Resolución del Director de la Agencia Estatal Boletín Oficial del

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RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR DE LA AGENCIA ESTATAL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO,
DE FECHA 24 DE MAYO DE 2016, POR LA QUE SE CONVOCA PROCESO SELECTIVO PARA
LA COBERTURA DE PLAZAS EN EL ÁREA DE PRODUCCIÓN DE LA IMPRENTA NACIONAL
Y EN LA SECRETARÍA GENERAL DEL ORGANISMO.
La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo indicado en el artículo 20 Tres, de
la Ley de Presupuestos para el año 2016, así como con lo señalado en el Estatuto de la Agencia
Estatal Boletín Oficial del Estado, aprobado por el Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre, y
la Orden PRE/454/2014, de 17 de marzo, por la que se aprueba el Contrato de Gestión de la
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, para el periodo 2013/2016, convoca un proceso
selectivo para la cobertura de cinco plazas vacantes en la relación de puestos de trabajo de
personal laboral, pudiendo participar el personal laboral fijo, que reúna los requisitos fijados en la
presente convocatoria, se encuentren en situación de activo y destinados en Departamentos u
Organismos Públicos del Sector Público Estatal.
Los puestos de trabajo ofertados son los siguientes:
•
Dos de OFICIAL PRIMERA DE OFICIOS PROPIOS DE PRENSA, ESPECIALIDAD
PREIMPRESIÓN (nivel retributivo 6), del Grupo Profesional 111 , Subgrupo 111 , y salario
bruto anual de 25.784,35 euros, en la Imprenta Nacional, en el turno general de tarde, y
con una jornada semanal de 37:30 horas. Las funciones del puesto están recogidas en el
convenio colectivo 2010-2012, prorrogado tácitamente, del personal laboral de la Agencia
Estatal Boletín Oficial del Estado y publicado en el BOCM, el día 29 de febrero de 2012.
•
Dos de PEÓN (nivel retributivo 10), del Grupo Profesional V, y salario bruto anual de
16.115,09 euros, en la Imprenta Nacional, en el turno general de tarde, y con una jornada
semanal de 37:30 horas. Las funciones del puesto están recogidas en el convenio
colectivo 2010-2012, prorrogado tácitamente, del personal laboral de la Agencia Estatal
Boletín Oficial del Estado y publicado en el BOCM, el día 29 de febrero de 2012.
•
Una de OFICIAL/OFICIALA TERCERA DE OFICIOS AUXILIARES (cocina y nivel
retributivo 8), del Grupo Profesional IV, Subgrupo 11 , y salario bruto anual de 20.949,80
euros, en el turno especial de 9:45 a 17:15 horas, y con una jornada semanal de 37:30
horas, en la Secretaría General del Organismo. Las funciones del puesto están recogidas
en el convenio colectivo 2010-2012, prorrogado tácitamente, del personal laboral de la
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y publicado en el BOCM, el día 29 de febrero de
2012.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y
hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la
Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres y la Resolución de 26 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de
Administraciones Públicas, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de
noviembre de 2015, por el que se aprueba el 11 Plan para la igualdad entre mujeres y hombres en
la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos.
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La presentación de solicitudes supone su plena aceptación por parte de los aspirantes, así como
la declaración responsable de que todos los datos consignados son ciertos y comprobables a
requerimiento de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Las bases de cada proceso, a fin de facilitar el acceso a la información, figurará en el Punto de
Acceso General http://administración.gob.es, y en la sede central de la Agencia Estatal Boletín
Oficial del Estado (Avenida de Manoteras, 54 de Madrid) .
De conformidad con el artículo 59.6 b, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cualquier
otra comunicación relativa al proceso se publicará, al menos, en la sede del Boletín Oficial del
Estado.
El desempeño de las plazas convocadas, en materia de incompatibilidades, quedarán sometidas a
la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al Servicio de las
Administraciones Públicas y disposiciones complementarias.
Atendiendo a las consideraciones indicadas, se dictan las siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Normas generales
1.1. Se convocan tres procesos selectivos para cubrir las plazas que seguidamente se indican, de
personal acogido al convenio colectivo 2010-2012, tácitamente prorrogado, de la Agencia Estatal
Boletín Oficial del Estado, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, el día 29 de
febrero de 2012, mediante contrato de trabajo indefinido:
1) Dos plazas de Oficial/a Primera de Oficios Propios de Prensa, especialidad Preimpresión.
2) Dos plazas de Peón.
3) Una plaza de Oficial Tercera de Oficios Auxiliares (cocina).
1.2. Los tres procesos selectivos se realizarán mediante el sistema de concurso-oposición , con los
ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo 1 para cada uno de ellos. Cada aspirante
sólo podrá participar en un proceso.
1.3. La descripción de las plazas se detalla en el Anexo 11 de esta convocatoria .
1.4. El primer ejercicio de la fase de oposición de cada uno de los procesos se iniciará en el plazo
máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
1.5. El programa o temario específico, de cada proceso, que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el Anexo 111 de la presente convocatoria.
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1.6. Concluido cada proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan
acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán contratados con carácter fijo, hasta como máximo
el número de plazas convocadas en cada grupo profesional, categoría y especialidad, en su caso.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 . Podrán participar en cada proceso selectivo específico todos los trabajadores laborales fijos,
que reúnan los requisitos fijados en la presente convocatoria, se encuentren en situación de activo
y estén destinados en Departamentos u Organismos Públicos del Sector Público Estatal.
2.2. Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el
día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos de participación
exigidos, en cada caso, en la presente convocatoria .
3. Solicitudes
3.1. Quienes deseen participar en el proceso selectivo específico, deberán cumplimentar el
modelo de solicitud que figura como Anexo V a esta convocatoria . La presentación de las
solicitudes se realizará en el Registro General de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado o en
la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimientos Administrativo Común, en el plazo
de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de
esta convocatoria y se dirigirán al Director de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado. Entre
los requisitos formales estará el de la firma del participante.
3.2. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
4. Admisión de aspirantes
4.1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante publicará las listas
de aspirantes admitidos y excluidos, en el Punto de Acceso General http://administración.gob.es, y
en la Intranet Corporativa y en los tablones de anuncios del Organismo. Se señalará un plazo de
diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación, para subsanar el defecto
que haya motivado la exclusión u omisión, en su caso.
4.2. Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, las listas
definitivas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales, ya con
carácter definitivo. En caso de que no se produzcan alegaciones, el listado provisional se elevará
a definitivo.
5. Tribunal
5.1. El Tribunal calificador de cada proceso selectivo específico es el que figura como Anexo IV a
esta convocatoria .
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5.2. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes.
5.3. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las
circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimientos Administrativo Común .
5.4. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su sede en la
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, en el Departamento de Recursos Humanos y
Relaciones Laborales.
6. Proceso selectivo
6.1 . El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente,
por cada número de orden, por el primero de la letra "h", según lo establecido en la Resolución de
la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 24 de febrero de 2016 (Boletín Oficial
del Estado de 26 de febrero de 2016).
6.2. Los aspirantes serán convocados a los ejercicios en llamamiento único, siendo excluidos del
proceso selectivo quienes no comparezcan .
6.3. Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes
ejercicios se harán públicos con veinticuatro horas de antelación, al menos, a la señalada para su
inicio. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en los locales donde se haya celebrado el anterior
y en la sede del Tribunal. No obstante lo anterior, en el proceso selectivo de Peón (nivel retributivo
10), el Tribunal , previa comunicación a los aspirantes, podrá determinar la celebración del
segundo ejercicio el mismo día que el primero.
6.4. Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, cada Tribunal hará pública, en el lugar o
lugares de su celebración y en la sede del Tribunal , la relación de aspirantes que hayan alcanzado
el mínimo establecido para superarlos, con indicación de la puntuación obtenida, por orden
alfabético.
6.5. Cada Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de
la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes
no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado,
deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.
7. Desarrollo del proceso selectivo
7.1. Finalizada la fase de oposición, el Presidente de cada Tribunal elevará a la autoridad
convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida
para superar el proceso selectivo por orden de puntuación y con indicación de su Documento
Nacional de Identidad.
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7.2. Dicha relación se publicará en el lugar de celebración del último ejercicio de la fase de
oposición, en la sede del Tribunal, en el Punto de Acceso General http://administración.gob.es, y
en cuantos lugares se considere oportuno, disponiendo los primeros aspirantes de dicha relación,
hasta como máximo el número de plazas convocadas, de un plazo de veinte días naturales para la
presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria .
7.3. No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de puestos de trabajo convocados
en cada proceso.
7.4. La adjudicación de los turnos de trabajo a los aspirantes que superen el proceso selectivo se
efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida y con lo indicado en las características de
los puestos ofertados: Oficial Primera de OPP, especialidad Preimpresión y Peón, todos los
puestos ofertados al turno general de tarde, y el puesto de Oficial Tercera de Oficios Auxiliares
(cocina), al turno especial de 9:45 a 17:15 horas.
7.5. Los aspirantes contratados tendrán que superar el período de prueba previsto en el artículo
31 del Convenio Colectivo del Boletín Oficial del Estado, durante el cual la unidad de personal
evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo.
7.6. En el caso de que alguno de los candidatos no presente la documentación correspondiente en
el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie , o la certificación emitida por la
unidad de personal respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo de
prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará al siguiente candidato de la relación a la que se
refiere la base 7. 1.
8. Formalización del contrato de trabajo
8.1. El contrato de trabajo se formalizará en el plazo máximo de un mes desde la finalización del
procedimiento. En el caso de que el candidato propuesto no presente la documentación requerida
en el plazo establecido, en cada caso, o no cumpla los requisitos exigidos, renuncie, o cualquier
otra circunstancia que se produzca, se declarará decaído y el contrato se formalizará al siguiente
de su ámbito en puntuación.
9. Norma final
9.1. Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, el artículo 23 y concordantes del Convenio Colectivo 2010-2012 de la Agencia Estatal
Boletín Oficial del Estado, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la
presente convocatoria .
9.2. Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el Director de la Agencia Estatal en el plazo de un mes desde su publicación o
bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el
órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
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Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso d interponer recurso de reposición, no
se podrá interponer recurso contencioso-administr
o hasta que aquel sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación pr
nta del mismo.
Madrid, 24 de maY,
EL DIRECTOR DE LA A
2016
lA ESTATAL
ESTADO,
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ANEXO 1
DESCRIPCIÓN DE LOS PROCESOS SELECTIVOS
1. Fase de oposición
Estará formada por los siguientes ejercicios, ambos eliminatorios:
1.1. Primer ejercicio para el proceso de Oficial/Oficiala Primera de Oficios Propios de Prensa.
especialidad preimpresión. nivel retributivo 6 (teórico): consistirá en contestar 7 temas del
programa que se cita como Anexo 111 (proceso 1), elegidos al azar al inicio de la prueba entre los
temas correspondientes al "Ejercicio Teórico". El tiempo máximo para la realización de este
ejercicio será de tres horas. Se calificará de cero a treinta puntos, siendo necesario obtener al
menos quince puntos para participar en la prueba práctica.
1.2. Primer ejercicio para el proceso de Peón. nivel retributivo 10: consistirá en la ejecución de 3
supuestos sobre labores de apoyo en las distintas secciones de Producción de la Subdirección de
la Imprenta Nacional, diseñados por el Tribunal, a desarrollar en un máximo de una hora. Se
valorará la prueba sobre un total de 100 puntos. Para superar la prueba será necesario obtener al
menos 50 puntos.
1.3. Primer ejercicio para el proceso de Oficial/Oficiala Tercera de Oficios Auxiliares. nivel
retributivo 8 (teórico): consistirá en contestar 7 temas del programa que se cita como Anexo 111
(proceso 111), elegidos al azar al inicio de la prueba entre los temas correspondientes al "Ejercicio
Teórico". El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas. Se calificará
de cero a treinta puntos, siendo necesario obtener al menos quince puntos para participar en la
prueba práctica.
1.4. Segundo ejercicio para el proceso de Oficial/Oficiala Primera de Oficios Propios de Prensa.
especialidad preimpresión. nivel retributivo 6 (práctico): consistirá en desarrollar dos pruebas
prácticas, elegidas por el Tribunal, de las que figuran como "Ejercicio Práctico" en el Anexo 111
(proceso 1). El tiempo para el desarrollo de estas pruebas será fijado por el Tribunal calificador en
función de la dificultad de las mismas. Se calificará de cero a setenta puntos, siendo necesario
obtener un mínimo de treinta y cinco puntos para superar la prueba.
1.5. Segundo ejercicio para el proceso de Peón. nivel retributivo 10: consistirá en la realización de
una prueba práctica específica diseñada por el Tribunal, a desarrollar en un máximo de una hora.
La puntuación máxima será de 50 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de veinticinco
puntos para superar la prueba. La calificación final vendrá determinada por la suma de las
calificaciones obtenidas en ambas pruebas.
1.6. Segundo ejercicio para el proceso de Oficial/Oficiala Tercera de Oficios Auxiliares. nivel
retributivo 8 (práctico): Consistirá en el desarrollo de tres ejercicios prácticos propuestos por el
Tribunal Calificador correspondientes al grupo "Ejercicio práctico" del programa Anexo 111 (proceso
111). El tiempo para el desarrollo de estas pruebas será, como máximo, de una hora. Se calificará
de cero a setenta puntos, siendo necesario obtener un mínimo de treinta y cinco puntos para
superar la prueba.
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En todos los procesos indicados, para superar la fase de oposición, habrá que aprobar ambas
pruebas. A la fase de concurso sólo se podrá acceder si se ha superado la fase de oposición.
La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno
de los ejercicios de la oposición.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares
condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las
adaptaciones necesarias en tiempos y medios para su realización.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de
riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del
mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse
éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del
proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo
caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes
que han superado el proceso selectivo.
1.7. Fase de concurso: Cada Órgano de Selección elaborará la relación nominal de aspirantes que
hayan aprobado las dos pruebas, en cada proceso específico, sumando a las calificaciones
obtenidas en las mismas los puntos correspondientes a los méritos baremables hasta la fecha de
publicación de esta convocatoria, con un máximo de 15 puntos, de acuerdo con lo siguiente:
a.- 1,5 puntos como máximo por tareas desarrolladas en los últimos 5 años relacionadas con la
convocatoria, según certificado de tareas emitido por el órgano de personal de su departamento
de origen {0,025 puntos por mes completo).
b.- 4,5 puntos como máximo por Titulaciones y otros cursos de carácter académico (las
puntuaciones son acumulables):
•
•
•
•
•
2,5 puntos por poseer Titulación universitaria o de grado.
1 puntos por poseer Titulo de técnico superior en Artes Gráficas (en el puesto de cocina:
técnico superior en dirección de cocina y dirección de servicios de restauración).
0,5 puntos por cada Titulo de técnico medio en Artes Gráficas (en el puesto de cocina:
técnico en cocina y gastronomía y en servicios de restauración) .
0,5 puntos por cada curso de Artes Gráficas de más de 200 horas, realizados en los tres
últimos años (en el puesto de cocina los cursos de su ámbito).
O, 1 puntos por cada curso en Artes Gráficas de, al menos, 20 horas, realizados en los tres
últimos años (en el puesto de cocina los cursos de su ámbito).
c.- 3 puntos como máximo por la antigüedad reconocida por la AGE, a razón de O,1O puntos por
año.
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d.- 6 puntos como máximo por la experiencia en el grupo profesional y en las funciones objeto de
la presente convocatoria , a razón de 0,20 puntos por año.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios :
•
•
•
La mayor puntuación obtenida en la prueba práctica, si persiste el empate.
La mayor puntuación obtenida en la prueba teórica, si continúa el empate.
La mayor puntuación obtenida en la suma de méritos por titulaciones académicas y
formación .
ANEXO 11
(Funciones a realizar)
Oficial Primera Oficios Propios de Prensa.- Es aquel operario que ejecuta trabajos cualificados
de una especialidad, que exige una habilidad particular y conocimiento profesional, que no puede
ser adquirido más que por una intensa práctica de la especialidad o por un aprendizaje metódico,
sancionado, si existiera, por un certificado de aptitud profesional.
Realizará las funciones propias de su especialidad con una habilidad consumada, espíritu de
iniciativa y completa responsabilidad, ejecutando cualquier tipo de labor que se le encomiende,
dentro de su especialidad.
Especialidad de Preimpresión. Conocimientos y habilidades para:
•
•
•
•
•
•
•
•
Digitalizar y realizar el tratamiento de imágenes mediante aplicaciones informáticas.
Digitalizar y tratar textos mediante aplicaciones informáticas
Realizar la maquetación y compaginación de productos gráficos.
Tratar imágenes y crear elementos gráficos con los parámetros de gestión del color
adecuados
Componer elementos gráficos, imágenes y textos según la teoría de la arquitectura
tipográfica y maquetación
Realizar la corrección ortotipográfica en pantalla de los textos tratados en las obras y
publicaciones.
Realizar el etiquetado de los documentos tratados y utilizar los estilos adecuados para
cada tipo de texto.
Realizar la verificación de los documentos html y xml que se extraigan de los textos
tratados en las obras y publicaciones.
Peón.- Es el operario a quien se le confían trabajos elementales, para los cuales se requiere
preparación básica, requiriéndoles predominantemente una aportación de esfuerzo físico, la
atención debida y la voluntad de llevar a cabo el trabajo que se les ordene. Puede servir
indistintamente en cualquiera de las Secciones.
Oficial Tercera de Oficios Auxiliares (cocina).- Es el operario que, estando en posesión del
carné de manipulador de alimentos, auxilia a los oficiales de primera y segunda en las tareas del
comedor o de la cocina, así como del lavado del servicio de comedor.
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ANEXO 111
(temarios)
PROCESO 1
OFICIAL PRIMERA DE OFICIOS PROPIOS DE PRENSA
ESPECIALIDAD PREIMPRESION
TEMARIO
Ejercicio Teórico
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
1O.
11 .
12.
13.
14.
15.
16.
17.
18.
19.
20.
21 .
22.
23.
24.
25.
26.
27.
28.
La ortografía.
Fases de realización de productos gráficos: La edición, preparación del original, la
preimpresión.
Fases de realización de productos gráficos: Impresión, postimpresión y manipulados.
Presentación del original.
Depósito legal, ISBN, ISSN, NIPO.
El libro: Partes externas e internas del libro.
Estilos tipográficos.
Trabajos paraeditoriales y extraeditoriales: Variedad y definición. Las colecciones .
lndices, sumarios, notas, bibliografías.
Plantillas y hojas de estilo. El libro de estilo.
La lectura y corrección.
La compaginación. Programas de autoedición.
El diseño gráfico: características generales. Presentación de maquetas y artes
finales."
Preimpresión digital: definición y procesos.
Formatos de fuentes. Gestión informática de tipografías.
Imagen "raster'': características y aplicaciones informáticas de tratamiento. Imagen
vectorial : características y aplicaciones informáticas.
Publicación de trabajos editoriales, paraeditoriales y extraeditoriales.
Reproducción de trabajos de línea, medios tonos y color.
Colorimetría: espacios y modos de color. Cuatricromías, hexacromías y colores
directos.
La edición electrónica.
El PDF: definición, usos y características. Flujos de preimpresión digital basados en
PDF.
Las aplicaciones "Adobe Acrobat". Herramientas de optimización y chequeo de PDF.
Digitalización: equipos, procesos y características. El OCR.
Fotomecánica digital: imposición electrónica.
Lenguaje PostScript. RIPs.
La fotomecánica: análisis de sus procesos.
Equipos utilizados en fotomecánica: escáner, plotter, procesadoras y tecnología CTP.
Procesos de impresión: digital y offset.
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Ejercicio Práctico
1.
2.
3.
Supuestos prácticos de diseño gráfico.
Supuestos prácticos de tratamiento y optimización de imágenes en color.
Supuestos prácticos de creación y montaje de publicaciones, incluyendo el
escaneado de imágenes.
Supuestos prácticos de preparación y envío de publicaciones a dispositivos y
formatos de impresión.
Supuestos prácticos de montaje e imposición de publicaciones.
Supuestos prácticos sobre preparación de originales para su tratamiento posterior.
4.
5.
6.
PROCESO 11
PEÓN
Primer ejercicio para el proceso de Peón. nivel retributivo 10: consistirá en la ejecución de 3
supuestos sobre labores de apoyo en las distintas secciones de Producción de la Subdirección de
la Imprenta Nacional, diseñados por el Tribunal. Se valorará la prueba sobre un total de 100
puntos. Para superar la prueba será necesario obtener al menos 50 puntos.
Segundo ejercicio para el proceso de Peón. nivel retributivo 10: consistirá en la realización de una
prueba práctica específica diseñada por el Tribunal, la puntuación máxima será de 50 puntos,
siendo necesario obtener un mínimo de veinticinco puntos para superar la prueba. La calificación
final vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en ambas pruebas.
PROCESO 111
OFICIAL/A TERCERA DE OFICIOS AUXILIARES (COMEDOR COCINA)
Grupo 1. Temas específicos
Tema
Tema
Tema
Tema
Tema
Tema
Tema
Tema
Tema
Tema
Tema
Tema
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
La organización en la cocina. Sus dependencias e instalaciones.
Terminología básica de cocina.
Preparación de alimentos para su elaboración.
Trabajos previos a la elaboración : cortar, picar, triturar, etc
Alimentos y Cadena alimentaria.
Importancia de la higiene en los alimentos.
Fuentes de contaminación de los alimentos.
Tipos de contaminación en los alimentos.
Enfermedades de transmisión alimentaria.
Transporte y almacenamiento de los alimentos.
Conservación de los alimentos.
Normas higiénicas en la cocina .
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Grupo 2. Temas relacionados con la materia
Tema
Tema
Tema
Tema
Tema
Tema
13.
14.
15.
16.
17.
18.
Definición de manipulador de alimentos. Deberes de los manipuladores de alimentos.
Papel del manipulador de alimentos: Prácticas correctas de higiene.
Limpieza y desinfección de locales y equipos.
Tratamiento de residuos de la Cocina-Comedor.
Medidas de prevención de plagas.
Riesgos laborales específicos al puesto de trabajo.
Ejercicio práctico
1.
2.
3.
4.
5.
6.
Ejercicio
Ejercicio
Ejercicio
Ejercicio
Ejercicio
Ejercicio
práctico
práctico
práctico
práctico
práctico
práctico
sobre
sobre
sobre
sobre
sobre
sobre
preparación de alimentos antes de su elaboración.
la gestión de residuos.
prácticas correctas de higiene por parte del manipulador de alimentos.
prevención de riesgos laborales específicos del puesto de trabajo.
la elaboración de un menú diario.
la organización de alimentos en la cocina.
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ABNOR
~e
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BOLETÍN
ÜFICIAL DEL
ESTADO
MINISTERIO
DE LA PRESIDENCIA
DEPARTAMENTO
RECURSOS HUMANOS
ANEXO IV
(Tribunales calificadores)
TRIBUNAL CALIFICADOR. PROCESO 1
OFICIAL PRIMERA DE OFICIOS PROPIOS DE PRENSA
ESPECIALIDAD PREIMPRESION
PRESIDENTE:
D. Manuel Gutiérrez Soriano. Subdirector Adjunto Imprenta Nacional.
VOCALES:
D. Carlos Alvera Fernández. Director de Producción T2.
D8 . Virginia Ruiz Franco. Técnico de Artes Gráficas.
D. Fernando Cañas García. Oficial Primera OPP.
SECRETARIA:
D8 . Dolores López Ramírez. Jefa de Sección de Relaciones Laborales.
(Tribunal calificador suplente)
PRESIDENTE:
D. Adolfo Roquero García-Casal (Subdirector de la Imprenta Nacional).
VOCALES:
D. Bernardo Sánchez García (Personal laboral fuera de convenio).
D8 . María Dolores Vilán García (Técnico de Artes Gráficas).
D. Juan Carlos Vázquez Moreno. Oficial Primera OPP.
SECRETARIA:
D8 . Susana Carmen Cuesta Martín (Directora del Departamento de RRHH).
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BOUTÍN
MINISTERIO
DE LA PRESIDENCIA
Ü FICIA L DEL
ESTADO
DEPARTAMENTO
RECURSOS HUMANOS
TRIBUNAL CALIFICADOR. PROCESO 11
PEÓN
PRESIDENTE:
D. Adolfo Roquero García-Casal (Subdirector de la Imprenta Nacional).
VOCALES:
D3 . Susana Carmen Cuesta Martín (Directora del Departamento de RRHH).
D. Bernardo Sánchez García (Personal laboral fuera de convenio).
D. Bartolomé Moreno Toribio (Oficial Primera de Oficios Auxiliares) .
SECRETARIA:
DaMa Dolores López Ramírez (Jefa de Sección de Relaciones Laborales)
(Tribunal calificador suplente)
PRESIDENTE:
D. Manuel Gutiérrez Soriano (Subdirector Adjunto de la Imprenta Nacional).
VOCALES:
D3 Esther Minguito Lobos (Personal laboral fuera de convenio) .
D. Carlos Alvera Fernández (Personal laboral fuera de convenio).
D. enrique Carrasco Moya (Oficial Primera de Oficios Propios de Prensa).
SECRETARIA:
D. Lucía Rueda Solache (Jefa de Sección de Gestión de Personal) .
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BOLniN
MINISTERIO
DE LA PRESIDENCIA
. . .
Ü FICIAL DEL
[STADO
DEPARTAMENTO
RECURSOS HUMANOS
TRIBUNAL CALIFICADOR. PROCESO 111
OFICIAL TERCERA DE OFICIOS AUXILIARES (COCINA)
PRESIDENTA:
Da. Enriqueta Zepeda AguiJar (Secretaria General).
VOCALES:
D. Juan Luque Valentín-Fernández (Jefe Unidad Régimen Interior).
D. Ismael Moreno Moreno (Oficial Primera de Oficios Auxiliares).
D. Felipe Ayuso Hernández (Oficial Segunda de Oficios Auxiliares).
SECRETARIA:
Da. Dolores López Ramírez (Jefa de Sección de Relaciones Laborales).
(Tribunal calificador suplente}
PRESIDENTA:
Da. Susana Cuesta Martín (Directora del Departamento de Recursos Humanos).
VOCALES:
Da. María de la Peña Díez Velasco (Jefa de Sección de Gestión y Compras).
D. Miguel Angel Martínez Martínez (Oficial Segunda de Oficios Auxiliares) .
D. Ramiro Alonso Santacruz (Oficial Primera de Oficios Auxiliares) .
SECRETARIO:
D. Juan Manuel Ruiz Galán (Jefe de Servicio de Gestión de Personal).
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. . . ESTADO
DEPARTAMENTO
RECURSOS HUMANOS
ANEXO V
(modelo de solicitud)
PROCESO SOLICITADO:
Primer apellido:
DATOS PERSONALES:
Segundo apellido:
Nombre:
DNI:
Puesto de trabajo actual:
Ministerio/Departamento:
/ Grupo/subgrupo/nivel:
Localidad de destino actual:
Teléfono de contacto:
Correo electrónico:
¿POR QUÉ ESTÁ INTERESADO EN EL PUESTO DE TRABAJO?
Madrid, _ _de_ _ _ _ _ _ _ _ 20_
(firma del solicitante)
DIRECTOR DE LA AGENCIA ESTATAL BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO.
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