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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Jueves, 5 de mayo del 2016
Avisos Judiciales
EDICTO
EXPEDIENTE 00280-2016-0-2301-JP-CI-01
NOTIFICACION A LA DEMANDADA JUSTINA CHURA CHOQUE
ANTE EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE
ALTO DE LA ALIANZA, QUE DESPACHA LA JUEZ DRA. YEMILLE ESCARLET VASQUEZ VEGA, CON INTERVENCION DE LA ESPECIALISTA LEGAL DRA. ROSSANA
ELIZABETH JIMENEZ GONZALES, EXPEDIENTE 00280-2016-0-2301-JP-CI- 01, EN
LOS SEGUIDOS POR MARCELA AQUINO CHURA VDA DE POMA EN CONTRA
DE JUSTINA CHURA CHOQUE, SOBRE OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO MEDIANTE LA RESOLUCION N° 01 DE FECHA 07 DE MARZO DE 2016, SE
HA RESUELTO ADMITIR LA DEMANDA INTERPUESTA POR MARCELA AQUINO
CHURA VDA DE POMA, EN CONTRA DE JUSTINA CHURA CHOQUE, SOBRE OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, EN LA VIA DE PROCESO SUMARISIMO, EN
CONSECUENCIA NOTIFIQUESE A LA EMPLAZADA MEDIANTE EDICTOS, BAJO
APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSE CURADOR PROCESAL, PARA CUYO EFECTO
FACCIONESE LOS CARTELES CORRESPONDIENTES PARA LAS PUBLICACIONES
DE LEY EN EL DIARIO EL PERUANO Y EL DIARIO LA REPUBLICA, POR OFRECIDOS
LOS MEDIOS PROBATORIOS Y A LOS AUTOS LOS ANEXOS ACOMPAÑADOS.
TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.ALTO DE LA ALIANZA 03 DE MAYO DE 2016
ROSANNA JIMENEZ GONZALEZ Secretario Judicial (e)del Juzgado de Paz Letrado del modulo Alto de la Alianza CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA
(3V/04-05-06 MAY)
EDICTO
SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda
sobre Alimentos, interpuesta por GLADYS FELICITAS LLOCLLE LLOCLLE en representación Rodrigo Sebastian Llanque LLoclle en contra de JUAN CARLOS
LLANQUE FLORES, tramitándose en la vía del proceso UNICO, corriéndose
traslado de la demanda al demandado por el plazo de cinco días para que la
conteste, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía. Téngase por ofrecidos
los medios probatorios los que oportunamente se merituarán conforme a su
naturaleza; y estando a la declaración jurada, respecto al domicilio del demandado, notifíquese por EDICTOS en el diario oficial El Peruano y en el diario La
República ALICIA JACKELINE MAITA CRUZ Secretaria Judicial del 3er Juzgado
de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/04-05-06 MAY)
EDICTO
Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de la ciudad de Tacna, que despacha
el señor Juez,
DR. ANTONIO DAMIAN KATI, con la actuación del Secretario Judicial ONQUE
QUISPE DELIA MARIA, en el Expediente 383-2016-0-230l-JP-CI-02, seguido por
LUCIA EMERITA OJEDA LLERENA, sobre Autorización Judicial de Rectificación
de Partida de Defunción,Mediante Resolución N° 01-2016 , de fecha 11 de Abril
2016,se ha dispuesto notificar mediante edicto,cuya parte resolutiva es como
sigue:SE RESUELVE.I) Admitir a trámite la demanda de Autorización Judicial de
Rectificación de Partida de Defunción,promovido por LUCIA EMERITA OJEDA
LLERENA,con la siguiente Pretensión Principal disponer la Adición de mi segundo nombre de LUCIA OJEDA LLERENA, A LUCIA EMERITA OJEDA LLERENA
y en consecuencia se disponga oficiar a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
TACNA para que proceda a la Adición de mi segundo nombre en la partida
de Defunción 2) Tramítese en la via de Proceso No Contensioso 3) Se fija como
fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día
DIECIOCHO DE MAYO del año 2016 a horas NUEVE de la mañana,en la sala de
Audiencias del Primer Juzgado de Paz de la provincia de Tacna Lo que se pone
en conocimiento de los interesados para los fines de Ley.- Tacna,02 de Mayo de
2016 DELIA MARIA ONQUE QUISPE Secretaria judicial (e) 1er juzgado de paz
letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (1V/05 MAY)
EDICTO
En el expediente numero 00498-2016-0-2301-JR-CI-03 seguido ante el Tercer
Juzgado Civil de Tacna, Juez Dr. Vladimir Salazar Díaz, Especialista Lega! Dr. Graciela tinaja Gordillo; mediante Resolución No 02 de fecha 20 de Abril de 2016 en
donde SE RESUELVE.- ADMITIR la demanda CAMBIO DE NOMBRE,SUPRESION
DE NOMBRE Y/O ADICION DE NOMBRE en la vía NO CONTENCIOSA interpuesta
por MARCO ANTONIO CALIZAYA CHIARELLA solicitando la rectificación de su
partida de nacimiento; y se señala para la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL para el treinta y uno de mayo del año dos mil dieciséis
a las diez de la mañana, a los medios probatorios por admitidos; cúmplase con
la publicación por edictos. A los autos los anexos. AL PRIMER OTROSI: Téngase
por delegadas las facultades de representación a favor del abogado CHRISTIAN
BERNARDO PORTUGAL LLOSA que se indica en conformidad al articulo 74 y 80
del código procesal civil. Tómese razón y hágase saber. GRACIELA LINAJA GORDILLO Secretario Judicial del 3er Juzgado Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA (1V/05 MAYO)
EDICTO PENAL
El señor Juez del TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE PUNO, a cargo del
Doctor ROGER FERNANDO ISTAÑA PONCE, por medio de la presente NOTIFICA
A: AGUSTIN CHIPANA CHOQUE; en el cuaderno de debates N° 01465-2015-652101-JR- PE-02. como presunto autor del delito de Contra la Familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en su forma de Incumplimiento de
Obligación Alimentaria; con el contenido de la resolución N° 03, de fecha doce
de abril del año dos mil dieciséis, mediante el cual: RESOLUCIÓN No. 03-2016.
Puno, doce de abril, Del dos mil dieciséis. VISTOS, OIDOS: y, CONSIDERANDO:
Expuestos y grabados en audio. EL JUZGADO, RESUELVE.- PRIMERO: Declarar
REO AUSENTE al acusado AGUSTIN CHIPANA CHOQUE, identificado con DNI
N° 01340724, nacido el 04 de mayo de mil novecientos setenta y siete, natu-
ral del distrito de Alto de la Alianza, provincia y departamento de Tacna, hijo
de Francisco y Magdalena, en el presente caso que se le sigue por el delito de
Incumplimiento de Obligación Alimentaria, previsto en el artículo 149° del
Código Penal, en agravio de la menor ROCÍO Milagros Chipana Nina representada por su madre Norma Nina Fernández. En consecuencia Se DISPONE SU
CONDUCCIÓN COMPULSIVA, a efecto de que una vez puesto a disposición del
órgano jurisdiccional se realice la audiencia de Juicio Oral, sin perjuicio de que
el propio imputado pueda presentarse en forma voluntaria, con esa finalidad
se le NOTIFIQUE en su domicilio real, así como por edictos si así fuera necesario; SEGUNDO: SE DISPONE EL ARCHIVO PROVISIONAL de la presente causa
conforme al artículo 79° numeral 5) del Código Procesal Penal hasta cuando
sea habido el referido acusado Agustín Chipana Choque, debiendo GIRARSE
los oficios en forma periódica. TERCERO: Se precisa que persiste con su abogado defensor público, abogado Leoncio Chambilla Mandamiento. CUARTO:
Una vez puesto a disposición de este órgano jurisdiccional el imputado, se
citará a las partes a través de los medios más rápidos para la instalación de la
audiencia y una vez instalado se citará a los órganos de prueba. REGÍSTRESE Y
NOTIFÍQUESE. Especialista Jurisdiccional. Puno, 15 de abril del 2016 ANA MARIA
CONDEMAYTA CUTIMBO Especialista de causas jurisdiccionales PODER JUDICIAL (3V/05-06-09 MAY)
EDICTO PENAL
Expediente N° 00280-2016-0-2301-JP-CI-01Juez del Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Alto de la
Alianza.
Especialista Judicial Dra. ROSANNA JIMENEZ GONZALEZ.En el proceso de COBRO DE DINERO, demandada JUSTINA CHURA CHOQUE,
con resolución número uno de fecha siete de marzo del dos mil dieciséis mediante la cual SE RESUELVE: Primero: ADMITIR la demanda interpuesta por doña
MARCELA AQUINO CHURA VDA DE POMA en contra de doña JUSTINA CHURA
CHOQUE sobre Obligación de dar Suma de Dinero, debiendo de sustanciarse
en la vía procedimental correspondiente al proceso Sumarísimo. Segundo: En
consecuencia notifíquese a la emplazada mediante edictos, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal; para cuyo efecto fracciónese los carteles
correspondientes para las publicaciones de Ley, en “el Diario El Peruano” y “El
Diario La República”, por ofrecido los medios probatorios, y a los autos los anexos acompañados. Tómese Razón y Hágase Saber.-Tacna, 25 días del mes de
Abril del 2016. ROSANNA JIMENEZ GONZALEZ Secretaria Judicial (e) del Juzgado de paz letrado del modulo alto de la alianza CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA (04-05-06 MAYO)
EDICTO PENAL
Exp. N° 110-2016-0-2301 -JR-PE-01 - CONTROL DE ACUSACION
JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL DISTRITO DE
GREGORIO ALBARRACIN
ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. JENNY MARILU HALLASI CALSIN.En el proceso N° 110-2016-0-2301-JR-PE-01, seguido contra Wilfredo Elias Mamani Huanacuni, por el presunto delito Conducción en Estado de Ebriedad, en
agravio de la Sociedad; el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria
del Distrito de Gregorio Albarracín, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a la
parte acusada WILFREDO ELIAS MAMANI HUANACUNI, con el contenido de la
resolución número uno de fecha catorce de enero del año dos mil dieciséis, mediante la cual se dispone: “CORRASE TRASLADO de la acusación fiscal a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DIAS hábiles, a efecto de
que puedan presentar por escrito los medios de defensa que consideren pertinentes para su debate en la audiencia preliminar de control de acusación”.- Fdo.
Dr. Rolando Sevincha Juro, Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria del
Distrito de Gregorio Albarracín.- Fdo. Abog. Jenny Marilú Hallasi Calsin, Especialista Judicial de Juzgado.-Gregorio Albarracín, 20 de Abril del 2016 ROLANDO
GODOFREDO SEVINCHA JURO Juez del Juzgado de la investigación preparatoria Del distrito de Gregorio albarracin Lanchipa CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA JENNY MARILU HALLASI CALSIN Especialista judicial de juzgado de
Investigación preparatoria de Tacna (3V/04-05-06 MAY)
EDICTO PENAL
Exp. N° 2322-2015-0-2301 -JR-PE-01 - CONTROL DE ACUSACION JUZGADO DE
INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL DISTRITO DE GREGORIO ALBARRACIN
ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. JENNY MARILU HALLASI CALSIN.En el proceso N° 2322-2015-0-2301-JR-PE-01, seguido contra Jhonattan George
Orco Chambilla, por el presunto delito Contra la Salud Publica en la modalidad
de Trafico Ilícito de Drogas - Micro comercialización, en agravio del Estado Peruano; el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria del Distrito de
Gregorio Albarracín, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a la parte acusada
JHONATTAN GEORGE ORCO CHAMBILLA, con el contenido de la resolución
número uno de fecha veintitrés de setiembre del año dos mil quince, mediante la cual se dispone: “CORRASE TRASLADO de la acusación fiscal a los demás
sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DIAS hábiles, a efecto de que
puedan presentar por escrito los medios de defensa que consideren pertinentes para su debate en la audiencia preliminar de control de acusación”.- Fdo.
Dr. Rolando Sevincha Juro, Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria del
Distrito de Gregorio Albarracín.- Fdo. Abog. Jenny Marilú Hallasi Calsin, Especialista Judicial de Juzgado.-Gregorio Albarracín, 12 de Abril del 2016 ROLANDO
GODOFREDO SEVINCHA JURO Juez del Juzgado de la investigación preparatoria Del distrito de Gregorio albarracin Lanchipa CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
DE TACNA JENNY MARILU HALLASI CALSIN Especialista judicial de juzgado de
Investigación preparatoria de Tacna (3V/04-05-06 MAY)
EDICTO JUDICIAL
ANTE EL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA, JUEZ DR. VLADIMIR SALAZAR DÍAZ, EXPEDIENTE
N° 27-2016-0-2301-JP-CI-02, ESPECIALISTA LEGAL MARITZA GOMEZ CUTIPA, EN LA VIA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO SE SOLICITA EL CAMBIO DE
NOMBRE DEL SEÑOR GIANCARLG CHOQUCNEYRA SALCEDO A GIANCARLO
NEYRA SALCEDO POR SER ESTE UN NOMBRE QUE HA PERJUDICADO EL DESENVOLVIMIENTO NORMAL Y MARGINACIÓN POR PARTE DE LA SOCIEDAD Y
ACCESORIAMENTE SE DISPONGA EL CAMBIO DE SU NOMBRE EN SU PARTIDA
DE NACIMIENTO, VÍA RECTIFICACIÓN, EN LA QUE OSTENTA EL NOMBRE DE
CHOQUENEYRA DEBIENDO SER NEYRA. HABIENDO SIDO PROGRAMADA LA
AUDIENCIA DE LEY PARA EL DÍA DIECIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIECISEIS
A HORAS ONCE DE LA MAÑANA. LO QUE SÉ COMUNICA PARA LOS FINES DE
LEY CONFORME A LO PREVISTO EN EL CÓDIGO PROCESAL CIVIL, TACNA 03 DE
MAYO DEL 2016. MARITZA E.GÓMEZ CUTIPA.Secretario Judicial del 1er Juzgado
Civil CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (1V/05 MAY)
EDICTO JUDICIAL
NOTIFICACION A MARIO EFRAIN CALLE MAQUERA
Exp. Nro.00243-2016-0-230l-JR-FC-01,ante el PRIMER JUZGADO DE FAMILIA,
Juez Dra. Grushenka Gutiérrez Cutipa, sec. Ana Poblete, sobre VIOLENCIA FAMILIAR, seguido en contra de MARIO EFRAIN CALLE MAQUERA, se ha emitido la
siguiente resolución Nro. 01 Tacna, dieciocho de enero del dos mil dieciséis:SE
RESUELVE:Admitir la presente demanda sobre Violencia Familiar,en la modalidad de violencia psicológica, interpuesta por el señor Fiscal Provincial de la
Fiscalía Provincial Corporativa Mixta de Gregorio Albarracín, doctor JAIME LA
ROSA CHIP ANA, en contra de MARIO EFRAIN CALLE MAQUERA, en agravio de
ESPERANZA RAMIREZ CONDORI y del menor HENNY JER LENNYN Tacna, 21 de
abril del 2016 ANA POBLETE TENORIO Secretaria 1er Juzgado de Familia CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/05-06-09 MAY)
NOTIFICACION POR EDICTO
Edicto: Caso N° 2906014500-2016-1801-0, en la investigación seguida en contra de DAVID IVÁN MOSCOSO ROLDÁN por la presunta comisión del delito contra el patrimonio - ESTAFA previsto y sancionado en el artículo 196° del Código
Penal en agravio CREDISCOTIA FINANCIERA S.A, y en contra de DURBY FORTUNATA QUISPE MAMANI, por la presunta comisión del delito contra el Orden
Financiero y Monetario en la modalidad de Delitos Financieros en su forma de
OBTENCIÓN FRAUDULENTA DE CRÉDITO, previsto y sancionado en el artículo
247° del mismo cuerpo Legal, en agravio CREDISCOTIA FINANCIERA S.A., la Srta.
Kely Choque Ramos, Fiscal Adjunta Provincial del Sexto Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna, ha emitido la Disposición N° 01-2016-MP-6°DI-FPPC-TACNA de fecha 27 de abril del 2016, en el que
SE DISPONE: PRIMERO: APERTURAR INVESTIGACIÓN PRELIMINAR, por el plazo
de 60 DÍAS NATURALES, en SEDE FISCAL, en contra de DAVID IVÁN MOSCOSO
ROLDAN por la presunta comisión del delito contra el patrimonio - ESTAFA previsto y sancionado en el Art. 196° del Código Penal en agravio CREDISCOTIA
FINANCIERA S.A, y en contra de DURVY FORTUNATA QUISPE MAMANI, por la
presunta comisión del delito contra el Orden Financiero y Monetario en la modalidad de Delitos Financieros en su forma de OBTENCIÓN FRAUDULENTA DE
CRÉDITO, previsto y sancionado en el artículo 247° del mismo cuerpo Legal, en
agravio CREDISCOTIA FINANCIERA S.A.
SEGUNDO: Realícese las siguientes diligencias
RECIBASE la declaración del investigado DAVID IVÁN MOSCOSO ROLDÁN,
para el día 02 de Junio del 2016, a horas 09:00, en las instalaciones del Sexto
Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna, ubicado en calle Hipólito Unanue N° 301 4to piso, debiendo portar su DNI,
acompañado de manera obligatoria por su abogado defensor de su elección.
RECIBASE la declaración de
la investigada DURVY FORTUNATA QUISPE
MAMANI, para el día 02 de Junio del 2016,a horas 10:00, en las
instalaciones del Sexto Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna, ubicado en calle Hipólito Unanue N° 301 4to piso, debiendo
portar su DNI y estar acompañado por el abogado defensor de su elección.
RECIBASE la declaración testimonial de WILBER PARI
CHOQUEHUANCA, para el día 08 de Junio del 2016, a horas 11:30,en
las instalaciones del
Sexto Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial
Penal Corporativa de Tacna, ubicado en calle Hipólito Unanue N° 301 4to piso.
RECIBASE la declaración testimonial de JORGE LUIS MONTERO VARGAS, para
el día 08 de Junio
del 2016, a horas 12:30, en las instalaciones del Sexto Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna, ubicado en calle Hipólito Unanue N° 301 4to piso,
RECIBASE la declaración testimonial de LUIS ALFREDO MONTOYA GUTIERREZ,
para el día 09 de Junio del 2016, a horas 09:30, en las instalaciones del Sexto
Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna,
ubicado en calle Hipólito Unanue N° 301 4to piso. KELY CHOQUE RAMOS Fiscal
adjunta provincial 6° despacho de investigación fiscalía provincial penal corporativa de Tacna (3V/05-06-09 MAY)
NOTIFICACION POR EDICTO
Edicto: Caso N° 2906014500-2016-1799-0, en la investigación seguida en contra de DAVID IVÁN MOSCOSO ROLDAN por la presunta comisión del delito contra el patrimonio - ESTAFA previsto y sancionado en el artículo 196° del Código
Penal en agravio CREDISCOTIA FINANCIERA S.A, y en contra de YHAN CARLOS
LUIS FLORES YUFRA, por la presunta comisión del delito contra el Orden Financiero y Monetario en la modalidad de Delitos Financieros en su forma de OBTENCIÓN FRAUDULENTA DE CRÉDITO, previsto y sancionado en el artículo 247°
del mismo cuerpo Legal, en agravio CREDISCOTIA FINANCIERA S.A., la Srta. Kely
Choque Ramos, Fiscal Adjunta Provincial del Sexto Despacho de Investigación
Jueves, 5 de mayo del 2016
de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna, ha emitido la Disposición
N° 01-2016-MP-6°DI-FPPC-TACNA de fecha 27 de abril del 2016, en el que SE
DISPONE: APERTURAR INVESTIGACIÓN PRELIMINAR, por el plazo de 60 días
naturales, en SEDE FISCAL, en contra de DAVID IVÁN MOSCOSO ROLDAN por
la presunta comisión del delito contra el patrimonio - ESTAFA previsto y sancionado en el artículo 196° del Código Penal en agravio CREDISCOTIA FINANCIERA
S.A, y en contra de YHAN CARLOS LUIS FLORES YUFRA, por la presunta comisión
del delito contra el Orden Financiero y Monetario en la modalidad de Delitos
Financieros en su forma de OBTENCIÓN FRAUDULENTA DE CRÉDITO, previsto
y sancionado en el artículo 247° del mismo cuerpo Legal, en agravio CREDISCOTIA FINANCIERA S.A.
SEGUNDO: Realícese las siguientes diligencias
RECIBASE la declaración del investigado DAVID IVÁN MOSCOSO ROLDÁN, para
el día 01 de Junio del año 2016, a horas 09:00, en las instalaciones del Sexto
Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna, ubicado en calle Hipólito Unanue N° 301 4to piso, debiendo portar su DNI,
acompañado de manera obligatoria por su abogado defensor de su elección.
RECIBASE la declaración de la investigada YHAN CARLOS LUIS FLORES YUFRA,
para el día 01 de Junio del año 2016, a horas 10:00, en las instalaciones del Sexto
Despacho de Investigación de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna,
ubicado en calle Hipólito Unanue N° 301 4to piso, debiendo presentarse cinco
minutos antes de la diligencia, portando su DNI, acompañado de manera obligatoria por su abogado defensor de su elección.
REQUIÉRASE a CREDISCOTIA FINANCIERA S.A., la siguiente información:
Remita en copias certificadas el expediente de solicitud de crédito y/o linea de
crédito de línea de crédito a nombre de María Cahuína Arce, debiendo obrar
necesariamente el contrato firmado entre ambas partes.
Remita copias certificadas de la Verificación Domiciliaria (formato para el FDN)
de fecha 08 de Enero del año 2015.
Informe respecto del trámite establecido por Crediscotia Financiera S.A., para
el otorgamiento de créditos. Asimismo precise los requisitos exigidos para la
obtención del crédito línea de crédito, en dicha entidad financiera.
Las demás diligencias tendientes al esclarecimiento de los hechos materia de
investigación.
TERCERO: Notifíquese la presente disposición conforme a Ley. KELY CHOQUE
RAMOS
Fiscal Adjunta Provincial 6° Despacho de Investigación Fiscal Provincial Penal
Corporativa de Tacna (3V/05-06-09 MAY)
NOTIFICACION POR EDICTOS
Por ante el Primer Juzgado Especializado Civil de Tacna, a cargo del señor Juez
Dr. Juan Manuel Vera Esquivel y Secretaria Dra. Miriam Yessenia Cueva Ojeda,
obra el Exp. Nro. 932-1994 en los seguidos por HUMBERTO BANCHERO NOLLY
en contra de ANA MARIA TERESA BANCHERO SOLOGUREN, sobre NOMBRAMIENTO DE ADMINISTRADOR JUDICIAL, a fin de notificárseles el presente edicto a las sucesiones de los señores ANA MARÍA TERESA BANCHERO SOLOGUREN, JOSÉ FÉLIX BANCHERO NOLLY, HUMBERTO LADISLAO BANCHERO NOLLY,
CARLOS VALENTINO BANCHERO NOLLY Y CARLOS HUGO BANCHERO SOLOGUREN, con las siguientes resoluciones:.... N° 103. de fecha 10 de Setiembre del
2015: SE RESUELVE: DESIGNAR como órgano de auxilio judicial en calidad de
administrador a la persona don OSCAR SEGUNDO ANGULO SALAS en calidad
de Presidente de la Asociación de la Junta de Compradores de la Urbanización
Santa Teresa, quien desempeñará el cargo de nuevo administrador judicial en
Participación y de dicha Asociación respecto de los bienes precisados en el
escrito de fojas 376 a 377 presentado por Humberto Banchero Nolly, con las
mismas obligaciones y atribuciones que tenía la anterior administradora, encontrándose obligado a rendir cuenta de su administración e informar de su
gestión periódicamente y en forma trimestral bajo responsabilidad y estando
de dicho modo bajo control, responsabilidad, prohibiciones y causales de remoción conforme lo dispone nuestro ordenamiento civil. TR Y HS.- AL SEGUNDO OTROSÍ: Téngase presente. Asumiendo funciones en la fecha la Especialista
Legal que suscribe por
disposición del Superior
La Resolución N°108 de fecha 15 de Enero del 2016: SE RESUELVE: ACLARAR la
Resolución N° 103 de fecha 10 de setiembre del 2015, en el sentido de que: se
dispone efectuarse la inscripción del nuevo administrador judicial don Oscar
Segundo Angulo Salas en calidad de Presidente de la Asociación de la Junta
de Compradores de la Urbanización Santa Teresaen en la la Ficha N2 1 Partida
05060166 de los Registros Públicos de Tacna correspondiente a una Asociación
en Participación conformada por Ana María Teresa Banchero Sologuren quien
procede por derecho propio y en representación de José Félix Banchero Nolly,
Humberto Ladislao Banchero Nolly, Carlos Valentino Banchero Nolly, Carlos
Hugo Banchero Sologuren y la Empresa A. Y F Palacios S.A. representado por
Félix Alfredo Palacios García, a quienes deberá de notificárseles a fin de que
tomen conocimiento de la presente resolución previa remisión de los partes
judiciales, debiendo para tal efecto cumplir la parte demandante con señalar
sus domicilios respectivos. TR Y HS. Lo que se comunica para los fines consiguientes de ley. Fdo. Dra. Miriam Yessenia Cueva Ojeda, Especialista Legal. Dr.
Juan Manuel Vera Esquivel. Juez.Tacna 11 de abril del 2016 (2V/04-05 MAYO)
NOTIFICACION POR EDICTO
EXPEDIENTE N°. 1157- 2015, seguido por ante el PRIMER JUZGADO DE PAZ
LETRADO de Tacna que despacha la Dra. KATI ANTONIO DAMIAN con intervención de la Especialista Legal Delia María Onque Quispe; en el proceso sobre EXTINCION DE ALIMENTOS interpuesto por JULIO ROBERTO GONZALEZ VARGAS
en contra de la SUCESION de FATIMA MARGARITA YOVANOBICHS CARBAJO,
mediante Resolución Nro. 01 de fecha 14 de Enero del 2016 SE RESUELVE: ADMITIR la presente demanda sobre EXTINCION DE ALIMENTOS, interpuesta por
JULIO ROBERTO GONZALEZ VARGAS, en contra de la SUCESION DE MARGARITA YOVANOBICHS CARBAJO; tramitándose en la Vía del proceso SUMARISIMO,
y a conforme se solicita REALICESE las notificaciones mediante edictos por el
plazo de Ley, y en el caso de no concurrir los sucesores se designara Curador
Procesal, para la persecución del proceso. La misma que es corregida mediante
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Resolución Nro. 02 de fecha 25 de Enero del 2016 que RESUELVE: CORREGIR la
resolución número uno, de fecha catorce de enero del año dos mil dieciséis, en
la parte resolutiva siendo lo correcto “... ADMITIR la presente demanda sobre
EXTINCION DE ALIMENTOS, interpuesta por JULIO ROBERTO GONZALEZ VARGAS, en contra de la SUCESION DE FATIMA MARGARITA YOVANOBICHS CARBAJO...”, quedando subsistente todo lo demás que contiene.DELIA MARIA ONQUE
QUISPE Secretaria judicial (e) 1er juzgado de paz letrado CORTE SUPERIOR DE
JUSTICIA DE TACNA (3V/03-04-05 MAY)
PRIMER REMATE PÚBLICO JUDICIAL
En el proceso único de ejecución de obligación de dar suma de dinero que se
tramita con Expediente Judicial Nº 01371-2014-0-2301-JP-CI-02 seguido por
CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO SA; en contra de JEFFERSON
JOSUE ISIQUE HUAROMA y JAQUELINE ROXANA QUISPE MAMANI; el Primer
Juzgado de Paz Letrado de Tacna – Sede Central de la Corte Superior de Justicia
de Tacna que despacha la señorita Juez Kati Antonio Damian, con la asistencia
de la Especialista Legal Srta. Ingrid Rodríguez Cotrado, ha dispuesto sacar a remate público judicial en PRIMERA convocatoria la siguiente propiedad:
INMUEBLE URBANO de propiedad de la obligada JAQUELINE ROXANA QUISPE
MAMANI, con un área de 247,95 M2 (metros cuadrados), ubicado en PUEBLO
JOVEN NUESTRA SEÑORA DE LA NATIVIDAD MANZANA 63, LOTE 04, DISTRITO, PROVINCIA, DEPARTAMENTO Y REGIÓN DE TACNA; INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL P20016093 DE LA ZONA REGISTRAL XIII – SEDE TACNA DE LA
SUNARP y se encuentra valorizado en la cantidad de S/.189 247,50 (CIENTO
OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 50/100) soles,
y será rematado sobre la base de S/. 126 165 (CIENTO VEINTISÉIS MIL CIENTO
SESENTA Y CINCO con 00/100) nuevos soles; cantidad equivalente a las dos
terceras partes del valor por el cual fue valorizado.
AFECTACIONES DEL BIEN.- Según Copia Certificada de la partida registral antes
mencionada, proporcionada por la parte demandante: 1.- Asiento 006.- EMBARGO a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO CUSCO SA; hasta
por la suma de S/ 15,000 soles, medida cautelar recaída en el presente proceso judicial. 2.- Asiento 007.- EMBARGO a favor de COOPERATIVA DE AHORRO
Y CRÉDITO CREDICOOP LA ISLA LTDA en forma de Inscripción hasta por la
suma de S/ 3,147.49 soles. Medida cautelar recaída en el proceso judicial Nº
1561-2014-38-2301-JP-CI-02 seguido ante el Primer Juzgado de Paz Letrado
de Tacna.
DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE:
La diligencia del remate estará a cargo del Sr. Juan Pablo Kong Eyzaguirre –
Martillero Público con Registro Nº 227 el día 19 DE MAYO DEL AÑO 2016, A
LAS 10:00 HORAS, EN LAS INSTALACIONES DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE CENTRAL – DE LA CSJ DE TACNA, SITO EN LA ESQUINA DE LAS
CALLES INCLÁN CON PRESBÍTERO ANDÍA DE ESTA CIUDAD.
POSTORES:
Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en
efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, una cantidad no menor al
diez por ciento del valor de tasación del bien a rematar (S/.18 924,75 soles). Este
depósito deberá de ser presentado ante el Martillero Público. A los postores no
beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el
remate. Asimismo, los postores deberán presentar el pago del arancel judicial
respectivo por participar en remate judicial de bien inmueble a la orden del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, debiendo consignar en el mismo el número de expediente (1371-2014) suscribiéndolo y adjuntando copia fotostática
del mismo y de su documento de identidad respectivo. De conformidad con lo
dispuesto por el artículo 732º del Código Procesal Civil y por la Ley del Martillero
Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están
afectos al IGV.Tacna, 19 de abril del año 2016 INGRID MELANIE RODRIGUEZ
COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR
DE JUSTICIA DE TACNA JUAN PABLO KONG EYZAGUIRRE Martillero Publico Reg
N°227 ABOGADO (6V/05 AL 12 MAY)
PRIMER REMATE JUDICIAL
En el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente Nº
01344-2014-0-2301-JP-CI-02 seguido por MI BANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA SA en contra de Carmen Rosario Marin Ccama, con intervención
del acreedor no ejecutante Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A.,
la Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, Dra. Kati Antonio Damián
con intervención de la Especialista Legal Ingrid Melanie Rodriguez Cotrado, ha
dispuesto sacar a Remate Público en Primera convocatoria lo siguiente:
DESCRIPCION DEL INMUEBLE: Inmueble ubicado en el SECTOR DE CHORRILLOS SIGNADO CON EL LOTE Nº 06 DE LA MANZANA C DE LA JUNTA DE COMPRADORES “VILLA TAKANA”, distrito POCOLLAY, Provincia y Departamento de
Tacna, cuya área es de 157.08 m2, los, linderos, medidas perimétricas y demás
características constan en la partida registral N° 05059959 Ficha Nº 38311 del
Registro de Propiedad inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede-Tacna.
VALOR DE TASACIÓN: S/. 100,609.60 (CIEN MIL SEISCIENTOS NUEVE CON
60/100 NUEVOS SOLES).
BASE DEL REMATE: S/. 67,073.06 (Sesenta y siete mil setenta y tres con 06/100
Nuevos Soles), correspondientes a las dos terceras partes del valor de tasación.
GRAVÁMENES: 1) Asiento D00001.- Embargo en forma de inscripción a favor de MI BANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A. hasta por la suma de
S/.53,000.00 en mérito de la Resolución Nº 01 de fecha 19/11/2013 dispuesta
por el Juez del 3er. Juzgado Especializado en lo Civil con Sub Especialidad
Comercial de Tacna Dr. Vladimir Omar Salazar Diaz, Especialista Legal Karina
Leonor Romero Calderón, Expediente Nº 00281-2013-40-2301-JR-CO-03. Fecha de inscripción 01/ABRIL/2014. 2) Asiento D00002.- Embargo en forma de
inscripción a favor de MI BANCO - Banco de la Microempresa S.A. hasta por la
suma de US$10,000.00 en mérito de la Resolución Nº 01 de fecha 08/08/2014
dispuesta por el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna Dr. Juan Vera
Esquivel, Secretaria Judicial Ingrid Melanie Rodriguez Cotrado, Expediente Nº
01344-2014-78-2301-JP-CI-02. Fecha de inscripción 02/SET/2014. 3) Asiento
D00003.- Medida Cautelar de Anotación de demanda dispuesta por Resolución
Nº 01 del 25/07/2014 por el Juez del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de
La República
3
Tacna, Luis Escalante Medina, Secretaria Judicial Maritza E. Gómez Cutipa en el
proceso sobre Nulidad de Acto Jurídico solicitado por Sebastián Mamani Benito. Exp. 311-2014-9-2301-JR-CI-01. Fecha de inscripción 29/SET/2014. 4) Asiento
D00004.- Embargo en forma de inscripción a favor de Caja Municipal de Ahorro
y Crédito de Tacna S.A. hasta por la suma de US$25,000.00 en mérito de la Resolución Nº 02 de fecha 09/09/2014 dispuesta por el Juez del Tercer Juzgado
Especializado en lo Civil con Sub Especialidad Comercial de Tacna Dr. Vladimir
Omar Salazar Diaz, Especialista legal Karina Leonor Romero Calderón, Expediente Nº 00175-2014-45-2301-JR-CO-03. Fecha de inscripción 27/OCT/2014.
LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El remate se llevará a cabo en el frontis
del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna ubicado en el cuarto piso de la
Corte Superior de Justicia de Tacna, sito en la esquina de las calles Inclán con
Presbítero Andía de esta ciudad, el día 16 de Mayo del 2016 a horas 10:00 a.m.
POSTORES: Para ser postor deberá depositarse en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% de la tasación (S/.10,060.96), además del Arancel Judicial respectivo por derecho a participar en el Remate judicial (S/.395.00),
consignando el Juzgado, DNI del postor y número de Expediente (con copia
del arancel y del DNI). El adjudicatario cancela los honorarios del martillero al
término de la diligencia más IGV de acuerdo al Artículo 732 del CPC. y D.S. 0082005-JUS. La diligencia del remate estará a cargo del Martillero Público Víctor
Orlando Apaza Morante con Registro Nacional No. 321. Celular 952-603020
y correo: [email protected], 02 de Mayo del 2016 INGRID
MELANIE RODRIGUEZ COTRADOSecretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz
LetradoCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA VICTOR O.APAZA MORANTE
MARTILLERO PUBLICO REG N°321-SUNARP (6V/03 al 10 MAY)
SEGUNDO REMATE PÚBLICO JUDICIAL
En el proceso único de ejecución de obligación de dar suma de dinero que se
tramita con Expediente Judicial N° 00635-2012-0-2301-JP-CI-02 seguido por
CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO AREQUIPA SA; en contra de INVERSIONES Y COMERCIALES CAPLINA SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y MAYOLLY DEL PILAR YUCRA SERRANO; el Primer Juzgado de
Paz Letrado de Tacna - Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Tacna
que despacha la señorita Juez Kati Antonio Damian, con la asistencia de la
Especialista Legal Srta. Ingrid Rodríguez Cotrado, ha dispuesto sacar a remate
público judicial en SEGUNDA convocatoria la siguiente propiedad:
INMUEBLE URBANO de propiedad de la obligada MAYOLLY DEL PILAR YUCRA
SERRANO, con un área de 500 M2 (metros cuadrados), ubicado en MANZANA
05, LOTE 13, SECTOR 12, AMPLIACIÓN VIÑANI, DISTRITO GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA, PROVINCIA, DEPARTAMENTO Y REGIÓN DE TACNA; INSCRITO
EN LA PARTIDA REGISTRAL 11066082 DE LA ZONA REGISTRAL XIII - SEDE TACNA DE LA SUNARP
PRECIO BASE.- El inmueble se encuentra valorizado en la cantidad de S/. 50
000,00 (cincuenta mil con 00/100 nuevos soles) y SERÁ REMATADO SOBRE LA
BASE DE S/. 28 333,33 (veintiocho mil trescientos treinta y tres con 33/100) soles, suma equivalente a la reducción en 15% del precio base que sirvió para el
remate anterior.
AFECTACIONES DEL BIEN.- Según Copia Certificada de la partida registral antes
mencionada, proporcionada por la parte demandante: 1- Asiento 001 Rubro
D.- Hipoteca a favor de Dina Domitila Chipana Calisaya, hasta por la suma de S/.
10,000 nuevos soles. 2.- Asiento 002 Rubro D.- Embargo en forma de Inscripción
hasta por la suma de S/. 19,000 nuevos soles. Medida cautelar recaída en el presente proceso judicial y que es materia de ejecución.
DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE.- La diligencia del remate estará a cargo del
Sr. Juan Pablo Kong Eyzaguirre — Martillero Público con Registro N° 227 el día
JUEVES 19 DE MAYO DEL AÑO 2016 A LAS 12:00 HORAS EN LAS INSTALACIONES DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TACNA - SEDE CENTRAL DE
LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA, UBICADO EN LA CALLE INCLÁN,
ESQUINA CON LA CALLE PRESBÍTERO ANDÍA S/N DE ESTA CIUDAD.
POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, una cantidad no
menor al diez por ciento del valor de tasación del bien a rematar (S/.5 000,00
nuevos soles). Este depósito deberá de ser presentado ante el Martillero Público. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Asimismo, los postores deberán presentar el pago
del arancel judicial respectivo por participar en remate judicial de bien inmueble a la orden del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, debiendo consignar
en el mismo el número de expediente (635-2012) suscribiéndolo y adjuntando
copia fotostática del mismo y de su documento de identidad respectivo. De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 732° del Código Procesal Civil y
por la Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo
del adjudicatario y están afectos al IGV. Tacna, 03 de mayo del año 2016. JUAN
PABLO KONG EYZAGUIRRE Martillero Publico Reg.N°227 ABOGADO INGRID
MELANIE RODRIGUEZ COTRADO Secretaria Judicial del 1er Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA (3V/05-06-09 MAY)
EDICTO DE CAMBIO DE NOMBRE
Ante el Tercer Juzgado Civil - sede central, que despacha el Sr. Juez Dr. Vladimir
Omar Salazar Díaz, con intervención de la especialista, Abog. Graciela Linaja
Gordillo, en el expediente N°475-2016-0-2301-JR-C1-03, en el cual SE RESUELVE: ADMiTiRla demanda de CAMBIO DE NOMBRE, SUPRESION DE NOMBRE Y/O
ADICION DE NOMBRE en la via NO CONTENCIOSA interpuesta por JACINTO
VIZCACHO YAVEJAÑA, solicitando la rectificación de su partida de nacimiento
y se señala para la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para
el día TRES DE MAYO del dos mil dieciséis a las doce de la mañana, a los medio
probatorios;cúmplase con la publicacion por edictos.A los autos los anexos.Al
Primer Otrosi: no ha lugar lo solicitado.Tomese razón y hágase saber. GRACIELA
LINAJA GORDILLO Secretario judicial (e) del 3er Juzgado Civil CORTE SUPERIOR
DE JUSTICIA DE TACNA (1V/05 MAY)
Nro.
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Expediente
2015-00727-78
2012-01243-96
2015-01025-61
2015-01676-51
2014-01141-94
2015-00833-35
2015-02130-20
2014-01045-85
2014-00556-99
2015-01662-1
2015-00396-85
2010-01458-39
2015-02218-0
2014-01968-0
2015-00231-96
2014-01448-21
2014-01889-45
2015-01095-52
2012-01027-70
2015-02717-0
2016-01006-0
2014-02335-55
2015-02381-0
2013-01341-50
2013-00198-31
2013-01956-51
2016-00278-0
2015-00338-0
2016-00136-0
2016-00122-0
2015-02094-81
2015-02161-0
2014-02148-92
2016-00119-0
2015-01061-68
2015-00242-69
2015-00960-7
2015-01030-13
2012-00890-40
2014-01635-21
2015-00637-96
2015-02782-0
2011-00579-54
2016-00231-0
2014-00187-37
2014-00418-41
2015-01494-13
2012-00473-33
2013-01321-95
2013-02170-61
2014-00603-53
2004-05055-0
Organo Jurisdiccional
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central
2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL
J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n
J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n
J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza
J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza
J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza
J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA DE APELACIONES - Sede Central
SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.)
Sala Audiencia
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 01 PENAL DE POCOLLAY
SALA 02 PENAL DE POCOLLAY
SALA 02 PENAL DE POCOLLAY
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JIP. - 1ER PISO
SALA 1 JUNI -2DO PISO
SALA 1 JUNI -2DO PISO
SALA 1 JUNI -2DO PISO
SALA 1 JUNI -2DO PISO
SALA 2 JIP - 1ER PISO
SALA 2 JIP - 1ER PISO
SALA 2 JIP - 1ER PISO
SALA 2 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 3 JIP - 1ER PISO
SALA 4 JIP - 1ER PISO
SALA 4 JIP - 1ER PISO
SALA 4 JIP - 1ER PISO
SALA 4 JIP - 1ER PISO
SALA 4 JIP - 1ER PISO
SALA 4 JIP - 1ER PISO
SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN
SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN
SALA INV. PREP. - MBJAA
SALA INV. PREP. - MBJAA
SALA INV. PREP. - MBJAA
SALA INV. PREP. - MBJAA
SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO
ROL DE AUDIENCIAS PROGRAMADAS EN EL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA.
FECHA: Jueves 05 de Mayo del 2016.
Hora
08:45
11:00
12:00
12:40
15:00
16:00
16:30
12:00
15:00
09:00
10:00
11:00
15:00
16:00
08:30
09:00
09:30
10:00
09:00
11:00
12:00
15:00
09:00
10:00
11:00
11:30
12:00
12:30
16:00
16:30
09:00
09:30
11:00
11:31
12:00
12:30
09:00
10:00
09:00
10:00
10:30
12:00
17:31
08:30
09:00
10:30
11:31
12:00
12:46
13:01
15:00
16:00
Delito
Violación sexual de menor de edad .
Ursurpación Agravada
Hurto agravado.
Hurto agravado.
Agrupación ilícita.
Robo Agravado
Robo Agravado
Violación sexual de menor de edad.
Violación sexual de menor de edad.
Estafa genérica
Fabricación o falsificación de sellos o timbres oficiales.
Lavado de Activos
Lesiones leves
Uso de documentos falsos.
Lesiones culposas
Posesión indebida de Teléfonos celulares o armas, Municiones, etc.
Receptación
Homicidio culposo
Falsedad ideológica.
Omisión de asistencia familiar
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Omisión de asistencia familiar
Omisión de asistencia familiar
Apropiación ilícita.
Omisión de asistencia familiar
Omisión de asistencia familiar
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Omisión de asistencia familiar
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Uso de documentos falsos.
Uso de documentos falsos.
Omisión de asistencia familiar
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Posesión indebida de Teléfonos celulares o armas, etc.
Omisión de asistencia familiar
Ursurpación Agravada
Hurto agravado.
Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.
Falsedad genérica.
Apropiación ilícita.
Omisión de asistencia familiar
Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.
Actos contra el pudor en menores.
Usurpación
Contrabando
Contrabando
Trata de Personas
Lesiones culposas
Falsificación de documentos.
Hurto agravado.
Peculado doloso más de 10 UIT
4
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Jueves, 5 de mayo del 2016
Jueves, 5 de mayo del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
La República
Corte Superior de Justicia de Tacna
PRESIDENCIA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 0455-2016-P-CSJT-PJ
Tacna, veintisiete de abril
Del año dos mil dieciséis.VISTOS: La Ley 30229, la Ley 30293, la Resolución Administrativa 069-2015-CE-PJ, la
Resolución Administrativa 234-2015-CE-PJ, el Externo 3094-2016 y Resolución
Administrativa 290-2016-P-CSJT-PJ; y,
CONSIDERANDO:
PRIMERO: La Resolución Administrativa Nº 069-2015-CE-PJ, publicada el trece de marzo
del año dos mil quince en el diario oficial El Peruano, aprueba el proyecto denominado
Implantación del Sistema de Notificaciones Electrónicas – SINOE en el ámbito nacional y
en todas las especialidades, estableciéndose disposiciones para su implementación en tres
etapas de manera progresiva, correspondiendo a esta Corte Superior de Justicia en la
tercera etapa 2015-2016.
SEGUNDO: Mediante Resolución Administrativa Nº 234-2015-CE-PJ, publicada el
diecinueve de agosto del año dos mil quince en el diario oficial El Peruano, se dispuso la
ejecución de la tercera etapa de implantación del Sistema de Notificaciones Electrónicas
(Grupos 3, 4, 5, 6, 7 y 8) en el ámbito nacional y en todas las especialidades, formando
parte del grupo 5 la Corte Superior de Justicia de Lima Este y del grupo 8 la Corte Superior
de Justicia de Tacna, proponiendo, la Sub Gerencia de Desarrollo de Sistemas de
Información de la Gerencia de Informática de la Gerencia General, la modificación de la
programación de actividades para la ejecución de implementación del SINOE. Y es a
través de la Resolución Administrativa Nº 074-2016-CE-PJ de fecha veintitrés de marzo del
año dos mil dieciséis que se modifica la ejecución de la tercera etapa de la “Implantación
del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE) en el ámbito nacional y en todas las
especialidades” incorporándose el distrito Judicial de Tacna al Grupo 5 y el distrito Judicial
de Lima Este al Grupo 8; disponiendo que la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia
y la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus Órganos de Línea y en cuanto sea
5
6
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
Jueves, 5 de mayo del 2016
de su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento
de las disposiciones establecidas en la presente resolución.
TERCERO: Bajo este contexto, se ha llegado a la conclusión que las notificaciones de la
resoluciones judiciales expedidas en un determinado proceso judicial a través de la cédula
de notificación física muchas veces no cumplen su finalidad (esto es poner en
conocimiento de manera rápida, a las partes procesales las resoluciones judiciales) siendo
esto así, con el propósito de coadyuvar a la organización del sistema judicial, es necesario
recurrir a las TIC1 y de esta manera optimizar nuestros recursos, haciéndolos más
productivos y mejorando la calidad, invirtiendo mucho menos tiempo.
CUARTO; Mediante la Ley Nº 30229 – Ley que adecúa el uso de las Tecnologías de
Información y Comunicaciones en el sistema de remates judiciales y en los servicios de
notificaciones de las resoluciones judiciales y que modifica la Ley Orgánica del Poder
Judicial, el Código Procesal Civil, el Código Procesal Constitucional y la Ley Procesal del
Trabajo – se incorporan los artículos 155-A, 155-B, 155-C, 155-D, 155-E, 155-G, 155-H y
155-I al Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Cuyo artículo 155-A
prescribe que: “La notificación electrónica es un medio alternativo a la notificación por
cédula y se deriva a casilla electrónica de manera obligatoria en todos los procesos
contenciosos y no contenciosos tramitados ante los órganos jurisdiccionales del
Poder Judicial. La notificación electrónica debe contar con firma digital2 y debe ser
utilizada en el marco de la Ley 27269 – Ley de Firmas y Certificados Digitales - su
reglamento, así como la normativa relacionada”. Asimismo, el artículo 155-B establece:
“Es un requisito de admisibilidad que las partes procesales consignen en sus escritos
postulatorios la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial, extendiéndose
dicho requisito al apersonamiento de cualquier tercero en el proceso”. En tanto el
artículo 155-D dispone que: “Los abogados de las partes procesales, sean o no de oficio,
los procuradores públicos y los fiscales deben consignar una casilla electrónica la cual
es asignada por el Poder Judicial sin excepción alguna…” La citada ley modifica el
artículo 157º del Código Procesal Civil disponiendo que: “La notificación de las
resoluciones judiciales, en todas las instancias, se realiza por vía electrónica a través
de casillas electrónicas implementadas, de conformidad con lo establecido en el
Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado con Decreto
1
Tecnología de Información y Comunicación: es el conjunto de tecnologías desarrolladas para gestionar
información y enviarla de un lugar a otro.
2
La firma digital es aquella firma electrónica que utiliza una técnica de criptografía asimétrica, basada en
el uso de un par de claves único, asociadas una clave privada y una clave pública relacionadas
matemáticamente entre sí, de tal forma que las personas que conocen la clave pública no puedan derivar
de ella la clave privada.
Jueves, 5 de mayo del 2016
SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA
La República
Supremo 017-93-JUS, con las excepciones allí establecidas”. De la misma forma se
modifica el artículo 14º del Código Procesal Constitucional refiriendo que: “Todas las
resoluciones se notifican por vía electrónica a casillas electrónicas acorde con lo
establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,
aprobado con Decreto Supremo 017-93-JUS, con las excepciones allí establecidas y
las actuaciones a que se refiere el artículo 9”.
QUINTO: A su turno, la Ley 30293 – “Ley que modifica diversos artículos del Código
Procesal Civil a fin de promover la modernidad y la celeridad procesal” modifica, entre
otros, el artículo 414º inciso 2) del Código Procesal Civil prescribiendo que: “La demanda
se presenta por escrito y contendrá: 2) El nombre, datos de identidad, dirección
domiciliaria, domicilio procesal del demandante y el domicilio procesal electrónico,
constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial de acuerdo a la Ley
30229”.
SEXTO: En el marco de la implantación del Sistema de Notificaciones Electrónicas en esta
Corte Superior de Justicia se ha llevado a cabo como acciones administrativas la
expedición de la Resolución Administrativa Nº 290-2016-P-CSJT-PJ de fecha veintiuno de
marzo del año dos mil dieciséis a través de la cual se conformó el Comité Distrital de
Implantación del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Dicho comité tuvo una reunión
de trabajo el día treinta y uno de marzo del año en curso, oportunidad en la que se
expusieron los objetivos, se detalló el plan de la implantación, la distribución de los
equipos, estableciéndose los acuerdos generales, la digitalización, despliegue, clonación,
instalación y configuración de equipos y capacitación; todo ello conforme se encuentra en
el acta de trabajo levantada con intervención del Comité de Implantación del Sistema de
Notificaciones Electrónica. Asimismo, a través de la Resolución Administrativa Nº 3712016-P-CSJT-PJ se autorizó la participación de los Señores Jueces y Personal de esta Corte
Superior de Justicia, a capacitaciones como parte del Proyecto de Implantación del
Sistema de Notificaciones Electrónicas – SINOE.
SETIMO: De otro lado, la Sub Gerencia de Desarrollo de Información de la Gerencia de
Informática del Poder Judicial, según el estudio de factibilidad técnica de esta Corte
Superior de Justicia, puso en conocimiento al Comité Distrital de Implantación del Sistema
de Notificaciones Electrónicas que durante la etapa de diagnóstico se realizó la
distribución de treinta equipos a los órganos jurisdiccionales que cuentan con la
factibilidad técnica para efectos de que brinde soporte a la notificación electrónica; de la
misma forma la Gerencia de Informática ha distribuido los discos duros internos a las
estaciones de la Sede Central, a la sede de Gregorio Albarracín Lanchipa, de Alto de la
Alianza, de Tarata y uno de retén para cualquier imprevisto.
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Jueves, 5 de mayo del 2016
OCTAVO: Bajo dicho contexto, se ha verificado el cumplimiento de todo el proceso de
implantación para la entrada en funcionamiento del Sistema de Notificaciones
Electrónicas en este distrito judicial, en aras de creación de mecanismos que permitan un
mayor acceso al servicio de la justicia, eficacia en el cumplimiento de los plazos
procesales, imparcialidad, transparencia y honestidad en la conducción de los procesos y
en la emisión de los fallos, mejorando el servicio de administración de justicia. Finalmente,
mediante el Externo 3094-2016 de fecha veinte de abril del año en curso, el Presidente del
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el cronograma de inauguración del Sistema
de Notificaciones Electrónicas en las Cortes Superiores de Justicia de Lima Sur, Callao,
Tacna y La Libertad, correspondiendo a esta Corte Superior de Justicia el día veintinueve
de abril del presente año. Por lo que estando a lo expuesto, resulta necesario expedir el
acto administrativo correspondiente al funcionamiento del Sistema de Notificaciones
Electrónicas en este Distrito Judicial, lo que permitirá que los actos procesales de las
notificaciones se realicen en tiempo real, a través de las casillas electrónicas, las mismas
que serán entregadas gratuitamente coadyuvando a que la justicia sea eficaz y célere.
Por tanto, de conformidad con el artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley
Orgánica del Poder Judicial;
SE RESUELVE:
PRIMERO: DIPONER EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE NOTIFICACIONES
ELECTRÓNICAS (SINOE), en forma obligatoria, en la Corte Superior de Justicia de Tacna a
partir del día VEINTINUEVE DE ABRIL del año dos mil dieciséis, en todas las especialidades
y/o materias, en los órganos jurisdiccionales ubicados en la SEDE CENTRAL, MODULO
BASICO DE JUSTICIA DEL DISTRITO ALTO DE LA ALIANZA, MODULO BASICO DE JUSTICIA
DEL DISTRITO DE GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA Y SEDE DE LA PROVINCIA DE
TARATA.
SEGUNDO: PÓNGASE en conocimiento de los Magistrados de todas las instancias de la
sede central, Módulo Básico de Alto de la Alianza, Módulo Básico de Gregorio Albarracín
Lanchipa y la sede de Tarata, sobre el uso obligatorio del Sistema de Notificaciones
Electrónicas; EXHORTÁNDOLOS a requerir a los abogados de las partes procesales o
terceros intervinientes, el señalamiento de su casilla electrónica, con arreglo a la
normatividad vigente tanto para las demandas nuevas como para los procesos en
trámite o ejecución, con los apremios de ley.
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TERCERO: CUMPLA el área de Personal con NOTIFICAR al personal jurisdiccional el uso
obligatorio de las casillas electrónicas para los efectos de las notificaciones electrónicas
en este Distrito Judicial.
CUARTO: DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario de avisos
judiciales desde el día veintinueve de abril hasta el día trece de mayo del año dos mil
dieciséis; así como en la página web de esta Corte Superior de Justicia y del Intranet a
través del área de Imagen Institucional.
QUINTO: ENCARGAR al área de Imagen Institucional la difusión del Sistema de
Notificaciones Electrónicas en los medios de prensa locales (diarios, comunicados, notas
de prensa, internet, página web, entre otros).
SEXTO: ENCARGAR a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura el
monitoreo de la ejecución del funcionamiento del Sistema de Notificaciones Electrónicas.
SETIMO: Póngase en conocimiento al Presidente del Poder Judicial, al Presidente del
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la
Gerencia General del Poder Judicial, de la Gerencia de Informática, de la Gerencia de
Servicios Judiciales, del Ministerio Público, de la Dirección Distrital de Defensa Pública de
Tacna, del Colegio de Abogados de Tacna, de la Oficina Desconcentrada de Control de la
Magistratura, de la Oficina de Administración Distrital, del área de Personal, de la Unidad
de Servicios Judiciales, del área de Informática, de la Oficina de Imagen Institucional, de la
Jefatura de Mesa de Partes Única, de la Oficina de Atención al Usuario Judicial, del
Administrador del Módulo Básico de Justicia de Alto de la Alianza, del Módulo Penal, del
apoyo en Administración del Módulo Laboral, de todos los Magistrados y de quienes
corresponda.
Regístrese, Comuníquese y Cúmplase.
Jorge Antonio Armaza Galdos
Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA
PROCESO CAS N° 031-2016
CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS – CAS
I.- GENERALIDADES
1. Objeto de la convocatoria:
La Corte Superior de Justicia de Tacna pone en conocimiento el proceso de selección que se llevará
a cabo para cubrir cinco (05) presupuestos CAS correspondientes a este Distrito Judicial, conforme
se detalla a continuación:
Código
Prestación
Dependencia
S/.
Cantidad
01116
APOYO ADMINISTRATIVO EN LA PRESIDENCIA
DE LA CORTE Y EN LA OFICINA DISTRITAL DE
JUSTICIA DE PAZ
Presidencia Corte Superior – Tacna
3,722.00
1
00429
RESGUARDO, CUSTODIA Y VIGILANCIA
Oficina de Administración Distrital – Tacna
950.00
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2. Dependencia, unidad orgánica y/o área solicitante:
Oficina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Tacna.
3. Dependencia encargada de realizar el proceso de contratación:
Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Tacna.
4. Base Legal:
a. Decreto Legislativo N.° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de
Servicios.
b. Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación
Administrativa de Servicios, Decreto Supremo Nº075-2008-PCM, modificado por Decreto
Supremo Nº 065-2011-PCM.
c. Directiva N° 008-2012-GG-PJ "Directiva que regula la contratación del personal bajo los alcances
del Decreto Legislativo 1057, Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios,
aprobada mediante Resolución Administrativa de la Gerencia General del Poder Judicial N° 5892012-GG-PJ.
d. Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 107-2011-SERVIR/PE.
e. Las demás disposiciones que regulen el Contrato Administrativo de Servicios.
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V. CRONOGRAMA Y ETAPAS DEL PROCESO
ETAPAS DEL PROCESO
CRONOGRAMA
RESPONSABLE
Aprobación de la Convocatoria
11 de abril del 2016
Oficina de Personal
Publicación del proceso en el Servicio
Nacional del Empleo
del 12 al 25 de abril
del 2016
(10 días hábiles)
Dirección General del
Servicio Nacional del Empleo
- MTPE
CONVOCATORIA
1
Publicación de la convocatoria en la
página web del Poder Judicial.
del 26 de abril al 02
de mayo del 2016
(05 días hábiles)
Oficina de Personal
2
Postulación web
del 02 al 04 de mayo
del 2016
Postulante
3
Presentación física de hoja de vida
documentada:
(solo aquellos postulantes que se
inscribieron vía web)
Oficina de
Trámite Documentario
y Archivo
05 de mayo de 2016
Calle Inclán s/n esquina con calle
Presbítero Andía Mesa de Partes de la
Oficina de Administración
Horario:
De 08:00 hs a 13:30 hs o de
14:30 hs a 16:00 hs
SELECCIÓN
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Evaluación Curricular – sin puntajes
06 de mayo de 2016
Oficina de Personal
5
Resultados de la Evaluación Curricular –
sin puntajes
06 de mayo de 2016
Oficina de Personal
6
Evaluación Curricular – con puntajes
09 de mayo de 2016
Comisión CAS Ad Hoc
7
Resultados de la Evaluación Curricular –
con puntajes
09 de mayo de 2016
Comisión CAS Ad Hoc
8
Evaluación Técnica
10 de mayo de 2016
Comisión CAS Ad Hoc
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Resultados de la Evaluación Técnica
10 de mayo de 2016
Comisión CAS Ad Hoc
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Entrevista Personal
11 de mayo de 2016
Comisión CAS Ad Hoc
11
Resultados de la Entrevista Personal
12
Resultados Finales – Declaración de
Ganadores
11 de mayo de 2016
11 de mayo de 2016
Comisión CAS Ad Hoc
Oficina de Personal
SUSCRIPCIÓN Y REGISTRO DE CONTRATO
13
Suscripción del contrato
12 de mayo de 2016
Oficina de Personal
14
Registro de contrato
12 de mayo de 2016
Oficina de Personal
La Comisión
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