REGLAMENTO DE REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN CÖMO NO VOY A SER DE LOS QUE VIVEN LA COPA AMÉRICA CON LA SELE DEL ORGANIZADOR DE LA PROMOCIÓN Artículo 1: La mecánica, la organización, la publicidad y los derechos relacionados con la Promoción “Cömo no voy a ser de los que viven la Copa América con la Sele”, en adelante denominada la “promoción” son propiedad exclusiva del Instituto Costarricense de Electricidad, en adelante denominado “ICE”. Artículo 2: El presente Reglamento de Requisitos y Condiciones de la Promoción “Cömo no voy a ser de los que viven la Copa América con la Sele”, en adelante denominado “reglamento”, establece las reglas para participar en la Promoción que realiza el ICE entre los clientes nuevos y actuales, que adquieran los servicios de telefonía móvil (planes postpago o fusión k) asociados a los teléfonos marca Samsung disponibles en la oferta comercial de kölbi durante los días de la promoción, según los términos descritos en el presente reglamento. Artículo 3: La vigencia de la promoción es por tiempo limitado, inicia el día 27 de abril del 2016 a las 00:00 horas y finaliza el día 16 de mayo del 2016 a las 23:59 horas. Artículo 4: Para efectos del presente reglamento, los clientes y usuarios aceptan y entienden, que los beneficios de esta promoción serán adjudicados, únicamente a los “titulares de los servicios” a través de los cuales se participa de esta promoción, y que por ende, su nombre y número de identificación se encuentran registrados y asociados a dichos servicios en los sistemas corporativos del ICE. DE LA PARTICIPACIÓN DE LA PROMOCIÓN Artículo 5: Participan todos aquellos clientes físicos (mayores y menores de edad) y jurídicos que suscriban o tengan al día los servicios de telefonía móvil (postpago); los cuales para efectos de la promoción estarán sujetos a las condiciones propias de la mecánica descrita en el presente reglamento. Esta misma condición (estar al día con los servicios) deberá permanecer durante el periodo de goce del beneficio otorgado, pues caso contrario, el ICE podrá no aplicar el beneficio definido en el actual reglamento. MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN Artículo 6: La mecánica de participación, se define en los siguientes artículos: 6.1. Mecánica primera: Contratá un Plan Postpago o Fusiön K con un teléfono marca Samsung y quedá participando Televisores Smart TV LED 55” y viajes dobles a la Copa América Centenario + $1000 para gastos. 6.1.1. Aquellos clientes que adquieran planes postpago y fusiön k en contratos de permanencia de 24 meses asociados a cualquier teléfono marca Samsung disponible en la oferta comercial de kölbi quedarán participando de forma automática por: • 10 Televisores Smart TV LED 55” Curva Full HD. • 3 viajes dobles a los 3 primeros partidos de la Sele en la Copa América Centenario + $1000 ( Mil dólares ) para gastos. CONDICIONES DE LAS MECÁNICAS Artículo 7: Para la mecánica descrita en éste reglamento aplican las siguientes condiciones: 7.1. Es obligación de cada concursante leer e informarse acerca del contenido del presente Reglamento que estará publicado en la siguiente página Web: www.kolbi.cr. 7.2. Los ganadores serán elegidos solamente para un premio, por lo tanto, el titular de una línea no podrá ser acreedora más de un premio durante la vigencia de ésta promoción. DE LA DESIGNACION DE LOS GANADORES Artículo 8: La designación de los ganadores se llevará a cabo el día 17 de mayo del 2016 en las instalaciones del ICE, en presencia de dos funcionarios de la División de Mercadeo y un notario público del ICE. Periodo de promoción 27 de abril al 16 de mayo, 2016. Obsequio Fecha de la designación Fecha máxima para retirar premio Televisores Samsung Smart TV LED 55” Viajes a la Copa América Centenario 17 de mayo, 2016. 2 4 de mayo, 2016. Artículo 9: Para la selección de los ganadores, se utilizará la base de datos de los servicios de los clientes participantes en la mecánica establecida en esta promoción y que cumplen con los requisitos dispuestos en el presente reglamento, utilizando un programa que seleccione de forma aleatoria (random) a los ganadores. Una vez verificada la procedencia de estos y que cumplan con las condiciones indicadas en el artículo cinco de este reglamento, el ICE llamará a todos los clientes que resultaron favorecidos. Artículo 10: Después de haber realizado tres intentos de llamada telefónica no completadas a los números registrados en la base de los ganadores de la promoción, el personal del ICE, procederá a efectuar bajo las mismas condiciones una segunda designación para la sustitución de dichos ganadores, y así sucesivamente hasta poder completar las cantidades dispuestas de premios, definidos en el presente reglamento. Artículo 11: El día hábil posterior a la realización de los ganadores definidos en el actual Reglamento, el ICE publicará la lista de ganadores en sus redes sociales y otros medios que considere convenientes. Artículo 12: La entrega efectiva del premio correspondiente se realizará en los términos establecidos en el titulo “de los premios y los ganadores” del presente reglamento. DE LOS PREMIOS Y LOS GANADORES Artículo 13: Los premios derivados de la mecánica descrita en el inciso 6.1, del presente reglamento, consisten en 10 Televisores Smart TV LED 55” Curva Full HD y 3 viajes dobles para asistir durante el mes de junio a los 3 primeros partidos de la Selección Mayor Nacional de Futbol en la Copa América Centenario los cuales se designarán de la siguiente manera: Premios Cantidad de obsequios Cantidad de ganadores por planes postpago o fusión k Televisores Samsung Smart TV LED 55” 10 10 Viajes dobles para los 3 primeros partidos de la Sele en la Copa América Centenario 3 3 13.1. Características de los Televisores Smart TV LED 55”: • Televisores con tecnología Smart TV LED de 55 pulgadas, con pantalla Curva Full HD modelo Samsung 55J6500. 13.2. Características de los Viajes dobles para los partidos de la Sele: Resultarán favorecidos 3 ganadores, cada uno obtendrá lo siguiente: • Boletos aéreos San José – Orlando – ChicagoHouston- San José. (ganador y acompañante). • Entradas Categoría 2 para dos personas para asistir a los partidos de la Selección Nacional de Futbol en la primera fase de la Copa América Centenario a realizarse en los Estados Unidos de América entre los días 3 y 12 de junio del 2016. • Hospedaje en habitación doble (ganador y acompañante) durante 9 noches (Chicago, Orlando, Houston). -3 noches de hotel en Chicago, en ocupación doble. -3 noches de hotel en Orlando, Florida en ocupación doble. -3 noches de hotel en Houston, Texas en ocupación doble. • Mil dólares ($1000) para cada ganador (no acompañante) para gastos que no estén estipulados en éste reglamento y se deriven por causa del disfrute del premio. Los gastos de seguros y pólizas así como los documentos y trámites requeridos para viajar son requisitos del país entrante y deberán correr por cuenta de los ganadores y sus acompañantes. • 1 Kit para cada ganador, éste kit incluye un (1) maletín marca New Balance, 2 camisetas de la Selección Nacional de Futbol, obsequios kölbi y obsequios Samsung para el ganador y su (1) acompañante. - El obsequio aportado por Samsung tiene garantía por el plazo de 30 días naturales. En caso de aplicar el reclamo de la misma por daños de fábrica el TALLER Cosmos Electrónica Fruno Cetca-Setel Móvil DIRECCION San José, 100mts oeste Plaza Deportes, Uruca Alajuela, Zona Franca Saret Heredia, Contiguo Escuela Joaquín Lizano TELEFONO 2257-5051 2443-6462 2263-2618/ 8917-1732 13.3. Los ganadores dispondrán de 5 días hábiles a partir de realizada la designación, para el retiro efectivo de los premios definidos en el presente reglamento y sus condiciones dispuestas. Después de esa fecha, caducará el derecho para reclamar el premio y se entenderá para los todos efectos legales, que el titular del servicio renuncia al mismo. 13.4. Los ganadores de la promoción deberán mantener al día los servicios que tengan suscritos con el ICE (telefonía móvil: postpago) al momento del retiro del premio y para mantener los beneficios adjudicados. 13.5. El lugar definido por el ICE para el retiro del premio establecido en el presente reglamento, será Sabana Sur, Torre de Telecomunicaciones ICE, con un horario de atención desde las 8:00 hasta las 12:00 medio día y de las 13:00 horas hasta las 16:00 horas. 13.6. En la eventualidad de que (los) premio (s) definidos en el presente reglamento, no puedan ser entregados al ganador por cualquier incumplimiento atribuible a éste o a las disposiciones contenidas en este reglamento, el ICE dispondrá de los premio (s) a su entera discreción, sin que ello genere ninguna responsabilidad para el ICE. Artículo 14: Los ganadores de los viajes dobles deben cumplir los siguientes requisitos: 14.1. El cliente favorecido de la promoción tendrá un plazo de 24 horas para confirmar la aceptación del premio. Una vez cumplido el plazo, y el cliente no haya emitido confirmación el premio será asignado a otro cliente. 14.2. El ganador del viaje debe contar con pasaporte y VISA Estadounidense al día (no menos de 6 meses de vigencia). 14.3. El ICE indicará al ganador, la fecha en que se hará efectivo el premio, en caso de no contar con pasaporte para esa fecha, el premio no podrá ser entregado, por lo que el ICE hará uso del mismo a su entera discreción, sin que ello genere ninguna responsabilidad para el ICE. 14.4. Es responsabilidad del ganador y correrá por su propia cuenta, contar con todas las condiciones necesarias para visitar el país de destino, así como cualquier cambio que este realice en relación con itinerarios, vuelos, estadías o cualquier otro cambio no incluido en el paquete que se le otorga. 14.5. El ganador declara y acepta que viaja bajo su entero consentimiento por lo que libera al ICE de toda responsabilidad. 14.6. El premio otorgado no es transferible ni negociable. El ganador no podrá solicitar su equivalente en dinero, ni ninguna otra variación distinta de lo que consiste el premio. Artículo 15: La promoción está sujeta a las condiciones y limitaciones que se indican en éste reglamento, incluyendo las siguientes: 15.1. Los clientes que resulten ganadores deberán firmar un documento de recibido contra entrega del premio, el cual autoriza al ICE de manera irrevocable para que su nombre e imagen aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, como entrega y recibo del premio sin que eso implique remuneración o compensación adicional ni reclamos por derechos de imagen. Esta autorización es un requisito indispensable para ser acreedor del premio. 15.2. El ICE no se hará responsable por accidentes, enfermedades, muertes o gastos médicos por una mala manipulación de los premios que se produzcan a partir del retiro, disfrute y otras actividades desarrolladas por el titular del servicio que resulte ganador del premio. Adicionalmente aceptan expresamente que la responsabilidad del ICE se limita únicamente a la entrega del premio, quedando exonerado de toda responsabilidad, culpa, reclamo, demanda y acción ante cualquier instancia administrativa y/o judicial por los efectos que directa o indirectamente puedan derivarse de esta promoción, ante el uso, aceptación y disfrute del mismo. RESPONSABILIDADES Y RESTRICCIONES Artículo 16: De acuerdo con lo establecido en el Artículo 1 del presente reglamento, el ICE es el único organizador de la promoción. En este sentido, no se hace responsable por los daños y perjuicios ocasionados a cualquier persona, en virtud del envío de mensajes de contenido vía SMS y/o llamadas telefónicas provenientes de terceras personas, en los que se haga referencia a la ppromoción. Artículo 17: Todos aquellos clientes físicos y jurídicos que deseen participar en la presente promoción, entienden y aceptan que con el solo hecho de ejecutar cualquiera de las mecánicas descritas en este reglamento, se obligan a someterse en todos sus extremos. Asimismo, es obligación de cada participante leer e informarse acerca del contenido del mismo. Artículo 18: El ICE podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo de la promoción, la cual será suspendida en forma inmediata sin asumir responsabilidad alguna, si se llegaren a detectar fraudes o cualquier otra irregularidad que suceda con los servicios de telecomunicaciones asociados a esta promoción, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor, caso fortuito o hecho de tercero que afecte gravemente los intereses del ICE. Artículo 19: La promoción está sujeta a las condiciones y limitaciones que se indican en el presente reglamento, incluyendo las siguientes: 19.1. Cualquier situación anormal que se presentara eventualmente con la promoción y que no estuviera prevista en el presente reglamento, será resuelta por el ICE, en estricto apego a la legislación costarricense. 19.2. Los clientes deberán mantener actualizado en todo momento la información personal suministrada en sus respectivos contratos de servicios o anexos suscritos con el ICE, así como el nombre o razón social, dirección exacta, número telefónico de referencia, correo electrónico y cualquier otra información que sea necesaria para su localización. Siendo así que los clientes y usuarios de esta promoción aceptan como fidedignos y válidos para todos los efectos, los datos registrados en los sistemas corporativos y bases informáticas del ICE. 19.3. Los clientes que resulten ganadores, deberán firmar un documento de recibido conforme, el cual autoriza al ICE de manera irrevocable para que su nombre e imagen aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general, en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la Promoción, como entrega y recibo del premio, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen. Esta autorización es un requisito indispensable para hacerse acreedor del premio. 19.4. El ICE no se hará responsable por accidentes, enfermedades, muertes o gastos médicos que se produzcan a partir del retiro, disfrute y otras actividades desarrolladas por el titular del servicio que resulte ganador del premio; de igual manera aplicará el mismo alcance para el (los) acompañante(s) que designe el titular del servicio ganador de manera voluntaria. Adicionalmente, aceptan expresamente que la responsabilidad del ICE se limita únicamente a la entrega del premio, quedando exonerado de toda responsabilidad, culpa, reclamo, demanda y acción ante cualquier instancia administrativa y/o judicial por los efectos que directa o indirectamente puedan derivarse de esta Promoción, ante el uso, aceptación y disfrute del mismo. 19.5. El ICE no sumirá responsabilidad alguna, por acciones u omisiones del titular del premio, que conlleven la imposibilidad de su disfrute, tal es el caso de trámites migratorios, pasaporte, visas, asunto legales o judiciales, impedimentos de salida del país y otros similares. 19.6. Los clientes que resulten ganadores, no pueden exigir la devolución, mejora y/o intercambio del premio, a cambio de dinero u otro beneficio que así pondere el ganador ante el ICE; de la misma manera se establece que el premio no posee un valor comercial y por lo tanto, el cliente y/o usuario no podrán comercializarlo en el mercado, siendo el ganador y/o usuario el único responsable del uso que se le dé al mismo. De igual forma el ICE no se hará responsable de gastos en que incurra el ganador por el traslado y otros rubros destinados para el disfrute y/o retiro del premio. 19.7. Cuando la naturaleza del premio, se encuentre asociado a un evento público de cualquier índole que no sea organizado por el ICE y éste es cancelado o pospuesto por causas ajenas al ICE, éste último no asume ninguna responsabilidad al respecto. Así mismo, en caso de que el evento sea pospuesto, las entradas serán validadas en la forma que el organizador exclusivamente señale en los comunicados públicos, siendo así que exime de toda responsabilidad al ICE en dicha situación, por ende los clientes ganadores así como el (los) acompañante(s) que designe el titular del servicio ganador de manera voluntaria, no podrán exigir la devolución del dinero a cambio de la entrada; ya que las mismas carecen de valor comercial, según se dispone en el presente Reglamento. 19.8. Si se demuestra que una persona disfruta de la promoción por medio de engaño o fraude, el ICE podrá reclamar el pago completo del premio relacionado con la promoción asignados al titular del servicio en cuestión. Los clientes que participan en la promoción aceptan y entienden que, con el solo hecho de realizar la mecánica de participación en la promoción, autorizan al ICE a enviar toda clase de información de cualquier tipo, sea o no de la misma promoción. El cliente tiene la posibilidad de solicitar en cualquier momento la suspensión del envío de esta información sin costo alguno adicional, llamando al 1193 para solicitar la exclusión de la base de datos. Artículo 20: Para evitar delitos de falsedad ideológica, el retiro de los premios por parte de personas físicas será un acto personalísimo. 20.1. El titular o usuario del servicio que resulte ganador, para retirar el premio respectivo deberá, de previo, cumplir con los siguientes requisitos: 20.2. Los costarricenses mayores de edad deberán presentarse con su cédula de identidad vigente y en buen estado. 20.3. Los extranjeros mayores de edad deberán presentarse con su cédula de residencia vigente o su pasaporte y VISA Estadounidense vigente, ambos en buen estado. 20.4. Los menores de edad deberán presentarse con un adulto responsable del mismo, sea uno de sus padres que ejerza la patria potestad o bien un tutor nombrado legalmente, para lo cual deberá aportar los documentos respectivos que comprueben tal condición, además presentar su tarjeta de identificación de menores, en buen estado. El ICE no asume responsabilidad alguna, por el uso del premio por parte de un menor de edad que resulte ganador. 20.5. Las personas jurídicas deberán ser representadas por un apoderado con facultades suficientes para recibir el premio, con poder inscrito en el Registro Público, además deberán presentar una certificación de personería extendida por el Registro Nacional o Notario Público con no más de un mes de emitida y deberá portar su cédula de identidad vigente y en buen estado. 20.6. Caso contrario, cuando la persona que retira el premio no es el titular o usuario del servicio, deberá presentar una autorización acompañada de una fotocopia del documento de identificación del titular o usuario del servicio, y el respectivo documento de identificación vigente y en buen estado de la persona autorizada, el cual debe ser emitido por las instituciones gubernamentales nacionales competentes. Artículo 21: Toda la publicidad de la promoción es con fines ilustrativos. Artículo 22: El ICE se reserva el derecho de modificar la mecánica de la promoción o este reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas reformas necesarias que mejoren la promoción. Estos cambios si se hicieran, se darán a conocer de forma automática en la página web www.grupoice.com o www.kolbi.cr. Artículo 23: Para mayor información, así como para la atención de las consultas respectivas, los clientes pueden acceder la página web del Grupo ICE: www.grupoice.com o www.kolbi.cr Artículo 24: La responsabilidad del ICE se limita únicamente a hacer efectivos los beneficios descritos en la promoción, en los términos indicados en el presente reglamento, quedando exonerado de toda responsabilidad, culpa, reclamo, demanda y acción ante cualquier instancia administrativa y/o judicial por los efectos que directa o indirectamente podrían derivarse de esta Promoción, ante el uso, aceptación y disfrute del mismo. Artículo 25: El presente reglamento rige a partir de su publicación en la página web del Grupo ICE www.kolbi.cr. Derechos reservados 2016. Prohibida su reproducción por cualquier medio. Gerencia de Telecomunicaciones, División Mercadeo. La mecánica y derechos contenidos en el presente reglamento se encuentran amparados por la legislación nacional e internacional en materia de propiedad intelectual.
© Copyright 2025