BASES PEON JARDINERIA - Ayuntamiento de TALAMANCA DE

@
@
AYUNTAMIENTO
DE
28160 TALAMANCA DE JARAMA
(Madrid)
BASES POR LAS QUE SE REG¡RA tA CONVOCATORIA PARA I.A PROVISION TEMPORAL DE
DOS PIAZAS DE PEONES DE JARDINERIA PARA EL AYUNTAMIENTO DE TATAMANCA DE
JARAMA.
Obieto de Io convocotorío
El objeto de la presente convocatoria es la contratación temporal de DOS PEONES DE JARDINERIA
para el Ayuntamiento de Talamanca de Jarama, con las siguientes funciones:
Limpieza y Mantenimiento de jardines, zonas verdes urbanas y periurbanas, caminos, espacios
públicos, recuperación de la vegetación y revalorización de Espacios Públicos Urbanos.
Limpieza y recogida de residuos sólidos urbanos y/o elementos impropios en zonas ajardinadas o
viales, riegos de zonas ajardinadas y arbolado urbano (realización de alcorques, riego por goteo,
etc), reconocimiento de plantas y árboles, poda de arbustos, poda de arbolado urbano (clase de
y plantación),
manejo de maquinaria propia de jardinería, desbrozadoras, cortasetos, motosierras, motoazadas,
podas), mantenimiento de espacios naturales (limpieza de arroyos, desbroce
etc.
1.1
Las
condiciones generales de contratación son las siguientes:
o
o
o
o
o
o
Categoría laboral: Peón.
Tipo de contrato: personal laboral, a tiempo completo, duración determinada.
Jornada laboral: 37,5 horas semanales de lunes a sábado.
Plazo del contrato: la duración del contrato será determinada entre mediados de Mayo de
2Ot6 y el 31 de Diciembre de 2016.
Retribuciones: Se fijan 997,50 € brutos mensuales.
El/la aspirante seleccionado/a, desde su contratación, quedará sometido al régimen
de
incompatibílidades en vigor.
formará una bolsa específica de trabajo, distinta de la general que administra el Ayuntamiento, para
brir posibles vacantes o renuncias a esta plaza y para futuras contrataciones temporales de idénticas
acterísticas, con los aspirantes que hayan alcanzado un nivel mínimo (cinco o más puntos en la
), y no hayan obtenido la plaza. La vigencia de esta bolsa específica tendrá una duración
l'=
IE
lc
t€
*y
máxima de dos años contados desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.
I
t
I
a
a
La convocatoria se regirá por lo dispuesto en estas bases. En su defecto, será de aplicación la
siguiente normativa:
Ley 7 /2O07 , de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Ley 3Oh984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública.
Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
Ley 7 /L985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Real Decreto Legislativo 78t/L986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, Reglamento General de lngreso del personal al servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la
revisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
El Convenio Colectivo para el personal laboral aplicable en el Ayuntamiento.
@
@
AYUNTAMIENTO
DE
28160 TALAMANCA DE JAFAMA
(Madrid)
3.
Publícidad
Las presentes bases serán objeto de publicación en la página web municipal
Anuncios y servirán de base para proceder a la selección del personal señalado en la Base 1.
4.
y en el Tablón de
Requisitos de los ospirontes.
4.1.1.
4.L.2.
4.1.3.
4.1.4.
4.L.5.
Los
aspirantes habrán de reunir los requisitos generales siguientes:
Tener nacionalidad española o cualquier otra a la que las normas del Estado atribuyen iguales
derechos a efectos laborales en la Administración Pública.
Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad establecida para la jubilación.
Poseer la capacidad funcional (psíquica y física) para el desempeño de las tareas habituales del
puesto de trabajo a que se concurre.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio
de
cualquiera de
las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de la finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la contratación.
Solicítudes
5.
Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria, se dirigirán al Alcalde Presidente del
Ayuntamiento Talamanca del Jarama, en impreso normalizado del Ayuntamiento (Anexo I de estas
bases), manifestando que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en las presentes bases y
e'"%\
que se comprometen a acreditarlo documentalmente cuando les fuera exigido.
Los aspirantes harán constar también en la solicitud si desean ser incluidos en la lista única que
formará la bolsa de trabajo.
Se presentarán en el registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de las forma previstas
en el artículo 38.4 de la Ley 3O/L992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Los aspirantes acompañarán a la solicitud los siguientes documentos:
Fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte.
La documentación justificativa a que hace referencia el Anexo ll de esta convocatoria,
entendiéndose que solamente se tomarán en consideración aquellos méritos debidamente
justificados a través de la documentación que se determina.
F@e
;--f
.\
@zÉ',nD
El plazo
de presentación de solicitudes para participar en la presente convocatoria será de 10 días
naturales, contados a partir del día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Talamanca de Jarama, de lunes a viernes, de nueve a quince horas, en el
Registro General.
6.
Admisión de los ospirantes.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo máximo de cinco días, se hará
pública la lista de admitidos y excluídos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. En la relación de
excluidos se indicarán las causas de exclusión.
Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de
excluidos, dispondrán de un plazo máximo de 3 días hábiles, contados a partir del siguiente a la
publicación, a fin de subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o no inclusión expresa.
Finalizado el plazo de subsanación de defectos, se publicará en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento, la fecha, lugar y hora de realización de la reunión de la Comisión de Selección.
@
@
AYUNTAMIENTO
DE
28160 TALAMANCA DE JARAMA
(Madrid)
7.
Comisíón de Selección
La Comisión de Selección será designada por la Alcaldía, de conformidad con la ley 7l2OO7, del
Estatuto Básico del Empleado Público. En la composición se establecerán lostitularesy los suplentes.
- Presidente: Alcalde del Ayuntamiento.
- Vocales:
o Concejal de Medio Ambiente.
¡ Concejala de Personal.
o Empleado municipal de jardinería y limpieza.
7.I.
o Un representante de los trabajadores
- Secretario: El titular del Ayuntamiento o funcionario en quién delegue.
Todos los integrantes de la comisión de selección tendrán voz y voto.
Sístemd de seleccíón.
8
8.1
El proceso de selección se realizará por el sistema de concurso de méritos.
8.2 La fase de concurso tiene por objeto valorar los méritos (formación académica y experiencia) de cada
aspirante, conforme al baremo recogido en el Anexo ll. La Comisión de selección calificará esta fase entre 0
y 10 puntos aplicando dicho baremo.
Suoerdcíón del procedímiento seledívo
9
9.1
En caso de empate en las puntuaciones, la selección se resolverá aplicando los criterios de valoración
socio-económícos reseñados en el ANEXO lll.
9.2 De persistir el empate entre dos o más candidatos, el orden definitivo de los mismos se determinará
mediante sorteo público.
9.3
ft+ro
9'*
Concluida esta fase, la Mesa de Contratación publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, la
relación definitiva de aspirantes propuestos, por el orden de puntuación alcanzado.
ry\
Documentoción a presentor por los ospírontes oue han superado
selectívo.
el proceso
'tro.1 '=
lE
n el plazo máximo de cinco naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública
a lista definitiva de aprobados, el aspirante seleccionado presentará en el Ayuntamiento, para
-d
proceder a su contratación con la documentación que éste le solicite.
Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o
del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base
ns
segunda,
no podrán ser contratados, quedando anuladas las actuaciones, sin perjuicio de
la
responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud iniciada o en la documentación
aportada.
11
Funcionamíento de la bolsa de empleo.
71,.1 Con los candidatos que hayan obtenido una puntuación de cinco o más puntos y no hayan
obtenido la plaza, se formará una bolsa especial de trabajo diferenciada de la Bolsa de Empleo general
que administra el Ayuntamiento, para cubrir las bajas que pudieran producirse en esta plaza por
incapacidad, maternidad, renuncia o cualquier otra circunstancia que haga necesario contratar una
nueva persona para el puesto.
@
fe^l
w
AYUNTAMIENTO
DE
28160 TALAMANCA DE JARAMA
(Madrid)
lL?
En estos casos la selección del candidato se realizará por riguroso orden de puntuación obtenida
proceso
selectivo.
en el
11.3 Los llamamientos a los interesados se realizarán según el medio que se indique en la solicitud
presentada; si un candidato, notificado en tiempo y forma, para su contratación, no se consiguiera la
comunicación, el ofrecimiento conservará su puesto en la lista en los dos primeros intentos, a partir de
entonces pasará al último puesto de la lista.
11.4 En caso de que el candidato rehusara por causas justificadas, tales como:
o
o
o
o
Enfermedad acreditada con certificado médico
Período de embarazo, maternidad o situaciones asimiladas.
Estar trabajando para cualquier organismo público o empresa privada.
Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Siendo estas causas debidamente acreditadas y aceptadas por esta Administración, los
aspirantes conservarán su lugar en la lista y podrán ser llamados nuevamente.
El rechazo injustificado de un contrato conllevará la renuncia a estar incluido en la lista.
1L.6 La vigencia de la lista que conforma la bolsa de trabajo para cubrir posibles vacantes o renuncias
a esta plaza y para futuras contrataciones temporales de idénticas características, tendrá una duración
máxima de dos años contados desde la fecha de publicación de la presente convocatoria.
11.5
72
Documentación a presentor por los aspírantes en contratociones temparales.
Los aspirantes seleccionados, cuando sean llamados para su contratación, por necesidades del
servicio, presentarán en el Ayuntamiento los documentos acreditativos de las condiciones exigidas en
6$1"*D
v\ffi s
ffi$
la convocatoria.
Si no se presentara la documentación en el plazo de tres días, salvo los casos de fuerza mayor, no
podrán ser contratados y quedarán anuladas y sin efecto todas las actuaciones anteriores, sin perjuicio
de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad documental.
@
@
AYUNTAMI ENTO
DE
28160 TALAMANCA DE JARAMA
{Madrid)
ANEXO
I
(Solicitud)
con D.N.|....'.
Don/Doña.....
a efectos de notir¡cac¡án ;; -.-.-.-.-.-'-.......-..........
con domicilio
v
teléfonos de contacto..
EXPONE:
o
eue está interesado/a en participar en la convocatoria para la provisión de una plaza de
PEÓN
JARDINERIA.
.
.
Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocator¡a.
eue no se encuentra incurso en prohibición, incompatibilidad u otra causa para contratar con la
.
Administración.
Que acompaña a esta solicitud fotocopias del Documento Nacional de ldentidad, fotocopia del
título acreditativo de la titulación exigida, fotocopia de todos los méritos y circunstancias
alegadas que deben ser valoradas y que todos los documentos se presentan debidamente
compulsados.
SOLICITA:
Ser admitido como aspirante en el citado proceso selectivo.
incluido en la bolsa de trabajo para futuras contrataciones temporales.
ar si/no)
!t
<¡t
E
Fdo:
sEÑOR ALCALDE-PRESIDENTE DEt AYUNTAMIENTO DE TALAMANCA DE JARAMA
AY U N TA M IE N T O
DE
28160 TALAMANCA DE JARAMA
(Madrid)
ANEXO II
BAREMO PARA TA VATORACIÓN DE MÉR|TOS
(máximo 10 puntos)
en oaisaiismo v medio rural o similares
Técnico en iardinería v floristería o similares.
2,SO
2.- FORMACION
Cursos o Talleres relacionados con las funciones del puesto, hasta 50 horas de duración por
cada curso.
Cursos o Talleres relacionados con las funciones del puesto, de 50 a 200 horas de duración
por cada curso
Cursos o Talleres relacionados con las funciones del puesto, de más de 200 horas de duración
por cada curso
Por cada año de tr
Por cada mes de t
0,25 puntos
0,50 puntos
1,00 puntos
en iardinería v área relacionadas con el medio ambiente
en iardinería v área relacionadas con el medio ambiente
Únicamente será valorado este mérito cuando de la documentac¡ón aportada por el candidato se desprenda
que la experiencia laboral esté directamente relacionada con las funciones al puesto a cubrir.
efecto, se deberá presentar certificación de empresa o Administración contratante en el que se indique
alta y baja en la m¡sma, o en su defecto ir acompañados de vida laboral, así como el puesto de
para el caso de extinción de la empresa donde se prestaron servicios se aportarán los
originales o fotocopias debidamente compulsadas que ¡ust¡f¡que de forma fehaciente los datos
valorados los anteriores méritos será necesar¡o que los candidatos presenten la
acreditativa de los mismos, med¡ante fotocopia cotejada con su original, dentro del plazo de
de instancias.
Notas:
Primera:
Únicamente serán baremados como formación aquellos cursos, impartídos en centros de la Comunidad de
Madrid, reconocidos por el MECD o en Universídades que se posean, hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
Segunda:
Se podrán acumular los cursos, seminarios
realizados sobre el mismo tema.
o trupos de trabajo inferiores al tiempo frjado que hayan
Tercera:
En el supuesto en que se hayan simultaneado dos o más contratos en las mismas fechas, se valoraÉ únicamente
aquel del que se derive la puntuación más favorable para el aspirante.
Cuarta:
A efectos de lo dispuesto en los puntos de la experiencia, los contratos de tiempo parcial se computarán como
jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50 por 1ü) de aquellas.En el caso de que sea
inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.
sido
@
@
AYUNTAMIENTO
DI
28160 TALAMANCA DE JARAMA
(Madrid)
ANEXO lll
CRITERIOS DE VATORACIÓN SOCIO ECONOMICOS PARA SUPUESTOS DE DESEMPATE
(máximo 2 puntos)
cRtTERtOS SOCTO ECONóMICOS A VAIORAR PARA SUPUESTOS DE DESEMPATE (máximo 2 puntos)
por parte de ninguno de los miembros de la unidad familiar, de ningún tipo de prestación o subsidio por desempleo u
y
hijo/s a cargo.
tener
subsidios
otros
La puntuación máxima en este apartado será de 2 puntos, según la siguiente escala.
o Unidad familiar compuesta por un miembro..................... ........1",2 puntos'
r Unidadfamiliarcompuesta pordos miembros..........................1,4puntos.
1,6 puntos.
o Unidad familiar compuesta por tres miembros.......
o Unidad familiar compuesta por cuatro miembros.......-.............. 1,8 puntos.
2 puntos.
¡ Unidad familiar compuesta por cinco o más miembros
La no percepción,
La percepción exclusiva, en el
coniunto de la unidad familiar, de la ayuda de 4OO1426 euros o cualquier otro subsidio, y tener hijo/s a cargo
1,5 puntos, según la siguiente escala.
Unidad familiar compuesta por un miembro...........................0,9 puntos.
Unidad familiar compuesta por dos y tres miembros................. 1,1 puntos.
Unidad familiar compuesta por cuatro miembros....... 1,3 puntos.
Unidad familiar compuesta por cinco o más miembros............... 1,5 puntos.
La puntuación máxima en este apartado será de
¡
¡
r
¡
La percepcién exclusiva, en el
conjunto de la unidad familiar, de la prestacién de desempleo, y tener hijos a cargo.
La puntuación máxima en este apartado será de 1 punto, según la siguiente escala
¡
¡
¡
o
Unidad familiar compuesta por un miembro..................-..,..-0,4 puntos.
Unidad familiar compuesta por dos y tres miembros............... 0,6 puntos.
Unidad familiar compuesta por cuatro miembros....... 0,8 puntos.
Unidad familiar compuesta por cinco o más miembros............... L puntos.
é'::}
>r -Y?:É
4 r-rffiI...
%r'*.,S