N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 1 ANEXO DEL BOLETÍN OFICIAL N° 4879 ANEXO - DECRETO N° 294/16 ANEXO I FECHA APROBACIÓN JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES PRIMEROS NIVELES DTO. No BOL. OFICIAL SECRETARÍA A-JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES FUERA DE NIVEL DIRECCIÓN GENERAL SUBSECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES RELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALES GESTIÓN ESTRATÉGICA Y CALIDAD INSTITUCIONAL PROTOCOLO Y CEREMONIAL GESTIÓN ESTRATÉGICA CULTO CALIDAD INSTITUCIONAL RELACIONES INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN UNIDAD DE GESTIÓN DEL CUMPLIMIENTO UNIDAD DE COORDINACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 2 ANEXO I FECHA APROBACIÓN GERENCIA OPERATIVA / UNIDAD DE COORDINACIÓN FUERA DE NIVEL / SUBSCRETARÍA JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES UNIDAD DE GESTIÓN DEL CUMPLIMIENTO DTO. No BOL. OFICIAL A - SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES UNIDAD DE GESTIÓN DEL CUMPLIMIENTO METODOLOGÍAS Y ANÁLISIS N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 3 ANEXO I FECHA APROBACIÓN SUBGERENCIA OPERATIVA GERENCIA OPERATIVA FUERA DE NIVEL / SUBSCRETARÍA JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES UNIDAD DE COORDINACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DTO. No BOL. OFICIAL A- SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES UNIDAD DE COORDINACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO RELACIONES INSTITUCIONALES DEL CoPE APOYO EN PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 4 ANEXO I JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES SUBSECRETARÍA RELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALES DIRECCIONES GENERALES PROTOCOLO Y CEREMONIAL; CULTO; RELACIONES INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN FECHA APROBACIÓN DTO. No BOL. OFICIAL SUBSECRETARÍA A - SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES SUBGERENCIA OPERATIVA GERENCIA OPERATIVA DIRECCIÓN GENERAL RELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALES PROTOCOLO Y CEREMONIAL RELACIONES INSTITUCIONALES PRODUCCIÓN Y SERVICIOS CEREMONIAL ORGANIZACIÓN Y LOGÍSTICA ENLACE ADMINISTRATIVO CULTO RELACIONES INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN RELACIONES CON LOS CULTOS COOPERACIÓN INTERNACIONAL ESTUDIO E INVESTIGACIÓN RELACIONES INTERNACIONALES RELACIONES MULTILATERALES CONVENIOS ORGANIZACIÓN VIAJES Y VISITAS COORDINACIÓN Y AUDIENCIAS TRANSPORTE N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 5 ANEXO I FECHA APROBACIÓN JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES SUBSECRETARÍA GESTIÓN ESTRATÉGICA Y CALIDAD INSTITUCIONAL DIRECCIONES GENERALES GESTIÓN ESTRATÉGICA; CALIDAD INSTITUCIONAL DTO. No BOL. OFICIAL GERENCIA OPERATIVA DIRECCIÓN GENERAL SUBSECRETARÍA A - SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES GESTIÓN ESTRATÉGICA Y CALIDAD INSTITUCIONAL GESTIÓN ESTRATÉGICA CALIDAD INSTITUCIONAL COORDINACIÓN Y MONITOREO ESTRATÉGICO ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 6 ANEXO II SECRETARÍA GENERAL Y RELACIONES INTERNACIONALES 1.1 FUERA DE NIVEL UNIDAD DE GESTIÓN DEL CUMPLIMIENTO Objetivos Asistir al Secretario en la formulación y ejecución de una metodología de gestión para optimizar el cumplimiento de los objetivos prioritarios que defina el Jefe de Gobierno. Asesorar técnicamente a las áreas correspondientes en la especificación de los objetivos prioritarios de gobierno y en sus estrategias de implementación. Entender en la definición de indicadores de seguimiento de los objetivos prioritarios de gobierno. Realizar un seguimiento continuo del avance en las estrategias de implementación de los objetivos prioritarios de gobierno. Apoyar la coordinación de las áreas de gobierno que contribuyen al cumplimiento de los objetivos prioritarios de gobierno. Asistir técnicamente a las áreas respectivas en la mejora del desempeño para la consecución de los objetivos prioritarios de gobierno. Identificar buenas prácticas de gestión para su diseminación entre las áreas de gobierno. Asesorar al Secretario para proponer al Jefe de Gobierno las acciones necesarias para el mejor cumplimiento de los objetivos prioritarios de gobierno. 1.1.1 UNIDAD DE COORDINACIÓN DE METODOLOGÍAS Y ANÁLISIS Descripción de Acciones Proponer metodologías sobre la especificación de los objetivos prioritarios de gobierno, sus estrategias de implementación y seguimiento. Identificar e informar tendencias en el desempeño de los objetivos prioritarios de gobierno y desvíos en las trayectorias de cumplimiento. Producir análisis estadísticos sobre el cumplimiento de los objetivos prioritarios de gobierno que permitan introducir mejoras en sus estrategias de implementación. Brindar asistencia en el desarrollo de capacidades para el análisis de datos a las áreas respectivas. 1.2 FUERA DE NIVEL UNIDAD DE COORDINACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO Objetivos Actuar como autoridad de aplicación de la Ley N° 310 apoyando al CoPE en el ejercicio de las atribuciones conferidas por la citada Ley y demás normas reglamentarias, complementarias y aclaratorias sobre la materia. Supervisar el Registro de Entidades Miembros del CoPE. Brindar soporte en la coordinación de las relaciones del CoPE con el Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo, los organismos autárquicos y descentralizados y las N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 7 ANEXO II Comunas informando de sus resultados a la Autoridad máxima del Consejo. Cooperar con el Director Ejecutivo del CoPE en la planificación de acciones para promover la incorporación de nuevas organizaciones al CoPE. Promover el desarrollo de vínculos de cooperación e intercambio de información con el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y Municipales y organismos internacionales. Coordinar e implementar acciones de difusión y publicidad de las formuladas y definidas por el CoPE. iniciativas Formular proyectos de Ley a pedido del CoPE y elevarlos al citado Consejo para su canalización mediante la iniciativa legislativa. Elaborar el Plan Anual de Trabajo del Consejo en conjunto con el Director Ejecutivo con el objeto de proyectar la elaboración conjunta de Planes Estratégicos, iniciativas legislativas, recomendaciones u otros documentos de planificación estratégica. Proyectar trabajos sobre la evaluación de indicadores de gestión de gobierno, los estados futuros previsibles para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y propuestas que comprendan proyectos y programas. 1.2.1.1 GERENCIA OPERATIVA RELACIONES INSTITUCIONALES DEL CoPE Descripción de Acciones Administrar los mecanismos de ingreso de nuevas organizaciones al Consejo de Planeamiento Estratégico. Organizar los aspectos operativos, logísticos y comunicacionales de los eventos de la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico, priorizando las acciones destinadas a construir vínculos municipales, provinciales, nacionales e internacionales. Controlar la aplicación del reglamento interno del Consejo del Planeamiento Estratégico. Dirigir el Registro de Entidades Miembro del Consejo de Planeamiento Estratégico, verificando el cumplimiento de los requisitos necesarios para su ingreso y permanencia. Registrar y archivar los actos institucionales de la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico. Administrar la página web del Consejo de Planeamiento Estratégico en coordinación con la Secretaría de Medios. Cooperar en las actividades de difusión de las acciones implementadas por el Consejo y organizar las inherentes a la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico. Catalogar, clasificar y ordenar la documentación y bibliografía existente en la Biblioteca de la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico. 1.2.1.1.1 SUBGERENCIA ESTRATÉGICO OPERATIVA APOYO EN PLANEAMIENTO Descripción de Acciones 1 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 8 ANEXO II Administrar el banco de ideas, y sistematizar las peticiones de los ciudadanos según categorías para enviarlas a las áreas implicadas para su consideración como iniciativas del Consejo del Planeamiento Estratégico. Asistir al Titular de la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico en las tareas de apoyo para la elaboración y compilación de los planes estratégicos consensuados con las diferentes instituciones que participan en el Consejo. Colaborar con el Consejo de Planeamiento Estratégico en las tareas de coordinación, evaluación y seguimiento de los resultados de la implementación de los planes estratégicos consensuados. Asesorar al Titular de la Unidad de la Coordinación del Plan Estratégico en la formulación de proyectos de ley. Convocar y coordinar las reuniones de trabajo en las organizaciones integrantes del Consejo de Planeamiento Estratégico por áreas temáticas o dimensiones, respondiendo a las problemáticas específicas de cada sector. Confeccionar documentos técnicos, de diagnóstico, información estadística, indicadores, análisis de políticas y programas y elevarlos al Titular de la Unidad de Coordinación del Plan Estratégico relativos a las temáticas de su incumbencia. 2 SUBSECRETARÍA RELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALES Descripción de Responsabilidades Primarias Asistir al Secretario en la gestión de las relaciones internacionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Diseñar una estrategia de posicionamiento de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en foros regionales e internacionales, promoviendo las políticas de desarrollo y las buenas prácticas implementadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a nivel global. Entender en el diseño e implementación de la estrategia de cooperación bilateral, regional y multilateral, y en el intercambio internacional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en distintas áreas. Asistir al Secretario en la articulación de las relaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la comunidad y los cultos. Colaborar con las áreas correspondientes en la formulación e implementación de la estrategia de comercio exterior de bienes, servicios y de atracción de inversiones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Participar en las actividades de promoción internacional en las que participe la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Generar oportunidades para conectar a la comunidad internacional con organizaciones y comunidades de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. las Asistir al Secretario en el enlace entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los representantes diplomáticos, consulares y de organismos internacionales residentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 9 ANEXO II Proveer soporte a las misiones de carácter oficial que realice el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asistir al Secretario en el enlace con el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina, así como las agencias de relaciones internacionales de las provincias. Elaborar la política de relaciones institucionales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, actuando en coordinación con las áreas competentes. 2.1.1 GERENCIA OPERATIVA RELACIONES INSTITUCIONALES Descripción de Acciones Asistir a la Subsecretaría, en la gestión, articulación y coordinación de las relaciones entre el Jefe de Gobierno y las embajadas, organismos internacionales, cámaras de comercio y representaciones de gobiernos extranjeros y locales. Asesorar a la Subsecretaría en el diseño, promoción e implementación de la política institucional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, brindando apoyo en materia institucional a las áreas del Poder Ejecutivo que así lo requieran. Coordinar con las áreas de gobierno competentes, la participación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los actos, ferias, exposiciones, y demás eventos de carácter institucional. 2.1.2 GERENCIA OPERATIVA ENLACE ADMINISTRATIVO Descripción de Acciones Asesorar a la Subsecretaría y a las Direcciones Generales dependientes en los aspectos técnicos de gestión de anteproyectos y proyectos de actos administrativos, asegurando su encuadre en las normas legales y reglamentarias. Organizar y administrar la mesa de entradas de la Subsecretaría y las Direcciones Generales dependientes, en coordinación con las áreas competentes. Recepcionar, caratular, registrar, tramitar y efectuar el seguimiento de las actuaciones y expedientes que ingresan a la Subsecretaría y de las Direcciones Generales dependientes. Administrar el inventario sobre el patrimonio de la Subsecretaría. Coordinar con las áreas correspondientes de la Secretaría Legal y Técnica las adquisiciones de los suministros para la Subsecretaría y las Direcciones Generales dependientes. Gestionar la obtención de información para la elaboración del anteproyecto de presupuesto de la Subsecretaría y de las Direcciones Generales dependientes. Implementar acciones coordinadas de apoyo para lograr efectividad en la gestión administrativa, de registro y sistematización de datos de los recursos humanos de todas las unidades organizativas de la Subsecretaría. Coordinar y ejecutar la solicitud, administración y rendiciones de fondos de la Subsecretaría y de las Direcciones Generales dependientes. 3 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 10 ANEXO II 2.1.2.1 SUBGERENCIA OPERATIVA CONVENIOS Descripción de Acciones Asistir a la Subsecretaría en el control legal interno de los proyectos de convenios internacionales y de programas de cooperación descentralizada, en coordinación con el Ministerio de Gobierno. Realizar el seguimiento y proceder al control interno de los expedientes administrativos que requieran asesoramiento legal. 2.1 DIRECCIÓN GENERAL PROTOCOLO Y CEREMONIAL Descripción de Responsabilidades Primarias Establecer políticas de desarrollo protocolar y de asistencia al Jefe de Gobierno en toda la actividad oficial que realice, o a funcionarios en quien se deriva su representación, como así también coordinar protocolarmente todo acto de gobierno que así lo requiera. Articular visitas de autoridades y personalidades extranjeras. Coordinar las invitaciones de los actos oficiales. Proveer del soporte necesario para la realización de los actos y eventos donde asista el Jefe de Gobierno o los funcionarios a quienes se derive su representación. 2.1.1 GERENCIA OPERATIVA PRODUCCIÓN Y SERVICIOS Descripción de Acciones Supervisar la logística y asistir operativamente en la provisión de sonido, iluminación, video, ornamentación, decoración, y estructuras tubulares en los actos oficiales y conferencias de prensa en los que participe el Jefe de Gobierno y actos especiales que se requiera. Elaborar y proveer banderas y escudos de la República Argentina y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de otros países, regiones, provincias, ciudades, pueblos y colectividades, y cualquier otro símbolo patrio o emblema requerido para la realización de actos protocolares y festejos oficiales en los que participe el Jefe de Gobierno, para la ornamentación de los espacios públicos y los frentes de los edificios gubernamentales y para la ornamentación con banderas de ceremonia de los despachos de los funcionarios que corresponda. 2.1.1.1 SUBGERENCIA OPERATIVA ORGANIZACIÓN Descripción de Acciones Organizar y gestionar la logística de los actos oficiales en los que participe el Jefe de Gobierno. Relevar los sitios de los actos oficiales en los que participe el Jefe de Gobierno con anterioridad a su realización, en coordinación con la Subsecretaría de Contenidos. 4 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 11 ANEXO II Controlar el armado y desarme de las reuniones de gabinete de ministros y conferencias de prensa del Jefe de Gobierno. Proveer los elementos para la realización de los actos oficiales en los que participe el Jefe de Gobierno. 2.1.2 GERENCIA OPERATIVA CEREMONIAL Descripción de Acciones Asistir en el diseño de actividades protocolares en los actos, ceremonias, recepciones oficiales, reuniones e invitaciones en los que participe el Jefe de Gobierno, el Vicejefe de Gobierno y/o el Jefe de Gabinete de Ministros y otros funcionarios de gobierno, en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Supervisar el tratamiento protocolar de visitas y audiencias del Jefe de Gobierno. Asesorar en cuanto a la aplicación del régimen de honores y procedimientos protocolares. 2.1.2.1 SUBGERENCIA OPERATIVA VIAJES Y VISITAS Descripción de Acciones Coordinar el ceremonial y protocolo de los viajes oficiales al interior y al exterior del país, del Jefe de Gobierno, el Vicejefe de Gobierno y/o el Jefe de Gabinete de Ministros. Brindar asistencia en cuanto a trámites aeroportuarios y manejo del equipaje al Jefe de Gobierno, el Vicejefe de Gobierno, el Jefe de Gabinete de Ministros y Ministros. Coordinar las visitas que reciba el Jefe de Gobierno provenientes del interior y del exterior del país y brindar asistencia protocolar a los visitantes. Administrar un registro de viajes y visitas y producir informes estadísticos vinculados a los mismos. 2.1.2.2 SUBGERENCIA OPERATIVA COORDINACIÓN Y AUDIENCIAS Descripción de Acciones Intervenir en la organización protocolar y coordinación de las audiencias, del Jefe de Gobierno a las que asista con autoridades nacionales y extranjeras, cuerpo diplomático, instituciones, personalidades reconocidas o particulares. Confeccionar y mantener actualizada la nómina protocolar de autoridades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en coordinación con el Ministerio de Hacienda. Realizar las comunicaciones e invitaciones de las actividades oficiales del Jefe de Gobierno, Vicejefe de Gobierno y Jefe de Gabinete de Ministros. Comunicar y coordinar las representaciones del Jefe de Gobierno. 5 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 12 ANEXO II 2.1.3 GERENCIA OPERATIVA ORGANIZACIÓN Y LOGÍSTICA Descripción de Acciones Coordinar la organización y la logística del transporte de personas y bienes para eventos y actos oficiales en los que participe el Jefe de Gobierno. Coordinar el transporte de funcionarios de la Secretaría General y Relaciones Internacionales. Coordinar el transporte de funcionarios de otros países en visita oficial o especial en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. 2.1.3.1 SUBGERENCIA OPERATIVA TRANSPORTE Descripción de Acciones Trasladar a funcionarios de la Secretaría General y Relaciones Internacionales. Brindar el servicio de traslado local a visitas del interior y el exterior del país que tengan audiencias con el Jefe de Gobierno, Vicejefe de Gobierno, Jefe de Gabinete de Ministros y Secretario General. Trasladar al personal y los bienes para la realización de eventos y actos oficiales en los que tenga participación el Jefe de Gobierno. 2.2 DIRECCIÓN GENERAL CULTO Descripción de Responsabilidades Primarias Coordinar y generar vínculos con los cultos reconocidos en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Articular las demandas de las comunidades religiosas con las distintas áreas de Gobierno. Promover la investigación y el apoyo de las diferentes tradiciones religiosas. Cooperar con instituciones religiosas en la promoción de la participación ciudadana. 2.2.1 GERENCIA OPERATIVA RELACIONES CON LOS CULTOS Descripción de Acciones Asistir a la Dirección General en la vinculación institucional con las diferentes comunidades religiosas y cultos reconocidos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asistir a la Dirección General con las demandas y necesidades de las diferentes comunidades e instituciones religiosas y articular con las áreas de gobierno que corresponda. Participar junto a las diversas instituciones de cultos y a las comunidades religiosas en sus celebraciones de mayor significatividad. 6 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 13 ANEXO II Generar vínculos con la juventud de las comunidades religiosas. Promover el turismo religioso en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2.2.2 GERENCIA OPERATIVA ESTUDIO E INVESTIGACIÓN Descripción de Acciones Asistir a la Dirección General en el desarrollo de investigaciones y difusión de las diferentes tradiciones religiosas. Producir material informativo de difusión sobre las comunidades religiosas y sus tradiciones. Promover el estudio de las diferentes comunidades religiosas presentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Desarrollar libros y publicaciones que reflejen la diversidad religiosa en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Promover la realización de talleres, seminarios y conferencias con paneles de expertos en materia religiosa. Promover la difusión de las actividades y celebraciones que se ofrecen en los distintos templos y comunidades religiosas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Generar espacios de estudio, investigación y reflexión para líderes religiosos y la sociedad en su conjunto. 2.3 DIRECCIÓN GENERAL RELACIONES INTERNACIONALES Y COOPERACIÓN Descripción de Responsabilidades Primarias Asistir al Subsecretario en el diseño y coordinación de eventos de internacional que se lleven a cabo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. carácter Asesorar en la estrategia de vinculación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con organizaciones internacionales tanto del sector público como del sector privado y de la sociedad civil. Elaborar los materiales de soporte para empresas e inversores extranjeros interesados en instalarse y operar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en coordinación con las áreas de gobierno correspondientes. Asistir al Subsecretario en el vínculo con la comunidad diplomática internacional en temas relacionados a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asesorar a agencias y organismos del Buenos Aires en temas diplomáticos. Gobierno de la Ciudad Autónoma de Organizar un registro de las gestiones oficiales internacionales llevadas a cabo por los funcionarios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los compromisos asumidos. 7 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 14 ANEXO II 2.3.1 GERENCIA OPERATIVA COOPERACIÓN INTERNACIONAL Descripción de Acciones Comunicar regularmente la información sobre ofertas de cooperación internacional a las áreas del Poder Ejecutivo. Promover el aprovechamiento de las oportunidades que la cooperación internacional plantea a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en sus diferentes tipos y modalidades. Asistir a la Dirección General en la coordinación de las visitas al país que realicen las autoridades y delegaciones extranjeras, representantes de las fuentes internacionales de cooperación. Asistir a las áreas del Poder Ejecutivo en el diseño, coordinación e implementación de programas, proyectos y actividades de intercambio y cooperación internacional. 2.3.2 GERENCIA OPERATIVA RELACIONES INTERNACIONALES Descripción de Acciones Proponer iniciativas, programas, proyectos y actividades que fomenten los vínculos de cooperación bilateral e intercambios entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con otras ciudades del mundo. Asistir a la Dirección General, en la promoción, gestión, suscripción e instrumentación de convenios, acuerdos y actas de entendimiento tendientes al intercambio y la cooperación entre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otras ciudades del mundo. Asistir a la Dirección General en la coordinación con las áreas de gobierno competentes respecto de la participación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en actos, ferias, exposiciones, y demás eventos de carácter internacional que se desarrollen en el marco de su vinculación bilateral con otras ciudades del mundo. Asistir a la Dirección General en la coordinación de las visitas al país que realicen autoridades y delegaciones extranjeras, representantes de otras ciudades del mundo. 2.3.3 GERENCIA OPERATIVA RELACIONES MULTILATERALES Descripción de Acciones Promover y coordinar la participación activa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los diferentes espacios de vinculación multilateral (organismos internacionales y redes globales y regionales de gobiernos locales). Asistir a la Dirección General en la promoción, gestión, suscripción e instrumentación de convenios, acuerdos y actas de entendimiento que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desarrolle, en el marco de los diferentes espacios de vinculación multilateral. Impulsar y gestionar la representación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los más altos órganos de decisión política y técnica de los diferentes ámbitos multilaterales. Coordinar la participación de los funcionarios del Poder Ejecutivo, en las actividades y eventos internacionales que se desarrollen en los diferentes ámbitos. 8 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 15 ANEXO II Asistir a la Dirección General en la coordinación de las visitas al país que realicen las autoridades y delegaciones extranjeras, representantes de los diferentes espacios de relacionamiento multilateral. 3 SUBSECRETARÍA GESTIÓN ESTRATÉGICA Y CALIDAD INSTITUCIONAL Descripción de Responsabilidades Primarias Asistir al Secretario en la gestión y coordinación política e institucional requerida para el seguimiento y efectiva realización del plan general de acción de gobierno y la agenda de calidad institucional. Asistir al Secretario en las actividades requeridas para asegurar la coherencia estratégica de la acción de gobierno según los lineamientos definidos por el Jefe de Gobierno. Participar del seguimiento del plan general de acción de gobierno para asegurar la provisión de información oportuna al Jefe de Gobierno. Participar en la gestión de las relaciones interjurisdiccionales y políticas, actuando en coordinación con el Ministerio de Gobierno. Establecer relaciones con instituciones y organizaciones públicas y privadas de acuerdo a los objetivos del plan general de acción de gobierno y las instrucciones del Jefe de Gobierno. Dirigir la preparación de estudios, informes y análisis para las presentaciones públicas del Jefe de Gobierno y del Secretario General y Relaciones Internacionales. 3.1 DIRECCIÓN GENERAL GESTIÓN ESTRATÉGICA Descripción de Responsabilidades Primarias Asistir al Subsecretario en las gestiones requeridas para la efectiva realización del plan general de acción de gobierno. Brindar apoyo técnico y ejecutivo a los ámbitos de coordinación institucional que se establezcan para el desarrollo del plan general de acción de gobierno, en colaboración con la Jefatura de Gabinete de Ministros. Realizar análisis y propuestas técnicas para fortalecer la coordinación institucional e interjurisdiccional en conjunto con el Ministerio de Gobierno. Contribuir con análisis y estudios especiales para la efectiva realización del plan general de acción de gobierno. Participar en la elaboración de reportes periódicos de seguimiento del plan general de acción de gobierno para información del Jefe de Gobierno. Coordinar con las áreas respectivas la recopilación y producción de información y análisis sobre programas o proyectos especiales que sean requeridos por el Jefe de Gobierno a la Secretaría. Preparar estudios, informes y análisis requeridos para las presentaciones públicas del Jefe de Gobierno. 9 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 16 ANEXO - DECRETO N° 294/16 (continuación) ANEXO II 3.1.1 GERENCIA OPERATIVA COORDINACIÓN Y MONITOREO ESTRATÉGICO Descripción de Acciones Efectuar la coordinación técnica y ejecutiva de las iniciativas prioritarias de gobierno de ámbitos de relación institucional e interjurisdiccional, mediante la formulación de propuestas de agenda, la sistematización y el seguimiento de los acuerdos alcanzados. Identificar riesgos y oportunidades de mejora en la gestión de iniciativas prioritarias, y proponer líneas de acción y mitigación para el cumplimiento del plan general de acción de gobierno. Realizar estudios, informes y reportes periódicos de seguimiento y monitoreo de las iniciativas prioritarias y transversales del plan general de acción de gobierno. Relevar, analizar y proponer iniciativas y prácticas de gestión en temas prioritarios de gobierno y de coordinación interjurisduccional. 3.2 DIRECCIÓN GENERAL CALIDAD INSTITUCIONAL Descripción de Responsabilidades Primarias Asistir al Subsecretario en las gestiones requeridas para el desarrollo de una agenda de calidad e innovación institucional y de gestión de gobierno. Articular el proceso de discusión y aprobación de los proyectos que requieren reformas normativas. Coordinar y apoyar la operacionalización y el seguimiento del cumplimiento de las iniciativas de calidad e innovación institucional. Contribuir a la implementación de reformas en materia de calidad institucional promoviendo la coordinación de los actores relevantes en el proceso. Informar periódicamente al Jefe de Gobierno y a otras autoridades sobre avances en la agenda de reforma institucional y entender en la preparación de informes y presentaciones. Contribuir con análisis y estudios especiales para la innovación continua y la calidad en la forma de gestión del gobierno. 3.2.1 GERENCIA OPERATIVA ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL Descripción de Acciones Apoyar la coordinación técnica y ejecutiva de ámbitos de relación institucional e interjurisdiccional de las iniciativas de calidad e innovación institucional y de sistema de gobierno, mediante la formulación de propuestas de agenda, la elaboración de minutas de las reuniones, y el seguimiento de los acuerdos alcanzados. Identificar riesgos y oportunidades de mejora en la gestión de iniciativas de calidad e innovación institucional y de sistema de gobierno, y proponer líneas de acción y mitigación para el logro de las reformas institucionales. Realizar estudios, informes y reportes periódicos de seguimiento y monitoreo de las iniciativas de calidad institucional. 10 FIN DEL ANEXO N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 17 ANEXO - DECRETO N° 295/16 ANEXO I MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE CONSEJO ASESOR DEL PLAN URBANO AMBIENTAL RATIFICACIONES APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO/CUIL. PARTIDA Y FUNCIÓN BARCELLANDI, HORACIO RAUL D.N.I. 11.551.224 CUIL. 20-11551224-3 3033.0000.M.06 Consejero, cuya designación fuera dispuesta por Decreto Nº 199/08. GIGLIO, MONICA ADRIANA D.N.I. 12.418.420 CUIL. 27-12418420-2 3033.0000.M.06 Consejera, cuya designación fuera dispuesta por Decreto Nº 1.309/08. MORENO, EDUARDO JOSE D.N.I. 05.189.309 CUIL. 20-05189309-4 3033.0000.M.06 Consejero, cuya designación fuera dispuesta por Decreto Nº 193/10. SCHIANO DE SCHECARO, RICARDO D.N.I. 14.194.775 CUIL. 20-14194775-4 3033.0000.M.06 Consejero, cuya designación fuera dispuesta por Decreto Nº 394/11. IF-2016-10682409- -DGTALMDUYT página 1 de 1 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ANEXO - DECRETO N° 295/16 (continuación) ANEXO II MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE CONSEJO ASESOR DEL PLAN URBANO AMBIENTAL CESES APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO/CUIL. PARTIDA Y FUNCIÓN BARCELLANDI, HORACIO RAUL D.N.I. 11.551.224 CUIL. 20-11551224-3 3033.0000.M.06 Consejero, cuya designación fuera dispuesta por Decreto Nº 199/08 y el presente ratificatorio. MORENO, EDUARDO JOSE D.N.I. 05.189.309 CUIL. 20-05189309-4 3033.0000.M.06 Consejero, cuya designación fuera dispuesta por Decreto Nº 193/10 y el presente ratificatorio. SCHIANO DE SCHECARO, RICARDO D.N.I. 14.194.775 CUIL. 20-14194775-4 3033.0000.M.06 Consejero, cuya designación fuera dispuesta por Decreto Nº 394/11 y el presente ratificatorio. ANEXO III MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO Y TRANSPORTE CONSEJO ASESOR DEL PLAN URBANO AMBIENTAL DESIGNACIONES APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO/CUIL. PARTIDA Y FUNCIÓN OBSERVACIONES GARCIA FAHLER, GUILLERMO JOSE D.N.I. 08.632.360 CUIL. 20-08632360-6 3033.0000.M.06 Consejero. A partir del 10 de diciembre de 2015. MOSTO, GUSTAVO ALBERTO D.N.I. 10.520.175 CUIL. 20-10520175-4 3033.0000.M.06 Consejero. A partir del 1º de abril de 2016. REBAGLIATI, GASTON FEDERICO D.N.I. 21.671.636 CUIL. 20-21671636-2 3033.0000.M.06 Consejero. A partir del 1º de abril de 2016. TELLA, GUILLERMO CARLOS D.N.I. 17.363.329 CUIL. 20-17363329-8 3033.0000.M.06 Consejero. A partir del 1º de abril de 2016. FIN DEL ANEXO N° 18 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 19 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 199/MJGGC/16 CUIT 20-23844910-4 APELLIDO Y NOMBRE URANGA IMAZ, Ignacio DESDE 01/04/2016 HASTA 31/12/2016 MENSUAL 4 cta de $40000; 1 cta de $38000 y 4 ctas de $33000 TOTAL TOTAL ORG. $ 330.000 MJGGC DEP. MJGGC FUNCION OBSERVACION Nº EXPEDIENTE PROFESIONAL LIC. EN ADM DE EMPRESAS 11631442-MGEYA-DGTALMJG/16 $ 330.000 IF-2016-12278878- -DGTALMJG página 1 de 2 FIN DEL ANEXO N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 20 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 201/MJGGC/16 G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina Informe Número: IF-2016-12261814- -DGTALMJG Buenos Aires, Jueves 5 de Mayo de 2016 Referencia: ANEXO I - CONSEJO INTERMINISTERIAL DE GESTION DE RIESGOS DE INUNDACIONES CONSIDERACIONES GENERALES: La Ciudad Autónoma de Buenos Aires posee una geografía de llanura y se encuentra atravesada por diferentes cursos de agua, los que se encuentran entubados, sobresaliendo los arroyos Maldonado, Vega, Medrano y Cildáñez. Esta característica hace que la misma sea una zona naturalmente inundable ante precipitaciones intensas, extendiéndose horizontalmente el daño y afectando personas y bienes. En el año 2004 el Gobierno de la Ciudad, con el apoyo del Banco Mundial, preparó el Plan Director de Ordenamiento Hidráulico. Este plan comprende una serie de medidas para incrementar la protección contra lluvias y reducir las pérdidas económicas y sociales. Basado en experiencias de mejores prácticas en el manejo de riesgos de inundaciones se establecieron como prioridad la ejecución de un conjunto de medidas no estructurales e intervenciones estructurales en cuencas claves para mitigar el efecto de las inundaciones causadas por el desborde de las mismas debido a una mayor intensidad y recurrencia en las lluvias. Estas modificaciones en las lluvias han sido producto de la variabilidad climática que se ha intensificado en las últimas décadas como consecuencia de factores naturales, pero también producto de la actividad humana (cambio climático antropogénico) a través de la alteración de la superficie terrestre, construcción de embalses, deforestación y cambios en la composición química de la atmósfera, producidos por la emisión de los llamados Gases del Efecto Invernadero (GEI). La acumulación de los GEI provoca un aumento de la temperatura promedio de la atmósfera, y en consecuencia, una alteración significativa del clima. De las amenazas que soporta la Ciudad con su área de influencia y que provocan anegamientos e inundaciones, se deben considerar las de carácter localizado y las correspondientes al sistema atmosférico global. En tal sentido, los siguientes conceptos resultan claves para enfrentar las amenazas mencionadas: Amenaza hidrometeorológica: proceso o fenómeno de origen atmosférico, hidrológico u oceanográfico que puede ocasionar morbimortalidad, lesiones u otros impactos a la salud, al igual que daños a la propiedad, la pérdida de medios de sustento y de servicios, trastornos sociales y económicos, o daños ambientales. Exposición: presencia de personas, medios de subsistencia, servicios ambientales y recursos económicos y sociales, bienes culturales e infraestructura que por su localización pueden ser afectados por la manifestación de una amenaza. N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 21 Vulnerabilidad: susceptibilidad o fragilidad física, económica, social, ambiental o institucional que tiene una comunidad de ser afectada o de sufrir efectos adversos en caso de que un evento físico peligroso se presente. Prevención: medidas y acciones de intervención restrictiva o prospectiva dispuestas con anticipación con el fin de evitar que se genere riesgo o minimizarlo. Mitigación: medidas de intervención prescriptiva o correctiva dirigidas a reducir o disminuir los daños y pérdidas que se puedan presentar a través de reglamentos de seguridad y proyectos de inversión pública o privada. Concientización pública: el grado de conocimiento común sobre el riesgo de desastres los factores que conducen a éstos y las acciones que pueden tomarse individual y colectivamente para reducir la exposición y la vulnerabilidad frente a las amenazas. Riesgo de desastres: probabilidad de que se presenten daños o pérdidas debido a los eventos físicos peligrosos de origen natural o humano en un período de tiempo específico y que son determinados por la vulnerabilidad de los elementos expuestos. El riesgo de desastres se deriva de la combinación de la amenaza y la vulnerabilidad. CARACTERISTICAS DE LA GESTION DEL RIESGO DE INUNDACIONES La gestión del riesgo de inundaciones es un proceso sistemático de utilizar directrices administrativas, organizacionales, destrezas y capacidades operativas para ejecutar políticas y fortalecer las capacidades de afrontamiento, con el fin de reducir el impacto adverso de las amenazas naturales y la posibilidad de que ocurra un desastre. Su fin último es la estimación, prevención, mitigación y control de los factores de riesgo de inundaciones ante la amenaza de un evento, incluyendo la preparación y respuesta ante la materialización del mismo así como las acciones tendientes a la reconstrucción de los bienes materiales afectados, considerando los diferentes niveles y dimensiones de vulnerabilidad. La gestión del riesgo considera diferentes tipos, a saber: Gestión correctiva: acciones que se planifican y realizan con el fin de mitigar el riesgo presente de inundaciones. Gestión prospectiva: acciones que se planifican y realizan con el fin de minimizar la conformación del riesgo de inundaciones en el futuro. Gestión reactiva: acciones y medidas que se planifican y realizan con el fin de enfrentar la materialización del riesgo, tanto durante el evento de inundación como en el post evento. Para ello se requiere desarrollar un sistema de gestión integral del riesgo entendido éste como un proceso secuencial y escalable que implica su diseño en sucesivas etapas. El primer paso en la construcción de dicho sistema lo constituye la creación de un espacio de trabajo conjunto y articulación de las diversas áreas y unidades administrativas de la Ciudad de Buenos Aires involucradas en la gestión del riesgo de inundaciones. Esta primera etapa se orienta a generar sinergias a los efectos de crear una metodología y conciencia que vincule políticas, agendas y presupuestos en pos de una GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO. MARIA EUGENIA PAREDES Director General D.G. TEC. ADM Y LEGAL MJGGC N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 22 G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina Informe Número: IF-2016-12261814- -DGTALMJG Buenos Aires, Jueves 5 de Mayo de 2016 Referencia: ANEXO II - CONSEJO INTERMINISTERIAL DE GESTION DE RIESGO DE INUNDACIONES Objetivos El Consejo es el órgano máximo para la coordinación estratégica, y el establecimiento de los lineamientos generales del esquema de gestión integral del riesgo de inundaciones. Los lineamientos se desarrollarán mediante el planeamiento y coordinación de las acciones relacionadas con los siguientes procesos: Estimación del Riesgo: generación de una metodología para determinar la naturaleza y el grado de riesgo de inundaciones a través del análisis de posibles amenazas y la evaluación de las condiciones existentes de vulnerabilidad que conjuntamente podrían dañar potencialmente a la población, la propiedad, los servicios y los medios de sustento expuestos, al igual que el entorno del cual dependen. Prevención y Mitigación del riesgo: generación de intervenciones destinadas a reducir el riesgo existente y minimizar la creación de nuevas situaciones que conlleven incrementos en los niveles de riesgo de inundaciones. Respuesta y Rehabilitación: generación de mecanismos de atención adecuada y oportuna de las personas afectadas por la materialización del riesgo, así como la puesta en funcionamiento de los servicios básicos cuya prestación se hubiere interrumpido por efecto de la inundación. Recuperación y Compensación: generación de instrumentos financieros que permitan la recuperación parcial o total de las pérdidas sufridas como consecuencia de la inundación. Funciones Para la elaboración de planes y acciones de prevención, reducción y control del riesgo de inundaciones el Consejo tendrá las siguientes funciones: Realizar (y mantenerlo actualizado) un diagnóstico institucional que analice cuáles son los objetivos, funciones y responsabilidades de las áreas de la CABA que intervienen en la gestión del riesgo de inundaciones; identificar procesos y procedimientos susceptibles de fortalecimiento; y proveer lineamientos para la coordinación con otros procesos vinculados (por ej. ambiental y cambio climático, salud, etc.) Cuantificación: coordinar el desarrollo y actualización de los estudios y modelo probabilísticos, bases de datos y sistema de información orientados a la estimación del riesgo de inundaciones. Elaborar (y mantener N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 23 actualizado) el Mapa de Riesgos de la Ciudad. Prevención: promover la utilización de instrumentos técnicos en las áreas involucradas en la planificación urbana, que incorporen el riesgo de inundaciones en los códigos de edificación así como en la planificación territorial y de inversiones; asesorar en la implementación de sistemas de alerta temprana; coordinar campañas de información y concientización pública respecto de patrones de conducta de los vecinos ante el evento de inundación; y promover el desarrollo e implementación de políticas, instrumentos y normativas relacionadas con la gestión del riesgo en todos los niveles de la Administración. Mitigación: asesorar y articular con las áreas relevantes en lo pertinente a la realización de obras de mitigación y relocalización de familias ubicadas en zonas de alto riesgo. Respuesta y rehabilitación: asesorar a la Subsecretaría de Emergencia en su gestión de los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación ante un evento de inundación; y proponer mejoras y actualizaciones a los planes de contingencia de la Ciudad y los sistemas de logística y de comunicaciones. Compensación: promover los lineamientos para el desarrollo de nuevos instrumentos financieros para la compensación por los daños sufridos por la población afectada por un evento de inundaciones dentro de un período razonable. En particular, deberá: a. Asesorar en lo referente a la formulación de políticas y estrategias para la gestión del riesgo. b. Definir medidas y acciones para garantizar la mejor coordinación entre las diferentes áreas de gobierno. c. Conceptuar sobre las materias que le sean sometidas a su consideración dentro del marco de sus competencias institucionales. d. Organizar grupos de trabajo para el análisis de temas específicos. e. Articular y facilitar el involucramiento de otras áreas de la administración en la gestión del riesgo de inundaciones. f. Actuar como enlace e interlocutor de la CABA frente a organismos nacionales e internacionales en lo referido a la definición de estrategias para la eficiente gestión de riesgos de inundaciones. g. Difundir las acciones destinadas a mejorar la gestión del riesgo de inundaciones. Funcionamiento Reuniones: Este Consejo se reunirá periódicamente por lo menos cuatro veces al año en condiciones de normalidad y, tantas veces como sea necesario durante las situaciones de desastre, según lo convoque su Presidente. Administración: El Jefe de Gabinete de Ministros nombrará un coordinador administrativo en el ámbito de la Jefatura de Gabinete que servirá de soporte técnico y administrativo para las tareas y funciones que le son propias al Consejo, quien desarrollará sus tareas ad-honorem. Anualmente el Jefe de Gabinete de Ministros elaborará el presupuesto del Consejo, el cual deberá contemplar los gastos para su funcionamiento y las eventuales contrataciones que las necesidades así lo determinen. N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 24 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 201/MJGGC/16 (continuación) Transparencia El Consejo elaborará un reporte anual en el que detallará los planes estratégicos, las acciones realizadas, los resultados obtenidos, y toda información relacionada con la gestión del riesgo de inundaciones, las recomendaciones como así las propuestas que se acordaran que serán instrumentadas por las áreas sustantivas. El reporte será distribuido a todas las áreas ministeriales que integran el Consejo, y será puesto a disposición de la comunidad mediante los mecanismos que se consideren pertinentes. Se elaborará un canal de comunicación a fin de recibir y dar respuestas a las demandas de los damnificados. Conformación y Agenda: El Consejo se reunirá por primera vez dentro de los próximos noventa (90) días. En tal oportunidad se fijará una agenda de tema prioritarios a tratar durante el año calendario. Posteriormente, el Consejo se reunirá con una periodicidad mínima de tres (3) meses. La presidencia será ejercida por el Jefe de Gabinete de Ministros, o quien éste designe. Asistirán los Ministros de las siguientes carteras: Hacienda Salud Ambiente y Espacio Público Justicia y Seguridad, por sí y a través de la Subsecretaría de Emergencias, que de él depende. Desarrollo Urbano y Transporte Educación Asimismo, el Consejo podrá convocar a los Gerentes de las empresas o entidades que tengan a su cargo la prestación de servicios públicos domiciliarios que operan en el Distrito que, de acuerdo con los temas a tratar deban participar por convocatoria del Jefe de Gabinete de Ministros MARIA EUGENIA PAREDES Director General D.G. TEC. ADM Y LEGAL MJGGC FIN DEL ANEXO UE Programa 608-INSTITUTO 10-CAPACITACION DEL SUPERIOR DE LA CARRERA PER ADMINISTRATIVA 2138-DIR GRAL GESTION 80-DEMANDA CIUDADANA DE DEMANDA CIUDADANA 2202-Dir.Gral.Defensa 61-Def. y Protección y Protección del Co Consumidor 37-CONS.CDAD.Y CAMBIO 9980-SECRETARIA CULTURA CIUDADANA Y CULT. FUNCION PUBLICA 37-CONS.CDAD.Y CAMBIO 9980-SECRETARIA CULT. CULTURA CIUDADANA Y FUNCION PUBLICA 9980-SECRETARIA 37-CONS.CDAD.Y CAMBIO CULT. CULTURA CIUDADANA Y FUNCION PUBLICA 2138-DIR GRAL GESTION 80-DEMANDA CIUDADANA DE DEMANDA CIUDADANA 68-Atenc. Ciud. de 8284-Dir. Gral. Gestión de Calidad Cali Entidad: 0 Subjurisdicción: 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 Nº: 0 Subprograma Jurisdicción: 21-JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC Pág. 2016 1 Actividad 2016 Fecha: 04/05/2016 0 0 0 0 0 0 0 0 Fecha: Obra Fecha: 04/05/2016 3960 3560 3520 2920 2220 3520 3520 3960 32 11 13 13 35 35 Diferencia: 11 11 11 11 35 13 11 11 36 11 Partida FueFin FinFun 0,00 2.000.000,00 2.000.000,00 -1.000.002,00 -300.000,00 -700.000,00 -500.000,00 -999.998,00 -500.000,00 Importe Área/OGESE SIGAF Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 1 de 16- 10- 10- 10- 10- 1- 10- 2- CREDITO DGTALMJG DGTALMJG Proyecto Nº: 12166830 Nº: 12166830 Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Ejercicio: 2016 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Requerimiento Nº: 2699 Modificación Presupuestaria Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS N° 4879 - 10/5/2016 N° 25 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 202/MJGGC/16 11 -500.000,00 2.000.000,00 2.000.000,00 0,00 2138 8284 2202 0,00 0,00 13 35 36 -500.000,00 -2.000.002,00 -999.998,00 -500.000,00 -999.998,00 Pág. 2 2016 DGTALMJG 1 de 2016 DGTALMJG Fecha: Fecha: 04/05/2016 04/05/2016 Tipo de Ajuste: Área/OGESE SIGAF Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Total de geografico: 0,00 4.000.000,00 32 Total de Finalidad y Funcion: 0,00 0,00 -500.000,00 0,00 -2.000.002,00 -4.000.000,00 608 4.000.000,00 -3.000.000,00 -1.000.000,00 9980 Total de Uni. Ejecutora: 1 Total de Caracter: 0,00 4.000.000,00 3 4.000.000,00 2 Total de incisos: -4.000.000,00 -4.000.000,00 Total de negativos: Total de fuentes de financiamiento: 4.000.000,00 Nº: 12166830 Total de positivos: Nº: 12166830 Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Ejercicio: 2016 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Requerimiento Nº:2699 Modificación Presupuestaria Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS N° 4879 - 10/5/2016 N° 26 21 4.000.000,00 Total por Clasificador Económico: 0,00 2.000.000,00 7 2.000.000,00 4 -4.000.000,00 -500.000,00 -999.998,00 -2.500.002,00 Nº: 12166830 1 Nº: 12166830 Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Ejercicio: 2016 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Requerimiento Nº:2699 Modificación Presupuestaria Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Pág. 2 2016 DGTALMJG 2 de 2016 DGTALMJG MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS Fecha: Fecha: 04/05/2016 04/05/2016 Tipo de Ajuste: Área/OGESE SIGAF N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires FIN DEL ANEXO N° 27 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 28 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 31/SECPECG/16 APELLIDO Y NOMBRE DRACK, Barbara CUIT 27-37990994-4 Monto Actual $ 9.000 Incremento $ 2.000 Total $ 11.000 Periodo 01/04/2016 al 31/12/2016 FIN DEL ANEXO EXP. AMPLIATORIA 11538200-MGEYA-DGCONTG/16 EXP. CONTRATACIÓN 5074869-MGEYA-DGCONTG /16 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 29 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 126/SSSYP/16 APELLIDO Y NOMBRE SCUSSEL, Gabriela Fabiana CUIT 23-20356634-4 Monto Actual Incremento Total $ 22.900 $ 9.700 $ 32.600 Periodo 01/04/2016 AL 31/12/2016 EXP. AMPLIATORIA 11383777- -MGEYA-DGEADM/16 EXP. CONTRATACIÓN 4410928-MGEYA-DGEADM/16 IF pá FIN DEL ANEXO N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 30 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 127/SSSYP/16 APELLIDO Y NOMBRE CUBITO, Paula Daniela CUIT 27-34481184-4 Monto Actual Incremento Total $ 14.650 $ 4.350 $ 19.000 Periodo 01/04/2016 al 31/12/2016 EXP. AMPLIATORIA 11580528-MGEYA-DGEADM/16 FIN DEL ANEXO EXP. CONTRATACIÓN 4415386-MGEYA-DGEADM/16 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 31 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 128/SSSYP/16 MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires SIGAF Modificación Presupuestaria Ejercicio: 2016 Requerimiento Nº: 2683 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Área/OGESE Nº: 25075450 Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 25075450 Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC Nº: MGEYA 2015 MGEYA 2015 Fecha: 03/05/2016 Fecha: 03/05/2016 Fecha: Jurisdicción: 21-JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Subjurisdicción: 0 Entidad: 270-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION UE 683-DIR.GRAL.DE INTEGRACIÓN DE SISTEMAS 683-DIR.GRAL.DE INTEGRACIÓN DE SISTEMAS Programa 94-DES Y CALIDAD DE APL 0 94-DES Y CALIDAD DE APL 0 Subprograma 0 Proyecto CREDITO 0 Actividad 1-CONDUCCIÓN 0 1-CONDUCCIÓN 0 Obra Partida FueFin FinFun 2110 11 13 3140 11 13 Importe -971,00 971,00 0,00 Diferencia: IF-2016-12183277- -DGTALINF Pág. 1 de 1 página 1 de 1 MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires SIGAF Modificación Presupuestaria Ejercicio: 2016 Requerimiento Nº: 2673 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Área/OGESE Nº: 11995482 Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 11995482 Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC Nº: MGEYA 2016 MGEYA 2016 Fecha: 03/05/2016 Fecha: 03/05/2016 Fecha: Jurisdicción: 21-JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Subjurisdicción: 0 Entidad: 270-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION UE 8056-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION 8056-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION 682-DIR.GRAL. DE INFRAESTRUCTURA 682-DIR.GRAL. DE INFRAESTRUCTURA Programa 7-ACT COM.A PROG.94.95 0 7-ACT COM.A PROG.94.95 0 96-INFRAESTRUCTURA INFO 96-INFRAESTRUCTURA INFO Subprograma Proyecto CREDITO 3-SEGURIDAD INFORMATIC 0 Actividad Obra Partida FueFin FinFun 51-SEGURIZACION 3520 11 13 Importe -2.800.000,00 3-SEGURIDAD INFORMATIC 0 51-SEGURIZACION 4810 11 13 2.800.000,00 0 2-CIUDAD CONECTADA 0 51-CIUDAD CONECTADA 4360 11 13 -1.600.000,00 0 2-CIUDAD CONECTADA 0 51-CIUDAD CONECTADA 3560 11 13 1.600.000,00 Diferencia: IF-2016-12183015- -DGTALINF Pág. 1 de 1 página 1 de 1 0,00 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 32 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 128/SSSYP/16 (continuación) MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Modificación Presupuestaria Requerimiento Nº: 2684 SIGAF Ejercicio: 2016 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Área/OGESE Nº: 26901597 Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 26901597 Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC Nº: MGEYA 2016 MGEYA 2016 Fecha: 03/05/2016 Fecha: 03/05/2016 Fecha: Jurisdicción: 21-JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Subjurisdicción: 0 Entidad: 270-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION UE Programa 8056-AGENCIA SISTEMAS 7-ACT COM.A PROG.94.95 0 DE INFORMACION 8056-AGENCIA SISTEMAS 7-ACT COM.A PROG.94.95 0 DE INFORMACION 8056-AGENCIA SISTEMAS 7-ACT COM.A PROG.94.95 0 DE INFORMACION Subprograma Proyecto 0 CREDITO Actividad 2-ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS GENERALES 2-ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS GENERALES 1-CONDUCCIÓN 0 0 0 Obra Partida FueFin FinFun Importe 2340 11 13 0 2110 11 13 -4.221,00 -1.155,00 0 3140 11 13 5.376,00 0,00 Diferencia: MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires Modificación Presupuestaria Requerimiento Nº: 2685 IF-2016-12183357- -DGTALINF Ejercicio: 2016 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Pág. Nº: 12038279 Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Nº: 12038279 Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC Nº: 1 de 1 MGEYA 2016 MGEYA SIGAF Área/OGESE 2016 página 1 de 1 Fecha: 03/05/2016 Fecha: 03/05/2016 Fecha: Jurisdicción: 21-JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Subjurisdicción: 0 Entidad: 270-AGENCIA SISTEMAS DE INFORMACION UE Programa 8056-AGENCIA SISTEMAS 7-ACT COM.A PROG.94.95 0 DE INFORMACION 8056-AGENCIA SISTEMAS 7-ACT COM.A PROG.94.95 0 DE INFORMACION 8056-AGENCIA SISTEMAS 7-ACT COM.A PROG.94.95 0 DE INFORMACION Subprograma 0 Proyecto CREDITO Actividad 2-ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS GENERALES 2-ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS GENERALES 2-ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS GENERALES 0 0 0 Obra Partida FueFin FinFun Importe 2340 11 13 0 2550 11 13 2.759,00 0 2690 11 13 20,00 Diferencia: IF-2016-12183335- -DGTALINF Pág. 1 de 1 página 1 de 1 FIN DEL ANEXO -2.779,00 0,00 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 33 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 130/SSSYP/16 APELLIDO Y NOMBRE VERBAUWEDE, Adela Silvana SANSOT, Santiago LUCCHESE, Noelia Carla KLEKAILO, Lorena Vanesa CUIT 27-26436688-2 20-13664962-1 27-35366432-3 27-33580793-1 Monto Actual Incremento $ 10,500 $ 15,870 $ 12,650 $ 11,000 $ 4,500 $ 2,130 $ 3,350 $ 4,000 Total Periodo $ 15,000 $ 18,000 $ 16,000 $ 15,000 01/04/2016 al 31/12/2016 01/04/2016 al 31/12/2016 01/04/2016 al 31/12/2016 01/04/2016 al 31/12/2016 FIN DEL ANEXO EXP. AMPLIATORIA 11866753-MGEYA-SSSYP/16 11866290-MGEYA-SSSYP/16 11864999-MGEYA-SSSYP/16 11862868-MGEYA-SSSYP/16 EXP. CONTRATACIÓN 4910926-MGEYA-DGEADM/16 4388920-MGEYA-DGEADM/16 4384026-MGEYA-DGEADM/16 4383677-MGEYA-DGEADM/16 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 34 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 131/SSSYP/16 APELLIDO Y NOMBRE PORRO, Federico VALDERRAMA PEÑA, Laura Melisa PUENTE PISTARINI, Lucila MARTINEZ, Celeste Anahi GARAZI, Ivana Mariela BENGOLEA, Miguel Maria LEGUIZAMON, Maria Isabel DI IORIO, Claudia Silvana STIER GIMENEZ, Leonardo Daniel PICCININO CENTENO, Lidia Rosa NAVARRO, Diandra Maria CUIT 20-32981191-4 27-94785376-2 27-34123762-4 27-33182099-2 27-27940185-4 20-33691757-4 27-25228238-1 27-26885101-7 20-32760448-2 27-36726715-7 27-36719016-2 Monto Actual Incremento $ 14,500 $ 2,000 $ 8,000 $ 15,000 $ 8,000 $ 11,000 $ 11,000 $ 24,500 $ 24,500 $ 20,000 $ 11,500 $ 13,000 $ 5,000 $ 1,000 $ 5,000 $ 4,000 $ 4,000 $ 3,700 $ 3,700 $ 3,000 $ 6,725 $ 2,000 Total $ 16,500 Periodo 01/04/2016 al 31/12/2016 $ 13,000 $ 16,000 $ 13,000 $ 15,000 $ 15,000 $ 28,200 $ 28,200 $ 23,000 $ 18,225 $ 15,000 01/04/2016 al 31/12/2016 01/04/2016 al 31/12/2016 01/04/2016 al 31/12/2016 01/04/2016 al 31/12/2016 01/04/2016 al 31/12/2016 01/04/2016 al 31/12/2016 01/04/2016 al 31/12/2016 01/04/2016 al 31/12/2016 01/04/2016 al 31/12/2016 01/04/2016 al 31/12/2016 EXP. AMPLIATORIA 11868739-MGEYA-SSSYP/16 11868553-MGEYA-SSSYP/16 11868387-MGEYA-SSSYP/16 11868073-MGEYA-SSSYP/16 11867773-MGEYA-SSSYP/16 11867560-MGEYA-SSSYP/16 11867366-MGEYA-SSSYP/16 11867019-MGEYA-SSSYP/16 11866455-MGEYA-SSSYP/16 11865890-MGEYA-SSSYP/16 11865255-MGEYA-SSSYP/16 EXP. CONTRATACIÓN 6902202-MGEYA-SSSYP/16 4358058-MGEYA-DGABDIP/16 4409981-MGEYA-DGABDIP/16 4355188-MGEYA-DGABDIP/16 4354253-MGEYA-DGABDIP/16 4409430-MGEYA-DGABDIP/16 4361145-MGEYA-DGABDIP/16 4360883-MGEYA-DGABDIP/16 4411445-MGEYA-DGEADM/16 4320949-MGEYA-DGABDIP/16 4417705-MGEYA-DGEADM/16 IF-2016-12151778- -DGTAL página 1 de 1 FIN DEL ANEXO N° 4879 - 10/5/2016 G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 35 Anexo Número: IF-2016-11566476-DGDSCIV N° 1262/MHGC/16 ANEXO - RESOLUCIÓN Buenos Aires, Martes 26 de Abril de 2016 Referencia: EX-08495610-MGEYA-MAYEPGC-2016 ANEXO I MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RENUNCIAS Apellido y nombre DNI/CUIL CARGO Observaciones Subgerente Operativa de Costancio, Laura Virginia la Subgerencia Operativa A partir del 01 de de Coordinación febrero de 2016 Administrativa, dependiente de la entonces DNI: 28.723.822 Dirección General (Designada por Fiscalización en la Vía Resolución N° Pública, de la Ex 213/MMGC/2015). Subsecretaría de CUIL: 27-28723822-9 Administración. Subgerente Operativo de la Subgerencia Operativa Del Solar Dorrego, Félix Fiscalización del A partir del 01 de Manuel Ordenamiento del Espacio marzo de 2016 Público, de la Gerencia Operativa de Control en la DNI: 33.935.154 Vía Pública, dependiente (Designado por de la entonces Dirección Resolución N° General Fiscalización en 506/MMGC/2015). la Vía Pública, de la Ex CUIL: 20-33935154-7 Subsecretaría de Administración. Gerente Operativo de la Schenfelt, Emiliano A partir del 01 de Gerencia Operativa de febrero de 2016 Control en la Vía Pública, dependiente de la entonces DNI: 32.717.108 Dirección General CUIL: 23-32717108-9 Fiscalización en la Vía Pública, de la Ex Subsecretaría de Administración ROSIO ECHAIDE Director General D.G. DESARROLLO DEL SERVICIO CIVIL (SSGRH) (Designado por Resolución N° 639/MMGC/2015). N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 36 GOB I E R N O DE N° LA1262/MHGC/16 C I U D A D DE(continuación) BUENOSAIRES ANEXO - RESOLUCIÓN 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina Anexo Número: IF-2016-11566978- -DGDSCIV Buenos Aires, Martes 26 de Abril de 2016 Referencia: EX-08495610-MGEYA-MAYEPGC-2016 ANEXO II MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO DESIGNACIONES Apellido y nombre DNI/CUIL Murut, Nicolás Eduardo DNI: 34.658.074 CUIL: 20-34658074-8 Delucchi, Santiago Pedro DNI: 32.920.137 CUIL: 20-32920137-7 Fox, Federico Diego Tomas DNI: 27.949.720 CUIL: 20-27949720-2 CARGO Subgerente Operativo de la Subgerencia Operativa Coordinación Administrativa, dependiente de la Dirección General Fiscalización del Espacio Público, de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público. Subgerente Operativo de la Subgerencia Operativa Fiscalización del Ordenamiento del Espacio Público, de la Gerencia Operativa de Control en la Vía Pública, dependiente de la Dirección General Fiscalización del Espacio Público, de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público. Gerente Operativo de la Gerencia Operativa de Control en la Vía Pública, dependiente de la Dirección General Fiscalización del Espacio Público, de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público. FIN DEL ANEXO N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 37 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 47/SSAFPC/16 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SISTEMA DE SUPERVISIÓN, MONITOREO Y RASTREO DE DISPOSITIVOS Art. 1.- PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN El presente llamado a Licitación Pública se convoca en los términos del Régimen de Compras y Contrataciones vigente para Buenos Aires Compras, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 85 de la Ley N° 2.095, (texto consolidado según Ley N° 5.454), Decretos Nros. 1.145/09 y 95/14, las Resoluciones Nros. 596/MHGC/11 y 1.160/MHGC/11, el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, aprobado por Disposición N° 396/DGCYC/14 y las presentes Cláusulas Particulares y de Especificaciones Técnicas. Art. 2.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA) llama a “Licitación Pública para la contratación de un Sistema de Supervisión, Monitoreo y Rastreo de Dispositivos”, de acuerdo a las características estipuladas en el Pliego de Especificaciones Técnicas (PET), en las condiciones de tiempo, forma y lugar de entrega previstas en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PCP) y en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (Disposición Nº 396/DGCYC/14). Art. 3.- PLAZO DE CONTRATACIÓN El comienzo de la ejecución contractual deberá ocurrir a partir de haber sido notificada la correspondiente Orden de Compra, y tendrá una duración de veinticuatro (24) meses consecutivos e ininterrumpidos. La Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad comunicará al adjudicatario con una antelación mínima de cuarenta y ocho (48) horas la fecha de inicio de la prestación. Dentro del plazo contractual, el Adjudicatario deberá cumplimentar los servicios y plazos establecidos en el presente Pliego y en el Pliego de Especificaciones Técnicas. 1 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 38 Art. 4.- PRÓRROGA DEL CONTRATO El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA) se reserva el derecho de prorrogar el contrato en los términos de Artículo 119 apartado III) de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y reglamentada por Decreto Reglamentario Nº 95/14. Art. 5.- CÓMPUTO DE PLAZOS El cómputo de plazos se efectuará conforme lo estipulado en los Artículos 5 “Cómputo de Plazos” y 7 “Notificaciones Electrónicas” del Anexo I del Decreto N° 1.145/GCABA/2009, reglamentario del Artículo 85 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y supletoriamente, en lo que sea aplicable, por lo normado en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCABA/1997 (ratificada por Resolución N° 41/LCABA/98 (texto consolidado según Ley Nº 5.454). Art. 6.- DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES Se considerará domicilio electrónico constituido el correo electrónico declarado por el proveedor en oportunidad de inscribirse en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) en el que se tendrán por válidas todas las notificaciones electrónicas que sean cursadas por el GCABA. La Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad constituye domicilio en la Avenida Regimiento de Patricios N° 1142, 1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todas las notificaciones entre las partes serán válidas si se efectúan en los domicilios constituidos que aquí se refiere, excepto para el GCABA respecto de las notificaciones judiciales, que para tener validez, deberán estar dirigidas al domicilio de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires Departamento Oficios Judiciales y Cédulas sito en calle Uruguay Nº 458, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución Nº 77/PG/06. Art. 7.- JURISDICCIÓN Para atender las cuestiones que se susciten en torno a las Compras y Contrataciones 2 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 39 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res efectuadas por el GCABA, las partes quedan sometidas única y expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Contenciosos, Administrativos y Tributarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el Artículo 7 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Art. 8.- VENTA DEL PLIEGO El costo del presente pliego es de pesos treinta y cinco mil ($35.000.-). Una vez adquirido el pliego, el sistema permitirá generar la correspondiente Boleta de Pago a través de una interfaz con el Sistema Integral de Recaudación. Realizado el pago, el sistema emitirá un comprobante que será solicitado al momento de ingresar la oferta. Solo se tendrán en cuenta las ofertas presentadas por las firmas proveedoras que hayan abonado, previo a la apertura del acto licitatorio, el arancel correspondiente al valor del pliego. Es requisito indispensable para la presentación de la oferta, acreditar la adquisición del Pliego. Solamente los adquirentes del Pliego, o sus apoderados, podrán solicitar información complementaria o aclaraciones y presentar ofertas. Todo adquirente de un Pliego que no presente oferta, perderá su derecho de consulta, información e impugnación en el expediente administrativo que se genere con el respectivo llamado. El importe recibido por la Administración por la venta de los pliegos, no será devuelto a los adquirentes en ningún caso, aún cuando por cualquier causa se dejara sin efecto la contratación o se rechazaran todas las ofertas presentadas. Sólo el proveedor que haya ingresado en el portal www.buenosairescompras.gob.ar (BAC) y se haya acreditado para la adquisición del Pliego de Bases y Condiciones Particulares pasará a tener condición de participante dentro del proceso de selección, pudiendo en tal carácter presentar su oferta. TODO AQUEL QUE HAYA TOMADO CONOCIMIENTO DE LOS PLIEGOS Y REALICE LA RESPECTIVA OFERTA MEDIANTE BAC, NO SERÁ CONSIDERADO OFERENTE SI NO ACREDITA LA ADQUISICIÓN DE LOS PLIEGOS MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN LA PRESENTE CLÁUSULA. 3 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 40 La consulta de los Pliegos deberá efectuarse mediante el sistema BAC. Art. 9.- INSCRIPCIÓN Los interesados en participar en los procedimientos de selección electrónica deberán haber iniciado el trámite de inscripción como proveedores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de Buenos Aires Compras (BAC) en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores (RIUPP) del Sector Público de la Ciudad, dependiente de la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda. Es condición para la pre adjudicación que el proveedor se encuentre inscripto en el RIUPP y en BAC. Art. 10.- CONSULTAS Las consultas relacionadas con el presente proceso licitatorio deben realizarse mediante BAC. GARANTÍAS Art. 11.- CONSTITUCIÓN DE GARANTÍAS Se deberán constituir las garantías correspondientes, de conformidad con lo prescripto en el Artículo 17 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. La constitución de las garantías podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el Artículo 17.2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, Artículo 102 y concordantes de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y su Decreto Reglamentario Nº 95/14. No se aceptarán pagarés, letras de cambio, facturas, ni ningún otro título que no esté expresamente indicado como depósito de garantía. Art. 12.- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La devolución de las garantías se realizará conforme lo establece el Artículo 17.3 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. Art.13.- GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 4 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 41 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res La garantía de mantenimiento de oferta será del cinco por ciento (5%) del valor total de la oferta. Al momento de presentar sus propuestas mediante BAC, los oferentes deberán indicar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta completando el formulario electrónico correspondiente. La garantía constituida deberá ser entregada en le Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad dentro del plazo de 24 horas de formalizado el acto de apertura de ofertas, en la Avenida Regimiento de Patricios N° 1142 1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Art. 14.- GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Será del diez por ciento (10%) sobre el valor total de la adjudicación. El adjudicatario deberá integrar y entregar a la Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad la constancia respectiva de la garantía de cumplimiento de contrato dentro del plazo de cinco (5) días de notificada la orden de compra. Art. 15.- GARANTÍAS DE IMPUGNACIÓN La garantía de impugnación al pliego será del tres por ciento (3%) del monto estimado de contratación, de conformidad con lo prescripto por el Artículo 17.1 inciso d) del Pliego de Bases y Condiciones Generales. La garantía de impugnación a la pre adjudicación de ofertas será del cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta pre adjudicada, conforme lo establecido por el Artículo 17.1. inciso f) del Pliego de Bases y Condiciones Generales. La Cuenta Corriente será la Nº 26.678/7 "Impugnaciones Fondos de Garantía" - Banco de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. DE LA OFERTA Art. 16.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA Los oferentes deberán mantener y garantizar los términos de su oferta por un período de treinta (30) días desde el acto de apertura, prorrogables automáticamente hasta la fecha de perfeccionamiento del contrato, salvo que el oferente manifieste fehacientemente su voluntad en contrario con un plazo no menor a diez (10) días hábiles al vencimiento del plazo, concordante con el Artículo 104 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), cuya reglamentación se encuentra en el 5 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 42 Artículo 102 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 95/14. Art. 17.- FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Las ofertas deberán ser presentadas en BAC a través de los formularios electrónicos disponibles al efecto, cumplimentando con todas las previsiones que expresamente requiera el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, las Especificaciones Técnicas, y que, junto con la documentación adicional, folletos o todo tipo de documentos que el oferente adjunte electrónicamente, integrarán la oferta. No se admitirán más ofertas que las presentadas en BAC, rechazándose las remitidas por correo o cualquier otro procedimiento distinto al previsto. De manera adicional se deberá presentar copia de la oferta, en formato papel, y se hará en un (1) sobre o paquete cerrado, identificado con el número de Contratación. El mismo debe presentarse, de manera previa a la fecha y horario previstos para la Apertura de Ofertas, en la Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad, ubicada en la Avenida Regimiento de Patricios N° 1142, 1° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Todos los folios serán firmados, sellados y foliados por el Representante Legal del oferente. Toda documentación e información que se acompañe, y que sea requerida en este Pliego deberá ser redactada en idioma castellano, a excepción de folletos ilustrativos, que podrán presentarse en su idioma original. Todos los importes deberán expresarse en moneda de curso legal en la República Argentina al momento de efectuarse la oferta. Art. 18.- FORMA DE COTIZAR El oferente debe formular oferta por la totalidad de lo solicitado en el Renglón. Deberá ser comprensivo de todas las especificaciones técnicas previstas en el Pliego de Especificaciones Técnicas, y deberá contar con una capacidad para la cobertura de treinta (30) dispositivos. Deberá especificarse el costo unitario por dispositivo por día, por mes y por la totalidad la contratación. 6 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 43 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los pliegos, como así tampoco se admitirán ofertas alternativas, ni ofertas por parte del renglón. A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el GCABA reviste la calidad de exento. Los oferentes deberán presentar junto con la oferta, la estructura de costos que respalda el precio ofertado. De ella debe surgir el detalle de los costos directos e indirectos que la componen y la incidencia impositiva. También se deberá indicar el índice/precio asociado a cada uno de los conceptos que componen la estructura real de costos. Los índices/precios de referencia a utilizar serán los informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del GCBA o el Organismo que la reemplace, o por otros organismos especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia, aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato. La falta de alguno de los elementos señalados precedentemente, implicará la inmediata descalificación de la oferta. Art. 19.- MUESTRAS A los efectos de la mejor evaluación de cada una de las ofertas, se requiere que los oferentes, con 48 horas hábiles de anticipación a la fecha de apertura de esta licitación, presenten dos (2) muestras completamente funcionales de cada uno de los dispositivos ofertados. El remito de recepción de las muestras, debidamente conformado por el organismo contratante, con el detalle de marca, modelo y número de serie de cada unidad, se deberá adjuntar a la oferta. Las muestras deberán permitir verificar el correcto funcionamiento de cada dispositivo, en un todo de acuerdo con las características técnicas solicitadas en los respectivos Anexos y en forma conjunta con el sistema informático. El hardware y el software que componen el Centro de Monitoreo y Gestión (CMyG), deberá estar situado en el territorio de la República Argentina a los efectos de facilitar la realización de todas las 7 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 44 pruebas y comprobaciones que sean necesarias. Estas pruebas técnicas se realizarán exclusivamente utilizando los equipos que se hayan entregado como muestras. En caso de considerarlo conveniente, el Organismo contratante se reserva el derecho de enviar a analizar todas las muestras a laboratorios reconocidos del Estado Nacional, quedando, los costos que esto origine, a cargo de los oferentes involucrados. Las muestras deberán indicar en forma visible los datos del procedimiento de selección al que correspondan y la fecha y hora de apertura de las ofertas. En el interior del sobre, caja o paquete que las contenga el oferente deberá consignar su nombre o razón social. Art. 20.- FALSEAMIENTO DE DATOS El falseamiento de datos dará lugar a la inmediata exclusión del oferente, sin lugar a la devolución de la garantía que sobre ella se hubiere constituido. Si la falsedad fuere advertida con posterioridad a la contratación, será causal de rescisión por culpa del contratista, con pérdida de la garantía de adjudicación del contrato, y sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieren corresponder. Art. 21.- CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener: 1) Declaración Jurada de Aptitud para Contratar (Anexo I Pliego de Cláusulas Generales). 2) Declaración Jurada de no tener demanda, arbitraje u otro tipo de litigio pendiente que involucre o pueda tener impacto sobre más del cincuenta por ciento (50%) del activo total de la empresa. 3) Garantía de la Oferta, de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Generales. 4) Declaración jurada de que el oferente no se encuentra incurso en ninguna de las causales de inhabilidad para contratar con la Administración Pública. 5) Declaración Jurada de que para cualquier situación judicial que se suscite, el oferente acepta la competencia de los Juzgados en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otra 8 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 45 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res jurisdicción o competencia. 6) Declaración Jurada donde el oferente declara conocer todos y cada uno de los aspectos y las condiciones establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, Pliego de Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y Circulares Con y Sin Consulta. 7) Los oferentes deberán acompañar en su propuesta los antecedentes de uso de la solución propuesta y los antecedentes de prestación de servicios de similares características, en monitoreo de agresores, detenidos o condenados. El oferente deberá demostrar en forma fehaciente, que una tecnología idéntica a la ofertada se utiliza con esta misma finalidad, en el territorio Nacional o en otros países. Esto se podrá acreditar exclusivamente mediante cartas, documentos o certificaciones escritas, emitidas por el ente u organismo que correspondiese en cada caso, certificadas por Escribano Público del país de origen del organismo certificador y legalizadas por el Consulado de la República Argentina en el país de origen del organismo certificador o por el Régimen de Apostilla, de acuerdo con lo establecido en el Convenio de La Haya. En el caso en que el documento original esté escrito en un idioma diferente al español la certificación deberá estar traducida por un Traductor Público Nacional matriculado y con firma legalizada. Se considerará aceptada la certificación de la experiencia siempre y cuando se verifique: • Que en el documento quede perfectamente claro que los equipos y la versión del software utilizados para la prestación del servicio certificado, sean idénticos a los ofertados en esta licitación. • Que cada una de las experiencias certificadas se refieran específicamente a servicios de Supervisión, Monitoreo y Rastreo de Personas, ya sean estos procesados, sentenciados, agresores o a personas en conflicto con la ley. • Que las experiencias certificadas correspondan a programas efectivos de Supervisión, Monitoreo y Rastreo de Personas, es decir que no se refieran a ensayos, proyectos pilotos o demostraciones, y por el contrario, se refieran a programas en plena operación por un tiempo no menor a doce (12) meses. 9 N° 4879 - 10/5/2016 • Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 46 Que en el documento emitido por el organismo certificante conste en forma clara: El nombre, la dirección completa y el teléfono de contacto del organismo que certifica. El nombre, email y el teléfono de contacto del funcionario que suscribe el certificado. La fecha de inicio del programa o servicio. Cantidad de agresores incluidos en el programa en el momento de la emisión de la certificación Marca y modelo del equipamiento utilizado. 8) Los oferentes deberán acompañar en su propuesta la acreditación de que la prestación del servicio de monitoreo electrónico está bajo certificación de norma ISO 9001. 9) Declaración Jurada del fabricante del equipamiento con el compromiso de proveer asistencia técnica por 24 meses. 10) Declaración Jurada del fabricante del equipamiento con el compromiso de la provisión de repuestos por 24 meses. 11) Declaración Jurada del fabricante del equipamiento indicando los sitios donde se utiliza una tecnología idéntica a la ofertada. 12) Constancia de pago del pliego. 13) La cotización. Art. 22.- VICIOS EXCLUYENTES. CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA Será excluida toda oferta que adolezca de uno o más de los siguientes vicios: a) Que no se presente a través de los formularios previstos en el sistema BAC. b) Que no esté cumplimentada la garantía de oferta en cualquiera de las formas establecidas en estos pliegos. c) Que la documentación que deba contener falte, o esté incompleta y/o deficiente. d) Que no se haya acreditado el pago del arancel correspondiente al valor del pliego, conforme el procedimiento previsto en el presente Pliego. e) Que al momento de la pre adjudicación el proveedor no se encuentre inscripto en el RIUPP y en BAC. 10 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 47 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res Art. 23.- CONOCIMIENTO DE LAS CONDICIONES La sola presentación de la oferta implicará para el oferente la aceptación y el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el procedimiento de selección, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, como así también de las circulares con y sin consulta que se hubieren emitido, sin que pueda alegar en adelante dudas o desconocimiento. El GCABA no asumirá ninguna responsabilidad por cualquier declaración, exposición, deducción, interpretación o conclusión dada verbalmente por sus funcionarios o agentes. Art. 24.- CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE LA LICITACIÓN No serán admitidas ofertas que se aparten de los términos y condiciones de los Pliegos, como así tampoco se admitirán ofertas alternativas ni ofertas por parte de renglón. PRESENTACIÓN DE OFERTAS. APERTURA Art. 25.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Las ofertas deberán presentarse hasta la fecha y hora previstas en el respectivo llamado a Licitación Pública, a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC. Art. 26.- ACTO DE APERTURA El acto de apertura de ofertas se efectuará a través de BAC, liberándose las ofertas en el día y hora establecidos en correspondiente llamado, formulándose electrónicamente el Acta pertinente para conocimiento de los participantes y funcionarios designados. Si el día señalado para la apertura, fuera declarado inhábil para la Administración, el acto se cumplirá el primer día hábil siguiente, en el mismo lugar y hora previstos originalmente. El GCABA, se reserva la facultad de postergar el Acto Administrativo según su exclusivo derecho, notificando tal circunstancia en forma fehaciente a los adquirentes 11 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 48 de los pliegos. Art. 27.- VISTA DE LAS PRESENTACIONES Se establece el plazo de tres (3) días hábiles, a partir del día siguiente al del Acto de Apertura de Ofertas, para ejercer el derecho de vista de las ofertas presentadas y admitidas en esta Contratación. Concluido el plazo de vista establecido, las actuaciones pasarán para su pertinente evaluación, quedando precluida la instancia de la vista de ofertas. Art. 28.- COMISIÓN DE EVALUACIÓN La Comisión de Evaluación de Ofertas, emitirá su dictamen en el plazo previsto a tal fin en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y su Decreto Reglamentario Nº 1.145/09, el cual no tendrá carácter vinculante y proporcionará a la autoridad competente para adjudicar, los fundamentos para el dictado del acto administrativo con el cual se concluirá el procedimiento. Art. 29.- INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las ofertas, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los oferentes aclaraciones sobre los documentos acompañados con su propuesta e información contenida en las mismas y en la información complementaria, debiendo responder éstos en el plazo que de acuerdo a la complejidad y circunstancias se establezca en el requerimiento. Art. 30.- RECHAZO El GCABA, se reserva el derecho de revocar el llamado licitatorio o de rechazar la totalidad de las ofertas presentadas con anterioridad al perfeccionamiento del contrato, sin que dicha decisión otorgue derecho alguno a los oferentes para formular y/o efectuar reclamo alguno. Art. 31.- DE LA PRE ADJUDICACIÓN La pre adjudicación del Renglón recaerá en el oferente cuya cotización, ajustada al Pliego de Bases y Condiciones Generales, al Pliego de Bases y Condiciones 12 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 49 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res Particulares, y al Pliego de Especificaciones Técnicas, resulte la propuesta más conveniente, teniendo en cuenta la calidad, los antecedentes acreditados, la idoneidad del oferente, el precio de la oferta y demás condiciones de la oferta. No serán rechazadas las ofertas que contengan defectos de forma que no afecten la esencia de las mismas ni impidan su exacta comparación con las demás ofertas. El anuncio de las pre adjudicaciones será conforme lo estipulado en el Artículo 19 del Pliego de Bases y Condiciones Generales. El Dictamen de Evaluación de Ofertas será publicado en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, y en el Boletín Oficial por el término de un (1) día. Asimismo, será comunicado a todos los oferentes a través de BAC. Art. 32.- CRITERIO DE EVALUACION DE LAS OFERTAS 1. Descripción de la metodología a utilizar para evaluar ofertas Las propuestas serán evaluadas en su totalidad y a cada una de ellas les será asignada una puntuación de acuerdo con los criterios detallados más abajo. Posteriormente, las ofertas serán ordenadas de acuerdo con un orden de puntuación descendente. La oferta que obtenga la mayor puntuación final será la primera opción a ser recomendada por la Comisión Evaluadora de Ofertas, a las autoridades para su pre adjudicación. La puntuación final de cada una de las ofertas será calculada, a partir de la Calificación Técnica Final y la Calificación Económica Final, que cada oferta obtuvo, de acuerdo con la metodología que se describe a continuación: 2. Calificación Técnica Final La Calificación Técnica Final surgirá de la evaluación de la propuesta técnica presentada por cada uno de los oferentes, de acuerdo con lo solicitado en los apartados correspondientes del Pliego de Especificaciones Técnicas anexo a la presente licitación, y será calculada a partir de los siguientes ítems: • Puntuación asignada por la Calidad de la Presentación de la Oferta. 13 N° 4879 - 10/5/2016 • Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 50 Puntuación asignada por la experiencia previa en el uso de la solución propuesta. • Puntuación asignada por las Características Técnicas Adicionales de la solución propuesta. Estas puntuaciones se definen según se indica a continuación: 3. Puntuación asignada por la Calidad de la Presentación de la Oferta Los oferentes deberán presentar su oferta con la mayor precisión, claridad y detalle que les sea posible, para permitirle al Comité de Evaluación comprender claramente el contenido y alcance de la oferta, conocer en detalle el funcionamiento de cada una de las partes que componen el sistema y evaluar si el sistema en su conjunto satisface los requerimientos del organismo contratante para la implementación del Sistema Programa de Supervisión, Monitoreo y Rastreo Electrónico de Dispositivos Para ello, los oferentes además de la presentación escrita formal, en un todo de acuerdo con lo establecido por el procedimiento administrativo de esta licitación, deberán presentar el detalle de su oferta utilizando los medios que juzguen más adecuados que estén a su alcance, y mediante ellos, demostrar que: • Entienden y comprenden en su totalidad las necesidades generales y específicas que tiene el Organismo Contratante para este programa. • La solución tecnológica, los equipamientos ofrecidos y los servicios a ejecutar, de acuerdo con la propuesta presentada, cumplen en un todo con las necesidades del Programa. • La modalidad y los plazos de la implementación propuesta son compatibles con lo requerido por este pliego. La Calidad de la Presentación de la Oferta será puntuada al solo criterio de la Comisión Evaluadora de Ofertas con un valor numérico dentro del rango de cero (0) a cien (100). 4. Puntuación asignada por antecedentes en el uso de la solución propuesta y antecedentes de monitoreo de internos Los oferentes recibirán una Puntuación por los Antecedentes de Uso de la Solución Propuesta y por sus Antecedentes en Monitoreo de Internos, Detenidos o 14 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 51 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res Condenados. Para establecer la puntuación que le corresponderá a cada oferente se contemplarán dos aspectos complementarios, uno de ellos es el grado de utilización de la solución tecnológica propuesta en el resto del mundo y el otro, la experiencia comprobada del oferente, en la prestación del Servicio de Monitoreo de Internos, Detenidos o Condenados, en nuestro país. 5. Antecedentes de Uso de la Solución Propuesta A los efectos de obtener una puntuación en este rubro, el oferente deberá demostrar en forma fehaciente, que una tecnología idéntica a la ofertada se utiliza con esta misma finalidad, en otros lugares del mundo. Esto se podrá acreditar exclusivamente mediante cartas, documentos o certificaciones escritas, emitidas por el ente u organismo que correspondiese en cada caso, certificadas por Notario Público del país de origen del organismo certificador y legalizadas por el Consulado de la República Argentina en el país de origen del organismo certificador o por el Régimen de la Apostilla, de acuerdo con lo establecido en el Convenio de La Haya. En el caso en que el documento original esté escrito en un idioma diferente al Español, la certificación deberá estar traducida por un Traductor Público Nacional matriculado. La puntuación se adjudicará de acuerdo con la siguiente tabla: Categoría Descripción de la Experiencia Puntuación A Un equipamiento, tanto en su hardware como en su 100 software, idéntico al propuesto para la prestación de los servicios que nos ocupan, se utiliza en cinco (5) o más países y al menos en dos (2) de ellos en idioma Español. B El equipamiento, tanto en su hardware como en su software, 50 idéntico al propuesto para la prestación de los servicios que nos ocupan, se utiliza en tres (3) países y al menos en dos (2) de ellos, en idioma Español. C El equipamiento, tanto en su hardware como en su software, 25 idéntico al propuesto para la prestación de los servicios que nos ocupan, se utiliza en al menos dos (2) países. 15 N° 4879 - 10/5/2016 D Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 52 El equipamiento, tanto en su hardware como en su software, 0 idéntico al propuesto para la prestación de los servicios que nos ocupan, aún no está operativo o en producción. A los efectos de asignarles a los oferentes la puntuación, se tendrá en cuenta lo siguiente: Se considerará aceptada la certificación de la experiencia y por lo tanto le será otorgado al oferente la puntuación que le corresponda, siempre y cuando se verifique: • Que está perfectamente documentado que los equipos y la versión del software utilizados para la prestación del servicio, en el caso de la experiencia certificada, sean idénticos a los ofertados en esta licitación. • Que cada una de las experiencias certificadas se refieran específicamente a servicios de Supervisión, Monitoreo y Rastreo de Personas, ya sean estos en referencia a sujetos procesados, sentenciados, agresores o a personas en conflicto con la ley. • Que las experiencias certificadas correspondan a programas efectivos de Supervisión, Monitoreo y Rastreo de Personas, ya sean estos referidos a sujetos procesados, sentenciados, agresores o a personas en conflicto con la ley, es decir que no se refieran a ensayos, proyectos pilotos o demostraciones y por el contrario se refieran a programas en plena operación por un tiempo no menor a doce (12) meses. • Que en el documento emitido por el organismo certificante consten en forma clara: El nombre, la dirección completa y el teléfono de contacto del organismo que certifica. El nombre, email y el teléfono de contacto del funcionario que firma el certificado. La fecha de inicio del programa o servicio. Cantidad de internos del programa en el momento de la emisión de la certificación Marca y modelo del equipamiento utilizado. Número o codificación de la versión del aplicativo informático 16 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 53 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res utilizado en el Centro de Monitoreo y Gestión. La Puntuación por Experiencia Previa de los oferentes, será asignada en sólo una de las cuatro categorías citadas, ya sea esta A, B, C o D. La asignación de la puntuación correspondiente a una de las categorías, excluye la posibilidad de acumular puntuación por cumplimentar los requisitos de otra. 6. Antecedentes de Monitoreo Para sumar puntos en este rubro, el oferente deberá demostrar en forma fehaciente, su experiencia en el Monitoreo de Internos, Detenidos o Condenados en la República Argentina. Esto se podrá demostrar exclusivamente mediante notas, cartas o certificaciones escritas, emitidas por el ente u organismo que correspondiera en cada caso. La puntuación se adjudicará de acuerdo con la siguiente tabla: Categoría Descripción de la Experiencia A El oferente demuestra que ha monitoreado quinientos (500) o más internos, detenidos o condenados en la República Argentina por al menos cinco (5) años. B El oferente demuestra que ha monitoreado doscientos (200) o más internos, detenidos o condenados en la República Argentina por al menos cinco(5) años. C El oferente demuestra que ha monitoreado quinientos (500) o más internos, detenidos o condenados en la República Argentina por al menos dos (2) años. D El oferente demuestra que ha monitoreado doscientos (200) o más internos, detenidos o condenados en la República Argentina por al menos dos (2) años. Puntuación La puntuación total de este rubro será calculada según se indica a continuación: PASPEM = (0,6 x USP) + (0,4 x AM) Donde: PASPEM: Puntuación por Antecedentes de la Solución Propuesta y Experiencia en Monitoreo USP: Uso de la Solución Propuesta 17 100 75 50 25 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 54 AM: Antecedentes en Monitoreo de Internos, Detenidos o Condenados 7. Puntuación asignada por Características Técnicas Adicionales de la solución propuesta La Puntuación por Características Técnicas Adicionales de la solución propuesta se determinará de acuerdo con lo siguiente: Cada oferente deberá presentar junto a su oferta la planilla de Características Técnicas Adicionales debidamente completada. Una copia de esta planilla se encuentra al final del presente documento. La puntuación por Características Técnicas Adicionales reflejará la presencia de funcionalidades adicionales incorporadas al equipamiento o al software ofertado, que exceden a los requerimientos básicos de esta licitación, pero que se consideran de interés y conveniencia disponer de ellos para la mejor prestación y operación del programa en su conjunto. Descripción de la Característica Técnica Adicional La unidad de transmisión de RF posee correas de diferentes largos 3 para poder ajustarla a las particularidades del cuerpo de cada interno. La unidad de transmisión de RF o las Unidades de Monitoreo 3 Ambulatorio poseen algún mecanismo de señalización o alerta para poder notificar a la persona en forma silenciosa y discreta. Por ejemplo, una señalización vibratoria y/o luminosa. Las Unidades de Monitoreo Ambulatorio y/o el sistema en su conjunto, 10 posee algún mecanismo o sistema mediante el cual quede registrado con la correspondiente fecha y hora, si la persona aceptó o leyó la señalización, alerta o notificación que la unidad, el sistema o los operadores del Centro de Monitoreo le enviaron. Si dispone de esta característica, entonces la unidad le deberá indicar claramente al interno que la señalización, alerta o notificación fue aceptada o leída. Las Unidades de Monitoreo Ambulatorio o UMA y/o el software de la 10 aplicación informática del Centro de Monitoreo y Gestión poseen algún sistema y/o mecanismo de reconocimiento biométrico. Por 18 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 55 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res ejemplo, el reconocimiento de huella digital, de iris, retina o de voz, que permita en forma remota la verificación inequívoca de la identidad de la persona que está siendo supervisada, monitoreada y rastreada. La posibilidad de utilizar el equipamiento del mismo fabricante y la 10 misma plataforma de software para supervisar y monitorear a personas procesadas, sentenciadas o bajo alguna otra medida cautelar, por ejemplo salidas transitorias. La Unidad Transmisora tiene incorporada alguna medida adicional a 5 las ya exigidas por esta licitación, de detección de corte o apertura de correa y apartamiento del cuerpo, como ser la detección de ausencia de movimiento por parte de la persona luego de un tiempo prolongado o alguna otra funcionalidad que permita detectar alguna anormalidad en el comportamiento del mismo. El sistema en su conjunto, como parte de una más completa 2 supervisión y monitoreo de la persona, contempla la posibilidad de verificar la ingesta de alcohol por parte del mismo. Las Unidades de Monitoreo Residencial y/o el software de la 3 aplicación informática del Centro de Monitoreo y Gestión disponen de una interfaz de usuario amigable a los efectos de facilitar el proceso de instalación. El sistema en su conjunto prevé la posibilidad de verificar el rango de 10 alcance entre los transmisores, ya sea de tobillo o brazalete y las UMA, mediante algún comando implementado a tal efecto. Esta utilidad permitirá ajustar la cobertura a las dimensiones y características precisas del domicilio de cada uno de los internos para el momento en que deba recargar la unidad. Las UMA y el sistema en su conjunto, disponen de la posibilidad de 5 utilizar el sistema LBS (Location Based Services) para ser utilizado en las situaciones en las que la persona se encuentre en un localización o recinto en el cual no exista una buena recepción de las señales GPS. Las UMA disponen de algún mecanismo visual, audible o vibratorio, 2 19 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante el cual, la misma le avise al interno que la unidad deberá ser conectada a la fuente de poder para recargar su batería interna, porque la misma está con baja carga. Las UMA y el sistema en su conjunto disponen de la posibilidad de 5 generar un reporte de transgresión para el caso en que si la persona, luego de haber transcurrido una cierta cantidad de tiempo configurable y habiendo sido notificado de la necesidad de recargar la Unidad, no conecte su Unidad a la fuente de poder para su recarga. Las UMA disponen de algún mecanismo mediante el cual el personal 2 penitenciario pueda apagar o desactivar la transmisión celular para el caso en que la persona deba permanecer en algún recinto en el que no están permitidas las transmisiones celulares o deba viajar en avión. Las UMA y el sistema en su conjunto, permiten la generación de 5 Zonas de Advertencia, contiguas a las Zonas de Exclusión para que en el caso en que la persona se acercase inadvertidamente a una Zona de Exclusión, sea advertido con la debida anticipación, antes que ingrese a la misma y cometa una transgresión. El sistema informático instalado en el Centro de Monitoreo y Gestión 10 permite la definición de al menos 3 (tres) niveles jerárquicos de operación, para poder asignar a cada una de las personas que tengan acceso al sistema, atributos y permisos diferenciados. Por ejemplo, Oficial, Operador del Centro de Monitoreo y Gestión, Administrador, Supervisor, etc., etc. El sistema en su conjunto dispone de un mecanismo inteligente que 10 permita verificar la localización simultánea de uno, más de uno, o eventualmente todos los internos, en una determinada área geográfica y en un intervalo horario determinado. El sistema permite reportar en forma completamente automática y 5 detallada, con toda la información pertinente, las transgresiones y todas aquellas novedades de interés para los responsables del Programa, mediante el envío de un fax, un SMS y/o un e-mail. Las opciones están todas disponibles, quedará a decisión de las 20 N° 56 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 57 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res autoridades del programa, cuál utilizar en cada situación. Puntuación Máxima Posible por Características Técnicas Adicionales 100 8. Cálculo de la Calificación Técnica Final La Calificación Técnica Final será calculada de acuerdo con la siguiente ecuación que contempla y pondera adecuadamente, a criterio del Comité de Evaluación la importancia de cada uno de los aspectos solicitados. CTF = (0,10 x PCDLO) + (0,50 x PASPEM) + (0,40 x PCTA) Donde: CTF: Calificación Técnica Final PCDLO: Puntuación por Calidad de la Oferta (un valor numérico en el rango de 0 a 100) PASPEM: Puntuación asignada por Uso de la Solución Propuesta y Antecedentes de Monitoreo (un valor numérico en el rango de 0 a 100) PCTA: Puntuación por Características Técnicas Adicionales (un valor numérico en el rango de 0 a 100) 9. Calificación Económica Final La Calificación Económica Final se calculará de acuerdo con la siguiente ecuación: CEF = (MPOPIPDM / POPIPDM) x 100 Donde: CEF: Calificación Económica Final POPIPD: Precio Ofertado por Día de Monitoreo en la propuesta que se está calificando MPOPIPDM: Menor Precio Ofertado entre todas las ofertas presentadas, por Día de Monitoreo 10. Puntuación Final La Puntuación Final se calculará de acuerdo con la siguiente ecuación: PF = (0,60 x CTF) + (0,40 x CEF) Donde: PF: Puntuación Final (un valor numérico comprendido entre 0 y 100) 21 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 58 CTF: Calificación Técnica Final CEF: Calificación Económica Final Art. 33.- IMPUGNACIONES Los interesados podrán formular impugnaciones a la pre adjudicación en el plazo de tres (3) días de su publicación a través de BAC, previo depósito de la garantía pertinente, de conformidad con los Artículos 20 y 21 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y 34 del presente pliego. Art. 34.- ADMISIBILIDAD DE LAS IMPUGNACIONES. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 21 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, será condición de admisibilidad de las impugnaciones a la pre adjudicación, la constitución de la garantía establecida en el Artículo 15 del presente Pliego, efectuada mediante alguna de las formas previstas en el Artículo 17.2 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y que será reintegrada solo en caso de que la impugnación prospere totalmente. Dicha garantía deberá ser presentada en la sede de la Dirección General Suministros a las Fuerzas Policiales de la Ciudad, dentro del plazo fijado a tal efecto, acompañando fotocopia y original de la constancia de constitución; caso contrario, la impugnación no será considerada. Art. 35.- ADJUDICACIÓN La Autoridad Competente dictará el acto administrativo de adjudicación, el que una vez suscripto y registrado será notificado fehacientemente a través de BAC al adjudicatario y al resto de los oferentes. La adjudicación se publica en el portal www.buenosairescompras.gob.ar, y en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el plazo de un (1) día. Los recursos que se deduzcan contra el acto administrativo de adjudicación se rigen por lo dispuesto en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Art. 36.- LICITACIÓN PÚBLICA FRACASADA 22 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 59 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res En caso de que los oferentes no reúnan las condiciones y requisitos mínimos que resulten indispensables para ser adjudicatarios, la Licitación será declarada fracasada, sin que ello de derecho a reclamación alguna por parte de los oferentes. Art. 37.- PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO El contrato se perfecciona con la notificación mediante BAC de la orden de compra al adjudicatario. Conforme lo establecido en el Artículo 29 del Anexo I del Decreto N° 1.145/09 y Artículo 17 del Anexo I de la Resolución N° 1.160/MHGC/11. EJECUCIÓN DEL CONTRATO Art. 38.- CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL En ningún caso la invocación de situaciones imprevistas autorizará al adjudicatario a no cumplir en tiempo y forma con las obligaciones emergentes del Pliego de Bases y Condiciones Generales, del presente Pliego de Cláusulas Particulares, del Pliego de Especificaciones Técnicas, y de la respectiva orden de compra. En cualquier caso deberá tenerse en cuenta lo previsto en los Artículos referentes a sanciones y penalidades. Art. 39.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO Son obligaciones del adjudicatario: a) Ejecutar las obligaciones contraídas por el presente contrato con el debido cuidado y diligencia. b) Respetar y acatar la Legislación y la Normativa vigentes en el GCABA. c) Cumplir en tiempo y forma con lo previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Generales, en el presente Pliego de Cláusulas Particulares y en el de Especificaciones Técnicas, siendo responsable por las demoras que se ocasionaren por dolo, culpa y pasible de las penalidades establecidas en el capítulo “REGIMEN DE PENALIDADES”. REGIMEN DE PENALIDADES Art. 40.- INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ADJUDICATARIO El incumplimiento por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales 23 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 60 originadas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares, y en el Pliego de Especificaciones Técnicas, lo hará pasible de las siguientes penalidades: a) Pérdida de garantía de mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato, b) Multa por incumplimiento de las obligaciones convenidas, c) Rescisión del contrato por culpa del adjudicatario.. En el caso de que se hubiera constatado un incumplimiento por parte del adjudicatario durante la ejecución del contrato igualmente le será aplicada la penalidad y/o la sanción que pudiere corresponderle aún cuando el contrato se encontrara rescindido y/o ejecutado en su totalidad al tiempo en que se formalice el correspondiente acto administrativo que decide la aplicación de la penalidad y/o sanción. Las penalidades establecidas en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454) no son de aplicación cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente documentado y probado por el oferente o adjudicatario y aceptado por la contratista. Art. 41.-MULTAS En caso de corresponder, se aplicarán penalidades económicas resarcitorias en función de los antecedentes y ante la existencia de alguna o varias de las causales que se enuncian a continuación. Las multas que se apliquen serán afectadas de acuerdo al orden y modalidad previstos en la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454), y el Decreto Reglamentario Nº 95/14. 1. Falsedad o falsificación de documentación u omisión de información y/o de los datos incorporados a la información aportada al Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores. Las multas son aplicadas por la Dirección General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector del Sistema de Contrataciones, de acuerdo a lo previsto en el Decreto Reglamentario Nº 95/14. 2. Prórroga del plazo de entrega concedido al adjudicatario. En el caso de haberse concedido prórroga se determina la aplicación de una multa por mora del 1% del valor de lo satisfecho fuera del término originario del contrato por cada siete (7) días de atraso o fracción mayor de tres (3) días. 24 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 61 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res 3. Rehabilitación por la parte no cumplida del contrato. En caso de que el adjudicatario pida la rehabilitación por la parte no cumplida del contrato, y en caso de que ésta sea aceptada, se deberá realizar el previo pago de una multa equivalente al 10 % del valor del contrato que se rehabilita. Art. 42.-PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA 1. Desistimiento de ofertas. El desistimiento de la oferta conlleva la pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta, en caso de desistimiento parcial la garantía se pierde en forma proporcional. 2. Error en el monto de la garantía de mantenimiento de oferta. Cuando al hacer el estudio de las ofertas se observara que, por error, la garantía presentada fuera de un importe inferior al que corresponda, siempre que el mismo no supere un 20% del importe correcto, debe intimarse al oferente a cubrir la diferencia en un plazo de tres (3) días. En caso de incumplimiento dentro del plazo fijado se producirá la pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Art. 43.-PÉRDIDA DE GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA Y DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO 1. Falsedad de los datos en la declaración jurada del Artículo 96 del Decreto Reglamentario Nº 95/14. La falsedad de los datos implicará la pérdida de las garantías y la suspensión del oferente por el plazo máximo previsto en la ley. Art. 44.-RESCISIÓN DEL CONTRATO 1. Falsedad de los datos en la declaración jurada del Artículo 96 del Anexo I del Decreto Reglamentario Nº 95/14. Si la falsedad de los datos fuera detectada durante el plazo de cumplimiento del contrato hará pasible al adjudicatario de la rescisión del contrato con reparación de los daños y perjuicios. 2. Rechazo de la orden de compra por parte del co-contratante. Si el adjudicatario rechazare la orden de compra dentro del plazo de tres (3) días de perfeccionado el contrato, la Administración intimará al cumplimiento contractual, bajo apercibimiento de proceder a la ejecución de la garantía de oferta, sin perjuicio de las demás sanciones contractuales. 25 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 62 3. Falta de integración de la garantía de cumplimiento de contrato. Si el adjudicatario no integra la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo de cinco (5) días de notificada la orden de compra, se lo intimará en forma fehaciente por igual plazo. Vencido ese plazo sin que se haya cumplimentado tal obligación, se le rescindirá el contrato con la pérdida de la Garantía de Cumplimiento del Contrato o de un monto equivalente a dicha garantía. 4. Rehabilitación por la parte no cumplida del contrato. Si el adjudicatario que solicitó la rehabilitación, no hace el pago de la multa del 10% a la que se hace mención en el Artículo 41 del presente Pliego, dentro de los tres (3) días de habérsele comunicado la aceptación de la rehabilitación, se da por rescindido el contrato, de pleno derecho. 5. Incumplimiento de contrato con prestaciones de especial carácter. El incumplimiento de las prestaciones de carácter especial, en que no sea posible admitir su satisfacción fuera de término, en razón de la naturaleza de las mismas y de las necesidades de la Administración, es penalizado con la rescisión del contrato con más la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato por el importe total de aquella. 6. Configuración de fraude. Es causal de rescisión del contrato por culpa del cocontratante cuando se hubiere configurado cualquier tipo de fraude que fuera determinante de la adjudicación de la oferta en cuestión, quedando a cargo del cocontratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. 8. Negligencia en la ejecución del contrato o incumplimiento de las obligaciones a su cargo. Cuando el co-contratante incurre en negligencia en la ejecución del contrato o incumple las obligaciones a su cargo, el organismo contratante puede rescindir unilateralmente el contrato, quedando a cargo del co-contratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. 9. Transferencia o cesión del contrato sin autorización previa. Cuando el cocontratante trasfiera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por la entidad contratante, esta debe rescindir unilateralmente el contrato por culpa del co-contratante, con la pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato. Art. 45.- SANCIONES 26 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 63 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res Sin perjuicio de la aplicación de las penalidades mencionadas en el presente pliego, los oferentes o co-contratantes pueden asimismo ser pasibles de las sanciones previstas en el Artículo 137 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley N° 5.454). Art. 46.- CAUSALES DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO Son causales de extinción del contrato las siguientes: a) Expiración del plazo término del contrato, según lo estipulado en el presente Pliego; b) Mutuo acuerdo; c) Quiebra del contratista; d) Rescisión. Art. 47.- PAGO El pago será efectuado de acuerdo a las disposiciones contenidas en los artículos 28, 29, 30 y 31 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. 27 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 64 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res LICITACIÓN PÚBLICA PARA SISTEMA DE SUPERVISIÓN, MONITOREO Y RASTREO DE DISPOSITIVOS PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS 1. Objeto de la Licitación y Descripción del Equipamiento a Contratar Sistema de Supervisión, Monitoreo y/o Seguimiento de Personas en Conflicto con la Ley, bajo la modalidad de comodato, dentro del marco de un Programa Centralizado que contemple las diferentes necesidades de los Poderes Ejecutivo y Judicial. Este Programa Centralizado se gestionará desde el o los Centros de Monitoreo y Gestión que se destinen a esta finalidad. Estos Centros serán atendidos por operadores y personal propio de la o las reparticiones a las que se les asignará ésta tarea y que serán determinadas oportunamente. Este Sistema deberá permitirle al Estado, a través de los organismos responsables, poder atender las necesidades de monitoreo, supervisión y rastreo de personas sujetos a alguna medida judicial mediante un sistema confiable, eficiente, seguro y de la más moderna tecnología disponible para esta finalidad. En el caso particular de la Prevención de la Violencia Doméstica, el Sistema ayudará al mismo tiempo, a preservar la integridad física de la víctima. El sistema deberá cubrir la supervisión, el rastreo y el monitoreo de treinta (30) dispositivos. Para asegurar la provisión de un servicio de calidad, es una exigencia de este pliego que la empresa proveedora del Sistema esté certificada bajo la norma ISO 9001 de aseguramiento y gestión de la calidad. El Sistema en su conjunto, estará conformado por los siguientes elementos y/o servicios: Provistos por la empresa contratada: • Unidades de Supervisión, Monitoreo y Seguimiento mediante GPS 29 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires • Unidades de Supervisión y Monitoreo del Arresto Domiciliario • Centro de Servidores de Datos y de Comunicación o CSDyC • Software del Sistema de Supervisión, Monitoreo y Seguimiento • Capacitación Técnica y Operativa del Personal de Monitoreo • Capacitación Técnica y Operativa del Personal de Campo • Soporte Técnico y Mantenimiento del Sistema • Conectividad secundaria o de backup de Internet N° 65 Provistos por el organismo contratante: • Centro de Monitoreo y Gestión o CMyG • Personal de Operación del Centro de Monitoreo y Gestión o CMyG • Personal de Campo • Conectividad del CMyG con el CSDyC • Telefonía del CMyG • Conectividad primaria o principal de Internet 2. Centro de Monitoreo y Gestión • El Centro de Monitoreo y Gestión o CMyG es el lugar físico desde el cual los operadores realizarán el monitoreo, la supervisión y el seguimiento de las personas incorporadas a alguno de los Programas durante las 24 horas del día. Allí se presentarán en pantallas todas las novedades y reportes provenientes de las unidades instaladas. Utilizando la misma infraestructura de computación, los operadores realizarán la gestión de los incidentes, que el sistema permitirá documentar y registrar en forma absolutamente clara, fehaciente y segura. El procesamiento de los reportes y la gestión de los incidentes se realizará en tiempo real, a medida que cada operador revea y analice los paquetes de información que se reciban. • La operación del CMyG será las 24 horas al día, los 7 días de la semana, y los 365 días del año. 30 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 66 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res • El CMyG deberá ser modular y escalable, toda vez que inicialmente se requerirá un determinado número de puestos de trabajo, de acuerdo con los requerimientos inicialmente contemplados y la demanda proyectada en un mediano plazo. Si en el futuro, los requerimientos se amplían, solo deberá ser necesario incrementar la cantidad de puestos de trabajo y ajustar la disponibilidad del canal de comunicaciones de datos inicialmente previsto, sin generar interrupciones o disminución en la calidad de las prestaciones del servicio. • Desde el CMyG se debe tener la capacidad de recibir en tiempo real la información proveniente de todos los dispositivos de Supervisión, Monitoreo y Seguimiento de todos las personas incorporadas al programa de forma tal que los operadores tomen las acciones correspondientes en caso de eventos de transgresiones o incidentes de importancia. • El CMyG deberá disponer de un sistema informatizado de manejo de los incidentes y las violaciones o transgresiones a las reglas del programa que permita la notificación rápida de estas novedades, a quien corresponda, con el fin de que se tomen las acciones correspondientes, de acuerdo con la naturaleza de cada caso. • Para facilitar la tarea de los operadores, el sistema deberá permitir dejar registrada en su memoria todas las acciones previamente definidas para responder adecuadamente a los diferentes tipos posibles de violaciones o transgresiones a las reglas del programa. • Las alertas por violaciones o transgresiones deberán poder ser notificadas a quien corresponda, por uno más medios diferentes, tal como e-mail, fax, SMS, comunicación de voz utilizando una línea telefónica celular o fija, entre otros. 3. Sistema Informático • El Sistema Informático en su conjunto, incluyendo la plataforma de hardware, deberá encontrarse localizado en el territorio de la República Argentina e instalado en su totalidad en dependencias propias de la empresa contratada. 31 N° 4879 - 10/5/2016 • Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 67 La empresa contratada deberá proveer la plataforma tecnológica para que el conjunto del sistema funcione en óptimas condiciones de seguridad y confiabilidad. Se deberá considerar que el sistema es de misión crítica, por lo cual, los servidores deberán configurarse en la modalidad de alta disponibilidad, con redundancia de procesadores y en modo tolerante a fallas. • En los servidores se deberá procesar y almacenar en bases de datos toda la información propia del sistema, como ser: la información y los datos personales de las personas monitoreadas y de su causa o expediente judicial, la totalidad de los eventos reportados por el medio tecnológico que se haya utilizado para supervisar, monitorear y realizar el seguimiento del agresor, las zonas de inclusión y exclusión configuradas para cada agresor, los procedimientos seguidos ante cada alarma presentada, las comunicaciones cursadas ante cada evento, etc., etc. • El sistema deberá disponer de un sistema de permisos de acceso jerárquico, en el cual deberán existir varios niveles, como ser por ejemplo: -Administrador General, con acceso sin restricciones al sistema en su conjunto y a su configuración, pero sin la posibilidad de borrar o eliminar información crítica, reportes o alarmas del sistema. -Administrador, con facultades para configurar y modificar determinados parámetros básicos del sistema, necesarios para la operación habitual del mismo. -Supervisor, con permisos para atender los reportes de los eventos y gestionar los mismos, sin restricciones para configurar los parámetros operativos del sistema. -Operador, con permisos para atender los reportes de los eventos y gestionar los mismos, pero con restricciones para configurar los parámetros operativos del sistema. • La empresa adjudicataria, a los efectos de una correcta prestación del servicio, deberá utilizar una cartografía digital geo-referenciada, de la totalidad del territorio de la República Argentina. • La cartografía deberá disponer como mínimo de la siguiente información: 32 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 68 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res Red vial completa, compuesta por la traza y los nombres de las calles, avenidas, autopistas, pasos a nivel y rutas provinciales y nacionales. Ubicación de puntos de referencia importantes como ser comisarías hospitales, escuelas, parques y plazas. 4. Alcance de la Propuesta La empresa contratada deberá proveer todos los elementos y servicios necesarios para implementar exitosamente los siguientes sub-programas: 4.1 Equipamiento para la Supervisión, Monitoreo y Rastreo de Agresores y Víctimas – ver Anexo A 4.2 Equipamiento para la Supervisión y Monitoreo del Arresto Domiciliario – ver Anexo B 4.3 Equipamiento para la Supervisión y Monitoreo Ambulatorio – ver Anexo C El detalle y la descripción de cada sub-programa y las características del equipamiento a ser utilizado, se podrá consultar en los Anexos correspondientes a cada uno de ellos. 33 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 69 Anexo A Equipamiento para la Supervisión, Monitoreo y Rastreo de Agresores y Víctimas A.1 Alcance El alcance del requerimiento incluye la provisión de los elementos para supervisar y monitorear a parejas, cada una de ellas compuesta por una agresor y una víctima. Cada uno de ellos será monitoreado, supervisado y/o rastreado, de acuerdo con lo que dispongan las autoridades judiciales intervinientes en la causa, utilizando una tobillera y un dispositivo de supervisión, monitoreo y rastreo mediante GPS para el caso del agresor y un dispositivo de supervisión, monitoreo y rastreo mediante GPS para el caso de la víctima. A.2 Características Necesarias de la Solución La solución propuesta debe ser escalable, es decir, que su diseño contemple la posibilidad de un crecimiento en la cantidad de parejas de agresores y víctimas a ser supervisados, de acuerdo con las necesidades y requerimientos de las autoridades. Esta exigencia se debe aplicar al sistema propuesto, en su conjunto. No se considerarán propuestas en las que no quede claramente descripto y detallado este aspecto. El monitoreo, la supervisión y el rastreo de los agresores, se deberá llevar a cabo utilizando un transmisor de radiofrecuencia sujeto al cuerpo del agresor y un receptor de estas señales, ubicado dentro de la unidad de rastreo que recibe señales del Sistema de Posicionamiento Global o GPS. Esto permitirá verificar que el agresor no se aleje de su unidad de rastreo y por lo tanto poder tener certeza de su verdadera localización. La unidad de rastreo se deberá comunicar con el Sistema Informático mediante una comunicación celular. 34 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 70 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res El monitoreo, la supervisión y el rastreo de las víctimas, se deberá llevar a cabo utilizando una unidad de rastreo que reciba señales del Sistema de Posicionamiento Global o GPS y un receptor de radiofrecuencia capaz de escuchar las transmisiones de la tobillera que porta el agresor. La unidad de rastreo se deberá comunicar con el Sistema Informático mediante una comunicación celular. El monitoreo y la supervisión del cumplimiento de las restricciones de prohibición de acercamiento a la víctima, y de ingreso a áreas o zonas geográficas predeterminadas, tales como el domicilio de la víctima, su lugar de trabajo o estudio o el domicilio de los hijos, se logrará mediante la comparación de las coordenadas geográficas almacenadas en la memoria de la unidad de rastreo con las de la posición actual del agresor que la unidad determinará a partir de la información que recibe de la constelación de satélites GPS. En el sistema informático se definirán las distancias mínimas que se deberán respetar. En el caso en que la víctima se desplace, el software del Sistema deberá analizar la distancia entre las últimas posiciones del agresor y de la víctima, registradas por el Sistema y reportar cualquier acercamiento indebido que transgreda lo dispuesto por la Justicia. De acuerdo con las disposiciones de las autoridades judiciales, el monitoreo y la supervisión de los agresores se deberá llevar a cabo mediante un sistema cuyas funcionalidades básicas deberán permitir conocer con precisión: • Las ubicaciones del agresor y de la víctima, definidas por coordenadas geográficas y su posición sobre una cartografía digital. Para ello deberá utilizar un equipamiento que incorpore un receptor del sistema de posicionamiento global (GPS). • Los recorridos realizados tanto por el agresor como por la víctima, determinado y definido por las coordenadas geográficas de cada punto de la trayectoria y la visualización de los mismos sobre una cartografía digital. 35 N° 4879 - 10/5/2016 • Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 71 Si un agresor se acerca a la víctima más allá de la distancia establecida en la medida cautelar de alejamiento o restricción. • Si un agresor transgrede la medida cautelar de exclusión del hogar. • Si un agresor ingresa o permanece en áreas geográficas prohibidas; estas áreas se denominarán zonas de exclusión. El sistema informático a ser utilizado deberá permitir: • Visualizar en una pantalla todos los reportes de eventos generados por el equipamiento utilizado para supervisar y monitorear a los agresores y a las víctimas. • Visualizar en una pantalla todas las ubicaciones y los recorridos realizados por los agresores, con el correspondiente detalle de la fecha y hora en que el equipamiento lo registró en cada una de esas ubicaciones. • Visualizar en una pantalla todos los reportes de eventos generados por el equipamiento utilizado para localizar a las víctimas. • Visualizar en una pantalla todas las ubicaciones y los recorridos realizados por las víctimas, con el correspondiente detalle de la fecha y hora en que el equipamiento lo registró en cada una de esas ubicaciones. • Visualizar en una pantalla en forma simultánea las posiciones instantáneas del agresor y de la víctima, con la posibilidad de determinar la distancia existente entre las ubicaciones de cada uno, en cada momento. • Consultar toda la información disponible y registrada en el sistema, para que el operador pueda tomar las decisiones que correspondan con la mayor cantidad de información que sea posible. • Generar reportes e informes a partir de toda la información de interés registrada en el sistema. • Almacenar todas las localizaciones instantáneas registradas por el equipamiento y todos los recorridos realizados por las personas incorporadas al programa. 36 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 72 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res • Almacenar todos los reportes de eventos generados por el equipamiento, ya sean estos reportes transgresiones a las reglas del programa por parte del agresor o no. • Transmitir los reportes de las transgresiones, en forma totalmente automática, es decir sin la intervención del operador, a quien corresponda, por uno o más medios de comunicación, ya sea este fax, e-mail o SMS. • Transmitir los reportes de las transgresiones y el detalle de las acciones realizadas por el operador, con la intervención del mismo, que decidirá qué corresponde escribir y a quién corresponde cursarle la comunicación. El mensaje podrá enviarse, por uno o más medios de comunicación, ya sea fax, email o SMS. • Interpretar la información en forma clara y amigable, para facilitar la toma de decisiones oportunas y eficientes. • Obtener registros impresos de aquella información registrada en el sistema, que pueda ser de interés para las autoridades del Programa o para los funcionarios Judiciales. A.3 Provisión de Material y Equipamiento La empresa deberá proveer el equipamiento necesario para el cumplimiento del objeto del contrato y deberá certificar mediante un documento emitido por el fabricante del equipamiento, la garantía de provisión de repuestos por el término de 24 meses. Esta certificación es de presentación obligatoria junto con la oferta. El Organismo Contratante se reserva el derecho de realizar todas las inspecciones necesarias a fin de comprobar la existencia del inventario necesario para el cumplimiento del contrato y la calidad de los equipos ofrecidos, con el objeto de verificar el cumplimiento de lo solicitado. A tal fin, las empresas oferentes deberán adjuntar a la oferta una nota autorizando la visita a funcionarios del Organismo Contratante a las instalaciones, depósitos o demás dependencias de la empresa, a fin de comprobar el requerimiento detallado anteriormente. Esta nota es de presentación obligatoria junto con la oferta. 37 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 73 A.4. Descripción del Equipamiento del Agresor A4.1 Supervisión y Monitoreo mediante RF y GPS El Sistema de Supervisión, Monitoreo y Rastreo Mediante GPS, es un recurso tecnológico por el cual se instala un brazalete o una tobillera, sobre el cuerpo del agresor. En conjunción con un segundo dispositivo, permite conocer la ubicación geográfica del agresor, los recorridos realizados por el mismo y los eventos o transgresiones que cometió, en el caso en que estos existieran. El brazalete o tobillera transmite una señal de Radio Frecuencia (RF) y envía información a una unidad receptora llamada Unidad de Monitoreo Ambulatoria para el Agresor o UMAA, que el agresor deberá llevar consigo en todo momento. Esta UMAA se comunicará con el Centro de Monitoreo y Gestión o CMyG mediante la red de telefonía celular y reportará las novedades de interés. El sistema reportará una transgresión o alarma cuando el agresor monitoreado se aleje de la UMAA, en una distancia mayor al radio configurado para ese agresor en particular. La información a ser reportada al CMyG estará compuesta entre otros datos de interés, por: las coordenadas geográficas de los puntos que componen la trayectoria de los desplazamientos del agresor mientras hizo uso de sus permisos para trasladarse de un lugar a otro o deambular por la ciudad, y la fecha y hora de adquisición de las coordenadas de cada uno de los puntos que componen la trayectoria. Todos los datos registrados y los eventos de interés, se transmitirán al CMyG utilizando la red celular GSM. Esta clase de dispositivos deberá permitirle a los operadores del CMyG conocer la ubicación de cada agresor en cada momento. El equipamiento deberá cumplir con los siguientes requerimientos operativos, funcionales y técnicos: 38 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 74 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res A4.1.1 Dispositivo Transmisor de Radio Frecuencia (Brazalete o Tobillera) • Cualquier transmisor deberá poder aparearse a los efectos de la supervisión y el monitoreo con cualquier UMAA. • El transmisor deberá ofrecerse en al menos, uno de dos formatos habituales, ya sea tipo tobillera (para colocar sobre la pierna) o tipo brazalete (para colocar sobre el brazo). • El transmisor, incluyendo correa y batería, deberá tener un peso no mayor a los 100 gramos. • El transmisor no deberá apagarse ni presentar un funcionamiento errático, si se lo introduce en una zona con presencia de campos electromagnéticos, y no deberá requerir de ningún tipo de imán, electroimán o llave mecánica, para ser encendido, activado, apagado o desactivado. • El transmisor deberá disponer de un mínimo de 10.000 códigos de identificación diferentes que permitan su correcta identificación por parte del equipamiento de campo. La identificación deberá ser unívoca e inequívoca, eliminando así cualquier posibilidad de que se reciban señales gemelas o duplicadas. • El transmisor deberá ser resistente a choques e impactos, y deberá estar protegido ante el ingreso de agua y polvos, deberá resistir la inmersión de agua, altas temperaturas operacionales, cambios bruscos de temperatura y de humedad. Todas estas aptitudes deberán estar debidamente documentadas mediante certificados que acrediten el cumplimiento de las normas IEC de aplicación en cada caso. • Los materiales utilizados en la construcción de la carcasa del transmisor, ya sea este un brazalete o una tobillera, deberán ser hipoalergénicos • Los materiales utilizados en la construcción de la correa de sujeción del transmisor, ya sea este brazalete o tobillera, deberán ser hipoalergénicos. • La batería interna del transmisor deberá tener una vida útil de operación mínima de treinta (30) meses. • El transmisor deberá ser capaz de emitir un mensaje de aviso de batería baja, cuando detecte tal condición en su batería, al menos 7 días antes del final de la vida útil de la misma 39 N° 4879 - 10/5/2016 • Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 75 La correa del transmisor deberá poder ser reutilizada, mientras que su mecanismo de cierre deberá ser de un único uso. Es decir, se deberá descartar luego de ser utilizado. • El transmisor deberá poder ser colocado fácilmente sin que para ello sea necesario llevar a cabo procedimientos engorrosos o de una duración prolongada. El proceso deberá poder completarse satisfactoriamente, en condiciones normales, en un máximo de 5 minutos. • Las herramientas necesarias para instalar un transmisor deberán ser simples y de fácil utilización. • El sistema o la tecnología utilizada deberá permitir disponer de algún aparato o instrumento portátil que le permita verificar al personal de campo, cuando se encuentre en el domicilio del agresor, que la pulsera o tobillera está funcionando normalmente. La indicación deberá permitir conocer el estado de la batería interna y verificar que los dispositivos sensores del transmisor se encuentren activos y funcionando normalmente, como así también que la malla y la traba estén correctamente cerradas. • Los transmisores solo podrán ser activados, encendidos o reseteados y desactivados o apagados, mediante el uso de un dispositivo especial que a modo de llave electrónica codificada, permita realizar la operación. Este dispositivo deberá tener un código único que permita identificar al personal de campo que lo utilizó. • El transmisor deberá tener la capacidad de notificar el código del dispositivo o llave electrónica que se utilizó para activarlo o para retornarlo a su condición normal de funcionamiento, de manera tal que el sistema informático registre e identifique en forma automática al personal de campo que tiene asignado ese dispositivo y que intervino en la normalización del transmisor. • En el caso en que un transmisor instalado reporte una apertura o corte de la malla, el transmisor deberá mantener este registro en su memoria y no deberá volver a la condición normal de funcionamiento por sí solo. Se requerirá la intervención de personal del campo autorizado para poder normalizar o resetear al mismo. 40 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 76 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res • Cuando el CMyG lo estime necesario, para la mejor prestación del servicio, los transmisores deberán poder ser configurados para ser reseteados o vueltos a su condición normal de funcionamiento, en forma automática, es decir sin que se exija la intervención del personal de campo. • El transmisor propuesto deberá operar en una banda de frecuencias de RF autorizada por el Ente Nacional de Comunicaciones. A4.1.2 Seguridad de Operación • El transmisor no se deberá poder separarse del cuerpo del agresor sin que el mismo genere una señalización o reporte de alarma por la activación de un dispositivo sensor de proximidad, que supervise el contacto entre el conjunto de la correa y/o el transmisor y la pierna o el brazo del agresor. Esto deberá ser así, aún en aquellos casos que no se haya abierto, cortado o violentado la malla o su cierre. • El transmisor deberá generar una señalización de alarma en caso de apertura de la traba de cierre o corte o daño de la malla del transmisor. • En el caso en que se produzca una apertura de la traba de cierre o corte o daño de la malla del transmisor cuando el transmisor se encuentre fuera del rango de alcance del receptor, la señal de este evento de alarma deberá mantenerse registrada en la memoria del transmisor y deberá ser retransmitida en forma permanente para que sea detectada por la UMAA tan pronto como el transmisor vuelva a estar dentro del rango de alcance del receptor. A4.1.3 Unidad de Monitoreo Ambulatorio para el Agresor o UMAA • Estará conformado por una unidad receptora o Unidad de Monitoreo Ambulatorio o UMAA, que deberá tener incorporada un receptor de GPS y un transceptor celular GSM. • Cualquier UMAA deberá poder configurarse para supervisar y monitorear a cualquier transmisor. Es decir que no deberán funcionar únicamente de a pares, estrictamente vinculados entre sí. 41 N° 4879 - 10/5/2016 • Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 77 La comunicación entre la UMAA y el CMyG a los efectos del reporte de todos los eventos y de la localización y trayectoria, deberá realizarse por medio de la red de telefonía celular GSM. • La elección del proveedor de telefonía celular a utilizar en cada UMAA será una potestad del Organismo Contratante, que lo seleccionará en función de la disponibilidad y cobertura de señal en la zona en cuestión. • Las UMAA deberán permitir el cambio de la tarjeta SIM en el lugar de la instalación para poder así, seleccionar al proveedor del servicio de telefonía celular que mejor cobertura tenga en esa ubicación. • Todos los costos asociados a la utilización de una UMAA que utilice una línea celular, ya sea para la transmisión de datos o para la comunicación de voz con el agresor, correrán por cuenta de la empresa prestadora del servicio. El Organismo Contratante y/o el GCBA no reconocerá ningún costo adicional por este concepto. • La UMAA deberá permitir que el agresor reciba llamadas telefónicas y realice llamadas, utilizando la red de telefonía celular, solamente a ciertos números predeterminados, tal como al Centro de Monitoreo y Gestión y a un número de Emergencias (911). • La UMAA deberá permitir recibir mensajes de texto, enviados desde el Centro de Monitoreo y Gestión a manera de alertas, advertencias o indicaciones. A este efecto deberá la UMAA contar con un display LCD iluminado para poder leer los mensajes que le lleguen. • La UMAA deberá tener períodos diferentes para la adquisición de las localizaciones y la transmisión de los reportes. Estos intervalos se podrán configurar en valores diferentes, según existan transgresiones o no. • La UMAA deberá contar para su alimentación con una batería interna recargable. • La autonomía de la batería de la UMAA, podrá depender de la frecuencia de adquisición de la posición y de la frecuencia de envío de reportes al CMyG. De todos modos, en la situación más crítica o desfavorable, es decir con una adquisición de posición y envío de reportes más frecuentes, esta duración no deberá ser inferior a 18 horas. 42 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 78 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res • El sistema deberá permitir la actualización del firmware de las UMAA, a distancia o remotamente, sin que sea necesario trasladarse hasta el domicilio del agresor. • La UMAA deberá disponer de alguna protección que le asegure resistencia a salpicaduras accidentales de agua. • La UMAA deberá disponer algún método para advertirle claramente al agresor que la batería de la misma, está baja y deberá ser recargada. • La UMAA deberá advertirle claramente al agresor, en el caso que éste se encuentre en una ubicación sin adecuada recepción de la señal GPS, para que el mismo lleve a cabo las acciones recomendadas para actualizar su posición. • La UMAA deberá permitir el establecimiento y programación de agendas de permisos de horarios para las zonas de exclusión. • La configuración de las zonas de exclusión, como así también la agenda de permisos deberá almacenarse en la memoria interna de la UMAA. • En ausencia de alarmas la UMAA deberá reportar periódicamente su estado mediante un mensaje de estado normal. La periodicidad de esta comunicación deberá ser configurable. • En el caso en que la UMAA registre una transgresión a las reglas del programa, ésta deberá ser reportada de manera inmediata por la unidad al CMyG. • Toda la información concerniente a la localización del agresor, el horario en que se registró la localización y todas las informaciones de estado y alarmas, la UMAA las deberá reportar en el momento que desde el CMyG se lo solicite o en el mismo momento en que se generen las transgresiones o señalizaciones de interés. • La UMAA a partir de la información GPS recibida y de la información guardada en su memoria interna, debe tener la capacidad de calcular la posición del agresor y generar un reporte en el caso que el agresor se aproxime o ingrese a una zona de exclusión o salga de ella. A4.1.4 Unidad de Monitoreo Ambulatorio para la Víctima o UMAV 43 N° 4879 - 10/5/2016 • Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 79 Estará conformado por una unidad receptora o Unidad de Monitoreo Ambulatorio o UMAV, que deberá tener incorporada un receptor de GPS y un transceptor celular GSM. • Cualquier UMAV deberá poder configurarse para detectar la presencia del transmisor que se le haya asignado al respectivo agresor, sea cual fuera su número de serie del transmisor. Es decir que la UMAV no deberá funcionar con único transmisor preestablecido, si no que deberá poder configurarse como para detectar cualquier transmisor que le sea asignado al agresor. • La UMAV deberá detectar la presencia del transmisor que lleva el agresor, al recibir en forma directa la señal de RF, en el momento en que el agresor se acerque a menos de 150 metros de la víctima. • La comunicación entre la UMAV y el CMyG a los efectos del reporte de todos los eventos y de la localización y trayectoria, deberá realizarse por medio de la red de telefonía celular GSM. • La elección del proveedor de telefonía celular a utilizar en cada UMAV será una potestad del Organismo Contratante, que lo seleccionará en función de la disponibilidad y cobertura de señal en la zona en cuestión. • Las UMAV deberán permitir el cambio de la tarjeta SIM en el lugar de la instalación para poder así, seleccionar al proveedor del servicio de telefonía celular que mejor cobertura tenga en esa ubicación. • Todos los costos asociados a la utilización de una UMAV que utilice una línea celular, ya sea para la transmisión de datos o para la comunicación de voz con el agresor, correrán por cuenta de la empresa prestadora del servicio. El Organismo Contratante y/o el GCBA no reconocerá ningún costo adicional por este concepto. • La UMAV deberá permitir que la víctima reciba llamadas telefónicas y realice llamadas, utilizando la red de telefonía celular, solamente a ciertos números predeterminados, tales como al CMyG y a un número de Emergencias (por ejemplo, 911). • La UMAV deberá permitir recibir mensajes de texto, enviados desde el CMyG a manera de alertas, advertencias o indicaciones. A este efecto deberá la UMAV 44 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 80 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res contar con un display LCD iluminado para poder leer los mensajes que le lleguen. • La UMAV deberá tener períodos diferentes para la adquisición de las localizaciones y la transmisión de los reportes. Estos intervalos se podrán configurar en valores diferentes, según existan transgresiones o no. • La UMAV deberá contar para su alimentación con una batería interna recargable. • La autonomía de la batería de la UMAV, podrá depender de la frecuencia de adquisición de la posición y de la frecuencia de envío de reportes al CMyG. De todos modos, en la situación más crítica o desfavorable, es decir con una adquisición de posición y envío de reportes más frecuentes, esta duración no deberá ser inferior a 18 horas. • El sistema deberá permitir la actualización del firmware de las UMAV, a distancia o remotamente, sin que sea necesario trasladarse hasta el domicilio de la víctima. • La UMAV deberá disponer de alguna protección que le asegure resistencia a salpicaduras accidentales de agua. • La UMAV deberá disponer algún método para advertirle claramente a la víctima que la batería de la misma, está baja y deberá ser recargada. • La UMAV deberá advertirle claramente a la víctima, en el caso que ésta se encuentre en una ubicación sin adecuada recepción de la señal GPS, para que la misma lleve a cabo las acciones recomendadas para actualizar su posición. • En ausencia de alarmas la UMAV deberá reportar periódicamente su estado mediante un mensaje de estado normal. La periodicidad de esta comunicación deberá ser configurable. • En el caso en que la UMAV registre una transgresión a las reglas del programa, ésta deberá ser reportada de manera inmediata por la unidad al CMyG. • Toda la información concerniente a la localización de la víctima, el horario en que se registró la localización y todas las informaciones de estado y alarmas, la UMAV las deberá reportar en el momento que desde el CMyG se lo solicite o en el mismo momento en que se generen las transgresiones o señalizaciones de interés. 45 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 81 Anexo B Equipamiento para la Supervisión y Monitoreo del Arresto Domiciliario B.1 Alcance El alcance del requerimiento incluye la provisión de los elementos para supervisar y monitorear a personas que como consecuencia de una medida judicial deban cumplir con un arresto domiciliario. Cada una de ellas será monitoreado y/o supervisado, de acuerdo con lo que dispongan las autoridades judiciales intervinientes en la causa, utilizando una tobillera y una unidad domiciliaria de supervisión y monitoreo mediante radiofrecuencia o RF. B.2 Características Necesarias de la Solución La solución propuesta debe ser escalable, es decir, que su diseño contemple la posibilidad de un crecimiento en la cantidad de personas a ser supervisadas, de acuerdo con las necesidades y requerimientos de las autoridades. Esta exigencia se debe aplicar al sistema propuesto, en su conjunto. No se considerarán propuestas en las que no quede claramente descripto y detallado este aspecto. El monitoreo, la supervisión y el rastreo de las personas, se deberá llevar a cabo utilizando un transmisor de radiofrecuencia sujeto al cuerpo y un receptor de estas señales, ubicado dentro del domicilio. Esto permitirá verificar que el agresor no se aleje de su unidad de rastreo y por lo tanto poder tener certeza de que no salga de su domicilio. El sistema informático a ser utilizado deberá permitir: 46 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 82 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res • Visualizar en una pantalla todos los reportes de eventos generados por el equipamiento utilizado para supervisar y monitorear a las personas, con el correspondiente detalle de la fecha y hora en que el equipamiento lo registró. • Consultar toda la información disponible y registrada en el sistema, para que el operador pueda tomar las decisiones que correspondan con la mayor cantidad de información que sea posible. • Generar reportes e informes a partir de toda la información de interés registrada en el sistema. • Almacenar todos los reportes de eventos generados por el equipamiento, ya sean estos reportes transgresiones a las reglas del programa por parte del agresor o no. • Transmitir los reportes de las transgresiones, en forma totalmente automática, es decir sin la intervención del operador, a quien corresponda, por uno o más medios de comunicación, ya sea este fax, e-mail o SMS. • Transmitir los reportes de las transgresiones y el detalle de las acciones realizadas por el operador, con la intervención del mismo, que decidirá qué corresponde escribir y a quién corresponde cursarle la comunicación. El mensaje podrá enviarse, por uno o más medios de comunicación, ya sea fax, email o SMS. • Interpretar la información en forma clara y amigable, para facilitar la toma de decisiones oportunas y eficientes. • Obtener registros impresos de aquella información registrada en el sistema, que pueda ser de interés para las autoridades del Programa o para los funcionarios judiciales. B.3 Provisión de Material y Equipamiento La empresa deberá proveer el equipamiento necesario para el cumplimiento del objeto del contrato y deberá certificar mediante un documento emitido por el fabricante del equipamiento, la garantía de provisión de repuestos por el término de 24 meses. Esta certificación es de presentación obligatoria junto con la oferta. 47 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 83 El Organismo Contratante se reserva el derecho de realizar todas las inspecciones necesarias a fin de comprobar la existencia del inventario necesario para el cumplimiento del contrato y la calidad de los equipos ofrecidos, con el objeto de verificar el cumplimiento de lo solicitado. A tal fin, las empresas oferentes deberán adjuntar a la oferta una nota autorizando la visita a funcionarios del organismo a las instalaciones, depósitos o demás Dependencias de la empresa, a fin de comprobar el requerimiento detallado anteriormente. Esta nota es de presentación obligatoria junto con la oferta. B.4 Descripción del Equipamiento del Interno B4.1 Supervisión y Monitoreo mediante RF (Transmisor y Unidad de Monitoreo Residencial) Esta metodología de supervisión requiere de la colocación de un dispositivo con aspecto de brazalete o de tobillera, sobre el cuerpo de la persona. Este dispositivo transmite una señal de Radio Frecuencia (RF) y envía información a una unidad receptora llamada Unidad de Monitoreo Residencial o UMR que se encuentra instalada en forma fija, en el domicilio de la persona a ser monitoreada. Esta UMR se comunicará con el Centro de Monitoreo y Gestión o CMyG mediante la red telefónica cableada y/o una línea de telefonía celular y reportará las novedades de interés. El sistema reportará una transgresión o alarma, cuando la persona monitoreada se aleje de la UMR, una distancia mayor al radio configurado para ese domicilio en particular. El equipamiento deberá cumplir con los siguientes requerimientos operativos, funcionales y técnicos: B4.1.1 Dispositivo Transmisor de Radio Frecuencia (Brazalete o Tobillera) 48 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 84 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res • En caso en que sea necesario incluir a la persona en dos Programas, como ser Arresto Domiciliario y de Seguimiento Ambulatorio, el transmisor deberá poder comunicarse tanto con la Unidad de Monitoreo Residencial o UMR, como con el dispositivo de seguimiento mediante GPS o Unidad de Monitoreo Ambulatorio o UMA, que será descripto más adelante. Es decir, ya sea que al interno se lo monitoree en el interior de su domicilio o en sus desplazamientos en el exterior del mismo, por una y/u otra metodología, el transmisor a utilizarse deberá ser único. • Cualquier transmisor deberá poder aparearse a los efectos de la supervisión y el monitoreo con cualquier UMR y/u UMA. • El transmisor deberá ofrecerse en al menos, uno de dos formatos habituales, ya sea tipo tobillera (para colocar sobre la pierna) o tipo brazalete (para colocar sobre el brazo). • El transmisor, incluyendo correa y batería, deberá tener un peso no mayor a los 100 gramos. • El transmisor no deberá apagarse ni presentar un funcionamiento errático, si se lo introduce en una zona con presencia de campos electromagnéticos y no deberá requerir de ningún tipo de imán, electroimán o llave mecánica, para ser encendido, activado, apagado o desactivado. • El transmisor deberá disponer de un mínimo de 10.000 códigos de identificación diferentes que permitan su correcta identificación por parte del equipamiento de campo. La identificación deberá ser unívoca e inequívoca, eliminando así cualquier posibilidad de que se reciban señales gemelas o duplicadas. • El transmisor deberá ser resistente a choques e impactos, y deberá estar protegido ante el ingreso de agua y polvos, deberá resistir la inmersión de agua, altas temperaturas operacionales, cambios bruscos de temperatura y de humedad. Todas estas aptitudes deberán estar debidamente documentadas mediante certificados que acrediten el cumplimiento de las normas IEC de aplicación en cada caso. • Los materiales utilizados en la construcción de la carcasa del transmisor, ya sea este un brazalete o una tobillera, deberán ser hipoalergénicos 49 N° 4879 - 10/5/2016 • Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 85 Los materiales utilizados en la construcción de la correa de sujeción del transmisor, ya sea este brazalete o tobillera, deberán ser hipoalergénicos. • La batería interna del transmisor deberá tener una vida útil de operación mínima de treinta (30) meses. • El transmisor deberá ser capaz de emitir un mensaje de aviso de batería baja, cuando detecte tal condición en su batería, al menos 7 días antes del final de la vida útil de la misma • La correa del transmisor deberá poder ser reutilizada, mientras que su mecanismo de cierre deberá ser de un único uso. Es decir, se deberá descartar, luego de ser utilizado. • El transmisor deberá poder ser colocado fácilmente sin que para ello sea necesario llevar a cabo procedimientos engorrosos o de una duración prolongada. El proceso deberá poder completarse satisfactoriamente, en condiciones normales, en un máximo de 5 minutos. • Las herramientas necesarias para instalar un transmisor deberán ser simples y de fácil utilización. • El sistema o la tecnología utilizada deberá permitir disponer de algún aparato o instrumento portátil que le permita verificar al personal de campo, cuando se encuentre en el domicilio de la persona, que la pulsera o tobillera está funcionando normalmente. La indicación deberá permitir conocer el estado de la batería interna y verificar que los dispositivos sensores del transmisor se encuentren activos y funcionando normalmente, como así también que la malla y la traba estén correctamente cerradas. • Los transmisores solo podrán ser activados, encendidos o reseteados y desactivados o apagados, mediante el uso de un dispositivo especial que a modo de llave electrónica codificada, permita realizar la operación. Este dispositivo deberá tener un código único que permita identificar al personal de campo que lo utilizó. • El transmisor deberá tener la capacidad de notificar el código del dispositivo o llave electrónica que se utilizó para activarlo o para retornarlo a su condición normal de funcionamiento, de manera tal que el sistema informático registre e 50 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 86 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res identifique en forma automática al personal de campo que tiene asignado ese dispositivo y que intervino en la normalización del transmisor. • En el caso en que un transmisor instalado, reporte una apertura o corte de la malla, el transmisor deberá mantener este registro en su memoria y no deberá volver a la condición normal de funcionamiento por sí solo. Se requerirá la intervención de personal del campo autorizado para poder normalizar o resetear al mismo. • Cuando el CMyG lo estime necesario, para la mejor prestación del servicio, los transmisores deberán poder ser configurados para ser reseteados o vueltos a su condición normal de funcionamiento, en forma automática, es decir sin que se exija la intervención del personal de campo. • El transmisor propuesto deberá operar en una banda de frecuencias de RF autorizada por la CNC B4.1.2 Seguridad de Operación • El transmisor no deberá poder separarse del cuerpo de la persona sin que el mismo genere una señalización o reporte de alarma por la activación de un dispositivo sensor de proximidad, que supervise el contacto entre el conjunto de la correa y/o el transmisor y la pierna o el brazo de la persona. Esto deberá ser así, aún en aquellos casos que no se haya abierto, cortado o violentado la malla o su cierre. • El transmisor deberá generar una señalización de alarma en caso de apertura de la traba de cierre o corte o daño de la malla del transmisor. • En el caso en que se produzca una apertura de la traba de cierre o corte o daño de la malla del transmisor y el transmisor se encuentre fuera del rango de alcance del receptor, la señal de este evento de alarma deberá mantenerse registrada en la memoria del transmisor y deberá ser retransmitida en forma permanente para que sea detectada por la UMR tan pronto como el transmisor vuelva a estar dentro del rango de alcance del receptor. B4.2 Unidad de Monitoreo Residencial 51 N° 4879 - 10/5/2016 • Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 87 La UMR deberá comunicarse con el CMyG por medio de la línea telefónica conmutada pública (PSTN) y/o mediante una línea telefónica celular. • El hecho de utilizar un enlace celular para establecer la comunicación con el CMyG, no deberá restringir ninguna de las demás funcionalidades requeridas de la UMR, ni tampoco las del sistema en su conjunto. • El prestador del servicio deberá poner a disposición de las autoridades responsables de la implementación del programa, UMRs con la capacidad de comunicarse mediante la línea telefónica convencional y además, también mediante la línea celular en forma indistinta o en forma priorizada. • Las UMR con capacidad de comunicación dual, deberán estar disponibles para ser utilizadas en aquellos domicilios donde las autoridades así lo crean conveniente. • La UMR deberá incorporada tener uno o más sensores que detecten las siguientes situaciones y le permita generar y enviar el correspondiente reporte de alarma al Centro de Monitoreo y Gestión en caso de que ocurran: Falta de energía de la red eléctrica Falla en la línea telefónica o en la comunicación celular Apertura de la caja de la UMR Movimiento indebido de la caja de la UMR Batería interna baja Alejamiento de la persona de la UMR, más allá del rango permitido Detección e identificación del número de serie de uno o más transmisores, que no sean el que lleva la persona supervisada y que se encuentren dentro del alcance de la UMR • La UMR deberá producir una señalización en el caso en que la caja que lo contiene haya sido inclinada o movida desde su posición de reposo estable. El sistema debe permitir configurar a la UMR desde el CMyG, estableciendo un parámetro o rango que definirá la distancia máxima o el radio, medido a partir 52 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 88 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res de la ubicación de la UMR, hasta la cual se podrá alejar la persona que tiene el transmisor colocado sobre su cuerpo, sin que la UMR lo declare como ausente. • El rango podrá ser seleccionado, sin requerir ningún ajuste o configuración del transmisor, entre al menos tres opciones diferentes: corto (aproximadamente 10-12 metros) medio (aproximadamente 20-25 metros) largo (aproximadamente 40-45 metros) • Las distancias corresponden a radios aproximados y serán medidos considerando una línea de visión directa en espacio libre, desde la UMR que contiene al receptor y hasta la ubicación de la persona. • El sistema deberá permitir elegir el rango más adecuada a la residencia de la persona, de forma tal que no se generen reportes de ausencias o fuera de rangos indebidos durante el movimiento normal de la persona dentro de su domicilio y evitando al mismo tiempo que el mismo pueda desplazarse fuera de los lugares que tiene permitidos, sin que se genere el correspondiente evento de alarma y el reporte de salida no autorizada. • Esta selección de rango deberá realizarse cuando se realice la instalación en el domicilio de la persona y de acuerdo con las indicaciones del personal de campo que se encuentre en el lugar. • Cualquier modificación posterior del rango que se evidencie como necesaria, deberá poder realizarse desde el CMyG sin que sea necesario concurrir al domicilio de la persona. • La UMR deberá detectar y almacenar en su memoria interna un evento de falta de línea telefónica, falla en el servicio de transmisión de datos o falla en la comunicación celular y transmitirla inmediatamente al CMyG, apenas la comunicación se reestablezca. • La UMR deberá ser capaz de almacenar un mínimo de 1.000 eventos o señalizaciones pendientes de ser reportadas en caso de que se presente una falla en la comunicación mediante la línea telefónica convencional y/o la línea telefónica celular. • La UMR deberá disponer de una memoria no volátil que le permita almacenar en forma segura los eventos que se hayan producido, junto con la información 53 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 89 de la fecha y hora a la que ocurrieron y aún estén pendientes de ser transmitidos al CMyG, sea por problemas en la comunicación o por falta de energía por más de 24 horas. Una vez que las condiciones externas se hayan normalizado, los eventos pendientes de ser reportados, con toda su información complementaria, deberán ser transmitidos al CMyG. • La UMR deberá iniciar comunicaciones hacia el CMyG en forma espontánea, un número predeterminado de veces por día, de acuerdo con las necesidades establecidas por las autoridades, para cada interno en particular. El horario en que la UMR iniciará esta comunicación y el intervalo entre ellas quedará definido por la configuración de la misma. Estas comunicaciones permitirán verificar el normal funcionamiento de la UMR y del enlace de comunicaciones utilizado. • La cantidad de comunicaciones de supervisión diarias deberá poder configurarse en forma independiente para cada una de ellas, desde el CMyG y se podrá configurar entre 1 y 24 veces por día. • En caso de ser necesario, el operador del CMyG, podrá realizar un procedimiento de actualización de la información, dando inicio a una comunicación con la UMR para que esta reporte su estado y los eventos que tenga en su memoria, pendientes de ser informados. • En términos generales, en caso de presentarse una falla de cualquier índole o deficiencia en el funcionamiento, de la UMR y/o del transmisor, se deberá generar el correspondiente reporte de alarma y reportarlo al CMyG. • Los costos de la línea telefónica conmutada pública instalada en el domicilio de la persona y los asociados a las comunicaciones de la UMR con el CMyG, es decir aquellas comunicaciones que son iniciadas desde el domicilio de la persona por la UMR y que tienen como finalidad reportar eventos, correrán por cuenta del detenido. • La versión del firmware (software incorporado al dispositivo) de la UMR deberá poder actualizarse remotamente utilizando alguno de los medios de comunicación que vincula a la UMR con el centro de Monitoreo y Gestión. 54 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 90 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res • La UMR deberá requerir un comando del Centro de Monitoreo y Gestión para su apagado y efectiva desconexión. Este comando podrá ser ejecutado también desde una terminal de operación remota. • La fuente de alimentación de la UMR deberá tomar la energía primaria de la red de 220 VCA del domicilio de la persona. • El receptor deberá tener una batería interna, recargable de Níquel – Hidruro Metálico (Ni-MH), Ion Litio (Li-Ion) o electrolito absorbido, que asegure el funcionamiento normal de la Unidad durante un mínimo de veinticuatro (24) horas, ante el caso de un corte de la alimentación de la red eléctrica. No se aceptarán baterías de Níquel – Cadmio (Ni-Cd), por razones de protección y cuidado del medio ambiente. • La UMR deberá contar con algún mecanismo de encriptado de las comunicaciones, de forma tal de garantizar la confidencialidad de las mismas, ya sea la que se mantiene con el transmisor y las que se cursan con el CMyG. • El sistema deberá permitir configurar en la UMR, agendas de permiso de salidas. • Las agendas de permisos de salidas deberán ser lo suficientemente flexibles como para poder cubrir cualquier disposición de un Juez respecto a cualquier interno incorporado al Programa. El sistema deberá permitir configurar un mínimo de 6 (seis) intervalos de entrada o de salida diferentes, dentro de un mismo día, para cualquier día de la semana. Cada día deberá poder tener un diagrama de horarios de entradas y salidas diferente al de los demás días. • El sistema deberá permitir configurar estos permisos como: de Ausencia Obligatoria (la persona deberá salir) de Ausencia Permitida o Autorizada (la persona podrá salir o no) • Si por la programación establecida en la agenda de permisos de la persona monitoreada, se producen eventos que estaban contemplados en la misma y por lo tanto era previsible que acontecieran o se producen eventos que por su naturaleza no justifiquen una señalización inmediata, estos eventos podrán ser reportados durante la siguiente comunicación en la que deba reportarse un evento que requiera una señalización inmediata o durante la comunicación en la 55 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 91 cual se realice el próximo reporte periódico, dependiendo de cuál de ellas ocurra primero. • La agenda de permisos de la persona deberá ser programada desde el CMyG y enviada a la UMR. Por razones de seguridad en el manejo de los parámetros de las agendas de permisos, la modificación de dichos parámetros sólo se podrá realizar mediante una transferencia de datos que emplee un protocolo de comunicaciones que garantice la integridad e inviolabilidad de los datos cursados de manera tal que se pueda evitar cualquier posibilidad de modificación no autorizada de los mismos. • La UMR deberá generar un reporte de alarma inmediatamente después de que ocurra cualquier evento definido como una transgresión a las reglas del sistema y enviar dicho reporte de alarma al CMyG. • La UMR deberá realizar una verificación completa de su funcionamiento y estado y reportarla al CMyG, en ocasión de la realización de la llamada periódica de supervisión, para así permitir determinar si la unidad está funcionando correctamente o no. • Estos diagnósticos deberán ser reportados al CMyG de manera que el personal del Organismo Contratante pueda optimizar la frecuencia y el número de visitas por motivos técnicos al domicilio de la persona. • Cualquier UMR deberá poder configurarse para supervisar y monitorear a cualquier transmisor. Es decir que no deberán funcionar únicamente de a pares, estrictamente vinculados entre sí. 56 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 92 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res Anexo C Equipamiento para la Supervisión y Monitoreo Ambulatorio C.1 Alcance El alcance de la propuesta deberá incluir la provisión de los elementos para supervisar y monitorear personas que tengan permisos o autorización para deambular o desplazarse por la vía pública. Cada una de ellas será monitoreada, supervisada y/o rastreada, de acuerdo con lo que dispongan las autoridades judiciales intervinientes en la causa, utilizando una tobillera y un dispositivo de supervisión, monitoreo y rastreo mediante GPS. C.2 Características Necesarias de la Solución La solución propuesta debe ser escalable, es decir, que su diseño contemple la posibilidad de un crecimiento en la cantidad de personas a ser monitoreadas, supervisadas y/o rastreadas, de acuerdo con las necesidades y requerimientos de las autoridades. Esta exigencia se debe aplicar al sistema propuesto, en su conjunto. No se considerarán propuestas en las que no quede claramente descripto y detallado este aspecto. El monitoreo, la supervisión y el rastreo de las personas, se deberá llevar a cabo utilizando un transmisor de radiofrecuencia sujeto al cuerpo de la persona y un receptor de estas señales, ubicado dentro de la unidad de rastreo que recibe señales del Sistema de Posicionamiento Global o GPS. Esto permitirá verificar que la persona no se aleje de su unidad de rastreo y por lo tanto poder tener certeza de su verdadera localización. La unidad de rastreo se deberá comunicar con el Sistema Informático mediante una comunicación celular. El monitoreo y la supervisión del cumplimiento de las restricciones de prohibición de acercamiento a personas y del ingreso a áreas o zonas geográficas predeterminadas, 57 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 93 se logrará mediante la comparación de las coordenadas geográficas almacenadas en la memoria de la unidad de rastreo con las de la posición actual de la persona que la unidad determinará a partir de la información que recibe de la constelación de satélites GPS. En el sistema informático se definirán las distancias mínimas que se deberán respetar. De acuerdo con las disposiciones de las autoridades judiciales, el monitoreo, la supervisión y el rastreo de las personas se deberá llevar a cabo mediante un sistema cuyas funcionalidades básicas deberán permitir conocer con precisión: • Las ubicaciones de la persona, definidas por coordenadas geográficas y su posición sobre una cartografía digital. Para ello deberá utilizar un equipamiento que incorpore un receptor del sistema de posicionamiento global (GPS). • Los recorridos realizados por la persona, determinado y definido por las coordenadas geográficas de cada punto de la trayectoria y la visualización de los mismos sobre una cartografía digital. • Si la persona se acerca a algún lugar restringido más allá de la distancia establecida en la medida cautelar de alejamiento o restricción. • Si una persona transgrede alguna medida cautelar, tal como no permanecer dentro de áreas geográficas predeterminadas dentro de los horarios establecidos. Estas áreas se denominarán zonas de inclusión. • Si una persona transgrede alguna medida cautelar, tal como ingresar o permanecer en áreas geográficas prohibidas. Estas áreas se denominarán zonas de exclusión. El sistema informático a ser utilizado deberá permitir: • Visualizar en una pantalla todos los reportes de eventos generados por el equipamiento utilizado para supervisar, monitorear y rastrear a las personas. • Visualizar en una pantalla todas las ubicaciones y los recorridos realizados por las personas, con el correspondiente detalle de la fecha y hora en que el equipamiento lo registró en cada una de esas ubicaciones. 58 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 94 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res • Consultar toda la información disponible y registrada en el sistema, para que el operador pueda tomar las decisiones que correspondan con la mayor cantidad de información que sea posible. • Generar reportes e informes a partir de toda la información de interés registrada en el sistema. • Almacenar todas las localizaciones instantáneas registradas por el equipamiento y todos los recorridos realizados por las personas incorporadas al programa. • Almacenar todos los reportes de eventos generados por el equipamiento, ya sean estos reportes transgresiones a las reglas del programa por parte de la persona o no. • Transmitir los reportes de las transgresiones, en forma totalmente automática, es decir sin la intervención del operador, a quien corresponda, por uno o más medios de comunicación, ya sea este fax, e-mail o SMS. • Transmitir los reportes de las transgresiones y el detalle de las acciones realizadas por el operador, con la intervención del mismo, que decidirá qué corresponde escribir y a quién corresponde cursarle la comunicación. El mensaje podrá enviarse, por uno o más medios de comunicación, ya sea fax, email o SMS. • Interpretar la información en forma clara y amigable, para facilitar la toma de decisiones oportunas y eficientes. • Obtener registros impresos de aquella información registrada en el sistema, que pueda ser de interés para las autoridades del Programa o para los funcionarios Judiciales. C.3 Supervisión, Monitoreo y Rastreo Ambulatorio Mediante GPS El sistema de Supervisión, Monitoreo y Rastreo Ambulatorio Mediante GPS, es un recurso tecnológico por el cual se instala un brazalete o una tobillera, sobre el cuerpo de la persona, la cual en conjunción con un segundo dispositivo, permite conocer la ubicación geográfica de la persona, los recorridos realizados por el mismo y los eventos o transgresiones que cometió, en el caso en que estos existieran. La 59 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 95 información a ser reportada al Centro de Monitoreo y Gestión estará compuesta entre otros datos de interés, por: las coordenadas geográficas de los puntos que componen la trayectoria de los desplazamientos de la persona mientras hizo uso de sus permisos para trasladarse de un lugar a otro o deambular por la ciudad, y la fecha y hora de adquisición de las coordenadas de cada uno de los puntos que componen la trayectoria. Los datos y reportes se enviarán al Centro de Monitoreo y Gestión utilizando la red celular GSM. Esta clase de dispositivos deberá permitirle a los operadores del Centro de Monitoreo y Gestión conocer la ubicación de cada interno en cada momento del día, fundamentalmente en aquellos casos en los que las autoridades judiciales le permiten al interno salir del domicilio a realizar otro tipo de actividades, como ser trabajar, estudiar o realizar trámites diversos. El equipamiento deberá cumplir con todos los requerimientos que sean aplicables y ya definidos para los dispositivos de Monitoreo y Supervisión mediante RF y además los siguientes requerimientos operativos, funcionales y técnicos: C.3.1 Equipamiento • Estará conformado por una unidad transmisora con similares características operativas, funcionales y de seguridad a las ya enunciadas para el transmisor de la solución de Monitoreo y Supervisión mediante RF y una unidad receptora o Unidad de Monitoreo Ambulatorio o UMA, que deberá tener incorporada un receptor de GPS y un transceptor celular GSM. • La comunicación entre la UMA y el CMyG a los efectos del reporte de todos los eventos y de la localización y trayectoria, deberá realizarse por medio de la red de telefonía celular GSM. • Todos los costos asociados a la utilización de una UMA que utilice una línea celular, ya sea para la transmisión de datos o para la comunicación de voz con la persona, correrán por cuenta de la empresa prestadora del servicio. El Organismo Contratante y/o el GCBA no reconocerán ningún costo adicional por este concepto. 60 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 96 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res • La UMA deberá permitir que la persona reciba llamadas telefónicas y realice llamadas, utilizando la red de telefonía celular, solamente a ciertos números predeterminados, tal como al Centro de Monitoreo y Gestión y a un número de Emergencias (por ejemplo, 911). • La UMA deberá permitir recibir mensajes de texto, enviados desde el Centro de Monitoreo y Gestión a manera de alertas, advertencias o indicaciones. A este efecto deberá la UMA contar con un display LCD iluminado para poder leer los mensajes que le lleguen. • La UMA deberá tener períodos diferentes para la adquisición de las localizaciones y la transmisión de los reportes. Estos intervalos se podrán configurar en valores diferentes, según existan transgresiones o no. • La UMA deberá contar para su alimentación con una batería interna recargable. • La autonomía de la batería de la UMA, podrá depender de la frecuencia de adquisición de la posición y de la frecuencia de envío de reportes al CMyG. De todos modos, en la situación más crítica o desfavorable, es decir con una adquisición de posición y envío de reportes más frecuentes, esta duración no deberá ser inferior a 18 horas. • El sistema deberá permitir la actualización del firmware de las unidades, a distancia o por vía remota, sin que sea necesario trasladarse hasta el domicilio de la persona. • La UMA deberá disponer de alguna protección que le asegure resistencia a salpicaduras accidentales de agua. • La UMA deberá disponer algún método para advertirle claramente al interno que la batería de la misma está baja y deberá ser recargada. • La UMA deberá advertirle claramente al interno, en el caso que éste se encuentre en una ubicación sin adecuada recepción de la señal GPS, para que el mismo lleve a cabo las acciones recomendadas para actualizar su posición. • La UMA deberá permitir el establecimiento y programación de agendas de permisos de horarios para las zonas de inclusión y/o exclusión. • La configuración de las zonas de inclusión y exclusión como así también la agenda de permisos deberá almacenarse en la memoria interna de la UMA. 61 N° 4879 - 10/5/2016 • Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 97 En ausencia de alarmas la UMA deberá reportar periódicamente su estado mediante un mensaje de estado normal. La periodicidad de esta comunicación deberá ser configurable. • En el caso en que la UMA registre una transgresión a las reglas del programa, ésta deberá ser reportada de manera inmediata por la unidad al CMyG. • Toda la información concerniente a la localización de la persona, el horario en que se registró la localización y todas las informaciones de estado y alarmas, la UMA las deberá reportar en el momento que desde el CMyG se lo solicite o en el mismo momento en que se generen las transgresiones o señalizaciones de interés. • La UMA a partir de la información GPS recibida y de la información guardada en su memoria interna, debe tener la capacidad de calcular la posición de la persona y generar un reporte en el caso que la persona se aproxime o ingrese a una zona de exclusión o salga de una de inclusión. • Cualquier UMA deberá poder configurarse para supervisar y monitorear a cualquier transmisor. Es decir que no deberán funcionar únicamente de a pares, estrictamente vinculados entre sí. 62 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 98 G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res DESCRIPCIÓN DE OTRAS CARACTERÍSTICAS ADICIONALES DESEABLES Cada oferente deberá presentar junto a su oferta un detalle de las características técnicas que reflejarán la presencia de funcionalidades adicionales incorporadas al equipamiento o software ofertado, que exceden a los requerimientos básicos de esta licitación, pero que se consideran de interés y convenientes para la mejor prestación y operación en su conjunto conforme el Anexo I – CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ADICIONALES DESEABLES. A tal efecto, el oferente indicará en dicha planilla en forma afirmativa o negativa si su propuesta incluye o no cada uno de los aspectos descriptos. 63 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 99 ANEXO I – CARACTERISTICAS TECNICAS ADICIONALES DESEABLES POSEE SÍ La unidad de transmisión de RF posee correas de diferentes largos para poder ajustarla a las particularidades del cuerpo de cada agresor. La unidad de transmisión de RF o la Unidad de Monitoreo Ambulatorio posee de algún mecanismo de señalización o alerta para poder notificar al agresor en forma silenciosa y discreta. Por ejemplo, una señalización vibratoria y/o luminosa. La UMAA y/o el sistema en su conjunto, posee algún mecanismo o sistema mediante el cual quede registrado con la correspondiente fecha y hora, si el agresor aceptó o leyó la señalización, alerta o notificación que la unidad, el sistema o los operadores del Centro de Monitoreo le enviaron. De disponer de esta característica, entonces la unidad le deberá indicar claramente al agresor que la señalización, alerta o notificación fue aceptada o leída. La UMAA y/o el software de la aplicación informática del Centro de Monitoreo y Gestión poseen algún sistema y/o mecanismo de reconocimiento biométrico. Por ejemplo, el reconocimiento de huella digital, de iris, retina o de voz, que permita la verificación inequívoca de la identidad del agresor que está siendo supervisado y monitoreado, en forma remota. La posibilidad de utilizar el equipamiento del mismo fabricante y la misma plataforma de software para supervisar y monitorear a internos de un Programa de Arresto Domiciliario o Salidas Transitorias. La Unidad Transmisora tiene incorporada alguna medida adicional a las ya exigidas por esta licitación, de detección de corte o apertura de correa y apartamiento del cuerpo, como ser la detección de ausencia de movimiento por parte del agresor luego de un tiempo prolongado o alguna otra funcionalidad que permita detectar alguna anormalidad en el 64 NO N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires G obi erno de l a Ci udad Autónoma de Buenos Ai res comportamiento del agresor. El sistema en su conjunto, como parte de una más completa supervisión y monitoreo del agresor, contempla la posibilidad de verificar la ingesta de alcohol por parte del mismo. La UMAA y la UMAV disponen de una pantalla y una interfaz de usuario amigable a los efectos de facilitar el proceso de instalación. El sistema en su conjunto provee la posibilidad de ajustar el rango de alcance entre los transmisores, ya sea de tobillo o brazalete y la UMAA, mediante algún comando implementado a tal efecto. La UMAA y el sistema en su conjunto, disponen de la posibilidad de utilizar el sistema LBS (Location Based Services) para ser utilizado en las situaciones en las que el agresor se encuentre en un localización o recinto en el cual no exista una buena recepción de las señales GPS. La UMAA dispone de algún mecanismo visual, audible o vibratorio, mediante el cual, la misma le avise al agresor que la unidad deberá ser conectada a la fuente de poder para recargar su batería interna, porque la misma está con baja carga. La UMAA y el sistema en su conjunto disponen de la posibilidad de generar un reporte de transgresión para el caso en que el agresor, luego de haber transcurrido una cierta cantidad de tiempo configurable y habiendo sido notificado de la necesidad de recargar la unidad, no la conecte a la fuente de alimentación para su recarga. La UMAA dispone de algún mecanismo mediante el cual personal del programa pueda apagar o desactivar la transmisión celular para el caso en que el agresor deba permanecer en algún recinto en el que no están permitidas las transmisiones celulares o deba viajar en avión. La UMAA y el sistema en su conjunto, permiten la utilización de Zonas de Advertencia, contiguas a las Zonas de Exclusión para que en el caso en que el agresor se acercase inadvertidamente a una Zona de Exclusión, sea advertido con la debida anticipación, antes que ingrese a la misma y cometa una transgresión. El sistema informático instalado en el Centro de Monitoreo y Gestión 65 N° 100 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 47/SSAFPC/16 (continuación) permite la definición de al menos 3 (tres) niveles jerárquicos de operación, para poder asignar a cada una de las personas que tengan acceso al sistema, atributos y permisos diferenciados. Por ejemplo, Oficial, Operador del Centro de Monitoreo y Gestión, Administrador, Supervisor, etc., etc. El sistema en su conjunto dispone de un mecanismo inteligente que permita verificar la localización simultánea de uno, más de uno o eventualmente todos los agresores, en una determinada área geográfica y en un intervalo horario determinado. El sistema permite reportar en forma completamente automática y detallada, con toda la información pertinente, las transgresiones y todas aquellas novedades de interés para los oficiales penitenciarios, mediante el envío de un fax, un SMS y/o un e-mail. Las opciones están todas disponibles, quedará a decisión de las autoridades del programa, cuál utilizar en cada situación y con qué perfil de agresor. NOTA: INDICAR CON UNA CRUZ EN FORMA AFIRMATIVA/NEGATIVA EN CADA CASO EN PARTICULAR. FIRMA (DEL OFERENTE, APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL) FIN DEL ANEXO 66 N° 101 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 102 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 202/SSASS/16 MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires SIGAF Ejercicio: 2016 Modificación Presupuestaria Requerimiento Nº: 2503 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Área/OGESE Nº: 11101618 DGADCYP 2016 Fecha: 20/04/2016 Nº: 202 SSASS 2016 Fecha: 25/04/2016 Nº: 11101618 Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC DGADCYP 2016 Fecha: 20/04/2016 Jurisdicción: 40-MINISTERIO DE SALUD Subjurisdicción: 0 Entidad: 0 UE Programa 401-MINISTERIO DE 䐫 �㜀$� 425-HTAL. JOSE 425-HTAL. JOSE M. PENNA 446-INSTITUTO DE REHABILITACION PSICOFICA 427-HTAL. IGNACIO PIROVANO 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 446-INSTITUTO DE REHABILITACION PSICOFICA 417-HTAL. PEDRO DE ELIZALDE 429-HTAL. ODONTOLOGICO QUINQUELA MARTIN 429-HTAL. ODONTOLOGICO QUINQUELA MARTIN 432-HTAL. MANUEL ROCCA 423-HTAL. FRANCISCO J.MUÑIZ 428-HTAL. DE QUEMADOS 446-INSTITUTO DE REHABILITACION PSICOFICA Subprograma Proyecto CREDITO Actividad Obra Partida FueFin FinFun Importe 1-ACTIVIDADES CENTRALE 0 0 1- 0 4330 11 31 52-AT.MEDICA GRAL 0 1- 0 4330 11 31 14.882,00 245.400,00 25-HOSP.PENNA -583.968,00 59-AT.REHABILITACION 46-INST.DE REHABIL.PSICOFISICA 0 4- 0 4330 11 31 52-AT.MEDICA GRAL 27-HOSP.IGNACIO PIROVANO 0 0 2- 0 5120 11 31 443.436,00 0 15- 0 5120 11 31 -1.333.076,00 59-AT.REHABILITACION 46-INST.DE REHABIL.PSICOFISICA 0 2- 0 5120 11 31 22.800,00 55-AT.MEDICA MAT.INF 17-HOSP.PEDRO DE ELIZALDE 29HOSP.ODONT.QUINQUELA MARTIN 29HOSP.ODONT.QUINQUELA MARTIN 32-HOSP.MANUEL ROCCA 0 2- 0 5120 11 31 473.200,00 0 4- 0 2950 11 31 50.000,00 0 5- 0 2230 11 31 -50.000,00 0 4- 0 4330 11 31 305.000,00 0 2- 0 3920 11 31 1.195.000,00 0 0 22- 0 0 3920 3920 11 11 31 31 580.000,00 190.000,00 7-ACT.AT.HOSP. 57-AT.ODONTOLOG.GRAL 57-AT.ODONTOLOG.GRAL 59-AT.REHABILITACION 54-AT.MED.PAT.ESPECIF 54-AT.MED.PAT.ESPECIF 59-AT.REHABILITACION 23-HOSP.MUÑIZ 28-HOSP.QUEMADOS 46-INST.DE REHABIL.PSICOFISICA Pág. 1 de 6 MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires SIGAF Ejercicio: 2016 Modificación Presupuestaria Requerimiento Nº: 2503 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Área/OGESE Nº: 11101618 DGADCYP 2016 Fecha: 20/04/2016 Nº: 202 SSASS 2016 Fecha: 25/04/2016 Nº: 11101618 Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC DGADCYP 2016 Fecha: 20/04/2016 Jurisdicción: 40-MINISTERIO DE SALUD Subjurisdicción: 0 Entidad: 0 UE 421-HTAL. PEDRO LAGLEYZE 412-HTAL. COSME ARGERICH 413-HTAL. JOSE T. BORDA 418-HTAL. JUAN A. FERNANDEZ 416-HTAL. CARLOS G. DURAND 430-HTAL. JOSE M.RAMOS MEJIA 404-DIR.GRAL.DE RECURSOS FISICOS EN SALUD 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 4001-SUBSECRETARIA ATENCION PRIMARIA AMBULATORIA Y COMUNITARIA 4001-SUBSECRETARIA ATENCION PRIMARIA AMBULATORIA Y COMUNITARIA 4001-SUBSECRETARIA ATENCION PRIMARIA AMBULATORIA Y COMUNITARIA 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA Programa Subprograma Proyecto CREDITO Actividad Obra Partida FueFin FinFun Importe 56AT.MED.OFTALMOLOGICA 52-AT.MEDICA GRAL 21-HOSP.PEDRO DE 0 LAGLEYZE 12-HOSP.COSME ARGERICH 0 2- 0 3920 11 31 22.000,00 2- 0 3920 11 31 -1.195.000,00 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 52-AT.MEDICA GRAL 0 2- 0 3920 11 31 -792.000,00 0 2- 0 5120 11 31 139.065,00 52-AT.MEDICA GRAL 13-HOSPITAL JOSÉ T. BOR 18-HOSP.JUAN A.FERNANDEZ 16-HOSP.C.G.DURAND 0 2- 0 5120 11 31 9.760,00 52-AT.MEDICA GRAL 30-HOSP.RAMOS MEJIA 0 2- 0 5120 11 31 244.815,00 22-INFRAESTRUCTURA Y EQ 0 0 1- 0 3330 11 31 -203.000,00 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 64-GESTIÓN REDES Y PROG 0 0 1- 0 3720 11 31 3.000,00 0 0 78- 0 3510 11 31 558.000,00 64-GESTIÓN REDES Y PROG 0 0 1- 0 3950 11 31 2.647.059,00 64-GESTIÓN REDES Y PROG 0 0 1- 0 3520 11 31 -3.005.059,00 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 0 0 68- 0 2520 11 31 5.000,00 Pág. 2 de 6 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 103 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 202/SSASS/16 (continuación) MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires SIGAF Ejercicio: 2016 Modificación Presupuestaria Requerimiento Nº: 2503 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Área/OGESE Nº: 11101618 DGADCYP 2016 Fecha: 20/04/2016 Nº: 202 SSASS 2016 Fecha: 25/04/2016 Nº: 11101618 Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC DGADCYP 2016 Fecha: 20/04/2016 Jurisdicción: 40-MINISTERIO DE SALUD Subjurisdicción: 0 Entidad: 0 UE Programa 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 415-HTAL. ODONTOLOGICO JOSE DUEÑAS 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 57-AT.ODONTOLOG.GRAL Subprograma Proyecto CREDITO Actividad Obra Partida FueFin FinFun Importe 0 0 61- 0 2520 11 31 -45.000,00 0 0 68- 0 2950 11 31 22.000,00 0 0 68- 0 2990 11 31 8.000,00 0 0 61- 0 2950 11 31 -30.000,00 0 0 61- 0 2220 11 31 500,00 0 0 61- 0 2230 11 31 600,00 0 0 61- 0 2340 11 31 4.500,00 0 0 61- 0 2540 11 31 8.500,00 0 0 61- 0 2580 11 31 300,00 0 0 61- 0 2590 11 31 30.000,00 0 0 61- 0 2910 11 31 15.500,00 0 0 61- 0 2940 11 31 300,00 0 0 61- 0 2990 11 31 3.000,00 0 0 61- 0 2920 11 31 -23.200,00 4- 0 4330 11 31 1.000,00 15-HOSP.ODONT.J.DUEÑAS 0 Pág. 3 de 6 MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires SIGAF Ejercicio: 2016 Modificación Presupuestaria Requerimiento Nº: 2503 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Área/OGESE Nº: 11101618 DGADCYP 2016 Fecha: 20/04/2016 Nº: 202 SSASS 2016 Fecha: 25/04/2016 Nº: 11101618 Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC DGADCYP 2016 Fecha: 20/04/2016 Jurisdicción: 40-MINISTERIO DE SALUD Subjurisdicción: 0 Entidad: 0 UE 420-HTAL. RICARDO GUTIERREZ 420-HTAL. RICARDO GUTIERREZ 449-DIR.GRAL.ADJUNTA SAME 421-HTAL. PEDRO LAGLEYZE 421-HTAL. PEDRO LAGLEYZE 421-HTAL. PEDRO LAGLEYZE 412-HTAL. COSME ARGERICH 412-HTAL. COSME ARGERICH 428-HTAL. DE QUEMADOS 428-HTAL. DE QUEMADOS 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 4000-SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN HOSPITALARIA 401-MINISTERIO DE SALUD 401-MINISTERIO DE SALUD 401-MINISTERIO DE SALUD Programa 55-AT.MEDICA MAT.INF 55-AT.MEDICA MAT.INF 49-SAME 56AT.MED.OFTALMOLOGICA 56AT.MED.OFTALMOLOGICA 56AT.MED.OFTALMOLOGICA 52-AT.MEDICA GRAL Subprograma Proyecto CREDITO Actividad Obra Partida FueFin FinFun Importe 20-HOSP.RICARDO GUTIERREZ 20-HOSP.RICARDO GUTIERREZ 0 0 4- 0 2990 11 31 80.000,00 0 4- 0 2520 11 31 -80.000,00 0 1- 0 4330 11 31 10.000,00 21-HOSP.PEDRO LAGLEYZE 21-HOSP.PEDRO LAGLEYZE 21-HOSP.PEDRO LAGLEYZE 12-HOSP.COSME DE 0 1- 0 4330 11 31 7.686,00 DE 0 5- 0 3330 11 31 -20.808,00 DE 0 1- 0 3390 11 31 20.808,00 ARGERICH 0 5- 0 3330 11 31 -5.000,00 12-HOSP.COSME ARGERICH 0 5- 0 3220 11 31 5.000,00 28-HOSP.QUEMADOS 28-HOSP.QUEMADOS 0 0 0 0 441- 0 0 0 2950 2510 2110 11 11 11 31 31 31 -2.000,00 2.000,00 2.000,00 0 0 1- 0 2590 11 31 -1.000,00 0 0 1- 0 2920 11 31 -1.000,00 0 0 9- 0 3910 11 17 1.500,00 1-ACTIVIDADES CENTRALE 0 0 9- 0 3390 11 17 500,00 1-ACTIVIDADES CENTRALE 0 0 9- 0 3530 11 17 5.000,00 52-AT.MEDICA GRAL 54-AT.MED.PAT.ESPECIF 54-AT.MED.PAT.ESPECIF 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 85-ATENCIÓN DE SALUD ME 1-ACTIVIDADES CENTRALE Pág. 4 de 6 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 104 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 202/SSASS/16 (continuación) MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires SIGAF Ejercicio: 2016 Modificación Presupuestaria Requerimiento Nº: 2503 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Área/OGESE Nº: 11101618 DGADCYP 2016 Fecha: 20/04/2016 Nº: 202 SSASS 2016 Fecha: 25/04/2016 Nº: 11101618 Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC DGADCYP 2016 Fecha: 20/04/2016 Jurisdicción: 40-MINISTERIO DE SALUD Subjurisdicción: 0 Entidad: 0 UE Programa 401-MINISTERIO DE SALUD 4004-CENTRO DE SALUD 34 4005-CENTROS SALUD 22 38 4006-CENTROS SALUD 17 21 25 26 4007-CENTROS SALUD 2 12 27 4008-CENTROS SALUD 11 45 4009-CENTRO SALUD 33 4010-CENTRO SALUD 36 4005-CENTROS SALUD 22 38 4004-CENTRO DE SALUD 34 4006-CENTROS SALUD 17 21 25 26 4007-CENTROS SALUD 2 12 27 4008-CENTROS SALUD 11 45 4009-CENTRO SALUD 33 4010-CENTRO SALUD 36 4016-SALUD COMUNITARIA-ACUMAR 4012-CS 9 15 41 Subprograma Proyecto CREDITO Actividad Obra Partida FueFin FinFun Importe 1-ACTIVIDADES CENTRALE 0 0 9- 0 3240 11 17 -12.000,00 71-CENTROS DE SALUD 1-CENTRO DE SALUD 34 0 1- 0 2920 11 31 10.000,00 71-CENTROS DE SALUD 2-C.S.22 38 0 1- 0 2920 11 31 10.000,00 71-CENTROS DE SALUD 3-C.S.17 21 25 26 0 1- 0 2920 11 31 10.000,00 71-CENTROS DE SALUD 4-C.S.2 12 27 0 1- 0 2920 11 31 10.000,00 71-CENTROS DE SALUD 5-C.S.11 45 0 1- 0 2920 11 31 10.000,00 71-CENTROS DE SALUD 71-CENTROS DE SALUD 71-CENTROS DE SALUD 6-C.S.33 7-C.S.36 2-C.S.22 38 0 0 0 113- 0 0 0 2920 2920 2590 11 11 11 31 31 31 10.000,00 10.000,00 -10.000,00 71-CENTROS DE SALUD 1-CENTRO DE SALUD 34 0 3- 0 2590 11 31 -10.000,00 71-CENTROS DE SALUD 3-C.S.17 21 25 26 0 3- 0 2590 11 31 -10.000,00 71-CENTROS DE SALUD 4-C.S.2 12 27 0 3- 0 2590 11 31 -10.000,00 71-CENTROS DE SALUD 5-C.S.11 45 0 3- 0 2590 11 31 -10.000,00 DE SALUD DE SALUD DE SALUD- 6-C.S.33 7-C.S.36 0 0 0 0 331- 0 0 0 2590 2590 2920 11 11 11 31 31 31 -10.000,00 -10.000,00 10.000,00 DE SALUD- 2-C.S.9 15 41 0 1- 0 2920 11 31 10.000,00 71-CENTROS 71-CENTROS 60-CENTROS ACUMAR 60-CENTROS ACUMAR Pág. 5 de 6 MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires SIGAF Ejercicio: 2016 Modificación Presupuestaria Requerimiento Nº: 2503 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Área/OGESE Nº: 11101618 DGADCYP 2016 Fecha: 20/04/2016 Nº: 202 SSASS 2016 Fecha: 25/04/2016 Nº: 11101618 Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC DGADCYP 2016 Fecha: 20/04/2016 Jurisdicción: 40-MINISTERIO DE SALUD Subjurisdicción: 0 Entidad: 0 UE Programa 4013-CS. 1 8 10 16 30 60-CENTROS DE SALUD32 35 39 ACUMAR 4014-CS 6 14 19 20 24 60-CENTROS DE SALUD31 40 43 44 ACUMAR 4015-CS 3 4 5 7 28 29 60-CENTROS DE SALUD37 ACUMAR 4012-CS 9 15 41 60-CENTROS DE SALUDACUMAR 4013-CS. 1 8 10 16 30 60-CENTROS DE SALUD32 35 39 ACUMAR 4014-CS 6 14 19 20 24 60-CENTROS DE SALUD31 40 43 44 ACUMAR 4015-CS 3 4 5 7 28 29 60-CENTROS DE SALUD37 ACUMAR 401-MINISTERIO DE 1-ACTIVIDADES CENTRALE SALUD 425-HTAL. JOSE M. 52-AT.MEDICA GRAL PENNA 410-HTAL.TEODORO 52-AT.MEDICA GRAL ALVAREZ Subprograma Proyecto CREDITO 3-.C.S.1 8 10 16 30 32 0 35 39 4-C.6 13 14 19 20 24 0 31 40 43 44 5-C.S.3 4 5 7 28 29 37 0 Actividad Obra Partida FueFin FinFun Importe 1- 0 2920 11 31 10.000,00 1- 0 2920 11 31 10.000,00 1- 0 2920 11 31 10.000,00 0 3- 0 2590 11 31 -20.000,00 3-.C.S.1 8 10 16 30 32 0 35 39 0 4-C.6 13 14 19 20 24 31 40 43 44 5-C.S.3 4 5 7 28 29 37 0 3- 0 2590 11 31 -10.000,00 3- 0 2590 11 31 -10.000,00 3- 0 2590 11 31 -10.000,00 2-C.S.9 15 41 0 0 9- 0 3780 11 17 5.000,00 25-HOSP.PENNA 0 7- 0 2950 11 31 200.000,00 10-HOSP.T.ALVAREZ 0 7- 0 2950 11 31 -200.000,00 Diferencia: Pág. 6 de 6 0,00 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 105 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 202/SSASS/16 (continuación) MODIFICACIONES Y COMPENSACIONES PRESUPUESTARIAS Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires SIGAF Ejercicio: 2016 Modificación Presupuestaria Requerimiento Nº: 2550 Actuación Origen: EXPED. ELECTRÓNICO Tipo Actuación: EXPED. ELECTRÓNICO Área/OGESE Nº: 11101618 DGADCYP 2016 Fecha: 20/04/2016 Nº: 202 SSASS 2016 Fecha: 25/04/2016 Nº: 11101618 Norma Aprobatoria: T_DOC_RESPAL-SEC DGADCYP 2016 Fecha: 20/04/2016 Jurisdicción: 40-MINISTERIO DE SALUD Subjurisdicción: 0 Entidad: 0 UE 554-SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION SANITARIA 554-SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION SANITARIA 435-HTAL. RAMON SARDA 435-HTAL. RAMON SARDA Programa Subprograma Proyecto CREDITO Actividad Obra Partida FueFin FinFun Importe 66-PLANIFICACIÓN SANITA 0 0 34- 0 4330 14 31 -160.000,00 66-PLANIFICACIÓN SANITA 0 0 34- 0 4360 14 31 160.000,00 35-HOSP.RAMON SARDA 35-HOSP.RAMON SARDA 0 0 2424- 0 0 4360 4330 14 14 31 31 62.544,00 -62.544,00 55-AT.MEDICA MAT.INF 55-AT.MEDICA MAT.INF Pág. 1 de 1 FIN DEL ANEXO Diferencia: 0,00 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 106 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 273/MDUYTGC/16 PLAN DE TRABAJOS OBRA BASICA EDIFICIO PALACIO LEZAMA ADECUACION DE OFICINAS Obra Eléctrica BASICA Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5 Mes 6 Mes 7 Mes 8 Mes 9 Mes 10 Mes 11 Mes 12 Mes 13 Mes 14 Mes 15 Mes 14 Mes 15 ene‐15 feb‐15 mar‐15 abr‐15 may‐15 jun‐15 jul‐15 ago‐15 sep‐15 oct‐15 nov‐15 dic‐15 ene‐16 feb‐16 mar‐16 abr‐16 may‐16 EDIFICIO LEZAMA a Anticipo Financiero b Acopio de materiales 03.01. 100% 100% TAREAS PRELIMINARES 03.01.01 Obrador-Oficina técnica 40% 50% 03.01.02 Conexiones 50% 50% 50% 20% 5% 03.01.03 Cartel de obra 03.01.04 Andamios y ayuda de gremios 03.01.05 Protección de solados, etc 03.01.06 Replanteo y nivelacion 70% 10% 10% 03.01.07 Documentacion 35% 30% 10% 03.02. 95% 5% 5% 10% 10% 30% 60% 5% 5% Corrección de factor de potencia 03.02.02 Grupo Electrógeno 90% 03.02.03 Instalación de Fuerza Motriz 80% 03.02.05 Cañería Bandeja portacable: 03.02.05.2a Bandejas portacables para ramales de potencia 3% 15% 18% 5% 15% 13% Cajas 5% 8% 12% 03.02.05.4 Cableado 03.02.05.5 Llaves y accesorios de montaje 03.03.01 Canalizaciones: Bandejas para Fibra Optica Cable UTP 6A Jack RJ45 03.03.01.2c Patch Cord de UTP 7% 15% 5% 2% 2,00% 2,00% 3,00% 1,00% 2% 1,00% 2,00% Rotulacion y Certificaciones 25% 5% 10% 10% 28% 4% 22% 4% 1,00% 6,00% 8,00% 8% 10% 10% 15% 14,00% 2,00% 1,00% 9,00% 5% 5% 8% 3,00% 4% 2,00% 1,00% 1,00% 7,00% 10% 10,00% 4,00% 2,00% 8,00% 15,00% 6,00% 5,00% 8,00% 10% 5% 26% 8% 12% 5% 10% 12% 15% 0,28% 21,44% 10% 13,76% 5,74% 10% 10% 10% 10,00% 12% 24% 24% 7% 10% 27% 5% 27% 22% 5% 14% 30% 32% 32% 6,00% 5,00% 9,73% 10,32% 1,35% 5,00% 5,00% 10% 5% 2,00% 5% 3,00% 6,00% 4,00% 4,00% 4,00% 27% 5% 7% 5,00% 4,00% 12% 15% 15% 10,00% 5,00% 19% 12% 1,00% 4,00% 1,00% 4,00% 7,00% 10% 27,50% 45% 10% 5% 10% 15,00% 10% 5% 5% 2,00% 20,00% 7,00% 2,00% 8,00% 15% 20,00% 3,00% 7,00% 15% 15,00% 4,00% 6,00% 10,50% 100% 22% 26% 10% Sistema Wi-Fi 20% 4% 10% 6% 12% 10% 6% 10% 20,00% 10,00% 2,00% 8,00% 15,00% 5% 20,00% 5,00% 8,00% 14,00% 15% 25,00% 10,00% 5,00% 17,00% Sistema de Gestión de Edificios - B.M.S. Canalizaciones 12% 03.03.02.02 Gabinetes 03.03.02.03 Cableado 03.03.02.04 Controladores 28% 03.03.02.05 Estacion Central de Monitoreo (ECM) 70% 03.03.02.06 Sensores magneticos 03.03.02.07 Ingenieria y puesta en marcha 03.03.02.08 Sistema de control 80% 16% 17% 3,00% 12% 14% 30,00% 8,00% 15,00% 7,00% 8,00% 50,00% 8,00% 10,00% 30% 40,00% 8,00% 6,00% 6,00% 5,00% 5,00% 25% 20,00% 10,00% 8,00% 12,00% 5,00% 5,00% 20,00% 4,00% 5,00% 60% 30% 11,00% 5,00% 2,00% 2,00% 2,00% Instalación de Detección y Aviso de Incendio 03.03.03.1 Componentes: 03.03.03.1a Central de control de incendios (CCI) 03.03.03.1b Impresora 03.03.03.1c Avisadores manuales de incendio 03.03.03.1d Detector volumetrico de humo del tipo fotoelectrico 50% 9,50% 10% 1,50% 100,00% 25% 28% 3% 4% 20,00% 28% 10,00% Detectores de incremento brusco de temperatura direccionables 40% 40,00% 8,00% 8,00% 14,00% 10,00% 7,00% 10,00% 3,00% 6,00% 3,00% 03.03.03.1f Modulo monitor direccionable (MMD) 03.03.03.1g Modulos direccionables de control (MCD) 35,00% 12,00% 8,00% 03.03.03.1h Altavoces para alarma general con luces destellantes de alarma 28% 10% 25,00% 10,00% 8,00% 19,00% 03.03.03.1i Altavoces de alarma general 28% 10% 25,00% 10,00% 8,00% 16,00% 3,00% 03.03.03.1j Canalizaciones 12% 7% 35,00% 4,00% 5,00% 3,00% 3,00% 03.03.03.1k 03.03.04 03.03.04.01 03.03.05 03.03.05.01 03.03.05.02 03.04. 2,00% 2,00% 13% 4% 20% Patch Panel Patch Cord de Fibra Optica Racks 03.03.01.2h 03.03.03.1e 20% 6% Cable de Fibra Optica 03.03.01.2f 03.03.01.2g 03.03.03 3,00% 1,00% Cableado: 03.03.01.2b 03.03.02 1,00% Instalación de Cableado Estructurado para Datos, Telefonía, CCTV y Wi Fi Bandejas para corrientes debiles 03.03.01.2i 1,00% Instalación Eléctrica A°A° 03.03.01.1 03.03.02.01 1,00% 2,00% INSTALACIÓN DE CORRIENTES DÉBILES 03.03.01.2a 03.03.01.2e 7% 25% Canalizaciones, Cableado y Tableros Seccionales 03.03.01.1a 03.03.01.2d 8% Artefactos de Iluminación completos c/lámparas 03.03.01.1b 03.03.01.2 6% 50% Bandejas portacables para circuitos de iluminacion y tomacorrientes 03.02.05.3 03.03. 10% 20% 03.02.05.2b 03.02.07 2% 2,00% 3,00% Instalación General de Iluminación y Tomacorrientes Canalizaciones: 03.02.05.2 03.02.07.01 3% 5% 100,00% Tableros seccionales 03.02.05.1 03.02.05.1a 03.02.06 1% 1% 3% INSTALACIÓN DE CORRIENTES FUERTES 03.02.01 03.02.04 3% 3% 6% 50,00% 40% 3% 28% Cableado 28% 4% 13% 16,00% 25,00% 8,00% 4,00% 15,00% 5,00% 5,00% 10,00% 3,00% 15,00% 13,00% 5,00% 15,00% 8,00% 17,00% 8,00% 5,00% Instalación de control de Puertas Canalizaciones y Cableado 18% 12% 20,00% Instalación de CATV Canalizaciones y Cableado 32% 10% 20% 5,00% 10% 5,00% 8,00% 10% 5% 5% 8,03% 11,95% 19,14% 9,43% 7,04% 5,30% 8,68% 8,81% 6,24% 5,52% 1,79% 0,71% 0,61% 14,63% 26,58% 45,72% 55,16% 62,20% 67,50% 76,18% 84,99% 91,23% 96,75% 98,54% 99,25% 99,85% Amplificadores y Accesorios 50,00% 50,00% LIMPIEZA PERIÓDICA Y FINAL DE OBRA 03.04.01 Limpieza diaria y periódica 03.04.02 Limpieza Final 15% 20% 10% 5,00% 1,00% 1,00% 100,00% AVANCE MENSUAL 0,31% 0,81% 1,53% 3,95% AVANCE ACUMULADO 0,31% 1,13% 2,66% 6,61% PLAN DE TRABAJOS BED N°1 Y BED N°2 EDIFICIO PALACIO LEZAMA ADECUACION DE OFICINAS Obra Eléctrica BED N°1, BED N°2 Y BED N°3 EDIFICIO LEZAMA 1 BED N°1 2 BED N°2 3 BED N°3 Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5 Mes 6 Mes 7 Mes 8 Mes 9 Mes 10 Mes 11 Mes 12 Mes 13 Mes 14 Mes 15 Mes 16 Mes 17 ene‐15 feb‐15 mar‐15 abr‐15 may‐15 jun‐15 jul‐15 ago‐15 sep‐15 oct‐15 nov‐15 dic‐15 ene‐16 feb‐16 mar‐16 abr‐16 may‐16 50,0% 50,0% 100,0% 70,0% AVANCE MENSUAL 43,84% AVANCE ACUMULADO 43,84% 21,36% 43,84% 43,84% 65,21% 30,0% 21,36% 9,40% 4,03% 86,57% 95,97% 100,00% IF-2016-11533378- -DGIGUB página 1 de 3 PLAN DE TRABAJOS OBRA BASICA EDIFICIO PALACIO LEZAMA ADECUACION DE OFICINAS Obra Eléctrica BASICA Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5 Mes 6 Mes 7 Mes 8 Mes 9 Mes 10 Mes 11 Mes 12 Mes 13 Mes 14 Mes 15 Mes 14 Mes 15 ene‐15 feb‐15 mar‐15 abr‐15 may‐15 jun‐15 jul‐15 ago‐15 sep‐15 oct‐15 nov‐15 dic‐15 ene‐16 feb‐16 mar‐16 abr‐16 may‐16 EDIFICIO LEZAMA a Anticipo Financiero b Acopio de materiales 03.01. 100% 100% TAREAS PRELIMINARES 03.01.01 Obrador-Oficina técnica 40% 50% 03.01.02 Conexiones 50% 50% 03.01.03 Cartel de obra 03.01.04 Andamios y ayuda de gremios 03.01.05 03.01.06 03.01.07 03.02. 03.02.01 5% 5% 95% 5% 50% 20% Replanteo y nivelacion 70% 10% 10% Documentacion 35% 30% 10% Protección de solados, etc 10% 10% 30% 60% 3% 5% 5% Grupo Electrógeno 90% 03.02.03 Instalación de Fuerza Motriz 80% 03.02.05 Tableros seccionales Canalizaciones: Cañería 03.02.05.2 Bandeja portacable: 15% 18% 03.02.05.2a Bandejas portacables para ramales de potencia Bandejas portacables para circuitos de iluminacion y tomacorrientes 5% 15% 13% 5% 8% 12% 03.02.05.3 Cajas 03.02.05.4 Cableado 03.02.05.5 Llaves y accesorios de montaje Artefactos de Iluminación completos c/lámparas 03.02.07 Instalación Eléctrica A°A° 03.03.01.1 Canalizaciones: Bandejas para corrientes debiles Bandejas para Fibra Optica Cable UTP 6A Jack RJ45 03.03.01.2c Patch Cord de UTP 20% 6% 7% 25% Rotulacion y Certificaciones 15% 20% 12% 24% 24% 03.03.02.02 Gabinetes 03.03.02.03 Cableado 03.03.02.04 8% 1,00% 7,00% 2,00% 8,00% 5,00% 8,00% 10% 5% 5% 4% 2,00% 1,00% 10% 10,00% 4,00% 15,00% 6,00% 10% 12% 5% 10% 21,44% 10% 13,76% 5,74% 10% 10% 10% 10,00% 7% 10% 5% 10% 27% 5% 27% 14% 30% 32% 32% 12% 9,00% 6,00% 5,00% 9,73% 10,32% 1,35% 5,00% 5,00% 4,00% 5% 2,00% 5% 4,00% 1,00% 3,00% 4,00% 1,00% 27% 5% 7% 5,00% 4,00% 12% 15% 15% 10,00% 6,00% 5,00% 4,00% 4,00% 7,00% 10% 5% 15,00% 2,00% 7,00% 19% 27,50% 45% 10% 10% 5% 10% 5% 20,00% 2,00% 8,00% 10,50% 15% 20,00% 3,00% 7,00% 15% 15,00% 4,00% 6,00% 2,00% 10% 20,00% 10,00% 8,00% 15,00% 100% 22% 26% 10% 20% 4% 12% 10% 6% 6% 10% 12% 17% 28% 60% 70% 03.03.02.07 Ingenieria y puesta en marcha Sistema de control 16% 5% 20,00% 5,00% 8,00% 14,00% 15% 25,00% 10,00% 5,00% 17,00% 11,00% 5,00% 2,00% 2,00% 3,00% 12% 14% 30,00% 8,00% 15,00% 7,00% 8,00% 50,00% 8,00% 10,00% 30% 40,00% 8,00% 6,00% 6,00% 5,00% 5,00% 25% 20,00% 10,00% 8,00% 12,00% 5,00% 5,00% 30% 2,00% Instalación de Detección y Aviso de Incendio Componentes: 03.03.03.1a Central de control de incendios (CCI) 03.03.03.1b Impresora 50% Avisadores manuales de incendio Detector volumetrico de humo del tipo fotoelectrico 03.03.03.1e Detectores de incremento brusco de temperatura direccionables 03.03.03.1f Modulo monitor direccionable (MMD) 03.03.03.1g Modulos direccionables de control (MCD) 28% 25% 3% 4% 28% Altavoces de alarma general 03.03.03.1j Canalizaciones Cableado 10% 20,00% 40% 6% 4,00% 5,00% 1,50% 3% 28% 28% 20,00% 8,00% 8,00% 3,00% 10,00% 14,00% 10,00% 6,00% 40,00% 7,00% 10,00% 3,00% 50,00% 40% Altavoces para alarma general con luces destellantes de alarma 03.03.03.1i 03.03.03.1k 9,50% 100,00% 03.03.03.1c 03.03.03.1d 03.04. 14,00% 1,00% 8% 80% 03.03.05.02 2,00% 6,00% 2,00% 0,28% Estacion Central de Monitoreo (ECM) 03.03.05 2,00% 2,00% 1,00% 3,00% 26% Sensores magneticos 03.03.04 3,00% 1,00% 8,00% 10% 15% Controladores 03.03.05.01 15% 10% 4% 8% 03.03.02.05 03.03.04.01 1,00% 5% 03.03.02.06 03.03.03.1h 2,00% Sistema de Gestión de Edificios - B.M.S. Canalizaciones 03.03.03.1 2,00% 2% 12% 22% Sistema Wi-Fi 03.03.02.01 03.03.03 2% 13% 5% 10% 4% 22% 7% Patch Panel Patch Cord de Fibra Optica Racks 03.03.01.2h 03.03.02.08 5% 4% 28% Cable de Fibra Optica 03.03.01.2f 03.03.01.2g 03.03.02 3,00% 1,00% Cableado: 03.03.01.2b 03.03.01.2i 1,00% Instalación de Cableado Estructurado para Datos, Telefonía, CCTV y Wi Fi 03.03.01.2a 03.03.01.2e 1,00% 1,00% INSTALACIÓN DE CORRIENTES DÉBILES 03.03.01.1a 03.03.01.2d 8% 50% Canalizaciones, Cableado y Tableros Seccionales 03.03.01.1b 03.03.01.2 6% 25% 03.02.06 03.03.01 10% 20% 3% 03.02.05.2b 03.03. 2% 2,00% 2,00% 3,00% Instalación General de Iluminación y Tomacorrientes 03.02.05.1 03.02.05.1a 03.02.07.01 1% 3% 5% 100,00% 03.02.02 03.02.04 1% 3% 3% INSTALACIÓN DE CORRIENTES FUERTES Corrección de factor de potencia 16,00% 8,00% 15,00% 5,00% 35,00% 12,00% 28% 10% 25,00% 10,00% 8,00% 19,00% 28% 10% 25,00% 10,00% 8,00% 16,00% 3,00% 12% 7% 35,00% 4,00% 5,00% 3,00% 3,00% 25,00% 4,00% 13,00% 4% 13% 8,00% 5,00% 10,00% 3,00% 15,00% 5,00% 15,00% 8,00% 17,00% 8,00% 5,00% Instalación de control de Puertas Canalizaciones y Cableado 18% 12% 20,00% Instalación de CATV Canalizaciones y Cableado 32% 10% 10% 5% 20% 5,00% 10% 5,00% 8,00% Amplificadores y Accesorios 50,00% 50,00% LIMPIEZA PERIÓDICA Y FINAL DE OBRA 03.04.01 Limpieza diaria y periódica 03.04.02 Limpieza Final 15% 20% 10% 5% 5,00% 1,00% 1,00% 100,00% AVANCE MENSUAL 0,31% 0,81% 1,53% 3,95% 8,03% 11,95% 19,14% 9,43% 7,04% 5,30% 8,68% 8,81% 6,24% 5,52% 1,79% 0,71% 0,61% AVANCE ACUMULADO 0,31% 1,13% 2,66% 6,61% 14,63% 26,58% 45,72% 55,16% 62,20% 67,50% 76,18% 84,99% 91,23% 96,75% 98,54% 99,25% 99,85% Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5 Mes 6 Mes 7 Mes 8 Mes 9 Mes 10 Mes 11 Mes 12 Mes 13 Mes 14 Mes 15 Mes 16 Mes 17 ene‐15 feb‐15 mar‐15 abr‐15 may‐15 jun‐15 jul‐15 ago‐15 sep‐15 oct‐15 nov‐15 dic‐15 ene‐16 feb‐16 mar‐16 abr‐16 may‐16 50,0% 50,0% PLAN DE TRABAJOS BED N°1 Y BED N°2 EDIFICIO PALACIO LEZAMA ADECUACION DE OFICINAS Obra Eléctrica BED N°1, BED N°2 Y BED N°3 EDIFICIO LEZAMA 1 BED N°1 2 BED N°2 3 BED N°3 100,0% 70,0% AVANCE MENSUAL 43,84% AVANCE ACUMULADO 43,84% 21,36% 43,84% 43,84% 65,21% 30,0% 21,36% 9,40% 4,03% 86,57% 95,97% 100,00% IF-2016-11533378- -DGIGUB página 2 de 3 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 107 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 273/MDUYTGC/16 (continuación) PLAN DE INVERSIONES BED N°1 - BED N°2 y BED N° 3 EDIFICIO PALACIO LEZAMA ADECUACION DE OFICINAS Obra Eléctrica BED N°1, BED N°2 Y BED N°3 EDIFICIO LEZAMA 1 2 3 Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5 Mes 6 Mes 7 Mes 8 Mes 9 Mes 10 ene‐15 feb‐15 mar‐15 abr‐15 may‐15 jun‐15 jul‐15 ago‐15 sep‐15 oct‐15 Mes 11 Mes 12 Mes 13 nov‐15 dic‐15 ene‐16 Mes 14 Mes 15 feb‐16 mar‐16 $ 2.003.802,34 $ 2.003.802,34 Mes 16 Mes 17 abr‐16 may‐16 $ 881.609,82 $ 377.832,78 $ 4.112.868,51 BED N°1 BED N°2 BED N°3 AVANCE MENSUAL AVANCE ACUMULADO $ 4.112.868,51 PLAN DE INVERSIONES GLOBAL (BASICA + BED N°1 + BED N°2 + BED N°3) GLOBAL EDIFICIO LEZAMA Mes 1 AVANCE MENSUAL AVANCE ACUMULADO Mes 2 Mes 3 Mes 4 Mes 5 Mes 6 Mes 7 Mes 8 Mes 9 Mes 10 $ 2.003.802,34 $ 2.003.802,34 $ 881.609,82 $ 377.832,78 $ 4.112.868,51 $ 4.112.868,51 $ 6.116.670,85 $ 8.120.473,19 $ 9.002.083,01 $ 9.379.915,79 Mes 12 Mes 13 Mes 14 Mes 15 Mes 16 Mes 17 0,438476059 Mes 11 $ 134.887,44 $ 350.853,48 $ 662.366,00 $ 1.704.331,27 $ 3.466.205,26 $ 5.158.873,68 $ 8.264.133,86 $ 4.072.036,72 $ 3.040.604,47 $ 2.289.223,71 $ 3.745.835,78 $ 3.805.591,93 $ 2.694.833,95 $ 2.384.114,89 $ 4.779.504,68 $ 1.186.131,82 $ 639.618,58 $ 134.887,44 $ 485.740,91 $ 1.148.106,91 $ 2.852.438,18 $ 6.318.643,44 $ 11.477.517,12 $ 19.741.650,98 $ 23.813.687,70 $ 26.854.292,17 $ 29.143.515,88 $ 37.002.220,17 $ 36.694.943,59 $ 43.502.646,05 $ 45.886.760,94 $ 50.666.265,62 $ 51.852.397,45 $ 52.492.016,02 Parque Lezama Instalación Eléctrica Plan de Inversiones GLOBAL (BASICA + BED N°1 + BED N°2 + BED N3) Parque Lezama Instalación Eléctrica Plan de Trabajo GLOBAL (BASICA + BED N°1 + BED N°2 + BED N3) $ 60.000.000,00 100,00% 90,00% $ 50.000.000,00 80,00% 70,00% $ 40.000.000,00 60,00% $ 30.000.000,00 50,00% 40,00% $ 20.000.000,00 30,00% 20,00% $ 10.000.000,00 10,00% $ ‐ ene‐15 feb‐15 mar‐15 abr‐15 may‐15 jun‐15 jul‐15 ago‐15 sep‐15 oct‐15 nov‐15 dic‐15 ene‐16 feb‐16 mar‐16 abr‐16 may‐16 0,00% ene‐15 feb‐15 mar‐15 abr‐15 may‐15 jun‐15 jul‐15 ago‐15 sep‐15 oct‐15 nov‐15 dic‐15 ene‐16 feb‐16 mar‐16 abr‐16 may‐16 IF-2016-11533378- -DGIGUB página 3 de 3 FIN DEL ANEXO N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 108 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1443/MCGC/16 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO I NO: 8806 RESOLUCION . SECRETARiA: UNIDAD EJECUTORA Actuado Tipo-Nro.lAño CONTRATANTE: Contratado/a EXp.S944535/2016 DEMA, PALOMA DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Docum. Tipo Nro. Nro. CUlTo CDI Representado/a (1 ) por: Docum. Tipo Nro. Periodo Desde Hasta ONI CUIT 01-02.16 29753968 27297539685 Z9.Q2.16 01..03.16 31-03.16 01-04-16 30-04-16 - 01-05-16 31-05-16 (1) S610 para aquellos contratados que poseen representante Importe Descripción de la función lOCACION DE SERVICIO (CONTRATO). COORDINADORA ARTIST1CO CULTURAL DE PROGRAMACION E~J~!,FIC_I_ lOCACION DE SERVICIO (CONTRATO). COORDINADORA ARTI$TICO CULTURAL DE PROGRAMACION EN BAFICI lOCACION DE SERVICIO (CONTRATO). COORDINADORA ARTISTICO CULTURAL DE PROGRAMAC10N EN BAFICI LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)COORDINADORA ARTISTICO CULTURAL DE PROGRAMACION EN BAFICI Nro. Cuotas --- Monto , Total 20.625.00 82.500,00 , 20.625.00 ---- -- 1 20.625.00 , 20,625.00 legal y/o artístico (contrato de representación). IF-2016-08313797- FIRMA -MCGC Pág. 1 de 1 página 1 de 1 FIN DEL ANEXO N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 109 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1444/MCGC/16 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO I N°: 8808 RESOLUCION . SECRETARíA: UNIDAD EJECUTORA Actuado Tipo-Nro./Año EXP-595554312016 CONTRATANTE: Contratado/a PEREZ VARGAS MONICA ULlANA DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Docum. Tipo Nro. Nro. CUITa COI EXT CUIT 94474470 Representado/a (1 ) por: Docum. Tipo Nro. Período Desde Hasta 01-02-16 29-02-16 27944744709 01-03.16 31-03-16 01:04=16 30-04-16 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante Importe Descripción de la función Nro. Cuotas Monto Total lOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)PRODUCTORA DE EVENTOS Y 1 18.700,00 56.100,00 ~~!I.~TICABAFICI LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)rRODUCTORA oc EVENTOS y ARTlSTICA BAFICl lOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)PRODUCTORA DE EVENTOS Y ARTISTICA BAFICI ---- 1 18.700,00 1 18.700,00 legal y/o artlstico (contrato de representación). IF-2016-08313957- FIRMA -MCGC PAg. 1 de 1 página 1 de 1 FIN DEL ANEXO N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 110 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1445/MCGC/16 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO I N°:8810 RESOLUCION . SECRETARiA: UNIDAD EJECUTORA Actuado Tipo-Nro.lAño EXp-5630683/2016 CONTRATANTE: Conlralado/a FERNANDEZ NUÑEZ MARIA CONSTANZA (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Docum. Tipo Nro. DNI 33174103 Nro. CUlTo CDI Representado/a (1 ) por: Docum. Tipo Nro. CUIT 27331741030 I Periodo Desde Hasta 01-<)2-16 29.Q2-16 Importe Descripción de la función Nro. Cuolas LOCACION DESERVICIO (CONTRATo)-1 1 TAllERI$TA Y ARTISTA DE CIRCO EN VERANO 2016 Monlo Tolal 32.000,00 32.000,00 legal y/o artislico (contrato de representación). IF-2016-08314082- FIRMA -MCGC Pág. 1 de 1 página 1 de 1 FIN DEL ANEXO N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 111 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1450/MCGC/16 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO I N°: 8784 RESOLUCION . SECRETARiA: UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro.lAño EXP-5627737/2016 Contratado/a DA ROSA OllVElRA LUIS CARLOS DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Docum. Tipo Nro. Nro. CUITa CDI EXT CUIT 93019398 (1) S610 para aquellos contratados que poseen representante Representado/a (1 ) por: Docum. Tipo Nro. Periodo Desde Hasta 01-02-16 29-02-16 20930193985 legal y/o artistíco (contrato de representación). Importe Descripción de la función Nro. Cuotas LOCACION DESERVICIO (CONTRATo)'1 , DOCENTE CLASES DE BAILE EN VERANO 2016 Monto I 11.000,00 IF-2016-08314728- FIRMA -MCGC Pág. 1 de 1 página 1 de 1 FIN DEL ANEXO Total 11.000.00 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 112 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1477/MCGC/16 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO I N°: 8665 RESOLUCION . SECRETARíA: UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro.lAño EXp.5627314/2016 Contratado/a CAPELLA ALEJANDRO DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Docum. Tipo Nro. Nro. CUITa COI ONI CUIT 25833445 20258334451 Representado/a (1 ) por: Docum. Tipo Nro. Período Desde Hasta 01-02-16 29-02-16 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). Importe Descripción de la función SERVICIOS ARTISTICOS y CUL TURALE~ . ARTISTA DE CIRCO EN VERANO 2016 Nro. ,\ Cuotas 1 Monto \16.000,00 IF-2016-08323763- FIRMA -MCGC Pág. 1 de 1 página 1 de 1 FIN DEL ANEXO Total 16.000,00 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 113 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1480/MCGC/16 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO I N°: 8686 RESOLUCION . SECRETARiA: UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro.lAño EXP-5630378/2016 (1) S610 para aquellos Contratado/a I RUEDAS GABRIELA DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Docum. Tipo Nro. DNI 31026657 contratados que poseen representante Nro. CUlTo CDI Representado/a (1 ) por: Docum. Tipo Nro. 01-02-16 CUlr 29-02-16 23310266574 legal ylo artistico (contrato Periodo Desde Hasta de representación). Importe Descripción de la función SERVICIOS ARTISTlCOS y CUL TURALE, - ARTISTA DE CIRCO EN VERANO 2016 Nro. Cuotas Monto Total 1 10.000,00 10.000,00 IF-2016-08324424- FIRMA -MCGC Pág. 1 de 1 FIN DEL ANEXO página 1 de 1 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 114 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1481/MCGC/16 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO I N°: 8696 RESOLUCION . SECRETARíA: UNIDAD EJECUTORA Actuado Tipo-Nro.lAño EXP-5626168/2016 CONTRATANTE: Contratado/a RODRIGUEZ ROXANA LORENA DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Docum. Tipo Nro. DNI 24203256 Nro. CUITa COI Representado/a (1 ) por: Docum. Tipo Nro. Periodo Desde Hasta 01-02-16 CUIT 29..()2-16 27242032565 01-03.16 15-03-16 (1) S610 para aquellos contratados que poseen representante legal ylo artístico (contrato de representación). Importe Descripción de la función LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO). COORDINADORA GENERAL DE CIRCO EN VERANO 2016 LOCACION DE SERVICIO (CONTRATO)COORDINADORA GENERAL DE CIRCO EN VERANO 2016 Nro. Cuotas Monto , Total 43.500,00 87.000.00 , 43.500.00 IF-2016-08324661- FIRMA -MCGC Pág. 1 de 1 página 1 de 1 FIN DEL ANEXO N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 115 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 1486/MCGC/16 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO I N°: 8663 RESOLUCION . SECRETARíA: UNIDAD EJECUTORA Actuado Tlpo-Nro.lAño EXP-5625961/2016 CONTRATANTE: Contratado/a BRUNO ALEJANDRO DAMIAN DIR.GRAL. DE FESTIVALES Y EVENTOS CENTRALES Docum. Tipo Nro. Nro. CUITa CDI ONI CUIT 31531082 20315310823 Representado/a (1 ) por: Docum. Tipo Nro. Periodo Desde Hasta 01-02.16 29-02-16 (1) Sólo pata aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). Importe Descripción de la función SERVICIOS ARTlSTICOS y CULTURALES -ARTISTA DE CIRCO EN VERANO 2016 Nro. Cuotas Monto Total 1 24.000,00 24.000.00 IF-2016-08383528- FIRMA -MCGC PAg. 1 de 1 página 1 de 1 FIN DEL ANEXO N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 116 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 275/EATC/16 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO I Nº : 12782 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año EXP-12064326/2016 EXP-12064526/2016 Contratado/a RODRIGUEZ GABRIEL HERNAN RAMIREZ CACERES JORGE LUIS ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI DNI CUIT 37685732 20376857329 EXT CUIT 94533306 20945333066 Representado/a por: (1) Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). Importe Descripción de la función Nro. Cuotas Monto Total 10-03-16 17-03-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE PERCUSION - PARTE REAL - ABONO N| 1 - OFBA 1 5.362,00 5.362,00 10-03-16 17-03-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE TROMBON BAJO - SUPLENTE SOLISTA - ABONO N° 1 - OFBA 1 5.579,00 5.579,00 IF-2016-12067382-EATC FIRMA Pág. 1 de 1 FIN DEL ANEXO página 1 de 1 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 117 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 276/EATC/16 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO I Nº : 12787 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a EXP-12069678/2016 MICHAEL MILAGROS ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI DNI CUIT 31695627 27316956276 Representado/a por: (1) Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. 15-03-16 20-03-16 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). Importe Descripción de la función SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - ACTOR / FIGURANTE - BEATRIX CENCI Nro. Cuotas Monto Total 1 13.600,00 13.600,00 IF-2016-12070617-EATC FIRMA Pág. 1 de 1 FIN DEL ANEXO página 1 de 1 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 118 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 277/EATC/16 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO I Nº : 12814 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año EXP-11323788/2016 Contratado/a RATTI DANIELA ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI DNI CUIT 29232519 27292325199 Representado/a por: (1) Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. 08-03-16 12-04-16 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). Importe Descripción de la función SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - CANTANTE SOPRANO - ROL: ZERLINA COVER SIN FUNCIÓN / OBRA: "DON GIOVANNI" Nro. Cuotas Monto Total 1 9.000,00 9.000,00 IF-2016-12142442-EATC FIRMA Pág. 1 de 1 FIN DEL ANEXO página 1 de 1 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 119 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 278/EATC/16 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO I Nº : 12818 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año EXP-12139116/2016 Contratado/a MORA MARINA CECILIA ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI DNI CUIT 28861574 27288615743 Representado/a por: (1) Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. 08-03-16 12-04-16 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). Importe Descripción de la función SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - AYUDANTE DE REGGIE EN LA OBRA DON GIOVANNI Nro. Cuotas Monto Total 1 15.000,00 15.000,00 IF-2016-12162759-EATC FIRMA Pág. 1 de 1 FIN DEL ANEXO página 1 de 1 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 120 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 279/EATC/16 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO I Nº : 12803 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año EXP-12036658/2016 EXP-12036521/2016 Contratado/a ROCCO MARIA LUZ ESTRELLA ILUMINADA MEZA ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI DNI CUIT 27320031 27273200318 DNI CUIT 6143223 27061432235 Representado/a por: (1) Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. Nro. Cuotas Monto Total 15.320,50 23-03-16 31-03-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - AYUDANTE DE COORDINADOR 1 1.178,50 01-04-16 30-04-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - AYUDANTE DE COORDINADOR 1 4.714,00 01-05-16 31-05-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - AYUDANTE DE COORDINADOR 1 4.714,00 01-06-16 30-06-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - AYUDANTE DE COORDINADOR 1 4.714,00 10-03-16 31-03-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - AYUDANTE DE COORDINACION DE LA OFBA 1 10.762,00 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - AYUDANTE DE COORDINACION DE LA OFBA 1 10.762,00 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - AYUDANTE DE COORDINACION DE LA OFBA 1 10.762,00 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - AYUDANTE DE COORDINACION DE LA OFBA 1 10.762,00 01-04-16 30-04-16 01-05-16 31-05-16 01-06-16 30-06-16 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). Importe Descripción de la función 43.048,00 IF-2016-12138506-EATC FIRMA Pág. 1 de 1 FIN DEL ANEXO página 1 de 1 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 121 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 280/EATC/16 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO I Nº : 12703 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año EXP-11906861/2016 Contratado/a ELIAS GUILLERMO OSCAR Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI DNI CUIT 24481023 20244810234 Representado/a por: (1) Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). Importe Descripción de la función Nro. Cuotas Monto Total 126.960,00 01-05-16 31-05-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - ASISTENTE ADMINISTRATIVO 1 15.870,00 01-06-16 30-06-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - ASISTENTE ADMINISTRATIVO 1 15.870,00 01-07-16 31-07-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - ASISTENTE ADMINISTRATIVO 1 15.870,00 01-08-16 31-08-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - ASISTENTE ADMINISTRATIVO 1 15.870,00 01-09-16 30-09-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - ASISTENTE ADMINISTRATIVO 1 15.870,00 01-10-16 31-10-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - ASISTENTE ADMINISTRATIVO 1 15.870,00 01-11-16 30-11-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - ASISTENTE ADMINISTRATIVO 1 15.870,00 01-12-16 31-12-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - ASISTENTE ADMINISTRATIVO 1 15.870,00 IF-2016-11963283-EATC FIRMA Pág. 1 de 1 FIN DEL ANEXO página 1 de 1 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 122 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 281/EATC/16 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ANEXO I Nº : 12548 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a EXP-10633706/2016 ARAUJO PABLO DANIEL EXP-11118092/2016 LOPEZ DE CALATAYUD OSCAR ALBERTO EXP-10633065/2016 ORLOFF LARISA ELIZABETH EXP-11146417/2016 MARTINELLI CRISTIAN RENE EXP-11147031/2016 MENGEL MARGARETE ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI DNI CUIT 25743479 20257434797 DNI CUIT 13081561 20130815619 DNI CUIT 24484850 27244848503 DNI CUIT 26781429 20267814296 DNI CUIT 18903958 27189039587 Representado/a por: (1) Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. Importe Descripción de la función Nro. Cuotas Monto Total 10-03-16 17-03-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE CONTRABAJO - FILA- EN EL CONCIERTO DE ABONO Nº 1 CON LA ORQUESTA FIARMONICA DE BUENOS AIRES 1 4.984,00 4.984,00 10-03-16 17-03-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE CORNETA SOLISTA- EN EL CONCIERTO DE ABONO Nº 1 CON LA ORQUESTA FILARMONICA DE BUENOS AIRES 1 5.579,00 5.579,00 10-03-16 17-03-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE VIOLINCELLO - FILA- EN EL CONCIERTO DE ABONO Nº 1 CON LA ORQUESTA FILARMONICA DE BUENOS AIRES 1 4.984,00 4.984,00 10-03-16 17-03-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EEJCUTANTE DE CORNETASOLISTA EN EL COCNCIERTO DE ABONO Nº 1 CON LA ORQUESTA FILARMONICA DE BUENOS AIRES 1 5.579,00 5.579,00 10-03-16 17-03-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE TUBA WAGNERIANA - SOLISTA- EN EL CONCIERTO DE ABONO Nº 1 CON LA ORQUESTA FILARMONICA DE BUENOS AIRES 1 5.579,00 5.579,00 (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). IF-2016-11861690-DGTALEATC FIRMA Pág. 1 deDE 2 BUENOS AIRES GOBIERNO DE LA CIUDAD ANEXO I página 1 de 2 Nº : 12548 RESOLUCION ...................................... SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año Contratado/a EXP-11147579/2016 SCHNEEBELI ENRIQUE VICTORIO EXP-11148075/2016 RODRIGUEZ CECILIA FLORENCIA EXP-10632633/2016 BRU MARIA DELIA ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI DNI CUIT 28283216 20282832160 DNI CUIT 24856446 27248564461 DNI CUIT 10910881 27109108818 Representado/a por: (1) Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. (1) Sólo para aquellos contratados que poseen representante legal y/o artístico (contrato de representación). Importe Descripción de la función Nro. Cuotas Monto Total 10-03-16 17-03-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE BOMBARDINO - SOLISTA- EN EL CONCIERTO DE ABONO Nº 1 CON LA ORQUESTA FILARMONICA DE BUENOS AIRES 1 4.782,00 4.782,00 10-03-16 17-03-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE VIOLA - FILAEN EL CONCIERTO DE ABONO Nº 1 CON LA ORQUESTA FILARMONICA DE BUENOS AIRES 1 9.968,00 9.968,00 10-03-16 17-03-16 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - MUSICO EJECUTANTE DE VIOLA - FILAEN EL CONCIERTO DE ABONO Nº 1 CON LA ORQUESTA FILARMONICA DE BUENOS AIRES 1 4.984,00 4.984,00 IF-2016-11861690-DGTALEATC FIRMA Pág. 2 de 2 FIN DEL ANEXO página 2 de 2 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 123 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 282/EATC/15 SECRETARÍA: MINISTERIO DE CULTURA ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año EXP-11906334/2016 Contratado/a HEREDIA PATRICIA Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI DNI CUIT 21030298 27210302986 Representado/a por: (1) Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. 01-04-16 30-04-16 01-05-16 31-05-16 01-06-16 30-06-16 01-07-16 31-07-16 01-08-16 31-08-16 01-09-16 30-09-16 01-10-16 31-10-16 01-11-16 30-11-16 01-12-16 SECRETARÍA: Nro. Cuotas Monto Total SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - PRECEPTORA EN ENSAYOS DE LA CARRERA DE DANZAS DEL ISATC 1 5.750,00 51.750,00 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - PRECEPTORA EN ENSAYOS DE LA CARRERA DE DANZAS DEL ISATC 1 5.750,00 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - PRECEPTORA EN ENSAYOS DE LA CARRERA DE DANZAS DEL ISATC 1 5.750,00 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - PRECEPTORA EN ENSAYOS DE LA CARRERA DE DANZAS DEL ISATC 1 5.750,00 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - PRECEPTORA EN ENSAYOS DE LA CARRERA DE DANZAS DEL ISATC 1 5.750,00 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - PRECEPTORA EN ENSAYOS DE LA CARRERA DE DANZAS DEL ISATC 1 5.750,00 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - PRECEPTORA EN ENSAYOS DE LA CARRERA DE DANZAS DEL ISATC 1 5.750,00 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES - PRECEPTORA EN ENSAYOS DE LA CARRERA DE DANZAS DEL ISATC 1 5.750,00 SERVICIOS ARTISTICOS Y CULTURALES MINISTERIO DE CULTURA UNIDAD EJECUTORA CONTRATANTE: Actuado Tipo-Nro./Año Importe Descripción de la función Contratado/a ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON Docum. Tipo Nro. Nro. CUIT o CDI Representado/a por: (1) Docum. Período Desde Tipo Hasta Nro. 31-12-16 FIN DEL ANEXO Importe Descripción de la función - PRECEPTORA EN ENSAYOS DE LA CARRERA DE DANZAS DEL ISATC Nro. Cuotas Monto 1 5.750,00 Total N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 624/MAYEPGC/16 N° 124 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 624/MAYEPGC/16 (continuación) IF-2015-36053595- -EMUI página 2 de 2 FIN DEL ANEXO N° 125 N° 4879 - 10/5/2016 //.- Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 126 ANEXO - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 868/MHGC/16 Anexo “I” MINISTERIO DE EDUCACION DESIGNACIONES APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO/CUIL. PARTIDA Y FUNCION A PARTIR DEL 10-11-2015 Aramburu, Mónica Cristina CUIL.27-26491030-2 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Benítez, Antonio Ricardo CUIL. 20-13385185-3 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Castro, Marta Andrea CUIL. 27-24321562-0 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- González, María de los Ángeles CUIL. 27-31174170-0 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Guzman, Sonia Débora CUIL. 27-30551764-5 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Ruíz, Darío Gastón CUIL. 20-38175270-5 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Trejo, María Alejandra CUIL. 27-34042052-2 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Viñas, Kevin Ezequiel CUIL. 20-33950062-3 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- A PARTIR DEL 12-11-2015 Arrua, Analía Fernanda CUIL. 27-29752458-0 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- PAGINA Nº 1/2 IF-2016-10941014- -DGALP página 1 de 2 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 127 Anexo “I” MINISTERIO DE EDUCACION DESIGNACIONES APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO/CUIL. PARTIDA Y FUNCION A PARTIR DEL 12-11-2015 Caffaratti, Daniela Fabiana CUIL.27-20287549-7 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Chayle, Juan Carlos CUIL. 20-31075798-6 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Justa Servidio, Luca Gabriel CUIL. 20-39761492-2 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- López Oliver, Marcelo Daniel CUIL. 20-24752780-0 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Olivera Falech, Jorge Gastón CUIL. 20-36284659-6 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Olivieri, Gustavo Andrés CUIL. 20-24335165-1 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Roman Mamani, Lauret Sofía CUIL. 23-93907942-4 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Suárez, Braian Josue CUIL. 27-35347765-5 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Teyssier D’ Alessandro, Reneé Solange CUIL. 27-29382410-5 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- PAGINA Nº 2/2 FIN DEL ANEXO IF-2016-10941014- -DGALP página 2 de 2 N° 4879 - 10/5/2016 //.- Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 869/MHGC/16 Anexo “I” MINISTERIO DE EDUCACION DESIGNACIONES APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO/CUIL. PARTIDA Y FUNCION A PARTIR DEL 16-09-2015 Arenas, María Angélica CUIL.27-29388828-6 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Churquina, Analía Viviana CUIL. 27-22294468-1 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Morales, Yamila Ayelén CUIL. 27-39159084-8 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Moreira Garofolo, Dolly CUIL. 27-92801259-5 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Paniagua, Claudia Beatriz CUIL. 23-27325809-4 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Romero, María Fernanda CUIL. 27-25914879-6 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Salas, Florencia Estefanía CUIL. 27-34857016-7 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Treise, Ivana Manuela Soledad CUIL. 27-36287397-0 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- A PARTIR DEL 17-09-2015 Berazaluce, Pablo Sebastián CUIL. 20-27401143-3 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- PAGINA Nº 1/2 IF-2016-10950845- -DGALP página 1 de 2 N° 128 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 129 Anexo “I” MINISTERIO DE EDUCACION DESIGNACIONES APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO/CUIL. PARTIDA Y FUNCION A PARTIR DEL 17-09-2015 Caamaño Coscarella, Mariano Rosario CUIL. 20-22147838-0 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- Ríos, Ariel Aníbal CUIL. 20-37668361-4 5501.0000.S.A.01.0800.381 Auxiliar de Portería.- PAGINA Nº 2/2 FIN DEL ANEXO IF-2016-10950845- -DGALP página 2 de 2 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 130 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 189/HGACA/16 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS "DR. COSME ARGERICH" 2016- Año del Bicentenariode la Declaraciónde Independenciade la República Argentina PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES CLÁUSULAS PARTICULARES ANEXO 1) PLAZO Y FORMA DE ENTREGA La primera entrega será INMEDIATA: dentro de los cinco (5) dias hábiles a partir del perfeccionamiento de la orden de compra, según el cuadro de distribución anexo a dicha orden; durante un periodo de 12 (doce) meses. El Organismo licitante se reserva el derecho de solicitar hasta el total de la Orden de Compra. 2) ROTULADO Y EMPAQUE Todas las unidades de dispensación deberán estar rotuladas según normas vigentes (Decreto N° 2505/85 Y Resolución N° 255/94 del Ministerio de Salud, o Disposición 2319/02 TO 2004 y 2318/02 TO 2004 de la ANMAT). En cada unidad de entrega (paquetes o cajas), deberá estar claramente identificado, mediante rótulo perfectamente adherido, que indicará como minimo lo siguiente: a. b. c. d. e. f. g. h. Denominación del producto Contenido unitario N° de Orden de Compra y año N° de lote, serie o partida Nombre o marca comercial del fabricante o proveedor Fecha de expiración Dirección del fabricante o importador Nombre del Director Técnico Para los renglones a proveer en paquetes, estos deberán venir firmes, bien asegurados y no dar lugar a que con el manipuleo se produzca el desarme de los mismos. Indicando condiciones de estibado (frágil, cantidad por bulto, proteger de la luz, no exponer a la intemperie, etc.), pudiendo indicarse gráficamente. 3) ENVASES El Organismo Licitante, se r distinta a la solicitada, en el Dependencia usuaria no ofrec /\ serva resent inco I ere. ho de considerar envases de capacidad lego de Bases y Condiciones, si a juicio de la ent alguno para su uso o distribución. Dr. NESTOR HE DIRECTOR M Página 1 de 2 PLIEG-2016-12329651- -HGACA página 1 de 2 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 131 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 189/HGACA/16 A los efectos de comparar precios, se tomara como base la (continuación) unidad de medida. Los oferentes deberán cotizar sobre la base de la unidad del producto que se solicita, cualquiera sea la capacidad del envase que se comercialice. con el objeto de facilitar la comparación de precios. 4) MARCA Es imprescindible que se consigne la marca de los productos ofertados, o indicar si son de su fabricación y/o fraccionamiento. Cuando en las especificaciones se mencione tipo de marca, lo es al solo efecto de señalar las caracteristicas generales del articulo solicitado sin que ello implique que el proponente no pueda ofrecer articulos similares, de otras marcas, pero asimismo deberá especificar lo que ofrece. 5) ALTERNATIVA El Organismo Licitante se reserva el derecho de considerar ofertas alternativas, de caracteristicas distintas a lo indicado en el Pliego de Bases y Condiciones, incluidos envases y/o presentaciones de contenidos diferentes a los solicitados. En el caso de ofrecer distintas marcas comerciales para un mismo renglón deberán ser presentadas por separado como ofertas alternativas, de lo contrario no serán consideradas ofertas válidas. 6) MEDIDAS Cuando se solicitan medidas aproximadas, el oferente deberá precisar en su oferta que medida ofrece, las tolerancias generales serán de +/- un 5%, salvo detalle especifico de tolerancia del insumo a adquirir. 7) VENCIMIENTO En todos los casos, no se aceptará un vencimiento menor a 18 (dieciocho) de la fecha de entrega. 8) meses a partir CANJE El organismo solicitante se reserva el derecho de exigir al respectivo proveedor, con un mínimo de noventa (90) días de antelación a la fecha de vencimiento declarada, que proceda a efectuar el canje de aquellos insumos oportunamente provistos, por la misma marca. número de unidades y calidad, con vencimiento posterior, no inferior a 18 (dieciocho) meses. 9) LUGAR DE ENTREGA La entrega se realizará en el Hospital Argerich, sito en Av. Alte. Brown 240. CABA, División Radiología, Subsuelo, de Lunes a Viernes de 8.30 a 11.00 hs. EL OFERENTE DEBERA CARGAR AL SISTEMA BAC TODA LA DOCUMENTACION SOLICITADA JUNTAMENTE CON LA OFERTA. LA NO PRESENTACION DE LA MISMA SERA CAUSAL DE DESESTIMACION. ," El Comité de Evaluación de Ofertas se reserva el derecho de solicitar la documentación faltante e incluso la adicional que considere necesaria. PLIEGO SIN VALOR ¥/C.v~ .(/' &~ .t-'" 1J 1j Ji tf 7Y ,'" (i. l..c.U <(llJRI GI-AENTE '.Al. GAAl.DE UINIS , NIII ERA IVO .Dr.C. 1\8ESIC» 10 DE $A UD Página 2 de 2 f Dr. NESTOR HE NANDEZ DIRECTOR M DlCO HOSPITAL Gral d AGUDOS .COSME ARG R1CH" PLIEG-2016-12329651- -HGACA FIN DEL ANEXO página 2 de 2 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ANEXO - DISPOSICIÓN N° 274/HGACD/16 N° 132 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ANEXO - DISPOSICIÓN N° 274/HGACD/16 (continuación) N° 133 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ANEXO - DISPOSICIÓN N° 274/HGACD/16 (continuación) N° 134 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ANEXO - DISPOSICIÓN N° 274/HGACD/16 (continuación) FIN DEL ANEXO N° 135 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008” ANEXO I “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la Repúb lica Argentina”. GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD N° 4879 - 10/5/2016 N° 136 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 111/SGCBA/16 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 137 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008” “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la Repúb lica Argentina”. GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD N° 4879 - 10/5/2016 N° 138 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 139 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008” “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la Repúb lica Argentina”. GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD N° 4879 - 10/5/2016 N° 140 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 141 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008” “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la Repúb lica Argentina”. GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD N° 4879 - 10/5/2016 N° 142 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 111/SGCBA/16 (continuación) FIN DEL ANEXO N° 143 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008” ANEXO I “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la Repúb lica Argentina”. GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD N° 4879 - 10/5/2016 N° 144 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 112/SGCBA/16 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 145 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008” “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la Repúb lica Argentina”. GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD N° 4879 - 10/5/2016 N° 146 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 147 “El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008” “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la Repúb lica Argentina”. GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires FIN DEL ANEXO N° 148 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 112/SGCBA/16 (continuación) Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008” ANEXO I “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la Repúb lica Argentina”. GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD N° 4879 - 10/5/2016 N° 149 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 113/SGCBA/16 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 150 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008” “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la Repúb lica Argentina”. GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD N° 4879 - 10/5/2016 N° 151 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 152 “El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008” “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la Repúb lica Argentina”. GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires FIN DEL ANEXO N° 153 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 113/SGCBA/16 (continuación) Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008” ANEXO I “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la Repúb lica Argentina”. GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD N° 4879 - 10/5/2016 N° 154 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 114/SGCBA/16 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 155 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008” “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la Repúb lica Argentina”. GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD N° 4879 - 10/5/2016 N° 156 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 157 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “El sistema de gestión de la calidad de la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido certificado según la norma IRAM-ISO 9001-2008” “2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la Repúb lica Argentina”. GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD N° 4879 - 10/5/2016 N° 158 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ANEXO - RESOLUCIÓN N° 114/SGCBA/16 (continuación) FIN DEL ANEXO N° 159 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 160 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 27/DGTALPG/16 PRO CURACI ON G ENERAL DE LA CIUDAD DE BUENO S AI RES 2016- Año Del Bicentenário de la Declaración de Independencia de la Republica Argentina PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES 1. Objeto de la Contratación: El objeto de la presente Contratación Directa es la adquisición de un “Servicio de suscripción online de información jurídica”, a cargo de la firma ABELEDO PERROT S.A. con destino a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los términos del artículo 28, apartado 5 de la Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454). 2. Moneda de Cotización: Moneda de curso legal en la República Argentina. 3. Monto de la Contratación: Pesos TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL ONCE 00/100 ($348.011,00). 4. Forma de Pago: 30 días hábiles, una vez presentada la factura en la Dirección General de Contaduría del GCABA. 5. Plazo de Mantenimiento de Oferta: Deberá mantener la oferta por el término de treinta (30) días a contar de la fecha del acto de apertura. Al vencimiento del plazo indicado, éste se prorrogará automáticamente por igual plazo. El oferente tendrá la oportunidad de retirar su oferta una vez fenecido el plazo mínimo de treinta (30) días a contar desde la fecha de apertura, debiendo a tal efecto notificar en forma fehaciente su voluntad de no renovar el mantenimiento de la oferta con una antelación mínima de diez (10) días anteriores al vencimiento de dicho plazo. 6. Plazo de inicio de la prestación del servicio: 5 días corridos desde el perfeccionamiento del contrato. 7. Plazo y lugar de prestación del servicio: 12 (doce) meses consecutivos. Lugar de la prestación: Uruguay 440/466, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 8. Ampliación y prórroga del contrato: Se deja establecido que el presente contrato podrá ampliarse y/o prorrogarse, a exclusiva conveniencia del GCBA según las necesidades del Organismo y conforme lo establece el articulo Nº 119 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado por Ley N° 5454). 9. Horarios de prestación del servicio: El servicio contratado deberá prestarse en forma ininterrumpida, durante las veinticuatro (24) horas diarias (días hábiles, sábados, domingos y feriados). 10. Representante Técnico: La firma Adjudicataria deberá obligatoriamente designar un Representante Técnico. Esta información junto a la información de contacto del mismo debe presentarse en la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Procuración General, antes del inicio del servicio. N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 161 PRO CURACI ON G ENERAL DE LA CIUDAD DE BUENO S AI RES 2016- Año Del Bicentenário de la Declaración de Independencia de la Republica Argentina En caso de reemplazo del mismo durante la ejecución del contrato, la firma Adjudicataria deberá poner en conocimiento del Organismo contratante, con un plazo de antelación no menor a los treinta (30) días corridos. Deberá proponer para esta instancia un representante de idénticas características que el propuesto originalmente. 11. Soporte Técnico del Servicio: La firma Adjudicataria deberá asistir en el día, horario y de conformidad con el requerimiento efectuado por el Organismo contratante, a los fines que éste estime pertinente. Por tal motivo, deberán proporcionarse teléfonos y direcciones de correo electrónico de contacto que garanticen esta prestación. Asimismo se deja establecido que el plazo para atender toda deficiencia del servicio o requerimiento realizado, será de veinticuatro (24) hs. corridas, contadas a partir de la notificación fehaciente del reclamo. 12. Comunicaciones: Las comunicaciones que se realicen entre el Organismo licitante y la firma Adjudicataria se llevarán a cabo conforme el artículo 4 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (PUBGC). 13. Domicilio del Adjudicatario: La firma Adjudicataria deberá obligatoriamente constituir domicilio en el ámbito de la Ciudad autónoma de Buenos Aires y en caso de cambio de domicilio, el nuevo que se constituya deberá ser dentro del ámbito geográfico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 6 del PUBCG. 14. Constitución de garantía de cumplimiento del contrato: Dentro de los cinco (5) días de notificada la adjudicación, la firma Adjudicataria deberá presentar una garantía de fiel cumplimiento del contrato, la que debe presentarse en la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Procuración General, sita en Uruguay 466, 1º Piso, Oficina 114, de esta Ciudad, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo Nº 127 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454). Esta garantía será del diez por ciento (10%) del valor total de la adjudicación (Art. 17.1, inciso b), del PUBCG. Dicha garantía deberá constituirse bajo una de las modalidades previstas a tal fin en el art. 17.2 del PUBCG. La misma será devuelta al adjudicatario dentro de los diez (10) días de finalizado el contrato, a entera satisfacción de la Repartición contratante, en caso de fiel cumplimiento en tiempo y forma de cada una de las obligaciones resultantes de esta Contratación y del contrato. 15. Penalidades Contractuales: Establecidas en el Capítulo XII de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454) “DE LAS PENALIDADES CONTRACTUALES”. Las mismas son: Artículo 125 – PENALIDADES: Los oferentes o contratantes pueden ser pasibles de las siguientes penalidades: a) Pérdida de la garantía de N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 162 PRO CURACI ON G ENERAL DE LA CIUDAD DE BUENO S AI RES 2016- Año Del Bicentenário de la Declaración de Independencia de la Republica Argentina mantenimiento de la oferta o de cumplimiento del contrato. b) Multa por incumplimiento de las obligaciones contractuales. c) Rescisión del contrato por culpa del co-contratante. La aplicación de las penalidades es facultad de las Unidades Operativas de Adquisiciones. A los efectos de la aplicación de las penalidades se deben reunir todos los antecedentes referidos al desempeño del oferente o contratante durante el desarrollo del procedimiento contractual, que motiven y justifiquen la aplicación de la penalidad. Artículo 126 - PÉRDIDA DE LA GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA –DESISTIMIENTO DE OFERTAS: El desistimiento de la oferta antes del vencimiento del plazo de validez establecido conlleva la pérdida de la garantía de la oferta. En caso de desistimiento parcial, la garantía se pierde en forma proporcional. Artículo 127 - PÉRDIDA DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO – INTEGRACIÓN DE LA GARANTÍA: Si el adjudicatario no integra la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en la reglamentación, se lo intimará en forma fehaciente. Vencido el plazo otorgado en la intimación sin que se haya cumplimentado tal obligación, se le rescindirá el contrato con la pérdida de la garantía de la adjudicación o de un monto equivalente a dicha garantía. Artículo 128 - MULTAS POR INCUMPLIMIENTOS: La prórroga en el cumplimiento del plazo contractual, así como los incumplimientos de las obligaciones convenidas, determinan en todos los casos la aplicación de una multa por incumplimiento, cuyo monto y procedimiento serán establecidos en la reglamentación. Los pliegos de condiciones particulares pueden establecer otras multas, más allá de las contempladas en la presente ley. Artículo 129 - AFECTACIÓN DE LAS MULTAS: Las multas que se apliquen se afectan en el orden siguiente: a) A las facturas emergentes del contrato, que estén al cobro o en trámite. b) A los créditos del co-contratante resultantes de otros contratos de suministro o prestación de servicios no personales c) A la correspondiente garantía. d) Ejecución Fiscal. Artículo 130 - RESCISIÓN POR CULPA DEL COCONTRATANTE - RECHAZO DE LA ORDEN DE COMPRA O VENTA: Queda rescindido el contrato por culpa del co contratante, con pérdida de la garantía de oferta, cuando éste rechace la orden de compra o venta dentro del plazo que fije la reglamentación. Artículo 131 - RESCISIÓN POR CULPA DEL COCONTRATANTE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Vencido el plazo de cumplimiento del contrato, de su prórroga o en su caso, del contrato rehabilitado, sin que los bienes hayan sido entregados o prestados los servicios de conformidad, se rescindirá el mismo de pleno derecho con pérdida de las garantías correspondientes sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial, debiendo luego el organismo licitante proceder al dictado de la declaración formal de rescisión. N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 163 PRO CURACI ON G ENERAL DE LA CIUDAD DE BUENO S AI RES 2016- Año Del Bicentenário de la Declaración de Independencia de la Republica Argentina Artículo 132 - RESCISIÓN POR CULPA DEL COCONTRATANTE. PRESTACIONES DE CARÁCTER ESPECIAL: El incumplimiento de las prestaciones en que no sea posible admitir su satisfacción fuera de término, en razón de la naturaleza de las mismas y de las necesidades de la Administración, es sancionado con la rescisión del contrato más la pérdida de la garantía de cumplimiento del mismo por el importe total de aquella. Artículo 133 - RESCISIÓN POR CULPA DEL COCONTRATANTE - FRAUDE O NEGLIGENCIA. Cuando el co-contratante incurre en negligencia en la ejecución del contrato o incumple las obligaciones a su cargo, el organismo contratante puede rescindir unilateralmente el contrato, quedando a cargo del co contratante la reparación de los daños y perjuicios que hubiere causado con su accionar. Asimismo es causal de rescisión del contrato por culpa del co contratante y con las consecuencias precedentemente indicadas, cuando se hubiere configurado cualquier tipo de fraude que fuera determinante de la adjudicación de la oferta en cuestión. Artículo 134 - RESCISIÓN POR CULPA DEL COCONTRATANTE TRANSFERENCIA O CESIÓN DEL CONTRATO: Cuando el co contratante transfiriera o cediera todo o parte del contrato sin que ello fuere autorizado previamente por la entidad contratante, ésta debe rescindir unilateralmente el contrato por culpa del co-contratante, con pérdida de la garantía de cumplimiento del contrato. Artículo 135 - RESCISIÓN TOTAL O PARCIAL: La rescisión del contrato y la consiguiente pérdida de la garantía de cumplimiento pueden ser totales o parciales, afectando en este último caso a la parte no cumplida de aquél. En caso de efectuarse una rescisión parcial en un contrato de tracto sucesivo, el co-contratante debe cumplir con la parte no rescindida, aún en el caso que se le imponga una sanción de suspensión o inhabilitación. Artículo 136 - CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR: Las penalidades establecidas en esta ley no son aplicadas cuando el incumplimiento de la obligación provenga de caso fortuito o de fuerza mayor, debidamente documentado y probado por el interesado y aceptado por el organismo licitante. La existencia de caso fortuito o fuerza mayor que impida el cumplimiento de los compromisos contraídos por el oferente o los adjudicatarios, debe ser puesta en conocimiento del organismo contratante dentro del plazo que establezca la reglamentación de la presente ley. Transcurrido dicho plazo, no puede invocarse el caso fortuito o fuerza mayor. Se establece que en caso de haberse constatado el incumplimiento por parte de la firma Adjudicataria durante la ejecución del contrato, le será aplicada la penalidad y/o la sanción que pudiere corresponderle aún cuando el contrato se encontrara extinguido, rescindido y/o ejecutado en su totalidad al tiempo en que se formalice el correspondiente acto administrativo que decide la aplicación de la penalidad y/o sanción. N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 164 PRO CURACI ON G ENERAL DE LA CIUDAD DE BUENO S AI RES 2016- Año Del Bicentenário de la Declaración de Independencia de la Republica Argentina 16. Causales de Penalidad: Particularmente, para la rescisión del contrato y/o aplicación de penalidades, de conformidad con las causales previstas precedentemente, se tendrán en especial consideración, las siguientes circunstancias: a) No designación en tiempo y forma de un representante técnico o la omisión de su reemplazo en la modalidad y plazos previstos: 0,5 % del monto total adjudicado, por cada día de demora. b) Demoras en la iniciación del servicio: 1 % del monto total adjudicado, por cada día de demora. c) Deficiencias en la prestación del servicio: 10 % del monto total adjudicado, una vez verificada la deficiencia debidamente fundada por la Dirección Tecnología y Procesos dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Procuración General. d) Interrupción del servicio sin causa que lo justifique: 1 % por cada día sin servicio. e) Incumplimiento de parte o todo el servicio y/u omisión de responder en los plazos establecidos, ante un requerimiento efectuado por el Organismo contratante: 1 % por cada día de incumplimiento. 17. Rescisión y Extinción del Contrato: Cuando se produjere alguna de las causales previstas en los artículos Nº 130 a 134 de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley N° 5454), por incurrir la Adjudicataria en incumplimientos contractuales durante la realización de los trabajos o prestación del servicio, el GCABA se reserva el derecho de rescindir el contrato de pleno derecho o de fijar un plazo para su terminación. La rescisión por culpa de la firma Adjudicataria implicará la pérdida de la garantía de cumplimiento de contrato, en la parte no cumplida, sin perjuicio de las demás sanciones que correspondieran. 18. Seguros: Accidentes de trabajo: El Contratista será responsable de su personal por accidentes de trabajo, para lo cual deberá contratar un seguro que cubra la totalidad de las obligaciones fijadas por la Ley sobre Riesgos del Trabajo Nº 24.557, modificada por Ley 26.773 y sus Decretos reglamentarios.El seguro deberá cubrir los riesgos y accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales e inculpables amparando las indemnizaciones por incapacidad permanente, parcial y absoluta, incapacidad temporaria y/o muerte, accidente "in-itinere" y prestación médico-farmacéutica, por el monto máximo que fijara la legislación vigente. Si durante la prestación del servicio se produjera el vencimiento de las pólizas referidas en el presente pliego, el Contratista estará obligado a constituir nuevos seguros hasta la finalización efectiva de los trabajos encomendados, con una antelación no menor a cuarenta y ocho (48) horas a la fecha de vencimiento de las mismas. N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 165 PRO CURACI ON G ENERAL DE LA CIUDAD DE BUENO S AI RES 2016- Año Del Bicentenário de la Declaración de Independencia de la Republica Argentina La no actualización de dichas pólizas dará lugar a la interrupción de la prestación, pudiendo dicha situación provocar la rescisión contractual, tal como se determina en el presente pliego. 19. Presentación de las pólizas: Las pólizas exigidas, deberán ser presentadas en la Unidad Operativa de Adquisiciones de la Procuración General, sita en Uruguay 440/466, 1er. piso Oficina 114. con una antelación no menor de cuarenta y ocho (48) horas de la fecha fijada para la prestación del servicio. El incumplimiento dentro del plazo fijado para la presentación de las pólizas, motivará en todos los casos la postergación del comienzo de la prestación del servicio y la consiguiente aplicación de las sanciones establecidas en el presente pliego. 20. Obligaciones del contratista: Emplear, exclusivamente, durante toda la vigencia del contrato, la cantidad de personal capacitado, con pericia y experiencia en sus respectivas especialidades, de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Especificaciones Técnicas. El comportamiento del personal deberá ser en todo momento correcto y eficiente pudiendo el Organismo Contratante emplazar a la empresa para la separación de aquél que así no lo hiciere. Todo el personal afectado al servicio estará bajo el exclusivo cargo del adjudicatario, corriendo por su cuenta salarios, seguros (ART), leyes sociales y previsionales y cualquier otro gasto sin excepción, no teniendo en ningún caso el mismo relación de dependencia con el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. El GCBA no asumirá responsabilidad alguna y estará desligado de todo conflicto o litigio que eventualmente se generase entre el adjudicatario y el el personal que éste ocupare para ejercer la actividad objeto del presente proceso licitatorio. 21. Recepción Definitiva: El Adjudicatario deberá presentar a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal, el remito de entrega del servicio objeto de la presente. Conformado, se remitirá a la U.O.A.P.G., que dará intervención a la Comisión de Recepción Definitiva del Organismo Contratante a efectos., para luego extender el Parte de Recepción Definitiva. Obtenido el parte, el Contratista procederá a confeccionar la factura conforme a la mecánica establecida al respecto en el PBCG BAC. 22. Forma y Plazo de Pago: A los fines del pago a los Proveedores, finalizada la prestación, el Organismo contratante emitirá 1 (un) Parte de Recepción Definitiva (PRD). El PRD deberá ser adquirido a través del sitio web del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda “Autogestión de Proveedores”, previa autenticación y presentando posteriormente la factura ante el Organismo competente para el pago de la obligación. N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 166 PRO CURACI ON G ENERAL DE LA CIUDAD DE BUENO S AI RES 2016- Año Del Bicentenário de la Declaración de Independencia de la Republica Argentina El plazo establecido para el pago es de 30 (treinta) días hábiles contados a partir de la presentación de la factura y documentación ante la Dirección General de Contaduría. N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 167 ANEXO - DISPOSICIÓN N° 27/DGTALPG/16 (continuación) PRO CURACI ON G ENERAL DE LA CIUDAD DE BUENO S AI RES 2016- Año Del Bicentenário de la Declaración de Independencia de la Republica Argentina PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: El objeto de la presente Contratación Directa es la contratación de un “Servicio de suscripción online de información jurídica” a cargo de la firma ABELEDO PERROT S.A. con destino la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los términos del art. 28, apartado 5, de la Ley N° 2095 (texto consolidado Ley 5454). SERVICIO: A los efectos de la utilización del “Link de Acceso”, la prestación del servicio deberá evaluar una validación del usuario mediante la conexión IP del mismo, de acuerdo a lo presupuestado (DOCFI-2016-08448420-DGTALPG). Además, antes del comienzo de la prestación del servicio, se deberá proveer bajo sobre cerrado, una cantidad de catorce (14) cuentas personales, las cuales deberán ser cuentas autenticadas para su ingreso mediante usuario y contraseña. Dichas claves personales serán oportunamente asignadas a los Funcionarios que determine el Organismo Contratante, los que deberán poseer rango no inferior a Director General. FIN DEL ANEXO N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 168 ANEXO - RESOLUCIÓN N° 45/PPVM/16 ANEXO AGENTE DNI FECHA DE BAJA ACOSTA MARIA ELENA 5.619.473 31/01/2016 BARCELO MARIO HECTOR 7.785.596 31/12/2015 BELLERA CARLOS ALBERTO 4.311.350 04/09/2015 CASALE PABLO ALEJANDRO 6.894.750 31/03/2016 DE RIDDER DIEGO CARLOS 8.511.679 31/03/2016 MONTENEGRO EDUARDO ALFREDO 4.271.758 19/02/2015 PINTO MARIANO SANTIAGO 4.588.062 31/03/2016 SZYCH ALICIA INES 11.644.791 31/07/2015 FIN DEL ANEXO N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 169 ANEXO - EO N° 653 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS EXP. NO. Contribuyente: Resp Ext.: Periodo AM2010-01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 AM2011-01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 1844050/2011 VllMAR CONSTRUCCIONES ANEXO N° 1.5.1.8.: S.R.l. 901-064451-9 CUIT N°: 30-70822267-0 en carácter de Socios Gerentes de la Firma a la Sra. Mirta Liliana Villalba López y el Sr.Julián Gabriel Mareco Santacruz ylo quien resulte responsable en la actualidad. Monto Imponible Declarado Determinado $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $0,00 $0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 285.577,96 $146.016,11 $ 62.711,02 $ 34.034,51 $ 24.726,71 $ 15.086,62 $ 15.255,07 $ 15.417,81 $15.571,63 $ 15.716,52 $ 15.859,63 $ 16.008,81 $16.159,06 $16.207,23 $16.359,84 $ 16.516,70 $ 16.681,00 $ 16,849,91 $ 17.046,78 $ 17,216,39 $17.392,94 $17.551,44 $17.718,79 $17.881,90 Impuesto Omitido: Total Impuesto Adeudado: Verificaclon Declarado $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $0,00 $0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $0,00 $0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 $ 0,00 del Impuesto Determinado $ 8.567,34 $ 4.380,48 $ 1.881,33 $ 1.021,04 $ 741,80 $ 452,60 $ 457,65 $ 462,53 $ 467,15 $ 471 ,50 $ 475,79 $ 480,26 $ 484,77 $ 486,22 $ 490,80 $ 495,50 $ 500,43 $ 505,50 $511,40 $ 516,49 $ 521,79 $ 526,54 $ 531,56 $ 536,46 Total $ 8.567,34 $ 4.380,48 $ 1.881,33 $ 1.021,04 $ 741,80 $ 452,60 $ 457,65 $ 462.53 $467,15 $ 471,50 $ 475,79 $ 480,26 $ 484,77 $ 486,22 $ 490,80 $ 495,50 $ 500,43 $ 505,50 $ 511,40 $ 516,49 $ 521,79 $ 526,54 $ 531,56 $ 536,46 25.96693 $ 25.966,93 $ 25.966,931 (Pesos Veinticinco mil novecientos $uenta Multa (Base de Imposición): SI Impuesto Omitido: SI Ampl.de Sumario: Total Base de Imposición: Diferencia y seis con 93/100) $ 25.966,93 $ 0,00 $ 25.966,931 100% x2 0% $ 51.873,86 $ 0,00 $ 51.873,861 (Pesos CinCUCllIay un mil ochocientos FIN DEL ANEXO s<ltenta y tres con 86/1DDj N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 170 ANEXO - OL 1366 (/Default.aspx) Jueves 21 de Abril, 8:14:32 Proceso de compra Número del proceso de compra 416-0408-LPU16 Número de expediente EX-2016-11100303- -MGEYA-HGACD Nombre del proceso de compra FORMULA LÁCTEA DE SEGUIMIENTO PARA LACTANTES, ETC. Unidad Operativa de Adquisiciones 416 - HTAL. CARLOS G. DURAND Información básica del proceso Nº de proceso 416-0408-LPU16 Nombre de proceso FORMULA LÁCTEA DE SEGUIMIENTO PARA LACTANTES, ETC. Objeto de la contratación FORMULA LÁCTEA DE SEGUIMIENTO PARA LACTANTES, ETC. Procedimiento de selección Licitacion Pública Etapa Única Modalidad Sin modalidad Alcance https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhwb/Oqn73bb528Vg5GtDg3N8XDFds0EAIRwPtk|yoHzODr6vwnp… 1/13 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 171 Nacional Moneda ARS-Peso Argentino Encuadre legal Ley Nº 2.095 Art. 31º Tipo de cotización Por cantidad de renglón: parcial Por renglones: parcial Tipo de adjudicación Por cantidad de renglón: parcial Por renglones: parcial Tipo documento que genera el proceso Orden de compra Cantidad de Ofertas al proceso No acepta más de una oferta Lugar de recepción de documentación física AVDA.DÍAZ VELEZ 5044 Plazo mantenimiento de la oferta 20 Días hábiles Acto de apertura Acepta redeterminación de precios No Requiere pago No Otras condiciones Requiere asesoría técnica Área responsable: ALIMENTACIÓN BEATRIZ C. PECHI Otros requisitos obligatorios Acepta prórroga Sí Solicitudes de gasto asignadas al proceso https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhwb/Oqn73bb528Vg5GtDg3N8XDFds0EAIRwPtk|yoHzODr6vwnp… 2/13 N° 4879 - 10/5/2016 Número solicitud de gasto 416-1797-SG16 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Estado Unidad Ejecutora Autorizada en Proceso 416 - HTAL. CARLOS G. DURAND N° 172 Tipo de Rubro urgencia Fecha creación Salud 14/04/2016 Normal Detalle de productos o servicios Objeto Número del renglón gasto Código del ítem Descripción Precio Cantidad unitario Subtotal 1 15,00 U 2-1-1-0 33.10.001.002.43 MODULO DE AMINOACIDOSCaracteristica/s Intervinientes en la formación de masa magra corporal Variedad/es Módulo de aminoácidos Composicion Aproximada x 100 g : 30-31 g de L-glutamina, 30-31 g de Larg Ver más 2 2-1-1-0 33.10.001.000.90 NUTRICION ENTERAL PARA PACIENTES ONCOLOGICOSLíquida, con alta densidad calórica protéica, con Omega 3 y fibra_Fórmula aprox. por 100 ml: Hidratos de carbono: (maltodextrina y/o sacarosa) 12 a 13 g, Ver más 3 4 Acciones 55,00 825,00 250,00 U 200,00 50000,00 2-1-1-0 33.10.001.002.46 FORMULA ENTERAL NUTRICIONALMENTE COMPLETACaracteristica/s Líquida, para pacientes críticos con alto stress metabólico, con baja osmoralidad, libre de sacarosa Variedad/es Enteral nutricionalmente comp Ver más 100,00 U 285,00 28500,00 2-1-1-0 33.10.001.000.92 SUPLEMENTO NUTRICIONAL COMPLETO Y BALANCEADO PARA PACIENTES CON SARCOPENIA-En polvo, saborizado con agregado de sacarosa libre de lactosa y glúten_Fórmula aprox. Por 70,00 U 255,00 17850,00 3/13 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 173 100 g de polvo: Hidratos de carbo Ver más 5 2-1-1-0 33.10.001.000.91 SUPLEMENTO NUTRICIONAL 250,00 U PARA PACIENTES ONCOLOGICOS-Líquido, sdaborizado, con fibras, hipercalórico e hiperproteico_Fórmula aprox. Por 100 ml: Hidratos de carbono: (maltodextrina y/o sacarosa)12 a 13 g Ver más 295,00 73750,00 6 50,00 Kg 2-1-1-0 33.10.001.000.84 SUPLEMENTO NUTRICIONAL COMPLETO-Para niños mayores de 3 años, balanceado de consistencia semisólida ,con fibra prebiótica._Fórmula aproximada por 100 gramos: Hidratos de carbono(sacarosa y/o maltodext Ver más 390,00 19500,00 7 150,00 U 2-1-1-0 33.10.001.002.16 FORMULA LACTEA PARA RECIEN NACIDOS DE BAJO PESOCaracteristica/s Líquida, esterilizada, con 100% de aceites vegetales, enriquecida con ácido araquidónico y docosahexaenóico Variedad/es Láctea para reci Ver más 500,00 75000,00 8 2-1-1-0 33.10.001.002.7 240,00 Kg 350,00 FORMULA LACTEA PARA RECIEN NACIDOS DE BAJO PESOCaracteristica/s En polvo Variedad/es Láctea para recién nacidos de bajo peso Composicion Aprox x 100 g: Hidratos de carbono 46 a 57 g. Proteínas 12 a 16 Ver más 84000,00 9 2-1-1-0 33.10.001.002.20 FORMULA LACTEA DE INICIO PARA LACTANTES DE 0 A 6 MESESCaracteristica/s En polvo, con prebióticos FOS y GOS, con bajo contenido en sodio Variedad/es Láctea de 420,00 U 250,00 105000,00 4/13 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 174 inicio para lactantes de 0 a 6 meses Compo Ver más 10 2-1-1-0 33.10.001.002.5 FORMULA LACTEA DE 200,00 U SEGUIMIENTO PARA LACTANTES DE 7 A 12 MESESCaracteristica/s En polvo Variedad/es Láctea de seguimiento para lactantes de 7 a 12 meses Composicion Aprox x 100 g: Hidratos de Carbono 51 Ver más 155,00 31000,00 11 2-1-1-0 33.10.001.003.1 600,00 Kg 220,00 ALIMENTO DIETETICO PARA ADULTOSCaracteristica/s En polvo. Libre de lactosa, sacarosa, gluten y fibra. Sabor neutro. Por kg Variedad/es Para adultos Composicion Fórmula aproximada por 100 gramos de pol Ver más 132000,00 12 2-1-1-0 33.10.001.006.1 300,00 U CASEINATO DE CALCIOCaracteristica/s Concentrado protéico de alto valor biológico para utilizar en dietas líquidas. Libre de proteínas de soja. Por kg Composicion Fórmula aproximada por 100 g. de polvo Ver más 230,00 69000,00 13 2-1-1-0 33.10.001.008.1 SUPLEMENTO NUTRICIONALCaracteristica/s Saborizado, de bajos residuos. Libre de lactosa, gluten y aceites vegetales hidrogenados. Contiene sacarosa. Por kg Variedad/es En polvo, de uso oral o enteral C Ver más 400,00 U 340,00 136000,00 14 2-1-1-0 33.10.001.002.44 HIDROLIZADO ENZIMATICO DE CASEINACaracteristica/s Por kg Variedad/es Hidrolizado enzimático de caseína Composicion 600,00 U 270,00 162000,00 https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhwb/Oqn73bb528Vg5GtDg3N8XDFds0EAIRwPtk|yoHzODr6vwnp… 5/13 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 175 Aproximada por 100 g de polvo: Proteínas: (Hidrolizado de caseína) 16 a 16.5 g. Líp Ver más 15 2-1-1-0 33.10.001.007.1 SUPLEMENTO ENERGETICO 400,00 U (MALTODEXTRINA)Caracteristica/s Con baja osmolaridad, libre de sacarosa. En polvo. Por kg Composicion Fórmula aproximada por 100 g de producto: Hidratos de Carbon Ver más 85,00 34000,00 16 2-1-1-0 33.10.001.000.83 SUPLEMENTO NUTRICIONALLíquido, de uso oral, saborizado. Libre de lactosa, gluten_Composición aproximada en 100 CC: Proteínas: 5,4 a 6 g. Grasas: 4 a 6 g ( Aceites de girasol y/o maíz y/o canola-y/ Ver más 400,00 Litro 204,00 81600,00 17 2-1-1-0 33.10.001.011.3 NUTRICION ENTERALVariedad/es Líquida, isotónica, de bajos residuos, con alto contenido en nitrógeno, libre de lactosa, sacarosa y gluten. Litro Composicion Aproximada en 100 ml: Proteínas: 3,5 a 4,6 g Ver más 1700,00 U 77,00 130900,00 18 2-1-1-0 33.10.001.011.1 400,00 U NUTRICION ENTERALVariedad/es Líquida, completa, balanceada, isotónica con fibra. Para alimentación por sonda. Libre de lactosa sacarosa y gluten. Con alto contenido en nitrógeno Composicion Aproximada Ver más 155,00 62000,00 19 2-1-1-0 33.10.001.000.89 NUTRICION ENTERAL CON FRUCTOOLIGOSACARIDOS (FOS)-Líquida, con moderado aumento de la densidad calórica y protéica. Con alto contenido de nitródgeno y 200,00 80000,00 400,00 Litro 6/13 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 176 fibra. Libre de lactosa y gluten_Composición aprox Ver más 20 2-1-1-0 33.10.001.000.82 NUTRICION LIQUIDA COMPLETA-Fibra, especial para pacientes renales en diálisis_Composición aproximada por 100cc. Proteínas ( Caseinato de Ca, Na y Mg) : 6,8 a 7 g.Hidratos de Carbono ( Hidrolizado de Ver más 250,00 Litro 215,00 53750,00 21 2-1-1-0 33.10.001.012.3 400,00 U 155,00 62000,00 22 2-1-1-0 33.10.001.000.88 NUTRICION ENTERAL-Líquida, con aumento de la densidad calórica y proteica, con proteínas parcialmente hidrolizadas. Libre de lactosa, gluten y sacarosa_Composición aprox. por 100 ml.: Proteínas(casein Ver más 300,00 Litro 160,00 48000,00 23 2-1-1-0 33.10.001.005.5 300,00 U 85,00 25500,00 24 2-1-1-0 33.10.001.000.87 NUTRICION ELEMENTAL EN 70,00 Kg POLVO-Para pacientes con deterioro de la función gastrointestinal_Composición aproximada por 100 gr :Proteínas (hidrolizado de soja 1255,00 87850,00 NUTRICION PARA DIABETICO DE USO ORALVariedad/es Líquida, de liberación lenta, libre de gluten Composicion Por 100 ml hidratos de carbono (maltodextrina y/o almidón de tapioca y/o fructosa y/o lactosa Ver más NUTRICION LIQUIDA COMPLETA PARA NIÑOSCaracteristica/s Balanceada especial para niños de 1 a 10 años Libre de lactosa. Por l Variedad/es Nutrición líquida completa para niños Composicion Fórmula aprox Ver más https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhwb/Oqn73bb528Vg5GtDg3N8XDFds0EAIRwPtk|yoHzODr6vwnp… 7/13 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 177 y lactoalbúmina 42%. Glutámina 14.2g/l): 20 a Ver más 25 2-1-1-0 33.10.001.000.4 DIETA LIQUIDA-Completa 300,00 para uso oral o enteral listo Litro para administrar por sonda_Composición aproximada por 100 ml: Proteínas 5 a 6 g. Hidratos de Carbono: 17 a 19 g (maltodextrina-lactosa< a 0,25 g). Ver más 26 2-1-1-0 33.10.001.002.45 FORMULA ENTERAL SEMIELEMENTAL ISOCALORICA CON HIDROLIZADO DE PR DE SUEROCaracteristica/s Líquida, para pacientes adultos con alteraciones digesto-absortivas Variedad/es Enteral semielemental - isoca Ver más 27 2-1-1-0 33.10.001.011.2 28 2-1-1-0 33.10.001.000.22 ALMIDON DE MAIZ MODIFICADO-En polvo, para alimentación oral y espesar en forma instantánea, sin cocción, alimentos sólidos o líquidos, fríos o calientes _Composición aproximada por 100 gramos d Ver más 29 2-1-1-0 33.10.001.000.52 SUPLEMENTO NUTRICIONAL COMPLETO Y BALANCEADOLíquido, de uso enteral, para adultos. Para pacientes con alto riesgo de 130,00 39000,00 135,00 20250,00 120,00 24000,00 50,00 Kg 270,00 13500,00 400,00 Litro 185,00 74000,00 150,00 U 200,00 NUTRICION ENTERAL Litro COMPLETAVariedad/es Completa, líquida con fibra, especial para diabéticos Composicion Aproximada por 100 ml. Proteínas (Caseinato de Na y/o Ca-y/o aislado de proteínas de soja) : 4 Ver más 8/13 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 178 infección._Fórmula aproximada por 100 ml Proteìnas: 5,2 a 6,6 g(hidrolizada de tri Ver más 30 2-1-1-0 33.10.001.002.33 FORMULA SEMIELEMENTAL C/HIDROLIZADO DE CASEINA PARA PACIENTES ADULTOSCaracteristica/s En polvo. Dieta semi-elemental completa a base de péptidos de cadena corta. Baja en residuos. No contiene sacarosa Ver más 350,00 U 450,00 157500,00 31 2-1-1-0 33.10.001.004.1 40,00 U 1175,00 47000,00 32 2-1-1-0 33.10.001.000.79 MODULO NUTROTERAPICOPolvo de sabor neutro para pacientes críticos. Provee entre 370 y 400 calorías por cada 100 gramos de polvo. Contiene proteínas : 100 gramos (100% glutamina). Libre de gluten, lac Ver más 10,00 U 1450,00 14500,00 ACEITE VEGETAL TRIGLICERIDOS DE CADENA MEDIANACaracteristica/s Triglicéridos de cadena mediana. Para pacientes con trastornos en la digestión, absorción y transporte de lípidos. Por l Composicion Fó Ver más TOTAL: $ 2.039.775,00 Cronograma Fecha y hora estimada de publicación en el portal 21/04/2016 09:00:00 a.m. Fecha y hora publicación en boletin oficial No ha sido suministrada por el sistema de Boletín Oficial Fecha y hora inicio de consultas 21/04/2016 10:00:00 a.m. https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhwb/Oqn73bb528Vg5GtDg3N8XDFds0EAIRwPtk|yoHzODr6vwnp… 9/13 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 179 Fecha y hora final de consultas 12/05/2016 12:00:00 p.m. Fecha y hora inicio recepción de documentos en soporte físico 21/04/2016 10:00:00 a.m. Fecha y hora fin recepción de documentos en soporte físico 12/05/2016 12:00:00 p.m. Cantidad de días a publicar No ha sido suministrada por el sistema de Boletín Oficial Fecha y hora acto de apertura 12/05/2016 01:00:00 p.m. Pliego de bases y condiciones generales Documento Número disposición aprobatoria Fecha creación Pliego de Bases y Condiciones Generales Disposición Aprobatoria 4/6/2014 Acciones Requisitos mínimos de participación I. Requisitos económicos y financieros Nº de requisito Descripción Tipo de documento 1 CUANDO LA OFERTA SUPERE LOS $ 975000 DEBERÁ PRESENTAR GARANTÍA DEL 5% DEL TOTAL DE SU COMPRA Requiere adjuntar documentación electrónica Nº de requisito Descripción Tipo de documento 1 VER CLAUSULAS PARTICULARES y/o ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Requiere adjuntar documentación electrónica II. Requisitos técnicos III. Requisitos administrativos https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhwb/Oqn73bb528Vg5GtDg3N8XDFds0EAIRwPtk|yoHzODr6vwn… 10/13 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 180 Nº de requisito Descripción Tipo de documento 1 VER CLAUSULAS PARTICULARES No requiere adjuntar documentación Cláusulas particulares Documento Número SADE Clausulas Particulares PLIEG-2016-11106930- -HGACD Número especial Fecha vinculación Opciones 21/04/2016 Garantías Garantía de impugnación al pliego Porcentaje 2,00% La garantía de impugnación al pliego será entre el uno por ciento (1%) y el tres por ciento (3%) del presupuesto oficial o monto estimado de la compra. Garantía de impugnación a la preadjudicación Porcentaje 4,00% La garantía de impugnación a la preadjudicación será de entre el uno por ciento (1%) y el cinco por ciento (5%) del monto de la oferta del renglón o renglones impugnados. Garantía de mantenimiento de oferta Si No Requiere incorporar garantía de mantenimiento de oferta cuando el monto de la misma no supere las 100.000 unidades de compra y para las excepciones enumeradas en el artículo 101 de la Ley 2.095 y su modificatoria Ley 4.764. Garantía de cumplimiento de contrato Si No Requiere incorporar garantía de cumplimiento de contrato cuando el monto del instrumento contractual no supere las 100.000 unidades de compra y para las excepciones enumeradas en el artículo 101 de la Ley 2.095 y su modificatoria Ley 4.764. https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhwb/Oqn73bb528Vg5GtDg3N8XDFds0EAIRwPtk|yoHzODr6vwn… 11/13 N° 4879 - 10/5/2016 Si Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 181 No Requiere incorporar contragarantía. Monto y duración del contrato Monto $ 2.039.775,00 Moneda ARS - Peso Argentino Periodicidad recepción Diario Fecha estimada del inicio del contrato Dentro de los 5 Días hábiles del perfeccionamiento del documento contractual Duración del contrato 12 Meses Supervisor Tipo Nombre Apellido documento Número documento Cecilia 31431505 Bernardi DNI Cargo Unidad Ejecutora Administrativo 416 - HTAL. CARLOS G. DURAND Evaluadores del proceso de compra Nombre y apellido Declaración Jurada Unidad Ejecutora Opciones NORMA MARIA ALEGRE IF-2016-06498534- -HGACD 416 - HTAL. CARLOS G. DURAND DINA BEATRIZ LACOLLA IF-2016-06499031- -HGACD 416 - HTAL. CARLOS G. DURAND MARIA FERNANDA FREGA IF-2016-08273019- -HGACD 416 - HTAL. CARLOS G. DURAND Cantidad de Evaluadores considerados: 3 Actos administrativos Documento Número SADE Número especial Fecha vinculación Opciones Autorización llamado DI-2016-11103966- -HGACD DI-2016-264-HGACD 21/04/2016 Autorización pliego DI-2016-11103966- -HGACD DI-2016-264-HGACD 21/04/2016 https://www.buenosairescompras.gob.ar/PLIEGO/VistaPreviaPliego.aspx?qs=BQoBkoMoEhwb/Oqn73bb528Vg5GtDg3N8XDFds0EAIRwPtk|yoHzODr6vwn… 12/13 N° 4879 - 10/5/2016 Autorización pliego Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO - OL 1366Autónoma (continuación) DI-2016-11103966- -HGACD DI-2016-264-HGACD Volver N° 182 21/04/2016 Imprimir Ver historial Dirección General de Compras y Contrataciones - v5.0.3358.31585_SEAC_UNIFICADO Avisos sobre Navegadores | Términos y Condiciones de Uso FIN DEL ANEXO 13/13 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ANEXO - OL 1367 N° 183 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 184 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires FIN DEL ANEXO N° 185 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 186 ANEXO - EO 658 MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCION GENERAL DE RENTAS Notificación: - Expediente Nº 12802540/2014 La Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber a la firma SERCHIA S.A., que mediante CARGO Nº 17444/2015 se inicio verificación impositiva al número de inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos 901-659205-1, con último domicilio declarado ante la Dirección General de Rentas en Thames 1859 Piso 2 Dpto 9, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la que surgen diferencias de verificación a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, según surge de Exp. Nº 12802540/2014. Las diferencias de verificación se detallan en ANEXO que se acompaña. Se le notifica que el primer Lunes hábil, a contar pasados los diez (10) días hábiles desde la fecha de la última publicación de este Edicto a las 10 horas, deberá presentarse responsable de la firma, debidamente autorizada y/o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en la Dirección Fiscalización Integral y Operativos Especiales de la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos sito en Viamonte 900 (Sector Esmeralda 2° piso) Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los efectos de prestar conformidad de las Diferencias de Verificación que se comunican, por las posiciones 11 y 12/2012, 01, 03 a 12/2013 y 01 y 02/2014, determinadas sobre base presunta. En caso de prestar conformidad a los ajustes efectuados, deberá abonar el impuesto resultante con más los recargos correspondientes que establece el Art. 76, del Código Fiscal (t.o. 2015), dentro de los 15 días posteriores al plazo anteriormente mencionado. Caso contrario dichas diferencias se consideraran no conformadas. Diferencias de carácter parcial. Asimismo se intima al Contribuyente a ingresar el importe de las deducciones, prima facie improcedentes, detectadas en los períodos 10/2012 (por $ 45792,08), 11/2012 (por $ 129036.73) y 12/2012 (por $ 129895,43), dentro del plazo de diez (10) días hábiles a contar desde la fecha de la última publicación de este edicto. Dr. Claudio Basile DIRECTOR DE FISCALIZACION INTEGRAL Y OPERATIVOS ESPECIALES N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires N° 187 ANEXO - EO 658 (continuación) DIFERENCIAS DE VERIFICACIÓN INGRESOS BRUTOS – SERCHIA SA POSICIÓN 11/2012 12/2012 MONTO IMPONIBLE ALÍCUOTA VERIFICACIÓN DEL IMPUESTO ACTIVIDAD DECLARADA DECL AJUSTADO DECL AJUSTADO DECL AJUSTADO SALDO Vta por mayor en comisión (511110) 4324277.11 4324277.11 3% 5.5% 129728.31 237835.24 108106.93 Vta por mayor en comisión (511110) 4354520.84 4354520.84 3% 5,5% 130635.63 239498.65 108863.02 01/2013 03/2013 04/2013 05/2013 06/2013 07/2013 08/2013 09/2013 10/2013 11/2013 12/2013 Vta Vta Vta Vta Vta Vta Vta Vta Vta Vta Vta 01/2014 02/2014 Vta por mayor en comisión (511110) Vta por mayor en comisión (511110) Totales 2012 por por por por por por por por por por por mayor mayor mayor mayor mayor mayor mayor mayor mayor mayor mayor en en en en en en en en en en en comisión comisión comisión comisión comisión comisión comisión comisión comisión comisión comisión 8678797.95 8678797.95 (511110 (511110) (511110) (511110) (511110) (511110) (511110) (511110) (511110) (511110) (511110) Totales 2013 Totales 2014 TOTALES 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0,00 722754.33 2848406.40 4512084.74 5391428.01 4568697.63 5424843.80 4204701.73 4230983.66 5566821.47 3054206.93 2886934.21 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 43411862,91 0 0 739013.45 247805.44 0,00 986818,89 8678797.95 260363,94 5,5% 5,5% 5,5% 5,5% 5,5% 5,5% 5,5% 5,5% 5,5% 5,5% 5,5% 0,00 5,5% 5,5% 0 0 0,00 53077479.75 260363.94 477333,89 39751.49 156662.35 248164.66 296528.54 251278.37 298366.41 231258.60 232704.10 306175.18 167981.38 158781.38 2387652.46 40645.74 13629.30 54275,04 RET Y PERCP DECLARADAS 10/2012 11/2012 12/2012 TOTALES 2012 BASE DE DATOS AGIP DIFERENCIAS 45896,33 129588,35 130448,60 89,39 502.32 477.97 45806,94 129086,03 129970,63 305933,28 1069,68 304863,60 FIN DEL ANEXO 2387652.46 40645.74 13629.30 54275,04 2919261,39 2658897,45 DEDUCCIONES IMPROCEDENTES - RETENCIONES Y PERCEPCIONES INGRESOS BRUTOS – SERCHIA SA POSICIÓN 216969.95 39751.49 156662.35 248164.66 296528.54 251278.37 298366.41 231258.60 232704.10 306175.18 167981.38 158781.38 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ANEXO - EO 657 N° 188 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ANEXO - EO 657 (continuación) N° 189 N° 4879 - 10/5/2016 Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ANEXO - EO 657 (continuación) FIN DEL ANEXO N° 190
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