LICEO CARDENAL CARO PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL ÍNDICE Página I.- GESTION ESTRATEGICA. 1. Visión y Misión. 2. Principios fundamentales 3. Objetivos fundamentales. 4. Valores institucionales. 5. Antecedentes del Liceo. 6. Síntesis histórica. 5 5 6 7 7 8 II. GESTIÓN DEL ENTORNO. 2.1. Relaciones externas del establecimiento. 9 III. REGLAMENTO INTERNO. 1. GESTIÓN PEDAGÓGICA 1.1. Orientación Pedagógica 1.2. Planes y programas 1.3. Evaluación y promoción 1.4. Actividades programáticas y extraprogramatica. 1.5. Evaluación del desempeño docente. 10 11 11 11 12 2. COMUNIDAD EDUCATIVA-(ROLES Y FUNCIONES) 2.1 Administración: 2.1.1Sostenedor 2.1.2Representante legal. 2.1.3 Administrador. 14 14 15 2.2 Ejes del proceso educativo: 2.2.1Perfil del Estudiante. 2.2.2 El Profesor en el proceso educativo. 2.2.2.1 El Profesor Jefe 17 17 19 2.3 Directivos: 2.3.1 Equipo Directivo. 2.3.2 Rector 2.3.3Director de sección. 21 21 22 2 2.3.4 Inspectoría General 2.3.5 Coordinación de Convivencia. 2.3.6 Unidad Técnico Pedagógica. 2.3.7 Consejo de Dirección. 24 25 26 28 2.4 Apoyo específico al proceso educativo: 2.4.1 Asistentes de la Educación. 2.4.2 Departamento Socioeducativa (DASE) 2.4.3 Equipo Pastoral. 2.4.4 Los padres y apoderados en el proceso educativo. 2.4.5 Consejos de profesores. 2.4.6 Comités de colaboración. 28 29 33 34 36 37 3. CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR 3.1 3.2 3.3 Responsabilidad escolar. Consideraciones sobre la pauta de procedimiento de Convivencia Escolar. Precisiones. 38 45 49 4. NORMAS ADMINISTRATIVAS 4.1 Estructura y funcionamiento. 4.2 Relaciones y normas laborales. 52 52 5. NORMAS DE PREVENCION DE RIESGOS HIGIENE Y SEGURIDAD 56 6. CRITERIOS Y NORMAS SOBRE ACTIVIDADES ESPECIALES. 58 IV. ANEXOS. 60 ANEXO 1: NORMAS DE EVALUACION PARA EDUCACION BASICA. ANEXO 2: NORMAS DE EVALUACION PARA EDUCACION MEDIA. ANEXO 3: PROCEDIMIENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL, TITULACIÓN Y CRITERIOS EN RELACION AL AGRESO DE 4° MEDIO. ANEXO 4: PAUTA DE CONVIVENCIA ESCOLAR. ANEXO 5: NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR. ANEXO 6: COMPROMISOS Y ADHESION A LAS NORMAS DEL LICEO DE PADRES Y APODERADO. ANEXO 7: PAUTA DE DISTINCIONES Y ESTÍMULOS. ANEXO 8: PAUTA DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR. ANEXO 9: PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN Y SANCIÓN DEL ACOSO SEXUAL. 3 ANEXO 10: PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN DE HOSTIGAMIENTO ESCOLAR. ANEXO 11: PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN EN ABUSO SEXUAL INFANTIL Y JUVENIL. ANEXO 12: PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR. ANEXO 13: REGLAMENTO INTERNO DE BECAS. ANEXO 14: DECRETO DE NOMBRAMIENTO DE COLEGIO CATÓLICO DEL OBISPADO DE SAN BERNARDO. 4 LICEO CARDENAL CARO PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL I. Gestión Estratégica. 1. VISIÓN Y MISIÓN DEL LICEO Visión Nuestra visión es que el estudiantes en su dimensión personal y espiritual, crezca y se enriquezca del patrimonio cultural que le es transmitido y en su proyección social, se constituya en un agente creativo de trasformación de la cultura y conversión de la sociedad a los valores cristianos, haciendo más eficiente sus capacidades y aptitudes en su trabajo escolar y futuro profesional, preparándolos para participar activa y responsablemente en la vida familiar, laboral y comunitaria. Misión El LICEO CARDENAL CARO es un colegio que educa en virtudes y como tal, asume las orientaciones de la Iglesia Católica, en el campo pastoral y educacional. Por la dimensión religiosa de su quehacer educativo, buscamos incesantemente la síntesis armónica entre fe, vida y cultura. En la dimensión educacional queremos preparar a nuestros estudiantes para que asuman responsabilidades en sus estudios superiores, con una alta preparación académica, también queremos aportar con Estudiantes egresados con herramientas técnicas de calidad que le permitan transformar su medio social con el sello valórico de nuestra institución. 2. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES El Liceo Cardenal Caro, cuyo Sostenedor la Fundación Educacional de Derecho Canónico Cardenal Caro, se define como Colegio Católico y – en consecuencia – asume responsablemente las orientaciones de la Iglesia en el campo pastoral y educacional. El ser Colegio de Iglesia significa para el Liceo estar inserto en ella y participar de su misión pastoral de ofrecer la salvación a través de las enseñanzas de Cristo. El Proyecto Educativo debe – por tanto – reconocer a Jesucristo como centro del cosmos, de la historia y de la convivencia humana, proclamando y haciendo vida su Evangelio que se presenta al persona como un ofrecimiento de Dios que requiere de cada persona una respuesta generosa de aceptación del Plan de Dios y de compromiso en la construcción de su Reino. Toda la vida del Liceo, expresada en las diversas instancias educativas, debe ser orientada, organizada y desarrollada en un ambiente inspirado e iluminado por la fe, que el estudiante perciba como el medio propicio para su aprendizaje en las diversas disciplinas y para su vivencia de los valores cristianos. El Liceo es un establecimiento educacional que la Iglesia ofrece al servicio de la comunidad, en el contexto de igualdad de oportunidades educativas para todos los niños y jóvenes, con la 5 sola condición que implica el respeto a los principios que el Colegio sustenta y a las normas que regulan la vida escolar. 3. OBJETIVOS INSTITUCIONALES El Liceo Cardenal Caro sustenta su quehacer educativo en: Desarrollar integralmente a la persona, a imagen y semejanza de Dios. Ello lo compromete a ser un agente facilitador de un proceso educativo, mediante el cual cada uno de los Estudiantes puedan alcanzar la plenitud de las capacidades físicas, intelectuales, afectivas, sociales y religiosas de que han sido dotados. Propender que los estudiantes, en su dimensión personal y espiritual, crezcan y se enriquezcan del patrimonio cultural que le es trasmitido, y en su proyección social, se constituya en un agente creativo de transformación de la cultura y de conversión de la sociedad a los valores cristianos. Desarrollar su labor educativa inspirado en el Amor, la Solidaridad, la Verdad, el Respeto, la Libertad, la Justicia, la Responsabilidad, la Honestidad y la Humildad, valores que – incorporados al ser y al hacer de cada estudiante – constituyan guía y apoyo en su vida personal y de relación social. Constituir una comunidad educativa, en la que estudiantes, profesores, asistentes de la educación, administrativo y auxiliar, padres y apoderados puedan - desde sus diversos roles contribuir a la formación de los Estudiantes a partir de los principios, objetivos y orientación pedagógica que sustenta. Propiciar de manera responsable y comprometida la participación de los estamentos y personas vinculadas al proceso educativo en colaboración armónica y respetuosa de los diferentes roles y campos con la finalidad de: a.- Enriquecer y hacer más eficiente y efectivo el trabajo escolar, y b.- Preparar al estudiante para participar activa y responsablemente en la vida familiar, laboral y comunitaria. Responder a las necesidades educativas especiales de los y la estudiantes dentro de las posibilidades con que el Liceo cuenta. Fomentar que las familias de nuestro Liceo sean orientadas en los objetivos institucionales que el Liceo persigue de manera de ser formadoras de personas con valores cristianos y que contribuyan a una relación respetuosa y de confianza con la institución educativa que pertenecen sus hijos e hijas a través de la colaboración mutua. 6 Promover la sana convivencia entre todos los miembros de nuestro Liceo, entendiéndose que la resolución de conflictos, permite resolver distintas problemáticas, que pueden afectarla. Promover una educación diferenciada por género (cursos de mujeres y varones) desde los niveles NT1 (Pre kínder) hasta Octavo básico. Esta elección educativa se basa en el criterio pedagógico de favorecer aprendizajes (Erik Kandel 2000) y criterio formativo para fortalecer a los estudiantes desde la mirada valórica. 4. VALORES INSTITUCIONALES En los tiempos de cambio de esta sociedad globalizada, el Liceo Cardenal Caro establece una síntesis armónica de los valores de fe, cultura, vida como base fundamental para que nuestros estudiantes construyan proyectos de vida con sólidos valores cristianos y que sean capaces de transmitir el sello cardenalino en todo su ser y quehacer como ciudadano activo (en su hogar, su trabajo, su comunidad, su país). Entendemos por fe, la certeza de lo que se espera y la convicción de aquello que no se ve, por cultura todo aquello que en origen involucra al hombre , por vida el conjunto de actos humanos , y familia como la institución divina que muestra la imagen de Dios en a tierra . 5. ANTECEDENTES DEL LICEO El Liceo Cardenal Caro es una Institución Educacional particular subvencionada, sin fines de lucro, cuyo sostenedor es la Fundación Educacional de Derecho Canónico Cardenal Caro. Está reconocido oficialmente por el Ministerio de Educación según Decreto Nº8789 de 20 de diciembre de 1944, complementado y reactualizado por Rs. Ex. 10.137 de 05 de agosto de 1982, ampliada por Res. Ex. 2.629 de 09 de septiembre de 1992. En su organización interna, el Liceo está conformado por tres Secciones: a. Sección Pre Básica (Pre kínder y Kínder), 1º y 2º Básico, localizada en Santa María Nº91, Buin. (Sin JEC). b. Sección Básica 3º a 8º año, funciona con Jornada Escolar Completa en J. J. Pérez Nº290, Buin. c. Sección Media, modalidades Humanístico Científica (1º a 4º) y Técnico Profesional (1º a 4º) con Jornada Escolar Completa, local de Avda. Manuel Rodríguez Nº865, Buin. 7 6. SÍNTESIS HISTÓRICA DEL LICEO CARDENAL CARO El 16 de junio de 1956 el Cardenal José María Caro bendice la primera piedra del “Colegio Cardenal Caro” en los terrenos donados por Don Vicente Iñiguez. La creación del Liceo fue fruto del interés de los vecinos por una educación Católica para sus hijos, la gestión del Párroco Gustavo Lagos, el compromiso del Centro Cristiano y la visión educativa del Primer Cardenal Chileno. Hacia 1958 parten los trabajos de construcción de la sede de Avenida Manuel Rodríguez, que en marzo de 1962 darán inicio al “Instituto Cardenal Caro” con la dirección pedagógica de los Hermanos de la Inmaculada Concepción, provenientes de Holanda. Es inaugurado oficialmente en octubre de ese año por el Cardenal Raúl Silva Henríquez, en donde se establece la flor de Lis como símbolo institucional. Hacia 1969 se iniciaron las conversaciones para integrar el Instituto Cardenal Caro (solo de varones) y el Liceo Moderno de los Santos Ángeles (solo de mujeres). Esta integración Se concretó finalmente en el año 1971 y se denominó Liceo Moderno Cardenal Caro. En el año 1989 dejan la dirección los Hermanos Holandeses y asume como sostenedor, el Obispado de San Bernardo. La integración de la enseñanza Técnico Profesional al liceo se inicia en 1990 a 1991, conlleva el cambio de nombre a LICEO POLIVALENTE MODERNO CARDENAL CARO. En la actualidad asume el nombre de LICEO CARDENAL CARO , la Rectoría está a cargo de Don Gonzalo Lavaud O, perteneciendo a la Fundación Educacional de Derecho Canónico Cardenal Caro. Insignias utilizadas en el Liceo a través del tiempo. 8 II. GESTION DEL ENTORNO 2.1 RELACIONES EXTERNAS DEL ESTABLECIMIENTO. El Liceo se relacionará: a. Con el Directorio de la Fundación, a través del Rector. b. Con las autoridades de los diversos niveles del Ministerio de Educación, a través de los distintos miembros de la Dirección. c. Con otras Autoridades Regionales, Provinciales y Comunales, por intermedio del Rector y Jefes de Sección, según corresponda. El Liceo se relacionará con instituciones, empresas y organismos de servicio a la comunidad, dentro de una línea de cooperación, en el marco de los principios y objetivos educacionales del Liceo. El Liceo sólo facilitará los locales y dependencias a instituciones de bien social en casos calificados por la Rectoría y previa solicitud que fundamente la petición. 9 III. REGLAMENTO INTERNO 1. GESTION PEDAGÓGICA 1.1 ORIENTACIÓN PEDAGÓGICA En consecuencia, tanto la organización del Liceo como su diseño curricular – objetivos, contenidos, metodología y evaluación – sitúan a la persona del estudiante en el centro del proceso de enseñanza - aprendizaje. En este marco, el estudiante debe encontrar en el Liceo un medio pedagógico y afectivo que le permita: a.- Asumir responsablemente su rol de estudiante en su caminar hacia la plenitud como persona, cuyo foco es la educación en virtudes. b.- Progresar en su desarrollo conforme a sus intereses, habilidades y aptitudes. c.- Consolidar una base cultural que lo vincule al conocimiento del universo y de la humanidad y lo habilite para integrarse al avance del pensamiento, la ciencia y la tecnología. d.- Conocer y practicar una convivencia social cimentada en el respeto a las personas, en la solidaridad y en la tolerancia. e.- Avanzar en el descubrimiento de su vocación personal y de servicio a la comunidad, inserta en su proyecto de vida. El Profesor tiene un rol relevante como agente facilitador de la formación de la persona y conductor del aprendizaje. La vocación pedagógica implica compatibilizar armónicamente el dominio de la especialidad – actualizado y enriquecido permanentemente – con una formación rica en valores que se expresen y puedan ser percibidos por el estudiante a través del ejemplo. Este concepto de agente facilitador de la formación es aplicable a todas las personas que – con distintas funciones – integran el personal del Liceo. El desarrollo de los objetivos y contenidos de los diversos sectores de aprendizaje debe tender a que el estudiante – conforme a su respectivo nivel educacional – logre sintetizarlos y asumirlos en un contexto integrador. Desde la perspectiva de cada disciplina la actitud personal del profesor, así como su metodología y la selección de contenidos, deben constituir situaciones de aprendizaje que, al mismo tiempo, favorezcan la síntesis de fe y cultura. 10 Con fidelidad a la concepción de que cada estudiante debe alcanzar el máximo desarrollo de sus particulares capacidades, el Liceo debe aplicar estrategias e instrumentos de evaluación que correspondan a este criterio. En el diseño curricular y en su desarrollo, debe procurarse que el estudiante encuentre espacios de participación creativa y positiva, tanto en las clases como en otras instancias educativas, como Consejo de Curso, Talleres, Academias, Agrupaciones Artísticas, encuentro de Estudiantes y otras similares. 1.2 PLANES Y PROGRAMAS. Art 1. El Liceo se rige por Planes y Programas de estudios aprobados por el Ministerio de Educación para los distintos niveles de enseñanza conforme a los Decretos respectivos. 1.3 EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN. Art.2 La evaluación y promoción de los Estudiantes se rige por los Decretos vigentes emanados del Ministerio de Educación que se aplican conforme al procedimiento interno determinado por la Dirección y Profesorado. Art. 3 Las normas de evaluación y procedimientos de aplicación establecidos para cada nivel forman parte del presente Reglamento Interno en calidad de Anexos: Anexo 1. Procedimiento de aplicación del Decreto 511/1997 para la Educación Básica. Anexo 2. Procedimiento de aplicación de Decretos 112/1999 y 83/2001 para la Educación Media. Anexo 3. Procedimiento de Práctica Profesional y Titulación, Decreto Exento 109/2002 para la Educación Media Técnico Profesional. 1.4 ACTIVIDADES COPROGRAMÁTICAS Y EXTRAPROGRAMÁTICAS. Art.4 En concordancia con su Proyecto Educativo y de acuerdo a las disponibilidades de recursos, el Liceo realizará también actividades coprogramáticas y extraprogramáticas que confluyen al logro de una formación integral del estudiante. La Dirección determinará cada año las actividades a que se refiere el inciso anterior y su organización se ceñirá al Plan Anual del Liceo. Art. 5 Se entenderá por actividades coprogramáticas aquellas destinadas a reforzar los programas de estudio, tales como: 11 a. Apoyo pedagógico a Estudiantes con necesidades educacionales especiales (NEE) en algún subsector o módulos. b. Apoyo a los Estudiantes que manifiesten aptitudes e intereses en determinadas áreas. c. Desarrollo de unidades que destacan algún tema referido a las áreas humanista, científica o técnico artística que integre a dos o más subsectores y posibilite la participación de Estudiantes de diferentes cursos y niveles. d. Otras similares, por ejemplo: monitorías, tutorías, grupos de estudio, etc. Art.6 Se entenderá por actividades extraprogramáticas aquellas que ofrecen al estudiante la posibilidad de emplear su tiempo libre en instancias formativas tales como: a. Talleres de expresión visual, corporal, musical, literaria. b. Academias de Ecología y Medio Ambiente, Científica, Computación y otras. c. Grupos o equipos de práctica deportiva en sus distintas modalidades. d. Aprendizaje de la técnica de algún deporte. e. Participación en competencias internas y externas, a nivel de selección. f. Participación grupal o individual en concursos, encuentros, y actividades similares, programados por el Ministerio de Educación u otras entidades. 1.5 EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO DOCENTE. Art. 7 La evaluación del desempeño docente tiene por objetivos: 1. Constatar el grado de coherencia entre el quehacer educativo de cada docente y las exigencias del Proyecto Educativo del Liceo y del Reglamento Interno. 2. Apoyar a cada docente en su proceso de crecimiento profesional y personal mediante la información que le proporciona la evaluación. Art. 8 Para cumplir los objetivos indicados en el artículo anterior se evaluarán los siguientes aspectos del desempeño docente: a. b. c. d. e. f. Art. 9 Técnico pedagógico. Técnico administrativo. Perfeccionamiento. Relaciones Interpersonales. Compromiso Pastoral. Compromiso con la comunidad escolar. Como instrumento de evaluación se empleará una Pauta que contenga el desglose de cada uno de los aspectos a evaluar. 12 Art. 10 La evaluación se expresará en notas de 1 a 7, de acuerdo a una ponderación indicada en la Pauta antes dicha. Art. 11 La evaluación del desempeño docente se realizará en los meses de Julio y Noviembre de cada año y será efectuada, en primera instancia, por los miembros de la Dirección que tengan relación más directa con el aspecto a evaluar. El Consejo Directivo analizará las evaluaciones propuestas y las ratificará o las modificará. Art. 12 Los docentes conocerán su evaluación a través de una entrevista personal y, en caso de discrepancia podrán apelar al Rector, aportando los antecedentes que procedan. 13 COMUNIDAD EDUCATIVA Se describen a continuación los distintos estamentos que conforman la comunidad educativa, también se describe sus roles, funciones y responsabilidades. 2.1 Administración: 2.1.1 Art. 13 SOSTENEDOR Es el organismo que, en última instancia, tiene la representatividad del Liceo ante las autoridades y la responsabilidad de la gestión administrativa ante el Ministerio de Educación. Este rol lo cumple actualmente la Fundación Educacional de Derecho Canónico Cardenal Caro a través del Directorio y su Representante Legal. Funciones: Determinar las líneas generales y los principios que rigen la educación que el Liceo imparte. Nombrar al Rector y Representante Legal. 2.1.2 Art.14 REPRESENTANTE LEGAL Rol: En concordancia con el Sostenedor, el Representante Legal define las líneas generales en los aspectos económicos y legales que atañen al Liceo, adopta las decisiones y ejecuta las acciones que derivan de dichas líneas. Funciones: En lo económico: Velar por la buena gestión financiera del Liceo, determinando criterios y controlando su aplicación. Fijar las políticas de administración en cuanto a: Remuneraciones de personal, bonificaciones y reajustes. Aportes de los apoderados al Financiamiento compartido, donaciones de Instituciones y otros. Construcciones y gastos mayores. Equipamiento, adquisiciones de mobiliario, implementos, materiales didácticos y otros. En lo legal: Representar al Liceo en todas las instancias legales. 14 Supervisar el ejercicio contable del presupuesto. Suscribir convenios con organismos o instituciones para el mejor cumplimiento y desarrollo del Proyecto Educativo. Integrar el Consejo Escolar, en representación del Sostenedor. 2.1.3 Art. 15 ADMINISTRADOR(A) Rol: Es la persona responsable de la administración financiera del Liceo, optimizando los recursos al servicio de los fines educativos. Desempeña su función de acuerdo a las instrucciones impartidas por el Representante Legal, quien es su jefe y supervisor directo. Funciones: Elaborar el Presupuesto anual y el Programa de inversiones, adquisiciones e implementación, de acuerdo a los requerimientos presentados por el Director y los Jefes de Sección, previa aprobación del Representante Legal. Aplicar las políticas de administración dispuestas por el Representante Legal en cuanto a: Remuneraciones y beneficios del personal. Contrataciones, actualización y caducidades de contrato. Sistema de financiamiento compartido. Becas, rebajas de arancel y repactaciones de deudas. Recepción de donaciones. Ejecutar los proyectos y programas de infraestructura, mantenimiento e implementación de los locales, acordados por el Representante Legal y la Dirección del Liceo: Obras de construcción y/o ampliación. Mantenimiento y ampliación de los sistemas de agua, alcantarillado, electricidad, gas, teléfono. Cotización y adquisiciones de mobiliario y equipamiento para aulas, oficinas y dependencias. Al respecto, la participación de miembros de la comunidad educativa del Liceo en la ejecución de estas obras, debe ser acordada previamente con el Director y Jefe de unidad que corresponda. Confeccionar las planillas de remuneraciones, imposiciones y leyes sociales y efectuar los descuentos por convenios suscritos por los funcionarios, los pagos y depósitos correspondientes. 15 Llevar contabilidad de libro diario, libro proveedores y libro de honorarios. Realizar otras funciones contables: Revisión del libro mayor. Análisis de cuentas. Ajustes contables. Impresión de libros contables. Confección e impresión de declaraciones juradas y certificados de honorarios. Confección de Balance y Estado de resultados. Llevar Libro de remuneraciones y documentación laboral en general y presentarla al Departamento Provincial de Educación. Supervisar las funciones de la Secretaria Administrativa en materias como: ingreso por Matrículas y Financiamiento Compartido, emisión de certificados, solicitudes de préstamos del personal a instituciones y otros documentos similares. Revisión de cajas chicas y rendiciones varias por otros conceptos. Controlar la correcta prestación de los servicios básicos por parte de las Empresas correspondientes: agua potable, energía eléctrica, gas, teléfono y disponer los pagos respectivos. Mantener información actualizada sobre legislación laboral, normativa oficial sobre locales escolares y otras disposiciones referentes a aspectos administrativos, y asesorar al Representante Legal en dichas materias. Relacionar el Liceo con organismos e instituciones en materias afines a sus funciones, tales como: Departamento Provincial de Educación. Inspección del Trabajo. Municipalidad. Servicios de Impuestos Internos. Instituciones o Fundaciones que apoyan económicamente al Liceo. Federación de Instituciones de Educación Particular FIDE. A.F.P., Isapres, Cajas de Compensación, Aseguradoras. Atender consultas del personal del Liceo en materias de su competencia. Atender apoderados en lo relacionado con Financiamiento Compartido, Becas, Rebajas de Arancel. Implementar sistema computacional para el proceso de Matrícula. 16 2.2 Ejes del proceso educativo: 2.2.1 Art. 16 PERFIL DEL ESTUDIANTE En concordancia con los Principios Fundamentales, Objetivos y Orientaciones Pedagógicas, la educación que imparte el Liceo Cardenal Caro tiende a que sus Estudiantes durante y después de su etapa escolar: Respondan a su vocación primera de ser Personas: Hombres y Mujeres y por lo tanto, sean capaces de amar profundamente a Dios, a sí mismos, a los demás y a la naturaleza. Tengan como guía y maestro la figura y valores de Cristo, no teman plantearse y defenderlos frente al mundo exterior. Desarrollen al máximo sus competencias y los pongan al servicio de los demás. Sean responsables, perseverantes y honestos en el desarrollo de estos talentos y competencias. Estén y actúen donde se deciden los problemas de su país, de su trabajo, de su vida diaria, sin miedo a comprometerse en la construcción de una civilización más humana. Se integren al avance de las ciencias y de la tecnología, aportando su esfuerzo y creatividad para dominar el progreso y ponerlo al servicio de la persona. Asuman vitalmente el hecho de haber sido creados únicos e irrepetibles, con una misión propia que cumplir para la cual están dotados porque está inserta en el plan de Dios. Luchen siempre por ser mejores, no con afán competitivo sino para responder más plenamente al plan de Dios. 2.2.2 Art. 17 EL PROFESOR EN EL PROCESO EDUCATIVO. CONCEPTOS GENERALES El LICEO CARDENAL CARO – en su condición de Colegio Católico - se distingue por la dimensión evangelizadora que inspira todo su quehacer orientado a la formación integral de sus estudiantes. En consecuencia el Liceo debe proclamar el Mensaje de Cristo que se ofrece a cada persona para que – en una opción libre y personal – asuma su propia respuesta. La cuidadosa y progresiva preparación profesional, unida a una actitud personal consecuente con los valores cristianos, hace al educador el agente más importante en la gestación del ambiente que el Liceo ofrece a cada estudiante para que viva una etapa importante de su proceso formativo. 17 El desafío permanente del profesor requiere Valor, Fortaleza, Perseverancia, Esfuerzo, entre otras virtudes. Su contribución más trascendente para sus Estudiantes y para la sociedad se refleja en que – durante y después de la etapa escolar - el o la joven pueda lograr: 1. Responder a su vocación primera de ser personas y, por lo tanto, ser capaces de amar profundamente a Dios, a sí mismos, a los demás y a la naturaleza. 2. Tener como guía y maestro la figura y valores de Cristo sin temor a defenderlos frente al mundo exterior. 3. Desarrollar al máximo sus talentos y ponerlos al servicio de los demás. 4. Ser responsables, perseverantes y honestos en el desarrollo de estos talentos. 5. Estar y actuar donde se deciden los problemas de su país, de su trabajo, de su vida diaria, sin miedo a comprometerse en la construcción de una civilización más humana. 6. Integrarse al avance de las ciencias y de la tecnología, aportando su esfuerzo y creatividad para dominar el progreso y ponerlo al servicio de la persona. 7. Asumir vitalmente el hecho de haber sido creados únicos e irrepetibles, con una misión propia que cumplir para la cual están dotados porque está inserta en el plan de Dios. 8. Luchar siempre por ser mejores, no con afán competitivo, sino para responder más plenamente al plan de Dios. Rol: Es el profesional que - como agente formador de personas y guía del aprendizaje – crea las condiciones para que cada uno de sus Estudiantes alcance el máximo desarrollo de sus capacidades físicas, intelectuales, afectivas, religiosas y sociales, de acuerdo a su nivel escolar. Funciones: Crear, organizar y desarrollar las situaciones educativas para que el estudiante progrese en el aprendizaje de su sector o asignatura. Poner a disposición del aprendizaje los recursos metodológicos propios de su formación personal y profesional, así como los medios materiales, tecnológicos y didácticos con que cuenta el Liceo. Promover en sus Estudiantes el gusto por el estudio y el desarrollo del respeto, la responsabilidad, la perseverancia y la participación en el trabajo escolar como elementos básicos para su superación personal actual y futura. Facilitar al estudiante, - a través de su asignatura – el proceso de integración que le permita comprender al Persona y su cultura en un todo armónico. 18 Esforzarse por superar constantemente su nivel como persona y profesional participando en las instancias de perfeccionamiento, reflexión espiritual y pedagógica, intercambio de experiencias, investigación e innovación curricular a su alcance. Integrarse y comprometerse en el quehacer del Liceo como comunidad educativa, tanto en lo pedagógico como pastoral. Registrar en forma acuciosa y oportuna: a) La información sobre el proceso educativo de los estudiantes: planificación y avance curricular, informes, calificaciones, instrumentos de evaluación, observaciones objetivas sobre el comportamiento y desempeño escolar. b) Los datos requeridos para la administración del sistema: asistencia, atrasos, autorizaciones. Aplicar con moderación, firmeza y perseverancia los criterios pedagógicos y las normas que regulan el trabajo y la convivencia en nuestro Liceo. Mantener una actitud abierta a la comunicación y al diálogo con los estudiantes, cautelando la condición de profesor en toda situación formal o informal. Cumplir y hacer cumplir todas las normas e instrucciones atingentes al quehacer educativo. 2.2.2.1 Art 18 PROFESOR JEFE Rol: Es el profesor que - en su condición de Jefe de Curso – desarrolla su quehacer pedagógico proyectándolo especialmente a la acción formativa. Su labor comprende: a) Orientar y guiar a los Estudiantes de su curso en el adecuado desempeño escolar. b) Asesorar a los padres y apoderados en su tarea de colaborar en la educación de sus hijos o pupilos. c) Relacionar al curso con las diversas unidades y estamentos de la comunidad educativa. d) Servir de nexo entre las situaciones personales de sus Estudiantes y las entidades de ayuda material y/o espiritual con que cuenta el Liceo. Funciones Específicas: Como orientador y guía de los estudiantes: 1. Organizar y asesorar el Consejo de Curso de forma que favorezca la participación de cada estudiante en algunas de las áreas: pastoral, solidaridad, cultura, recreación, grupos de estudio, tutorías, grupos funcionales al cuidado de la sala, al diario mural y al ornato, entre otras. 19 2. Desarrollar unidades de orientación de acuerdo al nivel del curso, atendiendo a la programación acordada con el (la) Orientador(a). 3. Aplicar instrumentos referidos a intereses, capacidades, sociograma u otros. 4. Motivar a los Estudiantes para que participen en las actividades que organiza el Liceo. 5. Mantener contacto continuo con los Estudiantes para escuchar y conocer sus inquietudes, expectativas, planes vocacionales. 6. Reforzar el conocimiento y comprensión de los objetivos y normas del Liceo. 7. Usar estrategias y herramientas para motivar la aplicación y perseverancia en el trabajo escolar, individual y en equipo. 8. Preparar y desarrollar los Consejos de Profesores del curso. 9. Elaborar los documentos y registros correspondientes: datos en el Libro de Clases, informes de rendimiento, fichas de observaciones. 10. Revisar periódicamente el Libro de clases: notas, asistencia, puntualidad, observaciones. 11. Controlar las cartolas de pruebas y compromisos escolares de sus estudiantes. Entrevistar a los padres y formalizar cartas de compromiso con los estudiantes de su jefatura. Como asesor del grupo de padres y apoderados del curso Relacionarse con los padres - mediante citaciones o concurrencia espontánea - sobre intereses, aptitudes, limitaciones de los estudiantes. Programar las reuniones periódicas de padres y apoderados incluyendo temas formativos y aspectos de información. Citar a los apoderados a las reuniones. Motivar a los padres para participar en el desarrollo de los temas formativos que se propongan. Impulsar la realización de actividades conjuntas que favorezcan la integración de los padres al Liceo. Controlar la asistencia de los padres a reuniones o citaciones individuales. Solicitar a la Dirección el cambio de apoderado cuando estime que éste no cumple su rol. 20 Como relacionador del curso con los diversos organismos y estamentos del Liceo. Participar en las reuniones de Profesores Jefes con el Orientador(a) y actuar coordinadamente para el desarrollo del programa correspondiente al nivel. Como también colaborar e informar al DASE las dificultades de sus estudiantes siguiendo los procedimientos u protocolos correspondientes a cada sección. Coordinar con los profesores del Curso la atención de situaciones de rendimiento, comportamiento u otras. Actuar coordinadamente con U.T.P. en situaciones de enseñanza aprendizaje y con Inspectoría General en la atención de situaciones de asistencia, puntualidad, cumplimiento de las normas de convivencia. 2.3.- DIRECTIVOS 2.3.1 EQUIPO DIRECTIVO: La Dirección debe entenderse, en un sentido amplio, como un equipo de personas que – desde sus roles específicos – realizan una acción coordinada que tiene como guía las orientaciones pastorales y principios pedagógicos que identifican al LICEO CARDENAL CARO, y tiene como meta el bien de las personas y estamentos que lo componen. En concordancia con lo anterior, la Dirección tiene como misión orientar, planificar, organizar, dirigir y evaluar el proceso educativo, cuyo centro es la persona del estudiante. El ejercicio de la autoridad se entiende como estímulo y apoyo al crecimiento de todas las personas involucradas en el proceso educativo, permitiendo que cada uno realice su aporte dentro de un marco de equilibrio armónico entre libertad y responsabilidad. El equipo directivo está formado por: Rector, Directores, Inspectores Generales, Jefes de Unidad Técnica, coordinador (a) general de convivencia y encargada (o) DASE. 2.3.2 Art 19. RECTOR En el contexto de establecimiento educacional de Iglesia y centro de evangelización, el Rector es: a) La persona que anima y congrega a la comunidad del Liceo en torno a los principios y valores establecidos en el Proyecto Educativo. b) El responsable directo de la gestión del Liceo ante las autoridades religiosas, educacionales, civiles, locales y regionales. 21 Funciones: Establecer los principios, objetivos, políticas y estrategias según las cuales se desarrollará la acción formativa del Liceo, de acuerdo con las prioridades señaladas por la Iglesia y con las disposiciones del Ministerio de Educación. Determinar y dirigir las líneas de acción pastoral en conjunto con el consejo de pastoral. Este consejo está presidido por el Sr. Obispo, Capellán Mayor, Hermanas del Instituto Mater Dei y encargado de Pastoral. Supervisar la ejecución de las líneas pastorales, pedagógicas y de administración. Velar por la eficiencia y las condiciones de trabajo del personal. Representar al Liceo ante las autoridades y organizaciones de la comunidad. Designar al Director, Inspectores Generales, Jefes de Unidades Técnicas, Administrador y Coordinador Pastoral. Presidir el Consejo Directivo, el Consejo Escolar y los Consejos de Profesores. Ejercer opcionalmente la facultad de delegar funciones de representación, planificación, organización de actividades y ejecución de proyectos. 2.3.3 Art. 20 DIRECTOR DE SECCIÓN Rol: Es la persona que dirige y supervisa el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje en la Unidad Educativa (Prebásica, Básica y Media), clima laboral, convivencia escolar, en concordancia con: a) b) c) d) El Proyecto Educativo Institucional y la Reglamentación interna. Las orientaciones emanadas del Rector. Las disposiciones legales que rigen el Sistema Educacional. Los programas, planes anuales y metas asumidos por la Unidad Educativa. Funciones: Coordinar el desarrollo del proceso educativo en la unidad a través del contacto permanente con los Directores de las Secciones Educación Pre Básica, Educación Básica y Educación Media. Informar a Rectoría de los procesos y acontecimientos que se desarrollan en las diferentes secciones del Liceo, por medio de reuniones establecidas por el Rector y situaciones emergentes que requieran consulta. Firmar la documentación oficial: - Actas de notas. 22 - Certificados de estudio. - Oficios y otros documentos atingentes al Liceo. Decidir la provisión de vacantes de personal y caducidad de contratos, previo informe del Equipo Directivo de la Sección correspondiente. Supervisar y coordinar el ejercicio de las funciones del Centro de Padres y del Centro de Estudiantes. Presentar a Rectoría el plan anual de gestión y presupuesto en el mes de octubre que precede al año escolar de ejecución del plan. Dirigir y supervisar el desarrollo del proceso educativo en la Sección a su cargo. Asignar la carga horaria al personal docente y administrativo de su Sección. Supervisar la distribución de la carga horaria del personal a cargo de otros Directivos. Proponer al Rector la provisión de las vacantes de personal que se originen. Designar a los Profesores Jefes. Presidir los Consejos de Profesores en ausencia del Rector. Responsabilizarse de la revisión previa de las Actas, Certificados, Informes y demás documentos oficiales que emanan de la Sección a su cargo. Firmar la documentación interna de su Sección. La documentación que se dirija a las oficinas ministeriales debe ir con copia a Rectoría. Revisar y distribuir la correspondencia recibida en su Sección. Organizar y dirigir la evaluación del desempeño de los docentes y del personal de apoyo, a través de un sistema único de Liceo establecido por Rectoría. Asistir, delegado por el Rector, a las reuniones de Presidentes y Delegados del Centro de Padres. Proponer al Rector actividades de perfeccionamiento del personal y otras iniciativas para mejorar el proceso educativo. Propiciar acciones de innovación curricular. Participar en el Consejo Directivo y en las comisiones que estime pertinentes. Informar al Administrador General sobre las necesidades de su Sección referentes a infraestructura, reparaciones e implementación material. 23 Autorizar los gastos menores correspondientes a administración, mantención, material didáctico, movilización y transporte y otros similares. Consultar al Rector solicitudes de préstamo del local respectivo y realizar las gestiones necesarias. 2.3.4 Art. 21 INSPECTORÍA GENERAL Rol: Es la unidad encargada de velar por la adhesión y cumplimiento del Reglamento Interno y de las normas emanadas de la Dirección que regulan la convivencia y de cautelar el marco para el normal desarrollo de las actividades docentes. Funciones: Establecer una planificación estratégica de las actividades formativas en convivencia escolar, considerando la jornada de sana de convivencia en coordinación con la encargada de convivencia escolar del Liceo, talleres complementarios del currículum y todas las instancias que promuevan una sana convivencia escolar. Organizar, supervisar y controlar el desarrollo de las actividades lectivas y complementarias en cuanto a su calendarización y horario. Apoyar a los docentes en su responsabilidad de mantener orden y disciplina en el aula, mediante acciones concertadas. Supervisar y controlar la mantención, aseo y presentación del local escolar. Ordenar las reparaciones menores de infraestructura, instalaciones, mobiliario y artefactos en base a un presupuesto anual presentado por la Unidad. Velar por la correcta observancia de las normas que rigen la convivencia escolar en lo referente a los estudiantes: presentación personal, preservación de la salud e higiene, asistencia, puntualidad, actitudes y relaciones interpersonales, uso del local, mobiliario e implementos. Derivar los casos de Estudiantes que presenten situaciones problemáticas que requieran apoyo especial como DASE o UTP . Informando a Rectoría. Supervisar y controlar el uso correcto del registro de asistencia de los Estudiantes y atender las visitas de fiscalización, en un trabajo coordinado con las instancias de control de subvenciones que tiene el Liceo. Supervisar la labor del (la) ecónomo(a) en lo referente al funcionamiento correcto de los servicios de bienestar de los Estudiantes y del personal. Organizar y supervisar acciones de prevención de salud de los estudiantes, campañas, plan de emergencia. 24 Autorizar el ingreso de Estudiantes atrasados, de los inasistentes que se reincorporen a clases y las salidas antes del horario habitual, de acuerdo a la normativa interna del Liceo. Velar por la correcta representación del Liceo en actividades cívicas. Organizar y supervisar el proceso de matrícula. Actualizar y controlar el inventario. En las salas audiovisuales, biblioteca, laboratorios y talleres, esta función se limita al mobiliario respectivo. Controlar la asistencia y puntualidad del personal. Llevar un registro de licencias y solicitudes de permiso del personal e informar a la Administración para los efectos de pagos y descuentos correspondientes. Extender la acción informativa y formativa a los padres y apoderados en los aspectos que inciden en el cumplimiento de las normas internas por parte de sus hijos o pupilos. Autorizar el préstamo de mobiliarios, útiles o herramientas que estén a su cargo, en casos calificados. Supervisar el correcto uso de los libros de clases en los items de: asistencia de Estudiantes y profesores, registro de seguimiento formativo de los Estudiantes y datos personales de los Estudiantes del curso. En la sección Pre-básica, es el encargado de Convivencia el que ejerce las funciones de Inspector General. 2.3.5 Art 22 Coordinación de Convivencia Escolar: Es el responsable de diseñar, elaborar e implementar el Plan de Gestión, conforme a las medidas que determine el Consejo Escolar. Además es el encargado de diseñar en conjunto con la dirección del establecimiento, la conformación de equipos de trabajo (por niveles, por cursos, etc.) y la estrategia de implementación del Plan de Gestión. En conjunto con el equipo técnico, debe elaborar y llevar a cabo una estrategia de seguimiento y monitoreo del Plan de Gestión. Y sistemáticamente informar al equipo directivo y al Consejo Escolar de los avances o dificultades en la implementación del Plan de Gestión y a la Comunidad Educativa, los avances en la promoción de la convivencia escolar y de la prevención de la violencia. Fuente: http://www.mineduc.cl/index2.php?id_portal=50&id_seccion=3699&id_contenido=15395 25 2.3.6 Art. 23 UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA Rol: Es el organismo coordinador y animador del proceso de Enseñanza - Aprendizaje que el Liceo imparte en el contexto del Proyecto Educativo. Funciones: Responsables de esta Unidad son los Jefes de U.T.P., quienes desempeñan las siguientes funciones: Planificar las actividades docentes para asegurar el normal desarrollo de los Planes y Programas de Estudio, según las disposiciones oficiales vigentes y el diseño curricular asumido por el Liceo. Organizar, supervisar y evaluar el proceso de enseñanza – aprendizaje conforme a la normativa oficial y a la planificación interna. Proponer y desarrollar iniciativas que tiendan a mejorar las condiciones técnicas y materiales en que se desarrolla la enseñanza: perfeccionamiento de los docentes, experiencias e innovaciones curriculares y administración de los recursos que apoyan la labor pedagógica. Organizar, controlar y/o coordinar: a) Admisión de estudiantes. b) Estructuración de los cursos. c) Procesos PSU y Simce. d) Práctica y Titulación. e) Visitas Pedagógicas – culturales f) Actos formativos internos g) Con Departamento de Informática: plataformas ministeriales (SIGE, DEMRE, PREMATRÍCULA, ACTAS, PLATAFORMA COMUNIDAD ESCOLAR PME), plataformas internas: NAPSIS, PREDUCA Y WEBCLASS Asesorar a los Profesores en: a) Formulación de los objetivos de la malla curricular. b) Confección de diversos instrumentos de evaluación. c) Aplicación de las distintas estrategias metodológicas. d) Actividades de nivelación, reforzamiento permanente, técnicas de estudio y apoyo pedagógico. Supervisar: a) El Proceso de Enseñanza – Aprendizaje mediante visitas al aula y entrevistas con los docentes. b) El correcto manejo del Libro de Clases: registro oportuno de las actividades curriculares y de las evaluaciones que se expresan en notas o conceptos. c) A los equipos de trabajo en el cálculo exacto de promedios semestrales y anuales, de las actas, planillas, certificados de notas, etc. 26 Planificar y organizar los Consejos de Evaluación, Jornadas Técnicas, Reuniones Técnicas por área y/o departamentos, Reuniones de Profesores Jefes, Reuniones de Coordinadores de Área. Derivar a las instancias correspondientes los casos de Estudiantes que requieran apoyo especial para su mejor desempeño escolar y supervisar los procesos. Promover, organizar y supervisar el desarrollo de actividades curriculares de libre elección que complementan la formación de los Estudiantes a través de su participación en academias, clubes, grupos o talleres, en coordinación con las Inspectorías Generales /Coordinación de Convivencia Escolar). Apoyar la labor de los especialistas: DASE (Orientador, Psicopedagoga, Psicólogo, Fonoaudióloga y Asistente Social) Supervisar o apoyar, según sea el caso de la sección, el funcionamiento del Centro de Recursos de Aprendizaje, Laboratorios, Talleres en general, Salas de Arte, Audiovisuales, Multipropósito. Detectar necesidades de implementación y material de apoyo pedagógico, establecer prioridades y decidir con la Dirección las adquisiciones de acuerdo al presupuesto disponible. Extender y evaluar la acción formativa e informativa hacia los padres para lograr un mayor apoyo, participación y compromiso con el proceso educativo que viven sus hijos. Entregar a la Dirección del Liceo el presupuesto de las necesidades anuales. En la U.T.P. de la modalidad Técnico Profesional servir de nexo entre la Fundación Arturo Irarrázaval Correa, Centro Cristiano y el Liceo, en lo referente a adquisición de implementación para los talleres. Gestionar convenios de colaboración con instituciones de educación y empresas, que vayan en beneficio de los estudiantes. Presentar los convenios al Rector para la correspondiente firma y visaje. Atender las supervisiones pedagógicas del Ministerio de Educación. Velar por el correcto seguimiento de los Estudiantes que presentan dificultades en su compromiso escolar. Autorizar útiles y herramientas que estén a su cargo. Disponer los reemplazos de profesores previo acuerdo con el Jefe de Sección. Asesoría y control del funcionamiento del equipo de Pastoral en apoyo a la función que corresponde al Rector. 27 En el caso de la sección Prebásica este, rol será extendido a la figura de coordinación de estudios. 2.3.7 Art. 24 CONSEJO DE DIRECCIÓN Rol: Es el organismo asesor y consultor del Rector en las materias y resoluciones inherentes a su cargo Integrantes: El Rector, que lo preside Directores de sección Los Inspectores Generales Los Jefes de Unidad Técnico Pedagógica Encargada DASE Coordinador(a) de Convivencia Escolar. Funciones: Sesionar ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuando lo cite el Rector. El Rector podrá invitar a otras personas en carácter de informantes o consultores sobre temas específicos. Fijar anualmente Metas Institucionales y Específicas de cada sección y elaborar o visar los respectivos planes y proyectos para conocimiento y consulta al Consejo Escolar. Evaluar en forma permanente la marcha del Liceo, proponiendo los ajustes y medidas correctivas que las circunstancias aconsejen. Proponer al Rector iniciativas que favorezcan el desarrollo y proyección del Liceo. Elaborar y aprobar las actualizaciones o modificaciones al Reglamento Interno que se hicieren necesarias, con consulta al Consejo Escolar. 2.4 APOYO ESPECÍFICO AL PROCESO EDUCATIVO 2.4.1 ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN Se definen como asistentes de la educación al “personal no docente que forman parte evidente de la comunidad escolar de los establecimientos educacionales, que cumplen una variada gama de tareas que no corresponde realizar al personal docente de los establecimientos educacionales, pero sin las cuales no resultaría posible el funcionamiento de los mismos”1. Los tipos de Asistentes de Educación y Profesionales de Apoyo a la Educación en el Liceo Cardenal Caro, se diferencian por la relación de su trabajo y a las actividades de los estudiantes y se agrupan en la siguiente denominación: Asistentes de Educación 1; 1 MINEDUC. Asistentes de la Educación en la Reforma Educativa. Año 2007. Santiago. 28 Asistentes de Educación 2; Asistentes de Educación 3, Asistentes de Educación 4, Asistentes de Educación 5 y Asistentes de Educación 6. Asistentes de Educación 1 nos referiremos a los Asistentes de Educación que realizan trabajos de Aseo y Mantención del Liceo. Asistentes de Educación 2 nos referimos a los Asistentes de Educación que realizan trabajos de Inspectoría y Biblioteca. Asistentes de Educación 3 nos referiremos a los Asistentes de Educación que realizan trabajos en los casinos del Liceo. Asistentes de Educación 4 nos referiremos a los Asistentes de Educación que realizan trabajos de Secretarías de Rectoría, Secretarías de Dirección de Sede, Secretarías de UTP, Secretarías de Inspectoría, Secretaría en el DASE Asistentes de Educación 5 nos referiremos a los Asistentes de Educación que su trabajo consiste en ser Ayudante de Aula y/o Monitores de Talleres y Tutorías. Asistentes de Educación 6 nos referiremos al Personal que labora en Administración, personal a cargo de los Laboratorios de Computación y soporte de los equipos computacionales del Liceo y Estafetas. Profesionales de Apoyo: Psicólogos, Fonoaudiólogos, Psicopedagogos, Asistentes Sociales, Orientadores. 2.4.2 Departamento de Asistencia Socioeducativa (DASE) El DASE es un departamento que cuenta con un equipo multidisciplinario que realiza un programa de trabajo que da un apoyo integral a los alumnos y sus familias para mejorar las condiciones de vida, fortaleciendo los factores protectores asociados a la etapa del desarrollo, para esto trata de identificar los factores de riesgo, necesidades educativas, entre otras que poseen nuestros alumnos. Para alcanzar el logro de este proyecto contaremos con los trabajos significativos de profesiones calificadas e idóneas tales como: Psicólogos Psicopedagogas Orientadores vocaciones y familiares Trabajadores Sociales. Fonoaudióloga. Objetivos del Dase: Prestar apoyo Social y Psicológico a los niños de nuestra comunidad escolar, otorgando una intervención socio educativa que trabaje sobre sus motivaciones y potencialidades. Identificar los factores de riesgo que impliquen, abuso, maltrato y Abandono que ameriten intervención desde Tribunales de Familia. Identificar las necesidades educativas para mejorar el nivel de aprendizaje de los alumnos de nuestro Liceo. 29 2.4.2.1 Art. 25 ORIENTADOR (A) Rol: Es el profesional encargado de crear y favorecer las condiciones para que los Estudiantes – guiados por los profesores – logren descubrir sus capacidades y asumir responsablemente su vocación humana, en el marco de los principios formativos del Liceo. Integra la Unidad Técnico Pedagógica y desempeña su labor bajo la supervisión del (los) Jefe(s) de dicha Unidad, en base a una programación anual aprobada por ellos. Desempeña sus funciones en coordinación con Sacerdote P. Capellán cuando la situación lo requiere. Funciones: En relación a los estudiantes: Apoyar a los Estudiantes en el proceso de autoconocimiento (intereses, aptitudes, fortalezas, debilidades, expectativas, temores), como requisito para su desarrollo integral. Guiar a los Estudiantes para que adopten en forma autónoma e informada las decisiones concernientes a su proyecto vocacional. Atender a los Estudiantes que presenten dificultades de adaptación a la vida escolar y que le sean derivados por algún miembro de la Dirección o a solicitud fundamentada del Profesor Jefe respectivo, u otro profesor en concordancia con las normas de convivencia escolar. Mantener un permanente seguimiento a todos aquellos casos de estudiantes que presentan problemas de salud, embarazos y otros problemas asociados, que son derivados desde UTP. Derivar a otros especialistas los casos que así lo requieran. En relación a los profesores: Supervisar y apoyar la labor formativa de los Profesores Jefes, específicamente en: a) Diseño de Unidades de Orientación incluyendo Programas de afectividad y Sexualidad, Drogas y Alcohol y otras que contribuyen a la formación integral de los estudiantes. b) Elaboración de instrumentos que les permitan un mejor conocimiento de sus estudiantes. c) Asesoría en la preparación de pautas de Consejo de Curso y de Reuniones de Apoderados. En relación a los Padres y Apoderados: Apoyar individual y grupalmente la labor formativa de los padres y/o apoderados en los casos que se requiera. Gestionar acciones estratégicas que vayan en apoyo en temáticas formativas para fortalecer la familia (Charlas, seminarios, ciclo de cines y/o videos formativos, etc.). 30 2.4.2.2 Art. 26 PSICOPEDAGOGO (A) Rol: Dentro de la estructura escolar y bajo el alero de las Unidades Técnico Pedagógicas respectivas, el psicopedagogo es el profesional encargado de diagnosticar, tratar y asesorar a Estudiantes con Necesidades Educativas Especiales (NEE) y prestar asesoría técnica a profesores y apoderados de dichos estudiantes. Funciones: Entrevistar apoderados y Estudiantes con NEE que resulten de derivaciones a través de U.T.P. Realizar evaluaciones diagnósticas que incluyen la aplicación de diferentes instrumentos específicos y acorde a las dificultades de los Estudiantes con NEE. Apoyar al profesor en las estrategias metodológicas y evaluativas que se utilicen en Estudiantes con NEE y que así lo estime el diagnóstico. Derivar a otros especialistas en los casos que sea necesario. Informar por escrito el diagnóstico y/o evolución del estudiante con NEE a sus padres, al Profesor Jefe y a la U.T.P. Realizar tratamiento psicopedagógico específico. Orientar a padres y apoderados en las especificaciones que afectan o inciden a los Estudiantes con NEE. Planificar, desarrollar y presentar apoyo técnico de temas específicos a padres, profesores y estudiantes, cuando sean requeridos por U.T.P. 2.4.2.3 Art.27 PSICÓLOGO EDUCACIONAL Rol: Es el profesional encargado de favorecer el ajuste personal y social del estudiante en el contexto escolar, e intervenir en los factores personales, sociales y organizacionales que pudieran obstaculizarlo. Su desempeño es supervisado por DASE en coordinación con UTP Funciones: En relación al estudiante: Evaluación: Diagnóstico del estudiante en áreas cognitiva, emocional y conductual, y a nivel individual, grupal y familiar, según la problemática percibida y en base a instrumentos 31 validados científicamente. Desarrollo de informes que den cuenta de los resultados de la evaluación. Intervención: Desarrollo de acciones terapéuticas a nivel de consejería (counseling) a fin de mejorar problemáticas detectadas, o bien derivación y seguimiento cuando se trate de situaciones con base patológica (neurología, psiquiatría, psicoterapia). En relación al profesor y equipo directivo: Asesoría: Entrega de conocimientos y habilidades para apoyar al profesor en su interacción con el estudiante. Orientación acerca de necesidades de capacitación. Asesoría y apoyo en la selección de personal que postula al Liceo y a Estudiantes en situación especial. Coordinación: Analizar y orientar las habilidades interpersonales y de comunicación que favorezcan la labor profesional de profesores y directivos de manera coordinada y efectiva. Prevención: Proponer y desarrollar acciones que ayuden a un mejor desempeño laboral en cuanto a salud mental (manejo de estrés, tensiones, autocuidado, entre otras). En relación al entorno social/organizacional: Extensión: Desarrollar instancias y programas de prevención, asesoría y comunicación de conocimiento de la profesión psicológica a la comunidad intra y extra escolar. Prevención: Desarrollo de actividades de formación y/o capacitación a los apoderados del establecimiento como medida de prevención ante problemas conductuales y de interacción en situaciones especiales. Investigación: Participación y diseño de investigación psicológica en torno a ámbitos importantes de la educación. Desarrollo de proyectos y acciones de investigación que resulten beneficiosos para el establecimiento. 2.4.2.4 Art.28 FONOAUDIOLOGA Su trabajo consiste: En evaluar a los niños con trastorno específico. Observación en aula para pesquisar estudiantes con problemas de lenguaje. Elaborar charlas para capacitar a docentes y apoderados en la estimulación del lenguaje oral. Determinar técnica de ayuda de forma individual para cada estudiante acorde a sus dificultades del lenguaje. 32 2.4.3 EQUIPO PASTORAL 2.4.3.1 Art.29 CAPELLÁN Rol: Es el Sacerdote asignado al Liceo por el Sr. Obispo para la atención religiosa de la comunidad escolar. Funciones: a) b) c) d) Celebrar misas según programación interna y confesiones. Celebrar ceremonias de acuerdo al Calendario Litúrgico. Asesorar al Coordinador de Pastoral y sus colaboradores. Asistir a estudiantes, profesores y funcionarios en sus necesidades espirituales. 2.4.3.2 Art.30 COORDINADOR DE PASTORAL Rol: Es la persona responsable de la planificación y realización eficiente de los lineamientos que determine la autoridad máxima del Liceo y el Consejo Directivo concernientes a la condición de Colegio de Iglesia. Funciones: Formular un plan anual de acción que comprenda: a) Actividades pastorales. b) Celebraciones litúrgicas. c) Catequesis Sacramental. Organizar y coordinar la acción de los agentes pastorales al interior del Liceo: a) Estudiantes Delegados de Pastoral de cada curso. b) Estudiantes que se preparan para recibir algún Sacramento. c) Estudiantes, Profesores y Personal voluntarios para Catequesis Sacramental. Coordinar la Pastoral Familiar en conjunto con el representante del Rector. Organizar, coordinar y evaluar las celebraciones litúrgicas internas: a) Misas. b) Liturgia de Semana Santa. c) Pentecostés. d) Mes de la Solidaridad. e) Mes de María. f) Jornadas pastorales. g) Adoración del Santísimo Sacramento. h) Jornadas de Confesión. i) Diario mural de pastoral. 33 Realizar sus funciones en coordinación con el Sacerdote Capellán del Liceo y con el equipo de pastoral y la Dirección de la Sección respectiva. 2.4.4 LOS PADRES Y APODERADOS EN EL PROCESO EDUCATIVO. CONCEPTOS GENERALES Entendiendo que los padres y apoderados son aliados estratégicos en el proceso formativo y de enseñanza-aprendizaje, es que el Liceo Cardenal Caro les asigna el rol de co-educadores y primeros responsables de la educación de sus hijos (Art., 4, párrafo segundo Ley General de Educación ley 20.370). Entendemos que desde el momento en que el apoderado matricula a su pupilo en este establecimiento, y recibe una copia del reglamento de convivencia escolar, que por lo demás se encuentran disponibles en la página web del establecimiento: www.lpmcc.cl , no obstante, una copia adicional de dicho reglamento será entregada y firmada su recepción por parte de los apoderados en la primera reunión de subcentro; comparte y asume las normas de convivencia escolar. Las respeta y las hace respetar. Art. 31 La relación entre el Liceo y los apoderados se regirá de la siguiente manera: El apoderado debe asistir a todas las reuniones de subcentro, a las entrevistas personales convocadas por el profesor jefe y a las citaciones hechas por la UTP, Inspectoría General y Dirección y en general a cualquier citación requerida por el Liceo. Es deber del apoderado mantenerse permanentemente informado de las distintas actividades del liceo, como también de la situación académica y disciplinaria de su pupilo. Los medios oficiales de comunicación entre el Liceo y el apoderado son: a. Agenda estudiantil. b. Sitio Web Institucional. c. Paneles informativos. d. Circulares. e. Comunicaciones impresas. La relación entre el liceo y el estudiante se canaliza una y exclusivamente a través del apoderado, entendiendo por apoderado a la persona que está registrada como tal en la ficha de matrícula. De haber un cambio en el transcurso del año escolar, o impedimento temporal para que el apoderado registrado continúe como tal, esta nueva situación deberá quedar consignada en el libro de clases. La relación entre el apoderado y los diversos estamentos del liceo debe ser en un clima de respeto y diálogo permanente. Entendemos para una mejor comunicación entre escuela y familia, debemos asumir conductos regulares para canalizar inquietudes, sugerencias, reclamos, felicitaciones y 34 observaciones a la labor realizada en el interior del Liceo, quedando consignado la entrevista en el libro de clases y talonario de entrevista. Por tanto, en el fortalecimiento de una buena comunicación las vías son: Comunicación con el Profesor Jefe. Jefe Técnico Pedagógico (UTP) o Inspector General. Director de sección. Rector. Cuando el apoderado falta a sus obligaciones anteriormente descritas y/o no hace cumplir a su pupilo las normas de convivencia escolar establecidas, el Liceo podrá exigir el cambio de apoderado. Art. 32 RESPONSABILIDADES Y COMPROMISOS DE LOS DIFERENTES INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA PADRES, MADRES Y APODERADOS/AS Asumir el rol primario y protagónico en la responsabilidad por la formación y educación de sus hijos e hijas. Crear alianzas consientes con los distintos actores y estamentos educativos para asegurar una buena formación y el aprendizaje de la convivencia de sus hijos e hijas dentro y fuera del establecimiento educacional. Contribuir con sus reflexiones dichos y acciones, al ejercicio cotidiano de una convivencia respetuosa y solidaria entre los miembros de la Comunidad Educativa. Acompañar activamente el proceso educativo de sus hijos e hijas Cautelar y promover el respeto y solidaridad de sus hijos e hijas con y hacia los miembros de la Comunidad Educativa. Conocer, compartir y apoyar el Proyecto Educativo y las normas y procedimientos disciplinarios del establecimiento escolar. Participar amplia y organizadamente en la Comunidad Educativa, haciendo uso de los canales de consulta y apelación institucionales disponibles en caso de observaciones o discrepancias. Participar activamente en el proceso de elección democrático del Centro de Padres, Madres y Apoderados. Conocer el Proyecto Educativo Institucional de su Comunidad Educativa y reflexionar sobre su contenido, objetivos y normas, colaborando en su ejecución e implementación. Contribuir a la difusión, análisis y elaboración del Reglamento de Convivencia y Proyectos de Mejoramiento Educativo, atendiendo a los objetivos del Proyecto Educativo de los establecimientos educacionales y a los canales de participación establecidos. Respetar las normativas internas de establecimiento. Citador de la política nacional de convivencia escolar p.27 http://www.mineduc.cl/usuarios/convivencia_escolar/doc/201203262303500.PoliticadeConv ivenciaEscolar.pdf Es de vital importancia que los padres y apoderados comprendan y asuman a la familia como el primer responsable de la educación de sus hijos e hijas, y al Liceo como colaborador a la 35 misión de los padres, en una actitud de apoyo mutuo. Por tal razón y modo de compromiso, los padres y apoderados deberán firmar al matricular a sus hijos el reglamento de adhesión al PEI, asumiendo un compromiso con sus deberes y derechos .Anexo.4 2.4.5 Art. 33 CONSEJOS DE PROFESORES. El Consejo de Profesores es un organismo técnico de carácter consultivo. Su finalidad es facilitar, con la participación de todos los docentes, el cumplimiento de los objetivos educacionales en el marco del Proyecto Educativo Institucional. La Dirección podrá requerir la participación en el Consejo de Profesores de otros miembros del personal. El Consejo de Profesores será presidido por el Rector y, en ausencia de éste, por el Director de Sección. Según la índole de las materias técnico pedagógicas que motiven su realización, el Consejo de Profesores adoptará las siguientes modalidades: Consejo General, Consejo Técnico, Consejo de reflexión pedagógica por áreas o subsectores, Consejo de Profesores de cursos o niveles y Consejo de Profesores Jefes. La Dirección del Liceo calendarizará las sesiones del Consejo de Profesores en el marco del Plan Anual, señalando pautas de desarrollo de acuerdo a la temática correspondiente. 2.4.6 COMITES DE COLABORACIÓN 2.4.6.1 Art. 34 CONSEJO ESCOLAR. El Consejo Escolar es un organismo de carácter informativo, consultivo y propositivo, integrado por representantes de la comunidad escolar. El Consejo Escolar no tendrá carácter resolutivo ni podrá intervenir en funciones que sean de competencia de otros organismos del establecimiento educacional. El Consejo Escolar estará integrado por el Rector, que lo presidirá; por el Sostenedor o un representante designado por él; un Docente elegido por los profesores del establecimiento; el Presidente del Centro de Padres y Apoderados y el Presidente del Centro de Estudiantes. El Rector podrá delegar en el Director la presidencia del Consejo Escolar y ampliar el número de integrantes con otros miembros de la comunidad educativa. La organización, funciones y periodicidad del Consejo Escolar serán establecidas en el anexo 07 del presente reglamento. 36 2.4.6.2 Art. 35 COMITÉ DE SANA CONVIVENCIA ESCOLAR. El Comité de Sana Convivencia Escolar está integrado por un representante de los siguientes estamentos del LICEO CARDENAL CARO: a) Dirección b) Profesores. c) Estudiantes. d) Padres y apoderados. e) Asistentes de la educación. Se señala que al tener el LICEO CARDENAL CARO tres locales, tendrá un Comité de Sana convivencia por local. El Comité tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones: a) Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano; b) Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del establecimiento; c) Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar; d) Designar a uno o más encargados de convivencia escolar; e) Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de convivencia escolar; f) Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar; g) Determinar, con alcance general, qué tipo de faltas y sanciones serán de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso; y h) Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes. El LICEO CARDENAL CARO designará un Encargado o encargada de Convivencia Escolar. En cuanto a los procedimientos, El Comité de Sana Convivencia se regirá por el REGLAMENTO TIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR del Ministerio de Educación y de la Fundación PRO BONO, que se acompaña como anexo 05 al presente reglamento CONVIVENCIA ESCOLAR 37 2. art 36 CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR El Liceo Cardenal Caro fundamenta su labor educativa en un modelo curricular en el que se complementan armónicamente una propuesta curricular integral y la vivencia cotidiana de las virtudes cristianas. Para cumplir con este propósito es condición fundamental que el trabajo escolar se realice en un ambiente cimentado en la responsabilidad personal y en el respeto mutuo. Respeto, responsabilidad y diálogo constituyen, pues, los ejes centrales de una convivencia armónica que permite a cada integrante de nuestra comunidad cardenalina cumplir su rol y aportar su esfuerzo a la tarea educativa en común. Así, el estudiante aprende en la práctica diaria de la convivencia escolar a ejercer responsablemente sus derechos, a cumplir con rigurosidad sus deberes y a respetar a todas las personas con quienes comparte el trabajo. En este concepto, las orientaciones y pautas para la convivencia escolar, si bien no son un fin en sí mismas, constituyen un medio insustituible para fortalecer hábitos y afianzar valores que los estudiantes del Liceo Cardenal Caro refleje mediante una actitud positiva ante la vida y ante la sociedad, a la cual pueda integrarse en forma creativa y solidaria. Los aspectos señalados en los criterios pedagógicos para la Convivencia Escolar cumplen su objetivo pedagógico en la medida en que es una guía para que cada estudiante vaya creciendo en sus valores y hábitos de convivencia, asumidos conscientemente y puesto en práctica con la convicción de que la vida en común requiere de un ordenamiento en el que la libertad y la responsabilidad formen un todo indivisible. 3.1 Art 37 RESPONSABILIDAD ESCOLAR: El Liceo Cardenal Caro asume su compromiso de educar mediante un proceso que sitúa como centro al estudiante. Esto significa que la orientación, planificación y dirección de la enseñanza, todo el trabajo profesional que despliegan los profesores, la labor del personal de apoyo, el esfuerzo de los padres y la organización de los recursos financieros, materiales y didácticos, así como la infraestructura física, están al servicio de la formación de personas. El ser centro del proceso educativo implica que el estudiante – orientado, guiado y apoyado por los profesores – debe asumir su rol de estudiante con responsabilidad. El estudiante del Liceo Cardenal Caro manifiesta su crecimiento con responsabilidad a través del cumplimiento de sus deberes escolares, en cuyo conjunto pueden distinguirse los siguientes aspectos que se complementan: I. II. III. IV. Presentación Personal. Promoción de la salud y la higiene. Asistencia. Puntualidad. 38 V. VI. VII. Uso y cuidado del local, mobiliario y útiles. Compromiso Escolar. Actitud y relaciones interpersonales. Es propósito permanente del Liceo lograr que los Estudiantes alcancen el máximo crecimiento personal a través de la vivencia de los principios y valores y del cumplimiento de la normativa interna. En este contexto, el Liceo estimula y distingue a los Estudiantes que destacan por su buen desempeño escolar, constituyéndose en ejemplos para sus pares. I-.- PRESENTACIÓN PERSONAL a. La presentación es una expresión visible de cada persona. a. El vestuario escolar debe reflejar orden, limpieza y sobriedad y no constituir, en absoluto, un elemento de diferenciación por razones socioeconómicas. b. Es este el fundamento de la obligatoriedad del uso del uniforme escolar que el Liceo mantiene vigente. c. El estudiante del Liceo Cardenal Caro debe llevar siempre con prestancia el buen nombre del colegio. En consecuencia, mientras use el uniforme o cualquier signo distintivo de este, puede ser objeto de aplicación de las normas del presente reglamento, especialmente en lo que dice relación con la participación de riñas, hurtos, robos, consumo de alcohol y otros fuera del establecimiento. d. El uniforme del Liceo lo establece la Dirección, consultados el Consejo de Profesores, el Centro de Padres y Apoderados y el Centro de Estudiantes. e. El uniforme oficial del Liceo Cardenal Caro es el siguiente: Varones: Pantalón gris, zapatos negros, calcetines grises, camisa blanca, corbata institucional, sweater institucional, parka institucional o azul sin logos o leyendas. Los cuartos medios podrán diseñar un polerón generacional, previa aprobación por parte de la dirección del color, leyendas y figuras. El uniforme de educación física es: buzo y polera blanca institucional, short azul, las zapatillas deberán ser de color blanco o negro o azul o gris y adecuado para tal efecto. Mujeres: Falda institucional (Largo dos dedos sobre la rodilla), blusa blanca, pantys o calcetas grises, sweater institucional, corbatín institucional, zapatos negros parka institucional o azul sin logos o leyendas. Los cuartos medios podrán diseñar un polerón generacional, previa aprobación por parte de la dirección del color, leyendas y figuras. El uniforme de educación física es: buzo institucional, polera blanca con insignia del colegio. 39 Para la Sección Prebásica el uniforme institucional para niveles NT1 y NT2 será el buzo institucional. f. En casos calificados por la unidad de Inspectoría General, el uniforme podrá ser modificado ser complementado con otras prendas, tales como: bufandas y guantes azul marino gorros azul marino para invierno y jockey institucional en actividades al aire libre. También la Inspectoría General podrá determinar los casos en que un estudiante pueda eximirse temporalmente del uniforme. g. Tanto hombres como mujeres entre octubre y abril de cada año escolar puede cambiar la camisa, la blusa, la corbata y el corbatín por polera oficial. h. Para los niveles de primero a cuarto básico será necesario la utilización de cotona tradicional escolar (Café tradicional), para varones, y delantal tradicional escolar (cuadrillé azul). i. Es necesario tener siempre presente el criterio de sobriedad en el vestuario. j. Está prohibido el uso de adornos u otros elementos ajenos al uniforme establecido, así como el uso de joyas ostentosas o que revistan riesgo de causar daños. Asimismo, está prohibido el uniforme sucio, descuidado; de ancho o largo inadecuado, uñas pintadas o maquillaje; cabello desordenado (de corte y tinturado no tradicionales), tanto en damas como en varones. k. El corte de cabello debe ser tipo escolar, entendido por aquel que deja descubierta las orejas, sin patillas, descubierta la frente y el cuello de la camisa. Barba rasurada. l. El monograma o insignia del LCC son el distintivo y signo externo de identificación del estudiante con su Liceo, por lo que su uso en el uniforme es obligatorio, según diseño oficial. m. Los cuartos años medios podrán utilizar un polerón institucional de su generación, que debe ser autorizado por la Rectoría a finalizar el año escolar anterior a su uso. II-.- a. PROMOCIÓN DE LA SALUD Y LA HIGIENE La salud física y emocional es un don que debe ser protegido especialmente. Así cada estudiante debe responsabilizarse tanto de su higiene personal como de colaborar a la higiene ambiental: limpieza de la sala, mobiliario y útiles, limpieza y uso correcto de los servicios higiénicos, limpieza de los patios y jardines, utilización de los basureros, entre otros aspectos. Los alumnos deben abstenerse de botar basura, desperdicios u otros elementos contaminantes. Asimismo, deben abstenerse de perturbar la tranquilidad del ambiente de trabajo escolar con gritos, ruidos u otras manifestaciones semejantes. 40 b. Junto con promover una alimentación sana y cautelar constantemente la limpieza personal y ambiental, es imperativo educar para prevenir y evitar, la práctica de hábitos que atentan contra la salud propia y la de otras personas como: consumo de cigarrillos, pornografía, piercing, expansiones, tatuajes y cualquier otra manifestación nociva para la salud. En especial reviste una mayor preocupación y gravedad, el consumo y tráfico de alcohol y drogas en nuestros estudiantes en la unidad educativa. Ante lo cual el Liceo establecerá todas las medidas necesarias y en línea con la normativa vigente (Ley 20.000), a modo de sanciones formativas y correctivas. Sin perjuicio de lo anterior, el Liceo debe denunciar ante la autoridad competente los ilícitos relacionados con drogas. c. También es importante que los Estudiantes aprendan en el Liceo a vivenciar el respeto y cuidado de la naturaleza como factor de preservación del medio ambiente y como fuente y expresión de vida y de belleza. III-.- ASISTENCIA a. La asistencia diaria a las actividades escolares es indispensable para que cada estudiante pueda lograr un aprendizaje sólido. b. La exigencia, en este sentido, es un medio que contribuye eficazmente a la formación de hábitos de estudio y al desarrollo de la capacidad de realizar un trabajo en forma sistemática y continua. c. Ello implica hacer obligatoria la asistencia a todas las clases y actividades de apoyo, conforme al calendario escolar y al horario establecido por el Liceo. d. Con el objeto de lograr el mejor aprovechamiento del tiempo dedicado al trabajo escolar, los Estudiantes deben permanecer en la sala durante el desarrollo de las clases y en los denominados “cambios de hora”. e. Cuando el estudiante – por razones de salud u otras de fuerza mayor – está impedido de cumplir con su asistencia a clases, su apoderado deberá acreditarlo personal y oportunamente, ante Inspectoría General, presentando certificado médico, cuando corresponda. Este certificado médico deberá ser presentado a más tardar 48 horas después del reintegro del estudiante o alumna. Fuera de éste plazo no serán recibidas. En todo caso, inspectoría general podrá solicitar el bono o comprobante de atención. f. Una vez reintegrado el estudiante a clases, se debe enviar justificativo escrito en la libreta al profesor jefe. g. Cuando son ausencias prolongadas, es responsabilidad del apoderado informar oportunamente al profesor y la jefe la Unidad Técnico Pedagógica para iniciar los apoyos pedagógicos y socio afectivos correspondientes. 41 h. Preocupados en cautelar el aprendizaje de todos los estudiantes, es que el liceo no autoriza el retiro de Estudiantes durante la jornada de clases. Las situaciones especiales de excepción serán evaluadas por las Inspectorías Generales, previa presentación de antecedentes por el apoderado i. El colegio llevará un libro de registro foliado que debe consignarse firma, RUT y personas que pueden retirar a los estudiantes. IV-.- PUNTUALIDAD a. El hábito de la puntualidad es muy importante en la formación de una persona responsable de su deber y respetuosa de su propio tiempo y del tiempo de los demás. b. En el ámbito escolar, la puntualidad es imprescindible para el óptimo aprovechamiento del tiempo disponible para el trabajo. c. A través del cumplimiento riguroso tanto en la hora de ingreso a la jornada como en las horas de clases que suceden a los recreos, el estudiante expresa su sentido de responsabilidad y su respeto por el tiempo del profesor, el de sus compañeros y el suyo propio. d. En la formación del hábito de la puntualidad es especialmente importante el apoyo y la exigencia tanto de los profesores como del hogar. e. La unidad de Inspectoría General tiene la responsabilidad de hacer cumplir las normas referentes a la asistencia y puntualidad y la facultad de calificar situaciones particulares que justifiquen tratamiento especial, otorgando en forma expresa la autorización correspondiente. f. El control riguroso de la asistencia y puntualidad de los estudiantes, que cada profesor realiza clase a clase, es un apoyo importante para la adquisición y persistencia de estos hábitos. g. Es importante destacar que el Liceo está facultado para hacer que los estudiantes compensen el tiempo perdido en clase. (Séptimo a Cuarto Medio) y citaciones de apoderado para todo los niveles en caso de ser necesario. V-.- USO Y CUIDADO DEL LOCAL (LICEO), MOBILIARIO E IMPLEMENTOS. a. El edificio, patios, jardines, el mobiliario y los implementos con que cuenta el liceo, son bienes destinados a servir los objetivos educativos de los alumnos. b. Los estudiantes deben mantener limpia, libre de rayado y deterioro las estructura del establecimiento como el buen estado del mobiliario e instalaciones. c. Además de su costo en dinero, son valiosos por la utilidad que prestan. 42 d. El uso y cuidado de estos bienes compromete a toda la comunidad escolar. e. Por lo tanto, es obligación de cada alumno respetarlos y contribuir a su conservación, usándolos correctamente y cuidándolos. f. La comunidad escolar en su conjunto debe hacer uso adecuado y cuidadoso del agua y energía eléctrica. g. También se ayuda cuando los alumnos informan a Inspectoría de cualquier deterioro en relación al local, mobiliario, útiles, implemento e instalaciones. h. En caso de que el estudiante sea responsable directo del daño deberá asumir los costos correspondientes o en su defecto su apoderado. VI-.- COMPROMISO ESCOLAR Uno de los rasgos esenciales en un buen estudiante es una actitud colaborativa con su aprendizaje, reflejado en: a. Poner Interés por aprender en cada clase. b. Participación activa y positiva en el desarrollo de la clase. c. Respeto por el trabajo del profesor y por el trabajo de sus compañeros. d. Los estudiantes deben presentarse a cada clase con útiles y tareas correspondientes. e. Colaboración a crear y mantener un ambiente de orden que permita y favorezca el mejor aprendizaje tanto dentro del establecimiento como en salidas pedagógicas. De este modo se prohíbe el uso de todo tipo de aparatos tecnológicos, juegos y juguetes al interior del Liceo sin la autorización correspondiente. De acuerdo con lo anterior, el Liceo no se hace responsable de la pérdida de estos. f. En los niveles de pre kínder a segundo básico, los estudiantes no pueden traer dinero sin autorización, por tanto el Liceo no se hará responsable de la perdida de este. g. Preparación cuidadosa y cumplimiento estricto y oportuno de sus compromisos de evaluación: pruebas, interrogaciones, disertaciones, trabajos, etc. h. Iniciativa para reforzar y profundizar su aprendizaje fuera del horario sistemático, mediante consulta, investigación, ejercitación, repaso, nivelaciones y reforzamientos. i. Honestidad en su trabajo escolar y en su comportamiento general. Por tanto, no es admisible copiar en pruebas o controles, presentar tareas o trabajos ajenos como propios, plagios en trabajos, mal uso de la información de las paginas web; adulterar documentos como Libro de clases, libretas de comunicaciones, colillas al hogar, prestar ayuda ilícita a terceros en controles, pruebas y trabajos. 43 j. La sustracción de documentación oficial o bienes del establecimiento, como también su destrucción, faculta al establecimiento a dirigirse a las instancias que permita la ley. k. Los alumnos no deben ausentarse de clases en horas intermedias ni abandonar el colegio antes de la hora de salida sin permiso expreso de la autoridad correspondiente. l. Los alumnos no deberán ingresar ni salir del Liceo por accesos no autorizados. m. Uso obligatorio y permanente de la Agenda Institucional como instrumento de apoyo y de relación entre Liceo y Hogar. n. El Liceo está facultado para establecer medidas formativas para los casos que lo ameriten. VII-.- ACTITUD Y RELACIONES INTERPERSONALES La actitud con que la persona asume su relación con los demás es reflejo de su propia estimación y de la que siente por las personas. El estudiante del Liceo Cardenal Caro debe manifestar esta actitud positiva tanto dentro como fuera del establecimiento mediante: a. Trato respetuoso y cortés con todas las personas sin distinción alguna. b. Uso correcto del lenguaje, con prescindencia de palabras o expresiones despectivas, procaces, procolálicas u ofensivas, por cualquier tipo de medio (oral, físico, escrito y redes sociales). c. Apertura a escuchar opiniones y argumentos diferentes a los propios. d. Disposición a resolver discrepancias sin recurrir a la violencia verbal ni física u ofensas por redes sociales. e. Reconocimiento de sus errores y voluntad de enmendarlos. f. Están prohibidos los juegos bruscos o violentos que pongan en riesgo la integridad física del alumno o la de otras personas. g. Se prohíbe el porte y uso de armas de fuego, de elementos cortantes, punzantes u otros que, eventualmente, puedan provocar daños o lesiones e incluso la muerte. h. No es admisible agresión a docentes, funcionarios u otro miembro del establecimiento, por parte de estudiantes o cualquier miembro de la comunidad educativa. i. Por autocuidado no está permitidas conductas de riesgos, que pongan en peligro la integridad física del estudiante y de sus compañeros. 44 j. El comité de Sana Convivencia puede ser activado en cualquier caso relacionado a este fundamento. k. El Liceo puede tomar medidas legales contra cualquiera de los casos establecidos, además de constatar lesiones en los organismos correspondientes. l. En relación a este capítulo, debe tenerse presente también que el Liceo Cardenal Caro ha asumido la educación como un medio natural para que los Estudiantes aprendan a desarrollarse en un plano de mutuo respeto, con igualdad de deberes, derechos y oportunidades. 3.2 art 38 CONSIDERACIONES SOBRE LA PAUTA DE PROCEDIMIENTOS: Como ya está dicho, la acción educativa del Liceo envuelve toda su vida escolar, incluyendo la formación de buenos hábitos de comportamiento y responsabilidad escolar, como etapa previa e imprescindible para alcanzar la autodisciplina. En este aspecto, es de vital importancia la guía y el apoyo que el profesor y asistentes de la educación dan a los alumnos para que adquieran, perfeccionen y perseveren en los hábitos. Ante el no cumplimiento de las normas señaladas como indicadores de comportamiento positivo y de responsabilidad escolar, corresponde aplicar diferentes medidas conducentes a lograr el cambio deseable en el comportamiento o actitud de los estudiantes. La medida debe tender siempre a resaltar el hábito o el valor positivo que fue trasgredido. También es necesario que la medida sea adecuada a la naturaleza y a la gravedad de la falta cometida. Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando el justo proceso, la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable. Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios: a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas; b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado; c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como: La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores; El carácter vejatorio o humillante del maltrato; Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro; 45 Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa; Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento; d) La conducta anterior del responsable; e) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra; t) La discapacidad o indefensión del afectado. La buena convivencia y el cumplimiento de la responsabilidad escolar por parte de los alumnos y alumnas requiere de una preocupación constante y – por lo tanto – el lograrlo debe entenderse como un proceso que contempla cíclicamente formación (trabajo a nivel de alumnos y apoderados; campañas a nivel de comunidad escolar) aplicación de las acciones o medidas remediales y reforzamiento permanente. Las medidas tienen por objeto lograr que cada alumno sea capaz de asumir responsablemente su rol de estudiante y que contribuya a la buena convivencia escolar. Estas medidas pueden sintetizarse y ordenarse secuencialmente en una Pauta de Procedimiento, indicando en cada caso las personas a quienes atañe directamente la aplicación de la medida. Ello sin perjuicio de reafirmar que estos aspectos de la vida escolar son preocupación y responsabilidad del conjunto y de cada uno de los miembros del personal del Liceo. La persistencia en la inadaptabilidad a la normativa afecta, en general, la convivencia de la comunidad educativa y, en particular, vulnera el derecho de los demás alumnos y de los profesores a desarrollar el proceso de aprendizaje en un ambiente que lo favorezca y lo estimule. Para evaluar adecuadamente la gravedad de una falta, es decir, definir si se trata de una falta leve, grave o gravísima, es necesario haber definido previamente algunos criterios generales de evaluación y estos deben ser conocidos por todos los miembros de la comunidad escolar. El relato de los hechos por los involucrados. Factores atenuantes y/o agravantes (edad, contexto de la situación, motivos, historia personal, reconocimiento o negación de lo ocurrido y de la gravedad de la situación, voluntad o intención de reparar el daño causado y otras). Que la aplicación de sanciones sea oportuna y proporcional a la falta. a) Faltas leves: son aquellas que guardan relación con la forma o responden a un olvido o descuido del estudiante y que no involucra un daño físico o psicológico en otro integrante de la comunidad. b) Falta grave: son aquellas que implican una actitud o comportamiento que atente contra la integridad psicológica de otro integrante de la comunidad o cosa, o que atente contra la buen convivencia escolar como también acciones deshonestas o alteran el funcionamiento normal del colegio o sean reiteración de faltas leves. 46 c) Faltas muy graves o gravísimas: Actitudes o comportamiento que atenten gravemente contra la integridad física o psicológica de un integrante de la comunidad educativa agresiones sostenidas en el tiempo (de cualquier índole) e incluso conductas típificadas como delito. Las medidas que se aplican a las faltas leves son las siguientes: 1. Conversación con el estudiante por medio de un dialogo formativo con constancia en el Libro de Clases. En este caso un llamado de atención y/o advertencia Ante una falta leve, el docente o paradocente, hará una llamado de atención y/o advertencia al estudiante, con el fin de promover un cambio en su actitud. 2. Amonestación, con constancia en el Libro de Clases y comunicación al Apoderado. Consiste en registrar en el libro de clases de la falta, ya sea por conducta o responsabilidad, entendiendo que es un registro de un hecho relevante, significativo y objetivo que pueda contribuir a tener un panorama del estudiante. La comunicación al apoderado debe ser por escrito a través de libreta o cuaderno, ya sea por una nota escrita a mano o computación. 3. Citación al apoderado, con constancia en el Libro de Clases. Consiste en citar al apoderado y dejar un registro en el libro de clases, con los principales hitos de la entrevista. 4. Entrevista del estudiante con el Profesor Jefe. Consisten en una conversación entre el profesor jefe y alumno, que debe quedar consignada en el libro de clase. Las medidas que se aplican a las faltas graves, son las siguientes: 5. Entrevista del estudiante con el Jefe de la Unidad que corresponda; sea la Inspectoría General o la Unidad Técnico Pedagógica, y/o derivación a equipo multidisciplinario (DASE) Se dejara consignado en libro de clase, la entrevista entre el estudiante y el jefe de unidad que corresponda (UTP, Coordinación de estudios o Inspectoría general, Coordinación de Convivencia). En caso de detectarse alguna situación que llame la atención se podrá derivar a equipo multidisciplinario, (orientador, fonoaudiólogo, psicólogo o psicopedagogo del Liceo). En aquellos casos en que estos especialistas consideren que el estudiante afectado requiere de un tratamiento externo, éste será de cargo del apoderado. En el caso de pre kínder a segundo básico, según la naturaleza de la falta o considerando la acumulación de anotaciones, atrasos el estudiante será citado fuera del horario de clases/horario alterno a cumplir con una consecuencia educativa junto a su apoderado.(trabajo pedagógico, taller psicológico, entre otros) Deberá presentarse con uniforme y el material de trabajo previamente requerido, Para primero y segundo básico, el no cumplimiento de esta medida será motivo de suspensión de clases. Para prekinder y kínder, se aplicará el punto n°6. 47 6. Entrevista del estudiante y apoderado con el Jefe de la Unidad que corresponda, (UTP, Coordinación de estudios/Inspectoría General, Coordinación de Convivencia) Se realiza la entrevista entre el apoderado y el Jefe de Unidad, quedando constancia de ello en el libro de clases, con los principales hitos de los temas tratados. 7. Suspensión de clases. La medida de suspensión de clases será aplicada por el Inspector General o el Jefe de Unidad Técnico Pedagógica con aviso al Profesor Jefe y previa comunicación escrita al apoderado. Cumplida la suspensión, el estudiante se reintegrará después de una entrevista del apoderado con la persona que aplicó la medida, quien dejará constancia en el Libro de Clases. Si el apoderado no se presenta, el estudiante podrá entrar a clases y se volverá a agendar una entrevista. El Inspector General o el Encargado de Convivencia determinará los días de suspensión dependiendo de la gravedad de la falta, siempre dentro del marco que permite la ley al utilizar esta medida. No se aplicará para niveles NT1 ni NT2. Además de lo anterior, en los niveles de 1° a 8° Años de Educación General Básica, la suspensión de clases por un día, implica que el padre y/o apoderado debe presentarse con su hijo al inicio de la jornada a retirar material de trabajo pedagógico y luego que el estudiante lo desarrolla, el mismo día debe traerlo devuelta y entregarlo a la Unidad Técnico Pedagógica, junto a su apoderado. También si la situación lo amerita el estudiante debe rendir la evaluación programada para el día de la suspensión y luego retirarse con su apoderado. Lo anterior tiene el objetivo de no atrasar el proceso pedagógico del estudiante. Las medidas que se aplican a las faltas gravísimas, son las siguientes: 8. Carta de compromiso. 9. Condicionalidad, cuya duración será de un año. 10. No renovación de matrícula. 11. Notificación de la no renovación de matrícula y/o exclusión de la Gala, para alumnos de 8vos años, y de la ceremonia de Licenciatura para los alumnos de 4tos años. 48 3.3 art 39 Precisiones: Todas las salidas y actividades escolares fuera de nuestro establecimiento son consideradas una extensión de nuestra vida escolar, y por lo tanto, se aplica la misma normativa que se emplea internamente. Las medidas señaladas en los numerales 1, 2 y 3 del artículo precedente, pueden ser aplicadas por los Profesores, Profesores Jefes, Docentes Directivos o Asistentes de la Educación (DASE). Las medidas previstas en los numerales 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, y 11 serán aplicadas por las personas individualizadas en cada caso, quienes dejarán constancia de la entrevista en el Libro de Clases. La firma de la carta de compromiso del estudiante y apoderado, se debe firmar por el profesor jefe En esta carta deja constancia de las razones por las cuales se da y explícita los aspectos concretos y plazos dados para ello. La condicionalidad de matrícula se aplicará como consecuencia del proceso formativo con consulta al Profesor Jefe y al Consejo de Profesores del curso, lo que implica: a) Apoyo y seguimiento más directo por parte del Liceo. b) Compromiso expreso del alumno de superar sus deficiencias. c) Refuerzo y apoyo del apoderado. Aplicará la condicionalidad el Inspector General o el Jefe de la Unidad Técnica y se expresará en un documento suscrito por el estudiante y su apoderado en el que se especificarán los aspectos del desempeño escolar que deben ser superados. Su duración es anual. No es aplicable a los niveles NT1 ni NT2 . Si, transcurrido un año, el alumno no lograra superar las deficiencias que motivaron su condicionalidad, se aplicará a una nueva condicionalidad, suscribiéndose otro documento para tal efecto. Los casos de estudiantes con condicionalidad de matrícula serán revisados en cada Consejo Semestral de Evaluación de casos. La condicionalidad una vez cursada ya no podrá ser retirada. La medida de no renovación de la matrícula se aplicará al término del año escolar por las siguientes causales: 1. Al estudiante que, pese a todo las medidas tomadas por el establecimiento se encuentre en una de estas situaciones: a) Mantenga la segunda condicionalidad luego de dos períodos anuales consecutivos o b) Mantenga la segunda condicionalidad luego de dos periodos anuales no consecutivos. 49 2. Al estudiante que repita por segunda vez un mismo nivel, salvo enfermedad o fuerza mayor, acreditada por el apoderado y calificada por la Dirección con consulta al Consejo de Profesores del curso. 3. De acuerdo a las normativas del MINEDUC, el LICEO CARDENAL CARO, se hace cargo del estudiante que repite por primera vez, siempre y cuando se cuenten con las vacantes disponibles. En caso de haber más repitentes que vacantes disponibles se realizará un sorteo entre los alumnos que hayan reprobado el nivel. La medida de no renovación de la matrícula será aplicada por la Dirección con conocimiento del Profesor Jefe, del Consejo de Profesores del curso y notificada al apoderado y al estudiante. Medidas Formativas: El enfoque formativo implica utilizar una perspectiva centrada en la identificación de oportunidades de aprendizaje, más que enfocarse en la información, prohibición o aplicación de sanciones. De este modo, un conflicto puede ser abordado formativamente, utilizando estrategias de resolución pacífica, como el diálogo y medidas reparatorias, de tal modo que permita a todos los involucrados asumir responsabilidades por sus comportamientos y reparar el daño causado y convertirse así en una experiencia de aprendizaje. Algunas medidas formativas aplicadas por el establecimiento son: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. Diálogo formativo. Registro en Hoja de Vida Consecuencia educativa. Reparar la falta con trabajo comunitario. Servicio comunitario a favor del establecimiento educacional. Servicio pedagógico.(se puede en horario alterno) Reposición. Otros. Todas aquellas que conduzcan a la sana convivencia y que garanticen los aprendizajes de todos los alumnos y alumnas. Las situaciones no previstas en las Normas de Convivencia Escolar que puedan presentarse serán resueltas por la Dirección, aplicando las medidas que estime pertinentes en mérito a la gravedad y a la naturaleza de la falta cometida, siempre respetando la legislación vigente y el debido y justo proceso. En estos casos especiales podrá omitirse la gradualidad establecida en la Pauta. En consideración a lo anterior es que el Liceo puede adoptar la medida de no renovación de matrícula para el año escolar siguiente, la que será informada personalmente y por carta 50 certificada al alumno y su apoderado por el Jefe de Sección correspondiente antes del término del año escolar. De acuerdo a lo anterior, los apoderados que al 31 de octubre del año escolar respectivo sean notificados de cancelación de matrícula, tendrán la posibilidad de apelar a dicha resolución sí así lo estiman pertinente, mediante carta, la cual debe ser entregada en rectoría con fecha y firma del apoderado y alumno, en la cual exponen los fundamentos para que la decisión sea revisada y los compromisos para el año siguiente. En un plazo no superior a 30 días se reunirá un comité compuesto por el rector o director de sección, profesor jefe, psicóloga, asistente social, inspector general y jefe técnico que resolverán la aceptación o no aceptación de la solicitud; la que será informada personalmente al apoderado y estudiante. Para todos los efectos anteriores, se procederá a llevar un acta formal del proceso. 51 4. Normas Administrativas: 4.1. ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO. Art. 1 Por la condición de Colegio Particular Subvencionado cuyo Sostenedor es la Fundación Educacional Cardenal Caro, corresponde al Directorio designar al Rector del Liceo. Art. 2 La conducción del Liceo en el marco de su Proyecto Educativo Institucional es responsabilidad de la Dirección, encabezada por el Rector e integrada por el Director, los Jefes de Sección, los Inspectores Generales y los Jefes de las Unidades Técnico Pedagógicas. Art. 3 El Rector ejerce la autoridad máxima del Liceo, impartiendo los lineamientos generales en el orden pastoral y educacional y designando a los miembros de la Dirección. Art.4 El Director y los Jefes de Sección son responsables de que el proceso de enseñanza aprendizaje se realice de acuerdo al Proyecto Educativo, al Reglamento Interno y sus Anexos y a las normas que rigen el Sistema Educacional. Art. 5 La planificación, organización, ejecución y coordinación de las actividades curriculares, coprogramáticas y extraprogramáticas, están principalmente radicadas en las Unidades Técnico Pedagógica e Inspectoría General. Art. 6 La planificación, organización y desarrollo de las actividades pastorales serán responsabilidad del Coordinador Pastoral. Art. 7 Dada la diversidad de roles y funciones específicas que comprende la labor del Liceo, éstos están descritos en el Capítulo 7º del presente Reglamento Interno. Art. 8 Todas las actividades del Liceo se realizarán en conformidad a un Plan Anual que contiene la planificación de las distintas unidades y organismos que integran el Liceo. Art. 9 Las actividades curriculares diarias y la distribución de clases se rigen por el Calendario Escolar del Ministerio de Educación, por la programación interna y por los horarios que establezca la Dirección para el personal docente y no docente. 4.2. RELACIONES Y NORMAS LABORALES. 52 Art. 10 Las relaciones entre los distintos grupos humanos que conforman la comunidad escolar se basan en el compromiso personal y colectivo con el Proyecto Educativo que guía la acción y la convivencia del Liceo. En cualquier situación y circunstancia se actuará propiciando soluciones positivas que tengan por finalidad el bien común. El Liceo garantizará a cada profesor y funcionario un ambiente laboral digno. Para ello tomará todas las medidas necesarias para que laboren en condiciones acordes con su dignidad. La Dirección promoverá al interior del Liceo el mutuo respeto entre las personas que trabajan en él y ofrecerá un sistema de solución de conflictos cuando la situación lo amerite, sin costo para ellos. Art. 11 En lo general, los derechos del personal del Liceo son los que establece la legislación laboral vigente y el Estatuto Docente respecto de contratación, jornada máxima de trabajo y períodos de descanso. En lo particular, el personal gozará de los derechos establecidos en el respectivo contrato de trabajo. Art. 12 Las remuneraciones serán establecidas en cada contrato y se pagarán por mes vencido, el último día de cada mes, mediante depósito en el Banco que el profesor o funcionario determine. En casos calificados, las remuneraciones podrán ser pagadas mediante cheques. Art. 13 La jornada de trabajo y la carga horaria de cada persona deberán fijarse anualmente según las necesidades pedagógicas y de funcionalidad del Liceo, estableciéndolas en el contrato. Art. 14 La distribución horaria semanal de los docentes constará en un documento anexo al contrato, en el que se indicará el total de las horas cronológicas contratadas y el desglose en docencia de aula y actividades curriculares no lectivas, conforme a la legislación vigente. Al asignar el horario, se tendrá en cuenta la disponibilidad propuesta por el docente, pero deberá primar el interés del Liceo en caso de incompatibilidad. Art. 15 El Liceo pondrá a disposición de los funcionarios que lo soliciten, los comprobantes que acrediten el cumplimiento de las leyes previsionales. Art. 16 Para la contratación del personal serán requisitos la Cédula de Identidad; el Certificado de antecedentes; los Certificados de Idoneidad y de Estudios habilitantes para el cargo respectivo; Referencia del último empleador y, para los varones, el cumplimiento de la ley de Servicio Militar. Los docentes deben entregar una copia legalizada de su título y un Certificado que acredite el número de semestres y de horas presenciales de su carrera. Art. 17 Dada su condición de Colegio Católico, el Liceo requiere que todos los miembros de su personal tengan un efectivo compromiso con los valores fundamentales del cristianismo y orientaciones de la Iglesia Católica. 53 Los postulantes a ingresar al Liceo en calidad de docentes o funcionarios serán entrevistados por el Rector o Capellán, sin perjuicio de las entrevistas sobre aspectos técnicos y administrativos. Art. 18 Por la naturaleza de las funciones que se desarrollan en el Liceo, no existen normas especiales referidas a diversificarlas según edad y sexo. Art. 19 Los funcionarios podrán presentar peticiones, reclamos, consultas y sugerencias a los miembros de la Dirección que correspondan según su naturaleza. Art. 20 El personal tiene los siguientes deberes y obligaciones: 1. Conocer y asumir el Proyecto Educativo Institucional del Liceo en lo relativo a Principios, Objetivos, Orientación Pedagógica, Perfil del Alumno, Criterios pedagógicos para la convivencia escolar; y contribuir a su aplicación y desarrollo de acuerdo al rol específico de cada miembro del personal. 2. Realizar su labor con responsabilidad y diligencia conforme al rol y funciones que se le asignen; cumplir y hacer cumplir el Reglamento Interno y todas las disposiciones e instrucciones emanadas de la Dirección de Liceo. 3. Guardar lealtad y respeto al Liceo como Institución y a cada uno de los integrantes de la comunidad del Liceo Polivalente Moderno Cardenal Caro: Dirección, Personal, Alumnos, Padres y Apoderados. 4. Cumplir con puntualidad el horario de trabajo, justificar oportunamente las eventuales ausencias y, cuando proceda, presentar la licencia médica dentro del plazo legal. 5. Cuidar de la conservación, buen estado, aseo y uso adecuado de las instalaciones y materiales, contribuyendo a evitar deterioros, pérdidas y gastos innecesarios. 6. Responsabilizarse por las dependencias, bienes, registros y documentos que le sean confiados. 7. Abstenerse de utilizar dependencias y bienes del Liceo en beneficio personal, tales como ventas no autorizadas, clases particulares pagadas a los alumnos del Liceo y otras. 8. Contribuir a evitar la contaminación ambiental y velar por su salud, la de los alumnos y personal del Liceo. Art. 20 bis Queda estrictamente prohibido a todo el personal del Liceo ejercer en forma indebida, por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo, lo que constituirá para todos estos efectos una conducta de acoso sexual. Todo profesor o funcionario que sufra o conozca de hechos ilícitos definidos como acoso sexual por la ley o este Reglamento, tiene derecho a denunciarlos por escrito a la Dirección del Liceo o a la Inspección del Trabajo competente. 54 La denuncia deberá ser investigada de acuerdo a un Procedimiento que se incorpora a este Reglamento Interno como Anexo Nº8. Art. 21 Los funcionarios que incurran en faltas a los deberes y obligaciones específicas según su rol y funciones y a las disposiciones generales establecidas en el presente Reglamento Interno serán objeto de medidas tendientes a la superación de las deficiencias observadas. Art. 22 Las medidas a que se refiere el artículo anterior son las siguientes: a) Amonestación verbal sin constancia escrita. b) Amonestación verbal con constancia escrita. c) Amonestación escrita con copia al Rector o Director, según proceda. d) Entrevista con el Rector o Director según corresponda, con constancia escrita. En el caso de entrevista con el Director, éste informará al Rector. e) Aplicación de la normativa legal sobre término de contrato. Art. 23 Las amonestaciones serán aplicadas por el superior directo de acuerdo a la naturaleza de la falta cometida. Art. 24 Los funcionarios afectos a sanción podrán apelar de ella ante el Director o Rector, según proceda, entregando por escrito los antecedentes con sus descargos. 55 5. NORMAS SEGURIDAD. DE PREVENCIÓN DE RIESGOS, HIGIENE Y Art. 25 El Liceo debe adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente la integridad física y la salud de los alumnos y del personal, de acuerdo a las normas e instrucciones de las autoridades competentes. Art. 26 Los alumnos y el personal del Liceo deben conocer y cumplir con las normas sobre prevención de riesgos, higiene y seguridad. Art. 27 El Liceo implementará, como mínimo, las siguientes medidas y elementos de prevención de riesgos: 1. Constituir el Comité Paritario de Higiene y Seguridad con la organización y funciones establecidas por la legislación vigente. 2. Enseñar principios y normas prácticas que regulen la prevención de riesgos de accidentes y efectuar ensayos periódicos de evacuación y seguridad. 3. Colocar en lugares visibles letreros con indicaciones claras sobre zonas de seguridad y formas de evacuación. 4. Colocar en un lugar visible el listado de números telefónicos y direcciones de Bomberos, Carabineros, Hospital o Centro Asistencial más cercano. 5. Mantener extintores de incendio del tipo adecuado. 6. Mantener botiquín de primeros auxilios. Art. 28 Los miembros del personal que sufran un accidente dentro del Liceo o en el trayecto hacia y desde el local, tienen derecho a ser atendidos por la institución de seguridad a que está afiliado el establecimiento. Art. 29 En el caso a que se refiere el artículo anterior, la persona afectada deberá: 1. Informar de su accidente en el acto a la Dirección del Liceo, la que cursará el formulario de denuncia correspondiente. 2. Informar a la Dirección sobre el curso de su tratamiento y período de reposo, con la documentación que proceda. 3. Presentar el alta médica correspondiente, sin la cual no podrá reintegrarse a sus funciones. Art. 30 Los alumnos que sufran un accidente dentro del Liceo o en el trayecto son atendidos de acuerdo a la normativa sobre Seguro Escolar de Accidentes (D.S. 313 de 1972), previa información oportuna a la Dirección del Liceo. 56 Art. 31 El Liceo deberá velar por el conocimiento y cumplimiento de las normas de higiene personal, de los recintos, de los implementos y, en general, del medio ambiente en que se desarrolla la actividad educativa: 1. Enseñar a los alumnos las normas de higiene personal y ambiental, procurando la colaboración de los padres. 2. Mantener en buen estado de funcionamiento los servicios higiénicos, duchas, camarines, cocina, despensa, bodegas, etc. 3. Exigir a los alumnos el uso de elementos de protección e higiene al manipular máquinas, herramientas, utensilios, alimentos, etc., según corresponda. 4. Cumplir y hacer cumplir las normas higiénicas y de protección al personal que manipula alimentos, herramientas u otros elementos. Art. 32 Art. 33 5. Mantener recipientes adecuados y suficientes para recolectar la basura. El personal y los alumnos del Liceo deberán prevenir los daños personales por mal uso de herramientas, implementos, equipos de laboratorio y otros. Deben mantenerse los accesos, recintos, superficies y lugares de recreación y de circulación libres de todo elemento que dificulte el paso seguro y expedito. 57 6. . CRITERIOS Y NORMAS SOBRE ACTIVIDADES ESPECIALES. 6.1. ACTOS OFICIALES. Art. 1 Son actos oficiales aquellos que involucran mayoritariamente a la comunidad educativa, contribuyendo a resaltar valores, complementando la formación integral de los alumnos con el objeto de reforzar la identidad del Liceo. Estarán incorporados a la planificación anual y podrán realizarse de acuerdo a programas que elaboren los organismos o comisiones pertinentes con la aprobación de la Dirección. De este modo, se considerarán Actos Oficiales del Liceo los siguientes: a) b) c) d) e) f) g) Art. 2 Día del alumno. Día de la Educación Técnico Profesional. Acto de Titulación de Egresados de la Educación Técnico Profesional. Día del Profesor y día del Asistente de la Educación. Día Aniversario del Liceo. Eucaristía y Ceremonia de Licenciatura. Acto de Finalización del año escolar. Además, se incluyen como oficiales, por su importancia formativa, las siguientes actividades periódicas grupales: a) Jornadas de Formación Espiritual para profesores, asistentes de la educación, alumnos y apoderados. b) Misas por cursos y ceremonias litúrgicas. c) Visitas pedagógicas y eventos culturales. Art. 3 Los Cuartos Años de Educación Media podrán organizar a fines del Segundo Semestre un Acto de Despedida de sus compañeros, previa aprobación de los Profesores Jefes respectivos y de la Dirección. Art. 4 La Dirección y el Profesorado organizarán las Ceremonias de Licenciatura, de Titulación, y Gala de Despedida de octavos años con invitación a los padres y apoderados de los alumnos egresados. Art. 5 La Dirección y el Consejo de Profesores podrán eventualmente excluir de la Ceremonia de Licenciatura a alumnos que no se hicieren merecedores de participar en ella, por las siguientes causales: a) Incumplimiento grave de las normas de convivencia. b) Mantener condicionalidad estricta. Esta disposición es válida también para el Acto de Titulación de los egresados de las Especialidades Técnico Profesionales. 58 6.2. ACTIVIDADES PARA REUNIR FONDOS. Art. 6 La Dirección, previa solicitud fundada de los interesados, puede autorizar la realización de actividades que requieran el apoyo de la comunidad educativa. Todas las actividades, tanto en sus objetivos como en su realización, deben ceñirse a normas de austeridad, respeto, sana recreación y convivencia armónica, aspectos muy importantes en la formación personal de nuestros alumnos y alumnas. Art. 7 Los Terceros y Cuartos años de Educación Media podrán solicitar, por separado o en conjunto, autorización para realizar en alguno de los locales del Liceo, una actividad anual para reunir fondos con fines sociales o de recreación. Podrán autorizarse actividades que programen y realicen el Centro de Alumnos, el Centro de Padres y Apoderados y el Profesorado y Personal del Liceo tendientes a dar cumplimiento a los objetivos que les son propios. Art. 8 Art. 9 El Liceo, como Colegio de Iglesia, facilitará la colaboración voluntaria de los apoderados y alumnos en actos que programe la Iglesia Católica en el ejercicio de su acción social. Art. 10 El Liceo no promueve el cobro de cuotas en los Subcentros de Padres y Apoderados. Se entiendo por ello, las cuotas de curso. Art. 11 Sólo podrán realizarse en el interior del Liceo las colectas de instituciones y las colectas internas que sean autorizadas por la Dirección. Art. 12 No se autoriza a ninguna persona, grupo o curso para efectuar en el Liceo ventas de entradas, rifas, colectas, expendio de alimentos u otras que no estén contempladas en los artículos precedentes. Art. 13 Las situaciones de emergencia que puedan presentarse y que requieran de alguna acción solidaria, deben ser calificadas y resueltas por la Dirección. 59 IV. ANEXOS. ANEXO 1: NORMAS DE EVALUACION PARA EDUCACION BASICA. ANEXO 2: NORMAS DE EVALUACION PARA EDUCACION MEDIA. ANEXO 3: PROCEDIMIENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL Y TITULACIÓN ANEXO 4: PAUTA DE CONVIVENCIA ESCOLAR. ANEXO 5: REGLAMENTO TIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR. ANEXO 6: COMPROMISOS Y ADHESION A LAS NORMAS DEL LICEO DE PADRES DE APODERADOS. ANEXO 7: PAUTA DE DISTINCIONES Y ESTÍMULOS. ANEXO 8: PAUTA DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR. ANEXO 9: PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN Y SANCIÓN DEL ACOSO SEXUAL. ANEXO 10: CRITERIOS Y NORMAS EN RELACIÓN AL EGRESO DE 4º AÑO MEDIO. ANEXO 11: REGLAMENTO INTERNO DE BECAS. ANEXO 12: PROTOCOLOS ESENCIALES. ANEXO 1: NORMAS DE EVALUACIÓN PARA EDUCACIÓN BÁSICA. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DEL DECRETO Nº 511 de 1997 MODIFICADO POR EL DECRETO Nº107 DE 2003 INTRODUCCIÓN: El Liceo Cardenal Caro dirige su acción educativa hacia una concepción curricular centrada en la persona, con el objeto de facilitar a cada estudiante(a) el logro del máximo desarrollo a sus capacidades, considerando las diferencias individuales y el ritmo de aprendizaje. Consecuentemente, tanto en la metodología como en la evaluación el Liceo procura incentivar al estudiante(a) para obtener el mayor rendimiento de que sea capaz, como reflejo de un aprendizaje más sólido y permanente, adquirido mediante el trabajo escolar metódico y continuo. La evaluación es un factor muy importante del proceso educativo, por cuanto permite constatar el progreso del aprendizaje y conocer los aspectos deficitarios, con el objeto de introducir los refuerzos y modificaciones que procedan. El Decreto Nº 511 de 08/05/97 faculta a los establecimientos para elaborar sus normas de Evaluación para 1º a 8º Año Básico. En conformidad con lo anterior, la Dirección del establecimiento ha determinado las siguientes normas y procedimientos de aplicación de los Decretos Nº511 de 08/05/97 y Nº107 de 20/02/2003. 60 EVALUACIÓN: Durante el año escolar se aplicarán las siguientes formas de evaluación: diagnóstica, formativa y sumativa, que pueden ser orales, escritas y expositivas. La evaluación puede corresponder a autoevaluación, asociada a la que se aplica el estudiante a sí mismo; heteroevaluación, correspondiente a la que aplica el profesor al estudiante o coevaluación, aplicable en situaciones de evaluación entre pares. Se aplicarán diversas estrategias evaluativas como: pruebas de desarrollo, de selección múltiple, de alternativas, de completación, de ensayo, disertaciones, foros, exposiciones, trabajos en equipo, tareas , trabajos de investigación , entre otros procedimientos evaluativos. Corresponde a la Unidad Técnica Pedagógica revisar los procedimientos de evaluación aplicados por los docentes. La U.T.P. mantendrá un banco de datos de los procedimientos e instrumentos evaluativos aplicados. Evaluación diferenciada Criterios Generales La evaluación diferenciada es un procedimiento que considera, respeta y asume al estudiante con necesidades educativas especiales desde su realidad individual, adaptando y/o reformulando los instrumentos o modalidades de evaluación aplicada al grupo curso, a fin de favorecer una eficaz evaluación de ese estudiante a partir de la particularidad de su capacidad diferente o condición. Para los alumnos con necesidades educativas especiales (NEE) los objetivos y contenidos mínimos serán los mismos que para el resto del curso, sólo variarán los instrumentos, métodos y tiempos, según la(s) asignatura(s) involucrada(s). Es decir, se podrán realizar Adecuaciones Curriculares de Acceso no significativas, donde se involucre la presentación de la información, las formas de respuestas, el entorno evaluativo y la organización del tiempo y el horario. Estas Adecuaciones Curriculares, serán aplicadas según las necesidades educativas especiales de los estudiantes, para sus procesos de aprendizajes y deberán ser congruentes con sus diagnósticos. La evaluación diferenciada se aplicará a los alumnos(as) que tengan impedimentos físicos, motores, orgánicos, sensoriales, visuales, auditivos, psicológicos, psiquiátricos o pedagógicos. Los alumnos deberán estar debidamente diagnosticados por un especialista (médico, psicólogo, psicopedagogo, fonoaudiólogo, neurólogo) y encontrarse en tratamiento sistemático. Si los alumnos han sido derivados y no han sido evaluados, ni siguen tratamiento, no podrán ser evaluados diferenciadamente. 61 Los alumnos(as) deberán actualizar de forma periódica la documentación del especialista tratante. Dando constancia de tratamiento, avances, sugerencias y/u otros. La evaluación diferenciada se aplicará en forma temporal o permanente, según indicación del especialista. Los problemas y necesidades pedagógicas de los alumnos serán presentados por los profesores a los especialistas internos y/o externos correspondientes, a través de la Unidad Técnica Pedagógica. CALIFICACIONES: Los estudiantes(as) deben ser calificados(as) en todos las asignaturas o actividades de aprendizaje del respectivo plan de estudios. Para los estudiantes(as) de 1º a 8º Año Básico, las calificaciones se expresarán numéricamente, según la escala de 1 a 7, con un decimal con aproximación. La calificación mínima de aprobación es 4,0. Las calificaciones deben referirse sólo al rendimiento escolar. Con el propósito de ayudar a apreciar la situación de rendimiento del estudiante(a), se indica la siguiente referencia de conceptos: 6,0 5,0 4,0 1,0 a a a a 7,0 5,9 4,9 3,9 = = = = Muy Bueno Bueno Suficiente Insuficiente Para efectos de este reglamento los promedios serán aproximados a la décima siguiente cuando la centésima sea igual o superior a 5. Por ejemplo, frente a un promedio 4,95 se aproximará a 5.0, y para el promedio 4,94 se aproximará a 4.9. Religión y Orientación no inciden en la promoción. La nota del subsector Religión será expresada en conceptos con la equivalencia a cifras. Los estudiantes(as) obtendrán durante el año lectivo las siguientes calificaciones: a) Parciales: Son las calificaciones de coeficiente 1 y coeficiente 2 que el estudiante(a) obtenga durante el período, en los respectivos subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje. b) Semestrales: Corresponden al promedio aritmético de las calificaciones parciales asignadas durante el semestre, en cada asignatura o actividad de aprendizaje. c) Finales: Corresponden en cada subsector, asignatura o actividad de aprendizaje, al promedio aritmético de las notas semestrales. 62 d) Promedio de Notas Finales: Corresponde al promedio de las notas de las, asignaturas o actividades de aprendizaje del Plan de Estudios correspondiente al curso respectivo, excepto la nota de Religión y Orientación. Los promedios semestrales, finales y anual se calcula aproximando o redondeando la nota en el segundo decimal, ej. 5,45 es 5,5, en cambio 5,44 es 5,4. e) Para los Estudiantes de 1º y 2º Año Básico la calificación semestral y final de las asignaturas o actividades de aprendizaje corresponderán a una apreciación de los objetivos alcanzados en el período respectivo. No habrá otro procedimiento de evaluación final, valorizando así el aprendizaje como producto de un trabajo escolar sistemático por parte del estudiante. El Año Escolar comprenderá dos períodos lectivos que se denominan semestres. Al término de cada semestre se entregará un informe conteniendo la nota semestral obtenida por el estudiante(a) en cada subsector, asignatura o actividad de aprendizaje. Además, al término de la primera mitad de cada semestre, se entregará un informe de notas parciales. Este informe contendrá, a lo menos dos o tres notas por subsector, asignatura o actividad de aprendizaje, según tenga dos o más horas semanales respectivamente. Los informes de notas semestrales y los informes parciales, serán de conocimiento del apoderado(a) en forma obligatoria. Sin perjuicio de los cuatro informes calendarizados a que se refieren los párrafos anteriores, el apoderado(a) será informado del rendimiento de su pupilo(a) en otras instancias en que el Liceo o el propio apoderado(a) lo requiera. Durante cada semestre el estudiante(a) será evaluado(a) de acuerdo a la siguiente pauta mínima: N° DE HORAS DE CADA ASIGNATURA 1-2 3-4 5-7 8-10 CALIFICACIONES PARCIALES COEFICIENTE 2 2 4 6 8 1 1 1 1 TOTAL SEMESTRE NOTAS 4 6 8 10 - La U.T.P. fijará en el calendario lectivo interno, las fechas que regulan el cumplimiento de esta pauta mínima. - Entregados los respectivos calendarios de pruebas no habrá autorización para retirarse previo a una prueba coeficiente 1 o coeficiente 2, en los días de evaluaciones. Las citaciones médicas o dentales serán causa de justificación sólo si están acreditadas con sus respectivos certificados, dentro del mismo día y horario en que se aplique la prueba. Es importante que cada una de estas calificaciones corresponda a un procedimiento evaluativo que revise el avance logrado por el estudiante(a) a partir de la prueba de diagnóstico y otra que evalúe los nuevos conocimientos significativos adquiridos en el período. 63 El Profesor(a) Jefe hará mantener, en la sala respectiva, el cronograma o calendario de Pruebas y otros compromisos de evaluación del curso, con su valoración correspondiente. AUSENCIA A PRUEBAS: Todos los estudiantes(as) deberán cumplir con el número de calificaciones fijado en cada asignatura o actividad de aprendizaje. Los estudiantes(as) que, por enfermedad certificada o fuerza mayor, no puedan asistir a una prueba, deberán justificar la inasistencia mediante justificativo a través de la libreta de comunicaciones y además el apoderado deberá informar al profesor jefe y éste informará UTP. Una vez cumplido este requisito el estudiante(a) deberá solicitar una segunda oportunidad al profesor(a) respectivo(a), quien fijará la fecha y hora de la Prueba dentro de los ocho días hábiles siguientes. En caso de ausencia sin certificado médico pero justificada por el apoderado, el estudiante deberá rendir su evaluación fuera del horario de clases, en día y hora fijada por la U.T.P, el profesor calificará con una escala de exigencia (PREMA) de 70%. El estudiantes que no justifique evaluación atrasada a más tardar dos días hábiles después de reintegrarse a clases, será calificado con nota mínima (1,0) si no hubiese presentación de justificaciones formales significativas. La situación debe quedar registrada en la hoja de vida del estudiante. Si un estudiante copia y es sorprendido durante una evaluación, en una actitud inadecuada, entregando o recibiendo información por cualquier vía de comunicación (oral, escrita, digital, gestual u otra) o usando cualquier tipo de documento (escrito o digitales), se procederá a retirar el instrumento y a anular la instancia evaluativa y será calificado con la nota 1,0 y por otro lado se aplicarán las acciones disciplinarias que se indican en el reglamento de Convivencia Escolar. En el caso de trabajos, frente al plagio de información parcial o total sin citar explícitamente a la fuente, o en el caso de que más de un estudiante presente trabajos parciales o totalmente iguales, se aplicará el mismo criterio mencionado en el párrafo anterior. PROMOCIÓN: En conformidad al Art. 10º y 11º del Decreto. Nº 511 de 08/05/97 para la promoción de los estudiantes(as) se considerará tanto la asistencia como el rendimiento de los estudiantes(as). Serán promovidos todos los Estudiantes de 1º a 2º y de 3º a 4º Año Básico que hayan asistido a lo menos el 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual, considerando que 64 se dispone de dos años completos para el cumplimiento de los Objetivos de aprendizaje correspondientes a estos cursos. El Director(a) del establecimiento de que se trate y el Profesor(a) Jefe del respectivo curso podrán autorizar la promoción de estudiantes(as) con porcentajes menores de asistencia, fundados en razones de salud u otras causas debidamente justificadas. No obstante, lo señalado en los incisos anteriores, el (la) Director(a) del respectivo establecimiento podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del Profesor(a) Jefe del curso de los estudiantes(as) afectados(as), no promover de 1º a 2º o de 3º a 4º Año Básico a aquellos(as) que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática, en relación a los aprendizajes esperados en los programas de estudio que aplica el establecimiento y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior. Además, para adoptar tal medida, el establecimiento deberá tener una relación de las actividades de reforzamiento realizadas al estudiante(a) y la constancia de haber informado oportunamente de las situación a los padres y/o apoderados de manera tal de posibilitar una labor en conjunto. Asimismo, los estudiantes(as) con necesidades educativas especiales integrados(as) a la educación regular, considerando las adecuaciones curriculares realizadas en cada caso, estarán sujetos a las mismas normas antes señaladas agregándose en su caso, la exigencia de un informe fundado del profesor(a) especialista. Para la promoción de los estudiantes(as) de 2º a 3º y de 4º hasta 8º Año Básico, se considerarán conjuntamente el logro de los objetivos de las asignaturas o actividades de aprendizaje del plan de estudio y la asistencia a clases. Respecto al logro de los objetivos: a) Serán promovidos los Estudiantes que hubiesen aprobado todos las asignaturas o actividades de aprendizaje de sus respectivos planes de estudio. b) Serán promovidos los Estudiantes de los cursos de 2º a 3º y de 4º hasta 8º Año que no hubieren aprobado una signatura o actividad de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio de 4,5 o superior, incluido el no aprobado. c) Igualmente serán promovidos los estudiantes(as) de los cursos de 2º a 3º y de 4º hasta 8º Año que no hubieren aprobado dos asignaturas o actividades de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio de 5,0 o superior, incluidos los no aprobados. Respecto de la asistencia: Para ser promovidos los estudiantes(as) deberán asistir a lo menos al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente justificadas, el Director del establecimiento y el Profesor Jefe podrán autorizar la promoción de los Estudiantes de 2º a 3º y de 4º a 5º Básico con porcentajes menores de asistencia. En el segundo ciclo (5º a 8º Año Básico) está autorización deberá ser refrendada por el Consejo de Profesores. 65 Los Estudiantes de 2º y 4º Año Básico que no cumplan con los requisitos de promoción indicados en los puntos 4.4 y 4.5 deberán repetir el 2º o el 4º Año Básico según corresponda. La nota de Religión y Orientación no inciden en la promoción. No obstante y en concordancia con el carácter de Colegio Católico del Establecimiento, la asignatura es considerada fundamental en nuestro Proyecto Educativo Pastoral, por lo tanto, deberá ser asumida como prioritaria por los Estudiantes, Padres y/o Apoderados que integran esta comunidad educativa. Si la familia no lo asume de esta forma, deberá buscar otra alternativa académica para su hijo/a que sea coherente con su Proyecto de Vida. En caso de reiterarse esta situación por dos años consecutivos, se procederá la no renovación de matrícula. La Dirección determinará si corresponde otorgar una nueva oportunidad, previa solicitud fundamentada del apoderado(a) y del estudiante(a). En los casos de repitencia del mismo curso por segunda vez, procederá la no renovación de matrícula. La Dirección determinará si procede otorgar una nueva oportunidad, previa solicitud fundamentada del apoderado(a) y del estudiante(a) y consultado el Consejo de Profesores del curso. La situación final de los estudiantes(as) deberá quedar resuelta al término de cada año lectivo. Una vez finalizado el proceso, el Establecimiento Educacional entregará a todos los Estudiantes un certificado anual de estudios que indique los sectores, subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje, con las calificaciones y la situación final correspondiente. El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por ningún motivo. El Liceo elaborará un Informe anual sobre el desarrollo de los estudiantes(as) que contemplen aspectos como: crecimiento y autoafirmación personal, desarrollo del pensamiento, formación ética, la persona y su entorno. Para la evaluación conceptual de estos aspectos se considerará el grado de desarrollo alcanzado por cada estudiante(a) en el marco de los principios, objetivos, orientación pedagógica y perfil del estudiante(a) contenidos en el Proyecto Educativo del Liceo. El Informe anual resulta de las evaluaciones semestrales de las áreas de desarrollo, realizadas conforme al modelo siguiente: ÁREAS DE DESARROLLO Área crecimiento y autoafirmación personal Se preocupa de su aseo y presentación personal Se esfuerza por alcanzar metas propuestas 66 Respeta los horarios de clases establecidos al inicio y durante la jornada escolar Desarrolla el trabajo escolar en forma sistemática y continua Manifiesta iniciativa y confianza en sí mismo Área desarrollo del pensamiento Intenta desarrollar sus capacidades Manifiesta responsabilidad frente a sus compromisos escolares Expresa con claridad sus ideas Trata de resolver los problemas que se presentan Área formación ética Se integra responsablemente en el trabajo de equipo Reconoce sus capacidades y las pone al servicio de los demás Su comportamiento favorece al ambiente escolar para un aprendizaje significativo Manifiesta solidaridad frente a las necesidades de su comunidad Demuestra coherencia con los valores cristianos del colegio en su vida diaria Es tolerante ante opiniones que difieren de la suya Área de la persona y su entorno Manifiesta un trato deferente y respetuoso con los miembros de la Comunidad Escolar Participa positivamente en las actividades del Liceo Acata normas establecidas por el Liceo Da un uso adecuado a los bienes que el Liceo pone a su disposición Usa un vocabulario adecuado a su condición de estudiante Respeta y cuida su entorno Apreciación: S = Siempre G = Generalmente O = Ocasionalmente NO = No Observado EXIMICIÓN: El Director, previo informe técnico pedagógico podrá eximir de un subsector, asignatura o actividad de aprendizaje contempladas en el Plan de Estudios, a los estudiantes(as) que acrediten tener dificultades de aprendizaje, problemas de salud u otros motivos debidamente fundamentados y certificados por el o los especialistas que correspondan. En ningún caso la eximición podrá referirse a la asignatura de Religión, Lenguaje ni Matemática. DISPOSICIONES FINALES: El Director de sección correspondiente consultada la U.T.P., Inspectoría General y Profesor(es) respectivo(a) deberá(n) resolver las situaciones especiales de evaluación y promoción de los Estudiantes de 1º a 4º Año Básico. Para los Estudiantes de 5º a 8º Año Básico esta resolución deberá ser consultada también al Consejo de Profesores. 67 El mismo procedimiento anterior se aplicará en los casos de estudiantes(as) que por razones justificadas, requieran incorporarse tardíamente al Liceo, ausentarse temporalmente o deban retirarse antes del término del año lectivo. En todo caso, deberá darse al estudiante o alumna la oportunidad de terminar su proceso, con resguardo al derecho a la educación. Todas las situaciones de evaluación deberán quedar resueltas dentro del período escolar correspondiente. ANEXO 2: NORMAS DE EVALUACIÓN PARA LA EDUCACIÓN MEDIA. PROCEDIMIENTO DE APLICACION DE LOS DECRETOS Nº 112 de 1999 y 83 de 2001 INTRODUCCION: El Liceo Cardenal Caro dirige su acción educativa hacia una concepción curricular centrada en la persona, con el objeto de facilitar a cada estudiante(a) el logro del máximo desarrollo a sus capacidades, considerando las diferencias individuales y el ritmo de aprendizaje. Consecuentemente, tanto en la metodología como en la evaluación el Liceo procura incentivar al estudiante(a) para obtener el mayor rendimiento de que sea capaz, como reflejo de un aprendizaje más sólido y permanente, adquirido mediante el trabajo escolar metódico y continuo. La evaluación es un factor muy importante del proceso educativo, por cuanto permite constatar el progreso del aprendizaje y conocer los aspectos deficitarios, con el objeto de introducir los refuerzos y modificaciones que procedan. Los Decretos Exentos Nº 112 de 1999 y 83 de 2001 disponen que la Dirección del Establecimiento – previa consulta al Consejo General de Profesores – deberá establecer las normas de Evaluación para 1º - 2º y 3º - 4º año, respectivamente. Dichos normas deben ajustarse a las disposiciones de ambos Decretos y considerar las orientaciones establecidas en el marco curricular del Decreto Supremo Nº 220 de 1998 y sus modificaciones. En conformidad con lo anterior, la Dirección y el Consejo de Profesores ha determinado las siguientes normas y procedimientos de aplicación de los Decretos ya citados. EVALUACIÓN: Durante el año escolar se aplicarán las siguientes formas de evaluación: diagnóstica, formativa y sumativa, que pueden ser orales, escritas y expositivas. 68 Se aplicarán diversas estrategias evaluativas como: pruebas de desarrollo, de selección múltiple, de alternativas, de completación, de ensayo, disertaciones, foros, exposiciones, trabajos en equipo y otras. Corresponde a la Unidad Técnica Pedagógica revisar los procedimientos de evaluación aplicados por los docentes. La U.T.P. mantendrá un banco de datos de los procedimientos e instrumentos evaluativos aplicados. Evaluación diferenciada Criterios Generales La evaluación diferenciada es un procedimiento que considera, respeta y asume al estudiante con necesidades educativas especiales desde su realidad individual, adaptando y/o reformulando los instrumentos o modalidades de evaluación aplicada al grupo curso, a fin de favorecer una eficaz evaluación de ese estudiante a partir de la particularidad de su déficit o condición. Para los Estudiantes con necesidades educativas especiales los objetivos y contenidos mínimos serán los mismos que para el resto del curso, sólo variarán los instrumentos, métodos, tiempos según la(s) asignatura(s) involucrada(s). La evaluación diferenciada se aplicará a los Estudiantes que tengan impedimentos físicos (motores, visuales, de audición, de lenguaje), psicológicos, psiquiátricos o pedagógicos. Los Estudiantes deben estar debidamente diagnosticados por un especialista (médico, psicólogo, psicopedagogo, fonoaudiólogo) y encontrarse en tratamiento sistemático. Si los Estudiantes han sido derivados y no siguen tratamiento, no podrán ser evaluados diferenciadamente. La evaluación diferenciada se aplicará en forma temporal o permanente, según indicación del especialista. Los problemas y necesidades pedagógicas de los Estudiantes serán presentados por los profesores a los especialistas correspondientes a través de la Unidad Técnica Pedagógica. CALIFICACIONES: Los estudiantes(as) deben ser calificados(as) en todos los sectores, asignaturas y módulos del Plan de Estudios del curso correspondiente. Para los estudiantes(as) de 1º a 4º de Educación Media, las calificaciones se expresarán numéricamente, según la escala de 1 a 7, con un decimal y aproximación de redondeo al segundo decimal. La nota mínima de aprobación es 4,0. 69 Las calificaciones deben referirse sólo al rendimiento escolar. 2.4.- Con el propósito de ayudar a apreciar la situación de rendimiento del estudiante(a), se indica la siguiente referencia de conceptos: 6,0 a 7,0 = Muy Bueno 5,0 a 5,9 = Bueno 4,0 a 4,9 = Suficiente 1,0 a 3,9 = Insuficiente La nota del subsector Religión será expresada en conceptos, con equivalencia a cifras según el punto 2.4. Los estudiantes(as) obtendrán durante el año lectivo las siguientes calificaciones: a) Parciales: Son las calificaciones de coeficiente 1 y coeficiente 2 que el estudiante(a) obtenga durante el período, en los respectivos sectores, subsectores, asignaturas o módulos. b) Semestrales: Corresponden al promedio aritmético de las calificaciones parciales asignadas durante el semestre, en cada sector, subsector, asignatura o módulo. c) Finales: Corresponden en cada sector, subsector, asignatura o módulo, al promedio aritmético de las notas semestrales. No habrá otro procedimiento de evaluación final valorizando así el aprendizaje como producto de un trabajo escolar sistemático por parte del estudiante. d) Promedio de Notas Finales: Corresponde al promedio de las notas de los sectores, subsectores, asignaturas o módulos del Plan de Estudios del curso respectivo, excepto la nota de Religión.+ El Año Escolar comprenderá dos períodos lectivos que se denominan semestres. Al término de cada semestre se entregará un informe conteniendo la nota semestral obtenida por el estudiante(a) en cada sector, subsector, asignatura o módulo. Además, al término de la primera mitad de cada semestre, se entregará un informe de notas parciales. Este informe contendrá, a lo menos una o dos notas por sector, subsector, asignatura o módulo, según tenga dos o más horas semanales respectivamente. Los informes de notas semestrales y los informes parciales, serán de conocimiento del apoderado(a) en forma obligatoria. Sin perjuicio de los cuatro informes calendarizados a que se refieren los párrafos anteriores, el apoderado(a) será informado del rendimiento de su pupilo(a) en otras instancias en que el Liceo o el propio apoderado(a) requiera. Durante cada semestre el estudiante(a) será evaluado(a) de acuerdo a la siguiente pauta mínima; válida para los cursos 1º a 4º de Educación Media, ambas modalidades. - Sectores, asignaturas o módulos con dos horas semanales: un mínimo de cuatro notas. - Sectores, asignaturas o módulos con tres o más horas semanales: un mínimo de cinco notas. 70 - La U.T.P. fijará en el calendario lectivo interno, las fechas que regulan el cumplimiento de esta pauta mínima. Es importante que una de estas calificaciones corresponda a un procedimiento evaluativo que revise el avance logrado por el estudiante(a) a partir de la prueba de diagnóstico y otra que evalúe los nuevos conocimientos significativos adquiridos en el período. El Profesor(a) Jefe hará mantener, en la sala respectiva, el cronograma o calendario de Pruebas y otros compromisos de evaluación del curso, con su valoración correspondiente. AUSENCIA A PRUEBA O TRABAJOS: Todos los estudiantes(as) deberán cumplir con el número de calificaciones fijado en cada sector, subsector, asignatura o módulo. Los estudiantes(as) que, por enfermedad certificada o fuerza mayor, no puedan asistir a una prueba, deberán justificar la inasistencia mediante la concurrencia personal del apoderado(a) a la Oficina de Unidad Técnica Pedagógica respectiva. Una vez cumplido este requisito el estudiante(a) deberá solicitar una segunda oportunidad al profesor(a) respectivo(a), quien fijará la fecha y hora de la Prueba dentro de los ocho días hábiles siguientes. Si no mediara alguna de las causales anteriores, el estudiante(a) deberá rendir su prueba en el momento en que el profesor(a) del sector, subsector, asignatura o módulo correspondiente lo solicite, dentro de los ocho días hábiles siguientes. En caso de ausencia no justificada el estudiante(a) deberá rendir su evaluación fuera del horario de clases, en día y hora fijada por la U.T.P. El mismo procedimiento se aplicará en caso de copia, considerándose este hecho como falta grave de compromiso escolar. PROMOCIÓN: En conformidad al Art. 8º del Decreto. Nº 112 de 1999 y al Art. 5º del Decreto Nº 83 de 2001, para la promoción al curso superior, se considerarán tanto la asistencia como el rendimiento de los estudiantes(as). Asistencia: a) Para ser promovidos los estudiantes(as) deberán asistir a lo menos al 85 % de las clases consideradas en el Calendario Escolar Anual. No obstante, por razones debidamente justificadas, el Rector del Establecimiento, consultado el Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de los estudiantes(as) con porcentajes menores de asistencia. b) Para estos efectos, se considerará como asistencia regular la participación de los estudiantes(as) de Enseñanza Media Técnico-Profesional en las 71 actividades de aprendizaje realizadas en las empresas. Asimismo, se considerará como tal la participación de estudiantes(as) de Enseñanza Media, ambas modalidades, en eventos nacionales e internacionales en el área del deporte, la cultura, las ciencias y las artes. Logro de Objetivos: a) Serán promovidos los estudiantes(as) de 1º a 4º año Medio que hubieren aprobado todos los sectores, subsectores, asignaturas o módulos de sus respectivos planes de estudio. b) Serán promovidos los estudiantes(as) que no hubieren aprobado un sector, subsector, asignatura o módulo, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4,5 o superior. Para efecto del cálculo se considerará la calificación del sector, subsector, asignatura o módulo no aprobado. c) Igualmente, serán promovidos los estudiantes(as) que no hubieren aprobado dos sectores, subsectores, asignaturas o módulos, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5,0 o superior. Para efecto del cálculo se considerará la calificación de los dos sectores, subsectores, asignaturas o módulos no aprobados. No obstante lo establecido en el párrafo anterior, si entre los dos sectores, subsectores, asignaturas o módulos no aprobados se encuentran los subsectores de aprendizaje de Lengua Castellana y Comunicación y/o Matemática, los estudiantes(as) de 3º y 4º año medio, ambas modalidades, serán promovidos siempre que su nivel de logro corresponda a un promedio 5,5 o superior. Para efecto del cálculo de este promedio se considerará la calificación de los dos sectores, subsectores, asignaturas o módulos no aprobados. En caso de reiterarse esta situación por dos años consecutivos, procederá la no renovación de matrícula. La Dirección determinará si corresponde otorgar una nueva oportunidad, previa solicitud fundamentada del apoderado(a) y del estudiante(a). En los casos de repitencia del mismo curso por segunda vez, procederá la no renovación de matrícula. La Dirección determinará si corresponde otorgar una nueva oportunidad, previa solicitud fundamentada del apoderado(a) y del estudiante(a) y consultado el Consejo de Profesores del curso. La situación final de promoción de los Estudiantes deberá quedar resuelta el término de cada año lectivo. Una vez finalizado el proceso, el Establecimiento educacional estregará a todos los Estudiantes un Certificado anual de estudios que indique los sectores, subsectores, asignatura o actividades de aprendizaje, con las calificaciones y situación final correspondiente. El certificado anual de estudio no podrá ser retenido por ningún motivo. El Liceo elaborará un Informe anual sobre el desarrollo de los estudiantes(as) que contemplen aspectos como: crecimiento y autoafirmación personal, desarrollo del pensamiento, formación ética, la persona y su entorno. 72 Para la evaluación conceptual de estos aspectos se considerará el grado de desarrollo alcanzado por cada estudiante(a) en el marco de los principios, objetivos, orientación pedagógica y perfil del estudiante(a) contenidos en el Proyecto Educativo del Liceo. El Informe anual resulta de las evaluaciones semestrales de las áreas de desarrollo, realizadas conforme al modelo siguiente: ÁREAS DE DESARROLLO Área crecimiento y autoafirmación personal Se preocupa de su aseo y presentación personal Se esfuerza por alcanzar metas propuestas Respeta los horarios de clases establecidos al inicio y durante la jornada escolar Desarrolla el trabajo escolar en forma sistemática y continua Manifiesta iniciativa y confianza en sí mismo Área desarrollo del pensamiento Intenta desarrollar sus capacidades Manifiesta responsabilidad frente a sus compromisos escolares Expresa con claridad sus ideas Trata de resolver los problemas que se presentan Área formación ética Se integra responsablemente en el trabajo de equipo Reconoce sus capacidades y las pone al servicio de los demás Su comportamiento favorece al ambiente escolar para un aprendizaje significativo Manifiesta solidaridad frente a las necesidades de su comunidad Demuestra coherencia con los valores cristianos del colegio en su vida diaria Es tolerante ante opiniones que difieren de la suya Área la persona y su entorno Manifiesta un trato deferente y respetuoso con los miembros de la Comunidad Escolar Participa positivamente en las actividades del Liceo Acata normas establecidas por el Liceo Da un uso adecuado a los bienes que el Liceo pone a su disposición Usa un vocabulario adecuado a su condición de estudiante Respeta y cuida su entorno Apreciación: S = Siempre G = Generalmente O = Ocasionalmente NO = No Observado 73 EXIMICIÓN: El Director, previo informe técnico pedagógico, podrá eximir de una asignatura o actividad contemplada en el Plan de Estudios, a los estudiantes(as) que acrediten tener dificultades de aprendizaje, problemas de salud u otros motivos debidamente fundamentados y certificados por el o los especialistas que correspondan. Sin embargo, los estudiantes(as) de Enseñanza Media Técnico-Profesional no podrán ser eximidos de ninguna asignatura o módulo de la especialidad que estudian. En ningún caso esta eximición podrá referirse a las asignaturas de Castellano, Matemática o Religión. DISPOSICIONES FINALES: El Director, con consulta a la U.T.P., Inspectoría General y Consejo de Profesores del curso, resolverá – caso a caso – la situación escolar de los Estudiantes que por razón de fuerza mayor deban incorporarse tardíamente al Liceo, ausentarse temporalmente o retirarse antes del término del año lectivo. En todo caso deberá darse al estudiante o alumna la oportunidad de terminar su proceso, con resguardo al derecho a la educación. El mismo procedimiento de resolución indicado en el punto anterior se aplicará a situaciones de evaluación no previstas en la presente normativa. Todas las situaciones de evaluación deberán quedar resueltas dentro del período escolar correspondiente. 74 ANEXO 3: PROCEDIMIENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL, TITULACIÓN Y CRITERIOS EN RELACION AL EGRESO DE CUARTO MEDIO. ANTECEDENTE: En conformidad al Decreto Exento Nº 2516 del 20 de diciembre de 2007, que fija Normas Básicas del Proceso de Titulación de los alumnos y alumnas de Enseñanza Media Técnico Profesional, pueden iniciar el proceso conducente a la obtención del Título en la Especialidad respectiva. Con el fin de regular este proceso de titulación, en las especialidades de Electricidad, Mecánica Automotriz, Secretariado y Servicios de Alimentación Colectiva, el Liceo Polivalente Moderno Cardenal Caro establece las normas y el procedimiento que se señalan a continuación. Estas normas y procedimientos serán revisadas y actualizadas cada dos años y/o cuando la Normativa del Ministerio lo estipule para una mejor aplicación. 1.- REQUISITOS: 1.1.- Para realizar la etapa de Práctica Profesional, el alumno egresado de una especialidad deberá: a) Estar en posesión de la Licencia de Enseñanza Media. b) No tener deudas pendientes con el Liceo por ningún concepto. 1.2.- La Práctica Profesional deberá efectuarse en una Empresa o Institución afín a la Especialidad respectiva y en la que el alumno en práctica pueda demostrar los conocimientos y habilidades aprendidas. Dicha Empresa o Institución deberá tener existencia legal, condiciones de prevención de riesgos e higiene ambiental de acuerdo a su naturaleza. 1.3.- Para la ubicación del lugar de su Práctica Profesional, el alumno tiene dos opciones, que deberá definir en concordancia con la U.T.P. Técnico Profesional: a) Lugar de Práctica sugerido por el Liceo. b) Lugar de Práctica elegido por el propio alumno, en las condiciones señaladas en 1.2. en este caso la U.T.P. otorgará el Vº Bº previo informe favorable del Departamento de cada Especialidad. 2.- MATRÍCULA: 2.1.- 2.2.- Para iniciar el proceso de Práctica Profesional y posterior Titulación y una vez cumplidos los requisitos indicados en el numeral 1.1 y siguientes, el egresado debe matricularse como Alumno regular, con todas las obligaciones, derechos y beneficios correspondientes (pase escolar, becas y/o estipendios, bonificación de la Práctica Profesional, Certificado de Alumno Regular y otros). La matrícula tiene validez por el año escolar respectivo. 75 2.3.- Con la oficialización de la Matrícula, el Liceo abre la carpeta personal del proceso de Práctica y Titulación, con la Ficha de Matrícula de Alumno en Práctica. 3.- PROCESO DE PRÁCTICA: 3.1.- Una vez matriculado, el alumno debe entregar en la Empresa o Institución a la cual fue asignado o que el mismo voluntariamente eligió, la Carta Solicitud de Práctica. La Carta Solicitud de Práctica es un documento en el cual el Liceo presenta al alumno y a la vez solicita la Práctica Profesional. Si la respuesta es positiva debe indicar el nombre del Maestro Guía asignado por la Empresa, dirección y teléfono para poder iniciar el contacto oficial. 3.2.- Entregada la respuesta a la Carta Solicitud de Práctica, el Liceo solicitará a la Empresa completar el Convenio de Práctica, en el cual se detallará la siguiente información: * Nombre de la Empresa * Representante Legal de la Empresa * Rut de la Empresa * Rubro o Sector Económico * Domicilio comercial * Teléfono y/o Correo Electrónico * Horario Semanal que debe cumplir el alumno * Nombre, Firma y Timbre del responsable de la Empresa, aceptando las condiciones enumeradas a las cuales se compromete a cumplir mientras el alumno practicante se encuentre en ella. 3.3.- Junto con el documento anterior, el Liceo entregará a la Empresa el Certificado de Autorización de Práctica Profesional, que certifica que el alumno se encuentra matriculado y protegido por el Seguro Escolar Obligatorio, como también la cantidad de horas semanales que debe cumplir el alumno según Artículo 2 del Decreto Exento 2516 de Diciembre 2007, junto con ello, el Plan de Práctica y el Control de Asistencia. 3.4.- Plan de Práctica a) El Jefe Técnico en conjunto con los profesores de la formación diferenciada del Área Técnico Profesional, elaborarán el Plan de Práctica que servirá de guía para el desarrollo de la Práctica Profesional. b) El Plan de Práctica será elaborado de acuerdo al perfil de egreso de la Especialidad respectiva, en conformidad al perfil profesional y contextualizado en función a tareas, actividades y criterios de realización de la Empresa. 76 c) El Plan de Práctica contemplará actividades que aporten al logro de la competencias genéricas de empleabilidad específicas de cada Especialidad, el cumplimiento de la Normas de Higiene y Seguridad, Prevención de Riesgos, Normativa interna de la Empresa y objetivos transversales según perfil de egreso del Proyecto Educativo del Liceo. d) El alumno al iniciar su práctica profesional será acompañado por el profesor tutor en una reunión con su maestro guía, los cuales leerán y comentarán el Plan de Práctica elaborado y luego en forma individual el alumno seleccionará las competencias, habilidades y destrezas para cuales está más capacitado. e) El Plan de Práctica ya consensuado en el proceso anterior, será firmado por el alumno y dejado en poder del Maestro Guía para su evaluación final. f) Cuando el alumno termine su Práctica, la evaluación de este Plan de Práctica será en conceptos de: Muy bueno, Bueno, Regular e Insuficiente, firmado por el Maestro Guía del alumno y entregado al momento de finalizar su Práctica al Profesor Tutor. g) Se considerará reprobada la Práctica Profesional, si el alumno es evaluado con insuficiente en un porcentaje de un 25% o más, en las tareas encomendadas y efectivamente realizadas en la Empresa. 3.5.- La Práctica Profesional para las Especialidades de Electricidad, Mecánica Automotriz, Secretariado y Servicios de Alimentación Colectiva, será de 600 horas cronológicas y efectivamente realizadas (No contabilizar ni licencias médicas, ni ausencias por enfermedad). 3.6.- La Práctica Profesional no es remunerada, no obstante, la Empresa o Institución a sugerencia del Jefe Técnico, Profesor Tutor o por propia iniciativa puede voluntariamente otorgar algún beneficio al alumno practicante (Locomoción, colación y otros). 3.7.- El Liceo solicitará a la Empresa o Institución el control estricto de la asistencia y cumplimiento puntual del horario por parte del alumno en práctica, registrado en la bitácora de asistencia, la cual será solicitada y revisada en cada visita por el Profesor Tutor. 3.8- Durante el desarrollo de la Práctica Profesional el alumno será visitado en su lugar de trabajo, a lo menos en dos oportunidades por el Profesor Tutor que el Liceo designe para tal efecto. Una primera visita deberá realizarse durante el primer mes de Práctica y la última antes de que el alumno finalice el proceso. 3.9.- Para aprobar la Práctica Profesional los estudiantes deberán: 77 a) Completar el número de horas de Práctica de acuerdo a lo dispuesto en el presente reglamento establecido en el numeral 3.5. b) Demostrar el logro de las tareas y exigencias del Plan de Práctica, a través de trabajos asignados por el Maestro Guía de la Empresa. 3.10.- El alumno será evaluado, al menos en dos oportunidades, de acuerdo a una pauta denominada Evaluación de Práctica Profesional por el Profesor Tutor, quien tendrá en cuenta la opinión del Maestro Guía del practicante. 3.11.- Al término de la Práctica Profesional el alumno obtendrá una Calificación Final de Práctica conforme a una Pauta especial que será desarrollada en conjunto por el Profesor Tutor y el Maestro Guía del practicante en la Empresa o Institución. 3.12.- Junto a la calificación a que se refiere el numeral anterior, el Profesor Tutor debe solicitar a la Empresa el Informe de Práctica, en el que conste además de la individualización de la Empresa o Institución y del alumno en práctica: 1.- Función desempeñada por el alumno 2.- Áreas de competencia de su especialidad donde ha demostrado mayor dominio 3.- Número de horas cronológicas efectivamente realizadas 4.- Competencia de empleabilidad en las cuales se ha destacado 5.- Fecha del término de la práctica 3.13. La Calificación Final de Práctica se obtendrá considerando: 3.14.- 40% - 60% - el promedio de las evaluaciones de las visitas de práctica efectuadas por el Profesor Tutor. (numeral 3.10) la Calificación de Término de Práctica. (numeral 3.11) Las evaluaciones del proceso de Práctica se regirán por la siguiente escala: 6.0 a 7 Muy Bueno 5.0 a 5.9 Bueno 4.0 a 4.9 Suficiente 3.9 o menos Insuficiente La nota mínima de aprobación será 4.0 3.15.- El alumno que no apruebe esta etapa podrá solicitar una prórroga de su Práctica Profesional equivalente al 50% de las horas establecidas originalmente, la que podrá realizar en la misma Empresa o Institución, o en otra que cumpla con lo establecido en los numerales 1.2 y 1.3. 3.16.- La supervisión y evaluación de esta prórroga de Práctica Profesional se regirá por las disposiciones ya señaladas. 3.17.- Si un alumno se retirara o es despedido de su lugar de práctica, podrá completarla en otro lugar, acreditando -mediante certificación de Empresa/Institución- las horas trabajadas efectivamente, con el fin de imputarlas en el nuevo proceso de Práctica. 78 En este caso el alumno deberá personalmente ubicar su nuevo lugar de práctica. 3.18.- Los estudiantes egresados hace tres años o más deberán realizar los siguientes trámites: a) Verificar si su concentración está en línea en página web www.ayudamineduc.cl, de lo contrario solicitarla al número 600 600 26 26 opción 1. b) Solicitar al alumno que retire autorización en la SEREMI de Educación en Unidad de titulación, para titularse fuera de plazo. c) Matricularse como alumno, pagando un valor de $3.500.- según ley de subvenciones del MINEDUC. d) Acreditar la experiencia laboral en el área de su especialidad, mínimo 4 meses, respaldado con cotizaciones y carta de experiencia laboral. e) De no contar con el requisito anterior, deberá realizar una práctica de actualización de conocimientos, por 720 horas cronológicas y gestionar toda la documentación correspondiente al proceso de un alumno regular. 3.19 Asimismo, los estudiantes egresados cuyo rendimiento académico promedio en la formación diferenciada técnico-profesional supere la calificación 6,0 (seis coma cero) podrán solicitar que se disminuya la duración de su práctica en un 15%, siempre que esta disminución no vulnere las medidas de prevención de accidentes laborales. 3.20.- El proceso de Titulación deberá iniciarse dentro de un plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de egreso del estudiante. Los estudiantes que excedan dicho plazo con un máximo de 5 años y que no estén en la situación del punto 3.18 deberán desarrollar un proceso de actualización que consistirá en un trabajo de tutoría en dos módulos considerados relevantes para la especialidad y que serán determinados por los profesores del área y el Jefe de U.T.P. Esta tutoría será considerada como un apoyo al profesor de la especialidad durante un semestre y por la cual se elaborará toda la documentación del proceso de práctica. 3.21.- La evaluación de los alumnos en la situación del punto 3.20, sólo tendrá 2 conceptos: aprobado o reprobado, bajo una pauta de cotejo que sea conocida por el alumno antes de iniciar dicho proceso. 3.22.- Para iniciar este proceso de actualización el alumno deberá matricularse en el Liceo en las mismas condiciones del punto 2.1. 79 3.22.- Aprobada esta etapa de actualización, el alumno estará en condiciones de iniciar su proceso de práctica como lo indica el punto 3 del presente reglamento. 3.23.- En los casos que algunos alumnos efectúen su Práctica Profesional en lugares apartados (fuera de la región donde se ubica el establecimiento), el Liceo implementará mecanismos que aseguren una adecuada supervisión a distancia del proceso de práctica. Como también el Liceo podrá facilitar que el estudiante se matricule en otro establecimiento educacional que imparta su especialidad y le asegure la debida supervisión del proceso de Titulación, todo ello previa autorización de la Secretaria Regional Ministerial de Educación respectiva. En este caso, el alumno será titulado por el establecimiento educacional que haya supervisado efectivamente la práctica y donde estuviere matriculado. 4.- ALUMNO EN PRÁCTICA – PROFESOR TUTOR – MAESTRO GUÍA: 4.1.- Durante el proceso de Práctica Profesional, el alumno practicante tendrá los siguientes derechos: a) Asignación de un Profesor Tutor por parte del Liceo. b) Asignación de un Maestro Guía por parte de la Empresa. c) Entrega de toda la documentación necesaria durante el proceso de Práctica por parte del Liceo. d) Ser informado oportunamente del proceso de Bonificación de la Práctica Profesional (Junaeb) e) Beneficio de la Bonificación de la Práctica Profesional. (Junaeb) f) Ser visitado por el Profesor Tutor en a lo menos 2 oportunidades. g) En caso de accidente, utilizar el Seguro Escolar Obligatorio. h) Asistir a la ceremonia de Titulación cumpliendo con el Reglamento Interno del Establecimiento (Reglamento de Convivencia Escolar). 4.2.- Las obligaciones del Alumno practicante serán las siguientes: a) Tramitar la documentación del inicio de su Proceso de Práctica (Convenio), entregándolo oportunamente en la Secretaría de UTP. b) Cumplir fielmente con la normativa interna de la Empresa. c) Completar las horas correspondientes al proceso de Práctica Profesional. d) Demostrar interés, iniciativa y creatividad en todas las actividades encomendadas. 80 4.3.- El Profesor Tutor, será aquel profesional que se desempeñe como profesor en la Especialidad de la cual el alumno practicante haya egresado y cumplirá las siguientes funciones: a) Orientar, dirigir y apoyar al alumno en el proceso de Práctica. b) Visitar al alumno, en su lugar de Práctica en al menos 2 oportunidades y a la vez entrevistarse con el Maestro Guía (Numeral 3.8). c) Establecer un buen clima de relación Empresa – Alumno – Liceo. d) Entregar en forma oportuna a la Empresa y/o al Liceo los documentos necesarios para la realización de un buen proceso de Práctica. e) En cada visita supervisará si las condiciones de higiene, seguridad y control de asistencia son cumplidos por la Empresa y el Alumno, en propio beneficio del Alumno en Práctica. 4.4.- El Profesor Tutor será removido de sus funciones en el caso del no cumplimiento de los aspectos anteriormente mencionados, que estén bajo su responsabilidad. 4.5.- El Maestro Guía de la Empresa será la persona responsable del alumno practicante y cumplirá las siguientes funciones: a) Dirigir, orientar y coordinar el trabajo a realizar por el alumno practicante. b) Será el responsable de asignar las tareas determinadas en el Plan de Práctica. c) Prevenir en todo momento los peligros a que pueda estar expuesto el alumno practicante. d) Entregar al alumno los implementos de seguridad necesarios para un buen desarrollo de su Práctica Profesional. e) Será responsable de llevar al alumno a un recinto de salud en caso que sufra algún accidente. f) Tramitar los documentos necesarios para utilizar el Seguro Escolar Obligatorio. g) Entregar oportunamente los documentos necesarios en el desarrollo de la Práctica Profesional del alumno. h) Velar por el cumplimiento de la ley del código del trabajo. 4.6.- La evaluación del trabajo realizado por el Profesor Tutor y por el Maestro Guía, será responsabilidad del Jefe Técnico del Liceo. 5.- EMPRESA – CONVENIOS DE PRÁCTICA – SEGURO ESCOLAR: 5.1.- El Liceo mantendrá un banco actualizado de las Empresas o Instituciones que ofrecen Práctica Profesional. 81 5.2.- Al finalizar el Año Escolar, los alumnos solicitarán al Liceo la Carta Solicitud de Práctica, con la cual deben presentarse a la Empresa o Institución que ellos eligen del listado anterior, o bien alguna que ellos mismos han buscado a través de contactos personales. 5.3.- Los Convenios de Práctica entre la Empresa – Alumno – Liceo, son firmados al momento de iniciar la Práctica Profesional y permanecen en el Liceo en la Carpeta individual del alumno. 5.4.- Las Empresas o Instituciones que no cumplan con las condiciones mínimas de higiene y seguridad, la oportuna entrega de documentos y las facilidades mínimas para que el Profesor Tutor pueda realizar sus visitas periódicas, serán automáticamente eliminadas del banco de datos, mencionado en el punto 5.1. 5.5.- Las condiciones mínimas de higiene y seguridad serán revisadas y observadas por el Profesor Tutor, como también por el comentario responsable del alumno en práctica, situación que deberá ser comunicada al Maestro Guía en forma oportuna. 5.6.- Todos los alumnos que realicen Práctica Profesional estarán protegidos por el Seguro Escolar Obligatorio, desde el momento de su matrícula. 5.7.- El alumno en práctica tiene los mismos beneficios de un alumno regular, en relación al Seguro Escolar Obligatorio, con respecto a la tramitación de los documentos. 5.8.- Si algún alumno en práctica se ve afectado ya sea en la Empresa o Institución, como en el trayecto desde o hacia su hogar, según la emergencia se procede de la siguiente forma: a) Si no es de urgencia, el alumno solicitará al Liceo completar el formulario oficial que existe para este efecto (5 copias) y luego lo llevará personalmente para su atención al Servicio de Salud más cercano. b) Si la situación es de urgencia, será llevado directamente al Servicio de Salud por el Maestro Guía o algún representante de la empresa, o bien si el accidente es de trayecto, será llevado por la persona más cercana y luego de la atención médica, solicitará al Liceo, por el medio más expedito el formulario (5 copias) del Seguro Escolar para remitirlo al Servicio de Salud correspondiente. 6.- TITULACIÓN: 6.1.- Para obtener el título en la Especialidad respectiva, el egresado deberá alcanzar una nota de Titulación no inferior a 4.0. 82 6.2.- Para los efectos del Título el egresado debe presentar los documentos personales que se le requerirán oportunamente. 6.3.- La nota de Titulación será el resultado de la ponderación de los siguientes factores: - 50% Promedio de notas de las asignaturas del área profesional, de 3º y 4º año. - 50% Calificación final de Práctica Profesional. 6.4.- Estas calificaciones deberán constar en un Acta individual del proceso de Titulación. 6.5.- Terminada esta etapa el Liceo enviará a la Secretaría Ministerial el Expediente del alumno con los siguientes documentos (en original): 1.- Certificado de Nacimiento 2.- Concentración de Notas de Enseñanza Media 3.- Certificados de Estudio si corresponden. 4.- Certificado de Práctica Intermedia si corresponde. 5.- Informe de Práctica de la Empresa/Institución 6.- Plan de Práctica. 7.- Diploma del Título, según diseño oficial 6.6.- El Título será entregado por el Liceo en una ceremonia especial a los alumnos que cumplan puntualmente los plazos que se señalan para las diversas instancias del proceso de Práctica y Titulación. Los titulados rezagados podrán retirarlo en fecha posterior a la ceremonia de titulación, en Secretaría de Enseñanza Media. 7.- CASOS ESPECIALES: 7.1.- Si un alumno(a) deba suspender su Práctica Profesional por alguno de los siguientes motivos: a) b) c) d) Se encuentra embarazada Cumplir con el Servicio Militar Obligatorio Se encuentre enferma(o) Deba ausentarse por motivos de fuerza mayor (Viajes, Estudios, etc.) El Jefe Técnico y el alumno o alumna afectados solicitarán a la Empresa su posible reingreso después de completar el período enumerado anteriormente. Si la respuesta es negativa, los alumnos serán ubicados en otra Empresa o Institución para que cumplan con los requisitos necesarios para titularse según el presente reglamento. 83 8.- PRÁCTICA INTERMEDIA: 8.1.- Los estudiantes que aprueben 3er Año de Educación Media Técnico Profesional con un promedio aprobado en la formación diferenciada de dicha especialidad (módulos de 3er año), podrán solicitar al liceo la realización de práctica intermedia una vez cerrado su año escolar. 8.2.- La cantidad de horas realizadas durante el año no podrá ser superior al 50% del total de las horas de práctica que debiera realizar el egresado de 4º medio y serán parte del total de ellas mismas. Esto significa que disminuirá proporcionalmente la duración del período final de práctica. 8.3.- Las horas de práctica intermedia estarán sujetas a las formalidades establecidas para la Práctica Profesional (Certificación, deberes y obligaciones). Estas horas de práctica por ningún motivo deberán perjudicar el normal desarrollo de las clases establecidas en dicho plan. 9.DISPOSICIONES PROFESIONALES: FINALES EN RELACION A LAS PRACTICAS 9.1.- El presente Reglamento será leído y comentado por los alumnos egresados junto a su Profesor Jefe, al finalizar el año escolar respectivo. Una copia de él será entregada a cada alumno, para que sirva de guía en su proceso de Práctica Profesional. 9.2.- Las materias no contempladas en el presente Procedimiento serán resueltas por la Dirección del Liceo, en conformidad a la normativa del Ministerio de Educación o en su defecto por la Secretaría Regional Ministerial de Educación o por la División de Educación General de acuerdo a sus respectivas competencias. 10. CRITERIOS Y NORMAS EN RELACION AL EGRESO DE 4° AÑO MEDIO 1.- El egreso de 4º Año Medio implica para los(as) estudiantes(as) el término de toda su etapa escolar. Con el objetivo de realzar este acontecimiento importante en la vida de una persona y su familia, el Liceo organiza dos Actos Oficiales con invitación a cada estudiante o alumna y a sus padres: Eucaristía de Acción de Gracias. Ceremonia de Licenciatura. Invitar a la Ceremonia de Licenciatura a los o a las jóvenes que egresan de sus aulas significa para el Liceo reconocer y distinguir a quienes, junto con el aprendizaje expresado 84 en la evaluación académica, reflejan en su persona valores, virtudes y hábitos de convivencia que el Colegio entrega, invocando permanentemente la colaboración de los padres. 2.- En consecuencia, dada esta motivación y la naturaleza del Acto, el Liceo se reserva el derecho de no invitar a aquellos(as) estudiantes(as) cuyas actitudes y comportamiento no los hagan merecedores de participar de dicho reconocimiento y distinción. Esta medida se aplicará eventualmente, en los siguientes casos: a) Estudiantes(as) que mantengan condicionalidad estricta al término del 2º Semestre de 4º año, b) Estudiantes(as) que, sin estar en la situación anterior, hayan cometido o participado en faltas a la normativa interna consideradas graves. Esta situación es aplicable también al Acto de Titulación de egresados en la modalidad Técnico Profesional y c) Estudiantes(as) que, al término del 4º año, hayan sido evaluados con Insuficiente en Religión. La medida de no participación en la Ceremonia de Licenciatura será aplicada por la Dirección, previa evaluación de los antecedentes, en consulta al Consejo de Profesores del curso respectivo y sin perjuicio de otras que se derivaran de la aplicación de la Pauta. (Anexo Nº4). 3.- Por tratarse del último año en que permanecen dentro del sistema escolar, los Estudiantes deben concentrar toda su atención y energías en lo verdaderamente importante: Aplicarse al aprendizaje y obtener el mejor rendimiento que les permitan sus capacidades. Prepararse para asumir la etapa siguiente al egreso, según su proyecto personal – estudios superiores, práctica y titulación, ingreso al campo laboral u otro – ejercitándose en el esfuerzo continuo, perseverancia y responsabilidad, condiciones sin las cuales difícilmente podrían alcanzar sus metas futuras. Reflejar en sus actitudes y comportamiento el grado de madurez y de consolidación de los valores y virtudes que les propuso el Liceo. 85 I “La presentación es una expresión visible de cada persona” PRESERVACIÓN DE LA SALUD Y LA HIGIENE II “La salud es un don que todos tenemos el deber de cuidar. El alumno debe respetar y cuidar la Naturaleza, expresión de belleza y vida” CRITERIO A APLICAR FUNDAMENT OS CRITERIO PRESENTACIÓN PERSONAL ASPECTO ANEXO4: PAUTA DE CONVIVENCIA ESCOLAR. USO DE UNIFORME INCOMPLETO Y/O ALTERACION DELMISMO. L 1 y2 USO DE VESTUARIO INFORMAL (buzo cuando no corresponda – parca de color y con estampados – zapatillas que no sea blanca, negras, azules o gris – adornos – joyas y otros). L 1 y2 PRESENTACIÓN INADECUADA: Uniforme sucio, descuidado, de ancho o largo inadecuados; barba sin rasurar; uñas pintadas o maquillaje; cabello desordenado (de corte y sin tinturar) tanto en damas como en varones. L 1 y2 DESASEO: Personal – en salas y dependencias – baños y patios. L 1 y 2* CONTAMINACIÓN DEL MEDIOAMBIENTE: desechos, acústico y visual G 7 G 7 ACTITUDES POR SUPERAR PAUTA DE PROCEDIMIENTO FALTAS LEVES 1.- Conversación – advertencia compromiso de enmienda con constancia en el libro de clases. (Profesor Inspector). (De pre kínder a 4 Medio) 2.- Reiteración punto 1: amonestación con constancia en el libro de clases y comunicación al Apoderado. (Profesor Inspector). (De Pre Kínder a 4 Medio) 3.- Citación de Apoderado. (Profesor – Inspector). (De Pre Kínder a 4 Medio) PRESENCIA DE HÁBITOS PERJUDICIALES: Para la salud propia: Fumar tabaco dentro de las dependencias del colegio y alrededores. FALTAS GRAVES Alcoholismo - drogadicción - pornografía – consumo y/o transporte de drogas y alcohol dentro o a fuera del colegio con el uniforme o cualquier signo distintivo del colegio GR 7-9 Utilización de accesorios varios (piercing, expansiones, dreadlock y otros manifestaciones visibles nocivas para la salud y para el medio ambiente. G 5 CASOS ESPECIALES Presencia de pediculosis o sarna. (Se informa a los Apoderados 4.- Entrevista del estudiante con el Profesor Jefe. (Primero Básico a 4 Medio) L 3 5.- Conversación del estudiante con Jefe de Unidad que corresponda y/o derivación al equipo de apoyo multidisciplinario. (Pre Kínder a 4 Medio). 5.1.- Consecuencia educativa. (Pre KínderSegundo Básico). 86 III PUNTUALIDAD “La presencia diaria en las actividades escolares es imprescindible para que cada alumno pueda lograr un aprendizaje sólido” IV CRITERIO A APLICAR ACTITUDES POR SUPERAR CRITERIO ASPECTO FUNDAMENT OS REITERACIÓN DE INASISTENCIA A CLASES: A la 5° inasistencia sin justificar (Prof. Jefe) G A la 10° inasistencia sin justificar, firma de carta compromiso 4 PAUTA DE PROCEDIMIENTO 6.- Entrevista del apoderado y estudiante con Jefe de Unidad que corresponda. (Prekinder-Cuarto Medio) 8 7.- Suspensión de clases. (Inspectoría General – UTP). (Primero Básico a Cuarto Medio) De pre kínder a 6 básico con hasta 6 atrasos durante el semestre se deberá entrevistar al apoderado. El tiempo perdido por concepto de atraso, debe ser compensado, de 7º a 4º medio, con trabajo pedagógico en el Liceo. “El hábito de la puntualidad es muy importante en la formación de la persona responsable de su deber y respetuosa de su REITERACIÓN DE ATRASOS EN EL INGRESO AL propio tiempo y LICEO: del de los demás” Al décimo atraso sin compensar el tiempo. Carta Compromiso G 8 87 USO Y CUIDADO DEL LOCAL, MOBILIARIO Y ÚTILES V “Los bienes del Liceo están destinados a servir a los objetivos educacionales y es obligación respetarlos y contribuir a su conservación usándolos correctamente” VI “Uno de los rasgos esenciales en un buen estudiante es su actitud positiva ante el aprendizaje” Descuido en el uso de útiles y materiales propios o ajenos. 7* GR 7* G 3* G-GR 7* Ingreso a dependencias por accesos no autorizados. Deterioro y/o destrozo de bienes: sillas, bancos, interruptores, vidrios, equipos electrónicos, maquinarias u otros. Manipulación y/o destrozo de chapas y candados. Falta de atención, manifiesta indolencia o desinterés en la clase o en sus deberes escolares.( ponerse al día en sus materias) No sigue instrucciones del profesor o asistente de la educación. Se niega a trabajar en clases. (En el caso de pre kínder a segundo básico, se aplica consecuencia educativa 5.1]) Incumplimiento de tareas y trabajo. Uso de computadores portátiles, celulares, iPad, etc. Dentro del Liceo sin autorización. Presentación a clases sin materiales de trabajo, útiles, vestimenta deportiva oficial para hacer Educación Física, agenda estudiantil, etc. Actitudes distractoras del ambiente favorable al aprendizaje: -Desorden, alteración del ritmo de la clase, gritos, hacer ruidos molestos, salida de la sala sin autorización, etc. -Atraso en la llegada a la sala. Comportamiento inadecuado en recreo, desayuno o almuerzo Traer dinero sin autorización (pre kínder-segundo básico) Uso de juguetes o juegos, sin autorización. (El juguete, dinero o juego es devuelto al apoderado en un plazo no mayor a una semana hábil). GR 7* L-G 1 L-G 2 Y 5* L 1-* L 3 L 1Y2 L 2 L 2* L 2 L 1Y2 L 1° vez – punto 3 pauta 2| vez – punto 5 pauta 3° vez – punto 8 pauta GR 8* Uso de: ARTEFACTOS ELECTRICOS Y/O TECNOLÓGICOS. dentro del Liceo. (Se retiene el aparato y se le entrega al Apoderado). Ausencia de clases sin autorización. (Dentro del Liceo). PAUTA DE PROCEDIMIENTO FALTAS GRAVÍSIMAS GR Deterioro del local, rayado de muros y baños. Comer e ingerir líquidos en sala de clases Ingreso a páginas de Internet no autorizadas durante la actividad escolar. COMPROMISO ESCOLAR CRITERIO A APLICAR ACTITUDES POR SUPERAR CRITERIO ASPECTO FUNDAMENT OS 8.- Carta de compromiso del estudiante y el apoderado. (Jefe de unidad) (De Pre Kínder a 4 Medio) 9.- Condicionalidad de matrícula. (Inspectoría General y UTP ) (de Primero Básico a Cuarto Medio). 10.- Notificación de la no renovación de matrícula y/o la exclusión de la Gala, para los alumnos de 8vos años y de la ceremonia de Licenciatura, para los alumnos de los 4tos años. (Rector y/o Director(a) de sección.). * Reparación del daño y/o falta. (medida formativa) 88 Falta de participación en actividades o ceremonias de carácter Cívico o religiosas. G 6 GR 9* G 6 G 6 Ayuda ilícita en prueba, control o trabajo.(Se aplica reglamento de evaluación) G 6 Presentación de trabajos ajenos como propios ( plagio) (Se aplica reglamento de evaluación) G 6 Inasistencia a evaluaciones, sin justificativo Copiar en prueba o control. (Se aplica reglamento de evaluación) No entregar o negarse a entregar instrumentos de evaluación en el tiempo y lugar correspondiente.(Se aplica reglamento de evaluación) ACTITUD Y RELACIONES INTERPERSONALES VII “La actitud con que la persona asume su relación con los demás es reflejo de su propia estimación y de la que siente por los otros” Adulteración de documentos: - Agenda estudiantil: firma, contenidos, imágenes y expresiones soeces. Esto incluye pruebas, trabajos y cualquier documento oficial del colegio. - Libro de clases, informe de notas, licencias o certificados médicos. Sustracción de materiales, útiles, herramientas PROPIAS DE LAS ESPECIALIDADES DE TP, otros. (Reposición). GR 9 GR* 9 Sustracción, pérdida o deterioro de libro de biblioteca. (Reposición de lo sustraído) * GR* 9 Sustracción de Documentos oficiales, pruebas, libro de clases, etc. (Reposición de lo sustraído) * GR* 9 Ventas y propagandas no autorizadas. (Se requisan los artículos). G 6 G-GR 6-7-8 L-G 2-7 G 7 G 7 G 7 G-GR 7-9 G-GR 5-7 G 7 Actitudes adversas a la buena convivencia: - Vocabulario ofensivo, soez, descalificación, burlas, otros. - Falta de honestidad en el decir y en el actuar.( faltar a la verdad, falso testimonio, culpar a otros, distorsionar la realidad). Intolerancia ante opiniones de otros la que se manifiesta en descalificaciones personales las que pueden ser orales o gestual. NO reconocer sus errores. Agresión física y/o juegos violento. Hostigamiento u otros maltratos psicológicos ejercidos a través de cualquier medio. (Comité Sana Convivencia). Falta de respeto a: la persona o la labor de Profesores y Asistentes de la Educación a través de cualquier medio. Agresión física o psicológica. Autoagresión y/o conductas riesgosas para el alumno o sus compañeros. Falta de respeto a la institución o a los valores cívicos o religiosos, a través de los símbolos y/o imágenes representativas de éstos. 89 Falta de respeto en actividades o ceremonias de carácter Cívico o Religioso. G 7 ANEXO 5: NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR. ARTÍCULO lº. Objetivos. 1.1. El presente reglamento tiene por finalidad promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad educativa los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión. 1.2. Asimismo establece protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones reparatorias para los afectados. 1.3. Lo anterior es sin perjuicio de impulsar acciones de prevención tales como talleres de habilidades socio - afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional, competencias parentales, entre otros, teniendo en cuenta especialmente el proyecto educativo institucional. ARTÍCULO 2º. Conceptos. 2.1. La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos. 2.2. Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales. 90 ARTÍCULO 3º. Derechos y deberes de la comunidad educativa. 3.1. Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia. 3.2. Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados. ARTÍCULO 4º. Comité de Sana Convivencia Escolar. 4.1. Existirá un Comité de Sana Convivencia Escolar u otro organismo similar, que estará integrado al menos por un representante de cada uno de los siguientes estamentos: a) La Dirección: b) Los profesores; c) Los alumnos; d) Los padres y apoderados; y e) Los asistentes de la educación. 4.2. El Comité u órgano similar tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones: * Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano; * Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del establecimiento; * Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar; * Designar a uno o más encargados de convivencia escolar; * Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de convivencia escolar; * Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar; 91 * Determinar, con alcance general, qué tipo de faltas y sanciones serán de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso; y * Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes. ARTÍCULO 5º. Encargado de Convivencia Escolar. Existirá uno o más encargados de convivencia escolar, quienes deberán ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes del Comité de Sana Convivencia Escolar, investigar en los casos correspondientes e informar sobre cualquier asunto relativo a la convivencia. ARTÍCULO 6º. Prohibición de conductas contrarias a la sana convivencia escolar. Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente contra o vulnere la sana convivencia escolar. La autoridad competente investigará. de conformidad a la normativa interna del establecimiento, las conductas consideradas como maltrato escolar, las que deberán ser debidamente explicitadas y, de ser pertinente, castigadas mediante un sistema gradual de sanciones. ARTÍCULO 7º. Definición de maltrato escolar. 7.1. Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda: * Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales; * Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o * Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico. 7.2. Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas: Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa; Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa; 92 Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa: Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.); Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia; Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios web, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico. Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar; Realizar acoso s o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito; Portar todo tipo de armas. instrumentos. utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos; o Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste. ARTÍCULO 8º. Medidas y Sanciones Disciplinarias. 8.1. Se podrá aplicar a quien incurra en conductas contrarias a la sana convivencia escolar, y especialmente en los casos de maltrato, alguna o algunas de las siguientes medidas o sanciones disciplinarias: a) Diálogo personal pedagógico y correctivo; b) Diálogo grupal reflexivo; c) Amonestación verbal; d) Amonestación por escrito; e) Comunicación al apoderado; f) Citación al apoderado; 93 g) Derivación psicosocial (terapia personal, familiar, grupal; talleres de reforzamiento, educación o de control de las conductas contrarias a la sana convivencia escolar); h) Asistencia a charlas o talleres relativos al consumo o efectos de las bebidas alcohólicas, las drogas o sustancias ilícitas; i) Servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional, tales como apoyo escolar a otros alumnos, ayudantía a profesores, asistencia a cursos menores, entre otras iniciativas; j) Suspensión temporal; k) Condicionalidad de la matrícula del alumno; !) No renovación de la matrícula para el próximo año escolar; o m) Expulsión del establecimiento educacional, sólo aplicable en casos de especial gravedad, debidamente fundamentados, y luego de haber agotado todas las medidas correctivas anteriores, con pleno respeto al principio del debido proceso establecido en las normas respectivas. 8.2. Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente. 8.3. Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, en casos graves se podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al establecimiento. ARTÍCULO 9º. Criterios de aplicación. 9.1. Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable. 9.2. Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios: a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas; b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado; c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como: La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores; El carácter vejatorio o humillante del maltrato; Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro; Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa; 94 Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento; d) La conducta anterior del responsable; e) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra; t) La discapacidad o indefensión del afectado. ARTÍCULO 10º. Obligación de denuncia de delitos. Los directores, inspectores y profesores deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal. ARTÍCULO 11º. Reclamos. 11.1. Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentado en forma verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, la que deberá dar cuenta a la Dirección, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al debido proceso. 11.2. Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo. ARTÍCULO 12º. Protocolo de actuación. 12.1. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra. 12.2. De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente. 12.3. En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el derecho de todas las palies a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas. 95 ARTÍCULO 13º. Deber de protección. 13.1. Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información durante todo el proceso. 13.2. Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad. ARTÍCULO 14º. Notificación a los apoderados. Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo, pero deberá quedar constancia de ella. ARTÍCULO 15º. Investigación. 15.1. El encargado de convivencia escolar deberá llevar adelante la investigación de los reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento. 15.2. Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotada la investigación, el encargado deberá presentar un informe ante el Comité de la Sana Convivencia Escolar, o el que haga sus veces, para que este aplique una medida o sanción si procediere, o bien para que recomiende su aplicación a la Dirección o autoridad competente del establecimiento. ARTÍCULO 16º. Citación a entrevista. 16.1. Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la Dirección o quien la represente deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante o los estudiantes involucrados, a una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre las partes. Para esta entrevista, se considerará el tipo de tópicos que convenga tratar en presencia de los alumnos o sólo entre adultos. 16.2. En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la indagación, exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un período de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas se dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia de esta circunstancia. 16.3. Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán presentar todos los antecedentes que estimen necesarios. También se podrá citar a un profesional en la materia, quien podrá aconsejar o pronunciarse al respecto. 96 ARTÍULO 17º. Resolución. La autoridad competente deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a todas las partes y, en su caso, al Comité de la Sana Convivencia Escolar. ARTÍCULO 18º. Medidas de reparación. En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán consistir, por ejemplo, en disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales, cambio de curso u otras que la autoridad competente determine. ARTÍCULO 19º. Recursos. Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución adoptada por el Comité o autoridad competente, dentro de un plazo razonable. ARTÍCULO 20º. Mediación. El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de similar naturaleza como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de convivencia escolar. Este sistema incluirá la intervención de alumnos, docentes, orientadores, otros miembros de la comunidad educativa y especialistas. ARTÍCULO 21º. Publicidad. El establecimiento deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a través de todos los medios disponibles, para que la comunidad educativa esté permanentemente informada y pueda ejercer sus derechos. 97 ARTÍCULO 22° MEDIACIÓN ESCOLAR (se adjunta pauta en el reglamento interno). OBJETIVO GENERAL: Estimular la buena resolución de conflictos interpersonales entre el estudiantado para avanzar a una buena convivencia escolar. OBJETIVOS ESPECIFICOS: Determinar espacios y personal para la escucha activa de los problemas del estudiantado. Resolución de conflictos interpersonales con medios pedagógicos, por ejemplo el acta de mediación. Cuantificar los tipos de conflictos de relaciones interpersonales entre el alumnado para posteriores medidas en el ámbito de la convivencia escolar. FUNDAMENTACIÓN DEL PLAN Ante los conflictos interpersonales entre estudiantes generados en recreos, almuerzos y actividades pedagógicas fuera del aula, en su punto de resolución, es fundamental la intervención profesional, son en estos espacios donde la autonomía y decisión del alumnado no está dirigido de manera personalizada, a diferencia de lo ocurrido en el aula con la intervención del docente, es fundamental construir una vía formal conocida. Por tanto una medida, como la mediación escolar, es avanzar en una cultura pacífica de resolución de problemas de manera concreta y conocida por la comunidad escolar. CASOS EXCEPCIONALES NO VISTOS EN EL PLAN DE MEDIACIÓN ESCOLAR En los casos de relaciones interpersonales establecidos en las normas de convivencia escolar, detallados a continuación, no podrán ingresar al plan de mediación, y serán vistos por el Inspector General. Así, los siguientes puntos de la pauta no están previstos en este plan: Agresión física grave y/o juegos violentos. Hostigamiento u otros maltratos psicológicos ejercidos a través de cualquier medio. Uso y/o tráfico de drogas en el interior del establecimiento. CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS CONVIVENCIA ESCOLAR Ante el término de la mediación debe ser consignada en el libro de clases, de manera precisa y breve, los alcances de la dificultad y su resolución. 98 ACTA DE MEDIACIÓN (Respuesta mediada a una dificultad de relaciones interpersonales) Mediación realizada el día ______ de ____________ de_______ por un conflicto entre alumnos (as), con el (la) mediador (a) __________________________________ y los mediados: ___________________________________ del curso ___________ y de otra parte____________________________________ del curso ______________. (Lectura obligatoria antes del inicio de la mediación) La participación en la mediación es voluntaria y debe comprometer el respeto mutuo, la confidencialidad entre pares de lo conversado, guardando el turno de palabra y cumplir con la verdad de los hechos. Al momento de los acuerdos y compromisos, se acepta que este documento será entregado por el (la) mediador (a) a la Orientadora e Inspector General, quienes llevaran el seguimiento de su cumplimiento. Se ha llegado al siguiente acuerdo-compromiso como solución al conflicto: __________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________ __________________________________________________________________ Estamos de acuerdo: Firma Alumno (a) Mediado (a) 1 Firma Alumno(a) Firma de Mediador (a) Firma mediado (a) 2 y tendremos el seguimiento de nuestro acuerdo con la Orientadora día _______ de ______________, para poder dar por solucionado el conflicto ocasionado por la falta de disciplina. Firma Alumno (a) Mediado (a) 1 Firma Alumno(a) Firma de Orientadora Firma mediado (a) 2 99 Realizado el seguimiento el día ________ de ___________ del acuerdo-compromiso, se considera por parte del Inspector General: .....que el acuerdo se ha respetado y se da por solucionado el problema. .....que no se ha respetado el acuerdo y se debe continuar por vía disciplinaria. Firma Alumno (a) Mediado (a) 1 Firma Alumno(a) Firma Insp. General Firma mediado (a) 2 OBSERVACIONES GENERALES DEL CASO 100 ANEXO 6: Compromisos y adhesión a las Normas del Liceo de padres y apoderados. El Liceo Polivalente Moderno Cardenal Caro, se define como un Colegio Católico sin fines de lucro y en consecuencia asume en forma responsable las orientaciones de la Iglesia en el campo Pastoral y Educacional. Nuestro Colegio se distingue por la dimensión religiosa de su quehacer educativo que busca incesantemente la síntesis armónica entre Fe, Vida y Cultura. El ser Colegio de Iglesia significa para el Liceo estar inserto en ella y participar de su misión pastoral de ofrecer la salvación por Cristo. Desde esa perspectiva, es de vital importancia que los padres y apoderados comprendan y asuman a la familia como el primer responsable de la educación de sus hijos e hijas, y al Liceo como colaborador a la misión de los padres, en una actitud de apoyo mutuo. También será relevante que se entienda el estilo educativo del Liceo Cardenal Caro como producto de una opción de Convivencia Escolar positiva, basada en las virtudes y valores que promueve. Deberes: Mantener una actitud coherente con el Proyecto Educativo y Reglamentos. Apoyar la tarea formativa del Liceo, asumiendo y adhiriendo a las Normas de Convivencia Escolar, ya que a través de ellas estamos educando y promoviendo el desarrollo de la responsabilidad y del respeto. Tener un rol activo en el aprendizaje de sus hijos, favoreciendo una actitud que promueva y motive el valor del trabajo y el estudio. Demostrar una preocupación por la formación en la vida de fe, así como también por la formación del carácter, voluntad y sensibilidad de sus hijos(as). Participar en las actividades pastorales, que buscan despertar y alimentar el camino de fe que Dios nos invita a hacer. Participar en las actividades del Liceo tales como reuniones de apoderados, charlas, entrevistas ,etc., como expresión de esa colaboración mutua que padres y Liceo deben prestarse en la educación de los niños y jóvenes. La asistencia a todas estas actividades son de carácter obligatorio. Mantener contacto permanente con el profesor jefe o de asignatura, adhiriéndose a las indicaciones que el Liceo da con respecto a situaciones especiales tales como evaluaciones de especialista, apoyos específicos, etc., o requerimientos que se consideren irán en beneficio del estudiante. Presentar en fechas establecidas por UTP los informes de especialistas externos en caso de solicitud de evaluaciones diferenciadas o eximición. Ser veraz y oportuno en la entrega de información al Liceo. Guardar un comportamiento adecuado, deferente y respetuoso hacia el establecimiento y su personal, de lo contrario se procederá a cambio al apoderado. Respetar conducto regular establecido, ante cualquier inquietud, trámite o situación ocurrida con el estudiante. Mantener sus datos actualizados (dirección electrónica y física, teléfonos de contacto), y a revisar permanentemente las comunicaciones o circulares que envié el Liceo a través de la libreta establecida para ello. 101 En sección pre básica: Respetar horario de ingreso y salida estipulado por el Liceo. Respetar protocolo de retiro de estudiantes, es decir establecer claramente quíén retirará al estudiante del establecimiento y en caso de emergencia enviar comunicación en la libreta autorizando a una persona extra. De lo contrario el estudiante no será entregado. Responsabilizarse del medio de transporte en que su hijo/a llega al Liceo y dejar información de ello. Preocuparse de la presentación personal e higiene de su hijo/a. Marcar adecuadamente prendas de vestir y materiales de uso personal. Avisar oportunamente acontecimientos importantes ocurridos en el hogar (cambio de domicilio, separaciones, enfermedades, entre otras. Avisar si es necesario administrar medicamentos, adjuntando receta médica .No se administrará nada sin prescripción médica escrita. No enviar objetos de valor, juguetes o dinero, ya que el Liceo no se responsabiliza de la pérdida de ellos. Procurar enviar a su hijo en buen estado de salud, evitando contagios. Aceptar las modalidades de cambios de jornadas propias del egreso de niñas y niños de NT2 a 1º año básico. Derechos: Recibir orientación, documentación e información oportuna del proceso evolutivo y del desarrollo educativo de su hijo (a). Recibir información y de ser necesario orientaciones sobre el PEI, protocolos y reglamentos de que dispone el Liceo. Recibir información oportuna sobre algún golpe, pelea, enfermedad o accidente de su hijo(a). Participar de actividades programadas dentro del ámbito pedagógico. Recibir un trato adecuado como persona y atención preferencial. Atención adecuada para su hijo(a) junto a un ambiente de sana convivencia, condiciones de higiene, salud y seguridad que le permita un óptimo desarrollo formativo. Recibir información de apoyo para el manejo de conflictos y el fomento de cultura de sana convivencia en el ambiente escolar. Expresar su opinión y ser escuchado respecto a materias referidas al proceso formativo e institucional de su hijo(a) A hacer uso de las dependencias del Liceo para reuniones extraordinarias u otras, previa coordinación y aviso a Rectoría o Dirección. Participar en actividades programadas por el Centro de Padres. Acceder entrevistarse con Rector, Directora(a), Inspector, UTP, educadora o profesor ante cualquier inquietud, siempre que se haya respetado el conducto regular. Apelar y a ser escuchado ante cualquier procedimiento, que por reglamento, deba ser causal de cancelación de matrícula de su pupilo, para asegurar un justo proceso. 102 Es importante recordar que para que el estudiante asegure su permanencia en el Liceo deberá: Mantener una actitud coherente con los valores y virtudes que promueve y desarrolla el Liceo. Respetar y ser veraz con sus pares y adultos en todas las actividades, ya sea dentro del Liceo, como en representación de éste. Participar en actividades escolares obligatorias tales como: retiros, jornadas, , salidas pedagógicas, entre otras . La ausencia injustificada demostrará una falta grave de compromiso con los valores formativos del Liceo. Ser puntual y cumplir con la asistencia que exige el Reglamento de Evaluación y Promoción, que como mínimo es el 85%. Atenerse a lo señalado en nuestra Normativa de Convivencia Escolar. . Si estos compromisos del estudiante y/o de sus apoderados no fueren cumplidos, el Liceo se reserva, previa aplicación de reglamentos y análisis de casos, el derecho de cancelar la matrícula de su hijo(a) al finalizar el año escolar. Yo………………………………………………………………………….Apoderado (a), de…………………………….. ..……………………………………………………….. …………………………… Tomo conocimiento y asumo las exigencias señaladas en este documento. _________________ Firma Apoderado(a) Para mayor información del Liceo y de las normas de convivencia: www.lpmcc.cl 103 ANEXO 7: PAUTA DE DISTINCIONES Y ESTÍMULOS. Criterios de aplicación Considerando que: 1. Las distinciones, estímulos o premios cumplen una finalidad formativa en cuanto implican un reconocimiento y apoyo a los alumnos que manifiestan notablemente los valores, virtudes, atributos y actitudes que el Liceo propicia. Paralelamente, cumple con el propósito de promover en los alumnos la emulación positiva y el espíritu de superación de sí mismos y no en competencia con otros. Entonces: 2. El Liceo reconoce, estimula y distingue a los alumnos que, en su actuar como persona y como estudiante, manifiestan rasgos concordantes con el Proyecto Educativo Institucional y con las Normas de convivencia escolar. 3. Los alumnos, quienes conforme a su nivel de desarrollo, destaquen entre sus pares por cumplir notoria y habitualmente diversos aspectos de las Normas de convivencia, son merecedores de una constancia escrita en su Registro de Observaciones del Libro de clases, en la que se indicará claramente el rasgo positivo observado. Los aspectos por observar están descritos en el Reglamento Interno, artículos 27 al 49 y en la Pauta, anexo 4. 4. Los estudiantes quienes, a juicio de Dirección, del Profesor Jefe respectivo, del Consejo de Profesores, del Departamento de Pastoral y del Departamento de Asistencia Socio Educativa (DASE), manifiesten en forma relevante el logro de objetivos, presentes en el Proyecto Educativo, numeral 4, Perfil del Alumno, serán distinguidos en la forma y ocasión que se consideren adecuadas: mención en el Consejo de Curso, entrevista en Dirección, reunión grupal, Acto formativo del nivel, publicación en paneles visuales, sitios web del Liceo u otras. En todos los casos, procederá que semestralmente el Profesor Jefe deje la constancia escrita en el Registro de Observaciones. El proceso para la obtención de los nombres, debe procurarse en un contexto de transparencia, de forma privada y confidencial, evitando que algún –a estudiante se transforme en objeto de debate público. Para ello cada profesor-a y/o profesional que emita su juicio, lo debe hacer por escrito y sólo en los espacios asignados para tal efecto. De esta manera se salvaguarda y/o evita la emisión de comentarios, opiniones, apreciaciones de estudiantes y cualquier dicho que no contribuya al proceso de estímulo y distinción, que pudiese afectar y/o menoscabar a algún-a estudiante, a su familia, a sus profesores y/o asistentes de educación u otro integrante de la comunidad escolar o de su entorno inmediato. 5. Acto de Premiación de estudiantes destacados durante el primer semestre de cada año escolar. Culmina con la publicación en el Cuadro de Honor. Estas premiaciones, distinciones y/o estímulos se entregarán de la siguiente manera: a. Posterior a la Santa Misa del Mes de la Solidaridad, se distingue a: 104 - Estudiantes destacados en actividades relacionadas al PEI, en cuanto a la dimensión valórica ( Pastoral Social, Formación en Liderazgo Católico, otra). - Estudiantes destacados por ser líderes, delegados comprometidos en ámbito Pastoral. b. Complementariamente se realizará un Acto Solemne, frente a las familias de los estudiantes distinguidos, en el mismo mes de agosto, premiando: - Mejor rendimiento - Perseverancia y Esfuerzo. 6. En el Acto de Finalización del año escolar, se distinguirá a los estudiantes de 1º a 3º medio que la Dirección, el Consejo de Profesores, Pastoral y DASE consideren destacados en los siguientes aspectos. a. b. c. d. e. Rendimiento Académico Alumno integral Esfuerzo y Perseverancia Solidaridad y compañerismo Representatividad del Liceo en actividades artísticas, concursos, competencias deportivas u otras, distinguiendo los siguientes ámbitos: - Área Deportiva - Área Artística ( Baile, canto, Banda Escolar, otra) - Área Cultural - Área Científica. Estas distinciones serán entregadas en actividades masivas, tales como muestras deportivas y artístico- culturales. 7. Los estudiantes destacados en Pastoral Social, Delegados de Pastoral, Liderazgo Católico, serán distinguidos en Santa Misa Final. Esta premiación se entregará en el contexto que corresponda de acuerdo al calendario del año: clausura Mes de María o como acción de gracias en el cierre del año escolar. Los estudiantes propuestos para estas distinciones serán entregadas por el Departamento de Pastoral, Capellanes, Instituto Mater Dei, miembros del Consejo Directivo y de la Comunidad Educativa en general. No obstante, la opinión y juicio del Profesor-a Jefe, es fundamental para decidir si se otorga la distinción, premio o estímulo en esta área. También se considerará el Registro de Observaciones de cada estudiante u Hoja de Vida del Libro de Clases, anotaciones que involucren el área de Convivencia, el trabajo académico o Compromiso Escolar, el Perfil de Alumno indicado en el Proyecto Institucional, Nº 4, página 7. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección podrá aplicar esta norma al término del primer semestre o en otra ocasión que estime pertinente. 8. En la Ceremonia de Licenciatura el Liceo premiará, con colaboración del Centro de Padres y de Instituciones amigas, a los alumnos de cuarto año de educación media destacados en el curso respectivo, en la modalidad y/o en la promoción en su conjunto. 105 Los aspectos a destacar y los criterios de aplicación serán los siguientes: Premios: I. Por Curso: a. Esfuerzo y perseverancia: Uno por curso, máximo siete. Se otorga al estudiante de cada curso que, con tesón y espíritu de superación ha debido enfrentar mayores obstáculos y dificultades para alcanzar sus logros. Lo asigna el Consejo General de Profesores a propuesta de una terna designada por el DASE y Profesor Jefe, quienes se reunirán previamente para seleccionar los candidatos para este estímulo. b. Solidaridad y Compañerismo: Uno por curso, máximo siete. Lo recibe el-la estudiante que sus compañeros de curso hayan elegido en votación secreta, supervisada por el profesor jefe. El premio lo recibirá el alumno en instancia exclusiva de curso. El –la profesor-a jefe procurará que la elección del mejor compañero-a, se realice en forma privada, con al menos un 95% de asistencia, con la debida antelación que amerita el otorgar este premio. Cuando no haya una mayoría absoluta en la elección, será el profesor-a jefe, quien elija el mejor procedimiento para poder definir el nombre. Esta distinción no se entrega en Ceremonia, se realiza en cada curso en forma interna y cuando lo defina su profesor-a jefe. c. Rendimiento Académico: Uno por curso, máximo siete. Corresponde a quien haya obtenido el más alto promedio, superior a 6.5, de notas finales en su curso. Cuando no se obtenga nota máxima 6,5, el premio será otorgado al mejor promedio obtenido en el curso, resguardando que sea sobre un 6,0 inclusive. En el caso de coincidencia en el promedio, se considerarán dos decimales, analizando la milésima para ver si corresponde la aproximación de la centésima. Si persiste la igualdad, se premiará todos los casos. Este procedimiento lo define las Unidades Técnicas correspondiente, con ratificación del profesor-a jefe. II. Por promoción: a. Colaboración con el Liceo: Lo recibe el alumno de cada modalidad (H.C. y T.P.) destacado durante su permanencia, en el Liceo por su aporte y participación constructiva en diversas actividades y aspectos de la vida liceana. Lo otorga el Consejo de Profesores, a propuesta abierta de cualquier docente que constituya este Consejo de Profesores. Los nombres serán presentados oralmente durante la sesión de Reflexión Pedagógica. Cada profesor escuchará y completará sus observaciones u objeciones, en el formulario entregado para estos efectos. 106 b. Trayectoria artística: Lo reciben los estudiantes quienes durante la enseñanza media, hayan tenido participación relevante representando al Liceo, obteniendo lugares destacados. Lo asigna el Consejo General de Profesores, a propuesta del Profesor o Jefe de Departamento respectivo. Para otorgar este estímulo se debe considerar el aspecto valórico del estudiante, sobre la base de evidencias en el Registro de Observaciones del Libro de Clases. c. Trayectoria deportiva: Lo reciben los estudiantes quienes durante la enseñanza media, hayan tenido participación relevante representando al Liceo, obteniendo lugares destacados. Lo asigna el Consejo General de Profesores, a propuesta del Profesor o Jefe de Departamento respectivo. Para otorgar este estímulo se debe considerar el aspecto valórico del estudiante, sobre la base de evidencias en el Registro de Observaciones del Libro de Clases. d. Trayectoria Humanístico - Científica Lo reciben los estudiantes quienes durante la enseñanza media, hayan tenido participación relevante tanto en el área de las Humanidades como de las Ciencias, representando al Liceo, obteniendo lugares destacados. Lo asigna el Consejo General de Profesores, a propuesta del Profesor o Jefe de Departamento respectivo. Para otorgar este estímulo se debe considerar el aspecto valórico del estudiante, sobre la base de evidencias en el Registro de Observaciones del Libro de Clases. e. Trayectoria Académica: Distingue al alumno de cada modalidad (H.C. y T.P.) que, durante la enseñanza media, haya mantenido el más alto rendimiento, reflejado en su promedio general, desde primero hasta cuarto año medio. El promedio más alto no debiera ser menor a la nota 6.5. f. Compromiso Cristiano y Acción Pastoral: Se entrega luego de la Santa Misa de Licenciatura. Distingue al (o a los) estudiante(s) que ha(n) destacado por contribuir al ambiente cristiano del Liceo mediante su testimonio personal y participación constante en la actividad pastoral. Lo(s) asigna el equipo de Pastoral, con la participación de las Hermanas del Instituto Mater Dei, Capellanes y con consulta al Profesor-a Jefe. 107 Para otorgar este estímulo se debe considerar el aspecto valórico del estudiante, sobre la base de evidencias en el Registro de Observaciones del Libro de Clases. g. Espíritu Liceo Cardenal Caro: El Liceo lo otorga al (los) estudiante (s) que en mayor medida y durante su permanencia ha (hayan) logrado hacer vida los valores que propone el Proyecto Educativo en sus Objetivos Generales, numeral 2.3. Asigna este premio el Consejo General de Profesores, a propuesta de Profesores Jefes de 4º. Los profesores que no conocen a los estudiantes distinguidos, deben abstenerse de votar en las distintas propuestas. h. Premio y/o distinción al Liderazgo Católico: Este premio se entrega a aquellos estudiantes capaces de hacer que un grupo del liceo o fuera de él, participe de los ideales y valores católicos que él comparte y hace vida. Lo(s) asigna el equipo de Pastoral, con la participación de las Hermanas del Instituto Mater Dei, Capellanes y con consulta al Profesor-a Jefe. Para otorgar este estímulo se debe considerar el aspecto valórico del estudiante, sobre la base de evidencias en el Registro de Observaciones del Libro de Clases. Dentro de los aspectos valóricos a considerar están aquellas situaciones de conflictos vinculados a las redes sociales, alcoholismo, drogadicción, violencia, robos, entre otros similares. Por la relevancia de esta distinción se entrega en Ceremonia de Licenciatura. 9. Ceremonia de Titulación Área Técnico Profesional: 10. Se entrega el premio “Fundación Arturo Irarrázabal Correa” – donado por dicha Institución – al ex alumno que obtuvo la mejor calificación al titularse de Técnico. Lo informa el Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica. Procedimiento para el desarrollo del proceso de Premiación 11. Para obtener los estudiantes premiados se utilizarán los espacios de Consejos de Reflexión Pedagógica, Despachos de Cursos, Consejos especiales para estos efectos. Las encargadas de planificar estos procesos y de proveer las planillas para el registro de la información, son las Unidades Técnico Pedagógicas. 108 12. El proceso previo a la Premiación de Licenciatura, está conformado por cuatro etapas: 1ª etapa: entrega de planillas para que los distintos equipos, sean profesores jefes, jefes de Departamento, Dase, Equipo de Pastoral preparen y entreguen las distintas propuestas y/o ternas de estudiantes con sus respectivas argumentaciones. 2ª etapa: presentación de las distintas propuestas y/o ternas al Consejo de Profesores. Unidades Técnicas entregar planillas para que los profesores registren por escrito, la elección de los distintos estudiantes, observaciones u objeciones si fuese necesario. 3ª etapa: Definición de la Comisión que revisará y refrendará los premiados, para ser presentados al Rector. Esta Comisión está conformada por el Rector, quien la preside, un Secretario de Actas que corresponde al Coordinador de Equipo de Pastoral del Liceo, profesional encargada del Dase, un-a profesor-a del área HC y un-a profesor-a del área TP. Estos profesores serán elegidos por sorteo frente al Consejo de Profesores. La Comisión: - recibe la información desde la Unidad Técnica Pedagógica. - tabula y consolida todos los datos. - presenta al Rector los resultados preliminares. - Recaba mayor información si el Rector lo solicita. - Rector refrenda los premiados y se escribe acta correspondiente. - Secretario de Actas lee listado de premiados frente al Consejo de Profesores. - Secretario de Actas entrega listado de premiados-as al Coordinador de Actos y Ceremonias del Liceo. 13. Consideraciones finales: - En el espíritu de que las distinciones, estímulos y premios cumplan realmente su objetivo, la Dirección y Consejo de Profesores podrán abstenerse de otorgarlos en la eventualidad de que no se cumplan las condiciones requeridas para cada caso. Las distinciones pueden quedar vacantes. Bajo ningún punto se pueda forzar un premio o estímulo. - Los estudiantes de 1º a 4º medio que reciben algún premio, distinción o estímulo será incluido en un Registro Histórico, para resguardar los méritos y logros de los estudiantes y evitar el olvido. El responsable de mantener y actualizar esta información es el profesor a cargo de Convivencia de la Sección. 109 ANEXO 8: PAUTA DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR. OBJETIVO: Reunir a representantes de los distintos actores que componen la comunidad escolar para contribuir a fortalecer los principios y objetivos que sustenta el Liceo en su Proyecto Educativo y para apoyar a la Dirección en el logro de las metas institucionales. INTEGRANTES: a) El Consejo Escolar estará integrado por: El Director, quien lo presidirá. El Representante del Sostenedor, Obispado de San Bernardo. Un Docente elegido por los Profesores del Liceo. El Presidente del Centro de Padres y Apoderados. El Presidente del Centro de Alumnos. b) El Consejo sesionará con la asistencia de, a lo menos, cuatro miembros. c) En caso de que algún miembro titular tuviera impedimento para asistir a una sesión, podrá ser reemplazado conforme a la norma de subrogancia establecida por cada organismo representado. d) Los miembros del Consejo mantendrán sus cargos mientras esté vigente su respectiva representatividad. FUNCIONES: El Consejo Escolar tendrá carácter informativo, consultivo y propositivo. El Consejo Escolar no tendrá atribuciones resolutivas ni podrá intervenir en funciones que sean de competencia de otros organismos del Liceo. a) Función informativa: El Consejo Escolar será informado de las siguientes materias: 1.- Logros de aprendizaje de los alumnos, en la sesión que sigue al término del primer semestre, y en la primera del año escolar siguiente. Esta información deberá referirse tanto a los resultados de la evaluación interna, como a las mediciones dispuestas por el Ministerio de Educación. 2.- Informes de las visitas inspectivas del Ministerio de Educación referidas a la ley 18.962 y DFL 2, en la sesión inmediatamente posterior a la visita. 3.- Informe de ingresos efectivamente percibidos y de gastos efectuados. Este informe debe emitirse cada cuatro meses. 110 4.- Otras informaciones que el Director estime de interés para el Consejo. El Director entregará a los miembros del Consejo un resumen escrito de cada informe. b) Función consultiva: El Consejo Escolar será consultado en los siguientes aspectos: 1.- La programación anual y las actividades extracurriculares en concordancia con el Calendario Escolar del Ministerio de Educación. 2.- Las metas institucionales y proyectos de mejoramiento en base a las propuestas que elabora el Consejo Directivo del Liceo. 3.- El Informe escrito de la gestión educativa que el Director realiza dentro del primer semestre, referido al año anterior. 4.- En relación con el Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento Interno, atendiendo a que ambos tienen plena vigencia y fueron formulados en su oportunidad con participación representativa de todos los estamentos, corresponderá al Consejo la consulta sólo en caso de que surgiera la necesidad de modificar el Reglamento Interno. c) Función propositiva: 1.- Los miembros del Consejo Escolar podrán formular propuestas tendientes a un mejor desarrollo del Liceo, ciñéndose al Proyecto Educativo Institucional y a las normas internas. 2.- Las propuestas serán estudiadas por las personas u organismos internos correspondientes e informarán a la Dirección, a la que compete adoptar las decisiones al respecto. ORGANIZACIÓN Y PERIODICIDAD: 1.- El Director citará a las reuniones ordinarias mediante comunicación escrita indicando el temario y con anticipación de, a lo menos, 5 días hábiles. 2.- No obstante, en casos calificados, podrá citar a sesión extraordinaria con carácter de urgencia. 3.- Las reuniones ordinarias se realizarán en los meses de abril, junio, agosto y noviembre de cada año. 4.- En cada sesión se tomará un Acta, en que conste la asistencia y un resumen de los temas tratados. 5.- El Director podrá invitar a reunión del Consejo Escolar a otros integrantes de la comunidad educativa si algún tema específico lo requiere. 111 6.- La comunidad escolar se informará de la actividad que desarrolla el Consejo Escolar a través de los medios de publicidad internos y las reuniones de los diversos organismos: Consejo Directivo, Consejo de Profesores, Centro de Alumnos y Centro de Padres y Apoderados. 112 ANEXO 9: PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN Y SANCIÓN DEL ACOSO SEXUAL. 1.- En conformidad a lo dispuesto por la ley 20.005 de 2005, toda denuncia de hechos constitutivos de acoso sexual presentada a la Dirección del Liceo o derivada por la Inspección del Trabajo debe ser investigada. 2.- La denuncia debe ser presentada por escrito, indicando nombre completo, RUT, cargo y dependencia jerárquica del denunciante y/o afectado; una relación detallada de los hechos materia de la denuncia. Debe señalarse el nombre del presunto acosador, fecha de la denuncia y firma del denunciante. 3.- La Dirección deberá realizar la investigación en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la recepción de la denuncia, designando para estos efectos a un funcionario imparcial y debidamente capacitado para conocer de estas materias. 4.- El investigador designado tendrá un plazo de dos días hábiles para iniciar el trabajo de investigación. Dentro del mismo plazo deberá notificar a las partes, en forma personal, del inicio del procedimiento y fijará las fechas de citación para oír a las personas involucradas, quienes podrán aportar pruebas que sustenten sus dichos. 5.- El investigador, conforme a los antecedentes iniciales que tenga, solicitará a la Dirección disponer algunas medidas precautorias, tales como la separación de los espacios físicos de los involucrados, la redistribución del horario de trabajo o la redestinación de una de las partes. 6.- Todo el proceso de investigación constará por escrito, dejándose constancia de las acciones realizadas por el investigador, las declaraciones de los involucrados y de los testigos y pruebas que puedan aportar. Se mantendrá estricta reserva del procedimiento y se garantizará a ambas partes que serán oídas. 7.- Una vez concluida la etapa de recolección de información, el investigador emitirá un informe sobre la existencia de hechos constitutivos de acoso sexual. El Informe contendrá: Identificación de las partes involucradas. Testigos que declararon. Relación de los hechos presentados. Conclusiones a que llegó el investigador. Medidas y sanciones que se proponen para el caso. 8.- El investigador deberá entregar el informe al Director en un plazo que no exceda de veinte días hábiles a contar del inicio de la investigación y deberá notificar de éste a las partes, a más tardar el día hábil siguiente. 113 9.- Según la gravedad de los hechos, se aplicarán las medidas y/o sanciones indicadas en el Reglamento Interno: a. b. c. d. Amonestación verbal sin constancia escrita. Amonestación verbal con constancia escrita. Amonestación escrita con copia al Rector o Director, según proceda. Entrevista con el Rector o Director según corresponda, con constancia escrita. En caso de entrevista con el Director, éste informará al Rector. e. Aplicación de la normativa legal sobre término de contrato: Código del Trabajo, artículo 160, Nº1, letra b); Estatuto Docente. 10.- Una vez notificados del informe, los involucrados podrán hacer observaciones por escrito y entregar nuevos antecedentes al investigador en un plazo de tres días hábiles, contados desde la fecha de la notificación. 11.- El investigador apreciará los antecedentes y emitirá un nuevo informe, antes de cumplirse los 30 días hábiles desde el inicio de la investigación. Con este nuevo informe se dará por concluida la investigación. 12.- El informe final deberá ser remitido por el Director a la Inspección del Trabajo al día siguiente de su recepción. 13.- Las observaciones que realice la Inspección del Trabajo serán apreciadas por el Director y se harán los ajustes pertinentes al informe, el que será notificado a las partes a más tardar el quinto día hábil desde que se recibieron las observaciones de la Inspección del Trabajo. 14.- Las medidas y sanciones propuestas serán de resolución inmediata o en un plazo que no podrá exceder de los 15 días hábiles desde la notificación a las partes. 114 CRONOGRAMA DE LA INVESTIGACIÓN - Recepción de la denuncia Día X - Designación del Investigador Día hábil 1 - Inicio del trabajo de investigación y Notificación personal a las partes Hasta día hábil 3 - Realización de la investigación y emisión del informe del investigador Hasta el día hábil 23 - Notificación del informe a las partes Día hábil 24 - Observaciones y nuevos antecedentes de los involucrados al investigador Día hábil 27 - Nuevo informe del investigador y término de la investigación Hasta día hábil 30 - Remisión del informe final a la Inspección del Trabajo Hasta día hábil 31 - Observaciones de la Inspección del Trabajo al informe Sin plazo, día X - Ajuste del informe según las observaciones y notificación a las partes Hasta día hábil 5 - Resolución final y aplicación de medidas y sanciones Desde día hábil 6 y hasta el día hábil 15 115 ANEXO 10 PROCEDIMIENTO PARA ABORDAR LA PREVENCIÓN E INTERVENCIÓN DE HOSTIGAMIENTO Y/O MALTRATO ESCOLAR El Liceo Cardenal Caro, consciente de la importancia de las buenas relaciones interpersonales que deben existir entre todos los miembros de la comunidad educativa y considerando al bullying como una de las formas más graves de violencia escolar, desarrolla estrategias de prevención e intervención en casos de hostigamiento y/o maltrato escolar. Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que: Produzca el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales; Genere un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; Dificulte o impida de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico. Definiciones: Bullying: conocido también bajo los términos de hostigamiento, matonaje, intimidación, acoso y maltrato escolar. La dinámica que se observa es el abuso de poder. Se caracteriza por: Se produce entre pares Las agresiones hacia el alumno/a o alumnos/as son repetidas y sostenidas en el tiempo. Existe una diferencia de poder entre el alumno hostigado y él o los hostigadores. Ciberbullying o Ciber Hostigamiento: son amenazas, agresiones y humillaciones que son enviadas a correos electrónicos, chat, mensajería de texto, o Facebook, utilizándose con frecuencia los blogs y videos en internet para estos fines. 116 PROCEDIMIENTOS PARA PREVENIR, ATENDER Y MONITOREAR SITUACIONES DE INTIMIDACIÓN U HOSTIGAMIENTO ESCOLAR 1. 2. 3. 4. 5. Constituir El Comité de Buena Convivencia Escolar Generar estrategias de Prevención de Bullying u hostigamiento escolar. Recibir el reporte de ocurrencia. Investigación de casos de hostigamiento. Toma de decisiones y seguimiento. 1. Constituir un comité de sana convivencia escolar que sea conocido por todos los miembros de la comunidad educativa. El comité estará constituido por: - Rector o Director según sección. Inspector General. Profesor/a. Asistente de la Educación. Apoderado/a. Representante del Centro de Alumnos. Se activará cada vez que exista un reporte escrito de hostigamiento y/o maltrato escolar. 2. Estrategias de prevención de Bullying u hostigamiento escolar por parte del liceo. El establecimiento promueve conductas de buen trato entre todas las personas que componen la Comunidad Escolar, en donde se explicite un trato de respeto, deferente, cordial, empático y transparente. Fomentar en el currículum de Religión el desarrollo de actitudes, valores y virtudes, promoviendo la participación en retiros y jornadas espirituales. Desarrollar temas de carácter formativo que refuercen lazos de unión y buen trato en consejos de cursos y orientación. Reforzar habilidades para la vida desde el programa de Afectividad y Sexualidad. Realizar taller de virtudes, con actividades lúdicas que favorecen el desarrollo de los valores. Supervisar a los alumnos, a través de los inspectores, en recreos y horas de salida. Capacitar al cuerpo docente, inspectores y asistentes de la educación en hostigamiento escolar/ Bullying y estrategias para la resolución de conflictos. 117 Confeccionar diario mural con temas alusivos al buen trato y a la sana convivencia escolar, bajo la responsabilidad del encargado de convivencia escolar de cada sección. Fortalecer a la familia de nuestros alumnos y alumnas en habilidades parentales para el desarrollo de conductas bien tratantes, a través de informativos, trípticos y entrevistas personales a los padres y/o apoderados. 3. Recepción del reporte de hostigamiento o Bullying. Al recibir el relato o reporte se debe considerar: Escuchar con atención, dar importancia, no hacer conjeturas y no emitir juicios de valor previos. Es importante aclarar, a quien reporta, que la situación de mal trato u hostigamiento es considerada una falta grave a la sana convivencia escolar en nuestro colegio y que debe ser abordada. Todo funcionario, docente o asistente de la educación debe informar, ya sea en forma oral o escrita, de toda situación ajena a una sana convivencia escolar al Inspector General del establecimiento, el que a su vez en un plazo no mayor de 24 hrs. debe informar a la Dirección y al encargado de Convivencia Escolar, quien liderara la investigación. Al inicio de todo proceso que esté implicado un estudiante se deberá informar a los padres y/o apoderados, dejando constancia de esta. (Inspector General, Profesor Jefe, encargado de convivencia escolar). 4. Investigación de casos de hostigamiento. El encargado/a de convivencia escolar, liderará la investigación del caso. El encargado de convivencia escolar informará y recopilará información desde Inspectoría General y Profesor Jefe. El encargado de convivencia escolar entrevistará a las partes involucradas, por separado. Alumno afectado o víctima de Bullying. Alumno identificado de ejercer Bullying (agresor). El encargado de convivencia escolar coordinará entrevistas y solicitará información a otros miembros de la comunidad educativa, (testigos, apoderados, alumnos, inspectores). Una vez recopilada los antecedentes necesarios, el encargado de convivencia los presentará ante el comité de sana convivencia escolar del establecimiento. Se llevará por parte del encargado de sana convivencia un registro escrito (libro de actas) especial para el efecto. 118 5. Toma de decisiones y seguimiento: Una vez recibidos los antecedentes por el comité de sana convivencia, éste deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres y/o apoderados del estudiante o los estudiantes involucrados. El comité de sana convivencia deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción. En el libro de clases y de acta deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. En el libro de acta se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del o los afectados. Otras acciones que el comité puede adoptar según lo amerite cada caso pueden ser: Resolución de conflicto mediante: mediación, arbitraje o negociación. Trabajo con el curso del o los/as alumnos/as involucrados. El encargado de Convivencia Escolar realizará seguimiento del caso retroalimentándose de las observaciones del profesor jefe, del o los/as alumnos/as involucrados. El comité de sana convivencia escolar en caso necesario hará la derivación de los/as alumnos/as involucrados a especialista (psicólogo/a), previa información y autorización de los padres y/o apoderados. El encargado de convivencia escolar realizará seguimiento por 1 mes como mínimo, después de tomadas las medidas y/o acciones en caso de Bullying. Se citará a los padres y/o apoderados del o los alumnos involucrados con el fin de seguimiento y recibir información relevante y/o informe de profesional externo en caso que lo hubiera. Una vez realizado el procedimiento señalado, se procederá a efectuar una reunión final para determinar el cierre del proceso, que quedará consignado en el libro de actas respectivo. ANEXO 11 PROTOCOLO DE PREVENCIÓN E INTERVENCIÓN DE ABUSO SEXUAL INFANTIL Y JUVENIL I. Fundamentos: El Liceo Cardenal Caro consciente que el abuso sexual es una vulneración a los derechos de las personas, que impide el desarrollo integral de los niños, niñas y jóvenes, y que, por lo tanto, es un deber de toda comunidad educativa proteger la integridad de 119 nuestros alumnos y alumnas, es que presentamos el siguiente Protocolo de Prevención e Intervención en casos de abusos sexual tanto infantil como juvenil. El abuso sexual es: “La imposición a un niño o niña, basada en una relación de poder, de una actividad sexualizada en el que el ofensor obtiene una gratificación. Esta imposición se puede ejercer por medio de la fuerza física, el chantaje o cualquier forma de presión”. Involucra a cualquier conducta de tipo sexual que se realiza con un niño/a y/o adolescentes, incluyendo las siguientes situaciones: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. Exhibición de los genitales por parte del abusador(a) al niño(a) Tocaciones de genitales del niño(a) por parte del abusador(a) Incitación por parte del abusador(a) a la tocación de sus genitales. Contacto bucogenital entre el abusador(a) y el niño(a). Penetración o intento de penetración anal o vaginal. Utilización del niño(a) para producir material pornográfico. Exposición de material pornográfico a un niño(a). Facilitación y promoción de explotación sexual infantil. Obtención de servicios sexuales infantiles por parte de un abusador(a) a cambio de dinero u otras prestaciones. II. Algunos factores protectores que sirven de medidas de prevención: Escuchar a los alumnos y alumnas. Comunicación entre los padres y el establecimiento para establecer espacios de acogida con los hijos. Programas de prevención de afectividad y sexualidad. Fomentar actitudes que generen autoestima saludable en el niño(a). Fomentar la valoración del cuerpo como algo privado y personal que se debe cuidar. Fomentar el diálogo entre padres e hijos y profesor-alumnos para poder expresar con facilidad lo que le sucede. Enseñar a los niños(as) que no deben recibir regalos de gente extraña ni menos que le pidan mantenerlos en secreto. III. Acciones generales de prevención: Análisis psicológico del personal a contratar. Exigir certificados de antecedentes. La Ley N° 20.594 establece prohibición para que los condenados por delitos sexuales contra menores de edad trabajen con niños(as), y crea el registro nacional de condenados 120 por esos delitos. Según éste, el colegio tiene la obligación de consultar a dicho registro antes de contratar a una persona. Se restringe el acceso a personas ajenas a la comunidad educativa. En los patios los alumnos(as) jamás deben estar solos, siempre supervisados por uno o más adultos. Los alumnos(as) de preescolar van al baño en grupos y supervisados por una educadora. El uso del baño de los alumnos(as) es de su uso exclusivo, de acuerdo a lo anterior, está prohibido su uso tanto para personas externas como para los miembros de la comunidad educativa que no sean alumnos(as). Los baños para adultos son para su uso exclusivo. Ningún varón puede entrar al baño de mujeres y viceversa, esto es transversal para todos los estamentos. Las entrevistas profesor-alumno(a) se deben realizar en lugares abiertos, o en salas donde exista visibilidad desde el exterior. Los alumnos(as) derivados a Inspectoría o Enfermería deben ser tratados siempre con puerta abierta de la oficina/enfermería. Además deben estar acompañado de una educadora o asistente. En el saludo con los alumnos(as), especialmente para el caso de preescolar, no hay que forzar la cercanía física con un niño(a). El trato con el alumno(a) debe ser formal, no de familiaridad. No hacer regalos a alumnos(as), sin un fin que contribuya a su proceso de formación escolar. Se prohíbe toda relación profesor y alumno(a) a través de redes sociales, correos, teléfonos; en especial no agregar alumnos(as) a Facebook. No transportar en forma particular a alumnos(as) en automóvil. Lo anterior se exceptúa en situaciones de emergencia, en la cuales se procurará la concurrencia de dos funcionarios del colegio. Evitar ir a casa de alumnos(as) a realizar clases particulares. No se debe salir con alumnos(as) a actividades, fuera del horario de clase, que no corresponden al curriculum. . Utilizar material didáctico adecuado a la edad de los alumnos(as). Cualquier material que explícitamente tenga orientaciones sexuales es inadmisible. El traslado de alumnos(as) de preescolar a sus salas debe ser realizado por las educadoras y asistentes. El aseo de baños siempre se realiza en los espacios de tiempo donde no hay alumnos(as). En preescolar si un alumno(a) necesita ajuste de cinturón, termómetro, cambio de ropa, debe hacerlo la encargada de enfermería o una educadora. 121 Los camarines deben estar separados por sexo y por edades. Los alumnos(as) mayores no podrán hacer ingreso al camarín mientras haya alumnos menores en éste. El adulto responsable de la supervisión en camarines será el Profesor(a) de Educación Física. IV. Acciones frente a la evidencia o la posibilidad de abuso sexual infantil o juvenil Ante el relato de una situación de Abuso, lo más importante es que el adulto le brinde al niño(a) o adolescente un espacio de contención donde éste sea escuchado activamente y se confíe en su relato. Deberá mostrar una escucha activa sin interrogar ni juzgar, brindándole la confianza necesaria y dejando registrado el relato por escrito. Se debe aclarar al niño(a) que no es culpable o responsable de la situación que lo afecta. Todo trabajador que acoja en primera instancia al niño(a) o joven deberá actuar de manera reservada para salvaguardar su integridad. Si un niño(a) evidencia conductas erotizadas inapropiadas para su edad, el equipo DASE, (psicóloga), previamente informada esta situación al Director del Establecimiento, contactará al adulto responsable del menor e informará que se realizará la derivación correspondiente a la OPD. Todo trabajador del establecimiento que tenga conocimiento o reciba el relato de la existencia de abuso sexual en un niño(a) o adolescente, tiene la obligación de informar la situación al Rector o Director según sección. 122 V. Acciones legales: 1. Es obligatorio denunciar, según Artículo 175 del Código procesal Penal. 2. Esto incluye a docentes, directivos y asistentes de educación con un plazo no superior a 24 horas. (Art.176). 3. Se puede denunciar en Carabineros, Investigaciones o la Fiscalía. 4. El Rector o Director del establecimiento, según corresponda, llamará al adulto responsable del alumno(a) siempre que no sea el abusador y presentará el registro escrito con la narración del hecho dado a conocer por el niño(a) o adolescente Esto se hará en una entrevista privada con el fin de no re victimizar al alumno(a). 5. En caso que se estime que el niño(a) o adolescente se encuentre en situación de riesgo, esto deberá ser informado inmediatamente a la Fiscalía, de forma que se adopten las medidas de protección hacia el menor. 6. Queda prohibido realizar acciones que son funciones exclusivas de la Fiscalía (investigaciones, indagar sobre situación vivida por la víctima) para no causar revictimización en el niño(a) o adolescente. VI. Apoyo Institucional a niños(as) y/o adolescentes afectados: En primera instancia, el caso será derivado al DASE (Departamento de Atención Socio Educativo), especialista psicólogo/a el cual realizará las acciones necesarias y pertinentes para contener apoyar y acompañar en su padecer psicológico al niño(a) y su familia. El tratamiento de reparación de la victima debe ser realizado por especialista externo según lo determine fiscalía. VII.‐ Cursos de acción en casos de abusos al interior del establecimiento. 1. Formalidad de la Denuncia Toda denuncia de actos que afecten la integridad de los alumnos(as) será efectuada por escrito, y esa denuncia interna será tramitada bajo reserva. En todo caso, la denuncia señalará claramente quién o quiénes serían los hechores, la fecha, si se sabe, y demás circunstancias. Si el hecho se produjo fuera del colegio se especificará si se hizo una denuncia en fiscalía, en carabineros o en otra autoridad. No se pueden admitir denuncias que no se realicen por escrito. 123 2. Tramitación Interna Una vez tomado conocimiento de la denuncia, una sola persona del colegio designada por la Rectoría o Dirección respectiva, será quien la procesará de la siguiente manera: a) La dará a conocer al denunciado. b) El denunciado tiene el plazo de 24 horas para añadir sus argumentos. c) Transcurrido el plazo señalado, hayan o no descargos o argumentos, el encargado remitirá los antecedentes al equipo Directivo del Liceo, quien decidirá en una sola reunión, si procede hacer la denuncia siguiendo los términos legales, o la desechara por no encontrar argumentos suficientes para dar verosimilitud al hecho denunciado. En esta reunión se procurará convocar a un a un abogado especialista en materias penales. d) En caso de que los hechos sean considerados constitutivos de un ilícito, el menor afectado será asistido inmediatamente por la psicóloga del liceo o externo a él, quien emitirá un informe escrito sobre el estado y situación del o la menor. 3. Oficialización de la denuncia Una vez confirmada la verosimilitud del hecho, y tratándose de un tipo de delitos, que no necesitan la autorización de los padres del menor, se efectuará la denuncia. Lo anterior de acuerdo en que, en caso de delitos (cualquier delito) que afecten a menores de edad, hay acción penal pública para denunciarlos, es decir, no se requiere consentimiento de nadie para hacerlo. La denuncia será llevada por escrito por las autoridades del liceo y los demás antecedentes que se hubieren recabado, con expresión detallada de las personas interrogadas y de los documentos y testimonios aportados. Esta denuncia puede efectuarse ante Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones o en la Oficina del Ministerio Público más cercana. 4. Situación laboral del denunciado En vista de la presunción de inocencia de la cual goza todo ciudadano, la solo denuncia no es argumento suficiente para terminar la relación laboral. No obstante a lo anterior, y debido a las probables diligencias que realice el Ministerio Público o uno de los agentes investigadores, el afectado deberá entender que es preferible, mientras dure el proceso, al menos ausentarse para preparar su defensa, así como para evitar la estigmatización social. Por lo mismo se puede acordar contractualmente, de manera temporal, un permiso con o sin goce de remuneraciones. 5. Manejo y tráfico de la Información En todo momento el establecimiento educacional se abstendrá de comentar las actuaciones judiciales o de fiscalía, y sólo la persona encargada por la Dirección del liceo o 124 por su Sostenedor, informará a la comunidad educativa, según lo crea conveniente y oportuno, las circunstancias y demás detalles del caso. Lo anterior, siempre que los antecedentes no hayan sido declarados como reservados por las autoridades competentes. Una vez terminado el proceso, la misma persona señalada en el párrafo anterior, comunicará a la unidad educativa, el resultado final de la investigación judicial. Nota: El presente instructivo sobre procedimiento ante denuncias de abuso sexual será dado a conocer a toda la comunidad educativa del liceo, entregándose una copia a todo el personal del establecimiento. Además, se entregará una copia al Centro de Padres y Apoderados y se publicará en la página Web del colegio. 125 ANEXO 12: PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR OBJETIVO Desarrollar actitudes de prevención y seguridad personal y colectiva a nivel de toda la Comunidad Escolar, frente a situaciones de emergencia. PRÁCTICAS DE SEGURIDAD El Plan de Seguridad Escolar, incluye la Emergencia de Incendio y la Emergencia de Sismo. DISPOSICIONES GENERALES 1. Disponer de las medidas de control, como respuesta inmediata de protección tanto al recurso humano como al recurso material, ante contingencias naturales, o las originadas por acciones del ser humano, que comprometan la integridad física, la continuidad de las labores formativas y operacionales. 2. Restablecer la continuidad del colegio en el mínimo de tiempo a si mismo la normalidad de este. 3. En todas las salas de clases, talleres y oficinas, las puertas deben encontrarse siempre en condiciones de ser abiertas con facilidad. 4. Los números de teléfonos del Cuerpo de Bomberos, Carabineros y Servicio de Salud (Clínica, Hospitales, Postas, etc.) deben estar colocados en lugar visible en Recepción e Inspectorías. 5. Los profesores, estudiantes, personal administrativo, auxiliar, todo el personal y apoderados que se encuentren en el Colegio, deben conocer y acostumbrarse a la ubicación asignada en la Zona de Seguridad. Para ello se deberá además de tomar conocimiento cada persona, realizarse ensayos generales sin aviso previo. 6. En las entradas del Liceo (Sedes Media, Sedes Básica y Sede Pre básica) se instalará un plano en que se indique claramente la ubicación de las zonas de seguridad. También en cada piso y en cada sala se indicará la zona de seguridad donde deben acudir los respectivos cursos al momento de producirse una emergencia y las vías de evacuación. 7. Sobre la base de las características del establecimiento se determinarán las zonas de seguridad y también las rutas de evacuación de cada pabellón y salas correspondientes. (Ver anexos). COORDINADORES DE SEGURIDAD EL ____________(Sede Media) tiene la responsabilidad de controlar la contingencia, mitigar sus consecuencias y restablecer la normalidad, mediante acciones coordinadas para enfrentarla, apoyada directamente por la Dirección del Liceo y el Comité de Seguridad Escolar. 126 EL ______________ (General Sede Básica) tiene la responsabilidad de controlar la contingencia, mitigar sus consecuencias y restablecer la normalidad, mediante acciones coordinadas para enfrentarla, apoyada directamente por la Dirección del Liceo y el Comité de Seguridad Escolar. LA _____________ (Sede Pre-Básica) tiene la responsabilidad de controlar la contingencia, mitigar sus consecuencias y restablecer la normalidad, mediante acciones coordinadas para enfrentarla, apoyada directamente por la Dirección del Liceo y el Comité de Seguridad Escolar. COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR Integrantes: Director del Establecimiento Sede Media: Director del Establecimiento Sede Básica: Directora del Establecimiento Sede Pre-Básica: Coordinadores de Seguridad Escolar del Establecimiento, en calidad de representante de la Dirección. Monitor de Seguridad Escolar Sección Media: Monitor de Seguridad Escolar Sección Básica: Monitor de Seguridad Escolar Sección Pre-Básica: Representante del Profesorado: Representante del Centro de Padres y Apoderados: Representante del Centro de Alumnos: Representante del Estamento Para-Docente Sección Media: Representante del Estamento Para-Docente Sección Básica: Representante del Estamento Para-Docente Sección Pre-Básica: Representante del Comité Paritario Sección Media: Representante del Comité Paritario Sección Básica: Representante del Comité Paritario Sección Pre-Básica: Representantes de las Unidades de Carabineros, Bomberos y de Salud más cercanas al Establecimiento, oficialmente designados para tales efectos por el jefe o directivo superior de esas respectivas Unidades. Estos actuarán como APOYO TÉCNICO. La Misión del Comité es coordinar a toda la comunidad escolar de los Tres Establecimientos, con sus respectivos estamentos, a fin de ir logrando una activa y masiva participación en un proceso que los compromete a todos, puesto que apunta a su mayor seguridad y, por ende, a su mejor calidad de vida. Las responsabilidades y funciones del comité son: 1. Los Directores(as) es la responsable definitivo de la Seguridad en la Unidad Educativa correspondiente, preside y apoya al Comité y sus acciones. 2. Coordinadores(as) de la Seguridad Escolar del Establecimiento correspondiente, en representación de los Directores(as), coordinará todas y cada una de las actividades que efectúe el Comité. 127 3. La coordinación permite un trabajo armónico en función del objetivo común: Seguridad. El Coordinador deberá, precisamente, lograr que los integrantes del Comité actúen con pleno acuerdo, para aprovechar al máximo las potencialidades y recursos. Para ello, deberá valerse de mecanismos efectivos de comunicación, como son las reuniones periódicas, estas serán cuando el comité disponga a través de su directiva o cuando un Director cite, y mantener al día los registros, documentos y actas que genere el Comité. 4. Además, deberá tener permanente contacto oficial con las Unidades de Bomberos, Carabineros y de Salud del sector donde esté situado el Establecimiento, a fin de ir recurriendo a su apoyo especializado en acciones de prevención, educación, preparación, ejercitación y atención en caso de ocurrir una emergencia. 5. Representantes del Profesorado, Estudiantes, Padres y Apoderados y Para-Docentes, deberán aportar su visión desde sus correspondientes roles en relación a la Unidad Educativa, cumplir con las acciones y tareas que para ellos acuerde el Comité y proyectar o comunicar, hacia sus respectivos representados, la labor general del Establecimiento en materia de Seguridad Escolar. 6. Representantes de las Unidades de Carabineros, Bomberos y de Salud constituyen instancias de apoyo técnico al Comité y su relación con el Establecimiento Educacional deberá ser formalizada entre la Directora y el Jefe máximo de la respectiva Unidad. Esta relación no puede ser informal. La vinculación oficial viene a reforzar toda la acción del Comité de Seguridad Escolar no sólo en los aspectos de prevención, sino que también en la atención efectiva cuando se ha producido una emergencia. La misión del comité debe ser a través de tres líneas fundamentales de acción: 1. Recabando información detallada de infraestructura, zonas de riesgo, extintores, etc. y actualizándola permanentemente. 2. Diseñando, ejercitando y actualizando continuamente el Plan de Seguridad del Establecimiento. 3. Diseñando y ejecutando programas concretos de trabajo permanente que proyecten su accionar a toda la comunidad del Establecimiento .La primera tarea específica que debe cumplir el Comité es proyectar su misión a todo el Establecimiento, sensibilizando a sus distintos estamentos y haciéndolos participar activamente en sus labores habituales. Debe tenerse siempre en cuenta que el Comité es la instancia coordinadora de las acciones integrales, vale decir, completas y globales en las que debe involucrarse la comunidad escolar: padres y apoderados, estudiantes, directivos, docentes, paradocentes, etc. El trabajo concreto debe iniciarse a través de la Recopilación de la Información, e inspecciones de seguridad cotidianas para retroalimentar el Plan Específico de Seguridad. De este modo, el Plan siempre se ajustara a las particulares realidades del Establecimiento Educacional (Local Media , Básica , Pre-básica) y de su entorno inmediato. El Comité con el apoyo de toda la comunidad escolar debe contar con el máximo de información sobre los riesgos o peligros al interior del Establecimiento y en el entorno o área en que está situado, como igualmente sobre los recursos con que cuenta para enfrentarlos y mejor controlarlos. El objetivo es lograr una completa visión de lo que puede ocurrir; cómo evitar que ello ocurra; o bien, que al no ser evitable, como por ejemplo, un sismo éste dañe lo menos posible a la comunidad escolar del Establecimiento. 128 Los riesgos o peligros son aquellas situaciones o elementos que pueden llegar a provocar un daño a las personas, a sus bienes o al medio ambiente. Los riesgos están relacionados con las amenazas, hechos o fenómenos que pueden llegar a provocar daño. Existen amenazas de origen natural, como lo son los sismos, inundaciones, erupciones volcánicas, deslizamientos, aluviones, etc.; y las amenazas provocadas por el propio hombre ya sea intencionalmente o en forma involuntaria, como los accidentes de tránsito, incendios, accidentes eléctricos, químicos, industriales, defectos de infraestructura o construcción, delincuencia, drogadicción, etc. Los recursos son elementos, acciones, situaciones, organismos o instancias del Colegio y del entorno, capaces de impedir, evitar o reducir el daño. El principal recurso es el ser humano, individual u organizado: Brigadas Escolares de Tránsito, Centro de Estudiantes, Centro de Padres y Apoderados, Bomberos, Unidad de Salud, Carabineros, Defensa Civil, Cruz Roja, etc. También están los recursos materiales: Extintores, áreas de seguridad, medios de transporte, teléfonos y otros medios de comunicación como alarmas sonoras, etc. Aviso de Emergencia Cualquier persona en conocimiento de una emergencia, informará de inmediato y por el medio más rápido que tenga a su alcance a las siguientes personas: • Dirección del Establecimiento • Representantes del Comité de Seguridad Escolar • Profesores Y deberá indicar: a. Tipo de emergencia, (incendio, intrusos, accidentes etc.) b. Ubicación, lo más exacta posible. c. Magnitud de la emergencia d. Número de personas involucradas y/o lesionadas, gravedad de las lesiones. e. Hora de ocurrencia o toma de conocimiento. LABOR DEL PERSONAL DEL COLEGIO EN GENERAL Cumplir la tarea asignada por la Comisión encargada del Plan de Seguridad Escolar. Acudir a los lugares y realizar las funciones que les fueron encargadas, siempre manteniendo la calma y manteniendo informados a sus jefes directos. Para esto deben mantener sus teléfonos móviles permanentemente cargadas, esto le evitará moverse de su lugar. El personal que tenga la responsabilidad de cortar los suministros de energía (de luz, gas, calefactores o cualquier fuente alimentadora de materiales de combustibles o de energía), deben acudir rápidamente a estos lugares y cortar los suministros. Los teléfonos móviles deben mantenerse diariamente cargados y en el momento de producirse una emergencia deben estar abiertos para recibir órdenes que sean 129 emitidas por las autoridades del Liceo y /o para dar cuenta del estado del lugar asignado. Se deberá mantener restringido el uso de los teléfonos esperando las órdenes de reporte de las diferentes dependencias del Liceo. LABOR DE LOS PROFESORES JEFES Designar dos estudiantes encargados de abrir la puerta. Ambos serán denominados Líder de Seguridad (LISE). Realizar, a lo menos, un ensayo en un Consejo de Curso, llegando hasta el lugar designado en el patio, reforzando el orden que deben mantener en esta operación. Esta actividad debe quedar consignada en el libro de clases. En caso de emergencia en un recreo se dirigirá al lugar asignado a su curso. LABOR DE LOS PROFESORES DE ASIGNATURA En caso de temblor el profesor a cargo del curso dará la orden a los alumnos asignados de abrir puerta, alejando a los estudiantes que se encuentren sentados cerca de las ventanas, manteniendo la tranquilidad mientras pasa el temblor. Mantener la calma y no salir de la sala hasta que se dé la orden de evacuación. Dada la orden de evacuación (mediante alarma), hará salir al curso en forma ordenada, pegados a la pared del pasillo, o lejos de la ventana, rápido pero sin correr, sin hablar, sin gritar. El profesor es el último en salir. ( Ver Anexos, para los Locales de Básica y Pre-básica) Acompañará al curso al lugar designado con el Libro de Clases y procederá a pasar la lista. En caso de emergencia en recreo se dirigirá al lugar asignado a su curso a ayudar en el orden de los estudiantes. EMERGENCIAS Y ZONAS DE SEGURIDAD 1. Emergencia de Incendio Nunca se debe proceder a evacuar si no se da orden de evacuación con la alarma, excepto en caso de incendio localizado. Pasos: 1° Alarma interna: al producirse un principio de incendio en cualquier lugar del Liceo se debe proceder de inmediato a evacuar el lugar que presenta el siniestro y, si se considera oportuno, la evacuación general se dará la alarma interna. 2° Evacuación rápida del lugar(es) comprometido(s) por el fuego de acuerdo a instrucciones específicas sobre evacuación de salas y teniendo siempre presente que se debe actuar en perfecto orden manteniendo la serenidad y calma en el resto del Liceo. 3° Dar la alarma Exterior: i. Llamar a Cuerpo de Bomberos de la Comuna, para que acudan al control del siniestro. ii. Llamar a Carabineros, para que aseguren el lugar del siniestro. 130 iii. Servicio de Salud si fuere necesario. 4° Atacar el principio de incendio con la máxima rapidez y decisión. Es necesario estar siempre atento para detectar cualquier tipo de incendio (investigar humos, olores extraños, etc.). 5° Para lo anterior deben estar designados los encargados del uso de Extintores, los que deben saber utilizarlos. Los extintores deben estar ubicados de acuerdo a las recomendaciones técnicas (DS 594) y en lugares visibles y señalados. 6° En caso de detectarse un incendio y no poder controlarlo se debe aislar la zona y preparar y asegurar el libre acceso a la zona al Cuerpo de Bomberos. 7° La energía eléctrica debe ser interrumpida por el encargado del Liceo. Ubicado el lugar afectado si es necesario, en lo posible trabajar para apagarlo sin abrir puertas, ni ventanas para evitar así que la entrada violenta del aire avive el fuego. 2. Emergencia de Sismo Pasos 1° El profesor /a que está frente a un curso debe mantener la calma y tranquilidad, él o los estudiantes encargados abrirán la puertas y aquellos estudiantes que se encuentren cerca de las ventanas se ubicarán al centro de la sala y/ o debajo de las mesas, en caso de un sismo de fuerte intensidad. 2° Evacuación de Salas y otros recintos: se procederá a ello siempre que se haya dado la orden correspondiente. Los estudiantes abandonarán la clase en silencio en una fila, sin correr ni llevar objetos en la boca ni en las manos, siguiendo la ruta de evacuación previamente asignada, acompañados por el profesor a cargo o en su defecto por el Inspector de curso. No se debe retroceder en busca de objetos olvidados. 3° En caso que el sismo se produzca en horario de recreo o colación, todo el personal del Colegio debe acudir a sus zonas y puestos de seguridad, apoyando la bajada tranquila y ordenada de los alumnos que se encuentren en los diferentes pisos. El personal de inspectoría, acudirá a la zona de escalas de acuerdo a sus cursos controlando el normal desplazamiento de la comunidad educativa. 3. Zonas de Seguridad De acuerdo a señalética, Zn indica zona “n”: Sección Media Z1 Z2 1ºA-B-C 2ºG Computación Camarines Varones Sala de Artes Baño Varones 2ºF-E-D 1ºG 3ºA-B-C 4ºA 1ºE-3ºD Baño damas Camarín damas Lab. Ciencias Z3 Z4 Z5 Of. UTP. Gimnasio 4ºG Inspectoría Comedor 3ºG 2ºA 2ºB 2ºC Z6 3ºF 1ºF Capilla Biblioteca Z7 4ºD 4ºE 3ºE 4ºC 131 Z8 1ºD 4ºF 4ºB Ed. Física: Los cursos que se encuentren realizando su clase en patio, o gimnasio deben acudir en forma ordenada a su zona de seguridad respectiva, a cargo del profesor de asignatura. Sala Audiovisual: al momento de iniciarse un sismo, se ubicará en la puerta de la sala, abriendo éstas y no dejando salir a ningún estudiante. Mantendrá la calma de los estudiantes que en ese momento se encuentren ahí. Una vez terminado el movimiento telúrico, esperará la señal de evacuación si es que esta se diera. Y se ubicará en zona de seguridad Nº8. Casino: Todo adulto que se encuentre en el lugar deberá apoyar a los estudiantes y solicitar que se ubiquen bajo las mesas en caso de un sismo de gran intensidad. Mantendrá la calma de los estudiantes que en ese momento se encuentren ahí. Una vez terminado el movimiento telúrico, esperará la señal de evacuación si es que esta se diera. Y se ubicarán en zona de seguridad según corresponda a los cursos. Salas de Profesores: Los profesores que se encuentren en esta sala al momento de iniciarse un siniestro o emergencia, deberán acudir en apoyo de los cursos en los que sean profesores jefes en caso que el siniestro se produzca en horario de recreo o colación o en su defecto apoyar la evacuación por las escalas de los diferentes cursos. Biblioteca: La bibliotecaria y los profesores son los encargados de mantener el orden de los estudiantes que se encuentren haciendo uso de este servicio. Una vez terminado el movimiento telúrico, esperará la señal de evacuación si es que esta se diera. Y se ubicarán en zona de seguridad según corresponda al curso. Sala de Computación: El encargado de esta sala, cortará el suministro de energía eléctrica al momento de iniciarse el sismo, se ubicará en la puerta de la sala, abriendo éstas y no dejando salir a ningún estudiante. Mantendrá la calma de los estudiantes que en ese momento se encuentren ahí. Una vez terminado el movimiento telúrico, esperará la señal de evacuación si es que esta se diera. Y se ubicará en zona de seguridad según corresponda al curso. Laboratorio de ciencias: El profesor que esté haciendo uso de esta sala, cortará el suministro de energía eléctrica. Al momento de iniciarse el sismo se ubicará en la puerta de la sala, abriendo éstas y no dejando salir a ningún estudiante. Mantendrá la calma de los estudiantes que en ese momento se encuentren ahí. Una vez terminado el movimiento telúrico, esperará la señal de evacuación si es que esta se diera. Y bajará a su zona de seguridad en el patio. 5. RESPONSABILIDADES ESPECÍFICAS EN CASO DE SISMO Coordinadores Generales darán la orden de tocar la alarma en forma permanente para que los cursos procedan a la evacuación y se mantendrán informados ante la necesidad de dar nuevas instrucciones. Coordinadores Generales: Deberán informarse rápidamente del estado del establecimiento solicitar vía teléfonos informes de estado, ellas tienen prioridad en el uso de las comunicaciones, el resto del personal debe mantener silencio. 132 Posteriormente debe entregar información a la Directora o autoridad que la subrogue, para la eventual orden de evacuación. Inspectores: En caso de darse la orden de evacuación cualquier inspector que se ubique cercano a la zona de alarma de evacuación, deberá tocarla. Los demás inspectores se mantendrán en su respectiva zona de seguridad apoyando la salida ordenada de los cursos verificando que no queden Alumnos en las salas. Recepcionistas, Secretarias y Otros: Se mantiene en su puesto. Su labor es informar y mantener el orden de las visitas que se encuentren en recepción y oficinas, debiendo conservar en su lugar las laves respectivas de las puertas de acceso. No dejará entrar ni salir a nadie en ese momento, hasta que no se ordene lo contrario. Secretarias: Se mantienen en su puesto y darán aviso a Carabineros, Bomberos, y Ambulancia según sea el caso y de acuerdo a ordenes de Directora, Inspectora General o Administrador del Colegio. Plano de zonas de seguridad sección Ed. Media. 133 SECCION BÁSICA COORDINACIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN Y EVACUACIÓN EN CASOS DE EMERGENCIAS SECCION BÁSICA ANTE UN SISMO: 1. Se debe aplicar los siguientes pasos en sala de clases: Agáchate: Proteger la cabeza e iniciar desplazamiento a la mesa. Cúbrete: Ubicar el cuerpo debajo de la mesa desde la cabeza a las piernas. Afírmate: Tomar la mesa con ambas manos y proteger siempre la cabeza. 2. Cuando Inspectoría General toque la campana se debe iniciar la evacuación al patio central. Recuerda respetar las escaleras designadas a tu curso, como lo dice el plano entregado. 3. Por atención en las instrucciones de los Inspectores, Auxiliares y Profesores que te darán al descender y/o llegar al patio central. 4. Debes poner atención en el siguiente cuadro de instrucciones que corresponde a tu curso: EJEMPLO 134 5. Al llegar al patio central busca la zona de seguridad asignada y junto a tu curso formen un circulo en los puntos de encuentro y espera que los Profesores pase la lista y/o revise las condiciones del curso. Z1 N° SALA C1 CURSO ESCALERA N°1 PALMERA LADO BAJADA ESCALERA B. 1 2 10 - 6ºD - 4ºD - - - - 11 7ºD 12 8ºD 13 5ºA 5ºB Derecha Izquierda Derecha Izquierda N° SALA 3 4 8 9 C2 14 15 16 17 Z2 CURSO 4ºC 4ºA 3ºD 4ºB 5ºC 5ºD 6ºA 6ºB ESCALERA N°2 HALL ESCALERA N°3 VIRGEN LADO -- Derecha Izquierda Derecha Izquierda Derecha BAJADA ESCALERA Z3 N° SALA 5 CURSO ESCALERA N°4 CASINO JUNAEB ESCALERA N°3 VIRGEN LADO BAJADA ESCALERA 6 7 18 3ºA - 3ºB - - - - - 19 3ºC 20 7ºB 21 6ºC 22 7ºA - - - Derecha Izquierda 23 7ºC 8ºA - 8ºB - Derecha Derecha Izquierda Izquierda C1: Sala de computación 1 (primer piso) B.: Biblioteca C2: Sala de computación 2 (segundo piso) En caso de recreos: 1. En caso de un sismo en hora de recreo, se deberá comprimir a todo los alumnos al centro del patio, formando un círculo con ellos, donde los profesores, inspectores y auxiliares controlen y vigilen la situación. 2. Los alumnos que se encuentren en el gimnasio deberán apegarse a la pared, luego al aviso de la campana llevarlos al patio de los terceros. 3. Habiendo alumnos en el patio de los terceros, habría que juntarlos al centro del patio al igual que en el patio central. 135 4. Todos los alumnos deberán bajar tranquilos y ordenados al patio central. 5. En caso de sismo, de haber alumnos en el comedor de Junaeb, aplicar los pasas de agáchate, cúbrete y afírmate, posterior al aviso de la campana abrir las 3 puertas de acceso que tiene el comedor para una evacuación más fluida. En caso de recreos: 6. En caso de un sismo en hora de recreo, se deberá comprimir a todo los alumnos al centro del patio, formando un círculo con ellos, donde los profesores, inspectores y auxiliares controlen y vigilen la situación. 7. Los alumnos que se encuentren en el gimnasio deberán apegarse a la pared, luego al aviso de la campana llevarlos al patio de los terceros. 8. Habiendo alumnos en el patio de los terceros, habría que juntarlos al centro del patio al igual que en el patio central. 9. Todos los alumnos deberán bajar tranquilos y ordenados al patio central. En caso de sismo, de haber alumnos en el comedor de Junaeb, aplicar los pasos de agáchate, cúbrete y afírmate, posterior al aviso de la campana abrir las 3 puertas de acceso que tiene el comedor para una evacuación más fluida. SECCION PRE BÁSICA COORDINACIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN Y EVACUACIÓN EN CASOS DE EMERGENCIAS SECCION PRE BÁSICA I. Objetivos del Plan: 1. Generar en la comunidad escolar una actitud de autoprotección, teniendo por sustento una responsabilidad colectiva frente a la seguridad. 2. Proporcionar a los escolares un efectivo ambiente de seguridad integral mientras cumplen con sus actividades formativas. II. Articulación del plan 1. El plan deberá Estar basado en la realidad de riesgos de la unidad educativa y su entorno. 2. Responder a una priorización o mayor importancia de esos riesgos. 3. Ser entrenado periódicamente, revisándose su efectividad, corrigiéndose y actualizándose regularmente. III. Disposiciones generales: 1. En todas las salas de clases y oficinas, las puertas deben encontrarse siempre en condiciones de ser abiertas con facilidad y hacia afuera. 2. Los números de teléfonos del Cuerpo de Bomberos, Carabineros y Servicio de Salud (Clínica, hospitales, postas) deben estar colocados en lugar visible en Secretaría. 136 3. Los profesores, estudiantes, personal administrativo y asistente deben conocer y acostumbrarse a la ubicación asignada en las Zonas de Seguridad. Para ello se deberá, además de tomar conocimiento cada persona, realizarse ensayos generales sin aviso previo. 4. En la entrada del Colegio, se instalará un plano en que se indique claramente la ubicación de las zonas de seguridad. También en cada sala se indicará la zona de seguridad donde deben acudir los respectivos cursos al momento de producirse una emergencia y las vías de evacuación. 5. Ante cualquier emergencia que se presente: Obedezca las instrucciones. No pierda la calma. No corra para no provocar pánico. Si es necesario mantenerse alejado de ventanas y muebles de altura. No regrese para recoger objetos personales. Procure ayudar a personas con discapacidad en la actividad de evacuación. Es necesario rapidez y orden en la acción. Use el extintor sólo si conoce su manejo. 6. Procedimiento de evacuación al escuchar la alarma de evacuación: Todos dejarán de realizar sus tareas diarias y se prepararán para esperar la orden de evacuación. Conservar y promover la calma. Todos deberán obedecer la orden del inspector o Director de sección. Se dirigirán hacia la zona de seguridad, por la vía de evacuación que se le indique. No corra, no grite y no empuje. Si hay humo o gases en el camino, proteja sus vías respiratorias y si es necesario avance agachado. Evite llevar objetos en sus manos (sólo el libro de clases). Una vez en la zona de seguridad, permanezca ahí hasta recibir instrucciones del personal a cargo de la evacuación. 137 Todo abandono de la instalación hacia el exterior deberá ser iniciada a partir de la orden del coordinador general. IV. Emergencias: A. Sismos. B. Incendios. C. En caso de explosivos. D. Fuga de Gas. La comunidad educativa no puede dejar de considerar que dada la naturaleza geográfica de Chile, somos un país que debe estar siempre preparado ante emergencias sísmicas. Al momento de iniciarse un sismo o un ensayo de este se debe procederse de la siguiente manera: A. Durante el sismo: Agáchate: Proteger la cabeza e iniciar desplazamiento a la mesa. Cúbrete: Ubicar el cuerpo debajo de la mesa desde la cabeza a las piernas. Afírmate: Tomar la mesa con ambas manos y proteger siempre la cabeza. i. Al finalizar el sismo: Se espera la instrucción del personal de Inspectoría, quien pasará observando las salas y llama a evacuar en caso de ser necesario. Se evacua a las zonas de seguridad. El docente con el libro de clase en mano abre la puerta y comienza la evacuación en forma ordenada, los estudiantes evacuan dejando todas sus pertenencias en sala. El profesor pide tranquilidad en la evacuación. Dependiendo del estado de la situación se esperan las instrucciones por micrófono de Dirección. 138 B. En caso de incendio: Mantenga la calma. Avise de inmediato a personal del establecimiento. Si el fuego es controlable, utilice hasta dos extintores en forma simultánea para apagarlo (esto sólo si está capacitado en el uso y manejo de extintores). En caso de no poder extinguir el fuego, abandone el lugar dejándolo cerrado para limitar la propagación. Impida el ingreso de otras personas. Mantenerse alejados de las ventanas si el fuego estuviese cerca. Evitar el contacto con el humo, si es mucho, usar un pañuelo para cubrirse las vías respiratorias, si es dentro de la sala se puede salir gateando. En caso que sea necesario evacuar, diríjase en forma controlada y serena hacia la “zona de seguridad”. Para salir no se debe correr ni gritar. No reingrese al lugar donde se encontraba hasta que se dé la orden de hacerlo. i. Elementos a considerar en caso de incendio. Mantenga el orden y aseo en su lugar de trabajo. No acumule innecesariamente materiales que aumentan la carga combustible (papeles, cartones, cajas, etc.) Revise el óptimo estado de los enchufes, no los recargue(no use triples), no realice reparaciones provisorias Cerciórese que los artefactos electrodomésticos (hervidores, microondas, ventiladores, estufas, radios, etc.) estén en buen estado. No coloque estufas cerca de cortinas, muebles u otros materiales combustibles Si siente olor a gas no encienda fósforos, artefactos eléctricos, ni accione interruptores, ventile y de aviso de inmediato. C. Procedimiento en caso de artefacto explosivo: Avise de inmediato a personal del establecimiento indicando el lugar exacto donde se encuentra el bulto sospechoso. El personal avisará al coordinador general para ponerlo al tanto de la situación. Aléjese del lugar. En caso que se le indique, siga el procedimiento de evacuación. 139 Por seguridad de la comunidad educativa, queda prohibido examinar, manipular o traslado del bulto, paquete o elemento sospechoso. Se debe verificar la existencia del presunto artefacto explosivo y de ser necesario dar aviso a Carabineros. D. Fuga de Gas: Abra ventanas a modo de realizar una ventilación natural del recinto. No utilice teléfonos celulares ni cualquier otro dispositivo electrónico. Dé aviso a personal del establecimiento. En caso de que se le indique, proceda a evacuar hacia la zona de seguridad que corresponda. Si la fuga ocurre fuera de alguna sala u oficina, esperar instrucciones de Dirección. V. Zonas de seguridad para evacuación: Patio de Kínder y Pre kínder. Patio Maicillo. (Todos los PreKinder) más cualquier curso que esté realizando actividades en gimnasio o biblioteca. N Patio Central: Las zonas techadas no se utilizan para la evacuación. La evacuación debe ser en fila, según el esquema. Todo el personal debe evacuar al patio central. Sala4 E Sala3 Sala 2 S A L I D A Sala 5 Sala 6 Sala 7 Sobre el retiro de los estudiantes luego del sismo: Sala 1 D A No entrar en estado de pánico para no asustar al estudiante. 140 Se abrirán las puertas principales para el ingreso ordenado. Las puertas principales son las únicas zonas habilitadas para evacuar. Solo pueden retirar personas autorizadas (apoderado). Los estudiantes permanecen lejos siempre de las ventanas por seguridad. El profesor registrará quien retira. VI. Responsables y función: Coordinadores generales: José Basso y Alejandra Cuevas: Conocer y comprender cabalmente el plan de emergencia. Liderar emergencia. Decretar la evacuación parcial o total. Coordinar con los equipos externos de emergencia. En conjunto con el comité de seguridad escolar y la Mutual de Seguridad CChC la ejecución de capacitaciones. Participar de las reuniones del Comité de Seguridad Escolar. Coordinar periódicamente los simulacros de evacuación. En conjunto con el Comité de Seguridad Escolar, revisar periódicamente el plan de emergencia y actualizar si es necesario. Coordinadores de Piso o Área: Margarita Barría (Básica y Kinder) y Francisco Díaz. (Prekinder) u otro Inspector. Liderar la evacuación del piso o área. Conocer y comprender cabalmente el plan de emergencia. Participar de las reuniones del grupo de emergencia. Participar en los simulacros de emergencia de forma activa. Difundir los procedimientos a utilizar en caso de emergencias. Procurar la operatividad de las vías de evacuación, salidas de emergencia, equipos de emergencia, sistemas de comunicación y alerta. Avisar a su reemplazante cada vez que se ausente del piso o área. Asumir el mando inmediato de las personas de su piso o área frente a cualquier emergencia Personal Encargado Corte de energía y gas. Uso de extintores. Supervisa sala de Prekinder. Ayuda en la evacuación de los cursos. Llamar a los bomberos, carabineros, centro de salud y puerta. 141 142 PROTOCOLO PARA LA CLASE DE EDUCACIÓN FÍSICA SECCIÓN PRE BÁSICA. Generalidades: Los estudiantes, deben presentarse a la clase con el buzo y polera (holgada) del Liceo, utilizar zapatillas de un material que proteja y asegure sus pies (no de genero). Niñas con pelo tomado y sin joyas. Útiles de aseo: Los estudiantes siempre deben traer una toalla y polera de recambio, marcado con su nombre y curso. Inicio de la clase: Con los estudiantes de pie, se realiza el saludo, se invita a sentarse (en inglés). Se solicita que saquen y ubique sobre la mesa su toalla (doblada). Profesor/a escribe fecha y objetivo en la pizarra, se explica que van a realizar y aprender durante la clase. Se recuerdan normas de seguridad. Los estudiantes se dirigen formados al gimnasio, se les pide que revisen sus zapatillas y se aten correctamente los cordones, para evitar accidentarse. Durante la clase El docente podrá designar alguna función, según el contenido a tratar, a los estudiantes que por alguna razón no realicen la clase práctica, ejemplo: arbitraje, recolector de material liviano (conos). Los estudiantes eximidos o con licencias extensas deben estar bajo la vigilancia del profesor, en el mismo lugar de la clase y deberán realizar un trabajo de investigación (acorde con la edad del alumno) y exponerlo (leerlo) frente al curso, en fecha que se le indique. Queda estrictamente prohibido que los estudiantes trasladen algún material pesado o que trasladen material liviano sin supervisión de un adulto. (como aros de basquetbol, o arcos de futbol). El docente debe verificar que no haya estudiante realizando acrobacias ni escalando en arcos de futbol, rejas, etc. No pueden haber estudiantes recorriendo otras secciones del establecimiento mientras se imparte la clase, a excepción cuando van al baño. Llamar al inspector de turno para temas de convivencia escolar que no puedan ser controlados por el docente, para que se tomen las medidas al respecto. Al finalizar la clase Una vez terminada la clase práctica, los alumnos se dirigirán formados a la sala de clases y profesora envira en pequeños grupos (6 alumnos) al baño para que realicen su aseo personal y siempre bajo la supervisión de un adulto. La bodega de educación física debe quedar con candado. 143 En días de Contingencia Ambiental. Alerta Ambiental: Al decretarse Alerta Ambiental, todas las actividades de Educación Física y Deportes se realizarán como de costumbre, pero de baja intensidad. Pre-Emergencia Ambiental: Al decretarse Pre-Emergencia, las clases de Educación Física y Deportes se suspenderán, estas se realizarán en las salas de clases, con un carácter teórico apoyado por sistema audiovisual, tratando temas relacionados con la salud, calidad de vida, alimentación saludable. Otros: Será de responsabilidad del profesor solicitar revisión de manera periódica y diaria del material que se va a ocupar para que al momento de la clase se encuentre en perfecto estado. 144 PROTOCOLO DE SEGURIDAD CLASES DE EDUCACIÓN FÍSICA SECCIÓN MEDIA Consideraciones generales: 1. Las clases de Educación Física, como cualquier otra clase, están sujetas al marco de los Reglamentos y Protocolos internos del colegio. En consecuencia, la supervisión y disciplina es de responsabilidad del (la) profesor (a) a cargo del curso. 2. El Liceo define e implementa prácticas que ayudan a prevenir el riesgo o daño de los estudiantes dentro del recinto escolar o al practicar actividades recreativas deportivas. Se procura el autocuidado y se evita las actividades riesgosas tanto dentro como fuera del establecimiento. 3. Como liceo se procura el máximo aprovechamiento de este subsector, en cuanto a espacio de aprendizaje tanto para los Objetivos Transversales como los propios de las disciplina. 4. Al existir un encargado del inventario de implementos deportivos (balones, redes, colchonetas, etc.), recae sobre él, la responsabilidad primera de descartar aquellos implementos deportivos en mal estado y reponer cuando sea necesario. No obstante, cuando el (la) profesor (a) detecte materiales o recursos en mal estado, deberá informar inmediatamente a la Unidad Técnica correspondiente. 5. El Liceo posee mecanismos para fijar todos aquellos implementos y estructuras deportivas que por su naturaleza o mal uso puedan ocasionar accidentes o que sean condiciones inseguras. 6. Debe existir siempre una supervisión eficiente y eficaz hacia el adecuado desempeño de los estudiantes, desde que se inicia la clase hasta la hora en que termina. Incluye una permanente presencia del docente en camarines, resguardando la discreción pertinente hacia la integridad y dignidad de todos (as) los (las) estudiantes. 7. Durante las clases, bajo ninguna circunstancia, los estudiantes permanecerán solos, sin la supervisión de un docente en alguna dependencia tales como la bodega de almacenaje, camarines o baños. 8. Los(as) profesores (as) de Educación Física deben conocer y tener actualizado todos los casos de salud que impiden realizar clases prácticas o casos especiales que requieren rutinas pedagógicas distintas por prescripción médica. 9. Frente a cualquier observación, percepción, presunción de algún factor de riesgo en algún (a) estudiante, el docente encargado deberá informar al encargado (a) de salud de la sección. 10. El encargado de salud avisará inmediatamente al profesor(a) jefe estos casos quien se comunicará con el apoderado correspondiente para solicitar la certificación médica pertinente. Mientras el estudiante no realizará clases prácticas de Educación Física. I. Del Inicio de las clases 1. El (la) profesor(a) tomará el curso en su sala de clases. 2. Verificará la asistencia del curso y la registrará en el Libro de Clases. 3. Chequeará aquellos estudiantes que no realizarán trabajo físico, identificando las causas: situación de salud u otra. 145 4. Los estudiantes que no participarán en las actividades físicas, serán enviados al Centro de Recursos del Aprendizaje (CRA). 5. Los casos no justificados serán anotados en el Libro de clases, haciendo el seguimiento ajustado al Reglamento de Convivencia. 6. En el CRA desarrollarán actividades pedagógicas específicas (guías u otras) con temas relacionados a la salud, factores de riesgo y calidad de vida, elaborados por el Departamento de Ed. Física. 7. En el CRA serán supervisados por encargado-a de esa dependencia. 8. El (la) profesor (a) cautela que el resto de los estudiantes se dirija a camarines con la debida celeridad. 9. El (la) profesor (a) promoverá que el equipamiento de los estudiantes no exceda los 10 minutos, así aprovechará al máximo el desarrollo de la clase. II. Del Desarrollo de las clases 1. El (la) profesor (a) verificará con la debida anticipación, las condiciones climáticas y recomendaciones que la autoridad exija a los colegios, debido a alguna preemergencia, emergencia, alerta ambiental, radiación ultravioleta, lluvias u otra. 2. El (la) profesor (a) tomará todas las remediales necesarias en atención a lo expuesto en el punto anterior. Por ejemplo, verificar el lugar físico disponible y adecuado para la realización de la clase y el estado en que este se encuentra. 3. El (la) profesor (a) con la debida anticipación, solicitará los materiales o recursos deportivos necesarios para el desarrollo de las clases, al encargado de estos. 4. El (la) profesor (a) igualmente debe cautelar que estos recursos estén en buen estado e informar cualquier irregularidad al respecto. 5. El (la) profesor (a) en cada clase, deberá hacer hincapié en el uso responsable y correcto de los elementos y accesorios deportivos, y sus riesgos en caso de mala utilización. 6. En caso de accidente durante la clase, se procederá de la siguiente manera: a. Profesor evalúa la lesión y presta la primera ayuda. b. Inmediatamente se deriva a Inspectoría, al encargado(a) de salud para proceder de acuerdo al protocolo correspondiente. 7. El profesor resguardará que, en las clases de educación física, los estudiantes, mantengan siempre un vocabulario adecuado, asegurando así la sana convivencia, en un clima de respeto hacia el otro. Aplicará Reglamento de Convivencia cuando sea pertinente. III. De la finalización de las clases 1. El (la) profesor (a) velará que el estudiante realice su aseo personal como corresponde. 2. Hará un seguimiento a aquellos estudiantes que no cumplen con el punto anterior. Aplicará Reglamento si corresponde (Aspecto II). 3. El (la) profesor (a) cautelará que el camarín quede ordenado y en condiciones normales (llaves cerradas, etc.). Avisará de objetos perdidos a Inspectoría. 146 PROTOCOLO PARA LA CLASE DE EDUCACIÓN FÍSICA SECCIÓN BASICA I. Consideraciones generales sobre la clase de Educación Física: 1. Las clases de Educación Física, como cualquier otra clase, están sujetas al marco de los Reglamentos y Protocolos internos del colegio. En consecuencia, la supervisión y disciplina es de responsabilidad del (la) profesor (a) a cargo del curso. 2. El Liceo define e implementa prácticas que ayudan a prevenir el riesgo o daño de los estudiantes dentro del recinto escolar o al practicar actividades recreativas deportivas. Se procura el autocuidado y se evita las actividades riesgosas tanto dentro como fuera del establecimiento. 3. Como liceo se procura el máximo aprovechamiento de este subsector, en cuanto a espacio de aprendizaje tanto para los Objetivos Transversales como los propios de las disciplina. 4. El Liceo posee mecanismos para fijar todos aquellos implementos y estructuras deportivas que por su naturaleza o mal uso puedan ocasionar accidentes o que sean condiciones inseguras. 5. Debe existir siempre una supervisión eficiente y eficaz hacia el adecuado desempeño de los estudiantes, desde que se inicia la clase hasta la hora en que termina. 6. Durante las clases, bajo ninguna circunstancia, los estudiantes permanecerán solos, sin la supervisión de un docente en alguna dependencia tales como la bodega de almacenaje, camarines o baños. 7. Los(as) profesores (as) de Educación Física deben conocer y tener actualizado todos los casos de salud que impiden realizar clases prácticas o casos especiales que requieren rutinas pedagógicas distintas por prescripción médica. 8. Frente a cualquier observación, percepción, presunción de algún factor de riesgo en algún (a) estudiante, el docente encargado deberá informar a Inspectoría y/o directamente al apoderado. 9. Inspectoría avisará inmediatamente al profesor(a) jefe estos casos quien se comunicará con el apoderado correspondiente para solicitar la certificación médica pertinente. Mientras tanto ante cualquier sospecha el estudiante no realizará clases prácticas de Educación Física. II. Necesidades para el desarrollo de la clase: Los estudiantes, deben presentarse a la clase con el buzo y polera (holgada) del Liceo, utilizar zapatillas de un material que proteja y asegure sus pies (no de genero). Niñas con pelo tomado y sin joyas. Útiles de aseo: Los estudiantes siempre deben traer una toalla y polera de recambio, marcado con su nombre y curso. 147 III. Sobre el desarrollo de la clase: Inicio de la clase: Con los estudiantes de pie, se realiza el saludo, se invita a sentarse (en inglés). Se solicita que saquen y ubique sobre la mesa su toalla (doblada). Profesor/a escribe fecha y objetivo en la pizarra, se explica que van a realizar y aprender durante la clase. Se recuerdan normas de seguridad. El profesor de educación física verifica la asistencia. El profesor verificara si existen estudiantes que no puedan realizar educación física, ya sea por propia afirmación del estudiante o por comunicación desde hogar. Los estudiantes se dirigen formados al gimnasio, se les pide que revisen sus zapatillas y se aten correctamente los cordones, para evitar accidentarse. Durante la clase El docente podrá designar alguna función, según el contenido a tratar, a los estudiantes que por alguna razón no realicen la clase práctica, ejemplo: arbitraje, recolector de material liviano (conos). Si estudiante no realiza educación física sin ninguna justificación debe ser registrado en el libro de clase apegándose al Reglamento de Convivencia. Los estudiantes eximidos o con licencias extensas deben estar bajo la vigilancia del profesor, en el mismo lugar de la clase y deberán realizar un trabajo de investigación (acorde con la edad del alumno) y exponerlo (leerlo) frente al curso, en fecha que se le indique. Queda estrictamente prohibido que los estudiantes trasladen algún material pesado o que trasladen material liviano sin supervisión de un adulto. (como aros de basquetbol, o arcos de futbol). El docente debe verificar que no haya estudiante realizando acrobacias ni escalando en arcos de futbol, rejas, etc. No pueden haber estudiantes recorriendo otras secciones del establecimiento mientras se imparte la clase, a excepción cuando van al baño. Llamar al inspector de turno para temas de convivencia escolar que no puedan ser controlados por el docente, para que se tomen las medidas al respecto. Al finalizar la clase Una vez terminada la clase práctica, los alumnos se dirigirán formados a la sala de clases y profesora envira en pequeños grupos (6 alumnos) al baño para que realicen su aseo personal y siempre bajo la supervisión de un adulto. La bodega de educación física debe quedar con candado y ordenada. En días de Contingencia Ambiental. Alerta Ambiental: Al decretarse Alerta Ambiental, todas las actividades de Educación Física y Deportes se realizarán como de costumbre, pero de baja intensidad. Pre-Emergencia Ambiental: Al decretarse Pre-Emergencia, las clases de Educación Física y Deportes se suspenderán, estas se realizarán en las salas de clases, con un carácter teórico apoyado por sistema 148 audiovisual, tratando temas relacionados con la salud, calidad de vida, alimentación saludable. Otros: Será de responsabilidad del profesor solicitar revisión de manera periódica y diaria del material que se va a ocupar para que al momento de la clase se encuentre en perfecto estado. PROTOCOLO DE ACCION EN CASO DE ACCIDENTES ESCOLARES Ley 16.744 Art.3°, dispone que estarán protegidos todos los alumnos de establecimientos fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios, o en la realización de su práctica profesional. Así, se debe hacer entrega al apoderado y/o alumno del documento llamado: Declaración Individual de Accidente Escolar Se define como accidente escolar, toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o daño. Dentro de esta categoría se considera también los accidentes que puedan sufrir los estudiantes en el trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales. Incluye lo anterior los accidentes ocasionados en salidas educativas previamente informadas y autorizadas por el departamento provincial de educación. En caso de accidente escolar todos los/as estudiantes, tanto de la educación parvularia, básica y media, están afectos al Seguro Escolar desde el instante en que se matriculen en el colegio. En caso de accidente o de enfermedad repentina de un alumno(a) durante la actividad escolar, se procederá de la siguiente manera: 1- En caso de enfermedad o accidente menos graves: El alumno será llevado a enfermería y se realizarán los primeros auxilios Es Importante recordar que el colegio NO está autorizado para administrar ningún tipo de medicamentos. Inspectoría llamará a los padres y enviará una comunicación si fuese necesario. A lo más, el colegio podrá dar alguna infusión que alivie al alumno (a). 2- En caso de accidentes leves: En los casos que el accidente requiera atención médica, se llamará a los padres y/o apoderados, para que sean ellos quienes trasladan al alumno al centro de salud que estimen conveniente e Inspectoría entrega el seguro de salud estatal con que todo alumno está cubierto. De no poder concurrir al liceo el apoderado, el liceo derivará al alumno (a) al centro asistencial más próximo. Esto en atención a que nuestros apoderados residen en zonas rurales muy alejadas del centro de Buin. El alumno (a) estará acompañado (a) en todos momento de un funcionario (a) del liceo. 149 3- En caso de accidentes graves: En todos los casos que el accidente sea grave, (determinado por encargada de enfermería, quien cuenta con cursos de primeros auxilios), se llamará inmediatamente al servicio de urgencia de la comuna, quienes se harán responsables del traslado del alumno(a) a la urgencia del hospital. Simultáneamente se dará aviso a los padres y ellos podrán tomar la decisión de trasladar al alumno (a) al centro asistencial que estimen conveniente. Los alumnos que cuenten con seguros particulares de salud, deben mantener la información actualizada en su agenda y ficha personal, para que el colegio se comunique directamente con ellos. Es importante completar todos los datos personales y teléfonos de emergencia en la agenda y ficha personal. Es responsabilidad de los padres y apoderados mantener estos datos actualizados, así como todo los datos concernientes a problemas de salud o indicaciones especiales que tenga algún alumno (a) **ANEXO 13: REGLAMENTO INTERNO DE BECAS. I. INTRODUCCIÓN El Liceo Polivalente Moderno Cardenal Caro, es un establecimiento educacional Subvencionado que la Iglesia Católica ofrece como un servicio a la comunidad y tiene como finalidad “la formación integral de la persona humana, en orden a su fin último y, simultáneamente, al bien común de la sociedad” con especial preferencia para los más desamparados y con menos recursos. En conformidad a la legislación, el Liceo ha adoptado el sistema de Financiamiento Compartido, consiste en un aporte económico que efectúan las familias con la finalidad de mejorar las condiciones y la calidad de la educación que reciben sus hijos. Para las familias que por su situación económica no pueden efectivamente cubrir la totalidad de la cuota de Financiamiento Compartido, el Liceo mantiene un sistema de Becas que se rige por este reglamento interno. Este sistema se basa en el principio de la solidaridad que es un valor importante inserto en el Proyecto Educativo del Liceo. El texto de Reglamento de Becas se ajusta a las disposiciones contenidas en la Ley Nº 19.532 de 1997 y su reglamento, Decreto de Educación Nº 755 de 1998, además las leyes Nº 19.979 de 2004 y Nº 20.248 de 2008. II. OBJETIVO GENERAL Y DEFINICIÓN. 150 Art. 1. El Objetivo General de este reglamento es establecer un sistema de Becas con aportes diferenciados para las familias que no puedan pagar la cuota total de Financiamiento Compartido, de modo que ningún estudiante deba marginarse del Liceo por razones socioeconómicas. Para ser acreedor de una beca del Liceo, el estudiante debe cumplir con dos requisitos al mismo tiempo: 1. Que la familia necesite de verdad esta ayuda y 2. Que el estudiante se lo merezca, por su buen rendimiento académico, buena conducta y buena asistencia. Basta con que uno de estos dos requisitos no se cumpla para que no se otorgue la beca. Art. 2. Se entiende por beca una rebaja en el arancel general de Financiamiento Compartido, que el Liceo otorga previa solicitud del apoderado, fundamentada y documentada. La rebaja puede abarcar entre el 90% y el 10% del arancel general y tendrá vigencia hasta por un año escolar, teniendo en cuenta la situación económica familiar a lo largo del año. Para continuar con la beca al año siguiente, esta debe ser renovada mediante una nueva postulación. La beca no cubre el pago de matrícula ni la cuota que acuerda el Centro de Padres. Art. 3. En casos muy calificados, la exención del pago de arancel puede abarcar el 100%. Art. 4. El Liceo determinará cada año el Fondo de Becas y los beneficiarios de ellas, de acuerdo al porcentaje que la ley señala. III. BENEFICIARIOS. Art. 5. La Ley 19.532 indica que un mínimo de 2/3 de las becas deben otorgarse por razones socioeconómicas. El tercio restante son de libre disponibilidad del sostenedor. Esto significa que pueden otorgarse por razones distintas a las socioeconómicas. Art. 6. Los estudiantes que sean hijos de docentes o funcionarios que se desempeñan en el propio Liceo, tendrán derecho a las rebajas de arancel que se establezcan en el Contrato Colectivo. Tendrán derecho a estar exento de pago todos los estudiantes que de acuerdo a disposiciones del Ministerio de Educación tengan calidad de Alumnos Prioritarios. Estos estudiantes estarán eximidos de cobros obligatorios que condicionen su postulación, ingreso o permanencia del estudiante en el Liceo (Ley 20.248) Art. 7. Opera el 50% de beca al fallecimiento del padre o de la madre; y el 100% cuando ambos se encuentren fallecidos. Este beneficio se inicia con la sola presentación del certificado de defunción respectivo. IV. POSTULACIÓN Y REQUISITOS 151 Art. 8. La postulación a las becas se hará mediante un formulario que entregará el Liceo y que debe ser completado por el apoderado, adjuntando los antecedentes y documentos que acrediten el mérito a la solicitud de beca. Art. 9. Los documentos que deben adjuntarse a la solicitud de beca son los siguientes: Certificados de renta, o liquidaciones de sueldo o de pensión o declaración jurada de ingresos (en caso de trabajadores independientes) de cada una de las personas que aportan económicamente al grupo familiar. En caso que el apoderado u otro que compone el grupo familiar no sea trabajador dependiente, deberá traer una declaración anual de renta del año anterior obtenida en la pág. Web del S. I. I. En caso de cesantía, fotocopia del finiquito del último empleador o liquidación de pago de cesantía AFC. Recibos de consumos básicos: agua, luz, teléfono. Certificados médicos en caso de enfermedad de algún miembro del grupo familiar que requiera tratamiento costoso y que deba ser cargo de la familia. Comprobante de pago de estudios de otros miembros del grupo familiar (colegios, universidad, institutos, centros de formación técnica). No tener deuda de Financiamiento Compartido. El plazo máximo de pago es el día 15 de Diciembre del año en que postula. Que el estudiante haya tenido en el transcurso del año anterior al de la exención una conducta intachable y que se haya esforzado durante el año para obtener un buen rendimiento académico antecedentes que serán avalados con la revisión de la hoja de vida del estudiante. Art. 10. Todos los datos y documentación referidos a la postulación a becas tendrán carácter de reservados. Art. 11. La veracidad de los datos y la autenticidad de los documentos son de exclusiva responsabilidad del apoderado solicitante de la beca. El Liceo se reserva el derecho de verificarlos. En igual forma, es de responsabilidad del apoderado de informar oportunamente al Liceo en el caso de que cambie la situación de la causal que motivó la petición de beca. Art. 12. La postulación a Becas para los estudiantes antiguos se realizará en los meses de Septiembre y Octubre de cada año. Para los estudiantes nuevos, los 5 primero días hábiles del mes de marzo siguiente. V. ADJUDICACIÓN DE BECAS. Art. 13. Las postulaciones a becas serán resueltas por la administración del Liceo de acuerdo a los criterios generales establecidos por el Liceo. 152 Art. 14. Los resultados de las postulaciones presentadas serán informados por escrito y de manera reservada a los apoderados en el Departamento de Apoyo Socio educativo (DASE), dentro del mes de Marzo del año siguiente. Art. 15. La Administración de Liceo podrá reconsiderar alguna postulación si hay nuevos antecedentes que lo justifican. VI. EXTINCIÓN DE LA BECA. Art. 16. Se extingue la beca por alguna de las siguientes causales: Al término del año escolar. Por retiro del estudiante. Por renuncia a la beca por parte del apoderado. Por comprobarse adulteración y/u omisión de datos o documentos aportados a la postulación. VII. OTROS. Art. 17. Las situaciones no previstas en el presente reglamento serán resueltas por la Dirección del Liceo. **El presente reglamento de becas se mantendrá vigente hasta el momento en que el Liceo Cardenal Caro sea notificado por la Autoridad Ministerial, que la solicitud de postulación a gratuidad ha sido acogida favorablemente. 153 ANEXO 14: Decreto de Reconocimiento del Liceo Cardenal Caro como Colegio Católico Documento del Obispado. 154 155 156
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