ORDEN UNIDAD ADMINISTRATIVA CONSE」 ER:A DE PRESpENC:A, 」USTiC:A Dirccci6n Gcncral dc Promoci6n Cultural Y PORTAVOC:A DEL GOB:ERNO Subdirccci6n Gcncral dc Gcsti6n y Promoci6n Cultural Comunldad de Madrld R LA QUE SE CONCEDE UNA SUBVENC10N NOMINATIVA A :オ 13ヽ き、11イ ンを:じ 疑 ATRO REAL.'P° En virtud de las atribuciones conferidas porelarticulo Administraci6n de la Comunidad de Madrid, 4l de la Ley 111983, de l3 de diciembre, de Gobiernoy DISPONGO pRIMERO.- De conformidad con el articulo 7.1.a) de la Ley 211995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, conceder la cantidad de TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA y CUATRO EUROS (3.558.144,-C) en concepto de subvenci6n nominativa a favor de la FUNDACION DEL TEATRO REAL para la realizaci6n de las actividades musicales y escdnicas que conforman la programaci6n del Teatro Real de Madrid en la temporada de 2016, constituida por representaciones de 6peras, 6peras en concierto, ballets, programaci6n infantil y juvenil, conciertos y recitales y otras actividades. El per(odo computable para la realizaci6n de las actividades subvencionables es el afro 2016. El gasto se coniraeril.on.u.go al subconcepto 48128, del programa 334A, del vigente Presupuesto de Gastos de la Cornunidad de Madrid. SEGUNDO.- La subvenci6n se abonar6 mediante pagos trimestrales anticipados, por cuartas partes, del cr6dito y en presupuestario consignado, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 10.2 de la referida Ley de Subvenciones la de Fondos de Disposici6n de el Plan que establece se la Orden de la Consejeria de Economia y Hacienda, por la Tesorerfa vigente para el presente aflo. TERCERO.- El beneficiario, previamente a la concesi6n de la subvenci6n, debe16 suscribir la oportuna declaraci6n la Ley 3812003, de I 7 de responsable de no estar incurso en alguna de las causas contempladas en el articulo 13.2 de que pudiera obtener' noviembre, General de Subvenciones, asi como declaraci6n responsable de las ayudas concurrentes que se pudieran otras de esta ayuda con de conformidad con el articulo 19 de la mencionada Ley y dada la compatibilidad otorgar para el mismo fin. conformidad con lo CUARTO.- El perceptor de la presente subvenci6n deberri cumplir las siguientes obligaciones, de y articulo l4 de Madrid, de dispuesto en el articulo g de la Ley 2l1995,de 8 de marzo,de Subvenciones de la Comunidad la Ley 3812003, de 17 de noviembre: a) presentar en un plazo m6ximo de I de febrero de 2017 la siguiente documentaci6n justificativa de la subvencion: Dichos - Memoria, programas o material impreso acreditativos delarealizaci6n de las actividades subvencionadas' y realizadas n[rmero de materiales deber6n aportar, en todo caso, informaci6n relativa al nfmero total de actuaciones asistentes a las mismas. cuenta justificativa, que - Justificar la aportaci6n de la Comunidad de Madrid mediante la rendici6n de la oportuna juridico otros documentos de valor probatorio equivalente en el tr6fico co.star6 de las facturas, n6minas o cualesquiera gastos de personal y funcionamiento mercantil o con eficacia administrativa. Se entienden incluidos en la subvenci6n los necesarios para la realizaci6n de las actividades' un gasto subvencionable' No ser6 necesario acreditar el pago efectivo de dichos gastos. El IVA no se considera todo el ejercicio, con el mismo Asimismo, deber6 presentar una relaci6n de la ejecuci6n total del presupuesto durante detalle que el Presentado. fondos propios y otras subvenciones - cuando las actividades hayan sido financiadas, adem6s de con la subvenci6n, con de tales fondos a las actividades y o recursos, deberii acreditarse en la justificaci6n el importe, procedencia aplicaci6n subvencionadas. en el Real Decreto Legislativo 312011, de - cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantias establecidas 14 dc noviembre,por el que sc aprucba ci tcxto refundido de la Ley de Contratos dei Sector Piblico para cl contrato S01iCttar como minimo tres ofertas de diferentcs provcedores,con caracter prcvio a la mcnor,el bcne― contracc i6n del compromiso para la p restaci6n del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales caractcri sticas no exista en el mercado su ficiente nfmero de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que justificaci6n de la justificativa subvcncl i6n deberd presentar dichas ofer tas y memoria de la seleccionada en el caso de que dsta no sea la el gasto( se hubiera realizado con anteriot:idad a la concesi6n de la subvenci6n. En el momento de la propucst a econ6mica m6s ventajosa. b)hl sertar el logotipo de la Comu nidad de Madrid en toda publicidad que realice sobre las actividades subvencl onadas, haciendo constar expret iamente la colaboraci6n de la misma. C)Ha llarse, con car6cter previo a la c,oncesi6n de la subvenci6n y tambidn con anterioridad al pago de la misma, al corrientc de sus obligaciones con la Segu ridad Social, no tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la comunidad de Madrid, salvo que las mismas est6n d ebidamente garantizadas, Adminis traciones PIblicas. ni tener deudas de car6cter tributario con otras d)Ell ;ometimiento a las actuaciones d e comprobaci6n a efectuar por la comunidad de Madrid, y a las de control de la correspondan a la Intervenci6n General de la comunidad de Madrid, cilmara de Cuentasl de la Comunidad de Madrid, Tr ibunal de Cuentas u otros 6rganos competentes. actividad I econ6mico-financiera que C)C01 nunicar al 6rgano concedente la obtenci6n de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividad .es subvencionadas, asi como t<rda alteraci6n en las condiciones tenidas en cuenta para la concesi6n de la subvencl 6n. QUIト {TO.- Se autoriza al beneficiarir c a subcontratar hasta el 100 por 100 de la actividad subvencionada. con las :l articulo 29.3 de la Ley General de Subvenciones. condiclol res y requisitos establecidos en r SEXl lO.- El beneficiario deberii prest ar colaboraci6n y facilitar a la Intervenci6n General de Ia Comunidad de Madrid cuanta in formaci6n le sea requerida en elI ejercicio de sus funciones de control, a cuyo fin deber6 asumir los extremos refcridos en el articulo 12.4 de la Ley de Subvenciones de la Comunidad de Madrid. SEPT 'IMO.- De conformidad con lo e stablecido en el articulo l9 de la Ley General de Subvenciones, la subvenci6n sera com patible con cualesquiera otras s ubvenciones, ayudas, ingresos o recursos concedidos para el mismo objeto, proceden tes de cualesquiera otras Admin istraciones o entes priblicos o privados, nacionales, de la Uni6n Europea o de otros org乏 rnismos internacionales. No obsl .ante lo anterior, en ningrin caso el importe de las subvenciones podrri ser de tal cuantFa ql ue, aisladamente o en concurren(:ia con otras ayudas o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. Toda alte raci6n de las condiciones tenidas; en cueilta para la concesi6n podr6 dar lugar a Ia modificaci6n de la subvenci6n otorgada. OCT′ \VO.- Proceder6 el reintegro de las cantidades percibidas en los casos contemplados en el artfculo I I de la Ley de Subvel nciones de la Comunidad de MaLdrid y articulo 37 de la Ley General de Subvenciones. NOV ENO.- Sin perjuicio de lo anterir rr, se considerar6n infracciones administrativas las previstas en los articulos 56, 57y58d( e la Ley General de Subvencion, es. El r6gimen de sanciones aplicable Ley dc St rbvenciones de la Comunidad dt: Madrid. ayuda dara publlcldad a la presente subvenci6n a trav6s de la Base de Datos Nacional FECHA serd el dispuesto en el articulo 15 de Ia EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,JUSTICIA Y PORTAVOZ DEL GOBIERNO 1 l MAY 2016 (PD.ORDEN 1768/2015,DE 10/8,BOCM 12/8) LA DIRECTORA DE LA OFICINA DE CULTURA Y TURISMO 岡 ∝ 11止ぬ :沈 温 。 ⅦⅣ К 逮 yttmЮ DESTINATARIO/S ILMO.SR.SECRETARIO GENERAL TECNICO SR.INTERVENTOR DELEGADO FUNDACION DEL TEATRO REAL m
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