SUPLEMENTO EDITADO Y PRODUCIDO POR GRUPO HORO La Razón no se hace responsable de los contenidos publicados en este suplemento LUNES, 18 DE ABRIL DE 2016 TRIBUNA DEL DERECHO 2 • Tribuna del Derecho Lunes, 14 de marzo de 2016 Pulso judicial a cuenta de las cláusulas suelo El Tribunal de Justicia de la Unión Europea tiene la última palabra Declaradas nulas por el Tribunal Supremo, lo que ahora debe dirimirse es la retroactividad de las cláusulas suelo. Mientras la justicia da una y otra vez la razón a los clientes, la Banca recurre, y en esas estamos. En este recorrido, la mirada está ahora puesta en el próximo 26 de abril, fecha en la que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) deberá dictaminar al respecto. E l próximo día 26 de abril será un gran día para la Banca o para sus clientes. Una de dos. Y es que ese día el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tendrá que resolver sobre la retroactividad de la nulidad de las cláusulas suelo, unas cláusulas que establecen una cuantía mínima que el hipotecado debe seguir pagando pese a la bajada del Euríbor y que han venido marcando las cuotas hipotecarias en el contexto de la crisis. Dichas cláusulas, consideradas abusivas, fueron declaradas ya nulas por el Tribunal Supremo en 2013. Si ahora se reconoce su retroactividad, la Banca debería devolver todo lo que ha cobrado de más a sus clientes. Si no, aunque el Tribunal Supremo haya declarado su nulidad, la Banca gana y solo devuelve a partir de 2013. Y si de momento no gana, lo que sí hará es ganar tiempo, porque diga lo Las cláusulas suelo son nulas. Así lo establece la sentencia de la macrocausa que enjuiciaba esta condición para el grueso de la banca española. En unos días el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunciará sobre su retroactividad que diga el TJUE, las entidades podrán recurrir asegurando que el cliente era consciente en todo momento del alcance de dichas cláusulas y que, por tanto, no ha lugar a considerar que su actuación sea un ejemplo de mala práctica bancaria. Mientras toca seguir esperando, algunos bancos intentan soltar lastre proponiendo a sus clientes pasar de interés variable a interés fijo. Una estrategia con la que buscan cubrirse las espaldas ante una hipotética sentencia judicial que no les beneficie. ¿Pasar de interés variable a interés fijo? Lo que se tiene que dirimir el TJUE no es la nulidad de la cláusula suelo, ya confirmada por el Tribunal Supremo, sino su retroactividad. El Tribunal Supremo, en sentencia del 25 de marzo de 2015, posterior a la de 9 de mayo de 2013, introduce una limitación temporal a la devolución de cantidades indebidamente pagadas por los clientes, fijando precisamente la fecha del 9 de mayo de 2013 como día a partir del cual la nulidad surte efectos. Ante el escenario que se dibuja y la proximidad del 26 de abril, algunas entidades bancarias llevan semanas ofreciendo a sus clientes una mejora de condiciones en sus hipotecas, proponiendo pasar de un tipo de interés variable a un interés fijo, con lo que se consiguen cuotas mensuales más económicas. A la práctica, es como la motivación del palo y la zanahoria que se utiliza para hacer avanzar al caballo: se trata de mejorar las condiciones al cliente para que firme un interés fijo, a cambio de una rebaja en su cuota, sí, pero también de su compromiso de no emprender acciones legales contra su entidad en el caso de que la decisión del TJUE anule todos los suelos y declare su total retroactividad. Los clientes reciben llamadas de los gestores de sus bancos haciéndoles la propuesta, quienes no les explican el contexto en el que esta nueva oferta se produce, ni que el hecho de que con la firma del nuevo contrato se adquiere un compromiso para no emprender acciones legales con el fin de reclamar en el futuro los teóricos intereses pagados de más en el pasado. El cliente que está bien informado lo sabe y puede decidir con conocimiento de causa, el que no, se deja llevar por el atractivo de una rebaja en su cuota y firma las nuevas condiciones. Por ello, desde ADICAE, Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros, se recomienda no acogerse a dichas propuestas. Los bancos –aseguran- están tratando de cambiar al menos parte de su cartera crediticia para reducir el impacto ante una hipotética sentencia judicial que anulara las cláusulas suelo y obligara a devolver el dinero. No debe negociarse ninguna condición que no sea la eliminación de la cláusula y la devolución del dinero. Así, ante la pregunta de si quiere pasar de interés variable a interés fijo, la respuesta recomendada y más prudente teniendo en cuenta que se está pendiente de la decisión del TJUE sería ‘no gracias’. Desde esta organización de usuarios están convencidos de que la justicia les dará la razón en la aplicación retroactiva más allá de mayo de 2013, porque sobre la nulidad de las cláusulas suelo ya se la ha dado. De hecho, la noticia es de hace tan solo unos días: una juez declara nulas todas las cláusulas suelo de las hipotecas. El Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid resolvía a principios de abril la macrodemanda de cláusulas suelo interpuesta por ADICAE contra los bancos con motivo de las cláusulas suelo impuestas en sus hipotecas, la mayor acción judicial interpuesta contra la banca en la historia de España. La condena, que afecta a 40 bancos y cajas de ahorro a eliminar las citadas cláusulas de sus contratos hipotecarios y a cesar en su utilización de forma no transparente, ya ha empezado a ser recurrida por algunas entidades bancarias, por lo que esto tiene pinta de ser el cuento de nunca acabar. Así las cosas, merece la pena recordar que las cláusulas suelo han causado un perjuicio medio a los hogares hipotecados de entre 2.155,1 euros y 4.276,8 euros anuales, para préstamos de entre 150.000 y 250.000 euros. Si tenemos en cuenta que dichas cláusulas llevan comercializándose entre 10 y 12 años, pero que el perjuicio no se habría empezado a producir hasta las caídas de los tipos de interés por debajo de los suelos (año 2009), el sobrecoste podría alcanzar un máximo de 25.000 euros para una familia media, a partir de las cifras difundidas por la propia ADICAE. Tribuna del Derecho • 3 Lunes, 18 de abril de 2016 Entrevista SILVIA BORRELL ABOGADA Y DIRECTORA DE B&B ADVOCATS “Los jueces de lo mercantil han realizado un trabajo magnífico en el tema de las cláusulas suelo” Silvia Borrell lleva más de diez años litigando contra los bancos en asuntos como las preferentes o la cláusula suelo de los créditos hipotecarios. Hemos recurrido a su conocimiento para saber cómo va a afectar a los ciudadanos y al país la reciente sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid que elimina las cláusulas suelo de este tipo de préstamos. ¿En qué consiste la sentencia firmada por la juez Carmen González Suárez del pasado 8 de abril y que afecta a las cláusulas suelo, la conocida ya como sentencia ADICAE? En pocas palabras, la sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid anula las cláusulas suelo de las hipotecas al considerar que ha habido falta de transparencia, lo que, en la práctica, es lo mismo que considerarlas abusivas. ¿Qué diferencia hay entre esta sentencia y la que dictó el Tribunal Supremo el 9 de mayo de 2013? La sentencia del Supremo, que también hablaba de cláusulas abusivas, se refería únicamente a algunos bancos. La de la sentencia ADICAE, por contra, establece que debe aplicarse a la totalidad de las entidades financieras del país. En cuanto a la falta de transparencia, el Tribunal Supremo estableció claramente que este tipo de cláusulas deben ser subrayadas y destacadas en el contrato de préstamos hipotecario, algo que no ha ocurrido en muchos casos. ¿Qué debe decidir Bruselas? Su fallo decidirá si la aplicación de la eliminación de la cláusula suelo y el retorno del dinero pagado por los consumidores –y sus respectivos intereses– debe tener limitación de fecha a mayo de 2013 o si, por el contrario, la retroactividad afecta al inicio de cada hipoteca. Personalmente, creo que este segundo caso es el que debería aplicarse. ¿Por lo tanto afecta a las 40 entidades bancarias de nuestro país? Así es. La demanda afecta esa tado por las preferentes se suicidó acuciado por su situación. Tenía 32 años y se quitó la vida por un problema de 18.000 euros. Verá: soy abogada de la lista de los consulados de Italia, Estados Unidos y el Reino Unido y por esa razón viajo mucho. Cuando explicas algo así en esos países, el sentimiento es de sorpresa por la actitud de los bancos y, en mi caso, de vergüenza ajena de ser española. En otros países, y ya ha habido alguno, los responsables estarían todos en la cárcel. Silvia Borrell durante la entrevista realizada en el Hotel Majestic de Barcelona. “Bruselas decidirá si la aplicación de la eliminación de la cláusula suelo y el retorno del dinero pagado por los consumidores –y sus respectivos intereses– debe tener limitación de fecha a mayo de 2013 o si, por el contrario, la retroactividad afecta al inicio de cada hipoteca” cantidad. En un principio se dirigió a 101 entidades, pero el proceso de concentración del sector ha hecho que la cifra se reduzca. ción ante la Sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid, que es la competente en asuntos de naturaleza mercantil. ¿Es una sentencia firme o los bancos podrán recurrirla? La sentencia será recurrida. De hecho, el Banco Sabadell ha sido la primera entidad en anunciar ese recurso y seguramente se le añadirán otros bancos que tampoco creen que las cláusulas sean abusivas. En mi opinión, con este tipo de cláusulas las entidades han buscado presuntamente recapitalizarse, del mismo modo que ocurrió con las cláusulas de redondeo o con las preferentes. Ahora, en caso de que finalmente tengan que devolver todo ese dinero, los bancos deberán estudiar la forma de hacerlo sin que se resienta su estructuras financiera. Pero, respondiendo a su pregunta, la sentencia es recurrible en apelación en un plazo de 20 días desde su notifica- ¿Cree que la sentencia creará jurisprudencia o cada caso se estudiará por separado? Una vez sea firme, estoy convencida de que creará jurisprudencia. ¿Todos los propietarios en cuya hipoteca esté presente esta cláusula suelo podrán reclamar los intereses pagados de más desde el 9 de mayo de 2013? Así es. No solo podrán reclamar el dinero pagado de más, sino que también verán desaparecer ese tipo de cláusulas. De acuerdo con la estimación parcial de la macrodemanda y aplicando la doctrina del Tribunal Supremo, la sentencia afecta a cerca de 15.000 afectados. En mi caso, están pendientes de este proceso 500 clientes de mi bufete. ¿La vía judicial es la única para reclamar es dinero? Por mi experiencia, sí. Mi trabajo de diez años en este campo me ha demostrado que las reclamaciones en la oficina bancaria sirven de bien poco y raramente se obtienen reembolsos de forma voluntaria, de manera que los juzgados son la vía adecuada para canalizar estas reclamaciones. ¿Qué papel están jugando los jueces en esta materia? Me gustaría felicitar a los jueces de lo mercantil y, concretamente, a los de Barcelona. Siempre han estado a la altura de las circunstancias y han redactado y emitido sentencias muy buen fundamentales y argumentadas, ajustadas a la jurisprudencia y, sobre todo, cargadas de sentido común y de lógica. Esa gran forma de trabajar merece también el reconocimiento de los consumidores. Es un tema muy sensible. Tanto las cláusulas suelo como las preferentes han causado un gran daño a muchas familias, gente que ha perdido su patrimonio o su casa por lo que presuntamente son malas prácticas del sector bancario. Yo misma viví de cerca uno de esos problemas cuando un cliente afec- Con esta sentencia se abre un nuevo panorama para los consumidores... Sí, pero todavía queda mucho por hacer porque estoy encontrando clientes a quienes se les propone un préstamo hipotecario con cláusula suelo encubierta en forma de diferenciales del Euribor mucho más altos, incluso superiores al 2%. También pienso que debería aplicarse esa sentencia a las hipotecas que usan el Índices de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), un índice que se utiliza poco pero que durante años fue muy empleado en hipotecas todavía vigentes. Lo que ocurre es que hay que batallar mucho con las entidades financieras cuando el propio Banco de España te dice que las preferentes o este tipo de cláusulas son prácticas regulares. ¿Son los juzgados la vía para encontrar la solución? En la vida no hay que buscar culpables ni lamentaciones, sino soluciones. Esa frase de mi padre, Jordi Borrell Solans, a quien perdí hace poco, lo resume todo muy bien. Él me transmitió el legado de humanidad que puede tener una persona y la satisfacción y la recompensa del trabajo bien hecho y el coraje de estar siempre por muchas que sean las adversidades. Este coraje lo han tenido y yo se lo he transmitido a todos mis clientes, y en general a todas las personas que se han visto afectadas por los abusos que han sido realizadas por todas las entidades bancarias. Procuro aplicarlo día a día y, por mi experiencia, los juzgados son una herramienta que puede ayudarnos a encontrar esas soluciones porque, a día de hoy, creo que lo único que funciona en España son los jueces y la policía. www.bufeteborrell.com 4 • Tribuna del Derecho Lunes, 18 de abril de 2016 Entrevista JOSÉ IGNACIO CHÉRCOLES RONCAL Y CHÉRCOLES ASOCIADOS “La explosión de la burbuja inmobiliaria nos sitúa ante un semillero de pleitos por plusvalía” Roncal & Chércoles asociados es un despacho de abogados multidisciplinar nacido en el año 1998, cuando José Ignacio Chércoles y Javier Roncal inician su andadura conjunta tras años de experiencia profesional en Madrid. Les preguntamos sobre el impuesto de incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, por el que como consecuencia de la transmisión de la propiedad de un inmueble se tiene que pagar el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, también conocido como plusvalía. ¿Es constitucional el derecho de los municipios a exigir el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana? La respuesta de si es constitucional este tributo o la forma de calcularlo es algo que corresponderá al Tribunal Constitucional, atendiendo a alguna de las cuestiones de inconstitucionalidad que se han presentado. Lo que no cabe duda es que es contrario a nuestro ordenamiento tributario no respetar el “principio de capacidad eco- “El impuesto de plusvalía debe recurrirse cuando se vulnera el principio de capacidad económica que se establece en nuestra Constitución” nómica” que se establece nuestra Constitución. Esto es lo que está ocurriendo con este Impuesto. Se exige tanto cuando ha existido una pérdida real de valor en el terreno, sino cuando se grava una plusvalía ficticiamente calculada mayor que la real. ¿Por qué dice ficticiamente calculada? Porque la forma de cálculo de la base imponible de este tributo es la de estimación objetiva que, si bien es una forma de determinación de la base imponible prevista en la Ley General Tributaria, lo debe ser solo a voluntad expresa del contribuyente, como ocurre en el Sistema de Estimación Objetiva en el IRPF. El legislador, en aras a facilitar la exacción de este impuesto por los entes locales, determinó una fórmula de cálculo que se aleja de la realidad y establece unos porcentajes y coeficientes para determinarlo en función de los años de tenencia. En su opinión ¿Cuándo se debe recurrir este impuesto? Cuando se vulnera el principio de capacidad económica, y yo aquí distinguiría dos escenarios. En el primero de ellos, siempre en el ca- so de existencia de pérdida por la diferencia entre el precio de compra y venta del inmueble. Hay que recordar que lo que se grava es el “incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana”. En este caso, los tribunales han venido estimando que estamos en un caso de no existencia del hecho imponible y, por tanto, de no sujeción al mismo. También, y según se manifieste el Tribunal Constitucional, creo que sería muy cuestionable la forma de determinación de la base imponible, pese a que pueda existir un incremento de valor. ¿Qué pasos que debería seguir un contribuyente que, habiendo sufrido una pérdida en la transmisión del inmueble, tiene que pagar la plusvalía? La forma de exacción del impuesto es la autoliquidación, que el contribuyente debe presentar. En ese caso, al no estar ante un acto administrativo recurrible, deberíamos instar un procedimiento para la devolución de ingresos indebidos, que será rechazado por el ayuntamiento. Es sobre este acto sobre el que tenemos que recurrir en vía administrativa y luego en vía contenciosa administrativa ante los juzgados de lo contencioso administrativo. Estamos, debido a la explosión de la burbuja inmobiliaria, ante un semillero de pleitos. Pero será una buena oportunidad para reformular el IIVTNU y, asimismo, hacerlo conciliar con el IRPF, que también grava la plusvalía de todo el inmueble en el mismo contribuyente, y evitar así la doble imposición. También se debería armonizar el impuesto y asumir alguna de las exenciones que se contemplan en el IRPF. www.roncalychercoles.com Entrevista FRANCISCO RUIZ ECONOMISTA Y AUDITOR. RUIZ Y ASOCIADOS “El plan de prevención de riesgos penales es de importancia vital para una empresa” La responsabilidad penal de las empresas afecta no solo a los delitos que se cometan en el seno de su organización, sino también a los que puedan cometer terceros como proveedores, subcontratas o autónomos que presten sus servicios a la compañía. Por eso, este despacho sevillano experto en asesoramiento tributario, laboral, legal, consultoría y auditoría, se encuentra actualmente inmerso en un proceso de formación y preparación para poder ofrecer un servicio de “Compliance Officer” con plenas garantías. ¿Cómo definiría la filosofía del despacho que usted fundó hace 25 años y que todavía dirige? Ante todo no nos consideramos un despacho, sino una empresa integrada por economistas, abogados, graduados sociales y auditores. Nuestra filosofía es de equipo y, sobre esa base, tratamos igual a cada cliente, independientemente de su tamaño. Y como es la PYME la que nos demanda más servicios, tenemos una orientación especial hacia ella, trabajando codo con codo con el empresario. No somos asesores al uso, porque no nos li- “Este mecanismo de prevención da a la entidad una mayor tranquilidad y estabilidad en sus relaciones comerciales frente a terceros” mitamos a despachar asuntos, sino que visitamos a nuestros clientes. Eso nos da un conocimiento más amplio de sus necesidades… Están apostando por ofrecer a las empresas el servicio de un Legal Compliance Officer… Si, desde el convencimiento que tener el plan de prevención de riesgos penales en una empresa es de una importancia vital, tanto para limitar esta posible responsabilidad penal de la entidad como la de su órgano de dirección. Por otra parte, como ya ocurre en el mundo anglosajón y en gran parte de Europa, va a ser indispensable dotarse de este sistema de prevención incluso para contratar con proveedores y clientes. ¿Tranquilidad versus problemas? Sí. Estar en disposición de este mecanismo de prevención va a darle a la entidad una mayor tranquilidad y estabilidad en sus relaciones comerciales frente a terceras empresas. Por el contrario, no disponer de él podría en un futuro no muy lejano expulsar a la entidad del mercado, dado que las propias Administraciones Públicas serán las que requieran estar en posesión de este modelo de prevención para mantener relaciones comerciales con ellas. O incluso podría darse el caso de que las compañías aseguradoras no corran con las consecuencias de un posible incumplimiento que hubiera podido evitarse con un completo sistema de prevención de riesgos penales. ¿Qué funciones tiene un Compliance Officer exactamente? El Compliance Officer tiene la función de detectar el/los posible/s ilícito/s penal/es en que la empresa en cuestión pudiera incurrir, estableciendo unos mecanismos de detección, prevención y control, y creando también canales de denuncias internos y velando por el cumplimiento del sistema de prevención elaborado para la empresa, con el consecuente mantenimiento del mismo. En la actualidad, dado que es una materia novedosa, llevamos varios meses preparando y formando un equipo integrado por economistas, abogados y auditores para poder implantar el compliance en breve como uno más de nuestros servicios. www.ruizasociados.org Tribuna del Derecho • 5 Lunes, 18 de abril de 2016 Entrevista DAVID PASTOR Y BÁRBARA PITARQUE RESPONSABLES DE LEOPOLDO PONS ABOGADOS Y ECONOMISTAS “El servicio profesional como elemento creador de valor en las empresas” Leopoldo Pons es una firma multidisciplinar especializada en ofrecer a las empresas un servicio personalizado de asesoramiento jurídico y económico. Para conocer con más detalle cuál es su filosofía de trabajo, hablamos con David Pastor y Bárbara Pitarque, responsables de la firma. ¿Cuáles son los orígenes de la empresa? B.P.: El despacho nació en el año 1990 de la mano de D. Leopoldo Pons como socio fundador. Lo hizo con la intención de ofrecer a las empresas un asesoramiento integral en aquellas dos áreas fundamentales para su actividad: el derecho y la economía. ¿Cuál es la estructura actual del despacho? D.P.: Hoy en día, el grupo cuenta con cinco oficinas: dos en Valencia y una en Madrid, Barcelona y Gijón. En conjunto, la firma cuenta con un equipo formado por 30 personas, profesionales expertos en economía y también en el área legal. Una estructura mediana... D.P.: Así es. De hecho, nos definimos como una firma boutique. Tenemos una dimensión media que nos permite abordar asuntos de cierta envergadura con mayor flexibilidad que otros despachos de mayor estructura. Nuestra idea no es otra que acompañar al cliente para que se sienta arropado desde el primer momento. ¿De qué manera? B.P.: Por ejemplo, haciendo que el profesional que trata el asunto con el cliente lo haga desde el principio hasta el final. Además, para reforzar su confianza, se trata siempre de profesionales licenciados en economía o derecho – dependiendo del caso– con experiencia. No recurrimos a la figura del júnior, sino que pensamos que el cliente merece siempre contar con el mejor apoyo posible. ¿A qué perfil de cliente se dirigen? B.P.: Esa filosofía de servicio ha hecho que contemos con una clientela formada tanto por pymes como por grandes grupos nacionales e internacionales. También trabajamos para empresas públicas y para grandes patrimonios, perfiles de cliente que valoran un concepto básico que D. Leopoldo Pons, fallecido el año pasado, transmitió a todo su equipo: la confianza. D.P.: En este sentido, añadiría que la confianza es un elemento indispensable en la relación entre un cliente y su asesor legal o económico. Nosotros la fomentamos día a día y eso se traduce no solo en una clientela recurrente y fiel, sino también en clientes que llegan recomendados por otros. Desde 2010 son expertos también en compliance penal. ¿Qué importancia tiene para las empresas aplicar estos procesos de gestión ligados a la responsabilidad penal? D.P.: Para les empresas, implantar un programa de compliance penal es imprescindible. Piense que ya no se trata solo de que la reforma del Código Penal elimine la exención de responsabilidad penal a las empresa, sino que el daño que puede causar no tener protocolos que prevengan la comisión de delitos puede ser aún mayor. ¿A qué se refiere? D.P.: A que las consecuencias van más allá de una multa económica. Evidentemente, una sanción puede poner en apuros a una empresa, pero la pérdida de reputa- ción puede causar un daño aún mayor que el dinero que haya que pagar por esa multa. Una programa de este tipo supone para las organizaciones un beneficio indudable que puede mejorar sus procesos y proteger su imagen y su seguridad. ¿Existe receptividad entre las empresas hacia esa necesidad? B.P.: Cada vez más. Estamos convencidos de que la figura del compliance officer, con tanta tradición en otros países, ha llegado para quedarse, aunque conviene reconocer que algunas pymes adoptan estos protocolos porque tienen miedo a lo que supondría no cumplirlos. En Leopoldo Pons ofrecemos este servicio como uno más dentro de nuestra vocación de convertirnos en el partner legal y económico de confianza de nuestros clientes. De este modo, tienen en nosotros un interlocutor único tanto para los asuntos legales como para los económicos, y el compliance tiene repercusiones en ambos. Y siempre adaptando esos asuntos a las necesidades particulares de cada compañía... B.P.: Siempre. Como decía antes, apostamos por ser una boutique del derecho y la economía, y eso implica un trato personal, directo y a medida de cada necesidad. Tienen también experiencia en la gestión de sociedades públicas. En este sentido, ¿qué conflictos han detectado entre las sociedades públicas y las administraciones de las que dependen dichas sociedades? D.P.: En el campo de la gestión de las sociedades públicas, uno de nuestros objetivos es detectar y evitar posibles conflictos entre ellas y las administraciones. Ahí también juega un papel importante el compliance penal. Es más, estamos convencidos de que las administraciones públicas deberían ser las primeras interesadas en implementar programas de compliance penal que evitaran posibles problemas. ¿Por qué piensa que es un buen momento para que las sociedades públicas adopten procesos de compliance penal? B.P.: Porque cumplirían un doble objetivo: por un lado, lograrían una mejor gestión como hace cualquier empresa privada que implemente un programa de compliance penal; por otro, sería un modo de dar ejemplo y de colaborar a extender la necesidad real de tomar este tipo de acciones, en especial cuando la confianza en la gestión pública se ha visto dañada en los últimos años a causa de la corrupción. ¿Cuáles son los retos de futuro de la firma? D.P.: El futuro pasa por innovar en servicios a medida que los cambios normativos, tan constantes, vayan produciéndose. La intención de Leopoldo Pons sigue siendo la misma: cubrir todas las áreas profesionales del derecho y la economía para que nuestros clientes tengan en nosotros un partner de confianza. B.P.: Por otro lado, queremos también profundizar en materia de reestructuraciones financieras, algo que ha crecido mucho en los últimos tiempos a causa de los numerosos concursos que se han producido y que hoy, tras vislumbrar ya la salida de la crisis, afecta a muchas empresas. Nuestro despacho estará allí para ayudarles en esa nueva situación. www.leopoldopons.com 6 • Tribuna del Derecho Lunes, 18 de abril de 2016 Entrevista PEDRO CABEZAS DE HERRERA SOCIO FUNDADOR DE PCHS AUDITORES “Nuestro objetivo es ser siempre mejores y ofrecer la máxima calidad en nuestros trabajos” Hablamos con Pedro Cabezas de Herrera Santamaría, socio fundador de la firma PCHS Auditores, sobre los más de 30 años que llevan prestando sus servicios en el mundo de la Auditoría, Concursal y Consultoría. Si hay algo que ha marcado su trabajo a lo largo de estas tres décadas ha sido la convicción de que para luchar con los mejores hay que contar con un buen equipo profesional, equipo que asegura, “no ha sido fácil reunir y del que afortunadamente hoy disponemos”. “Estamos ultimando nuestra salida al mercado de los servicios profesionales propios para el compliance auditoría” Llevan ya tres décadas trabajando como expertos en Auditoría, Concursal y Consultoría. Hasta el día de hoy, ¿a parte de los conocimientos, aportan algún elemento diferenciador más? Es importante tener en cuenta que son ya más de 850 empresas y 1.500 casos los que hemos podido estudiar y analizar, proporcionándonos los conocimientos y la experiencia necesaria tras el desarrollo de cada uno de ellos. En muchas ocasiones, los casos que tratamos suelen repetirse, lo que nos permite ofrecer dicha experiencia y conocimientos a las empresas que nos plantean los mismos problemas que ya hemos estudiado y analizado previamente, siempre con la idea firme de que cada entidad tiene sus propias características y necesidades. Este hecho, por tanto, nos obliga a adaptarnos a las particularidades concretas de cada una de ellas para poder ofrecer el servicio que se requiera de la manera más satisfactoria posible. En la actualidad, ¿qué servicios están ofreciendo a sus clientes? Actualmente PCHS Auditores ofrece los siguientes servicios: de auditoría financiera incluyendo la auditoría de cuentas anuales, los informes de auditoría no obligatoria, informes de revisión limitada de cuentas anuales o estados financieros, informes solicita- dos en relación con la acreditación de las agencias de viajes ante IATA, etc. Por otro lado, en auditoría pública, realizamos controles financieros de operaciones que hayan sido financiadas con fondos públicos (europeos, estatales, relativos a la Comunidad Autónoma de Canarias, de corporaciones locales), a través de la realización de auditorías u otras técnicas de control, auditoría de cuentas justificativas y de cumplimiento de subvenciones, auditorías de programas, sistemas y procedimientos. ¿Y en lo relativo a Concursal y Consultoría? ¿Qué les están ofreciendo? En Concursal, asesoramos sobre las particularidades de la Ley Concursal, así como la conveniencia (aportando el plan de ac- tuación en el procedimiento) o no de someterse al mismo. En cuanto a los servicios de Consultoría se incluye el análisis económico-financiero dónde se informa a la empresa sobre sus puntos fuertes y débiles, confeccionamos planes de viabilidad, llevamos a cabo la tramitación de la disolución y liquidación de sociedades, realizamos ampliaciones y reducciones de capital, etc. Ustedes están situados en Canarias y Madrid, con despachos en Santa Cruz de Tenerife, Las Palmas y en la capital del país, pero, ¿cuál es su ámbito de actividad? Es cierto que tenemos sedes en Las Palmas, Tenerife y Madrid, y que actuamos en todo el territorio nacional, sin embargo, en estos momentos, estamos en negociaciones con empresas para actuar también en el Reino Unido y Portugal. Desde luego, todo aquel que tiene una empresa, sea del sector que sea, sabe que no es fácil lograr trabajar con éxito durante 30 años, ¿cuáles considera que han sido las decisiones acerta- “Aprovecho este medio para darle mi reconocimiento y gratitud a cada uno de los miembros del equipo por hacer el trabajo más fácil, más agradable y de mayor calidad” das y los valores que les han permitido mantenerse y crecer a lo largo de los años? Para mí el secreto más importante es haber formado un equipo de profesionales con una serie de características muy difíciles de hacer coincidir al 100% en todos los miembros que componen el equipo. Factores como la profesionalidad, los conocimientos, la disciplina y el espíritu de equipo, sumados a las capacidades naturales para crear y mantener el buen ambiente de trabajo a lo largo del tiempo, nos permiten ofrecer el máximo rendimiento a nuestros clientes. He tenido la suerte de haber conseguido un equipo excepcional y jamás he disfrutado tanto con ellos como lo estoy haciendo en estos momentos. Aprovecho este medio para darle mi reconocimiento y gratitud a cada uno de los miembros del equipo por hacer el trabajo más fácil, más agradable y de mayor calidad. A Cristina González Hernández, Cristina GarcíaGaravito Padrón, Javier Riestra Marrero, Beatriz Álvarez Real, Naomi Lorenzo Dóniz, Jonay Hernández Martín, Helena Ciudad Río-Pérez y David Díaz Toledo. ¿Algún otro secreto más para lograr el éxito? Otro aspecto que ha permitido a PCHS mantenerse en el tiempo ha sido la apuesta decidida por la formación continua mediante acuerdos con la FIASEP y la Universidad de La Laguna, además de la programación específica de formación que hace la empresa a cada profesional dedicándole a cada uno 100 horas de formación anual. Esta decisión proporciona al personal un “know-how” que va en aumento cada año y que es clave para afrontar los retos de las distintas empresas que atendemos. En un mercado tan competitivo como el actual, ¿de qué forma ayudan a las empresas a alcanzar su máximo nivel de competitividad? Siempre intentamos adaptar nuestro trabajo de la forma más conveniente a nuestros clientes con el objetivo de poder conocer mejor sus características para prestarles el servicio que mejor se adapte a su negocio. Al conocer las características de una entidad, podemos ver las oportunidades de negocio que un cliente podría desarrollar. Es precisamente aquí donde entramos nosotros, poniendo encima de la mesa los conocimientos y la experiencia acumulada durante tantos años para debatir con nuestros clientes con la principal meta de intentar aportar ideas que les permitan mejorar en su competitividad. De cara al futuro, ¿a qué retos se enfrentan? Nuestro principal reto y en el que estamos trabajando a diario es el crecimiento mediante la incorporación de nuevos profesionales con unas características en formación, conocimientos, profesionalidad, disciplina, espíritu de equipo y otras características más concretas que encajen con nuestra empresa y que hagan posible su integración en el equipo de trabajo existente. Queremos ser siempre mejores y ofrecer la máxima calidad en nuestros trabajos. Por último, estamos ultimando nuestra salida al mercado de los servicios profesionales propios para el compliance auditoría. www.pchs-auditores.com Tribuna del Derecho • 7 Lunes, 18 de abril de 2016 Entrevista JUAN ANTONIO FERNÁNDEZ MEDINA DIRECTOR DE TEFISA ASESORÍA “Ofrecemos un servicio integral de administración de fincas y asesoría legal a las comunidades y a propietarios” Tefisa Asesoría es una empresa especializada en ofrecer a las comunidades de propietarios un servicio de administración de fincas con un valor añadido: su condición de asesoría legal. Para conocer con más detalle su filosofía de trabajo, hablamos con su responsable, Juan Antonio Fernández Medina ¿Cuándo nació Tefisa Asesoría? Tefisa comenzó a trabajar en el año 1981. Desde entonces ha mantenido su condición de empresa familiar para ofrecer a sus clientes un servicio personalizado y próximo en materia de administración de fincas y asesoría legal. ¿En qué ámbito geográfico trabajan? El grueso de nuestra actividad se genera en la provincia de Sevilla y, muy especialmente, en la capital andaluza. Sin embargo, tenemos clientes también en provincias vecinas como Cádiz o Huelva, por citar un par de ejemplos. Pero son algo más que un administrador de fincas... Así es. El hecho de ser abogados con una gran experiencia en materia de derecho inmobiliario nos permite ofrecer a los clientes un servicio más completo y de alto valor añadido. Además, también amplía nuestro abanico de clientes, de manera que no solo nos dirigimos a comunidades de propietarios, sino también a personas particulares que tienen patrimonio y desean asesoramiento legal para tener la máxima tranquilidad en estos temas. ¿Qué ventajas ofrece a las comunidades esa doble condición de administrador y abogado? Para empezar, saben que tienen en Tefisa a un equipo de profesionales muy preparados y capacitados tanto para la gestión del día a día de una comunidad como, y esto es muy importante, para ofrecerles asesoramiento legal ante cualquier situación que pudieran necesitar. No hay que olvidar que en una comunidad de vecinos se produce una relación directa entre personas que tienen un patrimonio y que en ocasiones pueden generar algún tipo de problema que requiera de una visión legal que asesore a las personas sobre esos temas e indique la mejor vía para solventarlo. España, país de propietarios U n reciente estudio de Eurostat, la Oficina Europea de Estadística, refleja que España sigue siendo un país donde predomina más la figura del propietario de viviendas que los inquilinos de alquiler. De hecho, nuestro país se sitúa en el grupo de cabeza de los países de nuestro entorno con más propietarios (el 78,8 % de los españoles tiene una casa en propiedad), mientras que el número de españoles que viven de alquiler se sitúa en el 21,2%, lejos de la media europea. “La mentalidad de vivienda en propiedad se encuentra fuertemente arraigada en la sociedad española y debemos ser capaces de dar respuesta a sus necesidades”, explican desde Tefisa. ¿Esa visión se ha mantenido desde el primer día? Así es. Siempre apostamos por ese elemento de diferenciación como vía para definir nuestra filosofía. Además, también contamos con profesionales externos con los que colaboramos habitualmente y que nos permiten ofrecer un servicio global. Me refiero a arquitectos, economistas, gra- duados sociales y, naturalmente, a todos aquellos industriales que se se ocupan de las labores de reparación y mantenimiento de los edificios. ¿Se traduce esa forma de trabajar en una clientela fiel? Sin duda. Tenemos clientes que confían en nosotros desde hace más de veinticinco años, comunidades que valoran que seamos capaces de conjugar el día a día de una finca con el asesoramiento legal que también les ofrecemos. No es extraño tampoco que acudan a Tefisa nuevos clientes recomendados por personas que llevan trabajando con nosotros varios años y han comprobado de primera mano el valor añadido que incorporan nuestros servicios. Se trata de clientes que saben que, en caso de cualquier necesidad legal relacionada con al ámbito inmobiliario, sabremos cómo solucionarla. Y más en un país como el nuestro... España es un país de propietarios, eso es evidente. De hecho, se estima que casi el 80% de la población vive en propiedad, lo que hace que sea preciso disponer de una cobertura de servicio capaz de dar respuesta a esa tipología de propietarios. Y si, como en nuestro caso, se ofrece un servicio doble de administración y asesoramiento legal, mejor que mejor. Piense que el hecho de contemplar las cosas desde un doble prisma nos permite prever cualquier problema, anticipar una posible solución y evitar males mayores a los clientes, algo fundamental y a lo que estamos habituados desde hace ya 35 años. ¿Cuáles son los retos de futuro de la empresa? La experiencia nos demuestra que la idea original de ofrecer ese doble servicio ha sido un éxito, de manera que la intención es mantenerla viva. Pero es que, además, soy de los que piensan que esa filosofía es hoy más necesaria que nunca. Como administradores de fincas colegiados debemos ser capaces de mantener un criterio adecuado que transmita seguridad a los propietarios, y como abogados hemos de orientar a las comunidades para que sean conscientes de que es preciso seguir escrupulosamente las pautas que marca la ley y respetar las reglas del juego. Hay que ser legales y profesionales, y no solo estoy convencido de que en Tefisa somos ambas cosas, sino también de que poco a poco vamos haciendo que las comunidades aprecien que el mejor modo de hacer las cosas es el que marca la ley. En una finca con varios vecinos es preciso trabajar bien y de acuerdo con la legalidad vigente, y creo que es un deber de los propietarios exigir a su administrador que vaya por ese camino. El camino de Tefisa... Personalmente, considero que es el camino correcto, aunque existan otros que quizás sean mayoritarios. Pero si yo estuviera en la piel de un propietario, preferiría confiar en una empresa que fuera capaz de ofrecerme todas esas garantías. El consejo que siempre damos a los clientes es que exijan al máximo a su administrador de fincas. En Tefisa estamos encantados de aceptar ese reto como venimos haciendo desde el primer día. Tel. 954 22 15 15 [email protected] EDITADO POR: Estudios de Prensa Industrial, S.L.. c/ Metalurgia, 38-42. 1ª Planta 08038 Barcelona. Tel. 902 026 111 - Fax: 93 390 13 51. www.guiadeprensa.com Estudios de Prensa Industrial, S.L. no comparte necesariamente las opiniones que puedan expresarse en artículos y entrevistas. Ninguna parte de esta publicación puede ser reproducida, grabada en sistema de almacenamiento o transmitida en forma alguna ni por cualquier procedimiento, ya sea electrónico, mecánico, reprográfico, magnético o cualquier otro, sin autorización previa y por escrito de Estudios de Prensa Industrial, S.L. Entrevista CRISTINA FERNÁNDEZ HERRERO Y BÁRBARA SAN PEDRO BLANCO SOCIAS DE ESTUDIO LEGAL VALLEHERMOSO “Estamos constantemente en formación para poder seguir prestando el mejor servicio al cliente” Cristina Fernández Herrero fundo Estudio Legal Vallehermoso en 1992, cinco años más tarde se incorporó Bárbara San Pedro Blanco como socia siendo las principales áreas en las que ejercen derecho de familia y sucesiones y derecho penal. No dejan de formarse para estar al día de la legislación, subrayan la relevancia del trato personalizado al cliente y ahora, después de añadir los servicios de mediación y coaching, integrar a una tercera socia. ¿Cómo ha evolucionado el despacho desde sus inicios? CRISTINA FERNÁNDEZ: Cuando empecé, ayudé a mis clientes a solucionar asuntos de familia y penales relacionados con familia: abandono de familia, incumplimientos de sentencia, sucesiones, nulidades eclesiásticas…. Después de unos años y al darme cuenta que había necesidades de los clientes que no se estaban cubriendo, derivadas de los procesos de familia Bárbara entró a complementar el área penal, tanto el derivado de familia, delitos socioeconómicos, y penal en general. La necesidad partía tanto de cubrir un servicio más integral al cliente, como de la necesidad de trabajar en equipo Posteriormente nos dimos cuenta que el cliente no solo quería resolver el problema en el juzgado, lo que conlleva un coste emocional, económico y de tiempo, sino tener la posibilidad de solucionarlo por otras vías alternativas. De esta manera comenzamos nuestra formación en mediación. Por ello, somos mediadoras. Más adelante y en esta línea de dar un servicio integral al cliente, apreciamos que tanto durante o después de una ruptura matrimonial, o un problema penal, el cliente necesitaba de otros apoyos para seguir adelante, motivo este por el que Bárbara se ha formado también como coach. BÁRBARA SAN PEDRO: La verdad es que nuestros clientes satisfechos han sido nuestra mejor publicidad, dando referencias positivas. El tipo de vida de todas las personas, y también de nuestros clientes, es cada vez más complicada. Hoy en día profundizamos mucho más en cada caso de nuestro cliente, por tres razones: primero, porque la jurisprudencia en el derecho de familia ha cambiado muchísimo, segundo por los cambios sociales y tercero, por la complejidad de las rupturas, y las medidas a adoptar como las custodias compartidas. La verdad es que no existen dos casos iguales. Cada cliente es único. ¿Cómo valoran los clientes servicios como la mediación y el coaching? B.S.: Bien con confianza y con las ideas aclaradas. Porque estamos en contacto permanente con personas que están en conflicto, porque una ruptura es un conflicto familiar importante, y creemos que el coaching y la mediación son un valor añadido. La mediación es útil en el momento de la ruptura, y el coaching en un momento posterior, por problemas de la relación entre los padres cuando ya están separados, o de los hijos que no aceptan la separación, o por las nuevas parejas, o porque hay momentos en la vida en que no puede cumplir tus objetivos. C.F.: Incluso con los propios sentimientos de frustración. Alguien que se está separando, a veces ve su vida pasada como un fracaso, y el coaching les ayuda a entender que no lo es, que es un paso más. En cuanto a la mediación, cuando los clientes manifiestan que quieren llegar a un acuerdo, ya en la primera entrevista le indicamos si su caso es susceptible de mediación y se lo planteamos como vía alternativa al juzgado. Esto les supone una importante ventaja ya que ahorra costes, tiempo y consiguen que sean sus acuerdos y nos los de un tercero, los que se adopten. Cristina Fernández Herrero ¿Con qué equipo cuentan? C.F.: Somos 4 profesionales dedicados y tenemos (más de 12) colaboradores externos. Además, colaboramos con catedráticos y profesionales que nos complementan en áreas específicas. Ellos aportan información relevante e importante para cada caso. El cliente tiene que tener los mejores profesionales, y así lo conseguimos. Si para un cliente hacemos una liquidación de gananciales, contamos con mercantilistas para valorar las sociedades. B.S.: Decidimos externalizar toda la parte administrativa del despacho, para que nosotros nos podamos centrar en lo que mejor hacemos: resolver los retos de nuestros clientes. ¿Se plantean ampliar el despacho? B.S.: Estamos ampliando nuestro despacho con una compañera que encaja perfectamente con nuestra manera de trabajar: profesional, especializada y cercana al cliente. Nuestra intención es seguir creciendo, con las puertas abiertas a los mejo- Bárbara San Pedro Blanco res talentos, pero sin llegar a ser un despacho excesivamente grande. Nosotros conocemos a todos nuestros clientes y queremos que eso siga siendo así. ¿Qué valores les definen? C.F.: Somos accesibles, cercanos, y tenemos un trato personal, humano con el cliente. Al ser un equipo sólido, estamos especializadas en las áreas en que ejercemos. Tenemos una dedicación importante al cliente, porque para nosotras su necesidad está por encima de todo. Estamos disponibles en cualquier momento, pues somos plenamente conscientes de que muchas veces el problema no surge en la jornada laboral. También nos define el trabajo y el esfuerzo. B.S.: Sabemos que hay muchos despachos donde es muy difícil acceder al abogado, y nosotras tenemos un trato directo e integral con el cliente, porque nos implicamos en el asunto. Otro valor es que si en un momento dado un cliente tiene una necesidad y su abogado no pue- de atenderle, será atendido de inmediato por alguien del equipo y que conoce de su asunto. ¿Cómo afrontan los nuevos retos de la profesión? B.S.: Con ilusión y ganas de superación, formándonos constantemente en conocimientos sobre los cambios legislativos y jurisprudenciales estudiándolos en profundidad e incorporándolos a nuestro trabajo. Compaginando el trabajo al ejercicio profesional con la formación. C.F.: Por supuesto utilizamos las nuevas tecnologías en provecho del servicio que prestamos a los clientes, y para acercarnos mejor a ellos. Llegamos a nuestros clientes a través de Skype, facetime, o cualquier otro medio que nos permita un acceso directo con los mismos. El coaching y la mediación son herramientas que cada vez nos reclaman más nuestros clientes. www.estudiolegalvallehermoso.com
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