una sierra para concreto, después de que el concreto se endurezca. 2. Las juntas longitudinales de ranura se forman por medio de un instrumento o dispositivo aprobado que se introduce en el concreto fresco. La herramienta o dispositivo aprobado permanece en su lugar hasta que el concreto alcance su fraguado inicial y entonces deberá quitarse sin desacomodar el concreto adyacente. 3. Las juntas longitudinales de construcción deberán tener las dimensiones que se muestren en los planos. Cuando se necesite machihembrada, ésta deberá construirse mediante cimbrado en el momento en que se coloque la primera losa adyacente a la junta. Se deberá dar el acabado a estas juntas con un bordeador del radio que se muestre en los planos. Cuando se coloque la segunda losa, el concreto no debe dejarse sobresaliendo del labio formado en la primera losa por la herramienta bordeadora. 20.19.06Sellado de las juntas Las juntas que se vayan a sellar deberán llenarse con material sellador de juntas, antes de que el pavimento se abra al tránsito, y tan pronto como sea posible después del período de curado. Justo antes de sellar, deberá limpiarse de materiales extraños a cada junta, incluyendo el compuesto de curado con membrana, y deberán limpiarse y secarse las superficies de las caras de las juntas cuando se aplique el sello. El material sellador que se aplique caliente deberá mezclarse durante el calentamiento para evitar sobrecalentamiento localizado. El material sellador deberá aplicarse a cada abertura de la junta, de acuerdo con los detalles mostrados en el plano o a las indicaciones del ingeniero. El sellado de las juntas deberá hacerse sin regar material sobre las superficies expuestas del concreto. Cualquier exceso deberá limpiarse de la superficie del concreto inmediatamente. No deberá permitirse el uso de arena u otro material similar para cubrir el sello. No deberá colocarse el material sellador cuando la temperatura del aire a la sombra sea menor de 10 Grados Centígrados, a menos que lo autorice el ingeniero. 20.20 Apertura al tránsito El ingeniero decidirá cuándo deberá abrirse al tránsito el pavimento. No deberá abrirse al tránsito hasta que el concreto curado, en su localización, haya obtenido una resistencia a la flexión de 650 libras por pulgada cuadrada o una resistencia a la compresión de 4,000 libras por pulgada cuadrada. Antes de abrirse al tránsito, deberá limpiarse el pavimento. 20.21 Acero de refuerzo grado 60 20.21.01. Descripción Este trabajo consiste en el suministro y colocado del acero de refuerzo de conformidad con estas especificaciones y los documentos contractuales. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 147 20.21.02 Material Todo el acero de refuerzo deberá ser corrugado, con la excepción de las barras lisas que se puedan usar para espirales y uniones. El acero deberá cumplir con la norma AASHTO M 31M (ASTM A 615M). Se usará acero Grado 60 en toda la estructura. El Ingeniero deberá recibir una copia del certificado de la fábrica mostrando el análisis físico y químico para cada lote de barras que se entreguen y destinen al proyecto. La barras de refuerzo deberán ser entregadas en el proyecto en atados y debidamente identificados. 20.21.03 preparación Las barras de refuerzo deben ser cortadas y dobladas a las formas mostradas en los planos. Las tolerancias deben de estar en acuerdo con lo establecido en las normas del ACI 318-95. Todas las barras deben ser dobladas en frío y las barras parcialmente embebidas en concreto no deben ser dobladas en el campo, salvo indicación contraria indicada en los planos. La dimensión de los ganchos y el diámetro de los dobleces medidos por el interior de la barra deberán ser como se indica en los planos. En caso de que no se indiquen, deberá cumplirse con lo señalado en AASHTO LRFD Especificaciones para el Diseño de Puentes, Sección 5.10 o en ACI 318-95, sección diseño sísmico. 20.21.04 Manejo, almacenaje y condición de la superficie del refuerzo. El acero de refuerzo debe almacenarse sobre arriba de la superficie del terreno, sobre plataformas u otro tipo de soportes; debe protegerse hasta donde sea posible de cualquier daño mecánico y de la deterioración de la superficie causada por la exposición a los elementos que producen corrosión. Cuando se coloque en la obra, el refuerzo debe estar libre de sucios, escamas y residuos producidos por la corrosión, mortero, pintura, grasas, aceites y cualquier otro material que pudiese reducir la unión con el concreto. 20.21.05 Colocación y fijación del acero de refuerzo. Generales El acero de refuerzo debe ser colocado en forma precisa según se muestra en los planos y firmemente sujeto en su lugar durante el colocado del concreto. Las barras deben ser atadas con alambre de amarre No. 16 S.W.G. en cada intersección y a no menos de 600 mm cuando se coloca como alfombra y a no más de 1800 mm cuando las barras están colocadas en atados. Cuando el refuerzo está en su posición final, listo para recibir el concreto, deberá ser revisado y aprobado por el Ingeniero antes de iniciar el colado, y dicha revisión y aprobación no exonerará al Contratista de cualquiera de sus responsabilidades bajo este contrato. 20.21.05.02 Formas de apoyo El acero de refuerzo debe estar apoyado en la posición precisa por medio de bloques de concreto, barras de acero o caballetes de acero. Estos aditamentos deben ser de tal altura y estar espaciados a intervalos que mantengan la separación entre el refuerzo y la uniformidad en los niveles de los lechos del armado. Las plataformas para soportar a los trabajadores y el equipo durante la colocación del concreto deben estar apoyadas directamente en las formas y no en el acero de refuerzo. 20.21.05.03 Bloques de Mortero Los bloques de concreto deben tener una resistencia a la compresión no menor a la del concreto en la que quedarán embebidos. Las caras de los bloques que estarán en contacto con las formas para las Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 148 caras expuestas no deben ser mayores a los 50 mm x 50 mm en tamaño y debe tener el color y textura que haga juego con la superficie del concreto. Los bloques deben tener alambre de amarre embebido para asegurarlos al refuerzo. 20.21.05.04 Caballetes de Acero En las losas que requieran dos o más lechos de refuerzo los lechos paralelos deberán fijarse en su posición mediante el uso de caballetes de acero que deberán espaciarse a manera de lograr un soporte uniforma del acero. Los caballetes deberán cumplir con lo descrito en el Manual de las Prácticas Estándar del Instituto del Acero de Refuerzo para Concreto. 20.21.06 Empalmes de las Barras 20.21.06.01 Generales Todo el refuerzo debe ser instalado en piezas completas según las longitudes especificadas en los planos. Excepto por los empalmes especificados en los planos y empalmes para 15M o barras menores, los empalmes no se permitirán sin la aprobación escrita del Ingeniero. 20.21.06.02 Empalmes para Traslapes Los traslapes serán de la longitud especificada en los documentos contractuales y si no lo están, dicha longitud será la que señale el Artículo 5.11.5.3.1 o el Artículo 5.11.5.5.1 de Las Especificaciones para el Diseño de Puentes AASHTO LRFD, o como lo apruebe el Ingeniero. 20.21.06.03 Empalmes Soldados Los empalmes soldados serán usados solamente si se detallan en los documentos contractuales o si el Ingeniero lo autoriza por escrito. La soldadura debe efectuarse conforme lo establece el Código para Soldadura Estructural en Acero de Refuerzo, ANSI/AWS D1.4-92 y los documentos contractuales. E20.21.06.04 empalmes de Emparrillados y Mallas Las láminas de mallas o emparrillados de barras deben estar traslapadas sobreponiendo una sobre otra lo suficiente para mantener una fuerza uniforme y deben estar aseguradas lo suficiente al final de las orillas y extremos. 20.21.07Substituciones La substitución de los tamaños de las barras podrá ser permitida solamente cuando lo autorice el Ingeniero. Las barras sustitutas deben tener un área equivalente o mayor al área de diseño y debe estar de acuerdo con el Artículo 5.7.3.4 de las Especificaciones para el Diseño de Puentes AASHTO LRFD. 20.21.08. Recubrimiento del refuerzo Se dará recubrimiento al refuerzo según se indique en los planos. Excepto donde se muestre de otra manera en los planos, el recubrimiento de concreto para todo el acero principal deberá ser de 40 mm (1.5") como mínimo. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 20.22 149 Medición y pago 20.22.01 Medición Seguir los lineamientos establecidos en los planos. 20.22.02Pago Todas estas actividades deberán estar incluidas en el precio unitario por bahía. Este precio deberá compensar totalmente la obtención y preparación de todos los materiales; concreto, acero de refuerzo, pasa juntas, etc…, de acuerdo con los dibujos de construcción o previsiones especiales; colocación, acabado, curado; toda la mano de obra, equipo, herramientas, explotación de bancos de materiales, imprevistos, y pruebas necesarias para cumplir con todos los lineamientos que comprenden esta actividad. No incluyendo los bordillos y aceras, que se pagarán por el concepto correspondiente. 20.23 Aceras de hormigón de cemento portland. Esta actividad se regirá y pagará por la ETE-19 Aceras de 10 cm. de espesor, f´c= 210 Kg/cm2. 20.24 bordillos Los bordillos deberán realizarse conforme a los requisitos indicados en la Especificación 609 de las Especificaciones Generales de SOPTRAVI, Edición 1996. 20.24.01 Medición. El bordillo, tanto nuevo como repuesto, se medirá por metro lineal .La combinación de bordillo y cuneta se medirá a lo largo de la cara de la cuneta. No se hará rebaja alguna en el largo por las estructuras de drenaje instaladas en el bordillo, tales como resumideros, tragantes, etc. El material para la capa de asiento se medirá por metro cúbico y se pagará por el Concepto Material de Base Triturada. 20.24.02 Forma de pago. Las cantidades de bordillo aceptadas, incluyendo: excavación, pasadores, material de expansión, varilla de refuerzo y conformación de la base, se pagarán al precio unitario del contrato por metro lineal de bordillo de Concreto ETE-21 PUENTES PEATONALES Descripción El diseño de rehabilitación y reconstrucción parcial de la carretera Jícaro Galán – Santa Elena (Desvío a Cedeño), contempla la implementación de 8 puentes a peatonales, que inciden directamente en la seguridad vial, mismos que fueron localizados de acuerdo a un análisis e inspección de la zona, escogiendo el sitio de localización de los mismos tomando en cuenta las zonas escolares, centros de salud y comunidades con gran densidad poblacional. En la presente especificación se detallan las actividades para la construcción. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 150 Localización En la siguiente tabla se describe la localización de los puentes peatonales No. 1 2 3 4 5 6 7 Estación LOTE A 3 + 198 6 + 250 7 + 480 11 + 560 19 + 160 Estación LOTE B 23 + 040 38 + 180 REQUISITOS OBLIGATORIOS PUENTE PEATONAL El ancho de calzada o ancho útil entre barandas tanto del puente peatonal como de sus rampas deberá ser como mínimo de 1.50 metros, para garantizar la circulación en dos sentidos. El claro vertical, medido desde el punto más elevado de la superficie de rodamiento hasta el más bajo de la superestructura (en vigas será el ala inferior en secciones I o alma en secciones T) será como mínimo de 5.30 metros, y de 2.75m en aceras. No será admitida la colocación de apoyos intermedios. Se requiere la instalación de barreras de protección de los usuarios de las vías inferiores ante colisiones con el obstáculo que representan los bastiones, barreras rígidas de hormigón de 1,07 metros de altura tipo New Jersey o muro vertical. El ingreso a las rampas deberá ser construido considerando tanto la dirección y concentración del flujo peatonal, como la disponibilidad del espacio requerido para la construcción de las aceras. Las rampas y pasarelas de los puentes deben contar con barandas en ambos lados con alturas iguales a 1,20 metros sobre el nivel del piso terminado y con pasamanos a una altura conveniente y segura. La superficie de la calzada en las rampas y pasarelas deben ser antideslizantes, pueden ser superficies de concreto expuesto. Las rampas y pasarelas podrán ser techadas siempre y cuando se cuente con suficiente iluminación y ventilación. El material estructural de los elementos portantes de los puentes peatonales será de concreto reforzado. 21.01Acero de refuerzo 21.01.01 Descripción. Este trabajo deberá consistir en el aprovisionamiento y la colocación de las varillas de acero para refuerzo, de acuerdo con las especificaciones siguientes, y en conformidad razonablemente ajustada a los planos. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 151 21.01.02 Materiales Las varillas para el armado deberán satisfacer los requisitos de la subsección 709.01. 21.01.03 Listas de pedidos. Antes de colocar los pedidos de materiales, el Contratista deberá proporcionar al Ingeniero, para su aprobación, todas las listas de pedidos y diagramas de dobladuras, no debiendo pedirse material alguno hasta que dichas listas y diagramas hubiesen sido aprobados. La aprobación de tales listas y diagramas de ninguna manera podrá exonerar al Contratista de su responsabilidad en cuanto a la comprobación de la exactitud de las mismas. Será por cuenta del Contratista la inspección de los materiales entregados de acuerdo con esas listas y diagramas, para la comprobación del acatamiento correspondiente al especificado en las listas y diagramas. El mismo procedimiento se exigirá con tres muestras de por lo menos 2 metros de longitud cada una, de cada uno de los tamaños de varilla a emplear en el proyecto. 21.01.04 Protección de los materiales. Las varillas para el armado deberán estar protegidas contra daño en todo momento, y deberán almacenarse sobre bloques para evitar la adherencia de todo. Antes de colar el hormigón, se deberá revisar la varilla de refuerzo que vaya a ser empotrada, la cual deberá estar exenta de moho grueso, suciedad, lodo, escamas sueltas, pintura, aceite, o cualquier otra substancia extraña. 21.01.05 Dobladura. A no ser que fuese permitido en otra forma, todas las varillas de refuerzo que requieran dobladura deberán ser dobladas en frío, y de acuerdo con los procedimientos del "American Concrete Institute" (Instituto Americano del Hormigón"), a menos que fuese detallado de otro modo. Las varillas parcialmente embebidas en el hormigón no deberán ser dobladas salvo cuando se indique en los planos o se permita por otros medios. Para cortarlos y doblarlos, se deberán emplear obreros competentes, y se deberán proporcionar los dispositivos adecuados para tal trabajo. En caso de que el Ingeniero aprobase la aplicación del calor para el torcido de las varillas de refuerzo en el lugar de la obra, deberán adoptarse precauciones para asegurar que las propiedades físicas del acero no sean alteradas sustancialmente. 21.01.06 Colocación y sujeción. Todas las varillas de refuerzo deberán ser colocadas con exactitud y, durante el colado del hormigón, las varillas deberán estar firmemente sostenidas por soportes aprobados, en la posición que muestren los planos. Las varillas de refuerzo deberán atarse juntas en forma segura. El refuerzo colocado en cualquier pieza estructural deberá ser inspeccionado y aprobado antes de colar el hormigón. Las principales varillas de refuerzo, que se carguen con determinados esfuerzos deberán ser empalmadas únicamente donde lo muestren los planos o dibujos de detalle aprobados. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 152 21.01.07 Medición Las cantidades de materiales proporcionadas y colocadas tendrán por base los pesos calculados de las varillas de refuerzo efectivamente colocadas, de acuerdo con las especificaciones que se citan. Los pesos calculados deben tener por base la siguiente Tabla: Cuando el pliego de licitación señale el pago por suma global; no será necesario la medida para recibir el pago. No se hará ninguna medida ni pago por concepto de empalmes añadidos por el Contratista para su propia conveniencia. Siempre que no se hubiesen incluido partidas para las varillas de refuerzo en el pliego formulario de licitación, los costos serán considerados como incidentales o imprevistos que acompañan a otras partidas del citado formulario. 21.02 Almohadilla de neopreno 21.02.01 Descripción En esta especificación se dan las normas relativas a las características de los materiales, instalación y forma de los apoyos constituidos por una o más placas de neopreno entre las cuales se intercalan chapas de acero destinadas a restringir la deformación de las primeras, garantizando asimismo que no se producirán desplazamientos relativos entre chapa metálica y placa de neopreno. En caso de que la unidad de apoyo está constituida por una placa de neopreno y chapas metálicas que la 1imitan, formando una unidad inseparable, el aparato de apoyo constituido por varias unidades superpuestas deberá garantizar que no se produzcan desplazamientos entre chapa y chapa metálica de dos unidades adyacentes, así como también la imposibilidad de oxidación. El apoyo funciona como órgano de vinculación, destinado a permitir ciertos movimientos relativos (traslación y/o rotación) de las estructuras. Las dimensiones de los apoyos, así como el número de placas que lo componen serán las establecidas en los planos del proyecto. 21.02.02 Colocación Las placas de apoyo deberán colocarse sobre una superficie perfectamente plana y horizontal. Para comodidad en la preparación de esta superficie se proveerá una sobreelevación sobre la superficie de la bancada de apoyo, que servirá para ajustar con precisión la horizontalidad del área plana propia de cada aparato de apoyo. Esa sobreelevación se realizará picando la superficie de la bancada y moldeando luego una placa de mortero de cemento (cemento 1, arena gruesa 2) de la dimensión del apoyo más un reborde mínimo de 5 cm. en todo el contorno. El espesor de esta placa de mortero debe será tal que, teniendo en cuenta el espesor del apoyo, la separación entre el fondo de viga y la bancada de apoyo, sea como mínimo de 8 cm. Cuando el espesor exceda de 3 cm., se dispondrá una malla con varillas de 8 mm de diámetro y 80 mm de abertura, como refuerzo de la placa de mortero. Los apoyos se colocarán preferentemente sobre el mortero todavía fresco, a fin de obtener un asiento bien uniforme. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 153 (A) Colocación de vigas prefabricadas sobre los apoyos. La cara inferior de la viga debe ser plana y horizontal en la zona de apoyos, aún en los puentes con pendientes. Las vigas (y otros elementos prefabricados) deben ubicarse sobre los apoyos cuidando de no desplazarlos durante la operación. La colocación de las vigas se realizará, si no es bien plana y horizontal en su cara inferior de apoyo, sobre un lecho de mortero de cemento 1/2 amasado seco. Si se observara que el contacto entre apoyo y viga no está bien realizado, debe retirarse la viga y recolocarse sobre lecho de mortero fresco. (B) Colocación de vigas de concreto "in situ". Se realizará alrededor del apoyo un marco de encofrado que pueda ser retirado posteriormente para no entorpecer el funcionamiento del apoyo. Se procederá de la siguiente manera: Alrededor del apoyo se colocará un marco de madera que tendrá las mismas dimensiones que la parte del fondo de la viga que se encuentra sobre la bancada de apoyo. La madera del marco será humedecida para provocar su hinchamiento, se rellenará con arena el espacio entre el marco y el apoyo y se vaciará una capa de 1 a 2 cm de yeso, cubriendo el marco y enrasada al nivel superior del apoyo. La impermeabilidad entre el yeso y el apoyo será asegurada mediante una cinta adhesiva. Después se efectuará el encofrado y colado de la viga. Después de desencofrar y retirado el marco, la arena será removida inyectando agua. Los dispositivos precedentes se pueden reemplazar por una interposición de placas de poliestireno expandido que se hará volatilizar con lámpara de soldar, al finalizar las operaciones. 635.03 Ensayos para la recepción. Los apoyos estarán constituidos por un compuesto de neopreno moldeado por acción del calor bajo presión. El compuesto deberá responder a las exigencias indicadas en la Tabla adjunta, que correspondan al Grado (Dureza) indicado en el Pliego de Especificaciones. Se extraerá una probeta adecuada para cada ensayo por cada cuatro (4) apoyos completos. Si la inspección lo considera necesario, podrá modificar la cantidad de probetas a ensayar. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 154 La supervisión se reserva el derecho de interpretar el resultado de los ensayos y fundamentar la aceptación o el rechazo del material en base a los mismos o a resultados de ensayos no previstos en esta especificación. 21.02.03. Medición. Las cantidades a pagar serán el número de unidades de apoyos colocados en su posición final en un todo de acuerdo a las dimensiones y características indicadas en los planos y en estas especificaciones. 21.03 Excavación estructural 21.03.01 Descripción La excavación estructural consiste en remover todo el material, de cualquier naturaleza, que sea necesario, para la construcción de la cimentación de estribos y pilas del puente, muros de retención y otras estructuras mayores de conformidad con los documentos de contrato o como lo indique el Ingeniero. La excavación estructural deberá incluir todo el equipo necesario así como la construcción y subsecuente remoción de estructuras temporales de retención tales como arriostramientos, apuntalamiento y sistemas de control de agua que pueden ser requeridos para la ejecución del trabajo aquí descrito. 21.03.02 Construcción Donde sea posible, todas las estructuras deberán ser construidas en excavaciones abiertas y, donde sea necesario, la excavación debe ser apuntalada y arriostrada en concordancia con los requerimientos contenidos en el artículo 3.3, de las Especificaciones de Construcción AASHTO LRFD para puentes. Cuando las Zapatas puedan ser coladas en una zona seca sin uso de tablestacados, las formaletas pueden ser omitidas con la aprobación del Ingeniero, y la total excavación ser llenada con concreto hasta el nivel superior de la zapata. El concreto adicional deberá ser suministrado y colocado al costo del Contratista. El sistema de control temporal de agua debe cumplir con los requerimientos contenidos en el artículo 3.4, “Sistemas de Control Temporal de Agua” de las Especificaciones de Construcción AASHTO LRFD para puentes. Después de que toda excavación es completada. El Contratista deberá notificar al Ingeniero que la excavación esta lista para inspección y evaluación, y no colocará el concreto hasta que el Ingeniero haya aprobado la profundidad de la excavación. 21.04. Pretil 21.04.01 Descripción Este trabajo consiste en construir barandales de concreto reforzado en el puente, en las ubicaciones mostradas en los planos. 21.04.02 Materiales y construcción 21.04.02.01 Concreto. El Concreto deberá cumplir con los requerimientos de la especificación general “Obras de Concreto y Mampostería de piedra”. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 155 21.04.02.02 Acero de Refuerzo. El Acero de Refuerzo deberá cumplir con los requerimientos de la especificación general “Acero para refuerzos”. 21.04.02.03 Acabado de la superficie del concreto La superficie del concreto del pretil tendrá el acabado clase 1 descrito en la sub-sección 8.12.2 “Clase I, Superficies con acabado común o corriente” de las especificaciones AASHTO LRFD 1998 para construcción de puentes. 21.05 Pasamanos 21.05.01. Materiales para barandales de puentes hechos de aluminio de aleación. Las aleaciones de aluminio deberán satisfacer los requisitos de las especificaciones indicadas en la Tabla 717-4, que figuran en los planos. 21.06 hormigón (f'c=280 kg/cm²) Remitirse a la especificación general (SECCIÓN 601. TOMO 5 DEL MANUAL DE CARRETERAS) 21.07 viga pretensada Remitirse a la especificación general (SECCIÓN 601A. TOMO 5 DEL MANUAL DE CARRETERAS) 21.07.01 Forma de Pago Las cantidades aceptadas medidas como se indicó anteriormente, serán pagadas al precio unitario del contrato, por unidad. El pago será la compensación total por mano de obra, materiales, equipo e imprevistos por la ejecución de todo el trabajo aquí descrito. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 156 ETE-22 CONSERVACION DE PUENTES Y CAJAS Esta especificación suplementaria se regirá por lo indicado en el capítulo Especificaciones Especiales para el Mantenimiento de Carreteras, en el apartado para Conservación de Puentes del Manual de Carreteras Tomo V de la SOPTRAVI, edición diciembre/1996. Asignándose para esta ejecución un monto global. 22.01 Limpieza del Cauce: Esta especificación suplementaria se regirá por lo indicado en el capítulo para Especificaciones Especiales para el Mantenimiento de Carreteras, en el apartado para Conservación de Puentes, bajo el título Limpieza de Cauces del Manual de Carreteras Tomo V de la SOPTRAVI, edición diciembre/1996. 22.01.01 Forma de Medición y Pago: Este ítem se medirá y pagará por metro cubico de limpieza a entera satisfacción del Ingeniero Residente y su pago será el número de metros cuadrados medidos al precio unitario del contrato, el Contratista deberá visitar previa a su oferta el sitio de los puentes, para estimar las cantidades de trabajo, que la limpieza de estas áreas implicará. 22.02 Reconstrucción de pretiles: La descripción de este ítem y su respectiva forma de pago se regirá por lo indicado en el capítulo para Especificaciones Especiales para el Mantenimiento de Carreteras, en el apartado para Conservación de Puentes, título Reconstrucción de Pretiles del Manual de Carreteras, Tomo V, de la SOPTRAVI, edición diciembre/1996. 22.02.01 Forma de Medición y Pago: Este ítem se medirá y pagará por metro lineal reconstruido en todos sus elementos a entera satisfacción del Ingeniero Residente. El pago será el número de metros lineales reconstruidos al precio unitario del contrato. 22.03 Drenaje de Puentes 22.03.01 Descripción. Este trabajo consiste en la colocación de drenajes en la losa del puente de acuerdo a las dimensiones, materiales, ubicación y espaciamientos establecidos en los planos, a satisfacción del Ingeniero Residente. 22.03.02 Medición y Forma de Pago: La medición será por unidad conforme lo establecido en el ítem correspondiente a la ETE-22.03.01 y el pago al precio unitario del contrato por las unidades colocadas con cargo a la ETE-22.03. *Además de lo establecido en esta Especificación, el Contratista deberá considerar para estas actividades, lo indicado en las fichas de puentes y cajas que forman parte del Estudio de Estructuras de este tramo. ETE-23 PINTURA TERMOPLASTICA PARA SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL Las Señales de Tránsito Horizontal serán de las dimensiones y características que se indican en los planos, debiendo cumplir con las especificaciones del Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes de Tránsito, edición 2014 y con estas Especificaciones Técnicas Especiales 23.01 Bajo este ítem el Contratista suministrará los materiales, personal técnico y para realizar a cabo todas las operaciones necesarias para concretar la señalización Horizontal sobre el nuevo pavimento. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 157 La demarcación horizontal consistirá en la ejecución de líneas, símbolos y Letras. Las líneas serán de 10.0 cm de ancho y de 2.5 mm de espesor, del color indicado en los planos, serán continuas o discontinuas según lo indicado para cada caso por el "Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes para el Control del Tránsito” de la SIECA. Las líneas laterales serán continuas, pero no se pintarán en las intersecciones con otras carreteras, caminos, accesos a las poblaciones y a las propiedades. En las zonas de retorno, la línea interna continua se transformará en discontinua. Las líneas separadoras de carriles serán discontinuas. Las mismas se concretarán mediante segmentos de 4.50 metros y separaciones de 7.50 metros. El Ingeniero Residente deberá aprobar la forma de marcar cada tramo, sobre la base de una propuesta presentada por el Contratista. 23.02 Marcas en Pavimento: Esta operación se hará en las zonas de paso peatonal y la pintura a utilizar será igual a la indicada en 27.03 y el equipo y procedimiento será el mismo indicado en 27.04 y 27.05 de esta ETE, y se efectuarán las marcas conforme lo indicado en los planos. Para efectos de medición, estas marcas se efectuarán por metro cuadrado. La medición de la reflectividad de las señales horizontales se hará por medio de un Retro Reflectómetro horizontal 23.03 Materiales: El material termoplástico deberá cumplir con la especificación AASHTO M 249. El contenido de esferas reflectantes deberá ser no menor de 0.50 kilogramos por metro cuadrado (10 lbs/100 pies2), de modo tal, que la línea pueda reflejar la luz baja de un vehículo a una distancia de 100.00 metros o más. 23.04 Equipo: El equipo para la aplicación de la pintura termoplástica deberá garantizar la agitación continua del material y proveer la mezcla a la temperatura de colocación especificada. Todas las partes que transporten el material hasta la zapata de extrusión o boquilla de rociado deben evitar la acumulación y obstrucción, además de ser fácilmente accesibles para la limpieza y el mantenimiento. Todas las partes del sistema de mezclado y transporte hasta la zapata de extrusión o boquilla, incluyendo a estas, deberán mantener el material a la temperatura requerida. El equipo deberá asegurar uniformidad en la aplicación y deberá tener dispositivos para cortar en forma precisa y perpendicular el extremo de los segmentos de línea. Deberá contar con un aplicador de tipo caída para las esferas reflectantes, capaz de integrarlas a la pintura termoplástica en cantidades controladas y uniformes. Se activará automáticamente antes del flujo del material termoplástico para asegurar que toda la línea tenga la reflexión necesaria. La unidad de aplicación móvil deberá tener un caldero para un mínimo de 2.70 toneladas métricas de material termoplástico, capaz de calentar el material entre 195 y 220 grados centígrados. El mecanismo de calentamiento será indirecto, es decir, por transferencia de calor. No se permitirá el calentamiento por llama directa. La unidad deberá tener uno o más aplicadores de línea que podrán ser: a. Zapata de extrusión cerrada con camisa de aceite de calentamiento que mantenga el material entre 195 y 220 grados centígrados, capaz de estrujar una línea de un espesor mínimo de 3.0 mm y máximo de 5.0 mm. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 158 b. Sistema rociador con camisa de aceite para calentamiento que mantenga el material entre 195 y 220 grados centígrados, capaz de rociar una línea de un espesor uniforme de 2.5 mm. La unidad móvil deberá estar equipada con un control electrónico que se pueda programar para líneas continuas o discontinuas en cualquier secuencia. También deberá tener un mecanismo automático de medición y registro de longitud de línea aplicada, con exactitud del 0.5%. 23.05 Aplicación: Para la aplicación de la pintura termoplástica, el pavimento asfáltico deberá estar limpio, seco y a una temperatura mayor de 5.0 grados centígrados. Se rociará el material termoplástico a una temperatura entre 190 y 220 grados centígrados, con aplicación inmediata de las esferas reflectantes para que estas queden sujetas y embebidas en el material fundido, a razón de no menos de 0.5 kilogramo por metro cuadrado de línea. Más allá de lo dispuesto en la presente ETE, el Contratista deberá respetar las recomendaciones del fabricante del material termoplástico respecto a la temperatura, equipo de aplicación, espesores a ejecutar y cantidad de esferas de vidrio a distribuir. 23.06 Medida. a) La medida se hará por metro, con aproximación de tres decimales, de la línea central y de cada una de las líneas laterales, según se especifica en la sección 634 de las Especificaciones Generales de SOPTRAVI. b) Para el caso de las marcas de pavimento será por metro cuadrado, a entera satisfacción del Ingeniero Residente. 23.07 Pago. El pago se hará por el número de metros de línea central y de líneas laterales, a los precios unitarios que se indican en el Contrato y de acuerdo a la sección 634 de las Especificaciones Generales de SOPTRAVI. Actividad Forma de Pago a. Línea lateral continua de 0.10 m. color blanca m b. Línea eje discontinua de 0.10 m. color amarilla m c. Reductores de velocidad e=12 mm y cruce peatonal en zonas escolares Unidad d. Pintura en puentes y bordillos ETE-24 m DISPOSITIVOS DE SEÑALIZACION NOCTURNA (VIALETAS) Los Dispositivos de Señalización Nocturna (Vialetas) serán de las dimensiones y características que se indican en los planos, debiendo cumplir con las especificaciones del Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes de Tránsito, edición 2014 y con estas Especificaciones Técnicas Especiales Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 159 24.01 Vialetas: Bajo este renglón el Contratista suministrará y colocará los dispositivos reflectores para orientar a los conductores por la noche a través del reflejo de la luz de los vehículos. Los dispositivos serán colocados en las líneas separadoras de carriles y en las laterales. En las líneas separadoras de carriles, los dispositivos se ubicarán en el centro de las separaciones entre bastones, serán de color blanco y amarillo en la central. La distancia entre las vialetas será de 12.00 metros lineales (Long. de bastones: 4.50 m, Long. de espacios: 7.50 m). En las líneas laterales serán de color blanco y amarillo, se colocarán en coincidencia con los dispositivos de las líneas separadoras de carriles. Los Dispositivos de Señalización Nocturna (vialetas) deberán ser especialmente diseñados para su utilización en carretera, bidireccional y resistente a la acción del tránsito. Estos dispositivos serán de material ABS con plástico estabilizado para contrarrestar el deterioro producido por los rayos ultravioletas, de sección cuadrada de 10.0 cm de lado. El área reflectante tendrá como mínimo 21.27 cm2, serán de material acrílico (no- reciclado) de alto impacto y tendrán forma trapezoidal con un ángulo de inclinación entre 28º y 30º, con un mínimo de 42 esferas reflectantes de cristal de alta resistencia y reflexión, las cuales estarán incrustadas en el plástico del dispositivo en tres hileras con un mínimo de 14 esferas por hilera. La luminosidad promedio será de 700 mCD/LX. Para la colocación se utilizará resina epóxica (recomendada por el fabricante) aplicada en frío (100 gr como mínimo). La resistencia al impacto deberá ser como mínimo de 2,000 PSI, conforme la prueba ASTM-D4280 (presentar certificación). Las recomendaciones del fabricante se deberán presentar con la debida anticipación al Ingeniero Residente, para la aprobación del dispositivo, el pegamento y el procedimiento de colocación. 24.02 Medida. a) Vialeta: La medida se hará del número de Dispositivos de Señalización Nocturna (Vialetas de dos caras reflectantes) satisfactoriamente colocados, de acuerdo a lo indicado en esta ETE y la sección 634 de “Las Especificaciones Generales”. 24.03 Pago. a) Vialeta: El pago se hará del número de dispositivos satisfactoriamente colocados, medidos según 28.02.a, aprobados por el Ingeniero Residente y al precio unitario del Contrato. ETE-25 SEÑALES DE TRANSITO DE METAL Las Señales de Tránsito de Metal serán de las dimensiones y características que se indican en los planos, debiendo cumplir con las especificaciones del Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes de Tránsito, edición 2014 y con estas Especificaciones Técnicas Especiales Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 160 25.01 señales verticales bajas a. Señales restrictivas (Código R) Estas señales serán fabricadas en lámina galvanizada calibre 16 (1.52 mm), con fondo de película reflectante grado ALTA INTENSIDAD color blanco e impresión de símbolos o leyendas en tinta serigráfica y/o película reflectante grado de ingeniería, según sea el caso. Serán de Tipo charola con doblez perimetral de 2.5 cm, para darle rigidez y evitar el marco posterior. Se complementará con la sub-sección 718.04 de las Especificaciones del Manual Centroamericano El poste debe ser de perfil tubular galvanizado calibre 14 (1.90 mm), cuyo tamaño permita una altura libre a la parte baja de la señal de 1.50 m, instalado en una base de concreto simple f’c = 100 Kg/cm2 con dimensiones de 30 * 30 * 40 cm, con sistema de anclado con una base de varilla, ángulo o deformación de la base por troquel. Se complementará con la sub-sección 718.08 (b) de las Especificaciones del Manual Centroamericano. b. Señales informativas (Código I) Estas serán fabricadas en lámina galvanizada calibre 16 (1.52 mm), con un fondo de película reflectante grado ALTA INTENSIDAD color verde, símbolos o leyendas en Papel Reflectante de alta intensidad, serán de uno o dos tableros, del tipo charola con doblez perimetral de 2.5 cm para darle mayor rigidez y evitar el marco posterior. Se complementará con la sub-sección 718.04 de las Especificaciones del Manual Centroamericano Estas requieren de dos postes de perfil tubular galvanizado calibre 14 (1.90 mm), cuyos tamaños permitan una altura libre a la parte baja de la señal de 1.50 m, instalado en una base de concreto simple f’c = 100 kg/cm2 con dimensiones de 30.0 * 30.0 * 40.0 cm, con un sistema de anclado basado en varilla, ángulo o deformación de la base por troquel. Se complementará con la subsección 718.04 de las Especificaciones del Manual Centroamericano. c. Señales preventivas (Código P) Estas serán fabricadas en Lámina galvanizada calibre 16 (1.52 mm), con fondo de película reflectante grado ALTA INTENSIDAD color amarillo, impresión de símbolos o leyendas en tinta serigráfica y/o película reflectante grado de ingeniería, según sea el caso. Serán del tipo charola, con doblez perimetral de 2.5 cm para darle rigidez y evitar el marco posterior. Se complementará con la sub-sección 718.04 de las Especificaciones del Manual Centroamericano El poste deberá ser de un perfil tubular galvanizado calibre 14 (1.90 mm), cuyo tamaño permita una altura libre a la parte baja de la señal de 1.50 m, instalado en base de concreto simple f'c = 100 kg/cm2 con dimensiones de 30.0 * 30.0 * 40.0 cm, con sistema de anclado basado en varilla, ángulo o deformación de la base por troquel. Se complementará con la subsección 718.04 de las Especificaciones del Manual Centroamericano. d. Señales escolares (Código E) Estas serán fabricadas en Lámina galvanizada calibre 16 (1.52 mm), con fondo de película reflectante grado ALTA INTENSIDAD color amarillo, impresión de símbolos o leyendas en tinta serigráfica y/o película reflectante grado de ingeniería, según sea el caso. Serán del tipo charola, con doblez perimetral de 2.5 cm para darle rigidez y evitar el marco posterior. Se complementará con la sub-sección 718.04 de las Especificaciones del Manual Centroamericano Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 161 El poste deberá ser de un perfil tubular galvanizado calibre 14 (1.90 mm), cuyo tamaño permita una altura libre a la parte baja de la señal de 1.50 m, instalado en base de concreto simple f'c = 100 kg/cm2 con dimensiones de 30.0 * 30.0 * 40.0 cm, con sistema de anclado basado en varilla, ángulo o deformación de la base por troquel. Se complementará con la subsección 718.04 de las Especificaciones del Manual Centroamericano. e. Señales informativas de kilometraje (Código II) El marcador II-4 deberá tener 30 cm de ancho por 1.2 m de altura, tal como se detalla en los planos con fondo de película reflectante grado ALTA INTENSIDAD. Las señales de la serie II-4 se deberán colocar cada kilómetro de las rutas a rehabilitar y en los tramos nuevos. e.1 Tableros de acero. Se usará acero comercial en láminas. Para estos rótulos pequeños (hasta de 61 cm en su dimensión mayor), se podrá usar, como mínimo, el calibre 18. Las láminas serán galvanizadas por medio de una capa continua que llenará los requisitos de la ASTM A 525. El recubrimiento de zinc será el designado como G 90 y, además, toda la lámina será fosfatada en fábrica en un espesor de 1.1 + 0.5 gramos/m2 de superficie. e.2 Postes de acero. Estos llenarán los requisitos de la Norma ASTM A499, galvanizados de acuerdo con ASTM A 123. El peso mínimo por metro lineal de poste o el calibre, será el indicado en los planos. Los agujeros de 10 mm, serán perforados o punzonados antes de ser galvanizados. e.3 Accesorios. Los pernos corrientes, pernos de ensanche y las clavijas pueden ser de acero medio. Se usarán arandelas de fundición de hierro gris o hierro maleable, a menos que se hayan especificado arandelas estructurales. Se deberá usar pernos y tuercas de cabeza cuadrada, un tipo comercial estándar de clavo cortado o redondeado y tirafondos cortados, redondeados o del tipo para botes, según sea especificado. Se deberá galvanizar todos los accesorios de acuerdo con ASTM A 153. 25.02 c o l o c a c i ó n de las señales verticales. La fabricación de los paneles, incluyendo el corte, perforación y taladrado de agujeros, se tiene que completar antes de la preparación final de la superficie y de la aplicación de las láminas reflectivas excepto cuando se requiera la fabricación de letras cortadas a troquel o aserradas sobre señales procesadas y montadas. Los paneles de metal se tienen que cortar del tamaño y forma correctos y tienen que estar libres de pandeo, abolladuras, arrugas, rebabas y defectos que resulten de la fabricación. La superficie de todos los paneles de señales tiene que ser plana. No se permitirá el taladrado de agujeros en la obra en cualquier parte del montaje de la estructura sin la previa autorización del Ingeniero Supervisor. Las letras, números, flechas, símbolos, bordes y otras características del mensaje de la señal tienen que ser del tipo, tamaño y serie indicados en los planos o especificados en el Manual de Señalización MS-01. Cuando se monten las señales antes de que su mensaje deba ser expuesto, el Contratista tiene que cubrir la cara de la señal en forma aceptable para el Ingeniero Supervisor, de modo que el mensaje no pueda ser leído y tiene que mantener dicha cubierta en buen estado hasta que el Ingeniero Supervisor ordene el retiro de la misma o hasta la aceptación final, lo que corresponda. El Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 162 material de cobertura tiene que ser duradero y resistente a los efectos de la exposición a la intemperie durante el período de uso. Las cimentaciones para las señales se tienen que construir de acuerdo con los detalles y dimensiones indicados en los planos o como sea aprobado por el Ingeniero Supervisor. La excavación, asiento, relleno y compactación tiene que ser llevada a cabo de acuerdo con los requisitos correspondientes de la Sección 2.3 de las Especificaciones Generales. Los materiales excavados que no se utilizaron en la construcción de la cimentación tienen que ser retirados y eliminados en forma aceptable para el Ingeniero Supervisor y conforme lo indicado en el PMA. Los postes de las señales de tránsito deben enterrarse por lo menos 500 milímetros, para lo cual se debe hacer una excavación por lo menos de 300 x 300 x 500 milímetros; y el espacio entre las paredes de la excavación y pie del poste se debe llenar con material adecuado, bien compactado para que el poste quede bien anclado en el terreno y no pueda ser removido fácilmente. La distancia y la altura de la señal sobre el pavimento debe ser la indicada en el reglamento de señales aprobado por la SEOPC (Manual MS-01). Como alternativa, los postes pueden ser hincados mediante un cabezal de hincar adecuado o colocados dentro de agujeros guía taladrados o perforados. Las unidades dañadas como resultado de estas operaciones serán rechazadas y reemplazadas por cuenta del Contratista. Los postes colocados en los agujeros taladrados o perforados tienen que ser rellenados con material aprobado hasta el nivel de la superficie circundante, compactados y el área acondicionada en forma aceptable. Se tienen que tomar las precauciones del caso durante todas las operaciones de fabricación, transporte y montaje para evitar ralladuras, raspaduras y abolladuras de cualquiera de las piezas. Las estructuras tienen que ser manipuladas en forma tal de evitar todo daño a las mismas. Los elementos de sujeción tienen que ser antirrobos cuando ello sea posible. Los paneles para señales tienen que ser montados con la leyenda horizontal. Para reducir el reflejo del sol en el panel de señales en dirección a los conductores, éste tiene que ser ligeramente desviado de la dirección del tránsito. Además, se tiene que colocar un material aislante de 1.6 milímetros de espesor para evitar el contacto entre el material de aluminio y el de acero. Después de la instalación de las señales sobre sus soportes, se deben pintar todas las cabezas de los pernos, las cabezas de los tornillos, las arandelas, etc. que estén expuestas en la cara trasera de las señales. El tipo de pintura tiene que ser aceptable para el Ingeniero Supervisor y el color de la pintura tiene que combinar, en lo que sea posible, con el color del fondo o área del mensaje en el punto en el que el accesorio esté expuesto. 25.03 Medición y Forma de Pago: La medición será por tipo de señal, como lo indica el Formulario de Oferta y con las dimensiones establecidas en los planos de “Detalles de Señales”. El pago será el número de señales correspondientes establecidas en el Formulario de Oferta al precio unitario indicado en el mismo. La medición de la reflectividad de las señales verticales se hará por medio de un Retro Reflectómetro vertical Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 163 ETE-26 BARRERA VEHICULAR METÁLICA 26.01 Descripción. Las barreras para este proyecto serán de acero galvanizado con postes tipo canal y vigas onduladas (perfil W), las dimensiones y resto de especificaciones de todos sus componentes deberán cumplir con la norma AASHTO Designación M 180 y los detalles mostrados en los planos. El poste seleccionado para el proyecto es el Tipo C-150 definido en AASHTO M 180 y llevaran triple capa de pintura de protección. La defensa lateral metálica (flex beam), incluye postes y cimentación, totalmente colocada y terminada. La sección anclaje inicial de defensa lateral metálica, incluso dado de concreto, totalmente terminada. 26.02 Medición. La cantidad a ser considerada en medición a efectos de pago, será la que surja de lo señalado en los planos, o la que resulte de modificaciones por órdenes escritas del Ingeniero. La defensa metálica será medida por metro. Los tramos extremos, tanto de inicio como de fin, serán medidos por unidad. 26.03 Bases para el Pago. Las cantidades medidas y aceptadas de acuerdo al numeral 30.02, serán pagadas al precio unitario del contrato. ETE-27 PLANTACION DE VETIVER 27.01 Descripción La parte de la obra que se especifica comprende el suministro de toda la mano de obra, materiales, transporte, equipo y la ejecución de todos los trabajos necesarios para llevar a cabo la siembra del VETIVER, con el fin de estabilizar, conservar y mantener taludes de terraplenes, cortes y otras áreas del proyecto, en los sitios indicados en los planos o determinados por el supervisor. El trabajo incluye, además, la conservación de las áreas sembradas hasta el recibo definitivo de los trabajos. 27.02 Materiales. El control de erosión y estabilización de taludes con VETIVER, deberá efectuarse con haces enraizados de VETIVER y demás insumos para su desarrollo como tierra orgánica, agua, fertilizantes, urea, hidratantes y enraizados. Es importante resaltar que los estolones de Vetiver procedan de un vivero cercano a la Zona de influencia del proyecto. La tierra orgánica provendrá de áreas localizadas fuera del proyecto o, preferiblemente del descapote del proyecto y deberá estar libre de raíces, troncos, palos, piedras y cualquier otro elemento extraño y nocivo. Por cada tres partes de tierra negra, debe mezclarse una parte de abono orgánico (gallinaza, lombricompost, etc.). El material para la siembra debe estar certificado por el vivero en el cual se compra y debe detener cada haz enraizado con mínimo tres macollas para garantizar su efectividad. Para efectuar los riegos periódicos de las gramíneas Vetiver se empleará agua que en el sitio de los trabajos se considere aceptable para esta actividad. Deberá emplearse los fertilizantes e insecticidas adecuados y necesarios para el establecimiento de las Gramíneas Vetiver. Estos productos químicos deben estar acordes con las normas ambientales, supervisados y aprobados por el Supervisor. 27.03 Equipo. El constructor deberá disponer de los equipos y herramientas necesarias para asegura que la siembra de la gramínea Vetiver utilizada para la protección de los taludes tengan Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 164 la calidad exigida, y se garantice el cumplimiento del programa de ejecución de los trabajos. En general, los equipos requeridos básicamente están conformados por herramientas menores. 27.04 Ejecución de los Trabajos. El ejecutor deberá realizar los trabajos de Control de Erosión y Estabilización de Taludes en el sector indicado, u ordenados por el supervisor, para el desarrollo de este proyecto. 27.04.01 Métodos de sistema de siembra y manejo posterior. Deberá hacerse por personal profesional que cuente con uno de los títulos que a continuación se describen: - Ingeniero Forestal -Biólogo -Agrónomo -Ingeniero Agrícola El cual en los dos (2) primeros meses se plantará la gramínea Vetiver y se le dará un manejo agronómico especial, y durante el mes siguiente se realizará la reposición de la gramínea Vetiver que no se hubiese adaptado al medio. La siembra se hará en curvas de nivel separadas de acuerdo a las pendientes, tipos de suelo y severidad del caso o el diseño presentado por el supervisor. Se deberán sembrar por lo menos diez gramíneas por metro lineal, cada una con mínimo tres macollas. Para determinar la distancia entre los surcos se debe de hacer mediante el cálculo resultante de dividir el intervalo vertical por la pendiente. En áreas en donde se presenten frecuentes lluvias, se sembrará el vetiver en surcos dobles separados a veinte centímetros de distancia y luego a la distancia determinada. Si la superficie presenta irregularidades que excedan las tolerancias determinadas en las especificaciones respectivas tales como inclinación de taludes, el ejecutor hará las correcciones previas, a satisfacción del supervisor. El supervisor sólo autorizará la siembra de las gramíneas si la superficie a cubrir presenta la uniformidad requerida para garantizar el éxito del trabajo. 27.04.02 Conservación El área protegida contra erosión y/o estabilización de taludes deberá conservarse, durante la ejecución de los trabajos y hasta la recepción definitiva de los trabajos por parte del supervisor. El contratista deberá, durante el periodo crítico (primeros tres meses), proveer todos los insumos necesarios para garantizar el crecimiento de la planta y para que tenga un buen arraigue, tales como fertilizantes, hidratantes, promotores de enraizamiento y desestresantes; igualmente deberá efectuar las podas técnicas hasta el recibo definitivo y en los tres meses siguientes deberá realizar la reposición de la gramínea Vetiver que no se haya adaptado al medio. Todas las gramíneas Vetiver que se mueran deberán ser reemplazadas por el constructor. En caso de deslizamientos y/o derrumbes durante los tres meses siguientes a la siembra de las Gramíneas de Vetiver y que ocasionen la destrucción de la protección, el constructor deberá efectuar, a costo propio, nuevamente la siembra y deberá adoptar las medidas pertinentes para la protección del trabajo hasta la recepción final del supervisor. El contratista deberá sembrar cercas vivas, lo cuales deberán tener como mínimo tres meses de sembrados y perfectamente cerrados dentro del surco y haber recibido por lo menos una poda antes de la recepción de los trabajos. 27.05 Medida. La unidad de medida será el metro cuadrado (m2) aproximado al entero de siembra perfectamente cerrado, de la zona protegida de acuerdo con los planos y demás documentos del proyecto, a plena satisfacción del supervisor. 27.06 Forma de Pago. El pago se hará al respectivo precio unitario del contrato, por todo trabajo ejecutado de acuerdo con estas especificaciones y aceptado a satisfacción por el supervisor. Se pagará por metro cuadrado recibido satisfactoriamente el cual deberá cubrir todos los costos desde el transporte del material al sitio de labor, su siembra, aplicación de insumos necesarios, riego si es necesario, y el mantenimiento mínimo durante tres meses posteriores a la realización de los trabajos. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 165 ETE-28 PLANTACION DE ARBOLES (PINUS SP) 28.01 Descripción: Esta partida consiste en la provisión y plantación de pinos y árboles de hoja ancha para cobertura de terreno y en general aplica a la siembra de otras plantas. La aplicación de este trabajo de acuerdo a lo indicado en los planos y documentos del proyecto o determinados por el Supervisor, se producirá en los casos de: • Restauración de áreas de vegetación que hayan sido alteradas por el proceso de construcción de carreteras. • Revegetación en terraplenes y en readecuación del paisaje, se debe considerar la revegetación de las laderas adyacentes para evitar la erosión pluvial. • Restauración de la superficie exterior de los depósitos de desechos y en las zonas aledañas donde se haya dañado y perdido la vegetación inicial, para permitir readecuar el paisaje a la morfología inicial. • Construcción de barreras naturales de sonido en los cruces de carreteras con centros poblados. 28.02 Material: El Contratista deberá proveer todos los materiales e insumos para la ejecución de esta partida, tales como: • Fertilizante • Tierra Vegetal • Cubierta retenedora de humedad (paja, aserrín). • Plantas • Agua El tipo de fertilizante deberá ser aprobado por la Supervisión en conformidad a lo que al respecto este estipulado por la Secretaria de Agricultura y Ganadería. Las plantas se pueden presentar bajo las siguientes formas: • Con raíces al descubierto sin masa de tierra que las rodee. • Con bases de tierra con masa de tierra que rodeo a las raíces. • Crecidas en recipientes: raíces y masa de tierra confinadas por el recipiente. Algunas de las especies a plantar pueden ser Cortés (Tabebuia guayacan), Pino (Pinus oocarpa), Llama del bosque (Spathodea campanulata), Laurel blanco (Cordia alliodora), Jacaranda, Acacia roja (Delonix regia) y acacia amarilla (Cassia siamea). Las especies latifoliadas deben de plantarse en calidad de ornamentales en sitios donde haya población a lo largo de la vía. En lo pertinente al caso de material deberán cumplir las siguientes normas vigentes de calidad y/o de uso: Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 166 a) De producción de compuestos químicos, según Norma Internacional de Productos Químicos y Sanidad de Vegetación de la Asociación Americana de Control de Alimentos y Plantas. b) De sanidad de vegetación de viveros, según Norma Internacional de Productos Químicos y Sanidad de Vegetación de la Asociación Americana de Control de Alimentos y Plantas. c) De extracción y uso de agua: de conformidad a lo establecido en la Ley General de Aguas, y la Ley General del Ambiente. 28.03 Requerimientos de Construcción: El Contratista asegurará la participación de un profesional Forestal en la ejecución de esta partida, quien determinará el método de siembra apropiado a la región. No obstante, se recomienda realizar la siembra en el mes de junio o al inicio de la temporada de lluvia. El grupo de plantas será suministrado mediante un sistema de sostenimiento de raíz de tipo fibroso y cohesivo. No está permitido el suministro de plantas cuyo crecimiento en recipiente muestre evidencias de confinamiento forzado, reconocible cuando la parte superior de la planta está fuera de proporción (más largo) a la dimensión del recipiente o cuando tiene sus raíces crecidas fuera de él. 28.04 Inspección y Distribución: El Contratista notificará al Supervisor con 30 días de anticipación respecto a la fecha de despacho del material en obra, con el fin de que el Supervisor esté presente en el proceso de selección en el vivero del material de plantas que hará el Contratista de conformidad a lo indicado en el proyecto. El Contratista proporcionará al Supervisor los certificados comerciales e información escrita completa del proveedor del material de plantas, por lo menos 15 días previos al despacho de las plantas hacia el lugar de la obra. 28.05 Protección y Almacenamiento Temporal: Guardar todo el material y plantas convenientemente, con suficiente humedad y protegidas (cubiertas) tanto si está en tránsito, en almacenamiento temporal o en el lugar de espera de plantación del proyecto. Protéjase las plantas puestas en el lugar de la obra, pero no programadas para inmediata plantación, tal como sigue: a) En el caso de plantas con raíces al descubierto, separar las plantas y cubrir las raíces provisionalmente con tierra en zanjas con agua. b) Cubrir las bases de tierra de las plantas con maleza y paja u otro material apropiado y mantenerlo húmedo. c) Instalar en su sitio definitivo y en el término de 30 días, todo el material de plantas puesto en obra. 28.06 Excavación de hoyos y fondos para plantas: Remover todo el material inapropiado que exista en el lugar donde se va a plantar. Excavar el hoyo para planta como sigue: a) Ancho de excavación 1) Para raíces ramificadas o diámetros de bases de tierra de las plantas hasta de 1 m., cavar los hoyos siguiendo un trazo circular en función al esparcido de las raíces más 0.50 m. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 167 2) Para raíces ramificadas o diámetros de bases de tierra de las plantas superior a 1 m., excavar 1,5 veces el tamaño del esparcido de raíces. b) Profundidad de excavación: Excavar los hoyos hasta una profundidad que permita un mínimo de 150 milímetros de relleno por debajo de las raíces o bases de tierra de las plantas o cavar los hoyos a las siguientes profundidades, la que sea más profunda: 1) Árboles de hoja caduca • Por debajo de 38 milímetros de grosor de raíz, 0,5 m. de profundidad. • Por encima de 38 milímetros de grosor de raíz, 1,0 m. de profundidad. 2) Arbustos de hoja caduca y de hoja perenne • Por debajo de 0,5 m. de altura, 0,3 m. de profundidad. • Por encima de 0,5 m. de altura, 0,5 m de profundidad. 3) Árboles de hoja perenne • Por debajo de 1,5 m. de altura, 0,2 m. más la altura de la base de tierra. • Por encima de 1,5 m. de altura, 0,3 m. más la altura de la base de tierra. Soltar el suelo de empaque tanto hacia las paredes como al fondo del hoyo de la planta hasta una profundidad de 150 milímetros antes de fijar la planta misma en el hoyo. 28.07 Fijación de las plantas: El Contratista no debe plantar hasta no contar con la inspección aprobación del Supervisor. Las plantas del "stock" en espera de plantación que no cumplan las especificaciones, o que lleguen al lugar de la obra en condición insatisfactoria o que demuestre alguna señal de manipulación inapropiada serán rechazadas, se dispondrán inmediatamente fuera del lugar de la obra y se reemplazarán con nuevas plantas. Colocar tierra vegetal o suelo seleccionado en el fondo del hoyo, fijar la planta de forma vertical y al mismo nivel o ligeramente por debajo de la profundidad hasta la cual crecieron en el vivero o al momento de recolectarlas del campo. Fijar las plantas como sigue: a) Stock de plantas con raíces al descubierto. Colocar la planta de raíces limpias en el centro del hoyo con las raíces apropiadamente dispuestas en su posición natural. Recortar aquellas raíces dañadas o quebradas para asegurar un crecimiento sólido de la raíz. Acomodar la mezcla de relleno alrededor y por encima de las raíces y apisonar. b) Stock de plantas con bases de tierra. Manipular y mover las plantas a través de los empaques de bases de tierra. Colocar las plantas en los hoyos preparados sobre mezcla de relleno apisonado. Rellenar alrededor de la base de tierra hasta la mitad de la profundidad de la misma. Apisonarla y regarla profusamente con agua. Cortar el recubrimiento de la base de tierra y retirarlo deslizándolo por la mitad superior de la misma o bien soltarlo y doblarlo hacia afuera. c) Stock de plantas crecido en recipientes. Retirar la planta del recipiente justo antes de plantar. Colocar las plantas en los hoyos preparados y sobre mezcla de relleno apisonado. Rellenar la parte restante de la planta con mezcla de relleno y apisonar. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 168 28.08 Fertilización: Fertilizar usando cualquiera de los siguientes métodos: (a) Mezclar el fertilizante en la tierra de relleno al momento de preparar esta última. (b) Esparcir uniformemente el fertilizante alrededor del área del hoyo de plantas individuales o encima de los asientos. Aplicar y mezclar el fertilizante en los 50 milímetros superiores de tierra de relleno. 28.09 Regado: Construir una fosa de agua de 100 milímetros de profundidad alrededor de los árboles. Hacer el diámetro de la fosa igual al del hoyo de la planta. Regar las plantas durante e inmediatamente después de plantarlas y a lo largo del período de establecimiento de la planta, saturar el suelo alrededor de cada planta en cada regado. 28.10 Período de establecimiento de la planta: El período de establecimiento de la planta es de un año contado a partir de la finalización de la plantación. Emplear en este tiempo todos los medios que sean necesarios para preservar las plantas en una condición saludable de crecimiento. El cuidado durante este período comprende el riego, fertilización, poda, aporcamiento, ajuste de estacas y tirantes de sostenimiento y control de insectos y de enfermedades. El Contratista será responsable de la ejecución del cuidado de las áreas en que se ha efectuado la plantación hasta la fecha de la entrega de la obra. 28.11 Aceptación: El material de plantación (que incluye las plantas, el fertilizante, cubierta retenedora de humedad y suelo de cobertura superficial) será evaluado mediante inspección visual hecha por el supervisor durante el cumplimiento de ejecución de esta partida y mediante certificación de calidad del material de parte del proveedor. 28.12 Inspección: Se hará una inspección del material de plantación 15 días antes del término del período de establecimiento de la planta para identificar aquellas plantas muertas, agonizantes o enfermas, para su remoción y reemplazo. Durante la siguiente estación de plantación remover y reemplazar todas aquellas plantas identificadas de acuerdo a esta sección. Una inspección final de todo el material de plantas dentro de los 15 días después de completar la plantación de reemplazo será la base para aceptación final. 28.13 Medición: Esta será por unidad colocada conforme las presentes especificaciones, a entera conformidad del Ingeniero. 28.14 Pago: Las cantidades aceptadas, medidas tal como anteriormente se indica, serán pagadas a precio de contrato por unidad de medida para la partida de pago tal como se consigne en el presupuesto oferta. El pago de esta partida será compensación total por el trabajo prescrito en esta sección en el que se incluye la provisión de las plantas, fertilizantes, tierra vegetal, cubiertas retenedoras de humedad, riegos periódicos, transporte, período de establecimiento de la planta hasta la fecha de la entrega de obra y en general todo trabajo ejecutado a satisfacción del Supervisor. Los pagos parciales por plantas serán hechos como sigue: a. b. 70 % del precio de oferta será pagado después de la plantación inicial El 30 % restante del precio de oferta será pagado en la última valorización de obra, previa verificación que se ha cumplido con lo estipulado. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento ETE-29 169 CORTE, REMOCION, TRANSPORTE Y APILAMIENTO DE ÁRBOLES 29.01 Generalidades. Esta especificación suplementaria estará regida por la Sección 201 de las Especificaciones Generales de SOPTRAVI, edición diciembre/1996. Por tanto, las especificaciones generales serán aplicables, salvo lo aquí expresamente modificado. El procedimiento para el Corte de Madera deberá regirse por lo establecido en el Decreto 982007 Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre, de fecha 28 de diciembre de 2007, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.31, 544, del 26 de febrero de 2008, para lo cual el Contratista deberá abocarse al recientemente creado Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre y demás leyes aplicables a la materia. El Contratista será responsable de obtener la información pertinente y cumplir con los requerimientos establecidos por la legislación nacional que regula esta actividad. 29.02 Descripción. Este trabajo consiste en el corte, desramado, remoción, transporte y apilamiento de los árboles maderables existentes dentro de la franja del derecho de vía, en sitios designados por el Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal (antes COHDEFOR), bajo la supervisión del Ingeniero Residente 29.03 Procedimiento del Corte. Para el corte de los árboles se deberá realizar a mano con motosierras y no con topadoras o tractores de oruga para evitar daños en las zonas aledañas y a otra vegetación. El corte deberá realizarse a una altura menor a 30 cm del suelo. Los árboles a talar deben estar orientados según el corte, para que caigan sobre la ruta, evitando así que en su caída deterioren la masa forestal restante. Si los trabajos se realizan en zonas donde existe peligro potencial de incendio de la vegetación circundante, se deberá: adoptar medidas necesarias para evitar que los trabajadores efectúen actividades depredatorias y/o enciendan fuegos no imprescindibles a la construcción. La remoción de los tocones se hará con maquinaria conforme la sección 201 de las Especificaciones Generales d e SOPTRAVI, al haberse transportado los árboles cortados, al sitio de apilamiento autorizado por la entidad forestal indicada en 48.02. 29.04 Transporte de los árboles dentro del área del bosque. Previo al traslado de los árboles hacia las áreas de apilamiento autorizadas, se deberán desramar eliminando toda clase de vegetación extra de los troncos de los árboles, limpiándolos completamente. Luego se deberán t r a n s p o r t a r p o r medio de animales (bueyes u otro método no dañino a las zonas aledañas al derecho de vía), esta operación se hará bajo la supervisión del Ingeniero Residente. Los residuos de tala y trozado no deben llegar a las corrientes de agua. Con el resto de la vegetación (ramas, arbustos, astillas y suelo vegetal), deberá procederse como lo indica la Especificación General Sección 201 de SOPTRAVI y será pagada la limpieza con el ítem 201 Cleaning And Grubbing de los Bill of Quantities. 29.05 Apilamiento de la Madera. El apilamiento de los troncos (árboles desramados), deberá hacerse a una distancia no mayor a 500 metros de la zona del corte y estos apilamientos colocarlos en sitios donde no obstruyan los trabajos de la apertura de la carretera. Estos lugares de depósito Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 170 serán seleccionados y autorizados por la institución forestal vigente, tendrán acceso directo d e vehículos p e s a d o s (camiones y maquinaria) para la carga de la madera y su transporte hacia su destino o uso final. 29.06 Medida. La medida será en hectáreas completamente cortadas de árboles, removidas, transportadas y apiladas fuera del área de trabajo de la carretera, a satisfacción del Ingeniero Residente, con aproximación de dos decimales. 29.07 Pago. No se reconocerá pago alguno por el corte, remoción, transporte y apilamiento de árboles ya que está incluida en el pago del ítem Limpieza de derecho de vía. ETE-30 IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL SOCIAL (PGAS) El cumplimiento de las Disposiciones Especiales Ambientales conexas con los renglones ejecutados en un determinado período, es una condición ineludible para la aprobación, por parte del Ingeniero, de la estimación respectiva y su presentación al contratante, estarán regidas estas disposiciones de manera general por el numeral 1.4.12 Medidas de Mitigación, Prevención y Protección del Medio Ambiente del Tomo 5, del Manual de Carreteras, Capítulo I de las Especificaciones Generales de Construcción, edición diciembre/1996 y de forma particular por el Plan de Gestión Ambiental Social del proyecto de Rehabilitación del tramo: Jícaro Galán – El Amatillo. Las especificaciones ambientales y sociales, deben verse como una guía para el desempeño ambiental del Contratistas de obra, las cuales deberán complementarse con las leyes y reglamentaciones de la República de Honduras. Contratista y Subcontratistas El Contratista y subcontratistas estarán obligados a implementar las medidas de mitigación de impacto ambientales, a fin de asegurar el total cumplimiento del PGAS y consecuentemente de la Resolución que acompaña a la Licencia Ambiental emitida por MIAMBIENTE, las que se detallan a continuación: Programa Capacitación en Gestión Ambiental, Social y Seguridad Industrial, Cumplimiento de Requerimientos Legales, Atención e Información a la Comunidad, Manejo Integral de Materiales de Construcción, Protección de Fauna, Instalación y Funcionamiento de Campamentos, Instalación y Funcionamiento de la Planta de Trituración de Asfalto y/o Concreto, Manejo Integral de Aguas Residuales, Programa de Higiene, Seguridad Industrial y Salud Ocupacional, Programa de Higiene, Seguridad Industrial y Salud Ocupacional, Programa de Manejo de Tránsito, Programa de Contingencias, Programa de Participación comunitaria, Programa de Mecanismo de Quejas. 30.01FUERZA LABORAL E INSTALACION DE CAMPAMENTOS 30.01.01 Fuerza laboral Para prevenir o reducir los impactos negativos sobre las comunidades cercanas al Proyecto, el Contratista deberá implementar una seria de medidas relacionadas con los trabajadores de la construcción, las cuales se detallan a continuación: Dar prioridad a la contratación de trabajadores locales. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 171 Aplicar las leyes sobre contratación de trabajadores establecidas por el Gobierno de Honduras. Asegurarse de que los trabadores cuentan con toda la documentación requerida así: contrato de trabajo, seguro médico, chequeos médicos rutinarios, vacunas, entrenamiento en salud, etc. Dar entrenamiento ambiental y en materia de seguridad a los trabajadores. Proporcionar clases educativas sobre enfermedades venéreas y AIDS y vacunar a los trabajadores una vez sean contratados. Proporcionar transporte para llegar y salir de las aéreas del proyecto. Establecer un código de conducta que enfatice la importancia de un comportamiento adecuado, abuso de drogas o alcohol, prohibición de portar armas de fuego, sustancias ilegales, material pornográfico, respeto por las comunidades locales, y cumplimiento de las reglas y regulaciones establecidas. Cada empleado deberá ser informado sobre el código de conducta establecido una vez firme el contrato de trabajo. Las infracciones cometidas serán sancionadas de conformidad al Código de Trabajo. 30.01.02 Ubicación de campamentos y sitios de trabajo El Contratista debe planificar, diseñar y construir los campamentos y los sitios de trabajo, de tal manera que se satisfagan los siguientes requisitos: El Contratista deberá presentar los diseños de los campamentos y los sitios de trabajo incluyendo detalles de todos los edificios, materiales a utilizar, el proceso constructivo a seguir, cronograma de obras, etc. por los menos 15 días antes del inicio de las obras. Los permisos y aprobaciones deben obtenerse en concordancia con las leyes y reglamentos relevantes para así cumplir con las obligaciones legales para realizar la construcción de los campamentos, a la Supervisión y con el visto bueno del Contratante. Los campamentos deberán ser zonificados de acuerdo a su uso. Por ejemplo, bodegas, talleres, áreas de almacenamiento de materiales, instalaciones sanitarias, etc. Los campamentos deberán localizarse de tal manera que se remueva la menor cantidad de vegetación posible y se evite el corte de árboles de gran tamaño. Las plantas de asfalto, concreto, cemento y triturado, estaciones de mezclado, bodegas, aéreas de almacenamiento de gasolina, químicos y sustancias toxicas, talleres mecánicos, etc., deberán localizarse a una distancia no inferior a 100 metros de los ríos y cursos de agua, y operarse de tal manera que no entren contaminantes al agua, especialmente durante la estación lluviosa. Esto se puede lograr reciclando los lubricantes y construyendo una zanja o canal alrededor del área con un separador de aceites o una laguna de sedimentación a la salida de la zanja. Las plantas de asfalto y concreto, plantas de triturado de materiales, estaciones de mezclado, bodegas, aéreas de almacenamiento de gasolina, químicos y sustancias toxicas, talleres mecánicos, etc., deberán localizarse lo más lejos posible de centros poblados (se recomienda una distancia mínima de 500 metros). Es preferible que dichos sitios se localicen en medio de barreras naturales, o que el área se aísle con mallas o lonas plásticas para evitar la dispersión de partículas al aire. De cualquier manera, su localización debe ser aprobada por la Supervisión y con el visto bueno del Contratante. No deberán ubicase campamentos cerca a colegios, hospitales, hospicios, etc., o en aéreas con valor escénico. En general, la localización de los campamentos debe ser aprobada por la Supervisión y con el visto bueno del Contratante. El Contratista deberá implementar medidas efectivas de control de la erosión y sedimentación durante la construcción de los campamentos de acuerdo a los requisitos ambientales del proyecto, especialmente cerca de los ríos y cauces. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Los campamentos deberán construirse de modo que no se interrumpa el drenaje natural del terreno. 30.01.03 Instalaciones sanitarias En cada campamento y sitios de trabajo se deben suministrar cuartos de baño y sanitarios para uso separado de hombres y mujeres. Las instalaciones sanitarias deben contar con suficiente agua, jabón y papel higiénico en las aéreas de oficinas y de trabajo. Estas instalaciones deberán mantenerse en condiciones limpias e higiénicas. En las aéreas de construcción, deberán suministrarse letrinas portátiles al menos: una letrina para mujeres y una letrina hombres, en cada frente de trabajo. En cada campamento deberá instalarse por lo menos un tanque séptico y deberá operase de tal manera que no cause contaminación a los cursos de agua circundantes. El agua del tanque séptico no deberá descargarse a los ríos, sino ser transportada periódicamente a la planta de tratamiento más cercana o a alguna otra planta de tratamiento de las aguas municipales. Las plantas de tratamiento de aguas residuales deberán diseñarse, instalarse y operarse en concordancia con las especificaciones y reglamentaciones nacionales y locales. Dichas plantas deberán ser aprobadas por el Contratante o el Supervisor Ambiental. 30.01.05 Suministro de agua potable, electricidad y sistema de comunicación El Contratista deberá suministrar agua potable para consumo humano, limpieza personal en los campamentos, oficinas administrativas y otras aéreas. El suministro de agua potable deberá cumplir con los estándares nacionales sobre la calidad del agua para consumo humano. Será obligación del Contratista el verificar en campo la disponibilidad de agua en la zona para determinar el alcance de los trabajos por realizar. Cuando no exista servicio público o cuando existan problemas de abastecimiento de agua, el Contratista estará en la obligación de gestionar y costear la construcción de la red de agua y/o de un pozo, cuyos diseños deberán ser aprobados por el Contratante y la Supervisión. Sera responsabilidad del Contratista el diseño y la construcción de la red de distribución eléctrica tanto interna y como de alumbrado exterior en todos los sitios de trabajo y oficinas administrativas y cubrir los costos que esto signifique. El Contratista deberá llevar a cabo todas las gestiones y tramitar todos los permisos con la Empresa Nacional de Energía Eléctrica, ENEE en la zona para realizar por su cuenta todos los trabajos eléctricos necesarios. Las instalaciones eléctricas deberán cumplir con las normas aprobadas por el país. El sistema de alumbrado exterior deberá ser diseñado, tal que permita una buena visibilidad nocturna en los campamentos, sitios de trabajo, y vías de acceso internas. El consumo de electricidad durante todo el período de construcción de las obra será responsabilidad del Contratista. 30.01.04 172 Instalaciones médicas El Contratista deberá proporcionar primeros auxilios en el campamento. Los sitios de obras deberán contar con un botiquín de primeros auxilios y con personal entrenado para administrarlos. Si no se cuenta con una ambulancia, el Contratista deberá contar con transporte motorizado para llevar a los trabajadores heridos o enfermos al hospital o centro de salud más cercano. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 173 Todos los desperdicios del botiquín de primero auxilios deberán disponerse en recipientes designados para tal fin o de acuerdo a las normas y reglamentaciones nacionales establecidas para la disposición de desechos médicos. 30.01.06 Mantenimiento de los campamentos Las siguientes medidas deberán implementarse para asegurar que los campamentos y demás instalaciones se mantienen en condiciones óptimas: Las instalaciones sanitarias, así como también los comedores, oficinas administrativas y otras instalaciones deberán mantenerse limpias y libres de basuras y contaminantes. Deberán asignarse sitios apropiados para fumar. Avisos de NO FUMAR deberán colocarse en aquellas aéreas donde sea prohibido fumar. Las instalaciones sanitarias deberán estar bien iluminadas y mantenerse en condiciones higiénicas para su uso a todo momento. Cerca de las instalaciones sanitarias deberá mantenerse agua de reserva en barriles o toneles. El Contratista deberá establecer un sistema de quejas de modo que los trabajadores puedan expresar sus preocupaciones respecto al mantenimiento de los campamentos y los servicios suministrados. 30.01.07 Código de Conducta Es importante que el Contratista establezca un Código de Conducta que destaque la importancia de un comportamiento adecuado tanto dentro del campamento como fuera de este, así como el cumplimiento de las leyes y regulaciones pertinentes. Cada empleado deberá ser informado sobre el Código de Conducta, y éste a su vez estará obligado a cumplirlo mientras se encuentre empleado por el Contratista o por el dueño del proyecto. El Código de Conducta deberá estar a disposición de las comunidades locales en los centros de información del proyecto o algún otro lugar de fácil acceso a las comunidades. El Código de Conducta deberá tratar al menos los siguientes temas: Todos los trabajadores deberán cumplir con las leyes y regulaciones nacionales y locales. Todas las sustancias ilegales, el abuso de las drogas y el alcohol, y el porte de armas de fuego, corto punzante, estarán totalmente prohibidas, así como también los materiales pornográficos y las apuestas. Estarán prohibidas las peleas físicas y altercados o escándalos la creación de molestias o trastornos a las comunidades locales, y la falta de respeto a las costumbres y tradiciones locales. Fumar sólo se permitirán en las áreas asignadas para ello. Los trabajadores deberán mantener los estándares apropiados de vestido e higiene personal. Los trabajadores que visiten las comunidades locales deberán comportarse de una manera consistente con el Código de Conducta. 30.01.08 Prohibiciones Las siguientes acciones deberán estar prohibidas en las áreas del proyecto o cercanas a éste (todas estas acciones podrán incluirse dentro del Código de Conducta): Tala de árboles por cualquier razón fuera de las áreas aprobadas para ello; Caza, pesca(especialmente con químicos o explosivos), o captura de fauna silvestre especialmente en vía de extinción y recolección de flora; Compra o uso de fauna silvestre para comida; Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 174 Uso de materiales tóxicos no aprobados, como pinturas a base de plomo, asbestos, etc. Daño a cualquier propiedad con valor arquitectónico o histórico; Provocar incendios; Uso de armas de fuego (excepto el personal autorizado); Uso de bebidas alcohólicas durante horas de trabajo; Lavado de maquinaria, vehículos o ropa en ríos, arroyos o lagos; Mantenimiento de maquinaria y vehículos fuera de las zonas autorizadas para ello; Disposición de basura o desechos de la construcción in sitios no autorizados; Enjaular fauna silvestre (especialmente aves), salvo personal autorizado; Conducir vehículos o maquinaria de manera inapropiada o bajo la influencia de drogas o alcohol en las vías locales o en el área del proyecto; Trabajar sin el equipo apropiado (incluyendo cascos y botas); Derramar contaminantes potenciales como, aceites, lubricantes, productos del petróleo, etc.; Realizar sus necesidades fisiológicas fuera de las instalaciones sanitarias designadas para ello. El Contratista deberá suministrar letrinas portátiles en todos los frentes de trabajo; Recolección de leña o su uso para cocinar o para calefacción o como combustible. El Contratista deberá proporcionar otro medio de combustible diferente a la leña; Caza fortuita de cualquier tipo; Quema de desechos o vegetación. El incumplimiento del Código de Conducta, de estas prohibiciones o de las reglas, regulaciones y procedimientos establecidos en los campamentos y sitios de trabajo resultará en acciones disciplinarias, que variarán desde una simple llamada de atención, hasta la terminación del empleo, o en casos extremos, todo de conformidad a lo establecido en el Código de Trabajo. Seguridad Las siguientes medidas de seguridad deberán implementarse para garantizar la seguridad de los campamentos y los trabajadores: Iluminación adecuada durante el día y la noche. Acceso controlado a los campamentos. El acceso a los campamentos deberá estar limitado a los residentes de éstos, empleados del proyecto y aquellos que visitan al personal de la obra con propósitos comerciales. Los visitantes y familiares de los trabajadores deberán obtener un permiso escrito de entrada al campamento. Dicho permiso deberá ser aprobado por el jefe encargado de los campamentos. Deberá construirse una cerca perimetral de por lo menos 1.8 metros de alto de materiales apropiados. El tipo de cerca y los materiales a utilizar deberán ser aprobados por el Supervisor. Todos los edificios e instalaciones de los campamentos deberán contar con equipo contra incendio y extinguidores. 30.01.09 Entrenamiento ambiental para los trabajadores El Contratista deberá preparare un Plan de Entrenamiento Ambiental para todos los trabajadores de la construcción y demás empleados para asegurar que éstos conozcan todos los requisitos ambientales relevantes al proyecto. El Contratista deberá distribuir a todos los empleados: (1) La política ambiental del Contratista, (2) las especificaciones sociales y ambientales contenidas en este documento, (3) Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 175 los lineamientos y políticas ambientales del dueño del proyecto y (4) copias de extractos relevantes de las leyes, estándares y regulaciones ambientales del país. El Contratista será responsable por proporcionar entrenamiento a todo el personal de acuerdo a su nivel de responsabilidad en asuntos ambientales. Los empleados en posiciones gerenciales deberán recibir entrenamiento adicional. Todos los empleados del Contratista deberán cumplir con los procedimientos de protección ambiental y deberán certificar que atendieron las sesiones de entrenamiento ambiental. Los materiales y métodos de entrenamiento, los cuales deben incluir sesiones formales de entrenamiento, carteles, boletines informativos, y reuniones informales, deben ser revisados por el Supervisor y aprobados por el Contratante. El Plan de entrenamiento debe educar a los trabajadores en los siguientes temas (pero no limitado solo a éstos): Código de Conducta, todas las prohibiciones mencionadas anteriormente, regulaciones de tráfico, recolección ilegal de productos madereros, manejo de los desechos, protección de las fuentes de agua, control de la erosión, asuntos relacionados con la salud y la seguridad personal, información general sobre el ambiente en el que estarán trabajando, procedimientos disciplinarios para aquellos que infrinjan las reglas y regulaciones establecidas, etc. El Contratista deberá llevar a cabo entrenamientos periódicos cuando así lo considere necesario. Deberán mantenerse registro de atención y de los temas cubiertos y sometidos al Supervisor cuando sea requerido. 30.02DESMONTE, RE-VEGETACIÓN Y AFECTADAS POR EL PROYECTO RESTAURACIÓN DE LAS AÉREAS El Contratista deberá presentar al Contratante, el Plan de Desmonte, Re-vegetación y Restauración de las aéreas afectadas por el proyecto. Las aéreas seleccionadas para desmonte y remoción de la capa superficial del suelo (capa vegetal) deberán ser aprobadas por el Supervisor. El Plan deberá tener en cuenta el uso actual de la tierra para tratar de mantenerlo de la misma manera en la medida que sea práctico y no interfiera con las actividades del Contratista 30.02.01 Desmonte y remoción de vegetación En general, el Contratista deberá tener en cuenta las siguientes actividades: Las aéreas que no han sido aprobadas para su desmonte y remoción de vegetación deberán mantenerse en su estado actual. Inicialmente, el Contratista deberá realizar la remoción de la vegetación existente para permitir el acceso de la maquinaria de construcción y establecer un área de trabajo segura para los trabajadores. El espesor de la capa vegetal a remover se definirá conforme a lo indicado en el estudio de suelos. Si durante el proceso de remoción se detecta que la capa vegetal no es la establecida por el estudio de suelos, el Contratista deberá hacer la remoción total de acuerdo a los planos modificados según lo encontrado en campo. Deberán preservarse los árboles de gran tamaño en la medida en que sea posible especialmente en los caminos de acceso y los campamentos. Los árboles y plantas localizados en el área del proyecto deberán marcarse para indicar si deben mantenerse, trasplantarse o removerse. Los árboles y plantas con valor ecológico (por ejemplo, aquellos que sirven para nidificación de aves o zonas de descanso) o comercial, deberán mantenerse en la medida de lo posible. Las plantas y vegetación que puedan utilizarse luego en el proceso de re-vegetación y restauración deberán mantenerse en viveros temporales. Dichos viveros deberán ser Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento aprobados por el Supervisor Ambiental. La finalidad de los viveros es la conservación de la vegetación removida, y en éstos se deberá ambientar, recuperar, y mantener las plantas que sean extraídas y que serán más tarde utilizadas en el proceso de re-vegetación y restauración. . El Contratista deberá tener en cuenta la estabilidad del suelo, la protección de la vegetación natural y de la fauna circundante, y la prevención de la sedimentación de los cuerpos de agua, cuando este determinando el método y el tiempo para llevar a cabo el desmonte. En la medida de lo posible, deberá evitarse la remoción de vegetación en terrenos muy empinados, zonas propensas a la erosión, y aéreas ecológicamente sensibles. La vegetación deberá removerse en etapas para conservar la capa vegetal el mayor tiempo posible y así prevenir que grandes aéreas de terreno se vean expuestas al viento y la lluvia y por tanto sean erosionadas. El desmonte de los terrenos en áreas cercanas a los cuerpos de agua deberá realizarse a mano. La capa vegetal deberá removerse de todas aquellas aéreas que serán impactadas por el proyecto incluyendo sitios temporales como aéreas de almacenamiento de materiales, zonas de préstamo, botaderos, canteras, etc. La capa vegetal removida deberá almacenarse en las aéreas designadas para tal fin para su uso posterior en re-vegetación y deberá protegerse adecuadamente contra la erosión y los desechos tóxicos o peligrosos. La vegetación removida que no se utilizará para re-vegetación o restauración no deberá quemarse, sino disponerse en los sitios aprobados para tal fin. El Contratista deberá presentar un plan para el salvamento de madera, indicando la manera de almacenarla, transportarla y utilizarla. Deberá minimizarse el uso de herbicidas y químicos en la remoción de vegetación. De cualquier manera, solo se utilizarán herbicidas y químicos adecuados que no tengan efectos negativos sobre los humanos y animales domésticos, los hábitats y ecosistemas circundantes, y las personas que los aplican. Estos químicos y herbicidas deberán ser aprobados previamente por el Supervisor Ambiental y cumplir con las leyes y regulaciones nacionales establecidas para tal fin. El Contratista deberá pagar y reponer por su cuenta los daños causados a la vegetación en aquellas aéreas no aprobadas para desmonte. 30.02.02 Impactos visuales y paisajismo El programa de construcción debe realizarse en etapas, particularmente en aquellos sitios donde se espere que ocurran grandes impactos visuales. Las actividades constructivas deberán planificarse en las zonas con valor escénico de tal manera que se minimicen los impactos visuales causados por los movimientos de tierra. Los sitios de la construcción deberán estar rodeados de vallas si están localizados en áreas con valor escénico o turístico para evitar la vista directa de los sitios de construcción. No deberán construirse campamentos, o localizarse estaciones mezcladores, plantas de asfalto y concreto en zonas escénicas. Los sitios de almacenamiento de materiales deberán localizarse en áreas fuera de la vista de los turistas. La disposición aleatoria de residuos sólidos en zonas escénicas deberá estar estrictamente prohibida. 30.02.03 176 Re-vegetación y restauración de las áreas afectadas por el proyecto La re-vegetación, recomposición y empradización de los sitios debe comenzar lo más pronto posible con especies locales o con los individuos de las especies rescatadas y viverizadas para tal fin. La capa vegetal removida durante el proceso de desmonte deberá utilizarse durante la revegetación de sitios a restaurar. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 177 Los árboles cortados en las áreas a restaurar deberán reemplazarse con muestras de árboles similares. En los terraplenes y taludes con altas pendientes, en los terrenos donde el suelo es difícil de estabilizar, en áreas donde la erosión es alta o donde las plantas y vegetación crece de manera lenta, en canales con flujos que exceden 1 metro/segundo, y en terraplenes adyacentes a cuerpos de agua o áreas ecológicamente sensibles, deberá plantarse semillas de pastos locales (por ejemplo vetiver) u otro material apropiado (como el yute, cespedones provenientes de la actividad de descapote, estocones, hidro-siembra, fibras naturales, como bio-mantos, etc.) para recuperar la capa vegetal y proteger contra la erosión. Las tierras agrícolas ocupadas por las actividades constructivas del proyecto deberán restaurarse para permitir que la misma actividad agrícola o alguna similar pueda continuar después de la terminación de las obras. Las acciones remediales que no se puedan ejecutar de manera efectiva durante la construcción de las obras, deberán llevarse a cabo cuando se acaben las actividades constructivas (pero antes de la emisión de la aceptación de las obras). Cuando todas las actividades constructivas hayan terminado, todos los campamentos y sus instalaciones deben ser desmantelados y removidos del sitio y el área debe ser restaurada a una condición similar a la que tenía antes del proyecto o a una condición acordada con el dueño del terreno y aprobada por el Supervisor. Todos los desechos de la construcción deberán removerse de todos los cursos de agua como ríos, quebraras, arroyos y lagos. Los drenajes y alcantarillas deberán revisarse para determinar que no se encuentran obstruidos por basuras y desechos sólidos. Las áreas que ya no se usen como zonas de préstamo, canteras, botaderos, sitios de almacenamiento de materiales, caminos de acceso o cualquier otra área temporalmente ocupada durante la construcción del proyecto, deberán ser restauradas utilizando recomposición del suelo, empradización, hidrosiembra, taludes estables, drenaje adecuado, re-vegetación y obras de paisajismo. Todas las áreas debajo de los puentes, viaductos, e intercambiadores deberán estar estabilizadas, libres de escombros y desperdicios y re-vegetalizadas con plantas o pastos locales. El terreno que haya sido contaminado con aceite y productos del petróleo deberá removerse y enterrarse en sitios de disposición de desechos sólidos aprobados para tal fin. Los tanques y pozos sépticos deben cubrirse y sellarse efectivamente o removerse del lugar. Los cursos de agua que fueron desviados por las actividades constructivas deberán restaurarse a su antiguo cauce natural. 30.03Manejo de los impactos durante la construcción 30.03.01 Vías de acceso Para minimizar los impactos causados por las vías de acceso sobre el medio ambiente, se deben implementar las siguientes medidas: El Contratista deberá presentar a la Supervisión y con el visto bueno del Especialista Ambiental del Contratante un Plan de Manejo de Carreteras, indicando cuales deben construirse, ampliarse, modificarse o mejorarse para permitir el paso de equipos y maquinaria pesada incluyendo el plan de re-vegetación, control de aguas de escorrentía y estabilización de taludes. También deberá presentar el plan de mantenimiento de dichas vías En la medida de lo posible, el Contratista deberá utilizar las vías existentes para reducir la construcción de nuevos caminos de acceso. En el caso de que el Contratista proponga nuevas vías de acceso, éstas deberán ser aprobadas por el Contratante y la Supervisión. Por parte de la Supervisión, un ingeniero especialista de Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 178 vías deberá corroborar que las vías estén propiamente diseñadas con las dimensiones y geometría adecuadas. Así como las nuevas vías de acceso, el diseño de los puentes permanentes o temporales, sus dimensiones definitivas y materiales a utilizar deberán ser aprobados por un ingeniero especialista de vías y por la Supervisión. Las nuevas vías de acceso deben evitar, en la medida de lo posible, pasar por áreas con gran valor escénico, áreas o cuencas ecológicamente sensibles o protegidas y áreas agrícolas. El Contratista deberá presentar al Supervisor para su aprobación el tipo de maquinaria y equipo a utilizar en la construcción de los nuevos caminos de acceso y el método constructivo. El diseño de la nueva vía debe seguir la topografía del terreno para evitar alineaciones que requieren grandes volúmenes de excavación. Los caminos deberán diseñarse para que cumplan con las características necesarias de ancho y pendiente para que el tránsito de equipos y maquinaria se realice en ambos sentidos y sin ningún retraso. La nueva vía de acceso debe contar con zanjas o cunetas de drenaje y alcantarillas para la recolección y manejo de las aguas de escorrentía y todos los taludes inestables deberán ser estabilizados utilizando muros de contención, gaviones o cualquier otra estructura apropiada para controlar la erosión y los deslizamientos. Deberá prohibirse la construcción de nuevas vías de acceso en la noche cerca de receptores sensibles tales como zonas residenciales, hospitales, colegios, hogares geriátricos, etc. El Contratista deberá colocar señales de advertencia y reductores de velocidad cerca de los receptores sensibles para incrementar la seguridad vial. En las vías de acceso adyacentes a las comunidades circundantes, el Contratista deberá informar a los habitantes de los nuevos patrones de tráfico y repartir panfletos para informar a la comunidad sobre la seguridad vial. En vías sin pavimentar, el Contratista deberá rociar agua 2 o 3 veces al día durante la época seca para reducir las emanaciones de polvo y así prevenir problemas respiratorios en las personas. Una vez el proyecto haya sido terminado, todas las vías de acceso deben de por lo menos: (1) entregarse a las comunidades locales, (2) utilizarse para el mantenimiento de los componentes del proyecto, o (3) ponerse fuera de servicio y el área restablecerse a su condición original, o utilizarse para la agricultura. 30.03.02 Erosión y sedimentación Para minimizar los impactos negativos en el área del proyecto causados por la erosión y la sedimentación, el Contratista deberá llevar a cabo las siguientes acciones: Las áreas que no vayan a ser alteradas por las actividades constructivas deberán mantenerse en sus condiciones existentes Deberá alterarse la menor cantidad de terreno, estabilizar el área tan pronto como sea posibl situ. Deberán erigirse barreras para controlar la erosión alrededor de los perímetros de los acceso, taludes, etc. Los trabajos en taludes y las excavaciones y movimientos de tierra deben realizarse de tal manera que se minimice la exposición de la superficie del terreno a la erosión tanto en área como duración. Deberán implementarse medidas temporales de control de la erosión del suelo tales como diques, drenajes o áreas de sedimentación, las que deberán ser provistas y mantenidas hasta que los drenajes permanentes y los sistemas de control de la erosión sean construidos. Los trabajos para la protección de taludes deberán llevarse a cabo en secuencia a la construcción para un manejo de sedimentos apropiado. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 179 Deberá reducirse la velocidad y el volumen de agua de escorrentía mediante la instalación de canales de desagüe y la selección de lugares adecuados para la colocación de alcantarillas para evitar los efectos de la erosión. Deberán también utilizarse las contra cunetas en la parte superior de los taludes donde sea necesario, las cuales podrán recubrirse con pastos locales para evitar su erosión Deberán llevarse a cabo obras de terraceo u otras medidas para prevenir la erosión del suelo Deberá reservarse la capa vegetal removida y re-aplicarse a las áreas afectadas para promover el crecimiento de la vegetación nativa. Deberán aplicarse medidas para el control de la erosión hasta que la vegetación se haya establecido completamente. Deberán sembrarse semillas de pastos locales y plantas nativas en los terrenos estériles o propensos a la erosión Las medidas contra la erosión deberán llevase a cabo antes de que se inicie la época lluviosa y preferiblemente cuando cada frente de trabajo se haya terminado. Deberán protegerse todas las aéreas susceptibles a la erosión instalando todos los drenajes permanentes y temporales tan pronto como sea posible. El agua de escorrentía deberá controlarse y los sedimentos atraparse hasta que la vegetación se haya restablecido. Ejemplos de estructuras de control de sedimentos incluyen: barreras en roca, trampas de sedimentos, sacos de arena, pacas de paja, cercas vivas, cortinas para sedimentos, geo-textiles, rollos de fique, etc. Todas las estructuras para el control de la erosión y de los sedimentos deberán inspeccionarse diariamente para comprobar que funcionan adecuadamente. Los cambios en la forma del terreno debido a las canteras, escombreras, áreas de préstamo, etc., deberán reconformarse y re-vegetalizarse para no sólo reducir la erosión sino los impactos visuales de la construcción. En la localización de los almacenamientos de materiales y tierra se debe tener en cuenta la dirección del viento y la cercanía a los receptores sensibles El movimiento del tráfico vehicular y maquinaria pesada sobre las áreas estabilizadas deberá restringirse y controlarse y cualquier daño a estas áreas deberá ser reparada por el Contratista a satisfacción del Supervisor y el Contratante. 30.03.03 Control de las Emisiones y el Polvo El Contratista deberá proponer las acciones para controlar el polvo resultante de las actividades constructivas, incluyendo sitios como canteras, botaderos, plantas de asfalto y concreto, plantas trituradoras, estaciones de mezclado, excavaciones y movimientos de tierra, construcción de vías, terraplenes y cunetas, acarreo de materiales, construcción de campamentos, etc. En particular, el Contratista deberá: Minimizar la producción de polvo y material articulado para evitar los impactos en las comunidades circundantes, especialmente en las personas vulnerables (niños, y ancianos). Colocar pantallas contra el polvo especialmente en aquellas áreas cercanas a las comunidades locales. Rociar agua en vías sin pavimentar, cortes de tierra, y zonas de almacenamiento de tierra. El rociado deberá llevarse a cabo por lo menos dos veces al día durante los días de mucho viento y en las épocas secas. La frecuencia del rociado cerca de las comunidades locales deberá incrementarse si las circunstancias así lo requieren. Proporcionar un sistema de ventilación adecuado o cualquier otra medida para controlar la concentración de contaminantes del aire dentro de los túneles. Los vehículos que transporten materiales como cemento, arena y cal deberán cubrirse completamente con materiales impermeables (como el plástico) para garantizar que polvo y partículas no se escapen al aire. Deberá evitarse que los vehículos estén sobrecargados con este tipo de materiales. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 180 La localización de las plantas trituradoras de materiales, plantas productoras de cemento, etc., deben operarse con dispositivos de control del polvo previamente aprobados por el Coordinador Ambiental o el Supervisor Ambiental. Todos los lugares de almacenamiento de materiales deberán cubrirse con material impermeable (como el plástico). No deberá permitirse el uso de vehículos y maquinarias que produzcan seria contaminación del aire o cuyo mantenimiento haya sido deficiente. Antes de realizar una voladura, deberá rociarse agua en el área donde se realizará la voladura para aumentar el contenido de humedad del suelo. Deberán también utilizarse sacos de yute o de arena en el área de voladura para prevenir la formación de polvo y evitar que pedazos de roca u otros materiales salgan volando. Las voladuras no deberán realizarse durante condiciones climáticas adversas. Son aceptables los gases provenientes de los escapes de los vehículos motorizados y la maquinaria para la construcción. Sin embargo, los motores deberán inspeccionarse y ajustarse para minimizar los niveles de contaminación del aire. 30.03.04 Control del Ruido y las Vibraciones Para minimizar el ruido y las vibraciones proveniente de las actividades constructivas se deberán tener en cuenta las siguientes medidas: El Contratista deberá cumplir con las leyes nacionales respecto a los niveles de ruido aceptables especialmente en cercanías a los receptores sensibles como zonas residenciales, planteles escolares, hospitales, hogares geriátricos, etc. Si hay planteles escolares cerca del área de construcción los equipos que producen mucho ruido deberán utilizarse después de que las actividades escolares hayan terminado. Si esto no es factible, entonces el Contratista deberá informar con la debida anticipación a los planteles escolares sobre las actividades constructivas, o encontrar otra posible solución. El Contratista deberá monitorear los niveles de ruido para verificar que cumplen con las regulaciones nacionales especialmente cerca de los receptores sensibles. ( Ver Ficha PGA007 incluida en el EIA) Las mezcladoras de concreto y otros equipos estacionarios generadores de ruido deberán ubicarse tan lejos como sea posible de las comunidades locales para reducir los impactos causados por el ruido. En la medida de lo posible, deberá hacerse uso del suministro eléctrico local, ya que los generadores a base de diesel son bastante ruidosos y la mejor medida de mitigación es evitar su uso completamente. Los equipos y maquinaria para la construcción deberán mantenerse para que operen en condiciones óptimas y con los menores niveles de ruido posible. Es recomendable que se utilicen durante la construcción silenciadores. Estos deberán repararse o reemplazarse si se encuentran que están defectuosos Deberán proporcionarse protectores auditivos a aquellos empleados que trabajen en actividades que generan mucho ruido como voladuras, hincada de pilotes, mezcladoras de concreto, maquinaria, trituración de agregados y cualquier otra actividad que genere ruido. El material que salga de los sitios de trabajo no podrá transportarse durante las horas pico para evitar así un incremento en el ruido producido por el aumento en el volumen de tráfico. 30.03.05 Control del ruido durante la noche Aunque la construcción debe prohibirse en la noche en cercanías a los receptores sensibles, algún tipo de construcción puede ocurrir en la noche por motivos técnicos u otra razón. Ya que la construcción nocturna – si ocurre cerca de las comunidades locales – puede resultar en impactos Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 181 significativos sobre los residentes y otros receptores sensibles, las siguientes medidas de mitigación – además de las enumeradas arriba – deberán implementarse durante la etapa constructiva: El Contratista deberá informar con por lo menos una semana de anticipación de cualquier actividad constructiva que se vaya a realizar en la noche. Los residentes deberán ser informados sobre por qué la construcción nocturna es necesaria También se les deberá informar sobre la intensidad del ruido y su duración así como sobre las medidas de mitigación que se implementarán para reducir el ruido. De cualquier manera, el Contratista deberá cumplir con las reglamentaciones vigentes respecto al nivel del ruido permitido en la noche. Deberá utilizarse equipo con bajos niveles de ruido en situaciones que requieran 24 horas de operación ininterrumpida (por ejemplo, vertido de concreto). Si fuera el caso, el Contratista deberá proporcionar alojamiento temporal lejos del área impactada a aquellas personas extremadamente vulnerables que requieran un buen descanso durante la noche, como los enfermos o los ancianos. Se deberán utilizar barreras temporales contra el ruido durante las actividades constructivas nocturnas. 30.03.06 Movimientos de tierra 30.03.06.01 Excavaciones, cortes y rellenos El Contratista deberá realizar todos los movimientos de tierra, excavaciones, cortes y rellenos de acuerdo con su diseño, memoria de cálculo y especificaciones técnicas. Antes de cualquier movimiento de tierra o excavación, el Contratista deberá verificar las condiciones topográficas, geométricas y funcionales de la obra. Toda excavación debe seguir un programa de trabajo preestablecido, acorde la topografía del terreno, los equipos a utilizar, y con la capacidad del personal. Toda excavación debe ejecutarse, en la medida de lo posible en seco, o con poca lluvia, abatiendo el nivel freático donde sea necesario. Antes del inicio de cualquier excavación, el Contratista debe tomar todas las medidas necesarias para evitar situaciones de riesgo para el personal, dentro y fuera de la obra. El Especialista Ambiental del Contratista debe verificar que el uso de materiales y equipos sea seguro y que se sigan las medidas de seguridad correspondientes, como por ejemplo, la señalización de los sitios peligrosos o con acceso prohibido, uso obligatorio de implementos de seguridad, etc. El Contratista será responsable del desvío de las aguas superficiales, y sub-superficiales de las excavaciones, de la provisión y manutención de las instalaciones de drenaje y bombeo, que sean necesarias para mantener secas las excavaciones y asegurar la estabilidad de los taludes. En la medida de lo posible, el material sobrante de las excavaciones deberá utilizarse en otras partes del proyecto vial, con el fin de minimizar la cantidad de material a ser eliminado. El material excavado que no se pueda ser reutilizado en las labores constructivas, deberá ser dispuesto en los lugares previamente aprobados para ello por el Supervisor. Los sitios de disposición del material excavado deberán ser diseñados y construidos de tal manera que no causen deslizamientos, interfieran con los cursos de agua, afecten las tierras agrícolas, las aéreas ecológicamente sensibles contaminen los cuerpos de agua. El Contratista será responsable de la evacuación de las aguas superficiales y de escorrentía (con cunetas o contra-cunetas) o subterráneas que puedan afectar la estabilidad de la excavación. Sera también su responsabilidad mantener la estabilidad de los cortes y excavaciones en todo momento. Después de terminada cada excavación, esta deberá ser verificada por la Supervisión, antes de que se proceda a la construcción de las obras correspondientes. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento El Contratista deberá constantemente vigilar la estabilidad de los cortes y taludes, haciendo los trabajos necesarios para evitar que elementos externos puedan desestabilizar la obra. En general, deberá asesorarse con la opinión de un especialista en el tema. 30.03.06.02 182 Taludes y terraplenes El Contratista deberá mantener los cortes, rellenos y taludes estabilizados en todo momento y deberá causar el menor impacto en las áreas por fuera de los límites de los trabajos constructivos. El Contratista deberá completar las operaciones de corte y relleno en cada área de trabajo tan pronto como sea posible para evitar movimientos de tierra parcialmente terminados, especialmente durante la época lluviosa. El Contratista deberá conformar los taludes en material común y sanear los taludes en roca para retirar trozos de roca sueltos. La conclusión de esta actividad deberá estar sujeta a la aprobación de la Supervisión. Si durante la excavación apareciera alguna evidencia de inestabilidad de taludes conformados de acuerdo a los planos, el Contratista deberá tomar las medidas necesarias para evitar algún daño e informar a la Supervisión. Las medidas correctivas necesarias serán aprobadas por la Supervisión. Será responsabilidad del Contratista construir obras para el manejo adecuado de las aguas superficiales, con el fin de proteger los taludes en aquellos sitios donde la escorrentía pueda generar procesos erosivos concentrados. Es recomendable que la cara de los taludes se protejan con el empleo de técnicas de re-vegetación. En los lugares donde deba modificarse la pendiente de los taludes por mejoramiento geométrico de la vía, o por conformación de zonas inestables, el Contratista deberá construir obras de control de escorrentía como cunetas y contra-cunetas, canales recolectores, disipadores de energía, etc. De todas maneras, cualquier cambio en el cambio de las pendientes deberá ser notificado a la Supervisión para su aprobación. 30.03.06.03 Canteras, zonas de préstamo, botaderos y sitios de almacenamiento de materiales excavados El Contratista deberá preparar un plan general de manejo de botaderos, canteras, zonas de préstamo y áreas de almacenamiento de materiales excavados. La operación de las zonas de préstamo en tierra, en los ríos, o en un área existente, debe estar sujeta a la aprobación previa del Supervisor. Para una adecuada disposición de materiales y botaderos, el Contratista debe considerar desde la etapa de planificación de la construcción del proyecto, los conceptos de localización, diseño, construcción, manejo y adecuación de los botaderos o sitios de disposición final, para prevenir y controlar los impactos propios de esta actividad. El Plan de Manejo debe incluir lo siguiente: Un mapa donde se presente la extensión del área a desarrollar; Un informe donde se presente los métodos de trabajo propuestos; El Contratista deberá cuantificar la calidad y cantidad de material que se utilizará en cada banco para la obra, indicando además con un diagrama de masas su utilización en el proyecto. Las rutas propuestas de acceso y acarreo de materiales entre las zonas de préstamo y la destinación de los materiales extraídos; Una estimación de los materiales de desecho que se generarían y detalles de las escombreras para tales materiales; Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 183 Detalles de las medidas para minimizar las áreas de préstamo, escombreras y sitios de almacenamiento de materiales removidos y su impacto visual sobre el medio ambiente circundante; Detalles de las medidas que deben tenerse en cuenta para la rehabilitación a largo plazo de las áreas intervenidas, con el fin de evitar situaciones que puedan constituir una amenaza para la salud y la seguridad ciudadana y puedan también causar contaminación ambiental. En general el Contratista deberá: Identificar y demarcar la localización de las áreas a intervenir garantizando que se encuentren por lo menos a 100 metros de áreas críticas como taludes muy empinados, suelos susceptibles a la erosión, tierras agrícolas, y áreas que drenan directamente a los cuerpos de agua o propensas a las inundaciones. En la medida de lo posible, la localización de escombreras, zonas de préstamo, canteras y áreas de almacenamiento de materiales debe hacerse en áreas no productivas, o donde puedan causar futuros deslizamientos. De cualquier manera, su localización debe ser aprobada previamente por el Supervisor Ambiental. Los sitios elegidos deben ser tal que no contaminen o afecten el medio ambiente. En caso de contaminación deben aplicarse las medidas de mitigación propuestas en el plan de manejo ambiental. Sus productos y subproductos deberán ser controlados a efecto de no causar daños ambientales. En caso de ser requerido se deberá contar con la opinión multidisciplinaria correspondiente y/o los permisos de las autoridades competentes. Evitar localizar dichos sitios en áreas sensibles como reservas naturales, áreas protegidas, o con alto valor ecológico o escénico, parques forestales, cuencas protegidas, o en zonas en las cuales se pueda interferir con los patrones de drenajes naturales o diseñados. Almacenar el material excavado en lugares no que afecten la estabilidad de taludes y excavaciones. Limitar la extracción de materiales a las zonas de préstamo y canteras aprobadas y demarcadas. Mantener los drenajes existentes en las áreas afectadas libres de material excavado. La localización de zonas de préstamo debe evitarse en los ríos si existe la posibilidad de dañar o perjudicar la ribera de los ríos, o cuando se cauce que se arrastre muchos sedimentos finos aguas abajo. Depositar los materiales de excavación en los sitios previamente definidos. Sin embargo, los materiales excavados, cuya calidad se considere apropiada, podrán utilizarse en rellenos, u otras obras permanentes. Éstos deberán almacenarse en lugares especialmente dispuestos para su uso posterior, de forma que no contaminen ni sean contaminados por otros materiales. Almacenar la capa vegetal cuando se habrá por primera vez la zona de préstamo. Cuando todo el material excavado se haya utilizado en las labores constructivas, el Contratista deberá esparcir el material vegetal previamente almacenado sobre la zona de préstamo y nivelarlo de modo que se cree una superficie pareja y uniforme y con suficiente pendiente para permitir el drenaje. En zonas con mucha pendiente, podrían requerirse terrazas o para controlar la erosión. En los botaderos, implementar un sistema de drenajes entre capas de material, como remedio contra los deslizamientos producidos por un exceso de humedad. Estos servirán, además, como colectores del agua infiltrada o superficial. El Contratista debe contar con el material apropiado para la construcción de estos sistemas, que garanticen el correcto funcionamiento de los mismos. Estabilizar y proteger contra la erosión los terraplenes de almacenamiento. Dichos terraplenes no deben interrumpir el escurrimiento del agua, ni los trabajos en curso de ejecución o de ejecución posterior, de acuerdo a un manejo adecuado de aguas. Cuando el relleno de botaderos, requiera la construcción de sub-drenajes, éstos deben construirse en forma inmediatamente posterior a la limpieza del terreno. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento La construcción de los sistemas de manejo de aguas de escorrentía (cunetas, contra cunetas, alcantarillas, canales, cajas de registros, alcantarillas, disipadores de energía cabezales, etc.) es una actividad crítica del proceso constructivo. El Contratista debe construir estas obras conforme al avance de la colocación del material de escombro o antes del inicio de la colocación del mismo y en ningún caso quedará su ejecución para el final de la obra. Las aguas de escorrentía contaminadas deberán interceptarse con medio de canales abiertos y ser llevadas a las áreas de tratamiento antes de su disposición final en los cuerpos de agua. El Contratista deberá evitar la acumulación de material, generando superficies irregulares que acumulan agua además de no tener una compactación adecuada. Deberá procurarse que el método de colocación del material de desecho garantice el mayor volumen de apilamiento, estándares de compactación según el uso posterior del sitio y características del material depositado y estabilidad general del sitio de escombrera. Cuando el terreno del botadero no sea plano se deberá mejorar la superficie de contacto mediante la realización de una superficie dentada. Garantizar que todas las canteras, zonas de préstamo, botaderos y sitios de almacenamiento de materiales escavados, después de finalizadas las obras, se reconformen, con pendientes estabilizadas, superficies parejas y uniformes, restablecimiento de la vegetación, restauración de los cursos de agua naturales, y sin aguas estancadas que puedan conducir a la reproducción de mosquitos. Cuando las canteras y zonas de préstamo no se puedan rellenar o drenar de manera adecuada, el Contratista deberá consultar con la comunidad local para determinar su preferencia para su re-uso, por ejemplo, estas canteras y zonas de préstamo podrían utilizarse como criadero de peces, abrevaderos, o cualquier otro propósito. 30.03.07 184 Construcción de puentes y otras estructuras en los cuerpos de agua y humedales El Contratista deberá entregar al Supervisor el Plan de Manejo Ambiental durante la construcción de nuevos drenajes o restitución de drenaje existente, detallando la localización de cruces temporales, plan de control de desechos y medidas de prevención de derrames, control de la sedimentación, cruce de zonas sensibles, desvíos de los flujos de agua superficial, y su reinstalación, etc. Todos los trabajos constructivos sobre los cuerpos de agua y humedales deberán ser aprobados previamente por el Supervisor Ambiental. En la medida de lo posible, los trabajos en los cursos de agua deben realizarse fuera de la temporada de lluvias. En caso de requerirse la canalización o desviación del cuerpo de agua, el Contratista deberá hacerlo respetando los diseños presentados ante la autoridad ambiental. Todos los cuerpos de agua deberán protegerse contra la erosión y contra los vertidos directos o indirectos de contaminantes, por ejemplo, sedimentos, basuras, aguas residuales, cemento, aceites, combustibles, productos químicos, etc. En casos de derrames o accidentes, se deberán tomar medidas inmediatas para limpiar las zonas contaminadas y evitar que los contaminantes se propaguen. Sera responsabilidad del Contratista, y a su propio costo, la contratación de servicios especializados en la limpieza de los cursos de agua, si fuese del caso. Cualquier trabajo que requiera el vadeo de los cursos de agua por los vehículos de la construcción deberá realizarse a baja velocidad y con los vehículos limpios (sin fugas) y siguiendo el mismo camino. Si es necesario, deberán construirse terraplenes temporales para proteger las riberas de los ríos contra la erosión. Todas las bombas y generadores deberán contar con bandejas recolectoras con el fin de evitar la contaminación causada por fugas o derrames de combustibles, lubricantes o aceites. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 185 Deberá supervisarse en forma permanente durante la construcción de las obras los cruces de quebradas y/o ríos con la vía, con el objeto de detectar la contaminación de estos cuerpos por el aporte de residuos sólidos, grasas o aceites entre otros y adoptar las medidas correspondientes para la mitigación de estos impactos. El material de las excavaciones para la construcción de obras de drenaje en cercanías de cauces naturales debe localizarse lo más lejos posible, para evitar que sea arrastrado por aguas de escorrentía superficial. Estará estrictamente prohibido la disposición de residuos sólidos, líquidos, lubricantes, aceites, hidrocarburos, residuos tóxicos o peligrosos, o el lavado de vehículos o maquinaria en los cuerpos de agua (Ver también: Prohibiciones y Plan de Manejo de los Desechos). Todos los cruces temporales deberán removerse después de finalizadas las obras. Después de finalizados los trabajos constructivos, el Contratista deberá restaurar y estabilizar los lechos de los ríos, las riberas y otras áreas alteradas durante el proceso constructivo a satisfacción del Coordinador Ambiental y el Supervisor Ambiental. 30.04PLAN DE MANEJO DE LOS DESECHOS El Contratista deberá preparar un Plan de Manejo de los Desechos antes de que comiencen las obras, el cual deberá ser aprobado por el Especialista Ambiental designado por el Contratante. El Plan debe incluir los siguientes Sub-Planes: 30.04.01 Sistema de drenaje Este sub-plan debe incluir: Una revisión de los drenajes preliminares elaborados durante la etapa de diseño. Una actualización de los diseños preliminares con base en el programa de construcción real y las condiciones específicas del sitio (por ejemplo, las condiciones topográficas, localización de taludes, y la naturaleza de los trabajos de construcción a llevar a cabo). El programa detallado de ejecución de los sistemas de drenaje propuestos. Diseños detallados incluyendo planos, mapas de la localización de los drenajes, tipo de sistemas de drenaje a utilizar de acuerdo al volumen y velocidad del agua de escorrentía, la naturaleza de los sedimentos (finos, gruesos), la disponibilidad de sistemas naturales que ayuden al tratamiento (por ejemplo, humedales), y la disponibilidad de espacio dentro del área constructiva. Propuesta de los lugares de descarga y los estándares de tratamiento. Como parte del diseño del sistema de drenaje, el agua de escorrentía superficial dentro del sitio de construcción deberá desviarse para evitar el arrastre de partículas sólidas. El agua de escorrentía deberá tratarse con dispositivos como trampas de sedimentos, desarenadores, etc. antes de su descarga en los ríos o cuerpos de agua. En el campamento, en la medida de lo posible, los sistemas de recolección de aguas lluvias y de las aguas residuales deben ser independientes. El agua lluvia deberá recogerse a través de zanjas o cunetas para su descarga en los cuerpos de agua adyacentes. La velocidad máxima del caudal en la cuneta será determinada de conformidad con las medidas de prevención de inundaciones. 30.04.02 Aguas residuales El Contratista será responsable por el cumplimento de las leyes y regulaciones vigentes con respecto a la descarga de aguas residuales en los cuerpos de agua. Los sistemas de alcantarillado del campamento o restitución de servicios públicos deberán construirse en concordancia con las normas y regulaciones vigentes para tal fin. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 186 El Contratista deberá entregar a la Supervisión la metodología para la recolección de las aguas residuales, así como su disposición y tratamiento. Si el Contratista quiere llevar a cabo el tratamiento de la aguas residuales in-situ, deberá explicar la metodología para hacerlo. En los campamentos que no tengan acceso al sistema de alcantarillado municipal o rural, las aguas residuales domésticas producidas por sanitarios, laboratorios, etc., deberán ser recolectadas por una compañía con licencia para ello, o ser tratadas in situ. Los sistemas de tratamiento de aguas residuales domésticas deben quedar instalados y probados antes de poner en servicio las instalaciones a sus usuarios. La disposición final se hará cumpliendo con las normas de vertimientos líquidos exigidos por la normatividad ambiental vigente en cuanto a pH, temperatura, material flotante, grasas y aceites, sólidos suspendidos, demanda bioquímica de oxígeno, entre otros. En la selección del sistema más apropiado para el tratamiento de las aguas residuales el Contratista deberá tener en cuenta no sólo las normas nacionales ambientales vigentes, sino también el área requerida para su construcción, cercanía a poblaciones existentes, las características del lugar (geográficas, pendientes, potencial de inundación, estructuras existentes, recursos naturales cercanos, paisaje, áreas ecológicamente protegidas, etc.) facilidad de operación y mantenimiento del sistema de tratamiento, etc. El sistema de tratamiento de aguas podría incluir como mínimo los siguientes componentes: a) Trampa de grasas: La trampa de grasas recibirá los efluentes provenientes de lavaderos para retener la grasa y lograr que ésta no obstruya los poros del medio filtrante. Su localización debe hacerse entre la tubería que conduce el agua de lavaderos y cocina y el tanque séptico en un sitio accesible donde sea fácil su mantenimiento, preferiblemente en sitios sombreados para mantener baja la temperatura interior. Se realizará un mantenimiento periódico (mínimo cada seis meses) a la trampa de grasas. Las grasas resultantes de su mantenimiento se llevarán al relleno sanitario o el sitio de disposición de desechos sólidos más cercano. b) Tanque séptico: A él llegaran las aguas residuales de sanitarios, y lavaderos. Para la ubicación de este sistema se debe garantizar que se cumplan las recomendaciones que reportan los fabricantes de estos sistemas. La inspección del tanque séptico se hará como mínimo cada seis meses para controlar la altura de la capa de lodos y el espesor de las natas y siguiendo la recomendación de los fabricantes. El agua residual de las plantas de asfalto, concreto, cemento y triturado, estaciones de mezclado, lavado de materiales, etc., debe recolectarse en lagunas de sedimentación o piscinas decantadoras. Las aguas clarificadas podrán reutilizarse nuevamente en el proceso de lavado del material. Los lodos sobrantes deben evacuarse periódicamente hacia la zona de secado, de acuerdo a sus características, utilizarlos o llevarlos a los sitios de disposición final aprobados para tal fin. Las letrinas portátiles deberán limpiarse regularmente. El Contratista deberá emplear una compañía autorizada para la disposición final de las aguas residuales de dichas letrinas. La disposición de aguas residuales en los cuerpos de agua sin ningún tratamiento estará totalmente prohibida. A la terminación de las obras, los pozos y tanques sépticos deberán cubrirse y sellarse de manera efectiva o removerse del sitio. 30.04.03 Desechos sólidos El Contratista deberá presentar al Contratante para su aprobación, la metodología a seguir para el control y disposición de los desperdicios sólidos (almacenamiento, transporte, suministro de recipientes para la basura, horario de recolección y limpieza, sitios de disposición de residuos, etc.). Es obligación del Contratista cumplir con las normativas ambientales vigentes con respecto al manejo y disposición de los residuos sólidos. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 30.04.03.01 Desechos domésticos El Contratista debe mantener todos los sitos libres de desperdicios y basuras. Deberán proporcionase recipientes o bolsas plásticas para la basura en todas las áreas de trabajo y campamentos y sitios de almacenamiento hasta su disposición final. Los recipientes para la basura deberán ubicarse estratégicamente, en sitios visibles, perfectamente identificados y marcados. Cada recipiente debe tener el color que exijan las normas para el tipo de residuo a depositar: por ejemplo, reciclables y reutilizables, residuos orgánicos, residuos no aprovechables, residuos peligrosos o contaminados, etc. El Contratista deberá establecer mecanismos para evitar el comportamiento negligente de los trabajadores respecto a la disposición de los residuos sólidos. Deberán imponerse sanciones a aquellos que se encuentren botando desperdicios en los lugares no autorizados para ello. Las basuras podrán almacenarse temporalmente en los sitios designados para ello. El área de almacenamiento deberá estar cubierta para evitar el contacto directo con el agua de escorrentía superficial. Si se utilizan recipientes para el almacenamiento temporal de las basuras, estos deberán poder cerrarse herméticamente para evitar el derramamiento de las basuras, la penetración de agua y el ataque de animales. Los desechos domésticos orgánicos no aprovechables deberán ser almacenados hasta que la empresa prestadora del servicio de recolección los recoja para su disposición final en los rellenos sanitarios municipales. Estos residuos deberán recogerse por lo menos dos veces por semana. Si esto no es posible, el Contratista deberá proporcionar el transporte para la disposición final de los desechos. En las áreas remotas, donde la recolección de los desechos sólidos no es posible, el Contratista podrá enterrar los desperdicios en los sitios previamente aprobados por el Supervisor Ambiental. La quema de desechos sólidos al aire libre estará totalmente prohibida. 30.04.03.02 187 Desechos de la construcción Los desechos debido al desmantelamiento de estructuras existentes deben, en la medida de lo posible, reutilizarse en las labores constructivas (por ejemplo, como rellenos para los terraplenes). La maquinaria y vehículos inservibles deben removerse del lugar por la empresa recolectora de basuras o por el Contratista Los materiales reciclables como madera utilizada en formaletas y empaquetaduras, vidrio, aluminio, metales, plásticos, madera, chatarra, etc. Deben ser, en la medida de lo posible, reusados en los procesos constructivos, o vendidos a las empresas recicladoras. Si no es posible su re-uso o venta, deberán ser removidos de los sitios de trabajo por la empresa recolectora de basuras o por el Contratista. La eliminación de los residuos de la construcción debe llevarse a cabo en los sitios designados y aprobados para ello. De cualquier manera, el Contratista deberá garantizar que estos sitios: (a) no se encuentran dentro de las áreas forestales o en áreas cultivables o agrícolas (b) no afectarán el drenaje natural, y (c) no afectarán la flora y la fauna en peligro de extinción. En ningún caso, se podrá disponer de cualquier material en áreas ambientalmente sensibles, o en los cuerpos de agua. En el caso de que los botaderos o desechos de la construcción lleguen a los terrenos adyacentes a las obras, el Contratista deberá remover inmediatamente dichos escombros y restaurar la zona afectada a su estado original, a satisfacción del Supervisor Ambiental. Verificar que los lixiviados producidos por los desechos no impacten los cuerpos de agua en concentraciones por encima de la permitida. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 188 El exceso de concreto deberá removerse del sitio cuando se hayan terminado los trabajos constructivos. No estará permitido el lavado del exceso sobre el suelo. Cualquier sobrante de los agregados también deberá removerse al finalizar las obras. Todos los arreglos para el transporte de desperdicios de la construcción, incluyendo el desmantelamiento y la limpieza de escombros deberán ser planificados y ejecutados por el Contratista, a satisfacción del Especialista Ambiental de Contratante. 30.04.03.03 Demolición de estructuras existentes La demolición de estructuras existentes puede causar la caída de escombros y objetos, los cuales pueden herir o lesionar tanto a los trabajadores como a la población en general. Por tanto, el Contratista deberá implementar las siguientes medidas para proteger a los trabajadores y al público durante las labores de demolición: Establecer zonas de descarga restringidas y/o rampas o vertederos para el movimiento de los desperdicios de la demolición de los niveles superiores a los inferiores. Conducir las labores de serruchado, corte, pulido, lijado, picado, o cincelado con los resguardos y anclajes apropiados, según sea del caso. Mantener rutas de tráfico alternativas para evitar que el equipo pesado se mueva sobre escombros u objetos sueltos. Proporcionar medidas de protección contra caídas de andamios o de superficies de trabajo elevadas, tales como barandillas y rodapiés. Proporcionar a los trabajadores encargados de las demoliciones todo el equipo de seguridad necesario como cascos, zapatos de seguridad, guantes, caretas, gafas de seguridad con protección lateral, etc. 30.04.03.04 El Contratista deberá garantizar que todos los trabajadores que manejen químicos y desechos peligrosos, así como también aquellos que los transportan. El Contratista deberá informar a todos los trabajadores de las medidas de emergencia que se tomarían en caso de derrames o accidentes debido al uso inadecuado de estas sustancias. Todos los desechos químicos y peligrosos (incluyendo derivados del petróleo, lubricantes, aceites, solventes, pinturas de aceite, materiales de limpieza etc.) deberán recolectarse en tanques herméticos y transportarse y disponerse fuera del sitio por empresas autorizadas para ello, y de acuerdo con las normas y regulaciones nacionales ambientales y de los productores de los dichos productos. 30.04.03.05 Desechos químicos y peligrosos Manejo inadecuado de los productos químicos y peligrosos Los desechos químicos y peligrosos deberán almacenarse hasta su disposición final separadamente de otros desechos y deberán instalarse señales advirtiendo de su presencia. La remoción de materiales que contienen asbestos u otras sustancias tóxicas debe ser llevado a cabo por personal entrenado para ello. Estos trabajadores deberán contar con el equipo de protección personal apropiado para llevar a cabo esta labor. Bajo ninguna circunstancia deberá disponerse de los residuos químicos o peligrosos en los terraplenes, zonas de préstamo, botaderos, cuerpos de agua, zonas agrícolas, áreas ecológicamente sensibles protegidas o sobre cualquier tipo de suelo. La quema de residuos químicos o peligrosos al aire libre estará estrictamente prohibida. Si ocurrieran derrames accidentales, el Contratista deberá iniciar las medidas correctivas inmediatamente y deberá también informar del incidente al Supervisor Ambiental. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 189 El Contratista deberá presentar al Especialista Ambiental del Contratante y al Supervisor un informe explicando las razones del derrame, las consecuencias/daños causados y las medidas remediales que se llevarán a cabo. 30.05 ALMACENAMIENTO Y MANEJO DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN 30.05.01 Transporte El Contratista deberá garantizar que todos los proveedores conozcan las regulaciones y restricciones (áreas restringidas) en cuanto a la entrega de materiales. Los materiales transportados deberán estar apropiadamente asegurados y cubiertos para evitar derrames o accidentes durante su transporte. Se deberá cumplir con todos los aspectos contemplados en la norma nacional sobre el manejo y transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por carretera. El Contratista será responsable de cualquier daño causado a las vías locales o al medio ambiente por el transporte inadecuado de los materiales ya sea por parte de los proveedores o de sus propios empleados. 30.05.02 Sustancias químicas y peligrosas El Contratista deberá presentar al Supervisor Ambiental para su aprobación el tipo de químicos y sustancias peligrosas (por ejemplo, derivados del petróleo, aceites, cementos, limpiadores, lubricantes, fertilizantes, pesticidas, etc.) que se utilizarán durante la construcción, los lugares propuestos para su almacenamiento, y los procedimientos para la disposición final de cada sustancia utilizada. El Contratista deberá informar al personal relevante de las normas y regulaciones vigentes en cuanto al almacenamiento de las sustancias químicas y peligrosas. El Contratista deberá cumplir con las regulaciones vigentes en cuanto al almacenamiento y manejo de estas sustancias. El almacenamiento de dichas sustancias se debe hacer en zonas con buena ventilación preferiblemente con techos altos y en áreas usadas específicamente para este fin. Esta área deberá estar alejada de oficinas y zonas administrativas Solo personal autorizado tendrá acceso a estas sustancias. Es importante que se coloquen señales y avisos indicando la naturaleza de los materiales almacenados en las edificaciones o los contenedores. Las edificaciones deberán contar con extinguidores de incendios de acuerdo al tamaño del sitio y la cantidad de sustancias almacenadas. Los herbicidas y pesticidas deberán estar debidamente empaquetados, etiquetados y almacenados. Su aplicación deberá llevarse a cabo siguiendo las instrucciones de los fabricantes y las leyes ambientales del país. Las sustancias inflamables deberán almacenarse en contenedores apropiados lejos de otros materiales y sustancias y de fuentes de ignición o que produzcan chispas. Los contenedores deberán marcarse siguiendo las normativas vigentes para tal fin. Se debe prohibir fumar, el uso de cámaras fotográficas y equipos de telefonía móvil cerca de estas sustancias. El abastecimiento de combustible deberá hacerse preferiblemente con carro-tanque autorizado para tal fin. El carro-tanque deberá portar equipos de control de incendios – extintores– de acuerdo con el tipo y la cantidad de combustible transportado, y deberán estar en un sitio visible y de fácil acceso. No deberán almacenarse otros productos incompatibles con combustibles y lubricantes. Se deberá contar con las hojas de seguridad de los productos manejados, las cuales deberán estar a la mano del personal que los manipula. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento En el momento de abastecimiento de combustible, se deberá poner sobre el suelo un material que no permita la contaminación de este en caso de derrame, y se deberá contar con un material absorbente. Se deberá mantener orden y aseo total en el área. En casos de derrames accidentales, el Contratista deberá tomar las medidas remediales del caso y presentar un informe tanto al Especialista Ambiental del Contratante como al Supervisor Ambiental explicando las razones que causaron el derrame, los daños causados al medio ambiente, y las medidas correctivas que se llevarán a cabo. 30.05.03 Cemento, concreto, y asfalto El cemento en sacos debe ser almacenado en sitios secos y aislados del suelo. Si el cemento se suministra a granel, debe ser almacenado en sitios protegidos de la humedad. El personal no debe manipular el cemento, la pasta de cemento o el hormigón sin los elementos de protección adecuada ya que el contacto con ellos puede producir daños en la piel o generar hemorragias e infecciones. Las bolsas de cemento que no se hayan utilizado deberán resguardarse de la lluvia. Las bolsas de cemento vacías deben guardarse en contenedores herméticos para prevenir la contaminación del agua o el escape de partículas al aire por efecto de los vientos. Estas bolsas vacías no podrán usarse para ningún otro propósito y deberán disponerse cuando lleve a cabo la recolección de los desechos sólidos (Ver: Manejo de los Desechos). Para el almacenamiento de materiales en las plantas de asfalto, concreto y/o trituración, se deberá ubicar un sitio de acopio, el cual preferiblemente debe ser techado con teja zinc o con un material de alto calibre para prevenir que se dispersen partículas en el aire. Así mismo, de debe contar con un sitio con sistemas de contención, como una estructura de ladrillo para evitar que el material se disperse. No se permitirá la mezcla de concreto sobre el terreno directamente. La mezcla deberá llevarse a cabo sobre superficies impermeables como geotextiles o plataformas metálicas. En el caso de derrame de la mezcla, se deberá limpiar la zona en forma inmediata, recogiendo y depositando el residuo en los sitios aprobados y asignados para ello. Estará prohibido depositar estas mezclas en los cursos de agua, sobre zonas de cultivo, pastizales, áreas verdes o protegidas. Es necesario que el equipo de fabricación o mezclado, esté en buenas condiciones técnicas con el fin de evitar accidentes o derrames que puedan afectar los recursos naturales o el medio ambiente. Estará prohibido el lavado de mezcladoras de concreto en los frentes de obra o en cuerpos de agua. Cuando se utilice asfalto o cuando se trabaje con pavimentos flexibles, el calentamiento de estas mezclas se hará en una parrilla portátil. Está prohibido el empleo de madera o carbón como combustible. El combustible que se utilice debe ser preferiblemente gas y no debe tener contacto directo con el suelo, ni estar cerca a los cuerpos de agua. Los residuos de asfalto serán recogidos una vez finalizada la actividad diaria, no se podrán dejar en los frentes de obra temporalmente, puesto que por acción de las lluvias podrían ser arrastrados hacia los cuerpos de agua contaminándolos y afectando la fauna acuática. 30.05.04 190 Materiales pétreos, prefabricados y materiales varios para la construcción Los materiales pétreos no se deben almacenar en áreas cercanas a los frentes de obra para evitar que obstaculicen la realización de los trabajos, estos deben almacenarse en forma adecuada en los sitios seleccionados para tal fin, confinarse y cubrirse con polietileno o con otro material que el Contratista defina y que la Supervisión apruebe, con el objeto de prevenir la generación de impactos ambientales por la emisión de material a la atmósfera o arrastre de materiales a los cuerpos de agua. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 191 En los frentes de obra, el Contratista podrá ubicar sólo el volumen de material requerido para una o dos jornadas laborales y deberán estar adecuadamente cubiertos, demarcados y señalizados. Los materiales o residuos de la construcción no utilizados en las obras deben ser retirados del frente de obra. El Contratista debe darles el manejo más adecuado. La donación a la comunidad debe aprobarse previa verificación del uso final que no afecte ningún recurso natural. La disposición final de escombros se hará en los sitios previamente aprobados para tal fin (Ver: Manejo de los Impactos durante la Construcción, Plan de Manejo de los Desechos) Los prefabricados, tuberías y demás materiales para la construcción se almacenarán ordenadamente, en sitios demarcados para ello y no se apilarán a alturas superiores de 1.5 metros. Se verificará la estabilidad del sitio de almacenamiento, previniendo que se generen accidentes de trabajo. En las obras donde queden varillas expuestas, se deberá proteger y/o aislar estas áreas mediante encerramiento con cinta, malla y con avisos que indiquen el peligro, de acuerdo con el programa de señalización. El hierro se protegerá para evitar que las condiciones climáticas afecten su estructura. 30.06PLAN DE MANTENIMIENTO 30.06.01 Mantenimiento durante el proceso constructivo Es obligación del Contratista mantener los sitios de trabajo limpios ejecutando las siguientes actividades: Establecer y hacer cumplir los procedimientos para la limpieza diaria de los lugares de trabajo, incluyendo el mantenimiento de las instalaciones para la disposición de desechos. Deberá prohibirse la quema de basura cerca de los sitios de trabajo. Deberán recogerse los residuos domésticos, de la construcción y de las demoliciones por lo menos una vez a la semana para su disposición fuera de los sitios de trabajo. Las barreras contra los sedimentos y los dispositivos para el control de la erosión deberán inspeccionase diariamente y mantenerse adecuadamente para que trabajen apropiadamente durante todas las etapas del proyecto. Los excesos de sedimentos detrás de las barreras contra sedimentos deben disponerse adecuadamente cuando los sedimentos alcanzan un tercio de la altura de la estructura. Las barreras contra sedimentos deberán removerse 30 días después de que el sitio haya sido totalmente estabilizado. Los cursos de agua, desagües, cunetas y alcantarillas deben mantenerse libres de escombros para garantizar un flujo ininterrumpido de agua. Deberá analizarse el riesgo de cualquier impacto potencial de los lixiviados sobre las aguas superficiales Una vez las obras se hayan completado, todos los residuos producidos por la construcción deberán removerse del lugar. 30.06.02 Mantenimiento de los equipos y maquinaria Deberán Identificarse y demarcarse las áreas para el mantenimiento de la maquinaria y los equipos utilizados en la construcción del proyecto (más de 100 metros de los ríos, lagos, arroyos y humedales). Las áreas de almacenamiento de combustibles deben ser aprobadas por el Supervisor Ambiental. Estos sitios deberán estar debidamente señalizados y acordonados Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 192 Deberá asegurarse que todos los instrumentos, maquinaria y equipo para la construcción cumplen con los estándares de calidad antes de ser puestos en uso y que además se encuentren en buen estado de funcionamiento. El equipo debe ser operado por personal calificado. Deberá garantizarse que todas las actividades de mantenimiento de equipos y maquinaria, incluyendo el cambio de aceite, se lleva a cabo en las áreas delimitadas para ello. Estas áreas deben contar con zonas impermeables que protejan el suelo y un sistema de recolección de aceites, lubricantes, detergentes y solventes. Estará estrictamente prohibido el lavado de vehículos y maquinaria o cambio de aceites y lubricantes en los cuerpos de agua. Bajo ninguna circunstancia deberá disponerse de los residuos provenientes de las labores de mantenimiento directamente en el suelo, los cursos de agua, los drenajes y las alcantarillas. Los aceites, lubricantes y combustibles ya utilizados deberán disponerse en los sitos aprobados para tal efecto y de acuerdo a las leyes y regulaciones establecidas para tal fin, o deberán ser recogidos por empresas autorizadas para su disposición final Previo al inicio de las actividades constructivas el Contratista deberá entregar al Supervisor Ambiental los registros del último mantenimiento de la maquinaria, equipos y vehículos a operar en los frentes de obra El operador de los equipos y maquinaria deberá realizar mantenimientos rutinarios diarios de inspección, es decir, chequeos visuales y de funcionamiento para determinar posibles fallas o deterioro de los componentes para el correcto funcionamiento del trabajo diario. Deberán hacerse mantenimientos preventivos y correctivos de todos los equipos y maquinarias siguiendo las especificaciones técnicas del fabricante. Estos mantenimientos incluyen actividades como cambios periódicos de aceite, filtros y mangueras, reparaciones, ajustes, etc. Este tipo de mantenimientos debe realizarse sólo por personal autorizado y especializado en el tema. El manteniendo se deberá realizar lejos de lugares de acopio de combustible o sustancias inflamables. Se deberán utilizar materiales que se pongan directamente sobre el suelo para evitar su contaminación y mantener materiales absorbentes como absorbentes sintéticos, trapos, aserrín, arena, etc. que sirvan en caso de derrames accidentales. Estará prohibido el uso de equipo, que por su diseño o estado de mantenimiento, ponga en peligro la vida de los trabajadores o los habitantes locales, o la estabilidad de la obra. Deberán entregarse informes mensuales al Supervisor Ambiental sobre los mantenimientos efectuados 30.07PROTECCIÓN Y CONSERVACIÓN DE LA FLORA Y FAUNA La construcción de proyectos viales puede tener impactos negativos sobre la flora y fauna local al destruir o alterar sus hábitats naturales. Por ejemplo, durante el proceso constructivo se podrían cortar árboles que sirven para la nidificación de especias de aves protegidas o la erosión del suelo puede degradar los ríos y humedales alterando de esta manera los ecosistemas acuáticos. Por este motivo, es de vital importancia que el Contratista tome las medidas necesarias para preservar la flora y fauna locales y con valor comercial para las comunidades locales y minimice los impactos sobre las especies, endémicas, vulnerables, protegidas o en vías de extinción. Antes de que se inicien las actividades constructivas, el Contratista deberá impartir a todos los trabajadores cursos de educación sobre la flora y fauna endémicas, vulnerables o en peligro de extinción, la biodiversidad, protección de los ecosistemas y sobre las medidas de mitigación a tomar. Los cursos deberán educar a los trabajadores en los siguientes temas: Especies de flora y fauna predominante en la zona y su función en el ecosistema. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Manejo a seguir ante la presencia de fauna silvestre. Información sobre especies en veda, endémicas, vulnerables o en peligro de extinción, y la importancia de preservarlas. Sanciones para los infractores de las normas ambientales. Metodología y procedimientos para rescate y relocalización. Precauciones en cuanto a la persecución, ahuyentamiento, y manejo de sitios de nidificación. 30.07.01 Protección de la fauna El Contratista debe corroborar la información del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) con estudios de campo para establecer las características (distribución, dieta alimenticia, rutas migratorias, etc.) de las especies a rescatar, para así evaluar los posibles riesgos que las puedan afectar y elaborar un plano del área del proyecto donde se establezca los sitios con presencia de fauna, sitios de captura y áreas de relocalización. Se deben realizar visitas nocturnas al área de trabajo con el fin de encontrar indicios de tránsito de fauna, poder escuchar ruidos de movimientos, observar rutas de desplazamiento, sitios de nidificación, madrigueras u otros elementos que sirvan para confirmar la presencia y la necesidad de rescatar y relocalizar las especies presentes. El Contratista deberá presentar a la autoridad ambiental el Plan de Rescate y Relocalización para concertar los sitios donde se realizará tanto la captura como la liberación, y gestionar los permisos pertinentes. Las actividades constructivas deberán ejecutarse de tal manera que no interfieran o coincidan con las épocas de apareamiento, reproducción, desove, anidamiento, etc. Estará estrictamente prohibido la caza, pesca, envenenamiento, compra de cualquier especie de fauna silvestre, su uso como alimento o alimentar la fauna silvestre. (Para más detalles ver: Fuerza Laboral e instalación de campamentos y sitos de trabajo: “Prohibiciones”). Se deberá minimizar la afectación sobre la cobertura vegetal, para proteger los hábitats y la subsistencia de la fauna local. Si se espera que haya animales cruzando por las obras del proyecto (por las vías de acceso, por ejemplo), deberán construirse cruces o pasos de fauna. El diseño y número de estas estructuras debe definirse en función de la información obtenida en el EIA del proyecto, de las verificaciones realizadas en campo y de la información suministrada por la autoridad ambiental. Estos pasos deberán cubrirse con vegetación nativa con el fin de minimizar trazos de actividad humana y ayudar la transferencia de fauna de un lugar a otro. No se permitirán ganado o animales domésticos en los sitios de trabajo. 30.07.02 193 Protección de la flora Antes del inicio de las obras, deberá demarcarse con vallas o cercas temporales toda la vegetación que se va a conservar. La vegetación a remover deberá minimizarse. (Ver también: Plan de desmonte, re-vegetación y restauración de las aéreas afectadas por el proyecto) La intrusión de maquinaria o trabajadores en las zonas adyacentes al proyecto estará prohibida especialmente en cuerpos de agua, bosques, o cualquier área ecológicamente sensible En la medida de lo posible, deberán limpiarse los vehículos y maquinaria traídos de afuera a las áreas del proyecto para evitar la invasión de malezas y malas yerbas. Sera responsabilidad del Contratista informar a todos los empleados de la necesidad de prevenir cualquier efecto negativo en la vegetación natural en los lugares adyacentes a las labores constructivas. Se deberá verificar regularmente los límites de las obras para asegurar que no se está causando daño a las áreas aledañas al proyecto. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Deberán prohibirse los fuegos al aire libre durante las actividades de la construcción. Deberá establecerse un plan de contingencia en caso de que ocurran incendios forestales. El Contratista deberá suministrar equipos contra incendios especialmente cerca de estas zonas. Deberán protegerse y demarcarse los hábitats donde se encuentren especies sensibles o en vías de extinción. El tipo y uso de herbicidas deberá ser aprobado por el Supervisor Ambiental. El Contratista deberá establecer un programa de evaluación para determinar la efectividad de las medidas de mitigación y proponer nuevas medidas si se encuentra que las actuales no son adecuadas. 30.07.03 194 Protección de los ecosistemas acuáticos Deberá seleccionarse el método apropiado para que la maquinaria y vehículos de la construcción crucen los cursos de agua. Dicho método deberá ser aprobado por el Supervisor Ambiental y las agencias regulatorias pertinentes. Deberán mantenerse las áreas arborizadas cerca de las riberas de ríos y lagos en la medida de lo posible Los árboles talados o caídos no podrán tirarse o arrastrarse por los cursos de agua. El desmonte de terrenos en las cercanías de los cursos de agua deberá realizarse a mano. (Ver: Desmonte y Remoción de Vegetación) Estará estrictamente prohibido descargar las aguas residuales, ya sean domésticas, o de los procesos constructivos, o directamente en los cuerpos de agua. La descarga de estas aguas deberá cumplir con las leyes y normas ambientales establecidas (Ver también: Plan de Manejo de los Desechos: Drenajes, y Aguas Residuales) Deberán protegerse los cursos de agua contra la erosión y la sedimentación (Ver: Manejo de los Impactos durante la Construcción) Estará estrictamente prohibido la descarga de desechos sólidos, químicos o sustancias peligrosas en los cuerpos de agua (Ver: Manejo de los Impactos durante la Construcción Manejo de los desechos) En general, el Contratista deberá seguir los lineamientos establecidos en los Planes de Manejo mencionados atrás para evitar o minimizar los impactos negativos sobre los ecosistemas acuáticos. 30.08PLAN DE SEGURIDAD E HIGIENE Es responsabilidad del Contratista velar por la seguridad de todas las personas que trabajan en las labores constructivas. El Contratista deberá cumplir con las regulaciones nacionales vigentes y las disposiciones establecidas a continuación para prevenir los riesgos laborales. 30.08.01 Seguridad en los campamentos y sitios de la construcción El Contratista deberá: Llevar a cabo entrenamientos en seguridad para los trabajadores antes de que comiencen los trabajos constructivos Proporcionar a los trabajadores suficiente equipo de protección personal como por ejemplo: zapatos con cubos metálico, casco de seguridad, botas de hule, ropa apropiada, orejeras, guantes, caretas, gafas de seguridad, mascarillas para partículas en suspensión, gases o vapores tóxicos, etc. Suspender todos los trabajos durante fuertes tormentas, o cuando se presenten accidentes o emergencias de cualquier naturaleza. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 195 Limitar la velocidad de los vehículos y maquinaria que se moviliza dentro de las áreas constructivas y los campamentos. Establecer distancias visuales adecuadas en los campamentos y áreas constructivas. Colocar señales visibles de seguridad, prohibición, y advertencia alrededor de las áreas constructivas y en las zonas de campamentos para facilitar el movimiento del tráfico, y para indicar la localización de los diferentes componentes de los campamentos y sitios de trabajo. Estas señales deberán cumplir con la reglamentación necesaria en cuanto a forma, color, contraste y textos. Colocar fichas de seguridad para cada químico y sustancia toxica presente en los sitios de trabajo Requerir que todos los trabajadores lean o les sean leídas todas las fichas de seguridad de los materiales. Explicar claramente a los trabajadores y sus parejas sobre los riesgos de estas sustancias, especialmente el riesgo para las mujeres embarazadas o aquellas parejas que planean empezar una familia. Alentar a los trabajadores para que compartan esta información con sus médicos cuando sea pertinente. Dar seminarios sobre aspectos de salud y seguridad para los habitantes locales, especialmente para los estudiantes. Cercar temporalmente las áreas de alto riesgo, como excavaciones profundas, lugares donde ocurrirán detonaciones etc., para impedir el acceso del público. Proporcionar iluminación en la noche en las vías cercanas a los sitios de trabajo, especialmente si dichas vías son usadas con regularidad por los habitantes locales. 30.08.02 Uso de Explosivos. El Contratista debe ejecutar el trabajo de voladura de acuerdo con las normativas de manejo y uso de explosivos existentes de manera que el riesgo de accidente sea mínimo. Antes de que se realice una voladura, el Contratista deberá realizar un estudio detallado para evaluar el grado del impacto (por ejemplo, posibles derrumbes o daños a obras o estructuras o infraestructuras existentes debido a las vibraciones, efectos sobre los animales, los residentes locales, etc.). No se permitirán voladuras nocturnas al menos que hayan sido aprobadas previamente por las autoridades locales y por el Supervisor Ambiental. El Contratista deberá notificar a los lugareños al menos con una semana de anticipación sobre la voladura que se llevara a cabo y deberá contestar las a inquietudes que éstos puedan tener. Para el empleo de los explosivos se debe contar con el personal capacitado para este tipo de operaciones. El tipo de explosivo a utilizar deberá ser aprobado previamente por expertos en explosivos. La cantidad de material explosivo a utilizar debe controlarse cuidadosamente dependiendo de las circunstancias. El anuncio de la explosión se realizará por medio de alarmas (sirena, u otro dispositivo) que permita que la advertencia sea escuchada a 1 Km por lo menos. La clave debe ser del conocimiento de todas las personas, incluso mediante rótulos. Antes de una detonación se debe comprobar que no haya personas dentro del área controlada. Cuando pudieran existir proyecciones de partículas importantes, será necesario limitarlas mediante rejas o pantallas situadas por encima de la zona de carga. La población potencialmente afectada o los receptores sensibles como ancianos, niños, enfermos, deberán ser evacuados del lugar Las voladuras no satisfactorias, por causa de excesiva sobre excavación o daños a estructuras o instalaciones vecinas, serán suspendidas, y se exigirá al Contratista demostrar, mediante un análisis o la opinión de un experto, el uso satisfactorio de otro sistema que garantice el adecuado desarrollo de la obra. Si ha habido un fallo y la voladura no se realizó, solo personal competente podrá estar en el sitio para hacer las labores necesarias para detonar el explosivo, o rehacer completamente la voladura. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Nunca se deben manejar explosivos o iniciadores eléctricos cuando haya presencia de tormentas eléctricas, electricidad estática presente o transmisores de radio frecuencia. El Contratista deberá reparar, de su propio bolsillo, cualquier daño causado al medio ambiente debido a voladuras mal planificadas. 30.08.03 Control de incendios El Contratista deberá entregar al Especialista Ambiental del Contratante y al Supervisor Ambiental para su aprobación la metodología y procedimientos a seguir en caso de que ocurran incendios accidentales en la zona del proyecto. Se deberán tomar todas las medidas necesarias para evitar el riesgo de incendios debido a las labores constructivas. Todos los campamentos, así como también las áreas de trabajo deben contar con equipos a para el control de incendios (por ejemplo, extinguidores, rociadores, etc.). Si es del caso, el Contratista deberá contar con una persona debidamente entrenada, la cual será responsable de garantizar que se tomen las medidas apropiadas en caso de incendios. Se debe garantizar que todos los trabajadores conozcan los procedimientos a seguir en caso de incendios. Cualquier trabajo que requiera el uso de fuego deberá llevarse a cabo en los sitios designados y aprobados por el Supervisor Ambiental y deberá supervisarse a todo momento. Estos sitios deberán contar también con equipos contra incendios. 30.08.04 196 Manejo del tráfico El horario para el transporte motorizado de materiales, maquinaria y equipos deberá diseñarse cuidadosamente para garantizar la seguridad vial cerca de sitios como planteles escolares, mercados, hospitales, iglesias, áreas residenciales, etc., y evitar el efecto adverso el tráfico existente. En general, deberán implementarse medidas adecuadas para el control del tráfico durante toda la duración del proyecto, las cuales deben ser aprobadas por el Grupo de Supervisión Ambiental y con el visto bueno del Contratante. Los vehículos motorizados deberán disminuir su velocidad cuando pasen por pueblos y veredas y planteles escolares. El transporte durante las horas pico debe minimizarse. El Contratista deberá proporcionar entrenamiento a los conductores con respecto al correcto manejo vehicular a través de las poblaciones y en vías remotas El tráfico pesado debe evitarse durante las horas en que los estudiantes caminan y hacia los planteles escolares o salen de éstos Los vehículos motorizados de la construcción deberán acatar los límites de velocidad de las carreteras locales y utilizar solo las rutas previamente seleccionadas hacia los sitios de las obras. Limitar las cargas que llevan los vehículos para evitar daños a las carreteras y puentes locales. Utilizar vehículos apropiados según la carga transportada. Los vehículos y maquinaria que transitan por las vías deben ser del tamaño y peso apropiado para el tipo de carretera por el que transita Utilizar señales, dispositivos luminosos y personal capacitado para el control del tráfico especialmente cerca de sitios como planteles escolares, mercados, hospitales, iglesias, áreas residenciales, etc. Marcar claramente las rutas peatonales. Estas deberán ser de materiales antideslizantes y sin obstáculos para garantizar la movilidad y seguridad de los transeúntes. Adecuar accesos temporales a viviendas si fuere del caso. Proporcionar iluminación en la noche en las vías cercanas a las obras, especialmente si dichas vías son usadas con regularidad por los habitantes locales. Promover y diseminar información sobre seguridad vial a todos los residentes locales. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 197 Mantener las vías sin pavimentar en buenas condiciones para reducir el ruido y el polvo. No deberán utilizarse vehículos motorizados que produzcan un exceso de ruido y de gases causantes de malos olores. Los vehículos motorizados deberán contar con silenciadores, los cuales deberán mantenerse en buenas condiciones. Los gases emitidos deberán cumplir con los estándares establecidos. Promover y diseminar información sobre seguridad vial a todos los residentes locales. El Contratista será responsable por el daño causado a las vías y puentes locales debido al transporte de cargas excesivas, y deberá reparar los daños a satisfacción del Especialista Ambiental y del Supervisor Ambiental. 30.08.05 Emergencias ambientales Las emergencias ambientales descritas aquí se refieren principalmente a accidentes causados por derrames o fugas de productos químicos o tóxicos. Dado que la ocurrencia de estos accidentes ambientales es totalmente imprevisible, el Contratista deberá responder a ellos según sea el caso e iniciar las medidas necesarias para resolver la emergencia de manera oportuna. Sin embargo, el Contratista deberá presentar también un Plan de Contingencia para resolver accidentes que ocurran durante eventos climatológicos adversos, por ejemplo, fuertes lluvias o vientos, tormentas eléctricas, deslizamientos de tierra o derrumbes causados por las lluvias etc. Este Plan deberá entregarse antes de que inicien las labores constructivas y debe ser aprobado por el Especialista Ambiental del Contratante. Este Plan de Contingencia deberá revisarse de manera continua y actualizarse si es del caso. El Contratista debe proporcionar entrenamiento a todos los trabajadores para que estén enterados de las posibles situaciones de emergencia que podrían ocurrir durante las actividades constructivas, los posibles impactos negativos y daños causados por los incidentes al medio ambiente y a las personas, así como también sobre las medidas de respuesta apropiadas a cada situación. Si es necesario se podrán llevar a cabo simulacros para preparar a los trabajadores en los procedimientos a seguir en caso de una emergencia ambiental. Cuando ocurran fugas de gases o derrames de tóxicos o químicos se deben implementar los siguientes procedimientos: La persona que identifique la fuga o derrame de productos químicos o peligrosos o la emisión de gases debe verificar, como primera medida, si alguien ha sido herido y deberá informar inmediatamente al Contratista o el Especialista Ambiental de Obra sobre el accidente ocurrido. Todas las personas accidentadas deben recibir ayuda inmediata, y si es del caso, llevadas a las instalaciones médicas del campamento o al centro de salud u hospital más cercano. Cuando los accidentes generen serios problemas de contaminación ambiental (por ejemplo, fugas de tóxicos o químicos, derrames a gran escala sobre el suelo, los cuerpos de agua, o sobre las fuentes de agua potable o para irrigación), se deberá informar inmediatamente a las autoridades locales y al Supervisor Ambiental. En tales casos, el Contratista deberá tomar medidas inmediatas para detener la fuga/derrame e iniciar las medidas correctivas para limpiar el área contaminada. Los trabajadores deberán contar con la ropa y equipo de protección personal adecuados para limpiar la fuga/ derrame químico o peligroso. Si la fuga es pequeña, podrá controlarse con aserrín, por ejemplo, o con sacos de arena si es significativa. Si el derrame ocurrió sobre el suelo, este debe ser removido y colocado sobre material impermeable hasta su disposición final. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 198 Los derrames de productos químicos o peligrosos no deben verterse sobre los sistemas de drenaje superficial, sino que se deben implementar medidas de limpieza adecuadas como las descritas arriba. Dependiendo de la naturaleza y la extensión del derrame, podría ser necesario la evacuación del lugar hasta que el derrame/fuga haya sido controlado. El Especialista Ambiental de Obra por parte del Contratista deberá preparar un informe detallando el accidente, las acciones de limpieza implementadas, los problemas ambientales causados y las medidas para prevenir que accidentes similares pasen en el futuro. Este informe deberá ser entregado al Coordinador Ambiental y al Supervisor Ambiental para su revisión y aprobación. 30.09 Plan de salud y relaciones con la comunidad 30.09.01 Plan de salud El Contratista deberá preparar y aplicar un Plan de Salud para abordar los asuntos relacionados con la salud y el bienestar de los trabajadores de la construcción, el personal administrativo y las comunidades cercanas. El Especialista Ambiental del Contratante deberá emitir un certificado de cumplimiento por parte del Contratista antes de la iniciación de la construcción. El Contratista deberá: Exigir un examen médico a todos sus trabajadores cuando son contratados, según la normatividad vigente en el país. Implementar un programa de vacunación según la recomendación dada por las autoridades de salud locales. Llevar a cabo chequeos médicos rutinarios para garantizar la salud y bienestar de los trabajadores Proporcionar información y educación adecuadas a los trabajadores sobre la higiene personal básica, la prevención de enfermedades, incluyendo enfermedades de las vías respiratorias (resfríos y gripes), conjuntivitis infecciosa, micosis (hongos en los pies), gastritis y colitis, dermatitis, problemas lumbares, enfermedades trasmitidas por vectores como la malaria, y el dengue, enfermedades transmitidas por los alimentos y el agua como las diarreas y las tuberculosis, etc. Implementar un programa para los trabajadores y las comunidades locales, a través de las autoridades de salud, para la prevención, detección y diagnóstico de las enfermedades de transmisión sexual, especialmente con respecto al virus de inmunodeficiencia adquirida/SIDA. Este programa debe incluir también información sobre el abuso del alcohol y la prostitución. El programa sobre el SIDA debe incluir campañas de concientización para los trabajadores y las comunidades locales. Distribuir materiales educativos a todos los trabajadores como folletos y panfletos que ofrezcan información sobre la tuberculosis, el SIDA, y otras enfermedades contagiosas y sobre los servicios de asesoramiento y tratamiento ofrecidos. Proveer servicios básicos de primeros auxilios, En caso de que los enfermos o las personas accidentadas no puedan ser tratados en las instalaciones, estos deberán ser trasladados a la mayor brevedad posible, ya sea en ambulancia o vehículo motorizado al hospital o centro de salud más cercano. Incluir un programa de manejo de plagas en los campamentos y frentes de trabajo. El uso de pesticidas deberá seguir las normas y regulaciones nacionales y las indicaciones de los productores de los pesticidas. El Contratista deberá nombrar una persona idónea para que lleve a cabo el control de plagas. El Contratista deberá reportar al Especialista Ambiental por parte de la Supervisión, los detalles de cualquier accidente ocurrido tan pronto como sea posible, y deberá mantener registros y presentar informes sobre la salud, la seguridad y el bienestar de los trabajadores cuando se le solicite. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 199 Pera reducir el peligro de los trabajadores de contraer enfermedades transmitidas por vectores (dengue, malaria) se deben seguir las siguientes medidas: 30.09.02 Programa de educación a los trabajadores sobre las medidas preventivas a seguir. Usar ropa protectora contra mosquitos. Aplicar repelentes a la ropa o el cuerpo. Minimizar los contenedores llenos de agua. Garantizar el correcto mantenimiento de las plantas de tratamiento de aguas residuales y la formación de charcos después de las lluvias para prevenir la reproducción de mosquitos. Mantener los drenajes de aguas de escorrentía libres de desechos orgánicos. Usar insecticidas como última medida de control y solo hasta que los estudios indiquen la localización de los mosquitos. Relaciones con la comunidad La consulta pública debe ser un esfuerzo continuo durante todo el proceso constructivo a través de las siguientes medidas: Tener una lista de correo de las agencias, organizaciones y residentes que están interesados en el proyecto. Diseminar información sobre el proyecto antes de que comience a las obras a todos los afectados (por ejemplo, al gobierno local, las empresas, los hogares afectados, etc.). Colocar avisos informativos visibles en los sitios de construcción de las obras donde se proporcione información sobre el proyecto incluyendo pero no limitado a los siguientes puntos: (i) resumen del proyecto, (ii) horarios de trabajo y construcción, (iii) descripción de las principales actividades constructivas, (iv) nombres, teléfonos, y correos electrónicos del Contratista, el Coordinador Ambiental, Supervisión ambiental, Jefe Ambiental de Obra, o cualquier otra persona a la cual puedan recurrir las personas afectadas para expresar sus inquietudes y hacer preguntas sobre el proyecto. El Especialista Ambiental del Contratista, junto con el área encargada de la parte social del proyecto, deberán celebrar reuniones públicas en las poblaciones cercanas a los frentes de trabajo, por lo menos dos veces al año. En estas reuniones, el ingeniero jefe de las obras civiles deberá explicar las actividades de la construcción y deberá responder a las preguntas y preocupaciones que tengan los habitantes. El dueño del proyecto o la agencia vial también deberá tener una oficina de información y atención al ciudadano encargada de recibir las quejas que las personas puedan tener sobre la construcción y operación del proyecto. El nombre, teléfono y correo electrónico de esta oficina deberá darse a conocer en las comunidades locales mediante panfletos, periódicos, o reuniones públicas. Esta oficina deberá responder a las llamadas telefónicas, la correspondencia escrita o los correos electrónicos de una manera rápida y veraz. El Especialista Ambiental del Contratista, junto con el área encargada de la parte social del proyecto, deberán dar charlas sobre cuestiones de seguridad a los planteles escolares y comunidades locales por lo menos una vez al año. Por los menos con una semana de anticipación a las actividades de la construcción con un alto impacto, tales como demoliciones, voladuras, construcciones nocturnas, etc., se requerirá que el Especialista Ambiental del Contratista junto con el área encargada de la parte social del proyecto visiten a las comunidades y personas potencialmente afectadas para explicarles sobre estas actividades y sus impactos (por ejemplo, riesgos para su seguridad y salud, ruido, polvo generado, etc.). El Especialista Ambiental por parte del Contratista en conjunto con la Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 200 Supervisión, deberán escuchar las inquietudes de las comunidades para así tomar las medidas apropiadas para responder a sus preocupaciones. El Contratista deberá revisar y hacer un inventario del estado físico de todas las estructuras como viviendas, locales comerciales, hospitales, planteles escolares, cultivos, jardines, etc., infraestructuras que se verán afectadas por el proyecto antes del inicio de las actividades constructivas. La comunidad debe ser advertida por lo menos con una semana de anticipación de cualquier corte en los servicios públicos (como agua, teléfono, electricidad, ruta de buses, etc.) mediante avisos en los sitios de obras, paradero de buses, o mediante folletos o publicaciones entregados a los hogares o negocios afectados. Estos folletos o publicaciones deberán informar también sobre los desvíos propuestos y los cambios provisionales en las rutas de buses. 30.10Hallazgos fortuitos de bienes culturales Tanto el Contratista como sus trabajadores, el Especialista Ambiental del Contratista, el Supervisión Ambiental y todos aquellos involucrados con las labores constructivas deben ser entrenados por profesionales antes del inicio de las labores constructivas para que aprendan a reconocer los posibles sitios históricos, religiosos o culturales y artefactos arqueológicos que puedan aparecer durante las labores de construcción y capacitarlos sobre las acciones a seguir. Si durante las excavaciones o las actividades de la construcción se descubrieran tumbas, artefactos u objetos arqueológicos o con valor histórico se deberá: Parar inmediatamente las actividades constructivas o las excavaciones en el área del hallazgo. Delinear el área con malla, cinta o estacas. Informar del hallazgo al Especialista Ambiental, al Especialista Ambiental de Obra o al Supervisor quienes a su vez deberán notificar a las autoridades locales o nacionales relevantes (dentro de las siguientes 24 horas o menos). Asegurar el sitio para prevenir cualquier daño o pérdida de los objetos hallados. En el caso de que se encuentren objetos o restos antiguos, deberá disponerse de un vigilante para evitar saqueos hasta que las autoridades locales o culturales se hagan cargo del lugar. Los monumentos religiosos o culturales, obras de arte, o bienes de interés cultural que se encuentren en el sito de las obras deben ser protegidos con el cubrimiento o cerramiento total de la estructura. Para prevención de daños por parte de la maquinaria, se puede solicitar su traslado hasta que dure la obra, con autorización de la autoridad competente. Permitir que las agencias relevantes asuman el control del sitio y establezcan las acciones a seguir para la protección y preservación del lugar. Si las agencias relevantes deciden que los bienes culturales o reliquias son de alto valor arqueológico, histórico o cultural, y recomiendan la preservación del lugar, el dueño del proyecto o la agencia vial deberán hacer los cambios en el diseño de la vía necesarios para la preservar el lugar. Las obras constructivas sólo podrán continuar hasta que las autoridades relevantes den la autorización para ello. Pago El pago de la Implementación del PGAS, será en forma mensual, el monto mensual será el equivalente al total del rubro dividido para el número de meses de implementación de las obras. Se pagará cada cuota en proporción al nivel de cumplimiento de las medidas ambientales establecidas en el PGAS, de acuerdo a lo reportado por la supervisión en su informe mensual. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 201 ETE-31 RELOCALIZACIÓN DE SERVICIOS PUBLICOS 31.01 Descripción El trabajo incluye el Diseño, suministro e instalación de los materiales y equipos de las Instalaciones Externas que comprende la relocalización de las líneas de distribución de energía eléctrica en 13.8 y 34.50 KV, transformadores de distribución, líneas secundarias de distribución de servicio e iluminación y torres de alta tensión y de la fibra óptica a ser reinstalada por Hondutel. 31.02 Requerimientos Técnicos para la Construcción e Instalación de Líneas y Sistemas de Distribución de Energía Eléctrica. Todos los materiales de este ítem, así como las líneas secundarias y el alumbrado público reubicados o instalados, deberán cumplir con las Distribución 34.5 y 13.8 KV; 240-120 Voltios”, los cuales normas de la ENEE “Normas de Construcción para Sistemas Eléctricos de le serán trasladados con todos los bienes, y quedarán bajo propiedad y responsabilidad de ésta. La construcción e instalación de líneas de Distribución de energía eléctrica en 13.8 34.5 KV, consiste en la ubicación de las estructuras (replanteo), tendido e instalación y montaje de postes, conductores, cables, herrajes, equipo y accesorios, estructura que deberá ser diseñada por el contratista especializado y registrado en la ENEE, además de gestionar la aprobación del diseño por parte de la ENEE, quien desarrollará los planos para las líneas primarias y secundarias de distribución en las secciones que se requieren en este proyecto. También incluirá la mano de obra y actividades colaterales asociadas a los trabajos. Los trabajos en detalle cubrirán la construcción de las líneas conforme los requerimientos de las especificaciones técnicas de la ENEE y el trabajo se harán de acuerdo con las técnicas de construcción; indicadas en la última edición del Código Nacional de Electricidad y Seguridad (NESC) de los Estados Unidos de Norte América. Estas normas, deberán ser observadas por los subcontratistas. Los materiales y equipos deberán ser cuidadosamente estudiados y manejados de tal forma que el montaje y el mantenimiento puedan ser hechos de una manera segura, tanto para el personal que ejecute la obra como para la misma confiabilidad de las líneas. 31.03 Requerimientos para los Postes a. Materiales: Los postes deberán ser de concreto centrifugado, reforzados con varillas para los de la red de alta tensión, y de 30 pies de madera clase 5, para los de la red secundaria de distribución. Pueden emplearse los postes removidos de su posición existente hasta su nueva ubicación, si al momento de su extracción y manipuleo conserva excelentes sus condiciones estructurales. b. Erección de Postes: Al momento de la colocación de los postes, estos deberán ser manejados cuidadosamente e instalados mediante grúa, los postes que sean golpeados, "desvichinados", rajados, etc. no serán aceptados por la supervisión. Se harán inspecciones antes y después del acarreo de los mismos al sitio de la obra. c. Colocación de Postes: El agujero del poste deberá ser de suficiente diámetro para permitir que el poste se asiente libremente hasta el fondo del agujero sin desbastar el fondo y aun tener suficiente espacio entre el poste y las paredes del agujero para permitir una buena compactación del terreno, en cada punto alrededor del poste y en toda la profundidad del agujero. Se considera "Erección en Suelo" en aquellos sitios en donde: Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 202 Los postes serán asentados en el suelo. Existen capas de suelo de más de 600 mm de profundidad sobre roca sólida. El agujero en roca sólida no es sustancialmente vertical o el diámetro del agujero en la superficie de la roca excede aproximadamente el doble del diámetro del poste al mismo nivel. Se considera como "Erección en Roca Sólida" donde: La roca sólida se encuentra en la línea de tierra. Donde el agujero es esencialmente vertical, aproximadamente de diámetro uniforme y suficientemente largo para permitir el uso de barras apisonadoras en la profundidad total del agujero. Donde hay una capa de suelo de 600 mm o menos de profundidad sobre roca sólida, la profundidad del hoyo debe ser la profundidad del suelo más la profundidad especificada en "erección roca sólida", previendo sin embargo que tal profundidad no exceda la profundidad especificada en "erección de suelo". En tierra inclinada la profundidad del agujero debe ser medida desde el lado bajo del agujero. Donde un poste será asentado al lado de una grada donde hay erosión del suelo, el agujero debe ser de 300 mm más profundo que lo especificado en "erección de suelo". Cuando se use una máquina perforadora para hacer los hoyos, el fondo del agujero debe ser apisonado, compactando así la tierra suelta, y compactar cualquier pérdida de tierra que se pueda presentar. Todos los agujeros deberán ser rellenados con capa de tierra y capas de rocas sólida de tamaño pequeño, alternadamente comenzando con una capa de tierra y terminando también con capa de tierra de aproximadamente 300 mm de espesor. Todos los agujeros de poste deberán ser inspeccionados y aprobados por escritor por la ENEE antes de ser rellenados. No deben ser usados materiales orgánicos para relleno. Cuando sea encontrado material orgánico, debe ser reemplazado por relleno limpio aprobado por la ENEE. Si el material que salió al excavar el agujero no es apropiado para una buena compactación, el contratista tendrá que obtener material apropiado para poder tener en los agujeros un grado óptimo de compactación. Para zonas con nivel friático alto la ENEE exige el uso en el agujero de un revestimiento consistente en dos barriles por cada poste a utilizar. Si fuera necesario, se pedirá la fundición del poste con concreto. El relleno debe ser apisonado fuertemente durante el proceso de rellenado. La tierra deberá ser regada alrededor del poste a una altura mínima de 150 mm sobre el nivel del suelo natural. El exceso de tierra debe ser retirado o regado en la manera aprobada por la ENEE. d. Alineación de Postes: El contratista es responsable por la colocación y la alineación de los postes entre los ángulos diseñados dentro de los dibujos. En ciertos casos cuando se considere necesario, se usará teodolito para la alineación de los postes Los postes serán puestos a "plomo", excepto en las esquinas donde ellos serán instalados inclinados contra la carga, de tal forma que la punta del poste estará en línea después de que la carga sea aplicada. La inclinación en el poste no excederá 150 mm por cada 3 metros de la longitud del poste después de que los conductores sean instalados a la tensión requerida. Los postes terminales serán colocados, aplomados y alineados y permanecer así, aun después que las condiciones de carga sean aplicadas. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 203 e. Montaje de Crucetas y Aisladores: Los pernos de máquina a través de los postes, pernos de rosca corrida y todos los demás equipos y herrajes, para el montaje de los accesorios serán de una longitud suficiente para enroscar plenamente la tuerca con arandela, así como la contratuerca, pero no se extenderá más de 50 mm detrás de la tuerca, luego de que la tuerca haya sido enroscada. Todas las crucetas serán taladradas en fábrica de acuerdo con los dibujos incluidos en este documento. Si fuese necesario taladrar nuevos agujeros porque el montaje de algún aislador tipo espiga, o el montaje de algún equipo así lo requiera, el contratista deberá hacerlo en el campo. Estos agujeros taladrados en el campo serán pintados con los preservantes adecuados. Las crucetas deberán ser instaladas horizontalmente con una variación permisible de dos pulgadas (2") a partir de la horizontal que pasa por el perno que fija la cruceta al poste. Toda cruceta de construcción tangente será instalada siempre perpendicular al eje central de la línea de distribución, y toda cruceta en construcción en ángulo deberá ir exactamente entre los puntos de inflexión de la poligonal de la línea y orientadas de tal forma que bisecten exactamente los ángulos internos de la poligonal. En el caso de existir una tangente muy prolongada, las crucetas deberán colocarse intercaladamente, con respecto a la cara del poste. Las dimensiones de las crucetas, serán las proporcionadas en los dibujos, no se admiten otras dimensiones diferentes debido al espesor de la sierra de corte. En el ensamble de aisladores de suspensión y aisladores sobre horquillas, también debe tenerse cuidado para asegurar que todos los pernos, pasadores y espigas estén en su lugar. Los aisladores de espiga deben ser ajustados a las espigas. En construcciones tangenciales los surcos del extremo superior deben estar alineados con el conductor después del amarrado. 31.04 Instalación de Líneas Aéreas Primarias. Los conductores de fases para líneas de distribución deben ser instalados y conectados de tal forma que las fases sean arregladas sobre la estructura o cruceta en el orden A, B, C de Norte a Sur, Oeste a Este. Los conductores deben ser tendidos por cualquier método convencional aprobado, cuidando que no se arrastre ni roce, ni se formen encorvamientos. Deberá ser mantenida suficiente tensión continua para tener los conductores libres de tierra u obstrucciones que los puedan dañar o puedan ser dañados por él. Las poleas serán diseñadas y usadas para que el halado de las líneas no las dañe ni depositen material que pueda dañar el conductor. Para no arrastrar el cable por el suelo, se recomienda el uso de cortinas de Manila, que tendrán que ser tendidas antes que el cable, evitando de esta manera que los conductores toquen el suelo. Debe tenerse cuidado para no quebrar, retorcer o desgastar el conductor de cualquier ramal a instalar. Los conductores no deben ser seccionados, jalados por vehículos o arrastrados sobre ningún material o superficie, tierra o roca. El conductor de cada carrete debe ser inspeccionado para verificar la existencia de cortes u otros daños. Las porciones dañadas o imperfectas deben ser cortadas del conductor y no se permitirá la utilización del mismo. Los conductores deben ser halados en poleas (rodillos) del tamaño, adecuadamente montados sobre el poste o cruceta para evitar empalmes innecesarios durante el tendido. La instalación de conductores y accesorios debe ser hecha de acuerdo con las recomendaciones del fabricante. En los aisladores de espiga, los conductores deben ser fijados o amarrados en el surco de la parte superior del aislador en postes tangenciales y al lado superior del aislador lejos de los tirantes en los ángulos. Los aisladores de espiga deben ser fijados a las espigas en condiciones tangenciales. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 204 No debe hacer más que un empalme por conductor en cada vano, en ningún caso el empalme debe estar localizado dentro de los 3 metros del punto de soporte del conductor. Antes de unir los extremos o los puentes o cuellos del conductor, deben ser limpiados con una escobilla de alambre y cubiertos con un antioxidante. Al efectuar las uniones de cable, los bordes de cada extremo deben de estar, circularmente simétricos, sin ningún tipo de deformaciones, de no ser así, se tendrá que cortar el cable nuevamente hasta lograr lo requerido. Debe tenerse mucho cuidado en la instalación de grapas paralelas y conectores de pernos, en la superficie de contacto de la grapa y el conductor deben estar limpios y brillantes. Un antioxidante aprobado debe ser usado según sea recomendado por el fabricante. Una escobilla metálica debe ser el medio principal de limpieza. Los pernos deben ser duramente apretados, pero la rosca no debe ser dañada o barrida. Estos mismos cuidados deben aplicarse para limpieza al conductor antes de hacer uniones. Los conductores deben ser flechados de acuerdo con las tablas de flechado aprobadas por la ENEE. Bajo ninguna circunstancia habrá decremento en la flecha permitida. Debe ser determinada por un termómetro certificado de vidrio grabando la temperatura del aire en el tiempo y lugar de instalación del tendido. Deberán usarse dinamómetros para lectura de la tensión a que está siendo sometido el cable. La flecha deberá ser controlada en varios vanos en cada sección de tensado, eligiendo un vano en medio y uno cada extremo de la sección. La cantidad total de vanos que deban ser controlados será de por lo menos uno (1) para dos (2) vanos, tres (3) para una sección de seis (6) a diez (10) vanos, y en proporción para secciones más largas. Además, deberá verificar la flecha en todos los vanos que excedan el vano promedio en más del treinta por ciento (30%), y en todos los vanos con declive pronunciado. Cuando haya daños repetidos en el mismo vano o en varios consecutivos, se deberá cambiar todo el conductor de esos vanos, para lo cual se deberá obtener la aprobación del, supervisor. La máxima tensión de jalado no debe exceder el 100% de la tensión final del conductor a 15.5° C. Los aisladores de cables, tensores y máquinas de jalar deben ser localizados preferentemente lo más cerca posible de la mitad del vano. El lapso de tiempo entre el tendido y flechado de conductores no debe ser mayor de 72 horas. 31.05 Instalación de Retenidas y Anclajes. Las retenidas serán instaladas en la dirección de la bisectriz del ángulo y en línea (colineales) con el conductor para estructuras terminales. Las retenidas y los anclajes serán colocados antes que los conductores sean tensados. Las retenidas serán colocadas en ángulos de 45° con la línea vertical y el poste mismo, en aquellos lugares en donde no sea aplicable se deberá usar retenidas descritas en estos documentos. Todos los anclajes y varillas deberán ser instalados en línea con la carga, bajo ninguna circunstancia deberá ser cubierta la totalidad de la varilla de anclaje, el ojo de la varilla quedará encubierto. No más de 150 mm de la varilla permanecerá fuera de la tierra después de que la carga ha sido aplicada. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 205 En campos cultivados la proyección de la varilla de anclaje arriba del nivel del suelo puede ser incrementada a un máximo de 300 mm para prevenir enterramiento del ojo de la varilla. La varilla de anclaje deberá ser enterrada en forma inclinada, nunca en forma vertical. Cuando se necesite usar un anclaje tipo expansión, deberá ser expandido dentro de tierra que no haya sido removida antes del relleno del agujero de la retenida. Cuando se necesite usar un anclaje tipo cónico, el agujero será rellenado a una profundidad de 600 mm sobre el anclaje con piedra quebrada, esta será apisonada durante el relleno. La guarda retenida será instalado en cada una de las retenidas que lleven los diferentes postes. Para no perder el centro del agujero de cada retenida, durante se estén abriendo los agujeros, se recomienda marcar con estacas o puntos de referencia para no perder el centro del agujero. Cuando se considere que el terreno es rocoso o pobre, el contratista instalará anclajes especiales siguiendo las instalaciones o procedimientos acordados con la supervisión del proyecto. Cuando ocurran fallas en los cables de retenida por parte de los contratistas, él asumirá toda la responsabilidad y reparara todos los daños por su propia cuenta. 31.06 Instalación de Varillas y Alambre de Aterrizaje. Las varillas de aterrizaje de acero galvanizado de 5/8 pulgada (16 mm) de diámetro y de 7 pies (2.15 m) de longitud serán enterradas y conectadas a cable %" EHS de las retenidas y al cable de tierra de los transformadores; bajada que será fijada en el poste de concreto usando las abrazaderas de soporte especiales para ello. Se requerirá que el contratista mida la resistencia de tierra en cada localidad. Todas las medidas de las resistencias de tierra serán aprobadas y ejecutadas en presencia de la supervisión antes de la instalación del neutro. Las varillas de aterrizaje deben ser colocadas completamente en tierra sin disturbios a una distancia de la base del poste de un pie. Las abrazaderas para poste en el alambre de tierra deben ser instaladas alejadas entre ellas con un mínimo de 200 mm. Todo el equipo debe tener por lo menos 2 conexiones desde la carcasa o tanque al neutro multiaterrizado. Todo el equipo de aterrizaje de pararrayos debe ser conectado a un aterrizaje. Todos los terrizajes usados en el poste deben ser interconectados y fijados a un alambre común de aterrizaje. 31.07 Instalación de Equipo y Aparatos de Protección. Los transformadores, cuchillas portafusibles y otros equipos deben ser manejados cuidadosamente para evitar daños a los aisladores y partes operantes. Los aparatos de protección deberán estar localizados de acuerdo a las normas de ENEE y deberán ser instalados de acuerdo con las especificaciones del fabricante. El contratista debe tener cuidado para asegurar que el calibre correcto y valores nominales de los apartados de protección incluyendo fusibles sean instalados en localizaciones adecuadas como se indica en las normas de construcción o como sea indicado por la ENEE. 31.08 Conexión y Montaje de Iluminación Pública. Los accesorios y controles deben localizarse como lo indican los fabricantes. Debe tenerse cuidado para asegurar que los reflectores/difusores estén limpios y con accesorios montados para máxima eficiencia luminosa. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 206 31.09 Instalación de Secundarios. Los conductores del secundario serán todos de aluminio instalados en aisladores de carrete acorde con las normas ENEE. Los secundarios deberán ser instalados de tal manera que no obstruyan el espacio de alturas mínimas. No deberá haber más que un empalme por conductor en cualquier vano y los empalmes deben de estar localizados por lo menos a 3 m del punto de soporte del conductor. Donde se unen conductores cubiertos para el secundario, deben ser Instalados en forma continua. Todos los requerimientos para el manejo de los conductores primarios deben ser aplicados para la instalación de secundarios donde sea aplicable. Deberán de observarse todos los requisitos establecidos para el tendido de conductores primarios, descrito anteriormente. 31.10 Unidades de Construcción 31.10.01 Unidad Poste: La unidad de poste consiste en un poste debidamente hincado y aplomado y fundido para el caso de los autosoportados y no incluye ninguna pieza aplicada al poste. El contratista deberá proveer los materiales requeridos para el relleno o fundición. Para el caso de los postes existentes, el contratista únicamente cobrará su remoción, manipuleo y nueva ubicación. Por efecto de cotización y posterior certificación, se considerará un solo tipo de suelo para la unidad de poste por lo cual el precio unitario de aplicación será uniforme para toda la obra, y no se reconocerá ninguna variación de precio por excavación en roca o cualquier otro tipo de terreno. Los postes tubulares serán del tipo M-102 de 35 Pies, los que deberán ser empotrados en la barrera new jersey de acuerdo al Detalle de Poste Tubular de 35 Pies Instalado en la Barrera New Jersey suministrado en el Plano Detalle Poste Tubular 35 pies (Attachment G to Addendum No. 3), su conexión eléctrica se hará de acuerdo al Detalle No. 2 de Poste Tubular de 35 Pies Instalado en la Barrera New Jersey, la cimentación del poste se hará de acuerdo a las especificaciones del fabricante suministradas en dicho plano. 31.10.02 Estructuras Primarias: Comprende el montaje de los elementos destinados a formar la parte superior de una estructura que soportara los conductores de fase de la línea. La denominación de la unidad se hará en correspondencia con el plano constructivo a seguir en el montaje. 31.10.03 Estructuras Secundarias y Neutro: Comprende el montaje de los elementos destinados a fijar los conductores secundarios y neutros al poste. La denominación de la unidad se hará en correspondencia cuando el plano es constructivo. A seguir en el montaje. 31.10.04 Conductor Aéreo y subterráneo (Primario, Secundario y Neutro): Comprende la instalación de 1 metro de línea debidamente tendida, flechada, amarrada y realizado de los puentes de conexión. La unidad es designada de acuerdo al tipo y tamaño del conector. Los metros de línea serán medidos en la proyección horizontal de los conductores, o sea, la suma de distancias horizontales entre centros de postes o cajas de registro. No se considerará ningún coeficiente de aumento por catenaria o desniveles de terreno. Dentro de esta actividad se incluirá los costos asociados todos los trabajos y accesorios requeridos para instalar la línea: cajas de Registro, Cables, Tubería, Conectores, lubricantes, etc. Los metros de línea serán medidos en la proyección horizontal de los conductores, o sea, la suma de distancias horizontales entre centros de postes. No se considerará ningún coeficiente de aumento por catenaria o desniveles de terreno. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 207 31.10.05 Retenidas y Estructuras Varias: Comprende la instalación del cable de la retenida y sus accesorios de fijación. La denominación de la unidad se hace en correspondencia con el plano constructivo a seguir en la instalación. La unidad deberá incluir la varilla y el ancla, el protector para retenida y los accesorios correspondientes. Para estructuras varias como aterrizajes se pagará por unidad por la totalidad de los trabajos y materiales de acuerdo a los detalles proporcionados. 31.10.06 Luminarias: Comprende la instalación de una luminaria con todos sus accesorios para fijarla al poste incluyendo la conexión, pernos de máquina y perno goloso y pruebas de funcionamiento. La denominación de la unidad se hace en correspondencia con el plano constructivo a seguir en la instalación. La unidad incluye el brazo de la luminaria, colocación de alambres de alimentación, conectores, fotocelda, foco y pruebas operativas. Se recomienda la utilización de luminarias de alta presión de sodio de 250 en 120 voltios tipo cobra brazo largo con una longitud mínima de 1.80 metros. 31.10.07 Transformadores: Comprende la instalación y conexión de un transformador monofásico o trifásico en arreglo de acuerdo a la denominación de la norma correspondiente y de todo el material que sea requerido para la puesta en servicio. La unidad incluye la instalación de equipo de protección, (cuchillas cortacircuitos y pararrayos), aisladores, herrajes, conectores, varilla y red de tierra, de acuerdo con las normas constructivas de la ENEE. El contratista efectuará todos los trabajos y suministrará todos los equipo y materiales necesarios para medir la resistencia de la red, de acuerdo a lo estipulado en las especificaciones técnicas. 31.10.08 Cuchillas Cortacircuitos: Comprende la instalación de una estructura de una cuchilla, incluyendo todo el material herraje y conexión que sean requeridos para la operación de las mismas. La unidad Comprende únicamente la instalación de las cuchillas cortacircuitos de protección de ramales de línea primaria, las cuchillas cortacircuitos de los transformadores deberán de incluirse en la unidad correspondiente al Transformador. 31.10.09 Pruebas de Aceptación Después de la instalación de conductores, accesorios de conductor, cables, accesorios de, cable y equipo, transformadores, etc., y de la aceptación preliminar de la ENEE, deben hacerse pruebas por el contratista. El contratista deberá corregir cualquier deficiencia y las pruebas deberán ser repetidas hasta que todo el equipo y materiales pasen las pruebas. 31.10.10 Medición y Forma de Pago El pago de esta actividad se efectuará por Administración Delegada por Unidad de Construcción conforme a lo especificado en el diseño, el Contratista presentará tres (3) cotizaciones de empresas especializadas, dedicadas a esta actividad, se escogerá el precio más bajo, exigiendo lo dispuesto en esta especificación y se pagará de acuerdo al avance de la obra, una vez terminados cada uno de los rubros que componen la actividad. Este precio incluirá la compensación total por el pago del diseño eléctrico que se deberá realizar para la desinstalación de los cables y la reinstalación de los mismos, diseños de la iluminación de la carretera, el desmontaje y la nueva colocación de las líneas de transmisión eléctrica (posteado y cables), todos los materiales, accesorios, equipo y mano de obra necesarios para completar el trabajo. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 208 Los diseños y la dirección de los trabajos, deberán ser realizados por un ingeniero eléctrico inscrito y habilitado en el banco de Consultores de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) y con la aprobación del Contratante. 31.11 Otros Servicios: El Contratista deberá proteger, retirar, cambiar o restaurar cualquier daño a los servicios públicos y privados existentes. Cualquier cambio o restauración deberá efectuarlo el Contratista con especial cuidado, tomando todos los recaudos necesarios para que el servicio no se interrumpa o de ser inevitable la interrupción, esta deberá reducirse al menor tiempo posible, a los efectos de minimizar los inconvenientes a los usuarios. Se consideran dentro de otros servicios públicos y privados: agua potable, drenajes, telefonía y otros similares. Las actividades y el suministro de materiales correspondientes a los sistemas de agua potable y aguas residuales existentes a relocalizar deberán regirse a la normativa “Especificaciones Técnicas” de SANAA. El Contratista, con la colaboración del Contratante, será responsable de gestionar y obtener los permisos necesarios para realizar la actividad de remoción y traslado de las estructuras y servicios públicos y privados existentes. 31.11.01 Fibra Óptica: En el caso del cableado de fibra óptica, se deberá excavar inicialmente donde se localice dentro de la plataforma que sostendrá la carretera, retirar y disponer del mismo fuera de dicha plataforma. Para su reubicación, excavar una zanja similar fuera de la plataforma de la carretera, el usuario responsable del servicio (HONDUTEL) debe de movilizar su cable o tubería, el contratista será responsable únicamente de la excavación de ambas zanjas y su relleno de la zanja. El Contratista deberá realizar el excavado y relleno de la zanja de la fibra óptica con sumo cuidado para evitar cualquier daño a la fibra óptica existente. Esta actividad incluye la colocación de una cinta precautoria a 0.30 m de la corona de los ductos; sin embargo, el contratista está exento de la instalación del cable de fibra óptica el cual será realizado por los especialistas de Hondutel. El ancho de la zanja será de 60 centímetros y con una profundidad máxima de 100 centímetros, en la longitud indicada por el Ingeniero Residente. En el caso de las empresas privadas, el corrimiento del cableado será por cuenta de dichas empresas, no reconociendo ningún pago por parte del Contratante, únicamente se contará con la supervisión del Ingeniero Residente para las indicaciones del sitio correcto de su corrimiento y nueva posición en el área del derecho de vía. El Pago de esta actividad se realizará a través de Administración Delegada. 31.12 Obras del Plan de Reasentamiento: El Contratista está obligado a ejecutar, previo a la orden del Supervisor, aquellas obras de reasentamiento que se acuerden con los propietarios de las mejoras localizadas en el Derecho de Vía y definidas por la firma Consultora responsable de la Implementación del Plan de Reasentamiento del Proyecto, como mecanismo de indemnización de dichos bienes, tendientes a liberar el Derecho de Vía, lo que incluye pero sin limitarse a: construcción de planteles para viviendas o negocios, cercos, muros, jardineras, infraestructura comunitaria, accesos, obras de mampostería y concreto, entre otras. El Pago de estas actividades se realizará a través de Administración Delegada. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 209 ETE-32. LÍMITES DE RUGOSIDAD PARA EL CONTROL DE CALIDAD DEL ACABADO SUPERFICIAL DEL PAVIMENTO DE CARPETA ASFÁLTICA. Se aplicarán dos criterios para controlar la rugosidad o regularidad superficial del pavimento midiendo el Índice de Rugosidad Internacional (IRI), con equipos de Clase I o Clase II, u otros aceptables para el Contratante: a. Criterio de Control de Calidad de sub-tramos construidos en un mismo día laboral, para tramos de longitud continuos. Con el propósito de ir mejorando y asegurando el procedimiento constructivo se aplicará el Criterio de Control de Calidad de tramos construidos en un mismo día, de longitud reducida de hasta una centena de metros. La supervisión realizará la medición del IRI reportado entre 30 cm y hasta un máximo de 10 metros hasta completar el tramo construido diariamente, utilizando un perfilómetro o rugosímetro portátil clase I o II aceptado por el Contratante. Los valores obtenidos permitirán obtener el IRI promedio del tramo diario, el cual deberá ser menor o igual a 2.0 m/Km. Se aceptará hasta un cinco por ciento de valores aislados y puntuales no consecutivos superiores, pero siempre inferiores a IRI 2.8 m/Km. El contratista deberá reparar a su costo, los tramos que, de acuerdo a las mediciones de la supervisión, hacen que el IRI de cada punto no cumpla con los valores definidos a continuación: IRI aceptable, si el IRI individual ≤ 2.0 m/Km Cuando el IRI sea Mayor que 2.0 m/km el Contratista realizará por su cuenta los trabajos que sean necesarios para obtener el IRI aceptable ≤ 2.0 m/Km. Realizados los trabajos, en la intensidad que el contratista considere necesario, y no haya logrado bajar el IRI a valores aceptables ≤ 2.0 m/km en algunos subtramos, el contratante podrá recibir el proyecto aplicando una multa de 5% sobre el valor de la superficie de rodadura del sub-tramo en cuestión por cada décima desviada respecto al valor del IRI aceptable, siempre y cuando los valores del IRI medidos se encuentren entre el rango >2.0 m/Km y < 2.8 m/Km. No se recibirá el pavimento para IRI individuales o promedios > 2.8 m/Km, debiendo el contratista reconstruir el o los sub-tramos por encima de dicho valor, por su propia cuenta. b. Criterio de Recepción Final del proyecto construido ejecución: Para aplicar el Criterio de Recepción Final del proyecto se exigirá el IRI promedio del Proyecto (literal a. anterior), el cual será medido en cada carril longitudinal del camino, utilizando equipos de alto desempeño aceptable por el Contratante y reportado con un máximo de distancia de 10 metros, valores que permitirán obtener el IRI promedio del Camino a recibir, que deberá ser menor o igual a 2.0 m/Km. Se aceptará hasta un cinco por ciento de valores aislados y puntuales no consecutivos superiores a 2.0 m/km, pero siempre y cuando sean valores de IRI inferiores a 2.8 m/Km. Adicionalmente a los niveles de Rugosidad definidos anteriormente, se exigirá como condición previa a la recepción del proyecto, el cumplimiento de los Niveles de Servicio indicados en el Anexo I de la Sección VII de los Documentos de Licitación. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 210 ETE-33 BARRERA DE CONCRETO (180 KG/CM2) CON REFUERZO (NEW JERSEY) Esta especificación suplementaria estará regida por la Sección 304 de las Especificaciones Generales de SOPTRAVI, edición diciembre/1996, en lo concerniente al uso del concreto hidráulico. 33.01 Definición. Las Barreras de Concreto, son los dispositivos empleados para impedir el paso del tráfico, para desviarlo o canalizarlo. También son utilizados para separación de carriles. 33.02 Descripción. Este trabajo consiste en el suministro y colocación de barreras de concreto y/o de concreto prefabricado de acuerdo con estas Especificaciones Técnicas Suplementarias Especiales y de acuerdo con las alineaciones y rasantes indicadas en los planos o establecidas por el Ingeniero Residente. 33.03 Materiales 33.03.01 Requisitos de los Materiales. (a) Concreto. Debe cumplir con los requisitos establecidos en las Secciones 601Estructuras de Hormigón y 700 Materiales de las Especificaciones Generales. (b) Acero de Refuerzo. Debe cumplir con los requisitos de la Sección 602 de las Especificaciones Generales. (c) Defensas de concreto prefabricado. Las unidades prefabricadas deben fundirse en formaletas de acero. Se les debe colocar suficiente acero de refuerzo para que resistan el manejo de las mismas. El concreto debe tener una resistencia mínima a los 28 días de 180kg/ cm2. El contenido de aire por volumen, cuando requerido, debe ser de 5 por ciento mínimo cuando el tamaño máximo del agregado sea de 9.5 milímetros y de 4 por ciento mínimo cuando el tamaño máximo del agregado sea mayor de 9.5 milímetros. Las unidades de concreto deben ser curadas según lo indicado en AASHTO M 170M. (d) Relleno para juntas preformadas. Debe ser relleno preformado para juntas de expansión de una sola pieza para cubrir la profundidad y el ancho de la junta. El relleno debe cumplir con los requisitos de las normas: AASHTO M 33 para juntas preformadas de tipo bituminoso; AASHTO M 153 para juntas preformadas de hule esponjoso y de corcho y con AASHTO M 213 para juntas preformadas bituminosas de tipo no estirada a presión y resilente. (e) Ganchos y pasadores. Los ganchos y pasadores deben estar de acuerdo con lo establecido en ASTM A 36 y deben ser galvanizados de acuerdo con la norma ASTM A153. (f) Material Reflectivo. Las defensas deben tener material reflectivo de color blanco o amarillo, según corresponda, y un tamaño aproximado de 2.5 x 75 milímetros, firmemente montados sobre centros de 3 metros, en la parte de la defensa expuesta al tránsito, a aproximadamente 600 milímetros por encima de la superficie del pavimento. 33.04 Requisitos de Construcción 33.04.01 Barrera de Concreto. Las barreras de concreto pueden ser fundidas en el sitio, prefabricadas o construidas con formaletas deslizantes. Todos los trabajos deben ser ejecutados de acuerdo con las disposiciones aplicables de la Sección 601 de las Especificaciones Generales. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 211 (a) Fundidas en el lugar. Se deben formar juntas de contracción de 5 milímetros de ancho y de 50 milímetros de profundidad a intervalos de 6 metros, a mano o con sierra. El aserrado se debe efectuar tan pronto como sea posible después de que el concreto haya fraguado lo suficiente para que no se desmoronen las esquinas del aserrado, pero antes de que ocurran grietas de encogimiento. La profundidad del aserrado debe disminuirse en la orilla adyacente al pavimento para evitar daños en el pavimento. Se debe colocar relleno preformado para juntas de 19 milímetros en todas las juntas de construcción. Se debe cortar el relleno de manera que se ajuste al área transversal de las estructuras y de las juntas de construcción de las defensas. Se deben construir juntas longitudinales de 6 milímetros de ancho a los lados de las defensas. A la parte superior y lateral de la defensa se le debe dar un acabado superficial común de acuerdo con lo establecido en la Sección 601. Las defensas y sus juntas deben presentar un aspecto liso y uniforme en su posición final. (b) Fundidas con formaleta deslizante. No se debe tocar la superficie del concreto de la defensa mientras sale de la máquina de formaleta deslizante, excepto para remover inmediatamente las rebabas o efectuar rebajas utilizando una rastra aplicada cuidadosamente. Se deben efectuar los ajustes necesarios durante la operación para corregir cualquier condición que cause marcas en la superficie mayores de 13 milímetros. No se debe utilizar agua para reparar las defensas ya terminadas. (c) Prefabricadas. Se debe preparar el lecho de cimentación de la defensa de manera que no varíe más de 6 milímetros cuando se coloque un escantillón de 3 metros a lo largo de la línea central de la defensa. Se deben alinear y conectar las secciones adyacentes de la manera indicada en los planos. El Contratista debe proveer los ganchos y pasadores necesarios para unir las unidades prefabricadas. 33.05 Medida. La medida debe ser el número de metros lineales, con aproximación de dos decimales, de Barreras de Concreto, aceptados satisfactoriamente por el Ingeniero Residente de acuerdo con estas ETS’s y las Especificaciones Generales. 33.1.06 Pago. El pago se debe hacer por el número de metros lineales medidos como se indica en 31.05, al precio unitario de contrato, correspondiente a Barrera New Jersey, cuyo precio incluye el trabajo estipulado en esta ETS. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 212 ANEXO I (Niveles de Servicios) A Continuación, se señalan los niveles de servicio mínimo que se le exigirán al Contratista que se adjudique la obra y el procedimiento de medición para la recepción de las mismas. ÍNDICE SECCIÓN 1: DE LA RECEPCIÓN DE LAS OBRAS 1. 2. 3. 4. 5. INTRODUCCIÓN RECEPCIÓN POR NIVELES DE SERVICIO PROCEDIMIENTOS GENERALES EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN DE ESTADO DE LA VÍA CÁLCULO DE LOS NIVELES DE SERVICIO INDIVIDUALES APÉNDICES Apéndice 1 - Niveles de Servicio Mínimos para cada uno de los Tramos Apéndice 2 - Manual para el Relevamiento de Niveles de Servicio Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 213 SECCIÓN 1 DE LA RECEPCIÓN DE LAS OBRAS 1. INTRODUCCIÓN El presente Anexo tiene por objetivo establecer obligaciones contractuales complementarias en relación con la recepción de las obras. Para tal efecto, el Contratista deberá respetar lo que se señala en este anexo, lo cual es válido para el tramo Ruta CA-1, El Amatillo – Jícaro Galán, de manera individual para el Lote A: Jícaro Galán – Desvío El Tránsito (Puente Los Corrales) y para el Lote B: Desvío El Tránsito (Puente Los Corrales – El Amatillo). 2. RECEPCIÓN POR NIVELES DE SERVICIO 2.1 El estado de los bienes y de la infraestructura vial que se entregará por parte del Contratista, se expresará a través de parámetros de condición, que harán referencia a diversos aspectos: estado del pavimento, condición de los drenajes, estado de las señales, calidad de la circulación, etc. Los límites aceptables para la medida de los parámetros de condición, están dados por los “niveles de servicio” establecidos en el presente Anexo. 2.2 Es obligación del Contratista, previo a la solicitud de recepción de las obras, cumplir con los parámetros de condición, respetando los límites permitidos para los niveles de servicio definidos en el presente Anexo. 2.3 Los niveles de servicio se refieren a aspectos particulares del estado de la superficie de rodadura, del estado de los drenajes, del estado de los elementos de seguridad, etc. En este caso se denominan “Niveles de Servicio Individuales”. 2.4 Para la recepción de las obras, el Contratista deberá cumplir con los niveles de servicio individuales establecidos en el Apéndice 1 de este Anexo. En este sentido, el Contratista, en conjunto con la solicitud de la Recepción de las Obras, deberá entregar los resultados de cada uno de los niveles de servicio individuales, según se describe más adelante. Los Niveles de Servicio deberán cumplir con los limites aquí establecidos. Una vez presentada la solicitud de Recepción de las Obras por parte del Contratista, El Contratante directamente o a través de la Supervisión, llevará adelante la verificación de los Niveles de Servicio, los cuales deberán cumplir los límites establecidos en el Apéndice 1 de este Anexo I. 3. PROCEDIMIENTOS GENERALES Programa de Evaluación de Niveles de Servicio 3.1 El Contratista previo a la solicitud de la recepción de las obras instrumentará un “Programa de Evaluación de Niveles de Servicio” para medir el resultado de sus intervenciones. Para la determinación de los alcances de este programa se coordinará con la Supervisión. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 214 Incumplimientos 3.2 Tal como se establece más adelante en el Numeral 4 de la Sección 1 de este Anexo, la detección de parámetros de condición insuficientes dará lugar a que El Contratante o la Supervisión envíe una “Notificación de detección de parámetro de condición insuficiente” al Contratista indicando el defecto encontrado, los hitos kilométricos entre los que se encuentra y el plazo para subsanarlo. Comunicaciones 3.3 Las “Notificaciones de detección de parámetro de condición insuficiente” así como las “Notificaciones de Incumplimiento” u otros comunicados que expedirá El Contratante, deberán ser presentadas al Contratista por escrito. Se tomará como recibida cualquier comunicación a partir de las 8 horas del primer Día siguiente a la emisión de la misma. 4. EVALUACIÓN DE LA GESTIÓN DE ESTADO DE LA VÍA 4.1 El Contratista utilizará el mismo referenciación kilométrica establecida en los Planos en la totalidad del Tramo que le corresponda ejecutar. Programa de Evaluación de la Gestión de la Vía. 4.2 Una vez solicitada la Recepción de las Obras por parte del Contratista, para asegurarse que los niveles de servicio se encuentren dentro de los valores admisibles, El Supervisor instrumentará un Programa de Evaluación de los Bienes e Infraestructura Vial o cualquier otro mecanismo que le permita verificar el cumplimiento de los niveles de servicio individuales, así como la identificación de eventuales defectos en la vía. 4.3 Los objetivos específicos de este Programa son: a) verificar el cumplimiento de los niveles de servicio individuales y (b) identificar la existencia de eventuales defectos en la Vía. 4.4 Para el Programa de Evaluación de la Vía se emplearán las metodologías de relevamiento indicadas en el Apéndice 2 de este Anexo. Evaluación de los Niveles de Servicio 4.5 4.6 4.7 Una vez solicitada la Recepción de las Obras por parte del Contratista, la Supervisión, que actuará como su representante, realizará una evaluación con el objetivo de determinar el nivel de servicio individual. La evaluación se hará para cada Lote. Para tal efecto, se subdividirá cada Lote, en secciones de longitud igual a 1 kilómetro, estableciéndose así un número total de secciones. (Si la longitud total del Lote no es entera, se definirá una sección especial correspondiente a la fracción de kilómetro restante). De la evaluación realizada se elaborará un acta en dos (2) ejemplares idénticos, en donde se detallarán defectos, y localización de los mismos, y las observaciones que pueda realizar El Contratante (o su representante). Evaluaciones 4.8 Si en una de éstas evaluaciones se constatara que la rugosidad es superior a la permitida en los niveles de servicio establecidos en la Especificación, La Supervisión emitirá una “Notificación de parámetro de condición insuficiente” estipulando el plazo para su corrección. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 215 5. CÁLCULO DE LOS NIVELES DE SERVICIO INDIVIDUALES 5.1 5.2 En el Apéndice 1 del presente Anexo se indican los niveles de servicio admisibles para: Superficie de rodadura; hombros; drenajes; puentes y viaductos; Derecho de Vía, seguridad vial (señalización vertical y aérea, señalización horizontal, y elementos de encarrilamiento y defensa). Los niveles de servicio individuales se evaluarán de acuerdo a los valores y procedimientos indicados en los Apéndices 1 y 2 de este Anexo I. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento APÉNDICES Lista de Apéndices Apéndice 1 - Niveles de Servicio Mínimos para cada uno de los Tramos Apéndice 2 - Manual para el Relevamiento de Niveles de Servicio 216 Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 217 Apéndice 1 Niveles de Servicio Mínimos para cada uno de los Lotes Niveles de Servicio Individuales Niveles de Servicio para: Superficie de rodadura Parámetro Medida Nivel de Servicio Reducción del ancho de la superficie de rodadura La distancia entre el eje del proyecto y el borde de la capa de rodadura del pavimento, excluyendo sus chaflanes, no deberá ser inferior a la distancia señalada en los planos por: 2 cm Reducción del paquete estructural existente a la Recepción de las Obras Porcentaje máximo de reducción del espesor de cada capa 4% Huecos Porcentaje máximo de área con huecos. 0% Porcentaje máximo de área con fisuras mayores a 5 mm. 0% Porcentaje máximo de área con fisuras entre 2 y 5 mm. 2% Parches Porcentaje máximo de parches en mal estado (niveles de severidad medio o alto). 0% Ahuellamiento Porcentaje máximo de área con ahuellamiento mayor que 12 mm 0% Hundimiento Porcentaje máximo de área con hundimientos mayores que 25 mm. 0% Exudación Porcentaje máximo de área con exudación (sumados ambos niveles de severidad medio y alto). 0% Existencia de material suelto Porcentaje máximo de área con material suelto 0% Existencia de obstáculos Cantidad máxima de obstáculos 0% Peladuras Porcentaje máximo de área con peladuras 0% Fisuras Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Porcentaje máximo desprendimiento de Desprendimiento de bordes bordes Grietas longitudinales En el centro de la calzada y En los bordes Porcentaje máximo de grietas longitudinales Rugosidad para la recepción Rugosidad media móvil máxima, con un de obra nueva o intervalo de 10 m. intervenciones de cambio de carpeta asfáltica 218 0% 0% 2.00 IRI Niveles de Servicio para: Hombros Parámetro Medida Nivel de Servicio Reducción del ancho de la superficie de rodadura Porcentaje máximo de reducción del ancho 2% Huecos Porcentaje máximo de área con huecos 0% Porcentaje máximo de área con fisuras mayores a 5 mm. 0% Porcentaje máximo de área con fisuras entre 2 y 5 mm. 2% Parches Porcentaje máximo de parches en mal estado (niveles de severidad medio o alto) 0% Hundimiento Porcentaje máximo de área con hundimiento mayor que 50 mm 2% Exudación Porcentaje máximo de área con exudación (sumados ambos niveles de severidad medio y alto) 5% Existencia de material suelto Porcentaje máximo de área con material suelto. 5% Existencia de obstáculos Cantidad máxima de obstáculos 0% Fisuras Desprendimiento de bordes de Porcentaje máximo de desprendimiento hombros 0% Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 219 Niveles de Servicio para: Aceras /Badenes (Concreto Hidráulico) Parámetro Medida Reducción del ancho de la superficie de rodadura Nivel de Servicio Porcentaje máximo de reducción del ancho 0% Porcentaje máximo de área con fisuras mayores a 5 mm de abertura 0% Porcentaje máximo de área con fisuras entre 2 y 5 mm de abertura 2% Existencia de obstáculos Cantidad máxima de obstáculos 0% Desniveles entre juntas Altura máxima de desnivel Fisuras 10 mm. Niveles de Servicio para: Drenajes (Alcantarillas, Cunetas, Cunetas de Coronamiento y Drenes) Parámetro Medida Nivel de Servicio Obstrucciones al libre escurrimiento del Caudal de diseño hidráulico en alcantarillas, cunetas, cunetas de coronamiento y drenes. Vegetación, sedimentación, colmataciones u otros elementos que obstaculicen o alteren el libre escurrimiento del caudal de diseño. 0% Fallas Estructurales Socavaciones, asentamientos, pérdida de geometría, fallas que afectan la capacidad estructural o hidráulica 0% Parámetro Geometría incorrecta de las líneas Niveles de Servicio para: Señalización Horizontal Medida Ancho de líneas mínimo Longitud de las líneas punteadas del eje Nivel de Servicio En demarcación de líneas de eje y borde 10 cm. (*) En demarcación de líneas de borde con resalto o indicaciones de reducción de velocidad 10 cm. 4.5 m +/- 2% Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Parámetro Niveles de Servicio para: Señalización Horizontal Medida Longitud de los espacios entre líneas punteadas del eje Deflexión máxima de la alineación de las líneas de eje con respecto al eje de la ruta (Me.Emáx) Deflexión máxima de las líneas punteadas del eje (blanco) con respecto a la recta que une sus extremos (Me.Emáx) Deflexión máxima y mínima de la línea continua de eje (amarillo) con respecto a las líneas punteadas del eje (blanco) (MaMe) Deflexión máxima y mínima de la línea continua de eje (amarillo) con respecto al eje de la ruta Decoloración o suciedad de las líneas Coordenadas cromáticas “x” e “y” o marcas (geometría 45/0 y ángulo de observación patrón de 2°) Visibilidad nocturna insuficiente de las líneas o marcas Nivel de Servicio 7.50 m +/- 2 % Me.Emáx = 10 cm. Me.Emáx = 2 cm. 17cm <MaMe<20 cm. 17cm <MaMe<20 cm. Coordenadas cromáticas dentro del diagrama CIE definido por los 4 puntos contenidos en el cuadro 1.2 (*) Coeficiente de reflectividad mínimo: ángulo de observación de 1.5° y de incidencia de – 86.5° ángulo de observación de 1.05° y de incidencia de – 88.76° Exceso de desgaste de Porcentaje de deterioro máximo las líneas o marcas Geometría incorrecta Distancia entre tachas (vialetas) en el eje de las tachas (vialetas) reflectivas (tangente) En curvas Deterioro de las tachas (vialetas) reflectivas 220 Desplazamientos de su posición original Deterioros totales o parciales del área reflectiva o del cuerpo Amarillo 150 mcd/lux/m2. Blanco 200 mcd/lux/m2. Amarillo 80 mcd/lux/m2. Blanco 100 mcd/lux/m2. 10 % 12 m. De acuerdo a lo establecido en la norma No se admitirán No se admitirán Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 221 (*) Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes para el Control del Tránsito edición 2014 Niveles de Servicio para: Señalización Vertical Parámetro Medida Elementos faltantes Elementos individuales faltantes Decoloración de las placas de Coordenadas cromáticas “x” e “y” las señales (geometría 45/0 y ángulo de observación patrón de 2°) Visibilidad nocturna insuficiente de las placas de las señales Nivel de Servicio No se admitirán Coordenadas cromáticas dentro del diagrama CIE definido por los cuatro puntos contenidos en la tabla correspondiente (*) Coeficiente de reflectividad mínimo Amarillo: 100 (ángulo de observación de 0.2° y de Cd/lux/m2 incidencia de – 4°) Blanco: 140 Cd/lux/m2 Rojo: 30 Cd/lux/m2 Verde: 30 Cd/lux/m2 Azul: 10 Cd/lux/m2 Naranja: 60 Cd/lux/m2 Mensajes sucios de polvo o con daños como No se admitirán pegatinas o pintura, etc. Deterioro del mensaje de las placas de las señales Perforaciones de máximo 1 cm. de diámetro que no comprometan el No se admitirán mensaje Cualquier doblez de longitud inferior a 7.5 cm. Oxidación en las caras de la placa No se admitirán No se admitirán Deterioro de los elementos Paneles sueltos o desajustados No se admitirán de fijación de las placas de Falta, total o parcial, de los pernos No se admitirán las señales Deterioro o ausencia de estructuras rigidizantes No se admitirán Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Niveles de Servicio para: Señalización Vertical Parámetro Medida Deterioro de los soportes de Fisuras, fracturas o armaduras a la las señales vista, en el caso de soportes de hormigón; Oxidaciones o deformaciones en el caso de soportes metálicos Deficiencias en el pintado Vegetación en su entorno que impida la visibilidad Deterioro de los postes Fisuras, fracturas o armaduras a la kilométricos vista (en el caso de postes de hormigón) Deficiencias en el pintado Vegetación en su entorno que impida su visibilidad 222 Nivel de Servicio No se admitirán No se admitirán No se admitirán No se admitirán No se admitirán No se admitirán Niveles de Servicio para: Elementos de Encarrilamiento y Defensa Parámetro Medida Elementos faltantes Cualquier elemento individual faltante Deficiencia en la colocación Ubicación, alineación y altura de las defensas metálicas Deterioros y limpieza de las Dobleces o daños defensas metálicas Ausencia o desajuste de los pernos de fijación Oxidación de las superficies laterales Suciedad, pintura o afiches Ausencia de pintura o lamina reflectiva en las arandelas “L” con un coeficiente de reflectividad de 40 cd/lux/m2 en un área mínima de 60 cm2 Deficiencia en la colocación Ubicación, alineación y altura de los parapetos con baranda Nivel de Servicio No se admitirán Deberá responder a lo establecidoi en los planos: detalles de señalización No se admitirán No se admitirán No se admitirán No se admitirán No se admitirán Deberá responder a lo establecido en la Norma AASHTO Designación M Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Niveles de Servicio para: Elementos de Encarrilamiento y Defensa Nivel de Servicio 180 y los detalles mostrados en los planos Deterioros y limpieza de los Fisuras, fracturas o armaduras a la vista No se admitirán parapetos con baranda Deficiencias en el pintado No se admitirán Ausencia de pintura o lamina reflectiva con un coeficiente de reflectividad de 40 No se admitirán cd/lux/m2 en un área mínima de 50 cm2 , cada 2 m Vegetación en su entorno que impida la No se admitirán visibilidad Deficiencia en la colocación Ubicación, alineación, separación y Deberá responder de delineadores de curvas altura a lo establecido en el manual aprobado (*) Deterioros y limpieza de Fisuras, fracturas o armaduras a la vista delineadores de curvas (en el caso de delineadores de No se admitirán hormigón) Deficiencias en el pintado No se admitirán Ausencia de pintura o lamina reflectiva en ambas caras con un coeficiente de No se admitirán reflectividad de 40 cd/lux/m2 en un área mínima de 70 cm2 Vegetación en su entorno que impida la No se admitirán visibilidad Parámetro Medida (*) Manual Centroamericano de Dispositivos Uniformes para el Control del Tránsito Edición 2014 (**) Manual de Carreteras Edición 1996 223 Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 224 Niveles de Servicio para: Derecho de Vía Parámetro Medida Nivel de Servicio Exceso de altura de la vegetación (*) Altura máxima de la vegetación En Hombros y Cunetas no se admiten, hasta 15 cm. en la zona de seguridad vial y hasta 30 cm. en zonas de visibilidad. Obstáculos Obstáculos en los primeros 6 m medidos No se admiten desde el borde de los hombros. dentro de la zona de seguridad vial Erosiones y sedimentos Erosiones en taludes, contra taludes y en No se admite el derecho de vía en general. dentro de la faja integral Aguas empozadas Aguas empozadas en el derecho de vía No se admiten. Residuos Residuos de cualquier naturaleza o elementos extraño a la ruta (animales muertos, restos de accidentes, autos y cargas abandonadas, ramas y hojas, escombros o restos de construcción o de materiales usados en el mantenimiento). No se admiten. Propaganda Avisos o propaganda no autorizados en cualquier elemento del derecho de vía No se admiten. Niveles de Servicio para: Puentes Parámetro Medida Nivel de Servicio Según el Manual para el relevamiento de Defectos que se indican en el Apéndice N° 2 No se admite ninguno de los defectos Suciedades o elementos extraños Deterioro del sobrepiso Deficiencias en las juntas extremas o intermedias Deterioros en elementos de hormigón Deterioros en sistemas de apoyo Deterioros en elementos metálicos Deterioro en sistemas antisísmicos Deterioro en sistemas de suspensión Deterioro de elementos de mampostería Obstrucciones al libre escurrimiento hidráulico Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 225 Niveles de Servicio para: Puentes Parámetro Medida Nivel de Servicio Socavación de fundaciones Deterioros en terraplenes de acceso y revestimientos Deterioro de enrocados o gaviones de protección Deterioros de barandas y parapetos Deterioros de veredas Niveles de Servicio para: Superficie de rodadura Parámetro Medida Nivel de Servicio Fricción superficial Coeficiente de fricción No menor de 0.40 Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 226 Apéndice 2 MANUAL PARA EL RELEVAMIENTO DE NIVELES DE SERVICIO CONTENIDO A. INTRODUCCIÓN B. EVALUACIÓN DE NIVELES DE SERVICIO INDIVIDUALES a. b. c. Determinación de defectos en superficie de rodadura y hombros. Determinación de defectos en drenajes. Determinación de defectos en puentes y viaductos A. INTRODUCCIÓN El presente “Manual para Relevamiento de Niveles de Servicio” ilustra y complementa algunos de los criterios y procedimientos indicados. El propósito de este documento es, además de establecer bases contractuales complementarias, servir como guía de campo para asistir en el desarrollo de las tareas de medición de niveles de servicio. Solamente se han resumido aquí aquellos criterios y procedimientos de control que requieren definiciones más precisas para la medición o determinación de niveles de servicio. En este Manual aparecen elementos aclaratorios para la supervisión del cumplimiento de los niveles de servicio individuales relacionados con Superficie de Rodadura y Drenajes. La supervisión realizada sobre estas bases permitirá identificar debidamente y reportar sobre una misma base conceptual defectos localizados, y proceder de acuerdo a los mecanismos establecidos, exigir la corrección de los mismos. En el caso de Seguridad Vial, Derecho de Vía y Puentes y Viaductos, los niveles de servicio exigidos son en su mayor parte casos o situaciones a evitar, cuya apreciación se efectúa por observación directa. El Manual no incluye en este momento la información gráfica que ejemplifica las situaciones a evitar, en el entendido de que los parámetros de condición elegidos son de común identificación en la práctica normal de la ingeniería. B. EVALUACIÓN DE NIVELES DE SERVICIO INDIVIDUALES A efectos de fiscalizar el cumplimiento de los niveles de servicio establecidos, se efectuará la evaluación en la oportunidad y lugares que El Contratante directamente o a través de la Supervisión considere convenientes, posterior a la solicitud de Recepción de las Obras por parte del Contratista. Para la medición o determinación de los niveles de servicio alcanzados por el Contratista la Supervisión se servirá de los lineamientos contenidos en este Manual. Los niveles de servicio individuales considerados en la metodología elegida, se vinculan con los siguientes componentes: Superficie de rodadura Drenajes Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 227 Seguridad Vial (señalización vertical y aérea, señalización horizontal y elementos de encarrilamiento y defensa) Derecho de Vía Puentes, obras de arte y Viaductos En relación a los elementos de seguridad vial, derecho de vía y puentes y viaductos, las evaluaciones de campo se resolverán en base por observación directa de los defectos encontrados. a) Determinación de defectos en superficie de rodadura y hombros. Los cuadros siguientes resumen definiciones, procedimientos y metodologías para la medición de los niveles de servicio individuales para superficie de rodadura y hombros. Existencia de material suelto: Se considera “Material suelto” a los agregados, materiales residuales de tareas u obras ejecutadas, materiales erosionados o sedimentados depositados sobre la vía. Existencia de Obstáculos: Obstáculo es cualquier elemento que atente contra la seguridad del desplazamiento de los vehículos. b) Determinación de defectos en drenajes. c) Determinación de defectos en puentes y viaductos. El cuadro siguiente indica los casos a evitar en materia de Mantenimiento de estructuras de drenaje, previo a la recepción final de las obras. PARÁMETRO SITUACIÓN A EVITAR O DEFECTO Material suelto o elementos riesgosos para la circulación en la vía Obstrucciones en los drenes Suciedades o elementos extraños Manchas o deterioros en el hormigón a la salida de los drenes Materiales extraños en juntas Nidos de pájaros o colonias de insectos Vegetación en grietas Reducción del espesor de la superficie de rodadura superior al 5% Deterioro de la superficie de rodadura (se elegirá la medida que corresponda al caso de hormigón o de concreto asfáltico) Huecos de cualquier dimensión o naturaleza Fisuras sin sellar (distintas de las de retracción por fraguado) Baches en mal estado Ahuellamientos mayores que 12 mm Hundimientos mayores que 12 mm Exudaciones (nivel medio y/o alto) Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 228 Separación mayor a la indicada en los parámetros de diseño Deficiencias en las juntas extremas Juntas sin sellar o intermedias Diferencia altimétrica superior a 0.5 cm entre los bordes o entre bordes y material de relleno. Roturas o desprendimientos en los bordes Descascaramientos o desprendimientos Deterioros en elementos de hormigón Armaduras expuestas u óxido superficial o fisuras a lo largo de la ubicación de armaduras Lesiones superficiales de profundidad superior a 0.5 cm Fisuras de espesor mayor a 0.3 mm sin sellar Suciedades Signos de corrosión u oxidación Deterioros en sistemas de apoyo Signos de aplastamiento Degradación o desplazamiento Obstáculos al libre movimiento de la estructura dentro de los parámetros de diseño Fisuras o agrietamientos Corrosión Roturas o deformaciones Deterioros en elementos metálicos Pérdida de elementos de unión Daños en soldaduras Descascaramientos, ampollas o grietas en la pintura de protección Deterioro de galvanizado de protección Elementos faltantes Deterioro en sistemas antisísmicos Deterioro de elementos de mampostería Pérdida de la funcionalidad de cualquier elemento integrante Agrietamientos sin sellar Desplazamientos, alabeos, desalineamientos Deterioro de mortero o sillares Que puedan afectar la estabilidad de la estructura Obstrucciones al libre escurrimiento Que restrinjan la entrada y salida expedita del agua en una hidráulico longitud aguas arriba y abajo no inferior a la longitud del puente Socavación de fundaciones Niveles de lechos por debajo de la cara superior de dados o cabezales de pilotes, salvo que así hubiera sido proyectado o autorizado por la Supervisión. Rajaduras, hundimientos o elementos faltantes Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 229 Deterioros en terraplenes de acceso Socavaciones en las vigas de fundación de revestimientos y revestimientos Socavaciones Deterioro de enrocados o gaviones de protección Asentamientos que comprometan la utilidad de la protección Elementos faltantes Deterioros de barandas y parapetos Elementos rotos, faltantes, flojos o fuera de alineación Deterioros en la pintura Desniveles Suciedades Deterioros de veredas Losetas sueltas, faltantes o rotas Manchas o deterioros por pasaje de agua en juntas de cordones y veredas Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 230 Sección VIII. Planos Lote A: Jicaro Galán – Desvío El Tránsito (Puente Los Corrales) INDICE DE PLANOS Contenido Índice y Ubicación de Banco de Material Cantidades de Obra alternativa de Concreto Asfaltico Detalles de Cercos Sección Típica y Detalle de Juntas de Concreto Secciones Típicas de Concreto Asfaltico Planta y Perfil Est. 0+000-0+800 Planta y Perfil Est. 0+800-1+600 Planta y Perfil Est. 1+600-2+400 Planta y Perfil Est. 2+400-3+200 Planta y Perfil Est. 3+200-4+000 Planta y Perfil Est. 4+000-4+800 Planta y Perfil Est. 4+800-5+600 Planta y Perfil Est. 5+600-6+400 Planta y Perfil Est. 6+400-7+200 Planta y Perfil Est. 7+200-8+000 Planta y Perfil Est. 8+000-8+800 Planta y Perfil Est. 8+800-9+600 Planta y Perfil Est. 9+600-10+400 Planta y Perfil Est. 10+400-11+200 Planta y Perfil Est. 11+200-12+000 Planta y Perfil Est. 12+000-12+800 Planta y Perfil Est. 12+800-13+600 Planta y Perfil Est. 13+600-14+400 Planta y Perfil Est. 14+400-15+200 Planta y Perfil Est. 15+200-16+000 Planta y Perfil Est. 16+000-16+800 Planta y Perfil Est. 16+800-17+600 Planta y Perfil Est. 17+600-18+400 Planta y Perfil Est. 18+400-19+200 Planta y Perfil Est. 19+200-20+000 Detalles Especiales de Drenaje Obras Complementarias Detalles Especiales Otros Detalles Especiales No. De Planos 1 de 59 2 de 59 3 de 59 4 de 59 5 de 59 6 de 59 7 de 59 8 de 59 9 de 59 10 de 59 11 de 59 12 de 59 13 de 59 14 de 59 15 de 59 16 de 59 17 de 59 18 de 59 19 de 59 20 de 59 21 de 59 22 de 59 23 de 59 24 de 59 25 de 59 26 de 59 27 de 59 28 de 59 29 de 59 30 de 59 59 de 59 C de 59 D de 59 E de 59 Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Lote B: Desvío El Tránsito (Puente Los Corrales) – El Amatillo INDICE DE PLANOS Contenido Indice y Ubicación de Banco de Material Cantidades de Obra alternativa de Concreto Asfaltico Detalles de Cercos Sección Típica y Detalle de Juntas de Concreto Secciones Típicas de Concreto Asfaltico Planta y Perfil Est. 19+200-20+000 Planta y Perfil Est. 20+000-20+800 Planta y Perfil Est. 20+800-21+600 Planta y Perfil Est. 21+600-22+400 Planta y Perfil Est. 22+400-23+200 Planta y Perfil Est. 23+200-24+000 Planta y Perfil Est. 24+000-24+800 Planta y Perfil Est. 24+000-25+600 Planta y Perfil Est. 25+600-26+400 Planta y Perfil Est. 26+400-27+200 Planta y Perfil Est. 27+200-28+000 Planta y Perfil Est. 28+000-28+800 Planta y Perfil Est. 28+800-29+600 Planta y Perfil Est. 29+600-30+400 Planta y Perfil Est. 30+400-31+200 Planta y Perfil Est. 31+200-32+000 Planta y Perfil Est. 32+000-32+800 Planta y Perfil Est. 32+800-33+600 Planta y Perfil Est. 33+600-34+400 Planta y Perfil Est. 34+400-35+200 Planta y Perfil Est. 35+200-36+000 Planta y Perfil Est. 36+000-36+800 Planta y Perfil Est. 36+800-37+600 Planta y Perfil Est. 37+600-38+400 Planta y Perfil Est. 38+400-39+200 Planta y Perfil Est. 39+200-40+000 Planta y Perfil Est. 40+000-40+515.11 Planta y Perfil Tráfico liviano Planta General intercepción el Amatillo Detalles Especiales de Drenaje Obras Complementarias Detalles Especiales Otros Detalles Especiales 231 No. De Planos 1 de 59 2 de 59 3 de 59 4 de 59 5 de 59 30 de 59 31 de 59 32 de 59 33 de 59 34 de 59 35 de 59 36 de 59 37 de 59 38 de 59 39 de 59 40 de 59 41 de 59 42 de 59 43 de 59 44 de 59 45 de 59 46 de 59 47 de 59 48 de 59 49 de 59 50 de 59 51 de 59 52 de 59 53 de 59 54 de 59 55 de 59 56 de 59 57 de 59 58 de 59 59 de 59 C de 59 D de 59 E de 59 Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 232 Sección IX. Lista de Cantidades LOTE A: Jícaro Galán – Desvíos El Tránsito (Puente Los Corrales) TRAMO: 0+000 a 19+880 más Obras de Intersección Jicaro Galán LONGITUD 20.68 Km. No Ref. Especifi cación 1 Concepto Unidad Cantidad Precio Unitario (L.) ACTIVIDADES GENERALES 1.01 ETE-08 Limpieza del derecho de via km 20.68 1.02 607 Cercado del derecho de via m 20,680.00 Sub-Total Actividades Generales 2 2.01 - TERRACERIA Y PAVIMENTOS 203 Excavación Común m3 68,200.00 m3-km 218,956.00 2.02 ETE-10 Sobre acarreo 2.03 ETE-11 Material de base Triturada m3 26,848.00 7,557.00 2.04 ETE-12 Bacheo parcial en carpeta existente. m2 2.05 ETE-16 Sello de grietas en pavimento m 840.00 Fresado de carpeta existente m2 92,933.00 290,065.00 29,750.00 2.06 Total L. 409 2.07 ETE-13 Imprimación m2 2.08 ETE-14 Carpeta concreto asfaltico ton 2.09 ETE-20 Bahía para buses unidad 18.00 Sub-Total Terracería y pavimentos 3 - DRENAJE 3.01 202.02 Remoción Alcantarillas Existentes m 545.00 3.02 603(21) 24" Excavación, suministro y colocación de TCR 24" Tipo III m 415.00 3.03 603(21) 36" Excavación, suministro y colocación de TCR 36" Tipo III m 246.00 3.04 603(21) 42" Excavación, suministro y colocación de TCR 42" Tipo III m 60.00 3.05 603(21) 48" Excavación, suministro y colocación de TCR 48" Tipo III m 124.00 3.06 603(21) 60" Excavación, suministro y colocación de TCR 60" Tipo III m 128.00 3.07 603(21) 72" Excavación, suministro y colocación de TCR 72" Tipo III m 64.00 3.08 610.01 Mampostería en cabezales m3 420.00 3.09 203 Canalización y construcción de cotas de entrada y salida m3 479.00 3.10 622 Enchape en entradas y salidas de alcantarillas con concreto Clase A, F´c=3,000 psi m3 38.00 3.11 622(5) Cunetas enchapadas de concreto (10cm de espesor) m2 34,650.00 3.12 630 Gaviones para control de erosión en salida de alcantarillas m3 300.00 3.13 ETE-07 Demolición de estructuras de concreto y mampostería m3 353.00 Sub-Total Drenaje - Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 4 4.01 4.02 4.03 4.04 4.05 4.06 4.07 4.08 4.09 4.10 4.11 4.12 4.13 4.14 4.15 4.16 4.17 4.18 4.19 4.2 4.21 4.22 4.23 4.24 425 4.26 4.27 4.28 4.29 4.3 4.31 4.32 ETE25(a) ETE25(a) ETE25(a) ETE25(a) ETE25(a) ETE25(a) ETE25(a) ETE25(b) ETE25(b) ETE25(b) ETE25(b) ETE25(b) ETE25(b) ETE25(b) ETE25(c) ETE25(c) ETE25(c) ETE25(c) ETE25(c) ETE25(c) ETE25(c) ETE25(c) ETE25(c) ETE25(c) ETE25(c) ETE25(c) ETE25(e) SENALIZACION Señal vertical restrictiva R-1-1 unidad (0.91x0.91) m Señal vertical restrictiva R-2-1 25 KPH unidad (0.914x1.372) m Señal vertical restrictiva R-2-1 40 KPH unidad (1.37x0.91) m Señal vertical restrictiva R-2-1 80 KPH unidad (1.37x0.91) m Señal vertical restrictiva R-13-1 unidad (0.914x1.372) m Señal vertical restrictiva R-10-1 unidad (0.914x1.372) m Señal vertical restrictiva R-11-4 unidad (0.914x1.372) m Señal vertical informativa ID-2-1 unidad (2.40x0.40) m Señal vertical informativa ID-2-2 unidad (2.40x0.75) m Señal vertical informativa ID-2-3 unidad (2.70x0.40) m Señal vertical informativa ID-2-4 unidad (2.70x0.75) m Señal vertical informativa ID-1-6 unidad (1.00x0.60) m Señal vertical informativa ID-3-4 unidad (2.40x0.40) m Señal vertical informativa ID-3-16 unidad (5.50x3.60) m Señal vertical preventiva P-1-1 unidad DER.(0.91x0.91) m Señal vertical preventiva P-1-1 unidad IZQ.(0.91x0.91) m Señal vertical preventiva P-1-2 unidad DER.(0.91x0.91) m Señal vertical preventiva P-1-2 unidad IZQ.(0.91x0.91) m Señal vertical preventiva P-9-14 unidad (0.91x0.91) m Señal vertical preventiva P-5-6 unidad (0.914x0.914) m Señal vertical preventiva P-1-14 unidad (0.914x0.457) m Señal vertical preventiva P-4-3 unidad IZQ..(0.91x0.91) m Señal vertical preventiva P-9-1 unidad (0.91x0.91) m Señal vertical preventiva P-9-4 unidad (0.91x0.91) m Señal vertical preventiva P-10-1 unidad (0.91x0.91) m Señal vertical preventiva P-12-4a unidad (0.30x0.90) m Señal vertical informativa de kilometraje unidad II-4-1 (0.30x1.20) m ETE25(e) Señal vertical informativa de kilometraje II-4-2-b (0.30x0.575) m ETE25(e) ETE25(b) ETE25(b) ETE25(b) Señal vertical informativa de kilometraje II-4-2-c (0.30x0.385) m Señal vertical informativa II-5-2 (1.00x0.60) m Señal informativa de servicio IS-1-4 (0.61x0.61)m Señal informativa de servicio IS-2-1 (0.61x0.61)m unidad unidad unidad unidad unidad 233 80.00 2.00 2.00 1.00 10.00 18.00 2.00 14.00 2.00 1.00 4.00 4.00 3.00 1.00 1.00 1.00 2.00 2.00 2.00 4.00 2.00 1.00 16.00 2.00 2.00 32.00 4.00 18.00 14.00 18.00 4.00 2.00 Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 4.33 4.34 4.35 4.36 4.37 4.38 4.39 4.40 4.41 4.42 4.43 4.44 4.45 4.46 ETE25(b) ETE25(b) ETE25(b) ETE25(b) ETE25(b) ETE25(d) ETE25(d) ETE25(d) ETE25(d) ETE25(b) ETE23(a) ETE23(b) ETE23(a) ETE23.(c) Señal informativa (0.61x0.61)m Señal informativa (0.61x0.61)m Señal informativa (0.91x0.91)m Señal informativa (0.61x0.61)m Señal informativa (0.61x0.61)m de servicio IS-3-1 de servicio IS-1-8 de servicio IS-5-2 de servicio IS-1-25 de servicio IS-1-10 unidad unidad unidad unidad unidad Señal vertical escolar E-1-1 (0.91x0.91)m unidad Señal vertical escolar E-1-2 (0.91x0.38)m unidad Señal vertical escolar E-3-1 (0.91x030)m unidad Señal vertical escolar E-3-2 (0.91x0.38)m unidad Señal vertical de información general IG1-2 (2.40x0.40) m Línea lateral continua de 0.10 m color blanca Línea eje discontinua de 0.10 m color blanca Línea lateral continua de 0.10 m color amarilla Línea para cruce de peatones de 0.40 m color blanca unidad m m m m 4.47 ETE-24 Vialetas dobles reflectivas para hombros de calzada color blanca/roja unidad 4.48 ETE-24 Vialetas dobles reflectivas para línea central color amarillo unidad 4.49 ETE-26 Barrera vehicular metálica 4.50 ETE23(c) 4.51 ETE-21 5 Reductores de velocidad Puentes peatonales m unidad unidad 234 18.00 4.00 2.00 2.00 3.00 2.00 2.00 2.00 2.00 12.00 36,800.00 12,240.00 7,650.00 45.00 975.00 4,514.00 1,086.00 30.00 5.00 Sub-Total Señalización PLAN DE GESTION AMBIENTAL 5.01 ETE-27 Plantación de vetiver 5.02 ETE-28 Plantación de Árboles (Pinus Sp) Programa Capacitación en Gestión Ambiental, Social y Seguridad Industrial. Cumplimiento de Requerimientos Legales. m2 unidad 5.03 ETE-30 5.04 ETE-30 5.05 ETE-30 Atención e Información a la Comunidad. global 5.06 ETE-30 Manejo Integral de Materiales de Construcción. global 5.07 ETE-30 Protección de Fauna. global Instalación y Funcionamiento de Campamentos. Instalación y Funcionamiento de la Planta de Trituración de Asfalto y/o Concreto. global global 5.08 ETE-30 global 5.09 ETE-30 5.10 ETE-30 Manejo Integral de Aguas Residuales. global 5.11 ETE-30 Programa de Higiene, Seguridad Industrial y Salud Ocupacional. global 5.12 ETE-30 Programa de Manejo de Tránsito. global global 10,458.00 1,300.00 1.00 1.00 1.00 1.00 1.00 1.00 1.00 1.00 1.00 1.00 - Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 5.13 ETE-30 Programa de Contingencias global 235 1.00 Sub-Total Plan Ambiental - PROGRAMA SOCIAL 5.14 ETE-30 Programa de participación comunitaria global 5.15 ETE-30 Programa de mecanismo de quejas global 1.00 1.00 Sub-Total Plan Social - INTERSECCION JICARO GALAN 6 6.01 TERRACERIA Y PAVIMENTOS ETE-09 Excavación Común 6.02 ETE-10 Sobre acarreo 6.03 ETE-11 Material de base 6.04 6.05 6.06 6.07 m3 1,805.00 m3-km 2,714.00 m3 956 2 29,380.00 ETE-13 Imprimación m ETE-14 Carpeta concreto asfaltico Ton 409 Fresado de carpeta existente m2 5,760.00 609 Bordillo cuneta M 2,200.00 3,655.00 Sub-Total Terraceria y Pavimento - DRENAJE 6.08 603(21)- Excavación, suministro y colocación de 36" TCR 36" Tipo III 6.09 610 Mampostería en cabezales 6.10 610 Tragantes M m3 Unidad 50.00 20.00 5.00 Sub-Total Drenaje SENALIZACION 6.11 ETE25.01(a) Señal vertical restrictiva R-1-1 (0.91x0.91) m Unidad 6.12 ETE-25.01(a) Señal vertical restrictiva R-1-2 (0.76x0.76) m Unidad 6.13 ETE25.01(a) Señal vertical restrictiva R-2-1 25 KPH (0.914x1.372) m Unidad 6.14 6.15 ETE- 25. Señal vertical informativa ID-2-4 01(b) (2.70x0.75) m ETESeñal vertical informativa ID-3-4 25.01(b) (2.40x0.40) m 6.16 ETE25.01(b) 6.17 ETE25.01(b) 6.18 6.19 6.20 Unidad Señal vertical informativa ID-3-16 (5.50x3.60) m Unidad Señal vertical informativa ID-3-17 (5.50x3.60) m Unidad ETE- 25. Señal vertical preventiva P-4-3 01(c) (0.91x0.91) m ETESeñal vertical preventiva P-9-1 25.01(c) (0.91x0.91) m ETE25.01(c) Unidad Señal vertical preventiva P-12-3b (0.61x1.22) m Unidad Unidad Unidad 12.00 1.00 3.00 3.00 1.00 1.00 2.00 2.00 4.00 3.00 - Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 6.21 ETE- 25. Señal vertical informativa II-5-2 01(b) (1.00x0.60) m Unidad 6.22 ETE25.01(b) Señal informativa de servicio IS-1-10 (0.61x0.61)m Unidad ETE25.01(b) ETE23(a) ETE23(b) Señal informativa de servicio IS-3-1 (0.61x0.61)m Línea lateral continua de 0.10 m color blanca Línea eje discontinua de 0.10 m color amarilla 6.26 ETE-24 Vialetas reflectivas color blanco Unidad 6.27 ETE23.02 Flechas unidireccionales Unidad 6.23 6.24 6.25 Unidad m m 236 2.00 3.00 2.00 10,600.00 5,800.00 967.00 45.00 Sub-Total Señalización - Total Intercección Jícaro Galán - TOTAL OBRA L. ADMINISTRACIÓN DELEGADA 15% del Total Obra L. CLAUSULA ESCALATORIA 5% del Total Obra L. Reserva para Mantenimiento y Reparación de Cajas y Puentes (A ser definidas por el Supervisor durante la ejecución, para actividades tales como: canalización del cauce, inyección de fisuras, limpieza general del puente mediante chorro de arena y pintura de protección, reposición de carpeta asfáltica, reposición de viga, etc.) TOTAL OBRA LOTE A L. L. - 3,650,000.00 - Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 237 LOTE B: Desvío El Tránsito (Puente Los Corrales) – El Amatillo TRAMO: Estaciones 19+880 a 40+515.11 LONGITUD 20.64 Km. No Ref. Especifi cación 1 Concepto Unidad Cantidad Precio Unitario (L.) ACTIVIDADES GENERALES 1.01 ETE-08 Limpieza del derecho de via km 20.28 1.02 607 Cercado del derecho de via m 20,280.00 Sub-Total Actividades Generales 2 m3 203 2.02 ETE-10 Sobre acarreo 2.03 ETE-11 Material de base Triturada m3 Excavación Común m3-km 2.04 ETE-12 Bacheo parcial en carpeta existente. m2 2.05 ETE-16 Sello de grietas en pavimento m Fresado de carpeta existente m2 2.06 409 2.07 ETE-13 Imprimación m2 2.08 ETE-14 Carpeta concreto asfaltico ton 2.09 609 Bordillo de concreto con cuneta m 2.10 609 Bordillo intermitente carril de mototaxi m 2.11 ETE-15 Doble tratamiento superficial m2 2.12 ETE-20 Bahía para buses 2.13 ETE-33 Barrera de New Jersy 83,800.00 1,316,674. 00 25,732.00 7,243.00 1,960.00 89,067.00 277,013.00 30,700.00 950.00 3,100.00 12,000.00 unidad 8.00 m 340.00 Sub-Total Terracería y pavimentos 3 DRENAJE 3.01 202.02 Remoción Alcantarillas Existentes m 3.02 603(21) 24" Excavación, suministro y colocación de TCR 24" Tipo III m 3.03 603(21) 36" Excavación, suministro y colocación de TCR 36" Tipo III m 3.04 603(21) 42" Excavación, suministro y colocación de TCR 42" Tipo III m 603(21) 48" 603(21) 60" 603(21) 72" Excavación, suministro y colocación de TCR 48" Tipo III Excavación, suministro y colocación de TCR 60" Tipo III Excavación, suministro y colocación de TCR 72" Tipo III m 3.08 610.01 Mampostería en cabezales m3 3.09 610 3.06 3.07 - TERRACERIA Y PAVIMENTOS 2.01 3.05 Total L. Tragante tipo I m m unidad 1,186.00 265.00 802.00 56.00 270.00 18.00 16.00 560.00 1.00 - Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 3.1 203 Canalización y construcción de cotas de entrada y salida m3 3.11 622 Enchape en entradas y salidas de alcantarillas con concreto Clase A, F´c=3,000 psi m3 3.12 622(5) Cunetas enchapadas de concreto (10cm de espesor) m2 3.13 630 Gaviones para control de erosión en salida de alcantarillas m3 3.14 ETE-07 Demolición de estructuras de concreto y mampostería m3 238 1,766.00 57.00 39,550.00 450.00 403.00 Sub-Total Drenaje 4 SENALIZACION 4.01 ETE25(a) Señal vertical (0.91x0.91) m restrictiva R-1-1 4.02 ETE25(a) Señal vertical restrictiva R-2-1 25 KPH (0.914x1.372) m unidad 4.03 ETE25(a) Señal vertical restrictiva R-2-1 40 KPH (1.37x0.91) m unidad 4.04 ETE25(a) Señal vertical (0.914x1.372) m restrictiva R-13-1 unidad 4.05 ETE25(a) Señal vertical (0.914x1.372) m restrictiva R-10-1 4.06 ETE25(a) Señal vertical (0.914x1.372) m restrictiva R-11-4 4.07 ETE25(a) Señal vertical 1(0.91x0.61) m 4.08 ETE25(b) Señal vertical (2.40x0.40) m informativa ID-2-1 4.09 ETE25(b) Señal vertical (2.40x0.75) m informativa ID-2-2 4.10 ETE25(b) Señal vertical informativa ID-2-3 (2.70x0.40) m 4.11 ETE25(b) Señal vertical (2.70x0.75) m informativa ID-2-4 4.12 ETE25(b) Señal vertical (2.40x0.40) m informativa ID-3-4 4.13 ETE25(b) Señal vertical informativa ID-3-7, ID-336 (3.00x 2.44) m unidad 4.14 ETE25(b) Señal vertical informativa ID-3-17 (1.00x0.60) m unidad 4.15 ETE25(c) Señal vertical preventiva DER.(0.91x0.91) m P-1-1 4.16 ETE25(c) Señal vertical preventiva IZQ.(0.91x0.91) m P-1-1 4.17 ETE25(c) Señal vertical preventiva DER.(0.91x0.91) m P-1-2 4.18 ETE25(c) Señal vertical preventiva IZQ.(0.91x0.91) m P-1-2 4.19 ETE25(c) Señal vertical (0.91x0.91) m preventiva P-9-14 4.2 ETE25(c) Señal vertical (0.914x0.457) m preventiva P-1-14 4.21 ETE25(c) Señal vertical (0.91x0.91) m preventiva 4.22 ETE25(c) Señal vertical (0.91x0.91) m preventiva restrictiva R-14- unidad P-9-4 7.00 2.00 9.00 unidad 8.00 unidad 10.00 unidad 4.00 unidad 17.00 unidad unidad P-9-1 51.00 unidad unidad unidad unidad unidad unidad unidad unidad unidad unidad 1.00 5.00 5.00 3.00 2.00 1.00 1.00 1.00 6.00 6.00 10.00 10.00 9.00 10.00 - Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 4.23 ETE25(c) Señal vertical (0.61x1.22) m preventiva P-12-3b 4.24 ETE25(c) Señal vertical (0.30x0.90) m preventiva P-12-4a 425 ETE25(e) Señal vertical informativa de kilometraje II-4-1 (0.30x1.20) m unidad 4.26 ETE25(e) Señal vertical informativa de kilometraje II-4-2-b (0.30x0.575) m unidad 4.27 ETE25(b) Señal vertical (1.00x0.60) m unidad 4.28 ETE25(b) Señal informativa de servicio IS-1-4 (0.61x0.61)m unidad 4.29 ETE25(b) Señal informativa de servicio IS-3-1 (0.61x0.61)m unidad 4.3 ETE25(b) Señal informativa de servicio IS-1-8 (0.61x0.61)m unidad 4.31 ETE25(b) Señal informativa de servicio IS-6-11 (0.61x0.61)m unidad 4.32 ETE25(b) Señal informativa de servicio IS-1-10 (0.61x0.61)m unidad 4.33 ETE25(d) Señal vertical escolar E-1-1 (0.91x0.91)m unidad 4.34 ETE25(d) Señal vertical escolar E-1-2 (0.91x0.38)m unidad 4.35 ETE25(d) Señal vertical escolar E-3-1 (0.91x030)m unidad 4.36 ETE25(d) Señal vertical escolar E-3-2 (0.91x0.38)m unidad 4.37 ETE25(b) Señal vertical de información general IG1-2 (2.40x0.40) m unidad 4.38 ETE23(a) Línea lateral continua de 0.10 m color blanca m 4.39 ETE23(b) Línea eje discontinua de 0.10 m color blanca m 4.40 ETE23(a) Línea lateral continua de 0.10 m color amarilla m 4.41 ETE23.(c) Línea para cruce de peatones de 0.40 m color blanca m ETE-24 Vialetas dobles reflectivas para hombros de calzada color blanca/roja unidad 4.43 ETE-24 Vialetas dobles reflectivas para línea central color amarillo unidad 4.44 ETE-26 Barrera vehicular metálica 4.45 ETE23(c) 4.46 ETE-21 4.42 informativa unidad unidad II-5-2 m Reductores de velocidad unidad Puentes peatonales unidad 239 3.00 14.00 2.00 36.00 15.00 2.00 8.00 9.00 2.00 2.00 6.00 6.00 6.00 6.00 7.00 35,370.00 11,760.00 7,350.00 225.00 938.00 4,337.00 1,044.00 150.00 2.00 Sub-Total Señalización 5 PLAN DE GESTION AMBIENTAL 5.01 ETE-27 Plantación de vetiver 5.02 ETE-28 Arboles (Pinus Sp) 5.03 ETE-30 5.04 ETE-30 Programa Capacitación en Gestión Ambiental, Social y Seguridad Industrial. Cumplimiento de Requerimientos Legales. m2 unidad global global 10,023.00 1,260.00 1.00 1.00 0.00 Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 5.05 240 ETE-30 Atención e Información a la Comunidad. global 5.06 ETE-30 Manejo Integral de Materiales de Construcción. global 5.07 ETE-30 Protección de Fauna. global ETE-30 Instalación y Funcionamiento de Campamentos. global 5.09 ETE-30 Instalación y Funcionamiento de la Planta de Trituración de Asfalto y/o Concreto. global 5.10 ETE-30 Manejo Integral de Aguas Residuales. global 5.11 ETE-30 Programa de Higiene, Seguridad Industrial y Salud Ocupacional. global 5.12 ETE-30 Programa de Manejo de Tránsito. global 5.13 ETE-30 Programa de Contingencias global 5.08 1.00 1.00 1.00 1.00 1.00 1.00 1.00 1.00 1.00 Sub-Total Plan de Gestión Ambiental - Programa Social 5.14 ETE-30 Programa de participación comunitaria global 5.15 ETE-30 Programa de mecanismo de quejas global TOTAL OBRA 1.00 1.00 Sub-Total Plan de Gestión Social ADMINISTRACIÓN DELEGADA Reserva para Mantenimiento y Reparación de Cajas y Puentes (A ser definidas por el Supervisor durante la ejecución, para actividades tales como: canalización del cauce, inyección de fisuras, limpieza general del puente mediante chorro de arena y pintura de protección, reposición de carpeta asfáltica, reposición de viga, etc.) 11% del Total Obra CLAUSULA ESCALATORIA TOTAL OBRA EN L. 5% del Total Obra - L. L. - 1,200,000.00 L. L. L. - Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 241 Sección X. Formularios de Garantía Se adjuntan en esta sección modelos aceptables de formularios para la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, la Garantía de Cumplimiento y la Garantía por Pago de Anticipo. Los Oferentes no deberán llenar los formularios para la Garantía de Cumplimiento ni para la Garantía de Pago de Anticipo en esta etapa de la licitación. Solo el Oferente seleccionado en cada Lote deberá proporcionar estas dos garantías respectivamente. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 242 Garantía de Mantenimiento de la Oferta (Garantía Bancaria) [Si se ha solicitado, el Banco/Oferente completará este formulario de Garantía Bancaria según las instrucciones indicadas entre corchetes.] _________________________________________________________ [Indicar el Nombre del Banco, y la dirección de la sucursal que emite la garantía] Beneficiario: [indicar el nombre y la dirección del Contratante] Fecha: [indique la fecha] GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA No. [Indique el número] Se nos ha informado que [indique el nombre del Oferente; en el caso de una APCA, enumerar los nombres legales completos de los socios] (en adelante denominado “el Oferente”) les ha presentado su Oferta con fecha del [indicar la fecha de presentación de la Oferta] (en adelante denominada “la Oferta”) para la ejecución del [indique el nombre del Contrato] en virtud del Llamado a Licitación No. [Indique el número del Llamado] (“el Llamado”). Así mismo, entendemos que, de acuerdo con sus condiciones, una Garantía de Mantenimiento deberá respaldar dicha Oferta. A solicitud del Oferente, nosotros [indique el nombre del Banco] por medio del presente instrumento nos obligamos irrevocablemente a pagar a ustedes una suma o sumas, que no exceda(n) un monto total de [indique la cifra en números expresada en la moneda del país del Contratante o su equivalente en una moneda internacional de libre convertibilidad] [indique la cifra en palabras] al recibo en nuestras oficinas de su primera solicitud por escrito, acompañada de una comunicación escrita que declare que el Oferente está incurriendo en violación de sus obligaciones contraídas bajo las condiciones de la Oferta, porque el Oferente: (a) ha retirado su Oferta durante el período de validez establecido por el Oferente en el Formulario de la Oferta; o (b) no acepta la corrección de los errores de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes (en adelante “las IAO”) de los documentos de licitación; o (c) habiéndole notificado el Contratante de la aceptación de su Oferta dentro del período de validez de la Oferta, (i) no firma o rehúsa firmar el Convenio, si así se le solicita, o (ii) no suministra o rehúsa suministrar la Garantía de Cumplimiento de conformidad con las IAO. Esta Garantía expirará (a) si el Oferente fuera el Oferente seleccionado, cuando recibamos en nuestras oficinas las copias del Contrato firmado por el Oferente y de la Garantía de Cumplimiento emitida a favor de ustedes por instrucciones del Oferente, o (b) si el Oferente no fuera el Oferente seleccionado, cuando ocurra el primero de los siguientes hechos: (i) haber recibido nosotros una copia de su comunicación informando al Oferente que no fue seleccionado; o (ii) haber transcurrido veintiocho días después de la expiración de la Oferta. Consecuentemente, cualquier solicitud de pago bajo esta Garantía deberá recibirse en esta institución en o antes de dicha fecha. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 243 Esta Garantía está sujeta a las Reglas Uniformes de la CCI relativas a las garantías contra primera solicitud” (Uniform Rules for Demand Guarantees), Publicación del CCI No. 458. (ICC, por sus siglas en inglés) [Firma(s) del (de los) representante(s) autorizado(s)] Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 244 Garantía de Mantenimiento de la Oferta (Fianza) [Si se ha solicitado, el Fiador/Oferente deberá completar este Formulario de Fianza de acuerdo con las instrucciones indicadas en corchetes.] FIANZA No. [Indique el número de fianza] POR ESTA FIANZA [indique el nombre del Oferente; en el caso de una APCA, enumerar los nombres legales completos de los socios] en calidad de Contratista (en adelante “el Contratista”), y [indique el nombre, denominación legal y dirección de la afianzadora], autorizada para conducir negocios en [indique el nombre del país del Contratante], en calidad de Garante (en adelante “el Garante”) se obligan y firmemente se comprometen con [indique el nombre del Contratante] en calidad de Demandante (en adelante “el Contratante”) por el monto de [indique el monto en cifras expresado en la moneda del País del Contratante o su equivalente en una moneda internacional de libre convertibilidad] [indique la suma en palabras], a cuyo pago en forma legal, en los tipos y proporciones de monedas en que deba pagarse el precio de la Garantía, nosotros, el Contratista y el Garante antemencionados nos comprometemos y obligamos colectiva y solidariamente a nuestros herederos, albaceas, administradores, sucesores y cesionarios a estos términos. CONSIDERANDO que el Contratista ha presentado al Contratante una Oferta escrita con fecha del ____ día de _______, del 200_, para la construcción de [indique el número del Contrato] (en adelante “la Oferta”). POR LO TANTO, LA CONDICION DE ESTA OBLIGACION es tal que si el Contratista: (1) retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta estipulado en el Formulario de la Oferta; o (2) no acepta la corrección de los errores del Precio de la Oferta de conformidad con la Subcláusula 28.2 de las IAO; o (3) si después de haber sido notificado de la aceptación de su Oferta por el Contratante durante el período de validez de la misma, (a) no firma o rehúsa firmar el Formulario de Convenio, si así se le solicita, de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes; o (b) no presenta o rehúsa presentar la Garantía de Cumplimento de conformidad con lo establecido en las Instrucciones a los Oferentes; el Garante procederá inmediatamente a pagar al Contratante la máxima suma indicada anteriormente al recibo de la primera solicitud por escrito del Contratante, sin que el Contratante tenga que sustentar su demanda, siempre y cuando el Contratante establezca en su demanda que ésta es motivada por el acontecimiento de cualquiera de los eventos descritos anteriormente, especificando cuál(es) evento(s) ocurrió / ocurrieron. El Garante conviene, por lo tanto, en que su obligación permanecerá vigente y tendrá pleno efecto inclusive hasta la fecha 28 días después de la expiración de la validez de la Oferta tal como se establece en la Llamado a Licitación o prorrogada por el Contratante en cualquier momento antes Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 245 de esta fecha, y cuyas notificaciones de dichas extensiones al Garante se dispensan por este instrumento. EN FE DE LO CUAL, el Contratista y el Garante han dispuesto que se ejecuten estos documentos con sus respectivos nombres este [indique el número] día de [indique el mes] de [indique el año]. Contratista(s):_______________________ Garante: ______________________________ Sello Oficial de la Corporación (si corresponde) __________________________________ ______________________________________ [Firma(s) del (de los) representante(s) [firma(s) del (de los) representante(s) Autorizado(s) autorizado(s) _________________________________ [Indique el nombre y cargo en letra de imprenta] _______________________________________ [indique el nombre y cargo en letra de imprenta] Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 246 Declaración de Mantenimiento de la Oferta para cada Lote Ofertado [Si se solicita, el Oferente completará este Formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas en corchetes.] _________________________________________________________________________ Fecha: [indique la fecha] Nombre del Contrato.: [indique el nombre] No. de Identificación del Contrato: [indique el número] Llamado a Licitación: [Indique el número] A: ________________________________ Nosotros, los suscritos, declaramos que: 1. Entendemos que, de acuerdo con sus condiciones, las Ofertas deberán estar respaldadas por una Declaración de Mantenimiento de la Oferta. 2. Aceptamos que automáticamente seremos declarados inelegibles para participar en cualquier licitación de contrato con el Contratante por un período de [indique el número de mes o años] contado a partir de [indique la fecha] si violamos nuestra(s) obligación(es) bajo las condiciones de la Oferta sea porque: (a) retiráramos nuestra Oferta durante el período de vigencia de la Oferta especificado por nosotros en el Formulario de Oferta; o (b) no aceptamos la corrección de los errores de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes (en adelante “las IAO”) en los Documentos de Licitación; o (c) si después de haber sido notificados de la aceptación de nuestra Oferta durante el período de validez de la misma, (i) no firmamos o rehusamos firmar el Convenio, si así se nos solicita; o (ii) no suministramos o rehusamos suministrar la Garantía de Cumplimiento de conformidad con las IAO. 3. Entendemos que esta Declaración de Mantenimiento de la Oferta expirará, si no somos el Oferente Seleccionado, cuando ocurra el primero de los siguientes hechos: (i) hemos recibido una copia de su comunicación informando que no somos el Oferente seleccionado; o (ii) haber transcurrido veintiocho días después de la expiración de nuestra Oferta. 4. Entendemos que si somos una APCA, la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá estar en el nombre de la APCA que presenta la Oferta. Si la APCA no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la Oferta, la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá estar en nombre de todos los miembros futuros tal como se enumeran en la Carta de Intención mencionada en la Subcláusula 16.1 de las IAO. Firmada: [firma del representante autorizado]. En capacidad de [indique el cargo] Nombre: [indique el nombre en letra de molde o mecanografiado] Debidamente autorizado para firmar la Oferta por y en nombre de: [indique el nombre la entidad que autoriza] Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 247 Fechada el [indique el día] día de [indique el mes] de [indique el año] Garantía de Cumplimiento (Garantía Bancaria) (Incondicional) [El Banco/Oferente seleccionado que presente esta Garantía deberá completar este formulario según las instrucciones indicadas entre corchetes, si el Contratante solicita esta clase de garantía.] [Indique el Nombre del Banco, y la dirección de la sucursal que emite la garantía] Beneficiario: [indique el nombre y la dirección del Contratante] Fecha: [indique la fecha] GARANTIA DE CUMPLIMIENTO No. [Indique el número de la Garantía de Cumplimiento] Se nos ha informado que [indique el nombre del Contratista] (en adelante denominado “el Contratista”) ha celebrado el Contrato No. [Indique el número referencial del Contrato] de fecha [indique la fecha] con su entidad para la ejecución de [indique el nombre del Contrato y una breve descripción de las Obras] en adelante “el Contrato”). Así mismo, entendemos que, de acuerdo con las condiciones del Contrato, se requiere una Garantía de Cumplimiento. A solicitud del Contratista, nosotros [indique el nombre del Banco] por este medio nos obligamos irrevocablemente a pagar a su entidad una suma o sumas, que no exceda(n) un monto total de [indique la cifra en números] [indique la cifra en palabras],13 la cual será pagada por nosotros en los tipos y proporciones de monedas en las cuales el Contrato ha de ser pagado, al recibo en nuestras oficinas de su primera solicitud por escrito, acompañada de una comunicación escrita que declare que el Contratista está incurriendo en violación de sus obligaciones contraídas bajo las condiciones del Contrato sin que su entidad tenga que sustentar su demanda o la suma reclamada en ese sentido. Esta Garantía expirará no más tarde de veintiocho días contados a partir de la fecha de la emisión del Certificado de Posesión de las Obras, calculados sobre la base de una copia de dicho Certificado que nos será proporcionado, o en el [indicar el día] día del [indicar el mes] mes del [indicar el año],14 lo que ocurra primero. Consecuentemente, cualquier solicitud de pago bajo esta Garantía deberá recibirse en esta institución en o antes de esta fecha. Esta Garantía está sujeta a las Reglas uniformes de la CCI relativas a las garantías pagaderas contra primera solicitud (Uniform Rules for Demand Guarantees), Publicación del CCI No. 458. 13 El Garante (banco) indicará el monto que representa el porcentaje del Precio del Contrato estipulado en el Contrato y denominada en la(s) moneda(s) del Contrato o en una moneda de libre convertibilidad aceptable al Contratante. 14 Indique la fecha que corresponda veintiocho días después de la Fecha de Terminación Prevista. El Contratante deberá observar que en el caso de prórroga del plazo de terminación del Contrato, el Contratante necesitará solicitar una extensión de esta Garantía al Garante. Dicha solicitud deberá ser por escrito y presentada antes de la expiración de la fecha establecida en la Garantía. Al preparar esta Garantía el Contratante podría considerar agregar el siguiente texto al formulario, al final del penúltimo párrafo: “El Garante conviene en una sola extensión de esta Garantía por un plazo no superior a [seis meses]/[ un año], en respuesta a una solicitud por escrito del Contratante de dicha extensión, la que será presentada al Garante antes de que expire la Garantía.” Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 248 (ICC, por sus siglas en inglés), excepto que el subpárrafo (ii) del subartículo 20 (a) está aquí excluido. [Firma(s) del (los) representante(s) autorizado(s) del banco] Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 249 Garantía de Cumplimiento (Fianza) [El Garante/ Oferente seleccionado que presenta esta fianza deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas en corchetes, si el Contratante solicita este tipo de garantía] Por esta Fianza [indique el nombre y dirección del Contratista] en calidad de Mandante (en adelante “el Contratista”) y [indique el nombre, título legal y dirección del garante, compañía afianzadora o aseguradora] en calidad de Garante (en adelante “el Garante”) se obligan y firmemente se comprometen con [indique el nombre y dirección del Contratante] en calidad de Contratante (en adelante “el Contratante”) por el monto de [indique el monto de fianza] [indique el monto de la fianza en palabras]15, a cuyo pago en forma legal, en los tipos y proporciones de monedas en que deba pagarse el Precio del Contrato, nosotros, el Contratista y el Garante antemencionados nos comprometemos y obligamos colectiva y solidariamente a nuestros herederos, albaceas, administradores, sucesores y cesionarios a estos términos. Considerando que el Contratista ha celebrado con el Contratante un Contrato con fecha16 del [indique el número] días de [indique el mes] de [indique el año] para [indique el nombre del Contrato] de acuerdo con los documentos, planos, especificaciones y modificaciones de los mismos que, en la medida de lo estipulado en el presente documento, constituyen por referencia parte integrante de éste y se denominan, en adelante, el Contrato. Por lo tanto, la Condición de esta Obligación es tal que si el Contratista diere pronto y fiel cumplimiento a dicho Contrato (incluida cualquier modificación del mismo), dicha obligación quedará anulada y, en caso contrario, tendrá plena vigencia y efecto. En cualquier momento que el Contratista esté en violación del Contrato, y que el Contratante así lo declare, cumpliendo por su parte con las obligaciones a su cargo, el Garante podrá corregir prontamente el incumplimiento o deberá proceder de inmediato a: 15 (1) llevar a término el Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo, o (2) obtener una oferta u ofertas de Oferentes calificados y presentarla(s) al Contratante para llevar a cabo el Contrato de acuerdo con las Condiciones del mismo y, una vez que el Contratante y el Garante hubieran determinado cuál es el Oferente que ofrece la oferta evaluada más baja que se ajusta a las condiciones de la licitación, disponer la celebración de un Contrato entre dicho Oferente y el Contratante. A medida que avancen las Obras (aun cuando existiera algún incumplimiento o una serie de incumplimientos en virtud del Contrato o los Contratos para completar las Obras de conformidad con lo dispuesto en este párrafo), proporcionará fondos suficientes para sufragar el costo de la terminación de las Obras, menos el saldo del Precio del Contrato, pero sin exceder el monto fijado en el primer párrafo de este documento, incluidos otros costos y daños y perjuicios por los cuales el Garante pueda ser responsable en virtud de la presente fianza. La expresión "saldo del Precio del Contrato" utilizada en este párrafo significará el monto total pagadero por el Contratante al Contratista en virtud del Contrato, menos el monto que el Contratante hubiera pagado debidamente al Contratista, o El Fiador debe indicar el monto equivalente al porcentaje del precio del Contrato especificado en las CEC, expresado en la(s) moneda(s) del Contrato, o en una moneda de libre convertibilidad aceptable para el Contratante. 16 Fecha de la carta de aceptación o del Convenio. Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento (3) 250 pagar al Contratante el monto exigido por éste para llevar a cabo el Contrato de acuerdo con las Condiciones del mismo, hasta un total que no exceda el monto de esta fianza. El Garante no será responsable por una suma mayor que la penalización específica que constituye esta fianza. Cualquier juicio que se entable en virtud de esta fianza deberá iniciarse antes de transcurrido un año a partir de la fecha de emisión del certificado de terminación de las obras. Ninguna persona o empresa del Contratante mencionado en el presente documento o sus herederos, albaceas, administradores, sucesores y cesionarios podrá tener o ejercer derecho alguno en virtud de esta fianza. En fe de lo cual, el Contratista ha firmado y estampado su sello en este documento, y el Garante ha hecho estampar su sello institucional en el presente documento, debidamente atestiguado por la firma de su representante legal, a los [indique el número] días de [indique el mes] de [indique el año]. Firmado por [indique la(s) firma(s) del (de los) representante(s) autorizado(s) En nombre de [nombre del Contratista] en calidad de [indicar el cargo)] En presencia de [indique el nombre y la firma del testigo] Fecha [indique la fecha] Firmado por [indique la(s) firma(s) del (de los) representante(s) autorizado(s) del Fiador] En nombre de [nombre del Fiador] en calidad de [indicar el cargo)] En presencia de [indique el nombre y la firma del testigo] Fecha [indique la fecha] Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 251 Garantía Bancaria por Pago de Anticipo [El Banco / Oferente seleccionado, que presenta esta Garantía deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas entre corchetes, si en virtud del Contrato se hará un pago anticipado] [Indique el Nombre del Banco, y la dirección de la sucursal que emite la garantía] Beneficiario: [Nombre y dirección del Contratante] Fecha: [indique la fecha] GARANTIA POR PAGO DE ANTICIPO No.: [indique el número] Se nos ha informado que [nombre del Contratista] (en adelante denominado “el Contratista”) ha celebrado con ustedes el contrato No. [Número de referencia del contrato] de fecha [indique la fecha del contrato], para la ejecución de [indique el nombre del contrato y una breve descripción de las Obras] (en adelante denominado “el Contrato”). Así mismo, entendemos que, de acuerdo con las condiciones del Contrato, se dará al Contratista un anticipo contra una garantía por pago de anticipo por la suma o sumas indicada(s) a continuación. A solicitud del Contratista, nosotros [indique el nombre del Banco] por medio del presente instrumento nos obligamos irrevocablemente a pagarles a ustedes una suma o sumas, que no excedan en total [indique la(s) suma(s) en cifras y en palabras]17 contra el recibo de su primera solicitud por escrito, declarando que el Contratista está en violación de sus obligaciones en virtud del Contrato, porque el Contratista ha utilizado el pago de anticipo para otros fines a los estipulados para la ejecución de las Obras. Como condición para presentar cualquier reclamo y hacer efectiva esta garantía, el referido pago mencionado arriba deber haber sido recibido por el Contratista en su cuenta número [indique número] en el [indique el nombre y dirección del banco]. El monto máximo de esta garantía se reducirá progresivamente a medida que el monto del anticipo es reembolsado por el Contratista según se indique en las copias de los estados de cuenta de pago periódicos o certificados de pago que se nos presenten. Esta garantía expirará, a más tardar, al recibo en nuestra institución de una copia del Certificado de Pago Interino indicando que el ochenta (80) por ciento del Precio del Contrato ha sido certificado para pago, o en el [indique el número] día del [indique el mes] de [indique el año]18, lo que ocurra primero. Por lo tanto, cualquier demanda de pago bajo esta garantía deberá recibirse en esta oficina en o antes de esta fecha. 17 18 El Garante deberá indique una suma representativa de la suma del Pago por Adelanto , y denominada en cualquiera de las monedas del Pago por Anticipo como se estipula en el Contrato o en una moneda de libre convertibilidad aceptable al Comprador. Indicar la fecha prevista de expiración del Plazo de Cumplimiento. El Contratante deberá advertir que en caso de una prórroga al plazo de cumplimiento del Contrato, el Contratante tendrá que solicitar al Garante una extensión de esta Garantía. Al preparar esta Garantía el Contrante pudiera considerar agregar el siguiente texto en el Formulario, al final del penúltimo párrafo: “Nosotros convenimos en una sola extensión de esta Garantía por un plazo no superior a [seis meses] [ un año], en respuesta a una solicitud por escrito del Contratante de dicha extensión, la que nos será presentada antes de que expire la Garantía.” Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento 252 Esta garantía está sujeta a los Reglas Uniformes de la CCI relativas a las garantías pagaderas contra primera solicitud (Uniform Rules for Demand Guarantees), ICC Publicación No. 458. [Firma(s) de los representante(s) autorizado(s) del Banco] 253 ANEXO A Membrete de la Empresa Oferente ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS PROYECTO: ACTIVIDAD: UNIDAD: No. FECHA: Descripción Unidad 1 Mano de Obra 1.1 Calificada 1.1.1 1.1.2 1.1.3 Sub‐total Mano de Obra Calificada 1.2 No Calificada 1.2.1 1.2.2 1.2.3 Sub‐total Mano de Obra No Calificada Total mano de Obra 2 Materiales 2.1 2.2 2.3 Total Materiales 3 Equipo 3.1 3.2 3.3 Total Equipo Resumen de Costos Directos Mano de Obra Calificada Mano de Obra No Calificada Materiales Equipo (combustibles y lubricantes) % Equipo (Repuestos y llantas) % 4 Total Costos Directos (1+2+3) Gastos Generales y utilidad 5 Total Gastos Generales y Utilidad 6 Precio Unitario Total (4+5) Rendimiento Precio Unitario Lps. Total Lps 254 ANEXO B PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS MESA DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS (DISPUTE ADJUDICATION BOARD, DAB) CCI SEGUIDO POR UN PROCEDIMIENTO DE ARBITRAJE CCI EN CASO NECESARIO Artículo 1 Ámbito de aplicación del Reglamento Los Dispute Boards constituidos de conformidad con el Reglamento de la Cámara de Comercio Internacional relativo a los Dispute Boards (el “Reglamento”) ayudan a las Partes a resolver sus desacuerdos y desavenencias comerciales. Pueden prestar una asistencia informal o bien emitir Determinaciones. Los Dispute Boards no son tribunales arbitrales y sus Determinaciones no tienen fuerza ejecutiva como los laudos arbitrales. Las Partes aceptan contractualmente quedar vinculadas por las Determinaciones bajo ciertas condiciones específicas enunciadas en el Reglamento. En aplicación del Reglamento, la Cámara de Comercio Internacional (CCI) por intermedio del Centro de los Dispute Boards de la CCI (el “Centro”) puede prestar servicios administrativos a las Partes, que incluyen el nombramiento de los miembros del Dispute Board, la adopción de las decisiones referidas a las recusaciones de miembros del DB y el examen de las Decisiones. Artículo 2 Definiciones En el presente Reglamento: (i) El término “Contrato” significa el acuerdo entre las Partes que contiene las estipulaciones para la constitución de un Dispute Board de conformidad con el presente Reglamento, o que se somete a tales disposiciones. (ii) El término “Determinación” significa una Recomendación o Decisión emitida por escrito por el Dispute Board según se describe en el presente Reglamento. (iii) El término “Desavenencia” significa todo desacuerdo derivado del Contrato o relacionado con el mismo, que se someta a un Dispute Board para una Determinación según los términos del Contrato y de acuerdo con el Reglamento; (iv) El término “Dispute Board” (“DB”) significa un “Dispute Review Board” (“DRB”), un “Dispute Adjudication Board” (“DAB”) o un “Combined Dispute Board” (“CDB”), compuestos por uno o tres miembros del Dispute Board (“Miembros del DB”). (v) El término “Parte” significa una parte del Contrato y, según el caso, comprende una o más partes. 255 Artículo 3 Acuerdo de Sumisión al Reglamento Salvo convenio en contrario, las Partes deben constituir el DB en el momento en el que celebran el Contrato. Las Partes acuerdan que el DB es un DAB. Artículo 4 Dispute Review Board (DRB) No aplica. Artículo 5 Dispute Adjudication Board (DAB) 1. Los DAB emiten Decisiones relacionadas con las Desavenencias. 2. Una Decisión es obligatoria para las Partes desde el momento de su recepción. Las Partes deben cumplirla sin demora aun cuando exista una manifestación de desacuerdo conforme al presente Artículo 5. 3. Si ninguna de las Partes envía notificación escrita a la otra Parte y al DAB manifestando su desacuerdo con la Decisión, en el plazo de 30 días contados a partir de su recepción, la Decisión seguirá siendo obligatoria para las Partes. Las Partes deben seguir cumpliendo la Decisión y acuerdan no impugnarla, siempre y cuando un acuerdo de esta naturaleza sea válido. 4. Si una Parte no cumple una Decisión obligatoria en virtud del presente Artículo 5, la otra Parte puede someter este incumplimiento a arbitraje, si las Partes lo han pactado, o, a falta de acuerdo, a cualquier tribunal competente. 5. Una Parte en desacuerdo con una Decisión debe, dentro de un plazo de 30 días contados a partir de su recepción, enviar a la otra Parte y al DAB una notificación escrita mediante la cual ponga de manifiesto su desacuerdo. Para mayor información, esta notificación puede precisar las razones que motivan el desacuerdo de dicha Parte. 6. Si una de las Partes envía una notificación escrita manifestando su desacuerdo con la Decisión, o bien si el DAB no emite su Decisión en el plazo previsto en el artículo 20, o bien si el DAB se disuelve conforme al Reglamento antes de la emisión de una Decisión relacionada con una Desavenencia, ésta se resolverá definitivamente mediante arbitraje, si las Partes lo han pactado, o a falta de acuerdo, por cualquier tribunal competente. Hasta tanto la Desavenencia no haya sido resuelta definitivamente mediante arbitraje u otro medio, o salvo que el tribunal arbitral o el juez decidan de otro modo, la Decisión debe ser cumplida por las Partes. Artículo 6 Combined Dispute Board (CAB) No aplica. Artículo 7 Designación de los Miembros del DB 1. El DB será constituido conforme a las estipulaciones del Contrato o, en su defecto, conforme al presente Reglamento. 256 2. Cuando las Partes hayan convenido la constitución de un DB conforme al presente Reglamento, pero no hayan convenido el número de Miembros del DB, éste estará compuesto por tres miembros. 3. Cuando las Partes hayan convenido que el DB se componga de un Miembro único, éstas nombrarán de común acuerdo al Miembro único del DB. Si las Partes no han nombrado al Miembro único del DB en el plazo de 30 días siguientes a la firma del Contrato o en el plazo de 30 días siguientes al inicio de cualquier ejecución prevista en el Contrato, acogiéndose a lo que ocurra primero, o dentro de cualquier otro plazo acordado por las Partes, el Centro nombrará, a petición de cualquiera de las Partes, al Miembro único del DB. 4. Cuando el DB se componga de tres Miembros, las Partes nombrarán de común acuerdo los dos primeros Miembros del DB. Si las Partes no han nombrado a uno de los Miembros del DB, o a ninguno de los dos, en un plazo de 30 días siguientes a la firma del contrato o dentro de los 30 días siguientes al inicio de cualquier ejecución prevista en el Contrato, acogiéndose a lo que ocurra primero, o dentro de cualquier otro plazo acordado por las Partes, el Centro nombrará, a petición de cualquiera de las Partes, los dos Miembros del DB. 5. El tercer Miembro del DB será propuesto a las Partes por los dos Miembros del DB en un plazo de 30 días contados a partir del nombramiento del segundo Miembro del DB. Si las Partes no nombran al tercer Miembro del DB propuesto dentro de los siguientes 15 días contados a partir de la recepción de la propuesta, o si los dos Miembros del DB no proponen al tercer Miembro del DB, el tercer Miembro del DB será nombrado por el Centro a petición de cualquiera de las Partes. El tercer Miembro del DB ejercerá las funciones de presidente del DB, salvo que todos los Miembros del DB acuerden, con el consentimiento de las Partes, que sea otro el presidente. 6. Cuando un Miembro del DB deba ser sustituido por causa de fallecimiento, renuncia o terminación de su mandato, el nuevo Miembro del DB será nombrado de la misma forma en que lo fue el Miembro del DB al que sustituye, salvo acuerdo en contrario entre las Partes. Todas las medidas tomadas por el DB anteriores a la sustitución del Miembro del DB permanecerán válidas. Cuando el DB está compuesto por tres miembros y uno de sus miembros debe ser sustituido, los otros dos continuarán siendo Miembros del DB. Mientras no haya sido sustituido un Miembro del DB, los otros dos Miembros del DB se abstendrán de realizar audiencias o de emitir Determinaciones sin acuerdo de todas las Partes. 7. A petición de cualquiera de las Partes, el Centro nombrará a cualquiera de los Miembros del DB si estima que existe un motivo suficiente para proceder a este nombramiento. 8. Al nombrar un Miembro del DB, el Centro examinará las cualidades del candidato pertinentes a las circunstancias del caso, su disponibilidad, nacionalidad y conocimientos lingüísticos. Así mismo, el Centro tendrá en cuenta las observaciones, comentarios o peticiones expresadas por las Partes. OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DEL DISPUTE BOARD Artículo 8 Independencia 1. Todos los Miembros del DB deben ser y permanecer independientes de las Partes. 2. Cualquier candidato para ser elegido Miembro del DB debe firmar una declaración de independencia y comunicar por escrito a las Partes, a los demás Miembros del DB y al Centro, cuando éste debe nombrar a tal Miembro del DB, cualesquiera hechos o circunstancias 257 susceptibles, desde el punto de vista de las Partes, de poner en duda su independencia como Miembro del DB. 3. Un Miembro del DB debe de inmediato comunicar por escrito a las Partes y a los demás Miembros del DB cualesquiera hechos o circunstancias de naturaleza similar que puedan sobrevenir durante el ejercicio de sus funciones como Miembro del DB. 4. Si cualquier Parte deseara recusar un Miembro del DB por razones de supuesta falta de independencia o por cualquier otro motivo, la Parte dispone de un plazo de 15 días contados a partir del conocimiento de los hechos que motivan la recusación para presentar al Centro una petición de recusación que incluya una exposición escrita de los hechos en cuestión. El Centro decidirá en última instancia sobre la recusación, después de haber concedido la posibilidad de expresarse sobre la misma al Miembro del DB recusado, así como a los demás Miembros del DB y a la otra Parte. 5. Si la recusación de un Miembro del DB es aceptada, el contrato de dicho Miembro del DB con las Partes finalizará inmediatamente. Salvo acuerdo contrario de las Partes, el nuevo Miembro del DB será nombrado conforme al mismo procedimiento utilizado para designar al que sustituye. Artículo 9 Funcionamiento del DB y Confidencialidad 1. Al aceptar su nombramiento, los Miembros del DB se comprometen a desempeñar sus funciones conforme al presente Reglamento. 2. Salvo acuerdo en contrario de las Partes o por exigencias impuestas por la legislación aplicable, cualquier información obtenida por un Miembro del DB en el ámbito de sus actividades dentro del DB serán utilizadas por ese Miembro del DB exclusivamente en las actividades del DB y serán tratadas como confidenciales por dicho Miembro del DB. 3. Salvo acuerdo en contrario de las Partes, un Miembro del DB no puede participar en ningún procedimiento judicial, de arbitraje o similar relativo a una Desavenencia sometida a DB, ya sea en calidad de juez, árbitro, experto, representante o consejero de una Parte. Artículo 10 Contrato de Miembro del DB 1. Antes del inicio de las actividades del DB, cada uno de los Miembros del DB debe firmar un contrato de Miembro del DB con cada una de las Partes. Si el DB está compuesto de tres Miembros, cada contrato de Miembro del DB debe contener condiciones substancialmente idénticas a las de los demás contratos de Miembro del DB, salvo acuerdo en contrario de las Partes y de dicho Miembro del DB. 2. En cualquier momento las Partes pueden conjuntamente rescindir el contrato de Miembro del DB de cualquier Miembro del DB, sin necesidad de justificar el motivo y con efecto inmediato, debiendo pagar los honorarios mensuales de ese Miembro del DB correspondientes a un período mínimo de tres meses, salvo acuerdo en contrario de las Partes y de dicho Miembro del DB. 3. En cualquier momento cualquier Miembro del DB puede rescindir el contrato de Miembro del DB mediante un aviso previo por escrito a las Partes con un mínimo de tres meses de anticipación, salvo acuerdo en contrario de las Partes y de dicho Miembro del DB. 258 OBLIGACIÓN DE COOPERACIÓN Artículo 11 Deber de Información 1. Las Partes deben cooperar plenamente con el DB y facilitarle la información en tiempo oportuno. En particular, las Partes y el DB deben, tan pronto como el DB esté constituido, cooperar para asegurar que el DB esté plenamente informado acerca del Contrato y de su ejecución por las Partes. 2. Las Partes se asegurarán de que se mantenga informado al DB de la ejecución del Contrato y de cualquier desacuerdo que pudiera sobrevenir durante el curso del mismo, mediante informes de seguimiento, reuniones y, si es necesario, visitas al sitio. 3. Previa consulta a las Partes, el DB debe informar a éstas por escrito sobre la naturaleza, forma y frecuencia de los informes de seguimiento que las Partes deben enviar al DB. 4. Si el DB lo solicita, las Partes deben facilitarle, durante las reuniones y las visitas al sitio, un espacio de trabajo apropiado, alojamiento, medios de comunicación y de mecanografía, así como cualquier equipo de oficina e informático que permita al DB desempeñar sus funciones. Artículo 12 Reuniones y Visitas al Sitio 1. Al inicio de sus actividades, el DB deberá, después de haber consultado a las Partes, fijar un calendario de reuniones y, si la naturaleza del Contrato lo exige, visitas al sitio. Las reuniones y visitas al sitio deben ser lo suficientemente frecuentes con el fin de que el DB se mantenga informado de la ejecución del Contrato y de cualquier desacuerdo. Salvo acuerdo en contrario de las Partes y del DB, cuando la naturaleza del Contrato exija que se realicen visitas al sitio, éstas tendrán lugar al menos tres veces por año. Las Partes y el DB participarán en todas las reuniones y las visitas al sitio. En caso de ausencia de una de las Partes, el DB puede, sin embargo, decidir que procede la reunión o visita. En caso de ausencia de un Miembro del DB, el DB puede decidir que procede la reunión o la visita si las Partes están de acuerdo o si el DB así lo decide. 2. Las visitas al sitio se realizan en el lugar o lugares de ejecución del Contrato. Las reuniones pueden celebrarse en cualquier lugar pactado por las Partes y el DB. En caso de desacuerdo sobre el lugar de la reunión, ésta se llevará a cabo en el lugar fijado por el DB previa consulta de las Partes. 3. Durante las reuniones o las visitas al sitio programadas, el DB deberá analizar con las Partes la ejecución del Contrato y, en caso de cualquier desacuerdo, puede facilitar una ayuda informal según lo establecido en el artículo 16. 4. Cualquiera de las Partes puede solicitar una reunión o visita urgente al sitio, adicionales a las reuniones y visitas al sitio programadas. Los Miembros del DB deben acceder a esta solicitud con prontitud y hacer lo posible por estar disponibles para tales reuniones o visitas urgentes al sitio dentro de los 30 días contados a partir de la solicitud. 5. Después de cada reunión o de cada visita al sitio, el DB redactará un informe, incluyendo la lista de personas presentes. 259 Artículo 13 Notificaciones o Comunicaciones Escritas; Plazos 1. Toda notificación o comunicación escrita, inclusive los documentos adjuntos y los anexos, enviados por una Parte al DB o por el DB a las Partes, debe ser comunicada simultáneamente a todas las Partes y a todos los Miembros del DB a la dirección comunicada por cada Miembro del DB y cada una de las Partes. 2. Las notificaciones o comunicaciones escritas deben enviarse del modo acordado entre las Partes y el DB o de cualquier otro modo que permita dejar al remitente prueba del envío. 3. Una notificación o comunicación se considerará efectuada el día en que haya sido recibida por el destinatario señalado o por su representante, o en que debería haber sido recibida si se hubiere hecho de conformidad con este artículo 13. 4. Los plazos especificados en este Reglamento o fijados de conformidad con el mismo comenzarán a correr el día siguiente a aquél en que una comunicación o notificación se considere efectuada según lo dispuesto en el párrafo anterior. Cuando el día siguiente de la recepción fuere día feriado o inhábil en el país donde la notificación o comunicación se considere efectuada, el plazo se computará a partir del primer día hábil siguiente. Los días feriados o inhábiles se incluyen en el cómputo de los plazos. En el supuesto que el último día del plazo coincida con un día feriado o inhábil en el país en que la notificación o comunicación se considere efectuada, el plazo vencerá al final del primer día hábil siguiente. FUNCIONAMIENTO DEL DISPUTE BOARD Artículo 14 Inicio y Fin de las Actividades del DB 1. El DB inicia sus actividades una vez que todos los Miembros del DB y las Partes hayan firmado el o los contratos de Miembro de DB. 2. Salvo acuerdo en contrario de las Partes, el DB pondrá fin a sus actividades al recibir una notificación de las Partes mediante la cual comunican su decisión conjunta de disolver el DB. 3. Toda desavenencia surgida después de la disolución del DB será resuelta definitivamente por arbitraje, cuando las Partes lo hayan acordado, o a falta de acuerdo, por cualquier tribunal competente. Artículo 15 Facultades del DB 1. El procedimiento ante el DB se rige por el presente Reglamento y, a falta de disposición expresa, por todas las reglas que las Partes o, a falta de ellas, el DB puedan establecer. En particular, en ausencia de acuerdo entre las Partes a este respecto, el DB está facultado, inter alia, para: Determinar el o los idiomas del procedimiento ante el DB, teniendo en consideración todas las circunstancias pertinentes, inclusive el idioma del Contrato; Requerir a las Partes que aporten cualquier documento que el DB juzgue necesario para emitir una Determinación; Convocar reuniones, visitas al sitio y audiencias; Decidir sobre las cuestiones relativas al procedimiento que surjan durante las reuniones, visitas al sitio o audiencias; 260 Interrogar a las Partes, a sus representantes y a cualquier testigo que el DB pudiera convocar, todo ello en el orden que el DB estime; Emitir una Determinación incluso cuando una de las Partes no haya acatado una solicitud del DB; Tomar las medidas necesarias para el ejercicio de sus funciones como DB. 2. Las decisiones del DB relativas a las reglas que rigen el procedimiento deben ser tomadas por el Miembro único del DB o, si el DB está compuesto de tres Miembros, por mayoría de votos. A falta de mayoría, el presidente del DB decidirá él solo. 3. El DB puede tomar medidas para proteger los secretos comerciales y las informaciones confidenciales. 4. Cuando son más de dos las Partes en el Contrato, la aplicación del presente Reglamento se puede adaptar del modo más apropiado a una situación de pluralidad de partes, por acuerdo de todas las Partes, a falta de tal acuerdo, por el DB. PROCEDIMIENTOS ANTE EL DISPUTE BOARD Artículo 16 Asistencia Informal en los Desacuerdos 1. Por iniciativa propia o a petición de una de las Partes y siempre con el acuerdo de todas las Partes, el DB puede, de manera informal, ayudar a las Partes a resolver los desacuerdos que puedan surgir durante la ejecución del Contrato. Esta asistencia informal puede prestarse durante cualquier reunión o visita al sitio. La Parte que proponga la asistencia informal del DB debe esforzarse en informar al DB y a la otra Parte con la mayor prontitud antes de la fecha de la reunión o de la visita al sitio durante la cual la asistencia informal deba de ser prestada. 2. La asistencia informal del DB puede llevarse a cabo a través de una conversación entre el DB y las Partes, reuniones separadas entre el DB y una de las Partes previo consentimiento de la otra Parte, opiniones informales expresadas por el DB a las Partes, una nota escrita del DB dirigida a las Partes, o de cualquier otra forma de asistencia que pueda ayudar a las Partes a resolver el desacuerdo. 3. Cuando se solicita al DB que emita una Determinación acerca de un desacuerdo sobre el cual ha prestado asistencia informal, el DB no queda vinculado por las opiniones, ya sean verbales o escritas, que haya expresado mientras prestaba esta asistencia informal. Artículo 17 Sumisión Formal de las Desavenencias a una Determinación; Exposición de la Desavenencia 1. Para someter una Desavenencia al DB, una de las Partes debe presentar a la otra y al DB una exposición escrita de la Desavenencia (la “Exposición de la Desavenencia”). La exposición debe incluir: una descripción clara y concisa de la naturaleza y de las circunstancias de la Desavenencia; una lista de cuestiones que serán sometidas al DB para una Determinación y una presentación de la posición de la Parte que formula estas cuestiones; cualquier justificante que fundamente la posición de la Parte solicitante como documentos, dibujos, programas y correspondencia; una exposición del objeto de la Determinación requerida al DB por la Parte solicitante; y 261 en el caso de un CDB, si la Parte solicitante desea que el CDB emita una Decisión, la solicitud de una Decisión y la indicación de las razones que motivan a esta Parte a considerar que el CDB debe emitir una Decisión, en lugar de una Recomendación. 2. Para todos los efectos, la fecha de recepción de la Exposición de la Desavenencia por el Miembro único del DB o por el presidente del DB, según el caso, será considerada como la fecha de inicio de la sumisión (la “Fecha de Inicio”). 3. Las Partes son libres de llegar a un acuerdo sobre la Desavenencia en cualquier momento mediante la negociación, con o sin ayuda del DB. Artículo 18 Contestación y Documentos Adicionales 1. Salvo acuerdo en contrario de las Partes o salvo instrucciones contrarias del DB, la Parte que contesta debe responder por escrito a la Exposición de la Desavenencia (la “Contestación”) dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la Exposición de la Desavenencia. La Contestación debe incluir: Una presentación clara y concisa de la posición de la Parte que contesta respecto de la Desavenencia; Cualquier justificante que fundamente su posición como documentos, dibujos, programas y correspondencia; Una exposición del objeto de la Determinación solicitada al DB por la Parte que responde; En el caso de un CDB, una contestación a la solicitud de Decisión presentada por la Parte solicitante o, si ésta no lo ha requerido, cualquier solicitud de Decisión de la Parte que contesta, incluyendo las razones por las que esta Parte estima que el CDB debería emitir el tipo de Determinación que desea. 2. En cualquier momento el DB puede solicitar a una Parte que presente otros escritos o documentos adicionales que ayuden al DB a preparar su Determinación. El DB debe comunicar por escrito a las Partes cada una de estas solicitudes. Artículo 19 Organización y Conducción de las Audiencias 1. Debe celebrarse una audiencia referida a una Desavenencia, salvo que las Partes y el DB acuerden otra cosa. 2. Salvo instrucciones contrarias del DB, las audiencias se celebran dentro del plazo de 15 días siguientes a la recepción de la Contestación por el Miembro único del DB o por el presidente del DB, según el caso. 3. Las audiencias se celebrarán en presencia de todos los Miembros del DB, salvo que éste decida, al tenor de las circunstancias y previa consulta a las Partes, que es conveniente llevar a cabo una audiencia en ausencia de uno de los Miembros del DB; se entiende, sin embargo, que antes de la sustitución de un Miembro del DB, sólo podrá celebrarse una audiencia con los dos Miembros restantes previo acuerdo de todas las Partes en virtud del artículo 7(6). 4. Si alguna de las Partes se rehúsa o se abstiene de participar en el procedimiento del DB o en cualquier etapa de éste, el DB procederá su cometido no obstante dicha negativa o abstención. 5. El DB tendrá la plena dirección de las audiencias. 262 6. El DB deberá actuar justa e imparcialmente y asegurarse que cada Parte tenga la oportunidad suficiente para exponer su caso. 7. Las Partes comparecerán en persona o a través de representantes debidamente acreditados a cargo de la ejecución del Contrato. Asimismo, podrán estar asistidas por consejeros. 8. Salvo que el DB decida lo contrario, la audiencia se desarrolla de la manera siguiente: Presentación del caso, en primer lugar por la Parte solicitante seguida por la Parte que responde; Indicación del DB a las Partes de las cuestiones que requieren más amplias aclaraciones; Aclaración por las Partes de las cuestiones identificadas por el DB; Contestación de cada Parte a las aclaraciones aportadas por la otra Parte, en la medida en que estas aclaraciones pongan de relieve hechos nuevos. 9. El DB puede solicitar a las Partes que faciliten sumarios escritos de sus declaraciones. 10. El DB puede deliberar en cualquier lugar que considere apropiado antes de emitir su Determinación. DETERMINACIONES DEL DISPUTE BOARD Artículo 20 Plazo para Emitir una Determinación 1. El DB emitirá su Determinación con prontitud y, en cualquier caso, dentro de los 90 días siguientes a la Fecha de Inicio establecida en el artículo 17(2). No obstante, las Partes pueden acordar una prórroga de dicho plazo previa consulta al DB y tomando en consideración la naturaleza y la complejidad de la Desavenencia así como otras circunstancias pertinentes. 2. Cuando las Partes acuerdan someter las Decisiones a la CCI para su examen, el plazo para emitir una Decisión se prolonga por el tiempo requerido por el Centro para realizar el examen. El Centro debe finalizar su examen en el plazo de 30 días siguientes a la recepción de la Decisión o al pago de los gastos administrativos previstos en el artículo 3 del Apéndice, teniendo en cuenta la fecha de lo último ocurrido. No obstante, si un plazo adicional es necesario para este examen, el Centro notificará por escrito al DB y a las Partes, antes de que expiren los 30 días, precisando la nueva fecha en la que el Centro habrá finalizado su examen. Artículo 21 Examen de las Decisiones por el Centro Cuando las Partes hayan optado someter las Decisiones de un DAB o de un CDB a examen de la CCI, el DB someterá su Decisión al Centro en forma de proyecto antes de firmarla. Cada Decisión irá acompañada del derecho de registro previsto en el Apéndice 2. El Centro solamente puede ordenar modificaciones en cuanto a la forma de la Decisión. Los Miembros del DB no pueden firmar ni comunicar a las Partes Decisiones sometidas al examen del Centro antes de su aprobación por el mismo. Artículo 22 Contenido de una Determinación Las Determinaciones deben indicar la fecha de su emisión y exponer las conclusiones del DB así como las razones en que se fundamentan. Las Determinaciones pueden incluir igualmente los elementos que figuran a continuación, sin limitaciones y sin seguir forzosamente el mismo orden: 263 Un resumen de la Desavenencia, de las posiciones respectivas de las Partes y de la Determinación que se solicita; Un resumen de las disposiciones pertinentes del Contrato; Una cronología de los hechos relevantes; Un resumen del procedimiento seguido por el DB, y Una lista de los escritos y de los documentos entregados por las Partes durante el procedimiento. Artículo 23 Adopción de la Determinación Cuando el DB se compone de tres Miembros, debe esforzarse en decidir por unanimidad. En caso contrario, el DB decide por mayoría. A falta de mayoría, el presidente del DB emite una Determinación él solo. El Miembro del DB que no esté de acuerdo con la Determinación debe exponer las razones que motivan su desacuerdo en un informe escrito por separado que no forma Parte de la Determinación, pero que se comunica a las Partes. El hecho de que un Miembro del DB no motive su desacuerdo no constituye un obstáculo para la emisión de la Determinación ni para su eficacia. Artículo 24 Corrección e Interpretación de las Determinaciones 1. El DB puede corregir de oficio cualquier error tipográfico, de cálculo o de naturaleza similar que contenga la Determinación, siempre y cuando dicha corrección sea sometida a las Partes dentro de los 30 días siguientes a la fecha de dicha Determinación. 2. Cualquiera de las Partes puede solicitar al DB la corrección de un error del tipo previsto en el artículo 24(1) o bien la interpretación de una Determinación. Dicha solicitud debe dirigirse al DB dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de la Determinación por dicha Parte. Cuando el Miembro único del DB o el presidente del mismo haya recibido esa solicitud, el DB concederá a la otra Parte un plazo breve contado a partir de la fecha de recepción de dicha solicitud por esta Parte para que formule sus comentarios. Toda corrección o interpretación del DB debe emitirse en el plazo de 30 días siguientes a la fecha de expiración del plazo otorgado a la otra Parte para la recepción de sus comentarios. Sin embargo, las Partes pueden acordar una prórroga del plazo para emisión de correcciones o interpretaciones. 3. Si el DB emite una corrección o una interpretación de la Determinación, todos los plazos de la Determinación comenzarán nuevamente a correr a partir de la fecha de recepción por las Partes de la corrección o de la interpretación de la Determinación. Artículo 25 Admisibilidad de las Determinaciones en los Procedimientos ulteriores Salvo acuerdo en contrario de las Partes, una Determinación será admisible en cualquier proceso judicial o de arbitraje, a condición que todas las partes en este proceso hayan sido parte en el proceso del DB durante el cual se ha emitido la Determinación. 264 REMUNERACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL DISPUTE BOARD Y DE LA CCI Artículo 26 Consideraciones Generales 1. Las Partes soportarán en partes iguales todos los honorarios y gastos de los Miembros del DB. 2. Salvo acuerdo en contrario de las Partes, cuando son tres los Miembros del DB, éstos recibirán en partes iguales los mismos honorarios mensuales así como los mismos honorarios diarios por su trabajo como Miembros del DB. 3. Salvo estipulación en contrario en el o en los contratos de Miembro del DB, los honorarios se fijarán para los primeros 24 meses siguientes a la firma del o de los contratos de Miembro del DB y serán posteriormente reajustados en el aniversario del o de los contratos de Miembro de DB, conforme a lo establecido en dicho(s) contrato(s). Artículo 27 Honorarios Mensuales 1. Salvo estipulación en contrario en el o en los contratos de Miembro del DB, cada Miembro del DB recibe los honorarios mensuales estipulados en el o en los contratos de Miembro del DB, los cuales cubrirán lo siguiente: Disponibilidad para asistir a todas las reuniones del DB con las Partes y a todas las visitas al sitio; Disponibilidad para asistir a las reuniones internas del DB; Familiarización con el Contrato y seguimiento de su ejecución; Estudio de los informes de seguimiento y de la correspondencia aportada por las Partes en el marco de la actividad del DB; y Gastos generales ocasionados por el Miembro del DB en su lugar de residencia. 2. Salvo estipulación en contrario en el o en los contratos de Miembro del DB, los honorarios mensuales equivaldrán a tres veces los honorarios diarios fijados en el o en los contratos de Miembro del DB; los honorarios mensuales son pagaderos desde la fecha de la firma del o de los contratos de Miembro de DB y hasta la terminación del o de los contratos. Artículo 28 Honorarios Diarios Salvo estipulación en contrario en el o en los contratos de Miembro del DB, cada Miembro del DB recibe los honorarios diarios establecidos en el o en los contratos de Miembro del DB, honorarios que cubren el tiempo dedicado al ejercicio de las siguientes actividades: Reuniones y visitas al sitio; Audiencias; Tiempo de desplazamiento; Reuniones internas del DB; Estudio de los documentos entregados por las Partes durante los procedimientos ante el DB; Preparación de una Determinación del DB; y Actividades de coordinación y de organización del funcionamiento del DB. 265 Artículo 29 Costos de Desplazamiento y Otros Gastos 1. Salvo estipulación en contrario en el o en los contratos de Miembro del DB, los gastos de desplazamiento en avión se reembolsarán en base a las tarifas de clase ejecutiva correspondientes al trayecto entre el lugar de residencia del Miembro del DB y el destino del viaje. 2. Salvo estipulación en contrario en el o en los contratos de Miembro del DB, los gastos que incurran los Miembros del DB en el marco de su trabajo, en cualquier sitio, ya sea relativos a desplazamientos locales, hoteles, almuerzos, llamadas de teléfono de larga distancia, gastos de fax y de mensajería, fotocopias, correos, gastos de visado, etc. serán reembolsados tomando como base su costo real. Artículo 30 Impuestos y contribuciones 1. A excepción del impuesto sobre el valor añadido (IVA), ningún otro impuesto o contribución recaudada con base en los servicios prestados por un Miembro del DB en el país de su residencia o nacionalidad será reembolsado por las Partes. 2. Los impuestos y tasas exigidos con base en estas prestaciones de servicios por un país distinto al país de residencia o nacionalidad del Miembro del DB, así como el IVA allí donde sea aplicado, serán reembolsados por las Partes. Artículo 31 Modalidades de pago 1. Salvo acuerdo en contrario de las Partes, cada Miembro del DB presentará sus facturas a cada Parte para su cobro de la manera siguiente: Los honorarios mensuales se facturarán y se pagarán trimestralmente por anticipado; Los honorarios diarios y los gastos de desplazamiento se facturarán y se pagarán después de cada reunión, visita al sitio, audiencia o Determinación. 2. Las facturas de los Miembros del DB se pagarán dentro de los 30 días siguientes a su recepción. 3. A falta de pago por una de las Partes de su cuota de honorarios y de gastos en el plazo de los 30 días siguientes a la recepción de la factura de un Miembro del DB, éste, sin perjuicio de otros derechos que le asistan, podrá suspender sus servicios 15 días después del envío de una notificación de suspensión a las Partes y a los demás Miembros del DB. Dicha suspensión permanecerá en vigor hasta la recepción del pago íntegro de todos los importes pendientes, más el interés simple ya sea al tipo LIBOR a un año aumentado en un dos por ciento, o a la tasa de interés preferencial a doce meses en la moneda acordada entre las Partes y los Miembros del DB. 4. A falta de pago por una de las Partes, cuando le sea requerido, de su cuota de honorarios y gastos a uno de los Miembros del DB, la otra Parte puede, sin renunciar a sus derechos, liquidar el importe pendiente de pago. La Parte que realiza este pago tiene el derecho, sin perjuicio de otros que le asistan, de exigir a la Parte deudora el reembolso de todos los importes pagados, más el interés simple ya sea al tipo LIBOR a un año aumentado en un dos por ciento, o a la tasa de interés preferencial a doce meses en la moneda acordada entre las Partes y los Miembros del DB. 266 5. Al momento de la firma del contrato de Miembro del DB, las Partes entregarán al Miembro del DB un modelo de factura que deberá ser utilizado por los Miembros del DB en el cobro de sus honorarios y gastos. Este modelo indicará la dirección para el envío de la facturación, el número necesario de ejemplares a remitir, y, en caso necesario, el número de IVA. Artículo 32 Gastos Administrativos de la CCI 1. Los gastos administrativos de la CCI incluyen los gastos relativos al nombramiento de cada Miembro del DB, los gastos relativos a cada decisión de recusación de un Miembro del DB y, cuando las Partes hayan pactado someter las Decisiones de un DAB o de un CDB a examen de la CCI, los gastos que se deriven de cada examen. 2. Cada solicitud de nombramiento de un Miembro del DB deberá ir acompañada del importe no reembolsable que se establece en el artículo 1 del Apéndice. Este importe representa el costo total del nombramiento de un Miembro del DB por el Centro. El Centro no procederá al nombramiento antes de recibir el pago exigido. El costo de cada nombramiento por el Centro se reparte por igual entre las Partes. 3. Por cada decisión relativa a la recusación de un Miembro del DB, el Centro fija el importe de los gastos administrativos, en cuantía que no podrá ser superior al el importe máximo que se indica en el artículo 2 del Apéndice. Este importe representa el costo total de la decisión relativa a la recusación de un Miembro del DB. El Centro no emitirá ninguna decisión y la recusación no tendrá efecto hasta tanto no se hayan percibido los gastos administrativos. El coste de cada decisión emitida por el Centro irá a cargo de la Parte que solicite la recusación. 4. Cuando las Partes hayan pactado el examen por la CCI de las Decisiones del DAB o del CDB, el Centro fijará un importe de gastos administrativos correspondiente al examen de cada Decisión, en una cuantía que no podrá ser superior al importe máximo indicado en el artículo 3 del Apéndice. Este importe representará el costo total del examen de una Decisión por la CCI. El Centro no aprobará ninguna Decisión antes de percibir los gastos administrativos. El costo del examen de cada Decisión se reparte por igual entre las Partes. 5. Cuando una de las Partes no pague su cuota de gastos administrativos de la CCI, la otra Parte podrá abonar el importe íntegro de estos gastos administrativos. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 33 Exoneración de Responsabilidad Ni los miembros del DB, ni el Centro, ni la CCI o sus empleados, ni los Comités Nacionales de la CCI serán responsables, frente a persona alguna, de hechos, actos u omisiones relacionados con el funcionamiento del DB. Artículo 34 Aplicación del Reglamento En todos aquellos casos no previstos expresamente por el presente Reglamento, el DB procederá según el espíritu de sus disposiciones y esforzándose siempre para que las Determinaciones sean emitidas de conformidad con este Reglamento. 267 APÉNDICE ARANCEL DE GASTOS Artículo 1 El importe no reembolsable a pagar por la solicitud de nombramiento de un Miembro del DB previsto en el artículo 32(2) del Reglamento es de 2.500,00 US$. Ninguna solicitud de nombramiento de Miembro de un DB será tramitada si no va acompañada del pago exigido. Artículo 2 Cada solicitud de decisión relativa a la recusación de un Miembro del DB debe ir acompañada del pago de un derecho de registro de 2.500,00 US$. Ninguna solicitud de decisión relativa a la recusación de un Miembro del DB será tramitada si no va acompañada del pago antes mencionado. Este pago no es reembolsable y se imputará a los gastos administrativos exigidos para toda decisión relativa a la recusación. El importe de estos gastos administrativos fijado por el Centro no deberá ser superior a 10.000,00 US$. Artículo 3 Cada Decisión de un DAB o de un CDB sometida al examen de la CCI deberá ir acompañada de un derecho de registro de 2.500,00 US$. Ninguna Decisión será examinada si no va acompañada del pago de este derecho de registro. Este pago no es reembolsable y se imputará a los gastos administrativos exigidos para el examen de cada Decisión. El importe de estos gastos administrativos será fijado por el Centro y no podrá ser superior a 10.000,00 US$. 268 MODELO DE CONTRATO DE MIEMBRO DEL DISPUTE BOARD El presente contrato se celebra entre: Miembro del DB [nombre completo, títulos y dirección], en lo sucesivo el “Miembro del Dispute Board” o “Miembro del DB” y Parte 1: [nombre completo y dirección] Parte 2: [nombre completo y dirección], En lo sucesivo designadas conjuntamente como “las Partes”. Considerando que: Las Partes han firmado un contrato con fecha (el “Contrato”) con objeto de [indicar el ámbito de los trabajos y/o nombre del proyecto] que debe ejecutarse en [ciudad y país de ejecución]; El Contrato estipula que las Partes deben someter sus desavenencias a un [DRB/DAB/CDB] conforme al Reglamento de la Cámara de Comercio Internacional relativo a los Dispute Boards (el “Reglamento”); y que la persona abajo firmante ha sido elegida para desempeñar las funciones de Miembro del DB. El Miembro del DB y las Partes acuerdan lo siguiente: 1. Compromiso El Miembro del DB actuará en calidad de [miembro único del DB / presidente del DB / miembro del DB] y como tal acepta desempeñar estas funciones en virtud de las estipulaciones del Contrato, del Reglamento y del presente acuerdo. El Miembro del DB confirma que es y que permanecerá independiente de las Partes. 2. Composición del DB y datos de localización Opción 1: El Miembro único del DB podrá ser localizado de la manera siguiente: [nombre, dirección, teléfono, fax y dirección de correo electrónico] Opción 2: Los Miembros del DB se indican a continuación y podrán ser localizados de la manera siguiente: Presidente [nombre, dirección, teléfono, fax y dirección de correo electrónico] Miembro del DB: [nombre, dirección, teléfono, fax y dirección de correo electrónico] Miembro del DB: [nombre, dirección, teléfono, fax y dirección de correo electrónico] Las Partes del Contrato se indican más arriba y podrán ser localizadas de la manera siguiente: Parte 1: [nombre, nombre de la persona responsable del Contrato, dirección, teléfono, fax y dirección de correo electrónico] Parte 2: [nombre, nombre de la persona responsable del Contrato, dirección, teléfono, fax y dirección de correo electrónico] Cualquier cambio en estos datos deberá ser comunicado inmediatamente a todos los interesados. 269 3. Cualidades Cuando el Miembro del DB es nombrado por las Partes, éstas aceptan que el Miembro del DB posee la capacidad profesional necesaria y los conocimientos lingüísticos necesarios para ejercer las funciones como Miembro del DB. 4. Honorarios Los honorarios mensuales ascenderán a [fijar el importe total y la divisa], es decir [fijar un múltiplo] de los honorarios diarios. Los honorarios diarios ascenderán a [fijar el importe total y la divisa] sobre la base de [fijar un número de horas] horas por día. Estos honorarios se fijarán para los primeros 24 meses siguientes a la firma del contrato de Miembro del DB y serán reajustados automáticamente en cada aniversario del contrato de Miembro de DB aplicando el índice siguiente:_____. Los gastos realizados por el Miembro del DB, tales como los descritos en el artículo 29(2) del Reglamento, le serán reembolsados sobre la base [de su costo real/de la tarifa diaria de_____]. 5. Pago de los honorarios y de los gastos Opción 1: Todos los honorarios y gastos se facturarán a [Parte X] con copia a [Parte Y] y serán pagados al Miembro del DB por [Parte X]. [Parte Y] deberá rembolsar la mitad de los honorarios y de los gastos a [Parte X] de modo que dichos honorarios y gastos sean soportados en partes iguales por las Partes. Opción 2: Todos los honorarios y los gastos se facturarán a cada una de las Partes y serán abonados por éstas en partes iguales. Los pagos a favor del Miembro del DB se efectuarán, sin ninguna retención ni restricción, al número de cuenta bancaria siguiente: [nombre del banco, número de cuenta, código SWIFT, etc.] La parte que efectúe la transferencia correrá con los gastos. Todos los pagos deberán realizarse dentro de los 30 días siguientes a la recepción por una de las Partes de la factura expedida por el Miembro del DB. 6. Duración y rescisión del acuerdo Sin perjuicio de las disposiciones del presente artículo 6, los Miembros del DB aceptan ejercer su mandato hasta el término del DB. Las Partes pueden rescindir conjuntamente el presente contrato o poner fin al DB en su totalidad, en cualquier momento, previo aviso por escrito con [indicar cifra] meses de anticipación dirigido al Miembro del DB o al DB en su conjunto. El Miembro del DB puede renunciar al DB, en cualquier momento, con previo aviso por escrito con [indicar cifra] meses de anticipación dirigido a las Partes. 7. Garantía Las Partes resarcirán conjunta y solidariamente y mantendrán indemne a cada Miembro del Dispute Board respecto de cualesquiera reclamaciones de terceros por cualquier acción realizada u omitida en el desempeño o pretendido desempeño de las actividades del Miembro del DB, salvo que se demuestre que tal acción u omisión haya sido cometida de mala fe. 270 8. Desavenencias y derecho aplicable Todas las desavenencias que deriven de este contrato o que guarden relación con él serán resueltas definitivamente de acuerdo con el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional por un árbitro nombrado conforme a este Reglamento de Arbitraje. El presente contrato se regirá por el derecho [precisar el derecho aplicable]. La sede del arbitraje será [nombre de la ciudad / país]. El idioma del arbitraje será [precisar idioma]. A………. en ……… Miembro del DB Parte 1 Parte 2 [firma] [firma] [firma]
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