ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4879

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N° 1
ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4879
ANEXO - DECRETO N° 294/16
ANEXO I
FECHA APROBACIÓN
JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES
PRIMEROS NIVELES
DTO.
No
BOL. OFICIAL
SECRETARÍA
A-JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
FUERA DE NIVEL
DIRECCIÓN GENERAL
SUBSECRETARÍA
GENERAL Y
RELACIONES
INTERNACIONALES
RELACIONES
INTERNACIONALES
E INSTITUCIONALES
GESTIÓN
ESTRATÉGICA Y
CALIDAD
INSTITUCIONAL
PROTOCOLO Y
CEREMONIAL
GESTIÓN
ESTRATÉGICA
CULTO
CALIDAD
INSTITUCIONAL
RELACIONES
INTERNACIONALES Y
COOPERACIÓN
UNIDAD DE
GESTIÓN DEL
CUMPLIMIENTO
UNIDAD DE
COORDINACIÓN
DEL PLAN
ESTRATÉGICO
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N° 2
ANEXO I
FECHA APROBACIÓN
GERENCIA OPERATIVA / UNIDAD DE COORDINACIÓN
FUERA DE NIVEL / SUBSCRETARÍA
JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES
UNIDAD DE GESTIÓN DEL CUMPLIMIENTO
DTO.
No
BOL. OFICIAL
A - SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES
UNIDAD DE
GESTIÓN DEL
CUMPLIMIENTO
METODOLOGÍAS
Y ANÁLISIS
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N° 3
ANEXO I
FECHA APROBACIÓN
SUBGERENCIA OPERATIVA
GERENCIA OPERATIVA
FUERA DE NIVEL / SUBSCRETARÍA
JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES
UNIDAD DE COORDINACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO
DTO.
No
BOL. OFICIAL
A- SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES
UNIDAD DE
COORDINACIÓN DEL
PLAN ESTRATÉGICO
RELACIONES
INSTITUCIONALES DEL CoPE
APOYO EN
PLANEAMIENTO
ESTRATÉGICO
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N° 4
ANEXO I
JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES
SUBSECRETARÍA RELACIONES INTERNACIONALES E
INSTITUCIONALES
DIRECCIONES GENERALES PROTOCOLO Y CEREMONIAL; CULTO;
RELACIONES INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN
FECHA APROBACIÓN
DTO.
No
BOL. OFICIAL
SUBSECRETARÍA
A - SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES
SUBGERENCIA OPERATIVA
GERENCIA OPERATIVA
DIRECCIÓN GENERAL
RELACIONES
INTERNACIONALES E
INSTITUCIONALES
PROTOCOLO Y
CEREMONIAL
RELACIONES
INSTITUCIONALES
PRODUCCIÓN Y
SERVICIOS
CEREMONIAL
ORGANIZACIÓN
Y LOGÍSTICA
ENLACE
ADMINISTRATIVO
CULTO
RELACIONES
INTERNACIONALES Y
COOPERACIÓN
RELACIONES
CON LOS
CULTOS
COOPERACIÓN
INTERNACIONAL
ESTUDIO E
INVESTIGACIÓN
RELACIONES
INTERNACIONALES
RELACIONES
MULTILATERALES
CONVENIOS
ORGANIZACIÓN
VIAJES Y
VISITAS
COORDINACIÓN Y
AUDIENCIAS
TRANSPORTE
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N° 5
ANEXO I
FECHA APROBACIÓN
JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES
SUBSECRETARÍA GESTIÓN ESTRATÉGICA Y CALIDAD INSTITUCIONAL
DIRECCIONES GENERALES GESTIÓN ESTRATÉGICA; CALIDAD
INSTITUCIONAL
DTO.
No
BOL. OFICIAL
GERENCIA OPERATIVA
DIRECCIÓN GENERAL
SUBSECRETARÍA
A - SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES
GESTIÓN
ESTRATÉGICA Y
CALIDAD
INSTITUCIONAL
GESTIÓN
ESTRATÉGICA
CALIDAD
INSTITUCIONAL
COORDINACIÓN
Y MONITOREO
ESTRATÉGICO
ARTICULACIÓN
INSTITUCIONAL
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N° 6
ANEXO II
SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES
1.1 FUERA DE NIVEL UNIDAD DE GESTIÓN DEL CUMPLIMIENTO
Objetivos
Asistir al Secretario en la formulación y ejecución de una metodología de gestión para
optimizar el cumplimiento de los objetivos prioritarios que defina el Jefe de Gobierno.
Asesorar técnicamente a las áreas correspondientes en la especificación de los
objetivos prioritarios de gobierno y en sus estrategias de implementación.
Entender en la definición de indicadores de seguimiento de los objetivos prioritarios
de gobierno.
Realizar un seguimiento continuo del avance en las estrategias de implementación de
los objetivos prioritarios de gobierno.
Apoyar la coordinación de las áreas de gobierno que contribuyen al cumplimiento de los
objetivos prioritarios de gobierno.
Asistir técnicamente a las áreas respectivas en la mejora del desempeño para la
consecución de los objetivos prioritarios de gobierno.
Identificar buenas prácticas de gestión para su diseminación entre las áreas de
gobierno.
Asesorar al Secretario para proponer al Jefe de Gobierno las acciones necesarias para
el mejor cumplimiento de los objetivos prioritarios de gobierno.
1.1.1
UNIDAD DE COORDINACIÓN DE METODOLOGÍAS Y ANÁLISIS
Descripción de Acciones
Proponer metodologías sobre la especificación de los objetivos prioritarios de gobierno,
sus estrategias de implementación y seguimiento.
Identificar e informar tendencias en el desempeño de los objetivos prioritarios de gobierno
y desvíos en las trayectorias de cumplimiento.
Producir análisis estadísticos sobre el cumplimiento de los objetivos prioritarios de
gobierno que permitan introducir mejoras en sus estrategias de implementación.
Brindar asistencia en el desarrollo de capacidades para el análisis de datos a las áreas
respectivas.
1.2 FUERA DE NIVEL UNIDAD DE COORDINACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO
Objetivos
Actuar como autoridad de aplicación de la Ley N° 310 apoyando al CoPE en el
ejercicio de las atribuciones conferidas por la citada Ley y demás normas
reglamentarias, complementarias y aclaratorias sobre la materia.
Supervisar el Registro de Entidades Miembros del CoPE.
Brindar soporte en la coordinación de las relaciones del CoPE con el Poder
Legislativo, el Poder Ejecutivo, los organismos autárquicos y descentralizados y las
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N° 7
ANEXO II
Comunas informando de sus resultados a la Autoridad máxima del Consejo.
Cooperar con el Director Ejecutivo del CoPE en la planificación de acciones para
promover la incorporación de nuevas organizaciones al CoPE.
Promover el desarrollo de vínculos de cooperación e intercambio de información con
el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y Municipales y organismos
internacionales.
Coordinar e implementar acciones de difusión y publicidad de las
formuladas y definidas por el CoPE.
iniciativas
Formular proyectos de Ley a pedido del CoPE y elevarlos al citado Consejo para su
canalización mediante la iniciativa legislativa.
Elaborar el Plan Anual de Trabajo del Consejo en conjunto con el Director Ejecutivo
con el objeto de proyectar la elaboración conjunta de Planes Estratégicos, iniciativas
legislativas, recomendaciones u otros documentos de planificación estratégica.
Proyectar trabajos sobre la evaluación de indicadores de gestión de gobierno, los
estados futuros previsibles para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y propuestas que
comprendan proyectos y programas.
1.2.1.1 GERENCIA OPERATIVA RELACIONES INSTITUCIONALES DEL CoPE
Descripción de Acciones
Administrar los mecanismos de ingreso de nuevas organizaciones al Consejo de
Planeamiento Estratégico.
Organizar los aspectos operativos, logísticos y comunicacionales de los eventos de la
Unidad de Coordinación del Plan Estratégico, priorizando las acciones destinadas a
construir vínculos municipales, provinciales, nacionales e internacionales.
Controlar la aplicación del reglamento interno del Consejo del Planeamiento
Estratégico.
Dirigir el Registro de Entidades Miembro del Consejo de Planeamiento Estratégico,
verificando el cumplimiento de los requisitos necesarios para su ingreso y
permanencia.
Registrar y archivar los actos institucionales de la Unidad de Coordinación del Plan
Estratégico.
Administrar la página web del Consejo de Planeamiento Estratégico en coordinación
con la Secretaría de Medios.
Cooperar en las actividades de difusión de las acciones implementadas por el Consejo
y organizar las inherentes a la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico.
Catalogar, clasificar y ordenar la documentación y bibliografía existente en la
Biblioteca de la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico.
1.2.1.1.1
SUBGERENCIA
ESTRATÉGICO
OPERATIVA
APOYO
EN
PLANEAMIENTO
Descripción de Acciones
1
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ANEXO II
Administrar el banco de ideas, y sistematizar las peticiones de los ciudadanos según
categorías para enviarlas a las áreas implicadas para su consideración como
iniciativas del Consejo del Planeamiento Estratégico.
Asistir al Titular de la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico en las tareas de
apoyo para la elaboración y compilación de los planes estratégicos consensuados con
las diferentes instituciones que participan en el Consejo.
Colaborar con el Consejo de Planeamiento Estratégico en las tareas de coordinación,
evaluación y seguimiento de los resultados de la implementación de los planes
estratégicos consensuados.
Asesorar al Titular de la Unidad de la Coordinación del Plan Estratégico en la
formulación de proyectos de ley.
Convocar y coordinar las reuniones de trabajo en las organizaciones integrantes del
Consejo de Planeamiento Estratégico por áreas temáticas o dimensiones,
respondiendo a las problemáticas específicas de cada sector.
Confeccionar documentos técnicos, de diagnóstico, información estadística,
indicadores, análisis de políticas y programas y elevarlos al Titular de la Unidad de
Coordinación del Plan Estratégico relativos a las temáticas de su incumbencia.
2 SUBSECRETARÍA RELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALES
Descripción de Responsabilidades Primarias
Asistir al Secretario en la gestión de las relaciones internacionales de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Diseñar una estrategia de posicionamiento de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
en foros regionales e internacionales, promoviendo las políticas de desarrollo y las
buenas prácticas implementadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires a nivel global.
Entender en el diseño e implementación de la estrategia de cooperación bilateral,
regional y multilateral, y en el intercambio internacional de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires en distintas áreas.
Asistir al Secretario en la articulación de las relaciones de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires con la comunidad y los cultos.
Colaborar con las áreas correspondientes en la formulación e implementación de la
estrategia de comercio exterior de bienes, servicios y de atracción de inversiones de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Participar en las actividades de promoción internacional en las que participe la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Generar oportunidades para conectar a la comunidad internacional con
organizaciones y comunidades de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
las
Asistir al Secretario en el enlace entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los
representantes diplomáticos, consulares y de organismos internacionales residentes
en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
2
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N° 9
ANEXO II
Proveer soporte a las misiones de carácter oficial que realice el Jefe de Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asistir al Secretario en el enlace con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de
la República Argentina, así como las agencias de relaciones internacionales de las
provincias.
Elaborar la política de relaciones institucionales de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, actuando en coordinación con las áreas competentes.
2.1.1
GERENCIA OPERATIVA RELACIONES INSTITUCIONALES
Descripción de Acciones
Asistir a la Subsecretaría, en la gestión, articulación y coordinación de las relaciones
entre el Jefe de Gobierno y las embajadas, organismos internacionales, cámaras de
comercio y representaciones de gobiernos extranjeros y locales.
Asesorar a la Subsecretaría en el diseño, promoción e implementación de la política
institucional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, brindando apoyo en materia
institucional a las áreas del Poder Ejecutivo que así lo requieran.
Coordinar con las áreas de gobierno competentes, la participación de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en los actos, ferias, exposiciones, y demás eventos de
carácter institucional.
2.1.2
GERENCIA OPERATIVA ENLACE ADMINISTRATIVO
Descripción de Acciones
Asesorar a la Subsecretaría y a las Direcciones Generales dependientes en los
aspectos técnicos de gestión de anteproyectos y proyectos de actos administrativos,
asegurando su encuadre en las normas legales y reglamentarias.
Organizar y administrar la mesa de entradas de la Subsecretaría y las Direcciones
Generales dependientes, en coordinación con las áreas competentes.
Recepcionar, caratular, registrar, tramitar y efectuar el seguimiento de las actuaciones
y expedientes que ingresan a la Subsecretaría y de las Direcciones Generales
dependientes.
Administrar el inventario sobre el patrimonio de la Subsecretaría.
Coordinar con las áreas correspondientes de la Secretaría Legal y Técnica las
adquisiciones de los suministros para la Subsecretaría y las Direcciones Generales
dependientes.
Gestionar la obtención de información para la elaboración del anteproyecto de
presupuesto de la Subsecretaría y de las Direcciones Generales dependientes.
Implementar acciones coordinadas de apoyo para lograr efectividad en la gestión
administrativa, de registro y sistematización de datos de los recursos humanos de
todas las unidades organizativas de la Subsecretaría.
Coordinar y ejecutar la solicitud, administración y rendiciones de fondos de la
Subsecretaría y de las Direcciones Generales dependientes.
3
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ANEXO II
2.1.2.1 SUBGERENCIA OPERATIVA CONVENIOS
Descripción de Acciones
Asistir a la Subsecretaría en el control legal interno de los proyectos de convenios
internacionales y de programas de cooperación descentralizada, en coordinación con
el Ministerio de Gobierno.
Realizar el seguimiento y proceder al control interno de los expedientes administrativos
que requieran asesoramiento legal.
2.1 DIRECCIÓN GENERAL PROTOCOLO Y CEREMONIAL
Descripción de Responsabilidades Primarias
Establecer políticas de desarrollo protocolar y de asistencia al Jefe de Gobierno en toda
la actividad oficial que realice, o a funcionarios en quien se deriva su representación,
como así también coordinar protocolarmente todo acto de gobierno que así lo requiera.
Articular visitas de autoridades y personalidades extranjeras.
Coordinar las invitaciones de los actos oficiales.
Proveer del soporte necesario para la realización de los actos y eventos donde asista el
Jefe de Gobierno o los funcionarios a quienes se derive su representación.
2.1.1
GERENCIA OPERATIVA PRODUCCIÓN Y SERVICIOS
Descripción de Acciones
Supervisar la logística y asistir operativamente en la provisión de sonido, iluminación,
video, ornamentación, decoración, y estructuras tubulares en los actos oficiales y
conferencias de prensa en los que participe el Jefe de Gobierno y actos especiales
que se requiera.
Elaborar y proveer banderas y escudos de la República Argentina y de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, de otros países, regiones, provincias, ciudades, pueblos y
colectividades, y cualquier otro símbolo patrio o emblema requerido para la realización
de actos protocolares y festejos oficiales en los que participe el Jefe de Gobierno, para
la ornamentación de los espacios públicos y los frentes de los edificios
gubernamentales y para la ornamentación con banderas de ceremonia de los
despachos de los funcionarios que corresponda.
2.1.1.1 SUBGERENCIA OPERATIVA ORGANIZACIÓN
Descripción de Acciones
Organizar y gestionar la logística de los actos oficiales en los que participe el Jefe de
Gobierno.
Relevar los sitios de los actos oficiales en los que participe el Jefe de Gobierno con
anterioridad a su realización, en coordinación con la Subsecretaría de Contenidos.
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ANEXO II
Controlar el armado y desarme de las reuniones de gabinete de ministros y
conferencias de prensa del Jefe de Gobierno.
Proveer los elementos para la realización de los actos oficiales en los que participe el
Jefe de Gobierno.
2.1.2
GERENCIA OPERATIVA CEREMONIAL
Descripción de Acciones
Asistir en el diseño de actividades protocolares en los actos, ceremonias, recepciones
oficiales, reuniones e invitaciones en los que participe el Jefe de Gobierno, el Vicejefe
de Gobierno y/o el Jefe de Gabinete de Ministros y otros funcionarios de gobierno, en
el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Supervisar el tratamiento protocolar de visitas y audiencias del Jefe de Gobierno.
Asesorar en cuanto a la aplicación del régimen de honores y procedimientos
protocolares.
2.1.2.1 SUBGERENCIA OPERATIVA VIAJES Y VISITAS
Descripción de Acciones
Coordinar el ceremonial y protocolo de los viajes oficiales al interior y al exterior del
país, del Jefe de Gobierno, el Vicejefe de Gobierno y/o el Jefe de Gabinete de
Ministros.
Brindar asistencia en cuanto a trámites aeroportuarios y manejo del equipaje al Jefe de
Gobierno, el Vicejefe de Gobierno, el Jefe de Gabinete de Ministros y Ministros.
Coordinar las visitas que reciba el Jefe de Gobierno provenientes del interior y del
exterior del país y brindar asistencia protocolar a los visitantes.
Administrar un registro de viajes y visitas y producir informes estadísticos vinculados a
los mismos.
2.1.2.2 SUBGERENCIA OPERATIVA COORDINACIÓN Y AUDIENCIAS
Descripción de Acciones
Intervenir en la organización protocolar y coordinación de las audiencias, del Jefe de
Gobierno a las que asista con autoridades nacionales y extranjeras, cuerpo
diplomático, instituciones, personalidades reconocidas o particulares.
Confeccionar y mantener actualizada la nómina protocolar de autoridades del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en coordinación con el Ministerio
de Hacienda.
Realizar las comunicaciones e invitaciones de las actividades oficiales del Jefe de
Gobierno, Vicejefe de Gobierno y Jefe de Gabinete de Ministros.
Comunicar y coordinar las representaciones del Jefe de Gobierno.
5
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N° 12
ANEXO II
2.1.3 GERENCIA OPERATIVA ORGANIZACIÓN Y LOGÍSTICA
Descripción de Acciones
Coordinar la organización y la logística del transporte de personas y bienes para
eventos y actos oficiales en los que participe el Jefe de Gobierno.
Coordinar el transporte de funcionarios de la Secretaría General y Relaciones
Internacionales.
Coordinar el transporte de funcionarios de otros países en visita oficial o especial en el
ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
2.1.3.1 SUBGERENCIA OPERATIVA TRANSPORTE
Descripción de Acciones
Trasladar a funcionarios de la Secretaría General y Relaciones Internacionales.
Brindar el servicio de traslado local a visitas del interior y el exterior del país que
tengan audiencias con el Jefe de Gobierno, Vicejefe de Gobierno, Jefe de Gabinete de
Ministros y Secretario General.
Trasladar al personal y los bienes para la realización de eventos y actos oficiales en
los que tenga participación el Jefe de Gobierno.
2.2 DIRECCIÓN GENERAL CULTO
Descripción de Responsabilidades Primarias
Coordinar y generar vínculos con los cultos reconocidos en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Articular las demandas de las comunidades religiosas con las distintas áreas de
Gobierno.
Promover la investigación y el apoyo de las diferentes tradiciones religiosas.
Cooperar con instituciones religiosas en la promoción de la participación
ciudadana.
2.2.1
GERENCIA OPERATIVA RELACIONES CON LOS CULTOS
Descripción de Acciones
Asistir a la Dirección General en la vinculación institucional con las diferentes
comunidades religiosas y cultos reconocidos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asistir a la Dirección General con las demandas y necesidades de las diferentes
comunidades e instituciones religiosas y articular con las áreas de gobierno que
corresponda.
Participar junto a las diversas instituciones de cultos y a las comunidades religiosas en
sus celebraciones de mayor significatividad.
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N° 4879 - 10/5/2016
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N° 13
ANEXO II
Generar vínculos con la juventud de las comunidades religiosas.
Promover el turismo religioso en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
2.2.2
GERENCIA OPERATIVA ESTUDIO E INVESTIGACIÓN
Descripción de Acciones
Asistir a la Dirección General en el desarrollo de investigaciones y difusión de las
diferentes tradiciones religiosas.
Producir material informativo de difusión sobre las comunidades religiosas y sus
tradiciones.
Promover el estudio de las diferentes comunidades religiosas presentes en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Desarrollar libros y publicaciones que reflejen la diversidad religiosa en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Promover la realización de talleres, seminarios y conferencias con paneles de expertos
en materia religiosa.
Promover la difusión de las actividades y celebraciones que se ofrecen en los distintos
templos y comunidades religiosas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Generar espacios de estudio, investigación y reflexión para líderes religiosos y la
sociedad en su conjunto.
2.3 DIRECCIÓN GENERAL RELACIONES INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN
Descripción de Responsabilidades Primarias
Asistir al Subsecretario en el diseño y coordinación de eventos de
internacional que se lleven a cabo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
carácter
Asesorar en la estrategia de vinculación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con
organizaciones internacionales tanto del sector público como del sector privado y
de la sociedad civil.
Elaborar los materiales de soporte para empresas e inversores extranjeros
interesados en instalarse y operar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en
coordinación con las áreas de gobierno correspondientes.
Asistir al Subsecretario en el vínculo con la comunidad diplomática internacional en
temas relacionados a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Asesorar a agencias y organismos del
Buenos Aires en temas diplomáticos.
Gobierno de la Ciudad
Autónoma de
Organizar un registro de las gestiones oficiales internacionales llevadas a cabo por
los funcionarios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los
compromisos asumidos.
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N° 4879 - 10/5/2016
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N° 14
ANEXO II
2.3.1
GERENCIA OPERATIVA COOPERACIÓN INTERNACIONAL
Descripción de Acciones
Comunicar regularmente la información sobre ofertas de cooperación internacional a
las áreas del Poder Ejecutivo.
Promover el aprovechamiento de las oportunidades que la cooperación internacional
plantea a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en sus diferentes tipos y modalidades.
Asistir a la Dirección General en la coordinación de las visitas al país que realicen las
autoridades y delegaciones extranjeras, representantes de las fuentes internacionales
de cooperación.
Asistir a las áreas del Poder Ejecutivo en el diseño, coordinación e implementación de
programas, proyectos y actividades de intercambio y cooperación internacional.
2.3.2
GERENCIA OPERATIVA RELACIONES INTERNACIONALES
Descripción de Acciones
Proponer iniciativas, programas, proyectos y actividades que fomenten los vínculos de
cooperación bilateral e intercambios entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con
otras ciudades del mundo.
Asistir a la Dirección General, en la promoción, gestión, suscripción e instrumentación
de convenios, acuerdos y actas de entendimiento tendientes al intercambio y la
cooperación entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otras ciudades del mundo.
Asistir a la Dirección General en la coordinación con las áreas de gobierno
competentes respecto de la participación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en
actos, ferias, exposiciones, y demás eventos de carácter internacional que se
desarrollen en el marco de su vinculación bilateral con otras ciudades del mundo.
Asistir a la Dirección General en la coordinación de las visitas al país que realicen
autoridades y delegaciones extranjeras, representantes de otras ciudades del mundo.
2.3.3 GERENCIA OPERATIVA RELACIONES MULTILATERALES
Descripción de Acciones
Promover y coordinar la participación activa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
en los diferentes espacios de vinculación multilateral (organismos internacionales y
redes globales y regionales de gobiernos locales).
Asistir a la Dirección General en la promoción, gestión, suscripción e instrumentación
de convenios, acuerdos y actas de entendimiento que la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires desarrolle, en el marco de los diferentes espacios de vinculación multilateral.
Impulsar y gestionar la representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los
más altos órganos de decisión política y técnica de los diferentes ámbitos
multilaterales.
Coordinar la participación de los funcionarios del Poder Ejecutivo, en las actividades y
eventos internacionales que se desarrollen en los diferentes ámbitos.
8
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 15
ANEXO II
Asistir a la Dirección General en la coordinación de las visitas al país que realicen las
autoridades y delegaciones extranjeras, representantes de los diferentes espacios de
relacionamiento multilateral.
3 SUBSECRETARÍA GESTIÓN ESTRATÉGICA Y CALIDAD INSTITUCIONAL
Descripción de Responsabilidades Primarias
Asistir al Secretario en la gestión y coordinación política e institucional requerida para
el seguimiento y efectiva realización del plan general de acción de gobierno y la
agenda de calidad institucional.
Asistir al Secretario en las actividades requeridas para asegurar la coherencia
estratégica de la acción de gobierno según los lineamientos definidos por el Jefe de
Gobierno.
Participar del seguimiento del plan general de acción de gobierno para asegurar la
provisión de información oportuna al Jefe de Gobierno.
Participar en la gestión de las relaciones interjurisdiccionales y políticas, actuando en
coordinación con el Ministerio de Gobierno.
Establecer relaciones con instituciones y organizaciones públicas y privadas de
acuerdo a los objetivos del plan general de acción de gobierno y las instrucciones del
Jefe de Gobierno.
Dirigir la preparación de estudios, informes y análisis para las presentaciones públicas
del Jefe de Gobierno y del Secretario General y Relaciones Internacionales.
3.1 DIRECCIÓN GENERAL GESTIÓN ESTRATÉGICA
Descripción de Responsabilidades Primarias
Asistir al Subsecretario en las gestiones requeridas para la efectiva realización del
plan general de acción de gobierno.
Brindar apoyo técnico y ejecutivo a los ámbitos de coordinación institucional que se
establezcan para el desarrollo del plan general de acción de gobierno, en
colaboración con la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Realizar análisis y propuestas técnicas para fortalecer la coordinación institucional e
interjurisdiccional en conjunto con el Ministerio de Gobierno.
Contribuir con análisis y estudios especiales para la efectiva realización del plan
general de acción de gobierno.
Participar en la elaboración de reportes periódicos de seguimiento del plan general de
acción de gobierno para información del Jefe de Gobierno.
Coordinar con las áreas respectivas la recopilación y producción de información y
análisis sobre programas o proyectos especiales que sean requeridos por el Jefe de
Gobierno a la Secretaría.
Preparar estudios, informes y análisis requeridos para las presentaciones públicas del
Jefe de Gobierno.
9
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 16
ANEXO - DECRETO N° 294/16 (continuación)
ANEXO II
3.1.1
GERENCIA OPERATIVA COORDINACIÓN Y MONITOREO ESTRATÉGICO
Descripción de Acciones
Efectuar la coordinación técnica y ejecutiva de las iniciativas prioritarias de gobierno de
ámbitos de relación institucional e interjurisdiccional, mediante la formulación de
propuestas de agenda, la sistematización y el seguimiento de los acuerdos
alcanzados.
Identificar riesgos y oportunidades de mejora en la gestión de iniciativas prioritarias, y
proponer líneas de acción y mitigación para el cumplimiento del plan general de acción
de gobierno.
Realizar estudios, informes y reportes periódicos de seguimiento y monitoreo de las
iniciativas prioritarias y transversales del plan general de acción de gobierno.
Relevar, analizar y proponer iniciativas y prácticas de gestión en temas prioritarios de
gobierno y de coordinación interjurisduccional.
3.2 DIRECCIÓN GENERAL CALIDAD INSTITUCIONAL
Descripción de Responsabilidades Primarias
Asistir al Subsecretario en las gestiones requeridas para el desarrollo de una agenda
de calidad e innovación institucional y de gestión de gobierno.
Articular el proceso de discusión y aprobación de los proyectos que requieren reformas
normativas.
Coordinar y apoyar la operacionalización y el seguimiento del cumplimiento de las
iniciativas de calidad e innovación institucional.
Contribuir a la implementación de reformas en materia de calidad institucional
promoviendo la coordinación de los actores relevantes en el proceso.
Informar periódicamente al Jefe de Gobierno y a otras autoridades sobre avances en
la agenda de reforma institucional y entender en la preparación de informes y
presentaciones.
Contribuir con análisis y estudios especiales para la innovación continua y la calidad
en la forma de gestión del gobierno.
3.2.1 GERENCIA OPERATIVA ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL
Descripción de Acciones
Apoyar la coordinación técnica y ejecutiva de ámbitos de relación institucional e
interjurisdiccional de las iniciativas de calidad e innovación institucional y de sistema
de gobierno, mediante la formulación de propuestas de agenda, la elaboración de
minutas de las reuniones, y el seguimiento de los acuerdos alcanzados.
Identificar riesgos y oportunidades de mejora en la gestión de iniciativas de calidad e
innovación institucional y de sistema de gobierno, y proponer líneas de acción y
mitigación para el logro de las reformas institucionales.
Realizar estudios, informes y reportes periódicos de seguimiento y monitoreo de las
iniciativas de calidad institucional.
10
FIN DEL ANEXO
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 17
ANEXO - DECRETO N° 295/16
ANEXO I
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE
CONSEJO ASESOR DEL PLAN URBANO AMBIENTAL
RATIFICACIONES
APELLIDO Y NOMBRE
DOCUMENTO/CUIL.
PARTIDA Y FUNCIÓN
BARCELLANDI, HORACIO RAUL
D.N.I. 11.551.224
CUIL. 20-11551224-3
3033.0000.M.06
Consejero, cuya designación fuera dispuesta
por Decreto Nº 199/08.
GIGLIO, MONICA ADRIANA
D.N.I. 12.418.420
CUIL. 27-12418420-2
3033.0000.M.06
Consejera, cuya designación fuera dispuesta
por Decreto Nº 1.309/08.
MORENO, EDUARDO JOSE
D.N.I. 05.189.309
CUIL. 20-05189309-4
3033.0000.M.06
Consejero, cuya designación fuera dispuesta
por Decreto Nº 193/10.
SCHIANO DE SCHECARO, RICARDO
D.N.I. 14.194.775
CUIL. 20-14194775-4
3033.0000.M.06
Consejero, cuya designación fuera dispuesta
por Decreto Nº 394/11.
IF-2016-10682409- -DGTALMDUYT
página 1 de 1
N° 4879 - 10/5/2016
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ANEXO - DECRETO N° 295/16 (continuación)
ANEXO II
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE
CONSEJO ASESOR DEL PLAN URBANO AMBIENTAL
CESES
APELLIDO Y NOMBRE
DOCUMENTO/CUIL.
PARTIDA Y FUNCIÓN
BARCELLANDI, HORACIO RAUL
D.N.I. 11.551.224
CUIL. 20-11551224-3
3033.0000.M.06
Consejero, cuya designación fuera dispuesta
por Decreto Nº 199/08 y el presente ratificatorio.
MORENO, EDUARDO JOSE
D.N.I. 05.189.309
CUIL. 20-05189309-4
3033.0000.M.06
Consejero, cuya designación fuera dispuesta
por Decreto Nº 193/10 y el presente ratificatorio.
SCHIANO DE SCHECARO, RICARDO
D.N.I. 14.194.775
CUIL. 20-14194775-4
3033.0000.M.06
Consejero, cuya designación fuera dispuesta
por Decreto Nº 394/11 y el presente ratificatorio.
ANEXO III
MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE
CONSEJO ASESOR DEL PLAN URBANO AMBIENTAL
DESIGNACIONES
APELLIDO Y NOMBRE
DOCUMENTO/CUIL.
PARTIDA Y FUNCIÓN
OBSERVACIONES
GARCIA FAHLER, GUILLERMO JOSE
D.N.I. 08.632.360
CUIL. 20-08632360-6
3033.0000.M.06
Consejero.
A partir del 10 de diciembre de 2015.
MOSTO, GUSTAVO ALBERTO
D.N.I. 10.520.175
CUIL. 20-10520175-4
3033.0000.M.06
Consejero.
A partir del 1º de abril de 2016.
REBAGLIATI, GASTON FEDERICO
D.N.I. 21.671.636
CUIL. 20-21671636-2
3033.0000.M.06
Consejero.
A partir del 1º de abril de 2016.
TELLA, GUILLERMO CARLOS
D.N.I. 17.363.329
CUIL. 20-17363329-8
3033.0000.M.06
Consejero.
A partir del 1º de abril de 2016.
FIN DEL ANEXO
N° 18
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 19
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 199/MJGGC/16
CUIT
20-23844910-4
APELLIDO Y NOMBRE
URANGA IMAZ, Ignacio
DESDE
01/04/2016
HASTA
31/12/2016
MENSUAL
4 cta de $40000; 1 cta de $38000 y 4 ctas de $33000
TOTAL
TOTAL
ORG.
$ 330.000 MJGGC
DEP.
MJGGC
FUNCION
OBSERVACION
Nº EXPEDIENTE
PROFESIONAL LIC. EN ADM DE EMPRESAS 11631442-MGEYA-DGTALMJG/16
$ 330.000
IF-2016-12278878- -DGTALMJG
página 1 de 2
FIN DEL ANEXO
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 20
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 201/MJGGC/16
G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina
Informe
Número: IF-2016-12261814- -DGTALMJG
Buenos Aires, Jueves 5 de Mayo de 2016
Referencia: ANEXO I - CONSEJO INTERMINISTERIAL DE GESTION DE RIESGOS DE
INUNDACIONES
CONSIDERACIONES GENERALES:
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires posee una geografía de llanura y se encuentra atravesada por
diferentes cursos de agua, los que se encuentran entubados, sobresaliendo los arroyos Maldonado, Vega,
Medrano y Cildáñez.
Esta característica hace que la misma sea una zona naturalmente inundable ante precipitaciones intensas,
extendiéndose horizontalmente el daño y afectando personas y bienes.
En el año 2004 el Gobierno de la Ciudad, con el apoyo del Banco Mundial, preparó el Plan Director de
Ordenamiento Hidráulico. Este plan comprende una serie de medidas para incrementar la protección contra
lluvias y reducir las pérdidas económicas y sociales. Basado en experiencias de mejores prácticas en el
manejo de riesgos de inundaciones se establecieron como prioridad la ejecución de un conjunto de medidas
no estructurales e intervenciones estructurales en cuencas claves para mitigar el efecto de las inundaciones
causadas por el desborde de las mismas debido a una mayor intensidad y recurrencia en las lluvias.
Estas modificaciones en las lluvias han sido producto de la variabilidad climática que se ha intensificado en
las últimas décadas como consecuencia de factores naturales, pero también producto de la actividad humana
(cambio climático antropogénico) a través de la alteración de la superficie terrestre, construcción de
embalses, deforestación y cambios en la composición química de la atmósfera, producidos por la emisión
de los llamados Gases del Efecto Invernadero (GEI). La acumulación de los GEI provoca un aumento de la
temperatura promedio de la atmósfera, y en consecuencia, una alteración significativa del clima.
De las amenazas que soporta la Ciudad con su área de influencia y que provocan anegamientos e
inundaciones, se deben considerar las de carácter localizado y las correspondientes al sistema atmosférico
global.
En tal sentido, los siguientes conceptos resultan claves para enfrentar las amenazas mencionadas:
Amenaza hidrometeorológica: proceso o fenómeno de origen atmosférico, hidrológico u
oceanográfico que puede ocasionar morbimortalidad, lesiones u otros impactos a la salud, al
igual que daños a la propiedad, la pérdida de medios de sustento y de servicios, trastornos
sociales y económicos, o daños ambientales.
Exposición: presencia de personas, medios de subsistencia, servicios ambientales y recursos
económicos y sociales, bienes culturales e infraestructura que por su localización pueden ser
afectados por la manifestación de una amenaza.
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 21
Vulnerabilidad: susceptibilidad o fragilidad física, económica, social, ambiental o
institucional que tiene una comunidad de ser afectada o de sufrir efectos adversos en caso de
que un evento físico peligroso se presente.
Prevención: medidas y acciones de intervención restrictiva o prospectiva dispuestas con
anticipación con el fin de evitar que se genere riesgo o minimizarlo.
Mitigación: medidas de intervención prescriptiva o correctiva dirigidas a reducir o disminuir
los daños y pérdidas que se puedan presentar a través de reglamentos de seguridad y
proyectos de inversión pública o privada.
Concientización pública: el grado de conocimiento común sobre el riesgo de desastres los
factores que conducen a éstos y las acciones que pueden tomarse individual y colectivamente
para reducir la exposición y la vulnerabilidad frente a las amenazas.
Riesgo de desastres: probabilidad de que se presenten daños o pérdidas debido a los eventos
físicos peligrosos de origen natural o humano en un período de tiempo específico y que son
determinados por la vulnerabilidad de los elementos expuestos. El riesgo de desastres se
deriva de la combinación de la amenaza y la vulnerabilidad.
CARACTERISTICAS DE LA GESTION DEL RIESGO DE INUNDACIONES La gestión del riesgo
de inundaciones es un proceso sistemático de utilizar directrices administrativas, organizacionales, destrezas
y capacidades operativas para ejecutar políticas y fortalecer las capacidades de afrontamiento, con el fin de
reducir el impacto adverso de las amenazas naturales y la posibilidad de que ocurra un desastre. Su fin
último es la estimación, prevención, mitigación y control de los factores de riesgo de inundaciones ante la
amenaza de un evento, incluyendo la preparación y respuesta ante la materialización del mismo así como
las acciones tendientes a la reconstrucción de los bienes materiales afectados, considerando los diferentes
niveles y dimensiones de vulnerabilidad.
La gestión del riesgo considera diferentes tipos, a saber:
Gestión correctiva: acciones que se planifican y realizan con el fin de mitigar el riesgo
presente de inundaciones.
Gestión prospectiva: acciones que se planifican y realizan con el fin de minimizar la
conformación del riesgo de inundaciones en el futuro.
Gestión reactiva: acciones y medidas que se planifican y realizan con el fin de enfrentar la
materialización del riesgo, tanto durante el evento de inundación como en el post evento.
Para ello se requiere desarrollar un sistema de gestión integral del riesgo entendido éste como un proceso
secuencial y escalable que implica su diseño en sucesivas etapas.
El primer paso en la construcción de dicho sistema lo constituye la creación de un espacio de trabajo
conjunto y articulación de las diversas áreas y unidades administrativas de la Ciudad de Buenos Aires
involucradas en la gestión del riesgo de inundaciones. Esta primera etapa se orienta a generar sinergias a
los efectos de crear una metodología y conciencia que vincule políticas, agendas y presupuestos en pos de
una GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO.
MARIA EUGENIA PAREDES
Director General
D.G. TEC. ADM Y LEGAL MJGGC
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 22
G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina
Informe
Número: IF-2016-12261814- -DGTALMJG
Buenos Aires, Jueves 5 de Mayo de 2016
Referencia: ANEXO II - CONSEJO INTERMINISTERIAL DE GESTION DE RIESGO DE
INUNDACIONES
Objetivos
El Consejo es el órgano máximo para la coordinación estratégica, y el establecimiento de los lineamientos
generales del esquema de gestión integral del riesgo de inundaciones.
Los lineamientos se desarrollarán mediante el planeamiento y coordinación de las acciones relacionadas
con los siguientes procesos:
Estimación del Riesgo: generación de una metodología para determinar la naturaleza y el grado de riesgo
de inundaciones a través del análisis de posibles amenazas y la evaluación de las condiciones existentes de
vulnerabilidad que conjuntamente podrían dañar potencialmente a la población, la propiedad, los servicios y
los medios de sustento expuestos, al igual que el entorno del cual dependen.
Prevención y Mitigación del riesgo: generación de intervenciones destinadas a reducir el riesgo existente y
minimizar la creación de nuevas situaciones que conlleven incrementos en los niveles de riesgo de
inundaciones.
Respuesta y Rehabilitación: generación de mecanismos de atención adecuada y oportuna de las personas
afectadas por la materialización del riesgo, así como la puesta en funcionamiento de los servicios básicos
cuya prestación se hubiere interrumpido por efecto de la inundación.
Recuperación y Compensación: generación de instrumentos financieros que permitan la recuperación
parcial o total de las pérdidas sufridas como consecuencia de la inundación.
Funciones
Para la elaboración de planes y acciones de prevención, reducción y control del riesgo de inundaciones el
Consejo tendrá las siguientes funciones:
Realizar (y mantenerlo actualizado) un diagnóstico institucional que analice cuáles son los objetivos,
funciones y responsabilidades de las áreas de la CABA que intervienen en la gestión del riesgo de
inundaciones; identificar procesos y procedimientos susceptibles de fortalecimiento; y proveer lineamientos
para la coordinación con otros procesos vinculados (por ej. ambiental y cambio climático, salud, etc.)
Cuantificación: coordinar el desarrollo y actualización de los estudios y modelo probabilísticos, bases de
datos y sistema de información orientados a la estimación del riesgo de inundaciones. Elaborar (y mantener
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 23
actualizado) el Mapa de Riesgos de la Ciudad.
Prevención: promover la utilización de instrumentos técnicos en las áreas involucradas en la planificación
urbana, que incorporen el riesgo de inundaciones en los códigos de edificación así como en la planificación
territorial y de inversiones; asesorar en la implementación de sistemas de alerta temprana; coordinar
campañas de información y concientización pública respecto de patrones de conducta de los vecinos ante el
evento de inundación; y promover el desarrollo e implementación de políticas, instrumentos y normativas
relacionadas con la gestión del riesgo en todos los niveles de la Administración.
Mitigación: asesorar y articular con las áreas relevantes en lo pertinente a la realización de obras de
mitigación y relocalización de familias ubicadas en zonas de alto riesgo.
Respuesta y rehabilitación: asesorar a la Subsecretaría de Emergencia en su gestión de los procesos de
preparación, respuesta y rehabilitación ante un evento de inundación; y proponer mejoras y actualizaciones
a los planes de contingencia de la Ciudad y los sistemas de logística y de comunicaciones.
Compensación: promover los lineamientos para el desarrollo de nuevos instrumentos financieros para la
compensación por los daños sufridos por la población afectada por un evento de inundaciones dentro de un
período razonable.
En particular, deberá:
a. Asesorar en lo referente a la formulación de políticas y estrategias para la gestión del riesgo.
b. Definir medidas y acciones para garantizar la mejor coordinación entre las diferentes áreas de gobierno.
c. Conceptuar sobre las materias que le sean sometidas a su consideración dentro del marco de sus
competencias institucionales.
d. Organizar grupos de trabajo para el análisis de temas específicos.
e. Articular y facilitar el involucramiento de otras áreas de la administración en la gestión del riesgo de
inundaciones.
f. Actuar como enlace e interlocutor de la CABA frente a organismos nacionales e internacionales en lo
referido a la definición de estrategias para la eficiente gestión de riesgos de inundaciones.
g. Difundir las acciones destinadas a mejorar la gestión del riesgo de inundaciones.
Funcionamiento
Reuniones:
Este Consejo se reunirá periódicamente por lo menos cuatro veces al año en condiciones de normalidad y,
tantas veces como sea necesario durante las situaciones de desastre, según lo convoque su Presidente.
Administración:
El Jefe de Gabinete de Ministros nombrará un coordinador administrativo en el ámbito de la Jefatura de
Gabinete que servirá de soporte técnico y administrativo para las tareas y funciones que le son propias al
Consejo, quien desarrollará sus tareas ad-honorem.
Anualmente el Jefe de Gabinete de Ministros elaborará el presupuesto del Consejo, el cual deberá
contemplar los gastos para su funcionamiento y las eventuales contrataciones que las necesidades así lo
determinen.
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 24
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 201/MJGGC/16 (continuación)
Transparencia
El Consejo elaborará un reporte anual en el que detallará los planes estratégicos, las acciones realizadas, los
resultados obtenidos, y toda información relacionada con la gestión del riesgo de inundaciones, las
recomendaciones como así las propuestas que se acordaran que serán instrumentadas por las áreas
sustantivas.
El reporte será distribuido a todas las áreas ministeriales que integran el Consejo, y será puesto a
disposición de la comunidad mediante los mecanismos que se consideren pertinentes.
Se elaborará un canal de comunicación a fin de recibir y dar respuestas a las demandas de los damnificados.
Conformación y Agenda:
El Consejo se reunirá por primera vez dentro de los próximos noventa (90) días. En tal oportunidad se fijará
una agenda de tema prioritarios a tratar durante el año calendario.
Posteriormente, el Consejo se reunirá con una periodicidad mínima de tres (3) meses.
La presidencia será ejercida por el Jefe de Gabinete de Ministros, o quien éste designe.
Asistirán los Ministros de las siguientes carteras:
Hacienda
Salud
Ambiente y Espacio Público
Justicia y Seguridad, por sí y a través de la Subsecretaría de Emergencias, que de él depende.
Desarrollo Urbano y Transporte
Educación
Asimismo, el Consejo podrá convocar a los Gerentes de las empresas o entidades que tengan a su cargo la
prestación de servicios públicos domiciliarios que operan en el Distrito que, de acuerdo con los temas a
tratar deban participar por convocatoria del Jefe de Gabinete de Ministros
MARIA EUGENIA PAREDES
Director General
D.G. TEC. ADM Y LEGAL MJGGC
FIN DEL ANEXO
UE
Programa
608-INSTITUTO
10-CAPACITACION DEL
SUPERIOR DE LA CARRERA PER
ADMINISTRATIVA
2138-DIR GRAL GESTION 80-DEMANDA CIUDADANA
DE DEMANDA CIUDADANA
2202-Dir.Gral.Defensa 61-Def. y Protección
y Protección del
Co
Consumidor
37-CONS.CDAD.Y CAMBIO
9980-SECRETARIA
CULTURA CIUDADANA Y
CULT.
FUNCION PUBLICA
37-CONS.CDAD.Y CAMBIO
9980-SECRETARIA
CULT.
CULTURA CIUDADANA Y
FUNCION PUBLICA
9980-SECRETARIA
37-CONS.CDAD.Y CAMBIO
CULT.
CULTURA CIUDADANA Y
FUNCION PUBLICA
2138-DIR GRAL GESTION 80-DEMANDA CIUDADANA
DE DEMANDA CIUDADANA
68-Atenc. Ciud. de
8284-Dir. Gral.
Gestión de Calidad
Cali
Entidad: 0
Subjurisdicción: 0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Nº:
0
Subprograma
Jurisdicción: 21-JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC
Pág.
2016
1
Actividad
2016
Fecha: 04/05/2016
0
0
0
0
0
0
0
0
Fecha:
Obra
Fecha: 04/05/2016
3960
3560
3520
2920
2220
3520
3520
3960
32
11
13
13
35
35
Diferencia:
11
11
11
11
35
13
11
11
36
11
Partida FueFin FinFun
0,00
2.000.000,00
2.000.000,00
-1.000.002,00
-300.000,00
-700.000,00
-500.000,00
-999.998,00
-500.000,00
Importe
Área/OGESE
SIGAF
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1 de
16-
10-
10-
10-
10-
1-
10-
2-
CREDITO
DGTALMJG
DGTALMJG
Proyecto
Nº: 12166830
Nº: 12166830
Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO
Ejercicio: 2016
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO
Requerimiento Nº: 2699
Modificación Presupuestaria
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
N° 4879 - 10/5/2016
N° 25
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 202/MJGGC/16
11
-500.000,00
2.000.000,00
2.000.000,00
0,00
2138
8284
2202
0,00
0,00
13
35
36
-500.000,00
-2.000.002,00
-999.998,00
-500.000,00
-999.998,00
Pág.
2
2016
DGTALMJG
1 de
2016
DGTALMJG
Fecha:
Fecha:
04/05/2016
04/05/2016
Tipo de Ajuste: Área/OGESE
SIGAF
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Total de geografico:
0,00
4.000.000,00
32
Total de Finalidad y Funcion:
0,00
0,00
-500.000,00
0,00
-2.000.002,00
-4.000.000,00
608
4.000.000,00
-3.000.000,00
-1.000.000,00
9980
Total de Uni. Ejecutora:
1
Total de Caracter:
0,00
4.000.000,00
3
4.000.000,00
2
Total de incisos:
-4.000.000,00
-4.000.000,00
Total de negativos:
Total de fuentes de financiamiento:
4.000.000,00
Nº: 12166830
Total de positivos:
Nº: 12166830
Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO
Ejercicio: 2016
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO
Requerimiento Nº:2699
Modificación Presupuestaria
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
N° 4879 - 10/5/2016
N° 26
21
4.000.000,00
Total por Clasificador Económico:
0,00
2.000.000,00
7
2.000.000,00
4
-4.000.000,00
-500.000,00
-999.998,00
-2.500.002,00
Nº: 12166830
1
Nº: 12166830
Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO
Ejercicio: 2016
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO
Requerimiento Nº:2699
Modificación Presupuestaria
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Pág.
2
2016
DGTALMJG
2 de
2016
DGTALMJG
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Fecha:
Fecha:
04/05/2016
04/05/2016
Tipo de Ajuste: Área/OGESE
SIGAF
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
FIN DEL ANEXO
N° 27
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 28
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 31/SECPECG/16
APELLIDO Y NOMBRE
DRACK, Barbara
CUIT
27-37990994-4
Monto Actual
$ 9.000
Incremento
$ 2.000
Total
$ 11.000
Periodo
01/04/2016 al 31/12/2016
FIN DEL ANEXO
EXP. AMPLIATORIA
11538200-MGEYA-DGCONTG/16
EXP. CONTRATACIÓN
5074869-MGEYA-DGCONTG /16
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 29
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 126/SSSYP/16
APELLIDO Y NOMBRE
SCUSSEL, Gabriela Fabiana
CUIT
23-20356634-4
Monto Actual Incremento Total
$ 22.900
$ 9.700 $ 32.600
Periodo
01/04/2016 AL 31/12/2016
EXP. AMPLIATORIA
11383777- -MGEYA-DGEADM/16
EXP. CONTRATACIÓN
4410928-MGEYA-DGEADM/16
IF
pá
FIN DEL ANEXO
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 30
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 127/SSSYP/16
APELLIDO Y NOMBRE
CUBITO, Paula Daniela
CUIT
27-34481184-4
Monto Actual Incremento Total
$ 14.650
$ 4.350 $ 19.000
Periodo
01/04/2016 al 31/12/2016
EXP. AMPLIATORIA
11580528-MGEYA-DGEADM/16
FIN DEL ANEXO
EXP. CONTRATACIÓN
4415386-MGEYA-DGEADM/16
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 31
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 128/SSSYP/16
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
SIGAF
Modificación Presupuestaria
Ejercicio: 2016
Requerimiento Nº: 2683
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO
Área/OGESE
Nº: 25075450
Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO
Nº: 25075450
Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC
Nº:
MGEYA
2015
MGEYA
2015
Fecha: 03/05/2016
Fecha: 03/05/2016
Fecha:
Jurisdicción: 21-JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Subjurisdicción: 0
Entidad: 270-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION
UE
683-DIR.GRAL.DE
INTEGRACIÓN DE
SISTEMAS
683-DIR.GRAL.DE
INTEGRACIÓN DE
SISTEMAS
Programa
94-DES Y CALIDAD DE
APL
0
94-DES Y CALIDAD DE
APL
0
Subprograma
0
Proyecto
CREDITO
0
Actividad
1-CONDUCCIÓN
0
1-CONDUCCIÓN
0
Obra
Partida FueFin FinFun
2110
11
13
3140
11
13
Importe
-971,00
971,00
0,00
Diferencia:
IF-2016-12183277- -DGTALINF
Pág.
1 de
1
página 1 de 1
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
SIGAF
Modificación Presupuestaria
Ejercicio: 2016
Requerimiento Nº: 2673
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO
Área/OGESE
Nº: 11995482
Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO
Nº: 11995482
Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC
Nº:
MGEYA
2016
MGEYA
2016
Fecha: 03/05/2016
Fecha: 03/05/2016
Fecha:
Jurisdicción: 21-JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Subjurisdicción: 0
Entidad: 270-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION
UE
8056-AGENCIA SISTEMAS
DE INFORMACION
8056-AGENCIA SISTEMAS
DE INFORMACION
682-DIR.GRAL. DE
INFRAESTRUCTURA
682-DIR.GRAL. DE
INFRAESTRUCTURA
Programa
7-ACT COM.A PROG.94.95 0
7-ACT COM.A PROG.94.95 0
96-INFRAESTRUCTURA
INFO
96-INFRAESTRUCTURA
INFO
Subprograma
Proyecto
CREDITO
3-SEGURIDAD INFORMATIC 0
Actividad
Obra
Partida FueFin FinFun
51-SEGURIZACION
3520
11
13
Importe
-2.800.000,00
3-SEGURIDAD INFORMATIC 0
51-SEGURIZACION
4810
11
13
2.800.000,00
0
2-CIUDAD CONECTADA
0
51-CIUDAD CONECTADA
4360
11
13
-1.600.000,00
0
2-CIUDAD CONECTADA
0
51-CIUDAD CONECTADA
3560
11
13
1.600.000,00
Diferencia:
IF-2016-12183015- -DGTALINF
Pág.
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1
página 1 de 1
0,00
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 32
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 128/SSSYP/16 (continuación)
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Modificación Presupuestaria
Requerimiento Nº: 2684
SIGAF
Ejercicio: 2016
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO
Área/OGESE
Nº: 26901597
Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO
Nº: 26901597
Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC
Nº:
MGEYA
2016
MGEYA
2016
Fecha: 03/05/2016
Fecha: 03/05/2016
Fecha:
Jurisdicción: 21-JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Subjurisdicción: 0
Entidad: 270-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION
UE
Programa
8056-AGENCIA SISTEMAS 7-ACT COM.A PROG.94.95 0
DE INFORMACION
8056-AGENCIA SISTEMAS 7-ACT COM.A PROG.94.95 0
DE INFORMACION
8056-AGENCIA SISTEMAS 7-ACT COM.A PROG.94.95 0
DE INFORMACION
Subprograma
Proyecto
0
CREDITO
Actividad
2-ADMINISTRACIÓN Y
SERVICIOS GENERALES
2-ADMINISTRACIÓN Y
SERVICIOS GENERALES
1-CONDUCCIÓN
0
0
0
Obra
Partida FueFin FinFun
Importe
2340
11
13
0
2110
11
13
-4.221,00
-1.155,00
0
3140
11
13
5.376,00
0,00
Diferencia:
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Modificación Presupuestaria
Requerimiento Nº: 2685
IF-2016-12183357- -DGTALINF
Ejercicio: 2016
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO
Pág.
Nº: 12038279
Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO
Nº: 12038279
Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC
Nº:
1 de
1
MGEYA
2016
MGEYA
SIGAF
Área/OGESE
2016
página 1 de 1
Fecha: 03/05/2016
Fecha: 03/05/2016
Fecha:
Jurisdicción: 21-JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Subjurisdicción: 0
Entidad: 270-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION
UE
Programa
8056-AGENCIA SISTEMAS 7-ACT COM.A PROG.94.95 0
DE INFORMACION
8056-AGENCIA SISTEMAS 7-ACT COM.A PROG.94.95 0
DE INFORMACION
8056-AGENCIA SISTEMAS 7-ACT COM.A PROG.94.95 0
DE INFORMACION
Subprograma
0
Proyecto
CREDITO
Actividad
2-ADMINISTRACIÓN Y
SERVICIOS GENERALES
2-ADMINISTRACIÓN Y
SERVICIOS GENERALES
2-ADMINISTRACIÓN Y
SERVICIOS GENERALES
0
0
0
Obra
Partida FueFin FinFun
Importe
2340
11
13
0
2550
11
13
2.759,00
0
2690
11
13
20,00
Diferencia:
IF-2016-12183335- -DGTALINF
Pág.
1 de
1
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FIN DEL ANEXO
-2.779,00
0,00
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 33
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 130/SSSYP/16
APELLIDO Y NOMBRE
VERBAUWEDE, Adela Silvana
SANSOT, Santiago
LUCCHESE, Noelia Carla
KLEKAILO, Lorena Vanesa
CUIT
27-26436688-2
20-13664962-1
27-35366432-3
27-33580793-1
Monto Actual Incremento
$ 10,500
$ 15,870
$ 12,650
$ 11,000
$ 4,500
$ 2,130
$ 3,350
$ 4,000
Total
Periodo
$ 15,000
$ 18,000
$ 16,000
$ 15,000
01/04/2016 al 31/12/2016
01/04/2016 al 31/12/2016
01/04/2016 al 31/12/2016
01/04/2016 al 31/12/2016
FIN DEL ANEXO
EXP. AMPLIATORIA
11866753-MGEYA-SSSYP/16
11866290-MGEYA-SSSYP/16
11864999-MGEYA-SSSYP/16
11862868-MGEYA-SSSYP/16
EXP. CONTRATACIÓN
4910926-MGEYA-DGEADM/16
4388920-MGEYA-DGEADM/16
4384026-MGEYA-DGEADM/16
4383677-MGEYA-DGEADM/16
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 34
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 131/SSSYP/16
APELLIDO Y NOMBRE
PORRO, Federico
VALDERRAMA PEÑA, Laura Melisa
PUENTE PISTARINI, Lucila
MARTINEZ, Celeste Anahi
GARAZI, Ivana Mariela
BENGOLEA, Miguel Maria
LEGUIZAMON, Maria Isabel
DI IORIO, Claudia Silvana
STIER GIMENEZ, Leonardo Daniel
PICCININO CENTENO, Lidia Rosa
NAVARRO, Diandra Maria
CUIT
20-32981191-4
27-94785376-2
27-34123762-4
27-33182099-2
27-27940185-4
20-33691757-4
27-25228238-1
27-26885101-7
20-32760448-2
27-36726715-7
27-36719016-2
Monto Actual Incremento
$ 14,500
$ 2,000
$ 8,000
$ 15,000
$ 8,000
$ 11,000
$ 11,000
$ 24,500
$ 24,500
$ 20,000
$ 11,500
$ 13,000
$ 5,000
$ 1,000
$ 5,000
$ 4,000
$ 4,000
$ 3,700
$ 3,700
$ 3,000
$ 6,725
$ 2,000
Total
$ 16,500
Periodo
01/04/2016 al 31/12/2016
$ 13,000
$ 16,000
$ 13,000
$ 15,000
$ 15,000
$ 28,200
$ 28,200
$ 23,000
$ 18,225
$ 15,000
01/04/2016 al 31/12/2016
01/04/2016 al 31/12/2016
01/04/2016 al 31/12/2016
01/04/2016 al 31/12/2016
01/04/2016 al 31/12/2016
01/04/2016 al 31/12/2016
01/04/2016 al 31/12/2016
01/04/2016 al 31/12/2016
01/04/2016 al 31/12/2016
01/04/2016 al 31/12/2016
EXP. AMPLIATORIA
11868739-MGEYA-SSSYP/16
11868553-MGEYA-SSSYP/16
11868387-MGEYA-SSSYP/16
11868073-MGEYA-SSSYP/16
11867773-MGEYA-SSSYP/16
11867560-MGEYA-SSSYP/16
11867366-MGEYA-SSSYP/16
11867019-MGEYA-SSSYP/16
11866455-MGEYA-SSSYP/16
11865890-MGEYA-SSSYP/16
11865255-MGEYA-SSSYP/16
EXP. CONTRATACIÓN
6902202-MGEYA-SSSYP/16
4358058-MGEYA-DGABDIP/16
4409981-MGEYA-DGABDIP/16
4355188-MGEYA-DGABDIP/16
4354253-MGEYA-DGABDIP/16
4409430-MGEYA-DGABDIP/16
4361145-MGEYA-DGABDIP/16
4360883-MGEYA-DGABDIP/16
4411445-MGEYA-DGEADM/16
4320949-MGEYA-DGABDIP/16
4417705-MGEYA-DGEADM/16
IF-2016-12151778- -DGTAL
página 1 de 1
FIN DEL ANEXO
N° 4879 - 10/5/2016
G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S
2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 35
Anexo
Número: IF-2016-11566476-DGDSCIV N° 1262/MHGC/16
ANEXO - RESOLUCIÓN
Buenos Aires, Martes 26 de Abril de 2016
Referencia: EX-08495610-MGEYA-MAYEPGC-2016
ANEXO I
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
RENUNCIAS
Apellido y nombre
DNI/CUIL
CARGO
Observaciones
Subgerente Operativa de
Costancio, Laura Virginia la Subgerencia Operativa
A partir del 01 de
de Coordinación
febrero de 2016
Administrativa,
dependiente de la entonces
DNI: 28.723.822
Dirección General
(Designada por
Fiscalización en la Vía
Resolución N°
Pública, de la Ex
213/MMGC/2015).
Subsecretaría de
CUIL: 27-28723822-9
Administración.
Subgerente Operativo de
la
Subgerencia Operativa
Del Solar Dorrego, Félix
Fiscalización del
A partir del 01 de
Manuel
Ordenamiento del Espacio
marzo de 2016
Público, de la Gerencia
Operativa de Control en la
DNI: 33.935.154
Vía Pública, dependiente
(Designado por
de la entonces Dirección
Resolución N°
General Fiscalización en
506/MMGC/2015).
la Vía Pública, de la Ex
CUIL: 20-33935154-7
Subsecretaría de
Administración.
Gerente Operativo de la
Schenfelt, Emiliano
A partir del 01 de
Gerencia Operativa de
febrero de 2016
Control en la Vía Pública,
dependiente de la entonces
DNI: 32.717.108
Dirección General
CUIL: 23-32717108-9
Fiscalización en la Vía
Pública, de la Ex
Subsecretaría de
Administración
ROSIO ECHAIDE
Director General
D.G. DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL (SSGRH)
(Designado por
Resolución N°
639/MMGC/2015).
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 36
GOB
I E R N O DE N°
LA1262/MHGC/16
C I U D A D DE(continuación)
BUENOSAIRES
ANEXO
- RESOLUCIÓN
2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina
Anexo
Número: IF-2016-11566978- -DGDSCIV
Buenos Aires, Martes 26 de Abril de 2016
Referencia: EX-08495610-MGEYA-MAYEPGC-2016
ANEXO II
MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
DESIGNACIONES
Apellido y nombre
DNI/CUIL
Murut, Nicolás Eduardo
DNI: 34.658.074
CUIL: 20-34658074-8
Delucchi, Santiago Pedro
DNI: 32.920.137
CUIL: 20-32920137-7
Fox, Federico Diego Tomas
DNI: 27.949.720
CUIL: 20-27949720-2
CARGO
Subgerente Operativo de la
Subgerencia Operativa
Coordinación Administrativa,
dependiente de la Dirección
General Fiscalización del Espacio
Público, de la Subsecretaría de
Uso del Espacio Público.
Subgerente Operativo de la
Subgerencia Operativa
Fiscalización del Ordenamiento
del Espacio Público, de la
Gerencia Operativa de Control en
la Vía Pública, dependiente de la
Dirección General Fiscalización
del Espacio Público, de la
Subsecretaría de Uso del Espacio
Público.
Gerente Operativo de la Gerencia
Operativa de Control en la Vía
Pública, dependiente de la
Dirección General Fiscalización
del Espacio Público, de la
Subsecretaría de Uso del Espacio
Público.
FIN DEL ANEXO
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 37
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 47/SSAFPC/16
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SISTEMA DE
SUPERVISIÓN, MONITOREO Y RASTREO DE DISPOSITIVOS
Art. 1.- PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN
El presente llamado a Licitación Pública se convoca en los términos del Régimen de
Compras y Contrataciones vigente para Buenos Aires Compras, en un todo de
acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 85 de la Ley N° 2.095, (texto consolidado
según Ley N° 5.454), Decretos Nros. 1.145/09 y 95/14, las Resoluciones Nros.
596/MHGC/11 y 1.160/MHGC/11, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales,
aprobado por Disposición N° 396/DGCYC/14 y las presentes Cláusulas Particulares y
de Especificaciones Técnicas.
Art. 2.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA) llama a “Licitación
Pública para la contratación de un Sistema de Supervisión, Monitoreo y Rastreo de
Dispositivos”, de acuerdo a las características estipuladas en el Pliego de
Especificaciones Técnicas (PET), en las condiciones de tiempo, forma y lugar de
entrega previstas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PCP) y
en
el
Pliego
Único
de Bases
y Condiciones
Generales
(Disposición Nº
396/DGCYC/14).
Art. 3.- PLAZO DE CONTRATACIÓN
El comienzo de la ejecución contractual deberá ocurrir a partir de haber sido notificada
la correspondiente Orden de Compra, y tendrá una duración de veinticuatro (24)
meses consecutivos e ininterrumpidos. La Dirección General Suministros a las
Fuerzas Policiales de la Ciudad comunicará al adjudicatario con una antelación
mínima de cuarenta y ocho (48) horas la fecha de inicio de la prestación.
Dentro del plazo contractual, el Adjudicatario deberá cumplimentar los servicios y
plazos establecidos en el presente Pliego y en el Pliego de Especificaciones Técnicas.
1
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 38
Art. 4.- PRÓRROGA DEL CONTRATO
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA) se reserva el derecho
de prorrogar el contrato en los términos de Artículo 119 apartado III) de la Ley Nº
2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y reglamentada por Decreto
Reglamentario Nº 95/14.
Art. 5.- CÓMPUTO DE PLAZOS
El cómputo de plazos se efectuará conforme lo estipulado en los Artículos 5 “Cómputo
de Plazos” y 7 “Notificaciones Electrónicas” del Anexo I del Decreto N°
1.145/GCABA/2009, reglamentario del Artículo 85 de la Ley N° 2.095 (texto
consolidado según Ley N° 5.454), y supletoriamente, en lo que sea aplicable, por lo
normado en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCABA/1997
(ratificada por Resolución N° 41/LCABA/98 (texto consolidado según Ley Nº 5.454).
Art. 6.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES
Se considerará domicilio electrónico constituido el correo electrónico declarado por el
proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y
Permanente de Proveedores (RIUPP) en el que se tendrán por válidas todas las
notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA.
La Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad constituye
domicilio en la Avenida Regimiento de Patricios N° 1142, 1° piso, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si
se efectúan en los domicilios constituidos que aquí se refiere, excepto para el GCABA
respecto de las notificaciones judiciales, que para tener validez, deberán estar
dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay Nº 458, de
conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06.
Art. 7.- JURISDICCIÓN
Para atender las cuestiones que se susciten en torno a las Compras y Contrataciones
2
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 39
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
efectuadas por el GCABA, las partes quedan sometidas única y expresamente a la
jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 del
Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
Art. 8.- VENTA DEL PLIEGO
El costo del presente pliego es de pesos treinta y cinco mil ($35.000.-).
Una vez adquirido el pliego, el sistema permitirá generar la correspondiente Boleta de
Pago a través de una interfaz con el Sistema Integral de Recaudación.
Realizado el pago, el sistema emitirá un comprobante que será solicitado al momento
de ingresar la oferta.
Solo se tendrán en cuenta las ofertas presentadas por las firmas proveedoras que
hayan abonado, previo a la apertura del acto licitatorio, el arancel correspondiente al
valor del pliego.
Es requisito indispensable para la presentación de la oferta, acreditar la adquisición del
Pliego. Solamente los adquirentes del Pliego, o sus apoderados, podrán solicitar
información complementaria o aclaraciones y presentar ofertas. Todo adquirente de un
Pliego que no presente oferta, perderá su derecho de consulta, información e
impugnación en el expediente administrativo que se genere con el respectivo llamado.
El importe recibido por la Administración por la venta de los pliegos, no será devuelto a
los adquirentes en ningún caso, aún cuando por cualquier causa se dejara sin efecto la
contratación o se rechazaran todas las ofertas presentadas. Sólo el proveedor que
haya ingresado en el portal www.buenosairescompras.gob.ar (BAC) y se haya
acreditado para la adquisición del Pliego de Bases y Condiciones Particulares pasará
a tener condición de participante dentro del proceso de selección, pudiendo en tal
carácter presentar su oferta.
TODO AQUEL QUE HAYA TOMADO CONOCIMIENTO DE LOS PLIEGOS Y
REALICE LA RESPECTIVA OFERTA MEDIANTE BAC, NO SERÁ CONSIDERADO
OFERENTE SI NO ACREDITA LA ADQUISICIÓN DE LOS PLIEGOS MEDIANTE EL
PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA PRESENTE CLÁUSULA.
3
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 40
La consulta de los Pliegos deberá efectuarse mediante el sistema BAC.
Art. 9.- INSCRIPCIÓN
Los interesados en participar en los procedimientos de selección electrónica deberán
haber iniciado el trámite de inscripción como proveedores del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, a través de Buenos Aires Compras (BAC) en el Registro
Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) del Sector Público de la
Ciudad, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del
Ministerio de Hacienda.
Es condición para la pre adjudicación que el proveedor se encuentre inscripto en el
RIUPP y en BAC.
Art. 10.- CONSULTAS
Las consultas relacionadas con el presente proceso licitatorio deben realizarse
mediante BAC.
GARANTÍAS
Art. 11.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS
Se deberán constituir las garantías correspondientes, de conformidad con lo prescripto
en el Artículo 17 del Pliego de Bases y Condiciones Generales.
La constitución de las garantías podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas
en el Artículo 17.2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, Artículo 102 y
concordantes de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y su Decreto
Reglamentario Nº 95/14.
No se aceptarán pagarés, letras de cambio, facturas, ni ningún otro título que no esté
expresamente indicado como depósito de garantía.
Art. 12.- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS
La devolución de las garantías se realizará conforme lo establece el Artículo 17.3 del
Pliego de Bases y Condiciones Generales.
Art.13.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
4
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 41
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
La garantía de mantenimiento de oferta será del cinco por ciento (5%) del valor total de
la oferta. Al momento de presentar sus propuestas mediante BAC, los oferentes
deberán indicar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta completando
el formulario electrónico correspondiente. La garantía constituida deberá ser entregada
en le Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad dentro del
plazo de 24 horas de formalizado el acto de apertura de ofertas, en la Avenida
Regimiento de Patricios N° 1142 1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Art. 14.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Será del diez por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación. El adjudicatario
deberá integrar y entregar a la Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales
de la Ciudad la constancia respectiva de la garantía de cumplimiento de contrato
dentro del plazo de cinco (5) días de notificada la orden de compra.
Art. 15.- GARANTÍAS DE IMPUGNACIÓN
La garantía de impugnación al pliego será del tres por ciento (3%) del monto estimado
de contratación, de conformidad con lo prescripto por el Artículo 17.1 inciso d) del
Pliego de Bases y Condiciones Generales.
La garantía de impugnación a la pre adjudicación de ofertas será del cinco por ciento
(5%) del monto total de la oferta pre adjudicada, conforme lo establecido por el Artículo
17.1. inciso f) del Pliego de Bases y Condiciones Generales.
La Cuenta Corriente será la Nº 26.678/7 "Impugnaciones Fondos de Garantía" - Banco
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
DE LA OFERTA
Art. 16.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un período
de treinta (30) días desde el acto de apertura, prorrogables automáticamente hasta la
fecha de perfeccionamiento del contrato, salvo que el oferente manifieste
fehacientemente su voluntad en contrario con un plazo no menor a diez (10) días
hábiles al vencimiento del plazo, concordante con el Artículo 104 de la Ley Nº 2.095
(texto consolidado según Ley N° 5.454), cuya reglamentación se encuentra en el
5
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 42
Artículo 102 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 95/14.
Art. 17.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán ser presentadas en BAC a través de los formularios electrónicos
disponibles al efecto, cumplimentando con todas las previsiones que expresamente
requiera el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares, las Especificaciones Técnicas, y que, junto con la
documentación adicional, folletos o todo tipo de documentos que el oferente adjunte
electrónicamente, integrarán la oferta.
No se admitirán más ofertas que las presentadas en BAC, rechazándose las remitidas
por correo o cualquier otro procedimiento distinto al previsto.
De manera adicional se deberá presentar copia de la oferta, en formato papel, y se
hará en un (1) sobre o paquete cerrado, identificado con el número de Contratación. El
mismo debe presentarse, de manera previa a la fecha y horario previstos para la
Apertura de Ofertas, en la Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la
Ciudad, ubicada en la Avenida Regimiento de Patricios N° 1142, 1° piso, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires.
Todos los folios serán firmados, sellados y foliados por el Representante Legal del
oferente.
Toda documentación e información que se acompañe, y que sea requerida en este
Pliego deberá ser redactada en idioma castellano, a excepción de folletos ilustrativos,
que podrán presentarse en su idioma original.
Todos los importes deberán expresarse en moneda de curso legal en la República
Argentina al momento de efectuarse la oferta.
Art. 18.- FORMA DE COTIZAR
El oferente debe formular oferta por la totalidad de lo solicitado en el Renglón.
Deberá ser comprensivo de todas las especificaciones técnicas previstas en el Pliego
de Especificaciones Técnicas, y deberá contar con una capacidad para la cobertura de
treinta (30) dispositivos.
Deberá especificarse el costo unitario por dispositivo por día, por mes y por la totalidad
la contratación.
6
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 43
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los
pliegos, como así tampoco se admitirán ofertas alternativas, ni ofertas por parte del
renglón.
A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCABA reviste la calidad de
exento.
Los oferentes deberán presentar junto con la oferta, la estructura de costos que
respalda el precio ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e
indirectos que la componen y la incidencia impositiva. También se deberá indicar el
índice/precio asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real
de costos.
Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto
Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de Estadística y Censos
dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCBA o el
Organismo que la reemplace, o por otros organismos especializados, aprobados por el
comitente.
Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la
adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de
redeterminación de precios del contrato. La falta de alguno de los elementos
señalados precedentemente, implicará la inmediata descalificación de la oferta.
Art. 19.- MUESTRAS
A los efectos de la mejor evaluación de cada una de las ofertas, se requiere que los
oferentes, con 48 horas hábiles de anticipación a la fecha de apertura de esta
licitación, presenten dos (2) muestras completamente funcionales de cada uno de los
dispositivos ofertados. El remito de recepción de las muestras, debidamente
conformado por el organismo contratante, con el detalle de marca, modelo y número
de serie de cada unidad, se deberá adjuntar a la oferta.
Las muestras deberán permitir verificar el correcto funcionamiento de cada dispositivo,
en un todo de acuerdo con las características técnicas solicitadas en los respectivos
Anexos y en forma conjunta con el sistema informático. El hardware y el software que
componen el Centro de Monitoreo y Gestión (CMyG), deberá estar situado en el
territorio de la República Argentina a los efectos de facilitar la realización de todas las
7
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Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 44
pruebas y comprobaciones que sean necesarias. Estas pruebas técnicas se realizarán
exclusivamente utilizando los equipos que se hayan entregado como muestras.
En caso de considerarlo conveniente, el Organismo contratante se reserva el derecho
de enviar a analizar todas las muestras a laboratorios reconocidos del Estado
Nacional, quedando, los costos que esto origine, a cargo de los oferentes
involucrados.
Las muestras deberán indicar en forma visible los datos del procedimiento de
selección al que correspondan y la fecha y hora de apertura de las ofertas. En el
interior del sobre, caja o paquete que las contenga el oferente deberá consignar su
nombre o razón social.
Art. 20.- FALSEAMIENTO DE DATOS
El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la
devolución de la garantía que sobre ella se hubiere constituido. Si la falsedad fuere
advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del
contratista, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de
las demás responsabilidades que pudieren corresponder.
Art. 21.- CONTENIDO DE LA OFERTA
La propuesta deberá contener:
1) Declaración Jurada de Aptitud para Contratar (Anexo I Pliego de Cláusulas
Generales).
2) Declaración Jurada de no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente
que involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del
activo total de la empresa.
3) Garantía de la Oferta, de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Bases y
Condiciones Generales.
4) Declaración jurada de que el oferente no se encuentra incurso en ninguna de las
causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública.
5) Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el
oferente acepta la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y
Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra
8
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Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
jurisdicción o competencia.
6) Declaración Jurada donde el oferente declara conocer todos y cada uno de los
aspectos y las condiciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones
Generales, Pliego de Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Circulares
Con y Sin Consulta.
7) Los oferentes deberán acompañar en su propuesta los antecedentes de uso de la
solución propuesta y los antecedentes de prestación de servicios de similares
características, en monitoreo de agresores, detenidos o condenados.
El oferente deberá demostrar en forma fehaciente, que una tecnología idéntica a la
ofertada se utiliza con esta misma finalidad, en el territorio Nacional o en otros países.
Esto se podrá acreditar exclusivamente mediante cartas, documentos o certificaciones
escritas, emitidas por el ente u organismo que correspondiese en cada caso,
certificadas por Escribano Público del país de origen del organismo certificador y
legalizadas por el Consulado de la República Argentina en el país de origen del
organismo certificador o por el Régimen de Apostilla, de acuerdo con lo establecido en
el Convenio de La Haya. En el caso en que el documento original esté escrito en un
idioma diferente al español la certificación deberá estar traducida por un Traductor
Público Nacional matriculado y con firma legalizada.
Se considerará aceptada la certificación de la experiencia siempre y cuando se
verifique:
•
Que en el documento quede perfectamente claro que los equipos y la
versión del software utilizados para la prestación del servicio certificado,
sean idénticos a los ofertados en esta licitación.
•
Que
cada
una
de
las
experiencias
certificadas
se
refieran
específicamente a servicios de Supervisión, Monitoreo y Rastreo de
Personas, ya sean estos procesados, sentenciados, agresores o a
personas en conflicto con la ley.
•
Que las experiencias certificadas correspondan a programas efectivos
de Supervisión, Monitoreo y Rastreo de Personas, es decir que no se
refieran a ensayos, proyectos pilotos o demostraciones, y por el
contrario, se refieran a programas en plena operación por un tiempo no
menor a doce (12) meses.
9
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•
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Que en el documento emitido por el organismo certificante conste en
forma clara:
 El nombre, la dirección completa y el teléfono de contacto del
organismo que certifica.
 El nombre, email y el teléfono de contacto del funcionario que
suscribe el certificado.
 La fecha de inicio del programa o servicio.
 Cantidad de agresores incluidos en el programa en el momento
de la emisión de la certificación
 Marca y modelo del equipamiento utilizado.
8) Los oferentes deberán acompañar en su propuesta la acreditación de que la
prestación del servicio de monitoreo electrónico está bajo certificación de norma ISO
9001.
9) Declaración Jurada del fabricante del equipamiento con el compromiso de proveer
asistencia técnica por 24 meses.
10) Declaración Jurada del fabricante del equipamiento con el compromiso de la
provisión de repuestos por 24 meses.
11) Declaración Jurada del fabricante del equipamiento indicando los sitios donde se
utiliza una tecnología idéntica a la ofertada.
12) Constancia de pago del pliego.
13) La cotización.
Art. 22.- VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA
Será excluida toda oferta que adolezca de uno o más de los siguientes vicios:
a) Que no se presente a través de los formularios previstos en el sistema BAC.
b) Que no esté cumplimentada la garantía de oferta en cualquiera de las formas
establecidas en estos pliegos.
c) Que la documentación que deba contener falte, o esté incompleta y/o deficiente.
d) Que no se haya acreditado el pago del arancel correspondiente al valor del pliego,
conforme el procedimiento previsto en el presente Pliego.
e) Que al momento de la pre adjudicación el proveedor no se encuentre inscripto en el
RIUPP y en BAC.
10
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G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
Art. 23.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES
La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno
conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la
evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la
aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también
de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en
adelante dudas o desconocimiento.
El GCABA no asumirá ninguna responsabilidad por cualquier declaración, exposición,
deducción, interpretación o conclusión dada verbalmente por sus funcionarios o
agentes.
Art. 24.- CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE LA LICITACIÓN
No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los
Pliegos, como así tampoco se admitirán ofertas alternativas ni ofertas por parte de
renglón.
PRESENTACIÓN DE OFERTAS. APERTURA
Art. 25.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán presentarse hasta la fecha y hora previstas en el respectivo
llamado a Licitación Pública, a través de los formularios electrónicos disponibles en
BAC.
Art. 26.- ACTO DE APERTURA
El acto de apertura de ofertas se efectuará a través de BAC, liberándose las ofertas en
el día y hora establecidos en correspondiente llamado, formulándose electrónicamente
el Acta pertinente para conocimiento de los participantes y funcionarios designados.
Si el día señalado para la apertura, fuera declarado inhábil para la Administración, el
acto se cumplirá el primer día hábil siguiente, en el mismo lugar y hora previstos
originalmente.
El GCABA, se reserva la facultad de postergar el Acto Administrativo según su
exclusivo derecho, notificando tal circunstancia en forma fehaciente a los adquirentes
11
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N° 48
de los pliegos.
Art. 27.- VISTA DE LAS PRESENTACIONES
Se establece el plazo de tres (3) días hábiles, a partir del día siguiente al del Acto de
Apertura de Ofertas, para ejercer el derecho de vista de las ofertas presentadas y
admitidas en esta Contratación. Concluido el plazo de vista establecido, las
actuaciones pasarán para su pertinente evaluación, quedando precluida la instancia de
la vista de ofertas.
Art. 28.- COMISIÓN DE EVALUACIÓN
La Comisión de Evaluación de Ofertas, emitirá su dictamen en el plazo previsto a tal
fin en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y su Decreto
Reglamentario Nº 1.145/09, el cual no tendrá carácter vinculante y proporcionará a la
autoridad competente para adjudicar, los fundamentos para el dictado del acto
administrativo con el cual se concluirá el procedimiento.
Art. 29.- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Para la evaluación de las ofertas, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los
oferentes aclaraciones sobre los documentos acompañados con su propuesta e
información contenida en las mismas y en la información complementaria, debiendo
responder éstos en el plazo que de acuerdo a la complejidad y circunstancias se
establezca en el requerimiento.
Art. 30.- RECHAZO
El GCABA, se reserva el derecho de revocar el llamado licitatorio o de rechazar la
totalidad de las ofertas presentadas con anterioridad al perfeccionamiento del contrato,
sin que dicha decisión otorgue derecho alguno a los oferentes para formular y/o
efectuar reclamo alguno.
Art. 31.- DE LA PRE ADJUDICACIÓN
La pre adjudicación del Renglón recaerá en el oferente cuya cotización, ajustada al
Pliego de Bases y Condiciones Generales, al Pliego de Bases y Condiciones
12
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Particulares, y al Pliego de Especificaciones Técnicas, resulte la propuesta más
conveniente, teniendo en cuenta la calidad, los antecedentes acreditados, la idoneidad
del oferente, el precio de la oferta y demás condiciones de la oferta.
No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la
esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas.
El anuncio de las pre adjudicaciones será conforme lo estipulado en el Artículo 19 del
Pliego de Bases y Condiciones Generales.
El
Dictamen
de
Evaluación
de
Ofertas
será
publicado
en
el
portal
www.buenosairescompras.gob.ar, y en el Boletín Oficial por el término de un (1) día.
Asimismo, será comunicado a todos los oferentes a través de BAC.
Art. 32.- CRITERIO DE EVALUACION DE LAS OFERTAS
1. Descripción de la metodología a utilizar para evaluar ofertas
Las propuestas serán evaluadas en su totalidad y a cada una de ellas les será
asignada una puntuación de acuerdo con los criterios detallados más abajo.
Posteriormente, las ofertas serán ordenadas de acuerdo con un orden de puntuación
descendente.
La oferta que obtenga la mayor puntuación final será la primera opción a ser
recomendada por la Comisión Evaluadora de Ofertas, a las autoridades para su pre
adjudicación.
La puntuación final de cada una de las ofertas será calculada, a partir de la
Calificación Técnica Final y la Calificación Económica Final, que cada oferta obtuvo,
de acuerdo con la metodología que se describe a continuación:
2. Calificación Técnica Final
La Calificación Técnica Final surgirá de la evaluación de la propuesta técnica
presentada por cada uno de los oferentes, de acuerdo con lo solicitado en los
apartados correspondientes del Pliego de Especificaciones Técnicas anexo a la
presente licitación, y será calculada a partir de los siguientes ítems:
•
Puntuación asignada por la Calidad de la Presentación de la Oferta.
13
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•
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Puntuación asignada por la experiencia previa en el uso de la solución
propuesta.
•
Puntuación asignada por las Características Técnicas Adicionales de la solución
propuesta.
Estas puntuaciones se definen según se indica a continuación:
3. Puntuación asignada por la Calidad de la Presentación de la Oferta
Los oferentes deberán presentar su oferta con la mayor precisión, claridad y detalle
que les sea posible, para permitirle al Comité de Evaluación comprender claramente el
contenido y alcance de la oferta, conocer en detalle el funcionamiento de cada una de
las partes que componen el sistema y evaluar si el sistema en su conjunto satisface
los requerimientos del organismo contratante para la implementación del Sistema
Programa de Supervisión, Monitoreo y Rastreo Electrónico de Dispositivos Para ello,
los oferentes además de la presentación escrita formal, en un todo de acuerdo con lo
establecido por el procedimiento administrativo de esta licitación, deberán presentar el
detalle de su oferta utilizando los medios que juzguen más adecuados que estén a su
alcance, y mediante ellos, demostrar que:
•
Entienden y comprenden en su totalidad las necesidades generales y
específicas que tiene el Organismo Contratante para este programa.
•
La solución tecnológica, los equipamientos ofrecidos y los servicios a ejecutar,
de acuerdo con la propuesta presentada, cumplen en un todo con las
necesidades del Programa.
•
La modalidad y los plazos de la implementación propuesta son compatibles con
lo requerido por este pliego.
La Calidad de la Presentación de la Oferta será puntuada al solo criterio de la
Comisión Evaluadora de Ofertas con un valor numérico dentro del rango de cero (0) a
cien (100).
4. Puntuación asignada por antecedentes en el uso de la solución propuesta y
antecedentes de monitoreo de internos
Los oferentes recibirán una Puntuación por los Antecedentes de Uso de la Solución
Propuesta y por sus Antecedentes en Monitoreo de Internos, Detenidos o
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G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
Condenados. Para establecer la puntuación que le corresponderá a cada oferente se
contemplarán dos aspectos complementarios, uno de ellos es el grado de utilización
de la solución tecnológica propuesta en el resto del mundo y el otro, la experiencia
comprobada del oferente, en la prestación del Servicio de Monitoreo de Internos,
Detenidos o Condenados, en nuestro país.
5. Antecedentes de Uso de la Solución Propuesta
A los efectos de obtener una puntuación en este rubro, el oferente deberá demostrar
en forma fehaciente, que una tecnología idéntica a la ofertada se utiliza con esta
misma finalidad, en otros lugares del mundo. Esto se podrá acreditar exclusivamente
mediante cartas, documentos o certificaciones escritas, emitidas por el ente u
organismo que correspondiese en cada caso, certificadas por Notario Público del país
de origen del organismo certificador y legalizadas por el Consulado de la República
Argentina en el país de origen del organismo certificador o por el Régimen de la
Apostilla, de acuerdo con lo establecido en el Convenio de La Haya. En el caso en que
el documento original esté escrito en un idioma diferente al Español, la certificación
deberá estar traducida por un Traductor Público Nacional matriculado.
La puntuación se adjudicará de acuerdo con la siguiente tabla:
Categoría
Descripción de la Experiencia
Puntuación
A
Un equipamiento, tanto en su hardware como en su 100
software, idéntico al propuesto para la prestación de los
servicios que nos ocupan, se utiliza en cinco (5) o más
países y al menos en dos (2) de ellos en idioma Español.
B
El equipamiento, tanto en su hardware como en su software, 50
idéntico al propuesto para la prestación de los servicios que
nos ocupan, se utiliza en tres (3) países y al menos en dos
(2) de ellos, en idioma Español.
C
El equipamiento, tanto en su hardware como en su software, 25
idéntico al propuesto para la prestación de los servicios que
nos ocupan, se utiliza en al menos dos (2) países.
15
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D
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El equipamiento, tanto en su hardware como en su software, 0
idéntico al propuesto para la prestación de los servicios que
nos ocupan, aún no está operativo o en producción.
A los efectos de asignarles a los oferentes la puntuación, se tendrá en cuenta lo
siguiente:
Se considerará aceptada la certificación de la experiencia y por lo tanto le será
otorgado al oferente la puntuación que le corresponda, siempre y cuando se verifique:
•
Que está perfectamente documentado que los equipos y la versión del software
utilizados para la prestación del servicio, en el caso de la experiencia
certificada, sean idénticos a los ofertados en esta licitación.
•
Que cada una de las experiencias certificadas se refieran específicamente a
servicios de Supervisión, Monitoreo y Rastreo de Personas, ya sean estos en
referencia a sujetos procesados, sentenciados, agresores o a personas en
conflicto con la ley.
•
Que las experiencias certificadas correspondan a programas efectivos de
Supervisión, Monitoreo y Rastreo de Personas, ya sean estos referidos a
sujetos procesados, sentenciados, agresores o a personas en conflicto con la
ley, es decir que no se refieran a ensayos, proyectos pilotos o demostraciones y
por el contrario se refieran a programas en plena operación por un tiempo no
menor a doce (12) meses.
•
Que en el documento emitido por el organismo certificante consten en forma
clara:
 El nombre, la dirección completa y el teléfono de contacto del
organismo que certifica.
 El nombre, email y el teléfono de contacto del funcionario que
firma el certificado.
 La fecha de inicio del programa o servicio.
 Cantidad de internos del programa en el momento de la
emisión de la certificación
 Marca y modelo del equipamiento utilizado.
 Número o codificación de la versión del aplicativo informático
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utilizado en el Centro de Monitoreo y Gestión.
La Puntuación por Experiencia Previa de los oferentes, será asignada en sólo una de
las cuatro categorías citadas, ya sea esta A, B, C o D. La asignación de la puntuación
correspondiente a una de las categorías, excluye la posibilidad de acumular
puntuación por cumplimentar los requisitos de otra.
6. Antecedentes de Monitoreo
Para sumar puntos en este rubro, el oferente deberá demostrar en forma fehaciente,
su experiencia en el Monitoreo de Internos, Detenidos o Condenados en la República
Argentina. Esto se podrá demostrar exclusivamente mediante notas, cartas o
certificaciones escritas, emitidas por el ente u organismo que correspondiera en cada
caso.
La puntuación se adjudicará de acuerdo con la siguiente tabla:
Categoría
Descripción de la Experiencia
A
El oferente demuestra que ha monitoreado quinientos (500) o más
internos, detenidos o condenados en la República Argentina por al
menos cinco (5) años.
B
El oferente demuestra que ha monitoreado doscientos (200) o más
internos, detenidos o condenados en la República Argentina por al
menos cinco(5) años.
C
El oferente demuestra que ha monitoreado quinientos (500) o más
internos, detenidos o condenados en la República Argentina por al
menos dos (2) años.
D
El oferente demuestra que ha monitoreado doscientos (200) o más
internos, detenidos o condenados en la República Argentina por al
menos dos (2) años.
Puntuación
La puntuación total de este rubro será calculada según se indica a continuación:
PASPEM = (0,6 x USP) + (0,4 x AM)
Donde:
PASPEM: Puntuación por Antecedentes de la Solución Propuesta y Experiencia en
Monitoreo
USP: Uso de la Solución Propuesta
17
100
75
50
25
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AM: Antecedentes en Monitoreo de Internos, Detenidos o Condenados
7. Puntuación asignada por Características Técnicas Adicionales de la solución
propuesta
La Puntuación por Características Técnicas Adicionales de la solución propuesta se
determinará de acuerdo con lo siguiente:
Cada oferente deberá presentar junto a su oferta la planilla de Características
Técnicas Adicionales debidamente completada. Una copia de esta planilla se
encuentra al final del presente documento.
La puntuación por Características Técnicas Adicionales reflejará la presencia de
funcionalidades adicionales incorporadas al equipamiento o al software ofertado, que
exceden a los requerimientos básicos de esta licitación, pero que se consideran de
interés y conveniencia disponer de ellos para la mejor prestación y operación del
programa en su conjunto.
Descripción de la Característica Técnica Adicional
La unidad de transmisión de RF posee correas de diferentes largos
3
para poder ajustarla a las particularidades del cuerpo de cada interno.
La unidad de transmisión de RF o las Unidades de Monitoreo 3
Ambulatorio poseen algún mecanismo de señalización o alerta para
poder notificar a la persona en forma silenciosa y discreta. Por
ejemplo, una señalización vibratoria y/o luminosa.
Las Unidades de Monitoreo Ambulatorio y/o el sistema en su conjunto, 10
posee algún mecanismo o sistema mediante el cual quede registrado
con la correspondiente fecha y hora, si la persona aceptó o leyó la
señalización, alerta o notificación que la unidad, el sistema o los
operadores del Centro de Monitoreo le enviaron. Si dispone de esta
característica, entonces la unidad le deberá indicar claramente al
interno que la señalización, alerta o notificación fue aceptada o leída.
Las Unidades de Monitoreo Ambulatorio o UMA y/o el software de la 10
aplicación informática del Centro de Monitoreo y Gestión poseen
algún sistema y/o mecanismo de reconocimiento biométrico. Por
18
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G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
ejemplo, el reconocimiento de huella digital, de iris, retina o de voz,
que permita en forma remota la verificación inequívoca de la identidad
de la persona que está siendo supervisada, monitoreada y rastreada.
La posibilidad de utilizar el equipamiento del mismo fabricante y la 10
misma plataforma de software para supervisar y monitorear a
personas procesadas, sentenciadas o bajo alguna otra medida
cautelar, por ejemplo salidas transitorias.
La Unidad Transmisora tiene incorporada alguna medida adicional a 5
las ya exigidas por esta licitación, de detección de corte o apertura de
correa y apartamiento del cuerpo, como ser la detección de ausencia
de movimiento por parte de la persona luego de un tiempo prolongado
o alguna otra funcionalidad que permita detectar alguna anormalidad
en el comportamiento del mismo.
El sistema en su conjunto, como parte de una más completa 2
supervisión y monitoreo de la persona, contempla la posibilidad de
verificar la ingesta de alcohol por parte del mismo.
Las Unidades de Monitoreo Residencial y/o el software de la 3
aplicación informática del Centro de Monitoreo y Gestión disponen de
una interfaz de usuario amigable a los efectos de facilitar el proceso
de instalación.
El sistema en su conjunto prevé la posibilidad de verificar el rango de 10
alcance entre los transmisores, ya sea de tobillo o brazalete y las
UMA, mediante algún comando implementado a tal efecto. Esta
utilidad
permitirá
ajustar
la
cobertura a las
dimensiones
y
características precisas del domicilio de cada uno de los internos para
el momento en que deba recargar la unidad.
Las UMA y el sistema en su conjunto, disponen de la posibilidad de 5
utilizar el sistema LBS (Location Based Services) para ser utilizado en
las situaciones en las que la persona se encuentre en un localización
o recinto en el cual no exista una buena recepción de las señales
GPS.
Las UMA disponen de algún mecanismo visual, audible o vibratorio, 2
19
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Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
mediante el cual, la misma le avise al interno que la unidad deberá ser
conectada a la fuente de poder para recargar su batería interna,
porque la misma está con baja carga.
Las UMA y el sistema en su conjunto disponen de la posibilidad de 5
generar un reporte de transgresión para el caso en que si la persona,
luego de haber transcurrido una cierta cantidad de tiempo configurable
y habiendo sido notificado de la necesidad de recargar la Unidad, no
conecte su Unidad a la fuente de poder para su recarga.
Las UMA disponen de algún mecanismo mediante el cual el personal 2
penitenciario pueda apagar o desactivar la transmisión celular para el
caso en que la persona deba permanecer en algún recinto en el que
no están permitidas las transmisiones celulares o deba viajar en avión.
Las UMA y el sistema en su conjunto, permiten la generación de 5
Zonas de Advertencia, contiguas a las Zonas de Exclusión para que
en el caso en que la persona se acercase inadvertidamente a una
Zona de Exclusión, sea advertido con la debida anticipación, antes
que ingrese a la misma y cometa una transgresión.
El sistema informático instalado en el Centro de Monitoreo y Gestión 10
permite la definición de al menos 3 (tres) niveles jerárquicos de
operación, para poder asignar a cada una de las personas que tengan
acceso al sistema, atributos y permisos diferenciados. Por ejemplo,
Oficial, Operador del Centro de Monitoreo y Gestión, Administrador,
Supervisor, etc., etc.
El sistema en su conjunto dispone de un mecanismo inteligente que 10
permita verificar la localización simultánea de uno, más de uno, o
eventualmente todos los internos, en una determinada área geográfica
y en un intervalo horario determinado.
El sistema permite reportar en forma completamente automática y 5
detallada, con toda la información pertinente, las transgresiones y
todas aquellas novedades de interés para los responsables del
Programa, mediante el envío de un fax, un SMS y/o un e-mail. Las
opciones están todas disponibles, quedará a decisión de las
20
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autoridades del programa, cuál utilizar en cada situación.
Puntuación
Máxima
Posible
por
Características
Técnicas
Adicionales
100
8. Cálculo de la Calificación Técnica Final
La Calificación Técnica Final será calculada de acuerdo con la siguiente ecuación
que contempla y pondera adecuadamente, a criterio del Comité de Evaluación la
importancia de cada uno de los aspectos solicitados.
CTF = (0,10 x PCDLO) + (0,50 x PASPEM) + (0,40 x PCTA)
Donde:
CTF: Calificación Técnica Final
PCDLO: Puntuación por Calidad de la Oferta (un valor numérico en el rango de 0 a
100)
PASPEM: Puntuación asignada por Uso de la Solución Propuesta y Antecedentes de
Monitoreo (un valor numérico en el rango de 0 a 100)
PCTA: Puntuación por Características Técnicas Adicionales (un valor numérico en el
rango de 0 a 100)
9. Calificación Económica Final
La Calificación Económica Final se calculará de acuerdo con la siguiente ecuación:
CEF = (MPOPIPDM / POPIPDM) x 100
Donde:
CEF: Calificación Económica Final
POPIPD: Precio Ofertado por Día de Monitoreo en la propuesta que se está calificando
MPOPIPDM: Menor Precio Ofertado entre todas las ofertas presentadas, por Día de
Monitoreo
10. Puntuación Final
La Puntuación Final se calculará de acuerdo con la siguiente ecuación:
PF = (0,60 x CTF) + (0,40 x CEF)
Donde:
PF: Puntuación Final (un valor numérico comprendido entre 0 y 100)
21
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CTF: Calificación Técnica Final
CEF: Calificación Económica Final
Art. 33.- IMPUGNACIONES
Los interesados podrán formular impugnaciones a la pre adjudicación en el plazo de
tres (3) días de su publicación a través de BAC, previo depósito de la garantía
pertinente, de conformidad con los Artículos 20 y 21 del Pliego de Bases y
Condiciones Generales y 34 del presente pliego.
Art. 34.- ADMISIBILIDAD DE LAS IMPUGNACIONES.
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 21 del Pliego Único de Bases y
Condiciones Generales, será condición de admisibilidad de las impugnaciones a la pre
adjudicación, la constitución de la garantía establecida en el Artículo 15 del presente
Pliego, efectuada mediante alguna de las formas previstas en el Artículo 17.2 del
Pliego de Bases y Condiciones Generales y que será reintegrada solo en caso de que
la impugnación prospere totalmente.
Dicha garantía deberá ser presentada en la sede de la Dirección General Suministros
a las Fuerzas Policiales de la Ciudad, dentro del plazo fijado a tal efecto,
acompañando fotocopia y original de la constancia de constitución; caso contrario, la
impugnación no será considerada.
Art. 35.- ADJUDICACIÓN
La Autoridad Competente dictará el acto administrativo de adjudicación, el que una vez
suscripto y registrado será notificado fehacientemente a través de BAC al adjudicatario
y al resto de los oferentes.
La adjudicación se publica en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, y en el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el plazo de un (1) día.
Los recursos que se deduzcan contra el acto administrativo de adjudicación se rigen
por lo dispuesto en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
Art. 36.- LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA
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G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
En caso de que los oferentes no reúnan las condiciones y requisitos mínimos que
resulten indispensables para ser adjudicatarios, la Licitación será declarada fracasada,
sin que ello de derecho a reclamación alguna por parte de los oferentes.
Art. 37.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO
El contrato se perfecciona con la notificación mediante BAC de la orden de compra al
adjudicatario. Conforme lo establecido en el Artículo 29 del Anexo I del Decreto N°
1.145/09 y Artículo 17 del Anexo I de la Resolución N° 1.160/MHGC/11.
EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Art. 38.- CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas autorizará al adjudicatario a
no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del Pliego de Bases y
Condiciones Generales, del presente Pliego de Cláusulas Particulares, del Pliego de
Especificaciones Técnicas, y de la respectiva orden de compra.
En cualquier caso deberá tenerse en cuenta lo previsto en los Artículos referentes a
sanciones y penalidades.
Art. 39.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
Son obligaciones del adjudicatario:
a) Ejecutar las obligaciones contraídas por el presente contrato con el debido
cuidado y diligencia.
b) Respetar y acatar la Legislación y la Normativa vigentes en el GCABA.
c) Cumplir en tiempo y forma con lo previsto en el Pliego de Bases y
Condiciones Generales, en el presente Pliego de Cláusulas Particulares y en el
de Especificaciones Técnicas, siendo responsable por las demoras que se
ocasionaren por dolo, culpa y pasible de las penalidades establecidas en el
capítulo “REGIMEN DE PENALIDADES”.
REGIMEN DE PENALIDADES
Art. 40.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO
El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales
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originadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en el presente
Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y en el Pliego de Especificaciones
Técnicas, lo hará pasible de las siguientes penalidades:
a) Pérdida de garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato,
b) Multa por incumplimiento de las obligaciones convenidas,
c) Rescisión del contrato por culpa del adjudicatario..
En el caso de que se hubiera constatado un incumplimiento por parte del adjudicatario
durante la ejecución del contrato igualmente le será aplicada la penalidad y/o la
sanción que pudiere corresponderle aún cuando el contrato se encontrara rescindido
y/o ejecutado en su totalidad al tiempo en que se formalice el correspondiente acto
administrativo que decide la aplicación de la penalidad y/o sanción.
Las penalidades establecidas en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N°
5.454) no son de aplicación cuando el incumplimiento de la obligación provenga de
caso fortuito o fuerza mayor, debidamente documentado y probado por el oferente o
adjudicatario y aceptado por la contratista.
Art. 41.-MULTAS
En caso de corresponder, se aplicarán penalidades económicas resarcitorias en
función de los antecedentes y ante la existencia de alguna o varias de las causales
que se enuncian a continuación.
Las multas que se apliquen serán afectadas de acuerdo al orden y modalidad
previstos en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y el Decreto
Reglamentario Nº 95/14.
1. Falsedad o falsificación de documentación u omisión de información y/o de los datos
incorporados a la información aportada al Registro Informatizado Único y Permanente
de Proveedores. Las multas son aplicadas por la Dirección General de Compras y
Contrataciones en su carácter de Órgano Rector del Sistema de Contrataciones, de
acuerdo a lo previsto en el Decreto Reglamentario Nº 95/14.
2. Prórroga del plazo de entrega concedido al adjudicatario. En el caso de haberse
concedido prórroga se determina la aplicación de una multa por mora del 1% del valor
de lo satisfecho fuera del término originario del contrato por cada siete (7) días de
atraso o fracción mayor de tres (3) días.
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G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
3. Rehabilitación por la parte no cumplida del contrato. En caso de que el adjudicatario
pida la rehabilitación por la parte no cumplida del contrato, y en caso de que ésta sea
aceptada, se deberá realizar el previo pago de una multa equivalente al 10 % del valor
del contrato que se rehabilita.
Art. 42.-PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
1. Desistimiento de ofertas. El desistimiento de la oferta conlleva la pérdida de la
garantía de mantenimiento de la oferta, en caso de desistimiento parcial la garantía se
pierde en forma proporcional.
2. Error en el monto de la garantía de mantenimiento de oferta. Cuando al hacer el
estudio de las ofertas se observara que, por error, la garantía presentada fuera de un
importe inferior al que corresponda, siempre que el mismo no supere un 20% del
importe correcto, debe intimarse al oferente a cubrir la diferencia en un plazo de tres
(3) días. En caso de incumplimiento dentro del plazo fijado se producirá la pérdida de
la garantía de mantenimiento de la oferta.
Art. 43.-PÉRDIDA DE GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Y DE
CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
1. Falsedad de los datos en la declaración jurada del Artículo 96 del Decreto
Reglamentario Nº 95/14. La falsedad de los datos implicará la pérdida de las
garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley.
Art. 44.-RESCISIÓN DEL CONTRATO
1. Falsedad de los datos en la declaración jurada del Artículo 96 del Anexo I del
Decreto Reglamentario Nº 95/14. Si la falsedad de los datos fuera detectada durante el
plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la rescisión del
contrato con reparación de los daños y perjuicios.
2. Rechazo de la orden de compra por parte del co-contratante. Si el adjudicatario
rechazare la orden de compra dentro del plazo de tres (3) días de perfeccionado el
contrato, la Administración intimará al cumplimiento contractual, bajo apercibimiento de
proceder a la ejecución de la garantía de oferta, sin perjuicio de las demás sanciones
contractuales.
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3. Falta de integración de la garantía de cumplimiento de contrato. Si el adjudicatario
no integra la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo de cinco (5) días
de notificada la orden de compra, se lo intimará en forma fehaciente por igual plazo.
Vencido ese plazo sin que se haya cumplimentado tal obligación, se le rescindirá el
contrato con la pérdida de la Garantía de Cumplimiento del Contrato o de un monto
equivalente a dicha garantía.
4. Rehabilitación por la parte no cumplida del contrato. Si el adjudicatario que solicitó
la rehabilitación, no hace el pago de la multa del 10% a la que se hace mención en el
Artículo 41 del presente Pliego, dentro de los tres (3) días de habérsele comunicado la
aceptación de la rehabilitación, se da por rescindido el contrato, de pleno derecho.
5. Incumplimiento de contrato con prestaciones de especial carácter. El incumplimiento
de las prestaciones de carácter especial, en que no sea posible admitir su satisfacción
fuera de término, en razón de la naturaleza de las mismas y de las necesidades de la
Administración, es penalizado con la rescisión del contrato con más la pérdida de la
garantía de cumplimiento del contrato por el importe total de aquella.
6. Configuración de fraude. Es causal de rescisión del contrato por culpa del cocontratante cuando se hubiere configurado cualquier tipo de fraude que fuera
determinante de la adjudicación de la oferta en cuestión, quedando a cargo del cocontratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su
accionar.
8. Negligencia en la ejecución del contrato o incumplimiento de las obligaciones a su
cargo. Cuando el co-contratante incurre en negligencia en la ejecución del contrato o
incumple las obligaciones a su cargo, el organismo contratante puede rescindir
unilateralmente el contrato, quedando a cargo del co-contratante la reparación de los
daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar.
9. Transferencia o cesión del contrato sin autorización previa. Cuando el cocontratante trasfiera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado
previamente por la entidad contratante, esta debe rescindir unilateralmente el contrato
por culpa del co-contratante, con la pérdida de la garantía de cumplimiento del
contrato.
Art. 45.- SANCIONES
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N° 63
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades mencionadas en el presente pliego,
los oferentes o co-contratantes pueden asimismo ser pasibles de las sanciones
previstas en el Artículo 137 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454).
Art. 46.- CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO
Son causales de extinción del contrato las siguientes:
a) Expiración del plazo término del contrato, según lo estipulado en el presente
Pliego;
b) Mutuo acuerdo;
c) Quiebra del contratista;
d) Rescisión.
Art. 47.- PAGO
El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en los artículos 28,
29, 30 y 31 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
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G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
LICITACIÓN PÚBLICA PARA SISTEMA DE SUPERVISIÓN, MONITOREO Y
RASTREO DE DISPOSITIVOS
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1. Objeto de la Licitación y Descripción del Equipamiento a Contratar
Sistema de Supervisión, Monitoreo y/o Seguimiento de Personas en Conflicto con la
Ley, bajo la modalidad de comodato, dentro del marco de un Programa Centralizado
que contemple las diferentes necesidades de los Poderes Ejecutivo y Judicial. Este
Programa Centralizado se gestionará desde el o los Centros de Monitoreo y Gestión
que se destinen a esta finalidad. Estos Centros serán atendidos por operadores y
personal propio de la o las reparticiones a las que se les asignará ésta tarea y que
serán determinadas oportunamente. Este Sistema deberá permitirle al Estado, a través
de los organismos responsables, poder atender las necesidades de monitoreo,
supervisión y rastreo de personas sujetos a alguna medida judicial mediante un
sistema confiable, eficiente, seguro y de la más moderna tecnología disponible para
esta finalidad. En el caso particular de la Prevención de la Violencia Doméstica, el
Sistema ayudará al mismo tiempo, a preservar la integridad física de la víctima.
El sistema deberá cubrir la supervisión, el rastreo y el monitoreo de treinta (30)
dispositivos.
Para asegurar la provisión de un servicio de calidad, es una exigencia de este pliego
que la empresa proveedora del Sistema esté certificada bajo la norma ISO 9001 de
aseguramiento y gestión de la calidad.
El Sistema en su conjunto, estará conformado por los siguientes elementos y/o
servicios:
Provistos por la empresa contratada:
•
Unidades de Supervisión, Monitoreo y Seguimiento mediante GPS
29
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•
Unidades de Supervisión y Monitoreo del Arresto Domiciliario
•
Centro de Servidores de Datos y de Comunicación o CSDyC
•
Software del Sistema de Supervisión, Monitoreo y Seguimiento
•
Capacitación Técnica y Operativa del Personal de Monitoreo
•
Capacitación Técnica y Operativa del Personal de Campo
•
Soporte Técnico y Mantenimiento del Sistema
•
Conectividad secundaria o de backup de Internet
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Provistos por el organismo contratante:
•
Centro de Monitoreo y Gestión o CMyG
•
Personal de Operación del Centro de Monitoreo y Gestión o CMyG
•
Personal de Campo
•
Conectividad del CMyG con el CSDyC
•
Telefonía del CMyG
•
Conectividad primaria o principal de Internet
2. Centro de Monitoreo y Gestión
•
El Centro de Monitoreo y Gestión o CMyG es el lugar físico desde el cual los
operadores realizarán el monitoreo, la supervisión y el seguimiento de las
personas incorporadas a alguno de los Programas durante las 24 horas del día.
Allí se presentarán en pantallas todas las novedades y reportes provenientes de
las unidades instaladas. Utilizando la misma infraestructura de computación, los
operadores realizarán la gestión de los incidentes, que el sistema permitirá
documentar y registrar en forma absolutamente clara, fehaciente y segura. El
procesamiento de los reportes y la gestión de los incidentes se realizará en
tiempo real, a medida que cada operador revea y analice los paquetes de
información que se reciban.
•
La operación del CMyG será las 24 horas al día, los 7 días de la semana, y los
365 días del año.
30
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N° 66
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
•
El CMyG deberá ser modular y escalable, toda vez que inicialmente se requerirá
un determinado número de puestos de trabajo, de acuerdo con los
requerimientos inicialmente contemplados y la demanda proyectada en un
mediano plazo. Si en el futuro, los requerimientos se amplían, solo deberá ser
necesario incrementar la cantidad de puestos de trabajo y ajustar la
disponibilidad del canal de comunicaciones de datos inicialmente previsto, sin
generar interrupciones o disminución en la calidad de las prestaciones del
servicio.
•
Desde el CMyG se debe tener la capacidad de recibir en tiempo real la
información proveniente de todos los dispositivos de Supervisión, Monitoreo y
Seguimiento de todos las personas incorporadas al programa de forma tal que
los operadores tomen las acciones correspondientes en caso de eventos de
transgresiones o incidentes de importancia.
•
El CMyG deberá disponer de un sistema informatizado de manejo de los
incidentes y las violaciones o transgresiones a las reglas del programa que
permita la notificación rápida de estas novedades, a quien corresponda, con el
fin de que se tomen las acciones correspondientes, de acuerdo con la
naturaleza de cada caso.
•
Para facilitar la tarea de los operadores, el sistema deberá permitir dejar
registrada en su memoria todas las acciones previamente definidas para
responder adecuadamente a los diferentes tipos posibles de violaciones o
transgresiones a las reglas del programa.
•
Las alertas por violaciones o transgresiones deberán poder ser notificadas a
quien corresponda, por uno más medios diferentes, tal como e-mail, fax, SMS,
comunicación de voz utilizando una línea telefónica celular o fija, entre otros.
3. Sistema Informático
•
El Sistema Informático en su conjunto, incluyendo la plataforma de hardware,
deberá encontrarse localizado en el territorio de la República Argentina e
instalado en su totalidad en dependencias propias de la empresa contratada.
31
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•
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 67
La empresa contratada deberá proveer la plataforma tecnológica para que el
conjunto del sistema funcione en óptimas condiciones de seguridad y
confiabilidad. Se deberá considerar que el sistema es de misión crítica, por lo
cual, los servidores deberán configurarse en la modalidad de alta disponibilidad,
con redundancia de procesadores y en modo tolerante a fallas.
•
En los servidores se deberá procesar y almacenar en bases de datos toda la
información propia del sistema, como ser: la información y los datos personales
de las personas monitoreadas y de su causa o expediente judicial, la totalidad
de los eventos reportados por el medio tecnológico que se haya utilizado para
supervisar, monitorear y realizar el seguimiento del agresor, las zonas de
inclusión y exclusión configuradas para cada agresor, los procedimientos
seguidos ante cada alarma presentada, las comunicaciones cursadas ante cada
evento, etc., etc.
•
El sistema deberá disponer de un sistema de permisos de acceso jerárquico, en
el cual deberán existir varios niveles, como ser por ejemplo:
-Administrador General, con acceso sin restricciones al sistema en su conjunto
y a su configuración, pero sin la posibilidad de borrar o eliminar información
crítica, reportes o alarmas del sistema.
-Administrador, con facultades para configurar y modificar determinados
parámetros básicos del sistema, necesarios para la operación habitual del
mismo.
-Supervisor, con permisos para atender los reportes de los eventos y gestionar
los mismos, sin restricciones para configurar los parámetros operativos del
sistema.
-Operador, con permisos para atender los reportes de los eventos y gestionar
los mismos, pero con restricciones para configurar los parámetros operativos
del sistema.
•
La empresa adjudicataria, a los efectos de una correcta prestación del servicio,
deberá utilizar una cartografía digital geo-referenciada, de la totalidad del
territorio de la República Argentina.
•
La cartografía deberá disponer como mínimo de la siguiente información:
32
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Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 68
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res

Red vial completa, compuesta por la traza y los nombres de las calles,
avenidas, autopistas, pasos a nivel y rutas provinciales y nacionales.

Ubicación de puntos de referencia importantes como ser comisarías
hospitales, escuelas, parques y plazas.
4. Alcance de la Propuesta
La empresa contratada deberá proveer todos los elementos y servicios necesarios
para implementar exitosamente los siguientes sub-programas:
4.1 Equipamiento para la Supervisión, Monitoreo y Rastreo de Agresores y Víctimas –
ver Anexo A
4.2 Equipamiento para la Supervisión y Monitoreo del Arresto Domiciliario – ver Anexo
B
4.3 Equipamiento para la Supervisión y Monitoreo Ambulatorio – ver Anexo C
El detalle y la descripción de cada sub-programa y las características del equipamiento
a ser utilizado, se podrá consultar en los Anexos correspondientes a cada uno de
ellos.
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Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 69
Anexo A
Equipamiento para la Supervisión, Monitoreo y Rastreo de Agresores y Víctimas
A.1 Alcance
El alcance del requerimiento incluye la provisión de los elementos para supervisar y
monitorear a parejas, cada una de ellas compuesta por una agresor y una víctima.
Cada uno de ellos será monitoreado, supervisado y/o rastreado, de acuerdo con lo que
dispongan las autoridades judiciales intervinientes en la causa, utilizando una tobillera
y un dispositivo de supervisión, monitoreo y rastreo mediante GPS para el caso del
agresor y un dispositivo de supervisión, monitoreo y rastreo mediante GPS para el
caso de la víctima.
A.2 Características Necesarias de la Solución
La solución propuesta debe ser escalable, es decir, que su diseño contemple la
posibilidad de un crecimiento en la cantidad de parejas de agresores y víctimas a ser
supervisados, de acuerdo con las necesidades y requerimientos de las autoridades.
Esta exigencia se debe aplicar al sistema propuesto, en su conjunto. No se
considerarán propuestas en las que no quede claramente descripto y detallado este
aspecto.
El monitoreo, la supervisión y el rastreo de los agresores, se deberá llevar a cabo
utilizando un transmisor de radiofrecuencia sujeto al cuerpo del agresor y un receptor
de estas señales, ubicado dentro de la unidad de rastreo que recibe señales del
Sistema de Posicionamiento Global o GPS. Esto permitirá verificar que el agresor no
se aleje de su unidad de rastreo y por lo tanto poder tener certeza de su verdadera
localización. La unidad de rastreo se deberá comunicar con el Sistema Informático
mediante una comunicación celular.
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Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 70
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
El monitoreo, la supervisión y el rastreo de las víctimas, se deberá llevar a cabo
utilizando una unidad de rastreo que reciba señales del Sistema de Posicionamiento
Global o GPS y un receptor de radiofrecuencia capaz de escuchar las transmisiones
de la tobillera que porta el agresor. La unidad de rastreo se deberá comunicar con el
Sistema Informático mediante una comunicación celular.
El monitoreo y la supervisión del cumplimiento de las restricciones de prohibición de
acercamiento a la víctima, y de ingreso a áreas o zonas geográficas predeterminadas,
tales como el domicilio de la víctima, su lugar de trabajo o estudio o el domicilio de los
hijos, se logrará mediante la comparación de las coordenadas geográficas
almacenadas en la memoria de la unidad de rastreo con las de la posición actual del
agresor que la unidad determinará a partir de la información que recibe de la
constelación de satélites GPS. En el sistema informático se definirán las distancias
mínimas que se deberán respetar.
En el caso en que la víctima se desplace, el software del Sistema deberá analizar la
distancia entre las últimas posiciones del agresor y de la víctima, registradas por el
Sistema y reportar cualquier acercamiento indebido que transgreda lo dispuesto por la
Justicia.
De acuerdo con las disposiciones de las autoridades judiciales, el monitoreo y la
supervisión de los agresores se deberá llevar a cabo mediante un sistema cuyas
funcionalidades básicas deberán permitir conocer con precisión:
•
Las ubicaciones del agresor y de la víctima, definidas por coordenadas
geográficas y su posición sobre una cartografía digital. Para ello deberá utilizar
un equipamiento que incorpore un receptor del sistema de posicionamiento
global (GPS).
•
Los recorridos realizados tanto por el agresor como por la víctima, determinado
y definido por las coordenadas geográficas de cada punto de la trayectoria y la
visualización de los mismos sobre una cartografía digital.
35
N° 4879 - 10/5/2016
•
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 71
Si un agresor se acerca a la víctima más allá de la distancia establecida en la
medida cautelar de alejamiento o restricción.
•
Si un agresor transgrede la medida cautelar de exclusión del hogar.
•
Si un agresor ingresa o permanece en áreas geográficas prohibidas; estas
áreas se denominarán zonas de exclusión.
El sistema informático a ser utilizado deberá permitir:
•
Visualizar en una pantalla todos los reportes de eventos generados por el
equipamiento utilizado para supervisar y monitorear a los agresores y a las
víctimas.
•
Visualizar en una pantalla todas las ubicaciones y los recorridos realizados por
los agresores, con el correspondiente detalle de la fecha y hora en que el
equipamiento lo registró en cada una de esas ubicaciones.
•
Visualizar en una pantalla todos los reportes de eventos generados por el
equipamiento utilizado para localizar a las víctimas.
•
Visualizar en una pantalla todas las ubicaciones y los recorridos realizados por
las víctimas, con el correspondiente detalle de la fecha y hora en que el
equipamiento lo registró en cada una de esas ubicaciones.
•
Visualizar en una pantalla en forma simultánea las posiciones instantáneas del
agresor y de la víctima, con la posibilidad de determinar la distancia existente
entre las ubicaciones de cada uno, en cada momento.
•
Consultar toda la información disponible y registrada en el sistema, para que el
operador pueda tomar las decisiones que correspondan con la mayor cantidad
de información que sea posible.
•
Generar reportes e informes a partir de toda la información de interés registrada
en el sistema.
•
Almacenar
todas
las
localizaciones
instantáneas
registradas
por
el
equipamiento y todos los recorridos realizados por las personas incorporadas al
programa.
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Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 72
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
•
Almacenar todos los reportes de eventos generados por el equipamiento, ya
sean estos reportes transgresiones a las reglas del programa por parte del
agresor o no.
•
Transmitir los reportes de las transgresiones, en forma totalmente automática,
es decir sin la intervención del operador, a quien corresponda, por uno o más
medios de comunicación, ya sea este fax, e-mail o SMS.
•
Transmitir los reportes de las transgresiones y el detalle de las acciones
realizadas por el operador, con la intervención del mismo, que decidirá qué
corresponde escribir y a quién corresponde cursarle la comunicación. El
mensaje podrá enviarse, por uno o más medios de comunicación, ya sea fax, email o SMS.
•
Interpretar la información en forma clara y amigable, para facilitar la toma de
decisiones oportunas y eficientes.
•
Obtener registros impresos de aquella información registrada en el sistema, que
pueda ser de interés para las autoridades del Programa o para los funcionarios
Judiciales.
A.3 Provisión de Material y Equipamiento
La empresa deberá proveer el equipamiento necesario para el cumplimiento del objeto
del contrato y deberá certificar mediante un documento emitido por el fabricante del
equipamiento, la garantía de provisión de repuestos por el término de 24 meses. Esta
certificación es de presentación obligatoria junto con la oferta.
El Organismo Contratante se reserva el derecho de realizar todas las inspecciones
necesarias a fin de comprobar la existencia del inventario necesario para el
cumplimiento del contrato y la calidad de los equipos ofrecidos, con el objeto de
verificar el cumplimiento de lo solicitado. A tal fin, las empresas oferentes deberán
adjuntar a la oferta una nota autorizando la visita a funcionarios del Organismo
Contratante a las instalaciones, depósitos o demás dependencias de la empresa, a fin
de comprobar el requerimiento detallado anteriormente. Esta nota es de presentación
obligatoria junto con la oferta.
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Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 73
A.4. Descripción del Equipamiento del Agresor
A4.1 Supervisión y Monitoreo mediante RF y GPS
El Sistema de Supervisión, Monitoreo y Rastreo Mediante GPS, es un recurso
tecnológico por el cual se instala un brazalete o una tobillera, sobre el cuerpo del
agresor. En conjunción con un segundo dispositivo, permite conocer la ubicación
geográfica del agresor, los recorridos realizados por el mismo y los eventos o
transgresiones que cometió, en el caso en que estos existieran. El brazalete o tobillera
transmite una señal de Radio Frecuencia (RF) y envía información a una unidad
receptora llamada Unidad de Monitoreo Ambulatoria para el Agresor o UMAA, que el
agresor deberá llevar consigo en todo momento. Esta UMAA se comunicará con el
Centro de Monitoreo y Gestión o CMyG mediante la red de telefonía celular y reportará
las novedades de interés.
El sistema reportará una transgresión o alarma cuando el agresor monitoreado se
aleje de la UMAA, en una distancia mayor al radio configurado para ese agresor en
particular.
La información a ser reportada al CMyG estará compuesta entre otros datos de
interés, por: las coordenadas geográficas de los puntos que componen la trayectoria
de los desplazamientos del agresor mientras hizo uso de sus permisos para
trasladarse de un lugar a otro o deambular por la ciudad, y la fecha y hora de
adquisición de las coordenadas de cada uno de los puntos que componen la
trayectoria. Todos los datos registrados y los eventos de interés, se transmitirán al
CMyG utilizando la red celular GSM. Esta clase de dispositivos deberá permitirle a los
operadores del CMyG conocer la ubicación de cada agresor en cada momento.
El equipamiento deberá cumplir con los siguientes requerimientos operativos,
funcionales y técnicos:
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N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 74
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
A4.1.1 Dispositivo Transmisor de Radio Frecuencia (Brazalete o Tobillera)
•
Cualquier transmisor deberá poder aparearse a los efectos de la supervisión y
el monitoreo con cualquier UMAA.
•
El transmisor deberá ofrecerse en al menos, uno de dos formatos habituales, ya
sea tipo tobillera (para colocar sobre la pierna) o tipo brazalete (para colocar
sobre el brazo).
•
El transmisor, incluyendo correa y batería, deberá tener un peso no mayor a los
100 gramos.
•
El transmisor no deberá apagarse ni presentar un funcionamiento errático, si se
lo introduce en una zona con presencia de campos electromagnéticos, y no
deberá requerir de ningún tipo de imán, electroimán o llave mecánica, para ser
encendido, activado, apagado o desactivado.
•
El transmisor deberá disponer de un mínimo de 10.000 códigos de identificación
diferentes que permitan su correcta identificación por parte del equipamiento de
campo. La identificación deberá ser unívoca e inequívoca, eliminando así
cualquier posibilidad de que se reciban señales gemelas o duplicadas.
•
El transmisor deberá ser resistente a choques e impactos, y deberá estar
protegido ante el ingreso de agua y polvos, deberá resistir la inmersión de agua,
altas temperaturas operacionales, cambios bruscos de temperatura y de
humedad. Todas estas aptitudes deberán estar debidamente documentadas
mediante certificados que acrediten el cumplimiento de las normas IEC de
aplicación en cada caso.
•
Los materiales utilizados en la construcción de la carcasa del transmisor, ya sea
este un brazalete o una tobillera, deberán ser hipoalergénicos
•
Los materiales utilizados en la construcción de la correa de sujeción del
transmisor, ya sea este brazalete o tobillera, deberán ser hipoalergénicos.
•
La batería interna del transmisor deberá tener una vida útil de operación mínima
de treinta (30) meses.
•
El transmisor deberá ser capaz de emitir un mensaje de aviso de batería baja,
cuando detecte tal condición en su batería, al menos 7 días antes del final de la
vida útil de la misma
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Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 75
La correa del transmisor deberá poder ser reutilizada, mientras que su
mecanismo de cierre deberá ser de un único uso. Es decir, se deberá descartar
luego de ser utilizado.
•
El transmisor deberá poder ser colocado fácilmente sin que para ello sea
necesario llevar a cabo procedimientos engorrosos o de una duración
prolongada. El proceso deberá poder completarse satisfactoriamente, en
condiciones normales, en un máximo de 5 minutos.
•
Las herramientas necesarias para instalar un transmisor deberán ser simples y
de fácil utilización.
•
El sistema o la tecnología utilizada deberá permitir disponer de algún aparato o
instrumento portátil que le permita verificar al personal de campo, cuando se
encuentre en el domicilio del agresor, que la pulsera o tobillera está funcionando
normalmente. La indicación deberá permitir conocer el estado de la batería
interna y verificar que los dispositivos sensores del transmisor se encuentren
activos y funcionando normalmente, como así también que la malla y la traba
estén correctamente cerradas.
•
Los transmisores solo podrán ser activados, encendidos o reseteados y
desactivados o apagados, mediante el uso de un dispositivo especial que a
modo de llave electrónica codificada, permita realizar la operación. Este
dispositivo deberá tener un código único que permita identificar al personal de
campo que lo utilizó.
•
El transmisor deberá tener la capacidad de notificar el código del dispositivo o
llave electrónica que se utilizó para activarlo o para retornarlo a su condición
normal de funcionamiento, de manera tal que el sistema informático registre e
identifique en forma automática al personal de campo que tiene asignado ese
dispositivo y que intervino en la normalización del transmisor.
•
En el caso en que un transmisor instalado reporte una apertura o corte de la
malla, el transmisor deberá mantener este registro en su memoria y no deberá
volver a la condición normal de funcionamiento por sí solo. Se requerirá la
intervención de personal del campo autorizado para poder normalizar o resetear
al mismo.
40
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 76
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
•
Cuando el CMyG lo estime necesario, para la mejor prestación del servicio, los
transmisores deberán poder ser configurados para ser reseteados o vueltos a
su condición normal de funcionamiento, en forma automática, es decir sin que
se exija la intervención del personal de campo.
•
El transmisor propuesto deberá operar en una banda de frecuencias de RF
autorizada por el Ente Nacional de Comunicaciones.
A4.1.2 Seguridad de Operación
•
El transmisor no se deberá poder separarse del cuerpo del agresor sin que el
mismo genere una señalización o reporte de alarma por la activación de un
dispositivo sensor de proximidad, que supervise el contacto entre el conjunto de
la correa y/o el transmisor y la pierna o el brazo del agresor. Esto deberá ser
así, aún en aquellos casos que no se haya abierto, cortado o violentado la malla
o su cierre.
•
El transmisor deberá generar una señalización de alarma en caso de apertura
de la traba de cierre o corte o daño de la malla del transmisor.
•
En el caso en que se produzca una apertura de la traba de cierre o corte o daño
de la malla del transmisor cuando el transmisor se encuentre fuera del rango de
alcance del receptor, la señal de este evento de alarma deberá mantenerse
registrada en la memoria del transmisor y deberá ser retransmitida en forma
permanente para que sea detectada por la UMAA tan pronto como el transmisor
vuelva a estar dentro del rango de alcance del receptor.
A4.1.3 Unidad de Monitoreo Ambulatorio para el Agresor o UMAA
•
Estará conformado por una unidad receptora o Unidad de Monitoreo
Ambulatorio o UMAA, que deberá tener incorporada un receptor de GPS y un
transceptor celular GSM.
•
Cualquier UMAA deberá poder configurarse para supervisar y monitorear a
cualquier transmisor. Es decir que no deberán funcionar únicamente de a pares,
estrictamente vinculados entre sí.
41
N° 4879 - 10/5/2016
•
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 77
La comunicación entre la UMAA y el CMyG a los efectos del reporte de todos
los eventos y de la localización y trayectoria, deberá realizarse por medio de la
red de telefonía celular GSM.
•
La elección del proveedor de telefonía celular a utilizar en cada UMAA será una
potestad del Organismo Contratante, que lo seleccionará en función de la
disponibilidad y cobertura de señal en la zona en cuestión.
•
Las UMAA deberán permitir el cambio de la tarjeta SIM en el lugar de la
instalación para poder así, seleccionar al proveedor del servicio de telefonía
celular que mejor cobertura tenga en esa ubicación.
•
Todos los costos asociados a la utilización de una UMAA que utilice una línea
celular, ya sea para la transmisión de datos o para la comunicación de voz con
el agresor, correrán por cuenta de la empresa prestadora del servicio. El
Organismo Contratante y/o el GCBA no reconocerá ningún costo adicional por
este concepto.
•
La UMAA deberá permitir que el agresor reciba llamadas telefónicas y realice
llamadas, utilizando la red de telefonía celular, solamente a ciertos números
predeterminados, tal como al Centro de Monitoreo y Gestión y a un número de
Emergencias (911).
•
La UMAA deberá permitir recibir mensajes de texto, enviados desde el Centro
de Monitoreo y Gestión a manera de alertas, advertencias o indicaciones. A
este efecto deberá la UMAA contar con un display LCD iluminado para poder
leer los mensajes que le lleguen.
•
La UMAA deberá tener períodos diferentes para la adquisición de las
localizaciones y la transmisión de los reportes. Estos intervalos se podrán
configurar en valores diferentes, según existan transgresiones o no.
•
La UMAA deberá contar para su alimentación con una batería interna
recargable.
•
La autonomía de la batería de la UMAA, podrá depender de la frecuencia de
adquisición de la posición y de la frecuencia de envío de reportes al CMyG. De
todos modos, en la situación más crítica o desfavorable, es decir con una
adquisición de posición y envío de reportes más frecuentes, esta duración no
deberá ser inferior a 18 horas.
42
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 78
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
•
El sistema deberá permitir la actualización del firmware de las UMAA, a
distancia o remotamente, sin que sea necesario trasladarse hasta el domicilio
del agresor.
•
La UMAA deberá disponer de alguna protección que le asegure resistencia a
salpicaduras accidentales de agua.
•
La UMAA deberá disponer algún método para advertirle claramente al agresor
que la batería de la misma, está baja y deberá ser recargada.
•
La UMAA deberá advertirle claramente al agresor, en el caso que éste se
encuentre en una ubicación sin adecuada recepción de la señal GPS, para que
el mismo lleve a cabo las acciones recomendadas para actualizar su posición.
•
La UMAA deberá permitir el establecimiento y programación de agendas de
permisos de horarios para las zonas de exclusión.
•
La configuración de las zonas de exclusión, como así también la agenda de
permisos deberá almacenarse en la memoria interna de la UMAA.
•
En ausencia de alarmas la UMAA deberá reportar periódicamente su estado
mediante un mensaje de estado normal. La periodicidad de esta comunicación
deberá ser configurable.
•
En el caso en que la UMAA registre una transgresión a las reglas del programa,
ésta deberá ser reportada de manera inmediata por la unidad al CMyG.
•
Toda la información concerniente a la localización del agresor, el horario en que
se registró la localización y todas las informaciones de estado y alarmas, la
UMAA las deberá reportar en el momento que desde el CMyG se lo solicite o en
el mismo momento en que se generen las transgresiones o señalizaciones de
interés.
•
La UMAA a partir de la información GPS recibida y de la información guardada
en su memoria interna, debe tener la capacidad de calcular la posición del
agresor y generar un reporte en el caso que el agresor se aproxime o ingrese a
una zona de exclusión o salga de ella.
A4.1.4 Unidad de Monitoreo Ambulatorio para la Víctima o UMAV
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N° 4879 - 10/5/2016
•
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 79
Estará conformado por una unidad receptora o Unidad de Monitoreo
Ambulatorio o UMAV, que deberá tener incorporada un receptor de GPS y un
transceptor celular GSM.
•
Cualquier UMAV deberá poder configurarse para detectar la presencia del
transmisor que se le haya asignado al respectivo agresor, sea cual fuera su
número de serie del transmisor. Es decir que la UMAV no deberá funcionar con
único transmisor preestablecido, si no que deberá poder configurarse como
para detectar cualquier transmisor que le sea asignado al agresor.
•
La UMAV deberá detectar la presencia del transmisor que lleva el agresor, al
recibir en forma directa la señal de RF, en el momento en que el agresor se
acerque a menos de 150 metros de la víctima.
•
La comunicación entre la UMAV y el CMyG a los efectos del reporte de todos
los eventos y de la localización y trayectoria, deberá realizarse por medio de la
red de telefonía celular GSM.
•
La elección del proveedor de telefonía celular a utilizar en cada UMAV será una
potestad del Organismo Contratante, que lo seleccionará en función de la
disponibilidad y cobertura de señal en la zona en cuestión.
•
Las UMAV deberán permitir el cambio de la tarjeta SIM en el lugar de la
instalación para poder así, seleccionar al proveedor del servicio de telefonía
celular que mejor cobertura tenga en esa ubicación.
•
Todos los costos asociados a la utilización de una UMAV que utilice una línea
celular, ya sea para la transmisión de datos o para la comunicación de voz con
el agresor, correrán por cuenta de la empresa prestadora del servicio. El
Organismo Contratante y/o el GCBA no reconocerá ningún costo adicional por
este concepto.
•
La UMAV deberá permitir que la víctima reciba llamadas telefónicas y realice
llamadas, utilizando la red de telefonía celular, solamente a ciertos números
predeterminados, tales como al CMyG y a un número de Emergencias (por
ejemplo, 911).
•
La UMAV deberá permitir recibir mensajes de texto, enviados desde el CMyG a
manera de alertas, advertencias o indicaciones. A este efecto deberá la UMAV
44
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 80
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
contar con un display LCD iluminado para poder leer los mensajes que le
lleguen.
•
La UMAV deberá tener períodos diferentes para la adquisición de las
localizaciones y la transmisión de los reportes. Estos intervalos se podrán
configurar en valores diferentes, según existan transgresiones o no.
•
La UMAV deberá contar para su alimentación con una batería interna
recargable.
•
La autonomía de la batería de la UMAV, podrá depender de la frecuencia de
adquisición de la posición y de la frecuencia de envío de reportes al CMyG. De
todos modos, en la situación más crítica o desfavorable, es decir con una
adquisición de posición y envío de reportes más frecuentes, esta duración no
deberá ser inferior a 18 horas.
•
El sistema deberá permitir la actualización del firmware de las UMAV, a
distancia o remotamente, sin que sea necesario trasladarse hasta el domicilio
de la víctima.
•
La UMAV deberá disponer de alguna protección que le asegure resistencia a
salpicaduras accidentales de agua.
•
La UMAV deberá disponer algún método para advertirle claramente a la víctima
que la batería de la misma, está baja y deberá ser recargada.
•
La UMAV deberá advertirle claramente a la víctima, en el caso que ésta se
encuentre en una ubicación sin adecuada recepción de la señal GPS, para que
la misma lleve a cabo las acciones recomendadas para actualizar su posición.
•
En ausencia de alarmas la UMAV deberá reportar periódicamente su estado
mediante un mensaje de estado normal. La periodicidad de esta comunicación
deberá ser configurable.
•
En el caso en que la UMAV registre una transgresión a las reglas del programa,
ésta deberá ser reportada de manera inmediata por la unidad al CMyG.
•
Toda la información concerniente a la localización de la víctima, el horario en
que se registró la localización y todas las informaciones de estado y alarmas, la
UMAV las deberá reportar en el momento que desde el CMyG se lo solicite o en
el mismo momento en que se generen las transgresiones o señalizaciones de
interés.
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N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 81
Anexo B
Equipamiento para la Supervisión y Monitoreo del Arresto Domiciliario
B.1 Alcance
El alcance del requerimiento incluye la provisión de los elementos para supervisar y
monitorear a personas que como consecuencia de una medida judicial deban cumplir
con un arresto domiciliario. Cada una de ellas será monitoreado y/o supervisado, de
acuerdo con lo que dispongan las autoridades judiciales intervinientes en la causa,
utilizando una tobillera y una unidad domiciliaria de supervisión y monitoreo mediante
radiofrecuencia o RF.
B.2 Características Necesarias de la Solución
La solución propuesta debe ser escalable, es decir, que su diseño contemple la
posibilidad de un crecimiento en la cantidad de personas a ser supervisadas, de
acuerdo con las necesidades y requerimientos de las autoridades. Esta exigencia se
debe aplicar al sistema propuesto, en su conjunto. No se considerarán propuestas en
las que no quede claramente descripto y detallado este aspecto.
El monitoreo, la supervisión y el rastreo de las personas, se deberá llevar a cabo
utilizando un transmisor de radiofrecuencia sujeto al cuerpo y un receptor de estas
señales, ubicado dentro del domicilio. Esto permitirá verificar que el agresor no se
aleje de su unidad de rastreo y por lo tanto poder tener certeza de que no salga de su
domicilio.
El sistema informático a ser utilizado deberá permitir:
46
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 82
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
•
Visualizar en una pantalla todos los reportes de eventos generados por el
equipamiento utilizado para supervisar y monitorear a las personas, con el
correspondiente detalle de la fecha y hora en que el equipamiento lo registró.
•
Consultar toda la información disponible y registrada en el sistema, para que el
operador pueda tomar las decisiones que correspondan con la mayor cantidad
de información que sea posible.
•
Generar reportes e informes a partir de toda la información de interés registrada
en el sistema.
•
Almacenar todos los reportes de eventos generados por el equipamiento, ya
sean estos reportes transgresiones a las reglas del programa por parte del
agresor o no.
•
Transmitir los reportes de las transgresiones, en forma totalmente automática,
es decir sin la intervención del operador, a quien corresponda, por uno o más
medios de comunicación, ya sea este fax, e-mail o SMS.
•
Transmitir los reportes de las transgresiones y el detalle de las acciones
realizadas por el operador, con la intervención del mismo, que decidirá qué
corresponde escribir y a quién corresponde cursarle la comunicación. El
mensaje podrá enviarse, por uno o más medios de comunicación, ya sea fax, email o SMS.
•
Interpretar la información en forma clara y amigable, para facilitar la toma de
decisiones oportunas y eficientes.
•
Obtener registros impresos de aquella información registrada en el sistema, que
pueda ser de interés para las autoridades del Programa o para los funcionarios
judiciales.
B.3 Provisión de Material y Equipamiento
La empresa deberá proveer el equipamiento necesario para el cumplimiento del objeto
del contrato y deberá certificar mediante un documento emitido por el fabricante del
equipamiento, la garantía de provisión de repuestos por el término de 24 meses. Esta
certificación es de presentación obligatoria junto con la oferta.
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N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 83
El Organismo Contratante se reserva el derecho de realizar todas las inspecciones
necesarias a fin de comprobar la existencia del inventario necesario para el
cumplimiento del contrato y la calidad de los equipos ofrecidos, con el objeto de
verificar el cumplimiento de lo solicitado. A tal fin, las empresas oferentes deberán
adjuntar a la oferta una nota autorizando la visita a funcionarios del organismo a las
instalaciones, depósitos o demás Dependencias de la empresa, a fin de comprobar el
requerimiento detallado anteriormente. Esta nota es de presentación obligatoria junto
con la oferta.
B.4 Descripción del Equipamiento del Interno
B4.1 Supervisión y Monitoreo mediante RF (Transmisor y
Unidad de Monitoreo
Residencial)
Esta metodología de supervisión requiere de la colocación de un dispositivo con
aspecto de brazalete o de tobillera, sobre el cuerpo de la persona. Este dispositivo
transmite una señal de Radio Frecuencia (RF) y envía información a una unidad
receptora llamada Unidad de Monitoreo Residencial o UMR que se encuentra
instalada en forma fija, en el domicilio de la persona a ser monitoreada. Esta UMR se
comunicará con el Centro de Monitoreo y Gestión o CMyG mediante la red telefónica
cableada y/o una línea de telefonía celular y reportará las novedades de interés.
El sistema reportará una transgresión o alarma, cuando la persona monitoreada se
aleje de la UMR, una distancia mayor al radio configurado para ese domicilio en
particular.
El equipamiento deberá cumplir con los siguientes requerimientos operativos,
funcionales y técnicos:
B4.1.1 Dispositivo Transmisor de Radio Frecuencia (Brazalete o Tobillera)
48
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 84
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
•
En caso en que sea necesario incluir a la persona en dos Programas, como ser
Arresto Domiciliario y de Seguimiento Ambulatorio, el transmisor deberá poder
comunicarse tanto con la Unidad de Monitoreo Residencial o UMR, como con el
dispositivo de seguimiento mediante GPS o Unidad de Monitoreo Ambulatorio o
UMA, que será descripto más adelante. Es decir, ya sea que al interno se lo
monitoree en el interior de su domicilio o en sus desplazamientos en el exterior
del mismo, por una y/u otra metodología, el transmisor a utilizarse deberá ser
único.
•
Cualquier transmisor deberá poder aparearse a los efectos de la supervisión y
el monitoreo con cualquier UMR y/u UMA.
•
El transmisor deberá ofrecerse en al menos, uno de dos formatos habituales, ya
sea tipo tobillera (para colocar sobre la pierna) o tipo brazalete (para colocar
sobre el brazo).
•
El transmisor, incluyendo correa y batería, deberá tener un peso no mayor a los
100 gramos.
•
El transmisor no deberá apagarse ni presentar un funcionamiento errático, si se
lo introduce en una zona con presencia de campos electromagnéticos y no
deberá requerir de ningún tipo de imán, electroimán o llave mecánica, para ser
encendido, activado, apagado o desactivado.
•
El transmisor deberá disponer de un mínimo de 10.000 códigos de identificación
diferentes que permitan su correcta identificación por parte del equipamiento de
campo. La identificación deberá ser unívoca e inequívoca, eliminando así
cualquier posibilidad de que se reciban señales gemelas o duplicadas.
•
El transmisor deberá ser resistente a choques e impactos, y deberá estar
protegido ante el ingreso de agua y polvos, deberá resistir la inmersión de agua,
altas temperaturas operacionales, cambios bruscos de temperatura y de
humedad. Todas estas aptitudes deberán estar debidamente documentadas
mediante certificados que acrediten el cumplimiento de las normas IEC de
aplicación en cada caso.
•
Los materiales utilizados en la construcción de la carcasa del transmisor, ya sea
este un brazalete o una tobillera, deberán ser hipoalergénicos
49
N° 4879 - 10/5/2016
•
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 85
Los materiales utilizados en la construcción de la correa de sujeción del
transmisor, ya sea este brazalete o tobillera, deberán ser hipoalergénicos.
•
La batería interna del transmisor deberá tener una vida útil de operación mínima
de treinta (30) meses.
•
El transmisor deberá ser capaz de emitir un mensaje de aviso de batería baja,
cuando detecte tal condición en su batería, al menos 7 días antes del final de la
vida útil de la misma
•
La correa del transmisor deberá poder ser reutilizada, mientras que su
mecanismo de cierre deberá ser de un único uso. Es decir, se deberá descartar,
luego de ser utilizado.
•
El transmisor deberá poder ser colocado fácilmente sin que para ello sea
necesario llevar a cabo procedimientos engorrosos o de una duración
prolongada. El proceso deberá poder completarse satisfactoriamente, en
condiciones normales, en un máximo de 5 minutos.
•
Las herramientas necesarias para instalar un transmisor deberán ser simples y
de fácil utilización.
•
El sistema o la tecnología utilizada deberá permitir disponer de algún aparato o
instrumento portátil que le permita verificar al personal de campo, cuando se
encuentre en el domicilio de la persona, que la pulsera o tobillera está
funcionando normalmente. La indicación deberá permitir conocer el estado de la
batería interna y verificar que los dispositivos sensores del transmisor se
encuentren activos y funcionando normalmente, como así también que la malla
y la traba estén correctamente cerradas.
•
Los transmisores solo podrán ser activados, encendidos o reseteados y
desactivados o apagados, mediante el uso de un dispositivo especial que a
modo de llave electrónica codificada, permita realizar la operación. Este
dispositivo deberá tener un código único que permita identificar al personal de
campo que lo utilizó.
•
El transmisor deberá tener la capacidad de notificar el código del dispositivo o
llave electrónica que se utilizó para activarlo o para retornarlo a su condición
normal de funcionamiento, de manera tal que el sistema informático registre e
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N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 86
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
identifique en forma automática al personal de campo que tiene asignado ese
dispositivo y que intervino en la normalización del transmisor.
•
En el caso en que un transmisor instalado, reporte una apertura o corte de la
malla, el transmisor deberá mantener este registro en su memoria y no deberá
volver a la condición normal de funcionamiento por sí solo. Se requerirá la
intervención de personal del campo autorizado para poder normalizar o resetear
al mismo.
•
Cuando el CMyG lo estime necesario, para la mejor prestación del servicio, los
transmisores deberán poder ser configurados para ser reseteados o vueltos a
su condición normal de funcionamiento, en forma automática, es decir sin que
se exija la intervención del personal de campo.
•
El transmisor propuesto deberá operar en una banda de frecuencias de RF
autorizada por la CNC
B4.1.2 Seguridad de Operación
•
El transmisor no deberá poder separarse del cuerpo de la persona sin que el
mismo genere una señalización o reporte de alarma por la activación de un
dispositivo sensor de proximidad, que supervise el contacto entre el conjunto de
la correa y/o el transmisor y la pierna o el brazo de la persona. Esto deberá ser
así, aún en aquellos casos que no se haya abierto, cortado o violentado la malla
o su cierre.
•
El transmisor deberá generar una señalización de alarma en caso de apertura
de la traba de cierre o corte o daño de la malla del transmisor.
•
En el caso en que se produzca una apertura de la traba de cierre o corte o daño
de la malla del transmisor y el transmisor se encuentre fuera del rango de
alcance del receptor, la señal de este evento de alarma deberá mantenerse
registrada en la memoria del transmisor y deberá ser retransmitida en forma
permanente para que sea detectada por la UMR tan pronto como el transmisor
vuelva a estar dentro del rango de alcance del receptor.
B4.2 Unidad de Monitoreo Residencial
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N° 4879 - 10/5/2016
•
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 87
La UMR deberá comunicarse con el CMyG por medio de la línea telefónica
conmutada pública (PSTN) y/o mediante una línea telefónica celular.
•
El hecho de utilizar un enlace celular para establecer la comunicación con el
CMyG, no deberá restringir ninguna de las demás funcionalidades requeridas
de la UMR, ni tampoco las del sistema en su conjunto.
•
El prestador del servicio deberá poner a disposición de las autoridades
responsables de la implementación del programa, UMRs con la capacidad de
comunicarse mediante la línea telefónica convencional y además, también
mediante la línea celular en forma indistinta o en forma priorizada.
•
Las UMR con capacidad de comunicación dual, deberán estar disponibles para
ser utilizadas en aquellos domicilios donde las autoridades así lo crean
conveniente.
•
La UMR deberá incorporada tener uno o más sensores que detecten las
siguientes situaciones y le permita generar y enviar el correspondiente reporte
de alarma al Centro de Monitoreo y Gestión en caso de que ocurran:
 Falta de energía de la red eléctrica
 Falla en la línea telefónica o en la comunicación celular
 Apertura de la caja de la UMR
 Movimiento indebido de la caja de la UMR
 Batería interna baja
 Alejamiento de la persona de la UMR, más allá del rango permitido
 Detección e identificación del número de serie de uno o más
transmisores, que no sean el que lleva la persona supervisada y que se
encuentren dentro del alcance de la UMR
•
La UMR deberá producir una señalización en el caso en que la caja que lo
contiene haya sido inclinada o movida desde su posición de reposo estable. El
sistema debe permitir configurar a la UMR desde el CMyG, estableciendo un
parámetro o rango que definirá la distancia máxima o el radio, medido a partir
52
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 88
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
de la ubicación de la UMR, hasta la cual se podrá alejar la persona que tiene el
transmisor colocado sobre su cuerpo, sin que la UMR lo declare como ausente.
•
El rango podrá ser seleccionado, sin requerir ningún ajuste o configuración del
transmisor, entre al menos tres opciones diferentes:
 corto (aproximadamente 10-12 metros)
 medio (aproximadamente 20-25 metros)
 largo (aproximadamente 40-45 metros)
•
Las distancias corresponden a radios aproximados y serán medidos
considerando una línea de visión directa en espacio libre, desde la UMR que
contiene al receptor y hasta la ubicación de la persona.
•
El sistema deberá permitir elegir el rango más adecuada a la residencia de la
persona, de forma tal que no se generen reportes de ausencias o fuera de
rangos indebidos durante el movimiento normal de la persona dentro de su
domicilio y evitando al mismo tiempo que el mismo pueda desplazarse fuera de
los lugares que tiene permitidos, sin que se genere el correspondiente evento
de alarma y el reporte de salida no autorizada.
•
Esta selección de rango deberá realizarse cuando se realice la instalación en el
domicilio de la persona y de acuerdo con las indicaciones del personal de
campo que se encuentre en el lugar.
•
Cualquier modificación posterior del rango que se evidencie como necesaria,
deberá poder realizarse desde el CMyG sin que sea necesario concurrir al
domicilio de la persona.
•
La UMR deberá detectar y almacenar en su memoria interna un evento de falta
de línea telefónica, falla en el servicio de transmisión de datos o falla en la
comunicación celular y transmitirla inmediatamente al CMyG, apenas la
comunicación se reestablezca.
•
La UMR deberá ser capaz de almacenar un mínimo de 1.000 eventos o
señalizaciones pendientes de ser reportadas en caso de que se presente una
falla en la comunicación mediante la línea telefónica convencional y/o la línea
telefónica celular.
•
La UMR deberá disponer de una memoria no volátil que le permita almacenar
en forma segura los eventos que se hayan producido, junto con la información
53
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 89
de la fecha y hora a la que ocurrieron y aún estén pendientes de ser
transmitidos al CMyG, sea por problemas en la comunicación o por falta de
energía por más de 24 horas. Una vez que las condiciones externas se hayan
normalizado, los eventos pendientes de ser reportados, con toda su información
complementaria, deberán ser transmitidos al CMyG.
•
La UMR deberá iniciar comunicaciones hacia el CMyG en forma espontánea, un
número predeterminado de veces por día, de acuerdo con las necesidades
establecidas por las autoridades, para cada interno en particular. El horario en
que la UMR iniciará esta comunicación y el intervalo entre ellas quedará
definido por la configuración de la misma. Estas comunicaciones permitirán
verificar el normal funcionamiento de la UMR y del enlace de comunicaciones
utilizado.
•
La cantidad de comunicaciones de supervisión diarias deberá poder
configurarse en forma independiente para cada una de ellas, desde el CMyG y
se podrá configurar entre 1 y 24 veces por día.
•
En caso de ser necesario, el operador del CMyG, podrá realizar un
procedimiento de actualización de la información, dando inicio a una
comunicación con la UMR para que esta reporte su estado y los eventos que
tenga en su memoria, pendientes de ser informados.
•
En términos generales, en caso de presentarse una falla de cualquier índole o
deficiencia en el funcionamiento, de la UMR y/o del transmisor, se deberá
generar el correspondiente reporte de alarma y reportarlo al CMyG.
•
Los costos de la línea telefónica conmutada pública instalada en el domicilio de
la persona y los asociados a las comunicaciones de la UMR con el CMyG, es
decir aquellas comunicaciones que son iniciadas desde el domicilio de la
persona por la UMR y que tienen como finalidad reportar eventos, correrán por
cuenta del detenido.
•
La versión del firmware (software incorporado al dispositivo) de la UMR deberá
poder
actualizarse remotamente utilizando alguno de los medios de
comunicación que vincula a la UMR con el centro de Monitoreo y Gestión.
54
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 90
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
•
La UMR deberá requerir un comando del Centro de Monitoreo y Gestión para su
apagado y efectiva desconexión. Este comando podrá ser ejecutado también
desde una terminal de operación remota.
•
La fuente de alimentación de la UMR deberá tomar la energía primaria de la red
de 220 VCA del domicilio de la persona.
•
El receptor deberá tener una batería interna, recargable de Níquel – Hidruro
Metálico (Ni-MH), Ion Litio (Li-Ion) o electrolito absorbido, que asegure el
funcionamiento normal de la Unidad durante un mínimo de veinticuatro (24)
horas, ante el caso de un corte de la alimentación de la red eléctrica. No se
aceptarán baterías de Níquel – Cadmio (Ni-Cd), por razones de protección y
cuidado del medio ambiente.
•
La UMR deberá contar con algún mecanismo de encriptado de las
comunicaciones, de forma tal de garantizar la confidencialidad de las mismas,
ya sea la que se mantiene con el transmisor y las que se cursan con el CMyG.
•
El sistema deberá permitir configurar en la UMR, agendas de permiso de
salidas.
•
Las agendas de permisos de salidas deberán ser lo suficientemente flexibles
como para poder cubrir cualquier disposición de un Juez respecto a cualquier
interno incorporado al Programa. El sistema deberá permitir configurar un
mínimo de 6 (seis) intervalos de entrada o de salida diferentes, dentro de un
mismo día, para cualquier día de la semana. Cada día deberá poder tener un
diagrama de horarios de entradas y salidas diferente al de los demás días.
•
El sistema deberá permitir configurar estos permisos como:
 de Ausencia Obligatoria (la persona deberá salir)
 de Ausencia Permitida o Autorizada (la persona podrá salir o no)
•
Si por la programación establecida en la agenda de permisos de la persona
monitoreada, se producen eventos que estaban contemplados en la misma y
por lo tanto era previsible que acontecieran o se producen eventos que por su
naturaleza no justifiquen una señalización inmediata, estos eventos podrán ser
reportados durante la siguiente comunicación en la que deba reportarse un
evento que requiera una señalización inmediata o durante la comunicación en la
55
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 91
cual se realice el próximo reporte periódico, dependiendo de cuál de ellas
ocurra primero.
•
La agenda de permisos de la persona deberá ser programada desde el CMyG y
enviada a la UMR. Por razones de seguridad en el manejo de los parámetros de
las agendas de permisos, la modificación de dichos parámetros sólo se podrá
realizar mediante una transferencia de datos que emplee un protocolo de
comunicaciones que garantice la integridad e inviolabilidad de los datos
cursados de manera tal que se pueda evitar cualquier posibilidad de
modificación no autorizada de los mismos.
•
La UMR deberá generar un reporte de alarma inmediatamente después de que
ocurra cualquier evento definido como una transgresión a las reglas del sistema
y enviar dicho reporte de alarma al CMyG.
•
La UMR deberá realizar una verificación completa de su funcionamiento y
estado y reportarla al CMyG, en ocasión de la realización de la llamada
periódica de supervisión, para así permitir determinar si la unidad está
funcionando correctamente o no.
•
Estos diagnósticos deberán ser reportados al CMyG de manera que el personal
del Organismo Contratante pueda optimizar la frecuencia y el número de visitas
por motivos técnicos al domicilio de la persona.
•
Cualquier UMR deberá poder configurarse para supervisar y monitorear a
cualquier transmisor. Es decir que no deberán funcionar únicamente de a pares,
estrictamente vinculados entre sí.
56
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 92
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
Anexo C
Equipamiento para la Supervisión y Monitoreo Ambulatorio
C.1 Alcance
El alcance de la propuesta deberá incluir la provisión de los elementos para supervisar
y monitorear personas que tengan permisos o autorización para deambular o
desplazarse por la vía pública. Cada una de ellas será monitoreada, supervisada y/o
rastreada, de acuerdo con lo que dispongan las autoridades judiciales intervinientes en
la causa, utilizando una tobillera y un dispositivo de supervisión, monitoreo y rastreo
mediante GPS.
C.2 Características Necesarias de la Solución
La solución propuesta debe ser escalable, es decir, que su diseño contemple la
posibilidad de un crecimiento en la cantidad de personas a ser monitoreadas,
supervisadas y/o rastreadas, de acuerdo con las necesidades y requerimientos de las
autoridades. Esta exigencia se debe aplicar al sistema propuesto, en su conjunto. No
se considerarán propuestas en las que no quede claramente descripto y detallado este
aspecto.
El monitoreo, la supervisión y el rastreo de las personas, se deberá llevar a cabo
utilizando un transmisor de radiofrecuencia sujeto al cuerpo de la persona y un
receptor de estas señales, ubicado dentro de la unidad de rastreo que recibe señales
del Sistema de Posicionamiento Global o GPS. Esto permitirá verificar que la persona
no se aleje de su unidad de rastreo y por lo tanto poder tener certeza de su verdadera
localización. La unidad de rastreo se deberá comunicar con el Sistema Informático
mediante una comunicación celular.
El monitoreo y la supervisión del cumplimiento de las restricciones de prohibición de
acercamiento a personas y del ingreso a áreas o zonas geográficas predeterminadas,
57
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 93
se logrará mediante la comparación de las coordenadas geográficas almacenadas en
la memoria de la unidad de rastreo con las de la posición actual de la persona que la
unidad determinará a partir de la información que recibe de la constelación de satélites
GPS. En el sistema informático se definirán las distancias mínimas que se deberán
respetar.
De acuerdo con las disposiciones de las autoridades judiciales, el monitoreo, la
supervisión y el rastreo de las personas se deberá llevar a cabo mediante un sistema
cuyas funcionalidades básicas deberán permitir conocer con precisión:
•
Las ubicaciones de la persona, definidas por coordenadas geográficas y su
posición sobre una cartografía digital. Para ello deberá utilizar un equipamiento
que incorpore un receptor del sistema de posicionamiento global (GPS).
•
Los recorridos realizados por la persona, determinado y definido por las
coordenadas geográficas de cada punto de la trayectoria y la visualización de
los mismos sobre una cartografía digital.
•
Si la persona se acerca a algún lugar restringido más allá de la distancia
establecida en la medida cautelar de alejamiento o restricción.
•
Si una persona transgrede alguna medida cautelar, tal como no permanecer
dentro de áreas
geográficas predeterminadas dentro de los horarios
establecidos. Estas áreas se denominarán zonas de inclusión.
•
Si una persona transgrede alguna medida cautelar, tal como ingresar o
permanecer en áreas geográficas prohibidas. Estas áreas se denominarán
zonas de exclusión.
El sistema informático a ser utilizado deberá permitir:
•
Visualizar en una pantalla todos los reportes de eventos generados por el
equipamiento utilizado para supervisar, monitorear y rastrear a las personas.
•
Visualizar en una pantalla todas las ubicaciones y los recorridos realizados por
las personas, con el correspondiente detalle de la fecha y hora en que el
equipamiento lo registró en cada una de esas ubicaciones.
58
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 94
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
•
Consultar toda la información disponible y registrada en el sistema, para que el
operador pueda tomar las decisiones que correspondan con la mayor cantidad
de información que sea posible.
•
Generar reportes e informes a partir de toda la información de interés registrada
en el sistema.
•
Almacenar
todas
las
localizaciones
instantáneas
registradas
por
el
equipamiento y todos los recorridos realizados por las personas incorporadas al
programa.
•
Almacenar todos los reportes de eventos generados por el equipamiento, ya
sean estos reportes transgresiones a las reglas del programa por parte de la
persona o no.
•
Transmitir los reportes de las transgresiones, en forma totalmente automática,
es decir sin la intervención del operador, a quien corresponda, por uno o más
medios de comunicación, ya sea este fax, e-mail o SMS.
•
Transmitir los reportes de las transgresiones y el detalle de las acciones
realizadas por el operador, con la intervención del mismo, que decidirá qué
corresponde escribir y a quién corresponde cursarle la comunicación. El
mensaje podrá enviarse, por uno o más medios de comunicación, ya sea fax, email o SMS.
•
Interpretar la información en forma clara y amigable, para facilitar la toma de
decisiones oportunas y eficientes.
•
Obtener registros impresos de aquella información registrada en el sistema, que
pueda ser de interés para las autoridades del Programa o para los funcionarios
Judiciales.
C.3 Supervisión, Monitoreo y Rastreo Ambulatorio Mediante GPS
El sistema de Supervisión, Monitoreo y Rastreo Ambulatorio Mediante GPS, es un
recurso tecnológico por el cual se instala un brazalete o una tobillera, sobre el cuerpo
de la persona, la cual en conjunción con un segundo dispositivo, permite conocer la
ubicación geográfica de la persona, los recorridos realizados por el mismo y los
eventos o transgresiones que cometió, en el caso en que estos existieran. La
59
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 95
información a ser reportada al Centro de Monitoreo y Gestión estará compuesta entre
otros datos de interés, por: las coordenadas geográficas de los puntos que componen
la trayectoria de los desplazamientos de la persona mientras hizo uso de sus permisos
para trasladarse de un lugar a otro o deambular por la ciudad, y la fecha y hora de
adquisición de las coordenadas de cada uno de los puntos que componen la
trayectoria. Los datos y reportes se enviarán al Centro de Monitoreo y Gestión
utilizando la red celular GSM. Esta clase de dispositivos deberá permitirle a los
operadores del Centro de Monitoreo y Gestión conocer la ubicación de cada interno en
cada momento del día, fundamentalmente en aquellos casos en los que las
autoridades judiciales le permiten al interno salir del domicilio a realizar otro tipo de
actividades, como ser trabajar, estudiar o realizar trámites diversos.
El equipamiento deberá cumplir con todos los requerimientos que sean aplicables y ya
definidos para los dispositivos de Monitoreo y Supervisión mediante RF y además los
siguientes requerimientos operativos, funcionales y técnicos:
C.3.1 Equipamiento
•
Estará conformado por una unidad transmisora con similares características
operativas, funcionales y de seguridad a las ya enunciadas para el transmisor
de la solución de Monitoreo y Supervisión mediante RF y una unidad receptora
o Unidad de Monitoreo Ambulatorio o UMA, que deberá tener incorporada un
receptor de GPS y un transceptor celular GSM.
•
La comunicación entre la UMA y el CMyG a los efectos del reporte de todos los
eventos y de la localización y trayectoria, deberá realizarse por medio de la red
de telefonía celular GSM.
•
Todos los costos asociados a la utilización de una UMA que utilice una línea
celular, ya sea para la transmisión de datos o para la comunicación de voz con
la persona, correrán por cuenta de la empresa prestadora del servicio. El
Organismo Contratante y/o el GCBA no reconocerán ningún costo adicional por
este concepto.
60
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 96
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
•
La UMA deberá permitir que la persona reciba llamadas telefónicas y realice
llamadas, utilizando la red de telefonía celular, solamente a ciertos números
predeterminados, tal como al Centro de Monitoreo y Gestión y a un número de
Emergencias (por ejemplo, 911).
•
La UMA deberá permitir recibir mensajes de texto, enviados desde el Centro de
Monitoreo y Gestión a manera de alertas, advertencias o indicaciones. A este
efecto deberá la UMA contar con un display LCD iluminado para poder leer los
mensajes que le lleguen.
•
La UMA deberá tener períodos diferentes para la adquisición de las
localizaciones y la transmisión de los reportes. Estos intervalos se podrán
configurar en valores diferentes, según existan transgresiones o no.
•
La UMA deberá contar para su alimentación con una batería interna recargable.
•
La autonomía de la batería de la UMA, podrá depender de la frecuencia de
adquisición de la posición y de la frecuencia de envío de reportes al CMyG. De
todos modos, en la situación más crítica o desfavorable, es decir con una
adquisición de posición y envío de reportes más frecuentes, esta duración no
deberá ser inferior a 18 horas.
•
El sistema deberá permitir la actualización del firmware de las unidades, a
distancia o por vía remota, sin que sea necesario trasladarse hasta el domicilio
de la persona.
•
La UMA deberá disponer de alguna protección que le asegure resistencia a
salpicaduras accidentales de agua.
•
La UMA deberá disponer algún método para advertirle claramente al interno que
la batería de la misma está baja y deberá ser recargada.
•
La UMA deberá advertirle claramente al interno, en el caso que éste se
encuentre en una ubicación sin adecuada recepción de la señal GPS, para que
el mismo lleve a cabo las acciones recomendadas para actualizar su posición.
•
La UMA deberá permitir el establecimiento y programación de agendas de
permisos de horarios para las zonas de inclusión y/o exclusión.
•
La configuración de las zonas de inclusión y exclusión como así también la
agenda de permisos deberá almacenarse en la memoria interna de la UMA.
61
N° 4879 - 10/5/2016
•
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 97
En ausencia de alarmas la UMA deberá reportar periódicamente su estado
mediante un mensaje de estado normal. La periodicidad de esta comunicación
deberá ser configurable.
•
En el caso en que la UMA registre una transgresión a las reglas del programa,
ésta deberá ser reportada de manera inmediata por la unidad al CMyG.
•
Toda la información concerniente a la localización de la persona, el horario en
que se registró la localización y todas las informaciones de estado y alarmas, la
UMA las deberá reportar en el momento que desde el CMyG se lo solicite o en
el mismo momento en que se generen las transgresiones o señalizaciones de
interés.
•
La UMA a partir de la información GPS recibida y de la información guardada en
su memoria interna, debe tener la capacidad de calcular la posición de la
persona y generar un reporte en el caso que la persona se aproxime o ingrese a
una zona de exclusión o salga de una de inclusión.
•
Cualquier UMA deberá poder configurarse para supervisar y monitorear a
cualquier transmisor. Es decir que no deberán funcionar únicamente de a pares,
estrictamente vinculados entre sí.
62
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 98
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
DESCRIPCIÓN DE OTRAS CARACTERÍSTICAS ADICIONALES DESEABLES
Cada oferente deberá presentar junto a su oferta un detalle de las características
técnicas que reflejarán la presencia de funcionalidades adicionales incorporadas al
equipamiento o software ofertado, que exceden a los requerimientos básicos de esta
licitación, pero que se consideran de interés y convenientes para la mejor prestación y
operación en su conjunto conforme el Anexo I – CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS
ADICIONALES DESEABLES. A tal efecto, el oferente indicará en dicha planilla en
forma afirmativa o negativa si su propuesta incluye o no cada uno de los aspectos
descriptos.
63
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 99
ANEXO I – CARACTERISTICAS TECNICAS ADICIONALES DESEABLES
POSEE
SÍ
La unidad de transmisión de RF posee correas de diferentes largos para
poder ajustarla a las particularidades del cuerpo de cada agresor.
La unidad de transmisión de RF o la Unidad de Monitoreo Ambulatorio
posee de algún mecanismo de señalización o alerta para poder notificar
al agresor en forma silenciosa y discreta. Por ejemplo, una señalización
vibratoria y/o luminosa.
La UMAA y/o el sistema en su conjunto, posee algún mecanismo o
sistema mediante el cual quede registrado con la correspondiente fecha y
hora, si el agresor aceptó o leyó la señalización, alerta o notificación que
la unidad, el sistema o los operadores del Centro de Monitoreo le
enviaron. De disponer de esta característica, entonces la unidad le
deberá indicar claramente al agresor que la señalización, alerta o
notificación fue aceptada o leída.
La UMAA y/o el software de la aplicación informática del Centro de
Monitoreo y Gestión poseen algún sistema y/o mecanismo de
reconocimiento biométrico. Por ejemplo, el reconocimiento de huella
digital, de iris, retina o de voz, que permita la verificación inequívoca de la
identidad del
agresor que está siendo supervisado y monitoreado, en
forma remota.
La posibilidad de utilizar el equipamiento del mismo fabricante y la misma
plataforma de software para supervisar y monitorear a internos de un
Programa de Arresto Domiciliario o Salidas Transitorias.
La Unidad Transmisora tiene incorporada alguna medida adicional a las
ya exigidas por esta licitación, de detección de corte o apertura de correa
y apartamiento del cuerpo, como ser la detección de ausencia de
movimiento por parte del agresor luego de un tiempo prolongado o alguna
otra funcionalidad que permita detectar alguna anormalidad en el
64
NO
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res
comportamiento del agresor.
El sistema en su conjunto, como parte de una más completa supervisión
y monitoreo del agresor, contempla la posibilidad de verificar la ingesta de
alcohol por parte del mismo.
La UMAA y la UMAV disponen de una pantalla y una interfaz de usuario
amigable a los efectos de facilitar el proceso de instalación.
El sistema en su conjunto provee la posibilidad de ajustar el rango de
alcance entre los transmisores, ya sea de tobillo o brazalete y la UMAA,
mediante algún comando implementado a tal efecto.
La UMAA y el sistema en su conjunto, disponen de la posibilidad de
utilizar el sistema LBS (Location Based Services) para ser utilizado en las
situaciones en las que el agresor se encuentre en un localización o
recinto en el cual no exista una buena recepción de las señales GPS.
La UMAA dispone de algún mecanismo visual, audible o vibratorio,
mediante el cual, la misma le avise al agresor que la unidad deberá ser
conectada a la fuente de poder para recargar su batería interna, porque la
misma está con baja carga.
La UMAA y el sistema en su conjunto disponen de la posibilidad de
generar un reporte de transgresión para el caso en que el agresor, luego
de haber transcurrido una cierta cantidad de tiempo configurable y
habiendo sido notificado de la necesidad de recargar la unidad, no la
conecte a la fuente de alimentación para su recarga.
La UMAA dispone de algún mecanismo mediante el cual personal del
programa pueda apagar o desactivar la transmisión celular para el caso
en que el agresor deba permanecer en algún recinto en el que no están
permitidas las transmisiones celulares o deba viajar en avión.
La UMAA y el sistema en su conjunto, permiten la utilización de Zonas de
Advertencia, contiguas a las Zonas de Exclusión para que en el caso en
que el agresor se acercase inadvertidamente a una Zona de Exclusión,
sea advertido con la debida anticipación, antes que ingrese a la misma y
cometa una transgresión.
El sistema informático instalado en el Centro de Monitoreo y Gestión
65
N° 100
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 47/SSAFPC/16 (continuación)
permite la definición de al menos 3 (tres) niveles jerárquicos de
operación, para poder asignar a cada una de las personas que tengan
acceso al sistema, atributos y permisos diferenciados. Por ejemplo,
Oficial, Operador del Centro de Monitoreo y Gestión, Administrador,
Supervisor, etc., etc.
El sistema en su conjunto dispone de un mecanismo inteligente que
permita verificar la localización simultánea de uno, más de uno o
eventualmente todos los agresores, en una determinada área geográfica
y en un intervalo horario determinado.
El sistema permite reportar en forma completamente automática y
detallada, con toda la información pertinente, las transgresiones y todas
aquellas novedades de interés para los oficiales penitenciarios, mediante
el envío de un fax, un SMS y/o un e-mail. Las opciones están todas
disponibles, quedará a decisión de las autoridades del programa, cuál
utilizar en cada situación y con qué perfil de agresor.
NOTA: INDICAR CON UNA CRUZ EN FORMA AFIRMATIVA/NEGATIVA EN CADA
CASO EN PARTICULAR.
FIRMA
(DEL OFERENTE, APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL)
FIN DEL ANEXO
66
N° 101
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 102
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 202/SSASS/16
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
SIGAF
Ejercicio: 2016
Modificación Presupuestaria
Requerimiento Nº: 2503
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO
Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO
Área/OGESE
Nº: 11101618
DGADCYP
2016
Fecha: 20/04/2016
Nº: 202
SSASS
2016
Fecha: 25/04/2016
Nº: 11101618
Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC
DGADCYP
2016
Fecha: 20/04/2016
Jurisdicción: 40-MINISTERIO DE SALUD
Subjurisdicción: 0
Entidad: 0
UE
Programa
401-MINISTERIO DE
䐫 �㜀$� 425-HTAL. JOSE
425-HTAL. JOSE M.
PENNA
446-INSTITUTO DE
REHABILITACION
PSICOFICA
427-HTAL. IGNACIO
PIROVANO
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
446-INSTITUTO DE
REHABILITACION
PSICOFICA
417-HTAL. PEDRO DE
ELIZALDE
429-HTAL.
ODONTOLOGICO QUINQUELA
MARTIN
429-HTAL.
ODONTOLOGICO QUINQUELA
MARTIN
432-HTAL. MANUEL
ROCCA
423-HTAL. FRANCISCO
J.MUÑIZ
428-HTAL. DE QUEMADOS
446-INSTITUTO DE
REHABILITACION
PSICOFICA
Subprograma
Proyecto
CREDITO
Actividad
Obra
Partida FueFin FinFun
Importe
1-ACTIVIDADES CENTRALE 0
0
1-
0
4330
11
31
52-AT.MEDICA GRAL
0
1-
0
4330
11
31
14.882,00
245.400,00
25-HOSP.PENNA
-583.968,00
59-AT.REHABILITACION
46-INST.DE
REHABIL.PSICOFISICA
0
4-
0
4330
11
31
52-AT.MEDICA GRAL
27-HOSP.IGNACIO
PIROVANO
0
0
2-
0
5120
11
31
443.436,00
0
15-
0
5120
11
31
-1.333.076,00
59-AT.REHABILITACION
46-INST.DE
REHABIL.PSICOFISICA
0
2-
0
5120
11
31
22.800,00
55-AT.MEDICA MAT.INF
17-HOSP.PEDRO DE
ELIZALDE
29HOSP.ODONT.QUINQUELA
MARTIN
29HOSP.ODONT.QUINQUELA
MARTIN
32-HOSP.MANUEL ROCCA
0
2-
0
5120
11
31
473.200,00
0
4-
0
2950
11
31
50.000,00
0
5-
0
2230
11
31
-50.000,00
0
4-
0
4330
11
31
305.000,00
0
2-
0
3920
11
31
1.195.000,00
0
0
22-
0
0
3920
3920
11
11
31
31
580.000,00
190.000,00
7-ACT.AT.HOSP.
57-AT.ODONTOLOG.GRAL
57-AT.ODONTOLOG.GRAL
59-AT.REHABILITACION
54-AT.MED.PAT.ESPECIF
54-AT.MED.PAT.ESPECIF
59-AT.REHABILITACION
23-HOSP.MUÑIZ
28-HOSP.QUEMADOS
46-INST.DE
REHABIL.PSICOFISICA
Pág.
1 de
6
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
SIGAF
Ejercicio: 2016
Modificación Presupuestaria
Requerimiento Nº: 2503
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO
Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO
Área/OGESE
Nº: 11101618
DGADCYP
2016
Fecha: 20/04/2016
Nº: 202
SSASS
2016
Fecha: 25/04/2016
Nº: 11101618
Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC
DGADCYP
2016
Fecha: 20/04/2016
Jurisdicción: 40-MINISTERIO DE SALUD
Subjurisdicción: 0
Entidad: 0
UE
421-HTAL. PEDRO
LAGLEYZE
412-HTAL. COSME
ARGERICH
413-HTAL. JOSE T.
BORDA
418-HTAL. JUAN A.
FERNANDEZ
416-HTAL. CARLOS G.
DURAND
430-HTAL. JOSE
M.RAMOS MEJIA
404-DIR.GRAL.DE
RECURSOS FISICOS EN
SALUD
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
4001-SUBSECRETARIA
ATENCION PRIMARIA
AMBULATORIA Y
COMUNITARIA
4001-SUBSECRETARIA
ATENCION PRIMARIA
AMBULATORIA Y
COMUNITARIA
4001-SUBSECRETARIA
ATENCION PRIMARIA
AMBULATORIA Y
COMUNITARIA
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
Programa
Subprograma
Proyecto
CREDITO
Actividad
Obra
Partida FueFin FinFun
Importe
56AT.MED.OFTALMOLOGICA
52-AT.MEDICA GRAL
21-HOSP.PEDRO DE
0
LAGLEYZE
12-HOSP.COSME ARGERICH 0
2-
0
3920
11
31
22.000,00
2-
0
3920
11
31
-1.195.000,00
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
52-AT.MEDICA GRAL
0
2-
0
3920
11
31
-792.000,00
0
2-
0
5120
11
31
139.065,00
52-AT.MEDICA GRAL
13-HOSPITAL JOSÉ T.
BOR
18-HOSP.JUAN
A.FERNANDEZ
16-HOSP.C.G.DURAND
0
2-
0
5120
11
31
9.760,00
52-AT.MEDICA GRAL
30-HOSP.RAMOS MEJIA
0
2-
0
5120
11
31
244.815,00
22-INFRAESTRUCTURA Y
EQ
0
0
1-
0
3330
11
31
-203.000,00
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
64-GESTIÓN REDES Y
PROG
0
0
1-
0
3720
11
31
3.000,00
0
0
78-
0
3510
11
31
558.000,00
64-GESTIÓN REDES Y
PROG
0
0
1-
0
3950
11
31
2.647.059,00
64-GESTIÓN REDES Y
PROG
0
0
1-
0
3520
11
31
-3.005.059,00
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
0
0
68-
0
2520
11
31
5.000,00
Pág.
2 de
6
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 103
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 202/SSASS/16 (continuación)
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
SIGAF
Ejercicio: 2016
Modificación Presupuestaria
Requerimiento Nº: 2503
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO
Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO
Área/OGESE
Nº: 11101618
DGADCYP
2016
Fecha: 20/04/2016
Nº: 202
SSASS
2016
Fecha: 25/04/2016
Nº: 11101618
Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC
DGADCYP
2016
Fecha: 20/04/2016
Jurisdicción: 40-MINISTERIO DE SALUD
Subjurisdicción: 0
Entidad: 0
UE
Programa
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
415-HTAL.
ODONTOLOGICO JOSE
DUEÑAS
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
57-AT.ODONTOLOG.GRAL
Subprograma
Proyecto
CREDITO
Actividad
Obra
Partida FueFin FinFun
Importe
0
0
61-
0
2520
11
31
-45.000,00
0
0
68-
0
2950
11
31
22.000,00
0
0
68-
0
2990
11
31
8.000,00
0
0
61-
0
2950
11
31
-30.000,00
0
0
61-
0
2220
11
31
500,00
0
0
61-
0
2230
11
31
600,00
0
0
61-
0
2340
11
31
4.500,00
0
0
61-
0
2540
11
31
8.500,00
0
0
61-
0
2580
11
31
300,00
0
0
61-
0
2590
11
31
30.000,00
0
0
61-
0
2910
11
31
15.500,00
0
0
61-
0
2940
11
31
300,00
0
0
61-
0
2990
11
31
3.000,00
0
0
61-
0
2920
11
31
-23.200,00
4-
0
4330
11
31
1.000,00
15-HOSP.ODONT.J.DUEÑAS 0
Pág.
3 de
6
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
SIGAF
Ejercicio: 2016
Modificación Presupuestaria
Requerimiento Nº: 2503
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO
Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO
Área/OGESE
Nº: 11101618
DGADCYP
2016
Fecha: 20/04/2016
Nº: 202
SSASS
2016
Fecha: 25/04/2016
Nº: 11101618
Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC
DGADCYP
2016
Fecha: 20/04/2016
Jurisdicción: 40-MINISTERIO DE SALUD
Subjurisdicción: 0
Entidad: 0
UE
420-HTAL. RICARDO
GUTIERREZ
420-HTAL. RICARDO
GUTIERREZ
449-DIR.GRAL.ADJUNTA
SAME
421-HTAL. PEDRO
LAGLEYZE
421-HTAL. PEDRO
LAGLEYZE
421-HTAL. PEDRO
LAGLEYZE
412-HTAL. COSME
ARGERICH
412-HTAL. COSME
ARGERICH
428-HTAL. DE QUEMADOS
428-HTAL. DE QUEMADOS
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
4000-SUBSECRETARÍA DE
ATENCIÓN HOSPITALARIA
401-MINISTERIO DE
SALUD
401-MINISTERIO DE
SALUD
401-MINISTERIO DE
SALUD
Programa
55-AT.MEDICA MAT.INF
55-AT.MEDICA MAT.INF
49-SAME
56AT.MED.OFTALMOLOGICA
56AT.MED.OFTALMOLOGICA
56AT.MED.OFTALMOLOGICA
52-AT.MEDICA GRAL
Subprograma
Proyecto
CREDITO
Actividad
Obra
Partida FueFin FinFun
Importe
20-HOSP.RICARDO
GUTIERREZ
20-HOSP.RICARDO
GUTIERREZ
0
0
4-
0
2990
11
31
80.000,00
0
4-
0
2520
11
31
-80.000,00
0
1-
0
4330
11
31
10.000,00
21-HOSP.PEDRO
LAGLEYZE
21-HOSP.PEDRO
LAGLEYZE
21-HOSP.PEDRO
LAGLEYZE
12-HOSP.COSME
DE
0
1-
0
4330
11
31
7.686,00
DE
0
5-
0
3330
11
31
-20.808,00
DE
0
1-
0
3390
11
31
20.808,00
ARGERICH 0
5-
0
3330
11
31
-5.000,00
12-HOSP.COSME ARGERICH 0
5-
0
3220
11
31
5.000,00
28-HOSP.QUEMADOS
28-HOSP.QUEMADOS
0
0
0
0
441-
0
0
0
2950
2510
2110
11
11
11
31
31
31
-2.000,00
2.000,00
2.000,00
0
0
1-
0
2590
11
31
-1.000,00
0
0
1-
0
2920
11
31
-1.000,00
0
0
9-
0
3910
11
17
1.500,00
1-ACTIVIDADES CENTRALE 0
0
9-
0
3390
11
17
500,00
1-ACTIVIDADES CENTRALE 0
0
9-
0
3530
11
17
5.000,00
52-AT.MEDICA GRAL
54-AT.MED.PAT.ESPECIF
54-AT.MED.PAT.ESPECIF
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
85-ATENCIÓN DE SALUD
ME
1-ACTIVIDADES CENTRALE
Pág.
4 de
6
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 104
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 202/SSASS/16 (continuación)
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
SIGAF
Ejercicio: 2016
Modificación Presupuestaria
Requerimiento Nº: 2503
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO
Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO
Área/OGESE
Nº: 11101618
DGADCYP
2016
Fecha: 20/04/2016
Nº: 202
SSASS
2016
Fecha: 25/04/2016
Nº: 11101618
Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC
DGADCYP
2016
Fecha: 20/04/2016
Jurisdicción: 40-MINISTERIO DE SALUD
Subjurisdicción: 0
Entidad: 0
UE
Programa
401-MINISTERIO DE
SALUD
4004-CENTRO DE SALUD
34
4005-CENTROS SALUD 22
38
4006-CENTROS SALUD 17
21 25 26
4007-CENTROS SALUD 2
12 27
4008-CENTROS SALUD 11
45
4009-CENTRO SALUD 33
4010-CENTRO SALUD 36
4005-CENTROS SALUD 22
38
4004-CENTRO DE SALUD
34
4006-CENTROS SALUD 17
21 25 26
4007-CENTROS SALUD 2
12 27
4008-CENTROS SALUD 11
45
4009-CENTRO SALUD 33
4010-CENTRO SALUD 36
4016-SALUD
COMUNITARIA-ACUMAR
4012-CS 9 15 41
Subprograma
Proyecto
CREDITO
Actividad
Obra
Partida FueFin FinFun
Importe
1-ACTIVIDADES CENTRALE 0
0
9-
0
3240
11
17
-12.000,00
71-CENTROS DE SALUD
1-CENTRO DE SALUD 34
0
1-
0
2920
11
31
10.000,00
71-CENTROS DE SALUD
2-C.S.22 38
0
1-
0
2920
11
31
10.000,00
71-CENTROS DE SALUD
3-C.S.17 21 25 26
0
1-
0
2920
11
31
10.000,00
71-CENTROS DE SALUD
4-C.S.2 12 27
0
1-
0
2920
11
31
10.000,00
71-CENTROS DE SALUD
5-C.S.11 45
0
1-
0
2920
11
31
10.000,00
71-CENTROS DE SALUD
71-CENTROS DE SALUD
71-CENTROS DE SALUD
6-C.S.33
7-C.S.36
2-C.S.22 38
0
0
0
113-
0
0
0
2920
2920
2590
11
11
11
31
31
31
10.000,00
10.000,00
-10.000,00
71-CENTROS DE SALUD
1-CENTRO DE SALUD 34
0
3-
0
2590
11
31
-10.000,00
71-CENTROS DE SALUD
3-C.S.17 21 25 26
0
3-
0
2590
11
31
-10.000,00
71-CENTROS DE SALUD
4-C.S.2 12 27
0
3-
0
2590
11
31
-10.000,00
71-CENTROS DE SALUD
5-C.S.11 45
0
3-
0
2590
11
31
-10.000,00
DE SALUD
DE SALUD
DE SALUD-
6-C.S.33
7-C.S.36
0
0
0
0
331-
0
0
0
2590
2590
2920
11
11
11
31
31
31
-10.000,00
-10.000,00
10.000,00
DE SALUD-
2-C.S.9 15 41
0
1-
0
2920
11
31
10.000,00
71-CENTROS
71-CENTROS
60-CENTROS
ACUMAR
60-CENTROS
ACUMAR
Pág.
5 de
6
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
SIGAF
Ejercicio: 2016
Modificación Presupuestaria
Requerimiento Nº: 2503
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO
Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO
Área/OGESE
Nº: 11101618
DGADCYP
2016
Fecha: 20/04/2016
Nº: 202
SSASS
2016
Fecha: 25/04/2016
Nº: 11101618
Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC
DGADCYP
2016
Fecha: 20/04/2016
Jurisdicción: 40-MINISTERIO DE SALUD
Subjurisdicción: 0
Entidad: 0
UE
Programa
4013-CS. 1 8 10 16 30 60-CENTROS DE SALUD32 35 39
ACUMAR
4014-CS 6 14 19 20 24 60-CENTROS DE SALUD31 40 43 44
ACUMAR
4015-CS 3 4 5 7 28 29 60-CENTROS DE SALUD37
ACUMAR
4012-CS 9 15 41
60-CENTROS DE SALUDACUMAR
4013-CS. 1 8 10 16 30 60-CENTROS DE SALUD32 35 39
ACUMAR
4014-CS 6 14 19 20 24 60-CENTROS DE SALUD31 40 43 44
ACUMAR
4015-CS 3 4 5 7 28 29 60-CENTROS DE SALUD37
ACUMAR
401-MINISTERIO DE
1-ACTIVIDADES CENTRALE
SALUD
425-HTAL. JOSE M.
52-AT.MEDICA GRAL
PENNA
410-HTAL.TEODORO
52-AT.MEDICA GRAL
ALVAREZ
Subprograma
Proyecto
CREDITO
3-.C.S.1 8 10 16 30 32 0
35 39
4-C.6 13 14 19 20 24
0
31 40 43 44
5-C.S.3 4 5 7 28 29 37 0
Actividad
Obra
Partida FueFin FinFun
Importe
1-
0
2920
11
31
10.000,00
1-
0
2920
11
31
10.000,00
1-
0
2920
11
31
10.000,00
0
3-
0
2590
11
31
-20.000,00
3-.C.S.1 8 10 16 30 32 0
35 39
0
4-C.6 13 14 19 20 24
31 40 43 44
5-C.S.3 4 5 7 28 29 37 0
3-
0
2590
11
31
-10.000,00
3-
0
2590
11
31
-10.000,00
3-
0
2590
11
31
-10.000,00
2-C.S.9 15 41
0
0
9-
0
3780
11
17
5.000,00
25-HOSP.PENNA
0
7-
0
2950
11
31
200.000,00
10-HOSP.T.ALVAREZ
0
7-
0
2950
11
31
-200.000,00
Diferencia:
Pág.
6 de
6
0,00
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 105
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 202/SSASS/16 (continuación)
MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
SIGAF
Ejercicio: 2016
Modificación Presupuestaria
Requerimiento Nº: 2550
Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO
Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO
Área/OGESE
Nº: 11101618
DGADCYP
2016
Fecha: 20/04/2016
Nº: 202
SSASS
2016
Fecha: 25/04/2016
Nº: 11101618
Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC
DGADCYP
2016
Fecha: 20/04/2016
Jurisdicción: 40-MINISTERIO DE SALUD
Subjurisdicción: 0
Entidad: 0
UE
554-SUBSECRETARIA DE
PLANIFICACION
SANITARIA
554-SUBSECRETARIA DE
PLANIFICACION
SANITARIA
435-HTAL. RAMON SARDA
435-HTAL. RAMON SARDA
Programa
Subprograma
Proyecto
CREDITO
Actividad
Obra
Partida FueFin FinFun
Importe
66-PLANIFICACIÓN
SANITA
0
0
34-
0
4330
14
31
-160.000,00
66-PLANIFICACIÓN
SANITA
0
0
34-
0
4360
14
31
160.000,00
35-HOSP.RAMON SARDA
35-HOSP.RAMON SARDA
0
0
2424-
0
0
4360
4330
14
14
31
31
62.544,00
-62.544,00
55-AT.MEDICA MAT.INF
55-AT.MEDICA MAT.INF
Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
Diferencia:
0,00
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 106
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 273/MDUYTGC/16
PLAN DE TRABAJOS OBRA BASICA
EDIFICIO PALACIO LEZAMA ADECUACION DE OFICINAS
Obra Eléctrica
BASICA
Mes 1
Mes 2
Mes 3
Mes 4
Mes 5
Mes 6
Mes 7
Mes 8
Mes 9
Mes 10
Mes 11
Mes 12
Mes 13
Mes 14
Mes 15
Mes 14
Mes 15
ene‐15
feb‐15
mar‐15
abr‐15
may‐15
jun‐15
jul‐15
ago‐15
sep‐15
oct‐15
nov‐15
dic‐15
ene‐16
feb‐16
mar‐16
abr‐16
may‐16
EDIFICIO LEZAMA
a
Anticipo Financiero
b
Acopio de materiales
03.01.
100%
100%
TAREAS PRELIMINARES
03.01.01
Obrador-Oficina técnica
40%
50%
03.01.02
Conexiones
50%
50%
50%
20%
5%
03.01.03
Cartel de obra
03.01.04
Andamios y ayuda de gremios
03.01.05
Protección de solados, etc
03.01.06
Replanteo y nivelacion
70%
10%
10%
03.01.07
Documentacion
35%
30%
10%
03.02.
95%
5%
5%
10%
10%
30%
60%
5%
5%
Corrección de factor de potencia
03.02.02
Grupo Electrógeno
90%
03.02.03
Instalación de Fuerza Motriz
80%
03.02.05
Cañería
Bandeja portacable:
03.02.05.2a
Bandejas portacables para ramales de potencia
3%
15%
18%
5%
15%
13%
Cajas
5%
8%
12%
03.02.05.4
Cableado
03.02.05.5
Llaves y accesorios de montaje
03.03.01
Canalizaciones:
Bandejas para Fibra Optica
Cable UTP 6A
Jack RJ45
03.03.01.2c
Patch Cord de UTP
7%
15%
5%
2%
2,00%
2,00%
3,00%
1,00%
2%
1,00%
2,00%
Rotulacion y Certificaciones
25%
5%
10%
10%
28%
4%
22%
4%
1,00%
6,00%
8,00%
8%
10%
10%
15%
14,00%
2,00%
1,00%
9,00%
5%
5%
8%
3,00%
4%
2,00%
1,00%
1,00%
7,00%
10%
10,00%
4,00%
2,00%
8,00%
15,00%
6,00%
5,00%
8,00%
10%
5%
26%
8%
12%
5%
10%
12%
15%
0,28%
21,44%
10%
13,76%
5,74%
10%
10%
10%
10,00%
12%
24%
24%
7%
10%
27%
5%
27%
22%
5%
14%
30%
32%
32%
6,00%
5,00%
9,73%
10,32%
1,35%
5,00%
5,00%
10%
5%
2,00%
5%
3,00%
6,00%
4,00%
4,00%
4,00%
27%
5%
7%
5,00%
4,00%
12%
15%
15%
10,00%
5,00%
19%
12%
1,00%
4,00%
1,00%
4,00%
7,00%
10%
27,50%
45%
10%
5%
10%
15,00%
10%
5%
5%
2,00%
20,00%
7,00%
2,00%
8,00%
15%
20,00%
3,00%
7,00%
15%
15,00%
4,00%
6,00%
10,50%
100%
22%
26%
10%
Sistema Wi-Fi
20%
4%
10%
6%
12%
10%
6%
10%
20,00%
10,00%
2,00%
8,00%
15,00%
5%
20,00%
5,00%
8,00%
14,00%
15%
25,00%
10,00%
5,00%
17,00%
Sistema de Gestión de Edificios - B.M.S.
Canalizaciones
12%
03.03.02.02
Gabinetes
03.03.02.03
Cableado
03.03.02.04
Controladores
28%
03.03.02.05
Estacion Central de Monitoreo (ECM)
70%
03.03.02.06
Sensores magneticos
03.03.02.07
Ingenieria y puesta en marcha
03.03.02.08
Sistema de control
80%
16%
17%
3,00%
12%
14%
30,00%
8,00%
15,00%
7,00%
8,00%
50,00%
8,00%
10,00%
30%
40,00%
8,00%
6,00%
6,00%
5,00%
5,00%
25%
20,00%
10,00%
8,00%
12,00%
5,00%
5,00%
20,00%
4,00%
5,00%
60%
30%
11,00%
5,00%
2,00%
2,00%
2,00%
Instalación de Detección y Aviso de Incendio
03.03.03.1
Componentes:
03.03.03.1a
Central de control de incendios (CCI)
03.03.03.1b
Impresora
03.03.03.1c
Avisadores manuales de incendio
03.03.03.1d
Detector volumetrico de humo del tipo fotoelectrico
50%
9,50%
10%
1,50%
100,00%
25%
28%
3%
4%
20,00%
28%
10,00%
Detectores de incremento brusco de temperatura direccionables
40%
40,00%
8,00%
8,00%
14,00%
10,00%
7,00%
10,00%
3,00%
6,00%
3,00%
03.03.03.1f
Modulo monitor direccionable (MMD)
03.03.03.1g
Modulos direccionables de control (MCD)
35,00%
12,00%
8,00%
03.03.03.1h
Altavoces para alarma general con luces destellantes de alarma
28%
10%
25,00%
10,00%
8,00%
19,00%
03.03.03.1i
Altavoces de alarma general
28%
10%
25,00%
10,00%
8,00%
16,00%
3,00%
03.03.03.1j
Canalizaciones
12%
7%
35,00%
4,00%
5,00%
3,00%
3,00%
03.03.03.1k
03.03.04
03.03.04.01
03.03.05
03.03.05.01
03.03.05.02
03.04.
2,00%
2,00%
13%
4%
20%
Patch Panel
Patch Cord de Fibra Optica
Racks
03.03.01.2h
03.03.03.1e
20%
6%
Cable de Fibra Optica
03.03.01.2f
03.03.01.2g
03.03.03
3,00%
1,00%
Cableado:
03.03.01.2b
03.03.02
1,00%
Instalación de Cableado Estructurado para Datos, Telefonía, CCTV y Wi Fi
Bandejas para corrientes debiles
03.03.01.2i
1,00%
Instalación Eléctrica A°A°
03.03.01.1
03.03.02.01
1,00%
2,00%
INSTALACIÓN DE CORRIENTES DÉBILES
03.03.01.2a
03.03.01.2e
7%
25%
Canalizaciones, Cableado y Tableros Seccionales
03.03.01.1a
03.03.01.2d
8%
Artefactos de Iluminación completos c/lámparas
03.03.01.1b
03.03.01.2
6%
50%
Bandejas portacables para circuitos de iluminacion y tomacorrientes
03.02.05.3
03.03.
10%
20%
03.02.05.2b
03.02.07
2%
2,00%
3,00%
Instalación General de Iluminación y Tomacorrientes
Canalizaciones:
03.02.05.2
03.02.07.01
3%
5%
100,00%
Tableros seccionales
03.02.05.1
03.02.05.1a
03.02.06
1%
1%
3%
INSTALACIÓN DE CORRIENTES FUERTES
03.02.01
03.02.04
3%
3%
6%
50,00%
40%
3%
28%
Cableado
28%
4%
13%
16,00%
25,00%
8,00%
4,00%
15,00%
5,00%
5,00%
10,00%
3,00%
15,00%
13,00%
5,00%
15,00%
8,00%
17,00%
8,00%
5,00%
Instalación de control de Puertas
Canalizaciones y Cableado
18%
12%
20,00%
Instalación de CATV
Canalizaciones y Cableado
32%
10%
20%
5,00%
10%
5,00%
8,00%
10%
5%
5%
8,03%
11,95%
19,14%
9,43%
7,04%
5,30%
8,68%
8,81%
6,24%
5,52%
1,79%
0,71%
0,61%
14,63%
26,58%
45,72%
55,16%
62,20%
67,50%
76,18%
84,99%
91,23%
96,75%
98,54%
99,25%
99,85%
Amplificadores y Accesorios
50,00%
50,00%
LIMPIEZA PERIÓDICA Y FINAL DE OBRA
03.04.01
Limpieza diaria y periódica
03.04.02
Limpieza Final
15%
20%
10%
5,00%
1,00%
1,00%
100,00%
AVANCE MENSUAL
0,31%
0,81%
1,53%
3,95%
AVANCE ACUMULADO
0,31%
1,13%
2,66%
6,61%
PLAN DE TRABAJOS BED N°1 Y BED N°2
EDIFICIO PALACIO LEZAMA ADECUACION DE OFICINAS
Obra Eléctrica
BED N°1, BED N°2 Y BED N°3
EDIFICIO LEZAMA
1
BED N°1
2
BED N°2
3
BED N°3
Mes 1
Mes 2
Mes 3
Mes 4
Mes 5
Mes 6
Mes 7
Mes 8
Mes 9
Mes 10
Mes 11
Mes 12
Mes 13
Mes 14
Mes 15
Mes 16
Mes 17
ene‐15
feb‐15
mar‐15
abr‐15
may‐15
jun‐15
jul‐15
ago‐15
sep‐15
oct‐15
nov‐15
dic‐15
ene‐16
feb‐16
mar‐16
abr‐16
may‐16
50,0%
50,0%
100,0%
70,0%
AVANCE MENSUAL
43,84%
AVANCE ACUMULADO
43,84%
21,36%
43,84%
43,84%
65,21%
30,0%
21,36%
9,40%
4,03%
86,57%
95,97%
100,00%
IF-2016-11533378- -DGIGUB
página 1 de 3
PLAN DE TRABAJOS OBRA BASICA
EDIFICIO PALACIO LEZAMA ADECUACION DE OFICINAS
Obra Eléctrica
BASICA
Mes 1
Mes 2
Mes 3
Mes 4
Mes 5
Mes 6
Mes 7
Mes 8
Mes 9
Mes 10
Mes 11
Mes 12
Mes 13
Mes 14
Mes 15
Mes 14
Mes 15
ene‐15
feb‐15
mar‐15
abr‐15
may‐15
jun‐15
jul‐15
ago‐15
sep‐15
oct‐15
nov‐15
dic‐15
ene‐16
feb‐16
mar‐16
abr‐16
may‐16
EDIFICIO LEZAMA
a
Anticipo Financiero
b
Acopio de materiales
03.01.
100%
100%
TAREAS PRELIMINARES
03.01.01
Obrador-Oficina técnica
40%
50%
03.01.02
Conexiones
50%
50%
03.01.03
Cartel de obra
03.01.04
Andamios y ayuda de gremios
03.01.05
03.01.06
03.01.07
03.02.
03.02.01
5%
5%
95%
5%
50%
20%
Replanteo y nivelacion
70%
10%
10%
Documentacion
35%
30%
10%
Protección de solados, etc
10%
10%
30%
60%
3%
5%
5%
Grupo Electrógeno
90%
03.02.03
Instalación de Fuerza Motriz
80%
03.02.05
Tableros seccionales
Canalizaciones:
Cañería
03.02.05.2
Bandeja portacable:
15%
18%
03.02.05.2a
Bandejas portacables para ramales de potencia
Bandejas portacables para circuitos de iluminacion y tomacorrientes
5%
15%
13%
5%
8%
12%
03.02.05.3
Cajas
03.02.05.4
Cableado
03.02.05.5
Llaves y accesorios de montaje
Artefactos de Iluminación completos c/lámparas
03.02.07
Instalación Eléctrica A°A°
03.03.01.1
Canalizaciones:
Bandejas para corrientes debiles
Bandejas para Fibra Optica
Cable UTP 6A
Jack RJ45
03.03.01.2c
Patch Cord de UTP
20%
6%
7%
25%
Rotulacion y Certificaciones
15%
20%
12%
24%
24%
03.03.02.02
Gabinetes
03.03.02.03
Cableado
03.03.02.04
8%
1,00%
7,00%
2,00%
8,00%
5,00%
8,00%
10%
5%
5%
4%
2,00%
1,00%
10%
10,00%
4,00%
15,00%
6,00%
10%
12%
5%
10%
21,44%
10%
13,76%
5,74%
10%
10%
10%
10,00%
7%
10%
5%
10%
27%
5%
27%
14%
30%
32%
32%
12%
9,00%
6,00%
5,00%
9,73%
10,32%
1,35%
5,00%
5,00%
4,00%
5%
2,00%
5%
4,00%
1,00%
3,00%
4,00%
1,00%
27%
5%
7%
5,00%
4,00%
12%
15%
15%
10,00%
6,00%
5,00%
4,00%
4,00%
7,00%
10%
5%
15,00%
2,00%
7,00%
19%
27,50%
45%
10%
10%
5%
10%
5%
20,00%
2,00%
8,00%
10,50%
15%
20,00%
3,00%
7,00%
15%
15,00%
4,00%
6,00%
2,00%
10%
20,00%
10,00%
8,00%
15,00%
100%
22%
26%
10%
20%
4%
12%
10%
6%
6%
10%
12%
17%
28%
60%
70%
03.03.02.07
Ingenieria y puesta en marcha
Sistema de control
16%
5%
20,00%
5,00%
8,00%
14,00%
15%
25,00%
10,00%
5,00%
17,00%
11,00%
5,00%
2,00%
2,00%
3,00%
12%
14%
30,00%
8,00%
15,00%
7,00%
8,00%
50,00%
8,00%
10,00%
30%
40,00%
8,00%
6,00%
6,00%
5,00%
5,00%
25%
20,00%
10,00%
8,00%
12,00%
5,00%
5,00%
30%
2,00%
Instalación de Detección y Aviso de Incendio
Componentes:
03.03.03.1a
Central de control de incendios (CCI)
03.03.03.1b
Impresora
50%
Avisadores manuales de incendio
Detector volumetrico de humo del tipo fotoelectrico
03.03.03.1e
Detectores de incremento brusco de temperatura direccionables
03.03.03.1f
Modulo monitor direccionable (MMD)
03.03.03.1g
Modulos direccionables de control (MCD)
28%
25%
3%
4%
28%
Altavoces de alarma general
03.03.03.1j
Canalizaciones
Cableado
10%
20,00%
40%
6%
4,00%
5,00%
1,50%
3%
28%
28%
20,00%
8,00%
8,00%
3,00%
10,00%
14,00%
10,00%
6,00%
40,00%
7,00%
10,00%
3,00%
50,00%
40%
Altavoces para alarma general con luces destellantes de alarma
03.03.03.1i
03.03.03.1k
9,50%
100,00%
03.03.03.1c
03.03.03.1d
03.04.
14,00%
1,00%
8%
80%
03.03.05.02
2,00%
6,00%
2,00%
0,28%
Estacion Central de Monitoreo (ECM)
03.03.05
2,00%
2,00%
1,00%
3,00%
26%
Sensores magneticos
03.03.04
3,00%
1,00%
8,00%
10%
15%
Controladores
03.03.05.01
15%
10%
4%
8%
03.03.02.05
03.03.04.01
1,00%
5%
03.03.02.06
03.03.03.1h
2,00%
Sistema de Gestión de Edificios - B.M.S.
Canalizaciones
03.03.03.1
2,00%
2%
12%
22%
Sistema Wi-Fi
03.03.02.01
03.03.03
2%
13%
5%
10%
4%
22%
7%
Patch Panel
Patch Cord de Fibra Optica
Racks
03.03.01.2h
03.03.02.08
5%
4%
28%
Cable de Fibra Optica
03.03.01.2f
03.03.01.2g
03.03.02
3,00%
1,00%
Cableado:
03.03.01.2b
03.03.01.2i
1,00%
Instalación de Cableado Estructurado para Datos, Telefonía, CCTV y Wi Fi
03.03.01.2a
03.03.01.2e
1,00%
1,00%
INSTALACIÓN DE CORRIENTES DÉBILES
03.03.01.1a
03.03.01.2d
8%
50%
Canalizaciones, Cableado y Tableros Seccionales
03.03.01.1b
03.03.01.2
6%
25%
03.02.06
03.03.01
10%
20%
3%
03.02.05.2b
03.03.
2%
2,00%
2,00%
3,00%
Instalación General de Iluminación y Tomacorrientes
03.02.05.1
03.02.05.1a
03.02.07.01
1%
3%
5%
100,00%
03.02.02
03.02.04
1%
3%
3%
INSTALACIÓN DE CORRIENTES FUERTES
Corrección de factor de potencia
16,00%
8,00%
15,00%
5,00%
35,00%
12,00%
28%
10%
25,00%
10,00%
8,00%
19,00%
28%
10%
25,00%
10,00%
8,00%
16,00%
3,00%
12%
7%
35,00%
4,00%
5,00%
3,00%
3,00%
25,00%
4,00%
13,00%
4%
13%
8,00%
5,00%
10,00%
3,00%
15,00%
5,00%
15,00%
8,00%
17,00%
8,00%
5,00%
Instalación de control de Puertas
Canalizaciones y Cableado
18%
12%
20,00%
Instalación de CATV
Canalizaciones y Cableado
32%
10%
10%
5%
20%
5,00%
10%
5,00%
8,00%
Amplificadores y Accesorios
50,00%
50,00%
LIMPIEZA PERIÓDICA Y FINAL DE OBRA
03.04.01
Limpieza diaria y periódica
03.04.02
Limpieza Final
15%
20%
10%
5%
5,00%
1,00%
1,00%
100,00%
AVANCE MENSUAL
0,31%
0,81%
1,53%
3,95%
8,03%
11,95%
19,14%
9,43%
7,04%
5,30%
8,68%
8,81%
6,24%
5,52%
1,79%
0,71%
0,61%
AVANCE ACUMULADO
0,31%
1,13%
2,66%
6,61%
14,63%
26,58%
45,72%
55,16%
62,20%
67,50%
76,18%
84,99%
91,23%
96,75%
98,54%
99,25%
99,85%
Mes 1
Mes 2
Mes 3
Mes 4
Mes 5
Mes 6
Mes 7
Mes 8
Mes 9
Mes 10
Mes 11
Mes 12
Mes 13
Mes 14
Mes 15
Mes 16
Mes 17
ene‐15
feb‐15
mar‐15
abr‐15
may‐15
jun‐15
jul‐15
ago‐15
sep‐15
oct‐15
nov‐15
dic‐15
ene‐16
feb‐16
mar‐16
abr‐16
may‐16
50,0%
50,0%
PLAN DE TRABAJOS BED N°1 Y BED N°2
EDIFICIO PALACIO LEZAMA ADECUACION DE OFICINAS
Obra Eléctrica
BED N°1, BED N°2 Y BED N°3
EDIFICIO LEZAMA
1
BED N°1
2
BED N°2
3
BED N°3
100,0%
70,0%
AVANCE MENSUAL
43,84%
AVANCE ACUMULADO
43,84%
21,36%
43,84%
43,84%
65,21%
30,0%
21,36%
9,40%
4,03%
86,57%
95,97%
100,00%
IF-2016-11533378- -DGIGUB
página 2 de 3
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 107
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 273/MDUYTGC/16 (continuación)
PLAN DE INVERSIONES BED N°1 - BED N°2 y BED N° 3
EDIFICIO PALACIO LEZAMA ADECUACION DE OFICINAS
Obra Eléctrica
BED N°1, BED N°2 Y BED N°3
EDIFICIO LEZAMA
1
2
3
Mes 1
Mes 2
Mes 3
Mes 4
Mes 5
Mes 6
Mes 7
Mes 8
Mes 9
Mes 10
ene‐15
feb‐15
mar‐15
abr‐15
may‐15
jun‐15
jul‐15
ago‐15
sep‐15
oct‐15
Mes 11
Mes 12
Mes 13
nov‐15
dic‐15
ene‐16
Mes 14
Mes 15
feb‐16
mar‐16
$ 2.003.802,34
$ 2.003.802,34
Mes 16
Mes 17
abr‐16
may‐16
$ 881.609,82
$ 377.832,78
$ 4.112.868,51
BED N°1
BED N°2
BED N°3
AVANCE MENSUAL
AVANCE ACUMULADO
$ 4.112.868,51
PLAN DE INVERSIONES GLOBAL (BASICA + BED N°1 + BED N°2 + BED N°3)
GLOBAL
EDIFICIO LEZAMA
Mes 1
AVANCE MENSUAL
AVANCE ACUMULADO
Mes 2
Mes 3
Mes 4
Mes 5
Mes 6
Mes 7
Mes 8
Mes 9
Mes 10
$ 2.003.802,34
$ 2.003.802,34
$ 881.609,82
$ 377.832,78
$ 4.112.868,51
$ 4.112.868,51
$ 6.116.670,85
$ 8.120.473,19
$ 9.002.083,01
$ 9.379.915,79
Mes 12
Mes 13
Mes 14
Mes 15
Mes 16
Mes 17
0,438476059
Mes 11
$ 134.887,44 $ 350.853,48 $ 662.366,00 $ 1.704.331,27 $ 3.466.205,26 $ 5.158.873,68 $ 8.264.133,86 $ 4.072.036,72 $ 3.040.604,47 $ 2.289.223,71 $ 3.745.835,78 $ 3.805.591,93 $ 2.694.833,95 $ 2.384.114,89 $ 4.779.504,68 $ 1.186.131,82 $ 639.618,58
$ 134.887,44 $ 485.740,91 $ 1.148.106,91 $ 2.852.438,18 $ 6.318.643,44 $ 11.477.517,12 $ 19.741.650,98 $ 23.813.687,70 $ 26.854.292,17 $ 29.143.515,88 $ 37.002.220,17 $ 36.694.943,59 $ 43.502.646,05 $ 45.886.760,94 $ 50.666.265,62 $ 51.852.397,45 $ 52.492.016,02
Parque Lezama Instalación Eléctrica
Plan de Inversiones
GLOBAL (BASICA + BED N°1 + BED N°2 + BED N3)
Parque Lezama Instalación Eléctrica
Plan de Trabajo
GLOBAL (BASICA + BED N°1 + BED N°2 + BED N3)
$ 60.000.000,00
100,00%
90,00%
$ 50.000.000,00
80,00%
70,00%
$ 40.000.000,00
60,00%
$ 30.000.000,00
50,00%
40,00%
$ 20.000.000,00
30,00%
20,00%
$ 10.000.000,00
10,00%
$ ‐
ene‐15
feb‐15
mar‐15
abr‐15
may‐15
jun‐15
jul‐15
ago‐15
sep‐15
oct‐15
nov‐15
dic‐15
ene‐16
feb‐16
mar‐16
abr‐16
may‐16
0,00%
ene‐15
feb‐15
mar‐15
abr‐15
may‐15
jun‐15
jul‐15
ago‐15
sep‐15
oct‐15
nov‐15
dic‐15
ene‐16
feb‐16
mar‐16
abr‐16
may‐16
IF-2016-11533378- -DGIGUB
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FIN DEL ANEXO
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 108
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1443/MCGC/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
NO: 8806
RESOLUCION
.
SECRETARiA:
UNIDAD EJECUTORA
Actuado
Tipo-Nro.lAño
CONTRATANTE:
Contratado/a
EXp.S944535/2016
DEMA, PALOMA
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUlTo
CDI
Representado/a
(1 )
por:
Docum.
Tipo
Nro.
Periodo
Desde
Hasta
ONI
CUIT
01-02.16
29753968
27297539685
Z9.Q2.16
01..03.16
31-03.16
01-04-16
30-04-16
-
01-05-16
31-05-16
(1) S610 para aquellos contratados
que poseen representante
Importe
Descripción de la función
lOCACION DE SERVICIO (CONTRATO).
COORDINADORA ARTIST1CO CULTURAL
DE PROGRAMACION
E~J~!,FIC_I_
lOCACION DE SERVICIO (CONTRATO).
COORDINADORA ARTI$TICO CULTURAL
DE PROGRAMACION
EN BAFICI
lOCACION DE SERVICIO (CONTRATO).
COORDINADORA ARTISTICO CULTURAL
DE PROGRAMAC10N EN BAFICI
LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)COORDINADORA ARTISTICO CULTURAL
DE PROGRAMACION
EN BAFICI
Nro.
Cuotas
---
Monto
,
Total
20.625.00
82.500,00
,
20.625.00
----
--
1
20.625.00
,
20,625.00
legal y/o artístico (contrato de representación).
IF-2016-08313797- FIRMA
-MCGC
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1
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FIN DEL ANEXO
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 109
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1444/MCGC/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
N°: 8808
RESOLUCION
.
SECRETARíA:
UNIDAD EJECUTORA
Actuado
Tipo-Nro./Año
EXP-595554312016
CONTRATANTE:
Contratado/a
PEREZ VARGAS
MONICA ULlANA
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUITa
COI
EXT
CUIT
94474470
Representado/a
(1 )
por:
Docum.
Tipo
Nro.
Período
Desde
Hasta
01-02-16
29-02-16
27944744709
01-03.16
31-03-16
01:04=16
30-04-16
(1) Sólo para aquellos contratados
que poseen representante
Importe
Descripción de la función
Nro.
Cuotas
Monto
Total
lOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)PRODUCTORA DE EVENTOS Y
1
18.700,00
56.100,00
~~!I.~TICABAFICI
LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)rRODUCTORA
oc EVENTOS y
ARTlSTICA BAFICl
lOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)PRODUCTORA DE EVENTOS Y
ARTISTICA BAFICI
----
1
18.700,00
1
18.700,00
legal y/o artlstico (contrato de representación).
IF-2016-08313957- FIRMA
-MCGC
PAg.
1 de
1
página 1 de 1
FIN DEL ANEXO
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 110
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1445/MCGC/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
N°:8810
RESOLUCION
.
SECRETARiA:
UNIDAD EJECUTORA
Actuado
Tipo-Nro.lAño
EXp-5630683/2016
CONTRATANTE:
Conlralado/a
FERNANDEZ NUÑEZ MARIA
CONSTANZA
(1) Sólo para aquellos contratados
que poseen representante
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
Docum.
Tipo
Nro.
DNI
33174103
Nro.
CUlTo
CDI
Representado/a
(1 )
por:
Docum.
Tipo
Nro.
CUIT
27331741030
I
Periodo
Desde
Hasta
01-<)2-16
29.Q2-16
Importe
Descripción de la función
Nro.
Cuolas
LOCACION
DESERVICIO
(CONTRATo)-1 1
TAllERI$TA
Y ARTISTA DE CIRCO EN
VERANO 2016
Monlo
Tolal
32.000,00
32.000,00
legal y/o artislico (contrato de representación).
IF-2016-08314082- FIRMA
-MCGC
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1
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FIN DEL ANEXO
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 111
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1450/MCGC/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
N°: 8784
RESOLUCION
.
SECRETARiA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro.lAño
EXP-5627737/2016
Contratado/a
DA ROSA OllVElRA
LUIS CARLOS
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUITa
CDI
EXT
CUIT
93019398
(1) S610 para aquellos contratados
que poseen representante
Representado/a
(1 )
por:
Docum.
Tipo
Nro.
Periodo
Desde
Hasta
01-02-16
29-02-16
20930193985
legal y/o artistíco (contrato de representación).
Importe
Descripción de la función
Nro.
Cuotas
LOCACION
DESERVICIO
(CONTRATo)'1 ,
DOCENTE CLASES DE BAILE EN
VERANO 2016
Monto
I
11.000,00
IF-2016-08314728- FIRMA
-MCGC
Pág.
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1
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FIN DEL ANEXO
Total
11.000.00
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 112
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1477/MCGC/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
N°: 8665
RESOLUCION
.
SECRETARíA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro.lAño
EXp.5627314/2016
Contratado/a
CAPELLA ALEJANDRO
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUITa
COI
ONI
CUIT
25833445
20258334451
Representado/a
(1 )
por:
Docum.
Tipo
Nro.
Período
Desde
Hasta
01-02-16
29-02-16
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
Importe
Descripción de la función
SERVICIOS ARTISTICOS y CUL TURALE~
. ARTISTA DE CIRCO EN VERANO 2016
Nro. ,\
Cuotas
1
Monto
\16.000,00
IF-2016-08323763- FIRMA
-MCGC
Pág.
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1
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FIN DEL ANEXO
Total
16.000,00
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 113
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1480/MCGC/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
N°: 8686
RESOLUCION
.
SECRETARiA:
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro.lAño
EXP-5630378/2016
(1) S610 para aquellos
Contratado/a
I
RUEDAS GABRIELA
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
Docum.
Tipo
Nro.
DNI
31026657
contratados
que poseen representante
Nro.
CUlTo
CDI
Representado/a
(1 )
por:
Docum.
Tipo
Nro.
01-02-16
CUlr
29-02-16
23310266574
legal ylo artistico (contrato
Periodo
Desde
Hasta
de representación).
Importe
Descripción de la función
SERVICIOS ARTISTlCOS y CUL TURALE,
- ARTISTA DE CIRCO EN VERANO 2016
Nro.
Cuotas
Monto
Total
1
10.000,00
10.000,00
IF-2016-08324424- FIRMA
-MCGC
Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
página 1 de 1
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 114
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1481/MCGC/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
N°: 8696
RESOLUCION
.
SECRETARíA:
UNIDAD EJECUTORA
Actuado
Tipo-Nro.lAño
EXP-5626168/2016
CONTRATANTE:
Contratado/a
RODRIGUEZ
ROXANA LORENA
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
Docum.
Tipo
Nro.
DNI
24203256
Nro.
CUITa
COI
Representado/a
(1 )
por:
Docum.
Tipo
Nro.
Periodo
Desde
Hasta
01-02-16
CUIT
29..()2-16
27242032565
01-03.16
15-03-16
(1) S610 para aquellos contratados
que poseen representante
legal ylo artístico (contrato de representación).
Importe
Descripción de la función
LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO).
COORDINADORA GENERAL DE CIRCO
EN VERANO 2016
LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)COORDINADORA GENERAL DE CIRCO
EN VERANO 2016
Nro.
Cuotas
Monto
,
Total
43.500,00
87.000.00
,
43.500.00
IF-2016-08324661- FIRMA
-MCGC
Pág.
1 de
1
página 1 de 1
FIN DEL ANEXO
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 115
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1486/MCGC/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
N°: 8663
RESOLUCION
.
SECRETARíA:
UNIDAD EJECUTORA
Actuado
Tlpo-Nro.lAño
EXP-5625961/2016
CONTRATANTE:
Contratado/a
BRUNO ALEJANDRO DAMIAN
DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUITa
CDI
ONI
CUIT
31531082
20315310823
Representado/a
(1 )
por:
Docum.
Tipo
Nro.
Periodo
Desde
Hasta
01-02.16
29-02-16
(1) Sólo pata aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
Importe
Descripción de la función
SERVICIOS ARTlSTICOS y CULTURALES
-ARTISTA DE CIRCO EN VERANO 2016
Nro.
Cuotas
Monto
Total
1
24.000,00
24.000.00
IF-2016-08383528- FIRMA
-MCGC
PAg.
1 de
1
página 1 de 1
FIN DEL ANEXO
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 116
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 275/EATC/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
Nº : 12782
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
EXP-12064326/2016
EXP-12064526/2016
Contratado/a
RODRIGUEZ GABRIEL HERNAN
RAMIREZ CACERES JORGE LUIS
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
DNI
CUIT
37685732
20376857329
EXT
CUIT
94533306
20945333066
Representado/a por:
(1)
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
Importe
Descripción de la función
Nro.
Cuotas
Monto
Total
10-03-16
17-03-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE PERCUSION
- PARTE REAL - ABONO N| 1 - OFBA
1
5.362,00
5.362,00
10-03-16
17-03-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE TROMBON
BAJO - SUPLENTE SOLISTA - ABONO N°
1 - OFBA
1
5.579,00
5.579,00
IF-2016-12067382-EATC
FIRMA
Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
página 1 de 1
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 117
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 276/EATC/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
Nº : 12787
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
Contratado/a
EXP-12069678/2016
MICHAEL MILAGROS
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
DNI
CUIT
31695627
27316956276
Representado/a por:
(1)
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
15-03-16
20-03-16
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
Importe
Descripción de la función
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- ACTOR / FIGURANTE - BEATRIX CENCI
Nro.
Cuotas
Monto
Total
1
13.600,00
13.600,00
IF-2016-12070617-EATC
FIRMA
Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
página 1 de 1
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 118
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 277/EATC/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
Nº : 12814
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
EXP-11323788/2016
Contratado/a
RATTI DANIELA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
DNI
CUIT
29232519
27292325199
Representado/a por:
(1)
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
08-03-16
12-04-16
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
Importe
Descripción de la función
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- CANTANTE SOPRANO - ROL: ZERLINA
COVER SIN FUNCIÓN / OBRA: "DON
GIOVANNI"
Nro.
Cuotas
Monto
Total
1
9.000,00
9.000,00
IF-2016-12142442-EATC
FIRMA
Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
página 1 de 1
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 119
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 278/EATC/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
Nº : 12818
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
EXP-12139116/2016
Contratado/a
MORA MARINA CECILIA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
DNI
CUIT
28861574
27288615743
Representado/a por:
(1)
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
08-03-16
12-04-16
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
Importe
Descripción de la función
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- AYUDANTE DE REGGIE EN LA OBRA
DON GIOVANNI
Nro.
Cuotas
Monto
Total
1
15.000,00
15.000,00
IF-2016-12162759-EATC
FIRMA
Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
página 1 de 1
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 120
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 279/EATC/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
Nº : 12803
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
EXP-12036658/2016
EXP-12036521/2016
Contratado/a
ROCCO MARIA LUZ
ESTRELLA ILUMINADA MEZA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
DNI
CUIT
27320031
27273200318
DNI
CUIT
6143223
27061432235
Representado/a por:
(1)
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
Nro.
Cuotas
Monto
Total
15.320,50
23-03-16
31-03-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- AYUDANTE DE COORDINADOR
1
1.178,50
01-04-16
30-04-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- AYUDANTE DE COORDINADOR
1
4.714,00
01-05-16
31-05-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- AYUDANTE DE COORDINADOR
1
4.714,00
01-06-16
30-06-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- AYUDANTE DE COORDINADOR
1
4.714,00
10-03-16
31-03-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- AYUDANTE DE COORDINACION DE LA
OFBA
1
10.762,00
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- AYUDANTE DE COORDINACION DE LA
OFBA
1
10.762,00
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- AYUDANTE DE COORDINACION DE LA
OFBA
1
10.762,00
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- AYUDANTE DE COORDINACION DE LA
OFBA
1
10.762,00
01-04-16
30-04-16
01-05-16
31-05-16
01-06-16
30-06-16
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
Importe
Descripción de la función
43.048,00
IF-2016-12138506-EATC
FIRMA
Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
página 1 de 1
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 121
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 280/EATC/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
Nº : 12703
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
EXP-11906861/2016
Contratado/a
ELIAS GUILLERMO OSCAR
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
DNI
CUIT
24481023
20244810234
Representado/a por:
(1)
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
Importe
Descripción de la función
Nro.
Cuotas
Monto
Total
126.960,00
01-05-16
31-05-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- ASISTENTE ADMINISTRATIVO
1
15.870,00
01-06-16
30-06-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- ASISTENTE ADMINISTRATIVO
1
15.870,00
01-07-16
31-07-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- ASISTENTE ADMINISTRATIVO
1
15.870,00
01-08-16
31-08-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- ASISTENTE ADMINISTRATIVO
1
15.870,00
01-09-16
30-09-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- ASISTENTE ADMINISTRATIVO
1
15.870,00
01-10-16
31-10-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- ASISTENTE ADMINISTRATIVO
1
15.870,00
01-11-16
30-11-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- ASISTENTE ADMINISTRATIVO
1
15.870,00
01-12-16
31-12-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- ASISTENTE ADMINISTRATIVO
1
15.870,00
IF-2016-11963283-EATC
FIRMA
Pág.
1 de
1
FIN DEL ANEXO
página 1 de 1
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 122
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 281/EATC/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ANEXO I
Nº : 12548
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
Contratado/a
EXP-10633706/2016
ARAUJO PABLO DANIEL
EXP-11118092/2016
LOPEZ DE CALATAYUD OSCAR
ALBERTO
EXP-10633065/2016
ORLOFF LARISA ELIZABETH
EXP-11146417/2016
MARTINELLI CRISTIAN RENE
EXP-11147031/2016
MENGEL MARGARETE
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
DNI
CUIT
25743479
20257434797
DNI
CUIT
13081561
20130815619
DNI
CUIT
24484850
27244848503
DNI
CUIT
26781429
20267814296
DNI
CUIT
18903958
27189039587
Representado/a por:
(1)
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
Importe
Descripción de la función
Nro.
Cuotas
Monto
Total
10-03-16
17-03-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE
CONTRABAJO - FILA- EN EL CONCIERTO
DE ABONO Nº 1 CON LA ORQUESTA
FIARMONICA DE BUENOS AIRES
1
4.984,00
4.984,00
10-03-16
17-03-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE CORNETA SOLISTA- EN EL CONCIERTO DE
ABONO Nº 1 CON LA ORQUESTA
FILARMONICA DE BUENOS AIRES
1
5.579,00
5.579,00
10-03-16
17-03-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE
VIOLINCELLO - FILA- EN EL CONCIERTO
DE ABONO Nº 1 CON LA ORQUESTA
FILARMONICA DE BUENOS AIRES
1
4.984,00
4.984,00
10-03-16
17-03-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EEJCUTANTE DE CORNETASOLISTA EN EL COCNCIERTO DE
ABONO Nº 1 CON LA ORQUESTA
FILARMONICA DE BUENOS AIRES
1
5.579,00
5.579,00
10-03-16
17-03-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE TUBA
WAGNERIANA - SOLISTA- EN EL
CONCIERTO DE ABONO Nº 1 CON LA
ORQUESTA FILARMONICA DE BUENOS
AIRES
1
5.579,00
5.579,00
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
IF-2016-11861690-DGTALEATC
FIRMA
Pág. 1 deDE
2 BUENOS AIRES
GOBIERNO DE LA CIUDAD
ANEXO I
página 1 de 2
Nº : 12548
RESOLUCION ......................................
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
Contratado/a
EXP-11147579/2016
SCHNEEBELI ENRIQUE VICTORIO
EXP-11148075/2016
RODRIGUEZ CECILIA FLORENCIA
EXP-10632633/2016
BRU MARIA DELIA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
DNI
CUIT
28283216
20282832160
DNI
CUIT
24856446
27248564461
DNI
CUIT
10910881
27109108818
Representado/a por:
(1)
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
(1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación).
Importe
Descripción de la función
Nro.
Cuotas
Monto
Total
10-03-16
17-03-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE
BOMBARDINO - SOLISTA- EN EL
CONCIERTO DE ABONO Nº 1 CON LA
ORQUESTA FILARMONICA DE BUENOS
AIRES
1
4.782,00
4.782,00
10-03-16
17-03-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE VIOLA - FILAEN EL CONCIERTO DE ABONO Nº 1 CON
LA ORQUESTA FILARMONICA DE
BUENOS AIRES
1
9.968,00
9.968,00
10-03-16
17-03-16
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- MUSICO EJECUTANTE DE VIOLA - FILAEN EL CONCIERTO DE ABONO Nº 1 CON
LA ORQUESTA FILARMONICA DE
BUENOS AIRES
1
4.984,00
4.984,00
IF-2016-11861690-DGTALEATC
FIRMA
Pág.
2 de
2
FIN DEL ANEXO
página 2 de 2
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 123
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 282/EATC/15
SECRETARÍA:
MINISTERIO DE CULTURA
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
EXP-11906334/2016
Contratado/a
HEREDIA PATRICIA
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
DNI
CUIT
21030298
27210302986
Representado/a por:
(1)
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
01-04-16
30-04-16
01-05-16
31-05-16
01-06-16
30-06-16
01-07-16
31-07-16
01-08-16
31-08-16
01-09-16
30-09-16
01-10-16
31-10-16
01-11-16
30-11-16
01-12-16
SECRETARÍA:
Nro.
Cuotas
Monto
Total
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- PRECEPTORA EN ENSAYOS DE LA
CARRERA DE DANZAS DEL ISATC
1
5.750,00
51.750,00
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- PRECEPTORA EN ENSAYOS DE LA
CARRERA DE DANZAS DEL ISATC
1
5.750,00
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- PRECEPTORA EN ENSAYOS DE LA
CARRERA DE DANZAS DEL ISATC
1
5.750,00
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- PRECEPTORA EN ENSAYOS DE LA
CARRERA DE DANZAS DEL ISATC
1
5.750,00
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- PRECEPTORA EN ENSAYOS DE LA
CARRERA DE DANZAS DEL ISATC
1
5.750,00
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- PRECEPTORA EN ENSAYOS DE LA
CARRERA DE DANZAS DEL ISATC
1
5.750,00
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- PRECEPTORA EN ENSAYOS DE LA
CARRERA DE DANZAS DEL ISATC
1
5.750,00
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
- PRECEPTORA EN ENSAYOS DE LA
CARRERA DE DANZAS DEL ISATC
1
5.750,00
SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES
MINISTERIO DE CULTURA
UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE:
Actuado
Tipo-Nro./Año
Importe
Descripción de la función
Contratado/a
ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON
Docum.
Tipo
Nro.
Nro.
CUIT o
CDI
Representado/a por:
(1)
Docum. Período
Desde
Tipo
Hasta
Nro.
31-12-16
FIN DEL ANEXO
Importe
Descripción de la función
- PRECEPTORA EN ENSAYOS DE LA
CARRERA DE DANZAS DEL ISATC
Nro.
Cuotas
Monto
1
5.750,00
Total
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 624/MAYEPGC/16
N° 124
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 624/MAYEPGC/16 (continuación)
IF-2015-36053595- -EMUI
página 2 de 2
FIN DEL ANEXO
N° 125
N° 4879 - 10/5/2016
//.-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 126
ANEXO - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 868/MHGC/16
Anexo “I”
MINISTERIO DE EDUCACION
DESIGNACIONES
APELLIDO Y NOMBRE
DOCUMENTO/CUIL.
PARTIDA Y FUNCION
A PARTIR DEL 10-11-2015
Aramburu,
Mónica Cristina
CUIL.27-26491030-2
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Benítez,
Antonio Ricardo
CUIL. 20-13385185-3
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Castro,
Marta Andrea
CUIL. 27-24321562-0
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
González,
María de los Ángeles
CUIL. 27-31174170-0
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Guzman,
Sonia Débora
CUIL. 27-30551764-5
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Ruíz,
Darío Gastón
CUIL. 20-38175270-5
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Trejo,
María Alejandra
CUIL. 27-34042052-2
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Viñas,
Kevin Ezequiel
CUIL. 20-33950062-3
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
A PARTIR DEL 12-11-2015
Arrua,
Analía Fernanda
CUIL. 27-29752458-0
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
PAGINA Nº 1/2
IF-2016-10941014- -DGALP
página 1 de 2
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 127
Anexo “I”
MINISTERIO DE EDUCACION
DESIGNACIONES
APELLIDO Y NOMBRE
DOCUMENTO/CUIL.
PARTIDA Y FUNCION
A PARTIR DEL 12-11-2015
Caffaratti,
Daniela Fabiana
CUIL.27-20287549-7
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Chayle,
Juan Carlos
CUIL. 20-31075798-6
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Justa Servidio,
Luca Gabriel
CUIL. 20-39761492-2
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
López Oliver,
Marcelo Daniel
CUIL. 20-24752780-0
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Olivera Falech,
Jorge Gastón
CUIL. 20-36284659-6
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Olivieri,
Gustavo Andrés
CUIL. 20-24335165-1
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Roman Mamani,
Lauret Sofía
CUIL. 23-93907942-4
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Suárez,
Braian Josue
CUIL. 27-35347765-5
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Teyssier D’ Alessandro,
Reneé Solange
CUIL. 27-29382410-5
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
PAGINA Nº 2/2
FIN DEL ANEXO
IF-2016-10941014- -DGALP
página 2 de 2
N° 4879 - 10/5/2016
//.-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 869/MHGC/16
Anexo “I”
MINISTERIO DE EDUCACION
DESIGNACIONES
APELLIDO Y NOMBRE
DOCUMENTO/CUIL.
PARTIDA Y FUNCION
A PARTIR DEL 16-09-2015
Arenas,
María Angélica
CUIL.27-29388828-6
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Churquina,
Analía Viviana
CUIL. 27-22294468-1
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Morales,
Yamila Ayelén
CUIL. 27-39159084-8
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Moreira Garofolo,
Dolly
CUIL. 27-92801259-5
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Paniagua,
Claudia Beatriz
CUIL. 23-27325809-4
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Romero,
María Fernanda
CUIL. 27-25914879-6
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Salas,
Florencia Estefanía
CUIL. 27-34857016-7
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Treise,
Ivana Manuela Soledad
CUIL. 27-36287397-0
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
A PARTIR DEL 17-09-2015
Berazaluce,
Pablo Sebastián
CUIL. 20-27401143-3
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
PAGINA Nº 1/2
IF-2016-10950845- -DGALP
página 1 de 2
N° 128
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 129
Anexo “I”
MINISTERIO DE EDUCACION
DESIGNACIONES
APELLIDO Y NOMBRE
DOCUMENTO/CUIL.
PARTIDA Y FUNCION
A PARTIR DEL 17-09-2015
Caamaño Coscarella,
Mariano Rosario
CUIL. 20-22147838-0
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
Ríos,
Ariel Aníbal
CUIL. 20-37668361-4
5501.0000.S.A.01.0800.381
Auxiliar de Portería.-
PAGINA Nº 2/2
FIN DEL ANEXO
IF-2016-10950845- -DGALP
página 2 de 2
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 130
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 189/HGACA/16
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. COSME ARGERICH"
2016- Año del Bicentenariode la Declaraciónde Independenciade la República Argentina
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
CLÁUSULAS PARTICULARES
ANEXO
1)
PLAZO Y FORMA DE ENTREGA
La primera entrega será INMEDIATA: dentro de los cinco (5) dias hábiles a partir del
perfeccionamiento de la orden de compra, según el cuadro de distribución
anexo a
dicha orden; durante un periodo de 12 (doce) meses.
El Organismo licitante se reserva el derecho de solicitar hasta el total de la Orden de
Compra.
2)
ROTULADO Y EMPAQUE
Todas las unidades de dispensación deberán estar rotuladas según normas vigentes
(Decreto N° 2505/85 Y Resolución N° 255/94 del Ministerio de Salud, o Disposición
2319/02 TO 2004 y 2318/02 TO 2004 de la ANMAT). En cada unidad de entrega
(paquetes o cajas), deberá estar claramente identificado, mediante rótulo perfectamente
adherido, que indicará como minimo lo siguiente:
a.
b.
c.
d.
e.
f.
g.
h.
Denominación del producto
Contenido unitario
N° de Orden de Compra y año
N° de lote, serie o partida
Nombre o marca comercial del fabricante o proveedor
Fecha de expiración
Dirección del fabricante o importador
Nombre del Director Técnico
Para los renglones a proveer en paquetes, estos deberán venir firmes, bien asegurados y
no dar lugar a que con el manipuleo se produzca el desarme de los mismos. Indicando
condiciones de estibado (frágil, cantidad por bulto, proteger de la luz, no exponer a la
intemperie, etc.), pudiendo indicarse gráficamente.
3)
ENVASES
El Organismo Licitante, se r
distinta a la solicitada, en el
Dependencia usuaria no ofrec
/\
serva
resent
inco
I
ere. ho de considerar envases de capacidad
lego de Bases y Condiciones, si a juicio de la
ent alguno para su uso o distribución.
Dr. NESTOR HE
DIRECTOR M
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N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 131
ANEXO
- DISPOSICIÓN
N° 189/HGACA/16
A los efectos de
comparar
precios, se tomara
como base la (continuación)
unidad de medida.
Los oferentes deberán cotizar sobre la base de la unidad del producto que se solicita,
cualquiera sea la capacidad del envase que se comercialice. con el objeto de facilitar la
comparación de precios.
4)
MARCA
Es imprescindible que se consigne la marca de los productos ofertados, o indicar si
son de su fabricación y/o fraccionamiento. Cuando en las especificaciones se mencione
tipo de marca, lo es al solo efecto de señalar las caracteristicas generales del articulo
solicitado sin que ello implique que el proponente no pueda ofrecer articulos similares, de
otras marcas, pero asimismo deberá especificar lo que ofrece.
5)
ALTERNATIVA
El Organismo Licitante se reserva el derecho de considerar ofertas alternativas, de
caracteristicas distintas a lo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones, incluidos
envases y/o presentaciones de contenidos diferentes a los solicitados.
En el caso de ofrecer distintas marcas comerciales para un mismo renglón deberán ser
presentadas por separado como ofertas alternativas, de lo contrario no serán
consideradas ofertas válidas.
6)
MEDIDAS
Cuando se solicitan medidas aproximadas, el oferente deberá precisar en su oferta que
medida ofrece, las tolerancias generales serán de +/- un 5%, salvo detalle especifico de
tolerancia del insumo a adquirir.
7)
VENCIMIENTO
En todos los casos, no se aceptará un vencimiento menor a 18 (dieciocho)
de la fecha de entrega.
8)
meses a partir
CANJE
El organismo solicitante se reserva el derecho de exigir al respectivo proveedor, con un
mínimo de noventa (90) días de antelación a la fecha de vencimiento declarada, que
proceda a efectuar el canje de aquellos insumos oportunamente provistos, por la misma
marca. número de unidades y calidad, con vencimiento posterior, no inferior a 18
(dieciocho) meses.
9)
LUGAR DE ENTREGA
La entrega se realizará en el Hospital Argerich, sito en Av. Alte. Brown 240. CABA,
División Radiología, Subsuelo, de Lunes a Viernes de 8.30 a 11.00 hs.
EL OFERENTE DEBERA CARGAR AL SISTEMA BAC TODA LA
DOCUMENTACION SOLICITADA JUNTAMENTE CON LA OFERTA. LA NO
PRESENTACION DE LA MISMA SERA CAUSAL DE DESESTIMACION.
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El Comité de Evaluación de Ofertas se reserva el derecho de solicitar la
documentación faltante e incluso la adicional que considere necesaria.
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FIN DEL ANEXO
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Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 274/HGACD/16
N° 132
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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 274/HGACD/16 (continuación)
N° 133
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ANEXO - DISPOSICIÓN N° 274/HGACD/16 (continuación)
N° 134
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Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 274/HGACD/16 (continuación)
FIN DEL ANEXO
N° 135
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008”
ANEXO I
“2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la Repúb lica Argentina”.
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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 111/SGCBA/16
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N° 137
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“El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008”
“2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la Repúb lica Argentina”.
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“El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008”
“2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la Repúb lica Argentina”.
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“El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008”
“2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la Repúb lica Argentina”.
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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 111/SGCBA/16 (continuación)
FIN DEL ANEXO
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“El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008”
ANEXO I
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ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008”
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“El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008”
“2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la Repúb lica Argentina”.
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FIN DEL ANEXO
N° 148
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 112/SGCBA/16 (continuación)
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ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008”
ANEXO I
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ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008”
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ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008”
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FIN DEL ANEXO
N° 153
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 113/SGCBA/16 (continuación)
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“El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008”
ANEXO I
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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 114/SGCBA/16
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ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008”
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N° 157
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“El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008”
“2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la Repúb lica Argentina”.
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ANEXO - RESOLUCIÓN N° 114/SGCBA/16 (continuación)
FIN DEL ANEXO
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N° 160
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 27/DGTALPG/16
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2016- Año Del Bicentenário de la Declaración de Independencia de la Republica Argentina
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
1. Objeto de la Contratación: El objeto de la presente Contratación Directa es
la adquisición de un “Servicio de suscripción online de información jurídica”, a
cargo de la firma ABELEDO PERROT S.A. con destino a la Procuración
General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los términos del artículo
28, apartado 5 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454).
2. Moneda de Cotización: Moneda de curso legal en la República Argentina.
3. Monto de la Contratación: Pesos TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO
MIL ONCE 00/100 ($348.011,00).
4. Forma de Pago: 30 días hábiles, una vez presentada la factura en la
Dirección General de Contaduría del GCABA.
5. Plazo de Mantenimiento de Oferta: Deberá mantener la oferta por el
término de treinta (30) días a contar de la fecha del acto de apertura. Al
vencimiento del plazo indicado, éste se prorrogará automáticamente por igual
plazo. El oferente tendrá la oportunidad de retirar su oferta una vez fenecido el
plazo mínimo de treinta (30) días a contar desde la fecha de apertura, debiendo
a tal efecto notificar en forma fehaciente su voluntad de no renovar el
mantenimiento de la oferta con una antelación mínima de diez (10) días
anteriores al vencimiento de dicho plazo.
6. Plazo de inicio de la prestación del servicio: 5 días corridos desde el
perfeccionamiento del contrato.
7. Plazo y lugar de prestación del servicio: 12 (doce) meses consecutivos.
Lugar de la prestación: Uruguay 440/466, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
8. Ampliación y prórroga del contrato: Se deja establecido que el presente
contrato podrá ampliarse y/o prorrogarse, a exclusiva conveniencia del GCBA
según las necesidades del Organismo y conforme lo establece el articulo Nº
119 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5454).
9. Horarios de prestación del servicio: El servicio contratado deberá
prestarse en forma ininterrumpida, durante las veinticuatro (24) horas diarias
(días hábiles, sábados, domingos y feriados).
10. Representante Técnico: La firma Adjudicataria deberá obligatoriamente
designar un Representante Técnico. Esta información junto a la información de
contacto del mismo debe presentarse en la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal de la Procuración General, antes del inicio del servicio.
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2016- Año Del Bicentenário de la Declaración de Independencia de la Republica Argentina
En caso de reemplazo del mismo durante la ejecución del contrato, la firma
Adjudicataria deberá poner en conocimiento del Organismo contratante, con un
plazo de antelación no menor a los treinta (30) días corridos. Deberá proponer
para esta instancia un representante de idénticas características que el
propuesto originalmente.
11. Soporte Técnico del Servicio: La firma Adjudicataria deberá asistir en el
día, horario y de conformidad con el requerimiento efectuado por el Organismo
contratante, a los fines que éste estime pertinente. Por tal motivo, deberán
proporcionarse teléfonos y direcciones de correo electrónico de contacto que
garanticen esta prestación. Asimismo se deja establecido que el plazo para
atender toda deficiencia del servicio o requerimiento realizado, será de
veinticuatro (24) hs. corridas, contadas a partir de la notificación fehaciente del
reclamo.
12. Comunicaciones: Las comunicaciones que se realicen entre el Organismo
licitante y la firma Adjudicataria se llevarán a cabo conforme el artículo 4 del
Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (PUBGC).
13. Domicilio del Adjudicatario: La firma Adjudicataria deberá
obligatoriamente constituir domicilio en el ámbito de la Ciudad autónoma de
Buenos Aires y en caso de cambio de domicilio, el nuevo que se constituya
deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 6 del PUBCG.
14. Constitución de garantía de cumplimiento del contrato: Dentro de los
cinco (5) días de notificada la adjudicación, la firma Adjudicataria deberá
presentar una garantía de fiel cumplimiento del contrato, la que debe
presentarse en la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Procuración
General, sita en Uruguay 466, 1º Piso, Oficina 114, de esta Ciudad, bajo
apercibimiento de lo dispuesto en el artículo Nº 127 de la Ley Nº 2095 (texto
consolidado por Ley N° 5454).
Esta garantía será del diez por ciento (10%) del valor total de la adjudicación
(Art. 17.1, inciso b), del PUBCG. Dicha garantía deberá constituirse bajo una de
las modalidades previstas a tal fin en el art. 17.2 del PUBCG. La misma será
devuelta al adjudicatario dentro de los diez (10) días de finalizado el contrato, a
entera satisfacción de la Repartición contratante, en caso de fiel cumplimiento
en tiempo y forma de cada una de las obligaciones resultantes de esta
Contratación y del contrato.
15. Penalidades Contractuales: Establecidas en el Capítulo XII de la Ley Nº
2095 (texto consolidado por Ley N° 5454) “DE LAS PENALIDADES
CONTRACTUALES”. Las mismas son:
Artículo 125 – PENALIDADES: Los oferentes o contratantes pueden ser
pasibles de las siguientes penalidades: a) Pérdida de la garantía de
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2016- Año Del Bicentenário de la Declaración de Independencia de la Republica Argentina
mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato. b) Multa por
incumplimiento de las obligaciones contractuales. c) Rescisión del contrato por
culpa del co-contratante. La aplicación de las penalidades es facultad de las
Unidades Operativas de Adquisiciones. A los efectos de la aplicación de las
penalidades se deben reunir todos los antecedentes referidos al desempeño
del oferente o contratante durante el desarrollo del procedimiento contractual,
que motiven y justifiquen la aplicación de la penalidad.
Artículo 126 - PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA
OFERTA –DESISTIMIENTO DE OFERTAS: El desistimiento de la oferta antes
del vencimiento del plazo de validez establecido conlleva la pérdida de la
garantía de la oferta. En caso de desistimiento parcial, la garantía se pierde en
forma proporcional.
Artículo 127 - PÉRDIDA DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL
CONTRATO – INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA: Si el adjudicatario no integra
la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en la
reglamentación, se lo intimará en forma fehaciente. Vencido el plazo otorgado
en la intimación sin que se haya cumplimentado tal obligación, se le rescindirá
el contrato con la pérdida de la garantía de la adjudicación o de un monto
equivalente a dicha garantía.
Artículo 128 - MULTAS POR INCUMPLIMIENTOS: La prórroga en el
cumplimiento del plazo contractual, así como los incumplimientos de las
obligaciones convenidas, determinan en todos los casos la aplicación de una
multa por incumplimiento, cuyo monto y procedimiento serán establecidos en la
reglamentación.
Los pliegos de condiciones particulares pueden establecer otras multas, más
allá de las contempladas en la presente ley.
Artículo 129 - AFECTACIÓN DE LAS MULTAS: Las multas que se apliquen se
afectan en el orden siguiente:
a) A las facturas emergentes del contrato, que estén al cobro o en trámite.
b) A los créditos del co-contratante resultantes de otros contratos de suministro
o prestación de servicios no personales
c) A la correspondiente garantía.
d) Ejecución Fiscal.
Artículo 130 - RESCISIÓN POR CULPA DEL COCONTRATANTE - RECHAZO
DE LA ORDEN DE COMPRA O VENTA: Queda rescindido el contrato por
culpa del co contratante, con pérdida de la garantía de oferta, cuando éste
rechace la orden de compra o venta dentro del plazo que fije la reglamentación.
Artículo 131 - RESCISIÓN POR CULPA DEL COCONTRATANTE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Vencido el plazo de cumplimiento del
contrato, de su prórroga o en su caso, del contrato rehabilitado, sin que los
bienes hayan sido entregados o prestados los servicios de conformidad, se
rescindirá el mismo de pleno derecho con pérdida de las garantías
correspondientes sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial,
debiendo luego el organismo licitante proceder al dictado de la declaración
formal de rescisión.
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N° 163
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2016- Año Del Bicentenário de la Declaración de Independencia de la Republica Argentina
Artículo 132 - RESCISIÓN POR CULPA DEL COCONTRATANTE.
PRESTACIONES DE CARÁCTER ESPECIAL: El incumplimiento de las
prestaciones en que no sea posible admitir su satisfacción fuera de término, en
razón de la naturaleza de las mismas y de las necesidades de la
Administración, es sancionado con la rescisión del contrato más la pérdida de
la garantía de cumplimiento del mismo por el importe total de aquella.
Artículo 133 - RESCISIÓN POR CULPA DEL COCONTRATANTE - FRAUDE O
NEGLIGENCIA. Cuando el co-contratante incurre en negligencia en la
ejecución del contrato o incumple las obligaciones a su cargo, el organismo
contratante puede rescindir unilateralmente el contrato, quedando a cargo del
co contratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con
su accionar.
Asimismo es causal de rescisión del contrato por culpa del co contratante y con
las consecuencias precedentemente indicadas, cuando se hubiere configurado
cualquier tipo de fraude que fuera determinante de la adjudicación de la oferta
en cuestión.
Artículo 134 - RESCISIÓN POR CULPA DEL COCONTRATANTE TRANSFERENCIA O CESIÓN DEL CONTRATO: Cuando el co contratante
transfiriera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado
previamente por la entidad contratante, ésta debe rescindir unilateralmente el
contrato por culpa del co-contratante, con pérdida de la garantía de
cumplimiento del contrato.
Artículo 135 - RESCISIÓN TOTAL O PARCIAL: La rescisión del contrato y la
consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento pueden ser totales o
parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquél.
En caso de efectuarse una rescisión parcial en un contrato de tracto sucesivo,
el co-contratante debe cumplir con la parte no rescindida, aún en el caso que
se le imponga una sanción de suspensión o inhabilitación.
Artículo 136 - CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR: Las penalidades
establecidas en esta ley no son aplicadas cuando el incumplimiento de la
obligación provenga de caso fortuito o de fuerza mayor, debidamente
documentado y probado por el interesado y aceptado por el organismo licitante.
La existencia de caso fortuito o fuerza mayor que impida el cumplimiento de los
compromisos contraídos por el oferente o los adjudicatarios, debe ser puesta
en conocimiento del organismo contratante dentro del plazo que establezca la
reglamentación de la presente ley. Transcurrido dicho plazo, no puede
invocarse el caso fortuito o fuerza mayor.
Se establece que en caso de haberse constatado el incumplimiento por parte
de la firma Adjudicataria durante la ejecución del contrato, le será aplicada la
penalidad y/o la sanción que pudiere corresponderle aún cuando el contrato se
encontrara extinguido, rescindido y/o ejecutado en su totalidad al tiempo en que
se formalice el correspondiente acto administrativo que decide la aplicación de
la penalidad y/o sanción.
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2016- Año Del Bicentenário de la Declaración de Independencia de la Republica Argentina
16. Causales de Penalidad: Particularmente, para la rescisión del contrato y/o
aplicación de penalidades, de conformidad con las causales previstas
precedentemente, se tendrán en especial consideración, las siguientes
circunstancias:
a) No designación en tiempo y forma de un representante técnico o la omisión
de su reemplazo en la modalidad y plazos previstos: 0,5 % del monto total
adjudicado, por cada día de demora.
b) Demoras en la iniciación del servicio: 1 % del monto total adjudicado, por
cada día de demora.
c) Deficiencias en la prestación del servicio: 10 % del monto total adjudicado,
una vez verificada la deficiencia debidamente fundada por la Dirección
Tecnología y Procesos dependiente de la Dirección General Técnica
Administrativa y Legal de la Procuración General.
d) Interrupción del servicio sin causa que lo justifique: 1 % por cada día sin
servicio.
e) Incumplimiento de parte o todo el servicio y/u omisión de responder en los
plazos establecidos, ante un requerimiento efectuado por el Organismo
contratante: 1 % por cada día de incumplimiento.
17. Rescisión y Extinción del Contrato: Cuando se produjere alguna de las
causales previstas en los artículos Nº 130 a 134 de la Ley Nº 2095 (texto
consolidado por Ley N° 5454), por incurrir la Adjudicataria en incumplimientos
contractuales durante la realización de los trabajos o prestación del servicio, el
GCABA se reserva el derecho de rescindir el contrato de pleno derecho o de
fijar un plazo para su terminación. La rescisión por culpa de la firma
Adjudicataria implicará la pérdida de la garantía de cumplimiento de contrato,
en la parte no cumplida, sin perjuicio de las demás sanciones que
correspondieran.
18. Seguros:
Accidentes de trabajo: El Contratista será responsable de su personal por
accidentes de trabajo, para lo cual deberá contratar un seguro que cubra la
totalidad de las obligaciones fijadas por la Ley sobre Riesgos del Trabajo Nº
24.557, modificada por Ley 26.773 y sus Decretos reglamentarios.El seguro deberá cubrir los riesgos y accidentes de trabajo y/o enfermedades
profesionales e inculpables amparando las indemnizaciones por incapacidad
permanente, parcial y absoluta, incapacidad temporaria y/o muerte, accidente
"in-itinere" y prestación médico-farmacéutica, por el monto máximo que fijara la
legislación vigente.
Si durante la prestación del servicio se produjera el vencimiento de las pólizas
referidas en el presente pliego, el Contratista estará obligado a constituir
nuevos seguros hasta la finalización efectiva de los trabajos encomendados,
con una antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a la fecha de
vencimiento de las mismas.
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La no actualización de dichas pólizas dará lugar a la interrupción de la
prestación, pudiendo dicha situación provocar la rescisión contractual, tal como
se determina en el presente pliego.
19. Presentación de las pólizas: Las pólizas exigidas, deberán ser
presentadas en la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Procuración
General, sita en Uruguay 440/466, 1er. piso Oficina 114. con una antelación no
menor de cuarenta y ocho (48) horas de la fecha fijada para la prestación del
servicio.
El incumplimiento dentro del plazo fijado para la presentación de las pólizas,
motivará en todos los casos la postergación del comienzo de la prestación del
servicio y la consiguiente aplicación de las sanciones establecidas en el
presente pliego.
20. Obligaciones del contratista: Emplear, exclusivamente, durante toda la
vigencia del contrato, la cantidad de personal capacitado, con pericia y
experiencia en sus respectivas especialidades, de acuerdo a lo establecido en
el Pliego de Especificaciones Técnicas. El comportamiento del personal deberá
ser en todo momento correcto y eficiente pudiendo el Organismo Contratante
emplazar a la empresa para la separación de aquél que así no lo hiciere.
Todo el personal afectado al servicio estará bajo el exclusivo cargo del
adjudicatario, corriendo por su cuenta salarios, seguros (ART), leyes sociales y
previsionales y cualquier otro gasto sin excepción, no teniendo en ningún caso
el mismo relación de dependencia con el Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires. El GCBA no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo
conflicto o litigio que eventualmente se generase entre el adjudicatario y el el
personal que éste ocupare para ejercer la actividad objeto del presente proceso
licitatorio.
21. Recepción Definitiva: El Adjudicatario deberá presentar a la Dirección
General Técnica Administrativa y Legal, el remito de entrega del servicio objeto
de la presente. Conformado, se remitirá a la U.O.A.P.G., que dará intervención
a la Comisión de Recepción Definitiva del Organismo Contratante a efectos.,
para luego extender el Parte de Recepción Definitiva.
Obtenido el parte, el Contratista procederá a confeccionar la factura conforme a
la mecánica establecida al respecto en el PBCG BAC.
22. Forma y Plazo de Pago: A los fines del pago a los Proveedores, finalizada
la prestación, el Organismo contratante emitirá 1 (un) Parte de Recepción
Definitiva (PRD).
El PRD deberá ser adquirido a través del sitio web del Gobierno de la Ciudad
de Buenos Aires http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda “Autogestión
de Proveedores”, previa autenticación y presentando posteriormente la factura
ante el Organismo competente para el pago de la obligación.
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 166
PRO CURACI ON G ENERAL DE LA CIUDAD DE BUENO S AI RES
2016- Año Del Bicentenário de la Declaración de Independencia de la Republica Argentina
El plazo establecido para el pago es de 30 (treinta) días hábiles contados a
partir de la presentación de la factura y documentación ante la Dirección
General de Contaduría.
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 167
ANEXO - DISPOSICIÓN N° 27/DGTALPG/16 (continuación)
PRO CURACI ON G ENERAL DE LA CIUDAD DE BUENO S AI RES
2016- Año Del Bicentenário de la Declaración de Independencia de la Republica Argentina
PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: El objeto de la presente Contratación
Directa es la contratación de un “Servicio de suscripción online de información
jurídica” a cargo de la firma ABELEDO PERROT S.A. con destino la
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los términos
del art. 28, apartado 5, de la Ley N° 2095 (texto consolidado Ley 5454).
SERVICIO: A los efectos de la utilización del “Link de Acceso”, la prestación del
servicio deberá evaluar una validación del usuario mediante la conexión IP del
mismo, de acuerdo a lo presupuestado (DOCFI-2016-08448420-DGTALPG).
Además, antes del comienzo de la prestación del servicio, se deberá proveer
bajo sobre cerrado, una cantidad de catorce (14) cuentas personales, las
cuales deberán ser cuentas autenticadas para su ingreso mediante usuario y
contraseña.
Dichas claves personales serán oportunamente asignadas a los Funcionarios
que determine el Organismo Contratante, los que deberán poseer rango no
inferior a Director General.
FIN DEL ANEXO
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 168
ANEXO - RESOLUCIÓN N° 45/PPVM/16
ANEXO
AGENTE
DNI
FECHA DE BAJA
ACOSTA MARIA ELENA
5.619.473
31/01/2016
BARCELO MARIO HECTOR
7.785.596
31/12/2015
BELLERA CARLOS ALBERTO
4.311.350
04/09/2015
CASALE PABLO ALEJANDRO
6.894.750
31/03/2016
DE RIDDER DIEGO CARLOS
8.511.679
31/03/2016
MONTENEGRO EDUARDO ALFREDO
4.271.758
19/02/2015
PINTO MARIANO SANTIAGO
4.588.062
31/03/2016
SZYCH ALICIA INES
11.644.791
31/07/2015
FIN DEL ANEXO
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 169
ANEXO - EO N° 653
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
ADMINISTRACIÓN
GUBERNAMENTAL
DE INGRESOS
PÚBLICOS
DIRECCIÓN
GENERAL DE RENTAS
EXP. NO.
Contribuyente:
Resp Ext.:
Periodo
AM2010-01
02
03
04
05
06
07
08
09
10
11
12
AM2011-01
02
03
04
05
06
07
08
09
10
11
12
1844050/2011
VllMAR CONSTRUCCIONES
ANEXO
N° 1.5.1.8.:
S.R.l.
901-064451-9
CUIT N°:
30-70822267-0
en carácter de Socios Gerentes de la Firma a la Sra. Mirta Liliana Villalba López y el Sr.Julián
Gabriel Mareco Santacruz
ylo quien resulte responsable en la actualidad.
Monto Imponible
Declarado
Determinado
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$0,00
$0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 285.577,96
$146.016,11
$ 62.711,02
$ 34.034,51
$ 24.726,71
$ 15.086,62
$ 15.255,07
$ 15.417,81
$15.571,63
$ 15.716,52
$ 15.859,63
$ 16.008,81
$16.159,06
$16.207,23
$16.359,84
$ 16.516,70
$ 16.681,00
$ 16,849,91
$ 17.046,78
$ 17,216,39
$17.392,94
$17.551,44
$17.718,79
$17.881,90
Impuesto Omitido:
Total Impuesto Adeudado:
Verificaclon
Declarado
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$0,00
$0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$0,00
$0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
$ 0,00
del Impuesto
Determinado
$ 8.567,34
$ 4.380,48
$ 1.881,33
$ 1.021,04
$ 741,80
$ 452,60
$ 457,65
$ 462,53
$ 467,15
$ 471 ,50
$ 475,79
$ 480,26
$ 484,77
$ 486,22
$ 490,80
$ 495,50
$ 500,43
$ 505,50
$511,40
$ 516,49
$ 521,79
$ 526,54
$ 531,56
$ 536,46
Total
$ 8.567,34
$ 4.380,48
$ 1.881,33
$ 1.021,04
$ 741,80
$ 452,60
$ 457,65
$ 462.53
$467,15
$ 471,50
$ 475,79
$ 480,26
$ 484,77
$ 486,22
$ 490,80
$ 495,50
$ 500,43
$ 505,50
$ 511,40
$ 516,49
$ 521,79
$ 526,54
$ 531,56
$ 536,46
25.96693
$ 25.966,93
$ 25.966,931
(Pesos Veinticinco mil novecientos $uenta
Multa (Base de Imposición):
SI Impuesto Omitido:
SI Ampl.de Sumario:
Total Base de Imposición:
Diferencia
y seis con 93/100)
$ 25.966,93
$ 0,00
$ 25.966,931
100% x2
0%
$ 51.873,86
$ 0,00
$ 51.873,861
(Pesos CinCUCllIay un mil ochocientos
FIN DEL ANEXO
s<ltenta y tres con 86/1DDj
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 170
ANEXO - OL 1366
(/Default.aspx)
Jueves 21 de Abril, 8:14:32
Proceso de compra
Número del proceso de compra
416-0408-LPU16
Número de expediente
EX-2016-11100303- -MGEYA-HGACD
Nombre del proceso de compra
FORMULA LÁCTEA DE SEGUIMIENTO PARA LACTANTES, ETC.
Unidad Operativa de Adquisiciones
416 - HTAL. CARLOS G. DURAND
Información básica del proceso
Nº de proceso
416-0408-LPU16
Nombre de proceso
FORMULA LÁCTEA DE SEGUIMIENTO PARA LACTANTES, ETC.
Objeto de la contratación
FORMULA LÁCTEA DE SEGUIMIENTO PARA LACTANTES, ETC.
Procedimiento de selección
Licitacion Pública
Etapa
Única
Modalidad
Sin modalidad
Alcance
https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhwb/Oqn73bb528Vg5GtDg3N8XDFds0EAIRwPtk|yoHzODr6vwnp…
1/13
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 171
Nacional
Moneda
ARS-Peso Argentino
Encuadre legal
Ley Nº 2.095 Art. 31º
Tipo de cotización
Por cantidad de renglón: parcial
Por renglones: parcial
Tipo de adjudicación
Por cantidad de renglón: parcial
Por renglones: parcial
Tipo documento que genera el proceso
Orden de compra
Cantidad de Ofertas al proceso
No acepta más de una oferta
Lugar de recepción de documentación física
AVDA.DÍAZ VELEZ 5044
Plazo mantenimiento de la oferta
20 Días hábiles Acto de apertura
Acepta redeterminación de precios
No
Requiere pago
No
Otras condiciones
Requiere asesoría técnica
Área responsable: ALIMENTACIÓN BEATRIZ C. PECHI
Otros requisitos obligatorios
Acepta prórroga
Sí
Solicitudes de gasto asignadas al proceso
https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhwb/Oqn73bb528Vg5GtDg3N8XDFds0EAIRwPtk|yoHzODr6vwnp…
2/13
N° 4879 - 10/5/2016
Número solicitud
de gasto
416-1797-SG16
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Estado
Unidad Ejecutora
Autorizada en
Proceso
416 - HTAL. CARLOS G.
DURAND
N° 172
Tipo de
Rubro urgencia
Fecha
creación
Salud
14/04/2016
Normal
Detalle de productos o servicios
Objeto
Número del
renglón gasto Código del ítem Descripción
Precio
Cantidad unitario Subtotal
1
15,00 U
2-1-1-0 33.10.001.002.43 MODULO DE
AMINOACIDOSCaracteristica/s
Intervinientes en la formación
de masa magra corporal
Variedad/es Módulo de
aminoácidos Composicion
Aproximada x 100 g : 30-31 g
de L-glutamina, 30-31 g de Larg
Ver más
2
2-1-1-0 33.10.001.000.90 NUTRICION ENTERAL PARA
PACIENTES ONCOLOGICOSLíquida, con alta densidad
calórica protéica, con Omega
3 y fibra_Fórmula aprox. por
100 ml: Hidratos de carbono:
(maltodextrina y/o sacarosa)
12 a 13 g,
Ver más
3
4
Acciones
55,00
825,00

250,00 U
200,00
50000,00

2-1-1-0 33.10.001.002.46 FORMULA ENTERAL
NUTRICIONALMENTE
COMPLETACaracteristica/s
Líquida, para pacientes
críticos con alto stress
metabólico, con baja
osmoralidad, libre de
sacarosa Variedad/es Enteral
nutricionalmente comp
Ver más
100,00 U
285,00
28500,00

2-1-1-0 33.10.001.000.92 SUPLEMENTO NUTRICIONAL
COMPLETO Y BALANCEADO
PARA PACIENTES CON
SARCOPENIA-En polvo,
saborizado con agregado de
sacarosa libre de lactosa y
glúten_Fórmula aprox. Por
70,00 U
255,00
17850,00

3/13
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 173
100 g de polvo: Hidratos de
carbo
Ver más
5
2-1-1-0 33.10.001.000.91 SUPLEMENTO NUTRICIONAL
250,00 U
PARA PACIENTES
ONCOLOGICOS-Líquido,
sdaborizado, con fibras,
hipercalórico e
hiperproteico_Fórmula aprox.
Por 100 ml: Hidratos de
carbono: (maltodextrina y/o
sacarosa)12 a 13 g
Ver más
295,00
73750,00

6
50,00 Kg
2-1-1-0 33.10.001.000.84 SUPLEMENTO NUTRICIONAL
COMPLETO-Para niños
mayores de 3 años,
balanceado de consistencia
semisólida ,con fibra
prebiótica._Fórmula
aproximada por 100 gramos:
Hidratos de carbono(sacarosa
y/o maltodext
Ver más
390,00
19500,00

7
150,00 U
2-1-1-0 33.10.001.002.16 FORMULA LACTEA PARA
RECIEN NACIDOS DE BAJO
PESOCaracteristica/s Líquida,
esterilizada, con 100% de
aceites vegetales, enriquecida
con ácido araquidónico y
docosahexaenóico
Variedad/es Láctea para reci
Ver más
500,00
75000,00

8
2-1-1-0 33.10.001.002.7
240,00 Kg 350,00
FORMULA LACTEA PARA
RECIEN NACIDOS DE BAJO
PESOCaracteristica/s En polvo
Variedad/es Láctea para
recién nacidos de bajo peso
Composicion Aprox x 100 g:
Hidratos de carbono 46 a 57
g. Proteínas 12 a 16
Ver más
84000,00

9
2-1-1-0 33.10.001.002.20 FORMULA LACTEA DE INICIO
PARA LACTANTES DE 0 A 6
MESESCaracteristica/s En
polvo, con prebióticos FOS y
GOS, con bajo contenido en
sodio Variedad/es Láctea de
420,00 U
250,00
105000,00 
4/13
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 174
inicio para lactantes de 0 a 6
meses Compo
Ver más
10
2-1-1-0 33.10.001.002.5
FORMULA LACTEA DE
200,00 U
SEGUIMIENTO PARA
LACTANTES DE 7 A 12
MESESCaracteristica/s En
polvo Variedad/es Láctea de
seguimiento para lactantes de
7 a 12 meses Composicion
Aprox x 100 g: Hidratos de
Carbono 51
Ver más
155,00
31000,00
11
2-1-1-0 33.10.001.003.1
600,00 Kg 220,00
ALIMENTO DIETETICO PARA
ADULTOSCaracteristica/s En
polvo. Libre de lactosa,
sacarosa, gluten y fibra. Sabor
neutro. Por kg Variedad/es
Para adultos Composicion
Fórmula aproximada por 100
gramos de pol
Ver más
132000,00 
12
2-1-1-0 33.10.001.006.1
300,00 U
CASEINATO DE
CALCIOCaracteristica/s
Concentrado protéico de alto
valor biológico para utilizar en
dietas líquidas. Libre de
proteínas de soja. Por kg
Composicion Fórmula
aproximada por 100 g. de
polvo
Ver más
230,00
69000,00
13
2-1-1-0 33.10.001.008.1
SUPLEMENTO
NUTRICIONALCaracteristica/s
Saborizado, de bajos
residuos. Libre de lactosa,
gluten y aceites vegetales
hidrogenados. Contiene
sacarosa. Por kg Variedad/es
En polvo, de uso oral o
enteral C
Ver más
400,00 U
340,00
136000,00 
14
2-1-1-0 33.10.001.002.44 HIDROLIZADO ENZIMATICO
DE CASEINACaracteristica/s
Por kg Variedad/es
Hidrolizado enzimático de
caseína Composicion
600,00 U
270,00
162000,00 


https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhwb/Oqn73bb528Vg5GtDg3N8XDFds0EAIRwPtk|yoHzODr6vwnp…
5/13
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 175
Aproximada por 100 g de
polvo: Proteínas: (Hidrolizado
de caseína) 16 a 16.5 g. Líp
Ver más
15
2-1-1-0 33.10.001.007.1
SUPLEMENTO ENERGETICO
400,00 U
(MALTODEXTRINA)Caracteristica/s
Con baja osmolaridad, libre
de sacarosa. En polvo. Por kg
Composicion Fórmula
aproximada por 100 g de
producto: Hidratos de Carbon
Ver más
85,00
34000,00

16
2-1-1-0 33.10.001.000.83 SUPLEMENTO NUTRICIONALLíquido, de uso oral,
saborizado. Libre de lactosa,
gluten_Composición
aproximada en 100 CC:
Proteínas: 5,4 a 6 g. Grasas: 4
a 6 g ( Aceites de girasol y/o
maíz y/o canola-y/
Ver más
400,00
Litro
204,00
81600,00

17
2-1-1-0 33.10.001.011.3
NUTRICION
ENTERALVariedad/es Líquida,
isotónica, de bajos residuos,
con alto contenido en
nitrógeno, libre de lactosa,
sacarosa y gluten. Litro
Composicion Aproximada en
100 ml: Proteínas: 3,5 a 4,6 g
Ver más
1700,00
U
77,00
130900,00 
18
2-1-1-0 33.10.001.011.1
400,00 U
NUTRICION
ENTERALVariedad/es Líquida,
completa, balanceada,
isotónica con fibra. Para
alimentación por sonda. Libre
de lactosa sacarosa y gluten.
Con alto contenido en
nitrógeno Composicion
Aproximada
Ver más
155,00
62000,00

19
2-1-1-0 33.10.001.000.89 NUTRICION ENTERAL CON
FRUCTOOLIGOSACARIDOS
(FOS)-Líquida, con moderado
aumento de la densidad
calórica y protéica. Con alto
contenido de nitródgeno y
200,00
80000,00

400,00
Litro
6/13
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 176
fibra. Libre de lactosa y
gluten_Composición aprox
Ver más
20
2-1-1-0 33.10.001.000.82 NUTRICION LIQUIDA
COMPLETA-Fibra, especial
para pacientes renales en
diálisis_Composición
aproximada por 100cc.
Proteínas ( Caseinato de Ca,
Na y Mg) : 6,8 a 7 g.Hidratos
de Carbono ( Hidrolizado de
Ver más
250,00
Litro
215,00
53750,00

21
2-1-1-0 33.10.001.012.3
400,00 U
155,00
62000,00

22
2-1-1-0 33.10.001.000.88 NUTRICION ENTERAL-Líquida,
con aumento de la densidad
calórica y proteica, con
proteínas parcialmente
hidrolizadas. Libre de lactosa,
gluten y
sacarosa_Composición aprox.
por 100 ml.: Proteínas(casein
Ver más
300,00
Litro
160,00
48000,00

23
2-1-1-0 33.10.001.005.5
300,00 U
85,00
25500,00

24
2-1-1-0 33.10.001.000.87 NUTRICION ELEMENTAL EN
70,00 Kg
POLVO-Para pacientes con
deterioro de la función
gastrointestinal_Composición
aproximada por 100 gr
:Proteínas (hidrolizado de soja
1255,00
87850,00

NUTRICION PARA DIABETICO
DE USO ORALVariedad/es
Líquida, de liberación lenta,
libre de gluten Composicion
Por 100 ml hidratos de
carbono (maltodextrina y/o
almidón de tapioca y/o
fructosa y/o lactosa
Ver más
NUTRICION LIQUIDA
COMPLETA PARA
NIÑOSCaracteristica/s
Balanceada especial para
niños de 1 a 10 años Libre de
lactosa. Por l Variedad/es
Nutrición líquida completa
para niños Composicion
Fórmula aprox
Ver más
https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhwb/Oqn73bb528Vg5GtDg3N8XDFds0EAIRwPtk|yoHzODr6vwnp…
7/13
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 177
y lactoalbúmina 42%.
Glutámina 14.2g/l): 20 a
Ver más
25
2-1-1-0 33.10.001.000.4
DIETA LIQUIDA-Completa
300,00
para uso oral o enteral listo
Litro
para administrar por
sonda_Composición
aproximada por 100 ml:
Proteínas 5 a 6 g. Hidratos de
Carbono: 17 a 19 g
(maltodextrina-lactosa< a 0,25
g).
Ver más
26
2-1-1-0 33.10.001.002.45 FORMULA ENTERAL
SEMIELEMENTAL ISOCALORICA CON
HIDROLIZADO DE PR DE
SUEROCaracteristica/s
Líquida, para pacientes
adultos con alteraciones
digesto-absortivas
Variedad/es Enteral
semielemental - isoca
Ver más
27
2-1-1-0 33.10.001.011.2
28
2-1-1-0 33.10.001.000.22 ALMIDON DE MAIZ
MODIFICADO-En polvo, para
alimentación oral y espesar
en forma instantánea, sin
cocción, alimentos sólidos o
líquidos, fríos o calientes
_Composición aproximada
por 100 gramos d
Ver más
29
2-1-1-0 33.10.001.000.52 SUPLEMENTO NUTRICIONAL
COMPLETO Y BALANCEADOLíquido, de uso enteral, para
adultos. Para pacientes con
alto riesgo de
130,00
39000,00

135,00
20250,00

120,00
24000,00

50,00 Kg
270,00
13500,00

400,00
Litro
185,00
74000,00

150,00 U
200,00
NUTRICION ENTERAL
Litro
COMPLETAVariedad/es
Completa, líquida con fibra,
especial para diabéticos
Composicion Aproximada por
100 ml. Proteínas (Caseinato
de Na y/o Ca-y/o aislado de
proteínas de soja) : 4
Ver más
8/13
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 178
infección._Fórmula
aproximada por 100 ml
Proteìnas: 5,2 a 6,6
g(hidrolizada de tri
Ver más
30
2-1-1-0 33.10.001.002.33 FORMULA SEMIELEMENTAL
C/HIDROLIZADO DE CASEINA
PARA PACIENTES
ADULTOSCaracteristica/s En
polvo. Dieta semi-elemental
completa a base de péptidos
de cadena corta. Baja en
residuos. No contiene
sacarosa
Ver más
350,00 U
450,00
157500,00 
31
2-1-1-0 33.10.001.004.1
40,00 U
1175,00
47000,00

32
2-1-1-0 33.10.001.000.79 MODULO NUTROTERAPICOPolvo de sabor neutro para
pacientes críticos. Provee
entre 370 y 400 calorías por
cada 100 gramos de polvo.
Contiene proteínas : 100
gramos (100% glutamina).
Libre de gluten, lac
Ver más
10,00 U
1450,00
14500,00

ACEITE VEGETAL TRIGLICERIDOS DE CADENA
MEDIANACaracteristica/s
Triglicéridos de cadena
mediana. Para pacientes con
trastornos en la digestión,
absorción y transporte de
lípidos. Por l Composicion Fó
Ver más
TOTAL: $ 2.039.775,00
Cronograma
Fecha y hora estimada de publicación en el portal
21/04/2016 09:00:00 a.m.
Fecha y hora publicación en boletin oficial
No ha sido suministrada por el sistema de Boletín Oficial
Fecha y hora inicio de consultas
21/04/2016 10:00:00 a.m.
https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhwb/Oqn73bb528Vg5GtDg3N8XDFds0EAIRwPtk|yoHzODr6vwnp…
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N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 179
Fecha y hora final de consultas
12/05/2016 12:00:00 p.m.
Fecha y hora inicio recepción de documentos en soporte físico
21/04/2016 10:00:00 a.m.
Fecha y hora fin recepción de documentos en soporte físico
12/05/2016 12:00:00 p.m.
Cantidad de días a publicar
No ha sido suministrada por el sistema de Boletín Oficial
Fecha y hora acto de apertura
12/05/2016 01:00:00 p.m.
Pliego de bases y condiciones generales
Documento
Número disposición aprobatoria
Fecha creación
Pliego de Bases y Condiciones Generales
Disposición Aprobatoria
4/6/2014
Acciones


Requisitos mínimos de participación
I. Requisitos económicos y financieros
Nº de requisito
Descripción
Tipo de
documento
1
CUANDO LA OFERTA SUPERE LOS $ 975000 DEBERÁ
PRESENTAR GARANTÍA DEL 5% DEL TOTAL DE SU COMPRA
Requiere
adjuntar
documentación
electrónica
Nº de requisito
Descripción
Tipo de
documento
1
VER CLAUSULAS PARTICULARES y/o ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS
Requiere
adjuntar
documentación
electrónica
II. Requisitos técnicos
III. Requisitos administrativos
https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhwb/Oqn73bb528Vg5GtDg3N8XDFds0EAIRwPtk|yoHzODr6vwn…
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N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 180
Nº de requisito
Descripción
Tipo de
documento
1
VER CLAUSULAS PARTICULARES
No requiere
adjuntar
documentación
Cláusulas particulares
Documento
Número SADE
Clausulas Particulares
PLIEG-2016-11106930- -HGACD
Número especial
Fecha vinculación
Opciones
21/04/2016

Garantías
Garantía de impugnación al pliego
Porcentaje
2,00%
La garantía de impugnación al pliego será entre el uno por ciento (1%) y el tres por ciento (3%) del
presupuesto oficial o monto estimado de la compra.
Garantía de impugnación a la preadjudicación
Porcentaje
4,00%
La garantía de impugnación a la preadjudicación será de entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento
(5%) del monto de la oferta del renglón o renglones impugnados.
Garantía de mantenimiento de oferta
Si
No
Requiere incorporar garantía de mantenimiento de oferta cuando el monto de la misma no supere las
100.000 unidades de compra y para las excepciones enumeradas en el artículo 101 de la Ley 2.095 y su
modificatoria Ley 4.764.
Garantía de cumplimiento de contrato
Si
No
Requiere incorporar garantía de cumplimiento de contrato cuando el monto del instrumento contractual
no supere las 100.000 unidades de compra y para las excepciones enumeradas en el artículo 101 de la Ley
2.095 y su modificatoria Ley 4.764.
https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhwb/Oqn73bb528Vg5GtDg3N8XDFds0EAIRwPtk|yoHzODr6vwn…
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N° 4879 - 10/5/2016
Si
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 181
No
Requiere incorporar contragarantía.
Monto y duración del contrato
Monto
$ 2.039.775,00
Moneda
ARS - Peso Argentino
Periodicidad recepción
Diario
Fecha estimada del inicio del contrato
Dentro de los 5 Días hábiles del perfeccionamiento del documento contractual
Duración del contrato
12 Meses
Supervisor
Tipo
Nombre Apellido documento
Número
documento
Cecilia
31431505
Bernardi DNI
Cargo
Unidad Ejecutora
Administrativo 416 - HTAL. CARLOS G.
DURAND
Evaluadores del proceso de compra
Nombre y apellido
Declaración Jurada
Unidad Ejecutora
Opciones
NORMA MARIA ALEGRE
IF-2016-06498534- -HGACD
416 - HTAL. CARLOS G. DURAND

DINA BEATRIZ LACOLLA
IF-2016-06499031- -HGACD
416 - HTAL. CARLOS G. DURAND

MARIA FERNANDA FREGA
IF-2016-08273019- -HGACD
416 - HTAL. CARLOS G. DURAND

Cantidad de Evaluadores considerados: 3
Actos administrativos
Documento
Número SADE
Número especial
Fecha vinculación
Opciones
Autorización llamado
DI-2016-11103966- -HGACD
DI-2016-264-HGACD
21/04/2016

Autorización pliego
DI-2016-11103966- -HGACD
DI-2016-264-HGACD
21/04/2016

https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhwb/Oqn73bb528Vg5GtDg3N8XDFds0EAIRwPtk|yoHzODr6vwn…
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N° 4879 - 10/5/2016
Autorización pliego
Boletín
Oficial de
la Ciudad
de Buenos Aires
ANEXO
- OL
1366Autónoma
(continuación)
DI-2016-11103966- -HGACD
DI-2016-264-HGACD
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N° 182
21/04/2016
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
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Dirección General de Compras y Contrataciones - v5.0.3358.31585_SEAC_UNIFICADO
Avisos sobre Navegadores | Términos y Condiciones de Uso
FIN DEL ANEXO
13/13
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ANEXO - OL 1367
N° 183
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 184
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
FIN DEL ANEXO
N° 185
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 186
ANEXO - EO 658
MINISTERIO DE HACIENDA
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Notificación: - Expediente Nº 12802540/2014
La Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber a la firma SERCHIA S.A., que
mediante CARGO Nº 17444/2015 se inicio verificación impositiva al número de inscripción en el
Impuesto a los Ingresos Brutos 901-659205-1, con último domicilio declarado ante la Dirección
General de Rentas en Thames 1859 Piso 2 Dpto 9, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la que
surgen diferencias de verificación a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, según
surge de Exp. Nº 12802540/2014. Las diferencias de verificación se detallan en ANEXO que se
acompaña. Se le notifica que el primer Lunes hábil, a contar pasados los diez (10) días hábiles
desde la fecha de la última publicación de este Edicto a las 10 horas, deberá presentarse
responsable de la firma, debidamente autorizada y/o apoderado con poder amplio para el
reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en la Dirección
Fiscalización Integral y Operativos Especiales de la Dirección General de Rentas de la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos sito en Viamonte 900 (Sector Esmeralda 2°
piso) Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los efectos de prestar conformidad de las Diferencias
de Verificación que se comunican, por las posiciones 11 y 12/2012, 01, 03 a 12/2013 y 01 y
02/2014, determinadas sobre base presunta. En caso de prestar conformidad a los ajustes
efectuados, deberá abonar el impuesto resultante con más los recargos correspondientes que
establece el Art. 76, del Código Fiscal (t.o. 2015), dentro de los 15 días posteriores al plazo
anteriormente mencionado. Caso contrario dichas diferencias se consideraran no conformadas.
Diferencias de carácter parcial. Asimismo se intima al Contribuyente a ingresar el importe de las
deducciones, prima facie improcedentes, detectadas en los períodos 10/2012 (por $ 45792,08),
11/2012 (por $ 129036.73) y 12/2012 (por $ 129895,43), dentro del plazo de diez (10) días
hábiles a contar desde la fecha de la última publicación de este edicto.
Dr. Claudio Basile
DIRECTOR DE FISCALIZACION INTEGRAL Y OPERATIVOS ESPECIALES
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N° 187
ANEXO - EO 658 (continuación)
DIFERENCIAS DE VERIFICACIÓN INGRESOS BRUTOS – SERCHIA SA
POSICIÓN
11/2012
12/2012
MONTO IMPONIBLE
ALÍCUOTA
VERIFICACIÓN DEL IMPUESTO
ACTIVIDAD DECLARADA
DECL
AJUSTADO
DECL AJUSTADO
DECL
AJUSTADO
SALDO
Vta por mayor en comisión (511110) 4324277.11 4324277.11 3%
5.5% 129728.31 237835.24 108106.93
Vta por mayor en comisión (511110) 4354520.84 4354520.84 3%
5,5% 130635.63 239498.65 108863.02
01/2013
03/2013
04/2013
05/2013
06/2013
07/2013
08/2013
09/2013
10/2013
11/2013
12/2013
Vta
Vta
Vta
Vta
Vta
Vta
Vta
Vta
Vta
Vta
Vta
01/2014
02/2014
Vta por mayor en comisión (511110)
Vta por mayor en comisión (511110)
Totales 2012
por
por
por
por
por
por
por
por
por
por
por
mayor
mayor
mayor
mayor
mayor
mayor
mayor
mayor
mayor
mayor
mayor
en
en
en
en
en
en
en
en
en
en
en
comisión
comisión
comisión
comisión
comisión
comisión
comisión
comisión
comisión
comisión
comisión
8678797.95 8678797.95
(511110
(511110)
(511110)
(511110)
(511110)
(511110)
(511110)
(511110)
(511110)
(511110)
(511110)
Totales 2013
Totales 2014
TOTALES
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0,00
722754.33
2848406.40
4512084.74
5391428.01
4568697.63
5424843.80
4204701.73
4230983.66
5566821.47
3054206.93
2886934.21
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
43411862,91
0
0
739013.45
247805.44
0,00
986818,89
8678797.95
260363,94
5,5%
5,5%
5,5%
5,5%
5,5%
5,5%
5,5%
5,5%
5,5%
5,5%
5,5%
0,00
5,5%
5,5%
0
0
0,00
53077479.75
260363.94
477333,89
39751.49
156662.35
248164.66
296528.54
251278.37
298366.41
231258.60
232704.10
306175.18
167981.38
158781.38
2387652.46
40645.74
13629.30
54275,04
RET Y PERCP DECLARADAS
10/2012
11/2012
12/2012
TOTALES 2012
BASE DE DATOS AGIP
DIFERENCIAS
45896,33
129588,35
130448,60
89,39
502.32
477.97
45806,94
129086,03
129970,63
305933,28
1069,68
304863,60
FIN DEL ANEXO
2387652.46
40645.74
13629.30
54275,04
2919261,39 2658897,45
DEDUCCIONES IMPROCEDENTES - RETENCIONES Y PERCEPCIONES INGRESOS BRUTOS – SERCHIA SA
POSICIÓN
216969.95
39751.49
156662.35
248164.66
296528.54
251278.37
298366.41
231258.60
232704.10
306175.18
167981.38
158781.38
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ANEXO - EO 657
N° 188
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ANEXO - EO 657 (continuación)
N° 189
N° 4879 - 10/5/2016
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ANEXO - EO 657 (continuación)
FIN DEL ANEXO
N° 190