0 5 FEB 2016

República de Colombia
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
- ANLA RESOLUCIÓN
(0115)
0 5 FEB 2016-
"POR LA CUAL SE OTORGA UNA LICENCIA AMBIENTAL Y SE TOMAN OTRAS DETERMINACIONES"
EL DIRECTOR DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
En uso de las funciones asignadas en la Ley 99 de 1993, el Decreto-ley 3573 del 27 de septiembre de 2011 y
en la Resolución No. 0666 de 2015 de la ANLA, y las competencias establecidas en el Decreto 1076 del 26
de mayo de 2015 "Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible", y
CONSIDERANDO
Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, mediante el Auto N° 4220 del 06 de diciembre de
2013, inició a nombre de la Agencia Nacional de infraestructura - ANI, el trámite administrativo de Evaluación
del Diagnóstico Ambiental de Alternativas para la ejecución del proyecto denominado "Construcción de la vía
Camilo Cé - K33", en el departamento de Antioquía.
Que el Grupo Técnico de la Subdirección de Evaluación y Seguimiento de la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales - ANLA, con el fin de evaluar, revisar y analizar el Diagnóstico Ambiental de Alternativas, sumado
a lo evidenciado en la visita técnica realizada al área del proyecto los días 10 al 13 de diciembre de 2013,emitió
el concepto técnico N°. 7881 del 15 de abril de 2014.
Que a través del Auto N° 1581 del 30 de abril del 2014, esta Autoridad eligió el corredor propuesto por la
Agencia Nacional de Infraestructura, para la construcción del proyecto denominado "Construcción de la vía
Camilo Cé - K33" en el departamento de Antioquía.
Que la Agencia Nacional de Infraestructura —ANI- mediante Resolución N° 709 de fecha 22 de mayo de 2014,
adjudicó en la Licitación Pública N° VJ-VE-IP-LP-008-2013 a la ESTRUCTURA PLURAL P.S.F. CONCESIÓN
LA PINTADA S.A.S , conformada por GRUPO ODINSA S.A., MINCIVIL S.A., CONSTRUCTORES EL CÓNDOR
S.A.; TERMOTÉCNICA COINDUSTRIAL S.A., ICEN S.A.S., MOTA ENGIL ENGENHARIA E CONSTRUCAO
S.A.; y posteriormente celebró con la citada, el contrato de concesión N° 006 del 11 de septiembre de 2014,
cuyo objeto consiste en: "realizar los estudios y diseños definitivos, financiación, gestión ambiental, predial y
social, construcción, mejoramiento, rehabilitación, operación, mantenimiento y reversión de la Concesión
Autopista Conexión Pacífico 2, del proyecto "Autopistas para la Prosperidad", e indicó que los trámites
administrativos que se requieren para el desarrollo de dicho proyecto serán presentados por el Concesionario
La Pintada S.A.S.
Que a través de la Ventanilla Integral de Trámites Ambientales en Línea —VITAL con número
0200090074089315004, radicada en esta Entidad con el número 2015050188-1-000 del 22 de septiembre del
2015, la CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S. solicitó licencia ambiental para el proyecto "Construcción Unidad
Funcional 4 - Autopista Conexión Pacifico 2" el cual está localizado en el municipio de Venecia— departamento
de Antioquia, anexando copia del Estudio de Impacto Ambiental y los siguientes documentos:
1. Formato único de Licencia Ambiental.
Resolución No.
01 5
de
0 5 FEA 2011
Hoja No. 2
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
2. Plano de localización del proyecto con base en la cartografía del Instituto Geográfico Agustín Codazzi
-IGAC.
3. Descripción explicativa del proyecto, localización, dimensión y costo estimado de inversión y
operación.
4. Copia de la constancia de pago por valor de CIENTO TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y
NUEVE MIL PESOS MIL ($103.599.000.00) por el servicio de evaluación en la ANLA. Con número de
Referencia 151051815.
5. Certificado de existencia y representación legal de CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., identificada con
N.I.T. 900740893-1.
6. Certificación del Ministerio del Interior número 1657 del 16 de octubre del 2014,
"Sobre la presencia o
no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse", la cual
certifica:
"PRIMERO. Que no se registra la presencia de Comunidades Indígenas, Rom y Minorías en el área
del proyecto: "AUTOPISTA CONEXIÓN PACÍFICO 2 — UNIDAD FUNCIONAL No. 4 — TÚNEL
MULATOS — BOLOMBOL O", localizado en el corregimiento Bolombolo y en la vereda Jamaica, en
jurisdicción del municipio de Tarso y en jurisdicción del municipio de Venecia, departamento de
Antioquía, identificado con las coordenadas aportadas por el solicitante en formato digital (shape) como
se puede observar en el siguiente mapa: (...)
"SEGUNDO. Que no se registra la presencia de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y
Palenqueras en el área del proyecto: "AUTOPISTA CONEXIÓN PACÍFICO 2 — UNIDAD FUNCIONAL
No. 4 — TÚNEL MULATOS — BOLOMBOLO", localizado en el corregimiento Bolombolo y en la vereda
Jamaica, en jurisdicción del municipio de Tarso y en jurisdicción del municipio de Venecia,
departamento de Antioquía, identificado con las coordenadas aportadas por el solicitante en formato
digital (shape) como se puede observar en el siguiente mapa: (...)
"TERCERO. La información sobre la cual se expide la presente Certificación, aplica específicamente
para las coordenadas y las características técnicas relacionadas y entregadas por el solicitante, a
través del oficio con radicado externo EXTMI14-0046619, para el proyecto: "AUTOPISTA CONEXIÓN
PACÍFICO 2 — UNIDAD FUNCIONAL No. 4 — TÚNEL MULATOS — BOLOMBOLO", localizado en el
corregimiento Bolombolo yen la vereda Jamaica, en jurisdicción del municipio de Tarso y en jurisdicción
del municipio de Venecia, departamento de Antioquia, identificado con las coordenadas aportadas por
el solicitante en formato digital (shape) como se puede observar en el siguiente mapa: (...)
7. Copia de la radicación del Instituto Colombiano de Arqueología e Historia - ICANH, con Radicación
No.3952 del 09 de septiembre 9Iel 2012, la cual comunica que se hace entrega del informe final del
proyecto "Prospección arqueoltica y formulación del plan de manejo arqueológico para el proyecto
vial Pacífico 2 (...)"
8. Formato aprobado por la ANLA para la verificación preliminar de la documentación que conforma la
solicitud de licencia ambiental.
9. Copia de radicación de fecha 21 de septiembre del 2015 del Estudio de Impacto Ambiental ante
CORANTIQUIA.
Que una vez cumplidos los requisitos legales y reglamentarios establecidos para ello, la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales -ANLA, mediante Auto No 4100 del 25 de Septiembre de 2015 dio inicio al trámite
administrativo de licencia ambiental para el proyecto "Construcción Unidad Funcional 4 - Autopista Conexión
Pacífico 2" el cual está localizado en el municipio de Venecia- departamento de Antioquia. Dicho acto
administrativo fue notificado al titular de la licencia ambiental el día 30 de septiembre de 2015 y publicado el día
21 de octubre de 2015 en la gaceta de esta Autoridad conforme a lo establecido en el artículo 70 de la Ley 99
de 1993.
Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible - MADS, mediante la Resolución No. 2217 del 14 de octubre de 2015 resolvió levantar de manera
parcial la veda para todas las especies de los grupos de Bromelías, Orquídeas, Musgos, Hepáticas y Líquenes
que serán afectados por la remoción de cobertura vegetal para el desarrollo del proyecto "Autopista Conexión
Pacífico2" ubicado en el departamento de Antioquia, acorde al muestreo de caracterización presentado por la
Concesión La Pintada S.A.S, identificada con el NIT 900740893-1.
Resolución No.
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O 5 FEB 2016
Hoja No. 3
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales —ANLA, mediante N° 4519 del 22 de octubre de 2015,
reconoció como Tercero Interviniente a la Agencia Nacional de Infraestructura — ANI, para el proyecto
"Construcción Unidad Funcional 4 - Autopista Conexión Pacífico 2" el cual está localizado en el municipio de
Venecia— departamento de Antioquia.
Que mediante auto N° Auto No. 6281 del 29 de diciembre de 2015, la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales —ANLA, reconoció como Tercero Interviniente a la empresa ISAGEN S.A E.S.P, para el proyecto
"Construcción Unidad Funcional 4 - Autopista Conexión Pacífico 2" el cual está localizado en el municipio de
Venecia— departamento de Antioquia.
Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales —ANLA, una vez revisada, analizada y evaluada la
información presentada por la CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S obrante en el expediente LAV0082-00-2015 y
realizada la visita técnica de evaluación ambiental al proyecto, emitió el Concepto Técnico N° 299 del 2 de
febrero de 2016 en el cual se evaluó la viabilidad del proyecto, Plan de Compensación por pérdida de
Biodiversidad, valoración económica de los impactos ambientales y el Estudio de Impacto Ambiental para el
proyecto vial.
Que de acuerdo con el Concepto Técnico N° 299 del 2 de febrero de 2016, emitido por el Grupo de
Evaluación de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales —ANLA, y con base en la información presentada
en el Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto "Construcción Unidad Funcional 4 - Autopista Conexión
Pacífico 2" el cual está localizado en el municipio de Venecia— departamento de Antioquia, y la evaluación
efectuada en campo realizada del 14 al 16 de octubre de 2015, se considera que la información presentada es
suficiente para pronunciarse con respecto a la viabilidad ambiental del proyecto.
Que mediante Auto No. 294 del 03 de enero de 2016, esta Autoridad declaró reunida la información en relación
con la solicitud de licencia ambiental presentada por la por la CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., identificada
con el NIT 900740893-1, para el proyecto denominado "Construcción Unidad Funcional 4 - Autopista Conexión
Pacífico 2" el cual está localizado en el municipio de Venecia— departamento de Antioquia.
FUNDAMENTOS LEGALES
De la protección al medio ambiente como deber social del Estado
El artículo octavo de la Carta Política determina que "es obligación del Estado y de las personas proteger las
riquezas culturales y naturales de la nación".
A su vez el artículo 79 ibídem establece que "todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano.
La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo."
Que el artículo 80 de nuestra Carta Política, dispone para el Estado la obligación de planificar el manejo y
aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación,
restauración y sustitución. Además deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las
sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados.
Que en relación con la responsabilidad en la conservación y defensa del ambiente, es del caso tener en cuenta
lo establecido en el artículo 333 de la Constitución Política, según el cual, la actividad económica y la iniciativa
privada son libres pero "dentro de los límites del bien común" y al respecto la Corte Constitucional en la
sentencia T — 254 del 30 de junio de 1993, ha conceptuado con relación a la defensa del derecho al Medio
Ambiente Sano:
"...Las normas ambientales, contenidas en diferentes estatutos, respetan la libertad de la actividad económica
que desarrollan los particulares, pero le imponen una serie de limitaciones y condicionamientos a su ejercicio
que tienden a hacer compatibles el desarrollo económico sostenido con la necesidad de preservar y mantener
un ambiente sano. Dichos estatutos subordinaban el interés privado que representa la actividad económica al
interés público o social que exige la preservación del ambiente, de tal suerte que el particular debe realizar su
respectiva actividad económica dentro de los precisos marcos que le señala la ley ambiental, los reglamentos
y las autorizaciones que debe obtener de la entidad responsable del manejo del recurso o de su conservación.
El deber de prevención, control del deterioro ambiental, mitigación de los impactos, corrección y restauración
de los elementos ambientales lo cumple el Estado en diferentes formas, entre ellas la exigencia de la obtención
de licencias ambientales...".
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Hoja No. 4
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
La protección al medio ambiente corresponde a uno de los más importantes cometidos estatales, es deber del
Estado garantizar a las generaciones futuras la conservación del ambiente y la preservación de los recursos
naturales. De ahí el objeto para crear el Ministerio de Ambiente y Vivienda Territorial como organismo rector de
la gestión ambiental y de los recursos naturales, al que corresponde impulsar una relación de respeto entre el
hombre y la naturaleza y definir la política ambiental de protección, conservación y preservación.
De la competencia de esta Autoridad
Que el artículo 2 de la Ley 99 de 1993, dispuso la creación del Ministerio del Medio Ambiente, como el organismo
rector de la gestión del medio ambiente y de los recursos naturales renovables, encargado entre otras cosas
de definir las regulaciones a las que se sujetarán la conservación, protección, manejo, uso y aprovechamiento
de los recursos naturales renovables y el medio ambiente de la Nación, a fin de asegurar el desarrollo
sostenible, estableciendo en el numeral 15 del artículo 5, como una de sus funciones, evaluar los estudios
ambientales y expedir, negar o suspender la licencia ambiental correspondiente, en los casos que se señalan
en el Título VIII de la presente ley, competencia expresamente indicada en el artículo 52 de la misma Ley.
Que en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas en los literales d), e) y f), del artículo 18 de la Ley
1444 de 2011, el Gobierno Nacional expide el Decreto 3573 del 27 de septiembre de 2011, crea la Autoridad
Nacional de Licencias Ambientales — ANLA, y le asigna entre otras funciones, la de otorgar o negar las
licencias, permisos y trámites ambientales de Competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible, de conformidad con la Ley y los reglamentos.
Que a través del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015 el Gobierno Nacional expidió el Decreto Único
Reglamentado del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, cuyo objeto es compilar la normatividad expedida
por el Gobierno Nacional en ejercicio de las facultades reglamentarias conferidas por el numeral 11 del artículo
189 de la Constitución Política, para la cumplida ejecución de las leyes del sector Ambiente. Ahora bien, el
artículo 3.1.2 de la Parte 1 del Libro 3 del citado decreto, señala que el mismo rige a partir de su publicación
en el Diario Oficial, hecho acaecido el día 26 de mayo de 2015 en razón a la publicación efectuada en el Diario
Oficial N° 49523.
Que mediante el Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, el Gobierno Nacional reglamenta el Título VIII de la
Ley 99 de 1993 sobre licencias con el objetivo de fortalecer el proceso de licenciamiento ambiental, la gestión
de las autoridades ambientales y promover la responsabilidad ambiental en aras de la protección del medio
ambiente.
De las Licencias Ambientales
Que mediante el Título VIII de la Ley 99 de 1993 se consagraron las disposiciones generales que regulan el
otorgamiento de las licencias y permisos ambientales, estableciendo las competencias para el trámite de
otorgamiento de licencias en el Ministerio de Ambiente, Corporaciones Autónomas Regionales y eventualmente
en municipios y departamentos por delegación de aquellas.
Que a su vez el artículo 49 de la Ley 99 de 1993 concordante con el inciso primero del artículo 2.2.2.3.1.3,
Sección 1, Capítulo 3, Título 2, Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 de 2015, indica que "la ejecución de obras,
el establecimiento de industrias o el desarrollo de cualquier actividad, que de acuerdo con la ley y los
reglamentos, pueda producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente o
introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje requerirán de una licencia ambiental."
Que la Lidencia Ambiental se encuentra definida en la ley y sus reglamentos de la siguiente manera:
Artículo 50 de la ley 99 de 1993. "De la Licencia Ambiental. Se entiende por Licencia Ambiental la
autorización que otorga la autoridad ambiental competente para la ejecución de una obra o actividad,
sujeta al cumplimiento por el beneficiario de la licencia de los requisitos que la misma establezca en
relación con la prevención, mitigación, corrección, compensación y manejo de los efectos ambientales
de la obra o actividad autorizada."
Que el artículo 2.2.2.3.1.3, Sección 1, Capítulo 3, Título 2, Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 de 2015.
"La Licencia Ambiental, es la autorización que otorga la autoridad ambiental competente para la
ejecución de un proyecto, obra o actividad, que de acuerdo con la Ley y los Reglamentos pueda
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Hoja No. 5
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente o introducir
modificaciones considerables o notorias al paisaje; la cual sujeta al beneficiario de ésta, al
cumplimiento de los requisitos, términos, condiciones y obligaciones que la misma establezca en
relación con la prevención, mitigación, corrección, compensación y manejo de los efectos ambientales
del proyecto, obra o actividad autorizada.
La Licencia Ambiental llevará implícitos todos los permisos, autorizaciones y/o concesiones para el
uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales renovables, que sean necesarios para
el desarrollo y operación del proyecto, obra o actividad.
La Licencia Ambiental deberá obtenerse previamente a la iniciación del proyecto, obra o actividad.
Ningún proyecto, obra o actividad requerirá más de una Licencia Ambiental".
Esta competencia general tiene su fundamento en el artículo 51 de la Ley 99 de 19931, de una parte y,
adicionalmente de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 52 numeral 6 de la Ley 99 de 1993, en concordancia
con el Numeral 8 del Artículo 8° del Capítulo 3, Título 2, Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 de 2015 vigente a
la fecha, esta Autoridad tiene competencia privativa para otorgar la Licencia Ambiental respecto de:
"(...) 8. Ejecución de obras públicas
8.1. Proyectos de la red vial nacional referidos a:
a) La construcción de carreteras, incluyendo puentes y demás infraestructura asociada a la misma;
b) La construcción de segundas calzadas; salvo lo dispuesto en el parágrafo 2 del artículo 1 ° del
Decreto 769 de 2014."
De la licencia ambiental como requisito previo para el desarrollo de proyectos, obras o actividades.
El proceso de licenciamiento se halla expresamente reglado y su exigencia obedece a la debida aplicación de
la normatividad ambiental vigente.
Al respecto la Corte Constitucional en Sentencia C-035 del 27 de enero de 1999 con ponencia del Magistrado
Antonio Barrera Carbonell, ha manifestado:
"La licencia ambiental es obligatoria, en los eventos en que una persona natural o jurídica, pública o
privada, debe acometer la ejecución de obras, el establecimiento de industrias o el desarrollo de
cualquier actividad susceptible de producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al
ambiente o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje.
(...) La licencia ambiental consiste en la autorización que la autoridad ambiental concede para la
ejecución de una obra o actividad que potencialmente puede afectar los recursos naturales renovables
o el ambiente.
La licencia habilita a su titular para obrar con libertad, dentro de ciertos límites, en la ejecución de la
respectiva obra o actividad; pero el ámbito de las acciones u omisiones que aquél puede desarrollar
aparece reglado por la autoridad ambiental, según las necesidades y conveniencias que ésta
discrecional pero razonablemente aprecie, en relación con la prevención, mitigación, corrección,
compensación y manejo de los efectos o impactos ambientales que la obra o actividad produzca o sea
susceptible de producir. De este modo, la licencia ambiental tiene indudablemente un fin preventivo o
precautorio en la medida en que busca eliminar o por lo menos prevenir, mitigar o reversar, en cuanto
sea posible, con la ayuda de la ciencia y la técnica, los efectos nocivos de una actividad en los recursos
naturales y el ambiente.
Como puede observarse, la licencia es el resultado del agotamiento o la decisión final de un
procedimiento complejo que debe cumplir el interesado para obtener una autorización para la realización
1 Entiéndase modificado el articulo 51 porque en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas en los literales d), e) y f), del
articulo 18 de la Ley 1444 de 2011, el Gobierno Nacional expide el Decreto 3573 del 27 de septiembre de 2011, crea La Autoridad
Nacional de Licencias Ambientales — ANLA, y le asigna entre otras funciones, la de "Otorgar o negar las licencias, permisos y trámites
ambientales de Competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de conformidad con la Ley y los reglamentos.
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Hoja No. 6
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones
de obras o actividades, con capacidad para incidir desfavorablemente en los recursos naturales
renovables o en el ambiente.
El referido procedimiento es participativo, en la medida en que la ley 99/93 (arts. 69, 70, 71, 72 y 74),
acorde con los arts. 1, 2 y 79 de la Constitución, ha regulado los modos de participación ciudadana en
los procedimientos administrativos ambientales, con el fin de que los ciudadanos puedan apreciar y
ponderar anticipadamente las consecuencias de naturaleza ambiental que se puedan derivar de la
obtención de una licencia ambiental.
(...) La Constitución califica el ambiente sano como un derecho o interés colectivo, para cuya
conservación y protección se han previsto una serie de mecanismos y asignado deberes tanto a los
particulares como al Estado, como se desprende de la preceptiva de los arts. 2, 8, 49, 67, 79, 80, 88,
95 8, entre otros. Específicamente entre los deberes sociales que corresponden al Estado para lograr
el cometido de asegurar a las generaciones presentes y futuras el goce al medio ambiente sano están
los siguientes: proteger las riquezas culturales naturales de la nación; la diversidad e integridad de los
recursos naturales y del ambiente; conservar la áreas de especial importancia ecológica; planificar el
manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible y su
conservación, restauración o sustitución; prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental e
imponer las sanciones legales a los infractores ambientales y exigir la responsabilidad de los daños
causados; orientar y fomentar la educación hacia la protección del ambiente; diseñar mecanismos de
cooperación con otras naciones para la conservación de los recursos naturales y ecosistemas
compartidos y de aquéllos que se consideren patrimonio común de la humanidad y, finalmente,
organizar y garantizar el funcionamiento del servicio público de saneamiento ambiental.
El deber de prevención, control del deterioro ambiental, mitigación de los impactos, corrección y
restauración de los elementos ambientales lo cumple el Estado en diferentes formas, entre ellas la
exigencia de la obtención de licencias ambientales...".
Se colige de lo anterior que corresponde a esta Autoridad, otorgar la licencia ambiental como un requisito previo
para el desarrollo de proyectos, obras o actividades que potencialmente puedan afectar los recursos naturales
renovables o el ambiente y que este procedimiento es reglado y limita las acciones tanto de la autoridad como
del titular con el único fin de proteger o mitigar los impactos que se generen con su desarrollo.
De la Evaluación del Impacto Ambiental.
El principio de evaluación previa del impacto ambiental, también conocido como principio de Prevención, está
consagrado en el artículo 17 de la Declaración de Río de Janeiro de 1992, en los siguientes términos:
"Deberá emprenderse una evaluación del impacto ambiental, en calidad de instrumento nacional,
respecto de cualquier actividad propuesta que probablemente haya de producir un impacto negativo
considerable en el medio ambiente y que esté sujeta a la decisión de una autoridad nacional
competente".
Siguiendo la Declaración de Río de Janeiro, la Ley 99 de 1993, dentro de los Principios Generales Ambientales
menciona los siguientes:
"Artículo 1°.- Principios Generales Ambientales. La política ambiental colombiana seguirá los
siguientes principios generales: (...)
11. Los estudios de impacto ambiental serán el instrumento básico para la toma de decisiones
respecto a la construcción de obras y actividades que afecten significativamente el medio ambiente
natural o artificial. (...)
Concretamente, en relación con el principio 11, el artículo 57 de la Ley 99 de 1993 establece:
"...Artículo 57°.- Del Estudio de Impacto Ambiental. Se entiende por Estudio de Impacto Ambiental el
conjunto de la información que deberá presentar ante la autoridad ambiental competente el peticionario
de una Licencia Ambiental.
El Estudio de Impacto Ambiental contendrá información sobre la localización del proyecto y los elementos
abióticos, bióticos y socioeconómicos del medio que puedan sufrir deterioro por la respectiva obra o
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Hoja No. 7
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
actividad, para cuya ejecución se pide la licencia, y la evaluación de los impactos que puedan producirse.
Además, incluirá el diseño de los planes de prevención, mitigación, corrección y compensación de
impactos y el plan de manejo ambiental de la obra o actividad...".
De esta forma, el estudio de impacto ambiental y la posterior evaluación que del mismo realiza la Autoridad, se
constituye en un instrumento esencial para la determinación de las medidas necesarias para el manejo
adecuado del impacto real del proyecto sobre el ambiente. Es precisamente con base en los resultados de la
evaluación del impacto ambiental, que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales determina y especifica
las medidas que deberá adoptar el solicitante de la Licencia Ambiental para contrarrestar o resarcir la alteración
real que se producirá sobre el ambiente, la salud y el bienestar humano como consecuencia de la
implementación de un proyecto determinado.
De todo lo anterior se concluye que la evaluación de impacto ambiental, se constituye en una herramienta
básica para la determinación de las medidas necesarias y efectivas que se adopten para prevenir, mitigar,
corregir y compensar las alteraciones al ambiente, el paisaje y a la comunidad, como resultado de la ejecución
de un determinado proyecto obra o actividad.
En virtud del principio de Prevención, las decisiones que se tomen por parte de la autoridad ambiental, deben
estar fundamentadas en un riesgo conocido, el cual debe ser identificado y valorado mediante los respectivos
estudios ambientales. Además tienen en cuenta el principio de "diligencia debida", que constituye la obligación
para el interesado de ejecutar todas las medidas necesarias para ante todo precaver las afectaciones
ambientales generadas por un determinado proyecto obra o actividad, yen caso de generarse estas, mitigarlas,
corregirlas y compensarlas, de acuerdo con lo establecido en la respectiva Licencia o autorización ambiental.
Por lo anterior, este Despacho, como autoridad competente para negar u otorgar la licencia ambiental para el
para el proyecto denominado "Construcción Unidad Funcional 4 - Autopista Conexión Pacífico 2" el cual está
localizado en el municipio de Venecia— departamento de Antioquia ha llevado a cabo la revisión y calificación
de la evaluación de impacto ambiental realizada por la CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S. y particularmente de
las medidas de manejo ambiental propuestas, para verificar si el proyecto efectivamente cumple con los
propósitos de protección ambiental y los requerimientos establecidos por la legislación ambiental vigente, en
especial los relacionados con la adecuación del Estudio de Impacto Ambiental a los términos de referencia,
suficiencia y calidad de la información usada, lineamientos de participación ciudadana, relevancia de análisis
ambiental y pertinencia y calidad del manejo de los impactos ambientales, aspectos exigidos por el artículo
2.2.2.3.6.2 de la Sección 6, Capítulo 3, Título 2, Parte 2 del Libro 2, del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015.
De esta manera, y en observancia del principio de Evaluación del Impacto Ambiental, esta Autoridad impondrá
las medidas necesarias, bajo criterios de proporcionalidad y razonabilidad, para prevenir, mitigar, corregir o en
dado caso compensar el impacto ambiental producido con motivo de la ejecución del proyecto para el proyecto
denominado "Construcción Unidad Funcional 4 - Autopista Conexión Pacífico 2" el cual está localizado en el
municipio de Venecia— departamento de Antioquía. Estas medidas, deberán atender al real impacto sobre cada
uno de los medios (biótico, físico y socioeconómico), cumpliendo así con finalidades distintas y específicas
según sea el medio afectado, pero ante todo garantizando el adecuado manejo y control ambiental de los
impactos y efectos ambientales asociados al proyecto.
Del principio de Desarrollo Sostenible
Que el artículo 1 de la Ley 99 de 1993, consagra los principios generales ambientales bajo los cuales se debe
formular la política ambiental colombiana, en su numeral 1 señala que el proceso de desarrollo económico y
social del país se orientará según los principios universales y del desarrollo sostenible contenidos en las
declaraciones de Río de Janeiro de 1992 sobre Medio Ambiente y Desarrollo.
El denominado principio de Desarrollo Sostenible, acogido por la Declaración de Río de Janeiro de 1992, implica
el sometimiento de la actividad económica a las limitaciones y condicionamientos que las autoridades
ambientales y la normatividad en esta materia imponen a su ejercicio, de tal manera que el derecho a la libertad
económica sea compatible con el derecho a un ambiente sano.
En este sentido, la política ambiental adoptada por el Estado Colombiano, está sustentada en el principio del
Desarrollo Sostenible, el cual implica la obligación de las autoridades públicas de establecer un equilibrio entre
la actividad económica y la protección del ambiente y los recursos naturales, a fin de garantizar el desarrollo
social y la conservación de los sistemas naturales.
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Hoja No. 8
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
En este sentido la Corte Constitucional, en la sentencia C-431 de 2000 ha manifestado lo siguiente:
"....Cabe destacar que los derechos y las obligaciones ecológicas definidas por la Constitución Política
giran, en gran medida, en torno al concepto de desarrollo sostenible, el cual, en palabras de esta
Corporación, pretende "superar una perspectiva puramente conservacionista en la protección del medio
ambiente, al intentar armonizar el derecho al desarrollo -indispensable para la satisfacción de las
necesidades humanas- con las restricciones derivadas de la protección al medio ambiente." Así, es
evidente que el desarrollo social y la protección del medio ambiente imponen un tratamiento unívoco e
indisoluble que progresivamente permita mejorar las condiciones de vida de las personas y el bienestar
social, pero sin afectar ni disminuir irracionalmente la diversidad biológica de los ecosistemas pues éstos,
además de servir de base a la actividad productiva, contribuyen en forma decidida a la conservación de
la especie humana...":
En el mismo sentido, la sentencia T-251 de 1993, proferida por la Corte expresa lo siguiente:
"....E1 crecimiento económico, fruto de la dinámica de la libertad económica, puede tener un alto costo
ecológico y proyectarse en una desenfrenada e irreversible destrucción del medio ambiente, con las
secuelas negativas que ello puede aparejar para la vida social. La tensión desarrollo económico conservación y preservación del medio ambiente, que en otro sentido corresponde a la tensión bienestar
económico - calidad de vida, ha sido decidida por el Constituyente en una síntesis equilibradora que
subyace a la idea de desarrollo económico sostenible consagrada de diversas maneras en el texto
constitucional."
Que en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas en los literales d), e) y f), del artículo 18 de la Ley
1444 de 2011, el Gobierno Nacional expide el Decreto 3573 del 27 de septiembre de 2011, crea la Autoridad
Nacional de Licencias Ambientales —ANLA, y le asigna entre otras funciones, la de otorgar o negar las licencias,
permisos y trámites ambientales de Competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de
conformidad con la Ley y los reglamentos.
Que en este orden, es un deber legal de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA, dentro del
proceso de evaluación y seguimiento ambiental de los proyectos, obras y actividades de su competencia y bajo
las facultades otorgadas por la Constitución Política y la legislación ambiental vigente, exigir la implementación
de las medidas de manejo y control ambiental que sean necesarias para precaver y mitigar los impactos y
efectos ambientales que puedan ser generados por los proyectos autorizados, en el entendido de que el
desarrollo económico y social es necesario y deseable dentro del territorio nacional, pero siempre enmarcado
dentro de los límites de una gestión ambiental responsable, sujeta al control social y a las normas establecidas
para el efecto.
De los permisos, autorizaciones y/o concesiones, aprovechamiento y/o afectación de los recursos
naturales renovables.
Que de conformidad con el artículo 42 del Decreto 2811 de 1974, "(...) Pertenecen a la nación los recursos
naturales renovables y demás elementos ambientales regulados por este Código que se encuentren dentro del
territorio Nacional, sin perjuicio de los derechos legítimamente adquiridos por particulares y de las normas
especiales sobre baldíos..."
El artículo 9° del Decreto 2811 de 1974 establece lo siguiente en relación con el uso y aprovechamiento de
recursos naturales renovables:
"...Artículo 90.- El uso de elementos ambientales y de recursos naturales renovables, debe hacerse de acuerdo
con los siguientes principios:
a) Los recursos naturales y demás elementos ambientales deben ser utilizados en forma eficiente, para lograr
su máximo aprovechamiento con arreglo al interés general de la comunidad y de acuerdo con los principios
y objetos que orientan este Código;
b) Los recursos naturales y demás elementos ambientales, son interdependientes. Su utilización se hará de
manera que, en cuanto sea posible, no interfieran entre sí;
c) La utilización de los elementos ambientales o de los recursos naturales renovables debe hacerse sin que
lesione el interés general de la comunidad, o el derecho de terceros;
Resolución No.
0115
0 5 FFR 711G:
Hoja No. 9
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
d) Los diversos usos que pueda tener un recurso natural estarán sujetos a las prioridades que se determinen
y deben ser realizados coordinadamente, para que se puedan cumplir los principios enunciados en los
ordinales precedentes;
e) Los recursos naturales renovables no se podrán utilizar por encima de los límites permisibles, que al alterar
las calidades físicas, químicas o biológicas naturales, produzcan el agotamiento o el deterioro grave de esos
recursos o se perturbe el derecho a ulterior utilización en cuanto ésta convenga al interés público;
f) La planeación del manejo de los recursos naturales renovables y de los elementos ambientales debe hacerse
en forma integral, de tal modo que contribuya al desarrollo equilibrado urbano y rural. Para bienestar de la
comunidad, se establecerán y conservarán, en los centros urbanos y sus alrededores, espacios cubiertos
de vegetación.
Que de acuerdo con el literal h) del artículo 45 del Decreto 2811 de 1974, la Administración "velará para que
los recursos naturales renovables se exploten en forma eficiente, compatible con su conservación y acorde con
los intereses colectivos..."
Que en lo referente al uso, aprovechamiento y afectación de recursos naturales, durante el desarrollo de
proyectos, obras y actividades sujetos a licencia ambiental, el inciso segundo del artículo 2.2.2.3.1.3, Sección
1, Capítulo 3, Título 2, Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 de 2015, concordante con el artículo 132 del Decreto
2150 de 1995, dispone que "...la licencia ambiental llevará implícitos todos los permisos, autorizaciones y/o
concesiones para el uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales renovables que sean
necesarios por el tiempo de vida útil del proyecto, obra o actividad..."
Que la Ley 685 de 2001 tiene como objetivo interés público fomentar la exploración técnica y la explotación de
los recursos mineros de propiedad estatal y privada; estimular estas actividades en orden a satisfacer los
requerimientos de la demanda interna y externa de los mismos y a que su aprovechamiento se realice en forma
armónica con los principios y normas de explotación racional de los recursos naturales no renovables y del
ambiente, dentro de un concepto integral de desarrollo sostenible y del fortalecimiento económico y social del
país.
Que el literal h) del Artículo 332 de la ley citada establece:
Artículo 332 Actos sujetos a registro. Únicamente se inscribirán en el Registro Minero los siguientes actos:
h) Autorizaciones temporales para vías públicas;
( -)"
Aunado a lo anterior, vale la pena hacer referencia al concepto presentado por el entonces Instituto Colombiano
de Geología y Minería —I NGEOMINAS, mediante oficio No. 20101100179521 del 31 de agosto de 2010, sobre
el "material de préstamo lateral" que se deba utilizar en el marco de una licencia ambiental; al respecto, el
Instituto en mención señaló lo que se trascribe a continuación:
"(...) Ahora bien, teniendo claridad sobre la imperatividad del Título Minero y/o Autorización Temporal
para poder explorar y explotar minerales (teniendo en cuenta los contenidos en el Glosario Técnico
Minero) y/o materiales de construcción, y sobre los conceptos de mineral y materiales de construcción,
se observa que, el material de préstamo lateral por su naturaleza no se constituye ni en un mineral, ni
en un material de construcción, por consistir en materiales sobrantes o resultantes de obras o trabajos
asociados al objeto de la licencia ambiental solicitada.
Adicionalmente, el uso de tales materiales no se constituye o no tiene por objeto la obtención de un
beneficio o aprovechamiento económico que derive para el Estado el pago de una contraprestación por
su extracción, máxime cuando su utilización deviene de la necesidad generada por la obra o trabajo
ejecutado y como se determina en su comunicación, son materia de remoción resultante de obras o
actividades autorizadas por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, de tal suerte que
el fin último de estos materiales es su aprovechamiento para el beneficio de la obra o actividad autorizada
ambientalmente.
Resolución No.
01 1 5
de
0 5 FEB 201
Hoja No. 10
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
En consecuencia, el material de préstamo lateral no requiere para su uso o aprovechamiento, de un
contrato de Concesión Minera o Autorización Temporal, teniendo en cuenta su naturaleza y utilización,
de acuerdo a las consideraciones establecidas en precedencia".
De las fajas mínimas de retiro obligatorio o áreas de exclusión para las carreteras del sistema vial
nacional
Que la Ley 1228 de julio 16 de 2008 determinó las fajas mínimas de retiro obligatorio o áreas de exclusión, para
las carreteras del sistema vial nacional, y en su artículo segundo determinó lo siguiente:
"Artículo 2°. Zonas de reserva para carreteras de la red vial nacional. Establézcanse las siguientes
fajas de retiro obligatorio o área de reserva o de exclusión para las carreteras que forman parte de la
red vial nacional:
1. Carreteras de primer orden sesenta (60) metros.
(...) Parágrafo. El metraje determinado en este artículo se tomará la mitad a cada lado del eje de la
vía. En vías de doble calzada de cualquier categoría la zona de exclusión se extenderá mínimo veinte
(20) metros a lado y lado de la vía que se medirán a partir del eje de cada calzada exterior."
De las especies en Veda
Que el numeral 15 del artículo 16 del Decreto Ley 3570 de 2011 estableció como función de la Dirección de
Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, "Levantar
total o parcialmente las vedas de especies de flora y fauna silvestres", de especies vedadas a nivel Nacional.
Que para la ejecución del proyecto denominado proyecto denominado "Construcción Unidad Funcional 4 Autopista Conexión Pacífico 2" el cual está localizado en el municipio de Venecia— departamento de Antioquía,
se requirió levantamiento de veda.
Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible — MADS, mediante la Resolución No. 2217 del 14 de octubre de 2015 resolvió levantar de manera
parcial la veda para todas las especies de los grupos de Bromelías, Orquídeas, Musgos, Hepáticas y Líquenes
que serán afectados por la remoción de cobertura vegetal para el desarrollo del proyecto "Autopista Conexión
Pacífico2" ubicado en el departamento de Antioquia, acorde al muestreo de caracterización presentado por la
Concesión La Pintada S.A.S.
CONSIDERACIONES DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES
Que de acuerdo a lo indicado en el Concepto Técnico No. N° 299 del 2 de febrero de 2016, y la demás
información y conceptos técnicos relacionados que obran en el expediente LAV0082-00-2015, se presenta el
análisis de los componentes biótico, abiótico y social, así como sobre cada uno de los permisos para el uso,
aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales solicitados por la la CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S,
para la realización de las actividades del proyecto denominado "Construcción Unidad Funcional 4 - Autopista
Conexión Pacífico 2" el cual está localizado en el municipio de Venecia— departamento de Antioquia, así:
2.
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
2.1.1
Objeto del proyecto
El objeto de proyecto es la construcción de la Unidad Funcional 4 del proyecto de concesión Pacífico 2; la
Unidad Funcional 4 corresponde al tramo que va desde el portal de salida del Túnel Mulatos hasta Bolombolo
(Túnel Mulatos — Bolombolo), consiste en la construcción de 3,25 km de vía nueva en doble calzada desde el
K36+280 al K39+432 (abscisado calzada derecha), incluye la construcción de 2 puentes (uno por calzada) para
el cruce sobre el río Cauca.
2.1.2 Localización
El proyecto se encuentra localizado en el Suroeste del departamento de Antioquía en jurisdicción de los
municipios de Venecia y Tarso. En la Figura 1 se muestran la localización general del proyecto con respecto a
los municipios del Sur Oeste Antioqueño, de igual manera en la Tabla 1 se precisan las coordenadas de inicio
y final del proyecto.
0115
Resolución No.
de
Hoja No. 11
0 5 FEB 2016
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Tabla 1. Coordenadas de los puntos de inicio y final de la Unidad funcional
Abscisa
COORDENADA
Calzada
Calzada derecha
Este
Norte
Izquierda
K36+280
K36+214
803647
1148167
K39+432
K39+474
804523
1151026
Fuente: Equipo técnico evaluador ANLA 2015
Figura 1 Localización general Unidad Funcional 4 Proyecto conexión Pacífico 2
IAJNIC910
SALuAR Vela.
Peiblisa
Fuente: EIA del radicado de información adicional 2015064876-1-000 del 3 de diciembre de 2015
2.1.3
Infraestructura, obras y actividades.
Para la construcción de los 3,2 km de doble calzada de la Unidad Funcional 4, que empieza en el portal de
salida del túnel Mulatos, con un puente que cruza el río Cauca, en la abscisa K36+280 por la calzada derecha
y K36+210 por la calzada izquierda; cuenta con un tramo inicial en donde las calzadas se desarrollan a desnivel
y un segundo tramos donde las calzadas se unen y van a nivel hasta el final del trazado. la Concesión La
Pintada estableció los parámetros y criterios de diseño de la vía. Además de esto de acuerdo al EIA, se realizó
una modelación utilizando el software Autotocad Civil 3D, el cual permitió realizar la visualización en planta,
perfil y secciones transversales de manera simultánea, lo que permitió realizar modificaciones durante el
proceso de diseño. Las generalidades de la UF4 se muestran en la tabla 2.
Calzada
Origen
Calzada
Derecha
Portal de salida
Túnel Mulatos
K36+280
Tabla 2. Generalidades Unidad Funcional 4
Longitud
Tipo de
Destino
aproximada
intervención
(Km)
K37+600
1,32
Construcción de
doble calzada
Observaciones
Calzada
separada a
desnivel,
topografía
montañosa
Resolución No.
O 5 FEB 2016-
de
01 15
Hoja No. 12
"Por lá cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Calzada
Origen
Destino
Longitud
aproximada
(Km)
Tipo de
intervención
Observaciones
Calzada
Derecha
K37+600
Fin Pacífico 2
K39+432
1,729
Construcción de
doble calzada
Calzada a nivel,
topografía
montañosa
Calzada
izquierda
Portal de salida
Túnel Mulatos
K36+314
K37+640
1,43
Construcción de
doble calzada
Calzada
separada a
desnivel,
topografía
montañosa
Calzada
izquierda
K37+640
Fin Pacífico 2
K39+474
1,732
Construcción de
doble calzada
Calzada a nivel,
topografía
montañosa
EIA del radicado de
ion adicional
-
el 3 de diciembre de 2015
La sección transversal de la vía en doble calzada a construir comprende dos carriles por calzada de 3.65 m de
ancho, bermas externas de 1.80 m, e internas de 0.50 m, cunetas de 1.20 m de ancho y separador con ancho
variable de acuerdo con las condiciones del terreno y la geometría del corredor proyectado; a continuación se
presentan las secciones típicas establecidas para el proyecto
Figura 2 Sección transversal calzadas a desnivel terreno montañoso
ñI
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nana
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Termo
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-- — ---------eenre
CLreta
120
o
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203
Fuente: EIA del radicado de información adicional 2015064876-1-000 del 3 de diciembre de 2015
Adicionalmente se presentan en el estudio figuras de sección típica de la vía para las zonas en a nivel y desnivel
en terreno montañoso cuando se presenten curvas a derecha e izquierda, para las cuales cambia la pendiente
y el sentido del peralte de acuerdo a cada curva.
A continuación se listan los componentes y actividades que hacen parte del proyecto de construcción de la
Unidad Funcional 4 de Conexión Pacífico 2.
Tabla 3 Infraestructura propia de la Unidad Funcional 4 de Conexión Pacífico 2
Infraestructura
Comentarios
La configuración general del corredor corresponde a una vía de dos calzadas cuyas
características geométricas corresponden a las indicadas a continuación:
Requisitos Técnicos
Doble calzada
Número de calzadas
(un)
No de carriles por
calzada (un)
Sentido de carriles
Ancho de Carril (m)
Tramo a desnivel
K36+280 al K37+600
2
Tramo a nivel
K37+600 al K39+432
2
2
2
Bidireccional
3,65
Bidireccional
3,65
Resolución No.
01 15
O 5 FEB 2016-
de
Hoja No. 13
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Infraestructura
Comentarios
7,3
1,8 m externas
0,5 m internas
9,60 m
1,20 m
Berma
Primaria
Ancho de Calzada (m)
Ancho de berma (m)
Corona por calzada
Hombrillo
Tipo de berma
Funcionalidad
(Primaria- Secundaria)
Acabado de la rodadura
Velocidad de diseño
(km/h)
Radio mínimo (m)
Pendiente máxima (%)
Ancho de separador
central (m)
Distancia mínima PIV
(m) para 80 Km/h
Distancia mínima PIV
(m) para 90 Km/h
7,3
1,8 m externas
0,5 m internas
9,60 m
N/A
Berma
Primaria
Flexible
80
Flexible
80
255
6
N/A
255
6
2
225
225
250
250
Sección típica
La sección transversal típica: corresponde a una sección en doble calzada que está dotada
de 2 carriles por calzada de 3,65 metros de ancho cada uno, berma interna de 0.5 metro y
externa de 1.80 metros y cunetas de 1.20 metros ubicadas de acuerdo al peralte de las
calzadas; para el subtramo entre el K36+280 al K37+600 no se cuenta con separador central
mientras que en el subtramo entre el K37+600 al K37+600 al K39+432 se contará con un
separador central de 2.0 metros.
Se proyecta la construcción de los siguientes puentes vehiculares para la construcción de la
Unidad Funcional 4:
Puentes y viaductos Unidad Funcional 4
CALZADA IZQUIERDA
Puentes
Abscisa inicio
Abscisa
fin
Abscisa
referencia
Longitud [m]
Descripción
K36+310
36+810
36+500
500
Puente Cauca
K37+600
37+640
37+620
40
Viaducto
K38+624
38+871
38+750
247
Puente
K39+185
39+229
39+200
44
Puente
CALZADA DERECHA
K36+280
36+760
36+500
480
Puente Cauca
K37+560
37+600
37+580
40
Viaducto
K38+700
38+840
38+770
140
Puente
K39+180
39+188
39+175
8
Puente
A continuación se relacionan las obras de drenaje (alcantarillas y box coulverts) que se
localizarán a lo largo de la vía para drenajes y para descarga de cunetas.
Obras
hidráulicas
menores
Resolución No.
01
05
de
FEB 2011
Hoja No. 14
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Comentarios
Infraestructura
Alcantarillas para drenaje de la Unidad Funcional 4
Dimensiones
Alcantaril
la
Calzada
izquier-da
Calzada
derecha
Tipo de
obra
1
2
36+890
37+180
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
37+390
37+470
37+580
37+620
37+880
37+960
37+980
38+075
38+280
38+520
38+580
38+660
39+060
39+180
39+270
36+890
37+140
37+365
37+440
37+530
37+580
37+840
37+910
37+945
38+040
38+240
38+475
38+535
38+620
39+010
39+140
39+230
Cajón
Cajón
Circular
Circular
Circular
Circular
Cajón
Circular
Cajón
Circular
Cajón
Circular
Circular
Circular
Cajón
Circular
Circular
Diáme-tro
(m)
Ancho
B (m)
Altura h
(m)
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
0,90
0,90
0,90
0,90
0,90
0,90
0,90
0,90
0,90
0,90
0,90
De igual manera se diseñaron las siguientes obras de drenaje que tienen la función de drenar
y manejar las cunetas de la Unidad Funcional 4.
Alcantarillas para descarga de cunetas Unidad Funcional 4
Alcantarilla
Calzada
Calzada
Dimensiones
izquierda
derecha
Diámetro (m)
Pasos
peatonales y
paraderos
Pasos de
Semovientes
1
36+820
36+780
0,9
2
37+010
37+010
0,9
3
37+300
37+280
0,9
4
38+195
38+145
0,9
5
38+400
38+365
0,9
6
39+000
38+960
0,9
7
39+420
39+370
0,9
No se proyecta la construcción de pasos peatonales para la Unidad Funcional 4.
No se proyecta la construcción y adecuación de estructuras y obras de drenaje para el paso
de semovientes.
Se proyecta a construcción de los siguientes muros de contención.
,S,
a.s 'isa, . . Abscisa
iniciofin
, referencia
Longitud
[m]
37+360
37+420
37+390
60
37+580
37+600
37+590
20
37+640
37+660
37+650
20
38+525
38+560
38+550
35
38+560
38+624
38+600
64
0115
Resolución No.
de
0 5 FEB 2016
Hoja No. 15
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Infraestructura
Sitios de
Disposición Final
de material
Sobrante de
Excavación
Comentarios
39+045
39+120
39+100
75
39+425
39+440
39+430
15
Para el material sobrante para la construcción de la Unidad Funcional 4 se dispondrá en 4
depósitos, en los cuales a continuación se presentan los volúmenes de almacenamiento de
cada uno (Tabla 4).
Vo úmenes de los depositos para la unidad funcional 4
Depósito
Volumen (m3)
9
412.450
10
261.065
11
100.580
12
222.040
Para la construcción de la Unidad Funcional 4 se utilizará como vía de acceso un carreteable
existente, que se inicia en la vía Bolombolo-Venecia, en la margen derecha del río Cauca,
que es el acceso a unas viviendas que se encuentran en los predios por donde se construirá
Vías industriales
el proyecto. Dicho carreteable requiere de mejoramiento, que consistente en proveerle
material de sub-base para una buena superficie de rodadura, para lo cual no se requiere el
aprovechamiento de recursos naturales.
Fuente: equipo evaluador con base en la información del EIA radicado 2015064876-1-000 del 3 de diciembre de 2015
Pre Construcción
Etapa
Actividad
Tabla 4 Actividades aue hacen Darte del provecto
Descripción
Adquisición de los predios necesarios para el desarrollo del proyecto. Antes del
inicio de las actividades, deberá ser adquirida el 40% de la longitud efectiva de los
predios requeridos para la ejecución del proyecto.
Compra de predios
Contratación de
mano de obra
Esta actividad incluye la negociación de servidumbres y el relacionamiento con
propietarios y ocupantes.
Vinculación laboral del personal técnico y operativo requerido para el desarrollo de
las obras.
Construcción
Adquisición del 60% de la longitud efectiva de los predios requeridos para la
ejecución del proyecto.
Compra de predios
Esta actividad incluye la negociación de servidumbres y el relacionamiento con
propietarios y ocupantes.
Contratación de
mano de obra
Contratación del personal requerido para el desarrollo de las obras de construcción.
La mano de obra estimada para esa etapa es de aproximadamente 200 personas.
Contratación de
bienes y servicios
Cobertura de la demanda directa e indirecta de bienes y servicios asociados al
desarrollo de la obra, por medio del uso de la oferta presente en la zona.
Adecuación y
mantenimiento de
vías industriales
Desarrollo de actividades de mejoramiento en la vía carreteable existente, con
provisión de material de subbase para una buena superficie de rodadura.
Transporte de
materiales,
insumos, equipos y
residuos
Transporte de
personal
Movilización de todo el material requerido y producido por las actividades
desarrolladas en el proyecto, incluye el transporte de maquinaria, tal como
mezcladoras, retroexcavadoras, compactadores, entre otros; transporte de insumos
y materiales como agregados, asfalto, madera, hierro, aditivos y la evacuación de
los residuos generados en los frentes de obra, tanto de tipo sólido como líquido.
Movilización del personal hacia y desde los frentes de obra del proyecto.
Resolución No.
0 15
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0 5 FEB 2011
Hoja No. 16
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
p
Actividad`
Descripción
Montaje y operación
de instalaciones
temporales
Adecuación, instalación y funcionamiento de las instalaciones temporales que se
requieren para el desarrollo del proyecto, entre estas se encuentran: sitios de acopio
de insumos, maquinaria y materiales, manejo integral de residuos sólidos,
almacenamiento de elementos de señalización y demarcación y baños portátiles.
Señalización y
cercamiento
Demarcación o cerramiento del frente de obra y de las zonas en las que se
encuentran las instalaciones temporales. Incluye la instalación y relocalización de
señalización necesaria para la prevención de accidentes en las áreas de trabajo.
Desmonte y
descapote
Limpieza del terreno natural con el retiro de cobertura vegetal y remoción de la capa
orgánica.
Excavaciones
superficiales
Movimiento de tierras de forma mecánica o manual, requerido para la apertura del
frente de obra.
Adecuación,
operación y
mantenimiento de
zonas de depósito
Construcción de obras asociadas al funcionamiento de la zona de depósito,
incluyendo sistemas de drenaje y preparación del sitio para la disposición de los
diferentes materiales a disponer.
Conformación de la
estructura de la vía
Preparación, colocación, humectación y compactación de la estructura vial. Incluye:
Sub base granular, base granular, imprimación o riego de liga y carpeta asfáltica.
Construcción de
puente sobre el Río
Cauca
Incluye las actividades de excavación para cimentación, vaciado de estribos y de la
loza.
Construcción obras
de estabilización
Construcción del conjunto de obras destinadas a la contención de los cortes y llenos
que conforman la sección vial.
Construcción de
obras hidráulicas
Obras requeridas para la adecuada captación, conducción y entrega de las aguas
superficiales y subterráneas de la vía.
Recuperación
paisajística de
áreas intervenidas
Intervención en la calidad escénica de las áreas intervenidas por el proyecto, tales
como zona de depósito, taludes, servidumbres.
Operación y mantenimiento
Limpieza de obras
de drenaje
Limpieza de obras hidráulicas de drenaje, de tal forma que se liberen de cualquier
tipo de material que impida el flujo normal del agua superficial o que altere su sección
hidráulica transversal.
Labores de ornato,
limpieza y
mantenimiento de la
vegetación
Rocería, poda o retiro de individuos vegetales que limiten o impidan la visibilidad
sobre la vía.
Remoción de
derrumbes
Levantamiento de materiales provenientes del desplazamiento de taludes o del
terreno natural que se depositan sobre la vía existente, obstruyendo total o
parcialmente el tránsito de vehículos. Incluye la limpieza de cunetas y obras de
drenaje afectados, restablecimiento de la señalización afectada y el control del
tráfico, de tal forma que no se afecte la operación y el uso de la vía por parte de los
usuarios y se permita el desarrollo ordenado de las labores de remoción.
Reparación de la
estructura del
pavimento (Sellado
de fisuras, parcheo
y bacheo, capa de
Actividad encaminada al mantenimiento de las especificaciones técnicas de la
estructura de pavimento, e incluye:
Conformación de fisuras, limpieza y aplicación de producto bituminoso sellante en
frio o caliente.
Resolución No.
0115
de
O 5 FEB 2016:
Hoja No. 17
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
tapa
Actividad
=Descripción
fresado y nivelación
de la estructura)
Intervención de áreas localizadas del pavimento para corregir defectos relacionados
con deterioro estructural, problemas de humedad, materiales o de construcción.
Cierre
Molienda (generalmente en frío), de la parte superior de un pavimento para corregir
sus perfiles longitudinal y transversal, removiendo abultamientos, baches, excesos
de asfalto y demás imperfecciones de la capa de rodadura. Posterior a la remoción,
se procede con la colocación de una nueva capa asfáltica.
Transporte y
manejo de
escombros y
materiales
Esta actividad consiste en el transporte de los materiales y residuos provenientes de
las actividades anteriores hacia el sitio de disposición final autorizados.
Desmonte de
instalaciones
temporales
Retiro de la infraestructura asociada a instalaciones que fueron utilizadas durante la
etapa de construcción y operación del proyecto
Limpieza final del
sitio de intervención
Al término de la obra de construcción, o de la vida útil del proyecto se retiran de los
sitios intervenidos materiales sobrantes, maquinaria y residuos, de tal forma que se
establezcan condiciones óptimas de orden y aseo.
uente: elaborado a partir de la información del EIA del radicado 2015064876-1-000 del 3 de diciembre de 2015
2.1.4
Manejo y disposición de materiales sobrantes de excavación, y de construcción y demolición.
El estudio presenta cuatro (4) Zonas para la disposición de materiales sobrantes de la excavación, denominadas
Depósitos 9, 10, 11 y 12; de acuerdo con el estudio "Los terraplenes y obras de disposición de sobrantes deben
cumplir con tres aspectos importantes para garantizar su estabilidad. El primero, la adecuación del sitio previa
a la colocación del material. Esto incluye tanto el retiro de todo material inconveniente desde el punto de vista
de ingeniería como el manejo de aguas en la cimentación, ambos aspectos nocivos para la estabilidad y buen
comportamiento de la obra. El segundo, la geometría del terraplén o del depósito de sobrantes definida con
base en las propiedades geomecánicas de los materiales que los conforman y de cimentación. El tercero son
las intervenciones necesarias para preservar o garantizar las condiciones de estabilidad en el tiempo, como son
manejo de aguas lluvias y protección de la cara de los taludes. Estas actividades se deben realizar de acuerdo
con las especificaciones del Invías".
En los diseños se proponen drenajes en las zonas para construcción de terraplenes y zonas de disposición de
sobrantes de manera perimetral al relleno y sobre las zonas de berma que conectan los primeros y se efectúan
descargas a los cauces intermitentes que conducen aguas hacia el rio Cauca, en la se relacionan la ubicación
y el volumen proyectado por la Concesión La Pintada S.A.S. para los depósitos 9, 10, 11 y 12.
Tabla 5 Zonas de depósitos para la unidad funcional 4
Coordenadas
Depósito
Volumen (m3)
Norte
Este
9
412.450
1149363
1136118
10
261.065
1149476
1136328
11
100.580
1150882
1136398
12
222.040
1151161
136766
Fuente: EIA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
2.1.5
Residuos peligrosos y no peligrosos
El estudio presenta un programa de gestión de residuos el cual incluye la clasificación, separación
almacenamiento y entrega para reutilización y disposición de materiales de acuerdo con lo establecido en el
Decreto 838 de 2005, para lo cual se establece una serie de categorías, de tal manera que los residuos
generados sean clasificados y de esta forma entregados a empresas que se encargan de su manejo,
reutilización y disposición final; el estudio presenta un cálculo de las cantidades de materiales a generar y se
Resolución No. O 1
5
de
0 5 FEB 2016-
Hoja No. 18
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
indica que "Las medidas de manejo propuestas para el tratamiento, manejo y disposición de residuos sólidos y
su infraestructura asociada, se presentan en el capítulo 7 Planes de Manejo Ambientar'.
2.2 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
En el Estudio de Impacto Ambiental — EIA presentado mediante el radicado 2015064876-1-000 del 03 de
diciembre de 2015, se realiza una descripción de la localización y las características técnicas de la
infraestructura propia y asociada a la construcción de la Unidad Funcional 4 del proyecto Conexión Pacífico 2.
Una vez revisada la información esta Autoridad mediante el concepto técnico N° 299 del 2 de febrero de 2016
realizó las siguientes consideraciones:
2.2.1
Localización del proyecto
El proyecto se encuentra localizado en el departamento de Antioquía, en jurisdicción de los municipios de Tarso
y Venecia. El estudio presenta las abscisas y coordenadas de inicio y terminación de la unidad funcional 4, se
presenta un abscisado que corresponde al general del proyecto Conexión Pacífico 2, por lo cual los abscisados
del proyecto corresponden para el inicio al K36+280 y al K39+432 para el final del proyecto para la calzada
derecha, y al K36+314 al K39+474 para calzada izquierda; se considera que la localización del proyecto
presentada es acorde con lo establecido en los términos de referencia, de acuerdo a la verificación de la
información realizada durante la visita de evaluación ambiental y en los sistemas de información que fueron
consultados (sigweb-anla)
2.2.2
Características geométricas
De acuerdo con la información del Estudio de Impacto Ambiental, las características geométricas de la Unidad
Funcional 4 UF-4 obedecen al diseño realizado con base a lo establecido en el Manual de Diseño Geométrico
(INVIAS 2008) y a partir de las necesidades de comunicación y condiciones físicas específicas de la zona donde
se localiza el proyecto; para lo cual se plantea la construcción de 3.2 km de corredor vial en doble calzada; en
la parte inicial de la Unidad Funcional 4 se proyecta la construcción de dos puentes, uno por calzada, para el
paso sobre el río Cauca, de 480 metros de longitud en la calzada derecha y 500 metros para la calzada
izquierda, a partir de la salidas de dichas estructuras (K36+760 derecha, K36+810m Izquierda) se proyecta la
construcción de dos calzadas con dos carriles de 3.65, bermas externas de 1.80 m e internas de 0.50 metros,
el proyecto se desarrolla en una zona montañosa por lo cual se han definido dos sectores, el primero de ellos
donde las calzadas se diseñaron a desnivel entre el K37+760 hasta el K37+600 y en el segundo sector las
calzadas se diseñan a nivel K37+600 hasta el final de la UF4.
En el Estudio de Impacto Ambiental se indica que no se contempla la construcción de separador central desde
la salida de los puentes sobre el río Cauca hasta el K37+600, las dos calzadas en este subtramo se encuentran
separadas entre sí y presentan una diferencia de nivel variable, lo cual se realiza con el fin de poder evitar una
mayor afectación sobre la zona, de este modo se pretende que la calzada derecha se encuentre en un nivel
superior a la calzada izquierda, lo cual requiere que las dos calzadas funcionen de manera independiente y se
encuentran aisladas tanto horizontal como verticalmente, en el mencionado tramo la Concesión
La Concesión La Pintada, diseñó tres secciones transversales (recta, curva a la derecha y curva a la izquierda)
que varían entre sí de acuerdo a los peraltes que se requieren para sortear la topografía, adicionalmente se
contempla un hombrillo con ancho de 1.20 metros como distancia de seguridad sobre la cual se instalarán
barreras de seguridad. Se considera por parte de esta Autoridad que el diseño en las mencionadas condiciones
evita una mayor afectación a recursos naturales, puesto que con ello se requiere de menores cantidades de
movimiento de materiales (cortes y rellenos).
De otra parte en el subtramo K37+600 al K 39+432, las calzadas se encuentran al mismo nivel y sus
dimensiones de sección transversal incluyendo carriles de 3.65, berma externa de 1.80 m e interna de 0.50
metros para las dos calzadas y un separador de 2.0 metros, de igual manera el diseño prevé tres secciones
transversales para sectores en recta, curva a derecha y curva a la izquierda; es de resaltar que las dimensiones
de carriles y bermas se conservan entre estas modificando los peraltes y sobreanchos de acuerdo a las
condiciones de diseño que demanda la topografía y demás condiciones propias de la zona del proyecto. De
manera general el diseño se realizó para una velocidad de 80 km/h.
Es importante tener en cuenta que el proyecto requiere de volumen importante de movimientos de material
(cortes y rellenos) que demandaron que el diseño contemplara secciones a nivel y a desnivel, además del
diseño de estructuras como puentes y muros de contención, entre otros, con el fin de garantizar la estabilidad
Resolución No.
0115
O 5 FEB 201
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Hoja No. 19
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
del corredor vial y evitar una mayor afectación desde el punto de vista ambiental. En tal sentido se considera
por parte del equipo técnico que la descripción técnica y condiciones geométricas del proyecto son adecuadas.
Durante la visita de evaluación, el grupo técnico evidenció sobre la zona propuesta para la construcción del
proyecto zonas con presencia de fenómenos de remoción en masa, los cuales se puede decir que se presentan
debido a la dedicación de los predios a la ganadería extensiva (K36+9000 al K37+100, K37+400 al K37+600,
K38+560 al K38+620 entre otros), generando que el diseño contemple la construcción de algunas obras de
estabilización como muros de contención. No obstante, se debe dar claridad que la Concesión La Pintada será
la responsable de garantizar la estabilidad del terreno en las zonas donde se realizarán actividades, para lo
cual deberá realizar la construcción de las obras de mitigación a que haya lugar.
Foto 1 Procesos de inestabilidad en suelos del AID del pro ecto
Fuente: Equipo técnico evaluador ANLA 2015
2.2.3
Movimiento de tierras
En el Estudio De Impacto Ambiental se presenta los volúmenes de material de corte y relleno que se requiere
para la construcción de la unidad Funcional 4 indicando que:
"Una vez definidas las estructuras que van a lo largo del trazado de la vía, se calcularon los volúmenes de corte y de lleno
que se generarán durante el proceso de construcción de la Unidad Funcional 4. En la Tabla 6 se muestra el volumen total
de corte y lleno en la UF4 en m3".
Tabla 6 Volúmenes de corte y lleno
UF 4
845.980
50.350
Volumen total
845.980
50.350
EIA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
De igual manera para el caso de las zonas de disposición de materiales sobrantes de excavación se presenta
la relación de acuerdo a la capacidad de cada una, la cual se relaciona en la Tabla 7.
Tabla 7 Balance de masas Depósitos Unidad Funcional 4
UNIDAD FUNCIONAL'4
DEPÓSITO
ÁREA
(m2)
ALTURA
CAPACIDAD
VOLUMEN DISPUESTO
(m)
(m3)
(m3)
MATERIAL PROVENIENTE DE:
ABSCISA
INICIAL
ABSCISA
FINAL
9
51900
29
412.450
404.623
36+240
38+340
10
27835
30
261.065
253.238
38+340
39+070
11
16130
19
100.580
92.753
39+070
39+310
12
27095
30
222.040
214.213
39+310
39+430
HOLGURA
31.309
EIA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
Resolución No.
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Hoja No. 20
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Así las cosas, de acuerdo con la información del EIA, el proyecto generará un volumen de 845.980 metros
cúbicos de material sobrante producto de las excavaciones, los cuales pretenden ser dispuestos en cuatro
zonas de disposición seleccionadas por la Concesión La Pintada S.A.S., las cuales se encuentran en zonas
cercanas al corredor vial y que corresponden a predios que principalmente se encuentran dedicados a
actividades de ganadería extensiva denominadas depósitos 9, 10, 11 y 12; en este sentido la capacidad total
de las cuatro zonas es de 996.135 metros cúbicos lo cual cubre las necesidades del proyecto con respecto al
volumen de material de excavación a generar.
En la visita de evaluación ambiental se realizó el recorrido tanto de la zona donde se realizarán las actividades
para la construcción de las dos calzadas, como en las cuatro zonas seleccionadas para realizar la disposición
de materiales sobrantes de excavación, encontrando que se trata de zonas ubicadas al lado del corredor vial
diseñado, dedicadas a actividades de ganadería y que presentan una topografía con inclinaciones y/o
ondulaciones que pueden facilitar la disposición en dichas zonas; sin embargo, para el caso del depósito 9 se
encuentra que existe un drenaje natural existente por donde trascurren las aguas de escorrentía de las zonas
altas de lado y lado del área del depósito, lo cual afecta las condiciones de drenaje de la zona sin que en el
diseño se presenten obras para el manejo de la aguas generadas en la parte alta del depósito, así las cosas
con la ejecución de las actividades descritas por la Concesión La Pintada para dicho depósito, existe el riesgo
de que se puede afectar la dinámica hídrica de las aguas de escorrentía, generando posiblemente problemas
de inestabilidad en predios cercanos y sobre la zona del depósito.
2.2.4
Taludes en cortes y terraplenes
El trazado del proyecto se encuentra ubicado en una zona montañosa paralela al cauce del río Cauca, por esta
razón a lo largo de los 3.25 km se requiere de la generación de taludes y conformación de terraplenes para la
materialización del proyecto. Las características principales de los suelos de la zona están asociados a la
formación Combia, cuya composición litológica corresponde a material volcánico asociados a la formación
Combia y depósitos de vertiente de acuerdo con la columna estratigráfica, los estudios de geología y geotecnia,
al respecto el estudio indica en numeral 2.11.5 que:
"se considera al macizo rocoso constituido por una serie de bloques de roca separados por discontinuidades. Las
discontinuidades corresponden diaclasas o fracturas, planos de estratificación, fallas, mientras que los bloques generados
están constituidos por diferentes litologías sedimentarias, los cuales están afectados por procesos de alteración e
intemperización".
Para ello, según el EIA y el análisis geotécnico (anexo 3-10) se establecieron parámetros para determinar el
ángulo de fricción y cohesión utilizando el criterio de falla de Hoek y Brown, se utilizó RocData 3.0 del paquete
de software RockScience, de igual manera se tuvieron en cuenta factores de carga externa para el análisis de
estabilidad de los taludes de lleno y de corte, adicionalmente se indica que se realizó mediante métodos de
equilibrio límite, para tres condiciones: talud seco, talud con agua en condiciones normales, y talud con agua
en condiciones normales y con carga inducida por sismo; de acuerdo con lo anterior se establecieron las
siguientes características para los taludes de la UF4:
Tabla 8 Balance de masas Depósitos Unidad Funci
n
‘'
UF4
INICIAL ,
I3SCISA
FINAL •'
PENDIENTE
OBSERVACIONES
36+210
39+474
0,75H : 1:00V
Con berma de 4 m a 10 m de la rasante.
. ABSCISA '
el radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
De igual manera en el Anexo 3-10 estudio de estabilidad y estabilización de taludes subtitulo 4.3
recomendaciones de diseño, se establecen los siguientes criterios para la geometría del talud:
•
La altura máxima de bancos es de 10 m, excepto en situaciones donde el incrementar esta altura en uno
o dos metros evitaba un nuevo banco.
•
El ancho de las bermas es de 4 m, con lo cual se permite el acceso de equipo de construcción y
mantenimiento.
•
La pendiente seleccionada garantiza los factores de seguridad mínimos establecidos en las distintas
normas para condición estática y dinámica (análisis seudo-estático).
Resolución No.
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de
O
Hoja No. 21
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"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
El manejo de aguas superficiales se realiza de la siguiente manera:
•
En todos los taludes, donde las condiciones topográficas y morfológicas lo ameriten, se establecerán
rondas de coronación, con el fin de intersectar y recoger las aguas de escorrentía.
•
Las bermas se conformarán para que actúen como cunetas colectoras y conductoras de aguas. Con este
fin, se conformarán con pendiente hacia el interior del talud y longitudinalmente hacia los laterales.
Adicionalmente, cuando la longitud del talud se hace excesiva, se construirá una cuneta colectora que se
localiza en un punto medio del talud. Las bermas se deben revestir en concreto simple, vaciado sobre una
geomembrana, con el propósito de evitar infiltraciones que hagan ascender la posición del nivel freático.
Como obras de estabilización de taludes se recomiendan drenajes, cunetas, sistemas de filtro y estructuras de
contención en los taludes que lo requirieran. A continuación se expresan las consideraciones que se llevaron a
cabo en estas obras, en los taludes de corte.
•
Las zonas de corte se mantendrán en condiciones tales que exista un buen manejo de aguas superficiales
en todo momento. Con este propósito se definirá el uso de rondas de coronación, cunetas laterales y
bermas con pendientes, las cuales se dispondrán de modo que se evite la acumulación de aguas (zonas
de recarga) y la erosión laminar y por carcavamiento de los taludes.
•
La protección de la superficie del talud en suelo cuya estabilidad se garantiza por la geometría propuesta,
taludes con pendiente 0.75H:1V, con o sin bermas intermedias, se propone que sea a partir de especies
vegetales nativas o mediante el uso de pastos con raíces profundas como vetiver. Alternativamente se
pueden utilizar agromantos tipo Pavco-ECB, tipo LandLok TRM 450 ó similares, sobre una mezcla de
suelo orgánico y semillas de pasto. Para la fijación de estos mantos al terreno se usarán varillas de 1/2"
diámetro, de 0,5 m de longitud, dobladas en la punta externa y con protector de caucho que impida el
punzonamiento. Estas varillas se distribuirán sobre la cara del talud con un espaciamiento de 1,5 m al tres
bolillo.
Para el desarrollo de las actividades de corte explanación y excavación de acuerdo a la información del EIA se
realizaran utilizando métodos mecánicos con la ayuda de maquinaria (retroexcavadoras, buldócer), así las
cosas el proyecto no contempla la utilización de explosivos para el desarrollo de las actividades.
De acuerdo con lo anterior, se considera por parte de esta Autoridad que el EIA define de manera adecuada y
con base en las condiciones de estabilidad de los suelos que se presentan en el AID del proyecto, las obras,
condiciones y características para los taludes y terraplenes que requiere el proyecto; adicionalmente se
establecen las medidas de manejo a implementar las cuales serán analizadas respectivamente en el capítulo
10, no obstante en caso de presentarse condiciones diferentes a las establecidas en el EIA y en caso de
requerirse, la Concesión La Pintada deberá implementar las obras y actividades para la adecuada conformación
y estabilización de los taludes generados por el proyecto e informar a la ANLA al respecto.
2.2.5 Puentes
De acuerdo con la información del EIA el proyecto incluye la construcción de los siguientes puentes:
Tabla 9 Puentes v viaductos Unidad Funcional 4
CALZADA IZQUIERDA
CALZADA DERECHA
Abscisa
inicio
Abscisa
fin
Abscisa
referencia
Longitud
[m]
36+310
36+810
36+500
500
37+600
37+640
37+620
40
38+624
38+871
38+750
39+185
39+229
39+200
1
247
Descrip
ción
Puente
Cauca
Viaduct
o
Puente
Quebra
da
Marvalle
Abscisa
inicio
36+280
37+560
38+700
Absci
sa fin
36+76
O
37+60
O
38+84
O
Abscisa
referencia
Longitud
[m]
Descrip
ción
36+500
480
Puente
Cauca
37+580
40
Viaducto
140
Puente
Quebrada
Marvalle
8
Puente
38+770
+18
39+175
398
EIA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
44
Puente
39+180
Resolución No.
0115
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Hoja No. 22
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
En la visita de evaluación ambiental se verificaron abscisas y coordenadas de ubicación de los puentes,
encontrándose correspondencia entre la información de campo y la presentada en el estudio, los dos cruces
importantes que requieren de la construcción de puentes son el río Cauca y la quebrada Marvalle. Sin embargo,
se proyecta la construcción de estructuras para el paso de zonas deprimidas con posible paso de aguas de
escorrentía (intermitente) en el K37+600 y el K39+185; a continuación se relacionan las características técnicas
de los puentes para el paso del río Cauca y la quebrada Marvalle.
Puente sobre el Río Cauca K36+310:
-
La estructura está conformada por dos puentes en voladizos sucesivos, uno para la calzada derecha y otro para
la izquierda, con cuatro apoyos y dos estribos, en el anexo 2 del EIA se presenta la localización en planta con
relación al río. Ninguno de los apoyos invade el cauce actual del río Cauca, la sección transversal está
conformada por dos carriles de 3.65, bermas de 2.0 metros y pasos peatonales de 1.0 metro separados por
muros tipo New jersey de 0.275 metros, para un ancho total de 11.85 m; adicionalmente cuenta con las
siguientes características.
•
•
•
•
•
Longitud: cada puente tiene 480 m de longitud, el vano central es de 200 m, los siguientes de 100 m y
los extremos de 40 m.
Ancho: el ancho de cada puente es 11.85 m.
Área de ocupación: no habrá ocupación de cauce de aguas. Las obras para cimentación y estructura
del puente se encuentran ubicadas por encima de la cota máxima de inundación del río Cauca en la
zona (590 m.s.n.m). lo anterior se confirma por parte de Corantioquía que al respecto indica que: ya
que las estructuras de cruce no invaden la mancha de inundación para un caudal de tiempo de retorno
de 100 años tanto del rio Cauca como de la quebrada Marvalle, no se necesitaran permisos de
ocupación.
Sección de la obra: se presenta en el Anexo 2_2.
Tipo de ocupación: no se requiere ocupación permanente ni provisional
Adicionalmente el EIA Indica en el numeral 2.12.1 lo siguiente:
"Los dos puentes son paralelos de hormigón armado, postensado y de voladizos sucesivos, con las
dimensiones antes descritas y separados entre sí 31 m entre ejes.
Las cimentaciones de cada pila central serán pilotes de hormigón armado, excavados a máquina, de 2 m de
diámetro, aunque el diseño no se ha terminado, el número de pilotes es de 8 por cimentación; sobre los pilotes
se construye el encepado, cuyas dimensiones aproximadas son 12 m de ancho, 12 m de largo y 2.5 m de
altura; de los encepados se desprenden las pilas, que en su base serán cuadradas de 10 m de lado, para
terminar en un rectángulo de 6.8 m de ancho por 10 m de largo después de alcanzar una altura aproximada
de 70 m.
El sistema constructivo propuesto incluye puentes con luces o vanos entre apoyos del orden de 100 m de
longitud. La técnica consiste en construir una pila del puente sobre la cual se construye la primera parte del
tablero, para luego, en sentidos opuesto, ir avanzando con la construcción de dovelas, de forma tal que se
tengan voladizos que se compensen entre sí(...)".
Figura 4 Sección longitudinal puente sobre Río Cauca
sEcol LaGlalkt 2411%
Abidwoksom
'int ea' T
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EIA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
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"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Figura 5 Planta puente sobre rio Cauca
EIA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
Es importante mencionar que las bases de la estructura de los dos puentes se encuentran por fuera del cauce
y/o corriente hídrica del río Cauca y la altura de la pila es superior a las cotas de inundación del mismo, por lo
cual se prevé una afectación mínima al cuerpo de agua, no obstante, el EIA contempla medidas de manejo para
las actividades a realizar; las especificaciones técnicas y procesos constructivos definidas por la concesión La
Pintada para los dos puentes que cruzan el río Cauca se consideran de manera general adecuadas por parte
de esta Autoridad, al respecto se considera que deben implementarse las medidas adecuadas para evitar la
contaminación del río con la caída de materiales o herramientas, entre otros.
- Puente sobre la Quebrada Marvalle K38+824
El estudio define para cruzar la zona donde está ubicada la quebrada Marvalle y para sortear una zona ondulada
la construcción de dos puentes (uno para cada calzada) Cada uno está dividido en cinco luces, el puente
presenta dos luces de 80 metros y según el diseño, para estas dos se utilizará el sistema constructivo de
voladizos sucesivos mediante la utilización de carros de avances, adicionalmente se encuentran tres luces de
40, 40 y 20 metros respectivamente, para estas últimas el sistema constructivo que se utilizará es el de vigas
postensadas simplemente apoyadas sobre pilas ubicadas por fuera del cauce o corrientes de las fuentes
hídricas, la sección transversal está conformada por dos carriles de 3.65 m, bermas de 2.0 metros y pasos
peatonales de 1.0 metro separados por muros tipo New jersey de 0.275 metros, para un ancho total de 11.85
metros.
Figura 6 Sección longitudinal puente quebrada Marvalle
1511:.1r
EIA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
Se considera por parte de esta Autoridad que desde el punto de vista ambiental y técnico las estructuras
planteadas son adecuadas y no generan una afectación mayor a los recursos naturales y en especial no se
afecta el cauce de la quebrada Marvalle, adicionalmente la Concesión La Pintada incluye medidas de manejo
para realizar las actividades constructivas las cuales serán analizadas en el capítulo 10 del presente acto
administrativo. Sin embargo se debe indicar por parte de esta Autoridad que en la zona del puente no se debe
realizar afectación de recursos adicional a lo establecido en el EIA, en tal sentido para las actividades de
construcción del puente no se autoriza la construcción de accesos industriales ni el aprovechamiento forestal
por fuera de la línea del proyecto, lo anterior en consideración a que en el estudio no se indica cómo se accederá
para realizar las actividades de construcción de las pilas del puente ubicadas en los ejes P2, P3 y P4 donde la
topografía y la vegetación existente puede limitar el acceso lo cual no fue establecido en el EIA.
2.2.6
Obras hidráulicas menores
De acuerdo con la información del estudio para la Unidad Funcional 4, se requiere de la construcción de obras
de drenaje para el manejo de las aguas de escorrentía de las áreas que quedarán en la parte superior del
corredor vial como de las aguas generadas en el proyecto, en los diseños se contempla la construcción de
obras tipo alcantarilla de 36" de diámetro y box coulvert de 1.5x1.5 m, al respecto es importante tener en cuenta
0115
Resolución No.
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0 5 FEB 2016'
Hoja No. 24
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
que durante la visita de evaluación se evidenció que la mayor parte de estas obras se encuentran ubicadas en
zonas de drenaje, las cuales presentan grandes áreas formando cauces relativamente con mayor área a la
indicada en el EIA y las establecidas en el diseño, en el estudio se presentan las memorias de cálculo de las
áreas hidráulicas de acuerdo los estudios hidráulicos realizados por la Concesión La Pintada, no obstante se
debe indicar por parte de esta Autoridad que las obras de drenaje deberán guardar armonía con los sistemas
de drenaje de agua de escorrentía propios de la zona garantizando el adecuado drenaje sin causar afectaciones
o impactos adicionales para lo cual se deberán realizar las actividades obras y medidas a que haya lugar.
A continuación se relacionan las obras de drenaje propuestas por la Concesión La Pintada S.A.S.
Tabla 10 Obras de Drenaje unidad Funcional 4
Dimensiones
Alcantarilla
Calzada
izquierda
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
36+890
37+180
37+390
37+470
37+580
37+620
37+880
37+960
37+980
38+075
38+280
38+520
38+580
38+660
39+060
39+180
39+270
2.2.7
Calzada
derecha
Tipo de
alcantarilla
Diámetro
(m)
36+890
Cajón
37+140
Cajón
37+365
Circular
0,90
37+440
Circular
0,90
37+530
Circular
0,90
37+580
Circular
0,90
37+840
Cajón
37+910
Circular
0,90
37+945
Cajón
38+040
Circular
0,90
38+240
Cajón
38+475
Circular
0,90
38+535
Circular
0,90
38+620
Circular
0,90
39+010
Cajón
39+140
Circular
0,90
39+230
Circular
0,90
EIA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
Ancho B
(m)
Altura h
(m)
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
Infraestructura y servicios interceptados
En la Unidad Funcional 4 no se encuentran interferencias con redes de servicios públicos; se cruza una línea
de alta tensión que no afecta la vía, dado que se trata de una zona rural sin presencia de comunidad.
2.2.8
Pasos peatonales y paraderos
En la Unidad Funcional 4 no se encuentran proyectados pasos peatonales ni paraderos, dado que se trata de
una zona rural sin presencia de comunidad.
2.2.9 Retornos.
Para la Unidad Funcional 4 no se proyecta la construcción de retornos. De acuerdo con la información
suministrada por la Concesión La Pintada durante la visita de evaluación, en el tramo continuo que corresponde
al proyecto Pacífico 3 se incluyen los retornos para el sentido La Pintada — La Pintada y en la Unidad funcional
II de Pacífico 2, se tienen proyectados retornos para el sentido hacia Bolombolo luego de la salida del túnel
Mulatos.
2.2.10 Infraestructura asociada
2.2.10.1 Campamentos
De acuerdo con lo informado por la Concesión La Pintada para la construcción de la Unidad Funcional 4, no se
requiere de campamentos permanentes en la zona del proyecto, teniendo en cuenta la cercanía del proyecto a
los corregimientos de Bolombolo, Peñalisa, Puente Iglesias o el municipio de La Pintada, donde el personal
podrá alojarse, bien sea en hoteles o en viviendas alquiladas, teniendo en cuenta la alta oferta de hospedajes
Resolución No.
0115
de
0 5 FEB 2016
Hoja No. 25
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
en la zona. En tal sentido, la presente solicitud de Licencia Ambiental no incluye la autorización para la
instalación de campamentos. por lo cual solo podrán ser utilizadas instalaciones a nivel de frentes de obra, para
el almacenamiento de equipo y herramienta que por sus condiciones no puedan ser trasladada
permanentemente, no obstante dichas instalaciones no deberán generar ninguna clase de captación,
vertimiento o utilización de recursos adicionales.
2.2.10.2 Plantas de trituración, asfalto y concreto
En el estudio se indica que las plantas de asfalto, concreto, trituración y prefabricados serán de terceros que
cuenten con todos los permisos para su funcionamiento, por lo cual no se solicitarán permisos dentro del estudio
presentado. Por ello, la empresa deberá exigir a sus proveedores de materiales los respectivos permisos
ambientales y mineros y remitir los documentos de soporte a la ANLA en los Informes de Cumplimiento
Ambiental-ICA. En tal sentido el proceso de licenciamiento no incluye permisos al respecto.
2.2.10.3 Sitios para acopio, almacenamiento de materiales y talleres de mantenimiento
El estudio indica que los acopios de materiales para la obra serán almacenados paulatinamente en los tramos
de intervención, indicando que los cortes y los llenos se realizarán de manera simultánea durante los trabajos,
se realizarán los acopios necesarios en cada tramo para ser utilizados de manera más eficiente. Lo anterior se
considera por parte de esta Autoridad viable desde el punto de vista ambiental, siempre que se implementen
las medidas necesarias para evitar la contaminación y afectación de los recursos naturales.
2.2.10.4 Fuentes de materiales
Para el desarrollo del proyecto se contempla la utilización de material de fuentes de materiales localizadas en
la región, lo cual es factible, la Concesión La Pintada anexa la localización y documentos de las posibles
canteras que serán utilizadas durante el proceso constructivo, lo anterior se considera por parte de esta
Autoridad viable, siempre que el material utilizado provenga de canteras que cuenten con los permisos
ambientales y mineros vigentes, lo cual deberá soportarse en los ICA. En tal sentido el proceso de
licenciamiento no incluye permisos de explotación de materiales.
2.2.10.5 Vías industriales
En el estudio se indica que para la cconstrucción de la Unidad Funcional 4 se utilizará como vía de acceso, un
carreteable existente que se inicia en la vía Bolombolo-Venecia, en la margen derecha del río Cauca, el cual es
el acceso a unas viviendas que se encuentran en los predios por donde se construirá el proyecto. Dicho
carreteable requiere de mejoramiento, consistente en proveerle material de sub-base para una buena superficie
de rodadura, para lo cual no se requiere el aprovechamiento de recursos naturales.
Lo anterior, se considera ambientalmente viable pues se realiza la utilización del carreteable existente, y en la
actualidad es la única manera de acceder a la zona donde se encuentra ubicado el proyecto. No obstante, se
deberá contar con los permisos de los propietarios de los predios, en caso de que dicho acceso corresponda a
propiedad privada, adicionalmente es de resaltar que no se autoriza el uso y aprovechamiento de recursos
adicionales durante el uso, adecuación y mantenimiento del carreteable, en tal sentido la Concesión La Pintada
S.A.S. no podrá realizar aprovechamiento forestal de especies que se encuentran en el área cercana del
carreteable.
De otra parte, durante la visita se evidenció que existe un cruce sobre la quebrada Marvalle que en actualidad
no cuenta con estructura para su cruce (puente o alcantarilla) por tal razón el paso de vehículos se realiza en
actualmente por el cauce de la quebrada Marvalle, y es necesario establecer la prohibición para hacer el cruce
de la maquinaria y equipo por el cauce mencionado. La Concesión La Pintada, deberá realizar el mantenimiento
y mejoramiento al carreteable existente y aquellos corredores viales, utilizados para las diferentes actividades
del proyecto y sobre los cuales se causen afectaciones, dejándolas en condiciones similares a las encontradas
antes del inicio de las obras, para esto debe realizar los correspondientes inventarios previos del estado actual.
2.2.10.6 Zonas de depósito de material sobrante de excavación y de obra
En el estudio se proponen 4 zonas para la disposición de materiales las cuales fueron evaluadas durante la
visita, encontrando que se trata de áreas cercanas al corredor vial propuesto que presentan algunas
ondulaciones y con topografía inclinada que facilita la disposición de materiales; el estudio presenta para las
cuatro zonas el análisis de estabilidad, diseños planta perfil y descripción de las obras para cada depósito, los
Resolución No.
0115
0 5 FEB 2011'
Hoja No. 26
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
diseños de los cuatro depósitos incluyen obras de drenaje con canales en saco-suelo de manera perimetral a
cada relleno y cada una de las bermas, los sistemas hacen la descarga de las aguas recogidas hacia las zonas
de drenaje de escorrentía y de allí son conducidas hacia el cauce del río Cauca.
Con base'en las condiciones geotécnicas, el análisis de estabilidad, para las cuatro zonas de depósito se tiene
que se encuentran ubicadas sobre depósitos de vertiente que a su vez descansan sobre estructuras rocosas
asociadas a la formación Combia, el análisis tiene en cuenta parámetros de cohesión de 10 kPa y un ángulo
de fricción de 28° y como resultado se obtienen parámetros de estabilidad así:
Depósito 9 un valor de 1,644 en condición estática y 1,060 en condición seudo-estática
Depósito 10 con factores de seguridad estático de 1,632 y seudo-estático de 1,050
Depósito 11 factores de seguridad estático de 1,882 y seudo-estático de 1,222
Depósito 12 factores de seguridad estático de 1,687 y seudo-estático de 1,080
De acuerdo con lo anterior y con lo establecido en el Anexo 3-10 Estudio de estabilidad y estabilización de
taludes se cumplen con los parámetros exigidos en la Norma Sismorresistente de 2010. En el Volumen III de
Geología para Ingeniería se encuentra la descripción geológica y geomorfológica de la zona.
- Consideraciones de Corantioquía con respecto a las zonas de depósito:
"Observación: Los sitios de depósito 9 y 10 se encuentran en una zona de depresión que forman un área de recolección
de aguas de escorrentía para aportar al eje central que es la quebrada. Surge la inquietud sobre el manejo de aguas de
escorrentía, las aguas subsuperficiales y el posible aporte de material particulado a la fuente, Para el caso de los sitios de
depósito 9 y 11 se observa la cercanía al río Cauca, el cual a la altura del corregimiento de Bolombolo ha tenido
considerable ascenso en la cota de inundación en temporadas invernales, No se conoce si se asegura la conservación de
su ronda hídrica entendida como la cota máxima de inundación".
Se debe verificar la localización de los depósitos 11 y 12 por su localización cerca al río Cauca, el No 9 por el
número de especies arbóreas a talar que corresponde a 212 (37 cedros, 33 laureles, 14 piñones de oreja como
más representativos).
En la visita se observó que la zona de relleno correspondiente al Depósito 9, hace parte del área de drenaje de
las aguas de escorrentía de la parte alta de la montaña, de igual manera el diseño no presenta las medidas y
obras para el manejo de las aguas de dichas zonas, en el capítulo 7 de demanda uso y aprovechamiento se
realiza el análisis al respecto.
El en Concepto Técnico N° 299 del 2 de febrero de 2016, el grupo Evaluador de esta Autoridad realizó las
siguientes consideraciones en relación a cada uno de los depósitos:
Depósito 9: se encuentra ubicado en el costado derecho (oriental) del corredor vial a la altura del K37+700, el
área propuesta corresponde a una zona ondulada con pendiente entre medias y altas, sin embargo en la visita
de evaluación se evidenció que existe una parte del área del depósito 9 que corresponde a una zona en forma
de canal por donde discurren las aguas de escorrentía de las aguas generadas en las montañas y zonas
ubicadas en la parte alta del depósito, situación que debe ser revaluada por parte de la empresa puesto que se
afecta el drenaje natural de las aguas superficiales de la zona, adicionalmente en la visita se evidenció un
tanque de almacenamiento de agua, producto de una captación por medio de manguera que se realiza en la
parte alta del predio, de lo cual no se presentó información en el estudio. Ahora bien, en la parte alta se observó
una vegetación espesa con árboles de medio y alto porte, que podrían verse afectados con la construcción del
depósito como se plantea por parte de la Concesión La Pintada. Se debe anotar que el diseño de la zona de
depósito no incluye obras de drenaje para el manejo de las aguas provenientes de la parte alta de la montaña,
las obras planteadas corresponden a canales perimetrales para la recolección de las aguas del depósito, las
cuales se considera no tienen la capacidad hidráulica para el manejo de las aguas de escorrentía que aportan
las áreas aguas arriba del depósito.
Resolución No.
0115
de
0 5 FEB 201
Hoja No. 27
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Figura 7 Perfil depósito 10
Pertrl del
terreno natural
Cuneta penmelral en
sacos de suelo-cemento
Cuneta en sacos de
sueM-cemento
e72000
Berma
4,00
Tala empradtrado
Berma
4,00
Material proveniente
de excavaciones
700 00
Perfil del terreno
descapotado
Cuneta en sacos
de suelo-cemento
Cuneta penmelral en
sacas de suelo-cemento
Fuente: EIA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
Se resalta de la figura 8 que la altura de relleno supera los 20 metros sin que el estudio especifique si se
implementaran estructuras de contención en la pata del talud, teniendo en cuenta que el empuje en esta zona
puede producir la inestabilidad del depósito.
En consecuencia se considera desde el punto de vista técnico que debido a que una parte del área del depósito
de material se encuentra sobre una zona que corresponde al drenaje natural por donde discurren las aguas de
escorrentía de una importante área, ubicada en el sentido aguas arriba del depósito, la Concesión La Pintada
deberá rediseñar la zona del depósito, de tal manera que se excluya de la zona de depósito el área
correspondiente a la zona de drenaje de aguas de escorrentía (costado occidental del depósito hasta la cerca
de alambre e individuos arbóreos del predio); así las cosas la Concesión deberá realizar el diseño utilizando el
costado oriental del área del depósito, para lo cual debe levantar información directa como levantamientos
topográficos, remitiendo para autorización de la ANLA, la información relacionada con las nuevas condiciones
del depósito, previo al inicio de las actividades de disposición.
Figura 8 Esquema Nuevo diseño Depósito 9
Fuente: EIA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015, modificado por equipo evaluador.
Depósito 10: El depósito se encuentra ubicado en el costado derecho (oriental) del corredor vial propuesto a
la altura del K 37+900, el área del depósito corresponde a una zona con ondulaciones y diferencias de nivel
que facilitan las actividades de relleno, básicamente el diseño propuesto utiliza la topografía de la zona para
realizar el relleno a través de terrazas (3), de igual manera incluye un sistema de drenaje en contorno (cuneta
perimetral) del depósito para la recolección de las aguas lluvias y cunetas en saco suelo para recolección de la
aguas de las bermas del depósito las cuales descargan a la cuneta perimetral, el sistema tiene su descarga o
descole a la obra de drenaje propuesta en el K 37+940, en la figura 9 se presenta el perfil del diseño presentado
para el depósito 10 y en la Foto 4 se muestra la zona a conformar, el volumen total a rellenar de acuerdo al
diseño es de 261065 m3.
\_\
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0 5 FEB 2016t
Hoja No. 28
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Figura 9 Perfil depósito 10
de
Cuneta en sacos de
suelo cemerzto
st 730 00
Berna
4310
Cuneta pentdetreJ en
sacos de suelo-cemento
Fallid emoradmado
Berma
400
Pan! del terreno
descapotado
Cuneta en sacos
de mielo-cemento
SECCIÓN
DEPÓSITO No.
ESCALA 1:700
Fuente: EIA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015.
Se considera que desde el punto de vista ambiental es viable autorizar la disposición de materiales en el
depósito 10 de acuerdo con los diseños y especificaciones propuestas en el EIA.
Depósito 11: El depósito se encuentra ubicado en el costado izquierdo de la vía en el K39+300, a unos 150
metros al occidente del corredor vial propuesto, se trata de una zona sobre la ribera del río Cauca por encima
de su cota de inundación y a unos 250 metros del cauce del río, al lado del carreteable existente utilizado en
la actualidad para acceder a los predios de la zona, la topografía es a media ladera con ondulaciones tanto en
el sentido longitudinal como transversal con pendientes suaves a medias, hacia el costado oriental se
encuentran las montañas con pendientes más altas, por lo cual el diseño del depósito considera descargar
sobre las paredes de las montañas parte del relleno, en la visita de evaluación se verificó que la cota de
inundación del río Cauca se encuentra por debajo del diseño del depósito y de acuerdo con lo informado en la
visita, la zona a rellenar está por fuera de la zona de ronda de protección del río Cauca 100 metros, lo cual fue
verificado en la visita; el volumen total según el diseño del relleno es de 100.580 m3.
Se considera que las actividades de relleno en el área del depósito 11 son viables desde el punto de vista
ambiental, siempre que se implementen las respectivas medidas de manejo para evitar una mayor afectación
sobre los recursos naturales en especial la contaminación por material del relleno del río Cauca, de otra parte
de acuerdo con lo informado en el EIA yen la visita de evaluación se pretende por parte de la Concesión utilizar
el carreteable existente como acceso industrial para ingresar maquinaria y equipo tanto a la zonas de depósito
11 y 12 como para las demás actividades del proyecto.
Figura 10 Perfil depósito 11
Cuneta en apees,
de suele-centente.
Cunet perdnetrat en
M erria
de Erelatuenneeto
SECCIÓN ®
DEPÓSITO No.11
ESCALA 1500
Fuente: EIA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
Depósito 12: el depósito se encuentra ubicado a unos doscientos metros al norte del punto final del corredor
vial propuesto K39+432, al igual que para el caso del depósito 11 se trata de una zona aledaña a la ribera del
río Cauca con pendientes entre suaves y medias, corresponde a un predio donde se realizan actividades de
ganadería extensiva. Se presentan, debido a la topografía de la zona, algunas ondulaciones y pendientes, el
diseño propuesto realiza la descarga de gran parte del relleno aprovechando la pendiente y mediante la
conformación de 3 terrazas con pendientes 2:1 y bermas de cuatros metros, de igual manera se ha diseñado
un sistema de drenaje perimetral al relleno con cunetas en saco-suelo y sobre las bermas las cuales descargan
a las cunetas perimetrales; el volumen que proyecta rellenar es de 220.040 m3.
Resolución No.
0115
de
Hoja No. 29
O 5 FEB 201
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Figura 11 Perfil depósito 12
CA)
DEPÓSITO
No.12 ."
ESCALk1.50.3
SECCIÓN
Co.nala re~
sazec twooanerin
Fuente: EIA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
La topografía es a media ladera con ondulaciones tanto en el sentido longitudinal como transversal con
pendientes suaves a medias, hacia el costado oriental se encuentran las montañas con pendientes más altas,
por lo cual el diseño del depósito considera descargar sobre las paredes de las montañas parte del relleno, en
la visita de evaluación se verificó que la cota de inundación del río Cauca se encuentra por debajo del diseño
del depósito y de acuerdo con lo informado en la visita, la zona a rellenar está por fuera de la zona de ronda de
protección del río Cauca (100 metros). Se considera desde el punto de vista ambiental viable autorizar la
conformación del depósito, no obstante la Concesión La Pintada S.A.S. deberá revaluar el diseño del depósito
y del sistema de drenaje, teniendo en cuenta que por la zona del relleno, discurren las aguas de escorrentía de
las montañas ubicadas aguas arriba del depósito y se considera importante diseñar una estructura (canal por
ejemplo) que conduzca las aguas y las evacue hacia el río Cauca sin modificar la dinámica hídrica y
garantizando la estabilidad de la zona del relleno y de los predios ubicados cerca de este.
A continuación se establecen las siguientes obligaciones que se deberán cumplir en el marco de la autorización:
a. Se deberá garantizar la conexión de las salidas de los drenajes de los sistemas de recolección de aguas
superficiales de los depósitos, con drenajes naturales existentes, evitando la afectación a la estabilidad
de cada relleno y la afectación a los predios vecinos
b. Se deberá realizar el retiro de materiales que puedan afectar gravemente al recurso suelo, como
escombros, residuos líquidos, varillas, lonas o empaques contaminados entre otros.
c. No se podrá disponer elementos que potencialmente puedan constituirse en fuentes puntuales de
contaminación en el mediano o largo plazo (residuos orgánicos, chatarra, madera o papel, lodos,
combustibles u otros residuos).
d. Remitir los preacuerdos y/o avales suscritos con los propietarios de los predios en donde se tienen
proyectadas las Zodme, dichos documentos deberán incluir las condiciones y el uso final que se dará a
dicha área, de conformidad con las disposiciones establecidas en el instrumento de Ordenamiento
Territorial Municipal.
e. Instalar a la salida de los sistemas de drenaje elementos de retención de sedimentos que eviten el aporte
de este material a las fuentes hídricas.
f.
Se deberán implementar medidas para garantizar la retención de sedimentos durante la etapa
constructiva a la salida de los drenajes de cada depósito, de tal manera que no se vean afectados cuerpos
de agua y predios cercanos a los rellenos autorizados.
g. Se deberá colocar el material sobrante, esparciéndolo por capas y compactándolo; iniciando por la parte
baja de la zona de depósito y avanzando en forma ascendente.
i. Se hará el respectivo descapote de la zona, con el fin de preparar el material de la subrasante.
Resolución No.
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de
0 5 FEB 2O16
Hoja No. 30
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
CONCEPTOS TÉCNICOS RELACIONADOS
El Concepto Técnico N° 299 del 2 de febrero de 2016, se relaciona los conceptos técnicos emitidos por otras
autoridades ambientales o entidades relacionadas con el proyecto objeto del presente análisis de la siguiente
manera:
ENTIDAD
Tablal 1. Conceptos técnicos relacionados con el .orovecto
.
NÚMERO DE
FECHA DE
TEMA
RADICADO
RADICACIÓN
CORANTIOQUIA
2015069999-10000
29 de diciembre
de 2015
Informes técnicos sobre la evaluación de los Estudios de
Impacto Ambiental de las Unidades Funcionales 1 y 4 del
proyecto Autopista Conexión Pacífico 2; no contiene el
informe técnico de la Unidad Funcional 4.
CORANTIOQUIA
2015069999-1 001
27 de enero de
2016
Informes técnicos sobre la evaluación de los Estudios de
Impacto Ambiental de las Unidades Funcionales 1, 3 y 4
del proyecto Autopista Conexión Pacífico 2.
CORANTIOQUIA
2015069999-1002
02 de febrero
de 2016
Complemento del informe técnico de la Unidad Funcional
4 del proyecto Autopista Conexión Pacífico 2
ÁREAS DE INFLUENCIA
En el Concepto Técnico No. 299 del 2 de febrero de 2016, se desarrolla este título mencionando lo siguiente:
4,1 Consideraciones área de Influencia
De acuerdo con lo expuesto por Concesión La Pintada S.A.S., en el Capítulo 3 de la información adicional con
radicado 2015064876-1-000 del 3 de diciembre de 2015, se definieron áreas de influencia indirecta y directa
físico bióticas para el proyecto de acuerdo con lo siguiente:
-
Área de influencia indirecta
"(...) se delimitó esta área a partir de las características físico (sic) y bióticas del entorno determinando así que el All físicobiótica va por la margen derecha de la vía actual hasta el borde del Río Cauca, considerándose esta como una barrera
fisiográfica natural y por la margen izquierda de la vía hasta donde se presentó un significativo cambio de pendiente."
-
Área de influencia directa
"Con el fin de contemplar el área donde se desarrollaran (sic) los impactos directos de las obras principales y asociadas
del proyecto vial, se delimitó el área de influencia directa del medio físico - biótico, tomando un buffer de 30 metros a partir
del borde externo de los chaflanes, los depósitos y su respectiva vía de acceso."
Esta Autoridad considera que en la definición del Área de Influencia Indirecta del proyecto debió incluirse toda
la franja que corresponde al río Cauca, ya que los impactos generados por el proyecto pueden manifestase en
mencionado cuerpo de agua, es necesario señalar que las actividades propuestas para realizar pueden generar
la contaminación del cuerpo por material sedimentado, transporte de líquidos generados en el proyecto, caídas
de materiales y herramientas en el proceso constructivo de los puentes sobre el río Cauca y la quebrada
Marvalle entre otros, por esta razón es indispensable que este cuerpo de agua, se encuentre en el área de
influencia indirecta del proyecto.
En relación a lo demás, se considera que las definiciones y delimitaciones son adecuadas desde el punto de
vista físico-biótico, teniendo en cuenta que los impactos directos del proyecto se presentarán principalmente en
las zonas de intervención, mientras que los impactos indirectos efectivamente quedan enmarcados entre el río
Cauca y las pendientes altas en las que se elevan las colinas ubicadas al este de dicho cuerpo de agua En la
figura 12 se observan el All y el AID definidas para la Construcción Unidad Funcional 4 - Autopista Conexión
Pacífico 2.
0115
Resolución No.
0 5 FEB 2016
Hoja No. 31
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Figura 12 Localización de las áreas de influencia del proyecto
Tabla de Contenido Oit <1Z
2'.J Areainfli.enc ia
ire ade influencio ovni.
uen deinfluencio imodta
.2[]ZODMES
Lin ea Proy e cto
—dodiderieidoe
--- iidiaestructura
'Amena
Pyuyimco
' MEDIO_ABIOTICO
MEDIOJEROTICO
O' MEDIO_SOCIOECONOMIGO
PAISAJE
❑ ' RIESGO AMENAZA
Esc.1,18.901!
Subdirección de In
anos. Permisos y Tr mité.lAmblentaM Eptjitg Geominica
Fuente: SIG Web, ANLA - Consultado el 21/12/2015
- Medio Socioeconómico
Para este medio, en lo relacionado con las áreas de influencia corresponde lo indicado por la Concesión en el
documento de EIA y lo evidenciado por esta Autoridad en la visita de evaluación, teniendo en cuenta que es
aquella área donde se manifiestan y/o transcienden los impactos generados por las actividades de construcción.
En tal sentido, el área de influencia directa involucra el Corregimiento y Centro Poblado de Peñalisa
pertenecientes al municipio de Salgar, Vereda San Francisco y Centro Poblado La Bodega pertenecientes al
municipio de Tarso y por último la Vereda y Centro Poblado de Bolombolo ubicados en el municipio de Venecia.
En cuanto al área de influencia indirecta le corresponde la territorialidad de los municipios en donde se
encuentran cada una de las unidades territoriales que hacen parte del AID.
Figura 13 Áreas de influencia socioeconómica
Área de influencia Indirecta - All
Área de influencia Directa- AID
Fuente: Elaborado por el grupo evaluador con base en el Estudio de Impacto Ambiental presentado mediante el radicado 20150501881-000 del 22 de septiembre de 2015.
Es importante considerar que dentro del área de influencia reportada se encuentran las cuatro zonas de
depósito propuestas para el proyecto.
CARACTERIZACIÓN AMBIENTAL
Las consideraciones presentadas sobre este punto en el Concepto Técnico No N° 299. del 2 de febrero de 2016,
se basan en el radicado de información adicional 2015064876-1-000 del 3 de diciembre de 2015, mediante el
cual Concesión La Pintada S.A.S. remitió el EIA ajustado de conformidad con lo solicitado por esta Autoridad a
través del Acta No. 43 del 3 de noviembre de 2015, señalando las siguientes:
Resolución No.
0115
0.5 FEB 2011
Hoja No. 32
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
5.1
CONSIDERACIONES SOBRE EL MEDIO ABIÓTICO
El EIA presenta la caracterización geológica de las áreas de influencia del proyecto; para el All se describen de
forma detallada cada una de unidades litológicas y rasgos estructurales, el análisis se realiza a partir del estudio
de la Formación Amagá y la Formación Combia ya que son las unidades litológicas predominantes en el área
del proyecto. De acuerdo al estudio se dio un enfoque inicial desde la tectónica como accionante principal que
otorgó las condiciones espaciales necesarias para la génesis y disposición estratigráfica de las formaciones
geológicas.
De igual manera el estudio expone las características litológicas de cada formación geológica respecto a su
temporalidad en el Cenozoico. Así las cosas, para la formación Amagá se describe que corresponde a rocas
sedimentarias con secciones tipo y de referencia con mantos de carbón que caracterizan a esta unidad.
Adicionalmente se indica que básicamente está constituida por sedimentos continentales y lacustres
depositados en cuencas de tracción de tamaño variable y ahora conservados en sinclinorios y sinclinales de
zonas tectónicas de plegamiento.
Respecto a la formación Combia las rocas que afloran en esta unidad son las que pertenecen al miembro
volcano-sedimentario donde predominan flujos de Basaltos estratificados entre Areniscas y Limolitas friables.
Además en algunas zonas se aprecian aglomerados volcánicos y Tobas como litologías representativas de esta
formación.
En cuanto a la geología estructural el EIA define que la zona del proyecto conexión Pacífico 2, se encuentra en
influencia del sistema de falla Cauca — Romeral, además se indica que, se cataloga al tramo desde La Pintada
a Bolombolo como parte de la provincia estructural occidental y que conlleva las estructuras geológicas como
la Falla Arma, Falla/Lineamiento San Juan, Diaclasas asociadas a rocas ígneas, metamórficas y sedimentarias.
Sin embargo se indica que de acuerdo con la cartografía geológica ejecutada en la UF4, no se pudieron definir
patrones estructurales debido a que no hay afloramientos o evidencias de fallamiento en superficie. La totalidad
de este tramo se encuentra suprayacido por depósitos de vertiente que enmascaran rasgos estructurales y por
subsiguiente en la cartografía geológica adelantada no se pudo hacer un registro de datos estructurales que
brindaran la disposición estructural promedio de la estratificación y/o tendencias de la litología que hace parte
de la Unidad Funcional 4.
El estudio indica que la Geomorfología de la zona donde se pretende realizar la construcción de la Unidad
Funcional 4 está representada por rocas correspondientes a la Formación Combia, rocas tanto del Miembro
Volcánico como del Miembro sedimentario que, conjugado con los depósitos de vertiente que suprayacen a
estos miembros, le brindan las características geomorfológicas que corresponde a cerros de topes
subredondeados, filos de topes subredondeados estrechos en dirección NW-SE, vertientes onduladas de baja
inclinación, Escarpes cortos, Vertientes de baja incisión y Llanura aluvial, en la visita de evaluación ambiental
realizada se pudo verificar que las unidades geomorfológicas descritas corresponden a la zona del proyecto.
En cuanto a procesos morfodinámicos se presenta un riesgo considerable debido a la disposición discontinua
de los depósitos de vertiente sobre la formación Combia, se indica que en la vía actual se presentan procesos
puntuales y aleatorios lo cual puede dar una idea de los riesgos que se pueden presentar con la construcción
del proyecto, no obstante para ello deberán formular las medidas, obras y condiciones que garanticen la
estabilidad de las zonas intervenidas.
El EIA define para la Unidad Funcional 4 que los suelos con mayor incidencia corresponden a la asociación
Concordia (CNe2), con un 71% del AID del proyecto, los cuales pertenecen al paisaje de montaña y tipo de
relieve de filas y vigas. El relieve varía de fuertemente inclinado a moderadamente escarpado, con pendientes
entre 12 y 75%. Aduciendo que la disección es fuerte y se presenta erosión laminar de ligera a severa
presentándose en toda la unidad cartográfica y movimientos en masa tipo terracetas en las tierras dedicadas a
pastoreo. Hay sectores afectados por erosión en surcos y cárcavas; se encuentran zonas con pedregosidad
superficial y afloramientos rocosos.
La segunda unidad de suelos que se presenta corresponde al complejo Tarazá (TR) con un 18%, al respecto
se ilustra que Geomorfológicamente, la unidad se encuentra en el paisaje de montaña, tipo de relieve vallecitos,
en relieve plano con pendientes menores del 12%. Los suelos son derivados de depósitos coluvio-aluviales con
materiales mixtos; son superficiales a moderadamente profundos, limitados por gravilla, cascajo o por el nivel
freático. E indican que el uso dominante (actual) de estos suelos es la ganadería tipo extensivo con pastos
naturales o introducidos.
Resolución No.
0115
O 5 FEB 2016-
de
Hoja No. 33
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Al respecto es importante indicar que durante la visita de evaluación ambiental se verificó la información
relacionada con las características de los suelos de la zona del proyecto encontrando que estos corresponden
con la anterior descripción, se observó problemas asociados de inestabilidad de los suelos y erosión debido a
las actividades de ganadería extensiva, representados en pequeñas terrazas.
Foto 7 zonas con presencia de fenómenos de remoción y degradación del suelo
Fuente: Equipo técnico evaluador ANLA 2015
Se considera por parte de la ANLA que la caracterización de los suelos realizada en el EIA corresponde a lo
evidenciado en la visita de evaluación y cumple con lo establecido en los términos de referencia establecidos
para el proyecto.
En relación al uso actual del suelo, en el EIA se indica que en el 86 % del área del AID del proyecto se realizan
actividades de ganadería, 12% actividades de conservación y 2% corresponde a las zonas con presencia de
recursos hídricos; durante la visita de evaluación ambiental se evidencia que en general las actividades
productivas corresponden a la ganadería de tipo extensivo por lo cual se considera que la caracterización al
respecto es adecuada.
En igual sentido, señala que se exhiben conflictos de uso de suelo en el área de influencia directa, afirmando
que para las clases agrológicas II y III se presenta conflicto por subutilización ligera y severa los cuales
corresponden con los suelos del complejo Tarazá, mientras que para las clases VI y VII (suelos de la asociación
Concordia) se presentan los valores más altos por sobreutilización tal como lo ilustra la figura 14.
Figura 14 Distribución porcentual del conflicto en el uso del suelo en el AID
Ice—pm
Cele-rulo por
8.06 uutepacian subleurCzacion
ligera
,
cdarada
7536'88548
19.97313151
aje
Conflicto por
sohreueldpacion
seV ere
7.949113422
Co Olido par
su uOlizacen
ligera
326023626
19 45769611
9 555413619
Conflicto por
Tierras sln
sub utilizasen conflicto de uso
LISO adecuado
severa
3,1532E6139
0.77992822
1.108362625
0.527589544
0 502221673
0 6.80024797
Fuente: EIA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
Lo anterior indica que en términos generales para el área de influencia directa del proyecto se está presentando
un conflicto de uso de suelo, que corresponde según el EIA a subutilización ligera con un 48 % del AID de
proyecto, en un 29 % se presenta conflicto por sobreutilización ligera, en un 12% conflicto por sobreutilización
severa, 8% presenta un uso adecuado y un 2% presenta un conflicto por subutilización severa, lo anterior se
debe a las actividades que se realizan, debido principalmente a las actividades de ganadería extensiva que
desarrollan en la zona y dado que no se aprovechan adecuadamente los suelos para su uso potencial como la
Resolución No.
0115
de
0 5 FEB
Hoja No. 34
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
implementación de cultivos, puesto que la distribución de las clases agrologicas indican que el 67% (clases II,
III y IV) son aptas para cultivos.
En cuanto a la Hidrología el Estudio de Impacto Ambiental indica que no se identificaron en el AID del proyecto
sistemas lénticos, lo cual fue corroborado durante la visita de evaluación, con respecto a los sistemas lóticos
las dos fuetes principales que atraviesa el proyecto son el río Cauca y la quebrada Marvalle los cuales fueron
identificados en el estudio, adicionalmente se definen los patrones de drenaje del área. El río Cauca es un
cauce aluvial caracterizado por la movilidad de sus meandros, donde el lecho, las orillas y las planicies aluviales
están conformados por materiales aluviales que pueden ser transportados por el mismo río; además, este
desarrolla diferentes grados de sinuosidad a lo largo de todo su cauce. En términos generales, es posible afirmar
que el patrón meándrico no ha variado significativamente en el tiempo.
De igual manera se define el régimen hidrológico y el los caudales característicos de la quebrada Marvalle y el
río Cauca (Qmin, Q medio y Q max) para lo cual se tuvieron en cuenta datos del IDEAM de las estaciones
limnigráficas Bolombolo, La Pintada y Puente Iglesias, se describen las metodologías utilizadas para su cálculo
y se presenta mapa de cuencas hidrográficas (plano temático 3.24). Así las cosas esta Autoridad considera la
caracterización hidrológica es adecuada.
Con respecto a la calidad de agua se realizaron estudios para la caracterización de cuatro estaciones de
muestreos, incluyendo entre estas el río Cauca y la quebrada Marvalle, de acuerdo al estudio y los
correspondientes anexos las muestras fueron tomadas y analizadas en los laboratorios de MCS Consultoría y
Monitoreo Ambiental S.A.S., Antek S.A. y SGS Colombia S.A. de los cuales se ajuntan los soportes de
acreditación ante el IDEAM, En la tabla 12 se presentan los valores obtenidos para cada una de las variables
fisicoquímicas y bacteriológicas analizadas en las aguas superficiales y subterráneas, incluyendo su
comparación con los Artículos 2.2.3.3.9.2, 2.2.3.3.9.3, 2.2.3.3.9.5, 2.2.3.3.9.6 y 2.2.3.3.9.10 del Decreto 1076
de 2015
Tabla 12 Resultados fisicoquímicos y bacteriológicos analizados y comparación con los criterios de calidad
ermisibles Decreto 1594184 ara
s.. LIMITES PERMISIBLES DECRETO1594/844'
PÁRAMETRÓS UNIDADES ti E21
- Art. 38/39 . Art, 40/41 -:Art..42; Art.45+ ,
6,30
5,0-9,0*/
pH
Unid.
7,80
7,08
4,5-9,0
5-9
4,5-9,0
6,5-8,5**
Temperatura
°C
24,00
27,10
25,60
N.E.
N.E.
N.E.
<40
6,30
Oxígeno disuelto
mg/L
7,10
6,90
N.E.
N.E.
N.E.
>4
Conductividad
ps/cm
395,00
330,00
136,50
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
Turbiedad
Turbiedad
Color real
Sólidos
Suspendidos
NTU
UJT
UPC
2,16
0,11
26,73
2,71
0,14
28,878
1000
52,63
59,232
- /190 **
- /10**
N.E.
N.E.
N.E.
mg/I
3
<2
Sólidos Disueltos
Totales
mg/L
256,75
214,50
Sólidos Totales
mg/I
265
175
Sólidos
sedimentables
mg/L-h
<0,1
<0,1
Alcalinidad Total
mg/L
215,00
169,60
Fosforo total
mg/L
<0,15
Nitrógeno total
DB05
DQO
mg/L
mg/L
mg/L
<0,15
<4,00
<5
<20
Fenoles Totales
mg/L
<0,002
<0,002
Grasas y Aceites
mg/L
NMP/100
mi
<0,67
<0,67
2720
1560
Coliformes Totales
1116
75*/20**
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
0,002
N.E.
0,002
1,0
N.E.
20000* /
.1 nein*"
N.E
N.E.
5000
1000
0,01
N.E.
N.E.
55,00
<4,00
<5
<20
1210
2,30
45,60
<0,15
<4,00
<5
<20
<0,002
<0,67
272300
Resolución No.
01 15
Hoja No. 35
0 5 FER 7011
de
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
PARÁMETROS
Coliformes fecales
UNIDADES
NMP/100
ml
mg/L
E21
E22
21
23
El
11000
LIMITES PERMISISLIES. DECRET0.1594/84:/;
rt , 38138. A tI:40/41- ', Ad 42 ,,
2000*
1000
200
Acidez
<2
<2
4,70
N.E.
N.E.
N.E.
Olor
Aceptable Aceptable Aceptable
N.E.
N.E.
N.E.
Sabor
Aceptable Aceptable Aceptable
N.E.
N.E.
N.E.
Potasio
mg/L
4,27
5,95
2,41
N.E.
N.E.
N.E.
*Requiere tratamiento convencional.
**Requiere desinfección. +Hace referencia a la concentración que produce la muerte al 50% de los organismos sometidos a
bioensayos en un periodo de 96 horas. N.S: No solicitado por el cliente.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
N.E.
Los resultados de manera general muestran para las fuentes en estudio unos índices de calidad de agua que
se encuentran dentro de los parámetros establecidos actualmente en el Decreto 1076 de 2015; sin embargo se
presentan algunos parámetros que de acuerdo al tipo de uso para el cual se utilice el recurso requieren de un
tratamiento previo, por lo cual a continuación se destacan algunos de los resultados obtenidos del EIA.
"Para el caso del punto de muestreo en el río Cauca el agua es turbia, de coloración café sin presencia de película
aceitosa u olores ofensivos. La vegetación aledaña es está compuesta por árboles (40%), arbustos (10%), hierba
(40%) y gramíneas (10%). "En cuanto al pH, las estaciones reportaron valores entre 6,30 y 7,8 observando una
baja variación entre cada punto, presentado valores cercanos a la neutralidad. Los niveles obtenidos están dentro
de lo reportado para cuerpos de aguas continentales superficiales no contaminadas. A nivel normativo las
estaciones cumplen con el rango óptimo estipulado en el Decreto 1594/84, sin presentar riesgo en la utilización
del recurso en actividades domésticas, agropecuarias, recreativas, consumo humano y para la preservación de
la flora y fauna presente, sin embargo, es necesario una desinfección en la mayoría de las estaciones, si es para
consumo humano o para uso doméstico".
La conductividad presenta fluctuaciones entre las estaciones evaluadas, ya que los valores obtenidos estuvieron
en un rango entre 136,50 y 395 pS/cm. Las variaciones observadas en la conductividad, están dadas por las
concentraciones encontradas en los sólidos disueltos, los cuales reflejaron el mismo comportamiento de la
conductividad por estar relacionadas, reportándose entre 55 y 256 mg/L. Aunque estas variables no tienen
valores especificados en la norma,. la mayoría de los valores obtenidos se pueden considerar normales, ya que
la conductividad de la mayoría de las aguas dulces naturales se encuentra entre los 10 y 350 pS/cm, aunque,
por supuesto depende del tipo de geología, según lo afirma Beita (2010) y Elosegui y Pozo (1994).
Las concentraciones de oxígeno disuelto reportaron valores entre 6,3 y 7,1 mg/L, lo cual indica qué todos los
puntos monitoreados cumplen con el límite mínimo requerido por la normatividad ambiental para la conservación
de la flora y la fauna acuática. La variación en los valores de oxígeno disuelto entre estaciones está dado
principalmente por el tamaño del cuerpo de agua, la topografía y el flujo de agua que ocasionan una oxigenación
mecánica, así como por la concentración de materia orgánica presente en cada sistema hídrico. El olor y el sabor
fueron aceptables en todos los puntos monitoreados. Estos son parámetros organolépticos, que pueden dar una
idea preliminar del estado del cuerpo de agua, sin embargo, se deben tener en cuenta los demás parámetros
analizados in situ y en el laboratorio, para obtener un análisis más profundo y confiable.
El color presentó valores de 26,73 a 59,232 UPC). Los valores encontrados indican que las estaciones presentan
una alta influencia por la presencia de sustancias en solución y coloides, los cuales modifican los niveles de esta
variable (Romero, 1995). Al comparar las concentraciones con lo dispuesto en la norma, se observa que las
estaciones requieren de un tratamiento convencional para emplear el recurso para consumo humano o uso
doméstico (coagulación, floculación, sedimentación, filtración y desinfección).
Los sólidos suspendidos reportaron concentraciones entre <2 y 1116 mg/L, reportándose el mayor valor en la
estación El que corresponde al Río Cauca. La concentración de estos sólidos está influenciada por los procesos
naturales de arrastre que se dan en los cuerpos de agua (Elosegui y Pozo, 1994). Los niveles de sólidos
suspendidos influyeron en el comportamiento observado para la turbiedad, ya que la primera afecta directamente
a la segunda. La turbiedad presentó valores entre 0,11 y 52,63 UJT, evidenciando que los puntos evaluados no
cumplen con el límite establecido (10 UJT) por lo que no serían aptas para el consumo humano.
Por su parte, los sólidos totales presentaron valores entre 175 y 1210 mg/L, los cuales son congruentes con lo
reportado para este tipo de ambiente (Elosegui y Pozo, 1994). Teniendo presente la proporción de los sólidos
presente en las estaciones, se observa que los sólidos totales en la mayoría de las estaciones, están constituidos
Resolución No. 0
115
de
U 5 FEB 201B
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Hoja No. 36
principalmente por materia, de tipo disuelto. Esto puede estar relacionado con los procesos de arrastre y con el
tipo de geología".
Los muestreos fueron realizados en el mes de abril de 2015 y para el momento se presentaba una época según
el estudio entre seca y lluviosa, considera esta Autoridad que la caracterización es apropiada y puede ser
utilizada como referencia para la comparación con estudios de calidad realizados durante la etapa de ejecución
del proyecto a fin de determinar posibles afectaciones sobre los cuerpos de agua por las actividades de
construcción.
Con respecto a la hidrogeología de acuerdo con la información del estudio no hay afloramiento de niveles
freáticos en los cauces, salvo la parte baja de la quebrada Marvalle, se indica que se realizó el análisis para lo
cual se trazaron dos secciones transversales a la montaña, y con apoyo en los ríos que la bordean (El Guaico,
El Revenidero y el Cauca). Se trazó en forma aproximada el nivel freático, teniendo en cuenta que el punto de
cruce de las dos secciones debe mostrar el mismo nivel de agua freática determinando que en el tramo final de
este cauce el nivel freático aflora, es decir, que su cauce es de flujo permanente.
De otra parte se indica que si se comparan las demás quebradas pequeñas con la quebrada Marvalle en cuanto
a la incisión, puede verse que son muy poco profundas y por lo tanto no están conectadas con el nivel freático
de la zona montañosa. Para ello se presentan los perfiles correspondientes, considera esta Autoridad que es
adecuada y corresponde con lo observado en campo, durante la visita en la zona del proyecto no se identificaron
cuerpos de agua subterráneos, pozos aljibes, de igual manera el nivel freático por encontrarse el proyecto vial
en una zona de ladera se refleja en las zonas bajas cercanas al río Cauca, la quebrada Marvalle y otros cuerpos
de agua que dirigen su flujo hacia el Cauca.
Para el caso del uso del agua el estudio establece que los principales usos se asocian a las actividades que
se desarrollan en la zona como la ganadería extensiva y en menor proporción la agricultura, adicionalmente se
indica que se identificó una manguera de 1" captando agua de la quebrada Marvalle y con una longitud de 350
metros en dirección NW del punto campo 047, se aclara que el proyecto no generará afectación sobre dicha
instalación. La captación presente en la quebrada Marvalle tiene como función adquirir y distribuir el recurso
hídrico del acuífero para el uso doméstico y pecuario de la finca San Joaquín, lo anterior fue verificado durante
la visita de evaluación ambiental.
Para el aspecto hidrogeológico se define en el estudio que el proyecto está localizado en la provincia
hidrogeológica Andina-Vertiente Atlántica a la cual pertenecen acuíferos libres, confinados y semiconfinados
(IDEAM, 2010), de igual manera se identifica el acuífero "rocas con limitados recursos de agua subterránea",
de acuerdo a lo registrado en campo se considera que la caracterización al respecto es adecuada.
El EIA desarrolla la caracterización de la Geotecnia, este aspecto es importante dadas las condiciones
topográficas de la zonas y las actividades propuestas para el desarrollo del proyecto, toda vez que se requiere
de un importante movimiento de materiales (rellenos y cortes) para la conformación de las dos calzadas de la
unidad funcional 4, de acuerdo con el estudio "a lo largo de la zona se presenta un contraste pronunciado de
las propiedades geomecánicas de los depósitos de suelo, tanto los de vertiente como los residuales, y la roca
subyacente, ésta última de considerable mayor resistencia que el suelo. Este contraste ha propiciado dos
situaciones. La primera, los procesos de remoción de masas son superficiales, de poca profundidad, asociados
a la posición somera de la superficie de contacto entre el suelo y la roca, es decir, las masas de suelo
comprometidas en estos procesos son de poco espesor. Esta condición también posibilita que en períodos de
lluvia los procesos de inestabilidad sean más frecuentes. La segunda situación es que la geometría del talud y
las opciones de cimentación de las diferentes estructuras, incluidos los puentes, se encuentra controlada por la
posición del plano de contacto suelo roca". Condiciones estas que demandan de la implementación de medidas
de manejo adecuadas y procesos constructivos acorde para garantizar la mínima afectación en la zona del
proyecto.
Al respecto se proponen en el estudio técnicas de tratamiento a utilizar, de acuerdo con las condiciones de los
taludes que puedan ser intervenidos mediante Talud con revegetalización y Talud reforzado, las cuales podrán
ser combinadas de acuerdo con las necesidades del proyecto. Es importante mencionar que el proyecto
requiere de la conformación de taludes con alturas hasta de 15 metros, por lo cual se presentan en el estudio
los análisis de estabilidad y las recomendaciones de acuerdo a perforaciones realizadas para determinar así
las diferentes técnicas a emplear en cada sector de conformidad al diseño del proyecto, a continuación se
presenta las pendientes propuestas en estudio:
Resolución No.
0115
0 5 FEB
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Hoja No. 37
Según el anexo 3-10 Estudio de estabilidad y estabilización de taludes, para la zona del proyecto se definieron
pendientes de taludes acorde a las propiedades mecánicas y condiciones propias de los suelos. El diseño hace
uso de alternativas como altura de bancos, bermas, refuerzo del talud y drenaje, de manera general se
considera que el diseño para los taludes que presenta el estudio es adecuado para los taludes que se pretende
generar. No obstante, se debe establecer en la Licencia Ambiental a otorgar que la Concesión La Pintada S.A.S.
será responsable de garantizar la estabilidad de los taludes generados por el proyecto, para lo cual realizará
las obras y actividades a que haya lugar sin causar una mayor afectación a los recursos naturales, de lo
contrario, deberá solicitar los permisos y autorizaciones que correspondan de acuerdo a la normatividad vigente.
En Tabla 13 se presentan las características de los taludes con los sistemas de tratamiento propuestos en el
EIA:
•TRAMO
1
2
3
4
Tabla 13 Pendientes de taludes
ABSCISA
, TRATAMIENTO
PENDIENTE.`;
•'
FINAL.
Barras de acero de 1", con un diámetro de
km 0+070
0,75H:1,00V
perforación de 3", concreto lanzado de 0,10 m de
km 0+000
espesor reforzado con malla electrosoldada D 188
km 0+070
km 0+215
0,75H:1,OOV
Revegetalización con leguminosas o vetiver
Barras de acero de 1", con un diámetro de
perforación de 3", concreto lanzado de 0,10 m de
km 0+240
0,75H:1,OOV
km 0+215
espesor reforzado con malla electrosoldada D 188
Revegetalización con leguminosas o vetiver
km 3+180
0,75H:1,OOV
km 0+240
Fuente: EIA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
ABSCISA
.
INICIAL,
El estudio presenta la caracterización climatológica del área de influencia del proyecto, para lo cual se contó
con información de precipitación, temperatura media, Tensión de vapor, Humedad relativa, Brillo solar,
evaporación, Nubosidad y velocidad, y dirección del viento de las estaciones climatológicas La Pintada y Túnez
Hda localizadas en el departamento de Antioquia. Estaciones operadas por el IDEAM indicadas en la Tabla 14.
Código
26210110
Nombre
Tabla 14 Estaciones utilizadas
Elevación
Municipio
Tipo
(msnm)
Norte
Este
PM
Salgar
586
1148175.12
1134698 93
PM
Venecia
604
1151829.94
1136783.98
Fredonia
530
1133340 63
CO
Túnez Hda
Fuente: EIA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
1158016.89
Peñalisa
26200130
Bolombolo
26175040
Así las cosas, el EIA contiene la caracterización del clima a partir de datos históricos para precipitación,
temperatura, evaporación, evapo-transpiración, humedad relativa, brillo solar, radiación solar, nubosidad, viento
y presión atmosférica, de manera general se considera por parte de esta Autoridad que la caracterización es
adecuada y representa las condiciones climatológicas de la zona de estudio.
De otra parte, el estudio presenta la caracterización de la calidad del aire realizado por la sociedad K2
Ingeniería la cual se encuentra acreditada mediante Resolución del IDEAM 0031 del 21 de enero de 2013
(vigencia 3 años) en la zona del proyecto, realizado con base en los parámetros de la Resolución 610 del 24
de marzo de 2010, para las estaciones de muestreo Peñalisa, Puente Iglesias y La pintada, siendo la estación
más cercana al proyecto la estación de Peñalisa donde las principales fuentes de emisión están relacionadas
con el tránsito de vehículos por la vías existentes y las actividades propias del centro poblado quemas de carbón
para fogones, se considera que los datos obtenidos para esta estación corresponde con la zona donde se
ubica el proyecto, no obstante para la etapa de construcción del proyecto de la Unidad Funcional 4, se deberá
realizar el seguimiento dentro del AID del proyecto, para poder determinar las posibles afectaciones sobre el
recurso por las actividades del proyecto.
Entre las principales conclusiones del estudio se encuentran: "con base en las concentraciones determinadas para
las sustancias reguladas las cuales cumplen con lo exigido por la legislación vigente, se puede concluir que en el área de
influencia del proyecto se presentan niveles de Material Particulado (PM10 y PST), Dióxido de Azufre, Dióxido de Nitrógeno
y Monóxido de Carbono que no representan ningún problema para la salud de las personas, por encontrarse por debajo
Resolución No. 0 1 1
de
0.5 FEB 2010
Hoja No. 38
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
de los límites permisibles exigidos y por los valores reportados del ICA, como se muestra en los valores del índice de
calidad del aire, teniendo en cuenta las convenciones del índice de la calidad del aire. Por lo anterior, los puntos evaluados
cumplen con los límites permisibles según la Resolución 610 del 24 de marzo de 2010 del MAVDT". Una vez evaluada
la información del estudio de calidad de aire presentado se considera que cumple con los términos de referencia
establecidos para el proyecto y los datos de campo pueden ser utilizados como referencia para medir la posible
afectación o impacto sobre la calidad del aire por las actividades de proyecto durante su construcción.
De igual manera se presenta en el EIA, el estudio de calidad de ruido para la zona del proyecto, el cual fue
realizado para las estaciones de muestreo Comfenalco (La Pintada), Puente Iglesias (Fredonia) y Peñalisa
(Salgar) donde las principales fuentes de emisión son la generada por el tráfico de los vehículos en las vías
existentes y las actividades propias de los centros poblados (comercio), al respecto se debe indicar que la
caracterización realizada por la Concesión La Pintada fue realizada en puntos de muestreo como Peñalisa y
Puente Iglesias que se encuentran en cercanías al AID del proyecto pero no dentro de esta, en tal sentido se
considera que si bien los monitoreos realizados son un instrumento válido para la caracterización de la zona
del proyecto, no es posible durante la etapa de construcción del proyecto medir la afectación directa en cuanto
a la variación del componente ruido si se realizan las mediciones de seguimiento ambiental en las zonas antes
seleccionadas, por lo cual se realizará requerimiento para que los monitoreos de seguimiento del proyecto se
realicen en el AID del mismo.
5.2
CONSIDERACIONES SOBRE EL MEDIO BIÓTICO
5.2.1
Ecosistemas terrestres
En las áreas de influencia del proyecto se encuentra únicamente el ecosistema Orobioma Bajo de los Andes,
de acuerdo con el Mapa de Ecosistemas Continentales, Costeros y Marinos de Colombia (IDEAM et al., 2007),
lo cual fue documentado por la Concesión La Pintada S.A.S y verificado por esta Autoridad.
De otro lado, la Concesión La Pintada S.A.S. indica que la zona de vida corresponde a bosque seco Tropical
con base en el Mapa de zonas de vida del departamento de Antioquia,
5.2.1.1 Áreas sensibles
Con base en la información cartográfica del proyecto, esta Autoridad procedió a verificar a través de la
herramienta SIG Web ANTA la presencia de áreas protegidas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas —
SINAP, en traslape con las áreas de influencia del proyecto y se encontró que no hay superposición con el AID
ni con el AII de ninguna área de carácter nacional, regional o local.
Sin embargo, de acuerdo a la información adicional del EIA con radicado 2015064876-1-000 del 3 de diciembre
de 2015, el área del proyecto se superpone con la Reserva de Recursos Naturales de la Zona Ribereña del río
Cauca en el territorio antioqueño, declarada mediante Acuerdo del Consejo Directivo N° 017 de 1996 de
CORANTIOQUIA como:
"(...) la zona que se encuentra dentro de las coordenadas: Río Arquía con el cruce de la vía Medellín-Cali
hasta el retén Dos Bocas en una faja de un kilómetro a partir de la margen izquierda del río Cauca y de allí un
kilometro (sic) a lado y lado de la ribera del río hasta el Municipio de Nechí en limites (sic) con el departamento
de Córdoba con una extensión de 98.049 hectáreas (...)"
Se indica además que:
"Posee suelos de alta fragilidad ecológica y susceptible a la erosión. Esta reserva se creó fundamentalmente
para impedir la expansión de las actividades extractivas, principalmente la minería. Existen a lo largo del río
depósitos de oro importantes y de otros minerales relevantes para el desarrollo de la industria, los cuales deben
explotarse racionalmente (CORANTIOQUIA 2008)."
Sumado a lo anterior, se presenta una figura de las áreas de manejo especial en la jurisdicción de
CORANTIOQUIA, la cual es generalizada para el departamento.
De acuerdo a esta información, la cual la Concesión La Pintada S.A.S. incluyó igualmente en el EIA con radicado
2015050188-1-000 del 22 de septiembre de 2015, esta Autoridad procedió a corroborar durante la visita de
evaluación ante CORANTIOQUIA las regulaciones establecidas para la reserva del río Cauca, así como sobre
las áreas de bosque seco, y se encontró que en la actualidad dichas zonas no se encuentran homologadas en
el Sistema Nacional de Áreas Protegidas — SINAP.
Resolución No.
0115
de
0 5 FEB 2011f
Hoja No. 39
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones'
No obstante, CORANTIOQUIA documentó una serie de argumentos técnicos y jurídicos en el memorando 1801507-3131 del 15 de julio de 2015, tendientes a manejar la Reserva de Recursos Naturales de la Zona Ribereña
del río Cauca y el bosque seco al interior de ésta, y posteriormente, a través del Acuerdo No. 462 del 21 de
septiembre de 2015 emitió términos de referencia para la sustracción de la reserva de Recursos Naturales de
la Zona Ribereña del río Cauca para los proyectos que actualmente se encuentran en desarrollo en
superposición con dicha reserva.
Frente a esto, es de relevancia resaltar que el trámite de sustracción de la reserva es competencia de
CORANTIOQUIA y que la ANLA se pronuncia sobre la viabilidad del proyecto en el presente acto administrativo
de conformidad con los términos establecidos en el capítulo 3 del Decreto 1076 de 2015. Adicionalmente, se
establece que la concesión La Pintada S.A.S., deberá acatar el pronunciamiento de CORANTIOQUIA en
relación a la sustracción de esta área.
Con este marco de referencia, y de acuerdo al mapa 3.11 Áreas naturales protegidas (ver figura 15) del radicado
2015050188-1-000 del 22 de septiembre de 2015, se observa que el 100 % del All y del AID del proyecto se
superponen con el área de la Reserva de Recursos Naturales de la Zona Ribereña del río Cauca, mientras que
las zonas de bosque seco se distribuyen como vegetación asociada a algunos de los cuerpos de agua presentes
en el área del proyecto, lo cual se corroboró durante la visita de evaluación.
A continuación se presenta detalladamente la superposición de las áreas de influencia del proyecto frente a la
Reserva de Recursos Naturales de la Zona Ribereña del río Cauca y el bosque seco en jurisdicción de
CORANTIOQUIA.
Tabla 15 Superposición de áreas protegidas con las áreas de influencia del proyecto
% Área
Área en
en Área de
Área de
Área en
% Área
Área en
% Área
intervención intervención
Área protegida
AID** (ha)
en AID
All* (ha)
en All
(ha)
Recursos
Reserva
de
Naturales de la Zona
Ribereña del río Cauca —
RRNZRRC***
307,29
100
67,71
% RRNZRRC en jurisdicción de CORANTIOQUIA
0,31
-
0,069
Bosque seco****
86,56
28,17
11,46
totalidad Bosque Seco en
de
jurisdicción
CORANTIOQUIA
0,34
0,044
100
27,19
100
0,028
17
3,43
12,61
0,013
-
*All abarca 307,29 ha; "" AID abarca 67,71 ha; ***Área total de la Reserva es de 98.049 haz; ****Area total de bosque seco en
jurisdicción de CORANTIOQUIA es de 25.800 ha3. Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en la información cartográfica
del radicado 2015050188-1-000 del 22 de septiembre de 2015
2
Área tomada de la caracterización biótica.
Área tomada de: Instituto de Investigación de Recursos Biológicos "Alexander von Humboldt'— lavII y Corporación Autónoma Regional
del Centro de Antioquia — CORANTIOQUIA. 2014. Fortalecimiento al conocimiento, conservación y uso sostenible de la biodiversidad y
los servicios ecosistémicos del bosque seco tropical en la jurisdicción de CORANTIOQUIA: informe final. Convenio Interadministrativo
3
( No. 1017 de 2013. Bogotá, Colombia.
Resolución No. 0
115
de
I
0.5 FER 7r1
Hoja No. 40
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Figura 15 Áreas protegidas en superposición con las áreas de influencia del proyecto
REAS NATURALES DE RESERVA
Reserva de Recursos Naturales de la Zona Ribereña del
— Rió Cauca
in Bosque Seco Tropical
Fuente: modificado por el equipo evaluador con base en el mapa 3.11 Áreas naturales protegidas del radicado 2015050188-1-000 del
22 de septiembre de 2015
En este contexto, teniendo en cuenta que la totalidad de las áreas de influencia del proyecto se encuentran en
la Reserva de Recursos Naturales de la Zona Ribereña del río Cauca, se considera que la caracterización que
se discute a continuación conforme a lo observado durante la visita de evaluación, permite detallar el estado de
la reserva en el área del proyecto de acuerdo a los Términos de Referencia VI-TER-1-01.
5.2.1.2 Flora
En cuanto a flora, la Concesión La Pintada S.A.S. presenta información por aparte para el All y para el AID; en
el All, detalla información sobre las zonas de vida, las coberturas vegetales según el Mapa de Ecosistemas
Continentales, Costeros y Marinos de Colombia (IDEAM et al., 2007), la composición florística con base en
información del departamento de Antioquia, las especies representativas por su estatus de conservación, las
áreas protegidas y las coberturas de la tierra de acuerdo a la metodología Corine Land Cover.
Los temas de zonas de vida y áreas protegidas se presentaron previamente en este concepto. De otro lado, lo
relacionado con la composición florística y las especies representativas del AH no se aborda debido a que se
cuenta con información actualizada para el AID, de manera que se presentan únicamente los resultados en
cuanto a coberturas de la tierra según la metodología Corine Land Cover.
En cuanto al AID, se presenta la información de las coberturas de la tierra Corine Land Cover y su composición
florística, así como el inventario forestal llevado a cabo en el área de intervención, la composición florística por
cobertura de la tierra, la estimación del volumen y de la biomasa, y la caracterización de la regeneración natural.
Finalmente se brinda información en cuanto a especies sensibles (amenazadas, vedadas y endémicas), usos
de las especies y especies nuevas identificadas para la zona.
Si bien la Concesionaria La Pintada S.A.S. presenta la caracterización de epífitas vasculares y no vasculares,
esta información no se analiza ni se discute en el presente documento a que la competencia sobre el
levantamiento de veda de estas especies le corresponde al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el
cual otorgó el levantamiento parcial de veda a través de la Resolución 2217 del 14 de octubre de 2015.
Con este marco de referencia, a continuación esta Autoridad presenta las consideraciones sobre la
caracterización del componente flora:
5.2.1.2.1 Coberturas de la tierra
De acuerdo a lo expuesto por la Concesión La Pintada S.A.S. en el capítulo 1 del EIA allegado en la información
adicional, la metodología empleada para la caracterización de las coberturas de la tierra en el área de
Resolución No.
O 1
5
de
0 5 FEB 2018:
Hoja No. 41
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
intervención partió de un ortofoto-mosaico del año 2014, escala 1:10.000, en el cual se delimitaron fragmentos
de coberturas que fueron validados en campo y los cuales se clasificaron de acuerdo a la metodología Corine
Land Cover adaptada para Colombia escala 1:100.000. La unidad mínima cartografiable correspondió a 2.500
m2 para la franja de 60 m de ancho sobre el eje de la vía, basada en una escala de trabajo de 1:10.000, lo cual
se considera adecuado porque cumple con los Términos de Referencia VI-TER-1-01 y lo expuesto en la
Metodología General para la presentación de Estudios Ambientales.
Como se observa en la tabla a continuación, la Concesión La Pintada S.A.S. reportó diez coberturas de tierra
en el All y en el AID así: una cobertura en territorios artificializados (Red vial, ferroviaria y terrenos asociados),
tres coberturas en territorios agrícolas (pastos limpios, arbolados y enmalezados), cinco coberturas en bosques
y áreas naturales (bosque fragmentado, bosque de galería y/o ripario, plantación forestal, vegetación
secundaria o en transición y zonas arenosas naturales) y una cobertura en superficies de agua (Ríos). En el
área de intervención se reportan estas mismas coberturas, excepto las de pastos arbolados y plantación
forestal.
Tabla 16 Coberturas de la tierra presentes en las áreas de influencia del proyecto
Área de
% Área de
AID
Cobertura de la tierra Corine
% AID intervención
Código All (ha) % All
intervención
(ha)
Land Cover nivel 3
(ha)
Red vial, ferroviaria y terrenos
0,03
0,12
0,08
0,12
1.2.2
0,61
0,20
asociados
22,91
84,25
55,73
82,30
2.3.1 189,08 61,53
Pastos limpios
0,072.3.2
16,53
5,38
0,05
Pastos arbolados
1,48
5,44
2,51
3,71
2.3.3
9,63
3,13
Pastos enmalezados
0,91
3,35
4,99
2,76
4,08
3.1.3
15,34
Bosque fragmentado
3,21
0,87
4,02
5,93
3.1.4
36,32 11,82
Bosque de galería y/o ripario
0,03
0,05
3.1.5
5,88
1,91
Plantación forestal
Vegetación secundaria o en
0,48
1,75
1,28
1,89
3.2.3
18,17
5,91
transición*
0,22
0,21
0,06
5,94
1,93
0,14
Zonas arenosas naturales
3.3.1
1,66
1,64
0,45
3,19
1,11
5.1.1
9,79
Ríos (50 m)
27,19
100,00
307,29 100,00 67,71 100,00
Total general
*Para esta cobertura se llegó al nivel 4 de la metodología Corine Land Cover, correspondiente a Vegetación Secundaria Alta. Fuente:
elaborado por el equipo evaluador con base en la GDB del proyecto, anexa al radicado 2015050188-1-000 del 22 de septiembre de
2015.
De acuerdo a la ocupación de cada una de las coberturas en las áreas del proyecto que se muestran en la tabla
anterior, se observa que los territorios agrícolas tienen la mayor representatividad en el All, el AID y el área de
intervención, con el 70,04 %, el 86,08 % y el 90 %, correspondientemente, mientras que los bosques y áreas
naturales agrupan el 26,57 %, el 12,16 % y el 8,53 % para el All, el AID y el área de intervención,
respectivamente, y los territorios artificializados junto con las superficies de agua abarcan los porcentajes
restantes.
La distribución de estas coberturas en el All, el AID y el área de intervención fue corroborada durante la visita
de evaluación por parte de esta Autoridad, con base en el Mapa 3.10. Puntos de muestreo de flora del radicado
2015050188-1-000 del 22 de septiembre de 2015, encontrando que la delimitación realizada por la empresa
corresponde con las características existentes en el área del proyecto.
Con relación a esto, fue posible corroborar en el terreno que el área se encuentra muy intervenida y que las
coberturas naturales existentes están aisladas entre sí en una matriz de pastos, a manera de parches, en su
mayoría alargados, que se ubican aledaños a los cuerpos de agua de la zona, como se muestra en la siguiente
figura. La mayor concentración de coberturas naturales se observó al sur del río Cauca, en la zona del empalme
con la Unidad Funcional 3 de la Autopista Pacífico 2 (Túnel Mulatos).
0115
Resolución No.
de
O 5 FEB 201
Hoja No. 42
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Figura 16 Distribución espacial de las coberturas de la tierra en las áreas del proyecto
1136000
137000
1130000
)
2
a
Z
11
1
t
hlál
/
VI
P
VEN
P
sf.
PI
\
- AP>
''''.
14114
s8
ik
an
Convenciones
Arealnfluencia
c:iAr ea de Influencia Directa
71 Área de Influencia Indirecta
‘
(=Unidad Funcional 4 Túnel Mulatos -Bolombolo
1
/
•
•
/
0
1136000
160 360
r?
1137000
O
720
1.080
1.4gletr r:
'IY.*Io.
1100000
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en la GDB
del radicado 2015050188-1-000 del 22 de septiembre de 2015
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en Google
Earth (imágenes del 31 de marzo de 2014) y la GDB del
radicado 2015050188-1-000 del 22 de septiembre de 2015
Con este marco de referencia es evidente para esta Autoridad que si bien la Concesión La Pintada S.A.S. no
presentó el análisis de fragmentación y conectividad ecológica definido en la Metodología General para la
presentación de Estudios Ambientales, es posible concluir que las coberturas naturales boscosas y secundarias
del área de influencia del proyecto tienen una fragmentación muy alta en el sector al Norte del río Cauca, y que
en el sector al Sur hay menor fragmentación debido ala presencia de parches de mayor tamaño y con mayor
área de núcleo que pueden tener mayor conectividad ecológica.
Así las cosas, esta Autoridad considera que la fragmentación que puede llegar a ocasionar el proyecto en el
sector al Norte del río Cauca, puede ser subsanada en las medidas de manejo del plan de compensación por
pérdida de biodiversidad que se presenta en el Plan de Manejo Ambiental, y que para precisar las acciones a
ejecutar no es necesario el análisis de fragmentación y conectividad ecológica, por lo cual las consideraciones
sobre el Programa de compensación por pérdida de biodiversidad (7.4.5) se presentan en el numeral 10.1 del
presente acto administrativo.
5.2.1.2.2 Inventario forestal
De acuerdo a lo expuesto por la Concesión La Pintada S.A.S. en el capítulo 1 del EIA allegado en la información
adicional en relación con el inventario forestal, la metodología empleada se considera apropiada, toda vez que
se inventariaron al 100 % los fustales del área de intervención, y para las categorías latizales y brinzales se
realizó un muestreo estratificado al azar con una intensidad de muestreo del 2 c/o. A continuación se resumen
los resultados más relevantes presentados por la empresa con las correspondientes consideraciones por parte
de esta Autoridad.
En el caso de los fustales la Concesión La Pintada S.A.S. con base en el inventario al 100 % en el área de
intervención, así como la información taxonómica y dasométrica recopilada para cada uno de los individuos
inventariados, presenta la caracterización por cobertura de la tierra en cuanto a composición florística, análisis
estructural e índices de biodiversidad alfa y beta (en el caso de las coberturas naturales), y por último, muestra
la estimación del volumen y la cuantificación de la biomasa.
Los análisis en cuanto a índices de biodiversidad no se discuten en el presente acto administrativo, debido a
que no se tomaron como punto de partida para la evaluación de impactos ambientales ni como elementos para
el Plan de Manejo Ambiental y/o de Seguimiento y Monitoreo del proyecto. Así las cosas, esta Autoridad toma
como información de referencia únicamente la riqueza y abundancia de especies, elementos de la biodiversidad
de flora que brindan la información suficiente y necesaria para valorar la afectación sobre los ecosistemas
Resolución No.
0
1
de
0 5 FEB 2016
Hoja No. 43
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
terrestres a partir de la solicitud de aprovechamiento forestal que se discute en el numeral 7 del acto
administrativo.
De otro lado, lo referente a la estimación del volumen contiene información idéntica a la presentada en el
Capítulo 4 Demanda, uso y aprovechamiento de recursos naturales, de manera que este tema se discute en el
numeral 7 del presente acto administrativo, y el tema de cuantificación de la biomasa se resume más adelante,
con el fin de tener una referencia en cuanto al volumen no aprovechable (que incluye raíces) que deberá ser
manejado por parte de la empresa, lo cual se tiene en cuenta en las consideraciones del numeral 7 y del Plan
de Manejo Ambiental presentado por la empresa.
Así las cosas, esta Autoridad procedió a corroborar la anterior información relacionada en la línea base por
cobertura de la tierra, a partir de la tabla de atributos del shapefile Punto Muestreo Flora (radicado a través de
la información adicional), en cuanto a la riqueza, la abundancia de especies y las especies más representativas,
como se resume en la siguiente tabla:
Tabla 17 Resultados del inventario forestal para fustales por cobertura de la tierra y obra en el área de
intervención del proyecto, recalculados a partir de la información de la del shapefile "Anexo 3_13A_Shapefile
Fauna sic "de la información adicional.
No.
No.
Cobertura de la
Especies representativas
Obra
Spp. ind
tierra
Depósito 9
23
124
Cinnamomum triplinerve (Laurel, aguacatillo) con el 22,6 % (28
individuos), Trichilia martiana (Tuétano) con el 16,97 % (21
individuos) y Myriocarpa stipitata con el 13,7 % (17 individuos).
Vía
30
98
Bursera simaruba (Indio desnudo, resbalamono) con el 25,5 % (25
individuos) y Cedrela odorata (Cedro) con el 15,3 % (15 individuos).
37
Cinnamomum triplinerve (Laurel, aguacatillo) con el 13,5 % (30
individuos), Bursera simaruba (Indio desnudo, resbalamono) con el
222
12,6 % (28 individuos), Cedrela odorata (Cedro) con el 10,4 % (23
individuos) y Myriocarpa stipitata con el 8,6 (19 individuos).
41
244
Bursera simaruba (Indio desnudo, resbalamono) con el 13,1 % (32
individuos), Zanthoxylum monophyllum (Yema de huevo, tachuelo)
con el 11,1 % (27 individuos), Gliricidia sepium (Matarratón) con el
7,8 % (19 individuos) y Zanthoxylum martinicense (Tachuelo) con
el 7 % (17 individuos).
9
16
Enterolobium cyclocarpum (Piñón de oreja) con el 25 % (4
individuos), Cedrela odorata (Cedro) con el 18,8 %(3 individuos) y
Acrocomia aculeata (Chonta, Corozo) con el 12,5 % (2 individuos).
Bosque
fragmentado
Total Bosque fragmentado
Bosque de
galería y/o
ripario
Vía
Total Bosque de galería y/o ripario
Depósito 9
Pastos
enmalezados
Enterolobium cyclocarpum (Piñón de oreja) con el 18,5 % (5
individuos), Bursera simaruba (Indio desnudo, resbalamono),
Muntingia calabura (Chitató, chirriador, periquito) y Trema
micrantha (Zurrumbo, verraquillo), cada uno con el 11,1 % (3
individuos) y Xylosma prunifolia (Cacho de venado) con el 14,8 %
(4 individuos).
Enterolobium cyclocarpum (Piñón de oreja) con el 20,9 % (9
individuos) y Xylosma prunifolia (Cacho de venado) con el 9,3 % (4
individuos).
Gliricidia sepium (Matarratón) con el 42,9 % (6 individuos).
Psidium guajava (Guayabo) con el 33,3 % (11 individuos),
Spondias purpurea (Ciruelo) con el 18,2 % (6 individuos) y Bursera
simaruba (Indio desnudo, resbalamono) con el 15, 2 % (5
individuos).
10
27
Total Pastos enmalezados
15
43
Depósito 10
6
14
Depósito 11
9
33
Depósito 12
19
63
Cedrela odorata (Cedro) con el 22,2 % (14 individuos), Acrocomia
aculeata (Chonta, Corozo) con el 17, 5 % (11 individuos) y Trichilia
martiana (Tuétano) con el 12,7 %(8 individuos).
Depósito 9
11
71
Cedrela odorata (Cedro) con el 36,7 % (26 individuos) y Acrocomia
aculeata (Chonta, Corozo) con el 31 % (22 individuos).
Vía
Pastos limpios
Resolución No.
0115
de
O 5 FEB 2016
Hoja No. 44
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Cobertura de la
tierra
Obra
Vía
No.
Spp.
34
Total Pastos limpios
46
No.
ind
Especies representativas
192
Zanthoxylum monophyllum (Yema de huevo, tachuelo) con el 16,1
% (31 individuos), Gliricidia sepium (Matarratón) con el 10,9 % (21
individuos), y Acrocomia aculeata (Chonta, Corozo), Bursera
simaruba (Indio desnudo, resbalamono) y Zanthoxylum
martinicense (Tachuelo), cada una con el 6,3 % (12 individuos).
373
Cedrela odorata (Cedro) con el 12,9 % (48 individuos), Acrocomia
aculeata (Chonta, Corozo) con el 12,6 % (47 individuos), Trichilia
martiana (Tuétano) con el 11,3 % (25 individuos), Zanthoxylum
monophyllum (Yema de huevo, tachuelo) con el 9,1 % (34
individuos) y Gliricidia sepium (Matarratón) con el 8,3 % (31
individuos).
Vegetación
v.
secundaria alta
la
22
Total Vegetación secundaria alta
79
Bursera simaruba (Indio desnudo, resbalamono) con el 22,8 % (18
individuos) y Zanthoxylum martinicense (Tachuelo) con el 10,1 %
(8 individuos).
Bursera simaruba (Indio desnudo, resbalamono) con el 10,4 %
(100 individuos), Cedrela odorata (Cedro) con el 8,7 %(84
Total general
73
961
i
ind viduos) y Zanthoxylum monophyllum (Yema de huevo,
tachuelo) con el 8 % (77 individuos).
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en la tabla de atributos del "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic)" del radicado de
información adicional 20150644876-1-000 del 3 de diciembre de 2015.
La información presentada y descrita por la Concesión La Pintada S.A.S. corresponde con el inventario forestal
al 100 % que esta Autoridad verificó durante la visita de evaluación de manera detallada en las zonas de
depósito 9, 10, 11 y 12, y de manera aleatoria en el derecho de vía.
No obstante, para el Bosque fragmentado en el numeral 3.3.1.1.1.2.1.1 se reportan 223 individuos y en el
inventario se reportan 222 individuos, en el numeral 3.3.1.1.2.1.2 Bosque de galería o ripario, se reportan 271
individuos yen el inventario forestal se reportan 244 individuos, y por último, en el numeral 3.3.1.1.2.1.5 Pastos
limpios, sé reportan 463 individuos y en el inventario forestal se reportan 373 individuos; debido a estas
inconsistencias, esta Autoridad realiza el análisis de la solicitud de aprovechamiento forestal en el numeral 7
del presente acto administrativo, tomando como base el inventario forestal de la tabla de atributos del "Anexo
3_13A_Shapefile Fauna (sic)" allegado en la información adicional al EIA, la cual cuenta con la información
primaria que garantiza que las consideraciones sean frente a la realidad del proyecto.
De otra parte, en el caso de los pastos enmalezados, no se identificó la especie del individuo con número de
registro 719N localizado en el derecho de vía sobre el extremo norte del río Cauca.
En cuanto al análisis estructural de cada una de las coberturas de la tierra en que se llevó a cabo el inventario
al 100 % para el área de intervención, teniendo en cuenta que las inconsistencias en cuanto a la abundancia
de individuos previamente descrita implica que dicho análisis parta de cifras que no corresponden con el
inventario forestal allegado en la información adicional, esta Autoridad presenta en la tabla 17 y en la Tabla 19
el resumen de los resultados de las clases diamétricas y altimétricas por tipo de cobertura y tipo de obra,
respectivamente, con base en el "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic)" allegado en la información adicional al
EIA
En coherencia con lo anterior, una vez comparada la información de las clases diamétricas obtenidas a partir
del inventario forestal por parte de esta Autoridad (ver tabla 17) frente a lo presentado por la Concesión La
Pintada S.A.S. en las Figuras 3-119, 3-124, 3-129 y 3-134 del EIA, se encontraron diferencias significativas en
la cantidad de individuos mostrada en las figuras y en lo registrado en el inventario forestal para todas las
coberturas caracterizadas. Adicionalmente, las clases diamétricas para la cobertura de pastos limpios (Figura
3-139) se definieron con rangos diferentes a los de las demás coberturas, por lo que no se presentan
consideraciones al respecto a continuación, debido a que los resultados no son comparables con los cálculos
realizados por esta Autoridad
En consecuencia, a continuación se muestran los resultados obtenidos por esta Autoridad para cada una de las
coberturas de la tierra localizadas en el área de intervención y posteriormente se hacen consideraciones al
respecto:
Resolución No.
de
o
0 5 FEB 201
Hoja No. 45
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Tabla 18 Resumen de clases diamétricas para fustales por cobertura de la tierra y obra en el área de intervención
del proyecto, recalculadas a partir de la información del shapefile "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic)" de la
información adicional.
Bf
Clase
Total
Pe
Bg
Total
PI
Total
Vsa
Total
diamétrica
D9 Vía
Bf
(vía) D9 Vía
Pe
D10 D11 D12 D9 Vía
PI
(vía) general
15<DAP<25
46 40
86
69
5
8
13
4
16
20 20 54
114
29
311
25<DAP<35
18 11
29
38
2
2
4
4
5
17 20 33
79
11
161
35<DAP<45
9
7
16
20
2
1
3
2
2
6 13 22
45
4
88
45<DAP<55
12
3
15
7
1
9
7
17
1
40
55<DAP<65
1
1
5
2
2
1
4
5
10
18
65<DAP<75
1
1
1
2
2
2
1
5
8
1
13
85<DAP<95
3
3
3
1
2
1
1
5
11
95<DAP<100
1
1
1
1
2
DAP<15
33 34
67
100
3 15
18
8
15
3 64
90
31
306
DAP>100
2
1
3
1
1
1
2
2
4
2
11
Total general 124
98
222
244
16
27
43
14
33
63
71 192
373
79
961
La letra D se utiliza como abrev'atura de "Depósi o". Bf: bosque fragmen ado; Bg: bosque de galería y/o riparío; Pe: pastos
enmalezados; PI: pastos limpios; Vsa vegetación secundaria alta. Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en la tabla de
atributos del "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic)" del radicado de información adicional 20150644876-1-000 del 3 de diciembre de
2015.
Según los resultados de la anterior tabla, se observa que en general para los 961 individuos inventariados, las
clases diamétricas predominantes corresponden a fustes entre los 15 cm y los 25 cm (311 individuos) y a fustes
con portes inferiores a 15 cm (306 individuos); este patrón de predominancia de las clases diamétricas también
se observa en cada una de las coberturas inventariadas, lo cual fue corroborado durante la visita de evaluación
donde se observó que la mayoría de individuos del área de intervención son de pequeño porte.
De otro lado, al comparar los resultados de las clases altimétricas obtenidas del inventario forestal con respecto
a lo presentado por la Concesión La Pintada S.A.S. en las Figuras 3-120, 3-125, 3-135 y 3-140, también se
hallaron incoherencias, por lo que a continuación se muestran los resultados obtenidos por esta Autoridad a
partir del inventario presentado en el "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic)" allegado en la información adicional
al EIA, y posteriormente se hacen consideraciones al respecto.
Tabla 19 Resumen de clases altimétricas para fustales por cobertura de la tierra y obra en el área de intervención
del proyecto, recalculadas a partir de la información del shapefile "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic)".
Clase
PI
Total
Vsa
Total
Bf
Total Bg
Pe
Total
Altimétrica
Bf
(vía)
general
(vía) D9 Vía
Pa
D10 D11 D12 D9 Vía
D9 Vía
PI
(m)
12,5<H<17,5
30
19
49
25
1
2
3
1
1
8
17 13
40
19
136
45
17,5<H<22,5
7
2
9
5
1
1
3
2
1 17 2
25
5
260
14
25
39
67
3 14
17
4
14
18
9 87
132
5
5<H<7,5
68
52
120 144 11 11
22
5
13
34 26 76
154
48
488
7,5<H<12,5
3
3
1
3
2
1 14
21
2
29
H<5
3
2
1
3
H>22,5
2
1
222 244 16 27
43
14
33
63 71 192 373
79
961
Total general 124 98
La letra D se utiliza como abrevia ura de 'Depósito". Bf: bosque fragmentado; Bg: bosque de gafe la y/o ripario; Pe: pastos
enmalezados; PI: pastos limpios; Vsa: vegetación secundaria alta. Fuente: elaborado por el equ'po evaluador con base en la tabla de
atributos del "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna sic)" del radicado de información adicional 20150644876-1-000 del 3 de diciembre de
2015.
De acuerdo a los resultados de la Tabla 19 se observa que en general las clases diamétricas 5<H<7,5,
7,5<H<12,5, y 12,5<H<17,5 presentaron las mayores abundancias de individuos para el inventario forestal (260
individuos, 488 individuos y 136 individuos, respectivamente), lo cual es similar para cada una de las coberturas
inventariadas; estos resultados concuerdan con lo observado durante la visita de evaluación puesto que la
mayoría de los individuos del área de intervención presentan poca altura.
Por otra parte, según lo descrito en el Capítulo 1 del EIA de la información adicional, para cada una de las
especies del inventario forestal la empresa consultó su categoría de amenaza en la Resolución 192 del 2014,
los libros rojos y la UICN, así como información sobre las vedas nacionales y regionales, sobre la presencia de
especies CITES y acerca de los principales usos de las especies, y en la Tabla 3-163, presenta las especies
Cedrela odorata (en peligro), Astronium graveolens (restringida de acuerdo a la Resolución 10194 del 2008) y
Oeceoclades maculata (veda de acuerdo a Resolución 213 de 1977 del INDERENA e incluida en el apéndice
Resolución No. 0
1 15
de
0 5 FEB 2011'
Hoja No. 46
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
II de la CITES). Esta Autoridad corroboró las categorías de amenaza de las especies en la Resolución 192 de
2014, así como las vedas nacionales y regionales establecidas en la reglamentación existente y comparó lo
encontrado con los resultados que muestra la Concesión La Pintada S.A.S. en la Tabla 3-163, hallando lo
siguiente:
Tabla 20 Especies sensibles reportadas para los fustales en el inventario al 100 % del área de intervención del
ro ecto
Especies sensibles
Cedrela odorata, cedro (En peligro, Resolución 192 de 2014)
No. individuos
84
Astronium graveolens, Diomato, veda regional de CORANTIOQUIA
3
(Restringido por Resolución 3183 de 2000 y Resolución 10194 de 2008)
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en la tabla de atributos del "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic)" del radicado de
información adicional 20150644876-1-000 del 3 de diciembre de 2015.
En los anteriores resultados no se incluye la orquídea Oeceoclades maculata debido a que esta especie no se
inventarió en los fustales sino en las parcelas de regeneración natural, y teniendo en cuenta además que no es
competencia de esta Autoridad pronunciarse sobre la veda de este tipo de especies. Adicionalmente, el
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a través de la Resolución 2217 del 14 de octubre de 2015 en su
Artículo Primero levantó de manera parcial la veda para las especies de los grupos de bromelias, orquídeas,
musgos, hepáticas y líquenes de serán afectadas por la remoción de cobertura vegetal para el desarrollo del
proyecto "Autopista Conexión Pacífico 2".
En consecuencia esta Autoridad adopta los resultados de la "Tabla 20 Especies sensibles reportadas para los
fustales en el inventario al 100 % del área de intervención del proyecto" de este acto administrativo, en las
consideraciones frente a la solicitud de aprovechamiento forestal presentado por la empresa y en lo referente
al Plan de Manejo Ambiental, en los numerales 7 y 10.1 de esta mismo acto.
De cara a la caracterización de la regeneración natural presentada por la Concesión La Pintada S.A.S. en el
numeral 13.1.1.2.4 y según lo metodología descrita en el Capítulo 1 de la información adicional, los latizales
se inventariaron en parcelas de 50 m x 4 m (200 m2) y se registró su taxonomía, el CAP, la altura total y la
ubicación geográfica de la parcela de registro. Los brinzales se inventariaron en subparcelas de 5 m x 4 m (20
m2) localizadas al interior de la parcelas de latizales, para cada individuo se registró la taxonomía, la ubicación
geográfica de la parcela y la altura. Los especímenes que no se identificaron in situ, se llevaron al Herbario de
la Universidad Nacional de Colombia sede Medellín para su identificación.
Así, la empresa presentó en la caracterización, resultados de regeneración natural para las coberturas de
bosque fragmentado, bosque de galería y/o ripario y pastos limpios, en cuanto a composición taxonómica,
abundancia de individuos, índices de biodiversidad alfa y beta (en el caso de los bosques), y análisis estructural.
A continuación esta Autoridad realiza consideraciones sobre esta información, excepto en el caso de los índices
de biodiversidad, debido a que la riqueza de especies y su abundancia permiten estimar adecuadamente las
afectaciones que puede ocasionar el proyecto sobre la regeneración natural.
En este orden de ideas, la Concesión La Pintada S.A.S. presenta los resultados obtenidos para las parcelas de
regeneración natural que inventarió en bosque fragmentado, bosque de galería y/o ripario y pastos limpios;
frente a esto se considera que las parcelas realizadas en bosques permiten caracterizar los procesos
sucesionales en el área de intervención, puesto que se observaron renuevos de vegetación arbórea durante la
visita de evaluación en estas coberturas. Pero en el caso de los pastos limpios no se observaron procesos de
sucesión que ameritaran el levantamiento de parcelas, puesto que estos pastos son de uso ganadero y el
pastoreo impide el crecimiento de renuevos (ver Figura 16 y Figura 17).
Resolución No.
0
115
de
O 5 FEB 2011
Hoja No. 47
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Figura 17 Pastos limpios en el área del Depósito
11, donde se levantó la parcela Z279
Figura 18 Pastos limpios en el área del Depósito 10,
donde se levantó la parcela Z270
GPS
Latitud
5:57: 34.4639519359.
Longdud
75: 50: 44.571768060.
.99 .9• 99
LB* •fur
•Yxa~h: 12112aLliat~lu
i••
De otro lado, no se presenta información en cuanto a la regeneración natural observada en la cobertura de
vegetación secundaria alta, localizada en el área de intervención del costado sur del río Cauca (ver figura 19 y
figura 20), donde se observaron procesos sucesionales que la Concesión La Pintada S.A.S. debió caracterizar,
de manera que esta información tendrá incidencia en el resultado del presente acto administrativo en cuanto a
las obligaciones de la autorización de aprovechamiento forestal.
Figura 19 Aspecto de la vegetación secundaria
alta con procesos de regeneración natural, al sur
del río Cauca
Figura 20 Localización esquemática de los procesos de
regeneración natural de la vegetación secundaria alta en
el área del proyecto
5: 56: 14.5191120013...
75: 50: 57_860340196_
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en las
fotografías tomadas en campo.
Cuadrado: recuadro ampliado en la fotografía inferior; linea
aguamarina: All; línea fucsia: AID; línea blanca: borde de la vía.
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en la
información cartográfica del radicado y Google Earth (imágenes del
31 de marzo de 2014
No obstante lo anterior, en la tabla que se muestra a continuación se resumen los resultados más relevantes
presentados por la Concesión para la totalidad de las parcelas inventariadas, lo cual guarda coherencia con lo
observado en terreno y lo descrito en la caracterización ambiental en cuanto a cantidad de especies, abundancia
y especies representativas de cada cobertura.
Resolución No.
0115
de
O 5 FEB 201:
Hoja No. 48
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Tabla 21 Resumen de resultados reportados para las parcelas de regeneración natural en el área del proyecto,
recalculadas a partir de la información del shapefile "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic)" de la información
adicional.
No. No.
Cobertura
No. Parcelas
Hábito
Spp. Representativas
spp
ind
Árbol
6
14 Zanthoxylum caribaeum (Tachuelo) con el 35
Bosque
1
Hierba
1
1
% (7 individuos en hábito arbóreo) y Pauffinia
fragmentado
5
densiflora con el 25 % (5 individuos en hábito
Liana
1
20 liana).
Total Bosque fragmentado
8
Árbol
17
46 Psychotria micrantha con el 25,3 % (24
Bosque de
24 individuos en hábito arbusto), Adiantum
galería y/o
4
Hierba
1
5
25 tetraphyllum (Culantrillo) con el 8,4 % (8
ripario
Liana
individuos en hábito hierba) y Oeceoclades
23
95 maculata con el 6,3 % (6 individuos en hábito
Total Bosque de galería y/o ripario
hierba).
Árbol
10
63
Árbol, arbusto
1
2
Sida rhombifolia (Escobadura) con el 27,3 %
Arbusto
5
87 (131 individuos en hábito Arbusto), Ocimum
Arbusto, hierba
1
3
campechianum (Albahaca, toronjil) con el 12,1
Pastos limpios
27
Arbusto, hierba, liana
1
20 % (58 individuos en hábito Hierba, subHierba
225 arbusto), Solanum-hirtum (Lulo de perro) con
8
58 el 7,9 % (38 individuos en hábito Arbusto) y
Hierba, subarbusto
1
Liana
1
14 Lantana camara (Venturosa) con el 7,3 % (35
7
individuos en hábito Arbusto).
Palma
1
Total Pastos limpios
29
479
Total
32
44
594
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en la tabla de atributos del "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic)" yen el "Anexo
3_13 Inventario Forestal" del radicado de información adicional 20150644876-1-000 del 3 de diciembre de 2015
Por otra parte, esta Autoridad procedió a recopilar la información del análisis estructural en cuanto a clases
diamétricas y altimétricas con base en el inventario de las parcelas de regeneración natural con el fin de
corroborar la información descrita en la caracterización, los resultados obtenidos se presentan en la Tabla 22
y en la Tabla 23.
Debido a que se hallaron inconsistencias frente a las clases diamétricas que muestra la Concesión en las
Figuras 3-144, 3-149 y 3-153, con respecto a lo obtenido por esta Autoridad con base en el inventario forestal
del "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic)" de la información adicional, como por ejemplo: para el bosque
fragmentado la Figura 3-144 muestra una densidad total de 12 individuos, pero la parcela cuenta con 20
individuos de acuerdo al inventario forestal; en el caso de los resultados del bosque de galería y/o ripario, la
Figura 3-149 muestra densidad de individuos en 6 clases diamétricas, mientras que esta Autoridad determinó
con base en el inventario forestal del "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic)" de la información adicional, la
presencia de siete clases diamétricas; por último, para la cobertura de pastos limpios, la empresa muestra en
la Figura 3-153 densidad de individuos en tres clases diamétricas, mientras que con base en el inventario
forestal del "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic)" de la información adicional, esta Autoridad encontró que hay
cuatro clases diamétricas.
Con respecto a las diferencias en cuanto a las clases diamétricas, se aclara que la empresa presentó clases
diamétricas para rangos de un (1) cm a partir de diámetros mayores a 3 cm, de la siguiente manera: DAP<3,
3<DAP<4, 4<DAP<5, y así sucesivamente. De esta manera, las inconsistencias en cuanto al número de clases
diamétricas calculadas por esta Autoridad muestra una inadecuada asignación de los diámetros en cada una
de las clases por parte de la empresa.
En vista de lo expuesto en los anteriores párrafos, esta Autoridad presenta a continuación los resultados
recalculados para las clases diamétricas y altimétricas de la regeneración natural en el área de intervención (a
partir del "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic)" de la información adicional) y posteriormente se muestran las
consideraciones al respecto:
Resolución No.
0115
de
O 5 FEB 2016
Hoja No. 49
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Tabla 22 Resumen de clases diamétricas para latízales y brinzales por cobertura de la tierra y obra en el área de
intervención del proyecto, recalculadas a partir de la información del shapefile "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna
sic "de la información adicional.
Cobertura de la tierra
Clase diamétrica
Hábito
No. individuos
Árbol
2
DAP<3
Hierba
1
5
Liana
Bosque fragmentado
Árbol
2
3<DAP<4
5
4<DAP<5
Árbol
5
5<DAP<6
Árbol
20
Total Bosque fragmentado
Árbol
6
18
DAP<3
Arbusto
Hierba
25
7
Árbol
3<DAP<4
Arbusto
3
Árbol
22
Bosque de galería y/o ripario
4<DAP<5
Arbusto
3
5<DAP<6
Árbol
7
Árbol
1
6<DAP<7
1
8<DAP<9
Árbol
2
Árbol
9<DAP<10
95
Total Bosque de galería y/o ripario
58
Árbol
85
Arbusto
3
Arbusto, hierba
20
Arbusto, hierba, liana
DAP<3
225
Hierba
Hierba, subarbusto
58
14
Liana
4
Palma
Pastos limpios
Árbol
1
1
3<DAP<4
Árbol, arbusto
2
Arbusto
3
Árbol
1
Árbol, arbusto
4<DAP<5
Palma
3
1
7<DAP<8
Árbol
479
Total Pastos limpios
594
Total general
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en la tabla de atributos del "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic)" yen el "Anexo
3_13 Inventario Forestal" del radicado de información adicional 20150644876-1-000 del 3 de diciembre de 2015.
Bosque fragmentado
Los 20 individuos reportados para la regeneración natural se distribuyen en cuatro clases diamétricas, y la
mayoría se ubican en la clase diamétrica DAP<3 (8 individuos) yen el caso de las clases diamétricas 4<DAP<5
y 5<DAP<6 cada una tiene 5 individuos, esta información coincide con lo observado durante la visita de
evaluación donde se corroboró que la mayoría de individuos son de poco diámetro.
Bosque de galería y/o ripario
Los 95 individuos en regeneración natural hallados en esta cobertura se distribuyeron en siete clases
diamétricas, y los individuos de menor porte fueron predominantes (49 individuos con DAP<3), seguidos por los
individuos con diámetros entre 4 cm y 5 cm (22 individuos), esto coincide con lo observado durante la visita de
evaluación dado que se observaron muy pocos individuos de mayor grosor.
Pastos limpios
De los 479 individuos encontrados en regeneración natural y agrupados en cuatro clases diamétricas, la
mayoría es de poco diámetro (467 individuos en DAP<3), lo cual corresponde con lo observado durante la visita
Resolución No.
0115
de
Hoja No. 50
0 5 FEB 2016
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
de evaluación, pues estos pastos frecuentemente se rotan para el pastoreo de ganado y los individuos no
alcanzan diámetros mayores.
En cuanto a las clases altimétricas de latizales y brinzales, la empresa muestra los resultados en las Figuras 3145, 3-150 y 3-154 del estudio, cuya información coincide con lo determinado por esta Autoridad con base en
el inventario forestal para el bosque fragmentado y el bosque de galería y/o ripario, mientras que hay
inconsistencias frente a los resultados de los pastos limpios, por lo cual a continuación se muestran los
resultados obtenidos por esta Autoridad y posteriormente se establecen consideraciones al respecto.
Tabla 23 Resumen de clases altimétricas para latizales y brinzales por cobertura de la tierra y obra en el área de
intervención del proyecto, recalculadas a partir de la información del shapefile "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna
sic "de la información adicional.
Cobertura de la tierra
Clase altimétrica
Hábito
No. individuos
Árbol
2
H<2
Hierba
1
Bosque fragmentado
Liana
5
4<H<6
Árbol
10
6<H<8
Árbol
2
Total Bosque fragmentado
H<2
Bosque de galería y/o ripario
4<H<6
6<H<8
H>8
20
Árbol
Arbusto
Hierba
Árbol
Arbusto
Árbol
Árbol
Total Bosque de galería y/o ripario
H<2
Pastos limpios
4<H<6
6<H<8
Árbol
Arbusto
Arbusto, hierba
Arbusto, hierba, liana
Hierba
Hierba, subarbusto
Liana
Palma
Árbol
Árbol, arbusto
Arbusto
Palma
Árbol
6
18
25
31
6
7
2
95
57
85
3
20
225
58
14
4
5
2
2
3
1
Total Pastos limpios
479
Total general
594
Fuente:
3_13 Inventario Forestal del radicado de información adicional 20150644876-1-000 del 3 de diciembre de 2015.
Bosque fragmentado
Para los 20 individuos en regeneración natural se hallaron tres clases diamétricas, y la de menor altura presentó
la mayor cantidad de individuos (H<2 con 8 individuos) lo cual se corresponde con lo observado en terreno.
Bosque de galería y/o ripario
Para los 95 individuos en regeneración natural se encontraron cuatro clases diamétricas, y las de menor altura
agruparon la mayoría de los individuos (H<2 con 49 individuos y 4<H<6 con 37 individuos), situación que se
corroboró durante la visita de evaluación.
Pastos limpios
Para los 479 individuos en regeneración natural que se distribuyeron en 3 clases altimétricas, la mayoría se
ubicó en la menor altura (H<2 con 466 individuos), lo cual corresponde con la dinámica de pastoreo de ganado
que se lleva a cabo en esta cobertura, lo cual impide que los individuos de la regeneración natural lleguen a
tener alturas mayores.
Resolución No.
0115
de
0 5 FEB 2016
Hoja No. 51
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Teniendo en cuenta las inconsistencias en el análisis estructural presentado por la Concesión La Pintada S.A.S.,
esta Autoridad parte de los resultados de la Tabla 22 y de la Tabla 23 elaboradas por el Equipo evaluador, para
realizar las consideraciones en cuanto a la solicitud de aprovechamiento forestal que se discute en el numeral
7 del presente acto administrativo, pues si bien la solicitud es sobre los individuos en estado fustal, debido a las
labores de desmonte y descapote la regeneración natural (latizales y brinzales) se verá afectada por la
construcción del proyecto.
De otro lado, esta Autoridad recopiló la totalidad de especies halladas en las tres coberturas de la tierra para
las parcelas de regeneración natural y procedió a corroborar la presencia de especies sensibles, tras lo cual se
determinó la existencia de una especie amenazada, una especie con veda nacional y una especie con veda
regional, como se muestra en la tabla a continuación:
Tabla 24 Especies sensibles reportadas en las parcelas de regeneración natural en el área del proyecto
Especies sensibles
Cobertura
2 individuos de Astronium graveolens, Diomato con veda regional de
CORANTIOQUIA (Res. 3183 de 2000 y Res. 10194 de 2008).
Un (1) individuo de Cedrela odorata, cedro (En Peligro, Resolución 192 de 2014).
6 individuos de Oeceoclades maculata, orquídea terrestre (no epífita) con veda
nacional del INDERENA (Resolución 213 de 1977.
Bosque de galería y/o ripario
5 individuos de Astronium graveolens, Diomato con veda regional de
CORANTIOQUIA (Res. 3183 de 2000 y Res. 10194 de 2008).
13 individuos Cedrela odorata, cedro (En Peligro, Resolución 192 de 2014).
Pastos limpios
1 individuo de Astronium graveolens, Diomato con veda regional de
CORANTIOQUIA (Res. 3183 de 2000 y Res. 10194 de 2008).
14 individuos de Cedrela odorata, cedro (En Peligro, Resolución 192 de
2014).
8 individuos de Astronium graveolens, Diomato con veda regional de
Total general
CORANTIOQUIA (Res. 3183 de 2000 y Res. 10194 de 2008).
6 individuos de Oeceoclades maculata, orquídea terrestre (no epífita) con
veda nacional del INDERENA (Resolución 213 de 1977).
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en la tabla de atributos del "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic)" yen el "Anexo
3_13 Inventario Forestal" del radicado de información adicional 20150644876-1-000 del 3 de diciembre de 2015.
Bosque fragmentado
Frente a estos resultados se aclara que la veda nacional de la orquídea Oeceoclades maculata fue levantada
por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a través de la Resolución 2217 de 2015, lo cual será
objeto de seguimiento por parte de dicho Ministerio. En cuanto a los demás resultados de la anterior tabla, se
tienen en cuenta en las consideraciones de esta Autoridad frente a la solicitud de aprovechamiento forestal
presentado por la empresa y en lo referente al Plan de Manejo Ambiental, en los numerales 7 y 10.1 del presente
acto administrativo.
5.2.1.3 Fauna
Para la caracterización de fauna en el All del proyecto la Concesión La Pintada S.A.S. indica que utilizó
información secundaria en los Capítulos 1 y 3 del radicado de información adicional, sin precisar la bibliografía
consultada para cada grupo. Sin embargo, una vez revisados los resultados de fauna en la Tabla 3-189 (Anfibios
y Reptiles), en la Tabla 3-191 (Aves) y en la Tabla 3-193 (mamíferos), se evidencia que los registros de
información secundaria provienen de los resultados de los muestreos obtenidos en las Unidades Funcionales
1, 2 y 3, localizadas al sureste del río Cauca, lo cual garantiza la fiabilidad de dicha información puesto que
dichas unidades funcionales se localizan en la misma región biogeográfica del proyecto, y dada la cercanía de
éstas al área de estudio, es posible homologar la potencial presencia de las especies registradas allí en el AH
del proyecto. Sumado a esto, se complementó el listado de especies del Al I con los muestreos realizados en el
área de estudio de la Unidad Funcional 4, resultados que se presentan para el AID del proyecto.
En cuanto al AID del proyecto, la Concesión La Pintada S.A.S. indica que se realizaron muestreos para los
cuatro grupos de fauna vertebrada con base en metodologías acordes a lo establecido en los términos de
referencia, y que se describen en el Capítulo 1 del EIA. No obstante, una vez revisada la capa Punto Muestreo
Fauna en la GDB del proyecto (ver Tabla 25), se encontró que no se relacionan los grupos muestreados por
sitio, ni la totalidad de los métodos de muestreo de que habla el Capítulo 1.
Aunque lo anterior no reviste mayor importancia debido a que los resultados del AID que se muestran en la
Tabla 3-196 (Anfibios), en la Tabla 3-197 (Reptiles), en la Tabla 3-201 (Mamíferos) yen la Tabla 3-205 (Aves),
Resolución No.
0115
de
Hoja No. 52
0 5 FEB 2016-
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
indican la cobertura de la tierra en que se registró cadaespecie, sí es relevante que se especifique cuáles son
los reportes hechos por la comunidad y si dichas especies se observaron en los muestreos ejecutados (lo cual
se hizo únicamente para los resultados de los mamíferos), debido a que existen especies sensibles en los
listados de fauna y es necesario tener claro si hay evidencias que soporten su presencia en la zona de estudio.
En la tabla a continuación se indican los sitios de muestreo de fauna.
Tabla 25 Muestreos de fauna por cobertura de la tierra realizados en la Unidad Funcional 4 Autopista Conexión
Pacífico 2
Código
Cobertura de la tierra
Lugar
Tipo de muestreo
muestreo
Finca San Joaquín
FSJ7
Transecto
Grabación de vocalizaciones
HSJ2
Bosque de galería y/o ripario
Puntual
Hacienda San Jacinto
Grabación de vocalizaciones
HSJ4
Puntual
Finca Magallito
FMAG6
Transecto
Grabación de vocalizaciones
Finca San Joaquín
FSJ14
Transecto
Bosque fragmentado
Grabación de vocalizaciones
Finca San Rafael
FSR10
Transecto
Grabación de vocalizaciones
Hacienda San Jacinto
HSJ3
Puntual
FMAG12
Transecto
Pastos arbolados
Finca Magallito
FMAG9
Transecto
Grabación de vocalizaciones
Pastos enmalezados
Finca San Rafael
FSR11
Transecto
Finca San Joaquín
FSJ5
Transecto
Pastos limpios
Grabación de vocalizaciones
Hacienda San Jacinto
HSJ1
Puntual
Grabación de vocalizaciones
Finca Magallito
FMAG13
Vegetación secundaria alta
Transecto
Finca San Joaquín
FSJ8
Transecto
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en las capas "PuntoMuestreoFauna" y 'CoberturaTierra" de la GDB del proyecto,
radicado 2015050188-1-000 del 22 de septiembre de 2015.
Con este marco de referencia, esta Autoridad procedió a verificar la información presentada por la Concesión
para el AH (la cual cuenta con una columna que muestra las especies reportadas en el AID) y el AID del proyecto,
lo que permite una aproximación a la dinámica de intercambio de especies entre las áreas de influencia del
proyecto y las Unidades Funcionales 1, 2 y 3 de la Autopista Conexión Pacífico 2. En la siguiente tabla se
muestran los resultados obtenidos:
Tabla 26 Número de especies reportadas en el All
All
Clase
No. spp Spp sin asignar* Total No. spp
Amphibia
16
1
17
7
Aves
155
10
165
88
Mammalia
58
2
60
21
Reptilia
22
1
23
8
Total
251
14
265
124
AID
Spp sin asignar**
10
77
38
15
140
Total
17
165
60
23
265
*La col
asignar" muestra el número de especies del All que no se reportaron para el AID. Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base
en las Tablas 3-189 a 3-197, 3-201 y 3-205 del radicado de información adicional 20150644876-1-000 del 3 de diciembre de 2015.
De acuerdo a los anteriores resultados, se evidencia que del cruce de información de especies de fauna en el
All y el AID del proyecto surgen inconsistencias en la cantidad de especies que se encuentran efectivamente
en las áreas de influencia del proyecto; así, el listado de especies para el All debería incluir la totalidad de las
especies halladas en el AID, y dado que no se presentan barreras evidentes, no es claro el por qué para el AID
se reportan especies que no estarían en el AH.
A continuación se relacionan las inconsistencias por grupo de fauna de acuerdo a lo presentado en el Capítulo
3 por la empresa, lo cual se tiene en cuenta en las consideraciones de la ficha 7.4.6 del Plan de Manejo
0 5 FEB 2016 -
Resolución No.
Hoja No. 53
"Por la cua se otorga una icencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Ambiental, así como en consideraciones sobre el intercambio de especies con base en los resultados de la
Tabla 26:
•
En el caso de los anfibios, en la tabla de resultados del EIA, para el AII se muestran 11 especies para
el AID, no obstante, al corroborar esta información con la tabla de resultados del AID se reportan 7
especies en los muestreos.
Partiendo de una riqueza de 17 especies en el AlI y de 7 especies en el AID, hay un intercambio del
41 % de las especies del AlI con el AID del proyecto.
•
En el caso de los reptiles, en la tabla de resultados del AII se reportan las especies Thecadactylus
rapicauda e Imantodes cenchoa para el AID, pero éstas no se registraron en los muestreos, según la
tabla de resultados del AID.
Las especies Anolis sp y Leposoma sp que se reportan en la tabla de resultados del AID no se
encuentran en la tabla de resultados del AII.
Con base en la riqueza de 23 especies en el AII y de 8 especies en el AID, se considera que hay un
intercambio del 35 % de las especies del AII con el AID del proyecto.
•
En el caso de las aves, en la tabla de resultados del AII se relacionaron 31 especies para el AID que
no se muestran en la tabla de resultados del AID, a saber, Anas discors, Chlorostilbon
melanorhynchus, Chordeiles minor, Actitis macularius, Chloroceryle americana, Megaceryle torquata,
Caracara cheriway, Synallaxis albescens, Protonotaria citrea, Coereba flaveola, Dacnis cayana,
Sporophila minuta, Sporophila nigricollis, Tiaris olivaceus, Pachyramphus rufus, Camptostoma
obsoletum, Phaeomyias murina, Egretta caerulea, Egretta thula, Phimosus infuscatus, Eupsittula
pertinax, Tringa melanoleuca, Columbina passerina, Falco sparverius, Furnarius leucopus, Setophaga
pitiayumi, Ardea alba, Ardea herodias, Butorides striata, Nycticorax nycticorax y Phalacrocorax
brasilianus.
Considerando una riqueza de 155 especies en el AII y de 88 especies en el AID, el 57 % de las especies
del AlI se intercambia entre las áreas de influencia del proyecto.
•
En el caso de los mamíferos, en la tabla de resultados del AII la especie Metachirus nudicaudatus no
se reportó para el AII ni para el AID, y la especie Aotus griseimembra se reportó para el AID (en los
datos del AII), pero al revisar la tabla de resultados del AID no se encontró allí.
La especie Saccopterix bilineata se reporta para el AID en la tabla de resultados del AII, pero al verificar
en la tabla de resultados del AID no se encuentra allí.
Considerando una riqueza de 58 especies en el AII y una riqueza de 21 especies para el AID, existe
un intercambio de especies entre las áreas de influencia del proyecto del 35 % de las especies
reportadas para el All.
Por otra parte, para cada grupo de fauna la Concesión La Pintada S.A.S. presentó información en cuanto a
especies sensibles (endémicas, CITES, migratorias y amenazadas; UICN, Libros Rojos y Resolución 192 de
2014 del MADS), la cual se resume a continuación concentrándose en las especies mencionadas en la
normatividad nacional vigente (Resolución 192 de 2014), las cuales fueron corroboradas por esta Autoridad
junto con las especies migratorias como complemento a lo presentado por la empresa.
De esta manera, como se muestra en la Tabla 27, en el AII del proyecto se halló un total de 62 especies
sensibles para los cuatro grupos de fauna vertebrada terrestre, mientras que en el AID se hallaron 35 especies
sensibles. La información detallada que se muestra a continuación para cada grupo de fauna se tiene en cuenta
como referencia en el presente acto administrativo en cuanto a las consideraciones de la evaluación ambiental
y los planes de manejo ambiental y de seguimiento y monitoreo.
Clase
Amphibia
Tabla 27 Especies sensibles de fauna en las áreas de influencia del provecto
Especies
Sensibilidad
Dendropsophus bogerti
Dendropsophus colombianus
Endémica
Total Endémica
AII AID
x
x
2
Resolución No.
011 5
de
O 5 FER 2016
Hoja No. 54
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Clase
Reptilia
Sensibilidad
Total Amphibia
CITES, Apéndice II
Especies
Iguana iguana
Total Reptilia
Aves
Mammalia
Myiarchus apicalis
Endémica valle interandino del río Cauca y Magdalena Ortalis columbiana
Picumnus granadensis
Total Endémica valle interandino del río Cauca y Magdalena
Contopus virens
Icterus galbula
Mniotilta varia
Myiozetetes luteiventris
Parkesia noveboracensis
Pheucticus ludovicianus
Migratoria boreal
Piranga rubra
Setophaga castanea
Setophaga petechia
Setophaga ruticilla
Tyrannus savana
Tyrannus tyrannus
Vireo flavoviridis
Dacnis cayana
Migratoria altitudinal y local
Mionectes oleagineus
Myiozetetes similis
Catharus ustulatus
Chordeiles minor
Migratoria latitudinal y transfronteriza
Piranga olivacea
Pyrocephalus rubinus
Total Migratorias
Amazilia saucerrottei
Amazilia tzacatl
Amazona amazonica
Ara ararauna
Ara macao
Caracara cheriway
Chalybura buffonii
Chlorostilbon melanorhynchus
Eupsittula pertinax
CITES, Apéndice II
Falco femoralis
Forpus conspicillatus
Glaucis hirsutus
Herpetotheres cachinnans
Milvago chimachima
Pionus chalcopterus
Pionus menstruus
Psittacara wagleri
Rupornis magnirostris
Total Apéndice II
Total Aves
Rhipidomys caucensis
Endémica
Zygodontomys brunneus
Total Endémica
Migratorio
Lasiurus borealis
Aotus lemurinus
Vulnerable (Resolución 192/14)
Lontra longicaudis
Total Vulnerable (Resolución 192/14)
Leopardus pardalis
CITES, Apéndice I
Leopardus sp
Leopardus wiedii
Total Apéndice I
Aotus lemurinus
CITES, Apéndice II
Bradypus variegatus
All
2
x
1
x
x
x
3
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
20
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
18
41
x
x
2
x
x
x
2
x
x
x
3
x
x
AID
0
x
1
x
x
2
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
15
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
x
11
28
x
1
x
1
x
x
Resolución No.
0115
de
05
FEB 2016
Hoja No. 55
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Clase
Sensibilidad
Especies
Cordocyon thous
Lontra longicaudis
All AID
x
x
Total Apéndice II
4
2
Cabassous centralis
x
Dasyprocta punctata
x
x
Eira barbara
x
x
CITES, Apéndice III
Nasua nasua
x
Potos flavus
x
Tamandua mexicana
x
Total Apéndice 111
6
2
Total Mammalia
18 6
Total general
62 35
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en las Tablas 3-189 a 3-197, 3-201 y 3-205 del radicado de información adicional
20150644876-1-000 del 3 de diciembre de 2015 y con base en la Resolución 192 de 2014 y el Plan
Si bien la empresa presenta el análisis de diversidad alfa y beta para los cuatro grupos de fauna muestreados
por cobertura de la tierra, esta Autoridad resume en la Tabla 28 únicamente lo referente a riqueza de especies
y abundancia de individuos por grupo de fauna, puesto que esta información es suficiente para corroborar la
evaluación ambiental realizada por la Concesión La Pintada S.A.S.
De acuerdo a los siguientes resultados, se observa que la mayor riqueza y abundancia de especies corresponde
a las aves con 88 especies y 829 individuos; los valores de riqueza oscilaron entre 37 especies (bosque de
galería y/o ripario) y 57 especies (pastos arbolados), y las abundancias entre 141 individuos (bosque de galería
y/o ripario) y 334 individuos (pastos arbolados). Hubo una relación directamente proporcional entre la cantidad
de especies (riqueza) y de individuos (abundancia), y los hábitats más utilizados por las aves correspondieron
a los pastos arbolados (243 individuos distribuidos en 58 especies) y a la vegetación secundaria alta (202
individuos distribuidos en 49 especies).
La empresa da soporte a los resultados de la comunidad de aves en cuanto a los pastos arbolados con base
en que "Algunos estudios recientes han sugerido que los árboles en los potreros cumplen un papel importante en la
conservación de especies de aves silvestres en paisajes fragmentados, al proporcionar refugio, sitios de descanso,
anidación y alimento (Harvey y Haber, 1999). La alta diversidad en estas coberturas, se debe a que la transición que hay
de un ambiente a otro no es abrupta, y posiblemente a la extensión de estas coberturas lo cual permite que todas las aves
exploten de manera uniforme los recursos que les provee el sitio (Garay et al 1991), pues favore (sic) la coexistencia de
las especies de ambos lugares.", lo que concuerda con lo observado durante la visita de evaluación, pues la fauna
terrestre observada correspondió principalmente a aves que se avistaron más frecuentemente en los pastos
con árboles aledaños a coberturas naturales, mientras que en estas últimas se escucharon principalmente
cantos.
Tabla 28 Abundancia de especies de fauna por cobertura de la tierra en el AID del provecto
Bosque de
Bosque
Pastos
Vegetación
galería y/o
Total
fragmentado
arbolados
secundaria alta
ripario
Clase
No.
No.
No.
No.
No.
No.
No.
No.
No.
No.
spp
ind
spp
ind
spp
ind
spp
ind
spp
ind
Amphibia
4
4
2
7
0
0
8
4
7
19
Aves
37
141
45
152
57
334
49
202
88 . 829
Mammalia
11
14
10
4
8
8
6
14
21
46
Reptilia
5
47
2
14
5
62
2
27
8
150
Total
57
209
55
178
71
420
59
252
124
1059
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en las Tablas 3-196, 3-197, 3-201 y 3-205 del radicado de información adicional
20150644876-1-000 del 3 de diciembre de 2015.
Por otra parte, en el caso de los mamíferos los 53 individuos registrados en los muestreos se distribuyeron en
21 especies, y las coberturas naturales de bosque de galería y/o ripario, bosque fragmentado y vegetación
secundaria alta, fueron las que presentaron mayor riqueza de especies con 11 especies, 8 especies y 6
especies, correspondientemente. Adicionalmente, estas coberturas naturales constituyeron los hábitats más
utilizados con 19 individuos, 14 individuos y 12 individuos, respectivamente, con relación a esto la Concesión
argumenta los escasos registros en pastos arbolados con lo siguiente "puede obedecer sin duda a su baja
complejidad estructural y su mínima, y en ocasiones nula representación arbórea que no lo hace un hábitat propicio para
la mayoría de las especies de mamíferos y lo limita a una cobertura de paso y de utilización de recursos temporal.", lo
Resolución No.
0115
de
O 5 FEB 2016
Hoja No. 56
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
cual se corroboró durante la visita de evaluación, ya que no se observó ninguna especie de mamífero a lo largo
del recorrido que se encuentra conformado por una matriz de pastos limpios.
Es de importancia también la siguiente información incluida en la caracterización de fauna para el AID, en
cuanto a la marteja, especie vulnerable reportada por la concesión en la cobertura de bosque de galería y/o
ripario, la cual se tiene en cuenta en este acto administrativo para la evaluación ambiental, el plan de manejo
ambiental y el plan de seguimiento y monitoreo:
"Es importante resaltar tres (3) registros de A. lemurinus en un fragmento de Bg en predios de la finca de San Joaquín
sobre una pequeña quebrada (a las 20:00 horas), pues posiblemente estos remanentes de bosques existentes en la zona,
sean áreas de disperción, alimentación y reproducción para esta especie y seguramente muchas más, debido a que estos
son los reservorios de recursos, en vista de la poca vegetación que se encuentra. Otro elemento importante en estas zonas
con coberturas como bosque denso o bosque de galería es que allí se concentran la mayoría de fuentes hídricas, elemento
indispensable en hábitats tan secos como este. El área muestreada presenta una fuerte intervención antrópica debido a la
instalación de pastos para el ganado, y aunque la presencia de la especie es importante se debe buscar la conexión con
otras áreas debido a que Heltne y Mejia (1978) evidenciaron que Aotus no podía tolerar muy bien su permanencia en
bosques degradados. Los tres (3) individuos reportados pueden hacer parte de una población de la zona, sin embargo hay
que evitar la fragmentación del área para evitar el aislamiento de este grupo."
De otro lado la Concesión La Pintada S.A.S. analiza en conjunto los resultados de herpetofauna, argumentando
que la mayor cantidad de especies en los pastos arbolados (9 especies) obedece a que "muchas de las especies
utilizan las cercas, los bebederos de ganado, los troncos caídos y las rocas como sitios de reproducción, alimentación y
refugio.", 16 cual se considera coherente con lo visto en terreno, dado que se observaron abundantes lagartijas
y gekos en las zonas de pastos, especies que aportaron gran cantidad de individuos para la abundancia global
de reptiles y de herpetofauna según los resultados que se muestran en la Tabla 3-197 y en la Tabla 3-199 del
EIA.
Con relación a lo anterior, según los resultados de la Tabla 28 para los reptiles, se encontraron 150 individuos
distribuidos en 8 especies; los pastos arbolados y el bosque de galería y/o ripario presentaron la mayor riqueza
de especies con 5 especies en cada caso, y la mayor abundancia de individuos con 62 individuos y 47
individuos, correspondientemente, de manera que estas coberturas son las más empleadas por la comunidad
de reptiles del AID del proyecto; la empresa indicó que la predominancia de especies en pastos arbolados se
encuentra ligada a que "(...) muchas de las especies utilizan las cercas, los bebederos de ganado, los troncos caídos y
las rocas como sitios de reproducción, alimentación y refugio.".
En cuanto a los anfibios, se encontró una riqueza de 7 especies y una abundancia de 19 individuos; igual que
en el caso de los reptiles, la mayor riqueza y abundancia de individuos se encontró para los pastos arbolados
y para el bosque de galería y/o ripario, con 4 especies en los dos casos y con 8 individuos y 7 individuos,
respectivamente.
Por último, teniendo en cuenta que CORANTIOQUIA a través de los radicados ANLA 2015069999-1-001 del
27 de enero de 2016 y 2016004751-1-000 del 2 de febrero de 2016, presentó consideraciones específicas sobre
la caracterización de fauna en el área de influencia del proyecto y debido a que esta Autoridad tiene pleno
conocimiento de las poblaciones de fauna en su jurisdicción, es necesario que la empresa atienda las
observaciones de esta corporación, que son tenidas en cuenta en las consideraciones al Plan de Manejo
Ambiental en este acto administrativo.
5.2.2
Ecosistemas acuáticos
De acuerdo a la metodología expuesta en el Capítulo 1 del EIA radicado a través de información adicional, la
caracterización de los ecosistemas acuáticos consistió en la toma de muestras de las comunidades planctónica,
perifítica, bentónica, de macrófitas acuáticas y de peces en cuatro estaciones de muestreo (ver Tabla 29). Las
metodologías empleadas para cada comunidad se consideran adecuadas, toda vez que dan cumplimiento a lo
estipulado en la Metodología General para la presentación de Estudios Ambientales, excepto en cuanto al
muestreo durante el régimen hidroclimático completo (épocas de sequía, de lluvia y de transición), lo cual se
considera necesario para verificar la afectación o no de estos cuerpos de agua debido a la ejecución del
proyecto; esto se tiene en cuenta en las consideraciones presentadas por esta Autoridad en la ficha 8.1.3
Monitoreo del recurso hídrico del Plan de Seguimiento y Monitoreo.
Resolución No.
0115
de
0 5 FU 2016-
Hoja No. 57
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Tabla 29 Puntos de muestreo de comunidades hidrobioló icas para la Unidad Funcional 4 Autopista Pacífico 2
Punto de muestreo
Código muestra
Cuerpo de agua
Este
Norte
Punto 1 Unidad Funcional 4
E21
Caño Sin nombre
1136819 1150979
Punto 2 Unidad Funcional 4
E22
Caño Sin nombre
1136410 1150283
Punto 3 Unidad Funcional 4
E41*
Sin nombre
1135915 1148912
Punto 4 Unidad Funcional 4
El
Río Cauca
1136014 1148184
Las muestras fueron tomadas el 16 de abril de 2015 en los cuatro puntos de muestreo. *Sin agua al momento del muestreo. Datum
Magna Sirgas Origen Oeste. Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en la capa "Punto Muestreo" de la GDB del
proyecto, radicado 2015050188-1-000 del 22 de septiembre de 2015.
De cara a los resultados presentados por la Concesión La Pintada S.A.S. en el numeral 3.3.2, se encontró que
la información descriptiva de los cuatro puntos de muestreo se presenta unificada, sin especificar los resultados
obtenidos en cada una de las estaciones de muestreo, cuyo análisis debió ser independiente, debido a que los
cuerpos de agua muestreados se encuentran en diferentes ubicaciones geográficas que determinan dinámicas
ecológicas diferenciales que no se pueden generalizar. Esto se tiene en cuenta en las consideraciones de esta
Autoridad en la ficha 8.1.3 Monitoreo del recurso hídrico del Plan de Seguimiento y Monitoreo.
Si bien en el Anexo 3-6 del Medio Abiótico, se incluye un extenso archivo titulado "Informe superficial Pacifico
(sic) 2", que incluye la información relativa a las 43 estaciones de muestreo a lo largo del macro proyecto
Pacífico 2, en el estudio ambiental allegado no se decanta la información específica para la Unidad Funcional
4. En aras de facilitar las actividades de seguimiento al proyecto, se requiere la presentación de un documento
que condense la línea base de información sobre la caracterización de calidad de agua y de hidrobiología para
las cuatro estaciones de muestreo de la Unidad Funcional 4.
No obstante, frente a la información descriptiva presentada, se considera que no hay aspectos sensibles tales
como registros de peces en estado de amenaza o que realicen migraciones en los cuerpos de agua del área
de estudio, o actividades de pesca que puedan verse afectadas por la ejecución del proyecto, que ameriten
medidas de manejo ambiental específicas y que merezcan contemplación especial en las consideraciones del
Plan de Manejo Ambiental.
En cuanto a las especies amenazadas y migratorias se verificó en bibliografía especializada que las especies
reportadas por la empresa no se encuentran en los listados de especies para dichas clasificaciones y se
corroboró en terreno a través de consulta directa a CORANTIOQUIA que no se desarrollan actividades de pesca
en los cuerpos de agua del área de estudio
5.3
CONSIDERACIONES SOBRE EL MEDIO SOCIOECONÓMICO
5.3.1
Lineamientos de participación
En cuanto a este aspecto el estudio indica que se realizaron distintos escenarios de participación con las
comunidades del área de influencia directa y con las autoridades municipales, quienes estuvieron relacionados
con la socialización de inicio de estudios, validación de impactos y plan de manejo ambiental. Los soportes de
estas actividades se encuentran en los anexos 3.3,3.4,3.6 y 3.7 contentivos dentro del radicado 20150501881-000 del 22 de septiembre de 2015.
A continuación se presenta los diferentes escenarios de socialización presentados por la empresa:
1.
Socialización de inicio de estudios
Municipio
Tarso
Reuniones de socialización con administraciones municipales
Fecha y hora de la
Nombre
Cargo
reunión
Patricia Elena
Secretaria de Hacienda
Viernes 6 de marzo de
Ramírez Lagos
2015 — 2:00 pm
Yina Mariana Gómez Secretaria de Gobierno
Torres
Secretario de Agricultura
Cesar Zapata
Hernandez
Laura Isabel Hurtado Secretaria de Protección
Social
B
Secretario de Planeación
Gabriel González R.
Lugar de la
reunión
Despacho del
alcalde
Resolución No. 01
15
de
5 FEB 2016
Hoja No. 58
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Municipio
Venecia
Salgar
Fecha y hora de la
reunión
Viernes 6 de marzo de
2015 — 9:00 am.
Jueves 5 de marzo de
2015 —11:00 am.
Nombre
Eduardo Ríos Loaiza
Juan Esteban
Castañeda
Juan Guillermo
Bolívar
León Jaime
Bustamante
Mandrya Gil Higuita
Olga Eugenia Osorio
García
Zulma Osorio L.
Sirley Bibiana Tobón
Muñoz
Jorge H. González
Betancur
Fernando D. Gallego
Ospina
Oscar Gómez
Cargo
Lugar de la
reunión
Jefe de Control Interno
Concejal
Alcalde
Despacho del
alcalde
Secretario de Gobierno
Secretaria de Planeación
Alcaldesa
Despacho de la
alcaldesa
Secretaria de Gobierno
Secretaria de Hacienda
Secretario de Salud
Asesor secretaría de
Planeación
Profesional secretaría de
Desarrollo Social
Omaira Mejía Duque
Auxiliar secretaría de
Educación
uente: Estudio de Impacto Ambiental presentado mediante el del radicado de información adicional 20150644876-1-000 del 3 de
diciembre de 2015
Reuniones de socialización con comunidades área de influencia directa
Municipio y
Fecha y hora de la
Número de
Contacto
Lugar de la reunión
vereda
reunión
asistentes
Tarso
Miércoles 15 de abril
5 personas
Olaya Enrique Sánchez —
Casa de Oliva Chica
San
de 2015 — 4:00 p.m.
Presidente JAC (3136413627)
Francisco
Bolombolo
Miércoles 29 de abril
22 personas
Alberto Villa - Presidente JAC
Sede Fundación
Venecia
de 2015 — 6:00 pm.
(3043590573)
Sueños por Colombia
Peñalisa
Sábado 11 de abril de
45 personas
Luis Fernando Villa —
CER Peñalisa
Salgar
2015 — 2:00 pm.
Presidente JAC (3205669005)
uente: Estudio de Impacto Ambiental del radicado de información adicional 20150644876-1-000 del 3 de diciembre de 2015
2. Validación de impactos y medidas de manejo
Reuniones de validación de impactos y medidas con administraciones municipal
Municipio
Fecha y hora de la reunión
Tarso
Viernes 31 de julio de 2015 —
11:00 am
Nombre
Cargo
Lugar de la reunión
Gabriel Jaime
González
Secretario de
Planeación
Recinto del concejo
municipal
Lina Marcela Pino
Mosquera
Directora Local de
Salud
Laura Isabel Hurtado
Bedoya
Secretaria de
Bienestar Social
Juan Esteban
Castañeda
Concejal
Patricia Elena
Ramírez Layos
Secretaria de
Hacienda
José Agustín
Velásquez
Técnico Agricultura
Resolución No. 01
15
de
0 5 FEB 2016-
Hoja No. 59
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Municipio
Salgar
Fecha y hora de la reunión
Jueves 30 de julio de 2015 —
2:00 pm
Nombre
Cargo
Juan Ramírez Patiño
Policía tránsito
Jairo Escobar M
Comandante
Policía
Luis Emilio Foronda
P
Secretario de
Gobierno
Alexander Ocampo
Ríos
Alcalde
Cesar Chica Obando
Comandante
Bomberos
Olga Eugenia Osorio
G.
Alcaldesa
Victor A. Rios Vasco
Secretario de
Planeación
Jorge H. González
B.
Secretario de Salud
Lugar de la reunión
Despacho de la
alcaldesa
Fuente: Estudio de Impacto Ambiental del radicado de información adicional 20150644876-1-000 del 3 de diciembre de 2015.
Reuniones de validación de impactos v medidas con comunidades área de influencia directa
Municipio y
Fecha y hora de la
Número de
Lugar de la reunión
Contacto
vereda
reunión
asistentes
Tarso
Miércoles 29 de julio
de 2015 — 5:00 p.m.
14 personas
Olaya Enrique Sánchez —
Presidente JAC (3136413627)
Casa de Oliva Chica
Jueves 30 de julio de
2015 — 5:00 pm.
26 personas
Alberto Villa - Presidente JAC
(3043590573)
Sede Fundación
Sueños por Colombia
Jueves 30 de julio de
2015 — 5:00 pm.
45 personas
Luis Fernando Villa —
Presidente JAC (3205669005)
CER Peñalisa
San
Francisco
Bolombolo
Venecia
Peñalisa
Salgar
Fuente: Estudio de Impacto Ambiental del radicado de informacion adicional 20150644876-1-000 del 3 de diciembre de 2015.
En la visita de evaluación realizada por esta Autoridad se tuvo contacto tanto con la comunidad del AID como
con las autoridades municipales, dentro de la cuales se encuentran el Presidente Junta de acción comunal de
corregimiento de Peñalisa del municipio de Salgar, miembros de la Junta de acción comunal del corregimiento
de Bolombolo y el Secretario de Gobierno de la Alcaldía de Venecia.
En la entrevista con los actores sociales y municipales se pudo determinar que los actores sociales tienen
conocimiento del proyecto y los impactos que podría ocasionar el mismo, dentro de los cuales resaltan el tema
de la movilidad relacionada con los retornos y de la integración de las demás vías existentes con la doble
calzada proyectada, no solo en la unidad funcional 4 sino a la generalidad del proyecto a desarrollar en la zona.
Para finalizar la comunidad expresa que sus expectativas están basadas en que se cause el menor impacto
posible y que aquellos que se ocasionen por efectos del proyecto tengan un manejo adecuado.
Por otro lado, en cuanto a las características que hacen parte de del AID y del All del proyecto, la empresa
describe la dimensión espacial, dimensión económica, dimensión cultural, aspectos arqueológicos, dimensión
político-organizativa (presencia institucional y organización comunitaria), tendencias del desarrollo y la
información sobre población a desplazar, de acuerdo a lo establecido en los términos de referencia VI-TER-101. Lo anterior se considera adecuado de acuerdo a lo identificado en la visita. No obstante, es importante
resaltar los siguientes aspectos:
Resolución No.
1
15
de
0 5 FEB 201
Hoja No. 60
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
En lo relacionado con la dimensión económica los municipios que integran el área de influencia indirecta
(Salgar, Tarso y Venecia) basan sus actividades económicas en el sector agrícola y agropecuario y en el área
de influencia directa del proyecto relacionada específicamente con la zona rural de Bolombolo por donde cruza
la mayor parte del trazado, se caracteriza por ser un área dedicada a la ganadería, tal y como se evidencia en
las siguientes fotografías.
Fuente: Elaborada por el grupo evaluador de acuerdo al Estudio de Impacto Ambiental del radicado de información ad'cional
20150644876-1-000 del 3 de diciembre de 2015, registro fotográfico visita de evaluación 15 al 16 de octubre de 2015 y google earth
Lo anterior es una característica importante a la hora de realizar la evaluación de impactos del proyecto, puesto
que la vía proyectada puede producir un efecto barrera y modificar la dinámica propia de la actividad ganadera
desarrollada en los 5 predios intervenidos por el proyecto. Así mismo es importante aclarar según lo indicado
por la empresa y lo verificado en la visita, que en el área objeto de adquisición para la construcción de la doble
calzada no se encuentra construcciones o mejoras, por lo cual no existe población a reasentar en los mismos.
Otro aspecto a tener en cuenta, es que en el área de influencia del proyecto se encuentran los corregimientos
de Peñalisa - Salgar y el centro poblado de Bolombolo perteneciente al Municipio de Venecia, dedicados a la
prestación de servicios tanto a las comunidades circunvecinas como a las personas que transitan la vía. Tal y
como lo describe en el documento presentado por la empresa:
"En el corregimiento de Bolombolo se surten de la mayoría de artículos básicos, el pago es de contado. Existe una zona
comercial muy amplia a lado y lado de la vía a la entrada del corregimiento como venta de frutas, cantinas, panadería,
servicio de baños públicos un mercado D1 y tiendas de abarrotes y ferreterías"
"En el corregimiento de Peñalisa existen restaurantes, tiendas, cantinas, cacharrerías y billares."
En este sentido, se enfocó una de las preocupaciones de las personas con las cuales se tuvo contacto durante
la visita, ya que el proyecto Conexión Pacifico 1 y Conexión Pacifico 2 (unidad funcional 4) desviarían el paso
por los centros poblados afectando el desarrollo local de la población; este último, objeto de la presente
evaluación.
En lo que tiene que ver con la dimensión cultural la empresa señala lo siguiente: "De acuerdo a la información
expedida en la certificación número 1657 del 16 de octubre de 2014 del Ministerio de Interior, a través de la
Dirección de Consulta Previa se referencia que en el área de influencia de proyecto AUTOPISTA CONEXIÓN
PACIFICO 2 — UNIDAD FUNCIONAL No 4 — TÚNEL MULATOS - BOLOMBOLO, no se registra la presencia de
comunidades Indígenas, Rom y Minorías. Así mismo, conforme a la certificación del INCODER, Oficio número
Resolución No.
0115
de
O 5 FEO 2016-
Hoja No. 61
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
20142181746 del 1 de octubre de 2014, las coordenadas del proyecto no coinciden con las de territorio
legalmente titulado de Resguardos Indígenas o Comunidades Negras. Por la ausencia de comunidades
indígenas, Rom y Minorías en el área de influencia del proyecto, se caracterizarán solamente comunidades no
étnicas", En este sentido se aclara que esta Autoridad se atiene a lo certificado por la entidad competente en el
tema en este caso el Ministerio del Interior.
ZONIFICACIÓN AMBIENTAL
Para continuar con este tema en el Concepto Técnico No 299 del 2 de febrero de 2016, se determina lo
siguiente:
CONSIDERACIONES SOBRE LA ZONIFICACIÓN AMBIENTAL.
Para definir la zonificación ambiental del proyecto, se utilizó la metodología señalada en la Metodología General
para la presentación de Estudios Ambientales (MAVDT, 2010), y los siguientes criterios de valoración: en el
caso del medio abiótico, las unidades litológicas, las clases agrológicas, la pendiente del terreno y la distancia
a la red de drenaje; para el medio biótico, las coberturas de la tierra, áreas de reserva, áreas de manejo especial
y áreas de priorización para la fauna; por último, para el medio socioeconómico, concentración de la población
y actividad económica.
La valoración de la sensibilidad de los criterios se realizó de acuerdo a los valores que se muestran en la Tabla
30 y una vez consolidada la sensibilidad de cada medio para la zonificación ambiental general se asignó un
peso del 30 % para el medio abiótico, del 60 % para el medio biótico y del 10 % para el medio socioeconómico,
de acuerdo a la Tabla 3-350 del EIA. Esta distribución de la participación de cada medio en el cálculo de la
zonificación ambiental consolidada se discutirá más adelante, en el punto "6.4 Consideraciones sobre la
zonificación ambiental consolidada".
Tabla 30 Valores de sensibilidad empleados en la zonificación ambiental del proyecto
Descripción*
Valor
Sensibilidad
La respuesta del elemento o atributo a la intervención asociada al desarrollo del
5
proyecto significa cambios substanciales en el funcionamiento del sistema.
Media
4
El atributo valorado presenta cambios en su funcionamiento o estado con la entrada
del proyecto.
3
El elemento responde a la intervención con cambios que pueden ser mitigados.
2
Los cambios debidos .a la intervención son leves y el elemento puede responder a
ellos sin necesidad de medidas específicas de manejo.
Los cambios asociados por la presencia del proyecto en el área de estudio no
representan cambios en el atributo objeto de análisis.
*La descripción se presentó únicamente en los medios biótico y socioeconómico. Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base
en las Tablas 1-17, 3-328, 3-334 y 3-344 del radicado de información adicional 20150644876-1-000 del 3 de diciembre de 2015.
1
6.1
CONSIDERACIONES SOBRE EL MEDIO ABIÓTICO
En el medio abiótico se tiene que para definir la sensibilidad se utilizó el área de influencia indirecta físico-biótica
de la Unidad Funcional 4, para lo cual se tuvieron en cuenta aspectos geológico, edáfico, fisiográfico e
hidrológico.
De acuerdo con la información del estudio para el aspecto edáfico existe una estrecha relación entre la
pendiente del terreno y su sensibilidad física, dado que muchos de los procesos de carácter hidrológico,
geomorfológico y edáfico están condicionados por este parámetro, como por ejemplo: escorrentía superficial,
infiltración, erosión, estabilidad de las vertientes, etc. En tal sentido para el análisis de sensibilidad se consideró
que la relación existente entre la pendiente y dicha sensibilidad es directa.
Con respecto al aspecto geológico, criterio unidades litológicas se indica que "debido a que las unidades
litológicas presentan comportamientos geomecánicos diferentes y por ende, su respuesta ante una perturbación
externa es igualmente diferente. Es decir, las unidades litológicas presentan susceptibilidades diferentes a
proceso naturales como meteorización y erosión", se establece la criticidad de acuerdo a las clases agrologicas
indicando "Se utiliza la clasificación agrológica del suelo como criterio del aspecto edáfico, porque ella
corresponde a un uso potencial del suelo y por lo tanto, es posible determinar una relación entre ella y su
sensibilidad. A mayor clase agrológica, mayor sensibilidad física".
Resolución No.
115
de O 5 FEB 2016:
"PoPia cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Hoja No. 62
Con respecto a la sensibilidad de los cuerpos de agua, el criterio utilizado fue el de la distancia a cuerpos de
agua, bajo el supuesto que a menor distancia a un cuerpo de agua, mayor será la sensibilidad del aspecto
hidrológico frente a un agente externo.
Como resultado del proceso realizado para zonificación del medio abiótico se presenta la Tabla 31 sensibilidad
del medio abiótico y se representa en la Figura 21.
Tabla 31 Sensibilidad medio Ab
Sensibilidad
`Valor
Área (Ha)
% Área
Muy Alto
5
10,44
3,40
Alto
4
69,00
22,45
Medio
3
154,16
50,17
Bajo
2
72,62
23,63
Muy Bajo
1
1,08
0,35
.
uen e.
_..
deiradicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
Figura 21 Sensibilidad medio abiótico
3.24Elle.4
123
Fuente: EIA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
De lo anterior es importante anotar que para el caso del recurso hídrico sobre las áreas correspondientes a
fuentes hídricas no se evidencia la sensibilidad del recurso en la figura anterior pese a que si existe a lo largo
del proyecto una cercanía entre la zona de ejecución del proyecto y fuentes hídricas importantes como el río
Cauca y la quebrada Marvalle, adicionalmente el proyecto involucra la construcción de puentes sobre dichas
fuentes, de otra parte es de resaltar que sobre las zonas donde se encuentran ubicados el río Cauca, la
quebrada Marvalle y demás cauces naturales se presenta una sensibilidad alta dado que no solamente se
encuentran en el Área del proyecto o cerca de este sino que las actividades del proyecto pueden generar
impactos que causen el deterioro de estas, lo cual debe tenerse en cuenta durante la etapa de construcción del
proyecto; se establece una sensibilidad alta en las zonas correspondientes a fuentes hídricas y cauces naturales
en el AID del proyecto.
De otra parte, sobre las zonas de ladera donde se hace necesario realizar cortes y rellenos a lo largo del
proyecto, no se refleja en la zonificación ambiental presentada la sensibilidad de las zonas que serán
intervenidas y que son zonas sujetas a la ocurrencia de fenómenos de remoción en masa que afectarían de
Resolución No.
0115
de
0 5 FEB 2016
Hoja No. 63
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
manera importante el suelo. En tal sentido, esta Autoridad considera que la sensibilidad asociadas a las
características geológicas de la zona no fue tenida en cuenta el la zonificación, se debe tener en cuenta que en
la zona se presentan fenómenos de inestabilidad o remoción en masa los cuales representan una sensibilidad
alta desde el punto de vista del equipo evaluador, en tal sentido se establece una sensibilidad alta para las
zonas de ladera con pendiente superiores al 12% en el AID del proyecto.
6.2
CONSIDERACIONES SOBRE EL MEDIO BIÓTICO
A continuación esta Autoridad presenta las consideraciones sobre los criterios empleados por la empresa para
la zonificación ambiental del medio biótico, a saber, coberturas de la tierra, áreas de reserva, áreas de manejo
especial y áreas de priorización para la fauna, a los cuales se asignó una ponderación para definir la zonificación
ambiental consolidada del medio biótico.
Sensibilidad ambiental de las coberturas de la tierra
La Concesión La Pintada S.A.S. presentó en la "Tabla 3-335 Sensibilidad de las coberturas vegetales" la
descripción con base en la cual se asignó la calificación de sensibilidad para las coberturas de la tierra. En
dicha tabla tuvo en cuenta un total de 11 tipos de cobertura, incluyendo vegetación secundaria baja y cultivo
permanente de plátano, las cuales no se encuentran en ninguna de las áreas de influencia del proyecto, y no
presentó calificación para la cobertura de plantación forestal ubicadas en el Al! y el AID del proyecto.
Adicionalmente, presentó en la "Tabla 3-336 Resultado de la sensibilidad de las coberturas vegetales" las áreas
de ocupación de la sensibilidad de coberturas de la tierra por municipio y vereda para el All del proyecto; el
área que muestra dicha tabla no coincide con el Al! que se muestra en la GDB del proyecto, por lo cual esta
Autoridad con base en la "Tabla 16 Coberturas de la tierra presentes en las áreas de influencia del proyecto"
del presente acto administrativo, consolidó la información de sensibilidad para las coberturas de la tierra como
se muestra a continuación:
Tabla 32 Sensibilidad de las coberturas de la tierra presentes en las áreas de influencia del provecto
Área de
AID
All
Cobertura de
intervención
Descripción de la empresa
Sensibilidad
(ha) (ha)
la tierra nivel 3
(ha)
Red
vial,
ferroviaria
y
0,03
"Presenta ausencia o mínima presencia de especies 0,61 0,08
terrenos
P de flora y fauna."
asociados
22,91
189,08 55,73
Pastos limpios
11
Pastos
arbolados
Pastos
enmalezados
Vegetación
secundaria o en
transición*
Bosque
fragmentado
Bala 2)
s
189,69 55,81
"11.
"Corresponde a aquellas zonas donde las coberturas
16,53 0,05
terrestres reflejan una baja diversidad de especies de
flora y fauna, pero por su estado de maduración y/o
formación refieren hábitats importantes para la 9,63 2,51
avifauna."
26,16 2,56
Total sensibilidad'baja
22,94
1,48
1,48
"Corresponde a aquellas coberturas en estado de
sucesión, las cuales, además de favorecer el
desarrollo de especies de flora del grupo de las
tolerantes y esciofitas, se consideran importantes
18,17
para la fauna en cuento a la oferta de alimentos y
disponibilidad de hábitats, aunque es precisos (sic)
mencionar que refleja a grandes rasgos la inclusión
de procesos antrópicos."
1,28
0,48
"Áreas donde la cobertura boscosa refleja la inclusión
de otras coberturas como Pastos y/o cultivos; en la
zona dichas áreas se asocian a la cobertura Bosque
*; Fragmentado, la cual se infiere, presenta una alta 15 34
'
..« riqueza y diversidad de especies de flora y fauna.
Corresponde a bosque abierto y/o bosque
fragmentado. Para la zona de estudio no se
l'. identifican estas coberturas."
2,76
0,91
Media (3)
Resolución No.
0115
O 5 FEB 2016
de
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Cobertura de
Sensibilidad
la tierra nivel 3
Bosque
galería
de
y/o
ripario
Zonas arenosas
naturales
Ríos (50 m)
Plantación
forestal
Sin asignar
Descripción de la empresa
All
(ha)
Hoja No. 64
AID
(ha)
Área de
intervención
(ha)
4,02
0,87
"Se incluyen todas las coberturas naturales que
reflejan una alta diversidad fioristica y faunística; la 36,32
forma de los fragmentos evidencia áreas más
compactas. Dentro de esta categorpia (sic) se 5,94
incluyen los ríos, y demás formaciones terrestres
naturales."
9,79
0,14
0,06
1,11
0,45
52 ,05
5,27
1,38
5,88
0,03
-
Total general
307,29 67,71
27,19
Para esta cobertura se llegó al nivel 4 de la metodología Corine Land Cover, correspondiente a Vegetación Secundaria Alta. Fuente:
elaborado por el equipo evaluador con base en la GDB del proyecto, anexa al radicado 2015050188-1-000 del 22 de septiembre de
2015, y con base en la Tabla 3-335 del radicado de información adicional 20150644876-1-000 del 3 de diciembre de 2015.
Frente a estos resultados y contemplando que la empresa tuvo en cuenta que "El estado de maduración y/o
intervención de las coberturas terrestres se ve reflejado a partir de la complejidad estructural, diversidad, oferta
de hábita(y servicios ecosistémicos.", según lo cual asignó la descripción de sensibilidad muy alta, alta, media,
baja y muy baja que se muestra en la anterior tabla, esta Autoridad considera que la valoración de la sensibilidad
muy baja dada a la red vial, ferroviaria y terrenos asociados y a los pastos limpios es adecuada, lo mismo que
la sensibilidad baja asignada a los pastos arbolados y la sensibilidad muy alta dada al bosque de galería y/o
ripario, las zonas arenosas naturales y los ríos.
En cuanto a la sensibilidad baja asignada a los pastos arbolados, se considera que estos constituyen una
cobertura de amplio uso para las comunidades de reptiles y aves muestreadas en el área de estudio, de
conformidad con los resultados presentados previamente en la Tabla 28 Abundancia de especies de fauna por
cobertura de la tierra en el AID del proyecto. De manera que aunque es una cobertura bastante intervenida,
aún presta servicios ecosistémicos de relevancia en el área del proyecto por su mayor complejidad estructural,
con respecto a los otros pastos que conforman la matriz de hábitat predominante para la fauna, por lo que se
concluye que en realidad tiene una sensibilidad media.
De cara a la sensibilidad media, asignada para la vegetación secundaria alta, se considera que si bien la riqueza
y abundancia de especies de flora es baja en comparación con los resultados obtenidos para el bosque de
galería y/o ripario y el bosque fragmentado (vegetación secundaria alta con 22 especies y 79 individuos vs. 37
especies y 22 individuos en el bosque fragmentado, y 41 especies y 244 individuos en el bosque de galería y/o
ripario, ver "Tabla 17 Resultados del inventario forestal para fustales por cobertura de la tierra y obra en el área
de intervención del proyecto"), la complejidad estructural puede ser equiparable desde el punto de vista de la
regeneración natural que no fue evaluada por la empresa.
Sumado a lo anterior, se considera que el parche de vegetación secundaria ubicada al sur del río Cauca presta
el servicio ecosistémico de conectividad ecológica, dada su mayor área núcleo y mayor tamaño del parche con
respecto a los parches de coberturas naturales y secundarias localizados al norte del río Cauca en el área del
proyecto; de hecho según los resultados de los muestreos de fauna esta cobertura tiene una riqueza y
abundancia de especies muy similar a la del bosque fragmentado, reflejando por tanto una buena oferta de
hábitat para la fauna.
Así, de acuerdo al análisis presentado en los dos párrafos anteriores, esta Autoridad considera que la
sensibilidad de la vegetación secundaria alta no es media como indica la empresa, si no alta.
En cuanto a la sensibilidad de la cobertura de plantación forestal, teniendo en cuenta que la empresa no
presentó resultados de inventarios de flora o fauna debido a que esta cobertura no está representada en el área
de intervención, pero sí en el All y AID del proyecto, esta Autoridad considera que si bien la riqueza de especies
de flora puede ser baja dado que la plantación corresponde a Gmelina arborea, la estructura vertical si presta
servicios ecosistémicos, tales como conectividad ecológica (buen tamaño del parche y área núcleo en
comparación con las coberturas naturales y secundarias del norte del río Cauca) y disponibilidad de hábitats
para la fauna. En este orden de ideas, se considera que la sensibilidad de la plantación forestal presente en el
All y en el AID del proyecto es alta.
De acuerdo a lo anteriormente expuesto, a continuación se presenta la sensibilidad ambiental de las coberturas
de la tierra con base en las argumentaciones de esta Autoridad.
0115
Resolución No.
de
0 5 FEB 201
Hoja No. 65
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Tabla 33 Sensibilidad de las coberturas de la tierra presentes en las áreas de influencia del proyecto con base en
las consideraciones de la ANLA
Área de
Sensibilidad ANLA
Al! (ha)
AID (ha)
Cobertura de la tierra nivel 3
intervención ha
0,03
0,61
0,08
Red vial, ferroviaria terrenos asociados
22,91
189,08
55,73
Pastos limpios
22,94
55,81
189,69
1,48
9,63
2,51
Pastos enmalezados
16,53
0,05
Pastos arbolados
0,48
1,28
18,17
Vegetación secundaria o en transición*
0,91
2,76
15,34
Bosque fragmentado
0,03
5,88
Plantación forestal
1,39
4,07
39,39
0,87
4,02
36,32
Bosque de galería y/o ripario
0,06
5,94
0,14
Zonas arenosas naturales
0,45
1,11
9,79
Ríos (50 m)
1,38
5,27
52,05
27,19
67,71
307,29
Total general
*Para esta cobertura se llegó al nivel 4 de la metodología Corine Land Cover, correspondiente a Vegetación Secundaria Alta. Fuente:
elaborado por el equipo evaluador con base en la GDB del proyecto, anexa al radicado 2015050188-1-000 del 22 de septiembre de
2015, y con base en la Tabla 3-335 del radicado de información adicional 20150644876-1-000 del 3 de diciembre de 2015.
Zonas de reserva y áreas de manejo especial
La Concesión La Pintada S.A.S. presenta en la "Tabla 3-337 Sensibilidad ambiental de las áreas de reserva" la
valoración dada a la Reserva de Recursos Naturales de la Zona Ribereña del río Cauca y del resto del territorio
del área del proyecto, y en la "Tabla 3-338 Resultado de la sensibilidad ambiental de las áreas de reserva", las
áreas que ocupan cada una de estas sensibilidades por municipio y vereda en el All del proyecto; la información
presentada en estas tablas difiere de la presentada en la GDB del proyecto.
En cuanto a las áreas de manejo especial, en la "Tabla 3-339 Sensibilidad ambiental de áreas de manejo
especial" la empresa muestra la valoración dada a las áreas de bosque seco tropical y el resto del territorio del
área del proyecto, yen la "Tabla 3-340 Resultado de la sensibilidad ambiental de las zonas de manejo especial",
muestra las áreas que ocupan cada una de estas sensibilidades por municipio y vereda en el All del proyecto;
al igual que en el caso anterior, la información presentada en estas tablas difiere de la presentada en la GDB
del proyecto.
De acuerdo a lo anterior, esta Autoridad presenta a continuación la sensibilidad asignada por la empresa a las
zonas de reserva y de bosque seco, con respecto a los resultados expuestos previamente en este acto
administrativo en la "Tabla 15 Superposición de áreas protegidas con las áreas de influencia del proyecto".
Tabla 34 Sensibilidad de las zonas de reserva áreas de maneo especial en las áreas de influencia del pro ecto
All (ha)
AID (ha)
Área de
intervención (ha)
307,3
67,71
27,19
O
O
O
307,3
67,71
27,19
Bosque seco
86,56
11,46
3,43
El resto del territorio
220,7
56,25
23,76
307,3
67,71
27,19
Sensibilidad
propuesta
Área
Reserva de Recursos Naturales de
la Zona Ribereña del río Cauca RRNZRRC
Áreas que no coinciden con zonas
de Reserva
Total
Total
Sensibilidad
ANLA
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en la GDB del proyecto, anexa al radicado 2015050188-1-000 del 22 de
septiembre de 2015, y con base en las Tablas 3-337 y 3-339 del radicado de información adicional 20150644876-1-000 del 3 de
diciembre de 2015.
De acuerdo a los anteriores resultados, esta Autoridad considera en cuanto a la sensibilidad muy alta dada a la
Reserva de Recursos Naturales de la Zona Ribereña del río Cauca, que si bien el 100 % de las áreas de
influencia del proyecto se traslapan con dicha reserva (ver Tabla 15 Superposición de áreas protegidas con las
de
O115
Resolución No.
Hoja No. 66
0 5 FEB 2016
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
áreas de influencia del proyecto), el área de estudio en general presenta avanzados procesos de intervención
antrópica que realmente no ameritan una asignación de una sensibilidad muy alta a la totalidad del área.
No obstante, teniendo en cuenta que CORANTIOQUIA ha adelantado acciones tendientes a regular la
intervención de proyectos en superposición con la Reserva de Recursos Naturales de la Zona Ribereña del río
Cauca, a través del Acuerdo No. 462 del 21 de septiembre de 2015, esta Autoridad considera que puede
asignarse una sensibilidad alta a la zona, teniendo en cuenta que las actividades del proyecto deberán
realizarse de conformidad a las condiciones que CORANTIOQUIA considere pertinentes una vez evalúe la
viabilidad de la sustracción de la reserva.
En cuanto a la sensibilidad muy alta asignada al bosque seco tropical, esta Autoridad considera que la
valoración es adecuada. Sin embargo, vale la pena resaltar que se observó en terreno que algunos de los
polígonos, o parte de estos, en realidad no presentan coberturas de tipo natural o secundario que ameriten la
asignación de una sensibilidad muy alta, dado que corresponden a zonas bastante intervenidas como se
muestra en la siguiente figura.
Figura 22 Superposición de la capa "SueloProteccion" de la GDB con las coberturas de la tierra en las áreas de
influencia del proyecto
1151000
1135000
1136000
o e1
1137000
1138000
1151000
/
(
___---,----'
---
'''
8
4.. •
1150000
,
i
1150000
7---'-.
VENECIA
Pa
. Malvalle
p
P
1149000
n
(
l
-------
1149000
SALLAR
',..éifosa
P
'' '
R.
UAN
P
P.
•
A,
A
\\--______
.—N.
P
...
TAR.- •
-----,,—,N,
...
7 t.
0 185 370
7G0~1110
t----
1135000
1136000
1148000
1148000
i
ll a
1.4Metro
(
1137000
1138000
Convenciones
Arealnfluencia
r-i Área de Influencia Directa
' ----1 Área de Influencia Indirecta
SueloProteccion
Bosque Seco Tropical
=I Reserva de Recursos Naturales de la Zona Ribereña del Rio Cauca
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en la GDB del radicado 2015050188-1-000 del 22 de septiembre de 2015.
Así, como se evidencia en la anterior figura, la cartografía del proyecto ofrece un panorama más detallado sobre
la vegetación presente en el área de estudio con respecto a la delimitación de bosque seco que adelantó
CORANTIOQUIA en convenio con el Instituto Alexander von Humboldt en el año 2014, pues dicho estudio partió
de información menos detallada, teniendo en cuenta que se trabajó a nivel departamental.
En este orden de ideas, dado que CORANTIOQUIA se pronunciará sobre el trámite de sustracción de la
Reserva de Recursos Naturales de la Zona Ribereña del río Cauca, al interior de la cual se localizan los bosques
secos delimitados por dicha Autoridad Regional, la ANLA considera que la información de bosque seco con la
0115
Resolución No.
de
0 5 FEB 2016
Hoja No. 67
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
que cuenta CORANTIOQUIA podrá ser actualizada por dicha entidad de acuerdo a la realidad de la zona con
los aportes de la Concesión La Pintada S.A.S, y en cuanto al presente trámite acoge la delimitación que
actualmente posee la Corporación.
Áreas de priorización para la fauna
La Concesión La Pintada S.A.S. definió este criterio para las áreas que presentaron mayor presencia de fauna
en el área de estudio según los resultados de los muestreos de fauna, para lo cual se definieron las siguientes
sensibilidades:
Sensibilidad
üf
Media (3)
ája 2
Tabla 35 Sensibilidad de áreas de priorización para la fauna
Descripción
Buffer sobre los cuerpos de agua de 30 m sobre cada lado de la quebrada,
asociado a las coberturas boscosas.
Buffer sobre los cuerpos de agua de 30 m sobre cada lado de la quebrada,
asociado a la cobertura Vegetación secundaria alta y vegetación secundaria baja
Buffer sobre los cuerpos de agua de 30 m sobre cada lado de la quebrada,
asociado a los pastos arbolados y enmalezados.
El resto del territorio
Fuente: modificado por el equipo evaluador a partir de la Tabla 3-341 del radicado de información adicional 20150644876-1-000 del 3
de diciembre de 2015.
Frente a estos resultados, esta Autoridad considera que los aspectos sobre las áreas con mayor presencia de
fauna, de acuerdo a los muestreos llevados a cabo por la empresa, se abordaron de manera suficiente para el
criterio "Sensibilidad ambiental de las coberturas de la tierra" previamente discutido, puesto que dicho criterio
tuvo en cuenta que "El estado de maduración y/o intervención de las coberturas terrestres se ve reflejado a
partir de la complejidad estructural, diversidad, oferta de hábitat y servicios ecosistémicos."
En este orden de ideas, se considera que este criterio genera una sobrevaloración en cuanto a los hábitats
disponibles para la fauna, por lo que esta Autoridad no lo tiene en cuenta para la zonificación consolidada del
medio biótico.
V Zonificación ambiental consolidada del medio biótico
La Concesión La Pintada S.A.S. presentó la siguiente ecuación para la sensibilidad biótica:
"Sensibilidad Biótica = 0,25* Coberturas terrestres + *025* Zonas de reserva + *0.25*
Áreas de manejo especial + *0.25* Áreas de priorización para la fauna"
En cuanto a estas ponderaciones y de acuerdo al análisis presentado previamente por esta Autoridad, se
considera que el criterio "Áreas de priorización para la fauna" sobrevalora la oferta de hábitats para la fauna,
aspecto valorado por la empresa en el criterio "Coberturas terrestres".
En consecuencia, y teniendo en cuenta lo discutido anteriormente para los restantes tres criterios, se considera
que el 0.25 de la ponderación que queda disponible una vez descartado el criterio de áreas de priorización para
la fauna, debe asignarse a la sensibilidad de las coberturas de la tierra, porque esta es la información primaria
con la que cuenta el proyecto y que recoge adecuadamente las características y dinámicas ecosistémicas que
suceden en el área de estudio. Por esto, se considera que la ponderación de los criterios del medio biótico debe
ser la siguiente:
Sensibilidad Biótica = 0.5* Coberturas de la tierra + 0.25* Zonas de reserva + 0.25* Áreas de manejo especial.
No obstante lo anterior, debido a que este concepto toma decisión sobre la viabilidad ambiental del proyecto y
teniendo en cuenta que ya no proceden ajustes a la zonificación ambiental, el resultado de este análisis será
incluido en las consideraciones y ajustes de esta Autoridad frente a la zonificación de manejo ambiental del
proyecto.
6.3
CONSIDERACIONES SOBRE EL MEDIO SOCIOECONÓMICO
En cuanto a este medio la empresa identifica las variables consideradas significativas, ya que dan cuenta de la
sensibilidad de la población asentada en relación a las condiciones del medio sin proyecto, dentro de los cuales
de
Resolución No.
O 5 FEB 201d'
Hoja No. 68
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
se tuvieron atributos de análisis para valorar la sensibilidad, la concentración de la población y la actividad
económica.
En lo que tiene que ver con la concentración de población para el área de influencia del proyecto se asignó de
la siguiente forma:
Sensibilidad socioeconómica a partir de la concentración de la población para el área de influencia
Localidad
Municipio
Rango
Sensibilidad
Centro poblado del corregimiento
5
Muy Alta
de Peñalisa
Resto del corregimiento de Peñalisa
3
Media
Centro poblado de la vereda San
5
Muy Alta
Francisco
Tarso
3
Resto de la vereda San Francisco
Media
Centro poblado del corregimiento
5
Muy Alta
de Bolombolo
Venecia
Resto del corregimiento de
3
Media
Bolombolo
Fuente: Estudio de Impacto Ambiental — Información adic'onal presentada mediante radicado 2015064876-1-000 del 3 de diciembre
del 2015
Salgar
-
Sensibilidad socioeconómica a partir de la actividad económica para el área de influencia
Categoría
Muy Alta
Rango
5
Categoría
Agricultura de subsistencia
Localización
N.A.
Centro poblado del corregimiento de Peñalisa
Alta
4
Oferta de bienes y servicios Centro poblado de la vereda San Francisco
Centro poblado del corregimiento de Bolombolo
Agricultura comercial
Resto del corregimiento de Bolombolo
Medió
3
Comercio
Resto del corregimiento de Peñalisa
Turismo
N.A
Baja
2
Ganadería extensiva
Resto de la vereda San Francisco
Muy Baja 1
Sin uso económico
N.A.
Fuente: Estudio de Impacto Ambiental — Información adicional presentada mediante radicado 2015064876-1-000 del 3 de diciembre
del 2015
Como resultado de la superposición de los anteriores criterios, se tiene que las zonas de sensibilidad alta
corresponden a los centros poblados de la vereda San Francisco y los corregimientos de Peñalisa y Bolombolo.
El resto de los territorios de los corregimientos de Peñalisa y Bolombolo tienen una sensibilidad socioeconómica
media. Y la zona con sensibilidad baja es el resto del territorio de la vereda San Francisco.
De acuerdo a lo anterior, se considera que la zonificación ambiental se encuentra acorde con lo identificado en
la visita de evaluación realizada por esta Autoridad ya que se determina la potencialidad, fragilidad y sensibilidad
ambiental del área de influencia teniendo en cuenta los criterios relevantes (concentración de población y
actividad económica), en su condición sin proyecto.
6.4
CONSIDERACIONES SOBRE LA ZONIFICACIÓN AMBIENTAL CONSOLIDADA
La Concesión La Pintada S.A.S. asignó a la sensibilidad de los medios abiótico, biótico y socioeconómico, una
ponderación del 30 %, del 60 % y del 10 %, correspondientemente; si bien existe una sensibilidad especial para
el medio biótico debido a la presencia del bosque seco tropical y de la Reserva de Recursos Naturales de la
Zona Ribéreña del río Cauca, se considera que se debe tener en cuenta que para el medio abiótico existe una
alta sensibilidad en especial sobre el recurso suelo dadas las condiciones geológicas, litológicas y la presencia
de fenómenos de remoción en masa que podría acelerase con la ejecución del proyecto afectado
adicionalmente los recursos hídricos y sus ecosistemas acuáticos.
Sumado a esto, la ponderación asignada del 10 % al medio socioeconómico y la superposición con la
sensibilidad de los medios abiótico y biótico desdibujan en gran medida la sensibilidad del medio
socioeconómico, lo cual no quiere decir que dicha sensibilidad no debe tenerse en cuenta en el momento de
implementar las medidas para los impactos socioeconómicos que pueda llegar a ocasionar el proyecto.
Resolución No. 0 11 5
de
Hoja No. 69
0 5 FER 2016-
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
A continuación se copia la zonificación ambiental consolidada que presenta la empresa, la cual se considera
que no refleja adecuadamente la información ambiental del área de estudio, por las razones mencionadas en
los párrafos anteriores.
Figura 23 Zonificación ambiental del proyecto
ZonificacionAmbiental
Arealnfluencia
IIAtta
de Influencia Dire-cta
Baja
ea de Influencia Indirecta
Media
1ZODMES
1,tuy Alta
Muy baja
Fuente: SIG Web, ANLA - Consultado el 08/01/2016
De otro lado, si bien en la "Tabla 3-351 Zonificación ambiental general UF4"se muestran los resultados de la
zonificación ambiental en el All del proyecto, teniendo en cuenta que será en el AID yen el área de intervención
donde se verán reflejados los impactos directos del proyecto, esta Autoridad con base en la información de la
GDB del proyecto extrajo las áreas de ocupación de cada categoría de sensibilidad en las áreas de influencia
del proyecto, como se muestra en la tabla a continuación:
Tabla 36 Zonificación ambiental consolidada en las áreas de influencia del proyecto, ajustada a partir de la
Sensibilidad
Media
All (ha)
información de la GDB del proyecto
Área de
% All AID (ha) % AID
Intervención (ha)
% Área de
intervención
1,1
0,4
0,1
0,1
0,02
0,1
72,6
23,6
21,4
31,7
8,4
31,1
154,2
50,2
32,2
47,6
13,2
48,6
69,0
22,5
11,6
17,1
4,3
15,8
10,4
3,4
2,4
3,5
1,2
4,5
27,2
100,0
67,7
100,0
100,0
307,3
Total
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en la GDB del radicado 2015050188-1-000 del 22 de septiembre de 2015.
Resolución No.
0115
0 5 FEB 2016-
Hoja No. 70
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Frente a estos resultados se considera que no reflejan la verdadera ocupación de cada sensibilidad en las áreas
de influencia, teniendo en cuenta que: en el caso del medio abiótico no se encuentra representada la
sensibilidad para el recurso suelo e hídrico puesto que gran parte del proyecto se desarrolla en zona de ladera
requiriendo realizar cortes y conformación de taludes y rellenos, así como la necesidad de construir puentes
para el paso sobre fuentes hídricas importantes como el caso del río Cauca y la quebrada Marvalle, de igual
manera se presenta la cercanía e intervención en las zonas de depósito con cuerpos de agua afluentes del río
Cauca, fuentes intermitentes que pueden ser afectadas durante las actividades constructivas; esta Autoridad
considera con base en los argumentos antes expuestos que la sensibilidad para las zonas de cuerpos hídricos
y zonas de ladera con pendientes mayores al 12% representan una sensibilidad alta; que como se señaló en el
caso del medio biótico, la sensibilidad biótica es distinta a la luz de los argumentos mostrados por esta Autoridad
para los criterios coberturas de la tierra, áreas de reserva y áreas de priorización para la fauna; en el caso del
medio socioeconómico, como se mencionó en las consideraciones respectivas se tiene en cuenta la
concentración de población y actividad económica a las cuales se les asigna un grado de sensibilidad de
acuerdo á las características y dinámicas propia de la zona, lo que es acorde con lo identificado en la visita de
evaluación.
Estas consideraciones se tienen en cuenta para el análisis de la zonificación de manejo propuesta por la
Concesión La Pintada S.A.S. en el numeral 9 del presente acto administrativo.
DEMANDA, USO, APROVECHAMIENTO Y/0 AFECTACIÓN DE RECURSOS NATURALES
En desarrollo de este título en el Concepto Técnico N° 299 del 2 de febrero de 2015, se establece lo siguiente:
7.1
AGUAS SUPERFICIALES.
7.1.1
Consideraciones de conceptos técnicos relacionados
Consideraciones Corantioquia:
Se debe garantizar que cuente con la autorización para vender agua para procesos industriales.
Se debe allegar el certificado de la empresa que suministre el servicio de agua y que este autorizada para
vender agua para procesos industriales, con los debidos permisos de la autoridad ambiental competente. Así
mismo, garantizar que el caudal concesionado de la empresa que suministra el servicio, no sobrepase su
demanda con la prestación de este sewicio.
La empresa prestadora del servicio en el corregimiento de Bolombolo y municipio de Venecia denominada
Acueducto y alcantarillado (A.A.S.S.A), tiene una concesión de aguas de 11.85 1/s, con vigencia hasta el año
2017; de la quebrada la Pópala y para la fecha no han solicitado algún aumento de caudal para este nuevo uso,
anotando que el corregimiento de Bolombolo en temporada de verano presenta problemas de suministro.
7.1.2 Consideraciones de la ANLA
De acuerdo con la información del EIA, en el presente trámite de licenciamiento ambiental no se solicita permiso
de concesión de aguas superficiales, indicando que la adquisición de agua necesaria para las diferentes
actividades de construcción y operación del proyecto se hará a través de entidades prestadoras de servicio en
la zona. Se ha calculado entonces que se requiere de una dotación de 20.000 litros diarios para la etapa
constructiva del proyecto, estos se comprarán a Alcantarillados y Acueductos Sostenibles S.A, u otros
acueductos legalizados en la zona, por lo tanto, no se requieren concesiones de aguas superficiales para el
abastecimiento (uso doméstico e industrial) de la Unidad Funcional 4; en tal sentido el presente proceso de
licenciamiento no incluye permisos de concesión y aprovechamiento de agua superficial. El agua necesaria
para las actividades del proyecto deberá ser adquirida a través de terceros que cuenten con los permisos
necesarios para el suministro de agua para uso industrial, de lo cual se deberán adjuntar los correspondientes
soportes en los ICA.
7.2
AGUAS SUBTERRÁNEAS.
Al respecto no se realizó pronunciamiento en otros conceptos relacionados. No obstante, esta Autoridad
considera que de acuerdo con la información del EIA, en el presente trámite de licenciamiento ambiental no se
solicita permiso de concesión de aguas subterráneas; en tal sentido el presente proceso de licenciamiento no
incluye permisos de concesión y aprovechamiento de agua. El agua necesaria para las actividades del proyecto
Resolución No.
0115
0 5 FEB 2016
Hoja No. 71
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
deberá ser adquirida a través de terceros que cuenten con los permisos necesarios para el suministro de agua
subterránea para uso industrial, de lo cual se adjuntaran los correspondientes soportes en los ICA.
7.3
VERTIMIENTOS.
7.3.1
Consideraciones de conceptos técnicos relacionados
Consideraciones Corantioquía:
El proyecto no contempla la adecuación de campamentos permanentes ni temporales, se utilizaran unidades
(14) sanitarias portátiles a las cuales se les debe garantizar limpieza (mínimo 2 veces/semana) , se debe instalar
1 unidad sanitaria por cada 15 personas que laboren en la obra, el servicio lo debe prestar una empresa
debidamente constituidas que cuenten con todos los permisos requeridos para dicha actividad, la empresa que
realice el servicio de recolección y aseo deberá entregar el certificado de disposición y tratamiento de los
residuos recibidos de las unidades sanitarias portátiles; evitando que estas aguas sean vertidas a cualquier red
o directamente a fuentes de agua.
7.3.2
Consideraciones de la ANLA
De acuerdo a la información que se presenta por parte de la Concesión La Pintada en el EIA, para la etapa
constructiva no se solicita permiso de vertimientos indicando que "no se tendrán vertimientos de aguas
residuales provenientes de actividades domésticas e industriales a suelos o cuerpos de agua ya que no se
tendrán plantas de trituración y campamentos permanentes ni transitorios, además, para atender las
necesidades fisiológicas del personal que labore en la obra, se dispondrá mínimo de 14 baños portátiles,
distribuidos estratégicamente en los frentes de obra, de manera que se cuente con uno por cada quince
personas". En tal sentido el presente proceso de licenciamiento ambiental no incluye permisos de vertimientos
de ninguna índole, por lo que la Concesión La Pintada deberá adjuntar a los ICA los documentos de soporte
que acrediten la entrega de los residuos a empresas que cuenten con los permisos necesarios para el
tratamiento y disposición de residuos líquidos sanitarios.
7.4
OCUPACIONES DE CAUCE.
7.4.1
Consideraciones de conceptos técnicos relacionados
Consideraciones Corantioquia:
"Se tiene proyectada la construcción de siete (7) alcantarillas de sección cuadrada tipo cajón de 1.5 X 1.5, que
se desconoce con qué criterio fue determinada la estructura (se les realizó estudio hidrológico e hidráulico) y
verificar si las misma requieren del permiso de ocupación de cauce."
7.4.2
Consideraciones de la ANLA
La Concesión La Pintada para la construcción de la Unidad funcional 4, presenta el listado de obras de drenaje
que se requiere construir las cuales corresponde a alcantarillas y box coulvert relacionadas en la Tabla 37, de
igual manera se presentan los análisis para cada una de estas y las correspondientes memorias de cálculo. El
estudio indica que con base en estudios hidrológicos e hidráulicos utilizados se definieron las secciones y áreas
hidráulicas de cada obra de drenaje, en la visita de evaluación se evidenció que las obras se encuentran
proyectadas en las zonas de cauces de aguas de escorrentía que se cruzan con el proyecto vial de la unidad
funcional 4, por lo cual es indispensable su construcción. Por lo anterior, se considera desde el punto de vista
ambiental, viable otorgar el permiso de ocupación de cauce para la construcción de estas obras que son de
carácter permanente.
Resolución No.
01 14 5
de
0 5 FEB 2011
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Hoja No. 72
Tabla 37 Listado de alcantarillas
Dimensiones
canta illa
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15 •
16
17
Calzada izquierda
Calzada derecha
Tipo de alcantarilla
Diámetro (m)
Ancho B (m)
36+890
36+890
Cajón
37+180
37+140
Cajón
37+390
37+365
Circular
0,90
37+470
37+440
Circular
0,90
37+580
37+530
Circular
0,90
37+620
37+580
Circular
0,90
37+880
37H-840
Cajón
37+960
37+910
Circular
0,90
37+980
37+945
Cajón
38+075
38+040
Circular
0,90
38+280
38+240
Cajón
38+520
38+475
Circular
0,90
38+580
38+535
Circular
0,90
38+660
38+620
Circular
0,90
39H-060
39H-010
Cajón
39+180
39+140
Circular
0,90
39+270
39+230
Circular
0,90
uente: EIA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
Altura h (m)
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
Con base en lo anterior esta Autoridad impondrá las siguientes obligaciones, las cuales quedarán consignadas
en el acápite de la parte dispositiva del presente acto administrativo:
Obligaciones del permiso de ocupación de cauce permanente
a. Garantizar en todo momento que las obras, no alterarán la dinámica hidrológica de las zonas en donde
se construirá el proyecto.
b. En desarrollo de la construcción de obras hidráulicas no se podrá interrumpir de forma permanente el
flujo de las aguas.
c. Realizar las obras geotécnicas necesarias para la estabilización de taludes del cauce de los cuerpos
hídricos, con el fin de evitar la socavación y erosión de las orillas en el sitio de intervención, dichas
obras se deben implementar sin afectar el caudal y la dinámica natural.
d. Implementar durante la construcción, las medidas de manejo ambiental tendientes a la retención de
sedimentos, que incluya las medidas y obras de contención temporales para evitar la calda de
material a los cuerpos de agua; y realizar el mantenimiento periódico a dichas estructuras.
e. Realizar las actividades de reconformación, recuperación, revegetalización y/o reforestación de las
áreas intervenidas.
De igual forma en caso de requerirse de la ocupación del cauce de fuentes hídricas superficiales, por la
ejecución del proyecto, adicionales a las indicadas, la Concesión deberá solicitar la respectiva modificación de
la Licencia Ambiental de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente.
7.5
APROVECHAMIENTO FORESTAL
Que el artículo 214 del Decreto 2811 de 1974 establece lo siguiente con respecto a los aprovechamientos
forestales:
"...Artículo 214°.- Son aprovechamientos forestales únicos los que técnicamente se realicen en bosques
localizados en suelos que deban ser destinados a usos diferentes del forestal..."
Que en el artículo 2.2.1.1.2.2. de la sección 2 del Capítulo 1 del Título 1, Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076
del 26 de mayo de 2015, se establece como uno de los principios generales que deben tenerse en cuenta en
la regulación de los aprovechamientos forestales dentro del territorio nacional que:
"...Los bosques, en tanto parte integrante y soporte de la diversidad biológica, étnica y de la oferta ambiental,
son un recurso estratégico de la Nación y, por lo tanto, su conocimiento y manejo son tarea esencial del Estado
con apoyo de la sociedad civil...."
Resolución No.
011
J
de
o 5 FER 2016
Hoja No. 73
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Que en el artículo 2.2.1.1.4.1 de la sección 2 del Capítulo 1 del Título 1, Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076
del 26 de mayo de 2015, se determina: "Las clases de aprovechamiento forestal son:
"(...).. Únicos. Los que se realizan por una sola vez, en áreas donde con base en estudios técnicos se demuestre
mejor aptitud de uso del suelo diferente al forestal o cuando existan razones de utilidad pública e interés social.
Los aprovechamiento forestales únicos pueden contener la obligación de dejar limpio el terreno, al término del
aprovechamiento, pero no la de renovar o conservar el bosque (...)".
Que en el artículo 2.2.2.3.1.1., de la Sección 1 del Capítulo Tercero de la parte 2 del Libro 2 del Decreto N°
1076 del 26 de mayo de 2015, se definen las medidas de compensación como aquellas acciones dirigidas a
resarcir y retribuir a las comunidades, las regiones, localidades y al entorno natural por los impactos o efectos
negativos generados por un proyecto, obra o actividad, que no puedan ser evitados, corregidos o mitigados.
Ahora bien, respecto al levantamiento de veda, la Dirección de Bosques Biodiversidad y Servicios
Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible MADS, mediante Resolución 2217 del 14 de
octubre de 2015, la Dirección de Bosques Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del MADS levanta de manera
parcial la veda para especies de los grupos de bromelias, musgos, hepáticas y líquenes que serán afectadas
por la remoción de cobertura vegetal para el desarrollo del proyecto.
7.5.1
Consideraciones de conceptos técnicos relacionados
Con relación al aprovechamiento forestal, en los radicados 2015069999-1-001 del 27 de enero de 2016 y
2016004751-1-000del 2 de febrero de 2016, CORANTIOQUIA indica lo siguiente:
"(...) Por otra parte, el Astronium graveolens (Diomato) está catalogado como restringido en la Resolución 10194 del 10
de abril de 2008, por medio de la cual se reglamente el uso y aprovechamiento de la flora amenazada en la jurisdicción de
CORANTIOQUIA. Esta categoría no prohíbe el aprovechamiento de esta especie, si no que queda sujeto a verificación
por parte de la Entidad (...).
Observaciones
El permiso de aprovechamiento forestal solicitado por el usuario, estará supeditado a la verificación que se haga
en campo de los aspectos en el oficio No. 120/120-1502-1650/1503-1313 del 20 de marzo del 2015, donde se
da respuesta a solicitud de pronunciamiento sobre no necesidad de sustracción de la Reserva del Río Cauca,
donde se señala entre otros, lo siguiente:
"-Es de precisar, que como el proyecto es objeto de licencia ambiental, en atención a las competencias dadas
por la norma, será la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales — ANLA -, quien deberá considerar en este
trámite, lo dispuesto en el Acuerdo Corporativo 017 del 1996, conforme con la información brindada por usted
como responsable del proyecto, donde nos enuncia que su desarrollo no generará un impacto considerable, ni
realizará un cambio en el uso del suelo, ni uso irracional de los recursos naturales presentes en la zona".
En el EIA no se hace alusión al tipo de permiso de aprovechamiento forestal presentado ante la Autoridad
Ambiental, ni se presenta en los anexos el Formulario único, para este tipo de trámites.
No obstante, al momento de presentar la solicitud para obtener los permisos, su otorgamiento estará supeditado
al aporte por parte del usuario de la copia de la decisión en firme que tome el Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible, con respecto a la solicitud de levantamiento parcial de veda de especies de flora silvestre. Trámite
iniciado bajo el Auto No. 356 del 11 de septiembre del 2015 del MADS.
Por último, para todos los efectos de que trata el presente ítem, se sugiere revisar la información presentada en
el numeral 4.6.6 "Resumen de aprovechamiento forestal único", contenida en el capitulo 4 "Demanda, Uso y
Aprovechamiento de los PNR para la UF4" del EIA, ya que allí se habla del aprovechamiento correspondiente al
corredor Conexión Pacífico 2 Bolombolo — La Pintada — Primavera", y la UF4 tal y como se ha presentado en el
estudio, correspondiente al tramo comprendido entre el túnel Mulatos — Bolombolo.
En consecuencia, se debe verificar la información contenida en las tablas 4-18 y 4-19, contenidas en el ítem
4.6.6, toda vez que se puede prestar a confusión."
Frente a las anteriores recomendaciones de CORANTIOQUIA, en las consideraciones de esta Autoridad sobre
el aprovechamiento forestal se tiene en cuenta lo siguiente: lo referente a la verificación del permiso de
aprovechamiento de la especie Astronium graveolens; lo relacionado con el tipo de permiso solicitado por la
empresa; el acto administrativo con el cual el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible otorgó el
Resolución No.
0115
de
05
Hoja No. 74
FER 201S'
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
levantamiento parcial de veda de especies de flora silvestre; y la solicitud de aprovechamiento forestal
presentado por el usuario.
Con relación al tema de la sustracción de la Reserva del río Cauca, esta información fue ampliamente discutida
en las consideraciones de la caracterización ambiental, donde se incorporó lo referente al Acuerdo 017 de 1996,
y este tema se tiene en cuenta en el resultado del presente acto administrativo (numeral 11).
7.5.2
Consideraciones de la ANLA
La Concesión La Pintada S.A.S. solicita aprovechamiento forestal único sobre el área de intervención del
proyecto, correspondiente a 27,2 ha, para lo cual llevó a cabo el inventarío al 100 % de los individuos en estado
fusta) y presentó los volúmenes comercial y total por infraestructura del proyecto (vía o zona de depósito) en
los numerales 4.6.1 a 4.6.5 y en sus Tablas 4-38, 4-40, 4-42, 4-44 y 4-46, y por cobertura de la tierra en los
mencionados numerales yen las Tablas 4-39, 4-41, 4-43, 4-45 y 4-47, así como en los Anexos 4.4, 4.5, 4.6,
4.7, 4.8 y 4.9. En el numeral 4.6.6 presentó el resumen de la solicitud de aprovechamiento forestal por
infraestructura (ver Tabla 4-48) y por cobertura de la tierra (ver Tabla 4-49) y en el numeral 4.6.7 presentó la
relación de especies sensibles.
Una vez corroborados los volúmenes comercial y total calculados por la empresa con respecto a lo calculado
por esta Autoridad con un factor de forma de 0,7, se encontraron algunas diferencias, por lo cual esta Autoridad
resume a continuación la solicitud de la empresa con base en la tabla de atributos del "Anexo 3_13A_Shapefile
Fauna (sic)", debido a que esta es la información primaria a partir de la cual la Concesión La Pintada S.A.S.
realizó la solicitud de aprovechamiento forestal.
Tabla 38 Solicitud de aprovechamiento forestal presentada por la Concesión La Pintada S.A.S. en el área del
proyecto, ajustada a partir de la información del shapefile "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic)" de la
información adicional.
Especies comunes
Especies amenazadas**
Total aprovechamiento
Cobertura
Obra
# spp # ind Vc m3 Vt m3 # spp # ind Vc m3 Vt m3 # spp # ind Vc m3 Vt m3
Depósito 9
22
Bosque
116
69,8
117,1
1
8
3,9
6,5
23
124
73,7
123,6
fragmentado
Vía
29
83
33,3
49,6
1
15
6,6
9,7
30
98
39,9
59,4
Total Bosque fragmentado
36
199 103,0 166,7
1
23
10,5
16,2
37
222
113,6 183,0
Bosque de
Vía
40
234
72,9 120,8
1
10
3,1
4,5
41
244
76,0 125,4
galería y/o ripario
Depósito 9
Vía
Total Pastos enmalezados
Depósito 10
Depósito 11
Pastos limpios Depósito 12
Depósito 9
Vía
Total Pastos limpios
Vegetación
Vía
secundaria alta
Pastos
enmalezados
8
10*
14
5
9
18
10
33
45
13
27
40
13
33
49
45
185
325
7,3
12,2
19,5
6,7
9,0
20,0
20,8
57,7
114,2
15,8
30,4
46,2
23,5
20,8
44,3
40,9
108,3
237,7
1
0
1
1
0
1
1
1
1
3
0
3
1
0
14
26
7
48
0,8
0,0
0,8
0,4
0,0
17,2
23,6
1,7
42,9
1,6
0,0
1,6
1,0
0,0
25,2
42,5
3,6
72,2
9
10
15
6
9
19
11
34
46
16
27
43
14
33
63
71
192
373
8,1
12,2
20,3
7,2
9,0
37,2
44,4
59,5
157,1
17,4
30,4
47,7
24,4
20,8
69,5
83,4
111,8
309,9
22
79
38,8
53,7
0
0
0,0
0,0
22
79
38,8
53,7
Total
72
877 348,5 625,1
1
84
57,3
94,6
73
961 405,8 719,7
.
.
tonto como espece ..individuo identificado
como n e orm na o ;
e identificó una sola especie amenazada (En: en peligro
crítico), correspondiente al Cedro (Cedrela odorata . Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en el "Anexo
3_13A_Shapefile Fauna (sic)" del radicado de información adicional 2015064876-1-000 del 3 de diciembre de 2015
Frente a los anteriores resultados, esta Autoridad encontró diferencias en cuanto a lo consignado por la
Concesión La Pintada S.A.S. para la infraestructura de vía en el numeral 4.6.1, pues en la "Tabla 4-38 Volumen
(sic) comercial y total por especie a ser removidos en el AIP de la vía en la UF4" y en la "Tabla 4-39 Número de
individuos, volumen comercial y total por cobertura a ser removidos en el AIP de la vía en la UF4."; en la Tabla
4-38, se indica un total de 758 individuos con un volumen comercial de 233,7379 m3 y un volumen total de
391,5195 m3 para la infraestructura del proyecto correspondiente a vía, pero al sumar los resultados de esta
infraestructura calculados por esta Autoridad con base en el inventario forestal actualizado por la empresa en
la información adicional (radicado VITAL 2015064876-1-000 del 3 de diciembre de 2015), se obtuvo un total de
640 individuos con un volumen comercial de 226,4 m3 y un volumen total de 380,6 m3.
Las anteriores inconsistencias proceden de cálculos errados presentados por la empresa, lo cual se corroboró
en la Tabla 4-39; en esta tabla se muestra una solicitud de aprovechamiento para las coberturas de bosque de
Resolución No.
0115
de
0 5 FER 2016-
Hoja No. 75
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
galería y/o ripario y pastos limpios correspondiente a 271 individuos con un volumen comercial de 79,8226 m3
y un volumen total de 130,6019 m3 y 283 individuos con un volumen comercial de 62,9819 m3 y un volumen
total de 117,4614 m3, respectivamente, lo cual difiere con respecto a los 244 individuos con un volumen
comercial de 76,0 m3 y un volumen total de 125,4 m3 y con los 192 individuos con un volumen comercial de
59,5 m3 y un volumen total de 111,8 m3, respectivamente, que se muestran en la Tabla 38 de este acto
administrativo.
De otro lado, en el numeral 4.6.2 se presentó una solicitud ligeramente distinta a lo calculado por esta Autoridad
con base en el inventario forestal, puesto que en la "Tabla 4-40 Volumen (sic) comercial y total por especie a
ser removidos en el AIP del depósito 9 en la UF4" se solicita el aprovechamiento de 212 individuos con un
volumen comercial de 126,2484 m3 y un volumen total de 224,4828 m3, lo cual difiere de los 211 individuos
con un volumen comercial de 126,1 m3 y un volumen total de 224,3 m3 determinados por esta Autoridad a partir
de la información del inventario forestal actualizado por la empresa en la información adicional. (Radicado VITAL
2015064876-1-000 del 3 de diciembre de 2015).
Con relación a esto, una vez revisada la "Tabla 4-41 Número de individuos, volumen comercial y total por
cobertura a ser removidos en el AIP del depósito 9 en la UF4 del Proyecto Conexión Pacífico 2 Bolombolo - La
Pintada - Primavera.", esta Autoridad encontró que la diferencia en los anteriores resultados proviene del
cálculo realizado por la empresa para el bosque fragmentado; en la Tabla 4-41 se solicitan 125 individuos con
un volumen comercial de 73,8097 m3 y un volumen comercial de 123,7584 m3, pero al verificar la información
se encuentra que la solicitud corresponde a 124 individuos con un volumen comercial de 73,7 m3 y un volumen
total de 123,6 m3, según el inventario forestal allegado en la información adicional.
En el caso del Depósito 12, en el numeral 4.6.5 la empresa presentó la solicitud de aprovechamiento por un
valor ligeramente inferior al que se encuentra en el inventario forestal, puesto que se solicitan 62 individuos con
un volumen comercial de 36,9213 m3 y un volumen total de 69,1490 m3, en comparación con los 63 individuos
con un volumen comercial de 37,2 m3 y un volumen total de 69,5 m3 calculados por esta Autoridad con base
en el inventario forestal actualizado.
Teniendo en cuenta las anteriores inconsistencias, la información consolidada de la solicitud de
aprovechamiento forestal que presenta la empresa en el numeral 4.6.6, no coincide con lo calculado por esta
Autoridad a partir del inventario forestal consolidado; así en la "Tabla 4-49 Número de individuos, volumen
comercial y total por cobertura a ser removidos en toda el AIP de la UF4" se solicita el aprovechamiento de
1079 individuos con un volumen comercial de 413,0179 m3 y un volumen total de 730,3852 m3, lo cual difiere
de los 961 individuos con un volumen comercial de 405,8 m3 y un volumen total de 719,7 m3, consolidados por
esta Autoridad (ver Tabla 38) a partir de la información adicional al EIA (Radicado VITAL 2015064876-1-000
del 3 de diciembre de 2015.
En consecuencia esta Autoridad toma como referencia única para la solicitud del aprovechamiento forestal, la
información que se muestra en la Tabla 38; vale la pena resaltar que en las zonas de los puentes es posible
que no se requiera en su totalidad el uso del recurso forestal solicitado, teniendo en cuenta que la empresa
prevé únicamente las cimentaciones para el soporte de los puentes.
De otro lado, debido a que en el área de intervención del proyecto se observaron procesos de regeneración
natural que se verán interrumpidos debido a la ejecución de la obra, se considera necesario que se realice el
rescate de individuos con una altura mayor o igual a un (1) metro, en las áreas a intervenir en las coberturas de
bosque fragmentado, bosque de galería y/o ripario y vegetación secundaria alta, con énfasis en las especies
sensibles (Astronium graveolens y Cedrela odorata) que referencia la "Tabla 24 Especies sensibles reportadas
en las parcelas de regeneración natural en el área del proyecto" de acto administrativo; en el Plan de Manejo
Ambiental se presentan consideraciones puntuales adicionales frente a este tema (ver numeral 10.1).
Finalmente, teniendo en cuenta que durante el desarrollo del proyecto, se ejecutarán obras que implican
remoción de cobertura vegetal y aprovechamiento forestal, lo cual generará una alteración de los ecosistemas
del área, como se describe en las consideraciones de la evaluación de impactos ambientales, se hace necesario
establecer una compensación por pérdida de biodiversidad, sobre la cual se realiza el respectivo análisis en los
numerales 10.1 y 10.3 del presente acto administrativo.
Resolución No.
0115
0.5 FEB 201S-
Hoja No. 76
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
7.5.2.1
Especies sensibles
De cara a las especies sensibles inventariadas para la solicitud del inventario forestal, como se muestra en la
Tabla 38, la empresa solicita el aprovechamiento de 84 individuos de Cedrela odorata, los cuales se encuentran
distribuidos a lo largo de la vía y en las zonas de depósito en varias de las coberturas de la tierra ubicadas en
el área de intervención del proyecto; esta especie ha sido catalogada "en peligro crítico" (EN) de extinción, y la
empresa requiere aprovechar un volumen comercial de 57,3 m3 y un volumen total de 94,6 m3. En la Tabla 39
se muestra la relación de individuos de la especie localizados en las zonas de puentes que son susceptibles de
no ser aprovechados por el proyecto, esta información se tiene en cuenta en las consideraciones del Plan de
Manejo Ambiental y de las compensaciones por pérdida de biodiversidad (numerales 10.1 y 10.3
correspondientemente).
Tabla 39 Individuos de Cedrela odorata y Astronium graveolens, localizados en las áreas de los puentes
requeridos para el provecto
Tipo
Infraestructura
Cobertura
Id
Este
Norte
Vc m3
Vt m3
1136359,31
1150229,67
0,06
0,14
110N
1136413,47
1150269,92
0,02
0,04
112N
1136414,94
1150268,9
0,72
1,04
116N
1136409,58
1150274,67
0,34
0,49
452N
1136378,79
1150228,8
0,04
0,06
650N
1136383,27
1150231,99
0,25
0,31
108N
1136430,87
1150293,9
0,02
0,05
111N
1136416,61
1150280,48
0,03
0,04
1135919,69
1149302,07
0,09
0,12
1135939,27
1149309,97
0,73
1,05
377N
1135931,51
1149313,16
0,39
0,53
386N
1135940,12
1149305,47
0,46
0,69
387N
1135927,7
1149294,33
0,66
0,95
388N
1135932,42
1149306,08
0,10
0,14
392N
1135935,2
1149299,34
1,03
1,71
396N
1135916,66
1149279,37
0,18
0,27
425N
Puente
quebrada
Marvalle
Bosque de
galería y/o
ripario
Pastos
limpios
1012N
375N
Viaducto
abscisa 37
Bosque
fragmentado
Especie
Astronium graveolens
Cedrela odorata
678N
1135932,96
1149319,51
0,68
0,84
17 individuos: 1 de Astronium graveolens y 16 de Cedrela
Total
5,81
8,47
odorata
uente: elaborado por el equipo evaluador con base en la GDB anexa al radicado 2015050188-1-000 del 22 de septiembre de 2015 y
el "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic)"del radicado de información adicional 20150644876-1-000 del 3 de diciembre de 2015.
Adicionalmente, en el numeral 4.6.7, la empresa hace mención al Diomato (Astronium graveolens), catalogado
como Restringido en la Resolución 10194 del 10 de abril de 2008 de CORANTIOQUIA; en la solicitud de
aprovechamiento se relacionan tres (3) individuos de esta especie, ubicados en la vía en coincidencia con el
puente sobre la quebrada Marvalle (un individuo, ver Tabla 39) y cerca del viaducto de la abscisa 37 (dos
individuos, ver Figura 23B) para los cuales se solicita aprovechar un volumen comercial de 0,3 y un volumen
total de 0,5. Es posible que el individuo localizado en el puente de la quebrada Marvalle no sea aprovechado
por la empresa, teniendo en cuenta que la construcción de este puente contempla únicamente sus apoyos. Esta
información se tiene en cuenta en las consideraciones del Plan de Manejo Ambiental y de las compensaciones
por pérdida de biodiversidad (numerales 10.1 y 10.3 correspondientemente)
Resolución No.
0115
de
0 5 FEA 2016-
Hoja No. 77
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Figura 23B Ubicación de los tres individuos de Diomato (Astronium graveolens) solicitados para
aprovechamiento forestal
1135000
1131590
1131000
S
(
-1
P
',.1t..
'1.
J'
VENECIA
1,_
.______. _____ _ _---
P
SALG—P
n`
Pes'
""•-.
N
Pi
Z9
_
Convenciones
...
-''
n
pF
P
.....
P
•
AStronPlangraveolens
5
Arealnfluencia
L_____I Área, de Influencia Directa
" , Área de Influencia Indirecta
pa
o
P
i
l
.41,1
Pi
-
TARO
0
o 300
600
900
2 et
l'•
1135000
1130090
11370'00
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en la GDB anexa al radicado 2015050188-1-000 del 22 de septiembre
de 2015 y el "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic)" del radicado de información adicional 20150644876-1-000 del 3 de
diciembre de 2015.
Con relación a la Resolución 10194 de 2008 de CORANTIOQUIA, la cual en su Artículo Segundo restringió en
todo el territorio de CORANTIOQUIA, el uso y aprovechamiento de especies que presentan algún grado de
amenaza y han desaparecido en algunas regiones de la jurisdicción, entre las cuales se encuentra incluido el
Diomato (Astronium graveolens). El parágrafo del Artículo Segundo menciona lo siguiente:
"PARÁGRAFO. El aprovechamiento de las especies contempladas en el presente articulo, quedará sujeto a
verificación de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, en los siguientes aspectos:
a) Solo se permitirá el aprovechamiento de aquellas áreas donde aún se conserven existencias significativas
de la especie.
b) Se otorgará o autorizará el aprovechamiento de estas especies, en un porcentaje de los individuos inferior
a 60 % de las existencias, es decir, se deberá conservar como mínimo el 40 % de los individuos.
c) Se deberán seleccionar, marcar y conservar como mínimo 12 árboles semilleros por bosque de estas
especies, para garantizar la adecuada producción de semillas y la regeneración natural de las mismas.
d) Las demás establecidas en la visita técnica y en la legislación ambiental relacionada con
aprovechamientos forestales y conservación de la flora amenazada."
Frente a esto y teniendo en cuenta que CORANTIOQUIA remitió a esta Autoridad consideraciones sobre la
demanda, uso y aprovechamiento de recursos naturales del proyecto, a través de los radicados 20150699991-001 del 27 de enero de 2016 y 2016004751-1-000 del 2 de febrero de 2016, en el cual indica puntualmente
para los individuos de Astronium graveolens solicitados en aprovechamiento que la categoría no prohíbe el
aprovechamiento de esta especie si no que queda sujeto a verificación de CORANTIOQUIA, la ANLA considera
necesario que la empresa presente una medida de compensación por el aprovechamiento forestal de tres (3)
individuos de Astronium graveolens la cual debe contar con el aval de la corporación.
Por otra parte, en el numeral 4.6.7 la empresa menciona la palma Acrocomia aculeata (Chonta), la cual se
registra en la categoría de preocupación menor (LC) según la UICN. De otro lado, frente a esto la ANLA
considera que el volumen de aprovechamiento solicitado para las palmas no aplica para el presente trámite,
toda vez que las palmas pueden aprovecharse por parte del proyecto, pero no son especies maderables. En
este orden de ideas, a continuación se relaciona el total de individuos con este hábito para los que la empresa
calculó volúmenes de aprovechamiento:
Resolución No.
0115
0 5 FEB 201
Hoja No. 78
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Tabla 40 Palmas con cálculos de volumen de aprovechamiento forestal
Especies de palmas
Cobertura
Obra
# spp
# ind Vc m3
Vt m3
Bosque fragmentado
Depósito 9
1 (Acrocomia aculeata)
1
0,3
0,5
Bosque de galería y/o ripario
Vía
1 (Acrocomia aculeata)
1
0,3
0,4
Pastos enmalezados
Depósito 9
1 (Acrocomia aculeata)
2
0,4
0,7
Depósito 10
1 (Acrocomia aculeata)
2
0,3
0,5
Depósito 12
1 (Acrocomia aculeata)
11
3,6
4,6
Pastos limpios
Depósito 9
1 (Acrocomia aculeata)
22
5,1
8,2
Via
1 (Acrocomia aculeata)
12
2,9
4,6
Total Pastos limpios
1 (Acrocomia aculeata)
47 11,9
17,9
Total
1 (Acrocomia aculeata)
51 12,9
19,5
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en el "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic)" del radicado de información adicional
2015064876-1-000 del 3 de diciembre de 2015
De acuerdo a lo anterior, se considera viable otorgar el permiso de aprovechamiento forestal en jurisdicción de
CORANTIOQUIA según lo siguiente:
Tabla 41 Aprovechamiento forestal (fustales) autorizado en jurisdiccion de CORANTIOQUIA
Especies comunes
Especies amenazadas
Total aprovechamiento
Cobertura
Obra
#
#
# spp
Vc m3 Vt m3 # spp
Vc m3 Vt m3 # spp # ind Vc m3 Vt m3
ind
ind
Bosque
Depósito 9
21
115 69,5 116,6
1
8
3,9
6,5
23
123
73,4 123,1
fragmentado Vía
29
83
33,3 49,6
1
15
6,6
9,7
30
98
39,9 59,4
Total Bosque fragmentado
35
198 102,7 166,3
1
23
10,5 16,2
36
221 113,3 182,5
Bosque de
galería y/o
Vía
39
233 72,6 120,5
1
10
3,1
4,5
40
243
75,7 125,0
ripario
Depósito 9
7
11
6,9
15,1
1
Pastos
3
0,8
1,6
8
14
7,7 16,7
enmalezados Via
10
27
12,2 30,4
0
0
0,0
0,0
10
27
12,2 30,4
Total Pastos enmalezados
13
38
19,1
45,5
1
3
0,8
1,6
14
41
19,9 47,0
Depósito 10
4
11
6,5
22,9
1
1
0,4
1,0
5
12
6,9 23,9
Depósito 11
9
33
9,0
20,8
0
0
0,0
0,0
9
33
9,0 20,8
Pastos
Depósito 12
17
38
16,5 39,7
1
14
17,2 25,2
18
52
33,6 64,9
limpios
Depósito 9
9
23
15,6 32,7
1
26
23,6 42,5
10
49
39,2 75,2
Vía
32
173 54,9 103,6
1
7
1,7
3,6
33
180
56,6 107,2
Total Pastos limpios
44
278 102,4 219,8
1
48
42,9 72,2
45
326 145,3 292,0
Vegetación
secundaria
Via
22
79
38,8 53,7
0
0
0,0
0,0
22
79
38,8 53,7
alta
Total
71
826 335,6 605,6
1
84
57,3 94,6
72
910
393,0 700,2
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en la Tabla 38 y la tabla 40 de este concepto.
Por último, como se indicó en el numeral 1.3 Otros Antecedentes Relevantes Para La Toma De Decisión,
mediante la Resolución 2217 del 14 de octubre de 2015 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, se
levantó de manera parcial la veda para las especies de los grupos de bromelias, orquídeas, musgos, hepáticas
y líquenes de serán afectadas por la remoción de cobertura vegetal para el desarrollo del proyecto "Autopista
Conexión Pacífico 2"; el cumplimiento de las obligaciones establecidas en dicha resolución, será objeto de
seguimiento por parte del mencionado Ministerio.
7.6.1 Consideraciones de conceptos técnicos relacionados
No aplica
7.6.2 Consideraciones de la ANLA
De acuerdo con lo indicado en el EIA por la Concesión La Pintada S.A.S. durante la etapa de construcción de
la Unidad Funcional 4, no se generarán emisiones atmosféricas de material particulado y gases provenientes
de plantas de trituración de materiales, producción de asfaltos y concretos, así como de zonas de préstamo
(canteras), debido a que los materiales serán suministrados por canteras externas al proyecto las cuales
deberán contar con toda la documentación legal y permisos ambientales exigidos por las administraciones
Resolución No.
0115
0 5 FER 201
Hoja No. 79
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
municipales y autoridades ambientales competentes. En consecuencia el presente proceso de licenciamiento
ambiental no incluye permisos para generación de emisiones atmosféricas.
7.6
EMISIONES ATMOSFÉRICAS.
No se hace Consideraciones de conceptos técnicos relacionados
7.6.2
Consideraciones de la ANLA
De acuerdo con lo indicado en el EIA por la Concesión La Pintada S.A.S. durante la etapa de construcción de
la Unidad Funcional 4, no se generarán emisiones atmosféricas de material particulado y gases provenientes
de plantas de trituración de materiales, producción de asfaltos y concretos, así como de zonas de préstamo
(canteras), debido a que los materiales serán suministrados por canteras externas al proyecto las cuales
deberán contar con toda la documentación legal y permisos ambientales exigidos por las administraciones
municipales y autoridades ambientales competentes. En consecuencia el presente proceso de licenciamiento
ambiental no incluye permisos para generación de emisiones atmosféricas.
7.7
APROVECHAMIENTO DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN.
Esta Autoridad considera que de acuerdo con la información del EIA numeral 4.5 materiales de Construcción,
los volúmenes de corte y de lleno que se generarán durante el proceso de construcción de la Unidad Funcional
4 son los relacionados en la Tabla 42, se resalta que el volumen de corte es de 845.980 m3, mientras que el
volumen de material de relleno es de 50.350 m3,de otra parte se indica en el estudio que se reutilizará el material
producto de la excavación que cumpla con las especificaciones técnicas para las zonas de lleno, para lo cual
de forma periódica en los ICA correspondientes la Concesión La Pintada reportará un balance de materiales
indicando los volúmenes de material de excavación reutilizados en comparación con los llevados a las zonas
de depósito autorizadas.
Tramo
Tabla 42 Volúmenes de tierra
Corte (m3)
Unidad Funcional 4
845.980
Lleno (TO)
50.350
Fuente: EIA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
Es de resaltar que la reutilización de los materiales sobrantes de excavación en actividades de conformación
de llenos para el proyecto disminuye los impactos ambientales generados, puesto que se requiere de menor
cantidad de material para relleno de ZODMES y de menor cantidad de material de cantera; en tal sentido sí se
autoriza la reutilización del material producto de excavación para las actividades del proyecto, sin embargo es
necesario informar a esta Autoridad en los correspondientes ICA las cantidades de material reutilizado y las
actividades en que fueron utilizados.
Obligaciones
a. La Concesión La Pintada S.A.S. deberá informar a esta Autoridad las cantidades de material sobrante
de excavación que se reutilice para las actividades del proyecto, para lo cual se deberá presentar
balances de masas detallados que indique los volúmenes de material generado en comparación con
los volúmenes de material reutilizado y llevado a las zonas de disposición autorizadas.
EVALUACIÓN DE IMPACTOS
Sobre este punto el Concepto Técnico N° 299 del 2 de febrero de 2016, determina lo siguiente:
En cuanto a la evaluación de impactos, de acuerdo con lo descrito en el capítulo 5 por la Concesión La Pintada
S.A.S., en el escenario sin proyecto se identificaron y calificaron los impactos ambientales en el área de
influencia del proyecto; según lo descrito en el capítulo 1, se utilizó una matriz causa — efecto y la cuantificación
de los impactos partió de los siguientes atributos: magnitud, y los atributos de importancia (extensión, tipo de
efecto, plazo de la manifestación, persistencia, reversibilidad, recuperabilidad, sinergismo, acumulación y
periodicidad), los cuales se valoraron entre O y 9 ("donde O es el valor de menor importancia y magnitud, 4 un
valor intermedio y 9 el valor más alto') y se procesaron con la siguiente ecuación:
Resolución No.
0115
05 FEB
2011
Hoja No. 80
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
`Pe=
(I X M)
X100
F
En donde:
Pe: Porcentaje de afectación
F: 10 X F1 X I
I: Sumatoria de importancias
F1: Número de elementos considerados
M: Magnitud de la actividad sobre el medio"
Según esto la empresa presentó los siguientes rangos y niveles de intervención:
Tabla 43 Rangos de los niveles de intervención definidos por la Concesión La Pintada S.A.S. para la evaluación
ambiental en el escenario sin provecto
Nivel
% de efecto
Bajo
< 5%
Moderado
5% - 15%
Alto
15% - 25%
Severo
25% - 30%
Muy severo
> 30%
Fuente: tomado del Capítulo 1 del radicado de información adicional 2015064876-1-000 del 3 de diciembre de 2015
En cuanto al escenario con proyecto, se utilizó la metodología de Conesa — Fernández — Vítora (2010), la
cual valora los siguientes atributos: Signo (+/-), Intensidad (IN), Extensión (EX), Momento (MO), Persistencia
(PE), Reversibilidad (RV), Recuperabilidad (MC), Sinergia (SI), Acumulación (AC), Efecto (EF) y Periodicidad
(PR). Estos atributos se calificaron según la escala de valores presentada por la empresa en la Tabla 1-19, y
de acuerdo a los valores de cada atributo, se calculó la importancia de los impactos con la siguiente fórmula:
"1= ± 131N+2EX+MO+PE+RV+SI+AC+EF+PR+Mq"
La importancia de los impactos se calificó con la siguiente escala:
Tabla 44 Rangos de importancia de los impactos ambientales en el escenario con proyecto
Importancia (I)
Rango
Irrelevante
I < 25
Moderado
25 < I <50
Severo
51 < I < 75
Crítico
75 < I
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en el Capítulo 1 del radicado de información adicional 2015064876-1-000 del 3
de diciembre de 2015
Los resultados de los impactos ambientales para el escenario con proyecto se presentan en una ficha las
condiciones actuales del medio, su tendencia sin proyecto y la evaluación de los impactos ambientales
asociados al desarrollo de las diferentes actividades del proyecto.
Según lo anterior, esta Autoridad considera que la evaluación de impactos no se desarrolló de manera integral,
puesto que ha debido utilizarse una única metodología que permitiera comparar los escenarios sin proyecto y
con proyecto, con los mismos atributos de calificación y la misma ecuación para definir la importancia de cada
impacto. Además, para la metodología utilizada en el escenario sin proyecto no se menciona soporte técnico o
documentación referente al tema de evaluación ambiental que justifique los atributos, sus rangos de calificación
y los porcentajes de afectación asignados por la empresa.
8.1 CONSIDERACIONES SOBRE LA IDENTIFICACIÓN Y VALORACIÓN DE IMPACTOS
A continuación se presentan las consideraciones para cada los medios abiótico, biótico y socioeconómico para
los escenarios sin proyecto y con proyecto.
8.1.1
Situación sin proyecto
8.1.1.1 Medio abiótico
En este escenario el estudio presenta un análisis de la situación actual sin proyecto, en el que se identifican las
actividades y los impactos ambientales que se presentan actualmente en el área de influencia del proyecto, los
0115
Resolución No.
de
0 5 FEB 201
Hoja No. 81
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
cuales están directamente relacionados con las actividades que se desarrollan en la zona como la ganadería
extensiva, la oferta de bienes y servicios; sin embargo la evaluación realizada para el escenario sin proyecto es
muy general y no presenta un análisis a partir de la afectación que se presenta en la zona sobre los recursos
naturales de acuerdo con las actividades relacionadas, para el caso de los recursos hídrico y suelo no se
presenta un análisis del estado actual, es importante tener en cuenta que en la visita de evaluación se evidenció
la presencia de suelos deteriorados debido a las actividades que se realizan en especial la ganadería extensiva
lo cual ha provocado la inestabilidad de algunos taludes y cambios en la percepción del paisaje de la zona.
De igual manera con respecto al recurso hídrico se debe tener en cuenta que el proyecto prevé la construcción
de puentes sobre el río Cauca y la quebrada Marvalle, por lo cual es importante hacer una evaluación del estado
antes de realizar las obras del proyecto lo cual no fue desarrollado en el EIA a pesar de haber sido requerida
en la información adicional sin que se presente información relacionada con los criterios establecidos en el
numeral 5.1.1 de los términos de referencia VI-TER-01-1 establecidos para el proyecto tales como "cualificar y
cuantificar el estado actual de los sistemas naturales y estimar su tendencia considerando la perspectiva del
desarrollo regional y local, la dinámica económica, los planes gubernamentales, la preservación y manejo de
los recursos naturales y las consecuencias que para los ecosistemas de la zona tienen las actividades
antrópicas y naturales propias de la región".
Con respecto al río Cauca se indica que de acuerdo a los análisis de calidad de agua se presentan índices de
calidad de agua calificados como malos, debido a las descargas de aguas residuales domésticas e industriales,
actividades de agricultura y ganadería realizadas, para las cuales se utilizan diferentes productos químicos
(fertilizantes) y se indica que la tendencia del do es mantener este índice como malo, con respecto a la quebrada
Marvalle se indica que el índice de calidad del agua presenta un término medio y la tendencia de igual manera
es estable en el mencionado rango.
Con respecto al ruido ambiental se indica que los niveles de ruido determinados en Corregimiento de Peñalisa,
cumplen con los valores establecidos en la Resolución 627 de 2006 para la clasificación de usos del suelo de
la zona, Sector C, Ruido Intermedio Restringido, zonas con otros usos como vías principales, lo cual se
considera de acuerdo con lo evidenciado en la visita de evaluación, puesto que en la zona el ruido es producido
principalmente por los vehículos que transitan por las vías existente y las actividades de centro poblado, sin
que observaran fuentes contaminantes a parte de estas.
Con respecto a la calidad del paisaje el estudio indica que el área de estudio (Área de influencia puntual-zonas
de obras) relaciona una calidad visual baja y muy baja, con una representatividad total en el territorio del
45,03%, lo cual corresponde a un terreno donde los rasgos del territorio no presenta características en forma y
textura denominados como excepcionales, en visita de evaluación se evidenció que en la zona ha sufrido una
transformación por las actividades que se desarrollan presentándose zona en gran parte del territorio asociadas
a pastos limpios y en segunda instancia zonas con coberturas boscosas.
8.1.1.2 Medio biótico
La empresa presentó una tabla con la "evaluación ambiental para el escenario sin proyecto" que no guarda
ninguna relación con la caracterización ambiental anteriormente discutida, y que adicionalmente no muestra
ningún análisis particular para el medio biótico, que permita comprender cuál es el significado de sus resultados.
Actividad antrópica
Criterios
Característica
s del paisaje
Alteración
Cobertura
vegetal
Tabla 45 Evaluación ambiental del medio biótico en el escenario sin proyecto, presentada en el
estudio ambiental.
Medio Biótico
TOTAL ACTIVIDADES
Importancia
6
6
8
6
Oferta de bienes y
servicios
Magnitud
0
0
4
4
Paisaje
Ecosistemas
Flora Fauna
,
Acuaticos
73
: r5
•as
Resolución No.
0115
de
Hoja No. 82
0 5 FEB 201
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
í
Actividad antrópica
Criterios
Alteración
Ecosistemas
Flora Fauna
Acuáticos
Característica
s del paisaje
Paisaje
Cobertura
vegetal
Medio Biótico
Agricultura comercial
Magnitud
2
5
7
4
Comercio
Magnitud
2
3
0
0
Ganadería extensiva
Magnitud
7
7
9
9
-1,71
zi
...
=
Fuente: tomado de la "Tabla 5-1 Matriz causa e ecto. Escenario sin proyecto"del radicado de información adicional 2015064876-1000 del 3 de diciembre de 2015
En consecuencia esta Autoridad no realiza consideraciones frente a estos resultados, puesto que en la
caracterización ambiental se expusieron ampliamente y de manera detallada los aspectos más relevantes del
área de estudio desde el punto de vista biótico en la condición actual, o "sin proyecto", con base en los cuales
se realizan las consideraciones para el escenario con proyecto.
8.1.1.3 Medio socioeconómico
En la evaluación de impactos se describen las características y condiciones generales en el área de influencia
sin los cambios positivos o negativos que ocasionará el proyecto, identificando los siguientes impactos:
Generación de expectativas, molestias causadas a la comunidad, afectación a predios y/o cultivos, generación
temporal de empleo, limitación en el uso del suelo, dinamización de la economía regional, cambio en la
demanda de bienes y servicios, afectación al patrimonio arqueológico.
En este aspecto es importante tener en cuenta que el objetivo del proyecto es la construcción de una vía nueva,
que para este caso requerirá la intervención de áreas y/o predios dedicados en la actualidad a la ganadería, las
cuales implican una serie de actividades como pastoreo, ampliación de la frontera agrícola que pueden producir
impactos ambientales, algunos de los cuales pueden ser negativos como la degradación de la vegetación y
erosión de los suelos.
8.1.2
Situación con proyecto
8.1.2.1 Medio abiótico
Para el medio el estudio presenta la identificación de los impactos ambientales producidos por las diferentes
actividades del proyecto, con esto se realiza la matriz de iteraciones impacto/actividad, posteriormente se
realiza la evaluación de cada uno de los impactos por las diferentes actividades con las cuales se
interrelacionan, a continuación se presentan a partir de la evaluación realizada por la concesión la Pintada y lo
observado en campo por el equipo técnico las consideraciones de los impactos más significativos que se
generan para el medio.
8.1.2.1.1 Cambio en las propiedades físicas y químicas de suelo
Este impacto es generado por la actividades de adecuación y mantenimiento de vías industriales, Montaje y
operación de instalaciones temporales, desmonte y descapote, excavaciones superficiales, adecuación,
operación y mantenimiento de zonas de depósito, conformación de la estructura de la vía y por la construcción
de puente sobre el río Cauca, de manera general el impacto se da por la exposición de las capas de suelo
producto de las actividades lo cual genera efectos erosivos, perdida de la estructura y lavado de nutrientes, es
importante resaltar que en el 80% de la longitud del proyecto se requiere realizar actividades asociadas a cortes,
rellenos y conformación de las calzadas lo cual supone que el impacto generado puede ser significativo teniendo
en cuenta que este puede persistir en el tiempo, así las cosas teniendo en cuenta que en el estudio se califica
el impacto como moderado se considera que el impacto se encuentra subvalorado, no obstante es claro para
la ANLA que se puede realizar un manejo adecuado de este impacto a través de obras de ingeniería y medidas
de manejo adecuadas.
Resolución No.
0115
de
o 5 FEB 21316
Hoja No. 83
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
8.1.2.1.2 Cambio en la estabilidad del suelo:
De acuerdo con el EIA este impacto es generado a raíz de las actividades de adecuación y mantenimiento de
vías industriales, excavaciones superficiales, adecuación, operación y mantenimiento de zonas de depósito, y
conformación de la estructura de la vía. Al igual que para el caso del impacto Cambio en las propiedades físicas
y químicas de suelo, el impacto se produce en más del 80% de la longitud del proyecto debido a las cantidades
de los movimientos de materiales de corte y relleno que se requieren para materializar el proyecto, de igual
manera se considera que la valoración del impacto fue subvalorada, el EIA indica que el impacto es irrelevante
con una calificación de -23, puesto que este puede considerarse como un impacto moderado o incluso
significativo debido a que puede llegar a causar fenómenos importantes de inestabilidad en la zona debido a
las actividades propuestas, el cual puede ser manejado a través de obras de ingeniería y medidas de manejo
adecuadas, tal es caso de los muros de contención propuestos por la Concesión La Pintada.
8.1.2.1.3 Afectación de la calidad fisicoquímica y microbiológica del agua superficial
Las actividades de adecuación y mantenimiento de vías industriales, montaje y operación de instalaciones
temporales, desmonte y descapote, excavaciones superficiales, construcción de puentes y obras de drenaje,
adecuación, operación y mantenimiento de zonas de depósito, reparación de la estructura del pavimento,
transporte y manejo de escombros y materiales son las que pueden generar dicho impacto, el impacto es
calificado como moderado, al respecto que considera que la calificación es adecuada puesto que la
contaminación causada por las actividades del proyecto es principalmente por contaminación con sedimentos
lo cual a través de medidas de manejo puede ser controlado adecuadamente.
8.1.2.1.4 Aumento de la contaminación por ruido
Básicamente la mayor parte de las actividades en la etapa constructiva y la misma operación de la vía causan
que en la zona del proyecto se incremente los niveles de ruido que en la actualidad se limitan a las actividades
de la zona y el medio ambiente y en algunos sectores cercanos al corredor vial existente el ruido generado por
la operación de la vía, el impacto generado es calificado como moderado lo cual considera esta Autoridad puede
corresponder con el impacto a generar por el proyecto.
8.1.2.1.5 Alteración del Paisaje
Es un impacto muy importante que se generará con el proyecto puesto que la construcción de la vía puede
cambiar en gran medida la percepción del paisaje, lo cual genera de una parte la transformación del paisaje y
de otro lado la introducción de nuevos elementos en el paisaje, es de resaltar que gran parte de este impacto
se mantiene en el tiempo, el impacto es calificado como moderado en el estudio, se considera que el impacto
puede ser significativo debido a que en la zona si bien se presentan zona asociadas a pastos limpios para el
desarrollo de la ganadería, sí existen zona de bosque, zonas asociadas a cuerpos de agua con vegetación
secundaria entre otras que son intervenidas de manera permanente y que si bien se pueden implementar
medidas de manejo no son recuperables las condiciones actuales, puesto que en su lugar se construirá el
corredor vial.
De manera general presenta la evaluación ambiental para el medio abiótico la cual es desarrollada de manera
que incluye variables importantes del medio, sin embargo se considera que la evaluación debió ser desarrollada
teniendo en cuenta las condiciones y escenarios más desfavorables, de tal manera que se calificara el impacto
en mencionadas condiciones, lo cual no fue desarrollado en la evaluación ambiental presentada. De otra parte
se considera por parte de la Autoridad que para el medio la totalidad de los impactos generados pueden ser
manejados, mitigados y compensados de manera adecuada lo cual favorece la viabilidad ambiental del
proyecto.
8.1.2.2 Medio biótico
La Concesión La Pintada S.A.S. presentó los siguientes resultados para la evaluación ambiental en el escenario
con proyecto:
Ficha
5.5.7
5.5.8
5.5.9
m. ctos ambientales en el escenario con proyecto para el medio biótico
Consideraciones ANLA
Importancia
Impacto
Severo
Moderado (-43)
Afectación de la cobertura vegetal
Moderado
Moderado (-34)
Afectación de especies de alto valor flora
Severo
Moderado (-37)
Afectación de hábitats de fauna terrestre
Resolución No.
0115
de
0 5 FEB 201
Hoja No. 84
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Ficha
5.5.10
5.5.11
Impacto
Afectación de ecosistemas acuáticos
Afectación de comunidades faunísticas
Importancia
Consideraciones ANLA
Irrelevante (-22)
Moderado (-31)
Irrelevante
Moderado
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en la "Tabla 5 6 Matriz de impactos ambientales bióticos" y el numeral "5.5
Evaluación de impactos" del radicado de información adicional 2015064876-1-000 del 3 de diciembre de 2015
Frente a estos resultados, se observa que la empresa no identificó ningún tipo de impacto sobre la Reserva de
Recursos Naturales de la Zona Ribereña del río Cauca o sobre las áreas de bosque seco que se encuentran
en el All, AID y en el área de intervención del proyecto. No obstante, dichas áreas no han sido incorporadas al
SINAP y se considera que los impactos identificados por la empresa en general son los que se producirán al
interior de la reserva y las áreas de bosque seco, de conformidad con las consideraciones expuestas
previamente por esta Autoridad en cuanto a la caracterización ambiental y la zonificación ambiental del medio
biótico. Únicamente faltó valorar la afectación de especies sensibles de fauna.
En este orden de ideas, a continuación se presentan las consideraciones sobre los cinco impactos identificados
y calificados por la empresa, teniendo en cuenta lo expuesto previamente para la caracterización ambiental, la
zonificación ambiental y el aprovechamiento forestal.
8.1.2.2.1 Afectación de la cobertura vegetal
Esta Autoridad considera que la valoración moderada (-43) de este impacto es inadecuada, teniendo en cuenta
que actualmente los ecosistemas terrestres que ofrecen algún tipo de cobertura vegetal, como son el bosque
de galería y/o ripario, el bosque fragmentado y la vegetación secundaria alta, representan únicamente el 8,31
% (2,26 ha) del área de intervención (ver Tabla 16), y la empresa solicita un aprovechamiento de 41 individuos,
37 individuos y 79 individuos, respectivamente (ver Tabla 38). Adicionalmente, se requerirá remover
completamente la regeneración natural de estas coberturas.
En este contexto, se evidencia que realmente este impacto que producirá el proyecto sobre las coberturas de
la tierra con estructura vertical es significativo, y que la desaparición de las mismas se verá reflejada en la
disminución de la representatividad de estas en el All y en el AID del proyecto. Vale la pena resaltar que las
áreas de estas coberturas naturales coinciden con los polígonos de bosque seco delimitados por
CORANTIOQUIA, como se muestra en la Figura 22 Superposición de la capa "Suelo Protección de la GDB con
coberturas de la tierra en las áreas de influencia del proyecto, de manera que su desaparición determina una
mayor sensibilidad para este impacto de cara a la ejecución del proyecto."
Por estas razones, esta Autoridad considera que el impacto es en realidad severo, y por tanto en los numerales
10.1, 10.2 y 10.3 se hacen consideraciones específicas frente al Plan de Manejo Ambiental, el Plan de
Seguimiento y Monitoreo, y la Compensación por pérdida de biodiversidad propuestos por la empresa, con el
fin de garantizar que las medidas de estos programas sean las necesarias y aborden completamente la
sensibilidad de la vegetación localizada en el área de intervención.
8.1.2.2.2 Afectación de especies de alto valor flora
Esta Autoridad considera que la empresa valoró adecuadamente este impacto, toda vez que de las 73 especies
para las cuales se solicitan individuos en aprovechamiento, únicamente 2 presentan algún tipo de sensibilidad
(Astronium graveolens con restricción dada por CORANTIOQUIA a través de la Resolución 10194 de 2008 y
Cedrela odorata, en peligro (EN) de acuerdo a la Resolución 192 de 2014 del MADS), y de los 961 individuos
requeridos para aprovechar, únicamente 87 corresponden a estas especies sensibles (ver numeral 7.5.2
Consideraciones de la ANLA, Aprovechamiento forestal).
Adicionalmente a lo anterior, este impacto también se presentará en la vegetación en proceso de regeneración
natural, teniendo en cuenta que en las parcelas de latizales y/o brinzales se hallaron individuos de A. graveolens
y C. odorata.
En los numerales 10.1, 10.2 y 10.3 del presente acto administrativo, se tiene en cuenta esta información con el
fin de corroborar que las propuestas de los Planes y programas garanticen el adecuado manejo y la prevención,
corrección, mitigación y/o compensación de este impacto.
8.1.2.2.3 Afectación de hábitats de fauna terrestre
La empresa calificó este impacto como moderado (-37), pero esta Autoridad considera que al estar directamente
relacionado con la afectación de la cobertura vegetal es severo, debido a que la desaparición de las coberturas
Resolución No.
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0 5 FEB 2016-
Hoja No. 85
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
naturales de bosque y vegetación secundaria, que ya son bastante escasas en el área de estudio, implicará
disminución en los sitios que actualmente utilizan las diferentes comunidades de fauna terrestre para desarrollar
sus funciones biológicas.
8.1.2.2.4 Afectación de ecosistemas acuáticos
La Concesión La Pintada S.A.S. determinó como irrelevante (-22) este impacto debido a que el proyecto no
contempla la intervención de cuerpos de agua, pero se indica que se valora "(...) en el caso de presentarse una
contingencia que modifique la calidad ambiental del recurso."
Esta valoración se considera adecuada, teniendo en cuenta que en los cuerpos de agua muestreados no se
reportaron especies al interior de las comunidades acuáticas con algún tipo de sensibilidad, que en caso de
alguna contingencia puedan verse afectadas.
En conclusión, aunque el impacto es irrelevante, esta Autoridad tiene en cuenta los sitios de muestreo de calidad
del agua y comunidades hidrobiológicas como referencia frente a las consideraciones de los planes y programas
del numeral 10 del concepto.
8.1.2.2.5 Afectación de comunidades faunísticas
La empresa definió este impacto como moderado (-31), argumentando que la mayoría de las especies halladas
en los muestreos son de tipo generalista, lo cual se considera adecuado según las consideraciones presentadas
por esta Autoridad en cuanto a la caracterización de fauna en el AID del proyecto.
No obstante lo anterior, la Concesión La Pintada S.A.S. incluyó en este impacto las especies sensibles, lo cual
se considera inapropiado porque estas especies ameritan un tratamiento especial, precisamente debido a que
su sensibilidad las hace más vulnerables en comparación con otras especies que no han sido catalogadas bajo
alguna categoría de amenaza, endemismo, migración, o apéndice CITES; en consecuencia esta Autoridad tiene
en cuenta estas especies sensibles en las consideraciones de los planes y programas que se presentan en el
numeral 10 del concepto técnico.
8.1.2.3 Medio socioeconómico
En lo relacionado con el medio socioeconómico, la valoración de impactos ambientales estimados para la
presente propuesta de licencia ambiental es adecuada, y el valor otorgado a los mismos se califica como:
Generación de expectativas — Alto, molestias causadas a la comunidad - Alto, afectación a predios y/o cultivos
- Alto, generación temporal de empleo - Bajo, limitación en el uso del suelo - Alto, dinamización de la economía
regional- Muy Alto, cambio en la demanda de bienes y servicios — Muy alto, afectación al patrimonio
arqueológico - Media.
En lo que tiene que ver con la limitación en el uso del suelo es importante considerar que debido a la
determinación de las fajas mínimas de retiro obligatorio o área de exclusión con las que deben contar las vías
de primer orden denominadas como vías nacionales, se restringirán las zonas dedicadas a actividades
agropecuarias y por ende el uso actual de las mismas. Situación que es identificada por la concesionaria en el
documento EIA. Sin embargo, no se identifica la afectación sobre la actividad ganadera (doble propósito), ya
que el trazado propuesto provocaría la reducción de potreros como consecuencia de la partición de los mismos,
limitando el desarrollo de actividades propias de la ganadería. De esta manera las obras a realizar podrán
generar un impacto significativo sobre esta actividad.
En cuanto a la afectación a la movilidad peatonal y vehicular es importante que la empresa tenga en cuenta el
ingreso a los predios, viviendas entre otros, que se van a ver afectados por la construcción de la vía, no solo
durante la etapa de construcción sino también durante la etapa de operación. En este sentido, es necesario se
identifiquen y cuantifiquen el número de accesos interferidos con el objetivo de garantizar el restablecimiento
de los mismos.
Por otro lado en cuanto a la adquisición predial para la construcción del Proyecto se menciona la intervención
de un total de 5 predios pertenecientes a la jurisdicción del municipio de Venecia en zona Rural, no obstante
durante la visita de evaluación realizada por esta Autoridad se identifica que se provocará la intervención de un
predio perteneciente al señor Nicolás Alberto Agudelo Franco y Martha Lucía Zalamea denominado Higueronal
CP-UF-03-002, ubicado en el municipio de Tarso, el cual se muestra en la siguiente figura.
Resolución No.
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"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Predio Iligueronal
CP-UF-02-003
Fuente: elaborada por el grupo evaluador de acuerdo al Estudio de Impacto Ambiental presentado mediante el radicado 20150501881-000 del 22 de septiembre de 2015 y Google Earth.
Con relación a lo anterior durante la reunión de presentación del proyecto realizada en el marco de la visita de
evaluación, las funcionarios aclararon que la adquisición del predio se realizaría por parte de la concesionaria
dentro del marco de la adquisición predial relacionado con el proyecto CONSTRUCCIÓN UNIDAD FUNCIONAL
3 - AUTOPISTA CONEXIÓN PACÍFICO 2 - "Túnel Mulatos", ya que este predio será intervenido con la
construcción de las dos unidades funcionales.
En lo relacionado con el desplazamiento de población la Empresa no reporta el traslado de unidades sociales
y/o productivas. Sin embargo, en el caso en que se llegue a presentar dicha situación, es necesario que la
Concesionaria establezca los procedimientos de conformidad con lo dispuesto en la normatividad y lineamientos
vigente en cuanto al tema (Resolución 077 de 2012 de la ANI, Resolución 1776 de 2015 del Ministerio de
Transporte) de tal forma que no se afecte la calidad de vida de población.
8.2 CONSIDERACIONES SOBRE LA EVALUACIÓN ECONÓMICA DE IMPACTOS
Una vez revisada la información presentada por Concesión La Pintada S.A.S con relación ala evaluación
económica de impactos del proyecto Construcción Unidad Funcional 4 — Autopista Conexión Pacifico 2 según
radicado No. 2015050188-1-000 del 22-09-2015, y radicado 2015064876-1-000 del 03-12-2015 en la cual dan
respuesta a la información adicional solicitada mediante acta N° 043 de 2015, se especifican en el concepto
técnico N° 299 del 2 de febrero de 2016 las siguientes consideraciones:
8.2.1
Sobre la selección de impactos relevantes y los criterios de escogencia por parte del solicitante
La empresa en el capítulo 5 numeral 5.8 en el documento de respuesta de información adicional, realiza la
identificación de impactos relevantes indicando que el criterio de selección se basó en calificación de impactos
con proyecto, seleccionando aquellos con una mayor importancia ambiental, de los cuales se identificaron, tres
impactos positivos; Afectación del patrimonio arqueológico (+62), Dinamización de la economía regional (+57),
Generación temporal del empleo (+27); catorce impactos negativos de clasificación moderado; Afectación del
patrimonio arqueológico (-48), Cambio en la demanda de bienes y servicios (-48), Generación de expectativas
(-46), Molestias causadas a la comunidad (-44), Alteración del paisaje (-43), Afectación de la cobertura vegetal
(-43), Limitación en el uso del suelo (-42), Afectación a predios y/o cultivos (-40), Cambio en las propiedades
físicas y químicas de los suelos (-38), Afectación de hábitats de fauna silvestre (-37), Afectación de especies
de alto valor flora (-34), Afectación de comunidades faunísticas (-31), Aumento de la contaminación por ruido
(-30), Alteración de la calidad del aire (-27).
Con base en lo anterior, esta Autoridad considera que la empresa realiza un análisis de los criterios de selección
de los impactos relevantes y pertinentes, de acuerdo con la calificación establecida en la evaluación ambiental.
8.2.2
Consideraciones sobre la Cuantificación Biofísica de impactos internalizables
La cuantificación biofísica corresponde a la medición del delta o cambio ambiental que causa el impacto sobre
el factor o servicio ambiental. Para realizar este análisis es necesario considerar un indicador que dé la
oportunidad de comparar, medir o identificar el porcentaje de cambio sobre el servicio ecosistémico analizado,
con base en lo anterior, las consideraciones de esta Autoridad frente a la cuantificación biofísica se harán
conjuntamente con las de las valoraciones desarrolladas, resaltando sin embargo que en coherencia con la
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Hoja No. 87
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Metodología General para Presentación de Estudios Ambientales (MAVDT, 2010) esta etapa debe surtirse para
la totalidad de impactos seleccionados como relevantes.
8.2.3
Consideraciones sobre la internalización de impactos relevantes
Dentro del EIA ajustado la empresa identifica ocho impactos internalizables, ya que las medidas de manejo
propuestas permiten prevenir, mitigar, corregir y/o controlar los efectos que pueden generar en el ecosistema.
Cambio en las propiedades físicas y químicas del suelo
La empresa indica que este impacto a pesar de su calificación como moderado, es internalizable gracias a las
medidas de manejo utilizadas para mitigar sus respectivas afectaciones, en ese sentido presentan la tabla 5-14
donde presenta cuatro medidas del PMA identificando los indicadores para cada plan, los costos de transacción,
los costos operativos y los costos de personal, sin embargo la empresa en cuanto a los costos operacionales
realiza la siguiente la claridad "Los costos operacionales de las medidas de manejo y disposición de materiales
sobrantes de excavación, manejo de tales y manejo de materiales y equipo de construcción no se consideran
en el análisis de internalización debido a que están contemplados en el contrato de obras civiles".(sic), según
lo anterior esta Autoridad , considera pertinente la exclusión de estos costos para evitar doble contabilidad de
los mismos, sin embargo no se evidenció el soporte de lo contratado en las obras civiles para verificar las
actividades allí incluidas, por otro lado, la empresa indica que los costos de personal son los mismos para todas
las medidas,($372.480.000), lo cual no es claro para esta Autoridad ya que dicho monto corresponde a los
asociados a la gestión ambiental y social del proyecto (capitulo 7 tabla 7-1) donde describen 10 cargos y 6
corresponden a mano de obra calificada, sin especificar quienes serán los encargados directos de realizar las
obras de dichas medidas.
Si bien es cierto, la empresa presenta el VPN y la tasa social de descuento para los costos ambientales anuales,
estos deben ser ajustados según la consideración anterior.
-
Alteración de la calidad del aire y Aumento en la contaminación por el ruido
Para el análisis de internalización de estos impactos, la empresa indica que en el PMA Manejo de fuentes y
emisión de ruido, se contemplan las acciones a desarrollar para el control de emisiones atmosféricas,
específicamente el material particulado que puede alterar la calidad del aire, y manejo de las fuentes de emisión
de ruido; se considera la internalización conjunta de estos dos impactos, debido a que las medidas
implementadas en ambos casos son las mismas.
En la tabla 5-17, la empresa muestra las medidas que permiten la internalización de estos impactos, así como
los indicadores de efectividad, sin embargo al igual que el impacto cambio en las propiedades físicas y químicas
del suelo, la empresa no tuvo en cuenta los costos operativos, y el valor del costo de personal por $372.480.000.
Indicando que: "Es importante notar que los costos de personal son comunes a ambas medidas por lo que solo
se consideran una sola vez para este impacto; además, debido a que los costos operacionales están
contemplados en las obras civiles del proyecto, no se incluyen en este análisis para evitar la doble
contabilización."
En este aspecto, para esta Autoridad no es claro el resultado ya que no se cuenta con el soporte del contrato
de obras civiles para verificar dicha afirmación. Además el análisis de internalización debe ser específico a los
requerimientos para la prevención o corrección de cada uno de los impactos y no consignar cada vez valores
globales que llevan a sobreestimar los costos.
-
Afectación de especies de alto valor flora
La internalización de este impacto se realiza por medio de cuatro, programas de manejo ambiental; programa
de manejo para el aprovechamiento forestal, programa de manejo para la conservación de especies vegetales,
las cuales son afectadas en las actividades de desmonte y descapote durante la etapa de construcción,
programa de manejo para la conservación de especies vegetales en veda y programa de compensación por
pérdida de biodiversidad. En la tabla 5-25, la empresa muestra de forma clara las medidas de manejo a utilizar
antes mencionadas, los indicadores de efectividad para cada uno de los programas y los costos de ambientales
totales, en este caso la empresa desarrolla con precisión el análisis de internalización teniendo en cuenta los
pasos para cumplir con la rigurosidad del mismo.
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"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Sin embargo, se llama la atención para este y los demás casos donde aplique que cualquier programa de
compensación, por definición, no puede ser usado como sustento para aducir la internalización de un impacto,
dado que este tipo de medidas se diseñan una vez se han agotado las opciones de la jerarquía de la mitigación
(prevención, mitigación, corrección) y el efecto no se puede evitar. Por tanto la empresa debe reconsiderar el
carácter internalizable del impacto o la correspondencia de tal programa para su manejo y hacer los ajustes
requeridos.
-
Afectación de hábitats de fauna terrestre
En la tabla 5-28, la empresa muestra las medidas de manejo, así como los costos en los que se incurre y los
indicadores de seguimiento para mitigar la afectación del hábitat de la fauna terrestre.
En este orden de ideas, la empresa muestra de forma clara la información necesaria para que el análisis de
internalización sea válido, sin embargo verificada la información de dicha tabla, se evidencia que para la medida
Programa de manejo del aprovechamiento forestal, los costos operativos no corresponden con los de la ficha
(capitulo 7 numeral 7.4.1). No obstante es necesario, por la asociación de este impacto con las actividades de
aprovechamiento forestal (objeto de compensación) que la empresa realice seguimiento a la materialización de
efectos externos residuales y tenga en cuenta las consideraciones realizadas al componente biótico del PMA
en el presente acto administrativo, con el fin de verificar si esta medida cumple para que este impacto sea
internalizado.
-
Molestias causadas a la comunidad
Las molestias que las actividades del proyecto causan a la comunidad afectan el servicio ecosistémico cultural,
debido a que influye en la convivencia ciudadana y la interacción de la comunidad con el proyecto. En la tabla
5-36, la empresa muestra de forma clara y detallada el análisis de internalización, sin embargo para los
programa de información y participación comunitaria y el programa de educación ambiental para los
trabajadores vinculados al proyecto y a la comunidad, la empresa registra en los costos operativos y costos por
personal el valor tanto anual como el total de meses de construcción (60), lo cual sobreestima los costos de
internalización para este impacto.
-
Afectación a predios y/o cultivos
Para la construcción de la vía es necesaria la adquisición de algunos predios y por tanto, las unidades sociales
productivas que desarrollen actividades agropecuarias, comerciales o de servicios en dichos predios, verán
modificada total o parcialmente dicha actividad.
En la tabla 5-39 la empresa presenta un resumen de las medidas utilizadas para el análisis de internalización
al igual que los indicadores y costos ambientales; sin embargo la empresa indica que debido a que no se conoce
cuál es el número de predios que resultarán afectados, no se considera los costos del programa de manejo de
indemnización y pago a daños causados a terceros. En este orden de ideas, esta Autoridad no considera
pertinente la inclusión de este impacto en el análisis de intemalización, teniendo en cuenta que la empresa no
presenta soportes ni la cuantificación biofísica del impacto, por tal razón no puede garantizar que a través de
las medidas antes señaladas, se cubran todos los factores de la función de pérdida de productividad como son,
costos de oportunidad de la tierra, productividad y pérdida de empleos, siendo así este impacto debería ser
considerado como externalidad y valorarlo económicamente.
Limitación en el uso del suelo
Al igual que el análisis de internalización de los impactos molestias causadas a la comunidad y afectación de
predios y/o cultivos, la empresa en el programa de manejo de información y participación comunitaria
sobreestima los costos por operación y costos por personal, lo cual esta Autoridad considera debe ser ajustado
de forma anual ya que al mostrar los resultados de la internalización de forma anual este no sería el costo real.
En conclusión, esta Autoridad considera que si bien es cierto que la empresa tuvo en cuenta la metodología
para el análisis de internalización presentada en el capítulo 1 numeral 1.5.4, es necesario realizar los ajustes
antes señalados y realizar seguimiento a los indicadores durante la ejecución del proyecto. Todo así que el
análisis dé internalización de los impactos Cambio en las propiedades físicas y químicas del suelo, Alteración
de la calidad del aire y aumento de la contaminación por el ruido, molestias causadas a la comunidad y
Limitación del uso del suelo, debe ser revisado y ajustado específicamente, incluyendo también las obligaciones
impuestas por esta Autoridad en cuanto al PMA; el impacto afectación a predios y/o cultivos debe ser valorado
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Hoja No. 89
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
(
económicamente. Por último el análisis de internalización de los impactos Afectación de especies de alto valor
flora y Afectación de hábitats de fauna terrestre debe reevaluarse con base en la aplicación de medidas de
compensación para su manejo.
En los casos donde los impactos mantengan su jerarquización como internalizables, la empresa deberá hacer
seguimiento a los indicadores para evidenciar que se cumpla el nivel de internalización propuesto, de llegar a
existir efecto residual, este debe ser valorado en un escenario expost.
8.2.4
Consideraciones sobre la valoración económica de costos y beneficios ambientales
Antes de entrar a evaluar los costos y beneficios ambientales, es necesario mencionar que la empresa presenta
cinco impactos, los cuales son considerados como inconmensurables, es decir, a pesar de que no son
internalizables por medio del Plan de Manejo del proyecto, no es posible estimar la valoración económica por
métodos indirectos.
Tabla 47. Impactos Inconmensurables
.
.
. .,
ahríció pu) edOsisténno,
o.de
¡tinaco ambiental
eCosistémic0.,,
;.7,i1:54'
Goce estético
Cultural
Alteración del paisaje
Mantenimiento de la diversidad genética
Hábitat
Afectación a comunidades faunísticas
Convivencia
ciudadana e interacción con proyectos
Cultural
Cambio en la demanda de bienes y servicios
Goce estético
Cultural
Afectación del patrimonio arqueológico
Inspiración para la cultura, arte y diseño
Convivencia ciudadana e interacción con proyectos
Cultural
Dinamización de la economía regional
Fuente: tomado de la "Tabla 5-54 Resultados de la valoración económica de impactos" del radicado de información adicional
2015064876-1-000 del 3 de diciembre de 2015
Después de explicar cada impacto y justificar la no valoración económica, la empresa propone entonces una
valoración ex-post aplicando métodos directos, lo cual esta Autoridad considera procedente.
Valoración de Costos
Para la valoración del impacto Afectación de las coberturas vegetales, la empresa utilizó la metodología costos
de reemplazo, en este sentido la empresa afirma que lo hace "partiendo de los costos y el tiempo que se tardaría
restablecer cada una de las coberturas vegetales encontradas en el área de influencia directa de la Unidad
Funcional -4: Doble Calzada Túnel Mulatos — Bolombolo." (sic)
Y continúa indicando que: "Los valores por hectárea de las coberturas vegetales fueron definidos teniendo en
cuenta las especificidades del contexto donde se ubica el proyecto, caracterizado principalmente por el
potencial turístico, elevándose el precio de los suelos en la zona. Como se observó en los recorridos de campo,
el proyecto pasa principalmente por parcelaciones de fincas de recreo, lo que genera un mayor
aprovechamiento del suelo para este uso; dejando pocas áreas para la conservación de coberturas boscosas".
Posterior a esos argumentos la empresa adjunta la tabla 5-21, donde referencia una serie de coberturas
vegetales, una relación de tiempos de consolidación y unos costos por hectárea. Partiendo de esta información,
la empresa presenta en la tabla 5-22 la cuantificación económica de las coberturas asociadas a la afectación
de la cobertura vegetal del proyecto, el cual asciende a $376.650.000.
Así mismo, la empresa argumenta que "Dada la naturaleza de los costos ambientales, para este proyecto se
asume que en el primer año los costos serán el 70% del total, en el segundo año los costos representarán el
20% del total y a partir del tercer año se tiene un valor constante del 10% sobre el total, correspondiente a los
costos de mantenimiento durante diez años, período inferior al horizonte de cálculo y al tiempo de consolidación
de algunas de las coberturas vegetales presentes en la Unidad Funcional 4". Y continua indicando: "Esto debido
a que la estrategia de restauración elegida, que consiste en el aislamiento del área, recuperación de suelos y
propagación de especies iniciales nativas, permite el proceso de sucesión natura!'. Obteniendo, finalmente los
costos ambientales relacionados con este impacto, con lo cual concluye que el valor económico por la afectación
de la cobertura vegetal en el área de influencia de la Unidad Funcional 4: Doble Calzada Túnel Mulatos —
Bolombolo es de $ 371.708.039.
Con respecto a la cuantificación realizada, es importante destacar que la empresa no presenta ningún referente
bibliográfico para los valores ni porcentajes asignados, así como los soportes de la información, por lo que no
es clara la forma como realizan el análisis; tampoco pueden corroborarse los datos y procedimientos
matemáticos presentados.
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"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Por todo lo anterior, es necesario que la empresa revise y ajuste la cuantificación de este impacto, considerando
las observaciones realizadas. Así mismo, presente las referencias bibliográficas de todos los datos utilizados,
las memorias de los procedimientos matemáticos y los soportes suficientes para garantizar el abordaje
específico según los métodos y tiempos reales de restablecimiento de los servicios ecosistémicos involucrados.
Además que se garantice que los métodos empleados cumplen con la rigurosidad necesaria para que sea
respaldada su validez, como lo sugiere la Metodología General para la Presentación de Estudios Ambientales
del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial — MAVDT (2010).
En cuanto a la valoración económica del impacto Generación de expectativas, la empresa afirma que para la
estimación de los costos de este impacto con métodos indirectos, se retoman los análisis y estimaciones del
plan de manejo, con lo cual se espera su mitigación, e indican: "Estos valores permiten estimar el costo de
información que requiere un agente para sus posibles decisiones en el mercado de bienes y servicios (López,
1993). El Programa de Información y Participación Comunitaria, es el eje conductor de toda la Gestión Ambiental
basada en el principio de responsabilidad social empresarial y tiene como objetivo construir la sostenibilidad
integral del proyecto" a lo que agrega, "el costo del impacto de generación de expectativas es de $ 293.800.000
por año durante los cinco años de la etapa de construcción del proyecto, monto en el que se incurrirá para
costear los profesionales necesarios para llevar a cabo el programa y los costos directos para garantizar los
recursos y materiales necesarios. Para el primer año de operación del proyecto, los costos son de $ 250.200.000
y se asume que se incurrirá en un costo constante anual, aproximadamente del 15% del total del primer año
para los siguientes nueve, con el fin de desarrollar elementos comunicacionales con la sociedad en relación a
la operación y funcionamiento del proyecto, es decir, se tienen previstos unos costos anuales de $ 37.530.000
(ver Tabla 5 33). Se calcula el valor presente neto de este impacto en cada etapa, con una tasa de descuento
del 12% encontrándose que el costo para el impacto de generación de expectativas del proyecto es de
$ 1.461.020.047."
Con respecto a la valoración realizada, no es claro para esta Autoridad cuales han sido las referencias tomadas
para este cálculo, ya que al revisar la información presentada en el PMA, en el programa de información y
participación comunitaria (7.5.1) los montos relacionados no son coincidentes, como tampoco es claro cuáles
son los supuestos de los análisis realizados, datos, fuentes y procedimientos matemáticos, Por todo lo anterior,
es necesario que la empresa revise y ajuste la cuantificación de este impacto, considerando las anteriores
observaciones , allegando las memorias de los procedimientos matemáticos y las argumentaciones explicitas
de los supuestos y suposiciones realizadas.
Valoración de Beneficios
La empresa toma como beneficio el impacto Avance en la sucesión las coberturas vegetales, sin embargo este
no fue incluido dentro de la selección de impactos relevantes, continuando con la evaluación, la empresa
expresa "se supone un proceso de avance en la sucesión vegetal de las coberturas presentes en el área de
influencia directa del proyecto. Es decir, las coberturas afectadas podrán adquirir, probablemente en un período
de diez años, una mayor complejidad estructural siempre y cuando se realice un plan de conservación y
mantenimiento ambiental"
Tomando los mismos supuestos enunciados para el cálculo de los costos ambientales, para este beneficio se
retoman los valores de los tiempos y costos de gestión y se traen a Valor Presente Neto en un horizonte de
tiempo de diez años, con una Tasa de Descuento de 12%, la empresa presenta la siguiente información:
Tabla 48. Estimación del beneficio por el Avance en la sucesión de las
-4..,-,-: -7,,t.."'',;---.
.
Bosque,Tile'
alto
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. . abierto . Pasto arbolado , enmaiezaao.-,
Área (ha)
0,87
0,91
0,48
1,48
22,91
Valor por ha
$ 70.000.000
$ 60.000.000
$ 60.000.000
$ 25.000.000
$ 15.000.000
Valor Total
$ 60.900.000
$ 54.600.000
$ 28.800.000
$ 37.000.000
$ 343.650.000
Año 1
$ 42.630.000
$ 38.220.000
$ 20.160.000
$ 25.900.000
$ 240.555.000
Año 2
$ 12.180.000
$ 10.920.000
$ 5.760.000
$ 7.400.000
$ 103.095.000
Año 3
$ 6.090.000
$ 5.005.000
$ 1.440.000
$ 2.220.000
Año 4
$ 6.090.000
$ 5.005.000
$ 1.440.000
$ 2.220.000
Año 5
$ 6.090.000
$ 5.005.000
$ 1.440.000
$ 2.220.000
Año 6
$ 6.090.000
$ 5.005.000
$ 1.440.000
$ 2.220.000
Año 7
$ 6.090.000
$ 5.005.000
$ 1.440.000
$ 2.220.000
Año 8
$ 6.090.000
$ 5.005.000
$ 1.440.000
$ 2.220.000
Año 9
$ 6.090.000
$ 5.005.000
$ 1.440.000
$ 2.220.000
Año 10
$ 6.090.000
$ 5.005.000
$ 1.440.000
$ 2.220.000
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"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
0be 14
Bosque de
gatería
e abierto
Bosque
te o
I , , ,,,
Pasto arbolado,
a 0
za
VPN (Tasa de
$ 71.889.769
$ 62.651.018
$ 28.294.484
$ 37.815.817
$ 296.967.953
descuento 12%)
Valor Presente
$ 497.619.041
Neto Total
Fuente: tomado de la "Tabla 5-50 " del radicado de información adicional 2015064876-1-000 del 3 de diciembre de 2015
Después de presentada la información anterior la empresa indica: "Es importante anotar que el valor de las
hectáreas que se toma para la estimación de este beneficio, no corresponde al número de hectáreas que
efectivamente se compensarán. Se supone un avance natural de la sucesión de coberturas vegetales con una
relación de uno a uno y por tanto, en este caso el número de hectáreas afectadas es el mismo de las áreas a
compensar".
En relación a la cuantificación de este beneficio, la información presentada no es clara en el sentido que no se
puede visualizar la relación del cambio en la calidad ambiental como consecuencia de las actividades del
proyecto; es decir que no se evidencia de manera explícita el beneficio generado, además, no se presentan las
razones por las cuales identifica al mismo como impacto positivo en la valoración económica y no se encuentra
identificado en el análisis de evaluación ambiental.
Al respecto la empresa debe tener en cuenta que para catalogar como beneficio neto una actividad asociada al
manejo de un impacto negativo antes generado por el mismo proyecto, esta debería demostrar con robusto
soporte técnico, la adicionalidad ambiental esperada y evidenciar su materialización a través de la ejecución
del proyecto (seguimiento).
Por lo anterior, esta Autoridad considera que este beneficio debe ser excluido del análisis costo / beneficio.
Para la valoración económica del beneficio Generación temporal de empleo, la empresa indica que para llevar
a cabo la construcción y operación de la Unidad Funcional 4: Túnel Mulatos — Bolombolo, se requiere de la
siguiente contratación de mano de obra:
Se estima que la etapa de construcción dure 5 años y que se requiera un total de 200 personas, de los cuales
se espera que el 45% (90 personas) corresponda al personal calificado y 55% (110 personas) a mano de obra
no calificada. Con respecto al personal calificado requerido, se considera como un impacto indirecto, ya que
estos no pertenecen a la zona, sino que se desplazarán de sus lugares de origen o residencia para atender
esta demanda laboral.
Más adelante la empresa muestra en la tabla 5-52 la proyección de generación de empleo no calificado para el
proyecto, y se calcula el Valor Presente Neto, que como se ha venido justificando, considera una Tasa Social
de Descuento del 12%.
El beneficio total de la generación de empleo temporal por la construcción de la Doble Calzada: Túnel MulatosBolombolo, es de $ 6.756.792.514.
Según lo anterior, esta Autoridad considera que la empresa calcula un monto de salarios por empleos que
generará el proyecto en la etapa de construcción, contemplando la duración de la actividad y el porcentaje de
los trabajadores locales esperados; cuantificación que no pudo ser verificada con lo consignado en el capítulo
dos del EIA. Así mismo, debe tener claro que el simple monto de pago por salarios no representa un beneficio
para la población del área de influencia, pues es la contraprestación básica por su fuerza laboral. La Concesión
asume que el beneficio percibido es el total del salario o jornal, lo cual no es acertado teniendo en cuenta que
algunas de las personas a contratar ya pueden encontrarse trabajando e incurren en un costo oportunidad al
cambiar de actividad; por lo tanto, de considerarse un beneficio para estas personas sería es el diferencial
salarial entre el salario por la actividad de infraestructura y el salario que estaba obteniendo en el desarrollo de
su actividad.
8.2.5
Consideraciones sobre evaluación de indicadores económicos
De acuerdo con la valoración de beneficios y costos presentada por la Empresa, se calcularon los indicadores
económicos VPN y RBC los cuales arrojaron resultados positivos incluso bajo escenarios de sensibilización de
la tasa social de descuento, ejercicio que esta Autoridad considera válido.
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"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Sin embargo y con base en las consideraciones sobre la valoración de beneficios y costos se deberá construir
un nuevo flujo económico, posteriormente obtener los nuevos indicadores económicos ambientales del proyecto
y realizar el análisis de sensibilidad que permita determinar aquellas variables cuya modificación resulta más
significativa para los i criterios de decisión del proyecto.
ZONIFICACIÓN DE MANEJO AMBIENTAL
A continuación se describe la manera en que en el Concepto Técnico N° 299 del 2 de febrero de 2016, se
desarrolla este tema:
La Concesionaria La Pintada S.A.S. indica que esta zonificación parte de la zonificación ambiental del proyecto,
y que tiene en cuenta la evaluación ambiental, lo cual metodológicamente es adecuado.
Como resultado de este ejercicio se establecieron áreas de intervención con restricciones y áreas de
intervención sin restricciones, puesto que la empresa indica que no existen áreas de exclusión en la zona de
estudio. En cuanto a estas últimas, la empresa indica que "Dentro de esta categoría se encuentran parques
nacionales, áreas de manejo especial, áreas ecológicas de interés ambiental declaradas por los municipios,
áreas protegidas, ninguna de las cuales se encuentra en el área de influencia del Proyecto."
Así, en el caso de las áreas de intervención con restricciones, la empresa indica que las categorías de
sensibilidad ambiental media, alta y muy alta se reclasificaron con restricciones media, alta y muy alta,
correspondientemente; se señala además que "(...) las zonas que se encuentran en esta categoría, son zonas
con algún tipo de cobertura boscosa (sensibilidad Medio Biótico), combinadas con áreas cercanas a las
corrientes de agua (quebrada Marvalle y río Cauca) o con pendientes mayores del 121". Se definieron las
siguientes restricciones a tener en cuenta durante la etapa de construcción del proyecto:
"Restricciones de tipo abiótico
Se deben respetar los retiros a cuerpos de agua durante el proceso constructivo, evitando en todo momento
el almacenamiento de materiales, evitando así la modificación e intervención de cauces.
Antes de instalar un manto de control de erosión temporal es importante garantizar la estabilidad geotécnica
de los taludes.
Se deben cortar los taludes con la pendiente indicada en los diseños, la cual ha sido determinada de acuerdo
con los materiales que se espera encontrar.
No se deben cortar áreas que no se vayan a intervenir.
En lo posible realizar los cortes y los llenos en temporadas secas.
Después de hacer el corte de los taludes se debe revegetalizar inmediatamente o colocar capas de
protección de la superficie del terreno con plástico o biomantos. No se deben dejar áreas expuestas por más
de 12 horas,
Es importante inspeccionar permanentemente la obra para tomar medidas de prevención y control.
La estabilización de taludes debe hacerse siguiendo las medida de manejo
Se debe evitar profundizar en los cortes o excavaciones, con el fin de que el material no se mezcle con el
subsuelo.
La zona definida para el acopio del material orgánico deber ser un sitio libre del paso de maquinaria, en el
cual no exista probabilidad de deslizamientos y adecuadas condiciones de drenaje.
Restricciones de tipo biótico
No se podrán realizar intervenciones de vegetación superiores a lo reportado en este estudio en el Capítulo
4.
Se debe garantizar el ahuyentamiento de la fauna previo a las actividades de remoción de cobertura vegetal.
El aprovechamiento forestal sólo se podrá hacer una vez realizadas las actividades de rescate de
germoplasma.
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"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Se debe garantizar el rescate y traslado de las plantas epífitas de acuerdo con lo establecido en el plan de
manejo.
Durante la construcción se deberán implementar las medidas de educación ambiental al personal de la obra
y señalización en la obra sobre la presencia de fauna.
La remoción de la vegetación debe hacerse de acuerdo al cronograma de avance de construcción de la
Unidad Funcional 4, ya que debe evitarse en lo posible, dejar áreas expuestas o suelo desnudo durante
largos periodos de tiempo.
La remoción de la capa orgánica debe realizarse cuando ésta se encuentre seca o el contenido de humedad
sea bajo o inferior al 75%.
Restricción de tipo socioeconómico
Informar a las comunidades del área de influencia sobre las intervenciones y plan de manejo ambiental del
proyecto, para garantizar el acercamiento, intercambio e interacción entre la empresa responsable del
Proyecto y los grupos de interés.
Brindar elementos conceptuales y jurídicos a las comunidades interesadas en conocer o profundizar acerca
de los mecanismos de control social a la ejecución de Proyectos.
Establecer una oficina de atención permanente a la comunidad durante la construcción.
Difundir información clara sobre la Politica de Empleo que contiene los criterios para la contratación de la
mano de obra y la consecución de servicios.
Conformar un comité de empleo con un representante de la comunidad (presidente JAC), un representante
del dueño del proyecto y el interventor, para hacer más transparente la contratación.
Asegurar la participación de los representantes de todas las veredas y corregimientos del Área de Influencia
del Proyecto, para capacitarlos en temas relacionados con el componente físico-biótico y social.
Realizar un seguimiento o inspección al proceso de remoción de suelos durante la construcción de las obras
civiles, con el propósito de evitar la destrucción de vestigios y efectuar la recuperación de información
arqueológica que éstos puedan suministrar, en correlación con la información producida en las fases previas
del trabajo arqueológico y en el contexto de la arqueología regional y nacional."
De otro lado en cuanto a las áreas de intervención, la empresa indica que corresponden "a áreas donde se
puede desarrollar el proyecto, por no presentar restricciones importantes desde el punto de vista abiótíco, biótico
y socioeconómico, con un manejo ambiental acorde con las actividades y etapas del mismo". En esta categoría
incluye las zonas con sensibilidad ambiental baja o muy bajas.
De acuerdo con los resultados disponibles en la capa "Zonificación Actividad" de la GDB, anexa al radicado
2015050188-1-000 del 22 de septiembre de 2015, esta Autoridad extractó el área que ocupa cada una de las
áreas de influencia del proyecto en las categorías de manejo definidas por la empresa, las cuales se muestran
en la tabla a continuación:
ías de la zonificación de manejo ambiental en las areas de influencia del proyecto
% Área de
Área Intervención
All (ha) % All AID (ha) % AID
Categoría de manejo
intervención
(ha)
59,5
16,2
38,8
57,4
51,3
157,7
Área de InfervenciónI
Área de Intervención con
35,2
9,6
36,5
24,7
37,8
116,0
Restricción Media
27,6
9,0
3,4
5,0
1,2
4,3
6,0
1,9
0,8
1,2
0,3
1,0
100,0
27,2
100,0
100,0
67,7
307,3
Total
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en la GDB anexa al radicado 2015050188-1-000delde septiembre 'e - '-
15
Resolución No. 0
O 5 FEB 2010
de
Hoja No. 94
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Teniendo en cuenta que esta Autoridad realizó ajustes sobre la sensibilidad ambiental para los medios abiótico
y biótico de algunos de los criterios definidos por la empresa, como se indicó en el numeral 6 de este acto
administrativo, la salida gráfica que se muestra en la siguiente figura no refleja la zonificación de manejo que
debe aplicarse al proyecto.
Figura 24 Zonificación de manejo ambiental
117500,
100.
-.....,
te
.eSs°
j
f
f
I
ONVENCIONES 0ENERALES
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10000134Sie
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4b
0
700
1059
1.00
Zonificación De Manejo Ambiental
imi Ares de Exclusión
AMI Área de Intervención
, Área de Intervención con Restricclon Baja
Área de Intervención con Restsccion Media
hiMÁrea de Intervención con Restricción Alta
riel Atea de Intervención con Residodon Muy Alla
.3.00
mis.
Fuente: tornado de la Figura 6-1 Zonificación de manejo general" del radicado 2015064876-1-000 del 3 de diciembre de 2015
De acuerdo al marco de referencia presentado previamente, a continuación se presentan las consideraciones
de esta Autoridad al respecto.
9.1
CONSIDERACIONES SOBRE LAS ÁREAS DE EXCLUSIÓN.
Para los medios abiótico y biótico, el estudio no establece áreas de exclusión, frente a lo cual se considera que
si bien en la zona del proyecto no existen áreas protegidas registradas en el SINAP de conformidad con lo
estipuladó en el artículo 2.2.2.1.2.1 del Decreto 1076 de 2015 (artículo 10 del Decreto 2372 de 2010), se deben
definir como zonas de exclusión las áreas correspondientes a rondas de protección hídrica y de amortiguación
de las corrientes de agua incluida su vegetación, a excepción de los cruces autorizados, así como los
manantiales, nacederos y demás cuerpos de agua naturales.
Para el medio socioeconómico la empresa no indica áreas de exclusión, lo cual fue corroborado en la visita de
evaluación realizada por esta Autoridad.
Es de resaltar que si bien en el capítulo 9 del concepto técnico no se mencionaron áreas de exclusión
adicionales a las expuestas anteriormente, en el capítulo 2 numeral 2.2.10.6 del mismo concepto técnico se
indicó para la zona de depósito No. 9 , que debido a que una parte del área del depósito de material se encuentra
sobre una zona que corresponde al drenaje natural por donde discurren las aguas de escorrentía de una
Resolución No.
0115
de
0 5 FEB 2016
Hoja No. 95
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
importante área, ubicada en el sentido aguas arriba del depósito, la Concesión La Pintada deberá rediseñar la
zona del depósito, de tal manera que se excluya el área correspondiente a la zona de drenaje de aguas de
escorrentía (costado occidental del depósito hasta la cerca de alambre e individuos arbóreos del predio).
9.2
CONSIDERACIONES SOBRE LAS ÁREAS DE INTERVENCIÓN CON RESTRICCIONES.
Si bien la empresa de manera general presenta las zonas definidas con áreas de intervención con restricción,
no es claro cuáles corresponden a restricción media, alta o muy alta.
De otro lado, se resalta que para el medio abiótico el estudio establece las áreas de construcción con
restricciones para las zonas de retiro de los cuerpos de agua, sin embargo no se incluyen en las áreas con
restricciones las zonas de los cuerpos de agua del río Cauca y la quebrada Marvalle donde se construirán los
puentes sobre las dos calzadas, por lo cual se incluyen en las áreas con restricciones, dado que es necesario
implementar estrategias para evitar la contaminación de los cuerpos de agua durante la realización de las
mencionadas actividades.
Entre las zonas de intervención con restricción para el medio abiótico se encuentran las áreas donde se
presentan taludes de corte y relleno, allí es necesario establecer medidas y procedimientos de trabajo para
evitar un deterioro mayor de la estabilidad del suelo, restricciones que son establecidas en el estudio. De igual
forman se establecen restricciones para las zonas que serán utilizadas para el acopio de materiales, esto con
el fin de evitar contaminación a cuerpos de agua y el suelo, en tal sentido se establecen de manera clara en el
presente acto administrativo las áreas con sus respectivas restricciones.
Tabla 50. Zonificación de Manejo EIA
Área considerada como de
intervención con restricciones
Manejo general propuesto.
Se deberán implementar medidas de manejo que permitan garantizar la no
contaminación del recurso hídrico.
Para la construcción de los puentes sobre cuerpos de agua se debe realizar la
Cuerpos de agua naturales río Cauca, instalación de barreras para evitar la caída de materiales y herramientas.
quebrada Marvalle y sus zonas de
retiro y cauces de agua de escorrentía, Se deben instalar mecanismos de retención de material sedimentado para evitar
en los sectores donde se autoriza su la contaminación de cauces y cuerpos de agua
intervención y ocupación de cauces
Se deben respetar los retiros a cuerpos de agua durante el proceso constructivo,
evitando en todo momento el almacenamiento de materiales, evitando así la
modificación e intervención de cauces.
Con respecto al proyecto, se dará cambio de uso del suelo en los lugares de
cruce
de los cuerpos de agua con el trazado vial proyectado, lo cual implica
Franjas de rondas asociadas con
medidas compensatorias por la pérdida de las franjas de ronda de estas áreas.
cuerpos de agua, en los sectores
donde se autoriza su intervención y En Área de intervención del proyecto y cuando se terminen las actividades
constructivas, se restablecerán y recuperarán las franjas de las rondas en las
ocupación de cauces.
áreas verdes del proyecto.
Se deberán implementar las medidas de manejo adecuadas de tal manera que
se garantice la mínima afectación a la estabilidad del terreno, afectación a
suelos, cuerpos de agua y predios que queden de cercanos al corredor vial
propuesto
Se deben cortar los taludes con la pendiente indicada en los diseños, la cual ha
sido determinada de acuerdo con los materiales que se espera encontrar.
No se debe cortar áreas que no se vayan a intervenir.
Zonas de intervención de taludes en
corte y llenos.
En lo posible realizar los cortes y los llenos en temporadas secas.
Después de hacer el corte de los taludes se debe revegetalizar inmediatamente
o colocar capas de protección de la superficie del terreno con plástico o
biomantos. No se debe dejar áreas expuestas por más de 12 horas.
Es importante inspeccionar permanentemente la obra para tomar medidas de
prevención y control.
La estabilización de taludes debe hacerse siguiendo las medidas de manejo
Resolución No.
0115
e
0 5 FEB 2016
Hoja No. 96
d
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
í
Área considerada como de
intervención con restricciones
Manejo general propuesto.
Se debe evitar profundizar en los cortes o excavaciones, con el fin de que el
material no se mezcle con el subsuelo.
La zona definida para el acopio del material orgánico, deber ser un sitio libre del
paso de maquinaria, en el cual no exista probabilidad de deslizamientos y
adecuadas condiciones de drenaje.
Zonas utilizadas como acopio
temporal de materiales
Se deben evitar la contaminación de las aguas de escorrentía con el material
acopiado, para lo cual se instalaran trampas de retención de sedimentos y
barreras para aislar la zona de acopio.
Fuente: Equipo técnico evaluador ANLA 2015
En cuanto a las restricciones propuestas por la empresa para el medio biótico, teniendo en cuenta las
consideraciones expuestas por esta Autoridad en cuanto a la zonificación ambiental, en la siguiente tabla se
realizan consideraciones sobre las categorías de restricción media, alta y muy alta para el área de intervención
del proyecto acogiendo parcialmente las restricciones para el medio biótico propuestas por la empresa.
Tabla 51. Áreas de intervención con restricciones para el medio biótico
Tipo de restricción
Consideraciones ANLA
Se considera que las áreas con las coberturas de red vial, ferroviaria y terrenos
asociados, y pastos limpios, enmalezados y arbolados, corresponden a esta
categoría, pues a pesar de que en la zonificación ambiental biótica las dos primeras
coberturas se consideraron con una sensibilidad muy baja y los pastos enmalezados se
definieron con una sensibilidad baja, la ejecución del proyecto necesariamente implica que
se lleven a cabo medidas de manejo para controlar los impactos derivados de su
construcción en todas las coberturas, y en todo caso estas áreas intervenidas se
encuentran completamente incluidas en la Reserva de Recursos Naturales de la Zona
Ribereña del río Cauca — RRNZRRC.
En este orden de ideas, teniendo en cuenta que el 90 % del área de intervención (24,42
ha) está conformada por este tipo de coberturas, y dado que se solicita aprovechar 416
fustales en las coberturas de pastos limpios y pastos enmalezados, así como el desmonte
de la regeneración natural, se considera se deben aplicar las siguientes restricciones para
esta categoría:
1. No se podrán realizar intervenciones de vegetación superiores al área de
intervención del proyecto.
Media
2. Previamente a las actividades de desmonte y descapote, y de aprovechamiento
forestal, deberá darse cumplimiento a lo siguiente:
i. Debe señalizarse la obra en los sitios identificados con presencia de fauna.
ii. Debe realizarse el ahuyentamiento de fauna y su rescate y reubicación en caso de
ser necesario.
iii. Debe realizarse el rescate de regeneración natural para los individuos de las
especies Astronium graveolens y Cedrela odorata.
3. Debe informarse al personal de la obra sobre lo siguiente:
i.
Áreas autorizadas a intervenir por el proyecto, y las actividades permitidas y
prohibidas en estas.
ii.
Sobre las actividades de ahuyentamiento y rescate de fauna, de manera previa
al desmonte, descapote y aprovechamiento forestal.
iii.
Sobre las actividades de rescate de regeneración natural de las especies
Astronium graveolens y Cedrela odorata, en las zonas de pastos.
Resolución No.
0115
0 5 FEB 2016
Hoja No. 97
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Tipo de restricción
iv.
Consideraciones ANLA
Temas relacionados con el cuidado del medio ambiente, con énfasis en las
medidas necesarias en el área de intervención.
Se considera que en esta categoría están las áreas con vegetación secundaria alta y
bosque fragmentado, las cuales se consideraron con una sensibilidad alta en la
zonificación ambiental biótica.
Así, se considera que estas coberturas cuentan con procesos de regeneración natural que
ameritan el rescate de la totalidad de las especies en regeneración, puesto que son
pioneras que pueden emplearse para el manejo de las afectaciones derivadas de la
ejecución del proyecto sobre la cobertura vegetal.
Adicionalmente, estas áreas pueden presentar mayores abundancias de especies de fauna
y presencia de especies sensibles, de manera que su ahuyentamiento y posible rescate y
reubicación deben ser cuidadosamente manejados con medidas específicas del Plan de
Manejo Ambiental.
Con este marco de referencia, se considera que aplican las siguientes restricciones para
esta categoría:
1. No se podrán realizar intervenciones de vegetación por fuera del área de intervención
del proyecto, ni diferentes a las autorizadas de forma explícita por esta Autoridad.
2. Previamente a las actividades de desmonte y descapote, y de aprovechamiento
forestal, deberá darse cumplimiento a lo siguiente:
Alta
i. Debe señalizarse la obra en los sitios identificados con presencia de fauna.
ii. Debe realizarse el ahuyentamiento de fauna y su rescate y reubicación en caso de
ser necesario. En caso de hallarse especies catalogadas como amenazadas de
acuerdo a la Resolución 192 de 2014 del MADS, debe informarse a
CORANTIOQUIA.
iii. Debe realizarse el rescate de todos los individuos en proceso de regeneración
natural.
3. Debe informarse al personal de la obra sobre lo siguiente:
i.
Áreas autorizadas a intervenir por el proyecto, y las actividades permitidas y
prohibidas en estas.
ii.
Sobre las actividades de ahuyentamiento y rescate de fauna, de manera previa
al desmonte, descapote y aprovechamiento forestal.
iii.
Sobre las actividades de rescate de regeneración natural de la totalidad de los
individuos.
iv.
Temas relacionados con el cuidado del medio ambiente, con énfasis en las
medidas necesarias en el área de intervención.
Se considera que en esta categoría se encuentran las coberturas de bosque de
galería, zonas arenosas naturales, ríos y polígonos de bosque seco delimitados por
CORANTIOQUIA, en coherencia con la sensibilidad ambiental biótica muy alta discutida
en la zonificación de manejo.
Muy alta
•
Con relación a lo anterior, se considera que el adecuado manejo de las diferentes
actividades del proyecto evitará la posible afectación de los ecosistemas acuáticos
interceptados, por lo cual las medidas de manejo ambiental de tipo preventivo propuestas
por la empresa deben garantizar la no afectación de los mismos.
En el caso del bosque de galería y/o ripario se considera que aplican las mismas
restricciones previamente descritas para la restricción alta; vale la pena señalar que en
estos bosques la empresa reportó tres registros de la especie Aotus lemurinus, la cual se
encuentra vulnerable de acuerdo a la Resolución 192 de 2014 del MADS.
Resolución No.
0115
O 5 FEB 71:1_16
Hoja No. 98
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Fuente: elaborado por el quipo evaluador con base en la propuesta de restricciones del medio biótico del radicado de información
adicional 20150644876-1-000 del 3 de diciembre de 2015
De acuerdo a lo identificado socioeconómicamente en el área de influencia del proyecto, las restricciones
propuestas para el medio socioeconómico se consideran adecuadas.
9.3
CONSIDERACIONES SOBRE LAS ÁREAS DE INTERVENCIÓN SIN RESTRICCIONES.
Desde el punto de vista del medio abiótico, no existen para la Unidad Funcional 4 áreas de intervención sin
restricciones, esto debido a que la totalidad del proyecto se encuentra en zonas de ladera de montaña donde
será necesario realizar actividades de corte y rellenos con materiales granulares, adicionalmente se encuentran
las zonas donde serán construidos puentes y obras de drenaje para el paso por cauces de agua natural y para
el manejo de las aguas de escorrentía asociadas al proyecto, en tal sentido, pese a que en el estudio se definen
algunas zonas de intervención sin restricciones, esta Autoridad considera que el proyecto en general se
encuentra en zona de intervención con restricciones sean estas altas, medias o bajas.
De la misma manera, desde el punto de vista del medio biótico, se considera que en el área de ejecución de
obras no existen áreas de intervención sin restricciones, esto debido a que la totalidad del terreno requiere la
aplicación de medidas de manejo ambiental que permitan prevenir, corregir, mitigar y/o compensar la afectación
sobre los ecosistemas caracterizados por la empresa.
En cuanto a esta área, desde el punto de vista socioeconómico, es necesario contemplar dentro de esta
categoría las áreas de producción económica en donde se desarrolla una actividad productiva desde el punto
de vista agropecuario y comercial, las cuales aunque puedan poseer sensibilidad ambiental baja, es importante
que se contemplen medidas de manejo ambiental acorde con las actividades y etapas del mismo
9.4
CONSIDERACIONES GENERALES.
A continuación se indica la zonificación de manejo ambiental del proyecto, definida por esta Autoridad:
Tabla 52. Zonificación de Manejo Ambiental definida por la ANLA.
Áreas de Intervención
Áreas de Exclusión
Las rondas de protección hídrica y de amortiguación
de las corrientes de agua incluida su vegetación (30
metros medidos a partir de la cota máxima de
inundación), a excepción de los cruces autorizados y
de 50 metros para el río Cauca de acuerdo a lo
establecido en el POT del municipio de Venecia.
Son las autorizadas en resultado del concepto técnico
Manantiales, nacederos (100 metros a la redonda) y
demás cuerpos de agua naturales.
Área correspondiente a la zona de drenaje de aguas
de escorrentía del depósito No. 9 (costado occidental
del depósito hasta la cerca de alambre e individuos
arbóreos del predio).
ÁREAS DE INTERVENCIÓN CON RESTRICCIONES
Descripción del área
Restricciones
Implementar las medidas de manejo, que garanticen
la no afectación de los cauces y cuerpos de agua y
- Los cauces interceptados por la vía, en donde se sus rondas de protección o en su defecto que
construirán obras de arte para darle un buen manejo minimicen los impactos generados por las actividades
de construcción.
a la dinámica hídrica y las aguas de escorrentía que
puedan afectar la estructura de la vía.
Se deberán implementar medidas de manejo que
- Cuerpos hídricos permanentes e intermitentes permitan garantizar la no contaminación del recurso
presentes en la zona objeto de ocupación de cauce hídrico.
- Las áreas de rondas de estos cuerpos de agua.
Para la construcción de los puentes sobre cuerpos de
agua se debe realizar la instalación de barreras para
evitar la caída de materiales y herramientas.
Resolución No.
de
0115
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y sptolafftas allinaciones"
Hoja No. 99
Se deben instalar mecanismos de retención de
material sedimentado para evitar la contaminación de
cauces y cuerpos de agua
Se deben respetar los retiros a cuerpos de agua
durante el proceso constructivo, evitando en todo
momento el almacenamiento de materiales, y
evitando la modificación e intervención de cauces.
Se deberán implementar las medidas de manejo
adecuadas de tal manera que se garantice la mínima
afectación a la estabilidad del terreno, afectación a
suelos, cuerpos de agua y predios que queden de
cercanos al corredor vial propuesto.
Se deben cortar los taludes con la pendiente indicada
en los diseños, la cual ha sido determinada de
acuerdo con los materiales que se espera encontrar.
No se debe cortar áreas que no se vayan a intervenir.
En lo posible realizar los cortes y los llenos en
temporadas secas.
Zonas de intervención de taludes en corte y llenos.
Después de hacer el corte de los taludes se debe
revegetalizar inmediatamente o colocar capas de
protección de la superficie del terreno con plástico o
biomantos. No se debe dejar áreas expuestas por
más de 12 horas.
Es importante inspeccionar permanentemente la obra
para tomar medidas de prevención y control.
La estabilización de taludes debe hacerse siguiendo
las medida de manejo
Se debe evitar profundizar en los cortes o
excavaciones, con el fin de que el material no se
mezcle con el subsuelo.
La zona definida para el acopio del material orgánico,
deber ser un sitio libre del paso de maquinaria, en el
cual no exista probabilidad de deslizamientos y
adecuadas condiciones de drenaje.
Zonas utilizadas como acopio temporal de materiales
Se deben evitar la contaminación de las aguas de
escorrentía con el material acopiado, para lo cual se
instalaran trampas de retención de sedimentos y
barreras para aislar la zona de acopio.
1. No se podrán realizar intervenciones de
vegetación por fuera del área de intervención del
proyecto, ni diferentes a las autorizadas de forma
explícita por esta Autoridad.
2. Previamente a las actividades de desmonte y
descapote, y de aprovechamiento forestal,
deberá darse cumplimiento a lo siguiente:
Zonas con cobertura de red vial, ferroviaria y terrenos
asociados, y pastos limpios, enmalezados y
arbolados.
i.Debe señalizarse la obra en los sitios
identificados con presencia de fauna.
ii.Debe realizarse el ahuyentamiento de fauna y su
rescate y reubicación en caso de ser necesario.
iii.Debe realizarse el rescate de los individuos de
las especies Astronium graveolens y Cedrela
odorata en proceso de regeneración natural.
Resolución No.
0115
de
0
5 FEB 2016
Hoja No. 100
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
3. Debe informarse al personal de la obra sobre lo
siguiente:
i. Áreas autorizadas a intervenir por el proyecto, y
las actividades permitidas y prohibidas en estas.
ii.Sobre las actividades de ahuyentamiento y
rescate de fauna, de manera previa al desmonte,
descapote y aprovechamiento forestal.
iii.Sobre las actividades de rescate de regeneración
natural de la totalidad de los individuos.
iv.Temas relacionados con el cuidado del medio
ambiente, con énfasis en las medidas necesarias
en el área de intervención.
-
Formular medidas de manejo conforme al manual
de compensación por pérdida de biodiversidad
acogido mediante la Resolución 1517 de 2012.
-
No se podrán realizar intervenciones de
vegetación superiores al área de intervención del
proyecto.
-
Previamente a las actividades de desmonte y
descapote, y de aprovechamiento forestal,
deberá darse cumplimiento a lo siguiente:
i.Debe señalizarse la obra en los
identificados con presencia de fauna.
sitios
ii.Debe realizarse el ahuyentamiento de fauna y su
rescate y reubicación en caso de ser necesario.
En caso de hallarse especies catalogadas como
amenazadas de acuerdo a la Resolución 192 de
2014 del MADS, debe informarse a
CORANTIOQU IA.
Zonas con cobertura de bosque fragmentado, bosque
de galería y/o ripario, y vegetación secundaria alta
iii.Debe realizarse el rescate de regeneración
natural para todos los individuos en proceso de
regeneración natural.
-
Debe informarse al personal de la obra sobre lo
siguiente:
i. Áreas autorizadas a intervenir por el proyecto, y
las actividades permitidas y prohibidas en estas.
ii.Sobre las actividades de ahuyentamiento y
rescate de fauna, de manera previa al desmonte,
descapote y aprovechamiento forestal.
iii.Sobre las actividades de rescate de regeneración
natural de las especies Astronium graveolens y
Cedrela odorata, en las zonas de pastos.
iv.Temas relacionados con el cuidado del medio
ambiente, con énfasis en las medidas necesarias
en el área de intervención.
Resolución No.
0 115
de
0 5 FEB 2016
Hoja No. 101
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Polígonos de bosque
CORANTIOQUIA
seco
delimitados
por
Teniendo en cuenta que en cuenta que algunos de
los polígonos delimitados como bosques secos por
CORANTOQUIA, corresponden con zonas de bosque
fragmentado, bosque de galería y/o ripario y
vegetación secundaria alta, la empresa deberá definir
las medidas de manejo necesarias para prevenir,
mitigar, corregir o compensar los impactos derivados
de su intervención.
ÁREAS DE INTERVENCIÓN SIN RESTRICCIONES
En el área del proyecto no existen áreas de intervención sin restricciones
PLANES Y PROGRAMAS
Para continuar con el desarrollo de este título en el Concepto Técnico No 299 del 2 de febrero de 2016, se ha
señalado:
10.1 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
En la siguiente tabla se presentan los programas del Plan de Manejo Ambiental propuestos por la Concesión
La Pintada S.A.S.
Tabla 53 Programas del Plan de Manejo Ambiental propuesto por Concesión La Pintada S.A.S.
PROGRAMA
Nombre
Fuente:
7.3 Medio Abiótico
7.3.1
Manejo y Disposición de Materiales Sobrantes de Excavación
Manejo de Taludes
7.3.2
7.3.3
Manejo de Materiales y Equipos de Construcción
7.3.4
Manejo de Residuos Líquidos
Mane¡o de Residuos Sólidos Domésticos, Industriales y Especiales
7.3.5
7.3.6
Manejo de Fuentes de Emisión y Ruido
7.3.7
Manejo de aguas de escorrentía
7.3.8
Manejo de cruces de cuerpos de agua
7.4 Medio Biótico
7.4.1
Programa manejo del aprovechamiento forestal
7.4.2
Programa manejo para la conservación de especies vegetales
Programa manejo para la conservación de especies vegetales en veda
7.4.3
Programa de revegetalización
7.4.4
7.4.5
Programa de compensación por pérdida de biodiversidad
7.4.6
Programa de manejo para la fauna
7.5 Medio Socioeconómico
Programa de manejo de información y participación comunitaria
7.5.1
7.5.2
Contratación de mano de obra no calificada
7.5.3
Negociación de predios y compra de mejoras
Programa de educación ambiental para los trabajadores vinculados al proyecto y la comunidad.
7.5.4
Programa de fortalecimiento comunitario
7.5.5
Programa de reasentamiento de familias y viviendas
7.5.6
Indemnización y pago de daños causados a terceros
7.5.7
elaborado por el grupo evaluador de acuerdo al radicado de información adicional 2015064876-1-000 del 3 de diciembre de 2015.
Código
Consideraciones por parte de esta Autoridad:
El estudio plantea para cada uno de los medios abiótico, biótico y social las fichas de manejo ambiental
indicando que son el resultado de la evaluación ambiental, y que el PMA está conformado por los programas y
las medidas necesarias para prevenir, controlar, mitigar, compensar o corregir los impactos generados en cada
una de las actividades del proyecto.
En relación con cada una de las fichas propuestas y de acuerdo con lo observado en la visita realizada al área
por parte del grupo evaluador, se consideran necesarias las siguientes obligaciones y requerimientos, que
deben ser incorporados por la Concesión La Pintada S.A.S. para evaluación por parte de esta Autoridad en el
seguimiento ambiental al proyecto.
Resolución No.
de
0 5 FEB 2016
Hoja No. 102
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
10.1.1 Medio abiótico
10.1.1.1 Ficha 7.3.1 Manejo y disposición de materiales sobrantes de excavación
Es importante que en esta ficha se tengan en cuenta los impactos ambientales que posiblemente puedan afectar
al recurso hídrico, generados por las actividades de disposición de materiales y de esta manera se implementen
medidas de manejo al respecto, tales como:
-
Se deberán construir las obras de drenaje, manejo de aguas de escorrentía superficial y estabilidad,
de acuerdo con la topografía. Las obras de drenaje a construir deberán garantizar los flujos de agua.
Implementación de trampas de sedimentos a la salida de las obras de drenaje (descoles) de las zonas
de depósito.
-
Durante la construcción y confirmación de las zonas de depósito se realizará el manejo y conducción
de aguas de escorrentía hacía las fuentes siempre garantizando la no contaminación de estas.
-
Se deben implementar las medidas necesarias para evitar la contaminación del aire por material
particulado en las zonas de depósito, para lo cual las zonas deberán permanecer cerradas, se deben
realizar riegos por aspersión cada vez que sea necesario en los periodos secos, se debe realizar
conformación y compactación del material de relleno antes de las 24 horas después de ser
descargado.
Con el fin de garantizar la estabilidad de las zonas de relleno y de sus zonas adyacentes, la Concesión
La Pintada construirá las estructuras de contención a que haya lugar de acuerdo con las condiciones
de estabilidad del relleno.
Una vez finalizada la conformación, se realizará la entrega de la zona de depósito al propietario del
predio, conforme a los acuerdos realizados con los mismos. En cualquier caso se deberá garantizar la
estabilidad del terreno, el adecuado manejo de los drenajes y la protección contra la erosión del
terreno.
Durante la etapa de conformación se deberá realizar la limpieza y mantenimiento periódicos a los
sistemas de drenaje de cada depósito para evitar el aporte de sedimentos a los cuerpos de agua
cercanos.
La disposición de los materiales se realizará en capas horizontales con espesor de acuerdo con lo
establecido para cada zona de depósito, las cuales deberán estar esparcidas uniformemente mediante
equipo o maquinaria adecuada.
El ingreso de las volquetas a las zonas de depósito se realizará a través de las vías de acceso
adecuadas para ello y que cuenten con los permisos de los propietarios de los predios utilizados.
-
Para la zona de depósito No 12 se deberá diseñar una estructura (canal por ejemplo) que conduzca
las aguas de escorrentía provenientes de las partes altas y las evacue hacia el río Cauca, sin modificar
la dinámica hídrica y de tal manera que se garantice la estabilidad de la zona del relleno y de los
predios ubicados cerca de este.
De otro lado, se considera que el manejo del descapote debe estar incluido en la "Ficha 7.4.1 Programa manejo
del aprovechamiento forestal", de manera que en título "Adecuación inicial de la zonas de depósito" se deberá
señalar que las actividades de aprovechamiento forestal y descapote se llevarán a cabo según lo estipulado en
esa ficha.
En este orden de ideas, la totalidad de las recomendaciones planteadas para la actividad de descapote y sus
correspondientes indicadores deben quedar incluidos en la Ficha 7.4.1. De acuerdo a esto, se presentan las
consideraciones sobre el manejo propuesto por la empresa para esta actividad en la ficha 7.4.1 en el numeral
10.1.2.1 de presente acto administrativo.
10.1.1.2 Ficha 7.3.2 Manejo de taludes
La ficha en la casita de acciones a desarrollar contiene información sobre los aspectos de cálculo y diseño de
los taludes incluyendo el análisis de estabilidad de los taludes los cuales no corresponde a la ficha de manejo
donde solamente deben estar establecidas las medidas de manejo que se pretenden implementar durante las
actividades del proyecto, de tal manera que las acciones a desarrollar, de acuerdo al contenido de la ficha no
es clara por lo anterior se establecen las siguiente acciones que deberán ser incluidas en la ficha de manejo, al
respecto es importante mencionar que la zona presenta una alta sensibilidad a la generación de procesos de
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"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
inestabilidad por lo cual las medidas deben tener un control y seguimiento a fin de identificar la eficacia de la
medidas y la toma de medidas de mitigación en casos den ser necesario, a continuación se relacionan las
medidas que deberán ser incluidas en la ficha, incluye medidas relacionadas en el PMA presentado, las
recomendaciones y condiciones establecidas en el anexo 3-10 estudio de estabilidad y estabilización de taludes
y medidas establecidas por parte de la Autoridad:
La altura máxima de bancos será de 10 m, excepto en situaciones donde el incrementar esta altura en
uno o dos metros evite un nuevo banco.
El ancho de las bermas será de 4 m, con lo cual se permite el acceso de equipo de construcción y
mantenimiento. El manejo de aguas superficiales se realiza de la siguiente manera:
-
En todos los taludes, donde las condiciones topográficas y morfológicas lo ameriten, se establecerán
rondas de coronación, con el fin de intersectar y recoger las aguas escorrentía.
Las bermas se conformarán para que actúen como cunetas colectoras y conductoras de aguas. Con
este fin, se conformarán con pendiente hacia el interior del talud y longitudinalmente hacia los laterales.
Adicionalmente, cuando la longitud del talud se hace excesiva, se construirá una cuneta colectora que
se localiza en un punto medio del talud. Las bermas se deben revestir en concreto simple, vaciado
sobre una geomembrana, con el propósito de evitar infiltraciones que hagan ascender la posición del
nivel freático.
Se deberá delimitar y señalizar las áreas de trabajo.
Se realizará la conformación y construcción de obras de drenaje y subdrenaje que garanticen la
estabilidad de los taludes de acuerdo con los estudios y diseños realizados.
Durante la etapa de construcción del proyecto se implementarán medidas de manejo de acuerdo con
las condiciones de los taludes de corte y relleno para el control de derrumbes, construcción de obras
de estabilización, estabilización de taludes de corte y relleno, empradización de taludes.
-
La conformación de los taludes se realizará atendiendo las recomendaciones y especificaciones de
los estudios de estabilidad realizados (anexo 3-10) y guardando los ángulos de inclinación
recomendada en el diseño presentado, la altura de los taludes no podrá superar la altura máxima de
diseño.
-
La Concesión La Pintada S.A.S. deberá implementar las obras y actividades de estabilización de
taludes a que haya lugar de acuerdo a las condiciones particulares de los taludes a lo largo del corredor
vial, en concordancia con los análisis de estabilidad de taludes de corte realizados para el proyecto,
garantizando su estabilidad.
No obstante en caso de presentarse condiciones diferentes a las establecidas en el EIA y én caso de
requerirse, la Concesión La Pintada deberá implementar las obras y actividades para la adecuada
conformación y estabilización de los taludes generados por el proyecto e informar a la ANLA al
respecto.
10.1.1.3 Ficha 7.3.3 Manejo de materiales y equipos de construcción.
En esta ficha se deben incluir las medidas de manejo relacionadas con la reutilización de materiales producto
de las excavaciones que cumplen con las especificaciones técnicas para ser utilizados en las actividades de
relleno (terraplén), en tal sentido se incluyen las siguientes medidas:
En caso que el material no sea requerido inmediatamente en ningún frente de obra se realizará el
acopio temporal en un sitio que no interfiera con el tránsito vehicular ni con las actividades de
construcción, sin que en ningún caso el acopio supere un tiempo de 3 días.
La Concesión La Pintada deberá informar a esta Autoridad en los correspondientes ICA, sobre las
actividades de reutilización de material (sobrantes de excavación y descapote), indicando en un cuadro
resumen Tipo de material, Actividad de destino del material, cantidades y se debe incluir una
comparación entre el material reutilizado y el material llevado a las zonas de depósito, de igual manera
en caso de no ser reutilizado el material del descapote informar sobre su destino y disposición final.
Se incluyen en la presente ficha las siguientes medidas relacionadas con el manejo de materiales 'en frentes
de obra.
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"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Los materiales provenientes de las excavaciones deben ser retirados preferiblemente de forma
inmediata de las áreas de trabajo y llevados a la zona de disposición de materiales de excavación
autorizada. Cuando esto no sea posible, el material podrá permanecer en el frente de obra por un
máximo de 24 horas y con el previo aval de la interventoría, teniendo en cuenta además que el material
deberá estar acordonado y señalizado y que no interfiera con el tránsito vehicular o peatonal.
Por ningún motivo se permitirá la disposición de material excavado, removido o desecho, en sitios no
autorizados, ni en sitios que comprometan la estabilidad de las laderas, ni en cuerpos de agua, ni que
impidan el tránsito vehicular y peatonal.
En el caso de presentarse movimientos de tierra o derrumbes asociados a la intervención de los
taludes o por ocurrencia natural, estos materiales deben ser retirados preferiblemente de manera
inmediata y de no ser así, se deberá contar con el acordonamiento del área y la señalización necesaria.
Se debe manejar en el frente de obras los materiales de construcción necesarios máximo para 3 días
y en el caso de no ser posible su utilización o retiro se implementaran las medidas de acopio temporal
de materiales para garantizar la no afectación del entorno, Para darles un mejor manejo los materiales
no se almacenarán sobre las vías de acceso y entradas a los predios aledaños, esto con el fin de
garantizar el acceso peatonal y vehicular a los mismos.
Los acopios estarán alejados de los cuerpos de agua o corrientes de agua superficial y ronda hidráulica
de los cauces, y el volumen acopiado no será mayor al necesario para desarrollar actividades de 3
días de trabajo.
La Concesión La Pintada S.A.S. deberá reportar para cada periodo, las cantidades de material utilizado
en cada actividad, tipo de material, fuentes proveedoras y se deberán adjuntar los permisos mineros
y ambientales legibles, con que cuente cada una de las fuentes utilizadas.
10.1.1.4 Ficha 7.3.4 Manejo de residuos líquidos
Se requiere complementar la siguiente actividad tal manera que quede:
No se realizarán vertimientos de aceites usados a las redes de alcantarillado ni se dispondrán
directamente sobre el suelo. Estos residuos serán almacenados y se entregarán a empresas
encargadas de su manejo, debidamente autorizadas por la Autoridad Ambiental. De lo cual se
adjuntarán periódicamente los respectivos soportes documentales a la ANLA en los ICA.
10.1.1.5 Ficha 7.3.5 Manejo de residuos sólidos domésticos industriales y especiales.
Con respecto a este programa debe incluirse en la ficha que:
La Concesión La Pintada S.A.S. presentará anexo a los ICA, los reportes de cantidad de residuos
sólidos generados con los respectivos soportes documentales de la entrega a la empresa encargada
de realizar el manejo, reutilización y/o disposición de los materiales.
La Concesión La Pintada S.A.S. deberá acopiar temporalmente en sitios acondicionados para tal fin,
los residuos sólidos domésticos e industriales y posteriormente los deberá entregar para su disposición
a operadores que cuente con los permisos ambientales y legales vigentes, de lo cual se deberá remitir
los soportes en los ICA.
Deberá reportar en los informes de cumplimiento ambiental — ICA presentados a esta Autoridad, a
cerca de las entregas de materiales reciclables, reutilizables y peligrosos cuando estos sean
generados, relacionando empresa encargada de la recolección, transporte y disposición de los
residuos industriales y peligrosos, cantidades y tipos de material entregado, se deberán anexar copia
de los permisos ambientales correspondientes y comprobantes de entrega de dichos residuos.
10.1.1.6 Ficha 7.3.7 Manejo de aguas de escorrentía
La ficha solamente menciona medidas relacionadas con el manejo de las aguas de escorrentía de los taludes
generados por el proyecto, en tal sentido se deben establecer medidas para el manejo de las aguas de
escorrentía en todas las zonas del proyecto, frentes de obras, zonas de depósito de materiales, las medidas
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"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
deben incluir trampas de sedimentos para las aguas superficiales de las áreas intervenidas por el proyecto para
evitar la contaminación de los cuerpos de agua, adicionalmente se incluirá la siguiente acciones:
Se realizará la construcción de la totalidad de las obras de drenaje (cunetas, disipadores de energía,
zanjas de coronación, filtros, subdrenes etc.) requeridas para el manejo y conducción de manera
adecuada de las aguas de escorrentía generadas en las zonas intervenidas por el proyecto. De tal
manera que se evite la afectación a cuerpos de agua, zonas aledañas al proyecto, dinamización de
procesos inestables y en general el medio circundante.
Se realizará la construcción y/o adecuación de sedimentadores o trampas de sedimentos a la salida
de las aguas de escorrentía de las zonas de obras y antes de realizar la entrega a cuerpos de agua
(ríos, quebradas y cauces naturales).
Para el caso de las ZODME se debe garantizar la conectividad de las obras de drenaje de la vía en
doble calzada con las salidas de los drenajes de los ZODME y de estos con los drenajes naturales
aguas abajo, de tal manera que no se afecten predios vecinos.
10.1.1.7 Ficha 7.3.8 Cruces con cuerpos de agua
Para la ficha se establecen las siguientes acciones a desarrollar:
Las obras de drenaje deberán guardar armonía con los sistemas de drenaje de agua de escorrentía
propios de la zona y garantizar el adecuado drenaje sin causar afectaciones o impactos adicionales
para lo cual se deberán realizar las actividades obras y medidas a que haya lugar.
101.2 Medio biótico
La Concesión La Pintada S.A.S. omite en el estudio las fichas Manejo de remoción de cobertura vegetal y
descapote, Manejo de flora y Programa de protección y conservación de hábitats establecidas en los términos
de referencia VI-TER-1-01, e indica la siguiente justificación:
Tabla 54 Fichas de manejo ambiental del medio biótico VI-TER1-01 sin formular por parte de la empresa
Aplica
Observaciones
Programa
Si
No
Las actividades de remoción de la cobertura vegetal se
encuentran incluidas en la Ficha de manejo del
Manejo de remoción de cobertura vegetal y
aprovechamiento forestal y las actividades de
X
descapote
descapote están incluidas en la Ficha de manejo y
disposición de materiales sobrantes de excavación.
Las actividades de manejo de flora se encuentran
descritas en la Ficha de manejo del aprovechamiento
forestal, programa de conservación de especies
X
Manejo de flora
vegetales y programa de compensación para el medio
biótico.
Dentro del área de influencia puntual del proyecto todas
las coberturas serán removidas, por lo cual no
Programa de protección y conservación de
X
permanecerá vegetación remanente dentro del área de
hábitats
afectación puntual del proyecto.
Fuente: tomado de la Tabla 7-5 del radicado de información adicional 2015064876-1-000 del 3 de diciembre de 2015.
Según, esto se considera que si bien la empresa no presenta la totalidad de los programas solicitados en los
términos de referencia, la justificación dada en cada caso evidencia que sí se formulan las medidas que aplican
para las características bióticas del proyecto.
De otro lado, teniendo en cuenta que las actividades de descapote se incluyeron en la ficha 7.3.1 Manejo y
disposición de materiales sobrantes de excavación, se considera que dicha actividad tendrá lugar en otras obras
del proyecto, por lo que no puede quedar establecida únicamente para las ZODME. Razón por la cual, las
acciones a desarrollar para la actividad del descapote deben quedar incorporadas en la ficha 7.4.1, en la que
se presentan las consideraciones acerca de las medidas de manejo propuestas por la empresa para esta
actividad.
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"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
10.1.2.1 Ficha 7.4.1 Programa manejo del aprovechamiento forestal
Teniendo en cuenta que no es competencia de esta Autoridad realizar el seguimiento ambiental al tema de
epífitas, dicho término debe excluirse del título "Actividades preliminares a las labores de tala, rocería y
aprovechamiento".
Esta ficha presenta en una tabla asociada al título "Volumen a remover", información acerca del número de
individuos a aprovechar por cobertura de la tierra y sus correspondientes volúmenes, de acuerdo a la solicitud
de aprovechamiento forestal presentado por la empresa; en consecuencia debe ser reemplazada por el
aprovechamiento forestal autorizado en el resultado del presente acto administrativo.
En cuanto al título "Destino del material producto de la tala", esta Autoridad aprueba la utilización de los
productos maderables en el proyecto, los cuales podrán ser donados a la comunidad de las áreas de influencia
del proyeCto y/o a CORANTIOQUIA, siempre y cuando su utilización sea sin ánimo de lucro; la empresa deberá
reportar a través de una base de datos en Excel el destino final dado a los volúmenes comerciales aprobados
por cobertura de la tierra y obra, de conformidad con la tabla que autoriza el aprovechamiento forestal en el
resultado del concepto.
Con relación a lo anterior, la base de datos de Excel deberá entregarse actualizada en cada Informe de
Cumplimiento Ambiental — ICA con los anexos de soporte (actas de donación a la comunidad del área de
influencia del proyecto) y deberá contar por lo menos con la siguiente información: información base del
aprovechamiento forestal (cantidad de individuos y volumen comercial autorizado por cobertura de la tierra y
obra), información sobre el avance del aprovechamiento forestal (cantidad de individuos aprovechados por
cobertura y obra con el respectivo volumen de aprovechamiento y fecha de aprovechamiento), información del
usuario final de la madera (empresa, comunidad del área de influencia del proyecto o CORANTIOQUIA, destino
dado por el usuario con registro fotográfico y/o acta de entrega a la comunidad) y volumen comercial no utilizado
(indicar la cantidad de individuos no utilizados con su respectivo volumen y las razones por las cuales no
pudieron ser aprovechados; por ejemplo dimensiones o estado fitosanitario). Cada uno de los ítems
anteriormente señalados por tema, corresponden a las columnas de una hoja de cálculo que deben entregarse
completamente diligenciados por la empresa, de manera que efectivamente se construya una base de datos
que permita evaluar de manera integral el avance del aprovechamiento forestal que se autoriza en el resultado
del concepto; no se admite la presentación de esta información en hojas de cálculo separadas.
En este orden de ideas, y teniendo en cuenta que esta Autoridad aprueba en el resultado del concepto los
volúmenes comerciales que considera pertinentes, debe omitirse la tabla que muestra los volúmenes
comerciales por especie de esta ficha.
De otro lado, frente al material vegetal talado que no se pueda utilizar en el proyecto o donado a las
comunidades de las áreas de influencia del proyecto o a CORANTIOQUIA, las dos primeras acciones que
formula la empresa, a saber, "Repicar y apilar el material vegetal en zonas cerca del sector donde se realizarán
las talas cuando sea factible, siempre y cuando sean pilas pequeñas y no se afecte la vegetación presente en
la zona que se va a disponer," y "Chipiar y disponer el material vegetal bajo la copa de los árboles cerca del
sector donde se realizarán las talas cuando sea factible, teniendo en cuenta que el material dispuesto no supere
los 20 cm y que la base del tallo de los árboles quede libre de este material aplicándolo a 20 cm de distancia.",
deben contener explícitamente la condición de su ejecución únicamente en el caso en que no se vean afectados
los recursos hídricos de la zona, pues el proyecto se localiza en una zona con altas pendientes muy cercana al
río Cauca y otros cuerpos de agua permanentes y estacionales que no deben afectarse por aportes del material
vegetal repicado proveniente del proyecto.
En cuanto a las medidas de manejo del descapote, que se presentaron en la ficha 7.3.1, teniendo en cuenta
que la empresa no estimó la cantidad de material que producirá esta actividad para la ejecución del proyecto,
es necesario que se incluya dentro de su manejo lo siguiente: registrar y reportar en una base de datos de
Excel, los volúmenes de descapote generados por la ejecución del proyecto en cada una de las obras (vía o
depósito) y el manejo temporal y final dado al mismo, con los correspondientes registros fotográficos que
permitan evidenciar dichos manejos. Para lo anterior, la base de datos deberá contener la siguiente información:
información general del descapote (fecha, obra en la que se ejecutó y volumen extraído (m3)), manejo temporal
del descapote (lugar, fecha y codificación de las fotos que evidencien el manejo de la disposición temporal) y
disposición final del descapote (lugar, fecha y codificación de las fotos que evidencien el manejo de la
disposición final, así como el volumen total dispuesto).
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Frente a los indicadores, debido a que no se presenta su frecuencia de seguimiento y monitoreo, esta debe
establecerse de manera mensual.
10.1.2.2 Ficha 7.4.2 Programa manejo para la conservación de especies vegetales
De cara al título "Establecimiento de viveros temporales", se indica que todo el material del rescate de
germoplasma se procesará en el vivero y que un técnico o profesional administrará y dirigirá al personal en las
actividades siembra, entre otras. No obstante, no se indica cuál será la localización final de los individuos a
sembrar, ni los correspondientes porcentajes de supervivencia, de manera que la empresa deberá proponer los
sitios de siembra y concertarlos con CORANTIOQUIA, garantizando un porcentaje de supervivencia mayor o
igual al 70 % en la ubicación final; también es necesario que se defina el tratamiento que se dará en la
localización final y duración.
De otro lado, en concordancia con las consideraciones presentadas por esta Autoridad en cuanto a la
zonificación de manejo ambiental, el rescate de brinzales debe llevarse a cabo para la totalidad de los individuos
en el rango de alturas de 20 cm a 50 cm, para las coberturas de bosque fragmentado, bosque de galería y/o
ripario y vegetación secundaria alta, mientras que en el caso de las coberturas antropizadas se podrá dar
prelación a las especies de alto valor como lo indica la empresa; los porcentajes de supervivencia de los
individuos rescatados en el sitio de manejo temporal deberán ser mayores o iguales al 80 %, y en el sitio de
ubicación final, mayores o iguales al 70 % de los individuos sembrados, yen el caso en que la mortalidad supere
estas cifras, se deberán hacer resiembras, hasta alcanzar los objetivos planteados,
Con relación a lo anterior, debido a que las áreas en que se requiere ejecutar el rescate de brinzales son
bastante reducidas, dada la escasa representatividad de bosque fragmentado, de bosque de galería y/o ripario
y de vegetación secundaria alta en el área de intervención, y teniendo en cuenta que en las coberturas
antropizadas sólo se exige el rescate de especies de alto valor, el rescate de brinzales deberá realizarse en la
totalidad del área de intervención, por lo que no se autoriza suspender la actividad de rescate de brinzales a
través del acuerdo previo con la interventoría, y las labores de propagación deberán ejecutarse de manera
paralela al rescate de brinzales.
Se observa que si bien la ficha contiene el título "Establecimiento de viveros temporales", dichos viveros se
destinan exclusivamente a los frutos y semillas rescatados, pero en el título "Rescate de brinzales" se habla de
brinzales que se llevarán a las zonas de vivero, lo que da a entender que otros brinzales no serán llevados a
viveros. Por esto, es imprescindible que la empresa precise cuál será el manejo temporal de estos individuos,
cuál será su ubicación final y qué tratamiento recibirán allí y por cuánto tiempo.
Con el fin de documentar adecuadamente el rescate de brinzales, es necesario que la empresa presente una
base de datos de Excel, con los anexos fotográficos correspondientes, en donde se registren la totalidad de las
labores de rescate efectuadas. La base de datos debe contar con la siguiente información: información general
sobre el rescate (fecha y cantidad de individuos rescatados por especie, por cobertura de la tierra y por obra
(en el caso de la vía indicar abscisados) y codificación de las fotos que evidencien el rescate), información del
manejo temporal dado a los individuos rescatados (fecha y lugar de ubicación (incluir codificación de las fotos
que evidencien ubicación en sitio de manejo temporal), número de individuos por especie y sobrevivencia de
cada individuo) e información sobre la ubicación final de los individuos (fecha y lugar de ubicación (incluir
codificación de las fotos que evidencien ubicación final), número de individuos sembrados por especie y
sobrevivencia de cada individuo).
Dadas las anteriores consideraciones, es necesario que la empresa ajuste el cronograma de la ficha, de manera
que la totalidad de las actividades queden con sus correspondientes plazos de ejecución.
Por último, en atención a que la empresa solicita el aprovechamiento forestal de 84 individuos de Cedrela
odorata, especie en peligro de extinción (EN), se considera necesario que en esta ficha se contemplen medidas
para su conservación en el área de influencia del proyecto, Estas medidas deben estar orientadas a la siembra
de individuos de esta especie en una proporción de 1:5, de manera que deberán sembrarse un total de 420
individuos en las áreas de compensación por pérdida de biodiversidad.
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10.1.2.3 Ficha 7.4.3 Programa manejo para la conservación de especies vegetales en veda
Este tema no forma parte de la competencia de esta Autoridad por lo cual se considera necesario que la ficha
se omita del Plan de Manejo Ambiental, puesto que su seguimiento le corresponde al Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible.
La nueva numeración de las fichas subsiguientes se establece en el resultado de este acto administrativo.
10.1.2.4 Ficha 7.4.4 Programa de revegetalización
La numeración de esta ficha debe cambiar a 7.4.3 debido a la solicitud de omitir el programa de especies
vedadas. De otro lado, si bien en los términos de referencia VI-TER 1-01 este programa corresponde a
revegetalización y/o reforestación, se considera que las actividades de reforestación se abordan en las fichas
7.4.2 y 7.4.5, de manera que a continuación se presentan consideraciones únicamente en cuanto a la
revegetalización.
En cuanto al lugar de aplicación, la empresa señala únicamente los taludes del corredor vial. Esta actividad
debe extenderse a las áreas de las ZODME una vez se termine su utilización, lo cual garantizará que el material
allí depositado no llegue a áreas aledañas o a los cuerpos de agua de las áreas de influencia por efecto de la
escorrentía de las aguas.
Por otro lado, teniendo en cuenta las consideraciones presentadas en la zonificación de manejo ambiental, en
las cuales para las franjas de rondas asociadas con cuerpos de agua se plantea que cuando "(...) se terminen
las actividades constructivas, se restablecerán las franjas de las rondas en las áreas verdes del proyecto, con
especies nativas que posean especificaciones de grosor y altura permitidas.", y teniendo en cuenta que la
empresa está solicitando el aprovechamiento forestal en la franja del derecho de vía para los puentes y el
viaducto a construir, los cuales se asocian con coberturas naturales que componen la vegetación de las rondas
hídricas que actualmente funcionan como elementos que brindan conectividad ecológica para el medio biótico,
es necesario que la empresa plantee una acción a desarrollar que garantice la adecuación y recuperación de
estas franjas con elementos que permitan restablecer la conectividad ecológica actual. Para esta acción deberá
desarrollarse la totalidad del contenido de la ficha.
10.1.2.5 Ficha 7.4.5 Programa de compensación por pérdida de biodiversidad
La Concesionaria La Pintada S.A.S. presentó este programa con el cálculo de áreas a compensar de acuerdo
a los factores de compensación establecidos en el Manual para la asignación de compensaciones por pérdida
de biodiversidad, y adicionalmente, propuso actividades de conservación y rehabilitación en predios a adquirir,
para los cuales se plantea el cerramiento perimetral y su posterior entrega a CORANTIOQUIA.
Según lo anterior, esta Autoridad procedió a corroborar los cálculos presentados por la empresa a través de la
herramienta MaFE, y se obtuvieron los siguientes resultados que concuerdan con lo presentado por la empresa
en esta ficha:
Tabla 55. Cálculo de las áreas a compensar • or el proyecto
Ecosistema
Bosques naturales* del orobioma bajo
de los Andes en NorAndina
Valle_CaucaOrobiomas bajos de los
Andes
Vegetación secundaria del orobioma
bajo de los Andes en NorAndina
Valle_CaucaOrobiomas bajos de los
Andes
Total
# Fragmentos
impactados
Área Impactada
(ha)
7
1,8
8,5
15,3
3
0,5
4,25
2,1
10
2,3
12,8
17,4
Factor de
Área a
compensación compensar (ha)
os bosques naturales corresponden a bosque fragmentado y bosque de galería y/o ripario. Fuente: elaborado por el equipo
evaluador con base en los resultados de la herramienta MaFE versión 2.0.3
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De otro lado, vale la pena resaltar que la empresa indica en esta ficha lo siguiente: "Teniendo en cuenta que el
AIP de la Unidad Funcional 4 Proyecto Conexión Pacífico 2 Bolombolo - La Pintada — Primavera corresponde
a coberturas muy intervenidas, no se han encontrado sitios que cumplan con las características para aplicar el
Manual de asignación de compensaciones por pérdida de biodiversidad propuesto por el Ministerio de Ambiente
y Desarrollo Sostenible (2012). Sin embargo este programa de compensación se plantea para dar cumplimiento
a los requerimientos por pérdida de biodiversidad definidos por el MADS.", frente a lo cual es importante aclarar
que el mencionado manual indica que "Las áreas ecológicamente equivalentes deben ubicarse dentro del área
de influencia del proyecto o, en su defecto, dentro de la subzonas hidrográficasl2 donde se encuentra ubicado
el proyecto y, si esto no es posible, en las subzonas hidrográficas circundantes, lo más cerca posible al área
impactada.", de manera que es evidente para esta Autoridad que en el área de intervención obviamente no se
puede hacer la compensación, puesto que allí se retirarán todas las coberturas existentes.
En este orden de ideas, se entiende que la compensación debe llevarse a cabo en las áreas de influencia
directa e indirecta, las cuales tienen ecosistemas equivalentes para implementar la correspondiente
compensación, como se muestra en la figura y en la tabla a continuación:
Tabla 56 Ecosistemas para búsqueda de equivalencias en el All v el AID del provecto
Ecosistema
Área
Promedio
(ha)
Área Total
(ha)
# Fragmentos
Área
Área
Mínima (ha) Máxima (ha)
Bosques naturales del orobioma bajo de los
0,1
10,2
Andes en NorAndina
15
49,9
3,3
Valle_CaucaOrobiomas bajos de los Andes
Vegetación secundaria del orobioma bajo
5,3
8
17,7
2,2
0,2
de los Andes en NorAndina
Valle_CaucaOrobiomas bajos de los Andes
Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en los resultados de la herramienta MaFE versión 2.0.3
Según lo anterior, se evidencia que la empresa puede definir la compra de predios en el All y/o en el AID del
proyecto, por lo cual se considera que en esta etapa ya debían tenerse unas zonas propuestas para evaluación
de esta Autoridad y para posterior concertación con CORANTIOQUIA, a pesar de que en el título "3. Dónde
compensar", la Concesión La Pintada S.A.S. propuso "(...) con el apoyo de CORANTIOQUIA buscar áreas que
sean en lo posible ecológicamente similares y que no presenten interés turístico".
Figura 251 Ecosistemas naturales impactados y áreas para búsqueda de equivalentes ecosistémicos
803000
804000
805000
—1.
1
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Fuente: elaborado por el equipo evaluador con base en los resultados de la herramienta MaFE versión 2.0.3
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De otro lado, teniendo en cuenta que la empresa definió los objetivos "Generar estrategias de conservación y
restauración de sitios estratégicos por su equivalencia ecológica y/o importancia ecológica ubicados en el área
de influencia indirecta del proyecto." y "Favorecer los procesos de conectividad de las coberturas boscosas y/o
naturales de la zona a partir de procesos de recuperación y/o enriquecimiento de sitios.", se considera que la
ficha no presenta las acciones a desarrollar que permitan cumplirlos, puesto que únicamente el título "4.
Rehabilitación y adecuación para las zonas de conservación" se relaciona con estos temas, y además, aborda
únicamente lo referente a las actividades de siembra del material proveniente del germoplasma, junto con un
programa de "compensación por remoción de la cobertura vegetal" que no existe en el Plan de Manejo
Ambiental en evaluación.
En consecuencia, se considera necesario que se ajuste este programa de manera que se dé cumplimiento a
los objetivos de conservación, restauración y favorecimiento de los procesos de conectividad ecológica con
procesos de recuperación y/o enriquecimiento de sitios, de que habla la empresa, para lo cual deberá
contemplarse la siembra de individuos provenientes del rescate de germoplasma y de brinzales, así como los
420 individuos de Cedrela odorata que deben ser compensados (Ver las consideraciones a la Ficha 7.4.2.
Programa manejo para la conservación de especies vegetales) por tratarse de una especie en riesgo de
extinción a nivel nacional. Las acciones a desarrollar en cada caso, deberán orientarse a la ganancia neta de
biodiversidad en las áreas a compensar, puesto que de esta manera se garantiza la efectividad de la
compensación por pérdida de biodiversidad: para cada una de las acciones que formule la empresa deberá
desarrollarse la totalidad del contenido de la ficha.
Por otra parte, debido a que esta Autoridad realiza el seguimiento ambiental únicamente durante la etapa de
construcción del proyecto, es necesario que a partir del establecimiento de las áreas a compensar, las acciones
se ejecuten en el plazo que dura esta etapa, es decir 1800 días, lo cual debe quedar claramente establecido en
las acciones a desarrollar y en el cronograma de la ficha.
Con relación a esto, debido a que esta Autoridad presenta consideraciones relacionadas con el seguimiento de
este programa en las fichas 10.2.2.1 Programa de monitoreo y seguimiento de fauna y 8.2.2 Programa de
monitoreo y seguimiento de flora, es necesario que los mismos guarden coherencia con los ajustes solicitados
en la presente ficha.
En virtud del anterior análisis, se definen las áreas a compensar que se mostraron en la Tabla 53 Cálculo de
las áreas a compensar por el proyecto, con base en las cuales la empresa deberá presentar el Plan de
Compensaciones de acuerdo con lo estipulado en el Artículo Tercero de la Resolución 1517 de 2012; es de
importancia aclarar que las consideraciones anteriormente expuestas se refieren exclusivamente a las áreas a
compensar y a las acciones generales que propuso la empresa, y que esta ficha no corresponde al Plan de
Compensaciones que la Concesión La Pintada S.A.S. deberá presentar en el plazo máximo de un (1) año a
partir del pronunciamiento sobre la viabilidad ambiental del proyecto según lo definido en la Resolución 1517
de 2012 y el Manual para la asignación de compensaciones por pérdida de biodiversidad.
10.1.2.6 Ficha 7.4.6 Programa de manejo para la fauna
En primer lugar, teniendo en cuenta que quedaron algunas falencias en cuanto a la caracterización de la fauna
en la línea base, la cual constituye el marco referencial para este programa de manejo, se considera necesario
que la empresa presente un documento anexo con la siguiente información aclaratoria de acuerdo a los
resultados obtenidos en el EIA:
A. Método de registro de las especies de fauna sensible del área del proyecto (AH y AID), en el sentido
de especificar si se reportan por la comunidad y/o si se observaron durante los muestreos.
B. Señalar si las especies de aves Anas discors, Chlorostilbon melanorhynchus, Chordeiles minor, Actitis
macularius, Chloroceryle americana, Megaceryle torquata, Caracara cheriway, Synallaxis albescens,
Protonotaria citrea, Coereba flaveola, Dacnis cayana, Sporophila minuta, Sporophila nigricollis, Tiaris
olivaceus, Pachyramphus rufus, Camptostoma obsoletum, Phaeomyias murina, Egretta caerulea,
Egretta thula, Phimosus infuscatus, Eupsittula pertinax, Tringa melanoleuca, Columbina passerina,
Falco sparverius, Furnarius leucopus, Setophaga pitiayumi, Ardea alba, Ardea herodias, Butorides
striata, Nycticorax nycticorax y Phalacrocorax brasilianus, se encuentran o no el All y el AID del
proyecto. En caso de reportarse para el AID del proyecto presentar los resultados de abundancia de
cada especie por cobertura de la tierra, como se presentó en la Tabla 3-205 del EIA.
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Resolución No. o 1
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O 5 FEB 2016-
Hoja No. 111
"Por la cual se otorga una Licencia'Ambiental y se toman otras determinaciones"
C. Señalar si las especies de mamíferos, Aotus griseimembra, Metachirus nudicaudatus y Saccopterix
bilineata, se encuentran, o no el AH y el AID del proyecto. En caso de reportarse para el AID del
proyecto, presentar los resultados de abundancia de cada especie por cobertura de la tierra, como se
presentó en la Tabla 3-201 del EIA.
D. Respuesta a la totalidad de las observaciones presentadas por CORANTIOQUIA con relación ala
fauna caracterizada en el área del proyecto en los radicados ANLA 2015069999-1-001 del 27 de enero
de 2016 y 2015069999-1-002 del XX de enero de 2016.
De cara a las acciones a desarrollar se considera que en el título "1.Búsqueda de actividad reproductiva", la
medida de "(...) señalizar el árbol o sitio para evitar incidentes y darle espera al desarrollo de los polluelos y
cachorros detectados, y su seguimiento hasta que puedan salir del nido por sus propios medios.", no tiene en
cuenta que el proyecto debe cumplir con un cronograma de avance de obras que responde a compromisos
contractuales de la empresa, que no pueden suspenderse en caso de encontrarse crías de fauna.
En este orden de ideas, deben formularse acciones de rescate de nidos y/o crías que garanticen la no afectación
de animales vertebrados terrestres debido al avance de obras en el área de intervención: debe informarse a
CORANTIOQUIA, en caso de hallarse crías de las especies amenazadas incluidas en la Resolución 192 de
2014 del MADS, sobre la ubicación en la cual se encontraron y si estas especies fueron rescatadas o se
movilizaron por sí mismas del área de intervención. Lo anterior, debido a que la totalidad de las áreas de
influencia del proyecto se encuentran en la zona de Reserva de Recursos Naturales del río Cauca, y en algunos
puntos hay traslape con los bosques secos delimitados por esta Autoridad Regional.
En el mismo sentido, en caso de observarse durante las labores de ahuyentamiento individuos de las especies
amenazadas incluidas en la Resolución 192 de 2014, deberá informarse a CORANTIOQUIA sobre la cantidad
de individuos observados y si estos se desplazaron por sí mismos o si fueron necesarias labores de rescate.
En cuanto al título "3. Rescate de fauna", se considera necesario que la empresa señale cuál es la "zona
seleccionada" donde se plantea la liberación de los individuos rescatados, y que formule acciones a desarrollar
en caso de requerirse la recuperación de individuos que no puedan ser inmediatamente liberados.
Adicionalmente, es necesario que esta acción contenga un formato de registro que aborde por lo menos la
siguiente información con el correspondiente registro fotográfico: sitio de rescate (coordenadas, cobertura de la
tierra, obra (vía con abscisado o depósito, fecha), especies rescatadas (información taxonómica hasta el nivel
de especie, número de individuos por especie, codificación de la foto de cada individuo, estado de salud al
momento del rescate, sexo en caso de poderse determinar), manejo dado a las especies rescatadas (cantidad
de individuos liberados de inmediato por especie y sitio de liberación, cantidad de individuos llevados a
recuperación por especie y codificación de foto por individuo, cantidad de individuos recuperados y-su estado
de salud al momento de la liberación (incluir código de foto por individuo) y sitio de liberación).
De otro lado, debido a que uno de los objetivos planteó "Disminuir el número de accidentes de fauna silvestre
en la zona del proyecto, empleando estructuras de paso superiores.", y teniendo en cuenta que en el título "4.
Señalización" se indica que "Con el objetivo de prevenir y evitar el atropellamiento de animales en la vía durante
la etapa de operación, estas señales se deberán instalar antes de las estructuras adaptadas como pasos
potenciales de la fauna silvestre.", es necesario que la empresa presente una actividad en las acciones a
desarrollar titulada "Pasos de fauna", indicando la cantidad de estructuras de paso superior y la cantidad de
estructuras adaptadas como pasos potenciales en el área de intervención, así como su ubicación y diseño
(incluyendo la correspondiente estrategia de conectividad) con la correspondiente justificación de acuerdo a la
caracterización de fauna y según las aclaraciones que se solicitaron sobre la misma. También deberá
complementarse la ficha con las metas e indicadores de seguimiento y monitoreo, y el cronograma de ejecución
de la actividad.
Con relación a esto, teniendo en cuenta que la ANLA realizará el seguimiento ambiental del proyecto
únicamente durante la etapa de construcción, es necesario que esta infraestructura quede ejecutada en esta
etapa.
En este mismo sentido, el título "4. Señalización" debe indicar que las señales se instalarán durante la etapa de
construcción y debe mencionar que se instalarán señales además "(...) en los sitios que se evidencie mayor
actividad de fauna y con mayor riesgo de atropellamiento." como se informa en el cronograma de ejecución.
Resolución No.
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5 FEB 2016:
Hoja No. 112
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Por último en cuanto al título "5. Mecanismos y estrategias participativas", el numeral 1 deberá ajustarse en el
sentido de indicar las especies de fauna sensible de la Tabla 27 Especies sensibles de fauna en las áreas de
influencia del proyecto del presente documento, la cual debe ser complementada de acuerdo a las aclaraciones
solicitadas sobre la caracterización de fauna.
10.1.3 Medio socioeconómico
De manera general en los programas de manejo para este medio se precisan objetivos, etapa del proyecto, tipo
de medida, responsables, aspectos ambientales asociados, aspectos ambientales a controlar, marco normativo,
lugar de aplicación, acciones a desarrollar, metas e indicadores de seguimiento y monitoreo, presupuesto y
cronograma. No obstante en algunos programas no se incluye población beneficiada, lugar de aplicación y
mecanismos y estrategias participativas tal y como se establece en los términos de referencia que aplican para
este proyecto. En este sentido, se considera que los aspectos faltantes se enfocan a la población ubicada en
los municipios y corregimientos con su respectiva ruralidad que hacen parte del área de influencia del proyecto.
A continuación se presentan las consideraciones para cada una de los programas de manejo propuestos por la
empresa en el medio socioeconómico:
10.1.3.1 Programa de manejo de información y participación comunitaria
Este programa contempla actividades que se consideran pertinentes para atender los impactos ambientales a
controlar. Sin embargo es importante que la empresa en lo relacionado con recepción, seguimiento y solución
a las inquietudes, quejas, solicitudes y todo tipo de manifestaciones en torno al Proyecto, cumpla con los
tiempos de respuesta estipulados en la normatividad vigente en cuanto a este tema.
En lo que tiene que ver con las metas e indicadores de seguimiento es necesario considerar el número de
convocados a las reuniones programadas, versus número de participantes y/o asistentes, lo cual permitirá medir
entre otros, la efectividad en los medios utilizados para la convocatorias a dichas reuniones.
10.1.3.2 Programa de Contratación de mano de obra no calificada
En cuanto al programa de Contratación de mano de obra no calificada, se aclara que aunque se contempló en
el presente acto administrativo, por exigencia de los términos de referencia, proferidos por esta Autoridad, no
obstante, de acuerdo a lo estipulado mediante el Memorando N° 4120-E1-37774 del 26 de febrero de 2014, la
Oficina Asesora Jurídica de la ANLA, señala: " (...) NO le asisten competencia a la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales (ANLA) de imponer, como obligación de hacer, la exigencia de vinculación de mano de
obra local para los proyectos obras o actividades sujetas al licenciamiento ambiental de competencia de la
ANLA, ni hacer exigible, en virtud del licenciamiento ambiental el cumplimiento del programa de contratación
de mano de obra local "; de acuerdo a lo anterior, esta exigencia no podrá ser objeto de imposición como
obligación en la licencia y por supuesto tampoco de seguimiento, lo cual no obsta para que en el seguimiento
y en el momento en que existan quejas y reclamos, se recojan las mismas y se envíen a la autoridad
competente.
10.1.3.3 Programa de negociación de predios y compra de cultivos
Al respecto del programa de negociación de predios y compra de cultivos se considera relevante tener en cuenta
lo siguiente:
Los impactos ambientales a controlar indicados por la empresa en este programa incluyen la limitación del uso
del suelo, por tal razón se considera pertinente contemplar las medias de manejo para la afectación sobre la
actividad ganadera desarrollada en el área de influencia del proyecto, ya que el trazado propuesto provocaría
la reducción de potreros como consecuencia de la partición de los mismos, limitando el desarrollo de actividades
propias de la ganadería. Situación que debe ser atendida por el responsable del proyecto.
La adquisición del área correspondiente al predio perteneciente al señor Nicolás Alberto Agudelo
Franco y Martha Lucia Zalamea denominado Higueronal CP-UF-03-002, ubicado en el municipio de
Tarso y que se encuentra incluido dentro del área de influencia de este proyecto, se realizaría por parte
de la Concesión La Pintada. S.A.S dentro del marco de la adquisición predial relacionado con el
proyecto CONSTRUCCIÓN UNIDAD FUNCIONAL 3 - AUTOPISTA CONEXIÓN PACÍFICO 2 - "Túnel
Resolución No. 01
15
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5 FEB 2016
Hoja No. 113
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Mulatos", ya que este predio será intervenido con la construcción de las dos unidades funcionales a
cargo de la misma concesión.
Incluir dentro de las metas e indicadores de seguimiento los cultivos y mejoras a negociar que van a
ser afectados por la construcción del proyecto, lo cual le permitirá a esta Autoridad verificar en la etapa
de control y seguimiento ambiental la efectividad de la medida.
10.1.3.4 Programas de educación ambiental para los trabajadores vinculados al proyecto y la comunidad,
fortalecimiento comunitario y (sic) indemnización y pago de daños causados a terceros
Los programas de educación ambiental para los trabajadores vinculados al proyecto y la comunidad,
fortalecimiento comunitario e indemnización y pago de daños causados a terceros incorporan
actividades coherentes que permitirán prevenir y mitigar los impactos ambientales asociados al
proyecto, y en tal sentido se consideran adecuados.
10.1.3.5 Programa de arqueología preventiva
En cuanto al Programa de arqueología preventiva: Esta programa deberá implementarse en los
términos y parámetros que lo apruebe el ICANH. Así mismo, se aclara que lo exigido por esta Autoridad
se hizo en el marco de los Términos de Referencia, pero la misma no podrá establecerse, debido a
que de conformidad con la Ley 1185 del 12 de marzo de 2008 "Por la cual se modifica y adiciona la
Ley 397 de 1997 — Ley General de Cultura", dicha labor es del resorte del Instituto Colombiano de
Antropología e Historia — ICANH. Esta exigencia no podrá ser objeto de imposición como obligación
en la licencia y por supuesto tampoco de seguimiento, lo cual no obsta para que durante el seguimiento
y en el momento en que existan quejas y reclamos, se recojan las mismas y se envíen a la autoridad
competente de acuerdo con el artículo 21 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo
contencioso Administrativo, esto es, al Instituto Colombiano de Antropología e Historia — ICANH.
10.2 PLAN DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO
En la siguiente tabla se presentan los programas del Plan de Seguimiento y Monitoreo propuesto por la
Concesión La Pintada S.A.S.
Tabla 57. Programas del Plan de Seguimiento v Monitoreo
FICHA DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO
Código
Nombre
Medio abiótico
8.1.1
Monitoreo del recurso suelo
Monitoreo del recurso aire
8.1.2
Monitoreo del recurso hídrico
8.1.3
Medio biótico
8.2.1
Programa de monitoreo y seguimiento de fauna
8.2.2
Programa de monitoreo y seguimiento de flora
Monitoreo del programa de revegetalización
8.2.3
Medio socioeconómico
8.3.1
Programa de monitoreo y seguimiento socioeconómico
Fuente: elaborado por el grupo evaluador de acuerdo al radicado de información adicional 2015064876-1-000 del 3 de diciembre de
2015.
A continuación se relacionan los programas y fichas de manejo ambiental que se considera deben ser
modificados:
10.2.1 Medio abiótico
Para los programas de seguimiento y monitoreo del componente abiótico las fichas propuestas incluyen los
objetivos, acciones de seguimiento y monitoreo, frecuencia de monitoreo, impactos a controlar e indicadores,
sin embargo dado que los programas se presentan de manera general y no incluyen actividades específicas de
monitoreo para los recursos suelo y aire, a continuación se relacionan las consideraciones para cada ficha y se
establecen algunas acciones de monitoreo que deberán ser implementadas durante la etapa de construcción
del proyecto.
Resolución No.
0115
de
0 5 FEB 2016
Hoja No. 114
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
10.2.1.1 Ficha 8.1.1 Monitoreo del recurso suelo
Se deberán incluir medidas de monitoreo y seguimiento a la estabilidad de los taludes, formulando
para ello las respectivas acciones, metas e indicadores a desarrollar, de tal manera que corresponda
con lo planteado en la Ficha de manejo de taludes. Las acciones a desarrollar deberán también incluir:
✓ Verificar que se cuentan con las obras de protección geotécnica e hidráulica necesarias para mantener
la estabilidad de los taludes que han sido generados.
✓ Verificar que durante las actividades de construcción se han seguido los parámetros y
recomendaciones del anexo 3-10 Estudio de estabilidad y estabilización de taludes y en general las
recomendaciones del diseño del proyecto.
✓ De igual manera se deben establecer actividades de monitoreó en las zonas de depósito autorizadas
de tal manera que se lleve un control esquemático a posibles afectaciones, inestabilidad y
deformaciones en las zonas de relleno, para lo cual se deberá:
✓ Realizar mediciones de altimetría y planimetría para verificar cuantitativamente los procesos de
desplazamiento del material dispuesto por efecto del peso, presentado los resultados respectivos
anexo a los ICA.
10,2.1.2 Ficha 8.1.2 Monitoreo del recurso Aire
Para el caso de los monitoreos propuestos en la ficha de manejo esta Autoridad establece que los monitoreos
deberán realizarse en el AID del proyecto Unidad Funcional 4, los puntos de monitoreo podrán ser ubicados
cerca de las zonas de depósito 11 y 12, o aquellos puntos que se encuentre más cercanos a las zonas pobladas
o en dirección hacia los centros poblados de Bolombolo y Peñalisa.
10.2.1.3 Ficha 8.1.3 Monitoreo del recurso hídrico
Teniendo en cuenta que esta ficha contempla el monitoreo de las comunidades hidrobiológicas, es necesario
que en los impactos a controlar se incluya el de "Afectación de ecosistemas acuáticos".
De otro lado, es necesario que los monitoreos planteados se realicen aguas arriba y aguas abajo de cada uno
de los cuerpos de agua, en las cuatro estaciones que se relacionaron en la GDB del proyecto, lo cual permitirá
verificar la incidencia de las obras sobre la calidad del agua y las comunidades hidrobiológicas del área de
influencia del proyecto.
En este mismo orden de ideas, se considera que la toma de muestras antes de la intervención en cada punto,
debe ser temporalmente lo más cercana posible al inicio de obras, pues el planteamiento de realizar el muestreo
un mes antes, es completamente incoherente con respecto a la dinámica de los ecosistemas acuáticos, los
cuales varían rápidamente en sus condiciones físico químicas, bacteriológicas e hidrobiológicas, en atención a
las condiciones climáticas y otros factores que pueden ser muy distintos un mes antes de la ejecución de las
obras. Por esto dichos monitoreos previos deberán ejecutarse en el rango de la semana anterior al inicio de
obras.
Ahora bien, debido a que la empresa presentó la caracterización de la calidad del agua y de las comunidades
hidrobiológicas de manera general y sin mostrar los resultados obtenidos para cada estación de monitoreo, y
teniendo en cuenta que en los anexos incluyó los resultados para la totalidad del proyecto Autopista Conexión
Pacífico 2, es necesario que como anexo a esta ficha remita los resultados de la línea base con el
correspondiente documento de análisis exclusivamente para las cuatro estaciones de muestreo de la Unidad
Funcional 4.
Por último, deberán incluirse la totalidad de los contenidos que relaciona la Metodología General para la
presentación de Estudios Ambientales, en cuanto al Plan de seguimiento y monitoreo.
10.2.2 Medio biótico
Teniendo en cuenta que esta Autoridad solicitó ajustes sobre la totalidad de fichas del Plan de Manejo Ambiental
de su competencia, se considera necesario que la fichas del Plan de Seguimiento y Monitoreo sea actualizado
Resolución No.
0115
0 5 FER 2016 -
Hoja No. 115
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
en coherencia. A continuación se presentan las consideraciones específicas sobre las fichas propuestas por la
empresa.
10.2.2.1 Ficha 8.2.1 Programa de monitoreo y seguimiento de fauna
En primer lugar, debido a que esta ficha plantea dos objetivos que son completamente independientes, es
necesario que de la misma manera se presenten dos actividades; una deberá llamarse "Monitoreos de fauna"
y la otra deberá llamarse "Pasos de fauna y señalización".
Así, en el caso de la primera actividad (Monitoreos de fauna), este programa plantea la ejecución de los
monitoreos de fauna de manera semestral por un periodo de dos años, iniciando una vez finalice la construcción
de la vía yen coincidencia con la etapa de operación del proyecto, lo cual escapa al seguimiento ambiental que
realiza esta Autoridad, de manera que dichos monitoreos deberán realizarse durante la etapa de construcción
y una vez finalicen las labores de reubicación de fauna, así como el establecimiento de las áreas de
compensación por pérdida de biodiversidad.
En consecuencia, y teniendo en cuenta que uno de los objetivos de la ficha plantea "Evaluar las poblaciones
de fauna presentes en las diferentes coberturas vegetales seleccionadas para reubicar los individuos
localizados en el Área de Intervención Puntual de la UF4 del proyecto Conexión Pacífico 2 Bolombolo - La
Pintada — Primavera.", se considera necesario que en la medida de lo posible dichas reubicaciones se efectúen
en las áreas que se emplearán como compensación por pérdida de biodiversidad, debido a que es en éstas
donde la empresa deberá demostrar la ganancia neta de diversidad que sustente que la compensación
propuesta está cumpliendo con su objetivo.
Complementariamente, se considera necesario que la empresa efectúe un monitoreo inicial de las poblaciones
de fauna terrestre existentes en las áreas donde se realizará la compensación por pérdida de biodiversidad, de
manera que sea posible comparar los resultados obtenidos posteriormente y evidenciar las ganancias netas de
diversidad en dichas áreas. La totalidad del contenido la ficha deberá ajustarse para que esta acción se
desarrolle completamente durante la etapa de construcción del proyecto.
De otro lado, en cuanto a la actividad de pasos de fauna y señalización, se considera que el seguimiento a su
efectividad únicamente podrá evidenciarse durante la etapa de operación, tal y como propone la empresa,
teniendo en cuenta que la doble calzada es completamente nueva y que durante la etapa de construcción por
allí no circulará el tráfico que se tiene previsto para el proyecto.
No obstante y con relación a lo anterior, es de resaltar que no se plantearon las actividades específicas que
permitirán medir la efectividad de estos pasos de fauna y de la señalización, por lo que deberán formularse para
evaluación y aprobación por parte de esta Autoridad vía seguimiento. Como mínimo deberá plantearse el
registro de todos las accidentes de fauna en el área de intervención del proyecto, para lo cual debe presentarse
un formulario de registro que contemple por lo menos: información temporal (fecha), ubicación (abscisado y
coordenadas planas Magna Sirgas Colombia Bogotá u Oeste), registro fotográfico de los accidentes
(codificación de las fotos y anexo fotográfico), de ser posible la determinación taxonómica de los individuos
atropellados, si el accidente fue fatal o no y la existencia de señalización y/o pasos de fauna más cercanos al
sitio del accidente (abscisado y coordenadas planas Magna Sirgas Colombia Bogotá). Los resultados de esta
acción deberán ser presentados a la Agencia Nacional de Infraestructura — ANI, quien deberá definir el
procedimiento a seguir en caso de evidenciarse deficiencias en la cantidad de pasos de fauna y/o en la
señalización del proyecto.
Para esta acción deberán ajustarse además: los parámetros a medir, deberá asignarse una frecuencia de
medición mensual, deberá ajustarse el parámetro a medir en cuanto a los lineamientos para establecer la
efectividad de las medidas de manejo implementadas debido a que se plantea "Número de individuos
atropellados en la vía durante la etapa de operación/ Número de individuos que cruzan la vía y sobreviven
durante en la etapa de operación x 100" y no es posible determinar el número de individuos que cruzarán la vía
durante la operación del proyecto.
Por último, la ficha no define actividades de seguimiento para las acciones a desarrollar "1. Búsqueda de
actividad reproductiva", "2. Ahuyentamiento de fauna", "3. Rescate de fauna" y "4. Mecanismos y estrategias
participativas" del Plan de Manejo Ambiental, las cuales no requieren monitoreo, pero si deben contar con el
correspondiente seguimiento. Para cada una de estas acciones se deberá desarrollar la totalidad de los
contenidos de la ficha.
Resolucióh No.
0115
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O 5 FEB 2016
Hoja No. 116
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
10.2.2.2 Ficha 8.2.2 Programa de monitoreo y seguimiento de flora
Teniendo en cuenta las consideraciones presentadas en el Plan de Manejo Ambiental, es necesario que en
esta ficha se omitan la totalidad de los temas relacionados con el rescate de epífitas vasculares y no vasculares,
y que se actualice de manera que guarde coherencia con los ajustes solicitados en el PMA.
Según esto, la ficha queda únicamente con la actividad "6.1 Adquisición de predios", la cual no guarda relación
con lo propuesto en la ficha 7.4.5 Programa de compensación por pérdida de biodiversidad del Plan de Manejo
Ambiental, según la cual por cada tipo de cobertura vegetal debe haber un área a compensar y es en el sentido
del cumplimiento de las áreas a compensar definidas por esta Autoridad que debe enmarcarse esta acción.
Por otro lado, se observa que la totalidad de las acciones a desarrollar de la ficha 7.4.1 Programa de manejo
del aprovechamiento forestal, fueron omitidas en este programa. Sin embargo, se considera que lo expuesto
por esta Autoridad en el Plan de Manejo Ambiental, permitirá un adecuado seguimiento de las actividades de
aprovechamiento forestal y descapote, por lo cual no es necesario que dichas medidas se trasladen o repliquen
en esta ficha.
De cara a la ficha 7.4.2 Programa de manejo para la conservación de especies vegetales, la situación es
diferente, puesto que se considera necesario que la empresa incluya el seguimiento y monitoreo de las acciones
de dicha ficha del Plan de Manejo Ambiental, lo cual permitirá verificar la ganancia neta de diversidad de flora
en las áreas definidas para la compensación por pérdida de biodiversidad. Lo anterior, contemplando que la
siembra de individuos del germoplasma o del rescate de brinzales al parecer será dispuesto en dichas áreas
de conformidad con el objetivo "Realizar el seguimiento a las áreas restauradas en términos de área y
mortalidad de especies plantadas.", incluido en esta ficha de seguimiento y monitoreo.
En consecuencia, se deben incluir las actividades que sean necesarias para hacer el seguimiento y monitoreo
de la conservación de especies vegetales, de manera que sea posible determinar la ganancia neta de diversidad
de flora en las áreas de compensación por pérdida de biodiversidad. La ficha deberá presentar la totalidad de
los contenidos desarrollados para esta actividad.
10.2.2.3 Ficha 8.2.3 Monitoreo del programa de revegetalización
Teniendo en cuenta que se solicitaron ajustes sobre la ficha 7.4.4 Programa de revegetalización del Plan de
Manejo Ambiental, es necesario que esta ficha de seguimiento y monitoreo se ajuste en el sentido de guardar
coherencia con los ajustes solicitados sobre el PMA.
10.2.3 Medio socioeconómico
Para el medio socioeconómico la empresa plantea una ficha consistente entre otras cosas en la observación,
registro y sistematización de la ejecución de las actividades y tareas, de tal modo que se puede llevar a cabo
el monitoreo y seguimiento de lo propuesto en el Plan de Manejo Ambiental para la implementación del proyecto.
De acuerdo a lo anterior se establecen parámetros a medir, los cuales se relacionan a continuación:
Número de solicitudes, quejas y reclamos atendidos/total de solicitudes, quejas y reclamos
presentados cada mes.
Número de reclamaciones atendidas por negociaciones de predios/número de reclamaciones
presentadas en el mes.
Número de actas de vecindad diligenciadas de acuerdo con las posibles afectaciones que causan las
actividades de construcción de la vía.
Número de paz y salvos emitidos por la atención a daños causados a terceros/número de
reclamaciones presentadas en el mes.
Número de viviendas negociadas/inventario de viviendas identificadas para negociar.
Número de viviendas relocalizadas/total de viviendas identificadas para reasentamiento.
Número de viviendas reubicadas/total de viviendas identificadas para reasentamiento.
Número de viviendas con negociación directa/total de viviendas identificadas para reasentamiento.
Subrayado fuera de texto
Número de personas capacitadas dentro de la estrategia de educación ambiental a la comunidad/total
de personas inscritas al inicio del programa.
Tiempo de cierre de vías/total tiempo de ejecución de la actividad de construcción.
Habilitación de vías alternas/vías cerradas por los trabajos de construcción.
Resolución No.
0115
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0 5 FEB 2016
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Hoja No. 117
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Número de sitios donde se rescató material arqueológico/total de sitios de propuestos para monitoreo.
De acuerdo a lo anterior se puede identificar que algunos de estos parámetros a medir están enfocados en
medir actividades relacionadas con el impacto de población a trasladar por el proyecto. No obstante según lo
indica la empresa en el transcurso del documento presentado y lo evidenciado por esta Autoridad en la visita
de evaluación no se tendría que trasladar población por la ejecución de las obras. En este sentido, estos
parámetros a medir no aplicarían para esta fase, así como, lo relacionado con mano de obra no calificada por
no ser de competencia de esta Autoridad.
Así mismo es necesario incluir metas e indicadores de seguimiento para las actividades desarrolladas en el
marco de los programas de negociación de predios y compra de cultivos, información y participación comunitaria
y para las actividades relacionadas con la afectación a la dinámica económica relacionada con la ganadería.
10.3 CONSIDERACIONES SOBRE LAS COMPENSACIONES POR PÉRDIDA DE BIODIVERSIDAD.
Teniendo en cuenta las consideraciones expuestas en el numeral 10.1.2.5, Ficha 7.4.5 Programa de
compensación por pérdida de biodiversidad, el Plan de Compensaciones deberá presentarse en un plazo
máximo de un (1) año, con las recomendaciones dadas por esta Autoridad en dicho numeral
10.4 CONSIDERACIONES SOBRE EL PLAN DE GESTIÓN DEL RIESGO
El contenido y presentación del Plan de Contingencia (Plan de gestión de riesgo) identifica y caracteriza las
amenazas y escenarios de vulnerabilidad visibles y propone para ellas un plan estratégico y operacional con
medidas encaminadas a la prevención de la posible ocurrencia de una contingencia; que se consolida en un
conjunto de programas y actividades que permitan poner en marcha las acciones de respuesta inmediata frente
a un evento con el fin de facilitar el desplazamiento de todos los recursos humanos, técnicos y económicos
requeridos en los diferentes tipos de eventualidades.
En el estudio se relaciona los riesgos de carácter externo e interno, en los cuales están inmersos los riesgos de
tipo natural, físico, antrópico, social y tecnológico y se evaluaron amenazas endógenas en etapa de
construcción y operación (incendios o explosión, derrames de combustibles). Por lo cual se establece
requerimiento al respecto. No obstante no se incluyen derrames de aceites, derrames de asfalto y concreto,
daño a infraestructura aledaña y accidentes en la vía. En cuanto a las amenazas exógenas se tienen en cuenta
aspectos como desprendimientos de tierras, avalanchas y hundimientos de tierras); hidrológicos (como
inundaciones y avenidas, sedimentación, erosión y desertificación); atmosféricos (tormentas y otros fenómenos
meteorológicos y/u oceanográficos, como huracanes y eventos de El Niño); y biológicos (como vectores de
enfermedades y plagas agrícolas).
Se considera que cuando se presenten contingencias o actividades no previstas, la empresa deberá
implementar las acciones propuestas e informar a la ANLA de forma inmediata. En los ICA que presente la
empresa deberá presentar los soportes de las gestiones implementadas en cumplimiento del plan de acción
presentado.
Para el medio abiótico los riesgos representativos se asocian a los eventos sísmicos, deslizamientos, pérdida
de la banca entre otros, lo anterior en consideración a la ubicación del proyecto en una zona con amenaza
sísmica intermedia, y con presencia de fenómenos de remoción por las características geológicas y
composiciones litológicas de los suelos. Así las cosas el Plan establece medidas preventivas, medidas de
control y medidas de recuperación para el riesgo asociado con sismos, de igual manera se presentan el plan
de contingencia para la prevención y atención por contaminación del suelo y cuerpos de agua por aporte de
sustancias deletéreas.
Se considera que cuando se presenten contingencias o actividades no previstas, la Concesión La Pintada
S.A.S. deberá implementar las acciones propuestas e informar a la ANLA de forma inmediata. Adicionalmente
en los ICA que presente la empresa deberá presentar los soportes de las gestiones implementadas en
cumplimiento del plan de acción presentado.
10.5 CONSIDERACIONES SOBRE EL PLAN DE INVERSIÓN DEL 1%
El presente proceso de Licenciamiento Ambiental no incluye permisos de aprovechamiento y uso de agua, de
tal manera no se autoriza la captación de agua para uso en las actividades del proyecto objeto de licenciamiento
ambiental; en tal sentido no aplica para el proyecto el Plan de Inversión del 1%.
Resolución No.
0115
de
0 5 FEB 2016
Hoja No. 118
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
10.6 CONSIDERACIONES SOBRE EL PLAN DE CIERRE Y ABANDONO
El estudio presenta en el Plan de abandono y restauración final incluye las medidas, acciones y demás
actividades a realizarse inmediatamente se finalicen los trabajos en cada frente de obra y cuando se dé por
terminada la etapa de construcción del proyecto, las cuales según indica el estudio han sido establecidas con
el fin de manejar impactos como degradación del área intervenida, cambios en la cobertura vegetal y usos del
suelo, etc. Se establece en el Plan que todas las áreas que hayan sido intervenidas por el proyecto deberán
ser restauradas y/o recuperadas con el fin de devolver al medio las mismas condiciones o mejores a las
encontradas inicialmente y para que el mismo esté acorde con el desarrollo del territorio.
De otra parte el Plan aclara que la construcción del proyecto no contempla la adecuación de campamentos
permanentes ni temporales, sitios para acopio y almacenamiento de materiales; plantas para trituración de
materiales ni de elaboración de mezclas de concreto ni de asfalto; captaciones de agua, por lo que no se
intervendrán áreas por fuera del corredor vial y por lo tanto el presente plan propone un cierre progresivo que
inicia con la finalización de obra en cada uno de los frentes de trabajo y al culminar la etapa constructiva del
proyecto, también se consideran algunas recomendaciones para el cierre de la etapa de operación.
En cuanto a los mecanismo de información a la comunidad, autoridades competentes y usuarios de la vía se
propone realizar reuniones informativas con la comunidad y autoridades competentes para dar a conocer las
actividades a realizar en el plan de abandono y restauración final de áreas intervenidas, realizar
acompañamiento a la comunidad por parte del área social y ambiental durante todo el proceso de abandono y
restauración final y por ultimo contar con medios de comunicación como carteleras informativas, radio, televisión
etc. Sin embargo, se considera importante que Concesión La Pintada S.A.S., proponga e implemente
mecanismos para la obtención de soportes documentales (actas, oficios, certificaciones, etc.) que evidencien
de parte de los representantes de las comunidades y de las Autoridades municipales, que en el área de
influencia directa del proyecto no quedaron obligaciones socio-ambientales por las diferentes actividades del
mismo.
Considera esta Autoridad que el Plan contiene las medidas necesarias para la etapa de cierre y restauración
final para las diferentes áreas intervenidas por el proyecto esto es la zona de construcción del corredor vial
incluyendo las zonas de depósito, en tal sentido se considera desde el punto de vista del equipo evaluador que
el Plan establecido deberá ser implementado de tal manera que se logre la restauración de la totalidad de las
intervenidas por el proyecto.
Que finalmente, mediante el presente acto administrativo esta Autoridad procederá a acoger lo dispuesto en el
Concepto Técnico No N° 299 del 2 de febrero de 2016, en el cual se concluyó que la información presentada
por la Concesión La Pintada S.A.S., para la solicitud de licencia ambiental es suficiente, considerando viable
su otorgamiento, de conformidad con las obligaciones que se establecerán en la parte resolutiva del presente
acto administrativo.
Que atendiendo los fundamentos legales y jurisprudenciales antes expuestos, y analizados los aspectos
técnicos consignados en el presente acto Administrativo, esta Autoridad considera procedente otorgar Licencia
Ambiental a la Concesión La Pintada S.A.S., proyecto para el proyecto denominado para el proyecto
denominado "Construcción Unidad Funcional 4 - Autopista Conexión Pacífico 2" el cual está localizado en el
municipio de Venecia— departamento de Antioquia
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Otorgar a la CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S identificada con el N.I.T.
900740893-1. licencia ambiental para la ejecución del proyecto denominado "Construcción Unidad Funcional
4 - Autopista Conexión Pacífico 2" el cual está localizado en el municipio de Venecia— departamento de
Antioquia
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorizar a la CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S la realización de las siguientes
obras y/o actividades, de acuerdo con las características y obligaciones que se enuncian a continuación:
Resolución No.
0115
0 5 FEB 2016
Hoja No. 119
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
1. Infraestructura, obras y actividades ambientalmente viables.
Se considera ambientalmente viable autorizar las siguientes obras de infraestructura, con las características y
condiciones especificadas en la siguiente tabla:
Obras e infraestructura ambientalmente viables
Infraestructura
Obligaciones
La configuración general del corredor corresponde a una vía de dos calzadas cuyas
características geométricas corresponden a las indicadas a continuación:
Requisitos Técnicos
Número de calzadas
(un)
No de carriles por
calzada (un)
Sentido de carriles
Ancho de Carril (m)
Ancho de Calzada (m)
Ancho de berma (m)
Corona por calzada
Hombrillo
Tipo de berma
Funcionalidad
(Primaria- Secundaria)
Acabado de la rodadura
Velocidad de diseño
(km/h)
Radio mínimo (m)
Pendiente máxima (%)
Ancho de separador
central (m)
Distancia mínima PIV
(m) para 80 Km/h
Distancia mínima PIV
(m) para 90 Km/h
-
Tramo a desnivel
K36+280 al K37+600
2
Tramo a nivel K37+600
al K39+432
2
2
2
Bidireccional
3,65
7,3
1,8 m externas
0,5 m internas
9,60 m
1,20 m
Berma
Primaria
Bidireccional
3,65
7,3
1,8 m externas
0,5 m internas
9,60 m
N/A
Berma
Primaria
Flexible
80
Flexible
80
255
6
N/A
255
6
2
225
225
250
250
Sección típica
La sección transversal típica: corresponde a una sección en doble calzada que está dotada
de 2 carriles por calzada de 3,65 metros de ancho cada uno, berma interna de 0.5 metro y
externa de 1.80 metros y cunetas de 1.20 metros ubicadas de acuerdo al peralte de las
calzadas, para el subtramo entre el K36+280 al K37+600 no se cuenta con separador central
mientras que el subtramo entre el K37+600 al K37+600 al K39+432 se contará con un
separador central de 2.0 metros.
Se autoriza la construcción de los siguientes puentes vehiculares para la construcción de la
Unidad Funcional 4:
Puentes y viaductos Unidad Funcional 4
CALZADA IZQUIERDA
Puentes
Abscisa inicio
Abscisa
fin
Abscisa
referenci
a
Longitu
d [m]
Descripción
K36+310
36+810
36+500
500
Puente Cauca
Resolución No.
0115
de
Hoja No. 120
0 5 FEB 20161
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Obligaciones
Infraestructura
K37+600
37+640
37+620
40
Viaducto
K38+624
38+871
38+750
247
Puente
K39+185
39+229
39+200
44
Puente
CALZADA DERECHA
K36+280
36+760
36+500
480
Puente Cauca
K37+560
37+600
37+580
40
Viaducto
K38+700
38+840
38+770
140
Puente
K39+180
39+188
39+175
8
Puente
A continuación se relacionan las obras de drenaje (alcantarillas y box coulverts) que se
localizarán a lo largo de la vía para drenajes y para descarga de cunetas.
Alcantarillas para drenaje de la Unidad Funcional 4
Dimensiones
Alcantaril
la
Calzada
izquierda
Calzada
derecha
Tipo de
obra
Diámetro
(m)
Obras
hidráulicas
menores
1
2
3
4
36+890
37+180
37+390
37+470
36+890
374-140
37+365
37+440
5
6
37+580
37+620
37+880
37+960
37+980
38+075
38+280
38+520
38+580
38+660
39+060
39+180
37+530
37+580
37+840
37+910
37+945
38+040
38+240
38+475
38+535
38+620
39+010
39+140
39+230
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
39+270
Cajón
Cajón
Circular
Circular
Circular
Circular
Cajón
Circular
Cajón
Circular
Cajón
Circular
Circular
Circular
Cajón
Circular
Circular
Ancho
B (m)
Altura h
(m)
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
0,90
0,90
0,90
0,90
0,90
0,90
0,90
0,90
0,90
0,90
0,90
De igual manera se autorizan las siguientes obras de drenaje que tienen la función de drenar
y manejar las cunetas de la Unidad Funcional 4.
Alcantarillas para descarga de cunetas Unidad Funcional 4
Alcantarilla
Calzada
Calzada
Dimensiones
izquierda
derecha
Diámetro (m)
Muros de
Contención
1
36+820
36+780
0,9
2
37+010
37+010
0,9
3
374-300
37+280
0,9
4
38+195
38+145
0,9
5
38+400
38+365
0,9
6
39+000
38+960
0,9
7
39+420
39+370
0,9
Se autoriza la construcción de los siguientes muros de contención.
Resolución No.
0115
de
0 5 FEB 2016
Hoja No. 121
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Infraestructura
Obligaciones
Abscisa
inicio .
Abscisa
Abscisa
. referenci
fin
a
37+360
37+420
37+390
37+600
37+590
37+580
37+640
37+660
37+650
38+525
38+560
38+550
38+560
38+624
38+600
39+100
39+045
39+120
39+440
39+430
39+425
Se autoriza la utilización de tres 3) zonas de depósito
Sitios de
Disposición Final
de material
Sobrante de
Excavación
Longitud
[m]
60
20
20
35
64
75
15
Volúmenes de los depositos para la unidad funcional 4
Volumen (m3)
Depósito
Se deberá reajustar el
9
diseño y volumen.
261.065
10
11
100.580
222.040
12
1.1 Obligaciones relacionadas con la obra e infraestructura aprobadas:
a. El proyecto deberá construirse de acuerdo a las condiciones, especificaciones y diseños presentados
en el Estudio de Impacto Ambiental.
b. Solo podrán ser utilizadas instalaciones a nivel de frentes de obra, para el almacenamiento de equipo
y herramienta que por sus condiciones no puedan ser trasladadas permanentemente, dichas
instalaciones no deberán generar ninguna clase de captación, vertimiento o utilización de recursos
adicionales diferentes a los autorizados.
c. La Concesión La Pintada S.A.S deberá rediseñar la zona del depósito No. 9, de tal manera que se
excluya el área correspondiente a la zona de drenaje de aguas de escorrentía (costado occidental del
depósito hasta la cerca de alambre e individuos arbóreos del predio); además, deberá realizar el diseño
utilizando el costado oriental del área del depósito, para lo cual debe levantar información directa como
levantamientos topográficos.
d. Previo a la construcción del depósito 9 la Concesión La Pintada S.A.S deberá remitir a esta Autoridad,
para su pronunciamiento el ajuste del diseño solicitado en el literal anterior y contemplar los análisis
de estabilidad para condiciones estática y seudo-estática y cargas externas, planos de planta y perfil,
donde se detalle el área y volumen de construcción, el sistema de drenaje y el detalle de obras
geotécnicas requeridas para garantizar su estabilidad.
e. No se podrá realizar el ingreso de maquinaria y equipo por el cauce de la quebrada Marvalle durante
el uso del carreteable existente.
2. Actividades
Se considera ambientalmente viable autorizar las siguientes actividades, con las características y
condiciones especificadas en la siguiente tabla:
Resolución No.
0115
de
0_5 FER
Hoja No. 122
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Pre
Construcción
Etapa
Actividades ambientalmente viables
Ividad
Compra de predios
Obligaciones
Se deberán realizar conforme a las medidas
establecidas en el PMA aprobado y de acuerdo con
las obligaciones y restricciones (Zonificación de
Manejo Ambiental) establecidas en la licencia
Ambiental.
Adecuación y mantenimiento de vías industriales
Transporte de materiales, insumos, equipos y
residuos
Montaje y operación de instalaciones temporales
Señalización y cercamiento
Desmonte y descapote
Excavaciones superficiales
Adecuación, operación y mantenimiento de
zonas de depósito
Conformación de la estructura de la vía
Construcción de puente sobre el Río Cauca
Construcción obras de estabilización
Construcción de obras hidráulicas
Recuperación paisajística de áreas intervenidas
Colocar el carreteable
2.1 Obligaciones relacionadas con las actividades aprobadas:
a. Realizar la construcción del proyecto de acuerdo a la información presentada y especificaciones
presentadas en el Estudio de Impacto Ambiental, para lo cual se deberán dar aplicación a las medidas
del Plan de Manejo Ambiental y las obligaciones establecidas en el presente acto administrativo.
b. Se autoriza la utilización y adecuación de un carreteable existente que se inicia en la vía BolomboloVenecia, en la margen derecha del río Cauca, que es el acceso a las viviendas que se encuentran en
los predios por donde se construirá el proyecto.
ARTÍCULO TERCERO-. No se Autoriza las siguientes obras y actividades por las razones expuestas en la
parte considerativa del presente acto administrativo:
a. No se autoriza el uso y aprovechamiento de recursos adicionales durante el uso, adecuación y
mantenimiento del carreteable que se inicia en la vía Bolombolo-Venecia, en la margen derecha del
río Cauca.
b. No se autoriza la utilización o apertura de vías de acceso o industriales diferentes al acceso existente
sobre el área de la Línea del proyecto
ARTÍCULO CUARTO: La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S deberá contar con el pronunciamiento de
CORANTIOQUIA sobre el resultado del trámite de sustracción de reserva relacionado con la "Reserva de
Recursos Naturales de la Zona Ribereña del río Cauca" para la intervención de dicha área.
0 11 5
Resolución No.
de
Hoja No. 123
O 5 FER 2016
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
ARTÍCULO QUINTO.- La Licencia Ambiental que se otorga a la CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S, lleva
implícito el uso, aprovechamiento o afectación de los recursos naturales renovables indicados a continuación:
1. Aprovechamiento Forestal.
Se considera viable otorgar permiso de aprovechamiento forestal reportados en el inventario forestal de fustales
al 100 % presentados en la tabla de atributos del shapefile "Anexo 3_13A_Shapefile Fauna (sic) los cuales son
distribuidos como se detalla a continuación:
Aprovechamiento forestal (fustales) autorizado en jurisdicción de CORANTIOQUIA
Cobertura
Especies comunes
Obra
Bosque
fragmentado
# spp
# ind
Vc m3
Vt m3
# spp
# ind
Vc m3
Vt m3
# spp
# ind
21
115
69,5
116,6
1
8
3,9
6,5
23
123
73,4
123,1
Vía
29
83
33,3
49,6
1
15
6,6
9,7
30
98
39,9
59,4
35
198
102,7
166,3
1
23
10,5
16,2
36
221
113,3
182,5
39
233
72,6
120,5
1
10
3,1
4,5
40
243
75,7
125,0
Vía
Pastos
enmalezados
Total aprovechamiento
Depósito 9
Total Bosque fragmentado
Bosque de
galería y/o
ripario
Especies amenazadas
Vc m3
Vt m3
Depósito 9
7
11
6,9
15,1
1
3
0,8
1,6
8
14
7,7
16,7
Vía
10
27
12,2
30,4
0
0
0,0
0,0
10
27
12,2
30,4
13
38
19,1
45,5
1
3
0,8
1,6
14
41
19,9
47,0
Depósito 10
4
11
6,5
22,9
1
1
0,4
1,0
5
12
6,9
23,9
Depósito 11
9
33
9,0
20,8
0
0
0,0
0,0
9
33
9,0
20,8
Pastos limpios Depósito 12
17
38
16,5
39,7
1
14
17,2
25,2
18
52
33,6
64,9
9
23
15,6
32,7
1
26
23,6
42,5
10
49
39,2
75,2
Total Pastos enmalezados
Depósito 9
32
173
54,9
103,6
1
7
1,7
3,6
33
180
56,6
107,2
44
278
102,4
219,8
1
48
42,9
72,2
45
326
145,3
292,0
Vía
22
79
38,8
53,7
0
0
0,0
0,0
22
79
38,8
53,7
Total
71
826
335,6
605,6
1
84
57,3
94,6
72
910
393,0
700,2
Vía
Total Pastos limpios
Vegetación
secundaria
alta
1.2. Obligaciones del permiso de aprovechamiento forestal:
c. Previo al inicio del aprovechamiento forestal, la Concesión La Pintada S.A.S. deberá reportar a esta
Autoridad la identificación taxonómica hasta el nivel de especie para el individuo con número de
registro 719N ubicado en el derecho de vía en el extremo norte del río Cauca.
d. Previamente al inicio de las actividades de desmonte y descapote, y de aprovechamiento forestal, la
Concesión La Pintada S.A.S. debe presentar la caracterización de la regeneración natural para la
vegetación secundaria alta ubicada en el área de intervención del proyecto.
e. Previamente al inicio de las actividades de desmonte y descapote, y de aprovechamiento forestal, la
Concesión La Pintada S.A.S. debe realizar el rescate de regeneración natural para individuos con una
altura menor o igual a 50 centímetros, en las coberturas de bosque fragmentado, bosque de galería
y/o ripario y vegetación secundaria alta, con énfasis en las especies sensibles (Astronium graveolens
y Cedrela odorata).
f.
Presentar en los Informes de Cumplimiento Ambiental - ICA, el avance de la actividad de
aprovechamiento forestal por obra (depósito, vía o puente), de tal manera que sea posible evidenciar
cuáles individuos fueron finalmente aprovechados y cuáles no. Se debe dar cumplimiento a lo
estipulado en la Resolución 188 de 2013, por la cual se actualizó el Manual de Seguimiento Ambiental
de Proyectos.
g. Presentar una medida de compensación concertada con CORANTIOQUIA por el aprovechamiento
forestal de tres (3) individuos de Astronium graveolens en el marco del Programa de compensación
por pérdida de biodiversidad.
Resolución No.
O115
de
0
5 FEB 2016
Hoja No. 124
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
h. En caso de requerirse afectación de cobertura arbórea adicional a la autorizada para el corredor vial,
se debe solicitar la respectiva modificación de la Licencia Ambiental.
2. Ocupación de Cauce
Otorgar a la CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., permiso de ocupación de cauce permanente relacionada con
la construcción de 17 obras de drenaje (alcantarillas y Box Coulvert), bajo las especificaciones técnicas
planteadas en el EIA presentado para el presente proyecto vial relacionados a continuación:
Obras de drenaje con Ocupación de cauce
Dimensiones
Alcantarilla
Calzada izquierda
Calzada derecha
Tipo de alcantarilla
1
36+890
36+890
Cajón
2
37+180
37+140
Cajón
3
37+390
37+365
Circular
0,90
Diámetro (m)
4
37+470
37+440
Circular
0,90
5
37+580
37+530
Circular
0,90
0,90
6
37+620
37+580
Circular
7
37+880
37+840
Cajón
8
37+960
37+910
Circular
9
37+980
37+945
Cajón
10
38+075
38+040
Circular
11
38+280
38+240
Cajón
12
38-1-520
38+475
Circular
0,90
13
38+580
38+535
Circular
0,90
14
38+660
38+620
Circular
0,90
15
39+060
39+010
Cajón
16
39+180
39+140
Circular
0,90
17
39+270
39+230
Circular
0,90
Ancho B (m)
Altura h (m)
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
1,5
0,90
0,90
2.1. Obligaciones del permiso de ocupación de cauce:
a. Garantizar en todo momento que las obras, no alterarán la dinámica hidrológica de las zonas en
donde se construirá el proyecto.
b. En desarrollo de la construcción de las obras hidráulicas no se podrá interrumpir de forma
permanente el flujo de las aguas.
c. Realizar las obras geotécnicas necesarias para la estabilización de taludes del cauce de los cuerpos
hídricos, con el fin de evitar la socavación y erosión de las orillas en el sitio de intervención, dichas
obras se deben implementar sin afectar el caudal y la dinámica natural.
d. Implementar durante la construcción, las medidas de manejo ambiental tendientes a la retención de
sedimentos, que incluya las medidas y obras de contención temporales para evitar la caída de
material a los cuerpos de agua; y realizar el mantenimiento periódico a dichas estructuras.
e. Realizar las actividades de reconformación, recuperación, revegetalización y/o reforestación de las
áreas intervenidas.
f.
En caso de requerirse de la ocupación del cauce de fuentes hídricas superficiales, por la ejecución
del proyecto, adicionales a las indicadas, se deberá solicitar la respectiva modificación de la Licencia
Ambiental de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente.
Resolución No.
0115
de
0 5 FER 2016-
Hoja No. 125
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
ARTÍCULO SEXTO.- PERMISOS NO AUTORIZADOS- Para la presente Licencia Ambiental no se conceden
permisos de concesión de aguas, de vertimientos ni de emisiones atmosféricas por no haber sido solicitados
para la ejecución del proyecto.
PARÁGRAFO.- En caso que la Sociedad LA CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., requiera el otorgamiento de
algún permiso no autorizado a través del presente acto administrativo, deberá solicitar la respectiva modificación
de la Licencia Ambiental.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- Autorizar a la CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S. realizar la disposición de material
sobrante de excavación en las Zonas de Disposición de Materiales número 10, 11 y 12 de acuerdo a los diseños
establecidos, la ubicación, volúmenes y condiciones técnicas establecidas en el EIA y relacionadas a
continuación:
Zonas de depósitos autorizadas para la unidad funcional 4
Coordenadas
Volumen (m3)
Depósito
Este
Norte
1136118
Se deberá reajustar el diseño y volumen. 1149363
9
1149476
1136328
261.065
10
1150882
1136398
100.580
11
1151161
1136766
222.040
12
Fuente: EA del radicado 2015064876-1-000 del 03 de diciembre de 2015
1. Obligaciones
a. Garantizar la conexión de las salidas de los drenajes de los sistemas de recolección de aguas
superficiales de los depósitos, con drenajes naturales existentes, evitando la afectación a la estabilidad
de cada relleno y la afectación a los predios vecinos.
b. Realizar el retiro de materiales que puedan afectar gravemente al reburso suelo, tales como
escombros, residuos líquidos, varillas, lonas o empaques contaminados entre otros.
c. Remitir, previa construcción de las zonas de depósito, los preacuerdos y/o avales suscritos con los
propietarios de los predios en donde se tienen proyectadas las Zonas de depósito, dichos documentos
deberán incluir las condiciones y el uso final que se dará a el área, de conformidad con las
disposiciones establecidas en el instrumento de Ordenamiento Territorial Municipal.
d. Instalar a la salida de los sistemas de drenajes elementos de retención de sedimentos que eviten el
aporte de este material a las fuentes hídricas.
e. Implementar medidas para garantizar la retención de sedimentos durante la etapa constructiva a la
salida de los drenajes de cada depósito, de tal manera que no se vean afectados cuerpos de aguas y
predios cercanos a los rellenos autorizados
f.
Colocar el material sobrante, esparciéndolo por capas y compactándolo; iniciando por la parte baja de
la zona de depósito y avanzando en forma ascendente.
g. Realizar el respectivo descapote de la zona, con el fin de preparar el material de la subrasante.
h. Contemplar actividades de instrumentación como inclinómetros y extensómetros, que permitan medir
posibles asentamientos y/o desplazamientos de la masa dispuesta en las ZODME.
No se podrá disponer elementos que potencialmente puedan constituirse en fuentes puntuales de
contaminación en el mediano o largo plazo (residuos orgánicos, chatarra, madera o papel, lodos,
combustibles u otros residuos).
ARTÍCULO OCTAVO.- Autorizar a la CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S. la reutilización de material sobrante de
excavación para actividades tales como conformación, nivelación y adecuación de zonas laterales y
separadores centrales, cuando el material cumpla con las especificaciones técnicas necesarias.
0115
Resolución No.
de
0 5 FEB 2016-
Hoja No. 126
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
1.
Obligaciones
a. Informar a esta Autoridad en los correspondientes Informes de Cumplimiento Ambiental, las cantidades
de material sobrante de excavación que se reutilice para las actividades del proyecto, para lo cual se
deberá presentar balances de masas detallados que indique los volúmenes de material generado en
comparación con los volúmenes de material reutilizado y llevado a las zonas de disposición autorizadas
ARTÍCULO NOVENO.- Establecer la siguiente Zonificación de Manejo Ambiental para la ejecución del proyecto
denominado "Construcción Unidad Funcional 4 - Autopista Conexión Pacífico 2" el cual está localizado en el
municipio de Venecia— departamento de Antioquia.
Zonificación de Manejo Ambiental del Provecto
Áreas de Intervención
Áreas de Exclusión
Las rondas de protección hídrica y de amortiguación
de las corrientes de agua incluida su vegetación (30
metros medidos a partir de la cota máxima de
inundación), y de 50 metros para el río Cauca de
acuerdo a lo establecido en el POT del municipio de
Venecia. A excepción de los cruces autorizados.
Las autorizadas en el numeral Infraestructura, obras y
actividades ambientalmente viables.
Manantiales, nacederos (100 metros a la redonda) y
demás cuerpos de agua naturales.
Área correspondiente a la zona de drenaje de aguas
de escorrentía del depósito No. 9 (costado occidental
del depósito hasta la cerca de alambre e individuos
arbóreos del predio).
ÁREAS DE INTERVENCIÓN CON RESTRICCIONES
Descripción del área
Restricciones
Implementar las medidas de manejo, que garanticen
la no afectación de los cauces y cuerpos de agua y
sus rondas de protección o en su defecto que
minimicen los impactos generados por las actividades
de construcción.
Se deberán implementar medidas de manejo que
permitan garantizar la no contaminación del recurso
hídrico.
-
Cuerpos de agua naturales río Cauca, quebrada Para la construcción de los puentes sobre cuerpos de
Marvalle y sus zonas de retiro y cauces de agua agua se debe realizar la instalación de barreras para
de escorrentía, en los sectores donde se evitar la caída de materiales y herramientas.
autoriza su intervención y ocupación de cauces
Se deben instalar mecanismos de retención de
material sedimentado para evitar la contaminación de
cauces y cuerpos de agua
Se deben respetar los retiros a cuerpos de agua
durante el proceso constructivo, evitando en todo
momento el almacenamiento de materiales, y evitando
la modificación e intervención de cauces.
Franjas de rondas asociadas con cuerpos de agua, en
los sectores donde se autoriza su intervención y
ocupación de cauces.
Con respecto al proyecto, se dará cambio de uso del
suelo en los lugares de cruce de los cuerpos de agua
con el trazado vial proyectado, lo cual implica
medidas compensatorias por la pérdida de las franjas
de ronda de estas áreas protegidas municipales. En
Área de intervención del proyecto y cuando se
terminen las actividades constructivas, se
restablecerán y recuperarán las franjas de las rondas
en las áreas verdes del proyecto con especies nativas
Resolución No.
0115
de
O 5 FEB 2016
Hoja No. 127
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
que posean especificaciones de grosor y altura
permitidas.
Se deberán implementar las medidas de manejo
adecuadas de tal manera que se garantice la mínima
afectación a la estabilidad del terreno, afectación a
suelos, cuerpos de agua y predios que queden de
cercanos al corredor vial propuesto.
Se deben cortar los taludes con la pendiente indicada
en los diseños, la cual ha sido determinada de
acuerdo con los materiales que se espera encontrar.
No se debe cortar áreas que no se vayan a intervenir.
En lo posible realizar los cortes y los llenos en
temporadas secas.
Zonas de intervención de taludes en corte y llenos.
Después de hacer el corte de los taludes se debe
revegetalizar inmediatamente o colocar capas de
protección de la superficie del terreno con plástico o
biomantos. No se debe dejar áreas expuestas por
más de 12 horas.
Es importante inspeccionar permanentemente la obra
para tomar medidas de prevención y control.
La estabilización de taludes debe hacerse siguiendo
las medida de manejo
Se debe evitar profundizar en los cortes o
excavaciones, con el fin de que el material no se
mezcle con el subsuelo.
La zona definida para el acopio del material orgánico,
deber ser un sitio libre del paso de maquinaria, en el
cual no exista probabilidad de deslizamientos y
adecuadas condiciones de drenaje.
Zonas utilizadas como acopio temporal de materiales
Se deben evitar la contaminación de las aguas de
escorrentía con el material acopiado, para lo cual se
instalaran trampas de retención de sedimentos y
barreras para aislar la zona de acopio.
1. No se podrán realizar intervenciones de
vegetación por fuera del área de intervención del
proyecto, ni diferentes a las autorizadas de forma
explícita por esta Autoridad.
2. Previamente a las actividades de desmonte y
descapote, y de aprovechamiento forestal,
deberá darse cumplimiento a lo siguiente: •
i. Debe señalizarse la obra en los
identificados con presencia de fauna.
Zonas con cobertura de red vial, ferroviaria y terrenos
asociados, y pastos limpios, enmalezados y
arbolados.
sitios
..
1 1.rea
Debe realizarse
1
el ahuyentamiento de fauna y su
rescate y reubicación en caso de ser necesario.
iii. Debe realizarse el rescate de los individuos los
individuos de las especies Astronium graveolens
y Cedrela odorata en proceso de regeneración
natural.
3. Debe informarse al personal de la obra sobre lo
siguiente:
i Áreas autorizadas a intervenir por el proyecto, y
las actividades permitidas y prohibidas en estas.
Resolución No.
í
0115
0 5 FEB 2016
de
Hoja No. 128
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
H. Sobre las actividades de ahuyentamiento y
rescate de fauna, de manera previa al desmonte,
descapote y aprovechamiento forestal.
iii. Sobre las actividades de rescate de regeneración
natural de la totalidad de los individuos.
iv.Temas relacionados con el cuidado del medio
ambiente, con énfasis en las medidas necesarias
en el área de intervención.
-
Formular medidas de manejo conforme al manual
de compensación por pérdida de biodiversidad
acogido mediante la Resolución 1517 de 2012.
-
No se podrán realizar intervenciones de
vegetación superiores al área de intervención del
proyecto.
-
Previamente a las actividades de desmonte y
descapote, y de aprovechamiento forestal,
deberá darse cumplimiento a lo siguiente:
1.Debe señalizarse la obra en los
identificados con presencia de fauna.
sitios
2.Debe realizarse el ahuyentamiento de fauna y su
rescate y reubicación en caso de ser necesario.
En caso de hallarse especies catalogadas como
amenazadas de acuerdo a la Resolución 192 de
2014 del MADS, debe informarse a
CORANTIOQUIA.
Zonas con cobertura de bosque fragmentado, bosque
de galería y/o ripario, y vegetación secundaria alta
3.Debe realizarse el rescate de de regeneración
natural para todos los individuos en proceso de
regeneración natural.
-
Debe informarse al personal de la obra sobre lo
siguiente:
i. Áreas autorizadas a intervenir por el proyecto, y
las actividades permitidas y prohibidas en estas.
ii.Sobre las actividades de ahuyentamiento y
rescate de fauna, de manera previa al desmonte,
descapote y aprovechamiento forestal.
iii.Sobre las actividades de rescate de regeneración
natural de las especies Astronium graveolens y
Cedrela odorata, en las zonas de pastos.
iv.Temas relacionados con el cuidado del medio
ambiente, con énfasis en las medidas necesarias
en el área de intervención.
Polígonos de bosque
CORANTIOQUIA
seco
delimitados
por
Teniendo en cuenta que en cuenta que algunos de
los polígonos delimitados como bosques secos por
CORANTOQUIA, corresponden con zonas de bosque
fragmentado, bosque de galería y/o ripario y
vegetación secundaria alta, la empresa deberá definir
las medidas de manejo necesarias para prevenir,
mitigar, corregir o compensar los impactos derivados
de su intervención.
Resolución No.
0115
de
0 5 FEB 201
Hoja No. 129
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones'
ÁREAS DE INTERVENCIÓN SIN RESTRICCIONES
En el área del proyecto no existen áreas de intervención sin restricciones
ARTÍCULO DÉCIMO -. La empresa CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S. deberá dar cumplimiento a los siguientes
programas del Plan de Manejo Ambiental —PMA:
Código
7.3.1
7.3.2
7.3.3
7.3.4
7.3.5
7.3.6
7.3.7
7.3.8
7.4.1
7.4.2
7.4.3
7.4.4
7.4.5
7.5.1
7.5.4
7.5.5
PROGRAMA
Nombre
7.3 Medio Abiótico
Manejo y Disposición de Materiales Sobrantes de Excavación
Manejo de Taludes
Manejo de Materiales y Equipos de Construcción
Manejo de Residuos Líquidos
Manejo de Residuos Sólidos Domésticos, Industriales y Especiales
Manejo de Fuentes de Emisión y Ruido
Manejo de aguas de escorrentía
Manejo de cruces de cuerpos de agua
7.4 Medio Biótico
Programa manejo del aprovechamiento forestal
Programa manejo para la conservación de especies vegetales
Programa de revegetalización
Programa de compensación por pérdida de biodiversidad
Programa de manejo para la fauna
7.5 Medio Socioeconómico
Programa de manejo de información y participación comunitaria
Programa de educación ambiental para los trabajadores vinculados al proyecto y la comunidad.
Programa de fortalecimiento comunitario
PARÁGRAFO.- No se aceptan las siguientes fichas, por las razones expuestas en la parte considerativa del
presente acto administrativo:
Código
74.3
7.5.2
7.5.6
PROGRAMA
Nombre
7.4 Medio Biótico
Programa manejo para la conservación de especies vegetales en veda
7.5 Medio Socioeconómico
Contratación de mano de obra no calificada
Programa de reasentamiento de familias y viviendas
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO-. La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., deberá ajustar e implementar las
siguientes fichas del Plan de Manejo Ambiental, remitiendo a esta Autoridad los ajustes solicitados en el primer
Informe de Cumplimiento ambiental:
1. Ficha 7.3.1 Manejo y disposición de materiales sobrantes de excavación
a. Construir las obras de drenaje, manejo de aguas de escorrentía superficial y estabilidad, de acuerdo
con la topografía. Las obras de drenaje a construir deberán garantizar los flujos de agua.
b.
Implementación de trampas de sedimentos a la salida de las obras de drenaje (descoles) de las zonas
de depósito.
c. Realizar el manejo y conducción de aguas de escorrentía hacía las fuentes, garantizando no que serán
contaminadas durante la construcción y confirmación de las zonas de depósito.
d. Implementar las medidas necesarias para evitar la contaminación del aire por material particulado en
las zonas de depósito, para lo cual las zonas deberán permaneces cerradas, se deben realizar riegos
por aspersión cada vez que sea necesario en los periodos secos, se debe realizar conformación y
compactación del material de relleno antes de las 24 horas después de ser descargado.
Resolución No.
0115
0 5 FEB
Hoja No. 130
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
e. Construir las estructuras de contención a que haya lugar de acuerdo con las condiciones de estabilidad
del relleno, con el fin de garantizar la estabilidad de las zonas de relleno y de sus zonas adyacentes
f.
Realizará la entrega de la zona de depósito al propietario del predio, conforme a los acuerdos
realizados con los mismos una vez finalizada la conformación. En cualquier caso se deberá garantizar
la estabilidad del terreno, el adecuado manejo de los drenajes y la protección contra la erosión del
terreno.
g. Realizar la limpieza y mantenimiento periódicos a los sistemas de drenaje de cada depósito para evitar
el aporte de sedimentos a los cuerpos de agua cercanos durante la etapa de conformación.
h. Realizar la disposición de los materiales en capas horizontales con espesor de acuerdo con lo
establecido para cada zona de depósito las cuales deberán estar esparcidas uniformemente mediante
equipo o maquinaria adecuada.
i. Realizar el ingreso de las volquetas a las zonas de depósito a través de las vías de acceso adecuadas
para ello y que cuenten con los permisos de los propietarios de los predios utilizados.
j.
Indicar que las actividades de desmonte, descapote y aprovechamiento forestal se ejecutarán según
lo estipulado en la ficha 7.4.1.
k. Diseñar para la zona de depósito No 12 una estructura (canal por ejemplo) que conduzca las aguas
de escorrentía provenientes de las partes altas y las evacue hacia el río Cauca, sin modificar la
dinámica hídrica y de tal manera que se garantice la estabilidad de la zona del relleno y de los predios
ubicados cerca de este.
2.
Ficha 7.3.2 Manejo de taludes
a. La altura máxima de bancos será de 10 m, excepto en situaciones donde el incrementar esta altura en
uno o dos metros evite un nuevo banco.
b. El ancho de las bermas será de 4 m, con lo cual se permite el acceso de equipo de construcción y
mantenimiento.
c. El manejo de aguas superficiales se realiza de la siguiente manera:
d. En todos los taludes, donde las condiciones topográficas y morfológicas lo ameriten, se establecerán
rondas de coronación, con el fin de intersectar y recoger las aguas escorrentía.
e. Las bermas se conformarán para que actúen como cunetas colectoras y conductoras de aguas. Con
este fin, se conformarán con pendiente hacia el interior del talud y longitudinalmente hacia los laterales.
Adicionalmente, cuando la longitud del talud se hace excesiva, se construirá una cuneta colectora que
se localiza en un punto medio del talud. Las bermas se deben revestir en concreto simple, vaciado
sobre una geomembrana, con el propósito de evitar infiltraciones que hagan ascender la posición del
nivel freático.
f.
Delimitar y señalizar las áreas de trabajo.
g. Realizar la conformación y construcción de obras de drenaje y subdrenaje que garanticen la estabilidad
de los taludes de acuerdo con los estudios y diseños realizados.
h. Durante la etapa de construcción del proyecto se implementarán medidas de manejo de acuerdo con
las condiciones de los taludes de corte y relleno para el control de derrumbes, construcción de obras
de estabilización, estabilización de taludes de corte y relleno, empradización de taludes
i.
La conformación de los taludes se realizará atendiendo las recomendaciones y especificaciones de
los estudios de estabilidad realizados (anexo 3-10 del EIA y guardando los ángulos de inclinación
recomendada en el diseño presentado, la altura de los taludes no podrá superar la altura máxima de
diseño.
Resolución No.
0115
0 5 FEB 2016
Hoja No. 131
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Implementar las obras y actividades de estabilización de taludes a que haya lugar de acuerdo a las
condiciones particulares de los taludes a lo largo del corredor vial, en concordancia con los análisis de
estabilidad de taludes de corte realizados para el proyecto, garantizando su estabilidad.
k. No obstante en caso de presentarse condiciones diferentes a las establecidas en el EIA yen caso de
requerirse la Concesión La Pintada deberá implementar las obras y actividades para la adecuada
conformación y estabilización de los taludes generados por el proyecto e informar a la ANLA al
respecto
3.
Ficha 7.3.3 Manejo de materiales y equipos de construcción
a. Incluir en la ficha las medidas de manejo relacionadas con la reutilización de materiales producto de
las excavaciones que cumplen con las especificaciones técnicas para ser utilizados en las actividades
de relleno (terraplén), en tal sentido se deberán incluir las siguientes medidas.
i.
En caso que el material no sea requerido inmediatamente en ningún frente de obra, se realizará el
acopio temporal en un sitio que no interfiera con el tránsito vehicular ni con las actividades de
construcción, sin que en ningún caso el acopio supere un tiempo de 3 días.
ii.
La Concesión La Pintada deberá informar a esta Autoridad en los correspondientes ICA, sobre las
actividades de reutilización de material (sobrantes de excavación y descapote), indicando en un cuadro
resumen Tipo de material, Actividad de destino del material, cantidades y se debe incluir una
comparación entre el material reutilizado y el material llevado a las zonas de depósito, de igual manera
en caso de no ser reutilizado el material del descapote informar sobre su destino y disposición final.
b. Se deberán incluir en la ficha las siguientes medidas relacionadas con el manejo de materiales en
frentes de obra
i.
Los materiales provenientes de las excavaciones deben ser retirados preferiblemente de forma
inmediata de las áreas de trabajo y llevados a la zona de disposición de materiales de excavación
autorizada. Cuando esto no sea posible, el material podrá permanecer en el frente de obra por un
máximo de 3días, con el aval previo de la interventoría, teniendo en cuenta además que el material
deberá estar acordonado y señalizado y que no interfiera con el tránsito vehicular o peatonal.
ii.
Por ningún motivo se permitirá la disposición de material excavado, removido o desecho, en sitios no
autorizados, ni en sitios que comprometan la estabilidad de las laderas, ni en cuerpos de agua, ni que
impidan el tránsito vehicular y peatonal.
iii.
En el caso de presentarse movimientos de tierra o derrumbes asociados a la intervención de los
taludes o por ocurrencia natural, estos materiales deben ser retirados preferiblemente de manera
inmediata y de no ser así, se deberá contar con el acordonamiento del área y la señalización necesaria.
iv.
Se deberá manejar, en el frente de obra, los materiales de construcción necesarios máximo para 3
días y en el caso de no ser posible su utilización o retiro, se implementarán las medidas de acopio
temporal de materiales para garantizar la no afectación del entorno, Para darles un mejor manejo los
materiales no se almacenarán sobre las vías de acceso y entradas a los predios aledaños, esto con el
fin de garantizar el acceso peatonal y vehicular a los mismos.
v.
Los acopios estarán alejados de los cuerpos de agua o corrientes de agua superficial y ronda hidráulica
de los cauces, y el volumen acopiado no será mayor al necesario para desarrollar actividades de 3
días de trabajo.
Resolución No.
0115
0 5 FEB 2016
Hoja No. 132
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
vi.
4.
La Concesión La Pintada S.A.S. deberá reportar para cada periodo, las cantidades de material utilizado
en cada actividad, tipo de material, fuentes proveedoras y se deberán adjuntar los permisos mineros
y ambientales legibles, con que cuente cada una de las fuentes utilizadas.
Ficha 7.3.4 Manejo de residuos líquidos
a. No se realizarán vertimientos de aceites usados directamente sobre el suelo o sobre fuente de agua.
Estos residuos serán almacenados y se entregarán a empresas encargadas de su manejo,
debidamente autorizadas por la Autoridad Ambiental. De lo cual se adjuntarán periódicamente los
respectivos soportes documentales a la ANLA en los ICA.
5.
Ficha 7.3.5 Manejo de residuos sólidos domésticos industriales y especiales.
a. Presentar anexo a los ICA, los reportes de cantidad de residuos sólidos generados con los respectivos
soportes documentales de la entrega a la empresa encargada de realizar el manejo, reutilización y/o
disposición de los materiales.
b. Acopiar temporalmente en sitios acondicionados para tal fin, los residuos sólidos domésticos e
industriales y posteriormente los deberá entregar para su disposición a operadores que cuente con los
permisos ambientales y legales vigentes, de lo cual se deberá remitir los soportes en los ICA.
c. Reportar en los informes de cumplimiento ambiental — ICA presentados a esta Autoridad, los soportes
que certifiquen las entregas de materiales reciclables, reutilizables y peligrosos cuando estos sean
generados, relacionando empresa encargada de la recolección, transporte y disposición de los
residuos industriales y peligrosos, cantidades y tipos de material entregado, se deberán anexar copia
de los permisos ambientales correspondientes y comprobantes de entrega de dichos residuos.
6.
Ficha 7.3.7 Manejo de aguas de escorrentía
a. Deberán establecerse medidas para el manejo de las aguas de escorrentía en todas las zonas del
proyecto, frentes de obras, zonas de depósito de materiales, las medidas deben incluir trampas de
sedimentos para las aguas superficiales de las áreas intervenidas por el proyecto para evitar la
contaminación de los cuerpos de agua, adicionalmente se implementarán las siguientes acciones.
b. Realizar la construcción de la totalidad de las obras de drenaje (cunetas, disipadores de energía,
zanjas de coronación, filtros, subdrenes etc.) requeridas para el manejo y conducción de manera
adecuada de las aguas de escorrentía generadas en las zonas intervenidas por el proyecto. De tal
manera que se evite la afectación a cuerpos de agua, zonas aledañas al proyecto, dinamización de
procesos inestables y en general el medio circundante.
7.
Ficha 7.3.8 Cruces con cuerpos de agua
a. Las obras de drenaje deberán guardar armonía con los sistemas de drenaje de agua de escorrentía
propios de la zona y garantizar el adecuado drenaje sin causar afectaciones o impactos adicionales
para lo cual se deberán realizar las actividades obras y medidas a que haya lugar.
8.
Ficha 7.4.1 Programa manejo del aprovechamiento forestal
a. Excluir del título "Actividades preliminares a las labores de tala, rocería y aprovechamiento" el rescate
de epífitas.
b. Reemplazar la tabla del título "Volumen a remover" por la Tabla del aprovechamiento forestal aprobado
por esta Autoridad.
Resolución No.
0115
de
0 5 FEB 2016
Hoja No. 133
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
c. En el título "Destino del material producto de la tala" indicar que los volúmenes comerciales de madera
autorizados en el aprovechamiento forestal podrán ser utilizados por el proyecto o donados a la
comunidad de las áreas de influencia del proyecto y a CORANTIOQUIA, siempre y cuando su
utilización sea sin ánimo de lucro; se deben ajustar los indicadores correspondientes.
d. En el título "Destino del material producto de la tala" omitir la tabla que se presenta.
e. En el título "Destino del material producto de la tala"se debe incluir lo siguiente: se presentará en cada
uno de los Informes de Cumplimiento Ambiental — ICA, una base de datos de Excel con la siguiente
información y los respectivos soportes (actas de donación a la comunidad del área de influencia del
proyecto): información base del aprovechamiento forestal (cantidad de individuos y volumen comercial
autorizado por cobertura de la tierra y obra), información sobre el avance del aprovechamiento forestal
(cantidad de individuos aprovechados por cobertura y obra con el respectivo volumen de
aprovechamiento y fecha de aprovechamiento), información del usuario final de la madera (empresa,
comunidad del área de influencia del proyecto o CORANTIOQUIA, destino dado por el usuario con
registro fotográfico y/o acta de entrega a la comunidad) y volumen comercial no utilizado (indicar la
cantidad de individuos no utilizados con su respectivo volumen y las razones por las cuales no pudieron
ser aprovechados; por ejemplo dimensiones o estado fitosanitario).
Cada uno de los ítems anteriormente señalados por tema, corresponden a las columnas de una hoja
de cálculo que deben entregarse completamente diligenciados, de manera que efectivamente se
construya una base de datos que permita evaluar de manera integral el avance del aprovechamiento
forestal autorizado por la ANLA.
f.
En el título "Destino del material producto de la tala" condicionar las dos primeras acciones formuladas
para el material vegetal que no pueda ser utilizado por el proyecto, o donado a las comunidades del
área de influencia o a CORANTIOQUIA, a la no afectación de la red hídrica del área del proyecto.
g. Incorporar en esta ficha la actividad de descapote contenida en la ficha 7.3.1 Manejo y disposición de
materiales sobrantes de excavación con su contenido asociado. Adicionalmente dar cumplimiento a lo
siguiente:
Incluir la siguiente acción a desarrollar: registrar y reportar en una base de datos de Excel, los
volúmenes de descapote generados por la ejecución del proyecto en cada una de las obras (vía o
depósito) y el manejo temporal y final dado al mismo, con los correspondientes registros fotográficos
que permitan evidenciar dichos manejos. Para lo anterior, la base de datos deberá contener la
siguiente información: información general del descapote (fecha, obra en la que se ejecutó (en el caso
de la vía incluir los abscisados) y volumen extraído (m3)), manejo temporal del descapote (lugar, fecha
y codificación de las fotos que evidencien el manejo de la disposición temporal, así como el volumen
total dispuesto) y disposición final del descapote ((lugar, fecha y codificación de las fotos que
evidencien el manejo de la disposición final), y deberá estar acompañada de los anexos que incluyan
los registros fotográficos.
i.
h. Establecer una frecuencia mensual para todos los indicadores de seguimiento.
9.
Ficha 7.4.2 Programa manejo para la conservación de especies vegetales
a. En el título "Establecimiento de viveros temporales" proponer los sitios de siembra para los individuos
provenientes del rescate de germoplasma e indicar que deben ser concertados con CORANTIOQUIA;
señalar además el tratamiento que se dará a los individuos sembrados y su duración, e indicar que el
porcentaje de supervivencia deberá ser mayor o igual al 70 %
b. En el título "Rescate de brinzales" ajustar la primera viñeta en el sentido de indicar que: esta actividad
se llevará a cabo para la totalidad de los individuos en el rango de alturas de 20 cm a 50 cm, para las
coberturas de bosque fragmentado, bosque de galería y/o ripario y vegetación secundaria alta,
mientras que en el caso de las coberturas antropizadas se podrá dar prelación a las especies de alto
valor para los individuos en el mismo rango de alturas. Los porcentajes de supervivencia de los
individuos rescatados en el sitio de manejo temporal deberán ser mayores o iguales al 80 %, y en el
Resolución No.
0115
de
0 5 FEB 2016
Hoja No. 134
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
sitio de ubicación final, mayores o iguales al 70 % de los individuos sembrados. En el caso en que la
mortalidad supere estas cifras, se deberán hacer resiembras, hasta alcanzar los objetivos planteados.
c. En el título "Rescate de brinzales" modificar el último párrafo, en el sentido de omitir la suspensión de
las labores de rescate con previo aval de la interventoría, y en el sentido de indicar que las labores de
rescate de brinzales y las actividades de propagación se realizarán de manera simultánea.
d. En el título "Rescate de brinzales" incluir el manejo temporal de los individuos rescatados, así como la
propuesta para su ubicación final que estará sujeta a concertación con CORANTIOQUIA, y el
tratamiento que recibirán allí y su duración.
e. En el título "Rescate de brinzales" incluir lo siguiente: se presentará una base de datos de Excel, con
los anexos fotográficos correspondientes, en donde se registren la totalidad de las labores de rescate
efectuadas. La base de datos debe contar con la siguiente información: información general sobre el
rescate (fecha y cantidad de individuos rescatados por especie, por cobertura de la tierra y por obra
(en el caso de la vía indicar abscisados) y codificación de las fotos que evidencien el rescate),
información del manejo temporal dado a los individuos rescatados (fecha y lugar de ubicación (incluir
codificación de las fotos que evidencien ubicación en sitio de manejo temporal), número de individuos
por especie y sobrevivencia de cada individuo) e información sobre la ubicación final de los individuos
(fecha y lugar de ubicación (incluir codificación de las fotos que evidencien ubicación final), número de
individuos sembrados por especie y sobrevivencia de cada individuo).
f. Los indicadores de la ficha deberán ser complementados y ajustados de conformidad con las solitudes
de los literales A, B, C, D y E. Así, se deben proponer los indicadores que sean necesarios para abordar
la totalidad de las actividades del programa; la frecuencia de seguimiento y monitoreo de cada
indicador deberá ser mensual.
g. Plantear una medida en la cual se establezca la siembra de 420 individuos de Cedrela odorata, en las
áreas de compensación por pérdida de biodiversidad: se debe desarrollar la totalidad del contenido a
la ficha para esta medida.
h. El cronograma de la ficha deberá ajustarse de manera que la totalidad de las actividades del programa
queden con sus correspondientes plazos de ejecución.
10.
Ficha 7.4.4 Programa de revegetalización
a. La numeración de esta ficha debe cambiarse a 7.4.3.
b. Incluir en el lugar de aplicación las áreas de las ZODME y formular las correspondientes actividades
de revegetalización que se llevarán a cabo, así como las metas e indicadores de seguimiento y
monitoreo a que haya lugar, y el cronograma de ejecución.
c. Plantear una acción a desarrollar que garantice la adecuación y recuperación de las franjas de rondas
asociadas a cuerpos de agua con elementos que permitan restablecer la conectividad ecológica previa
a la intervención del proyecto, en los sitios de puentes y del viaducto.
11.
Ficha 7.4.5 Programa de compensación por pérdida de biodiversidad
a. La numeración de esta ficha debe cambiarse a 7.4.4.
b. La Concesión La Pintada S.A.S. deberá presentar en un plazo máximo de un (1) año, a partir de la
promulgación del acto administrativo, el Plan de Compensaciones para las áreas definidas en la Tabla
51 Cálculo de las áreas a compensar por el proyecto, dando cumplimiento a la Resolución 1517 de
2012 y a lo siguiente:
Resolución No.
0115
de
5 FER 2016
Hoja No. 135
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Formular las acciones a desarrollar a que haya lugar para cumplir con los dos primeros objetivos de la
ficha, relacionados con acciones de conservación, restauración y favorecimiento de los procesos de
conectividad ecológica con procesos de recuperación y/o enriquecimiento de sitios. Las acciones a
desarrollar en cada caso, deberán orientarse a la ganancia neta de biodiversidad en las áreas a
compensar y deberán incluirse los individuos provenientes del rescate de germoplasma y de brinzales,
así como los 420 individuos de Cedrela odorata que deben ser compensados dada su amenaza de
extinción, en caso de que la empresa no defina otras ubicaciones alternas de los mismos en el marco
del programa manejo para la conservación de especies vegetales.
ii.
La totalidad de las acciones a desarrollar en este programa deberán quedar enmarcadas para un plazo
de ejecución igual a la duración de la etapa de construcción del proyecto (1800 días).
12.
Ficha 7.4.6 Programa de manejo para la fauna
a. La numeración de esta ficha debe cambiarse a 7.4.5.
b. Presentar un documento anexo a este programa con la siguiente información aclaratoria sobre la
caracterización de fauna de acuerdo a los resultados del EIA:
Método registro de las especies de fauna sensible del área del proyecto (All y AID), en el sentido de
especificar si se reportan por la comunidad y/o si se observaron durante los muestreos.
ii.
Señalar si las especies de aves Anas discors, Chlorostilbon melanorhynchus, Chordeiles minor, Actitis
macularius, Chloroceryle americana, Megaceryle torquata, Caracara cheriway, Synallaxis albescens,
Protonotaria citrea, Coereba flaveola, Dacnis cayana, Sporophila minuta, Sporophila nigricollis, Tiaris
olivaceus, Pachyramphus rufus, Camptostoma obsoletum, Phaeomyias murina, Egretta caerulea,
Egretta thula, Phimosus infuscatus, Eupsittula pertinax, Tringa melanoleuca, Columbina passerina,
Falco sparverius, Furnarius leucopus, Setophaga pitiayumi, Ardea alba, Ardea herodias, Butorides
striata, Nycticorax nycticorax y Phalacrocorax brasilianus, se encuentran o no el All y el AID del
proyecto. En caso de reportarse para el AID del proyecto presentar los resultados de abundancia de
cada especie por cobertura de la tierra, como se presentó en la Tabla 3-205 del EIA.
iii.
Señalar si las especies de mamíferos, Aotus griseimembra, Metachirus nudicaudatus y Saccopterix
bilineata, se encuentran, o no el All y el AID del proyecto. En caso de reportarse para el AID del
proyecto, presentar los resultados de abundancia de cada especie por cobertura de la tierra, como se
presentó en la Tabla 3-201 del EIA.
iv.
Respuesta a la totalidad de las observaciones presentadas por CORANTIOQUIA con relación a la
fauna caracterizada en el área del proyecto en los radicados ANLA 2015069999-1-001 del 27 de enero
de 2016 y 2016004751-1-000 del 2 de febrero de 2016.
c. En el título "1. Búsqueda de actividad reproductiva" formular acciones de rescate de nidos y/ crías que
garanticen la no afectación de animales debido al avance de obras en el área de intervención; debe
informarse a CORANTIOQUIA, en caso de hallarse crías de las especies amenazadas incluidas en la
Resolución 192 de 2014 del MADS, sobre la ubicación en la cual se encontraron y si estas especies
fueron rescatadas o se movilizaron por sí mismas del área de intervención. Lo anterior tendrá que
soportarse con copia del oficio recibido por la corporación. Presentar las metas e indicadores de
seguimiento y monitoreo a que haya lugar con la correspondiente frecuencia de seguimiento.
d. En el título "2. Ahuyentamiento de fauna", señalar que debe informarse a CORANTIOQUIA, en caso
de hallarse individuos de las especies amenazadas incluidas en la Resolución 192 de 2014 del MADS,
sobre la ubicación en la cual se encontraron y si estas especies fueron rescatadas o se movilizaron
por sí mismas del área de intervención. Lo anterior tendrá que soportarse con copia del oficio recibido
por la corporación.
e. En el título "3. Rescate de fauna" señalar la "zona seleccionada" donde se plantea la liberación de los
individuos rescatados (la cual de preferencia debe corresponder con las áreas propuestas para la
compensación por pérdida de biodiversidad) y formular acciones a desarrollar en caso de requerirse
Resolución No.
0115
de
0 5 FEB 2016-
Hoja No. 136
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
la recuperación de individuos que no puedan ser inmediatamente liberados. Presentar las metas e
iñdicadores de seguimiento y monitoreo a que haya lugar con la correspondiente frecuencia de
seguimiento.
f.
Para el título "3. Rescate de fauna" presentar un formato de registro que aborde por lo menos la
siguiente información con el correspondiente registro fotográfico: sitio de rescate (coordenadas,
cobertura de la tierra, obra (vía con abscisado o depósito, fecha)), especies rescatadas (información
taxonómica hasta el nivel de especie, número de individuos por especie, codificación de la foto de
cada individuo, estado de salud al momento del rescate, sexo en caso de poderse determinar), manejo
dado a las especies rescatadas (cantidad de individuos liberados de inmediato por especie y sitio de
liberación, cantidad de individuos llevados a recuperación por especie y codificación de foto por
individuo, cantidad de individuos recuperados y su estado de salud al momento de la liberación (incluir
código de foto por individuo) y sitio de liberación).
g. Incluir en las acciones a desarrollar la actividad "Pasos de fauna", indicando la cantidad de estructuras
de paso superior y la cantidad de estructuras adaptadas como pasos potenciales en el área de
intervención, así como su ubicación y diseño (incluyendo la correspondiente estrategia de
conectividad) con la correspondiente justificación de acuerdo a la caracterización de fauna y según las
aclaraciones que se solicitaron sobre la misma. Deberá complementarse la ficha con las metas e
indicadores de seguimiento y monitoreo a que haya lugar con la frecuencia de seguimiento, y el
cronograma de ejecución de la actividad.
h. En el título "4. Señalización" indicar la instalación de señales durante la etapa de construcción, y
adicionar la instalación de señales en los sitios que se evidencie mayor actividad de fauna y con mayor
riesgo de atropellamiento.
1.
13.
Título "5. Mecanismos y estrategias participativas", el numeral 1 deberá ajustarse en el sentido de
indicar las especies de fauna sensible de la Tabla 26 Especies sensibles de fauna en las áreas de
influencia del proyecto del presente actoadministrativo, la cual debe ser complementada de acuerdo a
las aclaraciones solicitadas sobre la caracterización de fauna en el literal B de este numeral
(11.2.6.1.13).
Ficha 7.5.1 Programa de manejo de información y participación comunitaria
a. La empresa deberá cumplir con los tiempos de respuesta estipulados en la normatividad vigente en lo
relacionado con recepción, seguimiento y solución a las inquietudes, quejas, solicitudes y todo tipo de
manifestaciones en torno al Proyecto.
14.
Ficha 7.5.3 Negociación de predios y compra de mejoras
a. La empresa deberá contemplar e implementar las medias de manejo para la afectación sobre la
actividad ganadera desarrollada en el área de influencia del proyecto, ya que el trazado propuesto
provocaría la reducción de potreros como consecuencia de la partición de los mismos, limitando el
desarrollo de actividades propias de la ganadería.
b. La empresa deberá aclarar en el marco de que proyecto se realizará la adquisición del predio
perteneciente al señor Nicolás Alberto Agudelo Franco y Martha Lucia Zalamea denominado
Higueronal CP-UF-03-002, ubicado en el municipio de Tarso, ya que este predio será intervenido con
la construcción de las unidades funcionales 3 y 4 a cargo de la misma concesión. Esta aclaración debe
ser presentada en el primer informe de seguimiento ambiental.
15.
Ficha 7.5.3 Negociación de predios y compra de mejoras
a. La empresa deberá contemplar e implementar las medias de manejo para la afectación sobre la
actividad ganadera desarrollada en el área de influencia del proyecto, ya que el trazado propuesto
Resolución No.
de
0115
0 5 FEB 2016-
Hoja No. 137
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
provocaría la reducción de potreros como consecuencia de la partición de los mismos, limitando el
desarrollo de actividades propias de la ganadería.
b. La empresa deberá aclarar en el marco de que proyecto se realizará la adquisición del predio
perteneciente al señor Nicolás Alberto Agudelo Franco y Martha Lucia Zalamea denominado Hiueronal
CP-UF-03-002, ubicado en el municipio de Tarso, ya que este predio será intervenido con la
construcción de las unidades funcienales 3 y 4 a cargo de la misma concesión. Esta aclaración debe
ser presentada en el primer informe de seguimiento ambiental
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO-. La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., deberá dar cumplimiento a los
siguientes programas de Seguimiento y Monitoreo presentados en el Estudio de Impacto Ambiental- EIA:
Programas del Plan de Seguimiento v Monitoreo
FICHA DE SEGUIMIENTO Y MONITOREO
Código
Nombre
Medio abiótico
8.1.1
Monitoreo del recurso suelo
8.1.2
Monitoreo del recurso aire
8.1.3
Monitoreo del recurso hídrico
Medio biótico
8.2.1
Programa de monitoreo y seguimiento de fauna
8.2.2
Programa de monitoreo y seguimiento de flora
8.2.3
Monitoreo del programa de revegetalización
Medio socioeconómico
8.3.1
Programa de monitoreo y seguimiento socioeconómico
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO-. La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S deberá ajustar e implementar las fichas
de los programas de Seguimiento y Monitoreo que se presentan a continuación, y allegar a esta Autoridad los
ajustes solicitados en el primer Informe de Cumplimiento ambiental:
1. Ficha 8.1.1 Monitoreo del recurso suelo
a.
Se deberán incluir medidas de monitoreo y seguimiento a la estabilidad de los taludes, formulando
para ello las respectivas acciones, metas e indicadores a desarrollar, de tal manera que corresponda
con lo planteado en la Ficha de manejo de taludes. Las acciones a desarrollar deberán también
incluir:
✓ Verificar que se cuentan con las obras de protección geotécnica e hidráulica necesarias para mantener
la estabilidad de los taludes que han sido generados.
✓ Verificar que durante las actividades de construcción se han seguido los parámetros y
recomendaciones del anexo 3-10 Estudio de estabilidad y estabilización de taludes del EIA y en
general las recomendaciones del diseño del proyecto.
✓ Para las actividades a realizar en las zonas de depósito realizar mediciones de altimetría y planimetría
para verificar cuantitativamente los procesos de desplazamiento del material dispuesto por efecto del
peso, presentado los resultados respectivos anexo a los ICA
2.
Ficha 8.1.2 Monitoreo del recurso Aire
a. Se deberá establecer que los monitoreos deberán ser realizados en el AID del proyecto Unidad
Funcional 4, los puntos de monitoreo podrán ser ubicados cerca de las zonas de depósito 11 y 12, o
aquellos puntos que se encuentre más cercanos a las zonas pobladas o en dirección hacia los centros
poblados de Bolombolo y Peñalisa.
Resolución No.
0115
de
0 5 FEB 2016
Hoja No. 138
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
3.
Ficha 8.1.3 Monitoreo del recurso hídrico
a. En los impactos a controlar incluir el de "Afectación de ecosistemas acuáticos".
b. Plantear los monitoreos en las cuatro estaciones que se relacionaron en la geodatabase del proyecto,
y establecerlos aguas arriba y aguas abajo de cada estación (con respecto al cruce con el proyecto).
c. Establecer la toma de muestras en el plazo de una semana antes del inicio de las obras.
d. Incluir la totalidad de los contenidos que relaciona la Metodología General para la presentación de
Estudios Ambientales, en cuanto al Plan de seguimiento y monitoreo.
e. Presentar junto con este programa un documento con la caracterización de calidad del agua y de las
comunidades hidrobiológicas del EIA para cada una de las estaciones de monitoreo, así como los
anexos correspondientes únicamente para las cuatro estaciones de muestreo de la Unidad Funcional
4 de la Autopista Conexión Pacífico 2. Los resultados igualmente deberán ser entregados en formato
Excel.
f.
En los Informes de Cumplimiento Ambiental — ICA deberán presentarse únicamente los monitoreos y
anexos correspondientes a la Unidad Funcional 4 de la Autopista Conexión Pacífico 2
En caso de identificarse afectaciones sobre los cuerpos de agua debido a la construcción del proyecto
deberán presentarse los soportes fotográficos y documentales georreferenciados que se consideren
necesarios, indicando tiempo, modo y lugar de las afectaciones; deberán relacionarse las medidas de
manejo implementadas para el tratamiento de las afectaciones, indicando tiempo, modo y lugar de
ejecución.
4.
Ficha 8.2.1 Programa de monitoreo y seguimiento de fauna
a. Presentar dos actividades para esta ficha, llamadas "Monitoreos de fauna" y "Pasos de fauna y
señalización".
b. Para la actividad monitoreos de fauna incorporar dentro de la ficha lo siguiente:
Indicar que los monitoreos se realizarán durante la etapa de construcción y una vez finalicen las
labores de reubicación de fauna, así como el establecimiento de las áreas de compensación por
pérdida de biodiversidad; de preferencia la reubicación de fauna deberá llevarse a cabo en las áreas
de compensación por pérdida de biodiversidad.
ii.
Indicar que una vez establecidas las áreas de compensación por pérdida de biodiversidad, se deberá
llevar a cabo en cada uno de los ecosistemas compensados, un monitoreo inicial de las comunidades
de fauna vertebrada terrestre, el cual deberá ser representativo de cada ecosistema a fin de tener un
punto de referencia a partir del cual pueda evaluarse la ganancia neta de diversidad asociada a la
medida de compensación desde el punto de vista de la fauna.
iii.
Los contenidos de la ficha relacionados con esta actividad deberán ser actualizados, de manera que
la acción tenga lugar durante la etapa de construcción del proyecto; la frecuencia de los monitoreos
deberá ser semestral por lo menos, abarcando periodos de lluvia y sequía, y debe formularse para la
misma duración que tiene la etapa de construcción (1800 días).
c. Para la actividad "Pasos de fauna y señalización" es necesario que se formulen acciones específicas
que permitan medir la efectividad de estos pasos de fauna y de la señalización, y los resultados de
estas acciones se verificarán durante la etapa de operación del proyecto, y por tanto, deberán ser
presentados a la Agencia Nacional de Infraestructura — ANI, quien deberá definir el procedimiento a
seguir en caso de evidenciarse deficiencias en la cantidad de pasos de fauna y/o en la señalización
del proyecto. Adicionalmente, deberá darse cumplimiento a lo siguiente:
Resolución No.
1..) 1 I 5
de
0 5 FEB 2011
Hoja No. 139
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Esta acción como mínimo deberá plantear el registro de todos las accidentes de fauna en el área de
intervención del proyecto, para lo cual debe presentarse un formulario de registro que contemple por
lo menos: información temporal (fecha), ubicación (abscisado y coordenadas planas Magna Sirgas
Colombia Bogotá), registro fotográfico de los accidentes (codificación de las fotos y anexo fotográfico),
de ser posible la determinación taxonómica de los individuos atropellados, si el accidente fue fatal o
no y la existencia de señalización y/o pasos de fauna más cercanos al sitio del accidente (abscisado y
coordenadas planas Magna Sirgas Colombia Bogotá u Oeste).
ii.
Ajustar los parámetros a medir y asignarles una frecuencia mensual. Deberá ajustarse el parámetro a
medir en cuanto a los lineamientos para establecer la efectividad de las medidas de manejo
implementadas debido a que se plantea "Número de individuos atropellados en la vía durante la etapa
de operación/ Número de individuos que cruzan la vía y sobreviven durante en la etapa de operación
x 100"y no es posible determinar el número de individuos que cruzarán la vía durante la operación del
proyecto.
d. Presentar las acciones de seguimiento a que haya lugar, para las acciones a desarrollar "1. Búsqueda
de actividad reproductiva", "2. Ahuyentamiento de fauna", "3. Rescate de fauna" y "4. Mecanismos y
estrategias participativas" del Plan de Manejo Ambiental; en cada caso desarrollar la totalidad de los
contenidos de la ficha.
5. Ficha 8.2.2 Programa de monitoreo y seguimiento de flora
a. Excluir de la ficha la totalidad de los temas relacionados con el rescate de epífitas vasculares y no
vasculares, y actualizarla de manera que guarde coherencia con los ajustes solicitados en el PMA.
b. En el título "6.1 Adquisición de predios", enmarcar la acción en cuanto a las áreas aprobadas por esta
Autoridad en el Programa de compensación por pérdida de biodiversidad..
c. Incluir las actividades a que haya lugar para el seguimiento y monitoreo del Programa de manejo para
la conservación de especies vegetales, contemplando como mínimo el monitoreo de la siembra de
especies provenientes del germoplasma y de los brinzales rescatados, de tal manera que sea posible
verificar la ganancia neta de diversidad de flora en las áreas de compensación por pérdida de
biodiversidad: desarrollar la totalidad del contenido de la ficha para esta actividad.
6. Ficha 8.2.2 Programa de monitoreo y seguimiento de flora
a. Excluir de la ficha la totalidad de los temas relacionados con el rescate de epífitas vasculares y no
vasculares, y actualizarla de manera que guarde coherencia con los ajustes solicitados en el PMA.
ID. En el título "61 Adquisición de predios", enmarcar la acción en cuanto a las áreas aprobadas por esta
Autoridad en el Programa de compensación por pérdida de biodiversidad.
c. Incluir las actividades a que haya lugar para el seguimiento y monitoreo del Programa de manejo para
la conservación de especies vegetales, contemplando como mínimo el monitoreo de la siembra de
especies provenientes del germoplasma y de los brinzales rescatados, de tal manera que sea posible
verificar la ganancia neta de diversidad de flora en las áreas de compensación por pérdida de
biodiversidad: desarrollar la totalidad del contenido de la ficha para esta actividad.
7. Ficha 8.2.2 Programa de monitoreo y seguimiento de flora
a. Excluir de la ficha la totalidad de los temas relacionados con el rescate de epífitas vasculares y no
vasculares, y actualizarla de manera que guarde coherencia con los ajustes solicitados en el PMA.
b. En el título "6.1 Adquisición de predios", enmarcar la acción en cuanto a las áreas aprobadas por esta
Autoridad en el Programa de compensación por pérdida de biodiversidad.
Resolución No.
0115
de
0 5 FEB 2016
Hoja No. 140
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
c. Incluir las actividades a que haya lugar para el seguimiento y monitoreo del Programa de manejo para
la conservación de especies vegetales, contemplando como mínimo el monitoreo de la siembra de
especies provenientes del germoplasma y de los brinzales rescatados, de tal manera que sea posible
verificar la ganancia neta de diversidad de flora en las áreas de compensación por pérdida de
biodiversidad: desarrollar la totalidad del contenido de la ficha para esta actividad.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO.- La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., deberá dar cumplimiento al Plan de
Contingencia remitido en el Estudio de Impacto Ambiental y a las siguientes obligaciones:
1. Integrar a la comunidad del área de influencia, autoridades locales y municipales en los diferentes
simulacros realizados en el marco del plan de contingencia, de tal forma que se tenga participación
activa, de lo cual se deberán presentar los soportes documentales en los informes de cumplimiento
ambiental — ICA.
2. Cuando se presenten contingencias o actividades no previstas, la Concesión La Pintada S.A.S. deberá
implementar las acciones propuestas e informar a la AMA de forma inmediata. Adicionalmente en los
ICA respectivos, la empresa deberá presentar la atención a quejas y solicitudes de la comunidad.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO.- La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., deberá dar cumplimiento al Plan de
Cierre y Abandono presentado en el estudio de Impacto Ambiental y a las siguientes obligaciones:
1. Implementar mecanismos para la obtención de soportes documentales (actas, oficios, certificaciones,
etc.) que evidencien que en el área de influencia directa del proyecto no quedaron obligaciones socioambientales por las diferentes actividades del mismo
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO.- La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S. en el marco de la ejecución del proyecto,
deberá dar cumplimiento a las siguientes obligaciones adicionales, cuyos soportes de cumplimiento deberán
ser remitidos en los respectivos ICA o en el tiempo que especifique cada obligación, así:
1. Realizar el mantenimiento y mejoramiento a aquellos corredores viales, utilizados para las diferentes
actividades del proyecto y sobre los cuales se causen afectaciones, dejándolas en por lo menos en
condiciones similares a las encontradas antes del inicio de las obras, para lo cual se deberán realizar
los correspondientes inventarios previos del estado actual.
2. Adjuntar a los ICA los documentos de soporte que acrediten la entrega de los residuos a empresas
que cuenten con los permisos necesarios para el tratamiento y disposición de residuos líquidos
sanitarios.
3. Los acopios temporales de materiales en los frentes de obra, deberán realizarse dentro del derecho
de vía, en zonas desprovistas de cobertura vegetal y alejados de los drenajes intermitentes y cuerpos
de agua evidenciados en el AID, como mínimo guardando una zona de ronda de 30 m y de 50 m para
el río Cauca.
4. El agua necesaria para las actividades del proyecto deberá ser adquirida a través de terceros que
cuenten con los permisos necesarios para el suministro de agua, para uso industrial, de lo cual se
deberán adjuntar los correspondientes soportes en los ICA.
5. Presentar una certificación por parte de la Empresa Prestadora de Servicio de agua donde conste que
el agua a suministrar para el proyecto, no afectará el mínimo vital para los habitantes que ellos
abastecen.
ARTÍCULO DÉCIMO SÉPTIMO.- En relación a la Valoración Económica de Impactos, la CONCESIÓN LA
PINTADA S.A.S, deberá, dar cumplimiento a las siguientes obligaciones respecto al análisis de internalización
y allegar los soportes que evidencien su cumplimiento en el primer— ICA
1. Revisar y adoptar adecuadamente en el análisis económico las consideraciones emitidas por esta
Autoridad respecto a la calificación y argumentaciones para la evaluación ambiental, así como las
obligaciones impuestas con relación al PMA y programa de seguimiento.
Resolución No.
0 1 15
de
O 5 FEB 2016
Hoja No. 141
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
2. Revisar y ajustar el análisis de internalización de los impactos Cambio en las propiedades físicas y
químicas del suelo, Alteración de la calidad del aire y aumento de la contaminación por el ruido,
Molestias causadas a la comunidad, Limitación del uso del suelo, Afectación de especies de alto valor
flora y Afectación de hábitats de fauna terrestre, conforme a la parte motiva del concepto. En los dos
últimos casos, debe reevaluarse su jerarquización, con base en la aplicación de medidas de
compensación para su manejo.
3. Una vez realizado este ajuste, se deberán presentar en cada ICA las mediciones adelantadas durante
el periodo evaluado, de los indicadores de línea base y de eficacia para el seguimiento a la
internalización de los impactos; así como el avance obtenido en los resultados esperados y valor
ejecutado de las medidas de manejo propuestas en el PMA. Todos los datos deben orientarse a la
cuantificación del cambio medible en el componente ambiental afectado, así como al monitoreo de su
comportamiento durante la ejecución del proyecto y la efectividad conseguida con la implementación
de las medidas de manejo propuestas; debe registrarse todas las correcciones a que haya habido lugar
y sus costos asociados, así como los soportes correspondientes.
4. Presentar la valoración económica de todos aquellos impactos jerarquizados como no internalizables
a través de las medidas de manejo, utilizando métodos pertinentes de la economía ambiental. Integrar
los resultados a un flujo anual de costos y beneficios del proyecto, calcular los principales criterios de
decisión del ACB ambiental y adelantar el análisis de sensibilidad, de acuerdo con lo consignado en la
Metodología para la Presentación de estudios Ambientales (MAVDT, 2010). En ellos, deben incluirse
al menos los siguientes: Afectación a predios y/o cultivos, Alteración del paisaje, Afectación a
comunidades faunísticas, Cambio en la demanda de bienes y servicios, Afectación al patrimonio
arqueológico y Dinamización de la economía regional.
5. Ajustar el flujo de costos y beneficios del proyecto, el Valor Presente Neto (VPN), la Relación Beneficio
Costo (RBC) y el análisis de sensibilidad en atención a las consideraciones anteriormente expuestas.
ARTÍCULO DÉCIMO OCTAVO.- Terminados los diferentes trabajos de campo relacionados con el proyecto, la
CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S deberá retirar y/o disponer todas las evidencias de los elementos y materiales
sobrantes, de manera que no se altere el paisaje o se contribuya al deterioro ambiental.
ARTÍCULO DÉCIMO NOVENO: El otorgamiento de esta licencia ambiental no ampara la captura o extracción
de especímenes de fauna o flora silvestre.
ARTÍCULO VIGÉSIMO: La Licencia Ambiental no contempla la intervención de redes de servicios públicos que
se encuentren fuera del tramo del proyecto y sus obras conexas.
ARTÍCULO VIGÉSIMO PRIMERO.- En caso de presentarse durante el tiempo de ejecución de las obras u
operación del proyecto, efectos ambientales no previstos, el beneficiario de la Licencia Ambiental deberá
suspender los trabajos e informar de manera inmediata a la ANLA, para que determine y exija la adopción de
las medidas correctivas que considere necesarias, sin perjuicio de las medidas que debe tomar el beneficiario
de la misma para impedir la degradación del medio ambiente. El incumplimiento de estas medidas será causal
para la aplicación de las sanciones legales vigentes.
ARTÍCULO VIGÉSIMO SEGUNDO.- La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S, será responsable por cualquier
deterioro y/o daño ambiental causado por ella o por los contratistas a su cargo, y deberá realizar las actividades
necesarias para corregir los efectos causados.
ARTÍCULO VIGÉSIMO TERCERO.- La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., dentro del primer Informe de
Cumplimiento Ambiental - ICA, deberá presentar copia de los recibos o pagos por el servicio, donde se detallen
los volúmenes mensuales dispuestos en las ZODME autorizadas, adjuntando la relación detallada de los
volúmenes extraídos en cada una de las actividades desarrolladas en el proyecto.
ARTÍCULO VIGÉSIMO CUARTO.- La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., dentro de cada Informe de
Cumplimiento Ambiental - ICA, debe allegar un informe de volumen de residuos (reciclables y no reciclables) y
Resolución No.
0115
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5 FEB 2016
Hoja No. 142
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
peligrosos generados mensualmente, discriminando tipo de residuo, manejo de los mismos y sitio de disposición
final; presentando copia de las autorizaciones ambientales respectivas de las empresas encargadas de la
gestión de los mismos, incluyendo actas de entrega que indiquen: empresa, fecha de entrega, sitio de entrega,
tipo de residuo y cantidad.
ARTÍCULO VIGÉSIMO QUINTO: La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., dentro de cada Informe de
Cumplimiento Ambiental - ICA, debe presentar copia de los recibos o pagos por el servicio (suministro de agua
y transporte del mismo), donde se detallen los volúmenes mensuales adquiridos, adjuntando a ellos la relación
detallada de los volúmenes consumidos en cada una de las actividades desarrolladas en el proyecto, que sean
suministrados por empresas prestadoras de Servicios Públicos, que cuenten con uso industrial.
ARTÍCULO VIGÉSIMO SEXTO: La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., dentro de cada Informe de
Cumplimiento Ambiental - ICA, debe allegar copia de los recibos o pagos por el servicio de disposición de
residuos líquidos, donde se detallen los volúmenes mensuales generados y los permisos ambientales que
acrediten la empresa prestadora del servicio.
ARTÍCULO VIGESIMO SÉPTIMO.- Se prohíbe la realización de cualquier tipo de quema a cielo abierto.
ARTÍCULO VIGÉSIMO OCTAVO: La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S, deberá realizar el pago de las
respectivas tasas por aprovechamiento forestal, de acuerdo a los valores fijados por la autoridad ambiental del
área de influencia del proyecto, en este caso la Corporación Autónoma Regional de Antioquía CORANTIOQUIA.
ARTÍCULO VIGÉSIMO NOVENO.- La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., deberá presentar a esta Autoridad
de forma semestral, un (1) Informe de Cumplimiento Ambiental -ICA, aplicando los Formatos de los Informes
de Cumplimiento Ambiental - ANEXO AP-2 del "Manual de Seguimiento Ambiental de Proyectos" - MMA SECAB, 2002, en medios físico y digital. Las actividades que requieren mayor tiempo de desarrollo, tal como la
restauración de la cobertura vegetal en el derecho de vía, y medidas de compensación a los diferentes medios
del entorno, por ejemplo la compensación forestal, serán objeto de reportes semestrales, hasta su cumplimiento
final, siguiendo igualmente los lineamientos para los ICA; ello, hasta que esta Autoridad determine que se ha
dado cumplimiento con las obligaciones de la presente Licencia y las que surjan como consecuencia del
seguimiento ambiental. Asimismo, la Sociedad CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., será responsable por
cualquier deterioro y/o daño ambiental causado en desarrollo de las actividades del proyecto.
PARÁGRAFO PRIMERO-. La Sociedad CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., deberá incluir en los Informes de
Cumplimiento Ambiental, el seguimiento estricto a los indicadores cuantitativos y cualitativos de gestión y
cumplimiento de cada una de los programas del Plan de Manejo Ambiental (Programas de Manejo Ambiental,
Programa de Seguimiento y Monitoreo, Plan de Contingencia, Plan de Abandono y restauración, etc.) con los
respectivos ajustes requeridos por esta Autoridad, que permitan evaluar la magnitud de las alteraciones que se
producen como consecuencia del Proyecto, facilitar el monitoreo de la evolución de los impactos ambientales
(abióticos, bióticos y socioeconómicos) y analizar la eficacia y eficiencia de las medidas contempladas. Para
estos indicadores, debe definirse la periodicidad, duración, tipos de análisis y formas de evaluación y reporte.
Así mismo, dentro de cada uno de los ICA se deberá reportar el avance de actividades del Plan de Manejo
Ambiental, realizando el análisis, conclusiones y recomendaciones inherentes a los resultados del seguimiento
y del reporte de cada indicador.
PARÁGRAFO SEGUNDO-. La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., deberá incluir la información requerida en el
formato Geodatabase establecido mediante la Resolución 1415 del 17 de agosto de 2012, expedida por el
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, o por la norma que la modifique o sustituya.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO.- La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S dentro del primer Informe de Cumplimiento
Ambiental - ICA, debe presentar copia de los permisos ambientales de las plantas de procesos (triturados,
asfaltos y concretos) operadas por terceros proveedores, utilizadas para la ejecución del proyecto.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO PRIMERO -. La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., deberá informar con anticipación
la fecha de iniciación de actividades, mediante oficio dirigido a la Subdirección de Evaluación y Seguimiento de
la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA, la Corporación Autónoma Regional de Antioquia —
CORANTIOQUIA. De igual manera, la CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., deberá presentar el cronograma
ajustado para el proyecto, resaltando la ejecución de las actividades o medidas descritas en los Planes de
Resolución No.
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Hoja No. 143
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
Manejo Ambiental, Seguimiento y Monitoreo, y de Contingencia, ajustados a las obligaciones señaladas en el
presente acto administrativo y de acuerdo con los indicadores de cada uno de los programas del mismo.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO SEGUNDO. Durante el tiempo de ejecución del proyecto, la CONCESIÓN LA
PINTADA S.A.S., deberá realizar un seguimiento ambiental permanente, con el fin de supervisar las actividades
y verificar el cumplimiento de las obligaciones y compromisos señalados en el Estudio de Impacto Ambiental,
Plan de Manejo Ambiental y el presente acto administrativo.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO TERCERO -. La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S deberá presentar evidencia del
cumplimiento a lo establecido en el artículo 48 (y sus parágrafos) de la Ley 1682 del 22 de noviembre de 2013,
por la cual se adoptan medidas y disposiciones para los proyectos de infraestructura de transporte y se
conceden facultades extraordinarias, correspondiente al procedimiento para la protección, reubicación o
traslado de activos y redes.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO CUARTO-. La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., será responsable por cualquier
deterioro y/o daño ambiental causado por ella o por los contratistas a su cargo, y deberá realizar las actividades
necesarias para corregir los efectos causados.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO QUINTO-. En caso de presentarse impactos no previstos, la CONCESIÓN LA
PINTADA S.A.S deberá informar inmediatamente a esta Autoridad a la Corporación Autónoma Regional de
Antioquia - CORANTIOQUIA. Adicionalmente, la Empresa deberá realizar las actividades necesarias para
corregir, compensar y mitigar los impactos ambientales negativos causados por cada una de las actividades
sobre las áreas de influencia directa e indirecta definidas para el proyecto denominado para el proyecto
denominado ara el proyecto denominado "Construcción Unidad Funcional 4 - Autopista Conexión Pacífico 2"
el cual está localizado en el municipio de Venecia— departamento de Antioquia.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO SEXTO-. La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., deberá informar por escrito a los
contratistas y en general a todo el personal involucrado en el proyecto, sobre las obligaciones, medios de control
y prohibiciones establecidas por esta Autoridad en el presente acto administrativo, así como aquellas definidas
en el Estudio de Impacto Ambiental y el Plan de Manejo Ambiental presentados por la Empresa y exigirles el
estricto cumplimiento de las mismas, de lo cual se deberá allegar a esa dependencia el soporte correspondiente.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO SÉPTIMO-. La Licencia Ambiental ampara únicamente las obras o actividades,
descritas en el Estudio de Impacto Ambiental, el Plan de Manejo Ambiental, incorporados en el presente acto
administrativo. Cualquier modificación en las condiciones, deberá ser informada previa e inmediatamente
a esta Autoridad
ARTÍCULO TRIGÉSIMO OCTAVO-. La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales —ANLA, supervisará la
ejecución de las obras y podrá verificar en cualquier momento el cumplimiento de lo dispuesto en el presente
Acto Administrativo, el Estudio de Impacto Ambiental y en los Planes de: Manejo Ambiental, Seguimiento y
Monitoreo, Contingencia y Abandono y Restauración Final. Cualquier incumplimiento de los mismos dará lugar
a la aplicación de las sanciones legales vigentes.
ARTÍCULO TRIGÉSIMO NOVENO-. Cualquier modificación en las condiciones establecidas en el EIA y en las
condiciones y obras autorizadas en el presente acto administrativo, deberá ser informada previa e
inmediatamente a la ANLA para su evaluación y aprobación.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO -. Se deberá solicitar y obtener la modificación de la Licencia Ambiental cuando
se pretenda usar, aprovechar o afectar un recurso natural renovable o se den condiciones distintas a las
contempladas en los Estudios mencionados y en el presente acto administrativo.
PARÁGRAFO: El incumplimiento de estas medidas será causal para la aplicación de las sanciones legales
vigentes.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO PRIMERO-. Terminados los diferentes trabajos de campo relacionados con el
proyecto, la Sociedad CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., deberá retirar y/o disponer todas las evidencias de
los elementos y materiales sobrantes, de manera que no se altere el paisaje o se contribuya al deterioro
ambiental.
ARTICULO CUADRAGÉSIMO SEGUNDO-. La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S deberá dar cumplimiento
con lo establecido en el Decreto 2570 del 1 de agosto de 2006 "por el cual se adiciona el Decreto 1600 de 1994
Resolución No.
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de
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Hoja No. 144
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
y se dictan otras disposiciones", en lo relacionado con los análisis adelantados por laboratorios para los recursos
agua, suelo y aire. Por lo tanto, los laboratorios que realicen los monitoreos de los recursos aire, agua y suelo,
deberán contar con la certificación vigente del IDEAM para cada uno de los parámetros a evaluar, cuya copia
deberá presentarse en los respectivos Informes de Cumplimiento Ambiental, al igual que los reportes de
resultados de las pruebas de laboratorio y sus respectivos análisis, los cuales deberán contener firma y sello
del mismo. Los laboratorios que hagan los análisis, deberán realizar los muestreos en campo y garantizar la
cadena de custodia de las muestras, la representatividad de las mismas y su preservación, de acuerdo a los
estándares establecidos al respecto, lo cual deberá incluirse en el reporte de resultados.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO TERCERO-. Cuando la CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., como titular de la
presente licencia ambiental, considere que una actividad puede ser un cambio menor o de ajuste normal dentro
del giro ordinario de la actividad licenciada deberá atender lo dispuesto por la Sección 1 Capítulo 6, Título 2,
Parte 2, Libro 2 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015 o el parágrafo primero del artículo 2.2.2.3.7.1, de la
Sección 7, Capítulo 3, Título 2, Parte 2, Libro 2 del Decreto 1076 de 2015 o la norma que lo modifique o
sustituya, según corresponda.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO CUARTO-. La Licencia Ambiental que se otorga, no confiere derechos reales
sobre los predios que se vayan a afectar con el proyecto, por lo que estos deben ser acordados con los
propietarios de los inmuebles.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO QUINTO-. La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S en su condición de titular de
la presente Licencia Ambiental deberá realizar el proyecto de acuerdo a la información suministrada a esta
Autoridad.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO SEXTO-. TÉRMINO DE LA LICENCIA AMBIENTAL. La presente licencia
ambiental se otorga por la vida útil del proyecto, obra o actividad y cobijará la fase de construcción, montaje,
desmantelamiento, restauración final, abandono y/o terminación.
ARTICULO CUADRAGÉSIMO SÉPTIMO- La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., en caso de ser necesario
deberá tener en cuenta lo establecido en el Decreto 2570 del 1 de agosto de 2006, y las Resoluciones 0292 de
2006 y 0062 de 2007, expedidas por el IDEAM, en lo relacionado con los requisitos y criterios para análisis de
muestras de los recursos agua, suelo, aire y residuos peligrosos.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO OCTAVO- La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., deberá dar cumplimiento a lo
establecido Resolución 0324 del 17 de marzo de 2015 proferida por la Autoridad Nacional de Licencias
Ambientales, relacionada con las tarifas para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento, o a la
Resolución que la modifique o sustituya.
ARTÍCULO CUADRAGÉSIMO NOVENO-. La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., deberá hacer uso de fibras
naturales, en caso de ejecutar alguna de las siguientes actividades, en cumplimiento de lo establecido por la
Resolución 1083 del 4 de Octubre de 1996 "Por la cual se ordena el uso de fibras naturales en obras, proyectos
o actividades objeto de licencia ambiental" expedida por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
Territorial.
1.
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4.
5.
6.
7.
8.
Utilización de sacos para el relleno con diferentes mezclas para la conformación de bolsacretos.
Obras de revegetalización y/o empradización para la protección de taludes.
Construcción de obras de protección geotécnica.
Actividades de tendido y bajado de tubería en proyectos de construcción de gasoductos, oleoductos,
poliductos y relacionados.
Estabilización, protección y recuperación del suelo contra la erosión.
Reconformación y/o recuperación del derecho de vía en proyectos lineales.
Construcción de estructuras para el manejo de aguas.
Las demás que eventualmente se determinen por parte de este Ministerio vía seguimiento, o con
motivo de la modificación de la licencia ambiental que solicite la empresa.
PARÁGRAFO PRIMERO-. La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S deberá remitir en el informe final, en escrito
separado, el seguimiento al cumplimiento de esta obligación. La información que deberá contener como mínimo
el informe de la localización de la actividad, obra o proyecto en la que se hizo uso de las fibras, el Departamento,
la Autoridad Ambiental Regional de esa jurisdicción, el nombre de la fibra natural, los objetivos y ventajas de su
utilización, la actividad en la que fue usada y la cantidad utilizada en Kg por año. Así como presentar registros
fotográficos para demostrar el cumplimiento de la misma.
1
Resolución No.
0 1
de
O 5 FEB
2016
Hoja No. 145
"Por la cual se otorga una Licencia Ambiental y se toman otras determinaciones"
PARAGRAFO SEGUNDO-. En aquellos proyectos y/o actividades donde no sea técnicamente viable su
implementación, la empresa deberá justificar los motivos de esta situación.
ARTICULO QUINCUAGÉSIMO -. En caso de que la CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S., en el término de cinco
(5) años contados a partir de la ejecutoria del presente acto administrativo, no haya dado inicio a la etapa
constructiva del proyecto, se procederá a dar aplicación a lo establecido en el artículo 2.2.2.3.8.7, de la Sección
8, Capítulo 3, Título 2, Parte 2, Libro 2 del Decreto 1076 de 2015 o al que lo modifique o sustituya, en relación
con la declaratoria de pérdida de vigencia de la Licencia Ambiental.
ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO PRIMERO-. La CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S una vez ejecutoriada la
presente Resolución, deberá remitir copia de la misma a la Corporación Autónoma Regional de Antioquia y las
Alcaldías de VeneciayTarso en el Departamento de Antioquía y a la Procuraduría Delegada para Asuntos
Ambientales y Agrarios; así mismo se deberá disponer una copia para consulta de los interesados en la
personería Municipal de San Pablo, Cantagallo en el Departamento de Bolívar.
ARTICULO QUINCUAGÉSIMO SEGUNDO-. Por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANEA,
comunicar el presente acto administrativo a la Corporación Autónoma Regional de Antioquía CORANTIOQUIA
las Alcaldías de Venecia y Tarso en el Departamento de Antioquia, a la Procuraduría Delegada para Asuntos
Ambientales y Agrarios; así mismo al Ministerio de Transporte, a la Agencia Nacional de Infraestructura- ANI y
al Instituto Colombiano de Antropología e Historia- ICANH.
ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO TERCERO-. Por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, notificar
personalmente o por aviso, cuando a ello hubiere lugar, el contenido del presente acto administrativo al
representante legal, apoderado debidamente constituido o a la persona debidamente autorizada de la
CONCESIÓN LA PINTADA S.A.S, a la Agencia Nacional de Infraestructura — ANI y a la empresa ISAGEN S.A
E.S.P en calidad de terceros intervinientes, de conformidad con los artículos 67 y 69 del Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO CUARTO-. Disponer la publicación del presente acto administrativo, en la
gaceta ambiental de esta entidad.
ARTÍCULO QUINCUAGÉSIMO QUINTO-. En contra del presente acto administrativo procede el recurso de
reposición, el cual se podrá interponer por su representante o apoderado debidamente constituido, por escrito
ante el Director de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales en la diligencia de notificación personal, o
dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, según el caso, de conformidad con lo
establecido en los artículos 76 y 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo.
COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Revisó:
Paola Rondon García —Líder Jurídica Grupo de Infraestructura
Elaboró: Mónica Mendoza — Abogada - ANLA
1 C.T. 299 del 2 de febrero de 2016
Expediente LAV0082-00-2015