Gaceta Judicial-763330-cj270416

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
Miércoles, 27 de abril del 2016
PERÚ SERÁ SEDE DE LA REUNIÓN
PREPARATORIA DE LA XIX CUMBRE
IBERAMERICANA DE JUSTICIA
● Presidentes de Cortes Liderarán Cumplimiento de Productos del PNAJPV
L
a Asamblea plenaria de
la Cumbre Judicial Iberoamericana (CJI), reunida en Paraguay, eligió al Perú
como sede de la Reunión Preparatoria de la XIX Edición de
la Cumbre, que se realizará en
el 2018 en Ecuador, en mérito
a los logros en la ejecución de
las 100 Reglas de Brasilia a
favor de la población vulnerable, que realiza el Poder Judicial del Perú bajo el liderazgo
de su presidente Víctor Ticona
Postigo.
Esta noticia fue recibida
con gran entusiasmo por los
presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, quienes
participaron el viernes último en
una videoconferencia dirigida
por la Jueza Suprema Carmen Julia Cabello Matamala,
Coordinadora Nacional del Programa Nacional de Acceso a
la Justicia de las Personas en
Condición de Vulnerabilidad
y Justicia en tu Comunidad
(PNAJPVJC) .
La magistrada indicó que
Perú conquistó ser sede de
la reunión preparatoria, que
se realizará entre el 12 y 15
de diciembre de este año con
la participación de 23 países,
inmediatamente después que
el presidente del Poder Judicial
Víctor Ticona Postigo presentara el Plan Nacional de Acceso
a la Justicia de Personas en
Condición de Vulnerabilidad –
Poder Judicial 2016-2021, en
el seno de la Cumbre Judicial
Iberoamericana.
“En ese escenario el presidente Víctor Ticona informó
en Asunción, Paraguay ante la
Cumbre sobre el lanzamiento del Plan Nacional, dando
cuenta de su validación por
33 presidentes de las Cortes
e instituciones vinculadas a
la institución; la socialización
y articulación con las diferentes instituciones del Estado y
representaciones
internacionales, y su consecutiva aprobación unánime por el Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial”,
afirmó la Coordinadora Nacional del (PNAJPVyJC).
Asimismo, el Perú logró integrarse como colaborador de
la Mesa de Trabajo de la Comisión de Género de la Cumbre
Judicial Iberoamericana, encargo asumido por la Vocal Suprema Elvia Barrios Alvarado, y
de la Comisión de Seguimiento
de las 100 Reglas de Brasilia,
encargo que recae en la magistrada Carmen Julia Cabello
Matamala.
La Jueza Suprema Carmen
Julia Cabello, también anun-
ció que el Perú será sede en
agosto próximo del pre Congreso Mundial de la Niñez y
Adolescencia, que se realizará
en noviembre en Paraguay. El
certamen organizado en forma
conjunta por el Ministerio de
Salud Pública y Bienestar Social y por la Secretaría Nacional de la Niñez y Adolescencia
del Paraguay, con el apoyo de
la Asociación para la Defensa
de los Derechos de la Infancia
y la Adolescencia (ADDIA).
Los presidentes de las Cortes Judiciales recibieron con
algarabía estas noticias de los
avances del Poder Judicial a nivel internacional y manifestaron
su plena disposición a proseguir
desarrollando el Plan Nacional
de Acceso a las Personas en
Condición de Vulnerabilidad, en
las estrategias, acciones y actividades dispuestas.
Consecuentemente, fueron
informados sobre el liderazgo
que les corresponderá en cada
una de las actividades programadas en el Plan Nacional
para lograr poner en marcha
los productos en las 33 cortes,
como son lactarios, salas de
uso múltiple, salas de encuentro familiares, cámaras gesell,
servicio de orientación al adolescente en conflicto con la ley
penal (SOA), justicia itinerante
para el acercamiento de los juzgados a los poblados lejanos;
Sistema Informático de Poblaciones Vulnerables (SISPOV)
con el fin de identificar, en los
procesos judiciales, a las personas en condición de vulnerabilidad; módulos de justicia de
paz escolar, señaléticas en lenguaje Braile, y las resoluciones
en lenguaje claro y sencillo.
Lima, 24 de abril de 2016
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE AVISOS JUDICIALES
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
2.
EDICTOS
CLASIFICADOS
CONSEJO
DE FAMILIA
EDICTO
Por Ante el Juzgado de Paz Letrado
de la Provincia de Hualgayoc - Bambamarca, que despacha la señora
Juez doctora MARIA LILINA MAMANI YUPANQUI. en el proceso de Familia N°00276-2015-0-0605-JP-FC-01,
se ha dispuesto mediante Resolución UNO de fecha diez de diciembre del año dos mil quince, admitir a
tramite la demanda interpuesta por
MARIA ERLITA LUCANO LLAMOCTANTA, contra SEGUNDO JUAN
SALDAÑA IDROGO, sobre FILIACION
JUDICIAL DE PA TERNIDAD- ALIMENTOS, DISPONIENDO correr traslado al demandado para que conteste la demanda en el termino de diez
días, bajo apercibimiento de seguir
el proceso en su rebeldia, en caso de
no contestar en el plazo señalado,
haciéndole conocer que como anexo especial de su contestación de
demanda deberá presentar la ultima declaración jurada para la aplicación del impuesto a la renta o del
documento que legalmente lo sustituya. ; PUBLIQUESE, en el diario La
República así como en la tablilla del
Juzgado y en los sitios que aseguren
su difusión, mediante Edictos por
espacio de tres días consecutivos.LUIS AGUILAR VILLANUEVA.-Secretario Judicial.
Bambamarca, 16 de marzo del 2016
Dra. María Liliana Mamani Yupanqui
JUEZ SUPERNUMERARIO – JUEZ DE
PAZ LETRADO
HUALGAYOC BAMBAMARCA
Luis A. Aguilar Villanueva
SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO
PAZ LETRADO
HUALGAYOC – BAMBAMARCA
P.5259744
F.P. 25-26-27 Abril
S/. 9.00
INSCRIPCIÓN Y
RECTIFICACIÓN
DE PARTIDAS
EDICTO JUDICIAL
Exp. 2016-002-C-JPLCTZA, Juzgado
de Paz Letrado Contumazá; en los
seguidos por MAURO ELISEO MENDOZA SALDAÑA contra el MINISTERIO PÚBLICO sobre RECTIFICACIÓN
DE PARTIDA DE NACIMIENTO: Mediante demanda de fecha catorce
de marzo del año dos mil dieciséis:
Mauro Eliseo Mendoza Saldaña solicita se inicie el presente proceso sobre Rectificación de Partida de Nacimiento a fin de que se rectifique
su partida de nacimiento, inscrita
Miércoles, 27 de abril del 2016
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
en la Municipalidad Provincial de
Contumazá. RESOLUCIÓN NUMERO
DOS: Contumaza, veintinueve de
Marzo del año dos mil dieciséis. SE
RESUELVE: 1.- ADMITIR a TRÁMITE
la solicitud interpuesta por MAURO
ELISEO MENDOZA SALDAÑA, sobre
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE
NACIMIENTO, en la vía del proceso
NO CONTENCIOSO; 2.- TÉNGASE por
ofrecidos los medios probatorios
que se indican; y AGREGUESE a los
autos los anexos acompañados; en
consecuencia, 3.- PUBLÍQUESE una
síntesis de la solicitud por una vez
en los diarios “El Peruano” y “La República”, y una vez presentadas las
publicaciones antes señaladas y sin
la oposición a la presente solicitud;
DESE cuenta para resolver; 4.- TÉNGASE por señalado su domicilio
procesal sito en el Jr. David León
N° 828 - Contumazá, lugar donde
se harán llegar las resoluciones que
emita éste Juzgado. Rony Alex Mejía
Portal Juez - Roxana Al van Zamora
Secretaria.
RONU ALEX MEJIA PORTAL
JUEZ SUPERNUMERARIO
JUZGADO DE PAZ LETRADO
CONTUMAZA
ROXANA ALVAN ZAMORA
ESPECIALISTA JUDICIAL
JUZGADO DE PAZ LETRADO
CONTUMAZA
P. 5264076
F.P. 27 Abril
S/.3.00
EDICTO
Exp. N° 42-2016-C, Juzgado de Paz
Letrado de La Provincia de Cajabamba, a Solicitud de CECILIA EDI
RODRIGUEZ DE VELASQUEZ; se
ha resuelto: ADMITIR a trámite la
solicitud sobre Rectificación de Partida de Nacimiento, al haberse consignado erróneamente mi nombre
como CICILIA, siendo lo correcto
“CECILIA”; por lo que es necesario
se realice la correspondiente Rectificación de Partida de Nacimiento, poniéndose en conocimiento de
la parte interesada para los fines de
ley, agréguese, publíquese, Cúrsele.Dra. Lidia Gutiérrez Catacora, Juez
del Juzgado de Paz Letrado de Cajabamba.- Luis Cabanillas Ruiz.- Especialista Legal.
Cajabamba, 05 de Marzo del 2016
Lidia Gutierrez Catacora
JUEZ
JUZGADO DE PAZ LETRADO
CAJABAMBA
Luis Alberto Cabanillas Ruiz
SECRETARIA JUDICIAL
JUZGADO DE PAZ LETRADO
CAJABAMBA
P.5266807 F.P. 27 Abril
S/.2.50
EDICTO
Exp. N° 08-2016-C, Juzgado de paz Letrado de la Provincia de Cajabamba,
a solicitud de ANA MARIA REYES
MORENO; se ha resuelto: ADMITIR
a trámite la solicitud presentada
B
por la recurrente, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento, de
su menor hija, por presentar como
error el apellido materno AGUILAR, siendo lo correcto “REYES”;
como también mi apellido paterno
ha sido cambiado a AGUILAR, siendo lo correcto “REYES, por lo que
es necesario se realice la correspondiente Rectificación de Partida de
Nacimiento, poniéndose en conocimiento de los interesados para los
fines de ley, agréguese, publíquese,
Cúrsele.- Dra. Lidia Gutiérrez Catacora, Juez del Juzgado de Paz Letrado de Cajabamba.- Luis A. Cabanillas
Ruiz.- Especialista Legal.
Cajabamba, 05 de Abril del 2016
Lidia Gutierrez Catacora
JUEZ
JUZGADO DE PAZ LETRADO
CAJABAMBA
Luis Alberto Cabanillas Ruiz
SECRETARIA JUDICIAL
JUZGADO DE PAZ LETRADO
CAJABAMBA
P.5266807 F.P. 27 Abril
S/.2.50
PRESCRIPCION
ADQUISITIVA
EDICTO
EXP. N° 2016-30-C ante el Juzgado
Mixto Cajabamba, Juez Doctora
Edith Margarita Trillo Espinoza,
en el Proceso seguido por Segundo Manuel Cruz Bartolo, contra
Estado Peruano - COFOPRI, sobre
Prescripción Adquisitiva de Dominio. Se publica lo siguiente:
Resolución Número: DOS de fecha quinde de marzo del dos mil
dieciséis, se Admite a trámite la
demanda interpuesto por Segundo Manuel Cruz Bartolo, contra
Estado Peruano- COFOPRI, sobre
Prescripción Adquisitiva de Dominio, de la propiedad ubicada
en la Mz. 164 Lt. 2 de la provincia
de Cajabamba, inscrito con Partida
Electrónica N° P32012768, de un
área de 234.26 M2, téngase por ofrecidos los medios probatorios que
se indican en el escrito de demanda, PUBLIQUESE un extracto de la
presente resolución por el término
perentorio de TRES con intervalo de
TRES días cada publicación, con la
finalidad de que quien se considere
con derecho se apersone al presente
proceso.Dra. EDITH M. TRILLO ESPINOZA.
JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO
CAJABAMBA.
DR. MARLON IVAN OTINIANO
AMAMBAL.
SECRETARIO JUZGADO MIXTO
CAJABAMBA.
Cajabamba, 31 de Marzo del 2016.
Edith Margarita Trillo Espinoza
JUEZ
JUZGADO MIXTO – CAJABAMBA
MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL
SECRETARIO JUDICIAL
JUZGADO MIXTO
CAJABAMBA
P. 5250080
F.P. 15-21-27 Abril
S/. 9.00
3.NOTIFICACIÓN
POR EDICTOS
EXP. N° 2015-157-C ante el Juzgado
Mixto de Cajabamba, Juez Doctora
Edith Margarita Trillo Espinoza, en
el Proceso seguido por MARTINEZ
NIEVES MUÑOZ, contra DAMASO
NIEVES MUÑOZ, sobre DIVISION Y
PARTICION: Se publica lo siguiente:
Resolución Número: uno de fecha
nueve de noviembre del dos mil
quince,, se admite a trámite la demanda interpuesta por MARTINEZ
NIEVES MUÑOZ, contra DAMASO
NIEVES MUÑOZ, sobre DIVISION Y
PARTICION. Traslado de la presente
demanda a fin de que, QUIEN SE
CONSIDERE CON DERECHO se apersone al proceso y absuelva la presente demanda, del bien inmueble
denominado “EL PALO PLANTADO”
con una superficie de 17 Has. ubicado en San Juan, Distrito Sitacocha,
Provincia de Cajabamba, Departamento de Cajamarca. PUBLIQUESE
un extracto de la presente resolución, en el Diario “La República, en
la Tablilla de la Municipalidad Provincial y en el Jugado Mixto de esta
Provincia, por el termino perentorio de TRES DIAS CON INTERVALO
DE TRES DIAS CADA PUBLICACION.
NOTIFICANDOSE.Dra. Edith Margarita Trillo Espinoza.
JUEZ TITULAR DEL JUZGADO MIXTO DE CAJABAMBA
Dr. Marlon Ivan Otiniano Amambal.
SECRETARIO DEL JUZGADO MIXTO
DE CAJABAMBA
Cajabamba, 18 de Diciembre del
2015.
Edith Margarita Trillo Espinoza
JUEZ
JUZGADO MIXTO – CAJABAMBA
MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL
SECRETARIO JUDICIAL
JUZGADO MIXTO
CAJABAMBA
P. 5256587
F.P. 21-27 Abril 03 Mayo
S/.10.80
EDICTO CIVIL
Ante el Primer Juzgado Mixto de la
Provincia de San Miguel que Despacha la Juez Titular DRA ANA
MARDELY PACHECO AGUILAR,
en el Proceso Civil N° 107- 2012-CI,
seguido por YOLANDA RAMÍREZ
ALCÁNTARA en contra de JILMER
GILBERTO AGUILAR ESPINAL Y
OTROS sobre REIVINDICACIÓN, se
ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION N° CUARENTA Y DOS: NOTIFICAR por edictos por el plazo
de SESENTA DÍAS a los sucesores
de la demandada fallecida ZULEMA
LOZANO HERNÁNDEZ, para que se
apersonen a la instancia y puedan
hacer efectivo sus derechos, bajo
apercibimiento de nombrársele cu-
Miércoles, 27 de abril del 2016
rador procesal; PUBLIQUSE un extracto de la demanda por TRES VECES CON UN INTERVALO DE TRES
DIAS en el diario oficial “El Peruano” y en el diario “la República”.
San Miguel, 15 de Diciembre del
2015
ANA M. PACHECO AGUILAR
JUEZ TITULAR
PRIMER JUZGADO MIXTO
SAN MIGUEL
JUAN E. HERNANDEZ RODRIGUEZ
SECRETARIO JUDICIAL
PRIMER JUZGADO MIXTO
SAN MIGUEL
P. 5248699
F.P. 15-21-27 Abril
EDICTO
EXP. N° 2012-86-C ante el Juzgado
Mixto Cajabamba, juez Doctora
Edith Margarita Trillo Espinoza,
en el Proceso seguido por Adelmo
García Ulloa, contra Ismael Loayza Ulloa y otros, sobre Nulidad
de Acto jurídico. Se publica lo siguiente: Resolución Número: ONCE
de fecha tres de marzo del dos mil
dieciséis, Notifíquese la sucesión
intestada de Hipólito García
Ulloa, a efecto de que comparezca al proceso dentro del plazo de
Treinta días de efectuada la última
publicación, bajo apercibimiento
de nombrársele Curador Procesal en caso de incumplimiento a
lo antes ordenado, PUBLIQUESE un
extracto de la presente resolución
por el término perentorio de TRES
con intervalo de TRES días cada publicación.Dra. EDITH M. TRILLO ESPINOZA.
JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO
CAJABAMBA.
DR. MARLON IVAN OTINIANO
AMAMBAL.
SECRETARIO JUZGADO MIXTO
CAJABAMBA.
Cajabamba, 16 de Marzo del 2016.
Edith Margarita Trillo Espinoza
JUEZ
JUZGADO MIXTO – CAJABAMBA
MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL
SECRETARIO JUDICIAL
JUZGADO MIXTO
CAJABAMBA
P. 5249045
F.P. 15-21-27 Abril
4.EDICTOS
PENALES
EDICTO PENAL
QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA
ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena
Carrión Rojas.
Exp. 0635-2015-2-0601-JR-PE-05
SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO
ORAL, en el presente proceso, que
se realizará en ACTO PRIVADO el
día LUNES NUEVE DE MAYO DEL
DOS MIL DIECISEIS, a las CUATRO Y CUARENTA Y CINCO DE
LA TARDE, la misma que se llevará
a cabo en la Sala de Audiencias
del Juzgado Colegiado - 8vo. Piso
de la Corte Superior de Justicia de
Cajamarca, ubicada en la Av. La
Cantuta cuadra. 12, Urb. Villa
Universitaria, frente al Complejo
Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos,
con vidrios reflectivos). Debiendo
el acusado JUAN HUAMAN ROJAS,
concurrir obligatoriamente a la
audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO
AUSENTE o CONTUMAZ, en caso
de inconcurrencia, ordenándose
su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la
fuerza policial, disponiéndose el
archivo provisional del proceso.
En los seguidos en su contra por el
delito contra la familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia
Familiar, en agravio de Luis Edgar
Huamán Huamán. Suscribe el señor
Juez: Domingo Celestino Alvarado Luis y el especialista judicial:
Lorena Carrión Rojas.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
CAJAMARCA
DOMINGO CELESTINO ALVARADO
LUIS
JUEZ TITULAR
F.P. 25-26-27 Abril
EDICTO PENAL
QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA
ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena
Carrión Rojas.
Exp. 01796-2015-1-0601-JR-PE-01
SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO
ORAL, en el presente proceso, que
se realizará en ACTO PRIVADO el
día LUNES DIECISEIS DE MAYO
DEL DOS MIL DIECISEIS, a las
CUATRO DE LA TARDE, la misma
que se llevará a cabo en la Sala de
Audiencias Número Dos - 2do.
Piso de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av.
La Cantuta cuadra. 12. Urb. Villa
Universitaria, frente al Complejo
Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos,
con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado SANTOS NICOLAS
QUISPE CUZCO, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada,
bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE o CONTUMAZ,
en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional
por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del
proceso. En los seguidos en su
contra por el delito contra la familia, en su modalidad de Omisión de
Asistencia Familiar, en agravio de
Jhon Fredek Quispe Olivera. Suscribe el señor Juez: Domingo Celestino Alvarado Luis y el especialista
judicial: Lorena Carrión Rojas.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
CAJAMARCA
DOMINGO CELESTINO ALVARADO
LUIS
JUEZ TITULAR
F.P. 25-26-27 Abril
EDICTO PENAL
QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA
ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena
Carrión Rojas.
Exp. 01812-2015-2-0601-JR-PE-01
SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO
ORAL, en el presente proceso, que se
realizará en ACTO PRIVADO el día
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
3
LUNES NUEVE DE MAYO DEL DOS
MIL DIECISEIS, a las CUATRO Y
TREINTA DE LA TARDE, la misma
que se llevará a cabo en la Sala de
Audiencias Número Cuatro - 6to.
Piso de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av.
La Cantuta cuadra. 12. Urb. Villa
Universitaria, frente al Complejo
Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos,
con vidrios reflectivos). Debiendo
el acusado JUAN MANUEL ALVA
CARRASCO, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo
apercibimiento de ser declarado
REO AUSENTE o CONTUMAZ, en
caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción
compulsiva a nivel nacional por
la fuerza policial, disponiéndose
el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por
el delito contra la familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia
Familiar, en agravio de Ruth Esther
Cueva Cerquin. Suscribe el señor
Juez: Domingo Celestino Alvarado Luis y el especialista judicial:
Lorena Carrión Rojas.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
CAJAMARCA
DOMINGO CELESTINO ALVARADO
LUIS
JUEZ TITULAR
F.P. 25-26-27 Abril
EDICTO PENAL
PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE DE
CAJAMARCA
ESPECIALISTA: DIANA MONTENEGRO MESONES.
Exp. N° 210-2015-1 -0601 -JR-PE-02.
SE RESUELVE: CITAR A JUICIO
ORAL, en la presente causa, que
se realizará en acto público el día
TREINTA Y UNO DE ABRIL DEL
DOS MIL DIECISEIS, a horas cuatro y treinta de la tarde ( 4:30
P.M.), la misma que se llevará a cabo
en la SALA DE AUDIENCIAS DEL
COLEGIADO ( 8vo Piso) del nuevo
local de la sede de la Corte Superior
de Justicia de Cajamarca ubicado en
la Av. La Cantuta Cdra 12 Urb. Villa
Universitaria frente del Complejo
Gran Qhapac Ñan. ( Edificio de 9 pisos con vidrios reflectivos), debiendo concurrir eI acusado WILTON
ABDUL RAMOS PISCOYA, BAJO
APERCIBIMIENTO de ser declarado
REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la
audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación
y captura por la fuerza policial en
los seguidos en su contra por el delito de Conducción de Vehículo Motorizado en Estado de Ebriedad.- Suscribe el Señor Juez Severino Vargas
Calderón y el especialista Judicial
Diana Montenegro Mesones.
SEVERINO VARGAS CALDERON
JUEZ
PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL
CAJAMARCA
F.P. 25-26-27 Abril
EDICTO PENAL
PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE DE
CAJAMARCA
ESPECIALISTA: DIANA MONTE-
4
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE NEGRO MESONES.
Exp. N° 584-2015-1 -0601 - JRPE-05.
SE RESUELVE: CITAR A JUICIO
ORAL, en la presente causa, que
se realizará en acto público el día
DIECINUEVE DE MAYO DEL DOS
MIL DIECISEIS, a horas CUATRO
DE LA TARDE), ( 4.P.M.), la misma
que se llevará a cabo en la SALA DE
AUDIENCIAS DEL COLEGIADO (
8vo Piso) del nuevo local de la sede
de la Corte Superior de Justicia de
Cajamarca ubicado en la Av. La Cantuta Cdra 12 Urb. Villa Universitaria
frente del Complejo Gran Qhapac
Ñan. ( Edificio de 9 pisos con vidrios
reflectivos), debiendo concurrir el
acusado SANTOS ESCOBAL HUARIPATA BAJO APERCIBIMIENTO
de ser declarado REO CONTUMAZ,
en caso de inconcurrencia, previa
verificación en la audiencia, con
la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación y captura por la
fuerza policial en los seguidos en su
contra por el delito de Omisión de
Asistencia Familiar en agravio de
Deivi Wilder Escobal Vigo.- Suscribe
el Señor Juez Severino Vargas Calderón y el especialista Judicial Diana
Montenegro Mesones.
SEVERINO VARGAS CALDERON
JUEZ
PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL
CAJAMARCA
F.P. 25-26-27 Abril
EDICTO PENAL
Exp. N° 1710-2014-0-0601-JR-PE-03
TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE
CAJAMARCA
Se cita y emplaza a:
LLANOS PEREZ BERTA ALFREDA
D A D O
CUENTA con el requerimiento fiscal de sobreseimiento presentado
por el Fiscal de la Tercera Fiscalía
Provincial Penal Corporativa de
Cajamarca; en tal sentido, AGRÉGUESE a los autos y atendiendo a
lo requerido, conforme a lo previsto
en el artículo 345º del CPP, TRASLADESE a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de
DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de
que de creerlo conveniente, puedan
por escrito formular oposición a la
solicitud de archivo, la misma que,
bajo sanción de inadmisibilidad, deberá
estar debidamente fundamentada
y puedan solicitar la realización de
actos de investigación adicionales,
indicando su objeto y los medios
de investigación que considere procedentes; todo ello con el objeto de
ser debatido en la audiencia preliminar
de control de sobreseimiento. COMUNIQUESE que la carpeta fiscal original
se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de
Investigación Preparatoria, para los
fines que correspondan, la misma
que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos
domicilios procesales señalados en
autos, incluida a la parte agraviada.
Interviniendo la especialista que da
cuenta. Notifíquese.JUEZ: MARIO LOHONEL ABANTO
QUEVEDO
ESPECIALISTA: GABRIELA RONCAL
CHÁVEZ
Miércoles, 27 de abril del 2016
Cajamarca, 21 de abril de 2016
F.P. 25- 26-27 Abril
EDICTO PENAL
EXP NRO. 1737-2015-0-0601-JRPE-03
TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE
CAJAMARCA
Se cita y emplaza a: ROBLES VALERA SANTOS MILER
DADO CUENTA con
el escrito presentado por el abogado
defensor público y devolución de
cedula de notificación; TENGASE
por apersonada al presente proceso
en calidad de abogada defensora del
imputado SANTOS MILER ROBLES
VALERA; por señalado su domicilio
procesal en el lugar que indica en
donde se le hará llegar las resoluciones que se emitan en el presente proceso; TENGASE por absuelto
el traslado de la acusación en los
términos que expone; TENGASE
por presentada la solicitud de aplicación de criterio de oportunidad;
PONGASE a conocimiento de las
partes procesales; RESERVESE todo
pronunciamiento para ser efectuado en la audiencia correspondiente; y conforme a lo previsto en el
artículo 351° numeral 1) del Código
Procesal Penal; CITESE para el día
OCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas DIEZ DE LA MAÑANA
CON TREINTA MINUTOS (10:30 hrs.) la
realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE LA ACUSACIÓN,
la misma que se llevará a cabo en
la SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO DOS
(02) de la Sede de la Corte Superior
de Justicia de Cajamarca, con la presencia obligatoria del señor Fiscal
y la abogada defensor público del
acusado, bajo apercibimiento en caso
de inconcurrencia injustificada del
primero de los nombrados de poner
en conocimiento de su conducta al
Órgano de Control Interno del Ministerio Público, a fin de que proceda con las sanciones disciplinarias
respectivas; y, para la segunda de comunicar su conducta a la Dirección
Distrital de la Defensoría Pública
del Distrito Judicial de Cajamarca; a
fin de que procedan conforme a sus
atribuciones, ello de conformidad a
lo prescrito por el artículo 85° del
Código Procesal Penal; sin perjuicio
de ser sancionado disciplinariamente, en mérito a lo prescrito por
el artículo 292° de la Ley Orgánica
del Poder Judicial. PRECÍSESE que
las partes deberán estar presentes
con cinco minutos de anticipación
en la sala respectiva y con las formalidades de ley; asimismo, que la
resolución dictada oralmente en la
audiencia preliminar, se entenderá
notificada a las partes asistentes
y también a quienes hayan sido
debidamente citados y cuya concurrencia haya sido ordenada como
obligatoria, aunque éstos no hayan
concurrido, conforme lo dispone el
artículo 16°, incisos 1) y 2) del Reglamento de Notificaciones, Citaciones
y Comunicaciones bajo las Normas
del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa Nº
096-2006-CE-PJ. Interviniendo la Especialista Judicial que da cuenta por
disposición superior. Notifíquese.JUEZ: MARIO LOHONEL ABANTO
QUEVEDO
ESPECIALISTA: GABRIELA RONCAL
CHÁVEZ
Cajamarca, 21 de abril de 2016
F.P. 25- 26-27 Abril
EDICTO PENAL
Exp. N° 365-2015-0-0601-JR-PE-02
CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE
CAJAMARCA
Especialista: Karin Danixa Vigo Portal
Se cita y emplaza a:
SAMUEL AGUILAR VÁSQUEZ
SE HA DADO CUENTA con el presente proceso y teniendo en cuenta
la razón emitida por el Especialista
Judicial de Audiencias; REPROGRÁMESE la fecha para el día 11
DE MAYO DE 2016, a las 09:00 HORAS
DE LA MAÑANA (hora exacta) para la
realización de la audiencia preliminar de sobreseimiento que se llevará
a cabo con la parte procesal que
concurra en la sala de audiencias
número tres (03) de esta Corte Superior de Justicia de Cajamarca, con
la presencia obligatoria del Fiscal
bajo apercibimiento de poner en conocimiento la conducta al Órgano de Control Interno del Ministerio Público para
que proceda conforme a sus atribuciones
en caso de inconcurrencia injustificada.
PRECÍSESE que las partes deberán
estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados
deberán asistir con la constancia
de habilitación respectiva y con las
formalidades de Ley. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos
domicilios señalados en autos, respecto del procesado Samuel Aguilar
Vásquez, notifíqueselo mediante
edictos por el término de tres de
TRES DÍAS en el Diario Judicial “La
República”,OFÍCIESE con tal
Cajamarca, 21 de abril del 2016.
EDUARDO RAMON UCEDA FLORES
JUEZ PENAL TITULAR
4° JUZGADO INVESTIGACION
PREPARATORIA
N.C.P.P.
CAJAMARCA
F.P. 25- 26-27 Abril
EDICTO PENAL
EXP NRO. 1782-2013-0-0601-JRPE-03
TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE
CAJAMARCA
Se cita y emplaza a:
NESTOR VICTOR COTACALLAPA
URVIOLA
LAYME MAMANI HECTOR ORLANDO
SE HA DADO CUENTA con el presente expediente. SE
RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA, la instalación de la presente
audiencia de control de requerimiento mixto. REPROGRAMAR,
la realización de la audiencia de
CONTROL DE REQUERIMIENTO
DE ACUSACIÓN para el día TRES
DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISEIS a las DIEZ DE LA MAÑANA
en SALA DE AUDIENCIA NÚMERO
DOS (segundo piso) DE LA CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA (SEDE QHAPAC ÑAN).
DISPONIENDO la notificación a las
demás partes procesales incluso al
abogado defensor excluido. NOTI-
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
FIQUESE a todas las partes procesales en sus domicilios reales, y en
el caso del señor LAIVE MAMANI
HÉCTOR ORLANDO se le notifique
a través de la Dirección del Instituto
Nacional Penitenciario, con el expreso pedido para que esta persona
sea ubicada en el Establecimiento
Penal en el que se encuentre y allí
sea notificada a través del Director
de dicho Establecimiento Penal, debiendo devolverse las cédula oportunamente. NOTIFICAR en el caso
del señor NESTOR VICTOR COTACALLAPA URVIOLA y del señor
LAIVE MAMANI subsidiariamente
por EDICTOS que se publicaran
por TRES DIAS CONSECUTIVOS
en el diario judicial de éste Distrito
Judicial a efectos de agotar toda la
medida posible a efectos de contar
con su conocimiento y convocatoria
para la audiencia de control. Notifíquese.JUEZ: MARIO LOHONEL ABANTO
QUEVEDO
ESPECIALISTA: GABRIELA RONCAL
CHÁVEZ
Cajamarca, 20 de abril de 2016
F.P. 25- 26-27 Abril
EDICTO JUDICIAL
Expediente N° 2013-188-F, En el
Juzgado Mixto de la Provincia de
Celendín, que despacha la señorita
Juez Dra. Julissa Aseijas Silva, en el
proceso seguido contra JOSE DEYVIS MARIN YNFANTE y LUZMILA
PANTOJA RODRIGUEZ sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de
CARMENSITA ELAINE LINARES
YNFANTE, se ha emitido la resolución número QUINCE, que RESUELVE: NOTIFÍQUESE a la agraviada
CARMENSITA ELAINE LINARES
YNFANTE y a los demandados JOSE
DEYVIS MARIN YNFANTE y LUZMILA PANTOJA RODRIGUEZ, con
un extracto de la presente resolución y resolución que contiene el
ACTA DE AUDIENCIA Y SENTENCIA,
MEDIANTE EDICTOS los mismos
que se publicarán en el diario oficial LA REPÚBLICA, por el plazo de
tres días consecutivos.
RESOLUCIÓN NÚMERO TRECE:
que resuelve declarar SANEADO el
presente proceso por la existencia
de una relación jurídica procesal
válida entre las partes; se fijaron
puntos controvertidos, se admitieron medios probatorios y se
formularon alegatos.
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTISIETE (SENTENCIA); que FALLA:
DECLARO FUNDADA la demanda
de violencia familiar en su modalidad de maltrato físico interpuesta
por el representante del Ministerio
Público, contra JOSE DEYVIS MARIN YNFANTE y LUZMILA PANTOJA RODRIGUEZ, sobre VIOLENCIA
FAMILIAR en agravio de CARMENSITA ELAINE LINARES YNFANTE,
en consecuencia: ORDENO como
MEDIDAS DE PROTECCIÓN definitivas a favor de la agraviada las
siguientes: 1) Abstenerse de realizar
cualquier tipo de agresión física (bofeteadas, lesiones con objetos, patadas y otros golpes) y/o psicológica
(insultos, amnesias, degradaciones,
humillaciones, vejaciones, entre
otros); 2) Abstenerse de tomar cualquier tipo de represalias en forma
directa o indirecta en agravio de la
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE agraviada antes mencionada; bajo
apercibimiento de remitirle copias
a la Fiscalía Provincial Penal a que
proceda a investigación por el delito de desobediencia a la autoridad
en caso de incumplimiento; FIJO
como reparación civil a favor de la
agraviada CARMENSITA ELAINE
LINARES YNFANTE la suma de
QUINIENTOS SOLES (s/. 500.00);
suma que será cancelada por los
demandados de manera solidaria
en la proporción de S/. 250.00 nuevos soles cada uno, suma que será
cancelada por el demandado en el
plazo de treinta días de haber sido
notificado con la resolución que
declara consentida la sentencia;
monto que deberá cancelar mediante depósito judicial del Banco de la
Nación y presentarlo con un escrito
ante este juzgado.
Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva
Secretario Judicial.- Lenin Salazar
Salazar
Julissa Aseijas Silva
JUEZA TITULAR
JUZGADO MIXTO DE CELENDIN
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
CAJAMARCA
LENIN MANUEL SALAZAR SALAZAR
SECRETARIO JUDICIAL
JUZGADO MIXTO CELENDIN
F.P. 25-26-27 Abril
EDICTO JUDICIAL
Expediente N° 2016-57-F, En el
Juzgado Mixto de la Provincia de
Celendín, que despacha la señorita
Juez Dra. Julissa Aseijas Silva, en el
proceso seguido por DINA AYALA
ATALAYA y GUILLERMO AYALA
ATALAYA contra ROSA GLADYS
AYALA ATALAYA y FELIPA ATALAYA ZABALETA sobre Violencia
contra las Mujeres y los integrantes del Grupo Familiar, se ha emitido las: RESOLUCIÓN NÚMERO
UNO, que RESUELVE: TÉNGASE POR
RECEPCIONADO los actuados que se
indican, en aplicación de la Ley N°
30364 “Ley para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra las
Mujeres y los integrantes del Grupo
Familiar”, publicada el 23 de noviembre de 2015; y de conformidad
con lo establecido en el artículo 16°
de la referida Ley; SEÑÁLESE fecha
PARA LA AUDIENCIA OTRAL, EL
DÍA LUNES 22 DE FEBRERO DEL
AÑO EN CURSO, A HORAS TRES Y
TREINTA MINUTOS DE LA TARDE
(HORA EXACTA) en el local del
juzgado ubicado en el esquina de
la Av. Túpac Amaru y Jirón Bolognesi, de la ciudad de Celendín.
Para la emisión de la resolución correspondiente.
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS: REPROGRÁMESE la audiencia oral
para el día MIÉRCOLES CUATRO
DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
DIECISÉS, A LAS ONCE DE LA
MA{ANA, (HORA EXACTA) EN EL
LOCAL DEL JUZGADO UBICADO
EN LA ESQUINA DE LA AV. TÚPAC
AMARU y JIRÓN BOLOGNESI, DE
LA CIUDAD DE CELENDÍN, para la
emisión de la resolución correspondiente; NOTIFÍQUESE a las partes
procesales con un extracto de la
resolución número uno y la presente resolución; los mismos que
se publicarán en el Diario Oficial
La República, por el plazo de tres
días consecutivos.
Miércoles, 27 de abril del 2016
Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva
Secretario Judicial.- Lenin Salazar
Salazar
Julissa Aseijas Silva
JUEZA TITULAR
JUZGADO MIXTO DE CELENDIN
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
CAJAMARCA
LENIN MANUEL SALAZAR SALAZAR
SECRETARIO JUDICIAL
JUZGADO MIXTO CELENDIN
F.P. 25-26-27 Abril
EDICTO PENAL
EXP NRO. 651-2014-0-0601-JRPE-03
TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE
CAJAMARCA
Se cita y emplaza a: GALLARDO MIRANDA CARLOS FELIPE
SE HA DADO CUENTA con el requerimiento acusatorio
incoado por la Fiscal Provincial de
la Segunda Fiscalía Provincial Penal
Corporativa, el mismo que preliminarmente reuniría los requisitos
establecidos por el artículo 349°
del Código Procesal Penal; en tal
sentido, AGRÉGUESE a los autos y,
de conformidad con lo previsto por
el artículo 350° del mismo cuerpo
normativo, TRASLÁDESE LA ACUSACIÓN a los demás sujetos procesales
por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS
HÁBILES, a efectos de creer conveniente puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse
conforme a lo previsto en el artículo
350° del Código Procesal Penal. PRECISÁNDOSE que las indicadas peticiones sólo serán objeto de debate en
la audiencia preliminar de control
de acusación, siempre y cuando
hayan sido fundamentadas por escrito
y presentadas dentro del plazo de ley.
COMUNÍQUESE que la carpeta fiscal
original se encuentra en el Pool de
Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria,
para los fines que correspondan,
la misma que deberá correr como
ACOMPAÑADO a la presente carpeta,
manteniendo su foliación. Notifíquese VÍA EDICTOS al acusado en el
Diario Oficial de esta Corte Superior
de Justicia, por el lapso de tres días
hábiles consecutivos, con el extracto
de la presente resolución. Notifíquese.JUEZ: MARIO LOHONEL ABANTO
QUEVEDO
ESPECIALISTA: GABRIELA RONCAL
CHÁVEZ
Cajamarca, 22 de abril de 2016
F.P. 25-26-27 Abril
EDICTO PENAL
CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA
ESPECIALISTA JUDICIAL: MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA
Exp. 1573-2015-0601-JR-PE-03
SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR
A JUICIO ORAL, en el presente
proceso, que se realizará en ACTO
PÚBLICO el día 02 DE JUNIO DEL
AÑO DOS MIL DIECISEIS, a las
TRES Y CUARENTA DE LA TARDE,
la misma que se llevará a cabo en
la Sala de Audiencias N° TRES ,
de la Corte Superior de Justicia de
Cajamarca, ubicada en la Av. La
Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo
Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos,
con vidrios reflectivos). Debiendo el acusadoCABELLOS CHAVEZ
FRANCISCO JAVIER , concurrir
obligatoriamente a la audiencia
señalada, bajo apercibimiento de
ser declarado CONTUMAZ, en caso
de inconcurrencia, ordenándose
su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la
fuerza policial, disponiéndose el
archivo provisional del proceso.
En los seguidos en su contra por el
delito de OMISION A LA ASISTENCIA
FAMILIAR , en agravio de CABELLOS
MANTILLA EDGAR LARRY . Suscribe
el señor Juez: SANTOS LUIS VASQUEZ PLASENCIA , y la especialista
judicial: MARGOT CHAVEZ
F.P. 25-26-27 Abril
EDICTO PENAL
PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE DE
CAJAMARCA
ESPECIALISTA: DIANA MONTENEGRO MESONES.
Exp. N° 1652-2014-1-0601-JR-PE-04.
SE RESUELVE: CITAR A JUICIO
ORAL, en la presente causa, que
se realizará en acto público el día
CATORCE DE JUNIO DEL DOS
MIL DIECISEIS, a horas CUATRO
DE LA TARDE ( 04.P.M.), la misma
que se llevará a cabo en la SALA DE
AUDIENCIAS N° 4 ( 6to Piso) del
nuevo local de la sede de la Corte
Superior de Justicia de Cajamarca
ubicado en la Av. La Cantuta Cdra
12 Urb. Villa Universitaria frente del
Complejo Gran Qhapac Ñan. ( Edificio de 9 pisos con vidrios reflectivos), debiendo concurrir el acusado
ALAN WILLIAM SANCHEZ MOSQUEIR, BAJO APERCIBIMIENTO
de ser declarado REO CONTUMAZ
en caso de inconcurrencia, previa
verificación en la audiencia, con
la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación y captura por la
fuerza policial en los seguidos en su
contra por el delito de Conducción
en Estado de Ebriedad en agravio
de la Sociedad Cajamarquina.- Suscribe el Señor Juez Severino Vargas
Calderón y el especialista Judicial
Diana Montenegro Mesones.
SEVERINO VARGAS CALDERON
JUEZ
PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL
CAJAMARCA
F.P. 26-27-28 Abril
EDICTO PENAL
PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE DE
CAJAMARCA
ESPECIALISTA: DIANA MONTENEGRO MESONES.
Exp.N0 718-2015-2-0601 -JR-PE-01.
SE RESUELVE: CITAR A JUICIO
ORAL, en la presente causa, que
se realizará en acto público el día
NUEVE DE MAYO DEL DOS MIL
DIECISEIS, a horas CUATRO DE LA
TARDE (4.P.M.), la misma que se llevará a cabo en la SALA DE AUDIENCIAS N° 5 ( 7mo. Piso) del nuevo
local de la sede de la Corte Superior
de Justicia de Cajamarca ubicado
en la Av. La Cantuta Cdra 12 Urb.
Villa Universitaria frente del Complejo Gran Qhapac Ñan. ( Edificio
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
5
de 9 pisos con vidrios reflectivos),
debiendo concurrir el acusado ELMER DE LA CRUZ MORENO BAJO
APERCIBIMIENTO de ser declarado
REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la
audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación
y captura por la fuerza policial en
los seguidos en su contra por el delito de Conducción de Vehículo motorizado en estado de ebriedad en
agravio de la Sociedad Cajamarquina.- Suscribe el Señor Juez Severino
Vargas Calderón y el especialista Judicial Diana Montenegro Mesones.
F.P. 26-27-28 Abril
EDICTO PENAL
TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA
ESPECIALISTA JUDICIAL: JUAN
BRIONES ALVAREZ
Expediente N° 167-2011-10601-JR-PE-03
SE RESUELVE: Comunicar que la
audiencia de juicio oral se iniciará
EL DÍA VIERNES VEINTINUEVE
DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO A
HORAS NUEVE DE LA MAÑANA.
EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS: debiendo notificarse a
las demás partes procesales, bajo
apercibimiento en caso de inconcurrencia del representante del
Ministerio Público de comunicarse
a su superior jerárquico y de los
acusados Eleuterio Vásquez Escalante y Luciano Santos Sánchez
Tacilla, bajo apercibimiento de ser
declarados CONTUMAZ, en caso
de inconcurrencia, ordenándose
su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la
fuerza policial, disponiéndose el
archivo provisional del proceso.
En los seguidos contra por el delito
contra el Patrimonio, en su modalidad de Apropiación Ilícita y Otros,
en agravio del Estado. Suscribe el
señor Juez: GERMAN ENRIQUE
MERINÓ VIGO, y el especialista judicial: Juan Briones Álvarez.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
CAJAMARCA
TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL
GERMAN ENRIQUE MERINO VIGO
JUEZ
F.P. 26-27-28 Abril
EDICTO PENAL
EXP NRO. 1163-2014-0-0601-JRPE-03
TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE
CAJAMARCA
Se cita y emplaza a: EMPRESA DERCOCENTER
DADO CUENTA con el presente
proceso y escrito presentado por el
abogado José Leonidas Castillo Roman, mediante el cual devuelve cedula de notificación; indicando que
ha dejado de ser abogado defensor
del agraviado Empresa DERCOCENTER SAC Cajamarca; y estando a la
devolución de cedula de notificación N°16087-2016, que contiene la
resolución número catorce y requerimiento acusatorio en la que el notificador precisa que “no existe el
domicilio” (domicilio donde funciona la EMPRESA DERCOCENTER
SAC en la ciudad de Cajamarca);
6
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE En consecuencia, conforme lo prescrito en el artículo 128° del Código
Procesal Penal: “Cuando se ignore el
lugar donde se encuentra la persona que
deba ser notificada, la resolución se le
hará saber por edicto que se publicará
en el Diario Oficial de la sede de la Corte
Superior o a través del Portal o página
web de la Institución” y el artículo 18°
del Reglamento de Notificaciones,
Citaciones y Comunicaciones bajo
las normas del Código Procesal
Penal aprobado por Resolución
Administrativa 96-2006-CE-PJ, que
establece que “Cuando se ignore el
lugar donde se encuentre la persona a
notificar, la resolución correspondiente
se hará saber por medio de edictos, publicados durante tres días hábiles consecutivos en el diario oficial y en un diario
de los de mayor circulación del lugar del
último domicilio de la persona a notificar, si fuera conocido o, en su defecto, del
lugar del proceso, sin perjuicio de su publicación en la página web de la institución.”; este Despacho DISPONE: NOTIFÍQUESE a la agraviada Empresa
DERCOCENTER SAC - Cajamarca con
la presente resolución y la resolución N°14, mediante EDICTOS, en
el Diario Oficial “La República”, por
el lapso de tres días hábiles consecutivos, debiéndose oficiar para tal
fin. NOTIFÍQUESE.JUEZ: MARIO LOHONEL ABANTO
QUEVEDO
ESPECIALISTA: GABRIELA RONCAL
CHÁVEZ
Cajamarca, 18 de marzo de 2016.
F.P. 26-27-28 Abril
EDICTO PENAL
EXP NRO. 1163-2014-0-0601-JRPE-03
TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE
CAJAMARCA
Se cita y emplaza a: EMPRESA DERCOCENTER
SE HA DADO CUENTA con el requerimiento acusatorio incoado por la
Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa,
el mismo que preliminarmente reuniría los requisitos establecidos por
el artículo 349° del Código Procesal
Penal; en tal sentido, AGRÉGUESE
a los autos y, de conformidad con
lo previsto por el artículo 350° del
mismo cuerpo normativo, TRASLADESE LA ACUSACIÓN a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos
de creer conveniente puedan por
escrito y de manera fundamentada,
pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código
Procesal Penal. PRECISÁNDOSE que
las indicadas peticiones sólo serán
objeto de debate en la audiencia
preliminar de control de acusación,
siempre y cuando hayan sido fundamentadas por escrito y presentadas
dentro del plazo de ley. COMUNÍQUESE
que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas
Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines
que correspondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la
presente carpeta, manteniendo su
foliación. Notifíquese.JUEZ: MARIO LOHONEL ABANTO
QUEVEDO
ESPECIALISTA: GABRIELA RONCAL
CHÁVEZ
Miércoles, 27 de abril del 2016
Cajamarca, 18 de marzo de 2016.
F.P. 26-27-28 Abril
EDICTO PENAL
EXP NRO. 925-2015-1-0601-JRPE-03
TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE
CAJAMARCA
Se cita y emplaza a:
JUAN CARLOS RAMOS CHÁVEZ
DADO CUENTA;
con el oficio proveniente del Quinto
Juzgado Penal Unipersonal de Cajamarca, mediante el cual remite el
cuaderno de debate, el expediente
judicial y el cuaderno de acusación
directa correspondiente a la presente causa penal; AGRÉGUESE a los
autos; y, en mérito a lo dispuesto:
PROCÉDASE con la ejecución de la
sentencia de fecha 17 de marzo de
2016 en tal sentido. REQUIÉRASE
al sentenciado JUAN CARLOS RAMOS CHAVEZ cumpla de manera
oportuna con lo indicado en la
sentencia de fecha 17 de marzo de
2016 en tal sentido. OFICIESE a la
Oficina de Tratamiento de Medio Libre y Penas Limitativas de Derechos
del INPE, a fin coordinar la Unidad
Ejecutoria en la cual el sentenciado
cumplirá con las VEINTICUATRO
(24) JORNADAS DE PRESTACIÓN DE
SERVICIOS COMUNITARIO- DIEZ
(10) HORAS SEMANALES que deberá
cumplir los días sábados, domingos
y/o feriados, bajo apercibimiento
de convertir o revocar, según corresponda y de conformidad con
lo establecido en los artículos 53º
y 55º del Código Penal. OFICIESE
con tal fin, debiendo adjuntarse
copia certificada de la sentencia de
autos. REMÍTASE las carpetas del
expediente judicial y el cuaderno
de acusación directa a la Unidad de
Custodia del Módulo Procesal Penal
para su ARCHIVO DEFINITIVO, en
el modo y forma de ley; debiendo
de oficiarse con tal fin. De Conformidad con la Resolución Administrativa No. 0334-2015-P-CSJCA-PJ de
fecha primero de diciembre del año
en curso, habiéndose dispuesto la
redistribución de la carga procesal
existente en el Segundo Juzgado
Penal de Investigación Preparatoria
designado como órgano exclusivo
de procesos de Flagrancia señalado
en la Resolución Administrativa
No. 347-2015-CE.PJ de fecha veinticuatro de noviembre del 2015;
AVOQUESE en el conocimiento
de los autos el Juez que suscribe e
Interviniendo la Especialista de
causas que da cuenta ambos por
disposición superior ambos por
dispocision superior. Notifíquese.JUEZ: MARIO LOHONEL ABANTO
QUEVEDO
ESPECIALISTA: GABRIELA RONCAL
CHÁVEZ
Cajamarca, 25 de abril de 2016
F.P. 26-27-28 Abril
EDICTO
EL JUZGADO PENAL COLEGIADO
SUPRAPROVINCIAL DE CHOTA,
que despacha los señores Jueces
Aurelio Barboza Rimarachín, Jorge
Luis Gregorio de la Cruz Medina y
Fanny Torres Villavicencio; CITA
Y EMPLAZA a JUAN BAUTISTA
BARBOZA SALAZAR: para que se
ponga a derecho y se defienda del
cargo formulado en su contra dentro del Cuaderno de Debates N°
345-2015-45-0610-JR-PE-JPC-CH,
aperturado dentro del proceso que
se le sigue por el presunto delito de
Violación Sexual de Menor de Edad,
en agravio de la menor de iniciales
S.B.G., a fin de que tome conocimiento de la siguiente resolución:
RES.05: De fecha 01-04-2016, haciéndose saber al acusado que se ha
señalado fecha de audiencia de juicio oral el día 27 de mayo del año
2016, a horas 10:00 AM, la misma
que se llevará a cabo en la Sala de
Audiencias del Juzgado Penal Colegiado de Chota; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser
declarado reo contumaz, ordenarse
su conducción compulsiva y archivarse provisionalmente el presente
proceso.
Chota, 21 de abril del 2016.
Especialista Judicial Huaccha Ramírez Alicia.
F.P. 26-27-28 Abril
EDICTO
EL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA
DE CHOTA, que despacha el Dr.
Jorge Luis Gregorio De La Cruz Medina, CITA Y EMPLAZA a: CIRILO
FERNANDEZ RAMOS, para que se
ponga a derecho y se defienda del
cargo formulado en su contra dentro del Cuaderno de Debates N°
261-2015-10-0610-JR-PE-02,
aperturado dentro del proceso que se
le sigue, por el delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria,
en agravio de Denis Jhair Fernández
Segovia.
RES. 04: De fecha 12-04-2016, haciéndose saber al acusado que se ha
señalado fecha de audiencia de juicio oral el día 04 de mayo del año
2016, a horas 11:00 AM, la misma
que se llevará a cabo en la Sala de
Audiencias del Primer Juzgado Unipersonal de Chota (Sala 01); bajo
apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser declarado reo contumaz, ordenarse su conducción
compulsiva y archivarse provisionalmente el presente proceso.
Chota, 21 de abril del 2016.
Especialista Judicial Huaccha Ramírez Alicia.
F.P. 26-27-28 Abril
EDICTO PENAL
JUZGADO DE INVESTIGACION
PREPARATORIA DE SAN MARCOS
Exp. N° 133-2015-0
Juez: CABRERA
SE EMPLAZA: SEGUNDO MARTINIANO ROJAS TINOCO, en la presente investigación seguida en su
contra por la presunta comisión del
delito contra la Familia en la modalidad de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de
Yerlis Yoel Rojas Machuca, mediante resolución número uno de fecha
veintitrés de diciembre del dos mil
quince, se resolvió CÓRRASE TRASLADO DE LA ACUSACIÓN, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos,
de creer conveniente, puedan por
escrito y de manera fundamentada,
pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código
Procesal Penal; TÉNGASE presente
que el acusado deberá designar abo-
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
gado defensor de su libre elección,
en el plazo de VEINTICUATRO HORAS de notificado con la presente
bajo apercibimiento, de nombrársele
Defensor Público.
San Marcos, 13 de Abril del 2016
Especialista: GÓMEZ
F.P. 26-27-28 Abril
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE PENAL n° 000072016.
CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL
SECRETARIA : Rosángela del
Carmen Merino Yzquierdo.
SE EMPLAZA A :
JOSÉ PADILLA BECERRA
Para hacer de su conocimiento que
por Resolución n° TRES de fecha
14-04- 2016, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma
que se llevará a cabo el día miércoles 08 de junio del año 2016 a
las 10:30 de la mañana, en la Sala
de Audiencias del Cuarto Juzgado
de Paz Letrado Penal, ubicado en el
segundo piso - oficio 201 del edificio del Jr. Buganvillas n° 165 de esta
ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en
el Proceso Penal n° 00007- 2016-00601 -JP-PE-04, seguido contra Juan
Julio Saldaña Lloevera, por faltas
contra la Persona, en la modalidad
de lesiones dolosas, en agravio de
José Padilla Becerra.
Cajamarca, 21 de abril de 2016.
JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA
JUEZ
CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO
CAJAMARCA
F.P. 27 – 28 -29 Abril
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE PENAL n° 000502015.
CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL
SECRETARIA: Rosángela del
Carmen Merino Yzquierdo.
SE EMPLAZA A:
MILI NOHEMI QUIROZ QUISPE Y
ELMER CONDOR CORREA
Para hacer de su conocimiento que
por Resolución n° TRES de fecha
12-04- 2016, SE RESUELVE: DECLARAR de oficio CONSENTIDA, la
Resolución n° DOS de fecha 09-072015, mediante la cual se declaró
improcedente el caso y se decidió
archivar definitivamente los actuados, en el Proceso Penal n° 000502015-0-0601 -JP-PE-04, seguido contra Elmer Cóndor Correa, por Falta
contra la Persona, en la modalidad
de lesiones dolosas, en agravio de
Mili Nohemi Quiroz Quispe.
Cajamarca, 19 de abril de 2016.
JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA
JUEZ
CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO
CAJAMARCA
F.P. 27 – 28 -29 Abril
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE PENAL n° 003522015.
CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL
SECRETARIA: Rosángela del
Carmen Merino Yzqulerdo.
SE EMPLAZA A:JAIME
TASILLA JUAREZ
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Para hacer de su conocimiento que
por Resolución n° TRES de fecha 1204- 2016, SE ORDENA: se NOTIFIQUE mediante EDICTOS a Jaime
Tasilla Juárez, con la Resolución
n° UNO de fecha 23-10-2015, mediante la cual se DECLARA inadmisible el caso presentado por la Policía Nacional del Perú, y se DECIDE
no iniciar proceso penal contra de
José Paulino Flores Infante, Walter
César Mosqueira Arteaga y Jaime
Tasilla Juárez, por Falta contra la
Persona, en la modalidad de lesiones dolosas mutuas, en agravio
mutuo, en el Proceso Penal n°
00352-2015-0-0601-JP-PE-04, seguido contra José Paulino Flores Infante, Walter César Mosqueira Arteaga
y Jaime Tasilla Juárez, en la modalidad de lesiones dolosas mutuas, en
agravio mutuo.
Cajamarca, 19 de abril de 2016.
JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA
JUEZ
CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO
CAJAMARCA
F.P. 27 – 28 -29 Abril
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE PENAL n° 003792015.
CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL
SECRETARIA: Rosángela del
Carmen Merino Yzquierdo.
SE EMPLAZA A: ORFELINDA LÓPEZ
CELIS Y
ELVIS RONALD GARCÍA MENDOZA
Para hacer de su conocimiento que
por Resolución n° DOS de fecha 0704- 2016, SE ORDENA: se vuelva
a NOTIFICAR, a Orfelinda López
Celis y Elvis Ronald García Mendoza con la Resolución n° UNO de
fecha 09-12-2015, mediante la cual
se DECLARA inadmisible el caso
presentado por la Policía Nacional;
y se DECIDE no iniciar proceso penal contra Elvis Ronald García Mendoza, por la presunta comisión de
Falta contra El Patrimonio (daños),
en agravio de Orfelinda López Celis.
Se CONCEDE tres días hábiles posterior a la notificación de este auto
a Orfelinda López Celis, para que
si lo desee cumpla con presentar
los elementos de prueba que acreditan la valorización de los daños
ocasionados y justifique la forma
en que requiera la indemnización
por el perjuicio causado. Se SEÑALA el apercibimiento de archivar
definitivamente el caso si no se
cumpliese con las exigencias y formalidades prescrita por el Código
Procesal Penal en el plazo señalado, en el Proceso Penal n° 003792015-0-0601-JP-PE-04, seguido contra Elvis Ronald García Mendoza,
por Falta contra el Patrimonio, en la
modalidad de daños, en agravio de
Orfelinda López Mendoza.
Cajamarca, 18 de abril de 2016.
JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA
JUEZ
CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO
CAJAMARCA
F.P. 27 – 28 -29 Abril
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE PENAL n° 000492016.
Miércoles, 27 de abril del 2016
CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL
SECRETARIA : Rosángela del
Carmen Merino Yzquierdo.
SE EMPLAZA A:SANTOS
MURGA MANTILLA Y
ALEJANDRO LUYCHO OCAS
Para hacer de su conocimiento que
por Resolución n° DOS de fecha
15-04- 2016, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma
que se llevará a cabo el día jueves
15 de abril del año 2016 a las
10:30 de la mañana, en la Sala de
Audiencias del Cuarto Juzgado de
Paz Letrado Penal, ubicado en el segundo piso - oficio 201 del edificio
del Jr. Buganvillas n° 165 de esta
ciudad (Complejo Qhapaq Ñan),
en el Proceso Penal n° 000492016-0-0601-JP-PE-04,
seguido
contra Santos Murga Mantilla, por
faltas contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en agravio
de Alejandro Luycho Ocas.
Cajamarca, 21 de abril de 2016.
JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA
JUEZ
CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO
CAJAMARCA
F.P. 27 – 28 -29 Abril
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE PENAL n° 003772015.
CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL
SECRETARIA : Rosángela del
Carmen Merino Yzquierdo.
SE EMPLAZA A:MARÍA
YSABEL CHÁVEZ LÓPEZ
Para hacer de su conocimiento que
por Resolución n° DOS de fecha 1204- 2016, SE ORDENA: se vuelva a
NOTIFICAR mediante EDICTOS,
a María Ysabel Chávez López con la
Resolución n° UNO de fecha 04-122015, mediante la cual se DECLARA
inadmisible el caso presentado por
la Policía Nacional y se DECIDE no
iniciar proceso penal contra Jesús
Huamán Castrejón, Carolina Infante López y Margarita Infante
López, por Falta contra la Persona,
en la modalidad lesiones dolosas,
en agravio de María Ysabel Chávez
López, en el Proceso Penal n°
00377-2015-0-0601 -JP-PE-04, seguido contra Jesús Huamán Castrejón,
Carolina Infante López y Margarita
Infante López, por Falta contra la
Persona, en la modalidad lesiones
dolosas, en agravio de María Ysabel
Chávez López.
Cajamarca, 19 de abril de 2016.
JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA
JUEZ
CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO
CAJAMARCA
F.P. 27 – 28 -29 Abril
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE PENAL n° 001102016.
CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL
SECRETARIA : Rosángela del
Carmen Merino Yzquierdo.
SE EMPLAZA A: MATILDE
BURGA SÁNCHEZ
MAGALY WALTER LÓPEZ DE ORDAZ Y
HERMAN RAMÓN PALACIOS IZ-
QUIERDO
Para hacer de su conocimiento que
por Resolución n° DOS de fecha 1204-2016, SE ORDENA: se vuelva
a NOTIFICAR, a Herman Ramón
Palacios Izquierdo, Matilde Burga
Sánchez Y Magaly Walter López de
Ordaz con la Resolución n° UNO de
fecha 18-03- 2016, mediante la cual
se DECLARA inadmisible el caso
presentado y se DECIDE no iniciar
proceso penal contra Matilde Burga
Sánchez y Magaly Walter López de
Ordaz, por la presunta comisión de
Falta contra el Patrimonio (daños)
y Falta contra la Persona (lesiones).
CONCEDIENDO tres días hábiles a
Herman Ramón Palacios Izquierdo, para que si lo desee cumpla con
acreditar la propiedad del bien dañado y su valorización, además su
certificado médico complementario o final, y si lo desea justifique la
forma en que requiere la indemnización por el perjuicio causado y los
medios probatorios que acrediten lo
denunciado para procede a calificar
si el hecho constituye una falta o delito; en el Proceso Penal n° 001102016-0-0601- JP-PE-04, seguido contra Matilde Burga Sánchez y Magaly
Walter López de Ordaz, por Faltas
contra el Patrimonio y la Persona,
en la modalidad de daños y lesiones
dolosas, en agravio de Hernán Ramón Palacios Izquierdo.
Cajamarca, 20 de abril de 2016.
JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA
JUEZ
CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO
CAJAMARCA
F.P. 27 – 28 -29 Abril
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE PENAL n° 000502016.
CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL
SECRETARIA: Rosángela del
Carmen Merino Yzquierdo.
SE EMPLAZA A:SEGUNDO
CHÁVEZ GARCÍA Y
MARCELINO VILLANUEVA TERÁN
Para hacer de su conocimiento que
por Resolución n° DOS de fecha
14-04- 2016, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma
que se llevará a cabo el día miércoles 08 de junio del año 2016 a
las 08:30 de la mañana, en la Sala
de Audiencias del Cuarto Juzgado
de Paz Letrado Penal, ubicado en el
segundo piso - oficio 201 del edificio del Jr. Buganvillas n° 165 de esta
ciudad (Complejo Qhapaq Ñan),
en el Proceso Penal n° 000502016-0-0601-JP-PE-04, seguido contra Segundo Chávez García, por
Falta contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en agravio
de Marcelino Villanueva Terán.
Cajamarca, 21 de abril de 2016.
JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA
JUEZ
CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO
CAJAMARCA
F.P. 27 – 28 -29 Abril
EDICTO JUDICIAL
Expediente N° 2015-114-F, En el
Juzgado Mixto de la Provincia de
Celendín, que despacha la señorita
Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
7
proceso seguido contra JUSTO RAMÍREZ ORRILLO, sobre VIOLENCIA
FAMILIAR en agravio de GLORIA RODRÍGUEZ ATALAYA, se ha emitido
la:
RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS, que RESUELVE:
REPROGRÁMESE la Audiencia Única para el día MIÉRCOLES 20 DE
JULIO DEL AÑO 2016, a las NUEVE
DE LA MANANA, hora exacta, en
el local del Juzgado, ubicado en
la esquina de la Avenida Túpac
Amaru y Jirón Bolognesi, de la
ciudad de Celendín, con la concurrencia obligatoria de ambas partes
procesales, bajo apercibimiento
de llevarse a cabo con la parte que
concurra o de disponerse el archivamiento del proceso en caso de
inasistencia de ambas, de conformidad con el artículo 203° del Código
Procesal Civil; NOTIFÍQUESE a la
agraviada y demandado, MEDIANTE EDICTOS, con un extracto de
la presente resolución, los mismos
que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de
tres días consecutivos.
Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva.
Secretario Judicial.- Lenin Salazar
Salazar.
Julissa Aseijas Silva
JUEZA TITULAR
JUZGADO MIXTO DE CELENDIN
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
CAJAMARCA
LENIN MANUEL SALAZAR SALAZAR
SECRETARIO JUDICIAL
JUZGADO MIXTO
CELENDIN
F.P. 27 – 28 -29 Abril
EDICTO JUDICIAL
Expediente N° 2015-26-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez,
Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra ELMER SALDAÑA FUENTES, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de LUZ ESMILDA
VALDIVIA LLOVERA, se ha emitido
la: RESOLUCIÓN NÚMERO NUEVE, que RESUELVE: REPROGRÁMESE la Audiencia Única para el
día MARTES 19 DE JULIO DEL AÑO
2016, a las DIEZ DE LA MANANA,
hora exacta, en el local del Juzgado, ubicado en la esquina de la
Avenida Túpac Amaru y Jirón Bolognesi, de la ciudad de Celendín,
con la concurrencia obligatoria de
ambas partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la
parte que concurra o de disponerse
el archivamiento del proceso en
caso de inasistencia de ambas, de
conformidad con el artículo 203°
del Código Procesal Civil; NOTIFÍQUESE a la agraviada y demandado, MEDIANTE EDICTOS, con un
extracto de la presente resolución,
los mismos que se publicarán en
el diario oficial La República, por
el plazo de tres días consecutivos.
Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva.
Secretario Judicial.- Lenin Salazar
Salazar.
Julissa Aseijas Silva
JUEZA TITULAR
JUZGADO MIXTO DE CELENDIN
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
CAJAMARCA
LENIN MANUEL SALAZAR SALAZAR
SECRETARIO JUDICIAL
JUZGADO MIXTO
CELENDIN
8
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE F.P. 27 – 28 -29 Abril
EDICTO PENAL
EXP NRO. 411-2015-0-0601-JRPE-03
TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE
CAJAMARCA
Se cita y emplaza a:
LUISA ALAYA ZELADA Y MIRTHA
ALAYA ZELADA
SE HA DADO
CUENTA con el expediente. SE RESUELVE: DECLARAR FUNDADO el
Requerimiento de Sobreseimiento
solicitado por la Fiscal Provincial de
la Fiscalía Mixta de la Encañada a
favor de las imputadas ROSA BAUTISTA ERAS, LUISA ALAYA ZELADA Y MIRTHA ALAYA ZELADA por
la presunta comisión del delito contra el Patrimonio en la modalidad
de Usurpación - Turbación de la
posesión mediante violencia o amenaza y en su forma agravada con la
intervención de dos o más personas
en agravio de Freddy Flores Llanos e
Irma Cercado Atalaya. CONSENTIDA O EJECUTORIADA, ARCHIVESE la causa, debiendo anularse los
antecedentes penales y judiciales
generados por el trámite de éste
proceso. Notifíquese.JUEZ: MARIO LOHONEL ABANTO
QUEVEDO
ESPECIALISTA: GABRIELA RONCAL
CHÁVEZ
Cajamarca, 26 de abril de 2016
F.P. 27 – 28 -29 Abril
EDICTO PENAL
EXP NRO. 411-2015-0-0601-JRPE-03
TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE
CAJAMARCA
Se cita y emplaza a:
LUIS ALAYA ZELADA Y MIRTHA
ALAYA ZELADA
Miércoles, 27 de abril del 2016
SE HA DADO
CUENTA Se ha dado cuenta con
el presente proceso penal y escrito de apelación presentado por el
abogado del actor civil Fredy Flores
Llanos, y la agraviada Irma Cercado
Atalaya, AGRÉGUESE a los autos.
Primero.- Mediante escrito de fecha
12 de abril de 2016, el abogado del
actor civil Fredy Flores Llanos, y la
agraviada Irma Cercado Atalaya, interponen recurso de apelación contra la resolución número diez, que
declara fundado el requerimiento
de sobreseimiento solicitado por la
fiscal provincial Mixta de la Encañada a favor de las imputadas Rosa
Bautista Eras, Luisa Alaya Zelada y
Mirtha Alaya Zelada, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de Usurpación Turbación de la posesión
mediante violencia o amenaza y en
su forma agravada con intervención
de dos o más persona en agravio de
Fredy Flores Llanos e Irma Cercado
Atalaya. Segundo.- De la revisión
del escrito de apelación presentado
por el recurrente, se aprecia que
éste se encuentra dentro del plazo
de ley; toda vez que en audiencia de
control de sobreseimiento de fecha
cinco de abril de 2016, interpuso
recurso de apelación contra la resolución indicada en el primer considerando; concediéndole el plazo de
cinco días a efectos de que presente
su fundamentación por escrito y
cumpliendo así con las formalidades indicadas en el artículo 405° del
Procesal Penal; por lo cual, su pedido debe ampararse. Tercero.- La ley
fundamental del Estado reconoce
como principio y derecho de la función jurisdiccional la pluralidad de
instancias, esto es, la posibilidad de
recurrir ante el órgano jerárquico
superior en vía de apelación con la
finalidad de que se revise la resolución que le causa agravio, el mismo
que para su interposición deberá
efectuarse cumpliendo las formalidades y plazos previstos por la ley
para cada uno. Cuarto.- El artículo
405° inciso 2 del Código Procesal
Penal prescribe que: (…) “Los recursos
interpuestos oralmente contra resoluciones finales expedidas en la audiencia
se formalizaran por escrito en el plazo
de cinco días, salvo disposición distinta
en la ley ”(…). DECISIÓNPor estas
consideraciones y fundamentos, SE
RESUELVE: CONCEDER RECURSO
DE APELACION interpuesto por el
abogado del actor civil Fredy Flores
Llanos, y la agraviada Irma Cercado
Atalaya contra la resolución número diez, que declara fundado el
requerimiento de sobreseimiento
(fs. 106 a 111), en la cual se declara
fundado el requerimiento de sobreseimiento. En consecuencia, ELÉVESE los actuados a la Sala Penal de
Apelaciones, con la debida nota de
atención. Asimismo, AGRÉGUESE
a los autos el oficio remitido por el
Jefe de la Central de Notificaciones.
Notifíquese. Notifíquese.JUEZ: MARIO LOHONEL ABANTO
QUEVEDO
ESPECIALISTA: GABRIELA RONCAL
CHÁVEZ
Cajamarca, 26 de abril de 2016
F.P. 27 – 28 -29 Abril
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N°
00305-2015-0-0610-JR-PE-01
PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA
PROVINCIA DE CHOTA.
SE NOTIFICA por el presente a la
persona de: SALOMON HUAMANTA
COLUNCHE, con DNI N° 41782746,
mediante resolución número uno
se requiere al acusado, a fin de que
en el plazo de tres días, cumpla
con designar un abogado de su libre elección, bajo apercibimiento
de designar un abogado de la Defensoría Pública para que asuma
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
la defensa técnica del acusado, por
la presunta comisión del delito de
CONDUCCION EN ESTADO DE
EBRIEDAD, en agravio del ESTADO.
RAMIREZ CALDERON: JUEZ DEL
PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA.
QUIROZ: ESPECIALISTA JUDICIAL.
(3 V).
Chota, 16 de Febrero del 2 015.
DAVID W. RAMIREZ CALDERON
JUEZ
PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA
CHOTA
F.P. 27 – 28 -29 Abril
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE N°
00130-2015-0-0610-JR-PE-01
PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA
PROVINCIA DE CHOTA.
SE NOTIFICA por el presente a
la persona de: NOLBERTO CUEVA
BARBOZA, con DNI N° 27365803 ,
mediante resolución número dos
se requiere al Representante de la
menor agraviada, a fin de que en
el plazo de diez días, cumpla con
lo establecido en el artículo 350° de
NCPP, en el proceso seguido en contra de JACOBO EDQUEN GALLARDO
sobre el delito de FEMINICIDIO en
agravio de OFELIA CUEVA DÍAZ.
RAMIREZ CALDERON: JUEZ DEL
PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA.
QUIROZ: ESPECIALISTA JUDICIAL.
(3 V).
Chota, 09 de Febrero del 2 016.
DAVID W. RAMIREZ CALDERON
JUEZ
PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA
CHOTA
F.P. 27 – 28 -29 Abril
“Año de la Consolidación del Mar de Grau”
COMUNICADO
La Coordinación de Personal de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca pone en conocimiento
a todos los Magistrados y Servidores de esta Corte que han solicitado licencia por las Elecciones
Generales 2016, según Decreto Supremo N.° 004-2016-TR.
Obligatoriamente, deberán acreditar haber ejercido su derecho a voto, presentando la copia de su
DNI con el respectivo holograma ante la Oficina de Personal, teniendo como plazo máximo hasta
el día viernes 29 del presente año.
Caso contrario su inasistencia será sometida a descuento de ley, y posteriormente a proceso
administrativo disciplinario correspondiente.
COORDINACIÓN DE PERSONAL
27/28/29 DE ABRIL