REGLAMENTO DE PROYECTOS FIN DE GRADO DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR DE ALGECIRAS (Aprobado en Junta de Escuela el 25 de noviembre de 2013) 1 Reglamento de Proyectos Fin de Grado Preámbulo El presente reglamento se elabora con el fin de regular los Proyectos de Fin de Grado, que se corresponde con los Trabajos Fin de Grado (PFG) que se desarrollen en titulaciones oficiales adaptadas al RD 1393/2007, modificado por el Real Decreto 861/2010 de 2 de julio, adscritas a la Escuela Politécnica Superior de Algeciras y de acuerdo al Reglamento Marco UCA/CG07/2012, de 13 de julio de 2012, de Trabajos Fin de Frado y Fin de Máster de la Universidad de Cádiz. El Reglamento Marco de Trabajos de Fin de Grado y Fin de Máster de la Universidad de Cádiz, aprobado por acuerdo de Consejo de Gobierno de la Universidad de Cádiz en sesión ordinaria celebrada el día 13 de julio de 2012, publicado en el BOUCA núm. 148 indica, en su Artículo 1, Objeto y ámbito de aplicación, apartado 1.3, que en los supuestos de títulos que habiliten legalmente para el ejercicio de actividades profesionales reguladas, los trabajos de fin de Grado o Máster se regirán por su normativa específica, sin perjuicio de que este Reglamento sea aplicable subsidiariamente, en la medida en que no contradiga aquella normativa. El Reglamento Marco será de aplicación a las cuestiones no previstas expresamente en este documento. Los Trabajos de Fin de Grado y Fin de Máster integran los planes de estudio de los títulos, debiendo corresponderse su desarrollo y resultados, desde la perspectiva del alumno, con el número de créditos previsto en cada caso en la memoria del título. A efectos administrativos el Proyecto Fin de Grado, como asignatura del plan de estudios, reclama el tratamiento propio de toda actividad docente planificada. Las Ingenierías cuentan con una larga tradición en el desarrollo de los Proyectos Fin de Carrera. Si bien los Trabajos Fin de Grado y Fin de Master son figuras nuevas reglamentadas en el RD 1313/2007 de Ordenación de la Enseñanza Universitaria Oficial, la experiencia acumulada durante años en los Proyectos Fin de Carrera es valiosa y sirve como fundamento para la elaboración de este reglamento. Los Proyectos de Fin de Grado deben ser el resultado de un ejercicio integrador de los contenidos formativos recibidos por los alumnos y de las competencias por ellos adquiridas en el título. Con el fin de unificar los criterios y procedimientos que aseguren y garanticen la homogeneidad en la organización y evaluación de esta asignatura, la Junta de la Escuela Politécnica Superior de Algeciras en su sesión de 25 de noviembre de 2013 acordó aprobar el presente Reglamento de Proyectos Fin de Grado. 2 Reglamento de Proyectos Fin de Grado Artículo 1º. Objeto y ámbito de aplicación. 1. Este Reglamento contiene las directrices básicas relacionadas con la definición, elaboración, tutela, presentación, defensa, evaluación y gestión administrativa de los Proyectos Fin de Grado contemplados en las titulaciones impartidas en la Escuela Politécnica Superior de Algeciras. 2. En el caso de los títulos oficiales de carácter interuniversitario, este Reglamento sólo será de aplicación a los alumnos matriculados en la Universidad de Cádiz, salvo que el convenio regulador del título correspondiente establezca un régimen distinto. 3. El contenido de este Reglamento se completa con las demás reglamentaciones de la Universidad de Cádiz que estén en vigor y que se refieran, entre otras, a las normas de permanencia, al reglamento de evaluación, al reconocimiento y transferencia de créditos, y a la movilidad de alumnos. Art. 2º. Naturaleza y características de los Proyectos Fin de Grado. 1. Los Proyectos Fin de Grado suponen un ejercicio original e individual del alumno, de suficiente nivel y complejidad, en el ámbito de las tecnologías específicas, de la titulación correspondiente y de naturaleza profesional, consistente en la elaboración de un proyecto, un análisis, una memoria o un estudio original, que le permite mostrar de forma integrada los contenidos formativos recibidos, las capacidades, las habilidades y las competencias adquiridas durante la realización de los estudios del título de grado. 2. Los alumnos que deseen obtener una doble mención deberán realizar un Proyecto Fin de Grado interdisciplinar que posibilite la comprobación de la adquisición de las competencias previstas en los planes de estudio con menciones. 3. Los Proyectos Fin de Grado (PFG) pueden realizarse según las siguientes tipologías: a) Proyecto de ingeniería. Aquel trabajo que suponga el diseño, modificación y/o planificación de un proceso, equipos, instalaciones, obras y/o equipos dentro del ámbito Ingeniería. Aquel estudio organizativo y económico que suponga un análisis, valoración y/o evaluación práctica, ya sea a nivel de campo, laboratorio o simulación, de un proceso, técnica o sistema dentro de los campos propios de la titulación y cualquier otro propio del campo de la Ingeniería, relacionando cuando proceda alternativas técnicas con evaluaciones económicas y discusión y valoración de los resultados. b) Proyecto de investigación aplicada. Aquel trabajo teórico, experimental o numérico, trabajo de naturaleza teórica, computacional o experimental, en conexión con las líneas de investigación y desarrollo de los grupos de investigación de la Escuela Politécnica Superior de Algeciras, así como centros y empresas especializadas, que constituyan una contribución a la técnica en los diversos campos de estudio de la titulación, incluyendo, cuando proceda, evaluación económica, discusión y valoración de los resultados. 3 Reglamento de Proyectos Fin de Grado 4. Atendiendo al desarrollo del PFG, se contemplan dos modalidades: a) Aula de Proyectos de Ingeniería: Se trata de la realización tutorizada del PFG en grupos reducidos de alumnos, de forma similar a cualquier otra asignatura de grado. Cada grupo tendrá un funcionamiento independiente de cara a su gestión administrativa. Los alumnos serán organizados en grupos para las actividades de orientación y tutela, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4º, apartado 2 del presente reglamento. b) Específico: Se trata de los proyectos que no se desarrollarán en la modalidad de Aula de Proyectos de Ingeniería. 5. El PFG debe ser un trabajo original no presentado con anterioridad por el alumno para superar otras materias en esta titulación, o en otras titulaciones previamente cursadas en esta u otras universidades. Art. 3º. Comisiones de Proyectos Fin de Grado. 1. Se constituirá una única Comisión de Proyectos Fin de Grado (CPFG). 2. La CPFG estará formada por los siguientes miembros: • El Director de la Escuela, o Subdirector en quien delegue. • Los coordinadores de cada uno de los títulos de Grado que se imparten. • Un profesor perteneciente a los cuerpos docentes de la universidad por cada titulación o tecnología específica con docencia en la Escuela Politécnica Superior de Algeciras. • Dos profesores con docencia en la Escuela Politécnica Superior de Algeciras. • Un alumno elegido de entre los representantes en la Junta de Escuela. 3. Las funciones de las comisiones de Proyectos Fin de Grado son: a) Gestionar y tutelar el desarrollo de los Proyectos Fin de Grado, resolviendo las incidencias que puedan plantearse. b) Recabar de los departamentos y, en su caso, de otros colaboradores externos y de los alumnos, la relación de los temas que puedan constituir objeto de los Proyectos Fin de Grado. c) Proponer a la Junta de Escuela el procedimiento de asignación de los alumnos y de los tutores a los trabajos. d) Proponer a la Junta de Escuela las comisiones evaluadoras de los Proyectos Fin de Grado. e) Garantizar la homogeneidad de las exigencias y criterios que fijen las distintas comisiones evaluadoras para la exposición y la evaluación de los trabajos. f) Velar por la aplicación de este Reglamento y de las normas o procedimientos que lo desarrollen. g) Todas aquellas funciones que el centro estime necesarias para la buena marcha del proceso. 4 Reglamento de Proyectos Fin de Grado 4. El Director de la Escuela podrá proponer el nombramiento de coordinadores de PFG para una o varias titulaciones, atendiendo al número de alumnos matriculados, titulaciones, menciones o itinerarios impartidos u otra causa que así lo requiera. Las funciones principales de dichos coordinadores serán la organización y coordinación de la asignatura. Art. 4º. El tutor académico. 1. La tutoría de los proyectos recaerá sobre el profesor o profesores tutores, quienes establecerán, con carácter obligatorio, los horarios de atención a los alumnos durante la fase de realización del proyecto. 2. Las actividades docentes del PFG en la modalidad de Aula de Proyectos de Ingeniería incluirán clases de orientación general, impartidas al conjunto del grupo, junto con clases de orientación individualizadas y tutorías. Se llevarán a cabo, en grupos reducidos alumnos y se requerirá la asistencia a la actividad programada en el Aula de Proyectos. Cada grupo se organizará en torno al tema o los temas afines que serán objeto del proyecto. 3. El tutor será responsable de establecer las especificaciones y objetivos concretos del PFG, de orientar al alumno en su desarrollo, de velar por el cumplimiento de los objetivos fijados, de emitir, previamente a su defensa, un informe de evaluación del proceso y del resultado del PFG que haya tutelado. Art. 5º. Propuesta del Proyectos Fin de Grado. 1. La propuesta de proyectos y tutores de PFG tendrá dos modalidades: la oferta en el Aula de Proyectos de Ingeniería y la oferta específica. Cada propuesta de proyecto y tutor se presentará en impreso normalizado y recogerá la siguiente información: • Título del Proyecto Fin de Grado. • Tutor o tutores y en su caso del ponente. • Departamentos y Áreas de Conocimiento. • Titulaciones, itinerarios o menciones para los que se oferta. • Objetivos y breve descripción del PFG. • Modalidad: Aula de Proyectos de Ingeniería o específico. • En su caso, requisitos o conocimientos específicos que debe reunir el alumno solicitante. • Actividades formativas de carácter presencial que se planifican. • Plan de trabajo, en el que se hará constar, de forma explícita, una relación detallada de las tareas a realizar por el alumno, teniendo en cuenta para ello el número de horas necesario y su ajuste a los créditos del PFG de la titulación. Para las propuestas de PFG en la modalidad de Aula de Proyectos de Ingeniería, en el caso de ser aceptadas de forma provisional por la Comisión de PFG, se elaborarán los programas docentes al igual que el resto de asignaturas de la titulación. 2. Cada curso académico, la Comisión de PFG aprobará la oferta general de PFGs, que será incluida en el plan docente de cada título. Dicha oferta será recabada de los 5 Reglamento de Proyectos Fin de Grado Departamentos, Secciones Departamentales y Grupos de Investigación adscritos, estableciendo un número de propuestas que cubra las necesidades previstas. 3. Antes del inicio oficial de cada curso, la CPFG aprobará y hará público, mediante la página web del centro, un listado de la oferta general de Proyectos Fin de Grado. 4. Los alumnos podrán proponer a la CPFG una oferta específica, fruto del mutuo acuerdo entre tutor y alumno. El alumno solicitará a la CPFG la aprobación de dicha propuesta, que podrá presentar, mediante procedimiento normalizado, a lo largo del curso académico. La CPFG podrá aprobar, rechazar o recabar información adicional sobre dicha propuesta. Art. 6º. Asignación del Proyecto. 1. Para solicitar la asignación de un PFG, se requiere que el alumno esté matriculado del resto de los créditos de la titulación, a excepción de los créditos correspondientes al proyecto fin de grado. 2. La CPFG asignará un trabajo o proyecto a cada alumno solicitante, de acuerdo con los criterios previamente establecidos por la misma. Estos criterios deberán hacerse públicos junto a la relación de trabajos o proyectos asignados. 3. El plazo para realizar la solicitud finalizará al término de la convocatoria de exámenes de septiembre para trabajos del primer semestre, y al término de la convocatoria de febrero para los trabajos del segundo semestre. Los alumnos solicitarán los Proyectos Fin de Grado que consideren de su interés dirigiéndose al presidente de la CPFG mediante procedimiento normalizado. 4. La asignación del tutor y del proyecto a realizar en el Aula de Proyectos, tendrá validez sólo en el curso académico en el que se encuentre matriculado el alumno. Si no se supera en este tiempo, se concede una prórroga de un año pasando a la modalidad de específico. La asignación de los proyectos específicos tendrá una validez de un año, pudiendo ampliarse un año más, previa justificación ante la CPFG de la solicitud de dicha prórroga. Una vez finalizado el plazo, el alumno deberá solicitar una nueva asignación. 5. La resolución con el listado de las adjudicaciones definitivas del tutor y propuesta asignados a cada alumno se publicará en la página web del centro, abriendo un plazo de tres semanas para la presentación de reclamaciones. 6. En cualquier momento el alumno podrá solicitar a la CPFG la modificación de los datos recogidos en la inscripción del PFG específico. Para ello, deberá presentar una solicitud mediante procedimiento normalizado, con el Vº Bº del tutor(es) y, en su caso del ponente, en la que se especifiquen los cambios solicitados. 7. Las incidencias que tengan lugar durante la elaboración del PFG y que, a juicio del tutor y/o del alumno, pudieran afectar a la continuación del mismo, deberán ser comunicadas formalmente y con la debida motivación a la CPFG. Las resoluciones que la CPFG realice al respecto serán comunicadas debidamente al tutor y al alumno. Art. 7º. Las comisiones evaluadoras. 1. Se constituirá una Comisión de Evaluación de Proyectos Fin de Grado (CEPFG) por cada una de las titulaciones, formada preferentemente por profesores de la titulación 6 Reglamento de Proyectos Fin de Grado correspondiente. En el caso de los Grados con más de una tecnología específica se establecerá una Comisión por cada itinerario, cuya composición vendrá determinada en función de la tecnología específica. Asimismo, la CPFG podrá proponer la constitución de una CEPFG especial cuando la temática del trabajo a evaluar así lo requiera. 2. Las Comisiones de Evaluación de Proyectos Fin de Grado estarán formadas por tres profesores con docencia en las materias de la Tecnología Específica de la Titulación correspondiente, con la siguiente composición: a) El Director de la Escuela, o profesor en quien delegue, quien presidirá la CEPFG. b) Un vocal, elegido por la CPFG de entre los propuestos por los Departamentos afines al proyecto y con docencia en la titulación en el curso académico para el cual se constituya la CEPFG. c) Un vocal, elegido por la CPFG, preferiblemente de entre los propuestos por los Departamentos del área de conocimiento, o grupos de investigación en su caso, al que pertenezca el tutor y tener docencia en la Escuela, actuando como secretario. En las comisiones evaluadoras de los proyectos en la modalidad de Aula de Proyectos de Ingeniería actuarán como vocales los profesores participantes de los PFG en el Aula de Proyectos. Asimismo, se nombrará a dos profesores suplentes para cada Comisión, con el fin de cubrir las posibles ausencias. 3. Como parte de la programación docente que, cada año, los departamentos con docencia en el Centro remiten a la Junta de Escuela, se incluirá el listado de los profesores propuestos para actuar como vocales de las CEPFGs en el curso siguiente y en las diferentes titulaciones e itinerarios. El número de profesores que cada área de conocimiento deberá proponer será decidido por la Dirección de la Escuela, considerando la participación académica del área de conocimiento. 4. Las ausencias, como miembro de una comisión evaluadora, serán justificadas, según modelo normalizado, ante el Director del Centro, durante un plazo de 5 días naturales contados a partir de la fecha de comunicación de la celebración de las defensas. Art. 8º. Convocatorias y depósito del Proyecto Fin de Grado. 1. El depósito del PFG requiere que el alumno esté matriculado del resto de los créditos de la titulación y cumpla los requisitos recogidos en la Memoria de Verificación del título. La solicitud de presentación, según impreso normalizado, incorporará la firma del tutor del PFG. 2. El calendario de defensas de PFG formará parte integrante del calendario académico oficial que debe aprobar la Junta de Escuela para cada curso académico. Se establecerán al menos 3 períodos de examen para los PFGs, coincidiendo con el final de los períodos de exámenes de convocatorias ordinarias del resto de asignaturas de la titulación. 3. Las fechas límites de entrega de los PFG serán aprobadas en la planificación docente del curso por la Junta de Escuela, a propuesta de la Comisión de Proyectos Fin de Grado. 7 Reglamento de Proyectos Fin de Grado 4. Para el depósito del PFG, el alumno deberá presentar la siguiente documentación: a) Tres copias del PFG, dos de ellas en soporte informático protegido frente a la modificación de los archivos, y una en papel convenientemente presentada y encuadernada, salvo que la naturaleza del proyecto requiera un medio o formato distintos. b) Impreso de recepción del PFG en la Secretaría de Campus, donde se indicarán los medios audiovisuales y otros materiales que sean necesarios para su exposición. 5. La solicitud de presentación del PFG y la documentación que la acompañe se presentarán según procedimiento normalizado, quedando la Secretaría de Campus encargada de su custodia y archivo. 6. La documentación quedará a disposición de los miembros de las comisiones evaluadoras, con objeto de que ésta pueda ser examinada con anterioridad a su defensa. En el caso de que la Comisión Evaluadora considere que un trabajo no reúne los requisitos mínimos para su defensa, se informará debidamente al alumno de los aspectos a modificar y subsanar. Con el objeto de que el alumno pueda presentar el trabajo corregido en la misma convocatoria, se requerirá su entrega al menos 7 días naturales antes del final de la convocatoria. 7. En el supuesto contemplado en el apartado precedente, si no entrega el proyecto en los plazos indicados para defenderlo en la misma convocatoria, el estudiante podrá presentar el mismo PFG en otra convocatoria, o cuando lo estime conveniente y tras introducir las modificaciones o correcciones que estime necesarias, a la vista de la información que le haya facilitado la CEPFG. Art. 9º. Defensa del Proyecto Fin de Grado. 1. La Secretaría del Campus, una vez comprobado que el alumno cumple los requisitos establecidos para la defensa, remitirá toda la documentación al Presidente de la CPFG, que será responsable de trasladarla a la Comisión Evaluadora. 2. El lugar, día y hora de la defensa serán fijados en cada convocatoria, haciéndose públicos con una antelación de al menos quince días naturales antes de la celebración de la prueba. 3. Será condición necesaria para la defensa del PFG que la Comisión Evaluadora tenga a su disposición el informe del tutor, indicado en el artículo 4º, apartado 3 de este Reglamento. Cuando el PFG se realice en otra institución (empresa, convenio de intercambio, etc.) tanto el tutor de la Escuela como el cotutor externo deberán presentar un informe individual. 4. La exposición será oral y defensa pública del PFG, cada alumno dispondrá de un tiempo mínimo de 15 minutos y un máximo de 30 minutos. 5. Terminada la exposición, los miembros de la Comisión podrán formular las aclaraciones o preguntas que consideren oportunas con el fin de evaluar los distintos aspectos reflejados en el trabajo. 8 Reglamento de Proyectos Fin de Grado Art. 10º. Evaluación y calificación. 1. La comisión evaluadora deliberará a puerta cerrada sobre la calificación de los proyectos sometidos a su evaluación. 2. La calificación global tendrá en cuenta, al menos, la calidad científica y técnica del proyecto presentado, las características del material entregado, la claridad expositiva, la capacidad de debate y defensa argumental y el informe del tutor. 3. La calificación final será la media aritmética ponderada de las notas atribuidas al proyecto por los miembros de la comisión evaluadora. 4. El alumno que no haya superado la fase de evaluación o defensa de su proyecto, obtendrá la calificación de suspenso, debiendo concurrir a otra convocatoria mediante el procedimiento establecido. 5. Finalmente se cumplimentará el acta que se levantará al efecto y que firmarán todos los miembros de la Comisión de Evaluación del Proyectos Fin de Grado. Art. 11º. Alumnos de Intercambio Internacional 1. El PFG puede ser propuesto por un centro de destino nacional o extranjero cuando se trate de trabajos a desarrollar por alumnos de la Escuela adscritos a programas de movilidad. La propuesta será evaluada tal y como se establece en el presente Reglamento de PFG. 2. Los alumnos de la Escuela adscritos a un programa de movilidad y que deseen desarrollar el trabajo correspondiente a su PFG en el centro de destino, deberán realizar la propuesta de PFG durante el primer mes de su estancia en el centro de destino. Además de lo establecido en la presente normativa, el alumno deberá tener un cotutor del PFG en la Escuela. 3. Todos los alumnos de la Escuela que desarrollen el trabajo correspondiente a su PFG en el extranjero, dentro de un programa de movilidad, deberán presentar y defender su PFG en la Escuela, de acuerdo a las normas descritas en este Reglamento. 4. La realización del trabajo correspondiente al PFG deberá constar en la documentación de reconocimiento académico de los alumnos adscritos a algún programa de movilidad, siendo posible su reconocimiento por asignaturas, previo Vº Bº de los coordinadores académicos y de titulación del intercambio. La conformidad de esta equivalencia deberá ser aprobada por la Comisión de Garantía de Calidad del Centro. Art. 12º. Aspectos administrativos. 1. El plazo de matrícula del PFG quedará abierto desde la fecha de publicación de cada convocatoria hasta siete días naturales antes de la celebración del examen. 2. Las actas de calificación de los PFGs serán emitidas, a nombre del Presidente de la Comisión Evaluadora, por la Secretaría de la Escuela. El Presidente de la Comisión 9 Reglamento de Proyectos Fin de Grado Evaluadora será el encargado de cumplimentarlas y, en tiempo y forma, remitirlas a la Secretaría de la Escuela para su tramitación administrativa. 3. Tras cada defensa, la copia en papel del PFG y una en soporte informático será archivada en la Biblioteca, y la otra copia en soporte informático será entregada al Departamento al que pertenezca el profesor tutor. 4. Los proyectos evaluados positivamente con una calificación de 9 ó superior merecerán la incorporación de la copia en formato digital al Repositorio Institucional, con acceso abierto. La publicación de los proyectos velará en todo caso por el reconocimiento de los derechos de propiedad industrial o intelectual que correspondan a sus autores. 5. La CPFG anualmente elaborará un Informe de Seguimiento, Evaluación y Mejora de los Proyectos Fin de Grado que será remitido a la Comisión de Garantía de Calidad del Centro. Art. 13º. Confidencialidad 1. El alumno podrá solicitar la confidencialidad del contenido del PFG cuando solicite la presentación y defensa del PFG. Dicha solicitud de confidencialidad debe incluir la justificación y firma del Tutor del PFG. 2. Los PFG confidenciales serán debidamente identificados en la Secretaría del Campus .Y el acto de su defensa no será público, pudiendo estar presentes sólo el alumno y el Comisión evaluadora de Evaluación. 3. Una vez realizada la defensa del PFG, los miembros de la CEPFG devolverán los ejemplares del PFG al alumno. La copia depositada en la Biblioteca será un ejemplar protegido donde esté solo el trabajo que pueda ser objeto de publicación. 4. Los términos de Propiedad Industrial y Compromiso de Secreto asociados a los PFG realizados en otra institución (empresa, convenios, etc.), se regularán de acuerdo al Convenio pactado. Art. 14º. Organización y fomento de premios a los PFG. 1. Una vez concluidas todas las evaluaciones de PFGs de una convocatoria, las comisiones evaluadoras podrán proponer la concesión de Matrículas de Honor. La CPFG podrá asignar las Matrículas de Honor a los alumnos que, habiendo obtenido calificación de sobresaliente, hayan obtenido la mayor calificación numérica. El número de estas menciones no podrá ser superior a un cinco por ciento del número de alumnos matriculados en el PFG. En caso de que este número sea inferior a veinte sólo se podrá conceder una “Matrícula de Honor”. En el caso de que haya varios alumnos con la misma puntuación optando a una Matrícula de Honor, se resolverá a favor del mejor expediente académico. 2. La Escuela podrá reconocer el trabajo de los alumnos otorgando premios a los mejores PFG de cada promoción y fomentar la concesión de otros premios otorgados por 10 Reglamento de Proyectos Fin de Grado instituciones externas a la Universidad. Las normativas que regirán estas concesiones serán establecidas por la Junta de Escuela y se ajustarán a la normativa vigente de la Universidad de Cádiz al respecto. Art. 15º. Procedimientos y Guía de Proyectos Fin de Grado. 1. La CPFG elaborará y mantendrá actualizados los procedimientos para la aplicación de las previsiones de este Reglamento. 2. La CPFG elaborará una guía para el desarrollo de los PFGs. Dicha guía deberá permitir adaptar sus normas básicas a las particularidades requeridas para la aplicación del Reglamento de PFG, en lo relativo a tramitación de los proyectos, su elaboración, estilo y formatos de presentación, extensión y estructura, y su defensa. 3. Los citados procedimientos y guías serán elevados a la Junta de Escuela, para su aprobación y su anexión a este Reglamento. Disposición adicional primera. Promoción de la igualdad de género. En aplicación de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, toda referencia a personas o colectivos incluida en este Reglamento, estará haciendo referencia al género gramatical neutro, incluyendo, por lo tanto, la posibilidad de referirse tanto a mujeres como a hombres. Disposición adicional segunda. La Comisión de PFG que se creará a la entrada en vigor del presente Reglamento asumirá como propios y de forma transitoria todos los deberes y potestades que hasta ese momento recaían sobre la Comisión de Trabajos y Proyectos Fin de Carrera, que dejará de existir como tal. La nueva CPFG velará para que a cada alumno se le aplique adecuadamente el Reglamento que le corresponda. Disposición final. Entrada en vigor. Este Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz. 11
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