NORMAS OFICIALES MEXICANAS 28. 28.1. 28.2. 28.3. NOM-030-STPS-2009, SERVICIOS PREVENTIVOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO-FUNCIONES Y ACTIVIDADES Designación por parte del patrón de un responsable de seguridad y salud en el trabajo interno o externo Diagnóstico integral o por área de trabajo de las condiciones de seguridad y salud del centro laboral, de acuerdo con lo que establece el Capítulo 6 Programa de seguridad y salud en el trabajo, actualizado al menos una vez al año (centros de trabajo con 100 o más trabajadores) (Art. 132 Fracc. I y XVII de la LFT; 17 fracción I, 150, 151 y 152 del RFSHMAT; y punto 4.1 y capítulo 5 de la NOM-030-STPS2009). (Art. 132 Fracc. I y XVII de la LFT; 17 fracción I y 130 del RFSHMAT; y punto 4.3 y capítulo 6 de la NOM-030-STPS-2009). (Art. 132 Fracc. I y XVII de la LFT; 17 Fracc. I y VI, 130, 131, 132, 133, 134, 150 y 151 del RFSHMAT; y punto 4.4 de la NOM-030-STPS2009). 28.4. Relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en (Art. 132 Fracc. I y XVII de la LFT; 17 Fracc. I el trabajo, actualizada al menos una vez al año (centros de trabajo con y VI, 130, 131, 132, 133, 134, 150 y 151 del menos de 100 trabajadores) RFSHMAT; y punto 4.4.1 de la NOM-030STPS-2009). 28.5. Documento que acredite que se comunica a la comisión de seguridad e (Art. 132 Fracc. I y XVII de la LFT; 17 Fracc. I higiene y/o a los trabajadores, el diagnóstico integral o por área de y 134 del RFSHMAT; y punto 4.5 de la NOMtrabajo de las condiciones de seguridad y salud y el contenido del 030-STPS-2009). programa de seguridad y salud en el trabajo o la relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo 28.6. Registros de los reportes de seguimiento de los avances en la instauración del programa de seguridad y salud en el trabajo o de la relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo. (Art. 132 Fracc. XVI y XVII de la LFT; 17 Fracc. I, 130, 131 y 132 del RFSHMAT; y punto 4.6 de la NOM-030-STPS-2009). 28.7. Constancias de habilidades laborales del personal de la empresa que forma parte de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo, en las funciones y actividades correspondientes (Art. 132 Fracc. I, XV, y XVII y 153-V de la LFT; 17 Fracc. I y 134 del RFSHMAT; punto 4.7 de la NOM-030-STPS-2009). LFT LEY FEDERAL DEL TRABAJO RFSHMATREGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD E HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO
© Copyright 2024