DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Miércoles, 27 de abril del 2016 PERÚ SERÁ SEDE DE LA REUNIÓN PREPARATORIA DE LA XIX CUMBRE IBERAMERICANA DE JUSTICIA ● Presidentes de Cortes Liderarán Cumplimiento de Productos del PNAJPV L a Asamblea plenaria de la Cumbre Judicial Iberoamericana (CJI), reunida en Paraguay, eligió al Perú como sede de la Reunión Preparatoria de la XIX Edición de la Cumbre, que se realizará en el 2018 en Ecuador, en mérito a los logros en la ejecución de las 100 Reglas de Brasilia a favor de la población vulnerable, que realiza el Poder Judicial del Perú bajo el liderazgo de su presidente Víctor Ticona Postigo. Esta noticia fue recibida con gran entusiasmo por los presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, quienes participaron el viernes último en una videoconferencia dirigida por la Jueza Suprema Carmen Julia Cabello Matamala, Coordinadora Nacional del Programa Nacional de Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad y Justicia en tu Comunidad (PNAJPVJC) . La magistrada indicó que Perú conquistó ser sede de la reunión preparatoria, que se realizará entre el 12 y 15 de diciembre de este año con la participación de 23 países, inmediatamente después que el presidente del Poder Judicial Víctor Ticona Postigo presentara el Plan Nacional de Acceso a la Justicia de Personas en Condición de Vulnerabilidad – Poder Judicial 2016-2021, en el seno de la Cumbre Judicial Iberoamericana. “En ese escenario el presidente Víctor Ticona informó en Asunción, Paraguay ante la Cumbre sobre el lanzamiento del Plan Nacional, dando cuenta de su validación por 33 presidentes de las Cortes e instituciones vinculadas a la institución; la socialización y articulación con las diferentes instituciones del Estado y representaciones internacionales, y su consecutiva aprobación unánime por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial”, afirmó la Coordinadora Nacional del (PNAJPVyJC). Asimismo, el Perú logró integrarse como colaborador de la Mesa de Trabajo de la Comisión de Género de la Cumbre Judicial Iberoamericana, encargo asumido por la Vocal Suprema Elvia Barrios Alvarado, y de la Comisión de Seguimiento de las 100 Reglas de Brasilia, encargo que recae en la magistrada Carmen Julia Cabello Matamala. La Jueza Suprema Carmen Julia Cabello, también anun- ció que el Perú será sede en agosto próximo del pre Congreso Mundial de la Niñez y Adolescencia, que se realizará en noviembre en Paraguay. El certamen organizado en forma conjunta por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y por la Secretaría Nacional de la Niñez y Adolescencia del Paraguay, con el apoyo de la Asociación para la Defensa de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia (ADDIA). Los presidentes de las Cortes Judiciales recibieron con algarabía estas noticias de los avances del Poder Judicial a nivel internacional y manifestaron su plena disposición a proseguir desarrollando el Plan Nacional de Acceso a las Personas en Condición de Vulnerabilidad, en las estrategias, acciones y actividades dispuestas. Consecuentemente, fueron informados sobre el liderazgo que les corresponderá en cada una de las actividades programadas en el Plan Nacional para lograr poner en marcha los productos en las 33 cortes, como son lactarios, salas de uso múltiple, salas de encuentro familiares, cámaras gesell, servicio de orientación al adolescente en conflicto con la ley penal (SOA), justicia itinerante para el acercamiento de los juzgados a los poblados lejanos; Sistema Informático de Poblaciones Vulnerables (SISPOV) con el fin de identificar, en los procesos judiciales, a las personas en condición de vulnerabilidad; módulos de justicia de paz escolar, señaléticas en lenguaje Braile, y las resoluciones en lenguaje claro y sencillo. Lima, 24 de abril de 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE 2. EDICTOS CLASIFICADOS CONSEJO DE FAMILIA EDICTO Por Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Hualgayoc - Bambamarca, que despacha la señora Juez doctora MARIA LILINA MAMANI YUPANQUI. en el proceso de Familia N°00276-2015-0-0605-JP-FC-01, se ha dispuesto mediante Resolución UNO de fecha diez de diciembre del año dos mil quince, admitir a tramite la demanda interpuesta por MARIA ERLITA LUCANO LLAMOCTANTA, contra SEGUNDO JUAN SALDAÑA IDROGO, sobre FILIACION JUDICIAL DE PA TERNIDAD- ALIMENTOS, DISPONIENDO correr traslado al demandado para que conteste la demanda en el termino de diez días, bajo apercibimiento de seguir el proceso en su rebeldia, en caso de no contestar en el plazo señalado, haciéndole conocer que como anexo especial de su contestación de demanda deberá presentar la ultima declaración jurada para la aplicación del impuesto a la renta o del documento que legalmente lo sustituya. ; PUBLIQUESE, en el diario La República así como en la tablilla del Juzgado y en los sitios que aseguren su difusión, mediante Edictos por espacio de tres días consecutivos.LUIS AGUILAR VILLANUEVA.-Secretario Judicial. Bambamarca, 16 de marzo del 2016 Dra. María Liliana Mamani Yupanqui JUEZ SUPERNUMERARIO – JUEZ DE PAZ LETRADO HUALGAYOC BAMBAMARCA Luis A. Aguilar Villanueva SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO HUALGAYOC – BAMBAMARCA P.5259744 F.P. 25-26-27 Abril S/. 9.00 INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS EDICTO JUDICIAL Exp. 2016-002-C-JPLCTZA, Juzgado de Paz Letrado Contumazá; en los seguidos por MAURO ELISEO MENDOZA SALDAÑA contra el MINISTERIO PÚBLICO sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO: Mediante demanda de fecha catorce de marzo del año dos mil dieciséis: Mauro Eliseo Mendoza Saldaña solicita se inicie el presente proceso sobre Rectificación de Partida de Nacimiento a fin de que se rectifique su partida de nacimiento, inscrita Miércoles, 27 de abril del 2016 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV en la Municipalidad Provincial de Contumazá. RESOLUCIÓN NUMERO DOS: Contumaza, veintinueve de Marzo del año dos mil dieciséis. SE RESUELVE: 1.- ADMITIR a TRÁMITE la solicitud interpuesta por MAURO ELISEO MENDOZA SALDAÑA, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO; 2.- TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios que se indican; y AGREGUESE a los autos los anexos acompañados; en consecuencia, 3.- PUBLÍQUESE una síntesis de la solicitud por una vez en los diarios “El Peruano” y “La República”, y una vez presentadas las publicaciones antes señaladas y sin la oposición a la presente solicitud; DESE cuenta para resolver; 4.- TÉNGASE por señalado su domicilio procesal sito en el Jr. David León N° 828 - Contumazá, lugar donde se harán llegar las resoluciones que emita éste Juzgado. Rony Alex Mejía Portal Juez - Roxana Al van Zamora Secretaria. RONU ALEX MEJIA PORTAL JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO CONTUMAZA ROXANA ALVAN ZAMORA ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CONTUMAZA P. 5264076 F.P. 27 Abril S/.3.00 EDICTO Exp. N° 42-2016-C, Juzgado de Paz Letrado de La Provincia de Cajabamba, a Solicitud de CECILIA EDI RODRIGUEZ DE VELASQUEZ; se ha resuelto: ADMITIR a trámite la solicitud sobre Rectificación de Partida de Nacimiento, al haberse consignado erróneamente mi nombre como CICILIA, siendo lo correcto “CECILIA”; por lo que es necesario se realice la correspondiente Rectificación de Partida de Nacimiento, poniéndose en conocimiento de la parte interesada para los fines de ley, agréguese, publíquese, Cúrsele.Dra. Lidia Gutiérrez Catacora, Juez del Juzgado de Paz Letrado de Cajabamba.- Luis Cabanillas Ruiz.- Especialista Legal. Cajabamba, 05 de Marzo del 2016 Lidia Gutierrez Catacora JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJABAMBA Luis Alberto Cabanillas Ruiz SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJABAMBA P.5266807 F.P. 27 Abril S/.2.50 EDICTO Exp. N° 08-2016-C, Juzgado de paz Letrado de la Provincia de Cajabamba, a solicitud de ANA MARIA REYES MORENO; se ha resuelto: ADMITIR a trámite la solicitud presentada B por la recurrente, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento, de su menor hija, por presentar como error el apellido materno AGUILAR, siendo lo correcto “REYES”; como también mi apellido paterno ha sido cambiado a AGUILAR, siendo lo correcto “REYES, por lo que es necesario se realice la correspondiente Rectificación de Partida de Nacimiento, poniéndose en conocimiento de los interesados para los fines de ley, agréguese, publíquese, Cúrsele.- Dra. Lidia Gutiérrez Catacora, Juez del Juzgado de Paz Letrado de Cajabamba.- Luis A. Cabanillas Ruiz.- Especialista Legal. Cajabamba, 05 de Abril del 2016 Lidia Gutierrez Catacora JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJABAMBA Luis Alberto Cabanillas Ruiz SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJABAMBA P.5266807 F.P. 27 Abril S/.2.50 PRESCRIPCION ADQUISITIVA EDICTO EXP. N° 2016-30-C ante el Juzgado Mixto Cajabamba, Juez Doctora Edith Margarita Trillo Espinoza, en el Proceso seguido por Segundo Manuel Cruz Bartolo, contra Estado Peruano - COFOPRI, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio. Se publica lo siguiente: Resolución Número: DOS de fecha quinde de marzo del dos mil dieciséis, se Admite a trámite la demanda interpuesto por Segundo Manuel Cruz Bartolo, contra Estado Peruano- COFOPRI, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, de la propiedad ubicada en la Mz. 164 Lt. 2 de la provincia de Cajabamba, inscrito con Partida Electrónica N° P32012768, de un área de 234.26 M2, téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican en el escrito de demanda, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el término perentorio de TRES con intervalo de TRES días cada publicación, con la finalidad de que quien se considere con derecho se apersone al presente proceso.Dra. EDITH M. TRILLO ESPINOZA. JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. DR. MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL. SECRETARIO JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. Cajabamba, 31 de Marzo del 2016. Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO – CAJABAMBA MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA P. 5250080 F.P. 15-21-27 Abril S/. 9.00 3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS EXP. N° 2015-157-C ante el Juzgado Mixto de Cajabamba, Juez Doctora Edith Margarita Trillo Espinoza, en el Proceso seguido por MARTINEZ NIEVES MUÑOZ, contra DAMASO NIEVES MUÑOZ, sobre DIVISION Y PARTICION: Se publica lo siguiente: Resolución Número: uno de fecha nueve de noviembre del dos mil quince,, se admite a trámite la demanda interpuesta por MARTINEZ NIEVES MUÑOZ, contra DAMASO NIEVES MUÑOZ, sobre DIVISION Y PARTICION. Traslado de la presente demanda a fin de que, QUIEN SE CONSIDERE CON DERECHO se apersone al proceso y absuelva la presente demanda, del bien inmueble denominado “EL PALO PLANTADO” con una superficie de 17 Has. ubicado en San Juan, Distrito Sitacocha, Provincia de Cajabamba, Departamento de Cajamarca. PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución, en el Diario “La República, en la Tablilla de la Municipalidad Provincial y en el Jugado Mixto de esta Provincia, por el termino perentorio de TRES DIAS CON INTERVALO DE TRES DIAS CADA PUBLICACION. NOTIFICANDOSE.Dra. Edith Margarita Trillo Espinoza. JUEZ TITULAR DEL JUZGADO MIXTO DE CAJABAMBA Dr. Marlon Ivan Otiniano Amambal. SECRETARIO DEL JUZGADO MIXTO DE CAJABAMBA Cajabamba, 18 de Diciembre del 2015. Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO – CAJABAMBA MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA P. 5256587 F.P. 21-27 Abril 03 Mayo S/.10.80 EDICTO CIVIL Ante el Primer Juzgado Mixto de la Provincia de San Miguel que Despacha la Juez Titular DRA ANA MARDELY PACHECO AGUILAR, en el Proceso Civil N° 107- 2012-CI, seguido por YOLANDA RAMÍREZ ALCÁNTARA en contra de JILMER GILBERTO AGUILAR ESPINAL Y OTROS sobre REIVINDICACIÓN, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION N° CUARENTA Y DOS: NOTIFICAR por edictos por el plazo de SESENTA DÍAS a los sucesores de la demandada fallecida ZULEMA LOZANO HERNÁNDEZ, para que se apersonen a la instancia y puedan hacer efectivo sus derechos, bajo apercibimiento de nombrársele cu- Miércoles, 27 de abril del 2016 rador procesal; PUBLIQUSE un extracto de la demanda por TRES VECES CON UN INTERVALO DE TRES DIAS en el diario oficial “El Peruano” y en el diario “la República”. San Miguel, 15 de Diciembre del 2015 ANA M. PACHECO AGUILAR JUEZ TITULAR PRIMER JUZGADO MIXTO SAN MIGUEL JUAN E. HERNANDEZ RODRIGUEZ SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO MIXTO SAN MIGUEL P. 5248699 F.P. 15-21-27 Abril EDICTO EXP. N° 2012-86-C ante el Juzgado Mixto Cajabamba, juez Doctora Edith Margarita Trillo Espinoza, en el Proceso seguido por Adelmo García Ulloa, contra Ismael Loayza Ulloa y otros, sobre Nulidad de Acto jurídico. Se publica lo siguiente: Resolución Número: ONCE de fecha tres de marzo del dos mil dieciséis, Notifíquese la sucesión intestada de Hipólito García Ulloa, a efecto de que comparezca al proceso dentro del plazo de Treinta días de efectuada la última publicación, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal en caso de incumplimiento a lo antes ordenado, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el término perentorio de TRES con intervalo de TRES días cada publicación.Dra. EDITH M. TRILLO ESPINOZA. JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. DR. MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL. SECRETARIO JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. Cajabamba, 16 de Marzo del 2016. Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO – CAJABAMBA MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA P. 5249045 F.P. 15-21-27 Abril 4.EDICTOS PENALES EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas. Exp. 0635-2015-2-0601-JR-PE-05 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PRIVADO el día LUNES NUEVE DE MAYO DEL DOS MIL DIECISEIS, a las CUATRO Y CUARENTA Y CINCO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Colegiado - 8vo. Piso de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado JUAN HUAMAN ROJAS, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE o CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Luis Edgar Huamán Huamán. Suscribe el señor Juez: Domingo Celestino Alvarado Luis y el especialista judicial: Lorena Carrión Rojas. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJAMARCA DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR F.P. 25-26-27 Abril EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas. Exp. 01796-2015-1-0601-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PRIVADO el día LUNES DIECISEIS DE MAYO DEL DOS MIL DIECISEIS, a las CUATRO DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Número Dos - 2do. Piso de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra. 12. Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado SANTOS NICOLAS QUISPE CUZCO, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE o CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Jhon Fredek Quispe Olivera. Suscribe el señor Juez: Domingo Celestino Alvarado Luis y el especialista judicial: Lorena Carrión Rojas. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJAMARCA DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR F.P. 25-26-27 Abril EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas. Exp. 01812-2015-2-0601-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PRIVADO el día PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV 3 LUNES NUEVE DE MAYO DEL DOS MIL DIECISEIS, a las CUATRO Y TREINTA DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Número Cuatro - 6to. Piso de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra. 12. Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado JUAN MANUEL ALVA CARRASCO, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE o CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Ruth Esther Cueva Cerquin. Suscribe el señor Juez: Domingo Celestino Alvarado Luis y el especialista judicial: Lorena Carrión Rojas. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJAMARCA DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR F.P. 25-26-27 Abril EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE DE CAJAMARCA ESPECIALISTA: DIANA MONTENEGRO MESONES. Exp. N° 210-2015-1 -0601 -JR-PE-02. SE RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL, en la presente causa, que se realizará en acto público el día TREINTA Y UNO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECISEIS, a horas cuatro y treinta de la tarde ( 4:30 P.M.), la misma que se llevará a cabo en la SALA DE AUDIENCIAS DEL COLEGIADO ( 8vo Piso) del nuevo local de la sede de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca ubicado en la Av. La Cantuta Cdra 12 Urb. Villa Universitaria frente del Complejo Gran Qhapac Ñan. ( Edificio de 9 pisos con vidrios reflectivos), debiendo concurrir eI acusado WILTON ABDUL RAMOS PISCOYA, BAJO APERCIBIMIENTO de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación y captura por la fuerza policial en los seguidos en su contra por el delito de Conducción de Vehículo Motorizado en Estado de Ebriedad.- Suscribe el Señor Juez Severino Vargas Calderón y el especialista Judicial Diana Montenegro Mesones. SEVERINO VARGAS CALDERON JUEZ PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL CAJAMARCA F.P. 25-26-27 Abril EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE DE CAJAMARCA ESPECIALISTA: DIANA MONTE- 4 DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE NEGRO MESONES. Exp. N° 584-2015-1 -0601 - JRPE-05. SE RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL, en la presente causa, que se realizará en acto público el día DIECINUEVE DE MAYO DEL DOS MIL DIECISEIS, a horas CUATRO DE LA TARDE), ( 4.P.M.), la misma que se llevará a cabo en la SALA DE AUDIENCIAS DEL COLEGIADO ( 8vo Piso) del nuevo local de la sede de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca ubicado en la Av. La Cantuta Cdra 12 Urb. Villa Universitaria frente del Complejo Gran Qhapac Ñan. ( Edificio de 9 pisos con vidrios reflectivos), debiendo concurrir el acusado SANTOS ESCOBAL HUARIPATA BAJO APERCIBIMIENTO de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación y captura por la fuerza policial en los seguidos en su contra por el delito de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de Deivi Wilder Escobal Vigo.- Suscribe el Señor Juez Severino Vargas Calderón y el especialista Judicial Diana Montenegro Mesones. SEVERINO VARGAS CALDERON JUEZ PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL CAJAMARCA F.P. 25-26-27 Abril EDICTO PENAL Exp. N° 1710-2014-0-0601-JR-PE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Se cita y emplaza a: LLANOS PEREZ BERTA ALFREDA D A D O CUENTA con el requerimiento fiscal de sobreseimiento presentado por el Fiscal de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca; en tal sentido, AGRÉGUESE a los autos y atendiendo a lo requerido, conforme a lo previsto en el artículo 345º del CPP, TRASLADESE a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que de creerlo conveniente, puedan por escrito formular oposición a la solicitud de archivo, la misma que, bajo sanción de inadmisibilidad, deberá estar debidamente fundamentada y puedan solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento. COMUNIQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada. Interviniendo la especialista que da cuenta. Notifíquese.JUEZ: MARIO LOHONEL ABANTO QUEVEDO ESPECIALISTA: GABRIELA RONCAL CHÁVEZ Miércoles, 27 de abril del 2016 Cajamarca, 21 de abril de 2016 F.P. 25- 26-27 Abril EDICTO PENAL EXP NRO. 1737-2015-0-0601-JRPE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Se cita y emplaza a: ROBLES VALERA SANTOS MILER DADO CUENTA con el escrito presentado por el abogado defensor público y devolución de cedula de notificación; TENGASE por apersonada al presente proceso en calidad de abogada defensora del imputado SANTOS MILER ROBLES VALERA; por señalado su domicilio procesal en el lugar que indica en donde se le hará llegar las resoluciones que se emitan en el presente proceso; TENGASE por absuelto el traslado de la acusación en los términos que expone; TENGASE por presentada la solicitud de aplicación de criterio de oportunidad; PONGASE a conocimiento de las partes procesales; RESERVESE todo pronunciamiento para ser efectuado en la audiencia correspondiente; y conforme a lo previsto en el artículo 351° numeral 1) del Código Procesal Penal; CITESE para el día OCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas DIEZ DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (10:30 hrs.) la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE LA ACUSACIÓN, la misma que se llevará a cabo en la SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO DOS (02) de la Sede de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, con la presencia obligatoria del señor Fiscal y la abogada defensor público del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del primero de los nombrados de poner en conocimiento de su conducta al Órgano de Control Interno del Ministerio Público, a fin de que proceda con las sanciones disciplinarias respectivas; y, para la segunda de comunicar su conducta a la Dirección Distrital de la Defensoría Pública del Distrito Judicial de Cajamarca; a fin de que procedan conforme a sus atribuciones, ello de conformidad a lo prescrito por el artículo 85° del Código Procesal Penal; sin perjuicio de ser sancionado disciplinariamente, en mérito a lo prescrito por el artículo 292° de la Ley Orgánica del Poder Judicial. PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con cinco minutos de anticipación en la sala respectiva y con las formalidades de ley; asimismo, que la resolución dictada oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido debidamente citados y cuya concurrencia haya sido ordenada como obligatoria, aunque éstos no hayan concurrido, conforme lo dispone el artículo 16°, incisos 1) y 2) del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa Nº 096-2006-CE-PJ. Interviniendo la Especialista Judicial que da cuenta por disposición superior. Notifíquese.JUEZ: MARIO LOHONEL ABANTO QUEVEDO ESPECIALISTA: GABRIELA RONCAL CHÁVEZ Cajamarca, 21 de abril de 2016 F.P. 25- 26-27 Abril EDICTO PENAL Exp. N° 365-2015-0-0601-JR-PE-02 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Karin Danixa Vigo Portal Se cita y emplaza a: SAMUEL AGUILAR VÁSQUEZ SE HA DADO CUENTA con el presente proceso y teniendo en cuenta la razón emitida por el Especialista Judicial de Audiencias; REPROGRÁMESE la fecha para el día 11 DE MAYO DE 2016, a las 09:00 HORAS DE LA MAÑANA (hora exacta) para la realización de la audiencia preliminar de sobreseimiento que se llevará a cabo con la parte procesal que concurra en la sala de audiencias número tres (03) de esta Corte Superior de Justicia de Cajamarca, con la presencia obligatoria del Fiscal bajo apercibimiento de poner en conocimiento la conducta al Órgano de Control Interno del Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones en caso de inconcurrencia injustificada. PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de Ley. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios señalados en autos, respecto del procesado Samuel Aguilar Vásquez, notifíqueselo mediante edictos por el término de tres de TRES DÍAS en el Diario Judicial “La República”,OFÍCIESE con tal Cajamarca, 21 de abril del 2016. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 25- 26-27 Abril EDICTO PENAL EXP NRO. 1782-2013-0-0601-JRPE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Se cita y emplaza a: NESTOR VICTOR COTACALLAPA URVIOLA LAYME MAMANI HECTOR ORLANDO SE HA DADO CUENTA con el presente expediente. SE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA, la instalación de la presente audiencia de control de requerimiento mixto. REPROGRAMAR, la realización de la audiencia de CONTROL DE REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN para el día TRES DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISEIS a las DIEZ DE LA MAÑANA en SALA DE AUDIENCIA NÚMERO DOS (segundo piso) DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA (SEDE QHAPAC ÑAN). DISPONIENDO la notificación a las demás partes procesales incluso al abogado defensor excluido. NOTI- PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV FIQUESE a todas las partes procesales en sus domicilios reales, y en el caso del señor LAIVE MAMANI HÉCTOR ORLANDO se le notifique a través de la Dirección del Instituto Nacional Penitenciario, con el expreso pedido para que esta persona sea ubicada en el Establecimiento Penal en el que se encuentre y allí sea notificada a través del Director de dicho Establecimiento Penal, debiendo devolverse las cédula oportunamente. NOTIFICAR en el caso del señor NESTOR VICTOR COTACALLAPA URVIOLA y del señor LAIVE MAMANI subsidiariamente por EDICTOS que se publicaran por TRES DIAS CONSECUTIVOS en el diario judicial de éste Distrito Judicial a efectos de agotar toda la medida posible a efectos de contar con su conocimiento y convocatoria para la audiencia de control. Notifíquese.JUEZ: MARIO LOHONEL ABANTO QUEVEDO ESPECIALISTA: GABRIELA RONCAL CHÁVEZ Cajamarca, 20 de abril de 2016 F.P. 25- 26-27 Abril EDICTO JUDICIAL Expediente N° 2013-188-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra JOSE DEYVIS MARIN YNFANTE y LUZMILA PANTOJA RODRIGUEZ sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de CARMENSITA ELAINE LINARES YNFANTE, se ha emitido la resolución número QUINCE, que RESUELVE: NOTIFÍQUESE a la agraviada CARMENSITA ELAINE LINARES YNFANTE y a los demandados JOSE DEYVIS MARIN YNFANTE y LUZMILA PANTOJA RODRIGUEZ, con un extracto de la presente resolución y resolución que contiene el ACTA DE AUDIENCIA Y SENTENCIA, MEDIANTE EDICTOS los mismos que se publicarán en el diario oficial LA REPÚBLICA, por el plazo de tres días consecutivos. RESOLUCIÓN NÚMERO TRECE: que resuelve declarar SANEADO el presente proceso por la existencia de una relación jurídica procesal válida entre las partes; se fijaron puntos controvertidos, se admitieron medios probatorios y se formularon alegatos. RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTISIETE (SENTENCIA); que FALLA: DECLARO FUNDADA la demanda de violencia familiar en su modalidad de maltrato físico interpuesta por el representante del Ministerio Público, contra JOSE DEYVIS MARIN YNFANTE y LUZMILA PANTOJA RODRIGUEZ, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de CARMENSITA ELAINE LINARES YNFANTE, en consecuencia: ORDENO como MEDIDAS DE PROTECCIÓN definitivas a favor de la agraviada las siguientes: 1) Abstenerse de realizar cualquier tipo de agresión física (bofeteadas, lesiones con objetos, patadas y otros golpes) y/o psicológica (insultos, amnesias, degradaciones, humillaciones, vejaciones, entre otros); 2) Abstenerse de tomar cualquier tipo de represalias en forma directa o indirecta en agravio de la DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE agraviada antes mencionada; bajo apercibimiento de remitirle copias a la Fiscalía Provincial Penal a que proceda a investigación por el delito de desobediencia a la autoridad en caso de incumplimiento; FIJO como reparación civil a favor de la agraviada CARMENSITA ELAINE LINARES YNFANTE la suma de QUINIENTOS SOLES (s/. 500.00); suma que será cancelada por los demandados de manera solidaria en la proporción de S/. 250.00 nuevos soles cada uno, suma que será cancelada por el demandado en el plazo de treinta días de haber sido notificado con la resolución que declara consentida la sentencia; monto que deberá cancelar mediante depósito judicial del Banco de la Nación y presentarlo con un escrito ante este juzgado. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar Julissa Aseijas Silva JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA LENIN MANUEL SALAZAR SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CELENDIN F.P. 25-26-27 Abril EDICTO JUDICIAL Expediente N° 2016-57-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido por DINA AYALA ATALAYA y GUILLERMO AYALA ATALAYA contra ROSA GLADYS AYALA ATALAYA y FELIPA ATALAYA ZABALETA sobre Violencia contra las Mujeres y los integrantes del Grupo Familiar, se ha emitido las: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO, que RESUELVE: TÉNGASE POR RECEPCIONADO los actuados que se indican, en aplicación de la Ley N° 30364 “Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los integrantes del Grupo Familiar”, publicada el 23 de noviembre de 2015; y de conformidad con lo establecido en el artículo 16° de la referida Ley; SEÑÁLESE fecha PARA LA AUDIENCIA OTRAL, EL DÍA LUNES 22 DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO, A HORAS TRES Y TREINTA MINUTOS DE LA TARDE (HORA EXACTA) en el local del juzgado ubicado en el esquina de la Av. Túpac Amaru y Jirón Bolognesi, de la ciudad de Celendín. Para la emisión de la resolución correspondiente. RESOLUCIÓN NÚMERO DOS: REPROGRÁMESE la audiencia oral para el día MIÉRCOLES CUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉS, A LAS ONCE DE LA MA{ANA, (HORA EXACTA) EN EL LOCAL DEL JUZGADO UBICADO EN LA ESQUINA DE LA AV. TÚPAC AMARU y JIRÓN BOLOGNESI, DE LA CIUDAD DE CELENDÍN, para la emisión de la resolución correspondiente; NOTIFÍQUESE a las partes procesales con un extracto de la resolución número uno y la presente resolución; los mismos que se publicarán en el Diario Oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Miércoles, 27 de abril del 2016 Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar Julissa Aseijas Silva JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA LENIN MANUEL SALAZAR SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CELENDIN F.P. 25-26-27 Abril EDICTO PENAL EXP NRO. 651-2014-0-0601-JRPE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Se cita y emplaza a: GALLARDO MIRANDA CARLOS FELIPE SE HA DADO CUENTA con el requerimiento acusatorio incoado por la Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa, el mismo que preliminarmente reuniría los requisitos establecidos por el artículo 349° del Código Procesal Penal; en tal sentido, AGRÉGUESE a los autos y, de conformidad con lo previsto por el artículo 350° del mismo cuerpo normativo, TRASLÁDESE LA ACUSACIÓN a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de creer conveniente puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. PRECISÁNDOSE que las indicadas peticiones sólo serán objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación, siempre y cuando hayan sido fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley. COMUNÍQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. Notifíquese VÍA EDICTOS al acusado en el Diario Oficial de esta Corte Superior de Justicia, por el lapso de tres días hábiles consecutivos, con el extracto de la presente resolución. Notifíquese.JUEZ: MARIO LOHONEL ABANTO QUEVEDO ESPECIALISTA: GABRIELA RONCAL CHÁVEZ Cajamarca, 22 de abril de 2016 F.P. 25-26-27 Abril EDICTO PENAL CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA Exp. 1573-2015-0601-JR-PE-03 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día 02 DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a las TRES Y CUARENTA DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° TRES , de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusadoCABELLOS CHAVEZ FRANCISCO JAVIER , concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR , en agravio de CABELLOS MANTILLA EDGAR LARRY . Suscribe el señor Juez: SANTOS LUIS VASQUEZ PLASENCIA , y la especialista judicial: MARGOT CHAVEZ F.P. 25-26-27 Abril EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE DE CAJAMARCA ESPECIALISTA: DIANA MONTENEGRO MESONES. Exp. N° 1652-2014-1-0601-JR-PE-04. SE RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL, en la presente causa, que se realizará en acto público el día CATORCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISEIS, a horas CUATRO DE LA TARDE ( 04.P.M.), la misma que se llevará a cabo en la SALA DE AUDIENCIAS N° 4 ( 6to Piso) del nuevo local de la sede de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca ubicado en la Av. La Cantuta Cdra 12 Urb. Villa Universitaria frente del Complejo Gran Qhapac Ñan. ( Edificio de 9 pisos con vidrios reflectivos), debiendo concurrir el acusado ALAN WILLIAM SANCHEZ MOSQUEIR, BAJO APERCIBIMIENTO de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación y captura por la fuerza policial en los seguidos en su contra por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad en agravio de la Sociedad Cajamarquina.- Suscribe el Señor Juez Severino Vargas Calderón y el especialista Judicial Diana Montenegro Mesones. SEVERINO VARGAS CALDERON JUEZ PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL CAJAMARCA F.P. 26-27-28 Abril EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE DE CAJAMARCA ESPECIALISTA: DIANA MONTENEGRO MESONES. Exp.N0 718-2015-2-0601 -JR-PE-01. SE RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL, en la presente causa, que se realizará en acto público el día NUEVE DE MAYO DEL DOS MIL DIECISEIS, a horas CUATRO DE LA TARDE (4.P.M.), la misma que se llevará a cabo en la SALA DE AUDIENCIAS N° 5 ( 7mo. Piso) del nuevo local de la sede de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca ubicado en la Av. La Cantuta Cdra 12 Urb. Villa Universitaria frente del Complejo Gran Qhapac Ñan. ( Edificio PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV 5 de 9 pisos con vidrios reflectivos), debiendo concurrir el acusado ELMER DE LA CRUZ MORENO BAJO APERCIBIMIENTO de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación y captura por la fuerza policial en los seguidos en su contra por el delito de Conducción de Vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de la Sociedad Cajamarquina.- Suscribe el Señor Juez Severino Vargas Calderón y el especialista Judicial Diana Montenegro Mesones. F.P. 26-27-28 Abril EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: JUAN BRIONES ALVAREZ Expediente N° 167-2011-10601-JR-PE-03 SE RESUELVE: Comunicar que la audiencia de juicio oral se iniciará EL DÍA VIERNES VEINTINUEVE DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA. EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS: debiendo notificarse a las demás partes procesales, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia del representante del Ministerio Público de comunicarse a su superior jerárquico y de los acusados Eleuterio Vásquez Escalante y Luciano Santos Sánchez Tacilla, bajo apercibimiento de ser declarados CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos contra por el delito contra el Patrimonio, en su modalidad de Apropiación Ilícita y Otros, en agravio del Estado. Suscribe el señor Juez: GERMAN ENRIQUE MERINÓ VIGO, y el especialista judicial: Juan Briones Álvarez. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL GERMAN ENRIQUE MERINO VIGO JUEZ F.P. 26-27-28 Abril EDICTO PENAL EXP NRO. 1163-2014-0-0601-JRPE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Se cita y emplaza a: EMPRESA DERCOCENTER DADO CUENTA con el presente proceso y escrito presentado por el abogado José Leonidas Castillo Roman, mediante el cual devuelve cedula de notificación; indicando que ha dejado de ser abogado defensor del agraviado Empresa DERCOCENTER SAC Cajamarca; y estando a la devolución de cedula de notificación N°16087-2016, que contiene la resolución número catorce y requerimiento acusatorio en la que el notificador precisa que “no existe el domicilio” (domicilio donde funciona la EMPRESA DERCOCENTER SAC en la ciudad de Cajamarca); 6 DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE En consecuencia, conforme lo prescrito en el artículo 128° del Código Procesal Penal: “Cuando se ignore el lugar donde se encuentra la persona que deba ser notificada, la resolución se le hará saber por edicto que se publicará en el Diario Oficial de la sede de la Corte Superior o a través del Portal o página web de la Institución” y el artículo 18° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal aprobado por Resolución Administrativa 96-2006-CE-PJ, que establece que “Cuando se ignore el lugar donde se encuentre la persona a notificar, la resolución correspondiente se hará saber por medio de edictos, publicados durante tres días hábiles consecutivos en el diario oficial y en un diario de los de mayor circulación del lugar del último domicilio de la persona a notificar, si fuera conocido o, en su defecto, del lugar del proceso, sin perjuicio de su publicación en la página web de la institución.”; este Despacho DISPONE: NOTIFÍQUESE a la agraviada Empresa DERCOCENTER SAC - Cajamarca con la presente resolución y la resolución N°14, mediante EDICTOS, en el Diario Oficial “La República”, por el lapso de tres días hábiles consecutivos, debiéndose oficiar para tal fin. NOTIFÍQUESE.JUEZ: MARIO LOHONEL ABANTO QUEVEDO ESPECIALISTA: GABRIELA RONCAL CHÁVEZ Cajamarca, 18 de marzo de 2016. F.P. 26-27-28 Abril EDICTO PENAL EXP NRO. 1163-2014-0-0601-JRPE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Se cita y emplaza a: EMPRESA DERCOCENTER SE HA DADO CUENTA con el requerimiento acusatorio incoado por la Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa, el mismo que preliminarmente reuniría los requisitos establecidos por el artículo 349° del Código Procesal Penal; en tal sentido, AGRÉGUESE a los autos y, de conformidad con lo previsto por el artículo 350° del mismo cuerpo normativo, TRASLADESE LA ACUSACIÓN a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de creer conveniente puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. PRECISÁNDOSE que las indicadas peticiones sólo serán objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación, siempre y cuando hayan sido fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley. COMUNÍQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. Notifíquese.JUEZ: MARIO LOHONEL ABANTO QUEVEDO ESPECIALISTA: GABRIELA RONCAL CHÁVEZ Miércoles, 27 de abril del 2016 Cajamarca, 18 de marzo de 2016. F.P. 26-27-28 Abril EDICTO PENAL EXP NRO. 925-2015-1-0601-JRPE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Se cita y emplaza a: JUAN CARLOS RAMOS CHÁVEZ DADO CUENTA; con el oficio proveniente del Quinto Juzgado Penal Unipersonal de Cajamarca, mediante el cual remite el cuaderno de debate, el expediente judicial y el cuaderno de acusación directa correspondiente a la presente causa penal; AGRÉGUESE a los autos; y, en mérito a lo dispuesto: PROCÉDASE con la ejecución de la sentencia de fecha 17 de marzo de 2016 en tal sentido. REQUIÉRASE al sentenciado JUAN CARLOS RAMOS CHAVEZ cumpla de manera oportuna con lo indicado en la sentencia de fecha 17 de marzo de 2016 en tal sentido. OFICIESE a la Oficina de Tratamiento de Medio Libre y Penas Limitativas de Derechos del INPE, a fin coordinar la Unidad Ejecutoria en la cual el sentenciado cumplirá con las VEINTICUATRO (24) JORNADAS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS COMUNITARIO- DIEZ (10) HORAS SEMANALES que deberá cumplir los días sábados, domingos y/o feriados, bajo apercibimiento de convertir o revocar, según corresponda y de conformidad con lo establecido en los artículos 53º y 55º del Código Penal. OFICIESE con tal fin, debiendo adjuntarse copia certificada de la sentencia de autos. REMÍTASE las carpetas del expediente judicial y el cuaderno de acusación directa a la Unidad de Custodia del Módulo Procesal Penal para su ARCHIVO DEFINITIVO, en el modo y forma de ley; debiendo de oficiarse con tal fin. De Conformidad con la Resolución Administrativa No. 0334-2015-P-CSJCA-PJ de fecha primero de diciembre del año en curso, habiéndose dispuesto la redistribución de la carga procesal existente en el Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria designado como órgano exclusivo de procesos de Flagrancia señalado en la Resolución Administrativa No. 347-2015-CE.PJ de fecha veinticuatro de noviembre del 2015; AVOQUESE en el conocimiento de los autos el Juez que suscribe e Interviniendo la Especialista de causas que da cuenta ambos por disposición superior ambos por dispocision superior. Notifíquese.JUEZ: MARIO LOHONEL ABANTO QUEVEDO ESPECIALISTA: GABRIELA RONCAL CHÁVEZ Cajamarca, 25 de abril de 2016 F.P. 26-27-28 Abril EDICTO EL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CHOTA, que despacha los señores Jueces Aurelio Barboza Rimarachín, Jorge Luis Gregorio de la Cruz Medina y Fanny Torres Villavicencio; CITA Y EMPLAZA a JUAN BAUTISTA BARBOZA SALAZAR: para que se ponga a derecho y se defienda del cargo formulado en su contra dentro del Cuaderno de Debates N° 345-2015-45-0610-JR-PE-JPC-CH, aperturado dentro del proceso que se le sigue por el presunto delito de Violación Sexual de Menor de Edad, en agravio de la menor de iniciales S.B.G., a fin de que tome conocimiento de la siguiente resolución: RES.05: De fecha 01-04-2016, haciéndose saber al acusado que se ha señalado fecha de audiencia de juicio oral el día 27 de mayo del año 2016, a horas 10:00 AM, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Colegiado de Chota; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser declarado reo contumaz, ordenarse su conducción compulsiva y archivarse provisionalmente el presente proceso. Chota, 21 de abril del 2016. Especialista Judicial Huaccha Ramírez Alicia. F.P. 26-27-28 Abril EDICTO EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE CHOTA, que despacha el Dr. Jorge Luis Gregorio De La Cruz Medina, CITA Y EMPLAZA a: CIRILO FERNANDEZ RAMOS, para que se ponga a derecho y se defienda del cargo formulado en su contra dentro del Cuaderno de Debates N° 261-2015-10-0610-JR-PE-02, aperturado dentro del proceso que se le sigue, por el delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de Denis Jhair Fernández Segovia. RES. 04: De fecha 12-04-2016, haciéndose saber al acusado que se ha señalado fecha de audiencia de juicio oral el día 04 de mayo del año 2016, a horas 11:00 AM, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Unipersonal de Chota (Sala 01); bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser declarado reo contumaz, ordenarse su conducción compulsiva y archivarse provisionalmente el presente proceso. Chota, 21 de abril del 2016. Especialista Judicial Huaccha Ramírez Alicia. F.P. 26-27-28 Abril EDICTO PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE SAN MARCOS Exp. N° 133-2015-0 Juez: CABRERA SE EMPLAZA: SEGUNDO MARTINIANO ROJAS TINOCO, en la presente investigación seguida en su contra por la presunta comisión del delito contra la Familia en la modalidad de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de Yerlis Yoel Rojas Machuca, mediante resolución número uno de fecha veintitrés de diciembre del dos mil quince, se resolvió CÓRRASE TRASLADO DE LA ACUSACIÓN, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos, de creer conveniente, puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal; TÉNGASE presente que el acusado deberá designar abo- PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV gado defensor de su libre elección, en el plazo de VEINTICUATRO HORAS de notificado con la presente bajo apercibimiento, de nombrársele Defensor Público. San Marcos, 13 de Abril del 2016 Especialista: GÓMEZ F.P. 26-27-28 Abril EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 000072016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A : JOSÉ PADILLA BECERRA Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° TRES de fecha 14-04- 2016, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma que se llevará a cabo el día miércoles 08 de junio del año 2016 a las 10:30 de la mañana, en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Paz Letrado Penal, ubicado en el segundo piso - oficio 201 del edificio del Jr. Buganvillas n° 165 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal n° 00007- 2016-00601 -JP-PE-04, seguido contra Juan Julio Saldaña Lloevera, por faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en agravio de José Padilla Becerra. Cajamarca, 21 de abril de 2016. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 27 – 28 -29 Abril EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 000502015. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A: MILI NOHEMI QUIROZ QUISPE Y ELMER CONDOR CORREA Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° TRES de fecha 12-04- 2016, SE RESUELVE: DECLARAR de oficio CONSENTIDA, la Resolución n° DOS de fecha 09-072015, mediante la cual se declaró improcedente el caso y se decidió archivar definitivamente los actuados, en el Proceso Penal n° 000502015-0-0601 -JP-PE-04, seguido contra Elmer Cóndor Correa, por Falta contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en agravio de Mili Nohemi Quiroz Quispe. Cajamarca, 19 de abril de 2016. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 27 – 28 -29 Abril EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 003522015. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzqulerdo. SE EMPLAZA A:JAIME TASILLA JUAREZ DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° TRES de fecha 1204- 2016, SE ORDENA: se NOTIFIQUE mediante EDICTOS a Jaime Tasilla Juárez, con la Resolución n° UNO de fecha 23-10-2015, mediante la cual se DECLARA inadmisible el caso presentado por la Policía Nacional del Perú, y se DECIDE no iniciar proceso penal contra de José Paulino Flores Infante, Walter César Mosqueira Arteaga y Jaime Tasilla Juárez, por Falta contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas mutuas, en agravio mutuo, en el Proceso Penal n° 00352-2015-0-0601-JP-PE-04, seguido contra José Paulino Flores Infante, Walter César Mosqueira Arteaga y Jaime Tasilla Juárez, en la modalidad de lesiones dolosas mutuas, en agravio mutuo. Cajamarca, 19 de abril de 2016. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 27 – 28 -29 Abril EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 003792015. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A: ORFELINDA LÓPEZ CELIS Y ELVIS RONALD GARCÍA MENDOZA Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 0704- 2016, SE ORDENA: se vuelva a NOTIFICAR, a Orfelinda López Celis y Elvis Ronald García Mendoza con la Resolución n° UNO de fecha 09-12-2015, mediante la cual se DECLARA inadmisible el caso presentado por la Policía Nacional; y se DECIDE no iniciar proceso penal contra Elvis Ronald García Mendoza, por la presunta comisión de Falta contra El Patrimonio (daños), en agravio de Orfelinda López Celis. Se CONCEDE tres días hábiles posterior a la notificación de este auto a Orfelinda López Celis, para que si lo desee cumpla con presentar los elementos de prueba que acreditan la valorización de los daños ocasionados y justifique la forma en que requiera la indemnización por el perjuicio causado. Se SEÑALA el apercibimiento de archivar definitivamente el caso si no se cumpliese con las exigencias y formalidades prescrita por el Código Procesal Penal en el plazo señalado, en el Proceso Penal n° 003792015-0-0601-JP-PE-04, seguido contra Elvis Ronald García Mendoza, por Falta contra el Patrimonio, en la modalidad de daños, en agravio de Orfelinda López Mendoza. Cajamarca, 18 de abril de 2016. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 27 – 28 -29 Abril EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 000492016. Miércoles, 27 de abril del 2016 CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A:SANTOS MURGA MANTILLA Y ALEJANDRO LUYCHO OCAS Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 15-04- 2016, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma que se llevará a cabo el día jueves 15 de abril del año 2016 a las 10:30 de la mañana, en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Paz Letrado Penal, ubicado en el segundo piso - oficio 201 del edificio del Jr. Buganvillas n° 165 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal n° 000492016-0-0601-JP-PE-04, seguido contra Santos Murga Mantilla, por faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en agravio de Alejandro Luycho Ocas. Cajamarca, 21 de abril de 2016. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 27 – 28 -29 Abril EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 003772015. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A:MARÍA YSABEL CHÁVEZ LÓPEZ Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 1204- 2016, SE ORDENA: se vuelva a NOTIFICAR mediante EDICTOS, a María Ysabel Chávez López con la Resolución n° UNO de fecha 04-122015, mediante la cual se DECLARA inadmisible el caso presentado por la Policía Nacional y se DECIDE no iniciar proceso penal contra Jesús Huamán Castrejón, Carolina Infante López y Margarita Infante López, por Falta contra la Persona, en la modalidad lesiones dolosas, en agravio de María Ysabel Chávez López, en el Proceso Penal n° 00377-2015-0-0601 -JP-PE-04, seguido contra Jesús Huamán Castrejón, Carolina Infante López y Margarita Infante López, por Falta contra la Persona, en la modalidad lesiones dolosas, en agravio de María Ysabel Chávez López. Cajamarca, 19 de abril de 2016. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 27 – 28 -29 Abril EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 001102016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA : Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A: MATILDE BURGA SÁNCHEZ MAGALY WALTER LÓPEZ DE ORDAZ Y HERMAN RAMÓN PALACIOS IZ- QUIERDO Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 1204-2016, SE ORDENA: se vuelva a NOTIFICAR, a Herman Ramón Palacios Izquierdo, Matilde Burga Sánchez Y Magaly Walter López de Ordaz con la Resolución n° UNO de fecha 18-03- 2016, mediante la cual se DECLARA inadmisible el caso presentado y se DECIDE no iniciar proceso penal contra Matilde Burga Sánchez y Magaly Walter López de Ordaz, por la presunta comisión de Falta contra el Patrimonio (daños) y Falta contra la Persona (lesiones). CONCEDIENDO tres días hábiles a Herman Ramón Palacios Izquierdo, para que si lo desee cumpla con acreditar la propiedad del bien dañado y su valorización, además su certificado médico complementario o final, y si lo desea justifique la forma en que requiere la indemnización por el perjuicio causado y los medios probatorios que acrediten lo denunciado para procede a calificar si el hecho constituye una falta o delito; en el Proceso Penal n° 001102016-0-0601- JP-PE-04, seguido contra Matilde Burga Sánchez y Magaly Walter López de Ordaz, por Faltas contra el Patrimonio y la Persona, en la modalidad de daños y lesiones dolosas, en agravio de Hernán Ramón Palacios Izquierdo. Cajamarca, 20 de abril de 2016. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 27 – 28 -29 Abril EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 000502016. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE EMPLAZA A:SEGUNDO CHÁVEZ GARCÍA Y MARCELINO VILLANUEVA TERÁN Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 14-04- 2016, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma que se llevará a cabo el día miércoles 08 de junio del año 2016 a las 08:30 de la mañana, en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Paz Letrado Penal, ubicado en el segundo piso - oficio 201 del edificio del Jr. Buganvillas n° 165 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal n° 000502016-0-0601-JP-PE-04, seguido contra Segundo Chávez García, por Falta contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en agravio de Marcelino Villanueva Terán. Cajamarca, 21 de abril de 2016. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 27 – 28 -29 Abril EDICTO JUDICIAL Expediente N° 2015-114-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV 7 proceso seguido contra JUSTO RAMÍREZ ORRILLO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de GLORIA RODRÍGUEZ ATALAYA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS, que RESUELVE: REPROGRÁMESE la Audiencia Única para el día MIÉRCOLES 20 DE JULIO DEL AÑO 2016, a las NUEVE DE LA MANANA, hora exacta, en el local del Juzgado, ubicado en la esquina de la Avenida Túpac Amaru y Jirón Bolognesi, de la ciudad de Celendín, con la concurrencia obligatoria de ambas partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra o de disponerse el archivamiento del proceso en caso de inasistencia de ambas, de conformidad con el artículo 203° del Código Procesal Civil; NOTIFÍQUESE a la agraviada y demandado, MEDIANTE EDICTOS, con un extracto de la presente resolución, los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. Julissa Aseijas Silva JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA LENIN MANUEL SALAZAR SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CELENDIN F.P. 27 – 28 -29 Abril EDICTO JUDICIAL Expediente N° 2015-26-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra ELMER SALDAÑA FUENTES, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de LUZ ESMILDA VALDIVIA LLOVERA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO NUEVE, que RESUELVE: REPROGRÁMESE la Audiencia Única para el día MARTES 19 DE JULIO DEL AÑO 2016, a las DIEZ DE LA MANANA, hora exacta, en el local del Juzgado, ubicado en la esquina de la Avenida Túpac Amaru y Jirón Bolognesi, de la ciudad de Celendín, con la concurrencia obligatoria de ambas partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra o de disponerse el archivamiento del proceso en caso de inasistencia de ambas, de conformidad con el artículo 203° del Código Procesal Civil; NOTIFÍQUESE a la agraviada y demandado, MEDIANTE EDICTOS, con un extracto de la presente resolución, los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. Julissa Aseijas Silva JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA LENIN MANUEL SALAZAR SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CELENDIN 8 DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE F.P. 27 – 28 -29 Abril EDICTO PENAL EXP NRO. 411-2015-0-0601-JRPE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Se cita y emplaza a: LUISA ALAYA ZELADA Y MIRTHA ALAYA ZELADA SE HA DADO CUENTA con el expediente. SE RESUELVE: DECLARAR FUNDADO el Requerimiento de Sobreseimiento solicitado por la Fiscal Provincial de la Fiscalía Mixta de la Encañada a favor de las imputadas ROSA BAUTISTA ERAS, LUISA ALAYA ZELADA Y MIRTHA ALAYA ZELADA por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio en la modalidad de Usurpación - Turbación de la posesión mediante violencia o amenaza y en su forma agravada con la intervención de dos o más personas en agravio de Freddy Flores Llanos e Irma Cercado Atalaya. CONSENTIDA O EJECUTORIADA, ARCHIVESE la causa, debiendo anularse los antecedentes penales y judiciales generados por el trámite de éste proceso. Notifíquese.JUEZ: MARIO LOHONEL ABANTO QUEVEDO ESPECIALISTA: GABRIELA RONCAL CHÁVEZ Cajamarca, 26 de abril de 2016 F.P. 27 – 28 -29 Abril EDICTO PENAL EXP NRO. 411-2015-0-0601-JRPE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Se cita y emplaza a: LUIS ALAYA ZELADA Y MIRTHA ALAYA ZELADA Miércoles, 27 de abril del 2016 SE HA DADO CUENTA Se ha dado cuenta con el presente proceso penal y escrito de apelación presentado por el abogado del actor civil Fredy Flores Llanos, y la agraviada Irma Cercado Atalaya, AGRÉGUESE a los autos. Primero.- Mediante escrito de fecha 12 de abril de 2016, el abogado del actor civil Fredy Flores Llanos, y la agraviada Irma Cercado Atalaya, interponen recurso de apelación contra la resolución número diez, que declara fundado el requerimiento de sobreseimiento solicitado por la fiscal provincial Mixta de la Encañada a favor de las imputadas Rosa Bautista Eras, Luisa Alaya Zelada y Mirtha Alaya Zelada, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de Usurpación Turbación de la posesión mediante violencia o amenaza y en su forma agravada con intervención de dos o más persona en agravio de Fredy Flores Llanos e Irma Cercado Atalaya. Segundo.- De la revisión del escrito de apelación presentado por el recurrente, se aprecia que éste se encuentra dentro del plazo de ley; toda vez que en audiencia de control de sobreseimiento de fecha cinco de abril de 2016, interpuso recurso de apelación contra la resolución indicada en el primer considerando; concediéndole el plazo de cinco días a efectos de que presente su fundamentación por escrito y cumpliendo así con las formalidades indicadas en el artículo 405° del Procesal Penal; por lo cual, su pedido debe ampararse. Tercero.- La ley fundamental del Estado reconoce como principio y derecho de la función jurisdiccional la pluralidad de instancias, esto es, la posibilidad de recurrir ante el órgano jerárquico superior en vía de apelación con la finalidad de que se revise la resolución que le causa agravio, el mismo que para su interposición deberá efectuarse cumpliendo las formalidades y plazos previstos por la ley para cada uno. Cuarto.- El artículo 405° inciso 2 del Código Procesal Penal prescribe que: (…) “Los recursos interpuestos oralmente contra resoluciones finales expedidas en la audiencia se formalizaran por escrito en el plazo de cinco días, salvo disposición distinta en la ley ”(…). DECISIÓNPor estas consideraciones y fundamentos, SE RESUELVE: CONCEDER RECURSO DE APELACION interpuesto por el abogado del actor civil Fredy Flores Llanos, y la agraviada Irma Cercado Atalaya contra la resolución número diez, que declara fundado el requerimiento de sobreseimiento (fs. 106 a 111), en la cual se declara fundado el requerimiento de sobreseimiento. En consecuencia, ELÉVESE los actuados a la Sala Penal de Apelaciones, con la debida nota de atención. Asimismo, AGRÉGUESE a los autos el oficio remitido por el Jefe de la Central de Notificaciones. Notifíquese. Notifíquese.JUEZ: MARIO LOHONEL ABANTO QUEVEDO ESPECIALISTA: GABRIELA RONCAL CHÁVEZ Cajamarca, 26 de abril de 2016 F.P. 27 – 28 -29 Abril EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00305-2015-0-0610-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CHOTA. SE NOTIFICA por el presente a la persona de: SALOMON HUAMANTA COLUNCHE, con DNI N° 41782746, mediante resolución número uno se requiere al acusado, a fin de que en el plazo de tres días, cumpla con designar un abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de designar un abogado de la Defensoría Pública para que asuma PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV la defensa técnica del acusado, por la presunta comisión del delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del ESTADO. RAMIREZ CALDERON: JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA. QUIROZ: ESPECIALISTA JUDICIAL. (3 V). Chota, 16 de Febrero del 2 015. DAVID W. RAMIREZ CALDERON JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA F.P. 27 – 28 -29 Abril EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00130-2015-0-0610-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CHOTA. SE NOTIFICA por el presente a la persona de: NOLBERTO CUEVA BARBOZA, con DNI N° 27365803 , mediante resolución número dos se requiere al Representante de la menor agraviada, a fin de que en el plazo de diez días, cumpla con lo establecido en el artículo 350° de NCPP, en el proceso seguido en contra de JACOBO EDQUEN GALLARDO sobre el delito de FEMINICIDIO en agravio de OFELIA CUEVA DÍAZ. RAMIREZ CALDERON: JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA. QUIROZ: ESPECIALISTA JUDICIAL. (3 V). Chota, 09 de Febrero del 2 016. DAVID W. RAMIREZ CALDERON JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA F.P. 27 – 28 -29 Abril “Año de la Consolidación del Mar de Grau” COMUNICADO La Coordinación de Personal de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca pone en conocimiento a todos los Magistrados y Servidores de esta Corte que han solicitado licencia por las Elecciones Generales 2016, según Decreto Supremo N.° 004-2016-TR. Obligatoriamente, deberán acreditar haber ejercido su derecho a voto, presentando la copia de su DNI con el respectivo holograma ante la Oficina de Personal, teniendo como plazo máximo hasta el día viernes 29 del presente año. Caso contrario su inasistencia será sometida a descuento de ley, y posteriormente a proceso administrativo disciplinario correspondiente. COORDINACIÓN DE PERSONAL 27/28/29 DE ABRIL
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