Reglamento Copa América

REGLAMENTO DE REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN
CÖMO NO VOY A SER
DE LOS QUE VIVEN
LA COPA AMÉRICA CON LA SELE
DEL ORGANIZADOR DE LA PROMOCIÓN
Artículo 1: La mecánica, la organización, la publicidad
y los derechos relacionados con la Promoción “Cömo
no voy a ser de los que viven la Copa América con la
Sele”, en adelante denominada la “promoción” son
propiedad exclusiva del Instituto Costarricense de
Electricidad, en adelante denominado “ICE”.
Artículo 2: El presente Reglamento de Requisitos y
Condiciones de la Promoción “Cömo no voy a ser de
los que viven la Copa América con la Sele”, en
adelante denominado “reglamento”, establece las
reglas para participar en la Promoción que realiza el
ICE entre los clientes nuevos y actuales, que
adquieran los servicios de telefonía móvil (planes
postpago o fusión k) asociados a los teléfonos marca
Samsung disponibles en la oferta comercial de kölbi
durante los días de la promoción, según los términos
descritos en el presente reglamento.
Artículo 3: La vigencia de la promoción es por
tiempo limitado, inicia el día 27 de abril del 2016 a las
00:00 horas y finaliza el día 16 de mayo del 2016 a
las 23:59 horas.
Artículo 4: Para efectos del presente reglamento, los
clientes y usuarios aceptan y entienden, que los
beneficios de esta promoción serán adjudicados,
únicamente a los “titulares de los servicios” a través
de los cuales se participa de esta promoción, y que
por ende, su nombre y número de identificación se
encuentran registrados y asociados a dichos servicios
en los sistemas corporativos del ICE.
DE LA PARTICIPACIÓN DE LA PROMOCIÓN
Artículo 5: Participan todos aquellos clientes físicos
(mayores y menores de edad) y jurídicos que
suscriban o tengan al día los servicios de telefonía
móvil (postpago); los cuales para efectos de la
promoción estarán sujetos a las condiciones propias
de la mecánica descrita en el presente reglamento.
Esta misma condición (estar al día con los servicios)
deberá permanecer durante el periodo de goce del
beneficio otorgado, pues caso contrario, el ICE podrá
no aplicar el beneficio definido en el actual
reglamento.
MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN
Artículo 6: La mecánica de participación, se define
en los siguientes artículos:
6.1. Mecánica primera:
Contratá un Plan Postpago o Fusiön K con un
teléfono marca Samsung y quedá participando
Televisores Smart TV LED 55” y viajes dobles a la
Copa América Centenario + $1000 para gastos.
6.1.1. Aquellos clientes que adquieran planes
postpago y fusiön k en contratos de permanencia de
24 meses asociados a cualquier teléfono marca
Samsung disponible en la oferta comercial de kölbi
quedarán participando de forma automática por:
• 10 Televisores Smart TV LED 55” Curva Full HD.
• 3 viajes dobles a los 3 primeros partidos de la Sele
en la Copa América Centenario + $1000 ( Mil
dólares ) para gastos.
CONDICIONES DE LAS MECÁNICAS
Artículo 7: Para la mecánica descrita en éste
reglamento aplican las siguientes condiciones:
7.1. Es obligación de cada concursante leer e
informarse acerca del contenido del presente
Reglamento que estará publicado en la siguiente
página Web: www.kolbi.cr.
7.2. Los ganadores serán elegidos solamente para
un premio, por lo tanto, el titular de una línea no
podrá ser acreedora más de un premio durante la
vigencia de ésta promoción.
DE LA DESIGNACION DE LOS GANADORES
Artículo 8: La designación de los ganadores se
llevará a cabo el día 17 de mayo del 2016 en las
instalaciones del ICE, en presencia de dos
funcionarios de la División de Mercadeo y un notario
público del ICE.
Periodo de
promoción
27 de abril al 16
de mayo, 2016.
Obsequio
Fecha de la
designación
Fecha máxima
para retirar
premio
Televisores Samsung
Smart TV LED 55”
Viajes a la Copa
América Centenario
17 de mayo,
2016.
2 4 de mayo,
2016.
Artículo 9: Para la selección de los ganadores, se
utilizará la base de datos de los servicios de los
clientes participantes en la mecánica establecida en
esta promoción y que cumplen con los requisitos
dispuestos en el presente reglamento, utilizando un
programa que seleccione de forma aleatoria
(random) a los ganadores. Una vez verificada la
procedencia de estos y que cumplan con las
condiciones indicadas en el artículo cinco de este
reglamento, el ICE llamará a todos los clientes que
resultaron favorecidos.
Artículo 10: Después de haber realizado tres intentos
de llamada telefónica no completadas a los números
registrados en la base de los ganadores de la
promoción, el personal del ICE, procederá a efectuar
bajo las mismas condiciones una segunda
designación para la sustitución de dichos ganadores,
y así sucesivamente hasta poder completar las
cantidades dispuestas de premios, definidos en el
presente reglamento.
Artículo 11: El día hábil posterior a la realización de
los ganadores definidos en el actual Reglamento, el
ICE publicará la lista de ganadores en sus redes
sociales y otros medios que considere convenientes.
Artículo 12: La entrega efectiva del premio
correspondiente se realizará en los términos
establecidos en el titulo “de los premios y los
ganadores” del presente reglamento.
DE LOS PREMIOS Y LOS GANADORES
Artículo 13: Los premios derivados de la mecánica
descrita en el inciso 6.1, del presente reglamento,
consisten en 10 Televisores Smart TV LED 55” Curva
Full HD y 3 viajes dobles para asistir durante el mes
de junio a los 3 primeros partidos de la Selección
Mayor Nacional de Futbol en la Copa América
Centenario los cuales se designarán de la siguiente
manera:
Premios
Cantidad de
obsequios
Cantidad de
ganadores por
planes postpago o
fusión k
Televisores Samsung Smart
TV LED 55”
10
10
Viajes dobles para los 3
primeros partidos de la Sele
en la Copa América
Centenario
3
3
13.1. Características de los Televisores Smart TV LED
55”:
• Televisores con tecnología Smart TV LED de 55
pulgadas, con pantalla Curva Full HD modelo
Samsung 55J6500.
13.2. Características de los Viajes dobles para los
partidos de la Sele:
Resultarán favorecidos 3 ganadores, cada uno
obtendrá lo siguiente:
• Boletos aéreos San José – Orlando – ChicagoHouston- San José. (ganador y acompañante).
• Entradas Categoría 2 para dos personas para asistir
a los partidos de la Selección Nacional de Futbol en
la primera fase de la Copa América Centenario a
realizarse en los Estados Unidos de América entre
los días 3 y 12 de junio del 2016.
• Hospedaje
en habitación doble (ganador y
acompañante) durante 9 noches (Chicago, Orlando,
Houston).
-3 noches de hotel en Chicago, en ocupación doble.
-3 noches de hotel en Orlando, Florida en ocupación
doble.
-3 noches de hotel en Houston, Texas en ocupación
doble.
• Mil dólares ($1000) para cada ganador (no
acompañante) para gastos que no estén estipulados
en éste reglamento y se deriven por causa del
disfrute del premio. Los gastos de seguros y pólizas
así como los documentos y trámites requeridos para
viajar son requisitos del país entrante y deberán
correr por cuenta de los ganadores y sus
acompañantes.
• 1 Kit para cada ganador, éste kit incluye un (1)
maletín marca New Balance, 2 camisetas de la
Selección Nacional de Futbol, obsequios kölbi y
obsequios Samsung para el ganador y su (1)
acompañante.
- El obsequio aportado por Samsung tiene garantía
por el plazo de 30 días naturales. En caso de aplicar
el reclamo de la misma por daños de fábrica el
TALLER
Cosmos
Electrónica
Fruno
Cetca-Setel
Móvil
DIRECCION
San José,
100mts oeste
Plaza Deportes,
Uruca
Alajuela, Zona
Franca Saret
Heredia,
Contiguo Escuela
Joaquín Lizano
TELEFONO
2257-5051
2443-6462
2263-2618/
8917-1732
13.3. Los ganadores dispondrán de 5 días hábiles a
partir de realizada la designación, para el retiro efectivo
de los premios definidos en el presente reglamento y
sus condiciones dispuestas. Después de esa fecha,
caducará el derecho para reclamar el premio y se
entenderá para los todos efectos legales, que el titular
del servicio renuncia al mismo.
13.4. Los ganadores de la promoción deberán
mantener al día los servicios que tengan suscritos con
el ICE (telefonía móvil: postpago) al momento del retiro
del premio y para mantener los beneficios adjudicados.
13.5. El lugar definido por el ICE para el retiro del
premio establecido en el presente reglamento, será
Sabana Sur, Torre de Telecomunicaciones ICE, con un
horario de atención desde las 8:00 hasta las 12:00
medio día y de las 13:00 horas hasta las 16:00 horas.
13.6. En la eventualidad de que (los) premio (s)
definidos en el presente reglamento, no puedan ser
entregados al ganador por cualquier incumplimiento
atribuible a éste o a las disposiciones contenidas en
este reglamento, el ICE dispondrá de los premio (s) a su
entera discreción, sin que ello genere ninguna
responsabilidad para el ICE.
Artículo 14: Los ganadores de los viajes dobles deben
cumplir los siguientes requisitos:
14.1. El cliente favorecido de la promoción tendrá un
plazo de 24 horas para confirmar la aceptación del
premio. Una vez cumplido el plazo, y el cliente no haya
emitido confirmación el premio será asignado a otro
cliente.
14.2. El ganador del viaje debe contar con pasaporte y
VISA Estadounidense al día (no menos de 6 meses de
vigencia).
14.3. El ICE indicará al ganador, la fecha en que se hará
efectivo el premio, en caso de no contar con pasaporte
para esa fecha, el premio no podrá ser entregado, por
lo que el ICE hará uso del mismo a su entera discreción,
sin que ello genere ninguna responsabilidad para el
ICE.
14.4. Es responsabilidad del ganador y correrá por su
propia cuenta, contar con todas las condiciones
necesarias para visitar el país de destino, así como
cualquier cambio que este realice en relación con
itinerarios, vuelos, estadías o cualquier otro cambio
no incluido en el paquete que se le otorga.
14.5. El ganador declara y acepta que viaja bajo su
entero consentimiento por lo que libera al ICE de
toda responsabilidad.
14.6. El premio otorgado no es transferible ni
negociable. El ganador no podrá solicitar su
equivalente en dinero, ni ninguna otra variación
distinta de lo que consiste el premio.
Artículo 15: La promoción está sujeta a las
condiciones y limitaciones que se indican en éste
reglamento, incluyendo las siguientes:
15.1. Los clientes que resulten ganadores deberán
firmar un documento de recibido contra entrega del
premio, el cual autoriza al ICE de manera irrevocable
para que su nombre e imagen aparezcan en
publicaciones y demás medios publicitarios y en
general en todo material de divulgación de las
actividades posteriores a la promoción, como
entrega y recibo del premio sin que eso implique
remuneración o compensación adicional ni reclamos
por derechos de imagen. Esta autorización es un
requisito indispensable para ser acreedor del premio.
15.2. El ICE no se hará responsable por accidentes,
enfermedades, muertes o gastos médicos por una
mala manipulación de los premios que se produzcan
a partir del retiro, disfrute y otras actividades
desarrolladas por el titular del servicio que resulte
ganador del premio. Adicionalmente aceptan
expresamente que la responsabilidad del ICE se
limita únicamente a la entrega del premio, quedando
exonerado de toda responsabilidad, culpa, reclamo,
demanda y acción ante cualquier instancia
administrativa y/o judicial por los efectos que directa
o indirectamente puedan derivarse de esta
promoción, ante el uso, aceptación y disfrute del
mismo.
RESPONSABILIDADES Y RESTRICCIONES
Artículo 16: De acuerdo con lo establecido en el
Artículo 1 del presente reglamento, el ICE es el único
organizador de la promoción. En este sentido, no se
hace responsable por los daños y perjuicios
ocasionados a cualquier persona, en virtud del envío
de mensajes de contenido vía SMS y/o llamadas
telefónicas provenientes de terceras personas, en los
que se haga referencia a la ppromoción.
Artículo 17: Todos aquellos clientes físicos y jurídicos
que deseen participar en la presente promoción,
entienden y aceptan que con el solo hecho de
ejecutar cualquiera de las mecánicas descritas en
este reglamento, se obligan a someterse en todos
sus extremos. Asimismo, es obligación de cada
participante leer e informarse acerca del contenido
del mismo.
Artículo 18: El ICE podrá introducir todas las
medidas de seguridad que considere convenientes
para el buen desarrollo de la promoción, la cual será
suspendida en forma inmediata sin asumir
responsabilidad alguna, si se llegaren a detectar
fraudes o cualquier otra irregularidad que suceda
con los servicios de telecomunicaciones asociados a
esta promoción, o si se presentara una circunstancia
de fuerza mayor, caso fortuito o hecho de tercero que
afecte gravemente los intereses del ICE.
Artículo 19: La promoción está sujeta a las
condiciones y limitaciones que se indican en el
presente reglamento, incluyendo las siguientes:
19.1. Cualquier situación anormal que se presentara
eventualmente con la promoción y que no estuviera
prevista en el presente reglamento, será resuelta por
el ICE, en estricto apego a la legislación
costarricense.
19.2. Los clientes deberán mantener actualizado en
todo momento la información personal suministrada
en sus respectivos contratos de servicios o anexos
suscritos con el ICE, así como el nombre o razón
social, dirección exacta, número telefónico de
referencia, correo electrónico y cualquier otra
información que sea necesaria para su localización.
Siendo así que los clientes y usuarios de esta
promoción aceptan como fidedignos y válidos para
todos los efectos, los datos registrados en los
sistemas corporativos y bases informáticas del ICE.
19.3. Los clientes que resulten ganadores, deberán
firmar un documento de recibido conforme, el cual
autoriza al ICE de manera irrevocable para que su
nombre e imagen aparezcan en publicaciones y
demás medios publicitarios y en general, en todo
material de divulgación
de las actividades
posteriores a la Promoción, como entrega y recibo
del premio, sin que implique remuneración o
compensación adicional, ni reclamos por derechos
de imagen. Esta autorización es un requisito
indispensable para hacerse acreedor del premio.
19.4. El ICE no se hará responsable por accidentes,
enfermedades, muertes o gastos médicos que se
produzcan a partir del retiro, disfrute y otras
actividades desarrolladas por el titular del servicio
que resulte ganador del premio; de igual manera
aplicará el mismo alcance para el (los)
acompañante(s) que designe el titular del servicio
ganador de manera voluntaria. Adicionalmente,
aceptan expresamente que la responsabilidad del
ICE se limita únicamente a la entrega del premio,
quedando exonerado de toda responsabilidad, culpa,
reclamo, demanda y acción ante cualquier instancia
administrativa y/o judicial por los efectos que directa
o indirectamente puedan derivarse de esta
Promoción, ante el uso, aceptación y disfrute del
mismo.
19.5. El ICE no sumirá responsabilidad alguna, por
acciones u omisiones del titular del premio, que
conlleven la imposibilidad de su disfrute, tal es el
caso de trámites migratorios, pasaporte, visas,
asunto legales o judiciales, impedimentos de salida
del país y otros similares.
19.6. Los clientes que resulten ganadores, no
pueden exigir la devolución, mejora y/o intercambio
del premio, a cambio de dinero u otro beneficio que
así pondere el ganador ante el ICE; de la misma
manera se establece que el premio no posee un
valor comercial y por lo tanto, el cliente y/o usuario no
podrán comercializarlo en el mercado, siendo el
ganador y/o usuario el único responsable del uso
que se le dé al mismo. De igual forma el ICE no se
hará responsable de gastos en que incurra el
ganador por el traslado y otros rubros destinados
para el disfrute y/o retiro del premio.
19.7. Cuando la naturaleza del premio, se encuentre
asociado a un evento público de cualquier índole que
no sea organizado por el ICE y éste es cancelado o
pospuesto por causas ajenas al ICE, éste último no
asume ninguna responsabilidad al respecto. Así
mismo, en caso de que el evento sea pospuesto, las
entradas serán validadas en la forma que el
organizador
exclusivamente
señale
en
los
comunicados públicos, siendo así que exime de toda
responsabilidad al ICE en dicha situación, por ende
los clientes ganadores
así como el (los)
acompañante(s) que designe el titular del servicio
ganador de manera voluntaria, no podrán exigir la
devolución del dinero a cambio de la entrada; ya que
las mismas carecen de valor comercial, según se
dispone en el presente Reglamento.
19.8. Si se demuestra que una persona disfruta de la
promoción por medio de engaño o fraude, el ICE
podrá reclamar el pago completo del premio
relacionado con la promoción asignados al titular del
servicio en cuestión. Los clientes que participan en la
promoción aceptan y entienden que, con el solo
hecho de realizar la mecánica de participación en la
promoción, autorizan al ICE a enviar toda clase de
información de cualquier tipo, sea o no de la misma
promoción. El cliente tiene la posibilidad de solicitar
en cualquier momento la suspensión del envío de
esta información sin costo alguno adicional,
llamando al 1193 para solicitar la exclusión de la base
de datos.
Artículo 20: Para evitar delitos de falsedad
ideológica, el retiro de los premios por parte de
personas físicas será un acto personalísimo.
20.1. El titular o usuario del servicio que resulte
ganador, para retirar el premio respectivo deberá, de
previo, cumplir con los siguientes requisitos:
20.2. Los costarricenses mayores de edad deberán
presentarse con su cédula de identidad vigente y en
buen estado.
20.3. Los extranjeros mayores de edad deberán
presentarse con su cédula de residencia vigente o su
pasaporte y VISA Estadounidense vigente, ambos en
buen estado.
20.4. Los menores de edad deberán presentarse
con un adulto responsable del mismo, sea uno de
sus padres que ejerza la patria potestad o bien un
tutor nombrado legalmente, para lo cual deberá
aportar
los
documentos
respectivos
que
comprueben tal condición, además presentar su
tarjeta de identificación de menores, en buen estado.
El ICE no asume responsabilidad alguna, por el uso
del premio por parte de un menor de edad que
resulte ganador.
20.5. Las personas jurídicas deberán ser
representadas por un apoderado con facultades
suficientes para recibir el premio, con poder inscrito
en el Registro Público, además deberán presentar
una certificación de personería extendida por el
Registro Nacional o Notario Público con no más de
un mes de emitida y deberá portar su cédula de
identidad vigente y en buen estado.
20.6. Caso contrario, cuando la persona que retira el
premio no es el titular o usuario del servicio, deberá
presentar una autorización acompañada de una
fotocopia del documento de identificación del titular
o usuario del servicio, y el respectivo documento de
identificación vigente y en buen estado de la persona
autorizada, el cual debe ser emitido por las
instituciones
gubernamentales
nacionales
competentes.
Artículo 21: Toda la publicidad de la promoción es
con fines ilustrativos.
Artículo 22: El ICE se reserva el derecho de
modificar la mecánica de la promoción o este
reglamento en cualquier momento para introducir
todas aquellas reformas necesarias que mejoren la
promoción. Estos cambios si se hicieran, se darán a
conocer de forma automática en la página web
www.grupoice.com o www.kolbi.cr.
Artículo 23: Para mayor información, así como para
la atención de las consultas respectivas, los clientes
pueden acceder la página web del Grupo ICE:
www.grupoice.com o www.kolbi.cr
Artículo 24: La responsabilidad del ICE se limita
únicamente a hacer efectivos los beneficios descritos
en la promoción, en los términos indicados en el
presente reglamento, quedando exonerado de toda
responsabilidad, culpa, reclamo, demanda y acción
ante cualquier instancia administrativa y/o judicial
por los efectos que directa o indirectamente podrían
derivarse de esta Promoción, ante el uso, aceptación
y disfrute del mismo.
Artículo 25: El presente reglamento rige a partir de
su publicación en la página web del Grupo ICE
www.kolbi.cr.
Derechos reservados 2016. Prohibida su reproducción por
cualquier medio. Gerencia de Telecomunicaciones,
División Mercadeo. La mecánica y derechos contenidos
en el presente reglamento se encuentran amparados por
la legislación nacional e internacional en materia de
propiedad intelectual.