FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES Contrato Interadministrativo 378/2015 UN – D.P. Relleno “Doña Juana” PLIEGO CONDICIONES INVITACIÓN PÚBLICA N°001 DE 2016 “PARA CONTRATAR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS INTEGRALES INFORMÁTICOS Y TECNOLÓGICOS PARA EL DESARROLLO DE UNA SOLUCIÓN TECNOLÓGICA QUE CONTENGA SOFTWARE, HARDWARE, ASESORÍA ESPECIALIZADA, SOPORTE TÉCNICO Y ACOMPAÑAMIENTO OPERATIVO EN TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS TELECOMUNICACIONES DURANTE LAS DIFERENTES ETAPAS DEL PROYECTO “RESOLUCIÓN EN SEDE ADMINISTRATIVA DE LAS INDEMNIZACIONES POR AFECTACIÓN DEL DERRUMBE DEL RELLENO “DOÑA JUANA” DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO”. El presente documento, contiene las respuestas a las observaciones presentadas dentro del término establecido en el cronograma del presente proceso. Preguntas presentadas por la empresa ALEPHSA S.A.S No. 1 PREGUNTA PROPONENTE Sección 1.2.3 Obligaciones específicas - El registro de los compromisos, tiempos y responsabilidades se hará mediante actas físicas firmadas en reuniones formales? 2 Quién es el responsable por parte de la universidad de firmar los compromisos de planeación? RESPUESTA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Los compromisos se consignarán según los formatos que se utilizan en la Universidad Nacional de Colombia para tales efectos. Mediante estos documentos se consignarán los avances y el seguimiento a entregables. La Universidad Nacional de Colombia designará al responsable de las interacciones con la empresa de sistemas al inicio del proyecto, de conformidad con lo establecido en la CLÁUSULA DECIMA TERCERA. SUPERVISIÓN E INTERVENTORIA del anexo N°1 “Minuta del Contrato” de los Avenida Diagonal 40 A Bis N0.15-38. Teléfono: (57-1) 3165000 Ext. 29279 Correo electrónico: [email protected] Bogotá, Colombia, Sur América UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA. Concurso de méritos Contraloría General de la República 2015 No. 2 / 11 RESPUESTA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA PREGUNTA PROPONENTE Pliegos de Condiciones. 3 Sección 1.2.4 Cesión de derechos - la Universidad acepta el uso de -dentro de los que se encuentran pero no se limitan a los aquí citadoscomponentes, librerías, herramientas, documentos con licencia de código abierto, para desarrollar el sistema de información? ( El uso de librerías, herramientas, documentos, etc. con licencia de código abierto/libre no asegura la originalidad o exclusividad en los derechos de explotación de los mismos ) 4 Sección 1.5 Forma de pago - La distribución implica que el contratista debe ejecutar el 80% del proyecto habiendo recibido solo el 40% del valor de la propuesta lo cual puede desembocar en un desequilibrio económico por parte del contratista, es posible modificar la forma de pago para hacerla más equitativa a favor del contratista? 5 Sección 1.7. Régimen jurídico aplicable - Cuál es el mecanismo operacional y legal de solución de controversias entre el contratista y la Universidad? Para la construcción de la solución tecnológica la empresa de sistemas debe ofrecer una herramienta que garantice el cumplimiento de todos los derechos de autor en componentes o elementos utilizados en su arquitectura, de esta forma si por utilizar algún componente es necesario entregar licencias o licenciar a la Universidad Nacional de Colombia, en la propuesta se debe describir qué componentes serán entregados bajo que licencias y qué alcance tienen estas licencias. En cualquier caso se entiende la solución tecnológica y dentro del alcance de este contrato como una obra por encargo y la empresa de sistemas garantizará que la Universidad Nacional de Colombia sea la titular de los derechos patrimoniales de la misma. Se acepta la observación. En este sentido, se debe entender la FORMA DE PAGO, en los términos indicados en la ADENDA N°1 de 2016 de la presente INVITACIÓN PÚBLICA. (Ver Adenda N°1 de 2016) Es el previsto en las normas constitucionales y de orden legal, que permiten -en este tipo de actuacionesacudir a mecanismos para solución de controversias, tal y como está expresado en la CLÁUSULA TRIGESIMA PRIMERA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES del anexo N°1 “Minuta del Contrato” de los Pliegos de Condiciones. 6 Sección 2.7 Observaciones al informe de Una vez cerrado el periodo de su recepción, no es posible adicionar, No. RESPUESTA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA modificar, complementar, mejorar o retirar la propuesta. PREGUNTA PROPONENTE evaluación preliminar y consulta de propuestas - Es posible hacer adiciones y/o modificaciones a la propuesta en la etapa de observaciones? 7 Sección 4.1.2 Certificación representación legal de existencia y - En los causales de rechazo se cita en el PARÁGRAFO II: "Que la información solicitada en las literales a), c), d), e) y f) de este numeral no repose en el Certificado expedido por la Cámara de Comercio." siendo el numeral c) el correspondiente a "Que esté contemplado el nombramiento del revisor fiscal", las Sociedades por Acciones Simplificadas están cubiertas por el artículo 203 del código de comercio "<SOCIEDADES QUE ESTÁN OBLIGADAS A TENER REVISOR FISCAL>" y artículo 13, parágrafo 2o., de la Ley 43 del 13 de diciembre de 1990, el cual establece: 'Será obligatorio tener revisor fiscal en todas las sociedades comerciales, de cualquier naturaleza, cuyos activos brutos al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior sean o excedan el equivalente de cinco mil salarios mínimos y/o cuyos ingresos brutos durante el año inmediatamente anterior sean o excedan al equivalente a tres mil salarios mínimos', por tanto se solicita amablemente retirar como causal de rechazo el literal c) para las empresas que no requieran revisor fiscal. 8 4.3.1 Documentos para acreditar experiencia - Es posible acogerse al ARTÍCULO 9. PROHIBICIÓN DE EXIGIR DOCUMENTOS QUE REPOSAN EN LA ENTIDAD del decreto 19 de 2012 (Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública) el cual específica "Cuando se esté Se aclara que la causal no será aplicable a las sociedades que no estén obligadas a nombrar revisor fiscal; por lo tanto no procede la solicitud de eliminar del Pliego de Condiciones la causal de rechazo, toda vez que hay sociedades a las cuales se aplica. Sí hay lugar a la aplicación de la norma invocada, siempre que el interesado especifique, de manera detallada, cuál es la información que pretende hacer valer. Campus Universitario – Sede Bogotá. Conmutador: (57-1) 6044747 ext. 16347 Correo electrónico: [email protected] Bogotá, Colombia, Sur América UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA. Concurso de méritos Contraloría General de la República 2015 No. PREGUNTA PROPONENTE 4 / 11 RESPUESTA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA adelantando un trámite ante la administración, se prohíbe exigir actos administrativos, constancias, certificaciones o documentos que ya reposen en la entidad ante la cual se está tramitando la respectiva actuación." en relación a las certificaciones de experiencia que deban ser expedidas por la Universidad Nacional de Colombia? 9 6.1 Especificaciones técnicas - Es posible modificar el sistema operativo de los servidores proporcionados por la Universidad a Linux (Red Hat, Suse, Ubuntu)? Teniendo en cuenta que la empresa de sistemas contratada será responsable de los recursos tecnológicos y sistemas de información que atañen a este proyecto, sí es posible realizar dichas modificaciones siempre y cuando sea la empresa de sistemas quien realice los cambios de sistema operativo con la justificación correspondiente, atendiendo el objeto del contrato y en todo momento garantizando los requerimientos legales y normativos de licenciamiento o permisos de uso de software. 10 - Cuantos servidores serán proporcionados por la Universidad? La Universidad tiene previsto para este proyecto contar con dos servidores. 11 - Se tienen en cuenta los servidores necesarios para al menos tres capas por entorno (base de datos, servidor de aplicaciones, backup)? La estrategia que dé respuesta a los requerimientos de tecnología y sistemas de información solicitados por la Universidad Nacional de Colombia será evaluada en los términos de esta invitación. No obstante, cualquiera que sea la estrategia, la empresa de sistemas deberá garantizar su materialización con los servidores proporcionados por la Universidad y por sus propios recursos estando contenida la misma en la propuesta que se presente al proceso. 12 - Cuando estarán disponibles los servidores? Los servidores estarán disponibles desde el inicio de la etapa de RESPUESTA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA preparación y planeación del proyecto. No. PREGUNTA PROPONENTE 13 - Quién es el responsable de la administración física de dichos servidores? La empresa de sistemas es la encargada y responsable de todos los recursos tecnológicos dispuestos para este proyecto. 14 - Quién es el responsable de la administración operativa de dichos servidores? La empresa de sistemas es la encargada y responsable de todos los recursos tecnológicos dispuestos para este proyecto. 15 - Quién es el responsable de la administración técnica de dichos servidores? La empresa de sistemas es la encargada y responsable de todos los recursos tecnológicos dispuestos para este proyecto. 16 - Quién es el encargado por parte de la Universidad de aprobar el cumplimiento de los ANS durante los seis (6) meses de garantía solicitados? El cumplimiento de todos los ANS después de agotar la duración del contrato y durante este, será vigilado y supervisado por el interventor que se asigne al contrato. 17 - Cuantos turnos diarios de 8 horas planea ejecutar la Universidad? La Universidad prevé inicialmente dos turnos de 8 horas; no obstante lo anterior, la Universidad se reserva la facultad de modificar y definir el esquema de ejecución operativa, en cualquier momento y de manera unilateral; lo anterior para atender las necesidades del proyecto y dar cumplimiento a las obligaciones del Contrato suscrito con la Defensoría del Pueblo, en el marco del proyecto “Resolución en sede administrativa de las indemnizaciones por afectación del derrumbe del relleno “Doña Juana” de la Defensoría del Pueblo”, por lo que el proponente seleccionado deberá brindar el soporte técnico, operativo e informático en el tiempo, modo y lugar Campus Universitario – Sede Bogotá. Conmutador: (57-1) 6044747 ext. 16347 Correo electrónico: [email protected] Bogotá, Colombia, Sur América UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA. Concurso de méritos Contraloría General de la República 2015 6 / 11 RESPUESTA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA que indique la Universidad, sin que ello implique mayores costos para la misma. No. PREGUNTA PROPONENTE 18 - Quién asume los costos y la responsabilidad de efectuar las adecuaciones físicas del espacio de trabajo para instalar los puntos de red solicitados? La adecuaciones físicas (canaletas e instalación de canaletas en los puestos de trabajo) y de espacios son dispuestas por la Universidad Nacional de Colombia. 19 - Qué tan amplia es la distribución geográfica de los puntos de red? Los puntos de red deben cubrir el área comprendida por los predios de la Sede de la Universidad Nacional de Colombia – Sede Complejo Cultural Casa Jorge Eliecer Gaitán, para lo cual se previó en el cronograma de los pliegos la actividad de visita técnica de fecha 04 de abril de 2016. En este sentido era potestativo de las personas jurídicas o personales, interesadas en la presente invitación, asistir y constatar las condiciones físicas y geográficas relacionadas. Preguntas presentadas por la EMPRESA BLUESOFT TECHNOLOGY S.A.S. No. Pregunta Respuesta 1 Sugerimos a la entidad de forma cordial ampliar la fecha de entrega de las propuestas al 11 de abril del 2016, pues consideramos que entre la fecha de entrega de respuestas de observaciones y la entrega final hay solo 1 día lo cual es bastante corto y los diferentes proponentes esperamos tener el tiempo suficiente para leer las respuestas y organizar una propuesta con los más altos estándares de calidad como lo merece este tipo de procesos. Se acepta la observación. En este sentido, se modifica el CRONOGRAMA del punto 2.1.y queda conforme a los términos indicados en la ADENDA N°1 de 2016 de la presente INVITACIÓN PÚBLICA. (Ver Adenda N°1 de 2016) 2 Solicitamos amablemente aclaración sobre este requisito pues en los formatos de Cámara y comercio no existe un ítem donde se pida una fecha posible de cuándo será Ello sólo es aplicable a las Sociedades que estén obligadas a nombrar revisor fiscal. Por lo que se aclara que la causal indicada no será aplicable a las sociedades que no estén obligadas a nombrar revisor fiscal. No. Pregunta Respuesta nombrado el Revisor Fiscal. Conocemos de antemano que este es un requisito legal cuando se cumplen ciertos requisitos de ingresos, pero en la Cámara y Comercio este no está implícito. 3 Pregunta: Nuestra compañía BlueSoft Technology S.A.S, desde el año 2006 hasta el año 2014 funciono bajo una razón social diferente, en el año 2014 se decidió realizar un cambio accionario, de razón social entre otros; por requisitos de la Cámara y Comercio se procedió a cancelar una matrícula e iniciar una nueva; con el objeto de cumplir con este requisito es necesario anexar los dos certificados de Cámara y Comercio? Con base en la información suministrada en la observación, se entiende que la empresa interesada alude a dos personas jurídicas diferentes, no simplemente de un cambio de razón social. Una de esas personas jurídicas, además, disuelta. Luego, no sería factible aportar los dos certificados; únicamente el de la sociedad vigente. 4 3. “4.1.7. CERTIFICACIÓN DE REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES (RUP) DE LA CÁMARA DE COMERCIO El PROPONENTE deberá presentar el Certificado de Registro Único de Proponentes expedido por la Cámara de Comercio. No es posible, porque con el certificado del RUP también se verifica el cumplimiento de requisitos habilitantes. Para el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno delos miembros deberá presentar la documentación requerida en el presente numera” Cabe precisarle al interesado que el certificado de antecedentes disciplinarios, expedido por la Procuraduría General de la Nación, solamente refleja las sanciones disciplinarias impuestas por ese órgano al proponente y no contiene información sobre multas o sanciones contractuales impuestas a él. Razón por la cual no es válido sustituir el documento. Solicitamos a la entidad sustituir este documento por el de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación, pues en este también se evidencian las posibles inhabilidades, reportes por incumplimientos contractuales y/o multas de la compañía o del Campus Universitario – Sede Bogotá. Conmutador: (57-1) 6044747 ext. 16347 Correo electrónico: [email protected] Bogotá, Colombia, Sur América UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA. Concurso de méritos Contraloría General de la República 2015 No. Pregunta 8 / 11 Respuesta Representante Legal. 5 Solicitamos solo se pidan los estados financieros de los dos últimos años 2015 – 2014 ya que los informes de estados financieros acostumbran ser comparativos de 2 años atrás; para cualquier concurso o invitación pública. No se acepta la observación toda vez que el pliego de condiciones solicita 3 años continuos para comparar los años 2013-2014 y 2014-2015, para mayor idoneidad de la información. 6 En el caso de presentar propuesta como consorcio o unión temporal, los integrantes deberán presentar certificación de cuatro (4) contratos celebrados que contengan la información solicitada. Por lo menos uno de los contratos certificados a uno de los integrantes del consorcio o unión temporal debe ser igual o superior al 40% del valor ofertado por el proponente”. Con base en la observación, se procede a aclarar el contenido del numeral 4.3.1. en el sentido de especificar que los consorcios o uniones temporales deberán presentar certificaciones de mínimo 4 contratos y máximo 8 contratos celebrados que contengan la información solicitada. Por lo menos uno de los contratos certificados a uno de los integrantes del consorcio o unión temporal debe ser igual o superior al 40% del valor ofertado por el proponente. Por favor aclarar si en caso de Unión Temporal la cantidad máxima de certificaciones será de 4 y no de 8? En ese orden e ideas se efectuará la aclaración del pliego en los siguientes términos: “4.3.1. DOCUMENTOS PARA ACREDITAR EXPERIENCIA (requisito habilitante) El PROPONENTE deberá allegar con su propuesta, certificación de al menos dos (2) contratos y máximo ocho (8), que contengan como mínimo la siguiente información, (no se admiten autocertificaciones): (…) En el caso de presentar propuesta como consorcio o unión temporal, los integrantes deberán presentar certificación mínimo cuatro (4) contratos y máximo ocho (8) contratos celebrados que contengan la información solicitada. Por lo menos uno de los contratos certificados a uno de los integrantes del consorcio o unión temporal debe ser igual o superior al 40% del valor ofertado por el proponente. (…)” 7 6. “En el numeral 6.1.ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, literal "c" se requiere el suministro de Los puntos de red deben cubrir el área comprendida por los predios de la Sede de la Universidad Nacional de Colombia – Sede No. Pregunta Respuesta 100 puntos de red.” Amablemente solicitamos aclarar si la totalidad de los puntos de red estarán ubicados en el mismo sitio o la instalación se realizarán en diferentes lugares? Es posible conocer el diseño y la distribución de los puntos? Lo anterior toda vez que esta información es relevante para efectos de costos en la propuesta. Complejo Cultural Casa Jorge Eliecer Gaitán, para lo cual se previó en el cronograma de los pliegos de condiciones la actividad de visita técnica de fecha 04 de abril de 2016. En este sentido era potestativo de las personas jurídicas o personales, interesadas en la presente invitación, asistir y constatar las condiciones físicas y geográficas relacionadas. 8 7. Solicitamos aclarar si para acceder a la base de datos espacial construida por la Universidad Nacional de Colombia es necesario comprar una licencia de ArcGIS 10.3 La Universidad Nacional de Colombia cuenta en la actualidad con licencias para acceder a la base de datos ArcGis, no obstante si dentro de la solución consignada en la propuesta es necesario desarrollos adicionales y especiales sobre la plataforma ArcGis se requeriría que la empresa de sistemas cuenta con los mecanismos de licenciamiento que cubra esas especificaciones especiales. 9 8. “En el numeral 8.2.1 Criterios de Puntuación Factor Técnico” La Universidad Nacional de Colombia de acuerdo a la necesidad del servicio determinará el horario en el cual se prestarán las horas de soporte técnico adicional, de acuerdo a la cantidad de horas ofertadas por el proponente. Amablemente solicitamos aclarar: - Horas adicionales de soporte técnico se ofrecerán como un rango de horas, por ejemplo, 9 horas adicionales desde las 00:00 hasta las 22:00? o Sera la Universidad quien decida cómo se hará la distribución de las horas adicionales? 10 9. Ancho de Banda o Canal dedicado. Cuando se menciona que "Se asignará un puntaje máximo de CIEN (100) puntos al proponente que ofrezca el SERVICIO DE ANCHO DE BANDA Y/O CANAL DEDICADO por el término de ejecución del contrato ..." Entendemos que el termino de ejecución son 10 meses. Es correcto Teniendo en cuenta la observación se aclara que el servicio de ancho de banda y/o canal dedicado deberá ser prestado por el término de vigencia del contrato, es decir, el plazo de ejecución del contrato más el período establecido para la liquidación del mismo. Campus Universitario – Sede Bogotá. Conmutador: (57-1) 6044747 ext. 16347 Correo electrónico: [email protected] Bogotá, Colombia, Sur América UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA. Concurso de méritos Contraloría General de la República 2015 No. Pregunta 10 / 11 Respuesta nuestro entender? 11 10. En el numeral 8.2.3 EXPERIENCIA ESPECIFICA (Puntaje 400 puntos) se menciona que se asignaran 50 puntos por cada año de experiencia que sea igual o similar al objeto contractual. Al respecto solicitamos aclarar: La Universidad Nacional de Colombia aclara que la experiencia habilitante será valorada a efecto de asignar puntaje en la evaluación técnica. - La experiencia ponderable debe ser adicional a la mínima requerida? - La experiencia ponderable se contabilizara con las 8 certificaciones que se suministren para acreditar la experiencia. 12 La nota 2 del numeral en cuestión especifica que se entiende como contratos similares aquellos cuyo objeto haya sido el desarrollo una solución tecnológica que contiene software, hardware, asesoría especializada, soporte técnico y Acompañamiento operativo en tecnologías de la información y las telecomunicaciones. Teniendo en cuenta que la solución tecnológica comprende todos los aspectos mencionados en la nota 2 del numeral en cuestión y que será la empresa de sistemas la encargada de suministrar puntos de red, así como de la administración responsable de los equipos y servidores que se le entreguen para su desarrollo, es relevante considerar experiencias de hardware en este punto. Por lo anterior no se accede a esta solicitud. Toda vez que el objeto del presente proceso de contratación recae en su mayor proporción en el desarrollo de una solución de software de acuerdo a lo especificado en el numeral 1.5.FORMA DE PAGO, Amablemente solicitamos eliminar el requerimiento de experiencia en hardware. 13 11. La universidad requiere para la operación de la soluciona que se le haga entrega de algún licenciamiento? Para la construcción de la solución tecnológica la empresa de sistemas debe ofrecer una herramienta que garantice el cumplimiento de todos los derechos de autor en componentes o elementos utilizados en su arquitectura, de esta forma si por utilizar algún componente es necesario entregar licencias o licenciar a la Universidad Nacional de Colombia, en la propuesta se debe describir que componentes serán entregados bajo que licencias y que alcance tienen estas licencias. En cualquier caso No. Pregunta Respuesta se entiende la solución tecnológica y dentro del alcance de este contrato como una obra por encargo y la empresa de sistemas garantizará que la Universidad Nacional de Colombia sea la titular de los derechos patrimoniales de la misma. Cordialmente; CLARITZA ARIAS MOLINA Secretaria Técnica Comité de Contratación Invitación 001 de 2016 Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales Campus Universitario – Sede Bogotá. Conmutador: (57-1) 6044747 ext. 16347 Correo electrónico: [email protected] Bogotá, Colombia, Sur América
© Copyright 2024