Nº Expediente: 2016/630 CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DE OBRAS 1) OBJETO DEL CONTRATO: Obras de sustitución de baño y cocina en vivienda municipal sita en calle Maria Ortiz nº 28. 2) T IPO DE CONTRATO: Contrato administrativo de obras de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 y el artículo 6 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 3) TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN: Contrato menor según lo dispuesto en el art. 111 en relación con el art 138 TRLCSP . 4) CUANTÍA DEL CONTRATO: 5.781,14 €, IVA no incluido. 5) IMPORTE IVA: 1.214,04 € 6) IMPORTE TOTAL: 6.995,18 € 7) PLAZO DE EJECUCIÓN: 1 mes. El contrato no podrá tener una duración superior a doce meses ni ser objeto de prórroga ni de revisión de precios, según lo dispuesto en los artículos 23 y 89 TRLCSP. 8) CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN: MAYOR BAJA ECONÓMICA. Valoración de la proposicion económica: 0 Puntos la oferta que coincida con el presupuesto de licitación. 100 puntos la oferta más económica. El resto de forma proporcional entre ambos valores. Solo se tendrán en cuenta dos decimales Se considerarán, en principio, anormales o desproporcionadas, las ofertas que se encuentren en los supuestos: - Cuando concurriendo un solo licitador , sea inferior la oferta al presupuesto de licitación en mas de 25 unidades porcentuales. - Cuando concurran dos licitadores, la oferta que sea inferior en mas de 20 unidades porcentuales a la otra oferta. – Cuando concurran tres o mas licitadores , las que sean inferiores en mas de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante , si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media aritmética en mas de diez unidades porcentuales, se procederá al calculo de una nueva media solo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el numero de las restantes ofertas es inferior a tres , la nueva media se calculara sobre las tres ofertas de menor cuantía. Para el calculo del porcentaje de baja se utilizaran exclusivamente dos decimales. En el supuesto de que alguna oferta incurra en baja anormal o desproporcionada, se procederá en la forma establecida en en el artículo 152.3 y 4 del TRLCSP. Para justificar las ofertas desproporcionadas, las empresas deberán presentar la siguiente Código Seguro De Verificación: Firmado Por Observaciones Url De Verificación TYq1QgPtXMf/1yajqGlQ5g== Maria Sagrario Lozano Moreno Estado Fecha y hora Firmado 18/05/2016 09:05:08 Página 1/5 https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/TYq1QgPtXMf/1yajqGlQ5g== documentación: Estudio de los costes directos de cada una de las unidades de obras que conforman el presupuesto. Se presentara una relación de todas y cada una de las partidas que conforman el presupuesto del proyecto, haciendo un estudio comparativo entre el coste unitario y total del proyecto y la oferta presentada por el licitador, debiendo reflejar tanto las cantidades como porcentajes de desviación con respecto a cada una de las partidas de forma individualizada y singularizada, del modo siguiente: Partida Concepto Medición Precio Precio unitario unitario proyecto oferta Importe proyecto Importe oferta Diferencia % 1....... 2......... Resumen de capítulos comparativo Al igual que el estudio de las unidades de obra, se presentara un estudio comparativo por capítulos de los costes directos, al que se añadirán los costes indirectos, el beneficio industrial y el IVA, en la forma siguiente : Capitulo Proyecto Oferta Diferencia 1......................... 2............... Total costes directos Total costes indirectos TOTAL PEM Gastos generales. Beneficio industrial Total IVA Importe total Estudio de Costes Indirectos (ART 130.3 del RD 1098/2001.Reglamento General de la Ley de Contratos ) Deberán desglosarse y cuantificarse individualizadamente la totalidad de los costes indirectos que deberá soportar la empresa, en la forma siguiente : Estudio de costes indirectos Importe Mano de obra indirecta (jefe de obras , encargado, etc) Medios y materiales auxiliares Código Seguro De Verificación: Firmado Por Observaciones Url De Verificación TYq1QgPtXMf/1yajqGlQ5g== Maria Sagrario Lozano Moreno Estado Fecha y hora Firmado 18/05/2016 09:05:08 Página 2/5 https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/TYq1QgPtXMf/1yajqGlQ5g== Maquinaria, herramientas y útiles. Instalaciones provisionales , consumos, casetas. Otros Total costes indirectos Estudio de Gastos Generales (Art 131.1 del RD 1098/2001 del Reglamento General de la Ley de Contratos) Deberán desglosarse y cuantificarse individualizadamente tanto los Gastos Generales derivados del contrato como los Gastos Generales de estructura de la propia empresa. En el primero de ellos , deberá incluirse pormenorizadamente aquellos gastos derivados del contrato que deberá asumir el licitador caso de ser adjudicatario de la obra y que no se encuentren recogidos en el proyecto, como pueden ser tasas e impuestos de ocupación de la vía publica , legalización de instalaciones , etc, y cualquier otro gasto al que contractualmente se encuentre obligada la empresa adjudicataria, en la forma siguiente: Estudio de Gastos Generales Importe Tasas y otros Gastos generales de la empresa Gastos financieros Otros Total GASTOS GENERALES Porcentaje de subcontratación: NO podrá superar el límite establecido en el art 227.2.e del TRLCSP. -Declaración responsable acreditando el cumplimiento de las disposiciones vigentes en las condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales. 9) PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Las ofertas se presentaran en el plazo indicado en el l anuncio publicado en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Sevilla. El lugar de presentación será unicamente el Servicio Administrativo de Edificios Municipales, Avda de la Palmera,26. Las ofertas se presentaran en un sobre cerrado. Dentro del sobre los interesados deberán presentar junto con la oferta económica , la documentación que a continuación se relaciona: Documentos acreditativos de la personalidad y capacidad del licitador. 1.La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. 2. Los licitadores individuales presentarán copia compulsada, notarial o administrativamente,del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. 3. Cuando sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el Código Seguro De Verificación: Firmado Por Observaciones Url De Verificación TYq1QgPtXMf/1yajqGlQ5g== Maria Sagrario Lozano Moreno Estado Fecha y hora Firmado 18/05/2016 09:05:08 Página 3/5 https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/TYq1QgPtXMf/1yajqGlQ5g== objeto del contrato una determinada habilitación empresarial, se acompañará copia compulsada del certificado que acredita las condiciones de aptitud profesional. - Documentos acreditativos de la representación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder de representación, bastanteado por la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Sevilla. Si el licitador fuera persona jurídica, el poder general deberá figurar inscrito, en su caso, en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder especial para un acto concreto no será necesario el requisito de su previa inscripción en el Registro Mercantil. Igualmente, la persona con poder bastante a efectos de representación deberá acompañar copia compulsada, notarial o administrativamente, de su Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces. - Declaración responsable. Declaración responsable de tener capacidad de obrar y no estar incurso en las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 60 del TRLCSP. Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente al Estado, la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Ayuntamiento de Sevilla y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Se acompaña modelo. -Domicilio: Todos los licitadores deberán señalar un domicilio para la práctica de notificaciones. Esta circunstancia deberá ser complementada indicando una dirección de correo electrónico y un número de teléfono y fax. Se acompaña modelo. -Obligaciones Tributarias. Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas. Esta certificación podrá obtenerse en la forma establecida en el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. - Obligaciones con la Seguridad Social. Certificación positiva expedida, por la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas. -Obligaciones con el Ayuntamiento de Sevilla. Certificación positiva, expedida por el Ayuntamiento de Sevilla justificativa de la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, deudas no atendidas en período voluntario, o bien, autorización para que el Servicio administrativo recabe directamente los datos a la Tesorería Municipal. -Impuesto sobre Actividades Económicas. Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Código Seguro De Verificación: Firmado Por Observaciones Url De Verificación TYq1QgPtXMf/1yajqGlQ5g== Maria Sagrario Lozano Moreno Estado Fecha y hora Firmado 18/05/2016 09:05:08 Página 4/5 https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/TYq1QgPtXMf/1yajqGlQ5g== impuesto. En caso de estar exento de este impuesto presentarán declaración justificativa al respecto. En el caso de que concurran empresas comprendidas en un mismo grupo empresarial se deberá adjuntar declaración al respecto, y se estará a lo dispuesto en el artículo 86 del RD 1098/2001, de 12 de octubre. De conformidad con la modificación introducida en el art. 146 del TRLCAP, por la Ley 14/13, de 28 de septiembre, de apoyo a los emprendedores , la documentación anteriormente relacionada podrá ser sustituida por una declaración responsable del licitador, suscrita por persona debidamente legitimada, indicando que cumple las condiciones exigidas en este procedimiento y descritas anteriormente. El licitador que sea propuesto como adjudicatario del contrato deberá aportar , en el Servicio administrativo de Edificios Municipales, la documentación que antecede en el plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al de la notificación del requerimiento, La presentación de la oferta supone la aceptación incondicional de todas las prescripciones administrativas y técnicas que rigen el presente contrato. El contratista deberá tener suscritos y en vigor todos los seguros obligatorios, así como, en su caso, un seguro que cubra las responsabilidades que se deriven de la ejecución del contrato, debiendo disponer de todos los seguros y permisos preceptivos para el correcto desarrollo y ejecución de objeto del contrato. La adjudicación del contrato se publicará en el perfil del contratante del Ayuntamiento, sirviendo de notificación a todos los efectos. A tenor de lo anterior, el acto de adjudicación del contrato, que será publicado en el perfil, es firme en vía administrativa, pudiendo interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, o bien, interponer, directamente y en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de la publicación, recurso contencioso administrativo, conforme a lo dispuesto en el artículo 109 c) de la Ley 30/92 y artículo 46 de la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. No obstante, podrá utilizar otros recursos si lo estima conveniente. Dirección del perfil: www.sevilla.org/perfildelcontrante Sevilla, en la fecha que figura en el pie de firma del documento LA JEFE DEL SERVICIO ADVO DE EDIFICIOS MUNICIPALES Código Seguro De Verificación: Firmado Por Observaciones Url De Verificación TYq1QgPtXMf/1yajqGlQ5g== Maria Sagrario Lozano Moreno Estado Fecha y hora Firmado 18/05/2016 09:05:08 Página 5/5 https://www.sevilla.org/verifirmav2/code/TYq1QgPtXMf/1yajqGlQ5g==
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