587507 NORMAS LEGALES Encargan funciones de Jefe de Equipo

El Peruano / Miércoles 18 de mayo de 2016
NORMAS LEGALES
institucional del Instituto Tecnológico de la Producción
(ITP) www.itp.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO ALARCÓN DÍAZ
Director Ejecutivo
1381109-1
SALUD
Encargan funciones de Jefe de Equipo de la
Oficina de Organización y Modernización
de la Oficina General de Planeamiento,
Presupuesto y Modernización
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 332-2016/MINSA
Lima, 13 de mayo del 2016
Vistos, los expedientes Nºs 16-030176-001 y
16-030176-002, que contienen el Memorándum Nº
0309-2016-OGPPM-OOM/MINSA,
emitido
por
la
Directora General de la Oficina General de Planeamiento,
Presupuesto y Modernización; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 095-2014/
MINSA, de fecha 31 de enero de 2014, se designó a la
médico cirujano Ana Socorro Mendoza Arana, en el cargo
de Jefa de Equipo de la Oficina de Organización de la ex
Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
Que, con Resolución Suprema Nº 030-2015-SA,
publicada el 30 de diciembre de 2015, se aprobó la
modificación del Cuadro para Asignación de Personal
Provisional del Ministerio de Salud, en el cual el cargo
señalado en el considerando precedente, se encuentra
calificado como Directivo Superior;
Que, el artículo 26 del Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 007-2016-SA, establece que la Oficina
General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización
es responsable de conducir los procesos relacionados
con los sistemas administrativos de planeamiento
estratégico, presupuesto público, modernización de la
gestión pública e inversión pública; así como del sistema
nacional de promoción de la inversión privada en el
ámbito del Ministerio de Salud, coadyuvando al logro de
los objetivos en el sector salud conforme lo dispuesto en
la normatividad vigente;
Que, el artículo 28 del precitado Reglamento, señala
que la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y
Modernización tiene como unidades orgánicas a su cargo,
a la Oficina de Planeamiento y Estudios Económicos, a la
Oficina de Organización y Modernización, a la Oficina de
Gestión de Inversiones y a la Oficina de Presupuesto y
Financiamiento.
Que, con Resolución Ministerial Nº 191-2016/MINSA,
se dispone la equiparación, en forma transitoria, de los
órganos de la estructura orgánica del Ministerio de Salud
aprobada por Decreto Supremo Nº 007-2016-SA, con los
órganos de su anterior estructura orgánica aprobada por
Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, equiparando a la ex
Oficina General de Planeamiento y Presupuesto con la
actual Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y
Modernización;
Que, mediante documento de Visto, la Directora
General de la Oficina General de Planeamiento,
Presupuesto y Modernización solicita dar por concluida la
designación de la médico cirujano Ana Socorro Mendoza
Arana en el cargo de Jefe de Equipo (CAP Nº 171) de la ex
Oficina de Organización y propone en su reemplazo, en la
Oficina de Organización y Modernización, al licenciado en
administración Dante Briones Chalán, servidor nombrado
de la citada Oficina General;
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Que, mediante Informe Nº 380-2016-EIE-OARH/
MINSA, remitido a través de los Memorandos Nºs
764-2016-OGRH-OARH-EIE/MINSA y 765-2016-OGRHOARH-EIE/MINSA, la Oficina General de Recursos
Humanos emite opinión favorable a lo solicitado por la
Directora General de la Oficina General de Planeamiento,
Presupuesto y Modernización, señalando que corresponde
dar por concluida la designación efectuada mediante
Resolución Ministerial Nº 095-2014/MINSA y realizar el
encargo de puesto al profesional propuesto, toda vez que
el cargo antes mencionado se encuentra calificado como
Directivo Superior;
Que, el artículo 82 del Reglamento de la Carrera
Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM, establece que el encargo es temporal, excepcional
y fundamentado, sólo procede en ausencia del titular para
el desempeño de funciones de responsabilidad directiva
compatible con niveles de carrera superior al del servidor.
En ningún caso debe exceder el período presupuestal;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 013-92-INAP/
DNP, se aprueba el Manual Normativo de Personal Nº
002-92-DNP “Desplazamiento de Personal”, el cual en
el numeral 3.6.2. define que el Encargo de Puesto es la
acción mediante la cual se autoriza el desempeño de un
cargo con plaza presupuestada vacante;
Que, en mérito a lo señalado en los considerandos
precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones
de personal necesarias, a fin de asegurar el normal
funcionamiento de la citada Oficina General;
Con el visado de la Directora General de la Oficina
General de Recursos Humanos, de la Directora General
de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, del
Secretario General; y,
De conformidad con lo previsto en el Decreto
Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera
Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público,
en el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que aprobó el
Reglamento de la Carrera Administrativa; el numeral 8)
del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud
y el Decreto Supremo Nº 007-2016-SA, que aprobó el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la
médico cirujano Ana Socorro Mendoza Arana efectuada
mediante Resolución Ministerial Nº 095-2014/MINSA,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Encargar al licenciado en administración
Dante Briones Chalán, el cargo de Jefe de Equipo, Nivel
F-3, de la Oficina de Organización y Modernización de
la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y
Modernización.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1380875-1
Encargan a la Oficina General de
Comunicaciones la prepublicación del
proyecto de Reglamento del Decreto
Legislativo N° 1166, que aprueba la
conformación y funcionamiento de las
Redes Integradas de Atención Primaria de
Salud en el portal institucional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 338-2016/MINSA
Lima, 17 de mayo del 2016
Visto, el Expediente N° 16-025861-001 que contiene
el Informe N° 057-2016-DISS-DIGEPRES/MINSA de la
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NORMAS LEGALES
Dirección General de Prestaciones de Salud y el Informe
N° 517-2016-OGAJ/MINSA, de la Oficina General de
Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud;
CONSIDERANDO:
Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la
Ley N° 26842, Ley General de Salud, señalan que la
salud es condición indispensable del desarrollo humano
y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual
y colectivo y que la protección de la salud es de interés
público; por tanto, es responsabilidad del Estado regularla,
vigilarla y promoverla;
Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1161,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud,
dispone que el Sector Salud, está conformado por el
Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades
adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas
de nivel nacional, regional y local, y personas naturales
que realizan actividades vinculadas a las competencias
establecidas en la presente Ley, y que tienen impacto
directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;
Que, el Decreto Legislativo N° 1166, que aprueba la
conformación y funcionamiento de las Redes Integradas
de Atención Primaria de Salud, tiene por objeto establecer
el marco normativo para la conformación y funcionamiento
de las Redes Integradas de Atención Primaria de Salud,
siendo de aplicación al Ministerio de Salud, los organismos
públicos adscritos al Ministerio de Salud, las sanidades
de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del
Perú, los gobiernos regionales, los gobiernos locales, el
Seguro Social de Salud, las Instituciones Prestadoras de
Servicios de Salud que operan bajo el régimen de la Ley
29124; y, las Instituciones Prestadoras de Servicios de
Salud privadas que se adhieran voluntariamente;
Que, el artículo 94 del Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto
Supremo N° 007-2016-SA, señala que la Dirección
General de Prestaciones de Salud es el órgano de línea
del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de
Prestaciones y Aseguramiento en Salud, responsable de
formular, proponer, dirigir la implementación, supervisar y
evaluar la política sectorial en materia de organización,
funcionamiento y gestión de los servicios de salud;
Que, mediante el documento de visto, la Dirección
General de Prestaciones de Salud ha remitido el proyecto
de Reglamento del Decreto Legislativo N° 1166, que
aprueba la conformación y funcionamiento de las Redes
Integradas de Atención Primaria de Salud;
Miércoles 18 de mayo de 2016 /
El Peruano
Que el numeral 3 del artículo 13 de la Ley N° 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que “Los proyectos
de reglamento se publican en el portal electrónico respectivo
y por no menos de cinco (5) días calendario, para recibir
aportes de la ciudadanía, cuando así lo requiera la Ley”;
Que, en ese sentido resulta conveniente disponer
la prepublicación del citado documento en el Portal
Institucional del Ministerio de Salud a fin de recibir las
respectivas sugerencias y comentarios de las entidades
públicas o privadas, y de la ciudadanía en general;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de
Prestaciones de Salud;
Que, mediante Informe N° 517-2016-OGAJ/MINSA,
la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de
Salud ha emitido opinión favorable;
Con el visado de la Directora General de la Dirección
General de Prestaciones de Salud, de la Directora
General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del
Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Salud y en el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto
Supremo N° 007-2016-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Encargar a la Oficina General de
Comunicaciones la prepublicación del proyecto de
Reglamento del Decreto Legislativo N° 1166, que aprueba
la conformación y funcionamiento de las Redes Integradas
de Atención Primaria de Salud, en el enlace de Documentos
en Consulta: http://www.minsa.gob.pe/index.asp?op=10, a
efecto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios
de las entidades públicas o privadas, y de la ciudadanía en
general, durante el plazo de diez (10) días hábiles, a través
del correo [email protected].
Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de
Prestaciones de Salud, la recepción, procesamiento y
sistematización de las sugerencias y comentarios que
se presenten, así como la elaboración del proyecto final
correspondiente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA
Ministro de Salud
1381419-1
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de
Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo
siguiente:
1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano
y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario
de la entidad solicitante.
2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio
en la Separata de Declaraciones Juradas.
3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo
electrónico: [email protected], precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica
es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la
responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse.
4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda.
5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de
otra.
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